El enfermo mental en Venezuela. La enfermedad mental y el delito normativa constitucional, sanitaria, penitenciaria.

July 7, 2017 | Autor: Jorge Uzcategui | Categoría: Venezuela, Criminologia, Psiquiatria
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Descripción

El enfermo mental en Venezuela. La enfermedad mental y el delito: normativa constitucional, sanitaria, penitenciaria.

Estando el termino 'enfermedad mental' en desuso por estar asociado a estigmatización social, se utilizara el de 'trastorno mental' o 'psicopatología'. Siendo Venezuela actualmente un país afectado por una tangible crisis interna (social, económica, política), su población esta mas propensa a sufrir o padecer del mas mínimo padecimiento que pueda afectar su salud mental.

Para el economista Jose Guerra, para finales del año 2014 la pobreza debió estar alrededor de 40%. Sabiendo que la malnutrición en edad temprana puede determinar un pobre desarrollo neurocognitivo. Así como problemas de pareja, tristeza y estados depresivos, son desencadenantes de gran variedad de afecciones.

Un estudio basado en el Área Metropolitana de Caracas demostró que en los últimos cinco años se han incrementado en 71,85% los trastornos mentales y de comportamiento. El neuropsiquiatra José Miguel López, revela que en la esfera de los problemas de ansiedad, que incluyen el trastorno obsesivo-compulsivo, las fobias, los ataques de pánico y los trastornos de estrés postraumático, entre otros, la incidencia de casos nuevos fue de 73,2%, aun cuando la Organización Mundial de la Salud señala que en los países en guerra esa cifra se sitúa entre 40% a 50%.

Se debe saber que la inversión del estado en el área es de 5 % del total del presupuesto de salud del país. A la salud mental debían corresponderle 2,07 millardos de bolívares del presupuesto del 2014. Existen 11 hospitales psiquiátricos y 78 centros de atención ambulatoria en psiquiatría: cada institución debe contar con 23,2 millones de bolívares para todo el año. Y por otra parte, según la Red de Sociedades Científicas Médicas de Venezuela de febrero de 2010, la vigilancia epidemiológica en enfermedades mentales en Venezuela se realizó y publicó hasta 1993.

El médico psiquiatra de reconocida trayectoria Néstor José Macías afirma, que en las últimas evaluaciones médicas se determino que el 60% de los nacidos venezolanos padecen de algún trastorno mental, siendo las depresiones, el aislamiento social, las patologías psicóticas, esquizofrenia, bipolaridad, demencia, déficit de atención, desorden del ritmo de vida y, en ciertos casos y circunstancias, comportamientos violentos, intentos suicidas y homicidas, las alteraciones psiquiátricas mas frecuentes.

Actualmente en Venezuela se encuentra pronto a ejecutar la segunda fase de un plan denominado: "Proyecto de Morbilidad Psiquiátrica". Su primera fase se basó en entrevistar a 400 personas mayores de seis años previamente seleccionadas con el perfil que requiere la normativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en la localidad de San José de Guanipa, en el Estado Anzoategui. Macías señalo que: "los resultados determinaron que 55,6 % de los guanipenses tenía alguna patología de enfermedad mental."

En su segunda fase, este proyecto aspira a entrevistar a 200mil individuos, incluyendo un nuevo elemento para determinar que esta pasando con el Coeficiente Intelectual de los Venezolanos, que según Macías, presenta ciertas alteraciones que no son las mas adecuadas.

Ahora dirigiéndome al ámbito de la normativa constitucional, sanitaria y penitenciaria, se entiende que toda persona que delinquiese condicionado por una psicopatología es inimputable siempre y cuando esta influyese en el acto.

Siendo así, visto desde la normativa constitucional y jurídica, el artículo 62 del actual Código Penal señala: "No es punible el que ejecuta la acción hallándose dormido o en estado de enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de la libertad de sus actos. Sin embargo, cuando el loco o demente hubiere ejecutado un hecho que equivalga en un cuerdo a delito grave, el tribunal decretara la reclusión en uno de los hospitales o establecimientos destinados a esta clase de enfermos, del cual no podrá salir sin previa autorización del mismo tribunal. Si el delito no fuere grave o 11 si no es el establecimiento adecuado, será entregado a su familia, bajo fianza de custodia, a menos que ella no quiera recibirlo".

En concordancia con lo anterior, la presencia de un trastorno mental en el procesado y su afectación de las facultades intelectivas y volitivas, tiene importancia por cuanto influirá a la hora de establecer, por parte del juez, una sentencia condenatoria o absolutoria y su correspondiente medida de seguridad tal como lo expresa el precitado artículo. En el caso de que el Juez declare una sanción en una institución psiquiátrica, el procesado tendrá una serie de derechos durante su procesamiento y su estadía. Podrá tener un defensor legal e incluso un interprete dependiendo de sus capacidades. Actividades para el desarrollo social y el tratamiento de la enfermedad, serán necesarios y la institución debe ser garante de esto.

Toda institución deberá garantizar el mejor tratamiento a cada paciente, y en caso de no ser un procesado penal, evitar de cualquier forma el internamiento involuntario (a menos que sea necesario cuando esta en riesgo la integridad del individuo o de terceros).

En su articulo, 'La Salud Mental del Venezolano', Freddy Javier Guevara (2015), sostiene que:
"No tener compasión con la enfermedad mental ni conciencia de los síntomas que a lo largo pueden conducir a ella, habla muy mal de una sociedad, de un país y de su gobierno, pues eso se traduce en no tener en cuenta las propias emociones. Tales observaciones no son nuevas. Quizás sea una apreciación 'loca' de mi parte, pero un país que no toma en cuenta la insania mental, y además la desprecia, termina siendo gobernado por ella."





Jorge Antonio Uzcategui Requena
C.I.V- 25.152.460
Criminología, 1er año, sección #2
Psiquiatría Criminal

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