Culturas políticas y mujeres en el poder durante el franquismo: Las Procuradoras a Cortes 1943-1975

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Descripción

Culturas políticas y mujeres en el poder durante el franquismo: Las Procuradoras a Cortes 1943-1975 Inmaculada Adrián Gálvez Universitat de València

Recibida la comunicación el 15 de julio de 2012 Aceptada por el Comité Científico el 11 de diciembre de 2012

Introducción Gran parte de la renovación experimentada en la historia política más reciente tanto en lo referente al marco teórico como al metodológico ha sido posible por la aplicación de dos herramientas conceptuales como son cultura política y género. Uno de los nexos en común de ambos marcos teóricos ha sido la recuperación del sujeto, de forma que la nueva historia política esta prestando un especial interés no solo a los espacios institucionales sino también a las acciones de sus protagonistas. Centrándonos en las consecuencias historiográficas que estos planteamientos están teniendo para el análisis del franquismo, si gran parte de la agenda investigadora desde la década de los setenta del siglo pasado ha centrado su atención en los debates sobre la naturaleza política del régimen y con ella el interés por la recuperación de sus bases ideológicas modificando con ello las nociones esencialistas del régimen, las nuevas aportaciones han desplazado el interés no solo hacia espacios antes devaluados como son las Cortes franquista sino que también han modificando las nociones nominalistas de la acción colectiva tanto masculina como femenina. Esto se ha traducido en que, a los pioneros trabajos sobre las elites políticas franquistas como los de Jerez Mir, se han unido posteriores investigaciones como la de Sánchez Recio o Rodríguez Jiménez, los más recientes trabajos de Miranda Rubio, Monfort i Coll, o las prosopografías de Bande Fuentes para las Cortes y sus elites1. Los estudios regionalistas también se han beneficiado de este auge y con

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Miguel JEREZ MIR: Elites políticas y centros de extracción en España 1938-1957, Madrid, Centro de Investigaciones Sociológicas, 1982. Glicerio SANCHEZ RECIO: Sobre todos Franco. Coalición reaccionaria y grupos políticos en el franquismo, Barcelona, Flor del Viento Ediciones S.A, 2008. José L. RODRIGUEZ JIMENEZ: La división de la clase política en el tardofranquismo. Actas del I Congreso Internacional de Historia de Nuestro Tiempo, Logroño, Universidad de la Rioja, 2008. MIRANDA RUBIO: Los procuradores de representación familiar en la novena legislatura franquista (1967-1971, Barcelona, Actas 53º Congreso de la Comisió Internacional per a l’estudi de la Historia y les instituciones reprentatives parlamentaries, 2010, pp. 615-637, Aram MONFORT I COLL: Las Cortes franquistas, op.cit, pp. 1040-1062, Emilio J. BANDE FUENTES: Prosopografía de procuradores castellano-leoneses en el último franquismo (1967-1975), Un parlamento sometido, op.cit, pp. 1411-1430.

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ellos los de las elites locales y provinciales con los trabajos de García Ramos para el caso de Palencia 2 o el diccionario biográfico para el caso de Bilbao de Agirreazkuenaga y Urquijo . La historia del género, tan interrelacionada por otra parte con el concepto de cultura política en esta renovación conceptual y metodológica, ha integrado estos postulados de pluralidad a la hora de trazar e interpretar los perfiles de la política de género del régimen franquista. Aunque con menor recorrido, también la historia política en femenino ha prestado atención a las elites políticas, tanto locales con 3 los trabajos de Nielfa y Gómez Ferrer , como estatales con los trabajos de Franco Rubio y Duch 4 Plana . Por nuestra parte queremos precisar que metodológicamente nuestra intención en esta comunicación ha sido poner en relación ambos conceptos, cultura política y género, desde la asunción conceptual de dos vectores principales. Por una parte evidenciar la existencia en el régimen franquista de dos culturas políticas, la nacionalcatólica y la falangista, que representan dos proyectos enfrentados de concepción del Estado. Para ello, tomamos el concepto de cultura política al modo que I. Saz desarrolla las aportaciones realizadas a este concepto por Serge Berstein o François Sirinelli5. Y por otro aplicar la formulación que desarrolló sobre el concepto de género J. Scott como categoría analítica que estudia las relaciones de poder. El objetivo es ofrecer un análisis integrador entre legitimidad del régimen y el perfil de género de la política franquista a través de la presencia en la cámara de las Cortes de trece mujeres Procuradoras, y ampliar el conocimiento sobre qué motivaciones y qué objetivos tenían estas elites femeninas con relación al proyecto político y de género que defendían. Para ello hemos estructurado la investigación en tres apartados centrándonos casi exclusivamente en el tardofranquismo por ser el de mayor presencia femenina en la cámara: los dos primeros epígrafes están destinados a analizar el ámbito institucional y legislativo aplicable a las Cortes, un epígrafe posterior dedicado a la moderna identidad de género femenino, y un tercer bloque también con dos epígrafes centrados en las Procuradoras y su labor política. La representación política en el régimen franquista: Las Cortes El régimen franquista desarrolló un proceso institucional largo y fragmentado que tardaría casi treinta años en ser completado y cuya finalidad fue establecer la estructura política y administrativa del Nuevo Estado. Iniciado este proceso con la Ley de 1 de octubre de 1936, podemos establecer que su desarrollo se realizó en 3 fases: 1936-1947, 1958 y 1966-1967. De todo el entramado legislativo que en ellas se realizó, la historiografía coincide en señalar que el cenit de este proceso se alcanzó el 10 de enero de 1967 tras la aprobación de la Ley Orgánica.

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Domingo GARCIA RAMOS: Instituciones y vida política durante la guerra civil y el franquismo. Palencia. 1936-1975, Tesis Doctoral, UNED, 2003. Joseba AGIRREAZKUENAGA y Mikel URQUIJO (eds): Bilbao desde sus alcaldes. Diccionario biográfico de los Alcaldes de Bilbao y gestión municipal de la dictadura, 3ª vol, Bilbao, Ayuntamiento de Bilbao, 2008. 3 Gloria NIELFA y Guadalupe GOMEZ-FERRER: “El acceso de las mujeres a los poderes locales en España”, http://www.ahistcon.org/docs/santander/contenido/MESA%202%gloria%20%nielfa%guadalupe%gomez-ferrer.pdf. 4 Gloria A. FRANCO RUBIO: “La contribución de la mujer española a la política contemporánea: El régimen de Franco (1939-1975) en M.A. Durán y Rosa Mª Capel (aut.): Mujer y Sociedad en España (1700-1975), Madrid, Ministerio de Cultura, 1986. Montserrat DUCH: Dones Publiques. Política i genere a l’Espanya del segle XX, Tarragona, Arola Editors, 2005. 5 Ismael SAZ: “La historia de las culturas políticas en España ( y el extraño caso del “nacionalismo español”)”, en Benoit PELLISTRANDI y Jean-François SIRINELLI (eds.): L’histoire culturelle en France et en Espagne, Madrid, Casa de Velazquez, 2008.

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El primer paso que dio el régimen consistió en dotarse de un instrumento legal de acción política y de base ideológica a partir de dos partidos preexistentes al que denominó Falange Española Tradicionalista y de las JONS. Un segundo paso sería la configuración del aparato político y administrativo, y dentro de él, el 17 de julio de 1942 se aprobó la Ley Constitutiva de las Cortes como organismo encargado de desarrollar el principio de legitimación y de representación franquista: el Corporativismo y su expresión en la denominada “democracia orgánica”. Se constituyeron formalmente por primera vez el 16 de marzo de 1943 como asamblea unicameral de elección indirecta, y aunque en su artículo 1º quedaron definidas como “órgano superior de participación del pueblo español en las tareas del Estado” del resto del articulado también se desprende que su naturaleza es meramente consultiva y que está sometida, tanto a la voluntad del Jefe del Estado con el que comparte de forma relativa y más bien formal una teórica iniciativa legal, como a la del poder ejecutivo ya que su reglamento de funcionamiento era redactado por la cámara “de acuerdo con el Gobierno”. De las dos teóricas funciones de esta cámara, la legislativa y la representativa, para esta comunicación nos interesa detenernos en esta última. Las Cortes fueron creadas para dar cauce al punto 6 de las Normas Programáticas del Nuevo Estado “Todos los españoles participarán en el Estado a través de su función familiar, municipal y sindical”6 quedando así establecida la participación limitada y corporativa que tenia como objetivo la representación de los “elementos constitutivos de la vida nacional”7 pero no el cuerpo electoral. Quedaban así configuradas las Cortes como un escenario de confrontación, al margen de otros foros como el Consejo Nacional, donde los grupos políticos del régimen articularon o desactivaron lo que va a constituir la línea de continuidad dentro de la política del régimen que no es otra que la confrontación de dos proyectos ideológicos y políticos distintos, el falangista y el nacionalcatólico respecto a lo que debía ser el proyecto franquista, y que tenían como vértice las aspiraciones fascistas de apropiación del Estado a través del partido8, dinámicas a las que el régimen respondió con una política de ambigüedad y arbitraje calculada desde la Jefatura del Estado. Dentro de esa estrategia de contención de las diferencias ideológicas, la Ley fundacional de las Cortes de 1942 fue modificada en varias ocasiones a lo largo de las diez legislaturas que desarrolló hasta su disolución en 1977. Las principales reformas se realizaron en 1946, 1955 y 1967 todas dirigidas a desarrollar la participación de los órganos de representación que venían recogidos en el artículo 2 de la Ley de 1942 donde se establecía la composición y cauce de elección de los Procuradores, recogidos en 10 epígrafes. Así en 1946 se incrementaron los representantes de la Administración Local y Corporaciones, en 1955 y por la vía del Decreto se incorporaron a la cámara 50 nuevos Procuradores, 50 consejeros de FET y de las JONS representantes de las provincias9 y en 1967 con el desarrollo de la Ley Orgánica y el

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Boletín Oficial del Estado nº 200 de 19/07/1942. Miguel A. RUIZ DE AZUA: “Las elecciones franquistas (1942-1976)”, Madrid, Suplemento Historia 16, Historia Viva Editores, 1977. 8 Ismael SAZ: “Mucho más que crisis políticas: el agotamiento de dos proyectos enfrentados”, Ayer, 68 (2007), pp. 137-163; e ÍD.: “Las culturas de los nacionalismos franquistas”, Ayer, 71 (2008), pp. 153-174 9 Bernardo DIAZ-NOSTY: Las Cortes de Franco: 30 años orgánicos, Madrid, Ediciones Dopesa, 1972. 7

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posterior desarrollo de la Ley de Representación Familiar se redujeron el número de nombramientos 10 de designación directa de Franco y se dio entrada al grupo de los “familiares”. La naturaleza de estas modificaciones indica que el objetivo era modificar su configuración en función de las necesidades y retos que se le presentaban al régimen. Y por lo tanto y hasta la aprobación en 1967 de la Ley Orgánica el impacto de estas modificaciones con relación a las elites políticas viene a confirmar su falta de renovación y por tanto el inmovilismo político. El rasgo general que define a estas elites políticas de las Cortes es la cooptación, ya que son seleccionadas desde arriba, son designadas y no elegidas y por tanto a finales de la década de los cincuenta representan una fuente de legitimación basada en la victoria de la guerra civil y en la unificación ideológica de las fuerzas que en ella participaron. Sin grandes variaciones, su institucionalización en la cámara tendrá que ver con la cuota de poder y el control sobre su reclutamiento, siendo hasta 1957 la Falange la fuerza “institucionalizada” por el régimen. La década de los sesenta y su impacto en la representación política en el régimen: La ley Orgánica y la Ley de representación familiar La historiografía es unánime al señalar 1957 como el año de cambio de escenario para el régimen franquista. Al definitivo fracaso del proyecto institucionalizador falangista de Arrese hay que unir la emergencia y consolidación en el equipo ministerial de una “nueva” elite que significó la renovación del personal político con la llegada de los tecnócratas al equipo de gobierno y con ellos la relativa postergación de tradicionalistas, católicos y falangistas. Con la llegada del equipo tecnócrata se introduce un proyecto alternativo de institucionalización ahora defendido por López Rodó. Frente al proyecto de Falange se retoma como alternativo el proyecto institucional que había sido de Acción Católica, encarnado en la instauración de una Monarquía católica, tradicional y representativa11. A estos motivos políticos hay que añadir nuevos intereses económicos centrados en sustituir el modelo de economía autárquica por un nuevo programa de reformas económicas que introduciría el desarrollo capitalista. A estos elementos estructurales hay que añadir otros elementos adicionales para la comprensión total de las dinámicas que se desarrollan en esta década en el proyecto ideológico y político del franquismo. Una de ellas tiene carácter institucional puesto que tiene que ver con las fisuras que en esta década se están produciendo en uno de los pilares del régimen, la Iglesia, con relación al compromiso que mantenía con la dictadura12. Otros dos factores a tener en cuenta los encontramos en la apertura al turismo y en la emigración, ambos tendrán importantes consecuencias en el plano cultural y en lo que se refiere a la difusión de ideas, de modelos culturales y de patrones de género13. Y por ultimo un factor de carácter generacional y de renovación de la clase política, puesto que a partir de estos años cohabitarán en las instituciones del régimen tanto personal perteneciente a las familias fundacionales del régimen como nuevos cuadros políticos impulsados por el objetivo racionalizador del equipo tecnócrata.

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Rafael BAÑON MARTINEZ: Poder de la burocracia y Cortes franquistas. 1943-1971, Madrid, Instituto Nacional de Administración Pública, 1978. 11 Ismael SAZ: Mucho más que…, pp. 149. 12 José L. RODRIGUEZ JIMENEZ: La división de la…, pp. 51. 13 Gloria NIELFA CRISTOBAL: Mujeres y hombres en la España franquista: Sociedad, economía, política, cultura, Madrid, Editorial Complutense S.A., 2002.

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Todos estos factores inciden en un cambio en las dinámicas y en la percepción de la práctica política, pues sobre la cultura política heredada del primer franquismo se está empezando a construir otra cultura en la clase política. Una nueva mentalidad de legitimación en la cual la legitimidad de origen deja paso a la legitimidad de ejercicio, la pericia técnica y la eficacia14 y con ello la posibilidad para la aceptación de nuevos cuadros políticos, que como veremos, será aprovechado por las mujeres del régimen y, por supuesto, por la Sección Femenina de Falange. A todo ello hay que unir que a mediados de los años sesenta, la falta de desarrollo político contrastaba con el crecimiento económico y con la vitalidad y la modernización social, ya que a los factores arriba mencionados hay que unir que, si bien el proyecto institucionalizador del régimen no desapareció por completo de la agenda política sí que pasó a un segundo plano a favor de la política económica. Este proyecto institucionalizador se retomó en tres ocasiones, 1961, 1964 y junio de 1966 cuando se redactó un anteproyecto de ley al que López Rodó presentó cuatro modificaciones entre las que se encontraba la inclusión en la Ley el derecho al voto para la mujer casada. La Ley, tras ser aprobadas por las Cortes y ratificada en referéndum entró en vigor el 10 de enero de 1967. Los procesos políticos que desembocaron en la aprobación de la Ley Orgánica y las tres leyes que lo acompañaron, pusieron de manifiesto los intereses enfrentados de dos proyectos políticos distintos, el falangista y el nacionalcatólico, personalizados en las figuras de José Solís y Laureano López Rodó. El impacto que estas medidas tuvieron sobre los grupos de poder del régimen y cuya pretensión era dar salida a la pluralidad sin recurrir al sistema de partidos, se demostró fracasado. A estas alturas las bases ideológicas del régimen se encontraban cada vez fragmentadas y más alejadas de la unificación “por decreto” y de la homogeneidad característica de un bloque de poder. De tal forma que, si bien, compartían la finalidad de objetivos que no eran otros que ampliar la base social legitimadora del régimen, el modo de articular la representatividad y dar vigencia al corporativismo sin recurrir a los partidos políticos, este objetivo quedaba cada vez más lejano. La cuestión de fondo era “el cómo” y “desde donde” se debía llevar a cabo esa pretendida unidad política del Movimiento. La aplicación de este paquete de medidas institucionalizadoras no consiguió dar salida a los intentos integradores y el resultado fue la incapacidad de éstas para mantener una unidad de acción15. De la Ley Orgánica nos interesa destacar varias cuestiones, en primer lugar el desarrollo de la vía de representación familiar como cauce de acceso a las Cortes, aunque este ya estaba establecido legalmente en las Leyes Fundamentales, y con ella la posibilidad de acceso de las mujeres a esta cámara. En segundo lugar, este desarrollo obedeció a un interés presente en el régimen desde 1959 y fue motivo de tensiones con la Iglesia ante el temor de esta ante cualquier intento de organización asociativa que pudiera influir en su posición en los ámbitos juveniles y laborales. Pero sobre todo, destacamos que su importancia radica en las novedades que introduce en el sistema de legitimación del régimen, pues introduce el sistema de sufragio directo introduciendo un elemento formal de competitividad al sistema plebiscitario franquista. Supone también la incorporación de un nuevo grupo de Procuradores “los familiares” elegidos por los cabeza de familia y las mujeres casadas en representación de la Familia, que se convertiría en la base electoral más amplia del régimen y que sobre todo, permitió la participación femenina como electora y elegible a las altas instancias del poder 14

José L. RODRIGUEZ JIMENEZ: La división de la…, pp. 44-62 Angel GARRONERA MORALES: Autoritarismo y control parlamentario en las Cortes de Franco, Murcia, Universidad de Murcia, 1977.

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político. En definitiva, nos encontramos ante un intento del régimen por llevar a cabo una movilización controlada tanto de sectores populares a nivel de elector como de elite, a nivel de 16 candidatos, con el objetivo de ampliar la base de legitimación del sistema . Las elites políticas femeninas del franquismo Hablar de elites femeninas en el franquismo supone hablar de Sección Femenina de Falange (en adelante SF), ya que esta fue la organización a la que el régimen le confirió la tarea de la socialización femenina bajo sus parámetros doctrinales, pero no solo, porque la privilegiada posición de la Iglesia católica permitió la pronta reorganización de la Acción Católica. A partir de ese momento ambas organizaciones que compartían base social compartirán también el objetivo del control de la acción social. Los trabajos que han intentado explicar la presencia de la elite femenina falangista dentro del régimen han recurrido de forma reiterada a términos como contradicción, paradoja o aporía, configurándola con una doble debilidad inicial: por una parte por su menor trayectoria como organización en comparación con la Acción Católica Femenina. Este planteamiento es claramente deudor de los postulados nominalistas en sentido nacionalcatólico, que han caracterizado los debates sobre la naturaleza del régimen y por el cual las mujeres fascistas resultan poco relevantes para la comprensión del régimen. Por otra, porque la SF ha sido interpretada como un epígono del falangismo masculino, un falangismo fracasado en su proyecto revolucionario desgajado de unos ideales en beneficio de una coalición reaccionaria. El resultado fue la reproducción de una unidad de criterio en lo referente al discurso de la feminidad entre las fuerzas reaccionarias del franquismo, más pretendida que efectiva, presentando a la mujer como “un colectivo homogéneo al que se le atribuían funciones arquetípicas y uniformizadoras” sustrayendo a la organización de SF y a sus mujeres de toda voluntad o intencionalidad de “poder”. Por el contrario, pensamos que es posible a partir de los rasgos comunes que mantienen ambas organizaciones derivadas de su experiencia en la década de los años 30, plantear tanto elementos comunes como organizaciones femeninas, como de diferenciación vinculados a su ideario político. Respecto a los elementos comunes, entendemos que ambas organizaciones son resultado de los procesos que se desarrollan en estos primeros años del siglo, fundamentales para entender, primero el proceso de articulación identitaría femenina así como los posteriores procesos de socialización política, porque, por una parte, en ellos se fragua el inicio de la inclusión política femenina aunque con tintes restringidos, y, por otra, se muestra la pluralidad de perfiles ideológicos que adoptan estos procesos. En segundo lugar, la integración de ambas asociaciones en el ámbito político de las derechas antiliberales se inscribió dentro de este bloque elitista a partir de una demostración activa de adhesión e identificación con los principios políticos y de orden social de ese arco ideológico. Espacio en el que se adscribieron de forma activa a través de su colaboración en mítines y artículos de prensa con el objetivo de formar una conciencia política colectiva. Seguidamente, que ambas realizan esa integración a partir de nociones de diferencia de sexos que se traduce en formaciones de secciones femeninas segregadas pero dentro de la disciplina de partido. Desde estas plataformas estas mujeres toman iniciativas y decisiones siendo conscientes de la 16

Francisco VANACLOCHA BELLVER: “Las elecciones de representación familiar en las Cortes Españolas (1967-1974)”, Cuadernos Económicos de ICE, 1 (1977), pp. 59-76.

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trascendencia colectiva de sus acciones, configurándose como un campo de experiencias y de responsabilidades para ellas. Por último, que el discurso de género que elaboran ya no solo se fundamenta a partir del hecho biológico, sino que incluye conceptos como la formación, el trabajo y la eficacia, elementos que integrarán en sus respectivos discursos. Respecto a las especificidades que presenta SF consecuentemente con su ideario político, podemos señalar que frente al giro radical, en sentido tradicional, de los movimientos de base católica a partir de 1934, la SF ofrecerá una posibilidad de participación social y política corporativa pero permanente a través del servicio a la patria. Por supuesto, el catolicismo se mantiene como rasgo de identificación cultural, pero lo que marca el hecho diferencial es el grado de asimilación de esta por la política. Y, coherentemente con los principios falangistas, persigue conseguir una exclusividad política en el espacio social de movilización femenina para lo que no dudará en luchar y competir por ello, tanto con los sectores católicos como con las propias organizaciones falangistas como el Auxilio Social. Las Procuradoras en Cortes Como hemos apuntado en la introducción trece fueron las mujeres que accedieron al escenario unicameral de representación franquista, las Cortes. Y si bien la presencia femenina en las mismas es consustancial a su constitución ya que formaron parte de la cámara Pilar Primo de Rivera y Mercedes Sanz Bachiller desde 1943, por su condición de miembros del Consejo Nacional, la representación femenina mayoritaria va ligada al definitivo impulso institucionalizador del régimen llevado a cabo en la década de los sesenta, lo que viene a demostrar que las políticas de género del régimen son consustánciales a su institucionalización e interés legitimadores. Pero también que obedeció al interés falangista de mantener y ejercer su influencia en escenarios desde donde podía influir y frenar los proyectos tecnócratas. Pero las condiciones de la década de los sesenta para el falangismo femenino no eran las mismas puesto que si bien las condiciones de partida no se habían modificado legalmente, y por tanto el teórico monopolio de la SF en esa área era el mismo, los acontecimientos que se estaban produciendo habían colocado a la SF en una situación de debilidad social e institucional. Así nos encontramos, que no solo las diferentes instancias y jerarquías de SF van a encontrar acomodo en la escena política, sino que también se van a ver representadas la Organización Sindical, la Administración Municipal, los Consejos Provinciales de FET y de las JONS e incluso la Acción Católica femenina con el nombramiento en 1968 de la que fue la primera Directora General de Enseñanza Media, Mª Ángeles Galino Carrillo, nombrada a propuesta del Ministro de Educación José Villar Palasí17. De tal modo que la acción política femenina que se desarrollará en esta época va a contar con la presencia de mujeres a las que les unía una “clara vocación política”, adquirida por su pertenencia a sus respectivas secciones femeninas y a diferentes organizaciones e instituciones del franquismo. En 1961 se produjo el primer tímido incremento en la presencia femenina en las Cortes tras casi veinte años desde la constitución de las Cortes, lo que pone de manifiesto el inmovilismo político del régimen. Con el inicio de VII Legislatura se incorpora Purificación Sedeño y Fuentes al cargo de

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Catalogo exposición “100 Mujeres del Siglo XX que abrieron el camino a la igualdad en el siglo XXI”, Consejo de la Mujer de la Comunidad de Madrid, Madrid, 2001.

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Procuradora por la Obra Sindical, en representación del Sindicato de Transportes y Comunicaciones como resultado de la renovación de cargos de representación sindical. Purificación Sedeño, telefonista de profesión desarrolló su labor profesional en la compañía Telefónica donde fue enlace sindical desde 1947 y vocal Jurado de Empresa. Se mantuvo en el cargo durante dos legislaturas consecutivas, la VII y la VIII ya que volvería a aparecer como candidata a las elecciones sindicales de 1963 por el Sindicato de Transportes y Comunicaciones junto a otra mujer, Elvira Espargallas Gracia. Con esta incorporación serían dos las mujeres que en representación de la Obra Sindical asumían el cargo de Procuradora, junto a ella y hasta el final de la VIII legislatura estuvo Mercedes Sanz Bachiller. Este proyecto de representación sindical femenino sería una de las principales preocupaciones de Mercedes Sanz que en 1967, cuando ya ambas habían abandonado su cargo en las Cortes, publicó un artículo en el diario Ya con el titular “La representación sindical en Cortes no tiene a ninguna mujer”18 La incorporación de Purificación Sedeño debe ser entendida en el marco de los complejos momentos que tanto la Organización Sindical como la SF estaban experimentando desde 1959, y que están en relación con el desarrollo que los grupos católicos Hermandades Obreras de Acción Católica (HOAC) y Juventud Obrera Católica (JOC) estaban experimentando en el marco de una creciente industrialización. Estos grupos estaban incrementando la actividad de sus organizaciones con el 19 objetivo de monopolizar la acción social que, por otra parte, era campo clave para la acción fascista . Las tensiones entre falangistas y el equipo tecnócrata por afianzar cuotas de poder en las instituciones del régimen se perfila como razón principal para la incorporación en la VIII legislatura en 1964 de Teresa Loring Cortés, que permaneció en la cámara hasta su disolución en junio de 1977 con un breve paréntesis entre 1971 y 1975. Amiga personal de Pilar Primo de Rivera y afiliada a SF en sus años de juventud, su incorporación se produjo por designación directa de Franco tras haber sido elegida miembro del Consejo Nacional de FET y de las JONS. De las funciones de estas mujeres en la cámara poco sabemos hasta 1966, año en el que se aprueba la Ley de Prensa. La repercusión social e imagen pública de estas procuradoras fue mínima, tanto por la opacidad informativa sobre la difusión de las tareas de la cámara puesto que hasta 1964 no se permitió la entrada a los periodistas, como también por el ostracismo informativo e invisibilidad al que parecían estar sometidas, reduciéndose su aparición a actos solemnes y protocolarios en los que se destacaba su feminidad y que estaban orientados más a crear una imagen que a transmitir una labor. Si hasta 1967 podemos decir que la exigua inclusión femenina en la cámara obedece exclusivamente a razones de distribución de cuota de poder entre falangistas y tecnócratas, a partir de la aprobación de la Ley Orgánica tenemos que incluir también en la base del incremento femenino razones de oportunidad y de oportunismo político que no se pueden entender en toda su dimensión sino es dentro del marco sociopolítico que se estaba produciendo, y a las que la movilización e inclusión femenina era especialmente sensible, pero una vez más controladas desde arriba y de forma restringida en virtud de su estado civil.

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Citado en Paul PRESTON: Palomas de Guerra. Cinco mujeres marcadas por el enfrentamiento bélico, Barcelona, Plaza y Janes, 2001. 19 Pablo Hispan IGLESIAS DE USSEL: La política en el régimen de Franco entre 1957 y 1969, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2006.

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La apertura de la IX legislatura en 1967 le proporcionó a Pilar Primo de Rivera la oportunidad de recuperar para su organización posiciones de poder dentro del entramado institucional y burocrático del régimen, un poder que había ido perdiendo en la década anterior y que como el resto del grupo falangista, se resistía a perder. Muestra de ello son las cuatro nuevas incorporaciones que se produjeron en la IX Legislatura. Ana Ballenilla, Josefina Veglison, Mónica Plaza de Prado y Belén Landáburu todas ellas pertenecientes a la estructura nacional o provincial de la SF. De ellas, Ana Ballenilla, Delegada Provincial de la SF en Alicante, era la que contaba con menor experiencia, mientras que el resto, afiliadas a la SF desde su juventud, habían desarrollado toda una carrera dentro de la estructura jerárquica de la organización, y en el caso de Mónica Plaza también en la Administración Local, ya que fue la más joven en acceder a un cargo de la política municipal siendo elegida concejala del Ayuntamiento de Palencia con 25 años. En la X Legislatura se incorporaron Ana Bravo, Montserrat Tey, Mercedes Sanz Punyed, Carmen Cossio y Pilar Careaga. Esta última con una larga trayectoria política iniciada en Renovación Española y que durante el régimen desarrolló en la Diputación Provincial de Bilbao y en su ayuntamiento como Alcaldesa, lo que junto a Montserrat Tey y Mónica Plaza las convierte en precursoras de la presencia de la mujer en la política local. Junto a Carmen Cossio, y a diferencia del resto de compañeras, accederá a las Cortes desde su cargo de Consejera Provincial de FET y de las JONS pero sin estar afiliadas a la SF. A partir de finales de los sesenta y principios de los setenta en la imagen pública de estas mujeres se percibirá leves modificaciones y una cierta pluralidad en el discurso. La presencia femenina en la política y, en general, en la esfera pública será ahora reivindicada en la prensa y en los medios de comunicación como un elemento de modernidad del régimen. Aun así, de la mayoría de estas procuradoras, se destacarán valores como la responsabilidad o la solidaridad, valores todos ellos compatibles con el desempeño de una función pública, pero que, sobre todo, no empañaban el supremo valor de la feminidad, que, por supuesto, se desarrollaba sin ninguna intención de competitividad. Como dejaba claro Josefina Veglison en unas declaraciones al diario ABC en septiembre de 1971, la acción política legítima para la mujer debía ser una colaboración nunca una competencia para el hombre. La historiografía política de referencia sobre el estudio de las elites políticas franquistas ha tomado como vectores para hablar de modernización del régimen, el relevo generacional y el paso de estas elites por la Universidad como elementos que configurarían nuevos universos vitales y experiencias de socialización política y social nuevas. Siguiendo estos parámetros tenemos que concluir que el acceso de estas mujeres a las Cortes no representa un signo de tal renovación. A excepción de Belén Landáburu las experiencias vitales de estas mujeres se desarrollaron en los años 30 y se consolidaron durante la guerra, a lo que hay que añadir que su edad en el momento de su toma de posesión hacía difícil que las generaciones de mujeres jóvenes que estaban experimentando las transformaciones sociales se identificaran con ellas. Tampoco la formación universitaria nos puede servir de referente puesto que la diferencia generacional hace que la universidad que conocieron estas mujeres no podía proporcionar una misma conciencia política. Pero además a estos parámetros tenemos que añadir que ni por su forma de acceso al cargo, aun tomando en consideración el hecho de que algunas de ellas fueran por elección y no por designación, ni por su participación en las Cortes podemos entender su presencia ni como un elemento de

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modernidad predemocrático del régimen ni como una modernización en el discurso y en las relaciones de género defendidas por la SF, como pretendió el régimen. 20

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En esa línea, cierta historiografía , así como el testimonio personal de Belén Landáburu le ha pretendido dar a este proceso una lectura continuista de desarrollo democrático en función del resultado del posterior proceso de Transición y del papel que en ella jugaron algunas de nuestras protagonistas, adoptando una postura claramente teleológica. Así, si bien podemos determinar que su presencia no es indicativa de un sentido de renovación doctrinal y política, la actividad pública que desarrollaron alguna de ellas con posterioridad a la disolución de estas Cortes si que podemos considerarla una demostración de politización y compromiso ideológico que demostraron mujeres como Mónica Plaza que al finalizar su mandato en la cámara se presento en las primeras elecciones democráticas al Senado por el partido Alianza Popular. Hay que señalar de Mónica Plaza que además desarrollo una labor de proselitismo doctrinal hasta casi al final de sus días ya que por ejemplo participó en el año 2000 en un curso de verano sobre género que organizó la UIMP22 . Carmen Cossio por su parte se presentó al Senado como independiente en las listas del Partido Socialista Democrático, y por supuesto Belén Landáburu que se integró en las primeras Cortes de la democracia en el Grupo Mixto como Senadora por designación real. Labor política de las procuradoras23 Uno de los elementos a tener en cuenta en nuestra argumentación es la participación en las labores de la cámara así como la adscripción a las comisiones de trabajo de estas mujeres. La regla general que advertimos es que esta obedeció a razones de identificación en mayor o menor grado con quien liderara el proyecto político del momento. Y así, si inicialmente fueron integradas en las áreas que tradicionalmente fueron consideradas de influencia falangista como Trabajo, Gobernación o Agricultura, su representación corrió en paralelo a la cada vez mayor fragmentación de la clase política, las disensiones por la evidente competencia por el poder, y las consecuencias que estas circunstancias tuvieron para los falangistas. De tal modo que nos encontramos también con que Teresa Loring y Monserrat Tey ambas procuradoras por designación directa de Franco y próximas a lo que la historiografía ha denominado “el bunker” están adscritas a la Comisión de Gobernación. O la trayectoria de Belén Landáburu, iniciada desde posiciones claramente falangistas que la vinculan a la Falange más ortodoxa de 24 Fernández-Cuesta y José Luis Arrese y que la llevaría a declarar en la prensa a raíz de su elección, su interés por “llevar el ideal joseantoniano de concepción del Estado”25, para posteriormente desarrollar su carrera dentro del personal político más vinculado al Movimiento y lo que la historiografía ha llamado los movimientistas26 . De tal forma que en la X Legislatura fue nombrada Secretaria Segunda del Consejo Nacional del Movimiento por elección, posteriormente Directora General de Asistencia Social a instancias de José García Hernández, vicepresidente 1º del gobierno y Ministro de la 20

Cristina PALOMARES: Sobrevivir después de Franco. Evolución y triunfo del reformismo, 1964-1977, Madrid, Alianza Editorial, 2006. Alvaro DE DIEGO: Las mujeres de la transición, Madrid, Departamento de Publicaciones Congreso de los Diputados, 2008. 21 Entrevista personal realizada el 15 de enero de 2010. 22 Archivo personal de Mónica Plaza legado a la Diputación Provincial de Palencia. 23 Todos los datos relativos a las comisiones de trabajo en las que tuvieron presencia las procuradoras se han obtenido de BOCE. 24 Revista Actualidad Española, “Estos son los cerebros de las corrientes políticas”, 16 de mayo de 1968. 25 Diario El Alcázar 21 de octubre de 1967. 26 José L. RODRIGUEZ JIMENEZ: La división de la clase política…, pp. 44-62.

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Gobernación, y a declarar en 1973 que las Cortes junto al Consejo Nacional del Movimiento 27 significaban un proyecto de “continuidad pero no de continuismo” . Junto a estos criterios de identidad ideológica y política también se pueden apreciar, aunque no siempre bien definidos, criterios como la formación académica, el interés profesional o el interés personal. Esta combinación de intereses se puede apreciar en las figuras de Pilar Careaga y Belén Landáburu que junto a Pilar Primo de Rivera monopolizaron las comisiones de Leyes Fundamentales y Presupuestos y estuvieron presentes en comisiones como Justicia, Defensa, Asuntos Exteriores o Hacienda. En el caso de la primera en tanto en cuanto se valoraba su formación pero también su experiencia en la gestión municipal, en el caso de Belén Landáburu por su formación pero también por sus relaciones con organismos nacionales e internacionales. Por el contrario no parece ser la preparación o la eficacia las únicas razones de las representantes femeninas en la Comisión de Asuntos Exteriores, ya que si bien Pilar Careaga dominaba varios idiomas, la presencia de Mónica Plaza parece obedecer más a razones de interés político propagandístico por su trayectoria dentro de la SF. El interés personal y su experiencia en la gestión municipal parecen ser las razones por las que Mercedes Sanz Punyed y Carmen Cossio estuvieron adscritas casi en exclusividad a las comisiones de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ya que eran las áreas en las que trabajaban en sus respectivas provincias. A Carmen Cossio esta dedicación le aportó cierta popularidad, así como, el hecho de que protagonizó algunos enfrentamientos con Mónica Plaza en el hemiciclo. Pero hay 3 áreas que refuerzan las ideas de su inmovilismo doctrinal, su voluntad de poder y su participación activa en la legitimación del régimen. Una de ellas es su participación en la legislación laboral y de derechos de la mujer. El punto de inflexión lo marca la Ley 56/1961 de 22 de julio sobre los derechos políticos, profesiones y de trabajo de la mujer que vino a paliar el desfase existente entre la legislación existente en esta materia y la realidad social. A esta razón hay que añadir la falta de reacción de la SF frente a las posturas adoptadas desde los círculos católicos que se tradujo en un incremento de afiliadas a la Acción Católica, el descontento de las propias bases femeninas de la organización que se estaban produciendo desde mediados de los años cincuenta, así como el cambio de mentalidad y estado de opinión con relación a los derechos que se estaban produciendo en la sociedad. El resultado fue que desde el régimen se intentó presentar ahora un modelo de mujer acorde con las necesidades del Estado, aceptando el trabajo de la mujer como una realidad inevitable pero sin modificar su modelo de feminidad. Esto les llevaría a tener que elaborar un discurso en el que se combinaran elementos de la tradición y la modernidad mediante el mecanismo de la compatibilidad de funciones sin alterar la feminidad. El trabajo femenino seguía sin ser legítimo en sí mismo, pero el objetivo era la integración femenina pasiva que no cuestionara la jerarquía masculina. Por otra parte, a Pilar Primo de Rivera se le presentó una nueva oportunidad para afianzar el poder de su organización en la esfera local con la tramitación de la Ley de Régimen Local en 1968. La aplicación de esta Ley, que ha sido interpretada como una estrategia complementaria a la movilización del voto femenino, le supuso a SF garantizarse la presencia de sus elites locales en la

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Nuevo Diario 14 de enero de 1973.

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administración del régimen con el lógico incremento de Alcaldesas y Concejalas pertenecientes a esta organización. El último es la participación en las reformas del código civil, en particular de Belén Landáburu, en materias vinculadas a los derechos civiles de la mujer pero con una preeminencia del derecho de familia que hasta ese momento estaba en manos de la Iglesia28. Estas iniciativas que arrancaron en 1970 y que han sido ampliamente estudiadas, no variaron la situación jurídica femenina que siguió en condiciones de inferioridad respecto al varón hasta 1975. Por todo lo expuesto pensamos que las trayectorias políticas de estas mujeres constituyen un ejemplo de la heterogeneidad que caracterizó a la representación femenina del régimen, así como de la fragmentación general de la clase política en el tardofranquismo. Conclusiones En general los trabajos sobre la presencia de estas mujeres en la acción política estatal franquista han enfatizado su dimensión de instrumento al servicio del régimen, como su “correa de transmisión”, sobre todo porque se ha primado el estudio de la organización de SF desde postulados claramente nominalistas. Otras interpretaciones enfatizan su carácter minoritario y excepcional. Las más recientes ponen su acento en la contradicción existente entre el discurso y la práctica de vida de estas mujeres, o la más reciente que considera que la renovación de cuadros que se produjo en los años cincuenta y sesenta junto a las iniciativas legislativas que la institución de SF promovió y les configuró como grupo de presión “cuya intención era representar los intereses de la población sobre la que pretendía actuar”29 Por nuestra parte, hemos querido poner de manifiesto que el análisis sobre la presencia femenina en la esfera política estatal del régimen, y en el caso concreto de las Procuradoras de las Cortes franquistas, queda delimitado por dos procesos historiográficos de mayor alcance, el debate sobre la naturaleza del régimen y el análisis sobre las transformaciones en las identidades de género. Por lo que su presencia no se puede separar ni de los fundamentos ideológicos que defendían, ni de las complicadas relaciones de confrontación que se desarrollaron entre las dos culturas políticas presentes en el régimen. Planteándonos así la presencia de estas mujeres no como un anacronismo sino como el resultado de la conjunción de las necesidades del régimen y de la voluntad y el interés personal y político de estas mujeres. Para ello hemos planteado que la organización de SF no monopolizó el acceso a los puestos de poder de la política nacional del régimen, aunque si se configuró como un grupo de poder y un centro de extracción de la elite política falangista, y que en ese sentido su intención era concurrir en la lucha por la conquista y el ejercicio del poder político desde de los parámetros más ortodoxos de la doctrina falangista. Sin embargo su peso específico quedó condicionado tanto por la heterogeneidad de sus componentes como por el hecho de que la práctica política se realizó a partir del principio de lealtad doctrinal, más vinculada a prácticas clientelares que a prácticas relativas al juego político. En consecuencia, aunque podamos percibir algunos matices por la deriva de su trayectoria en algunas figuras como Belén Landáburu, la participación femenina en la política estatal del régimen respecto a los procesos de construcción identitaría hay que entenderla insertas dentro de las luchas ideológicas 28

Julio IGLESIAS DE USSEL: “La familia y el cambio político en España”, Revista de Estudios Políticos (Nueva Época), 67 (1990), pp. 235-259. 29 Kathleen RICHMOND: Las mujeres en el fascismo Español. La sección femenina de Falange 1934-1959, Madrid, Alianza Ensayo, 2004. Inbal OFER : “La legislación de género de la Sección Femenina de FET. Acortando distancias entre la política de elite y la de masas”, Historia y Política, 15 (2006), pp. 219-242.

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entre nacionalcatolicos y falangistas para imponer una forma de Estado, y en ese sentido sus propuestas de género deben ser entendidas como un proceso de resistencia en la construcción identitaría femenina española, claramente involucionista frente a la movilización femenina que se está desarrollando en España en los últimos años del franquismo puesto que sus estrategias de acción política son claramente identificables con las desarrolladas en el primer tercio del siglo XX.

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