Conferencia Inaugural \"I Foro Europeo sobre libertad de religión y libertad de expresión\"

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EL EQUILIBRIO ENTRE LIBERTAD DE RELIGIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN: EL CAMINO HACIA LA CONVIVENCIA CON RESPETO “Desconfío de la incomunicabilidad porque es la fuente de toda violencia” Jean Paul Sartre La constitución misma de una sociedad, es un camino de largo alcance, que llega a su punto de estabilidad cuando hay claridad acerca de las condiciones de su estructura, de sus reglas y de los derechos y deberes con los que gozan sus ciudadanos para su adecuado crecimiento y desarrollo. Si bien cada sociedad cuenta con una forma particular de entender su realidad, hay condiciones que como seres humanos nos caracterizan, que nos hacen ser- humanos, y que establecen una igualdad innegable entre todos y todas, haciéndonos merecedores de respeto, reconocimiento y equidad. El paulatino reconocimiento que ha tenido esta condición de “humanidad”, ha permitido avanzar hacia el fortalecimiento del binomio compuesto por el criterio ético de “dignidad” y el concepto jurídico de “seres de derechos”, que cobra gran relevancia en las sociedades contemporáneas a partir de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su artículo 1° afirma, "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos." El concepto de dignidad humana ha tenido diferentes fases de comprensión, desde la concepción dada por la religión en la época pre-moderna, en donde se resalta la dignidad del hombre como un valor otorgado por su Creador; hasta la época moderna en donde se entiende que “el hombre es un fin en sí mismo y debe ser tratado como tal y no meramente como un medio”1. Esta conceptualización realza la relación existente entre la dignidad y los derechos. En este mismo sentido, y en concordancia con lo establecido por Habermas, existe una conexión interna entre la noción moral de la dignidad humana y la concepción jurídica de los derechos humanos2. Esta articulación reafirma la importancia de una sociedad fundamentada en el marco del respeto y de una norma moral amplia en donde sea 1

Pelé, Antonio. Una aproximación al concepto de dignidad humana. Universidad Carlos III de Madrid. Recuperado en http://universitas.idhbc.es/n01/01_03pele.pdf 2 Habermas, Junguer, El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos. Diánoia vol.55 no.64 México may. 2010. Recuperado en http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=s018524502010000100001&script=sci_arttext

erradicada toda postura discriminatoria, y se reconozca el principio de igualdad tanto desde el enfoque jurídico como político, a pesar de las desigualdades naturales existentes3. En este sentido, pensar en que existen derechos con mayor preponderancia que otros, es tanto como pensar que existen hombres y mujeres con mayor dignidad que otros, lo que contravendría el propósito mismo de la dignidad. Resultaría entonces paradójico considerar que el cuidado y la defensa de cualquiera de estas libertades, produzca una agresión o violación hacia alguna otra, o que se considere la existencia de categorías o prioridades entre de los derechos fundamentales. No obstante, los acontecimientos han demostrado que esta inestabilidad se ha constituido en una realidad, y que ha empezado a desencadenar nefastas consecuencias sociales. Una de las mayores preocupaciones en materia de vulneración y desequilibrio de derechos humanos en la actualidad, se encuentra en la intolerancia hacia las manifestaciones de fe de los individuos, que en numerosas ocasiones tiene su origen en un discurso de odio amparado en el derecho a la libertad de expresión. Muy a pesar de la clara y evidente relevancia de la libertad de religión o creencia como base del desarrollo individual, social y colectivo sobre el que se fundamenta la plataforma axiológica de la mayoría de los individuos; así como de la libertad de expresión, como una manifestación que debe ser vista desde todas sus dimensiones y que cobija la exteriorización misma de la realidad desde los ojos de quien observa su esencia, el conflicto entre estos dos (2) derechos ha venido generando con frecuencia un escenario hostil, de vulnerabilidad, o bien la estigmatización hacia quienes practican una convicción de fe determinada. Las consecuencias producidas por los discursos orientados a generar odio, cada vez son más alarmantes y cobran un mayor número de víctimas. Ha sido demostrado que el efecto de las palabras es tan letal, en ocasiones, como empuñar un arma de manera irresponsable. Recientemente los medios de comunicación han dado a conocer casos alrededor del mundo en donde se han producido pérdidas de vidas humanas como consecuencia de discursos de hostigamiento y acoso. Uno de los más recientes, lo tenemos en España en donde una joven estudiante de 16 años, hace tan solo unas semanas, decidió quitarse la vida debido al severo acoso sufrido por parte de algunos de sus compañeros. El discurso de incitación al odio, se encuentra inmerso en todos los sectores sociales, aunque a lo largo de esta jornada nos enfocaremos en el hostigamiento dirigido hacia quienes profesan un sentimiento religioso. 3

Idem

Resulta preocupante ver el crecimiento de la intolerancia y la forma en la que cada vez se incluyen más países a la lista de aquellos en los que existe persecución severa hacia quienes tienen una convicción religiosa. De acuerdo con el informe “Libertad Religiosa en el Mundo 2014”, elaborado por la Fundación Ayuda a la Iglesia Necesitada, el derecho a la libertad de religión o creencia es un asunto que preocupa cada vez más por su creciente deterioro. En una clasificación que determina la complejidad de la problemática, 82 de 196 países del mundo se encuentran en la categoría media-alta de vulneración de este derecho, de los cuales 20 se ubican en las condiciones más preocupantes como consecuencia de las persecuciones religiosas ligadas al extremismo y a regímenes autoritarios. 4 También se afirma en dicho informe, que dado el creciente fenómeno que se ha venido dando en Europa Occidental por la conformación de sociedades multi-confesionales, se han incrementado de manera significativa las tensiones, tanto políticas como sociales hacia las minorías religiosas emergentes. Del mismo modo, resalta como uno de los grandes factores de la discriminación por asuntos de fe el desconocimiento del hecho religioso, que está obstaculizando el diálogo productivo y la formulación de políticas eficaces 5. Las consecuencias que deja la discriminación religiosa en el mundo, trasciende a todos los ámbitos sociales. Según el informe “International Religious Freedom” presentado por Estados Unidos, la persecución religiosa en el mundo ha producido en los dos últimos años la mayor cantidad de desplazamientos forzados y de refugiados. El informe afirma que “En cualquier parte del mundo, millones de cristianos, musulmanes, hindúes y fieles de otras religiones han sido forzados al abandono de sus hogares por motivos de creencias religiosas. Hay comunidades enteras que han desaparecido de sus tradicionales lugares de residencia y se han dispersado a otros países. En las zonas en conflicto (Sudán, República Centroafricana, Siria e Irak, entre otros), la huida es la norma”6 El caso particular de España no resulta alentador. De acuerdo con el último informe sobre la libertad religiosa, emitido por el Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia, se evidencia un aumento de los casos de violencia y de incitación al odio, lo que supone una muestra significativa de la intolerancia que una parte de la sociedad ejerce hacia los

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Recuperado en http://www.osma-soria.org/pdf/informe_ain_2014.pdf

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Recuperado en http://www.osma-soria.org/pdf/informe_ain_2014.pdf Recuperado en http://radio.uchile.cl/2014/08/09/miles-de-muertos-en-el-nombre-de-dios

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creyentes de algunas religiones. Esto, es aún más notorio en cuanto a las agresiones que se realizan en las redes sociales de forma constante7. La emergencia de nuevas formas de hostigamiento a través de Internet y los discursos individualizados orientados al desprestigio y la estigmatización, han desvelado el gran reto que afrontan las comunidades de fe frente a un laicismo severo que pudiera haberse empoderado en buena parte de las sociedades contemporáneas y que encuentra su expresión extrema en el discurso de incitación al odio por motivos de religión o creencia. La incitación al odio religioso se está convirtiendo en uno de los más preocupantes detonadores de violencia en las sociedades actuales junto con los atroces actos terroristas y genocidios llevados a cabo en nombre de la religión. La búsqueda imperante de una paz duradera ha de tener en cuenta el fenómeno del crecimiento del extremismo religioso. Para combatirlo eficazmente es imprescindible comprender tanto sus orígenes como las causas que lo impulsan, que en ocasiones podrían residir en la intolerancia y el desconocimiento del otro como un igual. Encontrar razones objetivas para la promulgación del odio por convicciones religiosas es una labor casi imposible, no hay ninguna razón que justifique el desprestigio, hostigamiento y acoso que debe vivir todo aquel que por razón de sus creencias se ve expuesto a las palabras de quienes no comparten su visión del mundo. No se trata de impulsar una sociedad en la que haya una estandarización de la forma de pensamiento o de la comprensión de la realidad, pero sí es necesario entender que todas las formas de vida son válidas y que es desde el respeto a la heterogeneidad y la diversidad como se logra la construcción de una sociedad intercultural y multicultural. El reconocimiento internacional otorgado a la defensa de la libertad de religión o creencia, ha sido determinante para todos aquellos que han visto en este derecho universal, el camino para impulsar una cultura en favor de la convivencia armónica. La Declaración Universal de Derechos Humano, la Convención Americana de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio; la Convención sobre los Derechos del Niño o la Convención del estatuto de los refugiados8, son solo algunas de las 7

Recuperado en http://miraismo.org/index.php/sala-de-prensa/item/222-informe-sobre-la-libertad-religiosa-enespana 8 La libertad de conciencia, la manifestación de creencias y la libertad de culto en el ordenamiento jurídico chileno. Revista Ius et Praxis, 12 (2): 13 - 41, 2006

fuentes formales del derecho internacional a partir de las cuales diversas constituciones de los estados han fundamentado su defensa de la libertad de religión o creencia. El pasado 19 de marzo, fue emitida por la Asamblea General del Consejo de Derechos Humanos la resolución sobre el racismo, discriminación racial, xenofobia, y formas conexas de intolerancia, retomando las resoluciones emitidas en 2012, 2013 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la cual se hace un llamado a garantizar el derecho de expresión, para que contribuya al pleno respeto de buscar, recibir y difundir información, fortaleciendo la democracia y la lucha contra la intolerancia religiosa. La relevancia de este tema y la preocupación por parte de la comunidad internacional ha tenido tal magnitud que Naciones Unidas adoptó durante la celebración de la última sesión del Consejo de Derechos Humanos, la creación de una Relatoría Especial para la protección del derecho a la intimidad en la era digital, acciones que aplaudimos al ser propulsoras del reconocimiento a una problemática subestimada hasta ahora. De igual forma, el Consejo de Derechos Humanos, en Marzo de 2015 ha reiterado su atención en los asuntos de fe entendiéndolo como un derecho UNIVERSAL, y por lo tanto de interés para todos los países, de carácter INDIVISIBLE, ya que no se puede separar de la esencia del ser humano, e INTERDEPENDIENTE con otros derechos humanos, lo que aumenta su relevancia. En el marco de este mismo documento, condena la utilización de estereotipos negativos, y la estigmatización de las personas por motivos de religión o de creencia, por fomentar de manera significativa la discriminación e incentivar los índices de violencia y agresión que no encuentran otra justificación que la incomunicabilidad y el profundo desconocimiento del otro. Aunque insuficientes, hemos dado importantes pasos en la defensa de los derechos de aquellos que se han visto vulnerados a lo largo de la historia: la lucha por la igualdad de las mujeres ha logrado garantizar muchos de los espacios que desde siempre han merecido; el sesgo y la discriminación por asuntos de raza o sexo, cada vez más, se convierte en un acto socialmente censurado y castigado. Referentes como estos, han de servirnos para afrontar con optimismo los esfuerzos necesarios hasta lograr conformar sociedades cada vez más incluyentes, caracterizadas por la convivencia con respeto, defensoras de los derechos humanos y del ejercicio armónico de las libertades fundamentales. Nuestra condición de seres humanos nos ubica en un escenario de igualdad, en el cual, la defensa de esa cualidad, debe estar volcada a garantizar el disfrute de una vida digna y a

establecer las condiciones de una nueva cultura, trascendente y transgeneracional, en la cual creer y expresarnos constituyan dos elementos equitativamente valorados. Es el momento de continuar articulando a todos los actores de la sociedad civil en este propósito. De impulsar una cultura de respeto a la identidad del otro a partir de los escenarios educativos; de involucrar a todos los sectores comunitarios y políticos para que desde sus competencias impulsen el control social y promuevan escenarios, no solamente de reconocimiento, sino de defensa hacia quienes ven sus derechos vulnerados por causa de su sentimiento religioso. Esperamos que este Foro sea uno de esos espacios, un escenario de reflexión, de reconocimiento y de propuestas que nos permitan seguir avanzando hacia una sociedad renovada, en la que a cada ciudadano se le considere merecedor de todas las garantías públicas y privadas para desarrollarse y desenvolverse libremente, en un marco de tolerancia, convivencia y respeto. Bienvenidos al “I Foro Europeo sobre libertad de religión y libertad de expresión”.

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