De las postrimerías nazaríes a los albores castellanos. Ambrogio Spinola y la continuidad de los genoveses del Reino de Granada (1478-1508)

July 1, 2017 | Autor: R. González Arévalo | Categoría: Islamic Law, Medieval History, Medieval Studies, Medieval Islam, Mediterranean Studies, Spain (Mediterranean Studies), Medieval Europe, Muslims in Europe, History of the Mediterranean, Islamic History, Muslim Spain, Medieval Islamic History, Spain (History), Medieval Spain, Early modern Spain, Islamic History and Muslim Civilization, Nasri Kingdom of Granada, Kingdom of Castile in the Middle Ages, Genoese History, Medieval History of Spain, Medieval Castile, History of Genoa, Kingdom of Granada Modern Age, Moriscos in Granada, History of Commerce, History of Genoa, History of the Mediterranean, Mediterranean Studies, and Maritime History, Trade routes, Mediterranean, Ports, Port cities, Islands, The Nasrid Kingdom of Granada, Nasrid Kingdom of Granada, Reino Nazarí De Granada, Historia del Reino Nazarí de Granada, Genoese Families, Storia Di Genova, Genoa Families, Spain (Mediterranean Studies), Medieval Europe, Muslims in Europe, History of the Mediterranean, Islamic History, Muslim Spain, Medieval Islamic History, Spain (History), Medieval Spain, Early modern Spain, Islamic History and Muslim Civilization, Nasri Kingdom of Granada, Kingdom of Castile in the Middle Ages, Genoese History, Medieval History of Spain, Medieval Castile, History of Genoa, Kingdom of Granada Modern Age, Moriscos in Granada, History of Commerce, History of Genoa, History of the Mediterranean, Mediterranean Studies, and Maritime History, Trade routes, Mediterranean, Ports, Port cities, Islands, The Nasrid Kingdom of Granada, Nasrid Kingdom of Granada, Reino Nazarí De Granada, Historia del Reino Nazarí de Granada, Genoese Families, Storia Di Genova, Genoa Families
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Descripción

RAÚL GONZÁLEZ ARÉVALO

DE LAS POSTRIMERÍA NAZARÍES A LOS ALBORES CASTELLANOS. AMBROGIO SPINOLA Y LA CONTINUIDAD DE LOS GENOVESES DEL REINO DE GRENADA (1478-1508)

ESTRATTO da ARCHIVIO STORICO ITALIANO 2015/2 ~ a. 173 n. 644

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Anno CLXXIII

ARCHIVIO STORICO ITALIANO FONDATO DA G. P. VIEUSSEUX E PUBBLICATO DALLA

DEPUTAZIONE DI STORIA PATRIA PER LA TOSCANA

2 0 1 5 DISP. II

LEO S. OLSCHKI EDITORE FIRENZE

2015

ARCHIVIO STORICO ITALIANO Direttore : Giuliano Pinto Comitato di Redazione : Mario ascheri, serGio Bertelli, eMilio cristiani, riccardo FuBini, richard a. Goldthwaite, christiane KlaPisch-ZuBer, halina ManiKowsKa, rosalia Manno, rita MaZZei, Mauro Moretti, renato Pasta, roBerto Pertici, Mauro ronZani, thoMas sZaBó, lorenZo tanZini, serGio toGnetti, andrea ZorZi Segreteria di Redazione : lorenZo tanZini, serGio toGnetti, claudia triPodi Direzione e Redazione: Deputazione di Storia Patria per la Toscana Via dei Ginori n. 7, 50123 Firenze, tel. 055 213251 www.deputazionetoscana.it

INDICE

Anno CLXXIII (2015)

N. 644 - Disp. II (aprile-giugno)

Memorie Daniele Giusti, Scritture quattrocentesche della famiglia Gaddi: il Priorista e i Ricordi

Pag

191

Raúl González aRévalo, De las postrimerías nazaríes a los albores castellanos. Ambrogio Spinola y la continuidad de los genoveses del Reino de Grenada (1478-1508)

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239

silvina Paula viDal, Una revisione delle tesi di André Chastel su alcune rappresentazioni contemporanee del Sacco di Roma (1527)

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275

GiusePPe seche, Vicende e letture di studenti universitari del XVI secolo

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313

»

341

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351

Documenti MaRco venDittelli, Annotazioni ed elenchi relativi alla basilica romana di Santa Maria Maggiore dei primi anni del secolo XIII in calce al manoscritto Vaticano latino 4772 Recensioni euGenio RiveRsi, La memoria dei Canossa. Saggi di contestualizzazione della Vita Mathildis di Donizone (enRico Faini)

segue nella 3 pagina di copertina a

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Anno CLXXIII

ARCHIVIO STORICO ITALIANO FONDATO DA G. P. VIEUSSEUX E PUBBLICATO DALLA

DEPUTAZIONE DI STORIA PATRIA PER LA TOSCANA

2 0 1 5 DISP. II

LEO S. OLSCHKI EDITORE FIRENZE

2015

La rivista adotta per tutti i saggi ricevuti un sistema di Peer review. La redazione valuta preliminarmente la coerenza del saggio con l’impianto e la tradizione della rivista. I contributi che rispondono a tale criterio vengono quindi inviati in forma anonima a due studiosi, parimenti anonimi, esperti della materia. In caso di valutazione positiva la pubblicazione del saggio è comunque vincolata alla correzione del testo sulla base delle raccomandazioni dei referee. Oltre che nei principali cataloghi e bibliografie nazionali, la rivista è presente in ISI Web of Knowledge (Art and Humanities Citations Index); Current Contents, Scopus Bibliographie Database, ERIH. La rivista è stata collocata dall’Anvur in fascia A ai fini della V.Q.R. e dell’Abilitazione nazionale, Area 11.

Raúl González Arévalo

De las postrimerías nazaríes a los albores castellanos. Ambrogio Spinola y la continuidad de los genoveses del Reino de Granada (1478-1508) Al abordar recientemente el estado de la cuestión sobre la presencia diferencial italiana en el sur de la Península Ibérica realicé varias propuestas de trabajo, algunas muy concretas. La primera de ellas, la necesidad de superar la división geográfica entre la Corona de Castilla y el Emirato de Granada, pues ambas conformaban un único espacio económico y comercial desde el punto de vista italiano. La segunda, centrada en el reino granadino, la oportunidad de un estudio que superara la cesura cronológica que todavía impone la conquista de la última formación política peninsular musulmana. La tercera, abundar en el empleo del método prosopográfico, de modo que el estudio biográfico de trayectorias individuales enriqueciera el conocimiento sobre las comunidades extranjeras, profundizando en la variedad y diversidad de su composición, frente a la tendencia uniformadora y empobrecedora que emerge de la imagen de conjunto.1 Ciertamente, en la bibliografía concreta sobre la materia no faltan estudios prosopográficos específicos. En el caso de la comunidad R. González Arévalo es Profesor investigador de la Universidad de Granada [email protected]. El presente artículo forma parte del proyecto «Presencia diferencial italiana en el sur de la Península Ibérica en época Trastámara (siglos XIV-XVI)» (RYC-2011-09300), financiado por el programa Ramón y Cajal del Ministerio de Economía y Competitividad, desarrollado en la Universidad de Granada. 1   R. González Arévalo, Presencia diferencial italiana en el sur de la Península Ibérica en la Baja Edad Media. Estado de la cuestión y propuestas de investigación, «Medievalismo», 23, 2013, pp. 175-208.

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mercantil genovesa destacan particularmente los trabajos de Juan Manuel Bello León para Andalucía, donde emerge con fuerza la figura de Francisco de Riberol.2 Para el reino granadino son paradigmáticos los estudios en torno a la familia Spinola desarrollados por Giovanna Petti Balbi y Adela Fábregas en época nazarí.3 El papel de esta familia ligur está indisolublemente asociado a la Società della Frutta, sobre la que han trabajado tanto esta última como el profesor López de Coca.4 Además, el catedrático malagueño abordó el papel de los Centurión e Italián de Málaga tras la conquista castellana.5 Sin embargo, hasta el momento no se había podido responder de forma satisfactoria a las relaciones establecidas por los ligures a ambos lados de la frontera castellano-granadina en tiempos del reino nazarí, ni a la incógnita sobre el destino de la comunidad genovesa en el territorio – determinando su extinción o su continuidad – entre las postrimerías nazaríes y los primeros años de dominación cristiana. Tampoco los archivos genoveses han arrojado luz al respecto, aunque no se puede descartar que sus inmensos fondos guarden datos preciosos. De hecho, se trata de un 2  J. M. Bello León, Mercaderes extranjeros en Sevilla en tiempos de los Reyes Católicos, «Historia, Instituciones y Documentos», 20, 1993, pp. 47-81; Extranjeros en Castilla (1474-1501). Notas y documentos para el estudio de su presencia en el reino a fines del siglo XV, La Laguna, Instituto de Estudios Hispánicos de Canarias-Centro de Estudios Medievales y Renacentistas de la Universidad de La Laguna, 1994; Contribución a la biografía del mercader genovés Francisco Riberol [1458-1514], en C. Rodríguez Morales (coord.), La torre: Homenaje a Emilio Alfaro Hardisson, La Laguna, Artemisa Ediciones, 2005, pp. 123-144. 3   G. Petti Balbi, Le strategie mercantili di una grande casata genovese: Francesco Spinola tra Bruges e Malaga (1420-1456), «Serta Antiqua et Medievalia», 1, 1997, pp. 379-393; A. Fábregas García, Un mercader genovés en el reino de Granada. El libro de cuentas de Agostino Spinola (1441-1447), Granada, Universidad de Granada, 2002; La familia Spinola en el reino nazarí de Granada. Contabilidad privada de Francesco Spinola (1451-1457), Granada, Alhulia, 2004. 4   J. E. López de Coca Castañer, La Ratio Fructe Regni Granate. Datos conocidos y cuestiones por resolver, en Aragón en la Edad Media: rentas, producción y consumo en España en la baja edad media, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 2000, pp. 121-131; Granada y la ruta de poniente: el tráfico de frutos secos (siglos XIV-XV), en A. Malpica Cuello (ed.), Navegación marítima del Mediterráneo al Atlántico, Granada, THARG, 2001, pp. 149-177; A. Fábregas García, Vías de acceso del azúcar del Reino de Granada al mercado europeo: la Sociedad de los Frutos (siglos XIV-XV), en A. Vieira (ed.), História do açúcar. Rotas e mercados, Madeira, CEHA, 2002, pp. 23-53. 5   J. E. López de Coca Castañer, Los genoveses en Málaga durante el reinado de los Reyes Católicos, Anuario de Estudios Medievales, 10, 1980, pp. 619-650. Ampliado y refundido en J. E. López de Coca y M.ª T. López Beltrán, Mercaderes genoveses en Málaga (1487-1516). Los hermanos Centurión e Ytalián, «Historia. Instituciones. Documentos», 7, 1980, pp. 93-116.

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argumento que, en sentido inverso, ha revelado informaciones de gran valor para el otro extremo del Mediterráneo, con estudios sobre la presencia ligur entre la Constantinopla bizantina y la Estambul otomana.6 Las cuestiones planteadas encuentran respuesta ahora, siquiera parcial, con nuevos datos sobre los Spinola – no podía ser de otra manera – encabezados por el estudio de una figura singular cuya trayectoria no se había reconstruido hasta el momento. Se trata del mercader genovés Ambrogio Spinola – micer Ambrosio de Espíndola en las fuentes castellanas – y su entorno, presentes en la documentación castellana procedente del Archivo General de Simancas, del Archivo de la Real Chancillería de Granada y los protocolos notariales de Córdoba y Granada, que permiten seguir el desarrollo de sus actividades por el sur peninsular desde 1478 hasta 1498, cuando fallece, aunque las últimas referencias de su entorno proceden de 1508.7 El conocimiento de su familia, sus socios y sus intereses arrojan luz sobre el destino de la comunidad mercantil genovesa presente en el Reino de Granada antes de la guerra final de conquista, y su adecuación a la nueva realidad política, social y económica cuando regresen una vez finalizado el conflicto, en una parábola que permite pasar de la época musulmana a la cristiana sin solución de continuidad, afirmando la continuidad de algunos de sus miembros sin asomo de duda.8 Genoveses en Granada en las postrimerías nazaríes. – Roser Salicrú ha demostrado el alcance de los contactos entre Génova y 6   Sin ánimo de ser exaustivo, me remito a E. Basso, Genovesi e Turchi nell’Egeo medievale: Murad II e la Societas Folie Nove, «Quaderni medievali», 36, 1993, pp. 31–52; S. V. Bliznjuk, Genovesi a Costantinopoli ed Adrianopoli alla metà del XV secolo in base a documenti dell’Archivio di Stato di Genova, «Byzantinische Zeitschrift», 90, 1997, pp. 13–23; C. Caselli, Genoa, Genoese Merchants and the Ottoman Empire in the First Half of the Fifteenth Century, «Al-Masaq», 25/2, 2013, pp. 252-263. 7   Se trata de una metodología que ya ha dado excelentes resultados. Así por ejemplo, la figura de Benedetto Schieri, notario pratés exiliado por conspirar contra la República de Florencia que llegó a canciller de la República de Ragusa, es el hilo conductor del estudio ejemplar que Francesco Bettarini ha llevado recientemente a cabo sobre la comunidad pratesa en la ciudad dálmata en el primer cuarto del siglo XV. F. Bettarini, La comunità pratese di Ragusa (1414-1429), Florencia, Olschki, 2012. 8   Por razones de espacio, la complejidad y variedad de las actividades impulsadas durante el exilio, desarrolladas a caballo entre Córdoba y Jaén en 1484-1492, se abordan en R. González Arévalo, Exilio, diversificación, superación. Estrategias de supervivencia de los Spinola de Granada ante la guerra final de conquista (1481-1492), «Reti Medievali Rivista», 14/2, 2013, pp. 89-110, [en línea], disponible en: http://www.rmojs.unina.it/index.php/ rm/article/view/403, [última consulta 25/11/2014].

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Granada en vísperas del conflicto final, con la embajada enviada por la Superba y la firma de un tratado con los nazaríes, vigente para el lustro 1479-1483.9 Después prácticamente no había más noticias sobre la comunidad ligur del territorio hasta la conquista de Málaga (1487) y la llegada de nuevos genoveses al nuevo puerto castellano. Las nuevas informaciones sobre este período tan oscuro las proporciona un documento fundamental procedente del Archivo General de Simancas al que no se ha prestado atención hasta el momento. Efectivamente, en mayo de 1492 Ambrogio Spinola se dirigía a los Reyes Católicos para reclamar10 que en los tienpos pasados miçer Luc[i]o d’Espyndola su padre, e el dicho miçer Anbrosyo, e Luçián su hermano, e otros factores e conpañeros suyos ovieron algunas contrataciones con algunos moros en la çibdad de Reyno de Granada, de las quales les restaron deuiendo al dicho su padre e hermano e a él e a su conpañero grandes contías de marauedís de sedas e otras cosas, e allende desto, en pago de algunas de las dichas debdas que les heran deuidas conpraron casas, e tierras, e huertas, e otros heredamientos de los dichos moros sus debdores e de otras personas, en las quales hiçieron muchas lauores e hedefyçios, e que después que nos mandamos haser la guerra al Rey e moros de Granada que a la sasón heran ellos dexaron la dicha çibdad e deudas e bienes que en ella tenían.

Como queda meridianamente claro, algunos genoveses de Granada se marcharon del reino durante el conflicto, dejando atrás deudas y propiedades «con esperança de lo aver, e cobrar, e demandar quando pluguiese a Dios que nos oviésemos conquistado el dicho Reyno».11 9  R. Salicrú i Lluch, La embajada de 1479 de Pietro Fieschi a Granada: nuevas sombras sobre la presencia genovesa en el sultanato nazarí en vísperas de la conquista castellana, «Atti dell’Accademia Ligure di Scienze e Lettere», 54, 1997, Serie V, pp. 355-385. 10  Archivo General de Simancas, Registro General del Sello (en adelante AGS, RGS), Mayo 1492, 246, 30-V-1492. 11   No se puede descartar que entre las propiedades reclamadas se encontraran las de Tommaso Spinola, mercader miembro de la casata genovesa que había sido expulsado de Granada en 1479 tras haber sido «preso, ligato, posto in presione acerbissime et fatogi tormenti acerbi» en Almuñécar, donde se encontraba «more mercatorio», tras lo cual «fo liberato da dicta prexione cum condictione ch’elo iusisse fora de lo reame de Granata, la quale cossa quanto ad esso sia grave ognuno lo poi intendi. Et cossì fo costretto di fare, lassato lì tutti soi beni, li quali non ha potuto recogliere, maxime non habiando possuto lì fare procuratore», según se recoge en las instrucciones dadas por Battista Campofregoso y el Consejo de Ancianos de Génova al embajador Pietro Fieschi. El memorial está

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Por lo pronto se refiere a la familia Spinola, compuesta por el padre, Lucio, y sus dos hijos, Ambrogio y Luciano, y otros individuos con los que debían tener compañía (de ahí el apelativo ‘compañeros’), así como los factores. El estudio de los libros de contabilidad de Agostino y Francesco Spinola a mediados de la centuria y la estructura mercantil que revelan hace razonable plantear la posibilidad de que los tres Spinola citados se encontraran en la capital del reino, mientras que algunos de los otros «factores e compañeros suyos» estuvieran en otras localidades, probablemente Málaga y Almuñécar.12 Resulta imposible determinar por el momento desde cuándo se encontraban en Granada estos miembros de la familia Spinola, pero es altamente probable que fueran algunos de los mercaderes de los que Pietro Fieschi debía recabar información sobre la situación de la comunidad en el reino para negociar la renovación del tratado de 1460 en su embajada de 1479. Se trata de una fecha en la que los mercaderes genoveses aún acudían normalmente desde fuera del emirato.13 Ahora, algunos documentos referentes a Jaén dan algunas pistas más. Efectivamente, según denunciaba en mayo de 1478 Juan de Benavides, II señor de Jabalquinto, Fernando de Aranda, regidor de Alcalá la Real, con poco temor y menospreçio de la nuestra justiçia, metió al reyno de Granada a doña Aldonça de Benauides su fija, e la entregó a çiertos genoueses estantes en la çibdad de Granada, dise que auiéndole él requerido que la non leuase ni enbiase al dicho reyno, e que si alguna cosa él deuía e era encargo, él lo quería pagar, en lo qual dise que él e la dicha su fija an reçeuido mucho agrauio e daño.14 publicado en Salicrú i Lluch, La embajada cit., pp. 382-385, y la referencia al incidente con Tommaso Spinola en pp. 383-384. La autora lo sitúa erróneamente en Málaga y no en Almuñécar (p. 366). Para la identificación de la segunda con la «Mulecha» original del texto pueden verse los cuadros 2 y 3 de R. González Arévalo, La costa del Reino de Granada en la documentación náutica italiana (siglos XIV-XVI), «En la España Medieval», 31, 2008, pp. 33-34. 12  Ver supra nota 3. 13   Es lo que se deduce del testimonio de Isabel de San Pedro, vecina de El Puerto de Santa María que en noviembre de 1478 exponía ante los Reyes Católicos que Ambrogio Spinola, mercader genovés estante en Sevilla con quien tenía «compañía» desde 1470, cuando nació una hija de ambos, «puede aver seis meses que el dicho Anbrosio d’Espyndola se fue a la çibdad de Granada, e estando allá dis que fynó e pasó desta presente vida», razón por la que sus familiares deseaban llevarse a su hija a Génova contra el deseo de la madre. AGS, RGS, Noviembre 1478, 13, 13-XI-1478. 14   AGS, RGS, Mayo 1478, 40, 23-V-1478. Juan de Benavides era un personaje

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La identidad de los misteriosos «genoueses estantes en la çibdad de Granada» la desvelan las actas municipales del concejo de Jaén, que recogen que un año más tarde, el 19 de junio de 1479, y a petición de Juan de Benavides, el cabildo había otorgado carta de seguro a micer Lucián y a micer Bartolomé para que pudieran acudir a la capital giennense a mediar en la liberación de la hija cautiva que el citado Benavides tenía en Granada en manos de los ligures. Es probable que se trate de Luciano Spinola y que este testimonio revele los contactos de la familia con el Santo Reino, fundamentales para sus negocios durante la Guerra de Granada. El seguro incluía «a los onbres e criados que con ellos vinieren, e sus mercaderías, de venida e estada e tornada, en quanto esta çibdad e sus términos e jurediçión».15 destacado de la nobleza del Reino de Jaén, procedente de la familia que ostentaba el señorío de Santisteban del Puerto y emparentado con los Trastámara por vía materna pues su madre, María Manrique, era prima hermana de la reina Juana de Aragón, lo que le convertía en primo segundo de los Reyes Católicos. Segundo señor de Jabalquinto, titular del lugar de Tobaruela y de los derechos de portazgo de la ciudad de Baeza y de Linares desde 1474, durante la Guerra de Granada sería nombrado capitán de la ciudad de Lorca por los Reyes Católicos, distinguiéndose en algunas entradas en la zona oriental, (Almería, Baza y Guadix), donde conquistó personalmente la fortaleza de Las Cuevas. En recompensa de sus servicios recibiría autorización de los monarcas para fundar el mayorazgo de Jabalquinto en 1484, y más adelante la villa de Almanzora. Se casó con doña Beatriz de Valencia, hija de Diego de Valencia, mariscal de Castilla, Asistente (corregidor) de Sevilla y bisnieto de Alfonso IV de Portugal, y de Aldonza de Bracamonte. M.ª C. Quintanilla Raso, La casa señorial de Benavides en Andalucía, «Historia. Instituciones. Documentos», 3, 1976, pp. 441-484; M.ª A. Carmona, El señorío de Tobaruela (Jaén) a fines de la Edad Media, «Historia. Instituciones. Documentos», 31, 2004, pp. 113-130; L. J. Gordo Peláez, El mecenazgo de los Benavides en Baeza: el palacio de Jabalquinto, «Boletín del Instituto de Estudios Giennenses», 203, Enero-Junio 2011, pp. 111-130. Inexplicablemente, diversas bases de datos que toman informaciones de diccionarios de genealogía y heráldica referenciales y documentación de archivo, como la Fundación Casa Ducal de Medinaceli o el portal de genealogía Geneall.net, no mencionan la existencia de ninguna hija llamada Aldonza – como la abuela materna – de Benavides: http://geneall. net/es/name/14550/juan-alfonso-de-benavides-el-bueno-2-senor-de-jabalquinto/; http://www.fundacionmedinaceli.org/casaducal/fichaindividuo.aspx?id=6772; [últimas consultas 25/11/2014]. 15   «A ynterçesión de Juan de Benauydes e del arçediano de Vbeda mandaron dar carta de seguro a miçer Lucia(n) e miçer Bartolomé, ginoveses, que vengan a esta çibdad a dar orden sobre la deliberaçión de vna fija de Juan de Benavides que está en Granada, e asimismo aseguraron a lon onbres e criados que con ellos vinieren, e sus mercaderías, de venida e estada e tornada, en quanto esta çibdad e sus términos e jurediçión». Tomado de J. DE M. Carriazo Arroquía, Los moros de Granada en las actas del concejo de Jaén de 1479, En la frontera de Granada, Sevilla, Facultad de Filosofía y Letras, 1971 (edición facsímil con estudio preliminar de M. González Jiménez, Granada, Editorial Universidad de Granada – Secretariado de Publicaciones de la Universidad de Sevilla, 2002), p. 276.

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Un año más tarde el asunto seguía sin resolver. Así, a principios junio de 1480, y de nuevo a petición de Juan de Benavides, los reyes escribían a Diego de Alcalá y a Rodrigo de Jaén, escribanos públicos de Alcalá la Real, recordando que ante ellos «pasaron çiertos recabdos e escripturas e enpeñamientos que se fizo a çiertos ginoueses estantes en la çibdad de Granada de una su fija que allá tenía». Benavides les había pedido reiteradamente copia de la documentación, a lo que los escribanos se habían negado «poniendo a ello unas escusas e dilaçiones yndeuidas». Los monarcas determinaron que le proporcionaran «copia e traslado de las dichas obligaçiones de contrato e enpeñamiento que de la dicha su fija se fizo a los dichos ginoueses».16 Pero ¿qué motivos podían tener los dos escribanos alcalaínos para no proporcionar las copias a que estaban legamente obligados? En otro documento contemporáneo Benavides se quejaba de que había recibido agravio «de çiertos genoveses estantes en la çibdad de Granada», por lo que los reyes daban carta de comisión para el Adelantado de Cazorla para que los entregara a la justicia. Benavides la entregó al Adelantado, pero surgieron algunas dificultades porque los genoveses eran forasteros e non tenían domiçilio çierto nin tenían bienes rayses en estos reynos, que les mandase abonar e dar fianças para que estarían con él al derecho e pagaran lo jusgado, e el dicho adelantado los mandó çitar realmente para que fuesen detenidos e traydos ante él para que diesen la dicha fiança, e sobre ello dis que fueron presos en esa çibdad e detenidos, e después los dichos ginoveses, con syniestras relaçiones, ynpetraron nuestra carta para que fuesen sueltos, e que doña Beatris de Valençia su muger, e Diego de Burgos e Juan de Burgos, fiadores del dicho Juan de Benauides, les pagasen dosientas e [en blanco] mill marauedís que desían que lo él deuían, por virtud del qual dis que los dichos genoveses han fatigado e fatigan a la dicha doña Beatris su muger e a los dichos sus fiadores, en lo qual dis que él ha resçibido e resçibe grand agrauio e dapno por ser sueltos los dichos genoveses sin que le diesen la dicha fiança e abono, porque dis que ydos a Granada él non puede alcançar conplimiento de justiçia e que ayades de conpeler a los dichos sus fiadores que paguen lo que no deuen.17

Llegados a este punto no cabe duda de que el agravio cometido por los genoveses debía de estar relacionado con la rentención de su   AGS, RGS, Junio 1480, 97, 7-VI-1480.   AGS, RGS, Junio 1480, 161, 9-VI-1480.

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hija Aldonza en Granada y el desarrollo de los tratos para su liberación. Pero nada más se dice de las «syniestras relaçiones» de los genoveses de Granada denunciadas por Benavides y que les permitieron no sólo no responder a los requerimientos del Adelantado de Cazorla, sino reclamar a la mujer y los fiadores del señor de Jabalquinto, Beatriz de Valencia, Diego de Burgos y Juan de Burgos, los 200.000 maravedíes que decían que aquél les debía. ¿Es posible que se tratara de la misma deuda contraída con Fernando de Aranda, y que los ligures fueran los encargados de cobrarla, como propia (traspasada) o como ajena? La clave del papel desempeñado por este personaje en el proceder de los italianos la proporciona el contexto de las luchas de banderías que asolaron Alcalá la Real, particularmente sangrientas en la segunda mitad del siglo XV.18 En efecto, para poder desenvolverse con la impunidad con la que lo habían hecho, los mercaderes ligures tenían que mantener las «syniestras relaçiones» con un poder superior al del señor de Jabalquinto, por lo que debían pertenecer como mínimo a la oligarquía ciudadana, si no a la propia nobleza. Ambos factores coinciden en la figura de Fernando de Aranda, regidor de Alcalá la Real y veinticuatro de Córdoba, que había obtenido el privilegio de hidalguía de Enrique IV en 1467. Efectivamente, no sólo pertenecía al linaje más fuerte de la ciudad y está considerado el miembro más poderoso de la oligarquía alcalaína, además contaba con el respaldo del conde de Cabra, alcaide y alcalde mayor de la ciudad, al que a su vez el regidor apoyaba en su enfrentamiento con la Casa de Aguilar por el control de la localidad y su alcaidía. La familia Aranda acaparaba numerosos oficios concejiles y son bien conocidos los muchos abusos y atropellos que cometían en la ciudad, lo que obligó a otros miembros del concejo a buscar el amparo de la Corona, exactamente igual que había tenido que hacer Juan de Benavides. En el futuro la falta de escrúpulos del personaje le llevaría incluso al asesinato político, siendo considerado el inductor o autor intelectual del homicidio del corregidor Bartolomé de Santa Cruz en 1492. Sus malas artes eran bien conocidas por los Reyes Católicos, que le tenían por «honbre escandaloso, y diz que 18  Excelentemente desarrolladas en J. M.ª Ruiz Povedano, Poder, oligarquía y parcialidades en Alcalá la Real: el asesinato del corregidor Bartolomé de Santa Cruz (1492), «Historia. Instituciones. Documentos», 29, 2002, pp. 397-427.

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no obedesçe ni cunple nuestros mandamientos, segúnd e como derecho es obligado, e que algunas vezes ha estorvado de esecutar nuestra justiçia en algunos malfechores e otras personas».19 Semejante descripción explica a la perfección la negativa de los notarios a facilitar la documentación pertinente a Juan de Benavides, presumiblemente siguiendo sus órdenes; los medios empleados por Aranda para presionar al señor de Jabalquinto por el impago de su deuda, enviando contra su voluntad a su hija Aldonza como rehén a Granada; y la seguridad que sentían los genoveses granadinos vulnerando la ley bajo su amparo, más allá del hecho de que residían en la capital nazarí y no tenían bienes raíces en Jaén. Ahora bien, ¿de qué naturaleza era esta relación? ¿Los genoveses de Granada estaban bien dispuestos o se habían visto obligados a recibir a doña Aldonza en calidad de rehén por las deudas de su padre con Fernando de Aranda? Se trata preguntas para las que no hay respuestas ciertas, aunque en vista de los métodos empleados no se puede descartar que estuvieran relacionadas con el comercio y el contrabando a través del puerto de Alcalá la Real, incluyendo la codiciada seda granadina, objeto preferente de la atención de los genoveses.20 No obstante, sí es posible vislumbrar cómo y cuándo podían haber entrado en contacto ambas partes. Ya se ha señalado que el regidor alcalaíno era el principal valedor de los intereses del conde de Cabra en Alcalá la Real. Conviene ahora recordar que, como ya aclaró el profesor Carriazo, don Diego Fernández de Córdoba fue el encargado de negociar las treguas a principios de 1475 con Abu al-Hasan Ali, que mantenía una relación amistosa con el noble castellano como alcaide de la principal puerta entre Castilla y Granada. Sin embargo, aun desconociendo el resultado de la negociación, en noviembre de ese mismo año los Reyes Católicos apoderaron a Fernando de Aranda y a Pedro de Barrionuevo para que ratificaran, prorrogaran o negociaran de nuevo la citada tregua. Tres años más tarde 19   Todos estos datos se encuentran mucho más desarrollados en el estudio citado en la nota anterior. 20  J. Rodríguez Molina, El puerto fronterizo de Alcalá la Real. Comercio y contrabando, en A. L. Cortés Peña, M. L. López-Guadalupe Muñoz y F. Sánchez-Montes González (eds.), Estudios en Homenaje al profesor José Szmolka Clares, Granada, Universidad de Granada, 2005, pp. 157-168.

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los monarcas castellanos volvieron a confiar en el regidor alcalaíno para que, junto con Juan Pérez de Valenzuela, asimismo veinticuatro de Córdoba, actuara como mensajero del conde de Cabra, representante de Fernando e Isabel en la negociación de las treguas de 1478 con el sultán granadino.21 De nuevo en marzo de 1481, antes de que estallara la guerra, Fernando de Aranda y el capitán García de Jaén, regidor de la capital giennense, firmaban un nuevo tratado de paz con el soberano nazarí en nombre de los soberanos castellanos.22 De modo que entre 1475 y 1481 Aranda se desplazó a Granada al menos en tres ocasiones, antes, durante y después de que acontecieran los hechos descritos. Sea como fuere, en respuesta a la denuncia de Juan de Benavides sobre la impunidad y el comportamiento de los genoveses, los monarcas resolvieron que no se pidiera nada a su mujer ni a sus fiadores hasta que los ligures no hubieran abonado la fianza que se les requería, y entonces aquél pagaría lo que adeudaba. Pero si no daban la fianza, los monarcas ordenaban que no se escuchara su reclamación sobre el señor de Jabalquinto. Benavides pidió además «que le mandásemos proveer cómo él cobrase dellos çiertos bienes que le tienen en Granada e dosientas e [en blanco] mill marauedís que le lleuaron por redemidar una fija suya que ynjustamente le tenían cabtiua», petición a la que accedieron.23 Es decir, el regidor baezano les llegó a pagar los 200.000 maravedíes, a pesar de lo cual en junio de 1480 los ligures aún no habían liberado a doña Aldonza. De nuevo cabe preguntarse el porqué de su procedimiento, tal vez condicionado por las indicaciones del regidor alcalaíno, lo que no sería de extrañar habida cuenta los métodos a los que recurría el personaje. Comoquiera que terminara un episodio que deja más interrogantes que respuestas, lo cierto es que los contactos a través de la frontera terrestre con Castilla debían ser más frecuentes de lo que 21   J. DE M. Carriazo Arroquía, Las treguas con Granada de 1475 y 1478, En la frontera de Granada cit., pp. 215-216 y 232-233. Aranda y Barrionuevo firmaron el tratado de paz en nombre de los Reyes Católicos en Granada el 11 de enero de 1476. El texto íntegro en J. Rodríguez Molina et al., Colección diplomática del Archivo Histórico Municipal de Jaén. Siglos XIV y XV, Jaén, Ayuntamiento de Jaén, 1985, doc. XX, pp. 60-62. 22   J. A. Bonilla y Mir y E. Toral y Fernández de Peñaranda, El tratado de paz de 1481 entre Castilla y Granada, Jaén, Diputación, 1988, pp. 29-32. 23   AGS, RGS, Junio 1480, 161, 9-VI-1480.

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dejan entrever las fuentes. En todo caso, también se valían de ellos los genoveses radicados al otro lado. Así, en noviembre de 1479 el concejo giennense se dirigía a Abulcacín Venegas, alguacil mayor de Granada, solicitando que se tratara bien a Lorenzo de Sella, un genovés morador en Jaén que tenía seguro de la ciudad para acudir a la capital nazarí a «negoçiar e librar çiertas cosas de sus mercaderías».24 No sería errado suponer que en Granada contaría con la ayuda de sus compatriotas para desarrollar sus objetivos comerciales, como había ocurrido en el pasado en otras ocasiones.25 Intereses y arraigo. – Desafortunadamente son pocas las noticias sobre las actividades comerciales desarrolladas por la comunidad mercantil genovesa presente en el emirato granadino en las postrimerías nazaríes, pero sugieren nuevas preguntas fundamentales sobre las condiciones de vida y el arraigo de los ligures en Granada. De una parte, en su reclamación a los reyes recogida más arriba Ambrogio Spinola refiere que los moros de Granada les debían «grandes contías de marauedís de sedas e otras cosas» y que «en pago de algunas de las dichas debdas que les heran deuidas conpraron casas, e tierras, e huertas, e otros heredamientos de los dichos moros sus debdores e de otras personas, en las quales hiçieron muchas lauores e hedefyçios». De otra, en 1494 el mismo Ambrogio compraba un sitio de molino y 100 fanegas de pan de renta en el lugar de Deifontes (Granada) al mudéjar Yuça de Mora por «dozientas arrobas de lino valady de Granada», de lo que se infiere que recibió la propiedad en pago de una deuda por 200 arrobas de lino corriente de la tierra.26 De ambos   Carriazo Arroquía, Los moros de Granada cit., p. 303.  En 1431 ó 1432 Jerónimo Doria, genovés residente en Sevilla, compró cierta cantidad de trigo a agentes reales castellanos y, en contra de lo que había ordenado Génova, lo llevó a Granada, donde otro genovés residente en la capital nazarí, Vincenzo Cattaneo, negoció su venta al alcaide de la Alhambra. Cf. R. Salicrú i Lluch, Génova y Castilla, genoveses y Granada. Política y comercio en el Mediterráneo occidental en la primera mitad del siglo XV (1431-1439), en G. Airaldi (ed.), Le vie del Mediterrane. Idee, uomini, oggetti (secoli XI-XVI), Génova, ECIG, 1997, p. 222. 26   Privilegio de Ambrosio de Espíndola, Universidad de Granada, Biblioteca del Hospital Real, Caja C-070 (3), 12-IX-1494. Para un perfil biográfico sobre Yuça de Mora puede verse A. Galán Sánchez, Poder cristiano y «colaboracionismo» mudéjar en el reino de Granada (1485-1501), en J. E. López de Coca Castañer (ed.), Estudios sobre Málaga y el Reino de Granada en el Centenario de la Conquista, Málaga, Servicio de Publicaciones de la Diputación de Málaga, 1987, pp. 278-279. A partir de la edición del documento 24 25

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testimonios se deduce que durante su estancia en la Granada nazarí nuestro mercader genovés y otros miembros de la familia Spinola estaban implicados en el comercio de fibras textiles. El conocimiento del desarrollo posterior de los acontecimientos  –  la conquista del emirato nazarí – podría llevar a plantear la cuestión de si los Spinola granadinos sólo tenían intención de expandir sus negocios al otro lado de la frontera – si es que no se trataba de una simple continuación de una práctica comercial anterior – o por el contrario estaban abriendo un nuevo camino en previsión de tener que abandonar el territorio nazarí. Sin embargo, esta última hipótesis sería altamente improbable desde el momento en que, como observaba el Adelantado de Cazorla ante las pretensiones de Juan de Benavides, «los genoveses eran forasteros e non tenían domiçilio çierto nin tenían bienes rayses en estos reynos».27 Antes bien, lo que resulta verdaderamente revelador es la adquisición de numerosas propiedades en el emirato: casas, tierras, huertas y heredamientos nada menos, según recogía la reclamación formulada en 1492 ante los Reyes Católicos.28 En el pasado otros mercaderes ligures poderosos como Agostino y Francesco Spinola – que habían residido largas temporadas en el reino, donde tenían fortísimos intereses mercantiles y financieros – no habían tenido bienes raíces en él. No se trata de una cuestión baladí. De hecho, hasta ahora sólo se conocía un caso de un genovés con propiedades en el Reino de Granada. Se trata de Gregorio Spinola, que después de más de veinte años en el emirato, y a causa de haber prestado su apoyo a Muhammad VIII el Pequeño contra el usurpador Muhammad IX el Zurdo, se vio obligado a regresar a Génova en 1437 tras haber sido expoliado por el rey por valor de más de 10.000 libras genovesas, lo que le impedía hacer frente al ius avariae que le habían impuesto, según exponía al Doge y al Consejo de Ancianos. Los bienes expropiados ascendían a la enorme cantidad de 150.000 besantes, destacando un olivar en Almería («possesio olivata posita in

citado he ampliado los datos conocidos sobre la trayectoria vital del mudéjar en R. González Arévalo, Un molino en Deifontes (Granada). De Yuça de Mora a Ambrosio de Espíndola (1494), «Revista del Centro de Estudios Históricos de Granada y su Reino», 26, 2014, pp. 463-465. 27   Vid. supra nota 17. 28   Vid. supra nota 10.

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territorio Ermerie»), que Gregorio Spinola había comprado al propio Muhammad VIII el Pequeño por 30.000 besantes – ¿tal vez una compra simulada en pago de un préstamo por esa cantidad? –29 y del que aún conservaba las escrituras de venta. En noviembre de ese año Spinola solicitaba la mediación de la Superba para que el rey granadino se lo devolviese, pero el monarca nazarí hizo caso omiso de la petición, según se deduce de la insistencia de la Signoria en mayo de 1438 ante la ausencia de respuestas, y de la concesión incluso de una carta de represalia si no se devolvían al genovés el olivar y los demás bienes de los que había sido expoliado.30 Las sugerencias y las implicaciones de la reclamación de Ambrogio Spinola superan de largo el ejemplo aislado de Gregorio Spinola en 1437. Para empezar, no se trata de una propiedad única comprada a un monarca nazarí por un miembro aislado de la comunidad ligur en el territorio sino de múltiples propiedades adquiridas por varios genoveses directamente de particulares, en pago de las deudas que éstos habían contraído con ellos. Más aún, el hecho de que les diera tiempo a realizar «muchas lauores e hedefyçios» podría ser indicativo de que los nuevos bienes raíces no fueron una propiedad transitoria ni se adquirieron como inversión especulativa ante una coyuntura concreta. En realidad podría revelar una dinámica nueva en la que los genoveses, tras haber intentado sin éxito integrarse en el entramado productivo que sustentaba su actividad comercial,31 habrían logrado el pleno acceso a la propiedad. ¿Pero qué razones motivaron este cambio decisivo? Desafortunadamente no se puede invocar la ley islámica de acceso a la propiedad y su aplicación en el emirato nazarí. En efecto, de una parte queda por confirmar (o negar) la condición de dimmíes de los ligures, aunque lo cierto es que, a falta de pruebas en sentido 29   El papel de prestamistas de los Spinola de Granada a la Corona nazarí y al Estado en A. Fábregas García, Actividad comercial de los reyes nazaríes y su implicación con los representantes del gran comercio occidental a finales de la Edad Media, «Studia Historica, Historia Medieval», 25, 2007, pp. 171-190. 30   Salicrú i Lluch, Génova y Castilla cit., p. 233 y docs. XIII, XXIV, XXV y XXVI del Apéndice documental. 31   Al menos, no hay pruebas que permitan afirmar lo contrario. Se trata de un tema abordado con más detenimiento en el trabajo de Antonio Malpica y Adela Fábregas, que revelan que los ligures sí lograron, al menos, estar presentes en los principales centros conocidos de la red mercantil indígena. Malpica Cuello y Fábregas García, Los genoveses cit.

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contrario, no hay indicios de que los genoveses hubieran tenido libre acceso a la propiedad con anterioridad.32 De otra parte tampoco se puede invocar la coyuntura de la guerra, en la que los granadinos más previsores se apresuraron a vender sus propiedades para emigrar al Magreb ante el cariz que tomaban los acontecimientos, dado que estamos hablando de un período anterior al conflicto bélico, cuando nada hacía presagiar el final del emirato. En consecuencia, probablemente haya que relacionar este cambio con mutaciones internas de la sociedad nazarí y su relación con la estructura de la propiedad. Efectivamente, la estructura social islámica del Estado nazarí, heredera directa de la andalusí, favoreció en los primeros tiempos la cohesión de las comunidades, cuyas propiedades estaban en manos de sus miembros y no de elementos externos. Sin embargo, diversos indicios apuntan a que hacia el final del período islámico esta cohesión social estaba debilitándose, como reflejaría la aparición de propietarios externos a la comunidad, como han puesto de relieve diversos trabajos. Se trata de una realidad más fácil de apreciar inicialmente en el poblamiento rural. Así, el estudio y la reconstrucción del parcelario de Turillas, alquería del alfoz sexitano, a partir de su Libro de Apeos de 1505, llevó al profesor Malpica a afirmar que «nos hallamos en una etapa de clara descomposición de los antiguos modelos socio-económicos, que resistieron durante mucho tiempo, dando lugar a modificaciones importantes en cuanto a la propiedad de la tierra», hasta el punto de que es frecuente encontrar que los propietarios no residían en los núcleos a los que se adscribían sus propiedades.33 Se trata de una situación que se repetía en el Algarbe granadino, en la Serranía de Ronda,34 y también en las Alpujarras.35 Como recientemente recordaba Adela Fábregas, los indicios observados «apuntan 32  Antonio Peláez, en su análisis sobre el acceso a la propiedad en la Granada tardonazarí, no recoge referencias a extranjeros adquiriendo propiedades. A. Peláez Rovira, El emirato nazarí de Granada en el siglo XV. Dinámica política y fundamentos sociales de un Estado andalusí, Granada, EUG, 2009, pp. 253-262. 33  A. Malpica Cuello, Turillas, alquería del Alfoz sexitano (Edición del Apeo de Turillas de 1505), Granada, Universidad de Granada – Diputación Provincial de Granada, 1984, pp. 15-16. 34  M. Acién Almansa, Ronda y su Serranía en tiempo de los Reyes Católicos, Málaga, Universidad de Málaga – Diputación Provincial de Málaga, 1979, pp. 104-106. 35  C. Trillo San José, La Alpujarra antes y después de la Conquista Castellana, Granada, EUG, 19982, pp. 252-255.

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hacia la desintegración o deterioro importante de las antiguas fórmulas comunitarias», siendo un «fenómeno que se observa en sus más tempranas manifestaciones y adquiere una dimensión particularmente relevante en el entorno de las ciudades», desencadenado, entre otros factores, por la dinámica comercial, particularmente acusada en el entorno de las ciudades costeras.36 No hace falta insistir en que la comunidad mercantil ligur era uno de los protagonistas fundamentales de esa dinámica comercial nazarí, que en última instancia, como revelaría la reclamación de Ambrogio Spinola, habría desembocado en el acceso a la propiedad en pago de las deudas derivadas de las transacciones desarrolladas con la población nativa. Otra reclamación más abre nuevos interrogantes sobre la comunidad ligur en la Granada tardonazarí. Así, a punto de finalizar la guerra Francesco Pinelli, colector apostólico y fiel ejecutor de Sevilla, se presentó ante el Consejo Real en nombre de los genoveses Ambrogio y Stefano Spinola diciendo que Gotifredo Spinola, asimismo ligur, estaba obligado a pagar a los genoveses citados 10.000 besantes «de la moneda que a la sazón que a la dicha obligaçión se fizo se usaua en la çibdad de Granada». La cantidad ya había sido reclamada ante Francisco de Riberol y Bernabé Cigala, cónsules de los mercaderes genoveses estantes en Castilla, que ordenaron al dicho Gotifredo Spinola que se presentara ante ellos en tres plazos. Según Pinelli el dicho Gotifredo recibió la notificación en persona «e diz que non respondió cosa alguna a la notificaçión del dicho mandamiento ni paresçió en los términos a él dados». En consecuencia, se puso una demanda y los cónsules dieron una sentencia definitiva que condenaba a Gotifredo Spinola a pagar los 10.000 besantes a Francesco Pinelli en un plazo de cuarenta días desde que se dictó, si bien el condenado tenía un mes de plazo para recurrirla, personalmente o a través de un procurador. Pasado dicho plazo sin alegar nada contra ella la condena sería firme. Los términos del dictamen le fueron notificados ante dos escribanos públicos en Cádiz, pese a lo cual Gotifredo Spinola siguió sin presentarse ante los cónsules. En última instancia Pinelli se vio obligado a recurrir a los reyes para que procuraran el cumplimiento 36  A. Fábregas García, La vida económica del sultanato nazarí en su vertiente comercial, en A. Malpica, R. G. Peinado y A. Fábregas (eds.), Historia de Andalucía. VII Coloquio, Granada, EUG, 2009, pp. 94-95.

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de la sentencia, como así dictaminaron porque se había procedido conforme «a las ordenanças dentro los gynoveses».37 Dejando de lado el origen de la reclamación, que apunta hacia operaciones financieras, probablemente la concesión de crédito a otros miembros de la comunidad ligur, en la tradición de los mercaderes banqueros italianos, llama la atención el recurso a los cónsules de la nación genovesa en Castilla. Surgen varios interrogantes cuya respuesta debería ser clave para la comprensión de la realidad de esta comunidad mercantil en las postrimerías nazaríes. ¿Por qué y cuándo se reclama a Francisco de Riberol y Bernabé Cigala que se pronuncien sobre la deuda? Sería lógico haber recurrido a ellos si Ambrogio y Stefano lo hicieron cuando ya habían abandonado el emirato pues, en caso contrario, ¿no había cónsules en Granada a los que recurrir? Y de ser así, ¿desde cuándo había cesado la representación consular ligur en el emirato? En última instancia surge otro interrogante más: ante la ausencia de cónsules en la capital nazarí, ¿recurrirían los genoveses del emirato a los de Castilla para dirimir los conflictos entre connacionales? Comoquiera que fuera, resulta oportuno recordar que en el pasado los cónsules de Sevilla habían intervenido en las actividades desarrolladas por sus compatriotas en el emirato nazarí a través de los representantes de la nación en Málaga.38 Desafortunadamente, se trata de cuestiones fundamentales para las que no hay respuesta por ahora. Efectivamente, no es posible determinar con certeza cuándo detentaron el cargo de cónsules de los 37   AGS, RGS, Octubre 1491, 213, 24-X-1491. Sobre la importancia de la figura de Francisco Pinelo es indispensable el estudio de L. D’Arienzo, Francesco Pinelli banchiere del Papa, collettore e nunzio apostolico in Spagna all’epoca di Cristoforo Colombo, en Atti del IV Convegno Internazionale di Studi Colombiani, Génova, Civico Istituto Colombiano, 1987, vol. 2, pp. 57-102. Véase también el estudio de A. Boscolo, Il genovese Francesco Pinelli amico a Siviglia di Cristoforo Colombo, en B. Torres Ramírez y J. Hernández Palomo (coords.), Presencia italiana en Andalucía. siglos XIV-XVII. Actas del I Coloquio Hispano-Italiano, Sevilla: CSIC y Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1985, pp. 249-265. 38   Efectivamente, en marzo de 1470 Girolamo Gentile se lamentaba ante la República de Génova porque los cónsules y los consejeros de la nación en Málaga, siguiendo órdenes de los cónsules de Sevilla, le habían obligado a desistir de su intención de poner rumbo a Cartagena o Valencia desde el puerto nazarí, teniendo que regresar directamente a la capital ligur. G. Petti Balbi, Negoziare fuori patria. Nazioni e genovesi in età medievale, Bolonia, CLUEB, 2005, p. 169. Al hilo de este testimonio cabe preguntarse si los cónsules genoveses en Málaga estaban subordinados de alguna manera a sus homónimos hispalenses o si se limitaron a transmitir órdenes recibidas a través de Sevilla.

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genoveses Pinelo y Cigala, aunque sí está acreditada la jurisdicción consular en Castilla para dirimir las diferencias entre miembros de la comunidad.39 Por otra parte, el estudio de las circunstancias en las que se desarrolló la embajada genovesa a Granada en 1479 no ofrece ninguna referencia a la presencia consular en territorio nazarí. De hecho, es el propio embajador Pietro Fieschi quien intenta que se devuelvan los bienes confiscados a Tommaso Spinola, expulsado del reino tras haber sido detenido y torturado por haber «machinato certe cose» contra el emir sin pruebas concluyentes; asimismo, se interesó por el paradero de los bienes de Bartolomé Rouco, asesinado en la capital nazarí a manos de un veneciano, y transmitió las quejas de Constantino Doria, que no lograba cobrar lo que le debían algunos mercaderes granadinos.40 En circunstancias normales se trataría de asuntos de los que se habría ocupado el cónsul, por lo que cabe pensar en dos opciones: o bien las reclamaciones del cónsul genovés en Granada no habían surtido efecto y la Superba intentaba darles un nuevo impulso incluyéndolas entre las peticiones de su embajador, o bien sencillamente no había representación consular en 1479 para canalizar dichas reclamaciones, debiendo hacerlo el orator de la República. Por último, hay indicios que permiten vislumbrar que el trato con los notables nazaríes era fluido, como lo sería también en el decenio mudéjar una vez finalizado el conflicto. De una parte, y como apuntaba más arriba, Yuça de Mora, cercano al entorno de Muhammad XI Boabdil y conocido colaboracionista de la época mudéjar, vendía en 1494 a Ambrogio Spinola un sitio de molino en Deifontes y 100 fanegas de pan de renta por 200 arrobas de lino, probablemente cancelando el pago de una deuda anterior. En este punto lo que resulta llamativo es que, ante un precio a todas luces excesivamente 39   J. D. González Arce, El consulado genovés de Sevilla (siglos XIII-XV). Aspectos jurisdiccionales, comerciales y fiscales, «Studia Historica. Historia Medieval», 28, 2010, pp. 179-206. Desafortunadamente, la Tabla 1, con los cónsules genoveses de Sevilla entre 1281 y 1519, no incluye a Francisco de Riberol y Bernabé Cigala. Tampoco los estudios de Leopoldo de la Rosa y Juan Manuel Bello contienen referencias a la condición de cónsul del primero. L. De la Rosa Olivera, Francisco de Riberol y la colonia genovesa en Canarias, «Anuario de estudios atlánticos», 18, 1972, pp. 61-198; Bello León, Contribución a la biografía cit. Sería necesario realizar un estudio semejante al de González Arce para Sevilla referido al emirato nazarí. 40   Salicrú i Lluch, La embajada de 1479 cit., pp. 366-368.

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bajo, Mora renuncie a lo que le pudiera corresponder como valor justo «en pago e mienda e satisfaçión de muchos cargos que de vos tengo e buenas obras que de vos he rresçevido, tales e tantas e de tal calidad e en tanta cantidad que valen más que la dicha donaçión», poniendo de manifiesto una relación estrecha, mantenida a lo largo del tiempo.41 El otro personaje relevante de la élite nazarí es nada más y nada menos que Yahya al-Nayyar, el primo de Boabdil y cuñado de Muhammad XII al-Zagal, el alcalde y wali de Almería clave en la entrega de Baza en 1489, y que en febrero de 1495 intentaba hacer llegar a Córdoba 26 libras de seda joyante a nombre de nuestro genovés, en una operación que se tratará con detalle más adelante.42 Como en el caso de Yuça de Mora, es probable que Ambrogio Spinola y Yahya al-Nayyar se conocieran de la época nazarí. Guerra y exilio. – Resulta complicado establecer en qué momento se marcharon los genoveses de Granada del territorio nazarí por causa de la guerra con Castilla. A pesar de que Ambrogio Spinola afirma que «después que nos mandamos haser la guerra al Rey e moros de Granada que a la sasón heran ellos dexaron la dicha çibdad», es poco probable que abandonaran el emirato antes de 1484. De una parte, cabe recordar que al comienzo del conflicto la propia Génova no parecía contemplarlo como la guerra final de conquista. Al menos es lo que cabría deducir de una carta escrita por la Superba al rey de Granada en marzo de 1482:43 De le novità le quali al presente occurreno tra la vostra maiestà e li serenissimi re de Spagna, certo ne dolemo come se convene a boni amixi de vostra maiestà, et ancora che noi vedemo portarne descontio, però noi al presente non intendemo in questa contesa poderse fare altro salvo pregare lo Omnipotente Dio chi ge meta bona paxe et bona concordia.

Otro indicador cronológico sería el hecho de que las operaciones comerciales de la comunidad ligur en Granada continuaron al menos 41   Privilegio de Ambrosio de Espíndola, Universidad de Granada, BHR, Caja C-070 (3), 12-IX-1494. 42   AGS, RGS, Febrero 1495, 470, 19-II-1495. 43   Archivio di Stato di Genova, Archivio Segreto (en adelante ASG, AS), Litterarum, 1805, ff. 58r-v, 29-III-1482. Citado en Salicrú i Lluch, La embajada de 1479 cit., p. 361 y nota 11.

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hasta 1484. Efectivamente, en 1483, tras la batalla de Lucena que terminó con Muhammad XI Boabdil cautivo su padre, Abu al-Hasan Ali, envió como embajador ante Fernando el Católico «a un mercader genovés llamado Federico Centurión, que vivía en Granada ocupado en sus asuntos comerciales»,44 y que, según apuntan algunos autores, poseía su propia alhóndiga en la misma calle de la cárcel.45 Y en marzo de 1484 el mercader genovés Rafael Centurión debía recibir en Málaga la mercancía fletada por varios armadores ligures establecidos en Sevilla, que enviaban al sultanato amparándose en la licencia otorgada a la condesa de Cifuentes para rescatar a su marido. La carabela fue interceptada por la Armada Real que vigilaba el bloqueo naval impuesto al emirato, y se inició un proceso judicial que a la postre se saldó de manera favorable para los genoveses implicados, pero que decidió a la Corona castellana a mostrar claramente que no se tolerarían más hechos de esta naturaleza.46 Así lo recoge Alonso de Palencia, que en su crónica para 1484 recuerda que A la sazón los moros de Marruecos y de Túnez no podían disponer de embarcaciones para pasar tropas a las costas de Granada, a menos de pagar crecidos fletes a genoveses o venecianos por las naves de carga, y para poner coto a la funesta avaricia de los capitanes de barcos genoveses o venecianos, envió don Fernando severos avisos a los notables de aquellas ciudades residentes en Sevilla y Cádiz, y cartas de igual tenor a los Senados respectivos, en que los conminaba a no prestar ayuda contra los defensores de la religión cristiana a los infieles a quienes estaban obligados a combatir, pues si, cegados por la avaricia, posponían el cumplimiento del deber, podían estar seguros de que tomaría de ellos más terrible venganza que de los mahometanos.47

En consecuencia, se podría situar el punto de inflexión que llevó a los genoveses a tomar la determinación de abandonar Grana44  A. De Palencia, Guerra de Granada, Edición de Antonio Paz y Meliá. Estudio preliminar de Rafael G. Peinado Santaella, Granada, Archivum, 1998, p. 86. 45  J. Cañavate Toribio, Granada, de la madina nazarí a la ciudad cristiana, Granada, Universidad de Granada, 2006, p. 83, citando a A. Bustani, Fragmento de la época sobre noticias de los reyes nazaritas o Capitulación de Granada y emigración de los andaluces a Marruecos, Larache, s.e., 1940, p. 86. 46   AGS, RGS, Marzo 1484, 186 y 187, 24-III-1484; Octubre 1484, 201, 22-X-1484; Febrero 1485, 198, 10-II-1485; Diciembre 1485, s.n., 3-XII-1485. Para los detalles del desarrollo me remito a González Arévalo, Exilio, diversificación cit., pp. 92-93. 47   Palencia, Guerra de Granada cit., p. 134.

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da, dejando atrás propiedades y deudas, en 1484, año en el que los obstáculos para desarrollar el comercio por vía marítima se hicieron insalvables por la prohibición de los monarcas y la actividad creciente de la Armada Real. En todo caso, y en consonancia con la cronología propuesta, el estudio de la documentación notarial cordobesa permite afirmar que al menos Ambrogio Spinola y algunos de sus familiares no se dirigieron a Córdoba, donde se establecieron en la colación de Santa María, hasta finales de 1483 o principios de 1484. Efectivamente, en febrero de ese año Manuel y Juan Bautista de Spinola, sobrinos de Ambrosio estantes en la capital cordobesa, comparecen por primera vez en las actas de la ciudad.48 El parentesco lo revelan los documentos para disolver la compañía formada entre los tres para comerciar y recaudar la bula de cruzada dos años más tarde, en 1486.49 La ausencia de Manuele y Giovanni Battista de los mismos protocolos antes de 1484 hace sospechar que también se encontraban en Granada, de donde habrían salido con el resto de la familia. No deja de ser llamativo comprobar que los Spinola granadinos no se instalaron en las tierras recién conquistadas por Castilla. Se trata de una decisión tal vez sorprendente, sobre todo teniendo en cuenta que Málaga emergió como motor dinámico indiscutido del comercio exterior granadino desde su incorporación en 1487, reactivando las relaciones mercantiles con el Magreb antes incluso del final de la guerra. En esta modificación de las condiciones económicas y comerciales del territorio los ligures se apresuraron a tomar las mejores posiciones desde el principio, centrando su presencia en el puerto malagueño.50 Sin embargo, todo apunta a que los Spinola permane48   Archivo de Protocolos de Córdoba (en aldelante APC), Oficio 14, Protocolo 17, cuadernillo 9, f. 33r, 20-II-1484. Transcrito en J. A. García Luján y A. Córdoba Deorador, Mercaderes y artesanos italianos en Córdoba (1466-1538), en B. Torres Ramírez y J. Hernández Palomo (coords.), Presencia italiana en Andalucía, siglos XIV-XVII. Actas del III Coloquio Hispano-Italiano, Sevilla, CSIC y Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1989, doc. 6, p. 254. 49   APC, Of. 18, P. 1, f. 562r, 28-IX-1486; ff. 608vº-609r, 22-I-1487. Transcrito en J. A. García Luján, Mercaderes italianos en Córdoba (1470-1515), Bolonia, Cappelli editore, 1988, docs. 30 y 31. 50   J. E. López de Coca Castañer, Relaciones mercantiles entre Granada y Berbería en época de los Reyes Católicos, «Baetica», 1, 1978, págs. 293-312; Los genoveses en Málaga cit.; López de Coca Castañer y López Beltrán, Mercaderes genoveses cit.

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cieron en Córdoba hasta el final de la contienda, como revelan los protocolos cordobeses,51 a la espera seguramente de que finalizara el conflicto y pudieran recuperar los bienes dejados atrás en Granada. Efectivamente, en los Libros de Repartimiento de Málaga figuran genoveses desde finales de agosto de 1487, apenas quince días después de la rendición de la ciudad, y algunos de ellos incluso llevaban el apellido Spinola, como es el caso de Tomasín de Espíndola (otoño de 1488), y de micer Bautista de Espíndola (marzo de 1491).52 Pero nada permite relacionarlos directamente con Ambrogio Spinola. El regreso de Ambrogio Spinola a Granada tras la conquista castellana. – Los Reyes Católicos entraron en Granada el 2 de enero de 1492. En mayo de ese mismo año Ambrosio de Espíndola había regresado a la antigua capital nazarí, unos ocho años después de haberse marchado, y reclamaba a los monarcas castellanos las «casas, e tierras, e huertas, e otros heredamientos» que habían dejado atrás «con esperança de lo aver, e cobrar, e demandar quando pluguiese a Dios que nos oviésemos conquistado el dicho Reyno», comisionando los soberanos al licenciado Andrés Calderón para que examinara junto a un alfaquí granadino la reclamación formulada.53 Además, como revela el documento relativo a la adquisición del molino en Deifontes, en septiembre de 1494 nuestro genovés se había naturalizado castellano, pues figura como vecino de Granada. Asimismo, es significativo comprobar que entre los testigos, junto con Pedro Fernández de Olivare, granadino avecindado en la colación de Santiago, y Pedro de Salamanca, estante en la ciudad del Darro – sobre quien volveremos más adelante –, comparece Marcos, vecino de Córdoba estante en Granada, a buen seguro conocido durante el exilio en la capital califal. El cuarto y último testigo de la operación, Bastián de Espíndola, también era de origen genovés, como revela su apellido, y figura asimismo avecindado en Granada, aunque nada más se pueda decir sobre su persona porque la documentación examina51   García Luján, Mercaderes italianos cit., ad indicem. González Arévalo, Exilio, diversificación cit. 52  R. González Arévalo, Italianos en la repoblación del Reino de Granada a fines del siglo XV, «Baetica», 30, 2007, p. 210. 53   Ver nota 10.

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da no contiene referencia alguna a ningún ligur del mismo nombre.54 De cualquier forma, además de recuperar y adquirir propiedades rurales y urbanas en Granada, Ambrogio Spinola continuó con su actividad financiera y mercantil como hasta entonces. Efectivamente, en noviembre de 1493 los Reyes Católicos se dirigían a las autoridades y justicias de Granada y de todo el reino porque Luis de Santángel, escribano de ración, Francesco Pinelli, juez ejecutor de Sevilla, y el propio Ambrogio «arrendaron al Rey moro de Andarax – Muhammad XI Boabdil – çiertas tierras que fueron suyas». El encargado de cobrar la renta durante un tiempo fue el también genovés Francisco de Marín, pero no les había rendido cuentas y los monarcas resolvieron que las autoridades judiciales granadinas le citaran para que compareciera ante ellas y diera fianzas para pagar lo que se juzgara que debía, o en caso contrario se le tomaría de sus bienes.55 Este caso en concreto pone de relieve varias cuestiones fundamentales: la primera de ellas que Ambrogio Spinola también formó compañías con personas ajenas a su familia, y no sólo ligures, como era Francesco Pinelli, nuncio apostólico en Castilla y uno de los genoveses más poderosos de la comunidad sevillana. Así, en esta ocasión Spinola también se había asociado con Luis de Santángel, judeoconverso y personaje clave de la Corte de los Reyes Católicos.56 La segunda, que continuaba interesado en el negocio de la renta, a pesar de los problemas afrontados durante su participación en la recaudación de la bula de cruzada durante la Guerra de Granada en el obispado de

54   Privilegio de Ambrosio de Espíndola, Universidad de Granada, BHR, Caja C-070 (3), 12-IX-1494. El molino en Deifontes no sería la única propiedad rural adquirida por Ambrogio Spinola. En febrero de 1508 su viuda, Leonor de Torres, arrendaba a los moriscos Francisco Atyfah y Fernando Aljaviz, vecinos del Albayzín, un molino de cuatro piedras que poseía en la ciudad, en el río Genil, junto a la puerta de Bibalacha. Cf. J. M.ª de la Obra Sierra, Mercaderes italianos en Granada (1508-1512), Granada, Universidad de Granada, 1993, doc. 1. 55   AGS, RGS, Noviembre 1493, 70, 25-XI-1493. 56   Luis de Santángel y Francesco Pinelli habían actuado antes de manera conjunta, en el rescate de los cautivos de Málaga en 1487 y en el transporte de los judíos expulsados de Castilla en 1492. Ambos desempeñaron cargos hacendísticos en compensación por sus préstamos para financiar la Guerra de Granada, como la tesorería de Cruzada o de la Hermandad. Además, Santángel se integró en los equipos financieros que dirigía fray Hernando de Talavera, arzobispo de Granada. En este punto me remito al trabajo de M. Á. Ladero Quesada, Actividades de Luis de Santángel en la Corte de Castilla, «Historia. Instituciones. Documentos», 19, 1992, pp. 231-252.

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Jaén.57 Y la tercera, que una vez finalizado el conflicto estaba perfectamente situado, con relaciones al más alto nivel tanto en el entorno de los Reyes Católicos como con los notables nazaríes que habían quedado en el reino conquistado, empezando por el propio soberano destronado. Otro documento viene a reforzar esta última impresión. Efectivamente, en febrero de 1495 Yahya al-Nayyar – recordemos, primo de Muhammad XI Boabdil y cuñado de Muhammad XII al-Zagal, alcalde y wali de Almería, ahora vecino de Granada – debía y había hecho una carta de obligación a mosén Juan Cabrera, camarero de los reyes, por 50 libras de seda joyante para el rescate de un moro que Cabrera tenía cautivo. Al-Nayyar se había obligado a pagarlas a Francesco Pinelli en nombre de Juan Cabrera, y por su mandato había cobrado en Granada la mitad de la cantidad que reclamaba, 25 libras de seda, y una libra más por rosaçión de alguna parte de aquellas, que no hera fina e joyante, e que las dichas veynte e seys libras diz que pasavan en un lío por si apretado desa dicha çibdad a la çibdad de Córdova juntamente con una carga de seda, la qual carga en que estavan las dichas veynte e seys libras dis que pasavan en un lío de Ambrosyo Espíndola, ginovés veçino desa dicha çibdad, e pasando por el puerto de Alcalá la Real fue enbargada toda la dicha carga de seda en que estavan las dichas veynte e seys libras de seda a instançia del mayordomo de la dicha çibdad en la de Pedro de Aranda, fijo de Ferrando de Aranda, y de otros particulares de la dicha çibdad, creyendo ser bienes del dicho Ambrosyo Espíndola, pues pasavan en su nonbre. El qual dicho enbargo dis que hisieron por debdas que deve el dicho Espíndola a los dichos enbargantes, e que como quiera que por su parte han seydo demandadas las dichas veynte e seys libras de seda a la justiçia de la dicha villa de Alcalá e davan fianças de esta carta dello a derecho e pagan lo judgado de que lo han querido haser para que las personas a cuyo pedimiento está enbargada la dicha seda dis que tiene la justiçia desta manera.58

De la lectura del documento surgen varias informaciones relevantes. La primera de ellas, como ya se ha apuntado, que se infie-

57   AGS, RGS, Diciembre 1487, 152, 20-XII-1487; Abril 1490, 70, 30-IV-1490. Para más detalles me remito a González Arévalo, Exilio, diversificación cit., pp. 97-98. 58   AGS, RGS, Febrero 1495, 470, 19-II-1495.

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re una relación entre Ambrogio Spinola y Yahya al-Nayyar. En esta ocasión el mercader genovés le hace el favor al notable mudéjar de pasarle en dirección a Córdoba – de nuevo la ciudad califal – la seda joyante para el rescate de un cautivo moro como propia. La segunda cuestión es que aparece de nuevo Francesco Pinelli, lo que refuerza la necesidad de profundizar en el alcance de los lazos entre los genoveses operantes a lo largo del sur peninsular, incluyendo el territorio granadino. Por último, al final de la parábola que estamos trazando resurge el nombre del regidor de Alcalá la Real, Fernando de Aranda, con quienes los Spinola granadinos tenían «syniestras relaçiones» en 1478. Pero si al preguntarnos antes sobre la naturaleza de la relación entre ambas partes antes sólo podíamos intuir intereses comerciales, ahora las sospechas se confirman al saber que Ambrogio Spinola tenía algunas deudas con Pedro de Aranda, hijo de Fernando, y otros particulares alcalaínos. La vida de Ambrogio Spinola se acercaba a su fin. En enero de 1498 ya había fallecido. Lo certifica un documento muy relevante en el que Pedro de Haro, estante en Granada, relata que sostiene un pleito con Leonor de Torres, sobre razón de çierto tienpo que biuió con el dicho Anbrosio d’Espyndola su marido, el qual diz que por descanso de su anima le fizo çierta manda al tiempo de su fin e muerte en una cláusula de su testamento, que diz que pasó ante Alonso de la Peña, escriuano público de la dicha çibdad, e sobre las otras cabsas e razones en el proçeso del dicho pleyto contenidas, e que él se entiende aprouechar para presentar en el dicho pleyto de la dicha manda e cláusula e de una escriptura de arrendamiento que diz que fizieron el dicho Anbrosio d’Espindola e Niculás Lópes de Espíndola e Mahomad Aduladín e Aya Anayar e otro vezino de la dicha çibdad e otros sus conpañeros de la renta de la seda de la dicha çibdad del año que pasó de nouenta e çinco, que diz que pasó ante Gonçalo Martínes, escriuano de rentas de la dicha çibdad, en que diz que le mandaron e ygualaron con el dicho Pedro de Haro de le dar çierta parte de la seda que se prendiese en la dicha çibdad descaminada. Por ende, que nos mandaua e suplicaua carta conpensatoria por los dichos escriuanos, mandándoles que luego le diesen e entregasen la dicha clabsa de testamento en que así el dicho Anbrosio d’Espíndola diz que le mandó satisfazer el tienpo que con él estuvo, e la dicha escritura de arrendamiento que ansí diz que los suso dichos fizieron de la dicha renta de la seda de la dicha çibdad del dicho año de nouenta e çinco en que diz que le prometieron la dicha parte que ansí ante los dichos escriuanos diz que pasaron para las traer

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e presentar ante los dichos nuestro presidente e oydores en el dicho pleyto por en prueva de su yntençión.59

Se trata de la primera mención que encontramos a su vida personal. Sabemos que Ambrogio Spinola se casó con Leonor de Torres en Jaèn60. Teniendo en cuenta que, come se verá más adelante, su hija Catalina probablemente estaba ya casada en 1494, es más que probable quel el matrimonio se celebrara antes el exilio en Córdoba en 1484, lo que refuerza una vez más los contactos de Ambrogio con la sociedad castellana del Alto Gudalquivir. En todo caso, el hecho de que ella no fuera de origen genovés – no ha sido posible averiguar nada más sobre su filiación – revelaría la intención de integrarse en la sociedad castellana, más allá de la mera naturalización y el avecindamiento posterior en Granada. Comoquiera que sea, es poco probable que el testamento otorgado ante el escribano Alonso de la Peña aparezca, dado que los primeros protocolos granadinos se conservan sólo a partir de 1505.61 Tampoco se puede decir mucho más de Pedro de Haro, aunque es posible que fuera un colaborador cercano de Ambrogio Spinola a su vuelta a Granada. Sin duda la relación debía ser estrecha si había vivido un tiempo con el genovés y éste le destinó una cláusula en su testamento en la que reconocía que los arrendadores de la renta de la seda de 1495 acordaron «de le dar çierta parte de la seda que se prendiese en la dicha çibdad descaminada». Hasta el momento sólo se sabía que la renta de la seda de la ciudad de Granada de 1495 la habían arrendado como recaudadores y receptores mayores Nicolás López de Espínola y Mahomad Abduladín, probablemente como cabezas de una compañía mixta compuesta por genoveses, más potentes económicamente, y destacados miembros de la oligarquía mudéjar, que se ganarían la confianza de los correligionarios productores. Ya he señalado la relevancia de Yahya al-Nayyar entre la comunidad mu59  Archivo de la Real Chancillería de Granada, Registro del Sello (en adelante ARChG, RS), leg. 5501, doc. 54, 22-I-1498. 60  P.A. Porras, Ejército práctica mercantil. La presencia andaluza en Italia a comienzos del siglo XVI, «Estudios de Historia y Arquelogia Medievales», X, 1994, p. 143. 61   Hay que tener cuidado de no confundir en las actas notariales de Granada a esta Leonor de Torres, mujer de Ambrosio de Espínola, con la homónima que aparece en muchas más ocasiones, mujer del secretario real Hernando de Zafra.

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déjar granadina. Por su parte, Mahomad Abduladín fue junto con su hermano Alí uno de los personajes más influyentes del sector oriental del reino. Su papel en la capitulación de 1488 les garantizó respectivamente el alguacilazgo mayor y el cadiazgo mayor de los Vélez, la Sierra de Almanzora, los Filabres y la Hoya de Baza, recibiendo mercedes reales y participando en lucrativos negocios, como precisamente la renta de la seda.62 Seguramente todos se vieron atraídos porque por primera vez en 1495 se acometió la unificación de la renta de la seda con su recaudación conjunta para todo el Reino de Granada por un período de cuatro años (1495-1499), y que obtuvieron por un valor total de 2.400.000 maravedíes y 25 libras de seda fina. Posteriormente se traspasó la mitad de la renta a Luciano Spinola, hermano de Ambrogio, porque Mahomad Abduladín se había «ygualado e convenido con vos», lo que revela la asunción de una obligación por su parte. Y aunque no se sepan los motivos del traspaso, sí está claro que ambas partes se habían responsabilizado en ser arrendador-recaudador mayor de su mitad de la renta, sin que trabajaran por ello de manera conjunta, sino que lo hacían Abduladín y López de Espíndola de una parte, y Luciano Spinola de otra. Así lo pone de manifiesto el hecho de que los arrendadores no se presentaran de manera conjunta, sino cada uno su mitad del partido, del que sólo respondían en consecuencia, sin que ninguna de las partes tuviera que asumir el incumplimiento de la otra o de sus fiadores.63 Ninguno de los trabajos que han estudiado el documento del 62  Un breve perfil de Yahya al-Nayyar y de los hermanos Abduladín en Galán Sánchez, Poder cristiano cit., pp. 274-277. 63   Así lo ha expuesto analizando el documento del AGS, Escribanía Mayor de Rentas, 1ª Época (en adelante EMR 1ª), leg. 24, f. 16r, Á. Ortega Cera, Estrategias, dinero y poder. Compañías financieras castellanas a finales de la Edad Media: una primera propuesta metodológica, en J. A. Bonachía Hernando y D. Carvajal de la Vega (eds.), Los negocios del hombre. Comercio y rentas en Castilla. Siglos XV y XVI, Valladolid, Castilla Ediciones, 2012, pp. 275-76. De Nicolás López de Espíndola, vecino de Granada que por su apellido cabría deducir que era hijo de un castellano y una genovesa, se ignora si había un parentesco directo con nuestros Spinola. Apenas tenemos una noticia más sobre él, cuando en septiembre de 1499 los Reyes Católicos escribían a Pedro de Mercado, alcalde de Casa y Corte, para que ejecutara la sentencia que él mismo había dado contra Yuza Fatán, moro vecino de Granada, y le hiciera pagar los 80 reales de plata que el propio mudéjar había reconocido «que le deuía de çierta renta de una haça» a López de Espíndola. AGS, RGS, Septiembre 1499, 238, 28-IX-1499.

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arrendamiento del partido de la seda de Granada en 1495 citaban más arrendadores que Mahomad Abduladín y Nicolás López de Espíndola. Sin embargo, el documento presentado no deja lugar a dudas sobre la participación en plano de igualdad de Yahya al-Nayyar y de Ambrogio Spinola, a los que cita inconfundiblemente como arrendadores junto a «otro vezino de la dicha çibdad e otros sus conpañeros». En consecuencia, nos encontraríamos ante una compañía financiera de participación mixta, genovesa y mudéjar, entendida como asociación puntual para el arrendamiento conjunto del partido de la seda, siempre bajo el modelo de compañía castellana.64 En este sentido, se trata de un magnífico ejemplo, como el anterior del arrendamiento de las tierras del destronado Boabdil en Andarax en 1493, que pone de manifiesto, una vez más, que las redes de comercio – y por extensión de finanzas – en la Castilla de finales del siglo XV y principios del XVI fueron transnacionales y transculturales, frente a la imagen tradicional, estática, que afirmaba que sus componentes sólo cooperaban con individuos del mismo ámbito (étnico, lingüístico, racial y religioso) sin menoscabo de las barreras legales y sociales.65 De hecho, en un momento en que los estudiosos de la fiscalidad están relativizando el protagonismo absoluto atribuido a los judeoconversos, tendrán que determinar el justo peso que tuvieron los extranjeros – fundamentalmente los genoveses – y la naturaleza y el alcance de sus operaciones conjuntas con individuos de origen musulmán en el reino granadino.66 Al mismo tiempo, frente a la idea firme de que los extranjeros operaban exclusivamente bajo los patrones mercantiles importados de sus tierras de origen, los especialistas

64   Según la propuesta metodológica que formulaba recientemente Ágatha Ortega en el estudio recogido en la nota anterior. La citada autora, al analizar las compañías financieras en Castilla se lamentaba de la dificultad para hacerlo por el gran vacío historiográfico y documental que envuelve la cuestión. 65   Indudablemente, la afirmación de Francesca Trivellato «Overall, cross-cultural trade created ample opportunities for communication and cultural exchage but did not dissolve legal and social barriers», es aplicable no sólo a las redes de comercio sino también a las financieras. F. Trivellato, The Familiarity of Strangers. The Sephardic Diaspora, Livorno and Cross-Cultural Trade in Early Modern Period, New Haven-Londres, Yale University Press, 2009, p. 19. 66   A este respecto resulta muy ilustrativo el trabajo de H. Casado Alonso, Crecimiento económico, redes de comercio y fiscalidad en Castilla a fines de la Edad Media, en J. A. Bonachía Hernando y D. Carvajal de la Vega (eds.), Los negocios del hombre cit., pp. 17-35.

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en comunidades foráneas deberán profundizar hasta qué punto los forasteros residentes en el sur ibérico procedieron asimilando las estructuras y mecanismos mercantiles y financieros propios de la tierra de acogida, incluyendo el negocio de la renta.67 Volviendo a nuestro mercader genovés, el arrendamiento de la seda en 1495 con la participación directa de Ambrogio Spinola en compañía con los notables mudéjares era la consecuencia lógica del desarrollo de los arrendamientos singulares de la renta de la seda desde 1492. Efectivamente, hasta entonces la renta se había arrendado de manera individual por partidos, pero a partir de ese año se hizo de manera conjunta para todo el reino, de modo que los interesados en el arrendamiento tuvieron que ponerse de acuerdo en sus intereses para poder seguir participando de los beneficios que deparaba. Lo confirma asimismo el hecho de que al año siguiente, 1496, la adquiriera mediante puja del cuarto el sevillano Alonso de Alanís por 3.751.500 maravedíes y 25 libras de seda, poniendo dede manifiesto no sólo la revalorización de la renta, sino sobre todo la relación de los implicados en este sentido, pues entre los avalistas del mercader judeoconverso, aparte de otros destacados mudéjares, figuraba de nuevo Yahya al-Nayyar – fiador de los arrendadores anteriores – y su hijo don Alonso Vanegas, junto al genovés Luciano Spinola, hermano de Ambrogio.68 En todo caso, aún queda por dilucidar con mayor claridad la naturaleza y la articulación de la relación de genoveses, judeoconversos y mudéjares en el negocio de la renta en el Reino de Granada tras la conquista castellana. La familia de Ambrogio Spinola. – Aún podemos conocer un poco más del entorno familiar de Ambrosio de Espíndola. Una década 67   En este sentido contamos con un ejemplo brillante y reciente en el ámbito de la Corona de Aragón, con un volumen sobre los hombres de negocios y mercaderes toscanos en la Barcelona del siglo XV, entre los que la integración y la naturalización fue una opción habitual para progresar en los negocios e integrarse en la sociedad de acogida, como demuestra M.ª E. Soldani, Uomini d’affari e mercanti toscani nella Barcellona del Quattrocento, Barcelona, CSIC, 2010, pp. 131-139. Realicé una reseña en Medievalismo, 21, 2011, pp. 281-283. 68  F. García Gámez, La renta de la seda y sus arrendadores en el Marquesado de los Vélez en época mudéjar (1490-1504), en F. Andújar Castillo y J. P. Díaz López (coords.), Los señoríos en la Andalucía Moderna. El Marquesado de los Vélez, Almería, Instituto de Estudios Almerienses, 2007, p. 260. La renta de la seda es una de las mejores conocidas en el Reino de Granada, con trabajos clásicos como los de Bejarano o Garzón. F. Bejarano Robles, La industria de la seda en Málaga durante el siglo XVI, Madrid, CSIC, 1951; M. Garzón Pareja, La industria sedera en España. El arte de la seda en Granada, Granada, Archivo de la Real Chancillería, 1972.

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después de su fallecimiento, en febrero de 1508, su mujer Leonor de Torres seguía viva, y es entonces cuando averiguamos que, probablemente después de quedar viuda, se trasladó y se avecindó en Málaga; y que el matrimonio había tenido al menos una hija, igualmente difunta en fecha y circunstancias desconocidas, al figurar la dicha Leonor como «madre y heredera que soy de doña Catalina de Espíndola, mi fyja y del dicho miçer Anbrosio asy mismo difunta, vezina que soy desta noble çibdad de Málaga». En esta ocasión la mujer otorgaba un poder pleno a su yerno, Pedro de Salamanca, vecino de Granada, a quien se refiere como «mi mayordomo», para que reclamara todas las deudas que le correspondieran como heredera de su marido. Cabe suponer que Leonor de Torres había conseguido mantener más o menos intacto el patrimonio acumulado por su cónyuge en Granada por cuanto que le autorizaba a arrendar «qualesquier casas e viñas e tierras que yo aya e tenga en qualesquier partes». El poder se había firmado en Málaga ante el escribano García de Villoslada «en las casas de mi morada, que son en la plaza maior desta dicha çibdad», el punto neurálgico de la vida política y económica de la capital malagueña. Entre los testigos figura nada menos que Fernando de Uncibay, alcaide de Bezmiliana, perteneciente a una de las familias más poderosas de la oligarquía malagueña, lo que revela que doña Leonor de Torres había logrado seguir manteniendo contacto con personajes muy influyentes.69 Pedro de Salamanca estaba avecindado en la colación granadina de San Pedro y San Pablo, y gracias al testamento que otorgó en junio de 1508 sabemos que había llevado las cuentas de la hacienda de sus suegros, Leonor de Torres y su difunto marido, Ambrogio Spinola, si bien manifestaba que las de los últimos años no estaban acabadas. Además, se deduce que de su matrimonio con Catalina de Espíndola no hubo descendencia, pues deja como heredera universal

69  Usando el poder inserto Pedro de Salamanca arrendaba en nombre de su suegra a los moriscos Fernando Atyfah, Fernando Alfaviz y Alonso el Malaquí, vecinos del Albayzín de Granada, una casa molino sita en el río Genil, cerca de la puerta de Bibalacha, de cuatro piedras, por tiempo de un año y precio de 432 maravedíes semanales. Archivo de Protocolos de Granada (en adelante APG), Protocolo de Gaspar de Arias, años 1508-1510, ff. 103vº-160r. Publicado en J.M. de la Obra Sierra, Mercadores italianos en Grenada (1508-1512), Grenada, Universidad de Grenada, 1992, doc. 1.

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a su segunda mujer, Leonor de Ballesteros.70 No se sabe en qué fecha había desposado a su primera consorte, pero como se ha visto, en 1494 figuraba entre los testigos del molino que Ambrogio recibió de Yuça de Mora en Deifontes, por lo que es posible que ya entonces estuvieran casados. Más aún, dado que su nombre revela sus raíces castellanas, cabe la posibilidad de que ambos se desposaran durante el exilio cordobés de los Spinola. Respecto a Luciano Spinola, el hermano de Ambrogio, en mayo de 1493 estaba en Sevilla, donde presentaba una apelación contra una sentencia pronunciada por el bachiller de Autillo, lugarteniente de asistente, en el pleito que trataba con el comendador fray Luis de Sayavedra, por un contrato con logro del que no tenemos más datos.71 Posteriormente regresó a Granada en fecha indeterminada, probablemente antes del fallecimiento de su hermano hacia 1498. Las últimas noticias que conocemos sobre él datan de 1508. Así, en mayo de ese año acordaba con Luis Fernández prorrogar por quince días el término de un compromiso que había entre ambos.72 Posteriormente, en noviembre, figura como vecino de Granada en la colación de San Pedro y San Pablo, la misma en la que vivía el yerno de su hermano Ambrogio. Entonces recibía de Diego López Benaxara, morisco vecino de Guadix, 150 besantes (4.500 maravedíes), más otros 250 besantes (7.500 maravedíes) de Antón el Tayar, vecino de Níjar, que ascendían a un total de 12.000 maravedíes que Pedro Tayar, padre del citado Antón, le debía del rescate de su hijo Luis Tayar.73 Probablemente se trataría de uno de los esclavos de Níjar que había perdido la libertad en el curso de la Revuelta Mudéjar de 1500-1501, y que habían sido vendidos en almoneda en Granada. Por último, a finales de ese mismo mes se comprometía a pagar al tintorero Diego Rodríguez el Gamad, vecino de Granada   APG, Protocolo de Gaspar Arias, años 1508-1510, ff. 227-228vº, 9-VI-1508.  Archivo Histórico Provincial de Sevilla, Protocolos Notariales, leg. 9099, fol. 64, 13-V-1493. Agradezco el dato al profesor Juan Manuel Bello León. Para el exilio de Luciano Spinola entre Córdoba y Sevilla y las actividades desarrolladas antes de regresar a Granada me remito a González Arévalo, Exilio, diversificación cit., pp. 103-104. 72   APG, Protocolo de Gaspar Arias, años 1508-1510, ff. 210r-v, 29-V-1508. Publicado en de la Obra Sierra, Mercaderes italianos cit., doc. 2. 73   APG, Protocolo de Juan Rael, años 1505-1515, f. 125r-v, 9-XI-1508. Publicado en de la Obra Sierra, Mercaderes italianos cit., doc. 3. 70 71

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en la colación de Santa María la Mayor, 15.000 maravedíes que le había prestado antes de enero de 1509.74 En los dos últimos documentos comparece en calidad de testigo el genovés Juan Francisco de Espíndola, aunque no ha sido posible averiguar nada más sobre él y la pista de ambos se pierde en la documentación consultada. En consecuencia, parece claro que una generación más tarde y tres lustros después de la conquista de Granada los Spinola que habían regresado a la antigua capital nazarí se extinguían cuando tenían muy avanzado un proceso evidente de integración en la sociedad castellana. De los sobrinos conocidos de Ambrogio sólo Manuel Spinola permaneció fuera del Reino de Granada después de la conquista castellana, radicado en Córdoba. Su hermano Giovanni Battista ya había fallecido en abril de 1489.75 En noviembre de 1493 presentaba un requerimiento junto con Cristoforo Spinola por el pleito que tenían con el fiscal de los alcaldes de los físicos por cierto aceite de bayas, y solicitaban que los alcaldes de los físicos, Juan Díaz de Torreblanca y Pedro de León, dieran sentencia acompañados porque «les han seydo e son odiosos segúnd paresçerá por el proçesode la vista cabsa».76 En abril de 1498 sostenía un pleito contra Alonso de Medina, vecino de Valladolid, por motivos que desconocemos, y se ordenaba que el bachiller Cerote, alcalde de Burgos, y el escribano que lo tenía en su poder, lo mandaran al Consejo.77 Las últimas noticias de Manuel Spinola llegan con el cambio de siglo. En diciembre de 1500 figura como albacea y procurador testamentario del genovés Juan Antonio de Marín. Un mes más tarde,

74  APG, Protocolo de Juan Rael, años 1505-1515, ff. 142v-143r, 23-XI-1508. Publicado en de la Obra Sierra, Mercaderes italianos cit., doc. 4. 75   En esa fecha la viuda Isabel Fernández, se obligaban a pagar 116 reales de plata castellanos a Bernardo, Anigo y Cristoforo Spinola como herederos del citado Giovanni Battista, a quien se las debía su marido, el fallecido escribano Diego Ruiz, por las bulas de cruzada que recibió, presumiblemente cuando actuaba en compañía de su tío Ambrogio y su hermano Manuel. Ese mismo día Anigo Spinola se obligaba a entregarle carta de finiquito en cuanto hubiera recibido de Isabel Ferández la cantidad adeudada. Ambos documentos en APC, Of. 18, P. 2, f. 186v, 28-IV-1489. Transcritos en García Luján, Mercaderes italianos cit., docs. 47 y 48. 76  APC, Of. 18, P. 1, ff. 349v-350r, 14-XI-1493. Transcrito en García Luján, Mercaderes italianos cit., doc. 78. 77   AGS, RGS, Abril 1498, 189, 7-IV-1498.

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en enero de 1501 otorgaba un poder junto a los demás albaceas del citado Marín.78 Después su rastro desaparece de la documentación. Algunas reflexiones finales. – El análisis de la trayectoria de Ambrogio Spinola pone de manifiesto varios requisitos irrenunciables en el estudio de las comunidades extranjeras. Hasta el momento la mayor parte de los trabajos se centran preferentemente en una sola tipología documental, los protocolos notariales de una sola localidad como norma, o la documentación simanquina en menor medida. Sin embargo, hay que tener muy presente la alta movilidad de sus elementos, particularmente de los mercaderes, y la extensión de las redes de intereses, familiares, mercantiles y financieros – el paralelismo con las estrategias desarrolladas en la Andalucía atlántica es evidente –79 por todo el sureste peninsular, antes y después de la conquista castellana del último bastión musulmán ibérico. En consecuencia, en un estudio de este tipo es primordial contrastar y confrontar distintas fuentes, de naturaleza local y estatal. Más allá de esta consideración general, el caso concreto de Ambrogio Spinola arroja algo más de luz sobre los contactos, apenas entrevistos, entre los dos lados de la frontera castellano-granadina. Así, los mercaderes genoveses operaban de la misma manera que los castellanos o los granadinos en tiempos de paz, valiéndose de contactos fuera de sus bases naturales de apoyo o arraigo. En consecuencia, se enriquece el tradicional papel conocido en el desarrollo del comercio exterior granadino a través de sus principales plataformas marítimas, y el contacto con las redes locales de producción para la exportación de los artículos susceptibles de especulación o con demanda conocida en el gran comercio internacional (seda, azúcar, frutos secos), que los estudios más recientes de Adela Fábregas han llevado a su máximo grado de conocimiento actual.80 Efectivamente, han aflorado 78   APC, Of. 18, P. 41, cuad. 3, ff. 5r-8v, 18-XII-1500; Of. 18, P. 4, f. 49r, 24-I-1501. Transcritos en García Luján y Córdoba Deorador, Mercaderes y artesanos cit., docs. 21 y 23. 79  J. Heers, Los genoveses en la sociedad andaluza del siglo XV: orígenes, grupos, solidaridades, en Hacienda y comercio: Actas del II Coloquio de Historia Medieval Andaluza, Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla, 1982, pp. 419-444; M. Á. Ladero Quesada, Los genoveses en Sevilla y su región (siglos XIII-XVI): elementos de permanencia y arraigo, en Los Mudéjares de Castilla y otros estudios de historia medieval andaluza, Granada, Universidad de Granada, 1989, pp. 283-312. 80   Ver los trabajos citados en las notas 3, 4 y 29.

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testimonios documentales sobre los contactos mantenidos desde la capital del reino nazarí, antes y después de su desaparición a manos de Castilla, con el Alto Guadalquivir, Córdoba y Jaén, sirviéndose de la principal puerta que articulaba las relaciones castellano-granadinas a todos los niveles, Alcalá la Real. En el puerto alcalaíno, vital para el desarrollo del comercio legal y de contrabando entre ambas partes, había lazos evidentes, cuya naturaleza aún hay que dilucidar con mayor claridad, con la oligarquía que controlaba la villa política y económicamente. Sin embargo, desde el punto de vista granadino el dato más relevante no se refiere al papel intermediario de la comunidad genovesa en el comercio exterior del reino, sino que atañe a la adquisición de propiedades de todo tipo – casas, tierras, huertos y molinos – directamente de la población nativa en pago de las deudas asumidas en operaciones comerciales. Entre los vendedores se identifican algunos notables nazaríes, confirmando y ampliando el radio de contacto con la élite dirigente y económica del emirato. Se trata de un dato fundamental para profundizar en el proceso de degradación de la cohesión interna de la sociedad musulmana, en el que al final de la etapa islámica se identifican elementos ajenos a las comunidades con propiedades en su seno. Aun sin ánimo de generalizar, ni de convertir en paradigma lo que por el momento es una excepción referente a algunos Spinola, lo cierto es que hasta el momento no había datos que identificaran entre estos componentes externos a miembros de las comunidades mercantiles extranjeras residentes en el territorio granadino. En ultima instancia revelaría un logro insospechado en vista de su capacidad para adquirir estas propiedades, si bien se trata de una primera confirmación que deberá conducir a reflexiones e investigaciones más profundas. Por otra parte, parece claro que los genoveses de Granada no se marcharon del reino hasta que les resultó imposible desarrollar la actividad comercial por el bloqueo impuesto por Castilla. Así lo parecen indicar los últimos indicios, de 1484. Y no hay noticias de su presencia ni de su actividad hasta la llegada de nuevos componentes de la comunidad ligur a Málaga, tras la conquista de la ciudad en 1487. En el caso de los Spinola, a su regreso a la ciudad de Granada tras finalizar la contienda en 1492, resulta evidente que los contactos

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aludidos con los notables nazaríes seguían intactos, cuando se habían transformado en la oligarquía mudéjar. Para entonces Ambrogio Spinola mantenía inalterados los intereses comerciales, al tiempo que sacaba provecho de las propiedades adquiridas en época nazarí con arrendamientos y se integraban en el negocio de la renta, desde el relacionado con las tierras de Muhammad XI Boabdil en Andarax hasta la renta de la seda con una compañía mixta genovesa-mudéjar, combinada para obtener los mejores resultados del sistema fiscal castellano. Todo ello revela la enorme capacidad de adaptación a las circunstancias y el desarrollo de estrategias de supervivencia, personal y económica, diversificando los intereses entre el comercio y la renta, en la línea desarrollada durante el exilio en Córdoba. Semejante grado de perfeccionamiento habría sido imposible sin la capacidad para establecer y mantener contactos con las élites políticas y económicas, castellanas y granadinas – entiéndase nazaríes y mudéjares –. En este sentido, habrá que profundizar en los mecanismos de confianza y reputación desarrollados por los genoveses en un contexto con evidentes barreras sociales, legales, religiosas, culturales y lingüísticas, como ocurría precisamente en el emirato nazarí, al igual que en el Magreb islámico.81 Sólo así se explican las relaciones que Ambrogio Spinola logró establecer en el ámbito granadino. En segundo lugar, se abre una puerta al papel y la participación de los mercaderes genoveses en las redes de finanzas dominadas por los mercaderes castellanos, en las que los judeoconversos tuvieron un papel destacado. Por último, y en otro orden de cosas, es sobradamente conocido que en el caso de las comunidades mercantiles en suelo extranjero normalmente estamos mucho mejor informados sobre las operaciones comerciales y financieras que protagonizaron, sobre la estructura y la naturaleza de las compañías y sociedades que formaron para el desarrollo y la articulación de sus negocios, que sobre otros aspectos de la vida personal y familiar. Además, se trata de una circunstancia más acusada en los países musulmanes que en los cristianos occidentales, pues en 81   En este punto los trabajos del profesor Greif se erigen en una referencia absoluta: A. Greif, Reputation and coalitions in medieval trade: evidence on the Maghribi traders, «Journal of Economic History», XLIX, 1989, pp. 857–82; The Maghribi traders: a reappraisal?, «Economic History Review», 65/2, 2012, pp. 445-469.

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ese caso el investigador – en Granada como en el Magreb – depende por completo de la documentación foránea, en este caso la castellana, a falta de que nuevas indagaciones conducidas en el Archivio di Stato di Genova puedan desvelar informaciones complementarias. En este sentido el caso de Ambrogio Spinola es doblemente excepcional. De una parte porque conocemos el nombre de su padre, Lucio; de un hermano, Luciano; y de dos sobrinos, Manuel y Giovanni Battista, a los que se les puede seguir la pista, sobre todo en Córdoba en el caso de estos últimos. Y de otra porque, frente a la imagen segregada que se infiere de forma generalizada de muchos estudios sobre las naciones italianas en el sur ibérico,82 encontramos no sólo que Ambrogio no se casó con una genovesa, sino que desposó a una natural de la tierra, doña Leonor de Torres; de la misma manera, tampoco su propia hija contrajo nupcias con un connacional, sino con otro castellano, que además se integró en la dinámica de la familia, hasta el punto de llevar las cuentas de las haciendas de sus suegros no sólo después del fallecimiento de Ambrogio, sino incluso tras quedar viudo él mismo y volver a contraer matrimonio. Todo ello revela un proceso de integración en la sociedad autóctona nada desdeñable, de la misma manera que con anterioridad, durante la época nazarí, había alcanzado un grado de penetración en una sociedad islámica insospechado e inigualado hasta entonces, con la adquisición de propiedades en suelo granadino. Resulta indiscutible la enorme capacidad de inserción en la sociedad que le rodeaba, con independencia de que fuera musulmana o cristiana, como confirma además la habilidad para establecer contactos al más alto nivel, político y económico, entre granadinos y castellanos por igual. En definitiva, la parábola vital de Ambrogio Spinola y el estudio de su entorno sirve no sólo como guía para profundizar en las condiciones de la comunidad mercantil genovesa en el Reino de Granada, antes y después de la conquista, además permite conocer sus estrategias y romper con la imagen homogeneizante, emprobrecedora en última instancia, que con demasiada frecuencia se ha atribuido a la presencia foránea en el sur de la Península Ibérica.

82   Me remito al análisis desarrollado en González Arévalo, Presencia diferencial cit., y a los trabajos citados en las notas 2 a 5.

I comuni di Jean-Claude Maire Vigueur. Percorsi storiografici a cura di Maria Teresa Caciorgna, Sandro Carocci, Andrea Zorzi (Giuliano Pinto)

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valeRie theis, Le gouvernement pontifical du Comtat Venaissin vers 1270-vers 1350 (siMone Balossino)

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Paolo GRillo, Milano guelfa (1302-1310) (seRGio toGnetti) .

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sylvain PaRent, Dans les abysses de l’infidelité. Le procès contre les ennemis de l’Église en Italie au temps de Jean XXII (1316-1334) (FRancesco PiRani)

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Carteggio degli oratori sforzeschi alla corte pontificia, I, Niccolò V (27 febbraio 1447-30 aprile 1452) a cura di G Battioni (eManuele catone)

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FeDeRica veRatelli, À la mode italienne. Commerce du luxe et diplomatie dans les Pays-Bas méridionaux, 1447-1530. Édition critique de documents de la Chambre de comptes de Lille (MaRia Paola zanoBoni)

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Notizie

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