El pasado de la RSC ¿De dónde venimos?

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El Pasado de la RSC. ¿De dónde venimos? Rubén J. Fernández Vela. No hay duda que la Responsabilidad Social Corporativa es un proceso, un modelo de gestión corporativo y empresarial que integra en las decisiones de las organizaciones los impactos económicos, ambientales y sociales ampliando los grupos de interés a los que éstas se dirige. Este modelo, por tanto, deja atrás, el principio de "suma cero" que entendía a la organización como ente cuya única misión y visión era generar ingresos para sus propietarios. Como ya hemos hecho referencia en otros artículos, la organización se convierte en un agente social más, respetuoso con las personas y su entorno (http://diarioresponsable.com/empresas/noticias/19739-ruben-fernandezvela.html) Si en la interesantísima serie de artículos de Antonio Vives ( https://twitter.com/tonyvives ) se ha reflexionado sobre el Futuro de la RSE ( http://diarioresponsable.com/portada/opinion/19785-futurode-la-rse-la-empresa-del-futuro-1.html ) , la pregunta que nos planteamos y que pretendemos responder, sin entrar en análisis por menor izados, es ¿cómo hemos llegado hasta aquí? El proceso de difusión de la Responsabilidad Social Corporativa o Empresarial, en adelante RSC/E, llegó a alcanzar un gran interés a partir del último tercio del siglo XX. Tras la II Guerra Mundial se extendió el debate, sobre la misma, al ámbito académico. Surgieron importantes críticas al modelo empresarial vigente, en aquél momento. Caben destacar las del autor BOWEN, considerado como el “padre” del concepto de RSC/E (1), en su obra titulada “Responsabilidades Sociales del Hombre de Negocio”. Estas responsabilidades surgen de aplicar políticas, adoptar decisiones y seguir líneas de actuación deseables, desde la perspectiva y valores de la sociedad, partiendo de la base que la libertad de empresa, que caracteriza a la economía de mercado, solo cabe justificarla si beneficia al bienestar global, más allá de las preferencias de directivos y accionistas, siempre dentro del marco de un sistema económico mixto, que trata de alcanzar un equilibro razonable entre el interés privado y público. Actualmente, los propios partidarios del sistema económico, financiero o accionarial reconocen los efectos socioeconómicos del mismo, insistiendo en que la empresa ha de crear valor y fijar metas a largo plazo (2). Poco a poco estas mismas inquietudes sobre la necesidad de que las corporaciones y empresas sean garantes de responsabilidades para con la sociedad fueron llegando a los distintos organismos y organizaciones internacionales. De este modo, en la “Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el Medio Humano”, celebrada en el año 1972 se determinaba que “(...) será menester que (...) empresas e instituciones, en todos los planos, acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos participen equitativamente en la labor común (...)”. Cabe destacar, igualmente, las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales llevadas a cabo en 1976 y revisadas en años posteriores, sobre las que hablaremos más adelante. No será hasta la década de los ochenta cuando se produjere un importante cambio en el punto de vista del concepto de “empresa”. Antes, el único interés de la empresa era que el propietario o los accionistas obtuvieran el mayor beneficio posible. En la actualidad, el cambio de paradigma, hace que el interés se centre, además, en los grupos de interés o la “stakeholders” (3) que hacen que el empresario deba mirar no solo por el propietario o los accionistas inversores sino por la sociedad en general. En Europa, en el año 1993 el Presidente de la Comisión Europea entre los años 1985 y 1995, Jacques Delors, hizo un llamamiento a las empresas europeas (4) para que "(...) participaran contra la exclusión social [dando] lugar a una movilización importante y a la creación de redes europeas de empresas (…)" (5).

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En el ámbito de la Unión Europea, el concepto de RSC/E tuvo un especial protagonismo en la Cumbre de Lisboa de Consejos de Estado del año 2000, afirmándose que la "(...) Unión Europea está interesada en la responsabilidad social de las empresas en la medida en que puede contribuir positivamente al objetivo estratégico establecido en Lisboa: convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social (…)" (6). Esta Cumbre fue la antesala de la publicación del Libro Verde de la Comisión cuya finalidad es fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas, publicado dos años más tarde(7). En el ámbito nacional, el documento de referencia sobre RSC/E es el Libro Blanco de la Responsabilidad Social Empresarial en España, elaborado por la Subcomisión Parlamentaria de Responsabilidad Social Empresarial del Congreso de los Diputados. Si bien, han existido con anterioridad algunos documentos centrados en el estudio del concepto y su promoción, consideramos éste el más relevante en el contexto de este estudio. A día de hoy, esta evolución ha quedado cristalizada en una infinidad de instituciones e iniciativas, siendo las más relevantes las que presentamos en el siguiente cuadro:

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(1)RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, J. M. 2006. “La Responsabilidad Social de la Empresa: un medio o un fin”. Revista de Dirección y Administración de Empresas. Número 13. Págs. 56 a 77. (2)RODRIGUEZ FERNÁNDEZ, J.M. 2007. “Responsabilidad Social Corporativa y Análisis Económ icos: práctica frente a teoría”. Revista vasca de economía. Número 65. Págs. 12 - 49. (3)Stakeholders es el anglicismo que se utiliza cuando nos queremos referir a los grupos de interés o p artes interesadas en una empresa. Éstas pueden ser a) desde el punto de vista interno: empleados, acci onistas o directivos y b) desde el punto de vista externo: clientes / usuarios, proveedores, gobierno y la sociedad, en general. (4)Entendemos que con “empresas europeas” se refiere, igualmente, a todas aquellas que actúan en el ámbito de la Unión Europea, cualquiera que sea su origen. (5)Comisión de las Comunidades Europeas, “Libro Verde de la Comisión Europea. Fomentar un marc o europeo para la responsabilidad social de las empresas”. Bruselas 18/07/2001 COM (2001) 366 final . Publicado por IPES (ESADE), Barcelona, 2002. (6)Consejo Europeo Extraordinario de Lisboa (marzo de 2000): Hacia la Europa de la Innovación y el Conocimiento. Disponible en http://europa.eu/legislation_summaries/education_training_youth/ general_framework/c10241_es.htm ( 7 ) Libro Verde de la Comisión Europea. Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de la s empresas.

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