Antropometría de lo común: el privilegio de lo incorpóreo en el espacio público contemporáneo

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ANTROPOMETRÍA DE LO COMÚN: EL PRIVILEGIO DE LO INCORPÓREO EN EL ESPACIO PÚBLICO CONTEMPORÁNEO. William Brinkman-Clark

1. Considerando que es el tema que enmarca a esta semana de conferencias,1 de lo que hablaré hoy es de la antropometría; pero lo haré con una pequeña trampa, y es que no voy a hablar sobre la Antropometría en tanto ésta se entiende como la ciencia o el estudio de las medidas del cuerpo humano, sino que hablaré de la antropometría que hace posible a la Antropometría; o lo que es decir, de lo que hablaré es de la acción de medir el cuerpo, de la antropometría que en tanto operación es condición de posibilidad necesaria para cualquier Antropometría. Más allá de las medidas del hombre, lo que me interesa son las potencias y los límites del ‘cómo’ es que el hombre mide al hombre. Y en particular, quiero hablar sobre lo público de esta acción, la de medir los cuerpos: del cómo, a través de una lectura de las maneras en las que medimos el cuerpo en el espacio público, podemos aprender algo no sólo sobre las formas en la que los cuerpos se hacen visibles en el espacio público, sino también sobre la formas en que éstos, en tanto aparecen como ‘medidas’, influyen en la significación de lo que se considera ‘público’. Para esto, propongo comenzar de una manera poco ortodoxa. Lo que quiero es que tratemos de vislumbrar lo que para nosotros, como sociedad, aparece como ‘espacio

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Este texto fue presentado como ponencia el 1 de octubre del 2015 en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, el marco del coloquio “Antropometrías. Diálogos entre cuerpo y arte”

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público’; la falta de ortodoxia resulta de que propongo hacerlo a través de una aproximación heurística, que quizá raya en lo anecdótico, a un tema que se ha vuelto un tanto controversial en las últimas semanas: el proyecto del Corredor Cultural Chapultepec; y para esto, propongo que entendamos el proyecto en la medida en la que aquello que posibilita la visibilidad de dicho proyecto aparece como enunciable en un artículo de opinión que sobre este proyecto escribió Guadalupe Loaeza, titulado “Trans-pa-ren-cia”, publicado en el periódico Reforma el día 17 de septiembre de 2015. Como ustedes sabrán, a muy grandes rasgos, lo que el proyecto propone es concesionar Avenida Chapultepec y partes de otras vías públicas a una empresa privada2 para que ésta construya un tipo de andador peatonal elevado en el cual se prometen espacios comerciales, culturales y de recreación.3 El proyecto ha generado controversia especialmente por el hecho de que el principio primero que haría posible el proyecto sería la concesión de un espacio público a un privado, para que éste construya un espacio público –claro, bajo el presupuesto de que el espacio público ‘nuevo’ será cualitativamente superior–. En su editorial, Loaeza justifica el proyecto diciendo que después de estudiar el tema a profundidad, ella concluye que, ante la crítica que propone como un absurdo el principio mismo del proyecto, éste es la mejor opción. Para los propósitos que he propuesto a ustedes, quiero enfocarme únicamente en tres puntos específicos que Loaeza avanzará en defensa del proyecto:

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El título de concesión lo otorga en Gobierno del Distrito Federal a la empresa de participación estatal PROCDMX SA de CV “para el uso, aprovechamiento y explotación de una superficie de 101,817.84 metros cuadrados […] en y bajo el polígono que comprende segmentos de las vías públicas denominadas Avenida Chapultepec, Lieja, Sonora, Puebla, Burdeos, Sevilla, Londres, Praga, Salamanca, Florencia, Monterrey, Liverpool y Amberes”. Oficialía Mayor del Distrito Federal, Título de concesión, firmado el 30 de julio 2015, disponible en www.ccchapultepec.mx. 3 El proyecto contempla 20,550 m2 de “servicios, comercio y equipamiento” (18.5% de la infraestructura proyectada) www.ccchapultepec.mx.

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a) Sobre la supuesta seguridad que brindará el proyecto, Loaeza nota que: “Por otro lado, me he dado a la tarea de pasar varias veces en coche por la zona, para darme cuenta que no es suficiente con ampliar las banquetas y arbolarlas. Por lo complicado de la vialidad y el tráfico que genera, un parque a nivel de la calle perjudicaría aún más el tránsito. Hace un mes presencié un atraco a mano armada en la avenida. Nos encontrábamos en un alto interminable cuando de pronto una moto con dos sujetos asaltaron a una conductora, que iba dos coches adelante de mí, el que iba atrás la encañonó y le pidió su bolsa y la moto salió disparada. Ese es el problema de que "convivan" los automóviles con los peatones en un espacio público que busca ser seguro.”4

Comencemos perdonando a la columnista la ausencia total de consistencia lógica en su argumento –aunque debe notarse que, y esto será importante más adelante, aun cuando podemos afirmar que su conclusión carece de consistencia, eso no quiere decir que ésta necesariamente sea percibida por el lector como falsa– y quedémonos con una noción de seguridad que aparece como importante en tanto atributo que debería poseer el espacio público. De esta cita que acabo de leer, podríamos decir que, para Loaeza, parte de la novedad que debe buscar la transformación del espacio público existente es aportar cierta medida de seguridad que ahora no existe; y que para ello, debe cambiar la disposición material actual del espacio –a decir, que los autos ‘convivan’ con los peatones–, dado que ésta, o propicia la inseguridad, o imposibilita la seguridad, o ambos.

b) Sobre la manera en la que se financiará el proyecto, dice:

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Guadalupe Loaeza, “Trans-pa-ren-cia”, Reforma, 17 de septiembre 2015. Las cursivas son mías.

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“Después de revisarlo detenidamente me doy cuenta de la forma de cómo la iniciativa privada y el gobierno de la ciudad crean por primera vez una fórmula ganadora para ambas partes donde ya no son los ciudadanos con sus impuestos o contribuciones los que pagan una obra en la que nadie termina sabiendo el destino del dinero […] El mantenimiento de dicho proyecto corre totalmente por la iniciativa privada (por el banco mexicano Invex). Es tan importante el mantenimiento que sin él vemos lo que sucede en parques como los que hay en Iztapalapa. Las autoridades tuvieron muy buenas intenciones cuando los construyeron pero, hoy por hoy, están totalmente abandonados. El gobierno no tiene dinero; tiene sus prioridades. No hay dinero que alcance para darle mantenimiento a tantos espacios públicos y al mismo tiempo apoyar los programas sociales.”5

Con la selección de esta cita me interesa llamar la atención sobre la manera en la que se trata tanto la idea de lo que es un recurso público, como su administración. Primero, Loaeza afirmará que el acierto del proyecto es que los impuestos de los ciudadanos ya no financiarán (como para la autora, normalmente hacen) la posibilidad de obras corruptas, para después notar que aun en el caso de un estado que lo hace ‘correctamente’, como en la construcción de los parques en Iztapalapa que menciona, los recursos para el mantenimiento posterior no existen. De ahí que pareciera que, la mejor y única alternativa que existe para el mejoramiento del espacio público, es que éste lo administre el interés privado, que en los ojos de la escritora, es inmune a la corrupción y a la administración ‘indebida’ del capital.6

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Idem. Un argumento sin duda importado de la década de los ochentas y noventas del siglo pasado y traído al presente haciendo caso omiso de casos sucedidos en la última década, como Enron, Lehman Brothers, Oceanografía, Geo, Ara, y más recientemente, Volkswagen. 6

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Sin embargo, si analizamos con más detenimiento el argumento, parece haber un problema de definición, o por lo menos una instancia de definición que a todas luces es arbitraria; y habría que preguntarnos: ¿por qué limita la autora las instancias de inversión y administración del estado a aquellas en las que se maneja dinero?, es decir, ¿no considera, el espacio mismo que se está dando en concesión, un capital de propiedad pública?,7 y habría que preguntarle a la columnista por qué el otorgarle a una empresa privada el usufructo del espacio público, no es, usando sus palabras, que “los ciudadanos paguen” una obra –o por lo menos parte de–. Dejemos estas preguntas de lado por un momento, para retomarlas más adelante, y sigamos con el tercer y último punto que me gustaría tratar aquí.

3. Sobre la propiedad del proyecto, nota:

"Mancera está de acuerdo con que la ciudadanía sea socia de este proyecto", me dijo Levy con sus ojos muy brillantes. "Una vez que el proyecto esté listo, se emitirán certificados de participación, es decir, que cualquier ciudadano puede ser socio del proyecto en condiciones muy accesibles […] Antes de despedirnos Simón (Chima) me dijo: "No se olvide que el domingo 27 se hará la consulta que decidirá el futuro del proyecto. Nada más podrán votar los residentes de la delegación Cuauhtémoc"8

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Es más, en el sentido más riguroso de la palabra, la recaudación pública sólo sería ‘capital’ en la medida que éste se utilizara con la intención de producir más capital, mientras que la propiedad pública sería un capital en potencia que sólo se convierte en tal en el momento en que es puesto en movimiento para generar capital adicional. De manera que, el uso del dinero recaudado por los impuestos para financiar obra pública –aun cuando se realiza de manera corrupta– no podría ser categorizado como un dispendio de ‘capital’ público; mientras que la concesión de cualquier propiedad que sea pública, en tanto ésta es capital en potencia, a un interés privado, sería –aun en las condiciones más transparentes, el financiamiento mediante capital público de ganancias privadas. Cfr. Matías Eskenazi y Mario Hernández (comp..), El debate Piketty sobre El Capital en el siglo XXI. Buenos Aires: Metropolis, 2014. 8 G. Loaeza, Op. Cit. Simon Levy, con quien Loaeza se entrevistó, es el director general de PROCDMX s.a. de c.v., nombrado directamente por Miguel Ángel Mancera. Vid. “Anexo 3 al título de concesión”, disponible en: www.ccchapultepec.mx.

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En este último punto, que me parece el más relevante para discutir el tema con ustedes hoy, se evidencia una noción de lo público muy específica, y muy peligrosa desde mi perspectiva, que sólo opera a partir del principio de lo privado de la propiedad. Es decir, la noción de lo que es ‘público’ sólo se vuelve visible en tanto puede expresar, con cierta regularidad, una diferencia entre las nociones de ‘privado’ y ‘público’ en la medida que ambas nociones son especies de propiedad. Lo público entonces deja de ser algo apropio, algo que es común en la medida que no es propiedad de nadie, para convertirse en algo que es de muchos o de todos, siempre y cuando ‘muchos’ o ‘todos’ sea cuantificable y delimitable, es decir: medible.9

2. Ahora, quiero proponer una abstracción de estos tres puntos, de manera que nos puedan ayudar a analizar no sólo el proyecto particular mediante el cual se materializan, sino también el dispositivo que les permite hacerse visibles.10 Al realizar una selección de ciertas partes del artículo de Loaeza, he querido hacer aparente que desde mi punto de vista, la autora justifica la realización de la obra haciendo uso de tres recursos retóricos particulares, (1) la necesidad de seguridad en el espacio público del Distrito Federal, (2) la necesidad de nuevos esquemas de financiamiento que acaben con prácticas anteriores, y (3)

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Cfr. Jacques Rancière, “10 tesis sobre la política” en J. Rancière, Política, policía, democracia. Santiago, Chile: LOM Ediciones, 2006. 10 Siguiendo la formulación de Agamben, entiendo dispositivo como “todo aquello que tiene, de una manera u otra, la capacidad de capturar, orientar, determinar, interceptar, modelar, controlar y asegurar los gestos, las conductas, las opiniones y los discursos de los seres vivos. No solamente las prisiones, sino además los asilos, el panoptikon, las escuelas, la confesión, las fábricas, las disciplinas y las medidas jurídicas, en las cuales la articulación con el poder tiene un sentido evidente; pero también el bolígrafo, la escritura, la literatura, la filosofía, la agricultura, el cigarro, la navegación, las computadoras, los teléfonos portátiles y, por qué no, el lenguaje mismo, que muy bien pudiera ser el dispositivo más antiguo…”. Giorgio Agamben, “Qué es un dispositivo” en: Sociológica, no. 73.

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el uso particular de un concepto, en este caso, de ‘lo público’ para reforzar las soluciones que el proyecto presenta a las necesidades. Creo que estos tres puntos, en el momento que se vuelven enunciables, más que ser elaboraciones específicas sobre el caso particular al que refieren, son momentos concretos de las abstracciones que, en un nivel axiomático, configuran el dispositivo que los permite. Con esto lo que quiero decir es que el proyecto que se presenta (y valdría decir, cualquier proyecto que se presenta) no es la elaboración de una ‘solución’ efectuada a posteriori del acontecimiento y su problematización, sino el enmarcado a priori, mediado por el dispositivo, de una situación cualquiera; adaptación que resulta necesariamente en una interpretación de la situación que condena a su representación –y, en caso de que fuera necesario, a las medidas que resulten de ella– a hacerse visible a partir de, y sólo a partir de, la racionalidad particular del dispositivo. ¿Qué implicaciones tendría esto en el caso concreto del proyecto del Corredor Cultural Chapultepec? Si están de acuerdo conmigo, podríamos establecer que cualquier solución que se presente al problema estipulado, no tiene nada que ver con un momento de análisis que estudia los datos y que, después de hacerlo, llega a una conclusión sobre la problemática que ‘existe’ y los pasos que se propone deben llevarse a cabo para solucionarla; más bien, lo que se tiene a priori son las categorías posibles que pueden asignarse a una situación dada, por lo que el resultado de un supuesto estudio de cualquier polígono, sea el de Chapultepec, o el de cualquier otro lugar, no muestra más que la adaptabilidad de las particularidades de dicho lugar a un marco de referencia específico. De manera que, un estudio, la observación o el análisis de avenida Chapultepec no me revelaría los problemas inherentes a la avenida como objeto; más bien haría enunciables las

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categorías del dispositivo a través de las cuales se hace visible el objeto;11 esto es: revela la manera en la que el dispositivo hace ‘aparecer’ y me permite ‘significar’ el objeto, en este caso: Avenida Chapultepec. Quizá ahora es buen momento para retirar las etiquetas de ‘heurística’ y ‘anecdótica’ que yo mismo puse al uso de un artículo de opinión como aproximación al objeto de estudio que se pretende aquí; etiquetas que, acepto, enuncié quizá con la intención de justificar lo que, dada la superficialidad y banalidad del artículo utilizado, podría haber aparecido en un primer momento como superficialidad y banalidad en mi proceder. Pero, como hasta ahora he tratado de mostrarles, no he querido tomar la opinión de una columnista de un periódico de gran tiraje en el supuesto de que hay cierta objetividad en las mayorías que estarían de acuerdo con ella, ni en el supuesto de que hay valor en la presupuesta singularidad de toda subjetividad; más bien creo que, en el punto de encuentro entre la legitimidad que otorga a una opinión el medio de comunicación masiva, y la legitimidad masiva que debe tener una opinión para que a ésta se le dé espacio en el medio de comunicación, nos son mostradas las categorías que permiten que el dispositivo haga visible al objeto (y que, en tanto son puestas en acción, refuerzan el dispositivo que las hace posibles). Mi propósito no es, entonces, discutir con ustedes sobre si el proyecto del corredor cultural es ‘correcto’ o no, sino justamente, a través de un estudio de esa discusión –sobre si el corredor es ‘buen’ o ‘mal’ urbanismo–, que ahora mismos se está llevando a cabo entre ‘expertos’, tratar de desvelar el dispositivo en el que se enmarca dicho desacuerdo; y, cómo, en la manera en la que el dispositivo no sólo permite sino que

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Cfr. Gilles Deleuze, El poder. Curso sobre Foucault. Tomo II. Buenos Aires: Cactus, 2014.

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propicia dicho desacuerdo,12 éste actúa como una máquina cuya acción despolitizadora no tiene otro fin más que su propia autoconservación.13 ¿Qué discurso o, quizá mejor, qué dispositivo, es el que sustenta como verdaderas o falsas las afirmaciones que aparecen en la discusión sobre el corredor cultural? Las referencias que el artículo de Loaeza hace a los conceptos de seguridad y eficiencia, y la distinción entre público y privado tendrían un fundamento común en lo que de una manera muy general se enuncia como el neoliberalismo; y sin duda, creo que por ahí va la cosa, pero sólo si entendemos el neoliberalismo en un contexto mucho más amplio que en el de una simple teoría económica. Quizá quien mejor ha definido aquello es Harvey, quien habla del neoliberalismo a partir de un enfoque mucho más amplio, como el “proyecto político para reestablecer las condiciones para la acumulación de capital y restaurar el poder de las elites económicas” que desde finales de los setentas se pone en marcha en Occidente, y cuyos resultados apuntan siempre a una tensión creativa entre el idealismo utópico en el que dice sostenerse, y sus prácticas reales.14 Entender el neoliberalismo de esta manera nos permitiría entonces hablar sobre algo a lo que estudios de diferentes personas, como James Galbraith, Judith Butler, Jacques Derrida, Jürgen Habermas o Giorgio Agamben, a veces de campos y posturas tan radicalmente distintas que parecen contradictorias, hacen referencia común. Es por esto que, repito, del uso de lo que puede aparecer como una mera opinión, que por su extrema subjetividad no nos puede decir nada más que lo que pasa por la cabeza de la Sra. Loaeza, no debemos tomar las cosas que dijo por lo que son, sino más bien

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Esto es, que mediante el propiciar el desacuerdo, intenta anular efectivamente el disenso. Cfr. Jacques Rancière, Sobre políticas estéticas, Barcelona, Museu d'Art Contemporani, Servei de Publicacions de la Universitat Autònoma de Barcelona, 2005. 13 Cfr. T.W. Adorno y Max Horkheimer, Dialéctica de la Ilustración. Madrid: Trotta, 2006. 14 David Harvey, Breve historia del neoliberalismo, Madrid, Akal, 2007, pp. 24-26.

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enfocarnos en el dispositivo que permite no sólo que estas cosas sean dichas, y que no sean apreciadas como contradicciones, inconsecuencias lógicas, o sinsentidos, sino que, muy por el contrario, sean apreciadas como enunciaciones que se fundamentan en el sentido común.15

3. Habiendo dicho esto, habría que acotar: no podemos tocar aquí la totalidad del dispositivo porque, como mencioné al principio, lo que pretendo es enfocarme en cómo el dispositivo establece las categorías que nos permiten dar cuenta del cuerpo, esto es, de (re)presentarlo, y cómo dichas representaciones en tanto se ejercen en el ámbito de lo público, configuran la significación que damos al cuerpo y al espacio en el que éste acciona. Habría que empezar entonces, por definir lo que entenderé como ‘medida’. La medida -en tanto la acción como su producto– es siempre una herramienta de dominio.16 Quizá exagero un poco cuando afirmo esto de modo tan tajante, pero creo que hay que pensarla así: la medida, en tanto unidad estandarizada, nos permite parcializar, nombrar, y comparar; y a partir de esto, normalizar, ya sea mediante convención o Ley.17 De manera que cuando hablamos de la medición del cuerpo, hay que tener siempre en cuenta que el y los cuerpos, en su totalidad, son inconmensurables; y que por tanto, el primer paso en cualquier antropometría tendría que ver con la decisión sobre el ‘qué’ es lo que voy a 15

Sobre esto he escrito en: William Brinkman-Clark “La crisis de la crítica. El monopolio cultural y la agonía de la operación crítica en las democracias modernas” en: Historia y Grafía no. 44, México, Universidad Iberoamericana, 2015. 16 Para el concepto de herramienta de dominio, vid. T.W Adorno y M. Horkheimer, op. cit. 17 Según el Vocabulario internacional de metrología (VIM), una ‘unidad de medida’ es una “cantidad real escalar, definida y adoptada por convención, con la cual cualquier otra cantidad del mismo tipo puede ser comparada para expresar la razón [ratio] de ambas cantidades cómo un número”, “International vocabulary of metrology –Basic and general concepts and associated terms”, Joint Committee for Guides in Metrology, 2008. La traducción es mía.

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medir, bajo la pretensión de que ese ‘qué’ será la parcialidad sobre la cual constituirá la posibilidad de representación (medida) de algo irrepresentable (el cuerpo). De esto, la pregunta más importante sería, –y cabe decir, probablemente lleva siéndolo por mucho tiempo–: ¿quién determina el ‘qué’ que será medido? Las implicaciones sobre el ‘quién’ son fácilmente observables si nos detenemos por un momento para pensar que, en la historia de Occidente, los conceptos de raza, sexo, género, edad, peso, etc., son y han sido, en gran medida, antropometrías. Regresemos entonces a nuestro ejemplo del proyecto del corredor cultural, en este caso, ¿a partir de qué medición podría yo entender los cuerpos a los que, por ejemplo, sería necesario otorgar seguridad?, ¿qué medidas me permitirían diferenciar o hacer equivalencias entre los cuerpos que trabajan, gozan, y habitan las obras públicas, y los cuerpos que las administran o las que las pagan con sus impuestos? Recordemos, antes de seguir, que hace tiempo que cuestionamos y negamos el vínculo entre el objeto y la palabra; en este caso, entre la palabra ‘cuerpo’ y aquello que designa, de manera que tenemos que estar reflexionando siempre sobre a qué es, en particular, a lo que me refiero cuando hablo de mi cuerpo, y cuando hablo del otro o de los otros. O lo que es decir que, cuando decimos ‘cuerpo’, debemos recordar siempre que, en las palabras de Keith Jenkins, es muy probable que no exista ninguna sociedad en la historia que haya erradicado de su registro cultural la noción de valor intrínseco, de la manera tan sistemática en la que lo ha hecho el capitalismo de mercado liberal (liberal market capitalism)18 De manera que, cuando Loaeza habla de ‘sujetos’ que encañonan a un automovilista, y de cómo éstos deben estar separados físicamente de los peatones, ¿está

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Keith Jenkins, Re-thinking History. Nueva York: Routledge, pp. 75-76

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hablando de cuerpos que gozan de alguna medida de igualdad, de cuerpos de ‘hombres’, tal y como la tradición liberal nos haría creer? Otorguemos, por un momento, el beneficio de la duda a la Sra. Loaeza, y pensemos que ella no hace diferencia entre los cuerpos, y que firmemente cree que todos los hombres son creados iguales; ¿de dónde entonces, lo ‘obvio’ de la necesidad de separarlos erigiendo una barrera física que eleva a unos por encima de los otros? Es aquí es donde empezaría a volverse visible el dispositivo. “¡Esto no se trata de derechos humanos ni de ideología liberal –me objetarían de inmediato–, se trata de la seguridad de los peatones, de su derecho individual a no ser violentados, ni por los sujetos sobre motocicletas ni por los automóviles!” Y de nuevo, que no quede duda, otorgo a quien objeta de esta manera que lo que dice es un sentido común; y no le discuto porque justamente lo que a mí me interesa tiene que ver con el por qué es que es un sentido común: lo que constantemente debemos tratar de desvelar son las condiciones de posibilidad que permiten que estos enunciados aparezcan como sentidos comunes. Vuelvo entonces a hacer la pregunta: ¿cuál es esta manera en la que medimos el cuerpo en tanto éste se hace visible en el espacio público?, y en consecuencia, si en efecto podemos hablar de cierto cuerpo específico, el cuerpo en y del espacio público, ¿qué es lo que hay en el entendimiento de nuestros cuerpos y el cuerpo del otro, así como de las maneras en que se relacionan, que condiciona la posibilidad de aquello –sea lo que sea– que llamamos espacio público? Permítanme ser aun un poco más preciso y formular la pregunta de una forma que deje que avancemos en el tema específico que pretendo tratar: si la medida es una herramienta de dominio que –espero– me ofrecerá una parcialidad razonablemente regular, entonces, ¿qué son, o cuáles son, los ‘atributos’ que gozan del privilegio de consideradas medibles cuando al tratar de establecer medidas que me permitan 12

conocer al cuerpo se trata?; dicho de una manera más abreviada, cuando del espacio público se refiere, ¿qué es lo que determinamos como lo medible del cuerpo? La pregunta, aunque parezca sencilla, lleva en su respuesta enormes consecuencias: en la medida que podemos saber cuáles son aquellos atributos que son privilegiados –y aquellos que por no serlos, son desechados o condenados al olvido–, podemos conocer mucho sobre ‘eso’ que es ‘común’ a una sociedad; sobre lo que la constituye y permite su ejercicio, es decir, sobre los dispositivos que hacen posibles y visibles las relaciones entre sujetos, y entre sujetos y el dispositivo. Cabe notar también que, más allá de su uso y aprehensión, el entendimiento de las categorías que me permiten medir al otro y ser medido por éste son fundamentales para la formación de cualquier ‘cosa’ que pueda ser adjetivada como pública.

4. Si en efecto, la medida hace visible ciertas parcialidades del cuerpo que privilegiamos en nuestras representaciones, entonces antes de continuar habría que definir qué es, exactamente, un privilegio. Como su nombre lo indica,19 el privilegio es una ventaja que se otorga a un individuo específico; algo que en el marco de nuestras democracias contemporáneas podría entenderse como el opuesto a un derecho. En el entendido de que un derecho cualquiera sería inalienable e inherente, mientras que el privilegio sería individual y otorgable sólo después del nacimiento. De lo que hasta ahora he expuesto, parecería, entonces, que lo que nuestro dispositivo privilegia es al privilegio mismo. Esto es: lo que ya habíamos visto de cierta manera es que nuestro dispositivo actual privilegia el concepto de propiedad privada, así como su autoconservación, y de la manera en que lo 19

Privilegio proviene del latín prīvilēgium, a su vez de las palabras prīvus (privado o ‘de uno’) y lēx (ley o acuerdo), y hacía referencia a la ley que concernía a un individuo específico.

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hace, la propiedad privada aparece como algo ‘natural’, hasta el grado que permite la pregunta sobre si ha existido la noción de propiedad privada a lo largo de una gran parte de nuestra historia occidental. La pregunta aparece hasta cierto grado como una obviedad, y la respuesta fácil, en la medida que parecería ser la respuesta que más daría cuenta de nuestra realidad, sería “sin duda” (guardando todo proporción debida); pero de nuevo, hay que ir con cautela con las cosas que nos aparecen tan obvias. No creo aventurado afirmar que aquello que nos parece ‘natural’ del concepto de la propiedad privada hoy día, tiene que ver con que ésta opera casi a nivel de lo que Blumenberg entiende como categoría, esto es, el concepto de propiedad privada opera como una explicación fundamental de la realidad humana”;20 y si esto que propongo es de cualquier forma cierto, debemos asumir las consecuencias de entenderlo así; es decir, necesitamos comprender los peligros latentes en una cultura en la que, tanto la pendiente de dominación, como la idea de propiedad privada con la que guarda una relación de necesidad, aparece como ‘natural’, que ubica la responsabilidad de la precariedad en el individuo y no en la sociedad de la cual éste forma parte. Ahora, en el caso de la antropometría, ¿qué, o a qué, significa la propiedad privada en tanto categoría? En el contexto del espacio público, y en a lo que la noción de lo público o lo común refiere, la propiedad privada juega parte en una función cuya representación del cuerpo requiere necesariamente que éste se desasocie por completo de su propia corporeidad en tanto ésta es una medida de potencia;21 es decir, el concepto de cuerpo de la propiedad privada debe privilegiar lo incorpóreo del cuerpo. El resultado no es una

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Hans Blumenberg, Descripción del ser humano, Buenos Aires, FCE, 2011, p. 468 Es decir, una relación entre el cuerpo –en tanto éste se expresa como una relación de fuerza (trabajo)– y el tiempo. 21

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distinción particular entre lo público y lo privado, sino una negación de la validez del concepto de lo público por completo. Me explico: al negar el principio primero de que todo aquello que es sujeto a ser propiedad privada puede ser reducido a la materialidad de los cuerpos en tanto la medida de la propiedad privada es necesariamente una medida de trabajo (esto es, del cuerpo en tanto fuerza, sea el mío o del otro), y que por tanto, la cantidad de propiedad privada que podría poseer sería de una magnitud cuyo límite es establecido por la propia potencia de mi cuerpo, niego la posibilidad de entender que toda cantidad de propiedad privada que exceda el límite de la potencia de mi cuerpo es necesariamente un despojo, y lo niego mediante la acción paradójica de poder afirmar que toda propiedad privada, sin importar la magnitud, es el resultado de la potencia de mi cuerpo siempre y cuando éste no se mida a partir de su potencia fisiológica, o lo que es decir: siempre y cuando la medida del cuerpo privilegie sus atributos incorpóreos. Ahora, después de haber destacado la importancia de la medición, bien podrían preguntarme, ¿si esto es cierto, entonces cómo es que medimos lo incorpóreo del cuerpo? Es en este punto donde aparece el giro perverso del dispositivo: los atributos incorpóreos sólo son medibles en tanto aparecen como manifestaciones absolutas de la propiedad privada, representables bajo la forma de valoraciones dicotómicas: se tienen o no se tienen –o, en el peor de los casos, se tienen ‘inalienablemente’ y hay quienes nos lo quieren quitar–. No habría que ir muy lejos para encontrar ejemplos de la manera en que esto opera como sentido común, basta con reconocer cómo en nuestra ciudad goza de notada validez el pedir que se regulen las manifestaciones bajo el argumento de que ‘tu derecho acaba donde comienza el mío’.

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Concluyo regresando al caso de aquella pieza de opinión que hasta ahora nos ha dado mucho de que hablar, en específico, a los tres puntos que les pedí recordar: la demanda por seguridad, por transparencia en la administración, y por una participación-en y propiedadde lo público. Les pido ahora, que sigamos por un momento a Benjamin, y digamos que la infraestructura material es la expresión de la superestructura, o lo que hemos llamado aquí dispositivo, y no como lo decía Marx, su consecuencia;22 si es así, entonces, ¿de qué es expresión el proyecto que se defiende gubernamentalmente?23 Lo que tenemos en el primer punto es una demanda de seguridad cuya solución propuesta radica en una separación de cuerpos: entre quien es peatón y quien se mueve en automóvil o motocicleta. Así es como se miden y clasifican los cuerpos en este caso específico. Ahora, si bien en un principio concuerdo con que esta separación parece ser física y fisiológicamente sensata, lo que me interesa es la manera en la que esta solución en específico, en este polígono en particular, se defendería en contra de otras soluciones posibles (semáforos, achicamiento de la calle, medidas de reducción de velocidad, etc.) Es claro que en la clasificación quien se propone como el privilegiado es el peatón, que en principio nos aparece como un cuerpo igual al cuerpo de quien andará motorizado por debajo del corredor; pero en realidad, lo que deberíamos preguntarnos es: ¿todo cuerpo en la ciudad es en realidad, de facto, o aun, potencialmente, un peatón?24 O más bien lo que se defiende es una propiedad: el privilegio de caminar ociosamente; que en resumen no es más que la expresión mediante práctica del gozar de la posesión del trabajo del cuerpo del otro,

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Jean Louis Deotte, La arquitectura porosa…, p. 79 En la acepción que de este término (gubernamentalidad, fr. gouvernementalité) hace Foucault. 24 La pregunta se suscribe en el entendido, hipotético, que de jure todo cuerpo es peatón, o por lo menos, peatonizable, o libre de andar en la vía pública, dado que en la medida en que la ley habla de sus sujetos y de su igualdad, lo que opera, justamente, es un privilegio de lo incorpóreo de los cuerpos. 23

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y por ello, de lo innecesario de hacer uso del mío. Si esto les parece como una afirmación demasiado radical, sólo habría que revisar las estadísticas y corroborar cuántas personas pueden caminar a su trabajo, cuántas deben hacer uso de medios motorizados y la peor, de la cantidad de tiempo que invierte la mayoría de las personas en ir y llegar de su lugar de trabajo.25 Lo que se propone como una medida física que brinda seguridad al ciudadano, en realidad es una demanda propia de un burgués recién salido de una novela de Dickens –una medida que separa dos mundos, el de quienes trabajan y el de quienes gozan de ese trabajo– en tanto crea un lugar que excluye de su uso a una gran parte de la población, y que lo hace no mediante la prohibición de acceso, sino a través de una división sensible y perversa de la propiedad y el privilegio de lo común;26 es una separación intensiva, excluyente y violenta de lo público a partir de una concesión de la vialidad pública a la propiedad privada, algo que sólo es posible bajo un entendimiento muy particular de lo ‘público’ del espacio público, lo que nos lleva la segundo y tercer punto.

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Un reporte reciente de la ONU nota que en la ZMVM el 68.8% de los viajes diarios se realizan en transporte público, con una velocidad promedio de entre 8 y 11 km/h, de estos viajes, cerca del cincuenta por ciento dice tardar más de 2 horas en llegar a su destino con viajes que a veces llegan a tardar más de 5 horas. Además de notar que el gasto que un hogar hace en transporte (18.5 del ingreso total monetario) es segundo sólo detrás del rubro de alimentos, bebidas y tabaco. Vid. Reporte Nacional de Movilidad Urbana en México, 2014-105, disponible en onuhabitat.org.; los datos sobre los tiempos de traslado es de “ZMVM: Hacia el colapso vial”, documento disponible en elpoderdelconsumidor.org, y coinciden, a grandes rasgos, con los estimados encontrados en otras fuentes. 26 El ejemplo del corredor cultural no es el único al que podemos hacer referencia, la remodelación de Avenida Masaryk, los intentos de gentrificación del centro histórico son casos claros; y en el caso de proyectos que por ahora se quedan en eso, no hace falta más que recordar lo violento y absurdo del proyecto que proponía hacer del Viaducto Miguel Alemán un parque lineal con todo y río. Todos estos proyectos se defienden de la misma manera, argumentando que al ser una inversión en el espacio público es una inversión que beneficia a todos, ignorando las dinámicas de vida de la ciudad y peor, olvidando que toda inversión y todo capital es, necesariamente, el producto de un dispendio de vida (en tanto trabajo realizado por el cuerpo) Sobre los procesos mediante los cuales se justifica la obra pública de carácter neoliberal he escrito en: William Brinkman-Clark, “Ápolis: del urbanismo neoliberal como herramienta de despolitización y barbarie en la Ciudad de México”, en: José Luis Barrios, Joseba Buj y William Brinkman-Clark (coords.) Imaginarios y exclusión: espectro, anomia y violencia en México y Latinoamérica. México: UIA, 2016; cfr. José Luis Barrios, Alejandro Hernández Gálvez “El delirio de la modernidad: conversación con José Luis Barrios” en: Arquine, no. 68, verano 2014.

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La demanda por nuevos modelos de espacio público del artículo de opinión descansa en la percepción de que los modelos anteriores son un fracaso; algo que es innegable siempre y cuando quede claro que la trampa que permite dicha ‘certeza’ está en las categorías que decido usar para juzgar el espacio público. Es frecuente ver y leer cómo la eficiencia o el éxito de un espacio público se mide cada vez más de acuerdo a que si éste es ampliamente concurrido o financieramente viable (cabe notar que, la mayoría de las veces, ambas condiciones van de la mano); trampa porque el juego está amañado desde un principio: las categorías que miden y designan como ‘fallido’ un espacio público dado son las mismas que rigen su intervención, garantizando de antemano que ésta resulte necesariamente exitosa. Y lo que me interesa es lo paradójico de la proposición: en la medida que hacemos comunes las categorías que permiten entender y dividir los espacios públicos en términos de los que ‘son’ exitosos y los que no, invariablemente hacemos más público lo público en la medida que lo hacemos privado: limitando –con miras a eventualmente cancelar– lo apropio del espacio público. En la medida en que lo que me garantiza el éxito del espacio público es la privatización de su modo de uso, esto es, que puedo poco a poco ir dictando para qué sí puede ser usado el espacio público (cultura, comercio, deporte, etc.), voy también dictando para qué no puede ser usado (manifestaciones, contracultura, ocio no productivo, etc.) y por tanto, avanzo en el camino que pasa del hacer lo público algo que no es de nadie, a hacer lo público algo que es de todos, para terminar haciendo de lo público algo que es de todos en la medida que ‘todos’ es medible, es decir, que lo que es de todos es realmente de algunos: privatización de lo público, y aun más cuando los algunos sean la mayoría. ¿Qué hay detrás de una idea de lo público donde ‘lo público’ es de muchos pero no de todos? La posibilidad de excluir de lo común a aquellos cuerpos que no poseen los 18

atributos que se dignan necesarios para ser parte de lo público. Es un proceso perverso que a partir de su aparente operación de inclusión de la ciudadanía –ya sea mediante mecanismos de administración o de cuidado– permite la exclusión, y que en la presunta victoria que logra al arrebatar al estado el monopolio sobre la definición de lo que es público lo hace, paradójicamente, entregando al interés privado-común el monopolio de lo público.

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