El Observador 46-47 - diciembre 2014-febrero 2015

July 16, 2017 | Autor: Marco Fonseca | Categoría: Latin American Studies, Ciencia Politica, Guatemala, Ciencias Sociales
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Descripción

Año 10 Nos. 46-47

Diciembre 2014 febrero 2015

Análisis alternativo sobre política y economía

Memoria y Verdad: territorios en disputa

5 Afrontando el pasado reciente. Juicios penales contra los perpetradores de las atrocidades

31 El contexto histórico de los juicios por la recuperación de la memoria histórica y la construcción democrática en el post conflicto

40 El caso Sepur Zarco. La búsqueda de la verdad y la justicia por violencia y esclavitud sexual contra mujeres indígenas durante la guerra interna

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La publicación del boletín El Observador. Análisis Alternativo sobre Política y Economía es una de las acciones estratégicas que lleva a cabo la Asociación El Observador, como parte de un proceso que promueve la construcción de una sociedad más justa y democrática a través de fortalecer la capacidad para el debate y la discusión, el planteamiento, la propuesta y la incidencia política de actores del movimiento social guatemalteco, organizaciones comunitarias y expresiones civiles locales, programas de cooperación internacional, medios de comunicación alternativos, etc., y todas aquellas personas que actúan en distintos niveles (local, regional y nacional).

¿Quiénes somos? La Asociación El Observador es una organización civil sin fines lucrativos que está integrada por un grupo de profesionales que están comprometidos y comprometidas con aportar sus conocimientos y experiencia para la interpretación de la realidad guatemalteca, particularmente de los nuevos ejes que articulan y constituyen la base del actual modelo de acumulación capitalista en Guatemala, las familias oligarcas y los grupos corporativos que le dan contenido, las transnacionales, las fuerzas políticas que lo reproducen en tanto partidos políticos así como agentes en la institucionalidad del Estado, las dinámicas y formas operativas, ideológicas, políticas y económicas que despliegan en los territorios, el Estado y la sociedad en su conjunto. Con esto pretendemos contribuir a que fundamentalmente grupos comunitarios, liderazgos y organizaciones sociales afectados/as directa e indirectamente por las inversiones que concretan estos ejes de acumulación, cuenten con insumos de información y análisis para fundamentar la defensa de sus derechos y la concreción de acciones y propuestas alternativas frente a este modelo.

¿Qué hacemos? 5a. calle 1-49 zona 1, ciudad capital Guatemala. Teléfono: 2232 - 5121 Puede solicitar esta publicación o comunicarse con nosotros, en el correo electrónico: [email protected]

Promover la articulación de procesos sistematización de información, análisis e investigación con la acción política, especialmente con grupos, liderazgos y organizaciones sociales cuyos territorios han sido afectados por el actual modelo de acumulación.

¿Cómo lo hacemos? n Seguimiento sistemático de la información y articulación del

análisis y la investigación sobre las problemáticas.

n Producción de los boletines El Observador. Análisis Alterna-

tivo sobre Política y Economía, y de ENFOQUE, Análisis de Situación; así como de materiales mediados y publicaciones de investigaciones específicas.

n investigaciones específicas relacionadas con los ejes de acumu-

lación y sus movimientos.

n Procesos de formación y mediación política con actores estraté-

gicos.

n Acompañamiento en los procesos de lucha por la defensa del Este glifo representa a Kej, que tiene un significado de Liderazgo, fuerza, inteligencia

territorio.

n Actividades públicas como presentaciones, foros, mesas de dis-

cusión, talleres y charlas.

Editorial

La perspectiva de los juicios por la memoria histórica contra los perpetradores En mayo del presente año se cumplen dos años de la histórica condena de 80 años que el Juzgado de Mayor Riesgo “A”, presidido por la jueza Jazmín Barrios, impusiera al jerarca militar y ex Jefe de facto, general retirado Efraín Ríos Montt, por genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. A la vez, se cumplen dos años que la Corte de Constitucionalidad (CC) anuló esa sentencia y decidió que el juicio se repitiera, luego que las cámaras empresariales en pleno, expresadas en el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), rechazaran el fallo alegando ausencia del debido proceso. Estas reacciones fueron el punto más álgido de toda una estrategia jurídica, mediática y política diseñada y articulada, desde el año 2011 hasta el momento, por estamentos militares aglutinados, tanto en la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala (AVEMILGUA) como en la Fundación contra el Terrorismo (FCT), así como por operadores políticos, comunicadores y académicos ligados a diferentes expresiones del gran empresariado que defendieron en los principales medios de comunicación escritos, radiales y televisivos, que los juicios a militares retirados que habían dirigido y operativizado la contrainsurgencia, constituía “la farsa del genocidio”, una ofensiva hilvanada desde “la izquierda marxista-leninista, y la Iglesia Católica”, en el marco de la redefinición de una nueva alianza oligárquico-empresarial-militar en curso, cuyos variados intereses han confluido para la defensa del status quo. En esa estrategia han confluido también los intereses del propio Presidente de la República, Otto Pérez Molina , quien se ha sumado a la negación del genocidio en Guatemala y, sin estar siendo juzgado directamente, se convirtió en un protagonista del juicio al tener que aceptar a regañadientes que efectivamente era el comandante “Tito Arias”, su seudónimo durante la guerra y fundamentalmente cuando estuvo al frente del destacamento de Nebaj, Quiché, precisamente en los años que vinieron después del golpe de Estado de 1982, luego que lo negara insistentemente. No era para menos. No sólo se estaba juzgando por primera vez a militares retirados de alto rango como Ríos Montt, el ex Jefe de Estado de facto, así como a su Jefe de Inteligencia Militar, Mauricio Rodríguez Sánchez, sino, además, el proceso aportaba a la construcción social de la memoria histórica en Guatemala, de lo que sucedió en el período que se abrió precisamente con el golpe de Estado de 1982 así como desnudaba que las graves violaciones a los derechos humanos cometidas contra comunidades y población civil no combatiente y la política de tierra arrasada, fueron parte fundamental del proyecto contrainsurgente desplegado por el Ejército de Guatemala, tanto política como operativamente. Al mismo tiempo, los juicios de la memoria contra los perpetradores, y especialmente el juicio por genocidio, evidenciaba con toda su magnitud que la contrainsurgencia como política estatal, se llevó a cabo por los militares, por un lado, para el rescate del proyecto de dominación oligárquicomilitar en crisis y profundamente cuestionado e impuesto desde la contrarrevolución de 1954. En esa perspectiva por otra parte, que la contrainsurgencia sirvió para la defensa del modelo de acumulación agroexportador y extractivo imperante, amparado en los intereses de históricos y poderosos grupos económicos, particularmente las familias oligarcas corporativas que hoy día es más que sabido que se aglutinan en el llamado G-8. En otras palabras: los militares no actuaron solos; fueron apoyados por esos sectores que, al irse poniendo en marcha y concretarse juicios por la memoria contra los perpetradores y darse la condena a Ríos Montt, se sintieron amenazados de ser alcanzados por el escrutinio de la memoria histórica y ser juzgados por los delitos conexos al genocidio y delitos contra deberes de la huma-

3

nidad. Sólo desde esta perspectiva puede ser entendida la posición, en pleno, de las cámaras empresariales el 12 de mayo de 2013, cuando rechazaron la condena de 80 años por genocidio a Ríos Montt que dos días antes había sido dictada, argumentando que se debió a la presión internacional y violaba el debido proceso. Sin embargo, hay que advertir que la posición empresarial contra la condena no fue un apoyo absoluto e irrestricto a Ríos Montt. Debe recordarse que las relaciones entre algunas fracciones empresariales y su gobierno no siempre fueron estables. De ahí puede explicarse, en parte, el relevo del viejo jerarca militar en agosto de 1983 cuando su entonces Ministro de la Defensa, Humberto Mejía Víctores, encabezó el golpe de Estado que lo sustituyó. Históricamente la alianza oligárquica-empresarial con los militares que se desplegó durante la guerra interna para llevar a cabo la contrainsurgencia, no siempre fue armónica. Por el contrario, fue accidentada y no estuvo exenta de conflictos porque los empresarios los han visto, hasta la fecha, como aliados incómodos, como una amenaza para sus intereses debido a que también han venido hilvanando con mayor énfasis desde los años de la década de 1980, su propio proyecto político y económico. Ya se los recordaba en 1987 el entonces Ministro de la Defensa, Alejandro Gramajo. Solo así también puede entenderse que, pese a que el juicio por genocidio no se ha reiniciado a la fecha y continúa entrampado entre los vericuetos y las maniobras judiciales de la defensa de Ríos Montt y la expectativa de que el viejo general retirado pueda ser favorecido todavía con la amnistía, la ofensiva oligárquico-empresarial y militar continúe en marcha por diversas formas y a diferentes niveles. En primer lugar está el pulso que se libró en el último trimestre del año 2014 para la designación de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de los jueces para las Cortes de Apelaciones. Ahí desfilaron, entre otros, conocidos operadores empresariales, de partidos políticos como los de Libertad Democrática Renovada (LIDER), del gobierno de Otto Pérez Molina y el Partido Patriota (PP), así como de instancias de militares retirados como la FCT y la AVEMILGUA. Otro ámbito de la estrategia militar-empresarial que ha continuado es la constante crítica al trabajo que desarrolla la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG) y en donde también el gobernante ha llevado la voz cantante. La razón: las investigaciones que lleva a cabo el ente internacional sobre los cuerpos ilegales ligados al crimen organizado (CIACS) para su desarticulación, pueden alcanzar a altos oficiales en activo y retirados como responsables y promotores directos de esas estructuras que tienen copados a los tres poderes formales del Estado. Por otra parte están los juicios abiertos contra militares retirados así como civiles, tal fue la condena de 90 años, en enero de 2015, a Francisco García Arredondo, ex Jefe del militarizado Comando VI de la desaparecida y tenebrosa Policía Nacional (PN), por su responsabilidad en la muerte de 37 campesinos y estudiantes durante la quema de la Embajada de España, el 31 de enero de 1980. No extraña, como en otros casos, que a García Arredondo lo haya defendido el militar retirado Moisés Galindo Ruíz, un abogado que es parte de la FCT. Aunque hasta ahora García Arredondo es el único condenado, vale advertir que hay otros civiles como el entonces Ministro de Gobernación, Donaldo Álvarez Ruíz, prófugo hasta ahora, así como, dado el entonces contexto de militarización de los aparatos de seguridad del Estado, otros militares también tienen responsabilidad en este hecho si se analiza desde la cadena de mando. Algunos ya están fallecidos como el mismo Fernando Romeo Lucas García, Presidente de la República 1978-1982, o Germán Chupina Barahona, entonces Director de la PN. Pero también hay otros militares con responsabilidad que están vivos, tal es el caso del entonces Ministro de la Defensa, Ángel Aníbal Guevara, así como del Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Benedicto Lucas García, hermano del Presidente de la República. Algo similar sucede con el caso Sepur Zarco, en proceso, donde están sindicados un teniente retirado y un ex comisionado militar por la responsabilidad de violencia y esclavitud sexual contra 15 mujeres q´eqchi´es en 1982, y que están siendo defendidos por abogados vinculados a la FCT y a la derechista Liga Pro Patria, como parte de esa estrategia oligárquico-empresarial-militar que incluye la obstaculización de casos como éste. En el fondo está precisamente no sólo la defensa de los sindicados sino también evitar que salgan a luz otras responsabilidades que tienen relación con la cadena de mando militar en ese momento, tal es el caso del entonces Jefe de la base militar de Cobán, Ricardo Méndez-Ruíz Rohsmoser, o del entonces Jefe de Inteligencia de la misma, Byron Disrael Lima Estrada, entre otros.

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Afrontando el pasado reciente.

Juicios penales contra los perpetradores de las atrocidades

Introducción Al menos tres generaciones observan el debate sobre los crímenes masivos ocurridos durante las dictaduras militares que duraron casi una década (1978 - 1986)1. Solamente 17 causas penales se han ventilado en los tribunales guatemaltecos y 52 personas han sido condenadas.

Por Marta Gutiérrez Antropóloga guatemalteca por la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) y colaboradora de El Observador.

Sorprende las dimensiones del terror que se vivió en aquellos años con la mojigata respuesta estatal. El nudo del problema no se puede seguir indagando únicamente en la voluntad de recordar o la necesidad de silencio de los sobrevivientes, en la anomía de la sociedad y en el sine qua non del olvido para abrir las puertas del futuro. Si algo hay que comprender con la anulación de la sentencia por genocidio, es por qué la representación y comprensión de ese pasado es tratado como un problema de seguridad. Al admitir los tribunales de Guatemala la comisión de delitos de lesa humanidad a través de juicios razonados, sin necesidad de desórdenes políticos, podría interpretarse como sinónimo de que los Pueblos mayas o indígenas, los sindicalistas, los estudiantes, los comunistas, o simplemente, una especie en extinción, los sobrevivientes, podrían formar parte de la narrativa nacional. Los vencedores no lo podían admitir. Quizás no sólo buscaban evitar el precedente o jurisprudencia para nuevas causas penales o que el general retirado José Efraín Ríos Montt, fuera encarcelado en su vejez. Las razones eran más evidentes: Impedir que los vencidos, ni como sobrevivientes, pudieran tener un lugar en la historia de Guatemala. Puede sobrevenir más de una anulación, ya sea a través del asesinato o con una resolución de orden político o burocrático. Pero hay acciones que no se pueden borrar. Será trabajo de los historiadores analizar, interpretar e interrogar críticamente las causas penales y su significación para la historia del país y de la región. Comprender el sentido de la negación, es un esfuerzo por ver lo que nos muestran… los acontecimientos en curso.

1. General Romeo Lucas García (1978-1982); general Efraín Ríos Montt (marzo 1982 a agosto 1983); y general Víctor Mejía Víctores (1983 a 1986).

5

En otras palabras, los juicios públicos contra los responsables de los crímenes, está ayudando a una mejor comprensión de cómo la contrainsurgencia, la tierra arrasada y los actos genocidas, que tuvieron lugar en Guatemala, hace un poco más de tres décadas, fue una política deliberada y sistemática del Estado guatemalteco por mantener internamente la ideología y los privilegios de grupos económicamente poderosos. Mientras que su expresión como lógica de dominación en el mundo, aún sigue vigente en otras latitudes.

Los juicios La penalización de las atrocidades de la guerra es un fenómeno reciente en Guatemala. Hasta el año 2015, en Guatemala existen 17 causas penales y 52 personas condenadas, sin incluir al ex general retirado, Efraín Ríos Montt, Jefe de Estado de facto entre marzo de 1982 y agosto de 1983, cuya sentencia definitiva por genocidio en territorio de los ixiles, se encuentra en un impasse de orden político, más que penal. La mitad de estos juicios ha tenido escaso impacto mediático, no por falta de barbarie o significación histórica, sino porque han tenido lugar en los tribunales de Salamá, Chiquimula, Chimaltenango, donde se emplearon conceptos y procesos jurídicos de uso ordinario2. Las demás causas judiciales asociadas a las atrocidades de la guerra fueron conocidas por los Tribunales de Mayor Riesgo en los últimos seis años. Sin el trabajo persistente y sistemático de las agrupaciones de derechos humanos y de los sobrevivientes, las causas penales no podrían haber tenido lugar, aun cuando una coyuntura favorable se presentara. Esa coyuntura favorable estuvo marcada por la emergencia de un nuevo liderazgo en el ámbito público –por ejemplo, la Fiscal General Claudia Paz y Paz, el Magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ, César Barrientos Pellecer3, y la Jueza Yassmin Barrios–, el cabildeo de la comunidad internacional y actos de voluntad política que permitieron la modernización de los procesos penales.



Fotos: internet.

2. Por ejemplo, el Tribunal de Sentencia Penal de Salamá, el 28 de mayo del 2008, condenó a 780 años de prisión a cinco ex patrulleros de Xococ, a razón de treinta años de prisión por el asesinato de las 26 víctimas acreditadas en el proceso. La masacre de Río Negro es emblemática en cuanto a la intención de eliminar a los achíes residentes en un territorio donde el gobierno tenía intereses de orden económico para la construcción de la represa Chixoy. La CEH reportó de que en la masacre de Río Negro, el 13 de marzo de 1982, fueron matados 107 niños y 70 mujeres, como parte de la intención genocida del Estado guatemalteco (CEH, 1999). 3. El abogado Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, de 61 años, murió el 2 de marzo de 2014 en Mazatenango, Suchitepéquez. Presuntamente, se suicidó en la parte trasera de su automóvil, dándose un balazo en la cabeza. Al momento de su muerte, Barrientos Pellecer era Magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y en octubre de 2013 había sido removido por el resto de Magistrados como Presidente de la Cámara Penal. Según versiones de personas cercanas a Barrientos Pellecer, se habría suicidado por presiones que estaba recibiendo dentro del sistema de justicia y por no prestarse a la corrupción. Esas presiones se habrían realizado utilizando el hecho que su hijo, el también abogado César Barrientos Aguirre, había sido capturado en julio de 2013 acusado de pertenecer a una red de trata de menores, en momentos en que su padre todavía era el Presidente de la Cámara Penal de la CSJ. Una información contradictoria que el mismo Ministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla, declaró, fue que en la escena del suceso había dos disparos y no uno, pero que sería el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) el que debía aclarar este extremo con las investigaciones correspondientes. Ver: Osorio, J. “Impacta el suicidio del magistrado César Barrientos”. Diario Siglo 21, 3 de marzo de 2014. Recuperado en: http://m.s21.com.gt/nacionales/2014/03/03/impacta-suicidio-magistrado-cesar-barrientos

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Desde que los militares dejaron formalmente la gestión gubernamental en el año de 1986 y la asumieron los civiles, fue Álvaro Colom Caballeros, como Presidente de la República (2008-2012), el primero en pronunciarse y “ordenar” la desclasificación de los archivos militares. Al mismo tiempo que un tribunal como parte de la causa penal por genocidio contra el ex Jefe de Estado, Efraín Ríos Montt, y su ex Jefe de Inteligencia, el general retirado José Rodríguez Sánchez, reclamaba al alto mando militar hacer entrega de los planes de campaña usados por la institución entre 1982-1983. Aunque la orden presidencial no fue acatada por los militares ya que no se concretó ni transparentó la situación general sobre los archivos militares de aquella época, tal y como ha sucedido en otros países latinoamericanos (García, 2010), sí se logró que los militares acataran la orden del tribunal y entregasen a éste de forma certificada el “Plan Victoria 82” y “Firmeza 83”. Ambos ya habían sido consultados en tiempo record por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). Fue novedoso el dossier “Operación Sofía”, que da cuenta de las operaciones del Ejército en la región ixil desde el 8 de julio al 19 de agosto de 1982 (Aguirre, 2011). Al parecer no se podía establecer el origen de procedencia de ese documento que Colom Caballeros tuvo en sus manos, hasta que el original fue certificado y enviado por Kate Doyle, analista y Directora del proyecto de documentación para Guatemala en el Archivo de la Seguridad Nacional (NSA por sus siglas en inglés) con sede en Washington, a la Audiencia Nacional Española. En España, desde 1999, se ventilaba una demanda internacional por genocidio, tortura y terrorismo de Estado en contra de ocho altos responsables, entre ellos el mismo Ríos Montt (Fundación Rigoberta Menchú, 2000). Otras medidas institucionales como la creación de los “Archivos de la Paz”, una instancia encargada de la gestión durante el tiempo que estuvo vigente, de los archivos de la Secretaria de Bienestar Social, donde aparecen los trámites sobre adopciones de niños, crearon un ambiente de apertura que se percibía en la voluntad del Ejecutivo para tratar las atrocidades del pasado. Colom, socialdemócrata, mantuvo una política de puertas abiertas con expresiones organizadas de la sociedad, especialmente con la comunidad de derechos humanos, el movimiento de mujeres, algunas agrupaciones mayas y artísticas. No exento de contradicciones, Colom, a finales del 2009, se inclinó por una abogada proveniente de la comunidad de derechos humanos para que ocupara el cargo de Fiscal General y Jefa del Ministerio Público (MP). Sin lugar a dudas, la nueva Fiscal, Claudia Paz y Paz, llegó con convicciones firmes en cuanto a la lucha contra la impunidad, la eficiencia institucional y la importancia que para ello tenía el esclarecimiento de una vez por todas, de las responsabilidades individuales sobre los crímenes del pasado, ya que, incluso, la CEH había omitido el tratamiento de las responsabilidades individuales. Anteriormente, con el asiduo cabildeo de la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG), el Congreso de la República aprobó la creación de los “procesos de mayor riesgo”, que no son otra cosa que el hecho que los jueces a cargo, disponen de mayores capacidades técnicas, recursos y seguridad que los tribunales ordinarios, y tienen la potestad de aplicar justicia en el territorio nacional (Decreto legislativo No. 21-2009). Aunque la figura del “colaborador eficaz” no debería ser aplicable a casos graves de violaciones a los derechos humanos como genocidio o delitos de lesa humanidad, sirve para indagar estructuras criminales o mafiosas4 (Decretos Legislativos No. 17-200 y No. 23-2009). Esta figura formó parte de las reformas procesales junto al uso de las videoconferencias durante los juicios, vigente desde 1996. 4. La figura de “colaborador eficaz” se traduce en un premio a los hechores a cambio de información estratégica y clasificada.

7

Estas medidas complementaron para el año 2009, la caja de herramientas que posibilitó mayor agilidad en las causas penales del pasado. De las 17 causas penales, 8 se han ventilado o se están llevando a cabo en los Tribunales de Mayor Riesgo. Tabla 1 Guatemala: lista parcial de causas penales en los tribunales guatemaltecos contra los perpetradores Período 1999-2015

No.

Hecho Tululché, Chiché Mayo y noviembre 1982

Querellante adhesivo Conferencia de Religiosas y Religiosos de Guatemala (CONFREGUA Y CONAVIGUA)5

Fecha de condena Noviembre de 1999

Tribunal Tribunal de Sentencia de Totonicapán, constituido en Santa Cruz del Quiché.

1

Contenido de Condena Se condenó al ex Comisionado Militar Cándido Noriega, a 220 años de prisión por 11 asesinatos, 7 secuestros, un robo agravado, un incendio y una violación sexual. Había sido absuelto en dos oportunidades. El caso se ventilaba desde 1992.

2

Masacre Río Negro, Rabinal (1) 13 de marzo 1982

Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de Violencia en las Verapaces, Maya Achí (ADIVIMA)

1999

Tribunal de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Salamá

5. No se sabe con certeza sí se constituyeron en querellantes adhesivas, pero sí acompañaron de cerca el proceso penal.

8

Se condenó por asesinato a tres ex Comisionados Militares, responsables de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC).

No.

Hecho

Masacre Río Negro, Rabinal (2) 13 de marzo 1982

2

Querellante adhesivo

Fecha de condena

Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de Violencia en las Verapaces, Maya Achí (ADIVIMA)

28 de mayo de 2008

Tribunal

Tribunal de Sentencia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Salamá

Contenido de Condena

Se condenó a 780 años de prisión a cinco ex patrulleros de la aldea Xococ, y un sexto fue absuelto por falta de pruebas. Se trata de 30 años de prisión por el asesinato de cada una de las 26 víctimas acreditadas en el proceso. El tribunal ordenó que los condenados pagaran un resarcimiento a las víctimas por Q. 100 mil quetzales a cada familia. El Juez Presidente adelantó que la pobreza de los condenados dificultaría su cumplimiento.

9

No.

Hecho

Monseñor Juan Gerardi, 26 de abril 1998

3

Querellante adhesivo

Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado (ODHAG)

Fecha de condena

7 de junio de 2001

Tribunal

Tribunal Tercero de Sentencia

Contenido de Condena

Sentenció al coronel Byron Lima Estrada; a su hijo, el capitán Byron Lima Oliva; y al especialista del Ejército, José Obdulio Villanueva, ambos guardias presidenciales, a la condena de 30 años de prisión por el asesinato del Obispo Auxiliar Juan Gerardi Conedera. Consideró cómplice del asesinato al sacerdote Mario Orantes, párroco de la Iglesia San Sebastian, y le impuso una pena de veinte años, mientras que la cocinera Margarita López, acusada de encubrimiento, fue absuelta. Obdulio Villanueva fue salvajemente asesinado mientras guardaba prisión.

10

No.

Hecho

Myrna Mack (1) 11 septiembre de 1990

4

Querellante adhesivo

Helen Mack (hermana)

Fecha de condena

1993

Tribunal

Tribunal Tercero de Sentencia

Contenido de Condena

Fue sentenciado el ex sargento mayor, Noel de Jesús Beteta Álvarez, a 25 años de prisión como autor material del asesinato. Desde entonces, la parte acusadora empezó el proceso judicial para llevar a juicio a los responsables intelectuales, entre ellos el general Edgar Augusto Godoy Gaitán, quien al momento del asesinato fungía como Jefe del Estado Mayor Presidencial (EMP); el coronel Juan Valencia Osorio, entonces Jefe del Departamento de Seguridad Presidencial; y el coronel Juan Guillermo Oliva Carrera, subjefe de ese mismo departamento.

11

No.

Hecho

Myrna Mack (2)

Querellante adhesivo

Helen Mack (hermana)

Fecha de condena

Octubre 2002

Tribunal

Tribunal Tercero de Sentencia

Contenido de Condena

Emitió condena de 30 años de prisión al coronel Juan Valencia Osorio, como autor intelectual del crimen. En mayo de 2003, la Sala Cuarta de Apelaciones decidió revocar la sentencia dictada. A inicios del 2004, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió sentencia de casación en la que se anuló la resolución de la Sala Cuarta de Apelaciones y se confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Tercero de Sentencia en el 2002.

4

Masacre Xamán 5 de octubre 1995

5

12

Fundación Rigoberta Menchú

9 de julio de 2004

Tribunal de Sentencia de Cobán, Alta Verapaz

Condenó a 40 años de prisión al capitán Antonio Lacán Chaclán y a 13 de los soldados que integraban la patrulla bajo su mando, acusados de la ejecución extrajudicial de 11 personas - incluidos 3 menores de edady 28 heridos.

Querellante adhesivo

Fecha de condena

Hecho

Asociación de Familiares Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA)

7 de noviembre de 2009

6

Desaparición forzada de 6 personas originarias de Chuatalum, San Martín Jilotepeque

El Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Chimaltenango

Se condenó al ex Comisionado Militar Felipe Cusanero, a 150 años de prisión por la desaparición forzada de seis personas, a razón de 25 años de prisión por cada una de las víctimas.

Desaparición de ocho personas en El Jute, Chiquimula, 19 de octubre 1981

Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)

3 de diciembre de 2009

El Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y el Tribunal de Delitos Contra el Ambiente de Chiquimula.      

Se condenó a 53 años de prisión por desaparición forzada al coronel Marco Antonio Sánchez Samayoa, Jefe de la zona militar de Zacapa, junto a tres Comisionados Militares.

7

Tribunal

Contenido de Condena

No.

El tribunal declaró abierto el procedimiento penal contra el Ministro de la Defensa Nacional, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa Nacional y el Comandante de Reservas Militares del departamento de Chiquimula.

13

No.

Hecho

Masacre de las Dos Erres 7 de diciembre de 1982

8

Querellante adhesivo

Fecha de condena

Tribunal

Asociación de Familiares Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA)

2 de agosto de 2011

Tribunal “A” de Mayor Riesgo

Contenido de Condena

Se dictó sentencia contra cuatro de los 17 kaibiles acusados de participar en la masacre, entre ellos el ex teniente Carlos Antonio Carías López, comandante de la patrulla. La condena consiste en 6,030 años de prisión, 30 años por cada una de las 201 víctimas asesinadas, más 30 años por crímenes contra la humanidad. Al teniente Carías se sumaron seis años más por robo agravado. Otros cuatro sindicados que migraron a Estados Unidos se encuentran detenidos por distintos motivos de orden migratorio.

14

No.

Efraín Hecho Bámaca 12 de marzo de1992

Querellante

Jennifer K. adhesivo Harbury

Fecha de

Enero de condena 2012

Juzgado Tribunal Primero “A” de Mayor Riesgo

9

Contenido de

Resolvió que no Condena había argumentos válidos para continuar con el caso, mientras que la defensa de Otto Pérez Molina solicitó que el expediente se engavetara argumentando que no existía prueba que vinculara a su cliente con la desaparición forzada del insurgente. 13 personas más se encuentran ligadas al proceso.

Masacre Plan de Sánchez, Rabinal 18 de julio de 1982

Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de Violencia en las Verapaces, Maya Achí (ADIVIMA)

20 de marzo de 2012

Tribunal Segundo de Alto Riesgo

Se sentenció a un ex Comisionado Militar y a cuatro ex patrulleros a 7,710 años de prisión, es decir, 30 años por cada una de las 256 víctimas, y 30 años por delitos contra los deberes de la humanidad.

Edgar Sáenz Calito 9 de junio de 1981

Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)

21 de agosto de 2012

El Tribunal Primero “A” de Mayor Riesgo

Condenó a 70 años de prisión al ex jefe del Comando Seis de la Policía Nacional (PN) de Guatemala, Pedro García Arredondo por desaparición forzada y deberes contra la humanidad.

10

11

15

No.

12

13

16

Hecho

Querellante adhesivo

Fecha de condena

Tribunal

Contenido de Condena

Desaparición forzada de Edgar Fernando García (1) 18 de febrero de 1984

Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)

28 de octubre de 2010 (parte I)

Juzgado Octavo de Sentencia Penal

Se sentenció a Héctor Ramírez Ríos y Abraham Lancero Gómez, dos agentes de la desaparecida Policía Nacional (PN), a 40 años de prisión por el delito de desaparición forzada.

Desaparición forzada de Edgar Fernando García (2)

Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)

20 septiembre de 2013

Tribunal “A” de Mayor Riesgo

Se condenó a 40 años de prisión por desaparición forzada, a Jorge Alberto Gómez y al coronel retirado Héctor Mario Bol del la Cruz, director de la desaparecida Policía Nacional (PN).

Edgar Leonel Paredes Chegüén 12 de enero de 1982

Asociación de Familiares Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA)

26 de marzo de 2013

Tribunal Primero “B” de Alto Impacto

Se condenó al Comisionado Militar Isidro Cardona Osorio a 50 años y seis meses de prisión por desaparición forzada y delitos contra los deberes de la humanidad. En el 2011, el Tribunal de Sentencia Penal de Chiquimula había absuelto al ex comisionado militar.

No.

Hecho

Genocidio contra el Pueblo Ixil

Querellante adhesivo

Fecha de condena

Tribunal

Asociación para la Justicia y la Reconciliación (AJR) y Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH)

10 de mayo de 2013

Tribunal “A” de Mayor Riesgo

14

Contenido de Condena

Se sentenció al general retirado y ex Jefe de Estado de facto, José Efraín Ríos Montt, a 80 años de cárcel por genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. El tribunal absolvió al general retirado José Rodríguez Sánchez, ex Jefe de Inteligencia Militar, por falta de pruebas.

Masacre El Aguacate 22 al 24 noviembre de 1988

15

Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)

4 de julio de 2014

Tribunal de Sentencia de Chimaltenango

Condenó al insurgente Fermín Felipe Solano Barrillas, teniente David, por la masacre de 22 personas en la aldea El Aguacate, San Andrés Itzapa. La condena consiste en 60 años por el delito de asesinato en forma continuada y 30 años por crímenes contra la humanidad.

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No.

Hecho

Embajada de España 31 de enero de 1980

Querellante adhesivo

Fundación Rigoberta Menchú

Fecha de condena

Tribunal

19 de enero de 2015

Tribunal “B” de Mayor Riesgo

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Contenido de Condena

Se condenó a Pedro García Arredondo, jefe del extinto Comando Seis de la desaparecida Policía Nacional (PN), a 90 años de prisión por el delito de asesinato, asesinato en grado de tentativa, delitos contra los deberes de la humanidad. Las víctimas fueron 22 campesinos, ocho diplomáticos, dos visitantes, cinco estudiantes.

Sepur Zarco, El Estor, entre 1982 y 1983.

Mujeres Transformando el Mundo (MTM)

Inició 29 de octubre de 2014

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Fuente: elaboración propia sobre la base de informaciones periodísticas.

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Tribunal “B” de Mayor Riesgo

Se inició juicio oral y público contra Esteelmer Francisco Reyes Girón, ex comandante del destacamento de Sepur Zarco, y el ex Comisionado Militar Heriberto Valdez Asij. Se les acusa de ser responsables de violación y esclavitud sexual contra 15 mujeres q’eqchi y la desaparición forzada de 20 personas, con lo cual cometieron delitos contra los deberes de la humanidad.

Las acusaciones contra los altos jefes militares La acusación por actos de genocidio contra el Pueblo Ixil, es la única causa penal que ha ligado a proceso a un ex Jefe de Estado. Un juicio popular entre los guatemaltecos no sólo porque fue fundador del desaparecido partido Frente Republicano Guatemalteco (FRG), con el cual fue en varias oportunidades Presidente del Congreso de la República y también candidato presidencial, sino también por la difusión de sus creencias religiosas a través de los sermones dominicales cuando era Jefe de Estado y anciano de la iglesia neo pentecostal El Verbo. Hay otros dos casos de mandatarios asociados a crímenes del pasado. a. El del general Romeo Lucas García, el cual, pese a que en el año 2005, la Audiencia Nacional de España solicitó su extradición al gobierno de Venezuela, de donde era originaria su esposa, pero ya padecía de la enfermedad de Alzheimer y murió al año siguiente con 74 años de edad. b. El del general retirado Humberto Mejía Víctores, Jefe de facto entre agosto de 1983 y 1986, guarda silencio, aunque podría ser asociado en la cadena de mando con el plan sistemático de desapariciones forzadas ocurridas durante su mandato, tal y como lo muestra un documento de inteligencia conocido como Diario Militar o Dossier de la Muerte6. Actualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), conoce el caso de 26 desapariciones forzadas registradas en dicho documento que era secreto hasta 1999, año en que Kate Doyle, la misma que certificó “Operación Sofía”, lo compró a una persona de la que no reveló su identidad. Por ahora, las causas por desaparición forzada han condenado a dos agentes policiales, a un Director de la extinta Policía Nacional (PN), el coronel Rafael Bol de la Cruz (16 de agosto de 1983 a junio de 1985), y al ex Jefe del Comando Seis, el civil Pedro García Arredondo, cuya participación directa se comprobó con documentos del Archivo Histórico de la PN.

Fotos: “Guatemala 80”. Coordinadora de Organizaciones Sindicales y Populares, septiembre de 1980. 224 páginas.

A la derecha, en ambas fotos, con sombrero blanco, Pedro García Arredondo, entonces Jefe del Comando 6 de la extinta Policía Nacional (PN), el 1 de febrero de 1980, durante el sepelio de las víctimas de la quema de la Embajada de España. En esa fecha fueron asesinados el estudiante universitario y ex Presidente de la Asociación de Estudiantes de Medicina, Gustavo Adolfo Hernández, y el dirigente sindical Jesús Alberto España, a pocas cuadras del Paraninfo Universitario donde fueron velados los cadáveres, a manos de este cuerpo represivo-militarizado. La información disponible da cuenta que el mismo García Arredondo fue el que disparó contra Hernández y España. 6. El Diario Militar o Dossier de la Muerte fue realizado por especialistas y oficiales de inteligencia de alta en una unidad del Archivo General y Servicios de Apoyo del Estado Mayor Presidencial (AGSA-EMP), quienes sistematizaban los nombres y seudónimos por paquetes, así como el registro de los objetos encontrados en el asalto a casas de seguridad (armas, documentos y propaganda), fichas con los datos generales de las cuatro organizaciones insurgentes y una lista de lo que las unidades de inteligencia llamaron organizaciones y órganos de divulgación “al servicio de la subversión”. De 74 páginas, 53 de éstas fueron utilizadas para elaborar la ficha de 173 personas. Los datos generales de cada una de ellas consisten en el nombre legal, el seudónimo(s), sus funciones dentro de las organizaciones guerrilleras, la fecha y las circunstancias de la captura, así como su destino final (traslado, muerte, liberación). Al lado derecho aparece la fotografía y arriba de ésta una letra que sirve para clasificar a cuál de las cuatro organizaciones guerrilleras pertenecía la persona.

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García Arredondo también fue condenado el pasado 19 de enero de 2015, a 90 años de prisión por el asesinato de 37 dirigentes campesinos, obreros, estudiantes y diplomáticos durante la quema de la Embajada de España, ocurrida el 30 de enero de 1980 en la zona 10 de la ciudad capital de Guatemala, y operativizada por efectivos policiales al mando de García Arredondo, durante el gobierno militar de Fernando Romeo Lucas García (1978-1982). Debe recordarse que en ese entonces, los jefes inmediatos de García Arredondo eran el coronel Germán Chupina, Director de la extinta PN7, ya fallecido, y el civil Donaldo Álvarez Ruíz, Ministro de Gobernación, a la fecha prófugo.

Foto: http://www.soy502.com/articulo/arredondo-garcia-sentenciado-anos-prision

A la derecha, Moisés Galindo Ruíz, abogado defensor de García Arredondo y miembro de la Fundación contra el Terrorismo (FTC). A la derecha, con esposas, Pedro García Arredondo.

Sin embargo, las causas penales aún no alcanzan a tocar y develar las responsabilidades de los órganos de inteligencia militar del Estado, quienes se sabe, jugaron un papel crucial en las coyunturas de cambio político, y fundamentalmente tuvieron influencia en las apreciaciones a la hora de toma de decisiones como los planes de tierra arrasada, el control de la población y la desaparición sistemática de personas y comunidades. La absolución por falta de pruebas del ex Jefe de Inteligencia Militar –popularmente conocida como la G-2–, el general retirado José Mauricio Rodríguez Sánchez; y la evasión de la justicia por parte del ex coronel Juan Valencia Osorio8, entonces Jefe del Departamento de Seguridad Presidencial del desaparecido Estado Mayor Presidencial (EMP), puede formar parte de las cosas del pasado que aún no se pueden ventilar públicamente.

¿Cuál es la verdadera historia? 7. Chupina Barahona murió el 17 de febrero de 2008 en momentos en que la Audiencia Nacional de España había iniciado un proceso en su contra y otros altos jerarcas de los gobiernos militares de la década de 1970 y 1980, entre éstos: los Jefes de facto, general José Efraín Ríos Montt (marzo de 1982-agosto de 1983), y general Óscar Humberto Mejía Víctores (agosto de 1983-enero de 1986); el ex Jefe del Estado Mayor de la Defensa, general Benedicto Lucas García; el ex Ministro de la Defensa, general Ángel Aníbal Guevara; el ex Ministro de Gobernación, Donaldo Álvarez Ruiz; Pedro García Arredondo, entonces Jefe del Comando 6, así como contra el general Lucas García, ya fallecido. La demanda cursada por la Audiencia Nacional española fue promovida en diciembre de 1999 por Rigoberta Menchú Tum, cuyo padre fue uno de los dirigentes indígenas que murió calcinado en la Embajada de España el 31 de enero de 1980. El proceso había iniciado el 6 noviembre de 2006, cuanto un tribunal guatemalteco, a petición de la Audiencia Nacional española, autorizó la detención con fines de extradición de cinco de los procesados por genocidio, entre ellos Chupina, que se entregó dos días después. Para evitar la cárcel, se internó en un centro hospitalario donde estuvo hasta diciembre de 2007, cuando la Corte de Constitucionalidad (CC) falló en favor de los procesados. En ese entonces, la CC determinó que la Audiencia Nacional española no tenía competencia para juzgar a guatemaltecos, y dejó sin efecto las órdenes de captura. Sin embargo, el entonces Juez de la Audiencia Nacional de España, Santiago Pedraz, continuó el proceso.

Fuente: EFE. “Germán Chupina, procesado en España por genocidio”. Diario El País, 18 de febrero de 2008. Recuperado en: http:// elpais.com/diario/2008/02/18/necrologicas/1203289201_850215.html

8. Valencia Osorio se fugó en 2003 con el apoyo de militares, pocos meses después de ser condenado por el asesinato de la antropóloga Myrna Mack, y a la fecha sigue prófugo. Fue Gerente de la empresa de seguridad privada Safari Seguridad, propiedad del columnista del diario elPeriódico, Raúl Minondo Ayau.

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I. Cronología: ¿Genocidio en Guatemala? Puede considerarse que Ricardo Falla (sj) fue el primero en sostener, explicar y mostrar evidencias preliminares de por qué el Ejército guatemalteco incurrió en la comisión del delito de genocidio durante el período del gobierno del general Efraín Ríos Montt. Fue ante el Tribunal Permanente de los Pueblos (Madrid, 1983). La exposición del antropólogo inició con la masacre de San Francisco y profundizó en distintas zonas de Huehuetenango, y con menor acuciosidad trató Ixcán, Las Verapaces, Chimaltenango y Quiché. La exposición muestra en detalle el proceso de realización de las masacres, según las regiones o zonas donde éstas tuvieron lugar. Procura enfocarse, como él mismo advierte, en las motivaciones de discriminación étnica y racial con el propósito de determinar hasta qué punto se puede hablar de genocidio en Guatemala. El argumento del antropólogo se puede resumir más o menos con las siguientes palabras: Sí la Convención sobre el Genocidio admite que se tratan de los hechos perpetrados “con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal”9. A través del examen minucioso de la “destrucción de grupos” o de 37 matanzas sistemáticas en distintas regiones del país, Ricardo Falla explica que… …no se puede sostener que el Gobierno o el ejército intentaran acabar con toda la población indígena, que les es necesaria económicamente (sic). Con el análisis morfológico de las matanzas se vuelve razonable que el Ejército tuvo la intención de destruir de modo parcial al grupo étnico en su expresión elemental a nivel de aldeas, parajes, cantones, caseríos o cualquier otra denominación, incluyendo a ese nivel de identidad a grupos que fueran ladinos o no indígenas. (Falla, 1983). 15 años después, el 24 de abril de 1998, el informe del proyecto de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) de la Iglesia Católica: “Guatemala: Nunca Más”, documentó detalladamente 422 masacres en todo el país. Se trataba de un plan estatal, intencionado y sistemático de matanzas en zonas indígenas –señaló el informe, pero no afirmó la comisión de actos genocidas– (ODHAG, 1998). A los dos días fue asesinado el Obispo Juan Gerardi, Coordinador General de la iniciativa de la Iglesia Católica. Al siguiente año, el 25 de febrero de 1999, la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) publicó el informe “Guatemala Memoria del Silencio. Tz’inilNa’tab’al”. Oficialmente, ese día fue declarado Día Nacional de las Víctimas. Este informe fue el resultado de uno de los doce acuerdos firmados entre la guerrilla y el gobierno guatemalteco que llevó a la firma de la paz en diciembre de 1996. La interpretación que allí se realiza sobre si hubo genocidio en Guatemala, se fundamenta en el Derecho Internacional. El informe está compuesto por doce tomos, y ahí la CEH fue enfática y contundente en cuanto a lo que sucedió entre 1981 y 1983. Después de un análisis general de la política estatal, en particular de la Doctrina de Seguridad Nacional que sustentó las políticas contrainsurgentes; un estudio diacrónico sobre hechos y lugares, y un análisis sincrónico de autores y víctimas; en la quinta conclusión (de siete) del acápite que trata el genocidio, la CEH afirmó que…

9. Convención sobre el Genocidio, 9 de diciembre de 1948.

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…agentes del Estado de Guatemala, en el marco de las operaciones contrainsurgentes realizadas en los años 1981 y 1982, ejecutaron actos de genocidio en contra del pueblo maya… (CEH, 1999). Pueblo maya que residía específicamente en las siguientes regiones del país: • Maya-q’anjob’al y maya-chuj (ubicados al norte de Huehuetenango en los municipios de Barillas, Nentón y San Mateo Ixtatán). • Maya-ixil (Nebaj, Cotzal y Chajul, municipios del departamento de Quiché). • Maya-k’iche’ (Zacualpa, departamento de Quiché). • Maya-achi (Rabinal, Baja Verapaz). Metodológicamente, los investigadores de la CEH trataron cada una de las cuatro regiones siguiendo el siguiente esquema descriptivo. Primero, ubicaron geográficamente la región, la extensión territorial a que hacían referencia, la población, el sistema de trabajo y la posesión de la tierra, el sistema de autoridad. Analizó las percepciones que el gobierno, el Ejército, las agencias de inteligencia, los finqueros locales y el poder económico tenía de los indígenas de cada región. Sí eran antagónicos, potenciales aliados de la insurgencia, hasta considerarlos abiertamente enemigos del régimen. El segundo escalón de análisis consistió en estudiar los planes institucionales (de campaña) del Ejército y siguieron con el estudio de las reformas o cambios en la organización militar. De la evaluación de la información, la CEH concluyó que para llevar a cabo un genocidio se necesita transformar el aparato militar convencional usado en tiempos de paz, y que los planes de campaña analizados expresaban que el curso a seguir con relación al enemigo admitía tres posibilidades: • La eliminación. • El aniquilamiento. • El exterminio. Efectivamente se reformó drásticamente el aparato militar, y estos tres cursos de acción se tradujeron, según la CEH, en un conjunto de violaciones a los derechos humanos contra miembros del grupo. El tercer paso seguido por los investigadores consistió en describir detalladamente los siguientes hechos para cada región: • Matanzas de líderes. • Masacres (selectivas e indiscriminadas). • Tierra arrasada (quemazón, destrucción, despejar de gente). • Desplazamiento forzado. • Traslado forzado de niños. • Reasentamiento militarizado. • Actos contra el fundamento del grupo (violaciones sexuales y contra elementos materiales y espirituales de la cultura). • Matanza de población especialmente vulnerable (niños, ancianos). • Tortura. • Violaciones sexuales. • Obligar a miembros del grupo a actuar en contra de los suyos.

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Con base en descripciones minuciosas sobre lugares, hechos, víctimas, autores y planes, a la CEH le asistió la convicción de que el Estado, entre 1981 y 1983 cometió actos de genocidio contra el pueblo maya, al asociar a los indígenas con los insurgentes y, por tanto, considerarlo enemigo interno y antagónico al Estado guatemalteco. La base ideológica de una conclusión como ésta se sustenta, según la CEH, pero también lo han dicho otros estudiosos como Marta Casaus Arzú, en una mentalidad de carácter racista. Dice un estudio de Casaus que el núcleo de los sectores dominantes considera tres posibilidades respecto al tema indígena: Muchos de ellos son partidarios de mantener la segregación socio-racial y de evitar una integración, reforzando los mecanismos del apartheid. Otros son partidarios de la mejora de la raza, a través de técnicas de inseminación artificial y algunos se inclinan por la limpieza étnica (…) entre el 4 y el 10% (…) apuntan hacia soluciones drásticas y profundamente intolerantes hacia la población indígena. Este sector manifiesta en diversas ocasiones ser partidario del exterminio de la población indígena, de su desaparición cultural y física (Casaus, 1995). El 2 de diciembre de 1999, la Premio Nobel de la Paz, Rigoberta Menchú, presentó ante la Audiencia Nacional de España una demanda por genocidio, tortura y terrorismo de Estado contra ocho dirigentes y funcionarios de los gobiernos militares entre 1978 y 1986. El 6 de junio de 2001, la Asociación para la Justicia y la Reconciliación (AJR) presentó querella contra el ex Jefe de Estado de facto, Efraín Ríos Montt, y su alto mando por la comisión de actos de genocidio en las cuatro regiones mayas de que trata el informe de la CEH, incluyendo una región más, los Kaqchikeles de San Martín Jilotepeque. De aquélla acusación se consolida y prospera la acusación por genocidio en la región ixil. En enero de 2012, el ex general retirado, habiendo culminado sus funciones como diputado en el Congreso de la República, y con ello también la inmunidad y el derecho de antejuicio, se presentó voluntariamente a la justicia guatemalteca con el propósito de aclarar los hechos que se le imputaban. El 26 de enero, presto su primera declaración, con lo cual quedó ligado al proceso. Los jueces ordenaron arresto domiciliario y una caución económica. El 17 de febrero de ese mismo año, los defensores del acusado solicitaron cerrar el proceso en su contra por amnistía, argumentando que su defendido no podía ser enjuiciado por hechos cometidos del 23 de marzo de 1983 al 14 de enero de 1986, según la Ley de Amnistía, Decreto Ley 8-86. En esa oportunidad, la sala de Apelaciones negó tal petición. El juicio oral y público se ventiló en un Tribunal de Mayor Riesgo. Inició el 19 de marzo de 2013 y duró 52 días, período en el cual, tres jueces escucharon a casi 120 testigos y a los peritos, valoraron los estudios forenses y los planes de campaña del Ejército. Mientras tanto, los abogados de la defensa usaron cualquier tipo de recursos para retrasar el juicio y que éste no tuviera lugar indefinidamente. A mediados de abril del año 2013, Zury Ríos Sosa, hija del general Efraín Ríos Montt y otros hijos de militares se reunieron con miembros del CACIF para hablar sobre las amenazas que representaba el juicio para el Ejército y para los propios empresarios, ya que después los querellantes podrían exigir también la reforma agraria. El 16 de abril de 2013, un grupo de 12 intelectuales civiles comprometidos con distintas gestiones gubernamentales, especialmente la de Álvaro Arzú (1996-2000) y el Partido de Avanzada Nacional (PAN), emitieron un comunicado en el que advertían que el juicio amenazaba con polarizar a la sociedad y que se trataba en realidad de una “fabricación jurídica”.

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El 10 de mayo, el Tribunal “A” de Mayor Riesgo integrado por las Juezas Yassmin Barrios y Patricia Bustamante, así como por el Juez Pablo Xitumul, sentenció a Ríos Montt a 80 años de cárcel por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, y absolvió al general retirado José Rodríguez Sánchez, ex Jefe de Inteligencia Militar, por falta de pruebas. El 14 de mayo, 87 de 158 diputados del Congreso de la República, liderados por los partidos Patriota (PP) y Libertad Democrática Renovada (LIDER), emitieron una resolución señalando que no existió el delito de genocidio. El 19 de mayo, el CACIF en pleno expresó en una conferencia de prensa su oposición a la sentencia por genocidio. Ya antes, el mismo día que inició el juicio, el entonces presidente del CACIF, Andrés Castillo, había expresado que el genocidio no existió en Guatemala durante el conflicto armado interno. El 20 de mayo, la Corte de Constitucionalidad (CC) anuló todo lo actuado en el proceso final de debate oral y público a partir del 19 de abril, incluyendo la sentencia condenatoria de 80 años de prisión contra Efraín Ríos Montt, acusado de incurrir en el delito de genocidio y crímenes contra la humanidad. La CC ordenó un nuevo juicio para el 5 de enero de 2015. En octubre de 2013, cinco de siete Magistrados de la CC decidieron que la Sala de Apelaciones tenía que fundamentar por qué aceptaba o negaba la solicitud de amnistía10. Los dos jueces de apelaciones que negaron tal recurso, respondieron que habiendo ya razonado no podían volver a conocer el caso. La resolución de la amnistía solicitada para Ríos Montt sigue sin resolverse. El sociólogo Manolo Vela (2014), después de analizar las formas del reclutamiento, el entrenamiento, el adoctrinamiento y el comportamiento de los soldados en los pelotones que realizaron la masacre de las Dos Erres –comunidad ladina del norte guatemalteco–, admite la intención del genocidio. Revela que las intenciones de destruir a un grupo solo pudieron ser exitosas resultado de un proceso previo y sistemático de encuadramiento, especialización y división del trabajo que se ponía a prueba a la hora de matar. Los oficiales mandan, unos soldados matan, otros vigilan o aseguran la zona de operaciones, otros se dedican al pillaje, y otros violaban mujeres. El 5 de enero de 20015, los Jueces del Tribunal “B” de Mayor Riesgo, encargados de iniciar otro juicio contra el ex general, decidieron aplazar el inició de la audiencia hasta recibir el expediente original del caso. Después, concedieron una hora de plazo al acusado ya que la defensa adujó que el estado de salud de su cliente era delicado, lo cual no le permitía desplazarse. Al final, el ex general se vio conminado: legó conducido en una ambulancia y acostado en una camilla, con lentes obscuros. Mientras, el ex Jefe de Inteligencia, José Mauricio Rodríguez –quien había sido absuelto–, también volverá a ser sometido a juicio, y se presentó en una silla de ruedas. Los jueces aceptaron un amparo interpuesto por los defensores, quienes argumentaron que la juez Irma Valdés, Presidenta del tribunal, contaba con una opinión formada del caso pues una tesis académica realizada por ella trataba sobre la problemática juzgada.

10. Pese a que la Corte de Constitucionalidad ya había establecido jurisprudencia con la sentencia dictada el 7 de octubre de 1997, en la que se refirió a la Ley de Reconciliación Nacional: Se trata, entonces, de una normativa prevista para aplicarse a quienes pueda atribuirse la condición de autores, cómplices o encubridores de hechos o actos a los que señala su naturaleza, cometidos en el enfrentamiento armado, bien como sujetos ligados al Estado o integrando la denominada Unidad Revolucionaria Guatemalteca y que, en ausencia de la Ley, pueden ser judicialmente incriminados y eventualmente penados, salvo, desde luego, si los hechos imputados caen en la esfera de aquellos que constituyen genocidio, tortura, desaparición forzada o que sean imprescriptibles o deban ser excluidos de acuerdo a obligaciones internacionales asumidas por la República” (sic).

Disponible en: http://www.myrnamack.org.gt/index.php/analisis/259-analisis-sobre-la-procedencia-de-la-solicitud-de-amnistia-en-el-proceso-penal-contraefrain-rios-montt.

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Con cinco horas de retraso, el tribunal decidió suspender el juicio mientras una Sala de Apelaciones resuelve qué juez deberá continuar conociendo el mismo, situación que hasta la fecha se mantiene11. El 20 de febrero 2015 quedó integrada la terna de la Sala de Apelaciones que conocerá y resolverá la solicitud de amnistía para el ex general. La terna quedó integrada por Fredyn Waldemar Fernández (Presidente), Carol Patricia Rodríguez (Vocal) y Miriam Méndez de Blanco (Magistrada Suplente).

¿Cuál es la verdadera historia?

La decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) de anular la sentencia por genocidio dictada por un tribunal guatemalteco el 10 de mayo de 2013, fue en realidad la réplica de lo que dijeron anteriormente las cámaras empresariales, un grupo de oficiales retirados12, el grupo de intelectuales citadinos ya citados anteriormente, y una posterior resolución del Congreso de la República. Todos usaron el mismo tono y la misma convicción de negar la comisión del delito de genocidio, aduciendo como si fueran jueces, que no era posible probar la intención del Ejército de acabar con el grupo étnico ixil. La respuesta no sorprendió a la mayoría de los guatemaltecos, ante todo a las escépticas que con distancia observaban el juicio. Incluso, los ciudadanos optimistas que veían en el juicio la realización de aspiraciones liberales y de fortalecimiento del llamado Estado de Derecho, admitieron que en la coyuntura del 2013 había funcionado la misma alianza que hizo posible el financiamiento, el despliegue y la realización exitosa en el altiplano noroccidental del país, de los mismos hechos criminales que se juzgaban (Pellecer, 2013). Sí hasta antes del 10 de mayo de 2013 acudía a las audiencias un numeroso grupo de personas convencidas y disciplinadas de las causas penales contra los perpetradores, fue la contundente negación de la causa juzgada lo que hizo que el juicio se volviera popular. Se hablaba de él en todas partes, sin importar el tono de la voz. Quizás porque la respuesta del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) escenificó las cosas que parecían del pasado por indecibles. Y el pasado se convirtió en algo vivo, real, patente, que no exigía comprobaciones ni explicaciones. 11. El 9 de abril de 2015, la Sala de Apelaciones de Alto Impacto nombró a Jaime Delmar González Marín como el nuevo Juez para que integre el Tribunal que juzgaría a Ríos Montt. El nuevo Juez sería el primero de un listado de 41 jueces suplentes que integran esta sala. Fuente: Cuevas, D. “Nombran a nuevo juez para que integre Tribunal que juzgará a Ríos Montt”. Sección Nacionales, Emisoras Unidas, 9 de abril de 2015. Recuperado en: http://noticias.emisorasunidas.com/noticias/nacionales/nombran-nuevo-juez-para-que-integre-tribunal-que-juzgara-rios-montt Unos días después, el 13 de abril, el Jefe de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público (MP), Orlando López, quien conoce el expediente del caso por genocidio contra Ríos Montt, fue arraigado por el Juez Segundo Penal, Darwin Porras, a raíz de una denuncia interpuesta por la Fundación Contra el Terrorismo (FCT), que lo acusa de cuatro delitos: abuso de autoridad, cohecho pasivo, prevaricato, y violación a la Constitución. Según la denuncia…





…el fiscal López (…) viajó el año pasado a Madrid, España, donde dictó una conferencia relacionada al caso y cuestionó la resolución de la Corte Suprema de Justicia en la que se ordenó repetir el juicio. La FCT argumenta que el fiscal no tiene la autoridad para ello.. Además, la FCT… …lo denuncia por cohecho pasivo, con el argumento de que el fiscal viajó cuando se ha dicho que el Ministerio Público no tiene recursos, por lo que afirman que López pudo haber recibido dinero o auspiciado el viaje cuando eso toca directamente en la imparcialidad. Fuente: Ramos, J. “Caso Ríos Montt: dictan arraigo contra fiscal”. Diario Prensa Libre, 13 de abril de 2015. Recuperado en: http://www.prensalibre.com/ guatemala/justicia/caso-rios-montt-dictan-arraigo-contra-fiscal

12. Agrupados entre otras, en la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala (AVELMIGUA), Fundación Contra el Terrorismo (FCT) y la Asociación de Familias y Amigos de Militares Accionando Solidariamente (FAMILIAS).

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Ahora se ha hecho público que a principios de 1980, un grupo de 14 “honorables”13 guatemaltecos decidió contribuir “a la paz social y la seguridad”. El apoyo consistía en que cada cámara empresarial aportaría financieramente hasta alcanzar casi Q. 60 millones -cuando el quetzal se equiparaba al dólarentre el 15 de diciembre de 1982 y el 30 de junio de 1983. Desglosado de la siguiente manera: Cámara

Al 15 de diciembre de Al 30 de junio de 1983 1982

Cámara de Comercio

6,000,000

18,000,000

Cámara de Industria

3,750,000

11,000,000

Cámara del Agro

2,250,000

6,750,000

Asociaciones bancarias e instituciones financieras

3,000,000

9,000,000

Totales

15,000,000

44,750,000

Fuente: Inforpress Centroamericana No. 522, 9 de diciembre de 1982, citado en: Anónimo. “Guatemala: El haz y el envés de la impunidad y el miedo. Estrategia militar-empresarial-gubernamental contra la justicia y la resistencia”. Guatemala, enero de 2014.

Aunque el actual Presidente de la República, Otto Pérez Molina –un ex general retirado con estudios en la Escuela de las Américas, Jefe de la Escuela Kaibil y con una amplia trayectoria en el trabajo de inteligencia (Osorio, 2000)–, parecía que iba a dejar que se celebrará el juicio por el delito de genocidio, en realidad no era algo que le fuera indiferente. Acusaciones públicas existen por su participación como comandante de operaciones en la región ixil en el mismo tiempo en que sucedieron los hechos que se juzgaban en el Tribunal de Mayor Riesgo14. También ha sido señalado por su vinculación en la desaparición forzada del insurgente Efraín Bámaca –Comandante Everardo-15 y en el asesinato del Obispo Juan Gerardi Conedera16. La disputa sobre el pasado no es que polarice a la sociedad guatemalteca, es que hay un grupo de militares retirados o desempeñando funciones públi13. Se trata de Juan Miguel Torrebiarte Lantzendorffer, Juan Francisco Reyes López, Juan Ulrico Maegli-Müeller, Mario Granai, Ernesto Rodríguez Briones, José Raúl Toledo Ocheita, Carlos Sprigmühl, Manuel Ayau Cordón, Edgar Antonio Heinneman Nathusius, Walter Widmann Luna, Fernando Andrade Díaz-Durán, Roberto Alejos Arzú, Ramiro Castillo Love y Miltón Enrique Molina Espinoza. En: Anónimo. “Guatemala: El haz y el envés de la impunidad y el miedo. Las estrategias militar-empresarial-gubernamental contra la justicia y la resistencia”. Guatemala, 2014. 14. El documental “Titular de hoy: Guatemala”, del Director finlandés Mikael Wahlforss (1983), muestra con imágenes al actual Presidente de Guatemala como comandante en el campo de operaciones en Nebaj. Dos escenas cotidianas pueden atraer la atención del filme. Una donde el Presidente actual, aún joven camina por las calles de tierra de Nebaj –uno de los pueblos de la región ixil–, vestido con su traje de campaña y barbado, mientras encabezaba un extraño desfile donde no tenía lugar la algarabía sino la vigilancia medio descuidada de los soldados. Pero la imagen que más impresión ha causado entre los guatemaltecos es la constatación de la presencia del actual Presidente ante los cadáveres de cuatro guerrilleros indígenas que habían sido interrogados por él sin lograr confesión alguna. Aparece leyendo frases escritas en el cuaderno de uno de ellos. El ex coronel Lima Estrada también aparece en el teatro de operaciones durante el documental. Por su parte, el periodista estadunidense, Allan Nairn, ha dicho que cuando conoció en aquellos años al comandante Tito -sobrenombre del actual Presidente de la República-, éste no le impresionó. Parecía ser otro burócrata (y) obviamente era un hombre político. A no ser porque el periodista habló con muchos oficiales y soldados que estaban bajo su mando. Dijeron que estaban actuando bajo órdenes y que frecuentemente capturaban y torturaban civiles, algo que describieron en detalle” (Reynolds, 2013). 15. En la fecha en que el insurgente fue capturado por el Ejército, el ex general Pérez Molina era Director de la Dirección de Inteligencia (D-2) (Osorio, 2000). 16. En una entrevista realizada por la periodista Claudia Méndez Arriaza al capitán Byron Lima quien purga prisión aún por el asesinato del Obispo Gerardi, le preguntó ¿a quién admiraba? Él enlisto al ex dictador chileno Augusto Pinochet, y citó al general Otto Pérez Molina como un oficial guatemalteco que siempre apoyaba a sus hombres. Méndez, en el artículo que publicó omitió ese detalle. Sin embargo, el ex general Pérez Molina y ahora Presidente de la Republica, acabaría siendo uno de los oficiales sospechosos de haber estado en una pequeña tienda, la de “Don Mike”, con el coronel Lima Estrada, la noche del asesinato del Obispo. La fiscalía creía que los oficiales se habían reunido en esa tienda con el propósito de monitorear el crimen. Goldman considera que el asesinato de Monseñor Gerardi fue… …el crimen más audaz y riesgoso que el ejército de Guatemala había perpetrado en su historia, y debía ser percibido como una defensa de la institución más que de personas (…) Las colas de todos estaban machucadas. (Goldman, 2009).

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La disputa sobre el pasado no es que polarice a la sociedad guatemalteca, es que hay un grupo de militares retirados o desempeñando funciones públicas que no sólo se enriquecen y participan activamente de los dividendos económicos de controlar la gestión gubernamental, sino que también son portadores de sus propios demonios. Negar el pasado es reforzar el status quo. Ya no asombra la participación de los oficiales en las atrocidades, sino su reiterada negación.

cas que no sólo se enriquecen y participan activamente de los dividendos económicos de controlar la gestión gubernamental, sino que también son portadores de sus propios demonios. Negar el pasado es reforzar el status quo. Ya no asombra la participación de los oficiales en las atrocidades, sino su reiterada negación. ¡Habrá un Bernal Díaz del Castillo! Soldado del ejército español que, desplazado del poder colonial, escribió lo que vio y cómo lo vivió. No hizo propaganda. Después de más de cinco siglos, su obra es de consulta obligada para comprender aquella época de conquista y sometimiento al imperio español de México y el Caribe.

Justicia post Guerra Fría

La forma en que se hace justicia se encuentra relacionada con las restricciones políticas del contexto nacional e internacional. Después de la Segunda Guerra Mundial, los aliados sancionaron las responsabilidades de los dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen Nazi por los crímenes y abusos contra la humanidad cometidos entre 1939 hasta la caída del régimen alemán en mayo de 1945. Los conocidos Juicios de Núremberg siguieron un criterio universalista del derecho, lo que permitió el reconocimiento de una jurisprudencia internacional en materia de guerras de agresión, crímenes de guerra, crímenes en contra de la humanidad, hasta la constitución en 1998 del Tribunal Penal Internacional. Sin embargo, los crímenes que se juzgan en la Guatemala contemporánea se inscriben en lo que Teitel (2003) ha llamado la fase de la posguerra fría asociada con otra ola de “transiciones a la democracia” y modernización que comenzó en 1989 en Europa del Este, África y Centroamérica. Fue recientemente, en esos años, que se acuñó en el ámbito académico el concepto “justicia transicional” para referirse a la visión de justicia en períodos de cambio político. Se trata de cambios políticos que privilegian la conservación de la paz (Teilel, 2003; Gómez, 2013). Sí en los juicios de Núremberg prevalecía una visión universalista e internacional de la justicia que castigó a los responsables de los crímenes, los juicios después de la Guerra Fría, además de confrontar y demandar las responsabilidades individuales del régimen opresor, también aceptan las restricciones políticas que supone que las causas penales tengan lugar en el ámbito nacional, todo en pos de reconstruir los países, fortalecer las instituciones, sanar las heridas de los sobrevivientes, incorporar los valores del estado de derecho, mantener la paz, buscar la reconciliación. Más que la verdad o la justicia en sí mismas, los propósitos, tanto de los procesos judiciales y las Comisiones de la Verdad en la nueva coyuntura internacional –según Teilel– se encontraban… …animados fundamentalmente por la idea de la disuasión. De hecho los mandatos de tales comisiones frecuentemente incluyen recomendaciones para prevenir la recurrencia de los abusos a los derechos humanos. Resultado de la situación desigual de poder global, después de la Guerra Fría las sociedades construyeron la idea de “justicia de preservación” –escribió Teilel–. Entre otros, la idea de preservar facilitó el registro y la creación de acervos históricos; ha dejado abierta la posibilidad de acciones penales; permitió la formulación de una teoría del perdón y la reconciliación que extrajo la mayor parte de su discurso normativo de la ética, la medicina y la teología. Mientras,

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los actores e instituciones relevantes de esos procesos se encontraban fuera del dominio no solo del derecho sino también de la política y lo público, como las iglesias, las organizaciones privadas y la ONG, los grupos de defensores de los derechos humanos. Esta idea de la preservación supone la aceptación de las restricciones existentes sobre la soberanía política asociada con la democratización moderna, y el inminente proceso de globalización y fragmentación política, como núcleo de la noción de justicia (Teilel, 2003). Sí se admite que el derecho al uso de la violencia y la guerra dejó de ser una excepción para convertirse en parte del engranaje económico del poder global, puede interpretarse que los guatemaltecos, por lo menos, viven dos temporalidades. A lo interno, una lógica de preservación facilita la coexistencia social en las que es posible celebrar los juicios contra los responsables de los crímenes, quienes ocupan funciones públicas importantes en el país. Pero un sentido amplio de las restricciones tolera el derecho de intervención de Estados Unidos en la región. En la reciente visita del Vicepresidente de Estados Unidos, Joe Biden, condicionó la ayuda a los países centroamericanos, través del “Plan para la Prosperidad del Triángulo Norte”17, sí y solo sí, los gobernantes de Honduras, El Salvador y Guatemala cumplían con las exigencias de uno de los países más poderosos del mundo, entre ellas que: Las víctimas del crimen deben estar seguras que los criminales enfrentarán la justicia. Los inversionistas y ciudadanos deben de saber que el sistema legal funcionará para ellos y no para los grupos de delincuencia (elPeriódico, 3 de marzo de 2015)4.18 Mientras tanto, con ojos de horror los antropólogos forenses han encontrado más de 500 osamentas en casi 100 fosas escavadas en el mismo lugar donde actualmente se entrenan los encargados de la preservación de la paz de las Naciones Unidas (ONU)19. Allí donde antiguamente funcionó una zona militar del Ejército guatemalteco. Existen razones para que se atice el miedo de quiénes fueron los responsables de la atrocidad. No importa cuánto tiempo haya pasado. El pasado puede ser revisitado cuantas veces se quiera y de formas inusitadas. Gramsci (1931) –ya había escrito– que los grupos subalternos sufren siempre la iniciativa de los grupos dominantes, incluso cuando se rebelan y se levantan. En realidad, incluso cuando parecen victoriosos, los grupos subalternos se encuentran en una situación de alarma defensiva. Por eso todo indicio de iniciativa autónoma de estos grupos debe considerarse de inestimable valor para el historiador integral. Al poner el punto final, siempre quedan muchas cosas por decir, y también por hacer. 17. Analistas como Luis Solano (2015) han comparado este plan con iniciativas similares de Estados Unidos, desde la época de la guerra fría: La Alianza para el Progreso (1960), el modelo de las exportaciones no tradicionales y la maquila (1970), los Programas de Ajuste Estructural (1980), los procesos de privatización (1990), la industria extractiva, los agronegocios para la exportación y la competitividad (2000). Éstos han contribuido a profundizar las desigualdades económicas y sociales al mismo tiempo que se conforman grupos económicamente poderosos. Adelanta Solano que, bajo la lógica de la continuidad, el Plan de la Alianza para la Prosperidad… …tiende a convertirse en un nuevo proyecto inversionista de carácter privado, que consolidará a los grupos económicos más fuertes”, tal y como ha ocurrido en las últimas cuatro décadas.

Solano, Luis. “Alianza para la Prosperidad: un proyecto de la elite empresarial”. Albedrío, 2 de marzo de 2015. Recuperado en: http://www.albedrio.org/htm/documentos/Solano-ALIANZAPARALAPROSPERIDAD-2015.pdf

18. Disponible en: http://www.elperiodico.com.gt/es/20150303/pais/9375/Biden-el-proyecto-de-la-CICIG-es--muy-importante-paraGuatemala.htm?tpl=8. 19. Se trata del Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (CREOMPAZ).

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Fuentes consultadas Aguirre, Isabel (2011), Una aproximación al papel de las fuerzas de tarea y el genocidio. El pueblo Ixil, Quiché. Tesina presentada para el curso de “Especialización en derechos humanos e investigación archivística”, con énfasis en “Investigación en historia y memoria”. Anónimo (2004), Guatemala: El haz y el envés de la impunidad y el miedo. Estrategia militar-empresarial-gubernamental contra la justicia y la resistencia. Guatemala, 2004. Casaus, Marta (1992), Guatemala: linaje y racismo. San José Costa Rica: Flacso, 1992. Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) (1999), Guatemala Memoria del Silencio. Tz’inilNa’tab’al. Guatemala: Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas (UNOPS). Falla, Ricardo (1984), “Genocidio en Guatemala”. Presentado ante el Tribunal Permanente de los Pueblos, sesión Guatemala, 27-31 de enero de 1983. Madrid: IEPALA, 1984. Fundación Rigoberta Menchú (2000), Justicia universal por el genocidio en Guatemala. Demanda presentada por la Premio Nobel de la Paz ante la Audiencia Nacional de España el 2 de diciembre de 1999. García Gutiérrez, Cristina Luz (2010), “Fuentes para el estudio de la represión en Iberoamérica: Entre archivos y centros documentales”, Ponencia presentada en el XIV Encuentro de Latinoamericanistas Españoles (Santiago de Compostela: 15-18 de septiembre 2010). Goldman, Francisco (2009), El arte del asesinato político ¿Quién mató al obispo? Barcelona: Anagrama, 2009. Título original The Art of Political Murder. Nueva York: Grove Press, 2007. Gómez Sánchez, Gabriel Ignacio (2013), Justicia transicional “desde abajo”: Un marco teórico de la experiencia colombiana. Revista Co-herencia Vol. 10, No 19 Julio - Diciembre 2013, pp. 137-166. Medellín, Colombia. Gramsci, Antonio (1931), “Al margen de la historia: historia de los grupos sociales subalternos”. Cuadernos de la Cárcel No. 6. ed. Crítica del Instituto Gramsci, a cargo de Valentino Gerratana, ed. Era/Universidad Puebla, México, 2000. ODHAG (1998), Guatemala: Nunca Más, los mecanismos de horror. Volumen 2. Guatemala: Oficina de Derechos Humanos de Guatemala del Arzobispado de Guatemala-Proyecto Recuperación de la Memoria Histórica.

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El contexto histórico de los juicios por la recuperación de la memoria histórica y la

construcción democrática en el post conflicto Los antecedentes de la Justicia Transicional

Por El Equipo de El Observador: Carmen Reina y Fernando Solís

La historia de la humanidad ha estado marcada por cruentas guerras dentro de las que se han cometido terribles abusos, especialmente contra población civil no combatiente. En el avance por ampliar el reconocimiento y vigencia de los derechos humanos, la comunidad internacional ha ido normando y penalizando los actos lesivos no permitidos en los conflictos armados. Así surgió el derecho de guerra o el Derecho Internacional Humanitario, que pretende proteger a las personas que no participan directamente en los enfrentamientos militares; además, limita los medios y métodos de hacer guerra. Esta normativa se contiene en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y los Protocolos Adicionales de 1977, relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados. Los abusos cometidos en la II Guerra Mundial por los nazis en Alemania fueron juzgados por el histórico Tribunal de Núremberg en 1945. Estos tribunales, instalados en la ciudad alemana que lleva el mismo nombre, fueron producto de la firma que hicieron las potencias aliadas ganadoras, del Estatuto del Tribunal Militar y establecieron un respectivo Tribunal Internacional en el que se juzgó y condenó a militares responsables del genocidio y atrocidades contra judíos, comunistas, homosexuales y otros grupos de población civil no combatiente en el denominado Holocausto Nazi. En los principios de este tribunal se definieron los “Crímenes contra la Humanidad” y se tipificó el asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos se hicieran en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra1. Estos juicios marcaron un precedente histórico con el propósito de que se aplicara justicia a los responsables de actos criminales y deleznables cometidos con población civil no combatiente, con el fin de que no quedasen en la impunidad y marcaron un punto de partida para que no se repitieran.

1

Muñoz de Cote Otero, Alfonso Tirso, “El Tribunal Militar Internacional de Núremberg. Problemática e implicaciones de su instauración”. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas (UNAM), México, D.F. Recuperado en: www.juridicas. unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/258/.../pr4.pd

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En el mismo año y paralelo a los Tribunales de Núremberg, se constituyeron los Tribunales de Tokio en los cuales se juzgó y condenó a los responsables de crímenes de paz y de guerra, deberes contra la humanidad, genocidio y complot de guerra, fundamentalmente militares japoneses responsables de varios vejámenes tales como la masacre de Nankín. Este fue el llamado Tribunal Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente. A partir de ese momento y posterior al surgimiento de la Organización de Naciones Unidas (ONU), en 1946 se reconoció el delito de Genocidio y se plasmó en la Convención para la Prevención y la Sanción del Crimen de Genocidio, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1946. En ésta se reconoce el genocidio como: Artículo II En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, cometidos con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Atentado grave contra la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado forzoso de niños del grupo a otro grupo. Posteriormente se han creado dos tribunales más que juzgaron los delitos cometidos contra población civil no combatiente. El primero fue el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, establecido por la Resolución 827 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 1993. La relevancia de este tribunal fue que en el mismo se juzgó a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos en la ex Yugoeslavia desde 1991. En estos tribunales se consideraron los delitos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y se incluyó por primera vez la tortura, además de la violencia sexual. Se procesó a 124 personas por estos hechos. El segundo de estos fue el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR), creado por la Resolución Nº 955 del 8 de noviembre de 1994 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Este juzgó a los responsables de las masacres y otros delitos que afectaron a las comunidades hutu y tutsi de ese país. Lo notable de este proceso es que, además de juzgar por genocidio, crímenes contra la humanidad y violaciones a los Convenios de Ginebra, se constituyó un hito histórico por reconocer la violencia sexual como parte del Genocidio en la condena establecida. En el Estatuto del TPIR, en el Artículo 3, se contemplan los siguientes crímenes: a) asesinato; b) exterminación; c) esclavitud –reducción a la servidumbre–; d) expulsión –deportación–; e) encarcelamiento;

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A partir de la instalación de la CPI, cuya sede se encuentra en La Haya, Holanda, se otorgó la calidad de crímenes contra los deberes de humanidad a la violencia contra las mujeres, ya sea en tiempos de paz o de guerra.

f) tortura; g) violaciones; h) persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, e, i) otros actos inhumanos.

Empero, como vimos, el Estatuto no exige que estos actos se cometan dentro de un conflicto armado, aunque el mismo sí requiere que ellos se cometan como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra la población civil por razones de nacionalidad o por razones políticas, étnicas, raciales o religiosas2.

Otro avance importante ha sido la creación de la Corte Penal Internacional (CPI), a partir del Estatuto de Roma, suscrito por las Naciones Unidas el 17 de julio de 1998, pero que entró en vigencia internacional a partir del 1 de julio de 2002. A partir de la instalación de la CPI, cuya sede se encuentra en La Haya, Holanda, se otorgó la calidad de crímenes contra los deberes de humanidad a la violencia contra las mujeres, ya sea en tiempos de paz o de guerra. Pueden ser perseguidos como delitos en el rango de lesa humanidad y crímenes de guerra: la violación, el embarazo, esterilización, prostitución forzados, la esclavitud sexual y la persecución por ser mujer. Estas conductas pueden ser perseguidas como delitos autónomos pero también pueden ser elementos constitutivos de otros delitos, tales como la tortura y el genocidio. A diferencia del pasado, ahora no queda duda acerca de que esas conductas son de tal dimensión y gravedad que la conciencia de la humanidad se conmueve e indigna, como lo ha hecho con la tortura, el genocidio, la desaparición forzosa o la ejecución extrajudicial3. La jurisdicción de la CPI es universal y cubre a los países que la han ratificado. La idea de los delitos denominados de “Lesa Humanidad o Contra la Humanidad” es que su naturaleza es tal que ofende a todos los seres humanos, por ende, son imprescriptibles, es decir, no vencen en el tiempo. Su jurisdicción es universal, lo que significa que pueden ser juzgados más allá del país donde se cometieron los crímenes. Además, la CPI tiene extraterritorialidad para estos delitos y puede juzgar estos crímenes ocurridos en otros países, tal como lo hace España. Vale mencionar que Guatemala ratificó el Estatuto de Roma y, por ende, la jurisdicción de la CPI, el 12 de abril de 2012.

La Justicia Transicional Visto así todo el proceso histórico de juzgar a los responsables de graves crímenes cometidos en las guerras y enfrentamientos armados internos, se relaciona con la necesidad de las sociedades de establecer verdad y justicia para poder construir democracia y paz. No se puede pensar que una sociedad en post conflicto pueda basarse en el olvido y la impunidad ante graves daños y crímenes cometidos contra la población civil no combatiente. A eso se le denomina “Justicia Transicional”. 2

Ávila González, Sandra, Et. Al., “AKAYESU: La primera condena internacional por Genocidio”. Tesis para optar al título de Abogado, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Jurídicas, Bogotá, Colombia, 2005, página 32. 3 Solís, María Eugenia, “Una nueva justicia para las mujeres”. Coalición Guatemalteca por la Corte Penal Internacional y ONU Mujeres, Op. Cit., p. 7.

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Foto: internet.

Imagen de la bancada de acusados en el Proceso principal de Núremberg. Delante, de izquierda a derecha: Hermann Goering, Rudolf Hess, Joachim von Ribbentrop, Wilhelm Keitel. Detrás, de izquierda a derecha: Karl Doenitz, Erich Raeder, Baldur von Schirach y Fritz Sauckel.

Las Naciones Unidas han definido la Justicia Transicional como… …toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación4. Los principios de la Justicia Transicional son: a) La obligación del Estado de investigar y procesar a los presuntos autores de violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, incluida la violencia sexual, y de castigar a los culpables; b) El derecho a conocer la verdad sobre los abusos del pasado y la suerte que han corrido las personas desaparecidas. c) El derecho de las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario a obtener reparación. d) La obligación del Estado de impedir, mediante la adopción de distintas medidas, que tales atrocidades vuelvan a producirse en el futuro5. La Justicia Transicional se diferencia de la Justicia Retributiva en que la segunda es impuesta por el vencedor sobre los victimarios, siendo el mejor ejemplo los Juicios de Núremberg ya mencionados con anterioridad6. Se deriva de la llamada Justicia Restaurativa que fija su atención en la víctima, su fin es atender sus necesidades y reparar el daño que le fue ocasionado, porque el castigo al ofensor no es suficiente7. 4 “El Estado de derecho y la justicia de transición en las sociedades que sufren o han sufrido conflictos” (S/2004/616), párr. 8. Oficina del Alto Comisionado en Derechos Humanos (OACNUDH), Naciones Unidas, “Justicia Transicional y derechos económicos, sociales y culturales”, New York y Ginebra, 2014, página 5. 5 Ibídem. 6 Agreda Ajquí, C. V. “Breves reflexiones sociopolítico y jurídicas sobre la sentencia en el Caso por Genocidio a la Luz de la Justicia de Transición”. Revista Política y Sociedad No. 51, 2014. Escuela de Ciencia Política, Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), pp. 34-51. 7 Ibídem.

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La Justicia Transicional se diferencia de la Justicia Retributiva en que la segunda es impuesta por el vencedor sobre los victimarios, siendo el mejor ejemplo los Juicios de Núremberg ya mencionados con anterioridad.

La Justicia Transicional se aplica o se da en aquellos lugares donde se ha negociado la paz con el fin de equilibrar las tensiones que producen las exigencias de paz y justicia en sociedades contra las que se cometieron graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos. Desde esa perspectiva, la Justicia de Transición está integrada como un todo por cuatro elementos: a) Verdad, que obliga a conocer los hechos.

b) Justicia, que debe tener la función de actuar sobre la verdad descubierta. c) Reparación, que requiere el enjuiciamiento, la búsqueda de la verdad y reformas constitucionales, pues de lo contrario, sólo podría interpretarse como “intentos de comprar la adquiescdencia de las víctimas”. d) Medidas de no Repetición, que conllevan la reforma de las instituciones, investigación de antecedentes y depuración del personal porque es poco probable que las víctimas confíen en que continúen predominando autores de las violaciones de los derechos humanos que sufrieron, directa o indirectamente.

La recuperación de la memoria histórica y la Justicia Transicional en Guatemala En Guatemala se han impulsado varios procesos de Justicia Transicional, fundamentalmente por expresiones organizadas de sociedad civil y organizaciones de víctimas8. El antecedente y marco de estos procesos judiciales en el marco de la Justicia Transicional es el Acuerdo para el Esclarecimiento Histórico, cuyo objetivo se fundamenta en elaborar la memoria de la guerra interna. Sin embargo, a partir de las experiencias similares en otros países que habían negociado la instalación de las llamadas Comisiones de la Verdad tales como Brasil y El Salvador, entre otros, era previsible que, en el caso de Guatemala, solo se recuperara la versión de las partes en conflicto y firmantes de los Acuerdos de Paz, por lo que la Iglesia Católica decidió construir un proceso de recuperación de la memoria histórica que, en cierta forma, fuera como una línea de base, un fundamento para el proceso que debía llevar a cabo la Comisión del Esclarecimiento Histórico (CEH). Así tuvo concreción el Proyecto de la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) y fue publicado el informe que le dio contenido a las investigaciones realizadas: “Guatemala Nunca Más”. La recuperación de la memoria histórica en un contexto post conflicto como el de Guatemala reviste una relevancia significativa, no sólo para dar respuesta y resarcir a las víctimas de la guerra interna sino también, porque los victimarios directos e indirectos, militares y civiles, financistas y operadores, han continuado ocupando puestos de poder y han reaparecido haciendo vida política pública, es decir, hay círculo de impunidad rampante. Un tercer elemento que está amarrado a este último, es la imposibilidad de que las víctimas y sus familiares, obtuvieran respuesta y la apertura a procesos de justicia hacia lo interno del país y, por ello, es que expresiones de sociedad civil de defensa en derechos humanos y acompañamiento, inician gestiones en instancias con jurisdicción internacional tal es el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre otras. 8 Un detalle de los procesos que se han llevado a cabo desde esta perspectiva o están en proceso en Guatemala, abiertos contra los militares, está sintetizado en el ensayo de Marta Gutiérrez que se publica en esta edición de El Observador.

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Como producto hay varios procesos abiertos contra perpetradores –militares y civiles- por violaciones a los derechos humanos durante la guerra. El más relevante hasta ahora, pero no el único, es el que se cursa, aún, contra el Jefe de facto, general retirado José Efraín Ríos Montt, y cuya etapa de debate abierto que tuvo lugar entre marzo y mayo de 2013, deberá repetirse tras la anulación por parte de la CC, de la sentencia de 80 años contra el viejo jerarca militar. El juicio por Genocidio a Ríos Montt no puede ser explicado fuera del marco de la Justicia Transicional porque integra tres de los cuatro componentes de sus componentes apuntados anteriormente, tal como sigue: Derecho a la Verdad, las víctimas directas o indirectas del CAI lograron: a) deconstruir la historia oficial elaborada por los grupos dominantes, que pregonaba que lo acaecido en el país fue una guerra entre el Ejército Nacional contra comunistas extranjeros, filtraron la historia con sus voces; b) refutaron con evidencia la negación del Estado de Guatemala de haber cometido violaciones a los derechos humanos contra población civil, en este caso, población indígena; c) dieron suficientes insumos al Ministerio Público para que iniciara una persecución penal que le permitió llevar a juicio, más allá de los autores materiales de las violaciones a los derechos humanos de la población civil, a algunos de los que idearon, planificaron y facilitaron la ejecución de estos actos. Derecho a la Justicia, la justicia no necesariamente tiene el mismo significado para las personas mucho menos para grupos culturales distintos pero desde la lógica de la cultura occidental, el hecho que el General Efraín Ríos de Montt en su calidad de ex Presidente de Facto, ex Ministro de la Defensa, ex Comandante General del Ejército Nacional haya sido sometido a juicio (derecho del que no gozaron las víctimas del CAI9) para determinar su responsabilidad en los hechos que se le imputaron y que su defensa no haya podido refutar la prueba de cargo, significó avances en distintos sentidos, por ejemplo: a) El hecho que se haya responsabilizado al General Ríos Montt por los crímenes cometidos desde el aparato del Estado, fue una forma de discriminalizar a las víctimas: Sí quiero que descanse, descansar yo también, pero todavía no puedo (…) Son la prueba de mi declaración (…) no voy a enterrarlos todavía, quiero un papel que diga a mí: ‘lo mataron (…) y que no tenía delito, que era inocente…’, entonces vamos a descansar. b) El juicio fue un espacio donde el General Efraín Ríos Montt se vio compelido a rendir cuentas de las violaciones a los derechos humanos ante la presencia de víctimas directas e indirectas de las mismas, ante la sociedad guatemalteca y comunidad internacional, que le dio seguimiento al juicio a través de corresponsables internacionales de prensa. c) El proceso judicial del caso de Genocidio puso a prueba al sistema de justicia guatemalteco, hizo evidente las fortalezas y debilidades del mismo, así como los retos que enfrenta la independencia de los juzgadores.

9 Conflicto Armado Interno, expresión utilizada por la autora que estamos citando.

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Foto: internet.

Soldados kaibiles condenados por la Masacre de las Dos Erres.

Derecho a la reparación, este es un derecho jurídico que se basa en la obligación de reparar un daño y un reconocimiento del delito y violaciones a los derechos civiles y políticos esenciales. Si se analiza que el juicio fue un acto público donde uno de los Poderes del Estado reconoció la comisión de delitos por parte del Estado de Guatemala en contra de población civil indefensa. Entre las medidas reparadoras pueden enumerarse las siguientes: El juicio fue el momento en que muchas víctimas pudieron narrar su versión de lo sufrido en su propio idioma al Tribunal, a la sociedad guatemalteca y la comunidad internacional, ante la presencia del general Ríos Montt, quien en su momento fue el Presidente de Facto de la República, Ministro de la Defensa y Comandante General del Ejército de Guatemala y coronel Rodríguez Sánchez. El acto fue realizado en uno de los lugares más importantes del Organismo Judicial, la Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia10.

Fotos: internet.

Varios momentos de José Efraín Ríos Montt desde que asumió el Golpe de Estado en marzo de 1982; como Jefe de Estado de facto con el Presidente de Estados Unidos, Ronald Reagan; y en dos momentos en el juicio por genocidio 2013 y 2015.

10 Agreda Ajqui, C. V. “Breves reflexiones sociopolítico y jurídicas sobre la sentencia en el Caso por Genocidio a la Luz de la Justicia de Transición”. Revista Política y Sociedad No. 51, 2014. Escuela de Ciencia Política, Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), pp. 34-51.

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Existe un consenso generalizado respecto de que todos los casos de delitos contra la humanidad no pueden dejar de ser juzgados, debido a que se les considera crímenes graves y de trascendencia para la comunidad internacional, especialmente los crímenes de guerra, el genocidio y otras graves violaciones a los derechos humanos.

Algunas reflexiones muy sucintas respecto de por qué es necesario llevar a cabo los juicios a militares y civiles que tuvieron relación directa e indirecta con las graves violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar durante la guerra interna, y llevar a cabo el proceso de aplicación de la Justicia Transicional desde la perspectiva que se ha esbozado en este ensayo, a partir de las experiencias que han dejado hasta ahora el juicio por genocidio, pese a que está entrampado, así como otros en donde los enjuiciados son militares retirados o civiles involucrados en esas violaciones, tal es el caso de la quema de la Embajada de España en 1980; el proceso en curso en el caso de la comunidad Sepur Zarco; el que ya se realizó en el caso de la Masacre de las Dos Erres, entre otros.

Existe un consenso generalizado respecto de que todos los casos de delitos contra la humanidad no pueden dejar de ser juzgados, debido a que se les considera crímenes graves y de trascendencia para la comunidad internacional, especialmente los crímenes de guerra, el genocidio y otras graves violaciones a los derechos humanos. Son serios actos de violencia que dañan a los seres humanos al golpear lo que es más esencial para ellos: su vida, su libertad, su bienestar físico, su salud y/o su dignidad. Son actos inhumanos que por su extensión y gravedad van más allá de los límites de lo tolerable para la comunidad internacional, la que debe necesariamente exigir su castigo. Porque los crímenes contra la humanidad también trascienden al individuo, porque cuando el individuo es agredido se ataca y se niega a la humanidad. Por eso es el concepto de la humanidad como víctima lo que caracteriza esencialmente los crímenes contra la humanidad11. Esto es así porque los crímenes de “lesa humanidad” –que incluye los siguientes actos: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelamiento u otra privación grave de libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional”-, son considerados de tal ofensividad porque implican los siguientes dos elementos: Planificación de un ataque generalizado o sistemático contra población civil (…) ataques intencionalmente perpetrados de manera general, ya sea conforme a una política estatal o no estatal. El conocimiento de este ataque. Según la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional, este elemento “no debe interpretarse en el sentido de que requiera prueba de que el autor tuviera conocimiento de todas las características del ataque ni de los detalles precios del plan o la política del Estado o la organización (…) la cláusula de intencionalidad del último elemento indica que ese elemento existe si el autor tenía la intención de promover un ataque de esa índole”12. En el caso del juicio por genocidio, su importancia radica, por un lado, en que fue una medida de reparación para las víctimas de la guerra interna, especialmente para el Pueblo Ixil, ya que aporto a la construcción social de la memoria histórica guatemalteca, de lo que sucedió en el período que abrió el golpe de Estado de 1982 y la lógica de la contrainsurgencia desplegada. 11 Ibídem. 12 Ibídem.

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Desde esa perspectiva, en segundo lugar hay que decir que el juicio evidenció que las graves violaciones cometidas en el marco de la tierra arrasada, formaron parte de la política contrainsurgente estatal llevada a cabo y operativizada por los militares ligados al viejo “Generalato” así como por los llamados “oficiales jóvenes” para ganarle a la guerrilla mediante el mecanismo de “quitarle el agua al pez”. Un tercer elemento tiene que ver precisamente con el hecho de que el juicio por genocidio evidenció que la contrainsurgencia como política estatal, se llevó a cabo por los militares para la deFoto: internet. fensa del proyecto de acumulación imperante y de los intereses General retirado Humberto Mejía Víctores, Jefe de facto de agosto de de históricos y poderosos grupos económicos, particularmente 1983 a enero de 1986. las familias oligarcas corporativas. Es así que los militares no actuaron solos; fueron apoyados por esos sectores que, al concretarse la condena a Ríos Montt, se sintieron amenazados de ser alcanzados por el escrutinio de la memoria histórica y ser juzgados por los delitos conexos al genocidio y delitos contra deberes de la humanidad. Sólo desde esta perspectiva puede ser entendida la posición, en pleno, del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) el 12 de mayo de 2013, de rechazar la condena de 80 años por genocidio a Ríos Montt que dos días antes había sido dictada, argumentando que la condena se debió a la presión internacional y violaba el debido proceso, por lo que debía repetirse el juicio. Hay que advertir que esta reacción del sector privado organizado frente a la condena, debe interpretarse no como un apoyo al viejo jerarca militar, pues si bien los grupos económicos poderosos mantuvieron la alianza oligárquicomilitar durante la guerra interna para la defensa de sus intereses y el Estado imperante, los empresarios siempre vieron al Ejército como un aliado incómodo y a Ríos Montt más por sus posiciones mesiánicas –de ahí el golpe de Estado de agosto de 1983 que tuvo lugar cuando Mejía Víctores tomo la jefatura de facto-. El golpe de Estado y el gobierno de facto de Ríos Montt fue necesario para oxigenar el proyecto de dominación oligárquico-militar, detener el avance del movimiento revolucionario e impedir un cambio social profundo. De ahí que un cuarto elemento a tomar en cuenta como reflexión, es que la decisión de la CC de anular la sentencia y repetir el juicio a Ríos Montt, evidenció la politización y el sesgo que hay en el sistema de justicia en Guatemala al favorecer intereses de grupos económicos, políticos y militares poderosos –lo que no se resolvió con la elección de los Magistrados de una nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de Apelaciones que tuvo lugar en el ultimo trimestre de 2014, sino se profundizó-.

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el caso Sepur Zarco.

La búsqueda de la verdad y la justicia por violencia

y esclavitud sexual contra mujeres indígenas durante la guerra interna Una verdad que no se ha querido escuchar

Por Carmen Reina Socióloga con estudios de Maestría en Derechos Humanos e Investigación Social. Integrante de la Colectiva de Mujeres Feministas de y colaboradora de El Observador.

A partir de septiembre del año 2011, la Asociación Mujeres Transformando el Mundo (MTM) y la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG) interpusieron la primera querella penal contra el Estado de Guatemala por el delito de Genocidio y Delitos contra los Deberes de Humanidad cometidos durante la pasada guerra interna, en el caso de los crímenes sexuales cometidos en contra de mujeres indígenas qeqchí’es en el que fuera denominado campamento Sepur Zarco, localizado en el Valle del Polochic, durante el año 1982. En el año 2012, 15 de las víctimas de estos vejámenes acudieron a audiencias de anticipo de prueba a presentar su testimonio. Se presentaron con los rostros tapados con perrajes de vistosos colores, lo cual fue reportado por los medios de comunicación de Guatemala. Este hecho sentó un precedente histórico para Guatemala y el mundo, en la lucha de las mujeres por el acceso a la justicia, por ser la primera vez que una judicatura nacional escuchó las declaraciones de las víctimas. Como ellas lo han manifestado, esta lucha implica que la historia no se repita, que ninguna mujer lo vuelva a vivir1. Al romper el silencio sobre una cruda realidad, negada y ocultada, estas mujeres y las organizaciones que las acompañan, pusieron en la mesa de la discusión nacional una verdad pocas veces abordada: la violencia sexual en Guatemala que se usó como arma de guerra, de la contrainsurgencia, pero que tiene un efecto que impacta en mecanismos y prácticas en la actualidad. La violencia contra las mujeres y el femicidio tienen un continuum histórico desde la invasión colonial, el racismo y la violencia genocida durante la guerra interna, en la cual el Ejército cometió graves crímenes de violencia y explotación sexual y doméstica de mujeres tal como se ha evidenciado en los casos de Genocidio contra el general retirado y Jefe de facto, Efraín Ríos Montt, y su Jefe de Inteligencia, general retirado Mauricio Rodríguez Sánchez, así como el de Sepur Zarco. 1

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Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad (UNAMG, ECAP y Mujeres Transformando el Mundo –MTM-), “Nuestra mirada está en la justicia. Caso Sepur Zarco”, Octubre del 2013, página 38.

En la actualidad, los mismos métodos misóginos patriarcales y militares se observan en la saña con la que muchas mujeres han sido asesinadas. Según reportes del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), un promedio de 750 mujeres son asesinadas al año y un promedio de 14 son violadas diariamente; crímenes que hasta ahora se mantienen en la impunidad.

La violencia sexual durante la guerra interna ¿Por qué se han cometido abusos sexuales contra mujeres en las guerras? El Patriarcado militar y el dominio sobre los cuerpos de las mujeres La violencia sexual es una de las armas de guerra más extendidas en los conflictos armados contemporáneos. Su eficacia como instrumento de terror colectivo e individual de manera simultánea explica en parte su presencia en un elevado número de contextos afectados por la violencia armada y política2. La violación sexual de mujeres en un Conflicto Armado, efectuadas por los Ejércitos de los Estados no ha sucedido solamente en Guatemala, o durante este período. Cuando se habla de que la violencia sexual y sobre los cuerpos es un continuum histórico, en Guatemala no se hace únicamente referencia a lo sucedido durante los 36 años que duró la guerra interna. Vale recordar que la violación de mujeres indígenas durante la colonia fue un proceso permanente de violencia, sometimiento y dominio y, fue de hecho, el origen del mestizaje.

Foto: Mujeres Transformando el Mundo (MTM).

2 Villelas Ariño, María, “La violencia sexual como arma de guerra”, Cuadernos de Construcción de la Paz. Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo, Cataluña, España, septiembre del 2010, página 4.

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En el juicio que se siguió a Pedro de Alvarado en México en 1529, se le acusaba, no solo de robo o violencia innecesaria contra los y las indígenas (y contra españoles), también por la violencia sexual hacia las mujeres indias y los crímenes cometidos en los indios hombres para arrebatarles a sus mujeres. Todo ello conmocionó y desestabilizó las condiciones de vida de estos pueblos. Las mujeres perdieron sus privilegios ancestrales y pasaron a ser objetos de esclavitud al servicio de los nuevos amos3. La historia humana está plagada de relatos de violencia sexual sobre las mujeres de los Pueblos sojuzgados durante las conquistas militares. No ha existido guerra ni grupos humanos triunfadores, generalmente liderados por hombres, en los que haya estado ausente el uso y abuso del cuerpo de las mujeres como botín de guerra. Acá es importante la reflexión del significado simbólico y político de la conquista de los cuerpos femeninos por los guerreros. La explicación de esto la aporta el feminismo, desde la categoría del Sistema Patriarcal. Dolors Reguant define al Patriarcado de la manera siguiente: Es una forma de organización política, económica, religiosa y social basada en la idea de autoridad y liderazgo del varón, en la que se da el predominio de los hombres sobre las mujeres; del marido sobre la esposa; del padre sobre la madre, los hijos y las hijas; de los viejos sobre los jóvenes y de la línea de descendencia paterna sobre la materna. El patriarcado ha surgido de una toma de poder histórico por parte de los hombres, quienes se apropiaron de la sexualidad y reproducción de las mujeres y de su producto, los hijos, creando al mismo tiempo un orden simbólico a través de los mitos y la religión que lo perpetúan como única estructura posible.4 Y una de las reflexiones profundas de la investigación feminista ha permitido dimensionar que los cuerpos de las mujeres son una extensión de la conquista territorial de los hombres en las guerras. El control sobre el cuerpo femenino es uno de los mecanismos centrales del Sistema Patriarcal, que se ha extendido a lo largo de la humanidad. De hecho, el Patriarcado es previo al sistema de dominación de clases y, por ende, al Capitalismo. Dentro del Sistema Patriarcal se asignaron roles de género a las mujeres y sus cuerpos: básicamente la reproducción de la vida y del orden familiar así como de la fuerza de trabajo. Ya lo señalaba Federico Engels en su obra “El Origen de la Familia, la Propiedad Privada y el Estado”, cuando indica que la gran derrota histórica del sexo femenino fue el derrocamiento del derecho materno. Con esto, los hombres garantizaban su línea de herencia patrilineal y esto implicó que… …El hombre empuñó también las riendas en la casa; la mujer se vio degradada, convertida en la servidora, en la esclava de la lujuria del hombre, en un simple instrumento de reproducción. Esta baja condición de la mujer, que se manifiesta sobre todo entre los griegos de los tiempos heroicos, y más aún en los de los tiempos clásicos, ha sido gradualmente retocada, disimulada y, en ciertos sitios, hasta revestida de formas más suaves, pero no, ni mucho menos, abolida. 3 Sistemas Mundo y más allá: “La violencia histórica contra las mujeres indígenas desde la invasión española”. Recuperado en: http://smyma.blogspot.com/2012/04/la-violencia-historica-contra-las.html 4 Recuant, Dolors, “La Mujer no existe”, Ed. Maite Canal, Bilbao, España, 1996, página 20.

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El primer efecto del poder exclusivo de los hombres, desde el punto y hora en que se fundó, lo observamos en la forma intermedia de la familia patriarcal, que surgió en aquel momento5. De ahí se derivó un constructo social que configuró normas sociales, hábitos, mandatos, pautas culturales y religiosas que confinaron la conducta de las mujeres al ámbito doméstico. La sexualidad se normó bajo el principio de la virginidad, reservada para el matrimonio. En este contexto, se excluyó a las mujeres del espacio público de toma de decisiones, de cultura y de poder. De esta forma en Guatemala, durante la violencia brutal que se desarrolló en las tácticas represivas y contrainsurgentes contra la población civil y particularmente indígena, el uso de la violencia sexual se sumó a las formas de dominación sobre la población. Pero la mayor perversión es que el ejercicio de poder sobre los cuerpos femeninos, además de la satisfacción instintiva y el ejercicio del poderío patriarcal, poseyó otro sentido: el de humillar a los hombres y a la comunidad, en este caso, a los Pueblos indígenas y tuvo un efecto de destruir el tejido social de la población. Es decir, que mediante el cuerpo de las mujeres no sólo se ejerce un control sobre ellas, sino que este control se hace extensivo a toda la sociedad enemiga. Las mujeres víctimas de la violencia sexual evidencian el poder que sobre su sociedad tiene el enemigo. Los cuerpos de las mujeres se convierten en transmisores de mensajes de humillación, control y poder6. En el caso de lo que sucedió con las mujeres de la comunidad de Sepur Zarco, tuvo además la connotación del despojo. El despojo de las tierras y los territorios de los Pueblos Indígenas Q´eqchíes se acompañaron de violaciones sexuales de mujeres. Tal como señala Luz Méndez, apropiarse del cuerpo de mujeres fue una forma de control territorial. Si logran violar a las mujeres, dice Rita Segato, ponen bandera de soberanía, expulsan a comunidades y hacen evidente el control del territorio. Se viola a mujeres porque se es hombre pero también porque esas mujeres pertenecen al hombre que se quiere vencer que, en el contexto de la guerra interna y la contrainsurgencia desatada, ambos eran el enemigo interno7.

Foto: Mujeres Transformando el Mundo (MTM).

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Engels, Federico, “El Origen de la Familia, la propiedad privada y el estado”, Editorial Progreso, Moscú, según la 4ª edición del libro, 1970, página 33. 6 Villellas Ariño, María, op. cit. página 9. 7 Entrevista a Luz Méndez, investigadora y ex coordinadora de UNAMG y del Consorcio Actoras de Cambio, Guatemala, 4 de febrero de 2015.

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La violencia contra las mujeres en la guerra interna fue cuantiosa; sin embargo, poco se ha registrado de la misma. En muchos casos quedó invisibilizada. En el informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico se reportaron 1465 casos, esto puede deberse a que no contaron con instrumentos específicos para el trabajo con mujeres, la formación especial, o no lo preguntaron8. Visto así, la guerra interna en Guatemala tuvo una fuerte dimensión de género y no solamente estuvo anclada en la lucha de clases y el racismo. Las relaciones opresivas patriarcales estuvieron presentes.

La violencia sexual como política de terror

En Ruanda, aproximadamente 500,000 mujeres fueron violadas durante el genocidio. En Sierra Leona, más del 50 por ciento de las mujeres sufrió alguna forma de violencia sexual durante el conflicto de 1999. En Bosnia, entre 20 mil y 50 mil mujeres fueron violadas. En Guatemala, la Comisión para el Esclarecimiento Histórico recibió más de 1,500 denuncias de violaciones sexuales contra mujeres, la gran mayoría de ellas indígenas. La CEH reconoció que la magnitud de la violencia sexual contra las mujeres no pudo ser registrada. Estudios posteriores demuestran que la violación sexual fue perpetrada antes, durante y después de las masacres9. Se ha discutido mucho sobre el significado de la Política de Terror que se impulsó durante la guerra interna. El sociólogo Carlos Figueroa Ibarra ha trabajado ampliamente el tema y comenta que la Política de Terror se impulsa con más fuerza desde el período contrainsurgente desatado luego del derrocamiento del Presidente Árbenz en 1954. Sus características fueron planificadas y calculadas. La estrategia ha sido clara: Por la forma en que se efectúa, el terror estatal puede ser abierto o clandestino. El primero lo constituyen todos aquellos casos de terrorismo estatal en los cuales el Estado asume abiertamentela responsabilidad del acto represivo, cuyo objetivo es el escarmiento y el desestímulo a acciones que considera contrarias a sus intereses; el segundo es aquel que ejercen los aparatos represivos (Ejército, policías, grupos paramilitares tolerados) al margen de la ley y por el cual el Estado no asume ninguna responsabilidad, por lo que puede decirse que es un acto estatal efectuado a espaldas de la sociedad.10

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Paz, Olga Alicia, Conferencia Magistral dictada en las Jornadas de Historia Reciente. Escuela de Historia de la Universidad de San Carlos de Guatemala, 10 de marzo de 2015. 9 Coalición guatemalteca por la Corte Penal Internacional y ONU Mujeres, “Avances en materia de justicia de género en la Corte Penal Internacional”, Guatemala, 2013, página 9. 10 Figueroa Ibarra, Carlos, “Guatemala, el recurso del miedo”. Revista Nueva Sociedad, No. 105 Enero-febrero 1990, Buenos Aires, Argentina, página 111.

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En el caso de la violencia sexual sobre mujeres, esta resulta ser un tipo de práctica innecesaria para la conquista o derrota militar del contrincante en cualquier guerra. La pregunta lógica que procede es ¿Por qué se violó a mujeres en la guerra interna? Resulta ser que en el caso de Guatemala, los abusos sexuales fueron parte de la estrategia contrainsurgente… …que, además, se coloca sobre los estereotipos de género. (La violencia sexual) En el Ejército, las comunidades y en la sociedad tienen un escenario factible, ya que las mujeres somos propiedad de otros. El ataque contra mujeres es parte de la doblegación moral del enemigo y la desestructuración de la primera persona. Se demuestra la exaltación de la masculinidad de los soldados. Quien puede controlar y violar mujeres, puede dominar territorios11. Además, es necesario considerar que en muchas sociedades, particularmente en las comunidades de Pueblos Originarios, las mujeres son las depositarias y transmisoras de los valores culturales, del honor y de la educación de las nuevas generaciones. Al mancillar el cuerpo de las mujeres se atenta contra la dignidad colectiva; se busca humillar a los hombres pues las mujeres son vistas como un botín que se utiliza en la disputa masculina del poder por parte de los bandos en cuestión. Pero, además, en el contexto del grupo cultural o del Pueblo, se pretende romper con el honor, la dignidad y transmitir la cultura del terror y de la derrota. Es la humillación máxima sobre el territorio cuerpo dador de vida, transmisor de la cultura y de quienes preservan los valores comunitarios.

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11 Alvarado, Maya, Directora de la Unión Nacional de Mujeres Guatemalteca (UNAMG), integrante de la Alianza Rompiendo el Silencio, Entrevista realizada el 9 de marzo del 2015.

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El uso del terror sobre los cuerpos de las mujeres produce daños profundos sobre las víctimas directas. Pero su alcance se dirige, en el contexto patriarcal, a generar miedo, vergüenza y un tipo de derrota moral masculina, ya que los hombres sufren por la impotencia de no haber podido proteger “a sus mujeres”. Además, la cultura machista que considera a las mujeres como propiedad de los hombres, genera un tipo de vencimiento y frustración al ego viril. ¿Cómo puede luego un hombre –si quedaba vivo- convivir maritalmente con una mujer que ha sido violada por otro hombre, especialmente si era considerado un enemigo político al que se le despreciaba? Al controlar y dominar a las mujeres se impone el vencimiento moral y cultural del grupo que se pretende doblegar por la vía militar. Figueroa Ibarra señala que el terror genera un imaginario social de la otredad negativa, es decir, el desprecio colectivo, socialmente justificado por un “otro”, lo cual justifica su castigo, daño, sometimiento e incluso eliminación. En el caso de Guatemala, hay dos otredades negativas usadas para legitimar la represión: la que viene desde la Colonia, la del “indio” y acá uso el término “indio”, que aunque tiene una carga racista, era la forma en que en la Colonia se denominó a los Pueblos Mayas. El “indio” era un individuo haragán, hipócrita, alevoso, traidor;, como dice una de las Gacetas del siglo XIX: “con el indio no hay otra manera que el látigo”. Esto se engarza con el racismo. El racismo fue un elemento fundamental, es más fácil desaparecer a quien se considera inferior. La otra otredad negativa fue el anti comunismo. El comunista, el apátrida, el que no posee religión, que persigue un régimen totalitario. El lema del MLN (Movimiento de Liberación Nacional): Dios, Patria y Libertad, que es la trilogía de la ideología con la que se afrontaba al comunismo. Estas dos otredades negativas funcionaron como elemento fundamental para legitimar la opresión negativa y fue fundamental para que la clase dominante y los militares realizaran el genocidio12. Sin embargo, hay una tercera otredad negativa que se vislumbra en este panorama: la de la mujer. En el imaginario social patriarcal, una mujer es un ser de segunda categoría, un cuerpo al servicio masculino, ya sea para trabajos domésticos, la cocina y por supuesto, para servicios sexuales. La mujer es la síntesis de los cautiverios, en particular, de su sexualidad. La antropóloga feminista Marcela Lagarde13 ha planteado que el colectivo femenino integra el orden simbólico patriarcal y define identidades estereotipadas sobre las mujeres: la madre-esposa que valora su sexualidad para la procreación y se restringe al esposo, como poder hegemónico sobre su cuerpo. Además, se encuentra la puta, que expresa el erotismo negativo, pero a la vez, negado a la madre-esposa: el cuerpo que se compra para el placer del hombre que paga por el servicio pero que la denigra socialmente como ser.

12 Figueroa Ibarra, Carlos. Conferencia magistral en el foro “Terrorismo de Estado y Secuelas en Víctimas y Sociedad”, realizada en la Ciudad de Guatemala el 19 de marzo de 2015. 13 Véase de Marcela Lagarde su tesis doctoral: “Antropología de los cautiverios de las mujeres: madresposas, monjas, putas, presas y locas”. UNAM, México, D.F., 1990.

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En la base del análisis de Marcela Lagarde subyace la ontología dualista sostén de la visión patriarcal: femenino-masculino, espíritu-materia, racionalidad hegemónica-corporalidad femenina, público-privado. Dualidad que significa jerarquía, jerarquía que se traduce en diferencia de poder. Las mujeres son lo que no son los hombres. Ellos son el sexo-poder, ellas, el sexo cautivo14. Esa otredad negativa sintetizada en muchas mujeres indígenas violadas en la represión militar de la guerra interna, articuló el culmen de las opresiones: mujer, indígena y comunista. Para justificar los vejámenes a los que fueron sometidas se les aplicó el discurso dominante: “se entregaban por su gusto, ellas se lo buscaron y disfrutaron de las relaciones sexuales”, como que fuese un acto voluntario premeditado, en la dualidad de mujer virgen o puta que se aplica a la identidad femenina en el constructo patriarcal. De esta manera se culpa a las víctimas y se considera que fueron las responsables de provocar los instintos de seres que actúan por naturaleza de manera viril y sexual: los hombres. En el caso del terrorismo de Estado desatado durante la guerra interna, el Ejército empleó prácticas crueles y degradantes como forma de violencia sobre las mujeres. Ejemplo de esto fue el obligarlas a bailar con ellos, previo a violarlas, matarlas, o partir los vientres de las mujeres embarazadas con bayonetas, como sucedió en la masacre de Río Negro, Rabinal. La violencia sexual fue recurrente y además está la esclavitud sexual y doméstica que se evidenció en el caso de Sepur Zarco. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) señala que en el Ejército se incluyó la práctica de las violaciones sexuales contra las mujeres como parte del entrenamiento. Esto incluyó el uso de prostitutas, o de traslado de otro tipo de mujeres como por ejemplo trabajadoras domésticas y, en el caso de las masacres y acciones militares de control territorial, las mujeres eran parte de la conquista militar. Esto quedaba generalmente en la impunidad, en especial si eran mujeres indígenas. Testimonios suministrados por miembros del Ejército fortalecen la convicción que la violación sexual constituyó una práctica habitual e incluso sistemática, en la medida en que, en algunas ocasiones, fue ordenada por los mandos superiores en forma previa al ingreso a las comunidades, con instrucciones precisas acerca de la forma de perpetrarlas: el oficial tiene sus grupitos de asesinos y les dice cómo tienen que matar. Hoy van a degollar o guindar con alambres, hoy violan a todas las mujeres. Muchas veces las órdenes las dan antes (…) violaban a las mujeres (…) por una sola pasaban 20 ó 30 soldados. Si caía bien la mujer, la dejaban ir, a otras las mataba el último que pasaba con ella (CEH: Capítulo III:29)15. En las investigaciones realizadas por el Informe de la CEH al igual que en el informe del Proyecto de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI) así como en investigaciones realizadas por organizaciones de mujeres tales como el “Consorcio Actoras de Cambio” y “la Alianza Rompiendo el Silencio”, se encontró que la violencia sexual contra mujeres era estimulada desde el imaginario de formación patriarcal y violento a los soldados en su entrenamiento. Se despreciaba a los indígenas, mujeres y comunistas -las otredades negativas-. 14 Hierro, Graciela, “Una lectura filosófica de Lagarde”. Recuperado en: www.debatefeministviolacionessexualescontra lasa.com/ PDF/Artículos/unalec1035.pdf. 15 Fulchirone, Amandine, Et. Al., “Tejidos que lleva el alma. Memoria de las mujeres mayas sobrevivientes de violación sexual durante el conflicto armado”, Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP) y Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG), Guatemala, febrero de 2011, página 155.

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La planificación, sistematicidad, permisividad y omisión de estas prácticas evidencia una responsabilidad del Ejército de Guatemala. Fueron una política del terror contrainsurgente del Estado guatemalteco.

¿Qué pasó en la comunidad Sepur Zarco?

Como muchas historias de terror durante la parte más álgida del terror militar en la región del Valle del Polochic, desde mediados de julio del año 1982 los militares iniciaron la construcción de un destacamento en la comunidad Sepur Zarco, ubicada en este territorio localizado geográficamente entre los municipios de Panzós, Alta Verapaz y El Estor, Izabal. Este nuevo destacamento se construía en la comunidad de Sepur Zarco. Y era, como testifica un ex caporal de una finca cercana, un lugar de descanso militar que tenía cinco garitas de seguridad y estaba del todo cercado, infranqueable, protegido, construido en su totalidad con madera, piedras y algo de cemento. Varios comunitarios, la mayoría proveniente del caserío Manguito 1, a punta de fusil, fueron obligados a construir ese sitio de descanso en la comunidad de Sepur Zarco. Para el día de la fiesta patronal de Panzós, el 25 de agosto de 1982, el día de las capturas, el destacamento ya estaba terminado. Listo para el uso militar16. Previo a esto, en el mismo año, tropas militares habían allanado viviendas de campesinas y secuestraron a 18 hombres en Sepur Zarco y comunidades cercanas, quienes eran líderes comunitarios. Ellos estaban organizados en comités de tierras con el fin de legalizar la propiedad de los terrenos que habitaban y cultivaban. Muchos de estos fueron torturados, desaparecidos y otros fueron llevados a los destacamentos militares cercanos, como los ubicados en la finca Tinajas. No se supo del paradero de la gran mayoría de ellos. En algunos casos los cuerpos fueron vistos en los caminos, mientras eran devorados por animales de rapiña. En 2012 se realizaron exhumaciones en la finca Tinajas, en la cual fueron descubiertas fosas clandestinas con 57 osamentas17. A partir de ahí se desata una ola de terror en la que las mujeres fueron violadas masiva y sistemáticamente, frente a sus hijos e hijas. Los militares violaron a una gran cantidad de mujeres de las comunidades, no sólo a las esposas de los dirigentes campesinos. Además, en algunas comunidades las mujeres fueron citadas a la iglesia o a la escuela por los comisionados militares, en donde fueron encerradas y violadas sexualmente. Las violaciones sexuales fueron perpetradas de forma organizada y siguiendo la estructura militar. En una entrevista colectiva con hombres de Sepur Zarco y comunidades aledañas,

16 Hernández, Oswaldo, “Sepur Zarco: el recreo de los soldados”. Reportaje. Plaza Pública, Guatemala, 2 de octubre de 2012. Recuperado en: http://www.plazapublica.com.gt/content/sepur-zarco-el-recreo-de-los-soldados 17 Méndez Gutiérrez, Luz y Amanda Carrera Guerra. “Mujeres Indígenas: clamor por la justicia. Violencia sexual, conflicto armado y despojo violento de tierras”. Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP), Guatemala, noviembre del 2014, página 47.

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éstos expresaron que “Los soldados se sentían con el derecho de agarrar a las mujeres; se organizaban para violar”. Agregaron que “Los tenientes eran los primeros en hacerlo, luego los soldados”18. Muchas mujeres que fueron a buscar a sus esposos a los destacamentos y fincas cercanas también fueron violadas. Hubo otros actos violentos como quema de casas y siembras. Algunas mujeres con sus hijos e hijas huyeron a las montañas frente a estos hechos de terror; sin embargo, la precariedad de la subsistencia y el hambre las obligó a retornar a los poblados cercanos, donde fueron víctimas de los militares, o se refugiaron en viviendas de vecinos y familiares. El control militar era constante sobre la población. Quien no se sometía al dominio militar era acusado de ser guerrillero y sufría muerte, tortura o desaparición forzada. A partir del secuestro de los esposos, las mujeres empezaron a ser nombradas por los miembros del ejército como “las viudas”. Los comisionados militares, bajo amenazas de muerte e invocando el poder de la ley, ordenaron a las viudas trasladarse al destacamento militar de Sepur Zarco para servir al ejército. “Tenés que ir a trabajar al destacamento, así salió en la ley, me dijo el comisionado”19. Los abusos a los que fueron sometidas estas mujeres variaron desde esclavitud sexual, trabajos domésticos forzados y servicios múltiples para la tropa. Para la recreación. Donde poco más de 20 mujeres q’eqchíes, solas, con sus esposos desaparecidos desde el 25 de agosto de ese año, irían a padecer abusos sexuales durante seis meses por los soldados. Seis meses como esclavas sexuales. Seis meses con turnos cada tres días. Medio año en el que cocinarían, lavarían los uniformes militares, tendrían hemorragias, abortos, y serían inyectadas y obligadas a tomar medicamentos para evitar embarazos de la tropa20.

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18 Ibídem, página 48. 19 Ibídem, página 49. 20 Hernández, op. cit.

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El trabajo doméstico esclavo era extenuante, incluso en jornadas de casi 12 horas, lo cual impedía que las mujeres pudiesen proveer alimentos para sus hijos. La obligaban a proveer insumos para los servicios que prestaban como maíz, jabón para lavar ropa, etc. La esclavitud doméstica iba de la mano con la esclavitud sexual en el destacamento militar de Sepur Zarco. Todas las mujeres que hicieron trabajo doméstico forzado, fueron violadas sexualmente de manera sistemática, masiva y múltiple por los soldados. “Nos conformaron por grupos para ir a hacer turnos, para hacerles la comida, las tortillas. Luego de cumplir con todo eso que ellos nos imponían, empezaban a violarnos una a una” (Tribunal de Conciencia)21. El destacamento fue construido como un centro de descanso para la tropa donde se desarrollaron prácticas de violaciones sexuales de mujeres. Las que no se sometían a esto eran asesinadas: En Sepur Zarco, Dominga Coc fue el ejemplo para que las otras mujeres que ya cumplían turnos en el interior no pudieran protestar. La llevaron a la cárcel del destacamento, la violaron durante varias semanas y luego desapareció sin dejar rastro. Treinta años más tarde, en febrero de este año, “los cuerpos de una mujer y dos pequeñas niñas fueron encontradas a la orilla del río Rojquipur durante una exhumación”, refiere la fiscal Hilda Pineda, del Ministerio Público. Con la desaparición de Dominga Coc, las demás mujeres que eran abusadas quedaron advertidas22. La política sistemática de abuso sobre las mujeres como forma de premio al trabajo de los soldados, quedó evidente en el funcionamiento del destacamento: Una, la rotación constante y masiva de soldados que llegaban de otros destacamentos, supuestamente para descansar y que les lavaran la ropa (…) Dos, la implantación del control natal, ya que las mujeres eran obligadas a ingerir píldoras o les aplicaban inyecciones anticonceptivas cuando hacían los turnos (Testimonios presentados en el Juzgado de Primera Instancia Penal de Alto Riesgo B, como anticipo de prueba, septiembre 2012)23. El destacamento estuvo a cargo, desde su instalación hasta octubre de 1983, del teniente Steelmer Reyes. Finalmente fue cancelado. Durante seis años, en Sepur Zarco nadie pudo decir nada. A pesar de un nuevo teniente a cargo, uno de apellido Ovalle, las mujeres siguieron siendo perseguidas en cada oportunidad. Así hasta 1988 cuando el destacamento, por órdenes superiores, fue desmantelado. Tres décadas después, ya ancianas, con dolor que se refleja en sus cuerpos, en sus arrugas, 15 mujeres q’eqchíes (y 4 hombres de su comunidad) no quieren olvidar24. 21 22 23 24

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Méndez, op. cit., página 51. Hernández, op. cit. Méndez, op. cit., página 51. Hernández, Oswaldo, “Sepur Zarco: los primeros acusados a prisión”. Reportaje. Plaza Pública, Guatemala, 1 de jul. de 2014. Recuperado en: http://www.plazapublica.com.gt/Sepur%20Zarco%3A%20los%20primeros%20acusados%20a%20prisi%C3%B3n

Un legado de graves consecuencias en la vida de las mujeres No bastó a las mujeres el haber sobrevivido a la esclavitud sexual y doméstica como las peores formas de violencia, o el haber perdido a sus esposos torturados, desaparecidos y asesinados por los militares. El legado de estos crímenes ha tenido un impacto posterior. Las víctimas de violencia sexual sufren de estigmatización, de cierta manera se les acusa de tener responsabilidad de los hechos, de haberlo provocado y lo peor, de haber disfrutado de los mismos. La violación sexual es sin duda uno de los crímenes más desestructurantes para una mujer como para su entorno social. Es seguramente el crimen que más huella deja, que más se imprime en las conciencias y que más rupturas provoca en el tejido social. No solamente destruye el ser en lo más profundo de sí mismo y su capacidad de recrearse un futuro, sino que además rompe con la posibilidad de tener apoyos solidarios por parte de las familias, comunidades y redes sociales para superar el daño25. La mujeres que sufrieron estos abusos padecieron de una serie de traumas psicosociales y de graves señalamientos y rechazo comunitario. Fueron señaladas de haberse entregado a los soldados, de ser sus amantes. Se culpaban y mucho de esto provocó que guardaran estos hechos en silencio y vergüenza por años. Las culparon y señalaron de sucias. Se les señalaba de ser mal ejemplo para las jóvenes y muchos hombres las miraban como objetos sexuales. En su situación de viudas con hijos tuvieron que sufrir el duelo por la pérdida de sus esposos y los abusos sobre ellas; además, buscar alimento para su familia. Irma Alicia Velásquez Nimatuj (…) explica que las violaciones sexuales masivas de mujeres indígenas, provocaron que éstas perdieran el respeto y la posición comunitaria que tenían, tal es el caso de las comadronas, las hueseras, las hierberas, las aj’qijab’ o las mediadoras de conflictos. Además, la violencia sexual implicó que las mujeres dejaran de suministrar servicios clave a sus comunidades, que no proporciona el Estado, e impidió el proceso de construcción de conocimientos a las mujeres indígenas26. Además de sanciones sociales como el silencio, rechazo, a causa de las creencias religiosas, muchas fueron tipificadas de pecadoras. Por esta razón es que la reivindicación de las sobrevivientes en su calidad de víctimas de abusos forzados es fundamental, no sólo para la justicia sino para poder recuperar su dignidad, la autoestima y la legitimidad comunitaria.

25 Fulchirone, op. cit., página 227. 26 Méndez, op. cit., página 56.

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¿Por qué tanta violencia en la región? Los militares en función de la protección de intereses oligárquicos. Es interesante señalar que en la zona donde sucedieron los hechos violentos en el destacamento Sepur Zarco no se desarrollaban combates entre los bandos opuestos en la guerra interna. Había organización campesina y presencia guerrillera. Se aprovechó el contexto para eliminar presencia de población en el tema de la tierra. La tierra es el núcleo de la situación. Ilumina mucho el concepto de dominio territorio-cuerpo–tierra en el caso de las mujeres27. La problemática histórica sobre la tierra y la violencia constante utilizada para despojar a las comunidades indígenas de sus territorios ha sido una constante, particularmente en el Valle del Polochic. Ahí han estado asentadas viejas familias poderosas, que han tenido intereses en la zona y extienden su poder hasta la actualidad. Dos son los grupos familiares que han influido en la reconcentración de tierras: los Widmann y los Maegli. De origen alemán y suizo, estas familias llegaron al país con el proceso de la Reforma Liberal que tuvo lugar después de mediados del siglo XIX, el cual sentó las bases del modelo de producción basado en el monocultivo del café. Ambas redes familiares son hoy los mayores terratenientes en el Valle del Polochic. Por medio de sus empresas insignia: Industrias de Desarrollo (INDESA)28 y el Ingenio Chabil Utzaj29, los Maegli y los Widmann respectivamente, han comprado y rentado tierras estableciendo fincas para la producción de palma africana y caña de azúcar30. Las mujeres de Sepur Zarco… Explican que la violencia sufrida por ellas y sus familiares es resultado de las luchas por la tierra. La violencia llegó a sus comunidades cuando los campesinos se organizaron para obtener los títulos de propiedad de los terrenos donde vivían. “Pienso que el motivo de la violencia que pasó, es que fue por la madre tierra. En ese tiempo se hicieron las solicitudes para conseguir la tierra ante el gobierno. Por eso tomaron la decisión de matarnos”31.

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Alvarado, Maya. Entrevista, op. cit. INDESA es actualmente la empresa NATURACEITES. El Ingenio Chabil Utzaj actualmente tiene el nombre de SER Chabil Utzaj. Solano, Luis. “Valle del Polochic: el poder de dos familias”. Boletín electrónico ENFOQUE, Análisis de situación. Guatemala, Año 2, No. 16, 09 de mayo de 2011. 31 Méndez, op. cit., página 57.

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Mapa del Valle del Polochic construido por El Observador conjuntamente con dirigentes comunitarios, mujeres y hombres, y con el soporte técnico del Colectivo Clica, como parte del ejercicio y de la aplicación de la metodología de Mapeo de Actores y Amenazas, durante 10 meses, aún no publicado.

Hubo varios destacamentos militares instalados en los años de la década de 1980 en las fincas en las que hoy se ubican las comunidades: Sepur Sarco, Tinajas, Sa’quiha’, Panacté y Pataxte, además en las tierras en las que hoy se encuentran las cabeceras municipales de Panzós, Telemán y El Estor. Esto parece haber sido un sobre dimensionado despliegue militar en una zona ausente de enfrentamientos militares concretos. Los objetivos parecen estar claros: que los militares pudiesen otorgar una seguridad a los intereses terratenientes de las familias poderosas de la región, de cara a cualquier levantamiento campesino por la reivindicación de la tierra, tomando en cuenta lo sucedido en 1978 con la Masacre de Panzós32. Algunas de estas fincas pertenecían a familias poderosas e importantes de la zona. Por ejemplo, como lo corrobora una publicación del periodista y economista Luis Solano, y como también lo dicen varias mujeres en su testimonio ante el juez Miguel Ángel Gálvez, Finca Chabiland era de Juan Maegli, Finca San Miguel era de la familia Milla (Amelia, Federico, Roberto, Arturo, Flor)33. En muchos de sus testimonios presentados en las audiencias de anticipo de prueba, las mujeres señalan la responsabilidad de los finqueros de la región. La violencia vino porque luchamos por la tierra. Los finqueros se dieron cuenta que estamos creciendo y pensaron que como pueblos indígenas “están agarrando todo” (…) Explican las mujeres que los propietarios de las fincas entregaron al ejército nombres de los dirigentes campesinos, a quienes acusaron de apoyar a los guerrilleros34.

32 Victoria Sanford, V. "La Masacre de Panzós: Etnicidad, tierra y violencia en Guatemala. FyG Editores, junio 2010, 174 páginas. 33 Hernández, op. cit. 34 Méndez, op. cit., página 59.

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Visto así, el caso Sepur Zarco evidencia la ya conocida alianza oligárquicoempresarial-militar que durante la guerra interna fue la base de los peores crímenes y llegó al genocidio de los Pueblos Indígenas. Ésta se dirigió a proteger los intereses de mayor reconcentración de tierras y acumulación de las familias oligarcas, que necesitaban despojar a indígenas de sus tierras, pero a la vez, conservarlos bajo diferentes formas de servidumbre, con bajos salarios, para la producción de sus negocios.

El proceso de romper el silencio. El camino por la justicia. ¿Qué ha pasado y cómo se encuentra el caso en la actualidad? La conciencia social de la violencia sexual que sufrieron las mujeres durante la guerra interna, surgió a partir del trabajo que organizaciones de mujeres impulsaron para fortalecer la participación de las mismas en los espacios locales y comunitarios derivados de la firma de la Paz y el paquete de Leyes de Descentralización: 1. Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto Ley No. 112002. 2. Código Municipal de Guatemala, Decreto Ley 12-2002. 3. Ley General de Descentralización, Decreto Ley No. 14-2002. En el caso de la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas y del Equipo Comunitario de Asistencia Psicosocial, nos creímos el rollo de la Paz, trabajamos en el empoderamiento político (de las mujeres) y la trilogía de leyes de participación. La intención era fortalecerlas para que participaran. Ahí aparecía como limitante el tema de la violencia, de lo no resuelto del conflicto armado y así la violencia sexual. Empezaron hablando de que “a las otras les pasó”. También ECAP encontró este fenómeno en los testimonios de las exhumaciones, la comunidad comentaba y aparecieron testimonios de violación a las mujeres. Se hizo una constante el tema.35 A partir de ahí, ECAP, UNAMG y otras feministas como Yolanda Aguilar y Amandine Fulchirone impulsaron el Consorcio Actoras de Cambio, a partir del cual promovieron el empoderamiento de las mujeres sobrevivientes de la violencia sexual en diferentes territorios afectados por el Conflicto Armado Interno. Se realizó un proceso de formación, investigación, documentación de casos y sensibilización comunitaria. De ahí surgió la primera publicación que muestra estos crímenes: “Tejidos que lleva el Alma”36. A partir del año 2008 inicia una segunda etapa del proceso. Se disuelve el Consorcio Actoras de Cambio y continúan en el acompañamiento ECAP y UNAMG. Luego se conforma para el seguimiento del proceso la Alianza Rompiendo el Silencio, integrada por ECAP, UNAMG y MTM. Era evidente la necesidad de las mujeres de hacer oír su voz y buscar justicia. Por esto, además de impulsar su organización y toma de conciencia de los hechos vividos y sus derechos, se organizó el primer proceso que buscó llevar a la opinión pública lo sucedido y tener una condena moral para los perpetradores.

35 Alvarado, Maya. Entrevista. 36 Ibídem.

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Se contaba ya con los avances de las condenas por violencia sexual de los tribunales de la ex Yugoeslavia y Ruanda. Así, con el apoyo de varias organizaciones de mujeres y de derechos humanos se realizó en marzo del 2010 el “Tribunal de Conciencia contra la violencia sexual hacia las mujeres durante el conflicto armado en Guatemala”. Este constituyó un acto político que sacó a luz los hechos cometidos contra las mujeres. Por primera vez las víctimas rompieron el silencio y contaron con su propia voz lo que vivieron. Se realizó un debate público, el cual operó como un tribunal, con fiscales y jueces “de conciencia”. Los objetivos de esta acción fueron visibilizar los efectos de la violencia sexual en la vida de las mujeres y en el continuum de violencia actual y el modelo probatorio para llevar estos hechos a la justicia formal. El pronunciamiento del Tribunal de Conciencia abrió las puertas para iniciar el recorrido que llevó a la presentación de la primera querella penal por múltiples hechos de violencia sexual cometidos contra las mujeres durante el Conflicto Armado Interno, y fortaleció los cimientos para la construcción y acompañamiento de los procesos37.

A continuación, las mujeres sobrevivientes de Sepur Zarco se organizaron en la Colectiva Jalok U, la cual se constituyó en el año 2014 como resultado del acompañamiento de MTM, con el fin que las víctimas asumieran el rol de querellantes adhesivas, junto con UNAMG y MTM. Ellas solicitaron que se imputara al ex teniente Esteelmer Francisco Reyes Girón y a Heriberto Asig, ambos por los delitos contra los deberes de humanidad, asesinato y desaparición forzada38. El acompañamiento legal para las sobrevivientes está a cargo del equipo legal de MTM, integrado por jóvenes abogadas feministas comprometidas con la justicia en este caso. El proceso ha llevado un largo camino. El caso fue trasladado al Juzgado de Mayor Riesgo “B” a cargo del Juez de Alto Impacto, Miguel Ángel Gálvez. El 14 de octubre del 2014 se llevó a cabo la audiencia de etapa intermedia y se abrió a juicio para los sindicados, la desaparición forzada de 20 campesinos y de agredir sexualmente a 15 mujeres indígenas, hechos ocurridos durante los años 1982 y 198339. Los delitos de los que se les acusa a Francisco Esteelmer Reyes Girón son: delitos contra los deberes de la humanidad en sus formas de violencia sexual, esclavitud sexual y esclavitud doméstica, asesinato y delitos contra los deberes de la humanidad por tratos humillantes; y a Heriberto Valdez Asij: desaparición forzada y delitos contra los deberes de la humanidad en sus formas de violencia sexual.40 37 Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad (UNAMG, ECAP y Mujeres Transformando el Mundo –MTM-), “Nuestra mirada está en la justicia. Caso Sepur Zarco”, Octubre de 2013, página 19. 38 Barrios, Paula, Directora de Mujeres Transformando el Mundo (MTM). Entrevista realizada el 21 de marzo de 2015. 39 Nota de Prensa, Emisoras Unidas, 14 de octubre de 2014. Recuperado en: http://noticias.emisorasunidas.com/noticias/nacionales/ caso-sepur-zarco-envian-juicio-dos-militares-retirados 40 De León, Quimy. “Caso Sepur Zarco: A juicio militares por violación sexual, esclavitud sexual y doméstica”, Prensa Comunitaria. Recuperado en: https://comunitariapress.wordpress.com/2014/10/15/caso-sepur-zarco-a-juicio-militares-por-violacion-sexual-esclavitud-sexual-y-domestica/

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Las querellantes adhesivas de la acusación son la MTM, UNAMG y la Colectiva Jalok U (las sobrevivientes). Una conquista fundamental es que se logró que el Juez Gálvez considerara las formas en que se cometieron los Delitos contra los Deberes de Humanidad. Así tipificó por primera vez estos delitos en el marco de la justicia en Guatemala. Consideró los crímenes de lesa humanidad definidos por el Derecho Internacional Humanitario, particularmente el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). Así se constituye un hecho histórico, ya que se pueden juzgar este tipo de delitos dentro del país41.

Comunicado del MINGOB sobre las capturas de Reyes Girón y Valdez Asij En un comunicado, el Ministerio de Gobernación (MINGOB) informó sobre las capturas de los implicados: Por orden del Juzgado de Primera Instancia de Mayor Riesgo B fueron realizados hoy dos allanamientos en Panzos, Alta Verapaz, y en la zona seis de la ciudad capital, en donde se realizó la captura de Esteelmer Francisco Reyes Girón, quien es sindicado por los delitos de asesinato y contra los deberes de humanidad; asimismo, fue capturado Heriberto Valdez Asij por el delito de desaparición forzada por los hechos ocurridos en Sepur Zarco, El Estor, Izabal entre 1982 y 1983. Según las investigaciones de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público, Reyes Girón capturado hoy en la zona seis, era oficial del Ejército y comandante del destacamento de Sepur Zarco y se le sindica que bajo su mando se capturó y ejecutó a una madre y sus tres hijas. Por su parte Valdez Asij, quien fue aprehendido en Alta Verapaz, participó como comisionado militar en un operativo realizado el 25 de agosto de 1982, en donde capturaron y desaparecieron a 18 personas. Las dos personas sindicadas por los delitos de asesinato y contra los deberes de humanidad y desaparición forzada deberán declarar en el Juzgado de Primera Instancia de Mayor Riesgo B por los delitos que les imputa la fiscalía. Antecedentes: Entre 1982 y 1983, 15 mujeres fueron víctimas de servidumbre en el destacamento de Sepur Zarco las cuales fueron víctimas de violencia sexual. Ellas ya declararon en anticipo de prueba. En la actualidad mediante exhumaciones se logró la recuperación de la osamenta de una mujer y dos vestimentas de niñas, quienes según las investigaciones fueron asesinadas bajo el mando del oficial Reyes Girón”42.

41 Barrios, op. cit. 42 Ministerio de Gobernación (MINGOB). Recuperado en: http://www.mp.gob.gt/…/dos-personas-capturadas-por-los-del…

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La estrategia de la defensa de los implicados

En la actualidad, el proceso judicial se encuentra en espera de la audiencia de ofrecimiento de pruebas. La defensa de los sindicados se encuentra bajo la responsabilidad de la abogada Gilda Aguilar Rodríguez y el abogado Moisés Galindo Ruíz, quienes han diseñado una estrategia que ha incluido distintas tácticas dilatorias como la recusación del Juez, un amparo contra la tipificación de los delitos o la supuesta violación al derecho de defensa. Esto ha sido denegado hasta ahora por la Corte de Constitucionalidad (CC).





Foto: internet.

En el orden usual: Heriberto Valdez Asij y Francisco Esteelmer Reyes Girón

La estrategia también ha incluido la descalificación de las mujeres que buscan justicia: Los querellantes adhesivos de este proceso son militantes del más agresivo y retrógrado marxismo feminismo más recalcitrante y violento de Guatemala43. El 20 de marzo debió realizarse la audiencia pendiente pero fue suspendida, ya que la abogada defensora presentó excusas argumentando que tenía que presentarse en una audiencia en San Marcos. El 15 de abril de 2015 se había convocado de nuevo para realizar la audiencia pendiente, pero, esta vez, los abogados defensores solicitaron la suspensión de la misma bajo el argumento de que el militar en retiro Reyes Girón se encontraba enfermo. De hecho, desde el inicio del juicio en su contra se recluyó en el Hospital Militar, aduciendo quebrantos de salud. Todo apunta a tácticas dilatorias para retrasar el proceso. Las querellantes adhesivas solicitaron que un médico independiente acompañe al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) para realizar un dictamen científico de su estado de salud. La respuesta de los acusados no ha sido del todo individual pues los abogados seleccionados para que los defiendan, han defendido a otros militares implicados en otros crímenes de lesa humanidad, tal es el caso del juicio por Genocidio contra Ríos Montt y, además, tienen vínculos militares y con la Liga Pro Patria. 43 Véase la entrevista a Gilda Aguilar por Fernando Solís de la Alianza Nacionalista Guatemalteca: “Sepur Zarco, una sentencia anunciada”. Recuperado en: https://www.youtube.com/watch?v=i6LHAwQaCSs&feature=youtu.be

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Algunos datos de la abogada defensora y el abogado defensor en el caso Sepur Zarco Gilda Aguilar Rodríguez Abogada y notaria por la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC). Cuenta con una Maestría en Derecho Penal por la Universidad de Sevilla, España. Fue agente fiscal para la Fiscalía Distrital de Fue agente fiscal en Santa Eulalia, Huehuetenango, y también en la Fiscalía de Menores del MP, bajo la gestión de Claudia Paz y Paz.

Fotos: internet.

Gilda Aguilar Rodríguez.

Su actuar se ha hecho evidente porque ha sido la abogada que ha presentado múltiples demandas contra luchadores sociales y defensores de derechos humanos, además de estar vinculada a la Liga Pro Patria y a la Fundación contra el Terrorismo (FCT).44 Algunos elementos de su modus operandi son los siguientes: • Mientras fue Fiscal en Huehuetenango presentó un antejuicio contra la ex Fiscal General y entonces Jefa del MP, Claudia Paz y Paz por los delitos de denegación de justicia e incumplimiento de deberes45, cuando supuestamente Aguilar había sido víctimas de atentados en Huehuetenango. • Demanda contra Daniel Pascual, Coordinador General del Comité de Unidad Campesina (CUC), por los delitos de instigación a delinquir, coacción, y violación a la Constitución Política de la República, apología del delito y terrorismo contra el Estado, al dirigir protestas y manifestaciones sociales, particularmente en San Juan Sacatepéquez o impulsar la Ley de Desarrollo Rural46. • Como agente fiscal del MP en Huehuetenango, impulsó la captura de líderes y defensores que han resistido y se han opuesto al proyecto hidroeléctrico Cambalam de la empresa española Hidro Santa Cruz, en el municipio de Santa Cruz Barillas.

44 Ver: “La historia de Gilda Aguilar” en http://www.lavoz.gt/articulo-la-historia-de-gilda-aguilar-de-diciembre-2013/; Hernández, Iduvina. “Hilda, la mentirosa”. Plaza Pública, 22 de febrero de 2014; y Bastos, S. “¿Qué es lo que realmente ocurrió con doña Gilda Aguilar”. Barillas Resiste, 21 de noviembre de 2012. Recuperados en: https://comunitariapress.wordpress. com/2014/02/22/gilda-aguilar-una-fiscal-mentirosa/ 45 Ibídem. 46 Véase “Querella contra Sr. Daniel Pascual”. Recuperado en: http://www.lavoz.gt/video-rueda-de-prensa-querella-contra-elsr-daniel-pascual-05-octubre-2014/

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• Tampoco realizó como agente fiscal, las acciones necesarias para esclarecer el asesinato de Emilia Quan, investigadora del Centro de Documentación de la Frontera Oeste (CEDFOG) en el año 2012. • Antejuicio presentado por la Asociación Liga Pro-Patria contra la Jueza Iris Yasmín Barrios Aguilar, por violaciones de ley cometidas cuando tuvo a su cargo el juicio por genocidio contra Efraín Ríos Montt. • Acusación de secuestro y esclavitud a dirigentes del Frente de Resistencia en Defensa de los Recursos Naturales y los Derechos de los Pueblos (FRENA), San Pablo, San Marcos, que resisten contra la instalación de la hidroeléctrica Hidrosalá, propiedad de Raúl Minondo Ayau47. Moisés Eduardo Galindo Ruíz Abogado y mayor de aviación retirado que fue defensor de los militares retirados Byron Miguel Lima Oliva y Byron Disrael Lima Estrada, padre e hijo respectivamente, en el caso del asesinato del Obispo Juan Gerardi Conedera y por el cual fueron sentenciados a 30 años de cárcel. En ese caso, Galindo Ruíz también defendió al coronel de aviación retirado Juan Francisco Escobar Blas, señalado de autoría intelectual del asesinato. Recientemente, Galindo Ruíz también ha sido nuevamente el abogado defensor de Lima Oliva tras la acusación que le hiciera la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), en septiembre de 2014, de ser el cabecilla de una red de tráfico de influencias y extorsiones en el Sistema Penitenciario (SP), y por el cual también fueron capturados otros militares retirados como Edgar Camargo Liere, hasta ese momento Director SP, así como Edy Fisher Arbizú, ex Subdirector operativo del SP. Galindo Ruíz fue el abogado defensor del ex Jefe del Comando Seis de la desaparecida Policía Nacional (PN), Pedro García Arredondo, en el juicio por la quema de la Embajada de España en enero de 1980, y por el cual fue sentenciado 90 años de prisión el 19 de enero de 2015. Funge como Secretario de la Fundación contra el Terrorismo (FCT) y en ese contexto, es abogado de Ricardo Méndez Ruíz-Valdés, Presidente de la FCT, así como de Escobar Blas, también directivo de la misma.

Foto internet.

En el orden usual: Moisés Galindo Ruíz y Ricardo Méndez-Ruíz Valdés.

47 Centro de Medios Independientes de Guatemala (CMI). “PNC y Ejército custodian ingreso de maquinaria para construcción de HidroSalá”. Recuperado en: http://cmiguate.org/pnc-y-ejercito-custodian-ingreso-de-maquinaria-para-construccion-de-hidrosala/

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Galindo Ruíz es uno de los ocho militares sobre los cuales está abierto el proceso judicial por el desfalco al Instituto de Previsión Militar (IPM) por un monto de Q. 471.5 millones48. Debe recordarse que Galindo Ruíz fungía como Jefe de Presupuesto del Ejército durante el período de gobierno de Alfonso Portillo Cabrera (2000-2004) y el desaparecido Frente Republicano Guatemalteco (FRG). Junto a Galindo Ruíz, los otros siete militares retirados señalados en ese robo son: Enrique Ríos Sosa, hijo del Jefe de facto Efraín Ríos Montt; Pedro Catalán Muñoz; Miguel Ángel Salguero; Sergio Hugo Cárdenas; Randolfo Chacón; Luis Gómez y Luis Estrada. Desde el año 2009, la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG) y la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del MP han buscado enviar a juicio a estos militares.

Fotos: internet.

En el orden usual: Enrique Ríos Sosa; Jacobo Salán Sánchez; y Napoleón Rojas.

La información disponible dice que… …los mencionados habrían autorizado decretar Q. 471 millones como secreto militar para ampararse de la reserva de la información, para no notificar sobre los movimientos del dinero. Posteriormente, por medio de una auditoría de la Contraloría General de Cuentas (CGC), se estableció que los fondos extraídos de la institución en efectivo (…) debido a esto, las autoridades no han podido determinar el paradero del mismo, ya que el rastro se dificultó porque el desfalco fue hecho con movimientos de dinero en efectivo…

48 Por este mismo caso fue juzgado Portillo Cabrera pero fue absuelto en el año 2011. No obstante, en julio de 2014 el Tribunal Segundo de Sentencia impuso una condena de cinco años y tres meses de prisión a los militares retirados Jacobo Salán Sánchez y Napoleón Rojas, asesores de Portillo, acusados del traslado de Q. 30 millones del Ministerio de la Defensa al Crédito Hipotecario Nacional (CHN), en ese entonces bajo la gerencia de Armando Llort Quiteño. La defensa de los militares apeló la sentencia y la misma fue suspendida el 23 de marzo de 2015por la Sala Tercera de Apelaciones bajo el argumento que hay incongruencia entre lo resuelto, lo acreditado en la sentencia y la acusación. No obstante, según el abogado defensor de Rojas, Mario Cuevas… …los acusados no toman con buenos ojos esta anulación porque se esperaba la absolución debido a que no hay delito (…) El planteamiento lógico, no jurídico, es que si Portillo no se robó Q. 120 millones, de dónde sacó Q. 30 millones para dárselos a los ellos.

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En tanto que la sala ordenó repetir el juicio, el abogado defensor dijo que para eso primero hay que devolver el expediente y luego esperar a que se nombre al juez que conozca el caso.



Fuente: Curruchich, S. “Anulan sentencia contra militares Jacobo Salán Sánchez y Napoleón Rojas”. Diario de Centro América, 24 de marzo de 2015. Recuperado en: http://www.dca.gob.gt/index.php/nacional/item/27436-anulan-sentencia-contra-militaresjacobo-sal%C3%A1n-s%C3%A1nchez-y-napole%C3%B3n-rojas

…Por este caso, los señalados enfrentan proceso penal desde el año 2009 por los delitos de peculado y falsedad ideológica. Actualmente, todos los militares se encuentran gozando de libertad condicional como medida sustitutiva para evadir la cárcel.49 Las investigaciones establecen que el dinero fue trasladado a cuentas de particulares a través de decenas de certificaciones financieras emitidas de enero a diciembre de 2001. En septiembre de 2013, Walter Villatoro, titular del juzgado Décimo de Primera Instancia Penal, decidió sobreseer el caso para los ocho militares, argumentando que las pruebas presentadas por el MP eran las mismas que se utilizaron en el juicio contra el ex Presidente Portillo Cabrera, quien resultó absuelto por el desvío de los fondos. Sin embargo, el 1 de marzo de 2015 la Sala Primera de Apelaciones ordenó reactivar el proceso y reabrir juicio contra los ocho militares señalando que el MP cuenta con suficientes indicios para comprobar, en debate, la participación de los militares en el desfalco millonario. El dictamen de la sala señala que el Juzgado Décimo debe dictar una nueva resolución para revocar la clausura del caso y emitir un auto de apertura a juicio contra los sindicados. Este fallo responde a una orden de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que pidió analizar el proceso, luego que la Fiscalía, la CICIG y la Procuraduría General de la Nación (PGN) presentaron una acción legal contra la decisión del juez Villatoro50. Mientras tanto, como en otras ocasiones y en otros procesos abiertos contra militares retirados, Ricardo Méndez Ruiz, Presidente de la Fundación contra el Terrorismo (FCT), ha hecho constantes señalamientos tendientes a descalificar el proceso: Es evidente que los testigos que está aportando el Ministerio Público y el querellante son personas de muy escasa formación, con muy poca educación. Incluso, no tienen idea de fechas exactas, lo cual da lugar a pensar en que puedan ser manipulados (…) el trabajo de la fiscalía está “parcializado” y es utilizado “para buscar venganza” contra el Ejército. …el interés de las mujeres que rinden testimonio es por dinero. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado en otras oportunidades al Estado guatemalteco a pagar resarcimientos millonarios, que estoy seguro van a dar a los bolsillos de los querellantes51. Debe recordarse que Méndez Ruíz-Valdés, como Presidente de la FCT, fue una de las cabezas visibles en la estrategia mediática, política y jurídica en la etapa de debate abierto en el juicio a Ríos Montt que tuvo lugar entre febrero y marzo de 2013, que tuvo por objetivo bloquear el proceso, mediante la publicación de los panfletos que se denominaron “La Farsa del Genocidio”. A la vez, como columnista del diario elPeriódico, ha desarrollado todo un discurso crimi49 García, J. “Buscan enjuiciar a militares por desfalco en la Defensa Nacional”. Diario La Hora, 19 de septiembre de2013. Recuperado en: http://lahora.com.gt/index.php/nacional/guatemala/actualidad/183540-buscan-enjuiciar-a-militares-por-desfalco-en-la-defensanacional 50 Palacios, C. “Ordenan enjuiciar a militares por el desvío de Q. 471 millones”. Diario La Hora, 2 de marzo de 2015. Recuperado en: http://lahora.gt/ordenan-enjuiciar-militares-por-el-desvio-de-q471-millones/ 51 Valladares, Danilo, “Indígenas guatemaltecas convertidas en esclavas de militares”. Revista Contralínea, 31 de octubre de 2012. Recuperado en: http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2012/10/31/indigenas-guatemaltecas-convertidas-en-esclavas-demilitares/

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nalizador en contra de las y los defensores de derechos humanos.

¿Qué se busca con la justicia en este caso?

Las mujeres sobrevivientes de la violencia en Sepur Zarco y la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad buscan generar un proceso histórico en Guatemala que pueda permitir la dignificación de las víctimas y sentar precedentes de sanciones a los responsables, para que este tipo de hechos no vuelvan a ocurrir a ninguna mujer más, en ningún lugar del mundo. A nivel psicosocial, el valor de la justicia para las víctimas es por un lado el que su experiencia, sus vivencias y su verdad de los hechos, sea conocida y validada ante el sistema de justicia. Eso es algo muy importante y a nivel simbólico, significativo. Indígenas que cuentan en el sistema de justicia ladino y cuentan su verdad. El camino de la justicia permite la solidaridad, para que no se repita hacia otras mujeres, está en la sintonía de justicia transicional.52 Así se reconoce la importancia de que las mujeres fueron víctimas de una política de Estado que no fue única en Guatemala. La búsqueda de la justicia es dignificación, la justicia dignifica. Más allá de la sentencia final, el proceso permite que ellas hablen y que la sociedad permita que se conozca lo que pasó con las mujeres: Rabinal, el Ixil, el Jute, entre otros. Las mujeres fueron víctimas de estrategias específicas de la contrainsurgencia.53 La Colectiva Jalok U y la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad esperan que el caso coadyuve a cambios importantes en el sistema de justicia y en los imaginarios sociales de cómo se aborda la violencia sexual y abusos contra las mujeres. Se pretende que una justicia efectiva condene a los responsables y siente precedentes que obliguen al sistema judicial y a la sociedad, comprender que no puede dejarse en impunidad a quienes han sometido a mujeres para su servidumbre sexual y doméstica.

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El Estado durante la guerra interna usó estas prácticas, donde hubo masacres y genocidio, y los militares, como operadores de éste, cometieron abusos sexuales. Más recientemente, como fue denunciado en el caso del Estado de Prevención en San Juan Sacatepéquez durante los meses de septiembre y octubre de 2014, ésta ha sido la respuesta estatal frente a la resistencia comunitaria que se ha opuesto a la construcción de una carretera, parte del Anillo Regional que comunicaría la planta cementera de San Gabriel, de Cementos Progreso. Ixmucané García maya Kaqchikel con voz contundente detalló las múltiples violaciones a los derechos humanos que se cometieron desde la militarización y ocupación de la fuerza pública en las comunidades a partir del día 20 de septiembre.

52 Navarro, Susana, Directora del Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP). Guatemala, entrevista realizada el 11 de marzo de 2015. 53 Ibídem.

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Foto: Mujeres Transformando el Mundo (MTM).

Éstas pasan por allanamientos violentos, secuestro de personas, detenciones arbitrarias, violaciones sexuales a mujeres Kaqchikeles, acoso de la niñez para obtener información, persecución de líderes y lideresas, agresiones contra la población, la pérdida económica de miles de quetzales por el impedimento de atender las actividades agrícolas y comerciales de la población.54 No es casual que el Presidente del Grupo Tecún, bajo cuya administración se encuentra la empresa de Cementos Progreso ha estado desde 1996 bajo la directiva integrada por Carlos Maegli, esposo de María Marta Julia Novella, sus hijo Juan Estuardo y otros empresarios.55 Como ha sido evidente en el presente ensayo, la violencia sexual es un continuum que utiliza el poder y la represión sobre la vida y los cuerpos de las mujeres para doblegarlas a ellas, y tener un impacto social de control y sometimiento hacia sus pares hombres. Por esta razón, es indispensable que estos tipos de crímenes sean conocidos, denunciados y juzgados, para que el Estado cese de utilizar este tipo de estrategias y que no queden en la impunidad. De esta manera, al conocerse la verdad no sólo se liberan las cargas sociales y se promueve al rescate de la dignidad de las sobrevivientes; también abre espacios para la justicia para todas las mujeres y la sociedad en Guatemala. 54 Rivera, Nelton, “Guatemala: Mujeres Maya Kaqchikel de San Juan Sacatepéquez denuncian violación sexual y militarización en sus territorios”, Prensa Comunitaria, Guatemala, 13 de octubre de 2014. Plataforma de Solidaridad con Chiapas y Guatemala de Madrid. Recuperado en: http://www.madridconchiapasyguatemala.org/?p=925 55 Solano, op. cit.

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Documentos mediados para la formación política El Observador. Análisis Alternativo sobre Política y Economía y la asociación Servicios Jurídicos y Sociales (SERJUS), publicaron en alianza, en enero de 2015, dos mediaciones metodológicas sobre ejes que forman parte del modelo de acumulación capitalista vigente en Guatemala, con el objetivo de contribuir de una manera sencilla, al conocimiento y la formación política de liderazgos comunitarios sobre los impactos sociales, ambientales, económicos y políticos de las mega inversiones que grupos de capital nacional y transnacional están realizando en la explotación y mercantilización de riquezas naturales y en la construcción de grandes obras de infraestructura, hoy denominadas megaproyectos. Los documentos fueron mediados por el Grupo Maíz de El Salvador, con amplia experiencia y compromiso con el análisis y la formación política colectiva. La primera de estas mediaciones: “Desarrollo sin vida no es desarrollo. La Franja Transversal del Norte y el modelo de acumulación capitalista en Guatemala”, describe como este megaproyecto fue concebido durante los gobiernos militares de la década de 1970 para la acumulación empresarial que perseguía apoderarse de las tierras y las riquezas naturales en este territorio que una vez fue denominado “el granero de Centroamérica”. El alto mando del Ejército por su parte, pretendió en aquel entonces de la guerra interna, que la FTN fuera un cordón de retaguardia para cercar a la guerrilla así como a las comunidades campesinas e indígenas que se habían asentado ahí, y también hacerse de tierras y saquear las riquezas naturales existentes. Hoy día la FTN ha sido retomada por los gobiernos civiles que reproducen los intereses de las familias y grupos económicos más poderosos del país que, en alianza con capitales transnacionales, buscan explotar, mercantilizar y saquear las riquezas naturales que contiene este territorio, primero, con la construcción de la mega carretera que lo atraviesa, y luego, instalando a lo largo y ancho de las tierras ocupadas por comunidades indígenas y campesinas, hidroeléctricas y tendidos eléctricos, nuevos monocultivos de caña de azúcar y palma africana así como exploraciones y exploraciones petroleras y mineras, entre otras inversiones. El segundo de estos documentos: “Los agrocombustibles en Guatemala. Una nueva mentira sobre el desarrollo para los pobres”, describe como los nuevos cultivos de caña de azúcar y de palma africana se han instalado y se están expandiendo en las tierras del norte de Guatemala: los territorios de la FTN y las tierras bajas del departamento de Petén, porque constituyen un gran negocio para producir aceite industrial e insumos para agrocombustibles, para exportarlos al mercado mundial. El documento informa como este negocio de los cultivos de palma africana y caña de azúcar es controlado por familias oligarcas y grupos económicos de los más poderosos del país, utilizando el discurso del desarrollo y la generación de empleo e ingresos, y reconcentrando grandes extensiones de tierras que han sido habitadas históricamente por comunidades indígenas y campesinas. De ahí que algunos de los efectos sociales que están provocando no sólo es el desplazamiento y la desestructuración de las comunidades indígenas y campesinas, sino también la sustitución de tierras que antes eran utilizadas para la siembra de granos básicos y cultivos para la seguridad alimentaria, a la vez que provocan impactos ambientales pues las empresas palmeras y cañeras utilizan el agua de los ríos que surten a las poblaciones de esos territorios y la contaminan.

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