Derechos humanos y nuevas tendencias en la migración forzada internacional

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Descripción

La migración forzada internacional generalmente se entiende como aquella abordada en la Convención de la ONU sobre el Estatuto de los Refugiados, es decir, la persecución motivada por la nacionalidad, la raza, la religión, la opinión política, o la pertenencia a un grupo social particular; o como las crisis humanitarias provocadas por guerras civiles y hambrunas. La migración forzada a principios de la segunda década del siglo XXI es diferente pues tiene que ver con las dinámicas de violencia del capitalismo actual, el que se guía por el dogmatismo del neoliberalismo económico, tales como la criminalidad, los negocios ilícitos, la acumulación por despojo, la explotación del medio ambiente como recurso económico, la violencia misógina, y los crímenes de odio contra mujeres y niñas, y gays/lesbianas. Aun cuando se debate si la motivación económica, la violencia criminal, el deterioro ambiental, la violencia doméstica y el despojo de tierras son causa de migración forzada también, éstas no se consideran razones legítimas para abordarlas en el marco jurídico del asilo, aunque sí del desplazamiento forzado interno que no conlleva obligaciones internacionales. Pero esta visión es la del estudio hegemónico de la migración, que es funcional a la reproducción del neoliberalismo y se enfoca en la administración económica de la movilidad humana, es decir, en la regulación y el control de la migración en función de la reproducción del capitalismo global. Estos enfoques tienen como fin clasificar a los sujetos migrantes en diferentes modalidades denominativas –ilegales, refugiados, calificados, temporales- para captar a aquellos individuos que prometen mayor productividad y plusvalía a través de sus calificaciones laborales o su vulnerabilidad a la explotación. El estudio hegemónico de la migración parte de una posición epistemológica que se conforma con adoptar las categorías de clasificación que imponen los think tanks internacionales, y las entiende como construcciones objetivas propias de la soberanía estatal y fuera de cuestionamiento académico. El programa de esta materia buscar ser una alternativa a esta perspectiva hegemónica y toma una ruta distinta de estudio, una intelectualmente más creativa y éticamente más coherente. En vez de contrastar las razones de los solicitantes de asilo con el establishment político-económico representado por la legislación internacional en la materia –la Convención para el Estatuto de Refugiados de 1951, y su protocolo de 1967- cuestiona la vigencia de este régimen internacional para abordar los fenómenos sociales, económicos y políticos que generan las violaciones de derechos humanos que constituyen las nuevas narrativas de persecución y migración forzada que no son ilegítimas sino que surgieron en un contexto histórico muy posterior al que dio inicio al sistema de asilo como lo conocemos hoy. De esta forma veremos diferentes líneas de investigación y pensamiento crítico y alternativo, así como el trabajo de primera línea de investigadoras/es mexicanos y latinoamericanos, hombres y mujeres, lo cual nos permitirá entender la migración forzada desde líneas de pensamiento y causas excluidas del mainstream intelectual.
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