El Cister femenino en los reinos de León y Castilla en los siglos XII y XIII

May 23, 2017 | Autor: G. Cavero DomÍnguez | Categoría: Cistercian Studies, Monacato femenino
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Descripción

El Císter femenino en los reinos de León y Castilla en los siglos XII y XIII

Gregoria Cavero Domínguez Instituto de Estudios Medievales Universidad de León Mujeres en silencio: el monacato femenino en la España Medieval, Aguilar de Campoo, 2017

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a difusión de la Regla Benedictina en el monacato medieval conllevó distintas reformas. Una de ellas, la cisterciense, tuvo gran éxito en los siglos XII y XIII, imbuida de un nuevo espíritu, recogido en la Carta Caritatis. Ejerció gran impacto tanto en el ámbito masculino como en el femenino, y se expandió por todo el solar europeo de obediencia romana. En el marco hispánico, el Císter masculino se difundió básicamente en los años centrales del siglo XII, especialmente en los reinos de León y Castilla durante el reinado de Alfonso VII. Aproximadamente dos décadas después lo hizo el femenino. En ambos casos, con gran éxito, si atendemos al número de monasterios que se incorporaron a la obediencia cisterciense o que fueron creados bajo ella. Tenemos en cuenta que la existencia de las monjas cistercienses no fue aceptada, de iure, hasta comienzos del siglo XIII por el Capítulo General correspondiente. FUENTES E HISTORIOGRAFÍA: ESTADO DE LA CUESTIÓN Es habitual señalar la escasez de fuentes documentales de los claustros femeninos, incluso las dificultades para el acceso a las que existen. Sin embargo, cada vez contamos con más publicaciones de sus fondos, a través de catálogos o de colecciones documentales, en el caso de aquellos monasterios que han conservado el archivo, que no son todos. Es el caso de las Huelgas de Burgos1, Santa María 1

Véanse LIZOAIN GARRIDO, J. M., Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1116-1230), Burgos, 1985; Idem, Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1263-1283), Burgos, 1987; CASTRO GARRIDO, A. y LIZOAIN GARRIDO, J. M., Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1284-1306), Burgos, 1987; y CASTRO GARRIDO, A., Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1307-1321), Burgos, 1987.

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de Carrizo2, Otero de las Dueñas3, Gradefes4, Barría5, Ferreira de Pantón6, San Clemente de Adaja7, Villamayor de los Montes8, San Clemente de Sevilla9, Santo Domingo de Silos el Antiguo de Toledo10; colecciones diplomáticas realizadas y difundidas, como la de Herce11; y colecciones documentales de monasterios que albergan su propio archivo y de aquellos que se han anexionado o simplemente fueron dependientes: por ejemplo, San Miguel de las Dueñas alberga su propio archivo y el de San Guillermo de Villabuena, que se integró en el de San Miguel en el primer cuarto del siglo XVI12. Dado que la desamortización concentró archivos en Madrid, pero muchos de ellos de forma parcial, tenemos información sobre determinados monasterios en la documentación que se halla en el Archivo Histórico Nacional (AHN), pero sin catalogar la que se conserva en el propio archivo monástico13. Hay estudios sobre códices concretos, como en el caso de Vileña, igualmente depositados en el AHN14 o en el de la propia institución15. La documentación de este monasterio se encuentra en CASADO LOBATO, C., Colección diplomática del monasterio de Carrizo, 2 vols., León, 1983. Lo publicado solamente alcanza hasta 1299. Véase también CANAL SÁNCHEZ-PAGÍN, J. M., “Documentos del monasterio de Carrizo de la Ribera (León) en la colección de la Real Academia de la Historia. Edición y comentario”, Archivos Leoneses, 64 (1978), pp. 381-403. 3 FERNÁNDEZ FLÓREZ, J. A. y HERRERO DE LA FUENTE, M., Colección documental del monasterio de Santa María de Otero de las Dueñas, I (854-1108), León , 1999, y II (1109-1300), León, 2006. Como se ve, la publicación de los documentos sólo llega hasta el año 1300. 4 BURÓN CASTRO, T., Colección documental del monasterio de Gradefes, I (1054-1299), León, 1998; y II (13001899), León, 2000. 5 PAZ MORO, A., El monasterio de Barría. Historia y documentos, Universidad del País Vasco, 2013. Véase también el artículo publicado anteriormente, ENCISO VIANA, E., “Catálogo del archivo del monasterio de Santa María de Barría”, Boletín de la Institución Sancho el Sabio, 21 (1987), pp. 531-660. 6 FERNÁNDEZ DE VIANA Y VIEITES, J. I., Colección Diplomática de Santa María de Ferreira de Pantón, Lugo, 1994. 7 BARRIOS GARCÍA, A., “Documentación del monasterio de San Clemente de Adaja, siglos XIII-XIV”, Cuadernos Abulenses, 1 (1984), pp. 91-138. 8 MARTÍNEZ DÍEZ, G. y GONZÁLEZ SÁNCHEZ, V., Colección Diplomática. Monasterio cisterciense de Santa María la Real. Villamayor de los Montes, Burgos, 2000. 9 BORRERO FERNÁNDEZ, M., El archivo del Real Monasterio de San Clemente de Sevilla: Catálogo de documentos (1186-1525), Sevilla, 1991. Idem, Inventario general del Real Monasterio de San Clemente de Sevilla, Sevilla, 1996. 10 MUÑOZ, M. T., OLIVARES, M. P. y PUENTE, M. M., Catálogo del Archivo del Monasterio cisterciense de Santo Domingo de Silos “el Antiguo”, Toledo (1150-1900), Ayegui (Navarra), 2 vol., 1986-1989. 11 PÉREZ CARAZO, P., Colección diplomática medieval de Santa María de Herce y su abadengo en la Edad Media. Cdrom, Logroño, 2008. 12 CAVERO DOMÍNGUEZ, G., Catálogo documental del monasterio de San Miguel de las Dueñas, León, 1994. 13 VIGNAU Y BALLESTER, V., “Los documentos del monasterio de San Andrés de Arroyo existentes en el Archivo Histórico Nacional”, Boletín de la Real Academia de la Historia, 36 (1900), pp. 229-232; y DE DIEGO RODRÍGUEZ, N., “Fuentes para la historia del monacato palentino en el Archivo Histórico Nacional”, en Actas del I Congreso de Historia de Palencia, Palencia, 1987, vol. 2, pp. 91-100. 14 RUIZ ASENCIO, J. M., “El códice diplomático del monasterio de Vileña”, en Homenaje a don Agustín Millares Carlo, Las Palmas de Gran Canaria, 1975, vol. 1, pp. 57-68; y PÉREZ DE TUDELA Y VELASCO, M. I., El monasterio de Vileña en sus documentos: el códice del Archivo Histórico Nacional, Madrid, 1977. 15 CADIÑANOS BARDECI, I., El monasterio de Santa María la Real de Vileña, su museo y cartulario, Villarcayo, 1990. 2

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Varios monasterios, algunos de ellos de escasa vida, son únicamente conocidos por los tumbos de los monasterios de los que dependieron; por ejemplo, Santa María de Contodo y Sacramenia16; o por su documentación real17. Con todo, los monasterios que disponen de sus fondos organizados, catalogados y publicados son aproximadamente el 36% de nuestra nómina. El problema está en que sobre muchos de ellos disponemos de escasas noticias, ajenas a la vida de los propios cenobios medievales. Sus contenidos son también bastante heterogéneos18. A las fuentes archivísticas debemos añadir las fuentes epigráficas y las arqueológicas, con escasos estudios en los monasterios femeninos19. La historiografía se ha centrado especialmente en la historia de los monasterios, de sus fundadores y de sus dominios y patrimonios. La publicística referente al análisis artístico de estos cenobios es aún más significativa20. Hay historiografía monástica confeccionada por monjes, rara vez por monjas, e historiografía actual ligada, con mucha frecuencia, a tesis doctorales, que son casi siempre estudios monográficos. También es interesante la derivada de la celebración de congresos y de efemérides relativas al Císter. Incluso hay recopilaciones relacionadas con el Císter femenino de una región, una provincia o una zona21. Del ámbito de los reinos de León y Castilla, únicamente los territorios gallegos cuentan con un monasticon cisterciense22, que incluye monasterios masculinos y femeninos. 1. La nómina monástica y sus características La primera centuria y media de monacato cisterciense femenino en los reinos de León y Castilla presenta varios problemas en la nómina monástica; algunos de ellos se deben a la falta de información, carencia de documentación, vida efímera o dilatado proceso de fundación o absorción; cuando no, porque tuvieron comienzos realmente difíciles. Por otra parte, hay que considerar la expansión cristiana QUINTANILLA, M., “Monasterio de Sacramenia. Documentos”, Estudios Segovianos, 4 (1952), n. 12, pp. 540541; y RUIZ DE GALARRETA Y LÓPEZ, M., Colección diplomática de Sacramenia, Tesis de licenciatura inédita, Madrid, 1969. 17 VIZUETE MENDOZA, J. C., “El monasterio de San Clemente en la Edad Media: los documentos reales, estudio y regesta”, Anales Toledanos, 30 (1993), pp. 7-57. 18 GARCÍA LOBO, V. y MARTÍN LÓPEZ, E., “Los archivos cistercienses”, en CAVERO DOMÍNGUEZ, G. y CELIS SÁNCHEZ, J. (coords.), El Císter en el Reino de León, León, 2012, pp. 119-132. 19 A título de ejemplo, véase SAN GREGORIO HERNÁNDEZ, D. et alii, “Algunas notas sobre el monasterio cisterciense de San Andrés de Arroyo (Santibáñez de Ecla, Palencia) a través de sus documentos arqueológicos”, Estudios del Patrimonio Cultural, 2 (2009), pp. 27-48. 20 CASAS CASTELLS, E., Arquitectura de los monasterios cistercienses femeninos en Castilla y León. Siglos XII-XIII. Tesis Doctoral, Universidad Autónoma de Madrid, Madrid, 2004. 21 Véase, por ejemplo y en general, la monografía de MIGUEL HERNÁNDEZ, F. y LARRÉN IZQUIERDO, H., Los monasterios cistercienses en la provincia de Zamora, Valladolid, 2010. 22 YÁÑEZ NEIRA, D. M. (coord.), Monasticón cisterciense gallego, León, 2000, 2 vols. 16

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Santa María la Real de las Huelgas

sobre los territorios meridionales hispánicos, que constituyó un factor operativo importante. Con algunas dudas, finalmente, hemos recogido en el monasticon cisterciense femenino de los reinos de León y Castilla, y su fusión como reino castellanoleonés-corona de Castilla, la suma de 39 monasterios de monjas, desde Asturias a Sevilla y desde Galicia a los territorios soriano-riojanos. Es una larga nómina, dispersa por el vasto ámbito geográfico señalado y a lo largo de siglo y medio, aproximadamente, de existencia: desde los años centrales del siglo XII a 1299. La cro154

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nología concreta de alguno de los cenobios está muy poco definida; aun así, hemos respetado el criterio general de su aproximativa fecha de existencia o simplemente de noticias documentales23. El número 40 lo ocuparía el monasterio palentino de San Felices, fundado en 1219, si bien lo hizo dentro del signo de Calatrava, dependiente del abad de Fitero. En 1247, los Statuta cistercienses recogen su integración, si bien con ciertas peculiaridades24. Nuestra propuesta cronológica viene marcada por la sucesión de las propias fundaciones, y creemos que es ajena totalmente a la que podría hacerse para el monacato masculino cisterciense hispánico25. El mayor número de fundaciones de abadías cistercienses femeninas aparece entre 1160 y 1260. Sin embargo, la ausencia de una cronología absoluta favorece las dudas para fijar el comienzo de algunas fundaciones y hace que la historiografía marque para ellas un arco cronológico en muchos casos excesivamente amplio, a veces de más de media centuria. Creemos que en dos etapas podríamos recoger esa centuria y media de fundaciones, entre 1150 y 1299. La línea divisoria se sitúa en 1213, cuando las monjas fueron incorporadas, de iure, al Císter, por decisión del Capítulo General26. Por lo tanto, una primera etapa recogería las fundaciones e incorporaciones entre 1150 y 1213, con un factor de análisis específico, que se centra en la creación de las Huelgas burgalesas, si bien, en este caso, los resultados se enfocan más a la proyección sobre dependencias y filiales. La segunda etapa es a partir de 1213 y hasta finales de la centuria, fecha impuesta como final de nuestro trabajo: estas dos etapas son bastante diferentes e independientes del desarrollo de las fundaciones masculinas cistercienses.

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Podemos tener en cuenta, entre otros, el catálogo monástico de Monjes y monasterios. El Císter en el Medievo de Castilla y León, coordinado por I. BANGO TORVISO, Valladolid, 1998, pp. 471-500; el recogido por su discípulo A. GARCÍA FLORES en Arquitectura de la orden del Císter en la provincia de Valladolid (1147-1515), Valladolid, 2010, que dedica a las fundaciones femeninas las págs. 34-43; el ya mencionado El Císter en el reino de León, coord. por G. CAVERO y J. CELIS, pp. 136-143; y el también citado Monasticón cisterciense gallego, coordinado por el padre D. YÁÑEZ. No siempre los autores coinciden en las fechas, pues lo cierto es que la documentación no siempre se ha conservado, y algunos monasterios envuelven sus orígenes en la tradición. 24 Sobre estas cuestiones remitimos al trabajo ya citado de G. BAURY, Les religieuses de Castille, p. 164. 25 Un reciente trabajo también de G. BAURY (“L’ordre cistercien, un réseau médiéval?”, en Réseaux et religions, Groupe d’histoire religieuse, Châtel-Chevreaux, aôut 2015, pp. 38-39) marca una definición de la cronología sobre la evolución institucional de la orden cisterciense, en cuatro épocas. La primera ocuparía la primera mitad del siglo XII; a la segunda le corresponde desde mediados del XII a mediados del siglo XIII; a la tercera entre los años centrales del XIII y los mediados del XV; y, finalmente, la cuarta, a partir de esos años centrales del XV. Será, sin duda, la segunda etapa, dice Baury, la caracterizada por un movimiento contradictorio centrífugo, entre otros factores por la fundación e incorporación de abadías femeninas, creando enormes tensiones en el seno de las jerarquías cistercienses. 26 CANIVEZ, J. M., Statuta capitulorum generalium ordinis cisterciensis ab anno 1116 ad annum 1786, Lovaina, 1933, Tomo I, pág. 405, número 3.

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Sin duda, la fundación del monasterio femenino cisterciense de Tulebras, en el reino de Navarra, dependiente del monasterio de Tart, marca la primera etapa de las fundaciones femeninas hispánicas, seguida después por la fundación burgalesa de las Huelgas. Entre 1160 y 1180 hubo casas de monjas que no estuvieron ligadas ni a Tulebras ni a las Huelgas de Burgos: Ferreira de Pantón, por ejemplo. Quizás porque la casuística femenina respondió a modelos no tan uniformes como a primera vista podría parecer. De hecho, en ocasiones, su dependencia de monasterios masculinos pudo constituir un hecho relevante. San Miguel de las Dueñas, recuperado en 1152 y puesto bajo la órbita del masculino de Carracedo, no se incoporó al Císter hasta que lo hizo su casa madre. E incluso puede ser un factor a considerar el hecho de que algunos monasterios tuvieran vida monástica anterior a su pertenencia cisterciense. De los 39 monasterios que catalogamos, algo más de la mitad son anteriores a 1213. En concreto, 19 estarían en la cronología anterior al decisivo Capitulo General; y otros cuatro estuvieron en fechas próximas, aunque no las hemos podido ajustar. Nos referimos a Barría (comienzos del siglo XIII), San Clemente de Adaja (1175-1223), Sancti Spiritus de Olmedo siglos XII-XIII) y San Bernardo de Guadalajara (siglos XII-XIII). En total, hablaríamos de en torno a 23 monasterios. Al resto le asignamos una cronología entre 1213 y 1299. Son 15 casas, más el de las Huelgas de Valladolid (1282-1320), de cronología también inconcreta. En principio, el número de fundaciones parece inclinar la balanza al sector primero, anterior a 1213, pero tampoco es muy significativo. Podríamos concluir que los monasterios fueron constituyéndose sin grandes concentraciones, escalonadamente. El período de mayor número de fundaciones estaría entre 1160 y 1190, con once casas. La actividad fundacional parece que se detuvo en las décadas de 1220 a 1240, con ausencia total en la década de 1270. Sin embargo, no creemos que tuviese especial relevancia, dentro del ámbito cronológico considerado, la unión definitiva de los reinos de León y Castilla en 1230, con el monarca Fernando III. Realmente no se detecta un cambio que alumbrase un comportamiento diferente para nuevas fundaciones y /o incorporaciones. Entre 1229 y 1231 se consolidó la fundación regia leonesa de Villabuena, con Teresa de Portugal, y la única injerencia de Fernando III detectada es su intento por que Villabuena fuera dependiente de las Huelgas de Burgos. Pero la fundación siguió su ritmo, al igual que la problemática abadía de Otero de las Dueñas. Pero yo misma quiero cuestionar, en cierto modo, los datos que acabo de exponer, dado que, respecto a los 39 monasterios mencionados, carecemos de una fecha clara fundacional al menos de seis (Gúa, Torquemada, Sancti Spiritus de Olmedo, San Bernardo de Guadalajara y las Huelgas de Valladolid), a los que sumamos los tres andaluces (San Clemente y las Dueñas en Sevilla, y San Clemente de Cór156

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doba). Igualmente, tenemos fechas poco claras sobre Contodo, en Cuéllar. Por tanto, la cuarta parte de los monasterios podrían alterar los datos anteriormente expuestos. Una cuestión más: la información de que disponemos es muy dispar e incompleta en muchos casos, especialmente sobre aquellas abadías que tuvieron corta vida y cuyo desarrollo no se conoce muy bien: por ejemplo, el monasterio soriano de Santa María de Tardesillas y Sancti Spiritus, que da lugar a interpretaciones dispares; aquí se consideran como dos abadías, siguiendo a una parte de la historiografía, pero debemos recordar que otra parte defiende una interpretación distinta: se trataría de una única abadía, que tuvo ubicación diferente27; lo cual tampoco sería raro entre los comportamientos fundacionales bernardos. La historiografía clásica ha dedicado mucho espacio a analizar cuál de las casas femeninas hispánicas fue la primera en la nómina cisterciense. En nuestro caso creemos que eso es poco relevante, si bien es verdad que se ha adjudicado tradicionalmente al palentino de Nuestra Señora de la Consolación de Perales. Analizamos, en segundo lugar, el escenario geográfico donde se ubican. De esos 39 monasterios que constituyen nuestro elenco, el 64,1% está ubicado en la meseta septentrional, en los territorios situados entre la cordillera Cantábrica y el Sistema Central, con el sistema Ibérico por el este. En este espacio se localizaron 25 casas de monjas. De ellas, 14 estaban en los territorios de las actuales provincias de León (5), Burgos (5) y Palencia (4); Valladolid y Soria contaban con tres casas cada una; dos había en las provincias de Ávila y Segovia; y solamente una en Zamora28. Pero es especialmente sorprendente la fuerte concentración en la parte duriense septentrional, cronológicamente fuerte durante los reinados de Alfonso VII y sus hijos y nietos. Podríamos mencionar que los nietos de Alfonso VI, es decir, Alfonso VII de León y Castilla y Alfonso Enríquez de Portugal, cumplieron unas funciones CASAS CASTELLS, Arquitectura de los monasterios cistercienses femeninos en Castilla y León. Siglos XII-XIII, pp. 605607. Véase también, en el mismo sentido, GARCÍA FLORES, Arquitectura de la orden del Císter en la provincia de Valladolid, p. 37. 28 Zamora podría ser considerada también periférica, por sus tierras fronterizas con Portugal, después de la consolidación de la monarquía portuguesa con Alfonso I Enríquez. Sin embargo, eran territorios menos conflictivos, procedentes del mismo núcleo castellanoleonés, y donde el gran monasterio de Moreruela, al igual que los de Nogales y San Martín de Castañeda, los tres masculinos, dispersaron su patrimonio por tierras leonesas y portuguesas. Pero Santa Colomba de las Monjas se halla en los territorios internos zamoranos, próximos a Benavente, territorio de Pulvureda secus fluvium Aurbego, es decir en La Polvorosa, cerca del Órbigo: territorios de la diócesis de Astorga; la villa de Benavente era de la diócesis de Oviedo. El monasterio de Santa Colomba posiblemente dependiera de Gradefes, el monasterio femenino leonés. Véanse, por ejemplo, CAVERO DOMÍNGUEZ, G., “La condesa Sancha Ponce y el monasterio de Nogales”, en Imágenes del poder en la Edad Media, León 2011, vol. II, pp. 85-99; y GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, R., “Repoblación y organización de la red viaria. El puente de Deustamben (siglos XII-XIV)”, Brigecio: revista de estudios de Benavente y sus tierras, 6 (1996), p. 164. 27

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similares a las de su abuelo: Alfonso VI, con la reforma cluniacense y su difusión por sus territorios; y sus nietos, con el asentamiento de los cistercienses. Toledo fue un referente desde su conquista por Alfonso VI, en 1085. Durante el reinado de su nieto Alfonso VII se revalorizó; y siguió siendo muy importante sobre todo en tiempos del monarca castellano Alfonso VIII y su esposa, Leonor Plantagenet. Antigua sede metropolitana y primada, su valor eclesiástico fue muy tenido en cuenta para el establecimiento de casas religiosas. En cuanto al Císter femenino, allí se ubicaron el monasterio de Santo Domingo de Silos, réplica del castellano, y el de San Clemente. En la zona de Guadalajara radicaron otros tres. Es decir, un total de cinco monasterios se hallaban en la meseta meridional; lo que pone en evidencia su contraste con la duriense. Ciertamente las tareas reconquistadoras y colonizadoras fueron diferentes, y la diferencia fue profunda. Las zonas periféricas fueron, con mucho, menos atractivas para las cistercienses. Dos monasterios hubo en Galicia; y uno en Asturias, compartido con León en el espacio del puerto de Somiedo. Tan sólo hubo uno en el País Vasco meridional alavés; dos, en las tierras riojanas; y tres, en la recién conquistada Andalucía de Fernando III y Alfonso X: dos en Sevilla y uno en Córdoba. Es decir, que la periferia y las tierras fronterizas albergaron un total de nueve monasterios femeninos. Las monjas concentraron sus cenobios en la mitad norte: de Toledo a la Cordillera Cantábrica. Y, en el caso de Galicia, sus dos monasterios se encontraban en el interior lucense, mientras que los 14 monasterios masculinos de su ámbito estaban dispersos por todo el territorio gallego, incluso en la misma costa, como Oia. En Asturias, Gúa es un caso muy especial: estaba, hasta el siglo XVI, en el puerto de Somiedo, entre León y Asturias, muy alejado de la zona central costera asturiana. En las tierras fronterizas riojanas, el monasterio de La Hayuela-Cañas, en Santo Domingo de la Calzada, estaba situado en las proximidades del Camino de Santiago, hacia la zona burgalesa; y más alejado, en la Tierra de Cameros, estaba el cenobio de Herce, próximo a Arnedo, que fue incorporado a la corona de Castilla en 1264. En este segundo caso nos encontramos en una zona fronteriza de gran importancia: Arnedo había pertenecido a los Banu Qasi y se centraba en la cuenca defensiva del Cidacos, disputada por Aragón, Castilla y Navarra. En 1174 Alfonso VIII entregó su castillo al rey de Aragón Alfonso II. Poco le duró al aragonés, dado que, recuperada por Castilla, la villa y su castillo fueron entregados a Sancho VI de Navarra; y a manos castellanas volvería en 1179. Las maniobras fronterizas entre castellanos, aragoneses y navarros continuaron; pero en 1256 fue entregado a Jaime I de Aragón por su yerno Alfonso X. El aragonés lo cedió a la casa de Haro en 1262 y, poco tiempo después, volvió a la corona castellana. Por ello, consideramos que el monasterio de Herce fue el que más permeable, tal vez, fuera a la inestabilidad política, a los vaivenes de una zona fronteriza. Bien es verdad que en el siglo 158

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Monasterio de Santa María de Villamayor de los Montes

se disputó siempre entre reinos cristianos y que el monasterio se fundó en los años centrales de dicha centuria, en que se estabilizó la frontera. XIII

Los reinos de León y Castilla tuvieron una alta densidad de casas cistercienses femeninas, en relación a otros reinos peninsulares (Aragón, Navarra, Portugal), con mayor presencia en la meseta septentrional29. Además de la ubicación territorial política, podemos preguntarnos por la eclesiástica; es decir, por la geografía diocesana. La dependencia eclesiástica de los monasterios cistercienses del ámbito occidental está bastante bien definida: los monasterios gallegos, se hallan, ambos en la diócesis lucense. A la diócesis de Astorga pertenecían los monasterios bercianos (Villabuena, San Miguel de Almázcara), Santa María de Carrizo y Santa Colomba de las Monjas. Por su parte, Gradefes era de la diócesis de León, y Santa María de Otero de las Dueñas y Gúa de la diócesis ovetense. A su vez, las diócesis de Astorga y Lugo se hallaban en un reino 29

Así lo ha puesto también de relieve VILLEGAS DÍAZ, L. R., “La difusión del Císter en los reinos hispánicos: geopolítica y monacato”, en, GARCÍA DE CORTÁZAR, J. A. y TEJA CASUSO, R. (coords.), Monasterios cistercienses en la España medieval, Aguilar de Campoo, 2008, pp. 80-81.

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y dependían eclesiásticamente de otro: eran filiales del arzobispado de Braga, en el reino de Portugal30. En el marco diocesano palentino se localizaban los cenobios de Abia, San Andrés de Arroyo, Torquemada y Perales. A la diócesis burgalesa pertenecían los de Aza, Las Huelgas, Vileña, Villamayor y Renuncio. ¿Y Álava? Pertenecía a la diócesis calagurritana, que tenía su particularidad: integrada en territorio castellano, dependía eclesiásticamente de Tarragona31. Por tanto, el monasterio de Barría pertenecía a la diócesis de Calahorra, al igual que los de Cañas y Herce. La cuestión era más complicada en áreas periféricas, dada la inestabilidad política, en este caso entre Navarra, Aragón y Castilla. La consolidación de Alfonso VIII simplificaría la problemática. Las diócesis del sur del Duero fueron generando su vida y territorialidad a medida que avanzó la colonización: Osma (monasterios de Fuencaliente, Tardesillas y Sancti Spiritus de Soria), Ávila (San Clemente de Adaja, y Gómez-Román), Valladolid, (Sancti Spiritus de Olmedo, San Quirce y las Huelgas de Valladolid), están al norte del sistema central. Lo mismo ocurrió con los territorios correspondientes a las diócesis de Sigüenza (monasterios de Contodo-Cuéllar, San Vicente de Segovia) y Toledo (Santo Domingo de Silos el Antiguo, San Clemente), y posteriormente, en el siglo XIII, con las andaluzas: Sevilla y Córdoba. Por otra parte la demarcación diocesana en la que se encontraban los monasterios no siempre tuvo una repercusión directa sobre ellos. Debemos recordar que la dependencia, por ejemplo, de la abadía de Las Huelgas de Burgos, supuso para algunos de estos cenobios la consideración, el status, de nullius dioecesis, es decir, ausencia de toda dependencia diocesana. La idea de san Bernardo, según se manifiesta en el Capítulo General de 1134, era que ninguno de los monasterios cistercienses se levantara en ciudades, castillos ni aldeas sino en lugares apartados, lejos del tráfico de la gente. ¿Cumplían la norma estos monasterios femeninos? Algunos factores hemos de tener en cuenta. En primer lugar, el de aquellas casas que tuvieron vida monástica anterior y que, por ello, las monjas asumieron una ubicación previa: San Miguel de las Dueñas, Ferreira de Pantón, Santa Colomba de las Monjas, Villamayor de los Montes, ÁLVAREZ ÁLVAREZ, C. y CAVERO DOMÍNGUEZ, G., “La diócesis de Astorga, entre León y Braga”, en ADÃO FONSECA, L., AMARAL, L. C. y FERREIRA, M. F. (coords.), Os reinos ibéricos na Idade Média: livro de homenagem ao Professor Doutor Humberto Carlos Baquero Moreno, Oporto, 2003, vol. I, pp. 337-344. 31 DÍAZ BODEGAS, P., “La diócesis de Calahorra en la Edad Media y su consolidación a la sombra del poder”, en DE LA IGLESIA DUARTE, J. I. y MARTÍN RODRÍGUEZ, J. L. (coords.), Los espacios de poder en la España medieval: XII Semana de Estudios Medievales, Nájera, del 30 de julio al 3 de agosto de 2001, Nájera-Logroño, 2002, pp. 459482; e Idem, La diócesis de Calahorra y La Calzada en el siglo XIII. La sede, sus obispos e instituciones, Logroño, 1995. 30

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Gómez Román, San Vicente de Segovia, Santo Domingo de Silos de Toledo, San Clemente de Toledo y Buenafuente del Sistal entrarían en esta categoría; de algún otro desconocemos los orígenes y no lo podríamos asegurar. Aun así, podríamos afirmar que al menos una cuarta parte de ellos heredó el lugar, cuando no la fábrica, y su ubicación no puede caracterizarse de cisterciense propiamente dicha, si bien es cierto que en algunos casos pudo no alejarse mucho de la línea benedictina. De alguno de ellos conocemos también que, muy a pesar del criterio bernardo, se cambió la situación inicial por no cumplir las expectativas que se deseaban para una acertada ubicación32. Esto no fue nada extraño, en general, entre los cistercienses. A una vertiente u otra, el puerto de Somiedo no parece lugar muy adecuado para la ubicación de un monasterio, y menos de monjas, en plena cordillera Cantábrica, debido a lo adverso de sus condiciones orográficas, climáticas y poblacionales. Ni la leonesa zona de Babia ni la asturiana Gúa acabarían por ser un lugar adecuado; a pesar de ello, la comunidad se mantuvo durante siglos entre una y otra, y no se mudó a Avilés hasta el siglo XVI33. Con todo, debemos reconocer que las zonas costeras no fueron tampoco atractivas para las monjas medievales. La mayor parte de los monasterios, tanto masculinos como femeninos, buscaron el asentamiento en las buenas vegas, en terrenos aluviales, cerca de un adecuado abastecimiento de agua, en lugares más bien rurales. Era imprescindible contar con buenos recursos hídricos, con tomas de agua o fuentes propias para asegurarse un buen abastecimiento; de ahí su proximidad a los ríos, proximidad no siempre ventajosa. El río Cúa, cuyo cauce se alteraba seriamente en las estaciones equinocciales, arrasó el monasterio berciano de Villabuena, inundando y deteriorando su fábrica, hasta inutilizarla34. La denominación de villabuena alude precisamente a esas buenas tierras fluviales. Aprovechar las vegas, aunque fuera en lugares menos mesetarios, conllevaba siempre la condición fluvial. La toponimia lo expresa adecuadamente: un ejemplo característico es el monasterio de San Andrés de Arroyo, donde el arroyo de San Andrés es el pequeño curso fluvial en cuyas proximidades se asienta el monasterio, que toma el nombre del cauce, al norte de la provincia de Palencia35. En una situación similar estaría Santa María del Valle de Fuencaliente, en el noroeste soriano; y San Clemente de Adaja alude a este curso fluvial, en Ávila. Son ejemplos representativos. Una última acepción: huelga da nombre a varios moDE BONEVAL, A., Sancti Bernardi, Abbatis Claraevallensis, vita et res gestae. Vida y obras de san Bernardo, libros I, II y III, trad. y ed. de PRIETO ARCE, M., MARTÍNEZ GALARRETA, C. y PASCUAL, F. R. de, Cistercium, 198 (1994), p. 605. A ello se refiere BANGO, I. en “La topografía del ora et labora”, en Monjes y Monasterios. El Císter en el medievo de Castilla y León, p. 101. 33 CAVERO DOMÍNGUEZ, El esplendor del Císter en León, p. 80. 34 CAVERO DOMÍNGUEZ, G. y GONZÁLEZ GARCÍA, M. A., El monasterio de San Miguel de las Dueñas, León, 2000, pp. 120-121. 35 GUTIÉRREZ PAJARES, M. T., El monasterio de San Andrés de Arroyo, Palencia, 1993, especialmente p. 23. 32

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nasterios, el primero y representativo las Huelgas de Burgos. El vocablo huelga (del celta hispánico olga) significa “terreno de cultivo especialmente fértil”36. Obviamente, en el caso de las Huelgas de Burgos, se refiere a la vega del Arlanzón, cuyo curso hídrico discurre a su lado: la “vega de Burgos” que mencionaba Alfonso VIII37. ¿Alejados de las ciudades? El monasterio de las Huelgas de Burgos, a que acabamos de aludir, fue fundado por el monarca Alfonso VIII en las proximidades de la ciudad, pero poco tiempo después ya se consideraba que formaba parte del burgo38. San Clemente de Toledo, situado a las afueras de la ciudad, tuvo un traslado regio que lo colocó dentro del ámbito urbano39. La normativa bernarda ya no parece aquí ser tan estricta. ¿O se había relajado la norma? Además, cuando tardíamente las monjas se instalaron en Andalucía, lo hicieron en las grandes ciudades de Sevilla y Córdoba40. ¿Era propio del ámbito meridional? No. Del mundo desértico huyeron también las monjas de San Quirce, en Valladolid, inicialmente “allent la puente de Valladolid”, extramuros de la ciudad41. Desde luego, con el tiempo, el ámbito urbano se hizo más atractivo para las comunidades de monjas. En general, eran también muy atractivas las villas, tal vez por la intención de sus propios fundadores/dotadores; y, desde luego, la entrega de lugares y pequeñas villas por parte del rey a sus nobles, quienes después las entregaron para fundaciones de las monjas cistercienses (Gradefes por parte de Alfonso VII; y Herce por Alfonso VIII) favoreció este tipo de asentamientos. También se dieron casos de villas potentes de la alta nobleza y de la realeza: Vileña, por ejemplo. En estos casos la ubicación de una nueva abadía sobre una villa o lugar del fundador, el cenobio se convirtió en el epicentro: así ocurrió con la villa de Cañas y Canillas, la villa de Gradefes, la de Carrizo, la de Otero, con Perales y Zorita, y con Vileña. Por eso solían ser fundaciones muy sólidas, ya que se asentaban en villas que eran propiedad de los fundadores, tanto hombres como mujeres. Gran preocupación mostraban las monjas, en el momento de la fundación o dotación de su abadía, por la concesión del coto monástico. El coto era entendido REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario de la lengua española, 22ª ed., 2001, s. v. huelga2, p. 836. Para Alfonso VIII y Leonor Plantagenet la ubicación de las Huelgas burgalesas estaba in la vega de Burgis. GONZÁLEZ, J., El reino de Castilla en la época de Alfonso VIII, Madrid, 1960, vol. 2, p. 809. Véase también más adelante, en la p. 15, el texto más ampliado. 38 …quod prope ciuitatem que dicitur Burgis, GONZÁLEZ, J., ibidem, vol. 3, p. 208. 39 Véase VIZUETE MENDOZA, J. C., “El Císter en Toledo: fundación y exención del monasterio de San Clemente”, Cistercium, 192 (1993), pp. 155-191. 40 En Sevilla, en casas procedentes del repartimiento, para Santa María de las Dueñas; y para San Clemente, en el barrio de San Lorenzo, cerca del Guadalquivir. 41 GARCÍA FLORES (Arquitectura de la orden del Císter en la provincia de Valladolid, pp. 449-450) señala: “al otro lado del Puente Mayor, en concreto en la actual calle de San Lázaro”. Posteriormente, en el siglo XIV se trasladó al interior de la villa. 36 37

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Monasterio de Santa María de Carrizo de la Ribera

como el espacio que rodea a la fábrica monástica. En 1175 doña Fronilde restauraba la vida monástica en el monasterio de Ferreira y, en 1180, el monarca leonés Fernando II otorgaba a dicho monasterio todo lo que tenía en el coto de Ferreira: Cauto etiam istud vobis, quod ab hac die nulli liceat in idem intrare nec ulla ratione inde aliquid violenter accipere. Libero etiam non minus de toto debito meo et servitio quod mihi regiae voci pertinebat42. 42

FERNÁNDEZ DE VIANA, Colección diplomática del monasterio de Santa María de Ferreira de Pantón, docs. 7 y 8, pp. 24-25.

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Este tratamiento es similar al que el mismo monarca leonés dio al monasterio de Gúa, cuyo coto estaba entre La Cueta y Santibáñez. Este coto monástico, cambiada la ubicación del monasterio, se mantuvo con la denominación de coto babiano de Santibáñez, comprendía los lugares de Mero, La Cueta, Quejo, Vega de Viejos, Suenas y otros y se convirtió en un coto de explotación ganadera, donde las cistercienses tenían jurisdicción plena; su importancia estribaba en los pastos de altura, difícilmente explotados de forma directa pero que, en arriendo, permitían a las monjas la obtención de cuantiosas rentas, indispensables para el abastecimiento monástico43. Sin duda, el coto más importante fue el de Santa María la Real de las Huelgas burgalesas, con una espléndida dotación real44. Pero los cistercienses, más los monjes que las monjas, estuvieron también muy interesados en hacer coto sobre lugares de explotación de su patrimonio, allí donde a partir de donaciones o compraventas y permutas pudieron reunir parte de sus tierras, territorios o villas. Con esto frecuentemente buscaban definir como coto algunas granjas, que no era precisamente en los monasterios femeninos lo más frecuente, pero que sí existieron. J. J. Martín García ha estudiado detenidamente la formación del coto de Hormilleja, perteneciente al monasterio de Santa María de Cañas, y define coto redondo como el “conjunto de predios de un mismo dueño que no incluye en sus linderos ninguna heredad ajena”; y éste es el caso de Hormilleja45. Aquí se utilizó la explotación de tipo granja, con una capilla y un clérigo; un caso semejante a como el monasterio de San Miguel de las Dueñas hizo con su coto redondo de la Magdalena, muy próximo al monasterio, constituido sobre una antigua heredad llamada de Fuentencalada46. En cuanto a las construcciones edilicias, no todos los monasterios conservaron su fábrica, o parte de ella, de la época románica o inicios del gótico47. La política del siglo XVI llevó a la búsqueda de nuevas ubicaciones, con el consiguiente abandono de las anteriores instalaciones (Torquemada/Santa María de Escobar, Renuncio, 43

A fines de la época medieval recibían, como censo perpetuo 20 cargas de pan mediado, trigo y centeno, y 15 raciones de cabritos y corderos vivos; es decir, que la comunidad se abastecía de pan y carne. CAVERO DOMÍNGUEZ, El esplendor del Císter en León, p. 141. 44 Véase LIZOAIN GARRIDO, J. M. y GARCÍA GONZÁLEZ, J. J., El monasterio de las Huelgas de Burgos. Historia de un señorío cisterciense burgalés (siglos XII y XIII), Burgos, 1988. 45 Véase MARTÍN GARCÍA, J. J. “La conformación de un coto redondo monástico en La Rioja Alta durante la Edad Media: Hormilleja bajo la abadía de Cañas”, Berceo, 156 (2009), pp. 45-70. La definición de coto redondo se encuentra en la p. 46. 46 CAVERO DOMÍNGUEZ y GONZÁLEZ GARCÍA, El monasterio de San Miguel de las Dueñas, pp. 60-61. 47 Remitimos al estudio ya citado de CASAS CASTELLS, Arquitectura de los monasterios cistercienses femeninos en Castilla y León, siglos XII y XIII; y a los abundantes trabajos de J. C. VALLE PÉREZ, principalmente La arquitectura cisterciense en Galicia, 2 vols., La Coruña, 1982.

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Santa Colomba de las Monjas, Santa María de Abia/Santo Domingo de la Calzada, Gómez Román, Perales/San Joaquín y Santa Ana de Valladolid, Gúa/Huelgas de Avilés). Otros desaparecieron muy rápidamente (Tardesillas) y convertidos en granjas, no pudieron mantener las pobres construcciones con que contaban (Aza, Sancti Spiritus de Olmedo) o sufrieron incendios (Huelgas de Valladolid, Renuncio). Muchos desaparecieron o se fusionaron (San Clemente de Adaja-Santa Ana de Ávila, Villabuena). En fin: conocemos las fábricas monásticas de la primera etapa, de forma parcial y a veces muy fragmentaria, especialmente de los monasterios de Ferreira, San Miguel de las Dueñas, San Vicente el Real de Segovia, Gradefes, Carrizo, San Andrés de Arroyo, Cañas, Herce, Vileña y Villamayor de los Montes. Mientras en algunos casos se hallan restos de finales del medievo, con fábricas muy renovadas (Santo Domingo de Silos el Antiguo, Barría). Las más espectaculares construcciones cistercienses de los siglos XII-XIII, actualmente mejor conservadas y más monumentales pertenecen a las Huelgas burgalesas48 y a Santa María de Cañas49. La relación, dependencia y filiación entre comunidades cistercienses y/o edificios arquitectónicos próximos ha dado lugar a análisis de las relaciones artísticas entre monasterios y otros edificios. Por ejemplo el caso del masculino y zamorano de Moreruela y el femenino y leonés de Gradefes. El ejemplo de Las Huelgas burgalesas, que se ha puesto en relación artística con la catedral de Burgos, mientras Villamayor de los Montes parece relacionarse con los dos anteriores50. 2. Linaje y monacato: la creación de una red femenina cisterciense Reyes y nobles constituyen el núcleo mayoritario de quienes se empeñaron en las fundaciones femeninas castellanoleonesas ¿Podríamos hablar de un procedimiento, una fórmula, a seguir para realizar una fundación? Algunos factores, a los que ya se ha aludido, parecen ser determinantes para el análisis. a) En principio, dos parecen ser las vías más comunes utilizadas: la transformación de un cenobio anterior, que aceptó ponerse bajo la espiritualidad cisterciense y someterse a sus normas; y, en segundo lugar, aquellas abadías que nacieron ya dentro de la orientación bernarda. La abundante bibliografía sobre las Huelgas burgalesas puede verse recogida en el ya citado BANGO TORVISO (coord.), Monjes y Monasterios. El Císter en el medievo de Castilla y León, pp. 496-498. 49 Véase ALONSO ÁLVAREZ, R., El monasterio cisterciense de Santa María de Cañas (La Rioja), arquitectura, patrocinio aristocrático y protección real, Logroño, 2004. 50 Véase CARDERO LOSADA, R., “La iglesia del monasterio cisterciense de Villamayor de los Montes (Burgos) y su relación con la catedral y las Huelgas de Burgos”, Boletín de la Institución Fernán González, 208 (1994), pp. 125-139. 48

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MONASTERIOS CISTERCIENSES REINOS DE CASTILLA Y LEÓN (1160-1230)

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Corona de Aragón REINO DE CASTILLA REINO DE LEÓN Reino de Navarra Reino de Portugal Territorios musulmanes (1200)

b) Por su parte, dos fechas relevantes determinan un antes y un después: en primer lugar, la creación del monasterio burgalés de las Huelgas por el monarca castellanoleonés Alfonso VIII, en 1180; y, en segundo lugar, la data de adscripción, de iure, al Císter; es decir, el proceso de institucionalización que llevó al Capítulo General de la Orden a incorporar las casas de monjas, a comienzos del siglo XIII. Ambos componentes tendrían gran repercusión, determinarían y serían decisivos en la configuración de la red monástica femenina. Pero, en todo caso, la vida de las comunidades de monjas, de forma especial, dependió en gran parte de sus fundadores, del patrimonio familiar, de sus parentelas y linajes y, en muchos casos, de los miembros femeninos a ellos pertenecientes. Las dóminas no hacían otra cosa que seguir los modelos regios, con comportamientos muy similares. Y estos monarcas y nobles arrastraban un largo camino y la lenta reinserción del monacato de base familiar, que todavía no había agonizado completamente. 2.1. Monasterios reconvertidos Al menos una cuarta parte de los monasterios de monjas había tenido una existencia monástica previa a su adscripción al Císter. La casuística presentada es 166

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muy poco homogénea. San Miguel de Almázcara/de las Dueñas, que existía en el siglo X, fue incorporado al infantado leonés, y sería recuperado por la infanta-reina Sancha, apoyada por su hermano, Alfonso VII. La Infanta trató de destacar la importancia del también recuperado monasterio masculino de Carracedo y puso a San Miguel de las Dueñas bajo la obediencia de aquél. Sin embargo, Carracedo no se incorporó al Císter hasta 1203, fecha en la que, como consecuencia de ello, las monjas de Almázcara comenzarían también su andadura cisterciense. En todo caso, la iniciativa monárquica marcó la orientación de las monjas de San Miguel de las Dueñas; al igual que San Clemente de Toledo, por ejemplo, que existía ya a comienzos del siglo XII y pasó al ámbito de Cîteaux de la mano de Alfonso VIII 51. Esta iniciativa regia no aparece en otros casos, como el de San Vicente de Segovia, anteriormente femenino y benedictino, que acabó siendo cisterciense, aunque desconocemos la fecha concreta de cuándo se llevó esto a efecto; o Santo Domingo de Silos el Antiguo, en Toledo. No parece que conllevara problemas significativos el cambio a la espiritualidad cisterciense. Sin embargo, después de comienzos del siglo XIII las transformaciones se hicieron con la aquiescencia del Capítulo General de la Orden. Fue la iniciativa nobiliaria la que cambió el destino de Villamayor de los Montes, adquirido por García Fernández y Mayor Arias, en 1223, que pasó al Císter con el aval regio de Fernando III y el Capítulo General de la Orden, entre 1227 y 1228. Puesto que se trataba de un monarca castellano, la dependencia de las Huelgas burgalesas era evidente. Ciertamente el papel de control de la Orden estaba asegurado, y más en los monasterios de monjas. Dos cenobios de canónigos regulares, Gómez Román y Buenafuente del Sistal, presentan su propia dinámica. El primero de ellos pertenecía al obispo de Ávila, quien en 1240 lo donó a la orden del Císter para monjas, con la condición de que quedarían sujetas al Capítulo General; la adscripción se hizo en 1245. El devenir de Buenafuente fue distinto: pasó de Alfonso de Molina a Sancha Gómez, con la condición de que las monjas fueran cistercienses, y se realizó una visita para comprobar que se ajustaba a la Orden. El control del Capítulo General, como ya señalamos, se implicó directamente después de asumir las abadías femeninas. Interesa especialmente otro tipo de mutaciones o absorciones; en concreto, el monacato de base familiar, con portiones, que busca la nueva y atractiva espiritualidad cisterciense. Aquí quien realmente contaba y decidía eran los herederos o 51

Véanse, en general, las dos obras citadas de VIZUETE MENDOZA, “El Císter en Toledo: fundación y exención del monasterio de San Clemente” y “El monasterio de San Clemente en la Edad Media: los documentos reales, estudio y regesta”.

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coherederos, los propietarios. Y podemos hablar en singular o en plural, de una propiedad compartida o única. Dos casos pueden servir a este análisis: Santa Colomba de la Polvorosa y Ferreira de Pantón; ambos compartieron la titularidad inicial de San Salvador. El primero de ellos, próximo a Benavente (Zamora), pertenecía a diversos herederos en 1097; entre ellos estaba el monarca Alfonso VI52. Algunos de estos herederos aparecen también en una donación otorgada por este monarca a la catedral de León53. El monasterio de herederos se transformó en monasterio cisterciense femenino mediante un pacto monástico familiar o convenientia. Estos coherederos eran principalmente los siguientes: Pedro Palagii, Nebzan Vermudez y su mujer, María Petriz, Jimena Gonzalviz, Gotina Vermudiz, Mayor Vermudiz y Orodux Vermudiz. Entre ellos se intercambiaron unos unas villas y heredades, que eran partijas con el rey Alfonso VI, y luego las donaron a la basílica fundada en Santa Colomba de Polvorosa con distintas condiciones54. Estas condiciones suponían el control de acceso a la abadía por parte de los patronos y daban prioridad de ingreso en ella a las mujeres del linaje; de hecho, el simple cargo abacial podía ser una digna salida para ellas. El segundo ejemplo es el monasterio de Ferreira de Pantón, localizado en la zona lucense, fundado por el conde Ero y su segunda esposa, Elvira55. La documentación del siglo XII nos da su caracterización como monasterio familiar y dúplice, y pertenecía a distintos herederos56. En 1108, el monasterio de San Salvador de Ferreira tenía como abadesa a Jimena57, y, al menos de forma parcial (una porción), en 1125 se aproximó a Cluny58. Véase BURÓN CASTRO, Colección documental del monasterio de Gradefes, vol. I, año 1097, abril, 23. Véase RUIZ ASENCIO, J. M., Colección documental del archivo de la catedral de León, IV (1032-1109), León, 1989, núm. 1293, de fecha 14 de abril de 1097, y núm. 1298. 54 Es interesante el documento 6 publicado por YÁÑEZ NEIRA, D. M. y FERRERO FERRERO, F.en El monasterio de Santa Colomba de las Monjas (Zamora), Zamora, 2003, pp. 167-169. En este documento aparece el siguiente texto, muy revelador: …tali siquidem ratione, ut ab hac die semper ibi Abbatisa habeatur benedicta, et sanctimoniales quae serviant Deo sub Regula sancti Benedicti et Ordine Sancte Mariae de Cistel. Abbatisa vero huius semper sit de progenie eorum qui in hac charta scripti sunt. Si forte evenerit ut conveniens Abbatisa de nostra progenie non inveniatur, eligatur abbatisa de caeteris sanctimonialibus huius monasterii Deo servientibus. Abbatisa vero huius monasterii semper eligatur consilio conventus sanctimonialium huius monasterii, et nostri vel nostrae posteritatis quos Dominae huius monasterii invenerint. 55 Para la evolución de este monasterio pueden consultarse ENRÍQUEZ RODRÍGUEZ, M. F., “Real Monasterio de Santa María de Ferreira de Pantón”, Cistercium, 36 (1984), pp. 125-160; y FERNÁNDEZ DE VIANA Y VIEITES, J. I., Colección diplomática del monasterio de Santa María de Ferreira de Pantón, Lugo, 1994. 56 Véase FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem, doc. 5 (de 1108), pp. 22-23, donde aparece la significativa expresión Ubi famulos vel famulas Christi. 57 FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem. 58 Véase BISHKO, Ch. J., “The Cluniac Priories of Galicia and Portugal: their Acquisition and Administration, 1075-c. 1230”, Studia Monastica, 7 (1965), 324-326. Hay una segunda edición en Idem, Spanish and Portuguese Monastic History, 600-1300, Londres, 1984.

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Sería la condesa Fronilde Fernández, perteneciente a la poderosa casa gallega de Traba, quien en 1175 estaría al frente de Ferreira, quam ego habui ab auis, et astatuis meis, en palabras de la misma Fronilde59. Ella misma también optó por la renovación monástica cisterciense, dependiente de un monasterio masculino, el de Meira, de acuerdo con el obispo de Lugo, Juan60. Además, añadió los derechos de otros herederos61, y con apoyo regio transformó San Salvador de Ferreira, al conseguir que Fernando II, con el respaldo de su hijo el futuro Alfonso IX, entregase cuanto tenía en el coto de Ferreira, incluyendo varias iglesias62. Los herederos siguieron controlando el cenobio, ya que la hija de la condesa Fronilde, Guiomar Rodríguez ratificaba, en 1196, las disposiciones maternas a la vez que confirmaba la cesión a la orden cisterciense63. En los años centrales del siglo XIII se denominaba “convento das donas et dos clerigos do moesteyro de Ferreira” y no parece que se hubiera librado del control familiar64. De hecho, el control de la aristocracia “propietaria” sobre las monjas se mantuvo en el siglo XIII, pero, para entonces, el monasterio familiar ya no era viable, y sí estaba vigente un patronato más férreo: por ello realizaban directamente la gestión, como titulares65. Lo que realmente llama la atención es que su dependencia del Císter no llevase aparejada una libertad más amplia con respecto a los patronos66. Monasterio de herederos había sido también el de Villamayor hasta al menos los inicios del siglo XIII. Quienes reunieron las partes o porciones fueron García Fernández y Teresa Muñoz. De hecho, comenzaron a realizarse los preparativos en 1223, y, en 1228, Garci Fernández y su segunda esposa, Mayor Arias, realizaron la fundación, dependiente de la abadía de las Huelgas de Burgos67. Los monasterios que hemos puesto como ejemplo en Santa Colomba, Ferreira y Villamayor buscaban la renovación institucional dentro del ámbito cisterciense FERNÁNDEZ DE VIANA, Colección del monasterio de Santa María de Ferreira, doc. 7, p. 24. FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem. Remitimos también a nuestro trabajo CAVERO DOMÍNGUEZ, G., “El monasterio medieval, sede de solar nobiliario y refugio de mujeres de la aristocracia”, en GARCÍA DE CORTÁZAR, J. A. y TEJA, R. (coords.), Monasterios y nobles en la España del románico: entre la devoción y la estrategia. Actas del XXV Seminario sobre Historia del Monacato (Aguilar de Campoo, agosto de 2013), Aguilar de Campoo, 2014, pp. 129-132. 61 FERNÁNDEZ DE VIANA, Colección del monasterio de Santa María de Ferreira, doc. 9, datado en 1182: Doña Elvira dona a la condesa Fronilde el derecho de patronazgo que le pertenecía en el monasterio de Ferreira iure fundationis. 62 FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem, doc. 8, p. 25. Diploma de Fernando II, datado en 1180. 63 FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem, doc. 10, p. 26. 64 FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem, doc. 19, p. 33, datado en 1263. 65 FERNÁNDEZ DE VIANA, ibidem, doc. 11, pp. 26-27. 66 Al respecto puede verse PÉREZ RODRÍGUEZ, F. J., Mosteiros de Galicia na Idade Media (séculos XII-XIV): guía histórica, Ourense, 2008, p. 189. 67 CASAS CASTELLS, E., “Orígenes, fundación y expansión de la orden del Cister: el caso del monasterio de Villamayor”, en VV.AA., Jornadas culturales con motivo del IX centenario de la fundación del Cister, Burgos, 1998, p. 35. 59 60

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pero seguirían apegados a las estructuras familiares de las que apenas podían desvincularse, dada la fuerza que mantuvo el sistema del patronato. Estos monasterios de raíz familiar ofrecen una dispar procedencia, con frecuencia sin definir; pero, como vimos anteriormente, dicha procedencia está mejor definida en ocasiones, como fue el caso de los canónigos regulares de Gómez Román y Buenafuente del Sistal, o el de las benedictinas segovianas. Es un amplio panorama en el que había abadías masculinas transformadas en femeninas, monasterios abandonados no caracterizados, con comunidades vivas, pero que ahora se incorporaban a la institución de los cistercienses. La reconversión de abadías, la incorporación al ámbito bernardo, la propia recuperación monástica, cuando la había… ¿quién la decidía? Cuantos ejemplos hemos recogido apuntan a sus propietarios, reyes y nobles; antes de 1213 sin control institucional, después casi siempre bajo el filtro, la visita, del Capítulo General cisterciense. ¿Se descubre cierta conflictividad en la reconversión? Aparentemente no. 2.2. Monasterios nacidos para el Císter El procedimiento de una nueva fundación tampoco fue totalmente homogéneo, especialmente antes de 1213. Sin embargo, hay una dinámica, la propia institucional, que puede ofrecer puntos comunes. 170

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Considerado el primer monasterio femenino castellano, Santa María de la Consolación de Perales fue fundación de la casa de Lara. El 29 de enero de 1160 los condes Nuño Pérez de Lara y Teresa Fernández de Tovar hacían chartulam donationis de cuanto tenían en Perales y Zurita a doña Ozenda et sororibus Deo devotis secundum Ordinem de Cistercii ibi regulariter degentibus68. En este caso la fundación parece que dependió de Tulebras, de donde provenían las monjas, y doña Mencía, hija de los fundadores, se convertirá en la abadesa69. El monasterio de Cañas, con posible vida monástica anterior, es conocido a través de dos documentos; uno es copia y otro es un original, ambos de 1169. Por la primera, los condes Lope y Aldonza dan a Dios y a la orden del Císter y a las monjas el monasterio de Hayuela, que pertenecía a la condesa; y como se trataba de un monasterio situado en territorio fronterizo, fue avalado por los reyes Alfonso VIII de Castilla, Fernando II de León y Sancho VI de Navarra, a los que se unieron los prelados de Toledo y Calahorra. Posteriormente, en 1171, la condesa Aldonza, ya muerto el conde, lo integró en el de Cañas70. El monasterio de Santa María de Cañas quedaría ligado a la casa de Haro. Un tercer ejemplo nos lleva a Santa María de Carrizo. En 1176 la condesa Estefanía Ramírez, ya viuda del conde Ponce de Minerva, decidió hacer una fundación femenina y pensó en la orden cisterciense, a la que entregó posesiones de su propia heredad. Pero puso sus condiciones: …do et concedo uillam qui dicitur Karrizu, cum omnibus directuris et pertinentiis suis integre, et uillam Sancti Petri de Paramis totam et integram, et uillam de Groleros et de Argaualones, cum omnibus directuris et pertinentiis suis. Quas uillas ego habeo de mea ganantia et de meis arris et de meis directuris quas dedit mihi maritus meus. Do etiam totam illam hereditatem quam ego habeo in Astorica et habere debeo, et in Riegos et in Tapia –quas hereditates habeo de meo patrimonio– hordini de Cistelsensi, tali conuentione, ut sit abbatia sanctimonialium in Karrizu. Quod si ordini cistelcensium non placuerit abbatiam sanctimonialium in Karrizo construi sit potestate et prouidentia comitisse domne Mariae, filie meae, faciendi ibi abbatiam sub quocumque ordine Deo seruientium sibi placuerit 71. YÁÑEZ NEIRA, D. M., “El monasterio cisterciense de Perales, cuna de la recolección”, Publicaciones del Instituto Tello Téllez de Meneses, 59 (1988), pp. 394-395. Se encuentra también el documento en la obra escrita en siglo XVIII por el padre Mendoza, Historia de la vida, echos y virtudes de la Ven. Madre Ana María de la Concepción Religiosa del Choro Recoleta del orden Cisterciense en el monasterio de S. Joachin y Santa Ana de la ciudad de Valladolid, 1779, pp. 5-7. Más recientemente lo recogió Elena Casas en su tesis doctoral, Arquitectura de los monasterios cistercienses femeninos en Castilla y León, Madrid, 2005 (CD), pp. 496-497. 69 PÉREZ-EMBID WAMBA, F. J., “El Císter femenino en Castilla y León. Fundación y organización de las comunidades monásticas”, en Actas das II Jornadas Luso-Espanholas de História Medieval, vol. III, Oporto, 1989, p. 1082. 70 La última edición de los diplomas puede verse en BAURY, G., Les religieuses de Castille, pp. 273-278, pièces justificatives, 1 y 2. 71 CASADO LOBATO, Colección diplomática del monasterio de Carrizo, vol. I, doc. 38, pp. 43-45. 68

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La condesa estaba preocupada por el futuro de su hija, la condesa María Ponce, quien se convirtió en protagonista y objetivo de la nueva fundación monástica femenina diseñada por su madre. El empeño de ésta se hallaba por encima del ámbito cisterciense. La nueva abadía estaría al servicio del linaje, comenzando por el control abacial, que se ponía en manos de María72. La relación de los Ponce de Minerva, tanto la del conde como la de su esposa, con los cistercienses fue muy próxima y favorecedora del espíritu bernardo, pero no exclusivamente. En Carrizo la condesa ofreció la fundación del monasterio a los cistercienses justo en un momento en que todavía los seguidores de Bernardo no habían adoptado una posición definitiva respecto a la colaboración con el monacato femenino que seguía sus ideales. Tal vez por ello la condesa Estefanía hiciera la propuesta, dejando claro que, por encima, estaban sus intenciones. Faltaban pocos años para la fundación de las Huelgas burgalesas, pero bastantes más para que el Capítulo General de la Orden decidiera incorporar a las monjas. Pero Carrizo sería cisterciense. El modus operandi para la fundación de la abadía cisterciense parece que se inició con el ofrecimiento, por parte de la aristócrata, de un patrimonio inicial solvente, en el que se incluía el lugar donde se ubicaría la fábrica monástica bajo el control de la familia. Estefanía Ramírez a quién se dirigió? ¿Qué autoridad cisterciense tomó una decisión conveniente y adecuada? ¿Fue algún monasterio masculino próximo: Sandoval, Nogales? ¿O fue directamente Clairvaux quien tuvo que responder a la iniciativa? Otra posibilidad es que la condesa se pusiese en contacto con Tulebras, la abadía navarra peninsular, dependiente de Tart, que se convirtió en pionera de las casas cistercienses femeninas y que realmente ejerció de casa madre hasta la fundación de las Huelgas; y que la decisión de aceptar la oferta de Estefanía Ramírez recayese sobre Tulebras, de donde saldrían las monjas encargadas de llevar a cabo la génesis de la primera comunidad carricense. ¿Habría de ser consultado también el ordinario diocesano? La dependencia episcopal no se menciona: ¿debemos suponerla? Lo cierto es que esta donación inicial sería el contrato más importante para la fundación de Carrizo, y que la vida de esta comunidad quedaría unida a la del linaje, en lo referente a la vida y a la muerte. No sería una simple donación, sino que se trataría del establecimiento de una relación de dependencia entre la casa fundadora (el linaje) y la nueva abadía. El linaje ciertamente no se abstendría de controlar a la comunidad. Es decir, seguía las pautas del monacato antes de que fuera regulado, en la rama femenina, por el Capítulo General cisterciense. 72

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Remitimos a nuestro trabajo CAVERO DOMÍNGUEZ, G., “Las condesas Estefanía Ramírez y su hija María Ponce: estrategias familiares femeninas”, en DE LA ROSA CUBO, C., DEL VAL VALDIVIESO, M. I., DUEÑAS CEPEDA, M. J. y SANTO TOMÁS PÉREZ, M. (coords.), Femina. Mujeres en la Historia, Valladolid, 2015, pp. 49-70, especialmente, p. 63.

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En ninguno de los casos recogidos podríamos señalar que se trata de una simple donación; y, en cualquier caso, hubo siempre una relación directa con los linajes fundadores, que se mantuvo durante la vida de los mismos y después de su muerte73. El control era familiar, y comenzaba generalmente por la propia dirección de la abadía: curiosamente las fundadoras, o sus hijas, fueron en ocasiones las primeras abadesas y, posteriormente, el cargo se mantuvo bajo control familiar con sus sucesoras. Lo vemos en Carrizo, Gradefes y Cañas. Eran aristócratas, con frecuencia viudas, que controlaban su patrimonio, protegían a su linaje y amparaban a su descendencia buscando el recurso del claustro, en la vida y en la muerte, como se había hecho anteriormente en el tradicional monacato familiar.

73

Como señala G. Baury: “No podemos pues considerar hoy la fundación de una institución como una donación gratuita, tal como se solía indicar en los textos. El término se correspondía seguramente con una categoría jurídica contemporánea y probablemente con la visión del acto por sus promotores y por la Iglesia. Pero en términos antropológicos se trata de un intercambio de bienes contra servicios que iniciaba una relación sinalagmática y eterna entre un linaje de ricoshombres y una institución monástica. De hecho cada abadía era al uso exclusivo de un grupo familiar: Perales y San Andrés de Arroyo eran de los Lara, Cañas y Herce de los Haro, San Felices de los Castro, Buenafuente de los Molina y las Huelgas de la realeza”. BAURY, G., “Las monjas cistercienses, sus patronos y la orden en Castilla (siglos XII y XIII)”, en ALBUQUERQUE CARREIRAS, J. (dir.), Mosteiros cistercienses. História, Arte, Espiritualidade e Patrimonio, Alcobaça, 2013, t. III, p. 41.

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Otra cuestión distinta es la de aquellas fundaciones efectuadas por la realeza. Algunos ejemplos nos pueden servir de base: uno para León, otro para Castilla. La gran fundación regia fue, sin duda, la realizada por Alfonso VIII de Castilla en Burgos. El monasterio de las Huelgas estaba llamado a ser el gran cenobio femenino cabeza del Císter femenino hispano. ¿Cuáles fueron los compromisos de Alfonso VIII y Leonor Plantagenet en la fundación burgalesa? Las primeras noticias datan de 118074. De 1184 hallamos un diploma de Lucio III en el que renueva a la orden del Císter los privilegios por los que se trataba de controlar la exención respecto al ordinario diocesano75. Y en 1187 Alfonso VIII y Leonor, junto con sus hijas Berenguela y Urraca, …cupientes remissionem peccatorum in terris et postmodum in celis locum obtinere cum Sanctis, construimos ad honorem Dei et Sancte eius genitricis Uirginis Marie monasterium in la uega de Burgis, quod uocatur Sancta Maria Regalis, in quo cistercienseis ordo perpetuo obseruetur, quod, uidelicet, monasterium damus et concedimus uobis, Missol, eiusdem monasterii instanti abbatisse, et omnibus sororis uestris, presentibus et futuris, secundum cisterciensem ordinem degentibus, perpetuo possidendum76.

El monasterio había sido construido y dotado espléndidamente por los monarcas, y ahora era entregado a la abadesa Missol junto con su convento. Pero el interés de los reyes castellanos pasaba por hacer de la abadía burgalesa el centro del monacato femenino cisterciense hispano. De ahí que, ante la petición de Alfonso VIII y el obispo de Sigüenza, Martín, el abad Guillermo, del Císter, autorizara a las abadesas castellanoleonesas la realización de un capítulo en las Huelgas77. En el año siguiente, 1188, también se propició la rápida protección del pontífice Clemente III78. Sin embargo, la reunión de abril de 1189 fue muy controvertida y no necesariamente hay que interpretar que partiese de la abadesa de las Huelgas de Burgos, sino que se realizó por obstinación del rey Alfonso VIII, cuyo empeño tenía como objetivo solicitar al Capítulo General cierta autorización. La cuestión es que ésta LIZOAIN GARRIDO, Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1116-1230), doc. 5, p. 10. LIZOAIN, ibidem, doc. 8, pp. 13-15. Se trata de una copia, con únicamente el año, y muchas deficiencias morfológicas y sintácticas, según el editor. 76 LIZOAIN, ibidem, doc. 11, p. 21. 77 LIZOAIN, ibidem, doc. 13, pp. 25-35. Véase también el doc. 19, pp. 35-36, documento recogido de los Annales Cistercienses de A. Manrique, por el que Guido, abad del Císter, y el Capítulo General de la Orden acceden a las peticiones de las abadesas de Castilla y León para que una vez al año puedan reunirse a celebrar un capítulo en el monasterio de Las Huelgas. En esta edición se añaden comentarios acerca de la problemática de este documento y de las distintas opiniones generadas. 78 LIZOAIN, ibidem, doc. 21, pp. 38-40, por el que el papa acoge a las Huelgas y sus propiedades bajo su amparo y regula su régimen cisterciense; y doc. 22, pp. 41-42, en el que añade prerrogativas concretas relativas al ordinario diocesano. 74 75

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fuese la reunión preparatoria en la que quedaban implicadas varias abadesas (las de Carrizo y Gradefes) para la realización de la auténtica reunión capitular celebrada el 11 de noviembre del citado año de 1189. Por eso, la abadía de las Huelgas de Burgos tuvo una fundación particular, que no se atiene a los modelos de las anteriores, dado el interés del monarca castellano por la creación de una auténtica abadía que fuese el punto de control del Císter femenino de su reino, al que sumaba el reino de León, mas no parece que el ámbito navarro o el aragonés. ¿Fue algo inaudito el caso de Huelgas? Quizás no. Sólo quiero hacer una referencia a lo que la infanta Sancha, tía abuela de Alfonso VIII, quiso hacer con Carracedo y su confederación de monasterios. Quiero evidenciar el interés de varios de los miembros de las diversas monarquías por establecer pautas de control sobre el monacato de sus reinos79. Cuando se fundó el monasterio de Villabuena, en 1229, el anciano Alfonso IX ya no tenía ese interés; o al menos no lo manifestó inicialmente. En el reino de León, ya en sus últimos momentos, la exreina Teresa de Portugal fundó este monasterio de Villabuena, en la comarca berciana. Ella fue la primera mujer de Alfonso IX y de él recibió apoyos para su fundación. La primera cuestión decisiva es que para entonces había dos puntales importantes: ya el Císter femenino estaba incorporado al Císter general con aquiescencia del Capítulo General de la Orden y se había consolidado el poder de las Huelgas de Burgos para el ámbito castellano. Por eso nunca Villabuena se podría comparar con las Huelgas de Burgos, comenzando porque nació bajo el ámbito del monasterio de Santa María de Carracedo, muy próximo a él; y Villabuena era una modesta fundación, sin duda ligada a las infantas Sancha y Dulce, hijas de Alfonso IX y Teresa de Portugal, herederas al trono leonés, que nunca consiguieron, ya que llegaron a un acuerdo con su medio hermano Fernando III. La dotación patrimonial era regia, comenzando por el lugar de asentamiento (cellarium/palatium); y fue Alfonso IX, en abril de 1229, quien concedió una amplia dotación a la propia exreina Teresa, que fue realmente la fundadora: Do in quam vobis Domina Regina predictum cellarium cum omnibus directuris et pertinentiis suis: ita quod in villabona ad honorem Dei et beate Virginis Marie et omnium Sanctorum monasterium sub regula beati benedicti regendum hedificetis in quo vos et alie domine ordinem cisterciensem observetis fructus autem et alios proventus ad idem cellarium pertinentes vos et alie Domine in eodem monasterio sub predicta regula in Ordine prefacto Deo servientes ad sustentationem vestram in perpetuum percipiatis80. Remitimos a CAVERO DOMÍNGUEZ, G., “Sancha Raimúndez: an ‘Infanta’ in the Exercise of her Power”, in Imago Temporis. Medium Aevum, 7 (2013), pp. 271-297. 80 Archivo Ducal Casa de Alba. Palacio de Liria, cajón 343, perg. 2. Publ. CAVERO y GONZÁLEZ, El monasterio cisterciense de San Miguel de las Dueñas, pp. 197-198, doc. I. 79

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La fundación sería confirmada después (diciembre de 1231) por el papa Gregorio IX81; y en 1234 Fernando III confirmaría también la dotación de su padre Alfonso IX de León, señalando: Domine Sancia et Domine Dulce concedo et confirmo illam donationem quam de monasterio de Villabona que est in Bergido quondam fecit illustrissimus pater meus Dominus Adefonsus, felicisime recordationis pro anima sua talimodo videlicet quod fiat ibi monasterium et semper sit ibi Abbatissa et conventus cisterciensis ordinis sub regula beati Benedicti quod monasterium semper subsit monasterio de Olgis de Burgis quod dicitur Sancta Maria Regalis82.

Nunca hubiese consentido Alfonso IX que Villabuena dependiera de Castilla. Fernando III quiso imponerla, pero Villabuena no parece haberse sometido a las Huelgas de Burgos. Fundación regia, aunque un tanto transformada, sería Vileña, realizada por Urraca López de Haro, viuda de Fernando II de León, a comienzos también del siglo XIII. Este monasterio, al igual que Villamayor de los Montes, nacía ya dentro del ámbito de las Huelgas burgalesas y en su dependencia. Es decir, se consolidaban dentro de las estructuras de la Orden. Aun así, podemos ver el caso del monasterio de Otero, ligado a Vileña y a Carrizo, cuya fundación, problemática, ha marcado el desconcierto, especialmente después de que se ha interpretado que el considerado documento fundacional es falso; lo que no invalida la fundación pero sí parte de la información que trasmite83. María Núñez era fruto del primer matrimonio de la antigua reina leonesa Urraca López de Haro, quien había casado, en segundas nupcias, con Fernando II de León. María procedía del reino de León, al ser su padre Nuño Meléndez, perteneciente a los Flaínez, y estaba ligada a los Ponce de Minerva-Ramírez, fundadores de los cenobios de Sandoval y Carrizo, entre otros. Por eso no extraña que tuviese relación con el monasterio de Vileña, fundado por su madre, y el de Carrizo, fundado por Estefanía Ramírez y en cuya comunidad se integró. Aunque inicialmente sus propiedades fueron otorgadas al monasterio de Sandoval, acabó, de forma convulsa, fundando su propio monasterio en la villa de Otero, en los años centrales del siglo XIII, con la ayuda de las monjas de Carrizo. Pero el comportamiento del monasterio de Otero de las Dueñas, último monasterio cisterciense leonés en ser fundado, no fue el normal. Los casos castellanos CAVERO y GONZÁLEZ, ibidem, pp. 199-200, doc. IV. CAVERO y GONZÁLEZ, ibidem, pp. 201-202, doc. VI. 83 “Esta investigación sobre la abadía cisterciense femenina de Otero (León) demuestra que el supuesto documento fundacional de 1240 es una falsificación de mediados del siglo XV destinada a arraigar en el siglo XIII el patronazgo tardío de los Guzmán de León”. BAURY, G., “Fundar una abadía cisterciense femenina a mediados del siglo XIII: en torno a los inicios de Otero (1230-1252)”, Estudios Humanísticos. Historia, 13 (2014), p. 9. 81 82

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Monasterio de San Miguel de las Dueñas

de las comunidades de Gómez Román y Buenafuente, en ambos casos antiguos monasterios de canónigos regulares, y la de Herce recogen ya el impacto de la normativa cisterciense. Este último nos permite analizar los pasos seguidos por los López de Haro-Cameros, quienes en 1246 solicitaron al Capítulo General de la Orden, a través del cardenal Egidio de Torres, como representante de Alfonso López de Haro, la autorización para una nueva fundación femenina; y el Capítulo General encargó a los abades del monasterio gallego de Meira y el vallisoletano de La Espina que estudiaran la situación y las condiciones: es decir, el lugar, el permiso diocesano calagurritano y el patrimonio. Una vez aprobada la nueva fundación, 177

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la decisión de su dependencia correspondió al Capítulo General, que señaló su sujeción al abad de Iranzu84. Otros ejemplos recogen los statuta cistercienses, pero también con ciertas particularidades, como el caso del monasterio de San Clemente, posiblemente el cordobés, que se supone fundado por Fernando III, cuya solicitud a las jerarquías cistercienses se debería a su hijo Alfonso X85. Fundar o transformar una abadía cisterciense era una tarea personal o familiar, sujeta a la institución capitular después de 1219, pero anteriormente no siempre integrada o ligada a abadías cistercienses, mostrando cierta anarquía. Aunque existen rasgos comunes, como el hecho de que los fundadores entreguen el monasterio a la abadesa y monjas, hay peculiaridades, marcadas en cierto modo por los deseos y las exigencias de los linajes fundadores. Los nexos familiares de estas casas nobiliarias (redes clientelares) demuestran la conexión entre distintas fundaciones y la dependencia de abadías concretas y linajes determinados. Y, también, el intervencionismo regio, tanto en monasterios transformados como en aquellos erigidos de nuevo para albergar monjas cistercienses. Dos ejemplos son característicos de la intervención regia: el Toledo cisterciense y la expansión meridional cristiana que conllevó las primeras fundaciones andaluzas bernardas. A ello podríamos añadir las propias fundaciones de la monarquía. 3. La dependencia/independencia, la estabilidad y la integración ¿Cuáles eran los límites de la autonomía de las monjas? Nos referimos no sólo a los que establecían las instituciones cistercienses, sino también a los episcopales y, por supuesto, a los del linaje fundador. ¿Hasta dónde podían las monjas hacer y deshacer y obrar con cierta libertad? Unas breves reflexiones nos pueden ayudar al respecto. La primera cuestión es ver el proceso de evolución, en la realidad y de derecho, respecto a antes y después de 1213. Abordemos, en primer lugar la dependencia cisterciense: en principio todo parece indicar que la independencia en la fase anterior no existió como tal. Es decir, fuesen Tart, Tulebras o Las Huelgas, hubo un cierto control. Pero también las abadías masculinas ejercieron su influencia; en algunas ocasiones mediante afiliación, en otras mediante sujeción. Finalmente hay que recordar que después de 1213 el Capítulo General comenzó a pensar en Véanse CANIVEZ, Statuta capitulorum generalium ordinis cisterciensis ab anno 1116 ad annum 1786, vol. 2, p. 284, núm. 47; p. 285, núm. 52 y pp. 312-313, núm. 59; LÓPEZ LACALLE, M., Abadía de Santa María de Iranzu: historia y arte, Vitoria, 1994, p. 79; GARCÍA FLORES, A., Arquitectura de la Orden del Císter en la Provincia de Valladolid, p. 40; y BAURY, Les religieuses de Castille, p. 163. 85 CANIVEZ, Statuta, vol. 3, p. 16, núm. 44; las aclaraciones correspondientes pueden verse en BAURY, Les religieuses de Castille, p. 163. 84

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las fórmulas de control. Ciertamente la actuación no fue rápida, y menos la legislación, pero después de 1228 trató de poner orden en las nuevas fundaciones, de restringirlas y controlarlas. En segundo lugar está la dependencia respecto al ordinario del lugar, del obispo. Aparece muy claro en algunos casos, y muy temprana, no tanto en otros, y discutida, aunque realmente el asentamiento como tal de una abadía cisterciense dentro de los límites diocesanos parece más que probable que hubiese de ser indispensable. Veamos el ejemplo de San Clemente de Toledo. Alfonso VIII, en 1175, confirmó el patrimonio monástico entregado por sus predecesores; y fue el mismo monarca quien trató de liberarlo de la dependencia respecto al prelado, don Cerebruno, y lo puso bajo la dependencia de la orden cisterciense: Mando etiam quod idem monasterium Sancti Clementis et moniales ibidem Domino sirvientes vivant sub regula Sancti Benedicti et sub habitu et regularibus observantiis ordinis cisterciensis, et quod sit inmediate filia cisterciensis et Abbas cisterciensis, vel cui ipse in vinxerit habeat potestatem visitandi abbatisam et promovendi sive, etiam si necesse fuerit, deponendi; et quod de cetero sit totaliter ordini cisterciensis incorporatam, ut possit gaudere et uti privilegiis et indulgentiis, libertatibus et inmunitatibus de quibus gaudet et utitur generaliter Ordo Cisterciensis86.

Y, bajo la presión regia, don Cerebruno renunció a sus derechos y concedió licencia para que el monasterio quedara bajo la autoridad del abad de Cîteaux; y dado que se trataba de un cambio, se buscó también la aquiescencia Roma, de Alejandro III. Cambiaron los tiempos, y las fundaciones femeninas, junto con su dependencia, fueron evolucionando. Por eso no extraña que se volvieran las tornas: en San Clemente de Toledo, por bula de Inocencio IV, se volvió a la jurisdicción del prelado; y, posteriormente, su abadesa, por orden del Capítulo General, estaría bajo control de los monasterios masculinos de Sandoval y de Valdeiglesias87. Un simple seguimiento de la documentación de las Huelgas burgalesas nos puede dar la evolución y los cambios que se produjeron incluso décadas antes de la propia celebración del Capítulo General de 1213. Aquí la presión parece que procedía del ámbito regio respecto al abad general pero también respecto a Roma. Ya en 1187 el abad Guillermo reconocía los ruegos de Alfonso VIII y el obispo de Sigüenza, Martín, para hacer del monasterio real burgalés la casa madre de las abadías de León y Castilla y donde se celebraría sus capítulos88; una disposición VIZUETE MENDOZA “El monasterio de San Clemente en la Edad Media: los documentos reales, estudio y regesta”, en Anales Toledanos, 30 (1993), p. 12 87 Véase el mismo artículo de VIZUETE, pp. 7-57. 88 LIZOAIN GARRIDO, Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1116-1230), doc. 13, pp. 25-26. 86

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que, en 1189, apoyaron los prelados castellanos de Burgos, Palencia y Sigüenza, sin duda, presionados por el monarca89. Su insistencia llegó a Roma, y, en 1188, Clemente III aceptaba bajo su protección al real monasterio y su patrimonio, a la vez que definía su situación canónica, que no fue otra que el control del ordinario: prohibió al obispo diocesano celebrar órdenes, consagrar el crisma, tratar causas y convocar asambleas públicas en el monasterio, vedándole toda intervención en el control abacial90. Algunos problemas se atisban y transcienden del comportamiento regio: el abad de Císter se vio obligado a indicar a Alfonso VIII que carecía de autoridad para tratar de hacer de las Huelgas el epicentro cisterciense de las monjas, obligándolas a acudir al capítulo que se celebraba en Burgos91. Ciertamente había de tenerse en cuenta la situación preeminente del monasterio navarro de la Caridad de Tulebras, bajo cuya autoridad se habían fundado varios otros monasterios; y ni Navarra ni León estaban bajo obediencia del monarca castellano. Antes de finalizar el siglo, la abadesa de Tulebras liberó a los monasterios de Perales, Gradefes y Cañas de la prestación de obediencia; y Guido, abad de Císter, pudo entonces ordenar la sumisión de los mismos a las Huelgas castellanas92. Veinte años más tarde, Roma, bajo Honorio III reguló la situación canónica: las abadesas, a las que se reconocía una importante autonomía, necesitarían, de todas formas, la bendición episcopal93. Largo trayecto fue el recorrido entre 1187 y 1219, cuando se fueron delimitando las esferas de poder, desde la realeza al episcopado, desde los monasterios cistercienses hispánicos al Capítulo General. A todo ello debemos sumar el papel desempeñado por el patronazgo: en otras palabras, la dependencia respecto a los seglares fundadores, nobles y aristócratas, que podemos ejemplificar en Fronilde, Estefanía Ramírez, Urraca López de Haro, Mencía de Lara o Teresa Pérez. Muchas de estas fundadoras, ya viudas se recluyeron en el monasterio. Algunas tomaron el hábito, como Teresa Pérez de Gradefes; otras simplemente se mantuvieron como aristócratas sin contemplar la opción de la vida monástica; tal es el caso de Estefanía Ramírez de Carrizo. La condesa Aldonza de Cañas parece que se integró como familiar. En todo caso, eran distintas fórmulas que permitían a las fundadoras seguir controlando el monasterio. Era frecuente también que se mantuviera nominalmente a la fundadora como cabeza de la fundación y que se nombrara a una abadesa que regentara la comunidad monástica intramuros, como en el caso de María Núñez en Otero. Las fundadoras LIZOAIN, ibidem, doc. 24, pp. 46-48. LIZOAIN, ibidem, doc. 22, pp. 41-45. 91 LIZOAIN, ibidem, doc. 28, pp. 53-54. 92 LIZOAIN, ibidem, doc. 48, pp. 84-85. 93 LIZOAIN, ibidem, doc.140, pp. 211-216, datado en 1219, septiembre, 11. 89 90

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El Císter femenino en los reinos de León y Castilla en los siglos XII y XIII

Monasterio de San Andrés de Arroyo

se aferraban al monasterio de forma definitiva, casi siempre en los últimos años de su vida, es decir, cuando su autonomía se resentía. No es homogéneo, ni bien conocido, el control ni las funciones desempeñadas, ni los intermediarios elegidos para el control extramuros, dada la clausura monástica. Hay otra cuestión importante y es la relación entre las madres fundadoras y sus hijas, que se detecta muy frecuentemente. La vemos, por ejemplo, en el caso de Estefanía Ramírez y su hija María Ponce, entre Urraca López de Haro y María Núñez, entre Aldonza y Mencía López de Lara. Algunas de estas hijas, que habían estado casadas anteriormente, optaron por convertirse en abadesas, hasta el punto de que una de las motivaciones de las respectivas fundaciones fueron recogerlas en el claustro. Como ha señalado Baury, para las damas de la familia Haro, y en general para la aristocracia castellana de los siglos XII-XIII, fundar era lo más importante, y, además, de alguna manera imitaban, intentaban ponerse a la altura, de las señoras de las Huelgas94.

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Véase al respecto BAURY, Les religieuses de Castille, p. 55. Alude a la exportación de este modelo castellano de patronazgo monástico a Francia con el ejemplo de Blanca de Castilla.

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Gregoria Cavero Domínguez

Señoras, damas, infantas y reinas…mantenían sus costumbres intramuros e incluso pretendían conducir su vida en las mismas paralelas: su servicio, su ajuar, sus libros, sus ropas, y a las que no importaba tanto la rigidez de la clausura95. Mantenían un nivel de vida aristocrático, en el mismo tono que en la vida laical. Ellas eran también las que se encargaban de custodiar la memoria del linaje. No en vano en Otero de las Dueñas se conserva todo el archivo familiar que María Núñez llevó al claustro al fundar la abadía96. Esta memoria afectaba también a la utilización de los monasterios para el descanso eterno. Quince años antes de su muerte, Alfonso VIII y Leonor ya se comprometían, con la aquiescencia del abad del Císter, Guido, a ser enterrados en el monasterio de las Huelgas97. El éxito del panteón regio quedaba asegurado, dado que allí se recogerían los restos de su abundante prole y los de los propios monarcas. El ejemplo será seguido por reyes y aristócratas: Gradefes, Cañas, Carrizo, San Andrés de Arroyo y Vileña lo atestiguan. Concluimos señalando la importancia de las abadías femeninas en los reinos de Castilla y León, especialmente entre 1160 y la década de 1230. Superan en número a las masculinas, y procedían tanto de antiguos monasterios, ahora reconducidos al espíritu cisterciense, como de fundaciones ex novo. Fue decisivo el papel de las mujeres, reinas y aristócratas, frecuentemente ya en su condición de viudas. Era normal que fueran ellas quienes siguieran ejerciendo el control sobre sus fundaciones, institucionalizando la consagración de abadesas al frente de las abadías por ellas fundadas para sus hijas, o su progenie; control que era transmitido a sus futuras generaciones. Es decir, que seguía existiendo un control familiar, un control del linaje sobre los monasterios femeninos, donde se recluían los miembros de la familia, incluso las fundadoras en su última etapa de la vida. La vida monástica era para ellas, en cierto modo, ajena, dado que mantenían costumbres ajenas al claustro. Su modus vivendi seguía siendo, con frecuencia, el de aristócratas, que libremente entraban en el monasterio y salían de él. Dos fechas son muy significativas en la organización del Císter femenino hispánico. En primer lugar, la fundación de la abadía de las Huelgas en Burgos, por Alfonso VIII y su esposa, Leonor Plantagenet. En segundo lugar, la admisión oficial de iure de las monjas en el Císter, en 1213, por decisión del Capítulo General de la Orden. Antes de las Huelgas, el papel de la navarra abadía de Tulebras, hija 95

En 1259 Alejandro III concedió a las monjas de las Huelgas de Burgos poder utilizar, en contra de lo que señala la normativa casinense, pieles, y poder llevar vestidos lujosos. LIZOAIN GARRIDO, Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1231-1262), doc. 509, p. 341. 96 Puede verse la importantísima colección documental del monasterio, citada en la nota 3, donde se halla todo el archivo familiar de la fundadora desde el siglo X. 97 LIZOAIN GARRIDO, J. M., Documentación del monasterio de las Huelgas de Burgos (1116-1230), doc. 52, pp. 92-94.

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de Tart, es innegable; después el Císter de Castilla y León se desligó, incluyendo las fundaciones otrora dependientes de aquélla. Especialmente después de 1230, el Capítulo General cisterciense trató de controlar las nuevas fundaciones, o simplemente la adscripción de monasterios, anteriormente ajenos al Císter, que deseaban ponerse bajo su obediencia. El papel de las visitas y la utilización de los monjes serían decisivos para tal control. Los territorios incorporados por Fernando III y Alfonso X en el sur andalusí permitieron el asentamiento de las monjas en el ámbito meridional. Sobre sus dos principales ciudades, Córdoba y Sevilla, se asentarían nuevos monasterios cistercienses femeninos, superando la línea de Toledo, hasta entonces insalvable.

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