ESTUDIO DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN MEDELLIN.

July 1, 2017 | Autor: Alexander Gallego | Categoría: Estudios sobre Violencia y Conflicto
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Descripción

ESTUDIO DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN MEDELLIN. Un análisis a partir de las denuncias por VIF en los archivo de la Fiscalía. JESUS ALEXANDER GALLEGO CANO DIANA CRISTINA VARELA CHACON Asesor: Nicolay Alexander Vargas García

RESUMEN De acuerdo con la Encuesta Nacional de Demografía y Salud y los informes Forensis, en los últimos quince años las denuncias por VIF han aumentado en las comunidades, hasta llegar a ser uno de los puntos principales en las agendas administrativas de los gobiernos para prevenirlo y erradicarlo. A partir de esta configuración del fenómeno nos proponemos ingresar a una nueva tradición de pensamiento científico y social, desde la cual es posible leer la violencia como una expresión o un lenguaje y por tanto que exige de los investigadores una visión más amplia del fenómeno, fuera de la dicotomía tradicionalmente establecida de víctimas y victimarios. Con el estudio de 300 denuncias por el delito de VIF archivadas en la Fiscalía de Medellín y el análisis de los componentes de la Ruta de Atención Intersectorial de la VIF, aportamos a la comprensión del fenómeno la identificación de los actores sociales que intervienen en él; jerarquías de poder; actitudes y estrategias de los actores para afrontar un episodio violento en la familia; expectativas de los usuarios al denunciar; y, acciones de la justicia. Esto con el objeto de construir tipologías de VIF y un concepto de VIF ajustado para la ciudad de Medellín. Palabras claves

Denuncia, actores sociales, ruta de atención intersectorial, episodio, actitudes, estrategias, motivo detonante, motivo antecedente Abstract According to the National Demographic and Health survey and the Forensic reports, in the last fifteen years have increased complaints of domestic violence in communities, to become one of the main points in the administrative agendas of governments to prevent and eradicate. From this configuration of the phenomenon we intend to enter a new tradition of social scientific thinking, from which violence can be read as an expression or language and



Estudiante del sexto semestre de Antropología de la Universidad de Antioquia



Estudiante del séptimo semestre de Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Ciencias sociales de la Universidad de Antioquia  Docente Facultad de Ciencias Sociales y Humanas de la Universidad de Antioquia Sede Medellín y Turbo  ENDS 1985 al 2010 e Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Informe FORENSIS 2007 al 2010

therefore, requires of researchers a broader view of the phenomenon, outside the established traditional dichotomy of victims and perpetrators. With the study of 300 complaints for the crime of domestic violence filed in the Fiscalia of Medellín and analysis of the components of the Route of Intersectoral Attention of VIF, we contribute to the understanding of the phenomenon to identify the social actors involved in it; hierarchies of power, attitudes and strategies of the players to confront a violent episode in the family, expectations of users to report, and actions of justice. This in order to build typologies of domestic violence and a concept of domestic violence set for the city of Medellín. Key Words

Complaints, social actors, Route of Intersectoral attention, Episode, attitudes, strategies, trigger reason, antecedent reason. INTRODUCCIÓN Durante un tiempo considerable los estudios sobre Violencia Intrafamiliar (VIF) han ganado interés por parte de la justicia y ciertas comunidades académicas, lo cual ha llevado a crear políticas públicas que apuntan a prevenirla y darle solución. Desde nuestra reflexión del tema observamos que la mayoría de estudios, análisis y trabajos realizados por diferentes disciplinas en el marco de investigaciones que pretenden intervenir este fenómeno social, han sido elaborados desde una perspectiva agresor-víctima. Una muestra clara de ello es que todas las definiciones encontradas de VIF fueron enunciadas en esos términos donde, por lo general, el agresor es varón y la víctima es mujer, a quien se le considera receptora pasiva de violencia y de agresiones y no víctima activa cuyas actitudes en un episodio violento pueden corresponder a: respuestas ante las agresiones, como golpes, amenazas o insultos para defenderse; decisiones para terminar la relación conyugal; proporción de información sobre el conflicto a un tercero o inclusive generación de conflictos. Como resultado de esta debilidad interpretativa se reduce la VIF a un problema entre dos sujetos, donde se obnubila la posibilidad de observar y analizar la violencia doméstica como un tema dinámico y fluctuante, es decir, como un espacio donde convergen múltiples actores, -tanto activos como pasivos- y donde se ofrecen una serie de mecanismos de respuesta a situaciones de conflicto. En virtud de lo expuesto se propone un proyecto investigativo orientado a la búsqueda de tipologías de VIF y la elaboración de un concepto pertinente del fenómeno para la ciudad de Medellín, a partir de denuncias sobre éste delito que se encuentran archivadas en la Fiscalía.

Acerca de la fuente La fuente primaria utilizada para esta investigación preliminar fueron las denuncias de VIF formuladas por los usuarios en la Fiscalía de Medellín. Al momento de la consulta estas denuncias se encontraban en estado archivado debido a que correspondían a procesos ya juzgados. A raíz del trabajo realizado en el semillero de investigación “Política y Humanismo” adscrito al departamento de Antropología de la Universidad de Antioquia, hemos abordado esta fuente durante un tiempo aproximado de dos años, la cual es de acceso público con carácter restringido, lo que quiere decir que para poder consultar grandes cantidades de expedientes es preciso argumentar fines académicos y científicos. Ahora, si se es actor involucrado en el proceso penal la consulta de su expediente personal es libre. En nuestro caso la doctora Martha Cecilia Penagos Penagos, directora seccional de Fiscalías de la ciudad de Medellín, autorizó la utilización de aquellas denuncias que han sido archivadas por preclusión, por resolución inhibitoria o por declararse cosa juzgada. Seguidamente se nos remitió al CAVIF (Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar) Zona Centro, con la directora de dicha unidad Ángela Rubiela Velásquez Cano, para la realización del trabajo de consulta. Con el fin de tener una muestra más actualizada los expedientes seleccionados fueron: 50 denuncias del año 2007, 50 del 2008, 100 del 2009 y 100 del 2010. Es claro que las 300 denuncias analizadas no darán fe absoluta sobre el comportamiento de la VIF para la ciudad de Medellín. No obstante al ser esta una investigación de carácter preliminar, el objetivo que se plantea es construir categorías de análisis para una investigación de mayor alcance. De igual forma somos consientes que el concepto emitido al final de este documento solo pretende permitir un abordaje más amplio del objeto de estudio en investigaciones posteriores. La metodología de trabajo correspondiente a la lectura de denuncias archivadas por VIF, tiene la ventaja de no invadir los espacios privados ni contaminar la cotidianidad de los hogares donde se presentan eventos de violencia; además, la denuncia es la única forma en que el Estado escucha a los ciudadanos cuando se presenta este delito. Por otra parte aunque en la mayoría de casos la narrativa del denunciante es bastante detallada, dentro de la denuncia no es posible evidenciar las versiones de otros actores sociales implicados en el episodio, lo cual se debe a que no hay un conjunto de preguntas estandarizadas durante la recepción de la denuncia por parte de los funcionarios. Esto hace que el nivel de inferencia de la investigación aumente. En resumen el trabajo de campo se elaboró con una metodología no invasiva como lo es el análisis de denuncias archivadas, por tanto nuestra principal meta será demostrar que, para profundizar en el tema se requiere realizar una investigación más amplia en la fuente, la cual se encuentra a la espera de proporcionar una utilidad a la sociedad.

MARCO TEORICO Al realizar un estado del arte sobre los estudios adelantados en VIF para el departamento de Antioquia y la ciudad de Medellín, encontramos que las diferentes publicaciones tanto a nivel de instituciones gubernamentales como a nivel académico, pueden agruparse en tres modos de abordaje. El primero asume la VIF desde la dicotomía víctimavictimario, es decir que el ejercicio de la violencia crea los roles de víctimas y victimarios y que estos nunca cambian en otros episodios donde se ven involucrados los mismos actores. Bajo este modo se ha justificado el deber del Estado de prevenir y sancionar las diferentes actitudes violentas. Es así que vemos cómo las diferentes instituciones del Estado se han apropiado de esta dicotomía y han desarrollado estudios e investigaciones como las cinco Encuestas Nacionales en Demografía y Salud de PROFAMILIA donde se presume que: Las causas que obran para que una persona sea violenta pueden ser variadas, pero usualmente se asocian con variables de índole sicológica o social. El agresor no tiene autocontrol y actúa más impulsivamente y ello puede ser el resultado de experiencias infantiles que dejaron profundas huellas o secuelas en el individuo. También, puede ser debido a presiones de carácter social y al estrés y otras causas, entre las cuales la más común es el alcoholismo o estados asociados con drogadicción. Existe también una tendencia a pensar que mientras más alto sea el nivel educativo tanto del hombre como de la mujer, hay menos riesgos de que se presente la violencia intrafamiliar. (ENDS, Profamilia, 2010: 105)

Un segundo modo, aunque inserto dentro de los propósitos de la ley de sancionar cualquier forma de violencia en la familia que destruya su armonía y unidad, rompe con la dicotomía víctima – victimario, al analizar la violencia como un constructo desde el cual se pueden conocer las diferentes circunstancias, tanto internas como externas a la familia, que desencadenan relaciones violentas. El objetivo final de esta forma de análisis es corregir tales relaciones. Este modo de abordaje es el que nos ofrece el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en su Informe FORENSIS 2006: Dentro del proceso normal del desarrollo y evolución de una familia, sus integrantes y el mismo sistema pueden encontrar situaciones de conflicto y crisis que traspasan su capacidad de respuesta, posibilitando un ambiente de interrelación fundamentado en estrés y tensión en el grupo familiar, lo que puede desencadenar en conductas inadecuadas denominadas violencia intrafamiliar. (Forensis. Violencia…, 2006)

Consideramos que la clásica teoría del ciclo de la violencia conyugal de Leonore Walker (1979), también hace parte de la misma tendencia. En ella, enuncia que el proceso del maltrato tendría una forma cíclica, que se desarrolla en tres fases: la fase de tensión, caracterizada por una escalada gradual de tensión manifestada en actos que aumentan la fricción en la pareja; fase de agresión, en la que estalla la violencia psíquica, física y/o sexual, en esta fase es cuando la mujer suele denunciar los malos tratos y en la que puede decidirse a contar lo que está pasando, y la fase de conciliación o “luna de miel”, en la que el hombre

violento se arrepiente, pide perdón, le hace promesas de cambio o le hace regalos. Con el tiempo, la fase de agresión se repite más a menudo o se está todo el tiempo entre la tensión y la agresión, sin llegar a la fase de conciliación. Igualmente la profesora Myriam Jimeno, quien ha dedicado su vida académica al estudio de la violencia en Colombia entiende las investigaciones en VIF como una oportunidad para: prevenir la violencia intrafamiliar y sexual a través de una estrategia de formación [por medio de] una metodología de conversatorios entre hombres, conversatorios entre mujeres y capacitación a servidores públicos; [su] objetivo ha sido promover un cambio cultural mediante la reflexión sobre los referentes e imaginarios sociales que imponen y legitiman el uso de la violencia en los distintos escenarios en donde transcurre la vida de la ciudad, pero sobre todo, en las relaciones más íntimas y personales como lo son las familiares. (Jimeno, 2007: 9)

Notemos que los intereses dentro de esta tendencia, si bien ya no son explicar la violencia como un asunto de roles, siguen considerándola como un defecto dentro de las relaciones familiares -y más tarde culturales- que debe ser intervenido y modificado. Por último, un tercer modo de abordaje, más acorde con el propósito de esta investigación, es el que se inicia con los estudios de Blanca Inés Jiménez Zuluaga y su balance del tema VIF sobre las investigaciones hechas en Medellín y su Área Metropolitana en el 2001 en donde resalta que la idea de violencia solo hace énfasis en los daños físicos y emocionales sobre las víctimas, esto se puede deber a que al parecer la violencia se asume como un fenómeno que se explica por sí mismo y por tanto se desliga de las condiciones en que ésta se presenta y de los factores que la propician. No obstante, la crítica que hace la profesora es que se olvida que la violencia es una expresión, un lenguaje, por tanto la labor del investigador es interpretar su mensaje no asimilarla como un error en la normalidad de las relaciones familiares. Lo anterior no indica que la violencia se entienda como una conducta normal o como la herencia de la cultura patriarcal, de lo que se trata es de verla como parte de un microsistema social que puede mejorar su sincronía si se identifican los elementos que propician un mal engranaje de las partes, inclusive al punto de desintegrar el sistema. En sintonía con lo anterior podríamos decir que, los intereses futuros a nivel científico y social de la violencia que se gesta y desarrolla en las familias, antes que plantear soluciones de intervención, deben enfocar sus estudios hacia el conocimiento del camino transcurrido en las sociedades para llegar a concebir la violencia en las familias como un defecto de las relaciones humanas en su espacio privado, y que por ello debe ser suprimido de la institución familiar. Nuestra investigación representa un aporte a la configuración de este modo de abordaje. Concepciones de la VIF

Dentro de las múltiples definiciones que han surgido para dar explicación al fenómeno de la VIF y que dan cuenta de cierta evolución del concepto, creemos pertinente destacar las siguientes: El Código Penal Colombiano en su artículo 229 plantea: …el que maltrate física, síquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión de uno (1) a tres (3) años.

De otro lado el grupo de investigación de la Universidad Nacional, sede Bogotá “Familia, Cultura y Sociedad” para 1998 define la VIF como: El evento que hace daño síquico o físico a la otra persona y que asume características distintas si se ejerce entre las parejas o hacia la infancia. (Puyana, 1998)

Conviene anotar que con esta definición se amplía el concepto de VIF, pues destaca la necesidad de diferenciar o tipologizar las violencias que pueden darse en el ámbito privado de las personas y que hasta entonces eran invisibles para el Estado. Sumado a lo anterior es preciso indicar un cambio importante en el concepto a lo largo de estos cinco años. Nos referimos a la inclusión del componente “omisión” dentro de las definiciones de VIF. Ejemplo de este cambio podemos verlo en la definición que propone Sánchez (2003) del concepto que: Según el centro de atención a víctimas de violencia intrafamiliar (CAVI), la violencia se define como “todos aquellos actos u omisiones que atentan contra la integridad física, psicológica o sexual y moral de cualquiera de los integrantes de una familia”. (Sánchez, 2003)

Posteriores investigaciones a nivel institucional integran nuevos elementos al concepto como la noción de género dentro de la violencia. Veamos la síntesis de dos de ellas: El informe FORENSIS 2007 la define como: …un patrón abusivo que ocurre en el marco de una relación de intimidad y se articula a dos desequilibrios de poder: el género y la edad, ya que las mujeres y los niños son los más vulnerables a ser lastimados por sus familiares.” (Violencia intrafamiliar…, 2007)

Un segundo estudio recopilado en el informe “Forensis Mujeres datos para la vida 2010” apunta: En este sentido la Ley 1257 del 4 de diciembre de 2008 acertadamente define la violencia contra la mujer como “cualquier acción u omisión, que le cause muerte daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de ser mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción, o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito

público o privado”. En consecuencia y en una adecuada interpretación de la norma el alcance incluye las relaciones de pareja o expareja.” (Forensis mujeres…, 2010).

Lo anterior representa entonces una invitación a aportar a la teoría de la violencia intrafamiliar, tanto desde los estudios y análisis bibliográficos, como desde el trabajo de campo. Lo que justifica este análisis es primordialmente la falta de un concepto que abarque esta problemática en un espacio tan particular como el municipio de Medellín. Es así que el Estado colombiano interviene la violencia familiar en la medida que la considera un problema que potencialmente degrada la sociedad desde el ámbito privado. Es por ello que sus mecanismos de abordaje, cargados de un carácter correctivo, proporcionan una mirada penalizadora a “cualquier forma de violencia en la familia que destruya su armonía y unidad”1. Precisamente, en el título V de la ley 294 de 1996 De los delitos contra la armonía y la unidad de la familia, se describen las modalidades en que puede presentarse la violencia dentro del seno familiar y las respectivas acciones punitivas para quien incurra en ellas. Estas son: Violencia Intrafamiliar: maltrato físico, síquico o sexual a cualquier miembro del núcleo familiar; maltrato constitutivo de lesiones personales : violencia física o síquica, trato cruel o intimidatorio o degradante que causa daño en el cuerpo o en la salud sicológica a un integrante del grupo familiar. Se considera trato degradante obligar o inducir al consumo de sustancias psicotrópicas a otra persona o consumirlas en presencia de menores; maltrato mediante restricción a la libertad física: restricción de la libertad de locomoción a otra persona mayor de edad perteneciente al grupo familiar mediante la fuerza y sin causa razonable; violencia sexual entre cónyuges: acceso carnal o cualquier acto sexual mediante violencia realizado con el cónyuge, o quien cohabite o haya cohabitado, o con la persona que haya procreado un hijo. 2 Más tarde con la Ley 1142 del 2007 se modificó el delito de la VIF en el Código de Procedimiento Penal, lo cual convergió en un aumento de las penas y la idea de considerar la privación de la libertad para todo aquel que incurra en él, aunque sin prohibir la excarcelación. Otra particularidad de dicha Ley, es el establecimiento de la VIF como delito de Oficio conciliable, no resistible, es decir, la investigación judicial es obligatoria desde el momento en que se conoce la presencia del delito, por encima de la decisión de la víctima de denunciar o no las agresiones y de la posibilidad de desistir como en la anterior ley. Además la investigación en el proceso sugiere las formas de intervenir el conflicto con herramientas psicosociales, para así reestructurar la unidad familiar quebrantada. Tales herramientas implican: “trabajar los tipos de vínculos y relaciones interpersonales específicas, las formas de

1 2

Constitución Política de Colombia. Capítulo 2. Artículo 42. De los derechos sociales, económicos y culturales. Ley 294 de 1996. Artículos 22 al 25.

comunicación y el establecimiento de normas a nivel de cada grupo familiar”. (Ruta de atención a la violencia…, 2007) En los últimos once años el Estado colombiano ha desarrollado políticas públicas para fortalecer la familia y dar cumplimiento a esta ley. Entre ellas la política Haz Paz o Política Nacional de Constitución de paz y convivencia familiar. Esta política fue formulada en el 2000 para prevenir y atender la violencia intrafamiliar por medio de estrategias orientadas a apoyar los individuos, las familias y las comunidades en tanto transmisoras de principios, valores democráticos y de convivencia. De igual forma busca dotar los núcleos básicos de la comunidad de instrumentos para resolver conflictos de forma pacífica, e incrementar y cualificar la prestación de servicios a las familias en conflicto y a las víctimas de violencia intrafamiliar. De acuerdo con los lineamientos de Haz Paz estas estrategias deben ejecutarse a través del trabajo articulado entre las instituciones nacionales y las entidades territoriales que participaron en la formulación y desarrollo de la política: el Departamento Nacional de Planeación; las Consejerías Presidenciales de Programas Especiales y para la de Equidad de la Mujer; los Ministerios de la Protección Social, Educación, Comunicaciones, Cultura, Interior y Justicia; el ICBF; el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; la Fiscalía General de la Nación; la Policía Nacional; la Procuraduría General de la Nación; y, la Defensoría del Pueblo. Conviene resumir la política de Haz Paz a partir de un recuento de los objetivos que se traza, de la siguiente manera: 

 

   

Prevenir relaciones violentas al interior de las familias, incidiendo sobre aquellos valores, comportamientos y actitudes que contribuyen a perpetuar el comportamiento violento por medio de la promoción y fortalecimiento de los factores protectores individuales, de las parejas y de las comunidades. Promoción y fortalecimiento de factores que ayuden a la convivencia y la construcción de paz a través de la educación, la cultura, la recreación y la generación de espacios amables. Garantizar la acción oportuna de las instituciones públicas y/o privadas frente a los factores desencadenantes de violencia intrafamiliar, la detección temprana y la atención preventiva, frente al inicio de actos violentos en la familia y en los espacios sustitutivos de la vida familiar. Garantizar la calidad, la disponibilidad, el acceso y la utilización de los servicios de salud, justicia, seguridad y protección, para la atención de los casos de violación de los derechos humanos en la familia y en los espacios sustitutivos de la vida familiar. Desarrollar modelos para la rehabilitación psicosocial de agresores, particularmente de aquellos menores de edad, y los perpetuadores de violencia conyugal. Mejorar el conocimiento que se tiene de la violencia intrafamiliar y de las formas de intervenirla. Fortalecer la coordinación, articulación, seguimiento y evaluación interinstitucional y comunitaria de los programas y servicios para la prevención, detección, vigilancia y atención de la violencia intrafamiliar en los distintos niveles territoriales. (Haz Paz, 2.000)

RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN Ruta de atención intersectorial de la VIF Municipios como Bogotá, Medellín y Cali se adaptaron a estas políticas con la creación de una ruta de atención a la VIF. Con ella se busca articular instituciones públicas y privadas a fin de asistir la VIF en sus diferentes dimensiones, grados y variedades. Al ser consientes de la complejidad de esta problemática la ruta integra instituciones con diferentes campos de acción. Para nuestro caso concentraremos la atención en la institución Fiscalía de la ciudad de Medellín. La justificación para ello es que la fiscalía es el componente del sector justicia que recepciona, califica y direcciona las denuncias realizadas por los ciudadanos; cabe decir en este punto que es en virtud de funcionar como “oídos” del Estado que elegimos como fuente primaria los expedientes archivados en la fiscalía. La Ruta de Atención Intersectorial de la VIF en Medellín En efecto, el Municipio de Medellín crea en el año 2007 la Ruta de Atención Intersectorial de la VIF, un conjunto articulado de instituciones públicas y privadas que atienden y direccionan procesos de violencia familiar de manera especializada. Los sectores que componen la ruta son: Salud, Justicia, Protección y Educación. Con el documento de la Alcaldía de Medellín Ruta de Atención Intersectorial de la Violencia Intrafamiliar - VIF en Medellín, se dan a conocer las funciones específicas de cada uno de los sectores y de un componente psicosocial que presta apoyo general, cuando los procesos institucionales para atender un caso de VIF así lo requieran. Según este documento la VIF debe ser abordada como un asunto de salud pública y por tanto que compete a todos. Para ello deben, acorde con la política nacional Haz Paz, operarse una serie de subprocesos comunes a cada sector: 1. 2. 3. 4. 5.

Detección en las comunidades y sensibilización para la denuncia social y civil. Recepción y direccionamiento de casos. (Inicio del proceso institucional) Diagnóstico y verificación de pruebas a nivel institucional. Tratamiento con miras a la reparación de las víctimas Evaluación y seguimiento del caso.

El mismo documento afirma que una atención óptima y la posibilidad de un proceso exitoso en el tratamiento de la VIF, depende en gran medida de la sensibilización y el compromiso por parte de los/as funcionarios/as públicos/as que atienden, lo cual da cuenta del imperativo institucional de unificar criterios de “categorización, clasificación y lineamientos de acción” desde la normatividad vigente. Hemos dicho hasta ahora que nuestro foco de análisis es el Sector Justicia y particularmente la institución Fiscalía, por ser el eje central de la ruta de atención intersectorial. Sin embargo, es preciso ilustrar globalmente el contenido general de la misma, pues si bien cada institución dentro de ella está obligada a ofrecer asesorías y atender los usuarios con procedimientos especializados, todas poseen puntos de encuentro con la

Fiscalía. A continuación enunciamos cada sector y las funciones de sus instituciones que se relacionan con la Fiscalía. Sector Protección. Está integrado por las siguientes instituciones: Comisarías de familia. Recibe denuncia y remite a Fiscalía para trámite del delito; Policía. Captura a la persona sorprendida en flagrancia y la pone a disposición de la Fiscalía; Instituto colombiano de Bienestar Familiar ICBF. Su especificidad es velar por el restablecimiento de los derechos de los niños y las niñas para lo cual gestiona la denuncia ante la Fiscalía; Personería de Medellín. Remite usuarios a instituciones competentes (Fiscalía, Hogares de acogida, Buenvivir); Secretaría de las mujeres. Programa Hogares de acogida. Como requisito básico de acceso al servicio se exige que la mujer víctima denuncie previamente ante la Fiscalía su situación personal. A partir de este momento y luego de ser preseleccionada inicia el proceso de protección; Centros de emergencia 1 y 2. Atienden y protegen niños y niñas maltratados, extraviados o abandonados. De acuerdo a la ruta no tiene relación directa con Fiscalía pues no hacen seguimiento ni tratamiento, sólo remiten a hogares sustitutos. Sector Salud. Está integrado por Hospitales –E.S.E., Unidades hospitalarias, Centros de salud, EPS, IPS, ARS (EPS - S). Ellas dan aviso inmediato al ICBF cuando la víctima es niño, niña o adolescente y a la Fiscalía o autoridad judicial más cercana cuando es persona adulta. Sector Educación. Se compone de Instituciones educativas, Centros educativos y Colegios. Todas estas ante un caso de VIF deben informar a Comisarías de Familia, Fiscalía y/o al ICBF. Sector Justicia. Este sector se compone de las instituciones Fiscalía, Medicina Legal y

Procuraduría General de la Nación: Procuraduría de familia. Fiscalía: Las funciones competentes a la Fiscalía luego de recibir la denuncia del hecho, ya sea directamente desde la víctima o a través de un informe de la Noticia Criminal 3, son:    

 3

Investigar los delitos contra la vida e integridad personales, la autonomía personal, la familia, la libertad y la sexualidad. Si en el caso hay víctimas infantes siempre se judicializa y la Ruta comienza dando aviso al personal de ICBF para que se tomen las medidas de protección pertinentes. Si la víctima es adulta se inicia el acompañamiento por el personal psicosocial del CTI. Previo a la conciliación y/o judicialización se implementa un tratamiento psicológico si ambas partes están interesadas en el proceso que consta de: - Sensibilización grupal - Taller para personas agresoras - Taller para víctimas - Atención individual por psicología Si el proceso lo amerita se remite a Medicina Legal para exámenes médicos de la víctima.

Este formato puede ser diligenciado por funcionarios del sector Salud o Protección si el usuario acude a una de sus instituciones antes de dirigirse a la Fiscalía o si la Policía captura al agresor en el acto. Los informes son sistematizados en el SPOA: Sistema Penal Oral Acusatorio.

   

En cualquier momento del proceso se puede remitir a atención psicoterapéutica con el Proyecto Buenvivir. Se reporta a Personería para la defensa y restablecimiento de los derechos de la víctima. Posterior realización de audiencia: si la conciliación es positiva el caso se archiva, si es negativa pasa a ser judicializado. Por último se sistematiza el proceso.

Medicina Legal: Realiza exámenes médico legales y sexológicos, recolecta pruebas, recomienda exámenes médicos a las víctimas y remite resultados a Fiscalía.

Procuraduría General de la Nación: Procuraduría de familia, por su parte presenta denuncia ante la Fiscalía cuando la víctima está imposibilitada para hacerlo y carezca de representante legal. ¿Qué esperan los usuarios y las usuarias con la denuncia? Para acercarnos a las pretensiones de los usuarios que denuncian casos de VIF, dispusimos un campo en la ficha4 denominado “Qué se espera con la denuncia”. Dicho campo de análisis surge de la pregunta ¿cuáles son las necesidades de los individuos que conviven en familia? Para indagar la pertinencia de las acciones de la Fiscalía en relación con las necesidades de los y las usuarias, nos fue preciso ubicar otra casilla de análisis titulada “Acciones de la justicia”. Otra pregunta emerge al respecto, ¿qué tipo de ayuda proporciona realmente el Estado? Ambas cuestiones se complementan directamente, pues suponemos que las soluciones ofrecidas por el Estado como ideales para resolver conflictos, deben corresponderse en la práctica con las expectativas de los usuarios denunciantes, por ser ellos quienes poseen una mirada más amplia de sus relaciones de convivencia doméstica. Analicemos estas dos preguntas. Observemos en el siguiente cuadro una muestra de las expresiones más comunes dentro de las narraciones de los denunciantes de VIF en los archivos consultados: DENUNCIANTES

EXPRESIÓN

Hermana, hermano, madre, esposa, exesposa, exesposo

“con esta denuncia pretendo hacer responsable a mi agresor(a) de cualquier atentado contra mi vida, pues me amenazó de muerte”

Esposa, exesposa, hermana, madre

“Solicito orden de protección”.

exesposo

Esposa, exesposa, exesposo, madre, padre

“Espero con la denuncia que no me vuelva a agredir verbal ni físicamente”

Madre,

“Deseo que nos deje tranquilos a mí y a mi familia y no se meta para

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hermana,

esposa,

Ver anexo 1. Ficha utilizada como herramienta de recolección de información.

exesposa

nada con nosotros”

Hermana, hermano, madre Esposa, Exesposa, exesposo

“Deseo vivir en paz”

Madre, esposa, exesposa

“Deseo que se vaya de la casa, no quiero vivir más con él”

Esposa, exesposa

Deseo que se vaya pero continúe dando el dinero que le corresponde a los hijos

Al hacer un análisis del ítem correspondiente a “Acciones de la justicia” encontramos las cinco siguientes: Remisión de la víctima a Medicina Legal (si el caso lo requería); solicitud de

opinión al ICBF para considerar la pertinencia de realizar la conciliación; taller para agresores y taller para víctimas; audiencia de conciliación; remisión de la víctima y el agresor al Proyecto Buenvivir. La audiencia de conciliación es posterior a las remisiones de Medicina Legal o de la opinión del ICBF, durante la audiencia se remite tanto a denunciantes como denunciados a los talleres de víctimas y victimarios del proyecto Buen vivir. La conciliación se logra en el 99.99% de los casos y posterior a ella la Fiscalía tiene la facultad de declarar la preclusión del caso, es decir da por terminada la intervención de la justicia, lo cual sucede en todos los casos conciliados. Acudimos a la revisión de las acciones direccionadas por la Fiscalía, con el objeto de evaluar su pertinencia y coherencia con la Ruta de Atención intersectorial de VIF en Medellín. Para el desarrollo de este punto comparamos estas acciones y los acuerdos de los actores implicados en la conciliación, con las pretensiones iniciales manifestadas en la denuncia. Los hallazgos producto de este balance los clasificamos en cuatro categorías: Acuerdos que satisfacen las expectativas del denunciante: En ellos las personas que inicialmente solicitaron con la denuncia el cese de agresiones por parte de su agresor, lograron en la audiencia de conciliación que éste se comprometiera a respetarla y no volverla agredir física ni verbalmente. En estos casos la convivencia no se disolvió con la denuncia. Acuerdos para disolver el vínculo familiar: En estos, además de comprometerse al respeto mutuo y la no agresión, se acordó iniciar proceso legal de divorcio; Acuerdos que no corresponden a las expectativas del denunciante: Estos son los más comunes dentro de los procesos penales, pues la mayoría de las personas que solicitaron en su denuncia una orden de protección y no vivir más con su agresor, llegaron a acuerdos con éste en la conciliación luego de varios días o meses del hecho violento. Cabe destacar que sólo un 5% de los usuarios que la solicitaron obtuvieron orden de protección. Y, acuerdos para determinar acciones económicas futuras : Estos acuerdos son de dos clases, los que pretenden regular cuotas alimentarías para los hijos (se dan entre cónyuges y excónyuges) y los que corresponden al pago de deudas entre miembros del grupo familiar (pueden darse entre cualquier miembro de la familia) Configuraciones de la VIF

Como resultado de nuestra investigación establecimos un conjunto de categorías producto del análisis de las fichas, sin duda, estas categorías servirán como elementos de análisis en posteriores investigaciones en el tema de la VIF. Se trata de las siguientes: actor social, episodio, actitudes, estrategias, motivo detonante y motivo antecedente . A continuación las expondremos y veremos las clasificaciones que surgieron al aplicarlas.

Actores sociales. Las querellas por VIF son denunciadas normalmente por aquellas personas que consideran que su vida familiar de alguna manera está o estuvo afectada por un hecho violento. Al denunciar los hechos se ponen en interacción, por medio de la narrativa, quienes se encuentran involucrados en el hecho. La categoría de actores sociales corresponde a aquellos individuos expuestos en esa narrativa. A partir de lo anterior, los actores sociales fueron divididos en cuatro subcategorías: las víctimas, los victimarios, terceros activos, y terceros pasivos. Ahora bien, para la narrativa correspondiente a un hecho violento victimario será quien agrede física, verbal, sicológica o económicamente a un y víctima quien es agredido directa o indirectamente. Los terceros activos son partícipes pero no agreden ni son agredidos, y los terceros pasivos son observadores netos. De otro lado, y con esto mostramos nuestro acuerdo con Sierrra et. al. (PREVIVA, 2009: 54-57), en el trascurso de la convivencia en familia los roles de víctima y victimario se intercambian, lo cual puede ser evidencia de que los actores protagónicos —e inclusive los terceros— de un episodio de VIF han incorporado, como parte de una estrategia de la convivencia, las actitudes tomadas durante un episodio de VIF. Con esto no estamos pretendiendo naturalizar la violencia en las familias, pero admitimos que la violencia, sus grados y sus manifestaciones no son ajenas a las estrategias mismas de convivencia. Al abordarla de esta forma creemos posible evidenciar algunos elementos que den una perspectiva más enriquecedora en el fenómeno de la VIF. Esperamos que con los episodios seleccionados para ejemplificar nuestro punto de vista logremos persuadir al lector.

Episodio5: entendemos por episodio de VIF los acontecimientos que generan jerarquías de poder entre miembros de un núcleo familiar respaldadas por el ejercicio de la violencia, cuyo dinamismo es constante, es decir, en el episodio como tal cualesquiera de los implicados puede tener un papel de poder jerárquico en un instante dado, ya que el actor que agrede e impone sus demandas tiene en ese momento el poder jerárquico, pero el otro actor en cualquier instante puede invertir el episodio y tener el poder para ser el que agrede o para su protección frente a quien agredió primero. La toma de poder jerarquizado en un episodio de VIF es dinámica y puede cambiar o variar en cualquier momento, y ello depende inevitablemente del curso que tome el episodio. Consideramos también que en los análisis de la VIF y en particular aquellos realizados a la luz de la normatividad, siempre se deja a un lado miembros de la familia que de algún 5

Definición elaborada por, Nicolay Vargas García. Acta 45. Semillero “Política y Humanismo” Universidad de Antioquia.

modo hacen parte del suceso violento pero durante el conflicto no interfieren, sino que solo lo presencian. Nos referimos a los terceros pasivos, definidos como: aquellas personas que hacen parte del grupo familiar y que por diversas circunstancias han presenciado en su vida en familia episodios de violencia sin llegar a intervenir directamente en el desarrollo de éstos; ello ha ocasionado que sean actores silenciosos y que en su entramado social y sicológico desarrollen una serie de pautas de comportamiento que posiblemente asuman como actitudes y/o estrategias futuras. Generalmente estos terceros pasivos son niños o ancianos, tradicionalmente invisibilizados y descuidados por el sistema de justicia como se evidencia en la recepción de la noticia criminal al omitirlos.

Actitudes o estrategias: cuando surge el episodio de VIF cada uno de los actores sociales que intervienen pueden afrontarlo de las dos siguientes maneras: con actitudes o estrategias. Las primeras son un conjunto de posturas que se asumen en el instante que surge un episodio de VIF, caracterizadas por la falta de proceso analítico para asumirla; no han sido pre-establecidas, ni pre-diseñadas, son conductas espontáneas que el actor social apropia y configura para ejercer la violencia, defenderse del momento violento, o simplemente presenciarlo como un tercero activo o pasivo; la segunda manera de enfrentarlo es integrarlo como parte de una estrategia 6 , la cual es un comportamiento previamente elaborado tanto por los actores agresivos como por los agredidos para enfrentar un episodio violento. Son sistemáticamente pensadas, analizadas, además, son ejecutadas conscientemente y en espera de obtener un resultado previsto con anterioridad, es decir que hubo deliberadamente un estudio y un proceso premeditado para asumir un episodio de VIF. Las estrategias entonces, pueden tener por objeto darle continuidad a la convivencia o justo acabar con ella, eso depende de factores personales más que de supuestas tendencias universales en favor de la convivencia en paz.

Motivos: corresponden a acciones previas que desatan reacciones violentas y que por lo general son los que originan las denuncias. Estos pueden clasificarse sobre criterios de tiempo: los que parecen tener raíces en situaciones previas, o como lo sugiere Walker (1979), evidencian una acumulación de tensión, son los motivos antecedentes a los que Rodríguez (2003), siguiendo a J. Cárdenas, llama “casos de violencia”; por su parte los motivos detonantes son de carácter contingente, Cárdenas los llama “casos con violencias”. Los motivos que anteceden a los casos de violencia pueden ser variados y por tanto difíciles de identificar en una denuncia, mientras que los que anteceden a los casos con violencia son, por lo general, los que el querellante denuncia. Para efectos de resolver cuales motivos se asocian con otros dando lugar a la acumulación de tensiones y cuales se presentan como coyunturales, presentamos a continuación un listado de categorías en el que individualizamos los motivos considerando su 6

Definición elaborada por: Varela Chacón, Diana; Gallego Cano, Alexander; Vargas García, Nicolay. Acta 46. Semillero “Política y Humanismo”. Universidad de Antioquia.

recurrencia en las denuncias analizadas. El campo observado en la ficha para la obtención de esta información fue “Detonante”.

Financieros. Podemos dividir esta categoría en dos, las deudas que se adquieren con un miembro de la familia y las que se adquieren con terceros (servicios públicos o arriendo). Las primeras son en sí mismas un detonante, mientras que las segundas se vuelven un detonante por el hecho de hacer la petición o reclamo al miembro de la familia responsable de cubrirla. Las peticiones encontradas en las denuncias son: solicitar cuota alimentaria (Es típico entre cónyuges o excónyuges); solicitar dinero para pagar a terceros (se presenta entre hermanos, padres e hijos y entre cónyuges); deudas familiares (se presenta entre todos los miembros de la familia).

Acciones y/o frases ofensivas. Esta categoría puede presentarse de dos formas: en la primera hace parte del episodio violento, es decir, después de dado el detonante; y en la segunda se presenta como detonante. Por ejemplo: palabras soeces (piroba(o), malparida(o), hijueputa, carechimba, gonorrea); palabras que minimizan (bruta, torpe, inútil); miradas feas; reclamos a gritos; amenazas (de golpear, de echarlo/a de la casa, de muerte, de no llevar comida a la casa); reclamos por no poner cuidado a los hijos.

Adicciones. En las denuncias analizadas las adicciones no son siempre un motivo en sí mismo para que se dé un episodio de VIF. Por lo general bajo efectos de algún alucinógeno o del alcohol se presenta una solicitud o un reclamo de parte del victimario a la víctima (servir la comida, tener relaciones sexuales, reclamos por supuestas infidelidades o por llegar tarde a la casa), los cuales no son atendidos a partir de lo cual se inicia el episodio violento. Las adicciones, aunque están presentes en el 40% de las denuncias (el victimario estaba drogado o ebrio), sólo en el 2% motivan la VIF. Las adicciones que encontramos son las siguientes: drogadicción (marihuana, bazuco, cocaína, perico); alcoholismo (no se especifica en ninguna denuncia el tipo de licor).

Celos. Es una categoría que no tiene claridad cronológica, es decir, no se sabe si inician en un momento dado o siempre han estado presentes. No obstante, en el 15% de las denuncias la categoría celos jugó un papel importante para que se diera el episodio de VIF.

Comentarios entre miembros de la familia. Aunque solo se trata de un 1% del total de las denuncias analizadas, este motivo es típico de los casos de VIF entre hermanos. Sexualidad. Esta categoría se divide en tres: Agresiones sexuales explícitas, (violaciones, manoseos, intento de abuso sexual); agresiones sexuales implícitas (acosos, chantajes sexuales a cambio de favores económicos, voyeurismo. La mayoría de las denuncias en este sentido son interpuestas por mujeres); y, agresiones de género, relacionadas a inclinaciones sexuales diversas por parte de un miembro del hogar. El porcentaje de denuncias relacionadas a la categoría sexualidad es del 2%.

Robos. No es una categoría muy recurrente, pero vale aclarar que en el 50% de los casos en que el robo es un motivo de VIF, quien roba lo hace para satisfacer una adicción.

Reclamos sobre hogar. Esta es la categoría más profusa en subcategorías, las presentaremos todas, pero creemos que estas se pueden seccionar en dos: las que restringen la libertad del movimiento y las que por lineamientos culturales suponen actitudes específicas , algo así como mandatos tácitos de las normas culturales. En la primera subcategoría encontramos: llegadas tarde a la casa por parte de los hijos; llegadas tarde a la casa por parte de los padres; no dejar entrar a la casa; no dejar salir a la calle; no amanecer en la casa; salir tarde de la casa para la calle; salir sin permiso de la casa. En la segunda agrupamos las siguientes: quehaceres domésticos (tender la cama, quemar la comida, no hacer la comida, no lavar el baño, etc.); desobediencia; falta de modales por parte de un miembro de la familia; ofrecer comida a terceros; prestar bienes de la casa a vecinas (moto); reclamos por botar elementos personales o de la casa; reclamos por situaciones negativas en el trabajo; reclamos por su vida pasada de parte del esposo a la esposa.

Formalidades de la separación o divorcio. En la transición para llegar a un acuerdo en el divorcio se presentan dificultades que muchas veces derivan en VIF. No solo es el divorcio en tanto tal, sino la llegada a acuerdos relativos a los bienes y las responsabilidades sobre los hijos. De los motivos a los episodios, las actitudes y/o estrategias Veamos los siguientes casos: Caso1. Una madre de 43 años le reclama a su hijo de 19 por unas pilas recargable que él había botado, de acuerdo con lo dicho por ella, el hijo reacciona a su madre de la siguiente manera: “me empezó a morder en la cabeza, a pegarme puños por todas partes y trató de ahorcarme. […] Luego llegó mi papá y mi hermana y me lo quitaron de encima, y luego llamamos a la policía. […] Me agredió con las manos y con los pies, me amenazó que me iba a matar. Caso 2. Cuando un tío encuentra a su hermana pegándole a su sobrino (hijo de ella) lo narra de la siguiente manera en la denuncia: “Resulta que ella estaba maltratando a su hijo que tiene 12 años y no hacía sino darle cachetadas en la cara y lo sacó del apartamento para que nosotros no viéramos, entonces la hermanita de él empezó a gritar y yo salí… y me dijo que no me metiera malparido hijueputa... se me vino encima y me arañó la cara y entonces yo le cogí las manos y la recosté contra mi pecho para que se calmara y ahí mismo me mordió la oreja y casi me la arranca..." Caso 3. Un exesposa va a recoger a su hijo a la casa del exesposo: "El 25 de noviembre yo fui a recoger a la casa de Edwin a mi hijo y él me preguntó que porqué me había desaparecido y yo le dije que eso no era asunto de él y se enojó y comenzó a pegarme puños en la cara. Yo le dije que tenía que ir al Sena a un curso de inglés y le dio más ira. Yo le dije que me iba a llevar al niño y él me dijo que no me lo llevara. Al otro día cuando fui a recogerlo me pidió perdón. El 8 de diciembre fue a mi casa embriagado y como yo no estaba comenzó a pegarle puños a la puerta".

Estas narraciones no pretenden condensar todos los elementos típicos de los episodios de violencia, lo que queremos es hacer notar que las jerarquías de poder que se generan en

los episodios de violencia se encuentran adscritas a unas jerarquías ideológicas que la cultura proporciona a sus miembros, es decir, estructuras sociales, que los miembros de las culturas heredan. Por ejemplo en el caso en que un padre golpea a un hijo o hija no se denuncia, o por lo menos no por parte del hijo, como lo podemos ver en el segundo caso, lo cual puede indicar que las jerarquías de poder no emergen con la violencia sino que se ratifican con ella. Lo que sí se denuncia son los casos en que tales jerarquías han sido rotas, por ejemplo el caso que un hijo golpea a su madre o a su padre. Otro caso de denuncia frecuente es la violencia entre hermanos y entre cónyuges o excónyuges. No es fácil establecer a qué obedece esta tendencia que abarca un 80% de las denuncias, en nuestra lectura sucede que la propensión de los matrimonios es borrar el desequilibrio que culturalmente habíamos heredado, y que le otorgaba un lugar de poder superior al esposo. Esto mismo puede pasar con los hermanos. Los hermanos mayores conservaron tradicionalmente un lugar de poder en la familia, especialmente si la figura paterna estaba ausente. Hoy esa figura del primogénito ha perdido preponderancia y por tanto los demás hermanos no están en disposición de aceptar sus mandatos, es posible que esto lleve a hermanos y hermanas a hacer uso de la denuncia como estrategia para demostrar lo inexistente de ese “poder cultural”. En conclusión, los motivos para denunciar parecen estar asociados a jerarquías de poder que se han invertido o a que los roles tradicionalmente subordinados han ido tomando nuevas tendencias. Sin duda las actitudes y las estrategias pueden aclarar lo dicho. Las Actitudes Como se dijo en el apartado anterior, las actitudes son aquellas posturas espontáneas que los actores sociales toman para enfrentar el hecho violento y que le ayudarán a hacer frente la violencia familiar. Ellas surgen en el mismo instante que ocurre el episodio violento como método de afrontar el suceso. Veamos algunos ejemplos Ejemplo 1. “mi esposo nunca ha agredido ni verbal ni físicamente al hijo de 6 meses, pero estaba trasnochado y le dejé al niño quince o veinte minutos y cuando volví encontré al niño con las mejillas coloradas, el tabique y los labios hinchados” Ejemplo 2. “él no había sido agresivo conmigo, es la primera vez y fue porque le serví la comida y me dijo que era mucha, le merme un poco y le dije que se la tenía que comer y por eso empezó a decirme cosas feas a insultarme. […] me dijo que tenía mozo, que me iba para donde él. […] me cogió del cuello con las manos y no me quería soltar, me tiro al piso y me golpeo delante de la niña […] tenemos una relación de 4 años, pero solo hace 8 meses convivimos” Ejemplo 3. “él no me dejó entrar a la casa, pues me encontraba con mis hermanos tomándome unas cervezas entonces me fui a dormir a la casa de mi hermana.” Cuando esposa llego a la casa al otro día, esposo le “cortó el brazo con una navaja, pero él trato de cortarme la cara, me trataba muy mal con palabras como: piroba,

vagabunda, perra, que yo soy muy cosa para él, que yo no valgo la pena y lo dice en presencia de los niños”. Esto viene sucediendo sólo desde hace 20 días. [Tienen 4 hijos.] Ejemplo 4. “mi esposo se mantiene amenazando de que no va a volver a llevar comida a la casa, que no va a volver a responder por el niño especial que tenernos. […] después de insultarme y amenazarme diciéndome que me prostituyo, que yo me mantengo putiando en la calle y que me vaya para donde esos desgraciados, malparidos para que respondan por mi y por los niños. […] yo le di una palmada en la boca y él se fue para la calle y yo le tire un palo de escoba, luego él toma ese mismo palo que tiene dos clavos para colgar ropa y me lo tiro enterrándome los clavos en la cara […cuando esposo vio sangre se devolvió a ayudar a sacar el palo de la cara, esposa le dio palmadas, iba a llamar a la policía y esposo se escapo.] es la primera vez que me pega, él me insulta pero nunca me pega” [Conviven hace 15 años.]

Se puede observar en las anteriores descripciones, en donde la violencia no era una constante en la cotidianidad del grupo familiar que los actores sociales tuvieron que asumir actitudes para agredir o defenderse antes, durante o después del episodio de VIF, tal cual lo muestra el caso tres, donde solo hace veinte días habían comenzado las agresiones y los miembros de la familia, por el simple hecho de la supervivencia deben crear comportamientos y configuraciones familiares nuevas para llegar acuerdos de coexistencia, igual sucede con el caso cuarto donde se ve claramente que las posturas asumidas por los actores sociales son, tanto para agredir como para defenderse de los constantes momentos violentos que surgieron en el instante que apareció el episodio de VIF. Por el solo hecho de concebir un nuevo estilo de comportamiento en su estilo de vida, cada uno de los actores sociales se va adaptando a las nuevas experiencias de violencia corriendo el riesgo que esas nuevas actitudes se conviertan en estrategias para garantizar la convivencia en el hogar o terminar con la unidad familiar. Las Estrategias Al hablar de estrategias estamos dando por sentado que existe una recurrencia en los episodios de VIF y un análisis previo y sistemático de cómo actúan los actores sociales frente a un evento violento al interior de la familia. Por medio de las denuncias analizadas observamos esos comportamientos y posturas. Para ello recreemos algunas narrativas en donde podemos inferir el esquema de conductas previas y las estrategias utilizadas. Narración 1. "en el día de hoy yo llegue a la casa del trabajo, el llego al momentico y pregunto por los niños y yo le dije que le pusiera más cuidado mientras que el no hacía nada, que yo llegaba muy cansada de trabajar. […] le choco que yo le dijera que los niños parecían sin papá. […] inmediatamente me pegó una patada en la cadera, me dio puños en el pecho y abdomen y luego me dio una patada en la mandíbula, yo busque una piedra para darle a él y me volvió a pegar, me aruño los brazos. […] hace diez años que me agrede física y verbalmente. Me agrede cada que le da la gana. […] siempre hay que darle la razón en todo. […] yo lo denuncie el diciembre de 2007 ante la comisaria de familia. Narración 2. [Ex-esposo la amenaza] "él le dice a uno que no le va [a dejar] disfrutar la casa, que en cualquier momento aparecerá incendiada o derrumbada. Yo le tengo a él demasiado miedo. Agrego que él compra revistas y películas de porno. Los niños han visto esto. […] yo lo demandé por violencia varias veces. Hemos

llegado a acuerdos pero él no los ha cumplido. […] desde hace 13 años me viene maltratando verbal física y sicológicamente tanto a mí como a sus hijos." Narración 3. “llego mi esposo del trabajo y porque le había ido mal en el negocio llego mal humorado y empezó a agredirme verbalmente, me dijo que yo era la sal de él, que yo no sirvo para nada y que soy una perra hijueputa”. [Esposa luego salió hacer diligencias por miedo a ser golpeada.] “la última vez que me golpeo fue hace un mes, me dejó bastante aporreada y me amenazó con un cuchillo. Hace mucho tiempo vengo recibiendo maltrato físico y emocional y no puedo seguir viviendo con miedo”. [Hace 17 años están casados; esposa dice que depende económicamente de esposo.] Narración 4. “estábamos discutiendo porque él es un hombre muy celoso, intento ponerme la mano encima, me insulto y me dijo que si yo tenía otro me mocha la cabeza, pero no me golpeo, me dio en la cara ayer y el maltrato fue verbal. […] él es violento siempre, cuando tienen rabia es violento. […] él me golpea desde que estaba en embarazo y cada vez que tenemos un problema me golpea. […] me asusta porque le da golpes a la pared, quiebra cosas, dice cosas incoherentes como: claro estabas con el otro, con quien estabas hablando cosas raras, me dijo que había renunciado al trabajo para cuidarme y ya lo había hecho antes. Me huele mi ropa y me observa mucho cuando me organizo y eso me pone nerviosa. […] yo me dejo pegar para evitar escándalos delante de los niños. Él a pesar que es violento es buen papá y buen esposo, pero tiene ese defecto. No consume drogas ni alcohol”. [Viven hace diez años juntos, tienen dos hijos.]

Con las anteriores narraciones queremos apuntar que cuando objetamos que durante un episodio de VIF los actores sociales que interfieren en él han configurado a lo largo del tiempo una serie de estrategias para enfrontar el evento, lo hacemos desde la base de nuestras fuentes de información, es decir las denuncias, ya que a partir de ellas podemos presumir que en el victimario existe una preconcepción de planear los golpes o las amenazas y la víctima planifica como se defenderá de las constantes agresiones, pues la gran mayoría de los victimarios que planean un evento de violencia a un miembro de su familia controlan y dirigen a un lugar especial del cuerpo de su víctima los golpes, específicamente en áreas donde los moretones y marcas no se pueden ver fácilmente: el cuello, la espalda, el torso superior y las piernas o simplemente lo hacen cuando ven que a su alrededor no hay testigos y sobre todo porque muchas de las víctimas al colocar una denuncia por este delito afirman que el victimario es consciente cuando ejerce violencia. Así mismo, ligado a las anteriores descripciones de los actos de VIF, detectamos que normalmente los actores agredidos pasan por las etapas de negar la realidad y de minimizar el hecho como tal al final del proceso penal llamado conciliación, es decir, niegan que el evento haya sucedido y actúan de forma estratégica para la supervivencia y convivencia considerando que ese moretón o ese golpe no es nada o piensan que el victimario a “pesar de ser violento es buen papá y esposo pero que solo tiene ese defecto”, como se evidencia en la cuarta narración. Estas negaciones del hecho dan como resultado, entre otros, el desistimiento de cualquier indemnización económica “porque las lesiones no valieron la pena”, llegar a acuerdos que reafirmen el vínculo filial, o en ínfimos casos seguir adelante con el proceso legal. Otras veces las víctimas buscan una solución a la violencia al huir temporalmente del hogar para volver más tarde cuando los ánimos se calmen, otros

interponen denuncias por el delito de VIF o simplemente se defienden de su agresor atacándole físicamente. Ahora bien, a raíz de las narrativas arriba descritas sobre VIF la pregunta que nos asalta es: ¿cómo puede sobrevivir una familia que lleva más de veinte años en unión y donde la violencia es el común denominador? Cuando en la cotidianidad familiar se recrea la violencia, se presume que sus miembros se las arreglan para continuar conviviendo y subsistir juntos. Por medio del análisis de las denuncias podemos inferir que en los actores sociales que llevan un tiempo considerable unidos, surgen una serie de mecanismos de convivencia, por ejemplo, cuando el victimario solicita disculpas a la víctima, más que un arrepentimiento, es una estrategia diseñada para mantener la convivencia. Igual sucede con la víctima que acepta las disculpas. Lo anterior explica expresiones como: “me dejo pegar para evitar mayores problemas” o “dependo de él económicamente”. Consideramos entonces que estas son estrategias que han tenido que idear y adaptar a su convivencia para compartir y garantizar de alguna manera su estadía en el hogar. Formas en que se expresa la VIF en Medellín. En las denuncias analizadas y a partir de los campos: “TIPO DE LESIONES”, DESCRIPCIÓNDE LOS ACTOS DE VIOLENCIA”, “DETONANTE” y “OBSERVACIONES”, se pudieron visualizar las formas más comunes en que los medellinenses expresan la violencia al interior de la familia. La expresión física de la VIF en Medellín se manifiesta con: palmadas, cachetadas, patadas, golpes en los brazos, piernas, abdomen y rostro, moretones en la cara o piernas, mordeduras en los brazos y cabeza, rasguños en la cara o espalda, intentos de estrangulación. También puede que el actor social ejerza la violencia rompiendo las cosas de la casa, de la pareja o las propias, botar la ropa de la pareja a la calle o quemarla o se auto infringe dolor golpeándose en la cabeza con la pared o golpeando elementos del hogar con la mano. La violencia verbal se reflejan en las palabras que descalifica o minimiza al otro, como: “torpe”, “bruta”, “no sirves para nada”, acusaciones de infidelidad falsas, hacer quedar mal al otro frente a las demás personas, chismes o comentarios. Estas formas de ejercer la violencia se podrían enmarcar en la incapacidad del agresor de acceder físicamente a la víctima. CONCLUSIONES El Estado colombiano se ve obligado a intervenir la VIF pues la considera un problema que degrada potencialmente la sociedad y el no hacerlo deslegitimaría su modelo de estado

social de derecho por un lado, y por otro estaría en desacuerdo con las exigencias del documento Declaración universal de los derechos humanos en su artículo 8, el cual reza: “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.” 7 Este recurso sólo puede ser ofrecido por el Estado. La cuestión que nos interpela es la siguiente: ¿cómo restablecer el equilibrio quebrantado de un grupo familiar, sin un estudio exhaustivo de las dinámicas familiares? Desde nuestra percepción el Estado colombiano como estado social de derecho tiene grandes pretensiones y aunque es evidente en la práctica su incapacidad para resolver conflictos familiares, teóricamente está obligado a hacerlo. A lo largo de la investigación consideramos necesario reflexionar sobre los siguientes planteamientos: ¿Por qué los Derechos Humanos se presentan como ideales hegemónicos que trascienden todas las esferas de la vida humana? ¿Es posible una introyección de los Derechos Humanos como discurso jurídico universal e intercultural? ¿Por qué la invención de Derechos Humanos no es suficiente para asegurar la paz? Los resultados de las discusiones en torno a estas cuestiones nos llevan a concluir que, asumir la VIF como una violación directa a los Derechos Humanos, ha ocasionado consideraciones bastante ligeras de las múltiples relaciones familiares denominadas “violentas”. La Defensoría del Pueblo en el 2001 realiza un estudio donde argumenta que, en razón de la igualdad de derechos y la equidad es más que justificable la acción del Estado en la esfera privada. De ahí que sus formas de proceder a nivel jurídico correspondan a realizar intervención desde la penalización de actos tipificados como violentos. Con esto en mente pensemos la siguiente situación. Si por algún momento fuese posible abstraer la Violencia Intrafamiliar del contexto de los Derechos Humanos, tal vez los intereses a nivel de sus estudios o interpretaciones ni siquiera fueran erradicarla de las sociedades como si se tratase de una pandemia mundial, sino más bien entenderla en el sentido que plantea Jiménez (2001), como una expresión o un lenguaje y por tanto que merece ser interpretado antes de aproximarse a posibles intervenciones. Lo anterior nos lleva a pensar que situar la mirada en los orígenes de aquellas situaciones que posibilitan cualquier tipo de relación entre hombres, por ejemplo la familia, representaría una suerte de re-encuentro con las condiciones que nos hacen verdaderamente humanos. Es aquí donde cobra valor el imperativo griego del conócete a ti mismo, lo que sería igual en Arendt (2005:33) sentirse a sí mismo, materializado en su sencilla propuesta: “nada más que pensar en lo que hacemos”. El problema que se sigue de esto es determinar justamente en qué medida es posible pensar lo humano por fuera de principios universales

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Declaración Universal de los Derechos Humanos. 1948 – 1998.

que rijan su actuar, pues a primera vista se creería que la no existencia de derechos humanos ocasionaría el colapso de toda institución social. Aventurarse en un ejercicio como el que insinuamos, más que cuestionar la existencia o no de una naturaleza humana o esencia en el mismo sentido que otras cosas, pretende más bien interrogarnos por qué desde la aparición de los derechos humanos y su consecuente interiorización en Colombia como discurso jurídico, los mismos principios que allí se enarbolan, cada vez son más vulnerados dentro de las sociedades condicionadas por conflictos armados internos como la nuestra. Consideremos nuevamente el problema de por qué la invención de Derechos Humanos universales como conquista de la razón, no es suficiente para asegurar la paz dentro de las relaciones de convivencia de los seres humanos. Partamos de lo siguiente. Las personas acceden al mecanismo de la denuncia penal ante la Fiscalía en una práctica de ensayo-error, al menos por dos motivos observables. Primero, porque la denuncia es la única forma en que el Estado escucha al ciudadano, y segundo, porque hace parte de su estrategia, y aunque sepa que no encontrará solución a su problema en el mecanismo jurídico, desea buscar salidas, ya que está inconforme con la relación existente entre ella y su agresor. De ahí que el sujeto denunciante no ve su conflicto personal como la representación de un daño para el sistema social, lo ve como una amenaza a su propia integridad física o psicológica que en ocasiones se extiende a una amenaza para todo el grupo familiar. Llegar a acuerdos durante la conciliación traducidos en respeto mutuo, promesas de cambio y no agresión física o verbal, no es suficiente para reestablecer el equilibrio dentro de un grupo familiar, si es que alguna vez existió, mucho menos para dar validez a la preservación de Derechos Humanos universales que ambicionan la paz del mundo. No obstante afirmaremos que el hecho de conciliar representa, dentro de las múltiples experiencias y relaciones que construyen las personas en familias, una acción más del sujeto tendiente a proteger su vida lejos del agresor o a la inversa una forma de cohesionar los vínculos familiares, es decir, de corresponderse a los fines de la ley. Tipos de violencia Intrafamiliar para la ciudad de Medellín. De acuerdo con los análisis presentados podemos identificar, para la ciudad de Medellín, dos principios para tipologizar la VIF: considerándola como una situación aislada de la cotidianidad y en la cual los actores se pueden dividir en víctimas y victimarios; y, considerándola como un lenguaje cuyos morfemas se ven representados en cada uno de los episodios de VIF. Siendo así agrupamos bajo el primer principio las siguientes tipologías: de victimario victima: cuando uno de estos roles recae sobre un actor social; de dinámica: cuando los distintos actores sociales se agreden simultáneamente y cambian sus jerarquías de poder en

el transcurso del hecho violento; de violencia hacia la mujer: cuando un actor social tiene una jerarquía de poder y la ejerce contra la mujer; y, de violencia hacia el hombre: cuando un actor social tiene una jerarquía de poder y ejerce la violencia hacia el hombre. El segundo principio nos da pie para tipologizar la VIF en Medellín de la siguiente manera:

Episodios entre cónyuges. Son los conflictos que nacen a partir de las relaciones de convivencia entre los padres, esposos o compañeros permanentes. Sus problemáticas se encuentran centradas a exigencias por parte de uno o ambos actores sociales, como por ejemplo: de tipo personal y afectivo (celos o supuesta infidelidad); de problemas individuales (llegar cansado del trabajo, no tener dinero, poseer problemas financieros o no tener trabajo); de poca o nula claridad sobre acuerdos para el manejo del tiempo (control sobre el tiempo para llegar a la casa o al trabajo, no dejar salir con sus compañeros(as), dejar a alguien encerrado(a) en la habitación; de control de la intimidad (encuentros con amigos(as), saber con quién habla, conocer su círculo social); de tiempo dedicado a la familia (descuido en el cuidado de los hijos o no compartir con ellos el tiempo suficiente); y, en general con aquellos temas que son exclusivamente de la pareja. Aquí también vale la pena anotar que se presentan casos por intromisión de terceras personas en espacios y decisiones de la pareja.

Episodios de autoridad parental: hace relación a los conflictos que pueden surgir entre los padres por temas relacionados con el ejercicio de las funciones culturalmente aceptadas para los padres, se podría decir que el origen de este tipo de violencia es por la falta de normas en el hogar o la existencia de algunas que no son claras, tales como: horario de llegada por parte del o de los hijos, salir sin autorización o permisos de utilizar elementos de la casa sin autorización. Esos conflictos se pueden asociar a la forma de entender las reglas o normas de los padres o muchas.

Episodios entre hermanos: son entre iguales. Son las disputas o los conflictos que se configuran entre hermanos y se pueden generar por reclamos por la utilización de algunos elementos del hogar.

Episodios entre generaciones: Aquí podremos abarcar aquellos conflictos que se desarrollan entre actores sociales de distintas generaciones y que hacen parte del grupo familiar, por ejemplo entre abuelos y nietos, padres y abuelos, tíos y sobrinos, etc.

Episodio entre géneros: los roles culturalmente aceptados por la comunidad, en donde el “ser mujer y el ser hombre” vienen marcados con una fuerte estructura social sustentadas en la jerarquía de poder y posiciones de superioridad de un género sobre el otro. Luego de analizar en los archivos de la Fiscalía los datos que fueron relevantes dentro de la ficha (Tipo de agresión, posición familiar demandante y sindicado, estado, tipo de agresión, detonante, descripción de los actos violentos, antecedentes, acciones de la justicia, qué se espera con la denuncia y observaciones) podremos concluir que la violencia intrafamiliar en

Medellín corresponde a la suma de episodios violentos producto de relaciones de convivencia dentro de las familias, donde los actores sociales despliegan actitudes y estrategias para afrontar el hecho violento y de este modo dar continuidad a la vida en familia o terminar con ella. BIBLIOGRAFÍA ARENDT, Hannah. (2005). La condición humana. Barcelona: Paidos Surcos. Código Penal Colombiano. Ley 294 de 1996. Constitución Política de Colombia de 1991. Artículo 42 inciso 5. Defensoría del pueblo. (2001) Mecanismos de protección contra la Violencia intrafamiliar . Bogotá. Duque, Luis Fernando…[et al.]. (2009). La Violencia en el Valle de Aburrá. Caminos para la superación. Medellín. Universidad de Antioquia. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2006). Informe Forensis: Impacto Social de la Violencia Intrafamiliar. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2007). Informe Forensis: Violencia Intrafamiliar Colombia 2007. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2010). Informe Forensis Mujeres: Datos para la vida Jiménez, Blanca Inés. (2001). Balance de la investigaciones sobre violencia en la familia en Antioquia y su área metropolitana. Medellín. Universidad de Antioquia. Jimeno, Myriam…[et al.]; Góngora, Andrés…[et al.]. (2007). Manes, mansitos y manazos: una metodología de trabajo sobre violencia intrafamiliar y sexual. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia. Facultad de Ciencias Humanas. Profamilia. (2010). Encuesta Nacional de Demografía y Salud. (P. 105). Bogotá Puyana, Yolanda. (1998). Familia Agresión y violencias. sociedad No 2. Medellín. Universidad de Antioquia.

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ANEXO 1.

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