Crisis Nuclear en Irán 2003 – 2015: Un Enfoque de Teoría de Juegos

July 6, 2017 | Autor: Rosendo Ramirez | Categoría: Teoria de Juegos, Política Internacional
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Descripción

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Crisis Nuclear en Irán 2003 – 2015: Un Enfoque de Teoría de Juegos Rosendo Ramírez Taza, USMP 1

Sumilla Existen elementos de juicio para esperar un acuerdo entre Irán y el grupo P5+1 (EUA, Reino Unido, Francia, Rusia, China y Alemania), en relación a la crisis nuclear de Irán. Estas evidencias son resultado de haber alcanzado estrategias dominantes por parte de Irán y los Estados Unidos de América (EUA). El presente trabajo mediante la utilización de la teoría de juegos contrasta la siguiente hipótesis: La política nuclear se subordinará a la política económica en Irán. En la primera parte del documento se presenta el contexto de la crisis nuclear de Irán. En la segunda parte, se discute el impacto de las sanciones unilaterales y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU). En la tercera parte, se presenta las estrategias de ambas partes para llegar a un acuerdo. En la cuarta parte se propone la aplicación de la teoría de juegos para contrastar la hipótesis de investigación y finalmente una presentación de las conclusiones. Contexto de la crisis nuclear El problema nuclear de Irán se inicia en el 2003. La Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) emite la Resolución GOV/2003/69 del 12 de Setiembre de 2003. En la Resolución, se conmina a que Irán cumpla con las salvaguardas del Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (NTP). Se informa que Irán estaba desarrollando actividades nucleares no informadas a la AIEA. Se solicitaba que Irán dejara las actividades de enriquecimiento del

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Correspondencia en relación a este artículo deberá ser enviada a Rosendo Ramírez Taza, Escuela Profesional de Economía, Universidad San Martín de Porres, Av La Calandria N°100, Santa Anita. [email protected]

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uranio, que es el paso previo para la construcción de la bomba nuclear (AIEA, 2003). En el Anexo 1, se presenta el detalle técnico de la cadena de producción de la bomba nuclear (NYT, 2015a). Sin embargo, Irán argumentaba que las inspecciones que había realizado la AIEA estaban dentro del marco del NTP y dado que no habian suscrito el Protocolo Adicional a la Salvaguarda de la AIEA no estaban obligados a las exigencias de información que solicitaba el Protocolo. El Protocolo Adicional adoptado por la AIEA el 15 de Mayo de 1997 (Program 93+2) es para evitar las actividades nucleares no concordantes con el NTP (AIEA, 1997). El 18 de Diciembre de 2003, Irán firma el Protocolo Adicional a la Salvaguarda donde se otorga mayores poderes de inspección a la AIEA para el cumplimiento del NTP. Sin embargo, en Febrero de 2006, Irán deja de adherirse al Protocolo Adicional en respuesta a que la AIEA reporta su caso al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (Hossein, 2012. Página: 238; BBC, 2006). Ese alejamiento del cumplimiento del Protocolo Adicional por parte de Irán iniciará diversas resoluciones del CSNU. La Resolución 1696 del 31 de Julio de 2006, Resolución 1737 del 23 de Diciembre de 2006, Resolución 1747 del 24 de Marzo de 2007, Resolución 1803 del 3 de Marzo de 2008, Resolución 1835 del 27 de Setiembre de 2008 y la Resolución 1929 del 9 de Junio de 2010. En todas las resoluciones del CSNU anteriormente indicadas se conminaba a que Irán suspenda sus actividades de enriquecimiento del uranio en cumplimiento del NTP. Luego de la Resolución 1929, empiezan las sanciones unilaterales de los EUA y de otros países. El 24 de Junio de 2010, el Senado Americano aprueba una ley en la que desincentiva a los países extranjeros directamente o indirectamente a través del sector privado a invertir o participar en el sector energético de Irán, así también exportar a Irán productos refinados de petróleo.

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En la parte financiera sanciona al Banco Central de Reserva de Irán y otras instituciones financieras de ese país por sus actividades de soporte a grupos terroristas. El 27 de Junio de 2010, 27 países de la comunidad europea impusieron sanciones incluyendo la prohibición de invertir en el sector energético de Irán y restricciones comerciales. En Setiembre de 2010, Corea del Sur y Japón también impusieron sanciones unilaterales a Irán (Hossein, 2012. Página: 390). El 24 de Noviembre de 2013, el grupo P5+1 e Irán acuerdan un Plan de Acción Conjunta (JAP) para encarar la crisis nuclear. En Diciembre de 2014, se acuerda extender el JAP hasta el 30 de Junio de 2015. El compromiso de Irán era retener el 50% de su stock de uranio enriquecido al 20% para la producción de combustible en el reactor nuclear y el 50% diluirlo hasta un 5% de enriquecimiento de uranio. Asimismo se acuerda que no enriquecerá el uranio en más del 5% durante el periodo que dure el JAP y a no realizar nuevas actividades en su planta de enriquecimiento de uranio de Natanz (AIEA, 2014). El 2 de Abril de 2015, se llega al Acuerdo de Laussane (Laussane Agreement) en el que Irán podrá continuar con su programa nuclear bajo estricta supervisión de la AIEA. El acuerdo final sobre los términos de supervisión de las actividades nucleares de Irán, sobre la inspección a cualquier lugar y en cualquier momento es materia de discusión así también el programa del levantamiento de las sanciones. El acuerdo definitivo debe adoptarse el 7 de Julio de 2015. Los temas de negociación en el Acuerdo a Firmarse De acuerdo a la Asociación de Control de Armas, basado en información americana estos son los puntos básicos dentro del Acuerdo de Laussane sobre el que se debe negociar para llegar a un acuerdo definitivo (ACA, 2015). •

Bloqueo del canal de enriquecimiento del Uranio para producir la bomba

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o Recortar la capacidad de enriquecimiento a la mitad y reducir el número de centrifugadoras de más de 20000 a 6100 máquinas de primera generación por 10 años. o No enriquecimiento de uranio por encima de un grado específico para ser utilizado como combustible en un reactor normal y la eliminación del 97 por ciento de las reservas de uranio con bajo enriquecido (LEU) con un tope de 300 kilogramos por 15 años. o Limitar la investigación y desarrollo en máquinas centrifugadoras avanzadas. o Convertir la instalación subterránea de Fordo en un centro de investigación médica, utilizando a lo más la mitad de las centrifugadoras que tiene y prohibiendo el enriquecimiento de uranio en dicha instalación por al menos 15 años. •

Eliminación del canal de producción del plutonio para producir la bomba por lo menos 15 años

o Irán rediseñará el reactor inconcluso de Arak para que no pueda producir plutonio que conduzca a la producción de la bomba nuclear,. Asimismo no debe construir nuevos reactores de agua pesada durante 15 años. •

Supervisión para la verificación del cumplimiento de los compromisos asumidos en relación a la cadena del uranio y plutonio para la producción de la bomba atómica.

o Supervisión a cargo de la AIEA de la cadena de suministro nuclear (uranio y plutonio) y del ciclo del combustible nuclear (procesos de enriquecimiento). Este monitoreo continuo en algunos sitios para los próximos 20 a 25 años. Inspecciones permanentes a otras instalaciones nucleares en Irán en cualquier momento en virtud del cumplimiento del Protocolo Adicional. Estas inspecciones

incluyen

instalaciones

actividades nucleares sospechosas.

militares

si

hay

evidencias

de

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Los incentivos que debe recibir Irán para el cumplimiento de los compromisos asumidos, como el levantamiento de las sanciones.



El levantamiento progresivo de las sanciones no se concederá hasta que Irán haya tomado medidas para limitar su programa de enriquecimiento de uranio, conversión del reactor de agua pesada de Arak y proporcionar información a la AIEA sobre las actividades nucleares pasadas con fines militares. Si Irán viola el acuerdo, las sanciones se reiniciarán, el P5+1 se reserva el derecho de responder por cualquier medio.

Sanciones Económicas Las sanciones económicas de los EUA contra Irán, tienen dos periodos definidos. En el periodo 1980 – 2000, las sanciones eran por el apoyo de Irán a movimientos terroristas y para limitar la influencia antiamericana en el Medio Oriente. Desde el 2010, las sanciones son para limitar el alcance del programa nuclear de Irán para fines pacíficos (CRS, 2015). Las sanciones pueden clasificarse en: Bloqueo de propiedades y activos iraníes en los EUA. Prohibición en la ayuda, venta de armas, exportaciones y ciertos programas dirigidos a Irán. Prohibición del comercio e inversión de los EUA con Irán (principalmente en el sector energético – petróleo). Las sanciones relacionadas con el sector energético de Irán son las más restrictivas. La más representativa es la Ley de Sanciones contra Irán (Comprehensive Iran Sanctions, Accountability, and Divestment Act of 2010 CISADA) del 1 de Julio de 2010, que enmienda la Ley de Sanciones contra Irán (ISA) de 1996. Están obligadas a cumplir con la CISADA las entidades o empresas americanas y extranjeras que operan en el mercado norteamericano. Las sanciones se inician con las siguientes actividades: Inversiones para desarrollar campos de petróleo y gas natural en Irán. Venta de tecnología relacionada con armas nucleares de destrucción masiva. Venta de productos

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refinados del petróleo gasolina (En el 2006, el 40% de la gasolina era importada en Irán), Venta de equipos y servicios para el sector exploración y explotación del petróleo, gas natural y petroquímica. Compra de petróleo crudo de Irán y otros productos petroquímicos Prohibición de venta de seguros y reaseguros para la Empresa Estatal de Petróleo de Irán así como la compra de bonos soberanos de Irán. Prohibiciones de suministro de servicios relacionados con el sector energético, sector transporte y construcción. Prohibición en el sector automotriz de vender bienes y servicios automotores a Irán (CRS, 2015; US Congress, 2010). De acuerdo a la Orden Ejecutiva 13574, el Departamento del Tesoro es el encargado de implementar las sanciones contra Irán (CISADA) y el Secretario de Estado impone la penalidad (Executive Order 13574, 2011). Las sanciones relacionas con el sistema financiero de Irán corresponde al congelamiento de activos financieros de las instituciones iraníes dentro de los EUA o bajo posesión o control americano y las restricción de transacciones con el Banco Central de Irán en el comercio del petróleo y otros bienes. Estas sanciones se impusieron dado que el sistema financiero de Irán fue designado como una fuente de lavado de dinero (US Congress, 2011). Las Resoluciones 1737, 1747, 1803 del CSNU fueron en relación a las armas de destrucción masiva, mientras que la Resolución 1929 fue dirigida al sector energía, financiero, entre otros sectores de la economía iraní que sirven de soporte a su programa nuclear. En cuanto al cumplimiento internacional de las sanciones podemos resumir que las sanciones de los EUA y Europa se han aproximado desde el inicio de la crisis nuclear de Irán en 2003. Desde la Resolución 1929, esa convergencia es mayor. En el caso de China y Rusia cumplen las sanciones establecidas por el CSNU, más no han impuesto sanciones explicitas por dichos

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países. Aunque debe precisarse que dichos países en algunos casos tienen relaciones comerciales con Irán, sea en el campo nuclear como Rusia o en el caso de China con la compra de petróleo. Japón y Corea del Sur también tienen un comportamiento de apoyo a las sanciones de los EUA, dichos países han impuesto sanciones comerciales, financieras y energéticas similares a los europeos desde el 2010 (CRS, 2015). A partir del 2010, las empresas privadas también han cooperado con las sanciones impuestas a Irán, por citar algunas de ellas tenemos a ABB (Suiza), Siemens, Thyssen-Krupp, Mercedes Benz, Porche (Alemania), Toyota (Japón), Hyundai, Kia (Corea del Sur), entre otras empresas (CRS, 2015). Los efectos de las sanciones a Irán tienen impactos en: el programa nuclear, capacidad de defensa, influencia regional, política interna, derechos humanos y económicos. En relación a los efectos en la política del programa nuclear, el hecho concreto es que Irán se encuentra negociando con el P5+1 su política nuclear a cambio del levantamiento de las sanciones económicas. Irán tiene

restricciones

para

adquirir

materiales

y

equipamiento

para

el

enriquecimiento del uranio por las sanciones, también las restricciones tienen impacto en la modernización del arsenal misil de Irán. Al parecer las sanciones no han tenido un impacto en la influencia regional de Irán en el medio oriente, Irán tiene presencia en Siria, exporta armas a la facción rebelde Chiita en Yemén, a las facciones en Palestina y Bahrain (CRS, 2015). Dado que las mayores sanciones económicas se producen con la Ley CISADA en Julio de 2010, tenemos los siguientes efectos económicos en la economía de Irán: El PBI fue -6.6%, -1.9% y 3.0% en el 2012, 2013 y 2014, respectivamente. La Inflación promedio fue de 29.08% y 17.2%, en el periodo 2011 – 2013 y 2014, respectivamente. Las exportaciones de petróleo se redujeron de 2.5 a 1.057 millones de barriles diarios (mbd) en el periodo 2011 a

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mayo 2015. Los ingresos por las exportaciones también se redujeron de 100 a 35 billones de dólares americanos en el periodo 2011 a 2013, en parte explicado por la caída de los precios del petróleo. La producción de petróleo se redujo de 4 a 2.8 mbd en el periodo 2011 a 2014. No puede repatriar la totalidad de los pagos por las ventas del petróleo, tienen una restricción de 700 millones de dólares bajo el JAP. Para el 2014, las reservas internacionales se estimaban en 130 billones de dólares, de los cuales 100 billones de dólares no pueden repatriarse por las sanciones (IMF, 2015; CRS, 2015). En el largo plazo, los impactos de las sanciones económicas harán que la capacidad de producción de petróleo y gas natural se reduzca porque las inversiones de las empresas extranjeras no llegan a Irán. Irán necesita entre 130 a 145 billones de dólares en inversión en el sector energético para mantener los niveles de producción de petróleo y gas natural (CRS, 2015). Estrategias de Negociación Para algunos especialistas, la crisis nuclear de Irán tiene como causa principal, el desencuentro entre los objetivos de seguridad de los EUA e Irán. La forma como los EUA ha tratado de resolver el conflicto es por la vía diplomática a través de sanciones y embargos para que Irán deje de continuar con sus actividades conducentes a la producción de la bomba nuclear. Por tanto, en un Acuerdo donde ambas partes discutan y tengan en cuenta los objetivos de ambas partes podrá llevar a una solución satisfactoria, donde ambas partes ganen. El resultado de la implementación del Acuerdo, en el mediano o largo plazo podrá ser la postergación o eliminación de la producción de la bomba nuclear por parte de Irán. De acuerdo con la “doctrina Obama” llamada así por Thomas Friedman, editorialista del NY Times, para el presidente americano es mejor tener un compromiso de cooperación mediante la satisfacción de las necesidades básicas estratégicas entre las partes que

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imponer sanciones indefinidas y el aislamiento. Para Obama la doctrina se resume, en comprometerse con el Acuerdo pero preservando todas las capacidades de los EUA para defenderse y defender a sus aliados (NYT, 2015a). El punto de convergencia se puede dar en la medida que Irán pueda continuar con su política nuclear con estricto cumplimiento del tratado de no proliferación de armas de destrucción masiva. Es decir, que la política nuclear iraní sea con fines pacíficos. Irán cede en ese aspecto de no continuar con la producción de la bomba nuclear. Los EUA logran su objetivo que Irán no tenga la bomba atómica. ¿Qué gana Irán con esa postura?, el levantamiento de las sanciones económicas unilaterales y del CSNU representado por el P5+1. De acuerdo con Obama, el Acuerdo es la mejor forma de proteger a Israel de un ataque nuclear de Irán. Es mejor estar dentro de Irán para inspeccionar que estar fuera. La otra opción es militar, que puede retrasar el programa nuclear por un periodo de tiempo pero con toda seguridad dará origen a que sectores radicales de Irán reinicien el programa para crear la bomba nuclear argumentando que esas acciones militares contra Irán suceden por no tener esa arma disuasiva (NYT, 2015a). En opinión de Obama, es mejor el Acuerdo que mantener solo las sanciones porque Irán igual continuará con la construcción de su infraestructura nuclear y los EUA no tendrán información interna de lo que está sucediendo. Las sanciones indefinidas y el aislamiento no es una solución óptima, porque se puede convertir en un tema de orgullo nacional de conseguir la bomba nuclear pese a las sanciones. Obama resalta que Irán es un país que no capitulará completamente en su programa nuclear, ningún líder iraní lo hará. Obama precisa que Irán es un país que puede endurecer sus posiciones, cuando

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consideran un tema de orgullo nacional, la muestra es que soportó 8 años de guerra con Irak (NYT, 2015a). Para Obama es una oportunidad que debe ser aprovechada de llegar a un Acuerdo con Irán,

dado que el sentimiento del pueblo de Irán se ha

expresado en querer volver a la comunidad internacional, poniendo énfasis en su economía y su deseo de enlazarse con la comunidad financiera mundial. Según Obama esto se expresa en la elección del Presidente Hassan Rouhani, quien tuvo como bandera de discusión en las elecciones del 2011, el levantamiento de las sanciones para reinsertar Irán en el mundo (NYT, 2015a). Obama piensa en que si Irán es sincero en no querer desarrollar el arma nuclear, no tiene sentido que gasten tanto en un programa nuclear con fines militares, es mejor que ese presupuesto lo destinen para potenciar los recursos humanos y su economía. Es por ello, que el Acuerdo conviene a Irán. El Acuerdo también es importante para los EUA, porque permitirá recoger información desde el mismo lugar de los hechos, algo que antes no se podía hacer (NYT, 2015a). El Ayatollah Khamenei enfatiza la necesidad de que Irán se haga inmune a las sanciones (Iran Daily, 2015a). En la última declaración del Ayatollah Khamenei del 23 de Junio de 2015, el líder iraní enfatizó que desde el principio de las negociaciones establecieron que las sanciones sean eliminadas a cambio de ceder algo que no implique parar o dañar la industria nuclear de Irán. Tres líneas rojas que no pasarán son: (i) no están de acuerdo con las limitaciones a la industria nuclear de 10 a 12 años como proponen los americanos y que han manifestado el periodo sobre el cual están dispuestos a llegar a un Acuerdo, (ii) Irán continuará con sus actividades de investigación y desarrollo aun durante la ejecución del Acuerdo, que no aceptan el pedido de no hacer I&D durante ese periodo y (iii) las sanciones económicas, financieras y bancarias deben ser

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levantadas inmediatamente a la firma del Acuerdo. No aceptan que el levantamiento de las sanciones se encuentren subordinados al cumplimiento de los acuerdos de Irán (IRNA, 2015). El punto crucial es cómo hacer que Irán cumpla su compromiso de permitir que la AIEA supervise las instalaciones militares y cualquier sitio que se presuma este siendo utilizado para la producción de la bomba nuclear. En este momento tenemos un entrampamiento, Irán tiene desconfianza de los EUA, que la AIEA pueda filtrar información sobre las instalaciones militares a los países vecinos con lo que tiene divergencias. Por otra parte, por los reportes de la AIEA sobre la actitud de Irán en relación a la producción de la bomba nuclear, EUA tiene una desconfianza al respecto. La solución puede estar en que la AIEA ofrezca garantías a Irán de no divulgar información sobre sus instalaciones militares y que a medida Irán cumpla con sus compromisos supervisados y verificados por la AIEA se levanten las sanciones económicas. Seyed Hossein Mousavian , diplomático Iraní, propone cinco principios para ser considerados en la supervisión a instalaciones militares: (i) El acceso sea de carácter temporal, Irán no aceptará una supervisión permanente porque sólo se le impone a dicho país, (ii) La supervisión debe tener un ámbito definido, ningún país permitiría que las inspecciones sean a cualquier lugar y en cualquier momento, (iii) Las inspecciones no deberían poner en peligro los secretos militares de Irán ni poner en riesgo la vida de los científicos nucleares dado que algunos han sido asesinados en años recientes, (iv) una vez que Irán brinde las facilidades de acceso, el expediente de Irán sobre este aspecto debe ser retirado y (v) que el P5+1 en reciprocidad debería retirar las sanciones (AlMonitor, 2015).

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Sobre la base del análisis de las posiciones de Obama, el Ayatollah Khamenei y otros especialistas en el tema se propone los siguientes objetivos en las negociaciones. El objetivo americano en la negociación es: •

Impedir o retrasar la producción de la bomba nuclear por parte de Irán. Para esto tiene dos estrategias:

a) Supervisión de la AIEA a cualquier instalación de Irán que tenga relación con actividades nucleares y en cualquier momento. b) Supervisión de la AIEA a instalaciones nucleares que no son militares pero se realizan actividades nucleares. Pero poner salvaguardas que en caso se detecte actividades nucleares en instalaciones militares que Irán impida su inspección, los EUA se reserva el derecho de evitar por cualquier medio la obtención de la bomba nuclear. El objetivo de Irán en la negociación es: •

El levantamiento de las sanciones y embargo impuestos por los EUA y el CSNU. Esto permitirá mejorar su economía, reinsertarse en el mundo financiero, continuar con su programa nuclear con el enriquecimiento del uranio con fines pacíficos en cumplimiento del NTP. Para esto tiene dos estrategias:

a) Aceptar las inspecciones a instalaciones militares por parte de la AIEA en cualquier momento. b) No aceptar las inspecciones a instalaciones militares por parte de la AIEA. Aplicación de la Teoría de Juegos Con las estrategias de los EUA (P5+1) e Irán se propone la aplicación de la teoría de juegos para resolver la crisis nuclear de Irán. Dado que este problema tiene más de 12 años, no es factible considerar una repetición de las negociaciones. Será un juego de aceptar o no un acuerdo y sus consecuencias

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posteriores, por tanto es un juego dinámico. En el Anexo 2, se muestra el juego en su forma extensiva. Primer movimiento del juego: •

P5+1 propone que la AIEA supervise a cualquier instalación en Irán (incluyendo instalaciones militares) en cualquier momento sin objeciones por parte de Irán, alternativamente



P5+1 propone que la AIEA supervise cualquier instalación en Irán sin incluir instalaciones militares con salvaguardas en caso se detecte actividades nucleares en sitios militares. Irán acepta la propuesta e Irán acepta (c).

Segundo movimiento del juego: •

Irán acepta la supervisión a instalaciones militares (a) ó



Irán rechaza la supervisión a instalaciones militares (b)

Los resultados son: a)

Si es sincera la posición de Irán de no querer producir la bomba atómica,

de continuar con el programa nuclear para fines pacíficos, entonces es factible que firme el Acuerdo que permitirá el levantamiento de las sanciones y la recuperación de su economía. El P5+1 se asegura que no se producirá la bomba. Esto requiere que se asegure la no divulgación de información militar de Irán. Este acuerdo puede ser aceptado por el Congreso Americano. Es el mejor escenario para ambas partes. b)

La peor situación es que Irán no acepte la supervisión a sus instalaciones

militares, no se firma el Acuerdo porque no habría una manera efectiva de supervisión de la AIEA. Irán acelerará su programa nuclear, en este caso como no hay supervisión de la AIEA tiene el incentivo a producir la bomba atómica como un medio disuasivo en caso de ser atacado. Los EUA tienen dos caminos, hacer más dura las sanciones o un ataque militar a Irán para eliminar la creación de la bomba nuclear. Es el peor escenario para ambas partes.

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c)

El escenario más probable es que no se proponga inspecciones de la

AIEA a instalaciones militares en Irán. En razón de que no se puede garantizar a Irán que la información militar obtenida sea divulgada posteriormente. Se firma el Acuerdo, Irán continuará con su programa nuclear para fines pacíficos. Podría tener incentivos para producir la bomba dado que las instalaciones militares no serán sujetos de inspecciones. Sin embargo, unas salvaguardas de inspección a instalaciones militares en caso de tener sospechas de actividades nucleares podrían alinear su comportamiento con el P5+1. Como se observa, el mejor escenario (a) y el escenario más probable (c) implican que se firma el Acuerdo. Por tanto, podemos contrastar la hipótesis de investigación: La política nuclear se subordina a la política económica de Irán. Irán continúa con su programa nuclear para fines pacíficos y dado que es supervisado por la AIEA no tiene incentivos para alejarse del compromiso de no producir la bomba atómica. A cambio, Irán en el mediano y largo plazo termina fortalecido económicamente así como su industria nuclear por cuanto tendrá mayor experiencia en la gestión nuclear. El levantamiento de las sanciones permite acceder al mercado financiero y a la cooperación internacional en temas nucleares. Los otros dos puntos importantes en el entrampamiento de las negociaciones son: (i) El periodo de duración de las restricciones que congela las actividades de investigación y desarrollo (I&D) nuclear por 10 años que Irán considera excesivo, (ii) El cronograma del levantamiento de las sanciones, que Irán desea sea tan pronto como se firme el Acuerdo. La premisa es que si Irán no tiene intenciones de fabricar la bomba entonces el congelamiento de la I&D no es una barrera para la firma del Acuerdo. En la medida que cumpla con el compromiso de transparencia en sus actividades nucleares, las sanciones serán levantadas. Conclusiones

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Sobre la base de la revisión de las líneas rojas que han sido expresadas por Obama y el Ayatollah Khamenei, Hossein Mousavian, así como otros analistas del NY times, la BBC, informaciones del Iran Daily, la agencia iranía Irna, y documentación de la AIEA, el Congreso Americano se analizaron los objetivos y las estrategias que el P5+1 e Irán llevan a la mesa de negociaciones. Las estrategias planteadas fueron utilizadas en el marco de la teoría de juegos y se obtuvieron tres escenarios posibles del resultado de las negociaciones: a) Se firma el acuerdo, sobre la base de la supervisión de la AIEA a instalaciones militares en cualquier momento. Escenario poco probable dado la línea roja planteada por el Ayatollah Khamenei. b) No se firma el acuerdo, porque no se acepta la supervisión a las instalaciones militares en cualquier momento. Escenario poco probable dado que Irán requiere que se levante las sanciones para hacer viable su economía. Se sometería a mayores sanciones económicas y enfrentaría un posible escenario de un ataque militar de los EUA y sus aliados. c) Se firma el acuerdo, sobre la base de la supervisión de la AIEA a cualquier instalación en cualquier momento que no sea militar. La supervisión a las instalaciones militares serán sobre la base de solicitudes fundamentadas y un mecanismo de pronta respuesta a la solicitud por parte de Irán. Este es el escenario más probable como termine las negociaciones el 7 de Julio de 2015. Como puede observarse, los escenarios de firma del Acuerdo a) y b) implican una supervisión en sitio por parte de la AIEA al programa nuclear de Irán, recogiendo información primaria que asegure que Irán no producirá la bomba nuclear durante el periodo que dure el Acuerdo. Se pudo contrastar la hipótesis de que Irán subordinará su política nuclear al levantamiento de las sanciones económicas.

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unanimously

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Favour

to

2

Against,

with

1

Abstention.

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WINEP. 2015. Public Statement on U.S. Policy toward the Iran Nuclear Negotiations. The Washington Institute for Near East Policy. 06-24-2015. http://www.washingtoninstitute.org/uploads/Documents/pubs/StatementWeb2 .pdf

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Anexo 1. Cadena de Producción de la Bomba Nuclear La bomba atómica puede producirse de dos materiales radioactivos, uranio o plutonio, en ambos casos se necesita de la materia prima que es el mineral uranio. En el caso de la cadena del plutonio, el mineral uranio contiene menos del 1 % del isotopo (U-235) que se utiliza como combustible en un reactor, irradiación del uranio en un reactor nuclear, para producir la bomba. En el caso de la cadena del uranio, en plantas centrifugadoras se separa el U-235 del mineral uranio, este proceso se conoce como enriquecimiento del uranio para producir la bomba. Para producir la bomba se necesita de un nivel de enriquecimiento del 90%, Irán ha llegado hasta un nivel del 20%. Los acuerdos preliminares del 2 de abril de 2012, contemplan frenar la cadena del plutonio y el uranio para la producción de la bomba. Hay dos propuestas de duración del acuerdo, para Irán debe tener una duración de 8 años y para los americanos debe durar 20 años. Otro de los elementos de discusión es la supervisión del cumplimiento de los acuerdos a que se llegue. Las facilidades de acceso a las instalaciones nucleares por parte de los inspectores de la AIEA. Para Irán no es negociable las inspecciones a las instalaciones militares para los EUA, los inspectores deberían tener acceso a cualquier instalación dentro de Irán y en cualquier momento (Broad y Pecanha, 2015). Para la cadena del uranio, Irán se compromete a reducir el nivel de enriquecimiento del uranio en 3.7% y reducir su stock de este tipo de uranio de 10000 kilogramos a 300 kilogramos por un periodo de 15 años. También reducirá en dos tercios el número de centrifugadoras que se encuentran en operación, esto implicaría que 5000 centrifugadoras continúen operando en la planta principal en Natanz. Asimismo, se tiene el compromiso de conversión de

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su planta gigante subterránea de Fordo en un centro físico nuclear e investigación tecnológico (Broad y Pecanha, 2015). Para la cadena del plutonio, Irán tendría el compromiso de rediseñar y reconstruir el reactor nuclear en Arak para no producir la bomba. En la actualidad Irán está construyendo un reactor que podría utilizar el uranio para producir plutonio Pu-239 que se utiliza para la producción de la bomba. Esto implicaría por tanto, que el reactor debe ser destruido o removido de Irán. Asimismo Irán no podrá construir otro reactor de agua dura por un periodo de 15 años (Broad y Pecanha, 2015).

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Anexo 2. Juego Dinámico con Información Completa

P5+1 1: La AIEA supervisa cualquier instalación en cualquier momento asegurando que no se produzca la bomba al menos durante el periodo de duración del Acuerdo. Irán 1: Continua con su programa nuclear limitado para fines pacíficos, se levantan las sanciones y refuerza su economía. P5+1 2: Impone mayores sanciones económicas, con la posibilidad de una incursión militar. Irán 2: No hay Acuerdo, Irán responde acelerando su programa nuclear. Se agrava su situación económica. Debe destinar mayores recursos que son escasos para su defensa. P5+1 3: La AIEA supervisa las instalaciones donde hay actividad nuclear, podría solicitar explícitamente alguna supervisión de una instalación militar que se encuentre sujeta a la aprobación de Irán. Podría entramparse este tipo de supervisión.

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Irán 3: Irán continúa con su programa nuclear limitado para fines pacíficos, tiene incentivos para trabajar clandestinamente en la producción de la bomba en instalaciones militares que no serán sujeto a supervisión por parte de la AIEA. •

La solución óptima es el caso P5+1 1, Irán 3, en el que el P5+1 se asegura que no se producirá la bomba atómica e Irán continua con su programa nuclear para fines pacíficos y se levantan las sanciones progresivamente.



La solución más probable es el caso P5+1 3, Irán 3, en el que se permite la supervisión a cualquier instalación donde se desarrolle actividades nucleares excepto instalaciones militares. De ser necesaria una inspección a una instalación militar será sujeta a la aprobación de Irán siempre que se otorgue las garantías de que no se filtrará información militar resultado de esa investigación. Esto puede iniciar un proceso que dilate la supervisión específica. El P5+1 se asegura de estar supervisando en el lugar de los hechos las acciones de Irán, “es mejor estar dentro que fuera para reclamar”.

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