El hogar morisco: familia, transmisión patrimonial y cauce de asimilación

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El hogar morisco: Familia, transmisión patrimonial y cauce de asimilación

EL HOGAR MORISCO: FAMILIA, TRANSMISIÓN PATRIMONIAL Y CAUCE DE ASIMILACIÓN

Francisco J. Moreno Díaz Del Campo universidad de castilla-La Mancha

RESUMEN El hogar constituye un escenario propicio para adentrarse en los procesos de asimilación de la minoría morisca porque, como espacio en el que se desarrolla gran parte de vida familiar del cristiano nuevo, se construye en base a la tradición pero también en función de las modas y de los usos de la sociedad del momento. En el caso de los moriscos, ambas variables cobran una importancia especial dado que, implícitamente, suponen, la primera, el mantenimiento de los rasgos islámicos y, la segunda, la progresiva adopción de los usos cristiano-viejos. Con el objetivo de profundizar en estos aspectos se analiza el comportamiento material de la minoría en base al rastro documental que dejó en los protocolos notariales y de manera muy especial a través de los testamentos, inventarios post-mortem y contratos matrimoniales. Previamente, y para clarificar cuestiones de método, se ha introducido un apartado específico relativo a las aportaciones, ventajas e inconvenientes que se derivan del análisis de dicha documentación. Para ello, se ha elegido como espacio de referencia la Castilla posterior a la Guerra de las Alpujarras y se ha extendido el análisis hasta el momento mismo de la expulsión. No obstante, no se han desdeñado incursiones en otros territorios como Aragón, Andalucía y el propio reino de Granada con el objetivo de facilitar la comparación entre diferentes comunidades. Palabras clave: moriscos, Castilla, 1570-1610, cultura material, asimilación, familia, protocolos notariales

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1. EspacIos y tIempos para un análIsIs de la vIda materIal de la mInoría morIsca. ConsIderacIones InIcIales Los historiadores que se han dedicado al análisis de los procesos de integración y asimilación de los moriscos admiten que no puede hablarse de este asunto solo en base a la práctica e identidad religiosas. De ahí la reciente preocupación por conocer más acerca de aspectos como el comportamiento económico de la minoría, sus manifestaciones culturales, las relaciones que mantuvo con el entramado de poderes cristiano-viejo, e, incluso, la actividad cotidiana que desplegó y la cultura material de la que fue portadora, cuestión ésta última que aún tiene mucho recorrido por delante. La enorme cesura que supuso la guerra de las Alpujarras, la instalación de los vencidos en Castilla y la puesta en marcha de un ambicioso (aunque deslavazado) programa de asimilación determinaron muy mucho la evolución de la propia minoría con posterioridad a 1570. Y ocurrió de tal manera que si antes de la rebelión estaba claro que no podía equipararse a todas las comunidades peninsulares, fue después del propio conflicto cuando esa realidad comenzó a hacerse más visible. Esa constatación –por fortuna plenamente admitida– es la que motiva que, hoy, los investigadores no debamos contentarnos con aceptar –y transmitir– una imagen estereotipada de cuáles fueron los rasgos culturales y los usos materiales de la minoría porque, en esencia, quienes los asumieron no fueron ni iguales en todos sitios ni se comportaron como un grupo monolítico. Así todo, la intención de esta contribución es acercarse a la cultura material de la minoría desde una óptica que permita comprender cómo evolucionó el particular universo morisco de los objetos y enseres domésticos y de las ropas personales. También, y al tiempo, observar cómo en el intento de asimilación de la minoría jugaron un papel muy relevante los procesos de transmisión patrimonial y, por ende, la propia familia. En dicho cometido, el escenario elegido ha sido el hogar; no entendido ni ligado al significado que le otorga la historia de la familia, sino pensado como espacio y por tanto con un enfoque más cercano al que se le puede dar desde la historia de la vida cotidiana o la historia de lo material. Para no llevar a equívocos podría hablarse, entonces, de la vivienda o de la casa; un escenario, el del espacio doméstico, cuyo análisis resulta complejo debido a su pluralidad, a su polivalencia1 y en el que, como apunta Guimarães Sá, no siempre es fácil distinguir entre lo “familiar/privado” y lo “institucional/público”, en tanto que las fronteras que delimitan esos espacios (y las formas de sociabilidad que se derivan de ellos) se presentan “difusas” y “permeables”2. Sea cual sea esa permeabilidad, no es menos cierto que la vivienda ejerció diferentes funciones, de tal manera que a la de ser el espacio por excelencia de la familia, se unían, en correlación inseparable, la de constituir el ámbito que proporcionaba protección al individuo y discreción a sus movimientos; la de servir como puntual marco de formación y trabajo o la de alzarse como escenario de esparcimiento y actividad lúdica, entre otros3. De ahí su importancia en el análisis de la vida cotidiana. Para analizar estas y otras cuestiones tocantes a la vida material y para ponerlas en relación con la minoría morisca, se ha optado por elegir como marco espacial de referencia la Castilla posterior a 1570 aunque, como podrá observarse, en el texto hay incursiones en otros territorios como Aragón, Andalucía occidental y el propio reino de Granada, que han sido tratados con notable acierto en lo relativo a la cultura 1. FRANCO RUBIO, G., “La vivienda en el Antiguo Régimen: de espacio social a espacio habitable”, en Chronica Nova, 35 (2009), p. 64. 2. GUIMARÃES SÁ, I. dos, “Habitar: del espacio a los objetos”, en GARCÍA FERNÁNDEZ, M. (dir.), Cultura material y vida cotidiana moderna: escenarios, Madrid, Sílex, 2013, pp. 114-115. 3. FRANCO RUBIO, G., “La vivienda en el Antiguo Régimen…”, p. 65.

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de los objetos pertenecientes a los cristianos nuevos y cuya inclusión en estas líneas no pretende sino profundizar en la comparación4.

2. Reconstruyendo el hogar morIsco:

fuentes e InformacIones

No es tarea fácil pero en el empeño de componer un retrato lo más fiel posible de la casa del cristiano nuevo de moro, de sus elementos y de sus posibles singularidades debe tenerse en cuenta que el morisco castellano no presenta especificidad alguna que obligue al historiador a recurrir a documentación diferente de la que podría utilizar si el protagonista de su estudio fuera cristiano viejo. En ese sentido, Isabel dos Guimarães ha compuesto un ilustrativo acercamiento metodológico en el que da noticia de cuáles son los principales tipos documentales que pueden utilizarse para aproximarse al estudio de lo cotidiano y de las formas de vida de cualquier colectivo durante el periodo moderno. De entre ellos, la historiadora portuguesa destaca, por supuesto, las fuentes de tipo notarial (haciendo especial énfasis en las cartas matrimoniales) pero también la documentación judicial, aquella otra tocante a la contabilidad interna doméstica así como las fuentes iconográficas o la arquitectura5, aspectos todos ellos que se pueden completar –según Rachel Arié– si también se echa mano de las fuentes literarias6. Todas ellas presentan características individuales y llevan asociada una problemática concreta en relación a su interpretación pero, a grandes rasgos, puede decirse que los principales inconvenientes que se les puede achacar se relacionan con su grado de representatividad, con las desigualdades geográficas y temporales en relación a su aparición en toda Europa y con el hecho de que la identificación de muchos de los objetos que se describen sea compleja en tanto que “la descripción textual no es suficiente para formarse una imagen mental del objeto o de sus atributos”7. Si descendemos al caso concreto de los moriscos podrá comprobarse que, dejando aparte las ya señaladas, apenas si se dan dificultades y especificidades. Aun así, existen matices que conviene señalar y que, casi siempre, vienen determinados por la particularidad del colectivo, no tanto como portador de una cultura material distinta a la del resto de sus contemporáneos sino más bien desde el punto de vista de las diferencias que cabe marcar en el propio grupo antes y después de la Guerra de las Alpujarras y de la dispersión de los granadinos por Castilla. Donde mejor se puede observar esa situación es en el caso de las fuentes que se refieren al momento previo a las conversiones forzosas, toda vez que las informaciones en árabe “escasean” desde 14928. También, y junto a ello, en la iconografía y en las fuentes pictóricas a partir de las cuales –ya se ha dicho– se construyó una imagen del morisco muy ligada a Granada y de la cual la historiografía ha sido deudora hasta no hace mucho, fiándose, según Lasmarías Ponz, de una “imagen muy concreta de 4. Solo quedará fuera de este análisis el reino de Valencia, demasiado específico y concreto y en el que tan diferente parece que fue el comportamiento de la minoría. 5. GUIMARÃES SÁ, I. dos, “Habitar: del espacio…”, pp. 120-123. 6. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán en España desde la caída de Granada hasta la expulsión de los moriscos”, Revista del Instituto Egipcio de estudios islámicos de Madrid, 13 (1965-1966), pp. 116-117. Más recientemente y solo a título aproximativo MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., “Vestir a la mora en Castilla. La cuestión del vestuario morisco y su reflejo en la literatura del Siglo de Oro”, en Actas del XIII Simposio Internacional de Mudejarismo. Teruel, septiembre 2014, (en prensa). Para un acercamiento a la situación previa véase BERNIS, C., “Modas moriscas en la sociedad cristiana española de finales del siglo XV y principios del XVI”, Boletín de Real Academia de la Historia, 144 (1959), pp. 199-236. 7. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 123. En el mismo sentido véase ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Ropas hispanomusulmanas de la mujer tetuaní (Marruecos), en Actas de las II jornadas Internacionales de Cultura Islámica. Teruel, 1988, Madrid, Ediciones Al-Fadila (Instituto Occidental de Cultura Islámica), 1990, p. 244. 8. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 104.

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los moriscos granadinos, que se amplió a los moriscos del resto de los territorios de la Monarquía”; que contribuyó a construir un estereotipo ligado al de aquellos territorios y que, afortunadamente, comienza a ser superada poco a poco gracias a las aportaciones –también incompletas por cuanto falta el propio apoyo gráfico– de la documentación escrita9. El hogar morisco: familia, transmisión patrimonial y cauce de asimilación En parte, y como se indicaba más arriba, esas nuevas contribuciones han llegado de la mano de la explotación de las fuentes de tipo judicial, bien sea a través de procesos civiles y criminales, bien por medio de los inquisitoriales. En muchos de ellos, y sea cual sea la naturaleza, origen y desarrollo posterior del proceso, se cuenta con la posibilidad de acceder a los secuestros y embargos de bienes. Como es de sobra conocido, tal procedimiento fue utilizado de manera preferente por la Inquisición10 y en esencia se empleó para hacer frente a las posibles penas impuestas por el Tribunal y para asegurar los gastos que se pudieran originar en el transcurso de cada proceso. De ello da cuenta, por ejemplo, el caso de un tal Miguel de Baeza, morisco residente en Miguelturra (cerca de Ciudad Real), de cuyas posesiones se levantó inventario en 1582, mientras permanecía preso en las cárceles del Santo Oficio de Toledo. Entre lo que le fue incautado se contaban no solo ropas, objetos del hogar y mobiliario doméstico sino también herramientas y productos en especie, como una arroba de lana blanca “toda por lavar” y dos fanegas de centeno11. Tampoco resulta extraño encontrar este tipo de registros en procesos tocantes a otras instancias judiciales como la eclesiástica. Una muestra de ello nos lo ofrece Israel Lasmarías cuando describe el pormenorizado inventario de bienes de Isabel de Bibache, morisca juzgada en 1605 por el tribunal del arzobispado de Zaragoza12. Por su parte, y en lo tocante a la justicia civil y criminal, pueden localizarse ejemplos, entre otros y por señalar solo una muestra, en la documentación del Consejo de las Órdenes Militares, tal y como ocurre en el caso de Hernando Álvarez, un granadino alistado en Ocaña (Toledo), preso en 1593 por las autoridades del partido, al que le fueron requisados dos pollinos, unas alforjas, algo de esparto, ropa de cama y una sábana de colgar13. Independientemente de cuál fuera la procedencia de estas relaciones de bienes, de lo que no cabe duda es de que, en lo que toca al tema que ocupa estas líneas, son muy útiles para valorar la capacidad económica de quien era juzgado y para aproximarse, aunque solo sea de manera forzosamente incompleta, a los bienes, objetos y pertrechos que conformaban la particular hacienda de cada detenido. Más difíciles de localizar, aunque no extraños, son aquellos otros testimonios en los que tal o cual acusado o testigo proporciona información sobre aspectos relacionados con la vida material o los usos culturales de un tercero (en este caso de un morisco). En parte, la complejidad de los mismos radica en su interpretación porque no se trata de 9. Véanse al respecto las interesantes reflexiones del autor citado en LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material de los moriscos aragoneses: vestido y apariencia”, en CASAUS BALLESTER, Mª J. (coord.), Los moriscos en los señoríos aragoneses. Actas de las III Jornadas del Proyecto Archivo Ducal de Híjar. Archivo Abierto, Teruel, Centro de Estudios Mudéjares, 2013, pp. 237-238. Del mismo autor LASMARÍAS PONZ, I., “Vestir al morisco, vestir a la morisca: el traje de los moriscos en Aragón en la Edad Moderna”, en Actas del X Simposio Internacional de Mudejarismo (Teruel, 14, 15 y 16 de septiembre de 2005). 30 años de Mudejarismo: memoria y futuro [1975-2005], Teruel, Centro de Estudios Mudéjares, 2007, pp. 629- 641. 10. En relación a esta cuestión y al desarrollo del procedimiento inquisitorial KAMEN, H., La Inquisición española, Barcelona, Crítica, 1979 (2ª ed.), pp. 177-191. Más recientemente, y en relación a la propia documentación, PANIZO SANTOS, I., “Aproximación a la documentación judicial inquisitorial conservada en el Archivo Histórico Nacional”, en Cuadernos de Historia Moderna, 39 (2014), pp. 255-275. Para el caso concreto de los moriscos véase GARCÍA-ARENAL, M., Inquisición y moriscos. Los procesos del tribunal de Cuenca, Madrid, Siglo XXI, 1987 (3ª ed.), pp. 33 y ss. 11. Archivo Histórico Nacional (en adelante AHN), Inquisición, leg. 191-1, exp. 18. Año 1582. 12. LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material…”, pp. 233-234. 13. AHN, Sección Órdenes Militares. Archivo Judicial de Toledo (en adelante OO.MM., AJT), leg. 54064. Citado en MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., Los moriscos de La Mancha. Sociedad, economía y modos de vida de una minoría en la Castilla moderna, Madrid, CSIC, 2009, p. 333.

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informaciones ad#hoc#sino de comentarios y frases que el historiador debe localizar en testimonios más amplios, casi siempre insertos en declaraciones incriminatorias o en testimonios probatorios. Sea como fuere, contienen la virtud de mostrar aquella parte que interesaba que fuera menos visible en relación a las prácticas culturales y a los usos materiales de los miembros de la minoría pero acaso también unas de las más significativas (también, y por ello, de las más conocidas) como es la de la heterodoxia. Sirva al respecto como ejemplo el caso de María López, morisca de Villarrubia de los Ojos (Ciudad Real) contra la que el Tribunal de Toledo inició proceso en 1628. La muchacha, que fue uno de los muchos miembros de la minoría que logró esquivar los decretos de Felipe III14, fue acusada de ser coautora junto a su hermana, de ciertas prácticas y rituales de raíz islámica. Uno de los cargos de los que se la hacía responsable era el de haber participado en ceremonias funerarias y en ritos de enterramiento islámicos15. Gracias a los testimonios y descripciones –algunos de ellos ciertamente truculentos– que hicieron los testigos que fueron llamados a declarar, poseemos datos que no solo informan sobre el rito funerario islámico sino, nuevamente de forma tangencial, acerca de vestimentas y prácticas culturales prohibidas desde tiempo atrás en Castilla y solo conocidas en este ámbito territorial en la medida en que este tipo de episodios fueron accidentalmente descubiertos por las autoridades. Junto a las anteriores, debe hacerse referencia en este recorrido por las fuentes a los protocolos notariales, acaso uno de los tipos documentales que ha contribuido a revalorizar los estudios sobre moriscos en los últimos años. Si bien su incorporación al análisis de la minoría fue relativamente tardía en comparación con lo que sucedió con otras ramas de nuestra disciplina16, puede decirse de ellos que cada vez son más empleados y que han contribuido a consolidar el conocimiento que tenemos acerca de aspectos tales como la economía y la propia cultura material. Vaya por delante que no deben concebirse como fuentes exclusivamente tocantes a los moriscos. Antes al contrario: los cristianos nuevos aparecen en ellas en tanto que parte activa de la vida más cotidiana de cada uno de los núcleos en que residieron. Quizás es ese uno de los aspectos que las hacen más interesantes dado que esa universalidad también las hace susceptibles de ser sometidas a estudios de tipo comparativo, abriendo con ello un amplio campo de trabajo. Son muchas las escrituras que pueden proporcionar datos en relación a la vida material de la minoría. Entre ellas, y por ejemplo, los contratos de aprendizaje permiten observar cómo las pequeñas y los pequeños moriscos pudieron ser protagonistas más o menos involuntarios de la mutación de hábitos en el vestido y en los comportamientos de tipo cultural. Ejemplos no faltan y en todos ellos es fácil admitir que el influjo ejercido por los patronos pudo actuar como acicate de ese cambio. En esa situación debió quedar Jerónima, pequeña morisca de Albacete que estuvo al servicio de García de Quesada, calcetero, quien se comprometió, una vez finalizados sus años de aprendizaje, a darle “un vestido de paño de color seco, desta tierra, y sus camisas, tocas, calças y

14. En este caso concreto, todo parece indicar que debido a su corta edad pues apenas si debía contar en 1610 con tres o cuatro años. En relación a la villa véase DADSON, T. J., Los moriscos de Villarrubia de los Ojos (siglos XV-XVIII). Historia de una minoría asimilada, expulsada y reintegrada, Madrid-Frankfurt am Main, Iberamericana-Vervuert, 2007. Más recientemente, del mismo autor, a partir del anterior y orientado al lector anglosajón, Tolerance and coexistence in Early Modern Spain. Old Christians and Moriscos in the Campo de Calatrava, Woodbridge (Suffolk), Tamesis Books, 2014. 15. En torno a esta cuestión véase GARCÍA-ARENAL, M., Inquisición y moriscos…, pp. 62 y ss. 16. Quizás el primer ejemplo de uso sistemático de esta fuente fuera S. de TAPIA SÁNCHEZ en La comunidad morisca de Ávila, Salamanca, Ediciones de la Universidad de Salamanca, 1991.

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çapatos”17. Similar, pero más temprano en el tiempo, fue el caso de María, la pequeña hija de Luis García, un granadino natural de Albolote (Granada) que llegó a Ciudad Real nada más acabar la guerra de las Alpujarras. En el contrato de soldada que el morisco rubricó ante notario con Catalina Ruiz, se estipuló que la pequeña debía permanecer al servicio de la cristiana vieja por espacio de siete años (hasta cumplir los catorce), tiempo tras el que recibiría un vestido, una saya, faldas y un tocado, todo nuevo y todo de paño y al uso castellano18. Contratoscomoelanteriorsonrelativamentefrecuentesenlosmesesinmediatamente posteriores al establecimiento de los granadinos en Castilla19. Su contenido resulta relevante a la hora de aproximarse con mayor o menor precisión a la descripción de los hábitos “a la castellana” con que fueron vestidos los morisquillos hijos de los recién llegados. Sin embargo, e independientemente de ello, este tipo de escrituras resultan más interesantes aún en la medida en que permiten constatar que el influjo ejercido en los pequeños no solo fue material y que el cambio en los comportamientos fue inducido desde una muy corta edad, algo que, por fuerza, tuvo efectos a medio y largo plazo en el proceso de adaptación cultural de la minoría. De una manera igualmente explícita, puede rastrearse el proceso de aculturación de la minoría a través de los contratos de trabajo de sastres y profesionales del textil moriscos a los que, tras lo que debe presumirse que debió ser un tiempo de adaptación, encontramos perfectamente integrados, comprando, fabricando y vendiendo géneros, mercadurías y ropajes de raíz plenamente castellana. Así le ocurría, por poner algún ejemplo concreto, a Alonso de Herrera y a Francisco de Torres, ambos alistados en Almadén (Ciudad Real), cuando a la altura de 1591 andaban trajinando con paños pardos con los que abastecer el pequeño taller que regentaban en la villa minera20; o Diego de Morales, éste de Albacete, cuando adquiría cordellate a un sastre local21. En ese sentido resultan más explícitos aún aquellos otros casos, documentados por Santiago Otero Mondéjar y también rastreables en los protocolos, de mercaderes y profesionales moriscos que fabrican este tipo de prendas y productos y que las venden, preferentemente a miembros de su propia comunidad lo cual no deja de ser todo un síntoma22. La utilidad del documento notarial es especialmente visible en el caso de los que, casi a buen seguro, son los tres tipos documentales que muestran con mayor precisión las posibilidades que ofrecen las escrituras notariales en el acercamiento a la vida material: los testamentos, los inventarios post-mortem y los contratos matrimoniales. No obstante, conviene tener presente que en ningún caso puede hablarse de ellos como de documentos que estén en condiciones de ofrecer una información homogénea y que ello es debido al diferente contexto en el que cada tipo de escritura está redactado, lo cual hace que en cada cual se privilegien más unos aspectos que otros y que surjan inconvenientes metodológicos que conviene tener muy presentes. 17. Archivo Histórico Provincial de Albacete (en adelante AHP Ab), Protocolos, leg. 987-2, fol. 50r. 26.04.1592. Citado por SANTAMARÍA CONDE, A., “Sobre la vida de los moriscos granadinos deportados en la villa de Albacete”, Al-Basit. Revista de Estudios Albacetenses, 17 (1990), p. 18. 18. Archivo Histórico Provincial de Ciudad Real (en adelante AHP CR), Protocolos, leg. 29-1, fols. 157r-157v. 21.01.1571. Similares consideraciones se observan en muchos otros puntos de la geografía castellana y andaluza, entre ellos Córdoba y Jaén. Véase al respecto OTERO MONDÉJAR, S., La reconstrucción de una comunidad. Los moriscos en los reinos de Córdoba y Jaén (ss. XVI y XVII), Córdoba, Universidad de Córdoba, 2012, p. 172 (Tesis Doctoral dirigida por el profesor Dr. Enrique Soria Mesa). Vaya desde aquí mi agradecimiento al autor por facilitarme copia del original de dicho trabajo, lamentablemente aún inédito. 19. Más ejemplos, entre otros, en AHP CR, Protocolos, leg. 21-1, fols. 181r-181v. 17.05.1571. 20. AHP CR, Protocolos, leg. 4899, fols. 417r-418r. 17.12.1591. 21. AHP Ab, Protocolos, leg. 988-2, fol. 146v. 17.08.1607. 22. OTERO MONDÉJAR, S.: La reconstrucción de una comunidad…, pp. 174-175.

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El primero de ellos se relaciona con la cantidad de información que la fuente puede proporcionar al investigador. En ese sentido, todo parece indicar que dotes e inventarios post-mortem están en condiciones de ofrecer más datos acerca de los ajuares y del vestuario que los testamentos. En principio, es algo que cabría achacar de manera directa a la naturaleza de la propia fuente dado que, por la finalidad para la que están concebidos, son mucho más detallistas pues su objetivo es especificar de manera precisa con qué bienes se dota a tal o cual mujer; qué objetos se aportan al patrimonio familiar por parte del esposo o qué otros enseres son valorados para su posterior transmisión. Por el contrario, el testamento no es un inventario; o al menos no solo. De hecho, no contiene exclusivamente información de tipo material sino que también está imbuido de un sentido religioso y espiritual y eso hace que, en ocasiones, los datos relativos a la vida cotidiana queden difuminados, cuando no relegados a un segundo plano. Así puede comprobarse, por ejemplo, en el caso concreto del que otorgó Leonor Ruiz, morisca de Alcaraz (Albacete), quien tras una larga y detallada relación de mandas de tipo piadoso23 apenas si dejó unos breves apuntes relativos a sus vestidos entre las disposiciones de tipo material y económico24 o de manera más exagerada aún en los casos de Miguel Fernández y Francisca de Motril, quienes solo dejaron estipuladas mandas económicas el primero y de tipo espiritual la segunda25. Junto a todo lo anterior también debe tenerse presente que las diferencias de información entre escrituras de un mismo tipo pueden verse condicionadas por la posición económica de los otorgantes. De hecho, si las diferencias son evidentes entre cristianos viejos y moriscos no son menos relevantes entre los propios moriscos. Tanto que, como podrá verse más adelante, las distinciones que puedan hacerse no siempre serán achacables a motivos estrictamente culturales sino más bien de tipo adquisitivo. Este último aspecto se relaciona con el segundo de los problemas que conviene salvar: el de calidad de la información de la que se dispone. Y aquí vuelven a encontrarse diferencias de bulto. Todo parece indicar que, nuevamente, son las escrituras de testamento las que, aparte de ofrecer menos información, lo hacen de una manera menos detallada. Véanse si no, algunos ejemplos. Entre ellos el de Isabel de Morales, morisca de El Toboso (Toledo), quien recibió de Luis de Molina, su difunto esposo, un manto y una saya de los que no se dice nada más26. Similar situación puede observarse en los casos de Juana de Pineda y de María de Rojas. La primera solo especificó que dejaba a su hermana la poca ropa que poseía27; por su parte, María, fue algo más allá en sus explicaciones pues, aparte de reclamar a sus antiguos amos el vestido que éstos le habían prometido como parte del pago de sus soldadas, también especificó que dejaba a su sobrina una saya “guarnecida de azul”28. Más específicos y ricos resultan ser los inventarios post-mortem pero en el caso de la minoría, al menos por lo que respecta a Castilla la Nueva, suelen ser muy escasos posiblemente debido a esa menor capacidad adquisitiva a la que se ha hecho referencia. Un ejemplo claro de lo que se viene diciendo puede ser el registro redactado en 1601 con motivo del fallecimiento de Bernardino Camacho, cuyos bienes debían ser repartidos entre sus cuatro hijos29. Sin llegar a suponer un retrato impresionista, la 23. Entre las que se contaba la obligación de ser enterrada en la iglesia de Santa María de la ciudad, el preceptivo acompañamiento por clérigos de dicha parroquia, la celebración de una docena de misas y el modo en que debían repartirse limosnas. 24. AHP Ab, Protocolos, leg. 147-1, fols. 163r-164r. 03.10.1602. 25. AHP CR, Protocolos, leg. 29-4, fols. 34r-34v. 17.01.1578 y leg. 33-2-2, fols. 88r-88v. 06.01.1607. 26. Archivo Histórico Provincial de Toledo (en adelante AHP To), Protocolos, leg. 13449, s. f. 04.04.1572. 27. AHP CR, Protocolos, leg. 30-3, fols. 121r-121v. 22.01.1576. 28. AHP CR, Protocolos, leg. 34-5, fols. 21r-21v. 28.02.1584. 29. AHP CR, Protocolos, leg. 76-1, fols. 11v-12v. 30.09.1601.

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descripción de los bienes de su pequeña hacienda sí permite aproximarse a aspectos tales como la vestimenta, el género de textiles con que estaban confeccionadas las distintas prendas e, incluso los colores de esas mismas ropas30. También a las telas y ornamentos domésticos31 y, por supuesto, a objetos no estrictamente relacionados con la cultura material sino más bien con el desempeño de actividades económicas y socioprofesionales32. El contenido de los cuadernos particionales es muy similar al de las dotes pero, si cabe, estas últimas son más relevantes en tanto que, aparte de ser más abundantes, son más precisas aún y casi siempre contienen una relación de bienes más extensa. En última instancia, y como se ha indicado, ello está relacionado con el particular momento de la vida a que se refiere cada tipo documental y, en definitiva, con las propias formas de transmisión del patrimonio familiar33. Así las cosas, la dote (y junto a ella las cartas de arras y de dona) reflejan el inicio de la vida en común del matrimonio, y por extensión el instante en el que se funda un nuevo hogar que hay que amueblar y decorar y en el que conviene que la recién creada familiar disponga de ropas con las que vestir y de utensilios con los que trabajar. Por ello, y al contrario de lo que puede ocurrir con testamentos e inventarios post-mortem, permiten disponer de una pormenorizada relación de enseres que abarcan todas las categorías, desde los bienes raíces, el dinero y el ganado (presentes pero no muy abundantes en el caso de la minoría) hasta la ropa del hogar, el menaje y el mobiliario doméstico pasando, evidentemente, por los vestidos masculinos y femeninos y por las joyas y abalorios de todo tipo. Dejando aparte todo lo anterior, cabe completar este recorrido por la documentación mirando de manera detenida a aquellas fuentes que, ahora sí, se refieren de manera específica a la minoría. En principio puede señalarse que todas ellas resultan aptas para conocer aspectos relacionados con la vida cotidiana de la minoría, con su vestido, pertrechos,...pero que también resultan desiguales en su contenido, en la forma de presentar la información y en la cantidad y calidad de la misma. En relación con ello, existen dos series especialmente concretas para acercarse a la vida material de la minoría en los momentos previos a la expulsión y durante el mismo proceso de extrañamiento. En primer lugar las tocantes al proceso de venta del patrimonio raíz de los moriscos expulsados, custodiadas entre los papeles simanquinos del Consejo de Hacienda. En realidad son documentos que tocan más al patrimonio y a las haciendas que al hogar. De hecho, no resultan absolutamente específicas cuando se trata de averiguar cuestiones relativas a las viviendas y, en realidad, tienen un contenido más de tipo económico que estrictamente relacionado con lo cotidiano aunque no es menos verdad que, en ocasiones, se deslizan entre ellos testimonios que ayudan a comprender mejor aquellas otras informaciones que proporcionan los papeles analizados hasta aquí. A la documentación de corte fiscal y hacendístico cabe añadir aquella otra custodiada en la sección Estado del propio Archivo de Simancas, sobre todo la tocante a los registros 30. Entre las ropas que dejó el finado se encontraban, por ejemplo, sayos y calzones de paño pardo y de paño negro; pañuelos de manos “labrados en seda a la morisca”; pañuelos de lienzo “labrados con seda de colores a la morisca” o un almaizar “morado con unas cenefas moradas y blancas”. 31. De entre los que se podrían destacar cuatro almohadas de lienzo casero, “dos labradas con seda y otra con seda amarilla, colorada y con cabos y con borlas de seda amarilla” o un paño de lienzo casero “labrado con seda de Granada”. 32. Como dos vacas castañas, un becerro, una pollina negra, tejidos de lienzo casero en bruto u ocho libras de hilada lino blanco cocido. 33. Véase en este sentido, entre otros, GARCÍA FERNÁNDEZ, M., “Entre cotidianidades: vestidas para trabajar, de visita, para rezar o de paseo festivo”, en Cuadernos de Historia Moderna, 8 (2009), pp. 119-150 y del mismo autor “La dote femenina: posibilidades de incremento del consumo al comienzo del ciclo familiar. Cultura material castellana comparada (1650-1850)”, en GUIMARAES SÁ, I. dos y GARCÍA FERNÁNDEZ, M. (dirs.), Portas adentro. Comer, vestir, habitar (ss. XVI-XIX), Valladolid, Universidad de Valladolid-Universidad de Coimbra, 2010, pp. 117-148.

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de embarque y a las entregas de dinero y joyas que los expulsados tuvieron que hacer efectivas a su paso por los puestos fronterizos establecidos al efecto de que pudieran depositar las famosas mitades. En ese sentido, Manuel Lomas ha demostrado que dicha documentación tiene una utilidad intrínseca en tanto que nos permite aproximarnos a sus equipajes, vestimentas, niveles de riqueza e, incluso, a aquellos objetos que, llevados por los propios expulsados, podríamos considerar como de un valor especial, al menos desde un punto de vista estrictamente sentimental-cultural34. Todo ello nos permite conocer mucho mejor aspectos relacionados con la vida cotidiana de la minoría, con su vestimenta, con su día a día doméstico,... y averiguar si puede hablarse de una integración más o menos efectiva o si, por el contrario, se mantuvieron elementos definitorios propios y estos prevalecieron sobre “lo castellano”.

3. BIenes y objetos del hogar morIsco:

transmIsIón,

herencIa y usos culturales

No es necesario insistir en la situación de desarraigo en que quedaron los granadinos tras la guerra de las Alpujarras pues constituye y ha constituido un tema recurrente en todos aquellos trabajos que han analizado el destierro granadino y el establecimiento de los vencidos en Castilla35. Recuérdese tan solo que a la desagracia sobrevenida de perder la guerra se unió la del destierro y la posterior obligación de comenzar partiendo de cero una vida que, en el mejor de los casos, solo podía aspirar a ser similar en lo material pero muy distinta en lo personal a la que se había experimentado en Granada. Un testimonio de ello, y de lo duro que tuvo que resultar el proceso de adaptación, lo constituye el pequeño y escueto resumen de su vida que hizo Miguel de Salas, morisco afincado en Alcaraz, quien, a las puertas de la muerte, acudió al notario para otorgar testamento. En dicho documento dejó constancia de la situación a la que se viene haciendo alusión: “declaro que cuando vinimos a esta tierra, Luçía de Aranda, mi mujer, y yo no trujimos haçienda ninguna y lo que de presente tenemos lo avemos ganado y travajado entreanbos. Y tenemos de presente diez fanegas de trigo y un jumento y quatro o çinco fanegas de cebada y un torno de hilar seda con su caldera y su adereço y lo demás de ajuar y rropa que tenemos en casa” 36. Por fuerza, ese obligado partir de cero al que los moriscos tuvieron que hacer frente tuvo consecuencias directas en su forma de encarar la configuración del nuevo hogar. Si a ello le añadimos una presión social en aumento, el temor de la guerra aún presente y una legislación (tanto civil como religiosa) que tendió a hacerse cada vez más rígida, podrá comprenderse que el proceso de adaptación se hiciera partiendo de una posición de subordinación cultural que, en muchos casos, ya barruntaba el más que obligado olvido de las formas de vida anteriores a la guerra y la progresiva adaptación a los usos castellanos, tanto en el vestir los cuerpos como en el decorar y amueblar las casas. La situación previa fue diferente pues la vida en Granada se desarrolló bajo otros parámetros. No es momento ahora de entrar a fondo en la cuestión granadina pues no podría decirse nada medianamente coherente en tan solo unas líneas. Además, quien escribe tampoco conoce el asunto lo suficiente como para hacerlo de manera solvente pero aquéllos que han trabajado el tema defienden que, por motivos obvios, el mantenimiento de la identidad cultural de raíz islámica fue mucho más fácil en las 34. LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban. L’equipatge dels moriscs expulsats segons els registres de béns de Castella”, Recerques, 61 (2010), pp. 5-24. 35. Al menos desde que el proceso de expulsión fuese analizado en profundidad en VINCENT, B., “L’expulsion des Morisques du Royaume de Grenade et leur répartition en Castille (1570-1571)”, Mélanges de la Casa de Velázquez, 6 (1970), pp. 211-246. 36. AHP Ab, Protocolos, leg. 145-5, fols. 124v-125v. 21.10.1601.

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tierras del antiguo reino nasrí37. Aun así, no faltaron voces en la época que se mostraron totalmente convencidas de que el abandono de tales prácticas era posible y de que no todas constituían una muestra de desafección al poder de la Monarquía Hispánica. Una de ellas, más voluntarista que estrictamente objetiva, fue la de don Francisco Núñez Muley. El que fuera paje de Hernando de Talavera se mostró siempre convencido de que la integración de la minoría era factible si Corona y moriscos lograban salvar las diferencias que les separaban en el plano cultural38. Uno de los puntos de discordia se materializó, por ejemplo, en el conocido asunto de los trajes “a la mora”, que para el morisco no eran tales sino simplemente una muestra más de la diversidad regional de la que, en el vestir, se hacía en los dominios de la Monarquía Hispánica: “el ábito y traxe y calçado no se puede decir de moros, ny es de moros. Puédese decir ques traxe del rreyno y prouinçia, como en todos los rreynos de Castilla y los otros rreynos y prouinçias tienen traxes diferentes unos de otros, y todos cristianos”39. Y continuaba para concluir que: “desto verá vuestra señoría rreberendísima [y] tendrá por cierto, y esto es verdad, que no toca en cosa alguna del áuito y traxe y calçado en cosa alguna con fauor de la seta ni contra ella”40. En realidad, los comentarios anteriores trascienden al asunto del vestuario; tanto que, como apuntó en su día don Julio Caro Baroja, podría hablarse en general de costumbres y usos culturales y no solo de trajes. La observación de Muley, “sutil” pero en cierto modo “contradictoria”, nos habla del notable morisco como de un personaje tremendamente preocupado por preservar la identidad cultural de los suyos en un momento (el previo a la aprobación de la pragmática que pretendía abolir sus tradiciones) en el que, tras años de convivencia, las diferencias parecían insalvables. De hecho no fueron pocos los autores que se manifestaron en sentido contrario al propio Muley41. Y al parecer lo hicieron con razón. Tanto que según el propio Caro Baroja “los cristianos estaban en lo cierto al defender (…) que todo ello se correspondía a un gran ciclo cultural que no era el suyo”42. Algo parecido ocurrió con el hogar, con la casa. A juzgar por los comentarios del propio Muley la comunidad morisca granadina se mostró contrariada ante la posibilidad de que se le obligara a mantener puertas y ventanas abiertas y a someter a la constante vigilancia de los cristianos viejos su día a día pues “es en mucho e gran perjuicio ansí de la república como de los naturales que son gente de poco trato o conversación”43. Según el morisco, la Corona hería de gravedad la tradicional forma de vida morisca con su intención de hacer público el hogar, y no tanto porque pudieran ponerse de 37. Véase VINCENT, B., “La mujeres moriscas”, en DUBY, G. y PERROT, M. (dirs.), Historia de las mujeres en Occidente. Vol. III: Del Renacimiento a la Edad Moderna (dir. por Arlette Farge y Natalie Zemon Davis), Madrid, Taurus, 1992, pp. 588-589. 38. Se maneja la versión del Memorial publicada por K. GARRAD en “The original Memorial of don Francisco Núñez Muley”, Atlante, 2 (1954), pp. 199-226. Se incluye entre paréntesis la referencia al número de página correspondiente a dicho artículo. Más sobre el memorial en MARTÍNEZ RUIZ, J. M., “Política y moral en el Siglo de Oro: el Memorial del morisco Francisco Núñez Muley”, Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Historia, 17 (1995), pp. 391-402. 39. Memorial, (p. 211). 40. Memorial, (p. 212). 41. Por ejemplo, Mármol y Carvajal, quien según Caro Baroja afirmó que el traje de los granadinos era muy similar al de los musulmanes de Fez. Véase CARO BAROJA, J., Los moriscos del Reino de Granada: ensayo de historia social, Madrid, Istmo, 2000 (5ª ed.), p. 136. 42. Ibidem, p. 123. 43. Memorial, (p. 216).

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manifiesto comportamientos heréticos pues el “que el que tyene dañada su intuición, que lo puede hazer en qualquier tiempo que quiera secretamente”44, sino más bien porque dicha actuación suponía un ataque frontal a la preservación de la propia intimidad morisca. A ello se intentó dar respuesta, al menos en parte, a través del contenido de la pragmática de 1572, que, como es sabido, ordenó que familias diferentes no residieran juntas en una misma casa y que los deportados a Castilla fueran dispersados en todas las colaciones de cada localidad. Es precisamente por ello por lo que sorprende que, dejando aparte esas consideraciones, no se haga más hincapié en ese documento en relación a las cuestiones que tocan a la vida dentro de la casa. Llegados a este punto, cabría, entonces, preguntarse por la casa de la que nos hablan las fuentes; por ese hogar que, tras las revuelta de las Alpujarras, se construyó con la mirada puesta en Granada pero en el que, debido a las medidas restrictivas en materia socio-cultural y política, terminó por prevalecer un modo de vida muy distante de aquel otro que se dejó atrás una vez perdida la guerra. Evidentemente, la aparición de objetos y bienes de los que pueda hablarse en relación a la vida cotidiana y a la cultura material de los granadinos asentados en Castilla siempre se verá condicionada por dos elementos que conviene tener muy presentes y que, como se ha indicado ya, no son ni únicos ni consustanciales a la minoría. El primero de ellos, tocante al método, se relaciona con la fuente que se emplee en cada momento para aproximarse al conocimiento de esa realidad material, algo de lo que ya se ha hablado más arriba. Junto a ello, aunque relacionado con el anterior, también cabe tener presentes la situación personal y el nivel económico de aquellas personas de que nos hablan los documentos pues no es lo mismo situarse ante un proceso criminal que ante un inventario post-mortem. Igual que no es igual, por muy obvio que pueda parecer, observar a una joven casadera que a un arriero errante sin domicilio conocido y al que, además, se acaba de encarcelar. Matices aparte, la información que en el caso concreto que ocupa este texto puede resultar de mayor utilidad es la que ofrecen los protocolos notariales y más concretamente los contratos matrimoniales dado que a través de ellos puede estarse en condiciones de conocer de manera precisa no solo cómo se fundó cada hogar sino la manera en que la transmisión de los bienes de generación en generación pudo condicionar el proceso de construcción familiar y la adaptación del grupo de granadinos a los nuevos patrones de comportamiento establecidos tras la derrota en la guerra de las Alpujarras. 3.1.

El hogar,

adaptacIones y pervIvencIas

El hogar constituye el espacio en el que mejor pueden rastrearse algunas de las pervivencias de origen islámico de la minoría morisca asentada en Castilla tras las Alpujarras. Es así porque, como se indicaba al principio, la casa es foco y epicentro de gran parte de las actividades del núcleo familiar, convertido en grupal en el caso de un colectivo que, como ocurre con los moriscos, estuvo sometido durante decenios a la presión exterior y recurrió a buscar (y a ofrecer) refugio en otros miembros de la comunidad. En parte, esa protección fue posible debido a la privacidad que el propio hogar ofreció en relación a otros espacios que podrían considerarse más públicos. También sometidos a una mayor vigilancia. De ahí que la vivienda, el mobiliario, el menaje y las ropas domésticas sean importantes para calibrar el grado de adaptación de los miembros de la minoría y para completar la imagen que, en la esfera de lo público, puede obtenerse a partir del estudio de las ropas personales y de las vestimentas. Vaya en primer lugar que las hipotéticas diferencias que se puedan observar al respecto siempre estarán limitadas a la esfera del mobiliario y a la disposición y utilidad 44. Memorial, (p. 217).

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que se le dará a los objetos del hogar, dado que, con posterioridad a 1570, no se observa en Castilla que los moriscos hicieran uso de modelos arquitectónico-habitacionales diferentes de los empleados por los cristianos viejos45. Así las cosas, nuestro examen debe focalizarse en el espacio interior. Colchones, espejos y camas constituyen los elementos de mobiliario doméstico más recurrentes en los ajuares de las moriscas. El resto de muebles tales como mesas, bancos, arcas, cofres,... aparecen aunque aún no sabemos si en mayor o menor proporción que en el caso de los hogares cristiano-viejos. No obstante, el mero hecho de que aparezcan ya es, de por sí, una importante novedad porque, tal y como constataron Fernández Chaves y Pérez García, no parece haber ni rastro de ellos en el caso de las casas granadinas anteriores a 157046. Por ahora, y a falta de un estudio en el que se disponga de más documentación, nada indica que haya grandes disimilitudes salvo la puntual aparición de elementos decorados con motivos “moriscos”47 o el hecho de que, en ocasiones, esos mismos objetos puedan aparecer en un mayor número a lo que resulta habitual48. Por su parte, los objetos destinados a vestir paredes también están presentes. Entre ellos, se cuentan los guadamecís de cuero, de tradición puramente granadina; algunos de ellos estuvieron ricamente decorados como aquel dorado y de colores que llevaba en su dote María de Nájera49. No obstante, su presencia (que en otros ámbitos no ha podido ser documentada50), tiende a ser sustituida por otros elementos de tradición castellana como las sargas, los paños de pared, los paramentos y las sábanas de colgar, que son más frecuentes y resultan interesantes en la medida en que, en su decoración, combinan elementos puramente castellanos con otros de tradición islámica. Así le ocurre, por ejemplo, a la sarga “a la morisca, de seda”, que llevaba una tal Mari Hernández51 o a las sábanas de colgar “labradas a la morisca” de Isabel de Carmona o de María de Baena52. Lo que sí parece algo específico con respecto a Granada es la incorporación a estos objetos de elementos y motivos religiosos tal y como ocurre en el caso concreto de los paños de pared y paramentos de algunas granadinas de Ciudad Real en los que se narran historias sacras y milagros53. Su mera aparición contrasta con la total ausencia de los mismos en Granada54. De hecho, y por pequeña que resulte esa presencia (sola o en combinación con objetos de este mismo tipo en los enseres personales) nos está hablando de una mutación en los comportamientos que, no obstante, todavía es preciso calibrar en su justa medida. 45. MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., Los moriscos de La Mancha..., pp. 171-176. 46. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas granadinas y sevillanas. Cambios y adaptaciones de una cultura material”, en LOBO DE ARAUJO, M. M. y ESTEVES, A. (coords.), Tomar estado: dotes e casamentos (séculos XVI-XIX), Braga, Centro de Investigaçao Transdisciplinar ‘Cultura, Espaço e Memória’, 2010, p. 138. 47. AHN, Inquisición, leg. 191-1, exp. 18 48. Por ejemplo, en el caso de María de Albeitar, de Dos Barrios, que en su dote llevó cinco colchones moriscos. AHP To, Protocolos, leg. 9994, s.f., 14.09.1606. Sí llama la atención, por el contrario, la escasa presencia de alfombras (de las que también se incorporan las de tradición castellana) aunque este bajo número puede ser debido a su precio, mayor que el de las esteras, que sí aparecen en mayor medida. Véase FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 138. 49. AHP CR, Protocolos, leg. 47-3, fols. 88r-92v. 08.05.1609. 50. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 138. 51. AHP CR, Protocolos, leg. 34-7, fols. 38r-39v. 06.05.1587. 52. AHP CR, Protocolos, leg. 56-2, fols. 365r-367v. 04.12.1598 y leg. 56bis-2, fols. 11r-14r. 04.02.1600. 53. AHP CR, Protocolos, leg. 79-1, fols. 335r-337v. 26.03.1607 y leg. 54, fols. 263r-267r. 07.10.1594. 54. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 141.

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Junto al mobiliario propiamente dicho, la ropa doméstica también constituye un perfecto indicador de hasta qué punto el proceso de adaptación de la minoría a las costumbres castellanas pudo ser más o menos efectivo y rápido. En este caso, y una vez más, las diferencias vienen dadas por los motivos elegidos para las decoraciones y ornamentos e, incluso, y de nuevo, por la variedad cromática. Es así como almohadas (de cama o de asiento), colchas, toallas, fruteros, paños de manos, pañuelos, traveseros, sábanas,... y una larga lista de objetos habituales en todas las casas se tiñen de colores, añaden bordados y son fabricados con una impronta “morisca” que, aunque solo fuera de manera tímida, parece que pudo conservarse hasta el momento mismo de la expulsión. Fuere como fuere, lo más normal es que se incorporaran tejidos como el naval o el lienzo casero55, pero tampoco resultan extraños otros de más valor como el ruán56, la holanda57, el lino58 o la seda59, especialmente valorada si, además, procedía de Granada60. Los ejemplos pueden multiplicarse y admiten todas las combinaciones posibles. Desde traveseros de cama “fundados” con lana castellana y labrados a la morisca61 a almohadas verdes, azules o negras y amarillas como las que llevaba en su dote Isabel de Carmona62, pasando por almohadones y cojines también de diversos colores, composición y factura como los labrados en color azul sobre tela del mismo color que llevó María de Molina63 o por las almohadas de cama de lienzo deshilado con tiras de red de Isabel Nohayla64. A tal efecto, no faltan autores que, en relación a este último tipo de elementos (almohadas, cojines y similares objetos) han señalado la singularidad que pudo suponer su presencia en las casas moriscas de Granada, donde parece que fueron más que habituales65. Por su parte, en Castilla, todo parece indicar que si hubo una verdadera nota distintiva ésta pudo venir dada más por la cantidad y frecuencia con que aparecen66 que con su mera y simple presencia como elemento específicamente morisco67. 3.2.

La IndumentarIa de los morIscos Hace años, en un trabajo ya clásico e imprescindible acerca del traje morisco, Rachel Arié se lamentaba de la poca información que había sobre tal cuestión con posterioridad a 1570, si bien se mostraba esperanzada porque los datos estaban ahí y solo tenían

55. AHP CR, Protocolos, leg. 109-1, fols. 25r-26v. 25.01.1602. 56. AHP CR, Protocolos, leg. 75, fols. 280r-283v. 05.09.1599. 57. AHP CR, Protocolos, leg. 54, fols. 40r-43v. 22.01.1594. 58. AHP CR, Protocolos, leg. 57-1, fols. 141r-143v. 29.10.1601. 59. AHP To, Protocolos, leg. 9994, s.f. 14.09.1606. 60. Entre otros AHP CR, Protocolos, leg. 110-1, fols. 150r-155v. 02.09.1607 y leg. 77-2, fols. 366r-368v. 09.05.1604. 61. AHP CR, Protocolos, leg. 54, fols. 22r-25v. 28.01.1594. 62. AHP CR, Protocolos, leg. 56-2, fols. 365r-367v. 04.12.1598. 63. AHP CR, Protocolos, leg. 53-1, fols. 17r-19r. 01.02.1592. 64. AHP Ab, Protocolos, 125a-2, fols. 30v-31v. 08.04.1580. 65. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 138. 66. MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., Los moriscos de La Mancha…, p. 269. 67. En ese sentido, Mª Isabel dos Guimarães insiste en la especificidad ibérica (y no morisca) y en la influencia árabe que se detecta en “las vivencias femeninas de la domesticidad” cuando señala el uso generalizado de cojines y almohadones y la restricción de sillas, sillones y bancos a la esfera de lo público y, sobre todo, a lo masculino”. Véase GUIMARÃES SÁ, I. dos, “Habitar: del espacio...”, p. 125. Por su parte, y en el mismo sentido, Fernández Chaves y Pérez García inciden en el hecho de que a las casas de moriscos se incorporaran cojines, almohadones y almohadas no solo de tradición morisca sino castellana, “quizás porque su uso pudo constituir una moda”. Véase FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 138.

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que salir a la luz68. No es la del vestuario una de las cuestiones que más haya atraído la atención de los historiadores, en parte porque asuntos más “relevantes” han captado la atención de quienes nos dedicamos a este tema; también, y esto es algo que conviene advertir, porque las fuentes de las que podría extraerse información al respecto no siempre resultan sencillas de interpretar y, casi siempre, ofrecen resultados lentos y en el mejor de los casos parciales, sobre todo desde el punto de vista geográfico. A pesar de ello, y por suerte, poco a poco van viendo la luz trabajos que, combinados, ayudan a comprender el importante punto de inflexión que la deportación de los granadinos a Castilla supuso, en general, en relación a los hábitos de vida de la minoría y de manera más particular en todo aquello tocante al vestir. Es cierto, en ese sentido, que tal y como apuntó en su día Caro Baroja, la guerra de las Alpujarras pudo ser la causa de una cierta involución y del regreso a atuendos de corte y factura más musulmana69. Sin embargo, no es menos verdad que los cambios eran ya evidentes antes de 1568 y se hicieron más visibles a partir de 1570, en parte porque la situación de subordinación a la que quedó sometida la minoría tampoco hizo muy recomendable que las viejas formas se visibilizaran más de lo estrictamente necesario

3.2.1. La morisca, ¿Heredera de la Tradición islámica? Si existió un colectivo dentro de la minoría que, a pesar de esa situación de postergación, pudo mantener más a salvo su identidad por medio del vestuario, ése fue el de las mujeres70. La indumentaria de las que vivieron en Granada antes de las Alpujarras es bastante bien conocida, en parte gracias a los dibujos y representaciones de autores como Jerónimo Münzer o Christoph Weiditz71. Aunque todo indica que el traje femenino estuvo menos sujeto a cambios que el de los varones72, tampoco es factible pensar que las mujeres granadinas que se vieron forzadas a instalarse en Castilla siguieran utilizando las mismas prendas que portaron en Granada, al menos en el desarrollo de su vida pública. Distinta cuestión es observar qué ocurrió en el ámbito de lo privado y, aunque es realmente complicado diferenciar entre un contexto y otro, puede admitirse que esa dicotomía pudo facilitar que muchas moriscas conservaran en sus ajuares ropas, complementos, joyas y prendas varias de innegable raigambre islámica, siempre y cuando éstas no violentaran lo dispuesto por la legislación encargada de reglamentar al respecto. Las dotes de las granadinas afincadas en Castilla dejan ver esa dualidad si bien no es menos cierto que la raigambre musulmana tiende a perder peso a medida que se avanza en el periodo inmediatamente anterior a la expulsión. Como en el caso de las moriscas de Aragón, suele ser frecuente la presencia de prendas de ropa blanca, entre las cuales las camisas parece que ocupan un lugar destacado73. Junto a ellas, cuellos, puños y vueltas de puños constituyen aderezos imprescindibles que, como 68. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 116. 69. CARO BAROJA, J., Los moriscos del Reino de Granada…, pp. 136 y 138. Imitación de este último son los que se hallan “en los cuadernos de C. Vacellis, Grasi, Braun y Hogenbergius” .Véase también ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 115. 70. En torno a la mujer morisca VINCENT, B., “La mujeres...”, pp. 585-595. Para el caso concreto de Castilla VILLANUEVA ZUBIZARRETA, O., “Las olvidadas de una minoría: las mujeres moriscas castellanas”, en SANTO TOMÁS, M., VAL VALDIVIESO, Mª I., ROSA, C. de la y DUEÑAS, M.ª J. (coords.),Vivir siendo mujer a través de la historia, Valladolid, Universidad de Valladolid, 2005, pp. 75-85 y MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., “Marginaux parmi les marginaux. Enfants, femmes et esclaves morisques en Nouvelle-Castille”, Les Cahiers de la Méditerranée, 79 (2009), pp. 131153. 71. CARO BAROJA, J., Los moriscos del Reino de Granada…, p. 136. Véase también ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 108. 72. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 112. 73. LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material…”, pp. 221-222.

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podrá observarse, tampoco faltan en el caso de los varones. Por su parte, y en relación a la “ropa de encima”, Lasmarías Ponz ha demostrado para el caso aragonés que las moriscas, al igual que las mujeres cristianas viejas, hicieron un uso compartido de las tradiciones indumentarias medieval y “cortesana”, impuesta ésta última desde finales del XV en toda la península. En función de ello, y de manera muy similar a lo que parece que hicieron sus coetáneas de Aragón, las moriscas de Castilla optaron por sayas, sayuelos, faldas y faldetas –más en la tradición medieval–, al tiempo que también vistieron jubones, cuerpos, basquiñas, faldellines y manteos, prendas todas ellas más en la tónica cortesana74. Fuera cual fuera la tradición seguida y las prendas empleadas, los mantos jugaron un papel destacado, bien fueran de paño o lana, bien de seda. Por su parte, los pañuelos supusieron un perfecto complemento a los que se unían garvines, albanegas y cofias para recoger el cabello mientras que en los pies se emplearon zapatos, botas y botines en las estaciones más frías y zapatillas en momentos de más calor. Finalmente, no resulta extraña tampoco la presencia de otras prendas como, sobrebotines, zapatillas, chapines y chinelas. Los datos anteriores proceden en su inmensa mayoría de las cartas matrimoniales otorgadas por las jóvenes moriscas granadinas de La Mancha pero nada hace pensar que pudieran darse diferencias de envergadura con otros ámbitos territoriales75. Al igual que en los ejemplos ya vistos de Aragón, en Sevilla se detecta una situación similar. Tanto que, en comparación con lo que se documenta en Granada con anterioridad a la guerra de 1568-157076, son muy pocas las prendas de tradición netamente musulmana que se localizan. Entre ellas, las marlotas y las almalafas constituyen los únicos ejemplos conocidos, por ejemplo, para el caso de Ciudad Real y su presencia nunca llega a suponer un elemento que permita afirmar que su uso estuvo extendido entre las moriscas. De hecho, y por muy llamativo que pueda resultar, los ejemplos de uso de marlotas que se han localizado hasta el momento están asociados a cristianas viejas77. Por su parte, las almalafas documentadas sí corresponden a moriscas. Entre ellas y, por ejemplo, podría destacarse el caso de Marina de Alcázar, joven granadina que casó en 1589, en cuya dote se incorporaron dos ejemplares de esta prenda, ambos de lienzo casero con decoraciones labradas, “a la morisca” y con seda de colores78. Como se ha indicado, este último aspecto, el cromático, constituye a juicio de Fernández Chaves y Pérez García una de las notas diferenciadoras que permite observar cómo las prendas de tradición cristiana incorporan elementos de origen y filiación musulmana que potenciaron “ciertos rasgos de su vestuario, como la abundancia de colores, listas y franjas y el empleo de perlas e hilos de oro y plata”79 algo que, como se ha visto, también se documenta en el caso de las ropas domésticas. Así las cosas, no es de extrañar que entre las descripciones de vestimentas moriscas sean habituales los rayados y listados, las decoraciones de boscaje y verdores y la presencia de una amplia gama de tonalidades en el ornato de telas y prendas de vestidor. Junto a ello, lo 74. Ibidem, pp. 227-231. 75. Si acaso sí especificidades locales como el uso de distintos tejidos o materiales. Véanse al respecto FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, pp. 134 y ss.; LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material…”, pp. 221-231 y DANVILA Y COLLADO, M., “Ajuar de una morisca de Teruel en 1583”, en Boletín de la Real Academia de la Historia, tomo 6 (cuaderno 6) (1885), pp. 414-415. Edición digital disponible en http://www. cervantesvirtual.com/nd/ark:/59851/bmct72t1 [fecha de consulta: 07.03.2015]. 76. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 135. 77. AHP CR, Protocolos, leg. 41-1, fols. 1r-38v. 07.02.1595 y leg. 55, fols. 415r-422v. 21.04.1596. 78. AHP CR, Protocolos, leg. 30bis-4, fols. 1r-4r. 03.11.1589. 79. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, pp. 135-136; MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., Los moriscos de La Mancha…, p. 269; LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban…”, p. 15; LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material…”, p. 228.

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“labrado a la morisca” también resulta habitual y aparece tanto en las prendas señaladas más arriba como en aquellas otras de tradición castellana tales como tocas y tocados80; sayas, como la de María de Carmona, de seda y de colores81; camisas, como la de María de Soria, que en su dote incorporó dos “moriscas” y otras cuatro de pecho82 o lenzuelos, como los de María de Nájera, también en este caso de ambos tipos pues llevaba cuatro llanos y dos “a la morisca”83. Junto a lo ya dicho, todo parece indicar que las joyas constituyeron uno de los elementos del vestuario morisco femenino donde más se mantuvo el recuerdo de lo granadino. No cabe duda de que los orfebres granadinos gozaron de un notable predicamento en la Granada anterior a la Guerra de las Alpujarras. Tanto fue así que, siguiendo a don Julio Caro Baroja, puede hablarse de ellos como representantes de un sector que, dejando aparte sus innegables influencias culturales, gozó de un significativo peso en la economía del antiguo reino nazarí84. Nuevamente, la deportación de los vencidos a Castilla significó un “duro revés” dado que la labor y herencia de los joyeros granadinos resultaba “demasiado especializada e identificativa como para que pudiera sobrevivir en el nuevo entorno”85. Aún así no es raro encontrar en los ajuares de las granadinas de Castilla objetos que recuerdan mucho a aquellos otros presentes en la Granada bajomedieval. Lo que resulta más complejo es adivinar si esas piezas llegaron a Castilla directamente desde Granada o si, por el contrario, fueron fabricadas siguiendo la usanza nazarí pero ya en territorio castellano. Elementos a favor de una y otra teoría se dan y casi permiten admitir que pudieron producirse ambas situaciones aunque, al tenor de los datos actuales, con cierta tendencia a dar como más factible la segunda de ellas toda vez que también se documentan abalorios que respetan aquella tradición musulmana supuestamente en declive pero en los que, al tiempo, se incorporan elementos propios de la tradición cristiana. Es así como un ligero repaso a las joyas de las moriscas afincadas en Castilla permite constatar la presencia casi generalizada de abalorios presentes en los ajuares previos a la Guerra de las Alpujarras. Ajorcas, zarcillos, manillas, collares, sartales, botones,... todos ellos fabricados en oro, plata o aljófar, son piezas que aparecen con cierta profusión en las cartas de dote de las granadinas de Castilla. Todas ellas fueron localizadas en su día tanto por Joaquina Albarracín como por Juan Martínez Ruiz en los registros de bienes de las jóvenes moriscas de Almería y Granada86 y todas, a su vez, mantienen enormes similitudes con prendas todavía usadas en la actualidad en el norte de África87. Como se ha indicado, muchos de estos objetos se mantuvieron presentes entre los que las moriscas de Castilla guardaron en sus hogares y no solo en los años más cercanos a la llegada desde Granada sino también andando en el tiempo, incluso en 80. AHP CR, Protocolos, leg. 36-2, fols. 183r-188v. 22.11.1602 y leg. 54bis, fols 196r-199r. 05.10.1595. 81. AHP CR, Protocolos, leg. 76-1, fols. 376r-378v. 22.09.1601. 82. AHP CR, Protocolos, leg. 78-2, fols. 373r-376v. 10.05.1606. 83. AHP CR, Protocolos, leg. 47-3, fols. 88r-92v. 08.05.1609. 84. CARO BAROJA, J., Los moriscos del Reino de Granada…, p. 137. 85. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, pp. 137-138. 86. La propia Joaquina Albarracín cruzó sus propios datos con los de J. Martínez a partir de varios de los trabajos de este último y de manera más concreta de su Inventario de bienes moriscos del Reino de Granada (siglo XVI), Madrid, CSIC, 1972 y de “La indumentaria de los moriscos según Pérez de Hita y los documentos de la Alhambra”, Cuadernos de la Alhambra, 3 (1967), pp. 55-124. Véase ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Nueve cartas moriscas de dote y arras de Vera (Almería) (1548-1551)”, en SEGURA ARTERO, P. (coord.), Actas del Congreso “La frontera oriental nazarí como sujeto histórico (ss. XIII-XVI): Lorca-Vera, 22-24 de noviembre de 1994, Almería, Instituto de Estudios Almerienses, 1997, pp. 519 y ss. Véase también ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Una carta morisca de dote y arras. Granada (1540) y Juan Martínez Ruiz”, Sharq al-Andalus, 12 (1995), pp. 263-276. De J. Martínez Ruiz puede consultarse también “Siete cartas de dote y arras del Archivo de Alhambra”, Revista de Dialectología y Tradiciones Populares, 22 (1966), pp. 41-72. 87. ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Ropas hispanomusulmanas…”, pp. 235 y ss.

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los momentos previos a la expulsión88. Si acaso, lo único que se detecta es la aparición en mayor medida que antes de materias primas en principio más asequibles que el oro, la plata o las perlas, como la madera, el aljófar89 o el coral, bien sea en bruto90, bien formando parte de piezas como sartales y collares91. Junto a ello también pueden señalarse pequeñas diferencias regionales que, por ahora, no pueden ser explicadas de manera satisfactoria a falta de más documentación92. En todo caso, y a pesar de lo numeroso de este tipo de aderezos y de lo relativamente habituales que resultaron ser a lo largo y ancho de toda Castilla, puede estarse de acuerdo con Manuel Lomas en el hecho de que fueron, casi siempre, objetos pequeños y no muy costosos93. Aparte de todo ello, y sin duda alguna, el cambio más importante que se produce en el caso de las joyas es la documentación de objetos religiosos de adscripción cristiana, nunca presentes en Granada con anterioridad a 157094. En ese sentido, y aunque la frecuencia con que aparecen no es mucha, la variedad sí es significativa pues se dan piezas como relicarios95, escapularios y rosarios96, cruces y cristos97,#agnusdeis98, e incluso otras, a priori más raras, entre las que se cuentan figuras de ángeles99 y de la Virgen, como las dos concepciones#que llevó en su dote Ana López, morisca de Ciudad Real100. El hecho de que aparezcan en diferentes puntos de la geografía castellana y en momentos también distintos pero siempre posteriores al destierro granadino y el hecho innegable de que dicha aparición suponga un cambio cualitativo de primer orden nos estaría poniendo en relación con la posibilidad de que al menos una parte de los abalorios que formaron parte de los ajuares de las moriscas afincadas en Castilla tras el destierro estuviera formado por piezas de fabricación e inspiración castellana. No obstante, esa situación tampoco impide defender cierta continuidad en las piezas de raigambre islámica y en el hecho de que éstas fueran transmitidas de generación en generación, bien a través del mero traspaso de piezas traídas desde Granada, bien por medio de objetos fabricados en Castilla pero inspirados en aquellos otros que se daban allende Sierra Morena. Todo ello permitiría concluir, aunque sea de manera parcial e incompleta aún, que la mujer morisca, presionada por una legislación muy restrictiva en materia de uso del 88. AHP Ab, Protocolos, 148-1, fols. 66r-68v. 20.02.1609. Véase también LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban…”, p. 20. 89. AHP CR, Protocolos, leg. 34-7, fols. 38r-39v. 06.05.1587. 90. AHP CR, Protocolos, leg. 75, fols. 321r-324r. 20.11.1599 y leg. 110-1, fols 150r-155v. 02.09.1607, entre otros. 91. AHP CR, Protocolos, leg. 76-1, fols. 376r-378v. 22.09.1601. Lomas también lo detecta en los registros de bienes de San Lorenzo de la Parrilla (Cuenca) y advierte de que Dadson los cita en el caso de Villarrubia de los Ojos. Véase LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban…”, p. 20. Por su parte, García-Arenal también da cuenta de su utilización entre los moriscos de Deza. Consúltese al respecto GARCÍA-ARENAL, M., Inquisición y moriscos…, p. 57. 92. Por ejemplo el hecho de que determinados objetos no aparezcan en todas las regiones que recibieron granadinos con posterioridad a la guerra de las Alpujarras. Así parece ocurrir en el caso concreto de las ajorcas, no presentes en Sevilla aunque sí en La Mancha, si bien en menor proporción que otros abalorios. Véanse FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 138 y MORENO DÍAZ DEL CAMPO, F. J., Los moriscos de La Mancha…, p. 263. 93. LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban…”, p. 20. 94. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 141. 95. AHP CR, Protocolos, leg. 110-1, fols. 122r-124v- 26.08.1607. 96. FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 141. 97. Bien fueran de madera o coral, bien de materiales más ricos como el oro y la plata (tal cual o sobredorada). Por ejemplo en AHP CR, Protocolos, leg. 72-3, fols. 174r-177r. 04.12.1605. 98. Como el que llevaba en su dote la esposa de Jerónimo de Montemayor, alistado en Ciudad Real. AHP CR, Protocolos, leg. 54, fols. 147r-149r. 23.06.1594. Tanto cruces como agnusdeis han sido documentados también por Lomas Cortés en el caso de los moriscos de Pastrana (Guadalajara) que fueron expulsados a través del puerto de Almuñecar. Véase LOMAS CORTÉS, M., “Aixovar, diners i contraban…”, p. 19. 99. AHP CR, Protocolos, leg. 47-3, fols. 88r-92v. 08.05.1609. 100. AHP CR, Protocolos, leg. 58bis, fols. 375r-379r. 22.11.1607.

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vestido y por la necesidad de asentarse en un entorno social no siempre benévolo, optó por restringir las manifestaciones de su identidad indumentaria de tradición musulmana a unas pocas prendas casi siempre utilizadas en el seno del hogar y a toda una serie de caracteres formales (colores, decoración, materiales,…) que sin estar expresamente prohibidos sí pudieron suponer, llegado el caso, un recuerdo más o menos efectivo de lo vivido en Granada.

3.2.2. El morisco, un tipo muy castellano. Ya en Granada puede decirse que el vestuario masculino estuvo adaptado a las costumbres castellanas en mayor medida que el femenino101. Tanto es así que, según Rachel Arié, los moriscos granadinos incorporaron desde muy pronto a su vestuario elementos típicamente castellanos como el jubón y el sayo, que sustituyeron en tiempos del Emperador a prendas tradicionales de origen musulmán. Algunas de ellas, incluso, (como gorras y caperuzas puntiagudas) se incorporaron al vestuario de los cristianos nuevos a pesar de que la sociedad cristiano-vieja los consideraba amortizados desde el punto de vista de la moda102. Fue una tendencia que se acentuó en Castilla, incluso teniendo en cuenta la posible vuelta atrás en ese sentido que ya se ha comentado que pudo producirse durante los años en que se desarrolló la rebelión del Alpujarras. Los bienes incautados al ya mencionado Miguel de Baeza por la Inquisición de Toledo ofrecen un retrato inicial que podría corresponderse bastante con la realidad observada en aquellos años en relación a los granadinos que se avecindaron en Castilla103. Entre los enseres que los inquisidores anotaron en el registro, apenas un camisón de hombre sin cuello ni puños, unos zaragüelles y unas medias calzas de color verde. Poco más. Quizás demasiado poco para extraer conclusiones definitivas al respecto pero sí suficiente como para afirmar que nada parece indicar que el vestuario del granadino fuera muy diferente de aquel otro que pudieran llevar sus vecinos cristiano-viejos. Los documentos notariales confirman, una vez más, esa inicial sensación si bien en el caso concreto de los varones no puede afirmarse que la información sea ni tan abundante ni detallada como lo es en el caso de las mujeres. En parte, ello pudo deberse también al mero hecho de que el varón siempre dispuso de un atuendo más estandarizado y menos diverso y a que, por razones laborales, huyó de elementos delicados, decoraciones varias y accesorios innecesarios o que podían dificultar la práctica laboral. Tanto es así que el atuendo básico de un morisco apenas si estuvo conformado por unas pocas prendas en cuya descripción, además, no solía ponerse mucho énfasis. A raíz de las informaciones de que disponemos para el caso de La Mancha, apenas si puede hablarse de mucha variedad. Así, el vestido tipo de un varón morisco de la Castilla posterior a la guerra de las Alpujarras no debió ser muy diferente del retrato que podríamos obtener a partir de las prendas incluidas en la carta de dote que García de las Eras otorgó en Alcaraz (Albacete) con motivo del matrimonio de su hija María. En ella apenas si se incorporaron unos zaragüelles de veintidoseno y un herreruelo de color negro104 a los que el futuro esposo, que había acudido a la ciudad desde El Bonillo (donde había quedado alistado), añadió en sus arras cuatro camisones de hombre más, uno de ellos de ruán, otro de lino y dos de cáñamo, todo ello valorado en apenas cuatro ducados. Tal y como puede comprobarse, los tejidos con los que se elaboraron fueron diversos. Todo parece indicar que el más habitual fue el lienzo casero aunque tampoco faltaron 101. CARO BAROJA, J., Los moriscos del Reino…, p. 138. 102. ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán…”, p. 113. 103. AHN, Inquisición, leg. 191-1, exp. 18. 104. AHP Ab, Protocolos, leg. 134-3, fols. 35r-36r. 23.01.1599.

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géneros como la holanda o el ruán, que sin ser excesivamente delicados sí pudieron ser usados en aquellas prendas no estrictamente destinadas al día a día. Lo más normal fue que camisas y camisones se acompañaran junto a sus correspondientes cuellos y puños105, si bien éstos últimos también fueron registrados de manera independiente. También resultó habitual, al menos en el caso de los varones, que tanto unos como otros, fueran de bófeta106 aunque no fueron raros los confeccionados con otros tejidos como la tela107, la holanda y el ruán108 e, incluso la lana109. Menos frecuentes fueron las gorgueras aunque sí aparecen, generalmente, y como es fácil suponer, ligadas a individuos y familias con un mayor poder adquisitivo110. Encima de camisas y camisones fue normal incorporar guerreras o jubones. Por su parte, complementos como los garvines111 o los pañuelos de nariz112 aparecen pero son mucho más extraños que en el caso de las mujeres, casi tanto que su presencia resulta anecdótica. En general, pues, una imagen en la que parece observarse la misma situación que en el caso de las mujeres pero en la que, si cabe, resulta más complicado aún localizar prendas de tradición musulmana. También, y en parte, porque el detalle con el que es presentado el vestuario masculino es mucho menor y eso es algo que no hay que olvidar.

4. Epílogo: ¿un morIsco materIalmente Integrado? y un crIstIano vIejo que vuelve los ojos a lo morIsco

Poco resta por decir salvo recapitular. En ese sentido, la primera reflexión que cabría incluir en estas líneas es la que nos debe permitir ver en el morisco granadino que se asienta en Castilla a un tipo social que, contra su voluntad, fue obligado a asumir como referencia material el rol cristiano-viejo, renunciando con ello al rico legado cultural del que era heredero. Tales mutaciones son claramente perceptibles tanto a través de las fuentes notariales como por medio de las inquisitoriales y de aquellos otros documentos redactados por el Consejo de Estado con motivo de los embarques de los expulsados. Distinta cuestión es admitir que ese proceso fuera voluntario. En ese sentido, es cierto que pudo serlo en algunos casos, posiblemente en más de los que hasta este momento se han dado por buenos, pero no cabe duda de que, en muchos otros –y no creo que sean pocos–, esa “adaptación” fue forzada y forzosa, por muy efectiva que pueda parecer y por muy real que aparezca en las fuentes. Una vez más, 1570 marca un punto de inflexión clarísimo porque el reducto cultural que supusieron los granadinos tiende a perderse tras su llegada a Castilla. Por lo demás, tanto el proceso en sí mismo como las distintas manifestaciones que presento permiten afirmar que hubo diferencias y que éstas son claramente perceptibles en un triple plano: temporal, espacial y de género. La toma en consideración del primero de esos tres escenarios llevaría a admitir que la distancia entre las comunidades morisca y cristianovieja fue acortándose a lo largo del Quinientos, sobre todo en Castilla y en el reino de Aragón. Este último matiz fuerza a establecer una clara distinción entre los reinos de Granada y Valencia (donde la minoría tuvo mucho más peso) y el resto de territorios peninsulares. Finalmente, en lo relativo al género la documentación deja entrever que 105. AHP CR, Protocolos, leg. 30bis-3, fols. 36r-38v. 16.06.1588. 106. AHP CR, Protocolos, leg. 80-1, fols. 289r-291v. 03.05.1609 y leg. 78-2, fols. 361r-364r. 16.11.1606. 107. AHP CR, Protocolos, leg. 34bis-3, fols. 93r-96r. 30.11.1593. 108. Por ejemplo en AHP CR, Protocolos, leg. 77-1, fols. 293r-295v. 27.09.1603. 109. AHP CR, Protocolos, leg. 78-2, fols. 373r-376v. 10.05.1606. 110. Como en el caso de Isabel de Aguilar en la que se incorporó una “guarnecida de bolillos”. AHP CR, Protocolos, leg. 108bis-1, fols. 165r-169v. 28.06.1601. 111. Por ejemplo en AHP CR, Protocolos, leg. 54bis, fols. 59r-62v. 20.10.1595. 112. Entre otros AHP CR, Protocolos, leg. 110-1, fols. 122r-124v. 26.08.1607.

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los varones asumieron con mucha más rapidez los cambios, sobre todo en lo relativo a los usos indumentarios. Esas transformaciones también se produjeron en el seno del hogar, donde es cierto que se observa la utilización de productos, utensilios y objetos de tradición musulmana que, no obstante, estuvieron permitidos por la legislación vigente en aquel momento. Son precisamente esos elementos los que, en este caso sí, adoptaron, conforme a los gustos de la época, algunos cristianos viejos. Porque, es cierto, y de ello no cabe duda, que el morisco generó posiciones encontradas: causó miedo y repulsión en ocasiones y desconfianza en muchas otras; también generó compasión y lo que podríamos definir como una actitud cordial que, ora teñida de displicencia, ora de neutralidad, ora de colaboración, terminó por incorporarlo al día a día de aquella Castilla de finales del XVI y principios del XVII. Dejando aparte lo meramente personal, el morisco, lo# moro# más bien, también ejerció cierto atractivo entre algunos sectores de la población castellana de la Alta Edad Moderna, que se dejaron cautivar e incorporaron a sus casas elementos decorativos, objetos y materiales y prendas de vestir de clara raigambre islámica113. No es de extrañar por ello que, al mismo tiempo que se perseguían los usos religiosos de raíz islámica de los moriscos, se admitiera como válida la presencia de sábanas, almohadas y paños “labrados a la morisca”, algunos de ellos documentados tan cerca a la llegada de los granadinos a Castilla que, incluso, permiten hablar de un ascendiente cultural ya presente antes del propio destierro114. La aparición de este tipo de elementos, por aislada que pueda resultar, debe hacernos ver que esa influencia se manifestó en diversos aspectos115 y que fue adoptada por todos los grupos sociales116. Es algo en lo que debe profundizarse aún pero, por de pronto, permite afirmar que parece que fueron, precisamente, esos objetos “tolerados” (y asumidos por el cristiano viejo) los que permitieron al morisco aferrarse a toda una serie de elementos de su cultura material que resultaron ser “esenciales para mantener viva la identidad de la comunidad neocoversa” por mucho que, poco a poco, y debido a la presión legislativa y social, tendieran a perderse a medida que las “nuevas generaciones (...) fueron adoptando como horizonte cultural y material el propio de los cristianos viejos”117. En último término esa situación confirmaría la existencia de diferentes grados de asimilación en el morisco posterior a la Guerra de las Alpujarra y la importancia que, desde un punto de vista estrictamente interno, desempeñó el núcleo familiar en los distintos procesos de adaptación. En ese contexto, las formas de transmisión del patrimonio, y la dote en particular, juegan un interesante e importante papel tanto en la modificación de los hábitos culturales como en el mantenimiento de aquellos elementos de raíz islámica que fueron tolerados y que sirvieron a determinados

113. Véase al respecto BERNIS, C., “Modas moriscas...” 114. Por ejemplo, en la dote de Isabel de Coca, cristiana vieja, se incluyó una almohada de cama “morisca, labrada con seda de muchos colores”. AHP CR, Protocolos, leg. 28, fols. 435r-437v. 06.01.1571. 115. Afectan indistintamente al vestuario (sobre todo femenino) y al mobiliario doméstico. Sirvan, como ejemplo, los casos de Mari Ruiz, que incorporó a su ajuar una almohada y un paño de manos “moriscos” (AHP CR, Protocolos, leg. 6, fols. 391r-393v. 29.03.1573) o el de las diversas casas que se decoraron con seras “moriscas, de Valencia”, algunas de ellas, incluso, una vez consumada la expulsión, como la de Francisca de Ureña, que otorgó su carta de dote en agosto de 1610 (AHP CR, Protocolos, leg. 59-3, fols. 24r-27v. 30.08.1610.). 116. Por ejemplo, doña Marina de Galiana, una de las damas nobles más ricas de la ciudad, se vestía con una marlota morisca. AHP CR, Protocolos, leg. 41-1, fols. 1r-38v. 07.02.1595. 117. Hacemos nuestras, aquí, las acertadas palabras de Fernández Chaves y Pérez García, quienes insisten en la necesidad de que se incorpore al debate historiográfico en torno a la integración/asimilación de la minoría el análisis de la cultura material. Véase FERNÁNDEZ CHAVES, M. F. y PÉREZ GARCÍA, R. M., “Las dotes de las moriscas…”, p. 145.

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individuos de la minoría para no olvidar o para olvidar más lentamente su pasado118. La mayor o menor intensidad con la que podamos detectar todo este fenómeno es algo que tiene mucho que ver con la particular actitud mostrada por moriscos y cristianos viejos en cada momento y, por extensión, con las fuentes que, como historiadores, empleemos en cada caso. No es cuestión ahora de entrar en el debate porque las posiciones en torno a este asunto están claras119 y lo más agrio del debate parece superado. Simplemente cabría señalar que sirve de muy poco negar que hubo moriscos que se resistieron a admitir su condición de nuevos cristianos porque haberlos los hubo. Como sirve de poco criticar la investigación realizada por todos aquellos que optaron por las “fuentes oficiales” porque, como bien apuntó el profesor Vincent, ni hay fuentes buenas ni malas, ni asequibles ni más o menos contaminadas, solo prejuicios120. Ahora bien, tampoco conviene olvidar la presencia del morisco en aquellos documentos que le dan voz “como un cristiano nuevo”121 y entender que hubo individuos que, consciente o inconscientemente y de manera más o menos voluntaria, optaron o se vieron obligados a optar por unos modos de vida diferentes a los heredados de sus antepasados. Definir las motivaciones que les empujaron a ello y aceptar si se produjo por unas u otras razones supone intentar entrar en la mente de quienes vivieron aquellos días y eso, sin duda, escapa a nuestras posibilidades.

5. BIblIografía. • ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Una carta morisca de dote y arras. Granada (1540) y Juan Martínez Ruiz”, Sharq&al(Andalus,&12 (1995), pp. 263-276. • ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Nueve cartas moriscas de dote y arras de Vera (Almería) (1548-1551)”, en SEGURA ARTERO, P. (coord.), Actas&del&Congreso& “La& frontera& oriental& nazarí& como& sujeto& histórico& (s.& XIII(XVI):& Lorca(Vera,& 22(24& de& noviembre&de&1994,&Almería, Instituto de Estudios Almerienses, 1997, pp. 513-530. • ALBARRACÍN NAVARRO, J., “Ropas hispanomusulmanas de la mujer tetuaní (Marruecos), en Actas& de& las& II& jornadas& Internacionales& de& Cultura& Islámica.& Teruel,& 1988,&Madrid, Ediciones Al-Fadila (Instituto Occidental de Cultura Islámica), 1990, pp. 235-247. • ARIÉ, R., “Acerca del traje musulmán en España desde la caída de Granada hasta la expulsión de los moriscos”, Revista& del& Instituto& Egipcio& de& & estudios& & islámicos& de&Madrid,&13 (1965-1966), pp. 116-117. pp. 16-117. • BERNIS, C., “Modas moriscas en la sociedad cristiana española de finales del siglo XV y principios del XVI”, Boletín& de& Real& Academia& de& la& Historia,& 144 (1959), pp. 199-236. • CARO BAROJA, J., Los&moriscos&del&Reino&de&Granada:&ensayo&de&historia& social,! Madrid, Istmo, 2000 (5ª ed.).

118. En tanto que la dote incorpora elementos nuevos como resultado de la fundación del núcleo doméstico pero al mismo tiempo se alza como un poderoso instrumento de herencia familiar, es, quizás, una de las mejores muestras de esa dicotomía. Véase al respecto, GARCÍA FERNÁNDEZ, M., “Entre cotidianidades…”, p. 120. También y en relación a los moriscos de Aragón, LASMARÍAS PONZ, I., “Cultura material…”, p. 235, donde el autor insiste en el valor no solo material sino sentimental de las prensas transmitidas a través de dotes y testamentos. 119. Interesante resumen de las mismas y llamada de atención a la cordura en el seno del propio debate en VINCENT, B., “Convivencia difícil”, en CASTILLO, S. y OLIVER, P. (coords.), Las figuras del desorden. Heterodoxos, proscritos y marginados, Madrid, Siglo XXI Editores, 2006, pp. 57-69. 120. Ibidem, pp. 60-61. 121. COLÁS LATORRE, G., “Los moriscos aragoneses: una definición más allá de la religión y la política”, en Sharq alAndalus, 12 (1995), p. 161.

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