\"El puente de la Constitución\"

August 25, 2017 | Autor: E. Román González | Categoría: Derecho constitucional
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Descripción

9/2/2015

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El puente de la Constitución OPINIÓN INVITADA / EDUARDO ROMÁN GONZÁLEZ (06-02-2015).- Precisamente durante el puente en el que celebramos el aniversario 98 de la Constitución mexicana fuimos testigos de dos acontecimientos grotescos -pero no por ello atípicos- de la política mexicana. Los actores en éstos fueron legisladores, federales y locales, de distintos partidos políticos y ambos ponen de manifiesto el absoluto desprecio de la clase política por la Constitución. Sí, desprecio por ese documento que establece las bases de nuestra organización política y que reconoce nuestros derechos, y que esos legisladores juraron solemnemente respetar al asumir su cargo. Me refiero en primer lugar a la decisión de algunos Diputados del Congreso del Estado de Nuevo León de cambiar la fecha de inicio del periodo de sesiones para "regresando del puente". A este grupo de legisladores poco les importó que la Constitución del Estado establece con suficiente claridad en su Artículo 55 que el segundo periodo de sesiones "comenzará el día 1 de febrero", llueve, truene, relampaguee, caiga en domingo, en puente y/o coincida con el Super Bowl. Si bien creo que toda norma es susceptible de ser interpretada, no encuentro ni en éste ni en ningún otro artículo de la Constitución del Estado, algún elemento mínimo que permita suponer que un grupo de legisladores puede alterar esta fecha sin modificar la misma Constitución. Me refiero, en segundo lugar, a la multidifundida imagen de un Senador de la República disfrutando en vivo el Super Bowl, el mismo día que, de acuerdo con el Artículo 65 de la Constitución general, el Congreso de la Unión al que pertenece celebraría la sesión de apertura del segundo periodo ordinario de sesiones. Una sesión a la que, de acuerdo con el Artículo 64, estaba obligado a asistir. Nuevamente la Constitución no da mucho margen de interpretación como para argumentar que dicho Senador no estaba obligado a asistir. El hecho de que su ausencia no haya impedido la instalación del Congreso o que se hubiera tratado de una sesión solemne en la que "no se discute nada", no lo exime en lo más mínimo de su obligación de respetar esa Constitución que juró solemnemente respetar cuando asumió el cargo. Aunque ciertamente no se acabe el mundo porque el Congreso de Nuevo León inicie su periodo de sesiones unos días después de lo que marca la Constitución del Estado o porque un Senador de la República no asista al inicio del periodo de sesiones del Congreso de la Unión, lo cierto es que ambas acciones denotan un cínico desprecio por cumplir obligaciones claramente establecidas en las normas fundamentales que nos rigen. Si un legislador, cuya función precisamente es crear las leyes que nos rigen, no es capaz o no lo interesa respetar la ley suprema del País o del Estado, menos podemos esperar de ellos que cumplan lo que establecen otras leyes o reglamentos de rango inferior. Más aún, si ni siquiera son capaces o no les interesan cumplir las obligaciones más claras que establece la Constitución, menos podemos esperar de ellos que cumplan aquellas que son más complejas o difíciles de precisar en cuanto a su alcance. Dicen que el buen juez por su casa empieza y que se debe predicar con el ejemplo. Pues esto mismo debería tener tatuado en la mente todo aquel político al que le encomendemos la trascendental función de crear las leyes que nos rigen. En función de la consolidación de una cultura de la legalidad y de un Estado de Derecho tan necesarios en nuestro País, es devastador el mensaje que envían a los ciudadanos los legisladores que cínica e impunemente incumplen las normas que crean y/o las que juraron respetar cuando http://www.elnorte.com/aplicaciones/editoriales/editorial.aspx?id=55662&impresion=1

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asumieron el cargo. El puente de la Constitución es para conmemorar la promulgación de esta norma que estructura el sistema jurídico y político de nuestro País y que nos reconoce a sus habitantes una serie de derechos que las autoridades están obligadas a respetar y garantizar, no para violarla flagrantemente. La mejor manera de celebrar a la Constitución es respetándola, cumpliéndola e incluso criticándola constructivamente para mejorarla. No decretando puentes, que son utilizados para violarla por quienes juraron respetarla. Los juramentos que hacen los legisladores al asumir el cargo suelen contener al final algo así como que en caso de no cumplir el juramento "que la Nación me lo demande". Aquí está una parte de esa Nación demandándoselos. El autor es profesor de Derecho Constitucional en la UDEM e investigador en el CEEAD, A.C. [email protected] Copyright © Grupo Reforma Servicio Informativo ESTA NOTA PUEDES ENCONTRARLA EN: http://www.elnorte.com/aplicaciones/editoriales/editorial.aspx?id=55662 Fecha de publicación: 06-02-2015

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