El modelo de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia y su inserción en la economía global

June 15, 2017 | Autor: Andrés Hdo Bodensiek | Categoría: International Relations, Rural Development, Bolivia, Free trade agreements, Agroecologia
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Descripción

coleccin ius cogens derecho internacional e integracin nmero 3

eric

t r e m o lada lvarez Editor

la arquitectura del ordenamiento internacional y su desarrollo en materia econmica

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La arquitectura del ordenamiento internacional y su desarrollo en materia económica / editor Eric Tremolada Álvarez ; Fernando Arlettaz [y otros]. -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia, 2015. 606 páginas; 24 cm. -- (Colección IUS Cogens. Derecho Internacional e Integración ; número 3) Incluye bibliografía al final de cada capítulo. ISBN: 9789587723618 1. Dercho internacional 2. Derecho de integración 3. Organismos internacionales 4. Economía internacional 5. Cooperación internacional 6. Relaciones internacionales 7. Integración económica internacional I. Tremolada Álvarez, Eric, editor II. Arlettaz, Fernando III. Universidad Externado de Colombia. IV. Serie. 341

SCDD 15

Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca - EAP Septiembre de 2015

ISBN 978-958-772-361-8 © 15, eric tremolada lvarez (ed.) © 15,     Calle  n.º - Este, Bogotá Teléfono ( )   [email protected] www.uexternado.edu.co Primera edición: septiembre de 15 Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones Composición: Marco Robayo Impresión y encuadernación: Xpress Estudio Gráfico y Digital S.A. Tiraje: de  a . ejemplares Impreso en Colombia Printed in Colombia Prohibida la reproducción o cita impresa o electrónica total o parcial de esta obra, sin autorización expresa y por escrito del Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad de los autores.

fernando arlettaz ignacio bartesaghi hierro andrés bodensiek arenas julián darío bonilla montenegro rita giacalone carlos hakansson silvana milena insignares cera antonio manrique de luna barrios rubén martínez dalmau graziano palamara

juan pablo pampillo baliño julio césar peluffo jhon piero pennetta lucia picarella wilfredo robayo galvis carmen scocozza eric tremolada álvarez elisa tino jeannette valverde chaves bernardo vela orbegozo

contenido Presentación

13 primera parte debates inacabados del derecho internacional público

Las paradojas de la globalización: internacionalización de los derechos humanos y degradación del conflicto armado Bernardo Vela Orbegozo Corte Constitucional vs. Corte Internacional de Justicia: comentarios sobre la legitimidad de la delimitación territorial y marítima entre Nicaragua y Colombia Wilfredo Robayo Galvis La cosa juzgada en las sentencias de la Corte Internacional de Justicia, en las disputas de Nicaragua contra Colombia y de Perú contra Chile Eric Tremolada Álvarez

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segunda parte la integración europea, ¿un modelo para seguir?

La primera década de la Comunidad Económica Europea: propuestas de una mediana potencia europea para no olvidar a América Latina Graziano Palamara

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Comunidades epistémicas frente a la construcción de procesos de integración: el caso europeo Julián Darío Bonilla Montenegro

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Modelos de integraciones económico-políticas: perspectivas y horizontes actuales en Europa y América Latina Lucia Picarella

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La tensión entre democracia e independencia de los bancos centrales en los procesos de integración: especial referencia a Europa y América Latina Rubén Martínez Dalmau

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tercera parte desarrollos de la integración latinoamericana

El aporte de los órganos no gubernamentales al desarrollo de los procesos de integración regional en América Latina y el Caribe Elisa Tino 

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La arquitectura del ordenamiento internacional y su desarrollo en materia económica

Migraciones y derechos laborales en el Mercosur Fernando Arlettaz Contribución del proceso de integración económica centroamericano en la arquitectura del sistema económico internacional Jeannette Valverde Chaves

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cuarta parte alianza del pacífico ¿alternativa para la integración latinoamericana?

Ancora un’esperienza associativa in America Latina: I´Alleanza del Pacífico. Considerazioni compárate con I´Unione europea Piero Pennetta

307

El papel de la Alianza del Pacífico en la dinamización de la agenda externa sudamericana Ignacio Bartesaghi Hierro

343

La Alianza del Pacífico y la integración jurídica latinoamericana. Antecedentes, balance y perspectivas Juan Pablo Pampillo Baliño

365

La Alianza del Pacífico y los factores indispensables para su dinámica integradora Carlos Hakansson

407

Efectividad en la cláusula democrática en el acuerdo de la Alianza del Pacífico Silvana Milena Insignares Cera

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quinta parte relacionamientos económicos bilaterales y entre bloques

Modelos alternativos de integración económica: el caso de la Unión Económica Euroasiática Carmen Scocozza

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Las narrativas de política exterior de la Unión Europea y China: paralelismos e implicaciones para sus relaciones con América Latina Rita Giacalone

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Los efectos del Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y México en las relaciones comerciales birregionales Antonio Manrique de Luna Barrios

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Contenido

El modelo de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia y su inserción en la economía global Andrés Bodensiek Arenas y Julio César Peluffo Jhon

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Los autores

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Normas de publicación y arbitraje

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andrs bodensiek arenas julio csar peluffo jhon

El modelo de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia y su inserción en la economía global Development model of the Plurinacional State of Bolivia and its insertion in the global economy

resumen El proceso de desarrollo de la República Plurinacional de Bolivia y su éxito económico en términos de crecimiento y reducción de la desigualdad son casos que han llamado la atención de académicos de las ciencias sociales en el mundo entero. Este texto repasa los principales logros del gobierno boliviano, liderado por el mas luego de una década en el poder, y evalúa usando como marco de referencia general el modelo de inserción de Bolivia en la economía global desde la perspectiva de la protección de inversiones y el tratamiento de los recursos naturales.

pa l a b r a s c l a v e Macroeconomía, libre comercio, desarrollo, integración.

abstract The development process of the Republic of Bolivia and his economic success in terms of growth and reduction of the inequality are cases calling attention of different social sciences and academics all over the world. This text revises the principal achievements of the Bolivian government led by mas after a decade in power, and evaluates, using as frame of general reference the model of insertion of Bolivia in the global economy from the perspective of the protection of investments and the treatment of the natural resources.

key words Macroeconomics, free trade, development, integration.

contexto Evo Morales Ayma fue elegido por primera vez como presidente de Bolivia en el 2005.Desde principio de la década de los años 80, este hijo de pastores de la Etnia Aymara comenzó su actividad sindical. Para finales de esa época ya era el máximo representante del sindicato de cocaleros más importante de la región de Cochabamba y nueve años después sus luchas lo llevaron al 

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Parlamento de su país, cargo para el cual fue reelecto en 2002 (LaPrensa. hn, 13 octubre 2014). El proceso de constitución y consolidación del partido que llevó al líder Aymara al cargo político de mayor importancia en cualquier sistema democrático, data también de la década del noventa (en 1995 se creó el Movimiento Al Socialismo, mas, en Cochabamba) que implicó a lo largo de los noventa la unión de sectores sociales opuestos al gobierno que fueron consolidando sus propuestas y su plataforma política hasta alcanzar el poder en el primer lustro del siglo xxi: Para las elecciones de 1997, el mas se alió con otros partidos indigenistas del incipiente movimiento cocalero, conformándose asimismo como un apoyo importante la Confederación de Campesinos de Bolivia. Fue ese año, cuando bajo la presión de las fechas electorales, se necesitó un partido ya registrado, por lo que se decidió que el mas, que ya tenía sus siglas legalizadas, se fusionase a su vez con el Instrumento Político Para la Soberanía de los Pueblos (ipsp) y la Confederación de Trabajadores del Trópico Cochabambino. Por ello fue refundado el 23 de julio de 1997 bajo la nueva dirección de Evo Morales, quien era en ese entonces presidente de la Confederación de Trabajadores del Trópico Cochabambino y del ipsp (mas-ipsp, S.F).

En las elecciones generales de 2002 el candidato para la presidencia por el Movimiento al Socialismo, Evo Morales, obtuvo el 21%, quedando en segundo lugar después de Gonzalo Sánchez de Lozada. Su popularidad aumentó periódicamente y fue así como en las elecciones presidenciales del 18 de diciembre de 2005, Evo Morales obtuvo el 53.8% de los votos, lo que le permitió acceder a la presidencia de la República. Asumió el poder el 22 de enero de 2006. A partir de su victoria, el mas incluyó en su agenda la realización de la Asamblea Constituyente con el objetivo de reformular la Constitución Política del Estado. Tras las elecciones para asambleístas, este partido obtuvo el 50.8% de los votos, lo cual se tradujo en 137 de los 255 asambleístas en total. Tras la aprobación de la nueva Carta Magna, se decidió adelantar las elecciones generales para el año 2009, consiguiendo el Movimiento al Socialismo una nueva victoria contundente con el 64% de apoyo (…) (mas-ipsp, S.F).

Al tener en cuenta este breve recuento del camino recorrido por el mas, hasta alcanzar la primera magistratura del Estado boliviano, cabe hacer énfasis en la forma como las luchas sociales entorno a la democratización

Andrés Bodensiek Arenas y Julio César Peluffo Jhon

del acceso a los recursos naturales terminaron por abrirle el paso a las propuestas que el mas tenía para Bolivia en lo referente al cambio del modelo económico. Es cierto que al ser Bolivia uno de los países con mayores reservas de recursos gasíferos en la región, el interés de agentes privados nacionales y extranjeros sobre dichos yacimientos era creciente antes de la llegada al poder del actual gobierno. De igual forma la privatización por medio de “múltiples mecanismos” (Muñoz Chávez y Rivera Rosales, 2007, p. 2) de las empresas estatales que proveían el acceso al agua era un plan del gobierno del Presidente Hugo Banzer Suárez que generó conflictos sociales, los cuales paulatinamente desencadenaron el descontento frente a la previsible agudización de las desigualdades inherentes, en ese entonces, a la sociedad con los menores índices de desarrollo de Suramérica: Ante nuestros ojos se descubrió una Bolivia con una población de más de 9 millones de habitantes y al menos el 60% de los bolivianos por debajo de la línea de pobreza, la cual es muy evidente en las calles y en los barrios. La población boliviana ha tenido una composición mayoritariamente indígena (actualmente representa aproximadamente el 60%), y pese a ser mayoría se han enfrentado sistemáticamente a la discriminación y miseria como herencia del colonialismo (Muñoz Chávez y Rivera Rosales, 2007, p. 2).

la s g u e r ra s d e l g a s y d e l ag ua Como bien lo ilustra el trabajo de Chávez y Rivera (2007) y los textos de Jim Shultz y Melissa Crane (2008), las luchas sociales originadas en los intentos de privatización de los principales recursos naturales del país por parte del gobierno boliviano terminaron por desencadenar verdaderas “guerras” que concluyeron con la obtención parcial de las reivindicaciones que la ciudadanía exigía ante un gobierno desligado de las necesidades de sus gobernados y muy en sintonía con los interés del capital privado, de origen extranjero principalmente. La denominada guerra del agua en 1999 y la posterior del gas en el 2005 hacen parte del mismo proceso de politización y empoderamiento de los movimientos sociales y, en general, de la sociedad boliviana, que se organizó para proteger sus recursos naturales y qué tuvo una importante etapa posterior en el ascenso al poder de fuerzas alternativas a la clase política tradicional como el mas, y de forma siguiente la organización de una Asamblea Nacio-

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nal Constituyente que fundó la actual República Plurinacional de Bolivia (Muñoz Chávez y Rivera Rosales, 2007, p. 2). Cochabamba está ubicada a la misma altura de Bogotá (2.600 m.s.n.m) y aunque la capital de Colombia se caracteriza por las abundantes fuentes de agua con las que cuenta aún en pleno siglo xxi, en el caso de la ciudad boliviana, la intensa actividad minera desde el siglo xvi, y la creciente migración de comunidades que se empleaban en esa labor (la población creció de 75.000 habitantes en 1950 a más de medio millón en 2001)(Shultz y Crane, 2008, p. 19), generó un fenómeno progresivo de escasez del líquido vital que hizo necesaria la intervención estatal: Con el antecedente de un préstamo del bid por 14 millones de dólares en los 60, a finales de la década del 90, gracias al acuerdo de la élite que gobernaba Bolivia con el Banco Mundial, se llegó a un arreglo para aliviar la deuda externa de más de US$600 millones exigiendo a cambio, entre otras condiciones, la privatización de la empresa pública de aguas de Cochabamba. Es así como entra en escena Bechtel Enterprises “uno de los conglomerados corporativos más grandes del mundo. Con ganancias para 2005 superiores a US$ 18.000 millones de dólares (Shultz y Crane, 2008, p. 22)”. En 1999, como se acaba de decir, la empresa y una de sus filiales en Inglaterra cerraron un acuerdo con burócratas bolivianos que cedía el control durante 40 años sobre el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (semapa) de Cochabamba. Este procedimiento se concretó con la Ley 2029 (ley de aguas) del mismo año cuyo tenor fue elaborado por la gtz, agencia de cooperación alemana (Sánchez Gómez y Terhorst, 2007, p. 132). Respecto de las implicaciones de la mencionada ley hay que decir que la población encontró razones para levantarse en contra de esta medida gubernamental, pues exigía que los sistemas de agua autónomos, construidos gracias a la autogestión de poblaciones rurales cercanas al altiplano, y al esfuerzo de los líderes barriales de las zonas periféricas de Cochabamba, fueran entregados sin pago retributivo alguno a esa empresa: La ley llegó tan lejos que incluyó los pozos ubicados en casas particulares. Les exigía a las personas pedir permiso al superintendente de aguas para recoger agua de lluvia (Solnit, 2010)”.

Fue de este hecho, que suena inverosímil, en el cual se inspiró la película También la lluvia de la directora española Icíar Bollaín, que relata los hechos que condujeron a la “guerra del agua”.

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Unas semanas después de tomar control del sistema de agua de la ciudad, la Empresa Bechtel repartió las nuevas facturas de consumo mensual a los usuarios –junto al nuevo y elegante logo Aguas del Tunari– con alzas en las tarifas que promediaban más del 50% y, en algunos casos, mucho mayores. Durante los siguientes años, los funcionarios de Bechtel continuarían justificando el alcance de sus alzas de tarifas, alegando que la subida de los precios de las tarifas para los sectores más pobres, apenas llegaban al 10%. Un análisis empleando los propios datos de Bechtel demostró que el incremento a los más pobres promedió 43%(Shultz y Crane, 2008, p. 27). […] En algunos casos, las cuentas de agua de los habitantes treparon hasta el 300 por ciento. Un jubilado o un maestro que ganaba $80 al mes, podía encontrarse con que su cuenta subía de $5 a $25 por mes (Solnit, 2010).

La respuesta de la población no se hizo esperar y comenzó con el bloqueo, hecho por los campesinos de las zonas rurales, de las dos principales vías que daban salida del altiplano. Ellos, debido a la mencionada ley, estaban siendo presionados para entregar también la administración de los sistemas de riego que habían construido y los acuíferos a los que habían logrado acceso escavando la tierra, yque servían, en muchos casos, como fuente de agua para Cochabamba. La lucha de los habitantes de la ciudad, que se libró principalmente en abril de 2001, pretendía, además de la baja de las tarifas, la derogación de la concesión a Aguas de Tunari, controlada, como ya se contó, por la firma estadounidense Betchel. El papel de las denominadas coordinadoras, encabezadas por la Coordinadora de Defensa del Agua y de la Vida, y el de dos movimientos sociales, el de los cocaleros del Trópico (con influencia de Morales) y la mayoría de la Confederación Sindical Única de los Trabajadores Campesinos de Bolivia (guiada por Felipe Quispe) fue determinante en la victoria final, pues ambos se encargaron respectivamente de bloquear las carreteras que conducían de Cochabamba a Santa Cruz y de esa ciudad a La Paz (Nesso, 2013, p. 215). En el 2001 un consorcio integrado por las transnacionales Repsol, British Gas y BP-Amoco, presentaron un plan para extraer y transportar el gas boliviano a la costa oeste de ee.uu., dejando irrisorias regalías al gobierno boliviano. Ala indignación que dicho plan ocasionó entre la ciudadanía y los movimientos sociales, se sumaba la propuesta de transportar dicho gas

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a través de un puerto en Chile, país con el que aún hoy Bolivia sostiene un diferendo fronterizo por el acceso al mar (Nesso, 2013, p. 216). En octubre las marchas y los bloqueos se extendieron por todo el país, los indígenas Aymara se sumaron a los manifestantes y los choques con el ejército, que fue encargado de proteger el tránsito del gas, se hicieron diarios. La cob (Central Obrera Boliviana), el principal sindicato de Bolivia, tomó un papel protagónico en el llamamiento a todos los sectores de la sociedad para sumarse a un paro general que pretendía sacar del poder al Goni –como es apodado Sánchez de Lozada–. Además de la convocatoria el papel informativo que jugó con la organización de cabildos abiertos en todo el país, fue importante para enfilar a los manifestantes hacia un fin común: derrocar al gobierno y convocar a una asamblea constituyente (que no se materializaría sino hasta después del ascenso de Morales al poder). En muchos lugares del país los enfrentamientos fueron armados y dejaron más de 80 muertos. Las marchas que venían de todos los rincones de Bolivia terminaron de llegar a La Paz. El 17 de octubre más de medio millón de manifestantes de todos los sectores cercaron el palacio de gobierno, y el apoyo del ejército que les permitió el paso, alineándose en sus filas, fue definitivo para alcanzar el objetivo de expulsar al gringo del solio presidencial. Esta verdadera revolución, antecedida por sendos levantamientos populares, abrió el camino de forma definitiva para el punto de inflexión que significaría en la historia boliviana la victoria del líder del mas, Evo Morales, el primer presidente indígena del hemisferio (Nesso, 2013, pp. 224-225). Desde ese momento, el gobierno boliviano, respaldado ampliamente en varias ocasiones en elecciones populares y asambleas constituyentes, ha emprendido un camino de numerosas nacionalizaciones sobre todo de empresas extranjeras que controlaban yacimientos de recursos naturales y que tenían el control de las principales empresas de servicios públicos. Así como también, la denuncia de tratados bilaterales de inversión con más de 20 países. Sin embargo, el proceso de cambios en la economía y en la política de Bolivia ha suscitado diferentes críticas, principalmente de los dirigentes de los partidos políticos tradicionales en ese país, encaminados a señalar “aislamiento económico”, autarquía y políticas “agresivas” con la inversión extranjera tan necesaria para un país en vía de desarrollo como Bolivia (El Comercio, 2014).

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Pero las críticas no vienen solo de adentro, también en Latinoamérica y los países desarrollados el nuevo modelo boliviano ha generado prevenciones en gobernantes y figuras públicas del mundo de las finanzas y de las organizaciones internacionales. Por ejemplo, las consultoras extranjeras Behre Dolbear y el Instituto Simon Fraser apropósito de los cambios en materia minera en el país señalaron: “La inestabilidad política, la falta de garantías para las inversiones y la corrupción sitúan a Bolivia entre los países menos atractivos para los negocios en minería (La Patria, 2012)”. En términos más generales los cuestionamientos hacia el nuevo modelo económico boliviano atañen principalmente a la viabilidad del mismo frente a la arquitectura económica internacional, pues el mundo avanza en una dirección marcada por la liberalización comercial, el libre flujo de capitales y los procesos de integración multilaterales y bilaterales donde no es común (mucho menos bien visto) denunciar tratados bilaterales de inversión, prescindir de negociar tratados de libre comercio, emprender nacionalizaciones y establecer reglas de juego más estrictas a empresas transnacionales que son el vehículo de la inversión extranjera. Todos esos cuestionamientos podrían resumirse en el interrogante que guiará el presente trabajo: ¿Es viable el nuevo modelo económico boliviano para asegurar la inserción de este país en la economía global cumpliendo, además, con las urgentes necesidades de crecimiento y desarrollo? La hipótesis que defendemos los autores es que, a la luz de los resultados de la primera década del mas en el poder, y el viraje económico que lo precedió, Bolivia ha avanzado no solo en términos de crecimiento económico sino, además, de desarrollo, entendido desde las perspectivas de los avances en la distribución de la riqueza y en el mejoramiento de las necesidades básicas de la población. Este viraje en materia económica, lejos de lo que se esperaba o se aseguraba, representa una mejor inserción de Bolivia en la arquitectura económica global, pues su relación con la inversión extranjera, las empresas transnacionales y, en general, con otras naciones, no solo han crecido sino que hoy se hacen en mejores condiciones para el interés nacional boliviano. Para demostrar esta hipótesis el presente texto, en una primera parte, expondrá algunos de los resultados de la década del mas en el gobierno, principalmente en temas de educación, servicios públicos, explotación de recursos naturales y un balance de los principales indicadores macro económicos del Estado.

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La segunda parte expondrá elementos de la relación entre la nueva legislación boliviana y el tratamiento con los recursos naturales y la inversión extranjera, con la idea de verificar si este viraje económico y legislativo representa un aislamiento de la dinámicas globales de internacionalización de la economía, un encierro en cuanto a su relación con otros países y/o prácticas para atemorizar y ahuyentar a la inversión extranjera que llegaba al país. También se explicará desde el enfoque de la economía política las razones que explican estas dinámicas mundiales de la protección a las inversiones.

I . ¿ d e s a r r o l l o d e l c a p i ta l i s m o e n b o l i v i a ? : ba la n c e d e u na d  c a da d e l m a s e n e l g o b i e r n o Los principales logros del gobierno del presidente Evo Morales serán presentados en este aparte. La estructura que seguirá dicha presentación es deductiva: en un primer momento, se desarrollarán las implicaciones de los principales avances en materia social y de servicios públicos y, en un segundo momento, se mostrarán los progresos existentes en materia de explotación de recursos naturales y el cambio que han tenido las principales cuentas del Estado boliviano como símbolo del nuevo enfoque que adoptó el sistema económico de ese país hacia el desarrollo del mercado interno y de las fuerzas productivas, que hace hoy en día de Bolivia una nación con más desarrollo capitalista del que existía hace una década (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014). En materia de salud y educación los logros son destacados. Entre 2005 y 2013 el presupuesto del Estado asignado a salud pasó de 2 a 10 billones de bolivianos, creciendo más de 4 veces, aunque en este guarismo hay que considerar que el presupuesto general de la nación también creció en una proporción similar, en más de 177 billones de bolivianos (más del 200%), por lo cual, para medir el impacto de la inversión en salud, hay que ver otros indicadores como la tasa de mortalidad infantil, que cayó tres puntos porcentuales, la mortalidad materna que pasó de una tasa de 229 a 180 por cada cien mil habitantes (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, enero 2014, p. 40). Frente al tema de salud, debe mencionarse la reciente polémica sostenida entre el sacerdote católico Mateo Bautista y las autoridades bolivianas debido al manejo de la cifras en salud. Según el religioso el gobierno debería invertir al diez por ciento del presupuesto general de Estado a este sector,

Andrés Bodensiek Arenas y Julio César Peluffo Jhon

por los cuál lidera el Movimiento por el 10%, pero ante la arremetida del gobierno, encabezado por Morales, quien lo acusó de hacer política detrás de sus sotana, y de la interpelación del ministro de salud quien aseguró que en la actualidad el país andino invierte el 11,5%. Según una fundación especialista este sector, dicha inversión no supera el 6,8% del pge. Aunque el padre Bautista cambió el nombre de su movimiento a Movimiento para Mejor Salud para Bolivia, y pidió no ahondar “la guerra de cifras”, quedó cuestionada ante la opinión pública la forma en la que el gobierno de Morales maneja la presentación de sus resultados, al menos desde la cartera de salud (Página siete.com, 2015). En el sector educación los logros, desde la perspectiva oficial, también son dicientes: durante los 10 años del gobierno del mas, la inversión en educación creció 130%, pasando de 6.500 millones de Bs. a poco más de 15.000 millones (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, enero 2014, p. 55). Pese a estos avances, un extenso informe de la embajada de Holanda en Bolivia destaca la persistencia de problemas como la cobertura y calidad de la educación técnica, la efectiva prestación de los servicios de transporte y la llegada diaria y oportuna de los refrigerios escolares en todo el país (Ministerio Holandés de Asuntos Exteriores, 2011).

i n v e r s i  n t o ta l e n e d u c a c i  n Variable

Expresado

Proyectos de inversión.

En millones de bolivianos

2005 Bolivia antes del actual gobierno

2013 La Bolivia actual

6.519 Millones de bolivianos

15.023 Se incrementó la inversión en 130,4% Fuente: Elaboración propia con datos de Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia (enero 2014).

De igual forma, la tasa de abandono escolar pasó del 6,5% al 1,50%. Este notable logro se alcanzó gracias el bono “Juancito Pinto”, que de 2006 al 2013 benefició a 12.729.704 estudiantes bolivianos del nivel primario (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 52). Este tipo de herramientas de política pública que subsidian la demanda y no la oferta, han demostrado ser efectivas, como bien lo indicó el programa Bolsa Familia, del presidente Luis Ignacio Lulla, en Brasil, la década pasada.



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A . s e r v i c i o s p  b l i c o s y e x p l o ta c i  n d e r e c u r s o s n at u r a l e s En lo referente a los servicios de electricidad, gas natural domiciliario e internet los avances son igualmente destacados. El sector eléctrico, luego de ser nacionalizado cubre al 85% de las comunidades del país; se ha dotado de motores de energía eléctrica, e instalados paneles solares individuales y comunitarios, y se continúa dotando de paneles y lámparas a las comunidades aisladas. Cuando se analiza la cobertura según la ubicación de las comunidades en términos urbanos y rurales, se observa que en el primer ítem se pasó, entre 2005 y 2013, del 87% al 97% y en el segundo del 33% al 61%. Cobertura destacable para las zonas campesinas y periféricas de ese país andino. Estos logros explican por qué entre 2005 y 2013 el sector de la energía eléctrica pasó de generar US$ 236 a producir US$ 445 millones (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 9). En lo referente al servicio de gas domiciliario debe decirse que en el período de gobierno analizado, según cifras oficiales, se pasó de 5.646 instalaciones domiciliarias a 84.362, a su vez la red de conexión primaria pasó de 1,4 kilómetros a más de 169, y la secundaria de 491 km., a 2018, en el mismo lapso (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 95.). Por último, se destaca lo que ha sucedido con el servicio de telefonía e internet durante el Estado plurinacional. En su discurso ante la Asamblea, ya referido, el presidente Evo Morales presentó el siguiente balance: En 2005 Entel privatizada apenas estaba en 29 municipios, el 2009, después de la nacionalización llegamos a 165 municipios y el año pasado llegamos a 339 municipios; el 2005 eran 60 mil usuarios (en) 2013 llegamos a cuatro millones 349 usuarios (…) Gracias al satélite de comunicación Túpac Katari y a la nacionalización de Entel, los bolivianos y las bolivianas seguimos recibiendo beneficios de las telecomunicaciones. El gobierno ha decidido que a partir del primero de abril del presente año, la tarifa de Entel en prepago rebajará el 20%, de 1.50 a 1.20 bolivianos el minuto. Además de eso, gracias a la tecnología lte, rebajaremos también las tarifas de Internet domiciliario, de 230 bolivianos a 195 por un megavatio, es decir, para quienes usan un mega que ahora cuesta 230 bolivianos, se va a bajar a 195 bolivianos (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, pp. 23 y 38).

Andrés Bodensiek Arenas y Julio César Peluffo Jhon

1 . e x p l o ta c i  n d e r e c u r s o s n a t u r a l e s inversin en hidrocarburos (en millones de dlares) Empresas

2005 Bolivia antes del actual gobierno

2013 La Bolivia actual

Casa matriz 4 539 Empresas subsidiarias 124 564 (privadas) Empresas operadoras 118 732 (públicas) Total Inversión 246 1.835 La inversión total creció 7 veces Fuente: Elaboración propia con datos de Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, (enero 2014).

Como bien los expresa la tabla anterior, la inversión en este importante sector de la economía boliviana ha crecido más de 7 veces, pasando de US$ 4 millones en 2005 a US$1.013 en 2014. En términos totales, sumando recursos destinados a las empresas privadas que trabajan en este sector, la inversión total pasó de US$262a US$3.029. Es clave decir en este punto de la disertación, que durante el gobierno del mas se han invertido cerca de US$1.825 millones en cuatro plantas separadoras de líquidos, refinadoras, y una planta de Amoniaca y Urea (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, pp. 88 y 90). La importancia de esta cifra se verá reflejada en un mayor valor agregado para los recursos energéticos que produce Bolivia para su industria y su sector agropecuario, así como el aumento en el valor de sus exportaciones de hidrocarburos. En países como Colombia, los recursos son extraidos y refinados o transformados, en sus mayoría afuera del país, para volver como exportaciones caras, debido a su valor agregado. En este sentido esta millonaria inversión implica la transformación de la matriz productiva y del enfoque soberano y de desarrollo nacional. En el mismo sentido del panorama descrito para el sector de hidrocarburos, y como prueba de ello, está el amplio incremento que ha tenido la renta petrolera boliviana luego de la nacionalización de esa industria. Como lo ilustra el cuadro siguiente, dicha renta creció durante el gobierno actual en más de 8 veces, pasando entre 2005 y 2013, de 673 millones de dólares a cerca de US$5600 millones. Este aluvión de recursos expresados en divisas

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que ahora hacen parte del tesoro público boliviano explican, en gran medida, los logros sociales presentados al principio de este aparte. Por último, para reflejar el cambio en el sector minero cabe resaltar que la inversión estatal en minería pasó de 0 a US$292 millones. De igual forma, dicha inversión en los sectores privado y cooperativo pasó de US$347 a 2.012 millones de dólares, y de US$293 a 982 millones durante el período estudiado. En el sector metalúrgico la inversión estatal pasó de US$6 millones a US$112 en 10 años (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 99.). Sin embargo, en el sector privado, dicha inyección de recursos cayó US$208 millones, mostrando la otra cara de la nacionalización de los recursos energéticos: el descenso de la ied en ese sector durante el actual gobierno.

r e n ta p e t r o l e r a (en millones de dlares) Variable

2005 Bolivia antes del actual gobierno

2013 La Bolivia actual

Renta petrolera explotación

673

5.585

Ingresos venta GLP-Úrea

Información no disponible

14

Total Inversión

673

5.599

La inversión creció 8 veces Fuente: Elaboración propia con datos de Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, (enero 2014).

2 . e n e r g  a at  m i c a En esa materia, hasta ahora está proyectado un proceso en al menos tres etapas: la primera que reafirmó como propiedad de la nación los recursos que están bajo el subsuelo; la segunda que incluyó la nacionalización de la infraestructura de extracción del gas y del petróleo (la cual está iniciando con la nacionalización de la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, ypfb); y resta la tercera que implica la nacionalización de las instalaciones de las compañías que participan en la extracción. El planteamiento de la última etapa ha generado un debate muy fuerte entre distintos sectores de la sociedad y en el propio gabinete de gobierno (Muñoz Chávez y Rivera Rosales, 2007, p. 5).

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B . i n d i c a d o r e s m a c r o e c o n  m i c o s e s ta ta l e s El pib de Bolivia se expandió 5,5% en 2014 con respecto a la vigencia anterior (Perú21.com,2015). El liderazgo de Bolivia en materia de crecimiento económico se ve representado en otras cifras como el crecimiento de la renta de las empresas estatales que en la actualidad se ubica en 38 millones de dólares, un salto destacable después de reportar solo 3 millones cuando el mas llegó al poder (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 137). El referido crecimiento de la economía no hubiera sido imposible sin la inyección de más de 21.200 millones de dólares de nuevos recursos públicos que ingresaron al rublo de inversión pública y a más de 16.700 millones que representaron el aumento de los sueldos de los empleados estatales en todo el país (Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia, 2014, p. 216). Esto en términos de aumentos del salario mínimo representó un salto de 440 bolivianos en 2005 a 1.200 en 2013, este aumento del 20%también se vio reflejado en un crecimiento de 33.669 bolivianos en el recaudo de impuestos en el orden nacional (pasó de 12.171 millones de bolivianos a 45.840 millones entre 2005 y 2013). Al analizar el panorama desde la perspectiva de la economía política, la politica económica del actual gobierno boliviano se ha caracterizado por darle un papel protagónico al Estado como agente interventor de la economía. Desde una perspectiva de lateoría, puede decirse que dicho enfoque responde a la aplicación de la teoría de Jhon M. Keynes, cuyo basamento principal, contrario a lo que se cree comúnmente, no es un solo un papel del Estado, sino la priorización de la demanda como factor determinante del crecimiento económico; el papel del Estado es un efecto de aplicar ese enfoque (Kenway, 1980, pp. 23-36). Para cerrar este recuento sobre el balance social y económico de los diez años del Movimiento Al Socialismo frente a la dirección del Estado boliviano cabe revisar en detalle las dos principales cuentas macroeconómicas de un país: el Producto Interno Bruto, como resultado general de la suma de las principales cuentas internas y externas, y visto como la división de la riqueza generada entre todos los ciudadanos de un país (per cápita).

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p i b y p i b p e r c  p i ta Productos

2005 Bolivia antes del actual gobierno

2013 La Bolivia actual

pib

9.521 30.789 (en Millones de dólares) pib per cápita 1.010 2.794 (en dólares) pib per cápita Promedio 1983-2005: 865 dólares. Promedio 2006-2013: 1.908 dólares. Fuente: Elaboración propia con datos del Instituto Nacional de Estadística. Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia (enero 2014).

Como lo muestra la Tabla anterior el pib boliviano durante los pasados 10 años creció más de 3 veces y el pib per cápita, aunque sigue siendo bajo en comparación con el promedio de Suramérica, se expandió 1,7 veces durante el período estudiado. Sumando este indicador a los presentados más con anterioridad, se puede ver, desde las cifras, la realidad que de forma constante presentan las noticias sobre Bolivia. Sin duda, durante la última década las condiciones de vida para los ciudadanos de a pie han mejorado y esto se ve reflejado en los resultados macroeconómicos analizados y en el avance que estos significan en materia de salud y educación para la población boliviana.

r e s e r va s i n t e r n a c i o n a l e s Indicador Reservas internacionales

Millones de dólares)

2005 Bolivia antes del actual gobierno 1.714

Porcentaje del pib

19

Unidad de medida

2013 La Bolivia actual 14.430 51

Fuente: Elaboración propia con datos del Instituto Nacional de Estadística. Ministerio de Comunicaciones, Estado Plurinacional de Bolivia (enero 2014, p. 223).

Por último, hay que destacar la soberanía y autonomía de la que goza la economía de Bolivia, desde el punto de vista del aumento de las reservas internacionales, pues estas pasaron de representar el 19% del pib en 2005 al 50% en 2013. Este cambio deja posicionado al país como líder en Suramérica en materia de reservas internacionales como porcentaje del pib. Colombia, por ejemplo, solo guarda como garantía de sus operaciones un equivalente al 11% de su pib. Contrario a lo que sucedió con el proceso de “dolarización” de la economía, el presidente Evo Morales emprendió un proceso denominado, por oposición a aquel de “bolivianización”. Tener una

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cantidad considerable de reservas internacionales le da solidez a la economía y garantiza un menor grado de dependencia de empréstitos internacionales, de igual forma, asegura la adquisición de dichos créditos internacionales de forma soberana, es decir, sin el establecimiento de las típicas condiciones de la banca multilateral internacional, conocidas por violar, de forma fragante, la autodeterminación de los países prestatarios en el manejo de su política económica y de la dirección de sus políticas públicas. Esto se resume en una frase reciente del jefe de Estado de Bolivia quien afirmó durante su participación en la ii Cumbre de UE-celac realizada en Bruselas, Bélgica: “El Banco Mundial ya no chantajea y nos hemos liberado del fmi (El Ciudadano.cl, 2015)”. Respecto a la necesidad de contrastar las cifras presentadas con otras fuentes no gubernamentales, valga decir que, en el 2014 la cepal elogió a Bolivia por el manejo de su política macroeconómica y destacó la capacidad del país para hacer frente al fin del auge de las materias primas en la economía global (Páginasiete.com, 9 de diciembre de 2014). No es de público conocimiento que algún organismo internacional haya cuestionado la presentación de los resultados de gobierno o el manejo de las cifras que los componen. En definitiva, la respuesta a la pregunta formulada en el título de este aparte es que en la actualidad Bolivia es, pese a lo que puedan opinar muchos políticos, académicos y gente del común de adentro y fuera de ese país, una nación con mayor desarrollo capitalista que hace una década. El modelo socialista, que en la teoría implica la socialización de todos los medios de producción y el control total del Estado sobre dichos medios, no es un escenario visible en la Bolivia actual. Por el contrario, lo que se ve es un modelo de desarrollo del capitalismo promovido desde el Estado que viene generando mejores resultados y rendimientos en materia económica y social. Para terminar de responder la hipótesis planteada al comienzo, la segunda parte a continuación intentará explicar la relación de Bolivia con la inversión extranjera en el marco de los tratados bilaterales de inversión, vehículos de los capitales que lideraron la era de las privatizaciones en Bolivia y los instrumentos de derecho internacional que soportaron la contradicción con el nuevo modelo de desarrollo boliviano planteado por el mas. Estos tratados bilaterales de inversión fueron la mayor expresión de la estrategia neoliberal de internacionalización económica de Bolivia, la “prueba” de la inserción

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de boliviana en la globalización. ¿Son la única y/o mejor manera de lograr la internacionalización y la integración económica?

I I . i n v e r s i  n e x t r a n j e r a , t r a ta d o s b i l a t e r a l e s de inversin y la insercin boliviana en la economa global En una decisión legítima aunque polémica en el plano internacional, el pueblo boliviano defendió, promovió y legitimó con la llegada del mas al poder una intensa política de nacionalizaciones que pretendía “recuperar para el Estado el control de los recursos naturales estratégicos del país” (Vacaflor del Carpio, 2014, p. 9). Los antecedentes de la guerra del agua y la guerra del gas marcaron entre los bolivianos esa consigna que se ratificó no solo con la elección de Evo Morales sino también con las elecciones del parlamento y de la Asamblea Nacional en los años siguientes. A raíz de la terminación del Contrato de Aguas del Tunari que precedió a la guerra del agua, el gobierno boliviano empezó a enfrentar en tribunales internacionales una serie de controversias contra empresas multinacionales. En principio contra Bechtel, la empresa norteamericana que controlaba Aguas del Tunari, pero después con más de una docena de empresas con aspiraciones monetarias que ponían en aprietos la solvencia del Estado. La respuesta a esta lluvia de demandas está en la red de tratados bilaterales de inversión (en adelante tbi) que Bolivia había firmado desde 1985 cuando, bajo el Decreto 21060 de agosto, se adoptaron los preceptos del Consenso de Washington para la liberalización de la economía. Se firmaron un total de 21 tbi que sumados al capítulo de inversiones del Tratado de Libre Comercio que se firmó con México (único tlc firmado) da un total de 22 acuerdos de inversión. Al empezar la política de nacionalización, estos tbi enmarcaban una contradicción entre las obligaciones jurídicas avaladas previamente por el Estado y una nueva decisión soberana que las rechazaba (Orellana, 2014, p. 4). Los tratados bilaterales de promoción y protección de inversiones son acuerdos entre estados que tienen por objetivo promover inversiones entre las partes, protegiendo a los inversionistas de uno de los estados al momento de ingresar capital en el territorio del otro que firma el acuerdo. Se trata de un tratado suscrito entre estados plenamente soberanos con el solo fin de proteger a particulares y personas jurídicas (Minaverry, 2014, p. 1).

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El derecho internacional público es el marco legislativo para proteger tales inversiones, lo que confiere a los inversionistas foráneos el mismo estatus jurídico que un particular del país que recibe la inversión, solo por tener la nacionalidad de uno de los estados partes del tbi. Los particulares se vuelven sujetos de derecho internacional y adquieren facultad para negociar con cualquier gobierno.

A. economa poltica de la proteccin de inversiones Pero la aparición de los tratados bilaterales de inversión no es un fenómeno exclusivo de Bolivia. ¿Qué explica la aparición en masa de estos tbi? La proliferación de estos acuerdos coincide con la aplicación, en la mayoría de países en vía de desarrollo, de las medidas económicas sugeridas por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional que se generalizaron bajo el concepto de neoliberalismo. Así, mientras en la década del 70 había poco más de un centenar de tbi, para los 80 ya había 385, en los 90 pasaron a ser 1827 y para el 2010 ya eran más de 2807 tratados de inversión suscritos (Crivelli, 2010, p. 9). Pero no solo es una coincidencia entre la aparición y profundización del neoliberalismo como corriente económica y la proliferación de los tbi, también es un reflejo de las dinámicas de poder propias del comercio internacional. Un dato relativo a este aspecto es el proporcionado por la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (unctad) que señala que el 99% de los 1.857 tbi firmados en el mundo hasta la década de los 90 se suscribieron entre una potencia económica desarrollada y un país del tercer mundo o en vía de desarrollo (onu, 2000, p. 5). Cuando se analiza el comportamiento de la interposición de las demandas producto de los tbi nos encontramos con una fehaciente disparidad entre el origen de los demandantes y los demandados. Entre las grandes áreas económicas, los países del sur han sido objeto del 60% de las demandas, las economías en transición de Europa Oriental y la antigua urss (del lado este) han recibido el 32%, mientras que el 8% ha recaído en los países del norte (Zabalo, 2012, p. 2). El contraste se profundiza si se analiza por el origen de los reclamantes, pues el 91% de los inversores extranjeros que reclaman indemnizaciones por violación de algún acuerdo internacional procede del norte económico,

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el 6% del Sur y el 3% de economías en transición (unctad, 2009ª, p. 34). Es decir, “las demandas inversor-estado son fundamentalmente unasunto entre empresas multinacionales del Norte económico y economías del Sur y en transición” (Zabalo, 2012, p. 3). La tendencia global hacia la mayor flexibilización para el libre flujo de capitales ha venido acompañada de una especie de competencia entre los países receptores para atraer tales inversiones, a costa incluso de suprimir requisitos de desempeño, restringiendo, entre otras, las facultades estatales para la intervención económica, por ejemplo, al renunciar a aplicar medidas económicas específicas hacia un sector o grupo en particular de la economía nacional sin hacer extensivos dichos beneficios a la inversión o a inversionistas extranjeros, pues cláusulas como Trato Nacional y la Expropiación Indirecta, presentes en todos los acuerdos bilaterales de inversión, así lo prohíben (Rodríguez, 2008). Esa competencia por la inversión y las excesivas medidas para protegerlas escapan incluso a las propias lógicas de demanda y oferta. Bajo las leyes generales del mercado un recurso tan disputado y protegido debería ser escaso o evidentemente limitado, pero eso no es lo que ocurre con la inversión y el capital en el mundo, hecho que orienta la explicación del porqué de la excesiva protección al inversionista de factores políticos como sugiere Cecilia Minaverry al explicar la coincidencia entre la proliferación de tbi en los períodos de crisis por la deuda (en particular en América Latina) (Minaverry, 2014). Veamos algunas cifras que demuestran que la competencia por la inversión y su excesiva protección no tiene sustento en la lógica económica de baja oferta, por el contrario, lo que prima en el desarrollo del capitalismo contemporáneo es la súper producción de capital, sobre todo del capital financiero por encima de otras formas de riqueza. Un esquema elaborado por el Banco para los Pagos internacionales bis (por sus siglas en ingles Bank for International Settlements) sobre la liquidez global cuantificaba las distintas formas de dinero en relación con el valor del pib mundial en el 2007, previo a la crisis financiera. En primer lugar: los derivados financieros como acciones, valores bursátiles, contratos a futuro de commodities, etc.; en segundo puesto, la deuda asegurada: bonos gubernamentales, bonos corporativos, paquetes de tarjetas de crédito, acciones de empresas privadas, activos de fondos de riesgo, deudas inmobiliarias (como las hipotecas subprime) etc.; en tercer lugar estaba el Broadmoney o la oferta

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monetaria que incluye el efectivo en depósitos bancarios, los ahorros, los depósitos a corto plazo en bancos comerciales y las cuentas corrientes en mercados de moneda no institucionales y, por último, el Powermoney, que es el efectivo en manos del público. El resultado confirma lo expuesto: los derivados financieros son el 75% de la liquidez mundial y estaban valorados en 802% (8,02 veces) del valor de la producción de bienes y servicios mundial en un año (pib mundial anual); la deuda asegurada suma el 142% (cerca de una y media veces) del mismo pib y el 13% de la liquidez y la oferta monetaria, en el mismo sentido equivale al 122% del pib global (1,2 veces) o sea el 11% de la liquidez. Por otra parte, el dinero en manos del público es el 10% del pib mundial y solo el 1% del total de la liquidez. La forma de pirámide invertida, expuesta por bis, refleja la preponderancia del capital financiero y sus formas más sofisticadas de especulación (Suárez, 2009, p. 215). Este fenómeno encuentra explicación en las contradicciones propias del capitalismo (en las cuales este texto no pretende profundizar) que ayudan a explicar el proceso de acumulación inicial, que da paso a escala global a este fenómeno de súper producción como lo explica Héctor Mondragón en Los ciclos económicos en el capitalismo. Las crisis ¿cuándo y por qué? (Mondragón, 2009).

B. bolivia y la relacin con los tbi Esta relación entre el poder político del capital y las necesidades económicas del Estado, marcaron la pauta en Bolivia en más de 15 años de tbi. David Bonnardeaux, consultor del Banco Mundial, usaid, care, entre otros, quien además estuvo en Bolivia mientras se desarrollaba el proceso de privatización y los posteriores procesos de protesta explicó en La guerra del agua en Cochabamba: ¿Un ícono anti privatización?, como el gobierno boliviano acudió al sector privado, “pero no sin antes recibir una fuerte coerción del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional” (Bonnardeaux, 2009, p. 3). En efecto, en 1997, en medio de una gran crisis de la deuda el Banco Mundial le otorgó a Bolivia un monto de 20 millones de dólares para asistencia técnica en temas de reformas regulatorias que incluían la preparación de leyes y reglamentos en los sectores financiero, infraestructura, servicios públicos y comercial. Algunos de esos fondos fueron destinados al “Proyecto de Rehabilitación de Aguas y Aguas Servidas en las Principales Ciudades”,

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el cual tenía por objeto “proveer cobertura sanitaria total para Santa Cruz, Cochabamba y La Paz” (Bonnardeaux, 2009). Fue en ese contexto en el que se dio el caso de la Bechtel Corporation, y la concesión de 40 años que, sumada al aumento de entre un 50% y un 100%,terminaron por despertar la ira popular y la expulsión de dicha compañía de Bolivia como se mostró en el aparte inicial de este documento (Bonnardeaux, 2009). Este suceso marcó el comienzo de una serie de cambios estructurales en Bolivia, en particular su relación con la inversión extranjera que incluye haber denunciado los 21 tbi que habían firmado hasta el momento. Sin embargo, Bolivia no dejó de recibir inversión extranjera, de hecho los registros de ingresos de capital extranjero al país reflejan niveles históricos en el último año, solo que ya sin las condiciones de antes .¿Cómo eran esas condiciones antes y qué cambió? Muchos de estos acuerdos tbi son muy parecidos entre sí, ya que en muy pocos casos son o fueron productos de negociaciones sino de “formatos minerva”, modelos ya creados por algunos estados y ofrecidos a otros países, preferiblemente en vía de desarrollo, con la expectativa de que verían aumentar sus flujos de inversión extranjera directa. Necesidad para muchos países porque sus economías no lograban generar el suficiente ahorro interno para apalancar sus gastos e inversiones. Es común entonces encontrar las mismas cláusulas en la gran mayoría de los tratados bilaterales, todas con un enfoque ampliamente pro inversionista. Con el ánimo de explicar el contenido de estas cláusulas y su contradicción con las nuevas disposiciones bolivianas en materia económica usaremos la recopilación de María Minaverry (2014) en el estudio El arbitraje internacional como mecanismo de solución de disputas, aterrizando la teoría con algunos casos concretos por los que el Estado de Bolivia ha sido demandado. Veamos: 1. Trato justo y equitativo: su inclusión en los tratados sirve como elemento de interpretación y se asocia a los principios de no discriminación y deber de protección de la propiedad extranjera por parte del Estado receptor (Schreuer, 2005, p. 356). Caso: invocando una presunta violación de esta cláusula en los tbi firmados con sus respectivos países, la empresa Eléctrica Guaracachi S.A(Estados Unidos) y su empresa controlante, RurelecPlc (Reino Unido) demandaron al Estado boliviano por 142.3 millones de dólares estadounidenses por la nacionalización de la empresa de energía.

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Según los demandantes y la resolución del Tribunal Arbitral que falló el caso, Bolivia violó disposiciones del Tratado con el Reino Unido y el Tratado con ee.uu. que “exigen un trato justo y equitativo, garantizan protección y seguridad plenas y aseguran el acceso a medios eficaces para garantizar los derechos de los inversores. Estas violaciones de los tratados ocasionaron perjuicios directos y considerables a las inversiones de GAI y Rurelec” (Rurelec, 2012, pp. 62 y ss).

2. Cláusula de la nación más favorecida y trato nacional: significa que cualquier concesión más favorable que se haga a un Estado que haya firmado un tratado bilateral de inversión se aplica a todos los demás estados que lo hayan hecho con anterioridad. Por lo cual, si a un país se le otorga algún beneficio legal para atraerlo, él mismo se aplica automáticamente a todos los estados firmantes de tratados que lo hayan hecho con anterioridad a este Estado favorecido de forma extra. En el caso de la cláusula de la nación más favorecida, se ha observado que crea un régimen multilateral de protección de la inversión al ofrecer la posibilidad, a otros inversores, de lograr los beneficios otorgados a una tercera nación (Perugini, 1993, p. 35) o en el caso de trato nacional,es la obligación de conceder al inversor un trato no menos favorable que el otorgado a los inversionistas nacionales, en lo referente a impuestos, derechos, cargas y deducciones fiscales y extensiones. Caso: Estas cláusulas hicieron parte del reclamo jurídico de South American Silver Limited (Bermudas) contra el Estado Plurinacional de Bolivia cuando esta decidió, en 2012, revertir al dominio originario del Estado las Autorizaciones Transitorias Especiales mineras denominadas Jalsuri, Alkasi, Cobra, Viento, Takhuani, Takhaua, Daniel, Antacuna, Norma y Silluta, de propiedad de la Compañía Minera MallkuKhota S.A. y MallkuKhota (pge, 2014, p. 101). Como reza el alegato de la empresa en el documento de la demanda arbitral y memorial del demandante: También se ha establecido claramente qué funcionarios de gobierno, incluyendo al gobernador de Potosí, y al Presidente de Bolivia, fueron abiertamente antagonistas de South American Silver por ser una compañía “trasnacional” y no boliviana, y basaron su decisión de expropiar el Proyecto MalkuKhota al menos en parte en el hecho que era de propiedad de una compañía “trasnacional”. Al discriminar de forma adversa en contra de South American Silver en base a su carácter de extran-

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jera y “trasnacional”, Bolivia también infringió el Artículo 3(1) del Tratado, que prohíbe expresamente a una Parte Contratante sujetar las inversiones protegidas a “un trato menos favorable del que se concede a las inversiones de capital y rentas de sus propios nacionales” (cpa, 2013, p. 52).

En el caso de Rurulec antes mencionado también se tipificó el uso de la cláusula de nación más favorecida que según el abogado especialista en derecho corporativo, Gastón Bilder, sirvió para presionar y agilizar la solución en la demanda entre la empresa del Reino Unido y el Estado boliviano para que la solución se diera en un plazo de 3 meses y no de 6 como lo establece ese acuerdo, puesto que el Convenio Bolivia-ee.uu. solo dispone de un plazo de negociación de 3 meses (Hidrocarburo Bolivia, 2010). 3. Indemnización en caso de medidas expropiatorias o de nacionalización directa o indirectamente: establece que no se adoptarán medidas privando directa o indirectamente al inversionista de sus inversiones, a menos que dichas medidas sean tomadas en función del interés público, bajo debida observación del procedimiento legal; que no sean discriminatorias, que estén acompañadas por las previsiones para el pago de una justa compensación, la cual representará el valor genuino de las inversiones afectadas; pago sin demora alguna y transferible al país designado por los demandantes, en moneda libremente convertible (González, 2010, p. 21) . Caso: Para este caso hay dos ejemplos. El primero hace referencia a la demanda de la empresa Abertis Infraestructuras S.A. que notificó al Estado boliviano sobre la existencia de una controversia por medidas regulatorias que supuestamente afectaban sus inversiones protegidas por el Tratado Bilateral de Inversiones Bolivia-España y lo demandó por un monto de 56,6 millones de dólares estadounidenses. También está el caso de la empresa eti Euro Telecom N.V. que ante un proceso de nacionalización no presentó una solicitud de arbitraje contra Bolivia por la nacionalización de sus acciones sino porque argüía que el precio de sus acciones estaban siendo deliberadamente afectadas y, por tanto, era una expropiación indirecta. Sobre este punto dice Alejandro Bilbao, para un estudio de la Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en el Caribe, aparentemente pretendía encontrar mejores réditos acudiendo a un procedimiento internacional, antes que sentarse en la mesa de diálogo. La nacionalización y/o la expropiación son derechos de un Estado cuyo límite solo se vincula a la compen-

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sación por la inversión a veces mal entendida como un Seguro para inversionistas (Bilbao, 2010).

4. Cláusula de prórroga de jurisdicción y competencia: a través de esta cláusula los desacuerdos entre los inversionistas y el Estado receptor pueden resolverse a través del arbitraje internacional, en muchas ocasiones sin necesidad de acudir previamente a los tribunales locales. El foro más común y utilizado ha sido el ofrecido por el ciadi. Caso: así se estableció en el tbi entre Bolivia y Estados Unidos que soportó la demanda ante el ciadi por la nacionalización de las acciones de la empresa Amoco Bolivia Oil& Gas en la Empresa Petrolera Chaco S.A., controlada por Pan American Energy llc (pae), invocando el art. 36 del Convenio Sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Convenio del ciadi) que indujo a revisar el caso en primera instancia en los tribunales internacionales, estableciendo una pretensión compensatoria de al menos 1.493,8 millones de dólares estadounidenses (pge, 2014, p. 95). 5. Cláusulas paraguas: estas previsiones se incluyen como forma de proteger las obligaciones emergentes de los contratos que firman los estados receptores con los inversionistas. El incumplimiento del contrato por parte del Estado receptor de la inversión podría significar, asimismo, el incumplimiento del tbi, lo que generaría una eventual responsabilidad (Bohoslavsky, 2010, p. 15). Caso: Así se evidenció en la demanda del emblemático caso que propicio la “guerra del agua” de la norteamericana Bechtel que controlaba Aguas del Tunari. Cuando el gobierno boliviano suspendió el contrato fue el argumento inicial para que la multinacional apelara a esta cláusula suscrita en el tbi para demandar al Estado, sabiendo incluso de los problemas y perjuicios generados por la empresa con el aumento de las tarifas y el no mejoramiento sustancial de la prestación del servicio (Longaric, 2014, p. 12). Estas condiciones están enmarcadas en la tendencia global de flexibilizar y facilitar el flujo de capitales en el mundo, sin traba o restricciones, incluso después de denunciar o querer terminar con el tratado, pues por lo general incluyen cláusulas de ultractividad que mantienen su vigencia por diez años o más, problema que padece Bolivia aún hoy a pesar de haber denunciado más de 21 tbi. Así lo declaró el viceministro de comercio exterior e integración, Clarems Endara:

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(no quedamos)…exentos de demandas en materia de inversiones en foros internacionales…, debido justamente a la estructura de estos acuerdos. “Por ejemplo, con relación a las inversiones hechas antes de la fecha de terminación del presente Acuerdo (países bajos), los artículos anteriores pertinentes seguirán, siendo efectivos por un período de 15 años desde esa fecha (Entrevista para el Centro para la Democracia, ver Orellana, 2014, p. 6).

I I I . l o q u e c a m b i  : l a n u e va r e l a c i  n d e b o l i v i a c o n e l c a p i ta l e x t r a n j e r o Hoy por hoy, Bolivia es el país que más nacionaliza y que proporcionalmente tiene menos conflictos judiciales, el que más garantías genera inmediatamente después para los inversionistas y es, además, el segundo país de América Latina que más crecimiento ha tenido. Tres elementos sirven para explicar lo que significa la nueva relación de Bolivia con las empresas multinacionales y en general con la inversión extranjera: a) La nueva Constitución Política del Estado y su tratamiento a los recursos naturales y la inversión extranjera; b) La nueva ley de promoción de inversiones y c) Ley de Conciliación y Arbitraje, veamos:

A . l a n u e va c o n s t i t u c i  n p o l  t i c a d e l e s ta d o y s u t r a ta m i e n t o a l o s r e c u r s o s n at u r a l e s y la i n v e r s i  n e x t r a n j e r a La nueva Constitución boliviana ha cumplido ya 5 años. Una revisión de los principios que guiaron este texto en relación con los temas concernientes a este trabajo fueron resumidos en el 2014por el viceministro de comercio e integración Walter Clarems Endara. Dice que el primer pilar hace referencia a la recuperación de todos los recursos naturales estratégicos de la nación, que fue lo que condujo a la nacionalización de las diferentes empresas; el segundo pilar promueve la revisión y denuncia de los acuerdosbilaterales de inversión contrariosala constitución y el tercer pilar tiene que ver con la prohibición de cualquier arbitraje internacional respecto a cualquier controversia entre un inversionista privado y el Estado boliviano es decir (…) cualquier controversia que pueda surgir entre un inversionista privado y el Estado tiene que resolverse en jurisdicción nacional, esto implica una renuncia explícita a cualquier foro internacional en el cual podrían resolverse las controversias.

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Haciendo una revisión de los principales artículos que mencionan y desarrollan el tema de los recursos naturales dentro de la constitución, además del Título ii que trata de forma exclusiva las áreas del medio ambiente y recursos naturales, se hará en este aparte un somero análisis de los mismos (Constitución política del Estado Plurinacional de Bolivia,2008). En primera medida debe señalarse que la constitución reconoce expresamente el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados y participar en los beneficios que reporte la explotación de los recursos naturales que estén ubicados en sus territorios. De igual forma, manda la puesta en funcionamiento de una nueva rama de la justicia: la jurisdicción agroambiental, que dentro del sistema judicial boliviano debe garantizar, de implementarse tal y como quedó establecido en la norma de normas, el conocimiento y la acción efectiva de las acciones u omisiones del Estado y de los actores privados en relación con la adecuada explotación de los recursos naturales. Debido a que la carta establece en su art.298, competencias privativas del nivel central del Estado, que estos recursos son de orden “estratégico” y que en los arts. 311, 313 y 319, entre otros (ver Constitución política del Estado Plurinacional de Bolivia), se hace mención expresa a la industrialización de la explotación de estos recursos. Cabe citar el art. 319 que reza lo siguiente: Artículo 319. La industrialización de los recursos naturales será prioridad en laspolíticas económicas, en el marco del respeto y protección del medio ambiente y de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos y sus territorios. La articulación de la explotación de los recursos naturales con el aparato productivo interno será prioritaria en las políticas económicas del Estado.

Al partir de este artículo se puede mostrar el nuevo enfoque que el Estado boliviano propuso darle a su modelo de desarrollo entorno a la explotación y a las facultades que se confiere en la ley sobre dicha explotación. Aspectos como la consagración constitucional de la estatización de la principal empresa de hidrocarburos de Bolivia ypf, y la prohibición de su venta o enajenación parcial o total, o el carácter público y de derecho fundamental que se le da al acceso al agua, demuestran la naturaleza excepcional y el ejemplo que debe constituir para las naciones del continente esta nueva concepción de lo público y la forma en la que los resultados del crecimiento económico la validan como forma viable de construcción estatal enfocada

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en el desarrollo de las fuerzas productivas para el beneficio de la nación y sus habitantes. En cuanto a los temas relativos a la inversión, una de las instrucciones más importantes de la nueva Constitución, es la que manda a denunciar y renegociar todos los tratados internacionales contrarios al nuevo texto constitucional. En concreto obligó a denunciar los 21 tbi suscritos. En su disposición transitoria novena señala: Los tratados internacionales anteriores a la Constitución y que no la contradigan se mantendrán en el ordenamiento jurídico interno, con rango de ley. En el plazo de cuatro años desde la elección del nuevo Órgano Ejecutivo, este denunciará y, en su caso, renegociará los tratados internacionales que sean contrarios a la Constitución.

Como consecuencia de estas medidas y las subsiguientes demandas al Estado surge una nueva institución, la Procuraduría General del Estado, creada en 2010 con la finalidad de fungir como la abogada de los intereses bolivianos, pues es la instancia encargada de promover, defender y precautelar los intereses del Estado en diferentes ámbitos, incluyendo los casos de disputas con inversionistas extranjeros.

B . l a n u e va l e y d e p r o m o c i  n d e i n v e r s i o n e s Esta ley se constituye desde su promulgación en el 2014 en la base sobre la cual se negociarán los futuros acuerdos internacionales de inversión con otros países. La ley establece que cualquier tipo de controversia debe ser resuelta en el marco de las leyes bolivianas lo que marca su principal ruptura con las leyes que predominaban antes producto de la vigencia de los tbi. Esta ley resulta, por decir lo menos, muy novedosa por cuanto los principios que la rigen están muy ligados, incluso a la cosmovisión predominante en el pueblo boliviano, es decir, principios acordes con la realidad del país y no una simple adaptación de normas extranjeras como solía suceder con la mayoría de leyes aprobadas en Bolivia durante los 15 años anteriores al poder. Pero a su vez, son principios que no dan la espalda a las realidades económicas internacionales y necesidades de los inversionistas como la seguridad jurídica. Veamos: Entre los principios consagrados en el art. 3 sobresale el de “Soberanía y Dignidad”: que resalta, a diferencia del modelo económico anterior, al Estado como conductor

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del proceso de planificación económica y social, dirige la economía y ejerce el control y dirección de los sectores estratégicos (…) El Estado, siendo promotor y protagonista del desarrollo económico y social del país, orienta las inversiones en sectores estratégicos hacia actividades económicas que impulsen el desarrollo y contribuyan a la erradicación de la pobreza y a la reducción de desigualdades económicas, sociales y regionales (Ley n.º 516, p. 2).

Otro muy importante tiene que ver con el de “Cambio de la Matriz Productiva”: que señala la necesidad de orientar esa inversión extranjera a sectores productivos en actividades económicas no tradicionales que coadyuven al cambio del patrón primario exportador e impulsen procesos de industrialización a gran escala,

un cambio fundamental si se piensa al país ya no como un productor de bienes minerales para el primer mundo sino avanzando hacia la industrialización. Muy acorde con la realidad nacional de Bolivia y la cosmovisión predominante en un país donde más del 60% son indígenas, encontramos también criterios como el de “Economía Plural” y “Madre Tierra”, pensando en cómo integrar, complementar y fortalecerlas formas de organización productivas propias de Bolivia como la comunitaria y las cooperativas sociales junto a la económica estatal y la privada con la inversión extranjera que llegue, garantizando además “el desarrollo integral de la actividad económica en armonía y equilibrio con la Madre Tierra”(Ley n.º 516, p. 2). También están presentes principios como el de “Respeto mutuo y equidad”, “Priorización” y “Transparencia”, que señalan nuevamente el rol líder del Estado en el manejo y planeación económica, dejando atrás el lugar de subordinación conferido en los tbi y estableciendo medidas para la lucha contra la corrupción. Sin embargo, encontramos también principios que son más una necesidad o garantía requerida por el inversionista como el “Seguridad Jurídica” y “Simplicidad”, referentes a las reglas de juego claras, precisas, determinadas, justas y equilibradas para ambas partes, donde “Todas las formas de organización económica gozarán de igualdad jurídica ante la Ley”, y el compromiso adicional del Estado para proveer procedimientos sencillos. Refiriéndonos propiamente al contenido de la Ley, hay otro aspecto importante y novedoso. Se trata del reseñado en el art. 14 sobre Transferencia

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tecnológica, pues la ley, a diferencia de la 1770, la ley anterior; y de lo contenido en la gran mayoría de los tbi, detalla con precisión tres modalidades de transferencia tecnológica que debe cumplir la inversión (por lo menos una de las tres según la propia ley): 1. Generación de capacidades y destrezas en el personal boliviano proveniente de institutos técnicos, institutos tecnológicos, escuelas superiores tecnológicas y universidades del Sistema Educativo Plurinacional, en las áreas técnicas que desarrolla la inversión. La incorporación del personal boliviano deberá contemplar las áreas operativa, administrativa y ejecutiva, observando políticas de promoción vinculadas a las capacidades y destrezas adquiridas; 2. Transferencia de maquinaria y equipo de vanguardia tecnológica a institutos técnicos, institutos tecnológicos, escuelas superiores tecnológicas, universidades del Sistema Educativo Plurinacional y entidades públicas vinculadas al área de inversión, a través de convenios con objetivos y metas claramente definidos conforme al interés de las partes; 3. Desarrollar investigación aplicada al interior de la empresa orientada a mejorar el proceso industrial o que contribuya al bienestar público (Art. 14, Ley 516,2014).

Entre sus disposiciones estableció la elaboración de una nueva ley de arbitraje y conciliación, bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia y la Procuraduría General del Estado y que responda al nuevo marco jurídico boliviano sustituyendo a la Ley 1770 que aprobó en Bolivia el sistema isds de Resolución de Controversias Inversionista Estado. Según el viceministro Endara: La ley de promoción de inversiones… nos dice que tiene que haber una adecuación inmediata de toda la normativa nacional a este nuevo régimen de inversiones. Este nuevo régimen lo que hace es desconocer los mecanismos de controversia externos. Entonces estamos hablando de un período de transición (…), (Ley n.º 516).

El antecedente más importante de esta nueva ley fue la denuncia del ciadi por parte del gobierno de Evo Morales. El ciadi es el principal foro internacional de resolución de controversias inversionista Estado al que remiten la gran mayoría de los acuerdos internacionales de inversión.

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C . l a n u e va l e y d e c o n c i l i a c i  n y a r b i t r a j e Esta ley fue promulgada el 25 de junio del 2015 y constituye la pieza más reciente de la reconstrucción legislativa en materia de inversiones del gobierno de Evo Morales. El objetivo general es garantizar la inversión estatal privada nacional y foránea al tiempo que salvaguarda los intereses del Estado. En la nueva ley prevalece la solución de controversias, usando la conciliación y el arbitraje como medios alternativos en concordancia con el mandato constitucional de promover la cultura de la paz, señalando que la institución del arbitraje debe ceñirse a los principios de voluntariedad, igualdad, equilibrio, eficacia, racionalidad, eficiencia y transparencia (Ley 708 de 2015). Filosóficamente esta ley marca una diferencia profunda en cuanto a la ley que aplicaba en esta materia, la Ley 1770 (a la cual deroga) y a lo establecido en los tbi, que, aunque desarrollaban la institucionalidad del arbitraje, ponía en segundo plano la conciliación (Ley 1770, 1997). El énfasis de esta nueva ley es precisamente la conciliación, elemento muy apropiado dentro de la cosmovisión de los pueblos indígenas, respaldado en una cultura de paz, de equilibrio y de razonabilidad. Adicionalmente, reitera un elemento transversal en todas estas nuevas normas del nuevo Estado boliviano y es que ve al Estado como un sujeto de la actividad económica, aspecto que no se contemplaba antes. La ley contempla cuatro apartados: uno inicial de las disposiciones generales de ambos institutos (conciliación y arbitraje); otro que desarrolla el instituto de la conciliación como un ente especial, separada del arbitraje (y no previa a este), apegándose con esta figura al espíritu de la nueva legislación; el tercer título, se establece el instituto del arbitraje con variaciones importantes respecto de la Ley 1770. Por último, el cuarto desarrolla tres regímenes, siendo el más importante el de arbitraje en materia de inversiones, que es uno de los sentidos y objetivos de la ley, un régimen de arbitraje testamentario y un acápite especial sobre la solución de controversias en materia de derechos humanos, que si bien no es materia misma de la norma, necesitaba su inclusión, porque la cpe constitucionaliza los derechos humanos (Ley 708 de 2015).

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1. la conciliacin El aspecto principal de la nueva ley es que se basa principalmente en la primacía de la voluntad de las partes, si estas deciden conciliar de común acuerdo en lugar distinto al que haya surgido la controversia, pueden hacerlo y mejor aún pueden hacerlo en diferentes instancias del proceso. A diferencia de la Ley 1770 de 1997, la nueva ley posibilita la conciliación a todo nivel, mucho más flexible y no un procedimiento exclusivo del sistema arbitral con uno de conciliación accesorio. Así se ratifica la conciliación como una institución separada del arbitraje, con características de institucionalidad. Este cambio se expresó también en un detalle en el nombre de la ley, pues ya no es “Ley de arbitraje y Conciliación”, como se titulaba la Ley 1770, sino “Ley de Conciliación y Arbitraje (Ley 708 de 2015)”. A la luz de la nueva ley, la administración de la conciliación se debe llevará cabo por centros especializados en resolver controversias, garantizando el acceso de toda la población a este método, con las características de ser eficaz y eficiente, por lo que la conciliación deja de ser un mecanismo accesorio para convertirse en una institución jurídica, y como institución jurídica, debe ser regulada, registrada y establecida como centro (…) se establecen procedimientos flexibles sin dejar de lado la solvencia legal del acta de conciliación para que esta sea efectiva, objetiva y cumpla su misión, no debe quedarse en el marco de buenas intenciones, siendo el acta el resumen final de la conciliación, esta normativa le otorgará la característica de calidad de cosa juzgada (pge, p. 192).

2 . e l a r b i t r a j e  El aspecto central del arbitraje en la nueva Ley es la “autonomía de la voluntad” de las partes. La diferencia con cualquier proceso jurisdiccional consiste en que el arbitraje llega a las partes por acuerdo recíproco, y a una vía jurisdiccional, por mandato de la ley, de la cpe; por lo que el elemento principal que una ley de arbitraje debe definir es la forma cómo se da ese acuerdo para utilizar la figura de la institución del arbitraje (Ley 708 de 2015). Por tal motivo, la nueva ley constituye el arbitraje en equidad y en derecho, es decir el arbitraje en equidad es aquel en que la o el árbitro único o el tribunal arbitral actúa como amigable componedor, resolviendo la controversia según su leal saber y entender, su sentido natural de lo justo y de acuerdo con lo correcto,

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y el arbitraje en derecho es aquel en que la o el árbitro único o el tribunal arbitral debe resolver la controversia aplicando estrictamente la norma jurídica pertinente al caso, para fundamentar su decisión(pge, p. 192).

Otros elementos que incorpora la nueva ley son las figuras de árbitro de emergencia y la declaración de imparcialidad e independencia de los árbitros. La primera con la finalidad de otorgar al árbitro medidas cautelares o preparatorias de demanda que le ayuden en el cumplimiento efectivo de sus obligaciones y la segunda con la finalidad de garantizar a las partes un arbitraje basado en esos dos principios. También se incorpora la excusa y recusación de los peritos, ya que en muchos casos, la decisión del tribunal se basa en la labor de estos.  La nueva ley introduce regímenes especiales, destacándose por supuesto el de arbitraje de inversiones. Se excluyen diferentes temas que no son objeto ni de conciliación ni de arbitraje como la propiedad, tributos, regalías, los títulos otorgados sobre reservas fiscales, contratos administrativos, acceso a servicios públicos, licencias, registros y autorizaciones sobre recursos naturales en todos sus estados, materias que afectan al orden público, cuestiones sobre las que haya recaído resolución judicial firme y definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución; que versen sobre el estado civil y la capacidad de las personas; referidas a bienes o derechos de incapaces, sin previa autorización judicial; concernientes a las funciones del Estado, que no sean objeto de transacción, y cualquier otra determinada por ley. Es decir, áreas que la estructura constitucional dejó para el derecho puro (Ley 708 de 2015).

En caso de que se manifieste perjuicio al interés del Estado, se deben aplicar los principios establecidos en la Constitución Política del Estado, promoviendo así un sometimiento íntegro a la ley boliviana, cerrando cualquier posibilidad de participación de arbitrajes foráneos. Así mismo, se instituye en la nueva ley que la sede del arbitraje debe ser el Estado de Bolivia, aunque esto no implique necesariamente que las audiencias u otras actuaciones no puedan llevarse acabó fuera del país, procurando así estabilidad jurídica para todas las partes, pero con la regla general clara de que la ley boliviana es “el límite de la cancha” arbitral. Ese tribunal arbitral deberá estar constituido por tres personas de diferentes nacionalidades lo que refuerza el tema de seguridad jurídica para el

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inversionista, pero ampliándolo a una acepción mucho más amplia, donde también se incluya seguridad jurídica para el Estado, no contemplada en la anterior ley ni en los tbi (Ley 708 de 2015).

balance y reflexiones finales Una comparación rápida en materia de inversión entre el período cumbre de las políticas neoliberales en Bolivia y el de las nacionalizaciones, y el gobierno del mas da cuenta de resultados ampliamente favorables para el segundo período. Entre 1997 y 2005 la inversión extranjera bruta (ieb) recibida registró un promedio de usd789 millones mientras que entre2006–2014, la cifra alcanzó un promedio de usd1.238 millones, 57% más que en el período de las privatizaciones y la proliferación de los tbi en Bolivia (Economía y Finanzas, 2015).

b o l i v i a : i n v e r s i  n e x t r a n j e r a d i r e c ta b r u ta r e c i b i da , 1 9 9 7 - 2 0 14 ( p ) (en millones de $us) . Promedio  - :   millones

Promedio  - :  . millones .

. Privatización

.

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. .



(p)



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.



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. . 



.

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Fuente: Banco Central de Bolivia, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; Elaboración: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Unidad de análisis y estudios fiscales.

En los últimos ocho años el crecimiento de la inversión extranjera bruta ha sido contante. En 2008 alcanzó a usd1302millones, en 2012 usd1505 millo-

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nes y en 2013, usd2.030 millones. A pesar de haber denunciado al ciadi y los tbi, Bolivia recibe un treinta y cinco por ciento más ied que en 2012. En 2014 el indicador alcanzó la cifra histórica de usd2.113 millones, llegando a casi duplicarse en estos años (Economía y Finanzas, 2015). La inversión extranjera directa neta también reportó crecimientos importantes durante los últimos años: usd280millones en 2006; usd423 millones en 2009; usd858 millones en 2011; usd1059 millones en 2012 y usd 1749 millones en 2013 (Banco Mundial, 2015).Incluso en el 2014 donde se evidenció una disminución importante (del 63%) se debió a la contabilización de las cifras de la Inversión Extranjera Directa neta registraron las amortizaciones por créditos intra firma (es decir reembolsos de préstamos dentro de una misma empresa) y pagos que realizó el gobierno nacional por la nacionalización de las empresas Transportadora de Electricidad, Pan American Energy y Transierra; sin embargo, dichos desembolsos no corresponden a retiros de capital (Economía y Finanzas, 2015).

A pesar de la disminución, para Bolivia la cifra de inversión extranjera directa neta es muy positiva en comparación con los años del período neoliberal, pues los registros de los últimos años superan con creces la mejor de la época de las privatizaciones (usd1010 millones), incluso las cifras de hoy se asemejan al desempeño de Brasil y Perú en la materia. Estos resultados señalan varios aportes importantes para la discusión mundial sobre la “confianza inversionista” y la excesiva protección a los capitales extranjeros. Uno de esos es que en las actuales condiciones de súper producción en la economía global, no solo de bienes sino en especial de capitales, no existe justificación en el plano económico que explique las demandas políticas y la competencia entre estados para esa protección. Surge por lo menos un interrogante elemental: con la natural necesidad de reproducción del capital y los niveles de abundancia de capital financiero, ¿No debería ser sobre los dueños del capital, sobre quienes caiga la “carga de la prueba” para demostrar que por ejemplo, son capitales productivos (no especulativos o dañinos) para los países receptores? Esa reflexión nos lleva a otra un poco más aterrizada para las discusiones de los países del tercer mundo, en particular los latinoamericanos, que tiene que ver con las formas como los países en vía de desarrollo se insertan al proceso de globalización e interactúan en el marco de la actual arquitectura

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económica internacional, por supuesto para buscar el crecimiento y desarrollo de sus economías nacionales. Es importante, además, porque tras las estrategias económicas de corte neoliberal que se han promovido en el continente y particularmente en el caso boliviano, el axioma económico predominante era que la internacionalización de la economía, la inserción a la globalización, el crecimiento y el desarrollo económico solo eran posibles bajo las recomendaciones del Consenso de Washington, del Banco Mundial y el fmi, léase: total liberalización de flujo de comercio y de capitales, tratados bilaterales de inversión, privatización de los recursos energéticos estratégicos de los estados, tratados de libre comercio, enajenación de las empresas de servicios públicos fundamentales, etc. De una manera más coloquial y directa ¿Deben los países en vía de desarrollo renunciar al control directo de los recursos naturales y energéticos estratégicos para “insertarse en la globalización”? ¿Son los tradicionales tratados bilaterales de inversión la única y mejor forma de relacionarse con inversionistas de otros países? El caso boliviano resulta clave para ayudar a responder esas preguntas y la anterior reflexión. Primero porque se demostró en la práctica el fracaso fehaciente de las estrategias económicas neoliberales respecto a las más elementales metas de crecimiento y desarrollo económico. Y segundo, tal vez siendo esto lo más importante, porque con un modelo alternativo, pensando para las condiciones y necesidades propias del país, Bolivia viene alcanzando durante la última década notables resultados en materia económica, manejo de los recursos y empresas públicas, los mejores desempeños históricos en materia de inversión y relacionamiento con otras economías y mejoramiento en la calidad de vida de sus habitantes. Otro aspecto no menos importante para destacar dentro de las reflexiones finales de este trabajo, tiene que ver con las lecciones políticas que deja el controvertido proceso boliviano. Pues, es finalmente el ejercicio democrático de diferentes sectores sociales (los históricamente marginados) que termina dando un revolcón al sistema político y económico de este país, quitando el poder a las elites tradicionales y emprendiendo un largo proceso de empoderamiento cívico entorno a la defensa de las empresas públicas estatales y las masivas manifestaciones en defensa de los recursos naturales. Acciones que condujeron al cambio del modelo de desarrollo en Bolivia, cuyo éxito se ha manifestado en el ascenso social de esos sectores (como son las mayorías indígenas) y en una mejor distribución de la riqueza entre las

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capas bajas y medias de las población, y en últimas en el desarrollo de las fuerzas productivas nacionales tal y como lo demuestran las cifras macroeconómicas recogidas en este documento. El economista peruano, Diego Macera, en la página Perú Económico (2011), publicó un artículo titulado “Bolivia va rumbo al desastre económico” allí se pueden leer esta cita: “El país es un ejemplo de prudencia y equilibrio. Ha aplicado una política macroeconómica acertada, sus ahorros y reservas le permiten contar con una política contracíclica”, declaró el fmi. “Hemos visto un progreso notorio en el país, en la economía, en las cifras de pobreza y en las cifras sociales, un manejo macroeconómico sano y estable”, informó el Banco Mundial. No se trata de las ya conocidas felicitaciones dirigidas al gobierno del Perú (…) se trata de un reconocimiento a la política económica del gobierno del presidente boliviano, Juan Evo Morales Ayma, y su partido Movimiento al Socialismo (mas)(Perúeconómico.com, 2011).

El desatinado economista aducía que estas destacadas referencias por parte de los organismos multilaterales de crédito se debían a la “ortodoxia” con la que el heterodoxo gobierno boliviano manejaba su política macroeconómica. Acertada o no la opinión del referido académico, las citas de su artículo y en general el panorama mostrado a lo largo de esta disertación muestran que la inserción de Bolivia en la arquitectura económica global no solo es buena sino que está arrojando los mejores resultados en materia económica de la historia de este país y que es mejor de lo que los análisis meramente políticos y los prejuicios propios a los gobiernos de izquierdas permiten ver.

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Andrés Bodensiek Arenas y Julio César Peluffo Jhon

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El modelo de desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia y su inserción en la economía global

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los autores Fernando Arlettaz: doctor en sociología jurídica e instituciones políticas por la Universidad de Zaragoza. Es miembro del Laboratorio de Sociología Jurídica de la Universidad de Zaragoza y del Seminario de Investigación para la Paz de Zaragoza. Sus principales disciplinas de trabajo son la filosofía y la sociología jurídicas y el derecho internacional público. Sus trabajos de investigación se orientan actualmente al campo de las migraciones y los derechos de las personas migrantes, tanto desde la perspectiva de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos como de la normativa emergente de los procesos de integración. También ha desarrollado investigaciones en relación con otros temas, como la libertad de conciencia, la laicidad del Estado, el multiculturalismo y las minorías, entre otros. [[email protected]] Ignacio Bartesaghi Hierro: Director del Departamento de Negocios Internacionales e Integración de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Católica del Uruguay. Especialista en comercio internacional, procesos de integración y relaciones internacionales, en áreas donde ha publicado un número importante de artículos y libros. Integra el Sistema Nacional de Investigadores del Uruguay. Profesor de la Universidad Católica del Uruguay, de la Universidad de la República y docente invitado en diferentes universidades del exterior. Doctor en relaciones internacionales, magíster en integración y comercio internacional, licenciado en relaciones internacionales, posgraduado en negocios internacionales e integración, posgraduado en gestión de la empresa comercial y en comercio exterior. Es consultor independiente en las áreas de su especialidad. [[email protected]] Andrés Bodensiek Arenas: Investigador en el Centro de Pensamiento Jean Monnet: Negocios, Comercio e Integración –cedic– en el Departamento de Derecho de los Negocios de la Universidad Externado de Colombia. Profesional en gobierno y relaciones internacionales. Profesor asistente del seminario de Política Pública Agraria en esa misma Facultad. Estudiante de especialización en derecho de tierras. Miembro fundador de la Red de Egresados de Gobierno, el Mezzanine, integrante de su comité editorial. Autor de diversos artículos sobre temas educativos y agrarios. [[email protected]] 

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Julián Darío Bonilla Montenegro: abogado de la Universidad Nacional de Colombia, magíster en estudios políticos de la misma Universidad. Magíster en análisis de problemas políticos económicos e internacionales contemporáneos. Universidad Externado de Colombia. Academia Diplomática de San Carlos. Estudiante de doctorado en relaciones internacionales, Universidad Nacional de la Plata, Argentina. Docente de cátedra de la Universidad Militar Nueva Granada en pregrado en relaciones internacionales y estudios políticos y en la Maestría en Relaciones y Negocios Internacionales. Miembro del Grupo de Investigación Relaciones Internacionales y Asuntos Globales de la Universidad Nacional de Colombia. [[email protected]] Rita Giacalone: Ph.D en historia (Indiana University). Es profesora titular de historia económica, coordinadora del Grupo de Integración Regional e investigadora del Centro de Investigaciones Agroalimentarias, Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad de los Andes (Venezuela). Ha sido profesora invitada en la Universidad de Pennsylvania, Universidad Autónoma de México, Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (México), Universidad de La Plata (Argentina) Toulouse-Le Mirail (Francia) y Universidad de Estocolmo (Suecia). Entre sus publicaciones recientes se encuentran “Los nuevos acuerdos de integración sudamericana: implicaciones para la estrategia del inter-regionalismo europeo”, en J. Roy (ed.). Después de Santiago: integración regional y relaciones UE-América Latina. Miami: Florida EU Center/Jean Monnet Chair, 2013 y “Cambios en el regionalismo de Colombia y Venezuela (1990-2013): del Grupo de los Tres al alba y la Alianza del Pacífico”, en N. Mellado (ed.). Regionalismo latinoamericano: dimensiones actuales. Córdoba, Argentina: Editorial Lerner, 2014. [[email protected]] Carlos Hakansson Nieto: abogado por la Universidad de Lima (1993), doctor en derecho por la Universidad de Navarra (1999), y diploma de especialista en la Unión Europea (Universidad de la Coruña, 1998). Complementó su formación en la Universidad de Santiago de Compostela (1996-1999) y la Biblioteca Bodleian de la Universidad de Oxford (1997). Entre sus principales publicaciones destacan: El proceso de inconstitucionalidad. Una aproximación teórica y jurisprudencial (2014); Curso de derecho constitucional (2ª. ed., 2013); La forma de gobierno de la Constitución peruana (2001). Ejerce y desarrolla su actividad docente como profesor ordinario principal en la Facultad de Derecho

Los autores

de la Universidad de Piura, dicta las asignaturas de derecho constitucional, derecho constitucional comparado y derecho de la integración. Es profesor de la Maestría en Derecho Público (made) de la Universidad de Piura; titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho Constitucional Europeo (Comisión Europea) y director del Instituto para los Derechos Humanos y la Democracia en la Universidad de Piura. [carlos.hakansson@udep. pe] Silvana Insignares Cera: Doctora en derecho de la Universidad de Valencia (España), con maestría en gestión del comercio internacional de la misma universidad. Especialista en procesos de integración regional de la Unión Europea y Latinoamérica de la Universidad Carlos iii de Madrid. Coordinadora del Área Estratégica en Comercio e Integración, directora del Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales, profesora investigadora de la División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad del Norte (Colombia) y miembro del Grupo de Investigación en Derecho y Ciencia Política (gidecp) de la misma Universidad. Miembro fundador de la Red Internacional de Centros Universitarios y de Investigación Expertos en Procesos de Integración (integranet). [insignaress@ uninorte.edu.co] Antonio Manrique de Luna Barrios: licenciado en derecho y ciencias políticas, máster en estudios internacionales, máster en comercio internacional y doctor en derecho. Actualmente es profesor de derecho internacional público y organizaciones internacionales en la Universidad de Deusto (Bilbao-España). También ha sido profesor visitante en diversas universidades europeas y latinoamericanas. Del 2008 al 2013 fue docente universitario en Alemania. En el ámbito de la investigación su trabajo se centra en los temas relacionados con el comercio internacional, las relaciones entre la Unión Europea y América Latina y la paz internacional. [[email protected]] Rubén Martínez Dalmau: profesor titular de derecho constitucional en el Departamento de Derecho Constitucional y Ciencia Política de la Universidad de Valencia. Es doctor en derecho por la Universidad de Valencia, licenciado en ciencias políticas por la uned; cuenta con el Diploma en Derecho Constitucional de la Academia Internacional de Derecho Constitucional y con el Diploma de Estudios Avanzados en Ciencias Políticas por la uned. Realizó estudios posdoctorales en la Universidad Federico ii de Nápoles.

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Ha trabajado en varias líneas de investigación, dedicadas especialmente a la legitimidad democrática. Ha sido investigador en temas europeos del Polo Europeo Jean Monnet, dependiente de la Comisión Europea. Es autor de numerosos artículos y monografías, entre ellas “La independencia del Banco Central Europeo” (2005) y “Constitución, legitimidad democrática y autonomía de los bancos centrales” (2005). [[email protected]] Graziano Palamara: licenciado en ciencias políticas en la Universidad de Salerno (Italia), donde ha conseguido también el doctorado y el posdoctorado en el sector disciplinario histórico-politológico. Del 2007 al 2011 fue docente de historia de las relaciones internacionales en la Universidad de la Tuscia de Viterbo (Italia). Del 2012 al 2015 ha sido docente de planta de la Maestría en Ciencia Política de la Universidad Católica de Colombia, en convenio con la Università de Salerno. Sus últimas publicaciones: “Entre panamericanismo y macartismo: la x Conferencia Interamericana de Caracas en el juicio de la diplomacia italiana”, Cuadernos Americanos, vol. 3, fasc. 149, 2014, pp. 113-132; “L’America latina nel nuovo sistema internazionale. Lineamenti, strategie e incognite di un continente in trasformazione”, en L. Rossi (coord.). Forme di potere in età contemporánea, Rubbettino, 2014, pp. 115-132; En las garras de los imperialismos. América Latina en la arena internacional. De los libertadores a los comienzos del nuevo milenio, Bogotá: Planeta, 2012. [[email protected]] Juan Pablo Pampillo Baliño: Abogado, doctor en derecho cum laude y premio extraordinario del doctorado por la Universidad Complutense de Madrid. Investigador nacional nombrado por el gobierno mexicano. Autor individual de ocho libros, coautor de otros 37, coordinador de más de 45 volúmenes y autor de más de 40 artículos científicos en los ámbitos de su especialidad (derecho de la integración, derecho comparado, derecho internacional, derecho constitucional, historia y filosofía del derecho). Director fundador del Centro de Investigaciones de la Escuela Libre de Derecho y actualmente coordinador del Centro Anáhuac para el Desarrollo Jurídico. Miembro de número de la Academia Mexicana de Jurisprudencia y Legislación, correspondiente de la Real Academia de Madrid, de la Academia Mexicana de Derecho Internacional Privado y Comparado, de la que fue vicepresidente y de otras asociaciones científicas mexicanas y extranjeras, es presidente de la Red Internacional de Juristas para la Integración Americana

Los autores

y es reconocido por el gobierno mexicano como investigador nacional en el máximo nivel. Ha sido profesor visitante y congresista en diversas instituciones académicas de México, Estados Unidos, Italia, Argentina, Brasil, Colombia y Ecuador, entre otras. [[email protected]] Piero Pennetta: es profesor de derecho internacional en la Facultad de Ciencia Política de la Universidad de Salerno (Italia), donde imparte organización internacional y derecho de la Unión Europea en la licenciatura en ciencias políticas y relaciones internacionales. Los principales temas de investigación se centran en el derecho internacional económico, derecho comunitario europeo y el de las organizaciones internacionales. Entre sus obras más recientes se destacan: International Regional Organizations: Problems and Issues, in Virzo e Ingravallo (eds.), The Evolution in the Law of International Organizations, Brill/Nijhoff, Leiden/Boston, 2015; Organizzazioni internazionali regionali in Annali dell’Enciclopedia del diritto, Giuffé, Milano, 2011; Integración y integraciones, Planeta, Bogotá, 2011; Integrazione europea e integrazioni latinoamericane e caraibiche, modelli e rapporti, Cacucci, Bari, 2009. [[email protected]] Julio César Peluffo Jhon: Investigador en el Centro de Pensamiento Jean Monnet: Negocios, Comercio e Integración –cedic– en el Departamento de Derecho de los Negocios de la Universidad Externado de Colombia. Profesional en gobierno y relaciones internacionales de la misma universidad. Coordinador de la Maestría en Integración y Globalización de la misma Universidad. Autor de trabajos de investigación sobre la política comercial colombiana y los acuerdos de libre comercio (tlc) y su relación con el desempeño productivo del sector agrícola e industrial. Miembro ad-honorem de la red de académicos del Centro de Estudios del Trabajo cedetrabajo. [julio. [email protected]] Lucia Picarella: Ph.D en Teoria e Storia delle istituzioni giuridiche e politiche en la Università degli Studi di Salerno. Ha desarrollado actividades de perfeccionamiento en el Departament de Ciènces Politiques i Socials de la Universitat Pompeu Fabra (Barcelona). Desde el año académico 20082009, fue docente de ciencias políticas y de ciencias de la administración en la Facultad de Ciencias Políticas de la Università degli Studi di Salerno. Actualmente, es profesora de ciencia política, de instituciones políticas y

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de sistemas políticos y electorales comparados en la Maestría Internacional en Ciencia Política, Facultad de Derecho - Posgrados de la Universidad Católica de Colombia en convenio con la Università degli Studi di Salerno. Es autora de ensayos y monografías sobre temas concernientes, propiamente la teoría política y, en particular, sobre las dinámicas de presidencialización y personalización en los sistemas políticos contemporáneos. Publicó el volumen De la transición al zapaterismo: la evolución del sistema político español entre presidencialización y personalización, Bogotá: Planeta, 2014. [lpicarella@ ucatolica.edu.co] Wilfredo Robayo Galvis: Abogado de la Universidad Externado de Colombia. Magíster en derecho internacional de la Universidad Católica de Lovaina y con estudios de maestría en cooperación internacional y relaciones exteriores del Instituto de Estudios Europeos Campus Stellae. Actualmente es docente investigador en derecho internacional público en la Universidad Externado de Colombia, donde ha publicado varios escritos sobre temas afines a sus áreas de trabajo, tales como obligaciones internacionales, responsabilidad internacional, asuntos territoriales, entre otros. [wilfredo. [email protected]] Carmen Scocozza: licenciada en ciencias políticas (2000), con una especialidad en Europa oriental en la Universidad “L’Orientale” de Nápoles. Obtuvo el doctorado (2007) en el Departamento de Teoría e Historia de las Instituciones de la Universidad de Salerno con una tesis sobre la identidad nacional rusa. En el mismo Departamento ha conseguido el posdoctorado con una tesis sobre Aleksandr Herzen y el resurgimiento italiano. Desde el 2007 hasta el 2012 ha sido docente de historia contemporánea y de las relaciones internacionales en la Universidad de la Tuscia de Viterbo. Desde agosto del 2012 es profesora de planta de la Universidad Católica de Colombia y docente de la Maestría Internacional en Ciencias Políticas en convenio entre la Universidad Católica y la Università degli Studi di Salerno. Ha realizado sus principales investigaciones acerca de la realidad política rusa y, más en general, sobre los elementos de cambio y continuidad en las relaciones internacionales del siglo xxi. [[email protected]] Elisa Tino: doctora en derecho de la Unión Europea e investigadora posdoctoral en la Universidad de Salerno (Italia). Adjunta de la cátedra en

Los autores

derecho internacional, derecho de las organizaciones internacionales y de la Unión Europea de la misma Universidad. Licenciada en ciencias políticas y relaciones internacionales (2005), magíster en ciencias de las relaciones internacionales (2007) y especialista en derecho de la Unión Europea (2009) en la Universidad de Salerno. Investigadora en derecho internacional en la Universidad Luiss “Guido Carli” (2013-2014) y docente de derecho de la Unión Europea en la Universidad de Sannio (2012/2013). Investigadora visitante con beca en diferentes instituciones extranjeras (Universidad de Copenhagen; Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law en Heidelberg; Academia de Derecho Internacional de La Haya y Universidad Carlos iii de Madrid). Participante como oradora en conferencias internacionales y autora de artículos y capítulos de investigación en materia de derecho de las organizaciones internacionales y de la Unión Europea. [[email protected].] Eric Tremolada Álvarez. Abogado dedicado a la docencia e investigación del derecho internacional público y al derecho de la integración, titular en Colombia de la Cátedra Jean Monnet de Derecho de la Integración Comparado: Unión Europea - América Latina que se imparte en la Universidad Externado de Colombia con el aval de la Comisión Europea. Doctor en derecho de la Universitat de València, España, tras haber obtenido un dea en derecho internacional y relaciones internacionales por la Universidad Complutense de Madrid e Instituto Universitario Ortega y Gasset; tiene un máster en análisis y gestión de ciencia y tecnología en la Universidad Carlos III; una especialización en derecho constitucional y ciencia política del Centro de Estudios Constitucionales de Madrid, y un diploma en altos estudios internacionales de la Sociedad de Estudios Internacionales de España. Autor y editor de diversos libros, artículos y ensayos, y colaborador de medios escritos. [[email protected]] Jeannette Valverde Chaves: doctora en estudios latinoamericanos con énfasis en pensamiento latinoamericano, máster en relaciones internacionales con énfasis en negocios internacionales ambos por la Universidad Nacional de Costa Rica y especialidad en responsabilidad social empresarial por la Universidad de Buenos Aires, Argentina. Desde 1999 labora como docente e investigadora en la Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Costa Rica. En su labor universitaria ha coordi-

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nado y participado en varios proyectos de investigación relacionados con la responsabilidad social, la política comercial, los negocios internacionales, la integración económica y la innovación. Es autora de varias publicaciones sobre integración económica, responsabilidad social y política comercial. Asimismo, es miembro de varias redes de investigación, la integración económica y responsabilidad social. [[email protected]] Bernardo Vela Orbegozo: abogado de la Universidad Externado de Colombia, especializado en gerencia de asuntos públicos de la misma casa de estudios en convenio con Columbia University (Nueva York). Títulos de la Universidad de Salamanca (España) en estudios avanzados en derecho, economía y sociedad en la Unión Europea y formación doctoral en derecho internacional. Profesor titular e investigador de las facultades de Derecho y de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Externado de Colombia en las asignaturas de ciencia política, derecho internacional, epistemología y metodología de la investigación. En la actualidad es el coordinador de investigaciones en el doctorado en derecho. Entre sus publicaciones se destacan Guerra, progreso y mito político, El declive de los fundamentos económicos de la paz y Contribución al debate sobre la formación del Estado colombiano en el siglo xix. [[email protected]]

normas de publicacin y arbitraje La Colección ius cogens: Derecho Internacional e Integración, a través de la convocatoria anual de la Cátedra Jean Monnet de la Universidad Externado de Colombia recibe propuestas de artículos académicos inéditos que pasan por un arbitraje externo de un par evaluador ciego, que tendrá en cuenta el objeto de la convocatoria, la tipología del artículo presentado (investigación científica, reflexión y revisión) y los requisitos formales que a continuación se describen. Los artículos pueden estar escritos en español, inglés, francés, italiano y portugués.

requisitos formales: 1. Las ponencias no deben superar las 15.000 palabras incluidos los pies de página y la bibliografía. 2. Se debe adjuntar un resumen o abstract no mayor de 12 líneas en español e inglés. Así mismo, incluir una lista que identifique entre cuatro y seis palabras claves del texto. Si el texto original es en otro idioma se deben incluir tres: original, español e inglés. 3. Se debe adjuntar la hoja de vida del autor o de los autores y un breve resumen de esta que no supere las 150 palabras. Incluir siempre el correo electrónico. 4. Se debe anexar siempre la lista de gráficos, cuadros o tablas, con su título, la página y la numeración correspondiente en números arábigos. Es requisito identificar las fuentes de información en la parte inferior de las figuras, empleando las normas de referencias bibliográficas expuestas en estas normas. Para efectos de homologación de la edición remitir adicionalmente los archivos Excel de gráficos, cuadros o tablas. 5. Los títulos de libros, revistas, y periódicos, así como las palabras en idioma extranjero, han de ir en cursiva. Las comillas se reservan exclusivamente para las citas textuales y para los títulos de los artículos de revistas y periódicos. 6. Las notas de pie de página se utilizarán para explicaciones del autor. Por lo tanto, las citas bibliográficas deben incorporarse al texto entre paréntesis de la siguiente manera: Apellido, año, páginas. Ejemplo: (Palacios, 2002, pp. 224-226). Cuando el documento tenga más de dos autores, se introducirá la abreviatura latina et ál. Ejemplo: (Arango et ál., 1998, p. 148).

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7. Para las bibliografías sigan este orden:

libros a) Apellido del autor, b) Iniciales del nombre del autor. c) año de publicación, entre paréntesis. d) título de la obra, en cursiva, e) edición (si la obra ha tenido varias ediciones), f) número del tomo (si esta consta de varios), g) lugar de la publicación: h) casa editora. Si la obra tiene subtítulo, este debe ir a continuación del título y precedido por dos puntos. Ejemplo: Garay Vargas, J. L. (2010). ¿Política exterior o política de cooperación?: Una aproximación constructivista al estudio de la política exterior colombiana, 1ª. ed., Bogotá: Universidad Externado de Colombia.

o b r a s c o l e c t i va s Apellido del autor, b) Iniciales del nombre del autor. c) año de publicación, entre paréntesis. d) “Título del capítulo” (entre comillas), e) la preposición en: f) apellido del editor, g) nombre del editor seguido de la abreviatura Ed., o Comp. , o Coord., entre paréntesis: h) Título del libro (en cursiva), i) edición, si la tiene, j) ciudad de publicación: k) Editorial, l) páginas del capítulo. Ejemplo: Del Arenal, C. (2011). “El Acuerdo de Asociación Multipartes con Colombia y Perú: ¿una nueva etapa en las relaciones entre la Unión Europea (UE) y América Latina?”, en Tremolada Álvarez, E. (Ed.). Europa: ¿un marco de oportunidades?. Quinta Jornada Cátedra Jean Monnet en Colombia, 1ª. ed., Bogotá: Universidad Externado de Colombia, pp. 71-97.

p u b l i c a c i o n e s p e r i  d i c a s ( r e v i s ta s , p e r i  d i c o s , boletines o journals) a) Apellido del autor, b) Iniciales del nombre del autor. c) año de publicación (incluido el mes y el día de la publicación para publicaciones diarias, semanales o mensuales, y entre paréntesis). d) “Título del artículo” (entre comillas), e) Nombre de la publicación periódica (en cursiva), precedido de la palabra en (sin cursiva), f) volumen, g) número, i) páginas del artículo. Ejemplo: Mansilla, H. (1991). “Aspectos antidemocráticos y antipluralistas en la cultura política latinoamericana”, en Revista de Estudios Políticos, vol. 24, núm. 74, pp. 57-64.

Normas de publicación y arbitraje

documentos de internet Apellido del autor, b) Iniciales del nombre del autor. c) año de la publicación, entre paréntesis. d) “Título del documento” (entre comillas), e) Dirección completa o ruta de acceso del documento en la Red, precedida de la palabra en: f) Fecha de la consulta, precedida de las palabras Consultado, entre paréntesis. Ejemplo: García Núñez, L. F. (2013). “El desastre ambiental exige respuestas”, en http://www.aresprensa.com/cms/cms/front_content. php?idart=694 (Consultada: 19 de febrero de 2013).

pginas institucionales en internet a) Nombre de la institución: b) Dirección electrónica. Ejemplo: Unión Europea: http. //www.europa.eu.int – Las fechas van en números arábigos y sin el punto después del primer número, así: 1810, 1968, 2001, 2003. – Por lo general, cítense completos y no abreviados, ni con siglas, los nombres de revistas, bibliotecas, colecciones, libros. – Úsense estas abreviaturas: p. , pp. , vol., vols., t., ts., núm., núms, fasc., fascs., fol., fols., s.f., sig., sigs., ed., cap. , caps., art., ms., mss., col., cols., id., ibid., op. cit., loc. cit., cfr., vid. – En los títulos de libros en español úsese la mayúscula inicial solo en la primera palabra y en los nombres propios. En cambio en los títulos de revistas y de colecciones debe usarse la mayúscula inicial en toda palabra importante. Ejemplos: Libro: El poder presidencial en Colombia. Revista: Revista de Economía Institucional. Periódico: El Tiempo. – Para los títulos y citas en idiomas extranjeros sígase el sistema ortográfico adoptado en el respectivo idioma. – Las citas textuales deben encerrarse entre comillas. La puntuación se coloca siempre después de las comillas. Cuando hay una llamada a continuación de una cita, el orden debe ser el siguiente: comillas, llamada (indicada con un número alto) y la puntuación correspondiente. – Cuando al hacer una cita o trascripción se omiten algunas palabras, úsense para indicar tal omisión, puntos suspensivos. No se usen sino tres puntos para indicar los suspensivos. – Los corchetes o paréntesis angulares [ ] deben emplearse cuando, dentro de un texto citado, se suplen letras o palabras que faltan en él, o se

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introduce cualquier elemento extraño al mismo texto, o se desea aclarar el sentido de este. –La comilla sencilla se utiliza sobre todo: a) para indicar los significados de las palabras estudiadas; b) cuando se quiere llamar la atención sobre un tecnicismo, en especial cuando este es poco usado y se va a proceder luego a dar su definición; c) cuando la palabra respectiva está usada en sentido peculiar.

Editado por el Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia en septiembre de 15 Se compuso en caracteres Ehrhardt Regular de 2 puntos y se imprimió sobre Holmen Book Cream de 6 gramos Bogotá - Colombia Post tenebras spero lucem

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