Captador ilegal de dinero: figura engañosa y que prolifera en Colombia

July 14, 2017 | Autor: Miguel Ramírez | Categoría: Law, Criminal Law, Colombia, DERECHO PENAL, Derecho, Fraud, Fraude, Derecho Mercantil, Estafa, Fraud, Fraude, Derecho Mercantil, Estafa
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Captador ilegal de dinero: figura engañosa y que prolifera en Colombia

https://justiciayleyescolombia.wordpress.com/2015/02/19/captador-ilegal-de-dinero-figura-enganosa-y-que-prolifera-en-colombia/#more-69



La Superintendencia de Sociedades de Colombia señaló en 2014 durante un comunicado los elementos más comunes para identificar al captador ilegal de dinero, una figura que si bien puede lucir atractiva debido a los ingresos económicos, termina siendo ilegal porque cae en la reaparición de las conocidas pirámides.

El público que utiliza este tipo de organizaciones piramidales está conformado generalmente por jóvenes universitarios contactados a través de sitios web y redes sociales por estafadores que los reclutan con la promesa de otorgarle tres veces más de las inversiones incluso en el primer pago.

Popularidad en crecimiento
Ante la creciente popularidad de la publicidad concerniente a este tipo de actividad, el comunicado de la Superintendencia recuerda que esta práctica, en la que se mantiene una deuda o compromiso con más de 20 personas por más de 50 obligaciones a través de un tercero, está tipificada por ley y podría llevar a la cárcel con una pena máxima de dos a seis años.

Para identificar a quienes pudiesen estar incurriendo en este delito, el texto da algunas señales, como que conjunta o separadamente se hayan realizado en menos de tres meses consecutivos más de veinte contratos de mandato con la idea de administrar dinero bajo modalidad de libre administración, para luego invertirlo en títulos o en valores.

A ojos de la justicia, una persona califica como captador ilegal de dinero cuando el valor total de los recursos que pasa por sus manos sobrepasa el 50% del patrimonio total de quien realizó el pago o que las transacciones realizadas hayan sido el resultado de ofertas públicas o privadas de alguien sin especificar.

La excepción de todo esto son las sociedades mercantiles. Pueden captar dinero del público sin previa autorización siempre y cuando se apague a las leyes y no capte de manera masiva el dinero del público.
Importante es saber que aquellos que pese a no ser parte de la organización fraudulenta ni de su fundación participen de alguna u otra manera en lo mismo porque serán considerados cómplices.
Si deseas más asesoría o fuiste víctima de un captador ilegal de dinero en Colombia, escríbeme a [email protected]


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