Estudio ex officio de constitucionalidad y convencionalidad

Share Embed


Descripción

SCJN mantiene criterios sobre estudio ex officio de constitucionalidad y convencionalidad A propuesta del Ministro José Ramón Cossío, en semanas pasadas la Primera Sala de la SCJN, emitió una sentencia correspondiente al amparo directo en revisión 909/2014, en la cual se analizó el estudio ex officio de constitucionalidad y convencionalidad a cargo de las autoridades, respecto a una norma determinada en el ámbito de su competencia. El tema fue motivo de discusión, en virtud de que el Tribunal Colegiado que en un origen conoció del asunto, realizó una interpretación contraria a la sostenida por la Primera Sala, al sostener que cuando un derecho humano ya está protegido por la Constitución, no se requiere un estudio ex officio de la normativa que podría beneficiar a la persona implicada. Lo anterior, en el contexto de una presumible violación de derechos fundamentales de un sentenciado por delito de arma de fuego sin licencia. Bajo la posición de la SCJN, se argumentó que confirmar el criterio del Tribunal Colegiado, equivaldría a afirmar que tal estudio es una cuestión subsidiaria, lo cual va en contra de lo defendido por la Sala, pues dicho análisis es una obligación tanto para jueces como para autoridades de los distintos niveles y ámbitos de competencia del país, con la finalidad de velar por el debido respeto a los derechos humanos. Es decir, que el estudio ex officio de las disposiciones aplicables, debe realizarse en busca de la protección más amplia de las salvaguardas ciudadanas, ya sea a la luz de normativa nacional o internacional, previsto por el control de convencionalidad, tal y como se desprende de la interpretación literal del artículo 1° constitucional. Con base en todo lo anterior, la referida Sala de la SCJN determinó revocar la sentencia recurrida y devolver los autos relativos al Tribunal Colegiado de origen, para los efectos precisados en su resolución, en aras de corregir las vulneraciones al ciudadano por medio de una resolución que adopte la interpretación indicada al artículo 1 constitucional. Mario Tavares Moyrón.

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.