Dinámicas de asentamiento al son de la economía maderera en el suroeste yucateco (México, S. XIX)
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Asociación para el Fomento de los Estudios Históricos en Centroamérica
Dinámicas de asentamiento al son de la economía maderera en el suroeste yucateco (México, Siglo XIX)
Ficha n° 3819 Creada: 21 diciembre 2014 Editada: 21 diciembre 2014 Modificada: 24 diciembre 2014 Estadísticas de visitas
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Rosa TORRAS CONANGLA (? action=dir_aff&id=5791) Editor de la ficha:
Laura MACHUCA (? action=dir_aff&id=9)
A lo largo del siglo XIX, el suroeste de la Península de Yucatán – México vivió un acelerado proceso de mestización marcado por la economía maderera. La población local de origen chontal, maya yucateco o pardo se vio abocada a una dinámica de emergencia y desaparición de pueblos al vaivén de proyectos colonizadores que impulsaban movimientos migratorios. El presente artículo incursiona por el escurridizo mundo de la conformación territorial de pueblos en un área de frontera agraria con gran movilidad poblacional, fijándose específicamente en los efectos de la legislación liberal en materia de tierras y jurisdicción. Ello, a partir de poner en relación los proyectos y prácticas de colonización – asociados a fines de expansión económica con los procesos de demarcación jurisdiccional orientados a fijar políticamente el control territorial y a organizar sentidos de adscripción. Palabras claves : Economía maderera, Pardo, Migración, Colonización Autor(es): Rosa Torras Conangla Fecha: Septiembre 2014 Texto http://www.afehchistoriacentroamericana.org/index.php?action=fi_aff&id=3819
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(index.php?action=im_aff&id=1155) íntegral: 1
A lo largo del siglo XIX, el suroeste de la Península de Yucatán – México – vivió un acelerado proceso de mestización marcado por la economía maderera. La población local – de origen chontal, maya yucateco o pardo se vio abocada a una dinámica de emergencia y desaparición de pueblos al vaivén de proyectos colonizadores que impulsaban movimientos migratorios. El presente artículo incursiona por el escurridizo mundo de la conformación territorial de pueblos en un área de frontera agraria con gran movilidad poblacional, fijándose específicamente en los efectos de la legislación liberal en materia de tierras y jurisdicción. Ello, a partir de poner en relación los proyectos y prácticas de colonización –asociados a fines de expansión económica con los procesos de demarcación jurisdiccional orientados a fijar políticamente el control territorial y a organizar sentidos de adscripción. Entendida la territorialidad1 como las tentativas o estrategias de un individuo o grupo para alcanzar, influir o controlar recursos y personas a través de la delimitación y del control de un espacio geográfico concreto, cabe comprender las políticas de colonización como el proceso impulsado por los estados para hacer efectivo un modelo específico de territorialidad sobre la que ejercer soberanía.
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Sobre el concepto de jurisdicción inherente a la organización política maya prehispánica en la que las relaciones de autoridad pasaban por los vínculos personales, los que sujetaban a los grupos familiares con el cacique2, la noción hispana, reflejo de la ideología europea de la modernidad, impuso el proyecto de organización política a partir de la demarcación del espacio3. Dicha concepción espacial fue la base sobre la que se erigirían los Estadosnación decimonónicos, pasándose de la noción de lindero a la de límite sobre la que construir la institucionalización jurisdiccional. Señalar límites territoriales – establecerlos, demarcarlos y controlarlos– era un objetivo fundamental en los procesos de conformación de los Estados nación pues, por un lado, separarse del “otro” Estadonación era básico para definirse y, por el otro, había que integrar el espacio propio sobre el que ejercer control. Colonizar, civilizar y nacionalizar espacios de frontera – como el que me ocupa fueron prioridades que guiaron el accionar del México decimonónico, y que marcarían las estrategias del siguiente siglo.
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Ello se hizo bajo el argumento ideológico – heredado de tiempos coloniales del “espacio vacío” en el que se equiparaba “ausencia de títulos sobre la tierra reconocidos por el gobierno de turno” a “espacio sin gente ni producción” a “espacio privatizable, listo para ser colonizado, civilizado y nacionalizado”. Pero ¿cómo se relacionan las políticas de privatización de tierras con las jurisdiccionales, supuestamente generadas bajo criterios de racionalidad administrativa y de ordenamiento por razones – dicen los textos de la época – “naturales”?
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Heredada del pensamiento colonial, la idea de vacío territorial decimonónica (desierto o despoblado) se cimentaba en la negación de la existencia de población en una región determinada o, en caso de reconocerla, en resaltar la ausencia de control del aparato estatal sobre ella, en la falta de legalidad reconocida por el gobierno de turno. Ese vacío legal cristalizaba al ser declaradas las tierras como baldías y, por tanto, susceptibles de ser tituladas privadamente e incorporadas a la visión de modernidad propia de las élites del momento. Ello justificaba la entrada de grupos promotores del progreso y la inclusión subalterna de los pobladores locales a dicho proyecto de modernización, y permitía el control de ese territorio por parte del Estado. Geopolítica e intereses económicos, soberanía y progreso quedaban articulados como variables para entender los procesos de territorialización, estrechamente vinculados a los proyectos de colonización agraria.
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El Estado daba facilidades económicas y políticas a los pioneros y cooptaba a las élites regionales, las cuales efectivamente establecían un control social sobre el espacio. Ese proceso promovía la expansión económica y política a través de la penetración de capital y la anexión territorial y con ello favorecía la dependencia de la colonia sobre todo a través del comercio. Es decir, establecía políticas y proyectos de colonización específicos para extender su territorialidad, proyectos ejecutados y sostenidos por los colonos dependientes del Estado impulsor de estas políticas. Aplicar políticas de facilitación y de cooptación fue la estrategia modelo utilizada en los esfuerzos de expansión territorial en los Estados Unidos decimonónicos. Las élites locales y regionales quedaban incorporadas a la economía nacional y al paulatino despliegue institucional creado por el Estado. Dinámica aplicada también en América Latina y que, como esbozaré a continuación, se dio en el suroeste de la Península de Yucatán, la zona maderera que cubre del Golfo de México hasta El Petén guatemalteco.
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Efectivamente, la ocupación territorial vía el impulso a la colonización de los espacios ideados como vacíos fue también un objetivo fundamental en la formación de México como Estado moderno, siguiendo con la dinámica del periodo colonial. Y para el caso que nos ocupa, es vital mencionar que el elemento fundamental que determinó las lógicas colonizadoras es el entramado de ríos que vertebra la región. Como bien nos señala Luis Aboites, “la historia de un río es una provocación en la medida en que une procesos sociales, formas de organización del espacio y acontecimientos que de otro modo no quedarían relacionados4”. No me voy a centrar en historiar los usos del agua, sino en aproximarme a qué tipo de sociedad agraria –lógica de asentamientos, modalidades de tenencia de la tierra, dinámicas productivas, etc. produjo el río.
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Cuatro ideas, entonces, para esbozar cómo se conjugaron avatares colonizadores y proyectos territoriales en el extremo suroeste de la Península de Yucatán, en la región de los Ríos del Usumacinta. MAPA n° 1: Plano de la Península de Yucatán, 1861.
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(index.php?action=im_aff&id=1153) Plano de la Península de Yucatán, 1861 10
Fuente: Tomás Aznar Barbachano y Juan Carbó, Memoria sobre la conveniencia, utilidad y necesidad de erigir constitucionalmente en Estado de la Confederación Mexicana el antiguo Distrito de Campeche. 1861. (México: Gobierno del Estado de Campeche / Porrúa, edición facsimilar de 2007).
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Al momento de la conquista española, el sur de la península de Yucatán era un área habitada sobre todo por grupos de mayas yucatecos, chontales de la provincia de Acalán y cehaches. Había asentamientos humanos alrededor de Chetumal y del río Champotón, aunque de menor importancia política que los del noroeste peninsular. El área chontal abarcaba la costa sur del Golfo de México, en buena parte de lo que actualmente es Tabasco, y estaba atravesada por un sistema de ríos navegables que facilitaban el comercio; en ella confluían importantes rutas mercantiles que vinculaban el valle de México, Veracruz, las tierras altas de Chiapas y la costa norte de Honduras. La conquista de Campeche y Champotón dejó una zona alrededor de la Laguna de Términos casi deshabitada que servía – tal como la selva cercana– de refugio para indios que escapaban del yugo español5. A medida que fue aumentando la población maya en el oeste peninsular, hacia mediados del siglo XVII, la presión demográfica sería un factor más que motivaba su migración hacia el este y sur, estableciendo pequeños ranchos; factor que se sumaba a la práctica agrícola de roza y quema y a la necesidad de huir de controles y tributos coloniales. En esos tiempos coloniales, la fuga era una de las formas más importantes de resistencia, constituyendo asentamientos nuevos, integrándose en los ya establecidos o instalándose de forma dispersa en ranchos y milperías. Precisamente los ríos como el Candelaria,
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el Mamantel y el San Pedro eran fundamentales en el intercambio tanto humano como comercial entre encomendados y huidos6. La selva refugiaba y los ríos comunicaban una zona aislada en apariencia y de difícil control por los poderes coloniales, donde la principal vía de comunicación seguía siendo la fluvial. A los huidos mayas habría que sumarle la llegada de pobladores descendientes de africanos que habían entrado como esclavos por el puerto de Veracruz o por el de Campeche, configurando para finales del periodo colonial una población mayoritariamente parda en la región de los Ríos que vivía dispersa en ranchos o congregada en pueblos. 12
Siendo un área marginal a nivel sociopolítico pero vital económicamente por su riqueza en palo de tinte y maderas preciosas y con una posición geográfica estratégica, a lo largo del siglo XIX se convirtió en espacio en disputa donde se fundían las voluntades expansionistas de colonos y capitalistas con planes gubernamentales y anhelos de comunidades imaginadas. Precisamente, si aproximamos el concepto antropológico de liminalidad7 al de frontera, nos puede ser útil para analizar esos espacios geográficos asumidos como marginales por los centros de poder ya que, precisamente por ello, se convierten en espacios de transición. No porque lleven a “otra parte”, geográficamente hablando, sino porque en sí mismos se encuentran sumergidos en una dinámica de tránsito entre “civilización” y “salvajismo” generada desde los centros de poder. Es allí donde lo estructural se diluye, donde se rompen los mecanismos de control social o, visto del otro lado, donde, siendo un espacio de refugio, mejor podremos distinguir los esfuerzos de territorialización por parte de los centros de poder.
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La dinámica decimonónica vino marcada por la llegada de nuevos colonos procedentes de Europa y Estados Unidos de forma individual. Ansiosos por hacer fortuna, fueron muy bien recibidos pues contribuían, abonando al imaginario del momento, al tan anhelado progreso civilizatorio del país. Su aporte fundamental era el blanqueamiento de la misma élite regional de origen colonial, siendo una estructura caciquil de rancheros criollomestizos que se movía entre una mayoría de población indígena y parda, y sus afanes de desarrollo económico casaban con las políticas colonizadoras y nacionalizadoras de las zonas de frontera de políticos tanto nacionales como regionales, no siempre armónicas.
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La colonización de la región de Los Ríos se dio a partir del avance de la élite residente en Isla del Carmen, situada en el Golfo de México, hacia tierra adentro8. Los ríos eran sus vías de entrada y a través de la colonización de sus márgenes, avanzaban hacia el mítico Petén guatemalteco. Un mapa elaborado en 1868 por el agrimensor carmelita Félix Roberto Shiels señalaba la nueva área de expansión: los “Hermosos terrenos nacionales desconocidos en su mayor extensión entre los Ríos de Candelaria y Sn. Pedro, pues sólo a poca distancia de sus márgenes abundantes en maderas preciosas y palo de tinte, se ha podido penetrar hasta el día por falta de habitantes9.”
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MAPA n° 2: Plano corográfico del Partido del Carmen, 1868.
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(index.php?action=im_aff&id=1155) Plano corográfico del Partido del Carmen, 1868 17
Fuente: Fondo Orozco y Berra en Taracena, Arturo y Miguel Pinkus (eds.) Cartografía histórica de la Península de Yucatán, (Mérida Yuc., DGAPA/CEPHCISUNAM formato CD ROM Multimedia PC, 2010).
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Para el regionalismo yucateco decimonónico, su territorio imaginado incluía El Petén – pues formaba parte de la formación geológica de la Península, la frontera caribeña oriental –que había que domesticar y la ribera occidental de la región de los Ríos –en disputa con los carmelitas y los tabasqueños.
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El lucrativo negocio del palo de tinte fue el atractivo económico en el que se basó la colonización desde Isla del Carmen hacia el área de producción de dicho recurso forestal, sobre la región de Los Ríos: primero, sobre el Palizada y después, sobre el Candelaria y su vecino el río Mamantel. El apoyo de los distintos gobiernos federales a la expansión carmelita tenía fundamentos fiscales, pero también geopolíticos, pues la hegemonía regional de esa élite fue pieza clave en la contención del separatismo yucateco y de la lucha contra el imperialismo estadounidense. Juegos de elites en expansión que no eran más –ni menos que la expresión del fenómeno de mundialización que experimentó la economía desde finales del siglo XVIII, la cual abrió vías de recolonización a las que se insertaron nuevos migrantes (canarios y catalanes, italianos, irlandeses o franceses, etc.).
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La idea de nación forjada en el centro de la República debía extenderse a sus extremos territoriales para asegurar su soberanía. Ello sólo era posible a través de una ocupación real del territorio, que además generara desarrollo económico, con población europea que se integrara y blanqueara la nación. La oportunidad de explotación de un recurso natural para la exportación – primero el palo de tinte y más tarde el chicle hacía converger los intereses de la nación en busca del progreso y los de los colonos en busca de fortuna; y además, permitía enfrentar el permanente problema de la escasez de fuerza laboral “domesticada”. Pero este proceso no fue homogéneo ni, mucho menos, armonioso. Si ajustamos el lente a un estudio de caso, podremos ver sus entresijos. Los ciclos de colonización de la cuenca del Candelaria / Mamantel10
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Hace un par de años, andaba por la región de Los Ríos entrevistando campesinos que se habían dedicado a la chiclería, cuando llegué al actual pueblo de Mamantel Viejo, antiguo pueblo de indios colonial11 a orillas del río Mamantel y cerca de su desembocadura en la Laguna de Términos. En esos momentos, la máxima preocupación de los lugareños – que no alcanzaba la cincuentena era lograr que las autoridades reconocieran la validez de un documento de 1890, titulado “Expediente formado con una comunicación del Comisario Municipal del pueblo de Mamantel por la que solicita el deslinde y repartimiento de los ejidos de dicha población”, avalando una reclamación histórica: el derecho sobre sus tierras usurpadas por los ejidatarios de Pancho Villa quienes son migrantes provenientes del centro de México. El ejido Francisco Villa (antes Mamantel), perteneciente al municipio del Carmen, fue formado con 71 familias en 1924 con la dotación de 3,408 hectáreas, expropiadas a The Laguna Corporation en aplicación del reparto agrario. La extensión de la propiedad de dicha compañía chiclera era de 242,363 ha, de las que quedarían expropiadas sólo las 3,408 mencionadas. El decreto de expropiación especificaba que la porción afectada fuera del terreno “que rodean al pueblo de The Laguna Corporation, sin incluir el fundo legal que posee el pueblo sin título alguno12”.
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Parece que la disposición gubernamental de que el nuevo ejido no afectara las tierras correspondientes al antiguo pueblo de indios nunca se respetó, pues existen reiteradas denuncias de los lugareños asegurando invasiones de los nuevos colonos beneficiados por la Reforma Agraria mexicana. En 1969, el comisario del pueblo de Mamantel escribía al gobernador de Campeche solicitando apoyo ante la exigencia de los ejidatarios de Francisco Villa de que desocuparan sus tierras “[…] nosotros estamos entre los fundos legales de lo que [nos] corresponde; el pueblo es un pueblo muy viejo, que consideramos no [debe] desaparecerse sabiendo que en el pueblo existe la prueba que es la placa y algunas casas de piedra como también existe una iglesia grande con la Virgen de Concepción que todos los años nosotros veneramos13. […]”. ¿Por qué la restitución de tierras previa a la expropiación a la compañía estadounidense asentada allí en periodo porfiriano se hacía en beneficio de nuevos colonos y no
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de los lugareños? ¿Por qué los lugareños tampoco recibían apoyo gubernamental en la defensa de sus “fundo legal” reconocido tanto en tiempos porfirianos como revolucionarios? Demos un vistazo rápido a los distintos ciclos de colonización del área circundada por los ríos Mamantel y Candelaria. 23
La primera mención encontrada que hace referencia a la tenencia de la tierra en el “Pueblo viejo de Mamantel” es de 1803, cuando el intendente de Yucatán informaba al virrey de la Nueva España sobre el establecimiento que poseía allí Basilio Sierra y su hijo14. El texto manifiesta la duda de los funcionarios sobre si sería más ventajoso darle la tierra a los pobladores o concedérsela en propiedad a los Sierra.
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Pocos años después, en 1810, el importante político, militar y comerciante carmelita Juan de Dios Mucel, descendiente de canarios15, obtuvo permiso para corte de palo de tinte en las tierras surcadas por el río Mamantel. Siendo alcalde de la villa del Carmen, fue acusado en 1831 de estar “envuelto de miras ambiciosas por hacerse dueño de los montes de este partido, con el fin de monopolizar con ellas16”, por denuncia del jefe político del Carmen José del Rosario Gil de estar utilizando el permiso de corte que le fuera otorgado en 1810 como derecho de plena propiedad sobre las tierras donde crecía el palo. Éstas eran baldías y nunca le habían sido concedidas ni en arrendamiento ni en propiedad. Además, el jefe político recordaba que la legislación vigente sobre tierra17 prohibía que una persona tuviera más de una posesión al mismo tiempo, siendo que Mucel disfrutaba en ese momento ya de tres (Salto de Agua hasta Los Tres Reyes, con una extensión aproximada de 2 leguas cuadradas * 3,472 hectáreas). En su defensa, Mucel argumentaba que no eran tierras baldías pues él era su único dueño, extrayendo de ellas palo de tinte y cedro. De hecho, existen documentos probatorios de que, efectivamente, le fueron concedidas licencias de corte a Mucel y de que fungía como propietario al menos de la hacienda Candelaria, aunque no ha llegado hasta nuestros días constancia escrita de dicha adjudicación.
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Cuando, siendo propietario de la hacienda Candelaria, se propuso en 1832 “ensanchar los escasos conocimientos que respecto al río en cuya margen estaba establecido, se tenían”, organizó una expedición y empezaron a remontar el río del mismo nombre, que desagua en la Laguna de Términos como parte del sistema fluvial del Usumacinta. Según la narración que aparecería casi sesenta años más tarde en la prensa escrita de ámbito nacional, la aventura los llevó por […] los más intrincados de aquellos bosques que, desde la decadencia de las razas aborígenes propias del país, ningún ser humano había hollado con su planta. Nadie en largos siglos había cruzado aquella bóveda eterna de verdura formada por las ramas entrelazadas de caobas y cedros, zapotes y árboles de hule, corpulentos tintos y aromáticos copales18 […]”.
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Allí, Mucel siguió estableciendo cortes de madera tintórea dependientes de su finca principal, la que había adquirido de manos de los hermanos Secundino y Policarpio Solana, migrantes procedentes de las Islas Canarias, a quienes el Ayuntamiento de la villa del Carmen se la había concesionado como hacienda de ganado vacuno a finales del periodo colonial.
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De hecho, en 1845 Juan de Dios Mucel solicitaba al gobernador de Yucatán licencia para su hijo Marcelo en sus funciones de regidor del Ayuntamiento carmelita ya que necesitaba se ocupara de su hacienda Candelaria y de todos sus bienes, que había tenido que abandonar por encontrarse preso19. En palabras de Mucel, seguía encarcelado “por la causa que se me sigue
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atribuyendo calumniosamente de maltrato de sirvientes20”. Efectivamente, el Juzgado de Campeche hizo una exhaustiva investigación a partir de la denuncia que recibiera de “que en los ranchos de Dn. Atanasio Soler y Dn. Juan de Dios Mucel existen muchos desgraciados indígenas conducidos furtivamente, y otros que permanecían contra su libertad al servicio de sus dueños21”. De la indagación sobrevive el informe que elaborara el juez Felipe de Ibarra a partir de las entrevistas que realizó a varios testigos en el que se reporta, entre otros mecanismos de sujeción y maltrato, los que siguen: 29
Cuando los sirvientes de otras rancherías necesitan algún dinero, jamás se les da moneda corriente, sino pedazos de hoja de lata en unas [ilegible] y en otras plomo, tal como el que incluyo a VS que se reparte en los ranchos de Candelaria, San Ysidro y S. Andrés pertenecientes a D. Juan de Dios Mucel. De ese modo es claro que no pueden comprar nada de lo que llega a esos lugares por ser la tienda del amo en donde exclusivamente se recibe dichas monedas supuestas. En las expresadas rancherías de Mucel, existe una cárcel pública en donde tiene grillos y otras clases de tormentos, para cuyo establecimiento tiene según él permiso del Ayuntamiento desde el año de 1828. Son tantas las crueldades y horrorosas arbitrariedades que allí se perpetran, según voz pública de aquella villa, que se tiene ya por muy común y sabido por todos este célebre y visible dicho “De la Laguna a Candelaria Dios; de la Candelaria a la Laguna Juan de Dios Mucel22”.
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Recomendaba el juez, además, que fuera enviada otra comisión para completar la tarea encomendada pero que lo hiciera acompañada de fuerza militar, dada la resistencia de los propietarios rancheros, sobre todo de Mucel. No sabemos si siguió la indagación ni aparece el expediente del juicio, sólo que fue declarado culpable y encarcelado por la petición mencionada de que se liberara a su hijo para hacerse cargo de sus ranchos.
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No obstante lo anterior, Juan de Dios Mucel quedó registrado en la memoria histórica regional como artífice de la prosperidad que viviría la hacienda Candelaria pues, como consignaba un periódico de ámbito nacional en 1889, “en su planta se encontraba un verdadero ejército de trabajadores que acudían en solicitud de labor bien apreciada y mejor recompensada […] en aquella finca modelo23”. Él y sus sucesores, ampliadas las redes familiares con la incorporación de colonos recién llegados de Europa y Estados Unidos, fueron apropiándose de grandes extensiones de tierra tituladas de forma definitiva a partir de la legislación agraria juarista de 1863 de enajenación de baldíos. Eran los NiévezRepetto, los Requena, los Anizan, los Paullada, los Roura o los Fons, los Mucel o los Pauling, todos integrantes de la élite carmelita que se expandió hasta la frontera con Guatemala como propietaria de tierras consideradas como vacías por los gobiernos republicanos, articulándose con ello a la economía capitalista mundial a partir de la economía extractiva maderera.
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Según las estadísticas oficiales para el estado de Campeche de 1859, la municipalidad de Mamantel24 contaba con dos haciendas, once ranchos y tres sitios25. Destacaban por su importancia las haciendas Polvoxal y Candelaria, ambas dedicadas al corte de maderas preciosas y de palo de tinte y al ganado, además de producir azúcar, arroz, maíz y miel. Polvoxal disponía de 28 sirvientes con una deuda de 3,709 pesos además de personal asalariado, en una extensión de 4 leguas cuadradas (* 6,944 hectáreas); por su parte Candelaria, con sus anexos San Isidro, Palmar y Santa Isabel, reportaba 61 mozos sirvientes con una deuda de 14,250 pesos además de
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18 asalariados y cuatro labradores de madera. Mientras la primera contaba, en 186526, con 85 habitantes, Candelaria y sus anexos sumaban 193. Con sus anexos, la hacienda Polvoxal en 1926 ya medía 33,140 hectáreas, con un valor de $120,000.0027, siguiendo la lógica permitida de ir comprando anexos y de traspaso de propiedades siempre entre miembros de la misma élite. 33
La hacienda Candelaria en 1870 medía 8,250 ha y seguía siendo propiedad de Enrique Pauling, quien la obtuvo de Juan de Dios Mucel y le vendería una parte a Juan Repetto28. Dieciseis años después, la viuda de Enrique Pauling – M. de la Leche Voyce vendía a Joaquín Quintana la hacienda Candelaria por la suma de 35,696 pesos. La operación de compraventa incluía una extensión de tierras de 14,338.96 hectáreas – la hacienda más 14 anexos, además de “zanjas, caminos, ganados, planteles y deudas de sirvientes29”. De hecho, Enrique Pauling había obtenido la propiedad de la hacienda a partir de su denuncia efectuada en 1868 bajo el argumento de que tenía derecho sobre ellas por haberlas poseído por “una larga serie de años” (f. 9v). Aseguraba el denunciante que el terreno medía 8,778 hectáreas (f. 10v) y solicitaba al Juzgado resolviera la continua invasión de mozos –mayas como Juan Miz, Aniceto Dzul y otros enviados por Juan Repetto, propietario del rancho Buenavista, que entraban a sus tierras a cortar palo de tinte de maderas preciosas. Pauling resolvió el pleito con Repetto vendiéndole parte de sus tierras.
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En su disputa con Repetto, Pauling declaró que la propiedad de la hacienda Candelaria la había adquirido en 1848 al traspasársele “el derecho de posesión que se le había concedido sobre unos terrenos baldíos a los antiguos dueños de la expresada hacienda, cuya posesión le fue otorgada en virtud de algunas licencias expedidas durante la época del Gobierno Colonial y aún después30”. Eran aquellas licencias coloniales para cría de ganado y corte de maderas obtenidas por Juan de Dios Mucel, convertidas en propiedad privada en 1870 por su sucesor Enrique Pauling. Éste, consciente de que las licencias otorgadas por gobiernos locales no podían ser consideradas como títulos de propiedad, compraba las tierras en ese momento ante las autoridades federales por 2,937 pesos. Hecha la mensura, y a pesar de la protesta de Juan Repetto, se estableció que la propiedad medía 8,250 hectáreas. Eran los terrenos baldíos llamados “Candelaria y “Zanja de las Tortugas” (Candelaria de 6,494 hectáreas y Zanja de las Tortugas o Santa Cruz de 1,756 hectáreas), convertidos finalmente en propiedad de Enrique Pauling según el título expedido por el presidente Benito Juárez en 1870.
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Por su parte, las unidades agrarias Polvoxal y Chivojá también se habían formado a partir de licencias coloniales traspasadas a carmelitas. La primera, consta ya como hacienda en 1836 cuando su propietario Gregorio Payán compra anexos a la misma31. Éste se la vendió a Juan de la Mata Roura en 1870; su hijo en 1887 se la vendió a su vez a Benito Anizan y Cía hasta que en 1898 Ana Niévez de Repetto se la compró a Anizan32. Por su parte, sabemos de la existencia del rancho Chivojá en 1852 arrendado por Francisco Puch [Puig] y Servé, de origen catalán, quien la compró en 185933 para vendérsela a Hermanos Quintana y Cía. Los “necesarios” ajustes jurisdiccionales
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Fueron precisamente las haciendas Polvoxal y Candelaria y el rancho Chivojá las que fueron segregadas de la municipalidad de Mamantel para pasar a la del Carmen, con lo que se inició el declive de Mamantel hasta desaparecer como entidad jurisdiccional a favor del Carmen. En 1861, el partido del Carmen comprendía las municipalidades del Carmen –cabecera de partido, Palizada, Sabancuy y Mamantel34, lo que rápidamente levantó las protestas de la élite carmelita – en la voz de su jefe político alegando que esta división política adolecía “de
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un gran defecto y es que los ranchos del río Candelaria corresponden a la Municipalidad de Mamantel con grave perjuicio de los dueños de establecimientos y del servicio público35”; al ser todos residentes de la ciudad del Carmen con fluida comunicación con sus ranchos, lo conveniente era que pertenecieran a dicha jurisdicción. Así se hizo y pocos años después, informaba otro jefe político carmelita: 37
38
La municipalidad de Mamantel que puede llamarse el granero del Partido y cuya feracidad de terrenos es admirable, sufrió en épocas pasadas algunas reformas en su división territorial con la segregación de Chivojá, Polvoxal y las rancherías de Candelaria, que fueron anexadas al municipio del Carmen. Hoy se encuentra dicha Municipalidad tan reducida, que apenas puede existir, y a mi juicio, debe tomarse en consideración esta noticia para no permitir que se estrechen más sus límites, sino que antes al contrario, se ensanchen en lo posible, teniéndose en cuenta su verdadera posición topográfica36. En Mamantel se centraba la producción de maíz de todo el partido, además de la de caña, arroz y frijol. En el río Candelaria, “casi inexplorado”, se hacía el corte de palo de tinte y maderas, y contaba con un gran número de ganado vacuno y caballar. En 1910 se reportaba la existencia formal de la Municipalidad de Mamantel aunque formando un solo Municipio con su vecino Sabancuy “a pesar de estar ambas secciones de territorio obstruidas en comunicación por bosques y pantanos37”. Estaba constituido por un pequeño pueblo de 400 vecinos y un total de 1,200 habitantes en toda su jurisdicción, “a pesar de que sus terrenos son extraordinariamente feraces, dando el maíz tres cosechas al año38”. La población del Municipio del Carmen, extendido hasta la frontera con Guatemala, era de 10,500 habitantes. Apropiación privada de la tierra y organización jurisdiccional iban de la mano.
39
Sobre esta estructura ya privatizada de dominio de la tierra en manos de la élite carmelita, una vez agotado el negocio del palo de tinte a finales del siglo XIX, se asentó el desarrollo de un nuevo producto para la exportación a partir de su extracción de las selvas campechanas: la explotación del chicozapote para producir chicle concesionado a empresas estadounidenses; como The Laguna Corporation, dueña del chicozapote que se cortaba en la región regada por el río Mamantel.
40
Mientras avanzaba el proceso de apropiación particular ¿qué pasaba con los ejidos de origen colonial de los pueblos, en esa región caracterizada por la poca estabilidad de sus asentamientos?
41
Para el caso que nos ocupa, la Ley de Colonización emitida en 1844 estipulaba que los ejidos debían ser repartidos entre los padres o cabeza de familia pobres. Su intención, explicitaba, era “cortar las innumerables disputas de los pueblos con motivo de los ejidos39”. No obstante, las solicitudes de los pueblos para que midieran y repartieran sus ejidos no llegaron hasta la década de 1890, siguiendo las disposiciones emanadas de la Secretaría de Fomento en 1889, y, sobre todo, por parte de pueblos con mayoría de población mestiza, como los de la región de los Ríos.
42
Efectivamente, en 1891 se terminó el fraccionamiento en lotes de los ejidos del pueblo de Mamantel40 y, a pesar de haber sido el primer pueblo en el partido del Carmen en terminar dicho proceso, en 1904 todavía no habían sido expedidos los títulos41. Sólo eran repartibles las tierras que no hubieran sido ya adjudicadas como propiedad privada, lo que hacía apremiante lograr la titulación dado el acelerado proceso de privatización recién descrito que vivió la zona
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durante todo el siglo XIX. A Mamantel le quedaba una extensión de 13,194 km2 (descontado el fundo legal de 4,040 km2) a repartir entre 63 familias, “todo terreno muy bajo y muy anegadizo […] en el que no se hallaron ni maderas preciosas ni tintóreas” rodeada por propiedades de particulares carmelitas y por “terrenos nacionales42”. 43
Cuando en 1907 el gobernador de Campeche solicitaba a los jefes políticos de cada partido datos acerca de los ejidos de las poblaciones del Estado, el único pueblo con sus ejidos medidos, repartidos y titulados era Mamantel. El resto de poblaciones habían hecho sus solicitudes, pero estaban la mayoría paralizadas ya fuera por falta de fondos para pagar los costos de las mensuras, a cargo de los mismos pueblos, o por la denuncia de algún particular en desacuerdo con la demarcación de límites. En los casos de los pueblos de Tenabo, Sihochac, San Antonio Sahcabchen y Chicbul no habían ni podido iniciar los trámites por no tener ejidos, pues estaban enclavados en terrenos de propiedad particular que habían sido denunciados como baldíos43. Mapeando étnicamente la información, resulta que los pueblos mestizos del partido del Carmen estaban más cerca de conseguir los títulos del fraccionamiento de los ejidos que los de los pueblos con mayoría de población maya. Aunque todos quedaron sujetos como cortadores de palo de tinte, primero, y como chicleros, después, en cualquiera de las grandes propiedades de carmelitas, primero, y de compañías estadounidenses, después.
44
Las políticas jurisdiccionales y de tierras en el suroeste de la Península de Yucatán constriñeron a los pueblos de indios y pardos dejándoles unos muy mermados “ejidos” a repartir entre las familias pobres. Mientras, las políticas de colonización seguían concibiendo la región de Los Ríos como espacio vacío, declarado como baldío enajenable, a favor de las élites regionales alimentadas por la continua llegada de migrantes europeos y estadounidenses destinadas a territorializar y mexicanizar esas áreas selváticas.
45
Con el reparto agrario en pleno siglo XX, reaparecieron los pueblos pero esta vez redefinidos a partir de la lógica de seguir colonizando, ahora con población proveniente de otras regiones de México. Si los colonos extranjeros, en su momento, blanquearon y civilizaron, los colonos mexicanos mestizaron; ambos ciclos con el objetivo siempre de nacionalizar ese díscolo espacio marginal. Así la frontera interna iba avanzando y se incorporaba el territorio real al imaginado. Modernidad económica y sociocultural, entonces, iban de la mano en los afanes por ejercer soberanía sobre un espacio que podríamos definir, según la tipología ofrecida por Carlos E. Reboratti44, como una frontera hueca, expresión de una modalidad de desarrollo fronterizo marcado más por los condicionantes externos – vaivenes económicos de beneficio rápido y superposición de oleadas de colonos que por el impulso social interno. Rosa Torras Conangla CEPHCIS, UNAM Mérida, Yuc., México Bibliografía
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59
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(México: UNAM, 2005). 63
3 Doreen Massey “Imaginar la globalización: las geometrías del poder del tiempoespacio”, págs. 130155, in Abel Albet y Núria Benach, Doreen Massey. Un sentido global del lugar, (Barcelona: Icària, 2012), pág. 134.
64
4 Aboites, Luis “Historias de ríos. Un modo de hacer historia agraria en México”, págs. 85 101, in Antonio Escobar, Martín Sánchez y Ana M. Gutiérrez, Agua y tierra en México, vol I, (Zamora y San Luis Potosí, México: El Colegio de Michoacán y El Colegio de San Luis Potosí, 2008), págs. 88.
65
5 Sweeney, Lean, La supervivencia de los bandidos. Los mayas icaichés y la política fronteriza del sureste de la península de Yucatán, 18471904, (México: UNAM, 2006).
66
6 Laura Caso, Caminos en la selva. Migración, comercio y resistencia. Mayas yucatecos e itzaes, siglos XVIIXIX, (México: Fondo Cultura Económica, 2002), págs. 5051 y págs. 165171
67
7 Aplicado por Arnold Van Gennep para el análisis del proceso ritual – liminalidad como periodo de transición con tres momentos: separación, margen o limen, agregación y desarrollado por Victor Turner hacia los demás campos de la cultura, especialmente a aquellos momentos de cambio cultural. Josetxu Martínez Montoya, “La montaña como espacio privilegiado de identificación sociocultural”, Comunidades de Montaña, Zainak, en Cuadernos de AntropologíaEtnografía, núm. 14, (Donostia, ed. Eusko Ikaskuntza, 1997), págs. 97115. En el mismo sentido es utilizado por Laura Caso, Caminos en la selva.
68
8 Rosa Torras, La tierra firme de enfrente. La colonización campechana sobre la región de Los Ríos (S. XIX), (México: UNAM, 2012).
69
9 Félix Roberto Shiels Orozco y Berra, “Plano corográfico de una parte del estado de Campeche” 1868.
70
10 Entendido como terreno de drenaje del río del mismo nombre y su esfera de influencia en las poblaciones ribereñas, siguiendo la noción que Edith Kauffer aplica al Candelaria en su texto Edith Kauffer, “Hidropolítica del Candelaria: del análisis de la cuenca al estudio de las interacciones entre el río y la sociedad ribereña”, Relaciones, 124, (otoño 2010), vol XXXI, págs. 186226, pág. 187. Dicha cuenca incluye también las riberas del río Mamantel, y cubre una extensión de 20,816 km2.
71
11 Fundado en el siglo XVI, es una de las poblaciones más antiguas de la región. Claudio Vadillo, “Proceso de occidentalización de los mayaschontales en la región de la Laguna de Términos, hoy sur de Campeche. 15251680”. Ponencia presentada en el X Congreso de la FIELAC, (junio de 2001 en Moscú, Rusia).
72
12 RAN, Francisco Villa (Antes poblado Mamantel), Carmen, Exp. 7863, Leg. 1, 1924 1934, 127 fs., fol. 2.
73
13 AGEC, Fondo Gobierno, Asuntos Agrarios, Municipio del Carmen, Mamantel, Caja 3, Exp. 151, 1904, 38 fs, fol. 2.
74
14 AGN, Instituciones Coloniales, Indiferente Virreinal, Caja 69, Exp. 13, año 1803, 1 fol.
75
15 Juan de Dios Mucel nació en el Presidio del Carmen, Campeche, en 1798. Era hijo de Marcelo Mucel, militar nacido en Villahermosa Tabasco y nieto de Nicolás Mucel, natural de Islas Canarias. Falleció en 1845 a los 47 años de edad, de muerte natural, estando casado con
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Andrea Basto. Fue enterrado en la catedral de Campeche (Parroquia Nuestra Señora del Carmen, Libro de bautismos 17951801, fol 101; Catedral de San Francisco de Campeche, Libro de Defunciones 18441848, fol. 17). 76
16 AGEY, Poder Ejecutivo, CD 28, Caja 38, vol. 1, Exp 22, año 1831, 10 fs., fol. 1.
77
17 “Reglamento de montes para el Presidio del Carmen” de 1795. Apud, Claudio Vadillo Vadillo, La Región del Palo de Tinte: El Partido del Carmen, Campeche. 18211857, (México, Gobierno del Estado de Campeche / CONACULTA, 1994), pág. 47 – 48.
78
18 HNDM, El Economista Mexicano, Ciudad de México, 30 marzo 1889, pág. 97.
79
19 AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, CD 55, Caja 108, vol. 58, Exp. 32, año 1845, 2ff.
80
20 AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, CD 55, Caja 108, Vol. 58, Exp. 32, año 1845, fol. 1.
81
21 AGEY, Poder Ejecutivo, Ramo Gobernación, CD 15, Caja 50, Vol. 3, Exp. 55, Año 1842, fol. 1.
82
22 Ibidem, ff. 13.
83
23 HNDM, El Economista Mexicano, 30 marzo 1889, pág. 97.
84
24 Al menos desde 1853 Mamantel tenía categoría de Municipalidad, integrada al Partido del Carmen, cubriendo un área desde la Laguna de Términos hasta la frontera con El Petén guatemalteco. En 1915, con la constitución de los municipios libres, Mamantel desaparece con categoría propia y queda integrado al municipio del Carmen.
85
25 TLAL, Estadística del Estado de Campeche. Agricultura e industrias anexas. Partido del Carmen. Municipalidades de Palizada, Sabancuy y Mamantel. Agencia del Ministerio de Fomento en Campeche. CIESAS / Microfilm Tulane Latin American Library (rollo 4, vol. 5).
86
26 AHSRE, Catálogo 38: Relaciones MéxicoFrancia 18391867, Exp. 633, Leg. 17304, años 18641866 “Departamento de la Laguna. Solución al interrogatorio del Sr. Dalloz, diputado francés, que tiene por objeto favorecer el movimiento agrícola, industrial y mercantil del Imperio Mexicano”. 48 ff., fol. 3.
87
27 RPCC, Vol. 20, fol. 261.
88
28 RPCC, Vol. 11, fol. 493.
89
29 AGEC, Fondo Raúl Novelo Bombat, El Carmen, Caja 22, Exp. 14892, fol. 5v.
90
30 AGEC, Fondo Raúl Novelo Bombat, El Carmen, Caja 22, Exp. 14892, fol. 24v.
91
31 AGEY, Poder Ejecutivo, Ramo Tierras, CD 28, Vol. 1, Exp. 22.
92
32 CCJC, Juicio Civil, Caja 76, Exp. 12889.
93
33 AGEC, Fondo Novelo Bombat, El Carmen, Caja 7, Exp. 13873.
94
34 “Ley constitucional para el gobierno interior de los pueblos”, Impr. De la Sociedad Topográfica, Campeche, 1861.
95
35 Memoria presentada por el Jefe Político del Partido del Carmen C. Lic. Anastasio
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Arana al Gobierno del Estado de Campeche. (Mayo 1869Junio 1872). Impr. de la Sociedad Topográfica, Campeche, 1873, pág. 2. 96
36 Memoria presentada por el Jefe Político del Partido del Carmen C. Joaquín Artiñano al Gobierno del Estado de Campeche. (Enero 1884 Mayo 1885). Impr. “La Perla del Golfo” de F. Pou y J. Romellón, Carmen, 1885, pág. 2.
97
37 Justo Acevedo, El Partido del Carmen. Bosquejo Geográfico, estadístico e histórico, (México: Impr. Compañía Editora Nacional, 4° edición, 1910), pág. 4.
98
38 Justo Acevedo, El Partido del Carmen, pág. 12.
99
39 Ver “Acuerdo sobre arrendamiento de terrenos baldíos y comunes” (18 octubre 1844) y “Acuerdo concediendo ejidos a unos ranchos, mandando reducir a poblado otros, y sobre mensuras de terrenos baldíos”. Colección de Leyes, Decretos y Órdenes o Acuerdos de Tendencia General del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Yucatán (de 1841 a 1845), formada por Alonso Aznar Pérez, (Mérida, Yucatán, México: Impr. de Rafael pedrera, 1850), págs. 352355.
100
40 La extensión de los ejidos fue fijada en 1844 por el gobierno campechano y reconocida por el gobierno central en 1873 y 1883. CCJC, Civil, Caja 58, Exp. 18890, año 1890, 57 fs., fol. 1.
101
41 AGEC, Fondo Gobierno, Asuntos Agrarios, Municipio del Carmen, Mamantel, Caja 3, Exp. 151, 1904, 38 fs.
102
42 CCJC, Civil, Caja 58, Exp. 18890, año 1890, 57 fs., fol. 11.
103
43 AGEC, Fondo Gobierno, Asuntos Agrarios, Caja 3, Exp. 156, año 1907, 15 fs.
104
44 Carlos E. Reboratti, “Fronteras agrarias en América Latina”, Geo Crítica, Cuadernos Críticos de Geografía Humana, n° 87, (mayo 1990).
Para citar este artículo : Rosa Torras Conangla, « Dinámicas de asentamiento al son de la economía maderera en el suroeste yucateco (México, Siglo XIX) », Boletín AFEHC N°62, publicado el 04 septiembre 2014, disponible en: http://afehchistoriacentroamericana.org/index.php? action=fi_aff&id=3819
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