El “bien aparente” en la configuración del pensamiento político aristotélico: implicaciones para el rule of law

Share Embed


Descripción

El "bien aparente" en la configuración del pensamiento político aristotélico: implicaciones para el rule of law

Jorge Crego Blanco

Aristóteles sentencia, en relación con el bien y su aprehensión por las personas, que "de un modo absoluto y en verdad es objeto de la voluntad el bien, pero para cada uno lo que le aparece como tal". Para él, las virtudes morales, que determinan el telos de la acción humana, se forman en los individuos fundamentalmente a través de la costumbre (ἔθους). De este modo, actuamos dirigidos por un "bien aparente", que no tiene por qué corresponderse con lo efectivamente bueno. Partiendo de un estudio de la justicia natural aristotélica y el modo de aproximación a la misma por parte de los individuos, se analizarán las implicaciones que estas posturas tienen para la construcción de la comunidad política en su pensamiento, especialmente en lo relativo a las aportaciones que se derivan para la construcción de una teoría del rule of law.

Así, se defenderá la idea de que para él, igual que para Platón, la deliberación es el mejor método para aproximarse a lo justo natural, al bien. Con base en esta idea, Waldron (The Dignity of Legislation, 1999) habla de la doctrine of the wisdom of the multitude como un elemento central de su concepción de la política, destacando la relación entre ésta y el rule of law. El examen del "bien aparente" aristotélico permitirá analizar cómo esta doctrine of the wisdom of the multitude también se ha de aplicar a las cuestiones éticas, como afirma el propio Waldron. Sin embargo, esto no ha de llevarnos a una concepción agregativa de la regla de la mayoría. El reconocimiento aristotélico de un justo natural que "no está sujet[o] al parecer humano" (Ética a Nicómaco, 1134b) aproxima su idea sobre tal regla a la actual democracia deliberativa.

Por tanto, al contrario que lo que sostienen algunos autores contemporáneos, Aristóteles vincula la idea de imperio de la ley a la regla de la mayoría (Viola, Rule of law. Il governo della legge ieri ed oggi, 2011). La consideración del "bien aparente" como fin de la acción humana resulta entonces trascendental para comprender el origen de la tiranía y desarrollar una teoría del imperio de la ley que la limite. Estas conclusiones son extrapolables a los debates sobre rule of law y democracia.


Palabras clave: justicia natural, polis, democracia deliberativa, Aristóteles.


La presente comunicación pretende analizar el impacto que el modo de formación de las virtudes éticas en los individuos, según Aristóteles, tiene en la elaboración de una teoría consistente del rule of law.

Para comprender dicho impacto, es preciso presentar primero la concepción que se sostendrá sobre la naturaleza del rule of law. Desde este punto de vista, entiendo que el mejor modo de clarificar dicha concepción parte de la determinación de la función que se le ha asignado al propio rule of law. La función que mejor lo representa, a mi entender, es la de limitar el ejercicio del gobierno; el desarrollar, en palabras de Tamanaha, un government limited by law. Es decir, su objetivo es, para esta concepción, terminar con la tiranía a través del empleo de leyes.

Aristóteles, en un pasaje de su Política muchas veces reiterado, bajo la pregunta de si "conviene más ser gobernado por el mejor hombre o por las mejores leyes" (1286a), analiza la cuestión de la naturaleza del imperio de la ley. En su análisis, traslada una revisión del denominado "segundo recurso" de Platón, desarrollado fundamentalmente en el Político. Así, es cierto que podamos encontrar en ambos el origen del debate sobre el rule of law (aunque el reconocimiento a las aportaciones de Platón suele ser menor; Tamanaha, Viola…). La lectura correcta de los postulados jurídico-políticos de Aristóteles exige una comprensión previa de la relación entre ética y política y, en el caso concreto, de formación de las virtudes éticas en el ser humano y su determinación en la comunidad política.

Para Aristóteles, la virtud ética (análoga a la "justicia perfecta o legal" en el plano político) se forma en el individuo de un modo distinto que la virtud dianoética. Comprender en primer lugar la formación en el individuo permitirá trasladar las posiciones aristotélicas al plano de la polis. La virtud arraiga en los hombres, según Aristóteles, a través de la costumbre (ἔθους), y por tanto es principalmente esta la que genera una determinada concepción del bien en el individuo. Aristóteles considera también el papel de la naturaleza humana y de la razón en este proceso. Así, en palabras de Aristóteles, los hábitos permiten mejorar, pero también empeorar, la naturaleza humana, que se presenta como potencia (Pol. 1332a-b); además, la razón será el elemento capaz de trascender el propio hábito hacia mejores fines (1332b).

Es aquí donde entra en juego el "bien aparente" como elemento director de la voluntad humana. Aristóteles discute si lo que dirige al ser humano es el bien o la apariencia que el individuo obtiene del mismo, y concluye que "de un modo absoluto y en verdad es objeto de la voluntad el bien, pero para cada uno lo que le aparece como tal" (EN, 1113a). En este punto se conjugan dos elementos que, bajo mi punto de vista, no se hayan debidamente interrelacionados en el debate actual. Por un lado, se mantiene la idea de un bien "absoluto" (con las especificidades que reconoce Aristóteles, pues para el es relativo en el tiempo y en el espacio, es más una solución buena de cada problema que un ideal abstracto), que ha sido rechazada por parte de la doctrina moderna, sirviendo de base a ciertos análisis liberales (estoy pensando en autores defensores de un rule of law formal), o de ciertos postulados posmodernos. Pero a su vez, se reconoce una aprehensión precaria por parte de los individuos, que, bajo mi punto de vista, exigirá la apertura a la deliberación y el surgimiento de la ley concebida como algo más que una regla general, sobre la que trataré más adelante. Esta aprehensión precaria es la que en Platón, en el marco de su teoría de las Ideas, provoca el reconocimiento de los límites del ideal de filósofo-rey.

Esta interpretación genera tres conclusiones que habrán de influir en mi concepción del rule of law y la concepción de "ley" que asocio a él:

La necesidad de trascender las concepciones individuales sobre lo político y la justicia, debido a la aprehensión (en mayor o menor medida) limitada de lo bueno como "apariencia".
Como contrapeso, aunque menos analizado en esta comunicación, el reconocimiento de un "justo natural", que "no está sujet[o] al parecer humano" (EN 1134b) (trad. Gª Valdés, Gredos).
La necesidad de comprender el impacto del contexto social en la formación de las ideas sobre la justicia.

Con todo esto, la interconexión entre la existencia de una solución considerada justa en relación con un contexto dado, con la siempre limitada aprehensión de dicha justicia por los individuos (a la que Aristóteles, como ya había hecho Platón, añade los problemas de la corrupción política) será el punto en el que los autores clásicos desarrollarán la idea del rule of law. Su propuesta situará en dicho nexo la deliberación como síntesis entre ambos elementos. De este modo, se superan tanto las limitaciones de las concepciones formales del rule of law que se sustentan en la negación de un "justo natural" como las que consideran que se han de respetar ciertos elementos sustantivos concretos, que no toman en consideración las aportaciones aristotélicas sobre la precariedad de toda determinación trascendental de tales derechos.

La cuestión que hemos de preguntarnos entonces es cómo encaja Aristóteles estas concepciones éticas en su teoría política. A través de la defensa del imperio de la ley en el seno de las comunidades políticas, y es aquí donde el rule of law y la ética aristotélica se funden. Esta apreciación, lo llevará a caracterizar la ley como el modo de relacionarse específicamente político, al desarrollarse entre hombres "libres" (Pol., 1279a) e "iguales en el mando y la obediencia" (EN, 1134b).

Toda comunidad política se encuentra regida, según Aristóteles, por una concepción colectiva acerca del "sentido del bien y del mal, de lo justo y de lo injusto" (Pol., 1253a). Teniendo en cuenta el papel que le otorga a la ley en éstas, no puede limitarse a un mero elemento formal, sino que termina por representar precisamente esa idea del "bien" o lo "justo" que cohesiona la comunidad. Esa determinación de lo justo estará formada por "lo que opina la mayor parte de los que participan del gobierno" (Pol., 1295a), que es precisamente lo que tiene fuerza de ley para Aristóteles. Esta idea también exige repensar la identificación entre rule of law y rule of reason que en ocasiones se desarrolla, asumiendo que en toda comunidad lo que rige como ley es lo que se considera justo, y no lo justo en sí.

Por lo tanto, la ley asociada al rule of law se caracterizará, fundamentalmente por su génesis; por ser la consecuencia del proceso de deliberación entre ciudadanos acerca de su propia interrelación. No es, al menos para Aristóteles, ni un conjunto trascendental de "derechos" que se deben excluir del debate público, ni una formalidad pura en la que la generalidad equipare a todos los ciudadanos en la aplicación de la ley, evitando por tanto la tiranía. Las concepciones sustantivas pecan del primer error, que no supone otra cosa que la imposición de un determinado "bien aparente" como antecedente de lo político, negando así la "libertad" e "igualdad" de quienes forman parte de la comunidad política. Las concepciones formales suponen la negación de la propia comunidad política en sentido Aristotélico, al no reconocer la existencia de una "comunidad del sentido del bien y del mal, de lo justo y de lo injusto". Entre ambas concepciones se erige una tercera opción que vincula de forma inescindible deliberación y rule of law. Como hemos visto, este nexo se produce por la propia comprensión aristotélica de la justicia, y la tensión entre un "justo natural" y una imperfecta aprehensión por la naturaleza humana, la idea de "bien aparente". Aristóteles deja claro que el objetivo de la comunidad política es el bien común (Pol., 1279a). Partiendo de ese precepto, es la ley entendida como aquí hemos expuesto la que permitirá una mayor aproximación a dicho fin.

La virtud de dicha concepción es que no rehúye lo político, la contraposición de voluntades en una confrontación plural en busca de una "justicia natural" que se reconoce, y con ello mantiene la libertad e igualdad de los ciudadanos intacta sin abrir la puerta a la construcción subjetiva de la justicia.

Por lo que se refiere a la democracia (aunque quizá cabría hablar de deliberación, al menos cuando tratamos con filósofos griegos) como elemento asociado al rule of law, Aristóteles desarrolla una tesis en la Política, que Waldron ha denominado la doctrine of the wisdom of the multitude. Esta permite comprobar cómo la concepción de la ley como límite a la tiranía en Aristóteles entronca con la participación de los ciudadanos de la polis en la determinación de la politeia y las leyes que habrán de regir su comunidad. Dicha tesis se puede resumir en la idea de que "resulta manifiesto que, tratándose de hombres semejantes e iguales, no es conveniente ni justo que uno solo tenga la soberanía sobre todos, ni en el caso de que no haya leyes […] ni en el caso de que las haya […]; ni siquiera en el caso de que sea superior en virtud, a no ser en determinadas condiciones" (Pol., 1287b-1288a). LA DWM se sostiene en la idea de que la deliberación entre el conjunto de ciudadanos articula una integración de sus diferentes virtudes, tanto éticas como dianoéticas, y generan un resultado que permite trascender la capacidad de cualquier individuo aislado. Además, añade que en cualquier caso, la tendencia a la tiranía será inferior en un grupo mayor. Waldron, en su obra The dignity of legislation, concluye que la relación entre la DWM y el rule of law no es contingente. Esta misma idea es la que desarrolla mi lectura del imperio de la ley aristotélico: sólo una ley derivada de la deliberación conjunta de los ciudadanos de la polis puede limitar el ejercicio de la tiranía de forma satisfactoria, manteniendo a su vez la idea de comunidad política y la búsqueda de la justicia. Por tanto, la "ley" del rule of law ha de contar con unos elementos cualificantes que la transformen no simplemente en una voluntad heterónoma, sino en una determinación colectiva de la dirección que habrá de tomar una comunidad política.

Todo esto lleva a considerar que en Aristóteles nos encontramos con tres concepciones diferentes de la ley, que corresponden a planos distintos, y por tanto no entran en contradicción. Por un lado, está la constatación empírica de la ley como voluntad heterónoma. Como contraparte, está la concepción ideal de la ley como razón que se identifica con la "justicia natural". En tensión entre ambas, y dotándolas de un punto de unión, está la concepción política de la ley, que pretende sintetizar las premisas empíricas que ésta no puede eludir con su "normative precept", en términos de Miriam Galston; con su objetivo final, que es la búsqueda de dicha "justicia natural".

Por lo tanto, podemos concluir que en el pensamiento aristotélico, la idea de "bien aparente" permite comprender el alcance del rule of law, y lo asocia a la idea de deliberación. De lo que se trata con el rule of law es precisamente de desarrollar una comunidad política (una auténtica comunidad política) integrada por individuos "libres e iguales", que establezcan entre sí a través de la regla de la mayoría qué telos habrá de guiarlos en su devenir y cómo se habrán de relacionar entre ciudadanos. Se trata por tanto de evitar ser arrastrados por un "bien aparente", ya sea revestido de un halo de trascendencia, ya sea impuesto por un tirano. Y, si se me permite, en un plano contemporáneo, también permite recuperar para la política la construcción de la comunidad, que cierto liberalismo pretende rechazar por paternalista, pretendiendo fortalecer la autonomía de los individuos pero realmente sometiéndolas a otros poderes más incontrolables.





Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.