El nuevo horizonte de la fiscalidad

June 12, 2017 | Autor: C. Camacho Cordoba | Categoría: Business, International Tax Law, Taxation, Transfer Pricing
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Descripción

El nuevo horizonte de la fiscalidad En el nuevo horizonte de la fiscalidad los países debemos abrir nuestras puertas a una nueva forma de inserción en la economía global con un campo minado de riesgos fiscales incrementales resultantes del reciente lanzamiento de las quince acciones de BEPS para el mundo. Los gobiernos locales tienen sus propias agendas y deberes que llevar a cabo en relación con buscar soluciones concretas para sus particulares problemas fiscales que aquejan a las economías aun tambaleantes del mareo de la turbulencia de la última crisis financiera y económica con la que iniciamos la presente década. Ha sido tan devastador el efecto de la misma, que mucha riqueza real ha sido destruida para siempre, mucha otra tomara décadas en recuperarse y de esta la mayoría no llegará nunca a las condiciones que de existían de previo a la gran turbulencia del final de la primera década del milenio. Esta realidad económica generó un estado de mayor conciencia y por qué no admitirlo, un mejor escenario para que los Estados en especial los de las economías más desarrolladas del planeta iniciaran una serie de acciones tendentes a la búsqueda de grandes culpables de sus problemas fiscales en materia de recaudación, iniciando con un programa de limpieza del mundo de los regímenes históricamente conocidos como paraísos fiscales, llamados al inicio de la década pasada jurisdicciones no cooperantes y forzando a una larga lista de países a la suscripción de un mínimo de acuerdos para el intercambio de información, en mayor o menor medida los países hemos logrado cumplir esta primera exigencia, pero era evidente que aquello como se dijo en Londres en abril del 2010, no era otra cosa que el principio de fin, en palabras del entonces primer ministro británico refiriéndose a los paraísos fiscales, ya que el siguiente paso, fue considerar que si bien es cierto se había logrado que los países ahora cooperantes entraran en la carrera de suscripción de convenios de intercambio de información, no era suficiente aun, ya que había que adentrarse en la filigrana del concepto del intercambio efectivo, que implica que en el momento en que alguno de los signatarios de los respectivos convenios bilaterales, por motivos de su derecho interno no lograran alcanzar el concepto de efectivo intercambio y acceso legal a la información considerada como previsiblemente pertinente a los efectos del otro Estado. Surgen una serie de cambios internos en la legislación de diversos países que se acompasa de manera acelerada con la gestión hecha por Estados Unidos de América en relación con su receta propia para los dolores fiscales conocida como FATCA, que se torna en un icono que sin duda hará en la historia de la fiscalidad internacional marcar este hito como el del lustro que se termina. Para que esta norma local estadounidense sea aplicable en el mundo, se dan dos condiciones, una la de los modelos de entrega de información de todas las jurisdicciones deben comprometerse a efectuar de manera eficaz y por suministro, conocidos como “IGA´s”, modelos que ponen ya en el Estado cooperante, o en la entidad financiera la responsabilidad de llevar a cabo esta acción cooperativa para que la economía más grande del mundo, mano a mano con China, pueda acceder a información crítica respecto de sus obligados tributarios de forma que todo movimiento de dinero que ocurra fuera de las fronteras de Estados Unidos sea conocido de manera transparente por parte del IRS(departamento de impuestos internos). La trascendencia de esta normativa va más allá de los “US Tax Alliens”, muchas de las demás economías fuerte del mundo vieron en el modelo una solución a la búsqueda de activos tanto financieros como de otra índole previsiblemente pertinente para la determinación de obligaciones tributarias, en especial para los sistemas tributarios que fundamentan su tributación en el concepto de renta mundial, siendo Estados Unidos por motivos de orden personal, condición de nacional o de residente legal, o como

el resto de los modelo que siguen el motivo objetivo de la residencia con las variaciones incorporadas en el derecho local para evitar la deslocalización o normas anti elusión de residencia. En la carretera paralela del desarrollo de la fiscalidad internacional corrían los ríos de gestiones de la OCDE para el logro de la suscripción del instrumento multilateral de la Convención de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, con su enmienda y protocolo del 2010, para contar con un sistema circulatorio de medios legales de gestión fiscal global que cuenta a la fecha con casi ochenta signatarios cooperantes y en aumento. Por último, no podemos dejar de llegar al platillo principal, el programa impulsado por el G-20, brazo político y puesto en marcha por la OCDE; brazo técnico, para iniciar una arremetida final contra la evasión y la elusión fiscal a nivel global, en antelación al lanzamiento en octubre de 2015, un año antes, el foro global de transparencia, acuerda por unanimidad contar para el año 2017 con un estándar global de transparencia de información previsiblemente relevante para efectos fiscales, emulación global del programa FATCA; pero ampliado de una manera multidireccional. El pasado octubre de 2015, la OCDE, termina de lanzar las quince acciones que constituyen el plan BEPS para el combate de la erosión de las bases imponibles locales por deslocalización artificial o artificiosa de la utilidad buscando la menor o nula tributación de los grupos económicos multinacionales, entendidos estos ahora como cualquier emprendimiento con operaciones en más de una jurisdicción, por supuesto con énfasis en las tradicionales empresas multinacionales, a las que se les hizo un preámbulo mundial de prensa exposición reputación relecto de su conducta fiscal y su responsabilidad más allá de contestar a sus respectivos participantes, accionistas, Estados, así como otros interesados, como más allá de la legalidad de sus esquemas estaban en condición de explicar su falta solidaria de tributación en pocas o ninguna jurisdicción con tasas efectivas de impuestos que rayaban en los mínimos inaceptables, estos escándalos no quedaron solo en el ámbito de las grandes corporaciones también, el golpe mediático tocó a los tradicionales baúles del mundo, los bancos suizos que tuvieron tanto acciones de goteo de información de grandes fortunas de desafortunados contribuyentes que no saben que decirle hoy a sus fiscos, tanto personas como empresas, esta combinación de coincidencias son demasiadas para serlo, por lo que más se parecen a preámbulos programáticos que hagan innegable la necesidad y pertinencia de un agresivo programa que cala la osamenta misma de la gestión empresarial en una economía global. Las quince acciones tocan a la vez transversalmente las teclas más sensibles de la fiscalidad internacional, las normas de entrada en vigor requerirán en algunas legislaciones la entrada en vigor de normas de derecho interno, pero no podemos perder de vista que la profundidad de los compromisos asumidos por los miembros de la Convención de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, así como el propio estándar de transparencia por el que ya votamos más de ciento quince países en Berlín en octubre de 2014, son grandes vehículos de conducción de informaciónpoder al fin-a las administraciones tributarias. Por supuesto, los primeros y más beneficiados por motivos evidentes, lo serán las economías más desarrolladas, pero no puede menospreciarse la contribución que aunque marginal pueda llevar al recaudo de los países menos desarrollados el acceso al acervo de la información y las acciones fiscales que de ésta se puede derivar. BEPS es un programa no acciones desarticuladas, sus premisas son la transparencia, la coherencia y la cooperación. Hemos de ver dichas acciones en el plano de sus consecuencias previsiblemente

relevantes a efectos fiscales, de las quince acciones cuatro son directamente relacionadas con profundas revisiones a los temas de precios de transferencia y una que es trascendental es la que obliga el reporte de las actividades de precios de transferencia alrededor del mundo, en el reporte conocido como país por país, en la acción número 13, se estima que se detectaran importantes incoherencias en el alineamiento de las cadenas de valor, con las de las distribuciones de los activos, riesgos y funciones distribuidas en los grupos multinacionales con especial incidencia en aquellas jurisdicciones con tratos preferentes, como los apuntados por la acción número cinco como las practicas fiscales agresivas tanto en los ámbitos nacionales, como en los regímenes subnacionales que cuentan con verdaderas contradicciones jurídicas entre la presentación facial del cumplimiento país y su legislación intestina permisiva de verdaderos paraísos fiscales en el seno mismo de la OCDE; para mencionar un reincidente de acuerdos ocultos con los contribuyentes, los recientes escándalos, tampoco coincidentes de Luxemburgo. La acción 12, obligará a los contribuyentes sean empresas públicas o privadas a revelar sus posiciones fiscales potencialmente agresivas en la globalidad de sus operaciones, siendo este un terreno de gran fertilidad para aumentar dos riesgos adicionales el reputacional y el de negocio en marcha. Es por eso que BEPS no tiene solo efectos en los profesionales de los impuestos, las empresas que valoran corporaciones, las que gestionan riesgos, las que hacen banca de inversión, los auditores externos y muchos otros actores del universo económico-financiero, más allá de las autoridades tributarias y los especialistas fiscales, deben tomar acciones inmediatas a fin de valorar la afectación de sus carteras de inversión, de clientes, de riesgos, que al cambiar de manera dramática requieren de parte de todos los actores económicos con operaciones transfronterizas a efectuar una forzosa visita con el nuevo mapa de riesgo en la mano a sus estructuras fiscales diseñadas y puestas en marcha de previo a la entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2016, de este programa BEPS a nivel mundial. El reto adicional es para los empresarios, miembros de cuerpos directivos, tomadores de decisiones, banqueros y otros participantes en las mesas de inversión, respecto de la valoración de sus riesgos personales de participar en corporaciones que puedan estar contagiadas de virus de BEPS, este virus puede ser más mortal que el ébola corporativo, su transmisión puede llegar a ser sistémica y realmente no sabemos si los tomadores de decisiones(OCDE) en París, inspirados en los principios de BEPS, se tomaron un respiro para meditar respecto de estas consecuencias. Lo cierto es quien no debe dejar de hacerlo es todo aquel tomador de decisiones para estar informado de en qué tanto su propia reputación personal estará en riesgo y así de forma sistémica se contaminen las empresas en las que usted esté participando. Como especialistas en la materia hemos dedicado los dos últimos años desde que la OCDE efectuó el anuncio del inicio del diseño de su programa a dar seguimiento, estudiar y anticipar los urgentes actos que requeriremos llevar a cabo en favor de la comunidad de negocios, para lograr que a pesar de todos los posibles embates negativos, se pueda contar con acciones proactivas que permitan a los operadores económicos, mantenerse en cumplimiento y aun ser competitivos, no dejamos de llamar la atención que, estos costos de cumplimiento han de ser patrullados de cerca para que no se desnivelen las canchas de la competitividad por jugadores en jurisdicciones menos cooperantes que otras y con menos compromiso con la comunidad internacional y más motivadas por intereses locales, personales, aunque temporales pueden llegar a ser disruptivos de la competitividad.

El perfil de los asesores fiscales ha cambiado, si lo vemos a la luz de las nuevas exigencias, no podemos ser asesorados por asesores que no estén al corriente de las implicaciones de cada uno de los elementos que de manera breve hemos enunciados como potenciadores de riesgo, ya que la ignorancia de la materia solo será compañera segura de malos resultados. La comunidad internacional y en particular cada uno de nosotros como empresarios, vamos a tener que reaprender a hacer negocios con presiones diferentes, nuevas, incrementales, que van a requerir de establecer políticas de aseguramiento de la calidad global del cumplimiento de nuestras obligaciones directas e indirectas, así como las que tengamos con otros agentes económicos que puedan llegar a conllevar riesgos indirectos en su condición de clientes, proveedores, inversores, asesores y otros roles interactivos que comporta la economía interdependiente de hoy. Para todos feliz año nuevo 2016, este es el año del inicio, veremos que nos depara el futuro, no lo dejemos en manos del azar, tomemos control activo y anticipemos los pasos que se requieren para no ser víctimas de BEPS.

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