El Efecto ZODIMAIN - Análisis del Decreto presidencial 1787 (Venezuela)

May 26, 2017 | Autor: R. De Toma García | Categoría: Guyana, Maritime Boundary Delimitation, Venezuelan Politics, Territorial Disputes
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Descripción

A finales de mayo del año 2015, fue presentado a la nación venezolana un decreto presidencial que en su contenido y alcance evidenciaría una manufactura de corte castrense. Un decreto que por el ámbito de validez espacial que pretendía abarcar, requería de una redacción precisa y delimitada a la perfección, pues indicaría puntos geográficos con coordenadas de latitud y longitud en áreas donde confluyen un conjunto de intereses exógenos. El decreto presentado como 1786, publicado en la Gaceta Oficial N°40.669 del 27JUN2015 constituía las Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular, mediante una acto jurídico extraordinario que rompía con la flexibilidad de los gobiernos “rojos” frente a los principios constitucionales de integridad territorial, soberanía y jurisdicción sobre los espacios geográficos de la República sujetos a procesos de delimitaciones/negociaciones, especialmente en el frente atlántico en áreas correspondientes a la Guayana Esequiba,  Zona en Reclamación. El artículo 19 del instrumento jurídico citado, comprometió y delegó en el Ministro de Defensa (Vladimir Padrino López) la ejecución y cabal cumplimiento de lo expuesto en el Decreto-Ley. Bajo este mandato se le atribuía a las Fuerzas Armadas Nacionales, la plena potestad de ejercer operaciones científicas, de resguardo y patrullaje en áreas marinas y submarinas. Sin embargo, el enérgico impulso que desencadenó la apresurada promulgación del decreto, evidenció que sus líneas no fueron consultadas o sometidas al juicio de la cancillería, quizás tampoco ante otros entes del Poder Público Nacional. Se presume entonces, que hubo un entendimiento directo entre el Comando Estratégico Operacional y la Presidencia de la República.
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