Conflictividad social, orden público y redes sociales: Modelos de monitoreo y medición mediante el Social Network Analysis

June 16, 2017 | Autor: Efren Guerrero | Categoría: Security, Social Network Analysis (SNA), Ecuador, Public order policing
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Descripción



Por ejemplo, revisar el movimiento #15M. A pesar de su amplia fuerza específica, la respuesta estatal fue no reaccionar y dejar que la inercia de los acontecimientos haga que los reclamantes vuelvan a utilizar los espacios del "Sistema". (Alonso y Arzoz, 2011)
Esos derechos incluyen: Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica; Derecho a la Vida; Derecho a la Integridad Personal; Prohibición de la Esclavitud y Servidumbre; Principio de Legalidad y de Retroactividad; Libertad de Conciencia y de Religión; Protección a la Familia; Derecho al Nombre; Derechos del Niño; Derecho a la Nacionalidad, y Derechos Políticos.
Según lo establecido en la web oficial de Twitter https://transparency.twitter.com/country/ec , el número total de cuentas investigadas son 4.


Conflictividad social, orden público y redes sociales: Modelos de monitoreo y medición mediante el Social Network Analysis

Efrén Guerrero Salgado
Pontificia Universidad Católica del Ecuador
Dr. en Gobierno y Administración Pública
(Universidad Complutense de Madrid)
[email protected], [email protected]


Ponencia a presentarse en el Seminario Internacional
"Los desafíos de la seguridad en democracia: contradicciones
y vulnerabilidades macro y micro sociales en América Latina"
Pontificia Universidad Católica del Ecuador
Martes 24 de noviembre de 2015








































Conflictividad social, orden público y redes sociales: Modelos de monitoreo y medición mediante el Social Network Analysis


ABSTRACT

La conflictividad entre los seres humanos es una constante histórica en la historia de la humanidad, y es una consecuencia normal de la interacción de las personas (Thomas, 1996: 265). En Latinoamérica, esta circunstancia tiene a las herramientas de la Web 2.0 como un nuevo escenario de debate: los ciudadanos discuten en tiempo real de los hechos públicos, y utilizan las redes sociales como un mecanismo de crítica, organización y acción (Castels, Internet Galaxy, 2003). Frente a esta realidad, la reacción de las fuerzas y cuerpos de seguridad ha sido variada, en escenarios que van desde la aceptación hasta la sospecha de cruzar los límites éticos (Allen, 2008: 5).

La presente ponencia buscará explicar: a) el proceso de evolución de las relaciones no armónicas de los ciudadanos frente a un tema de interés político; b) cómo interactúan en la red; c) cuál es la respuesta del Estado y d) su abordaje metodológico mediante el uso del SNA (Social Network Analysis). Este ejercicio se hará con especial énfasis en las interacciones de los ciudadanos ecuatorianos en episodios de alta crispación política, su reflejo en las red Twitter y su alcance en torno a la definición de orden público.

INTRODUCCIÓN

El presente texto tratará de establecer la conexión entre el uso ciudadano de las herramientas de Web 2.0 (por ej. Twitter o Facebook), con la institución jurídica del "orden público", mediante elementos de medición cuali/cuantitativos. Busca aportar a la discusión respecto a la seguridad en América Latina, en relación a la entrada de la Internet como una herramienta de multimedia capaz de generar masas críticas que lleven a acciones colectivas que pueden poner en marcha cambios en el statu quo de una sociedad (en el mejor de los casos), o que sirva como activador de espacios no controlados o monitoreados por el Estado (Polletta, 1999: 1-38).

Para esto, se busca comparar el uso del Internet con una de las instituciones jurídicas más clásicas, como es el concepto de orden público. Esta idea, como otros principios dentro de los sistemas de corte romano occidental, se constituye como un mecanismo integrador dentro de la acción de los operadores de justicia y seguridad, con evidentes elementos positivos y negativos (Alexy, 2006). Con el aparecimiento de las redes, ¿es posible que el orden público pueda integrarse dentro de entorno digital? Al respecto, la doctrina deja un espacio que constituye una zona gris, que normalmente el Derecho resuelve a través de la interpretación normativa, que debería ser resuelta mediante las reglas del Derecho Público, a base del principio de legalidad (Hariou, 2003: 1). Con esa idea base, se protege a los ciudadanos de la posibilidad de acciones directas del Estado que pudieran exceder el estándar previsto en la normatividad y en consecuencia, quebrantar libertades fundamentales ciudadanas (Dahl, 2003: 206).

El problema surge cuando se trata de organizar la respuesta estatal a una acción directa ciudadana organizada en el internet. La doctrina no establece de manera directa si las autoridades pueden monitorizar las expresiones privadas ciudadanas establecidas en las redes sociales, máxime si estas ofrecen varios niveles de privacidad (Pyle, 1982: 133-137). En segundo lugar, el derecho de libre asociación y reunión está garantizado por la Constitución y una serie de tratados internacionales, así que la organización de las mismas no debería ser controlada por el Estado. Finalmente, ¿las expresiones realizadas por la red, pueden ser consideradas una amenaza al "orden público"?.
En referencia a este último punto, esta expresión ha sido utilizada como una plataforma para poder realizar actividades de control social a nivel público y privado a través de la historia (Pyle, 1981: 131-133). En el caso de las redes sociales, con sus ingredientes de deslocalización, capacidad colaborativa y reconversión de discursos en tiempo real, la autoridad punitiva del Estado se encuentra fragmentada, ya que escapa de los controles tradicionales. Esto ha provocado a nivel mundial no pocos debates y respuestas, que pasan por la aceptación y el respeto a la norma, hasta la vigilancia a través de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado (Posner, 2008: 245-246).

Este texto busca contribuir al debate de la seguridad ciudadana en tiempos de Internet, a través de la exploración de las relaciones entre redes sociales, seguridad y orden público. Para esto, se dividirá el mismo en cuatro partes. La primera tratará de manera breve la existencia de la conflictividad social manifestada en las herramientas de intercambio de información tecnológica. En segundo lugar, se explicarán los alcances del concepto "orden público" y su uso en la seguridad ciudadana dentro del espacio digital. En tercer lugar, se propondrá una herramienta para intentar monitorear el alcance de las acciones ciudadanas en la red, a través de la metodología de las redes sociales (Wasserman y Faust, 2014). Esta herramienta, como se verá más adelante, cuenta con el poder explicativo suficiente para a) visualizar la red y b) detectar las posibilidades de conflictividad. Finalmente, estas ideas se manifestarán en un caso de estudio, relacionado con las reacciones ciudadanas en el caso ecuatoriano en el uso de Twitter.

CONFLICTIVIDAD SOCIAL EN LOS ESCENARIOS DIGITALES

La tendencia en el discurso de actores oficiales a través del mundo se construye en relación a una cultura de paz, y en la disminución de circunstancia que generen crispación ciudadana. Fuera de ese espacio, la evidencia vital e histórica del ser humana es clara, ya que los conflictos son una parte imprescindible del panorama cotidiano de todos los seres humanos (Schmidt y Kochan, 1972: 360). En una sociedad construida mediante relaciones de alteridad, la idea del contrato social obliga a una continua cesión de intereses. Como consecuencia de esto, siempre habrá elementos que rompen los equilibrios, y en consecuencia, enfrentamientos entre personas y conflictividades.

Ante todo, un conflicto es una oposición de intereses entre dos o más personas. Estos intereses siempre estarán relacionados con el uso, goce o disposición de algún objeto o recurso inmaterial. En estas circunstancias, las convenciones tradicionales desaparecen. En el momento que las convenciones no violentas se agotan, los involucrados tienen una serie de opciones para prevenir, obstruir, interferir, o perjudicar el interés de la otra persona (Schmidt y Kochan, 1972: 359). Con estos antecedentes, la gran mayoría de situaciones humanas ponen a las personas en escenarios con posibilidades de conflicto. La diferencia radica principalmente en el tamaño de los actores involucrados, la existencia de actores públicos y privados, y principalmente si la materia de conflicto es de interés público, cosa que pone al Estado como actor dentro del sistema. En este escenario, El estado tiene una serie de opciones posibles de acción, utilizando medidas jurídicas o de hecho. Las mismas pueden manifestarse en el siguiente gráfico (Thomas, 1996: 266):


Ilustración 1.- Herramientas de transformación de conflictos.

Este gráfico muestra las estrategias de trasformación de los conflictos que puede tener el Estado. Todas ellas tienen ventajas políticas y jurídicas que podemos analizar a continuación. En el escenario A (Evasión), basado en la idea que el Estado puede "dejar el problema de lado" y obviarlo de su esfera de actuación, es posible pero no deseable. Tendría consecuencias a nivel de responsabilidad estatal ya que la omisión también puede ser una falta, siempre y cuando se pruebe un nexo causa-consecuencia entre la inacción y la violación de derechos. La segunda posibilidad (competir), es muy probable pero con un fuerte pasivo en forma de imposición de opiniones y pérdida del pluralismo. La última opción negativa, el sometimiento, es imposible en una situación Estado-Ciudadano dada la capacidad de imperium del Estado. Este elemento es controlado con la existencia de un sistema institucional y técnico capaz de resolver conflictos de forma obligatoria (Altini, 2005: 13).

Las dos otras posibilidades positivas (Compromiso y Cooperación), son las únicas posible y serían lo más deseables para las personas y el Estado (Thomas, 1992: 269). En ese orden de cosas, la negociación y la cesión mutua de posiciones a un punto de equilibrio social asegurarían una gestión adecuado de la circunstancia conflictiva, pero no es un escenario de máxima efectividad. Lo mejor que podría suceder es que existiría una expectativa de colaboración de alto perfil que resolviera los elementos estructurales del conflicto y en tal razón no hubiera que haber concesiones.

El problema surge cuando nos enfrentamos al entorno digital. El momento que las acciones estatales se sostienen dentro de un espacio regulado de manera parcial, y compuesto de espacios en que la capacidad estatal se ve sobrepasada la capacidad tecnológica de los usuarios (Palfrey, 2010: 991-993), ¿Cómo reacciona el Estado frente a la red y a los conflictos que los ciudadanos tienen con el dentro de este espacio? La experiencia nos muestra que hay una serie de posibilidades que pudieran darse:

Evasión: En la gran mayoría de los casos, los Estados modernos no responden a los reclamos ciudadanos en la red. En relación a este tema, las redes sociales se ven como otro medio de comunicación. Por ejemplo, en el caso español, las redes sociales son un espacio en que los actores públicos y privados interactúan y en el caso de reclamos, la tendencia se mantiene en torno a "devolver" el conflicto a canales estatales tradicionales.
Competición: Este es el mecanismo que utilizan gobiernos como Turquía, Venezuela, Rusia, etc. Se trata de utilizar mecanismos que combinan la visibilidad pública, y la sobre saturación informativa, para posicionar un mensaje claro en relación a su posición, y el aislamiento a mensajes que se alejan de la posición oficial (Levistky, 2002). Otra posibilidad que se ha realizado desde varios gobiernos (Estados Unidos, Alemania, Inglaterra), es hacer alianzas público privadas para el monitoreo directo de la red a través de herramientas tecnológicas. Este escenario lo maneja los países hegemónicos, que cuentan con la capacidad tecnológica para construir un sistema de rastreo de la red y de procesamiento de información capaz de entender la red en la escala amplia (Holt, 2015: 159). Este elemento rompe la idea de los principios básicos del internet: la necesidad de una red neutral, libre y abierta a todos los usuarios en igualdad de condiciones, y constituye una violación clara a los estándares de privacidad previstos en los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Sumisión: Es posible este escenario cuando existen elementos de debilidad institucional. Por ejemplo, el caso Rumano de octubre de 2015, en el que el incendio de una discoteca generó días de marchas populares en rechazo a la inactividad del gobierno respecto al tema y desembocó en la salida del Primer Ministro (Agencia AFP, 2015). Aunque para un sector de la literatura que plantea posiciones ciberutópicas, la red es una condición necesaria pero no suficiente para el cambio político. Es necesaria todavía una activación social dentro del mundo real, para que existan auténticos giros en la estructura social. Las redes sociales son una poderosa herramienta de intercambio de información, pero por si solas no emiten ningún cambio directo (Della Porta & Mosca, 2005: 185-187 ).
Compromiso: este escenario ha sucedido en varios casos, como la opción de "aviso de desastres" de Facebook. En el mismo, el estado decide ceder una competencia en relación a la gestión de riesgo y la información sobre víctimas y deja a un actor privado que pueda generar mecanismos automatizados de envío y aviso de información dentro de la red de un actor (wayerless, 2014).
Cooperación: En ese caso es posible, siempre y cuando ambas parte ofrezcan herramientas de gestión capaces de involucrarse en la acción colectiva. El ejemplo previsto de esta situación fue el caso Islandés. Después de una serie de demandas sucedidas entre los años 2011, se inició un proceso de cambio político que llevó a la redacción de una constitución vía Internet y mediante mecanismos de gestión colaborativa del conocimiento, Finalmente, este proceso fue limitado por la judicatura islandesa, pero este proceso muestra que es posible terminar con los acuerdos dentro de la red fuera de ella y cambiando la realidad (Aguirre Sala, 2014: 9).

La diferencia que tendría el manejo de estas estrategias la manifestación de estos enfrentamientos y si estos corresponden a circunstancias más o menos violentas. Al respecto, la doctrina supone que el Estado, aunque garante del ejercicio de los derechos, se encuentra incapacitado de resolver todos los conflictos, y estaría obligado a actuar únicamente en aquellos que ingresen en la esfera pública (SENPLADES, 2013: 182). Esto es un detalle trascendental por cuanto las autoridades públicas tienen acceso monopólico hacia la violencia legítima, que puede ser tanto una herramienta de solución como de desencadenamiento de nuevas circunstancias de ruptura del tejido social. En ese orden de cosas hay dos opciones para la respuesta más dura del Estado manifestada en a) el uso del Derecho Penal o b) la ruptura del equilibrio social supuesto mediante la idea de "orden público". La siguiente sección explicará los alcances de este concepto.

EL ORDEN PÚBLICO COMO CONCEPTO POLISÉMICO EN EL ESQUEMA LEGAL

Los conflictos sociales manifestados mediante las redes sociales siempre son respondidos por el Estado mediante el uso de la herramienta jurídica del Orden Público. Esta idea siempre ha tenido una consonancia complicada en el esquema legal, ya que este término no ha tenido una definición unificada en los diferentes sistemas jurídicos, y más bien depende de la idea de cada juzgador. A pesar que pudiera verse como negativo ya que este elemento demuestra problemas en las construcción de la seguridad jurídica, tiene la ventaja de poder hacer que el sistema jurídico y sus instrumentos sea un sistema vivo acorde a la exigencia y evolución de una sociedad democrática.

Pero antes de analizar su contenido, se debe tener en cuenta su definición. La doctrina clásica define a esta situación como el arreglo de las instituciones indispensables a la existencia y funcionamiento del Estado y que miran a la constitución, a la organización y al movimiento del cuerpo social, así como las reglas que fijan el estado o capacidad de las personas (Claro Solar, 1937). Eso sí, esta definición es básica como tantas. El sistema jurídico, tanto interno como internacional no tiene un acuerdo claro sobre el tema, al punto que la idea de "orden" en el espacio público se lo ha propuesto como un "caballo indomable" a nivel conceptual, por no tener un control por otras herramientas jurídicas (Richardson v. Mellish., 1824). De hecho la doctrina manifiesta que "todos los intentos de resolver las numerosas y recurrentes preguntas generadas por la interpretación de dicho concepto simplemente han resultado en generar preguntas más espinosas o polémicas" (Tensaccia S.P.A. v. Freyssinet Terra Armata R.L., 2006).

En ese orden de cosas esta situación "normalidad" implica que hay una valoración de las consecuencias de su ruptura, como medio de entender su contenido. Al respecto, existen una serie de heurísticas nacidas de la práctica jurisprudencial (Corte IDH, 2001, 2003, 2008, 2012):

Se lo define como derivados del interés general.
Se construye su contenido en las "justas exigencias" de "una sociedad democrática".
Está limitado por los derechos humanos y los tratados internacionales válidamente celebrados por el Estado. De hecho "la expresión "orden público" no puede entenderse desligada del reconocimiento de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, ya que precisamente el respeto de estos derechos representa el núcleo esencial de esta noción".
Implica una serie de condiciones operativas que cambian en función de cada país. Al respecto, la doctrina colombiana plantea que ha sido definido como "el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos".

Con estas condiciones previas podemos empezar a discutir brevemente sobre los alcances de esa actuación en el sistema público. En el caso de que una actuación de un grupo de ciudadanos dentro de la red, debería pasar ese test para que la maquinaria estatal fuera enfilada para prevenir actuaciones que viole el orden público. En ese orden de cosas el Estado debería calificar si el interés que se protege en el caso de que los ciudadanos se organicen a través de la red puede afectar derechos constitucionales, podría romper las ideas mínimas de seguridad y convivencia.

En relación a esta idea, el problema que surge de la legislación es que el derecho más importante que se protege en una red social es el derecho a la libertad de expresión. Este derecho fundamental de acuerdo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, comprende el siguiente contenido de derecho: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección". La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "La Corte" o "Corte IDH") ha desarrollado el alcance de la titularidad de este derecho, en el sentido de que "toda persona" es una expresión que "no puede restringirse a determinada profesión o grupo de personas, ni al ámbito de la libertad de prensa" (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2009: 9).
El entorno de protección de este derecho es amplio, e incluye a todos los seres humanos que ejecutan actividades de comunicación, ya sea de manera privada, o de ciudadanos lícitamente agrupados para la generación de empresas de comunicación o de personas contratadas para la producción de contenidos informativos. Es por ello que la libertad de expresión tiene una dimensión individual y una dimensión social." (Corte IDH, 2004 107-108). Este derecho se encuentra interrelacionada y operan en función de la estructura político institucional del país, limitada y sostenida a través del principio de legalidad (CSNJ, 1984).
El ejercicio de este derecho tiene profundas consecuencias para la libertad humana y el mantenimiento del sistema democrático. Así, la libertad de expresión está enmarcada en el derecho a la libertad en sentido amplio. Si no se garantiza la libertad de forma completa, el sistema democrático queda definido como precario, y "las demás barreras a la acción gubernamental se convierten en esperanzas vacías, y la democracia no se puede beneficiar con el juicio libre y espontáneo de un pueblo del que se debe depender para dirigir su propia conducta" (Corte IDH, 2003)

Al respecto el mismo concepto de orden público reclama que, dentro de una sociedad democrática, se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas y opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto (Varnoux Garay, 2003). La libertad de expresión se inserta en el orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho de manifestarse.

Eso sí, el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad de la población y mantener el orden público" (Corte IDH, 2003). Pero no existe una delegación no controlada e ilimitada de competencias. La actuación de las fuerzas y cuerpos y seguridad del Estado. Los derechos humanos, especialmente aquellos del núcleo duro de derechos inderogable, obligan que haya una limitación clara de los alcances de las actividades del Estado.

Al contrario, los derechos que se manifiestan en una red social son esencialmente limitables, pero de ninguna manera de manera abierta. La doctrina establece la necesidad de un test de proporcionalidad (Prieto Sanchis, 2005) utilizado por la Corte Interamericana, el mismo que está integrado por: 1) la finalidad perseguida, 2) la idoneidad de la medida objeto de análisis, 3) la necesidad y 4) la estricta proporcionalidad (Corte IDH, 2009). Esto, en términos operativos, ha sido resuelto por la Corte Constitucional Colombiana, en el sentido de que una acción de limitación de derechos en defensa del orden público tiene que tener las siguientes características (1994):


Estar sometido al principio de legalidad;
Dirigirse a garantizar el orden público;
Adoptar medidas proporcionales y razonables al fin perseguido, sin suprimir desproporcionada o absolutamente las libertades y teniendo en cuenta que en algunos ámbitos estas regulaciones pueden resultar más importantes que en otras;
No imponer discriminaciones injustificadas a ciertos sectores de la población;
Recaer contra el perturbador del orden público, pero no contra quien ejerce legalmente sus libertades,
Someter las medidas policivas a los correspondientes controles judiciales


La teoría jurídica resuelve adecuadamente estos conflictos, pero al compararlos con la situación alrededor del mundo el panorama es distinto, ya que está signado con una creciente limitación a los derechos ciudadanos en el Internet, basados en censura previa, bloqueo, medidas legales y administrativas, así como falta de una institucionalidad adecuada que sea capaz de proteger sus derechos en un escenario de conflicto (Freedom House, 2015). Dado este contexto, un Estado democrático debería concebir un mecanismo de medición del estándar del comportamiento de los actores dentro de la red, y desde ahí generar una respuesta acorde a lo que se encuentra. Para absolver esta pregunta se propone utilizar los mecanismos de levantamiento de información de las redes sociales mediante la metodología del SNA (Social Network Analysis), y a través de eso explicar de forma cuali/cuantitativa a) como se comportan los ciudadanos en la red; b) cómo se comporta el Estado y c) como se puede analizar su respuesta dentro del espacio público.

METODOLOGÍA

En este apartado se explicarán las herramientas metodológicas que se utilizarán para explicar el comportamiento del Estado en relación a la respuesta de los ciudadanos en torno a acontecimientos críticos dentro de una red social, ver la acción del estado en relación a lo sucedido en la red, y si está reacción cumple los elementos de legalidad.

Para esto, este análisis tendría los siguientes elementos.

Universo de Estudio: Se analizarán hashtags (mecanismos de unificación semántica de conceptos dentro una red social) (Tsur & Rappoport, 2012), que sirven como mecanismos de unificación de discusiones dentro de la red. La herramienta elegida será la red social Twitter, que basa su funcionamiento en mensajes cortos de 140 caracteres. Se eligió esta red social considerando los alcances que suceden en torno a esta red en el Ecuador. Al momento, esta herramienta es frecuentemente utilizada por actores políticos para expandir información y acciones; al punto que no es infrecuente el uso de esta herramienta como forma de comunicar actos de gobierno (Spura & Guerrero, 2015).

Lugar: En el caso de los entornos digitales, no se puede hablar directamente de un lugar, dada la capacidad de deslocalización de la actividad de los usuarios. Afortunadamente en Twitter, las discusiones pueden reducirse a un espacio local gracias a los hashtags, por lo que es posible observar de manera adecuada el funcionamiento de la comunicación entre ciudadanos.

Elección de hashtags a analizar: Para el presente caso se propone analizar los hashtags #13A, relativos a la manifestaciones sucedidas el 13 de agosto de 2015 en reclamo al régimen ecuatoriano. Estas protestas tuvieron una fuerte repercusión por redes sociales, y generaron varias heurísticas desde los actores políticos. Asimismo, se analizará el hashtag #masdemilrazones, utilizado para la promoción de obras y acciones de gobierno.

Herramienta de análisis: Para realizar el procedimiento de levantamiento de información se realizó el levantamiento mediante la herramienta Node XL. Esta herramienta hace una minería de datos de la información contenida en la red social y asociada en el hashtag y lo organiza en torno a una matriz que propone el usuario de entrada y el de destino en la conversación contenida en la red (Hansen, Shneiderman, & Smith, 2010). Esta información después de purgar elementos con repeticiones o sin datos, se lo guarda de un archivo Pajek (*.net) que organiza esos datos para su lectura por otros paquetes informáticos (Batagelj & Mrvar, 1998).

Levantamiento de grafo: Los datos propuestos dentro del archivo se construirán en torno a al software libre Gephi. Lo que hace es esta herramienta es trasladar esta información de manera automatizada a través de un algoritmo probado, de tal manera que se construya una representación gráfica de la red que asegure de manera correcta su funcionamiento (Rice & Yoshioka-Maxwell, 2015: 376). De entre los algoritmos propuestos, se utilizará el conocido como Force Atlas 2. Su objetivo es posicionar los nodos en un espacio bidimensional de forma que todos los bordes son de longitud más o menos igual y haya el menor número bordes de cruce como sea posible. Esta construcción hace que las conexiones más sólidas se junten dentro del gráfico y las más débiles por fuera de él (Venturini, Heymann, & Bastian, 2014).

Esta idea será sostenida de acuerdo a la Teoría de Redes. Esta se basa de acuerdo a los siguientes elementos de base: todas las acciones humanas se basan en intercambios de información, poder o influencia con otros actores dentro del sistema (Wassermann & Faust, 2013: 36-37). Estos lazos generan una tendencia estable de conexiones dentro de un espacio que puede suponerse como red, que puede ser graficada. Este gráfico no sólo establece mecanismos de interpretación cualitativa a través de la observación de la estructura, sino observación cuantitativa mediante estadísticas (Rodríguez, 1995). De acuerdo a la doctrina, la mayor conflictividad debería verse analizada por una mayor polarización, y por una menor cantidad de intermediarios dentro del sistema (Maoz, 2006: 393). En el capítulo de análisis se hará una descripción de resultados que muestre que la posibilidad de confrontación aumenta exponencialmente a partir de una mayor separación entre los actores establecidos en la red.

Análisis cualitativo: A partir de estos estos elementos se medirán en función del test propuesto en páginas anteriores: analizar la legalidad de la respuesta estatal; y si esta se dirige a garantizar el orden público; la proporcionalidad y razonabilidad de la medida, generar discriminaciones injustificadas a ciertos sectores de la población; los mecanismos de reclamo y el control de la actividad de los actores de seguridad.

CASO DE ESTUDIO: MONITOREO DE MARCHAS Y REACCIONES DE CIUDADANOS MEDIANTE EL SNA/ COMPARACIÓN CUANTITATIVA DE LA REACCION DEL ESTADO EN TÉRMINOS DDE ORDEN PÚBLICO.

El propósito de esta sección es realizar un análisis cuali-cuantitativo de las redes, con el fin de analizar la existencia de conflictividad, y de ser así, si hay una reacción en cuanto control del orden público por parte del Estado. Para esto se decidió comparara dos redes: una que se encuentra en una circunstancia conflictiva (#13A), y por otra parte, una situación en la que no se da ese elementos (#masdemilrazones) como mecanismo de control. Ambas redes serán tratadas bajo las siguientes variables:

VARIABLE
DEFINICIÓN
¿QUÉ PRUEBA EN LAS REDES?
Grado medio
Grado promedio de nodos existentes en un grafo / número de aristas (conexiones) entre actores
Muestra la participación de actores en la discusión.
Diámetro de la red
La distancia máxima entre los nodos más alejados de la red
La capacidad de viaje de la información dentro de la red. Prueba el alcance de los mensajes y la eficacia de su propagación
Densidad del grafo
Valor de conectividad de la red, se mide como el porcentaje de relaciones entre los nodos y las aristas posibles
Sirve como un mecanismos de control de la centralidad, en relación al actor número de conexiones posibles,
Modularidad
En general, la literatura Informática asume que una red social es polarizada si los nodos se pueden dividir en dos subgrupos altamente cohesivos, lo que refleja, posiblemente, dos puntos de vista contrastantes. Mientras el índice sea más alto, existe mayor polarización
Muestra separación de puntos de vista y en consecuencia, mayor posibilidad de conflicto
Longitud media del camino
Muestra la distancia media de nodos que un se necesitan para pasar de un extremo a otro de la red
Es una evidencia de la capacidad de movimiento y reacción de la red frente a estímulos, así como de la eficacia respecto al envío de información.
Tabla 1.- Variables de análisis cuantitativo de red. Elaboración propia a partir de Wassermann y Faust, 2013

Esta es variables serán medidas a través de forma comparativa. El objetivo de este ejercicio es demostrar que la red social reacciona de diferente manera frente a un contexto de conflictividad a uno que no lo tiene y es de tipo informativo. De suceder de esta manera, la estructura completa de la red y los datos cuantitativos que suceden de ella deberían mostrar diferencias.

SITUACIÓN CONFLICTIVA #13A

El 13 de agosto de 2015, sucedieron varios hechos de enfrentamiento en la sociedad ecuatoriana, alimentados por las manifestaciones callejeras organizadas por colectivos indígenas, sindicatos, estudiantes, entre otros actores (ECUAVISA, 2015). La causa de las mismas, de manera principal, eran los reclamos provocados por la discusión en la Asamblea Nacional en torno a la una ley que aumentaba la carga impositiva a herencias y legados. Sin embargo como en otros escenarios esta no fue la única causa, sino que aumentó una tensión social existente, relacionada a otros temas: el debate ecologismo-extractivismo, y el modelo de desarrollo propuesto por el régimen. La consecuencia de estas marchas fueron episodios de fuerte enfrentamiento público, en el que las fuerzas de seguridad del Estado fueron encargadas de controlar actos violentos, con un saldo de varios heridos y contusos de ambos lados (Ministerio del Interior Ecuador, 2015).

Estas marchas callejeras tuvieron su contraparte en el Internet. Los actores políticos utilizaron el hashtag #13A, para mostrar su opiniones respecto a lo sucedido en las marchas, el comportamiento de los manifestantes y la reacción de la policía. La red resultante de ese intercambio de información, puede mostrarse en el siguiente gráfico:


Ilustración 2.- Red #13A. Fuente: Levantamiento de información de Twitter a través de NodeXL y graficada en Gephi mediante distribución Force Atlas 2
De la red mostrada pueden verse una serie de evidencias de utilidad para nuestro estudio. En primer lugar se muestra que la información contenida se discute únicamente entre usuarios bien conectados entre sí. Esto hace que se generen dos clústeres (agrupaciones o cúmulos) de usuarios, que de un análisis del contenido de los tuits muestra que comparten o difunden información que es la general aceptada por su grupo (Huguet, Latané, & Bourgeois, 1998: 832). Este hecho es aceptado por la doctrina, por cuanto la teoría de redes establece como norma general que aquellos que tienen una fuerte conexión de ideas, creencias y datos, compartirán información en mayor medida con aquellos con quienes comparte estos argumentos (Granovetter, 1973).

A su vez, los lazos fuertes son acompañados por lazos débiles, que como se ve en la gráfica, son aquellos que sirven del puente entre gobierno y oposición (Granovetter, 1973: 1373). La existencia de estos elementos es vital, por cuanto estos son los espacios de interrelación y gestión que son imprescindibles para mantener el pluralismo y generar comunidad. En el caso de la presente red, existe una mínima proporción de estas conexiones entre actores, lo que provoca que no haya un intercambio eficaz de información entre los diferentes actores y a través de ello, una reducción de polarización y la posibilidad de acción directa.

En el caso ecuatoriano, lo sucedido ha sido una entrada del estado como actor dentro de la discusión de la red, pero en una situación no horizontal de poder, lo que rompe la teoría tradicional del Internet, que suponía esta herramienta como un medio para poner al Estado en una situación de igualdad con los ciudadanos. De acuerdo a actores de oposición política y organismos internacionales de la sociedad civil, el mecanismo gubernamental se basa en ver con desconfianza en la red, bajo el argumento que el anonimato puede ser un espacio para que haya abusos por parte de ciudadanos (Freedom House, 2015: 255-257). Esto ha provocado la creación de plataformas propias de acción comunicativa, y la generación de políticas propias de intervención partidaria dentro de las redes sociales (Redacción el Comercio, 2015).

Todo esto podría constituir un desvanecimiento de los alcances del pluralismo, por cuanto se da una asimetría en los recursos y en el poder comunicacional. Sin embargo y a nivel de pura comunicación política es un mecanismo de framing: se enmarca un relato y se ejercen todas las acciones comunicacionales en torno a ese relato (Scheufele, 2000: 306 y ss).

RED COLABORATIVA #MASDEMILRAZONES

La segunda red a analizar es la existencia de una red colaborativa, que busca la expansión de un mensaje. Una de las más fuertes apuestas del gobierno ecuatoriano es la construcción de una imagen nacional que muestre los avances gubernamentales, especialmente en materia de reducción de la pobreza, desarrollo y el cambio del modelo de desarrollo hacia una economía de servicios y productos con alto valor agregado.

Para promocionar esta idea, las plataformas comunicacionales a nivel gubernamental proporcionan hashtags para construir potencia discursiva. Esta red #masdemilrazones puede analizarse en el siguiente gráfico


Ilustración 3.- Red #masdemilrazones. Fuente: Levantamiento de información de Twitter a través de NodeXL y graficada en Gephi mediante distribución Force Atlas 2

De la información construida en el gráfico, hay una serie de consecuencias a tener en cuenta. En primer lugar puede notarse que no existe una polarización ni la existencia de cúmulos de usuarios que comparten información propia: existe una estructura de usuarios que comparten datos en sus propias condiciones y necesidades. En segundo lugar, los usuarios no generan información discordante, sino que aportan en la propagación de mensajes.

De los datos levantados, ¿Esta información demostraría la existencia de una red no confrontativa? Para esto, es necesario hacer una comparación denlos datos estadísticos disponibles de ambas redes:

VARIABLE
RED #13ª
RED #masdemilrazones
CONSECUENCIA
Contexto
Nodos: 3187
Arista: 8146
Nodos: 3096
Aristas: 12518
En la primera red, hay menos usuarios que hacen más interacciones, por lo que se puede notar más reactividad por parte de los actores involucrados
Grado medio
2,572
4,403
Una red más pequeña implica una mayor posibilidad de contacto entre actores y como consecuencia una mayor confrontación.
Diámetro de la red
15
12
La red #13ª a pesar de ser más pequeña tiene mayor extensión e influencia dentro del sistema completo.
Densidad del grafo
0.001
0.001
Se mantiene una densidad igual.
Modularidad
0.754
0.447
Una mayor modularidad prueba la mayor creación de cúmulos y en consecuencia una mayor concreción en la red.
Longitud media del camino
5.444
4.326
La primera red tiene mayores evidencias de dificultades para poder propagar información en toda la red.
Tabla 2.- Variables de análisis cuantitativo de red #13A y #masdemilrazones. Elaboración propia a partir de Wassermann y Faust, 2013, con estadísticas obtenidas por Gephi.

Entonces, de los datos analizados se puede concluir lo siguiente: en el evento de que suceda una situación en el entorno público, y que esta pueda acarrear una situación de conflictividad, la red social que discuta el contenido de esta red reflejará los alcances de la estructura física. Esto se demostraría en las siguientes trazas heurísticas: Una red más concentrada en sus interacciones, y como consecuencia, una mayor posibilidad de que los usuarios interactúen con mayor intensidad entre ellos. Esta intensidad se vería reflejada en el diámetro de la red, que sería más amplio como consecuencia de un mayor número de interacciones entre número menor de usuarios. Por otro lado, el factor de modularidad se convierte en un hecho básico para medir la conflictividad. En el momento de la creación de clústeres (como se puede apreciar en la red #13ª), lo que sucede es la confirmación de la teoría planteada por Granovetter: los lazos débiles son aquellos que hacen que las comunidades de usuarios se la tengan estables, gracias a que sirven como canales de comunicación entre los diferentes estamentos dentro del sistema.

ANÁLISIS DE RESPUESTA ESTATAL RESPECTO AL ORDEN PÚBLICO

En relación a la gestión del orden público, el tema cambia totalmente, ya que las tácticas comunicacionales son supuestas como mecanismos directos de control del orden público. Respecto a este caso, lo sucedido en el caso ecuatoriano se propone desde la doctrina como una situación ambivalente, ya que la apertura tecnológica se pone en contraposición con un debate sobre la visión del Internet como un medio de comunicación adecuado para el modelo de democracia supuesto por el Gobierno Nacional.

Sobre estas tensiones, el Gobierno Nacional ha planteado que las redes sociales, tiene su error principal en el anonimato, lo que implica una respuesta estatal para el mantenimiento de la verdad (Redacción el Comercio, 2015). En segundo lugar se ha propuesto que la confrontación política nacional y regional será básicamente mediática (Correa Delgado, 2015: 21), y se tiene construido un aparato de organización que logre transmitir mensajes.

Respecto al orden público, a excepción de un juicio penal directo hacia una persona por motivos de injuria, el Gobierno Nacional no ha tomado ninguna medida reactiva respecto a la ruptura del orden público. En el caso que suponga, debería hacerse una respuesta basada no únicamente en la ley, sino en la política pública, que pueda actuar de manera proactiva en torno a la solución de los problemas. Para poder describir las reacciones del Estado respecto a ese tema en el entorno de las redes sociales, utilizaremos las características explicadas por la Corte Constitucional Colombiana y descritas en el presente artículo:


Sometimiento al principio de legalidad.- Sobre este punto, la Ley de Comunicación es clara (Registro Oficial No. 22, Tercer Suplemento de 25 de junio de 2013) establece que las redes sociales no son un espacio controlado por el Estado:

Art. 4.- Contenidos personales en internet.- Esta ley no regula la información u opinión que de modo personal se emita a través de internet. Esta disposición no excluye las acciones penales o civiles a las que haya lugar por las infracciones a otras leyes que se cometan a través del internet.

En ese orden de cosas, el Código Orgánico Integral Penal, establece una serie de tipos penales en los cuales se proponen una serie de conductas prohibidas que pudieran ameritar actuaciones estatales, por ejemplo, aquellas relacionadas con injuria, incitación a delinquir, pánico económico, entre otras. De la experiencia cuantitativa se demuestra que el estado ha investigado un número reducido de cuentas de Twitter como mecanismo de prueba para juicios penales.

Dirigirse a garantizar el orden público.- De la información recolectada, el comportamiento del Ejecutivo está centrada en un control estricto de las actividades públicas. El mismo Plan nacional del Buen Vivir supone que la acción más importante de la administración pública tiene como objetivo el modelamiento social a través de la actividad pública.

En relación a este tema, hay un interés manifiesto del gobierno en torno al control. Por ejemplo, en el proyecto del Ley del Código Orgánico Integral Penal, se propuso en el art. 474, que por el lapso de seis meses, los datos relativos a hora de entrada y salida de uso de Internet, y un registro de actividad realizada, debían mantenerse en archivo. Este artículo suponía a) una violación al espíritu que anima a nuestro sistema jurídico, b) Incumplía principios establecidos en la Constitución y en tratados internacionales; y c) Ponía a los ciudadanos en una situación de desigualdad. En tal razón, al concebir un artículo con la propuesta redacción, los legisladores podrían hacer que el Estado incumpliera la obligación de medio que tiene como garante de derechos.

Adoptar medidas proporcionales y razonables al fin perseguido, sin suprimir desproporcionada o absolutamente las libertades y teniendo en cuenta que en algunos ámbitos estas regulaciones pueden resultar más importantes que en otras.- Respecto a este punto, la información constante en informes, plantean que existen mecanismo no legales de limitación de acciones, no basadas en el orden público, sino en mecanismos de presión a través actos de control de derechos de autor (Freedom House, 2015: 261-262). Aunque estos no son controles de orden público, pueden ser un mensaje de que la maquinaria estatal construye control.

No imponer discriminaciones injustificadas a ciertos sectores de la población.- No existe evidencia de una acción de esta naturaleza, por cuanto de manera legal, no hay una distinción ilegítima en torno a una población determinada.

Recaer contra el perturbador del orden público, pero no contra quien ejerce legalmente sus libertades.- Al respecto la información afirma que han existo actos de exposición pública de actividades de ciudadanos en relación a sus expresiones en redes sociales (Freedom House, 2015: 263-267).


CONCLUSIONES

La situación expuesta en estas páginas hace ver dos situaciones contrapuestas. El caso ecuatoriano se manifiesta como un espacio de tensiones entre los diferentes actores sociales, sin que esto pueda suponerse como un espacio de ruptura absoluta del orden público ni de una reacción no legal o no proporcional por parte del Estado. Hay casos aislados que no muestran una tendencia general, pero hay que tener en cuenta que la ruptura del orden público genera mecanismos de acción tan amplios como la idea polisémica propone.

En segundo lugar este texto quiere mostrar cómo podemos comparar mecanismos de conflictividad desde el funcionamiento de las redes sociales. A través de la información cuantitativa se pueden establecer evidencias claras del comportamiento de un grupo humano, su capacidad de discusión, y en suma, la manera en que reaccionarán a una situación. Al tener datos claros sobre conflictividad, aumentan las posibilidades de poder construir respuestas legales, legítimas y proporcionales a la acción de los ciudadanos.

Finalmente, los casos demuestran que hay restricciones en el sistema público, manifestadas en una mayor cantidad de controles administrativos, por lo que la definición de orden público, al menos en el caso ecuatoriano se encuentra en una posición en la que se politiza la acción del Estado de Derecho y se construyen definiciones internas y cambiantes del país. Este es un debate en construcción, y para posteriores ejercicios se debería hacer un ejercicio de seguimiento de causa y consecuencia del comportamiento del Estado.







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