Crecimiento económico, política fiscal y medio ambiente

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Descripción

Crecimiento económico, política fiscal y medio ambiente* Rafaela Pérez Departamento de Fundamentos Análisis Económico I Universidad Complutense de Madrid

Ester Fernández Jesús Ruiz Departamento de Fundamentos Análisis Económico II Universidad Complutense de Madrid Resumen En el trabajo se analiza la posibilidad de que una reforma impositiva verde permita obtener un dividendo doble en un modelo muy sencillo de crecimiento endógeno (modelo AK), en el que se incluye una externalidad medioambiental negativa en la función de utilidad. Se parte de una situación con un nivel no óptimo de gasto público (superior a la recaudación del impuesto medioambiental pigouviano). Se concluye que es más probable obtener el doble dividendo si el modelo permite que: 1) el gobierno incurra en déficits a corto plazo, y 2) las empresas realicen actividades de reducción de la contaminación. Palabras clave: externalidades medioambientales, crecimiento endógeno, impuestos medioambientales, dividendo azul, dividendo verde, curva de Laffer dinámica. Clasificación JEL: H23, O41, Q28.

Abstract This paper discusses whether by implementing an environmental tax reform, a government may achieve a double dividend. We consider the simplest endogenous growth model (AK model) and include a negative environmental externality in the utility function. Pollution flow can be reduced by means of private abatement activities. There is a predetermined non-optimal level of public spending financed by environmental taxes and pre-existing taxes on income and consumption. The major contribution is to show that a double dividend may arise if tax reform consists of substituing environmental tax for income tax, in such a way that the government budget constraint holds in a present value sense. Keywords: environmental externalities, endogenous growth, pollution taxes, blue dividend, green dividend, dynamic Laffer curve. JEL Classification: H23, O41, Q28.

1. Introducción En la última década, la imposición medioambiental (aquélla que grava actividades económicas contaminantes) se ha dejado de ver como un instrumento aislado que sólo busca mejorar la calidad del medioambiente para pasar a integrarse dentro de un esquema de reforma impositiva verde en el que los impuestos medioambien* Los autores agradecen el apoyo financiero del Ministerio de Ciencia y Tecnología BFC2003-03965.

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tales interactúan con el resto de figuras impositivas. Así, se han estudiado ampliamente los posibles efectos macroeconómicos de reformas impositivas verdes neutrales en ingresos: verdes porque sustituyen impuestos no-medioambientales por impuestos medioambientales, y neutrales en ingresos porque la sustitución se hace de manera que se mantiene inalterado el presupuesto público. La hipótesis de doble dividendo de una reforma impositiva verde sugiere que si los ingresos obtenidos del establecimiento de impuestos medioambientales se utilizan para reducir otros impuestos distorsionantes existentes en la economía (por ejemplo, impuestos sobre la renta o sobre los salarios), cabe la posibilidad de que se produzca una mejora en la calidad medioambiental y al mismo tiempo una mejora en la eficiencia del sistema impositivo (esto es, una reducción en el exceso de gravamen del sistema impositivo). Los dos efectos mencionados definen los dos dividendos de la reforma verde: el dividendo verde sería la mejora de la calidad medioambiental y el dividendo azul sería la mejora no-medioambiental lograda gracias a la mayor eficiencia del sistema impositivo. Cuando la reforma impositiva verde permite que el bienestar de origen medioambiental sea superior después de la reforma al existente antes de la reforma, se entiende que se ha logrado el dividendo verde. Esta definición es aceptada de forma generalizada en la literatura. En cambio, el dividendo azul (o mejora no-medioambiental) ha sido interpretado, en líneas generales, de tres formas alternativas: (i) se logra el dividendo azul si el bienestar no-medioambiental conseguido al sustituir impuestos distorsionantes por impuestos medioambientales es superior al bienestar nomedioambiental logrado al sustituir impuestos de suma fija por impuestos medioambientales; (ii) se logra el dividendo azul si el bienestar no-medioambiental es superior después de la reforma impositiva verde al existente antes de la reforma; y (iii) se obtiene un dividendo azul si el nivel de empleo en la economía aumenta como resultado de la reforma impositiva verde. La conjunción del dividendo verde junto con la primera de las definiciones de dividendo azul se corresponde con un concepto débil de doble dividendo, mientras que la utilización de la segunda definición de dividendo azul conduce a la versión fuerte de doble dividendo, y, finalmente, el tercer tipo de dividendo azul correspondería a un doble dividendo en empleo (De Mooij, 1999). La versión débil del doble dividendo ha sido respaldada ampliamente por la literatura, ya que resulta casi obvia la mejora de eficiencia en el sistema fiscal si los ingresos impositivos medioambientales se usan para reducir impuestos distorsionantes en vez de para reducir impuestos de suma fija. Sin embargo, los resultados obtenidos por la literatura en relación a la posibilidad de obtener el doble dividendo fuerte o el doble dividendo en empleo dependen crucialmente de la metodología utilizada para el análisis. Así, se puede distinguir entre modelos de equilibrio parcial y modelos de equilibrio general, que a su vez podemos dividir en modelos de carácter estático y dinámico. En general, los modelos de equilibrio parcial han obtenido con mayor facilidad resultados de doble dividendo fuerte para las reformas verdes (Pearce, 1991; Repetto et al., 1992). Sin embargo, estos modelos han sido criticados porque no pueden re-

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coger adecuadamente los efectos de interdependencia entre los distintos impuestos incluidos en el sistema fiscal. Con todo, esta rama de la literatura ha resultado útil para esclarecer los efectos de la reforma verde, principalmente en el corto plazo, sobre sectores productivos concretos. Los modelos de equilibrio general han encontrado mayores dificultades para obtener el doble dividendo fuerte porque este tipo de modelos sí recoge los efectos distorsionantes y recaudatorios tanto del impuesto medioambiental introducido como del impuesto que es sustituido (sobre los salarios, sobre el capital, etcétera): el impuesto medioambiental puede resultar casi tan distorsionante como el impuesto sustituido, mientras que su poder recaudatorio es generalmente menor, dificultando la obtención del dividendo azul (véase Bovenberg y De Mooij, 1994). No obstante, la consideración del medioambiente como un bien que tiene no sólo efectos sobre el bienestar de los agentes, sino también sobre las posibilidades de producción de la economía (a través de su efecto sobre la productividad de los factores de producción privados), amplía mucho la posibilidad de obtener el dividendo azul para la reforma verde, y por tanto, el doble dividendo (Bovenberg y De Mooij, 1997; BM a partir de ahora). La mayoría de los modelos de equilibrio general que han analizando el problema del doble dividendo lo han hecho desde una perspectiva estática (Ulph, 1992; Bovenberg y De Mooij, 1994; Bovenberg y Var der Ploeg, 1994; Parry, 1995; Goulder, 1995; Proost y Van Regemorter, 1995, o Parry y Bento, 2000). El inconveniente que presenta este enfoque es que sólo puede hacerse un análisis de estática comparativa, evaluando la situación (sobre el bienestar medioambiental y no-medioambiental) existente antes y después de la reforma, pero no pueden estudiarse los efectos durante la transición entre ambos estados estacionarios, efectos que típicamente son muy relevantes y a menudo de signo contrario a los efectos de largo plazo. Por ello, resulta clave la utilización de modelos de crecimiento endógeno que puedan evaluar los efectos de la reforma impositiva verde en el corto, medio y largo plazo. La existencia de crecimiento supone la necesidad de considerar nuevos elementos en el análisis: ahora las variables de la economía presentarán una tasa de crecimiento en general no nula, es decir, el consumo privado y el capital crecerán con el tiempo, y quizá también el nivel de contaminación. Por ello, la obtención del doble dividendo dependerá de cómo la reforma impositiva verde afecte no sólo al nivel de las variables en el momento de la reforma sino también de cómo afecte a sus tasas de crecimiento. Por ejemplo, una condición necesaria para la obtención del dividendo azul será que la reforma impositiva verde logre incrementar la tasa de crecimiento del consumo privado. Dentro de esta línea de trabajo, destacamos el de Bovenberg y De Mooij (1997) –BM– que estudian si las políticas fiscales medioambientales son capaces de obtener un doble dividendo en el marco de un modelo de crecimiento endógeno (el modelo de Barro, 1990, modificado). Modelizan el medioambiente como un bien que entra en la función de utilidad de los agentes y también como un factor de producción público, debido a los efectos positivos de la calidad ambiental sobre la productividad del capital. Estos autores sólo encuentran el resultado de doble dividendo cuando la externalidad medioambiental en la producción agregada es suficientemente importante.

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El trabajo que se expone a continuación estudia los efectos de una reforma impositiva verde neutral en ingresos dentro de un modelo de crecimiento endógeno muy sencillo (el modelo AK de Rebelo, 1990). Incluimos una externalidad medioambiental negativa en la función de utilidad. Existe gasto público improductivo y que no genera utilidad, el cual puede ser financiado mediante impuestos o emisión de deuda. Siguiendo a la literatura de doble dividendo, se supone que el nivel existente de gasto público es no-óptimo, es decir, que los ingresos medioambientales fijados a su nivel pigouviano no son suficientes para financiarlo, siendo por tanto necesaria la existencia de otros impuestos distorsionantes. Este enfoque de second-best es crucial para abrir la posibilidad a la obtención del doble dividendo: en un enfoque first-best el único papel para la imposición medioambiental es la corrección de la externalidad generada por la contaminación, para lo cual el impuesto debe fijarse en el llamado nivel pigouviano (Pigou, 1947) y hacerse cero el resto de los impuestos distorsionantes. En cambio, en un enfoque de second-best con impuestos distorsionantes pre-existentes, la imposición medioambiental tiene un papel más rico: si la sustitución de impuestos distorsionantes (sobre la renta, el capital, etcétera) por impuestos medioambientales consigue aumentar la eficiencia del sistema fiscal (reduciendo su exceso de gravamen), puede lograrse una mejora del bienestar no-medioambiental además de una mejora en la calidad del medioambiente. En la sección 2 se analizarán, dentro de este sencillo marco teórico, los efectos de dos tipos de reforma impositiva alternativas. Primero, se analiza una reforma impositiva neutral en ingresos estándar en la literatura, en la que se reducen los impuestos sobre la renta a costa de mayores impuestos sobre la contaminación. Encontramos que este tipo de reforma no consigue efecto alguno sobre la contaminación, el crecimiento o el bienestar. Segundo, se exploran los efectos de una reforma impositiva que es neutral en ingresos desde un punto de vista intertemporal. Es decir, se diseña una reforma que mantenga el presupuesto público equilibrado en valor presente, permitiendo la emisión de deuda si es necesario. Esta reforma no ha sido estudiada previamente en la literatura. En el presente estudio se mantiene inalterada la senda predeterminada de gasto público existente antes de la reforma, lo cual tampoco es estándar en los trabajos previos: por ejemplo, BM o Hettich (2000) analizan reformas impositivas neutrales en ingresos en las que los impuestos sobre la contaminación sustituyen parcialmente a impuestos no-medioambientales, suponiendo que el presupuesto del gobierno está equilibrado período a período y que el gasto público debe crecer a la misma tasa que el stock de capital privado, lo que implica que la senda de gasto público cambia como resultado de la reforma, siempre que ésta altere la tasa de crecimiento de la economía. De esta manera se demuestra que una reforma impositiva verde en la que se permite la emisión de deuda mejora de forma significativa el crecimiento y el bienestar. Este resultado surge cuando la economía se enfrenta a una curva de Laffer dinámica: la sustitución de impuestos por deuda hoy aumenta la tasa de crecimiento de la economía, expandiendo la base imponible en el largo plazo lo suficiente para generar mayores ingresos impositivos y mantener el presupuesto público equilibrado en valor presente. Si esto se verifica decimos que la reforma impositiva es factible.

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Sin embargo, este tipo de reforma impositiva no logra el dividendo verde dentro de este marco teórico, y por tanto, el objetivo de lograr el doble dividendo no se alcanza. Por ello, en la sección 3 del trabajo se amplía el modelo incorporando actividades privadas de reducción de la contaminación (abatement). De nuevo, se estudian los efectos (en términos de dividendo verde y azul) para la reforma impositiva verde con emisión de deuda, ya que es fácil demostrar que si la reforma se realiza sin deuda sólo se obtiene mejora medioambiental, y en ningún caso el dividendo azul. Encontramos que si la reforma impositiva verde (aumentos en el impuesto sobre la contaminación que financian reducciones en el impuesto sobre la renta) se acompaña de una emisión de deuda, es posible obtener la versión fuerte del doble dividendo. Por tanto, los resultados obtenidos sugieren que la flexibilización de la restricción presupuestaria del gobierno permite obtener doble dividendo sin necesidad de que exista una externalidad medioambiental en la función de producción como la propuesta en BM. Por último, en la sección 4 se presentan las conclusiones. 2. Modelo básico y diseño de la reforma impositiva verde 2.1. El modelo 2.1.1. Familias La economía está formada por familias idénticas que viven infinitos períodos. El número de familias permanece constante a lo largo del tiempo, y dado que son todas ellas idénticas, podemos suponer sin pérdida de generalidad, que sólo hay una. Por este motivo, de ahora en adelante, las variables del modelo son tanto variables agregadas como variables per cápita. La utilidad de la familia representativa depende positivamente de su nivel de consumo (Ct), y negativamente del nivel de contaminación que existe en la economía (Pt) de la siguiente forma: U(Ct, Pt) =

(CtPt–h)1–s – 1

1–s

La utilidad marginal del consumo es decreciente. Si s (la inversa de la elasticidad de sustitución intertemporal del consumo) es mayor (menor) que 1 + 1/h, un aumento en el nivel agregado de contaminación provoca una reducción (un incremento) en la desutilidad marginal de la contaminación. Es habitual encontrar esta función de utilidad cuando el objetivo del estudio es: i) caracterizar la relación existente entre el crecimiento económico y la contaminación, o ii) analizar los efectos de las reformas impositivas verdes cuando el gobierno utiliza impuestos distorsionantes: Smulders y Gradus (1993), Ligthart y Van der Ploeg (1994), o BM1, son algunos ejemplos. 1 Estos autores introducen en la función de utilidad la calidad medioambiental como una externalidad positiva. Dado que la calidad medioambiental está inversamente relacionada con el nivel de contaminación, su función de utilidad es equivalente a la utilizada en este trabajo.

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Al principio del período t, la familia posee Kt unidades de capital, así como Bt bonos. La deuda pública está emitida al descuento y su plazo de vencimiento es de un período, y Rt es el tipo de interés de la deuda pública en el período t. La familia representativa distribuye su renta entre adquirir el bien de consumo, comprar nuevas unidades de capital productivo (Kt+1 – (1 – d)Kt) –siendo d la tasa de depreciación– e invertir en deuda pública: (Bt+1/Rt). Su renta procede del alquiler del capital (siendo rt la rentabilidad obtenida por unidad de capital), de una transferencia de suma fija que recibe del gobierno (Tt) y de la amortización de la deuda adquirida en el período anterior (Bt). Por último, esta familia paga impuestos sobre la renta del capital (tY), y sobre el consumo (tC). En consecuencia, la familia representativa elige los niveles de consumo, capital físico y bonos que resuelven el siguiente problema de optimización, tomando como dada la senda de contaminación: Max

{Ct , K t +1 , Bt +1



∑b } t =0

t

U (Ct , Pt )

sujeto a: Kt +1 = (1 − τ Y ) rt K t + Tt − (1 + τ C )Ct + (1 − δ ) K t −

[1] Bt +1 + Bt Rt

[2]

K0, B0 dados. Se verifica la condición de transversalidad que garantiza que las sendas de las t variables no son explosivas: lim β µt (K t + ( Bt / Rt −1 ) ) = 0 , donde mt es el multiplicat →∞

de Lagrange asociado a la restricción presupuestaria.

2.1.2. Empresas Las empresas producen el único bien que existe en la economía, para lo cual utilizan únicamente capital físico productivo. Se supone que la tecnología es lineal: Yt = AKt. La contaminación medioambiental se considera un subproducto del proceso productivo. Por sencillez, se supone que el nivel de contaminación es una variable flujo. En particular, se considera la siguiente función de contaminación: Pt = Ktx, x > 0

[3]

Las empresas pagan a las familias rt por unidad de capital alquilado. Asimismo, pagan un impuesto (tP) por el uso del capital, ya que éste es el responsable de la contaminación. La empresa representativa elige la senda de capital que maximiza sus beneficios en cada período (pt = Yt – rtKt – tPKt), considerando como dado el precio del factor productivo.

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2.1.3. Gobierno El gobierno recauda varios impuestos, los cuales gravan el consumo, la renta y la contaminación (a través de gravar al capital). Además, emite deuda pública. Los ingresos que obtiene los utiliza para pagar una transferencia de suma fija a las familias. Su restricción presupuestaria en el período t es: Bt +1 + τ Y rt K t + τ P K t + τ C Ct = Tt + Bt Rt

[4]

La siguiente condición garantiza que la senda de deuda pública no es explosiva:

 B /R lím  TT +−11 T T→∞ Rs  sΠ =0

  =0 

[5]

es decir, las restricciones presupuestarias del gobierno para todo t, definidas por [4], se pueden combinar en la siguiente restricción presupuestaria intertemporal expresada en valor presente: ∞

∑ t =0

τ Y rt K t + τ P Pt + τ t Ct t

∏ Rs s =0



=∑ t =0

t

Tt

∏ Rs

[6]

s=0

2.2. Equilibrio competitivo Definición 1. El equilibrio competitivo de esta economía es un conjunto de asignaciones {Ct, Kt+1, Bt+1}`t=0 y un sistema de precios {rt, Rt}`t=0 , tales que, tomando como dados el sistema de precios y la política fiscal {tY, tP, tC, Tt}, i) las sendas {Ct, Kt+1, Bt+1}`t=0 resuelven el problema de la familia representativa, ii) la senda {Kt+1}`t=0 maximiza el beneficio de las empresas y iii) las sendas {Ct, Kt+1}`t=0 satisfacen el equilibrio del mercado del único bien:

K t +1 = AK t − Ct + (1 − δ ) K t

[7]

La función de producción utilizada da lugar a que este modelo carezca de dinámica de transición, es decir, el equilibrio competitivo siempre se encuentra sobre la senda de crecimiento balanceado. La tasa de crecimiento de la economía de mercado es2: g M = [β R(Φ) ]

1/(σ + χ η (1−σ ))

[8]

2 La solución de todos los problemas de optimización que aparecen en este trabajo, así como la caracterización de las políticas óptimas first-best, están disponibles a requerimiento del lector.

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donde F = (1 – tY)(A – tP) y R(F) = F + 1 – d. A partir de este momento, se supone que s + xh(1 – s) > 0 para garantizar que la elasticidad de la tasa de crecimiento de la economía respecto al rendimiento de los bonos es positiva. También es necesario que xh < 1 para garantizar que la función de utilidad esté acotada.

2.3. Solución del planificador Definición 2. El equilibrio del planificador central es un conjunto de asignaciones {Ct, Kt+1}`t=0 que maximizan el flujo descontado de la utilidad de las familias, sujeto a la restricción de recursos (7) y a la función de producción de la contaminación (3). La tasa de crecimiento económico de la solución del planificador central (gP) correspondiente a la senda de crecimiento balanceado se calcula utilizando la siguiente ecuación implícita: 1/(σ + χη (1− σ )) g P = β ( A + 1 − δ − χη ( A + 1 − δ − g P ) )

[9]

El ratio consumo/capital (Ct/Kt)P se obtiene a partir de [7]:

 Ct    = A +1 −δ − gP  Kt P

[10]

2.4. Reformas impositivas verdes sin emisión de deuda En este modelo tan sencillo existen infinitas combinaciones de los tipos impositivos medioambiental y sobre la renta (tP, tY) que proporcionan una misma senda de recaudación impositiva, siempre y cuando el impuesto sobre el consumo tC no cambie. La recaudación impositiva del gobierno (Ct) viene dada por: Ct = tPKt + tYrtKt + tCCt

[11]

que puede reescribirse de la forma: Ct = K0 · C(F, tC) · [gM(F)]t

[12]

donde C(F, tC) = [A – F + tC(A + 1 – d – gM(F))]. Dado que anteriormente se definió la función F = (1 – tY)(A – tP), de (12) puede deducirse que si el gobierno utiliza combinaciones de tipos impositivos (tP, tY) que tengan asociado un mismo nivel de la función F, y mantiene constante el impuesto sobre el consumo, también estará garantizando la misma senda de recaudación impositiva {Ct}`t=0.

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El lugar geométrico formado por dichas combinaciones de tipos impositivos lo denominamos curva de isoingreso. El mapa de curvas de isoingreso se caracteriza por: 1. Cada curva de isoingreso está asociada con un nivel de F. Cuanto mayor sea este valor, más lejos del origen de coordenadas se encuentra situada la curva de ingreso asociada. 2. Las curvas de isoingreso son decrecientes y cóncavas respecto al eje de abcisas. 3. La tasa de crecimiento económico y el bienestar no varían a lo largo de una misma curva de isoingreso. 4. Cuanto más cercana al origen de coordenadas se encuentre una curva de isoingreso, mayor es la tasa de crecimiento económico y menor la recaudación impositiva del gobierno. 5. La curva de isoingreso correspondiente al valor F* de la función F tiene asociado el máximo nivel de bienestar alcanzable por las familias, verificándose que3: F* = xh(A + 1 – d – gP)

[13]

Dicha curva recibe el nombre de «curva de isoingreso first-best». El bienestar de las familias aumenta siempre que nos aproximemos, por arriba o por debajo, a la curva de isoingreso first-best. La Figura 1 muestra tres curvas de isoingreso genéricas. Todos los pares de tipos impositivos (tP, tY) que pertenecen a la curva denotada como C0(F0) generan unos ingresos impositivos (netos de tendencia) superiores a los que se alcanzan con las combinaciones impositivas que pertenecen a la curva denotada como C1(F1). Sin embargo, tanto la tasa de crecimiento económico como el bienestar que alcanzan las familias cuando los ingresos impositivos son C0(F0) resultan ser inferiores a los que se observan cuando la recaudación impositiva (neta de tendencia) es C1(F1). Nótese que C(F*) denota la curva de insoingreso first-best.

3 Este valor se obtiene comparando la tasa de crecimiento económico de equilibrio competitivo con la tasa de crecimiento económico de la solución del planificador (ecuaciones [8] y [9]).

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FIGURA 1 MAPA DE CURVAS ISOINGRESO

τk A

H A1 B1 Ψ∗(Φ∗)

τp *

Ψ1(Φ1) Ψ0(Φ0) B

τp

Supongamos que la economía se encuentra inicialmente en el punto H, y que la senda de gasto público es {Tt}`0 = {C0(F0, tC)[gM(F0)]t]}`0 . En un determinado momento, el gobierno aumenta permanentemente el impuesto medioambiental, y utiliza los ingresos extraordinarios que dicha medida genera para reducir el impuesto que grava la renta, de modo que la recaudación impositiva de cada período se mantenga constante (tanto en el período en el que se produce el cambio en la política como en los siguientes períodos). Es decir, la economía se desplaza hacia la derecha sobre la misma curva de isoingreso pasando, por ejemplo, del punto H al B de la Figura 1. En consecuencia, de las propiedades 1 a 4 enumeradas se deduce que la reforma impositiva no altera la tasa de crecimiento económico, ni la senda de contaminación, ni el bienestar alcanzado por las familias a lo largo del tiempo. Sin embargo, se puede diseñar una política fiscal alternativa que asegure la misma senda de gasto, pero que permita obtener un mayor bienestar a lo largo del tiempo. Esto se puede conseguir sustituyendo impuestos por deuda. La siguiente subsección analiza este caso.

2.5. Reformas impositivas que aumentan el bienestar En este apartado se analizan los efectos de distintas reformas impositivas, las cuales tienen en común que permiten financiar una senda de gasto público determinada exógenamente. Se supone que dicho gasto es mayor que la recaudación del impuesto que grava la contaminación cuando éste toma el valor pigouviano (aquel que corrige la externalidad medioambiental). Por tanto, el gobierno se ve obligado a utilizar otros impuestos para poder hacer frente a los pagos.

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Se supone que la combinación impositiva inicial incluye un impuesto medioambiental igual a su nivel pigouviano, puesto que el objetivo del trabajo es separar las ganancias de bienestar derivadas de conseguir una asignación más eficiente de aquellas asociadas a aumentar la eficiencia del sistema impositivo. En esta subsección se analizan los efectos de las reformas que conllevan un aumento permanente en el impuesto medioambiental junto con una reducción permanente del impuesto sobre la renta tal que el valor presente de la senda de la recaudación impositiva sea igual o superior al valor presente de la senda predeterminada de gasto público. En estos casos, el gobierno se puede endeudar emitiendo bonos al descuento con vencimiento a un período. Por tanto, se considera, como punto de referencia, una situación en la cual la senda de gasto público determinada exógenamente se financia mediante la siguiente combinación de impuestos: i) el impuesto medioambiental igual a su valor pigouviano (tP* = xh(A + 1 – d – gP))4, ii) un impuesto positivo sobre el consumo (tC, 0 > 0) y, iii) un impuesto positivo sobre la renta (tY, 0 > 0). Por tanto, la restricción presupuestaria previa a la reforma impositiva es:

Tt ,0 = τ Y ,0 rt K t + τ P* K t + τ C ,0 Ct = Ψ 0 (Φ 0 ,τ C )  g M (Φ 0 )  K0 , t = 0,1, 2, 3,... [14] t

Supongamos que en el período t = 0, el gobierno aumenta permanentemente el impuesto medioambiental tP, 1 > tP, 0, a la vez que reduce el impuesto que grava la renta tY, 1 < tY, 0, y mantiene constante tanto el impuesto sobre el consumo como la senda de gasto público ({Tt, 0}` 0 ). Los nuevos valores de los tipos impositivos son tales que F1 = (1 – tY, 1)(A – tP, 1) < F0. La nueva tasa de crecimiento económico y la nueva recaudación impositiva, neta de tendencia, son gM, 1 = gM (F1) > gM(F0) y C1 = C(F1, tC, 0) < C0(F0, tC, 0), respectivamente. Por tanto, la senda de la recaudación impositiva correspondiente al nuevo sistema fiscal es: t Ψ t , 1 = Ψ1 (Φ1 ,τ C , 0 )⋅  g M , 1 (Φ1 ) ,

∀t = 0,1, 2,...

[15]

Dado que se trata de una economía no monetaria, el gobierno necesita recurrir al endeudamiento en los períodos iniciales con la esperanza de poder hacer frente a sus deudas en el futuro. La nueva estructura fiscal (menor impuesto sobre la renta y mayor impuesto medioambiental), en la medida en que estimula la tasa de crecimiento de la economía, aumentará la base imponible y, por tanto, también aumentará, a partir de algún momento, la recaudación impositiva. No obstante, únicamente serán factibles las nuevas combinaciones impositivas que den lugar a que el incremento futuro en la base imponible permita que la restricción presupuestaria del gobierno se satisfaga en valor presente (ecuación [6]). Esto implica que los déficits en los que el gobierno incurre tanto en el período en que cambia la política como en los primeros períodos posteriores a dicho cambio, puedan ser afrontados gracias a que 4

Este valor, junto con un impuesto tY = 0, es uno de los infinitos puntos de la curva de isoingreso first-best.

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a partir de algún momento el gobierno comienza a obtener superávits que, en valor presente, permiten amortizar toda la deuda emitida sin que sea necesario volver a modificar el sistema impositivo. La restricción presupuestaria del gobierno [6] se puede reescribir como: Bt +1 + Ψ t ,1 = Ψ t ,0 + Bt , con B0 = 0, ∀t = 0,1,2,... R1

[16]

donde se ha supuesto la misma senda de gasto que en la situación inicial (Tt, 0 = Ft, 0, ∀ t) y R1 denota el tipo de interés de la deuda pública vigente a partir del cambio en la política fiscal. Utilizando la condición de transversalidad [5] junto con la condición inicial ∞ Ψ t ,1 − Ψt , 0 ≥ 0, o equivalentemente, B0 = 0, [16] se puede reescribir de la forma: ∑ R1t t =0

Ψ1 (Φ1 ,τ C ,0 )

R1 (Φ1 ) − g (Φ1 ) 1 M



Ψ 0 (Φ 0 ,τ C ,0 )

R1 (Φ1 ) − g M0 (Φ 0 )

≥0

[17]

Por tanto, la desigualdad [17] caracteriza todas las reformas impositivas que son factibles. Lo contrario significa que la deuda pública emitida en los primeros momentos no podrá ser nunca amortizada sin cambiar el sistema fiscal. No es posible determinar analíticamente el rango de valores paramétricos que satisfacen [17], por lo que es necesario asignar un conjunto de valores a los parámetros del modelo para evaluar [17] numéricamente. Supongamos que, para el conjunto de valores paramétricos elegido, la economía se encuentra en el punto H (véase la Figura 1 de nuevo) y que existe un conjunto no vacío del tipo de reformas impositivas descritas, que son factibles. Por ejemplo, todas las que pertenecen al área sombreada situada entre las curvas C0(F0) y C1(F1). Todas las reformas incluidas en este área dan lugar a una tasa de crecimiento mayor. Dado que cuanto más cerca del origen de coordenadas está situada una curva de isoingreso, mayor es el bienestar, se puede concluir que cualquiera de las reformas factibles aumenta el bienestar. Sin embargo, cualquiera de estas reformas también conduce inevitablemente a un mayor nivel de contaminación pues éste depende directamente de la tasa de crecimiento de la economía, la cual ha aumentado como resultado de la reforma. Por tanto, el incremento observado en el bienestar se debe exclusivamente al incremento en la senda de consumo. En consecuencia, las reformas impositivas descritas sólo permiten obtener el dividendo azul. El dividendo verde sólo podría obtenerse en esta economía disminuyendo la tasa de crecimiento (pasando a una curva de isoingreso superior) mediante una combinación de impuestos adecuada, esto es, que garantice la factibilidad presupuestaria. No obstante, esto conduciría a un menor bienestar total (y, por consiguiente, no se obtendría el dividendo azul).

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Por último, existen reformas impositivas no verdes (↓ tP, ↑ tY) factibles que tienen los mismos efectos que las reformas verdes (↑ tP, ↓ tY) factibles. Así, por ejemplo, los incrementos en la tasa de crecimiento económico, bienestar y contaminación provocados por una reforma impositiva verde que desplaza la economía del punto H al A1, son los mismos que los que ocasiona una reforma impositiva no verde que conduce a la economía desde el punto H al B1. En conclusión, en este modelo tan simple se puede obtener el dividendo verde o el dividendo azul, pero no ambos a la vez, ya que aumentar la tasa de crecimiento (que conduciría a un dividendo azul), implica aumentar simultáneamente el nivel de contaminación en todos los períodos. La extensión que proponemos consigue romper esta implicación, ya que el nivel de contaminación no estará determinado únicamente por la tasa de crecimiento. 3. Extendiendo el modelo con actividades de reducción de la contaminación En esta sección se va a demostrar que, cuando extendemos el modelo para introducir actividades privadas de reducción de la contaminación, puede surgir una versión fuerte del doble dividendo, para valores paramétricos plausibles empíricamente. Por tanto, la contribución de esta sección será mostrar que este «ingrediente» (las actividades de reducción de emisiones), junto con reformas impositivas verdes que incorporan emisión de deuda, es suficiente para obtener doble dividendo sin necesidad de introducir una externalidad medioambiental en la producción (como sí aparece en BM). Se introducen las actividades privadas de reducción de la siguiente manera. En primer lugar, la función de contaminación ahora es:

Pt =

K tχ1 Z tχ 2

[18]

donde x1, x2 > 0, y Zt denota las actividades privadas de reducción de la contaminación. Y, en segundo lugar, las empresas eligen las sendas de Kt y Zt tales que maximicen su beneficio en cada período: pt = Yt – rtKt – tP,t P – Zt . Nótese que la empresa tiene incentivos a realizar actividades de reducción, ya que éstas reducen el coste impositivo medioambiental que paga la empresa. Es fácil ver, igualmente, que en ausencia de un impuesto que grave la contaminación generada por la empresa, ésta no dedicará ningún recurso a las actividades de reducción. En este nuevo marco, el impuesto sobre la contaminación (tP, t) varía con el tiempo, debido a que ahora la senda de contaminación {Pt}t`= 0 no crecerá, en general, a (x1 – x2) (donde g la misma tasa que crece la economía: en particular, crece a la tasa gM M es la tasa de crecimiento del equilibrio competitivo). Por tanto, el producto tP, t Pt debe crecer a la tasa gM, al igual que el resto de sumandos de la función de beneficios: esto implica que tP, t debe crecer, en el equilibrio balanceado, a la tasa gM1–(x1 – x2). En este entorno, puede demostrarse que el nivel pigouviano del impuesto sobre la contaminación viene dado por:

τ P* ,t = τ P* g P

1−(χ 1 − χ 2 ) t

K0

[19]

146 donde

CUADERNOS ECONÓMICOS DE ICE N.º 71

1  Zt  τ =   χ 2  Kt  P * P

1+ χ 2

Z  ηχ 2 , con  t  = ( A + 1 − δ − g P ) 1 + ηχ 2  Kt  P

1

   σ +(χ1 −χ 2 )η(1− σ ) ηχ 1 y g P se obtiene de g P = β  A + 1 − δ − ( A + 1 − δ − g P )  1 + ηχ 2   

[20]

siendo (Z t /K t ) P y gP, respectivamente, el ratio abatament/capital y la tasa de crecimiento obtenidos del problema del planificador. De la misma manera que bajo el modelo especificado en la sección 2, aquí también exploramos las consecuencias de reformas impositivas que financian una senda de gasto público predeterminada exógenamente en un entorno de second-best. La combinación de impuestos inicial es la misma que la especificada en la sección anterior, con la salvedad de que el impuesto pigouviano está definido ahora por [19]. La restricción presupuestaria del gobierno antes de la reforma es (expresión análoga a [14]):

Tt ,0 = τ Y ,0 rt Kt + τ P* Kt

1−(χ 1 − χ 2 )

Pt + τ C ,0 Ct

= K 0 ⋅ Ψ (τ Y ,0 , τ P* ,τ C ,0 )⋅  g M ,0 (τ Y ,0 , τP* )

[21]

t

−χ 2   Z  C  χ Z    Ψ (τ Y ,0 , τP* ,τ C ,0 )= τ Y ,0  A − 1  t   + τP*  t  + τ C ,0  t    χ 2  Kt M    Kt  M  Kt M  donde  1 (σ + ( χ1 − χ 2 )η (1− σ )) χ  * * 1 (1 + 2) − χ 2 (1 + χ 2 )  1 −τ  χ χ β δ τ τ τ , 1 = − + − g A ( Y ,0 ) ( P )  M ( Y ,0 P ) 1 2     Z  1 (1+ χ 2) 1 (1+ χ 2 ) C  ,  t  = A + 1 − δ − g M (τ Y ,0 ,τ P* ) − (χ 2τ P*)  t  = (χ 2 τP* )  K t M  Kt M 

{

(

)

}

siendo gM (tY, 0, t–P*), (Zt/Kt)M y (Ct/Kt)M, respectivamente, la tasa de crecimiento y los cocientes reducción de emisiones/capital y consumo/capital del equilibrio competitivo, bajo la estructura impositiva inicial. Las reformas impositivas verdes que mantienen equilibrada la restricción presupuestaria del gobierno en cada período (es decir, cuando al gobierno no se le permite emitir deuda) no generan doble dividendo, ya que permiten obtener un dividendo verde (ganancia medioambiental), pero nunca un dividendo azul, en tanto no alteran el crecimiento a largo plazo de la economía (nótese que para financiar la misma secuencia de gasto período a período los ingresos deben crecer a la misma tasa que esa senda de gasto exógenamente determinada). Una demostración de este resultado está en Fernández, Pérez y Ruiz (2004).

147

CRECIMIENTO ECONÓMICO, POLÍTICA FISCAL Y MEDIO AMBIENTE

Sin embargo, mostraremos que una reforma impositiva verde (↑ t–P, ↓ tY) que garantiza el cumplimiento de la restricción presupuestaria del gobierno en el sentido de valor presente, podrá reducir el nivel de contaminación e incrementar el consumo privado conduciendo a mejoras en el bienestar5. Entonces, en esta situación estará presente una versión fuerte del doble dividendo. Se trata de evaluar qué estructura impositiva, dada por (tY, 1, tP, 1) satisface la restricción presupuestaria del gobierno en valor presente (expresión análoga a [17]):

Ψ1 (τ Y ,1 , τ P ,1 ,τ C ,0 )

R1 (τ Y ,1 , τP ,1) − g M ,1 (τ Y ,1 , τP ,1 )



Ψ 0 (τ Y ,0 , τP* ,τ C ,0 )

R1 (τ Y ,1 , τ P ,1) − g M ,0 (τ Y ,0 , τP* )

≥0

[22]

Al igual que en el modelo anterior, no es posible determinar analíticamente el rango de valores paramétricos para los tipos impositivos que satisfacen [22], por lo cual evaluaremos dicha expresión de forma numérica para un amplio conjunto de valores de los parámetros estructurales. Una vez que hayamos determinado qué reformas impositivas son factibles, comprobaremos si dichas reformas permiten obtener ganancias de bienestar, tanto medioambiental como no-medioambiental. Para ello, se defininen los efectos sobre el bienestar total, los efectos sobre el bienestar no-medioambiental (para evaluar el dividendo azul) y los efectos sobre el bienestar medioambiental (para evaluar el dividendo verde). Definición 3: El efecto total sobre el bienestar (ETB) asociado a la reforma impositiva verde se mide como la cantidad de consumo adicional que habría que entregar a un individuo en cada período bajo la estructura impositiva inicial para que su bienestar fuera el mismo que el que obtiene bajo la nueva estructura impositiva. Sean Ct, 0, Pt, 0 e Yt, 0 las sendas de consumo, contaminación y renta bajo la política impositiva inicial y sean Ct, 1 y Pt, 1 las sendas de consumo y contaminación bajo la nueva política. Calculamos la variable l de: ∞

∑β

t=0

t

((1 + λ ) C

P

σ − η 1− t ,0 t ,0

1 −σ

)

−1



=∑ β t= 0

t

(C

P

σ − η 1− t ,1 t ,1

)

1 −σ

−1

Por tanto, el efecto total sobre el bienestar de la reforma, expresado como porcentaje de la renta, es: ETB = l(Ct, 0/Yt, 0) × 100. Un valor positivo de l se corresponde con un incremento en el bienestar.

5

Reformas impositivas verdes tales que los ingresos ambientales adicionales se utilicen para recortar impuestos sobre el consumo no serán factibles porque ello conduciría a sendas de ingresos impositivos con un ritmo de crecimiento inferior al del gasto público: esto es así porque el aumento del impuesto que grava la contaminación reduce la tasa de crecimiento, y la reducción del impuesto sobre el consumo no tiene efecto alguno sobre la tasa de crecimiento.

148

CUADERNOS ECONÓMICOS DE ICE N.º 71

Definición 4: El efecto sobre el bienestar no-medioambiental (EBNM) asociado a la reforma impositiva verde se mide como la cantidad de consumo adicional que habría que entregar a un individuo en cada período bajo la estructura impositiva inicial para que su bienestar fuera el mismo que el que obtiene bajo la nueva estructura impositiva, supuesto que la contaminación no se viera afectada por la reforma. Sean Ct, 0, Pt, 0 e Yt, 0 las sendas de consumo, contaminación y renta bajo la política impositiva inicial y sean Ct, 1 y Pt, 1 las sendas de consumo y contaminación bajo la nueva política. Calculamos la variable v de: ∞

∑β

t=0

t

((1 + ω )C

P

σ − η 1− t ,0 t ,0

1 −σ

)

−1



=∑ β t=0

(C

P

σ − η 1− t ,1 t ,0

t

)

1 −σ

−1

Por tanto, el efecto total sobre el bienestar de la reforma, expresado como porcentaje de la renta, es: EBNM = v (Ct, 0/Yt, 0) × 100. Un valor positivo de v se corresponde con un incremento en el bienestar no-medioambiental, es decir, a la obtención de un dividendo azul. Definición 5: El efecto sobre el bienestar medioambiental (EBM) asociado a la reforma impositiva verde se mide como la cantidad de consumo adicional que habría que entregar a un individuo en cada período bajo la estructura impositiva inicial para que su bienestar fuera el mismo que el que obtiene bajo la nueva estructura impositiva, supuesto que el nivel de consumo no se viera afectado por la reforma. Sean Ct, 0, Pt, 0 e Yt, 0 las sendas de consumo, contaminación y renta bajo la política impositiva inicial y sean Ct, 1 y Pt, 1 las sendas de consumo y contaminación bajo la nueva política. Calculamos la variable y de: ∞

∑β t =0

t

((1 + υ )C

P

− η 1−σ t ,0 t ,0

1−σ

)

−1



=∑ β t =0

t

(C

P

σ − η 1− t ,0 t ,1

)

1 −σ

−1

Por tanto, el efecto total sobre el bienestar de la reforma, expresado como porcentaje de la renta, es: EBM = y (Ct, 0 /Yt, 0) × 100. Un valor positivo de y se corresponde con un incremento en el bienestar medioambiental, lo que corresponde a la obtención del dividendo verde. Para nuestras simulaciones, los valores paramétricos de referencia son elegidos identificando un período con un año. El tipo impositivo sobre la contaminación, neto de crecimiento, es establecido al nivel pigouviano que está determinado endógenamente por los valores paramétricos estructurales (véase [19]). El tipo impositivo sobre la renta inicial es el 30 por 100 (valor similar al elegido por otros autores, como Guo y Lansing (1997), Cooley y Hansen (1992), y el tipo impositivo sobre el consumo inicial se supone del 10 por 100 (este valor es aproximadamente la tasa media del impuesto sobre el valor añadido en la Unión Europea). La tasa de depre-

CRECIMIENTO ECONÓMICO, POLÍTICA FISCAL Y MEDIO AMBIENTE

149

ciación del capital se establece en el 10 por 100, la inversa de la elasticidad de sustitución intertemporal es 1,5 y los parámetros relativos a la contaminación son h = 0,95, x1 = x2 = 0,4. Por otro lado, A = 0,217, b = 0,99, de modo que el tipo de interés real después de impuestos es del 4 por 100 y la tasa de crecimiento es del 2 por 100 al año, en línea con los valores usualmente seleccionados en la literatura de ciclo real (véase, por ejemplo, Ireland, 1994). Dados estos valores paramétricos, el impuesto pigouviano neto de crecimiento es del 0,76 por 100; esto supone unos ingresos impositivos medioambientales como porcentaje de la renta del 18 por 100. La Figura 2 muestra las combinaciones (tY, 1, t–P, 1) factibles bajo esta parametrización, es decir, que satisfacen la condición [22]. En el eje de abscisas aparece el tipo impositivo sobre la contaminación –neto de crecimiento– después de la reforma, empezando desde el nivel pigouviano (debido a que sólo consideramos reformas verdes). En el eje de ordenadas aparece el tipo impositivo sobre la renta después de la reforma, que será del 30 por 100 o inferior, ya que la reforma verde está dirigida a disminuir este impuesto. La frontera superior del área sombreada en la Figura 2 se corresponde con el recorte mínimo factible del impuesto sobre la renta, para cada tipo impositivo sobre la contaminación. La frontera inferior de esa área se corresponde con el recorte máximo factible del impuesto sobre la renta, para cada tipo impositivo sobre la contaminación. La línea continua gruesa muestra el nivel del impuesto sobre la renta tras la reforma, tY, 1, que genera la máxima mejora en bienestar. Por tanto, la ganancia en bienestar máxima puede no surgir del máximo recorte factible del impuesto sobre la renta, pues un recorte más alto en tY genera un mayor crecimiento del consumo a largo plazo, pero también una caída inicial mayor del consumo. FIGURA 2 REFORMA IMPOSITIVA VERDE CON EMISIÓN DE DEUDA. REGIONES DE DOBLE DIVIDENDO

150

CUADERNOS ECONÓMICOS DE ICE N.º 71

Las áreas con trama horizontal, en la parte superior e inferior del gráfico, muestran las combinaciones de (tY, 1, t–P, 1) que generan un dividendo verde pero el efecto total sobre el bienestar es negativo (ETB < 0, EBM > 0, EBNM < 0); por tanto, estas reformas son sub-óptimas en este entorno de second-best (las denominaremos como áreas sub-óptimas). Las áreas sombreadas adyacentes a las sub-óptimas, generan mejoras de bienestar pero sólo debidas a mejoras medioambientales (ETB > 0, EBM > 0, EBNM < 0); las denominaremos, áreas de dividendo verde. Por último, el área central con trama vertical incluye las combinaciones (tY, 1, t–P, 1) que generan un doble dividendo (identificamos esta región como área de doble dividendo). Para la parametrización seleccionada, el área de doble dividendo supone un incremento en los ingresos impositivos medioambientales, como porcentaje sobre la renta total, de 28 puntos porcentuales, ya que para el tipo impositivo inicial sobre la contaminación (0,76 por 100, nivel pigouviano) los ingresos medioambientales suponen un 18 por 100 de la renta total, y para el máximo tipo impositivo sobre la contaminación que permite obtener doble dividendo (2,76 por 100) los ingresos medioambientales suponen un 46 por 100 sobre la renta total. Esto nos da una idea bastante clara de que el rango de que dispone el gobierno para la obtención del doble dividendo es bastante amplio. También se ha calculado bajo esta parametrización el nivel de endeudamiento público necesario para llevar a cabo las reformas que generan el doble dividendo, obteniendo que los niveles de deuda, como porcentaje de la renta total, son empíricamente plausibles. Además, las ganancias de bienestar que pueden obtenerse son muy significativas si se las compara con las que se obtienen de reformas impositivas verdes habituales sin emisión de deuda. Por ejemplo, reformas impositivas verdes con un endeudamiento máximo del 25 por 100 sobre la renta total generan una ganancia de bienestar siete veces mayor a la que generaría una reforma sin emisión de deuda. Por supuesto, estos resultados dependen de la parametrización elegida. Hemos realizado un análisis de sensibilidad para diversos valores de la elasticidad de sustitución intertemporal (1/s), la ponderación del nivel de contaminación en la función de utilidad (h) y los parámetros de la función de contaminación (x1 y x2), ya que estos valores son difíciles de calibrar y/o no han sido calibrados por la literatura previa. Los resultados obtenidos pueden resumirse en los siguientes: (i) Cuanto más baja es la elasticidad de sustitución intertemporal de una economía, menor es su región de doble dividendo; (ii) El parámetro h no tiene efectos significativos sobre la dimensión del área de doble dividendo; (iii) Una tecnología de producción más contaminante (mayor x1) aumenta el área de doble dividendo; (iv) Finalmente, si las actividades de reducción son poco efectivas (menor x2) el área de doble dividendo se amplía. Estos dos últimos resultados generan una implicación interesante: los países en desarrollo, caracterizados por un valor alto de x1 y bajo de x2, tienen mayores posibilidades de llevar a cabo las reformas impositivas verdes que hemos propuesto, obteniendo el resultado de doble dividendo.

CRECIMIENTO ECONÓMICO, POLÍTICA FISCAL Y MEDIO AMBIENTE

151

4. Conclusiones En este trabajo se abordan los efectos de una reforma impositiva verde, que consiste en aumentar un impuesto medioambiental y al mismo tiempo reducir otro tipo de impuesto. En particular, se estudia si dicho tipo de reforma consigue simultáneamente ganancias en bienestar tanto medioambiental como no medioambiental (en este caso la reforma consigue lo que la literatura denomina doble dividendo). A tal efecto, se utiliza un modelo sencillo de crecimiento endógeno. El estudio pone de manifiesto que es más probable obtener el resultado de doble dividendo si el modelo incluye conjuntamente los dos siguientes supuestos: 1) permitir al gobierno incurrir en déficits a corto plazo, y que 2) las empresas realicen actividades de reducción de la contaminación. 5. Referencias bibliográficas [1] BARRO, R. J. (1990): «Government spending in a simple model of endogenous growth», Journal of Political Economy, 98 (5), 103-125. [2] BOVENBERG, A. L. y DE MOOIJ, R. A. (1994): «Environmental Levies and Distortionary Taxation», American Economic Review, septiembre, 84 (4), 1085-89. [3] BOVENBERG, A. L. y DE MOOIJ, R. A. (1997): «Environmental tax reform and endogenous growth», Journal of Public Economics, 63, 207-237. [4] BOVENBERG, A. L. y VAR DER PLOEG, F. (1994): «Environmental policy, public finance and the labour market in a second-best world», Journal of Public Economics, 55, 349-390. [5] DE MOOIJ, R. A. (1999): «The double dividend of an environmental tax reform», en J. C. J. M. van den Bergh (ed.), Handbook of Environmental Economics, Edward Elgar, Cheltenham. [6] FERNÁNDEZ, E.; PÉREZ, R. y RUIZ, J. (2004): «Double Dividend in an Endogenous Growth Model with Pollution and Abatement», Documento de Trabajo de la Fundación CentrA, n.º E2004/15. [7] GOULDER, L. H. (1995): «Environmental taxation and the double dividend: A reader’s guide», International Tax and Public Finance 2, 155-182. [8] HETTICH, F. (2000): Economic Growth and Environmental Policy. Edward Elgar Publishing Ltd., Massachusetts, USA. [9] LIGTHART, J. E. y VAN DER PLOEG, F. (1994): «Pollution, the cost of public funds and endogenous growth», Economics Letters 46, 351-361. [10] PARRY, I. W. H. (1995): «Pollution taxes and revenue recycling», Journal of Environmental Economics and Management, 29, S64-77. [11] PARRY, I. W. H. y BENTO, A. M. (2000): «Tax Deductible Spending, Environmental Policy, and the Double Dividend Hypothesis», Journal of Environmental Economics and Management 39, 67-96. [12] PEARCE, D. W. (1991): «The role of carbon taxes in adjusting to global warming», Economic Journal, 101, 938-948 [13] PIGOU, A. C. (1947): A Study in Public Finance, 3.a ed., Londres: Macmillan. [14] PROOST, S. y VAN REGEMORTER, D. (1995): «The double dividend and the role of

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