El uso retórico de los paréntesis y las interrogaciones en la Autodefensa espiritual, de Sor Juana

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El uso retórico de los paréntesis y las interrogaciones en la Autodefensa espiritual, de Sor Juana Xitlally Rivero Romero Tecnológico de Monterrey

El presente trabajo es un acercamiento hermenéutico a la Autodefensa espiritual de Sor Juana Inés de la Cruz, también llamada Carta de Monterrey, la cual pone de manifiesto el rompimiento de Sor Juana con su confesor, el padre Antonio Núñez de Miranda. La carta, en comparación con la Carta a Sor Filotea, parece apresurada y hasta pasional; sin embargo, tras el análisis de elementos textuales, semióticos y discursivos, se revela el pleno conocimiento por parte de Sor Juana de su receptor y el contexto de recepción inmediato a la carta. This study is an Hermeneutic approach to Autodefensa Espiritual, de Sor Juana Ines de la Cruz, which shows the breakdown of Sor Juana with her ​​confessor, Father Antonio Núñez de Miranda. The letter, compared with the Carta a Sor Filotea, seems hasty and even passionate, but the analysis of textual, semiotic and discursive, reveals the full knowledge of Sor Juana by the receiver and the context of reception to the letter.

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....n abril de 1980, buscando, según sus propias palabras, “datos para la historia religiosa del Nuevo Reino de León, en la Biblioteca

del Seminario Arquidiocesano de Monterrey”, el padre Aureliano Tapia Méndez dio con “un grueso infolio que colecciona varios manuscritos y algunos impresos, empastado en pergamino y con un título grabado en el lomo Varios Ynformes” (25). En este volumen, cerca de la mitad de los folios, el padre encontró el texto de una carta titulada: Carta de la Me. Juana Ynes de la Cruz, escripta a el R. P. M. Antonio Nuñez de la Compa. de Jesús.

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La también llamada Carta de Monterrey o Autodefensa Espiritual pone de manifiesto, a grandes rasgos, el rompimiento de Sor Juana con su confesor, el padre Antonio Núñez de Miranda. A primera vista, y sobre todo en comparación con la Carta a Sor Filotea, la redacción parece apresurada y hasta pasional; sin embargo, una lectura más detallada sugiere que la autora escribió la carta con base en un conocimiento profundo de determinadas reglas, jerarquías de autoridad específicas y el destinatario, es decir, del padre Núñez. Para ello, resulta de vital importancia considerar los numerosos paréntesis que encontramos, ya como breves notas aclaratorias: “…la veneración y crédito grande que Vuestra Reverencia, (con mucha razón) tiene con todos…” (vv. 12, 13); ya como comentarios un poco más extensos en los que radica, muchas veces, un atrevimiento por parte de Sor Juana contra eel padre Núñez de Miranda: “…le suplico a Vuestra Reverencia deponga por un rato el cariño del propio dictamen (que aun a los muy santos arrastra)…” (vv. 50, 51). O bien, el uso de los signos de interrogación, que también denotan una fuerte confrontación con el destinatario de la carta: “Y Vuestra Reverencia, cargado de tantas letras, ¿no piensa salvarse?” (v. 99). Así, la comprensión del texto llevará a una necesaria reflexionar sobre el análisis de la Carta de Monterrey para ofrecer un texto legible para mis lectores contemporáneos. I. El corpus de análisis Además de la edición facsimilar que el padre Tapia Méndez hace de esta carta en 1992, existen ya numerosos títulos en los que podemos encontrar tanto fragmentos como la carta completa de la Autodefensa Espiritual de Sor Juana. La primera de ellas es del propio padre Aureliano Tapia Méndez, publicada con el título Autodefensa Espiritual de Sor Juana, por la Universidad Autónoma de Nuevo León, en 1980, sin el manuscrito. Posteriormente, en 1986, publica Carta de Sor Juana Inés de la Cruz a su Confesor. Autodefensa Espiritual de Sor Juana, esta vez con el manuscrito paleográfico del padre Tapia.

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También en 1980, Antonio Alatorre, de El Colegio de México, incluye la Carta con sus propia paleografía al final de su estudio “Para leer la Fama, y Obras Póstumas de Sor Juana Inés de la Cruz”, publicado en el número 29 de la Nueva Revista de Filología Hispánica, que más tarde amplía y vuelve a publicar en 1987. Por su parte, en ese mismo año, Herón Pérez Martínez hace una reseña de la segunda edición del padre Tapia e incluye también fragmentos de la carta en el número 30 de la revista Relaciones, Estudios de Historia y Sociedad de El Colegio de Michoacán. Georgina Sabat de Rivers habla de la carta en el artículo titulado “Sor Juana vista por Dorothy Schons y Octavio Paz”, en la Revista Iberoamericana, en Pittsburg, Estados Unidos. Algunos fragmentos aparecen también en Sor Juana Inés de la Cruz y sus contemporáneos, publicado por la UNAM en 1998 y editado por Margo Glantz. Encontramos una versión completa de la carta en la tercera edición, fechada en 1983, de Sor Juana Inés de la Cruz, o las trampas de la fe, de Octavio Paz, en el Fondo de Cultura Económica. Asimismo, hay por lo menos dos traducciones completas de la carta en inglés y en italiano. La primera está hecha por Nina M. Scott, y se incluye al final de su artículo “Gender and authority in Sor Juana Inés de la Cruz”, en el número 5 de Women’s Studies International Forum, de Oxford, Inglaterra, en 1988. La segunda es una traducción que aparece en la edición milanesa de Sour Juana, o de la insidie della Fede, de Octavio Paz, realizada por Glauco Felici, y publicada por Garzanti Editore en 1991, en Milano, Italia. Para el presente trabajo se utiliza la edición del padre Tapia Méndez titulada Carta de Sor Juana Inés de la Cruz a su confesor. Autodefensa Espiritual, impresa por Producciones Al Voleo El Troquel, en Monterrey, Nuevo León, en 1992, debido a que es la única edición que incluye el facsimilar de la carta, así como su transcripción en páginas opuestas. Adicionalmente, en esta tercera edición que realiza Tapia Méndez, se toman en consideración las correcciones que Antonio Alatorre hizo a la primera paleografía del padre en 1980.

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Ahora bien, es importante señalar que el texto encontrado no se trata, de ningún modo, de una carta autógrafa, y que no está fechada ni firmada por Sor Juana. De acuerdo con el padre Tapia: “es una copia de su tiempo, ya que su estilo de letra itálica corresponde visiblemente a la época” (25). Aunque el padre menciona que la grafía es muy similar a la de los manuscritos que se tienen del testamento de Sor Juana1, firmados por ella, así como a la del documento de la donación de una esclava mulata, por parte de la madre a su hija, ambos realizados ante el escribano real José de Anaya, no hay una prueba que permita afirmar que la Carta de Monterrey haya sido efectuada por este escribano o por un amanuense a su servicio. A pesar de las dudas acerca de la autenticidad de la carta por parte de investigadores tales como Georgina Sabat de Rivers2 y, en su momento, de Octavio Paz3, los eruditos Antonio Alatorre y Antonio Gómez Robledo, ambos reconocidos sorjuanistas, coincidieron con Tapia Méndez en que “es evidente que en cada frase de la Autodefensa, en el contexto general, en los paréntesis y exclamaciones, en las citas de personajes y acontecimientos y de sentimientos propios y rasgos de personalidad, aparece Sor Juana” (Tapia, 27). Con respecto a la fecha del manuscrito, Antonio Alatorre ha señalado que debió escribirse hacia fines de 1682. Alatorre se basa, para ello, en los renglones 165 y 166 de la carta, los cuales versan: “Pero a Vuestra Reverencia no puedo dejar de decirle que rebosan ya en el/ pecho las quejas que en espacio de dos años pudiera haber dado…”4. El enojo de Núñez al que alude Sor Juana data, precisamente, de “el Arco de la Iglesia” que la poetisa escribió para la llegada de don Tomás Antonio de la Cerda, marqués de la Laguna, quien entró como virrey el 30 de noviembre de 1680. Es decir, la carta debió escribirse dos, o casi dos años después del Neptuno Alegórico (Alatorre, 666). Para esta fecha, Sor Juana lleva trece años en la orden de San Jerónimo, con el padre Núñez como confesor desde el primer momento, y no será sino hasta nueve años más tarde, en 1691, que escribirá su Carta a Sor Filotea de

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la Cruz, de acuerdo con la cronología que prepara Sara Poot Herrera para la edición de esta última, en 2004, por la UNAM. II. Sor Juana, Núñez de Miranda y el mundo religioso novohispano Resulta indispensable, entonces, para una lectura profunda de la Carta de Monterrey y el adecuado planteamiento del problema, considerar a los elementos involucrados en el acto de comunicación que registra el manuscrito. Sabemos que el Padre Antonio Núñez de Miranda fue el confesor espiritual de Sor Juana desde su entrada en la orden de San Jerónimo, en 1669, y que tenía fama de seguir al pie de la letra normas estrictas que él mismo imponía y tenía por escrito (Tapia, 58). Es importante destacar, asimismo, que Núñez de Miranda tenía relación con Fernández de Santa Cruz (Tapia, 70), a quien Sor Juana dirige su Carta a sor Filotea. Además, Núñez de Miranda fue calificador del Tribunal de la Inquisición durante treinta años. Según palabras de Tapia: “era un confesor que buscaba la perfección de sus dirigidos en la contrición de los pecados, con un ejercicio continuo en la contemplación y en la vida sacramentaria” (69). Bravo Arriaga, por su parte, afirma que Núñez es “el más prestigioso y temido dictaminador de conciencias de su tiempo” (259). Sor Juana también alude a la importancia que tiene el padre Núñez frente a la comunidad reliogosa, “que le oyen como a un oráculo divino, y aprecian sus palabras como dictadas del Espíritu Santo” (v. 14). De acuerdo con Bravo Arriaga, Oviedo deja entrever un espíritu “recio, colérico e intolerante” (263), que se esmera en las virtudes de la humildad y la obediencia: Su natural fogoso y colérico, en que puso grande cuidado desde los primeros años de Religión, como quien conocía que venciendo essa passión que era en él la principal, vencería sin dificultad las otras, y le quedaría el passo franco y libre para caminar sin estorvo a la perfección(Oviedo en Bravo, 264)

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En uno de sus textos más famosos, la Platica doctrinal […] en la profesión de una Señora Religiosa del Convento de San Lorenço5, de 1679, Núñez maneja un código operativo en torno a la idea central del modelo de la religiosa como Esposa de Cristo y su renuncia tácita al mundo y a sí misma: [¿]Qué es desposarse con Christo una señora Religiosa? […] Es quedar toda de Christo con todas sus dependencias, quereres, y haberes, y en nada suya, ni aun en el albedrío, porque toda se ofrece en holocausto por virtud de su Professión (Núñez en Bravo, 266).

Cuatro son los votos que pide Núñez a las religiosas: pobreza, obediencia, castidad y clausura (Bravo, 266). Y la obediencia es aquí entendida como “la anulación del ser individual para vivir sólo conforme a los dictámenes de la autoridad.” (267) Un punto de vital importancia es señalar que el padre Núñez había sido el confesor oficial de los virreyes por un tiempo considerable. Sin embargo, a la llegada de los duques de la Laguna, y en el tiempo en que Sor Juana escribe su Autodefensa Espiritual, el padre Núñez ya no tiene en el palacio la influencia que gozara en otros tiempos. La entonces virreina de la Laguna tenía como padre espiritual al padre maestro Baltasar de Mansilla y, para el bautizo de su hijo nacido en 1683, los virreyes llamaron a fray Payo y no a Núñez (Tapia, 69). En contraparte, la virreina de la Laguna atendió los buenos comentarios que recibió de Sor Juana por parte de la anterior virreina, la duquesa de Mancera. En una primera lectura de la Autodefensa Espiritual de Sor Juana, salta a la vista un lenguaje directo que en muy poco nos recuerda la obediencia que exige un confesor como el padre Núñez: “Conque podré […] elegir libremente Padre Espiritual, el que yo quisiere…” (vv. 183, 184). Sin embargo, al repasar el contexto en el cual se mueven estos dos singulares personajes, encontramos también otras sorpresas.

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Manuel Ramos Medina, en su artículo De lo que hacían las otras monjas novohispanas, presenta una visión que ayuda a situar a la mujer contemporánea de Sor Juana que ingresaba al claustro. En él, Ramos hace un recuento de algunos documentos encontrados recientemente, los cuales ponen en duda la imagen de monjas “ociosas, comunicativas, rezanderas, extasiadas, dedicadas exclusivamente a la lectura del Oficio Divino en los coros alto y bajo e inventando recetas de cocina ayudadas por esclavas y sirvientas” (45). Y aunque Asunción Lavrin advierte que “estamos aún lejos de conocer con completa seguridad la Nueva España del siglo XVII”, y que esta situación es “aplicable sobre todo a la historia de los conventos de religiosas como instituciones clave dentro de la sociedad colonial”6 (35), también ella dedica un artículo al problema de la obediencia en los claustros novohispanos. De acuerdo con esta autora, en la tradición patrística existían tres grados de obediencia: prontitud en la ejecución, sujeción de la voluntad y supresión del entendimiento para no juzgar sobre lo que se ordena (56). El voto, además, era irrevocable y operaba para la religiosa en varios planos. En primer lugar, debían obediencia a su abadesa y a su prelado, ya fuera obispo, arzobispo o provincial. El confesor era otra autoridad en esta escala de jerarquías, “su autoridad era espiritual y, como tal, muy amplia” (56). Por último, todos los religiosos tenían compromisos de obediencia con España y con Roma. A pesar de este voto, la jerarquía eclesiástica novohispana, peninsular en su mayoría, se encontró “con modos de observancia sui generis que chocaban con sus pruritos reguladores” (56). Ramos señala, a este respecto, el caso del convento de las carmelitas de San José, el primero de Sor Juana. Las monjas, saltando la autoridad del arzobispo y del obispo, quienes tenían a su cargo las comunidades femeninas, y saltando también las restricciones que existían para comunicarse directamente con el rey, se atrevieron a decirle a éste que no querían más la dependencia de su arzobispo, acusando a los padres seculares de “no poseer estudios suficientes, lo que los hacía ignorantes en la

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profundidad de la vida religiosa” (48). Asunción Lavrin también alude a este episodio, y añade el de las religiosas de Santa Isabel y San Juan de la Penitencia, que usaron argumentos similares y se quejaban “de que el Comisario pretendía saber más que todos los santos varones que habían aprobado su modo de observancia” (59). Lavrin explica que la obediencia, entonces, tenía sus límites, pues respetaba el libre albedrío, que era otorgado por Dios, y que permite a cada ser humano tomar las resoluciones que le dictan su entendimiento y asumir la responsabilidad por las mismas: “Si una orden de un superior iba en contra de lo establecido por las reglas o llevaba a un pecado mortal, se podía desobedecer” (57). A la vista de este caso en que las carmelitas desconocieron el peso de su máxima autoridad, la actitud de Sor Juana ya no parece tan desmesurada. La misma Lavrin sugiere que Sor Juana debía conocer que “podía recurrir a su propio juicio en el uso de su libre albedrío” (59). En la Carta de Monterrey anota: “…ni yo tengo tan servil natural que haga por amenazas lo que no me persuade la razón, ni por respetos humanos, lo que no hago por Dios…” (líneas 145-147). Algo que va en contra de lo que Núñez de Miranda opinaba al respecto del libre albedrío en las religiosas. Se tiene también noticia de que, aparte de las labores de cocina, bordado y rezo, entre otras, también existen numerosas monjas cronistas, teólogas, místicas y hasta compositoras de música (Ramos, 50). Ramos cita un documento inédito por parte del rey al prelado, el arzobispo Pérez de la Serna: He sido informado que en algunos conventos de monjas de esta ciudad se han hecho algunas representaciones indecentes, por monjas que en algunas habéis hallado y pues estuvisteis presente, claro es que fuisteis la causa de ella y os complacisteis con semejante exceso. Por lo cual para el castigo de mi real conciencia, para que cumplíais con lo que sois obligado, me ha parecido advertiros el gran resentimiento que esto me ha causado… (51)

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Encuentro, entonces, que no sólo Sor Juana disfrutaba de representaciones teatrales y que, además, había incluso arzobispos que consentían que las monjas tuvieses otras ocupaciones además de leer las Santas Escrituras. Es asimismo frecuente, de acuerdo con esta cita, que se organicen fiestas y se escriban textos en ocasión de visitas y ocasiones especiales. Por supuesto, asoma también una autoridad más estricta, que se escandaliza ante las libertades que se toman los conventos femeninos novohispanos. Pero sabemos, en suma, que Sor Juana no está sola, y que si bien sigue siendo motivo de alboroto, hay por lo menos más casos de religiosas que han decidido usar su libre albedrío y proceder según su propio entendimiento y las costumbres particulares de cada orden. III. La Autodefensa Espiritual de Sor Juana Como apunté al inicio del presente trabajo, la Carta de Monterrey es la despedida que Sor Juana manda a su confesor, el padre Antonio Núñez de Miranda, con un lenguaje que, para investigadores tales como Emil Volek, reflejan una “franqueza inusitada, de igual a igual, sin pelos en la lengua” (344). En efecto, encontramos una serie de frases, sobre todo las que se encuentran a modo de preguntas o cercadas por paréntesis, que no concuerdan del todo con el tipo de actitudes que, de acuerdo con lo visto, pide Núñez de Miranda de las monjas novohispanas y, específicamente, de sus hijas espirituales. En su defensa, Sor Juana apela a figuras de autoridad que van desde Santos Doctores de la Iglesia, hasta autoridades más concretas como las representadas por los virreyes. Entre ello aparece el tema de fondo que se asoma tanto en la Autodefensa Espiritual como en su Carta a Sor Filotea de la Cruz: la confrontación de Sor Juana contra el mundo novohispano. Esta confrontación no viene sólo por los “negros versos” que escribía la monja, sino por la moderna idea de que “‘Dios en cuanto Dios’, […] le dio al hombre libre albedrío, esa ‘carta de libertad auténtica’” (435), que años más tarde expondría en la Carta atenagórica.

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Sin embargo, en la Carta de Monterrey, esta idea aparece desdibujada frente a otra que se presenta con mayor insistencia: la obediencia. Armada con el argumento de que lo único que ha hecho es acatar mandatos, de acuerdo con la jerarquía a la que se debe en tanto monja, al enfrentamiento inicial que se da entre las acusaciones del padre y las palabras amorosas con que Sor Juana se refiere a éste, se revela un enfrentamiento más atrevido y certero: el de Núñez contra, nada menos, Dios. Singular versus plural. Sor Juana contra el mundo Desde las primeras líneas de la Autodefensa Espiritual, Sor Juana se muestra como un ser acosado por las murmuraciones de la comunidad en que vive. Pero, además, esta soledad no sólo se manifiesta en las acusaciones, sino que incluso en su defensa no cuenta con más armas que las propias: ella y su pluma. En la Carta, esto se traduce con un juego que contrapone al yo singular contra los múltiples plurales: Aunque ha muchos tiempos que varias personas me han informado de que soy la única reprensible en las conversaciones de Vuestra Reverencia, fiscalizando mis acciones con tan agria ponderación… (vv. 3, 4)

En efecto, los múltiples plurales a los que se enfrenta Sor Juana pueden ser personas concretas, pero también pueden mostrarse en términos de tiempo y de todo aquello que sea reprensible en la monja. Es decir, frente a la singular Sor Juana, se opone la condenación de los plurales. Sor Juana abre su carta yendo directo al tema que le ha hecho tomar las plumas para darlas. Se trata de ciertas conversaciones de Núñez, que varias personas han escuchado, en las cuales la única reprensible es Sor Juana. ¿El motivo? Sus acciones. Vale la pena destacar que las varias personas, lejos de aparecer como aliados, más parecen aves portadoras de la agria ponderación que ha puesto a Sor Juana en boca de todos. Tampoco se especifica qué tipo de acciones son las que han provocado el enojo; en esas acciones, pues, bien pueden

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encontrarse efectivamente todas y cada una de las actitudes y decisiones tomadas por Sor Juana. Aún más, dichas personas se han tomado la molestia de contactar a la monja, ya sea por escrito o en persona, desde hace ya muchos tiempos. Más adelante, y como se apuntó ya, conocemos que estos tiempos han llegado a los dos años, durante los cuales, lejos de disminuir las habladurías y el enojo de Núñez, “parece que le irrita mi paciencia” (19). Yo me arriesgaría a decir que no sólo el enojo del confesor va en aumento, sino el interés de esas varias personas con el tema. Porque las reprensiones del reverendo padre, no han sido “a mí [a Sor Juana] en secreto, […] sino públicamente con todos…” (150, 151)7. Y escribe, según sus propias palabras, que ante esta circunstancia “ya no puedo más” (167). Encontramos una estructura similar en las líneas 9 y 10. En ellas, manifiesta la autora que ha querido: “que cayesen sobre mí todas las objeciones, que no pareciera pasaba yo la línea…” Es decir, frente a “la propia conciencia” (5) de Sor Juana, no hay “conversación en que no salgan mis culpas” (135), las cuales, en boca de Núñez de Miranda, se convierten en vituperios y, en fin, hacen que la Carta termine siendo un “manifiesto” (190) de las mismas. Las culpas, decía, aparecen al inicio en forma generalizada, como las acciones de la monja, pero líneas más adelante se especifica “la materia […] de este enojo” de Núñez, es decir: “estos negros versos de que el Cielo, tan contra la voluntad de Vuestra Reverencia, me dotó” (22). Luego entonces, procede la emisora a enumerar “las obras públicas que tan escandalizado tienen al mundo” (44 y 45), y va luego a “las no públicas” (45). Nótese que, una vez más, se reprueba en plural a todo aquello escrito por Sor Juana, y no únicamente al Neptuno que, como sabemos, detonó el problema. Y si bien esta lista de obras poéticas también ha sido motivo de aplausos (57), éstos tienen aquí un matiz negativo, pues son motivo de envidia del mundo que, pese a su morfología en singular, en seguida manifiesta su carácter plural:

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Las mujeres sienten que las exceda; los hombres, que parezca que los igualo; unos no quisieran que otras supieran más; las mozas que otras parezcan bien, y unos y otros que viese conforme a las reglas de su dictamen, y de todos juntos8 resulta un tan extraño género de martirio, cual no sé yo que otra persona haya experimentado (58-63).

Sor Juana concluye: “en mí es malo lo que en todas [es] bueno” (105); “mi crédito” se encuentra, pues, solo contra “sus palabras”, las de Núñez, y solo, en suma, contra “todos juntos”, es decir, el mundo. Pero aún hay más. Lo negativo versus lo positivo. Núñez contra Sor Juana Otro aspecto que resalta en la Carta de Monterrey es el contraste que surge al comparar la manera en que el confesor se refiere a su hija espiritual, y viceversa. Cuando escuchamos a Núñez a través de las palabras que otros han llevado a Sor Juana, saltan a la vista términos con una carga negativa sobremanera, pues el confesor fiscaliza las acciones de la monja con tan “agria ponderación como llegarlas a escándalo público” (vv. 4, 5), de manera tal, que el propio escribano no dudó en subrayar estas palabras en el manuscrito con el que contamos. Ha habido, por si fuera poco, “otros epítetos no menos horrorosos” (v. 5) que la autora prefiere no enumerar o, no lo sabemos con certeza, las varias personas informantes no se atrevieron a citar. Quizá el “concepto de escandalosa” (v. 141) que aparece más tarde sea uno de ellos. Los “vituperios” (v. 134) llegan al punto de que “el tema espiritual” de Núñez sea nada menos que la “conversión” de Sor Juana. Y hablar de “conversión”, como la autora misma nos explica, es ponerla al nivel de “hereje” (v. 136)9. Hereje, tratemos de imaginar la escena, en palabras de un padre que tiene fama como “el más prestigioso y temido dictaminador de conciencias de su tiempo” (Bravo Arriaga, 259), no sólo entre la comunidad de los conventos, sino entre el mismo Santo Oficio.

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El asunto tuvo, según se lee, “tan escandalizado[…] al mundo, y tan desedificados10 a los buenos” (vv. 44, 45), que parece un milagro, a la luz de estos datos, que la monja no terminara en un proceso inquisitorial después de enviar esta carta. En contraparte, las palabras que Sor Juana usa para con el padre Núñez, en varias líneas, nos recuerdan al tipo de relación que una monja debe mantener con su confesor espiritual, y una relación por cierto bastante afectuosa. Así, la poetisa declara: “he querido sacrificar el sufrimiento a la suma veneración y filial cariño con que siempre he respetado a Vuestra Reverencia” (vv. 7-9); y en otras ocasiones se refiere a este “humano respeto” (v. 11) de la mano de “mi amor” (v. 20). Así pues, Núñez de Miranda, en las palabras de Sor Juana, aparece como el “muy amado Padre, y señor mío” (v. 21), de “clarísimo juicio” (v. 39). Por supuesto que esto rompe con el tono que se lee en las fuertes preguntas que la monja lanza a su “Padre amantísimo” (v. 125) “a quien tanto vener[a]” (v. 167), pero el asunto no es gratuito ni una mera formalidad. Hacia las últimas líneas de la carta, y frente a la osada repetición del rompimiento, Sor Juana recuerda las palabras amorosas y de veneración hacia Núñez para apelar a “su mucha caridad” (v. 194), a fin de que el confesor continúe las reprimendas ya no en público, y ya ni siquiera en secreto, sino única y exclusivamente a través de sus oraciones. Algo que, de acuerdo con Oviedo, sucedió, pues “nunca dejó de encomendar a Dios a su espiritual hija” (en Tapia, 79). Hay, sin embargo, un fragmento en particular en que las palabras amorosas amenazan con cambiar de color: Porque si por contradicción de dictamen hubiera yo de hablar apasionada contra Vuestra Reverencia, como lo hace Vuestra Reverencia contra mí, infinitas ocasiones suyas me repugnan sumamente […] pero no por eso las condeno, sino que antes las venero como suyas y las defiendo como mías; y aun quizá las mismas que son contra mí, llamándolas buen celo, sumo cariño, y otros títulos que sabe inventar mi amor y reverencia cuando hablo con los otros (vv. 159-164).

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Es decir, Sor Juana sabe muy bien que en el tiempo en que se escribe la carta, Núñez de Miranda ya no es confesor de los virreyes, y ya no goza del poder que tuvo en otros tiempos. Ello, sumado quizá a la relación de años que media entre Núñez y Sor Juana, y sin duda a la impetuosa juventud de ésta, puede ser la explicación a ese lenguaje “sin pelos en la lengua” del que habla Emil Volek. Sin embargo, a mí me parece que Sor Juana no olvida el peso que todavía tienen las palabras de Núñez de Miranda y, por ello, frente a las desacreditadoras palabras con que el confesor se refiere a su hija espiritual, Sor Juana utiliza términos amorosos y de un profundo respeto. La obediencia versus el libre albedrío Como apunté al inicio, me parece que Sor Juana deja en claro que está consciente de las normas que debe seguir de acuerdo con su condición de monja y, además, de la postura de su confesor espiritual al respecto. Está consciente, según creo, del contexto en el cual se inserta su Carta, en que los Marqueses de Mancera no son ya los virreyes, sino los Marqueses de la Laguna. Y con base en ello se aventura a escribir una carta del tipo de la Autodefensa espiritual. Cuatro son los votos, según vimos, que pide Núñez a las religiosas: pobreza, castidad, obediencia y clausura (Bravo, 266). Con respecto a la pobreza y a la castidad no se ahonda en la carta, y de la obediencia hablaré enseguida. De la clausura hay pocas marcas, pero deja claro que, en su contra: la primera vez que Sus Excelencias [los virreyes] honraron esta casa, le pedí licencia [a la Madre Priora] para retirarme a la celda, y no verlos, ni ser vista sin más motivo que huir el aplauso, que así se convierte en tan pungentes espinas de persecución, y lo hubiera conseguido a no mandarme la Madre Priora lo contrario (vv. 70-74).

Es decir que Sor Juana ha llevado la clausura al punto, al menos

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en el caso citado, de no permitir en primera instancia que sea rota ni aun por los virreyes en persona Rompe el voto por órdenes expresas de la Madre Priora y, en última instancia, porque los virreyes también representan una autoridad en la cual me detendré más adelante. Vinculado a la clausura del convento aparece, pues, la huida del aplauso público, que también se anuncia en la cita anterior. Recordemos una norma del propio Núñez: “No hablar ni mostrar gusto de oír cosas de propia alabanza…” Sor Juana debe tener esto en mente cuando aclara, cuando se refiere a los dos Villancicos que escribió a la Santísima Virgen: en ellos procedí con tal modestia, que no consentí en los primeros poner mi nombre, y en los segundos se puso sin consentimiento ni noticia mía, y unos y otros corrigió antes Vuestra Reverencia (vv. 32-34).

Según estas palabras, Sor Juana no ha roto lo establecido por su confesor, sino que han sido otros los que han puesto su nombre. Adicionalmente, apela de nuevo a la autoridad, en este caso el propio Núñez, como filtro examinador al que se dirige en cada una de sus acciones. Al menos en lo que respecta a escribir versos. Ya a partir de estos ejemplos puede notarse el papel tan importante que juegan los términos y las alusiones al voto de la obediencia. Ahora bien, recordemos también que la obediencia sigue una escala de jerarquías, en cuyo primer lugar, se encuentran la abadesa y el prelado, en este caso, la Madre Priora Juana de San Antonio y el arzobispo virrey fray Payo. Por orden de este último es que escribe “una loa a los años del Rey nuestro Señor” (v. 58), y escribe “otra por orden de la Excma. Sra. Condesa de Paredes” (v. 59), entonces virreina. Al Arco de la Iglesia, por su parte, motivo que detona el enojo del confesor:

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…le precedió habérmelo pedido tres o cuatro veces, y tantas despedídome yo, hasta que vinieron los dos señores Jueces Hacedores que antes de llamarme a mí, llamaron a la Madre Priora y después a mí, y mandaron en nombre del Excmo. Señor Arzobispo lo hiciese, porque así lo había votado el Cabildo pleno, y aprobado Su Excelencia (vv. 35-38).

Es decir, va de por medio la orden del Cabildo, de los Jueces Hacedores, de la Madre Priora y de fray Payo. Negarse a la orden significaría, prosigue Sor Juana, mentir, desobedecer y hasta ofender a quienes habían votado que el Arco se hiciese: “Luego no pude hacer otra cosa que obedecer” (v. 44). Así, los versos quedan justificados cada uno por mandato de alguna autoridad. Resta acaso “tal o cual coplilla hecha a los años, o a el obsequio de tal” (v. 46), siempre por alguna justificación que no va en contra de los citados votos. El confesor es también otra autoridad, una autoridad espiritual y, por lo tanto, muy amplia. Por ello, Sor Juana declara que, durante mucho tiempo, se abstuvo de hacer versos y se excusó “todo lo posible”, “sólo […] por dar gusto a Vuestra Reverencia, sin buscar, ni averiguar la razón de su aborrecimiento, que es muy propio del amor obedecer a ciegas” (vv. 25-27). Pero no es sólo el amor el que la lleva a obedecer a ciegas, sino que sabía que la orden de Núñez tenía que cumplirse pronto, sujetando la voluntad a la misma, y que no podía juzgar sobre lo ordenado (Lavrin, 56). Así pues, “no quiero entrometerme en su defensa” (v. 25), dice, y en efecto no lo hace. Apela al mandato según el cual se ha visto precisada a escribir versos, pero no vemos, como sí encontramos en la Carta a Sor Filotea, una larga defensa dedicada a ellos. La obediencia que Sor Juana declara tener para con Núñez es tan fuerte, que los citados Villancicos los hace “después de repetidas instancias, y pausa de ocho años, […] con venia y licencia de Vuestra Reverencia, la cual tuve entonces por más necesaria que la del Señor

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Arzobispo Virrey mi Prelado” (vv. 29-32). Queda manifiesto, pues, “mi justo y debido respeto […] a Vuestra Reverencia” (v. 10), “mi obligación y mi respeto” (v. 20). Por último, quedan los compromisos de obediencia con España y con Roma. Como representantes de España se encuentran los virreyes, sobre los cuales se han citado ya algunos ejemplos, y a sus órdenes Sor Juana se ha sujetado, sin cuestionar ni atreverse a contrariarlos, pues “yo no soy Prelada, ni corre por mi cuenta su gobierno” (v. 82). Le resta solo, pues, servir a Sus Excelencias. De Roma no hay ejemplos directos; sin embargo, yo agrego que Sor Juana interpreta que, como instancia suprema, le debe obediencia a Dios. Por ello se atreve a continuar con sus estudios, pues “Dios me inclinó a eso, y no me pareció que era contra su Ley Santísima, ni contra la obligación de mi estado” (vv. 115, 116). Aclarada y comprobada la obediencia, Sor Juana, envalentada, pregunta a su confesor: “¿Tócale a Vuestra Reverencia mi corrección por alguna razón de obligación, de parentesco, crianza, prelacía, o tal qué cosa?” (vv. 143, 144). Se trata de su director espiritual, por supuesto, pero Sor Juana lo acusa de no señalarle sus reprensiones “en secreto, como ordena la paternal corrección” (v. 150). Ella, en cambio, ha seguido las normas, y sabe, además, que “en querer, más que en saber, consiste el salvarse, y esto más estará en mí, que en el confesor” (vv. 177, 178). Con base en esto, dice a Núñez: “el privarme yo de todo aquello que me puede dar gusto, aunque sea muy lícito, es bueno que yo lo haga por mortificarme, cuando yo quiera hacer penitencia; pero no para que Vuestra Reverencia lo quiera conseguir a fuerza de reprensiones” (vv. 145-148), mucho menos cuando éstas son públicas. Sor Juana interpreta, pues, que la obediencia tiene su límite, el libre albedrío como un don otorgado por Dios y, con base en ello, y tomando a Dios como suma autoridad, concluye:

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Conque podré gobernarme con las reglas generales de la Santa Madre Iglesia, mientras el Señor no me da luz de que haga otra cosa, y elegir libremente Padre Espiritual, el que yo quisiere (vv. 182-184).

Las tres referencias que encuentro al libre albedrío contrastan, en número, con los más de treinta términos que aluden, de un modo u otro, al asunto de la obediencia y las jerarquías. En efecto, la libertad humana casi se pierde frente a la importancia que Sor Juana otorga a su contrario. Frente a lo anterior, empero, en los paréntesis y, sobre todo, en las preguntas que se encuentran a cada paso en la Carta se encuentran las frases más duras, determinantes y osadas de Sor Juana. La aclaración de los paréntesis Como apunté, encuentro dos tipos de paréntesis: como breves notas aclaratorias, y como declaraciones por parte de Sor Juana. Las aclaraciones están, en gran medida, dirigidas expresamente al receptor de la carta. Algunas funcionan para dar la razón a Núñez sobre ciertos aspectos; por ejemplo: “[a los versos] siempre los he tenido (como lo son) por cosa indiferente (v. 24); o bien, cuando al hablar sobre el tema de las mujeres y los estudios públicos, los cuales atentan contra la honestidad, añade que éstas no pueden disputar el lugar de los hombres en el gobierno de los magistrados “(de que por la misma razón de honestidad están excluidas)” (v. 91). En otras, los paréntesis suavizan el efecto de las palabras duras de Sor Juana. Por ejemplo: “La materia, pues, de este enojo de Vuestra Reverencia (muy amado Padre, y señor mío) no ha sido otra que la de estos negros versos” (v. 21); y más adelante: Pues, Padre amantísimo (a quien forzada y con vergüenza insto, lo que no quisiera tomar en boca), ¿cuál era el dominio directo que tenía Vuestra Reverencia para disponer de mi persona, y del albedrío (sacando el que mi amor le daba, y le dará siempre) que Dios me dio? (v. 125)

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Hay otras, finalmente, que contienen una defensa propia: “Si he leído los poetas y oradores profanos (descuido en que incurrió el mismo Santo [San Jerónimo]) también leo los Doctores Sagrados y Santas Escrituras” (v. 106). La aclaración, como vemos, no es tan simple, pues se trata del santo de quien toman nombre las jerónimas, Sor Juana entre ellas. El hecho de que San Jerónimo haya leído a poetas y a oradores profanos se anota entre paréntesis, como una nota curiosa al margen del resto de la discusión. Algo que contrasta con la importancia que este tipo de argumentos tiene en la Carta a Sor Filotea. El otro género de paréntesis no es tan amable como los anteriores ejemplos, aunque algunas ocasiones se muestre con ese tinte. Leamos, por citar un caso: “…la paternal corrección (ya que Vuestra Reverencia ha dado en ser mi Padre, cosa en que me tengo ser muy dichosa)” (v. 150). En este ejemplo en particular encontramos una función similar a otras ya citadas, pues es en estas líneas donde Sor Juana acusa al padre Núñez de no dar sus recomendaciones en secreto. El paréntesis, en este sentido, contiene una parte que podría suavizar la acusación, “cosa en que me tengo ser muy dichosa”; sin embargo, a ello le ha antecedido el hecho de que ha sido Núñez de Miranda quien asumió el cargo de ser Padre de Sor Juana, sin el expreso consentimiento, o al menos no consciente, por parte de ella. En otro fragmento de la Carta Sor Juana recuerda que, cuando ella entró a la vida religiosa con la venia de Núñez, “había muy poco que yo tenía la dicha de conocer a Vuestra Reverencia” (v. 138). Ahora que lo conoce más, según parece, no está muy segura de si le conviene un padre como éste. Por si fuera poco, apenas un par de líneas adelante vuelve a aclarar que ha sido Núñez, y no Sor Juana, quien se ha impuesto el papel paterno de guía y corrector:

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Si estas reprensiones cayeran sobre alguna comunicación escandalosa mía, soy tan dócil que (no obstante que ni en lo espiritual ni temporal he corrido nunca por cuenta de Vuestra Reverencia) me apartara de ella y procurara enmendarme y satisfacerle, aunque fuera contra mi gusto (vv. 153-156).

Hay además un tipo de advertencias que parecen aludir a la vida y la personalidad del confesor. Si recordamos la biografía de Núñez, ésta parece asomarse en frases tales como: Pues ahora Padre mío y mi señor, le suplico a Vuestra Reverencia deponga por un rato el cariño del propio dictamen (que aun a los muy santos arrastra), y dígame Vuestra Reverencia (ya que en su opinión es pecado hacer versos)” (vv. 50, 51).

En el primer paréntesis Sor Juana pone el dedo en la llaga que representa ser un hombre tan severo y estricto como lo fue Núñez de Miranda, pues la vanidad muchas veces puede esconderse tras vestimentas de humildad y de una perfección que se comparaba a la santidad en Núñez. Estos paréntesis, además, son la antesala de un brusco cambio, el primero e hecho, en el tono de la Carta de Monterrey. A ellos los ha antecedido un fuerte apartado dedicado a comprobar la obediencia de Sor Juana. Y ellos mismos parecen ser un tomar aliento antes de emprender una aventurada carrera, luego del cual sigue una lista de preguntas y otros paréntesis en los que Sor Juana manifestará su ya no puedo más: “¿en cuál de estas ocasiones [es decir, cuando ha escrito versos] ha sido tan grave el delito de hacerlos?” (v. 52). Y continúa Sor Juana. Otro paréntesis señala también la segunda ocasión en que la Carta tomará un rumbo peligroso: “Y así le suplico a Vuestra Reverencia que si no gusta, ni es ya servido favorecerme (que eso es voluntario) no se acuerde de mí” (170). Dispara la monja una aclaración que, aunque

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breve, queda claro que se trata de una declaración osada pues, en principio, es el momento en que la ruptura entre Sor Juana y Núñez se manifiesta literalmente. Pero además, remite al tema del libre albedrío del que poco gusta Núñez de Miranda. Sor Juana le propone, pues, que él se guíe según su propia voluntad, en el amplio margen de otorga la libertad humana, puesto que ella hará lo propio. Y es justamente la voluntad libre de Sor Juana, manifiesta también en estas líneas, desde la cual rompe con su confesor espiritual. Los dardos de Sor Juana, o sus preguntas Es en las preguntas que lanza Sor Juana donde se concentran los enfrentamientos más fuertes y directos contra el que ha sido su confesor espiritual durante los trece años que lleva en el convento. Trece años durante los cuales se ha mantenido a raya y ha acatado, como ha podido, los consejos del padre Núñez de Miranda. El Neptuno Alegórico ha puesto fin, al menos por el momento, a esta relación. El tema mitológico que escoge, lo sabe Sor Juana, es un tema peligroso para las fuerzas de la Iglesia, “incluyendo desde luego a la vigilante Inquisición” (Tapia, 62). Sor Juana eligió un tema profano, tomó al dios Neptuno como símbolo central, en alusión al nombre del marqués de la Laguna. “Sonadas fueron las alabanzas de todos a la obra de Sor Juana”, nos cuenta Tapia (63). Pero a Núñez de Miranda le ha parecido excesivo. Poeta también, y a quien antes se acudía para pedirle los Villancicos y Arcos que ahora piden a Sor Juana, se topa con que los nuevos virreyes no sólo no lo han llamado a él como su confesor, sino que visitan personalmente para agradecer a Sor Juana este tan profano Arco. Pero dice Sor Juana: “Ahora quisiera yo que Vuestra Reverencia con su clarísimo juicio, se pusiera en mi lugar, y consultara, ¿qué respondiera en este lance?” Decir que no: Era sobre descarado atrevimiento, villano y grosero desagradecimiento a quien me honraba con el concepto de pensar que sabía hacer una mujer ignorante, lo que tan lucidos ingenios solicitaban (vv. 41-43).

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Como apoyo a la lista de preguntas, la poetisa vuelve a suavizar su efecto, esta vez con el tópico de la falsa modestia, recurso característico de su poesía11 que también aparece en un paréntesis: “Yo no puedo, ni quisiera aunque pudiera, ser tan bárbaramente ingrata a los favores y cariños (tan no merecidos, ni servidos) de Sus Excelencias” (v. 85). Y, además, versos que se hacen, hemos visto, por orden expresa de algún superior: “¿son éstos tan culpables? Los aplausos y celebraciones vulgares, ¿los solicité? Y los particulares favores y honras de los Excelentísimos Señores Marqueses que por sola su dignación y sin igual humanidad me hacen, ¿los procuré yo?” (vv. 67-70). Sor Juana ha huido del aplauso, ya se ha visto. Y si el aplauso viene, dejemos a un lado las celebraciones vulgares, de tan altas personalidades como son los virreyes: “¿qué culpa mía fue el que Sus Excelencias se agradasen de mí? Aunque no había por qué. ¿Podré yo negarme a tan soberanas personas? ¿Podré sentir el que me honren con sus visitas?” (vv. 75, 76) Núñez de Miranda sabe muy bien que no, y Sor Juana se lo recuerda. Y si la huida del aplauso, la clausura y la obediencia no son suficientes para agradar al confesor: ¿qué más castigo me quiere Vuestra Reverencia que el que entre los mismos aplausos que tanto se duelen, tengo? ¿De qué envidia no soy blanco? ¿De qué mala intención no soy objeto? ¿Qué acción hago sin temor? ¿Qué palabra digo sin recelo? (vv. 56-58)

Noto, con ejemplos como éste, que cuando las preguntas se suceden unas a otras sin mayor comentario entre ellas, aflora ese ya no puedo más. Seguramente este tipo de listas se refieren a tópicos recurrentes de aquellas varias personas y de aquellas conversaciones que llegan a los oídos de Sor Juana. He aquí otro largo ejemplo:

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…pero los privados y particulares estudios, ¿quién los ha prohibido a las mujeres? ¿No tienen alma racional como los hombres? Pues, ¿por qué no gozará el privilegio de la ilustración de las letras con ellos? ¿No es capaz de tanta gracia y gloria de Dios como la suya? Pues, ¿por qué no será capaz de tantas noticias y ciencias, que es menos? ¿Qué revelación divina, qué determinación de la Iglesia, qué dictamen de la razón hizo para nosotras tan severa ley? ¿Las letras estorban, sino que antes ayudan a la salvación? ¿No se salvó San Agustín, San Ambrosio y todos los demás Santos Doctores? Y Vuestra Reverencia, cargado de tantas letras, ¿no piensa salvarse? (vv. 92-99)

¿No piensa salvarse Núñez? La pregunta es fuerte. Aún más, cada pregunta de este párrafo contiene temas controversiales que merecerán ser tratados con más calma en la Carta a Sor Filotea. Aquí, a Sor Juana le basta apuntar algunas ideas: que la mujer tiene alma racional, como los hombres, y que, en tanto obra hecha por Dios, merece también su gracia y su gloria. Y si alguien se atreve a ir en contra, que le muestre a Sor Juana en qué revelación divina queda normado esto. Los estudios, además, también son camino a la salvación, para ejemplo están los Santos Doctores. Y la monja sabe muy bien, o eso me parece, que su propio confesor es un devorador de libros, con un carácter impetuoso como el de ella. Pero a él, por supueseto, todos lo tienen por santo, según cuenta Oviedo. Y si me responde que en los hombres milita otra razón, digo: ¿No estudió Santa Catarina, Santa Gertrudis, mi Madre Santa Paula, sin estorbarle a su alta contemplación, ni a la fatiga de sus fundaciones, el saber hasta griego? ¿El aprender hebreo? ¿Enseñada de mi Padre San Jerónimo, el resolver y el entender las Santas Escrituras, como el mismo Santo lo dice? ¿Ponderando también en una epístola suya, en todo género de estudios doctísima a Blesila, hija de la misma Santa, y en tan tiernos años que murió de veinte? (vv. 99-105)

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Hay aquí, en esta corta lista que también se explicará más tarde y con más detalle a Sor Filotea, ejemplos claros de santas que incluso se dedicaron a resolver y a entender las Santas Escrituras, algo que a estas alturas todavía no ha hecho la monja, al menos no a la luz de todos, pero a lo cual también llegará a atreverse. Para cuando escribe la Carta Sor Juana es todavía joven, y allá va también el caso de una doctísima Blesila, por aquello de que la edad fuese también un impedimento. Y si tan ilustres mujeres y hombres de la iglesia lo han hecho: “¿por qué en mí es malo lo que en todas fue bueno? ¿Sólo a mí me estorban los libros para salvarme?” (vv. 105, 106) El recurso de la pregunta es engañoso. No se puede afirmar tajantemente que Sor Juana está haciendo una declaración, que está afirmando tal o cual cosa, sino que lanza la pregunta, como mujer ignorante y hasta ingenua, según sus propias palabras, a una persona tan docta como su confesor. Y que sea él quien responda a ese ¿no piensa salvarse? La ingenuidad, por su parte, se presenta con un matiz de monja extasiada ante las maravillas de su Dios: Porque, ¿qué cristiano no se corre de ser iracundo a vista de la paciencia de un Sócrates gentil? ¿Quién podrá ser ambicioso a vista de la modestia de Diógenes Cínico? ¿Quién no alaba a Dios en la inteligencia de Aristóteles? Y en fin, ¿qué católico no se confunde si contempla la suma de virtudes morales en todos los filósofos gentiles? (vv. 108-112)

Este tipo de actitudes, de una contemplación parecida al éxtasis, lo encontramos también en la Carta a Sor Filotea, por supuesto con un tono mucho más suave: “…porque como no hay criatura, por baja que sea, en que no se conozca el me fecit Deus, no hay alguna que no pasme el entendimiento…” (57). Pregunto yo con Sor Juana, ¿hubiese preferido Núñez, como parece que lo ha dicho, que la poetisa se hubiera casado en lugar de entrar al convento? ¿O quizá preferiría que se estuviera como otras monjas?:

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¿Por qué ha de ser malo que el rato que yo había de estar en una reja hablando disparates, o en una celda murmurando cuanto pasa fuera y dentro de casa, o peleando con otra, o riñendo a la triste sirviente, o vagando por todo el mundo con el pensamiento, lo gastara en estudiar? (vv. 112-115)

Imposible, dice Ezquiel Chávez, que el padre Antonio “no haya visto siempre que sin cesar se escapaba ella de su dirección” (en Tapia, 78). Es decir, seguramente desde un principio advirtió Núñez que se topaba con una joven que tenía un carácter similar al suyo, pero con pretensiones contrarias. Y, claro, Sor Juana sabe que su confesor la cree “conquista suya para el cielo” (Chávez en Tapia, 78), pero “¿por qué para salvarse ha de ir por el camino de la ignorancia, si es repugnante a su natural? ¿No es Dios como Suma Bondad, Suma Sabiduría? Pues, ¿por qué le ha de ser más acepta la ignorancia que la ciencia?” (vv. 119-122) Es decir, ¿no es ir contra el mismísimo Dios pedirle a Sor Juana que no estudie? El dilema en que coloca a Núñez para responder a una pregunta como esta no es nada sencillo. Además, después de todo, Juana no hace otra cosa que obedecer a sus superiores. ¿Irá el confesor contra ello? Y si así lo decide: ¿Qué precisión hay en que esta salvación mía sea por medio de Vuestra Reverencia? ¿No podrá ser por otro? ¿Restringióse y limitóse la misericordia de Dios a un hombre, aunque sea tan discreto, tan docto y tan santo como Vuestra Reverencia? (vv. 178-180)

No por cierto, repito con Sor Juana. No puedo dejar de notar la carga irónica encerrada en la fórmula: tan discreto, tan docto y tan santo. Pero al fin, insisto, se trata tan sólo de unas cuantas preguntillas que ya no sólo parecen estar dirigidas al confesor, sino a Dios. La manera en que Sor Juana logra insertar a tan alta autoridad como testigo y hasta interlocutor de la Carta es digna de admiración y, al menos a mí, me parece que no puede ser un mero producto del azar.

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Dios versus Núñez Sor Juana apela a un sinfín de autoridades: el Exmo. Señor Don Fray Payo, los Excelentísimos Señores Virreyes Marqueses de la Laguna, la Madre Priora Juana de San Antonio, los Excelentísimos Señores Marqueses de Mancera, San Agustín, San Ambrosio, los demás Santos Doctores, Santa Catarina, Santa Gertrudis, Santa Paula, San Jerónimo, Blesila, Sócrates, Diógenes Cínico y Aristóteles. Espero que no se me haya escapado ninguno. Pero, como lo he venido anunciando, su arma más certera es la autoridad representada por Dios. En un admirable juego de palabras, lo que logra Sor Juana es contraponer las órdenes y los deseos de Núñez de Miranda contra los designios de Dios. Así, si Núñez se creía el aliado poderoso que le había facilitado la entrada al convento a aquella hija natural sin renta suficiente, Sor Juana le aclara que: lo tocante a la dote, mucho antes de conocer yo a Vuestra Reverencia, lo tenía ajustado mi Padrino el Capitán D. Pedro Velázquez de la Cadena, y agenciádomelo estas mismas prendas, en la cuales, y no en otra cosa, me libró Dios el remedio (vv. 129-131)

Sor Juana le agradece, sí, el que le haya pagado maestro, pero en última instancia es Dios a quien debe el remedio y todos los favores recibidos. ¿No sería sobre descarado atrevimiento para un cristiano negar que, en última instancia, todo lo que ocurre en esta tierra lo debemos a Dios? Núñez quiere hacer santa a Sor Juana a pura fuerza, como si un mandato bastara para tal cosa, pero ni preceptos ni fuerzas exteriores pueden tal cosa, porque santos, “sólo la gracia, y auxilios de Dios saben hacerlos” (v.140). ¿O es que puede más Núñez de Miranda que las fuerzas de Dios? Los consejos de su confesor estaban muy bien como eso, consejos, guías espirituales que la monja sabría seguir, siempre y cuando esto no atentara contra lo que constituyera, según ella, designio

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divino. A esto parece referirse cuando explica: “ni yo tengo tan servil natural que haga […] por respetos humanos, lo que no hago por Dios” (v. 147). Sor Juana le ha reiterado a lo largo de la Carta el amor y el respeto que, como es debido, guarda a su confesor espiritual. Pero este respeto, por más grande que sea, no puede ser mayor que el debido a Dios. Hay un juego aquí, por supuesto, porque, con todo, Sor Juana está poniendo en duda las opiniones de toda la autoridad clerical novohispana que tiene a Núñez de Miranda como un docto padre en camino a la santidad. Si aceptamos eso, las palabras de Núñez tienen que ser, de alguna manera u otra, dictadas por Dios, o al menos tienen que ir de acuerdo con sus sagradas leyes. Decir que lo que le manda el padre espiritual no se lo ha manda el Padre de todas las criaturas es contradecir la opinión pública. Pero Sor Juana alude al derecho cristiano de saberse pecadora, de arrepentirse de todas sus faltas y, finalmente, de ponerse en manos de Dios para que éste cumpla en ella sus más altos designios. Así pues, dado que “hasta ahora [no] he tenido yo luz particular, ni inspiración del Señor, que así me […] ordene” (v. 180) lo contrario, rompe con su confesor: … que aunque sentiré tanta pérdida mucho, nunca podré quejarme, que Dios que me crió y redimió, y que usa conmigo tantas misericordias, proveerá con remedio para mi alma que espera en su bondad no se perderá, aunque le falte la dirección de Vuestra Reverencia (v. 172).

Es decir, le faltará la dirección de Núñez de Miranda, pero Sor Juana tendrá como Padre Espiritual, nada menos, que a ese bondadoso Dios que usa con ella tantas misericordias, a quien todo lo debe. Al máximo representante de la Suma Sabiduría.

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Marqueses de Mancera, San Agustín, San Ambrosio, los demás Santos Doctores, Santa Catarina, Santa Gertrudis, Santa Paula, San Jerónimo, Blesila, Sócrates, Diógenes Cínico y Aristóteles. Espero que no se me haya escapado ninguno. Pero, como lo he venido anunciando, su arma más certera es la autoridad representada por Dios. En un admirable juego de palabras, lo que logra Sor Juana es contraponer las órdenes y los deseos de Núñez de Miranda contra los designios de Dios. Así, si Núñez se creía el aliado poderoso que le había facilitado la entrada al convento a aquella hija natural sin renta suficiente, Sor Juana le aclara que: lo tocante a la dote, mucho antes de conocer yo a Vuestra Reverencia, lo tenía ajustado mi Padrino el Capitán D. Pedro Velázquez de la Cadena, y agenciádomelo estas mismas prendas, en la cuales, y no en otra cosa, me libró Dios el remedio (vv. 129-131)

Sor Juana le agradece, sí, el que le haya pagado maestro, pero en última instancia es Dios a quien debe el remedio y todos los favores recibidos. ¿No sería sobre descarado atrevimiento para un cristiano negar que, en última instancia, todo lo que ocurre en esta tierra lo debemos a Dios? Núñez quiere hacer santa a Sor Juana a pura fuerza, como si un mandato bastara para tal cosa, pero ni preceptos ni fuerzas exteriores pueden tal cosa, porque santos, “sólo la gracia, y auxilios de Dios saben hacerlos” (v.140). ¿O es que puede más Núñez de Miranda que las fuerzas de Dios? Los consejos de su confesor estaban muy bien como eso, consejos, guías espirituales que la monja sabría seguir, siempre y cuando esto no atentara contra lo que constituyera, según ella, designio divino. A esto parece referirse cuando explica: “ni yo tengo tan servil natural que haga […] por respetos humanos, lo que no hago por Dios” (v. 147). Sor Juana le ha reiterado a lo largo de la Carta el amor y el respeto que, como es debido, guarda a su confesor espiritual. Pero este

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respeto, por más grande que sea, no puede ser mayor que el debido a Dios. Hay un juego aquí, por supuesto, porque, con todo, Sor Juana está poniendo en duda las opiniones de toda la autoridad clerical novohispana que tiene a Núñez de Miranda como un docto padre en camino a la santidad. Si aceptamos eso, las palabras de Núñez tienen que ser, de alguna manera u otra, dictadas por Dios, o al menos tienen que ir de acuerdo con sus sagradas leyes. Decir que lo que le manda el padre espiritual no se lo ha manda el Padre de todas las criaturas es contradecir la opinión pública. Pero Sor Juana alude al derecho cristiano de saberse pecadora, de arrepentirse de todas sus faltas y, finalmente, de ponerse en manos de Dios para que éste cumpla en ella sus más altos designios. Así pues, dado que “hasta ahora [no] he tenido yo luz particular, ni inspiración del Señor, que así me […] ordene” (v. 180) lo contrario, rompe con su confesor: … que aunque sentiré tanta pérdida mucho, nunca podré quejarme, que Dios que me crió y redimió, y que usa conmigo tantas misericordias, proveerá con remedio para mi alma que espera en su bondad no se perderá, aunque le falte la dirección de Vuestra Reverencia (v. 172).

Es decir, le faltará la dirección de Núñez de Miranda, pero Sor Juana tendrá como Padre Espiritual, nada menos, que a ese bondadoso Dios que usa con ella tantas misericordias, a quien todo lo debe. Al máximo representante de la Suma Sabiduría. IV. La ruptura: interpretación y reflexión Hasta antes del descubrimiento de la Carta de Monterrey se creía que, como lo cuenta Oviedo, cuando el padre Antonio vio “que no podía conseguir lo que deseaba, se retiró totalmente de la asistencia de la Madre Juana” (en Tapia, 79). Ahora sabemos que fue la misma Sor Juana la que con tan claros términos dio pie a la ruptura.

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La elección del director espiritual se había dado cuando Juana era muy joven, pero ahora sabe que, si bien hay ciertas normas, consejos y autoridades a las cuales respetar, la elección es de ella. Se ha mantenido durante casi quince años bajo el arbitrio de tan singular confesor. Y aunque, recordemos las palabras de Chavez, para muchos era claro que el natural de Sor Juana chocaba contra el de Núñez de Miranda, la separación había quedado sumida en el misterio. Con la luz que da la Carta de Monterrey, queda claro que Núñez de Miranda nunca estuvo de acuerdo con que Sor Juana fuese poetisa, no obstante que cuando la conoció ya sus versos eran celebrados en la corte. Queda claro también que Núñez no estaba muy seguro con respecto a si era bueno que Sor Juana leyese tanto, aunque fue precisamente esta inquietud de sabiduría la que animó a la poetisa a compartir “sus temores” con el padre. Y el padre, seguramente, le mostró que el convento bien podía ser ese lugar apacible para conocer la verdad y la sabiduría del Señor, tal como lo describe la misma Sor Juana en su Carta a Sor Filotea. El Neptuno Alegórico es el elemento detonador de un conflicto que llevaba años fraguándose. Es un Arco que grandes autoridades piden que Sor Juana escriba en honor de los nuevos virreyes, y un Arco que representa y pone de manifiesto la decadencia de Núñez de Miranda y el asenso de Sor Juana. Precisamente luego de escribir el Neptuno comienzan los años más prolíficos para la obra poética y la fama de la monja (Poot Herrera en Carta a Sor Filotea, 93). Seguramente la ruptura que hay en la Autodefensa es uno de los principales motivos de esta época prolífica de Sor Juana, quien ya no encuentra trabas para su desarrollo artístico y, aún más, es alentada por la Condesa de Paredes, la virreina. Y frente a ello ya hay muy poco que pueda hacer el padre Antonio. Sor Juana lo sabe bien, y quizá por ello es que finalmente se atreve, ahora y no antes, a escribir y a enviar una carta de tal naturaleza. Sin embargo, creo que no es gratuito encontrar tantas referencias al asunto

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de la obediencia, y la manera clara en que se cumple, al menos en las palabras de la Carta, con el respeto a la jerarquía clerical de la que nos habla Lavrin. Sor Juana juega, sí, en sus paréntesis y se arriesga en sus preguntas, pero las marcas de obediencia, de amor y de respeto están bien distribuidas a lo largo de la carta para contrarrestar este efecto. Se trata, después de todo, de una carta privada, y Sor Juana todavía no experimenta lo que vendrá después con su Carta atenagórica. Por ello, creo yo, la Carta a Sor Filotea fue escrita con calma, cuidando a cada paso lo que se decía, recurriendo en cada párrafo a grandes autoridades siempre del mundo cristiano. No dudo, junto con otros investigadores como Sara Poot Herrera, que existieron muchos borradores de esta tan pensada respuesta. Al momento en que Sor Juana escribe la carta a su confesor todavía no sabe, al menos no en carne propia, que las cartas privadas pueden publicarse. Quizá también apela al carácter de confesor que tiene Núñez y que, como tal, debiera respetar la intimidad de las confesiones. Pero no creo que sea tan ingenua. En ocasiones, me queda claro, gana la pasión y allá van las listas de cuestionamientos, mas en cuanto mide la gravedad de sus palabras, hay un recurso que de una u otra forma suaviza lo que ha hecho. O bien, recurre a Dios. Y con él habla confiada. Creo también que Sor Juana tenía razón al andarse, al menos un poco, a tientas, aunque quizá fuera ceguera. También por otro descubrimiento hoy sabemos que lo que empezó la Autodefensa Espiritual fue continuado por la Carta Atenagórica y más tarde su Carta a Sor Filotea trató de minimizar los efectos que el obispo de Puebla propició desde su pseudónimo. Y que en todo ello se mantuvo la presencia de Núñez de Miranda, quien se sintió aludido, quizá, en el suplemento que la monja añade a la Atenagórica para hablar del libre albedrío. De acuerdo con Emil Volek, Elías Trabulse confirmó, no hace mucho, que el verdadero motivo de la “admirable mudanza” de Sor Juana poco antes de su muerte no fue sino “el ajuste de cuentas por las autoridades eclesiásticas novohispanas” (334).

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No creo entonces que Sor Juana olvidara que su carta estaba dirigida a un jesuita calificador de la Santa Inquisición, “con fama de santo y de sabio en el virreinato” (Tapia, 53) que andaba hablando mal de ella por andar haciendo negros versos. Y así lo demuestra el fuerte hincapié que hace, a cada instante, en que lo único que ha hecho ella es obedecer a quienes debe obediencia. Es decir sí, también al padre Núñez en tanto su confesor espiritual, y por ello se ha abstenido de escribir. Ha desobedecido sólo por obedecer a su priora, a su prelado y a los virreyes. Y si no es bastante, como explicaba antes, entonces se hace preciso apelar a Dios y obedecerlo como última y suprema instancia, que ya él se encargará de seguir siendo o no misericordioso con la monja. A pesar de que esta idea no está desarrollada ampliamente, lo que encuentro en la Carta Atenagórica y en su Carta a Sor Filotea ayudan a confirmar que, efectivamente, Sor Juana interpretaba la libertad humana como el máximo regalo que daba Dios al ser humano. Aludía también a que, en tanto criatura hecha por Dios, había sido Dios quien le había otorgado su natural inclinación por las letras. Su razón le indicaba que, a la luz de otros ejemplos cristianos, también la salvación podía alcanzarse a través de ellas. Así pues, en suma, Dios estaba de su lado. Quizá el hecho de que en estos tiempos estuviese protegida por los virreyes le confirmaba esto. La primera indagación que guió el presente trabajo, siguiendo la propuesta de Gadamer, fue la idea de que, tras la aparente prisa con que se escribió la Carta de Monterrey, Sor Juana tenía presente en mente las jerarquías de autoridad a quienes debía obediencia, así como en qué momentos era viable apelar al libre albedrío. Al respecto, llama la atención que cada referencia a las acusaciones de que era objeto se presentaran en plural, frente a la defensa prácticamente carente de más recursos que su propia persona. Hemos visto que sí aparecen otras figuras de autoridad en apoyo a Sor Juana, sin embargo, no deja de resaltar que apenas aparecen, y no son motivo de una detallada argumentación como lo son en Carta a sor Filotea. Con todo, resulta necesario establecer

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nuevos acercamientos que ahonden en otros elementos, tales como la estructura y otros recursos discursivos que se encuentran en la Carta, para poder, finalmente, comprender todo lo que ella significa en la vida de Sor Juana. Notas 1

El cual, por cierto, está atestiguado por su confesor, el padre don Antonio

Núñez de Miranda (Tapia, 25). 2

Cfr. Sabat de Rivers, Georgina. Sor Juana vista por Dorothy Schons y Octavio

Paz. Revista Iberoamericana, Pittsburg, EUA. 3

Al respecto, Octavio Paz nos cuenta: “… dos amigos doctos, Antonio Alatorre

y Antonio Gómez Robledo, me hablaron con elogio del pequeño libro de Tapia Méndez y me dieron que se inclinaban por la autenticidad de su hallazgo.” En Sor Juana: Testigo de cargo. Vuelta, 78, mayo, 1983, pp. 46-49. 4

Las citas de la Autodefensa Espiritual las tomo de la transcripción que

realiza el padre Tapia Méndez para facilitar la lectura. En los casos en que sea necesario, indicaré si la cita proviene del manuscrito o bien, de la transcripción de Antonio Alatorre. Cito, un poco por comodidad, las líneas como si fueran versos. El nombre de Sor Juana, espero, me ampara para ello. 5

Cfr. Plática doctrinal que hizo el padre Antonio Núñez de la Compañía de

Jesús, rector del Colegio Máximo de S[an] Pedro y S[an] Pablo; calificador del S[anto] Officio de la Inquisición, de esta Nueva España; prefecto de la Puríssima, en la professión de una señora religiosa del Convento de San Lorenço. México, por la Viuda de Bernardo Calderón, 1679. 6

Cfr. Muriel, Josefina. Conventos de monjas en la Nueva España. México:

Editorial Santiago, 1946; Los recogimientos de mujeres: respuesta a una problemática novohispana. México: UNAM, 1974; y Cultura femenina novohispana. México: UNAM, 1994. Y Reyna, María del Carmen. El convento de San Jerónimo. Vida conventual y finanzas. México: INAH, 1990. 7

Los subrayados de este apartado son míos.

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Aquí Alatorre pone “de todo junto”. Yo prefiero seguir a Tapia entendiendo

“las mujeres, los hombres, las viejas, las mozas, y unos y otros, y de todos juntos resulta un tan extraño género de martirio…”, pues este sentido va con

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la interpretación que propongo del singular de Sor Juana frente al plural de las condenaciones y los contrarios. 9

Aquí, nuevamente, sigo a Tapia. En el manuscrito encontramos: “y que no

aya conversacion en que no salgan mis culpas, y sea el thema espiritual el zelo de V. R. mi conversacion” (vv. 134-136). Alatorre respeta el segundo “conversación”. De acuerdo con el Diccionario de Autoridades, conversación significa “trato, comunicación y comercio recíproco y familiar de unos entre sí”, que va de acuerdo al primer “conversación” del manuscrito. Sin embargo, yo entiendo que bien pudo ser un error de transcripción. Conversión, por su parte, según el mismo diccionario, es “mudanza de vida, regularmente de mala a buena”. Creo, junto con Tapia, que esto explicaría el término “hereje” que aparece enseguida. 10

Un caso similar. El manuscrito versa: “Estas son las obras publicas que tan

escandalizado tienen al mundo a el mundo, y tan dedificados a los buenos.” (vv. 44, 45). Dedificados, a todas luces, es otro error del escribano. Alatorre corrige edificados. Yo vuelvo a seguir a Tapia con desedificados, pues desedificar tiene el sentido metafórico de “dar mal ejemplo, causa ruina espiritual”, de acuerdo con el Diccionario de Autoridades. 11

Raúl Dorra se refiere brevemente a este aspecto de la obra de Sor Juana en

su artículo “Jacinto Polo, maestro de Sor Juana”, incluido en el libro Sor Juana Inés de la Cruz y sus contemporáneos referido en la bibliografía del presente trabajo.

Bibliografía Alatorre, Antonio. “Para leer la Fama, y Obras Póstumas de Sor Juana Inés de la Cruz”. Nueva Revista de Filología Hispánica, 29, 1980. Arroyo, Anita. Razón y pasión de Sor Juana. México: Editorial Porrúa, 1992. Bravo Arriaga, Dolores. Antonio Núñez de Miranda: sujeción y albedrío. Sor Juana Inés de la Cruz y sus contemporáneos. México: UNAM, 1998. De la Cruz, Sor Juana Inés. Carta a sor Filotea de la Cruz. Presentación de Sara Poot Herrera. México: UNAM, 2004.

El uso retórico de los paréntesis...

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De la Cruz, Sor Juana Inés. Obras completas. México: Fondo de Cultura Económica/ Instituto Mexiquense de Cultura, 1951-1957. Glantz, Margo, ed. Sor Juana Inés de la Cruz y sus contemporáneos. México: UNAM, 1998. Lavrin, Asunción. Vida conventual: rasgos históricos. Sor Juana y su mundo. Sara Poot Herrera, ed. México: Universidad del Claustro de Sor Juana, 1995. Paz, Octavio. Sor Juana Inés de la Cruz, o las trampas de la fe. 3ª edición. México: Fondo de Cultura Económica, 1983. Pérez Martínez, Herón. “Carta de Sor Juana Inés de la Cruz a su Confesor. Autodefensa Espiritual de Sor Juana.” Relaciones, Estudios de Historia y Sociedad de El Colegio de Michoacán, 30, 1987. Poot Herrera, Sara. Sor Juana y su mundo, tres siglos después. Sor Juana y su mundo. México: Universidad del Claustro de Sor Juana, 1995. Sabat de Rivers, Georgina. “Sor Juana vista por Dorothy Schons y Octavio Paz”, Revista Iberoamericana, Pittsburg, Estados Unidos. Scott, Nina M. “Gender and authority in Sor Juana Inés de la Cruz”, Women’s Studies International Forum, 5, Oxford, Inglaterra, 1988. Tapia Méndez, Aureliano. Autodefensa Espiritual de Sor Juana. Monterrey: Universidad Autónoma de Nuevo León, 1980. Tapia Méndez, Aureliano. Carta de Sor Juana Inés de la Cruz a su Confesor. Autodefensa Espiritual de Sor Juana. Monterrey: Impresora Monterrey, 1986. Tapia Méndez. Carta de Sor Juana Inés de la Cruz a su confesor. Autodefensa Espiritual. Monterrey: Producciones Al Voleo El Troquel, 1992. Volek, Emil. La señora y la ilustre fregona: las trampas de la comunicación, teología y poder entre Sor Filotea y Sor Juana. Sor Juana Inés de la Cruz y sus contemporáneos. México: UNAM, 1998.

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Contacto con el autor: [email protected] Título: “El uso retórico de los paréntesis y las interrogaciones en la Autodefensa espiritual, de Sor Juana”. Fecha de recepción: 14 de febrero de 2013. Fecha de aceptación: 1 de junio de 2014. Palabras clave: Sor Juana, Carta de Monterrey, Autodefensa espiritual, hermenéutica, retórica. Title: “The rhetorical use of parentheses and question marks in Autodefensa espiritual, by Sor Juana”. Date of submission: February 14th., 2013. Date of acceptance: June 1th, 2014. Key words: Sor Juana, Carta de Monterrey, Autodefensa espiritual, Hermeneutics, Rhetoric.

La de Carvajal y sus pasajeros Elurca uso retórico de los paréntesis...

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