\"Aves negras\": abogados rurales y la experiencia de la ley en la región pampeana, 1890-1945

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"Aves negras": Abogados rurales y la experiencia de la ley en la region pampeana, 1890-1945 Author(s): Juan Manuel Palacio Source: Desarrollo Económico, Vol. 44, No. 174 (Jul. - Sep., 2004), pp. 261-288 Published by: Instituto de Desarrollo Económico y Social Stable URL: http://www.jstor.org/stable/3456038 Accessed: 15/04/2010 16:24 Your use of the JSTOR archive indicates your acceptance of JSTOR's Terms and Conditions of Use, available at http://www.jstor.org/page/info/about/policies/terms.jsp. JSTOR's Terms and Conditions of Use provides, in part, that unless you have obtained prior permission, you may not download an entire issue of a journal or multiple copies of articles, and you may use content in the JSTOR archive only for your personal, non-commercial use. Please contact the publisher regarding any further use of this work. Publisher contact information may be obtained at http://www.jstor.org/action/showPublisher?publisherCode=ides. Each copy of any part of a JSTOR transmission must contain the same copyright notice that appears on the screen or printed page of such transmission. JSTOR is a not-for-profit service that helps scholars, researchers, and students discover, use, and build upon a wide range of content in a trusted digital archive. We use information technology and tools to increase productivity and facilitate new forms of scholarship. For more information about JSTOR, please contact [email protected].

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DesarrolloEconomico, vol. 44, Ng 174 (julio-setiembre2004)

"AVES NEGRAS": ABOGADOS RURALES Y LA EXPERIENCIA DE LA LEY EN LA REGION PAMPEANA, 1890-1945 JUAN MANUEL PALACIO*

El tema de la expansion agropecuaria pampeana ha sido objeto de mucho debate entre los historiadores.Discusiones en tornodel caracter productivoo rentististico de nuestros terratenientes, de la situacion de los chacareros arrendatariosy sus posibilidades de ascenso social, del rol del sector agropecuario en la exitosa insercion del pais en el mercado mundial-asi como, luego, su responsabilidad en los fracasos de la economia argentina- han llenadomiles de paginas en nuestrahistoriografia. Menos espacio ha merecido un aspecto de la historiade esa expansion, que sin embargo jugo un papel decisivo en dicho desarrollo agropecuario. Se trata de la conformacion de una culturalegal que se fue generando a nivel local en los distintos distritos ruralesde la region pampeana en su periodo de gran expansion, y gracias a la cual aspectos fundamentales de la produccion como el credito o la locacion pudieron desarrollarse adecuadamente, a pesar de cierto vacio legal que predomino en esas areas claves de la organizacion productiva: En efecto, la expansion agropecuaria pampeana se construyo sobre un relativo vacio legal e institucional. Este vacio consistia en la ausencia relativade leyes -de arrendamiento,de regulacion del trabajorural,de credito oficial-, en la existencia de importantesdefectos en las pocas vigentes y, por sobre todas las cosas, en la ausencia de organismos estatales de controly supervision para hacerlas cumplir.La precariedad del contexto juridicoy contractual en el que se desarrollaba la producciOnse manifestaba en dos sectores claves por su importanciasocial y economica: la carencia de una politica de credito oficial al agricultorarrendatarioy la falta de regulacion efectiva del sistema de tenencia de la tierra.Esto Oltimofue especialmente estrategico para la consolidacion de la estancia mixta-la organizacion productiva por excelencia en la region pampeana-, cuya clave de funcionamientoconsistia en la posibilidad de efectuar rapidos desplazamientos entre la agriculturay la ganaderia, modaCONICET / UniversidadNacionalde San Martin.

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lidad que un ambiente contractual mas rigido habria obstaculizado1. En otras palabras, este vacio fue estrategico para los grandes beneficiarios de esa expansion, a la vez que particularmentedanino para los pequenos y medianos agricultores arrendatarios, en manos de quienes estaba el grueso de la produccion agrfcola de la region. La consecuencia mas importante de esta intemperie juridicafue el peso casi excluyente que cobraron las instituciones y arreglos locales en la trama de la convivencia social y la vida economica de los diferentes distritos rurales de la region pampeana. Asi, precarios documentos como pagares, vales y obligaciones escritas a mano, que circulaban en un circuito informalde comerciantes, terratenientes o simples particulares, reemplazaron eficazmente al cr6dito oficial, mientras que contratos verbales de arrendamientoy entendimientos tacitos regularon localmente el mercado de tierras por medio del cual los agricultores accedian a la produccion. Esos instrumentos,insignificantes como podian parecer, se convirtieronsin embargo en piezas fundamentales del credito local y de la locacion en la region y en ese sentido sirvieronmuy eficazmente para viabilizarla produccibn. Los mtltiples conflictos que generaban esos mismos instrumentosprecarios raravez estallaron en grandes revueltas o enfrentamientosviolentos y antes bien fueron dirimidosmansamente en ambitos mas institucionales. Esto fue asi gracias a las practicas cotidianas de los mismos protagonistas de la produccibn. Estas practicas consistian, en primertermino, en la aceptacion, por parte de todos los actores, de esos instrumentos contractuales, sin los cuales la produccion no hubierasido posible. Pero ademas, esas practicas implicabanla construccibn de espacios en donde la validez y alcance de esos documentos podian ser puestos a prueba. A traves de reclamos sistematicos ante los tribunales locales, cada vez que surgia una disparidad de criteriosen torno de esos documentos o cada vez que por cualquier motivo se los queria hacer valer, estos protagonistas no solo definian el alcance preciso de los instrumentos. Tambien legitimaban un espacio donde estos tenian fuerza juridica, a la vez que delimitaban claramente una de las arenas del conflicto. Con el tiempo, la practica en cuanto al uso de esos instrumentos, asi como donde y como disputar su validez, fue fundando las bases de un orden -o "paz"-en el que se baso la convivencia social y sobre el que descansaba fuertemente la vida economica2. Ademas de la buena voluntad de los actores de Ia produccion, la resolucion de esos conflictos dependib de la existencia y buen funcionamiento de ciertas instancias institucionales a nivel local. En particular,el Juzgado de Paz fue un ambito clave para dirimirlos conflictos tanto como para convalidar las practicas locales y para hacer valer la letrade las leyes. ElJuez de Paz era el garante de las reglas del juego, que suplia de alguna manera las carencias del sistema. Ante 61se validaban, en caso de discordia, los pagares y las cuentas corrientes que los comerciantes libraban a favor de chacareros y trabajadores, los contratos verbales de locacion y hasta la 1Un desarrollo detallado de estas ideas en JUANMANUEL PALACIO: "Laestancia mixta y el arrendamiento

agricola:algunas hipotesis sobre su desarrollohistoricoen ia regionpampeana, 1890-1945",Boletinde Historia Argentinay AmericanaDr EmilioRavignani,N- 25, 2004, Buenos Aires. 2 Para un completo desarrotlo de estos argumentos vease JUANMANUEL PALACIO: The Peace of Wheat:

Judges, Lawyers,and Farmersin PampeanAgricultural Development,1887-1943,Ph.D.Dissertation,University of California,Berkeley,2000.

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palabra empenada, de acuerdo a la ley. Y era gracias a esta circunstancia que todos esos precarios arreglos funcionaban eficazmente. Ante el, por otro lado, se ensayaban las distintas estrategias para explotar al maximo los posibles beneficios que podian desprenderse de la letrade las pocas leyes que regulaban la vida agraria. En definitiva,el juez era la garantiade la resoluci6n,la atencibny el tratamientoinstitucional y -no menos importante- pacifico de muchos conflictos; en gran medida, gracias a su actuacion moderadora, la vida cotidiana transitaba arm6nicamente. En la conformacibn de ese orden local tambien fue decisiva la existencia de mecanismos de difusion de la ley y de los procedimientos judiciales por parte de una red de representantes legales o "abogados". Frutosdel sistema, estos abogados se ubicaron en el medio de una demanda creciente de justicia y una oferta escasa de "ley"y desde alli hicieron su agosto. En el camino, aun sin quererlo, jugaron un papel decisivo en la difusidn de la informacion-legal, pero tambien, fundamentalmente, juridicay procesal- en toda la campana bonaerense y ayudarona consolidar a traves de los anos una solida cultura legal3 que, gracias a ellos, tambien alcanz6 a los sectores de mas baja extracci6n social, culturaly econ6mica. Es sobre estos ultimos actores que se concentra el presente trabajo. De la mano de las practicas procesales en las que eran expertos y, mas en general, con su asesoramiento legal y profesional, estos representantes legales obligaban a jueces y partes a una permanente tarea de actualizacion y perfeccionamiento en el conocimiento de la ley y sus usos. Eltrabajo analizara el desempeno de estos representantes legales en un distritoruralsituado en el coraz6n de la region triguerade la provincia de Buenos Aires -el partido de Coronet Dorrego- durante los anos de la gran expansion agropecuaria pampeana4. Se intentaraprimeroidentificara estos representantes en el contexto de la sociedad local y resenar su actuacion profesional en el partido, asi como discutir una imagen excesivamente negativa que pesa sobre ellos en la historiay en la historiografia.El trabajo analizara luego, con algun detalle y en forma descriptiva, la actuacion de los leguleyos en los juicios, para luego extraer algunas conclusiones sobre el rol que desempenaron en el ambito de la sociedad local, asi como las variadas reacciones que esto genero. "Aves negras" Simples vecinos que se habian ido especializando en litigios judiciales, sus tiempos, formalidades y reglas internas, los abogados rurales se ubicaban entre los que ofrecian justicia y los que la demandaban y constituian una pieza fundamental de la culturalegal de la region pampeana. Sus saberes legales y procesales no solo podian decidir la suerte de una demanda. En el largo plazo, tambien eran determinantes para darle forma a la letra de las leyes en las multiples arenas procesales de los juzgados de paz. Habiles manipuladores de las normas y a la vez maestros de la persuasion, estos especialistas en representaciones legales, que en la mayoria de 3 Para la discusion de este concepto vease DAVID NELKEN (ed.): ComparingLegal Cultures,Aldershot, Brookfield,Singapore &Sidney, Dartmouth,1997. Un excelente ejemplo de su utilizacionhistoricaes CHARLES TheLegal Cultureof NorthernNewSpain, 1700-1810,Albuquerque, CUTTER: of NewMexicoPress, 1995. University 4 Eltrabajose basa en el capitulo5 de la tesis doctoralcitada, que estudia ese distritoruralen detalle. The Peace. PALACIO,

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los casos no eran profesionales universitarios,tenian fama de provocar los pleitos de los cuales vivian y de enriquecerse a costa de los litigantes, sin perseguir otro objetivo que su propio interes. La reputacion de los abogados rurales estaba lejos de ser envidiable. Al conocido juicio historiograficohay que sumar en este caso el de una gran variedad de relatos politicos y literariosde los contemporaneos, ademas de una inagotable coleccion de anecdotas, cuentos, chismes y habladurias, de ayer y de hoy, existente en todos los pueblos, que conforman una opinion unanimemente condenatoria. Esta fama, ademas, era internacional. Relatos sobre la baja calidad moral de estos abogados son comunes a todo lo largo de la historiografiay la literaturalatinoamericanas, tanto como variados y elocuentes los apodos que estos personajes han merecido: "tinterillos","papelistas","leguleyos","cometintas"o "papelucheros",era la forma a la vez graciosa y despectiva que tenia el ingenio popular latinoamericano para referirsea estos personajes. En el Peru, por ejemplo, la literaturaindigenista se despach6 con particular sana contra estos abogados rurales, cuyas cualidades (in)morales-de acuerdo con la tradicibnlombrosianaque estaba echando raices en el reformismopositivista latinoamericanodesde fines del siglo XIX-parecian trascender el terreno del espiritu y se encarnaban en caracteristicas fisicas igualmente negativas5. De grandes narices, henchidas por el alcohol, al que eran especialmente afectos, piel amarillentapor los efectos del tabaco y notoriamenteesmirriados y deformes, estos sujetos aborrecibles se parecian a veces a las aranas, otras a las sanguijuelas, a juzgar por las plumas afiladas de Luis Valcarcel, CiroAlegria o Jose MariaArguedas6. Estos y otros escritos reaccionaban contra los diversos abusos que padecian la poblacion indigena y campesina de la region andina, de los cuales los tinteriiloseran instrumentadores por excelencia. Para esto echaban mano a todo tipo de enganos, muchas veces complotados con otros intermediarioscomo los jefes politicos de las comunidades, los mismos jueces o los interpretes -con quienes se confabulaban para hacer decir a los indigenas lo que no querian, aprovechandose de su desconocimiento del idioma-, ya sea para extraertrabajo de las comunidades o para expropiar sus tierras. Ademas de la sierra peruana, abusos similares con la complicidad de los abogados rurales son conocidos para los mismos anos para otras zonas rurales de los Andes7. 5 Laliteraturasobre la influenciade las teoriascriminalistaslombrosianasen el reformismolatinoamericano es extensa. Vease por ejemplo los trabajoscontenidos en RICARDO SALVATORE AGUIRRE y CARLOS (eds.): The Birthof the Penitentiaryin LatinAmerica:Essays on Criminology, PrisonReform,and Social Control,1830-1940, Austin,Universityof TexasPress, 1996;y ROBERT BUFFINGTON AGUIRRE y CARLOS (eds.): ReconstructingCriminality in LatinAmerica,Wilmington,SR Books, 2000. Para el caso argentino,vease EDUARDO A. ZIMMERMANN: Los liberalesreformistas.Lacuestion social en la Argentina,1890-1916,Buenos Aires,Sudamericana,1995, cap. 6. 6 Citadostodos en CARLOS AGUIRRE: "Tinterillos and Leguleyos:SubalternSubjectsand LegalIntermediaries in ModernPeru",trabajopresentadoen el XXIIcongreso de la LatinAmericanStudiesAssociation,Miami,Florida, 16-18 de marzode 2000. 7 Conestas palabrasrecordabaaigunode esos abusos la dirigentecampesina guatemalteca,Rigoberta Menchu:"Comono hablabamosespanol, teniamosque encontrarun intermediarioparatraducirlo que decia mi madre.Elabogado era ladinoy no entendianuestroidioma,asi que tuvimosque encontrarun interpreteparaque lo ayudaraa entendernos.Desde siemprelos terratenientesles pagaban a los interpretesparatergiversarlo que nosotros deciamos. Los interpretesse 'vendian'a los terratenientesy, en vez de nuestros testimonios,decian cosas distintas.[...] Fue ahi cuando me dije:'debo aprenderespanol, paraque no necesitemos intermediarios'." ("Sincewe didn'tspeak Spanish,we had to findan intermediaryto translatemy mother'sstatements.The lawyer

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La leyenda negra tambien tenia origen en cuestiones mas estructurales. En el caso del Peru, una parte importantede la imagen estereotipada de los tinterillosse habia originado como reaccion a la reformadel presidente Castilla conocida como "defensa libre",de 1855, que daba a cualquier ciudadano el derecho a la representacion legal sin la necesidad de un abogado. Esto habia generado una encendida reaccion por parte del establishment legal y judicialde Lima,que veia ahora en los tinterillosa unos peligrosos competidores8. EnColombia,la aficion de estos tinterillos por "informarde sus derechos a los colonos y redactarles luego memoriales" para reclamar al gobierno, genero una comprensible furia de los terratenientes locales, que a coro con las clases urbanas educadas definian a tales representantes legales como "leguleyos ignorantes que defienden causas injustas y enredan los pleitos"9. Los abogados ruralesde la region pampeana no tenian nada que envidiara sus pares latinoamericanos. A traves de sus conocidas tacticas y oportunas estratagemas, que a los ojos del comOn de la gente eran consideradas "malas artes", los tinterillospampeanos eran especialmente temidos y se habian ganado su fama por sus propios meritos en los distintos pueblos de la provincia de Buenos Aires. Tambien su apodo "aves negras" era la forma maliciosa con la que se aludia a ellos en toda la provincia,y hacia referencia a la especial habilidad que tenian para ganar los pleitos -y, a veces, suscitarlos- y para quedarse con buena parte del dinero de los litigantes. Los "abogados" pampeanos no eran universitariosde carrera-no necesitaban serlo para representar ante el Juzgado de Pazo1- sino simples vecinos del partido was a ladinoand didn'tunderstandour language, so we had to get an intermediaryto interpretforhim.Fromthe 'soldhimself'to the landowners notto say whatwe said.Theinterpreter beginningthe landownerspaidthe interpreter and, instead of ourstatements,he said somethingelse. [...] Thatwas when Itoldto myself:'Imustlearnto speak MENCHU: RIGOBERTA I, RigobertaMenchu:An IndianWomanin Spanish, so thatwe don'tneed intermediaries'."). Guatemala,ed. ElisabethBurgos-Debray,Londony NewYork,Verso,1990 [1984], p. 110. Parael caso guatemalMCCREERY: RuralGuatemala,1760-1940,Stanford,StanfordUniversityPress, 1994, teco, vease tambienDAVID cap. 8, pp. 236-64. Porsu parteuna famaigualmentemalase habianganado los tinterilloscolombianosdurante los anos veinte,con sus ambiguasintervencionesen las disputassobre los terrenos"baldios" en la zona antioquena. Vease CATHERINE LEGRAND: Colonizaciony protesta campesina en Colombia, 1850-1950,Bogota, Universidad Nacional de Colombia, 1988, pp. 100-113.

8 AGUIRRE: "Tinterillos", p. 7. 9 LEGRAND: Colonizacion, p. 100.

10 Durantetodo el periodo estudiado, la Jusiticia de Paz fue "lega",esto es, que no era ejercida por de la Primera profesionalesdel derecho, sino porsimples ciudadanos. Estose contraponiaa la justicia"letrada" Instancia,que si era ejercida solamente por abogados con titulouniversitario,que habian seguido ademas la carrerajudicial.Habiaun juez "porPartidode Campana",que entendiaen todos los conflictosmenores que se suscitaban en su jurisdiccion:en las causas civiles y comerciales hasta la suma de milpesos y en las causas correccionales,en las que la pena no excediera los quinientospesos de multao el ano de prision.Cuando las demandas superaban estos limites,o cuando las sentencias del Juez de Paz eran apeladas, las causas se remitiana la PrimeraInstancia,que residiaen las ciudades-cabecera de los departamentosjudicialesen que se dividiala provincia.Enlos primerosanos de su existencia, CoronelDorregopertenecio al departamentojudicial de Dolores,pero con la formacionde nuevos partidosen la zona sur de la provinciay el asentamientocreciente de poblacion,se hizo necesaria la creacionde un nuevo departamentojudicialparaatendera la demanda de la zona. Es asi como en el ano 1902 se crea el DepartamentoJudicialCosta Sud, con sede en la ciudad de Bahia Blanca,del que pasa a depender el partidode CoronelDorrego."Leyde Procedimientosparala Justiciade Paz, BuenosAires,2 de juniode 1887",en Coleccionde leyes usuales de la Provinciade Buenos Aires,Buenos Aires, Libreria Nacional, 1907; JUANCARLOSCORBETTA DELCARMEN HELGUERA: La evolucion del mapa judicial y MARIA

de la provinciade Buenos Aires,La Plata,SupremaCortede Justiciade Buenos Aires,DepartamentoHistorico DiAZ: Judicial,1984. Untrabajoclasico sobre et tema es BENITO Juzgados de Paz de Campanade la Provinciade Buenos Aires(1821-1854), La Plata,UniversidadNacionalde La Plata, 1959.

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que se habian especializado en los pleitos judiciales y que actuaban "profesionalmente"vendiendo sus servicios por igual a propietariosy comerciantes por un lado y a arrendatarios,subarrendatariosy trabajadores por el otro. Eranpersonajes conocidos en la sociedad local y, si bien residian en la capital del partido, no era dificilpara la gente del campo acceder a ellos rapidamente, de boca en boca. Tampoco eran muchos: no mas de dos o tres atendian las necesidades del pequeno mercado que representaba el partido de Coronel Dorrego, un distrito ruraltriguero que en 1920 contaba con 17.000 habitantes. Eloficio de abogado, como el de los jueces, tampoco era de tiempo completo, ya que es probable que no fuera suficiente con las representaciones legales para procurarse un ingreso respetable, ni mucho menos estable. Ademas de las representaciones individuales, muchos de ellos estaban contratados por instituciones locales como asesores legales, de donde probablemente obtuvieran su ingreso mas importante: las companias de seguros, los bancos, la misma municipalidad o la cooperativa agricola. Asi, entre los mas conocidos del periodo, Baldomero Barreiroera simultaneamente apoderado local del Fisco de la Provinciade Buenos Aires;Jose Liberatore, representante de la Cooperativa Agricola de Coronel Dorrego;y GuillermoDouglas, apoderado de la Municipalidaddel partidol1. No deberia entonces sorprender que mientras Felix Sueldo se promocionara, en la Guia Comercial de TresArroyosde 1901, como "agente judicial"que "se encarga de todo asunto judicial en el Juzgado de Paz y en los Tribunalesde Dolores, La Plata y Capital Federal",otros como Juan F.Judice, en los anos treinta,prometieran "seriedad y reserva" en una variedad de servicios, que iban desde los rubros de "remates,comisiones, consignaciones y representaciones" y "administraci6nde propiedades" hasta los de "agente judicial:sucesiones, testamentarias, concursos civiles y comerciales, ante los tribunalesde la Provinciay de la CapitalFederal"12. Semejante surtido en la oferta de servicios expresa bien la falta de profesionalizaci6n del oficio, a la vez que los diversos perfiles de los que se dedicaban a esta actividad. Al lado de los que tenian el oficio de "agente judicial"como dedicaci6n principal,estaban quienes ocupaban ese rol ocasionalmente, asi como los que, por el tipo de actividad que ejercian, tenian que frecuentar obligadamente el juzgado de paz. Entreellos destacaban los administradores de campos que, ademas de la organizacion productiva de los establecimientos, se ocupaban tambien de cualquier tramite judicial que requirieranlas relaciones contractuales con los arrendatarios. Este era el caso de Jose MariaPerez Bustos, administradorde todos los campos que poseia GlorialdoFernandez, el mayor terrateniente del partido. La experiencia judicial ganada en la "administracion"de cientos de arrendatariosde esos campos -que incluia interveniren notificaciones, desalojos, embargos y todo tipo de arreglos- fue utilizadapor Perez Bustos para ejercer tambien otras representaciones legales, entre ellas la del importantecomerciante y propietariodel partido,Regino Vilela13.Tambien 1 Salvo indicacionen contrario,los datos sobre estos representanteslegales fueronextraidos de los mismos expedientes del archivodel juzgado de paz. Juzgado de Paz de CoronelDorrego- ArchivoCivil(en adelante,JPCD-C). 12 CARLOSFUNESDERIEUL: Nominade comercios-comerciantes-profesionales y artesanos en la localidad de CoronetDorrego(periodo 1890-1937),CoronelDorrego,edicionprivada,1988,pp. 35 y 139, respectivamente. 13Vilelaera dueno del almacen de ramos generales "LaAurora",en la zona donde estaban las mejores tierrasagricolas del partido.Este negocio era el referentecomercialindisputadopara los agricultoresy trabaja-

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habia otros oficios muy cercanos al ambitojudicial,como el de rematadoro martillero publico -como era el caso de JOdice, citado mas arriba-, o el de "representanteen seguros" como era el caso de Alfonso McCourbey,que durante los anos treintaasesoraba legalmente a la Cooperativa Agricola de Coronel Dorrego, a la vez que regenteaba "lacasa de los lubricantesy seguros" que, ademas de "seguros en general (vida, accidentes, granizo, incendios)", ofrecia a la venta "lubricantes,radios y antisarnicos"14

Tampoco era raroque oficiarande agentes judiciales los mismos comerciantes, o alguno de los miembros de un almacen de campana. Si al comienzo ellos eran solo la cara visible de un comercio determinado, con el tiempo esa misma persona podia aplicar lo aprendido en esas representaciones y convertirloen nuevo oficio, de dedicacion parcial. Entrelos comerciantes, fueron tambien representantes legales Manuel Espizua, administradoren 1894 de uno de los primeroshoteles de Dorrego -el "Hotelde Londres"-;ManuelMallorquini,propietariodesde 1892 de la "Confiteriadel Sol";y Juan Danilovich,dueno en 1915 del establecimiento grafico "LaMinerva",que era "tallerde impresiones generales y encuadernacion"15 Fueron tambien representantes legales los periodistas de Dorrego: la pluma entrenada de los "tinterillos" servia para ambos propositos. El caso mas notable, sin duda, fue el de Baldomero Barreiro,asiduo concurrente al juzgado de paz entre los anos 1905 y 1915, como representante legal tanto de trabajadores como de importantes casas comerciales del partido. Barreirofue fundador,en 1918 -y director durante el resto de su vida-, del diario La Comuna, uno de los periodicos de mas larga vida en Coronel Dorrego. Ademas de Barreiro, fueron abogados locales Jaime Danilovich,fundador en 1907 del diario El Radical, el mismo Juan Judice, colaborador del diario La Verdad,y Pablo Lino, colaborador del diario La Unidn,ademas de importanteagente judicial del partidoa fines de los anos veintel6. Ademas de dedicarse paralelamente a otras actividades u oficios, los abogados rurales con frecuencia complementaban su ingreso oficiando de prestamistas, adelantando dinero a cambio de pagares o cambiando pagar6s por dinero a sus tenedores originales. Nadie mejorque ellos para cobrarlos. Esta actividad, que constituia solo una fuente mas de sus ingresos, representaba para los chacareros de Dorrego -y por lo tanto para la vida productiva del trigo- una importantefuente de credito. Eradespues de todo a traves de esos pagares que los agricultoresfinanciaban buena parte de sus gastos corrientes durante el ano y gracias a la facilidad con que circulaban por el partido, a traves de los endosos, que el sistema todo gozaba de suficiente liquidez. No por nada la mayoriade las demandas que iniciaban estos abogados en el juzgado era en concepto de pagares impagos -ya hubieran sido estos originalmente firmados a cambio de adelantos en efectivo, en mercaderias o por conceptos como salarios, seguros o arrendamiento de campos- ni que ellos fueran los principales tenedores de estas obligaciones en el partido. dores de una ampliazona ruralque lo rodeaba, que con el tiempo iba a ser conocida simplementecomo "La A su vez, este comerciante llegoa arrendar65.000 hectareas de campo en diversas zonas del partido. Aurora". 14FUNES: Nomina,p. 141 y Cincuentenariode CoronelDorrego,1887-1937,CoronelDorrego,1937,p. 322. 15 FUNES:Nomina,pp. 227, 145 y 231, respectivamente. 16 "Cincuentaanos de periodismo",en Cincuentenario,p. 290.

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Algunas veces, los abogados se limitabana asesorar legalmente a los prestamistas y traficantes de pagares. Estos adquirian las obligaciones de pago, a un precio menor, en distintas firmas comerciales del partido, las que endosaban los pagares a nombre del prestamista, quien luego se encargaba de reclamarlos judicialmente. Primo Storti, por ejemplo, asesoraba en los anos treintaa uno de ellos -Elias Krivitzky-,en nombre de quien se presento en varias oportunidades al juzgado a reclamar a chacareros y trabajadores pagares y cuentas impagas. Otras veces eran los mismos abogados los que efectuaban la compraventa de esas obligaciones. Asi, de las 32 veces que el mismo Storti se presento al juzgado a reclamar pagares impagos, en solo dos ocasiones 61era el beneficiario de estas obligaciones. El resto habia sido endosado a su nombre por entidades de lo mas diversas, desde la UnionComercialde TresArroyoshasta la CooperativaAgricolade CoronelDorrego, desde el Sanatorio Hispano Argentinode Tres Arroyoshasta diversas casas comerciales y simples particulares de Dorrego17 En definitiva,ya fuera que oficiarande prestamistas directos ellos mismos, que se dedicaran a comercializarestos pagares, o que asesoraran a quienes lo hacian, lo cierto es que los abogados ruralesde Coronel Dorrego cumplieronun importanterol en el circuito financiero local. Y esto, beneficioso como podrfa haber sido para la economia del partido, daba sin duda a la malicia popular un motivo mas para engrosar la mala fama de los tinterillos:las "aves negras" de las pampas eran tambien los usureros de la zona. Como los jueces de paz, estos abogados adquirian su oficio a lo largo del tiempo, con la experiencia que les daban los mismos juicios. Algunos de ellos, por otra parte, habian sido secretarios del Juzgado de Paz, donde habian adquirido buena parte de su conocimiento procesal. Entreellos, dos de los "abogados" mas famosos de la historiade Dorrego durante este periodo, GuillermoDouglas y el citado PrimoStorti.El primerohabia sido secretario del juzgado por tres aAos durante la gestion del juez Manuel Duranona,entre 1903 y 1905, antes de dedicarse de llenoa sus actividades de representante legal en el partido.PrimoStorti,por su parte, ocupo el mismo cargo pero en los primerosanos de la decada de 1930, durante la gestion del juez Juan L. Perez. Ademas de ellos, otros funcionarios judiciales fueron ocasionalmente representantes legales, como ManuelMallorquiniy Manuel Bobadilla, ambos jueces suplentes del partido en mas de una oportunidad en la decada de 1890; Tomas R. Flores, juez de paz del partido entre 1909 y 1910; y Marcos Gonzalez, que fuera alguacil del juzgado en la d6cada de 1920. Todos los tinterillosdel partidose hallaban asociados a un estudio de abogados de Bahia Blanca -ciudad que era cabecera judicialdel partido- para la eventualidad de que algun juicio se apelara a la PrimeraInstancia, en la que si era requerido el concurso de un profesional universitario.Estos estudios tambien los auxiliabantoda vez que se presentaba algun caso complicado, que requirieraconocimientos especiales de leyes o jurisprudenciamenos conocida. Los abogados de Bahia Blanca no firmabancon los representantes legales de Dorrego ningun contrato de exclusividad y, por el contrario, solian tener simultaneamente arreglos con mas de uno de estos 17 El partidode TresArroyos,vecino al de CoronelDorrego,pertenecia al mismo distritojudicial,con cabecera en la ciudad de BahiaBlanca.

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representantes. Asi, el doctor OrlandoErquiagaera socio a la vez de Vicente Barrios y de Jose Liberatoreen la decada de 1920, mientras que los doctores Rodolfo De los Santos y Jacobo Bohoslawsky asesoraban a PrimoStorti,pero tambi6n a otros abogados del partido, en los anos treinta. Lo que nadie dudaba en Coronel Dorrego era que los leguleyos eran los que mejorconocian la ley y sus procedimientos. Ni siquiera dudaban de esto los mismos jueces de paz, ya que no era raro que pidieran el asesoramiento de uno de estos abogados antes de dictar sentencia en casos dificiles, que requerian una mayor erudicion legal18. Con el tiempo, el oficio leguleyo se fue profesionalizando. Asi, en la decada de 1930, los "abogados" que atendian gran parte de las demandas de representacion legal en Dorrego, como Dardo Cano o el mismo PrimoStorti,eran procuradores universitarios,un titulointermedioque se obtenia luego de cuatro anos en las facultades de derecho. En los anos cuarenta ya habia tres estudios de abogados profesionales en el pueblo: los de los doctores Ricardo Fuertes, NiridoSantagada y Ram6n Castro, respectivamente 19 Por fin, muchos de estos abogados usaron su contacto con la gente y su reputacion para lanzarse a la politica. Iniciada a nivel local, como miembros del Concejo Deliberante municipalo como intendentes, ia carrerapolitica los condujo en algunos casos a las bancas de los congresos provincialy nacional. Talfue el caso de Primo Storti,que fue senador provincialen 1973 y del doctor NiridoSantagada, presidente del Concejo Deliberante en 1948, intendente municipalen 1956 y diputado nacional en 195820. ,Quienes requerian los servicios de estos representantes legales? El cuadro 1 expresa la actuacibn de los abogados de Coronel Dorrego en el periodo estudiado. Segun ese cuadro, la intervencionde un representante legal fue requeridaen un 40% del total de causas judiciales tramitadasen el partidoen esos anos. Este porcentaje, de por si bastante elevado, probablemente est6 subestimando la participaci6n de los abogados. En efecto, muchas veces estos intervenianen los pleitos confeccionando un escrito o asesorando en los terminos de las presentaciones orales a alguna de las partes, pero no aparecian en forma presencial ni firmandolas actas del juicio. Algunos ejemplos puntuales ilustranesto, segun se vera mas abajo; pero con solo observar el modo en que estaban redactadas algunas demandas no es dificilimaginar la pluma de esos abogados detras de ellas. De acuerdo con el mismo cuadro, la mayoria de las veces que intervenia un representante legal (algo mas de un 70%), 6ste actuaba en favor de companias comerciales y de seguros o de propietariosdel partido. Esto se explica no tanto por una preferencia de clase de parte de dichos abogados, sino porque eran esos sec18Entrevistasa Nirido Santagada, HectorSoldini-abogado de Dorregoque fue la mano derecha del procuradorPrimoStortipor30 anos- y a LindolfoRubenBarrios-secretariodel juzgadoentre 1948 y 1993-, 8-12 de diciembrede 1996. 19 FUNES:Nomina, pp. 11 y 288.

20Una relacionsimilarentre los tinterillosy la politicaparece haberse dado en el contexto colombiano, segun sugiere CatherineLegrand:"Enregiones con gran poblacionde colonos, es posible que algunos abogados apoyarana los colonos para obtener su respaldo electoral. Los colonos representabanun capital politico movilizable..."(LEGRAND, Colonizacion,p. 101).

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1 CUADRO en causas las judiciales de Coronel Dorrego Representaciones legates 1890-1940 el actor, segun Total causas (1)

Con representantes (2)

%

% (1/2)

Trabajadores

77 117 64 330 23 8 131 43 114

9 33 41 126 18 4 71 16 36

2,5 9,3 11,6 35,6 5,1 1,1 20,1 4,5 10,2

11,7 28,2 64,1 38,2 78,3 50,0 54,2 37,2 31,6

Totalgeneral

907

354

100,0

39,0

Actor Abogados Arrendatarios Companias de Seguros Comerciantes Cooperativas Otros Propietarios Sin datos

Fuente: JPCD-C,1890-1940.

tores los que iniciaban la mayoriade las causas y los que por su posicion economica mejor podian acceder a sus servicios. Algunas de las casas comerciales, por ejemplo, tenian un representante legal contratado permanentemente, o un empleado que se ocupaba de dichas representaciones, lo que aumentaba mucho la frecuencia con que acudian al juzgado con representaci6n. Era ese el caso de las companias de seguros y de la cooperativa agricola local, cuyas presentaciones judiciales estaban a cargo de abogados en un porcentaje que excedia en mucho la media, segOn puede verse en la columna 4 del cuadro 1. Esa misma columna del cuadro -que indica las frecuencias con que cada tipo de actor acudia al juzgado con representacion- brindauna imagen algo distintade la actuacion de los "agentes judiciales". Esta vez, las diferencias entre comerciantes y propietarios por un lado y arrendatariosy trabajadores por el otro no son tan abultadas y todos parecian acudir con una frecuencia parecida al juzgado acompanados de un leguleyo. En particular,es interesante notar que entre los trabajadores el porcentaje de las veces que demandaban a traves de un representante tampoco diferia mucho de la media. Por el contrario,los nOmerosindican que era casi tan comOnver a un jornaleroen un juicio acompanado por un representante legal como ver en la misma condicion a un comerciante. Esta situacion, segOn la cual los que menos tienen hacian uso de un servicio costoso tanto como los que mas, en realidad no deberia sorprender:los que por su condicion economica estaban mas lejos del acceso a los abogados, eran a su vez los que mas los necesitaban. Esta necesidad seguramente los Ilevaba a empeAar los ahorros familiares en contratarlos,ya que la dimension del sacrificio que hacian tenia relaci6n directa con lo que ponian en juego. Para todos los protagonistas de los juicios, la contratacion de uno de estos abogados era muchas veces decisiva. Conocedores de los resquicios de la ley y expertos en argucias discursivas y tacticas procesales, podian torcer el rumbo de una causa y definirsu desenlace a traves de medidas oportunas, estrategias dilatorias o golpes de efecto psicologico.

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CUADRO 2 Causas tramitadasante el Juzgado de Paz de Coronel Dorrego 1890-1940 (Porcentajes segun tipo de causas y actores seleccionados)

Actor Abogados Arrendatarios Comerciantes Cooperativas Propietarios Cias. de Seguros Trabajadores

Cobro de Cuentas arrenda- impagas mientos 0,0 31,6 1,8 0,0 35,9 0,0 0,0

2,6 1,7 27,9 26,1 2,3 0,0 0,0

Desalo- Pagares Primas de Salarios jos impagos seguros impagos impagos 0,0 25,6 1,8 0,0 36,6 0,0 0,0

70,1 16,2 62,7 65,2 10,7 9,4 0,0

23,4 0,0 1,2 8,7 0,0 89,1 0,0

0,0 0,9 2,4 0,0 0,8 0,0 92,1

Otros

Total general

3,9 23,9 2,1 0,0 13,7 1,6 7,9

100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Fuente: JPCD-C,1890-1940.

Segun se desprende del cuadro 2, a los terratenienteslos abogados les servian para instrumentarel desalojo de un arrendatarioo desprenderse de subarrendatarios luego de que el locatario principalhabia sido desalojado, deshacer un contrato que con el tiempo result6 inconveniente, arreglar cuentas con un comerciante ruralo incluso cobrar una suma de dinero adelantada a algun chacarero. A los comerciantes rurales, los representantes legales no solo los ayudaban a cobrar pagares y cuentas de almacen. Tambienlos asesoraban en la redacci6n de los contratos con los terratenientes, en especial de aquellos por medio de los cuales se convertian en proveedores y agentes de credito de toda la poblacion de arrendatarios y trabajadores de una estancia. A su vez, cuando los comerciantes se involucrabanen el negocio de la tierra,estos abogados los ayudaban en la definicion de los contratos de arrendamientocon el dueno del campo y de subarrendamiento con los chacareros, cuando no administraban,tambien, todo el manejo de los agricultores, incluyendo el cobro de las rentas. A los chacareros, los abogados los asesoraban en sus disputas con comerciantes, locadores, prestamistas, trabajadores y, por que no, con otros abogados. Se trataba en este caso de estrategias sobre todo defensivas ya que, como quedo dicho, eran los agricultores los demandados en la mayoriade las causas judiciales. En particular,los ayudaban a defenderse de las demandas por falta de pago (de cuentas de almacen, arrendamientos, seguros, salarios o pagares) y a resguardarse de embargos y ejecuciones de sus bienes. Tambienlos asesoraban en sus problemas de locacion, ya sea para discutirun contratoo para evitaro demorar un desalojo. Por fin, a los trabajadores los abogados los representaban en su accion mas comun, que era la de solicitar judicialmente la justa estimacion y el cobro de sus salarios tanto a terratenientes, como a comerciantes y arrendatarios. Vale la pena detenerse ahora en los detalles de las estrategias que usaban estos abogados para representar a unos y a otros. Porque son esas acciones, tacticas y triquinuelasprocesales, las que les ganaron la mala fama de que gozaban en los pueblos. Pero tambien, porque son esas mismas estratagemas las que los Ilevaron a cumplir un rolfundamental en la cultura legal de la sociedad ruralpampeana.

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272 Malas artes

Los abogados ruraleseran expertos en procedimiento.Chacareros y trabajadores, propietariosy comerciantes, podian tener deudas que cobrar,quejas y reclamos que transmitiro injusticiasdiversas que reparar.Los abogados sencillamente sabian como hacerlo. Las "malasartes" de las que, segun el comun de la gente, se servian estos representantes, a la vez que odiosas y daninas para unos, eran especialmente atractivas y necesarias para otros. En ellas residia muchas veces la diferencia entre el exito o el fracaso de una demanda. Para el acreedor de una deuda, por ejemplo, era fundamentaltrabarun embargo preventivo a tiempo si se queria cobrar antes que otros. Si tenia un pagare o alguna otra obligacion firmada por el deudor, s6lo se necesitaban dos testigos que dieran por legitima la firmaque figuraba en el documento. Para esto, los abogados tenian siempre dos personas "quetrabajabande testigos" y, con su dudoso testimonio, posibiltaban el procedimiento21.Ademas de hacerlo antes que otros, trabar un embargo a tiempo implicaba efectuarlo antes o inmediatamentedespubs de la cosecha, para poder aspirar a lo mas valioso que tenian los agricultores:el cereal, ya sea en planta o en bolsas, luego de cosechado. Y aquellos que querian ahorrarsetodo el procedimiento judicial podian optar por transferirla obligaci6n -el pagare o incluso las mismas cuentas de almacen- por medio de un endoso y a un precio menor a prestamistas locales o a los mismos abogados. Esto era preferidopor los comerciantes mas grandes, que amortiguaban el efecto de la quita en sus ingresos con la escala de la operacion. Despues de todo, era tambien probable que las demandas terminaranen conciliaciones, que muchas veces implicabanpercibirun importemenor al debido. La rapidez y prolijidadde estos recursos tenia por objetivo contrarrestarlas tacticas de los deudores, disenadas tambien especialmente para ellos por los mismos abogados. Entrelas estrategias de los deudores, la mas comun era desconocer toda la deuda o cuestionar la formaen que se habia calculado alguno de sus componentes. El caso de las cuentas de almacen era ideal para este tipo de estrategia, puesto que los rubrosde las deudas contraidas por los chacareros en los almacenes a lo largo de un ano eran muy variados (retirosde dinero, pagos a trabajadores o a companias de seguro, arrendamiento,semilla, alimentos) y permitiaobjetar mas de uno. El resultado inmediato de esto era la aperturadel juicio a prueba, lo que tenia la virtudde complicar procesalmente la causa y por lo tanto demorarla,jugando con la impaciencia del acreedor para lograrun acuerdo conveniente -una reduccion en el monto de la deuda, una prorrogade la obligacion, un plan de pago en cuotas, o todo a la vez. La dilacion era, en efecto, la estrategia por excelencia y lo era porque servia a una infinidadde causas distintas. Pero ademas, porque las Ilaves de acceso a esas tacticas estaban en los propios codigos de procedimientos, cuando no en la misma ley de justicia de paz. Esta ultima,por ejemplo, contemplaba dos notificaciones para las citaciones de demandados y testigos en los juicios, antes de declararlos "en rebeldia"e imponerles una pena o multa a los que no comparecian22. Y como cada 21Entrevistascitadas a HectorSoidini LindolfoBarrios. y "Leyde Procedimientosparala Justiciade Paz",arts. 46, 50, 53, pp. 109-110.

22

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una de esas notificaciones Ilevabanun tiempo de realizacion efectiva (a lo que habia que sumarle el tiempo de espera por la audiencia fallida),el s6lo proceso de notificacion de testigos y partes de los juicios previsto en las normas podia ser empleado para demorarlos por dias o semanas con toda efectividad y dentro de la mas estricta legalidad. Para los deudores que habian firmado documentos, las opciones eran mas limitadas. Se trataba en este caso de burlarun embargo inevitable, ocultando sus bienes en chacras de vecinos o pretendiendo que no eran de su pertenencia. Ambas eran tacticas de corto aliento, ya que el Oltimorecurso del demandante que no encontraba bienes que embargar era pedir una inhibicion,que implicaba que por determinado tiempo el deudor infringiala ley si disponia de los bienes que tuvierao adquiriera en el futuro,sin autorizacion de la justicia23.Otraforma mas sofisticada y algo mas costosa de ocultar los bienes propios era operar comercialmente con alguien de fuera del partido. Esto tenia la ventaja de que, apenas realizada la cosecha, las bolsas con el grano no quedaban consignadas hasta su venta en el partido-y, por lo tanto, mas a la mano de los acreedores- sino fuera de sus limites, con lo que los bienes no solo se hacian mas invisibles, sino que, en caso de descubiertos, demoraba mucho el proceso hasta su embargo. Eso fue lo que logro FilibertoGorza en la causa que por cobro de arrendamientole iniciarasu locador -la firmaRisso Hermanos- el 22 de enero de 1930. Si bien el juez decreta en el mismo dia un embargo sobre los bienes de Gorza, como este declara no tener ninguna posesion para dar a embargo, el juicio queda paralizado. Es recien en el mes de noviembre -casi un ano despues- cuando Cesar Lombardi,el representante legal de Risso Hnos., acude al juzgado para denunciar que Gorza tenia depositadas 650 bolsas de trigo, con 34 mil kilogramos,con un almacenero del vecino partidode CoronelPringles. Eljuez de paz de Dorrego pide inmediatamente el exhorto a su par de Coronel Pringles, para trasladarel embargo a esa localidad, luego de lo cual la causa queda incompleta. Si bien no es posible saber el motivode la interrupcionde la causa, es probable que, ante la complicacion que significaba seguir el juicio en esas condiciones, la firma Risso Hnos., aconsejada por su abogado, haya optado por un arreglo extrajudicial.Aunque no haya sido asi, la estrategia igual habia dado resultado: un ano habia ganado Gorza, sin ver afectados sus bienes. Porfin, para los deudores mas audaces quedaba el expediente de desconocer la autenticidad del documento escrito, lo que implicaba el nombramientode peritos y una demora sustancial en el procedimiento, pero tambien el riesgo de tener que afrontarunas engrosadas costas judiciales en caso de no prosperar la estratagema. Entodo el periodo, son muy pocos los casos en que se acudio a este recurso, todos ellos aconsejados por un abogado. En un caso del ano 1939, el agricultor Donato Yezzi, representado por Primo Storti, denuncio que la fecha del pagare que se le pretendia cobrar habia sido "evidentementefalsificada",ya que en realidad la deuda databa de 1931 y no de 1939, como pretendia el acreedor. Como resultado, la deuda habia prescripto. La estrategia, en un sentido, finalmente no resulto y Yezzi fue obligado a pagar -la deuda y las costas judiciales- el 3 de febrero de 1942; pero la percepcion cambia si se tiene en cuenta que el juicio habia comenzado en diciembre 23 Enla practica,no faltabancomerciantesinescrupulososdispuestos a adquiriresos bienes "ennegro" a un precioconvenientementebajo.

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de 1939 y que Yezzi logro mas de dos anos de gracia en los que pudo intentar cambiar su suerte24. Enotra causa del mismo ano, cada uno de los arrendatariosdel campo de la familiaChapar habia sido citado judicialmente para reconocer la firma de un documento que habian suscripto todos anos antes, en el que aceptaban desalojarel campo el 28 de febrerode 1939. Debidamente asesorados, estos chacareros acuden al juzgado y denuncian que la firma era solo una "burdaimitacion",lo que puso a los propietarios ante la opci6n de negociar o enfrentarun juicio interminable. Finalmente, los arrendatarios lograron una extension de un ano en sus contratos, hasta el 28 de febrero de 194025. Para los juicios de locacion, las estrategias no eran muy diferentes. Antes de la sancion de las primeras leyes de arrendamiento, los propietarios que querian desprenderse de un arrendatariodebian notificarlocon la anticipacion de un ano prevista en el articulo 1610 del C6digo Civil. Pero si no habian tomado esta precaucion y aun querian desalojarlo, tenian otros caminos. Uno de ellos consistia en negarse a recibir el pago del arrendamiento. De esa manera, como el C6digo consideraba la falta de pago una causal de desalojo, el locador podia solicitarlo por ese motivo, alegando incumplimientode obligaciones por parte del locatario. Otro camino era sencillamente falsear los terminos del contrato verbal o negarlo por completo. En el primercaso, aunque este se hubiera convenido por una determinada cantidad de anos, el propietariodeclaraba que el contrato habia sido pactado "sintermino",con lo que se entendia, de acuerdo con el Codigo Civil,que era por un ano. En el segundo caso, la inexistencia de un contrato convertia al supuesto arrendatarioautomaticamente en un intruso, pudiendo el propietariodesalojarlo en cualquier momento. Contraestos procedimientos, los arrendatariosfueron aprendiendo con el tiempo los antidotos necesarios, tambien de la mano de los abogados. Para la eventualidad de que el propietariose negara a recibir el pago, el arrendatariopodia hacer una consignaciin ante el Juzgado de Paz, con lo que, si estaba atento a los tiempos, contrarrestabaeficazmente aquella tactica. En los casos en que se discutian los terminos de los contratos verbales, los locatarios tenian menos armas ya que, no mediando ningun documento, la discusion se tornaba un poco teorica. Si el propietario habia declarado que el contrato era "sintermino",caia en el locatariola responsabilidad de probaracabadamente la falsedad de lo expuesto -y por lo tanto la existencia de un contrato por una cantidad de anos determinada-, cosa que no era tan sencilla. Un par de ejemplos muestran algunas de estas estrategias en accion. El 30 de marzo de 1920, Ramon Izura,subarrendatariode Pedro Martinezen el campo "La Luna",de propiedad de la familiaZabala, acude al juzgado de paz de CoronelDorrego a depositar $ 375 correspondientes al alquilerde las 50 hectareas que alli subarrendaba, porque Martinezse habia negado a recibirlos.Cuando recibe la notificacionde la demanda, Martinezexpresa que no iba a recibir el dinero de Izuraporque el dia anteriorle habia iniciado un juicio de desalojo en el mismo juzgado26. Dias despues, el abogado del mismo Martinez,GuillermoDouglas, concurre al juzgado y expresa que Izurano podia deber nada a su representado, ya que "Martinezno le arrienda campo alguno" habiendo vencido el derecho a ocuparlo el 20 de marzo de ese ano. 24 JPCD-C, N 7900, 12/12/39. 25 JPCD-C, NOS7742, 7743, 7744, 7745 y 7746, 27/4/39. 26 Ibidem, N? 4496, 30/3/20.

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Tambienagrega Douglas que "Izurasabe perfectamente que no subarrienda campo al senor Martinezy como lo sabe no ha tratado de ir a pagar en mano propia y ha hecho la consignacion"27. En la audiencia del 20 de abril,el juez da por terminada la demanda por estar en curso el juicio de desalojo de Izuraen ese mismo juzgado. Ese otrojuicio, por su parte, termina poco despues con un arreglo entre las partes, por el que se le concedia al subarrendatarioun ano de gracia, luego del cual se comprometia a desalojar28 Es este un buen ejemplo de como se empleaban las distintas tacticas procesales. Del lado de Izura,la precision con que dio cada uno de sus pasos en el proceso permiten imaginarel asesoramiento de un anonimo abogado. Habia ido a consignar el arrendamientoal juzgado, no porque su locador se hubiera negado a recibirlosegOn declaro- sino porque sabia que su contrato verbal estaba vencido y tambien, muy probablemente, que se iba a presentar una demanda por desalojo en su contra. La consignacion judicialera la forma procesal que tenia el arrendatariode demostrar tanto la existencia del contrato como su voluntad de cumplircon 1e. En ese sentido, la estrategia de Izuraconsistia en anticiparse a sus oponentes, intentando sorprender a su locador forzandolo a admitirjudicialmentela existencia de un contrato, cosa que habria sucedido si Martinezhubiera aceptado el pago del arrendamiento. Es por eso que toda la estrategia de Douglas va a consistir en negar la existencia del contrato. Desde el momento mismo en el que el anterior habia vencido, la relacion contractual entre Martineze Izurahabia caducado o, como prefiere decirlo Douglas, sencillamente no existia. En ese sentido, no es casual que el abogado elija decirle al juez, en tiempo presente, que "Martinezno le arrienda campo alguno" a Izura. Que Izura haya sido subarrendatario de Martinezen el pasado -de hecho hasta hacia pocos dias- no tenia importanciaprocesal alguna y hasta era inconveniente recordarlo.Lo que importabaera que en ese presente no le arrendaba campo, por lo cual el pago del arrendamientoera improcedente. Es por esto que la consecuencia inmediata de dicha estrategia era el juicio de desalojo que, coordinadamente, le hace iniciarDouglas a Martinezcontra su subarrendatario:si no habia relacion contractual, Izurano tenia nada que hacer en el campo de Martinezy se convertia legalmente en un intruso. En el segundo ejemplo, ArturoGil, propietariode 1.000 hectareas en el partido, demanda en 1922 por desalojo a su arrendatarioPedro Alba, a quien dice "habia facilitado una laguna" y su campo aledano para que explotara la avena que habia alli, por el termino de dos aAos, con un arreglo verbal29."Perono habiendo el senor Alba cumplido con lo acordado verbalmente",venia a solicitar su desalojo. Alba, por su parte, contesta la demanda explicando que entre el y Gil existia un contrato de arrendamientode 70 hectareas de campo -entre las que estaba la laguna- "sincontrato escrito y sin termino"y, sin discutir lo del incumplimiento, solo solicitaba al juzgado "se le de el terminoque determina el Codigo Civilpara el desalojo",teniendo en cuenta que tenia sembradas 50 hectareas. Dias despues y ante estas declaraciones acude Gilnuevamente al juzgado a declarar que lo expresado por Alba era falso, ya que ese senor ni era su arrendatarioni tampoco tenia sembrado el campo; ade27 Ibidem. 28 JPCD-C, Ng 4495, 16/4/20. 29 Ibidem, N"4581, 1/6/22. Enfasis agregado.

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mas, Alba no habia demostrado ninguna de las dos cosas, por lo que correspondia seguir adelante con el desalojo. Asi tambien lo entendio el juez, que dias despues condena a Alba a desalojar30.Ante este desenlace, Alba decide contratara Guillermo Douglas, quien el 8 de septiembre presenta el recurso de apelacion. Esta presentacion debe haber presionado a Gila negociar, pues un mes despues ambas partes se presentan al juzgado de paz a comunicar el arreglo al que habian Ilegado: Alba se comprometia a desalojar el campo una vez levantada la cosecha y se obligaba a abonar en concepto de arrendamientoel 25% de lo producido, "de la misma forma que lo habia hecho el ano anterior".Porfin, tambien renunciaba Alba "atoda demanda por danos y perjuicios"contra Gil31. Este juicio vuelve a demostrar la habilidad del abogado Douglas, cuya sola presencia -y, sin duda, la amenaza de una demanda por danos y perjuicios- fue suficiente para forzar a la otra parte a sentarse a negociar. En la demanda, Gil se habia cuidado bien de no mencionar nada que implicaraun contratocon Alba. Es por eso que le habia "facilitado"-no arrendado- un campo y que habia reaccionado como lo hizo cuando Alba se preocupo por sugerir la existencia de un contrato. Si se observa el arreglofinalal que Ilegaronlas partes se advierteque la victoriade Douglas fue completa; ademas de lograrun periodo de gracia para su representado, consigue que el propietariotermine admitiendo ante el juez -y dejandolo asentado por escrito- que un contrato habia existido desde el ano anterior,al 25% de la cosecha. Las leyes de arrendamientode 1921 y 1932 dieron lugar a estrategias parecidas. Estas leyes habian venido a solucionar largos anos de indiferencia del estado con un aspecto clave del desarrolloagricola. En efecto, cuando se sanciona la primera de ellas, la agriculturatrigueradel pais tenia mas de treintaanos de vida, una vida fuertemente basada en el trabajo de agricultores arrendatarios.Y sin embargo, durante todos esos anos, las relaciones contractuales de los agricultores con los duenos de la tierrasolo se habian regido por las disposiciones muy generales del Codigo Civil,redactado en tiempos en que la agriculturano era todavia una de las principales fuentes de ingresos de la economia del pais. Si bien estas leyes establecian plazos minimos para los arriendos, en realidad no obligaban a celebrarlos por esos plazos, sino que otorgaban el derecho al locatarioa hacerlo efectivo por cierto periodo, para lo cual debia comunicarlo al propietario por escrito, seis meses antes de la finalizacion del contrato32. De esta manera, los propietarios que querian desprenderse de un locatario -al igual que lo que hacian 30 Ibidem. 31 Ibidem. 32 La 1

ley 1.170, de arrendamientosrurales,de 1921, pretendiaatacarei malde la inestabilidadde nuestrosagricultoresen dos frentes:la duracionde los contratosy la proteccionde los mas pequenos. Estableciaasi, para los arrendamientosde prediosde menos de 300 hectareas, un plazo minimode cuatroanos, que el arrendatarioteniaderecho a hacer efectivo con solo notificarloal propietario.Su articulo2 expresaba que cuando los contratos"noestipulenun plazo o estipulenun plazo menorde cuatroanos, se entenderasiempreque el locatario tiene opcion para considerarlorealizadopor el terminode cuatroanos, debiendo comunicarla opcion por escrito con antelacionde seis meses". A pesar de sus buenas intenciones,la ley no fue un granobstaculo para quienes quisieroneludirsus efectos. Porun lado, con solo daren arriendode allien mas porciones de tierrade 301 hectareascomo minimo,los terratenientesquedabanfacilmentefuerade los alcances de la ley. Porotrolado, como laey exactamenteno obligaba a firmarcontratosporun minimode cuatroanos, estos siguieronfirmandose por los periodos minimos,especulando con los olvidosde los arrendatariosparahacer llegarlas notificaciones-o la ignoranciade como hacerlo- (ley 11.170, 26/12/21,AnalesdeLegislacin Argentina-ALA-, 1920-1940,

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con el pago de los arrendamientos- podian pretender no haber recibido la notificacion a tiempo y luego alegar que el locatario no habia hecho uso de la opcion. En el mismo sentido, la respuesta de los arrendatarios era consignar judicialmente ese recurso de opcion y asi dejarlo asentado en lugar seguro. Por fin, para los arrendatariosque enfrentaban un desalojo inevitable, nuevamente la dilacion era la estrategia indicada. En este caso, lo importanteera demorar el juicio si era posible hasta los trabajos de siembra del ano siguiente para poder acogerse al amparo que preveia el Codigo Civilpara los arrendatariosque tenian su campo sembrado y de esa manera ganar otro ano. A eso apuntaba el chacarero Alba, en el ejemplo de mas arriba,cuando alegaba tener el campo arado. Otro modo de demorar los juicios de desalojo consistia en la discusion de los terminos de los contratos verbales, lo que provocaba la correspondiente citacion de testigos. De estas tacticas se quejaba nada menos que PrimoStortien una causa en la que representaba al propietarioPedro Gonzalez ante un juicio de desalojo contra su arrendatarioJuan Jose Lopetegui. Elabogado de este habia desconocido el contrato-diciendo que su representado era "socio"de Gonzalez y no su arrendatario-, para lo cual ofrecia el testimonio de tres testigos, uno de los cuales viviaen un partido vecino y otro en la ciudad de Buenos Aires, lo cual implicaba que el juez concediera un tiempo extraordinariopara citara gente que viviatan lejos. Talproceder hace que Storti-con la seguridad de quien conoce bien de lo que habla- se vea en la necesidad de recordarleal juez que "elplanteamiento de cuestiones improcedentes en los juicios de desalojo, el pedido de termino extraordinariopara producirpruebas poco menos que en el 'exterior'y otras zarandajas por el estilo son recursos empleados por lo general para dilatarlos procedimientos del juicio que debe tener presente el senor Juez de Paz al resolver tan infundados pedidos"33. La queja de Storti revela hasta que punto jueces y partes habian aprendido con el tiempo a usar la ley y manipularla con habilidad en su propio beneficio, aprendizaje en el que -mal que le pesara algunas veces a ellos mismos- los abogados ruraleshabian cumplido un rolfundamental. Por ultimo,en los juicios que involucrabanla faita de pago de salarios o alguna clase de incumplimientode los contratos laborales por parte de los empleadores, la accion de los representantes legales era del todo decisiva. Pobres de recursos economicos y culturales y, en una gran proporcion,analfabetos, para estos trabajadores la representacion o, al menos, el asesoramiento previo de uno de estos leguleyos era imprescindible a los efectos de entablar una demanda con alguna esperanza de exito. Para estos trabajadoresningun esfuerzo era suficiente si se tratabade acceder al asesoramiento de estos tinterillos.Asi lo entendieron Jeronimo Delgado, Arturo Dable y Otto Sponholz, peones del agricultorAntonioSabatini, que en 1935, ante la falta de pago de sus salarios, resolvieroniral pueblo a entablar una demanda "recorriendo el trayecto que media entre la chacra del demandado a este pueblo a pie, Ilegando poco menos que deshechos", pues no tenian dinero ni medio de locomocion. Una vez ali, el dueno del Hotel El Plata que, enterado de su problema, los alojo pp. 80-81, enfasis agregado). Laley 11.627 de 1932 quiso solucionarlas falencias de la de 1921. Sin embargo, si bien legislaba para todos los predios ruralesarrendados,cualquierafuera su tamano y extendia el plazo minimoae arriendoa cinco anos, mantuvola clausulay las modalidadesde aplicaci6ndel derecho a opcion (Ley N 11.627, 18/10/32, ALA,1920-1940, pp. 261-63). 33JPCD-C,N 7752, 20/12/1937.

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gratuitamente,les aconsej6 asesorarse "conalguna persona entendida"y, como ellos no conocieran a nadie, les recomend6 "alprocuradoruniversitarioPrimoStorti".Luego, "el mismo hotelero nos llev6 a la casa del senor Storti, el que, una vez oidos a todos nosotros, dijo que se ofrecia para redactarnos las respectivas actas de demanda con los datos que nosotros le habiamos dado"34. A los abogados, representar a los trabajadores no siempre exigia un gran esfuerzo de trabajo. Muchas veces, su sola intervencionera suficiente para intimidaral oponente o para torcer el curso de una demanda. Eso pudo comprobarlo el jornalero Pedro Di Marco, que el 8 de juliode 1929 acude al Juzgado de Paz a reclamar una deuda de $ 862,60 al agricultor"de la zona de Calvo"Nicolas Menna, originada en trabajospersonales y otras prestaciones hechas por el y por sus hijos Roque, Americo y Albertoen la cosecha de 1927/28. Menna, por su parte, declara en la audiencia que ya habia pagado todos esos servicios y nada debia a Di Marco. Este decide entonces contratara Pablo Linocomo su representante, quien solicita al juez la inmediata apertura del juicio a prueba. Para esa instancia, el abogado Lino prepara un largo interrogatorio,de diecisiete preguntas, en las que Menna debia afirmaro negar bajo juramentola veracidad de todos y cada uno de los trabajos que tanto Di Marcocomo sus hijos decian haber realizado en su chacra. El interrogatoriodebio haber sido tan intimidantepara Menna que la audiencia de absolucion de posiciones nunca tuvo lugar y las partes solo volvieronal juzgado a los pocos dias a notificarque "el actor y el demandado han concluido privadamente el juicio"35 Enotroejemplo, el trabajadorRamonFerreyrale reclamaba al chacarero Leoncio Buey la retribucionde seis meses de trabajocomo "peon arador"a razon de $ 90 al mes, de los cuales habia recibido a cuenta solo $ 105. Citado Buey, rechaza la demanda por considerar falsos los dichos del jornalero.Elsueldo originalmente pactado -sostenia- era menor a lo que decia Ferreyra,por lo que solicitaba al juzgado designara un perito "para establecer lo que en general se paga a los aradores". Ademas -seguia Buey- la deuda era menor de lo que el jornalerodecia "porcuanto en diferentes epocas le hice entregas de dinero y mercaderias, que de algunas tiene recibos y de otras no, porque tratandose de hombres de campo cuando un obreroles solicita dinero, se lo entregan donde se encuentran y a la buena fe".36Ante semejantes dichos, Ferreyradecide contratara Juan Danilovichcomo su representante, quien le aconseja conseguir cartas de agricultores del partido con quienes hubiera trabajado en el pasado para que certificaranlo que habia recibido como remuneraciony, de paso, su buena conducta de trabajadorhonesto. Asi, Ferreyraaporta a la causa las cartas de EulogioVazquez -que lo habia empleado en la cosecha anteriora razon de $ 300 al mes y certifica "que el comportamiento de Ferreyraasido [sic] inmejorable"- y otra del propietarioPablo Marsellan,que tambien lo habia tenido trabajando en la cosecha de su campo aquel ano. A los pocos dias de presentada esta prueba, las dos partes acuden al juzgado y declaran que habian arreglado privadamente sus diferencias y que Buey pagaria -la deuda a Ferreyra. La estrategia de Danilovich habia dado resultado37. 34JPCD-C,N"6240, 15/7/35. 35JPCD-C,N?4883, 8/7/29. 36JPCD-C,S/N, 22/7/26. Enfasis agregado. 37Ibidem.

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Este caso demuestra hasta donde la intervenci6nde los representantes legales podia ser decisiva para las aspiraciones de los que menos tenian y tambien como se podia hacer mucho con poco. Despues de todo, Ferreyratenia poco mas que un arreglo de palabra con su empleador y un dinero dado a cuenta, tambien de palabra y sin haber firmado ningun documento. Quizas lo mas importanteque muestra este caso es c6mo la estrategia del representante legal apela, menos que a la ley positiva, a los usos, practicas y costumbres del lugar para forzar un arreglo favorable a su cliente. En esto, el representante Danilovichestaba respetando la arena de conflicto propuesta por su contrincante, quien habia apelado a esas mismas armas, probablemente sabedor de que eran especialmente utiles en el terreno de la justicia de paz. Eljuicio estaba basado casi solamente en dichos y Buey habia apelado a la palabra para rechazar la demanda. Y no solo a eso: muy consciente y habilmente habia apelado a las practicas cotidianas de "los hombres de campo" al pretender haber adelantado a su jornaleroel dinero que este negaba haber recibido. Pero las palabras, importantes como eran en esta sociedad, tambien tenian un limite,y ese limite estaba dado por la palabra de los demas, especialmente si estos eran agricultores respetados de la comunidad -y mucho mas aun si eran propietarios-. Asi lo entendio el representante Danilovichal sugerir agregar a la causa la palabra rectificadorade esos otros agricultores38. No es posible saber quien habria salido vencedor en esta guerra de palabras de haberse tlegado a una sentencia y menos aun cual habria sido su desenlace si hubieraalcanzado las arenas mas tecnicas de la PrimeraInstancia. No obstante, con lo visto es suficiente para darse una idea de hasta d6nde podia manipularse la letra de las leyes o -como en este caso- la interpretacibnde los usos y las costumbres, con tal de salir airoso en los procesos judiciales, y como las mismas costumbres y practicas encontraban su validez y su marco de referencia a traves de esas disputas. Es esta manipulacion de las leyes y de las practicas lo que resultaba especialmente incomodo para algunos. La circulaci6n de la ley A traves de su asesoramiento procesal, la funci6n mas importanteque cumplieron los abogados rurales fue la de la difusion de la ley en los contextos rurales pampeanos, en especial entre sectores con menos acceso a ella: analfabetos, gente de pobres recursos culturales y economicos. Esos sectores eran el grueso de la sociedad rural:en una gran mayoria,los agricultoresde Coronel Dorregoeran extranjeros -y por lo tanto, probablemente no hablaban el idioma o lo hacian con alguna dificultad- y levaban una vida bastante alejada de la abundancia. Los trabajadores rurales, por su parte, ademas de ser los ultimos en la escala economica, tenian las mas altas tasas de analfabetismo39. 38RaulFradkinha estudiado el peso de la costumbreen la region pampeana para un periodoanterior. FRADKIN: "Entrela ley y la practica:la costumbreen la campana bonaerense de ia primeramitaddel siglo RAUL XIX",Tandil,AnuarioIEHS,N"12, 1997, pp. 141-56. 39 Segun el censo municipalde 1922, el analfabetismoalcanzaba ai 20%de la poblaciondel partidoen dicho ano (PrimerCenso Municipallevantadoel 30 dejulio de 1922.CoronelDorrego,1922). Estacifrase elevaba al doble en el caso de los jornaleros,segOn se desprende del analisis del perfilde los declarantes en las causas correccionales tramitadasen el Juzgado de Paz del partido(Archivodel Juzgado de Paz de Coronel Correccional,anos 1920-1930). Dorrego-Fuero

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Los tinterillospampeanos operaban como una bisagra entre mundos diversos: el mundo culto y opulento de Buenos Aires y el mas rudimentarioy modesto del interior;el universo unico de lo nacional y la multiplicidadde los pequenos mundillos locales; el mundo ruraly el urbano;el de la letrade la ley y el de la voz de la experiencia cotidiana de la gente comun. Entreesos mundos, los representantes legales de los pueblos fueron preciosos transmisores de los flujos y reflujos con los que cotidianamente las "culturaslegales" del estado y de los sectores subalternos se informabanentre si40. Porfin, estos brokersde culturaIlenaban un importantevacio. Ante la escasez evidente de abogados profesionales en el interiorde la provinciahasta bien avanzado el siglo XX,los "agentes judiciales"de los pueblos servian de muy efectivo reemplazo, en especial donde no eran necesarios aquellos, como era el caso de los juzgados de paz. Pero ademas, cuando los abogados universitariossi eran una necesidad, los representantes legales de los pueblos eran el camino obligado hacia ellos, para quienes no sabian encontrarlo por sus propios medios. Si la gente con mas recursos podia acceder a esos profesionales en formadirecta, la mayoriade la gente de campo seguramente necesitaba de la intermediacionde los tinterillos-socios de aquellos- para consultarlos. De no haber sido por la intervencionde los leguleyos, estos sectores mayoritarios de la sociedad ruralhabriantenido pocas oportunidades de acceder a la informacion. En primer lugar porque, como esos trabajadores citados mas arriba que fueron a pie hasta la capital del partido a entablar una demanda y llegaron exhaustos, la mayoriade los chacareros se movia muy poco. Trasladarsehasta el pueblo de Coronel Dorrego -distante 70 kil6metrosde los puntos mas alejados del partido- era todo un acontecimiento que ocurriasolo en casos excepcionales (una fiesta patria,el carnaval, algun entierro). En ese sentido, el procuradorStorti, en el ejemplo citado mas arriba, no exageraba mucho al calificar al testigo residente en Buenos Aires como una prueba "poco menos que del exterior".Entrelos chacareros de Dorrego no eran pocos los que nunca pisaban Bahia Blanca, situada 100 kilometros hacia el sudoeste, y una inmensa mayoria moriasin conocer la capital del pais, distante 600 kilometrosdel partido, aun en los anos finales del periodo estudiado. El aislamiento de los chacareros -sostenia Scobie para los aAos iniciales del siglo- era uno de los rasgos caracteristicos de la agriculturapampeana y el origen de muchos de sus males estructurales41. Alliresidia el mayor obstaculo para la cooperacion entre los chacareros, para su organizacion como clase y, en definitiva,para la creacion de "un ambiente agricola". Este aislamiento era resistente y no se iba a disipar facilmente con el correr de los anos. Carl Taylorlo encuentra mas o menos intacto casi cuarenta anos despues: La gran mayoriade los chacarerosargentinosno tiene muchos contactos con sus vecinos y con practicamenteningunotro chacareroque no sea su vecino. En las 40 La diferenciacion entre estas "culturas" HAY:"Lawand Society in Comparative corresponde a DOUGLAS CARLOS AGUIRRE JOSEPH(eds.): Crime and Punishment in Latin Perspective", en RICARDO SALVATORE, y GILBERT America: Law and Society since Late Colonial Times, Durham & London, Duke University Press, 2001, pp. 415430. 41 JAMESR. SCOBIE:Revolucion en las Pampas. Historia social del trigo argentino, 1860-1910, Buenos Aires, Solar/Hachette, 1968, pp. 80-84.

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zonas ruraleshay pocos telefonos,relativamentepocos automovileso buenos caminos y pocas organizacionescomunaleso vecinales.Enel pasado, algunoschacareros inmigrantesno hablabanfluidamenteel espanol y la mayoriade ellos vive hoy en zonas en las que apenas unageneracionatrasvivianfamiliasprovenientesde diferentes paises extranjeros,muydiferentesentre si. De maneraque no hay solo impedimentosfisicos, sinotambiensociales y psicologicosparala comunicaciony la asociacion y, consecuentemente,parala organizacion42. El paisaje de la sociabilidad de un tipico chacarero de Dorrego en esos anos estaba compuesto esencialmente por las chacras vecinas y, una vez por semana, el almacen de campana, situado en "parajes"ruraleso en los diferentes poblados del interiordel partido. En cuanto a las chacras, las oportunidades de llevar una vida social aumentaban si estas se encontraban dentro de una gran propiedad con muchos arrendatarios. CarlTaylorda un ejemplo hipotetico de lo que eran las pautas de sociabilidad en una gran estancia de la region pampeana con numerosas familias de arrendatarios, en el que los contactos sociales del chacarero no trascendian esa pequena comunidad: "Sus encuentros sociales se limitancasi exclusivamente a los que tienen con otras familias en la misma posicion que la suya y a unos pocos viajes de compras al pueblo. El no es un miembro consciente de una comunidad consciente de si misma y los encuentros se limitancasi exclusivamente a las visitas familiares a vecinos"43 La imagen que brinda el ejemplo de Taylores precisa. Nicolas Staniscia, un chacarero de Dorrego que fue buena parte de su vida arrendatarioen una de las estancias de GlorialdoFernandez -el terratenientemas importantedel partido-, recordaba asi estas pautas de sociabilidad: Enel campo nos ayudabamosentretodos. Si yo terminabade sembrarprimeroiba y le ayudabaal vecino y si el terminabaprimeroal otroano, me ayudabaa mi.Todoasi ...gauchadas. Yfarra,farratodos los dias:yerra,senalada y farra.A casa ibande las otraschacras, a cazar,pescar-porque teniamosarroyo-,a jugara las barajas,bailar. Las farraslas haciamos nosotros,las hacia Luna,VanWaarde,las hacia Morales... todos. Tuvimosfarracasi todos los meses ahi, todos los domingos, para marcarlos terneros,jugaral futbol...Unaamistadterrible44. Enotro pasaje, Staniscia expresa la escasa frecuencia de las visitas a Dorrego, a pesar de que su chacra quedaba a unos pocos kilometrosdel pueblo: La gente no venia al pueblo; solamente los 25 de Mayo... Nosotrosmismos, que estabamos cerca, veniamosmuypoco. Los padresnuestrosIlevabangalletaparaun mes, dos meses; de aca, de la panaderia.Elcafe lo Ilevabanen bolsas grandes, la 42"Thevast majority of Argentinefarmersdo nothavemanycontactswiththeirneighbors,andwithpractically no otherfarmersthantheirneghbors. Thereare few ruraltelephones, relativelyfew automobilesor good roads in ruraldistricts,and few neighborhoodand communityorganizations.Inthe past some immigrantfarmersdid not speak Spanish fluentlyand most of them live in areas which not morethan a generationago were peopled by familiesfroma numberof differentforeigncountries,strangersto each other.Thusthereare notonly physicalbut social and psychological impedimentsto communicationand association, and consequently to organization". CARL TAYLOR: RuralLifein Argentina,BatonRouge, LouisianaState UniversityPress, 1948, p. 395. 43"Hissocial contacts are restrictedalmostaltogetherto those withotherfamiliesin the same positionas himselfand to a few markettripsto town.He is nota conscious memberof a self-conscious community,and social contacts in his neighborhoodvicinityareconfinedalmostaltogetherto familyvisitingwithneighbors".Ibidem,p. 264. 44Entrevistacon Nicolas Staniscia,CoronelDorrego,11/2/1996.

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harinatambien... Se venia muy poquito. En el ano, si se venia diez veces, doce veces, era una barbaridad.Y asi por muchos anos. Despues del '40 si, de ahi en adelante empezo ya la evoluciony se venia mas seguido45. El almac6n de campana o "pulperia",por su parte, estaba tambien en la base de esa sociabilidad. Alliacudian los chacareros para abastecerse de galleta y otros articulos de primeranecesidad, pero tambien para departircon otra gente del lugar sobre el estado de los cultivos, del mercado del trigo y de "lasultimas noticias"que Ilegaban a sus oidos de la boca del almacenero o de algOndiario local al que podia estar suscripto, si es que sabia leer46.Para Scobie, "en el aislamiento de un campo desolado, su papel [el de los almacenes] de lugar de reuniony fuente de informacion y noticias era quiza tan vital como sus funciones econ6micas. En muchos sentidos ejercia la funcion de iglesia, escuela, club y plaza de los cuales carecia notoriamente la pampa"47. Fuerade estos escasos encuentros, eran muy pocas las posibilidades de acceso a la informacionque tenian los hombres de campo. Elnivel de analfabetismo entre la poblacion rural-en verdad, no muy elevado en comparaci6n con otras areas rurales de America Latina- explica solo una parte de esa desinformacion. Mas importante era el hecho de que el alto porcentaje de agricultores extranjeroso bien no leia el espanol o bien s6lo leia los periodicos de las comunidades que circulaban en el partido, y por lo tanto vivia ajeno a las noticias nacionales o siquiera regionales. Por su parte, los periodicos nacionales que circulaban en el partidoeran muchos y variados. En realidad, hasta podia decirse que eran demasiados. En la decada de 1930, por ejemplo, circulaban en Coronel Dorrego por lo menos cinco periodicos locales, que se imprimianen el partido, ademas de dos diarios regionales -La Voz, de Tres Arroyos,y La Nueva Republica, de Bahia Blanca- y los diarios nacionales La Nacidn y La Prensa. Como muchas comunas de la provincia, Coronel Dorrego habia desarrollado una prensa local tempranamente. La primeranoticia de un diariolocal es de 1897 -el periodico El Progreso, segOn consta en un acta de la Municipalidad-, que tuvo solo un ano de vida. El segundo fue E/ Porvenir,que ve la luz en febrero de 1900, dirigido por AristobuloBlanco, que habia Ilegado a la comunidad con la revolucion mitristade 1893, para hacerse cargo de la secretaria del Juzgado de Paz48. Muy poco despues la prensa local experimenta un crecimiento explosivo bastante curioso, con el surgimiento de diversos periodicos49. 45 Ibidem. 46 Entrevistasa los

agricultoresNicolts Staniscia,AlfredoRasmussen,NicolasBerenger,VicenteRostolly Jaime Ripoll,febrerode 1996. 47 SCOBIE,Revolucion, p. 81.

48CARLOS FUNES DERIEUL: Historiadel Partidoy localidadde CoronefDorregoen el Siglo XIX,1830-1900, BahiaBlanca,PanziniHermanos,1973, pp. 215-19. 49Algunosde estos nacen con clarasfiliacionespoliticaso ideologicas, que no se preocupanen ocultar. Ese era el caso del diarioLaVerdad,fundadoen 1903 porGregorioJuarez,caudilloconservadorque manejolos hilos politicos del partidoen la decada de 1930; tambien, del diarioradical La Union,fundado en 1924; del organode la iglesia catoticaLa Vozde Dorrego,de 1933;y de otrosde muycortavidacomo La VozSocialista.La Comuna,fundadoporel tinterilioBaldomeroBarreiroen 1918,y La Voz,cuya primeraepoca datade la decada de 1910-para luego interrumpirse y continuaren la del cuarenta-,tambienfuerondiariosimportantesde Dorrego. "Cincuentaanos de periodismo",en Cincuentenario,p. 290. Vease tambienNiRIDO CoronetDorrego, SANTAGADA: 100anos de politica,CoronelDorrego,edicion privada,1987, pp. 30-31.

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Este boom periodistico, que a todas luces saturaba el mercado local, fue un fenomeno tipico de la region pampeana en estos anos y probablemente no solo pampeano50. Los periodicos tenian un gran poder simbolico para las comunidades locales, en tanto les daban un aura de identidad y de estabilidad: un pueblo con diarios propios era un pueblo de verdad. Pero con los periodicos sucedia lo que con la politica. A pesar de su gran efervescencia local y regional, la comunidad de lectores parecia circunscribirsea los centros urbanos de los partidos y tener escasa llegada a las chacras y estancias. Este mismo contraste es advertido por Taylor,que ademas analiza la relacion entre la ausencia de prensa y de politica en los medios rurales: Relativamentepocos chacarerosargentinosleen los grandes diariosdel pais y muchos periodicos locales no tratanasuntos publicos. De esta manera,los mayores instrumentosde opinionpOblicano alcanzana las areas rurales.Como resultado,la mayoriade los chacarerosraravez formanpartedel publiconacional.MasaOn,ellos creen que otraspersonas,especialmentelos politicos,dirigenesos asuntos publicos y que influiren ellos esta mas alla del alcance de los chacarerosdesorganizados51. Los peri6dicos locales no pretendian competir con los grandes periodicos de Buenos Aires, ni siquiera con los diarios regionales como La Nueva Provinciao La Voz de TresArroyos, ambos de principios de siglo y de buena tirada. Los organos locales se concentraban en noticias del partido,que ocupaban la primeraplana, con algunas notas internacionales en las paginas interiores.No contenian, sin embargo, muchas noticias sobre temas agricolas, fuera de alguna columna de un ingeniero agronomo regional o el comentario de la ultimacatastrofe climatica, lo cual era coherente con el perfil de sus suscriptores: si bien algunos podian estar en el campo, la mayoriavivia en los pueblos52. ,Como se explica, entonces, que simples jornaleros o pequenos agricultores inmigrantes, muchos de ellos analfabetos, que hablaban el espanol con dificultady no leian los diarios, estuvieran tan bien enterados e invocaranen los juicios la proteccion de tal o cual articulodel Codigo Civilo de cierta ley que habia sido sancionada apenas unos meses antes en el Congreso Nacional? ,Como resolver la sorpresa que causa la alturade ciertos alegatos y, en general, el conocimiento de sus derechos, de la ley y sus alcances, que tenia esta gente de pocos recursos? Si el marco legal se conocia en Coronel Dorrego de la primera mitad del siglo y se hacia valer en los tribunales, forzandolo hasta el limitepara obtener un fallo favorable, esto se debia a la accion de los abogados rurales que, probablemente sin proponerselo, lo habian difundido. Y como los que menos tenian eran tambien los que contaban con "menos ley",estas aves negras de las pampas operaron aumentando la "cantidadde ley"de 50Algoparecidohabiasucedido en el oeste norteamericanoen la segunda mitaddel siglo XIX.A la "fiebre del oro"le habiaacompanadouna "fiebrede los periodicos"locales ["newspaperrush"].Vease BARBARA CLOUD: TheBussiness of Newspapers on the WesternFrontier,Reno, Las Vegas, London,Universityof Nevada Press, 1992, pp. 4-17. 51"Relativelyfew Argentinefarmersreadthe greatdailynewspapers of the nationand manylocal papers do not discuss public issues. The majorinstrumentsof publicopiniondo not, therefore,functionwidely in rural areas. Theresultis thatthe majorityof farmersare seldom a partof nationalpublics.Furthermore, they believethat otherpersons,mainlypoliticians,directthese publicsand thatto influencethemis beyondthe reachof unorganized

farmers". TAYLOR, Rural Life, pp. 416-7. 52 TAYLOR, Rural Life, pp. 265-6.

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sus representados: su conocimiento era crucial para las aspiraciones de aquellos que enfrentaban en los juicios a adversarios mas poderosos53. Este rol de intermediarioentre las distintas culturas legales era en verdad tan importanteque es muy probable que alli se originarabuena parte de la mala fama con que cargaban los abogados rurales. Enese sentido, no es casual que la mayoria de las referencias y anecdotas negativas recogidas en el partido sobre ellos hayan sido expresadas, no por chacareros o trabajadores, sino por terratenientes y comerciantes. Por mas que las "aves negras" pudieran haber ayudado a estos ultimos a resolver mas de un problema con sus arrendatariosy deudores, eran mas las veces -o al menos mas vividos los recuerdos- en que esos mismos representantes legales habian perjudicado a los terratenientes y comerciantes, obstaculizando sus demandas de desalojo, prolongando la permanencia de un arrendatarioen un campo u ocultando bienes de un deudor54. En ese sentido, promovery difundiruna imagen negativa de estos representantes legales, llena de coloridos epitetos, se correspondia bien con los intereses de esos sectores. Desacreditarlospublicamentey difamarlos era un intento por correrlos de la escena para asi gozar de los beneficios del desamparo aOnmayor en el que quedarian los chacareros y trabajadores. Pero esta operacion de desprestigio no respondia Onicamentea la reaccion de las clases propietarias a los ocasionales efectos adversos de la accion de estos abogados, como podia ser el salir desfavorecidos en determinado juicio. El encono contra estos tinterillostenia raices todavia mas profundas, que calaban hondo en la historiade Am6rica Latina. En un estudio sobre los proyectos de modernizaci6n de la nacion boliviana entre 1900 y 1920, Brooke Larson descubre una verdadera campana contra esos tinterillosque pululabanen el ambitorural,orquestada por los intelectuales reformistas y por la burguesia de La Paz. Desprestigiando a esos "cholos"con su literatura,estos intelectuales liberales buscaban correrlosde la escena para mejorcontrolarel proceso de "civilizacion"de los indigenas que perseguian. La ley era un capitulo fundamental de ese proyecto hegemonico, pero para eso era necesario quitarsela de las manos a estos intermediariosimprevisibles,que podian subvertirtodo el proyecto.55 La accibn de estos abogados rurales era especialmente temida tambien en otros paises que, como Bolivia,tenian una fuerte tradici6n rurale indigena y activos movimientos campesinos. David McCreery,por ejemplo, alude a estos abogados como personajes claves en las luchas de los indigenas de la sierra guatemalteca: Aunqueen ocasiones eran enganados y repetidamenteinjuriadospor abogados y oficiales corruptos,como es el caso siempre con los pobres, los lideres indigenas generalmenteentendianlos lineamientosgenerales de la leyes de tierrasliberalesaunqueno necesariamenteestaban de acuerdocon ellas-. Y contratabanabogados de los pueblos usaban una variedadde que conocian sus detalles. Los "justicias" 53Parael concepto de "cantidadde BLACK: TheBehaviorof Law,NewYork,Academic ley",vease DONALD Press, 1976. Vease tambien,del mismoautor,SociologicalJustice, Oxford,OxfordUniversityPress, 1989. 54 Entrevistacitada a LindolfoR. Barrios;entrevistasa Humberto Uslenghiy Carlos Duranona,Coronel Dorrego,12/2/96y 14/2/96, respectivamente. 55BROOKE "RedeemedIndians,BarbarianizedCholos:CraftingNeocolonialModernityin Liberal LARSON: Bolivia,1900-1920",trabajopresentado en el encuentro"Conferenceon PoliticalCulturesin the Andes, 17501950",Urbana-Champaign, Universityof Illinois,23-26 de marzode 2000.

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tacticas, desde demandas hasta peticiones, pasando por apelaciones personales al presidentey, raramente,la violenciaabierta,para presionarlo mejorque podian por io que ellos y sus comunidadespercibiancomo sus intereses56. En estos pasajes puede adivinarse la otra cara de la moneda de la acci6n de estos abogados. Si en los ejemplos que se daban al principiode este trabajo, provenientes sobre todo de la literaturaindigenista, los tinterillosaparecian como aliados y socios de las clases propietariasque a traves de sus enganos facilitaban la explotacibn de las comunidades campesinas, la que resulta ahora es mucho mas "positiva"57.Mas alla de que muchas veces se puedan haber aprovechado de la ignorancia de estos sectores, estos tinterillos-a veces conscientemente, muchas otras probablemente no- terminaronfacilitandole a esos sectores armas poderosas. Tantoera asi, que la posibilidaddel acceso a esas armas-legales, institucionalesllego a inquietarmucho a los sectores dominantes latinoamericanos. Lo realmente subversivo de la accion de los tinterillosno era la amenaza de la violencia, sino la habilidad de plantear y conducir la lucha de los sectores subalternos en el terreno "culto"y letrado de las clases propietarias. Ejemplos de lo que se dice podrian multiplicarse. Catherine Legrand ilustrabien la funcion de lo que llama "los aliados del sector medio" de los colonos colombianos en la decada de 1920: "la influencia de tinterillos,grandes colonos y funcionarios que simpatizaban con su causa puede haber encaminado a los colonos a la busqueda de soluciones legalistas. Al abrirlesa los colonos canales de comunicacion con las autoridades nacionales, e incitarlosa buscar soluciones favorables desde lo alto, esos individuos le infundierona la resistencia de los colonos una orientacion verticaf'58.Un papel parecido parecen haber cumplido estos representantes en las distantes fronteras de la Nueva Espana en el siglo XVIII.Segun Charles Cutter,"a traves de anos de experiencia en el gobierno provincialy de servicio en una variedad de cargos, asi como de la transmision informal del conocimiento legal, los elementos educados de las regiones ayudaron a definir el estilo judicial que impero en Nuevo Mexico"59.Y era este "estilo judicial" -refinado, "vertical"e institucional-que los tinterilloslatinoamericanoshabian ayudado pacientemente a construir,lo que resultaba especialmente incomodo a las clases propietarias. 56 "Deceived on occasion and done repeated injuryby corruptlawyers and officials, as the poor are always,at least the leadershipamongthe Indiansgenerallyunderstood,ifthey did not necesarilyagree with,the broadoutlinesof Liberallandlaws.Andtheyhiredlawyerswhoknewthe details.Villagejusticiasused a varietyof tactics, fromlawsuitsto petitionsto personalappeals to the Presidentto, thoughrarely,open violence, to press as best theycouldforwhattheyandtheircommunityperceivedas theirinterests".MCCREERY, RuralGuatemala,p. 251. 57 Esta imagen mas positivaes el resultadode una revisionhistoriograficade la literaturaindigenista. Trabajosmas recientes quierenasi devolverlea los indiosy campesinos su rolprotagonicoen las luchas que aquellaliteraturales habiaquitado,al suponerlosseres pasivos, ignorantese inhabilesparadefendersus derechos y porlo tantosistematicamenteenganados porlos tinterillos.Vease CARLOS AGUIRRE: "Tinterillos and Leguleyos"pp. 5-7. 58 LEGRAND, Colonizacion,p. 110. Enfasisagregado. Paginas atras habia definidoel rolde los tinterillos, en terminosmuy similaresa los analizados aqui: "Personajesfamiliaresen los pueblos, los abogados rurales, llamadostinterillos,tenianfamade provocarlos pleitosde los cuales vivian[...] Llevadosporun interespersonal, esos individuosno obstante desempenaronun papel importanteal difundirel conocimientode la legislacionde tierrasen las regiones de frontera".Ibidem,p. 100. 59"Through yearsof experienceinprovincialgovernmentand service ina varietyof capacities,and through the informaltransmissionof legal knowledge,the literateelements of the regions helped elaborate the judicial TheLegalCulture,p. 88. Enfasisagregado. style thatheld sway in New Mexico".CUTTER,

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En la region pampeana, si bien la inexistencia de una cuestion indigenista la convierte en un caso bien diferente, tanto el rolde estos abogados como las reacciones que su actividad provocaba en las clases propietarias no son-tan disimiles. Por un lado, el caracter de interprete o lenguaraz de estos abogados, aunque no se trataraen la region pampeana, en general, de vocero o traductoren sentido estricto -como lo era en el caso de los indigenas peruanos o guatemaltecos-, en realidad no diferia mucho de aquel. Despues de todo, mas alia de que algunas veces el representado no supiera leer o escribir, se trataba siempre de poner en palabras legales una demanda, queja o pretension, que probablemente hubieratenido poco o ningun valor procesal sin la traduccion tecnica que implicaba la mediacion de la palabra de estos ventrilocuos60.Pero ademas, la preocupacion mas estructuralde los sectores dominantes del mundo andino con los tinterillos-mas alia del miedo concreto que podia provocar un levantamiento indigena- bien puede ser equivalente a la de las clases propietarias pampeanas con las "aves negras" vernaculas. El problema con estos pequenos personajes -a diferencia de los abogados de las ciudades- era la relativaautonomfacon la que se manejaban en la interpretacibnde la ley y como esos manejos, libres y dificiles de controlar,terminaban influyendoen los usos y costumbres de una manera que no era demasiado paranoico juzgar peligrosa. Como en el caso boliviano, la ley y la justicia eran instancias decisivas de los proyectos hegemonicos de las clases dominantes y letradas latinoamericanas en general, incluida la Argentina. El sistema legal consistia a la vez en un precioso instrumento pedagogico y en una herramienta clave para el control social de las clases subalternas, ya fuera para conseguir la "civilizacion"de los indigenas, extraerles su trabajo, o consolidar la propiedad privada de la tierra.En el caso de la Argentina, se trataba de definirun marco legal e institucionaladecuado para el desarrollo de las actividades productivas que definian su insercion en el mercado mundial. 0, mejordicho, de no definirlodel todo, ya que el camino elegido en este caso fue el de mantener cierto vacio legal estrategico que favorecia a los sectores dominantes. El problema -tambien en la region pampeana- era que para cumplir acabadamente esas funciones civilizadoras, el sistema legal debia ser mas o menos indisputado y la ley, preferentemente, circular en un solo sentido. Las leyes -tanto como los vacios que dejaba su ausencia, la vaguedad de su letra, o su falta de aplicacidn- eran demasiado valiosas como para estar en manos de gente cualquiera. Y eraesta, precisamente, la parte del proyecto que venia a arruinarla accion de los abogados rurales y de ahi la animosidad contra ellos. Gente cualquiera ellos mismos, estos tinterillospampeanos no hacian otra cosa que familiarizarcon la ley, sus usos e interpretaciones, a quienes se suponia solo debian acatarla y, en el peor de los casos, conocerla solo vagamente. En definitiva-y en esto residia enultima instancia lo peligroso-, con sus variadas tacticas procesales, los abogados no solo llevaban ocasionalmente a buen puerto las demandas de los trabajadoreso arrendatarios; tambien contribuian,lisa y Ilanamente,a darle forma a las leyes. 60 Laexpresion pertenece a Andres

Guerrero,"Deprotectoresa tinterillos:la privatizacionde ta adminis-

tracibn de poblaciones indigenas (dominadas)", en HERACLIO BONILLA (eds.): Los pueblos y AMADOGUERRERO

campesinos de lasAmericas:etnicidad,culturae historiaen el sigloXIX,Bucaramanga,UIS,1996, p. 200. Citado por CARLOS AGUIRRE, "Tinterillosand Leguleyos", p. 14.

1890-1945 LAEXPERIENCIA DE LALEYEN LAREGIONPAMPEANA,

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Porque, en efecto, ademas de conocer la ley y difundirla,los abogados rurales tambien ayudaron con sus tacticas a definirclaramente sus alcances. Esas tacticas forzaban a los jueces a interpretarlas normas a traves de sus fallos y, de alguna manera, a reescribirlascon su propialetra.Con el tiempo, esto derivo en la conformacion de una jurisprudencia menuda a lo largo de la region pampeana, que estaba hecha de los multiplesfallos, arreglos y sentencias que cada dia tenian lugar en los distintos distritos rurales del interior.Asi, mientras la letra de las leyes se escribia desde las bancas del Congreso Nacional, su espiritu,muy a pesar de sus inspiradores intelectuales, se negociaba en la dialectica cotidiana de los Juzgados de Paz de la campana, de la mano de los actores en los juicios y, especialmente, de los abogados rurales. Situados a medio camino entre los verdaderos constructores de la cultura legal de las pampas -los anonimos contendientes de los juicios- y los jueces encargados de supervisar su arquitectura,las "aves negras" de las pampas se encargaban, simple pero trabajosamente, de poner cada ladrilloen su lugar.

JUANMANUELPALACIO

288 RESUMEN El trabajo estudia la conformacidn de una cultura legal que se fue desarrollando a nivel local en los distintos distritos rurales de la region pampeana en su periodo de gran expansion, gracias a la cual aspectos fundamentales de la produccion pudieron desarrollarse adecuadamente, a pesar de cierto vacio legal que predomino en ciertas areas claves de la organizacion productiva. El trabajo se concentra en la existencia de mecanismos de difusion de la ley y de los procedimientos judiciales, de la mano de una red de representantes legales o "abogados". Estos abogados se ubicaron en el medio de una demanda creciente de justicia y una oferta escasa

de "ley"y jugaron un papel decisivo en la difusion de la informacion legal, juridica y procesal en toda la campana bonaerense. De la mano de las practicas procesales en las que eran expertos y, mas en general, con su asesoramiento legal y profesional, estos representantes legales obligaban a jueces y partes a una permanente tarea de actualizacion y perfeccionamiento en el conocimiento de la ley y sus usos. El trabajoanaliza el desempeno de estos representantes legales en un distrito rural situado en el corazon de la region triguerade la provincia de Buenos Aires -el partido de Coronel Dorrego- durante los anos de la gran expansion agropecuaria pampeana.

SUMMARY This study analyzes the development of a sophisticated legal culture at a local level in the Pampean region during the golden years of agrarian expansion. This "culture"allowed local productive life to function adequately, despite the obvious juridical and contractual deficiencies. Its foundations were a myriad of unwritten rules as well as very rudimentary local contractual arrangements. The article focuses on the workings of law and justice in a rural district located in the most important wheat-growing area of Argentina, the county of Coronel Dorrego, in Southern Buenos Aires province. In particular, it concentrates on the rural lawyer -one key figure in

this story. Situated between the supply and demand of justice, these legal representatives were decisive components of the local order. Withthe legal and procedural knowledge they had acquired at the informalschool of the Justice of the Peace, they fulfilled an important function in the construction of the civic and juridical culture of the local society. By stretching the letter of the law in favor of their clients, they helped to define the very scope of the law itself. Their actions made the law -which was written with the intention to be used only by few- circulate widely in the Pampean region across geographic as well as social frontiers.

REGISTRO BIBLIOGRAFICO Juan Manuel PALACIO, ",Aves negras-: Abogados ruralesy la experiencia de la ley en la region pampeana, 1890-1945". - REVISTA DE CIENCIASSOCIALES(Buenos Aires),vol. 44, N? 174, DESARROLLO ECONOMICO julio-setiembre2004 (pp. 261-288). Descriptores: .

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