El lenguaje político de las cámaras legislativas

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Responder a este mensaje Asunto: 9/52 Estilo «El lenguaje político en las cámaras legislativas», Francisco Collado Campaña Fecha: Lunes, 24 de Diciembre, 2007  12:34:57 (+0100) Autor: EdiJambia 

 

 

N.º 52

NOVIEMBRE­DICIEMBRE 2007

9

    

 

EL LENGUAJE POLÍTICO EN LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS Francisco Collado Campaña      

L

as cámaras legislativas o los parlamentos son los auténticos centros donde se enfrentan las prerrogativas de los distintos grupos de la comunidad en los Estados liberal­democráticos[1]. Así, este proceso de resolución de los conflictos propios de la vida comunitaria comienzan con la audición de las propuestas, ya sean originadas por los partidos políticos, el ejecutivo o los mismos ciudadanos, para, a continuación, discutir el nuevo proyecto en un proceso de doble lectura con un primer diálogo en el seno de las distintas comisiones asamblearias y su consiguiente deliberación de plenario de la cámara para su aprobación, su rechazo o su enmienda. A este respecto, la fundamentación de la aprobación o el rechazo de una propuesta tiene un carácter claramente legitimador[2], lo que se interpreta como la aceptación o la denegación de un proyecto legislativo que se adapta o pervierte los principios de la sociedad representada, respectivamente. En este sentido, el lenguaje político juega un papel fundamental en los procesos de deliberación de los conflictos en las cámaras legislativas, con unas características y una configuración distinta a la que algunos autores[3], sesgados por la visión del fenómeno político en los medios de masas, otorgan al lenguaje político de los discursos proyectados desde los medios de comunicación audiovisuales. Por ello, la misión de conocer las singularidades adoptadas por el lenguaje político en los debates plenarios, tanto de una cámara nacional como de una cámara local[4], es necesario tomar la definición de otros autores como Lázaro Carreter y Rodríguez Díez que conciben esta modalidad como un lenguaje sectorial. Así, para comprender la problemática del discurso político en el seno de los órganos legislativos, cabe establecer este lenguaje de los parlamentarios como el lenguaje sectorial usado por los representantes políticos con el objeto de argumentar, demostrar, refutar y consolidar las distintas posturas adoptadas por ello durante un debate plenario concreto en torno a una propuesta legislativa para obtener el resultado final, ya fuere una aprobación o una denegación de la propuesta discutida, lo que podemos denominar como lenguaje legislativo[5] en cuanto que es la modalidad, integrada en el lenguaje político, de la lengua empleada en las deliberaciones asamblearias. En un principio, antes de entrar en el establecimiento de las distintas características de este lenguaje político en el contexto de los órganos colegiados, sería preciso advertir, como se menciona anteriormente, de la existencia de dos deliberaciones diferenciadas, las efectuadas en el seno de las comisiones parlamentarias y las realizadas en el pleno de la cámara. Así, las primeras guardan las mismas características que las segundas con la diferencia del marcado uso del lenguaje técnico que adoptan las primeras debido a la naturaleza especializada en la que se desenvuelven dichos debates, pues estas divisiones parlamentarias están compuestas por representantes políticos competentes en sus respectivas materias. De ahí que el lenguaje técnico predomine, o bien se combine, con los rasgos del denominado lenguaje legislativo en el interior de los debates de las comisiones asamblearias. Por tanto, para definir la configuración de la lengua empleada por los miembros de los grupos políticos en las cámaras legislativas es preciso apuntar una serie de cuestiones causantes de estos rasgos desde la politología. En primer lugar, se trata de http://elistas.egrupos.net/lista/gibralfaro/archivo/indice/356/msg/779/

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diálogos entre miembros de un mismo argot o lenguaje especial. De lo que se desprende, a continuación, que su deliberación es cerrada y está dirigida a reforzar y contener actitudes hacia ellos mismos, pero no, al menos en primera instancia, con objeto a los ciudadanos. Consiguientemente, el lenguaje político empleado en las cámaras o el lenguaje legislativo atendiendo a las condiciones del contexto en que se resuelve, tendría las siguientes características: Cripticismo: el lenguaje empleado toma uno de los mayores grados de oscurecimiento y ambigüedad para el destinatario o la audiencia, ya que el interlocutor manifiesta su postura de la propuesta discutida desde la ideología de su partido, del que considera su representante o de su punto de vista propio. Generalmente, los mandatos imperativos[6] hacen que este lenguaje se codifique sobre la base de las prerrogativas del partido político del que forma miembro dicho parlamentario. Eufemismos: los parlamentarios emplean construcciones eufemísticas para esconder o refutar las críticas vertidas por la oposición. Así, los significados de la ideología representada disfrazan y matizan los aspectos negativos o despectivos del objeto deliberado. Disfemismos: este recurso consiste en el uso consciente del concepto interdicto en el modo más directo posible, de forma que el incremento de la connotación negativa de una propuesta adquiere una presencia constante en los debates parlamentarios para aumentar la refutación o la contraargumentación de una desventaja cuestionada en dicho objeto. Lo políticamente correcto representa los parámetros limítrofes[7] de los términos que van a emplearse, ya que se diseña un lenguaje adaptable a los valores imperantes en el seno de la ciudadanía y de la sociedad. Por ello, establece una frontera entre las posibles palabras que se van a emplear y aquellas otras que son necesariamente prescindibles. Deformación del significado por el empleo recurrente del eufemismo, el disfemismo y el lenguaje políticamente correcto por parte de las ideologías representadas. Aumento de los ensalmos, plegarias, ruegos y palabras enervantes con una manifiesta finalidad de conseguir acaparar la atención de la audiencia parlamentaria y de los ciudadanos. Empleo de tecnicismos en aquellos diálogos en los que se hace necesario debatir sobre los aspectos singulares de la propuesta deliberada. Cultismos: las citas literarias y los aforismos son empleados cuando el político busca adoptar una postura superior por encima de sus rivales parlamentarios. Lenguaje totalitario[8], marcado por la estereotipación y la función apelativa dirigida a recaudar la reafirmación de los compañeros de partido y de los ciudadanos. Empleo de la función metalingüística para aclarar los términos técnicos no asimilados por la audiencia plenaria. Recurrencia excesiva a la función poética[9] en situaciones con una argumentación pobre. Empleo de técnicas no verbales para reforzar las fundamentaciones de las posturas esgrimidas. Recurrencia a la función conativa con el empleo de los giros anteriormente manifestados, pues su pretensión tiene como objetivo afirmar, refutar y reafirmar una postura en torno a la propuesta legislativa. Con todo ello, el lenguaje político empleado en el seno de las discusiones parlamentarias tiene una manifiesta intención de convencer y fundamentar la razón sobre la que se asienta su voto a la propuesta. Por ello, la función conativa es una rúbrica primordial del lenguaje de los asamblearios, algo que los convierte en oradores con unos rasgos cercanos al lenguaje eclesiástico o al lenguaje periodístico empleado en los textos de valoración y enjuiciamiento[10]. Observados, pues, sus rasgos, podemos reafirmar que el lenguaje legislativo es el lenguaje especial propio de los representantes políticos en el desempeño de sus funciones en el seno de los debates parlamentarios con la intención de fundamentar las decisiones adoptadas de cara al resultado final de la deliberación, tanto para la aprobación, como la denegación o la enmienda del objeto debatido. Por eso, este lenguaje legislativo, además de suponer una submodalidad del lenguaje político, también representa, a su vez, un lenguaje sectorial propio de un grupo de personas que lo emplean con el objeto de resolver los conflictos de los intereses opuestos de la vida en la comunidad social.       NOTAS:

1] El Estados liberal-democrático es un concepto de la politología que alude a los actuales sistemas democráticos que son el resultado de la evolución de los primeros sistemas liberales que corrigen las deficiencias representativas y sociales del primer liberalismo o liberalismo doctrinario. 2] VALLÈS, Joseph María (2006): Ciencia política: una introducción. Barcelona: Ariel, 2006. 3] Marina Fernández Lagunilla es la principal representante de esta visión del lenguaje político, al que define y determina por su mayoritaria presencia en los medios de comunicación. 4] Cuando mencionamos cámaras locales, nos referimos a los poderes legislativos autonómicos, federales y regionales, pero nunca a los debates en plenos municipales, porque estos debates se producen en el seno de un órgano ejecutivo, no legislativo, que es el objeto de estudio de este artículo. 5] FERNÁNDEZ, José (2000): “El lenguaje legislativo español en el presente siglo”. En La función http://elistas.egrupos.net/lista/gibralfaro/archivo/indice/356/msg/779/

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legislativa de los parlamentos y la técnica de legislar, Abril 1988, III Jornadas de Derecho Parlamentario, Madrid; pp. 137-154. 6] DE BLAS, Andrés y María José (s.f.): Teoría del Estado. Madrid: UNED. 7] Diferencia las palabras que puede usar el representante y cuáles no puede emplear. 8] MARTÍNEZ ALBERTOS, José Luis (1987): “El lenguaje de los políticos como vicio de la lengua periodística”. En M. ALVAR: El lenguaje político. Madrid: Instituto de Cooperación Iberoamericana, Madrid; p. 72. 9] Los encadenamientos y las repeticiones son típicos en estos discursos literarios de los representantes políticos del parlamento. 10] Los géneros periodísticos que cumplen este objetivo son el editorial, la columna y la crítica.      

PARA SABER MÁS: COLLADO  CAMPAÑA,  Francisco  (2007):  “El  lenguaje  político  como lenguaje  sectorial”.  Gibralfaro  [en  línea].  Málaga:  Universidad  de Málaga,  Mayo­Junio  2007,  N.º  49  [ref.  de  18  de  Junio  de  2007]. Disponible en Web: . DE BLAS, Andrés y María José RUBIO (s.f.): Teoría del Estado. UNED: Madrid. FERNÁNDEZ, José  (2000):  “El  lenguaje  legislativo  español  en  el  presente  siglo”. En  La  función  legislativa  de  los  parlamentos  y  la  técnica  de  legislar,  Abril 1988, III Jornadas de Derecho Parlamentario, Madrid; pp. 137­154. GUITART  ESCUDERO,  María  Pilar  (2005):  Lenguaje  político  y  lenguaje políticamente  correcto  en  España  (con  especial  atención  al  discurso parlamentario). Valencia: Universidad de Valencia. MARTÍNEZ, Alaberto (1987): “El lenguaje de los políticos como vicio de la lengua periodística”.  En  M.  ALVAR:  El  lenguaje  político.  Madrid:  Instituto  de Cooperación Iberoamericana, Madrid; p. 72. VALLÈS,  Joseph  María  (2006):  Ciencia  política:  una  introducción.  Barcelona: Ariel, 2006.   

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