Diferencias entre la elusión y la evasión tributaria en Colombia

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Diferencias entre la elusión y la evasión tributaria en Colombia


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Los ciudadanos y empresas tratan de retener el máximo posible de renta e ingresos y por tanto, de pagar los menos impuestos posibles. Pero según respeten o no la legalidad, pueden incurrir en comportamientos susceptibles de delito y sanción

Elusión tributaria



Son todas aquellas conductas de los contribuyentes destinadas a evitar el pago de impuestos, mediante el aprovechamiento de las inconcreciones, ambigüedades o vacíos de las leyes tributarias.

La elusión tributaria no supone ninguna infracción legal, si bien el Ministro de Hacienda y el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) afirman que es inmoral y éticamente incorrecta.
 
Ejemplo de elusión tributaria:

Si un comerciante divide su negocio en dos partes para que cada parte esté a nombre de un titular distinto y así no pasar el régimen común, estaríamos ante un caso de elusión El contribuyente quiere evitar ser responsable del régimen común, pero no vulnera la Ley.

Una investigación de la DIAN no probaría la comisión de ningún delito fiscal, sino solo la intención de no cobrar y pagar el IVA. Por tanto, el ciudadano no podrá ser sancionado aunque socialmente sea reprochable su actitud.

Evasión tributaria


Son las conductas destinadas a evitar el pago de impuestos mediante violaciones de la legislación vigente. Por tanto, supone una infracción sancionable y el contribuyente que la realiza además procura la ocultación de sus actos para evitar ser sancionado.

Ejemplo de evasión tributaria:
Si un comerciante no factura sus ventas para no sobrepasar los topes que le excluirían del régimen simplificado, o, en caso de pertenecer al régimen común, con la intención de no facturar el IVA, está violando la Ley y por tanto se hace acreedor a sanción tributaria e incluso, en casos graves, a sanción penal.

En los ejemplos manejados tanto el evasor tributario como quien realiza elusión tributaria tienen la intención de no facturar el IVA, pero el evasor vulnera la Ley mientras que la elusión no infringe la Ley.
Planeación tributaria
Son las conductas destinadas a no pagar o a pagar menos impuestos utilizando los mecanismos que la legislación prevé expresamente para ello (deducciones, reducciones, exenciones, etc). El Estado posibilita estas conductas regulándolas en la propia Ley, con la intención de fomentar algunas actividades que considera de interés.

Ejemplo de planeación tributaria:
La inversión por parte del cliente en aquellos sectores económicos en los que las rentas estén exentas de fiscalidad. También, la inversión en activos fijos productivos.
Conclusiones legales
Mientras que la planeación tributaria es legal y deseable al cumplir con determinados objetivos económicos previstos que el legislador quiere beneficiar, la elusión supone un regate a la intención de la legislación, si bien no es perseguible ni sancionable.

La legislación colombiana permite numerosas opciones de elusión. Mientras la evasión es una infracción en toda regla de la Ley que puede y debe acarrear sanciones para quien la realice.


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