Celos como causal de divorcio en Colombia

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Celos como causal de divorcio en Colombia

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En un fallo sin precedentes, la Corte Constitucional determinó que los celos son una causal para solicitar el divorcio, es por ello que se actualizó recientemente todas las bases jurídicas de familia en Colombia para que los jueces puedan dar el divorcio a aquellas personas que lo solicitan porque sus parejas son celosas.
Pero esto se da, claro está, cuando se llega a un punto de presión psicológica extrema y no simplemente por un berrinche de un solo momento. Hace un tiempo para atrás, los celos no eran considerados una causal para este tipo de solicitudes, porque no era considerado un problema de gravedad para la pareja, ni mucho menos para la mujer, que es la principal víctima de esta situación.
Anteriormente, no se reconocía desde el aspecto legal la violencia psicológica como punto de partida para castigar y condenar a una persona por realizar este tipo de actos. Pero con la inclusión de los celos como causal de separación se ha dado un paso al considerar la violencia psicológica como un aspecto que afecta la tranquilidad de una persona. Por ello, los celos constituyen un ataque psicológico contra el cónyuge.
Violencia de género
Así lo demostró Gloria Stella Ortiz en su ponencia ante la Corte en la que demostró que los celos sí son un acoso psicológico y puso como ejemplo el caso de una señora que venía siendo acosada por su esposo.
La situación se dio porque él pensaba que su pareja le era infiel en el trabajo y cada día la recriminaba con palabras fuertes y actitudes muy marcadas por el machismo. Incluso llegó un día a tomar muestra de sangre de su hija para comprobar que sí era su hija.
Ante esto, la esposa solicitó el divorcio en repetidas ocasiones pero siempre fue negado porque no ameritaba una causa lógica para el divorcio. Pero gracias a la ponencia de la magistrada Gloria Stella se llegó a la conclusión de que si es una falta que ameritaba darlo.
Dentro de los argumentos presentados por esta magistrada está también que los celos constituyen violencia intrafamiliar y violencia de género y esto está reglamentado y juzgado desde las convenciones de las Naciones Unidas. Gracias a este favorecimiento y a la situación presentada por la mujer acosada por su esposo, la Corte afirmó:
"El estado de tensión, la angustia, el aislamiento, el nerviosismo y la desconcentración en el trabajo generados por los celos enfermizos y agresivos de su esposo son muestra de malos tratos psicológicos a la que la mujer era sometida. Por lo cual, contrario a lo valorado por el juez, sí estaba demostrada la causal alegada".
Con lo cual se dio a favor de ella el divorcio.
Pero en este caso presentado de acoso hacia la mujer, puede ser también tomado al contrario. Los celos no son exclusivos de los hombres, sino también de las mujeres. Pero en este sentido constituyen violencia de género y esto está penalizado en Colombia.



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