Antología sobre riego: Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales

July 12, 2017 | Autor: Jacinta Palerm | Categoría: Organización Social Y Riego
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Descripción

En el texto se argumenta que incorporar la realidad y experiencia de las autoorganizaciones a la legislación nacional, permitiría una gobernanza del agua más eficaz. Se argumenta que, a pesar de la ausencia de sinergia entre capacidades de auto-organización y legislación, las organizaciones de base han sido asombrosamente resilientes.

Palerm Viqueira, Martínez Saldaña. Editores.

La gobernanza del agua se considera un asunto urgente y esencial en el país, sin embargo las propuestas de diseños organizativos han prestado poca o nula atención a las capacidades organizativas de los usuarios y han ignorado la existencia de organizaciones de base eficaces.

ANTOLOGÍA SOBRE RIEGO

En la Antología se presentan estudios de caso sobre la administración del agua. La presencia, la preferencia social y la resiliencia de organizaciones de base para el gobierno y la operación de sistemas de riego y de sistemas de abasto de agua para uso doméstico. La sinergia y el desfase entre los marcos jurídicos y las capacidades de auto-organización comunitarias y multi-comunitarias.

ANTOLOGÍA SOBRE RIEGO Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales Jacinta Palerm Viqueira Tomás Martínez Saldaña editores

ANTOLOGÍA SOBRE RIEGO Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales

ANTOLOGÍA SOBRE RIEGO Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales

Jacinta Palerm Viqueira Tomás Martínez Saldaña editores

COLEGIO DE POSTGRADUADOS

Título de la obra: Antología sobre riego: Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales © Jacinta Palerm Viqueira © Tomás Martínez Saldaña Editores © 1a Edición, 2013 Edición original publicada por: D. R. © 2013, Colegio de Postgraduados Carretera México-Texcoco Km. 36.5 Montecillo, Texcoco 56230, Estado de México Biblioteca Básica de Agricultura: Colegio de Postgraduados Editorial del Colegio de Postgraduados Universidad Autónoma Chapingo Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura Grupo Mundi-Prensa ISBN: 978-607-715-141-8 © Reservados todos los derechos. No se permite la reproducción, total o parcial de este libro ni el almacenamiento en un sistema informático, ni la transmisión de cualquier forma o cualquier medio, electrónico, mecánico, fotocopia, registro u otros medios sin el permiso previo y por escrito de los titulares del copyright. Impreso en México PRINTING ARTS MEXICO, S. de R. L. de C. V. Calle 14 no. 2430, Zona Industrial Guadalajara, Jalisco, México. C.P. 44940 Fax: 3810 5567 www.tegrafik.com Tiraje: 1000 ejemplares.

Índice

Prólogo José A. Rivera Presentación Tomás Martínez Introducción: Capacidades de auto-organización de los regantes y legislación Jacinta Palerm Viqueira I. Organizaciones autogestivas en los distritos de riego: el caso del módulo II (Nazas) del Distrito de Riego 017 Carlos Cháirez Araiza, Jacinta Palerm Viqueira II. Organizaciones autogestivas en los distritos de riego: el caso del módulo III (San Jacinto) del Distrito de Riego 017 Carlos Cháirez Araiza, Jacinta Palerm Viqueira III. Tradición hidráulica en el módulo de riego Valle de Santiago Benito Rodríguez Haros IV. Salvatierra, Distrito de Riego 011 Alto Lerma Benito Rodríguez Haros, J. Trinidad Hernández Palmerín, Carla María Pérez Hurtada

V. El sistema de riego Tepetitlán (México): mejoras en la distribución del agua a partir de la transferencia Acela Montes de Oca Hernández, María Cristina Chávez-Mejía, Jacinta Palerm Viqueira VI. Los reservorios secundarios (jagüeyes) en el sistema de riego Tepetitlán: el control local Acela Montes de Oca Hernández, Jacinta Palerm Viqueira VII. Movilizaciones en época de estiaje en el Distrito de Riego 003 Tula Guadalupe Venado, Jacinta Palerm Viqueira VIII. Junta de Aguas del río Tejalpa y sus afluentes Noé Antonio Aguirre González, Roberto Montes Hernández, Jacinta Palerm Viqueira IX. La Cañada de Huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua América Rodríguez Herrera, Berenise Hernández Rodríguez, Lidia Santos, Jacinta Palerm Viqueira X. El riego por mangueras en ladera: los ejidos de Metepec, Morelos Anabel González Pérez, Maligé Guzmán Puente, Jacinta Palerm Viqueira XI. ¿Continuidad o Ruptura? El sistema de riego del río Cuautitlán, Estado de México Israel Sandré Osorio

XII. La administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes: el papel de las comunidades Sara López, Tomás Martínez Saldaña, Jacinta Palerm Viqueira XIII. Mujeres, agua potable y organización comunitaria. Un estudio comparativo en la Sierra Mazateca de Oaxaca Alejandrina García Dávila, Verónica Vázquez García XIV. Las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada. Una breve revisión documental Rosa Josefina Bárcenas Argüello, Jacinta Palerm Viqueira

Prólogo

Los casos presentados en esta Antología confirman que, a pesar de los cambios en el ambiente legal, político y regulatorio, así como de las implacables fuerzas de la modernización y de las tendencias de control por el Estado burocrático, el auto-gobierno como sistema de administración del agua persiste —lo que es una hazaña asombrosa. Una observación paralela es que nosotros, como científicos sociales, continuamos estudiándolos, tal y como debemos hacerlo. Pues muchos de nosotros estamos intrigados por las asociaciones de regantes que se auto-organizan y auto-gobiernan, que desarrollan sus propias reglas y otros contratos sociales por los que se rige la comuna de regantes, y que, también, al ser amenazados por fuerzas externas, se movilizan para defender sus derechos y tradiciones. En estos tiempos de recesiones económicas es especialmente útil estudiar organizaciones autogestivas que operan al margen del Estado, y que sirven como instituciones modelo de autosuficiencia. Debemos también evaluar un conjunto de otras presiones sobre el uso de los recursos naturales, tales como el crecimiento demográfico y la urbanización, la variabilidad climática, el cambio tecnológico, la globalización, los efectos de los mercados y una mayor demanda de agua por todos los sectores de la sociedad. ¿Puede la auto-gestión de los sistemas de riego adaptarse satisfactoria-

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mente a estas condiciones cambiantes, o habrá un punto de inflexión en el que son susceptibles al colapso? Los sistemas de riego auto-gobernados en México, tal como otros sistemas administrados por pequeños agricultores alrededor del mundo, enfrentan crecientemente retos a su integridad institucional y funcional. Estas instituciones y organizaciones de regantes pueden ser desestabilizadas de varias maneras: 1. En el sentido técnico: El sistema de flujo por gravedad del riego por acequias requiere una cantidad mínima de carga hidráulica para empujar el agua a través de toda la red de distribución (el canal general o acequia madre y laterales). La extracción de grandes cantidades de agua, ya sea del río o del canal mismo, por ejemplo, podrían reducir la carga hidráulica, especialmente durante periodos de bajo flujo como bajo condiciones de sequía. Sin agua en la bocatoma, los incentivos para la acción colectiva están en riesgo. 2. En el sentido de la administración: Una administración adecuada y equitativa de la acequia requiere que se mantenga completa. Como miembros de un sistema de propiedad común, los regantes comparten equitativamente los costos y beneficios de administrar el sistema. Esto también incluye la responsabilidad por la conservación, mantenimiento, reparación y limpieza anual de la propiedad común: la estructura de derivación, las compuertas, drenes, así como la red misma, la acequia madre y laterales. Cuando el sistema pierde parte de esta capacidad humana, la carga debe ser traslada a los regantes restantes. 3. En el sentido económico: La obligación principal del sistema es entregar agua a los campos de los agricultores con el fin de hacer crecer los cultivos, ya sea para auto-consumo, trueque o venta a mercados externos. La distribución del agua a los campos crea un paisaje del agua, o un paisaje de trabajo que en sí produce servicios ecosistémicos como un bien social, pero también provee directamente a los regantes beneficios críticos económicos e ingresos. Si los rendimientos económicos declinan o desaparecen, la capacidad del colectivo para pagar por la operación y mantenimiento amenaza la viabilidad financiera del sistema.

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4. En el sentido político: Como sistemas de auto-gobierno, la funcionalidad de la acequia también depende de la participación constante y activa de todos los regantes; la pérdida de membresía puede erosionar la capacidad de estas democracias para establecer normas comunes, hacer decisiones operacionales, elegir autoridades, monitorear el cumplimiento, y llevar a cabo una supervisión adecuada de los asuntos de la acequia. Es también un criterio importante a considerar el reconocimiento –o su ausencia– por parte de las agencias gubernamentales, por la legislación y las normativas. A menudo, bajo la apariencia de “reforma”, los cambios en las leyes usurpan la autoridad de los regantes sobre sus sistemas de riego a pesar de sus reivindicaciones históricas a la autonomía o a sus derechos de agua históricos. En conjunto, estos factores pueden fusionarse, agravando la inestabilidad del sistema. Investigaciones sobre sistemas de propiedad común demuestran que los apropiadores de recursos naturales requieren un nivel mínimo de garantías de que su empresa de acción colectiva continuará funcionando como se diseñó originalmente, es decir, que sus derechos, privilegios y beneficios se mantendrán intactos en el futuro. Si se introducen cambios externos, o a veces internos, que amenacen estos acuerdos institucionales básicos, o si los costos son mayores que los recursos obtenidos, entonces sus incentivos para seguir invirtiendo en la empresa disminuyen y todo el sistema puede desestabilizarse (Yang Tang, 1992). Los derechos de uso común a menudo proporcionan a los sistemas tradicionales cohesión social y una forma estable de administración del recurso que, a su vez, promueve una adaptación eficiente a la cambiante disponibilidad de los recursos, pero la combinación de crecimiento demográfico, cambio tecnológico, cambio climático y políticas públicas pueden y han desestabilizado a muchas instituciones de propiedad común existentes en el mundo (Runge, 1992). ¿Cómo puede el auto-gobierno contrarrestar estas y otras fuerzas potenciales de desestabilización? ¿Cuáles son los cimientos de estas organizaciones autogestivas, y cómo pueden fortalecerse en tiempos de perturbaciones del sistema natural o turbulencias en el entorno jurídico-político? Para analizar estas preguntas, consideremos los trabajos de Ostrom y Maass. Según Ostrom (1992), un sistema perdurable de propiedad común es uno que ha estado en funcionamiento por varias

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generaciones, que establece límites claramente definidos, y que confecciona reglas para la apropiación y provisión del recurso adaptadas a las condiciones locales. En consonancia con los principios de diseño de Ostrom, los regantes modifican las reglas de operación según las características específicas de su entorno y, cuando enfrentan una turbulencia inesperada, echan mano de un reservorio de adaptaciones pasadas y determinan cómo resolver los nuevos problemas que se presentan. En trabajos más recientes, Ostrom modificó sus principios de diseño para desarrollar un marco de trabajo que analiza las interacciones humano-ambientales como complejos sistemas socio-ecológicos con atributos de gobernanza que pueden afectar y ser afectados por los contextos, de mayor o menor escala, socioeconómicos, políticos y ecológicos en los que están inmersos (Ostrom, 2007; Cox, 2010). Según Maass (1978), el riego reduce la incertidumbre en un entorno de otra manera inhóspito, pero requiere que los agricultores mantengan un alto nivel de organización y auto-disciplina en sus procedimientos para distribuir una cantidad limitada de agua y para resolver conflictos sobre el desarrollo de suministros adicionales. ¿Cómo se organizan y cómo actúan los regantes colectivamente para controlar sus propios destinos como agricultores? ¿Las asociaciones de regantes operan bajo reglas de participación popular, control local y autoridad discrecional, y qué tanto se adhieren a los principios de justicia, equidad, y procedimientos para una ordenada resolución de conflictos? Los sistemas de riego gestionados por agricultores que cumplen con los criterios establecidos por Maass son más propensos a perdurar, y las organizaciones exitosas se auto-renovarán cuando confronten amenazas a su solidaridad. Las perturbaciones y otros golpes al sistema colectivo a menudo abren oportunidades para renovar o reorganizarse en una nueva trayectoria, un elemento clave de capacidad adaptiva que se aprende a través de múltiples generaciones de memoria social sobre la institución (Folke, 2006). Ultimadamente, lo que parece importar más en la cuestión sobre qué tan robusto es el sistema consiste en la capacidad de la organización de auto-gobierno no sólo para adaptarse al cambio, sino también para amoldar el cambio a un futuro más deseable, por rutas de desarrollo que son sostenibles (Folke, 2006). Los casos en esta Antología señalan terreno fértil que nosotros, como científicos sociales, podemos seguir investigando más realizar análisis a mayor profundidad, especialmente en colaboración con otras disciplinas de las ciencias físicas y naturales, y en

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proyectos de investigación donde las asociaciones de usuarios del agua sean nuestros colaboradores y co-investigadores. Los ensayos de los estudios de caso sobre sistemas auto-gobernados reunidos en este libro sugieren una serie de factores de resiliencia que podemos analizar no sólo para construir conocimiento, sino también para estimular el desarrollo de políticas públicas y legislación favorable a los sistemas de riego auto-gobernados: 1. 2. 3. 4. 5.

La cultura de ayuda mutua Reglas de gobernanza Control local y autoridad sobre la toma de decisiones La capacidad adaptiva para recuperarse El poder y la solidaridad de la asociación

La supervivencia humana depende más de estrategias cooperativas de unión mutua que en los mezquinos intereses de los individuos motivados por la ganancia privada. A la resiliencia de los sistemas de riego auto-gobernados han contribuido muchos factores, pero el concepto de ayuda mutua recíproca es uno de los fundamentos esenciales de la cohesión social. Los principios de mutualidad están integrados en las reglas para compartir y para la distribución equitativa del agua en un sistema rotativo de turnos. Los resultados de investigaciones de estudios de caso internacionales han concluido que los sistemas de gestión son más eficaces cuando las reglas de gobierno son diseñadas y se hacen cumplir por los mismos usuarios, y no impuestas por una remota burocracia. Cuando se compara con la administración por el Estado, el auto-gobierno tiende a ser más eficiente porque puede modificar las reglas de operación para adaptarse a las condiciones específicas del entorno social y físico, así como para responder a las contingencias en situaciones de cambio rápido (Yan Tang, 1992). El control local y la autoridad discrecional en el gobierno son elementos claves en la resiliencia del sistema, pues estas organizaciones de auto-gobierno son instituciones locales que aprenden a desarrollar la capacidad para responder a la retroalimentación ambiental más rápido que las agencias centralizadas. Al estar in situ las instituciones de autogobierno están físicamente más cerca de los recursos, y hay un mayor peso de “aprender haciendo”, aprendizaje que se acumula en

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la memoria colectiva de conocimiento ecológico práctico (Davidson-Hunt y Berkes, 2002). A su vez, la capacidad adaptiva de responder al cambio se ve reforzada por la memoria institucional de aprendizaje social y ecológico, esta memoria es un componente del capital cultural que ayuda con la recuperación y renovación cuando se producen eventos de crisis, debidos a los mercados externos, fallos en los recursos, nueva legislación, o políticas gubernamentales deficientes (Folke, Colding y Berkes, 2002). En sus muchas décadas de estudiar el significado cultural de paisajes hidráulicos ancestrales alrededor del mundo, Glick (2006) aboga por la preservación de huertas, oasis, pólderes y chinampas como artefactos humanos que han sido proveedores estables de alimentos. Según el análisis de Glick, los sistemas agrícolas tradicionales son intensivos en conocimiento y el conocimiento del funcionamiento del sistema en su conjunto lo detenta el colectivo de los regantes, particularmente en lo que se refiere a micro regiones distintivas: suelos, condiciones climáticas, cultivos, y los requerimientos de agua para todos los nichos adecuados para la agricultura. La mutualidad de los regantes deriva de los valores implícitos en las reglas de operación para la distribución del agua, esto es la equidad, la justicia y el control local (Glick 2006). En el contexto global, el poder de la asociación es una enseñanza a compartir por todas las culturas, como una estrategia de supervivencia equitativa, adaptable y perdurable. La diversidad cultural es en sí misma un recurso global, al igual que las instituciones de base que proporcionan recursos vitales bajo normas de ayuda mutua y en concordancia con las costumbres, creencias y valores locales que son importantes para el bien colectivo. Para los legisladores y los organismos que diseñan las políticas públicas, un sabio curso de acción sería el de reconocer, validar e incorporar el capital social de las culturas tradicionales. El auto-gobierno de los sistemas de riego no siempre es exitoso, pero estudios de caso de todo el mundo han demostrado que los regímenes jurídico-políticos que son más hospitalarios con las iniciativas locales es más probable que tengan como resultado organizaciones locales de auto-gobierno más efectivas (Yan Tang, 1992). Se debe presionar, especialmente a los gobiernos, a desarrollar programas de asistencia legal, técnica y financiera para apoyar en lugar de debilitar a las instituciones locales. Los proyectos de mejora de la infraestructura de riego deben incluir

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los costos de participación por las asociaciones de usuarios del agua afectadas. Los financiadores de investigaciones deben presupuestar los costos de la participación de los regantes junto con otros gastos de la investigación. Para mejorar la cantidad y calidad de la participación local, las agencias públicas deben desarrollar programas de fortalecimiento de las capacidades en colaboración con las asociaciones de regantes y sus autoridades, incluyendo las alianzas entre sistemas. La sinergia de estas relaciones horizontales probablemente se sumará a la capacidad de las organizaciones de regantes para movilizarse a favor del desarrollo de leyes y de políticas con una perspectiva “desde abajo” y no “desde arriba”. José A. Rivera University of New Mexico Agradecimientos. A Guiomar Palerm por la traducción del inglés. Referencias Cox, Michael 2010 Exploring the Dynamics of Social-Ecological Systems: The Case of the Taos Valley Acequias. Tesis doctorado, School of Public and Environmental Affairs, Indiana University. Davidson-Hunt, Iain J. y Fikret Berkes 2002 “Nature and society through the lens of resilience: Toward a human-in-ecosystem perspective.” In Navigating Social-Ecological Systems, Fikret Berkes, Johan Colding, y Carl Folke, eds. West Nyack, NY: Cambridge University Press, pp. 53-82. Folke, Carl 2006 “Resilience: The emergence of a perspective for social-ecological systems analysis.” Global Environmental Change 16: 253-267. Folke, Carl, Johan Colding, y Fikret Berkes 2002 “Synthesis: Building resilience and adaptive capacity in social-ecological systems.” In Navigating Social-Ecological Systems, Fikret Berkes, Johan Colding, y Carl Folke, eds. West Nyack, NY: Cambridge University Press, pp. 352-387. Glick, Thomas F. 2006 “Historical Status and Cultural Meaning of Historic Hydraulic Landscapes: Oases”, ponencia presentada en el Primer Congreso Internacional sobre Oasis y Turismo Sostenible, Elche, España. Maass, Arthur, y Raymond L. Anderson [1978] 1986 … and the Desert Shall Rejoice: Conflict, Growth and Justice in Arid Environments. Malabar, FL: Robert E. Krieger Publishing Co., pp. 1-10, 366-376. Ostrom, Elinor 1992 Crafting Institutions for Self-Governing Irrigation Systems. San Francisco: Institute for Contemporary Studies, pp. 67-79. Ostrom, Elinor 2007 “A diagnostic approach for going beyond panaceas” Proceedings of the National Academy of Science 104 (39): 15181-15187. Runge, Ford C. 1992 “Common property and collective action in economic development.” In Making the Commons Work: Theory, Practice, and Policy, Daniel W. Bromley, ed. San Francisco: Institute for Contemporary Studies, pp.17-39. Yan Tang, Shui 1992 Institutions and Collective Action: Self-Governance in Irrigation. San Francisco: Institute for Contemporary Studies, pp. 22, 129-131, 136.

PRÓLOGO 15

Presentación

El pequeño riego es un logro tecnológico de la antigüedad que ha llegado hasta nuestros días. Está presente en todas las sociedades; algunas de ellas le deben su origen y su organización. Se entiende por pequeño riego la infraestructura y la capacidad autogestiva de una familia o una pequeña comunidad de campesinos para llevar agua a las tierras labrantías y así producir alimentos. Normalmente el pequeño riego implica una organización siempre presente que ata a un número determinado de productores organizados en sistemas de manejo de agua y autogestión administrativa de derechos y responsabilidades con el fin de que éste se mantenga de manera permanente. El estudiar el pequeño riego es trascendente ya que la mitad de las cosechas del mundo se cultivan gracias a él: el arroz, el trigo, la cebada, el maíz son producidos por manos campesinas y productores rurales. Ni los grandes centros cerealeros en Estados Unidos o Europa, que alcanzan altísimos niveles de producción, de inversión y subsidio, compiten con los pequeños centros productores de todo el mundo en calidad y en resiliencia, sin contar con apoyos. En México la mitad del riego nacional se desarrolla gracias a los pequeños usuarios; la otra mitad es lo que se llama la gran irrigación, subvencionada por el Estado mexicano.

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El libro que aquí se presenta es precisamente un aporte en este sentido. Después de años de trabajo se logra conjuntar una serie de trabajos de campo, de informes y de estudios que dan cuenta del proceso actual del pequeño riego en México. El recuento es directo, pesado, sin concesiones; se ve lo que existe, se presenta lo que se registró, virtudes de la investigación que permiten al lector acercarse al fenómeno del pequeño riego con cierta seguridad de acercarse y valorar por uno mismo lo que está sucediendo en la mitad del agro irrigado de México, precisamente el agro de la pequeña irrigación. A pesar de ser una muestra mínima a nivel nacional, los estudios de caso presentados en estas páginas nos aportan una imagen general compleja pero ilustrativa a nivel regional. El común denominador que vemos en los estudios, incluido el sucinto ejercicio introductorio, lo constituye la comunidad, el estado y la descripción de los sistemas hidráulicos en pequeña escala, es decir, los regadíos en manos de pequeños usuarios. La lectura general del texto nos conduce a señalar como primer concepto básico a la comunidad, comprendida dentro de la estructura social donde se ubica el sistema de riego, sus usuarios, sus autoridades, sus relaciones de derecho consuetudinario que facilitan su manejo y sobrevivencia. Otro común denominador que aparece caso por caso es la complejidad agraria de los sistemas agrícolas, es decir, las múltiples formas de organización que no registra el derecho agrario. Los sistemas sociales que surgen del pequeño riego –aun cuando sea difícil limitarlos, registrarlos y orientarlos hacia objetivos de política nacional –requieren de legalidad y legitimidad que sólo pueden ser derivadas del derecho. Este libro nos da muestra fehaciente de ello. Si calificáramos este proceso social de manejo comunitario de los sistemas de pequeño riego en términos de economía de energía diríamos que estamos delante de sistemas resilientes, o sea sistemas que tienen capacidad de sobrevivir, reproducirse y continuar creciendo. El manejo del agua en forma comunitaria, no sólo en su conducción, sino en su captación y entrega, contribuye a estos fines. A final de cuentas es la organización autogestiva de la comunidad el motor de ésta y el riego, el inicio societario de la formación de su estructura social. A la interrogante de qué tanta autoridad y capacidad regulatoria tiene la comunidad, se enfocan algunos de los artículos de este libro, que trata de dar respuestas de manera etnográfica. También responde a cuestionamientos tales como cuál es

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el papel del Estado como regulador del riego, qué indicadores deberían utilizarse para medir la eficiencia de la entrega del agua y si el Estado está cumpliendo su papel en esta importante función social. El valorar su papel es trascendente hoy en día porque el uso del agua en manos de intereses que buscan únicamente la especulación del capital ha resultado catastrófico, no sólo en el pequeño riego ni sólo en los países agrarios. Aún en los países desarrollados se ha abandonado la idea de privatizar el manejo del agua, haciendo caso omiso de la promoción de las instituciones monetarias internacionales en este sentido. Las voces de los estudiosos aquí reunidos se unen a otras voces autorizadas en otras partes del mundo en la visión de la necesidad de analizar este tema y proponer soluciones a los problemas derivados de la irrigación y de su papel en la búsqueda de un planeta más sustentable. Tomás Martínez Saldaña Colegio de Postgraduados

PRESENTACIÓN 19

Introducción: Capacidades de auto-organización de los regantes y legislación Jacinta Palerm Viqueira

Esta Antología aborda casos en los cuales los usuarios se auto-gobiernan y que, además de gobernarse a si mismos, se ocupan también de la operación, es decir prescinden de contratar personal especializado. En la primera parte de la Introducción presentamos el marco analítico: la discusión sobre el impacto del regadío en la organización social, los límites a la autogestión sin personal especializado y la importancia de un marco jurídico adecuado para estimular la autogestión. Se justifica el interés de explorar en el caso de México el impacto de un marco jurídico cambiante sobre las organizaciones de auto-gobierno. En la segunda parte de la Introducción presentamos el análisis de los resultados de la investigación de casos. Mientras la expectativa era de imposibilidad o dificultades de gestión en ausencia de un respaldo jurídico a la organización, lo que muestra el análisis es la resiliencia de las organizaciones. En la tercera parte de la Introducción presentamos una sinopsis de los estudios de caso compilados en esta Antología entrelazando legislación, políticas públicas y los estudios de caso realizados. Se hace referencia también a la dinámica y metodología utilizada por el equipo de investigación.

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CAPACIDADES DE AUTO-ORGANIZACION Y LEGISLACIÓN Los estudios sobre organización social y riego proponen que hay una respuesta o contra-parte organizativa a la infraestructura hidráulica. Aunque los autores difieren sobre la respuesta social a la práctica de la agricultura de riego, coinciden en que hay consecuencias institucionales. El debate sobre la respuesta social al regadío opuso la necesidad de un Estado administrador (para la gran irrigación) a la capacidad de los regantes de contar con instituciones cohesivas, democráticas y capaces de negociar con el Estado (Wittfogel, 1957; Maass et al, 1976; Glick, 1970; Hunt, 1988). En paralelo, se incorporó a la discusión la problemática específica de requerimientos distintos para la administración o, más visiblemente, para la operación de los pequeños y grandes sistemas de riego1. Los grandes sistemas, aun cuando se caractericen por contar con auto-gobierno2, requieren de personal contratado especializado (de una burocracia o tecnocracia) (Mabry, 1996; Worster, 1985; Vaidyanathan, 1985; Palerm, 2000, 2006). Por lo tanto es conveniente una tipología de la auto-gestión, como burocrática y no-burocrática. Adicionalmente se ha explorado cómo diseños de la estructura de administración y gobierno basados en niveles organizativos enlazados atenúan los requerimientos burocráticos aun en grandes sistemas de riego o en redes hidráulicas, el caso de Bali y el caso de España son paradigmáticos. Cada nivel desde el barrio o la comunidad hasta la cuenca tiene su propia organización, la cual participa y se enlaza con otra organización. Por ejemplo, en el caso de la acequia real del Júcar en España, un nivel organizativo reúne a 20 pueblos que conforman la comunidad de regantes (35,000 regantes y 20,000 hectáreas) y se enlaza con otro nivel organizativo: el sindicato que reúne a las acequias hermanas (6 acequias y 45,000 hectáreas), y, finalmente, se enlaza con el nivel organizativo llamado confederación hidrográfica, que es también administrador de las presas de almacenamiento, 1  Sobre el concepto de sistema de riego ver Hunt (1988), que define sistema desde la toma de una fuente natural, lo que excluye presas de almacenamiento, coordinación a nivel de río y enlace entre sistemas por aguas de drenaje. Para estos otros casos se utiliza el término red hidráulica (Cressier, 1995; Palerm y Martínez, 1997). Sobre tamaño del sistema, definido como superficie regada: pequeño (menor a 5,000 ha.), mediano (5,000 a 20,000 hectáreas) y grande (mayor a 20,000 hectáreas) ver Palerm (2006, 2009). 2  El auto-gobierno de grandes sistemas con tenencia de la tierra minifundista está todavía por demostrarse.

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nivel que ya corresponde a la administración por el Estado (Pimentel Equihua et al, 2009; para Bali ver Lansing, 1991). Este diseño se contrapone a aquel donde el gobierno de todo el espacio hidráulico se centraliza y se recurre a personal organizado jerárquicamente en cadena de mando para la operación (Palerm, 2009b). La caracterización del tipo de administración: burocrática y no-burocrática, retoma la discusión sobre el regadío como generador de burocracias y de jerarquías o, en contraparte, la capacidad de la gente común de construir y administrar estructuras complejas (Erickson, 2006). Los límites impuestos por el tamaño y número de usuarios del sistema de riego están por establecerse, no obstante hay casos empíricos que rebasan los tamaños que se consideran pequeños (Palerm, 2006; Mabry, 2000). Sin embargo, estas perspectivas, aunque demuestran la capacidad autogestiva de los regantes, con sus variaciones debidas al tamaño de los sistemas, número de usuarios y a los diseños de la estructura de administración y gobierno, no explican la variación entre regiones mundiales de la presencia de autogestión o de administración por el Estado para sistemas de riego comparables. Para abordar la variación entre regiones mundiales, Sengupta (2002) propone que la existencia de legislación estable y consistente a largo plazo que otorga un marco jurídico a las organizaciones de regantes favorece su existencia y fortaleza; mientras que su ausencia favorece la debilidad, inexistencia e invisibilidad de las organizaciones de regantes. La comparación que realiza entre el caso de Japón, Filipinas y la India es muy sugerente. Mientras en Japón y Filipinas hay reconocimiento legal de las organizaciones de regantes, en la India hay un muy limitado y muy reciente reconocimiento; en acorde con el planteamiento realizado: Japón y Filipinas cuentan con organizaciones de regantes, pero la India carece de organizaciones de regantes excepto la organización no-oficial a nivel de comunidad. Bajo la perspectiva de que la capacidad de los regantes de auto-administrarse y de negociar con el Estado estaría muy vinculada a marcos jurídicos favorables a la existencia de organizaciones de regantes, se analizó el caso español. Se encontró (Giménez y Palerm, 2007) que desde las leyes de aguas de 1866 y 1879, en España ha existido un reconocimiento jurídico como “comunidades de regantes”, y que, anteriormente y desde la reconquista, hubo reconocimiento jurídico, en forma individualizada, para las organizaciones de regantes existentes. El análisis de otras

INTRODUCCIÓN: capacidades de auto-organización de los regantes y legislación 23

regiones mundiales (provincia de Mendoza, Chile, Perú y México) arroja resultados similares a la propuesta de Sengupta (Palerm, 2010a). La importancia del respaldo legal a las organizaciones existentes también es abordada de manera muy sugerente para los pequeños regadíos de la región andina (Boelens, 2003; Boelens et al, 2005). Cualquier marco jurídico, sin embargo, no es condición suficiente para promover y consolidar la organización autogestiva. En el caso del Perú, por ejemplo, a principios del siglo XX se retomó la propuesta legislativa española, sin embargo la implementación provocó alzamientos campesinos; lo que, a su vez, llevó a revertir la legislación (Palerm, 2010a). Los marcos jurídicos basados en la “tradición” de autogestión parecen ser especialmente exitosos. En el caso de España la legislación de fines del siglo XIX se basó en el caso empírico de la huerta de Valencia. La legislación, además de proponer lineamientos basados en el caso de la huerta de Valencia, indicó que se daba reconocimiento formal a cualquier organización preexistente. En el caso de Chile, el modelo que se sigue para la legislación nacional estuvo basado en los ordenamientos o normativa de la Sociedad del Maipo; caso que también sirvió de ejemplo empírico a seguir en el siglo XIX cuando se produce la gran expansión del regadío en Chile. En el caso del Japón, la ley del río de 1896 complementa, pero no sustituye a las organizaciones tradicionales (Sengupta, 2002; Sarker, 2012). Las organizaciones autogestivas tradicionales, a su vez y con anterioridad a las legislaciones nacionales, se sustentaron o crearon o recurrieron a marcos legales ad hoc, es decir para sistemas específicos, tal es el caso, ya mencionado, de España. En este mismo sentido, el caso de Holanda es especialmente ilustrativo, ya que las instituciones de diques y drenajes se desarrollaron a la par que la sociedad medieval de los Países Bajos (Palerm, 2010b). La fortaleza o debilidad legal de las organizaciones de regantes es especialmente visible ante uno de los procesos que inhibe a las organizaciones de regantes: la expansión de la administración por el Estado. Sengupta (1993), dejando de lado la discusión sobre la respuesta social a la práctica de la agricultura de riego, propone que mientras en los pequeños regadíos dispersos es más difícil y costoso que el Estado coopte la administración de los sistemas de riego, en los grandes regadíos es más fácil para el Estado poner en marcha una administración burocrática. Esto es, en la terminología de Mitchell (1975:533-534), la decisión social de centralización.

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En diversas regiones del mundo (India, Marruecos, Perú) se señalan como causas de erosión y desaparición de las organizaciones tradicionales su substitución por una administración burocrática debido a la expansión de la administración por el Estado, coincidente o no con la incorporación de los regadíos tradicionales en proyectos modernos de regadío (Sengupta, 1993, Groenfeldt, 2004; Oré, 2005-a, 2005-b; Palerm, 2009a). La capacidad de las organizaciones de regantes para negociar exitosamente con el Estado constructor de gran obra hidráulica que argumenta Maass (1976), en debate con la hipótesis hidráulica de Wittfogel (1957), está basado en casos que pertenecen a regiones mundiales (Estados Unidos y España) en que ha habido una legislación estable y consistente para otorgar un marco jurídico a las organizaciones de regantes. Es decir, aunque viejas o antiguas organizaciones autogestivas de regantes se correlacionan con instituciones fuertes, capaces de negociar con el Estado, sustentables en el tiempo, con una buena gestión del agua (Maass, 1976; Ostrom, 1990), estas características no parecen depender únicamente de la capacidad de los regantes, sino también de una legislación nacional consistente en el largo plazo que otorga un marco jurídico estable a las organizaciones. En breve, una legislación nacional favorable y la capacidad de auto-organización hacen sinergia logrando consolidar instituciones. En los trabajos de Ostrom (1990), aunque se prioriza la capacidad de auto-organización, entre los principios de diseño para organizaciones autogestivas señala como un 7º principio, un mínimo reconocimiento de los derechos de organización por parte del Estado. En el libro más reciente de Boelens et al (2011: 86 y ss) se aborda no solo la importancia del reconocimiento legal sino también la capacidad de defensa o de acción, que proponen como un 10º principio de diseño. Ello es pertinente debido a que los cambios más recientes en la legislación mexicana –y de otras partes del mundo– sobre aguas, así como sobre las comunidades (ejidos y comunidades agrarias) beneficiarias del reparto agrario, reflejan las políticas neoliberales: individualización de los derechos de agua, compra-venta y renta de derechos de agua, implantación de modelos empresariales (burocráticos o profesionalizantes) para la administración (Ruf, 2011; Boelens et al, 2011; Murillo, 2012: 83-85, 89-100, 102-107). En la acequias de Nuevo México, se tiene el desarrollo de organizaciones en defensa de las acequias hispanas tradicionales (Rivera, 1998; Rodriguez, 2006).

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En caso de que efectivamente exista una fuerte sinergia entre las capacidades auto-organizativas de los regantes y la legislación, existe también una gran responsabilidad de los estados nacionales dado que la legislación emitida es clave para consolidar y fortalecer las organizaciones de regantes. La discusión y puesta a prueba de esta propuesta no es solo interesante para el debate teórico, sino también para las políticas públicas nacionales. Los estados nacionales y los organismos internacionales, cuando menos en el discurso, consideran indispensable una buena gestión del agua. El caso de México En México no se reconoce antigüedad o historia a las instituciones de regantes: las instituciones de regantes, en el lenguaje oficial, se limitan a módulos, esto es, tramos de los Distritos de Riego transferidos a Asociaciones de Usuarios en la década de 1990; y a unidades de riego, cuya nomenclatura data de la legislación de aguas de 1992, aunque tiene el antecedente de las llamadas URDERALES (Unidades de Riego para el Desarrollo Rural), que data a su vez de legislación de 1972. Las organizaciones de regantes reportadas en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), instituido en 1992, son, sobre el papel, entes ahistóricos3 (Garduño, 2001, 2005a, 2005b; Garduño et al, 2003). No obstante, México es un país con presencia de regadío desde la época prehispánica, con construcción de infraestructura hidráulica en el periodo novohispano y decimonónico, así como una muy importante expansión durante el siglo XX4 –cabe preguntarse dónde están las instituciones de regantes de alcurnia o cuando menos las del arco temporal que va de principios del siglo XX a principios del siglo XXI. En acorde con la propuesta de la influencia del marco jurídico sobre la fortaleza de instituciones de regantes, miramos hacia la legislación. Al dar seguimiento a la legislación sobre instituciones de regantes, para sopesar su continuidad, encontramos que la legislación –federal—inicia a fines del siglo XIX, precisamente en un 3  El REPDA responde, aparentemente, a la regularización de concesiones: “... it was estimated there were about 300,000 water users by 1992 and only about 2,000 water use concessions were issued between 1917 and 1992 ...” (Garduño, 2001); adicionalmente no hay señalamiento de concesiones previas a 1917. El REPDA, se señala en la Agenda del Agua, tampoco es un registro confiable de usuarios y de extracciones del agua (Aboites et al, 2008). 4  De 2,000,000 de hectáreas antes de la Revolución mexicana, según Tamayo (1958: 66, 67 y 82), a los 6,000,000 de hectáreas que actualmente se reportan (Palerm, 2005).

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proceso que se ha llamado de federalización de las aguas al pasar los asuntos de agua del nivel estatal al federal (Aboites, 1998). Con la Ley de Irrigación de 1926 nacen los Distritos de Riego y los reportes oficiales minuciosos sobre Distritos, así como la parquedad en los reportes sobre las superficies de riego fuera de los Distritos. De hecho, el agregado de superficie regada fuera de los Distritos sorprendió (Escobedo, 1997a; Palerm y Martínez, 1997). A la federalización de las aguas, se añade otra ruptura, sin duda de mucho mayor impacto, producida por el reparto agrario5, que transformó la tenencia de la tierra y el acceso al agua de riego al pasar los derechos a los beneficiarios del reparto agrario; los sistemas de riego que abastecían a unos pocos usuarios empezaron a abastecer a multitud de campesinos regantes. Hay entonces un antes y después de la federalización de las aguas y del reparto agrario. Se evidencia también, en el curso del siglo XX, una expansión de la administración por el Estado y la supresión de organizaciones de regantes en el marco de los Distritos de Riego (Palerm, 2005). Hay organizaciones, oficiales, de regantes (asociación de regantes y junta de aguas) en –algunos– Distritos de Riego, hasta que en 1972 la administración de los Distritos pasa a ser atributo exclusivo de la federación (Rodríguez et al, 2007; Palerm, 2009a). En 1992 inicia la transferencia a los usuarios de tramos (llamados módulos de riego) de los Distritos de Riego, aunque el Estado federal conserva la administración de la obra de cabecera. En el arco temporal del siglo XX y principios del XXI, hay un marco jurídico cambiante y confuso para las organizaciones de regantes. (Palerm, 2005; Palerm y Rodríguez, 2005, 2008). Fuera de los Distritos de Riego, las nomenclaturas oficiales principales para las organizaciones de regantes son juntas de aguas –desde 1930 hasta 1992, urderales (unidades de riego para el desarrollo rural) –desde 1972 hasta 1992, y unidades de riego –a partir de 1992. La documentación sobre las organizaciones de regantes está dispersa entre el Archivo Histórico del Agua (AHA), el grupo documental dotación y accesión de aguas del Archivo General Agrario (AGA) y los expedientes sobre urderales en SAGARPA. 5  Desde la ley agraria pre-constitucional de 1915, y se cierra con las modificaciones al artículo 27 constitucional en 1992. El reparto agrario se concentra en el periodo del presidente L. Cárdenas (1934-1940).

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Esta breve panorámica de los cambios en la legislación sobre agua en el curso del siglo XX debe complementarse con los cambios en la legislación agraria dado que esta última estaba por encima de la legislación sobre aguas desde 1915 (con la ley agraria pre-constitucional) hasta 1992 (Palerm, 2009c). PROYECTO Y ANÁLISIS DE LOS ESTUDIOS DE CASO Para dar respuesta a la pregunta planteada en el proyecto “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” financiado por CONACyT, se dio seguimiento, en casos concretos, a la operacionalización de la legislación acerca de las instituciones para la gestión del agua de riego en el arco temporal de principios del siglo XX a principios del siglo XXI. En el Cuadro núm. 1 presentamos un concentrado de estudios de caso (de este proyecto y otros) en los que se documenta la situación organizativa en el arco temporal de principios del siglo XX a principios del siglo XXI. Los casos han sido seleccionados para mostrar la diversidad de la operacionalización de la legislación, ya que no parece posible afirmar que exista algún estilo de operacionalización sistemática. Son en total 19 casos que corresponden a sistemas o redes hidráulicas con varios sistemas que utilizan aguas superficiales o bien a espacios hidráulicos bajo una sola administración, de diversas regiones de México: Coahuila, Chihuahua, Guanajuato, Michoacán, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Guerrero; tanto de Distritos, como de no-Distritos de Riego, y que, en conjunto, corresponden a una superficie regada de unas 85,000 hectáreas. En el cuadro num. 1 se presentan los diversos niveles organizativos existentes en cada caso, desde el nivel de comunidad (aunque también existen niveles organizativos más pequeños que la comunidad, por campos, por barrios o por sectores), hasta uno o dos niveles organizativos multicomunitarios. Se hace la distinción en el cuadro entre organizaciones multicomunitarios oficiales y aquellas no-oficiales, informales, alegales o vernáculas. En la presentación que sigue los números entre corchetes corresponden a los casos en el cuadro num. 1.

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Análisis de los casos: El nivel multicomunitario La presencia del Estado: número de intervenciones –nivel multicomunitario En algunos espacios de regadío, la presencia del gobierno en los asuntos de agua de riego se limitó al reparto agrario, como en el caso del valle Coeneo Huaniqueo [12] o, como en el caso de La Cañada [11], donde la intervención del gobierno en asuntos de agua, adicional a aquella del reparto agrario, tuvo lugar en fechas muy recientes. La ausencia de intervenciones por parte del gobierno para implantar una institución u organización de regantes, no impidió un desarrollo organizativo multicomunitario, que se expresa en acuerdos horizontales entre las comunidades. En otros espacios de regadío, ha habido dos y hasta tres intervenciones por parte del gobierno para introducir una nueva institución. A continuación diversas modalidades encontradas. En un conjunto de casos una institución de auto-gobierno ha sido reemplazada por otra como resultado de esas intervenciones, para gestionar exactamente el mismo espacio hidráulico multicomunitario, por ejemplo en el caso del Cuautitlán [1], de junta de aguas pasó a urderal y luego a unidad de riego; en los casos de El Cubo [4] y del canal Tenango [9] de junta de aguas pasaron a unidad de riego; y, en el caso de San Juan Teotihuacan [8], de junta de aguas pasó a urderal. En otro conjunto de casos, la nueva institución de auto-gobierno (urderal y unidad de riego) no se hizo operativa a nivel multicomunitario, sino a nivel comunitario; por ejemplo: urderal en los casos Nexapa [2] y Pilantitla [3], y unidad de riego en el caso Tejalpa [5]. La ausencia de reemplazo de la institución multicomunitaria (junta de aguas) en los casos del Nexapa [2] y Pilantitla [3] no tuvo mayor impacto, ya que en la legislación se mantiene el reconocimiento a las juntas de aguas hasta 1992. A partir de 1992, no tenemos información sobre el caso Pilantitla [3]; en el caso del Nexapa [2] hay apreciaciones divergentes, una de ellas indica que recibe un tratamiento especial por parte del gobierno, al darlo de alta como Distrito de Riego con la finalidad de ser sujeto a recibir apoyos para rehabilitación pero sin afectar los usos y costumbres organizativos –según información de un funcionario de la Comisión Nacional del Agua (Rendón, 2005), otra indica que hubo modificaciones o propuestas de modificación de la organización vernácula (Gómez Carpinteiro, 2005).

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La introducción o reemplazo de una institución de auto-gobierno por otra, en la mayor parte de los casos, no parece haber causado más problemas que los trámites. Sin embargo, hay un caso, el del Tejalpa [5], en el cual no hay continuidad formal de una institución multicomunitaria, toda vez que la junta de aguas existente no se reemplaza a partir de 1992 por una unidad de riego. Cabe señalar que hubo intervención gubernamental a partir de 1992, pero la intervención consiste en el establecimiento de unidades de riego en algunas comunidades, remplazando la estructura del ejido dedicada a los asuntos del agua. La operacionalización de la introducción de urderales y unidades de riego se hizo, aparentemente, bajo criterios distintos. La diferencia de criterio es significativa ya que implica un vacío de gestión a nivel multicomunitario, cuando la introducción de nuevas instituciones se realiza a nivel comunitario, sin prever la situación multicomunitaria –como en el caso del Tejalpa [5]. No tenemos evidencia de qué tan generalizada es esta situación6. La substitución, a nivel multicomunitario, de una institución ya existente por otra (junta de aguas, urderal, unidad de riego), sin que ello modifique las capacidades locales de gestión, parece ser un excesivo gasto de dineros públicos. Finalmente, en otro conjunto de casos, también referido al nivel multicomunitario, se substituye una institución de auto-gobierno (junta de aguas) por otra burocrática-gubernamental, es decir: la inclusión del espacio hidráulico en un Distrito de Riego. Siguiendo la línea de tiempo, unas décadas después, se conforma una nueva institución de auto-gobierno (módulo de riego). En unos casos la anterior junta de aguas y el actual módulo de riego gestionan exactamente el mismo espacio hidráulico, estos son los casos de valle de Juárez [14], Cuautla [16] y Valle de Santiago [18]. En otros casos la anterior junta de aguas y el actual módulo de riego gestionan espacios hidráulicos distintos, estos son los casos del Nazas [6] y [7]. La supresión, por decreto, de instituciones multicomunitarias En ciertos casos la intervención del gobierno se enfocó a la supresión de instituciones multicomunitarias de auto-gobierno. Por ejemplo, en el caso de Valle de 6  La diferencia entre número de urderales y número de juntas de aguas, hace sospechar que este proceso fue frecuente. Otra explicación es el registro, como urderales, de multitud de pozos y de pequeños aprovechamientos de uso comunitario no contemplados en las juntas de aguas; así como la expansión misma de la frontera de la agricultura de riego en el curso del siglo XX:

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Santiago [18] se suprimió, por decreto de 1938, una institución que databa de 1611. También en el caso del Cuautla se suprimió la junta de agua, por decreto de 1953; y las juntas de aguas en el Nazas [6] y [7], por decreto de 1962. Otro caso en que se suprime la junta de aguas es en Valle de Juárez [14], espacio hidráulico que contaba con una institución de antiguo arraigo, donde, al igual que en Valle de Santiago [18], no hubo ruptura por cambio de usuarios en el marco del reparto agrario. Es decir, la supresión no es imputable a la incapacidad de los nuevos usuarios, beneficiarios del reparto agrario. La auto-gestión multicomunitaria no-oficial La legislación y la intervención del gobierno federal prevén la formación de instituciones, es decir el conjunto del espacio hidráulico administrado tiene una mesa o comité directivo. Pero hay otro arreglo multicomunitario que consiste en acuerdos horizontales entre comunidades. Este arreglo es llamativo ya que evita la formación de una institución. Es un arreglo típico de la época colonial y del siglo XIX en México, aunque para otras regiones del mundo parece ser atípico (Lipsett-Rivera, 1999; Palerm, 2010a). En México, en el siglo XX y XXI, se presenta en lo no-oficial. En el contexto de ausencia de presencia gubernamental para implantar instituciones multicomunitarias, ya mencionamos los casos del valle de Coeneo-Huaniqueo [11] y de La Cañada [12], que se caracterizan por acuerdos horizontales entre comunidades. Los acuerdos de estos casos datan, hasta donde sabemos, desde el reparto agrario, tienen entonces unos 70 u 80 años de existencia. En espacios donde supuestamente la distribución del agua se había centralizado en el aparato burocrático del Distrito de Riego, se encuentran también acuerdos horizontales, como son los casos del Nazas [6] y [7]. Aun después de la transferencia han mantenido estos arreglos horizontales, abandonarlos significaría una centralización de la distribución del agua en el módulo de riego. En los casos del Nazas [6] y [7] la informalidad o el carácter no-oficial de los arreglos organizativos ha durado 50 años (desde 1962). En otros casos, también de Distritos de Riego, como en el Tepetitlán [13] y el Cuautla [16], ha habido un desarrollo de acuerdos horizontales entre comunidades a partir de la transferencia. La efervescencia organizativa de base se ha dado a partir de las comunidades, poniéndose en contacto comunidades que comparten

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canales para resolver problemas de distribución del agua. Estos procesos se han dado al margen o a pesar de la organización formal del módulo de riego (espacio hidráulico transferido del Distrito). En otros casos más, también de Distritos de Riego, con resistencia a la expansión de la operación por la burocracia-gubernamental, como en el caso de Valle de Juárez [14], se conservó la institución de junta de aguas. Formalmente, en 1972 se suprimen las organizaciones de auto-gobierno en los Distritos; de tal manera que la resistencia abarcó desde 1972 hasta la transferencia, es decir 20 años7. Es interesante que haya tanto conservación de viejas organizaciones, como creación de nuevas organizaciones. Es decir, por un lado, hay resistencia o conservación de espacios de operación por los mismos usuarios en espacios hidráulicos donde hubo una expansión de la operación burocrática-gubernamental. Por otro, al desaparecer la administración centralizada del Distrito, ha habido un proceso de efervescencia organizativa y expansión de la operación por los mismos usuarios. En otros casos más, las instituciones oficiales existentes de auto-gobierno crearon un nuevo nivel organizativo, un caso, del Nexapa [2], conjunta unas 8,000 hectáreas, el otro, del Cuautitlán [1], unas 9,000 hectáreas. Ambos casos se caracterizan por tener tenencia de la tierra minifundista. En el caso del Nexapa [2] el nuevo nivel organizativo data de principios de la década de 1960, el caso del Cuautitlán [1] data de principios de la década de 1970. Es decir 47 y 37 años de existencia en lo no-oficial. Finalmente, hay formas organizativas que tienen que ver, no con la operación o la distribución del agua, sino con la negociación de volúmenes de agua en fechas determinadas, tal el caso de las movilizaciones por compuerta y por canal general del módulo Tepatepec [15]. Balance organizaciones multicomunitarias La observación de la operacionalización de la legislación sobre las organizaciones para la gestión del agua de riego, en el arco temporal de principios del siglo XX a principios del siglo XXI, nos debía permitir abordar la pregunta planteada en la 7  En Valle de Juárez, en el periodo del estudio de caso, estaban todavía negociando las condiciones de la supuesta transferencia.

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propuesta de investigación: el impacto de los cambios o discontinuidades en la legislación sobre la capacidad de auto-gestión. La perspectiva desde únicamente lo oficial, o desde lo realmente existente, es distinta. En primer lugar presentamos el balance de lo oficial, para enseguida hacer el balance integrando lo no-oficial. El balance de lo oficial muestra un deterioro, pero menor al que inicialmente habíamos supuesto. En el siglo XX, debido a los cambios de legislación y a cómo se hacen operativos, hay afectación a las instituciones oficiales de auto-gobierno multicomunitarias. La afectación está directamente relacionada con la expansión de la administración por el Estado, por ejemplo los casos del Nazas [6] y [7], el caso de valle de Juárez [14], del Cuautla [16], de Valle de Santiago [18] –lo que era un fenómeno ya esperado (Palerm, 2009a). En el siglo XX, debido a los experimentos con tipos de instituciones multicomunitarias de auto-gobierno, hay reemplazos entre juntas de aguas, urderales y unidades de riego. La afectación fue mucho más limitada de que lo que habíamos esperado, parece limitarse a trámites burocráticos. No obstante, hay un caso, del Tejalpa [5], de pérdida del nivel multicomunitario oficial por omisión de seguimiento gubernamental; en 1992 se conforman unidades de riego en los ejidos y se pasa por alto la actualización, conforme a legislación vigente, de la organización multicomunitaria, con lo cual oficialmente desparece. En segundo lugar presentamos el balance, incorporando la organización no-oficial. El balance muestra el siguiente panorama: persistencia de organizaciones multicomunitarias de auto-gestión a pesar de su desaparición oficial y supuesta substitución por expansión de la administración por la burocracia-gubernamental; esto es casos Nazas [6] y [7], valle de Juárez [14], valle de Santiago [18]; persistencia de organizaciones multicomunitarias de auto-gestión a pesar de su desaparición oficial; esto es caso Tejalpa [5]; creación de nuevas organizaciones multicomunitarias de auto-gestión: arreglos organizativos de acuerdos horizontales, al margen de lo oficial; esto es casos Nexapa [2], La Cañada [11], Valle de Coeneo-Huaniqueo [12], Tepetitlán [13], Cuautla [16]; creación de nuevos niveles organizativos multicomunitarios de auto-gestión

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que abarcan espacios hidráulicos relativamente amplios (cerca de 10,000 hectáreas) y con multitud de usuarios (tenencia de la tierra minifundista) al margen de lo oficial; esto es Cuautitlán [1] y Nexapa [2]; creación de organizaciones para negociar el agua; esto es Tepatepec [15]. En el balance realizado destaca la persistencia y creación de organizaciones multicomunitarias no-oficiales. En el conjunto de casos (cuadro núm. 1) la organización multicomunitaria existente es mucho mayor que aquella que corresponde únicamente a lo oficial. El gobierno federal actuó promoviendo y suprimiendo instituciones multicomunitarias para la administración de aguas de riego en el curso del siglo XX y lo que va del XXI. Sin embargo, la creación de organizaciones multicomunitarias no se limitó a la promoción por el gobierno. Los regantes, al margen de lo oficial, también participaron; no solo en la creación de instituciones multicomunitarias, sino también en la resistencia a su supresión. Desde la perspectiva de las políticas del gobierno federal, el balance señala un dispendio de las capacidades de auto-gestión de los regantes, y un excesivo gasto en duplicar la misma organización sin que ello modifique las capacidades locales o mejore la gestión del agua. Los experimentos en tipos de instituciones de auto-gobierno, así como el experimento de gestión por una burocracia gubernamental, han sido costosos. En relación a la propuesta evaluada8, desde la perspectiva de lo visible, de lo oficial, puede sostenerse. Desde la perspectiva de lo invisible, de lo no-oficial, se encuentra una gran resiliencia de las organizaciones multicomunitarias, así como una efervescencia organizativa. A pesar de la ausencia de sinergia9 entre capacidades organizativas y legislación, hay una persistencia y creación de organizaciones. Es posible que, en otras regiones del mundo, al igual que en el caso de México o, más bien, al igual que en esta selección de casos, el problema esté en la visibilización de las organizaciones multicomunitarias existentes, más que en su inexistencia. 8  Esto es, la existencia de legislación estable y consistente a largo plazo que otorga un marco jurídico a las organizaciones de regantes favorece su existencia y fortaleza, mientras que su ausencia favorece la debilidad, inexistencia e invisibilidad de las organizaciones de regantes. 9  Posiblemente, en lugar de ausencia de sinergia, habría que decir pobreza de sinergia.

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Análisis de los casos: El nivel de la comunidad La importancia del nivel organizativo comunitario La comunidad organizada con funciones de operación o distribución del agua10 parece jugar un papel central en dinamizar los arreglos multicomunitarios basados en acuerdos horizontales, como en los casos de La Cañada [11] y valle de Coeneo-Huaniqueo [12], así como el Nazas [6] y [7]. Las comunidades están detrás de la construcción del tercer nivel organizativo en el Cuautitlán [1] y en el Nexapa [2], además las comunidades están detrás de la persistencia de la organización multicomunitaria para el sistema del Cuautitlán [1], una organización que tiene continuidad desde la época prehispánica. En el caso de Tepetitlán [13] la importancia de las comunidades como unidades organizativas que distribuyen el agua al interior de cada comunidad y que dinamizan el sistema en su conjunto es evidente. No obstante, cabe señalar que no en todos los casos la comunidad tiene un lugar central. En Valle de Juárez [14] y en Valle de Santiago [18], donde los regantes son propietarios privados medianos, la comunidad no parece ser un componente central. En otro caso, el módulo Tepatepec [15], la compuerta y el tramo de canal son nodos organizativos, pero no lo son las comunidades; ello debido a que los vecinos de una comunidad no coinciden en compuerta e, incluso, en canal general. La organización sigue las necesidades de operación y mantenimiento de la infraestructura. Así, por ejemplo, también el caso de riego por mangueras [17] los grupos se limitan a los socios que comparten la misma manguera y olla de agua en la comunidad. A pesar de estas excepciones, es evidente en el conjunto de casos la prevalencia de un nivel organizativo comunitario con funciones de distribución del agua; así como la contribución del nivel comunitario a la construcción de acuerdos horizontales y de niveles organizativos multicomunitarios. Es motivo de reflexión el que la dinamización de los niveles multicomunitarios parece muy vinculada a las comunidades organizadas, de tal manera que contar con el nivel organizativo comunitario parece un componente importante para construir un nivel multicomunitario o 10  En los Distritos también se encuentra participación de la comunidad organizada en mantenimiento de los canales generales multicomunitarios. La participación en mantenimiento no necesariamente va en paralelo con la participación en la distribución. Sin embargo los datos con los que contamos sobre la participación en el mantenimiento son más incompletos que aquellos sobre la distribución.

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acuerdos horizontales entre comunidades, es decir construir organizaciones para administrar espacios hidráulicos más amplios. El papel de la comunidad obliga a considerar la situación jurídica del nivel comunitario, bajo el supuesto de que la fragilización o resiliencia puede impactar la construcción de organizaciones que administran espacios hidráulicos más amplios. Conviene reflexionar, en la línea del equipo de trabajo de Boelens que las comunidades, a su vez, dependen de la conservación de los derechos de agua (Boelens, 2003; Boelens et al, 2005, 2011). Los cambios en la legislación, a partir de 1992, tales como la individualización de los derechos de agua, así como la renta y compra-venta de derechos de agua fragilizan la situación jurídica de la comunidad y la capacidad de defensa de los derechos de agua. Otra vertiente a considerar, es aquella referida específicamente a la persistencia o desaparición de la operación o distribución a nivel comunitario, considerando que la existencia misma de la comunidad organizada está estrechamente vinculada a su actividad de gestión (Wade, 1988; Agarwal et al, 1997, 2001; Palerm, 2009d). Cabe entonces considerar el impacto, posiblemente negativo, de la centralización de la administración debido a la supresión formal y efectiva de la administración a nivel de comunidad, como ocurrió en algunos Distritos y como parece ser el esquema en los módulos. La ausencia de un nivel de operación comunitario, o de algún equivalente local, posiblemente obliga a un modelo de gestión más burocrático, es decir con personal técnico contratado organizado jerárquicamente en cadena de mando (Palerm, 2000, 2006). La presencia del Estado: número de intervenciones –nivel comunitario Las comunidades de Mesoamérica pueden rastrearse hasta la época prehispánica, las comunidades de raíces mesoamericanas en el norte de México pueden rastrearse a la expansión o diáspora tlaxcalteca durante la colonia. La figura jurídica, durante la colonia, consistió en la llamada república, con bienes corporados y su propio gobierno. Las leyes de desamortización, que prohibieron la propiedad corporada, fueron un duro golpe para las comunidades. El reparto agrario de la primera mitad del siglo XX restaura en gran medida a las repúblicas de indios, con propiedad corporada y gobierno propio. Las nuevas formas de tenencia de la tierra son los ejidos y

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las comunidades agrarias (esta última corresponde a tenencia de la tierra de bienes comunales en virtud de la acción agraria de restitución). Aunque en el análisis de la organizaciones multicomunitarias de riego se ha planteado la discontinuidad por el reparto agrario, cabría otro análisis que consiste en explorar la continuidad del nivel organizativo de la comunidad, con derechos de agua en contracción durante la segunda mitad del XIX y recuperados con el reparto agrario, para nuevamente entrar en un periodo de erosión con las políticas neoliberales. Estos cambios han ido en paralelo a la situación jurídica de la comunidad. La legislación agraria, hasta 1992, señala que los usuarios de riego del ejido o de la comunidad agraria deben nombrar un juez o comisionado de aguas para la distribución interna. En el curso del siglo XX, las intervenciones gubernamentales en el nivel comunitario, en el caso de los ejidos, han consistido en desplazar formalmente la autoridad del ejido sobre el agua de riego. No obstante, la comunidad o los regantes de la comunidad han conservado la operación o distribución interior del agua. Es el caso de la conformación de urderales, que reúne a los regantes del ejido (González Luna, 1997); por ejemplo en el caso del Nexapa [2]. En otros casos, se reporta una organización a nivel de ejido que no está sujeta a las autoridades ejidales, es el caso del Cuautitlán [1] y, posiblemente también es el caso del canal Tenango [9]. También se han constituido unidades de riego a nivel de ejido, desplazando a las autoridades ejidales de los asuntos del agua de riego, como en el caso del Tejalpa [5]. En todos estos casos parece estar reemplazándose una institución comunitaria para administrar el agua por otra (ejido, urderal, unidad de riego o algún otro tipo de asociación), pero sin que ello modifique las capacidades locales de gestión, lo que parece ser un excesivo gasto de dineros públicos. Sin embargo en los Distritos de Riego y, más recientemente, en los módulos, no hay evidencia de intervenciones para reemplazo de instituciones a nivel comunitario. Posiblemente debido a que supuestamente la administración está centralizada en el Distrito o en el módulo. Aparte de los ejidos y comunidades agrarias, no tenemos documentado para el siglo XX cuál es la situación organizativa formal de las comunidades con minifundio de propiedad privada, lo que fueron las aguas de los pueblos en el XIX y aguas de las repúblicas en la época colonial (Bárcenas et al, en esta Antología).

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Otra vertiente organizativa de las comunidades, gira en torno a la legislación para comunidades indias (Avila, 2008). Para una discusión sobre el marco jurídico para el gobierno de las comunidades: el cuarto nivel de gobierno, es muy interesante el planteamiento de Olmedo (1995, 1999). No obstante, en la actualidad, la tendencia de la legislación es, aparentemente, la de desaparecer el nivel de gobierno comunitario. La comunidad: un nivel organizativo y con funciones de operación Más que el reemplazo de instituciones formales comunitarias (o de su existencia formal), cabe destacar la alta frecuencia de un nivel organizativo comunitario que se ocupa de administrar el agua a nivel comunitario. En el caso de las juntas de aguas, hay un reconocimiento formal del nivel comunitario en la legislación. Sin embargo, en los casos de las urderales y unidades de riego multicomunitarias no se ha hecho el seguimiento jurídico sobre el ámbito de competencia de la comunidad. En el caso del Cuautitlán [1], con urderal multicomunitaria, hay un reconocimiento del nivel comunitario; así como en los casos del Cuautitlán [1] y del Tenango [9] con unidades de riego multicomunitarias; pero en caso de El Cubo [4], con unidad de riego multicomunitaria, aparentemente se ha limitado el papel de las comunidades. En los Distritos de Riego, la expansión de la administración por la burocracia gubernamental suprimió, en unos casos, a las juntas de agua pero no necesariamente suprimió el ámbito de competencia del ejido para hacerse cargo de la distribución del agua al interior de los ejidos. Por ejemplo, en los casos de Tepetitlán [13] y del Cuautla [16] se conservó la distribución interna por los ejidos, no obstante que la tendencia de la gerencia del Distrito fue la de suprimir, o tratar de suprimir, la operación por la misma comunidad. En otros casos, también en Distritos, se suprimió formalmente el nivel multicomunitario de las juntas, y, al parecer, también se propuso suprimir, o intentar suprimir, la distribución interior por los ejidos; sin embargo en los casos [6] y [7] del Distrito de Riego 017, se conservó, de hecho, la distribución interior, así como la distribución multicomunitaria. A partir de la transferencia, en el módulo del Cuautla [16] y en los módulos de la parte alta del Nazas [6] y [7] se ha conservado la distribución interior; al igual

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que en el caso de Tepetitlán [13] 11. La gestión por la comunidad, no obstante la transferencia, parece caer en el ámbito de lo informal. En el módulo Tepatepec [15] se tiene, desde antes de la transferencia, un cierta participación limitada a nivel compuerta con el nombramiento, por los usuarios de compuerta, de un zanjero. El nivel de compuerta, quizá promovido por el Distrito, carece de marco jurídico formal. La comunidad: un nivel organizativo y con funciones de operación ¿oficial o informal? Los ejidos y comunidades agrarias comprendidos en juntas de aguas, como ya señalamos, tenían formalmente su propio ámbito de competencia. Sin embargo, para el caso del nivel comunitario en los Distritos de Riego, no se ha hecho el seguimiento jurídico de la competencia del ejido (y de la comunidad agraria) para administrar, al interior, sus aguas. Tampoco se ha hecho el seguimiento jurídico de la competencia del ejido para los casos de las urderales y las unidades de riego multicomunitarias. El problema es saber qué legislación debe aplicarse. En la legislación de aguas, a partir de 1992, se prevé una sola institución (módulo o unidad de riego) a la que se le extiende el título de concesión y la que es responsable de operar en todo el espacio hidráulico; de tal manera que, aparentemente, la decisión de conservar un nivel organizativo comunitario, con capacidad de realizar la distribución interna, es asunto de cada módulo o unidad de riego. En el caso de los módulos, el diseño organizativo consiste en centralizar la operación, de tal manera que las comunidades participan en la elección de su representante a la Asamblea del módulo, pero no participan –formalmente– en la distribución interna del agua. Sin embargo, la legislación de aguas, a partir de 1992, también tiene un apartado sobre ejidos y comunidades agraria que no están incluidos en Distritos y Unidades de Riego; en estos casos, al parecer, las decisiones dependen del ejido y la comunidad agraria. El carácter formal o informal de la gestión del agua a nivel comunitario es difícil de determinar, aunque es posible que la situación jurídica se modifique según la 11  Aunque el sistema del Tepetitlán finalmente fue transferido como unidad de riego y no como módulo.

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comunidad esté ubicada en Distritos de Riego (antes de la transferencia), módulos de riego, juntas de aguas, urderales, unidades de riego o en ninguna organización oficial. El carácter formal o informal, también puede modificarse debido al tipo de tenencia de la tierra y por la etnia. Se hace mención de la etnia debido a que la nueva legislación sobre comunidades indias puede tener algún impacto en el grado de autonomía formalmente reconocida. Para fines del cuadro núm. 1, hemos decidido prescindir de tratar de determinar si la gestión del agua a nivel comunidad es formal o informal. La importancia de la comunidad en la organización de la gestión de espacios hidráulicos multicomunitarios Conviene destacar que la discusión sobre la capacidad de los regantes de auto-organizarse se refiere a la administración de sistemas que pueden ser considerados medianos, grandes o incluso muy grandes. El problema teórico radica en la capacidad de auto-organizarse para administrar sistemas de riego medianos y grandes sin jerarquía y burocracias, o aún en el caso de contar o requerir de burocracia, la capacidad de controlar efectivamente a la burocracia. Desde la teoría no está en duda la capacidad de auto-organización para pequeños o muy pequeños regadíos. El problema de la gestión comunitaria es en todo caso de políticas públicas. Las políticas neoliberales actuales, al igual que las políticas liberales del siglo XIX que prefirieron la propiedad privada, la iniciativa individual y el mercado no consideran que la comunidad organizada o la acción colectiva no solo contribuyen a la economía de cada individuo gracias a la gestión colectiva de los recursos, sino también contribuyen a la defensa del recurso. Es decir la comunidad organizada tiene más posibilidades de defender colectivamente el recurso que el individuo (Boelens et al, 2011). Es posible que la fragilización de la capacidad de la comunidad, afecte no solo la gestión y defensa colectiva del recurso a pequeña escala, sino también aquellas organizaciones a mayor escala. Es decir que la comunidad organizada, cuando menos para los pequeños agricultores, sea una pieza fundamental (un building block) para aquellas auto-organizaciones que administran sistemas de riego medianos y grandes –y otros recursos de uso común de mayores dimensiones.

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En este contexto la capacidad de la organización comunitaria de persistir parece fundamental para la persistencia de las organizaciones multicomunitarias no-burocráticas. El proceso en marcha sobre la gestión de los sistemas de abasto de agua de uso doméstico para comunidades rurales puede ejemplificar la resiliencia y persistencia de la organización comunitaria, así como los límites de la administración de corte más bien burocrática, aquella del municipio u organismo operador. El caso de la administración de sistemas de abasto de aguas de uso doméstico para comunidades rurales En el caso de la administración de sistemas de abasto de agua de uso doméstico en México, hay un desplazamiento legal de la comunidad que se ha hecho visible en conflictos que enfrentan al ayuntamiento con las comunidades por la gestión de los sistemas de abasto y las redes de distribución. El desplazamiento se debe a una conjunción de cambios en las políticas públicas y en la legislación: en 1981 la entrega de los sistemas de agua potable y alcantarillado que operaba la federación a los estados y ayuntamientos; en 1983 la reforma al artículo 115 constitucional obliga al municipio a atender el abasto de agua de uso doméstico; en 1992 una nueva ley agraria que resta atribuciones a los ejidos y comunidades agrarias; también en 1992 una nueva ley de aguas (Galindo et al, 2012). La Ley de Aguas de 1992 y su reforma de 2004 deja únicamente resquicios complicados para que las comunidades puedan gestionar sus propios sistemas. Sin embargo las legislaciones estatales pueden re-introducir espacios de gestión comunitaria del agua. La variación entre las legislaciones estatales, en lo que compete a la auto-administración, es significativa. Por ejemplo, en Chihuahua, desde 1987, hay un Reglamento de las juntas rurales de agua potable; en Guanajuato la legislación de varios municipios, por ejemplo la del municipio de Moroleón con fecha de 1994, establece Comités Rurales de Agua; en San Luis Potosí la ley de aguas de 2006 contempla Comités de Agua Rural; en Tabasco el Reglamento de la Ley de Usos de Agua del 2012 contempla para las comunidades rurales la conformación de Unidades de Desarrollo Sustentable del Agua (UDESA). Al parecer, únicamente en dos estados, Guanajuato y Tabasco, hay políticas para promover la organización comunitaria y la auto-gestión de los sistemas de agua de uso doméstico.

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Las políticas públicas de dotación de agua potable (por ejemplo, el crédito del BID para el Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales: PROSSAPYS, también llamado de Agua Potable y Saneamiento en Comunidades Rurales que está dirigido a comunidades con menos de 2,500 habitantes) en paralelo a los cambios en la legislación han hecho muy visible la problemática de elección de instituciones. La selección de institución para la gestión del agua de uso doméstico en pequeñas comunidades rurales, se relaciona no solo con ciertas ventajas de la gestión comunitaria local: bajo costo, eficacia, equidad, legitimidad; sino también con problemas serios en la gestión por el municipio o por organismo operador, tales como altos costos incurridos por el pago de nómina del personal contratado, lenta respuesta a desperfectos en el sistema, cobrabilidad, falta de legitimidad12. Balance: organizaciones comunitarias Los cambios en la legislación apuntan a un desplazamiento de la comunidad como gestora de sus aguas. No obstante, las comunidades mantienen una importante presencia en la gestión del agua. En las urderales y unidades de riego multicomunitarias, las comunidades, cuando menos en los estudios de caso considerados (cuadro núm. 1), mantienen su propio espacio de gestión. En los Distritos (antes de la transferencia) y en los módulos transferidos, la participación de las comunidades en la gestión del agua parece más bien caer en lo informal. En el caso de la gestión de sistemas de abasto de aguas de uso doméstico, las comunidades tienen una presencia indudable. Es evidente que la legislación (salvo excepciones) y las capacidades organizativas de las comunidades no actúan en sinergia. La centralización de la gestión puede desplazar la gestión por la comunidad o, cuando menos, hacerla invisible. Continuidades en la gestión comunitaria: las aguas de los pueblos En la historia del la gestión del agua de riego la investigación se ha centrado en gran medida en dos rompimientos: la llamada federalización de las aguas, 12  En el contexto del proyecto de investigación o con influencia del proyecto se desarrollaron estudios de caso sobre gestión de sistemas de agua para uso doméstico en comunidades rurales (Galindo et al 2007, 2009, 2011, 2012; Galindo, 2012; Villegas, 2010; Navarro et al 2010; Pimentel et al, 2012; García, 2012; García et al, en esta Antología; López et al, en esta Antología).

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sinónimo de centralización, y el reparto agrario, con la irrupción de multitud de nuevos usuarios. Sin embargo, en la búsqueda de continuidades, es interesante tomar como centro de atención a las comunidades que, por efecto de la legislación sobre desamortización, se vieron fuertemente afectadas y que, con el reparto agrario, recuperan en gran medida sus tierras y aguas. Las comunidades tienen su propia memoria histórica, es llamativo que en el Nexapa uno de los documentos clave para las comunidades es la llamada Sentencia Peñafiel, un repartimiento de 1635. Sinergia entre auto-organización y legislación En la argumentación que hemos desarrollado y que se expresa en los estudios de caso, se destaca la capacidad autogestiva de los propios usuarios. La legislación y políticas públicas debieran proveer el marco jurídico para reforzar y potenciar la auto-organización, sin embargo ello no parece ser el caso. La persistencia y vitalidad organizativa parecen darse a pesar de la legislación. Sin embargo no hay que olvidar que la expansión del regadío tiene un costo de aprendizaje (Escobedo, 1997: 317-319, ver también Serrano, 2000). En el caso del pequeño riego, donde hubo procedimientos para capacitar a los usuarios y entregar la obra (Fuentes et al, 1968), hay mención de evaluaciones13 por la Secretaría de Recursos Hidráulicos en 1969 y por la Secretaría de Agricultura y Ganadería en 1976 que indican fracaso de las obras, en un caso 50%, en otro 75% (Palacios, 1997: 48914; Martínez Saínos, 199815). La política pública tiene que mantener el delicado balance de apoyar las capacidades de auto-organización, evitando las consecuencias de la organización insuficiente, pero también evitando tanta intervención que desplace la auto-organización. 13  Las referencias son a los resultados de evaluaciones realizadas, no se cuenta con la evaluación en si misma. 14  En 1969 la SRH realizó estudios de evaluación sobre el estado de las obras de pequeña irrigación, encontrándose que muchas de ellas estaban en mal estado o definitivamente fuera de servicio, estimándose éstas –-fuera de servicio– en cerca de 50% de las obras construidas (Palacios, 1997: 489). 15  “... un compañero –Antelmo Morales– que estaba a cargo de la organización de los usuarios, estuvo verificando alrededor de 5,500 obras construidas [por el Departamento de Ingeniería Agrícola de la Dirección de Agricultura de la Secretaría de Agricultura y Ganadería] entre 1956 y 1976, encontró que aproximadamente el 75% de las obras estaban inutilizadas de una manera o de otra o no prestaban ningún servicio. (entrevista al Ing. Fernando Martínez Saínos, noviembre 1998).

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La intervención excesiva, como es el caso de la administración por el Estado, fue una solución muy extendida en el mundo. Sin embargo, en las décadas de 1970 y 1980 algunos organismos internacionales comisionan estudios para evaluar la operación y mantenimiento de los sistemas de riego resultado de fuertes inversiones con fines de desarrollo. Con base en los resultados de los diagnósticos o evaluaciones propusieron que una mayor participación de los usuarios o la entrega de la administración a los regantes, mejoraría la administración. El problema central que apuntan es la distribución inequitativa del agua en cantidad y oportunidad, lo que a su vez afecta la producción agrícola. Otro problema que señalan es el alto subsidio a las cuotas por servicio de riego, dado que los regantes pagan cuotas muy bajas (Chambers, 1979, 1980; Wade y Chambers, 1980; Bottrall, 1982; Easter, 1985; Bhandarkar et al, 1988; Wilkens-Wells et al, 1988; Freeman, 1988; Paranakian et al, 1988; Shinn et al, 1988; Freeman et al, 1989). La propuesta que se puso en marcha a nivel internacional es de la transferencia o entrega de la administración a los regantes. En México, en 1992, se estableció, por ley, la obligatoriedad de transferencia; probablemente el factor más importante en México fue el alto subsidio. Sin embargo, en este nuevo proceso de organización de los regantes, poco se está recurriendo a las experiencias organizativas propias de México. La convicción de los ingenieros-funcionarios de la CNA todavía no refleja la opinión del ingeniero Herrera y Lasso (1919, 1930) de que los usuarios son buenos para administrar. LOS ESTUDIOS DE CASO EN ESTA ANTOLOGÍA Los estudios de caso pretenden responder a la pregunta sobre el impacto de la operacionalización de los cambios en la legislación que regula cómo deben estructurarse (y llamarse) las organizaciones de regantes. El mismo tipo de problema se presenta para el caso de las aguas de uso doméstico en comunidades rurales, por lo que se incluyeron casos de este tipo. La centralidad de la comunidad en la gestión del agua, así como la posibilidad de analizar continuidades desde la perspectiva de las comunidades nos llevó a incluir avances sobre el marco jurídico en el siglo XIX relativo a las aguas de los pueblos.

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El equipo de investigación tuvo a lo largo del desarrollo del proyecto (20082012) talleres para presentar el proyecto, la metodología de investigación, avances de investigación, contrastes y comparaciones entre los estudios de caso. La metodología de investigación se encuentra descrita en detalle en otros textos (Palerm y Martínez, 1997; Palerm et al, 2000), pero brevemente consiste en observar a lo largo de la ruta que sigue el agua las acciones de distribución del agua, de mantenimiento de la infraestructura, de resolución conflicto y de nombramiento de las autoridades. Sobre autoría y orden de co-autores en esta Antología.- Los lineamientos sobre autoría coinciden con aquellos de la Britsh Sociological Association (BSA). En “Authorship guidelines” de la BSA se señala que deben ser co-autores aquellos que han realizado contribuciones académicas en cuando menos dos de los cuatro componentes de un artículo: a) concepto o diseño; b) recopilación y procesamiento de datos, c) análisis e interpretación de datos; d) redacción de partes importantes del texto. En cuanto al orden de autoría se sigue aquel acostumbrado en las llamadas ciencias duras: el co-autor con mayor antigüedad (líder del grupo de investigación) se ubica al final; de tal manera que se sigue la norma, señalada en Tasharntke et al (2007) de énfasis en primer y último autor. Se coincide con los lineamientos de la BSA, donde se sugiere que aquellos con mayor antigüedad otorguen a los colegas más jóvenes la oportunidad de ser primeros autores, cuando sea apropiado. Sobre los usos y costumbres en cuanto al orden de autoría en distintas disciplinas ver además Lake (2010), Osborne y Holland (2009), Zukerman (1968). Casos Distritos de Riego El supuesto con el que se realiza la transferencia de los Distritos de Riego en México a fines del siglo XX es de ausencia de organización de los usuarios. Este supuesto prescinde del hecho de que muchos de los Distritos de Riego se crearon sobre viejos regadíos con organizaciones de regantes ya existentes, así como del hecho que hubo una política del Estado de conformación de organizaciones de regantes en los Distritos de Riego e incluso de entrega de Distritos a los usuarios organizados. El viraje formal en la política se presenta en 1972 cuando la legislación de aguas indica que es competencia del ejecutivo federal la administración de los Distritos,

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aunque hubo supresión puntual de juntas de aguas en algunos Distritos anteriores a esa fecha, así como Distritos donde los usuarios se resistieron a la expansión de la operación por funcionarios del Estado (Palerm, 2009a; Rodríguez et al, 2007). En esta Antología se documentan casos adicionales de existencia y persistencia de la auto-organización, así como casos de nuevas organizaciones. Ensayos I y II –el Nazas. La intervención federal, en el espacio regado por los ríos Nazas y Aguanaval, inicia a fines del siglo XIX con la reglamentación de los ríos y con presencia de operadores que realizan la distribución entre las bocatomas; a finales de la década de 1930 tiene lugar el reparto agrario de la tierras de riego y en 1939 recibe por primera vez la denominación de Distrito de Riego. En el reglamento del Distrito de Riego de 1939, se señala la obligatoriedad de que cada canal cuente con una junta de aguas, nombrada por los mismos usuarios, con funciones de distribución del agua. En 1962 se suspende, por decreto, el funcionamiento de las juntas de aguas: “Acuerdo por el que se determina que la Secretaría de Recursos Hidráulicos asumirá también las funciones que ahora están a su cargo de las Juntas Locales y Jueces de Aguas16 del Distrito de Riego número 17 de la Región Lagunera” (Palerm et al, 2004; Palerm, 2009a). En 1962, la SRH asume la distribución y conservación de la infraestructura hidráulica existente e inmediatamente la SRH nombra canaleros y aforadores a nivel de secciones y zona de riego, respectivamente, lo que tuvo el impacto de un golpe de estado para las Juntas de Agua … (Ensayo II, en esta Antología). En la década de 1990, se transfiere o entrega a los usuarios constituidos en Asociaciones de Usuarios, tramos –llamados módulos– del espacio hidráulico del Distrito para su administración. El Distrito conserva la operación de las obras de cabecera y red principal. No obstante, desde antes de la transferencia y aún después de la transferencia, existe auto-organización de los usuarios para la distribución del agua en los 16  En las juntas de aguas con pocos usuarios en lugar de contar con un comité directivo (presidente, secretario, tesorero) se tenía un juez de aguas (Art 220 del Reglamento de la ley de aguas de propiedad nacional de 30 de agosto de 1934). Pero no debe confundirse este juez de aguas con aquel indicado en la legislación agraria para ser encargado de las aguas del ejido y nombrado por los mismos ejidatarios (Palerm, 2005-a, 2009).

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pequeños sistemas de riego del Distrito localizados en la parte alta del río Nazas, espacio que corresponde actualmente a los denominados módulos I, II y III del río Nazas, así como en el espacio que actualmente corresponde al denominado módulo XIX “Jimulco” del río Aguanaval donde todavía hay entarquinamiento en cajas de aguas (Rodríguez et al, 2001). Los usuarios nombran, entre ellos mismos, regidores, que son los encargados de distribuir el agua; también tienen funciones para el mantenimiento que se realiza por faenas. La figura de regidores, se encuentra vinculada a las juntas de aguas cuyo funcionamiento fue suspendido en 1962. En el único reglamento que hemos localizado de juntas de aguas para La Laguna: Normas Provisionales para la Distribución interior del canal de San Jacinto, que deriva aguas del río Nazas (1941) se señala en el Art. 16 Para auxiliar a la Junta de Aguas en el reparto del agua, se nombrarán seis regidores distribuidores uno por cada sector de usuarios. Estos regidores serán nombrados por la Junta de Aguas, pero a propuesta de la mayoría de los componentes de cada sector o grupo de usuarios. Es posible que desapareciese la organización de junta de aguas, pero continuasen los regidores. Todavía en un espacio regado por el río Aguanaval los regantes reportan que hace tiempo hubo jueces de aguas, además de los regidores (Rodríguez et al, 2001). En la parte alta del Nazas, con sistemas que tienen un par de centenas de hectáreas de superficie de riego y el sistema más grande un par de miles de hectáreas de superficie de riego, no existe una organización centralizada, dependen de los acuerdos y coordinación horizontal entre los regidores. La existencia de juntas de agua implicaría una organización centralizada o unificada por canal, sin embargo carecemos de información sobre si realmente llegaron a hacerse operativas las juntas de aguas en la parte alta del Nazas. Los regidores de agua, no obstante, han persistido en la informalidad por más de 50 años, desde 1962 cuando se suspende el funcionamiento de las juntas de aguas. A la fecha siguen siendo organizaciones no-oficiales, ya que los módulos en que se ubican los sistemas solo han dado un reconocimiento parcial a los regidores. La persistencia de la auto-organización se vincula con los espacios menos intervenidos del Distrito de Riego 017 y en el Distrito hubo intervenciones de consi-

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deración: desde la década de 1930 se construyeron dos presas de almacenamiento sobre el río Nazas y, en las décadas de 1960 y 1970, hubo un rediseño de canales, eliminación de las cajas de agua para entarquinamiento y expansión de la operación por funcionarios del Distrito de Riego. En los espacios más intervenidos no parece haber persistencia de formas organizativas. Ensayos III y IV –el Lerma. La intervención federal en el espacio regado de lo que sería el Distrito de Riego 011 Lerma inicia con la reglamentación del río y con presencia de operadores que realizan la distribución entre las bocatomas, así como con la reglamentación de canales y conformación de juntas de aguas en las décadas de 1920 y 1930. Las intervenciones más importantes en infraestructura son la construcción de la presa Tepuxtepec para energía hidroeléctrica y la presa de almacenamiento Solís para riego. El primer reglamento como Distrito de Riego data de 1930. En 1938 se suspendió por decreto el funcionamiento de las juntas de aguas y las funciones de distribución del agua se centralizaron en el Distrito de Riego 011 Lerma. En uno de los espacios de riego del Distrito, aquel de Valle de Santiago, se logró establecer que tiene un largo historial organizativo (documentación en Palerm et al, 2004; Sandré et al 2011; Garma, 1921 y Ensayo III en esta Antología), por ejemplo: 1611 Ordenanzas de la villa de Salamanca hechas por el cabildo de la villa para el buen gobierno de ella 1721 el Virrey Marqués de Valero, expidió y otorgó la confirmación de un convenio que tuvieron los Labradores en una Junta el día 4 de octubre del mismo año, ante don Antonio Moreno de la Cerda, Alcalde Ordinario de Salamanca, que en extracto dice: “apruebo el compromiso celebrado por los labradores del valle de Santiago, de la Villa de Salamanca, sobre el repartimiento de las aguas del río para el riego de sus haciendas” 1780 Acuerdo para el uso de la Laguna de Yuriria 1850 Reglamento de aguas de Valle de Santiago, Guanajuato 1865 convenio solemne entre el representante de don Blas de los Heros, dueño de la hacienda de San Nicolás y don Vicente González apoderado de los labradores del Valle, se estipuló hacer de calicanto los pilares de la presa de Santa Rita, cuya construcción fue costeada por los labradores del Valle y los fraccionistas de La Zanja

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1916 Reglamento general del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato 1930 Reglamento para la distribución interior de las aguas del canal del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato (SAF) 1932 Formación de la Asociación de usuarios del río Lerma y laguna de Yuriria (Laborío del Valle), Valle de Santiago Es un caso de organización de regantes con alcurnia. Sin embargo, no obstante los siglos de funcionamiento autónomo, la decisión del Distrito de Riego fue de expansión de la operación por parte de los funcionarios del Distrito. En el caso de Valle de Santiago hubo continuidad de los usuarios, aunque también hay reparto agrario. El grupo de propietarios privados del Valle de Santiago se mantiene unido y envía a un representante a las oficinas del Distrito de Riego, los funcionarios del Distrito integran también a un representante de los ejidatarios de Valle de Santiago. Desde 1938 se mantiene una solidaridad y negociación común de los regantes de Valle de Santiago y, en la década de 1990, 50 años después, con la transferencia, la superficie de riego del Valle de Santiago: 13,480 hectáreas, queda nuevamente bajo la administración de los regantes constituidos en Asociación de Usuarios. El módulo de riego Valle de Santiago es el módulo más exitoso del Distrito de Riego 011 Lerma, definiendo exitoso por las empresas fundadas: Servicios Agrícolas del Módulo Valle, Fondo de Aseguramiento Agrícola del Módulo Valle, Sociedad Cooperativa de Consumo Agrícola del Módulo Valle. Sin embargo, el esquema de funcionamiento del módulo para la administración del agua de riego no parece muy distinto de los otros módulos del Distrito, cuando menos, al igual que los otros módulos tiene una administración de tipo burocrática (Palerm, 2006). Está por hacerse una comparación sistemática con el funcionamiento de otros módulos en rubros tales como equidad en la distribución del agua, número de personal empleado, control de costos del módulo, etc. En el Ensayo IV se presenta el estudio de caso del módulo Salvatierra del Distrito de Riego 011 Lerma, con antecedentes como junta de aguas, conformada en 1930. Como todas las juntas del Distrito su funcionamiento fue suspendido en 1938. El módulo, como en su momento la junta, está compuesto por varios sistemas de riego (hay 6 presas derivadoras y 6 canales generales). La superficie

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regable son 16,105.61 hectáreas, sin embargo, en 2009, se regaron sólo 7,753.78 hectáreas. La mayor parte de los usuarios son ejidatarios, es decir hubo un rompimiento de la continuidad de los usuarios con el reparto agrario. Actualmente el módulo presenta inequidad en la distribución entre aguas arriba y aguas abajo, parcialmente corregido por la presencia de pozos; tiene mucho personal contratado y presenta también costos muy altos que no se cubren con las cuotas por servicio de riego. Ensayos V y VI –el sistema de riego Tepetitlán. El sistema de riego Tepetitlán que riega una superficie de 9,768 hectáreas, pasó de manos de dos haciendas unificadas en un solo propietario a multitud de usuarios con el reparto agrario. El sistema de riego se integró en algún momento al Distrito de Riego 033 edo de México, sin embargo, con la transferencia, se presentó el problema de no ubicar la declaratoria formal como Distrito de Riego. Es posible que hubiese un breve espacio de tiempo en que los nuevos regantes asumieron la operación del sistema. También es posible que durante cierto tiempo, a nivel de ejido, la distribución estuviese a cargo de jueces de agua nombrados entre los mismos regantes, cuando menos los jueces de agua a nivel ejido se reportan como auxiliares de los canaleros del Distrito17. Las intervenciones más importantes consistieron en la ampliación de la presa de almacenamiento y en un tercer canal principal, ampliando la zona de riego. Las comunidades de etnia mazahua del sistema de riego Tepetitlán rehusaron una transferencia bajo el modelo burocrático (Palerm, 2000, 2006), es decir de oficinas y personal de oficina, de gerente técnico y canaleros bajo su supervisión, así como otro personal contratado –rehúsan fundamentalmente por razones de costos. El sistema fue desincorporado como unidad de riego. En lugar del esquema centralizado de toma de decisiones propuesto para la transferencia, consistente en que los representantes de cada comunidad (delegados) debían ser únicamente representantes a la Asamblea que a su vez debía nombrar al Comité Directivo de la Asociación de Usuarios, que a su vez debía contratar al personal de operación y de oficinas; los delegados se asimilan a la figura de juez 17  En el Distrito de Riego 016 Morelos los ejidos sobre el río Cuautla nombran, aun durante la centralización de la operación en el Distrito, jueces de agua para encargarse de la distribución interior del agua (Ávalos et al, 2010; Palerm et al, 2001), ello corresponde con la legislación agraria (Palerm, 2009-a).

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de aguas y toman el liderazgo en la distribución del agua junto con las autoridades locales18. La distribución de agua en el sistema de riego Tepetitlán se organiza fundamentalmente con acciones de las comunidades mismas: hacia afuera abriendo y cerrando compuertas sobre el canal principal, así como vigilando el agua y hacia adentro: estableciendo el orden de riego de las parcelas. La desaparición de una autoridad centralizada en la distribución del agua, así como la existencia de dos Comités Directivos (por un conflicto entre los usuarios), llevó a realizar una evaluación sobre la situación de inequidad y posible deterioro en la distribución de agua desde la transferencia. Siguiendo una estrategia indirecta: la variedad de maíz sembrado, se logró establecer que había mejoría en las fechas de riego; es decir que, a partir de la transferencia la distribución del agua había mejorado. En el Ensayo VI se aborda el proceso más reciente de descentralización del manejo de los reservorios secundarios (jagüeyes) del sistema de riego Tepetitlán. También se aborda el papel de los reservorios secundarios en el sistema y, desde la década de 1960 y como Distrito, su progresiva eliminación, al parece por una preferencia ingenieril en el almacenamiento a nivel de la presa. En el caso del sistema Tepetitlán se está ante una nueva organización para el manejo del sistema en su conjunto, que esencialmente se basa en la organización a nivel de comunidad. A su vez la organización a nivel de comunidad, siendo la población de etnia mazahua, ancla su capacidad organizativa en tiempos remotos, a su vez reforzada o re-creada por el reparto agrario; y, para el manejo del agua, da continuidad a un cargo propuesto en la legislación agraria: los jueces de agua –cargo que ya ha desaparecido de la legislación agraria. Todos los cargos de autoridad que las comunidades reconocen como autoridad, salvo el de delegados, carecen de un respaldo jurídico en la legislación vigente. No está enteramente claro el rol de los dos Comités Directivos de la Asociación de Usuarios, las comunidades, a través de sus representantes (delegados), aparentemente apoyan a uno u otro Comité según hayan cumplido con sus compromisos. Ensayo VII –el Mexquital. El valle de Mexquital se caracteriza desde principios del siglo XX por el riego con aguas negras de la Ciudad de México, hay 18  Los cambios desde 1992 en la legislación agraria implican la desaparición del juez de aguas en los ejidos y comunidades agrarias (Palerm, 2009-a).

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una compleja infraestructura que combina las salida de aguas negras (Tajo de Nochistongo, Emisor Central y Dren General del Valle) con cauces de ríos (río Salado, río Tula y sus afluentes) y vasos reguladores (presa Taximay, presa Requena, presa Endhó). Actualmente hay tres Distritos que dependen de estas aguas: 03 Tula, 100 Alfajayucan y 112 Ajacuba. El valle del Mezquital se caracteriza por el minifundismo con tenencia de la tierra ejidal y de propiedad privada, aunque a partir de los cambios de la legislación, en 1992, el rentismo de tierras de riego es importante. A finales de 1990 se inició la transferencia de tramos del Distrito 03 Tula. La transferencia ha tenido poco éxito, unos módulos no han aceptado la transferencia, otros han sido intervenidos, en ambos casos la Comisión Nacional del Agua ha contratado la administración de los módulos con un tercero. El módulo 05 Tepatepec del Distrito de Riego 05 Tula, al igual que otros módulos corresponde a un espacio contiguo pero regado por tres canales distintos: Canal Principal Requena, Canal Alto Requena y Canal Endhó. Ello significa que entre los usuarios del mismo módulo no hay una solidaridad de base hidrológica. Tampoco los usuarios de una misma comunidad coinciden en canal y compuerta. Por lo general cuando se analiza la presencia de auto-organización en sistemas de riego, la atención se centra en las capacidades de distribución, mantenimiento y manejo del conflicto, pero la auto-organización más importante del Distrito de Riego 03 Tula es aquella para negociar agua con la autoridades del Distrito. Es interesante la perspectiva de Chambers (1986) que enumera diversas acciones, entre ellas recorridos para búsqueda o confirmación de información, negociación, sobornos, como acciones basadas en la capacidad auto-organizativa. Las movilizaciones del Distrito de Riego 03 Tula se concentran en aquellos espacios con mayores restricciones de agua, es decir aquellas ubicadas aguas abajo, y, más particularmente, en aquellos canales generales con mayor inestabilidad de flujo, al depender principalmente del agua proveniente del Emisor Central, que carece de vaso regulador. La auto-organización es más importante en aquellos espacios con mayores restricciones, tal y como propone Wade (1979, 1988). La capacidad de auto-organización es esencial para construir organizaciones para la administración de sistemas de riego. Cabe preguntarse porqué no se concreta en el módulo Tepatepec y otros módulos del Distrito. Entre las razones pro-

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bablemente se encuentra que los usuarios de una misma comunidad reciben su agua de distintos canales y compuertas, de tal manera que la pertenencia a una comunidad no coincide con una solidaridad de base hidrológica; de igual manera, en el módulo, los usuarios reciben su agua de distintos canales y compuertas, de tal manera que la pertenencia al módulo –una construcción artificial realizada por el Distrito de Riego—no coincide con una solidaridad de base hidrológica. Tampoco ayuda el que la solidaridad por compuerta es obstaculizada por los mismos canaleros de la empresa a cargo de la administración del módulo, al desplazar al representante por compuerta: el zanjero, nombrado por los mismos usuarios; así como al preferir el canalero de la empresa el no negociar el orden de distribución del agua con el conjunto de regantes por compuerta. Casos de Juntas de Agua, URDERALES y Unidades de Riego19 Hacia fines del siglo XIX inicia una política federal de reglamentación de corrientes. El reglamento consiste en un cuadro o tabla de distribución de las aguas a los concesionarios y debía ser implementado por una organización de usuarios llamada junta de aguas, que actuaba como agente del Ejecutivo Federal. La reglamentación abarcó tramos de ríos y sistemas de riego y estuvo a cargo de la SAF (Secretaría de Agricultura y Fomento), posteriormente de la SRH (Secretaría de Recursos Hidráulicos) y de la SARH (Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos) –esta documentación se encuentra actualmente en el Archivo Histórico del Agua y existe una compilación de los reglamentos (Palerm et al, 2004). La Comisión Nacional Agraria20 queda a cargo de elaborar y supervisar los reglamentos de los espacios donde sólo hay ejidos, y de participar cuando hay, además de ejidos, otros usuarios. Adicionalmente la Comisión Nacional Agraria queda a cargo de supervisar y sancionar los reglamentos internos (de los ejidos) sobre distribución del agua –esta documentación se encuentra en el en el grupo documental de Dotación y Accesión de Aguas del Archivo General Agrario y existe una compilación de los reglamentos (Palerm et al, 2011). Las juntas de aguas tuvieron vigencia en la legislación hasta 1992. 19  El seguimiento a la legislación en Palerm (2005-a) y en Palerm y Martínez (2009). 20  La Comisión Nacional Agraria también fue cambiando de nombre, sucesivamente: Departamento Agrario, Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, Secretaría de la Reforma Agraria.

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Las urderales (Unidades de Riego para el Desarrollo Rural) aparecen en la legislación de 1972, en el texto de la ley se argumenta que son de apoyo a las comunidades rurales. Las urderales se registran en la SARH y los expedientes siguen en SAGARPA (Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación). Las urderales se crean en espacios de nueva infraestructura, pero también hay ejidos en que los ejidatarios con riego se constituyeron en urderal y otros casos en que la junta de aguas se trasformó en urderal –el proceso todavía está por estudiarse. Las urderales se encuadran en los CADER (Centro de Apoyo al Desarrollo Rural), a su vez encuadrados en los Distritos de Desarrollo Rural (DDR), que a la fecha dependen de la SAGARPA. Las urderales tuvieron vigencia en la legislación hasta 1992. A partir de 1992, la ley señala que las unidades de riego deben obligatoriamente organizarse en Asociaciones de Usuarios y recibir su título de concesión (que constará en el Registro Público de Derechos de Agua); al igual que los módulos de los Distritos de Riego. Los títulos de concesión se extienden por tiempo determinado (Palerm, 2005-b). Pero los ejidos y comunidades agrarias que no están en Distritos o Unidades de Riego, tienen su propio apartado en la ley y, aparentemente, según el texto de la ley, no requieren constituirse en unidad de riego. Las cifras oficiales indican que hay miles de unidades de riego, en una superficie de 2.5 millones de hectáreas hay 22,772 unidades de riego registradas con una superficie de 1,709,723 hectáreas y otras 16,526 unidades no registradas con una superficie de 864,468 hectáreas; es decir un total de 32,298 unidades y una superficie de 2,574,191 hectáreas (Palacios, 1998). Sin embargo, los reglamentos (y acuerdos y convenios) de juntas de aguas suman, entre el AHA y el AGA, unos 600. El enorme diferencial probablemente debido a que las juntas de aguas agrupaban a usuarios sobre una corriente. Por último, cabe señalar que la legislación de aguas a partir de 1992 es francamente confusa. Concesiones que tienen caducidad; ausencia de lineamientos de la delimitación de una unidad de riego; legislación diferenciada para ejidos según estén enmarcados o no en unidades y distritos de riego; ausencia de señalamien-

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to de la documentación fuente para la atribución21 como “unidad de riego”, basada aparentemente en actos jurídicos anteriores a 1992, etc. Ensayo VIII –el sistema de riego del Tejalpa. El espacio regado que gobierna la junta de aguas del río Tejalpa, suma una superficie de 1,498 hectáreas; se encuentra en las orillas de la Ciudad de Toluca y en el espacio de crecimiento urbano de esta Ciudad. La Universidad Autónoma del Estado de México tiene participación en la junta como un usuario más. Al igual que en el sistema de riego Tepetitlán (Ensayos V y VI) es crítico regar en marzo para poder sembrar un maíz de ciclo largo, para ello cuentan con almacenamiento de agua en 88 jagüeyes. Los jagüeyes almacenan el agua de la temporada de lluvias; su destrucción por abandono asociado a cambios del uso del suelo ha provocado inundaciones en la ciudad. La junta de aguas del río Tejalpa se constituye en 1932 a partir de la reglamentación. Unos años antes había iniciado el reparto agrario. Con el reparto agrario se pasa de 16 a unos 50 usuarios, contabilizando como un usuario a cada ejido. El espacio reglamentado incluye dos canales generales interconectados, cada canal tiene su presa derivadora; en este espacio hubo unos 90 jagüeyes. Además el espacio reglamentado incluye unas 15 pequeñas presas derivadoras ubicadas aguas arriba y otras, también pequeñas, ubicadas aguas abajo. El sistema de tandeo que se utiliza en los dos canales interconectados aparentemente retoma acuerdos que datan del siglo XIX. En 1996 la CNA convoca una asamblea y, al decir de gente de la región, propone que cada ejido/comunidad constituya una unidad de riego y con ello reciba también el título de concesión. La junta de aguas hace la contra-propuesta de conformar una sola unidad de riego. En el proceso de negociación se escinde de la junta de aguas el espacio que corresponde a las pequeñas presas derivadoras ubicadas aguas arriba. A la fecha la junta de aguas sigue en funcionamiento, sin embargo no ha logrado tramitar su paso a unidad de riego. Algunos de los ejidos/ comunidades se han constituido en unidades de riego y han recibido su título de concesión, aunque siguen participando en la junta de aguas. 21  Siendo que algunos Distritos no han logrado constatar legalmente su existencia para proceder al trámite legal de transferencia, podemos imaginar que para las miles de unidades de riego hay aun mayores problemas. Esto es, suponiendo que “unidad de riego” corresponde a la llamada urderal (unidad de riego para el desarrollo rural).

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El mantenimiento sobre los canales generales es coordinado por la junta de aguas, para la distribución del agua hay un canalero que entrega el agua a cada una de las 10 propiedades privadas y a cada uno de los 29 ejidos, que se encargan ellos mismos de la distribución interior del agua. En este caso, es notable el desfase entre lo oficial y lo no-oficial; es solo la persistencia de la junta, actualmente no-oficial, lo que permite la continuidad de la gestión del sistema de riego. Ensayo IX –la Cañada. El río Tlapaneco, en la cañada de Huamuxtitlán en la Montaña de Guerrero, riega unas 3,000 hectáreas de 10 ejidos y comunidades agrarias beneficiarias del reparto agrario. El riego se realiza a partir de unas 19 presas efímeras cada una con su red de distribución que, por lo regular, desagua en el siguiente sistema; de tal manera que los sistemas están interconectados. Uno de los sistemas se amplia en la época de estiaje cuando se construyen canales temporales en el lecho del río. Sobresale el manejo de la ribera del río, se construyen trompezones para estabilizar el curso del río, así como para ganar terreno al río. Los trompezones consisten en líneas paralelas de estacados que se rellenan con piedras y ramas y donde se siembra vareta de sauce. En tramos, ya antiguos, hay impresionantes hileras de sauces. Es una técnica que posiblemente estaba en uso en la época prehispánica. La administración de los sistemas que abarcan a más de una comunidad se realiza por acuerdos horizontales entre las comunidades; hay jueces de aguas y jueces de estacados que se encargan de la distribución del agua y de la reconstrucción de las presas efímeras y de los trompezones. En la Cañada, después del reparto agrario, no hubo ni reglamentación, ni establecimiento de urderales, pero en 2001, por contrato con la Comisión Nacional del Agua, un grupo de trabajo conforma 5 unidades de riego, que corresponden a 5 presas efímeras, y una Sociedad de Representación Limitada que conjunta a las 5 unidades. Las 5 nuevas unidades corresponden a espacios de riego que participan en el sistema que solo se estructura durante el estiaje. Recibe cada una de las unidades de riego su título de concesión. Las modificaciones formales en la organización no se han concretado, se conserva la gestión previa. Ensayo X –los manguereros. En las laderas del volcán Popocatepetl las comunidades están haciendo uso, de manera creciente, de pequeños manantiales y

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de los ríos que nacen sobre sus laderas para uso doméstico y para riego. El uso se basa en la toma y conducción por mangueras. Decenas y cientos de mangueras se conducen desde las tomas, las mangueras van por el aire atravesando barracas y por tierra, cada una marcada con los lazos de color del pequeño grupo (5, 10, 15 usuarios) que compró e instaló la manguera y que usa el agua. El agua se conduce a una olla, en otros casos a una caja de material, desde donde se redistribuye por tandas. Cada usuario individual saca su manguera de la olla o caja hasta su parcela. El agua llega a las ollas o cajas y a las parcelas con bastante presión gracias a los fuertes desniveles. En las parcelas se riega directamente de la manguera y, más recientemente, se están instalando sistemas de goteo, se riegan huertas de durazno y de aguacate. Las organizaciones de grupos de manguereros se han dado al margen del estado; para el desarrollo tecnológico han aprovechado ofertas diversas del gobierno. Existe un reglamento de 1951, pero la ampliación de tomas de agua, hasta donde se sabe, no cuenta con concesiones de agua para riego. Para la junta de aguas de la parte baja del río Amatzinac, en el estado de Morelos, el aprovechamiento de agua en la parte alta ha significado que se quedaron sin agua de riego unas 700 hectáreas (Rivas, 2005; Espinosa, 2006). A cambio ha habido una intensificación de la agricultura en la parte alta, las huertas están totalmente dedicadas a la producción para el mercado y ha habido un progreso económico considerable. Cabe señalar que la Comisión Nacional del Agua se ha visto impotente para garantizar el acceso al agua a la junta de aguas de la parte baja del Amatzinac. El caso que se describe, de la comunidad de Metepec, es un ejemplo del desarrollo de riego por mangueras en zonas de fuerte pendiente; la fuerte pendiente, es precisamente lo que ofrece grandes ventajas a la conducción por mangueras, lo que era, anteriormente, una fuerte restricción al riego por canales. Ensayo XI –el río Cuautitlán. En el caso del río Cuautitlán sabemos con certeza que hubo construcción prehispánica y que hay un uso continuado hasta la actualidad. La historia prehispánica del río Cuautitlán inicia con el desvío del río. El control de las aguas del río Cuautitlán está asociada, desde cuando menos la época colonial, al manejo del nivel de las aguas de los lagos del valle de México. El centro de atención del estudio de caso corresponde a la presa de Atlaminca sobre el río Cuautitlán. La investigación de Israel ha logrado reunir información sobre la orga-

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nización en torno a la gestión del regadío desde el siglo XVI. Hay información de repartimientos en la época colonial, por ejemplo los de 1587 y 1762 para la presa de Atlaminca y la Pila Real, así como información sobre merced de aguas y una toma desde la presa de Atlaminca para el pueblo de Teoloyucan. Entrado el siglo XIX el ayuntamiento de Cuautitlán asume la dirección de la gestión en coordinación con los pueblos, haciendas y ranchos; hay un reglamento municipal de 1914 que retoma los repartimientos y mercedes coloniales. En la década de 1920 la intervención del gobierno federal provoca una movilización en contra de cambios en la distribución del agua, los inconformes se asocian en la “Agrupación de Representantes de Pueblos, Haciendas y Ranchos, Usuarios de las Aguas del Río Cuautitlán por medio de la Taza de Atlamica”. Tampoco satisface la propuesta del gobierno federal de una junta de aguas del río Cuautitlán que abarca un espacio hidráulico amplio y con competencias bastante centralizadas. Poco después grupos de usuarios, de distintos sistemas de riego, exigen separarse y conformar sus propias juntas: Villa Nicolás Romero, Tepotzotlán, Teoloyucan, Cuautitlán, Cuamatla. En el espacio hidráulico que tiene en común la presa de Atlaminca, se conforman tres juntas de agua: de Cuautitlán, de Teoloyucan y, probablemente, la de Coyotepec. En la década de 1970 las juntas se trasforman en urderales y en la década de 1990 en unidades de riego. La distribución del agua al interior de los ejidos la realiza una asociación de los regantes de cada ejido; posiblemente, antes de la década de 1970, esta fue realizada por comisionados ejidales y jueces de agua, conforme a la legislación agraria (Palerm, 2009c). Las juntas, que así les llama todavía la gente del lugar, nombran a canaleros para la distribución del agua y coordinan el mantenimiento sobre los canales generales. Las tres juntas tienen una asociación informal, llamada asamblea de delegados, con representación de cada una de las juntas para coordinar la distribución del agua entre las tres organizaciones y dar mantenimiento a la infraestructura en común. La evidencia apunta a una alta participación de las comunidades en organizar y supervisar la distribución del agua, como en el caso del sistema de riego Tepetitlán (Ensayos V y VI) la gestión está centrada en las comunidades. En la época colonial hay repartimientos (cuadros de distribución), pero no parece haber una institución en común –lo que es aparentemente típico en el México colonial y decimonónico

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(Palerm, 2010a). En el siglo XIX, el ayuntamiento de Cuautitlán sólo administró el agua en los límites municipales, con los pueblos, ranchos y haciendas de otros municipios se siguió, al parecer, una estrategia de acuerdos horizontales, es decir sin una institución en común. Como ya señalamos, en la organización actual: la Unidad de Riego Cuautitlán, las comunidades tienen una alta participación en supervisar la distribución en los canales generales. Al igual que en el caso de Valle de Santiago (Ensayo III) se puede trazar la continuidad organizativa de la gestión del agua; aunque a diferencia de Valle de Santiago, las comunidades han sido muy exitosas en defender las formas de gestión del agua locales. Casos agua entubada para uso doméstico en comunidades rurales En los últimos años se ha puesto atención a la administración de los sistemas de abasto de agua a las ciudades y, junto con la política de transferencia de los Distritos de Riego, se supone una descentralización (Pineda, 2002; Aguilar, 2011). Sin embargo, para las comunidades rurales, los cambios en las leyes significan una centralización, al pasar la administración de la comunidad al municipio o a un organismo operador. Los estudios de caso sobre pequeños sistemas de agua entubada para uso doméstico en comunidades rurales muestran la preferencia de la gente de conservar el control local, la eficacia de la administración en manos de las comunidades, así como los altos costos de una gestión burocrática en manos del municipio o de un organismo operador. Son sistemas que las comunidades han construido, con poco o ningún apoyo estatal; la inversión se ha realizado con las cooperaciones en dinero y trabajo de los vecinos. La llamada “descentralización” de los servicios de agua entubada para uso doméstico está significando, para las comunidades rurales, una expropiación y centralización de la gestión de sus sistemas (Galindo et al, 2007, 2012). El proceso actualmente en marcha permite sopesar la resistencia a la centralización de la gestión del agua de riego y de uso doméstico en otros momentos de la historia de México. Es también interesante la capacidad de apropiación de la tecnología. Los campesinos, al igual que en el caso de las mangueras (Ensayo X), han sido capaces de apropiarse de la tecnología y realizar ellos mismos las obras.

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Ensayo XII –el papel de las comunidades. En la segunda mitad del siglo XX se entubaron aguas del deshielo de los volcanes y se condujeron, por gravedad, a una serie de comunidades; a la entrada de cada comunidad se construyeron cajas de almacenamiento, desde donde se abastecía a uno o dos hidrantes públicos. La construcción la realizó la SRH con participación, en dinero y faenas, de las comunidades. Con el tiempo las comunidades, con apoyos externos, invirtieron en las redes de distribución. La gestión del sistema común a las comunidades estuvo a cargo de la SRH y posteriormente de la Comisión Estatal de Aguas; la gestión de las redes de distribución estuvo a cargo de las comunidades. Las modificaciones en las leyes llevaron a que unos municipios más que otros, presionaron por administrar las redes. Las comunidades también invirtieron en sistemas de abasto, aunque de menor tamaño. Destaca la participación de las comunidades no solo en construir y operar por su cuenta, sino también en complementar la gestión por los organismos operadores, los municipios, la Comisión Estatal de Aguas y la SRH. El aspecto de complementariedad a la gestión oficial por el organismo operador o el ayuntamiento, marca los límites a la expansión de la administración más centralizada y los espacios de continuidad de la participación comunitaria, pero con el carácter de informal e invisible. En contraparte, los funcionarios tienen comentarios despectivos sobre la gestión por las comunidades. Ensayo XIII –Mujeres, agua potable y organización comunitaria. El estudio de caso se refiere a dos comunidades, ambas indias, con poca población. Cuentan con agua entubada que se conduce por gravedad a una caja de almacenamiento, de donde parte una red de distribución. En una comunidad, el sistema de participación en faenas no está funcionando. El argumento de la no participación se relaciona con los apoyos externos en salarios que reciben los encargados del agua. El resultado es el deterioro y mal funcionamiento del sistema por falta de mantenimiento. En la otra comunidad, el sistema de participación en faenas se mantiene vigente. Las mujeres son las que ven directamente reflejada en su carga de trabajo el buen o mal funcionamiento. La continuidad de la gestión por las comunidades Ensayo XIV –Las aguas de los pueblos. En este ensayo se aborda la legislación decimonónica mexicana sobre aguas para riego, con énfasis en las aguas para

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los pueblos. En los últimos años ha habido avances en los estudios sobre regadíos y legislación sobre aguas para la época colonial; así como un fuerte avance en investigación desde la llamada federalización de las aguas, es decir desde fines del XIX en que las aguas son crecientemente asunto del gobierno federal. Sin embargo, el periodo previo a la federalización de las aguas, en el siglo XIX, es un tema no trabajado. El estudio se centra en dar seguimiento a los derechos corporados de aguas de las antiguas repúblicas, así como los lineamientos legales sobre la capacidad de administrar esas aguas. La desaparición jurídica de las repúblicas, en la primera mitad del siglo XIX, llevó a un desfase dado que la antigua república (comunidad) tenía la propiedad del título de la merced o concesión del agua, mientras que el Ayuntamiento tenía la administración del agua. En la segunda mitad del siglo XIX, después de la desamortización, aparentemente las aguas de uso común (de riego y de uso doméstico) no están sujetas a la desamortización (individualización). En la legislación de aguas de varios estados se precisa, durante el siglo XIX, el papel administrador o supervisor de la administración por los Ayuntamientos sobre las aguas de uso común o aguas de los pueblos. En el caso, por ejemplo, de Guerrero se señala que “... será reglamentado por los Ayuntamientos, respetando las costumbre y derechos observados; y el mismo Ayuntamiento convocará á los interesados para que nombren un representante...” Las comunidades parecen haber conservado una alta autonomía y auto-gestión de las aguas de uso común. Al igual que en la época actual, el municipio parece más bien administrar las aguas de la cabecera municipal, mientras que las comunidades del municipio administra cada una sus aguas. Agradecimientos. La conversación con varias personas fue de gran ayuda en la reflexión sobre los resultados del proyecto: Tomás Martínez Saldaña, Lydia Torre, José Luis Pimentel Equihua y José Rivera; para el cuadro fueron de gran ayuda Juan Ramón Pineda Torres y José Luis Pimentel Equihua. Un par de invitaciones a realizar presentaciones fueron antecedentes importantes, la de El Colegio de San Luis al Seminario Gestión del agua y conflictos sociales: análisis de los ámbitos locales en marzo de 2011 y la de Blanca Jiménez a la Reunión general de la AMC: Ciencia y humanismo; Simposio de la sección de Ingeniería: La Crisis del Agua en enero de 2012. Varias personas leyeron y comentaron sobre el texto intro-

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ductorio: J. V. Palerm, Acela Montes y Patricia Torres. Además, Lydia Torre y Ma Luisa Torregrosa leyeron y comentaron todo el texto de la Antología. Un especial agradecimiento a Guiomar Palerm por la revisión del texto y a Israel Sandré por el apoyo con algunas figuras. Finalmente a todos los participantes en los talleres del proyecto, en especial a Nohora Guzmán. Referencias Aboites, Luis. 1998. El agua de la nación. Una historia política de México (1888-1946). CIESAS. Aboites, Luis, Enrique Cifuentes, Blanca Jiménez, y Ma. Luisa Torregrosa. 2008. Agenda del Agua. Academia Mexicana de Ciencias. Agarwal, Anil, Sunita Narain, y Indira Khyrana, eds. 2001. Making Water Everybody´s Business. Practice and Policy of Water Harvesting. India: Centre for Science and Environment. Agarwal, Anil, and Sunita Narain, eds. 1997. Dying Wisdom. Rise, Fall and Potential of India’s Traditional Water Harvesting Systems. India: Centre for Science and Environment. Aguilar Benítez, Ismael. 2011. Los servicios del agua en el norte de México. Gestión, manejo financiero y aspectos ambientales. El Colegio de la Frontera Norte, El Colegio de Sonora. Ávalos, Claudio, Genaro Aguilar Sánchez, and Jacinta Palerm-Viqueira. 2010. Gestión técnica y social del uso del agua en Morelos: caso del río Cuautla. UACh. Ávila Méndez, Agustín. 2008. “Gobierno Local y Comunidades Indigenas en San Luis Potosí.” In Reunión Internacional sobre gobiernos locales contemporáneos en América Latina, organizado por el Instituto de Investigaciones Sociológicas de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca y el México Institute del Woodrow Wilson Center for International Scholars. Oaxaca. Bárcenas, Rosa, y Emmanuel Galindo-Escamilla. 2012. comm. pers. “El Cubo.” Bhandarkar, Vrinda, y David M. Freeman. 1988. Linking Main and Farm Irrigation Systems in Order to Control Water Volume 3: A Tank System in Madhya Pradesh, India. Water Management Synthesis II Project. Colorado State University. http://pdf.usaid.gov/pdf_docs/PNAAZ679.pdf. Boelens, Rutgers. 2003. “Local Rights and Legal Recognition: The Struggle for Indigenous Water Rights and the Cultural Politics of Participation.” In Third World Water Forum Session —Water and Cultural Diversity. Kyoto. http://www.indigenouswater.org/user/BoelensKyoto%20Paper%20-%20English.pdf. Boelens, Rutgers, y Rocío Bustamante. 2005. “Formal Law and Local Water Control in the Andean Region: a Field of Fierce Contestation.” In International Workshop on “African Water Laws: Plural Legislative Frameworks for Rural Water Management in Africa”. Johannesburg, South Africa. http://www.nri.org/waterlaw/AWLworkshop/BOELENS-R.pdf. Boelens, Rutgers, Leontien Cremers, y Margreet Zwarteveen, eds. 2011. Justicia Hídrica. Acumulación, Conflicto y Acción Social. Instituto de Estudios Peruanos (IEP)/ Fondo editorial Universidad Católica del Perú (PUCP)/ Justicia hídrica. Bottrall, Anthony F. 1982. “The Action Research Approach to Problem Solving. with Illustrations from Irrigation Management.” Overseas Development Institute (ODI) Working Paper Num. 9. http://www.odi.org.uk/resources/docs/6839.pdf. Britsh Sociological Association “Authorship guidelines” http://www.britsoc.co.uk/publications/ guidelines-reports/authorship-guidelines.aspx

62 Antología sobre riego

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INTRODUCCIÓN: capacidades de auto-organización de los regantes y legislación 69

70 Antología sobre riego

Cuautitlán (Edo de México y conjunta a otros dos sistemas con los que comparte obra de cabecera

Nexapa (Puebla) 12 canales generales con obra de cabecera en común

Pilantitla (Puebla) sistema de riego

1

2

3

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

multicomunitario

8,100 hectáreas

9,266 hectáreas el sistema más grande 7,500

Descripción y tamaño (superficie de riego)

urderal (regantes del ejido) y ejido con juez de aguas

1992-a la fecha

junta de aguas (1)

posiblemente urderal (regantes del ejido) n.d.

1972-1992 1992-a la fecha

n.d.

junta de aguas (1) ejido

1920s -a 1972

junta de aguas (12)

junta de aguas (12)

urderal (regantes del ejido) y ejido con juez de aguas

1972-1992

unidades de riego (3) juntas de aguas (12)

regantes del ejido

1992-a la fecha

urderales (3)

ejido con juez de aguas

regantes del ejido

1972-1992

juntas de aguas (3)

Nivel organizativo multicomunitario

1920s -a 1972

ejido con juez de aguas

Nivel organizativo comunidad

1920s -a 1972

periodos

Distrito de Riego (se respeta organización existente)

Comité de río

Comité de río

Asamblea de delegados

Asamblea de delegados

Nivel organizativo multicomunitario

Nota: En gris lo que es informal, no-oficial o alegal a nivel multicomunitario (no se indica a nivel comunitario)

Cuadro núm. 1. Organizaciones comunitarias y multicomunitarias en sistemas de riego y redes hidráulicas.

Escobedo, 1997b

Ocampo, 1997; Rodriguez, 2000; Gómez Carpinteiro, 2005; Rendón, comm. pers. 2005

Ensayo XI, en esta Antología

fuente

INTRODUCCIÓN: capacidades de auto-organización de los regantes y legislación 71

Tejalpa (Edo de México) dos sistemas de riego interconectados

Nazas (Coahuila): sistemas multicomunitarios actual espacio del módulo II del Distrito de Riego 017

6

El Cubo (Tarimoro, Guanajuato) sistema de riego

5

4

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

sistemas multicomunitarios, cada uno de alrededor de 100 hectáreas; en total en el espacio administrado por el módulo 5,000 hectáreas

1,500 hectáreas

8 ejidos aprox. 1,800 hectáreas

Descripción y tamaño (superficie de riego)

regidores por sector de usuarios

regidores por sector de usuarios

regidores por sector de usuarios

1920s -a 1962

19621992

1992-a la fecha

1992-a la fecha

Nivel organizativo multicomunitario

módulo

acuerdos horizontales entre regidores

Distrito de Riego

acuerdos horizontales entre regidores

Distrito de Riego

juntas de aguas (por cada presa Distrito de Riego y canal) (suspendido en 1962)

junta de aguas (1)

junta de aguas (1)

ejidos con juez de aguas

1972-1992 ejidos con juez de aguas y unidades de riego (regantes del ejido)

junta de aguas (1)

ejidos con juez de aguas

unidad de riego (1)

ejido: atribuciones de asignación de agua

1992-a la fecha

1920s -a 1972

junta de aguas (1)

ejido

1972-1992

junta de aguas (1)

Nivel organizativo multicomunitario

ejido

Nivel organizativo comunidad

1920s -a 1972

periodos

Ensayo II, en esta Antología

Ensayo VIII, en esta Antología

Bácenas y Galindo, comm. pers. 2012; Crinquant, 2004

fuente

72 Antología sobre riego

Nazas (Coahuila): sistemas multicomunitarios actual espacio del módulo III del Distrito de Riego 17

San Juan Teotihuacán (Edo. de México) sistema de riego

Canal Tenango (Morelos) sistema de riego

Arandas (Jalisco) sistema de riego

7

8

9

10

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

construcción en 1970s

350 hectáreas proyecto 2, 000 hectáreas

2,000 hectáreas

3,000 (y por la década de 1990 se secan los manantiales)

sistemas multicomunitarios, entre 100 a 1,000 hectáreas, el más grande 1,500 hectáreas, en total en el espacio administrado por el módulo 6,371 hectáreas

Descripción y tamaño (superficie de riego)

1992-a la fecha

1992 a la fecha

1972-1992

n.d.

underal (1)

unidad de riego (1)

comité unidad de riego (regantes del ejido

1992-a la fecha

1972-1992

junta de aguas (1)

n.d.

1972-1992

junta de aguas (1)

urderal (1)

ejido

ejido

1972-1992

junta de aguas (1)

módulo

acuerdos horizontales entre regidores

Distrito de Riego

acuerdos horizontales entre regidores + ejido

juntas de aguas (suspendido en 1962)

Nivel organizativo multicomunitario

1920s -a 1972

ejido

regidores por sector de usuarios + ejido

regidores por sector de usuarios + ejido

regidores por sector de usuarios

Nivel organizativo comunidad

1920s -a 1972

1992-a la fecha

19621992

1920s -a 1962

periodos

Distrito de Riego

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

Cabrera et al, 1997

Rivas, 2000; Reglamento, 1926

González Huerta, 2000

Ensayo I, en esta Antología

fuente

INTRODUCCIÓN: capacidades de auto-organización de los regantes y legislación 73

La Cañada (Guerrero) red hidráulica, los sistemas están interconectados

Valle Coeneo Huaniqueo (Michoacán) red hidráulica multicomunitaria para entarquinamiento en cajas de agua

11

12

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

2,000 hectáreas

19 sistemas sistema más grande 1,342, en total 3,000 hectáreas

Descripción y tamaño (superficie de riego)

1992-a la fecha

1972-1992

1920s -a 1972

1992-a la fecha

1972-1992

1920s -a 1972

periodos

ejido + asamblea usuarios de cada caja de agua

ejido + asamblea usuarios de cada caja de agua

ejido + asamblea usuarios en cada caja de agua

acuerdos entre ejidos

acuerdos entre ejidos

acuerdos entre ejidos

unidades de riego (5) (no en todos los sistemas de La Cañada)

acuerdos entre campos que comparten presa +

acuerdos entre campos que comparten presa

organización por campos (comisionados y jueces de aguas) organización por campos (comisionados y jueces de aguas)

acuerdos entre campos que comparten presa derivadora

Nivel organizativo multicomunitario

organización por campos (comisionados y jueces de aguas)

Nivel organizativo comunidad

S. de R. L. (1) (conjunta a las 5 unidades de riego)

Nivel organizativo multicomunitario

López-Pacheco, 2002; LópezPacheco et al, 2009

Ensayo IX, en esta Antología

fuente

74 Antología sobre riego

Tepetitlán (edo de México) sistema de riego

Valle de Juárez, parte antigua (Chihuahua) sistema de riego

13

14

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

1,800 hectáreas (pequeños propietarios)

9,721 hectáreas

Descripción y tamaño (superficie de riego)

n.d.

n.d.

1972-1992 1992-a la fecha

1992-a la fecha

en proceso transferencia como módulo

junta de aguas

Distrito de Riego

junta de aguas

junta de aguas

acuerdos entre ejidos

ejido y jueces de aguas comités de jagüey

1972-1992

n.d.

Distrito de Riego

ejido y jueces de aguas (limitada participación ejidos, el juez de aguas apoya al canalero del D de R)

1920s -a 1972

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

1920s -a 1972

Nivel organizativo comunidad ejido y jueces de aguas (limitada participación ejidos, el juez de aguas apoya al canalero del D de R)

periodos

obra de cabecera administrada por Distrito de Riego

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

Rodriguez Haros et al, 2007

Ensayos V y VI, en esta Antología

fuente

INTRODUCCIÓN: capacidades de auto-organización de los regantes y legislación 75

Módulo de riego 05 “Tepatepec” (Hidalgo) 3 canales generales, sólo a nivel de Distrito comparten obra de cabecera

Cuautla (Morelos) red hidráulica, , los sistemas están interconectados

15

16

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

10,000 hectáreas

5,800 hectáreas corresponde al espacio administrado por el módulo

Descripción y tamaño (superficie de riego)

Distrito de Riego

ejido y jueces de agua

ejido y jueces de agua

1953-1992

1992 a la fecha

módulo de riego

acuerdos horizontales entre ejidos que se abastecen por le mismo canal

junta de aguas (suspendido en 1953)

módulo

Distrito de Riego

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

ejido y jueces de agua

zanjero por compuerta nombrado por los regantes (limitada participación en decisiones de distribución)

zanjero por compuerta nombrado por los regantes (limitada participación en decisiones de distribución)

n.d.

Nivel organizativo comunidad

1920s -a 1953

1992-a la fecha

1972-1992

1920s -a 1972

periodos

Distrito de Riego

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

Palerm et al, 2001; Ávalos et al, 2010; Salcedo et al, 2000, 2002

Ensayo VII, en esta Antología

fuente

76 Antología sobre riego 7,000 hectáreas, corresponde al espacio administrado por el módulo

85,000 hectáreas (aprox.)

Salvatierra 7 canales generales, el espacio corresponde a un módulo

Total

19

10,000 hectáreas pequeños propietarios, después del reparto agrario pequeños propietarios y ejidos

Valle de Santiago sistema de riego

18

en conjunto aprox. 80 lps en 1951 y afecta aguas abajo a 743 hectáreas riego por mangueras

Parte alta Amatzinac (Morelos) pequeños sistemas que toman agua por manguera

Descripción y tamaño (superficie de riego)

17

Sistema o red hidráulica (o unidad administrativa)

n.d.

1992-a la fecha

n.d.

1992-a la fecha

n.d.

n.d.

19381992

19381992

n.d.

1920s -a 1938

n.d.

5 a 10 socios por grupo

1992-a la fecha

1920s1938

asociación de manguereros

5 a 10 socios por grupo

1972-1992

módulo

Distrito de Riego

junta de aguas

módulo

Distrito de Riego

junta de aguas

asociación de manguereros

junta de aguas --no parece concretarse

Nivel organizativo multicomunitario

5 a 10 socios por grupo

Nivel organizativo comunidad

1920s -a 1972

periodos

Distrito de Riego

Distrito de Riego

Distrito de Riego

Nivel organizativo multicomunitario

Ensayo IV, en esta Antología

Ensayo III, en esta Antología

Ensayo X, en esta Antología; Rivas, 2000, 2005; Espinosa, 2006; Reglamento, 1951

fuente

I. Organizaciones autogestivas en los distritos de riego: el caso del módulo II (Nazas) del Distrito de Riego 017 Carlos Cháirez Araiza | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Los Distritos de Riego en México tuvieron su origen la Ley de Irrigación de 1926, con la cual el Estado inició la construcción de obra hidráulica, en principio debido a la incapacidad de la iniciativa privada de construir gran obra hidráulica. Con la Ley Federal de Aguas, su administración se convirtió en obligación del Estado en 1972. Con la Ley de Aguas Nacionales, la transferencia de la administración a los usuarios se hizo obligatoria en 1992. Se ha puesto poco énfasis en el núcleo de viejos regadíos o labores viejas en los Distritos de Riego, así como en la expansión de la administración estatal sobre viejos regadíos, en la política de las décadas de 1930 y 1940 de organizar a los usuarios y entregar los Distritos de Riego, y en la existencia y persistencia de espacios gobernados por los mismos usuarios (Aboites, 2001; Palerm, 2009; Rodríguez y Palerm, 2007). Tampoco se ha puesto demasiada atención en el hecho de que muchos de los Distritos de Riego son agregados administrativos de regadíos que no comparten infraestructura, incluso que no comparten las mismas fuentes de agua o, más aun, ni siquiera están en espacios geográficos contiguos. En relación a este

77

último aspecto: la agregación administrativa, encontramos que, en realidad, hay una proliferación de pequeños regadíos (Palerm, 2009). La implementación de la transferencia de los Distritos de Riego ha hecho caso omiso a las organizaciones ya existentes (Rodríguez, 2010). El modelo preferente ha sido de transferir a los usuarios espacios de riego (módulos) de un Distrito con la escala suficiente para financiar una administración burocrática: contratación de Gerente operativo o técnico, canaleros, personal de oficina, etc. De tal manera que el conjunto del espacio regado considerado se ha adecuado a las necesidades de tamaño “óptimo” del módulo y, bajo esta lógica, los espacios de riego se han conjuntado o se han subdividido. Sin embargo, los pequeños (e incluso los medianos) sistemas de riego no requieren de una administración burocrática (Palerm, 2005, 2006-a), e incluso los regantes minifundistas prefieren una administración no burocrática (Palerm, 2006-b). Esta preferencia está documentada para el módulo Tepetitlán, caso en el que los regantes se resistieron a adoptar un modelo burocrático (Montes y Palerm, en esta Antología). En este ensayo se presenta un estudio de caso sobre los pequeños sistemas de riego del módulo II del Distrito de Riego 017, y la manera en la que estos han dado continuidad a una gestión propia, antes y después de la transferencia. EL DISTRITO DE RIEGO 017 El Distrito de Riego 017 corresponde al espacio regado en la Comarca Lagunera, ubicado en los estados de Durango y Coahuila. El clima es seco o desértico, con una precipitación media anual de 250 mm, y una evaporación potencial del orden de los 2,500 mm. El Distrito tiene una superficie inscrita total de 190,447 hectáreas en beneficio de 33,328 usuarios, aunque la superficie efectivamente regada fluctúa entre 20,000 y 80,000 hectáreas. Los ríos Nazas y Aguanaval riegan la Comarca Lagunera, pero los espacios regados por cada río son distintos, y la mayor parte corresponde al río Nazas. La infraestructura hidráulica sobre el río Nazas consiste en dos presas de almacenamiento, la presa Lázaro Cárdenas con una capacidad total de 4,438 millones de metros cúbicos (Mm³) y la presa Francisco Zarco con una capacidad total de 436Mm³. Entre el río Nazas y el Aguanaval se cuentan 40 presas

78 Antología sobre riego

derivadoras, 665 km. de canales principales, y 1,1778 km. de canales secundarios (CNA, 1995; CNA, 2003). En la parte alta del Nazas, en el tramo existente entre las dos presas de almacenamiento (Lázaro Cárdenas y Francisco Zarco), hay una multitud de pequeñas presas derivadoras de carácter efímero. Estas presas llegan a un total de 23, con sólo una hecha de mampostería. Cada toma tiene una superficie con concesión de riego de entre 100 y 500 hectáreas, y, en total, hay unas 6,044-21 hectáreas con concesión de riego, repartidas entre 1642 usuarios. En la parte media del río Nazas, en el tramo situado aguas abajo de la presa de almacenamiento Francisco Zarco y hasta la presa derivadora San Fernando, hay multitud de pequeñas presas derivadoras, que llegan a un total de 8, de las cuales todas están hechas de mampostería. En total, hay unas 6,371-55 hectáreas con concesión de riego, repartidas entre 1,544 usuarios. La parte baja del Distrito que corresponde al río Nazas cuenta con una presa derivadora (San Fernando) hecha de mampostería, en donde se originan los canales generales Santa Rosa-Tlahualilo y Sacramento, que riegan espacios más amplios. En total, hay 74,993-12 hectáreas con concesión de riego, repartidas entre 30,139 usuarios. La administración del Distrito, desde la transferencia, se divide entre la Jefatura de Proyecto y los módulos en manos de Asociaciones de Usuarios. En el caso de los pequeños sistemas, un módulo abarca varios sistemas de riego; mientras que en el caso de los sistemas más grandes, se subdividen en varios módulos. Hay veinte módulos en el Distrito de Riego: diecisiete de estos corresponden al río Nazas, y los tres restantes al río Aguanaval. Dos de los módulos ubicados en el río Nazas están en el tramo alto, entre las presas de almacenamiento Lázaro Cárdenas y Francisco Zarco. Uno está en el tramo medio, y los 14 restantes están en la parte baja, con dos canales generales. La tenencia de la tierra de riego en el Distrito se caracteriza por ser ejidal en su gran mayoría (81,491-34 ha), y, en menor proporción, de pequeña propiedad (11,917-54 ha). Hay 76,961-34 ha ejidales y 10,447-54 ha de pequeña propiedad en la zona del río Nazas, mientras que el río Aguanaval cuenta con 4,530-00 ha ejidales, y 1,470-00 ha de pequeña propiedad. Cada ejidatario puede regar el total de su parcela en la parte alta y media del río Nazas, cuyo tamaño promedio oscila entre

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 79

3-20ha y 3-76ha respectivamente; sin embargo en la parte baja sólo puede regar 2-40 ha de las 8-00 hectáreas dotadas por ejidatario, siempre y cuando se trate de un año normal. En cuanto al río Aguanaval, cada usuario ejidatario puede regar un promedio de 2-17 ha en la parte alta (San Juan de Guadalupe), 1-02 ha en la zona media (Jimulco), y 0-87 en la parte baja (denominado Cuadro Bajo de Matamoros), siempre y cuando que se trate también de un año normal. La organización del Distrito de Riego Existen diversos textos sobre la organización de Distritos de Riego (Espinoza, 1962; Palacios, 1981). Actualmente consiste en una Jefatura de Proyecto a cargo del Jefe del Distrito de Riego que coordina las Subjefaturas de Operación, Conservación y Administración respectivamente, dependiendo a su vez de la Subgerencia de Operación del Organismo de Cuencas Centrales del Norte. Las áreas indicadas se encargan de la distribución de las aguas de riego (Subjefatura de operación), de la conservación y mantenimiento de las obras (Subjefatura de conservación), y, por último, de lo referente al trabajo administrativo (Subjefatura de administración). La Subjefatura de Ingeniería de Riego y Drenaje, encargada del asesoramiento al usuario para una aplicación eficiente del riego, y de la construcción de las obras de drenaje para la prevención o combate de los problemas debidos al empantanamiento y la salinidad ha dejado de estar en función desde aproximadamente el año 2008. (Ver Figura núm. 1. Esquema organizacional de la CNA para administración del DR 017 en la zona del río Nazas, 2010). La Subjefatura o departamento de operación cuenta con 6 Unidades de Riego. Las Jefaturas de cada Unidad de Riego están a cargo de un Supervisor de Operación que coordina y autoriza los avances de riego que presentan cada uno de los módulos existentes en el área de la Unidad de Riego, al tiempo que acude a las asambleas mensuales de los módulos en calidad de vocal del Consejo de Vigilancia, en representación de la CNA (Trabajo de campo, 2008). La Subjefatura o departamento de conservación cuenta con tres Supervisores de conservación (dos para los módulos que existen en el estado de Durango, y uno para los módulos del estado de Coahuila) que cuidan el cumplimiento del programa anual de conservación presentado por cada módulo, así como de la supervisión de la maquinaria concesionada y de la maquinaria obtenida con recursos de PRODEP

80 Antología sobre riego

(Programa de Desarrollo Parcelario), el mantenimiento y conservación de las obras de cabeza a cargo del DR 017, y de la realización de los concursos de obra pública y supervisión de las obras licitadas, entre otras cosas (Trabajo de campo, 2008). En lo que respecta a la operación general del DR 017, ésta se realiza en base al volumen almacenado en las presas Lázaro Cárdenas y Francisco Zarco, que se registra el día primero de octubre de cada año (CNA, 2000). En fechas próximas posteriores, la CNA convoca a reunión de Comité Hidráulico por conducto del DR 017 con el fin de informar el volumen a extraer conforme a la decisión del Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas (COTAS), y de la superficie a regar que, por supuesto, se deriva del volumen a extraer. En esta misma reunión del Comité Hidráulico se aprueban también las cuotas por servicio de riego (CNA; 1995; CNA, 2003). A su vez, los Presidentes de los módulos de riego informan por escrito a los Delegados1 de cada ejido sobre el volumen a extraer de las presas de almacenamiento, la superficie autorizada de riego y las cuotas por servicio de riego, con el fin de que le informen a sus representados en asamblea general del ejido (AU, 2000-a; AU, 2000-b). En la parte baja del Distrito de Riego 017 se dispone de un aforador general y de cuatro aforadores auxiliares, los cuales, a su vez, se encargan de la entrega del volumen a los módulos de riego en los puntos de control autorizados. El aforador general se encarga del tramo existente desde la estación “Los Ángeles” en el río Nazas hasta el km. 24+750 del canal principal Sacramento, y realiza también la entrega del volumen autorizado a las tomas directas que se encuentran sobre el tramo que está bajo su responsabilidad. Adicionalmente, el aforador general hace entrega de volúmenes a los aforadores auxiliares: la entrega al primer aforador auxiliar se realiza en el punto de control autorizado del canal principal Tlahualilo; la entrega al segundo aforador auxiliar se hace en el punto de control autorizado del canal lateral derecho km. 3+500 del canal principal Sacramento; la entrega al tercer aforador es en el punto del control autorizado del canal lateral izquierdo km. 17+150 del canal principal Sacramento, y la entrega al cuarto aforador auxiliar es en el punto de control autorizado en el km. 24+750 del canal principal Sacramento 1  Delegados de Riego, representan a los ejidos y a las pequeña propiedad en el módulo, son cargos de elección por el conjunto de usuarios que representan.

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 81

(Trabajo de campo, 2008), (ver Cuadro num. 1 Puntos de control donde el Aforador general entrega a los aforadores auxiliares). Como ya señalamos, los aforadores auxiliares del aforador general se encargan de entregar los módulos de riego a los Gerentes Técnicos de los módulos en los puntos de control autorizados. A su vez, estos últimos entregan en agua a su cuerpo de canaleros, para que se pueda distribuir entre las parcelas de los usuarios (Trabajo de campo, 2008). En un estudio preliminar realizado por un equipo del Colegio de Postgraduados en el año 2007, se determinaron cuatro puntos de control para el módulo IV El Vergel, dieciséis para el módulo V Brittingham, dos para el módulo VII San Miguel, cuatro para el módulo VIII El Consuelo, cincuenta y dos para el módulo IX Buen Abrigo-Coyote, cincuenta y ocho para el módulo X Masitas, dos para el módulo XI Jiménez, siete para el módulo XII El Porvenir, quince para el módulo XIII La Marinera, cinco para el módulo XIV Santa Teresa, veinte para el módulo XIV La Rosita, dos para el módulo VI El Áncora, y, finalmente, once para el módulo XVII José Zamarripa Cobos (Estudio preliminar, 2007). Sin embargo, estos puntos de control pueden cambiar año con año, dependiendo de la superficie a regar (Comm. Pers., 2007). En la parte alta del Nazas el Distrito de Riego, hasta 2008, contaba con dos aforadores para la Unidad de Nazas-Rodeo. Sin embargo, el esquema descrito para la parte baja no funciona, ni para la parte alta (Módulos de Riego, I Rodeo y II Nazas), ni para la parte media del Nazas (módulos III San Jacinto). Significativamente, a pesar de que en el mismo estudio realizado por el Colegio de Postgraduados se señalan 9 puntos de control para el módulo I Rodeo, 12 para el módulo II Nazas, y 16 para el módulo III San Jacinto (Estudio preliminar, 2007), ni el Aforador de la CNA ni los Gerentes Técnicos de los módulos con sus canaleros se encargan de distribuir el agua. Los regantes de la parte alta y media, desde antes de la transferencia, tienen una organización propia para administrar los “estiajes” que se presentan durante el periodo de agosto a marzo, y para manejar el volumen que les corresponde de las aguas derivadas de las presas de almacenamiento. Los regantes también son los que se encargan de dar mantenimiento y de reconstruir las presas efímeras (Trabajo de campo, 2008).

82 Antología sobre riego

La administración de los pequeños sistemas sobre estos tramos del río Nazas se “transfirieron” a tres módulos de riego: el módulo I (Rodeo), el II (Nazas), y el III (San Jacinto). Es decir, la operación supuestamente pasó del Distrito a tres Asociaciones de Usuarios. La atención de este ensayo se centra en los procesos de organización para el riego de las pequeñas presas de la parte alta --en concreto, aquellas en el espacio correspondiente al llamado módulo II (Nazas), ejemplificado con el caso de la presa y del canal general Santa Clara. LOS PEQUEÑOS SISTEMAS DE RIEGO DE LA PARTE ALTA DEL NAZAS, CORRESPONDIENTES AL MÓDULO II El tramo del río Nazas que corresponde al módulo II se extiende por 42.13 km., y corresponde a un pequeño valle de aluvión en forma de cañón. Hay 14 presas derivadoras efímeras, cada una con su correspondiente canal principal. Los canales principales corren próximos a la línea que separa el valle de la cota más alta, siempre paralelos a la corriente del río, pretendiendo regar la máxima superficie comprendida en el espacio que queda entre el canal y el río Nazas. En algunos partes del valle, el espacio entre el río y la montaña es tan reducido que algunos de los canales, como el Santa Bárbara I, están unidos a la montaña con fuerte mampostería, que data del tiempo de la hacienda. Casi siempre, cada sistema drena a otro canal principal, o bien, al río a inmediaciones de la toma del siguiente sistema aguas abajo (Trabajo de campo, 2010). La cañada es un continuo de regadíos, y la superficie de concesión es efectivamente regada, junto con algunas otras superficies de “terrenos federales” con derechos precarios. En total, se riegan aproximadamente 5,007-12 hectáreas (ver Cuadro núm. 2). Las parcelas ubicadas en la margen derecha del río están orientadas de sur a norte, y las parcelas en la margen izquierda las parcelas están ubicadas de norte a sur, buscando regar a favor de la pendiente, y procurando que los excedentes o derrames puedan ser vertidos nuevamente en el río (Trabajo de campo, 2010). Las presas derivadoras efímeras están hechas a base de piedras de río y costales de polipropileno, tipo azucareros, rellenos de grava y arena de la que el río arrastra. Las piedras y costales se colocan sobre rollos de ramas de sauce (Salix spp.) y

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 83

de jarilla (Bracharis glutinosa); además, se utilizan trozos de plástico para tapar posibles filtraciones. Los canales principales se originan en la presas derivadoras, y cuentan con compuerta metálica que regula el paso del agua. Los caminos para supervisión de los canales generales son de terracería, espaciosos (con un ancho de 2 a 3 m) y, generalmente, en algunos tramos flanqueados por árboles de nogal “criollo” de diferente altura, algunos llegando a tener alturas de treinta metros o más (Trabajo de campo, 2010). El cultivo más típico está constituido por la alfalfa (Medicago Sativa L.), viable gracias a la relativa abundancia de agua del río Nazas, y se caracteriza por la facilidad para cosecharse y rendir ingresos al usuario cada veinticinco y/o treinta días, por los excelentes precios que ofrece el mercado (hasta 60 pesos la paca de 25 a 30 Kg.), la vida útil del cultivo de 3 a 7 años, la eliminación del barbecho-rastreo y bordeo en los años consecutivos al primer año y la total mecanización (siembra, corte, alomillado y empaque), así como la demanda constante por parte de la industria de la leche asentada en las vecinas ciudades de la Comarca de La Laguna (Trabajo de campo, 2010). En orden de importancia, el siguiente cultivo sería el nogal pecanero (Carya illinoinensis), el fruto se consume regionalmente y también se vende a compradores del estado de Chihuahua para la industria alimenticia. La siembra de hortalizas y oleaginosas (chile y cacahuate) solo se realiza en áreas reducidas y la producción se destina al consumo doméstico (Trabajo de campo). El agua de riego El cauce del río Nazas, en este tramo, cuenta con agua todo el año gracias a las llamadas ‘aguas de estiaje’, que brotan en el cauce del río Nazas. Adicionalmente, las aguas de la presa de almacenamiento Lázaro Cárdenas transitan por el cauce. De esta manera, se pueden definir cuatro periodos según el tipo de aguas de cauce: 1. El comprendido entre la primera decena de marzo y la segunda decena de abril, en el que las aguas subálveas del río Nazas se empalman con las aguas provenientes de la presa Lázaro Cárdenas.

84 Antología sobre riego

2. El comprendido entre la segunda decena de abril y la segunda decena de mayo, en el que se opera exclusivamente con las aguas subálveas provenientes del cauce del río Nazas. 3. El comprendido entre la segunda decena de mayo y la primera decena de agosto, en el que las aguas subálveas del río Nazas nuevamente se empalman con las aguas provenientes de la presa LC. 4. El comprendido entre la primer decena de agosto y principios de la decena de marzo del próximo año, en el que se opera exclusivamente con aguas subálveas provenientes del cauce del río Nazas (Trabajo de campo, 2010). La gestión local y la presencia extra-local Los Regidores son los encargados de distribuir el agua y de avisar al comisariado ejidal sobre la necesidad de organizar tareas de mantenimiento a realizar por los usuarios en la mayoría de los sistemas de riego del tramo del río Nazas que corresponde al módulo II. Los Regidores son usuarios nombrados (por elección o turno) en una asamblea de usuarios ejidatarios con concesión de agua de riego (ver Cuadro núm. 2). El puesto de Regidor tiene su origen en el reparto Agrario, ya que al entregarse las tierras de la hacienda a los ejidatarios se tuvo la necesidad de nombrar a las personas que se encargarían de la distribución de las aguas (Entrevista, 2010). Las excepciones a estas medidas son, en primer lugar, el sistema Emilio Carranza (11), que tiene su origen a partir de la construcción de la presa Francisco Zarco (1965-1970), que hizo necesario el compensar con tierra de riego a los usuarios de los sistemas afectados por el remanso del agua. Estas nuevas tierras se riegan por bombeo, y, durante sus inicios, sus gastos de operación quedaron a cargo de la SRH. Sin embargo, actualmente es la CNA la que está encargada de liquidar estos gastos. Así, la CNA mantiene personal para operar el cárcamo de bombeo, y el módulo contrata a canaleros para realizar la distribución. El sistema tiene dos grandes inconvenientes, primero, los estiajes no pueden ser levantados por el cárcamo Emilio Carranza debido a la falta de carga hidráulica, incluso los usuarios con apoyo del módulo hicieron una presa efímera en 2005 para mejorar la carga hidráulica –aún así sólo pueden recibir el riego cuando las compuertas de la presa LC se mantienen abiertas; segundo, con cualquier corriente de viento, se caen las cuchillas y el riego se interrumpe y si no se notifica oportunamente a la CFE y/o a la

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 85

CNA para que presione a la CFE, puede desfasarse el servicio de riego. (Entrevista, 2008, 2010; SRH, 1969; SRH, 1970). La segunda excepción es el caso de los sistemasDoña Severa o del Conejo (10), que riega 173-98 ha, y San Pedro del Tongo (12), que riega 297-87 ha. En el caso de San Pedro Tongo, la administración del sistema no parece tener antecedentes de Regidores. En cambio, hay un tandeo, y cada usuario sabe la hora durante la que debe recibir y/o entregar el agua al siguiente usuario. Por el sonido local2, el comisariado local hace la convocatoria de mantenimiento de la infraestructura (presa y canal), y los usuarios saben ya qué tramo deberán atender. No obstante, recientemente el módulo contrató a un canalero que se ocupa de regular la compuerta de bocatoma y de llevar los informes de avance de riego al módulo — aunque, a decir de los usuarios, esto no les hace falta. Este llamado “canalero” no realiza labores de distribución de agua. En el caso de El Conejo no hay Regidores, pues hay únicamente 12 pequeños propietarios y precarios, se nombra un trabajador cualquiera para realizar la distribución. Cabe señalar que en el canal San Isidro, con sólo pequeños propietarios y precarios hay Regidor. Para el sistema El Conejo el módulo recientemente contrató a un canalero, precisamente el mismo que está contratado para el sistema de San Pedro Tongo. Al igual que en el sistema de San Pedro Tongo, el “canalero” no realiza labores de distribución del agua. La CNA hacía sentir su presencia al controlar los candados de la apertura de las compuertas de las bocatomas. El Aforador general de la CNA, hasta 2008, para este tramo del río y en el tiempo en se derivan aguas de la presa LC, regulaba la apertura de las compuertas de las bocatomas y, para que no se modificase la apertura, ponía candados. En tiempo de estiaje, el Aforador de la CNA retiraba los candados. Sin embargo, en 2010, en la bocatoma del canal “Santa Clara” en el período de estiajes y en el período en que se derivan aguas de la presa LC, no se observó la existencia de candados en la compuerta de la bocatoma. El cambio en la actuación de la CNA se debe a que el Aforador de la CNA, correspondiente a este tramo se jubiló en 2008 y no ha sido re-emplazado (Trabajo de campo, 2008, 2010). 2  Se le conoce como sonido local al uso de bocinas que se ponen en las azoteas de las casas, o se fijan sobre el techo o en el extremo superior de una estructura vertical, de manera que los anuncios comunitarios puedan ser escuchados por sus habitantes en un radio de aproximadamente tres y cinco kilómetros (Trabajo de campo, 2010).

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El Aforador de la CNA también debía realizar dos aforos por día en los puntos de control de cada canal general. Sin embargo, suponemos que esta medición no se realizaba, ya que el tramo de río a recorrer es de 42.13 km, con malos caminos y sin puentes peatonales y/o vehiculares próximos y necesarios debido a que algunos canales están en la margen izquierda, y otros en la margen derecha. En 2008, el módulo Nazas II vendió cinco millones de metros cúbicos a los módulos localizados en la parte baja del DR 017, al parecer el cálculo de “agua excelente” se realizó con bases informativas endebles sobre estadística de aforos, superficie regada y láminas de riegos. Además, diversos informantes aseguran que el Presidente del módulo no integró el pago a la contabilidad del módulo de riego (Entrevista, 2008; Trabajo de campo, 2008). Hay presencia del módulo en lo que se refiere a apoyos en maquinaria para arreglar los caminos de acceso a los canales generales, para el desazolve de la bocatoma del canal de Santa Clara, etc. Pero el apoyo no es sistemático y predecible. Hay también, por supuesto, presencia en recaudación y en la representación de los Delegados de riego al módulo. Otra presencia a señalar del módulo es el pago a los Regidores, el módulo de riego les otorga a los Regidores una compensación de $700 quincenales en los meses que se deriva agua de la presa LC. Los usuarios, a su vez, les compensan con $10 por riego ó $100 anuales (Entrevista, 2010). Los derechos de agua En la parte alta y media del Nazas tienen acceso al agua de riego, además de las superficies ejidales y de propiedad privada que cuentan con concesión, parcelas en los llamados terrenos federales. Este fenómeno no se da en la parte baja del Nazas. Adicionalmente al tradicional acceso al riego de terrenos federales, en el caso del módulo II, se debe contabilizar como riego con derechos precarios el que se realiza a partir de las presas efímeras (13) del Sobaco y (14) Las Cruces (ver Cuadro num. 2). La superficie de riego de estos dos sistemas supuestamente iba a ser afectada con la construcción de la presa FZ, sin embargo el efecto de remanso de la presa FZ afecte sólo ocasionalmente al canal Las Cruces y, con aun menos frecuencia, al canal El Sobaco. Los usuarios del agua con derechos precarios pagan actualmente la misma cuota por servicio de riego al módulo; sin embargo carecen de representación. Los

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usuarios del agua en los llamados terrenos federales son, por lo regular, familiares y vecinos de las comunidades. El riego de terrenos federales El Jefe de la Zona de Nazas, Dgo., Javier Ríos Jaques, indica que el riego de superficie que está fuera del Padrón de Usuarios autorizado (terrenos federales) es una práctica que siempre se ha realizado. Hasta 1962, los terrenos sin derecho pagaban el servicio de riego con recibo oficial. En 1963, el finado Pánfilo Ríos Jaques, que en ese tiempo era Jefe de Zona, no les cobró, porque no se tuvo avenida de la presa LC. A partir de 1964, y hasta el año de 1968, tiempo durante el cual Francisco Olivas Núñez fungió como Jefe de Zona, se les cobró a los usuarios por este servicio aunque sin darles ningún recibo oficial; el primer año se cobraron $20 por hectárea, el siguiente $25, y así sucesivamente, hasta que el Jefe de Zona llegó a cobrarles $40 por hectárea. Hubo casos aislados en el que el Sr. Olivas Núñez ordenó que primero se proporcionara agua a estos terrenos, y después a los del Padrón de Usuarios (SRH, 1975-c). A inicios de 1969, Javier Ríos Jáques, previendo que habría problemas con los referidos terrenos, y dado que su obligación era impedir que siguieran haciendo uso del agua, trató el asunto con el Ing. Salvador Jiménez Montes, Jefe de la Sexta Unidad de Riego Nazas-Rodeo, quien indicó que se les diera el servicio de riego a los terrenos indicados, siempre y cuando exhibieran el recibo oficial de pago realizado de $20 por hectárea (SRH, 1975-c). En los años 1970, 1971 e inicios de 1972, los riegos de terrenos federales se operaron de la misma manera, pero, posteriormente, el Jefe de Unidad dio la instrucción verbal de que no se les cobrara, dado que se les ayudaría con el riego de una hectárea a cada uno de ellos, sin embargo, algunos regaron más de lo indicado, contando con algunas de las actas circunstanciadas que se levantaron al respecto (SRH, 1975-c). Las autorizaciones para regar terrenos federales provenían, en la década de 1970, de la Jefatura de Unidad, que a su vez tenían su origen en la gestión que realizaban algunos grupos representados por Presidentes de Comisariado Ejidal o Presidentes Municipales (SRH, 1975-c). En 1973, en relación al riego de terrenos federales, el Ing. Luis Estrada León en calidad de Gerente General, informaba al Presidente municipal Arnulfo To-

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rres Reyes, que de acuerdo al inciso (d) de la Cláusula Primera de las concesiones para el aprovechamiento agrícola de los terrenos federales, el concesionario del propietario del terreno federal se obligaba a no utilizar las aguas de la corriente o depósito a que corresponde el terreno por lo que su incumplimiento podría castigarse cancelando la concesión; más tarde, en 1975, el Ing. Luis Estrada León informaba al Jefe de la Sexta Unidad de Riego Nazas-Rodeo, que los propietarios de terrenos federales podían regar una superficie máxima de dos hectáreas con aguas derivadas de la presa LC, realizando el pago en las oficinas de la SRH (SRH, 1973; SRH, 1975-d). En 1975, el Jefe de la Sexta Unidad Nazas-Rodeo, reportó que había un total de 483-25ha de terrenos federales regados (SRH, 1975-b; SRH, 1975-e) en la Zona de riego Nazas, cifra que no consideraba la correspondiente a los derechos precarios de los sistemas (13) del Sobaco y (14) Las Cruces. En 2008, un estudio de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro contratado por la CNA hizo reporte preliminar de 1,200 ha (Estudio preliminar, 2008). LA PRESA Y CANAL GENERAL “SANTA CLARA” El canal “Santa Clara” es herencia de la hacienda de Avino y del Carmen; riega 42859ha, de las cuales 126-55 le corresponden al ejido La Perla con 62 usuarios, al ejido San Pedro del Tongo 257-95 con 75 usuarios, a la pequeña propiedad “García” 14-09 ha con un usuario, y a la pequeña propiedad “Los Torres” 30-00 ha con un usuario (CNA, 1999-b; SRH, 1975-a; SRH, 1985). Además, hay una superficie de terrenos federales regados de unas 52-50ha (SRH, 1975-e; Trabajo de campo, 2010). A finales de los 1970, el canal principal fue revestido por la SRH, y tiene capacidad para conducir 1.15 m³/s (Entrevista, 2010). Los Regidores El ejido La Perla, hasta mediados de la década de los 1980, contaba con un sólo Regidor. Sin embargo, ante la presencia de ciertos problemas suscitados con la distribución del agua, el ejido acordó nombrar a dos Regidores: el Regidor de arriba, llamado así porque se encargaría del kilómetro 4+662- hasta la bocatoma (km 0+000) en sentido contrario al flujo del agua, y el Regidor de abajo, llamado

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así porque se encargaría del kilómetro 4+662 al kilómetro 6+643, a favor de la corriente de agua del canal (Entrevista, 2010). El nombramiento del Regidor ‘de arriba’ del ejido La Perla se realiza por turno ya que existe el acuerdo de que cada año el cargo de regidor se remplaza siguiendo el orden de las parcelas en dirección al flujo del agua y una vez concluido un ciclo se re-inicia con el primer usuario aguas arriba (Entrevista, 2010). El nombramiento del Regidor “de abajo” o segundo Regidor del ejido La Perla se realiza anualmente en asamblea, pudiendo ser ratificado en función de su desempeño para mover el agua (Entrevista, 2010). El Regidor del ejido San Pedro del Tongo, que está encargado de distribuir el agua en las parcelas ubicadas entre el kilómetro 6+643 y el kilómetro 13+600 del canal Santa Clara, también es nombrado anualmente en asamblea, pudiendo ser ratificado en función de su desempeño para mover el agua (Entrevista, 2010). Duración del cargo del Regidor El primer Regidor del ejido La Perla está en funciones por exactamente un año, mientras que el segundo Regidor del mismo ejido y el Regidor del ejido San Pedro del Tongo pueden durar en funciones uno o más años, dependiendo de su nivel de desempeño (Entrevista, 2010). Labores en la distribución del agua que realizan los Regidores Los Regidores son el eje fundamental en la distribución del agua, pues se encargan de entregarla a los usuarios, de poner y quitar candados en tomas directas que no deben de funcionar y en represos de interés para obtener la carga hidráulica requerida, de notificar a los usuarios/regadores para que tomen el agua una vez que termine de regar el usuario que le antecede, retirar basura y ramas de las bocatomas de sifones y represos para agilizar el tránsito del agua por el canal de riego, recorrer el canal desde el área de riego bajo su responsabilidad hasta la bocatoma del canal para evitar posibles robos de agua, vigilar los riegos con objeto de movilizar el agua y, en el tiempo durante el cual las aguas de la presa LC se empalman con las aguas del estiaje del río Nazas, de vigilar el canal para evitar posibles desbordamientos (Entrevista, 2010). Adicionalmente, al asegurarse de sólo entregar agua a los usuarios que muestren boleta o su recibo de pago realizado al módulo de riego, los Regidores apoyan de

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manera indirecta al área administrativa del módulo por concepto de cuotas de riego en la captación de recursos. Tandeo en el reparto del agua de riego El reparto del agua tanto para los meses de estiaje como para los meses en que se incorpora el agua proveniente de la presa de almacenamiento LC, se realiza por tandeo. Así, el primer Regidor del ejido La Perla, encargado del km. 2+205 al km. 4+662, recibe el agua del ejido San Pedro del Tongo cada tercer viernes de cada mes a las 7:00 am reteniéndola hasta las 2:00 am del sábado (19 horas en total); seguidamente, el segundo Regidor del ejido La Perla, encargado del km. 4+662 al 6+643, recibe el agua del primer Regidor el sábado a las 2:00 am, reteniéndola hasta el próximo martes a las 7:00 pm (3 días y 17 horas en total); finalmente, el Regidor del ejido San Pedro del Tongo, recibe el agua de manos del segundo Regidor del ejido La Perla, el martes a las 7:00 pm, reteniéndola hasta las 7:00 am del viernes de la segunda semana, contados a partir de que toma el agua (9 días y 12 horas en total). (Cuadro num. 3 Tandeo a nivel comunitario). Vigilancia del canal de riego Los Regidores se encargan de la vigilancia del canal, y ejecutan sus rondas caminando (‘a pie’), a caballo, en bicicleta o de ‘aventón’ en camionetas de usuarios que se dirigen a sus parcelas. Estas rondas se hacen las veces que se consideren necesarias, tanto de día como de noche para evitar posibles desbordamientos y/o robo de agua (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). Es práctica común que los Regidores de ambas comunidades coloquen y retiren candados de las tomas, según corresponda, con objeto de tener un control total sobre el caudal de la tanda, tanto durante los meses de estiaje, como en los meses en los que el agua extraída de la presa LC se empalma con el agua de los estiajes (Entrevista, 2010). Durante el tandeo, cuando el Regidor del ejido San Pedro del Tongo entrega el agua al primer Regidor del ejido La Perla, el primeo sube a quitar todos los candados de las tomas de riego, que anteriormente había colocado como medida de seguridad para que los usuarios del ejido La Perla no tuvieran acceso al agua de la tanda correspondiente a su ejido. En caso de que el Regidor del ejido San

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Pedro del Tongo no quite los candados a tiempo para que la tanda entre al ejido La Perla, se ha dado el caso de que el Presidente del Comisariado de este último ejido bote los candados ‘a marrazos’ (Entrevista, 2010). Una vez que el primer Regidor del ejido La Perla ha recibido el agua, al igual que el Regidor de San Pedro del Tongo, coloca candados en los represos clave así como en las tomas de riego para evitar el robo de agua, sobretodo por algunos propietarios de terrenos federales del mismo ejido que no tienen derecho a riego y que desean regar antes que los que tienen derecho (Entrevista, 2010). Una vez concluida la tanda del primer Regidor del ejido La Perla, el segundo Regidor del mismo ejido recorre el canal para cerciorarse de que el primer Regidor del ejido indicado ha retirado los candados, y para colocar los propios en las tomas operadas por el primer Regidor y las que considere necesarias en el tramo bajo su responsabilidad. El Regidor de San Pedro del Tongo opera de manera similar, colocando candados en todas las tomas correspondientes al ejido La Perla y en los que considere necesarios en el tramo bajo su responsabilidad una vez que ha concluido la tanda del ejido La Perla (Entrevista, 2010). Resolución de conflictos Durante el tiempo en el cual las compuertas de la presa LC se mantienen abiertas, suele haber problemas con aquellos usuarios que cuentan con algunas pequeñas áreas sembradas de hortalizas (tomate y chile) y por tanto, los riego a nivel de parcela se prolongan en perjuicio de los usuarios con derecho a riego que están esperando su turno. Ocasionalmente, hay también problemas con algunos usuarios de terrenos federales que toman el agua en el tiempo durante el cual se están regando las parcelas con derecho a riego. Asimismo, una vez que se cierran las compuertas de la presa LC, los usuarios con pequeña propiedad que se encuentra al final del canal, manifiestan que solo en el tramo por el que riega el ejido La Perla, en una sola tanda, les llegan a inhabilitar hasta once candados al introducirles astillas de madera, por lo que se ven precisados a romperlos (Entrevista, 2010). En el primer caso, se habla de manera conciliatoria con el usuario, y se le solicita mayor avance en el riego con el fin de solucionar el conflicto. En el segundo

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caso, se habla con el propietario del terreno federal, instándolo a tener paciencia, y advirtiéndole que, de lo contrario, se informará a las autoridades ejidales sobre su situación para que estas tomen las cartas al respecto. Finalmente, en el tercer y último caso, se acude a las oficinas del módulo II Nazas (Entrevista, 2010). Mantenimiento y conservación del sistema “Santa Clara” Los Regidores a nivel de canal principal son los encargados de informar al Presidente del Comisariado sobre la necesidad de convocar a los usuarios para la realización de trabajos de conservación y mantenimiento. También son los Regidores los que se encargan de supervisar dichos trabajos, llevar la lista de asistencia, y notificar al Presidente de Comisariado de cualquier inasistencia de alguno de los usuarios, para que este pueda enviar peones y cobrarle al usuario por concepto de fatiga para reintegro del personal contratado. Asimismo, el Regidor informa al Presidente de Comisariado del desempeño de cada comunidad, para que este negocie con su homólogo las próximas participaciones de su comunidad en la realización de las tareas indicadas. La convocatoria para dichos trabajos se hace en cada ejido por el sonido local (Entrevista 2010). En principio, la participación es proporcional a la tierra regada para los ejidatarios y pequeños propietarios con derechos de agua. Sin embargo, en el caso de Santa Clara, los pequeños propietarios eluden algunos de los trabajos, mientras que los regantes en los llamados ‘terrenos federales’ participan en la limpieza del canal general y en la reconstrucción de la presa y otras fatigas del sistema. Con el fin de determinar fechas para las fatigas, los Presidentes de los Comisariados, una vez informados por los Regidores, informan a su vez en la asamblea general del ejido, para que esta se encargue de la toma de acuerdos, tomando en cuenta los aspectos que se consideren relevantes para el funcionamiento del canal de riego (Entrevista, 2010). El Presidente del comisariado del ejido La Perla le comunica la fecha para la reconstrucción de la presa a su homólogo del ejido San Pedro del Tongo. A nivel intercomunitario, los acuerdos para convocar a la limpia del canal se logran a través de los Presidentes del Comisariado, sin haber interrelación entre Regidores de un ejido y Presidentes de Comisariado de otro ejido (Entrevista 2010).

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El mantenimiento y reconstrucción de las presas derivadoras efímeras La reconstrucción de la presa derivadora se realiza sin la participación de la CNA, pese a que son consideradas de propiedad federal, tampoco participa el módulo de riego, debido a que son obras que no fueron concesionadas (Entrevista, 2008). Esto sucede a pesar de la laboriosa burocracia en que los Supervisores de conservación del Distrito de Riego concentran la información de cumplimiento de los módulos para que a su vez el Distrito de Riego 017 informe a la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola del Organismo de Cuencas “Cuencas Centrales del Norte” (Trabajo de campo, 2008). Las presas deben reconstruirse obligatoriamente al menos tres veces al año: 1. La primera en la primera decena de mayo, después de que el Distrito de Riego 017 haya concluido la entrega del volumen de aniego o pre-siembra al módulo Nazas II, y haya dejado de derivar agua de la presa Lázaro Cárdenas (LC) a la presa Francisco Zarco. Por tanto, las compuertas de la presa LC deben estar cerradas, para que sólo el caudal de las aguas de estiaje o subálveas que brotan del cauce del río se mantengan en el área del módulo Nazas II. 2. La segunda reconstrucción se suele hacer después de la primera decena de agosto, una vez que se ha concluido la entrega del volumen correspondiente a los riegos de auxilio del módulo Nazas II, y el Distrito de Riego 017 ha dejado de derivar agua de la presa LC a la presa FZ. Por tanto, nuevamente, las compuertas de la presa LC se han cerrado, para abrirse hasta abril del próximo año. Sólo aguas del caudal de estiaje, que brotan en el cauce del río, se mantienen en el área del módulo Nazas II. 3. La tercera reconstrucción es en noviembre, temporada durante la cual se escasea el agua subálvea con objeto de recoger la máxima cantidad de agua que permita conducir por el canal el volumen equivalente a dos o tres riegos (Entrevista, 2010). La reconstrucción de la presa, sin embargo, puede hacerse en más ocasiones de las indicadas, siempre que exista la necesidad de capturar el agua producida entre presas derivadoras, o bien, cuando el caudal disminuye por filtraciones en la misma presa, teniendo como máximo, una duración de dos días con objeto de

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restablecer el riego de manera inmediata (Entrevista, 2010). Sobre longitud presas derivadoras ver Cuadro num. 4. En el caso del sistema de riego Santa Clara (9), los dos ejidos y la pequeña propiedad beneficiada deben coordinarse. Debido a la renuencia del sector pequeña propiedad a participar en la reconstrucción de la presa, y la apremiante necesidad económica de los usuarios del sector social, la responsabilidad de la reconstrucción recae sobre los ejidos La Perla (29.53%, o 46.36m de los 157 m de longitud total) y San Pedro del Tongo (70.47%, o 110.64 m de los 157 m de longitud total) en función de la magnitud de la superficie de riego con la que cada uno cuenta (Entrevista, 2010). En cuanto al orden de asistencia, primero asiste el ejido la Perla, seguido por San Pedro del Tongo, y, si después siguiera existiendo la necesidad de reforzar algunos puntos por donde se escapa el agua, cada uno de los ejidos regresa para encargarse de la presa durante el tiempo de su tanda (Entrevista, 2010). La convocatoria para los trabajos se hace por el sonido local en cada ejido. Los usuarios deben llevar pala, machete y, aproximadamente, cinco costales de polipropileno (Entrevista, 2010). Los propietarios de terrenos federales o usuarios sin derecho a riego, sin voz ni voto en la asamblea general, e incluso sin autorización para asistir a ésta, participan igual que los usuarios con derecho a riego en los trabajos de conservación de la presa derivadora, bocatoma, sifón, y, en el caso particular del canal general, en la limpieza de una losa3 por hectárea (Entrevista, 2010). Limpia de la bocatoma del canal El desazolve de la bocatoma del canal generalmente se realiza con la maquinaria concesionada por la Comisión Nacional del Agua al módulo y/o con maquinaria que el propio módulo ha adquirido con la mezcla de recursos provenientes de las aportaciones de los usuarios y del gobierno federal a través del Programa de Desarrollo Parcelario (PRODEP) (Entrevista, 2010). En caso de que la maquinaria del módulo no acuda a limpiar la bocatoma del canal, que se azolva unas cinco veces al año debido a los desbordamientos del arroyo del “Cobre” o de “San Luis”, el cual desagua de manera torrencial en el río 3  Medida de longitud, corresponde limpiar la longitud de una losa por cada hectárea de riego.

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Nazas en época de lluvias, justo a unos cuantos metros aguas abajo de la bocatoma del canal. El desazolve se hace a pala por los propios usuarios; de la longitud total (50m) a desazolvar, 29.53% (14.77 m) le corresponde al ejido La Perla, y el resto, que sería el 70.47% (35.23 m) le corresponde al ejido San Pedro el Tongo, ya que la pequeña propiedad, que se encuentra en su área de influencia, no participa en el desazolve (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). Limpia del Sifón o “Pase de agua” o “Tortuga” El sifón, conocido por los usuarios como “Tortuga” o “Pase de agua”, y construido subterráneamente para salvar el paso del canal “Santa Clara” sobre el arroyo del “Cobre” o de “San Luis” (que, como se indicó, desagua en el río Nazas a unos cuantos metros de la bocatoma) lo desazolvan los usuarios con pala, machete y carretilla. La limpieza de su longitud total (82 m) le corresponde al ejido La Perla en un 29.53% (24.21 m), y al ejido San Pedro del Tongo en un 70.47% (57.78 m) (Entrevista, 2010). (ver Figura núm. 2. Croquis de sifón, “Pase de agua” o “Tortuga” subterráneo en el arroyo del Cobre o San Luis). Limpia del canal general La limpia del canal, se hace tres veces al año. La primera es conocida como “general, y se realiza en enero/febrero de cada año, consistiendo en realizar el desazolve, desmonte y quema de residuos vegetales. Para este propósito, la compuerta general de la bocatoma del canal se cierra por un período de diez a quince días, acción que no afecta la producción agrícola, dado que el cultivo de la alfalfa está inhibido por las bajas temperaturas que se registran en la región, y el nogal se encuentra en dormancia por la misma razón (Entrevista, 2010). La segunda limpia, conocida como “deslame”, se realiza en el mes de junio, y consiste en arrancar la lama, al tiempo que se despunta el zacate y las hierbas que se cuelgan al interior del canal y reducen la velocidad con que transita el agua. Para este propósito, la compuerta general de la bocatoma del canal se cierra por un período de dos días para realizarla en el mismo tiempo, dado que las temperaturas están en ascenso y por tanto, la alfalfa se encuentra en plena producción y el nogal en etapa de fructificación (Entrevista, 2010).

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La tercera limpia, conocida también como “deslame”, se realiza en la primera decena del mes de agosto para cortar la lama e incrementar la velocidad del agua captada de los estiajes. Para este propósito, la compuerta general de la bocatoma del canal se cierra por un período de dos días para realizarla en el mismo tiempo, dado que la alfalfa se encuentra en plena producción y el nogal en etapa de maduración del fruto (Entrevista, 2010; Trabajo de campo 2010). La longitud total del canal Santa Clara (13.60 km.) se distribuye en proporción a la superficie de riego, de tal manera que al ejido La Perla le corresponde 29.53% (4.02 km), al ejido San Pedro del Tongo le corresponde un 60.19% (8.18 km), a la pequeña propiedad García un 3.29% (0.45 km), y a la pequeña propiedad un 7% (0.95 km). A nivel comunidad, en ambos ejidos, el tramo para la limpia se asigna en proporción a las hectáreas con que dispone cada usuario (Entrevista 2010). La pequeña propiedad no participa en la reconstrucción de la presa ni en la limpia de la bocatoma y sifón, pero sí lo hace en la limpia del canal principal. Conservación caminos acceso a los canales generales En el 2008 hubo una importante inversión del módulo para reparar los caminos de acceso de los canales generales. EL MÓDULO II NAZAS La administración de los sistemas fue “transferida” a la Asociación de Usuarios del módulo II Nazas. La asamblea del módulo está conformada por 13 Delegados del sector social en representación de los ejidos Benito Juárez: 10 de Abril, Dolores Hidalgo, 25 de Diciembre, La Perla, Agustín Melgar, Nazas, San Pedro del Tongo, Francisco Sarabia, José Ma. Morelos, Paso Nacional, Emilio Carranza, Santa Teresa de la Uña, y un Delegado en representación de la pequeña propiedad. A su vez, la asamblea de Delegados nombra al Consejo Directivo y al Consejo de Vigilancia (CNA, 1999-a; CNA, 1999-b; De la Paz, 1999). (ver Figura núm. 3. Esquema organizacional del módulo de riego II Nazas, 2010). En las asambleas generales mensuales y extraordinarias del módulo II Nazas, los Delegados se acreditan ante la Asociación con un nombramiento firmado por sus representados (De la Paz, 1999).

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 97

El Presidente del Consejo Directivo del módulo, hasta el 2008, recibía ingresos mensuales de aproximadamente $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 mn) por gastos comprobables, además de contar con despacho y línea telefónica propia, gastos de gasolina y teléfono móvil, y un vehículo personalizado, adquirido con las cuotas de los usuarios (Entrevista, 2008; Trabajo de campo, 2010). El Presidente tiene el mando sobre el personal contratado: Gerente operativo, Recaudador, Estadístico, canaleros y personal de oficina. El presidente también administra la maquinaria concesionada y la obtenida con recursos PRODEP, así como las cuotas por servicio de riego. El Gerente operativo, en este modulo, a diferencia de los módulos de riego de la parte baja del Distrito de Riego, no participa directamente en la distribución del agua, y su presencia en este ámbito sólo ocurre cuando alguno de los canaleros del canal “Emilio Carranza” no presentan los resultados esperados, cuando las bombas que surten al canal indicado disminuyen notablemente el caudal bombeado, o bien, cuando ocurren descomposturas electromecánicas en el cárcamo del mismo nombre, y es necesaria la presencia inmediata de la CNA (Trabajo de campo, 2008). El trabajo del Gerente operativo se avoca más bien a la administración de la maquinaria concesionada, y la obtenida con recursos de PRODEP (traslado de operadores y maquinaria, supervisión de los operadores, obtención de refacciones, reparaciones de maquinaria, promoción, medición del desempeño de operadores, rendimiento de maquinaria, etc.). El Estadístico del módulo es quien apoya y concilia los informes de superficie regada y volúmenes utilizados con el Supervisor de operación de la CNA (hasta el 2009 llamado Jefe de Unidad) (Trabajo de campo, 2008). En la nómina de personal contratado también se dispone de un Recaudador que se encarga de recibir la cuota por servicio de riego de manos de los usuarios, y de depositarla en el banco, junto con los pagos producto de los trabajos realizados por la maquinaria en obras al municipio, particulares o a los propios usuarios (Trabajo de campo, 2008). En la corta historia del módulo de riego II Nazas, el segundo Presidente del módulo (que sustituyó al primer Presidente, mismo que fue destituido de su cargo) llegó a la Presidencia municipal de Nazas por el PAN. El tercer Presidente se quedó en la víspera de ser candidato del PRI a la presidencia municipal y, en el

98 Antología sobre riego

2010, recién llegado al módulo de riego, el cuarto Presidente fue candidato del PRI para ocupar la presidencia municipal, perdiendo las elecciones ante el PAN (Trabajo de campo, 2010). Recaudación de cuotas En el período de enero a marzo, antes de que se abran las compuertas de la presa LC, la mayoría de los usuarios se acercan a las oficinas del módulo de riego a realizar el pago de la cuota por servicio de riego, o bien, para firmar el convenio con el módulo para que los recursos de PROCAMPO sean destinados al pago de la cuota por servicio de riego (Trabajo de campo, 2010). Una vez que los recursos de PROCAMPO se encuentran en el CADER Nazas (Centro Agropecuario para el Desarrollo Rural) de la SAGARPA (Secretaría de Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Agricultura), y que los usuarios pueden retirar los apoyos, el Jefe del CADER informa al personal del módulo de riego (Trabajo de campo, 2010). Apoyos del módulo conservación de caminos y obra civil El módulo de riego cuenta con maquinaria concesionada y adquirida a través de PRODEP para la realización de obras relacionados con caminos y obra civil e incluso asegura que el 30% del importe de la cuota por servicio de riego que pagan los usuarios de un canal determinado, se destine a la realización de estos conceptos (Entrevista, 2010); en los años 2007 y 2008 se logró cumplir cabalmente con el programa anual de conservación propuesto por el módulo pero del 2009 a la fecha no se ha realizado ningún trabajo de conservación que tenga significancia (Entrevista, 2010). CONCLUSIONES Es evidente que los cambios provocados por la transferencia han tenido un impacto mínimo en los pequeños sistemas del tramo alto del Nazas. Los usuarios siguen gestionando por si mismos los pequeños sistemas de riego. Interesa apuntar algunos rasgos de la organización para la gestión del agua que, tentativamente, pueden ser problemáticos:

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 99

1. Los pequeños sistemas no cuentan con una institución donde la gestión del sistema se pueda discutir en conjunto. No obstante, entre ejidos en un mismo sistema hay estrategias para evitar que los usuarios de aguas arriba abusen del agua, ya que los Regidores de aguas abajo suben a controlar el espacio, poniendo candados. Por otra parte, la coordinación a nivel de cada sistema parece tener algunos fallos, pues los propietarios privados pueden eludir fatigas demandadas por el sistema, y el módulo no parece apoyar mucho para lograr una cooperación igualitaria de todos los usuarios a nivel sistema. 2. En el caso de los ejidos, la organización de faenas, seguimiento de la participación, nombramiento de Regidores y Delegados se realiza en asambleas de los ejidatarios con derechos de agua. Aparentemente, aquellos con derechos precarios no tienen una participación formal en la toma de decisiones. 3. La representación al módulo se da por los tipos de tenencia de la tierra (ejidal o privada) con derechos de agua. Esto significa que no existe una representación por sistemas, así el sistema Santa Clara cuenta con dos representantes (ya que hay dos ejidos) y la parte que le corresponda de representación de la pequeña propiedad, mientras que los sistemas Santa Bárbara I, Nazas y La Flor cuentan con un solo representante (ya que un solo ejido es el que participa en los tres sistemas) y la parte que les corresponda de representación de la pequeña propiedad. Las estructuras de representación implican que los usuarios con derechos precarios están formalmente excluidos de los espacios de toma de decisiones tanto a nivel sistema como de módulo. 4. Las presas derivadoras sobre el río carecen de seguimiento por parte del módulo y de la CNA, aunque, formalmente, la CNA debería ser la encargada de dar el seguimiento. De igual manera, no parecen existir mecanismos de coordinación entre presas derivadoras, ni tampoco mecanismos de participación en la medición y en toma de decisiones sobre la cantidad de agua que se toma, y aquella que se deja pasar. Aparentemente, la medición (aforos) de agua era realizada por personal de la CNA hasta el 2008, y aunque la compra/venta de agua es atribución del módulo, la única medición que este parece realizar es vía los canaleros en tres de los sistemas.

100 Antología sobre riego

5. Por último, cabe señalar que no se ha abordado la eficacia en la actuación del módulo mismo. Desde la perspectiva de los pequeños sistemas, su función parece limitarse a la recaudación de cuotas, a algunos apoyos en maquinaria, y a un espacio para hacer carrera política. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” Referencias Bibliografía y documentos de archivo Aboites, L. 2001 “Labores nuevas, labores viejas. Historias de ríos y el estudio de los usos del agua en el norte de México” Relaciones vol. XXII, núm. 87, pp. 49-78. Asociación de Usuarios “Villa del Nazas A.C.” (AU) 2000-a “Oficio 011/00 en el que el Ing. José Luis González González le informa al Delegado del Ejido La Perla la superficie y cuota autorizada al módulo de riego Villa del Nazas A.C.”. Nazas, Dgo. Asociación de Usuarios “Villa del Nazas A.C.” (AU) 2000-b “Oficio 018/00 en el que el Ing. José Luis González González les informa al delegado del Ejido San Pedro del Tongo la superficie y cuota autorizada al módulo de riego Villa del Nazas A.C.”. Nazas, Dgo. CNA 1995 “Situación actual del Distrito de Riego No. 017 Región Lagunera, Durango-Coahuila”. Informe especial. Lerdo, Dgo. CNA 1999-a “Minuta que se elabora con motivo de la reunión celebrada el día 5 de octubre de 1999, en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua en el municipio de Nazas, Dgo., a las 11:00 horas., para tratar asuntos relacionados con la transferencia del módulo II Nazas”. Nazas, Dgo. CNA 1999-b “Padrón de usuarios del Distrito de Riego No. 017, Unidad de Riego I, Módulo II” CNA 2000 “Proyecto de reglamento del Distrito de Riego 017, Región Lagunera, Coahuila-Durango”. CNA 2003 “Consolidación y desarrollo del Distrito de Riego 017, Comarca Lagunera”. Lerdo, Dgo. De La Paz, María 1999 “Protocolo de la reunión celebrada el 08 de Octubre de 1999, mediante la cual fue constituida la Asociación de Usuarios del módulo II, DEL Distrito DE Riego 017, denominada “VILLA DEL NAZAS A.C., M. II”, bajo la forma de Asociación Civil”. Lerdo, Dgo. Espinosa Vicente, Enrique 1962 Los Distritos de Riego su administración, operación y conservación, Compañía Editorial Continental, S. A. Montes, Acela y J. Palerm “Las vicisitudes de la transferencia del sistema de riego Tepetitlán, estado de México, en esta Antología. Montes, Acela y J. Palerm “Entre la escasez y la abundancia del agua en la unidad de riego Tepetitlan”, en esta Antología. Estudio preliminar del Colegio de Postgraduados, 2007, documento inédito. Estudio de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, 2008, documento inédito. Palacios, E. 1981 “Manual de operación de Distritos de Riego”. Tercera edición. Patronato Universitario de la UACH. Apartado postal 86. Chapingo, México.

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 101

Palerm, J. 2005 “Gobierno y administración de sistemas de riego: tipologías”, Región y Sociedad, núm. 34, vol. XVII, Sept-Dic. 2005, pp. 3-33. Palerm, J. 2006-a “Self-Management of Irrigation Systems, a Typology: The Mexican Case.” Mexican Studies/Estudios Mexicanos, vol.22, núm. 2, pp. 361–385. Palerm, J. 2006-b “Organizaciones autogestivas para el manejo del agua” AgroNuevo, año, núm. 11, pp. 71-90. Palerm, J. 2009 “Distritos de riego en México, algunos mitos” pp. 277-328 En J. Palerm, T. Martínez (eds.) Aventuras con el agua. La administración del agua de riego: historia y teoría, Colegio de Postgraduados. Rodríguez Haros, B. y J. Palerm 2007 “Antes de la transferencia: la entrega de Distritos de Riego”, Agricultura. Sociedad y Desarrollo, vol. 4, núm. 2, pp. 105- 126. Rodríguez, Haros B. 2010 “Las Juntas de agua: Un modelo de administración y operación de sistemas de riego” Primer Congreso Red de Investigadores Sociales Sobre el Agua. Disponible en http:// redissa.hostei.com/rissa/Rodriguez_Benito.pdf Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1969 “Plano de Zona de Riego Emilio Carranza”, escala 1:20,000. Lerdo, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1970 “Acta de entrega provisional de terrenos para el reacomodo de ejidatarios miembros de los ejidos: Paso Nacional, San Pedro del Tongo, Santa Teresa de la Uña, Emilio Carranza, Francisco Sarabia y José Ma. Morelos, todos ellos del municipio de Nazas, estado de Durango, afectados por el vaso de la presa “Francisco Zarco”. Nazas, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1973 “Oficio No. 310.- 7084 de fecha 6 de agosto de 1973, dirigido al C. Arnulfo Torres Reyes, Presidente municipal de Nazas, Dgo.”. Lerdo, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1975-a “Relación de las tandas que hay establecidas en el campo, con las cuales se rige el servicio de riego en los canales de la Zona de Nazas; elaborada por Francisco Javier Río Jaques el 10 de Febrero de 1975”. Nazas, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1975-b “Relación de personas que son poseedoras de terrenos sin derecho en la Zona de Nazas, con datos de superficie aproximada la cual es susceptible de riego por los canales que se mencionan”. Nazas, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1975-c “Respuesta de cuestionario por el C. Francisco Javier Ríos Jaques al Ing. Reynaldo López Ramírez”. Nazas, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1975-d “Circular No. 31 de 20 de mayo de 1975 del Jefe de Zona a los canaleros para informarles las órdenes sobre terrenos federales, contenidas en el oficio s/n de fecha 30 de abril de 1975 dirigido al Ing. Reynaldo Pedro López Ramírez, Jefe de la Sexta Unidad Nazas-Rodeo”. Lerdo, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1975-e “Relación de personas que son poseedoras de terrenos sin derecho en ésta Zona, con datos de superficie aproximada la cual es susceptible de riego por los canales que se mencionan. Nazas, Dgo”. pp. 1-9. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH). 1975-f “Número de usuarios y hectáreas beneficiadas con el programa de reparación de presas y revestimiento de caminos”. Nazas, Dgo. Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1976 “Relación de presas derivadoras de construcción rústica consistente en estacado, piedras, cascajo, arena, tierra y rollos de ramas, de arriba hacia abajo en el orden como se encuentran ubicadas sobre el río Nazas”. Nazas, Dgo. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH) 1985 “Relación de usuarios que riegan por el canal Principal Santa Clara y sus laterales del Ejido La Perla”. Nazas, Dgo. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH) 1990 “Clasificación de los ejidos y usuarios ejidales en el Distrito de Riego No. 17, Región Lagunera, Dgo. Y Coah. Primera Unidad de Riego Nazas-Rodeo”. Zona Nazas, Durango. Nazas, Dgo.

102 Antología sobre riego

Entrevistas a usuarios Agustín Reyes Sotelo. Fecha de nacimiento: 16 de Julio de 1966. Encargado de la Pequeña Propiedad “Torres” (Ma. Luisa Torres) y usuario del canal principal “El Tongo”. Aquileo Carrillo González. Fecha de nacimiento: 10 de Mayo de 1928. Usuario del canal principal “Emilio Carranza” y ejidatario del ejido José Ma. Morelos, Nazas, Dgo. Carlos Moreno Ontiveros. Fecha de Nacimiento: 15 de Enero de 1959. Usuario del canal principal “Santa Clara” y actual Regidor del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Doroteo Flores Hernández. Fecha de nacimiento: 05 de Mayo de 1945. Usuario del canal principal “Santa Clara” y ejidatario del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Ezequiel Gutiérrez Gallegos. Fecha de nacimiento: 12 de Agosto de 1949. Usuario del canal principal “Santa Clara” y ejidatario del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Federico Zapata Domínguez. Fecha de nacimiento: 12 de Marzo de 1928. Usuario del canal principal “El Ranchito” y ejidatario del ejido Agustín Melgar, Nazas, Dgo. Juan Guisar Moreno. Fecha de nacimiento: 21 de Septiembre 1953. Usuario del canal principal “Santa Clara” y ex Presidente del Comisariado ejidal del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Juan Pantoja Marrufo. Fecha de nacimiento: 08 de Febrero de 1938. Usuario del canal principal “San Antonio” y Regidor del ejido Agustín Melgar, Nazas, Dgo. Manuel Flores Cháirez. Fecha de nacimiento: 08 de Mayo de 1917. Usuario del canal principal “Santa Clara” del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Mario Gallegos García. Fecha de nacimiento: 12 de Septiembre de 1959. Usuario del canal principal “Santa Clara” y ex Regidor del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Reyes Zamora Barraza. Usuario del canal principal “Santa Clara” y actual Regidor del ejido La Perla, Nazas, Dgo. Pabla Nava Ávila. Fecha de nacimiento: 1920. Nacida en la hacienda de Avino dependiente de la hacienda de San Antonio y actualmente vecina del ejido La Perla, Nazas, Dgo.

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 103

Figura 1. Esquema organizacional de la CNA para administración del DR 017 en la zona del río Nazas, 2010. Organismo de Cuencas “Cuencas Centrales del Norte” Director Dirección de Infraestructura Hidroagrícola Subdirector

Jefatura de Proyecto Jefe del DR 017

Departamento de administración 1a. UNIDAD Nazas - Rodeo (oficinas en Nazas y Rodeo, Dgo.)

MÓDULOS I. Rodeo II. Nazas

2a. UNIDAD Jerusalem - San Jacinto (ofnas en Gómez Palacio, Dgo.) MÓDULOS III. San Jacinto IV. El Vergel V. Brittingham

Departamento de operación

Departamento de conservación

3a. UNIDAD Tlahualilo (oficinas en Tlahualilo, Dgo.)

4a. UNIDAD Matamoros (oficinas en Matamoros, Coah.)

5a. UNIDAD Fco. I. Madero (oficinas en Fco. I. Madero, Coah.)

6a. UNIDAD San Pedro (oficinas en San Pedro, Coah.)

MÓDULOS VI. Tlahualilo

MÓDULOS VII. San Miguel VIII. El Consuelo IX. Buen Abrigo

MÓDULOS X. Masitas XI. Jiménez XII. El Porvenir XIII. La Marinera

MÓDULOS XIV. Sta. Teresa XV. La Rosita XVI. El Ancora XVII. J. Z. Cobos

Cuadro 1: Puntos de control donde el aforador general entrega a los aforadores auxiliares Punto de entrega

Módulos beneficiados

Recibe volumen

Canal Ppal. Tlahualilo

IV. El Vergel, V. Brittingham y VI. Tlahualilo

1º Aforador auxiliar

Canal Lateral Derecho 3+500 del Canal Ppal. Sacramento

VII. San Miguel, VIII. El Consuelo y X. Buen Abrigo

2º Aforador auxiliar

Canal lateral Izquierdo 11+700 del Canal Ppal. Sacramento

X. Masitas, XI. Jiménez

3º Aforador auxiliar

Km 24+700 Canal principal Sacramento

XII. El Porvenir

Gerente técnico

Km 24+750 Canal principal Sacramento

XIII. La Marinera, XIV. Santa Teresa, XV. La Rosita, XVI. El Áncora y XVII. J. Zamarripa Cobos

4º Aforador general

104 Antología sobre riego

Cuadro 2: Superficie regada por sistema de riego Presa y canal principal

Nombre de ejidos

Ejido

Pequeña propiedad Terrenos federales

operación

Núm. de usuarios

Superficie (ha)

Núm. de usuarios

Superficie (ha)

50

100-00

0

0-00

49

61-25

Regidor

(2) Santa Bárbara II Diez de Abril

41

61-00

1

33-00

13

9-50

Regidor

(3) San Isidro

0

0-00

8

132-04

8

14-00

Regidor

(1) Las Liebres

Benito Juárez

Núm. de Superficie (ha) usuarios (SRH-e-,1975)

(4) Santa Bárbara I

Nazas

28

94-00

2

141-71

10

10-00

Regidor

(5) El Pueblo

Nazas

52

169-00

20

127-10

50

107-25

Regidor

(6) La Flor

Nazas

81

284-60

5

50-59

54

109-25

tres Regidores

(7) El Ranchito

Nazas, Agustín Melgar y Dolores Hidalgo

82

212-00

12

55-03

63

64-50

tres Regidores

(8) San Antonio

Nazas, 25 de Diciembre y Paso Nacional

127

465-50

0

0-00

27

32-25

tres Regidores

(9) Santa Clara(3)

La Perla y San Pedro Del Tongo

137

384-50

2

44-09

33

41-00(1)

tres Regidores

(10) El Conejo

Paso Nacional

0

0-00

12

173-98

5

9-00

un cuidador compuerta contratado por el módulo (5)

(11) Emilio Carranza

Francisco Sarabia

274

932-53

2

48-58

0

0

dos canaleros contratados por el módulo

(12) San Pedro del Tongo

San Pedro del Tongo

48

154-25

10

143-62

28

25-25

un cuidador compuerta contratado por el módulo (5)

(13) El Sobaco

Paso Nacional Sta. Teresa de La Uña

350-00

Tres Regidores

(14) Las Cruces

Emilio Carranza

250-00

Subtotales riego Total riego

920

2,857-38

74

949-74

340

1083-25 (2) 4,890.37 (4)

Nota 1.- para el caso particular del canal “Santa Clara”, la superficie actual de terrenos federales es de aproximadamente 52-50 ha (Trabajo de campo, 2010). Nota 2.- En 2008, en un estudio de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, contratado por la CNA, el reporte preliminar es de 1,200 ha, lo que eleva la superficie total de riego a 5,007-12 ha Nota 3.-Actualmente la presa efímera Santa Clara mide 157 m de longitud y no los 160 m reportados en 1976. Nota 4.- Considerando el ajuste en la superficie de terrenos federales el total regado es de 5,007-12 ha. Nota 5.- Recibe la denominación de “canalero”, pero solo atiende la compuerta de la bocatoma del sistema y lleva la estadística. Fuente: SRH, 1975 –a-; Entrevista, 2010

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 105

Cuadro 3: Tandeo a nivel comunitario Ejido

Período

Ejido La Perla –Primer Regidor Ej. La Perla-

Viernes 7:00am a 2:00 am 19 horas del Sábado

2+205 a 4+662

51.80

12.25

Ejido La Perla –Segundo Regidor Ej. La Perla-

Sábado 2:00 am a 7:00 pm 3 días y 17 horas del Martes

4+662 a 6+643

74.75

34.25

SUBTOTAL

Tiempo acumulado

Tramo de canal Sup. Riego (Ha) c/Derecho s/Derecho (km)

126.55

46.50

Ejido San Pedro del Tongo --Regidor San Pedro Tongo-

Martes 7:00 pm a 4:00 pm 6 días y 21 horas del Martes siguiente

4 DÍAS Y 12 HORAS

213.75

6.00

Pp “García” --Regidor San Pedro Tongo-

Martes 4:00pm a 4:00am de Miércoles

12 horas

14.09

0.00

Ampliación Ejido San Miércoles 4:00am a Pedro del Tongo -7:00am del Jueves Regidor San Pedro Tongo-

27 horas

44.20

0.00

Pp “Los Torres” -Jueves 7:00am a 7:00am Regidor San Pedro Tongo- del Viernes

24 horas

30.00

0.00

SUBTOTAL

9 DÍAS Y 12 HORAS

302.04

6.00

TOTAL

14 DÍAS

428.59

52-50

Fuente: Datos proporcionados por regidores de ambos ejidos y Gerente Operativo del Módulo de riego; SRH, 1975-a; SRH, 1975-f; SARH, 1985; SARH, 1990; CNA, 1999-b

Cuadro 4: Dimensiones de las presas derivadoras efímeras en el año de 1976. Presa y canal principal

Longitud, ancho y altura de las presas, según reporte (SRH, 1976)

Presa y canal principal

Longitud, ancho y altura de las presas, según reporte (SRH, 1976)

(1) Las Liebres

132 m, 3 m y 1.20 m

(8) San Antonio

260 m, 9 m y 1.30 m

(2) Santa Bárbara II

146 m, 6 m y 0.60-1.10 m

(9) Santa Clara

160 m, 6 m y 1.30 m

(3) San Isidro

85 m, 3.20 m y 0.60-1.20 m

(10) El Conejo

120 m, 9 m y 1.50 m

(4) Santa Bárbara I

155 m, 1.50 m y 0.70 m

(11) Emilio Carranza canal de llamada del cárcamo Emilio Carranza

(5) El Pueblo

135 m, 1.50-2.0 m y 0.600.90 m

(12) San Pedro del Tongo

(6) La Flor

260 m, 1 m y 1 m

(13) El Sobaco

(7) El Ranchito

179 m, 1m y 0.60-0.70 m

(14) Las Cruces

106 Antología sobre riego

140 m, 9 m y 1.30 m

Figura 2. Croquis de sifón, “Pase de agua” ó “Tortuga” subterráneo en el arroyo del Cobre o San Luis.

pr

N

es

ad

er

iva

compuerta

do

ra

material de relleno Canal “Sta. Clara” sifón subterraneo

Arroyo San Luis

Río Nazas

Figura 3. Esquema organizacional del módulo de riego II Nazas (2010)

Consejo Directivo: Presidente, Secretario y Tesorero con sus respectivos vocales

Asamblea General (máxima autoridad)

Asistente administrativo

Presidente del Consejo Directivo

Operadores de máquina

Gerente operativo

Consejo de Vigilancia: Presidente y tres vocales de los cuales uno es de la CNA y otro de Gobierno del Estado

Regidores comunitarios

Estadístico

Canaleros del módulo

CASO DEL MODULO II (NAZAS) DEL DISTRITO DE RIEGO 017 107

II. Organizaciones autogestivas en los distritos de riego: El caso del módulo III (San Jacinto) del Distrito de Riego 017 * Carlos Cháirez Araiza | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Las leyes mexicanas del siglo XX no han sido consistentes en cómo los usuarios deben consolidar una institución reconocida para la administración del agua, ni tampoco el espacio que pueda administrarse. Esto ha afectado la organización de los usuarios, y la gestión misma del recurso agua (Palerm, 2006-c; Palerm et al, 2004; Palerm, 2003). Cada ley de aguas parece partir de una tabla rasa, pretendiendo actualizar y re-organizar todo el espacio de regadío, exigiendo nuevos tipos de reglamentos, nuevos espacios reglamentados, nuevos conjuntos de usuarios y nuevas organizaciones formales (Palerm, 2003). La ausencia de consistencia ha afectando a todos los espacios de regadíos, incluyendo a los llamados Distritos de Riego. La autogestión en los Distritos de Riego, antes de la llamada trasferencia en la década de 1990, no es un hecho anómalo. Se tienen evidencias de que en un universo de 72 Distritos De Riego, aproximadamente el 25% de ellos corresponde a obras * También publicado en Tecnología y Ciencias del Agua, vol. IV, núm. 4, correspondiente a octubre-diciembre de 2013.

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de mejoramiento y ampliación de viejos regadíos y, en algunos casos, simplemente a viejos regadíos cuya administración pasó a manos del Estado. Además, en los Distritos de Riego, hubo políticas de organización de los usuarios y de gestión por los mismos usuarios, en un 38 % de un universo de 72 Distritos hay evidencia de organizaciones de regantes (Palerm, 2009). Adicionalmente, no se ha puesto demasiada atención al hecho de que muchos de los Distritos de Riego son agregados administrativos de regadíos que no comparten infraestructura, ni las mismas fuentes de agua o, más aún, ni siquiera están en espacios geográficos contiguos. La agregación administrativa disimula que, en realidad, hay una proliferación de pequeños regadíos (Palerm, 2009) que no requieren de una administración burocrática (Palerm, 2005, 2006-a), e incluso que los regantes minifundistas prefieren una administración no burocrática (Palerm, 2006-b; Montes y Palerm, 2010-a, 2010-b). En este trabajo se presenta, a) La presencia de espacios de autogestión desde las primeras intervenciones del Estado Mexicano en la Comarca Lagunera y su progresiva expansión hasta la supresión de Juntas de Agua y, posteriormente, la devolución a los usuarios, y b) El estudio de caso sobre los pequeños sistemas de riego del módulo III del Distrito de Riego 017 (DR 017), que muestra que, antes y después de la transferencia, los usuarios han dado continuidad a organizaciones autogestivas. LOCALIZACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO El módulo de riego III San Jacinto se encuentra en la parte media del DR 017, localizándose en el tramo existente entre la presa de almacenamiento Francisco Zarco (FZ) y la antigua presa (represa) de San Fernando (SF), entre los meridianos 103˚ 46´ 25.52˝ y 103˚ 31´ 51.84˝, longitud Oeste, y los paralelos 25˚ 16´ 14.80˝ y 25˚ 30´ 39.81˝, latitud norte en el municipio de Lerdo, Durango, México. El clima, según la clasificación de Köppen modificada por Enriqueta García, corresponde a BWhw (w) (e´) que se caracteriza por ser muy seco o desértico, semicálido con invierno fresco, temperatura media anual entre 18 y 22 ˚C y la del mes más frío menor de 18 ˚C; con régimen de lluvias de verano, por lo menos diez veces mayor cantidad de lluvia en el mes más húmedo de la mitad caliente del año que

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en el mes más seco, un porcentaje de lluvia invernal menor del 5 de la total anual; y, muy extremoso, oscilación mayor de 14 ˚C (CETENAL, 1970). La mayor parte de la precipitación ocurre en el periodo de junio a octubre, siendo julio, agosto y septiembre los meses más lluviosos. En contraparte, el período de máxima evaporación se registra de marzo a agosto, siendo los meses de mayor evaporación mayo, junio, julio y agosto. La vegetación en las márgenes del río está conformada principalmente por álamos (Populus sp), sauces (Salix alba), sabinos o ahuehuetes (Taxodium mucronatum), huizache (Acacia tortuosa), mezquite (Prosapis juliflora), carrizo (Arundo donax), etc., mientras que más allá de la franja, donde termina la parte húmeda de las márgenes del río Nazas, se encuentra vegetación típica del desierto (Trabajo de campo, 2010). DISTRITO DE RIEGO: LEGISLACIÓN Y REGLAMENTACIÓN (1888-1992) La administración de las aguas del río Nazas, según el reglamento (proyecto/convenio) de 1890, bajo la Ley del 5 de junio de 1888, fue asumida por una Junta menor que debía nombrar un Juez de aguas que vigilaría el cumplimiento del convenio y el reparto de las aguas, y al cual la Junta le señalaría sus deberes y facultades (SF, 1890). Posteriormente, según el “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Nazas” del 24 de junio de 1891, bajo la Ley del 5 de junio de 1888, la administración se realizaría por la Secretaría de Fomento, quien nombraría a un Ingeniero Inspector (Artículo 25°) y tentativamente se consideraría a futuro como figura asociativa un Sindicato (Artículo 27°) (SF,1891). El control administrativos de la Secretaría, a nivel de río, continuó en el “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, desde la presa de San Fernando hasta la presa de La Colonia en Coahuila” del 15 de junio de 1895, quien nombraría un Ingeniero Inspector (Artículo 25) (PEF, 1919). En las “Modificaciones al reglamento del 15 de Junio de 1895, sobre la distribución de las aguas del río Nazas, Durango” del 30 de agosto de 1909 se específica que el Ingeniero en Jefe de la Comisión Inspectora del río Nazas tendría a cargo la aplicación del reglamento (Artículo 30) (SEDFCI, 1909; DOF, 1909). En el “Proyecto de reglamento para el uso y la distribución de las aguas del Río Agua-

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naval, en su trayecto comprendido entre la salida del Cañón del Realito, en el Estado de Durango, y su desembocadura en la Laguna de Viesca, del Estado de Coahuila” del 5 de abril de 1922, la SAF sería la responsable de nombrar el personal que debería de encargarse de la aplicación del Reglamento (Artículo 8) (SAF, 1922-a); en tanto, en el “Proyecto de reglamento para la distribución de las aguas del río Aguanaval que corresponden a los predios del llamado Cuadro de Matamoros de La Laguna, del Estado de Coahuila” del 11 de abril de 1922, la Comisión Inspectora del Río Aguanaval se haría cargo de la distribución a nivel de río, mientras que los usuarios a nivel de canal constituirían una Junta Directiva (Artículo 10) (SAF, 1922-b). Las Leyes de 1910 (14 de diciembre), 1917 (6 de julio) y 1926 (8 de enero) no afectaron las disposiciones asentadas en las “Modificaciones al reglamento del 15 de Junio de 1895, sobre la distribución de las aguas del río Nazas, Durango”, ya que como se indica en la cláusula II del Título Noveno del “Reglamento y Bases para la más justa distribución de las aguas del canal Santa Rosa” de julio de 1926, el volumen para el canal Santa Rosa del tramo reglamentado del río Nazas se mantuvo vigente, y los usuarios o accionistas siguieron representados por una comisión autónoma denominada Junta Directiva (CAIL, S.A., 1926). Esta misma figura de Junta Directiva se usó para representar la “Asociación de Usuarios” del tramo reglamentado del río Aguanaval, comprendido entre la salida del Cañón del Realito y la bocatoma del canal La Grulla en el “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Aguanaval, desde la salida del Cañón del Realito, entre los límites de los estados de Coahuila y Durango, hasta la Bocatoma del Canal de la Grulla, en el estado de Coahuila” del 30 de agosto de 1926 (Artículos 12 y 18) (SAF, 1926). Las “Asociaciones de Usuarios”, según la Ley de 1929 (7 de agosto), serían obligatorias cuando se tratara de aprovechamientos colectivos hechos con una sola toma ó en las zonas servidas por una empresa de riego en los casos y condiciones que los reglamentos especiales determinen (Artículo 46, incisos a y b) y, sus funciones se ejercerían por la Junta Directiva (Art. 45), dejando la reglamentación a la SAF y, la posesión, conservación y administración de los bienes objeto de esta ley a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (Art. 8 y 9) (SAF, 1929).

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La Ley de Aguas de Propiedad Nacional 1934 (30 de Agosto de 1934) conservó las Asociaciones de Usuarios (Art. 80) representadas por una Junta Directiva que debería presentar los presupuestos para la administración, construcción y reparación de las obras (Art. 85, incisos III y IV), pudiendo convertirse la Junta Directiva en Junta de Agua (Art. 91), misma que se encargaría de aplicar el Reglamento con carácter de Agente del Ejecutivo, elegida por los usuarios, y donde además la Secretaría podría designar personal distribuidor (Art. 79 y 91 de la Ley y Art. 122, fracción VIII del Reglamento) (SAF, 1934; SAF, 1930). Así, quedó a cargo de la Secretaría la reglamentación del uso y aprovechamiento de las aguas de propiedad nacional (Artículo 70), y a cargo de los usuarios los reglamentos de aprovechamiento colectivo que surtirían su efecto legal una vez aprobados por la Secretaría (Artículo 72) (SAF, 1934). En 1936, al decretarse el fraccionamiento de la totalidad de las haciendas en la Comarca Lagunera, por acuerdo presidencial del 15 de diciembre del mismo año, se dispuso que la Comisión Nacional de Irrigación se hiciera cargo de la conservación del Sistema de Riego de los Ríos Nazas y Aguanaval, y de la distribución de sus aguas, creándose de esta forma el Sistema de Riego No. 17 (15 de abril de 1938). En igual forma se constituyó la Comisión Mixta Reglamentadora de las aguas de las corrientes citadas, encargada de formular las normas reglamentarias para la correcta distribución de las aguas, en consonancia con las necesidades creadas con motivo de la transformación del Régimen de propiedad (BNCE, S.A., 1940-a). En el año de 1939, la Comisión Mixta Reglamentadora presentó el proyecto de reglamento para el río Nazas ante la Secretaría de Agricultura y Fomento, el que fue aprobado y puesto en vigor después de habérsele hecho algunas modificaciones de importancia que favorecieron en mayor proporción al Sector Ejidal (BNCE, S.A., 1939, 1940-a). Entre estas modificaciones destaca la modificación al artículo 21 del Reglamento del Nazas, derivado del incremento al volumen preferencial para el sector social de 592,816,890 a 770,661,959 metros cúbicos, respectivamente, de un volumen medio anual derivado de 1,185,633.788 metros cúbicos, deducido de un período de 20 años (BNCE, S.A., 1940-a). La medición de volúmenes a la altura de las compuertas principales era realizada por el DR 017, empleando para ello aforadores, dejando a los interesados, a través de las Juntas Locales, el pago de los aforadores para la distribución in-

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terna (BNCE, S.A.,1940-a), como se manifiesta en el “Reglamento para la distribución de aguas del río Nazas en la región Lagunera de Durango y Coahuila” (1939), donde cada uno de los canales deberá contar con una Junta de Aguas para cooperar en la correcta aplicación del Reglamento Interior de cada canal (Art. 3 al 6), dejando la operación de presas y compuertas de la red principal (Art. 10) a cargo del personal de la Comisión Nacional de Irrigación (CNI/(DR 017). Se prevé que la reglamentación interior de cada canal la haría la Comisión Mixta Reglamentadora de los río Nazas y Aguanaval (Art. 2º Transitorio, Inciso I) (DOF, 1939). Sin embargo, según el Ing. Jorge Malottky, Subagente Técnico, el aprovechamiento y la distribución eficaz de las aguas del río Nazas no había podido concretarse. Esto debido en parte a que el DR 017 se había limitado a servir las dotaciones en cada canal a la altura de las compuertas derivadoras, dejando la distribución a cargo de los usuarios (o al Banco Nacional de Crédito Ejidal -BNCE, S.A.-, quien contrataba los servicios de personal eventual), sin ejercer vigilancia y control, y, por otra, según el Ing. Florentino Flores, Jefe de División de Irrigación de la Sub Agencia Técnica, por incumplimiento de la Comisión Mixta Reglamentadora en cuanto a la elaboración de reglamentos interiores de canales (BNCE, S.A., 1940-a; BNCE, S.A., 1940-b; BNCE, S.A., 1940-c). Estos señalamientos se derivaron de las facultades conferidas al Banco Nacional de Crédito Ejidal para intervenir en las operaciones relacionadas con el riego de los ejidos refaccionados, conforme al artículo 148 del Código Agrario, artículo 36 fracción IV de la Ley de Crédito Agrícola de enero de 1934, y el artículo 6˚ de la Ley de Crédito Agrícola, que reforma la Ley del 24 de enero de 1934, fechada el 2 de diciembre de 1935, así como el artículo 12 de la misma Ley (BNCE, S.A., 1939). Posteriormente, en la Ley de Riegos de 1947 (1º de Enero), la conservación de las obras, la distribución de las aguas y, en general, la operación de los sistemas de riego queda a cargo de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), procurando organizar las Juntas de Agua o Asociaciones de Usuarios a los que finalmente deba hacerse la entrega de la operación de los Distritos o Unidades de Riego (Art. 35º), para que los operen directamente (Art. 36 º); sin embargo, en ningún caso, señala la Ley de Riegos, serán entregadas para su operación por los usuarios las obras de importancia que, a juicio del Ejecutivo, ameriten ser operados permanentemen-

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te por el Gobierno Federal (Art. 37º) (SRH, 1957). La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SRH), apoyaría a la SAG para el mejor desarrollo de sus actividades (Art. 38º) (SRH, 1957). En tanto, en el “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, en el Distrito de Riego de la Región Lagunera” (23 de Octubre 1947) se establece que la aplicación de éste será realizada por la SAG por conducto del DR 017 (Art. 2º), y que los canales principales indicados en el artículo 1º deberán organizar Juntas Locales de Aguas, las cuales cooperarán bajo la supervisión del Distrito de Riego para la distribución correcta de las aguas (Art. 3º) (SRH, 1947; SRH, 1957), y se constituirán en la forma que previene el “Reglamento para la organización y funcionamiento de las Juntas y Jueces de Agua”, debiendo quedar integradas por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y de uno a tres vocales de conformidad con el número de grupos de usuarios (Art. 4º) (SRH, 1947). Las Juntas de Agua deberían de formular sus presupuestos anuales de ingresos y erogaciones de conformidad con los usuarios de su canal. A su vez, estos presupuestos quedarían sujetos a la aprobación de la Gerencia del Distrito, la que, según se señala, los aprobaría si se apegaran a las disposiciones legales, y no resultan gravosos para los usuarios (Art. 6º). Como derecho de los usuarios, también se señala el recibir del Distrito de Riego los volúmenes en la bocatoma de los canales principales bajo el control de las Juntas de Agua (Art. 12º, Inciso 3a) (SRH, 1947). En 1962 se decreta la supresión de las juntas de aguas en el Distrito de Riego de La Laguna con el “Acuerdo por el que se determina que la Secretaría de Recursos Hidráulicos asumirá también las funciones que ahora están a su cargo de las Juntas Locales y Jueces de Aguas del Distrito de Riego número 17 de la Región Lagunera” (DOF, 1962; Palerm, 2009), que señala: “... de todo lo cual se deriva la necesidad imprescindible de que exista control y disciplina unitarios en el aprovechamiento del agua que se opera en el Distrito de Riego número diecisiete, así como en la distribución de las aguas, en la conservación de las obras y en la explotación de los acuíferos subterráneos, para que sea posible lograr su mejor aprovechamiento.

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Que a causa de la organización actual de la distribución de aguas establecidas en el reglamento expedido por la Secretaría de Recursos Hidráulicos el 23 de octubre de 1947, las autoridades del Distrito de Riego no pueden ejercer el control necesario ni la dirección técnica apropiada por interferirlo la existencia de las Juntas Locales y Jueces de Aguas, quienes llevan a cabo la operación, distribución del agua y la conservación de las obras dentro de sus respectivas jurisdicciones. Que es indispensable para poder resolver los problemas agrícolas económico y el mejor uso aprovechamiento y distribución de las aguas de los ríos Nazas y Aguanaval que la Secretaría de Recursos Hidráulicos, por conducto del Distrito de Riego número diecisiete de la Región Lagunera, asuma la distribución total del agua entre los usuarios, la operación y conservación de las obras y el control riguroso de la explotación de los acuíferos. (...)” LAS JUNTAS DE AGUA EN LA PARTE BAJA DEL DR 017 (1958-1962) En un intento por reconstruir la historia de las Juntas de Agua en la parte baja del DR 017, se realizaron recorridos de campo por la Comarca de La Laguna, pudiendo rescatar testimonios de usuarios y ex funcionarios que por su edad recuerdan lo ocurrido en el período 1958-1962. Organización y actividades del DR 017 La Gerencia General del DR 017 coordinaba los Departamentos de Operación, Conservación, Riego y Drenaje y Administración, mismos que se encargaban de la distribución de las aguas provenientes de la presa Lázaro Cárdenas (LC) y broncas del río Nazas (Departamento de operación), del mantenimiento y conservación de las presas derivadoras y canales principales (Departamento de conservación), de la concentración de la información sobre riegos que se enviaba a la ciudad de México (Departamento de Riego y drenaje), y de lo referente al trabajo administrativo (Departamento de administración) (Entrevista a ex funcionario, 2010).

116 Antología sobre riego

Figura 1. Esquema organizacional del DR 017, 1958-1962 (Entrevista, 2010)

Gerencia General Gerente General

Distrito de Riego 017 Jefe DR 017

Departamento de administración

1a. UNIDAD Nazas - Rodeo (oficinas en Nazas y Rodeo, Dgo.)

Departamento de operación

2a. UNIDAD Jerusalem San Jacinto (oficinas en Gómez Palacio, Dgo.)

3a. UNIDAD Tlahualilo (oficinas en Tlahualilo, Dgo.)

Departamento de conservación

4a. UNIDAD Matamoros (oficinas en Matamoros, Coah.)

Departamento de Riego y Drenaje

5a. UNIDAD Fco. I. Madero (oficinas en Fco. I. Madero, Coah.)

6a. UNIDAD San Pedro (oficinas en San Pedro, Coah.)

Las Jefaturas de Unidad de Riego21 dependientes del Departamento de operación, y con espacios geográficos similares a los que tienen las actuales Unidades de Riego, estaban a cargo de los Jefes de Unidad, cuyas funciones consistían en realizar el programa de riego de la misma Unidad de Riego, y por tanto del DR 017, así como en recoger los datos que se generaban en la Unidad junto con el Jefe de operación y el Gerente General, y en vigilar el cumplimiento del programa de riegos (Entrevistas 2009 y 2010). Las Jefaturas contaban con un auxiliar del Jefe de Unidad, un Aforador con dos ayudantes, Compuerteros, Inspectores de Riego y una cuadrilla de trabajadores (peones de maniobra) dirigidos por un topógrafo (Entrevistas 2009 y 2010). En la presa de Guadalupe, correspondiente al tramo reglamentado del río Nazas, y ubicado en lo que ahora se denomina parte baja del DR 017, los Compuerteros, empleados de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SRH), dormían en la oficina del telefonista para realizar los ajustes de las com1  Estas Unidades de Riego son divisiones administrativas del Distrito de Riego, no son las también llamadas unidades de riego para sistemas autogestivos fuera de los Distritos de Riego.

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puertas hechas de agujas. Las compuertas de agujas se componían de tablas de madera de 4 pulgadas de espesor que se insertaban de forma vertical al cauce natural o canal, y que estaban sostenidas por rieles de fierro que se fijaban al muro de concreto construido en el talud vertical del canal, teniendo en la plantilla del canal una estructura de concreto donde podía dejarse un espacio o “muelito” para alojar la base de las tablas de madera. Después de la Rehabilitación del DR 017 (1966-1972), las compuertas de aguja desaparecieron (Entrevista a ex funcionario, 2009). El Inspector de Riegos (empleado de la SRH) supervisaba el reparto del agua realizado por los aforadores de las Juntas de Agua, levantaba el reporte diario de lo que se regaba en 24 horas y, en los meses que no había riego, nivelaba y limpiaba canales a pala, además de dar mantenimiento a las compuertas (Entrevista a ex funcionario, 2010). En los meses de riego, el Compuertero (dos por cada compuerta de cada canal principal) era el responsable de maniobrar la compuerta (de agujas) bajo la supervisión del Inspector de Riego y al igual que el Inspector de Riego; y en los meses que no había riego, limpiaban canales (Entrevista a ex funcionario, 2010). En tanto, a nivel de río había un Aforador General que hacía entrega del agua de riego al Aforador de cada Unidad (desde Lerdo, Durango a San Pedro de las Colonias, Coahuila) y, estos últimos le entregaban el agua a las Juntas de Agua de cada canal Principal (Entrevistas a ex funcionarios, 2009-2010). Figura 2. Esquema organizacional de la Unidad de Riego, 1958-1962 (Entrevista, 2010).

Administrativo

Aforador de Unidad y 2 ayudantes

118 Antología sobre riego

Jefe de Unidad

Compuerteros (los necesarios: 2 por canal principal)

Auxiliar de Jefe Unidad

Inspectores de riego (los necesarios: 1 por canal principal)

Topógrafo y cuadrilla de trabajadores (5-6)

Organización y actividades de las Juntas de Agua Las Juntas de agua de cada canal principal se componían de un Presidente, Secretario y Tesorero con sus respectivos vocales, así como de su plantilla de trabajadores: dos aforadores, compuerteros, y una cuadrilla de cinco a seis trabajadores (Entrevistas a ex funcionarios, 2009-2010), cuyos gastos de representación provenían de las cuotas por servicio de riego que los usuarios pagaban en las oficinas de la Junta de Aguas, mismas que entregaban un porcentaje a la SRH (Entrevista a ex funcionario, 2009). En cuanto a la elección de la mesa directiva de la Junta de Agua, esta podía hacerse de varias maneras. En ciertas ocasiones, los usuarios de cada ejido traían su planilla, o bien, todos los usuarios de los ejidos se ponían de acuerdo en una asamblea general que podía realizarse en alguna de las comunidades, o en la comunidad de Presa de Guadalupe, donde existían oficinas de las Juntas de Agua. Las reuniones de cambio de mesa Directiva, que se celebraban cada tres años, eran sumamente acaloradas: todos querían ser Presidentes, e incluso algunos de ellos estuvieron en el puesto de Presidente de la Junta de Aguas hasta diez años, siempre que contaran con el voto de los usuarios (Entrevistas a ex funcionarios, 2009-2010). Entre las actividades que realizaban las Juntas de Agua pueden señalarse las relacionadas con el reparto del agua, la conservación de la infraestructura, resolución de conflictos, así como su respuesta al decreto de 1962, mediante el cual el Estado asumía las funciones que las Juntas de Agua realizaban hasta la fecha (Entrevista a ex funcionario, 2009; DOF, 192). Reparto del agua Una vez que el Presidente de la Junta de Aguas recibía el volumen en el punto de control (que se distinguía por unos puentes de concreto sobre el espejo del canal), éste entregaba el volumen mencionado al Presidente de Comisariado o a un encargado del ejido, el cual finalmente le repartía a cada uno de los ejidatarios a los que le tocaba el agua (Entrevista a ex funcionario, 2009). El encargado del ejido realizaba su labor de marzo a septiembre de cada año, y recibía su pago por parte del ejido (Entrevista a ex funcionario, 2009). Los aforadores de las Juntas de Agua aforaban los canales laterales cada doce horas, y podían trasladarse caminando (“a pié”) o en camioneta (Entrevista a ex

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funcionario, 2009). En cada uno de estos canales laterales, cuyo número variaba según el canal principal, las compuertas quedaban a cargo de un Compuertero, empleado de la Junta de Agua (Entrevista a ex funcionario, 2009). En tanto, la cuadrilla de trabajadores de la Junta de Aguas sacaban la basura y le daban mantenimiento a las compuertas a cargo de la Junta de Aguas (Entrevistas a ex funcionarios, 2009-2010). En el reparto del agua era común observar al Presidente, Secretario y Tesorero, vigilando juntos el canal para que se hiciera una correcta distribución del agua de riego, o bien resolviendo los problemas que se suscitaban en el reparto del agua (Entrevista a ex funcionario, 2009). También era común observar al Presidente de la Junta de Aguas recorriendo diariamente el canal en camioneta (la cual podía tener el logotipo “Juntas de Agua”) para trasladar la cuadrilla (brigada) de trabajadores al lugar de trabajo (Entrevista a ex funcionario, 2009). Conservación de la infraestructura hidráulica La limpia de los canales principales y laterales quedaba a cargo de los usuarios. Cada uno de ellos tenía un tramo asignado en el que limpiaba y desazolvaba con pala en los meses de enero-febrero de cada año, previo levantamiento topográfico que realizaba la cuadrilla de trabajadores dirigida por el Topógrafo para determinar los volúmenes de desazolve (Entrevista a ex funcionario, 2009).

Figura 3. Esquema organizacional de las Juntas de Agua en la antigua presa Guadalupe, ubicada en la parte baja del DR 017, 1958-1962 (Entrevista, 2009) Asamblea General usuarios canal principal

Secretario

Cuadrilla (Brigada) Trabajo

120 Antología sobre riego

Presidente Junta de Aguas

Compuerteros (Los necesarios)

Tesorero

Aforadores (2)

Conflictos y su resolución Como se indicó, los problemas inherentes a la distribución del agua de riego se resolvían por conducto de la Mesa Directiva de la Junta de Agua. Sin embargo, existían problemas de tipo administrativo generados por la propia Mesa Directiva, los cuales incomodaban a los usuarios: la cuota por servicio de riego tenía que ser pagada aun cuando no se disponía de suficiente agua en la presa LC, y la reducción de superficie de riego era inevitable (Entrevistas a ex funcionarios, 2009-2010); el Presidente de la Junta de Aguas regaba más superficie de la autorizada y manejaba los dineros a su antojo, incrementaba los gastos de operación (mayor número de compuerteros de los requeridos, más gasolina de la necesaria, etc.); entre otras cosas (Entrevista a ex funcionario, 2009). Desaparición de las Juntas de Agua En 1962, la SRH asume la distribución y conservación de la infraestructura hidráulica existente, e inmediatamente nombra canaleros y aforadores a nivel de secciones y zona de riego respectivamente, teniendo como impacto un golpe de estado para las Juntas de Agua, resistiéndose a entregar los vehículos (Entrevista a ex funcionario, 2009). En 1963 se inicia el revestimiento del canal Tlahualilo, y la concentración de una gran parte de las comunidades en la cabecera municipal de Tlahualilo, con objeto de compactar las áreas de riego y ahorrar agua al sembrar todos en “terreno unido” o áreas compactas. Los ejidos Córdoba, Valencia, Londres y Barcelona respectivamente dejaron todo para concentrarse en Tlahualilo, cabecera municipal, en lotes urbanos que les fueron cedidos para construir colonias; el ejido Ceceda no se movilizó. (Entrevista a vecino del ejido Ceceda, Tlahualilo, Dgo., 2009). El 14 de septiembre de 1966 se declara de interés público la ejecución del Programa del Plan de Mejoramiento Parcelario (PLAMEPA) (DOF, 1966; López, 1968), el cual incluyó la construcción de la presa FZ (1965-1970) para controlar las aguas broncas que escurrían de la cuenca media del Nazas, y la construcción del actual canal principal Sacramento, dejando en desuso los 24 canales en tierra y la sangría de Benavidez, así como las presas derivadoras existentes aguas abajo de la presa de San Fernando, centralizando la administración de las aguas del río Nazas

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con la construcción y revestimiento de los canales principales Santa Rosa-Tlahualilo y Sacramento (Trabajo de campo, 2010). En la justificación de la supresión de las Juntas de Agua se señala que la SRH asumirá las funciones que estaban a cargo de las Juntas de Agua y Jueces de Agua, debido al problema de aprovechamiento y distribución de las aguas superficiales y subterráneas (explotación del acuífero) (DOF, 1962), un tema que hasta la actualidad sigue vigente y sobre el cual se han vertido diferentes opiniones. Sin embargo, por múltiples razones y con algunas variantes, las organizaciones propias de los usuarios en algunos pequeños sistemas de riego continúan existiendo en los módulos I, II y III del río Nazas, así como en el módulo XIX “Jimulco” del río Aguanaval (Trabajo de campo, 2009; Cháirez y Palerm, en esta Antología). EL MÓDULO III SAN JACINTO El módulo III San Jacinto está conformado por ocho presas derivadoras que existen en el tramo del río Nazas comprendido entre la presa FZ y la actual represa de SF, mismas que dan origen a igual número de canales: presa Graceros (canal de llamada que abastece el cárcamo de Graceros), presa San Jacinto (canal principal San Jacinto), presa La Loma (canal principal La Loma), presa La Goma (canal principal La Goma), presa San Juan de Casta (canal principal San Juan de Casta), presa El Sabino (canal principal El Sabino), presa San Pedro (canal principal San Pedro) y presa San Carlos (canal principal San Carlos). Las presas Graceros, San Jacinto, La Loma y La Goma respectivamente se encuentran en el Área Natural protegida Cañón de Fernández, que incluye el espacio comprendido entre las compuertas de la presa FZ y un lugar conocido como La Posta, próximo a la comunidad de Sapioriz, Durango. El módulo, llamado así después de la transferencia de marzo de 1991, es una Asociación Civil creada bajo la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento (CNA, 1994), e integrada por usuarios de los ejidos 21 de Marzo, San Jacinto, Juana E. García, León Guzmán, La Goma, Sapioriz, La Loma, El Rayo, 6 de Enero, Los Ángeles, Sector Monterrey, Villa Juárez, Carlos Real, Álvaro Obregón y el sector pequeña propiedad. La superficie total de riego que administra es de 6,371-55 ha, de las cuales 5,50202 corresponden al sector social con 1,475 ejidatarios, y 869-53 ha al sector peque-

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ña propiedad con 69 pequeños propietarios, lo que hace que cada ejidatario tenga en promedio 3-73 ha con derecho a riego, siempre que al 1º de octubre de cada año se disponga de volumen suficiente almacenado en el sistema de presas LC y FZ. En el esquema administrativo del DR 017, el módulo pertenece a la Segunda Unidad de Riego “Jerusalem-San Jacinto” con oficinas en la ciudad de Gómez Palacio, Durango. Estructura del módulo de riego En la Segunda Unidad de Riego “Jerusalem-San Jacinto”, el módulo San Jacinto dispone de oficinas de recaudación en las que una secretaria realiza los cobros por concepto de servicio de riego, y un pequeño cubículo para el Supervisor de operación de la CNA que sirve de enlace entre el módulo y el DR 017. En este mismo lugar, compartiendo espacios, se encuentra el personal de los módulos IV “El Vergel” y V “Brittingham”, dependientes de la Unidad de Riego “Jerusalem”, así como el Supervisor de operación de la CNA responsable de la Unidad de riego indicada (Entrevista, 2010). El módulo, además de la secretaria encargada de la recaudación, cuenta con un Gerente técnico y un Encargado de maquinaria, el primero con doce años de antigüedad en el cargo y responsable de elaborar el programa de riego por canal principal, recibir los informes diarios o semanales sobre avances de riego por parte de los Regidores apoyados económicamente por el módulo, mover ocasionalmente la maquinaria del módulo, citar a los Regidores indicados previo al inicio de los riegos de presiembra y auxilio con objeto de programar los riegos, así como acompañar diariamente al Supervisor de operación de la CNA para realizar los aforos de cada canal principal, entre otras cosas (Entrevista, 2010). Por su parte, el Encargado de maquinaria es responsable de todo lo relacionado con la maquinaria concesionada y la adquirida con la mezcla de recursos del Programa de Desarrollo Parcelario (PRODEP) y módulo de riego (Entrevista, 2010). Todos ellos, incluyendo a los operadores de maquinaria y usuarios, consideran la caseta de riego ubicada en la Villa de León Guzmán como centro de reunión para la realización de los trabajos de campo y reuniones con los Delegados (representantes de usuarios). En este lugar, el Gerente técnico, operadores de maquinaria y, ocasionalmente, los Directivos del módulo, se reúnen a las 8:00

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am de cada día para programar las actividades diarias, y, en los períodos en que se deriva agua de la presa FZ, la caseta también es utilizada como punto de encuentro entre el Gerente técnico y el Supervisor de operación responsable de la Unidad de Riego “San Jacinto” para la realización de los aforos y supervisión de riegos (Trabajo de campo, 2010). Infraestructura hidráulica El tramo del río que ocupa el módulo III “San Jacinto” tiene una longitud total de 56 kilómetros, medidos desde la presa FZ hasta la represa de San Fernando (SF): 3.81 km de la presa FZ a la presa del bombeo de Graceros (1), 11.22 km de la presa de bombeo de Graceros a la presa de San Jacinto (2), 7.12 km de la presa San Jacinto a la presa de La Loma (3), 5.85 km de la presa La Loma a la presa de La Goma (4), 7.27 km de la presa de la Goma a la presa de San Juan de Casta (5), 2.09 km de la presa de San Juan de Casta a la presa El Sabino (6), 2.87 km de la presa El Sabino a la presa de San Pedro, (7) 7.50 km de la presa San Pedro a la presa San Carlos y 8.27 km de la presa San Carlos a la presa de San Fernando, considerada como la Figura 4. Esquema organizacional del módulo III San Jacinto

Consejo Directivo: Presidente, Secretario y Tesorero con sus respectivos vocales

Secretaria (Recaudadora)

Asamblea General (máxima autoridad)

Presidente del Consejo Directivo

Encargado de maquinaria

Gerente técnico

Operadores de maquinaria

Regidores comunitarios

124 Antología sobre riego

Consejo de Vigilancia: Presidente y tres vocales de los cuales unos es de la CNA y otro de Gobierno del Estado

entrada a la parte baja del Distrito de Riego 017 (DR 017) y el lugar donde se distribuye el caudal que transita por el río Nazas a los canales principales Sacramento y Santa Rosa-Tlahualilo (Trabajo de campo, 2010). Las presas existentes son de mampostería, construidas con rocas de las montañas que corren próximas y paralelas al cauce del río, teniendo la bocatoma del canal en la margen derecha e izquierda del cauce del río, dependiendo del canal que se trate. El vertedor es transversal al cauce del río, siguiendo la línea imaginaria de la bocatoma del canal que daría continuación a la construcción del mismo sobre el río, pudiendo tener un desarenador en su estructura, además del que existe próximo a la bocatoma (Trabajo de campo, 2010). El desarenador construido en el vertedor de algunas de las presas, generalmente tiene una altura similar a la de su cresta, cuya abertura puede ser regulada mediante una compuerta metálica de dos hojas que se encuentra inserta en la estructura del vertedor, como ocurre en el desarenador próximo a la compuerta de la bocatoma del canal (Trabajo de campo, 2010). Los canales se originan en las presas derivadoras, y son revestidos y disponen de bocatomas equipadas con compuerta metálica de dos hojas para regular el caudal proveniente del río Nazas. Su longitud es variable, pudiendo tener hasta 20.98 km, tal como en el caso del canal “San Jacinto”. La trayectoria que siguen se encuentra en función de la pendiente y la mayor superficie que puedan dominar. Algunos canales como el de “San Jacinto” o el canal de “La Loma” se deslizan entre los espacios reducidos que existen entre la montaña y el cauce del río, dando lugar a que, en algunos tramos, el muro de la montaña sea considerado como parte del canal (canal “San Jacinto”) y, en algunos otros, se hayan construido túneles para permitir el paso del agua (canal “La Loma”) (Trabajo de campo, 2010). Los caminos para acceder a la presas son reducidos pero suficientemente amplios para el tránsito de un automóvil. En algunos tramos, como en los caminos que conducen a las presa de los canales “San Jacinto”, “La Loma” y “La Goma”, los caminos son tan reducidos que a un extremo se observa el río, y al otro el canal plegado a la montaña (Trabajo de campo, 2010). Una vez que los caminos emergen del Cañón de Fernández, estos continúan por una de las márgenes del canal, siendo utilizados por los usuarios para acceder

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a sus parcelas o para trasladar sus cosechas a los centros de población asentados en un pequeño valle al final del Cañón de Fernández (Trabajo de campo, 2010). Regidores En cada uno de los canales generales del módulo San Jacinto hay Regidores nombrados por los mismos usuarios. Cada ejido tiene bajo su responsabilidad a un tramo para hacer la distribución del agua. Estos ejidos nombran a un Regidor de Canal para el tramo bajo su responsabilidad, el cual también puede ser llamado Regidor General o Regidor Mayor. El tramo de canal a cargo del Regidor de canal está subdividido en pequeños tramos que riegan zonas, pudiendo tener varias zonas, para las cuales se nombra también a un Regidor llamado “de zona”. En el Distrito de Riego hay Regidores en la parte alta (módulos I y II) y media (módulo III) del río Nazas y en la región de Jimulco, regada por el río Aguanaval (módulo XIX) (Entrevista a ex funcionario, 2009). Los Regidores han estado en funciones desde antes de la transferencia, y siguen en funciones después de ella. El origen de los Regidores parece provenir de las Juntas de Agua posteriores al reparto agrario, tal como se muestra en el Art. 16 de las “Normas Provisionales para la Distribución interior del canal de San Jacinto, que deriva aguas del río Nazas” (N. Juan, 1941). Artículo 16. Para auxiliar a la Junta de Aguas en el reparto del agua, se nombrarán seis regidores distribuidores uno por cada sector de usuarios. Estos regidores serán nombrados por la Junta de Aguas, pero a propuesta de la mayoría de los componentes de cada sector o grupo de usuarios. Manejo del agua En la administración del agua que realiza el módulo se distinguen tres períodos definidos: (a) el primero, comprendido entre la primera decena del mes de marzo y la segunda decena de abril, en que se abren las compuertas de la presa FZ para derivar el volumen necesario para los riegos de aniego o presiembra del área del módulo III “San Jacinto” y de los 14 módulos de riego que existen en la parte baja del DR 017; (b) el segundo, comprendido entre la primer decena del mes de mayo y la última decena del mes de julio, en que las compuertas de la presa FZ permanecen abiertas para proporcionar los riegos de auxilio del área del módulo III “San

126 Antología sobre riego

Jacinto” y de los 14 módulos existentes en la parte baja del DR 017, y (c) el tercero, comprendido entre la primer decena del mes de agosto y la primer decena del mes de marzo del año próximo, en que los usuarios del módulo III “San Jacinto”, a diferencia de los dos primeros períodos, administran los estiajes que emanan del cauce del río Nazas sin la intervención de la Comisión Nacional del Agua (CNA) y del módulo (Trabajo de campo, 2010). En los periodos en que se derivan aguas de la presa FZ, conocidas por los usuarios como “aguas controladas”, el Gerente técnico del módulo de riego se encarga de realizar los programas de riego por canal, de realizar los aforos diarios en los puntos de control autorizados de cada canal principal en compañía del Supervisor de operación de la CNA, contabilizar el volumen de agua utilizado en el riego, entregar el agua a los usuarios a nivel de bocatoma, revisar que los canales estén preparados conforme al tandeo aprobado entre los usuarios, recibir los avances de riego diarios o semanales de cada uno de los Regidores de canal y apoyados económicamente por parte del módulo, atender la problemática de los usuarios en cuanto al riego, así como de convocar a reunión a los Regidores indicados previo al inicio de los riegos de presiembra y auxilio, entre otras cosas (Entrevista, 2010). Por su parte, el Supervisor de operación de la CNA, se encarga de llevar su propia contabilidad del volumen de agua utilizado, así como de realizar los movimientos de las compuertas de las bocatomas en los canales principales, colocar candados en las compuertas de las bocatomas de los canales principales, custodiar las llaves de los candados indicados, realizar en compañía del Gerente técnico los aforos diarios en los puntos de control autorizados de cada canal principal, autorizar los movimientos que tengan que realizarse sobre las compuertas de las bocatomas de los canales principales, realizar coordinación de acciones con los Directivos del módulo de riego, asistir en representación de la CNA a las reuniones de Delegados, y mantener informado al Jefe del Distrito de Riego de los sucesos que ocurren en el área de riego a su cargo, entre otras cosas (Entrevista, 2010). En el periodo de estiaje, comprendido entre la primer decena del mes de agosto y la primer decena del mes de marzo del año próximo, el Gerente y los operadores de maquinaria continúan presentándose a las 8:00 am de cada día en la caseta de riego de León Guzmán, el primero para atender únicamente las instrucciones

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del Presidente del módulo de riego con respecto a posibles reuniones ejidales a las que deberá asistir, y los segundos para mover la maquinaria en posibles trabajos de nivelación de tierras, conservación de la infraestructura hidráulica o trabajos contratados por usuarios y/o particulares (Entrevista, 2010). Mientras tanto, el Supervisor de la CNA retira los candados de las compuertas de las bocatomas de los canales principales, y disminuye su presencia en el área agrícola del módulo para que los usuarios de cada canal principal asuman por completo la administración del agua a nivel comunitario e intercomunitario (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). Los Regidores, que según el Gerente técnico son apoyados económicamente por el módulo con $800 pesos mensuales en el período de “aguas controladas”, atienden el llamado del Gerente Técnico previo al inicio de los riegos de presiembra y auxilio para programar los riegos a nivel de canal principal, informan al módulo de los avances diarios o semanales de riego, entregan al módulo el censo de cultivos, revisan diariamente el canal de riego, reparten el agua entre los usuarios de la comunidad, vigilan los posibles robos, ponen candados en tomas que no tienen derecho a riego, retiran la basura de los represos, vigilan la aplicación del tandeo reconocido por los usuarios, entregan el agua al Regidor de otra zona de riego, etc. Adicionalmente, en el período de estiaje, continúan realizando las mismas tareas, excepto aquellas que están relacionadas con la entrega de información al módulo de riego (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). Cultivos típicos El área del módulo de riego se caracteriza en su mayoría por cultivo de maíz (Zea Mays) y sorgo (Sorghum vulgare) forrajeros, debido a la demanda de forrajes que presenta la industria de la leche asentada en las principales ciudades de la Comarca de La Laguna, así como los productores de leche de traspatio que se encuentran diseminados en las comunidades ejidales (Trabajo de campo, 2010). En orden de importancia le sigue el cultivo de alfalfa (Medicago sativa L.), por presentar ingresos mensuales sostenidos de abril a noviembre a pesar de los daños que le ocasionan las lluvias que se registran en el período de junio a octubre, las heladas de noviembre a abril, así como la disponibilidad restringida de agua que se tiene de agosto a marzo de cada año, respectivamente (Trabajo de campo, 2010).

128 Antología sobre riego

En extensiones más reducidas se encuentran la huertas de nogal pecanero (Carya illinoinensis), chile (Capsicum annuum) para ventas en fresco y seco al menudeo domiciliario, sandía (Citrillus lanatum), tomate (Lycopersicum esculentum), camote (Ipomea batata) y cultivos de invierno como col (Brassica oleracea L), rábano (Raphanus sativus L), cilantro (Coriandrum sativum L), lechuga (Lactuca Sativa L.), etc. (Trabajo de campo, 2010). Conflictos y resolución En el módulo existe inconformidad por parte de Regidores y usuarios en contra del módulo de riego por el abandono en que se encuentran la red de caminos y la infraestructura hidráulica, particularmente las compuertas, mecanismos y presas, así como por el desempeño irregular de los operadores de maquinaria, quienes laboran uno o dos días y se le paga como si hubieran laborado la semana completa, por el uso de la maquinaria del módulo en el acondicionamiento de las calles de las comunidades rurales que promueven los candidatos a la presidencia del municipio de Lerdo, Durango para la obtención de votos, por la falta de transparencia en relación a quién se apoya económicamente en las comunidades por los trabajos que realizan los Regidores, por el privilegio que tienen algunos usuarios en cuanto al uso de la maquinaria, por el apoyo económico que se da a las campañas de ciertos candidatos a Presidentes de comisariado que generalmente pertenecen al grupo que ostenta el poder en el módulo, por la compra de votos de los Delegados para favorecer a cierto candidato a la presidencia del módulo, por la sospecha que tienen sobre la existencia de aviadores en la nómina del módulo, por el incremento continuo en las cuotas por servicio de riego, y por la falta de rendición de cuentas, etc. (Entrevista, 2010). La inconformidad con el módulo llevó a los usuarios del canal principal “La Loma” a solicitar amparo en contra del pago de la parte de la cuota por servicio de riego que se destina a gastos del módulo, reduciendo su compromiso financiero únicamente al pago de la alícuota, misma que recauda el Presidente del comisariado desde el año 2008, para hacer el pago oportuno a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Entrevista, 2010). En la actualidad, según la opinión de algunos usuarios del canal principal “La Loma”, la separación total del módulo de riego está en trámite, porque, además

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de la problemática expuesta, no reciben el apoyo del módulo y del DR 017 en su conflicto con la pequeña propiedad, que utiliza los estiajes del canal principal “La Loma” que le pertenecen en exclusiva al sector social (Entrevista, 2010). La inconformidad que viven los usuarios del canal “La Loma” parece tener su efecto en los usuarios del canal “San Jacinto”, particularmente en algunos de los usuarios del ejido Juan E. García, quienes se quejan de la ausencia de apoyo y falta de reinversión de las cuotas en el mantenimiento de la infraestructura hidráulica (Entrevista, 2011). Es importante señalar que los Regidores de canal y Regidores de zona no tienen el poder para solucionar la problemática que vive el módulo, reduciéndose su trabajo a todo lo relacionado con la distribución del agua. Según la opinión de algunos usuarios, los Directivos del módulo tampoco pueden solucionar la problemática indicada por la recaudación reducida. Sin embargo, otra parte importante de la asociación de usuarios los señala como responsables por el mal manejo de los recursos financieros, materiales y humanos con que dispone el módulo (Entrevista, 2010). En el caso del DR 017, su participación es restringida dada la exigencia de la Directiva de módulo de manejarse con autonomía (Conversación personal con ex funcionario, 2010). La ausencia de rendición de cuentas por parte de los Directivos del módulo, así como la elección a puertas cerradas de la nueva mesa Directiva entre Directivos y Delegados, llevó a algunos usuarios a tomar las oficinas del módulo en marzo del 2011 (Entrevista, 2011). EL CANAL SAN JACINTO El canal es herencia de la hacienda del mismo nombre, cuyos vestigios aún pueden encontrarse en el actual ejido San Jacinto. Este canal está revestido, con una longitud total de 20.98 km, en cuyo desarrollo se origina el canal lateral derecho CLD 9+120 (canal “El Sabino”) con una longitud total 1.980 km, el CLD 15+992 (canal “El Tejaban”) con una longitud total de 7.055 km, el CLD 18+519 (canal “El Sauce”) con una longitud total 4.820 km, el CLD 19+879 (canal “La Higuera”) con una longitud total 3.125 km, así como el canal sublateral izquierdo CSLI 3+834 del CLD 15+992, con una longitud total 1.228 km (CNA, 2008; Trabajo de campo,

130 Antología sobre riego

2010). También se caracteriza por la existencia de una organización autogestiva para la administración del agua, y la existencia de Regidores para la distribución de la misma. La superficie total que riega es de 1911-85 ha, de las cuales 309-00 corresponden al ejido 21 de Marzo con 103 usuarios (incluye parcela escolar), 150-00 a la pequeña propiedad “La Posta” con 2 usuarios, 60-00 a los fraccionistas con 12 usuarios, 444-60 al ejido San Jacinto con 111 usuarios (incluye parcela escolar), 708-00 al ejido Juana E. García con 177 usuarios (incluye parcela escolar), y 24025 al ejido León Guzmán con 87 usuarios (no incluye parcela escolar porque ésta se riega con el canal La Goma) (Entrevista, 2010). El cana principal “San Jacinto”, según el actual Gerente técnico del módulo, es considerado el canal con mayor grado de dificultad para la operación, tanto por su mayor número de usuarios, como por la mayor cantidad de superficie que riega, así como por los problemas de diseño y construcción que presenta en algunos tramos, sobretodo en el kilómetro 18+519 al 20+980 (tramo conocido como canal “Salamanca”), en el que su construcción está en contrapendiente, lo cual afecta de manera indirecta en su capacidad al canal “La Higuera” (CLD 19+879), y el riego de las parcelas que reciben el agua por el canal “Salamanca” (Entrevista, 2010). El mismo problema que presenta el canal “La Higuera”, lo presenta el canal “El Sabino” (CLD 9+120) que se origina en el levantador de “El Sabino” a la altura del poblado de Santa Anita, ya que en el período de aguas controladas no tiene capacidad para conducir el gasto (q) total que transita por el canal principal “San Jacinto”, lo que dificulta el riego de las 27 parcelas que existen en la zona “De Los Vidrios” (Entrevista, 2011). La presa La presa San Jacinto está localizada a 25º 21’ 03.2’’ LN y 103º 44’ 26.00’’ LW en el corazón del Cañón de Fernández, el cual forma parte del Área de la Reserva Natural. Su construcción es de mampostería, con una longitud total de 280 m. El talud exterior de su vertedor mide 13.50 m, mientras que el talud interior, por el material de arrastre acumulado (cascajo y residuos orgánicos), solo mide 1.20 m. Aun así, existe suficiente carga hidráulica para que los estiajes existentes puedan ser derivados en su totalidad a la bocatoma del canal “San Jacinto” (Trabajo de campo, 2010).

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La distancia que existe entre la presa San Jacinto y la primer parcela que recibe el agua del río Nazas es de aproximadamente 5.380 km, lo que significa que los usuarios tienen que realizar la conservación de un tramo muerto pero necesario en la operación del sistema de riego (Trabajo de campo, 2010). Cultivos típicos En el ciclo agrícola primavera/verano, cuando el canal “San Jacinto” puede tomar el máximo gasto (q) y los usuarios pueden regar el total de sus parcelas por la apertura de la presa FZ, en el área de riego se observa alfalfa, maíz forrajero y sorgo forrajero respectivamente. En tanto, en el ciclo agrícola otoño/invierno, cuando se cierran las compuertas de la presa FZ, los terrenos que fueron sembrados con maíz y sorgo se mantienen vacantes, existiendo en producción el cultivo de alfalfa que se riega con aguas de los estiajes (Trabajo de campo, 2010). Las huertas de nogal pecanero existen en áreas reducidas, y los cultivos de hortalizas de invierno son inexistentes (Trabajo de campo, 2010). Estructura administrativa La estructura existente en el canal “San Jacinto” está determinada por el período en que se tienen aguas controladas, y por el período en que se tienen sólo aguas de estiaje. En el primer período, el Supervisor de la CNA, los Regidores a nivel de canal y el Gerente operativo del módulo se encargan de la administración de las aguas a nivel de canal, mientras que, a nivel de zona agrícola, en el caso particular del ejido 21 de Marzo, Juan E. García y León Guzmán respectivamente, operan Regidores de zona. En el segundo período, ante la ausencia del Supervisor de la CNA y el Gerente operativo del módulo, las comunidades de usuarios mantienen a los Regidores de canal y a los Regidores de zona para la distribución puntual a nivel de parcela. (Trabajo de campo, 2010; Trabajo de campo, 2011). Los Regidores del canal San Jacinto En la opinión de los Regidores, los funcionarios del DR 017 no tienen idea de la organización existente a nivel de canal porque únicamente se avocan a entregar el agua en bloque en los puntos de control autorizados por la CNA (Entrevista, 2011).

132 Antología sobre riego

Nombramiento de los Regidores Los Regidores, independientemente de la relación laboral que sostengan con el módulo de riego, son nombrados directamente por los usuarios del ejido o de la zona de riego en asamblea general o en reunión de usuarios en algún lugar público. Estos Regidores se encuentran en estrecha vinculación con la comunidad a través del Presidente del comisariado y el Presidente de vigilancia (Trabajo de campo, 2011). (Trabajo de campo, 2010). En los ejidos 21 de Marzo, San Jacinto y Juan E. García, los Regidores de canal son nombrados en asamblea general de usuarios de cada ejido, y su permanencia en el cargo depende de su honestidad y de su habilidad para distribuir el agua y evitar el conflicto. También puede ser que, como en el caso del ejido San Jacinto, su permanencia obedezca al interés de algún grupo de usuarios que pretenden ser favorecidos para regar únicamente de día. En el caso del ejido León Guzmán, el nombramiento del Regidor de canal se realiza cuando el grupo de usuarios se reúne en cualquier lugar público del pueblo, incluso en las calles (Entrevista, 2010). En lo que respecta a los Regidores de zona en el ejido 21 de Marzo, estos son elegidos por los usuarios de zona que se reúnen en cualquier salón de la escuela primaria. En el ejido Juan E. García, los Regidores son nombrados por usuarios y/o usuarios arrendadores con intereses afines que se reúnen en alguna parcela de los mismos usuarios, dando previo aviso verbal entre los interesados. En el caso del ejido León Guzmán, los usuarios de la zona se reúnen en cualquier lugar del pueblo, e incluso en la calle (Entrevista, 2010; Entrevista, 2011). Sin embargo, en el ejido Juan E. García puede ocurrir que algunos de los usuarios que actualmente tienen arrendadas hasta 24 parcelas asuman el papel de Regidor de zona, llevando ellos mismos el control de los tiempos de tandeo, y moviendo el agua de una zona a otra zona, donde se encuentren la parcela propia y las parcelas arrendadas, tal como ocurre en la zona “El Trece”, donde el actual Presidente de comisariado dispone de la mayoría de las parcelas (Entrevista, 2010). En el canal principal “La Goma”, inmediato aguas abajo del canal principal “San Jacinto”, el nombramiento del Regidor de zona también puede ocurrir en reunión del grupo de usuarios y las autoridades del módulo, tal como ocurrió con Manuel Carrillo Medrano, Regidor de la Primera Zona, cuando 15 de 42 usuarios

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de la zona indicada se presentaron en la caseta de riego de León Guzmán para solicitar la destitución del anterior Regidor debido a irregularidades en el manejo del agua. El nombramiento también puede ser en reunión de usuarios de una zona agrícola, como ocurrió con Eusebio Puga García, Regidor de la Segunda Zona, cuando la mayoría de usuarios de esta zona lo designó Regidor, presentando el acuerdo al Presidente del Comisariado y Presidente de Vigilancia para su firma y reconocimiento, sustituyendo así al anterior Regidor por anomalías en la distribución del agua. El nombramiento de Vicente Velázquez Lozano, Regidor de la Cuarta Zona ocurrió de igual manera en el caso de Eusebio Puga García (Entrevista, 2010). Tandeo comunitario e intercomunitario El ejido 21 de marzo, tanto en tiempo de “aguas controladas” como de estiaje, recibe el agua del ejido León Guzmán en la zona “El Carrizo” (Represo 14+426 del canal principal San Jacinto) los días lunes a las 9:00 pm, para entregarla a “La Fracción” los días miércoles a las 2:00 pm. En este intervalo de tiempo, la zona “El Carrizo”, que se encuentra aguas abajo del poblado 21 de Marzo, y que está considerada como la zona más alejada del ejido indicado, retiene el agua a partir de las 9:00 pm de los días lunes hasta las 9:00 am de los días martes. La zona “La Nopalera”, que es la zona más próxima a la bocatoma, retiene el agua a partir de las 9:00 am del día martes hasta las 8:00 pm del mismo día. La zona “El Sabino”, que sigue después de la zona “La Nopalera”, retiene el agua a partir de las 8:00 pm del día martes hasta las 3:00 am del día miércoles, y la zona “De Los Vidrios”, que sigue después de la zona “El Sabino”, retiene el agua a partir de las 3:00 am del día miércoles hasta las 2:00 pm del mismo día. Sin embargo, el tandeo descrito puede ser cambiado conforme a las necesidades hídricas de los cultivos establecidos, con previa autorización de la asamblea ejidal (Entrevista, 2011). El tandeo asignado al ejido 21 de Marzo, incluye el tandeo asignado a las 150-00 ha de la pequeña propiedad “La Posta”, que recibe 15 horas de agua cada dos semanas. La Fracción, recibe el agua del ejido 21 de Marzo desde las 2:00 pm del día miércoles hasta las 8:35 pm del mismo día en el represo del km 14+426 del canal principal San Jacinto. El ejido San Jacinto recibe el agua de la Fracción desde

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las 8:35 pm del día miércoles en el punto conocido como “La Fracción” (Represo 14+492 del canal principal San Jacinto) hasta las 10:35 am del día viernes. El ejido Juan E. García recibe el agua del ejido San Jacinto a las 10:35 am del día viernes en el punto conocido como “Levantador de San Jacinto” (represo del canal “El Tejabán”), y la retiene hasta las 1:30 am del día lunes. Finalmente, el ejido León Guzmán recibe el agua del ejido Juan E. García a las 1:30 am del día lunes en cualquier zona en que termine su tanda (de manos de cualquier Regidor de zona o de un usuario), y la retiene hasta las 9:00 pm del día lunes, para entregarla a esta misma hora al ejido 21 de Marzo en la zona “El Carrizo” (Entrevista, 2010; Entrevista, 2011). Sin embargo, el tandeo intercomunitario puede modificarse, dependiendo de la apertura de la presa FZ (Entrevista, 2011; Trabajo de campo, 2011). Regidores, tramos de responsabilidad sobre el canal San Jacinto Ejido 21 de Marzo.- En la actualidad, el ejido 21 de Marzo cuenta con un Regidor de canal y cuatro Regidores de zona que administran el tramo comprendido entre el km 5+380 y el km 14+426 del canal principal “San Jacinto”, mismo que se subdivide en el tramo de la zona “La Nopalera” (km 5+380 al km 9+006), que a su vez se subdivide en la subzona de “La Nopalera” (km 5+380 al km 8+406) y la subzona de “La Polvarera” (km 8+406 al km 9+006), la zona de “El Sabino”, existente en el tramo del km 9+006 y el km 10+172, la zona de “Los Vidrios”, existente en el tramo del km 10+172 y el km 11+652, y la zona de “El Carrizo”, existente en el tramo del km 11+652 y el km 14+426, donde inicia el tramo de “La Fracción” (Trabajo de campo, 2011). En el tramo administrado por el Regidor de canal del ejido 21 de Marzo se riegan 103 parcelas de 3-00 ha con derecho a riego en una tanda de 41 horas, incluyendo la parcela escolar (Entrevista, 2010). El Regidor del ejido 21 de Marzo, previo al inicio de la tanda de riego y con objeto de empezar el riego en la zona de “El Carrizo”, que se considera la zona de riego más alejada, levanta los represos (levantadores) existentes en el tramo comprendido entre el km 5+380 al 14+426 del canal principal “San Jacinto”, coloca candados en las tomas directas del tramo indicado para evitar posibles robos, verifica que las tomas con derecho a riego se encuentren abiertas, y cierra

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el represo del km 14+426. Posteriormente, avisa a los Regidores de cada zona de la posible llegada del agua para que a su vez notifiquen a los usuarios regadores (Entrevista, 2011). Una vez concluido el riego en la zona “El Carrizo”, el Regidor realiza los ajustes necesarios en los represos y tomas directas con y sin derecho a riego para que el orden de riego aprobado por la asamblea ejidal continúe en las zonas. También entrega el agua al Regidor de cada zona conforme al horario establecido, lo que significa que tiene que movilizarse de día y de noche en su bicicleta, apoyándose en una lámpara de baterías por la noche (Entrevista, 2011). Al término de la tanda del ejido, el Regidor del ejido 21 de Marzo levanta el total de los represos del tramo km 5+380 al km 14+426 para que “La Fracción” pueda tomar su tanda (Entrevista, 2011). Adicionalmente, el Regidor informa de posibles robos de agua a la asamblea ejidal para la posible aplicación de una multa de $5,000, la cual fue aprobada por los usuarios en asamblea ejidal, pero que nunca se ha aplicado a los infractores por razones de parentesco y amistad. El Regidor también puede informar de cualquier problema que surja con los usuarios, y, en cuanto a su relación con los Regidores a nivel de zona, ésta se circunscribe a la entrega del agua de la tanda de la zona (Entrevista, 2011). La Fracción.- La Fracción, actualmente propiedad de un pequeño propietario (55-00 ha), así como de un hijo de uno de los doce Fraccionistas que existían originalmente (5-00 ha), administra el tramo existente entre el km 14+426 y el km 14+982 del canal principal San Jacinto. Su tanda inicia a las 2:00 pm de cada miércoles, y termina a las 8:35 pm del mismo día, teniendo un tiempo efectivo de 6 ½ hora, que incluye una hora de arrastre (Entrevista, 2010). En el reparto del agua, los dos usuarios tienen el acuerdo que, una vez iniciada la tanda, el pequeño propietario la tomará por dos tomas, y el hijo del Fraccionista por una toma respectivamente (Entrevista, 2011). Sin embargo, el pequeño propietario, cuenta adicionalmente con un pozo profundo que fue propiedad de los Fraccionistas y que actualmente vierte sus aguas a un estanque construido a la margen derecha del canal principal “San Jacinto”, mismo que apoya el riego de las 55-00 ha (Entrevista, 2011; Trabajo de campo, 2010).

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Por lo anterior, se deduce que La Fracción no cuenta con Regidores, y que la tanda de La Fracción es manejada por un pequeño propietario y el hijo de un ex Fraccionista (Trabajo de campo, 2011). Como se indicó, el pequeño propietario y el hijo del ex fraccionista se encargan de recibir el agua del Regidor del ejido 21 de Marzo en la Fracción, así como de hacer el reparto del agua entre ellos, y de entregarla al Regidor del ejido San Jacinto (Entrevista, 2011). Ejido San Jacinto.- El ejido San Jacinto cuenta con un Regidor de canal que atiende el tramo existente entre el km 14+982 y el km 20+980 para los riegos de 111 parcelas de 4-00 ha con derecho a riego, incluyendo la parcela escolar, apoyándose para ello en el canal “El Tejabán”, el canal “El Sauce”, el canal “La Higuera”, y el tramo del canal principal “San Jacinto”, conocido como canal “Salamanca”, así como en el canal sublateral izquierdo (CSLI) 3+834 del canal “El Tejabán”. En este ejido, no se observa la presencia de Regidores de zonas de riego (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). El Regidor del ejido San Jacinto, previo a recibir el agua de la tanda en el represo del km 14+982 del canal principal “San Jacinto”, levanta los represos existentes en el tramo del km 14+982 al km 20+980, y coloca candados en las tomas directas y en las bocatomas de los canales “El Tejabán”, “El Sauce” y “La Higuera” del canal principal “San Jacinto” respectivamente (Entrevista, 2010). El represo del canal “La Higuera” (km 19+879) puede cerrarse totalmente o permanecer parcialmente abierto, dependiendo de la necesidad de regar las parcelas que se riegan con tomas directas que existen en el tramo del km 19+879 al km 20+980 del canal principal “San Jacinto”, conocido como canal “Salamanca” (Entrevista, 2010). En caso que el represo del canal “La Higuera” se cierre totalmente, se espera a que se normalice el gasto (q) para iniciar los riegos en sentido contrario al flujo del agua, de manera que al término de la tanda del ejido se le pueda entregar el agua al ejido Juan E. García en el represo (km 15+992) del canal “El Tejaban”, obteniendo avances de riego mayores a nivel de ejido (Entrevista, 2010). En este ejido a cada usuario le corresponden 40’, pero debido al arrastre que se hace del represo del km 14+982 al represo del km 19+879, el tiempo para cada usuario oscila entre 35’ y 37’, dependiendo del tiempo que se consuma en el

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arrastre. En caso de que alguno de los usuarios con derecho a riego no estuviera a tiempo para tomar el agua de la tanda, se le da su tiempo a cualquiera de los usuarios que lo requiera, con la condición de restituírselo al usuario afectado en la tanda próxima a cuenta del usuario que lo disfrutó (Entrevista, 2010). En el ejido San Jacinto no existen los Regidores de zona, por lo que el Regidor a nivel de canal es el encargado de notificar a los usuarios de la hora en que tomarán el agua, incluso en la madrugada, solicitándoles que estén atentos y presentes en la parcela, así como de vigilar el canal principal y los canales laterales, levantar con carretilla de elevación las hojas de los represos, sostener las hojas de los represos con hilos y lazos, colocar candados, entregar el agua al ejido Juan E. García, y dar el servicio de riego a la mitad del total de las parcelas en cada tanda semanal (Entrevista, 2010). El Regidor también informa al Presidente del comisariado y a la asamblea general de los conflictos que se suscitan a nivel comunitario ante la ausencia de Regidores de zona (Entrevista, 2010) Ejido Juan E. García.- El ejido Juan E. García, contraído a “Juane” en el vocabulario de los usuarios, dispone de dos Regidores a nivel de canal (Regidor General) para atender los riegos de 177 parcelas de 4-00 con derecho a riego, incluyendo la parcela escolar. Adicionalmente, el ejido cuenta con un Regidor de zona que atiende las zonas “La Chiripa”, “El Tejabán” y “La Chiripilla”, que riegan por el canal “El Tejabán”, así como dos Regidores de zona que atienden la zona “El Diablo”, un Regidor de zona que atiende la zona “El Trece”, dos Regidores de zona que atienden la zona “El Picacho” que riega por el canal “El Sauce” respectivamente, y un Regidor de zona que atiende la zona “La Higuera”, la cual riega por el canal “La Higuera” del canal principal “San Jacinto” (Entrevista, 2010; Trabajo de campo, 2010). En este ejido, el Presidente de Vigilancia funge también como uno de los Regidores de canal, y su trabajo consiste en tener bajo su mando a los Regidores de zona, atender los conflictos en la distribución de agua que no puede resolver el Regidor de zona, atender los robos de agua y problemas de deslinde entre las parcelas de los usuarios, entre otras cosas (Entrevista, 2010; Entrevista, 2011). En el ejido Juan E. García (“Juane”) existe la costumbre de que los usuarios, Presidente de comisariado, Presidente de vigilancia y Regidores de zona asistan

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a la reunión que celebran los días jueves de cada semana en la plaza principal del ejido para asignar las horas de la tanda del ejido en las zonas de riego y, por tanto, entre los usuarios (Entrevista, 2010). Los días viernes, en los cuales el ejido Juan E. García recibe el agua en el represo del canal “El Tejabán”, el Regidor y los usuarios de las zonas “El Picacho” y “La Higuera” con interés en el riego se ocupan del levantamiento de los represos existentes en el tramo del represo del canal “El Tejabán” y el represo del canal “El Sauce” del canal principal San Jacinto (km 15+992 al km 18+519) respectivamente, manteniendo cerrado el represo de este último (Entrevista, 2010). Una vez que transcurre la hora de arrastre otorgada por el ejido para conducir el agua del represo del canal “El Tejabán” al represo del canal “El Sauce”, se abre la compuerta de la bocatoma de este último para regar las parcelas con derecho que se encuentran en la zona “El Picacho”. En el caso contrario se abre el represo del canal “El Sauce” para que el agua transite hacia la zona “La Higuera” hasta el represo del canal “La Higuera” del canal principal San Jacinto, respectivamente (Entrevista, 2010). Si el caso es regar las parcelas de la zona “El Picacho”, la zona “El Trece” y la zona “El Diablo” que riegan por el canal “El Sauce”, el ejido considera una hora de arrastre adicional de la bocatoma del canal “El Sauce” a las parcelas de las zonas indicadas para compensar lo alejado de las zonas. Si se pretende regar las parcelas de las zonas “El Tejabán”, “La Chiripa” y “La Chiripilla” que riegan por el canal “El Tejabán”, se consideran 55 minutos de arrastre del “levantador San Jacinto”, ya que también se encuentran al final de los linderos del ejido. Si el caso es regar las parcelas que se encuentran en la zona “La Higuera”, el tiempo de arrastre se descuenta del tiempo total asignado a la zona, a pesar de que se encuentra próxima a la zona “El Picacho”, quizá porque anteriormente la zona “La Higuera” contaba con agua abundante todo el año (Entrevista, 2010). Los Regidores de zona, además de cuidar los tiempos de tandeo a nivel de zona y a nivel de usuario dentro de la zona, entregan el agua a los usuarios, llevan el control de los tiempos vendidos por algunos usuarios que no tienen cultivos perenes (alfalfa) y anuales (avena), levantan con carretilla de elevación las hojas de los represos, sosteniéndolos con hilos y lazos, entre otras cosas (Entrevista, 2010).

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En el tandeo del ejido Juan E. García, a diferencia de los ejidos 21 de Marzo y San Jacinto respectivamente, no existe una secuencia definida en el orden que debe seguirse en las zonas de riego. Por el contrario, el agua puede estar en una zona y ser trasladada inesperadamente hacia otra zona, sobre todo cuando se trata de arrendatarios que tienen varias parcelas en su poder (Entrevista, 2011). Independiente del tiempo de riego que cada zona de riego tiene asignado: “El Tejabán” (41 minutos), “La Chiripa” (37 minutos), la primer parte de la zona “El Diablo” que colinda al poniente con el ejido San Jacinto y al oriente con la segunda parte de la zona “El Diablo” (41 minutos), la segunda parte de la zona “El Diablo” que colinda al poniente con la primera parte de la zona “El Diablo” y al oriente con el ejido San Jacinto (40 minutos), “El Trece” que colinda al poniente con el ejido León Guzmán y al oriente con la zona “El Picacho” (42 minutos), “El Picacho” que colinda al poniente con la zona “El Trece” y al oriente con el cerro del Picacho (38 minutos) (Entrevista, 2010). En el orden de riego que ocurre en la tanda de una semana del ejido Juan E. García, primero riega la zona de “La Higuera”, y le continúa la zona “El Picacho”, la zona “El Diablo”, Uvaldo Pardo (que la mueve a cualquier zona porque entre el tiempo de su parcela y las arrendadas tiene 14 horas), Luis Pardo (que entre el tiempo de su parcela y las arrendadas tiene 12 horas), la zona “La Chiripilla”, y, finalmente, la zona “El Tejabán (de abajo). La tanda de la semana siguiente se repite en la zona de “La Higuera”, y le continúa la zona “El 13”, la zona “El Diablo”, Luis Pardo (que la mueve a cualquier zona porque entre el tiempo de su parcela y las arrendadas tiene aproximadamente 14 horas), la zona “La Chiripa”, y, finalmente, la zona “El Tejabán” (de arriba), hasta agotar las 63 horas con 55’ de la tanda total del ejido (Entrevista, 2011). Adicionalmente, los Regidores de zona informan al Presidente de vigilancia (Regidor General) para que éste, en compañía del Presidente del comisariado, intervenga en la solución de posibles problemas relacionados con la distribución del agua, así como en posibles problemas de deslinde, etc. Ejido León Guzmán.- El ejido León Guzmán cuenta con un Regidor de canal o Regidor Mayor que atienden un total de 87 parcelas de aproximadamente 2-75 ha. El Regidor de canal o Regidor Mayor tiene bajo su mando a tres regidores de zona: un Regidor en la zona “El Panteón” que atiende 24 parcelas de 2 ¾ ha y que riega

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por el canal “El Tejabán”, un Regidor en la zona “Las Liebres”, ubicada aguas abajo de la zona “El Panteón”, que atiende 18 parcelas de 2 ¾ ha y que riega por el canal “El Tejabán”, y un Regidor en la zona “El Álamo” que atiende 27 parcelas de 2 ¾ ha y que riega por el canal “El Sauce” del canal principal San Jacinto respectivamente. Además existe la zona de “El Picacho”, una zona fuera de su control donde riegan los Libres 18 parcelas de 2 ¾ ha (Entrevista, 2010; Entrevista, 2011). En el ejido León Guzmán existe la costumbre de que los usuarios, Presidente de comisariado, Presidente de vigilancia, Regidor mayor y, particularmente, los Regidores de zona se reúnan los días domingos de cada semana en la plaza principal del ejido, un domingo con dos de las cuatro zonas, y el domingo siguiente con las dos zonas restantes para asignar a los usuarios el tandeo del ejido a nivel de zona de riego. En esta reuniones, además de establecer el orden de riego al interior de las dos zonas que riegan en la tanda de una semana, se nombra a dos o tres usuarios de los que van a regar en primer orden para que estos puedan ayudar al Regidor mayor en el levantamiento de los represos existentes en el canal principal San Jacinto, usando para ello una carretilla de elevación (Entrevista, 2010). El orden que sigue el ejido León Guzmán para la aplicación del tandeo a nivel de comunidad consiste en seguir la secuencia de las parcelas conforme al flujo del agua en el canal, en la zona de riego que se trate. En caso de que alguno de los usuarios con derecho a riego no se presente para tomar el agua de riego, se le entrega al usuario siguiente próximo, perdiendo los derechos sobre la tanda el usuario ausente (Entrevista, 2011). En el período de estiaje, como en el período de aguas controladas, se sigue la misma mecánica en la distribución del agua, con la diferencia de que en el primer período se deja que los usuarios puedan regar a satisfacción los cultivos establecidos, dado que la mayoría de las parcelas esperan ser sembradas de maíz y sorgo forraje respectivamente el próximo año. En tanto, en el segundo período, los usuarios pueden regar el total de la parcela (Entrevista, 2011). En el proceso de distribución del agua, el Regidor Mayor o General o, en su caso, algún Regidor de zona, suben a entregar el agua al ejido 21 de Marzo en el punto autorizado. El Regidor Mayor, además, recibe el informe de cuánta agua trae la tanda del ejido de los Regidores, recorre el canal principal junto con los usuarios de alguna de las zonas en caso de que llegare a disminuir el agua de la

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tanda del ejido, exige a los Regidores de zona la limpia de los tramos, revisa la limpia de los tramos que le corresponden a cada usuario del ejido, indica al Regidor de zona los usuarios que deben pagar la limpia de los tramos que no fueron limpiados, indica al Regidor de zona los usuarios que deben ser castigados con el acceso al agua de la tanda debido a que no pagaron la limpia del tramo al peón que realizó los trabajos señalados, pide a los Regidores de zona que le exijan a los usuarios la boleta de pago de servicio de riego, y, en caso de que falte agua en el canal, puede ocurrir que acuda con los usuarios y el Regidor de zona a romper el candado de la bocatoma del canal principal “San Jacinto”, entre otras cosas (Entrevista, 2011). Dificultades que enfrentan los Regidores El Regidor del ejido 21 de Marzo, que recorre aproximadamente 9 km del canal principal “San Jacinto” en bicicleta, al igual que los Regidores de zona del mismo ejido, no cuenta con el apoyo económico del módulo de riego, no dispone del equipo apropiado para realizar el recorrido nocturno del canal, y tampoco cuenta con el equipo adecuado para realizar el levantamiento de los represos que se encuentran sin volante y vástago. El Regidor del ejido San Jacinto, que recorre aproximadamente 5 km del canal principal “San Jacinto” en motocicleta, recibe $800 pesos mensuales de parte del módulo de riego en el período de aguas controladas, y $40 pesos de los usuarios en cada tanda durante el año, pero no cuenta con equipo apropiado para realizar el levantamiento de los represos que se encuentran sin volante y vástago. Los Regidores de zona del ejido Juan E. García, que recorren en bicicleta aproximadamente 4 km del canal principal “San Jacinto”, 7.05 km del canal “El Sauce”, y 3.125 km del canal “La Higuera”, según sea la zona de que se trate, no cuentan con el apoyo económico del módulo de riego, ni tampoco con equipo apropiado para realizar el levantamiento de los represas que se encuentran sin volante y vástago. El Regidor mayor del ejido León Guzmán, que recibe $800 pesos mensuales del módulo en el período de aguas controladas, sube hasta la zona “El Carrizo” para entregar el agua al ejido 21 de Marzo, y para retirar los candados que colocó para que los usuarios de aguas arriba de la zona “El Carrizo” no pudieran robar el agua; este regidor carece del equipo adecuado de trabajo (Entrevistas, 2010).

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En el ejido Juan E. García, según la opinión de los Regidores de canal de otros ejidos, el Presidente de vigilancia en calidad de Regidor de canal, así como otro usuario del mismo ejido (ya fallecido), recibe $800 pesos mensuales en el período de aguas controladas. Sin embargo, los Regidores de zona no reciben el apoyo económico del ejido ni de los propios usuarios, conformándose con el uso de pequeños excedentes de agua que se presentan al término de la tanda de la zona. En tanto, los Regidores de zona del ejido León Guzmán reciben de $30 a $40 pesos por usuario y por tanda (Entrevista, 2010). Llama la atención que algunas personas diferentes a los Regidores de canal y Regidores de zona aparentemente sean las que reciben el apoyo económico por los trabajos que realizan los Regidores en los canales principales del módulo. Según dicen, tal es el caso del ejido 21 de Marzo, en que el módulo apoya económicamente a una persona diferente al Regidor, o como ocurre en los canales principales “La Goma” y “La Loma” (Entrevista, 2010). Conservación y mantenimiento del canal Los ejidos beneficiados con el canal principal “San Jacinto” coinciden en que se dan tres limpias anuales que incluyen los conceptos de desazolve, limpia y desmonte. La primera limpia se conoce como limpia general, y se hace en el mes de febrero. La segunda, conocida como limpia de auxilio, se hace en el mes de mayo, antes de la apertura de la presa FZ, con objeto de facilitar la conducción del agua por el canal. Finalmente, la tercera se hace en el mes de agosto para capturar la mayor cantidad del agua de los estiajes (Entrevista, 2011). Ejido 21 de Marzo.- En el ejido 21 de Marzo, cada usuario deberá limpiar 30 m del canal principal “San Jacinto”, así como en tramos alternos que se encuentran en “El Cañón de Fernández” (aproximadamente 30 a 35 usuarios), en el tramo existente a la altura del ejido El Refugio (aproximadamente 30 usuarios), y el otro a la altura de la Fracción (el resto de los usuarios). En el lateral “El Sabino”, los 27 usuarios existentes limpian aproximadamente 100 m, y todos los usuarios sin excepción limpian aproximadamente 100 m de regaderas en tierra, localmente llamadas cequias (Entrevista, 2011). El trabajo de conservación y mantenimiento en este ejido es revisado por el Presidente del comisariado y el Presidente de Vigilancia (Entrevista, 2011).

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Ejido Juan E. García.- En el ejido Juan E. García los usuarios deberán limpiar en tramos alternos quince losas en el canal principal “San Jacinto” (45 m). A nivel de zona, los usuarios de la zona “La Higuera” deben limpiar 22 losas (66 m), los usuarios de la zona “La Trece” 12 losas (36 m), los usuarios de la zona “El Diablo” 11 losas (33 m), los usuarios de la zona “La Chiripa” 12 losas (36 m), los usuarios de la zona “La Chiripilla” 12 losas (36 m), y los de la zona “El Tejabán” 12 losas (36 m). En caso de que algún usuario incumpla con la limpia del canal, este se limpia y posteriormente se le cobran entre $600-$700 pesos al usuario, o bien, se le castiga con el riego de la tanda (Entrevista, 2011). El trabajo de conservación y mantenimiento en este ejido es revisado por el Presidente del comisariado y el Presidente de Vigilancia (Entrevista, 2011). La Fracción.- Los Fraccionistas limpiaban cinco losas aguas abajo del puente de San Jacinto y cinco losas aguas arriba del puente “Santa Anita”, mismas que se siguen conservando para la Fracción (Entrevista, 2011). El trabajo de conservación y mantenimiento de la Fracción es revisados por los usuarios: “...los ejidos nada más están viendo quien incumple con la limpia…” (Entrevista, 2011). Ejido León Guzmán.- El ejido León Guzmán tiene cuatro tramos para limpia: “El Arroyo”, “La Lila”, “El Refugio”, y uno que está a la entrada del “Cañón de Fernández”, en el canal principal “San Jacinto”, donde cada usuario limpia nueve losas y media (28.5 ml). A nivel de zona, cada usuario limpia nueve losas y media (28.5 m), excepto en la zona de “Los Libres”, ubicada en las proximidades del cerro el Picacho, donde cada usuario limpia 44 losas, debido a que están colocados al final del canal (Entrevista, 2011). En caso de que algún usuario incumpla con la limpia del canal, el Regidor mayor le indica al Regidor de zona que se pague un trabajador para su limpia. En caso de que se niegue a pagar, se le quita el agua de la tanda (Entrevista, 2011). El trabajo de conservación y mantenimiento en este ejido es revisado por el Presidente del comisariado y el Presidente de Vigilancia; en tanto, a nivel intercomunitario, es revisado por todos los usuarios del canal principal “San Jacinto” cada vez que se trasladan a sus parcelas o a otra comunidad por el camino del canal (Entrevista, 2011).

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Escasez de agua y estrategias de combate En el período de “aguas controladas” la escasez se acentúa en los meses de marzo a mayo por el ascenso en las temperaturas y por los fuertes vientos que se presentan de febrero a marzo (o “las polvaredas”, como se conocen localmente), secando rápidamente las tierras. En el período de estiaje, la escasez se presenta de enero a febrero debido a que el caudal disminuye en el cauce del río (Entrevista, 2010). En prevención a las restricciones de agua que se tienen en el tiempo de estiaje, los usuarios del canal principal “San Jacinto” optan por sembrar una parte de la parcela de maíz o sorgo, y la otra de alfalfa, como en el ejido Juan E. García, donde los usuarios en ambos períodos tienen tandas que oscilan entre 37 y 57 minutos por parcela, pudiendo regar el total de la parcela de aproximadamente 4 ha en el período de aguas controladas, y solo una parte en el período de estiaje (Entrevista, 2010). También puede ocurrir que los usuarios suban hasta la presa del canal para hacer sangrías que unan los depósitos naturales (“juntar los charcos”), y poder disponer de un mayor caudal en el canal, como lo hizo este enero del 2010 un grupo de 40 usuarios del ejido Juan E. García (Entrevista, 2010); o bien, subir hasta el bordo que represa los estiajes del río Nazas y los 600 l/s que el DR 017 le proporciona a los usuarios del cárcamo de Graceros, veinticuatro horas posteriores al cierre oficial a la presa FZ, para destruirlo y permitir el paso del agua hacia la presa San Jacinto (Entrevista Funcionario CNA, 2011). Los usuarios se sienten con derechos sobre las aguas proporcionadas después del cierre de la presa FZ ya que, señalan, el DR 017 convino en entregarles a los usuarios10 millones de metros cúbicos en el período de estiajes con motivo de la construcción de la presa FZ y que, según señalan, hasta el año 2000 se les entregaba a las 72 horas de haber cerrado la presa FZ, una vez concluido el período de aguas controladas, de los cuales el canal “San Jacinto” conducía 600 l/s. Al respecto, según la opinión de algunos usuarios, en el año 2000, los Delegados del módulo hicieron que los Presidentes de comisariado de cada ejido firmaran un convenio para que el DR 017 suspendiera la entrega del volumen señalado y lo integrara al volumen del programa de riego que se aplica en el período de aguas controladas, lo que intensifica la escasez de agua en el período de estiajes (Entrevista, 2010, Entrevista, 2011).

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Tal y como ocurre en la mayoría de los casos, los usuarios no cuentan con la documentación probatoria del acuerdo firmado en que el DR 017 les entregaría el volumen indicado con motivo de la construcción de la presa FZ (Entrevista, 2010). La construcción de la presa de almacenamiento FZ afectó negativamente a los pequeños sistemas, aquellos a los que inutilizó el vaso de la presa al quedar bajo las aguas los espacios de regadíos y, aquellos situados aguas abajo, al perder el agua de los estiajes. CONCLUSIONES Hacia finales del siglo XIX, el gobierno promueve un reglamento de distribución de las aguas del río Nazas, así como la conformación de una institución de los mismos usuarios para implementar el reglamento (SF, 1890). Sin embargo, poco después el reparto de las aguas del Sistema de Riego de los ríos Nazas y Aguanaval a nivel de río quedó a cargo del Estado Mexicano, sucesivamente de la SAF, CNI, SAG, SRH, SARH y CNA. En la década de 1930, con el reparto agrario, los nuevos beneficiarios asumen el reparto del agua a nivel de los sistemas de riego. Los usuarios de cada canal debían organirse en una junta de aguas para cooperar en la correcta aplicación del Reglamento Interior de cada canal. Treinta años después, en 1962, por decreto presidencial se disuelven las Juntas de Agua y la gerencia del Distrito nombra aforadores a nivel de zona de riego y canaleros a nivel de sección de riego centralizando la operación y, con ello, suprimiendo la autogestión. No obtante la centralización de la administración, en algunos espacios hidráulicos persistió la autogestión. Además, estas formas de autogestión, ya tradicionales, persisten aún después de la transferencia de la administración de tramos del Distrito a los usuarios bajo el nombre de “módulos”. La causalidad de por qué en unos espacios hidráulicos del Distrito de Riego aparentemente desparece por completo la autogestión y en otros persistió a pesar de su supresión formal, se vincula con otro factor: la modificación de la infraestructura hidráulica con el llamado Plan de Mejoramiento Parcelario (1966), así donde no se modificó la infraestructura hidráulica, persistió la autogestión. La expansión

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de la administración por los funcionarios del Distrito se dio plenamente sobre estos espacios de riego rediseñados por los ingenieros. El diseño organizativo de los módulos transferidos a los usuarios no consideró la existencia de la organización autogestiva tradicional. No obstante, los módulos de la parte alta y media del Nazas no han obstaculizado sus trabajos y, en el módulo de San Jacinto, han hecho algunos intentos por incorporar la organización tradicional al otorgar un salario a los Regidores nombrados por los usuarios, aunque no todos los Regidores reciben apoyo económico del módulo. Parece deseable, para la buena gestión del agua de riego, la conservación de la capacidad de autogestión tradicional de los usuarios, concretada en actividades tales como nombrar regidores habilidosos en el manejo del agua, fijar tiempos reales de tandeo y arrastre, participar en el cobro de las cuotas por servicio al solicitar el comprobante de pago, presentar al módulo los avances de riego y estadística de cultivos establecidos, conservar y dar mantenimiento al canal. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Bibliografía y documentos de archivo Banco Nacional de Crédito Ejidal (BNCE, S.A) 1940-a “Memorándum S.A.T. 3 de fecha 21 de enero de 1941, del Agente y Subagente Técnico del BNCE, S.A.al Gerente del BNCE, S.A.”. México, DF. Pp. 1-7. Archivo Municipal de Torreón “Eduardo Guerra”, C1/Exp1 1927-1947. Banco Nacional de Crédito Ejidal (BNCE, S.A) 1940-b “Memorándum 578 del Ing. Florentino Colores, Jefe de la División de Irrigación de la Sub-Agencia Técnica del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A. al Ing. José Bonilla, Agente. Pp. 1-4. Archivo Municipal de Torreón “Eduardo Guerra”, C1/Exp3 1939/46. Banco Nacional de Crédito Ejidal (BNCE, S.A) 1940-c “Distribución de Aguas del río Nazas. Informe del Ing. Jorge Malottky, Agente del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A., Sección de Ingeniería”. Torreón, Coah. Pp. 1-14. Archivo Municipal de Torreón “Eduardo Guerra”, C1/ Exp1 1927-1947. Banco Nacional de Crédito Ejidal (BNCE, S.A) 1939 “Oficio s/n de fecha 26 de junio de 1939, del Agente del Banco Nacional de Crédito Ejidal, S.A. al C. Secretario de Agricultura y Fomento”. Torreón, Coahuila. Pp. 1-10. Archivo Municipal de Torreón “Eduardo Guerra”, C1/Exp3 1939/46.

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López Aranda, Manuel. Fecha de nacimiento: 4 de Septiembre de 1939. Inspector de Riego de la SRH (1957), en el área que regaban los canales de la presa Guadalupe del DR 017 (1957), vecino del ejido Presa de Guadalupe, San Pedro, Coahuila. López Lara, José Ángel. Fecha de nacimiento: 2 de Octubre de 1932. Ex auxiliar de la Jefatura de Unidad San Pedro (1958-1961) y administrativo en las oficinas del DR 017 (1962). Puga García Eusebio. Regidor de la Segunda zona de riego del ejido La Goma, en el canal principal “La Goma”. Agosto, 2010. Rodríguez Ramírez, Olegario J. Regidor y usuario del ejido 21 de Marzo, en el canal principal “San Jacinto”. Enero 2011. Salas Flores, Pedro. Fecha de nacimiento: 2 de Junio de 1934. Ex trabajador de Juntas de Agua (19581962) y Ex empleado de SRH, en el área que regaban los canales de la presa Guadalupe del DR 017 (1957), vecino del ejido Presa de Guadalupe, San Pedro, Coahuila.

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III. Tradición hidráulica en el módulo de riego Valle de Santiago Benito Rodríguez Haros

INTRODUCCIÓN Hace algunos años empezamos a explorar la existencia de regadíos previos a la conformación de los Distritos de Riego, así como la existencia de organizaciones propias de los regantes previas a la transferencia. La política de construcción de infraestructura hidráulica financiada por el Estado y la conformación de Distritos de Riego inicia con la Ley de Irrigación de 1926, la política de transferencia de la administración de los Distritos de Riego a los usuarios inicia en 1992 con la nueva legislación de aguas. La existencia de organizaciones de regantes previas a la transferencia parecen tener tres orígenes posiblemente traslapados: a) la existencia del regadío y de una organización de regantes previa a la conformación como Distrito de Riego, donde hay una continuidad de regantes no afectados o poco afectados por el reparto agrario. Tal parece ser el caso de Valle de Juárez. b) la existencia del regadío y la conformación de organizaciones de regantes (que son beneficiarios del reparto agrario) previo o paralelo a la confor-

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mación como Distrito de Riego. Tal parece ser el caso del Distrito de Riego Morelos y del Distrito de Riego de la Comarca Lagunera. c) la conformación oficial de organizaciones en los Distritos de Riego y la entrega de los Distritos a estas organizaciones. Tales son los casos de los Distritos de Riego de Valle de Juárez, Ixmiquilpan, Pabellón y Santa Rosa (Palerm, 2009; Rodríguez y Palerm, 2007; Ávalos et al, 2010). En esta exploración, una de las preguntas formuladas, y que sigue vigente, fue, ¿hasta qué punto había habido una resistencia por parte de los regantes, o de las organizaciones de regantes, hacia la expansión de la administración del Estado?’. Conforme a Maass y Anderson (1976), las organizaciones de regantes tienen la capacidad para negociar exitosamente con el Estado. Evidencia de resistencia se encontró, por ejemplo, en los casos de Labores Viejas, que se resistió a integrarse al Distrito de Riego Delicias, así como en la negativa de los regantes del Distrito de Riego Ixmiquilpan a entregar la administración del sistema a los ingenieros de la SRH o de la SARH en la década de 1970, año en el cual la legislación de 1972 señaló que la administración de los Distritos era competencia del ejecutivo federal, y en la resistencia de los ejidos que actualmente corresponden al módulo del río Cuautla del Distrito de Riego Morelos a que la administración del Distrito realizase la distribución del agua al interior de los ejidos (Palerm, 2009; Rodríguez y Palerm, 2007; Ávalos et al, 2010). VALLE DE SANTIAGO El módulo Valle de Santiago del Distrito de Riego Lerma es un espacio hidráulico cuya tradición organizativa arranca a fines del siglo XVI, y, actualmente, como veremos, hay indicios de que la organización persiste a pesar de la expansión de la administración del Estado desde 1938, año durante el cual el funcionamiento de las juntas de aguas se suspende “temporalmente” hasta 1992, cuando la administración se transfiere a los usuarios organizados. Esta persistencia está probablemente vinculada a que, debido a la continuidad de propietarios privados, no hay un reemplazo completo de regantes por beneficiarios del reparto agrario.

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Las ventajas de dicha persistencia organizativa probablemente se reflejan en que Valle de Santiago es uno de los módulos más exitosos del Distrito, pues sus usuarios han sido capaces de fundar diversas empresas adicionales a la administración del módulo. En 1995, conformaron la empresa Servicios Agrícolas del Módulo Valle de Santiago, cuyo objetivo central es ofrecer asistencia técnica e insumos a precios competitivos a los socios y al público en general. También, con el propósito de reducir las pérdidas por eventualidades ambientales y biológicas, conformaron el Fondo de Aseguramiento Agrícola del Valle de Santiago, y, en el 2001, formaron la Sociedad Cooperativa de Producción y Consumo del Módulo Valle, cuya intención es fortalecer los esquemas de comercialización de cosechas y acceso a insumos oportunos y a bajo costo. Otro indicador de éxito en el módulo es, posiblemente, la contención de personal de operación en puestos de supervisión del trabajo directo de distribución del agua. METODOLOGÍA La recopilación de información se basó en recorridos del sistema de riego, entrevistas con personal y representantes del módulo, y revisión de documentos sobre el laborío de Valle de Santiago en el Archivo Histórico del Agua. Se hizo cotejo de toponimia de los documentos con la toponimia contemporánea. EL LABORÍO DE VALLE DE SANTIAGO DESDE EL SIGLO XVI Una publicación local de 1921 hace un recuento de la documentación en torno a las aguas del laborío de Valle de Santiago, y cita documentación de 1540, 1591, 1594, 1606, 1607, 1721, 1722, 1726, 1735, 1780, 1797, 1845.1850, 1852, 1862, 1865, 1866, 1868, 1910 (Garma, 1921; ver también Lara Nava, 1997). El regadío del laborío de Valle de Santiago inicia con la presa derivadora Santa Rita sobre el río Lerma. Inicialmente, la presa es del tipo efímera, y, posteriormente, en mancomunidad con los regantes de La Zanja, se construye de cal y canto con fecha de 1866.

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A fines del siglo XVIII, los labradores de Valle de Santiago consiguen ampliar su abasto con agua de la laguna artificial de Yuriria1. En un reglamento de principios del siglo XX se señala que el laborío de Valle de Santiago puede optar entre recibir el agua por la presa derivadora de Santa Rita, o almacenar el agua en la laguna artificial de Yuriria2. En las Memorias sobre Distritos de Riego de 1953 se señala que para llenar la laguna de Yuriria se toma el agua del río Lerma en la presa derivadora Lomo de Toro y se conduce por el canal Alto de Derivación. La extracción de la laguna se realiza por medio del canal de Extracción hasta unas compuertas que dividen el agua entre el canal Comunicaciones (que conducen el agua a lo que actualmente corresponde al módulo Salamanca) y el canal del Laborío que riega el laborío de Valle de Santiago. El canal Laborío se divide en tres canales llamados canal primer padrón, segundo padrón y tercer padrón (SRH, 1953). En 1921 se reporta una superficie de riego de 10,500 hectáreas (Garma, 1921). Actualmente, hay cálculos que sitúan la superficie regada entre 6,400 y 9,000 hectáreas, y hay una superficie adicional de unas 4,000 a 7,000 hectáreas regadas con 260 pozos (Mejía-Sáenz, et al, 2003; Torres et al, 2011). En la actualidad, los cultivos predominantes son cebada y trigo en el ciclo otoño-invierno, y sorgo y maíz en el ciclo primavera-verano. LA AUTOGESTIÓN DEL LABORÍO DE VALLE DE SANTIAGO, DEL SIGLO XVI A 1938 Se conocen tres reglamentos para el laborío anteriores a la intervención federal, los tres reglamentos señalan que los regantes se gobiernan a si mismos. El primer reglamento es de 1611, otro es de 1850, y otro más de 19163. Los reglamentos pos1 Acuerdo para el uso de la Laguna de Yuriria, 1780. 2 Reglamento para la distribución de las aguas del río Lerma y sus brazos llamados El Arroyo o río Lerma y El Arroyito o río de la Zanja en el tramo comprendido entre la presa Lomo de Toro y el rancho la Puerta del Valle, en los distritos de Jaral del Progreso y Valle de Santiago del estado de Guanajuato, 1930. 3  Ordenanzas de la villa de Salamanca hechas por el cabildo de la villa para el buen gobierno de ella, 1611; Reglamento de aguas de Valle de Santiago, Guanajuato, 1850 ; Reglamento general del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato, 1916.

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teriores (1930, 1932, 1934) se hacen bajo el marco de la legislación federal, pero también dejan la administración en manos de los regantes4. La primera intervención federal en la gestión de las aguas del Lerma corresponde a una reglamentación de distribución de las aguas del río. Este reglamento propone una Comisión Distribuidora, la cual estaría a cargo de distribuir el agua entre las bocatomas5. Después de la Comisión Distribuidora vendría la administración como Distrito de Riego, que, inicialmente, distribuía el agua del río únicamente entre las bocatomas, al igual que la Comisión Distribuidora. Sin embargo, en 1938 se señala la suspensión de las juntas de aguas: “Considerando que, para que pueda, hacerse debidamente la distribución de aguas en los terrenos comprendidos en el Distrito de Riego “Alto Río Lerma”, Guanajuato y Michoacán, dada la situación que prevalece actualmente en la zona, fue indispensable que la Secretaría de Agricultura y Fomento, dictase acuerdo de fecha 11 de enero del año en curso [1938] por medio del cual se suspendió temporalmente el funcionamiento de las Juntas de Aguas de Acámbaro, Salvatierra, Jaral del Progreso y Valle de Santiago, encargándose de tal distribución la Comisión Nacional de Irrigación.” (Reglamento General para el Distrito de Riego [011] “Alto Río Lerma”, estados de Michoacán y Guanajuato, 1938). EL LABORÍO DE VALLE DE SANTIAGO, DE 1938 A 1992 La Jefatura el Distrito de Riego, al amparo de la legislación, tomó el control del sistema de riego y lo mantuvo hasta 1992, fecha en que transfirió la infraestructura a la Asociación de Usuarios. La Jefatura del Distrito de Riego, al asumir la adminis4  Reglamento provisional para la distribución interior de las aguas del canal del Laborío del Valle de Santiago, Valle de Santiago, Guanajuato, 1930; Puntos que servirán de base para formular los Estatutos de la Asociación de Usuarios río Lerma Laguna Yuriria, Laborío del Valle, Valle de Santiago; Gto 1932; Reglamento para la distribución de las aguas del río Lerma, en el tramo comprendido en el Distrito de Riego Número 11, Guanajuato, 1934. 5  Reglamento para la distribución de las aguas del río Lerma y sus brazos llamados El Arroyo o río Lerma y El Arroyito o río de la Zanja en el tramo comprendido entre la presa Lomo de Toro y el rancho la Puerta del Valle, en los distritos de Jaral del Progreso y Valle de Santiago del estado de Guanajuato, 1930.

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tración y la operación, “ignoró” la existencia de la organización multi-centenaria de los Labradores del Valle de Santiago. En 1947 hay un acuerdo que indica que en el Distrito de Riego Alto Lerma y otros Distritos enumerados se constituya un Consejo de Administración con un representante de los ejidatarios y uno de los pequeños propietarios (además de otros representantes al Consejo). Más tarde, la legislación de 1951 y 1953 generalizaría esta figura a todos los Distritos6. Según el ingeniero Espinoza (1962): “... de acuerdo con las disposiciones en vigencia ... los distritos de riego funcionan ahora por medio de un Comité Directivo dentro del cual los pequeños propietarios y los ejidatarios tienen cada uno su representante nombrado en reunión general de cada grupo, aunque pueden funcionar con régimen interno los otros organismos ya indicados [Asociación de regantes, Juntas de Agua y Asociación de Usuarios], pero la representación correspondiente ante el Comité Directivo y ante las autoridades del Distrito, la pueden hacer los representantes ya indicados, sin perjuicio de que también la hagan los otros organismos, con las mismas facultades de las asociaciones de regantes y las que establecen las disposiciones relativas a los comités directivos.” Según señala Romero (2004), el Comité Directivo del Distrito de Riego 011 Lerma estaba integrado por representantes del gobierno estatal, PRONASE (Productora Nacional de Semillas), BANRURAL (Banco Rural), FERTIMEX (Fertilizantes Mexicanos), SARH (Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos), CONASUPO (Comisión Nacional de Subsistencias Populares), instituciones privadas BANAMEX (Banco Nacional de México), BANCOMER (Banco Nacional de Comercio), FIRA (Fideicomisos Interinstituidos en Relación con la Agricultura), de organizaciones campesinas como la CNC (Confederación Nacional Campesina) y la CCI (Confederación Campesina Independiente), y por representantes de 6  Acuerdo para que se constituya un Consejo de administración e inspección que ejercerá sus funciones en los Distritos de Riego que menciona, DOF 14 de febrero, 1947; Acuerdo determinando la constitución de consejos consultivos en los Distritos de Riego, DOF 27 de junio, 1951; Acuerdo que dispone se establezca en cada uno de los Distritos Nacionales de Riego, un Comité Directivo, DOF, 17 de enero, 1953; Reglamento del acuerdo del 2 de enero de 1953 por el cual se crearon los Comités Directivos de los Distritos Nacionales de Riego, 24 de junio, 1953.

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los usuarios; dos representantes por cada Unidad de Riego7 (uno por cada sector: ejidal y propiedad privada). En el caso de los ejidatarios, sus representantes eran casi siempre los comisariados ejidales o, en su defecto, cualquier otra autoridad ejidal. Al parecer, la CNC era la instancia promotora de la elección del representante de los ejidatarios. En el caso de la pequeña propiedad, los representantes estaban vinculados a la CNPP (Confederación Nacional de la Pequeña Propiedad) (entrevista Martínez, 2011). Hay varios comentarios que indican la cohesión de los propietarios privados del laborío de Valle de Santiago, estos propietarios privados al parecer tienen continuidad con los propietarios anteriores al reparto agrario. El señor Ezequiel Martínez, regidor del H. Ayuntamiento de Valle de Santiago 1979-1981 y usuario del Módulo señala sobre los propietarios privados: “Desde siempre los propietarios han sido muy unidos, se han sabido defender, prácticamente de todos, para donde jala uno jalan todos eso es muy bueno. Todos están de acuerdo y se reunían muy seguido, tal vez cada treinta o cuarenta días o en ocasiones su representante les avisaba y se reunían de un día para otro; en el Distrito creo que les tenían miedo” (Sr. Ezequiel Martínez, 2012). El señor Oscar Cortez, Cronista de la Ciudad de Valle de Santiago señala sobre los propietarios privados: “Lo que sabemos sobre los Labradores del Valle de Santiago es que eran un grupo de propietarios muy unidos, tenían un representante legal que se encargaba de todos los tramites con el gobierno; entre ellos tenían muchos acuerdos para renta, préstamo y aparcería de terrenos de riego o para agostadero” (Sr. Oscar Cortez, 2012). El Ingeniero José Ponce, Comisionado de CNA en el Modulo de Salvatierra señala que los representantes de los ejidatarios y de la pequeña propiedad rural del Valle de Santiago asistían a diario a la Jefatura del Distrito de Riego a solicitar información de todo tipo que, a su vez, trasmitían a los otros usuarios. 7  Las Unidades de Riego en los Distritos son subdivisiones operativas del Distrito.

TRADICIÓN HIDRÁULICA EN EL MÓDULO DE RIEGO VALLE DE SANTIAGO 159

Cuadro 1. Distribución de la superficie por tenencia de la tierra

Tipo de usuario Ejidatarios Pequeña Propiedad Total

Número de usuarios

Superficie (has)

1,913

7,130

493

6,350

2,406

13,480

EL MÓDULO En 1992, la legislación nacional obliga a la transferencia de los Distritos de Riego. Así, la superficie de los Distritos se subdivide en módulos para la transferencia, y la operación de la obra de cabecera permanece en la Comisión Nacional del Agua. El laborío de Valle de Santiago se constituye con 2,406 usuarios: 493 con propiedad privada, y la superficie más frecuente por usuario es de 7 a 14 hectáreas, aunque se han conformado seis fincas de mayor tamaño, y 1,913 con tenencia de la tierra ejidal, cuya superficie promedio es de 4 hectáreas. La administración del módulo se transfiere a los regantes integrados en una Asociación Civil. La máxima autoridad de la AC es la Asamblea General. La Asamblea General está constituida por 70 delegados (representantes de la propiedad privada y del ejido); y esta a su vez elige entre los delegados a 10 miembros, 5 por cada sector (propiedad privada y ejidal) con los cuales se conforma el Consejo Directivo de la Asociación. Los puestos del Consejo Directivo se alternan entre los dos sectores de tenencia de la tierra para cada administración (3 años). Así, en un bloque están el Presidente, Secretario y Comité de Vigilancia, y en el otro bloque el Tesorero y Vocales. De tal manera, una administración toca a la propiedad privada el bloque de Tesorero y Vocales, mientras que a la siguiente administración toca al sector social el bloque de Tesorero y Vocales (Figura núm. 1).

160 Antología sobre riego

El diseño organizativo es, al igual que en el caso del módulo Salvatierra (en esta Antología), de corte burocrático (Palerm 2000, 2006). Es posible que la Asociación tenga un mejor control de la proliferación de puestos de supervisión para la distribución del agua. Hay un jefe de canaleros y 10 canaleros, en contraste con el caso del módulo Salvatierra del mismo Distrito de Riego, en el que hay una jerarquía de puestos del personal de distribución. También hay que señalar que, en las temporadas que no son de riego, los canaleros trabajan en las otras empresas del módulo. No hay un Jefe de Hidrometría en el organigrama, como lo hay en el módulo Salvatierra, aunque sí existe la oficina como espacio, y en esta hay una computadora donde los canaleros registran el avance de riego (ellos solos lo hacen, no hay secretaria) (Figura núm. 1). El Departamento de Administración está integrado por un contador y una cajera que están bajo la observancia del Tesorero. El Departamento de Conservación cuenta con un alto número de operadores, que además de realizar tareas de mantenimiento en el sistema de riego, realizan traslados de insumos y otros productos que corresponden a las otras empresas del módulo (Figura núm. 1). Figura 1. Consejo Directivo y personal de apoyo en el Módulo Asamblea General de Delegados (70)

Consejo Directivo (5 ejidatarios y 5 propietarios)

Pequeños propietarios

Ejidatarios

Presidente (1) Secretario (1) Vocal (1)

Recepcionista

Tesorero (1) Vocales (4)

Comité de vigilancia (2) Depto. de Conservación 1 Encargado 12 operadores soldador albanil ayudante

Depto. de Distribución Jefe de Canaleros

Depto. Administración 1 Contador

1 cajera 10 canaleros

TRADICIÓN HIDRÁULICA EN EL MÓDULO DE RIEGO VALLE DE SANTIAGO 161

Parece indicativo de una mayor participación o conocimiento de los usuarios el que el plan de riegos es elaborado en un ejercicio colaborativo entre el jefe de canaleros, los canaleros y el presidente, secretario y tesorero del Consejo Directivo. CONSIDERACIONES FINALES La organización de los regantes de Valle de Santiago, actualmente bajo el nombre de Asociación de Usuarios del Módulo Valle de Santiago AC, ha dado una muestra de habilidad y capacidad de recuperación ante los cambios sociopolíticos y legislativos que le ha permitido mantenerse por más de cuatro siglos, pasando prácticamente desapercibida por momentos, y manifestándose nuevamente con motivo de la transferencia. La persistencia de la organización es posiblemente el fundamento del éxito en el establecimiento de varias empresas vinculadas al módulo: Servicios Agrícolas del Módulo Valle de Santiago, Fondo de Aseguramiento Agrícola del Valle de Santiago y la Sociedad Cooperativa de Producción y Consumo del Módulo Valle. Posiblemente existe también una gestión más eficaz del sistema de riego en comparación con otros módulos del Distrito: cantidad de personal contratado y distribución del agua más equitativa. Lo que es innegable es que el modelo de expansión del Estado en la administración del agua de riego fracasó al no poder otorgar una distribución equitativa del agua y al no poder cobrar cuotas por el servicio de riego suficientes para la autosuficiencia financiera, al mismo tiempo socavó a las organizaciones existentes o, en el caso de substitución de regantes por beneficiarios del reparto agrario, retrasó la conformación de organizaciones. Está por evaluarse el diseño organizativo para las Asociaciones de Usuarios de los módulos trasferidos. Referencias Entrevistas citadas Martínez, Sr. Ezequiel fue regidor del H. Ayuntamiento de Valle de Santiago 1979-1981; usuario del Módulo. Entrevista junio 2012 Cortez, Sr. Oscar Cronista de la Ciudad de Valle de Santiago. Entrevista febrero 2012 Ponce, Ing. J. Jesús Comisionado de CNA en el Modulo de Salvatierra. Entrevista noviembre 2012, junio 2012.

162 Antología sobre riego

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TRADICIÓN HIDRÁULICA EN EL MÓDULO DE RIEGO VALLE DE SANTIAGO 163

Puntos que servirán de base para formular los Estatutos de la Asociación de Usuarios río Lerma Laguna Yuriria, Laborío del Valle, Valle de Santiago; Gto., 1932 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento de aguas de Valle de Santiago, Guanajuato, 1850 En I. Sandré y M. Sánchez (comp.) 2011 El eslabón perdido. Acuerdos, convenios, reglamentos y leyes locales de agua en México, CIESAS, México. Reglamento del acuerdo del 2 de enero de 1953 por el cual se crearon los Comités Directivos de los Distritos Nacionales de Riego, 24 de junio, 1953 En J. T. Lanz Cárdenas 1982 Legislación de aguas en México, Estudio histórico-legislativo de 1521-1981, tomo 1. Consejo editorial del Gobierno del estado de Tabasco, México. Reglamento general del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato, 1916 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX. AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento General para el Distrito de Riego [011] “Alto Río Lerma”, estados de Michoacán y Guanajuato, 1938 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX. AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento para la distribución de las aguas del río Lerma y sus brazos llamados El Arroyo o río Lerma y El Arroyito o río de la Zanja en el tramo comprendido entre la presa Lomo de Toro y el rancho la Puerta del Valle, en los distritos de Jaral del Progreso y Valle de Santiago del estado de Guanajuato, 1930 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento para la distribución de las aguas del río Lerma, en el tramo comprendido en el Distrito de Riego Número 11, Guanajuato, 1934 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento provisional para la distribución interior de las aguas del canal del Laborío del Valle de Santiago, Valle de Santiago, Guanajuato, 1930 En J. Palerm (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Rodríguez Haros, B. y J. Palerm 2007 “Antes de la transferencia: la entrega de Distritos de Riego”, Agricultura. Sociedad y Desarrollo, vol. 4, núm. 2, pp. 105- 126 Romero Pérez, R. 2004 Las organizaciones de usuarios agrícolas frente al ordenamiento de la distribución de agua en la cuenca Lerma Chapala, En XXV International Congress of the Latin American Studies Association, Las Vegas, NV. Sandré. I. y M. Sánchez (comp.) 2011 El eslabón perdido. Acuerdos, convenios, reglamentos y leyes locales de agua en México, CIESAS, México. Santos, Isnardo 2006 Riego y gestión del agua en la cuenca Lerma-Chapala. Documentos para su Historia. 1896-1985, DVD, IMTA/CIESAS/CNA/AHA, México. SRH 1953 Memoria de los Distritos de Riego, SRH, México. Torres López, M.; H. Ruiz Rueda; B. Rodríguez Haros 2011 “De la administración del agua al proceso de desarrollo rural: el caso del Módulo de Riego valle de Santiago, Guanajuato”, En Memorias del 16º Encuentro Nacional sobre Desarrollo Regional en México, AMECIDER, Xalapa, Veracruz.

164 Antología sobre riego

IV. Salvatierra, Distrito de Riego 011 Alto Lerma Benito Rodríguez Haros | J. Trinidad Hernández Palmerín | Carla María Pérez Hurtado

INTRODUCCIÓN En México se había considerado la existencia de dos modelos para la administración de sistemas de riego: a) la administración en manos del Estado en los llamados Distritos de Riego, supuestamente construidos con inversión pública, y b) la administración en manos de los usuarios organizados, también conocida como administración autogestiva. En el caso de los Distritos de Riego, un proceso de transferencia de la administración a los usuarios inicia a finales de la década de 1980 y en la década de 1990. A través de la Comisión Nacional del Agua (CNA), el Estado conserva la administración de la obra de cabecera, y entrega tramos (llamados módulos) a los usuarios constituidos en asociaciones civiles. De esta manera, se crearon varios módulos en un solo Distrito. El diseño organizativo de estos módulos consistió en la elección de una mesa directiva electa por los usuarios, y en la contratación de personal calificado para la operación, así como personal de oficina –un diseño distinto al encontrado en regadíos tradicionales, y que se ha denominado ‘de autogestión burocrática’ (Palerm 2000, 2006).

165

Sin embargo, el supuesto de ausencia de organizaciones de usuarios en los Distritos de Riego antes de la transferencia es falso. Por un lado, algunos Distritos de Riego se conformaron en viejos regadíos donde había organizaciones de usuarios, y por otro, hubo políticas de organización de los usuarios en Distritos construidos con inversión pública (Palerm, 2004, 2009; Rodríguez-Haros y Palerm, 2007). En algunos casos, la Junta de Aguas administró y operó a la par de la Jefatura del Distrito en una especie de administración mixta, como en el DR-01 Pabellón en el estado de Aguascalientes. Una variante más es encontrada en los Distritos de Riego que, siendo declarados oficialmente establecidos, no fueron controlados por el Estado, y sus usuarios continuaron al frente de ellos; un ejemplo es el DR-027 Ixmiquilpan en el estado de Hidalgo. Aún otra variante se encuentra en el DR-011 Alto Río Lerma, donde el Estado asumió el control y en 1938 suprimió por decreto a las Juntas de Aguas (Palerm, 2004, 2009; Rodríguez-Haros y Palerm, 2007). En este ensayo se presentan los resultados del diagnóstico realizado al Módulo de Riego 02-Salvatierra del DR-011 Alto Lerma, para el cual se localizó un antecedente de junta de aguas para determinar si había algún tipo de continuidad al presente de aquella organización. Los resultados de investigación están basados en trabajo de campo y en la revisión de documentos del Archivo de la Asociación de usuarios del módulo 02 Salvatierra y del Archivo Histórico del Agua. EL DISTRITO DE RIEGO 011 ALTO LERMA El Distrito de Riego cuenta con dos presas importantes: la presa Tepuxtepec, construida por la Compañía de Luz y Fuerza del Suroeste de México, S. A., que data de 1926, y que fue hecha con fines de producción de energía eléctrica, y la presa Solís, construida por la Secretaría de Recursos Hidráulicos con fines de almacenamiento para riego y control de avenidas, y que data de 1946 (SRH, 1953; García Huerta, 2003; Mollard et al, 2005). El 7 de noviembre de 1933 se decretó la creación del Sistema Nacional de Riego número 11, que comprendió toda la zona, desde la presa Tepuxtepec hasta la Ciudad de Salamanca (Acta núm.66 del 1 de noviembre de 1933 En AHA-AS, Exp. 33469, Fj.70).

166 Antología sobre riego

El 25 de noviembre de 1933, el Secretario de Agricultura y Fomento C. Francisco S. Elías dictó el acuerdo en el cual se reconoce que, a partir de la fecha, el control de todas las tomas establecidas en el río Lerma, desde Tepuxtepec a Salamanca, y la distribución de aguas del río en el tramo citado pasarían a depender de la Comisión Nacional de Irrigación (AHA-AS, C. 2279, Exp. 33469, Fj.70), pero la distribución del agua a partir de las tomas sigue a cargo de juntas de aguas. El 25 de febrero de 1938 se emitió el oficio 07-A-5, que contiene el acuerdo signado por el Secretario de Agricultura y Fomento Dr. José G. Parres, en el cual la actuación de las Juntas de Aguas comprendidas en tramo de la presa Tepuxtepec y Salamanca, Guanajuato se declaró en suspenso hasta nueva orden (AHA-AS, C. 2279, Exp. 33469, Fj. 264-265). Entre los considerandos que sustentan dicho acuerdo se encuentra la justificación de la suspensión de las juntas: “(…) que el Sistema Nacional de Riego número ≠ 11 debe desarrollar con toda amplitud una acción conjunta y eficaz para el más eficiente aprovechamiento de las aguas, mientras quedan terminadas las obras hidráulicas de mejoramiento de la red irrigadora, que se están ejecutando, y que las Juntas de Aguas citadas no han llenado debidamente su cometido, por lo que el mismo Sistema Nacional de Riego se ha visto obligado a llevar a cabo trabajos que corresponden a las Juntas ... “Que la mayor parte de los usuarios han estado remisos en el pago de sus cuotas, destinadas a la erogación de los gastos que demanda la aplicación de los reglamentos y la conservación de las obras y no acatan las disposiciones de las Juntas de Aguas, manifestando además animadversión en contra del Sistema Nacional de Riego que, para funcionar con entera regularidad y en beneficio colectivo, se ha visto obligado a auxiliar a las Juntas en el desempeño de sus labores”. El Reglamento General para el Distrito de Riego [011] “Alto Río Lerma”, estados de Michoacán y Guanajuato se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 1939. Este reglamento hace referencia al acuerdo de suspensión de las juntas, y en el artículo 15 se establece además que “el Distrito de Riego tendrá absoluto control sobre todas las obras hidráulicas existentes o

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 167

que se construyan dentro de su jurisdicción, para aprovechar de cualquier forma las aguas del Río Lerma, encargándose del manejo de compuertas, vigilancia en ríos y canales, ya sean éstos últimos propiedad federal o particular, dirección y supervisión de obras o trabajos de mejoramiento que se ejecuten”. En el artículo 16 se establece la facultad del Distrito de Riego para contratar el personal necesario para cubrir lo dispuesto en el artículo 15, y en el artículo 17 se menciona que se fijarán cuotas a los usuarios que permitan la conservación y limpia de los canales principales. Para Palerm (2009), es la poca paciencia de los funcionarios del Distrito de Riego lo que lleva a la suspensión de las Juntas de Aguas del río Lerma, ya que la suspensión de las juntas se produce justo después de enfrentamientos entre el gerente del Distrito y representantes de las juntas de aguas, en las que el jurídico de la Comisión Nacional de Irrigación emitió una opinión a favor de las juntas. LA JUNTA DE AGUAS DE SALVATIERRA En un primer paso se revisaron los reglamentos de juntas de aguas para el río Lerma con el fin de determinar su correspondencia con los espacios hidráulicos actuales de los módulos transferidos del Distrito de Riego 011 Alto Lerma. La infraestructura descrita en el “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Lerma en el tramo comprendido entre las presas de Chamácuaro y Lomo de Toro, en los Distritos de Acámbaro y Salvatierra del estado de Guanajuato” del 19 de agosto de 1930 coincide con aquella correspondiente al módulo de riego 02 Salvatierra. La infraestructura de las presas derivadoras y canales recibida en 1992 por la Asociación de Usuarios del módulo 02 Salvatierra no ha sufrido cambios importantes en comparación con la infraestructura de canales descrita en el reglamento de 1930 (Cuadro núm. 1). Las modificaciones en la infraestructura de presas derivadoras y canales entre 1930 y 1992 consisten en: las presas derivadoras se rehicieron con concreto armado; el canal San Pedro corresponde al actual canal San Agustín. Para afirmar

168 Antología sobre riego

esto nos basamos en que la descripción del canal San Pedro de 1930 coincide plenamente con el actual canal San Agustín. El nombre fue cambiado probablemente debido a que, como reporta el reglamento, el canal San Pedro abastece a una planta denominada San Agustín; el canal Reforma se prolongó con el canal secundario Ardillas. El canal Reforma se origina en la presa derivadora de La Esperanza y conduce el agua hasta una tasa repartidora conocida como presa Reforma, de donde parte el canal Ardillas. Otro canal es conducido y entubado para el abastecimiento a la planta hidroeléctrica de la Fabrica Carolina y Reforma, ubicada en la zona urbana de Salvatierra, retornando el agua al cauce del río Lerma: se revistieron algunos tramos de canales. Por ejemplo, en la década de 1970 el gobierno contrató a casi todo el pueblo para el revestimiento de las Ardillas.

Cuadro 1. Presas derivadoras y canales de riego en el Modulo 1930 y 1992

Presas derivadoras 1930 y 1992

Canales 1930

Canales 1992

Secciones de Riego 1992

Chamácuaro

San Pedro

San Agustín

88

Chamácuaro

Eménguaro

Eménguaro

87

Esperanza

Reforma

Reforma-Ardillas

82, 83, 84

San Nicolás

San Nicolás

San Nicolás

74, 79, 80, 81

Santiago Maravatío

Santiago Maravatío

75, 76, 77, 78

Batanes

Batanes

Gugorrones

Gugorrones

Maravatío Batanes Gugorrones

85, 86

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 169

Las presas y canales son de origen colonial. En los siglos XVI y XVII, en lo que hoy es el municipio de Salvatierra, los regadíos estaban en manos de cuatro grandes latifundios: el de Pedro de Arizmendi Gugorrón, el de López de Peralta (Valle de Tarimoro), el de los Carmelitas y el de los Agustinos. Algunos de los canales construidos en aquella época son el canal San Nicolás y el canal Maravatío. La expansión del regadío y la apertura de nuevos canales se convirtió en fuente de conflicto por el uso de los volúmenes adicionales de agua para riego, y, sorprendentemente estos conflictos continuaron hasta mediados del siglo XX (Murillo, 2007). En el reglamento de 1930 se señala la creación de la junta de aguas. La junta debía estar integrada por un representante propietario y un suplente por cada uno de los aprovechamientos: canal San Pedro, canal Eménguaro, canal La Reforma, canal San Nicolás, canal Maravatío, canal de Batanes y canal de Gugorrones. Los representantes nombrarían de entre ellos a un Comité Ejecutivo conformado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero. Para la distribución, la Junta de Aguas nombraría los Delegados y Distribuidores o Capitanes de Aguas, que serían los únicos autorizados para abrir y cerrar las compuertas. La evidencia documental muestra que con la expedición del reglamento se constituyó la junta de aguas de Salvatierra, y que esta asumió la administración del sistema de riego con éxito. Sin embargo, en las exploraciones en campo no se ha encontrado evidencia sobre ninguna organización de los usuarios participando con el Distrito de Riego. Al parecer, la Jefatura del Distrito tomó el control absoluto y limitó la participación de los usuarios. EL MÓDULO DE SALVATIERRA En el módulo hay 70 núcleos de población con una superficie de riego de 16,105.61 hectáreas que beneficia a 6,606 usuarios individuales (Cuadro núm. 2). Sin embargo, en 2009, se regaron sólo 7,753.78 hectáreas en el ciclo primavera-verano, y poco más de 2,594.73 hectáreas en el ciclo otoño-invierno. Estas cifras no incluyen el riego con pozos privados y pozos oficiales. En el espacio de riego hay 18 pozos oficiales, así como pozos privados. Los pozos oficiales aportaron agua adicional a 4,500 hectáreas, que disminuyó a 3,470 hectáreas entre el 2003 y el 2004. Los pozos privados aportaron agua adicional a 5,057 hectáreas en 1996 y

170 Antología sobre riego

1997, y a 14,815 hectáreas entre el 2005 y el 2006. La administración de los pozos oficiales se entregó a los ejidos y comunidades beneficiarios; dicha entrega fue justificada por la baja recaudación y el alto costo de mantenimiento y operación de los pozos. Los ejidatarios tienen 2 hectáreas de riego en promedio, y los propietarios privados tienen 10 hectáreas en promedio, aunque existen tres propiedades con poco menos de treinta hectáreas. La pequeña propiedad es resultado de ventas de tierras por las haciendas poco antes del reparto agrario; no parece haber una continuidad de un grupo de viejos usuarios. El proceso de transferencia de la infraestructura y de la entrega de un título de concesión a los usuarios organizados del módulo inicia el día 27 de octubre de 1992 cuando se protocolizó la Asociación ‘Productores Agrícolas del Módulo de Riego 02-Salvatierra del Distrito de Riego 011 Alto Río Lerma AC. La Asamblea General de Delegados es el máximo órgano de decisión de la AC, y sus resoluciones obligan a todos los usuarios individualmente considerados. Dicha Asamblea está constituida por dos representantes (llamados delegados) por ejido y pequeña propiedad. La Asamblea a su vez elije un Consejo Directivo, órgano ejecutivo de la Asociación, entre sus miembros. Para esta elección se conforman dos planillas que son votadas en forma secreta (en papeleta) o bien, en forma directa (levantando la mano). La modalidad se define por todos los delegados previamente a cada proceso. Así, la planilla elegida asumirá el cargo, y el Consejo Directivo durará en funciones tres años, pudiéndose reelegir una sola vez. Los puestos del Consejo Directivo de la AC son de carácter honorífico, y están conformados por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, un pro-secretario, un pro-tesorero y tres vocales. El Consejo Directivo es directamente responsable de la administración y operación del módulo de riego, y, para cumplir con sus funciones, contrata al personal operativo y de apoyo necesario. El personal contratado dedicado directamente a la distribución está conformado por 25 personas, desde el gerente general hasta los ayudantes de sección. Otro personal contratado, de oficina, suma 9 personas. En total, la Asociación cuenta con 34 personas contratadas. La distribución y el mantenimiento están a cargo del personal contratado bajo la dirección de un gerente general, que a su vez tiene bajo su mando a 2 jefes de

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 171

margen, 15 jefes de sección, 8 ayudantes de jefes de sección, y dos secretarias como apoyo a la oficina del gerente general. Personal adicional que depende del Gerente consiste en un Jefe de Hidrometría, Estadística y Padrón de Usuarios, que tiene el apoyo de una secretaria y los operarios de la maquinaria del módulo (Figura núm. 1). La oficina del Consejo Directivo cuenta con una secretaria de apoyo al presidente del Consejo, y con un contador, una secretaria y dos cajeras de apoyo al tesorero del Consejo (Figura num. 2). El total de salarios es de $2,146,482.45, dividido entre administración ($733,305.05), operación ($635,305.53), y conservación: ($777,871.87). En el informe 2010 se utiliza una fórmula para la distribución de los gastos: 20% para administración, 30% para operación y 50% para conservación. El total de gastos del módulo es de casi 13 millones. La recaudación es de 8 millones de pesos, y la diferencia se cubre con otros ingresos (6 millones) que corresponden a la renta de la maquinaria del módulo, el cual paga otro millón de pesos a la administración que coloca el agua en cada una de las presas derivadoras del módulo. La importancia del personal contratado y el hecho de que la operación y mantenimiento del módulo estén a cargo del Gerente y del personal a su mando le dan a la administración un carácter burocrático. El Gerente es responsable de la distribución del agua a los usuarios, así como de generar y reportar la estadística al Distrito de Riego y a la Comisión Nacional del Agua, del mantenimiento de la infraestructura, de la supervisión o vigilancia del personal de distribución, y del mantenimiento y el tratamiento de conflictos. El Gerente coordina la elaboración del plan de riegos para el módulo con el Jefe de Hidrometría, Estadística y Padrón de Usuarios, y después somete el plan a la aprobación del Consejo Directivo y la Asamblea de Delegados. El Gerente, a través del personal de distribución, recibe las solicitudes de riego y las aprueba conforme al avance en campo. La aprobación de una solicitud sólo se da si el usuario realiza el pago correspondiente y no tiene adeudos. El Gerente delega con el Jefe de Hidrometría, Estadística y Padrón de Usuarios para generar y reportar la estadística. En la oficina se lleva un registro del avance del riego (superficie regada por canal, usuarios atendidos, solicitudes de riego y copia de los recibos de pagos realizados), que se envía al Distrito de Riego y a la Comisión Nacional del Agua.

172 Antología sobre riego

El Gerente coordina el mantenimiento de la infraestructura, y elabora el programa de mantenimiento, incorporando para ello el registro de desperfectos reportados por el personal de distribución y de los propios usuarios para organizar mejoras como revestimientos y entubamientos. La gestión del recurso para mejoras la realiza el Comité Directivo. El mantenimiento de los canales principales y laterales, así como el mantenimiento de las estructuras de control se realiza con maquinaria del módulo y personal contratado. Los usuarios, sin embargo, son los responsables de la limpieza de los canales parcelarios únicamente. El Gerente es responsable de vigilar que el personal de distribución y mantenimiento cumplan de la mejor manera con las tareas encomendadas. Los Delegados también realizan vigilancia sobre el cumplimiento de los acuerdos sobre mantenimiento y distribución del agua. En cuanto al tratamiento del conflicto, el primer contacto que tienen los usuarios es con el personal de distribución: ayudantes de sección, jefes de sección, jefes de margen, o gerente. Los usuarios también pueden acudir a las oficinas, donde el primer contacto es con las secretarias, que reciben indicaciones precisas a diario para atender los conflictos. En caso de ausencia del Gerente, el Presidente del Consejo Directivo atiende los casos. El modelo de administración del módulo es aquel propuesto por la CNA para la transferencia. El modelo, sin embargo, ha dado a los usuarios pocas oportunidades para que adquieran y desarrollen los conocimientos y habilidades para asumir el control del módulo. El módulo presenta problemas de inequidad en la distribución del agua entre aguas arriba y aguas abajo sobre los canales generales. Los usuarios de las comunidades más alejadas y ubicadas al final de los canales consideran que no han mejorado en nada desde la transferencia, pues ellos siguen sin agua y ‘ahora peor’, pues hay que pagar, limpiar los canales parcelarios, y de todos modos el agua no llega. Para solucionar el problema, desde antes de la transferencia se recurrió a la perforación de pozos, de los cuales hay 18 oficiales. Adicionalmente, desde la transferencia se ha recurrido a la inversión en tubería para incrementar la eficiencia de conducción al sustituir los canales laterales y parcelarios por entubamientos.

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 173

Otro factor de inequidad consiste en que, aunque cada usuario tiene derecho a unos dos riegos por ciclo de cultivo, que se cobran a razón de 400 pesos por hectárea y riego, algunos usuarios dan hasta 4 riegos en la misma tierra y cultivo, afectando así a otros usuarios aguas abajo; esto es tolerado o permitido por la oportunidad de pagos. En cambio, otros usuarios dan un sólo riego para adelantar la siembra (punta de riego), y después aprovechan el temporal. CONSIDERACIONES FINALES La transferencia de la administración de sistemas de riego está asociada a nivel internacional a la evaluación de inequidad en volumen y oportunidad de la distribución del agua. Se planteó que la mayor participación de los usuarios podría mejorar la situación de distribución (Freeman, 1988). En México, la transferencia está además asociada al fuerte subsidio a los Distritos de Riego. Sin embargo, como hemos visto, la distribución del agua en el módulo presenta inequidad, y el pago por parte de los usuarios por el servicio de riego no cubre los costos de la gestión de los sistemas de riego del módulo. En el diagnóstico realizado a la Asociación de Usuarios “Productores Agrícolas del Módulo de Riego 02-Salvatierra del Distrito de Riego 011 Alto Lerma” en el estado de Guanajuato, los resultados demuestran que no existe ninguna organización social tradicional, y que la Asociación de Usuarios surgió con el Programa de Descentralización de Distritos y Unidades de Riego a los Usuarios en la década de 1990, con una estructura organizativa centralizada. Desde entonces, la participación de los usuarios individuales se limita a la elección de dos delegados por cada ejido y pequeña propiedad inscritos en el padrón de usuarios. Referencias Archivos Archivo de la asociación de usuarios del módulo 02 Salamanca Archivo Histórico del Agua Acta núm.66 del 1 de Noviembre de 1933 En AHA-AS, C 2279, Exp.33469, Fj.70. oficio 07-A-5 del 25 de febrero de 1938 En AHA-AS, C. 2279, Exp. 33469, Fj. 264-265

174 Antología sobre riego

Bibliografía Freeman, D. M. 1988 Linking Main and Farm Irrigation Systems in Order to Control Water Volume 1: Designing Local Organizations for Reconciling Supply and Demand, Water Management Synthesis Project WMS Report 69. García Huerta, María Lucila 2003 Pueblos afectados por la construcción del Distrito de Riego número 11 del alto río Lerma Boletín del Archivo Histórico del Agua, año 8, núm. 25, pp. 37-41. Mollard, Eric, Henry, Matieu, Soquet, Anne y Tombrey, Delphine 2005 “Los Distritos de Riego en la Cuenca Lerma-Chapala”, pp. 101-160 En: Vargas, Sergio y Mollard, Eric (Eds). Los retos del agua en la cuenca Lerma-Chapala: Aportes para su estudio y discusión, IMTA,/ SEMARNAT/CONACYT, México. Murillo L., D. 2007 “De frailes agustinos, cosmovisión indígena, haciendas y cambios en la concepción del agua en Guanajuato, México, (siglo XVI”), Boletín del Archivo Histórico del Agua, núm. 34, pp. 7-15. Palerm, J. 2000 “Administración de sistemas de riego: tipos de autogestión” En Memorias X Congreso Nacional de Irrigación, Chihuahua, Chihuahua. Asociación Nacional de Especialistas en Irrigación (ANEI) Palerm, J. 2004 “Reglamentos de aguas y reglamentación de aguas de propiedad nacional” En J. Palerm. (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Palerm, J. 2006 “Self-Management of Irrigation Systems, a Typology: The Mexican Case.” Mexican Studies/Estudios Mexicanos, vol. 22, núm. 2, pp. 361–385. Palerm, J. 2009 “Distritos de riego en México, algunos mitos” pp. 277-328 En J. Palerm, T. Martínez (eds.) Aventuras con el agua. La administración del agua de riego: historia y teoría, Colegio de Postgraduados, México. Reglamento general para el Distrito de Riego “Alto Lerma”, 1938 En Diario Oficial de la Federación, 17 de marzo de 1939 y En J. Palerm. (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Lerma en el tramo comprendido entre las presas de Chamácuaro y Lomo de Toro, en los Distritos de Acámbaro y Salvatierra del estado de Guanajuato, 19 de agosto de 1930 En J. Palerm. (coord.) I. Sandré, B. Rodríguez Haros, N. Duana Caletteet (editores) 2004 Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX, AHA/ CIESAS/ CNA, México. Rodríguez Haros, B. y J. Palerm 2007 “Antes de la transferencia: la entrega de Distritos de Riego”, Agricultura. Sociedad y Desarrollo, vol. 4, núm. 2, pp. 105- 126.

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 175

Cuadro 2. Ejidos y pequeñas propiedades que integran las secciones de riego Sección de Riego

Superficie Número Ejido/Pequeña Propiedad en (has) de usuarios

74

1,116.19

414

Ejido y pequeña propiedad de Puerta del Monte, Ejido El Coyol, Ejido El Capulín y Ejido San Nicolás.

75

1,410.82

478

Ejido Gervasio Mendoza, Ejido San Nicolás y Ejido de Cupareo.

76

762.95

375

77

1,136.22

413

Ejido y pequeña propiedad de Santa Teresa, Pequeña Propiedad y Ejido de Hermosillo, Pequeña propiedad y Ejido de Santa Rita, Ejido y Pequeña Propiedad de Santiago Maravatío y Pequeña Propiedad y ejido de San Pablo Casacuarán.

78

1,377.35

441

Ejido de Maravatío del Encinal, Ejido de San Nicolás y Ejido y Pequeña Propiedad de Santa Teresa.

79

1,336.53

415

Ejido y Pequeña Propiedad de El Potrero, Ejido de San Nicolás y Ejido de El Capulín.

80

1,177.15

477

Ejido y Pequeña Propiedad de Santo Tomás, Ejido y Pequeña Propiedad de San Pedro, Ejido y Pequeña propiedad de San Buenaventura, ejido Santo Domingo y Ejido de Janicho.

81

560.36

315

Ejido Molino de Ávila, Ejido San Buenaventura, Ejido Batanes y Ejido de Congregación de Huatzindeo.

82

950.74

471

Ejido y Pequeña Propiedad de La Luz, Ejido y Pequeña Propiedad de La Quemada, Pequeña Propiedad Rancho de Guadalupe, Ejido y Pequeña Propiedad de La Palma de la Luz, 2 pequeñas propiedad, Ejido y Pequeña Propiedad de El Sabino, Ejido y Pequeña Propiedad de El Capulín y Ejido y Pequeña Propiedad de Ojuelos.

83

1,391.63

717

Ejido y Pequeña Propiedad de San José del Carmen, Ejido San Isidro, Ejido y Pequeña Propiedad de La Estancia de San José, Ejido El Ranchito y Ejido Urireo.

84

1,547.94

522

Ejido Urireo, Ejido de San Juan, Ejido de El Fénix, Pequeña Propiedad de Charco Largo, Ejido Panales Churubusco, Ejido Panales Jamaica, y Ejido La Calera.

85

1,344.46

518

Ejido San José del Carmen, Ejido y Pequeña Propiedad de La Luz, Ejido y Pequeña Propiedad de La Quemada, Pequeña Propiedad Los Negros, Ejido y Pequeña Propiedad de La Magdalena, y Rancho de Guadalupe.

86

801.30

273

Ejido y Pequeña Propiedad de La Angostura, Ejido Santo Tomás, Ejido San Juan y Pequeña Propiedad.

87

364.34

364

Ejido Eménguaro y Pequeña Propiedad en San Antonio Eménguaro

88

827.63

413

Ejido y Pequeña Propiedad de San Agustín, El Refugio, Pequeña Propiedad, Ejido Santa Isabel Tola, Ejido San Elías, Ejido La Esperanza, Ejido El Pitayal y Ejido Urireo.

Suma

16,105.61

176 Antología sobre riego

6,606

Figura 1. Personal distribución y mantenimiento en el módulo Gerente General

Jefe de hidrometría, estadístíca y padrón de usuarios

Jefe de margen izquierdo

Jefe de margen derecho

1 Secretaria

8 Jefes de sección

7 Jefes de Sección

2 Secretarias Operadores

3 Ayudantes de Jefe de Sección

5 Ayudantes de Jefe de Sección

Figura 2. Consejo Directivo y personal de apoyo Consejo Directivo

Presidente

Secretario

Vicepresidente

Tesorero

Protesorero

Prosecretario Vocal

Vocal

Vocal Secretaria

Contador Secretaria 2 Cajeras

SALVATIERRA, distrito de Riego 011 alto lerma 177

V. El sistema de riego Tepetitlán (México): mejoras en la distribución del agua a partir de la transferencia* Acela Montes de Oca Hernández | María Cristina Chávez-Mejía | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Se analiza si hay deterioro o mejora en la distribución del agua en la situación post-transferencia de un distrito de riego. El caso del sistema de riego Tepetitlán presenta algunas características particulares: los usuarios se negaron a adoptar un modelo burocrático de administración para la transferencia, básicamente por el elevado costo. El sistema de riego se transfirió, luego de un proceso largo de resistencia a la elevación de cuotas, como unidad de riego. Adicionalmente debido a un conflicto entre los usuarios, hay actualmente (2000-2010) dos comités directivos. La existencia de dos comités directivos es la explicación fácil de un aparente deterioro en la distribución del agua. Para determinar si había inequidad y deterioro en la distribución de agua y si estas eran atribuibles a la transferencia se siguió una estrategia de información indirecta: el análisis de los patrones de cultivo y de la organización para la distribución del agua a nivel de comunidad entre comunidades aguas arriba y aguas abajo antes y después de la transferencia. La conclusión * Con pocas modificaciones este texto se publicó en 2012 en Tecnología y Ciencias del Agua, vol. 3, núm. 1: 77-101.

179

es que la distribución inequitativa del agua ha caracterizado al sistema de agua desde antes de la transferencia y que, a partir de la transferencia, la distribución de agua incluso ha mejorado; aunque, en algunos pero pocos casos, ha efectivamente empeorado. Las mejoras en la distribución se relacionan con los procesos organizativos de las comunidades. EL SISTEMA DE RIEGO El sistema de riego Tepetitlán, se ubica en el Estado de México, en la cuenca alta del río Lerma, consiste en una presa de almacenamiento y una presa derivadora que da lugar a tres canales generales (Enyege, Tepetitlán y Tunal) que riegan una superficie de 9,721 hectáreas (Croquis núm. 1 esquema general del sistema). El sistema fue construido por las haciendas y tuvo dos modificaciones significativas, una ampliación realizada en 1964, que consistió en una nueva presa de almacenamiento y un nuevo canal general: El Tunal; y la reducción en el número de reservorios secundarios (jagüeyes) de 40 a 5 entre 1930 y 1970. Las tierras de riego de la hacienda pasaron a beneficiarios de la reforma agraria, con el tipo de tenencia de la tierra llamado ejido, en las décadas de 1920 y 1930. En el año de 1934 el Departamento Agrario convocó a las autoridades ejidales para constituir una junta de aguas, junta que, aparentemente, no fue creada, ya que no hay más noticias. El sistema, a finales de 1940, inició operaciones como Distrito de Riego y fue adherido administrativamente a otros sistemas de riego formándose el Distrito de Riego 033. Antes del inicio de la gestión como Distrito de Riego no parece haber existido una autoridad de parte de la Secretaria de Agricultura y Fomento (SAyF) o del Departamento Agrario que tuviera personal a cargo de la presa y sus canales de riego. Las autoridades ejidales eran las encargadas de vigilar la distribución de agua al interior de sus respectivas comunidades. Cuando existía algún tipo de inconformidad entre pueblos sobre la distribución del agua, los abusos eran reportados por las autoridades ejidales ante el Departamento Agrario quien enviaba a un representante para que pusiera orden en el espacio de regadío, a veces se amenazaba con enviar efectivos del ejército a fin de cuidar que el paso del agua entre comunidades. Por demás, aparentemente en 1936, el administrador de las ha-

180 Antología sobre riego

ciendas Enyege y Tepetitlán, haciendas que todavía contaban con una superficie de 211 hectáreas, era quien tenía las llaves para abrir y cerrar las compuertas de tablas de madera y, por lo tanto, era quien manejaba la presa (Guzmán y Vargas, 2003 11; Montes y Palerm, 2010; AHA-AS, C. 2441, Exp. 34397, f. 4-5; Archivo RAN, Exp. 761/410, f. 328). El sistema de riego Tepetitlán, antes de la transferencia, era operado en lo que corresponde a las presas, canales generales y canales secundarios por la gerencia del Distrito; sin embargo en la distribución al interior de las comunidades había participación de autoridades ejidales (comisariado ejidal y/o juez de aguas1). El mantenimiento de los canales de riego estaba a cargo de los usuarios aunque los encargados de distribuir las tareas de limpieza del canal eran los canaleros del Distrito de Riego (Entrevista realizada al Sr. Juan Cabiedes. Canalero de 1964 a 1997. Fecha de entrevista 14 de septiembre de 2009). En 1993 inicia el proceso de transferencia en el sistema de riego Tepetitlán. Los Distritos de Riego para ser transferidos se dividieron en módulos de riego; dependiendo de la superficie regada; la obra de cabecera seguiría siendo operada por la Comisión Nacional del Agua (CNA). La CNA propuso transferir el sistema de riego Tepetitlán del Distrito de Riego 033 como un módulo. En cada módulo de riego se crearon Asociaciones Civiles. Para formalizar una Asociación Civil era necesario elegir a representantes, llamados delegados de riego, por ejidos y propiedades privadas2. El sistema de riego Tepetitlán está conformado por 34 comunidades. Pero, por el tipo de tenencia de tierra existen comunidades con ejido y con propiedad privada (minifundista) o con ambos tipos de tenencia (Cuadro núm. 1). Para la elección de los delegados de riego fue necesario que los delegados municipales3 en las comunidades con pequeña propiedad y las autoridades ejidales en los ejidos convocaran a asamblea. En las asambleas, por comunidad y tipo de tenencia, la elección de las nuevas autoridades del riego fue por votación popular directa. 1  La ley agraria, hasta 1992, prevé el nombramiento de jueces de agua por la asamblea de ejidatarios para la distribución del agua al interior del ejido (Palerm, 2009). 2  La elección de delegados de riego, en el contexto de la nueva Ley de Aguas (1992), significó el desplazamiento formal de la autoridad ejidal sobre el agua. 3  Los delegados municipales son autoridades electas por los mismos vecinos en las localidades de un municipio que no son la cabecera municipal.

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 181

De tal manera que se eligieron 46 delegados (de 31 ejidos y de 15 comunidades con propiedad privada). Además algunas comunidades tienen “barrios”, que son pequeños asentamientos que pertenecen a un ejido o un poblado de pequeña propiedad. Los “barrios” carecen de representantes (delegados de riego) propios, tampoco hay autoridades ejidales o delegados municipales propios del barrio. A su vez el conjunto de delegados de riego, en asamblea, tenían la tarea de elegir un consejo directivo y un consejo de vigilancia. El consejo directivo, a su vez, debía contar con oficinas, personal de oficina, gerente técnico y canaleros (o personal para realizar la distribución). En el sistema de riego Tepetitlán, sin embargo, los usuarios, comunidades de indios mazahuas, se negaron a adoptar un modelo burocrático de administración para la transferencia (Palerm, 2006), básicamente por el elevado costo. El sistema de riego se transfirió, luego de un proceso largo de resistencia a la elevación de cuotas, como unidad de riego –con su Asociación Civil. Una vez transferido, debido a un conflicto entre los usuarios, conflicto que a su vez fue instigado en parte por la Comisión Nacional del Agua, se crean dos comités directivos que han estado en funcionamiento desde el año 2000 (Montes y Palerm, 2010). La dinámica de distribución del agua, según la apreciación basada en trabajo de campo, se presentaba confusa. Los usuarios se habían negado a adoptar un modelo burocrático de administración para la transferencia y no contaban con personal contratado para operar el sistema. A nivel de los canales generales aparentemente ambos comités directivos distribuían el agua. El calendario de riegos propuesto aparentemente se retrasaba debido a que las comunidades de aguas arriba no cerraban sus compuertas para dejar pasar el agua a las comunidades de aguas abajo. Los informantes daban fechas distintas de riego preferente según el tipo de suelo y la tecnología para barbechar. La ausencia de una operación con personal contratado y la existencia de dos comités directivos parecían la respuesta más sencilla a un aparente deterioro en la distribución del agua. Por lo tanto se propuso realizar un análisis sobre la distribución del agua a partir de la transferencia del sistema de riego Tepetitlán, para determinar si había deterioro o mejora en la distribución del agua y con ello determinar si la negativa de las comunidades mazahuas a un modelo burocrático de administración había sido un éxito o un fracaso.

182 Antología sobre riego

ESTRATEGIA DE ANÁLISIS Se determinó seguir una estrategia de información indirecta sobre la distribución del agua no sólo porque la dinámica de distribución del agua se presentaba confusa, sino también por la dificultad que arrojaba la tensión entre los dos comités directivos. Para determinar diferencias en la distribución de agua se seleccionaron comunidades en relación a la posición ocupada aguas arriba/aguas abajo con la perspectiva de contrastar los patrones de cultivos, antes y después de la transferencia. En el supuesto que las diferencias en el patrón de cultivos entre aguas arriba y aguas abajo serían un indicador de diferencias en cantidad y oportunidad del riego. Es decir, arrojaría información sobre la existencia de una desigual distribución. Los resultados permitieron determinar que efectivamente hay, antes y después de la transferencia, inequidad en la distribución. A continuación, para determinar si había deterioro en la distribución de agua, la estrategia indirecta consistió en determinar, en una selección de comunidades ubicadas aguas abajo, si los patrones de cultivos eran típicos o recientes, es decir si databan o no desde la transferencia. Lo que arrojaría información sobre los cambios en la distribución y la dirección negativa o positiva del cambio. En los cuadros 2 y 3 se enumeran los casos seleccionados. En la selección (o muestra) se excluyeron los casos de comunidades con acceso a agua de jagüey o bordo (estanque secundario de almacenamiento), aunque un caso quedó incluido por contar también con agua rodada directa de la presa. Los resultados permitieron determinar que, en el marco de una distribución inequitativa del agua, la situación de las comunidades aguas abajo había mejorado. En paralelo, el otro indicador indirecto que se retomó, fue el de organización comunitaria diferencial. La respuesta de mayor organización comunitaria ante la escasez de agua es una observación analítica de Wade (1988). En los casos que presenta este autor, sobre un mismo canal, las comunidades de aguas abajo, con mayor escasez de agua, cuentan con mayor organización. Misma situación que se ha analizado para los sistemas de riego del río Cuautla, donde se encontraron diferencias en la organización social comunitaria vinculadas a su posición aguas arriba/aguas abajo (Palerm, Pimentel, Salcedo, 2000). En otras

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 183

investigaciones se reportaba que la escasez de agua de riego, en un año dado, provocaba una respuesta organizativa con proliferación de nombramiento de autoridades del agua, es decir que la organización variaba entre épocas del año y entre años (Palerm, 2001). Una medición relativamente sencilla de la organización comunitaria para el riego, consiste en determinar si existen autoridades reconocidas en asuntos de agua, así como el número y sus actividades en relación con la distribución, vigilancia, mantenimiento y manejo del conflicto (Palerm et al, 1997, 2000). En primer lugar se contrastó la organización de comunidades ubicadas aguas arriba y aguas abajo. Los resultados indicaron que había una respuesta organizativa diferencial por ubicación. Es decir, efectivamente las comunidades con mayores restricciones eran aquellas que estaban más organizadas. Tal y como presentan los estudios ya señalados (Wade, 1988; Palerm, Pimentel, Salcedo, 2000), la inequidad en la distribución se reflejaba en la organización comunitaria diferencial. En segundo lugar, en las mismas comunidades de aguas abajo seleccionadas para dar seguimiento a cambios, antes y después de la transferencia, en los patrones de cultivo, se dio también seguimiento a la organización comunitaria. Por lo tanto se contaba con la información del patrón de cultivos, antes y después de la transferencia; así como la situación organizativa comunitaria. La información permitía establecer que había una correlación entre mantener o mejorar el patrón de cultivo y la respuesta organizativa comunitaria. Sistemáticamente las comunidades aguas abajo, que se habían organizado, habían conseguido conservar o mejorar su acceso al agua. Antes de seguir adelante, conviene señalar que la primera apreciación de los reportes preliminares sobre una reciente, después de la transferencia, proliferación de autoridades comunitarias vinculadas a la distribución del agua en las comunidades ubicadas aguas abajo, fue que ello parecía ser una respuesta organizativa a la escasez de agua y, posiblemente, a una situación de creciente restricción del agua para riego y por lo tanto que la situación de la distribución del agua se deterioraba. El error se centró en comparar la fluctuación en organización en comunidades ya organizadas ante la abundancia o escasez de agua (Palerm, 2001) con el

184 Antología sobre riego

caso del sistema de riego Tepetitlán. La estrategia de análisis permitió develar algo mucho más interesante: la respuesta organizativa, en el caso del sistema de riego Tepetitlán, consistía en la creación de nueva organización. El retiro de la administración centralizada aparentemente había liberado las capacidades de respuesta organizativa de las comunidades. Por lo tanto, la descripción cualitativa de la organización comunitaria en torno al riego y su análisis cobraba importancia para determinar qué acciones estaban siguiendo las comunidades de aguas abajo para mejorar la distribución del agua. Lo que estaban haciendo marcaba el éxito de rechazar un modelo burocrático de administración. La presentación se divide en tres partes: 1. El análisis sobre la distribución equitativa/inequitativa del agua de riego por el patrón de cultivos, específicamente por la variedad de maíz que se cultiva; 2. El análisis sobre la distribución equitativa/ inequitativa del agua de riego por la organización diferencial para la distribución de agua de riego a nivel de comunidad y 3. El análisis del éxito de la respuesta organizativa de las comunidades ubicadas aguas abajo para mantener o mejorar el acceso a agua. 1. Análisis sobre la distribución equitativa/inequitativa del agua de riego por el patrón de cultivos, específicamente por la variedad de maíz que se cultiva El cultivo dominante en el sistema de riego es el maíz y se determinó indagar sobre la variedad de maíces presentes, es decir de ciclo corto y de ciclo largo con atención a fechas de siembra, fechas de riego y de cosecha. Adicionalmente se determinó indagar qué otros cultivos se encontraban presentes con atención a fechas de siembra, fechas de riego y de cosecha. Las comunidades que se benefician con el agua de la presa Tepetitlán, siembran distintas variedades de maíz, los extremos son una variedad de maíz de ciclo largo y otra de ciclo corto. El maíz de ciclo largo tiene una producción por hectárea mayor que el maíz de ciclo corto. La fecha en que reciben el riego y por lo tanto el tipo de variedad de maíz que siembran son factores que denotan inequidad en la distribución de agua.

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 185

Las lluvias, las heladas, el riego y el cultivo de maíz El sistema agrícola presente en Tepetitlán se encuentra a 2,600 metros sobre el nivel del mar, con una precipitación pluvial menor a los 800 mm, el clima es subhúmedo. La clasificación tradicional en Tepetitlán es la denominada de tierra fría. Por ser tierra fría las estaciones presentes son dos: la seca y la de lluvias. Las condiciones climáticas les impiden realizar más de una cosecha de maíz al año por la presencia de heladas. En cuanto a las heladas los campesinos mazahuas reconocen tres tiempos, las heladas tempraneras que inician en el mes de octubre, las heladas negras entre los meses de noviembre a febrero y las heladas tardías en el mes de marzo. No obstante realizan cultivos invernales como el haba y la avena dado que son resistentes a las heladas. El tipo de riego que se presenta en las comunidades beneficiadas con la presa Tepetitlán es agua rodada utilizada como punta de riego y en ocasiones un riego de auxilio; la punta de riego es vital, de otra manera sólo se puede sembrar un maíz de ciclo muy corto o violento dados los límites impuestos por el inicio de la temporada de lluvias y el inicio de las heladas (Palerm, 1976). La fecha de la punta de riego determina que el maíz que se pueda sembrar sea de ciclo largo o corto, la cosecha en ambos casos se realiza durante los meses de noviembre y diciembre. La siembra debe realizarse después de las heladas negras (a partir del 12 de marzo) porque sembrar a principios de marzo implica el riesgo de perder la cosecha. Tipos de suelos y fechas de riego preferenciales La estrategia del patrón de cultivo para analizar la inequidad y modificaciones en la distribución del agua tiene una ventaja adicional sobre un análisis basado en el cuadro de distribución. El cuadro de distribución propuesto o real no permite, en el sistema de riego Tepetitlán, determinar plenamente si es posible la siembra de un maíz de ciclo más o menos largo ya que el tipo de suelo y la tecnología empleada en la preparación del terreno modifican las fechas de riego preferenciales. Los mazahuas tienen en su clasificación del suelo tres tipos: la tierra barrial, la tierra blanca y la tierra arcillosa. El tipo de suelo es importante porque determina el tiempo de secado de la tierra después del riego de pre-siembra y, del tiempo de secado del suelo, depende la fecha en que debe iniciar la siembra del maíz. Unos tipos de suelo requieren mayor tiempo de secado y otros un menor tiempo. La variación tiene un rango de una a tres semanas.

186 Antología sobre riego

Sin embargo pueden modificar el tiempo de secado necesario del suelo al usar tecnología distinta (tractor o arado) para el barbecho, si se barbecha con yunta el tiempo de secado requerido para el mismo tipo de suelo es menor que si se barbecha con tractor. En el suelo barrial, si se usa tractor para el barbecho, la tierra tarda en secar 15 días porque hay mayor profundidad de arrastre y volteado de suelo, pero si se utiliza la yunta la profundidad es menor y el tiempo de secado es entre una semana a 10 días. En el suelo llamado de “tierra blanca” si se usa tractor para el barbecho, la tierra tarda en secar entre 25 a 30 días, y con yunta de 15 a veinte días. En el suelo arcilloso, con tractor, la tierra tarda en secar entre 8 a 10 días y con yunta tarda unos 5 días. Así por ejemplo, en suelo barril para sembrar maíz marceño, usando para el barbecho tractor, se requiere regar en febrero, sin embargo si el barbecho se realiza con yunta se requiere menor tiempo de secado y el riego de pre-siembra se puede posponer. Estas diferencias de suelo se presentan al interior de cada comunidad ya que los tipos de suelo se encuentran intercalados por toda la superficie de riego, dominan los suelos de tierra barrial y blanca, mientras que hay poco suelo de tierra arcillosa. Por lo tanto la toma de decisión de fechas de riego en relación al suelo se establece únicamente entre los usuarios de cada comunidad. El patrón de distribución del agua El plan de riegos, establecido desde que era Distrito, indica que el riego inicia aguas arriba y termina aguas abajo. Los usuarios de aguas abajo deben esperar a que los de aguas arriba terminen de regar o cierren algunas compuertas para empezar a regar. La inequidad en la distribución del agua tiene que ver con la posición que ocupan las comunidades de regantes, es decir si se encuentran aguas arriba o aguas abajo de canales principales o secundarios. Excluyendo los casos en que se cuenta con agua de reservorio secundario. La diferencia en el tipo de maíz sembrado está marcado por las fechas en que las comunidades reciben el agua de riego, aquellas que reciben el agua temprano (mediados de febrero o principios de marzo) pueden sembrar el maíz de ciclo largo y las que reciben el agua a finales de marzo siembran el maíz abrileño, y aquellas que reciben el agua hasta finales de abril siembran el violento. El maíz

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violento generalmente lo siembran los usuarios en terrenos de temporal y lo usan como último recurso cuando el agua que les llega es muy tardía. La variedad de maíz sembrada es un elemento que permite sortear las fechas distintas de riego y es un reflejo de la inequidad en la distribución del agua. Las variedades de maíz utilizadas, según la clasificación local, en una gradiente de ciclo largo a corto son: Blanco marceño, Blanco abrileño, Amarillo, Negro, Rojo, Rosado. Con ello no se agota la gama de maíces, pero son las más comunes en el sistema de riego Tepetitlán. Se tomó en consideración que la situación de las comunidades de aguas abajo se pudo haber visto agravada debido a que las comunidades ubicadas aguas arriba sobre los canales principales no cierran las compuertas al terminar de regar para la siembra de maíz marceño y abrileño debido a que tienen otros cultivos como el jitomate y la flor que requieren de 3 a 6 riegos durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo. La presencia de otros cultivos se presenta sobre los canales generales Enyege y Tepetitlán, pero no sobre el canal general Tunal. Resultados: análisis patrón de cultivos La presencia de otros cultivos agua arriba sobre los canales generales Enyege y el Tepetitlán no se había modificado, es decir no había una expansión de la superficie dedicada a otros cultivos, distintos al maíz. El patrón de cultivo del maíz en la gradiente de ciclo largo a corto: Blanco marceño, Blanco abrileño, Amarillo, Negro, Rojo, Rosado mostraba que típicamente entre aguas arriba y aguas abajo había inequidad en la distribución, tanto antes, como después de la transferencia. El patrón de cultivo del maíz en la gradiente de ciclo largo a corto: Blanco marceño, Blanco abrileño, Amarillo, Negro, Rojo, Rosado mostraba que las comunidades ubicadas aguas abajo reportaban el cambio a maíces de ciclo más largo, es decir que habían mejorado la fecha preferente de riego (Cuadros núm. 2 y 3). 2. Análisis sobre la distribución equitativa/inequitativa del agua de riego por la organización diferencial para la distribución de agua de riego a nivel de comunidad En principio el incremento de la mayor organización comunitaria en relación al

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riego podía ser un indicador de mayor escasez de agua (Wade, 1988; Palerm, Pimentel, Salcedo, 2000; Palerm 2001). El contraste entre la organización comunitaria en relación al riego, antes y después de la transferencia, grosso modo, era de aumento. Antes de la transferencia, la organización comunitaria en relación al riego era muy limitada, aunque había participación de autoridades comunitarias en la distribución al interior de las comunidades, así como en organizar la movilización de trabajo comunitario para el mantenimiento de los canales de riego del sistema, todas las actividades se realizaban bajo la supervisión de los canaleros del Distrito de Riego. En los Cuadros núm. 2 y 3 se detalle el aumento de autoridades encargadas del agua en las comunidades ubicadas aguas abajo. Para la medición de la organización comunitaria, se contabilizaron autoridades reconocidas en asuntos de agua. Los ejidos tienen como autoridades del agua al comisariado ejidal, jueces de agua y delegado del agua y otras figuras como comité de riego y comité de vigilancia. Las comunidades con pequeña propiedad (minifundista) tienen como autoridades del agua al delegado municipal y al delegado de riego. En el caso de coincidir en un solo poblado ejido y pequeña propiedad puede haber colaboración entre ejido y pequeña propiedad. Efectivamente, se encontró una organización diferencial entre comunidades ubicadas aguas arriba y aguas abajo. Mientras en las comunidades de aguas arriba la autoridad del agua se limita al delegado de riego (y al comisariado ejidal para organizar las faenas de mantenimiento), en comunidades de aguas abajo proliferaban las autoridades del agua: comisariado ejidal, jueces de agua, delegado de riego, etc. Los resultados se presentan en el Cuadro núm. 4. 3. Análisis del éxito de la respuesta organizativa de las comunidades ubicadas aguas abajo para mantener o mejorar el acceso a agua La correlación entre la organización comunitaria y el patrón de cultivo de maíz arrojó que las comunidades aguas abajo, sobre un canal general o sobre un canal secundario, que se habían organizado, habían conseguido conservar e incluso mejorar el acceso al agua, y que sólo en unos pocos casos la situación había empeorado.

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La exploración de las estrategias organizativas y sus efectos permitieron determinar que las mejoras consisten a) en un adelanto de la fecha en que les llega el agua, lo que a su vez hace posible la siembra de un maíz de ciclo más largo, para ello las acciones organizativas han estado dirigidas a negociar hacia afuera de la comunidad; b) en una mayor superficie regada por comunidad, para ello las acciones organizativas han estado dirigidas a una cuidadosa distribución al interior de la comunidad acortando los tiempos de riego. Es posible, entonces, afirmar que las comunidades han seguido dos estrategias organizativas, adicionales a la proliferación de autoridades del agua, una consistente en organizar tareas hacia el exterior y otra consistente en organizar tareas hacia el interior. En cuanto a la proliferación de autoridades del agua. La estrategia que siguieron los ejidos, después de la transferencia, ha sido la inclusión de las autoridades ejidales en la distribución del agua, modelo organizativo que fue también adoptado por las pequeñas propiedades considerando a los delegados municipales como figuras autorizadas en el riego. Este aspecto de autoridad formal no parece ser gratuito, ya que, con la transferencia, han sido negativamente afectados barrios ubicados aguas abajo, con poca población y sin autoridades locales propias. En los cuadros 2 y 3 se presentan los resultados en forma resumida y en el siguiente apartado se presenta la información etnográfica de algunos de los casos. La etnografía de la organización comunitaria CANAL GENERAL ENYEGE. El canal Enyege tiene su origen a mediados del siglo XIX. En 1920 se amplía la capacidad de la presa y se incrementa la longitud del canal de 16 a 36 kilómetros. Después del reparto agrario, según documentación en el Archivo del Registro Agrario Nacional y en el Archivo Histórico del Agua, hubo conflicto entre las comunidades de aguas arriba y aguas abajo; en los documentos se hace mención de la necesidad de un reglamento de aguas. Aguas arriba sobre el canal general Enyege Las comunidades ubicadas aguas arriba consideradas para el análisis fueron San Antonio Mextepec, San Agustín Mextepec y San Miguel Enyege.

190 Antología sobre riego

Esquema 1. Canal general Enyege PRESA Santa Cruz Mextepec Ejido

C a n C a l

San Antonio Mextepec Ejido San Agustín Mextepec Ejido y Pp

A N A p L r i n c i p a l

E n y e E g N e

Y E G E

Canal principal Enyege

P R I N C I P A L

San Pedro El Chico Ejido

Emilio Portes Gil Ejido

Tungareo Barrio

Tepetitlán Barrio

Canal secundario

San Pedro El Alto Ejido San Isidro Boxipe Ejido Santa Ana la Ladera Ejido y Pp Santa Ana Ixtlahuaca Ejido y Pp San Andres del Pedregal Ejido y Pp San Miguel Enyege Ejido y Pp Concepción Enyege Ejido Dolores Enyege Ejido San Juan de las Manzanas Ejido Santo Domingo de Guzmán Ejido “Emiliano Zapata” Guadalupe Cachi Ejido Jagüey Cachi Vaquería Pp Jagüey “Presa Tecomate” Jagüey “Presa Larga” Guadalupe Cachi Edjido San Mateo Ixtlahuaca Edjido y Pp

Santa Ana la Ladera Ejido San Ignacio del Pedregal Ejido San Antonio de los Remedios Ejido San Pablo de los Remedios Ejido

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 191

En estas comunidades, de acuerdo con las fechas que manejan los comisariados ejidales, jueces del riego y algunos usuarios, el agua está disponible cerca de un mes (20 de febrero al 20 de marzo). A pesar de que las fechas de riego de las comunidades aguas arriba terminan a mediados del mes de marzo, siguen abiertas las compuertas a la capacidad de máximo riego porque no existe un control de las autoridades en este espacio. La justificación que dan las autoridades de comunidades aguas arriba para no cerrar las compuertas en sus totalidad es que los usuarios que siembran jitomate y flor siguen necesitando del agua. “Nosotros no tenemos problemas con el agua del canal [Enyege] vaya a toda su capacidad, tenemos un mes de riego y cada usuario es responsable del día que debe regar sólo debe avisar al representante de su ejido que ya ha pagado su contribución y tener su recibo de pago, riegan aproximadamente 15 a 20 regadores por una toma (Entrevista a José Justo Cayetano. Comisariado ejidal de San Miguel Enyege. Fecha de entrevista 12 de octubre de 2009. Cuando el usuario considera apropiado regar, va y solicita al juez de aguas que abra la compuerta. Si el juez de aguas debe salir de su domicilio por motivos de trabajo o familiares, deja la llave con otra autoridad del ejido para que abra o la entregue al usuario y este pueda abrir la compuerta de acuerdo con sus necesidades. (Camilo, Benítez. Usuario del ejido de San Antonio Mextepec. Fecha de entrevista. 10 de octubre de 2009). En los casos en que tienen compuertas particulares sobre el canal principal, como en San Antonio Mextepec, los usuarios pueden disponer del agua del canal principal sin la necesidad de que una autoridad de la Asociación Civil o de la propia comunidad la regule. La obligación de los usuarios es haber pagado la cuota de riego a la Asociación Civil y cooperar en el mantenimiento del canal general cuando así se requiere con dinero o con trabajo. Aguas abajo sobre el canal general Enyege Las comunidades ubicadas aguas arriba consideradas fueron Emiliano Zapata y Guadalupe Cachí.

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El ejido Emiliano Zapata se encuentra aguas abajo sobre el canal general Enyege (ver esquema 1) Aunque el ejido de Emiliano Zapata se encuentra aguas arriba de Guadalupe Cachí, primero riega Cachí debido a que la válvula de control esta en terreno de Cachí. Las fechas de riego que tiene Emiliano Zapata son variables (del 15 o 20 de marzo al 30 de abril) aunque no tan extremas como cuando eran Distrito de Riego, los usuarios refieren que a veces los terrenos más alejados del canal optaban por sembrar en temporal (mayo) porque el agua no les llegaba. El patrón de cultivos antes y después de la transferencia ha tenido cambios, antes sembraban el maíz amarillo, el negro, el rosado y rojo ahora siembran el maíz blanco abrileño, el amarillo, el negro y el rosado. Es decir por su patrón de cultivos la situación de fechas de abasto de agua ha mejorado. El ejido de Emiliano Zapata, antes de la transferencia, no tenía una autoridad encargada del agua. El canalero del Distrito de Riego era quien establecía las fechas de riego y entregaba el agua a nivel de parcela. Había disputas al interior del ejido entre los usuarios porque no había un orden, el canalero abría y cerraba compuertas sin quedarse a vigilar las tomas. El comisariado ejidal servía de apoyo al canalero del Distrito de Riego en la distribución de agua al interior del ejido. Después de la transferencia, a nivel interno, se estableció un Comité de Riego con su presidente, secretario y tesorero. El presidente del Comité de Riego también ocupa el cargo de delegado de riego de la Unidad de Riego Tepetitlán Asociación Civil. Los miembros del Comité también reciben el nombre de jueces de agua. El Comité de Riego realiza las gestiones ante el Comité Directivo de la Asociación Civil para el paso del agua antes de las fechas en que normalmente les entregaban (mediados de abril) logrando que les entreguen a mediados del mes de marzo y principios de abril. Para ello el Comité realiza una solicitud por escrito en diciembre. Además de manera directa aboga para que se obligue a los ejidos aguas arriba a que cierren compuertas después de terminar el riego. En época de riego el Comité de Riego y usuarios del ejido Emiliano Zapata recorren el canal general Enyege por las tardes y cierran compuertas de las comunidades aguas arriba para aprovechar el agua por las noches; si el agua del canal Enyege es menor a la mitad por las mañanas también se forman grupos de usuarios y, con apoyo del comisariado ejidal, recorren el canal general Enyege para ce-

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rrar las compuertas donde no hay regadores. El trabajo que realizan los usuarios con apoyo de sus autoridades ejidales se enfrenta a las inconformidades de ejidos aguas arriba que tienen cultivos de flor y tomate, no obstante, finalmente acceden al cierre de compuertas. El Comité de Riego también acude con las autoridades del ejido de Guadalupe Cachí y les solicitan poner orden en sus jueces de aguas para que no interpongan obstáculos como el cierre de compuertas cuando Emiliano Zapata está regando. La dinámica es que el Comité de Riego de Emiliano Zapata realiza una asamblea para encontrar una solución sobre la tardanza del riego, el primer paso consiste en acudir con el comisariado ejidal de Cachí para solicitarles verbalmente se abstengan de seguir tomando el agua en tiempo que no les corresponde, si las autoridades de Cachí no solucionan el “tapado de agua” en ese mismo día entonces se recurre a las autoridades del Consejo Directivo de la Asociación Civil para que intercedan para obligar a Cachí a cerrar sus compuertas. El usuario debe estar disponible cuando se le necesite con ayuda en especie o en dinero, apoyando con los gastos que genera el ir al municipio de San Felipe del Progreso para solicitar al secretario de la Asociación Civil ponga orden en que Cachí acate las órdenes. Los usuarios que están regando deben estar vigilando constantemente que no les tapen el agua los usuarios de Cachí, vigilan desde la compuerta del canal principal Enyege, y a todo lo largo del canal que lleva el agua a su ejido y que pasa por Cachí “Es un desgaste fuerte, pero que tenemos que hacer, porque el juez solo nos abre la compuerta en nosotros esta vigilar que el agua llegue al terreno. A veces estoy regando y cuando veo ya disminuyó el agua del canal entonces con otros vecinos que también están regando vamos a ver dónde le taparon el agua y recorremos el canal como unos quinientos metros, para que al regresar otra vez ya nos taparon. Pero, ahora lo que hacemos es unos se quedan a regar y otros en la compuerta para cuidar que nadie la cierre, casi es por familias, un hijo o sobrino cuida mientras el papá o el tío riegan” (Entrevista al Sr. Felipe Reyes. Usuario del ejido de Emiliano Zapata, Fecha de entrevista 05 de noviembre de 2009).

194 Antología sobre riego

Cuando las autoridades de Cachí y Emiliano Zapata apoyaban al mismo Comité Directivo de la Asociación Civil, lo que sucedió en el año 2006, no hubo problemas para que el ejido de Cachí dejara pasar el agua a la comunidad Emiliano Zapata; en ese año, aunque el agua era poca, la dejaban pasar toda sin taparla (Entrevista a Sr. Roberto Ramos, consejo de vigilancia de Cachí. Fecha de entrevista. 11 de septiembre de 2009). El Comité de Riego es el encargado de distribuir el agua al interior del ejido. Para poder mantener un orden en el riego a nivel de ejido los miembros del Comité se coordinan para vigilar las tomas de agua a lo largo y ancho del ejido. Para distribuir el agua entre los regantes cada miembro del Comité tiene asignada a una tercera parte de los regantes del ejido (164); a cada miembro del Comité le corresponde entregar el agua a unos 50 regantes. A cada regante le asignan un número que corresponde a su turno de riego y se distribuye el agua por días. Adicionalmente, para los turnos de riego, un año inician los de la parte baja y otro año los de la parte alta. “Desde las tres de la mañana vienen los usuarios a tocar a mi puerta para decirme, vamos ve abrir la compuerta voy a empezar a regar, me levanto como sonámbulo y vamos hasta el canal a veces me acompaña mi hijo, cuando regreso trato de dormir un poco y ya tengo otros dos usuarios diciendo vamos necesitamos más agua, entonces voy y abro otras vueltas la compuerta, cuando llegan más usuarios que quieren regar les digo, espérense a otro día porque el agua ya no alcanza” (Entrevista al Sr. Lorenzo Zabala. Juez de agua de Emiliano Zapata. Fecha de entrevista 10 de enero de 2010). El Comité de Riego establece fechas de riego y los usuarios deben respetarlas, caso contrario se les multa o se les deja hasta el final. Antes de dictar las ordenes de distribución de agua el Comité convoca a todos los regantes a una asamblea para informar lo necesario que es el acatamiento de órdenes, los beneficios y los perjuicios que el desorden acarrea. El Comité trata de concientizar a los regantes a que consideren que no son los únicos que requieren el riego y que la individualidad no ayuda a solucionar los problemas, que deben trabajar en equipo y mantener el orden y respeto a las autoridades que han electo. En la asamblea los regantes manifiestan sus opiniones. Las asambleas duran de 3 a 4 horas y son espacios de

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desahogo lo cual ha favorecido la mejora de distribución de agua. Antes no había un espacio de concertación de intereses y despejo de dudas a nivel de ejido para la distribución el agua. Las actividades del Comité de Riego en la distribución del agua al interior del ejido se refleja en el beneficio para los regantes: ahora todos los terrenos tienen agua para riego, a diferencia de antes de haberse creado este Comité cuando la mitad accedía al riego y la otra mitad no. La organización también se visualiza en la limpieza de canales laterales, empiezan los trabajos a las 6:00 de la mañana; todos los usuarios van limpiando los canales hasta terminar, primero inician los que llegan puntuales y cuando han hecho un tramo grande de tres a cuatro metros entonces se anotan en una lista y continúan los trabajos con los usuarios que van llegando. La presencia de los usuarios ayuda a las autoridades a mantener un control sin posibilidad de que existan usuarios que no realicen sus labores o situaciones que den lugar al soborno, los usuarios vigilan tanto el desempeño de la autoridad como el de los mismos regantes. Al inicio de los canales laterales se ubican los jueces de aguas que se dividen por canales laterales y van controlando que los usuarios no se retiren hasta terminar y al final del canal está el presidente del Comité anotando a los usuarios que llegaron hasta el final. Ejido de Guadalupe Cachí. Se ubica en la parte final del canal Enyege (ver esquema 1). El ejido de Cachí accede a agua directa de la presa y, además, tiene acceso al agua de tres jagüeyes que son: “Cachí”, “Presa Larga” y “Presa Tecomate”. En ambos casos han tenido mejoras en el patrón de cultivos. En el caso de riego directo, el tipo de maíz que sembraban era el blanco abrileño, amarillo y negro, ahora siembran en mayor cantidad el maíz blanco abrileño y el amarillo de ciclo intermedio (entre ciclo largo y ciclo corto) dejando de cultivar el maíz de ciclo corto (negro), ello se debe a la organización de tareas hacia afuera del ejido, para gestionar que se conserven las fechas históricas de riego, y a la organización de tareas hacia dentro del ejido, para distribuir el agua de manera uniforme. Para mejorar la distribución del agua al interior establecieron más de un juez de aguas en el ejido, con el propósito de control de los usuarios en las tomas, situación que antes no existía provocando que los usuarios más cercanos a la toma aprovechaban el agua y los más lejanos quedaban con fechas tardías de riego.

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En el caso del agua del jagüey “Presa Tecomate”, el tipo de maíz que se sembraba era el blanco abrileño y el amarillo, ahora siembran el maíz blanco marceño y blanco abrileño. La mejora en el patrón de cultivos se relaciona con el hecho de que las autoridades del ejido (delegado de riego y jueces de agua o de riego, comisariado ejidal) vigilan que realmente el llenado de agua de jagüey sea a su máxima capacidad además de buscar apoyo ante el municipio para que el jagüey no se azolve y tenga mayor capacidad. Antes de la transferencia el jagüey no recibía el mantenimiento adecuado por lo que la capacidad de almacenamiento era menor. Adicionalmente, antes, para la apertura de los jagüeyes el canalero pedía el apoyo del Jefe de Canaleros y del Gerente del Distrito de Riego, los cuales venían a abrir en fechas que eran tardías para los regantes (finales de marzo). “El agua del jagüey a veces estaba llena pero como no daban la orden se desperdiciaba y nadie podía abrir las compuertas porque la multa que ponía el canalero era alta y los ingenieros decían que no podíamos abrirlas o nos castigarían, ahora pedimos autorización a la Asociación Civil cuando el jagüey tiene el agua necesaria” (entrevista al Sr. Eusebio Morales Vichis, juez de aguas manzana 7. Fecha de entrevista 12 de septiembre de 2009) En el caso del agua del jagüey “Presa Larga, el tipo de maíz que se sembraba era el amarillo, el negro y el rosado ahora siembran el maíz blanco abrileño, el blanco marceño y el amarillo. La mejora en el patrón de cultivo se relaciona con la modificación en las fechas de riego y en cambios en la distribución interna. El Distrito de Riego manejaba un tandeo donde primero regaba San Mateo Ixtlahuaca (del 01 al 30 de marzo) y después pasaba el agua a Guadalupe Cachí. Después de la transferencia las autoridades de Cachí gestionaron con las autoridades de San Mateo Ixtlahuaca para que respetasen el tandeo propuesto por el Departamento Agrario, que dictaba quince días para San Mateo Ixtlahuaca y quince días para Guadalupe Cachí, regresando nuevamente a San Mateo Ixtlahuaca y continuando Guadalupe Cachí. Adicionalmente al cambio de fecha de riego, modificaron las fechas de riego internas, primero los usuarios alejados de la presa y luego los cercanos. La distribución del agua en Cachí es de acuerdo a la superficie de riego que tengan los usuarios. Los usuarios con un cuarto de hectárea tienen derecho a medio día de riego, si el agua no fuera suficiente se les permite seguir regando hasta la

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noche sin posibilidad de que el riego regrese nuevamente a su terreno, a los usuarios con media hectárea les corresponde un día de riego con su noche y a los de una hectárea riegan de dos a tres días con sus noches. El agua por lo tanto va disminuyendo conforme los usuarios van desviando el agua del canal a sus terrenos y los altercados entre los usuarios aguas arriba y aguas abajo de los canales siempre están presentes pero los encargados de darles solución son los jueces de agua quienes aumentan o disminuyen el agua buscando estrategias para que ambos usuarios en disputa sean beneficiados. Los acuerdos que establecen los jueces de agua entre usuarios en disputa son el acordar que durante ese año el usuario aguas arriba encauce el agua a su terreno y el siguiente año deje pasar al usuario aguas abajo primero el agua y después sea él quien la tome. CANAL GENERAL TUNAL. El canal general Tunal data de 1964. El canal beneficia a nueve comunidades (con tenencia de la tierra ejidal y de pequeña propiedad) y a un barrio (ver esquema 2).

Esquema 2. Canal general Tunal PRESA

Palmillas Pp

Canal principal Tunal

Calvario Buenavista Ejido y Pp San Juan Jalpa Pp San Felipe del Progreso Ejido y Pp Cabecera Ejido y Pp San Juan Coajomulco Ejido San Miguel Tenochtitlán Ejido

Tunal Nenaci Ejido

198 Antología sobre riego

Canal secundario

Flor de María Pp

Torrecillas Barrio

Los usuarios refieren que antes de la transferencia “íbamos a la hacienda Enyege a comprar el agua, había una oficina y hacíamos filas enormes para pagar el agua y obtener nuestro comprobante de pago, el comprobante deberíamos enseñarle al canalero porque si no lo teníamos y nos encontraba regando nos cobraba una multa de entre 50 a 100 pesos, además del regaño que nos daba” (Entrevista a Sr. Pedro Vichís, usuario de Santa Ana la Ladera. 07 de julio de 2010). El canalero del Distrito de Riego era el encargado de abrir y cerrar las compuertas a nivel del canal general y mantenía una constante relación con los comisariados ejidales. Los comisariados ejidales eran citados por el canalero en la hacienda Enyege para que entregaran un reporte sobre la situación de riego. Los asuntos que trataba el canalero con el comisariado ejidal estaban enfocados más hacia la parte económica, cuántos habían pagado el riego y a cuántos detectaron que no lo pagaron. Los comisariados ejidales también eran los responsables del control y vigilancia de la limpia de canales de riego pero no participaban en la toma de decisiones sobre las fechas de distribución de agua a sus ejidos. En el canal Tunal después de la transferencia la Asociación Civil detectó las problemáticas entre ejidos aguas arriba y aguas abajo, las constantes inconformidades de usuarios y autoridades que llegaban de manera personal al secretario y presidente de la Asociación Civil dieron pauta para que instauraran la figura de un canalero. Aguas abajo sobre el canal general Tunal La última semana de marzo y la primera de abril las comunidades de aguas abajo reciben el agua toda vez que las comunidades aguas arriba ya han terminado de regar. A las comunidades de aguas abajo del canal general Tunal les beneficia que, a diferencia de los otros canales generales (Tepetitlán o Enyege), no hay cambio de cultivos, siguen sembrando maíz y no hay cultivos que requieran riegos puntuales (tomate, haba, flor). La situación de distribución de agua en las comunidades aguas abajo en este canal no ha mejorado pero tampoco ha empeorado. Los cultivos que desde la reforma agraria han tenido son el maíz y el tipo de maíz sembrado antes y después de la transferencia ha sido el abrileño.

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Ejido y pequeña propiedad de Tunal Nenaci. Se ubica agua abajo sobre el canal general El Tunal. El patrón de cultivos no se ha modificado, siembran maíz blanco abrileño. En la comunidad Nenaci se organizaron a partir del año 2000 para cuidar que las fechas de riego que tenían antes de la transferencia no empeoraran. El delegado de riego del ejido, el comisariado ejidal y el juez de agua trabajan de manera conjunta con el delegado municipal y el delegado de riego de la pequeña propiedad. Cuando se retiró el canalero del Distrito de Riego hubo desorden en el riego por la apertura de compuertas, aparentemente las quejas se dirigen a la comunidad de San Miguel Tenochtitlán. La participación de las autoridades de Nenaci (el delegado de riego del ejido, el comisariado ejidal, el juez de agua del ejido, el delegado municipal y el delegado de riego de la pequeña propiedad) consistió en gestionar hacia afuera que otras comunidades ubicadas aguas arriba respetasen las fechas que tenía implementado el canalero del Distrito de Riego. Las autoridades del ejido de Nenaci proponen y promueven un cambio de fechas de riego y que, sobre el canal general, se turne entre aguas arriba y aguas abajo el inicio del riego. Al interior de la comunidad, una vez que llega el agua, los usuarios son responsables de su distribución, con algún apoyo del comisariado ejidal aunque no es determinante su actuar. Barrio Torrecillas. El canalero del Distrito de Riego enviaba el agua al barrio Torrecillas por el canal secundario que beneficia al ejido Cabecera y los regantes del barrio Torrecillas acudían a una compuerta que se encuentra en el ejido de la Cabecera para esperar al canalero del Distrito de Riego. Actualmente, a pesar de que existe un canalero de la Asociación Civil sobre el canal general El Tunal, el canalero sólo maneja las compuertas del canal general. El delegado de riego del barrio Torrecillas, en algún momento, negoció con el ejido de Nenaci y el de Cabecera para que permitieran al barrio Torrecillas conservar sus fechas históricas de riego; el delegado, aparentemente, no ha tenido más iniciativas. Los usuarios del barrio Torrecillas deben acudir con las autoridades de las comunidades Nenaci y Cabecera para informarse de los días de riego, de las faenas y de los acuerdos.

200 Antología sobre riego

En cuanto a la distribución al interior del barrio no existe una autoridad que controle y vigile las tomas de agua, hay disputas y son las familias las que intervienen para que se solucionen los problemas. Mismas disputas que había antes de la transferencia y que cuando el canalero del Distrito de Riego se enteraba de estos sucesos establecía multas económicas pero sin resolver el problema, por lo que año con año se presenta el mismo problema. Los enfrentamientos se agudizan a finales de marzo cuando los usuarios requieren el agua para poder sembrar antes de que termine el mes de abril y en este periodo de tiempo los regantes buscan afanosamente los medios para tener agua. CANAL GENERAL TEPETITLÁN. El canal general Tepetitlán es el más antiguo de la zona de riego, data de 1800. El canal general Tepetitlán beneficia a ocho comunidades y dos barrios sobre el mismo canal (ver esquema 3).

Esquema 3. Canal general Tepetitlán PRESA Santa Cruz Mextepec Ejido

Canal principal Tepetitlán

Dolores Hidalgo Ejido y Pp San Antonio Mextepec Ejido Emilio Portes Gil Barrio Tungareo Barrio Tepetitlán Palmillas Ejido Concepción de los Baños Ejido San Juan Jalpa Ejido y Pp

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 201

Aguas abajo sobre el canal general Tepetitlán Ejido y pequeña propiedad San Juan Jalpa. La comunidad se localiza aguas abajo sobre el canal general Tepetitlán. El patrón de cultivos no se ha modificado, antes y ahora siembran maíz amarillo, rojo y rosado. Los usuarios toman el agua dependiendo de la capacidad que lleve el canal, no hay turnos de agua; cuando el agua no llega en el mes de abril siembran el maíz de ciclo corto para solventar la falta de agua y muchos de ellos se quedan sin sembrar o siembran avena, situación que ya se presentaba antes de la transferencia. Aguas abajo sobre el canal general Tepetitlán, un canal secundario El canal secundario abastece a San Antonio Mextepec, Dolores Hidalgo, los barrios del ejido Emilio Portes Gil, Concepción de los Baños y Jalpa Dolores (ver esquema 4). Dolores Hidalgo. Se ubica aguas arriba sobre el canal secundario (ver esquema 4). El patrón de cultivos ha mejorado, el tipo de maíz que sembraban era el blanco abrileño y ahora es el blanco marceño. Es una comunidad donde hay coordinación entre las autoridades del ejido y de la pequeña propiedad para la gestión hacía afuera y para la distribución del agua al interior. Para la gestión hacia afuera se coordina con otra comunidad del canal secundario, San Antonio Mextepec, para negociar con comunidades de aguas arriba –y han mejorado las fechas de riego. En la comunidad también ha mejorado la distribución interna del agua con el nombramiento de cuatro jueces de agua, que se encargan de la distribución y de la vigilancia de tomas generales y laterales. Hay una división del trabajo entre las autoridades que se acuerda en asambleas internas. El comisariado ejidal realiza gestiones con los tres niveles de gobierno (municipal, estatal y federal) para el mantenimiento y rehabilitación de las red hidráulica, se mantiene en contacto con el Comité Directivo de la Asociación Civil y negocia con las autoridades de San Antonio Mextepec para el paso del agua y para que se respete la cantidad y fechas que corresponden a la comunidad. Los jueces de agua atienden todo lo referente a fechas de riego a nivel de usuarios de la comunidad y del barrio Tungareo del ejido de Emilio Portes Gil. Barrios de Emilio Portes Gil. La tenencia de la tierra es ejidal. El ejido ocupa el tercer lugar con mayor número de regantes a nivel de sistema de riego y está dividido en cuatro barrios (barrio del Centro, barrio La Cañada, barrio Tepetitlán y barrio Tungareo), no hay una autoridad a nivel de barrio solo de ejido. La entrega

202 Antología sobre riego

de agua para el ejido está dispersa, los barrios toman el agua de distintos canales secundarios. Los barrios Centro, La Cañada y Tepetitlán toman el agua de un canal secundario que comparten con San Agustín Mextepec. El barrio de Tungareo toma el agua del canal secundario que comparten con Dolores Hidalgo. Dependiendo de la toma de agua del canal es el lugar a donde acuden los regantes para que la autoridad de ese ejido les entregue el agua, por ejemplo los usuarios del barrio Tungareo acuden el juez de agua de Dolores Hidalgo para que les abra la compuerta, deben portar el recibo de pago a la Asociación Civil y cumplir con las faenas que determina el ejido de Dolores Hidalgo. Los barrios del ejido de Portes Gil consideran que empeoró su situación con la transferencia, ya que, como señalan “antes íbamos a ver al canalero y lo esperábamos en la compuerta pidiéndole el agua y nos la mandaba ahora, aunque veamos al juez o al comisariado ejidal, nos dicen que si pero esperamos y esperamos y no llega el agua”. Concepción de los Baños. Se ubica agua abajo sobre un canal secundario del canal general Tepetitlán. Ha mejorado su patrón de cultivos, antes de la transferencia tenían cultivo de maíz blanco abrileño, negro y rosado; actualmente tienen maíz blanco abrileño y amarillo. Han mejorado las fechas de riego, así como la distribución al interior; alcanzan a regar todos los usuarios.

Esquema 4. Canal secundario del canal principal Tepetitlán PRESA Canal principal Tepetitlán

Canal secundario

Santa Cruz Mextepec Ejido y Pp

Dolores Hidalgo Ejido y Pp

Emilio Portes Gil Barrios

Concepción de los Baños Ejido

Jalpa Dolores Ejido

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 203

La comunidad, antes de la transferencia, tenía como figura principal en la distribución del agua al canalero del Distrito de Riego. El comisariado ejidal y el juez de aguas servían de apoyo al canalero para vigilar las compuertas de agua; algunas veces el canalero dejaba las llaves de las compuertas al comisariado ejidal o al juez para que abrieran y cerraran las tomas (válvulas de riego) al interior del ejido pero sólo en la cantidad que el canalero les especificaba. Las autoridades del ejido no tenían posibilidad de recorrer el canal para abrir y cerrar válvulas o compuertas de otros ejidos como ahora se realiza. Las decisiones eran tomadas de arriba hacia abajo, el comisariado ejidal y el juez de aguas no podían cambiar fechas de riego porque las ordenes las dictaba el canalero del Distrito de Riego. Al juez de aguas del ejido no lo respetaban, pero decía –“a mi no me obedecen pero ahorita llamo al canalero y a ver qué le dicen” y la gente entonces obedecía. Las comunidades no eran consultadas sobre las fechas en que deberían recibir el riego, simplemente el canalero del Distrito de Riego les informaba la fecha en que deberían empezar a regar, dejándolos siempre al final y a veces se quedaban sin regar. Con el retiro del canalero del Distrito de Riego, después de la transferencia, la situación en el ejido fue de incertidumbre; el comisariado ejidal y el juez de aguas desconocían los mecanismos de gestión de agua hacia afuera, actividad que era realizada por el canalero del Distrito de Riego. Había constantes inconformidades de los regantes ya que se quedaban sin riego. Ello llevó a que el Comité Directivo de la Asociación Civil solicitara apoyo a la comunidad; en la asamblea que se convocó en el ejido Concepción de los Baños la decisión fue nombrar un Comité de Vigilancia del Riego integrado por el delegado de riego y tres usuarios denominados auxiliares de riego, vigilantes, vocales o jueces del agua. El Comité de Vigilancia del Riego, durante las fechas de riego, vigila, día y noche, el que los usuarios del canal principal no les corten el agua. Apoyan en la vigilancia grupos de usuarios, por ejemplo se ponen de acuerdo en grupos de 20 hasta 30 usuarios (hombres y mujeres) para ir a “traer el agua”. El Comité de Vigilancia al ingresar a otras comunidades y cerrar sus compuertas debe hacerlo previo informe de sus acciones a las autoridades locales para evitar discordias. Por lo general el delegado de riego de la Concepción de los Baños acude con las autoridades locales

204 Antología sobre riego

de las comunidades de aguas arriba a informar y solicitar permiso para cerrar compuertas siempre y cuando las fechas de riego de estas comunidades estén cubiertas (01 de marzo al 30 de marzo). Las autoridades de otras comunidades también los apoyan tratando de minimizar la afectación a las comunidades de aguas abajo y se comprometen a mantener cerradas las compuertas cuando ya han terminado de regar, pero es un trabajo continuo de compromisos a la palabra y que efectivamente se cumplan los acuerdos. Cuando los comisariados ejidales aguas arriba (Dolores Hidalgo, San Antonio Mextepec) del canal secundario no otorgan permiso al Comité de Vigilancia de Concepción de los Baños, de inmediato recurren con las autoridades de la Asociación Civil y ésta convoca a asamblea a los delegados de riego de los ejidos y pequeñas propiedades en disputa para solucionar el problema. El Comité Directivo de la Asociación Civil puede autorizar al Comité de Vigilancia de Concepción de los Baños a cerrar compuertas o designa a un integrante del Comité Directivo para cerrar las compuertas. Las autoridades son las encargadas de distribuir el agua al interior del ejido, En la distribución, entre otras cosas, actualmente se favorece a los usuarios más alejados sobre el canal secundario, situación que antes no podían atender pues el comisariado ejidal y el juez de aguas no tenían oportunidad de cambiar el modelo de distribución que era siempre de arriba hacia abajo. Adicionalmente, en la distribución, se deja hasta el final a los usuarios que son morosos en el pago de riego y en su aportación en trabajo comunitario. Jalpa de Dolores. Se encuentra al final del canal secundario y cuenta únicamente con 12 usuarios y 6.5 ha. No hay coordinación entre el delegado de riego, el comisariado ejidal y el juez de aguas. Las fechas de riego se han mantenido igual que antes de la transferencia de hecho y continúan existiendo terrenos sin regar. No hay gestión hacia afuera y hacia adentro, siguen sembrando el maíz amarillo, rojo y rosado. Una autoridad de Jalpa Dolores, sobre el riego, señala “nosotros no podemos hacer nada aunque lo intentemos, asistimos a sus reuniones [a las de la comunidad de Dolores Hidalgo] para que no nos dejen sin agua, pero no podemos opinar porque ellos son más y el canal está dentro de sus ejidos” (Entrevista al Sr. Rodolfo Crisanto. Juez de agua del ejido Jalpa Dolores Fecha de entrevista 15 de octubre de 2009).

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 205

CONCLUSIONES La distribución del agua antes de la transferencia era –y lo sigue siendo después de la transferencia- inequitativa. El riego siempre inicia aguas arriba. Trawick (2001) señala que la distribución equitativa y de forma transparente del agua es la base de sistemas autogestivos de larga duración. Desde la perspectiva del sentido de lo justo, la distribución tradicional del agua es problemática. Lo que explica que hay presiones de las comunidades de aguas abajo para modificar este esquema y turnar entre aguas arriba y aguas abajo el inicio del riego. Con el retiro de la administración centralizada del sistema de riego la distribución del agua ha tenido modificaciones. Después de la transferencia, la capacidad de las comunidades de aguas abajo de organizarse y de gestionar el agua hacia afuera y de organizar la distribución hacia adentro de la comunidad ha permitido mantener y mejorar la distribución. Después de la transferencia, el despliegue organizativo por comunidades de aguas abajo ha llevado a acciones de vigilancia colectiva, a acuerdos entre comunidades y a mejoras en las fechas de riego. Además el despliegue organizativo hacia adentro ha permitido regar una mayor superficie gracias a una distribución más eficaz del agua. La descripción de las estrategias organizativas ha permitido detectar estrategias de gestión hacía afuera y hacia adentro, esta tipología parece interesante y una pista que puede seguirse en otros casos. Es notable que la situación de distribución del agua reflejada en los patrones de cultivo se haya mantenido e incluso ha mejorado. Es llamativo que las autoridades del Distrito de Riego, en un esquema de gestión centralizada, tuvieran una distribución más inequitativa que la actual. El factor social, de organización comunitaria, es clave en la mejora de la distribución del agua. Es también llamativo que el despliegue organizativo de las comunidades se produce después de la transferencia; al parecer la capacidad y despliegue organizativo de las comunidades mazahuas estuvieron inhibidos por la administración centralizada del sistema Tepetitlán. Finalmente, se ha mostrado que, a través de mecanismos sociales, ha mejorado la distribución del agua concretada en los patrones de cultivo; también se ha mostrado que estos mecanismos dependen estrechamente de la organización comunitaria.

206 Antología sobre riego

Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” Referencias Archivos Archivo del RAN (Registro Agrario Nacional). Ubicado en Calle Hidalgo. Colonia Centro, Ciudad de Toluca. Exp. 108/0082, Foja 50. Dotación de agua y tierra Exp 761/410, Foja 328. Asunto Dotación de Aguas AHA (Archivo Histórico del Agua) AHA-AS, Caja 2441, Exp 34397, foja 4-5 Entrevistas Benítez Camilo. Usuario del ejido de San Antonio Mextepec. Fecha de entrevista. 10 de octubre de 2009. Cabiedes, Juan. Canalero del sistema de riego Tepetitlán de 1964 a 1997. Fecha de entrevista 14 de septiembre de 2009 Cayetano, José Justo. Comisariado ejidal de San Miguel Enyege. Fecha de entrevista 12 de octubre de 2009. Crisantemo Rodolfo. Juez de agua del ejido Dolores Hidalgo. 15 de octubre de 2009 Preciado, Feliciano, José Joel. Consejo de vigilancia del ejido de Emilio Portes Gil. Fecha de entrevista 12 de noviembre de 2009. Fermín Garduño. Usuario de Emiliano Zapata. Fecha de entrevista 10 de noviembre de 2009. Reyes Felipe. Usuario del ejido de Emiliano Zapata. Fecha de entrevista 05 de noviembre de 2009 Segundo, Sánchez Juan. Juez de aguas de Dolores Hidalgo, Fecha de entrevista 29 de Septiembre de 2009. Bibliografía Guzmán, N.; S. Vargas 2003 “Agricultura Campesina en la gran irrigación: crisis y transformación socioeconómica en el sistema de riego Tepetitlán”, Regiones, núm. 12, pp. 62-83. López Ramírez, Eduardo 2000 “Cambio institucional y transferencia de distritos de riego. Algunos comentarios sobre el Distrito de Riego 011 Alto Lerma, pp. 7-14, En Cuadernos de Investigación social, Transformación productiva en la gran irrigación en el Bajío, núm. 3, Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Montes, A. y J. Palerm 2010 “Las vicisitudes de la transferencia del sistema de riego Tepetitlán, estado de México/ Difficulties in the Tepetitlán Irrigation System transfer, estado de México”, Agricultura Sociedad y Desarrollo, vol. 7, núm. 2: 109-135. Palerm, Angel 2009 “Sistemas Agrícolas en Mesoamérica Contemporánea” pp. 299-349, En J. Palerm (ed) Guía y lecturas para una primer práctica de campo, segunda edición, Universidad Autónoma de Querétaro.

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 207

Palerm, J. 2001 “Organizational strategies in water shortage situations: Mexican self-administrated irrigation systems” International Journal of Water, vol. 1, num. 3-4: 285-306. Palerm, J. 2006 “Self-Management of Irrigation Systems, a Typology: The Mexican Case.” Mexican Studies/Estudios Mexicanos, vol. 22, núm. 2: 361–385. Palerm, J. 2009 “Las aguas en la legislación agraria y las organizaciones de regantes” Artículos y ensayos de Sociología Rural (revista de la UACh), núm 6: 18-47. Palerm, J. y T. Martínez Saldaña 1997 “Introducción: la investigación sobre pequeño riego en México” pp. 1-42, En T. Martínez Saldaña y J. Palerm (ed.) Antología sobre pequeño riego, Colegio de Postgraduados. Palerm, J.; J. L. Pimentel; I. Salcedo (2000), “Organización diferencial y escasez de agua, caso río Cuautla, Morelos” pp. 73-95, En J. Palerm; T. Martínez (eds.) Antología sobre pequeño riego Vol. II. México. COLPOS-Plaza y Valdés. Palerm, J.; T. Martínez Saldaña; F. Escobedo 2000 “Modelo de investigación: organización social de sistemas de riego en México” (pp. 31-62) en J. Palerm y T. Martínez Saldaña (eds.) Antología sobre pequeño riego vol. II Organizaciones autogestivas, Colegio de Postgraduados. Trawick, Paul 2001 “The Moral Economy of Water: Equity and Antiquity in the Andean Commons”, American Anthropologist, New Series, vol. 103, núm. 2: 361-379. Wade, R. (1988), Village Republics: economic conditions for collective action in south India, Cambridge University Press.

Croquis 1. Esquema general del sistema. 4

San Miguel Tenochtitlán

2

1

4

San Juan Coajomulco

Kilometros Flor de María El Tunal Calvario Buenavista La Cabecera

San Felipe del Progreso Guadalupe Colonia San Juan Jalpa Centro San Cristóbal de los Baños Concepción de los Baños

Santa Cruz Mextepec San Antonio Mextepec

Dolores Hidalgo Jalpa Dolores Emilio Portes Gil

Presa Tepetitlán

San Agustín Mextepec

San Antonio de los Remedios

San Pedro el Chico San Pedro el Alto Sta. Ana la Ladera San Ignacio del Pedregal San Isidro Boxipe Vaquería Santo Domingo de Guzmán Guadalupe Cachi San Andrés del Pedregal San Miguel Enyege La Concepción Enyege Dolores Enyege San Juan de las Manzanas

Santa Ana Ixtlahuaca

208 Antología sobre riego

8

Cuadro 1. Comunidades y barrios del Sistema de Riego Tepetitlán. Comunidades

Canal general

Tenencia de tierra

Superficie

Usuarios

Superficie promedio

1. Santa Cruz Mextepec

Tepetitlán

Ejido

7.25

51

0.14

2. Emilio Portes Gil, conformado por los barrios: La Cañada, Centro, Tepetitlán y Tungareo

Enyege Tepetitlán

Ejido

897.45

436

2.06

3. Jalpa Dolores

Tepetitlán

Ejido

6.5

12

0.54

4. Concepción de los Baños

Tepetitlán

Ejido

523.80

350

1.50

5. San Cristóbal de los Baños

Tepetitlán

Ejido

174.20

174

1.00

6. San Pedro el Chico

Enyege

Ejido

5.00

4

1.25

7. San Pedro el Alto

Enyege

Ejido

922.25

484

1.91

8. San Isidro Boxipe

Enyege

Ejido

238.80

157

1.52

9. San Ignacio del Pedregal

Enyege

Ejido

466.55

141

3.31

10. Concepción Enyege

Enyege

Ejido

133.00

88

1.51

11. Dolores Enyege

Enyege

Ejido

220.90

143

1.54

12. San Juan de las Manzanas

Enyege

Ejido

106.80

144

0.74

13. Guadalupe Cachí

Enyege

Ejido

509.40

377

1.35

14. Emiliano Zapata

Enyege

Ejido

117.90

164

0.72

15. San Pablo de los Remedios

Enyege

Ejido

63.25

39

1.62

16. San Antonio de los Remedios

Enyege

Ejido

60.00

52

1.15

17. San Felipe del Progreso

Tunal

Ejido

157.10

57

2.76

18. San Juan Coajomulco

Tunal

Ejido

73.05

137

0.53

19. El Tunal Barrio Torrecillas

Tunal

Ejido

517.49

226

2.29

20. San Miguel Tenochtitlán

Tunal

Ejido

347.13

159

2.18

21. Vaquería

Tunal

Pequeña propiedad

88.89

1

0.78

22. Colonia Guadalupe

Tunal

Pequeña propiedad

36.53

22

1.66

23. Calvario Buenavista

Tunal

Pequeña propiedad

28.80

28

1.03

24. Flor de María

Tunal

Pequeña propiedad

91.43

34

2.69

25. San Antonio Mextepec

Tepetitlán

Ejido Pequeña propiedad

184.65 5.00

251 30

0.74 0.17 continua...

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 209

Cuadro 1. Comunidades y barrios del Sistema de Riego Tepetitlán. Comunidades

Canal general

Tenencia de tierra

Superficie

Usuarios

Superficie promedio (continua)

26. Dolores Hidalgo

Tepetitlán

Ejido Pequeña propiedad

319.70 14.00

240 14

1.33 1.00

27Palmillas

Tunal

Ejido Pequeña propiedad

135.75 27.53

115 32

1.18 0.86

28. San Agustín Mextepec

Enyege

Ejido Pequeña propiedad

369.45 14.00

336 14

1.10 1.00

29. Santa Ana la Ladera

Enyege

Ejido Pequeña propiedad

192.85 3.50

718 32

0.26 1.10

30. Santa Ana Ixtlahuaca

Enyege

Ejido Pequeña propiedad

9.15 35.40

18 63

0.51 0.56

31. San Andrés del Pedregal

Enyege

Ejido Pequeña propiedad

297.20 35.68

144 57

2.06 0.63

32. San Miguel Enyege

Enyege

Ejido Pequeña propiedad

176.75 26.35

200 49

0.88 0.54

33. La Cabecera

Tunal

Ejido Pequeña propiedad

435.20 81.53

120 60

3.63 1.36

34. San Juan Jalpa

Tepetitlán

Ejido Pequeña propiedad

360.02 94.75

405 134

0.89 0.71

9 511.38

6834

1.39

Totales

Nota.- Están enlistados sólo algunos de los barrios, aquellos que fueron ubicados en campo; no existe un registro de “barrios”. Fuente: Vargas y Guzmán, 2003 con modificaciones.

210 Antología sobre riego

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 211

Blanco abrileño

Amarillo Rosado Rojo Negro Blanco abrileño Amarillo Negro

San Miguel Tenochtitlán

Emiliano Zapata

Guadalupe Cachí Riego directo

Jueces de agua Comisariado ejidal Delegado de riego

Jueces de agua Comisariado ejidal Delegado de riego

Jueces de agua Comisariado ejidal Delegado de riego

Si. Para conservar fechas Canalero históricas de riego Comisariado ejidal Canalero

Si. Mejora fechas de riego

Si. Mejoran capacidad Si. El personal del Distri- Canalero de llenado de jagüey y to de Riego abría las comla distribución interna puertas en fechas tardías (mediados de marzo) ahora abren la compuerta a finales de febrero.

No.

Si. Anteriormente había superficie que se quedaba sin regar.

Si. Eliminan el cultivo Si. Para conservar fechas Canalero de maíz violento negro históricas de riego. mejorando la distribución de agua internamente.

Si. Modifican las fechas de riego históricas establecidas por el Distrito de Riego y regresan a las propuestas por el Departamento Agrario

No.

Si.

No.

Igual

Mejora

Mejora

Mejora

Mejora

Igual

Blanco abrileño

Blanco abrileño Rosado Negro Amarillo

Blanco marceño Blanco abrileño Amarillo

Amarillo Rojo Rosado

Guadalupe Cachí Amarillo Riego jagüey “Presa Rosado Larga” Negro

San Juan Jalpa

Amarillo Rojo Rosado

Blanco marceño Blanco abrileño

Blanco abrileño Amarillo

Canalero

Canalero Auxiliar del canalero

Comité de Riego Juez de aguas Comisariado Ejidal

Si. Para conservar fechas Canalero históricas de riego y solicitar agua en fechas más temprana

Delegado de riego

Canalero Juez de aguas Comisariado ejidal

Canalero Canalero Delegado de Riego Juez de aguas Comisariado ejidal

Ahora

No.

Autoridades

Igual

Blanco abrileño

Antes

Tareas. Organización hacia afuera

Tareas. Organización hacia adentro

Distribución del Agua

Ahora

Tipo de Maíz

Blanco abrileño

Guadalupe Cachí Riego jagüey “Presa Tecomate”

Blanco abrileño

Antes

Nenaci y barrio Torrecillas

Ejido

Cuadro 2. Antes y después de la transferencia: patrón de cultivos, organización y distribución del agua. Aguas abajo en los canales generales.

Aguas Abajo

Blanco abrileño Negro Rosado Blanco abrileño Negro Rojo

Jalpa de Dolores

Blanco abrileño Negro Rojo

Blanco abrileño, Amarillo

Blanco marceño Blanco abrileño

Emilio Portes Gil, Blanco marceño compuesto por los barrios: Centro Cañada Tungareo Tepetitlán

La Concepción de los Baños

Blanco marceño

Blanco abrileño

Dolores Hidalgo

Blanco Amarillo

Ahora

Blanco Amarillo

Antes

Tipo de Maíz

San Antonio Mextepec

Ejido

Igual

Mejora

Empeora

Mejora

Igual

Distribución del Agua

Canalero

No.

No.

Canalero

Si. Canalero Vigilancia del canal Comisariado ejidal y cierre de Juez de aguas compuertas.

Si. Coordinación para la distribución del agua.

No.

No.

Canalero

Canalero

Si.

No.

Antes

Autoridades

Si. Si. Coordinación para Mejora fechas de la distribución del riego agua.

Tareas. Organización hacia afuera

Tareas. Organización hacia adentro

Cuadro 3. Antes y después de la transferencia: patrón de cultivos, organización y distribución del agua. Un canal secundario.

Agua Arriba

Agua Abajo

212 Antología sobre riego Delegado de Riego

Delegado de Riego. Comitê de Vigilancia Jueces de agua (4)

Comisariado ejidal Juez de aguas

Comisariado ejidal Jueces de agua (4)

Comisariado ejidal

Ahora

el sistema de riego tepetitlán (méxico) 213

BARRIOS

PEQUEÑA PROPIEDAD

x x

x x

Comisariado ejidal Consejo de vigilancia del ejido

Sin autoridad

Delegado municipal

x

x x

Juez (es) de Agua o de Riego

x

x x

Comité de vigilancia de Riego

x

x

x

x

Comité de Riego

Delegado de riego

x

x

x

x

Delegado de Riego

Aguas abajo

Aguas arriba

Aguas abajo

Aguas arriba

EJIDO

Ubicación sobre un canal secundario

Ubicación sobre un canal general

Autoridades del agua a nivel de comunidad

Tipo de asentamiento

Cuadro 4. Autoridades por tipo de asentamiento y ubicación aguas arriba/aguas abajo en el sistema de riego Tepetitlán, 2010.

VI. Los reservorios secundarios (jagüeyes) en el sistema de riego Tepetitlán: el control local Acela Montes de Oca Hernández | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCION En el sistema de riego Tepetitlán, se combina el riego directo por gravedad desde la presa, además del riego a partir de reservorios secundarios (jagüeyes). Los reservorios secundarios se llenan antes del inicio de la temporada de riego. El riego a partir de los jagüeyes, permite, en principio, mejores fechas de punta de riego y, por lo tanto, la siembra de maíz de ciclo más largo en las parcelas situadas aguas abajo, en contraste con aquellas otras parcelas, también ubicadas aguas abajo, que reciben riego directo, considerando que en el sistema siempre se riega de aguas arriba a aguas abajo, tocándoles a las parcelas de aguas abajo sistemáticamente fechas de riego más tardías. No obstante, hubo una disminución en el número de jagüeyes relacionada con mejoras y ampliaciones a la red hidráulica que realizó la autoridad del Distrito de Riego en la década de 1960. Antes de la transferencia, la gestión de los jagüeyes estaba centralizada en la gerencia del Distrito de Riego. La transferencia del sistema como Unidad de Riego bajo un esquema de alta participación de las comunidades se expresa también en la

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gestión de los jagüeyes. La gestión de los jagüeyes la realizan, actualmente, comités de riego conformados por los usuarios beneficiados. El sistema de riego Tepetitlán, se localiza en la cuenca alta del río Lerma. El sistema consiste en una presa de almacenamiento y su derivadora, tres canales generales y una serie de reservorios secundarios (jagüeyes) sobre el canal general Enyege (ver figura núm. 1) El área que ocupa el embalse de la presa Tepetitlán es de 537.64 ha. El sistema beneficia a 9,650 usuarios ubicados en 31 ejidos y 15 pequeñas propiedades de los municipios de San Felipe del Progreso, Ixtlahuaca y Jocotitlán. Los reservorios secundarios o jagüeyes son conocidos localmente con el nombre de presas y, en documentos de archivo se encuentran las denominaciones vasos de almacenamiento, vasos reguladores y bordos. El jagüey, voz antillana, o amanalli, voz nahuatl, es un estanque o alberca de agua. Preferimos utilizar el término jagüey porque es un término de amplia difusión en México y que abarca a toda la gama de estanques, incluyendo pequeños bordos. Es una tecnología que data de la época prehispánica, muy común en el centro y sur de México (Rojas, 2009:10). Los jagüeyes o pequeños estanques tienen presencia por todo México, varían en el origen de las aguas que captan, así como en el uso que se da a las aguas. Por ejemplo los jagüeyes de los altos de Morelos se ubican en hondonadas y se llenan con el agua que se escurre por la superficie en temporada de lluvias, las aguas tienen uso doméstico y para abrevadero (Guzmán et al, 2005); los jagüeyes de los llanos de Apan se ubican sobre pequeñas corrientes presentes solo durante las lluvias y cuentan con infraestructura (zanjas) para conducir el agua a su interior, las aguas tienen uso doméstico y para abrevadero (Galindo et al, 2008); otros jagüeyes se llenan con agua de manantial durante las noches para regar durante el día, hay reportes de ampliación de los jagüeyes para ampliar la superficie de riego (Palerm, 1993); de manera similar se llenan con agua de galerías durante las noches para regar durante el día (Campos et al, 2000); también hay jagüeyes que sirven para recibir el agua de riego que les llega por gravedad y a partir del jagüey realizan riegos puntuales (Ocampo Fletes, 1997; ver también Cruz y Bielsa, 2001); otros más corresponden a jagüeyes cuyo llenado inicia antes de la primera fecha de riego (entre octubre y diciembre) y que también pueden posteriormente almacenar el agua que les llega por tandeo (Aguirre et al, en esta Antología). Algunos autores apuntan a su importancia en la conservación de biodiversidad

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(Botero et al, 2009). Probablemente no hemos prestado la suficiente atención a la diversidad de los jagüeyes. Vaidyanathan ([1985], 2009) además de apuntar las ventajas de los reservorios secundarios para realizar riegos puntuales, señala que puede significar una menor centralización funcional del sistema y otorgar un mayor rango de toma de decisiones a un nivel administrativo intermedio: “En contraste, un tracto regado por canal que combina el almacenamiento principal con almacenamientos/pozos diseminados por el área de comando, ofrece la posibilidad de un mayor rango de manipulación de la cantidad, calendario y distribución del agua en el nivel intermedio lo que también significa que potencialmente el nivel administrativo intermedio tiene un mayor rango de decisiones a realizar e implementar.” (Vaidyanathan, 2009, pp. 117) No obstante, en el sistema de riego Tepetitlán fue hasta la transferencia que el control sobre los reservorios secundarios pasó de una autoridad central a los usuarios beneficiados por cada uno de los jagüeyes. Este nuevo nivel administrativo ha significado, aparentemente, una mejora en el manejo de los jagüeyes y, más particularmente, en la fechas de riego a partir del agua de los jagüeyes. La presentación se realiza en tres partes, la primera sobre la disminución de los reservorios secundarios entre 1920 y 2011, una disminución tentativamente vinculada a una concepción de las ventajas de una centralización funcional del manejo del sistema que implicó obras para agrandar la presa de almacenamiento y eliminación de reservorios secundarios. La segunda sobre la función de los jagüeyes en el sistema de riego Tepetitlán y la tercera sobre la implementación del control local para el manejo de los jagüeyes. LA DISMINUCIÓN DE LOS RESERVORIOS SECUNDARIOS ENTRE 1920 Y 2011 Entre 1920 y 2011 el número de jagüeyes en el sistema disminuyó, en el Cuadro 1 se presenta la secuencia de pérdida de jagüeyes. La primera apreciación es que ello se debió al reparto agrario y a la invasión de los jagüeyes para dedicarlos a siembras, invasión producto del desconocimiento de los nuevos usuarios beneficiarios del

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reparto agrario. Hay diversos documentos al respecto de invasiones, de quejas de otros ejidatarios que se beneficiaban de las aguas del jagüey, de recuperación de los jagüeyes, de políticas de expropiación y de indemnización (Archivo RAN. Exp. 33/2914), (AHA, Aprovechamientos Superficiales. Caja 3243, Exp. 44543, Fojas 18,34-45, 94-95, 204.). No obstante proponemos que otro de los factores relevantes o, posiblemente, el factor relevante, en la desaparición de los jagüeyes fue la concepción ingenieril del manejo del sistema, cuando menos desde 1960. El sistema de riego de Tepetitlán contaba hasta 1960 con una veintena de jagüeyes, sin embargo estos disminuyeron en un 60% después de esa fecha. Un documento de 1966 suscrito por el ingeniero a cargo de la operación del sistema refiere que debe suprimirse el uso de los jagüeyes: “El gerente del sistema de riego de Tepetitlán ha manifestado el 17 de enero de 1966 a la delegación del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización que dentro del sistema Tepetitlán existen alrededor de 20 pequeños vasos reguladores [jagüeyes], de los cuales han venido haciendo uso como auxiliares de la presa de Tepetitlán, que en la actualidad, no obstante que el volumen almacenado en esta obra hidráulica se duplicó, se tienen deficiencias para ministrar el agua a todos los usuarios debido a que el canal principal es muy reducido, y no capta toda el agua que debiera, que en la actualidad ya se vienen haciendo los proyectos para el ensanchamiento de este canal [Enyege] y los auxiliares para que posteriormente se dejen de utilizar todos esos pequeños vasos que indebidamente pero por necesidad los han venido utilizando la Secretaría de Recursos Hidráulicos” (Archivo del Registro Agrario Nacional. Dotación de tierra y agua. Exp. 761/410, Fojas 320, 358, énfasis nuestro). LOS JAGÜEYES EN EL SISTEMA En el sistema de riego Tepetitlán, desde que era operado por funcionarios del Estado, se riega de aguas arriba a aguas abajo. Las fechas preferentes de riego son en marzo, que permiten la siembra de un maíz de ciclo largo con mayores rendimientos; fechas posteriores, en abril y mayo, significan sembrar maíces de ciclo más

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corto debido al inicio de las heladas; por otra parte en febrero hay un alto riesgo de heladas (Montes de Oca et al, en esta Antología). Lo que es indudable es que la operación del sistema, que inicia el riego directo de aguas arriba a aguas abajo, presenta una inequidad en las fechas de riego, dejando poca o nula posibilidad a los ejidos de aguas abajo a tener fechas de riego directo tempranas y, por lo tanto, les niega la posibilidad de sembrar maíces de mayor rendimiento. Los jagüeyes aparentemente cumplían dos funciones, un almacenamiento adicional a la presa y disponible en fechas críticas. Estas funciones dependen del hecho de que es costumbre, desde la época de la hacienda, llenar los jagüeyes antes del inicio de los riegos directos (ver Cuadro núm. 2 sobre fechas llenado jagüeyes). El almacenamiento temprano en los jagüeyes ubicados aguas abajo en el sistema de riego Tepetitlán, permitían iniciar el riego en las fechas críticas, sin tener que esperar la llegada de los riegos directos. El llenado de los jagüeyes se realiza en febrero, mientras que los riegos directos, a partir de la presa, inician en marzo. El llenado de los jagüeyes en febrero permite, en principio, a las comunidades de aguas abajo empezar a regar en marzo con aguas del jagüey, lo que representa una considerable ventaja que incluye riegos puntuales para el cultivo de hortalizas, especialmente tomate. Por otra parte, la desaparición de los reservorios secundarios en la parte alta del sistema, originó mayor presión hacia el recurso de riego directo y ello, a su vez, significó que las fechas de riego ocupadas por los ejidos aguas arriba se alargasen, no obstante el aumento de capacidad del canal principal --cuando menos esta es la apreciación de los agricultores. LOS JAGÜEYES Y EL CONTROL LOCAL Cuando el sistema de riego Tepetitlán era operado por funcionarios del Estado, antes de la transferencia, el canalero del Distrito de Riego era el encargado de abrir las compuertas de los jagüeyes para regar. Los usuarios tenían que esperar hasta mediados de marzo para iniciar el riego, a pesar de que los jagüeyes estaban a su máxima capacidad. El motivo del retraso del riego con agua de jagüey se debía a las múltiples ocupaciones que tenía que realizar el canalero en la operación de los

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canales generales. Después de la transferencia, el Comité Directivo de la Asociación Civil fue el encargado de abrir las compuertas de los jagüeyes, pero operaba en la misma forma que el canalero del Distrito de Riego: dejaban al final a los que regaban con agua de los jagüeyes. La posibilidad de fechas de riego tempranas con el agua de los jagüeyes no se aprovechaba plenamente antes de la transferencia y aun poco después de la transferencia. El potencial de los jagüeyes para riegos tempranos se potenció al implementar Comités de Riego para cada uno de los jagüeyes, es decir al implementar un control local por parte de los mismos beneficiados. Los beneficiarios de los jagüeyes con el respaldo de las autoridades ejidales propusieron al Comité Directivo de la Asociación Civil la opción de elegir a autoridades propias de cada jagüey para hacerse cargo de su administración. A su vez, el Comité Directivo de la Asociación Civil solicitó, a los delegados de riego (representantes por ejido o propiedad privada a la Asociación Civil) convocar a asamblea de usuarios en cada jagüey. Se nombró para cada uno de los jagüeyes, excepto para el jagüey La Caja, un Comité de Riego compuesto de presidente, secretario y tesorero. En algunos Comités de Riego el delegado de riego funge también como presidente del Comité de Riego. Después de la elección del Comité de Riego, el Comité Directivo de la Asociación Civil entregó las llaves de las compuertas a los presidentes de cada Comité de Riego y, con ello, fueron delegadas las tareas de administración de los jagüeyes. En el caso de La Caja, en que no se ha conformado un Comité de Riego, la administración está a cargo del delegado de riego. La función del Comité de Riego es asegurar el llenado de los jagüeyes y poner orden en la distribución del agua, entre usuarios de una comunidad y entre comunidades. Cuando hay conflictos entre usuarios o entre comunidades, por querer regar en la misma fecha, tiene derecho el Comité de Riego de cerrar las compuertas y suspender el aprovechamiento del agua hasta solucionar el problema. Hasta el momento las autoridades reportan que no han tenido que llegar a esos extremos, pues para consensuar las fechas de riego se llevan a cabo asambleas y tienen un control de asistencia. La descentralización en el manejo del sistema de riego ha implicado que la Asociación Civil no tiene fondos para su rehabilitación. El mantenimiento y rehabili-

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tación de los jagüeyes corre a cargo de los usuarios de cada jagüey, los Comités de Riego recaudan cuotas para la rehabilitación a los usuarios del jagüey respectivo. La etnografía del control local de los jagüeyes Jagüey San José El jagüey San José beneficia aproximadamente a 400 usuarios (con aproximadamente 1.3 hectáreas por usuario) del ejido de Santa Ana La Ladera. El jagüey se llena con dos tipos de agua: la de escorrentía, a razón de las lluvias y la que llega por el canal principal Enyege desde la presa Tepetitlán. El llenado del jagüey requiere de un mes ininterrumpido de llenado. Cuando el agua llega de manera tardía (15 de febrero) al jagüey, hay mucha presión por iniciar los riegos por parte de las comunidades que tienen riego directo. El jagüey cuenta con dos compuertas de salida, cada una con su red de distribución. En el ejido las autoridades del agua son el Comisariado Ejidal, el delegado de riego (representante del ejido a la Asociación Civil), pero, además, para el jagüey se cuenta con un Comité de Riego (presidente, secretario y tesorero) y jueces de agua (o auxiliares de riego). Todos los cargos tienen carácter honorífico. El Comité de Riego, encargado de la administración del jagüey, se elige en asamblea conformada únicamente con usuarios beneficiados con agua del jagüey. La asamblea es convocada por el Comisariado Ejidal y el delegado de riego del ejido. El Comité de Riego está a cargo del trámite de llenado del jagüey; el cuidado de que no haya desvíos de agua cuando se llena el jagüey, es decir que las compuertas hacia otros lugares estén cerradas; la apertura de la compuerta del jagüey para regar; la distribución de agua y la coordinación de los usuarios en época de riego; la recaudación de cuotas para el mantenimiento del jagüey y de los canales de distribución. Los usuarios del jagüey aportan su cuota de riego al delegado del ejido, pero el Comité de Riego recauda las cuotas para el mantenimiento y reparaciones del jagüey y de sus canales de distribución. El Comité de Riego lleva un libro de contabilidad donde se registra el nombre del usuario y la fecha de recaudación; también se registran los gastos tales como: compra de cadenas, compra de candados, bultos de cemento, arena, grava, etc. El registro sirve para que el Comité de Riego lleve un control de los trabajos que se han realizado, así como un seguimiento sobre usuarios cumplidos y no cumplidos con sus cuotas. Debido al deterioro de la in-

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fraestructura del jagüey el ejido está considerando retener las cuotas de riego para invertirlas en mantenimiento. La administración del jagüey inicia con una serie de asambleas: En el mes de octubre se lleva a cabo la primera reunión, el objetivo es que los usuarios ratifiquen o cambien la continuidad del Comité de Riego a cargo de jagüey. Se eligen también jueces de agua, uno por cada una de las dos compuertas del jagüey. La segunda asamblea tiene como objetivo el llenado del jagüey, el Comité de Riego debe redactar un oficio dirigido al Comité Directivo de la Asociación Civil para solicitar el envió de agua por el canal general Enyege. La tercera asamblea tiene como objetivo la fecha en que se empieza a regar con agua del jagüey y, para la apertura de las compuertas, se solicita permiso al Comité Directivo de la Asociación Civil. En los oficios dirigidos al Comité Directivo de la Asociación Civil firma el Comité de Riego, el delegado de riego y van también las firmas y sellos del Comisariado Ejidal. El Comité de Riego, además del envío del oficio de la solicitud de agua, debe estar al pendiente de que el agua efectivamente sea enviada en las fechas acordadas (08 de febrero); el mayor retraso puede ser de dos a tres días, pero no debe sobrepasar el día 10 de febrero. En caso de no llegar el agua en el periodo de entrega, el Comité de Riego solicita al Comité Directivo de la Asociación Civil un informe del retraso y ésta a su vez debe informar sobre los motivos del retraso. Las causas pueden ser derrumbes en los canales principales, reconstrucción de un puente canal, rehabilitación de una compuerta y por falta de limpieza de los canales. En cuanto el canal Enyege empieza a llevar agua, el Comité de Riego abre la compuerta para llenar el jagüey y, con los jueces de agua del ejido, recorren el canal Enyege para cerrar las compuertas que no llevan el agua al jagüey y, en general, evitar que otros usuarios hagan uso del agua para regar. Las fechas de riego con agua del jagüey se confirman en asamblea; de hecho se mantienen las fechas y orden de riego de aguas arriba a aguas abajo establecidas desde antes de la transferencia: la parte alta del 26 de febrero al 16 de marzo; la parte media del 16 de marzo al 16 de abril, y la parte baja del 16 de abril al 30 de

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abril. El jagüey San José no se ha terminado de llenar cuando inician los riegos, ello explica el porqué el jagüey no se encuentra como otros (Tecomate y Larga) en llenado total para el día 27 de febrero. Los jueces de agua custodian las llaves de los candados de las compuertas de salida del jagüey, establecen el horario para abrir las compuertas, normalmente atienden a los regantes de las 5:00 a las 7:00 am, y se encargan de realizar la distribución de agua. El usuario que desee regar debe presentarse en la compuerta. Los usuarios que no llegan o llegan tarde, pierden su turno y deben esperar a que terminen de regar los que llegaron primero, entre tres a cinco días. Los usuarios de aguas arriba que tienen un tipo de suelo barrial, que después de regarse deben esperar sólo entre 8 y 10 días para sembrar, prefieren dejar que usuarios de aguas abajo rieguen primero; sin embargo usuarios de aguas arriba con un tipo de suelo blanco, que después de regarse deben esperar entre 15 a 20 días para la siembra, requieren el riego a partir del 26 de febrero (sobre tipos de suelo y fechas de riego, ver Montes et al, en esta Antología). Jagüey Cachí El jagüey Cachí beneficia a aproximadamente a 150 usuarios (con aproximadamente 1.3 hectáreas por usuario) del ejido Guadalupe Cachí. El jagüey se llena con agua de la presa Tepetitlán que llega por el canal principal Enyege. El llenado se realiza en 13 días a partir del 16 de febrero. El jagüey cuenta con dos compuertas de desagüe, una de lado norte y otra de lado sur. El jagüey cuenta con un Comité de Riego, el delegado de riego del ejido es ex oficio el Presidente del Comité de Riego. La solicitud al Comité Directivo de la Asociación Civil para el llenado del jagüey la realiza el Comité de Riego. La compuerta de lado norte es la primera en abrirse del 01 de marzo al 06 de marzo, ello debido a que los terrenos de la parte norte, al estar en parte alta, requieren regarse cuando el jagüey está a su máxima capacidad. Por lo regular el Comité de Riego entrega la llave de la compuerta a algún usuario que vive cerca. La compuerta del lado sur se abre después, ya que los terrenos del lado sur están más bajos en relación al jagüey. La compuerta de lado sur es celosamente custodiada por el Comité de Riego para evitar, entre otras cosas, que sea abierta

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antes de las fechas de riego, así como para impedir el robo de agua del jagüey por vecinos del ejido Emiliano Zapata. Los usuarios de agua del jagüey Cachí al tener fechas de riego tempranas, del 01 al 30 de marzo, siembran maíz de ciclo largo. Sin embargo vecinos del mismo ejido que riegan con agua directa de la presa Tepetitlán, tienen fechas de riego tardías y, por lo tanto, siembran maíces de ciclo corto: negros, rosados y rojos. Jagüey Tecomate El jagüey Tecomate se ubica en términos del ejido San Ignacio del Pedregal y es compartido por tres ejidos: 190 usuarios del ejido San Ignacio del Pedregal, 100 usuarios del barrio Tecomate del ejido Santa Ana La Ladera y 60 usuarios del ejido Cachí. Cada usuario con un promedio de 1.3 hectáreas. Los jagüeyes Tecomate y Presa Larga son los de mayor capacidad en el sistema. El jagüey Tecomate se llena con agua de la presa Tepetitlán que llega por el canal principal Enyege. Su llenado se realiza en 20 días. En los primeros 15 días de riego disminuye a la mitad el agua almacenada y es necesario continuar el ingreso de agua al jagüey para que todos los usuarios puedan dar el primer riego. Se consideró necesario implementar un Comité de Riego del jagüey ya que no se respetaban las fechas de riego entre ejidos. El delegado de riego del ejido San Ignacio del Pedregal citó a una asamblea para nombrar al Comité de Riego del jagüey. La invitación a la asamblea se hizo extensiva a las autoridades (comisariados ejidales y delegados de riego) de los ejidos de Santa Ana la Ladera y Guadalupe Cachí. Desde este inicio quedó acordado que los miembros del Comité de Riego serían de San Ignacio del Pedregal por estar el jagüey dentro de este ejido y ser quien mayor número de usuarios tiene. El cargo de presidente del Comité de Riego, cuando menos en el primer nombramiento, recayó en el delegado de riego del ejido de San Ignacio del Pedregal. El Comité de Riego debe coordinarse con las autoridades de los ejidos de Santa Ana la Ladera y de Cachí para informarles de las fechas de riego a partir del jagüey. El calendario de riegos establecido en este jagüey está relacionado a la topografía de los terrenos. A los usuarios del barrio Tecomate del ejido Santa Ana La Ladera les corresponden regar primero, pues sus terrenos están en la parte alta. El tiempo de riego que se le otorga es de 15 días del 01 al 15 de marzo). En seguida les toca

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regar a los usuarios del ejido San Ignacio del Pedregal, durante quince días del 15 al 30 de marzo. En caso de que el agua no sea suficiente, el tiempo de riego de los usuarios del barrio Tecomate del ejido Santa Ana La Ladera se reduce, pues los usuarios de San Ignacio del Pedregal deben regar. Los usuarios del barrio Tecomate, al ver reducido su tiempo, se organizan para que el mayor número de ellos riegue. Después de haber regado el barrio de Tecomate del ejido Santa Ana La Ladera y el ejido San Ignacio del Pedregal, se entrega el agua al ejido Guadalupe Cachí. El cultivo predominante es maíz, aunque la variedad de maíz, entre los tres ejidos, es distinta. Al barrio Tecomate del ejido Santa Ana de la Ladera, por ejemplo, le beneficia la posición de sus terrenos para tener riego temprano, lo cual permite que siembre maíz de ciclo largo; los usuarios del ejido San Ignacio del Pedregal siembran maíces de ciclo intermedio, y finalmente, el ejido Cachí, por tener el riego al último, siembra maíces de ciclo corto. Jagüey Presa Larga El jagüey Presa Larga es compartido por dos comunidades. En la comunidad de San Mateo Ixtlahuaca hay 450 usuarios con tenencia ejidal y 60 con propiedad privada. Además riegan 120 usuarios del ejido Guadalupe Cachí. El jagüey se llena con agua que llega por el canal principal Enyege desde la presa Tepetitlán. El jagüey Presa Larga es, junto con el de Tecomate, de mayor capacidad, tienen por ello 20 días de llenado; además, durante la temporada de riegos directos, sigue entrando agua al jagüey. El jagüey cuenta con dos compuertas, cada una con su red de distribución. Una compuerta corresponde al ejido y pequeña propiedad de San Mateo Ixtlahuaca y la otra al ejido de Guadalupe Cachí. El Comité de Riego de este jagüey fue propuesto por las autoridades de la Asociación Civil. Aparentemente algunos usuarios de Guadalupe Cachí no estaban dejando pasar el agua a San Mateo Ixtlahuaca. Se le dio a San Mateo Ixtlahuaca el privilegio de que de esa comunidad saliera el presidente y secretario del Comité de Riego por que no tienen otras fuentes de acceso; y se incluyó como tercer miembro (secretario) del Comité de Riego a un componente de la mesa directiva de la Asociación Civil para mediar en los conflictos entre las dos comunidades. El privilegio en ocupar los cargos de presidente y secretario del Comité de Riego por usuarios de San Mateo Ixtlahuaca lo relacionan los usuarios, no solo por

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depender exclusivamente del agua del jagüey, sino también con el antecedente de que por “derecho histórico” pertenece el agua a los de San Mateo Ixtlahuaca; y que fue “hasta” 1946 cuando el Departamento Agrario autorizó la solicitud de usar agua del jagüey al ejido de Guadalupe Cachí. “El agua del jagüey, pertenecía a San Mateo, pero los de Cachí fueron al Departamento Agrario y solicitaron les fuera concedido un volumen de agua, el Departamento autorizó y ahora la compartimos” (Entrevista a ejidatario de San Mateo Ixtlahuaca y presidente del Comité de Riego: Sr. Roberto Camilo Espinoza, 29 de febrero de 2009). Los usuarios de San Mateo Ixtlahuaca han tomado el acuerdo de turnar el inicio del riego entre los usuarios alejados del jagüey (es decir los de propiedad privada de San Mateo Ixtlahuaca) y usuarios cercanos al jagüey (es decir los del ejido de San Mateo Ixtlahuaca). Este acuerdo, se lleva a cabo con la condición de que los usuarios de propiedad privada cumplan con las obligaciones de limpia de canales de riego y cooperen con sus faenas como: rehabilitación de paredes de jagüey, siembra de árboles en las orillas del jagüey y cooperaciones para el desasolve. El cultivo predominante es maíz, aunque la variedad, entre el ejido y la propiedad privada de San Mateo Ixtlahuaca, puede ser el de ciclo largo o corto, dependiendo de las fechas de riego. Los usuarios de Guadalupe Cachí también turnan el inicio del riego entre aguas arriba y aguas abajo. Las fechas en que pueden utilizar el agua son del 01 al 15 de marzo o bien del 15 al 30 de abril. Las fechas se turnan, los usuarios de Cachí que durante un año reciben el agua en fechas tempranas para el siguiente año les corresponden fechas tardías. El tipo de maíz que siembran responde a las fechas de riego. El trabajo del Comité de Riego es múltiple: gestionar el llenado del jagüey, abrir y cerrar compuertas del canal general, vigilar el canal, entregar oficios al Comité Directivo de la Asociación Civil, sancionar a los usuarios infractores, establecer fechas de riego, realizar asambleas. El cuidado de las compuertas y la distribución del agua se delega en los jueces de agua. Cada comunidad tiene su juez de agua, pero ambos acatan las disposiciones del Comité de Riego del jagüey. Los jueces de riego tienen la función de estar en la compuerta del jagüey a partir de la 6:00 am del 01 de febrero al 28 de febrero que corresponde a la temporada

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baja de riego, desde las 4:00 am del 01 de marzo al 30 de marzo que corresponde a la temporada alta de riego, y desde las 5:00 am del 01 de abril al 30 de abril que corresponde a la temporada intermedia de riego. En cuando al segundo riego para el maíz, se realiza entre el 01 de mayo y el 15 de mayo y los jueces de aguas están en la compuerta a partir de las 7:00 am. El Comité de Riego informa a los jueces la cantidad de agua que deben dejar pasar y el comisariado ejidal debe informar a los regantes la obligación que tienen de estar presentes el día de riego. El comisariado ejidal vocea o informa casa por casa a los regantes las fechas en que el agua será enviada a los canales. Los regantes tienen la obligación de presentarse en la compuerta en la fecha que les corresponde regar; los jueces contabilizan a los regantes y abren la compuerta a la capacidad de los solicitantes y del agua que tiene el jagüey. Cada juez de agua es responsable de su canal y no deben intervenir en el otro canal. Los jueces de agua entregan reporte del número de regantes que se benefician a diario con el agua al Comité de Riego. Jagüey La Caja El jagüey La Caja beneficia aproximadamente a 150 usuarios (con aproximadamente 1.3 hectáreas por usuario) del ejido Santa Ana La Ladera. El jagüey se llena con agua que llega por el canal principal Enyege desde la presa Tepetitlán; se inicia el llenado a partir del 10 de febrero y cuenta con 12 días ininterrumpidos de agua. El jagüey cuenta con dos compuertas de salida que están en mal estado. El delegado de riego está a cargo de solicitar el agua para el llenado del jagüey ante el Comité Directivo de la Asociación Civil. El delegado de riego también está a cargo de abrir la compuerta del canal general para que se llene el jagüey. Los usuarios vigilan que no se cierre la compuerta que lleva agua al jagüey. El delegado de riego del ejido no se ha encargado de entregar el agua del jagüey a los usuarios. Motivo por el cual se quejaron los usuarios al Comité Directivo de la Asociación Civil; los usuarios señalaron que el delegado de riego, después de cobrar la cuota de riego a los usuarios del jagüey, no hacia acto de presencia en las compuertas del jagüey. Ante la ausencia de autoridad para entregar el agua del jagüey a los usuarios, la estrategia inicialmente consistió en que, posterior al llenado, los usuarios se conformaban en grupos de 5 a 10 regantes y abrían la compuerta

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del jagüey para regar y al terminar cerraban la compuerta. Los primeros en llegar a las compuertas eran los que tenían derecho a hacer uso de ella, lo que provocó conflictos. Sin embargo no se ha implementado un Comité de Riego. Actualmente, las compuertas, durante el riego ya no se cierran, se dejan abiertas durante los meses de marzo y abril a la capacidad de riego para 10 usuarios. Para la distribución del agua, los usuarios se guían por la fecha de pago de la cuota de servicio de riego. A los usuarios morosos en pagos se les deja al final. Son los propios usuarios quienes vigilan estas fechas cuando requieren el riego. El agua de este jagüey complementa el agua que llega directa del canal. El agua del jagüey es crítica durante la temporada alta en que no necesariamente les llega el riego directo, ya que las compuertas del canal general se cierran para que el agua vaya a otros ejidos. Es en este periodo que recurren al agua del jagüey. La mayor abundancia de agua se hace evidente en el patrón de cultivos, tienen importantes siembras de tomate de cáscara, que requiere de riegos cada 15 días; además de maíz. CONCLUSIONES Se han mostrado las ventajas de existencia de reservorios secundarios en el sistema, los jagüeyes en el sistema de riego aportan una cantidad de agua adicional en la fechas críticas de riego, que la operación del sistema no es capaz de aportar por riego directo. Es llamativa la política del Distrito de Riego de eliminación de jagüeyes. También se ha mostrado que la gestión de los jagüeyes en el sistema de riego Tepetitlán ha mejorado con el control local. El control local ha involucrado una mayor participación de los usuarios: el nombramiento de sus propias autoridades para la gestión de los jagüeyes, para la distribución del agua del jagüey, así como la rendición de cuentas de las autoridades ante las asambleas de usuarios. Las autoridades del agua se han multiplicado, con los Comités de Riego y los jueces de agua para la administración de los jagüeyes. El nombramiento de autoridades, seleccionadas entre los mismos usuarios y por los mismos usuarios, ha reemplazado al personal especializado que respondía a la gerencia del Distrito de Riego. Los usuarios por su parte responden con faenas, cuotas y asistencia a las asambleas:

228 Antología sobre riego

Los usuarios que no cumplen tienen poca o nula posibilidad de exigir, por ejemplo un cambio de fecha en el turno de riego. Hay algunas estrategias interesantes en la conformación de los Comité de Riego cuando el jagüey es compartido entre varios ejidos, por ejemplo en el jagüey Presa Larga, donde usuarios más cercanos al jagüey (del ejido Cachí) no estaban dejando pasar el agua, se concentró la autoridad del Comité de Riego en el ejido ubicado aguas abajo, con un tercer miembro de la Asociación Civil. No obstante cada grupo de usuarios tiene su propio juez de aguas. En el jagüey Tecomate, compartido entre tres ejidos que riegan por turno, la autoridad del Comité de Riego se concentró en un ejido ubicado aguas abajo y con mayor número de usuarios. Es interesante también la búsqueda de mayor equidad, con la estrategia de rompimiento de la distribución de agua de aguas arriba a aguas abajo típica de antes de la transferencia, es el caso de San Marcos Ixtlahuaca y de Guadalupe Cachí que riegan por el jagüey Presa Larga, en que están experimentando en turnar el inicio de la distribución de abajo hacía arriba y de arriba hacia abajo. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Archivos Archivo Histórico del Agua (AHA) Archivo del Registro Agrario Nacional (Archivo RAN) AHA, Aprovechamientos Superficiales, Caja 3243, Exp. 44543, Fojas 18,34-45, 94-95, 204 (Quejas de ejidatarios por invasión de bordos o presas del sistema de riego Tepetitlán). AHA, Aprovechamientos Superficiales, Caja 3377, Exp. 46122, Foja 165, (Informes acerca del sistema de riego Tepetitlán). AHA, Aprovechamientos Superficiales, Caja 2923, Expediente 40504, Foja 3, (Datos sobre número de vasos de almacenamientos reportados en 1946). AHA, Aprovechamientos Superficiales, Caja 1659, Expediente 24145, Foja 36, (Respecto a número de bordos en existencia en 1960). AHA, Aguas Nacionales, Caja 29, Exp. 366, Fojas 5,12, (Guadalupe Cachí). AHA, Infraestructura Hidráulica, Caja 236, Exp. 6176, Fojas 2, (Construcción de zona de riego de

los reservorios secundarios (jagüeyes) en el sistema de riego tepetitlán 229

Tepetitlán 1960). Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 761/410, Fojas 320, 358, (Respecto a la disminución de jagüeyes por construcción de nueva presa en 1960). Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2602. Fojas 2,113, (Santa Ana la Ladera). Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2697. Fojas 13,56, (La Concepción Atotonilco). Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2914. Fojas 59,77, (San Ignacio del Pedregal). Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/6809. Fojas 43-62, (Dolores Hidalgo). Bibliografía Aguirre, N.; R. Montes; J. Palerm “Junta de Aguas del río Tejalpa y sus afluentes”, en esta Antología. Botero, L.; J. de la Ossa; A. Espitia; A. de la Ossa-Lacayo 2009 “Importancia de los jagüeyes en las sabanas del Caribe colombiano” Revista Colombiana Ciencias Animales 1 (1), pp 71-84. Campos, F.; L. E. Henao; K. Enge y S. Whiteford, Selección de textos y edición J. Palerm 2000 “El valle de Tehuacán”, pp. 253-344, En J. Palerm y T. Martínez-Saldaña (eds.), Antología sobre pequeño riego, Organizaciones autogestivas Vol II, Colegio de Postgraduados. Cruz León, J. M.; J. Bielsa-Callau 2001 “Sobre la eficiencia, el uso sostenible del recurso agua y la gestión del territorio” Revista de Estudios sobre Despoblación y Desarrollo Rural, núm. 1, pp. 85-112. Galindo-Escamilla, E.; J. Palerm; J. L. Tovar-Salinas y R. Rodarte-García 2008 “Organización social en la gestión de una fuente de agua: los jagüeyes” Agrociencia vol 42, núm. 2: 233-242 Guzmán Puente, M., J. Palerm 2005 “Los jagüeyes en la región de los altos centrales de Morelos, Boletín Archivo Histórico del Agua, Nueva Época, año 10, núm. 29: 21-26. Montes, A.; J. Palerm; M. C. Chávez-Mejía “El Sistema de Riego Tepetitlán, México: mejoras en la distribución del agua a partir de la transferencia” en esta Antología. Montes, A. y J. Palerm 2010 “Las vicisitudes de la transferencia del sistema de riego Tepetitlán, estado de México/ Difficulties in the Tepetitlán Irrigation System transfer, estado de México”, Agricultura Sociedad y Desarrollo, vol. 7, núm. 2: 109-135. Ocampo Fletes, I. 1997 “Niveles organizativos para el manejo de aguas en el valle de Atlixco” pp. 367397, En T. Martínez-Saldaña y J. Palerm (eds.), Antología sobre pequeño riego, Colegio de Postgraduados.. Palerm Viqueira, J. 1993 Santa María Tecuanulco. Floricultores y Músicos. Colección Tepetlaostoc, núm. 2, Universidad Iberoamericana. Rojas Rabiela, T. 2009. “Las obras hidráulicas en las épocas prehispánica y colonial” pp. 9-26, En Semblanza Histórica del Agua en México, Comisión Nacional del Agua. Vaidyanathan, A. [1985] 2000. “Instituciones de control del agua y agricultura: una perspectiva comparativa” pp. 79-162, En J. Palerm y T. Martínez-Saldaña (eds) Aventuras con el Agua, Texcoco: Colegio de Postgraduados.

230 Antología sobre riego

na

lT

ep

et

itl

án

Ca na lT un al

Figura 1. Sistema de riego Tepetitlán y localización jagüeyes

Ca

Presa Tepetitlán

Ca

na

lE

ny

Jagüey “Presa Larga”

eg

e Jagüey “San José” Jagüey “Tecomate”

0 0.5

1

2

3

4

Jagüey “La Caja” Jagüey “Cachi”

Kilometros

los reservorios secundarios (jagüeyes) en el sistema de riego tepetitlán 231

Cuadro 1. Jagüeyes subsidiarios de la presa de Tepetitlán de 1937 a 2012 1937

1956

1960

1970-2012

Enyege Bonyo Cachi de la Cruz La Caja Cuatas de Guadalupe Cuatas de Santo Domingo Dolores Dolores II El Arco El Muerto El Rosario El Salitre La Atarjea La Estación La Tinaja La Trinidad La Venta Animas Animas II Los Ángeles Los Árboles Los Toros Mayorazgo Pescadores Presa la Soledad Presa Larga San Cristobal San José San Juan de las Manzanas San Lucas San Luis San Miguel Santa Bárbara Santa Teresa Tecomate Chico Tecomate Grande Torrecillas Vaquería La Manga San Francisco La Cruz

Cachi de la Cruz De la Cruz La Caja La Caja Cuatas de Guadalupe Cuatas de Guadalupe Dolores Terrenos de cultivo El Arco

La Caja

El Rosario

Trinidad

La Trinidad

Ángeles Los Árboles Loa Toros

Ángeles Los Árboles

Presa la Soledad Presa Larga

Presa la Soledad Presa Larga

Presa Larga

San José

San José

San José

100,000 91,260 17,000 467,500 354,875

2-60 10 2-60 15-70 10-75 188,475 7-90 11-75 15-55

18,000 388,200 131,600 71,400 30,835 328,110 394.000 52,000

San Luis

Santa Teresa Cachí Tecomate

Ha

138,250 150,00 232,250 25,000 116,800 81,900 42,520

Dolores II El Arco

Terrenos de cultivo El Salitre

Terrenos de cultivo Cachí La Cuata Torrecillas Vaquería

Capacidad m³

209,000 52,000 525,000 286,000 467,500

143,000 476,000 91,260 26,140 Cachí Tecomate

3-75

5-20 4-70 5-10 27-34-25 17

39-40 18-70

60 3-26-75

781,250 34-60 244,800 15-30-00 210,200 32 142,000 12,200

7

Fuentes: AHA-AS, Caja 3377, Exp. 46122, Foja 165; AHA-AS, Caja 2923, Exp. 40504, Foja 3. AHA-AS, Caja 1659, Exp. 24145, Foja 36; AHA-Aguas Nacionales, Caja 29, Exp. 366, Fojas 5,12; AHA-Infraestructura Hidráulica, Caja 236, Exp. 6176, Fojas 2; Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 761/410, Fojas 320, 358; Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2602, Fojas 2,113; Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2697, Fojas 13,56; Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/2914, Fojas 59,77; Archivo RAN, Dotación de tierra y agua, Exp. 33/6809, Fojas 43-62.

232 Antología sobre riego

Cuadro 2. Programa de llenado de jagüeyes 2011 Ejido

Jagüeyes

Fechas de llenado: Mes de Febrero

08 09 10 11

Santa Ana la Ladera

San José

Santa Ana la Ladera/

La Caja

Guadalupe Cachi

Cachi

12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28

* * *

San Andrés del Pedregal Tecomate

Guadalupe Cachi

* * * * *

Larga

Nota: con asterisco, fechas de llenado con problemas de acceso al agua.

los reservorios secundarios (jagüeyes) en el sistema de riego tepetitlán 233

VII. Movilizaciones en época de estiaje en el Distrito de Riego 003 Tula Guadalupe Venado | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Año con año, durante la época de estiaje (finales de marzo-julio), los agricultores del Distrito de Riego 003 Tula se movilizan con el fin de exigir a los funcionarios de la Comisión Nacional del Agua el suficiente líquido para regar sus cultivos. Durante el resto del año, estas organizaciones permanecen latentes, resurgiendo de manera similar durante las fechas de disminución del agua. El objetivo de las organizaciones es negociar el volumen del agua. Una vez que empieza la escasez, los regantes se organizan por compuerta, por comunidad, y, conforme el estiaje se prolonga, buscan y se unifican en torno a un líder, de tal manera que el número de regantes en movilización aumenta. De igual manera, la contraparte con la cual negocian los regantes va escalando de jerarquía: del canalero en la compuerta, a las autoridades del módulo, a la gerencia del Distrito de Riego y a otras instancias gubernamentales. Las negociaciones con los canaleros son a campo abierto. junto a la compuerta. Las negociaciones con las autoridades del módulo, de la gerencia del distrito y de otras instancias gubernamentales consisten en una movilización masiva de

235

regantes y los regantes exigen que la negociación con las autoridades se haga en un espacio abierto (patio de las instituciones, la calle con el funcionario colocado encima de la batea de una camioneta pick up, estacionamientos de las dependencias). Los desplazamientos a mayor distancia se realizan en camionetas y autobuses de pasajeros alquilados para tal propósito. Las negociaciones incluyen verificar los datos proporcionados por la Comisión Nacional del Agua, para lo cual los regantes realizan, junto con los funcionarios del Distrito, recorridos por las diferentes fuentes de abastecimiento. Las negociaciones también incluyen el exigir una distribución más equitativa del agua, y para este fin se hacen recorridos con los funcionarios con el fin de mostrar el contraste entre parcelas, unas con mayor estrés hídrico, y otras recientemente regadas. Hay una distribución inequitativa entre aguas arriba y aguas abajo sobre los canales generales del Distrito, que es evidente en el patrón de cultivos. Pero además hay una distribución inequitativa entre parcelas regadas por la misma compuerta. Esta investigación se realizó en la época de estiaje en el Distrito de Riego 003 Tula en 2011, en el módulo de riego 05 “Tepatepec”. De acuerdo con los datos hidrométricos de la Comisión Nacional del Agua, el estiaje del presente año se clasificó como “muy severo”, cosa que no se había registrado desde hace 40 años. El propósito de este trabajo es presentar la base organizativa y estrategias de negociación que tienen los agricultores para obtener el agua necesaria para el riego de sus cultivos. Los acuerdos o negociaciones se realizan con diversas autoridades del agua, que también saben cómo negociar. La base organizativa para ir a negociar el agua se mantiene al margen de las organizaciones formales constituidas; la organización formal del módulo: asamblea de delegados y comité directivo, o la representación en el comité hidráulico del Distrito no son ni los espacios de organización, ni los espacios de negociación. Las movilizaciones de regantes a causa de los estiajes datan desde antes de la transferencia del Distrito de Riego, la cual (ciertamente incompleta) ha fracasado en solucionar dos problemas: primero, la distribución desigual o inequitativa del agua entre aguas arriba y aguas abajo sobre los grandes canales del Distrito --problema típico de sistemas de riego administrados por el Estado (Bromley et al, 1980; Wade y Chambers, 1980; Bottrall, 1981: 27, 122, 137, 142; Bottrall, 1982; Bottrall, 1985: 13-14, 17, 37-38, 42.43; Chambers, 1986; Freeman, 1988; Shinn y Freeman,

236 Antología sobre riego

1988; ver también Wade, 1982). Segundo, y como consecuencia de lo anterior, no se ha logrado que los módulos transferidos sean los que negocien más agua, los que monitoreen la situación del agua, los que vigilen la existencia de patrones desiguales de riego y de cultivos, cuando precisamente, al decir de los mismos autores, la organización de los regantes en instituciones formales y su representación en las instancias más altas de la administración del sistema sería la solución a estos problemas. No obstante, aún después de la transferencia, los regantes continúan organizándose para negociar más agua durante la época de estiaje. La negociación de los módulos (las organizaciones formales) con las autoridades del Distrito de Riego se da en el seno del comité hidráulico. Dichas reuniones se intensifican durante la época de estiaje. De manera ordinaria, se realizan una vez al mes y en estiaje aumentan hasta dos por semana. A estas reuniones acuden el Jefe de operación de Distrito de Riego, el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego y las autoridades de usuarios de cada módulo, como los presidente de las Asociaciones Civiles (en caso de módulos transferidos) o los representantes del Ejido y pequeña propiedad (en caso de módulos no trasferidos). El fin de estas reuniones es negociar el volumen disponible para cada módulo, y resolver los problemas que presenten. Aunque hay módulos que no cuentan con representantes dentro del Comité Hidráulico, es el caso del modulo 05 Tepatepec. Sin embargo, esta negociación es insuficiente, por lo que surgen movilizaciones al margen de las estructuras formales. La organización informal para la negociación se gesta al interior de los módulos, ya sean transferidos, no transferidos o intervenidos, con mayores restricciones de agua. Es decir, aquellos módulos ubicados aguas abajo, y más particularmente, aquellos canales generales con mayor inestabilidad de flujo (como el Canal Principal Requena). La mayor respuesta organizativa proviene de los regantes con mayor restricción en el abasto, situación que coincide con los planteamientos de Wade (1979, 1988; ver también Palerm, et al, 2000). ESTUDIOS SOBRE LAS ESTRATEGIAS DE LOS REGANTES La organización de los regantes ha sido abordada principalmente como aquellas acciones dedicadas a las tareas de distribución y mantenimiento, así como otras

movilizaciones en época de estiaje en el distrito de riego 003 tula 237

tareas consideradas críticas para mantener la buena gestión del riego, tales como resolución de conflictos y mecanismos de rendición de cuentas por las autoridades. Sin embargo, se ha dado poca atención a estrategias organizativas de los regantes, consistentes en movilizaciones con el fin de negociar más agua, informarse sobre la situación del agua en el sistema, organizar cooperaciones para sobornar a los canaleros, establecer negociaciones y acuerdos con otros regantes (al margen de los administradores del sistema), apropiarse del agua, organizarse para custodiar el agua para evitar desvíos, operación de facto (aunque no oficial) de alguna parte del sistema, acciones de mantenimiento (Chambers, 1980; Meinzen-Dick, Raju y Gulati, 2000: 33-34). Así pues, la atención se ha enfocado más a la evaluación de las capacidades organizativas de los regantes para operar sistemas de riego que a sus estrategias en sistemas controlados por la burocracia del Estado. Adicionalmente estas estrategias posiblemente ha pasado “desapercibidas”, no obstante consistir en hechos conocidos y esperados por los ingenieros, debido a que, al igual que la respuesta organizativa en sistemas de riego vernáculos ante el estiaje o la sequía, consistente por ejemplo en la proliferación de “autoridades” del agua para vigilar y controlar la distribución, es una respuesta visible únicamente durante el periodo de emergencia, que desaparece con la regularización del los riegos (Palerm, 1999, 2001). Precisamente los problemas sentidos que llevan a estas acciones de organización “espontánea” son las que algunos autores, como ya señalamos, algunos autores han propuesto podrían solucionarse dentro de cauces instituciones mediante organizaciones formales de usuarios y la participación y representación formal de los regantes en la administración. En general, dichos autores señalan las ventajas del control de una conducta oportunista (consistente en acciones como robo de agua con o sin la participación de los encargados de operar) que permitiría solucionar la inequidad en la distribución entre aguas arriba y aguas abajo, y mejoraría la productividad global de la superficie de riego. Proponemos que la organización para la movilización anual en el Distrito de Riego 003 Tula corresponde a una estrategia para enfrentar problemas en la distribución de agua en el Distrito de Riego.

238 Antología sobre riego

EL DISTRITO DE RIEGO 003 TULA Las aguas utilizadas en el Distrito de Riego 003 Tula provienen de aguas negras de la Ciudad de México que llegan al Valle del Mezquital, sin recibir ningún tratamiento previo, a través del Emisor Central, el tajo de Nochistongo y el Túnel Nuevo y Viejo del río El Salto (continuación del Dren General del Valle); además de las aguas que se reciben del Valle de México, se aprovechan aguas pluviales en cuenca propia (Croquis núm. 1. Distrito de Riego Tula 003). Las aguas abastecen, además del Distrito De Riego 003 Tula, a los Distritos De Riego 100 Alfajayucan y 112 Ajacuba. La red de distribución del Distrito de Riego 003 Tula no fue construida con un diseño original para el servicio de riego. Desde finales del siglo XIX se fueron construyendo canales para aprovechar las descargas de las aguas residuales del Valle de México, y, de igual forma, se han abierto las zonas de riego (que a la fecha aún se siguen ampliando). Así, la red actual puede ser alimentada por las tres vías de descarga del Valle de México, y existen una serie de interconexiones que permiten llevar agua de riego a cualquier zona de riego desde prácticamente todas las fuentes de abastecimiento.

Cuadro 1. Relación de número de usuarios y superficie regada de los tres Distritos de Riego Distrito de Riego

Superficie regada

Número de usuarios

52, 270

36,947

100 Alfajayucan

39 025.17

25,667

112 Ajacuba

7,408.02

3,659

98 703. 19

66,273

003 Tula

Total

movilizaciones en época de estiaje en el distrito de riego 003 tula 239

La inestabilidad en el abasto del agua se da principalmente en los canales abastecidos directamente por el Emisor Central, ya que esta fuente de agua carece de vaso regulador; el canal más afectado es el Canal Principal Requena. Otros canales cuentan con presas reguladoras; por ejemplo, la presa Endhó abastece principalmente al canal Endhó, cuyo volumen se mantiene constante durante el año y, si bien en la época de estiaje aminora su volumen, no se ve tan afectado como el Canal Principal Requena. En el Distrito de Riego 003 Tula se siembra maíz y frijol, alcanzando una producción por hectárea de 11.5 ton/ha para maíz en promedio. También se cuenta con otros cultivos de importancia económica, tales como calabaza, coliflor, avena, tuna, tejocote, pimiento morrón, y gran variedad de chiles, aportando la cuarta parte de producción de este cultivo a nivel nacional. También tiene gran importancia el cultivo de alfalfa. EL MÓDULO DE RIEGO 05 TEPATEPEC Los límites de los módulos corresponden a las unidades de riego anteriores a la trasferencia. Cada módulo fue transferido para su administración a una Asociación Civil creada ex profeso. El módulo 05 Tepatepec, como otros módulos de riego del Distrito, consiste en un espacio geográfico contiguo que no comparte los mismos canales generales. Cuenta con tres canales generales paralelos que lo atraviesan1. Esta situación de entrada presenta un problema, ya que no existe una solidaridad o interés común de base hidrológica para todos los regantes que pertenecen al módulo (Coward, 1977). El módulo 05 Tepatepec se ubica aguas abajo, tomando como referencia los tres canales generales de los que se abastece. Su ubicación en el Distrito de Riego es la penúltima, situación que lo coloca en precariedad en comparación con los módulos de aguas arriba y, al igual que otros módulos situados aguas abajo, tiene una fuerte tradición y experiencia en movilizaciones. Sin embargo, no todo el módulo es afectado por igual. Dentro del módulo, los regantes que reciben el agua por el Canal Principal Requena (canal que recibe principalmente agua proveniente del 1  Hay un cuarto canal, paralelo a los anteriores, operado directamente por la Comisión Nacional del Agua, que fue construido después de la transferencia de la administración del módulo a una Asociación Civil.

240 Antología sobre riego

Emisor Central, y carece de vaso regulador), tienen los flujos más variables y mayor afectación en época de estiaje, siendo así los regantes con mayores afectaciones en época de estiaje, y, al mismo tiempo, son los que cuentan con mayor tradición y experiencia en movilizaciones al interior del módulo. A pesar de que el Canal Principal Requena, al recibir el agua del Emisor Central, es el canal que se ve más afectado en época de estiaje, muchos agricultores buscan regar sus parcelas con su agua, debido, aseguran los regantes, a su mayor nivel de fertilidad, ya que sus aguas vienen más “crudas”— es decir, sin haber pasado por procesos de decantación o filtración que afecte la cantidad de micronutrientes. En contraparte, las aguas del canal Endhó vienen más “claras” después de haber sido decantadas en la presa Endhó por varios días. Gracias a esta presa reguladora, normalmente no se presentan problemas de abasto, salvo el presente año (2011), durante el cual se quedó sin agua. Cada canal general riega superficies determinadas del espacio de riego del módulo 05. Aunque, es posible pasar agua de los canales en la cota más alta para regar superficies del módulo que son normalmente regadas por canales en la cota más baja. Esto ocurre en el caso del Canal Alto Requena, que puede bajar agua al Canal Principal Requena por medio de la compuerta 36. Por razones que no serán abordadas en este trabajo, el módulo 05 Tepatepec fue transferido a los usuarios; sin embargo, el 22 de febrero del 2007, la Gerencia del Distrito de Riego entregó su operación a un tercero. La Comisión Nacional del Agua no retomó su operación ya que, por ley, sólo puede operar la red principal y obra de cabecera. La operación del módulo de riego consiste en recibir un volumen de agua sobre cada canal general, y entregar, aguas abajo, al siguiente módulo, una cierta cantidad de agua. El aforo se realiza en puntos de control con las llamadas escalas gasto de entrada y salida. Cada canal general que atraviesa el módulo tiene un cierto número de compuertas en las cuales se realiza la entrega de agua a los usuarios (ver Cuadro núm. 2). En principio, los canaleros son los encargados de abrir las compuertas, aunque, con cierta frecuencia, ellos simplemente indican a los usuarios cuándo y cuánto deben de abrirse. Los canaleros determinan también el orden de riego para los regantes de cada compuerta.

movilizaciones en época de estiaje en el distrito de riego 003 tula 241

Es bastante típico que una compuerta pertenezca a más de una comunidad, y que una comunidad pueda abastecerse de más de una compuerta, o incluso de canales y módulos distintos. Ejemplos de compuertas que abastecen a regantes de varias comunidades: La compuerta ‘El Sifón’ (también conocida como El Nueve del Canal Principal Requena) abastece al Ejido Veracruz (ejidatarios asentados en la localidad Colonia Dos Cerros) y a pequeños propietarios (minifundistas) de la localidad Colonia Dos Cerros y de la localidad G Parres. La compuerta 23 Vieja del Canal Principal Requena (que es la que riega más superficie en el módulo) abastece a pequeños propietarios (minifundistas) de las localidades de El Tothie, El Bocaja, El Quemta, El Olvera, El Nativitas y El Rosario. La compuerta 40 del Canal Principal Endhó abastece a pequeños propietarios (minifundistas) de las localidades Emiliano Zapata y San Salvador. Curiosamente, la superficie de la localidad San Salvador corresponde al módulo de riego 05 Actopan. Ejemplo de comunidades que se abastecen de distintas compuertas, canales y módulos: La comunidad de Tothie riega por las compuertas 4, 6 y 7 del Canal Alto Requena del módulo 01 Actopan, y las compuertas 23 Vieja y 23 Nueva del Canal Principal Requena del módulo 05 Tepatepec. La comunidad San Juan Tepa riega por la compuerta 49 del Canal Alto Requena, y por las compuertas 15, 16, 17 y 18 del Canal Principal Requena. La ausencia de correspondencia entre la compuerta por la que se riega y la localidad a la que pertenecen los regantes dificulta la cooperación. Las razones son bastante obvias: la cercanía facilita ponerse de acuerdo, y, adicionalmente, las comunidades cuentan con una estructura organizativa que pueden desplegar para diversos propósitos.

242 Antología sobre riego

In general, we would expect less participation where farmers live in different villages […] By contrast, where people are used to interacting in a common neighborhood or other social sphere, the marginal cost of getting together for irrigation is lower, and enforcing rules is easier if people want to protect their reputation and goodwill because of linkages between irrigation and other activities. (Meinzen-Dick et al, 2000). La dificultad para cooperar también aumenta cuando no se comparte el mismo canal, por ausencia de solidaridad de base hidrológica; como señala Coward (1977), cuando no existe correspondencia entre canal y comunidad, la base organizativa necesariamente debe ser el canal. Sin embargo, el canal no es la base organizativa para los módulos, y hay regantes que, aun compartiendo el mismo canal, están separados por los límites artificiales de los módulos. Los canaleros del módulo, al ser operado este por un tercero ajeno a los usuarios, son contratados y responden a la autoridad del módulo. Sin embargo, los usuarios han logrado conservar dos canaleros ‘propios’, que controlan ocho de las veintitrés compuertas del Canal Principal Requena, y todas las compuertas del Canal Endhó en los tramos correspondientes al módulo. Los canaleros ‘de los usuarios’ aunque no cuentan con una formación profesional en el ramo, tienen más de siete años de experiencia en la distribución de agua. La forma de trabajo de los canaleros ‘de los usuarios’ es diferente a la de los canaleros contratados por el módulo, y está basado en una mayor participación de los regantes. Durante la época de estiaje, los usuarios determinan o ajustan en la compuerta el rol de riego de cada día con respecto al rol de riego propuesto, logrando así un consenso en presencia del canalero colocado por los regantes. De esta manera, los regantes están de acuerdo con el rol de riego, y, al formar parte de la toma de decisiones, se sienten comprometidos y tratan de que el rol se respete, vigilándose los unos a los otros. Los canaleros ‘del módulo’ deciden quién va a regar y a qué hora, ocasionando que los agricultores discutan con el canalero si no están de acuerdo, o incluso entre ellos al sentir cierto favoritismo por parte del canalero. Sin entrar en detalles,

movilizaciones en época de estiaje en el distrito de riego 003 tula 243

Cuadro 2. Canales y compuertas Canal Alto Requena

Canal Principal Requena

Canal Endhó

Numero de compuertas

36

23

29

Rango número de usuarios por compuerta

3 a 116

1 a 414

5 a 68

1.42 y 84

0.95 y 552.93

2 a 129.98

1,235

1,993

879

960.85

3,613.87

1,305. 76

Un solo canalero del km 9 al km 23

Tres canaleros

Un solo canalero del km 32 al km 41

Uno, del ‘módulo’

Dos del ‘módulo’ y uno ‘de los usuarios’

Uno, ‘de los usuarios’

Rango superficie de riego por compuerta (ha.) Total usuarios Total superficie (ha.) Operado por

Institución del Canalero

se constató, por la situación de cultivos regados por la misma compuerta, que existe una distribución inequitativa del agua por compuerta2. Los regantes de cada compuerta pueden tener un representante, localmente conocido como zanjero. El zanjero se encarga de revisar que este limpia la zanja o zanjas por donde regará el usuario. El zanjero es un usuario de la compuerta, propietario, no rentero, que vive cerca del canal, que se dedica a la agricultura como forma de vida y que habita con su familia en alguna de las localidades cercanas. La selección de zanjero se realiza por elección de los usuarios y el visto bueno del canalero; o bien el canalero puede sugerir al posible zanjero, y los usuarios pueden acreditarlo o proponer otra persona. Lo más importante al elegir al zanjero es que tanto el canalero como los usuarios confíen en él. 2  Un ejemplo es el contraste entre las parcelas con registro 4659 y 4667, que riegan por la compuerta 19 del canal Endhó, con una superficie de 0.53 hectáreas en el caso de la primera, y de 2.082 hectáreas, en el caso de la segunda. El cultivo que presentan es alfalfa, tienen las mismas fechas de siembra, pero una va en su tercer riego, y la otra en el quinto. Otro ejemplo es el contraste entre las parcelas con registro 14168 y 14185, la primera con una superficie de 0.61 hectáreas, y la segunda de 2.00 hectáreas. El cultivo sembrado es maíz, con una diferencia en el estrés hídrico de la planta y el tamaño de la misma.

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Hay mayor número de zanjeros en las compuertas operadas por canaleros ‘de los usuarios’ que en compuertas operadas por canaleros ‘del módulo’. La actual administración por terceros del módulo ha quitado zanjeros, y, en estos casos, el canalero es el que revisa la zanja regadora hasta la parcela. INICIA EL ESTIAJE La época de estiaje en el Distrito de Riego 003 inicia en Semana Santa debido a la salida de habitantes de la Ciudad de México por vacaciones, esta salida provoca una disminución del flujo de agua proveniente de la Ciudad. Adicionalmente, año con año se aprovechan estas fechas para dar mantenimiento al Emisor Central. Sin embargo, durante este año (2011) en particular surgió un problema durante el mantenimiento: se hizo un tapón que no permitió el flujo de agua durante 15 días, situación que acrecentó el estiaje. Al quitar el tapón, ocurrió otro imprevisto: un accidente automovilístico, lo que obligó al cierre del Emisor para secar los canales y poder extraer los cuerpos. Un factor adicional fue la ausencia extraordinaria de precipitación pluvial. Las presas de almacenamiento (Endhó, Requena y Taxhimay) se encontraban entre un 24 a 35 por ciento de su capacidad, y se empezó a extraer mayor volumen del autorizado, que aun así fue insuficiente para satisfacer la demanda de los cultivos establecidos. INICIAN LAS MOVILIZACIONES A continuación se describe la organización para ir a negociar, por compuerta, por tramo de canal por canalero, por comunidad, por módulo y en unión con otro módulo. En el Cuadro núm 3 Las movilizaciones en números, se presenta un concentrado de la movilizaciones del módulo 05. La organización por compuerta La primera forma de organización que se observó en este año, fue la organización por compuerta. En el caso de compuertas con zanjero o autoridad de la zanja, el proceso inicia cuando los regantes van a visitar al zanjero o autoridad a su casa, o directamente en la compuerta, debido a una inquietud por “hacer algo” para traer

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el agua. De esta manera, grupos de cuatro o cinco personas acuden con el zanjero: unos días acuden unos, y otros días acuden otros; pero en ese lapso hay alguno que fue con diferentes grupos y les informa que existen más interesados; o también cada regante comenta a las personas más cercanas a él (amigos, familiares, vecinos) de su localidad sobre la necesidad de reunirse. Finalmente, se coloca un anuncio en la compuerta con una hoja o cartulina, con el siguiente texto: “Se cita a una reunión a los usuarios de la compuerta 16 para hablar sobre el estiaje el día 14 de Mayo a las 7:30 en la compuerta”. Este anuncio puede ponerlo cualquier usuario de la compuerta, apoyado por otros dos o tres regantes. Otros regantes notan el comunicado cuando acuden a pedir agua, y preguntan quién colocó el anuncio y, aunque no tenga un cargo, los campesinos acuden por el interés que tienen para organizarse, no importando mucho quién haya iniciado la propuesta de reunión. Al llegar a la reunión, los campesinos se saludan de mano los unos a los otros sin preguntar quién fue el que los convocó, y comienzan a conversar sobre el estiaje (pláticas que son a veces precedidas por saludos, charlas sobre la familia y problemas personales); se forman grupitos de personas que se tienen afinidad (es decir, cada campesino llega a la reunión y se introduce en una conversación en el grupo de su elección). Más tarde, desde alguno de los grupos que están charlando se menciona que deben ponerse de acuerdo y que ya esperaron suficiente para comenzar la reunión como tal. Uno, dos, o hasta tres campesinos pasan al frente para fungir como moderadores (estas personas no se eligen, si no que salen por ellas mismas) y así da inicio la reunión. Se tratan aspectos sobre el estiaje; los campesinos describen la situación particular de su parcela y los demás escuchan y se va tomando en cuenta cada comentario que se dice, de tal manera que todos los que están ahí conozcan la situación de sus compañeros. Al terminar los moderadores o el moderador, les dice que ahora es momento de decir qué se puede hacer. La siguiente parte de la reunión consiste en las propuestas, algunos campesinos proponen ir a las oficinas del módulo de riego en la cabecera municipal de Tepatepec, otros que a las oficinas del Distrito de Riego 003 en Mixquiahuala y así diferentes opiniones, algunas emitidas al mismo tiempo, que no dejan escuchar a sus compañeros. La discusión continúa hasta que se llega a un acuerdo sobre las opciones y las votan, siguen el mismo procedimiento para la hora y el día; por último deciden qué van a decir y quién los va a representar.

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La forma de elegir al representante es muy rápida: algunos mencionan que el representante puede ser uno de los regantes que fungió como moderador, y otros proponen a campesinos de su comunidad. Lo importante es que sean usuarios de la compuerta, no importando que sean de diferentes comunidades. Prefieren regantes letrados: el maestro, el ingeniero, etc. Subsecuentemente, en caso de que la persona propuesta esté presente, los campesinos le preguntan si acepta representarlos; si la persona propuesta está ausente, preguntan la causa y, en caso de que no asistiese a la reunión por motivos de fuerza mayor (tiene un hijo enfermo, falleció un familiar), los regantes valoran si es o no un buen prospecto para ir como su representante : que es una persona responsable que de otra manera hubiera acudido y que es conveniente que los represente. Finalmente, si la persona ausente es la seleccionada, se pide a algún vecino que le avise lo propuesto, y que le informe que ha sido citada para una nueva reunión. A la persona propuesta se le pregunta si quiere acompañarlos y hablar por ellos; se le explica que fue elegido por tener mayor facilidad de palabra, ser estudiado, por conocer el tema, por la confianza que tienen en él, etc. Si no acepta, se elige a otro que pueda representarlos al momento de negociar el agua. En la organización por compuerta no se juntan con la organización de otra compuerta. Las negociaciones se realizan, por lo regular, con las autoridades del módulo de riego en las oficinas del módulo. La organización desaparece después de la reunión con las autoridades del módulo. Es la primera organización en aparecer en el estiaje pero es también la primera en desaparecer para evolucionar a otras más complejas. La organización por tramo de canal por canalero Se entiende por ‘tramo de canal por canalero’ al tramo de canal general que opera un solo canalero. El tramo puede ser más largo o más corto, lo que depende, por regla general, de la cantidad de hectáreas que riegue. Es decir, un canalero puede operar solo cinco compuertas que rieguen 1500 hectáreas, mientras que otro canalero puede operar quince compuertas que rieguen el mismo número de hectáreas. La organización que se forma durante el estiaje por ‘tramo de canal de canalero’ reúne a los usuarios que el canalero atiende directamente. En el caso del módulo 05 Tepatepec: el Canal Endhó y el Canal Alto Requena son atendidos

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cada uno por un canalero, mientras que el Canal Principal Requena es atendido por tres canaleros. El proceso organizativo de ‘tramo de canal por canalero’ inicia en las compuertas, con las pláticas de los regantes con el canalero, y con los comentarios entre usuarios en las comunidades: “No, ‘hora si el Miguel [canalero ‘del módulo’] anda bien mal, pobre no… ¿de dónde sacará pa darnos agua si no le dan?” “Si el Ebert [canalero ‘de los usuarios’] ya me dijo que no hay agua. Pero también, ¿qué haremos? Pues ni modo, tenemos que ir a ver ... para que le den más agua, sino ¿cómo le va a hacer pa darnos para regar las parcelas?” Poco a poco, los usuarios deciden ir a comprobar si es verdad lo que dicen, para lo que van a preguntarle al canalero si lo escuchado (“que no tiene suficiente agua para darle a todos como en época normal”) es verdad. Aunque los regantes se preocupan y lo entienden, están forzados a pedirle al canalero que comprenda su situación. Después de varias ocasiones en que ocurre lo mismo, los regantes deciden acudir en nombre del tramo a que le den más agua a su canalero, para este, a su vez, pueda repartir el agua con mayor rapidez a las parcelas. Esta organización se basa en la solidaridad de los regantes para con su canalero, para poder apoyarlo y que este pueda ayudarlos en sus riegos; y se presenta en el caso de los canaleros ‘de los usuarios’ y en el caso de un canalero ‘del módulo’ que, dicen los regantes, se ha ganado su simpatía, por su buen trabajo y empatía con los regantes. En el caso de los canaleros ‘del módulo’, si los regantes quieren movilizarse para que a su canalero le den más agua, el canalero los detiene, ya que puede ser sancionado por los jefes del módulo (por “alebrestarles” a la gente), la situación es diferente con respecto al canalero ‘de los usuarios’, que tiene el respaldo de los regantes y que, en el caso de tener problemas con las autoridades del módulo, es muy probable que los regantes lo defiendan a través de su representante, pero el canalero “del módulo” se hace acreedor a una sanción e incluso podría perder el empleo por alborotador. En una primera fase, aunque los canaleros “del módulo” pueden detener a los regantes diciéndoles que arreglarán el abasto de agua, al aumentar el estrés hídrico

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en los cultivos, los regantes acuden al módulo a negociar, pero idean estrategias para evitar que al canalero le llamen la atención, así mencionan que es muy bueno en su trabajo, que el problema es ajeno a su persona y que el interés de los regantes no es cambiarlo, solo que le autoricen mayor gasto en sus compuertas ya que con la cantidad de agua que le destinan no cubre las demandas de agua. Los usuarios van a las oficinas del módulo y negocian. Cuando regresan buscan al canalero y le mencionan lo que lograron: mayor numero de roscas autorizadas, más días abierta una compuerta, etc. El canalero, a su vez, llama al módulo por radio y pregunta al inspector para cerciorarse de que la información es verídica, pidiendo entonces autorización para ejecutar los acuerdos. Los canaleros ‘de los usuarios’ y aún con mayor razón los ‘del módulo’, no van con los usuarios a negociar, sino que siguen con su trabajo de manera rutinaria. Nuevamente, al igual que la organización por compuerta, esta organización por tramo de canal se desvanece (o revierte a la situación de latente, pero no activa) al tener el agua para regar sus cultivos o cede su lugar a otras organizaciones más complejas si continúa el estiaje. La organización por comunidad La organización por comunidad no es típica, como dicen los regantes: “No, casi no. Mejor vamos por canal o por compuerta, pero así como pueblo no mucho.” “Pues sí, pero casi no mejor vamos juntos con más gente ajena de aquí del pueblo”. La explicación, como ya señalamos, radica en que la solidaridad hidrológica no coincide con la comunidad, los vecinos de una comunidad no necesariamente comparten compuerta, canal o incluso módulo. No obstante se hace uso de la organización y autoridades comunitarias. Los regantes acuden con alguna de las autoridades locales: comisariado ejidal, delegado municipal, juez de paz o con alguna otra persona, actualmente sin cargo, que ayudó en otras negociaciones, cuando consideran que su saber es mayor que el de la persona que actualmente ostenta un cargo. También se da el caso de que la nueva autoridad desconoce cómo proceder y él mismo acude con la persona que ocupó

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antes el cargo, para que le aconseje qué debe hacer. Así, por ejemplo, se observó que el actual Comisariado Ejidal acudió a buscar a su antecesor, y le permitió que guiara la reunión y negociación en las oficinas del módulo de riego, quedando él como simple observador. Lo primero que hace la autoridad local (comisariado, delegado municipal, juez de paz) como representante es escuchar y buscar alternativas de solución. Es muy común que él mismo acompañe a los regantes inquietos para convocar a la gente. La reunión se realiza en algún punto de la localidad, como el kiosco, en la CONASUPO del pueblo, o en las canchas de Básquet. Cuando logran ya juntarse entre 30 a 80 regantes acuerdan acudir a las a las oficinas del módulo de riego y dialogar con los ingenieros sobre la situación de estiaje. Antes de ir, discuten entre ellos y se ponen de acuerdo sobre los problemas y alternativas que van a presentar: por ejemplo, la situación de la compuerta 13 con dos riegos, etc. Posteriormente, se decide una fecha y hora para acudir al módulo de riego. En caso de que la autoridad local (comisariado, delegado municipal, juez de paz) representante de la comunidad esté ocupada de lunes a viernes, manda a alguien al módulo para que avise que la comunidad (por ejemplo, “Lázaro Cárdenas”) desea hablar con las autoridades del módulo sobre el problema del estiaje, por lo que solicitan su presencia el día sábado o domingo en las oficinas del módulo de riego. Los regantes acuden a la reunión de manera pacífica. El representante pide una explicación sobre la situación de estiaje, y arregla algunos riegos de más o un mayor gasto (mayor número de roscas trabajando por compuerta), al terminar la negociación se retira con los regantes. Este tipo de organización solo surge cuando es necesaria, desapareciendo muy rápido una vez tomado el acuerdo, y resurgiendo cuando no se ha cumplido lo acordado. Sin embargo, cuando el estiaje dura más tiempo, los campesinos deciden unirse para conformar organizaciones más grandes. La organización por módulo Conviene puntualizar que la movilización que se realiza año con año en el módulo 05 corresponde a los regantes que se abastecen por el Canal Principal Requena y que, ante la situación de estiaje extraordinario de 2011, los regantes del módulo que se abastecen por el Canal Alto Requena y por el Canal Endhó se unieron a las

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movilizaciones. No obstante, es bastante común oír hablar de los líderes por módulo en el Distrito, así el líder del módulo 05. Los regantes del Canal Principal Requena, en respuesta a las constantes fluctuaciones que sufre su canal (golpes de agua o ausencia de agua), han desarrollado una organización funcional, que les permite movilizarse cuando lo consideran necesario y cuando hay problemas en los otros canales generales del módulo, los regantes de esos canales se unen a la estructura ya formada. Al unirse, buscan un representante que pasará a denominarse; líder del módulo, que hable por ellos ante las diversas autoridades de CONAGUA y Secretarías del Estado. Este tipo de procesos se dan en todo el Distrito de Riego, más o menos similares pero no al mismo tiempo, ni llegan al mismo grado de complejidad, la organización es más intensa y coordinada en los espacios con mayores restricciones de agua. Existen variantes o diferencias en los estilos de negociación: por ejemplo, el módulo Actopan tiene fama de cerrar carreteras, y, en el 2011, el módulo Tlahuelilpan abrió de manera simultánea todas las compuertas del módulo para mostrar su enojo (lo que causó enormes problemas a la operación del Distrito). La movilización del módulo 05 Los regantes acuden a buscar a un ‘líder’ para que les “ayude a ir” con los jefes para negociar problemas del agua. Los regantes empiezan a comentar entre ellos el problema del desabasto por estiaje y van, primero, de manera individual a la casa o a la parcela del ‘líder’ y le platican el problema que cada uno tiene. A su vez el ‘líder’ acude al canal para hablar con el canalero sobre la situación de la parcela del campesino y buscar cómo ayudarlo. Luego este campesino le platica al otro y así empiezan a ir uno por uno con el líder, luego ya de dos en dos y así, hasta que la información corre como un rumor por la comunidad de donde es originario el regante con problemas, luego se extiende a otras comunidades. Incluso se llegan a poner fechas de reuniones, sin el conocimiento del líder, que de repente, ya tiene 15 o 20 campesinos enfrente de su casa. De esta manera, el líder, vecino de una localidad perteneciente al módulo de riego, es cada vez más visitado y más presionado, hasta que decide citar a los usuarios a una reunión para organizarlos y llevarlos ante las instancias correspondientes. En pocos días, las comunidades aledañas, e incluso de otros canales de riego

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(pero del mismo módulo) se informan y acuden a la reunión con el líder que los ha citado. Es importante mencionar que entre los regantes del módulo se encuentran los rentistas, que acuden a las reuniones y apoyan las movilizaciones. El líder menciona que es mejor organizarlos y llevarlos “porque así están informados y tranquilos” y él también puede dedicarse a su cosas. De no llevarlos seguirán llegando a su casa día con día, “hasta que no los junte a todos y los acompañe”. Movilización a las oficinas del Distrito de Riego y recorrido En la reunión de los regantes, el líder proporciona información que previamente preguntó por teléfono al Jefe de Distrito y al Jefe de Operación. Los usuarios hablan de la necesidad de ir a las oficinas del Distrito a ser vistos, y el líder propone fechas, que, junto con un lugar de salida de los regantes, son establecidas por consenso. Al término de la reunión, el líder los incita a invitar a más regantes interesados, señala que los espera en el lugar y hora acordados, y menciona lo importante de su presencia y colaboración. A su vez, los regantes informan en sus comunidades de la fecha, hora, lugar de salida, y que la persona que los llevará es don fulano, vecino de la comunidad del Rosario. El día esperado a la hora indicada los campesinos se reúnen en la entrada de la localidad El Rosario. Es un lugar cómodo, todos pueden estacionarse, pueden charlar y, al estar ubicado sobre la carretera que lleva a Pachuca (si van a las Secretarías) así como a Tula (si van a las oficinas del Distrito de Riego ubicado en Mixquihuala). Apenas llega, el líder se baja de su camioneta para hablar con la gente allí reunida, y para cuando voltea ya tiene su camioneta llena con regantes que quieren ir con él, y que le tienen mucha empatía. Las señoras corren a saludarlo de beso y a subirse en la parte delantera de su camioneta. Empieza a organizar el traslado preguntando quién trae camioneta para ir acomodando a las personas. Las camionetas van pasando con sus dueños, acomoda a las mujeres adelante, y los hombres se sientan en la parte de atrás. Al terminar de acomodar a su gente, les dice que lo sigan y que tengan cuidado pues llevan gente y que irán despacio. Les enseña un ademán que deben recordar, el cual indica que no deben rebasarse y que deben disminuir su velocidad, les pide que eviten formar dobles filas para no afectar a los demás, así la formación es uno atrás de otro. Salen en caravana treinta y seis

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camionetas, doce vehículos y dos microbuses, y, entre risas y tacos y tlacoyos, que llevan las señoras, van comiendo y riéndose todo el camino. En las oficinas del Distrito de Riego 003, ubicadas en Mixquihuala, los medios de comunicación regionales ya están listos para tomar la nota. El líder ha convocado por llamadas telefónicas a las televisoras y a los periódicos estatales para proteger a sus agricultores de cualquier discriminación, ya que considera que frente de los medios de comunicación deberán ser mejor tratados en sus negociaciones. Al llegar a las oficinas del Distrito de Riego 003, todos los regantes se bajan y entran a las oficinas detrás de su líder. En la oficina no caben todos, por lo que muchos quedan afuera. Algunos de ellos quieren hacer destrozos y abrir las puertas, pero el líder alcanza a escucharlos y les dice que tranquilos que van a hablar con el Ingeniero no a pelear, que por favor guarden silencio. En la oficina del jefe del Distrito de Riego les dicen que el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego 003 Tula no está; por lo que el líder le pregunta a la secretaria que dónde está el Ingeniero. La secretaria dice que el ingeniero está en el Emisor Central en un recorrido. A lo cual se escucha un grito unísono de los regantes de ir a alcanzarlo a donde sea para hablar con él. La secretaria les dice que intentara comunicarse con él por teléfono sin embargo al poco les señala que el Ingeniero no contesta y que no sabe dónde localizarlo exactamente. Por lo que los regantes deciden ir con el siguiente en la cadena de mando del Distrito, el Jefe de Operación. Salen de la oficina del Jefe del Distrito y van a la oficina del Jefe de Operación, ubicada en otra área de la misma institución. Una vez más, entran todos los que pueden. El Ingeniero propone que formen una comisión a la que con gusto atenderá; a lo cual los campesinos responden con una rotunda negativa, y le hacen saber que debe salir a hablar con todos. El Jefe de Operación sale quejándose, diciendo que al que deben buscar es a su jefe, cuestionando al líder por llevarle gente, porque “son amigos, y eso no se hace”, y que es mejor hablar en una comisión más tranquilos. Sin embargo, sale eventualmente a la calle, donde todos los campesinos lo esperan y lo suben a una camioneta con el líder para que hable con todos. El Jefe de Operación comienza a hablar y da un informe sobre la situación de las presas, haciendo mención a la falta de lluvias, y a la falta de aporte al sistema por el Emisor Central. Al terminar de hablar, los campesinos demandan a gritos que les demuestre sus palabras, por lo que el Ingeniero sugiere un recorrido para

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su comprobación, a lo que manifiestan su acuerdo los campesinos. El líder le pide al Ingeniero que, por favor, los acompañe a las diferentes presas y al Emisor Central para verificar si la información dada es certera. El Ingeniero sube a su camioneta y avisa que, por favor, lo sigan. El líder acomoda a su gente más rápido y les pide vayan con cuidado, ordena una sola fila para no afectar el tráfico vehicular y les solicita ser cuidadosos porque llevan gente en la parte de atrás de las camionetas. El líder va en la camioneta del Jefe de Operación, cuidando que los demás vayan atrás. Sin embargo, algunos se adelantan y se pierden, aunque luego se los vuelve a encontrar por medio del uso del celular. El Jefe de Operación se comunica con el Emisor Central por radio para avisar que lleva un aproximado de 450 a 530 regantes que desean ingresar al Emisor para corroborar que, efectivamente, no tiene agua, por lo que pide autorización para el ingreso de las personas. Por radio le confirman que pueden ingresar siguiendo ciertas normas. El Jefe de Operación le pide al líder que por favor controle a su gente en la visita al Emisor. Al llegar al Emisor el líder habla con la gente, pidiéndoles que no hagan destrozos, griten o cometan algún acto de vandalismo y les promete que habrá un espacio para el diálogo y para esclarecer dudas al final del recorrido. Todos los campesinos acceden a las instalaciones y se solicita al Ingeniero encargado del Emisor que provea información del por qué no hay suficiente agua. A su vez, los campesinos constatan que no hay agua, recorren todo el Emisor, ven la escala de entrada que tiene y examinan la humedad en las paredes de cemento del Emisor para verificar que no haya signos de agua acomodada antes de su llegada. “Mira, sí se ve poquita agua, y se ve que no ha subido.” “No hay marcas que haya habido agua en días. Mira, la pared no se ve mojada”. Al final del recorrido el Ingeniero los lleva a un lugar en el mismo Emisor ahí habla, tranquilo, con los regantes y les explica qué pasa en el Emisor. Los regantes preguntan sus dudas sobre el Emisor, y, cuando salen, aunque más tranquilos, deciden ir a las presas en compañía del mismo Ingeniero. Los regantes suben a las camionetas y van en caravana a la primera presa, la más cercana al Emisor Central, la presa Requena. Al llegar, el Ingeniero manda

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traer al presero para que les explique la situación, y los regantes recorren la presa para verificar que sea verdad. Se repite la misma estrategia que en el Emisor; los campesinos se acercan a la orilla de la presa para verificar que no haya estado más llena anteriormente, observan la escala que se encuentra pintada en la pared de la orilla de la presa. Efectivamente, la marca es muy baja y no hay agua. En seguida abordan los vehículos y van a la siguiente presa, La Endhó, la recorren y verifican que efectivamente no tiene agua. Después se hace mención de la última presa, la presa Taxhimay, está muy lejos y que sería bueno ir otro día, pero le exigen al Ingeniero Jefe de Operación que por radio pida la situación actual de la presa y que todos pudieran escuchar la respuesta, lo cual el Ingeniero hace de inmediato. En este punto, los regantes se encuentran ya cansados y asoleados, pero dialogan de igual manera con el Jefe de Operación, haciéndole ver que entienden la situación, la escasez de agua en las presas y el Emisor, pero que entienda él a su vez que sus cultivos se están “marchitando” por falta de agua. Por lo que se hace un trato: los regantes se comprometen a no tomar más agua sin permiso y a cambio: En el Canal Principal Requena se piden ajustes a sus tomas a lo cual el Ingeniero menciona que eso tendría que verlo pero les autoriza otros dos riegos (dos compuertas trabajando 24 horas - en promedio riegan un hectárea en 3 horas) durante una semana. En los otros dos canales Canal Alto Requena y Canal Endhó, se pide mayor número de riegos, los cuales son autorizados. La movilización cuenta con regantes de todo el módulo de riego y un líder que los representa a todos, pero las negociaciones se centran en cada canal de riego del módulo. Durante la negociación, se discute la situación de cada canal de riego del módulo, y se consiguen acuerdos para cada uno. El líder agradece al Ingeniero por su atención y le señala que le gustaría que se reuniese más seguido con los regantes con el fin de informar. Los regantes aplauden por la atención brindada y se muestran agradecidos. El Ingeniero les dice que cuando gusten que para eso está. En la negociación, los regantes se comprometieron a participar en la supervisión, y que, en ese momento, van a checar el Canal Principal Requena y entregar

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un informe. Para la supervisión, el líder le pide al Ingeniero la programación del Canal Principal Requena, las compuertas que están trabajando (abiertas), y con qué número de roscas (abertura de la compuerta) para poder ir a checarla en campo, y entregar el informe acordado. Los regantes van al canal y, junto con el líder, revisan compuerta por compuerta del Canal Principal Requena (en el tramo del módulo 05), contando las roscas y ajustándolas de acuerdo a la programación. En cada compuerta, el líder pide a los usuarios de la compuerta que se organicen para cuidarla, se dividen 24 horas (un día) entre el número de usuarios presentes de esa toma, y de esta manera ya saben cuantas horas le toca a cada uno cuidarla; el líder les recomienda que busquen a los otros usuarios de la compuerta para que los ayuden en la supervisión durante la semana que el agua esté en el módulo. El líder señala que cualquier observación o acontecimiento con respecto a su compuerta, le hablen a su celular a la hora que sea para que él pueda hacer llegar la información al Jefe de Operación, y este movilice al personal del módulo. El recorrido termina a las 22:30 horas. El líder se despide de los usuarios, señalando que todos están muy cansados. Los regantes contestan que no confían en la Comisión Nacional del Agua (CNA o CONAGUA), y que les gustaría ir a otra institución para tener más apoyo con el problema de sus cultivos. Se sugiere ir a las oficinas de las Secretarías de Gobernación o de Agricultura (SAGARPA) en Pachuca. Movilización para negociar con Agricultura (SAGARPA) en Pachuca Finalmente, se decide salir al otro día a las nueve de la mañana, ya desayunados a las oficinas de la Secretaria de Agricultura (SAGARPA) y de ser necesario a las oficinas de la Secretaría de Gobernación en Pachuca, se acuerda el lugar de concentración. Para terminar, el líder le pide a cada usuario con camioneta que, debido a la hora que es y a la falta de transporte, por favor lleve a la gente que trae a sus casas. Agradece su apoyo, y todos se dan un aplauso. Al día siguiente, la salida es rumbo a Pachuca, aunque aún no saben el destino exacto. Se barajan dos posibles opciones: Agricultura (SAGARPA) y Gobernación. En principio se propone ir a las oficinas de ambas secretarías. Al igual que el día anterior, el líder organiza el acomodo de los campesinos en las camionetas y, con el líder a la cabeza, salen en caravana unas 38 camionetas con un promedio de 8 a 10 personas por vehículo.

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En cuanto llegan a las oficinas de la Secretaria, el líder sube a la oficina del Secretario para pedir una audiencia. El funcionario, sin embargo, no se encuentra: les informan que está en una reunión en la Huasteca: Por lo que el líder pide una audiencia con el Jefe del Distrito de Riego Tula (mencionando que un día antes no lo pudieron encontrar) y con el Jefe a nivel estatal de la CNA para arreglar la situación. para hacer presión, los campesinos comienzan a decir que no se irán sino hasta que los atiendan. En respuesta, los funcionarios de la Secretaria piden el favor de una hora y hora y media más para poder atenderlos. Los regantes, tranquilos, esperan en las instalaciones de la Secretaria. No agreden ni molestan a nadie, solo esperan sentados a que llegue la hora a la que les han dicho van a ser atendidos. Mientras esperan, platican entre ellos, y algunos sacan tortas, tacos o jugos para comer. Después de la hora y media acordada, el líder entra a las oficinas a ver qué ha ocurrido; los funcionarios le señalan que solicitan que los campesinos formen una comisión que los represente para poder dialogar, argumentando no tener espacio para que pasen todos. El líder sale y da la información, a lo cual los regantes contestan que no y que el funcionario salga y dialogue con todos aunque sea en la calle. Finalmente, abren un auditorio en la Secretaria donde todos entran en silencio. Aunque apretados, se empieza la reunión. Se les da la bienvenida a los regantes, y se menciona que el Secretario de SAGARPA no se encuentra, y que el Director Estatal de la Comisión Nacional del Agua está atendiendo otra manifestación de usuarios también del Distrito de Riego 003 Tula, pero del módulo Tlamaco - Juandhó en la Secretaría de Gobernación. No obstante, envía al secretario del Director Estatal de la Comisión Nacional del Agua, y al Ingeniero en Jefe de los Distritos de Riego 003 Tula, 100 Ajacuba y 112 Alfajayucan. Se da la indicación de levantar la mano para solicitar una intervención y se le da la palabra al líder campesino. El líder agradece la atención brindada por parte de la Secretaria, y le envía un saludo al Secretario de SAGARPA de parte de todos los campesinos. Hace mención del recorrido realizado el día anterior al Emisor y a las presas, señala que reconocen la situación en la que se encuentran y proporciona los datos que le fueron dados por los preseros y el Jefe de Operación. A manera de queja, señala que el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego 003, 100 y 112 no se encuentra en el Distrito cuando lo necesitan, y que esto ocurre de manera constante.

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Los temas planteados por el líder para la reunión son: La necesidad de terminar las reparaciones del Emisor Central, para lo cual piden el apoyo del Gobernador y del Secretario de SAGARPA. Que con los siete días de agua que la CNA ha asignado al módulo 05 para cubrir sus riegos, no alcanzarán a regar todos. El mal manejo del módulo [se recuerda que el módulo 05 está intervenido y operado por terceros]: demasiado personal con sueldos muy altos, y problemas con la distribución. El líder prioriza el tema del agua en estiaje, pero hace énfasis en que el segundo tema a tratar es el término de la administración del módulo por aquellas personas contratadas por la CNA. La respuesta del secretario del Director Estatal de la Comisión Nacional del Agua es que ‘todos son amigos’, y que estos problemas se deben resolver platicando como personas civilizadas. El secretario invita a los usuarios a permanecer en orden y expresar sus ideas, y el líder indica a los usuarios que todo debe llevarse tranquilo y ordenado por lo que la forma de intervenir es levantar la mano uno por uno y así se atenderá a todos. Ejemplos de intervenciones de los regantes: El Comisariado Ejidal del Rosario toma la palabra y señala que el Ingeniero en Jefe del Distrito no les hace caso, que cuando lo invitan a una reunión no asiste, y solicita que cuando lo inviten asista y no los rehúya. Indica que en las partes altas del Distrito se están regando alfalfas, y que ellos ni maíz han regado. Un regante señala que al Emisor Central se le de mantenimiento en una fecha diferente, que se le hable con el jefe de la Ciudad de México para que cambie la fecha, pues, año con año, los regantes se ven muy afectados por esta situación. Un regante de la Colonia Veracruz le solicita al Ingeniero en Jefe del Distrito que se gire la orden para que realmente se atienda a los cultivos mas urgidos o necesitados y no se esté repartiendo el agua inequitativamente. Un regante de la compuerta 16 del Canal Principal Requena señala que el riego de alfalfas en el Distrito de Riego 003 Tula es necesario, ya que la ma-

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yoría de los productores de alfalfa son ganaderos, y si se castiga la alfalfa se castiga el alimento para el ganado del que muchas familias dependen. Un regante señala que los robos [toma de agua sin permiso por parte de los regantes] se da por necesidad, ya que muchas familias dependen de sus cultivos para vivir. Si no se les da la atención adecuada, se ven obligados a tomar el agua, porque de ahí subsisten. Una señora señala que hay muchas madres solas que son usuarias del agua, y viven del campo por lo que piden que sean tomadas en cuenta. Un regante solicita que el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego tenga especial atención en atender bien a los poquiteros [regantes con menos de una hectárea] de las comunidades, y no solo a los grandes rentistas, porque se ve el favoritismo en el reparto del agua por parte de la CNA. El comisariado del Ejido Veracruz pide que las soluciones propuestas sean efectivas, porque solo se quejan de la falta de agua y no hacen nada para remediarlo, que el personal de la CNA solo da datos estadísticos del volumen de agua, pero [el problema es que] su forma de distribución no es la adecuada. Un regante, se queja del nuevo Jefe de Operación señalando que no tiene la capacidad para atenderlos bien, y que durante el período del Jefe de Operación anterior [que trabajó durante diez años, hasta Febrero del 2011] no existieron los tandeos, y hubo una mejor administración del agua. Un regante señala que los encargados de la administración del módulo 05 están recibiendo dinero por el servicio brindado, y que los usuarios del módulo no se ven beneficiados con su administración. Respuesta de los funcionarios: Por parte de la CNA se comprometen a pedir la intervención del Gobernador, así como, a través del Ingeniero en Jefe del Distrito 003 Tula, presentar los reclamos sobre la habilitación del Emisor ante el organismo de cuencas del Valle de México y el sistema de aguas que es el que está haciendo el mantenimiento. También se comprometen, como CNA, a elevar esa solicitud ante la Dirección General de valle de México, para que le den prisa a la solución del problema

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Respecto al reparto inequitativo del agua, se estará buscando el distribuir el gasto de manera adecuada entre los diferentes módulos. En cuanto a la restricción de cultivos [alfalfa], el segundo al mando de la Dirección Estatal de la CNA señala que el riego para alfalfas no se ha restringido de manera tajante, y reconoce la importancia que tiene este producto como alimento para el ganado de la región, y la necesidad de contar con alimento para los animales. El Ingeniero en Jefe del DDR 03 Tula informa sobre la situación actual del Distrito de Riego en cuanto a volúmenes disponibles. En conclusión, los regantes obtienen información, y se reafirma la entrega de los riegos otorgados un día antes por el Jefe de Operación del Distrito de Riego. El líder da las gracias por la atención, pide un aplauso para los funcionarios que los atendieron, y sale con su gente de vuelta a sus domicilios. El procedimiento es el mismo: los que llevan camioneta van dejando a las personas en sus casas o en lugares cercanos a estas. Movilizaciones con otros módulos de riego El módulo 05 Tepatepec decide apoyar a sus compañeros del módulo 01 Actopan, ubicado en la cola del Distrito de Riego 003 Tula. En esta ocasión, el acuerdo se da entre el líder del módulo Actopan y el líder del módulo Tepatepec. Para ello, el líder del módulo Actopan buscó al líder del módulo Tepatepec en su casa. El líder de Tepatepec decide juntar a su gente. Con este fin, sale de su casa a las siete de la mañana, y recorre todo el Canal Principal Requena, en el tramo correspondiente al módulo, a la hora en que los regantes van a programar su riego: los regantes acuden con su recibo de pago para ponerse de acuerdo con el canalero sobre cuándo les toca regar. El líder convoca a la gente para las diez y media de la mañana en la calzada principal de la comunidad El Rosario, el motivo es acudir a apoyar a los compañeros del módulo Actopan. A pesar de que el líder solo avisó en el Canal Principal Requena, llegan regantes de los tres canales a la cita, ya que las personas al regresar a su comunidad van avisando a los que se van encontrando en el camino.

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Los regantes del módulo Actopan señalan que se encuentran en peligro sus cultivos debido a la falta de agua. Los regantes del módulo Tepatepec entienden la situación de los compañeros del módulo subsecuente. A las once de la mañana, se decide no esperar a nadie más, y comienzan a subir a las camionetas sin un orden definido, aunque las mujeres van en la parte de adelante, los demás se van subiendo conforme van avanzando las camionetas. Esta vez, el líder no acomoda a sus campesinos, ni se preocupa por ser particularmente meticuloso en el orden que deben llevar los vehículos, ya que el lugar de concentración queda muy cerca, y todos conocen el lugar muy bien. La concentración con los del módulo Actopan es en la entrada a la comunidad Caxuxi por la carretera México-Laredo. Mientras tanto, en la entrada de la comunidad de Caxuxi, el líder del módulo ya ha iniciado la reunión con su gente a las nueve de la mañana. Durante esta reunión, los campesinos se muestran muy agresivos por la situación de la mala repartición del agua de riego por parte de la CNA. Deciden cerrar la carretera México - Nuevo Laredo. Cierran la carretera colocando llantas y a ellos mismos en el paso de los vehículos; también se cierran las entradas a la comunidad de Caxuxi, y otro grupo va por telas en donde pintar sus demandas con pintura spray. Este proceso se da en un muy corto plazo: en veinte minutos, los campesinos están ya situados y organizados, ya saben en qué orden le tocará cuidar a cada uno cierta parte de la carretera. Acuerdan que su petición es hablar con el Director Estatal de la Comisión Nacional del Agua. A las 10:10 horas, tienen la carretera completamente cerrada. Los del modulo Tepatepec todavía no llegan. A las 10:45 horas el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego 003 Tula llega acompañado de personal de la Comisión Nacional del Agua que funge como su escolta personal, con el deber de protegerlo y evitar que salga lastimado el Ingeniero. En cuando llega el Jefe del Distrito de Riego los campesinos lo suben a la parte trasera de una camioneta y le pasan un altavoz, los campesinos se muestran muy enojados por la falta de equidad en el reparto del agua a nivel Distrito de Riego y a nivel parcela3. Acusan al Ingeniero de favoritismo y de apoyar a los ricos. Le gritan groserías e insultos, pero el Ingeniero se limita a informarles sobre la situación ac3  Cabe acotar que la inequidad ‘a nivel Distrito’ se refiere a la diferencia en riegos entre módulos de aguas arriba y aguas abajo; y la inequidad ‘a nivel parcela’ se refiere a la diferencia que existe entre cultivos de parcelas que se riegan por la misma compuerta, debido a un mayor o menor número de riegos.

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tual de la hidrometría y volumetría del Distrito, proporcionando datos sobre el volumen de las presas, y los volúmenes de extracción de las mismas, argumentando que él mismo les ha enviado agua, y que no entiende el por qué no les ha llegado. Los regantes se muestran más enojados al no encontrar respuestas concretas a sus preguntas como son: “¿Por qué algunas parcelas de alfalfa riegan y ellos no?” “¿Por qué los ricos están regando y ellos no?” El Ingeniero sigue sin contestar sus preguntas, y continúa argumentando su plan de riego y sus estrategias de apoyo para los módulos en situación de estiaje. Habla sobre el castigo de riego al cultivo de alfalfa4. Los regantes vuelven a cuestionar “¿Por qué, entonces, algunos siguen regando alfalfas? “ Los regantes se molestan más y más, reclamándole al Ingeniero que repite las mismas respuestas, y no contesta propiamente a sus preguntas. Les interesa saber por qué unos riegan incluso alfalfas, y otros no pueden regar ni tan siquiera maíz. Esta situación dura un promedio de 45 minutos, hasta que los campesinos deciden tomar el micrófono para que todos escuchen sus inquietudes, y que el Ingeniero conteste las preguntas realizadas. Una señora de edad avanzada sube a la camioneta con el apoyo de los demás regantes. Una vez que le proporcionan el altavoz, la señora se queja del maltrato que sufrió por parte del Ingeniero cierta vez que acudió a su oficina a pedirle apoyo. Menciona que este le cerró la puerta en la cara y la trató sin educación, y, al final de su discurso, la señora le voltea un par de bofetadas al Ingeniero, ante lo cual los asistentes aplauden y gritan que se merece más. Así cada regante sube a la camioneta y se enfrenta con el Ingeniero, hasta que los regantes se enojan mucho más, deciden poner un ultimátum: no soltarán al Ingeniero hasta que no llegue el agua a sus parcelas. También demandan la presencia del Director Estatal de la Comisión Nacional del Agua para que “les dé la cara”. 4  Se llama “castigo” a la alfalfa, cuando se establece que en época de estiaje el cultivo de alfalfa se riegue al último y solo si alcanza el agua, dado que aunque el cultivo de alfalfa no se riegue, no se muere como otros cultivos, sino que solo se pierde un corte.

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Más tarde llegan los regantes del módulo Tepatepec con su líder, que recomienda orden a su gente. El líder de Tepatepec conversa con el líder del módulo Actopan, y acuerdan manejar cada uno a su gente, y evitar cualquier tipo de enfrentamiento entre módulos. El líder del módulo Tepatepec es reconocido por los regantes como experto, como una persona que sabe mucho sobre las presas, que conoce la infraestructura del Distrito de Riego, que sabe hablar, que es buen gestor, que ha estado mucho tiempo en asuntos del agua, y que tiene experiencia en manejo del agua. Debido a esto, los regantes piden escuchar su punto de vista en torno a la situación. Como respuesta, el líder dice no estar de acuerdo con el deseo de provocar lesiones físicas al Ingeniero, e invita a todos los regantes a soltarlo y dialogar de manera tranquila para llegar a un acuerdo. Sobre la situación del agua para Actopan hace referencia a la situación de las presas de almacenamiento y señala que de dar la orden en el Emisor Central de liberar agua para Actopan en ese mismo momento, debido a la escasa cantidad de agua en los canales de riego, el tiempo de conducción sería de cuatro a cinco días; la única forma en la que podría llegar el agua al módulo Actopan en una situación de horas sería si se cerrasen todas las compuertas de los módulos aguas arriba. En el lugar del cierre de carretera, ya han llegado los medios de comunicación, incluyendo a una televisora local que entrevista al líder del módulo Tepatepec. Hay comentarios de los regantes de que el Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego 003 Tula sienta lo que ellos sienten de no poder hacer nada para salvar los cultivos de los cuales subsisten. El líder del módulo Tepatepec invita a la vía pacífica y a la no violencia. Sin embargo, al ver que los regantes están discutiendo sobre si deben retener al Ingeniero, decide mover a su gente y sacarla de la movilización. Agradece a los del módulo Actopan por la invitación a realización de la movilización, pero manifiesta su desacuerdo con la violencia, así que mejor se retira con su gente. Argumenta que no quiere que terminen enojados, simplemente cada uno tiene diferentes formas de negociar el agua para su modulo. Al retirarse, recibe chiflidos y algunas groserías e improperios por algunos regantes del módulo Actopan, pero no permite que su gente conteste a la agresión, argumentando que esa no es la forma de pedir las cosas y que es mejor retirarse en paz, antes de meterse en más problemas.

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Los regantes del módulo Actopan permanecen bloqueando la carretera por otras cinco horas, hasta que llegan los militares y, por medio de la fuerza, remueven a los regantes y liberan al Ingeniero en Jefe del Distrito de Riego. Por su parte, el líder del módulo Tepatepec recomienda a su gente que estén preparados para regar, sabiendo de antemano que el canal vendrá lleno hasta el tope para abastecer a Actopan. Al día siguiente de la movilización, el agua efectivamente llega al módulo Actopan en cantidad suficiente para que los campesinos pueda regar sus parcelas, por lo que en los días posteriores se mantienen tranquilos. ESTRATEGIAS DE LAS AUTORIDADES DE LA OPERACIÓN EN EL DISTRITO DE RIEGO En contraparte a las estrategias de los regantes para negociar más agua, los encargados de la operación en el Distrito están también tomando medidas. Hay dos que conviene destacar: el incremento de la vigilancia y control del agua, y el acopio de información y negociación sobre la situación de los cultivos para priorizar los riegos. Vigilancia Durante el estiaje, las autoridades del Distrito rolan al personal en diferentes horarios para evitar que los usuarios sepan cuándo van a llegar a supervisar los canales de riego. Aumentan la vigilancia a las 24 horas realizando rondines durante la noche y el día, cuando normalmente solo vigilan durante el día. Los regantes, por su parte, rompen candados, toman agua sin permiso, y discuten con el canalero sobre el reparto del agua. Las autoridades del Distrito despliegan a la policía hidráulica para apoyar en vigilancia y, conforme avanza el estiaje, deciden pedir apoyo a la policía federal y al ejército para que resguarde los canales de riego. Las autoridades del Distrito realizan, con mayor frecuencia, aforos de canales y compuertas para tener un mayor control del agua que fluye por el sistema. Según avanza el estiaje, comienzan a gestionar con el Organismo de Cuenca del Valle de México el préstamo de bombas para sacar agua de los canales.

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Acopio de información sobre situación urgencia de riegos y negociación En el Distrito, está establecido que, durante el estiaje, se castigan las alfalfas y se da prioridad a los cultivos del ciclo agrícola primavera-verano considerados cultivos básicos: maíz, frijol, calabaza y chile. También está establecido priorizar riegos conforme a las necesidades de la planta. Para dar los riegos conforme a la necesidad de la planta, los canaleros de los módulos deben verificar el nivel de estrés hídrico de las plantas, y así poder efectuar una distribución por la necesidad detectada del cultivo, priorizando los cultivos más necesitados. Las autoridades del Distrito proponen a los módulos reuniones con los regantes por “tramo de canal por canalero”, para determinar la situación de urgencia de los cultivos. Esta información debe facilitar a las autoridades del módulo programar las compuertas con mayor necesidad de agua en el entendido de que se priorizan cultivos básicos sobre alfalfas, así como proporcionar a las autoridades del Distrito información sobre el agua que deben enviar por cada canal general. Cabe destacar que el agregado de información que requieren las autoridades del Distrito es por canal, y no por módulo. Las autoridades del módulo dan la instrucción de que cada canalero cite a los regantes de su tramo para determinar y negociar la necesidad y priorización de sus riegos. En cada compuerta se nombra un representante de los usuarios. En las reuniones de los Canales Alto Requena y Endhó (ambos con un solo canalero), al igual que en el Principal Requena, que es operado por tres canaleros asisten los representantes por compuerta. En estas reuniones se acuerda la priorización de riegos con ayuda de los funcionarios del módulo; a las reuniones también acuden, eventualmente, el Jefe del Distrito de Riego, acompañado del Jefe de Operación. Quizá deba señalarse que las autoridades del Distrito recurren a organizaciones no oficiales, como los representantes de compuerta o zanjeros, para establecer la necesidad y priorización de riegos. Además de las anteriores acciones, las autoridades del Distrito responden a las movilizaciones de los regantes y, como ya se señaló, llevan a cabo un mayor número de reuniones del comité hidráulico, donde los módulos tienen representación, para llegar a acuerdos sobre distribución del agua.

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LAS ESCUELAS DEL LIDERAZGO La personalidad de los líderes de módulo atrae tanto la atención que conviene enfatizar que en el Distrito existe un continuo proceso formativo de líderes. Para ser líder o representante de algún grupo el requisito es que tienen que ser regantes y dueños de las parcelas, como ejidatarios o propietarios privados, otro requisito es el expertise. Líderes a nivel compuerta Los líderes de compuerta corresponden a representantes de los grupos más pequeños en las negociaciones y movilizaciones. Los representantes de compuerta se caracterizan por ser regantes con facilidad de palabra y un cierto grado de escolaridad, preferente de licenciatura. No suele importar si tienen o no experiencia en asuntos del agua, como dicen los mismos regantes: lo que buscan es que los acompañe un ingeniero o licenciado, y si no conoce mucho sobre el tema, los regantes le explican por el camino más o menos qué necesitan, para que él ‘como sabe hablar’, lo diga en ‘mejores palabras’. Algunos de los líderes de compuerta, en las movilizaciones del estiaje de 2011, ya habían ido de tres a cuatro veces a negociaciones, y, además, habían fungido como zanjeros, por lo que ya tenían cierto conocimiento sobre el funcionamiento del sistema. Aun así, sus negociaciones se limitan peticiones por más riegos o más volumen de agua por la compuerta, sin entrar en discusiones sobre cuál zanja lleva más agua, cuál necesita más, cuál trabaja con menos, etc. No se entra en discusiones del sistema. Líderes por comunidad Los líderes por comunidad pueden o no coincidir con algunas autoridad legalmente constituida, tal como el comisariado ejidal, delegado municipal, o juez de paz. Si la autoridad comunitaria no sabe del tema, se busca a alguien que conozca más, pudiendo ser su antecesor o alguien que anteriormente fue líder por compuerta o zanjero. Si la autoridad actual no sabe del tema, cede la negociación a la persona ‘que tiene más experiencia’, y esta es la que habla. Aunque la autoridad actual ceda la negociación, apoya acudiendo y presentándose como el Comisario Ejidal del Ejido tal ante las autoridades del módulo.

266 Antología sobre riego

Cuando coincide la persona ‘que tiene más experiencia’ con aquella que está ocupando un cargo, como se dio en el caso del ejido de San Juan Tepa, el comisariado ejidal convocó a los ejidatarios como autoridad ejidal en la casa ejidal, y, además, invitó a todos los regantes de esa comunidad, aún sin ser ejidatarios, para tratar sobre las acciones a tomar, y acudir a negociar con las autoridades del módulo. En ocasiones los regantes piden la presencia de ‘un experto en el tema’ que tenga ya mucha experiencia, que haya administrado módulos de riego, que sepa gestionar, que sepa mucho sobre el estiaje, y que conozca el sistema de todo el Distrito de Riego. Los regantes piden que su comisariado que si puede invitar a dicho ‘experto en el tema’: un líder en asuntos del agua del módulo. Líderes por módulos Los líderes por módulo son personas que han tenido cargos (delegado municipal, comisariado ejidal, etc.) en su comunidad, y que pueden o no tener un grado de estudio. Estos líderes tienen ya mucha experiencia en cuestiones del agua. Algunos han sido presidentes de módulos transferidos, y otros han sido presidentes de fondos de auto aseguramiento agrícola, o han gestionado escuelas, clínicas, o arreglos al panteón para sus comunidades. Conocen a gente en instituciones como CNA, SAGARPA o Gobernación, viven en las comunidades del módulo de riego, y son personas de fácil acceso: los regantes pueden abordarlos para cualquier problema en el momento que los necesiten. En particular conocen todo el sistema del Distrito de Riego e incluso la interacción con los otros Distritos de Riego, Ajacuba y Alfajayucan y conocen la Ley de Aguas Nacionales. Formación de líderes Cuando un líder carece de ‘experiencia’, acude a las reuniones y comienza presentándose y mencionando en dónde ha ocupado cargos como representante (compuerta, comunidad, etc.). Probablemente ya fue líder de alguna otra cosa, como la construcción de una escuela. Para el nuevo liderazgo se allega a otros líderes y a los que tienen más experiencia sobre negociar agua. Es muy común ver a estos líderes con personas de edad avanzada que conocen el sistema de hace años, y a los cuales piden opinión sobre el siguiente paso a dar. Los nuevos líderes nunca toman decisiones por sí mismos, sino que acuden acompañados de más personas de su

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confianza que les dan su opinión sobre alguna situación en particular. Los nuevos líderes necesitan tener gente que les explique cuestiones que aún no comprenden en su totalidad. Algunos ejemplos de apoyos en las negociaciones Cuando el líder desconoce cierto cuestionamiento que le hacen los funcionarios del módulo, permite que otro de sus seguidores conteste: Autoridad del módulo: “Usted se refiere a la compuerta 37 del Endhó, la que riega a San Salvador. Mire, esa compuerta con anterioridad presentó problemas en sus mediciones. El año pasado, la Comisión mandó aforarla, pero no se han obtenido buenos resultados.” [un regante interviene al ver que su representante permanece callado] Regante: “Sí señor, pero el Ingeniero de CNA nos dijo que la verían pronto para evitar estos problemas de no saber cuánta agua nos dan. Ese día nos dijeron que nos autorizarían tres riegos mientras arreglaban esa compuerta.” [Al término, el regante vuelve a permanecer callado para permitir que su representante retome la negociación] Representante: “Sí [afirma], ese es el motivo que nos trae aquí, la falta de agua en nuestras parcelas y la inconsistencia en los acuerdos que toman con nosotros. Primero no dicen una cosa, luego hacen otra… venimos a que nos den los tres riegos que nos prometieron.” Cuando un líder permite una intervención o cede a otro la negociación es por mayor experiencia, o porque el otro líder cuenta con información más reciente. Ejemplo de un líder de módulo que cede la negociación a otro líder de modulo (Oficinas de Distrito de Riego 003 Tula): Líder módulo Tlahuelilpan: “Ingeniero [dirigiéndose al Jefe de Operación del Distrito de Riego 003], el problema es ¿qué vamos a hacer con nuestras alfalfas?” Jefe de Operación del Distrito: “Sí, mira, estamos viendo eso. Posiblemente la otra semana ya van a poder regar. Esperamos que el Emisor se recupere del tapón, y ya abriremos los riegos a alfalfas.”

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Líder módulo Tlahuelilpan: “Pero sí hay agua, Ingeniero. Me acaban de decir que tienes agua. ¿Por qué no la das? Aquí está el amigo líder de Tepa, que acaba de llevar a su gente el sábado. Checaron y tenían agua. Entonces, ¿qué pasa? A ver, amigo de Tepa, explícale al Ingeniero cómo está su presa, porque tal parece que él no sabe cuánta agua tiene su presa.” Líder módulo Tepatepec: “Sí, mira, Ingeniero. Nosotros fuimos con mi gente el sábado y recorrimos las presas. Vimos la escala y era de 2.71. Con eso hemos estado años antes y no castigabas tanto alfalfas. Este año tandeas, pero en años pasados no se tandeaba, y regábamos más. Tan solo ve, estás mandando más agua para Ajacuba, cuando es nuestro derecho regar primero nosotros. Estás trabajando por represos, tarda más el agua en llegarnos. Mándala por los canales laterales, nosotros la desviamos para que llegue más rápido.” Jefe de Operación del Distrito: “Sí. Mira, [nombre del líder], lo que pasa es que ese día tuvimos que mandar agua a Alfajayucan. Por eso miraron la escala alta, pero no podemos dejarlos sin agua a ellos. Los represos los uso para subir el agua. Tú sabes que, si no los usamos, Alto Tepa no tiene agua. Los laterales estamos viendo, estamos viendo…” Líder de Tepatepec: “Mira, Ingeniero, aquí traigo los volúmenes de presas que dijeron tienen el día de hoy. Ya pedí un informe a su meteorológico sobre las lluvias. No lloverá, necesitamos agua para las alfalfas, no queremos tomártela sin permiso, pero sí necesito que ayudes a la gente.” [El resto de la negociación la efectúa el líder del módulo Tepatepec. Al final salen de la reunión y un líder le comenta al otro:] Líder Tlahuelilpan: “Nooo... que paciencia les tienes a estos... [refiriéndose a los funcionarios de CNA]. La verdad qué bueno que hablaste mejor tú, para no estar en pleitos.” Líder de Tepatepec: “Sí, es que tú eres más de guerra. La cosa es demostrarle que uno es campesino pero con educación, y hablarles bonito. Ya ves, nos dieron lo que pedimos, ni modos de decirnos que no, si sabíamos bien cómo estaba el agua en las presas y los canales.” Líder Tlahuelilpan: “Si es que tú acabas de ir. Yo no he movido a mi gente, pero a la próxima, si quieres, vamos nosotros, y ya te echamos un grito de cómo está todo allá arriba [a la parte alta del Distrito de Riego].”

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CONCLUSIONES Las movilizaciones de los regantes tienen detrás una estructura organizativa y un cúmulo de conocimientos de saber cómo organizarse. Las movilizaciones son una estrategia de los regantes para negociar la distribución del agua, con dos componentes importantes: la información sobre la situación del agua y sobre la inequidad en los riegos por un lado, y, la presión sobre las autoridades a cargo de la operación por otro. Existe una distribución inequitativa en el Distrito. Los espacios con mayores restricciones de acceso al agua son los que se movilizan. Es posible que la incapacidad de las organizaciones formales de los regantes para negociar la distribución del agua, tanto la inequidad permanente entre aguas arriba y aguas abajo, como durante el estiaje esté relacionado con un diseño de los módulos de riego que no corresponde a una solidaridad o interés común de base hidrológica para todos los regantes del módulo. La unidad hidrológica a nivel compuerta y a nivel canal corresponde a un conjunto de regantes que se beneficia en común del recurso y que comparten la misma problemática. Así la planeación de operación se realiza de hecho por unidades hidrológicas; ello se refleja, por ejemplo en las estrategias de las autoridades del Distrito para conjuntar información ‘por tramo de canal por canalero’. Bajo la lógica de que las unidades hidrológicas son las de operación y necesidad de cooperación, Coward (1977), señala que la institución de riego debe basarse en el canal y no en la comunidad, cuando pertenencia al canal y a la comunidad no coinciden. Probablemente el mismo principio debiera aplicarse al diseño de los módulos. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Bottrall, A. 1981 “Comparative study of the management and organization of irrigation projects”. World Bank Staff Working Paper num. 458.

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Cuadro 1: Puntos de control donde el aforador general entrega a los aforadores auxiliares

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272 Antología sobre riego

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movilizaciones en época de estiaje en el distrito de riego 003 tula 273

274 Antología sobre riego 2 o tres camionetas, 6 camionetas, y de y de 4 a 7 bicicletas 7 a 9 bicicletas los demás 30 a 40

mayor gasto por compuerta

Cálculo núm. de transportes

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36 camionetas, 12 vehículos y 2 microbuses

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solidaridad con el módulo Actopan y mayor gasto para ambos módulos

170 a 215 (2)

17 camionetas el resto llega en transporte

oficinas del Distrito oficinas de Carretera Méxicode Riego 003 Tula SAGARPA, Pachuca Nuevo Laredo

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Notas (1) Estimación de 10 personas por camioneta, y estimaciones de otras fuentes; se presenta el rango; (2) estimación sólo del módulo 05, no incluye al Módulo Actopan.

mayor gasto por compuerta

60 a 90

oficinas módulo de riego

oficinas módulo de riego

Lugar de negociación

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Núm. de movilizaciones en una compuerta, en un tramo o del módulo

Cuadro 3. Las movilizaciones en números

VIII. Junta de Aguas del río Tejalpa y sus afluentes Noé Antonio Aguirre González | Roberto Montes Hernández | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN El espacio hidráulico que corresponde a dos sistemas de riego interconectados que riegan 1,498 hectáreas es actualmente administrado por una organización no oficial, o, cuando menos, no reconocida por la Comisión Nacional del Agua. A pesar de no estar reconocida por la CNA, la organización está constituida como Asociación Civil ante notario público. La Asociación Civil administra el espacio correspondiente a la mayor parte del espacio hidráulico antes gestionado por una organización denominada ‘Junta de Aguas del Río Tejalpa y sus Afluentes’. El espacio hidráulico que actualmente no está comprendido en la Asociación Civil, pero que fue parte de la Junta de Aguas, corresponde a tomas comunitarias sobre el río Tejalpa y sus afluentes. La creación de la organización de usuarios ‘Junta de Aguas’ fue resultado de una política del Estado, las modificaciones en cuanto a reducción del espacio hidráulico administrado por la organización de los usuarios así como su actual carácter no oficial son atribuibles a la operacionalización de la ley de aguas de 1992. Si la dinámica que presenta este estudio de caso es generalizable enton-

275

ces hay un deterioro de la administración del agua al perder las organizaciones de usuarios reconocimiento oficial y al reducirse el espacio de actuación de las organizaciones. La presentación se divide en tres partes. En la primera se describe el espacio hidráulico; en la segunda se aborda la creación de la Junta de Aguas y su transformación en Asociación Civil, y en la tercera se presenta la dinámica actual de la Asociación Civil en lo referente a mantenimiento y distribución del agua de riego. DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO HIDRÁULICO El espacio hidráulico reglamentado en la década de 1930 comprende al río Tejalpa y sus afluentes. Aguas arriba sobre los afluentes del río Tejalpa hay una multitud de presas derivadoras que abastecen a otras tantas comunidades y pequeñas propiedades (ver Figura núm. 1). Aguas abajo hay dos presas derivadoras que dan lugar a dos canales multicomunitarios interconectados. Estos dos canales son los que actualmente conforman la AC. Además de esto, hay algunas presas derivadoras que riegan pequeños espacios aguas abajo (Ver Figura núm. 2). Con la reglamentación se implementa una junta de agua. Antes del reparto agrario, en 1928, el espacio hidráulico estaba en posesión de 16 propiedades (haciendas y ranchos). En la primera reglamentación de 1932 hay 66 usuarios entre ejidos, pueblos, haciendas y ranchos. En la reglamentación de 1934 hay 54 usuarios entre ejidos, pueblos, haciendas y ranchos, y, actualmente, la A.C. incluye a 40 usuarios entre ejidos, pueblos, haciendas y ranchos. Sólo 21 usuarios entre ejidos, pueblos, ranchos y haciendas se han separado de la Asociación Civil (Cuadros núm. 1-A, 1-B, 1-C y 1-D). Los sistemas de riego de ‘aguas arriba’ En las tomas comunitarias de “aguas arriba”, el riego se realiza en su mayoría con aguas directas y carecen de reservorios secundarios para almacenar el agua. Presas derivadoras o tomas sobre el río la Cocinera o Chiquito: La toma de la Hacienda de Barbabosa La toma del rancho de las Ánimas

276 Antología sobre riego

Presas derivadoras o tomas sobre el río Tejalpa: Presa derivadora los Trozos (riego del ejido de San Juan de Las Huertas) Presa derivadora de las Minas (riego del ejido de San Juan de Las Huertas) Presa derivadora del Ejido de San Cristóbal Tecolit Presa derivadora de los Guajotes Presa derivadora del Rancho del Molino de Guadalupe Presa derivadora de San Lorenzo La presa derivadora de San Luis Mextepec y El Jaral Presas derivadoras o tomas sobre el río San Pedro: Presa derivadora el Patio Presa derivadora La Virgen Presa derivadora El Coyote Presa derivadora de San Antonio Acahualco Presa derivadora La Estrella Presa derivadora El Capulín Los sistemas de riego de ‘aguas abajo’ Aguas abajo, a partir de las presas derivadoras del Calicanto y Jaral, que dan lugar a dos sistemas interconectados, cada ejido, comunidad o particular cuenta con reservorios secundarios para almacenar el agua conocidos como ‘bordos’ (o ‘jagüeyes, en otras regiones de México). En este espacio hay 88 bordos en uso, y 8 fuera de funcionamiento. Los bordos tienen la función de almacenar el agua de riego que llega por tandeo durante la temporada de riegos, así como almacenar agua una vez terminada la temporada de riegos para asegurar el primer riego. La Asociación Civil administra la presa derivadora ubicada sobre el río San Pedro, conocida con el nombre de El Calicanto, que abastece al canal general El Cerrillo; y, aguas abajo, ya sobre el río Tejalpa, la presa llamada El Jaral, que abastece al canal general de El Parcionero. El canal el Parcionero se incorpora al canal El Cerrillo en la toma conocida como la Soledad. (ver Figura num. 2). Además, aguas abajo, hay otras pequeñas presas derivadoras comunitarias sobre el río Tejalpa.

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 277

La distribución del agua de los ríos, tandeo de enero a junio La distribución del agua sobre los ríos y sobre los canales, está basado en un tandeo. Dicho tandeo consiste en que cada usuario recibe cierto número de horas de agua, en ciclos de 28 días, durante el periodo de enero a junio de cada año. En la década de 1920 el espacio hidráulico a que se hace referencia contaba con 16 usuarios que se tandeaban el agua (Cuadro num. 1-a). El sistema de tandeos se encuentra reportado desde antes del reparto agrario y de la reglamentación. En 1928 el Ing. Carlos Ramírez Ulloa, comisionado por la Secretaria de Agricultura y Fomento (SAF) para informar sobre la situación de la infraestructura y distribución del agua en el río Tejalpa, señala: “... casi todos los usuarios del río Tejalpa tienen bordos solucionando con esto y con el sistema de tandeos muchos conflictos” (AHA, AS, C. 223, Exp. 5347) “... no es necesaria la reglamentación de esta agua, debido a que los usuarios han implantado un sistema de tandeos que evita todo conflicto” (AHA, AS, C. 223, Exp. 5347, Fs 43). Las aguas de los tandeos de enero a junio se almacenan en los bordos, para después regar cuando el cultivo así lo requiera. No obstante, cuando el bordo de la comunidad o ejido está lleno y no necesitan el tandeo, se avisa a algún integrante de la mesa directiva de la AC, que no se va a tomar el tandeo y se pasa a alguna otra comunidad usuaria que lo requiera. Quien quiera que use el agua paga por ese tandeo. Si nadie requiere del agua no se sube al canal, sino que se deja continuar por el río. El llenado de los bordos con las crecientes Cuando se termina el calendario de tandeos y el riego de cultivos de enero a junio, se hace la limpieza de los dos canales generales de la Asociación Civil. La inspección de la limpieza se realiza en septiembre, y el llenado de bordos inicia entre octubre y diciembre. El orden de llenado de los bordos depende del orden en que las comunidades terminan los tramos de canal que les corresponde limpiar y pasan la inspección a cargo de la mesa directiva de la Asociación Civil. El almacenamiento de agua en los bordos, después de la temporada de riegos, es importante para asegurar el riego de punta en febrero.

278 Antología sobre riego

Cultivos La mayoría de los ejidos y comunidades siembran maíz de ciclo largo. Los trabajos del ciclo agrícola inician con el barbecho en enero, y en febrero se realiza un riego de punta. La siembra se efectúa a mediados y finales de marzo e incluso hasta mediados de abril, y los primeros elotes se cosechan hacia mediados de septiembre. La cosecha inicia a finales de octubre y se prolonga hasta mediados de diciembre. DE JUNTA DE AGUAS A ASOCIACIÓN CIVIL A fines del siglo XIX se establece que es competencia del ejecutivo federal la reglamentación de corrientes cuando son ríos navegables. A principios del siglo XX, la legislación de aguas indica que la reglamentación debe ser implementada por una organización de usuarios denominada ‘Junta de Aguas’. El primer paso en la reglamentación de corrientes por el ejecutivo federal era realizar la declaratoria de propiedad nacional de la corriente (Palerm, 2005). En el caso del río Tejalpa y afluentes, las declaratorias de propiedad nacional de las corrientes se realizan en las décadas de 1920 y 1930 (ver Cuadro num. 2). Los primeros reglamentos son de 1932 y 1934 (ver Cuadro num. 3). La política de reglamentación de corrientes, iniciada a finales del siglo XIX y que tuvo un gran impulso en la primera mitad de siglo XX, se traslapa con el reparto agrario. Aunque se ha propuesto que el reparto agrario produce una ruptura en la administración del agua, hay una creciente evidencia de continuidades (Palerm, 2009: 227-228). Así por ejemplo, en el caso del Tejalpa, el tandeo que se establece en las reglamentaciones de la década de 1930 está basado con toda seguridad en el tandeo preestablecido que reporta en 1928 el Ing. Carlos Ramírez Ulloa, comisionado por la Secretaria de Agricultura y Fomento (SAF) para informar sobre la situación de la infraestructura y distribución del agua en el río Tejalpa. Los reglamentos de 1932 y 1934 para el río Tejalpa y afluentes, así como modificaciones y adecuaciones a los mismos reflejan la incorporación de nuevos usuarios beneficiarios del reparto agrario, así como ajustes en la distribución de agua. No obstante el esquema básico se mantiene: a) en el reporte de 1928 se indican tandeos y horas de riego; b) en el reglamento del 1932 se indica un cuadro de dis-

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 279

tribución con fechas y duración para cada uno de los usuarios, es decir un tandeo; c) en el reglamento de 1934 el cuadro de distribución indica tandeos de 28 días y número de horas1. La Junta de Aguas y posteriormente la Asociación Civil administran la red principal, mientras que la distribución interna está a cargo de autoridades propias de las comunidades. La AC se hace cargo de la distribución del agua a los ejidos, comunidades, ranchos y haciendas conforme el tandeo, para lo cual tiene contratado a un canalero. Se encarga también de coordinar el mantenimiento (aunque cada usuario tiene su tramo asignado), de aprobar el trabajo realizado, de establecer el orden para el llenado de los bordos, de dirimir conflictos entre los usuarios, así como realizar negociaciones hacia afuera. La estructura de organización, como Junta de Aguas, siguiendo el reglamento de 1934, y posteriormente como Asociación Civil, siguiendo los estatutos, consiste en una Asamblea General conformada por los representantes de comunidades o ejidos y propiedad privada, la cual a su vez nombra de entre sus miembros a una Mesa Directiva. Los reglamentos de la Junta de Aguas y el estatuto de la Asociación Civil marcan un relevo de dicha Mesa Directiva, sin embargo la tendencia ha sido de larga permanencia de las mesas directivas. La Mesa o Comité Directivo se mantuvo sin cambios entre 1981 y1999, y la Mesa Directiva de la AC se ha mantenido sin cambios desde 1999 hasta la fecha (2010). La larga permanencia de las mesas directivas, que podría ser un indicador de centralización de la toma de decisiones, va de la mano de frecuentes reuniones de los representantes para la toma de decisiones y, por lo tanto, no se puede hablar de una concentración de la toma de decisiones. Asambleas de la Asociación Civil.- Los representantes de las comunidades o ejidos y de los pequeños propietarios se reúnen en Asamblea una vez al mes, el primer domingo de cada mes. En las Asambleas se efectúan las siguientes actividades: Pase de lista con la finalidad de sesionar el 50% más uno; se elige a un presidente de debates, el cual se encarga de ceder la palabra entre los usuarios; se efectúa la lectura del acta de la sesión anterior con el fin de verificar si hay 1  Por ejemplo, a un dado el ejido le toca el agua el 1 de enero de las 6 am hasta las 6 pm; el 29 de enero de las 6 am hasta las 6 pm, el 26 de febrero de las 6 am hasta las 6 pm, y así el 26 marzo, 23 abril y 21 mayo; para junio ya iniciaron las lluvias. En los cuadros de distribución se encuentra indicado el número total de horas de agua con el señalamiento que es en ciclos de 28 o 31 días.

280 Antología sobre riego

pendientes sin resolver, y de poner al corriente a los usuarios que no asistieron a la asamblea anterior. La sesión inicia con la resolución de inconformidades entre los usuarios, que por lo general se refieren a abusos de aguas; se da paso al informe que entrega por escrito el canalero, haciendo mención de tandeos, infraestructura y problemas que hubiesen podido surgir a lo largo del mes. En seguida, se pasa a ‘asuntos generales’, en donde tratan temas tales como acuerdos de limpieza, abusos del agua, rehabilitación, problemas con las autopistas, información sobre la cosecha de peces en los bordos, invitaciones, etc. Finalmente, el secretario de la Mesa Directiva levanta el acta de la Asamblea y todos los representantes firman, con lo que se concluye. No obstante que el Estado inicialmente “impuso” la organización de usuarios en Juntas de Aguas (Valladares, 2004), los usuarios del río Tejalpa, al igual que usuarios de otras regiones, se apropiaron de la institución (González Huerta, 2000; Rivas, 2004). La Junta de Aguas creada en 1932 estuvo vigente hasta 1999, y tiene continuidad en la actual Asociación Civil. Destaca el respeto a los tandeos de aguas mansas que no sólo se mantiene en el espacio de la Asociación Civil, sino aparentemente también en las comunidades que se separaron. Destaca asimismo la implementación de un orden en la distribución de aguas broncas para el llenado de bordos o jagüeyes que no está contemplada en los reglamentos. EL IMPACTO DE LA LEGISLACIÓN DE 1992 Y SU OPERACIONALIZACIÓN A pesar de todo, la nueva Ley de Aguas de 1992, así como su operacionalización, han provocado una pérdida de reconocimiento oficial de la Junta de Aguas. También han impedido o dificultado el proceso para oficializar la Asociación Civil que daría continuidad a la Junta de Aguas, y han contribuido a la separación de comunidades-ejidos de la Asociación Civil que también da continuidad a la Junta de Aguas. Sin embargo la nueva ley de aguas de 1992, así como su operacionalización, han provocado la perdida de reconocimiento oficial de la Junta de Aguas. También han impedido o dificultado el proceso para oficializar la Asociación Civil que daría

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 281

continuidad a la Junta de Aguas, y han contribuido a que comunidades y ejidos de aguas arriba, que pertenecían a la Junta de Aguas, se separasen. En la legislación sobre aguas de 1992 desaparece toda mención de las Juntas de Aguas. La legislación de aguas de 1972 consideró tres formas administrativas para el agua de riego: las juntas de aguas, los distritos de riegos e introduce las unidades de riego para el desarrollo rural (URDERAL). Sin embargo, la legislación de aguas de 1992 considera únicamente los distritos y unidades de riego. Así pues, actualmente los usuarios deben conformar una Unidad de Riego, para lo cual es necesario que los usuarios se constituyan en Asociación Civil, además de otros requisitos, que son ultimadamente necesarios para lograr contar con el reconocimiento oficial y que se le extienda un título de concesión a la Unidad de Riego. Es decir, otra innovación de la legislación de aguas de 1992 es un nuevo registro de concesiones (REPDA: Registro Público de Derechos de Agua), cuyos títulos, además, tienen validez solo por un período limitado de años. Ciertamente, el trámite del REPDA es motivo de confusión, ya que, aparentemente, no registra los derechos de agua tal y como están y que, a su vez, son continuación de concesiones preexistentes. Las concesiones originales pueden ser muy antiguas, aun en el caso del reparto agrario, pueden dar continuidad a una vieja concesión que pasó por accesión junto con la dotación en tierra de riego o pueden corresponder a la recuperación de derechos desde tiempos de la gentilidad (Palerm, 2009-B). En el caso de la Junta de Aguas del río Tejalpa, la adecuación a la nueva legislación para poder recibir un título de concesión ocasionó una ruptura entre los usuarios con el resultado de que las comunidades ubicadas aguas arriba en el espacio hidráulico se independizaron. Sin embargo, los usuarios de los dos sistemas interconectados prefirieron dar continuidad a la Junta de Aguas, conformando así una Asociación Civil. Es posible que la continuidad esté vinculada a los requerimientos de manejo de los dos sistemas: la distribución de las aguas mansas en la temporada de riego y de las aguas broncas para almacenamiento en los bordos, así como el mantenimiento y el manejo del conflicto. La Asociación Civil se constituye ante notario público, pero no está acreditada por la Comisión Nacional del Agua, y por lo tanto no cuenta con título de concesión. Por otra parte, algunos ejidos y propiedades privadas integradas en la Aso-

282 Antología sobre riego

ciación están conformados en unidad de riego y cuentan con título de concesión. (Cuadro 1-d), al igual que algunos usuarios de “aguas arriba” que ya no pertenecen a la Asociación Civil (Cuadro 1-e). La contribución de funcionarios al proceso de transformación de Junta de Aguas a Asociación Civil El funcionamiento de la junta de aguas se extiende desde la década de 1930 a la década de 1990, y la transformación en Unidad de Riego inicia en 1996. El día 11 de enero de 1996, un técnico de la CNA convocó a una reunión a la Junta de Aguas en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua ubicadas en Metepec, Estado de México. El objetivo de esta reunión fue informar del proceso de transformación de Junta de Aguas a Unidad de Riego, así como de los requisitos y las documentaciones necesarias para llevar a cabo dicho trámite. La propuesta inicial de la CNA, según los informes de los usuarios, fue de constituir a cada ejido o comunidad como una unidad de riego. La contrapropuesta de los usuarios fue de simplemente dar continuidad a la Junta de Aguas bajo el nuevo formato de Unidad de Riego; para ello el primer paso era estar constituidos en Asociación Civil. El trámite de mutar la Junta de Aguas en Unidad de Riego se inició con el acuerdo de todos los usuarios, y el acta de constitución en una sola Asociación Civil tiene fecha del día 19 de febrero de 1999. Los usuarios que actualmente participan en la AC, al igual los de ‘aguas arriba’ que posteriormente se separaron, están registrados en el acta de constitución de la AC de 1999 (Cuadros 1-d y 1-e). El siguiente paso para la mesa directiva de la Asociación era el de obtener un título de concesión para conformar una única unidad de riego. El proceso de gestión se vio interrumpido debido al fallecimiento del ingeniero encargado del trámite por la CNA en un accidente carretero en el año de 2000, y al fallecimiento del presidente de la mesa directiva encargado del proceso por parte de la AC en el 2002. Esto da paso a una serie de sucesos que interrumpen la transformación de Junta de Aguas a Unidad de Riego. El primero de estos sucesos sería la separación de 16 comunidades y 5 propiedades privadas de la Asociación Civil, estos usuarios ubicados aguas arriba en el espacio hidráulico y que cuentan con pequeñas tomas, desconocen a la primera mesa directiva de la AC elegida en 1999.

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 283

El segundo suceso es la conformación de unidades de riego, tanto en las comunidades y ejidos que se separan de la Asociación, como de aquellas pertenecientes a ella. Al parecer, el ingeniero encargado de concluir el proceso decide retomar el plan original de la CNA y conformar unidades de riego por comunidad o ejido. Aparentemente hay un pago por el servicio de trámite y la gente del lugar señala que los ejidos que no pagaron por este trámite son los que no están registrados en el REPDA. En el espacio hidráulico que administra la AC, 8 de 29 ejidos están registrados, y 3 de 10 propiedades privadas están registradas. En cuanto a los usuarios “aguas arriba” que se separaron de la AC, 15 de 16 ejidos están registrados, y sólo una de las 5 pequeñas propiedades está registrada (Cuadros 1-d y 1-e). No obstante que las comunidades-ejidos de aguas arriba se separan de la Asociación, mantienen el tandeo que probablemente fue establecido desde antes de la implementación de la Junta de Aguas. La permanencia de la organización no oficial: la Asociación Civil, que da continuidad a la Junta de Aguas, probablemente se fundamenta en la necesidad del manejo coordinado de la infraestructura hidráulica: dos canales generales interconectados. Mientras que las comunidades que se separan de la Asociación no comparten infraestructura, pues cada una de ellas depende de su propia presa de derivación sobre los ríos que componen la subcuenca. LA PROBLEMÁTICA ACTUAL DEL ESPACIO HIDRÁULICO La Junta de Aguas como organización oficial ha desaparecido, y la Asociación Civil que le da continuidad no tiene reconocimiento oficial y su ámbito geográfico de competencia es menor a la antigua Junta de Aguas, debido al desligamiento de las comunidades de aguas arriba. Las unidades de riego reconocidas por la CNA, y que cuentan con título de concesión registrado en el REPDA, corresponden a ejidos y propiedad privada, ubicados tanto aguas arriba como en el espacio mismo que abarca la Asociación. Con las modificaciones a la legislación y su operacionalización en campo, se rompe oficialmente con el manejo multicomunitario tradicionalizado para la distribución de agua, el mantenimiento de infraestructura y la mediación de conflictos del río Tejalpa. Formalmente sólo hay organizaciones a nivel de comunidad. Se puede afirmar,

284 Antología sobre riego

entonces, que desde la perspectiva de presencia de instituciones formales, la administración del agua ha empeorado al no existir instituciones formales multicomunitarias. No obstante, la administración misma del agua de riego no ha empeorado, gracias a la decisión de los mismos usuarios de mantener una organización no oficial. Actividades tan importantes como el tandeo de aguas mansas, los acuerdos sobre distribución de aguas broncas para llenar los bordos, la coordinación del mantenimiento de canales comunes, y la gestión de conflictos están en manos de una organizaciones no oficial y, en el caso de las comunidades de aguas arriba, en el respeto a la tradición de tandeos. A pesar de esta capacidad de mantener la buena administración del agua de riego en funcionamiento, los usuarios del río Tejalpa enfrentan problemas para los cuales las nuevas organizaciones formales no coadyuvan a su solución, y, también, la nueva legislación ha creado nuevos problemas. Los usuarios carecen de una institución formal que coadyuve a enfrentar situaciones tales como los problemas de contaminación, ya que los drenajes y desagües de los fraccionamientos nuevos se vierten en dicho cauce. Además se prevé un aumento de esta problemática por cambios en el uso del suelo, y la construcción de nuevas unidades habitacionales que necesitan agua y drenaje. Así mismo la construcción de carreteras o calles para el nuevo entorno urbano, interfieren con el regadío en dos formas principales, para enfrentar los problemas que crean nuevas vías de comunicación que interfieren en dos formas principales; por un lado seccionan el sistema al pasar carreteras por antiguas tierras de cultivo y por otro lo confinan y fraccionan a espacios cada vez más reducidos. Un nuevo problema es el relacionado a los títulos de concesión oficiales que han entrado en la etapa de vencimiento. En este punto no se sabe si la CNA volverá a otorgar las concesiones por otros 10 años, o si la CNA se centrará en la dotación de agua potable para los nuevos fraccionamientos. Adicionalmente hay usuarios que carecen del nuevo título de concesión. Un nuevo problema es el relacionado a los títulos de concesión oficiales que han entrado en la etapa de vencimiento. En este punto no se sabe si la CNA volverá a otorgar las concesiones por 10 años más, o si se centrará en la dotación de agua potable para los nuevos fraccionamientos. Adicionalmente, hay usuarios que carecen del nuevo título de concesión.

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 285

Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Archivos Consultados Archivo Histórico del Agua AHA, AS, C. 223, Exp. 5347 Archivo General Agrario AGA, For -13-foj167 AGA, For -15-33-2987 Archivo Histórico del Estado de México AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 24. AHEM, CAM, 1940-1954. Vol. 128, Exp. 2-14582/Fs. 15. Archivo de la Junta de Aguas/ Asociación Civil Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), En línea: Consulta a la base de datos del REPDA http://www.conagua.gob.mx/REPDA/ Bibliografía González Huerta, M. 2000 “El sistema de riego de los manantiales de San Juan Teotihuacán” en J. Palerm Viqueira y T. Martínez Saldaña (eds.) Antología sobre pequeño riego, vol. II Organizaciones autogestivas, Colegio de Postgraduados/ Plaza y Valdés, México. Palerm, J. y T. Martínez Saldaña 1997 “Introducción: la investigación sobre pequeño riego en México” pp. 1-42 En T. Martínez Saldaña y J. Palerm Viqueira (eds.) Antología sobre pequeño riego, Colegio de Postgraduados. Palerm, J. 2005 “Políticas del Estado para la administración y gobierno de sistemas de riego y redes hidráulicas” pp. 263-289 En Juan Manuel Durán, Martín Sánchez y Antonio Escobar (eds.) El agua en la historia de México, Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades/ Universidad de Guadalajara y El Colegio de Michoacán, México. Palerm, J. 2009 “Los antecedentes de las organizaciones de regantes, México” pp. 227-248 En J. Palerm, T. Martínez (eds.) Aventuras con el agua. La administración del agua de riego: historia y teoría, Colegio de Postgraduados. Palerm, J. 2009-b Las aguas en la legislación agraria y las organizaciones de regantes Artículos y ensayos de Sociología Rural (revista de la UACh), núm. 6, pp. 18-47. Rivas, María 2004 “Organización y readaptación organizativa para el riego: barranca Amatzinac, zona baja y Canal Tenango, Morelos”, Boletín Archivo Histórico del Agua: Organizaciones autogestivas para el riego, nueva época, año 9, 2004, publicación de aniversario (10 años) pp. 80-84. Valladares de la Cruz, Laura R. 2004 “Conflictos hidráulicos en Morelos 1880-1940: de era de la hacienda al modelo ejidal campesino”, Boletín Archivo Histórico del Agua: Organizaciones autogestivas para el riego, nueva época, año 9, 2004, publicación de aniversario (10 años) pp. 67-79.

286 Antología sobre riego

Cuadro 1. Usuarios identificados en inspección realizada en la Subcuenca del Río Tejalpa 1928. RÍO / ARROYO

Tejalpa

San Pedro

La Cocinera

USUARIO USO DEL AGUA

TANDEO (meses de 31 días)

1

Hacienda de Jicaltepec

Riego

5 días

2

Hacienda San Cayetano

Riego

5 días

3

La Laguna

Riego

6 días

4

La Purísima

Riego

1 día

5

R. San Bartolo

Riego

1 día

6

R. San Bartolito

Riego

1 día

7

Hacienda del Molino de Guadalupe

Riego

3 horas diarias

8

Hacienda Tejalpa

Riego

12 horas diarias

9

Hacienda La Puerta

Riego

4 días

10

Rancho El Capulín

Riego

1 día

11

Rancho San Juan

Riego

1 día

12

Rancho San Isidro

Riego

1 día

13

Rancho San José Buenavista

Riego

2 días

14

La Palma

Riego

1 día

15

Rancho El Ejido

Riego

1 día

16

El Rancho

1 día

* En tiempo de crecientes no hay reglamentación de agua, pues no es necesario por su abundancia. Comentarios del Ing. Ulloa, encargado de la inspección.

Fuente: AHA-AS, Caja 223, Exp. 5347, foja 63

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 287

Cuadro 1-B. Usuarios registrados en reglamentación provisional de la Subcuenca del Río Tejalpa 1932. USUARIO

RÍO / ARROYO

Tejalpa

San Pedro

USO DEL AGUA

SUP DE RIEGO1

1

Hacienda de Jicaltepec

Riego

2

San Cayetano

Riego

3

La Laguna y Anexas

Riego

371-76-50

4

Hacienda de La Puerta

Riego

146-76-29

5

Vecinos de Calixtlahuca

Público y Doméstico

6

Ejido de Tecaxic

Riego

50-68-00

7

Hacienda de Serratón

Riego

58-72-00

U.P.D.

8

Rancho de Beatas

Riego

137-77-50

9

Ejido de San Luis Mextepec

Riego

33-40-00

10 Vecinos de San Luis Mextepec

Público y Doméstico

U.P.D.

11 Vecinos de Zinacantepec

Público y Doméstico

12 Hacienda del Molino de Guadalupe

Riego

53-25-00

U.P.D.

13 Vecinos de Tecaxic

Público y Doméstico

14-35-00

14 Vecinos de Tecaxic

Público y Doméstico

U.P.D.

15 Rancho el Ejido

Riego

104-02-00

16 Ejido de San Cristóbal Tecolít

Riego

262-00-00

17 Vecinos de San Cristóbal Tecolít

Público y Doméstico

18 Ejido de San Juan de Las Huertas

Riego

19 Vecinos de San Juan de las Huertas

Público y Doméstico

20 Hacienda Tejalpa

Riego

U.P.D. 300-00-00 U.P.D. 159-31-30

1

Hacienda La Puerta

Riego

182-76-71

2

Hacienda El Arroyo

Riego

126-00-00

3

Rancho El Capulín

Riego

4

Rancho San Juan

Riego

5

Rancho Amealquito

Riego

6

Rancho Amealco

Riego

7

Rancho San Isidro

Riego

8

Rancho San José Buenavista

Riego

9

Anexos a Nova

Riego

10 Rancho de las Peñas

Riego

11 Hacienda de Nova

Riego

12 Ejido de San Pablo Autopan

Riego

13 Vecinos de San Pablo Autopan

Público y Doméstico continua...

288 Antología sobre riego

Cuadro 1-B. Usuarios registrados en reglamentación provisional de la Subcuenca del Río Tejalpa 1932. USUARIO

RÍO / ARROYO

USO DEL AGUA

SUP DE RIEGO1 continuación...

San Pedro

De la Cocinera

Chiquito o de la Huerta

14 Vecinos de San Pablo Autopan

Público y Doméstico

15 Hacienda Taborda

Riego

16 Hacienda de Jicaltepec

Riego

17 Hacienda Barbabosa

Riego

18 Fundo de Santa María Nativitas

Público y Doméstico

19 Hacienda El Cerrillo

Riego

20 Ejido de Zinacantepec

Riego

21 Hacienda del Molino de Guadalupe

Riego

22 Ejido de San Francisco Talcilalcalpan

Riego

23 Vecinos de San Francisco Tlalcilalcalpan Público y Doméstico 24 Rancho Ximbay

Riego

25 Hacienda de San Francisco

Riego

26 Hacienda de Santa Cruz

Riego

27 Hacienda de Santa María Acahualco

Riego

28 Ejido de San Antonio Acahualco

Riego

29 Vecinos de San Antonio Acahualco

Público y Doméstico

30 Hacienda de San Pedro

Riego

31

Fábrica de Ladrillos y Tejidos de San Pedro

Fuerza Motriz

1

Rancho El Ejido

Riego

2

Rancho de Ánimas

Riego

3

Ejido de San Antonio Acahualco

Riego

4

Hacienda de San Pedro

Riego

5

Hacienda Tejalpa

Riego

1

Vecinos de Tecaxic

Público y Doméstico

2

Rancho de la Luz

Riego

60-00-00 9-58-92

3

Rancho El Ejido

Riego

54-80-58

4

Rancho Zimbrones

Riego

60-00-00

5

Hacienda Barbabosa

Riego

66-00-00 122-00-00

6

Ejido de San Antonio Buenavista

Riego

7

Vecinos de San Antonio Buenavista

Público y Doméstico

8

Vecinos de Santa Cruz Cuahutenco

Público y Doméstico

9

Hacienda de la Huerta

Riego

U.P.D. U.P.D. 263-85-50

Fuente: AGA, For -13-foj167

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 289

Cuadro 1-C. Usuarios registrados en la reglamentación provisional de la Subcuenca del Río Tejalpa 1934. RÍO / ARROYO

USUARIO

1

Tejalpa

San Pedro

USO DEL AGUA

Pueblo de San Juan de Las Huertas

Riego

2

Pueblo de San Cristóbal Tecolít

Riego

3

Pueblo de Zinacantpec

Riego

4

Pueblo de Tecaxic

Riego

5

Pueblo de San Pablo Autopan

Riego

6

Hacienda Tejalpa

Riego

7

Hacienda del Molino de Guadalupe

Riego

8

Rancho del Ejido

Riego

9

Hacienda Serratón

Riego

10 Hacienda de Nova

Riego

11 Rancho San Bartolo y sus Anexos

Riego

12 Rancho San José Buenavista

Riego

13 Hacienda la Puerta

Riego

14 Hacienda San Cayetano

Riego

15 Hacienda San Isidro

Riego

16 Rancho El Capulín

Riego

17 Hacienda Arroyo y San Juan

Riego

18 Hacienda de Palmillas

Riego

19 Hacienda de Jicaltepec

Riego

20 Pueblo de San Luis Mextepec

Riego

21 Pueblo de Tecaxic

Riego

1

El Contadero

Riego

2

Pueblo de San Antonio Acahualco

Riego

3

Pueblo de San Antonio Acahualco

Públicos y Domésticos

4

Pueblo de San Francisco Tlalcilalcalpan

Riego

5

Pueblo de San Francisco Tlalcilalcalpan

Riego

6

Pueblo de San Francisco Tlalcilalcalpan

Públicos y Domésticos

7

Planta de San Pedro

Fuerza Motriz

8

Hacienda San Pedro

Riego

9

Fábrica de Hilados de San Pedro

10 Hacienda Santa Cruz de los Patos

Industrial Riego continua...

290 Antología sobre riego

Cuadro 1-C. Usuarios registrados en la reglamentación provisional de la Subcuenca del Río Tejalpa 1934. RÍO / ARROYO

USUARIO

USO DEL AGUA continuación...

San Pedro

De la Cocinera

Chiquito o de la Huerta

11 Hacienda del Molino de Guadalupe

Riego

12 Hacienda Barbabosa

Riego

13 Hacienda la Huerta

Riego

14 Hacienda San Francisco

Riego

15 Hacienda del Cerrillo

Riego

16 Hacienda de la Huerta

Riego

17 Hacienda de Taborda

Riego

18 Hacienda de Santa María

Riego

1

Pueblo de San Juan de las Huertas

Riego

2

Pueblo de San Cristóbal Tecolít

Riego

3

Pueblo de San Antonio Acahualco

Riego

4

Rancho Ánimas

Riego

5

Rancho El Ejido

Riego

1

Pueblo de Zinacantepec

Riego

2

Hacienda la Huerta

Riego

3

Fábrica de Ladrillos de la Hacienda de la Huerta

Industrial

4

Compañía de Ferrocarril de San Juan de las Huertas

Industrial

5

Pueblo de Zinacantepec

7

Pueblo de Santa Cruz Cuahutenco

Riego

8

Pueblo de Santa Cruz Cuahutenco

Públicos y Domésticos

9

Pueblo de San Juan de las Huertas

Públicos y Domésticos

Públicos y Domésticos

10 Pueblo de Tecaxic

Públicos y Domésticos

11 Pueblo de San Pablo Autopan

Públicos y Domésticos

Fuente: AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 24

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 291

Cuadro 1-D. Usuarios registrados de la Asociación Civl del Río Tejalpa y sus Afluentes, 1999. USUARIOS

TÍTULOS DE CONCESIÓN

USO

3.- Ejido de Tlachaloya

08MEX106880/12ABGE01

Agrícola

4.- Almoloya la Cabecera

5MEX300151/12AAPR36

1.- Ejido de Taborda 2.- Ejido de San Pablo Autopan Riego

5.- Ejido de San Martín Toltepec 6.- Ejido Almoloya de Juárez 7.- Ejido el Cerrillo 8.- Ejido San Martín la Puerta

08MEX105856/12ADGE99

Agrícola

9.- Ejido de San Marcos Yachihuacaltepec 10.- Ejido Mina México

08MEX 105465/12HMGE99 Público-Urbano

11.- San Bartolo la Purísima

5MEX101418/12AOGE95

Agrícola

21.- Ejido de Tecaxic

08MEX105977/12AAGE00 08MEX106843/12HMGE00

Agrícola

22.- Ejido de Santiaguito Talcilalcali

08MEX104620/12HMGE99 Público-Urbano

12.- El Lavadero 13.- El Progreso Primera Sección 14.- El Progreso Segunda Sección Comunidad / Ejido

15.- Ejido de Calixtlahuaca 16.- Grupo de Ejidatarios y Propietarios 17.- Fracción el Panulo 18.- Ejido Santa Juana y El Capulín 19.- Ranchería Santa Juana la Purísima 20.- Fundo de Santa María Nativitas

23.- Fracción La Palma 24.- San José Buenavista 25.- Ejido del Murciélago

5MEX30008712AAPR44 08MEX104671/12AAGE99

Agrícola

26.- Ejido San Mateo Tlalchichilpan 27.- Ejido de San Martín La Puerta 28.- Ejido de Tlaxomulco 29.- Ejido de Santa Cruz Atzcapozaltongo

continua...

292 Antología sobre riego

Cuadro 1-D. Usuarios registrados de la Asociación Civl del Río Tejalpa y sus Afluentes, 1999. USUARIOS

TÍTULOS DE CONCESIÓN

USO continuación...

30.- Manuel Colín (Tlachaloya)

08MEX105914/12AAGE00

Agrícola

08MEX105422/12AHGE99 08MEX104936/12IMGE99

Agrícola

08MEX106810/12AAGE00

Agrícola

31.- Rancho La Esperanza 32.- Facultad de Ciencias Agrícolas 33.- Granja Apolo 34.- Manuel Colín (Rancho Barbabosa) Particulares

35.- Sra. Elena 36.- Antonio Santana 36.- Juan Colín (La Peña) 38.- Rancho San Bartolo 39.- Rancho La Venta 40.- Hacienda Serratón Fuente: Trabajo de campo, consulta del REPDA Elaboró: Aguirre 2007

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 293

Cuadro 1-E. Usuarios registrados de aguas arriba, 1999.

Comunidad / Ejido

Particulares Aguas Arriba

USUARIOS

TÍTULOS DE CONCESIÓN

1.- Ejido de San Juan de las Huertas

5MEX300087/12AAPR56 08MEX105869/12ASGE99

USO

Agrícola Público-Urbano

2.- Ejido de San Cristóbal Tecolít

08MEX104685/12AAGE99

Agrícola

3.- Ejido Tejalpa

08MEX105969/12AAGE00

Agrícola

4.- Ejido Santa Cruz Cuahutenco

Sin título

Agrícola

5.- Ejido de Zinacantepec

08MEX103587/12AMGE98

Agrícola

8.- San Antonio Acahualco

08MEX105896/12AMGE98

Agrícola

9.- San Francisco Tlalcilalcalpan

08MEX103508/12AAGE98

Agrícola

13.- Contadero

08MEX105429/12 HOGE 99

Público-Urbano

14.- San Pedro Tejalpa

08MEX106847/12HOGE00

Público-Urbano

15.- Ejido de San Lorenzo Cuahutenco

08MEX105441/12HMGE99

Público-Urbano

16.- Ejido Rancho San Nicolás

Sin título

1.- Hacienda La Huerta

Sin título

2.- Hacienda el Molino de Guadalupe

08MEX103532/12IMGE98 05MEX300137/12AMDE57 05MEX300138/12AMSG70

Agrícola Agrícola Múltiples

3.- Hacienda Santa Cruz de Los Patos

Sin título

Agrícola

4.- Hacienda San Pedro

Sin título

Agrícola

5.- Hacienda Tejalpa

Sin título

Agrícola

Fuente: Trabajo de campo, consulta del REPDA Elaboró: Aguirre 2007

294 Antología sobre riego

Cuadro 2. Declaratoria de Propiedad Nacional

CORRIENTE

FECHAS

FUENTE

Río Tejalpa

27 de enero de 1920, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de marzo del mismo año

(AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 3)

Río Tecaxic (1)

21 de septiembre de 1925, y publicado el 2 de enero de 1926

(AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 3)

Río San Pedro

23 de septiembre de 1920, y publicado (AHEM, CAM, 1933. Vol. 117, en el Diario Oficial de la Federación el Exp. 2-1408 y I-E-3 Bis/Fs 8) 16 de octubre siguiente

Manantial del Capulín (2)

21 de febrero de 1923, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de abril de ese mismo año

(AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 3)

Río de la Huerta o Chiquito (3)

26 de julio de 1929, y se volvió hacer otra declaración el 22 de julio de 1931

(AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 3).

El arroyo de la Cocinera (3)

23 de septiembre de 1920, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de ese mismo año, Éste es declarado de nuevo el día 27 de abril de 1923, y publicado el 30 de mayo del mismo año

(AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 3).

Nota 1, El río Tecaxic es, bajo otro nombre, el mismo río que el llamado Tejalpa. Nota 2, Afluente del río San Pedro. Nota 3, Afluentes del río Tejalpa.

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 295

Cuadro 3. Reglamentos y modificaciones FECHA NOMBRE DEL REGLAMENTO

FUENTE CONSULTADA

1928

Reporte de distribución del agua de 1928

AHA, AS, C. 223, Exp. 5347

1932

Reglamento provisional para la distribución de las aguas del AGA, For -13-foj167 río Tejalpa o Parcionero, arroyo La Cocinera y río Chiquito, o de la Huerta, desde su nacimiento en terrenos del municipio de Zinacantepec del Estado de México hasta su desembocadura del primer río en el río Lerma. 1932.

1934

Reglamento previo para la distribución de las aguas de estiaje del río Tejalpa o de los parcioneros y sus afluentes: río San Pedro, La Huerta o Chiquito, y arroyos de la Cocinera: en el tramo comprendido desde su nacimiento en jurisdicción de Zinacantepec, Estado de México, hasta su desembocadura en el río Lerma. Enero de 1934.

1937

Reglamento para la distribución de las aguas del río Tejalpa, AGA, For -15-33-2987 Estado de México, 1937. (Es un reglamento parcial para ajustar al reparto agrario y queda comprendido en reglamentación general río Tejalpa emitido por la SAF.)

1939

Modificación al reglamento realizada el 26 de julio de 1939

AHEM, CAM, 1940-1954. Vol. 128, Exp. 2-14582/Fs. 15.

1999

Conformación de la Asociación Civil de usuarios del Río Tejalpa y sus Afluentes

Proporcionado por la mesa directiva de la Junta de Aguas, 2006

Proporcionado por la mesa directiva de la Junta de Aguas en el año de 2006 y AHEM, FA, 1934. Vol. 13, Exp. 47/Fs 24.(1)

Nota 1, Las dos versiones no son idénticas, una tiene fecha de enero y la otro fecha de marzo del mismo año, no hay diferencias significativas entre ellas.

296 Antología sobre riego

Figura 1. Esquema de ubicación de presas derivadoras "aguas arriba"

Presa derivadora de los Oyameles

Ar ro yo l as Ju nt as

s

ionero

Río San Pedro

o Parc

Arroyo la Cocinera

ejalpa Río T

Presa derivadora el Patio

Presa derivadora de los Arcos Río Chi to o

qui

Presa derivadora los Trozos

Presa derivadora la Virgen

a de l rta

Hue

Presa derivadora las minas

Presa derivadora el Coyote

Presa derivadora de San Cristóbal Presa derivadora Barbabosa

Presa derivadora del Hospital

Presa derivadora los Guajotes

Presa derivadora de San Antonio y San Francisco

Río

Presa derivadora del Molino

to o

qui

Chi

Presa derivadora la Estrella

Presa derivadora las Animas

dr Pe n Rí o

Sa

Presa derivadora San Luis Mextepec

o

ta uer

aH

de l

Presa derivadora San Lorenzo

Presa derivadora del Capulín

Presa derivadora del Calicanto

Presa derivadora del Jaral

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 297

298 Antología sobre riego

Pueblo de Tecaxic

Hacienda de Nova

Vecinos de Tecaxic

Ejido de Santa Cruz Cuahutenco

Santa Cruz Cuahutenco

Rancho El Ejido

Fábrica de Ladrillos

Hda. Molino de Guadalupe

Ejido de San Luis Mextepec

Ejido de San Pablo Autopan

Hda. San Bartolo

Bordo Nuevo

Bordo Santa Eduviges

Toma de la

Toma del Muñeco

Bordo Los Árboles

Bordo San Bartolo

Bordo La Cruz

Bordo San José

Bordo La Providencia

Toma Rancho San José

Bordo redondo

Bordo Las Carpas

Hda. La Puerta

Hacienda Arroyo y San Juan

Bordo de enmedio Bordo Garambuyo

Bordo Urbina

Bordo San Diego

Ejido de Tecaxic riego

Bordo La llave

El Capulín

Rancho San Bartolo y la Purísima Rancho El Capulín Rancho San Isidro

Toma de San Isidro

Represa de Derivación Los Oyameles

Arroyo Las Juntas

Ejido de San Francisco Tlalcilalcalpan

Hda. San Francisco

Ejido de San Antonio Acahualco

Ejido de San Antonio Acahualco

Hda. Santa María de Abajo

Represa Derivadora El Calicanto

Toma de la Soledad

Toma Hda. La Puerta

Bordo Los Angeles

Vecinos de pueblo de San Francisco Tlalcilalcalpan

Fundo legal de San Francisco Tlalcilalcalpan

Vecinos de pueblo de San Antonio Acahualco

Toma del Bordo de la Soledad

Bordo San Mateo

Bordo La Palma

Bordo La Soledad

Bordo San Jerónimo

Bordo Dolores

Hda. del Cerillo

Hda. San Cayetano

Hda. de Jicaltepec

Hda. San José Buenavista

Hda. de Nova riego

Hda. Molino de Guadalupe

Represesa Derivadora El Jaral

Bordo Santa Rosa

Hacienda Serratón

Ejido de Zinacantepec

Río San Pedro

Ejio de San Antonio Acahualco

Bordo Canchiquí

Ejido de San Juan Toma de Cristóbal Tecolit Hda. Tejalpa

Represa Derivadora Hda. Molino de Guadalupe Las Minas

Ejido San Juan de las Huertas

Toma de las Canoas

Río Tejalpa

Pueblo de Ejido de Zinacantepec Zinacantepec

San Juan de las Huertas

Industrial

Río La Huerta

Croquis 1. Distritos de Riego tula, Alfajayucan y Ajacuba

junta de aguas del rio tejalpa y sus afluentes 299

Bordo La Bandera

Hda. Jicaltepec

Bordo San Blas

Ejido de San Pablo Autopan

Bordo Santa Rosa

Toma de la Beatísima

Bordo La Soledad

Bordo San Jerónimo

Bordo de San Elías

Bordo de San Francisco

Bordo de Santa Rosa

Toma de San Elías

Toma de Almolya La Cabecera

Bordo Nuevo

Bordo Santa Eduviges

Bordo Dolores

Toma de la Facultad de Ciencias Agrícolas Toma del Rancho La Esperanza

Bordo del Maguey

Bordo de la Cruz

Bordo S/N

Bordo del Aguaje

Bordo de enmedio

Bordo La llave

El Capulín

Bordo S/N

Bordo de Limbrerg

Bordo S/N Bordo de San Jerónimo Bordo de Santo Tomás

Bordo El Charco

Bordo S/N

Bordo S/N

Bordo de Guadalupe

Bordo de Dolores

Bordo Bordo La Cruz San José

Bordo redondo

Las Carpas

Bordo La Providencia

Toma Rancho San José

Toma de San Isidro

Toma Hda. La Puerta

Bordo de la Barranca

Toma del Muñeco

Bordo Los Árboles

Bordo de Maravillas

Bordo de San Miguel Bordo de San Nicolás

Toma de San Rosa

Bordo de la Beatísima

Toma del Bordo de la Soledad

Bordo San Mateo

San Bartolo

Bordo S/N

Bordo Garambuyo

Bordo Urbina

IX. La Cañada de Huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua América Rodríguez Herrera | Berenise Hernández Rodríguez Lidia Santos | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCION En la Cañada de Huamuxtitlán (Guerrero), el río Tlapaneco riega una superficie cercana a las 3,000 hectáreas beneficiando a 10 comunidades; la infraestructura consiste en 19 presas efímeras cada una con su red de distribución, aunque los drenajes de un sistema caen al siguiente, de tal manera que los sistemas están interconectados. Adicionalmente, cuenta con sistemas que se estructuran sólo en estiaje, uno de ellos abarca a 5 comunidades. La inversión en mano de obra en la reconstrucción de las presas efímeras y de los trompezones (barreras protectoras) es importante. La estructura organizativa para el manejo del espacio de riego se basa en acuerdos horizontales entre grupos de regantes, y no existen instituciones unificadas en funcionamiento. La CNA recientemente promovió la conformación de 5 unidades de riego y una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público y Capital Variable que conjunta a las 5 Unidades. La estructura organizativa vernácula sigue la regla de un canal, una organización; pero también la regla de una comunidad una organización. De tal manera que los canales están seccionados según la pertenencia a una u otra comunidad. Para

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la gente del lugar es “el canal” de tal o cual comunidad. Como los canales drenan unos a otros, es imposible determinar el final de una red de distribución y el inicio de otra. No obstante hay claros compromisos en relación a las presas efímeras que consisten en la participación o no en la reconstrucción de una presa efímera, sobre esta base se esquematizaron las redes de distribución de los sistemas de La Cañada. Sin embargo, las redes de distribución se modifican en época de estiaje y se estructura un sistema que funciona sólo en esos meses. En este ensayo se describe la infraestructura física y los arreglos sociales para la administración de los sistemas o, más propiamente, la red hidráulica de La Cañada. También se realiza una breve descripción de los trompezones y otras construcciones hidráulicas: barreras transversales, tepechihuites y presas derivadoras efímeras. LA CAÑADA El río Tlapaneco nace en la Montaña de Guerrero, en serranías que alcanzan los 3200 msnm, para luego descender en forma abrupta sobre una accidentada geografía hasta llegar a los 700 msnm, donde se localiza la Cañada de Huamuxtitlán, un estrecho valle de unos 24 km. de longitud. En La Cañada confluyen otras corrientes, tales como Igualita, Tlalixtaquilla, Azompa, Xizintla y Coatlaco. Bajo la influencia del Pacifico, la región se ve frecuentemente afectada por extraordinarios fenómenos meteorológicos durante las épocas de lluvia. Tan solo entre el año 1981 y el año 2005 se registraron 51 tormentas y huracanes, de los cuales 7 asolaron a la entidad (CNA, 2009). En La Cañada, el río Tlapaneco riega una superficie de 2304.68 hectáreas, en donde se cultiva maíz, frijol, arroz1, calabacitas, jitomate, sandía, plátano, mamey y naranjo. Los beneficiarios de los regadíos son vecinos de diez pueblos de dos municipios (Alpoyeca y Huamuxtitlán) que poseen la tierra en forma de bienes comunales, ejidales y, en menor medida, propiedad privada, con parcelas que oscilan entre menos de una a cuatro hectáreas de riego. 1  En la década de 1980 ocurrió la quiebra de los arroceros en la zona y se dejó de sembrar arroz, actualmente se está recuperando el cultivo.

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La Cañada de Huamuxtitlán es un espacio de riego que data desde la época prehispánica, y es posible que la técnica de barreras protectoras de sauce a lo largo del río, llamadas localmente trompezones, se haya utilizado desde la época prehispánica (Gutiérrez, 2002). Las barreras sirven para mantener al río en su cauce, ganar tierra a la ribera del río, y evitar la inundación intempestiva de las tierras de cultivo. Los trompezones se reconstruyen o adicionan anualmente, utilizando estacados, piedras y varetas de sauce (Gutiérrez, 2002; Velázquez, 2008; Rodríguez, Hernández y Palerm, 2010); hay reportes de estas barreras protectoras para el norte de México (Nabhan y Sheridan, 1977; Doolittle, 2003). La cantidad de agua que traslada el río es variable: abundante durante el inicio de la temporada de riego, y escasa durante el estiaje. Esta agua se deriva a los sistemas de riego mediante presas efímeras (llamadas bocatomas), construidas casi paralelas al cauce del río, siguiendo la misma técnica que la utilizada para las barreras protectoras, salvo en lo referente a la plantación de varetas de sauce (sobre presas efímeras, ver Rojas, 2011). Sistemas con más de una presa derivadora Actualmente (2011), hay 19 presas efímeras sobre el río, 11 sobre la margen izquierda, y 8 sobre la margen derecha (ver Cuadro. núm. 1 y Croquis núm. 1). Cada una de estas presas derivadoras con su red de distribución se puede considerar como un sistema de riego (Hunt, 1997). Sin embargo, debido a que, en la mayoría de los casos, un sistema desagua en el canal de otro sistema, podemos también considerar que son sistemas de riego con más de una presa derivadora. Estos casos, siguiendo a Cressier (1995), los denominamos red hidráulica. El desaguar un sistema en otro, beneficia al sistema que desagua ya que no requiere conducir el agua hasta el río, y beneficia al sistema que recibe, ya que le aporta una mayor cantidad de agua. Es también una ventaja cuando se da el caso de que el río destruya o inhabilite una presa derivadora, como ocurrió con la presa efímera del sistema Campo Nuevo en el año 2009; la conexión vía desagüe con un sistema aguas arriba permitió que siguiesen regando. Desde la perspectiva social, no obstante que un sistema desagüe en otro, pudiendo así considerarse un solo sistema con varias tomas, en todos los casos, con la excepción de las aguas del Coyahualco, no existen obligaciones sociales de contri-

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buir a la reconstrucción de la presa efímera del sistema de aguas arriba cuando tienen su propia presa. Esta perspectiva social local implica que los que aprovechan las aguas de desagüe no son responsables por la presa y el sistema de conducción, y más bien “hacen el favor” de evitar el trabajo de conducir las aguas hasta el río. Por otra parte, evidentemente aprovechan el agua llamada “de drenaje”, que es particularmente importante durante la época de estiaje. Sin embargo, esta situación cambia cuando el sistema de aguas abajo pierde su presa. En este caso, los regantes del sistema de aguas abajo participan en el mantenimiento, la reconstrucción y, probablemente, en la ampliación de la presa de aguas arriba. Aún así, cada grupo de regantes conserva sus propias autoridades del agua. Los canales principales de los sistemas de riego que abastecen a regantes de varias comunidades, están socialmente divididos: los regantes de cada comunidad tienen “su” tramo de canal, con “su” propia autoridad. Así pues, “canal”, en la nomenclatura local, corresponde al tramo del canal principal que pertenece a los regantes de una dada comunidad. ZANJAS DE ESTIAJE El periodo de estiaje da lugar a otras redes hidráulicas. Aparecen las zanjas de estiaje, que sólo son posibles y visibles durante el estiaje (ver Cuadro núm. 1 y croquis núm. 2). El estiaje es tal que, por dar un ejemplo, los regantes del canal Las Huertas [14]2, ubicado sobre la margen derecha, pasan el agua de desagüe del canal La Parota [13], ubicado sobre la margen izquierda, a través del río, con el fin de integrarlo a su propio canal. Es decir, construyen un canal o zanja temporal en el lecho del río. Desde la perspectiva social, las aguas se consideran de desagüe, por lo que los regantes del canal Las Huertas no aportan trabajo u otros recursos para la reconstrucción de la presa ubicada aguas arriba. No obstante, en época de estiaje se conforma un sistema de riego La Parota – Las Huertas, con una sola presa en funcionamiento. La red hidráulica más significativa que aparece durante el estiaje corresponde a las aguas del canal Coyahualco – Santa Cruz [15]. En el estiaje, un ramal lleva 2  Se indica entre corchetes el número de la presa derivadora, para facilitar su ubicación en el Cuadro num 1 y Croquis num 1 y num 2.

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agua al canal San Narciso – Conhuaxo [16], donde normalmente drena, y, mediante una zanja de estiaje, otro ramal pasa el agua, por el lecho del río, al otro margen para abastecer al canal principal de Tlalquiltepec [18] que, a su vez, normalmente desagua al canal principal de Huamuxtitlán [19], y enseguida nuevamente por el lecho del río, vuelve a cruzar al otro margen, mediante una zanja de estiaje, para abastecer al canal El Chahuil [17]. (Croquis num. 2). EL CASO DE LAS AGUAS DE COYAHUALCO – SANTA CRUZ Durante el estiaje, las aguas de Coyahualco – Santa Cruz [16] no se consideran de “drenaje”. Los canales que se benefician con sus aguas durante el estiaje participan con una cuota monetaria, aunque no participan con trabajo en el mantenimiento y reconstrucción de la presa derivadora efímera, ni con el mantenimiento del tramo de canal muerto que lleva el agua de la presa hasta las parcelas de los regantes de las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz. Cada comunidad beneficiada durante el estiaje paga de $3000.00 a $4,000.00 pesos, excepto en el año 2009, cuando la autoridad de Coyahualco les cobró $10,000.00, una cuota excesiva de acuerdo a los vecinos de las comunidades beneficiadas sólo durante el estiaje. La posición de la comunidad de Coyahualco aparentemente deriva de que, en 1945, esta comunidad con la participación de la comunidad de Santa Cruz, construyó el canal con faenas y cooperaciones comunitarias. La distribución de las aguas de Coyahualco--Santa Cruz se tandea entre los regantes de las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz, el ramal que hace la ruta canal San Narciso–Conhuaxo [16], y el ramal que hace la ruta zanja de estiaje – canal principal Tlalquiltepec [18] – canal principal de Huamuxtitlán [19]– zanja de estiaje--canal El Chahuil [17]. La organización de este tandeo lo realiza la autoridad del agua de la comunidad de Coyahualco. Sin embargo, la autoridad de la comunidad Coyahualco, parece limitarse a dirigir el agua en una u otra dirección, así como en cuidar, a través de un Juez de Aguas que, cuando el tandeo se dirige a uno u otro ramal, las regaderas de las comunidades Coyahualco y de Santa Cruz estén cerradas. El paso del agua de un grupo de regantes hacia otro sobre la red, se realiza mediante acuerdos entre comunidades. Por ejemplo, la comunidad de Huamuxtitlán

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conforma un Comité para época de estaje, que negocia y acuerda los turnos de agua con las autoridades del agua de las comunidades de Tlalquiltepec y Coyahualco. Los acuerdos se multiplican para los regantes al final de la red. Así, cuando el canal El Chahuil [17] tiene turno de agua, el Juez de Aguas del canal Coyahualco – Santa Cruz [15], el Juez de Aguas del canal principal Tlalquiltepec [18], el Juez de Aguas del canal principal Huamuxtitlán [19] vigilan simultáneamente cada uno en su propio territorio, para que ningún regante abra las regaderas y el agua pase sin dificultad hasta El Chahuil [17]. El cuidado en cerrar regaderas por los jueces de cada comunidad es recompensado, aparentemente, por las comunidades de aguas abajo. Así, los del canal El Chahuil de la comunidad de Conhuaxco tienen que pagar a los jueces de agua de las comunidades de Coyahualco, Tlalquiltepec y Huamuxtitlán. Cuando Huamuxtitlán riega, tiene que pagar a los jueces de agua de las comunidades de Coyahualco y Tlalquiltepec, y, cuando los de Tlalquiltepec riegan, sólo tienen que pagar al juez de aguas de Coyahualco. En el otro ramal, el acuerdo entre las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz significa que el juez de aguas de Coyahualco cuida la distribución. En cuanto a los regantes del canal San Narciso – Conhuaxco [16] de las comunidades de Santa Cruz y de Conhuaxco, ellos también pagan al juez de aguas de Coyahualco para que garantice el cierre de regaderas. ORGANIZACIONES “OFICIALES” En el año 2001, por iniciativa de la CNA, se creó una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público y Capital Variable, denominada “Productores Agrícolas de la Unidad de Riego La Cañada Huamuxtitlán”, que a su vez reúne a Unidades de Riego creadas en los sistemas que reciben aguas de Coyahualco durante el estiaje: Unidad de Riego La Barranca de Coatlaquito AC, comunidad de Coyahualco y comunidad de Santa Cruz (canal Coyahualco – Santa Cruz [15]) Unidad de Riego La Toma Directa AC, comunidades de Santa Cruz y comunidad de Conhuaxco (canal San Narciso – Conhuaxo [16]) Unidad de Riego Los Huamúchiles AC, comunidad de Conhuaxo (canal El Chahuil [17]).

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Unidad de Riego Los Ciruelos AC, comunidad de Tlalquiltepec (canal principal Tlalquiltepec [18]) Unidad de Riego Huamuxtitlán, comunidad de Huamuxtitlán (canal principal Huamuxtitlán [19])3 Según los documentos de constitución de las Unidades de Riego, la Asamblea General de estas organizaciones puede realizarse con todos los socios, o bien con los delegados de estos: los ejidatarios, los colonos, y los de pequeña propiedad, cada uno de los cuales está representado por dos delegados (Acta constitutiva de La Toma Directa, Santa Cruz, 2001). En las actas se estipula que, en los Consejos Directivos, organismos de decisión de las Asociaciones Civiles, participarán en las reuniones, “con derecho a voz pero no voto”, miembros de algunas dependencias del gobierno federal, estatal y municipal. Pero la presencia gubernamental es aun mayor: el Comité de Vigilancia de las AC está conformado por un presidente, secretario y vocal designados por la CONAGUA y por un segundo vocal que es representante del gobierno del estado. Se señala, además, que los Consejos Directivos, en coordinación con la CNA y el gobierno del estado, elaborarán la estructura operacional, la cual, una vez aprobada, no sufrirá modificación alguna. No obstante la constitución formal y reconocimiento oficial de estas nuevas organizaciones: las Asociaciones Civiles de las Unidades de Riego y la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público y Capital Variable, denominada “Productores Agrícolas de la Unidad de Riego La Cañada Huamuxtitlán”, ellas no han cobrado vida. El mantenimiento de la presa y canal de Coyhualco no se organiza a través de la Sociedad de RL, sino que es asunto de las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz. La distribución por tandeo del agua la negocia cada comunidad beneficiada con la comunidad de Coyahualco, y no en el seno de la nueva institución oficial donde cada una de las comunidades tiene representación. El cierre de regaderas para que el agua pase completa no la realiza un canalero contratado por la Sociedad de RL, sino que la realizan los jueces de aguas de cada una de las comunidades 3  No está claro si Huamuxtitlán oficialmente conforma una Unidad de Riego. Adicionalmente, en el acta de la Sociedad de RL no figura la Unidad de Riego Huamuxtitlán. No obstante, en la comunidad aseguran contar con una Unidad de Riego, y con un nuevo “título de concesión” que debe, según dicen, ser renovado en el 2014.

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por donde pasa el agua y que son recompensados por las comunidades de aguas abajo que reciben el agua. En cuanto a las Unidades de Riego, tampoco han reemplazado a las instancias tradicionales, por ejemplo, la comunidad de Huamuxtitlán conserva a su comisión de estiaje, a sus comisionados por campo, y a su juez de aguas. Las autoridades de Bienes Comunales y Ejidales siguen teniendo un papel destacado en las tareas de mantenimiento, distribución y resolución conflicto. Las Unidades de Riego aparentemente se crearon por sistema de riego. En el caso del sistema Coyahualco – Santa Cruz [15], reúne a dos comunidades (Coyahualco y Santa Cruz), y, en el caso del sistema San Narciso – Conhuaxco [16], reúne también a dos comunidades: Santa Cruz y Conhuaxco. Las otras Unidades de Riego corresponden a sistemas que abastecen a una sola comunidad. La estructura organizativa propuesta, sin embargo, no coincide con la estructura organizativa vernácula donde cada tramo de canal que pertenece a una comunidad tiene su propia autoridad; e incluso, cuando hay cooperación en el mantenimiento y reconstrucción de presas efímeras compartidas, se establecen los tramos a cargo de cada comunidad. ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA TRADICIONAL EN LA CAÑADA Los sistemas que comparten una misma y única bocatoma o presa derivadora carecen de una institución en común. En lugar de eso, cada una de las comunidades, e incluso cada uno de los campos de una comunidad, cuenta con su propia autoridad (comisionados o jueces del agua). Los regantes de cada comunidad tienen “su” tramo de canal. En cuanto a las presas derivadoras, los regantes se coordinan para el mantenimiento y reconstrucción; aunque, nuevamente, los regantes de cada comunidad tienen su propio comité, comisionado o juez de estacados. Las actividades de mantenimiento de las presas efímeras y de los trompezones, integrales a los sistemas de riego, están coordinadas por autoridades específicas. Así, en el canal principal Alpoyeca [7] (de la comunidad Alpoyeca) hay un comisionado de estaqueros; en el tramo San Narciso (de la comunidad Santa Cruz) del canal San Narciso – Conhuaxco [16] hay un comisionado de estaqueros; en el canal El de Abajo

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[11] (de la comnidad San Pedro Aytec) hay un juez de estacado; en el canal El Otate [12] (de la comunidad San Pedro Aytec) hay un juez de estacado; y, finalmente, en el canal La Parota – Campo Nuevo [5] (de la comunidad Alpoyeca) se reporta un comisionado de trompezones. En el caso de las redes, en que un sistema drena en otro, y cada uno tiene su propia presa, los acuerdos parecen limitarse a que el canal que recibe las aguas sobrantes tiene la obligación de limpiar el tramo de canal, desde donde “termina” el canal de aguas arriba hasta el canal que recibe. No parece existir una formalización de acuerdos de solicitud de sobrantes y aceptación de esa solicitud, tal y como se describen para el valle de Orbigo, España, y para el río Cuautla, México (Guillet, 2006; Pimentel Equihua y Palerm 2000, Rodríguez Haros, Ávalos y Palerm 2004). La red o sistema que se crea en época de estiaje con las aguas del canal Coyahualco – Santa Cruz [15] depende del agua de una sola presa. El agua que viene desde una presa ubicada aguas arriba sobre el río requiere de tandeo para su distribución. No obstante, aún en este caso, no existe una institución en común. Al igual que en los otros casos, cada grupo de regantes por comunidad tiene su propia autoridad del agua. Sin embargo, tiene un rasgo distintivo propio y distinto a los otros sistemas y redes de La Cañada, ya que, en este caso, una comunidad juega un papel central: la comunidad de Coyahualco organiza el tandeo y, en unión con la comunidad de Santa Cruz, realiza el mantenimiento y reparación de la presa y canal, mientras que las otras comunidades aportan una cuota monetaria. Este caso recuerda a la descripción de Marc Ferri (1997) de sistemas controlados desde aguas arriba (comunidades sobiranes), y sistemas controlados desde abajo (comunidades jussanes). Este sería un caso de control desde aguas arriba. En la estructura organizativa vernácula de La Cañada domina la ausencia de instituciones en común para la gestión de canales y presas. Cada tramo de canal es gestionado por la comunidad a la que pertenece el tramo, y la gestión de la presa común se realiza mediante acuerdos horizontales entre comunidades. Incluso los regantes de una misma comunidad pueden tener únicamente autoridades por campos, aunque además de las autoridades por campos pueden contar con una autoridad (juez de aguas) para el conjunto de campos.

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El diseño organizativo basado en acuerdos horizontales entre comunidades que comparten el mismo canal y presa derivadora se encuentra también en el Módulo II y el Módulo III del Distrito de Riego 017 La Laguna (Cháirez y Palerm, en esta Antología). Es también un diseño organizativo característico para la época de la colonia y el siglo XIX en México (Palerm, 2009, 2010). Es muy interesante la diferencia entre cómo se vigila la distribución de agua en los dos casos de La Laguna (Distrito de Riego 017) y en el caso de las aguas del canal Coyahualco – Santa Cruz [15] en La Cañada durante el estiaje. En los casos de La Laguna, la autoridad del agua de una comunidad es la encargada de vigilar todo el tramo de canal aguas arriba y pone candados en las tomas aguas arriba. Cuando el tandeo se mueve a otro ejido, su autoridad del agua sube para vigilar y poner sus propios candados. En el caso de las aguas de Coyahualco, la autoridad del agua de cada comunidad se encarga de cerrar las regaderas, y es recompensada por las comunidades ubicadas aguas abajo. Ambos casos contrastan con los sistemas con una institución unificada, en los cuales, a nombre de todos, un canalero vigila el canal compartido y cierra las tomas a discreción, o vigila que la autoridad del agua de cada comunidad o sus regantes cierren regaderas y tomas. El peso que tiene la comunidad (el ejido o la comunidad agraria) en la gestión es interesante. Los procesos de participación se organizan por los regantes de cada comunidad, bajo su propia autoridad del agua y de mantenimiento. La importancia de la gestión desde la comunidad tiene antecedentes en las Repúblicas de indios y españoles de la Colonia, recuperadas a principios del siglo XX en la figura de ejidos y comunidades agrarias o de bienes comunales (Bárcenas y Palerm, en esta Antología). La iniciativa desde el Estado de conformar Unidades de Riego pretendió unificar a los regantes por sistema y, con la conformación de la Sociedad de RL, crear una gestión unificada para el sistema que se crea durante el estiaje. Sin embargo, hay un evidente desfase entre la forma vernácula de organización y la propuesta oficial. Propuesta oficial que también margina a las autoridades ejidales y de bienes comunales.

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DESCRIPCIÓN DE LOS SISTEMAS Y REDES La presentación está organizada por sistema (presa y red de distribución), y por la red que conjunta a varios sistemas al drenar unos a otros. Se presentan también los sistemas que se conforman únicamente en el estiaje. La numeración corresponde a la ubicación de presas en los Croquis num. 1 y 2, así como en el Cuadro num. 1. 1. Sistema presa/canal Las Palmas, comunidad Ixcateopan (margen derecha) El canal Las Palmas inicia en una presa ubicada en la margen derecha del río, y riega tierras de la comunidad de Ixcateopan, en un sector aislado del resto de canales por una pequeña elevación que rompe la continuidad de la planicie. Es el único canal que permanece aislado del resto de la infraestructura de riego por razones fisiográficas, lo cual no les afecta, pues obtienen suficiente agua de su presa durante toda la temporada. En este canal dos comisionados, nombrados por los regantes, constituyen la autoridad de riego. Los comisionados son los responsables del mantenimiento y el funcionamiento adecuado de la bocatoma, y de organizar la limpieza de los canales en las áreas de uso colectivo. Las faenas y el aporte de materiales para la reconstrucción de trompezones, presas o canales se distribuyen equitativamente según las áreas de riego de cada beneficiario. RED con tres presas, comunidad Ixcateopan (margen derecha) Este grupo de tres canales, cada uno con su presa, puede ser también considerado como un canal con tres presas. Desde la perspectiva social, cada grupo de usuarios realiza el mantenimiento de su propia presa y canal. No obstante, parecen haber algunas acciones de coordinación entre los comisionados, con el fin de garantizar un nivel de agua y funcionamiento adecuado de los tres canales. 2. Sistema presa/canal La Cruz – primer grupo, comunidad Ixcateopan (margen derecha) El canal La Cruz – primer grupo inicia en una presa en la margen derecha

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del río, y riega tierras de la comunidad de Ixcateopan. El desagüe del canal se realiza a otro canal: La Cruz – tercer grupo. Los regantes nombran una autoridad del agua llamada comisionado. 3. Sistema presa/canal La Cruz – segundo grupo, comunidad Ixcateopan (margen derecha) El canal La Cruz – segundo grupo inicia en una presa en la margen derecha del río, y riega tierras de la comunidad de Ixcateopan. El desagüe del canal se realiza a otro canal: La Cruz – tercer grupo. Los regantes nombran una autoridad del agua llamada comisionado 4. Sistema presa/canal La Cruz – tercer grupo, comunidad Ixcateopan (margen derecha) El canal La Cruz – tercer grupo inicia en una presa en la margen derecha del río, y además recibe el agua de desagüe de los canales La Cruz – primer grupo y La Cruz – segundo grupo. A su vez, desagua al río. El canal también beneficia a 4 regantes de la comunidad vecina de Alpoyeca. Estos regantes tienen los mismos derechos y obligaciones que los de regantes del canal de la comunidad de Ixcateopan. 5. Sistema presa/canal La Parota – Campo Nuevo, de la comunidad de Alpoyeca (margen derecha) El canal La Parota inicia en una presa ubicada en la margen derecha. Hasta hace poco, el canal Campo Nuevo contaba con su propia presa, pero su destrucción en la temporada de lluvias del año 2009 lo llevó a depender de una sola presa, la de La Parota. Cada “canal” cuenta con una autoridad del agua llamada comisionado. Los usuarios de ambos “canales” colaboran de manera proporcional al mantenimiento de la presa y la reparación de los trompezones que la protegen. La presa del canal La Parota – Campo Nuevo se localiza en los campos de los regantes del canal La Cruz – tercer grupo (de la comunidad de Ixcateopan). Los regantes del canal La Parota y, actualmente, de la Parota – Campo Nuevo instalan ahí protección ribereña (trompezones) para proteger la presa, lo que a su vez beneficia a los regantes del canal La Cruz – tercer grupo.

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Se reporta un comisionado de trompezones, responsable de coordinar la construcción de la protección ribereña. El canal La Parota – Campo Nuevo desagua en el río. RED con cuatro presas, comunidades Ixcateopan, Alpoyeca, San José Buenavista, San Pedro Aytec y Tlalquetzala (margen izquierda) Los canales principal margen izquierdo de Ixcateopan, principal de Alpoyeca, El Sabino, La Hacienda, El Rincón, El Sifón de las comunidades de Ixcateopan, Alpoyeca, San José Buenavista, San Pedro Aytec y Tlalquetzala conforman una red al desaguar un canal en el otro. Puede verse también como un canal con cuatro presas. 6. Sistema presa/canal margen Izquierdo de Ixcateopan, comunidad Ixcateopan (margen izquierda) Este canal provee agua a cinco campos: Cantil Azul, el Huizache, Grupo del Medio, Los del Rincón, y el Grupo de la Barranca Seca de la comunidad de Ixcateopan. El canal se encuentra parcialmente revestido con cemento (6.7 Km. de 10.42 CMS), resultado de un apoyo gubernamental de la SEDESOL “Empleo temporal”, recibido en 1985. El canal cuenta también con una compuerta metálica, actualmente inservible. Para regular el paso del agua, se recurre a palos, costales y arena. Cada campo cuenta con dos comisionados. En caso de conflicto entre los campos se recurre al comisariado ejidal de Ixcateopan. Todos los campos participan en la limpieza y mantenimiento de la presa, y cada campo se encarga del mantenimiento del tramo del canal que pasa por su sector. El canal, a la altura de Barranca Seca, desagua en el canal principal de Alpoyeca, favoreciendo así a varios campos de ésta comunidad, mientras que, para los de canal principal margen izquierda, Ixcateopan, significa no llevar el desagüe hasta el río. 7. Sistema presa/canal principal de la comunidad de Alpoyeca, comunidad Alpoyeca (margen izquierda) El canal principal de Alpoyeca riega tres campos (Tamarindos, Huamuchilera y Xocotla). Los sobrantes, a la altura del campo Xocotla, se vierten en el canal de El Sabino de la comunidad San José Buenavista.

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Cada campo tiene un comisionado propietario y un suplente (en este canal son seis en total). La limpieza y mantenimiento de la presa, que está en el campo de los Tamarindos, está a cargo de los regantes de los tres campos. Se reporta un comisionado de estaqueros. 8. Sistema presa/canal El Sabino, comunidad de San José Buenavista (margen izquierda) El canal El Sabino riega tierras de la comunidad de San José Buenavista, y desagua en el sistema La Hacienda–El Rincón–El Sifón, a la altura del tramo denominado El Rincón, que corresponde a la comunidad de San Pedro Aytec. 9. Sistema presa/canal La Hacienda–El Rincón–El Sifón, comunidades San José Buenavista y San Pedro Aytec y Tlalquetzala (margen izquierda) El canal La Hacienda – El Rincón – El Sifón, que riega parcelas de tres comunidades, comparte la misma presa. El mantenimiento y reparación se realiza de manera proporcional entre los regantes de las tres comunidades. Los regantes de cada uno de los tramos de canal, que a su vez corresponden a tres distintas comunidades, limpian su propio canal. Cada canal cuenta con un Juez de Aguas, y, en el caso de El Sifón de la comunidad de Tlalquetzala, tienen además un vocal. La comunidad de Tlalquetzala se abastece con varios sistemas, los tramos correspondientes a Tlalquetzala son atendidos, cada uno, por un juez de aguas y un vocal. RED con dos presas, comunidades San José Buenavista y San Pedro Aytec (margen izquierda). Los canales Zona Federal y El de Abajo, cada uno con su propia presa, conforman una red al desaguar el primero en el segundo. 10. Sistema presa/canal Zona federal, comunidad San José Buenavista (margen izquierda) La autoridad del agua es un Juez de Aguas. La comunidad de San José Buenavista cuenta con tres canales que abastecen a parcelas de regantes de la comunidad, y cada canal tiene su propio juez de aguas.

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11. Sistema presa/canal El de Abajo, comunidad San Pedro Aytec (margen izquierda) La autoridad del agua es un Juez de Aguas. Se reporta también un Juez de estacado. RED con dos presas, comunidades San Pedro Aytec y Tlalquetzala (margen izquierda); en estiaje: desde el desagüe del canal La Parota– zanja de estiaje–canal Las Huertas Los canales Otate y La Parota, cada uno con su propia presa, conforman una red al desaguar el primero en el segundo. La Parota desagua en el río, aunque, durante el estiaje, los regantes del canal Las Huertas en la otra margen aprovechan el agua vertida al río, construyendo una zanja en su lecho. 12. Sistema presa/canal Otate, comunidad de San Pedro Aytec (margen izquierda) El Otate cuenta con dos Jueces de Aguas y con un Juez de estacado. El canal El Otate vierte las aguas sobrantes en el canal La Parota. 13. Sistema presa/canal La Parota, comunidad de Tlalquetzala (margen izquierda) La Parota cuena con un Juez de aguas y un vocal. El canal desagua al río, pero en época de estiaje las aguas sobrantes son aprovechadas por un canal en la otra margen del río. 14. Sistema presa/canal Las Huertas, comunidad de Tlalquetzala (margen derecha) Tienen su propia presa, pero en época de estiaje pasan el agua del drenaje del canal La Parota al canal de Las Huertas mediante una zanja en el lecho del río. No se considera que exista obligación de cooperación con las presas efímeras de aguas arriba, ya que solo toman “agua de desagüe”. Se reporta como autoridad del agua a un Juez de aguas y un vocal. RED con tres presas, comunidades Coyahualco, Santa Cruz, Conhuaxo (margen izquierda) Curso del agua fuera de la temporada de estiaje. La descripción de esta red se detalla en la descripción del curso del agua en época de estiaje.

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 315

15. Sistema presa/canal Coyahualco–Santa Cruz, comunidades Coyahualco y Santa Cruz (margen izquierda) Este sistema desagua en el canal San Narciso – Conhuaxco 16. Sistema presa/canal San Narciso–Conhuaxo, comunidades Santa Cruz y Conhuaxo (margen izquierda) El drenaje del canal San Narciso – Conhuaxo vierte en la parte final del canal El Chahuil. Se reporta un comisionado de estaqueros para el tramo de canal San Narciso de la comunidad de Santa Cruz. 17. Sistema presa/canal El Chahuil, comunidad Conhuaxo (margen izquierda) RED con dos presas, comunidades Tlalquiltepec y Huamuxtitlán (margen derecha). Curso del agua fuera de la temporada de estiaje. La descripción de esta red se detalla en la descripción del curso del agua en época de estiaje. 18. Sistema presa/canal principal Tlalquiltepec (margen derecha) 19. Sistema presa/canal principal de Huamuxtitlán (margen derecha) RED de las aguas de Coyahualco – Santa Cruz en el estiaje La presa y canal fueron construidos aproximadamente en 1945, con recursos propios de los pueblos de Coyahualco y Santa Cruz, tanto monetarios como en especie y en trabajo. Tiene su presa en la margen izquierda, a la altura de la comunidad de San José Buenavista. Antes de llegar a la comunidad de Coyahualco, el canal pasa por terrenos de las comunidades de San José Buenavista, San Pedro Aytec y Tlalquetzala. Algunos campeisnos de San José Buenavista, San Pedro Aytec y Tlalquetzala toman agua del canal de Coyahualco a cambio del paso del canal. El agua se tandea entre Coyahualco – Santa Cruz y dos ramales. El tandeo del agua se organiza de acuerdo a las necesidades de los regantes de las distintas comunidades. Los turnos sólo pueden durar tres días para no causar estragos en las siembras de los otros canales participantes. Coyahualco organiza el tandeo.

316 Antología sobre riego

El mantenimiento y reparación de la presa y del tramo de canal entre la presa y el inicio del canal comunitario de Coyahualco corre a cargo de regantes de Coyahualco y Santa Cruz, los regantes de las otras comunidades que reciben las aguas de Coyahualco en estiaje pagan una cuota monetaria, que fluctúa entre 3,000 y 4,000 pesos, excepto en el año 2009, cuando la autoridad de Coyahualco les cobró $10,000.00, lo cual fue, según su criterio, un exceso. 15. Coyahualco–Santa Cruz, comunidades Coyahualco y Santa Cruz (margen izquierda) Una vez que el agua llega a la comunidad de Coyahualco surte al canal comunitario y riega los campos Rancho Viejo, Trapiche/Jale, Tonalapa, Calvario, Puente de Cualac y Los Bajaderos, y, enseguida pasa el agua al canal de la comunidad de Santa Cruz. Los regantes de Santa Cruz se coordinan con Coyahualco para la limpia del canal y la presa. La autoridad de agua es el Comité de usuarios de Riego, integrado por un presidente, secretario, tesorero y vocales. Durante el estiaje nombran un Juez de aguas que solamente tiene funciones de aguador. 16. Ramal margen izquierda canal San Narciso–Conhuaxo, comunidades de Santa Cruz y Conhuaxo (margen izquierda) Los regantes de las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz tienen que cerrar sus regaderas para que el agua pase en cantidad suficiente al canal San Narciso–Conhuaxo en la margen izquierda. Toda el agua se envía hacia el ramal San Narciso–Conhuaxo. Los regantes del canal San Narciso–Conhuaxo tienen que pagar al Juez de Aguas de Coyahualco para que vigile el cierre de las regaderas en las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz. Ramal margen derecha y margen izquierda: zanja de estiaje–canal principal Tlalquiltepec–canal principal Huamuxtitlán–zanja de estiaje–canal El Chahuil, comunidades Tlalquiltepec, Huamuxtitlán y Conhuaxo Los regantes de las comunidades de Coyahualco y Santa Cruz tienen que cerrar sus regaderas para que el agua pase en cantidad suficiente a este ramal. El recorrido del ramal consiste en una zanja o canal hecho en el mismo lecho del río, a la altura de la comunidad de Tlalquetzala, que lleva el agua

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 317

a la otra margen del río para abastecer al canal principal de Tlalquiltepec. De ahí pasa al canal principal de Huamuxtitlán y, enseguida va nuevamente por una zanja hecha en el lecho del río hasta alcanzar, en la otra margen del río, el canal El Chahuil. En este ramal, se turnan el agua que reciben a su vez del turno al ramal. La vigilancia de que todas la regaderas en las comunidades aguas arriba estén cerradas, en el turno correspondiente a una comunidad, corresponde a los jueces de agua de cada comunidad, que son recompensados por las comunidades de aguas abajo. 18. Canal principal Tlalquiltepec, comunidad Tlalquiltepec Pago a juez de aguas de la comunidad de Coyohualco (que incluye a Santa Cruz) para que vigile el cierre de regaderas. 19. Canal principal Huamuxtitlán, comunidad Huamuxtitlán Las autoridades de agua son 5 comisionados, uno por cada campo. También interviene el comité de vigilancia del comisariado ejidal. En la época de estiaje se conforma un comité de estiaje para negociar los turnos y el pago de agua a Coyahualco (por el mantenimiento de la presa y el tramo de canal desde la presa hasta la comunidad de Coyohualco). Así pues, también es la responsable del pago a los jueces de aguas de las comunidades de Coyahualco y Tlalquiltepec. 17. Canal El Chahuil La autoridad del agua es el comité de usuarios de la comunidad de Conhuaxco. Se les paga a los jueces de aguas de Coyahualco, Tlalquiltepec y Huamuxtitlán para que vigilen el cierre de regaderas. LOS TROMPEZONES Y OTRAS CONSTRUCCIONES HIDRÁULICAS: BARRERAS TRANSVERSALES, TEPECHIHUITES Y PRESAS DERIVADORAS EFÍMERAS El río Tlapaneco está localizado en la zona de influencia de la actividad ciclónica y de tormentas tropicales provenientes del Océano Pacífico. En la temporada de lluvias las aguas del río Tlapaneco bajan con fuerza al valle, ocasionalmente destruyendo campos de cultivo, e incluso centros de población próximos a sus márgenes.

318 Antología sobre riego

Por ejemplo, los desastres ocurridos en los poblados de Tlaquiltepec y San Pedro Aytéc con el paso del huracán Cosme en 1989, que motivaron el traslado de ambos centros de población. Otro tanto ocurrió en el poblado de Ixcateopan en 1884, aún se pueden observar los restos de la iglesia y casas entre lo que ahora son huertos. Frente al riesgo de inundación, la población construye una “protección ribereña” o trompezones que se observa como largas hileras de sauces en la orilla del río. Los trompezones dan un paisaje característico a La Cañada, ambas riberas cuentan con filas densas de sauces. Estudios arqueológicos en la zona proponen que los trompezones fueron, posiblemente, un elemento clave de los regadíos en la Cañada durante la expansión Azteca del reino de Tlachinollan (Gutiérrez, 2002). Los trompezones son una construcción hecha a base de estacas, ramas, piedras y varas de sauce que forman una barrera a lo largo de la ribera del río y que protege a los campos de cultivos y a los centros de población de las amenazas de destrucción por las crecidas del río, así como para ganar terreno de cultivo al río y posiblemente, para estabilizar la tendencia del río a cambiar su cauce. Los trompezones son una componente clave de los regadíos de La Cañada, dada la función de protección. La eficacia de la protección ribereña depende de la variación en la fuerza de la corriente por las condiciones metereológicas, así como de la edad y del cuidado (podas) que los regantes prodiguen a la saucera. En 1989 con el paso del huracán Cosme, arrasó con tramos de viejos sauces, que correspondían a la protección ribereña. Para cuidar y ampliar la protección ribereña en los poblados hay autoridades de los trompezones o estacados, además de autoridades de los sistemas de riego. Los trompezones son construidos y reconstruidos por tramos de 20 a 500 metros en cada temporada. Según las posibilidades y necesidades de protección, se da prioridad a los lugares con riesgo de inundación, bocatomas o puntos de choque del río. Hay secciones de la ribera que no están protegidas, debido a que la fuerza del río ha derribado las sauceras, o bien, porque el río ha modificado su cauce. Evidencia de este último caso es un trompezón que ahora se ve como un islote dentro del río a la altura de la comunidad de Alpoyeca. Cuando el río se recarga hacia un lado u otro y causa pérdidas de parcelas de cultivo en una u otra ribera del río, la normativa local indica que “el río decide los límites”. Esto significa que en ambas riveras, la que ha ganado y la que ha perdido

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 319

playa deben construir una nueva barrera ribereña o trompezón a lo largo del nuevo límite con el río. Evidencia de la adquisición de tierra en una rivera, son los trompezones que quedan alejados de la margen del río. Los trompezones generalmente se construyen al término de la temporada de riego, con el inicio de las primeras lluvias, entre mayo y junio. Los regantes completan faenas que duran de 15 a 25 días, trabajando el día completo. Las barreras se construyen en triple fila, con una longitud de 20 a 500 metros siguiendo la rivera del río Tlapaneco. Para comenzar, el llamado “armazón”, en una hilera paralela a la rivera y en la parte menos honda del río, se clavan seis estacas de 3 metros de largo (por 10 a 12 centímetros de diámetro) a una profundidad de 2 metros, dejando un espacio de un metro entre cada estaca. Este trabajo se realiza entre tres hombres: dos introducen la estaca en el lecho del río, realizando movimientos circulares, y cuando la arena presenta mayor resistencia, un tercer hombre golpea la parte superior de la estaca con un mazo de hierro. Acto seguido, se levantan dos hileras paralelas para formar una barrera de tres hileras, y entre cada una de esta hileras se deja una distancia de un metro. Conforme avanzan, al añadir hileras, se incrementan las dificultades que enfrentan por la fuerza y profundidad del río; cuando el agua llega a la altura de la cintura o del pecho es necesario amarrar las estacas con una soga, para luego clavarlas. El hombre que sujeta el mazo se sube a una estaca, previamente enterrada, para golpear y enterrar la estaca que se está colocando, primero unos 10 centímetros. Después se sube a la estaca someramente enterrada para pegarle a una segunda estaca y enterrarla también someramente, y así sucesivamente, hasta enterrar las otras dos hileras de seis estacas a la profundidad requerida de dos metros. Una vez que el armazón (3 hileras de 6 estacas) queda listo, otro grupo se encarga de latear; es decir, colocar la rasta, que es un tejido realizado con ramas de árboles (ver Cuadro núm. 2). Las ramas con las que se realiza la rasta tienen una longitud de dos a cuatro metros y un diámetro de 2 a 5 centímetros. La actividad de latear consiste en la colocación de la rasta, donde se cruzan dos elementos activos: la rasta en forma horizontal, y las estacas en forma vertical. La tarea de latear se realiza para cada hilera de estacas paralela a la ribera. El armazón queda listo cuando las tres hileras de estacas están lateadas y forman tres paredes. Para conformar un muro más grueso, que tendrá dos metros de ancho entre las hileras de

320 Antología sobre riego

estacas (o “paredes”) se coloca más rasta, así como piedras o costales de arena. Al fondo se coloca una capa de rasta amontonada, sobre la cual se coloca una capa de piedras o costales de arena, y así sucesivamente se añaden capas de rastra y piedra o costales, hasta rellenar el hueco que conforme a la altura y distanciamiento entre las hileras de estacas tiene un metro de altura por un metro de ancho y, la longitud de un armazón, que es de 6 metros. Lo último que se hace para tener el trompezón listo es plantar varetas de sauce sobre la barrera, guardando entre sí una distancia de 2 a 3 metros. Estas varetas se siembran cuando el muro ya ha recogido sedimentos aluviales (lama) entre la rasta, lo cual tarda aproximadamente una semana después de haber terminado el armazón. Las piedras y estacas protegen la vareta mientras ésta se afianza. Las varetas echan raíces y se desarrollan haciendo paxtle; es decir, entrelazando sus raíces y dando más fuerza a la estructura construida. Una barrera de cien metros requiere una cantidad $ 25,500 pesos en materiales y en acarreo. La mano de obra no se contabiliza en términos monetarios, ya que el trabajo se realiza por faena o tequio. No obstante, un cálculo aproximado de la mano de obra invertida sería de $100 pesos (salario local) a 40 peones durante 15 días; es decir, $60,000 pesos, más $2,000 para el pago de la mano de obra utilizada para el corte y recolección de los materiales a utilizar (Cuadro núm. 3). Otras técnicas de barreras protectoras.- Además de los trompezones característicos del paisaje de la Cañada, existen otras técnicas complementarias: las barreras transversales al río, y los tepechihuites. Barreras transversales al río.- Las barreras transversales funcionan como refuerzo para proteger los terrenos. Las barreras se levantan en puntos críticos y avientan el agua del río hacia el otro lado. Las barreras transversales pueden presentarse junto con las barreras paralelas al río. Las barreras se construyen a partir de estacas de sauce de 3 metros de largo por 10 a 12 centímetros de diámetro, las cuales se entierran haciendo una hilera que va desde la orilla hacia el río, se puede internar en el río de 5 a 50 metros. Una barrera tiene una doble hilera de estacas paralelas entre si y perpendiculares al curso del río; la distancia entre cada hilera es de 1.5m. La rasta se entreteje en cada hilera de estacas, empezando desde abajo. Se colocan piedras o costales de arena en medio de las hileras, amontonándolas hasta rellenar la barrera. Una variante de la barrera

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 321

transversal consiste en una sola hilera de estacas, colocando piedras o costales de arena detrás de la hilera. Las estacas dan la cara a la corriente del río, y las piedras le brindan un soporte. Las barreras transversales pueden encontrarse en grupos de 7 a 15 barreras, cada una separada por 3 metros de distancia. Por ejemplo, sobre la rivera, un conjunto de barreras trasversales consistente en 8 barreras; cada barrera una doble hilera de estacas, con una distancia entre barreras de 3 metros y una longitud de cada hilera o barrera de 20 metros. Por ejemplo, un conjunto de 15 barreras, con una distancia entre barreras de 3 metros y una longitud de las hileras de 50 metros. Tepechihuites o conos.- Consisten en conos que se construyen enterrando 8 a 10 estacas de 5 metros de largo, a una profundidad de 1.5 a 2 metros, formando un círculo de 3 metros de diámetro; aunque los hay de distintos tamaños y hay señalamientos de que antes se construían a mayor tamaño. Una vez enterradas las estacas, los trabajadores reúnen las estacas en el extremo superior para conformar un vértice y amarran las estacas del vértice con alambre recocido. La rasta se teje empezando desde abajo, dejando una sección del armazón sin cubrir. Después, la rasta se refuerza con amarres de alambre para que quede bien afianzada a las estacas, y, por la sección sin cubrir de rasta se introducen unas cinco piedras o unos diez costales de arena. Cuando el interior del tepechihuite queda lleno, se cierra con rasta. Bocatomas o presas derivadoras efímeras.- La bocatoma o presa derivadora se edifica siguiendo el mismo principio constructivo de los trompezones, utilizando estacas, rasta, y piedras o costales de arena, aunque no se siembran las varetas de sauce. Las bocatomas se construyen en el lecho del río, ligeramente perpendiculares al curso del río, sin atravesar de lado a lado el río. Las bocatomas varían en cuanto a lo largo y ancho de sus paredes según las características del lugar. Dependiendo de la fuerza del río, la bocatoma tendrá una, dos, o hasta tres hileras de estacas. En cada estación lluviosa son destruidas (total o parcialmente) por la fuerza de la corriente, o azolvadas por el arrastre de arena o piedras. La construcción, mantenimiento y reconstrucción de las tomas es una tarea permanente debido al comportamiento errático del río. Hay bocatomas que no han cambiado de ubicación en años, lo que significa que el río no ha modificado su recorrido. En tal caso, los regantes sólo acuden para dar mantenimiento, cambiando la rasta y reacomodando las piedras. Sin embargo, en

322 Antología sobre riego

las ocasiones en que el río se mueve, éste puede dejar en desuso una antigua toma, por lo que los regantes se ven obligados a construir una nueva presa en una nueva ubicación, buscando para ello un lugar en la ribera que permita abastecer el sistema de canales de distribución, tomando en cuenta la pendiente y la cantidad de agua para los canales. En febrero, al inicio del estiaje y conforme el río se va secando, los regantes pueden decidir alargar el embudo por donde entra el agua para facilitar su captación, colocando para ello costales con arena, semejando un muro. Sin embargo, los costales tienen el inconveniente de que, al bajar el nivel del agua, el sol termina tostándolos y desintegrándolos. Aun así, a pesar de los inconvenientes, esta técnica es muy utilizada, pues los sacos constituyen una opción barata y fácil para armar y prolongar la presa, sin mencionar las áreas con suelo de tepetate, donde no es posible enterrar las estacas. Durante el estiaje también se recurre al uso de una retroexcavadora para canalizar el agua hacia la bocatoma. Esta maquinaria suele costar $500 pesos por hora, y se necesitan de dos a tres horas para finalizar el trabajo, resultando en un costo que es absorbido por los usuarios de la toma. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” Referencias Archivos Archivos de la Procuraduría Agraria, Tlapa de Comonfort, 2009 Archivos de las Unidades de Riego y de la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público y Capital Variable

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la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 323

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324 Antología sobre riego

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la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 325

326 Antología sobre riego La Cruz primer grupo La Cruz - segundo grupo

derecha derecha

derecha

2

3

4

izquierda

izquierda

6

7

2148.28

7145.92

Canal principal del margen izquierdo de Ixcateopan

derecha

5

Canal principal de Alpoyeca

1771.4 + 1731.6

La Parota - Campo Nuevo

desagüe canal principal del margen izquierda Ixcateopan

1405.5

1783.37

2703.73

3328

Long canal (m)

La Cruz - tercer grupo

desaguan la Cruz, primer y segundo grupo

Las Palmas

Sistema de Riego

derecha

Sólo recibe agua en estiaje

1

Otra toma agua

Margen

Num. presa en el croquis

Cuadro núm. 1. Sistemas y redes

179.51

103.13

27.34 + 41.37

75

81

40 + 30

11

25

comprendido en el anterior

comprendido en el anterior

38

26

Regantes

56.374

18.975

Hectáreas regadas

El Sabino

Canal principal de Alpoyeca

Río

Río

La Cruz - tercer grupo

cada campo cuenta con un comisionado (3 en total)

cada campo cuenta con 2 comisionados campo (8 en total)

Cantil Azul, Los del Medio, Rincón, Barranca Seca Los Tamarindos, Huamuchil era y Xocotla

comisionado y suplente por cada campo (en total 2 comisionados y dos suplentes) La Parota Campo Nuevo

Alpoyeca

Ixcateopan

Alpoyeca

2 comisionados

Ixcateopan

Ixcateopan

Ixcateopan

Localidad

Ixcateopan + a 4 regantes de la vecina comunidad de Alpoyeca

2 comisionados

2 comisionados

Autoridades del agua (distribución)

La Cruz - tercer grupo

Campos

2 comisionados

Sólo pasa agua en estiaje

Río

Desagua

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 327 El de Abajo

El Otate

La Parota*

izquierda izquierda

izquierda

10

11

12

13

desagüe: El Otate

desagüe: Zona Federal

Zona Federal

izquierda

9

La Hacienda El Rincón El Sifón

desagüe: El Sabino

El Sabino

Sistema de Riego

izquierda

Sólo recibe agua en estiaje

desagüe canal principal Alpoyeca

Otra toma agua

izquierda

Margen

8

Num. presa en el croquis

911

1598

1609

comprendido en el anterior

44.047

comprendido en el anterior

42.32

comprendido en el anterior

3985 + 1289 + 1473

1383

173.782

Hectáreas regadas

3867.46

Long canal (m)

32

48

45

11

50 + 25 + 13

62

Regantes

Río

La Parota

Río

El de Abajo

Río

La Hacienda- El Rincón El Sifón (a la altura del tramo El Rincón)

Desagua

mediante zanja a Las Huertas en margen derecha

Sólo pasa agua en estiaje

El Otate

El de Abajo

Zona Federa

El Sabino

Campos

1 Juez de Aguas y 1 vocal

2 Jueces de Aguas

Juez de Aguas

Tlalquetzala

San Pedro Aytec

San Pedro Aytec

San José Buenavista

San José Buenavista y San Pedro Aytec y Tlalquetzala

3 jueces de Aguas, uno por comunidad, para Tlalquetzala además un vocal

Juez de Aguas

San José Buenavista

Localidad

Juez de Aguas

Autoridades del agua (distribución)

328 Antología sobre riego Margen

derecha

izquierda

izquierda

Num. presa en el croquis

14

15

16

Otra toma agua

recibe agua del canal

desagüe: La Parota, se pasa el agua por el lecho del río mediante una zanja

Sólo recibe agua en estiaje

4918 + 1994.86

11707 + 2333

Coyahualco - Santa Cruz

San Narciso Conhuaxo

1917

Long canal (m)

Las Huertas

Sistema de Riego

239.373 + 86.51

289.517 + 168.765

43.869

Hectáreas regadas

65

225 + 47

45

Regantes

El Chahuil

San Narciso - Conhuaxo

Río

Desagua

por un ramal a San Narciso; por otro ramal y por el lecho del río mediante una zanja al margen opuesto, al canal principal de Tlaquitepec, canal principal de Huamuxtitlán y, enseguida, nuevamente por el lecho del río mediante una zanja al otro margen a canal El Chahuil

Sólo pasa agua en estiaje

campos Rancho Viejo, Trapiche/ Jale, Tonalapa, Calvario, Puente de Cualac, Los Bajaderos de Coyahualco en la comunidad Coyahualco

Campos

Coyahualco y Santa Cruz

Santa Cruz y Conhuaxo

1 Unidad de Riego (Comité de usuarios) 1 Juez de Aguas por cada comunidad (2 en total)

Tlalquetzala

Localidad

1 Unidad de riego (Comité de usuarios) 1 Juez de Aguas

1 Juez de Aguas y 1 vocal

Autoridades del agua (distribución)

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 329 derecha

derecha

18

19

Canal principal Tlalquiltepec

Otra toma agua Sistema de Riego

El Chahuil

Canal principal Tlalquiltepec

Canal principal de Huamuxtitlán

Sólo recibe agua en estiaje recibe agua del canal Coyahualco, desde el canal principal de Huamuxtitlán, para lo que curza el río mediante una zanja recibe agua del Canal Coyahualco, pasan el agua desde la margen izquierda mediante una zanja recibe agua del canal Coyahualco, desde el canal principal Tlalquiltepec 7845.36 y laterales canal 1 con 2353.19 y canal 3 con 3432.61

2540

Long canal (m)

280.48

Hectáreas regadas

150

Regantes

Canal principal de Huamuxtitlán

Río

Desagua

Sólo pasa agua en estiaje Campos

Comité para época de estiaje, participa el comité de vigilancia del Comisariado ejidal

1 Unidad de Riego (Comité de usuarios) Juez de Aguas

Unidad de Riego (Comité de Usuarios) 1 Juez de Aguas

Autoridades del agua (distribución)

Tlalquiltepec

Conhuaxo

Localidad

Fuente datos hectáreas regadas: medición en campo, complementada con mediciones utilizando el Google Earth. Fuente número de regantes: Información de campo mediante los talleres realizados en 2010, contrastados a su vez con datos del Archivo de la Procuraduría Agraria. Fuente longitud canales: recorridos de campo con GPS.

izquierda

Margen

17

Num. presa en el croquis

Cuadro 2. Materiales utilizados en la infraestructura de riego tradicional Material

Estacas

Rasta

Se obtiene de

Nombre científico

Se consigue en

Ocote

Pinus patula Schl. et Cham

Montaña alta

3m

12 cm diámetro

Tlahuitole

Leucaena diversifolia

Cerros aledaños

3m

12 cm diámetro

Palo Dulce

Eysenhardthia polystachya

Cerros aledaños

3m

12 cm diámetro

Palo Herrero

Mimosa benthamii J

Cerros aledaños

3m

12 cm diámetro

Sauce

Salix alba

Ribera del río

3m

12 cm diámetro

Cubata

Acacia macrantha

Cerros cercanos

1-3 m

2-5 cm diámetro

Vara Blanca

Cordia sp

Cerros cercanos

1-3 m

2-5 cm diámetro

Quina

Cinchona pubescens

Cerros cercanos

1-3 m

2-5 cm diámetro

Cerros cercanos o río

50cm-1 m

50 cm-1m

Ribera del río

3m

5 cm diámetro

Piedra y/o costales de arena Vareta

330 Antología sobre riego

Sauce

Salix alba

Dimensiones Largo Ancho

Cuadro 3. Costo de una barrera de protección ribereña de 100 metros

Material

Valor unitario

Se requiere

Total

Estacas

10

1 800 estacas para 100 m

18,000

Rasta

0

10 camionetas llenas

0

Piedras

0

100 piedras grandes

0

Corte y recolección de material

100

20 x 2

Traslado de estacas

500

1 viaje redondo

Traslado de rasta

200

10 viajes redondos

2,000

Traslado de piedras

500

10 viajes redondos

5,000

Peones

100

40 por 15 días

60,000

Costo total

87,500

Faenas

62,000

Total a cubrir

25,500

x cada regante (40)

637.5

2,000

500

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 331

332 Antología sobre riego

Croquis 1. Sistemas y redes. Entre la primera [1] y la última toma [19] hay aproximadamente 20 km.

la cañada de huamuxtitlán: estructuras organizativas para la distribución del agua 333

Croquis 2. Sistemas en época de estiaje. Entre la primera [1] y la última toma [19] hay aproximadamente 20 km.

X. El riego por mangueras en ladera: los ejidos de Metepec, Morelos Anabel González Pérez | Maligé Guzmán Puente | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Los pequeños sistemas de riego de Metepec son posibles gracias a las mangueras que conducen el agua por gravedad, aprovechando los desniveles. El agua captada en las barrancas se conduce por mangueras, se concentra en ollas excavadas en el suelo, y se distribuye por mangueras a los campos de cultivo. Gracias a las mangueras, las fuertes pendientes han pasado de ser un problema para la conducción de agua a ser un rasgo positivo. En este sentido se puede considerar el uso de la manguera para regar cultivos en lugares de fuerte pendiente, como una genuina revolución tecnológica. En las laderas del Popocatépetl es común ver mangueras que llevan el agua a cultivos o a los pueblos para uso doméstico. En México existen otras pequeñas regiones de ladera que hacen uso de mangueras para regar, como un pueblo de Oaxaca donde utilizan mangueras con aspersores (Sánchez Peraci, 1998). Todos estos casos de riego por manguera parecen ser de elaboración vernácula por campesinos minifundistas. Para Colombia se reporta apoyo técnico para riego por manguera en laderas, también para pequeños campesinos (Arango, 1998).

335

El interés de estos casos está en la capacidad de adopción de nueva tecnología por los campesinos y en la trasformación de la agricultura de ladera y en el impacto en los ingresos, así como en los impactos cuenca abajo al hacer uso de agua que antes se dejaba pasar (Rivas, 2005, Espinosa, 2006). METEPEC: ANTECEDENTES DE LOS SISTEMAS DE RIEGO POR MANGUERAS Metepec es un pueblo ubicado en las faldas del volcán Popocatépetl a 2,000 msnm, aproximadamente a 19 km de la cumbre, a su vez a 5,500 msnm. Se localiza entre las comunidades de Tétela del Volcán y Ocuituco, perteneciendo al municipio de este último. A las orillas de los ejidos del pueblo se encuentran dos barrancas, cuyos caudales desembocan en el río Cuautla. Los vecinos de la comunidad, en las barrancas aledañas, llenaban de agua ánforas que trasladaban a la comunidad con la ayuda de animales de carga o vehículos particulares. El agua se usaba para beber y para uso doméstico. Más recientemente, se ha entubado el agua de manantiales ubicados en terrenos de la comunidad de Tetela del Volcán, para abastecer a la comunidad de Metepec, el agua llega por gravedad y los vecinos cuentan con tomas domiciliarias. Antes de la implementación de ollas de agua y mangueras, había pocas plantas de aguacate y durazno; el manejo de huertas era mínimo, ya que el riego representaba un costo elevado puesto que era necesario contar con algún vehículo, grandes recipientes, o suficientes animales de carga para el traslado de agua, o en su caso comprar bastantes kilómetros de manguera, lo que representaba un gasto elevado y que por consecuencia nadie se había atrevido a trasladar el agua de las barrancas con mangueras. Por lo tanto, los ejidos eran usados en su mayoría únicamente para cultivos de temporal. La zona cuenta con una precipitación pluvial de 2,341.63 milímetros por año, y el período de lluvias es de junio a octubre. Los campesinos que tenían huertas fueron los que, de alguna manera, incitaron al ayuntamiento a que les apoyara, ya que tenían que acarrear el agua con ánforas en sus vehículos o animales de carga durante el período de mayor sequía. En las huertas de temporal, si se plantaban, por ejemplo, 60 plantas solo llegaban

336 Antología sobre riego

a dar fruto 40 y, según comentan los productores, aun las plantas de aguacate no eran tan productivas como ahora con riego. En el año de 1998 se inicia un nuevo proceso del uso del agua: se construyen las primeras ollas o tanques de agua con apoyo del ayuntamiento a través de programas federales que provienen de instituciones como SAGARPA. Más recientemente, muchas otras ollas han sido construidas con trabajo y capital de los mismos campesinos. Las ollas de agua consisten en un hoyo rascado con pico y pala o con maquinaria a una profundidad de 2 a 5 metros y un diámetro que oscila entre 2 y 6 metros. Para retener el agua, las paredes se recubren con plástico o membrana, que posee un tiempo de vida de aproximadamente 10 años. El plan inicial del programa era únicamente captar agua de lluvia en las ollas, que sería usada en las pocas plantas de aguacate y durazno que tenían los productores; y, en un principio, estas ollas eran abastecidas únicamente por los temporales de lluvias, pero hacia el año 2001 se comenzaron a llenar con agua de las barrancas, transportada a las ollas mediante mangueras. El agua almacenada en las ollas, a su vez, se conduce por manguera para regar las huertas de durazno y aguacate. La construcción de ollas de agua ha ido en aumento, pues cada vez son más los campesinos que están interesados en el establecimiento de huertas. El número de plantas en una huerta oscila entre 100 y 300. Los costos de construcción de ollas y de compra de manguera siguen siendo relativamente altos, sin embargo, ya han probado las ventajas del riego. Además, al hacerlo en grupo, les permite aminorar los costos, con las ollas grupales y la manguera común hasta la olla. De tal manera que los productores cuyas parcelas son vecinas se asocian para la captación, conducción, almacenamiento y distribución del agua. EL SISTEMA DE LAS MANGUERAS Y OLLAS La captación y conducción de agua.-. Los pequeños sistemas inician con la captación de agua en el cauce de las barrancas y en los sitios donde hay pequeños manantiales. Las dos barrancas principales son Huilapa y Lixtla.

el riego por mangueras en ladera: los ejidos de metepec, morelos 337

En la barranca se hace una caja con paredes de concreto de 50 cm. de ancho por 65 cm. de largo 45 cm. de alto que remansan el agua; la manguera se conecta a la caja. Una vez ubicada la manguera principal (es decir, la que conducirá el agua de ahí hasta las ollas grupales) en la caja; la manguera se va extendiendo, de preferencia se entierra a una profundidad de 30 cm., que los productores rascaron, con el fin de evitar que la manguera se rompa fácilmente. La manguera, de preferencia, se coloca en los lugares más boscosos, en donde no hay paso de peatones ni carros que puedan interferir en la conducción del agua. En ciertos casos, es necesario llevar las mangueras por el aire. Este tendido coincide con lo escrito por Arango (1998), que menciona cómo en los sistemas de riego por manguera en ladera, la red de riego se encuentra normalmente constituida por una o dos tuberías principales, y varias tuberías secundarias o ramales con varios hidrantes destinados a proveer de agua a las parcelas de riego. Sistemas sin ollas.- En los casos donde no construyen ollas grupales, la manguera principal llega a la olla parcelaria de algún productor del grupo, o se efectúa el riego directo. Esto es posible gracias a que las mangueras cuentan con válvulas localizadas en la entrada de los terrenos, haciendo posible que el productor pueda controlar el agua que llega a su terreno mediante válvulas de control de cierre manual, destinadas a sectorizar el riego (ver Arango, 1998). Las barrancas abastecedoras y bombeo.- El agua de la barranca Huilapa se puede conducir por gravedad a sólo una parte de los terrenos ejidales. Otros terrenos ejidales únicamente pueden aprovechar el agua de la barranca de Lixtla, y ello únicamente elevando el agua con bombas de motor. Sistemas que toman agua de la barranca Huilapa.- Para la captación de agua se utilizan cajas de agua, que, como ya antes mencionamos, son pequeñas construcciones que permiten remansar el agua; la manguera principal se conecta a la caja, y de ahí se conduce hasta la olla grupal por gravedad. Gracias a las pendientes, el uso de bombas de motor no es necesario. Sistemas que toman agua de la barranca Lixtla.- A diferencia de la barranca Huilapa, el agua de la barranca de Lixtla llega hasta los terrenos sólo por bombas de motor. En unos casos la bombean únicamente de la barranca a la olla, y en algunos otros tienen que bombear de la barranca a la olla, y de la olla a las huertas. Esto se debe a que, en parte del ejido el terreno es llano con poca pendiente, lo

338 Antología sobre riego

que impide que el agua llegue por gravedad, y, aunque la distancia entre barranca y parcela es menor que para el caso de las parcelas regadas por la barranca de Huilapa, es necesario el uso de bombas de motor. Ollas Grupales y Ollas Parcelarias.- Cuando el grupo tiene olla grupal, se conecta a la olla una manguera que pasará por todos los terrenos de los socios. El agua en la manguera principal se controla con válvulas para regular el paso a las mangueras de cada productor. En ciertos casos, los productores, tienen una olla parcelaria, de menores dimensiones a la olla grupal. Si el productor no tiene olla parcelaria, con la ayuda de válvulas, desvía el agua a su manguera o red de mangueras para poder regar a gravedad. En caso de contar con olla parcelaria, el agua se deposita en la olla parcelaria y a partir de esta tiene su red de mangueras. Ventajas de la olla parcelaria.- Aunque la cantidad de agua según el tandeo sea la misma, las ollas permiten almacenarla. Carecer de olla parcelaria implica que los campesinos sólo pueden regar el día de tandeo. Con la olla parcelaria, los productores pueden decidir cuándo y cuánto regar. Costo del sistema.- El costo de los sistemas olla y manguera es muy variable según el tamaño de la olla grupas y la distancia. En promedio, el costo desglosado es el siguiente: Rascar olla parcelaria: $300. Manguera particular (la que se extiende dentro del terreno) – 20 metros de manguera de 3 pulgadas: $2,000. Aportación en el grupo por socio para la compra de la manguera principal (que conducirá el agua desde caja de captación hasta la olla grupal y en los casos en que no hay olla grupal hasta el terreno: $10,000). Organización por Grupos.- Para poder llevar el agua de las barrancas hasta los campos, los campesinos se organizaron en grupos de 3, 7 y 10 personas, y, con dinero aportado por cada uno, realizan la inversión en la construcción de la olla grupal y en la manguera para trasladar el agua desde la barranca hasta ha olla grupal. Actualmente se registran 7 grupos (ver Cuadro num. 1). Por regla general, los miembros del grupo se asociaron porque sus terrenos son vecinos, y, en varios casos son también parientes al ser ejidos familiares. Los ejidos familiares consisten en grandes porciones de terreno que fueron heredados y divididos entre los hijos y nietos.

el riego por mangueras en ladera: los ejidos de metepec, morelos 339

Compra-Venta de Agua.- Existen dos productores poseedores de olla en su terreno, pero que no están en ningún grupo. Ellos compran el agua de alguna manguera cercana. El precio por un día de agua es de 130 a 150 pesos. Tandeo de Agua.- El tandeo del agua depende del número de socios y el tamaño de la olla grupal.. Puede ser que la tanda corresponda a dos productores, un día a la semana; puede ser, en un grupo de 7 socios, que cada socio reciba su tanda un día de la semana; puede ser que la olla grupal sea lo suficientemente grande como para no requerir de tandeo. El día de la tanda se abren las válvulas de la olla grupal para llenar la olla parcelario y para realizar el riego directo. Riego Parcelario.- Para el riego de las huertas hay tres métodos: a) Arrastrando Mangueras a las Plantas.- La mayoría de los productores arrastra sus mangueras hasta las plantas para regar. En este método, los productores toman el agua de sus ollas con una manguera que tiene de 150 a 200 metros de largo, y que van llevando de planta en planta. Cuando los terrenos no están en ladera, los productores ponen una bomba a la orilla de su olla. La manguera es sostenida por el productor, y pasa de planta en planta. La duración del riego a cada planta depende del tamaño del árbol. Se depositan entre 30 a 60, en algunos casos hasta 200 litros de agua en cada planta. b) Sistema de Riego Parcelario Artesanal.- En los terrenos que se encuentran en ladera, los productores tienden la manguera a lo largo y ancho del terreno. En cada línea, el productor coloca un distribuidor de agua para lograr que el agua se reparta parejo entre las líneas; se perfora un pequeño orificio en la manguera donde hay planta, lo que permite el riego. Este método de riego solo lo pueden utilizar los productores que tienen campos en ladera y tiene las ventajas de que el trabajo del productor disminuye y que permite que el riego sea constante y justo para cada árbol. El tendido es diseñado por los mismos productores. c) Sistema de Riego por Goteo.- Este sistema es muy parecido al artesanal, pero mucho más elaborado, ya que es instalado por especialistas. En las zonas de ladera, es posible instalar equipos de riego por goteo y micro aspersión, ya que estas modalidades funcionan con bajas presiones y pequeños caudales (Arango; 1998:17).

340 Antología sobre riego

Este método es el menos común en el poblado, debido a que su instalación requiere de expertos. Hasta el momento, sólo dos productores han establecido este sistema en sus terrenos. El agua es tomada desde una olla de agua grupal y luego parcelaria, y desde ahí es repartida por pequeñas válvulas. Antes de llegar a estas, el agua pasa por un filtro que se usa para retener toda la basura, con el fin de evitar que los goteros se bloqueen. Un ejemplo de este sistema es el de don Pedro Martínez, un productor de aguacate y durazno que ha logrado establecer este sistema, el cual presenta los siguientes datos: Su olla parcelaria almacena 87,500 litros, su ubicación es en el paraje de “Miztlanzingo”, riega 350 plantas de durazno cada 5 días, tiene goteros compensados (es decir, lo mismo riega en la primer planta que en las últimas), sus goteros riegan 8 litros por hora y aproximadamente 97 litros en cada planta al día. En tiempos de sequía, riega dos veces por semana. Una vez, el día de su tandeo, y, a los cuatro días, con el agua que tiene almacenada en su olla. Durante los meses posteriores, un día a la semana es suficiente. HUERTAS PRODUCTIVAS POR EL RIEGO CON MANGUERAS La comunidad de Metepec ha mostrado gran avance gracias a la nueva forma de riego y las huertas (especialmente de aguacate y durazno) han aumentado. En los ejidos de la comunidad, actualmente se registran entre 55 y 65 huertas, que poseen un promedio de 60 plantas. Anteriormente, las huertas, de durazno y aguacate no eran tan comunes como lo son ahora, y las que había eran de secano. La diferencia radica en las ollas de agua, ya que, en palabras de un productor: “el agua que subimos representa que habrá cosecha, ya que antes en la sequía solo alcanzábamos a cosechar un 30%, y eso si se lograban las frutas y de mala calidad”. Estas palabras son razón para hablar con certeza del impacto de las ollas de agua. Actualmente, todas las huertas tienen un sistema de riego, ya que en un principio fueron precisamente los pocos huerteros quienes participaron en los proyectos ofrecidos por la SAGARPA, y son, por supuesto, los que ahora cuentan con la ventaja de las ollas en sus parcelas.

el riego por mangueras en ladera: los ejidos de metepec, morelos 341

CONCESIONES DE AGUA Hasta el momento, no hay ningún registro de concesión de agua por alguna institución. Los productores únicamente han tomado el agua según el orden en el que han ido conformando los grupos, aunque en algunos casos encontraron manantiales de agua. Por tanto, las concesiones no existen, y el arreglo es solo de común acuerdo entre los grupos de productores. CONCLUSIONES La transformación en tierras de riego de las tierras de secano en fuertes pendientes gracias a las mangueras, tiene algo de fascinante. En especial porque estas han sido tierras marginales en manos de campesinos también marginados. Otro aspecto interesante en esta transformación ha sido el manejo vernáculo de la tecnología. No tenemos idea de la superficie involucrada, en Metepec son unas muy modestas 3.7 ha. con 2,780 árboles. Sin embargo, toda la ladera del Popocatépetl presenta estos pequeños sistemas. La adopción de estos sistemas en Tetela del Volcán y Hueyapan, que tienen más trayectoria que Metepec, ha dejado sin agua para riego a unas 743 hectáreas río abajo. La capacidad de la CNA de limitar y regular los aprovechamientos por manguera ha sido inexistente. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Arango Tobón, Julio César 1998 Manual de operación y mantenimiento para los Sistemas de riego en ladera, Universidad Nacional de Colombia, Sede de Medellín, Facultad de Ciencias Agropecuarias http://www.agro.unalmed.edu.co/departamentos/iagricola/docs/manual_operacion_ mantenimiento.pdf Espinosa Henao, Oscar Mauricio 2006 Sociedad y agua en Zacualpan de Amilpas, Una aproximación entre territorio, comunidad, organización social y conflictos, en torno a una cultura del agua, Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.

342 Antología sobre riego

Rivas, Maria 2005 Escuadras cuasi militares para la defensa del agua en la zona baja del Amatzinac” Nueva Antropología vol. XIX, num. 64 sobre “antropología del agua” pp. 17-29. Sánchez Peraci, Adoniram 1998 Organizaciones campesinas autogestivas y desarrollo rural sustentable estudio de caso: en la Sierra Juárez de Oaxaca., Tesis Maestría Estudios del Desarrollo Rural, Colegio de Postgraduados.

el riego por mangueras en ladera: los ejidos de metepec, morelos 343

344 Antología sobre riego gravedad

riego parcelario

gravedad

87,500

7.5

(*) Una hectárea tiene 15.9 tareas. En una hectárea se siembran aprox. 750 plantas

240,000

8

tareas (*)

volumen de agua en olla grupal (litros)

10

tamaño del grupo

uso de bomba por grupo

7





agua corrediza

agua de manantial

Huilapa

Huilapa

barranca origen

ASPECTOS

Cuadro 1. Grupos

10

11

No tienen

bombeo

12

70,000

gravedad



Huilapa

7



Huilapa

GRUPOS





10

8.5

250,000

bombeo



7

10

No tienen

bombeo



3

2

160,000

bombeo

Lixtla



Lixtla



Lixtla

XI. ¿Continuidad o Ruptura? El sistema de riego del río Cuautitlán, Estado de México Israel Sandré Osorio

INTRODUCCIÓN En México, la continuidad y persistencia de viejas organizaciones de regantes está por investigarse sistemáticamente. En un primer momento, se pensó que la reforma agraria con la transformación de la tenencia de la tierra y la nueva redistribución del agua había marcado un punto de ruptura entre las viejas organizaciones y las nuevas creadas por mandato del gobierno federal. Sin embargo, la existencia de documentos como acuerdos, convenios y reglamentos sobre distribución de agua anteriores a la injerencia federal (Sandré y Sánchez, 2011), ofrecen elementos de análisis que permiten ubicar continuidades en formas de organización, practicas en la distribución del agua, elección de autoridades y demás actividades presentes en la administración del agua entre las viejas organizaciones y la nuevas Juntas de Aguas o las aun más recientes unidades de riego. El objetivo del presente trabajo es presentar la persistencia de instituciones, estructuras organizacionales y reglas operativas en el manejo autogestivo de la red hidráulica del río Cuautitlán, con una continuidad desde la época prehispánica a la actualidad, que mediante normas y acuerdos, adscritos en un sistema norma-

345

tivo local, administran colectivamente la red hidráulica (sobre la persistencia de organizaciones de regantes véase Sandré y Sánchez, 2011; Aboites, 2009; Palerm, 2009; Palerm y Martínez, 1997 y 2000). Ello nos habla de la existencia de organizaciones de regantes de alcurnia en México, que pese a los cambios en la legislación de aguas y a la intromisión del Estado en la administración de los sistemas de riego, se mantienen operando en la actualidad. RED HIDRÁULICA Y ORGANIZACIONES DEL RÍO CUAUTITLÁN La red hidráulica del río Cuautitlán comprende, entre sus principales obras hidráulicas, la presa de Guadalupe, la presa de Atlamica, el canal del Chiflón, la Pila Real de Atlamica y los cinco canales principales que de ella parten: canal de San Lorenzo, canal de Huayapango, canal de Córdoba, canal Chiquito y canal del Molino; así como el ramal de canales secundarios que de estos se desprenden y que conducen aguas a la Unidad de Riego de Cuautitlán. Éste espacio de riego, desde la presa derivadora de Atlamica y probablemente la Pila, data desde la época prehispánica. Aguas abajo se localizan las compuertas de derivación nombradas de Berriozabal y Cuellar, las cuales conducen las aguas del río Cuautitlán a la Unidad de Riego de Teoloyucan y metros más adelante la compuerta nombrada de Teoloyucan que conduce agua a la Unidad de Riego de Coyotepec. El espacio de riego de Teoloyucan data del siglo XVI según la merced de aguas de 15 surcos otorgada durante ese siglo y las primeras noticias del espacio de riego de Coyotepec datan del reparto agrario (Figura núm. 1). La presa de almacenamiento Guadalupe está bajo control de la Comisión Nacional del Agua (CNA) y las Unidades de Riego o Juntas de Aguas, a través de la Asamblea de Delegados, solicitan a la CNA el agua. La CNA entrega el agua conforme a la disponibilidad en la presa al inicio del ciclo de riego y conforme a los calendarios de riego presentados por las autoridades de las Unidades de Riego a través de la Asamblea de Delegados ante el administrador de la presa. La presa de Guadalupe tiene una superficie de 358 hectáreas que corresponde a su espejo de agua y con una capacidad de almacenamiento de 65 millones de litros. La presa comenzó a construirse en el año de 1936 y se concluyó en 1943, aunque se amplió su capacidad de almacenamiento en los años de 1966 y 1968.

346 Antología sobre riego

Para la autogestión de la red hidráulica existen una serie de organizaciones anidadas, desde el nivel más inclusivo: la Asamblea de Delegados1 organización aparentemente no-oficial que tiene a su cargo el espacio y monumentos hidráulicos en común a la tres Unidades: la presa derivadora de Atlamica y cauce del Cuautitlán aguas abajo de la presa de Atlamica, así como la distribución del agua entre las tres organizaciones. El siguiente nivel corresponde a las Unidades de Riego, llamadas por los regantes Juntas de Aguas. Cada una de las Juntas de Aguas se encarga de la infraestructura y distribución del agua sobre sus canales generales y entregan el agua a pueblos y comunidades. El tercer nivel corresponde a los pueblos y comunidades, que tienen sus propias autoridades del agua y realizan su propia distribución interior, además de encargarse del mantenimiento de la red de distribución interior. Actualmente la red hidráulica riega una superficie aproximada de 9,266 hectáreas de tierra agrícola en manos de 5,800 usuarios, entre pequeños propietarios y ejidatarios. La Unidad de Riego de Cuautitlán tiene una superficie de riego de 7,500 hectáreas, la Unidad de Riego de Teoloyucan tiene una superficie de de riego de 1,420 hectáreas y la Unidad de Riego de Coyotepec tiene una superficie de riego de 346 hectáreas. El espacio hidráulico forma parte de la Región Hidrológica número 26 denominada Alto Panuco, en la subregión del río Moctezuma (26D), dentro de las subcuencas 26 DP (Lagos de Texcoco y Zumpango), así como en la subregión del río Cuautitlán (26DN), Subcuenca río Cuautitlán (DN). La actividad agrícola se desarrolla en aproximadamente el 74% de la superficie de los municipios de Cuautitlán, Tultitlán y Tultepec. HISTORIA DEL RÍO CUAUTITLÁN Las márgenes del río Cuautitlán es un espacio habitado desde tiempos remotos y el río Cuautitlán ha estado sujeto a diversas intervenciones. El río Cuautitlán, fuente natural y principal de la red hidráulica, nace de la confluencia de los ríos de 1  Aunque coincide en el nombre (Asamblea de delegados) no es módulo de Distrito de Riego. En los módulos los delegados son representantes de ejidos y de otros grupos de usuarios por tenencia de la tierra y la Asamblea de Delegados, la máxima autoridad del módulo. En este caso, sin embargo, corresponde a una institución que agrupa a las tres Unidades de Riego.

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 347

La Colmena, Monte Alto y San Pedro en el estado de México, sigue su curso entre lo escarpado de la Sierra de Las Cruces y su cauce se prolonga hasta la Sierra de Monte Alto. Antiguamente, desembocaba en el Lago de Texcoco, al que llegaba por el estrecho de Ecatepec, que se encuentra entre el cerro de Chiconautla y el extremo este de la sierra de Guadalupe. En tiempos prehispánicos se modificó su curso, para llevarlo a la laguna de Zumpango. En tiempos de la colonia el río Cuautitlán se condujo al río Tula en el estado de Hidalgo vía el tajo de Huehuetoca; aunque permanece una derivación sobre la margen derecha para llevar agua a la laguna de Zumpango por el canal Santo Tomás. (Figuras num. 2, 3, 4). Desde tiempo inmemorial. Época prehispánica Según los relatos plasmados en los Anales de Cuautitlán, cuando los colhua llegaron a Cuautitlán, fueron mal recibidos por los chichimecas, antiguos pobladores de la región, y los colocaron sobre las márgenes del río Cuautitlán con la clara intención de que con sus avenidas el río arrasara con sus casas y se enojaran y se fueran a otra parte. Los hechos sucedieron tal cual lo predijeron los chichimecas, las aguas del Cuautitlán, en una de sus habituales avenidas, arrasaron y destruyeron las casas de los cuautitlanecas. Sin embargo, ante esta situación, en 1435, los cuautitlanecas deciden cambiar el curso río Cuautitlán, el cual atravesaba el pueblo del mismo nombre, para lo cual estancaron el cauce del río y comenzaron a excavar la tierra para desviar la corriente del Cuautitlán hacía la laguna de Citlaltepec (sección occidental de la laguna de Zumpango), los trabajos duraron dos años. La represa para estancar el río Cuautitlán se hizo en un lugar llamado Tepolnexco (en el actual Tepoxaco) y la desviación del río se hizo en un punto cercano al pueblo de Cuautitlán. El viejo cauce lo limpiaron y restauraron y se conservó como una acequia de riego (Rojas, 1974:85-96). Al parecer, antes de esta desviación, el río tenía su curso natural hacia la laguna de Texcoco por el estrecho de Ecatepec-Chiconautla. La desviación del río con el fin de evitar las continuas inundaciones en el pueblo de Cuautitlán ante las constantes crecidas del caudal del río, también tuvo como objetivo utilizar su agua para el riego. El antiguo cauce, es decir, su cauce natural hacia el sur para desembocar en el lago de Texcoco, fue convertido en una acequia de riego y actuó quizá como “desfogue de emergencia” y en caso de

348 Antología sobre riego

sobreabundancia de agua se conducía a una laguna llamada Totoltepec, localizada en el actual pueblo de Totoltepec para posteriormente desaguar, total o parcialmente, en el lago de Texcoco (Rojas; 1974:89). Los indios de Cuautitlán, con el fin de contar con abastecimiento de agua continuo, construían anualmente una presa efímera en Atlamica, cuyas aguas se derivaban a un repartidor general, desde el cual se distribuía el agua mediante cuatro acequias, que permitían el abastecimiento de agua tanto en la misma zona de Cuautitlán como más al norte. Es posible, por lo tanto, que durante esas fechas se haya edificado el repartidor general de las aguas del río Cuautitlán, que fue conocido más adelante, durante la época colonial, con el nombre de la Pila Real de Atlamica o Pila Real. La finalidad de este repartidor fue la de distribuir las aguas del río para usos agrícolas y domésticos (Rojas, 1974:85-96). Según estimaciones de Teresa Rojas, tomando como punto de partida el pueblo de Cuautitlán, la extensión de los canales era de 9 a 16.5 kilómetros, lo que nos puede dar una idea de la extensión e importancia del sistema hidráulico del río Cuautitlán. La desviación del río Cuautitlán hacia el norte, en su nuevo cauce, que lo conducía hacia la laguna de Zumpango, a decir de Rafael A. Strauss, produjo tres formas de aprovechamiento del agua del río Cuautitlán: “…el antiguo cauce, es decir, su cauce natural hacia el sur, fue convertido en sementera y actuó quizá como “desfogue de emergencia” en caso de sobreabundancia de agua. Es decir, parece que estamos ante otro elemento del control hidráulico prehispánico general del valle. La segunda forma es un repartidor general del agua, distribuida mediante cuatro acequias, que un mapa colonial y la respectiva información (1762) permiten reconstruir: el agua del río era detenida por una presa de barro, de la cual salía una acequia principal hacía un repartidor desde el que se distribuía el agua mediante cuatro acequias. La calidad de esta presa de barro permitía que fuera arrastrada por el río cuando éste aumentaba su caudal, es decir, en la época de lluvia, cuando no se necesitaba el agua del río. […] Aun cuando no he encontrado información sobre el control de esta distribución, creo que tuvo que haber existido un mecanismo que permitiera sacar por cada acequia determinada cantidad de agua para cada pueblo o pueblos. La

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tercera forma se refiere a la creación de una zona chinampera potencial al norte de Cuautitlán, específicamente en Coyotepec, donde había al parecer una laguna artificial...” (Strauss, 1974:170). Época colonial Información de los conflictos acaecidos entre indios y españoles durante la época colonial, proviene del análisis realizado por Rafael A. Strauss de un traslado, sacado en 1761 en el pleito de Félix Sandoval contra las autoridades del pueblo de Teoloyucan por el uso de las aguas del río Cuautitlán. El traslado asienta un conflicto por las aguas del Cuautitlán entre los indios de Cuautitlán y el molinero Antonio Pérez en 1587 (Strauss, 1974:147-154). Asimismo información sobre el sistema de riego y las obras hidráulicas del río Cuautitlán durante el período colonia proceden de la investigación de Teresa Rojas (1974:85-96). La información sobre los trabajos de las limpias del río Cuautitlán proviene del análisis del documento, “El común del pueblo de Teoloyucan contra Juan Manuel de Arizpreste, sobre aguas del río Cuautitlán, 1761”, realizado por Yolanda Reséndiz (1996:171-184). En 1587, el agua del río Cuautitlán era objeto de disputas entre los pueblos indios de la región y un molinero español que estableció un molino de trigo en las cercanías del pueblo de Cuautitlán. Los indígenas acusaban al molinero de haber abierto una acequia arriba de la presa de Atlamica, la cual derivaba agua hasta su molino dejando sin agua a las demás acequias. Señalaron que con cautela y maña, el molinero había persuadido a los principales de Xaltocan, Zumpango, Teoloyucan y Citlaltepec para que le permitieran edificar un molino cerca del pueblo de Cuautitlán y hacer una acequia para conducir agua del Cuautitlán; sin embargo, el molinero habiendo conducido el agua por su acequia, tapó las entradas de las acequias de los indios dejando sus tierras estériles y secas por falta de agua y riego. En defensa de sus derechos los indígenas señalaron que desde tiempo inmemorial, y antes de que los españoles llegaran a estas tierras, tenían en posesión una saca de agua, que derivaban del río Cuautitlán, con que sembraban y regaban sus tierras, así como para su sustento y pago de tributo. Asimismo señalaron que, anualmente, en la época de seca, construían una presa en el río en la zona conocida como Atlamica para conducir el agua a un repartidor general desde el cual se

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distribuía el agua mediante cuatro acequias. Por su parte el molinero argumentó, en su favor, que la presa que los indios construían anualmente no era permanente, que cada año en tiempo de secas se reunían diez mil indios para edificar una presa de barro que muchas de las veces no terminaban de construir quedándose sin agua y sin regar sus tierras y que, en tiempo de aguas, no tenían presa alguna ni agua en sus acequias, y que él había construido una presa duradera que aseguraba el suministro de agua durante todo el año a las acequias. En junio de ese mismo año y con el objetivo de dirimir el conflicto entre el molinero y los indios de Cuautitlán, se realizó una vista de ojos por parte de la Real Audiencia y del virrey marqués de Villa-Manrique. La construcción de la presa permanente por parte del molinero español alteró la distribución de agua que se realizaba en la zona. El agua derivada por la acequia del Molino interrumpió el flujo de agua hacía Teoloyucan, Xaltocan, Coyotepec y Citlaltepec-Zumpango. La acequia del Molino o arroyo Acalhuacan o Tultitlan correspondía al antiguo cauce del río Cuautitlán antes de su desvió en 1435, con lo cual el agua del Cuautitlán volvía a correr hacia el sur para desaguar nuevamente en el lago de Texcoco, aunque quizás solamente durante los años más lluviosos. En junio de 1587 se dictó sentencia y se determinó que la presa que durante años se había construido en Atlamica para conducir al agua a la Pila Real, se edificaría de cal y canto, sustituyendo a la antigua construida de césped y lodo. La presa permanente se construiría en el mismo lugar que la antigua presa: en Altamica, y serviría para que en tiempo de avenidas del río el agua no anegara las tierras y azolvara las acequias ni repartimientos. Se repartirían los costos presentes y futuros que representase la construcción de la presa. Se pondrían tomas y datas para distribuir el agua según lo que a cada parte le correspondía. La limpia del río, presa de Atlamica y desazolve de las cuatro acequias se realizaría una vez cada año, comúnmente durante la época de secas, y estaría a cargo de los labradores y pueblos de la región de Cuautitlán. Al pueblo de Teoloyucan se le concedió una merced de 15 surcos de agua del río Cuautitlán. Aunque no se especifica el lugar de la toma, es posible que ésta se ubicase sobre el cauce del Cuautitlán en el punto donde sus aguas eran contenidas en la presa de Atlamica, ello basado en la información del conflicto entre el molinero y los indios de Cuautitlán.

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Sin embargo, entre la sentencia de 1587 y 1589, en que se da la sentencia en grado de revista, los pueblos de Zumpango, Teoloyucan, Citlaltepec, Xaltocan y Coyotepec, asentados en la zona norte de Cuautitlán, manifestaron ante la Real Audiencia su oposición a lo previamente determinado. Argumentaron que desde tiempo inmemorial aprovechaban las aguas del río que llamaban de San Juan Atlamican (río Cuautitlán) que atravesaba los mencionados pueblos más abajo de la toma y presa del pueblo de Cuautitlán, la cual aprovechaban en riego y para beber. La construcción de la presa permanente interrumpía el flujo de agua hacia esa región, por tal motivo solicitaron que después de haber regado con las aguas de la presa los de Cuautitlán la dejaran volver al río. Durante el siglo XVII, el sistema hidráulico del río Cuautitlán sufriría mayores modificaciones como resultado de las obras para dar salida artificial a las aguas de la cuenca del Valle de México por un canal de desagüe en la región de Huehuetoca. La obra, concluida en 1608, consistía en dos canales que conducían el agua, retenida en la laguna de Zumpango, hacía un túnel construido bajo la sierra y que enviaba el agua a otra cuenca. Las aguas que se contenían en la laguna de Zumpango provenían del río Cuautitlán, que para ese momento vertía en la parte occidental de la laguna, llamada de Citlaltepec (Candiani, 2009 y 2012) (Figura núm. 4). En la segunda década del siglo XVIII, las aguas del río Cuautitlán son nuevamente origen de conflicto. La información sobre este conflicto proviene del documento “Pleito de Félix Sandoval contra las autoridades del pueblo de Teoloyucan, por el uso de las aguas del río Cuautitlán, 1761” (AGN, Tierras, vol. 2684, exp. 1) y del análisis del mismo documento que realiza Reséndiz (1996). Así, como de los trabajos de Sandré (2003 y 2004) que parten del análisis del documento “Copia certificada en 1896 del mapa de la distribución de las aguas del río Cuautitlán realizada el 18 de enero de 1763” (AHA, AS, c.1410, exp. 19277, f. 64). En el año de 1761 don Félix de Sandoval, propietario de la hacienda la Corregidora, entabló juicio contra los naturales del pueblo de Teoloyucan, debido a que estos habían roto la acequia principal que conducía agua del río Cuautitlán, apoderándose del repartidor (la Pila Real de Atlamica) que regulaba el agua, tomando más agua de la que legalmente les correspondía, y como su hacienda se ubicaba al final de una de las acequias ésta no recibía el líquido. Los indios del pueblo de

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Teoloyucan argumentaban en su favor que tenían acceso al agua del río Cuautitlán debido a una merced de 15 surcos de agua que les concedió la autoridad. El conflicto fue dirimido ante la Real Audiencia, la cual nombró un perito experto en asunto de aguas que se trasladó a la jurisdicción de Cuautitlán con el fin de verificar el volumen de agua que le correspondía tanto al pueblo como a la hacienda. La inspección que llevó a cabo el perito se abocó a revisar la Pila Real de Atlamica, ubicada en el pueblo del mismo nombre, así como las zanjas por donde se distribuía el agua. Durante la inspección el perito se hizo acompañar de los gobernadores indígenas de los pueblos, dueños de las haciendas y dueños de los ranchos de la región. Los gobernadores explicaron que el curso del río Cuautitlán era hacia el norte, y entraba en el Real Desagüe, sus aguas eran contenidas por una presa de céspedes (no obstante, la mención de una presa de céspedes la presa de Atlamica se había construido de cal y canto en 1587) que atravesaba de un lado a otro el río, nombrada de Atlamica, aguas que seguían su curso después de terminados los riegos en Cuautitlán para aprovecharse en el pueblo de Teoloyucan. Señalaron que el agua contenida en la presa entraba por dos ojos de mampostería hacia un canal o acequia localizado en el bordo del río (al parecer se trataba de la acequia principal que conducía las aguas contenidas en la presa de Atlamica a la Pila Real de Atlamica, conocida a partir del siglo XIX con el nombre del canal del Chiflón), para ser contenida por unas compuertas, que dijeron ponerse luego que se terminaban los riegos. A corta distancia estaba una pila o repartidor general conocido con el nombre de Pila Real de Atlamica que servía para distribuir el agua por cinco bocas de mampostería, donde cada una de ellas surtía una acequia. Los indígenas le informaron al perito que la Real Audiencia había autorizado éste sistema de distribución de las aguas del río Cuautitlán en 1587. De la supervisión realizada, el perito informó a la Real Audiencia que los naturales de Teoloyucan hacían uso de 20 surcos de agua directamente del Cuautitlán en lugar de los 15 que legalmente les correspondían según constataba la merced de aguas que les fue otorgada en 1587. Con ello mermaban el flujo de agua que ingresaba a la Pila Real de Atlamica, siendo el más afectado el propietario de la hacienda la Corregidora por hallarse al final de una de las acequias. El 12 de marzo de 1762, el oidor Phelix Venacio Malo, como resultado del aumento de las tierras agrícolas en la zona desde la repartición hecha en 1587, lo que

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había originado una creciente conflictividad por el uso del agua entre los españoles y los pueblos de Cuautitlán; determinó realizar un nuevo repartimiento de agua, basado por un lado en la presentación de los títulos o mercedes que presentaran los pueblos, haciendas, ranchos y barrios y, por otro, en la cantidad de tierras en propiedad a regarse (Cuadro num. 1). Las haciendas concentraron un total de 56 surcos de los 120 (sin contabilizar los 15 surcos de Teoloyucan) que ingresaban a la Pila Real de Atlamica. Considerando que el volumen de agua se asignó a partir de la cantidad de tierras agrícolas que cada usuario poseía, esto significó que las mencionadas haciendas concentraron el mayor número de tierras de riego (Cuadro núm. 2). El 18 de enero de 1762, don Felipe de Zúñiga y Ontiveros y don Ildefonso Yniestra Vejarano, comisionados por la Real Audiencia de la Nueva España para realizar el repartimiento de aguas del río Cuautitlán entregaron a las autoridades el plano concerniente a la nueva distribución del agua. La cantidad de líquido, conforme al repartimiento, equivalía a un volumen total de 120 surcos, estos eran encauzados hasta la Pila Real de Atlamica, la que a su vez los distribuía por medio de cinco acequias o canales de distribución. En las referencias de la inspección realizada al río Cuautitlán en estas fechas ya se consigna el funcionamiento de la quinta acequia, al parecer con el repartimiento del XVIII se oficializa el funcionamiento de la quinta acequia. En cuanto al pueblo de Teoloyucan, no es mencionado en el repartimiento de 1762 ya que el volumen de agua que gozaba no estuvo sujeto a modificaciones, se le respetaron los 15 surcos de agua que venían disfrutando según la merced de aguas otorgada en 1587. No obstante, en el plano de la distribución de aguas se señala la ubicación de la toma donde los naturales del mencionado pueblo derivaban aguas del río Cuautitlán. Por la descripción, la toma estaba ubicada sobre el cauce del río Cuautitlán, antes de la toma para el canal del Chiflón que conducía las aguas a la Pila Real de Atlamica. Siglo XX Después del repartimiento de 1762, la siguiente información con la que se cuenta, respecto a la gestión de la red hidráulica del río Cuautitlán es un Reglamento de agua emitido por el ayuntamiento de Cuautitlán en 1914: el “Reglamento

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para el reparto y aprovechamiento del agua destinada a regadío, limpias de la Taza Repartidora o Pila Real de Atlamica, canales anexos y zanjas regadoras y desaguadores, tierras, puentes, calzadas y caminos en esta Municipalidad” (AHA, AS, c. 559, exp. 8249, f. 243). En el curso del siglo XIX las repúblicas o comunidades corporadas perdieron la capacidad de administrar sus propios bienes, la administración, por lo menos para las aguas de los pueblos, se centralizó en los ayuntamientos (Bárcenas y Palerm, en esta Antología; Sandré y Sánchez, 2011). En ese contexto, el ayuntamiento de Cuautitlán, se situó como la entidad encargada del control y manejo del agua a nivel local (Sandré, 2007). Sin embargo, la aceptación del ayuntamiento en el manejo del sistema por parte de los usuarios, yacía en que éste mantuvo y respetó los ordenamientos legales y las costumbres locales de las comunidades en el manejo del recurso a nivel local. Respecto al agua para el pueblo de Teoloyucan, el Reglamento de 1914 no proporciona información alguna. Sin embargo, según la información documental que existe para el periodo 1920-1945, cuando el gobierno federal inicia su injerencia en la gestión de las aguas del río Cuautitlán, da cuenta sobre la persistencia del derecho que sobre 15 surcos de agua mantenía el pueblo de Teoloyucan desde tiempo inmemorial y se señala, en un informe de trabajo presentado por la Comisión Reglamentadora del río Cuautitlán ante la Secretaría de Agricultura y Fomento (SAyF) en 1925, que: “En el cauce del río Cuautitlán y frente a la compuerta de El Chiflón los vecinos de Teoloyucan colocan una canoa de madera de 0.28 mts. de ancho por 3 de largo para tomar sus aguas permanentes por el cauce del río el que desazolvan para formar un canal de cerca de un kilómetro de largo, aguas que son aprovechadas, como a 8 kilómetros más abajo […] Las aguas que toman los vecinos de Teoloyucan vienen por el cauce del río después de salir por la canoa establecida frente a la compuerta del Chiflón […] siguen por el cauce, derivándose una parte de ellas por la Compuerta de Berriozabal, conocida también con el nombre de Compuerta de San José [y otra parte, por la] Compuerta de Cuellar” (AHA, AS, c. 18, exp. 212, ff. 123-126).

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En el informe también se señala que el reparto de agua en Teoloyucan se encontraba en manos de una Junta de Representantes de Usuarios2, sin la injerencia del ayuntamiento, que venía funcionando desde años atrás, y que se nombraba cada año. Entre los elementos de continuidad entre el Reglamento de 1914 y el repartimiento de aguas de 1762, podemos mencionar: 1) la distribución de agua entre pueblos, barrios, ranchos y haciendas se realizaría por medio del sistema de tandeo, el cual procedería conforme al reparto realizado en 1762; 2) los trabajos de mantenimiento de la Pila Real de Atlamica y desazolve de los canales o acequias sería una labor que realizarían los usuarios como lo venían efectuando desde la época colonial y 3) la infraestructura hidráulica (presa de Atlamica, Pila Real y los cinco canales o acequias de riego) se mantuvo inalterado. Entre los nuevos elementos normativos que consignó el Reglamento de 1914, podemos señalar las siguientes: el ayuntamiento tendría la facultad para autorizar la distribución del agua; nombrar las comisiones que creyera convenientes para vigilar el cumplimiento de los trabajos de mantenimiento y limpieza de la infraestructura hidráulica; imponer multas en dinero o cárcel a los usuarios que incumpliesen el Reglamento, robasen agua, incumpliesen con los trabajos de limpieza; realizasen cualquier modificación en la Pila Real de Atlamica, canales de riego y presas. En referencia a las obligaciones de los usuarios podemos mencionar las siguientes: tenían la obligación de realizar los trabajos de limpieza de la Pila Real de Atlamica, así como la de los canales y zanjas regadoras de toda la municipalidad, quedaba prohibido que los usuarios sin previa autorización del ayuntamiento construyeran cualquier tipo de obra que afectara la distribución del agua, era obligación de todos los propietarios de haciendas, ranchos o tierras llevar a cabo el trabajo de desazolve de los canales o zanjas de derivación que colindasen con caminos o veredas públicas, así como de las zanjas o canales que se ubicaran en sus propiedades. 2  Respecto a conformación de organizaciones de usuarios, se señala por primera vez en la Ley de Aguas de Propiedad Nacional de 1929 (Art 44 y 46) bajo el nombre de Asociaciones de Usuarios y se indica su obligatoriedad para los aprovechamientos colectivos (usuarios que aprovechan un mismo canal o toma) (Lanz, t. II, 1982:128). Aunque existe documentación de fecha anterior, 1925, que hace mención de la necesidad de conformar un sindicato o agrupación de regantes para las tomas en común (“Proyecto de programa de operaciones que deben practicarse al efectuar la reglamentación en el uso de las aguas de propiedad nacional, 24 de febrero de 1925”. Comp. en Palerm, 2004).

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Finalmente en artículo transitorio del Reglamento, se considera el derecho al uso de agua para riego que tenían los pueblos, ranchos y haciendas de las municipalidades de Tultepec, Tultitlán y Melchor Ocampo, las cuales estarían sujetas al Reglamento únicamente a lo que se refiere a las limpias de la Tasa Repartidora o Pila Real de Atlamica y a los canales de riego que corresponden a dichos pueblos. Este punto es relevante mencionarlo, ya que actualmente estos municipios forman parte de la Unidad de Riego de Cuautitlán, aunque no están mencionados en el repartimiento de 1762. Otro elemento de interés es que el alcance de la autoridad del ayuntamiento de Cuautitlán termina en los límites municipales, con los pueblos, ranchos y haciendas de otros municipios se sigue, al parecer, una estrategia de acuerdos horizontales, es decir sin una institución en común; estrategia típica de la época colonial y del siglo XIX (Palerm, 2009). Siglo XX: la injerencia del gobierno federal A fines del siglo XIX inicia el proceso conocido como federalización de las aguas, que se basa en cambios en la legislación de las aguas: la expedición de la ley del 5 de junio de 1888 y las sucesivas leyes que permiten al gobierno federal iniciar gradualmente su injerencia en la gestión del agua, mediante el despojo de las facultades legales que en materia de aguas hasta antes de esa fecha conservaban los ayuntamientos, estados y usuarios públicos y privados. Aunque hoy sabemos, a partir de estudios de caso, que éste proceso no fue tan avasallador como se pensaba, persistiendo formas tradicionales de manejo del agua en algunas zonas del país, como el caso aquí analizado (Aboites, 1998). Sobre esta base el gobierno federal solicitó a los usuarios del río Cuautitlán llevar a cabo los trámites correspondientes para validar su derecho al uso y aprovechamiento de sus aguas. El 4 de marzo de 1922, la Secretaría de Agricultura y Fomento (SAyF) comisionó a los ingenieros Luis Azcue y Armando N. Andrade para realizar los trabajos de inspección de los aprovechamientos de las aguas del río Cuautitlán desde sus orígenes en el estado de México (Monte de Las Cruces) hasta su desembocadura en el estado de Hidalgo (río Tula, incluyendo la Laguna de Zumpango). Durante 1922 y 1923 se realizaron trabajos de reconocimiento del río Cuautitlán, los cuales sólo se abocaron a la zona aguas arriba del Cuautitlán, compren-

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dida desde su origen hasta la hacienda de Guadalupe localizada en el municipio de Cuautitlán. La SAyF, con base al reconocimiento, determinó que las aguas del Cuautitlán en esa parte eran aprovechadas por los pueblos de Villa Nicolás Romero, Cahuacán, Magú, Santiago Iturbide, Tepoxaco, Santa Ana Jilotzingo, San Miguel Teipa y las haciendas de La Encarnación, Lanzarote, Los Ranchos y Guadalupe, así como los ranchos de Bocay, Buenavista, Chávez, Santa Ana la Bolsa y El Gavilan. También eran aprovechadas para la generación de energía motriz por la Compañía de Luz y Fuerza de México, la fábrica de Tejidos de Algodón Barron, la fábrica de Tejidos de Lana San Ildefonso y la fábrica de Tejidos de Algodón La Colmena (AHA, AS. c. 18, exp. 212. ff. 59-96). Para 1924, debido a lo extenso de la zona que abarcaba el cauce del río Cuautitlán y a los diversos aprovechamientos que se hacían de sus aguas, el jefe de la División de Aguas del Valle de Cuautitlán, dependiente de la SAyF, solicitó a esa Secretaría se conformara una comisión mixta de ingenieros y abogados para determinar la legalidad de los aprovechamientos de agua que realizaban los pueblos de Cuautitlán y Teoloyucan y los demás usuarios; cuyos resultados serían complementarios a los iniciados durante los años de 1922 a 1923 y que, a su vez, serían la base para iniciar la reglamentación de las aguas del río Cuautitlán. A finales de 1924, a iniciativa del gobierno federal, se integró una comisión denominada “Comisión Reglamentadora del río Cuautitlán”, el objetivo era continuar con los trabajos de reconocimiento del Cuautitlán desde su nacimiento en el estado de México hasta su desembocadura en el estado de Hidalgo. Sin embargo, los trabajos de la Comisión no fueron nada fáciles, el 21 de abril de 1925, los usuarios del pueblo de Cuautitlán, congregados en la “Agrupación de Representantes de Pueblos, Haciendas y Ranchos, Usuarios de las Aguas del río Cuautitlán por medio de la Taza de Atlamica”, manifestaron mediante oficio a la SAyF su oposición a los trabajos de la Comisión, señalando que la Comisión no había respetado los derechos al uso del agua que venían gozando desde tiempo inmemorial y, para sustentar su argumento, indicaron que en la municipalidad de Cuautitlán existía un documento que avalaba los derechos que tenían para derivar aguas del río Cuautitlán a través de la Pila Real de Atlamica (AHA. AS. c. 559, exp. 8249, ff. 94-95).

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No obstante las inconformidades, el 22 de junio de 1925, el Ing. Anacleto Martínez Pérez miembro de la Comisión Reglamentadora del río Cuautitlán entregó su informe de trabajo. En dicho informe se consignaba que los pueblos, haciendas y ranchos del municipio de Cuautitlán derivaban aguas del río Cuautitlán mediante cinco zanjas de riego que partían de la Pila Real de Atlamica, los volúmenes de agua, según la información presentada en el informe, no se habían modificado con respecto al repartimiento realizado en 1762 y, al parecer, eran los mismos volúmenes de agua que se respetaron en el Reglamento de aguas emitido por el ayuntamiento de Cuautitlán en 1914. Asimismo según la información presentada en el informe, el volumen de agua que se distribuía a través de la Pila Real se mantenía inalterable desde la época colonial en sus cinco derivaciones, así como la derivación de Teoloyucan: “…cañón de Teoloyucan, el aforo practicado con molinete dio un gasto de 97.5 lps; Canal de San Lorenzo, el aforo practicado con molinete dio un gasto de 117 lps; Canal de Hueyapango, el aforo practicado con molinete dio un gasto de 162.5 lps.; Canal de Córdoba, el aforo practicado con molinete dio un gasto de 240.5 lps; Canal río Chiquito, aforado con molinete dio un gasto de 78 lps y Canal del Molino, aforado con molinete dio un gasto de 182 lps.” (AHA. AS. c. 18, exp. 212, ff. 100-146). La exactitud de la equivalencia entre los 877.5 lps, aforados con molinete, de los gastos de los cinco canales de riego y el de la canoa de Teoloyucan, con aquella de los 135 surcos que resultan de la suma de los 120 surcos de los cinco canales de riego indicados en el repartimiento colonial de 1762 y de la merced de 15 surcos al pueblo de Teoloyucan, es sospechosa. La equivalencia sale exacta utilizando la relación propuesta en el Decreto de 1863 de que un surco equivale a 6.5 lps, con lo cual 135 surcos por 6.5 lps es igual a 877.5 lps (Cuadro núm. 3). El surco inicialmente no era propiamente una medición volumétrica del agua, pero, además, cuando se pasó explícitamente a una concepción volumétrica, la equivalencia que en la Nueva España, en 1792, estableció Constansó fue de 3.2 lps. (Palerm y Chairez, 2002: 227-251 y 2011:101-120). No obstante, se conserva, cuando menos en “surcos”, el mismo reparto de agua entre 1762, 1914 y 1925 para el Cuautitlán (Cuadro num. 3).

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En cuanto al control sobre las aguas, el informe de trabajo señala que las aguas derivadas mediante la Pila Real de Atlamica se encontraban en manos del regidor de aguas del municipio de Cuautitlán, quien nombraba a los jueces de aguas que se encargaban de repartir el agua entre los usuarios: “Cuando uno de los interesados pide el agua para regar sus terrenos, ocurre al regidor y éste le otorga el permiso, si hay derecho, y avisa al juez correspondiente para que lo ponga en posesión del líquido por el tiempo y la cantidad convenidos” (AHA. AS. c. 18, exp. 212, f. 1316). No obstante, señala el informe, los usuarios de Cuautitlán, mediante Asambleas Generales realizadas en el salón de cabildos, buscaban independizarse de la tutela del ayuntamiento y que la distribución de las aguas de la Pila Real de Atlamica estuviera en manos de una Junta integrada por los usuarios. Esta apreciación de enfrentamiento ayuntamiento-usuarios parece no ser exclusivo de este caso, Henao (1980:89-106), para el valle de Tehuacan, refiere situaciones de enfrentamiento, incluso violento, entre usuarios y ayuntamiento. Reglamentación Junta General de Aguas del río Cuautitlán 1929 Durante el año de 1928 se procedió a distribuir provisionalmente las aguas de acuerdo a los informes de trabajo presentados por la Comisión Reglamentadora. Con el fin de vigilar y normar la distribución del agua, la SAyF creó una organización de usuarios: la Junta General de Aguas del río Cuautitlán. Ese mismo año y con el fin de respaldar legalmente los trabajos de modificación en la Pila Real de Atlamica y canales de derivación que de ella partían, la SAyF emitió un decreto que declaró de utilidad pública la adquisición de los canales y zanjas del río Cuautitlán (AHA, AS, c. 559, exp. 8249, ff. 332-338). La distribución provisional que implementó la SAyF, lejos de conciliar los intereses de los usuarios de Cuautitlán y Teoloyucan –dos de los más importantes usuarios de las aguas del Cuautitlán y que gozaban de derechos legales sobre el uso del líquido desde la época colonial– reactivó la inconformidad por los trabajos para la reglamentación de las aguas llevados a cabo por la SAyF (Sandré, 2005). El 21 de enero de 1929, la SAyF comisionó al Ing. Anacleto Martínez Pérez para continuar con la reglamentación de las aguas del río Cuautitlán. En el informe de

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trabajo que presenta ese mismo año, señala que al llevar a cabo los trabajos de modificación del canal del Chiflón y la Pila Real de Atlamica, con el objetivo de distribuir equitativamente el líquido entre los pueblos de Cuautitlán y Teoloyucan, se habían presentado los vecinos del pueblo de Teoloyucan congregados en una Asociación de Usuarios y que habían procedido a desalojar a los trabajadores y a destruir por completo el avance de las obras hidráulicas, por lo que había solicitado el apoyo de un destacamento del ejército para poder concluir con los trabajos de modificación de la Pila Real de Atlamica. Los vecinos de Teoloyucan, para justificar su actuar, manifestaron que buscaban se les respetaran sus antiguos derechos de aguas (AHA, AS. c. 440, exp. 7816, ff. 33-34). En octubre de 1929, en su segundo informe de trabajo, el Ing. Martínez señala que, debido a la extensión de la cuenca del río Cuautitlán, se habían elaborado cinco reglamentos provisionales para las distintas regiones, los cuales serían aplicados y administrados por las Asociaciones de Usuarios locales y que, posteriormente, una vez concluidos los trabajos de reglamentación, se elaboraría un solo Reglamento en el cual se fusionarían los cinco Reglamentos provisionales y se conformaría una sola Junta de Aguas, donde estarían representados todos los usuarios de la corriente y sus afluentes (AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 28-47). Los reglamentos parciales serían para los siguientes espacios de riego: la de Villa Nicolás Romero, encargada de administrar las aguas de los manantiales Muchachos Quemados, Paso de las Borregas, Chiquitiña, Bonanchi, Tres Piedras, El Tepozán y Ojo de Venado derivadas por un repartidor denominado Agua de las Gallinas; la de Tepotzotlán, encargada de administrar las aguas del río Tepotzotlán derivadas por la Zanja Real de Tepotzotlán; la de Teoloyucan, encargada de administrar las aguas del río Cuautitlán derivadas por la canoa de Teoloyucan y compuertas de Berriozabal y San José Cuéllar; la de Cuautitlán, encargada de administrar las aguas del río Cuautitlán derivadas por la Pila Real de Atlamica y la de Cuamatla encargada de administrar las aguas del canal de Cuamatla (Figura núm. 5).

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El 20 de diciembre de 1929, pese a la oposición de los usuarios de Cuautitlán y Teoloyucan, se conforma la Junta General de Aguas del río Cuautitlán, facultada para aplicar el Reglamento (AHA, AS. c, 2493, exp. 35015, ff. 48-65). La distribución de las aguas del Cuautitlán, conforme al Reglamento de 1929 contemplaba una disminución del volumen de agua canalizado por la Pila Real de Atlamica al pasar de 120 surcos de agua a 98 surcos, los volúmenes de agua que hasta ese momento se mantenían conforme al repartimiento de aguas de 1762 y al Reglamento de 1914, disminuyeron drásticamente. La exactitud de las cantidades de agua entre 1762 y 1914 es francamente dudosa, no obstante la queja refleja una disminución en la cantidad de agua entre 1914 y 1928 y la oposición se sustenta en la legitimidad del repartimiento de 1762 y otros antiguos títulos (Sobre medidas de agua ver Palerm y Chairez, 2002:227-251 y 2011:101-120). La propuesta reglamentaria de las aguas del río Cuautitlán de 1929 tampoco reconoció a las Asociaciones de Usuarios prevalecientes a nivel local y que, hasta antes de la implementación del Reglamento, administraban sus propios espacios de regadío. Durante los años de 1924 a 1941, los usuarios de las diferentes regiones del río Cuautitlán defendieron su derecho a administrar el agua como lo venían haciendo. Desde sus organizaciones políticas, con sus principales y mayordomos, rechazaron y desconocieron a la Junta de Aguas del río Cuautitlán que centralizaba en una sola institución la administración del agua. Impugnaron los nuevos volúmenes de agua fijados en el Reglamento, argumentando que no se había tomado como base los derechos y volúmenes de agua que gozaban desde tiempo inmemorial. La lucha de los usuarios se orientó a negociar la descentralización del control social y técnico de las aguas del Cuautitlán que pretendió ejercer el Estado, así como mantener las estructuras organizativas de las comunidades y pueblos en torno al recurso. Al amparo de la legislación entonces vigente las comunidades campesinas de Cuautitlán, buscaron que el gobierno federal reconociera y oficializara a sus organizaciones locales, bajo el control y representatividad de los usuarios a nivel local, como Juntas de Aguas. En lo que respecta al pueblo de Coyotepec, éste no estuvo considerado en los trabajos de reglamentación del río Cuautitlán. La información documental existente en archivo proporciona datos sobre solicitudes de concesión de aguas del

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río Cuautitlán para riego, que las autoridades del pueblo de Coyotepec tramitan durante el periodo de 1914 a 1935. Estas solicitudes son para aprovechar los sobrantes de las aguas del río Cuautitlán aguas abajo de las tomas de los pueblos de Cuautitlán y Teoloyucan (AHA, AS, c. 816, exp. 11784; c. 816, exp. 11786; c. 758, exp. 10959; c. 759, exp. 10975; c. 760, exp. 10992 y c. 760, exp. 11000). Por otra parte, en el informe de trabajo que presentó la Comisión Reglamentadora en 1925, hay una mención general al pueblo de Coyotepec, en el que se señala el control que los vecinos de esa localidad realizaban de las aguas del Cuautitlán almacenadas en la presa de Cuevesillas, perteneciente anteriormente a la hacienda de Jalpa: “Según me informa el guarda-presa las aguas de esta presa están bajo el control de los vecinos de Coyotepec y las órdenes de apertura de la compuerta la recibe él de los jueces de aguas de ese pueblo (…) según informe del guarda presa, que después fueron corroborados por el Guarda del río del Cuautitlán que recorre el tramo de Coyotepec, el agua de la presa de Cuevesillas se agotó el año pasado debido a que los vecinos de Coyotepec, que como dije antes, tienen el control, desperdiciaron el líquido al regar los terrenos adquiridos de la Hda. de Jalpa como ejidos…” (AHA, AS, c. 18, exp. 212, f. 127). Salvo esta mención, no existe mayor información del pueblo de Coyotepec en el contexto de la reglamentación de las aguas del río Cuautitlán. La lucha por la descentralización: Reglamentos de Juntas de Aguas 1933, 1935, 1936 y 1941 La propuesta del gobierno federal, con la Junta de Aguas del río Cuautitlán consistía en centralizar, en una sola institución, ciertamente en manos de los usuarios, la administración del agua. Frente al descontento generalizado en la región a la centralización de la distribución del agua en la Junta de Aguas del río Cuautitlán, tuvieron lugar las siguientes acciones por el gobierno federal: El reconocimiento el 13 de enero de 1935 de la Asociación de Usuarios de Teoloyucan (hoy Unidad de Riego de Teoloyucan) oficializándola como Junta de Aguas, la cual sería independiente de la de Cuautitlán y asumiría el control y distribución del agua en su localidad (AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 158-161).

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El reconocimiento de la Asociación de Usuarios de Villa Nicolás Romero y sus estatutos sobre distribución de aguas (AHA, AS, c. 2198, exp. 32618, ff. 26-34). En 1930, ante la inconformidad que mostraron los vecinos de Villa Nicolás Romero por el actuar de la Junta de Aguas del río Cuautitlán respecto a la distribución de agua hacia esa población, solicitaron a la SAyF autorizara su separación de la mencionada Junta, argumentando falta de representatividad de sus intereses, solicitud que fue rechazada. Ante esta situación, la Asociación de Usuarios de Villa Nicolás Romero se negó a pagar las cuotas por uso de aguas ante la Junta de Aguas de Cuautitlán, así como a reconocer su autoridad en el manejo de las aguas. En 1931 la SAyF decidió terminar con el conflicto entre la Asociación de Usuarios y la Junta de Aguas, por lo que el 21 de septiembre de ese mismo año, emitió un decreto mediante el cual otorgó la autonomía a la Asociación de Usuarios de Villa Nicolás Romero y dio la autorización para organizar la Junta de Aguas de Villa Nicolás Romero que estaría a cargo de normar la distribución de las aguas de los manantiales arriba mencionados, de acuerdo a sus estatutos ya autorizados por esta Secretaría (AHA, AS, c. 2198, exp. 32618, ff. 14-15). En 1936 quedó oficialmente conformada la Junta de Aguas de Villa Nicolás Romero (AHA, AS, c. 2198, exp. 32618, f. 57). El 16 de diciembre de 1933, mediante acuerdo emitido por la SAyF, se crea formalmente la Junta de Aguas del río Tepotzotlán otorgándole autonomía en el control y gestión de las aguas del río Tepotzotlán (AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 139-140, para mayor información sobre la Junta de Aguas de Tepotzotlán: Sandré, 2009:177-210). En 1934, los vecinos de las colonias Morelos, Zaragoza e Independencia pertenecientes al municipio de Villa Nicolás Romero, que venían disfrutando aguas del río Cuautitlán derivadas por el canal de Cuamatla, constituyeron la Junta de Aguas del canal Cuamatla y buscaron su reconocimiento ante la SAyF (AHA, AS, c. 440, exp. 7812, f. 166). El 20 de abril de 1934, el secretario de la SAyF, Pastor Rouaix, a través de un oficio que remitió a los vecinos de las colonias Morelos, Independencia y Zaragoza, integrantes de la Junta de Aguas del canal Cuamatla, les informó que esa Secretaría no otorgaría reconocimiento oficial a la mencionada Junta, ya que el canal por el cual derivaban agua era de propiedad privada. Sin embargo, en abierta desobediencia a las disposiciones de la SAyF, durante el periodo de 1934 a 1941, la Junta de Aguas del canal de Cuamatla normó los procesos de distribución

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de aguas del mencionado canal. En 1941, con el fin de dar legalidad a los procesos de distribución del agua, se conformó la Junta Directiva Local de Irrigación de Villa Nicolás Romero y emitieron sus propios estatutos (AHA, AS, c. 440, exp. 7812, ff. 268-282). A pesar de que solicitaron la presencia de un delegado de la SAyF para legalizar el acto, la Secretaría no reconoció oficialmente a la Asociación ni sus estatutos. Fue hasta, el 22 de julio de 1941, que mediante escrito dirigido a la SAyF la señora Laura Iturbide Cobián, propietaria de la hacienda de Cuamatla y del canal del mismo nombre, otorgó la autorización a la SAyF para declarar de jurisdicción federal el canal de Cuamatla y dar por concluido el conflicto con la Junta de Aguas del mencionado canal (AHA, AS, c. 440, exp. 7812, f. 304). Así la Junta de Aguas del río Cuautitlán (hoy Unidad de Riego Cuautitlán) quedo reducida al espacio hidráulico que corresponde a la presa derivadora de Atlamica y la Pila Real. Modificaciones 1970s y 1990s, de Juntas de Aguas a URDERALES a Unidades de Riego En la década de 1970, la Ley de Aguas de 1972 indica la conformación de Unidades de Riego para el Desarrollo Rural. En el caso del río Cuautitlán implico la conversión de las Juntas de Aguas a URDERALES, a diferencia de, por ejemplo, la región de Puebla en que los ejidos ubicados dentro de las Juntas, son los que se constituyen como URDERALES (Rodríguez, 1998). Anterior a la constitución de las URDERALES, la organización para el agua al interior de los ejidos y comunidades agrarias dependía de la Comisión Nacional Agraria (CNA) y posteriormente Secretaría de la Reforma Agraria (SRA). Es decir, el agua al interior de los ejidos era un asunto que concernía al ejido y a la instancia gubernamental agraria. La creación de las URDERALES, significó el paso de la autoridad de la CNA (o de la SRA) a la SRH (o SARH) (Palerm, 2009:195-215). En relación a la organización social de los usuarios, la Unidad de Riego preveía la conformación de una Asociación de Usuarios integrada en una Asamblea y dirigida por una Mesa Directiva, la cual a su vez estaría conformada por un presidente, un secretario y un tesorero con sus respectivos suplentes, para administrar, conservar y operar la URDERAL bajo la supervisión de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH), actualmente esta función la asume la Secretaría de

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Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) en lo que hace a la productividad de la Unidad de Riego y la CNA en lo relativo al uso y aprovechamiento del agua (Palerm, 2009:96-215). En este contexto, durante la década de 1970, las Juntas de Aguas de Cuautitlán, Teoloyucan y Coyotepec cambian su denominación a URDERALES y, con la expedición de la Ley de Aguas de 1992, las URDERALES pasan a constituirse como Unidades de Riego, lo que incluye el otorgamiento de un nuevo título de concesión de aguas registrado en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA). En el caso de la Unidad de Riego de Cuautitlán, el nuevo título de concesión se encuentra registrado con fecha 16/08/1999, con número de asignación 13MEX104369/26ABDA09 para utilizar en uso agrícola 40, 000,000 metros cúbicos de agua del río Cuautitlán almacenadas en la presa de Guadalupe. En el caso de la Unidad de Riego Teoloyucan el volumen de agua se encuentra considerado en la concesión a la Unidad de Riego de Cuautitlán. Respecto a la Unidad de Riego de Coyotepec tiene asignado el título de concesión número 13MEX102698/26ABDA08 con fecha de registro del 17/12/1997, para utilizar en uso agrícola 2, 233,000 metros cúbicos de agua de la presa de Guadalupe (Base de datos del Registro Público de Derechos de Agua, disponible en línea www. conagua.gob.mx/Rpda). Caracterización de las tres unidades de riego que conforman la red hidráulica del río Cuautitlán Unidad de Riego de Cuautitlán. La organización de los regantes es conocida localmente como Junta de Aguas. La máxima autoridad es la Asamblea General de Representantes integrada por representantes de los ejidos, ranchos, pueblos, barrios y pequeños propietarios. Cuenta con una Mesa Directiva integrada por un presidente, un tesorero, un secretario y dos vocales con sus respectivos suplentes. Estos cargos son de carácter honorífico. La superficie de riego que administra la Junta de Aguas de Cuautitlán se extiende sobre cinco municipios, Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán México, Tultitlán, Tultepec y Melchor Ocampo, con sus ejidos, pueblos, barrios y ranchos. Las oficinas de la organización están localizadas en Avenida 16 de septiembre, número 324, Colonia Centro, C. P. 54800, Cuautitlán, México.

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Comparte el título de concesión, como ya señalamos, con Teoloyucan. La superficie que se riega con aguas que administra la Junta de Aguas es de 7,500 hectáreas, de las cuales 1,700 son de tenencia ejidal y 5,800 hectáreas de pequeña propiedad. Abastece de agua a 3,883 usuarios, 1,754 ejidatarios y 2,129 pequeños propietarios. El promedio de tenencia de la tierra de riego es de 4 hectáreas. A nivel ejidal es de 2 hectáreas y a nivel de pequeña propiedad, es de 3 hectáreas. Los principales cultivos son: alfalfa, maíz, trigo verde, sorgo, avena, cebada, hortalizas y frijol. Unidad de Riego de Teoloyucan. La organización de regantes es conocida localmente como Junta de Aguas. La Junta administra las aguas para regar una superficie de 1,420 hectáreas, 360 son de tenencia ejidal y 1,060 hectáreas de pequeña propiedad. En total son 1,136 usuarios, 302 ejidatarios y 834 pequeños propietarios. El promedio de tenencia de la tierra de riego es de 3 hectáreas. A nivel ejidal es de 2 hectáreas y a nivel de pequeña propiedad es de 3 hectáreas. Las oficinas están localizadas en Avenida Fresno s/n, Barrio Tepanquiahuac, C.P. 54770, Teoloyucan. Unidad de Riego de Coyotepec. La organización de los regantes es conocida localmente como Junta de Aguas. La Junta administra las aguas par regar una superficie de 346 hectáreas, 152 son de tenencia ejidal y 194 hectáreas de pequeña propiedad. En total son 412 usuarios, 213 ejidatarios y 199 pequeños propietarios. El promedio de tenencia de la tierra de riego es de 3 hectáreas. A nivel ejidal es de 2 hectáreas y a nivel de pequeña propiedad es de 3 hectáreas. Las oficinas se encuentran localizadas en la Plaza Principal, Colonia Centro s/n, C.P. 54660, Coyotepec. ORGANIZACIÓN SOCIAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA RED HIDRAULICA La presentación de la actual organización para el funcionamiento de la red hidráulica es resultado del trabajo de campo realizado en la zona de estudio, trabajo de Archivo y de las entrevistas grupales e individuales con autoridades y personal de los tres niveles organizativos. Para el análisis de las capacidades autogestivas de las instituciones locales de Cuautitlán, se partió del modelo formulado por Tomás Martínez Saldaña y Jacinta Palerm para el estudio del funcionamiento de los sistemas de riego, el cual pone énfasis en lo que califican como las tareas siempre pre-

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sentes en un sistema. Su propuesta metodológica consiste en estudiar las variables que permiten el funcionamiento de un sistema de riego (Palerm y Martínez, 1997), tales como la construcción de la obra hidráulica, el mantenimiento de la misma, la ampliación y la rehabilitación de la infraestructura, así como la distribución del agua entre los usuarios. A esta serie de variables se suman las tareas propias de la administración, tales como el diagnóstico de las necesidades, la formulación de leyes y reglamentos, el monitoreo, la vigilancia, la rendición de cuentas y la solución de los conflictos. Niveles organizativos en el sistema de riego La red hidráulica del río Cuautitlán, se encuentra organizada en tres niveles organizativos autogestivos. El primer nivel organizativo consiste en una Asamblea de Delegados integrada por un representante electo de cada una de las tres Unidades de Riego y que coordina la realización de las tareas físicas y administrativas que demanda la gestión del espacio hidráulico en común: río Cuautitlán, presa de Atlamica, Pila Real y canales de riego y compuertas de derivación. El segundo nivel organizativo consiste en las Unidades de Riego con plena autonomía para administrar su espacio hidráulico y con representación en el nivel organizativo superior (Asamblea de Delegados). El tercer nivel organizativo consiste en las comunidades que tienen representación al siguiente nivel organizativo: la Unidad de Riego respectiva. Nos parece interesante iniciar la presentación de abajo arriba: de la comunidad a la Asamblea de Delegados. Del nivel que representa a 200 regantes al nivel que representa a 5,800 usuarios. TERCER NIVEL ORGANIZATIVO: LAS COMUNIDADES Y PUEBLOS El nivel de comunidad se ejemplifica con el caso del ejido Teyahualco, que riega por el canal El Chiquito de la Unidad de Riego de Cuautitlán. El ejido de Teyahualco, se localiza en el municipio de Tultepec, estado de México, tiene 261 habitantes de los cuales 127 son hombres y 134 mujeres, de estos 102 son usuarios: 24 mujeres y 78 hombres; tiene una superficie bajo riego de 201 hectáreas. El promedio de tenencia de la tierra en el ejido es de 2 hectáreas. Los cultivos en este ejido son alfalfa, trigo forrajero, frijol y verduras para el autoconsumo.

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Derechos de agua Los derechos de agua que ampara a los ejidatarios tienen, en este caso, su origen en el proceso de reparto agrario acontecido en el municipio de Tultepec durante los años de 1920 a 1940. El ejido de Teyahualco, fue creado por resolución presidencial el 12 de diciembre de 1929, con una superficie total de cuatrocientos sesenta y dos hectáreas expropiadas a la hacienda Cartagena. El 23 de diciembre de 1934, fue dotado a los vecinos del ejido de Teyahualco, municipio de Tultepec, estado de México, un volumen de 1, 355, 400 metros cúbicos anuales de agua del río Cuautitlán de los derechos que correspondían a la hacienda de Cartagena y rancho anexo Cadena, para el riego de las tierras ejidales que les fueron concedidas por Resolución Presidencial del 12 de diciembre de 1929. La dotación de aguas incluía la servidumbre de las obras hidráulicas por medio de las cuales se derivaban y aprovechaban las aguas del Cuautitlán. La dotación de aguas correspondía a las aguas que corrían por la zanja de riego conocida con el nombre del El Chiquito (Diario Oficial de la Federación en biblioteca del AHA). A partir de 1937 y hasta 1980, gradualmente, el ejido de Teyahualco vio fragmentada su superficie original. El 23 de marzo de 1937, mediante acuerdo emitido por el presidente Lázaro Cárdenas, se determina el fraccionamiento ejidal del ejido Teyahualco; el 11 de octubre de 1937, se segregan terrenos del ejido para la creación de la zona urbana ejidal; el 19 de septiembre de 1961, se expropian 10 hectáreas de terrenos ejidales para la perforación de pozos artesianos; el 28 de junio de 1976, se expropia una superficie de 1-27-01.20 hectáreas a favor de Petróleos Mexicanos, para destinarse a la instalación del gasoducto Venta de Carpio Guanos y Fertilizantes. El 28 de junio de 1976, se expropia una superficie de 5-04-13 hectáreas, a favor de la SRH, para destinarse a formar parte de una obra hidráulica proyectada, la cual consiste en la perforación de una batería de 25 pozos, para alumbrar las aguas del subsuelo y en la construcción del acueducto que llevará los caudales extraídos hasta la planta Barrientos, en el municipio de Tultitlán, estado de México. El 27 de mayo de 1982, se expropia una superficie de 1-97-33-55 hectáreas a favor de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, para destinarse a la construcción del camino México-Zumpango; el 27 de junio de 1994, se expropió al ejido una superficie de 1-37-67 hectáreas de riego, a favor de la Comisión Federal de Electricidad, para destinarlos a la cons-

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trucción de la línea de transmisión denominada valle de México (Véase Diarios oficiales, fechas de 1920 a 1994, en Archivo Histórico del Estado de México). Estructura organizativa Los ejidatarios con riego de Teyahualco se encuentran organizados en una Asociación de Usuarios, conformada para otorgar representatividad a los 102 ejidatarios usuarios de las aguas de la Unidad de Riego Cuautitlán derivadas por el canal el Chiquito. La Asociación de Usuarios de los ejidatarios regantes del ejido es independiente de las autoridades ejidales . Los ejidatarios regantes por votación en Asamblea eligen a su representante (propietario y suplente) a la Asamblea General de Representantes de la Unidad de Riego. Además del representante, se eligen los siguientes cargos: cuatro canaleros y un distribuidor de agua. Tanto el representante, como los canaleros y el distribuidor de agua, son miembros de la comunidad, los cargos son de carácter honorífico y duran en funciones tres años. Conforme lo establece el Reglamento de la Unidad de Riego Cuautitlán, las atribuciones y obligaciones de las Asociaciones de Usuarios y sus autoridades a nivel comunidad son las siguientes: El representante se encargará de controlar el sistema de riego a nivel comunidad y de la distribución del agua entre los usuarios, así como de supervisar la distribución del agua conforme a lo determinado por la Mesa Directiva de la Unidad de Riego. Pagar oportunamente la cuota correspondiente al consumo de agua de sus representados. El representante de los usuarios (ejidos, pueblos, ranchos, barrios y pequeños propietarios) tendrá a su cargo preservar y mantener libres los accesos y limpios los canales primarios y secundarios mediante los cuales se abastecen de agua. Formular un padrón de usuarios a nivel comunidad de acuerdo con los cambios que se originen, el padrón y sus actualizaciones quedará sujeto a revisión y aprobación de los integrantes de la Mesa Directiva. Proporcionar el riego a los usuarios que oportunamente hayan pagado su cuota por servicio de riego y aplicar la sanción correspondiente.

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Cumplir y hacer cumplir a nivel comunitario y entre sus representados el Reglamento de la Unidad de Riego. Fomentar el mejoramiento económico y productivo de los usuarios promoviendo y colaborando en las actividades del sistema de riego. Dentro de las funciones y responsabilidades del representante del ejido, está también, elaborar el plan de riegos y someterlo para su autorización ante la Asociación de Usuarios del ejido y, posteriormente, presentarlo ante las autoridades de la Mesa Directiva de la Unidad de Riego Cuautitlán. Coordinar conjuntamente con las autoridades de la Unidad de Riego la distribución de agua que se conduce por el canal de riego el Chiquito. Asimismo coordinarse con las autoridades de la Unidad de Riego para los trabajos de limpieza y mantenimiento de la infraestructura hidráulica principal (Pila Real y los cinco canales). Distribución El representante del ejido recibe el agua del canal general El Chiquito y, a su vez, la entrega a los canaleros y distribuidor de agua del ejido quienes distribuyen el agua a los ejidatarios. También supervisa que los usuarios hayan cumplido con el pago por cuota de agua. Por cada hectárea de riego se cobran $70 pesos. Los riegos según el tipo de cultivo son: alfalfa 4 riegos, avena 4 riegos, maíz 4 riegos y fríjol 2 riegos durante el ciclo. El mecanismo de distribución de agua a nivel de comunidad es el tandeo, los ejidatarios a través de acuerdos internos han decidido esta forma para regar sus terrenos. Puede haber intercambios de la tanda de agua, por ejemplo, si un ejidatario aguas abajo del canal tiene sembrada alfalfa, que comúnmente necesita 4 riegos por ciclo, y necesita el agua antes del tiempo establecido en su turno, y el ejidatario aguas arriba, y primero en turno para recibir el agua, tiene sembrado frijol que sólo requiere 2 riegos durante el ciclo, puede consentir o dejar pasar el agua para solucionar el problema. Este mismo mecanismo aplica para la modificación de la distribución del agua en el canal principal. La venta de agua entre ejidatarios, a diferencia de los intercambios de turno, no esta permitida y nunca se ha llevado a cabo. El robo de agua tampoco se presenta, la vigilancia tanto de los canaleros y distribuidor de agua impide los robos.

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Por lo tanto nunca se ha cobrado multa o aplicado sanción, en vista de que nadie se ha robado el agua. Mantenimiento El mantenimiento lo realizan los usuarios con faenas, coordinados por su representante, canaleros y distribuidor de agua. Los trabajos de limpieza comúnmente se realizan un mes antes del inicio del ciclo de riego (noviembre) o cuando la infraestructura así lo requiera. El tiempo y días para llevar a cabo las labores de mantenimiento se concilia entre los ejidatarios y sus autoridades para determinar los días y tiempo que se invertirá en esta labor, con el objetivo de que todos los usuarios concurran. En el caso de que los trabajos de limpieza se tengan que adelantar, se convoca a Asamblea de Usuarios y se concilia una nueva fecha para realizar esta labor. A decir de los usuarios, esto sucede principalmente durante la época de lluvias cuando los canales de riego se ven obstruidos por la basura que el agua arrastra en su camino y por los escombros o cascajo que carros materialistas provenientes del municipio de Tultepec llegan a depositar en la zona de riego. Los trabajos de limpieza en el ejido empiezan a las 6:00 de la mañana: todos los usuarios van limpiando los canales hasta terminar, primero inician los que llegan puntuales y cuando han avanzado sobre un tramo de tres a cuatro metros entonces los canaleros o representante los anota en una lista y continúan los usuarios que van llegando. Los usuarios limpien el canal en proporción al terreno que poseen. La presencia de todos los usuarios en esta actividad ayuda a las autoridades a mantener un control sin posibilidad de que existan usuarios que no realicen sus labores o que sobornen a las autoridades. Los usuarios vigilan tanto el desempeño de la autoridad como el de los mismos regantes. Resolución de conflictos Los conflictos que se generan entre ejidatarios de Teyahualco principalmente tienen que ver con la distribución del agua o por el incumplimiento en la limpia de los canales de riego. En el caso de la distribución de agua el conflicto que se presenta es porque algunos ejidatarios no respetan el turno de agua que les corresponde y alteran los turnos de agua de acuerdo a sus propias necesi-

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dades. En otros casos, los conflictos por la distribución de agua involucran a las autoridades comunitarias por el incumplimiento o mal desempeño de sus funciones. Por ejemplo, para ilustrar este caso citemos el evento suscitado en el ejido de Tepojaco. En Asamblea extraordinaria en el ejido de Tepojaco con la asistencia de 96 ejidatarios de un total de 123 usuarios del ejido, se expuso la necesidad de destituir a los canaleros de la Asociación, bajo el argumento de que habían interrumpido sus labores de vigilancia de la distribución del agua y cerrado las compuertas de derivación antes de concluir el riego. Se señaló que se habían quedado sin riego 20 parcelas de ejidatarios aguas abajo, un total de 50 hectáreas. Se argumentó en la Asamblea que no querían que se volviera a repetir esta situación en el siguiente ciclo de riego, ya que era un problema muy recurrente entre los canaleros de cerrar las compuertas sin justificación alguna. En la Asamblea se procedió a destituir a los canaleros y se nombraron de entre los usuarios a cuatro personas que se hicieran cargo de manera provisional de la vigilancia de la distribución del agua, mientras se convocaba a elección de nuevos canaleros. Vigilancia Los canaleros del ejido hacen recorridos diarios con el propósito de vigilar que no haya interrupción en el flujo de agua por deslaves, basura o robo de agua a nivel de los canales secundarios. El distribuidor de agua y el representante también realizan tareas de vigilancia para que los usuarios respeten los turnos asignados y para evitar que tomen el agua más tiempo del que les corresponde. Sanciones Cuando una parte o partes de los canales no han sido debidamente limpiados o no se ha realizado la limpia, se reporta al usuario responsable de ese tramo ante la Asociación de Usuarios del ejido, para que ésta imponga al usuario una multa por el incumplimiento de su labor y si no quiere pagar la multa entonces se le corta el suministro de agua, obligándolo con ello a cumplir con su faena. Aunque, en general, el conjunto de usuarios cumple con las tareas de limpieza.

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Registros Los canaleros del ejido lleva el registro de cuotas, turnos de agua y faenas. El incumplimiento de algún usuario se reporta a la Asamblea de la Asociación de Usuarios del ejido para su amonestación y resolución. SEGUNDO NIVEL ORGANIZATIVO: LAS UNIDADES DE RIEGO Se describe el caso de la Unidad de Riego de Cuautitlán, que es la Unidad de mayor superficie y número de usuarios. Estructura organizativa de la Unida de Riego Cuautitlán La Unidad de Riego está gobernada por la Asamblea General de Representantes, que a su vez nombra una Mesa Directiva integrada por un presidente, un tesorero, un secretario y dos vocales con sus respectivos suplentes. Los cargos son de carácter honorífico. No obstante que existen cinco canales, la representación a la Asamblea no se hace por canal, tampoco existe formalmente un nivel organizativo por canal, sin embargo, hay una importante coordinación entre las comunidades regadas por un mismo canal. La Mesa Directiva nombra al personal que se encargara de llevar a cabo las actividades técnicas y administrativas en relación con la gestión del sistema. Entre este personal destaca: el supervisor de distribución y los canaleros, los cuales son elegidos dentro del común de usuarios y sus cargos son de carácter honorífico. A nivel administrativo la Unidad de Riego cuenta con personal que se contrata para apoyar las actividades de oficina de la Unidad: dos secretarias, un asistente y dos personas que apoyan los trabajos de la Mesa Directiva. Este personal es remunerado con las aportaciones que realizan los usuarios por el pago de derechos de agua. Distribución de agua El plan de riegos contempla la propuesta de un patrón de cultivos determinados y la forma como van a ser atendidos con el servicio de riego, sin rebasar el volumen máximo autorizado.

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El supervisor y canaleros operan los cinco canales de riego que parten de la Pila de Atlamica, se encargan de vigilar la asignación y distribución a los representantes de comunidad que derivan el agua a lo largo de los cinco canales generales. El supervisor de distribución se encarga de revisar aforos, canales de riego, compuertas principales y se encarga de entregar el agua a los canaleros. Los canaleros se encargan de vigilar y supervisar la distribución de agua a nivel de canal, así como de los trabajos de mantenimiento de la infraestructura hidráulica principal, recorren de manera cotidiana los canales de riego vigilando que no existan problemas en la conducción del agua y problemas entre los usuarios por la distribución del recurso. Los canaleros deberán mantener en buen funcionamiento las estructuras de control del agua, recorrer y vigilar que los canales de riego estén libres de cualquier obstáculo que impida el flujo del agua y elaborar y reportar un informe sobre sus actividades, mismo que será entregado a la Mesa Directiva. Acuerdos a nivel de canal, caso canal El Chiquito: Distribución de agua La distribución de agua a través de La Pila Real de Atlamica se realiza por los cinco canales de riego que de ella se desprenden. Asignada el agua por canal, conforme a volúmenes determinados según el plan de riegos por canal, compete a los representantes de usuarios de cada canal conciliar la distribución de aguas entre ellos. En el caso, por ejemplo, del canal de riego El Chiquito, el representante del ejido Teyahualco, recibe el agua correspondiente a sus representados en la Pila Real de Atlamica donde son canalizadas en bloque a través del canal de riego el Chiquito, la recepción del agua se hace de manera conjunta con los representantes de los ejidos El Zapatero y San Pablo de la Salinas que también se abastecen de agua del mencionado canal. De manera conjunta los representantes vigilan que los aforos de agua asignados al canal correspondan a la suma de los volúmenes de agua solicitados en los planes de riego de los respectivos ejidos. El mecanismo de distribución de agua a nivel de canal es el tandeo, los ejidatarios y sus representantes a través de acuerdos verbales internos establecidos entre ellos han decidido esta forma para regar sus terrenos.

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A nivel de canal general las comunidades que comparten el agua presentan grados de organización diferente. En las comunidades ubicadas aguas arriba el canalero de la Unidad autoriza al apertura de las compuertas, en las comunidades ubicadas aguas abajo las autoridades encargadas de abrir y cerrar las compuertas son los representantes de usuarios ya que ellos conocen las cantidades reales de agua que deben dejar pasar a cada parcela ante lo mermado del flujo de agua que llega y evitar, con ello, que algunos usuarios puedan hacer uso de más agua que la que les corresponde, ante la escasez de ésta. En el caso de las comunidades aguas arriba el flujo de agua es constante desde la compuerta generando en algunas ocasiones desperdicio de agua. El canalero de la Unidad mantiene abierta la compuerta hasta que los usuarios han terminado de regar. El problema entre aguas arriba y aguas abajo en el canal siempre ha estado presente; anteriormente, a decir de los usuarios, las comunidades localizadas aguas abajo no eran consultadas sobre las fechas en que deberían recibir el riego, simplemente el canalero les informaba la fecha en que deberían empezar a regar, dejándolos siempre al final y a veces se quedaban sin regar. Actualmente el plan de riegos de la Unidad establece que la distribución de agua se llevara a cabo mediante tandeo, iniciando aguas arriba y terminando aguas abajo, respetando los acuerdos entre usuarios a nivel canal general o canales secundarios para cambiar la distribución de agua. A nivel del canal general y canales secundarios son las representantes quienes negocian entre ellos el cambio de la distribución del agua. Mantenimiento Los canaleros se encargan de vigilar los trabajos de mantenimiento de la infraestructura hidráulica principal. El mantenimiento consiste en el desazolve de los cinco canales de riego, la limpia de maleza y retiro de obstáculos a la libre circulación del agua. El mantenimiento de los canales primarios y secundarios se desarrolla por faenas, las cuales se asignan por tramos de canal de acuerdo a la superficie de riego que cada usuario tenga. El mantenimiento anual se realiza dos meses antes del inicio del ciclo de riego, el cual comienza durante el mes de noviembre, así como cuando la infraestructura hidráulica lo requiere.

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Acuerdos a nivel de canal, caso el canal El Chiquito: Mantenimiento Los representantes de los ejidos Teyahualco, El Zapatero y San Pablo de la Salinas que utilizan el canal El Chiquito coordinan las labores de limpieza y mantenimiento de la infraestructura hidráulica del canal de riego El Chiquito y canales secundarios que de éste parten. El mantenimiento se realiza con las faenas de los regantes. Las tareas de mantenimiento de la obra hidráulica son de vital importancia para optimizar la distribución del agua. Estas labores consisten principalmente en el desazolve y mantenimiento de los canales. Las tareas de mantenimiento del canal principal, El Chiquito, se distribuyen entre los ejidos de Teyahualco, El Zapatero y San Pablo de las Salinas, cada ejido tiene asignado un tramo de canal y dentro de cada tramo cada ejidatario tiene asignada cierta cantidad de metros, de los cuales es directamente responsable. Respecto a los canales secundarios esta labor compete a los regantes de cada ejido. El incumplimiento de las labores de limpieza y robos de agua, a decir de los usuarios del canal de riego El Chiquito, nunca se han presentando, en el entendido de que el cumplimiento o incumplimiento de esta actividad es en beneficio o perjuicio de la colectividad. Resolución de conflictos Los conflictos presentes en la Unidad de Riego, a decir de los usuarios tienen que ver con los cortes en los flujos de agua a nivel del canal y cambios en los volúmenes de agua asignados por canal. Por ejemplo, los usuarios del canal de riego San Lorenzo se han quejado continuamente de que los canaleros de la Unidad de Riego realizan cortes en el suministro de agua a que tienen derecho los usuarios de este canal, los usuarios señalan que el agua sobre el canal San Lorenzo, en un principio va a toda su capacidad, sin embargo, gradualmente el flujo de agua se ve interrumpido ocasionando que el riego a que tienen derecho se tenga que suspender. Esto sucede con frecuencia a causa del cierre de compuertas que, aguas arriba sobre el canal, realizan arbitrariamente los canaleros sin notificar a los representantes de los usuarios. Las determinaciones que se han tomado por los usuarios y sus representantes es acudir directamente con el supervisor de la distribución quien tiene bajo su responsabilidad a los canaleros y solicitarle de manera verbal se abstengan de seguir interrumpiendo los flujos de agua sobre el canal San Lorenzo, y si el supervisor no

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solucionan el corte del suministro de agua, se recurre a las autoridades de la Mesa Directiva de la Unidad de Riego para que intercedan y se obligue a los canaleros a no seguir realizando esta práctica. Los usuarios de aguas abajo sobre el canal deben vigilar constantemente el canal para que no les corten el agua o para volver a abrir el paso del agua. La vigilancia está a cargo de las autoridades a nivel comunidad, así como de grupos de usuarios que se ponen de acuerdo para ir a traer el agua. Es también común entre los problemas relacionados con el suministro de agua, que los canaleros no cumplan en tiempo con la apertura de las compuertas para iniciar los riegos. En este tipo de situaciones es común que los usuarios busquen al canalero encargado de abrir las compuertas del canal y le insistan a cumplir con su labor. “Es un problema recurrente, tenemos que corretear a los canaleros para que nos abran la compuerta, porque no nos abren la compuerta y tenemos que vigilar que cumplan con su labor y ver que el agua llegue a nuestros terrenos, a veces tenemos que iniciar el riego y nada de agua por el canal y entonces con otros vecinos que también van a regar vamos en busca del canalero para qué cumpla con su labor” (Entrevista realizada al Sr. Luis Fragoso, usuarios del canal de riego San Lorenzo, Unidad de Riego de Cuautitlán, 2009). En ese sentido, a decir de los usuarios esta práctica favoreció la corrupción entre algunos canaleros quienes empezaron a solicitar un pago de dinero por abrir las compuertas. En otros casos se le invitaba la botella de tequila al canalero para realizar su labor. Los conflictos entre usuarios, también, se presentan por el incumplimiento de los trabajos de mantenimiento y limpieza de la infraestructura hidráulica. Los trabajos de limpieza de los canales primarios se realizan por tramos de canal asignados a cada usuario dependiendo la superficie de riego que posea, esto permite mantener un flujo constante de agua por canal, sin embargo, ocurre que esta labor no es realizada por usuarios aguas arriba afectando a los usuarios aguas abajo: el flujo de agua a los usuarios aguas abajo se interrumpe hasta acabar de realizar la limpia del tramo. Este problema se resuelve en reuniones entre usuarios en las que se busca concientizar a los usuarios de cumplir con los trabajos de limpieza, para ello se ha insistido por parte de la autoridad que es de vital importancia mantener

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en buen estado los canales de riego y evitar pérdidas en los flujos de agua o corte en el suministro de la misma. La resolución de los conflictos en relación a la distribución del agua, es resuelta entre los representantes de usuarios. En caso de que el conflicto no sea resuelto, es llevado ante la Mesa Directiva de la Unidad de Riego. Monitoreo y vigilancia Los canaleros aforan al recibir el agua y en los puntos de entrega a las comunidades y vigilan para evitar fugas, tomas clandestinas, violación de candados o modificación de estructuras de control. En época de riegos los canaleros están de tiempo completo y realizan recorridos constantes sobre los cinco canales de riego. Respecto al monitoreo de las actividades de limpieza y mantenimiento de la infraestructura hidráulica, está a cargo del supervisor de distribución de acuerdo a la información que le presentan los canaleros, ya que éste es el encargado de ir recibiendo el canal ya limpio. Se lleva un registro de los usuarios y tramos de canal que les corresponden limpiar para que todos y cada uno de los usuarios cumpla con esta actividad. En caso de encontrar un tramo de canal sin limpieza debe reportarse al usuario responsable de ese tramo con el supervisor de distribución y éste a su vez lo reporta a la Asociación de Usuarios de la comunidad o su representante, que, a su vez, lo sanciona con una multa y envía una cuadrilla para que realice la limpia, el costo lo debe pagar el usuario. En lo que respecta a los pagos por servicio de riego, se lleva un registro de cada uno de los usuarios que ha realizado el pago correspondiente y se le entrega una boleta que, a su vez, deben mostrar a su representante para tener derecho a riego. En la distribución de agua se busca que los usuarios cumplan de manera precisa con los turnos que les corresponden para iniciar sus riegos. El trabajo del supervisor de la distribución y canaleros encargados de esta función es vigilado por los usuarios. Los usuarios los califican en función del desempeño, ello implica evitar beneficiar a familiares y amigos. Todos los usuarios deben adecuarse a la numeración que les corresponde en el riego, si no respetan el número que se les asigna se les deja que rieguen hasta el final del turno y, además, se les cobra una multa. Estos castigos obligan a los usuarios a ser responsables y ordenados en las fechas que se establecen en el calendario de riegos.

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Robos de agua El robo de agua es raro que se presente entre usuarios, el robo se presentaba principalmente en la zona de aguas abajo del sistema donde era común encontrar a pipas extrayendo agua de los canales de riego, agua utilizada para abastecer a las constructoras que laboran en la zona de Cuautitlán. Sin embargo, esta actividad se erradicó desde que las Unidades de Riego, en especial la de Cuautitlán han optado por vender de manera formal el agua a los piperos como mecanismo para hacerse de recursos económicos. Por pipa autorizada para cargar agua en Cuautitlán, se cobran $1,500 pesos por mes, independientemente del número de pipas que se puedan abastecer durante el mes. Derechos de agua El derecho del agua para riego no se puede vender a otra persona, ni aun siendo de la misma comunidad. El derecho de agua se puede otorgar a otra persona siempre y cuando el terreno bajo riego sea vendido y la asignación del derecho al agua al nuevo usufructuario sea reconocida por la Asamblea de Representantes. De esta manera se hace el registro del nuevo usuario en el padrón de la Unidad. Asimismo el derecho del agua es transferible entre descendientes de padre a hijo o algún pariente que asuma el derecho al agua junto con la propiedad de la tierra, al cual se le respetan sus derechos, siempre y cuando cumpla con sus obligaciones en la organización. Rehabilitación La rehabilitación se realiza al finalizar el ciclo de riego durante los meses de junio o julio. La Mesa Directiva en conjunto con los Representantes a nivel de comunidad y con la participación de la CNA, en este último caso, a decir de los usuarios, nunca sucede, elaboran un programa de conservación anual. La rehabilitación suele consistir en reparaciones menores en canales, reparación de compuertas, de represas, reparación de cortinas de las represas, entubamiento de canales y composturas generales en la Pila Real de Atlamica. La decisión de rehabilitar alguna obra se toma de manera consensuada en Asamblea General de Representantes, considerando también, los costos para su reparación. La conservación depende de las cuotas y aportaciones voluntarias de

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los usuarios, ya que los trabajos de rehabilitación se consideran tomando como base el recurso existente en la caja de la Unidad. Si estas cuotas no son suficientes, el programa se adecua al porcentaje de las cuotas recibidas. En ocasiones se recibe apoyo de los municipios de Cuautitlán Izcalli y Cuautitlán que aportan trabajadores del municipio o maquinaria para llevar a cabo estas actividades. Ambos municipios son usuarios de la Unidad de Riego y, como usuarios, aportan maquinaria para los trabajos de mantenimiento de la infraestructura hidráulica. Tienen convenios suscritos con la Mesa Directiva de la Unidad para derivar aguas residuales a los canales de riego del río Cuautitlán. Los trabajos de conservación pueden realizarlos los mismos usuarios o pueden contratar albañiles u otros especialistas. Supervisión por parte de la CNA y la SAGARPA En relación a la supervisión que establece la CNA y SAGARPA a la Unidad de Riego Cuautitlán, el presidente de la Mesa Directiva, menciona que esta no se lleva a cabo. En las labores de rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica, donde se debe contar con la participación de estas dependencias para elaborar de manera conjunta el plan de trabajo de las obras de mantenimiento, nunca se ha contado con su presencia. La Mesa Directiva sólo notifica el inicio y fin de los trabajos de mantenimiento. En relación a la presencia de un representante de la SAGARPA que debería validar las Asambleas de Usuarios, los cambios de autoridades locales, el plan de riegos y las tareas productivas de la Unidad; el representante ha dejado de asistir a las Asambleas desde hace 5 años atrás según mencionan algunos usuarios. La Mesa Directiva notifica los acuerdos alcanzados en Asamblea mediante escrito dirigido a la oficina respectiva. Respecto al plan de cultivos y riegos, es elaborado por la Mesa Directiva y se entrega para su validación a la SAGARPA al inicio de cada ciclo de riego. SAGARPA se limita a validar administrativamente el plan de cultivos y riegos, sin que exista un acompañamiento directo a los usuarios o visitas de campo que contraste la información en papel con lo que se presenta en el campo. Esto incumbe también las actividades de control de sanidad vegetal y extensionismo que están a cargo de la SAGARPA y que no se llevan a cabo. A decir de los usuarios y autoridades de la Unidad de Riego, la presencia de las dependencias del gobierno se limita a validar los trabajos técnicos administrativos de la Unidad de Riego.

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PRIMER NIVEL ORGANIZATIVO: LA RED HIDRÁULICA DEL RÍO CUAUTITLÁN La Asamblea de Delegados La Asamblea de Delegados es un nivel organizativo resultado de la coordinación entre las tres Unidades de Riego para la operación, conservación y administración de la red hidráulica en común, esto es: a lo largo del cauce del río Cuautitlán desde la presa de Atlamica hasta la Unidad de Riego de Coyotepec y sobre la obra hidráulica en común a las tres Unidades de Riego. La Asamblea de Delegados tiene sus orígenes, concebida como tal, a finales de la década de 1970 por la necesidad de una organización para coordinar las labores de distribución y vigilancia y enfrentar los problemas de contaminación del agua para riego y la disminución de los espacios dedicados a la agricultura de riego por la expansión de la mancha urbano-industrial. Sin embargo, a decir de los usuarios la coordinación entre las tres Unidades de Riego para la gestión de la red hidráulica se remontan a la década de 1920; otros regantes indican que la coordinación ha estado presente “desde siempre”. Desafortunadamente la documentación sobre los trabajos de la Asamblea de Delegados es escasa en los archivos de las Unidades de Riego y en otros archivos federales como el Archivo Histórico del Agua, por ello es difícil rastrear los origines de la Asamblea. La Asamblea de Delegados aparentemente no tiene un carácter oficial. Estructura organizativa La Asamblea de Delegados, esta integrada por un representante electo por la Mesa Directiva de cada Unidad de Riego. La Asamblea se reúne varias veces al año para resolver problemas relacionados con la distribución del agua, coordinar las actividades de mantenimiento y limpieza de la obra hidráulica y planear el calendario de riegos y solicitud de agua para el ciclo de riego que da inicio durante el mes de noviembre. Las reuniones de la Asamblea son públicas y concurren usuarios de las tres Unidades de Riego. Las reuniones se efectúan indistintamente en cualquiera de las oficinas de las tres Unidades de Riego y tienen lugar cuando las necesidades operativas a nivel de la red hidráulica.

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Las determinaciones tomadas por la Asamblea de Delegados son votadas por los usuarios en asamblea de los usuarios de las tres Unidades. Hay una amplia participación tanto de hombres como de mujeres en dichas reuniones. Muchas mujeres son titulares de derechos de agua y concurren con voz y voto. En algunos casos, las mujeres concurren en representación de sus maridos por hallarse estos trabajando en Estados Unidos. Las asambleas de la Asamblea de Delegados (de las tres Unidades) comúnmente se realizan antes del inicio del ciclo de riego y se realizan durante la mañana y terminan en la tarde cuando se ha alcanzado consenso. A final de las asambleas es común que se ofrezca una comida a los participantes, ya que algunos de los usuarios concurren de lugares muy distantes. Instancias de operación Para el desarrollo de sus actividades la Asamblea de Delegados cuenta con el apoyo de cada una de las Mesas Directivas de las tres Unidades de Riego. Dependiendo de la superficie de riego cada Unidad de Riego aporta personal para la realización de tareas, tales como limpieza y mantenimiento de la infraestructura hidráulica en común, y distribución del agua entre las Unidades de Riego. El personal que aporta cada Unidad de Riego es a título honorífico y son propuestos por cada Unidad de Riego y ratificados previa votación en la asamblea de la Asamblea de Delegados. Las propuestas de usuarios para aportar personal a la Asamblea de Delegados se lleva a cabo en cada Unidad de Riego durante las fechas en que inician en funciones las Mesas Directivas de cada Unidad, las cuales cubren un periodo de tres años en funciones. Entre el personal de la Asamblea de Delegados, encontramos al Supervisor de Riego o de Agua, responsable de la coordinación general para la operación de la red hidráulica. El Supervisor tiene bajo su cargo un supervisor de canaleros, un jefe de administración y un jefe de conservación. Este personal es nombrado de entre el común de usuarios de las tres Unidades. El supervisor de canaleros tiene bajo su responsabilidad a 15 canaleros encargados de la vigilancia y distribución del agua, también aportados por cada Unidad de Riego. La actividad tanto del supervisor de caneleros como de su personal consiste en supervisar de manera cotidiana las obras hidráulicas de cabecera del sistema (presa de Atlamica, canal del Chiflo y cauce del Cuautitlán desde la presa

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de Atlamica), vigilar que los flujos de agua asignados a cada Unidad de Riego se mantengan constantes durante la temporada de riegos, resolver los conflictos que por la distribución del agua acontezcan entre los usuarios o representantes de cada Unidad. A decir de los usuarios, es común que los canaleros intervengan en la resolución de conflictos por ser la autoridad inmediata a nivel local. En el desempeño de sus funciones no reciben remuneración alguna salvo un apoyo económico para el pago de comida, gasolina y para utensilios propios de su actividad (botas de plástico, ropa, herramientas, etcétera). El jefe de administración tiene a su cargo el personal administrativo (secretaria, asistente, aforadores) que apoya en el desempeño de las actividades propias de la administración del sistema: diagnóstico de las necesidades, formulación de leyes y reglamentos, monitoreo de las actividades físicas y administrativas, vigilancia, rendición de cuentas y resolución de conflictos. El personal administrativo también es propuesto o elegido entre los mismos usuarios. La secretaria y asistente es el único personal que recibe remuneración por el desempeño de su actividad. Finalmente, el jefe de conservación responsable del mantenimiento y rehabilitación de la red hidráulica. El jefe de conservación coordina a los usuarios de las tres Unidades de Riego que concurren a realizar los trabajos de mantenimiento y limpieza de la red hidráulica en común cuando ésta así lo requiere. Esta actividad se realiza comúnmente antes del inicio del ciclo de riego. El control del agua en la operación La Dirección de Infraestructura Hidroagrícola adscrita a la CNA controla las actividades físicas y administrativas de la obra de cabecera presa de Guadalupe. El personal de la CNA consta de 15 personas entre el administrador encargado de la presa, el personal administrativo (secretarias, ingenieros, asistentes, etcétera) y el personal de operación (aforadores, técnicos operadores, especialistas en hidráulica, etcétera). El control administrativo por parte del Estado respecto a la distribución del agua se restringe al espacio de la presa de Guadalupe y cauce del Cuautitlán hasta la presa de Atlamica, posteriormente esta actividad recae en el ámbito de las atribuciones de la Asamblea de Delegados para administrar y distribuir el agua entre las tres Unidades de Riego.

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El volumen de agua máximo autorizado para las tres Unidades de Riego se hace conforme a los volúmenes de agua reconocidos en sus títulos de concesión, sin embargo, en términos reales el volumen asignado, por la administración de la presa, considera la disponibilidad de agua que se tenga en la fuente de abastecimiento (presa). La disponibilidad de agua para cada año agrícola se determina en función del almacenamiento que se tenga en la presa al 2 de noviembre de cada año, día en el que inicia el ciclo de riego. Supervisión por parte de la CNA En relación a la supervisión que establece la CNA en la red hidráulica del río Cuautitlán, las autoridades de la Asamblea de Delegados y presidentes de las Mesas Directivas de las tres Unidades de Riego, mencionan que esta no se lleva a cabo, al parecer la distancia y la falta de interés mostrada por los funcionarios encargados de esta labor ha simplificado las labores administrativas y favorecido su control en manos de los usuarios. Por ejemplo, los usuarios mencionan que la única presencia o relación que existen con las autoridades de la CNA es cuando se solicitan los volúmenes de agua para iniciar el ciclo de riego, esto tradicionalmente se realizaba previa reunión entre la Asamblea y autoridades de la presa de Guadalupe para conciliar el volumen de agua que se solicitaba para iniciar el ciclo de riego. A la fecha, ante la falta de interés o inasistencia del administrador de la presa a las reuniones convocadas, la solicitud de agua se hace mediante el envío de un oficio o por llamada telefónica a la oficina del administrador. Con respecto a la supervisión de los trabajos de mantenimiento y rehabilitación de la obra hidráulica, esta sólo se hace a nivel administrativo, es decir, la oficina respectiva de la CNA en el estado de México, encargada de la administración de las Unidades de Riego, acusa de recibido los reportes de los trabajos de mantenimiento realizados por las Unidades de Riego, sin que exista una asistencia presencial de algún funcionario de dicha oficina. A nivel operativo esta actividad corresponde a los usuarios, quienes se hacen cargo del control de las tareas de conservación y supervisión en la red mayor. La presa de Atlamica es el punto de control donde se recibe el agua en bloque procedente de la presa de Guadalupe. El control de los volúmenes de agua se cuantifica de manera precisa; estas mediciones sirven para cuantificar los volúmenes

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de agua suministrados por la administración de la presa, así como los que se suministran a las tres Unidades de Riego. Los aforos se realizan por personal de la Asamblea de Delegados, tomándose como base para el cálculo de volúmenes los aforos realizados por lo menos dos veces al día. Las Unidades de Riego, con el apoyo técnico de la Asamblea, acondicionan los puntos de control para la distribución y entrega del agua al interior de cada Unidad de Riego, construyen las estructuras e instalan los dispositivos que la Asamblea les indica y los mantiene en todo tiempo en condiciones de buen funcionamiento. Las Unidades de Riego deben ajustarse a los volúmenes programados en los planes de riego y es su responsabilidad vigilar que los usuarios no se excedan de su dotación individual. Si existe la necesidad de mayor volumen de agua a la considerada en el plan de riegos, ya sea porque los usuarios establecen cultivos con demandas mayores a las programadas o siembran superficies mayores, tendrán que obtenerla ante la Unidad de Riego en caso de existir volúmenes disponibles, sino es así, esta negociación incumbe al solicitante y su representante para negociarla internamente con otros usuarios. Monitoreo y vigilancia Los trabajos de monitoreo y vigilancia que realizan las autoridades de la Asamblea de Delgados se circunscriben a la obras hidráulicas en común de las tres Unidades de Riego, presa de Atlamica, Pila Real de Atlamica y cauce del Cuautitlán aguas abajo de la presa de Atlamica. Estas actividades consisten en el aforo del agua en el punto de control, donde recibe el agua en bloque la Asamblea y en los puntos de distribución para cada Unidad de Riego. En los canales generales desde donde se distribuye el agua para los usuarios (ejidos, ranchos y pequeña propiedad) los aforos los realizan los canaleros de las respectivas Unidades de Riego en coordinación con los aforadores de la Asamblea. También consiste en vigilar que la distribución del agua entre las tres Unidades de Riego se cumpla cabalmente según los volúmenes de agua estipulados en el programa de riego previamente acordado entre las autoridades de las Unidades de Riego, así como vigilar que la obra hidráulica en común esté en buenas condiciones, que no se interrumpa el flujo de agua por cortes o derivaciones de agua no autorizadas por la Asamblea, reportar y clausurar tomas de agua clandestinas,

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evitar la violación de candados o estructuras de control del agua (compuertas). Durante el ciclo de riego los canaleros están de tiempo completo vigilando con recorridos constantes toda la red mayor del sistema de riego. Los canaleros cuentan con la facultad de la Asamblea de Delegados para resolver conflictos entre usuarios y que puedan presentarse en el desempeño de su actividad. Entre los problemas más comunes que se encuentran a nivel de la red hidráulica y merecen la intervención de los canaleros en su resolución, por no ser tan graves y que pueden ser resueltos a nivel local, podemos mencionar, interrupción del flujo de agua por obstrucción de los canales de riego principalmente por basura o cascajo que algunos usuarios o vecinos desechan sobre los canales, falta de mantenimiento y limpieza de los canales de riego por parte de algunos usuarios y conflictos por asignación de los volúmenes de agua. Robos de agua Antes era común encontrar aguas abajo de la red hidráulica el robo de agua por piperos, agua utilizada para abastecer a las obras urbanas que se estaban realizando en la zona de Cuautitlán, sin embargo, esta actividad se erradico desde que las Unidades de Riego, en particular la de Cuautitlán han optado por vender de manera formal el agua a los piperos como mecanismo para hacerse de recursos económicos. Sanciones En el caso del personal bajo responsabilidad de la Asamblea de Delegados, si es personal contratado, el caso del personal de oficinas, e incumple sus funciones delegadas por la Asamblea se le rescinde el contrato; si es personal honorífico, por ejemplo, cuando la distribución de agua bajo cargo del supervisor de agua, no se realiza conforme a lo determinado en el plan de riegos por omisión o por querer favorecer a una Unidad de Riego en particular, se retira de sus funciones al supervisor. El personal nombrado por cada Unidad de Riego a la Asamblea de Delegados que incumple sus responsabilidades, es llevado ante la Asamblea de la Unidad de Riego respectiva, quien determina mediante votación la sanción a la que se hará acreedor. Estas situaciones suceden comúnmente entre los canaleros de la red hi-

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dráulica, quienes en ocasiones no cumplen con sus labores de supervisión y vigilancia y son acreedores a sanciones que van desde una multa en dinero o se les da de baja del cargo y por tal motivo quedan inhabilitados para desempeñar cualquier cargo por tres años en la Asamblea. Otra sanción que aplica la Asamblea de Delegados corresponde al incumplimiento por parte de los usuarios de las labores de rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica común. La sanción consiste en multa en dinero o pago de las faenas que son asumidas por los demás usuarios. La Asamblea de Delegados sanciona a la Unidad de Riego en su conjunto. Mantenimiento El mantenimiento del sistema implica el desazolve del cauce del río Cuautitlán y presa de Atlamica, de los canales primarios, limpia de maleza y obstáculos a la libre circulación del agua. Cada una de las Unidades de Riego aporta personal para el mantenimiento de la infraestructura hidráulica del sistema. La asignación de personal para el mantenimiento esta estrechamente relacionado con la superficie de riego de cada Unidad de Riego. Las fechas de limpieza comúnmente son cuando la infraestructura hidráulica lo requiere o dos meses antes del inicio del ciclo de riego, el cual da comienzo durante el mes de noviembre. El mantenimiento del cauce del río Cuautitlán, se realiza cada dos ó más años dependiendo del grado de acumulación de tierra que presente. Esta actividad se coordina con las autoridades municipales de Cuautitlán Izcalli, Cuautitlán y la CNA, sin embargo, a decir de los usuarios pocas veces se ha logrado contar con su participación por lo que esta actividad es asumida por las tres Unidades de Riego. Respecto a la presa de Atlamica y canal del Chiflón, los trabajos de mantenimiento y desazolve son realizados dos o tres veces al año. La vigilancia y monitoreo de esta actividad es supervisada por el jefe de conservación quien lleva un control único de todas las faenas que se tienen que cubrir. El incumplimiento de esta actividad se castiga con el pago de una multa en dinero que puede ir desde 50 a 100 salarios mínimos o el pago del personal que la Asamblea designe para cumplir con esta actividad. La multa se aplica a la Unidad de Riego que incumpla con la actividad de mantenimiento encomendada.

388 Antología sobre riego

Rehabilitación Los trabajos rehabilitación que llevan a cabo las autoridades de la Asamblea de Delgados se circunscriben a las obras hidráulicas en común de las tres Unidades de Riego, presa de Atlamica, Pila Real de Atlamica y cauce del Cuautitlán desde la presa de Atlamica. La rehabilitación es una prioridad en relación a la administración del sistema. Esta actividad se realiza comúnmente al finalizar el ciclo de riego, la Asamblea de Delegados elabora de manera conjunta con las Mesas Directivas de las tres Unidades de Riego, un programa de conservación anual que cubre las necesidades que la infraestructura requiere. Estos requerimientos van desde pequeñas reparaciones a los canales primarios y secundarios, reparación de compuertas, o bien hacer represas, reparación de cortinas de las represas, entubamiento de canales y composturas generales en la presa de Atlamica. En la conservación del sistema hidráulico se depende mucho de las cuotas y aportaciones voluntarias de los usuarios de las tres Unidades de Riego, ya que los trabajos de rehabilitación se consideran tomando como base el recurso existente en la tesorería de la Asamblea de Delegados. Si estas cuotas no fuesen suficientes, el programa se adecua al porcentaje de las cuotas recibidas. En ocasiones se recibe apoyo en especie (maquinaria) de parte de los municipios usuarios de las aguas del río Cuautitlán. Algunos municipios como es el caso del municipio de Cuautitlán Izcalli y Cuautitlán, aportan trabajadores o maquinaria para realizar estas actividades. La decisión de rehabilitar alguna obra según el grado de prioridad, se toma de manera consensuada entre las Asamblea y Unidades de Riego, considerando, también, los costos para su reparación. Dependiendo del proyecto a realizar (una obra grande) se contrata a un ingeniero civil. Si se trata de rehabilitación de canales únicamente, se contrata personal de albañilería o los usuarios asumen este trabajo. Conservación de las obras de cabecera La CNA a través de la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola, tiene bajo su responsabilidad la conservación de las obras de cabecera que incluyen la presa de Guadalupe y el cauce principal del río Cuautitlán hasta la presa de Atlamica. La programación de los trabajos de conservación de las obras de cabecera la elabora la Dirección de Infraestructura Hidroagrícola y autoridades del municipio de Cuau-

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 389

titlán Izcalli donde se localiza la presa de Guadalupe. Este programa contempla lo necesario para mantener en buen estado físico y de operación la presa de almacenamiento y el cauce principal del río Cuautitlán. Así como las estructuras, instalaciones y mecanismos de control del agua, bajo responsabilidad de las autoridades federales y estatales. CONCLUSIONES La persistencia de instituciones colectivas y sus estructuras normativas en el manejo del agua para riego en México, a pesar de los cambios legislativos en el tema y la supuesta presencia omnipotente del Estado en los asuntos de agua es un tema que no ha sido lo suficientemente tratado y estudiado. La presencia de organizaciones de regantes de alcurnia en México no se puede dar por descartado, basado en el hecho de que en algunas zonas del país el cambio en la tenencia de la tierra y con ello en el acceso al agua, resultado del impacto del reparto agrario, barrió con las formas organizativas prevalecientes, muchas de ellas desde la época colonial, y la imposición de las nuevas figuras organizativas oficiales, conocidas como Juntas de Agua. Así como tampoco por la supuesta presencia omnipotente del Estado mexicano en los asuntos de agua, a través de un aparato político-administrativo que le permitió arrebatar el control del líquido a comunidades, pueblos y Asociaciones de Usuarios a nivel local. Es necesario matizar estos supuestos a la luz de los datos que han arrojado nuevas investigaciones, principalmente estudios de caso, que han cuestionado la caracterización del Estado mexicano, durante su actuar a finales del siglo XIX y durante las primeras décadas del siglo XX, como un ente todo poderoso capaz de avasallar a todos y cada uno de los usuarios del agua, en todos y cada uno de los rincones del país. Esto no fue así, lejos de desaparecer, algunas instituciones de regantes preexistentes a la injerencia del gobierno federal, se mantuvieron a veces operando al margen de las disposiciones legales y en otras confrontándolo o adecuando las nuevas disposiciones legales en el tema del agua, a sus formas tradicionales de gestionar el recurso, esto con el objetivo de resistir y perdurar en el tiempo. Es, entonces, necesario analizar las estructuras sociales e institucionales y evolución de las mismas en el contexto de la injerencia federal. Considerando

390 Antología sobre riego

que estas instituciones han operado en un espacio social y un campo de relaciones sociales históricamente construidas, donde: la organización social, procesos históricos, actores fuera de la colectividad de usufructuarios y procesos sociales más amplios tienen considerable peso en su evolución y persistencia. Es por lo tanto, en palabras de Jacinta Palerm (2009), necesario “…realizar estudios que abarquen plazos más largos, en lugar de acotarse al periodo mismo del relativo caos del reparto agrario”. De esta manera, se conseguirá aumentar la relevancia, el rigor y la validez de las evaluaciones que ya se realizan. En ese sentido, espero que el análisis del caso de las comunidades del sistema de riego del río Cuautitlán, con sus limitaciones y modestos alcances analíticos, aporte datos para demostrar la existencia de organizaciones de regantes de alcurnia en el país. Asimismo que los resultados de este trabajo sirvan para demostrar que es posible pensar en los espacios e instituciones locales como punto de partida para la construcción de una sociedad más justa y equitativa, ya que desde una lógica, cosmovisión y cultura propia, ofrecen alternativas viables para resolver problemas, conflictos sociales y ambientales que existen a causa del acceso y manejo de los recursos, y que sirven de contrapeso a la hegemonía de los grupos e instituciones dominantes. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” A José Luis Hernández Coronado, AHA, informática, quien elaboró todas las figuras. A la Dra. Jacinta Palerm por las observaciones, correcciones y sugerencias para mejorar el contenido del presente trabajo. A los usuarios del sistema de riego del río Cuautitlán que están luchando por preservar su antiquísimo sistema de riego, bajo control comunal, pese a los graves problemas que atraviesa.

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 391

Referencias Referencias de archivo Archivo Histórico del Agua (AHA). Fondo Documental: Aprovechamientos Superficiales (AS) Archivo de la Unidad de Riego de Cuautitlán. Cuautitlán, Estado de México Documentos Archivo Histórico del Agua (AHA). Fondo Documental: Aprovechamientos Superficiales (AS) AHA, AS, c. 2198, exp. 32618, f. 57; “Acta Constitutiva de la Junta de Aguas de Villa Nicolás Romero, 1936”. AHA, AS, c. 440, exp. 7812, f. 166; “Acta constitutiva de la Junta de Aguas del canal Cuamatla, 1934”. AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 139-140; “Acuerdo emitido por la SAyF mediante el cual se crea la Junta de Aguas del río Tepotzotlán, 1933”. AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 158-161; “Acuerdo emitido por la SAyF mediante el cual se crea la Junta de Aguas de Teoloyucan, 1935”. AHA, AS, c.1410, exp. 19277, f. 64; “Copia certificada en 1896 del mapa de la distribución de las aguas del río Cuautitlán realizada el 18 de enero de 1763”. AHA, AS, c. 559, exp. 8249, ff. 332-338; “Decreto mediante el cual se declara de utilidad pública la adquisición de los canales y zanjas de desagüe del valle de Cuautitlán, Estado de México, 1928”. AHA, AS, c. 2198, exp. 32618, ff. 26-34; “Estatutos de la Asociación de Usuarios de Villa Nicolás Romero, estado de México, 1930”. AHA, AS, c. 440, exp. 7812, ff. 268-282; “Estatutos de la Junta Local de Irrigación de Villa Nicolás Romero, México, 1941”. AHA, AS, c. 18, exp. 212, ff. 100-146; “Informe de trabajo de la Comisión Reglamentadora del río Cuautitlán, 1925”. AHA, AS, c. 18, exp. 212. ff. 59-96; “Informe de trabajo del cauce del río Cuautitlán, 1922”. AHA, AS, c. 440, exp. 7816, ff. 33-34; “Informe de trabajo del ingeniero Anacleto Martínez, 1929”. AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 28-47; “Segundo informe de trabajo del ingeniero Anacleto Martínez, 1929”. AHA, AS, c. 440, exp. 7812, f. 304; “Oficio de la señora Laura Iturbide Cobián, dirigido a la SAyF, 1941”. AHA, AS, C. 559, exp. 8249, ff. 94-95; “Oficio de los vecinos de Cuautitlán dirigido a la SAyF, 1925”. AHA, AS, c. 559, exp. 8249, f. 243; “Reglamento para el reparto y aprovechamiento del agua destinada a regadío, limpias de la Taza Repartidora o Pila Real de Atlamica, canales anexos y zanjas regadoras y desaguadores, tierras, puentes, calzadas y caminos en esta Municipalidad, Cuautitlán, 1914”. AHA, AS, c. 2493, exp. 35015, ff. 48-65; “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Cuautitlán, 1929”. AHA, AS, c. 816, exp. 11784; c. 816, exp. 11786; c. 758, exp. 10959; c. 759, exp. 10975; c. 760, exp. 10992 y c. 760, exp. 11000; “Información sobre solicitudes de concesión de aguas del río Cuautitlán para riego, que las autoridades del pueblo de Coyotepec tramitan durante el periodo de 1914 a 1935”. Archivo de la Unidad de Riego de Cuautitlán. Cuautitlán, Estado de México Título de Concesión Unidad de Riego de Cuautitlán, 2009.

392 Antología sobre riego

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el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 393

Pleito de Félix Sandoval contra las autoridades del pueblo de Teoloyucan, por el uso de las aguas del río Cuautitlán, 1761, (AGN, Tierras, vol. 2684, exp. 1), Comp. en Strauss, 1974:147-154. Proyecto de programa de operaciones que deben practicarse al efectuar la reglamentación en el uso de las aguas de propiedad nacional, 24 de febrero de 1925. Comp. en Palerm, 2004. Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) Base de datos del Registro Público de Derechos de Agua www.conagua.gob.mx/Rpda Reséndiz Cruz, Yolanda 1996 Conflictos por la tierra y el agua en la jurisdicción de Cuautitlán, 17501820, Tesis de Licenciatura, ENAH, México. Rodríguez Meza, J. G. 1998 La organización social de los regantes del Nexapa, Puebla, Tesis Maestría en Ciencias, Estudios del Desarrollo Rural, Colegio de Postgraduados, México. Rojas Rabiela, T. 1974 “Aspectos tecnológicos de las obras hidráulicas coloniales”, (pp. 21-136), En T. Rojas Rabiela, R. Strauss; J. Lameiras Nuevas noticias sobre las obras hidráulicas prehispánicas y coloniales en el Valle de México, SEP-INAH, México. Rojas Rabiela, T.; R. Strauss; J. Lameiras 1974 Nuevas noticias sobre las obras hidráulicas prehispánicas y coloniales en el Valle de México, SEP-INAH, México. Sandré Osorio, I. 2003 “Desde tiempo inmemorial” Conflictos en torno a la distribución de las aguas del río Cuautitlán, estado de México, en la época colonial y en el siglo XX”, Boletín del Archivo Histórico del Agua, año 8, núm. 25, pp. 18-30. Sandré Osorio, I. 2004 “Del repartimiento a la reglamentación. La distribución de las aguas del río Cuautitlán, 1762, 1914 y 1929”, En J. Palerm (coord.) I. Sandré; B. Rodríguez Haros, et al (editores), Catálogo de Reglamentos de Agua en México. Siglo XX. (CD-ROM), Archivo Histórico del Agua-CIESAS-CNA. Sandré Osorio, I. 2007 “Del derecho colonial al derecho municipal. La distribución de las aguas del río Cuautitlán, 1762-1914”, Boletín del Archivo Histórico del Agua, año 12, núm. 35, pp. 37-49. Sandré Osorio, I. 2008 Conflicto y gestión del agua. Documentos para el estudio de las Juntas de Aguas en el valle de México, 1920-1950, CIESAS/ CONAGUA/ AHA, México. Sandré Osorio, I. 2009 “Reforma agraria y distribución de aguas del río Tepotzotlán, Estado de México, 1898-1935”, (pp. 177-210), En A. Ávila Quijas; J. Gómez Serrano; A. Escobar Ohmstede y M. Sánchez (coords.) Negociaciones, acuerdos y conflictos en México, siglos XIX y XX. Agua y tierra, El Colegio de Michoacán/ CIESAS/ Universidad Autónoma de Aguascalientes, México. Sandré Osorio, I. y M. Sánchez (eds.) 2011 El eslabón perdido. Acuerdos, convenios, reglamentos y leyes locales de agua en México, 1593-1935, CIESAS, México. Strauss, R. 1974 “El área septentrional del Valle de México: problemas agrohidráulicos prehispánicos y coloniales” (pp. 137-174), En T. Rojas Rabiela; R. Strauss; J. Lameiras Nuevas noticias sobre las obras hidráulicas prehispánicas y coloniales en el Valle de México, SEP-INAH, México.

394 Antología sobre riego

Figura 1. Red hidráulica del río Cuautitlán

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 395

Figura 2. Cauce natural del río Cuautitlán

396 Antología sobre riego

Figura 3. Cauce del río Cuautitlán después de 1435

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 397

Figura 4. Desagüe de Huehuetoca

398 Antología sobre riego

Figura 5. Asociaciones de Usuarios en el río Cuautitlán

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 399

Cuadro 1. Repartimiento de las aguas del río Cuautitlán, 1762 Acequia

Usuarios

Santa Bárbara o San Lorenzo

Pueblo de Santa Bárbara y pueblos sujetos: San Mateo, San Lorenzo, Santa María Huecatitlán y San Sebastián Xala.

Guayapango

Hacienda de Tecoac Hacienda de Sabino Hacienda de San Mateo Atocan Pueblos de San Mateo y San Sebastián Xala (sujeto a Santa Barbará) y cinco barrios de Teoloyucan

Córdoba

Pueblo de Cuautitlán y Hacienda del Sabino Hacienda de Coamatla Rancho de Angulo (anexo de la hacienda Lechería) Hacienda la Corregidora Rancho Cadena Pueblos de San Miguel y Visitación Pueblo de Tultepec Hacienda de Xaltipac

De Cuautitlán o Río Chiquito

Hacienda de Coamatla Rancho de Angulo Pueblo de Cuautitlán y barrio de Tlaltempan Rancho de Rivero Hacienda de Atempan Barrio de Santa María Axomulco (sujeto a la cabecera de Cuautitlán)

Molino o de Tultitlan

Hacienda de Coamatla Rancho perteneciente a Joseph Flores Rancho perteneciente a Juan Antonio de Espíndola Caseríos de la cabecera de Cuautitlán Rancho perteneciente a Manuel Álvarez Molino [como fuerza motriz, el agua se reutiliza para riego] Pueblo de Tultitlán Rancho del Salitre Barrio de San Joseph Hacienda de Cartagena Hacienda los Portales

Cantidad surcos 16 2 Total 18 3 4 10 8 Total 25 4 1½ 1 14 2 2/3 2 2 10 Total 37 1½ ½

2 1 6 1 Total 12 1 1 1

2 2/2 1 1/2 22 14 1 2 2 2/3 2 2/3 Total 28

Fuente: “Copia certificada en 1896 del mapa de la distribución de las aguas del río Cuautitlán realizada el 18 de enero de 1763”, en AHA, AS, c.1410, exp. 19277, f. 64.

400 Antología sobre riego

Cuadro 2. Distribución por unidad económica Unidad económica

Número

Total de surcos de agua

Haciendas

9

56

Pueblos

10

50

Ranchos

7

10

Barrios

3

4

Total

29

120

Cuadro 3. Comparación de las distribuciones del agua del río Cuautitlán, 1762, 1914 y 1925 Repartimiento, 1762

Reglamento, 1914

surcos

Informe, 1925 lps

Canoa de Teoloyucan

15

15

147

Canal de Santa Bárbara o San Lorenzo

18

18

11

Canal de Guayapango

25

25

169

Canal de Córdoba

37

37

232

Canal de Cuautitlán o Chiquito

12

12

148

Canal del Molino

28

28

63

Total

135

135

770

el sistema de riego del rio cuautitlán, estado de méxico 401

XII. La administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes: el papel de las comunidades Sara López | Tomás Martínez Saldaña | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN La controversia que existe a nivel institucional entre el municipio y las comunidades sobre quién debe administrar los sistemas de agua de uso doméstico (Galindo et al, 2007, 2012) se manifiesta en la región de los volcanes en el Estado de México. En esta región, sobre las laderas de los volcanes, hay obras de captación de agua para uso doméstico que se conducen por tubería (línea central) hasta cajas de almacenamiento para cada comunidad. Se consideraron las 6 líneas centrales que surten a comunidades del municipio de Amecameca. Las líneas centrales conducen el agua por gravedad a un total de 16 comunidades, que se ubican en el municipio de Amecameca, así como en otros municipios. Cada comunidad tiene su propia red de distribución. Las administraciones de las líneas centrales multicomunitarias, construidas en la década de 1950 y administradas por la Secretaria de Recursos Hidráulicos, debían descentralizarse. Para recibir la administración de estas y otras obras, se creó en el estado de México la Comisión de Aguas del Estado (CAEM). En principio, en esta región, CAEM tomaría la administración de las líneas centrales multi-comunitarias y

403

multi-municipales. A su vez, el municipio respectivo debía operar las redes de distribución comunitarias, cobrar las cuotas y pagarle a la CAEM (Comisión de Aguas del Estado de México) por el agua que se consume. En los casos de líneas centrales ubicadas en un solo municipio, en principio, el municipio debería ser el administrador. El organigrama oficial de administración: CAEM y municipios u organismo operador del municipio, no acaba de coincidir con la situación local. La “anomalía” consiste en la importancia de la participación de las comunidades en la construcción y gestión tanto de las líneas centrales, como de las redes de distribución comunitarias. Por ejemplo, muchas comunidades han preferido administrar ellos mismos las redes de distribución. Tanto los funcionarios de la institución encargada del manejo del agua a nivel estatal (CAEM), como aquellos del organismo operador descentralizado del municipio de Amecameca (Agua y Saneamiento de Amecameca: ASA) afirman que las comunidades han “secuestrado” los sistemas, y que no hacen bien su trabajo, ni tienen la capacidades de dotar a la población de agua o hacer un manejo eficiente de los sistemas, sobre todo porque lo hacen fuera de la ley. El propósito de este artículo es señalar la participación de las comunidades en la construcción y administración de las redes de distribución, así como en la construcción y administración de líneas centrales comunitarias, y en la gestión de las líneas centrales multicomunitarias. Si las comunidades tienen la capacidad de realizar estas labores de manera eficiente, ¿por qué la legislación no les otorga un reconocimiento legal? LOS SISTEMAS DE CAPTACIÓN DE AGUAS DE DESHIELO En la zona de los volcanes Iztaccíhuatl y Popocatépetl, en la vertiente que corresponde al Estado de México, existen sistemas comunitarios y multicomunitarios que aprovechan las aguas de deshielo para el abastecimiento de uso doméstico y para riego. Bajo estudio, se encuentran tres de tipo multicomunitario, y tres de tipo comunitario, dedicados al abastecimiento de agua para uso doméstico (ver Cuadro núm. 1). En la primera mitad del siglo XX, las aguas para uso doméstico se tomaban de los arroyos, y existían acuerdos sobre el aprovechamiento del agua de los cauces en la región. El agua de las primeras horas del día se destinaba para consumo

404 Antología sobre riego

humano, y, por lo tanto, estaba estrictamente prohibido lavar la ropa o abrevar a los animales. A razón del medio día, el agua era destinada al consumo de los animales, y, finalmente, ya por la tarde, el agua podía usarse para lavar la ropa o para otras actividades. Así, el agua del río corría lo suficiente durante la noche para que la misma rutina se pudiera repetir al día siguiente. Estos acuerdos posiblemente duraron hasta la década de 1950, fecha en la que las comunidades comenzaron a organizarse para gestionar la construcción de infraestructura. Los sistemas multicomunitarios Morelos, Gabriel Ramos Millán y Alfredo del Mazo fueron construidos a solicitud de la población a principios de la década de 1950. Fue en esta misma fecha que también se construyó el sistema comunitario de El Salto, el cual abastece sólo a la localidad de Amecameca, que es cabecera municipal. La infraestructura de los sistemas de agua de uso doméstico consistió, en una primera fase, en la construcción de una caja que capturaba los escurrimientos del deshielo y de los ameyales (pequeños ojos de agua) que se forman en las laderas de los volcanes, así como en la instalación de tubería que corresponde a la línea central, y en la construcción de cajas de almacenamiento para cada localidad. Desde la caja de almacenamiento, una tubería conducía el agua a la localidad con algunos hidrantes o tomas públicas, a partir de las cuales la población acarreaba el agua hasta sus casas. En el caso de las localidades más pequeñas se podía compartir una caja, o incluso había únicamente una única toma directa de la línea central al poblado. El costo de la obra en cada sistema, según la memoria de los usuarios, así como por las placas conmemorativas que aún se conservan en algunos poblados, fue dividido en tres partes: la primera fue cubierta por la Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH), la cual apoyó además con la dirección técnica; la segunda parte fue cubierta por los gobiernos municipales de Amecameca, Ayapango, Tenango del Aire y Ozumba, a los cuales corresponden las localidades, y, finalmente, la tercer parte fue cubierta por las comunidades, que, además, aportaron su mano de obra. Durante la realización de las obras se constituyeron comités para cada uno de los sistemas (SRH, 1956). Estos comités estaban integrados por un presidente, secretario, tesorero y vocales, cuyos cargos eran ocupados por los representantes de cada comunidad que, a su vez, eran elegidos en asamblea general en cada pueblo. Los comités sirvieron como enlace entre la SRH y las comunidades, y su fun-

administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes 405

ción era la de coordinar la distribución del trabajo entre las familias en el tramo correspondiente a cada comunidad, así como verificar que también cumplieran con el pago de la cuota. Cuando se construyeron los sistemas, la Ley Federal de Ingeniería Sanitaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero de 1948 (Secretaria de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, 1981) establecía que, cuando las obras respectivas se hubiesen construido total o parcialmente con fondos del erario federal o con fondos obtenidos con el aval o garantía del gobierno de la República, la entonces Secretaría de Recursos Hidráulicos administraría los sistemas de agua potable y los de alcantarillado, directamente o en la forma en que dicha dependencia se determinara en cada caso concreto, debiendo entregar dichos sistemas a las “autoridades locales” una vez que el gobierno federal hubiera recuperado totalmente las inversiones aplicadas a dichas obras. En 1971, el Estado de México creó la Comisión de Agua y Saneamiento como organismo dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México (Gaceta del Gobierno, 2008), y, en 1974, expidió la ley que crea el Organismo Público Descentralizado, denominado “Comisión Estatal de Agua y Saneamiento” (CEAS), cuyo propósito, según señala la ley, es construir, conservar, mantener, operar y administrar sistemas de agua potable y alcantarillado, así como ejecutar estudios y proyectos para dotar, ampliar y mejorar el suministro de agua potable y alcantarillado, e intervenir en la prevención y control de la contaminación ambiental en beneficio de las comunidades urbanas y rurales del Estado. A partir de la expedición de esta ley, y con la creación de este organismo, la SRH cedió el manejo del agua de los sistemas a CEAS (en 1999, CEAS cambia de nombre, tomando el de ‘Comisión de Aguas del Estado de México: CAEM). Desde 1974, las líneas centrales multicomunitarias han sido operadas por CEAS/CAEM, a excepción del sistema Gabriel Ramos Millán, el cual fue entregado al Comité de Bienes Comunales de Amecameca para su administración y operación en la década de 1970. En cuanto al sistema comunitario para abastecer a la cabecera municipal Amecameca, éste fue aparentemente administrado por el mismo municipio desde un inicio. En el caso del sistema multicomunitario Gabriel Ramos Millán, la administración fue tomada por el Comité de Bienes Comunales de Amecameca, ya que,

406 Antología sobre riego

de acuerdo a los comuneros, la fuente de abastecimiento del sistema se encuentra dentro de los límites de bienes comunales, y, por ser tierras comunales, a ellos les correspondía “todo aquello que estuviera dentro de los límites de los bienes comunales”, incluyendo el agua. REDES DE DISTRIBUCIÓN Hasta la década de 1980, los sistemas abastecían únicamente a hidrantes públicos. En esta década, cada comunidad comenzó a colocar su propia red de distribución local, y la población se benefició con tomas domiciliarias. En todas las comunidades, la población de la localidad financió y aportó su mano de obra para la introducción de la red. En algunos casos el municipio cubrió parte del costo del material o, también, las comunidades aprovecharon algún programa de gobierno; la asesoría técnica provino del municipio o de CAEM, aunque también hubo poblados que lo hicieron sin dicha asesoría. La administración de las redes de distribución quedó en manos de las comunidades que las habían construido. En las décadas de 1980 y 1990, el gobierno mexicano emitió tres disposiciones que hicieron obligatoria la ingerencia de los ayuntamientos en el manejo de los sistemas de agua potable localizados en su jurisdicción territorial: en 1980 se emitió un decreto con el Acuerdo presidencial para transferirle a los gobiernos estatales y municipales esa atribución. En 1983, una reforma al Artículo 115 constitucional, y en 1992, la emisión de la Ley de aguas nacionales (Galindo y Palerm, 2012). A nivel local, esto significaba que la administración de agua de uso doméstico debía pasar de de una administración comunitaria a una municipal. Los sistemas multicomunitarios Morelos y Alfredo del Mazo administrados por CAEM, abastecen en su mayor parte a localidades ubicadas en el municipio de Amecameca. Para la administración de los sistemas de abasto de aguas de uso doméstico en este municipio, el 25 de agosto de 1995 se publicó un decreto sobre la creación del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en la gaceta del gobierno del Estado de México. Este decreto señala que las atribuciones, organización y patrimonio se ajustarán a lo establecido en la “Ley de organismos públicos descentralizados de carácter municipal para la prestación de los servicios de agua

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potable, alcantarillado y saneamiento”, a su vez publicada en 1991 (Gaceta del gobierno del Estado de México, 2011). Finalmente, en el año 2000, el municipio de Amecameca constituyó el Organismo Descentralizado para la prestación de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento: Agua y Saneamiento de Amecameca (ASA). Desde su creación, los funcionarios de ASA argumentan que son ellos quienes deben administrar y operar las redes de distribución de las comunidades ubicadas en el municipio. En el caso de los municipios de Ayapango y Tlalmanalco no se han conformado organismos operadores, pero, conforme a la legislación, consideran que las redes de distribución de las comunidades deben ser administradas por el ayuntamiento. La propuesta administrativa es, entonces, que CAEM opere la línea central (captación, tubería, cajas de almacenamiento), y que los municipios u organismos operadores municipales operen las redes de distribución. Sin embargo, algunas comunidades se niegan a ceder la administración y operación de sus redes locales, pues argumentan que si ellos aportaron su mano de obra y, en algunos casos, también el material, esas redes son “suyas”, y no hay razón para que el municipio u otra institución las maneje y después les quiera cobrar los costos de administración y operación. La mayoría de las comunidades prefieren administrar y operar ellos mismos su red de distribución local, y sólo algunos poblados aceptaron la administración y operación de sus redes por parte del municipio. La administración comunitaria está bajo varias figuras legales: comités de bienes comunales, asociaciones civiles y comités de ejidatarios (ver Cuadro núm. 1). Dichos comités comunitarios, sin importar la figura legal, coinciden en que todos están integrados por un presidente, secretario, tesorero, comisariado de vigilancia y vocales. Todos los cargos son honoríficos, y su elección se realiza en asamblea general del pueblo, cambiando cada tres años con la posibilidad de ser reelegidos si cumplen con su trabajo. Los comités comunitarios hacen rendición de cuentas de manera pública, presentan informes anuales y al final de su mandato a la asamblea del pueblo. Los comités establecen el precio de la cuota anual en asamblea general; pero eximen a la población de la tercera edad, viudas o madres solteras y personas en condiciones de pobreza extrema; convocan a la población a realizar faenas cuando se requiere (ya sea por secciones, barrios, colonias o a toda

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la comunidad), pasan lista de los asistentes, y, en caso de que alguien no asista, se le pide una cuota correspondiente, ya sea en dinero, alimentos y bebidas, o en transporte para quienes sí van a las faenas. Hay sanciones a la población que no cumple. La colocación de nuevas tomas se realiza únicamente sí el interesado ha cumplido con otros deberes con la comunidad, como es participar en las fiestas del pueblo, colaborar con la comunidad cuando se requiere, etc. Hay una tarifa distinta para la población que es de ahí y para la gente recién llegada. En cuanto a la operación, los encargados (un cargo ocupado a título honorífico) hacen recorridos por las redes para verificar el buen funcionamiento, y, en caso de requerirlo, ellos mismos realizan las labores de fontanería, como es cambio de válvulas o tuberías. Realizan también, cuando es necesario, el tandeo entre sectores de la red de distribución. Otras comunidades, sin embargo, aceptaron entregar la administración al municipio respectivo y, en el caso de Amecameca, al organismo operador (ASA). Las comunidades de Aldea de los Reyes, Zentlalpan, Poxtla, San Diego Huehuecalco y San Pedro Nexapa aceptaron que ASA o el municipio de Ayapango administraran y operaran sus redes de distribución; aunque en el caso del municipio de Tlalmanalco, todas las comunidades tienen su propia administración. Así, las administraciones municipales tienen la función de hacer recorridos para verificar el buen funcionamiento, y, en caso de necesitarlo, reparar fugas y cambiar válvulas y tuberías. De acuerdo al plan de desarrollo municipal, amplían la red y, en caso de ser obras de mayor tamaño, contratan a empresas que realicen la construcción. También establecen la tarifa anual por toma (Cuadro núm. 1). Ahora bien, a pesar de haber entregado la administración, las comunidades están organizadas para llenar los vacíos que el ayuntamiento o el organismo operador tienen en la administración y operación de las redes locales de distribución, como ocurre con respecto a la cantidad de personal suficiente para abrir y cerrar válvulas en cada localidad, o tandear el agua al interior de cada comunidad. Así, por ejemplo, algunas comunidades, como es el caso de Zentlalpan y de Poxtla, han conformado su propio comité de aguas como parte del equipo de trabajo del delegado municipal. Estos comités están integrados por una o dos personas. En la localidad de Zentlalpan perteneciente al sistema Morelos hay una persona que conoce el nivel de agua que debe de haber durante cada época del año,

administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes 409

y, en caso de que no les esté cayendo la cantidad suficiente, informa al delegado. Ambas personas acuden entonces al comité de vigilancia de la línea central para informarse de la situación, y, en caso de requerirlo, acuden a la CAEM para solicitar apoyo. En cuanto a la operación de la red de distribución, esta misma persona se encarga de abrir y cerrar válvulas para tandear el agua entre los barrios. En caso de reparación de fugas, el afectado debe acudir directamente a ASA para resolverlo. El comité de esta comunidad da el visto bueno para cualquier obra de ampliación, rehabilitación o mantenimiento que se le dé a la red, incluyendo la asignación de nuevas tomas. La exigencia legal de que los municipios deben ser los administradores de las redes de distribución crea un problema de pagos, ya que los municipios deben pagar a CEAS/CAEM a partir de las cuotas que debieran cobrar por la administración de las líneas centrales. Sin embargo, las comunidades que auto-administran su propia red de distribución no pagan cuotas al municipio, y CEAS/CAEM carece de un mecanismo para cobrar directamente a las comunidades. Las comunidades no efectúan ningún tipo de pago directo a CAEM por la administración y operación de las líneas centrales. Es el municipio, o ASA en su caso, quienes le pagan a CAEM por el consumo de agua en bloque que tienen estas comunidades. Por ejemplo, en el caso de Ayapango, según señaló el regidor, el municipio le paga a CAEM por el agua que consumen todas sus delegaciones en conjunto (Ayapango, que es cabecera municipal y se abastece el sistema Sor Juana que funciona por re-bombeo de agua, Poxtla, que se abastece del sistema Morelos, Pahuacan y Mihuacán, que se abastecen del sistema Gabriel Ramos Millán), pese a que no todas las delegaciones pagan sus cuotas al municipio. PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES EN LA GESTIÓN DE LOS SISTEMAS DE CAPTACIÓN MULTICOMUNITARIOS Los sistemas de captación con líneas centrales multicomunitarios: Morelos y Alfredo del Mazo, fueron administrados por la SRH, y, posteriormente, por CEAS/ CAEM. Las labores que CAEM realiza sobre la línea central de los sistemas bajo su mando son: limpiar las cajas de captación de agua y 200 metros más arriba de estas, verificar el buen funcionamiento de la tubería de la línea central, así como de

410 Antología sobre riego

las cajas de agua de cada comunidad, asignar la cantidad de agua a cada comunidad en función de la cantidad de población y de la época del año, y hacer trabajos de ampliación, rehabilitación y mantenimiento. Las comunidades tuvieron una importante participación en la construcción, pero posteriormente han estado formalmente al margen de las instituciones que administran las líneas centrales multicomunitarias. No obstante, en todas las comunidades que administran sus redes, y sin importar el tipo de figura bajo la cual están constituidos, el personal de los comités de cada comunidad realiza recorridos por todo el sistema. Es decir, desde la zona de los glaciares, la zona de escurrimientos, los ríos principales y la línea central. En caso de encontrar algún bloqueo de los ríos por árboles caídos, desviación de cauces, etc., los comités convocan a la población para realizar faenas de limpieza y/o mantenimiento de los cauces, y, en caso de encontrar algún mal funcionamiento de la línea central, dan aviso a CAEM para que repare el daño. El personal de la CAEM no realiza recorridos por la zona de captación de agua, ya que limita sus funciones únicamente a la infraestructura del sistema. Caso sistema de captación multicomunitario Morelos En el caso del sistema multicomunitario Morelos, la supervisión de las comunidades sobre la línea central se ha incrementado. En el 2003, los poblados pertenecientes al sistema Morelos se reunieron para conformar, ante notario público, el Comité de Vigilancia del sistema Morelos. Este comité está integrado por un presidente, un secretario, tesorero y vocales que representan a las comunidades involucradas, y que, a su vez, fueron elegidos en asamblea en cada pueblo. El Comité de Vigilancia del sistema Morelos tiene la función de vigilar las labores de rehabilitación de la línea central que realiza CAEM, porque, al decir de los beneficiarios del sistema, los trabajos que hizo esta institución en esta misma fecha no funcionan bien. Por ejemplo, hay zonas que tienen fugas de agua, el diámetro del tubo para alimentar las cajas de almacenamiento de algunos poblados no es el adecuado y reciben menos agua que la que les corresponde, faltan por rehabilitar dos cajas de almacenamiento. El Comité, desde que se conformó, realiza recorridos en donde acuden por lo menos un representante de cada comunidad para verificar el funcionamiento del sistema en su conjunto, particularmente durante

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la época de estiaje o cuando se dan cuenta que el nivel del agua no corresponde con los parámetros ya conocidos para cada época del año (ver Cuadro núm. 1). La diferencia entre el actual Comité de Vigilancia y la forma como operaban las comunidades antes de la década de 1980 es que, con la actual figura ya reconocida ante notario público, los usuarios tienen una estructura de autoridades en común en la que participa un representante de cada localidad, todos bajo cargos honoríficos. Como Comité, los representantes tienen la obligación de hacer recorridos de manera conjunta por todo el sistema, así como verificar que la cantidad de agua que cae en la caja de almacenamiento de cada localidad sea la que por acuerdo le corresponde, y organizar faenas con la participación equitativa de los habitantes de cada localidad para la limpieza de todo el cauce (desde el glaciar hasta la caja de captación). Caso sistema de captación multicomunitario Gabriel Ramos Millán El sistema Gabriel Ramón Millán tiene una historia algo distinta que los otros dos sistemas multicomunitarios, debido a que la administración del sistema pasó de la SRH al comité de bienes comunales de Amecameca. Según cuentan, el comité solicitó la administración, argumentando que la Ley Agraria dice que “todo lo que tienen dentro de los límites de sus posesiones comunales es de ellos”. Las faenas de mantenimiento de las cajas de agua eran realizadas de manera independiente. Así, cada comunidad subía cuando lo consideraba necesario. La población de Juchitepec en particular subía dos o tres veces al año, convocando para ello a gran parte de su población, y subiendo con camiones de volteo para hacer limpieza no sólo de las cajas de agua, sino de todo el cauce. En entrevista con algunos ex integrantes del Comité de bienes comunales, estos mencionan que al administrar la línea central el Comité le cobraba una cuota a cada poblado por el agua. En el 2002, ASA (el organismo operador del municipio) solicitó al Comité de bienes comunales la entrega del padrón de usuarios del barrio de Atenco, el cual aceptó el ofrecimiento a cambio de que los comuneros pudieran ocupar cargos y recibir un salario dentro del organismo operador. No obstante, en el 2003 los habitantes del barrio de Atenco en general decidieron desconocer a ASA y a CAEM para la administración y operación de la línea central, y conformaron la Comisión de Aguas de Deshielo de los Volcanes de

412 Antología sobre riego

Amecameca AC ante notario público para administrar y operar la línea central, y para coordinar estas funciones en las redes de distribución de las comunidades pertenecientes a este sistema. La Comisión quedó integrada por un presidente, un secretario, un tesorero y un comisariado de vigilancia, este último verifica que se cumplan con los acuerdos establecidos. La Comisión de Aguas de Deshielo de los Volcanes de Amecameca que actualmente administra la línea central está conformada únicamente por habitantes del barrio de Atenco, sin hacer distinción entre comuneros y habitantes. Esta Comisión realiza labores como el cobro de una cuota anual para el resto de las comunidades, la administración y operación de la red de distribución del barrio de Atenco, y la coordinación de las labores de operación con el resto de las comunidades. Para la operación de la línea central del sistema Gabriel Ramos Millán, cuya obra son las cajas de captación ubicadas en el paraje de Tomacoco, así como la línea central y las cajas de almacenamiento de cada poblado, la Comisión de Aguas de Deshielo de los Volcanes de Amecameca AC convoca al barrio de Atenco, así como a los otros dos pueblos para subir a hacer limpieza. Estas faenas se realizan dos veces al año, y la convocatoria para los tres poblados se hace colocando carteles en las oficinas de cada delegación municipal y en los principales centros de reunión o de paso de la comunidad. En estos carteles se menciona el día y la hora. Todas las personas ya saben que para poder asistir necesitan llevar por lo menos una herramienta de trabajo, ya sea picos, palas, o cualquier otra herramienta, y de preferencia llevar también botas de trabajo de hule para poder meterse al agua helada. El lugar de encuentro es en las cajas de captación, en las cuales se designan las tareas que realizará cada poblado. El comisariado de vigilancia se encarga de pasar lista a todos los asistentes, y es así como llevan el control de quiénes sí han cumplido. El comisariado también vigila que todas las personas que acudieron en verdad estén trabajando, y no “nomás estén jugando”. Cuando alguien no acude a las faenas, mencionan que en realidad no pueden obligarlo porque la asistencia es voluntaria, pero después, en las asambleas locales y particularmente cuando hacen una exigencia, sí se mencionan los nombres de quienes no han asistido a las faenas, además no tienen voz ni voto en las asambleas o para quejarse de la falta de agua.

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Hemos observado que los días de faena son en realidad días de un gran convivio entre los asistentes. La gente es convocada alrededor de las nueve de la mañana del domingo previsto para reunirse en las cajas de aguas. En general, suele haber una asistencia de 70 personas, entre las que se procura repartir el trabajo equitativamente. El comisariado de vigilancia de la Comisión de Aguas de Deshielo de los Volcanes de Amecameca asigna las funciones más urgentes a realizar, y el orden en cómo se irán limpiando las cajas. Al principio, todos participan en la limpieza de la primera caja, pues esta suele ser la más sucia, pero conforme el trabajo va avanzando, las personas se van distribuyendo entre la limpieza de la segunda caja y los canales que las conectan. Aunque el verificar que todos estén trabajando es la tarea del comisariado de vigilancia, la verdad es que todos los usuarios se están vigilando entre ellos, y verificando que todos trabajen por igual. Para la limpieza de la tercera caja, todos se reúnen a trabajar al mismo tiempo, pues, a pesar de que suele estar casi completamente limpia, la caja tiene el doble de dimensiones que las otras dos, haciendo más difícil el trabajo. Al concluir la faena alrededor de las cinco de la tarde, el presidente de la Comisión de Aguas de Deshielo lleva comida, bebidas y uno que otro tequila para agradecer a los usuarios por su colaboración, y extendiendo el convivio por una o dos horas más. Este tiempo es aprovechado para comentar las necesidades del sistema en cuanto a reparaciones, distribución o ampliación de la infraestructura. La administración y operación de las redes locales de distribución en las comunidades de Pahuacan y Mihuacán está a cargo de los comités de agua comunitarios. Su función es la de cobrar una tarifa anual por toma, y destinar una parte del dinero recaudado para el pago correspondiente a la Comisión de Aguas de Deshielo por el derecho al uso de agua. También vigilan y dan mantenimiento a la red, y, en caso de ser necesario, acuden al 3er regidor en el municipio de Ayapango para que los apoye con pipas de agua durante la temporada de estiaje. Por lo que se sabe de este caso, la administración ha sido encabezada por una de las comunidades de aguas arriba. Este caso es semejante al del canal Coyahualco de La Cañada de Huamuxtitlán, en el que, en lugar de tener una institución en común, una de las comunidades es la que coordina (Rodríguez et al, en esta Antología). El sistema anteriormente abastecía a otras dos comunidades; es decir, cinco comunidades en total. El número de comunidades no parece haber sido un problema

414 Antología sobre riego

para la gestión. La salida de las dos comunidades al final del sistema tiene que ver con el crecimiento de población en todas las comunidades, y con una nueva oferta de agua basada en el bombeo. EXPANSIÓN DE LA DEMANDA Y LA OFERTA: NUEVOS SISTEMAS Con la expansión de la demanda se dieron dos respuestas en la región. Una de ellas fue la inversión en más sistemas de captación, construidas y administradas por las mismas comunidades. La otra respuesta vino directamente de CAEM, con la construcción de un sistema basado en el bombeo. Sistemas comunitarios de captación de agua Las comunidades de Santiago Cuautenco y Santa Isabel Chalma construyeron cada una un sistema de captación y conducción en la década de 1980, con el fin de complementar el abasto de agua del sistema Morelos. Estos sistemas fueron construidos con la aportación económica y en mano de obra de su población; aunque también recibieron asesoría técnica y algunos apoyos de CAEM y del municipio. No obstante, la recaudación de fondos y organización del trabajo tuvieron que hacerla ellos mismos. El costo de la obra se dividió entre el número de familias de la comunidad, en proporción al nivel económico de cada una. Así, aquellos que no podían cubrir su cuota en dinero podían hacerlo con trabajo extra al ya asignado. La administración de las líneas centrales comunitarias quedó en manos de las comunidades que las construyeron (Cuadro núm. 1). Los sistemas comunitarios utilizan la red de distribución existente en cada localidad. La administración de las líneas centrales comunitarias de Santiago Cuautenco y Santa Isabel Chalma está a cargo del Comité de bienes comunales de Cuautenco para el primer caso, y Aguas de Tlalcuilulco AC para el segundo. Ambas comunidades mantienen un estricto control para la administración y operación de sus sistemas (las líneas centrales comunitarias), y no están dispuestas a ceder su manejo a CAEM o ASA por ningún motivo, argumentando que si ellos invirtieron dinero y mano de obra en la construcción de los sistemas, éstos son suyos, y no tienen por qué otorgarles ese derecho.

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Por su parte, tanto CAEM como ASA han evitado cualquier intento por obtener el manejo de estos sistemas. En entrevista con un funcionario de ASA, éste mencionó que ninguna autoridad se ha atrevido a siquiera tocar el tema ante los comités, ya que eso les generaría demasiados conflictos con la población, y mejor prefieren “dejarlo así”. Sistema por bombeo Durante la misma década de 1980, CAEM inició la construcción del sistema Sor Juana Inés de la Cruz, el cual funciona gracias a la extracción de agua de 4 pozos ubicados en el municipio de Tenango del Aire, y se extiende alrededor de 52 Km. cuesta arriba por medio de un sistema de re-bombeo de agua. Algunas de las comunidades pertenecientes a los sistemas de deshielo, particularmente aquellas que se ubicaban al final de los sistemas de deshielo, se adhirieron al nuevo sistema, ya que, al aumentar la población en las comunidades de arriba, el agua ya no alcanzaba a abastecer a las comunidades de abajo. Conforme las comunidades se iban conectando al sistema Sor Juana Inés, la CAEM tomó la decisión de desconectarlos de los sistemas de deshielo en las líneas centrales que maneja. Así, los sistemas de deshielo multicomunitarios pasaron de abastecer a 16 comunidades de las originales 24. CONCLUSIONES Las comunidades han tenido y siguen teniendo un papel destacado en la gestión de los sistemas de agua de uso doméstico. Han invertido recursos, mano de obra, administran sus propias redes o complementan la administración municipal, gestionan las líneas centrales comunitarias, complementan la administración de CAEM de las líneas centrales multicomunitarias y, en un caso, la administran. Como señala Pineda (2002), la principal característica del actual modelo de transferencia del sector agua potable es que se dirige a la consolidación de “organismos operadores autónomos y manejados como empresas”. Esta visión mercantil de eficiencia financiera y obtención de utilidades que predomina en el nuevo contexto de la gestión del agua choca con los mecanismos comunitarios de reciprocidad, como la ayuda mutua, el tequio o los cargos honoríficos; arreglos sociales

416 Antología sobre riego

característicos de comunidades campesinas e indígenas bajo los cuales no es difícil suponer que las instituciones que garantizan el abasto de agua en comunidades campesinas e indígenas se han estructurado. Las comunidades son capaces de establecer tarifas justas para la población, establecer sistemas de sanciones para todo aquel que no cumpla con las reglas, establecer sistemas de rendición de cuentas públicas eficientes para determinar el buen o mal funcionamiento de las autoridades y, en caso de que este no cumpla, sancionarlo en la misma medida de que si lo hace bien obtiene el reconocimiento de la gente. Mediante estos esquemas, la población está más involucrada en los problemas de abastecimiento de agua, porque cada año, al subir a hacer faenas, se da cuenta de los tipos de problemas que existen. De acuerdo con Giménez y Palerm (2007), la falta de disposición del Estado para darle reconocimiento jurídico a la autonomía de estas instituciones va de la mano con la intromisión del Estado para administrar este recurso, sobrevalorando el trabajo que se hace desde las estructuras burocráticas, y menospreciando la capacidad de las comunidades para organizarse. Es una realidad que estas organizaciones locales han logrado mantenerse por más de medio siglo, entre otras cosas porque cumplen con las características señaladas por Ostrom (2011) en cuanto a la sostenibilidad de las instituciones. Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes”. Referencias Gaceta del Gobierno 2008 Manual General de Organización de la Comisión de Agua del Estado de México, Toluca de Lerdo, México. Gaceta del gobierno del Estado de México, 25 de 10 de 2011, Disponible en línea en la pagina del gobierno del Estado de México www.edomex.gob.mx/legistelfon/doc/pdf/ley/abr/ leyabr001.pdf Galindo Escamilla, E. y J. Palerm Viqueira Jacinta 2007 “Pequeños sistemas de agua potable, entre la autogestión y el manejo municipal en el estado de Hidalgo, México”, Agricultura, Sociedad y Desarrollo, vol. 4, núm. 2, pp. 127-146.

administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes 417

Galindo Escamilla, E. y J. Palerm Viqueira Jacinta 2012 “Toma de decisiones y situación financiera en pequeños sistemas de agua potable: dos casos de estudio en El Cardonal, Hidalgo, México” Región y sociedad, vol. XXIV, núm. 54. pp. 261-298. Giménez Casalduero, M. y J. Palerm Viqueira Jacinta 2007 “Organizaciones tradicionales de gestión del agua: importancia de su reconocimiento legal para su pervivencia. El caso de España” Región y sociedad, vol. XIX, núm. 38, pp. 3-24 Ostrom, E. [1990] 2011 El gobierno de los bienes comunes. La evolución de las instituciones de acción colectiva, Fondo de Cultura Económica/SEMARNAP, México. Pineda, Nicolas, 2002 “La política urbana del agua potable en México: del centralismo y los subsidios a la municipalización, la autosuficiencia y la privatización” Región y Sociedad, vol. 14, núm. 24. pp. 41-69. Secretaria de Asentamientos Humanos y Obras Públicas 1981 Entrega de los sistemas de agua potable y alcantarillado a los gobiernos de los Estados, fortalecimiento del federalismo, SAHOP, Ciudad de México, México. Secretaría de Recursos Hidráulicos 1956 Memoria de las obras de abastecimiento de agua potable, SRH, México.

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administración de sistemas de abasto de agua para uso doméstico en la región de los volcanes 419

Gabriel Ramos Millán

Morelos

Nombre del sistema

140

140

Barrio de Atenco Amecameca SRH 1956 a 1970s Comité de Bienes Comunales 1970s a 2002 ASA 2002 a 2003 Comisión de Pahuacan Ayapango aguas de deshielo de los volcanes de Amecameca Mihuacán Ayapango 2003 a la fecha

Si

Si

Si



500

Comité de aguas

Ayapango

San Cristóbal Poxtla



527

140

Comisión de Aguas de Deshielo de Los Volcanes de Amecameca AC

Amecameca

Zentlalpan











Si

Si

Si















Participación de Participación de las comunidalas comunidades en la gestión des en la gestión de la línea cende las redes tral comunitarias

527

240

240

120

100

Tarifa Anual (Pesos)

Comité de Aguas

Organismo Operador Descentralizado ASA y la Comisión de Aguas de Zentlalpan Municipio de Ayapango y la Comisión de Aguas de Poxtla

Amecameca

Organismo Operador Descentralizado Asa

Asociación Civil

Tlalmanalco

Santo Tomás Atzingo* Aldea de Los Reyes

SRH 1956 a 1970s CAEM 1970s a la fecha

Aguas de Tlalcuilulco AC Asociación Civil

Amecameca

Santa Isabel Chalma*

Comité de Bienes Comunales

San Antonio Tlalmanalco Tlaltecahuacán*

Amecameca

Municipio al que Administración de la pertenece la red de distribución comunidad local

Santiago Cuautenco*

Administración de Comunidades la línea central por atendidas fechas

Cuadro 1. Instituciones que participan en la administración y operación de los sistemas

continua...

Comité de Aguas

Comité de Aguas

Comisión de Aguas de Deshielo de Los Volcanes de Amecameca (Asociación Civil)

Municipio de Ayapango

Organismo Operador Descentralizado ASA

Organismo Operador Descentralizado ASA

Asociación Civil

Asociación Civil

Aguas de Tlalcuilulco AC

Comité de Bienes Comunales

A quién le pagan

420 Antología sobre riego Amecameca de Municipio de Juárez Amecameca 1956 a 2000 Organismo Operador Descentralizado ASA 2000 a la fecha

Sistema El Salto Amecameca

Amecameca

Santa Isabel Chalma

Aguas de Tlalcuilulco AC 1980s a la fecha

Amecameca

Santa Isabel Chalma

San Antonio Zoyatzingo

Amecameca

San Diego Huehuecalco

Amecameca

SRH 1956 a 1970s CAEM 1970s a la fecha

Amecameca

Organismo Operador Descentralizado ASA

Agua de Tlalcuilulco AC

Comité de Bienes Comunales

Comité Particular Administrativo de Agua Potable y Alcantarillado de Zoyatzingo

Organismo Operador Descentralizado ASA y autoridades comunitarias

Organismo Operador Descentralizado ASA y autoridades comunitarias

Municipio al que Administración de la pertenece la red de distribución comunidad local

San Pedro Nexapa

Administración de Comunidades la línea central por atendidas fechas

Santiago Comité de Bienes Santiago Cuautenco Comunales Cuautenco 1980s a la fecha

Alfredo Del Mazo

Nombre del sistema

664

120

100

No

Si

Si



Si

Nd

200

Si

No











Participación de Participación de las comunidalas comunidades en la gestión des en la gestión de la línea cende las redes tral comunitarias

Nd

Tarifa Anual (Pesos)

Organismo Operador Descentralizado ASA

Aguas de Tlalcuilulco AC

Comité de Bienes Comunales

Comité Particular Administrativo de Agua Potable y Alcantarillado de Zoyatzingo

Organismo Operador Descentralizado ASA

Organismo Operador Descentralizado ASA

A quién le pagan

continuación

XIII. Mujeres, agua potable y organización comunitaria. Un estudio comparativo en la Sierra Mazateca de Oaxaca Alejandrina García Dávila | Verónica Vázquez García

INTRODUCCIÓN Las comunidades rurales e indígenas tienen una memoria colectiva de formas organizativas y conocimientos que les han permitido abastecerse de agua. Cultura, ecología y organización son componentes que influyen en su gestión, al grado en el que incluso la infraestructura es construida y mantenida comunitariamente. La auto-organización comunitaria se relaciona con la necesidad de resolver problemas que requieren una acción colectiva (Wade, 1988). A su vez, la existencia de sistemas de recolección y abastecimiento de agua desempeñan un papel importante en la potenciación organizativa de las comunidades (Agarwal y Narain, 1991; Galindo y Palerm, 2007). La existencia de sistemas normativos fortalece la capacidad para resolver problemas que requieren una acción colectiva; normas y acuerdos comunitarios se sustentan en la solidez de valores y principios (Ostrom, 1999). Sin embargo, en México, el gobierno no ha favorecido la autogestión comunitaria del agua. Las organizaciones comunitarias para la gestión del agua de uso doméstico carecen de reconocimiento jurídico; el municipio o un organismo ope-

421

rador son los que deben, jurídicamente, administrar los sistemas de abasto de agua doméstica (Galindo y Palerm, 2007). Los sistemas de manejo tradicional son vistos como un obstáculo para la modernización (Barkin, 2003; Salazar y Paz, 2010) y los sistemas normativos locales son desplazados para aplicar la legislación federal en materia de aguas (Burguete, 2000; Romero, 2010). En México, el aprovechamiento del agua se rige por el artículo 27 constitucional y su ley reglamentaria (Ley de Aguas Nacionales). El ejecutivo federal ejerce la autoridad y administración en materia de los recursos hídricos del país a través de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Este artículo analiza la organización para la gestión de agua potable en dos localidades del municipio mazateco San Jerónimo Tecoatl, Oaxaca: la cabecera municipal que lleva el mismo nombre, y Plan de Guadalupe, una de sus dos agencias municipales. Ambas comunidades se rigen por normas consuetudinarias para la elección de sus autoridades. Sin embargo, hay una diferencia notable entre ellas: la cabecera municipal recibe un presupuesto de la federación, y los integrantes del ayuntamiento son remunerados con una bonificación, motivo por el cual el comité que se ocupaba de mantener el sistema de agua potable desapareció hace aproximadamente diez años. Por el contrario, en la agencia Plan de Guadalupe, el comité todavía existe, y realiza labores cotidianas de administración y mantenimiento de la red. La cabecera enfrenta escasez durante varios meses al año (primavera y parte del verano), mientras que, en la agencia Plan de Guadalupe la escasez es menor. El artículo analiza el impacto de estas diferencias en las mujeres, principales usuarias del agua en el ámbito doméstico. ZONA DE ESTUDIO La etnia mazateca se llama a sí misma Ha shuta Enima, que quiere decir “los que trabajamos el monte, humildes, gente de costumbre” (Boege, 1988:19). También se les conoce como “mazatecos”, término que viene del náhuatl mazatecatl, o “gente del venado”. La mayor parte del territorio mazateca (75%) se ubica en la Sierra Madre Oriental del norte de Oaxaca, mientras que el 25% restante se extiende por las riberas de la presa Miguel Alemán y las llanuras costeras del Golfo de México en Veracruz (Neiburg, 1988; Luna, 2007).

422 Antología sobre riego

El municipio de San Jerónimo Tecoatl se ubica en la parte alta de la Sierra Mazateca. Tiene un clima templado-húmedo con temperaturas promedio de 12 a 18°C. Está ubicado en cabecera de cuenca, lugar clave para la captura de agua para el resto de los ecosistemas. Esta cabecera se trata de una zona de alta precipitación pluvial en la que se descarga la humedad que los vientos del norte y oriente traen desde el Golfo de México (Boege, 1988). Esas lluvias humedecen las partes altas, escurren o se infiltran para después surgir como manantiales y desembocar en arroyos que se unen al río Tonto, con un volumen medio anual de 9,158.62 millones de metros cúbicos que alimentan la presa Miguel Alemán y que, junto con la presa Cerro de Oro, produce 354,000 kilowatts de energía (SIGE, 2004). Conjuntamente con el resto del sistema hidrográfico del Papaloapan, estas aguas riegan a seis municipios del distrito de Tuxtepec, que en el 2005 alcanzaron una producción aproximada de 2,290,800 toneladas de caña de azúcar (OEIDRUS, 2005). Siguiendo su cauce, también riegan al sotavento veracruzano, el cual contribuyó con un 23% de la producción de azúcar del estado en el ciclo 2003-2004 (Allende, 2007). De acuerdo con el ordenamiento territorial realizado por el Grupo Consultivo Integral Nuevo Milenio (2008), el municipio de San Jerónimo cuenta con una superficie de 1,890 hectáreas. Su relieve se caracteriza por accidentados terrenos con pendientes hasta de 70 grados (40 en promedio), formando escarpados montes y profundas cañadas que abarcan de los 1,360 hasta los 2,600 msnm (CAMPO, 1999). La cabecera municipal tiene 859 habitantes (401 hombres y 458 mujeres), mientras que la agencia Plan de Guadalupe tiene 294 (140 hombres y 154 mujeres). El grado de marginación del municipio es “muy alto” (SNIM 2009). San Jerónimo, la cabecera municipal, se extiende a lo largo de la carretera. Las viviendas reciben agua del manantial “San Martín”, ubicado a unos ocho kilómetros. Esta agua es transportada por una red de tubería galvanizada dividida en tres secciones, localmente conocidas como “línea de arriba”, “línea de en medio” y “línea de abajo”. Por su parte, la localidad Plan de Guadalupe, consiste en viviendas dispersas, por lo que sólo un 64% de éstas se abastecen de la red de agua potable (tubería metálica) proveniente del manantial “Xanja Ijo”. El resto recibe agua de manantiales cercanos mediante mangueras, las cuales son adquiridas con los recursos de las mismas familias.

mujeres, agua potable y organización comunitaria 423

ESTRATEGIA METODOLÓGICA Para recolectar información se utilizaron técnicas cuantitativas y cualitativas. Las primeras contribuyen a entender la relación entre datos, tendencias y comportamientos, mientras que las segundas priorizan el esfuerzo por comprender la realidad social como fruto de un proceso histórico de construcción visto a partir de la lógica y el sentir de sus protagonistas. La combinación de estos métodos permitió tener un panorama más completo del fenómeno social estudiado (Sandoval, 2002). Se utilizaron cinco técnicas de campo: entrevistas, observación participante, encuesta, talleres y recorridos de campo por el territorio municipal. Se inició con entrevistas exploratorias y observación participante, y, posteriormente, se realizó una encuesta de carácter explicativo y seccional (Briones, 2002). Finalmente, se hicieron recorridos para ubicar las fuentes de agua que abastecen a ambas localidades. El número de cuestionarios para la encuesta se determinó tomando 25% de la población total de hogares, quedando así de la siguiente manera: 58 en San Jerónimo Tecoatl, y 25 en Plan de Guadalupe (83 en total). Con el objetivo de que cualquier vivienda pudiera ser encuestada, se diseñó una muestra estratificada a partir de las distintas zonas de ambas localidades. El cuestionario identificó las características socioeconómicas de las familias, el medio por el cual llega el agua a la vivienda, el tiempo que dura el estiaje, las responsabilidades de género en el manejo del agua y la participación de hombres y mujeres en el mantenimiento de mangueras, tuberías y tanques. Las preguntas fueron hechas únicamente a la mujer adulta de cada vivienda. Los talleres fueron diseñados para trabajar de manera separada con hombres y mujeres, con la finalidad de asegurar una participación equilibrada. En la cabecera asistieron 11 hombres y 13 mujeres, mientras que en Plan de Guadalupe los hombres no aceptaron la invitación, y las mujeres sí lo hicieron, pero no llegaron a la cita, por lo que hubo que realizar entrevistas adicionales para obtener información similar en ambas localidades. Las dinámicas y preguntas se centraron en la descripción del trayecto del agua desde sus fuentes hasta la vivienda, la división genérica del trabajo, los usos que hombres y mujeres dan al agua, las estrategias de abastecimiento en

424 Antología sobre riego

tiempos de estiaje, y la calidad de los depósitos de almacenamiento de agua de cada familia en términos de durabilidad, movilidad y capacidad para mantener al agua limpia. ORGANIZACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL AGUA EN SAN JERÓNIMO, LA CABECERA MUNICIPAL Labores de mantenimiento: limpieza de tuberías y tanques En el sistema de abasto de agua de la cabecera municipal se detectaron dos labores de mantenimiento. La primera es la limpieza de las tuberías por donde se traslada el agua. Las tuberías son rígidas, galvanizadas de dos pulgadas, y están colocadas de acuerdo con la pendiente. Se retiran hojas, tierra y raíces atoradas, principalmente en los tubos que están más próximos al manantial. En ocasiones hay que separar los tubos para que el aire acumulado salga y el agua pueda circular. La segunda actividad es la limpieza de los dos tanques de almacenamiento ubicados al noroeste de la comunidad, los cuales están construidos con piedra y cemento. Uno de ellos tiene una capacidad de 75,000 litros (7.10m x 3.5m y 5.60m x 3.5m), y el otro de 95,530 litros (5.55m x 2.30m y 7.30m x 2.30m). También debe limpiarse el tanque de captación ubicado justo debajo del manantial. La intensidad de estas labores aumenta en la temporada de lluvias. La opinión generalizada es que estas actividades están a cargo del ayuntamiento. El encargado del sistema de agua de uso doméstico es un hombre nombrado en asamblea, el cual trabaja con el presidente municipal, el síndico y los regidores/as de hacienda y salud. Todas las mujeres encuestadas (100%) señalaron que dichas actividades son responsabilidad de la administración municipal, y 85.2% indicaron que se realizan sin colaboración de los/as usuarios/as. Según señaló un vecino, Maximino Duarte, es “solamente que la autoridad no pueda, entonces sí convoca a ciudadanos que quieran dar su participación en forma voluntaria... Es que a veces, cuando llueve demasiado, se acumula tanta hoja, agua, tanta basura en los tanques, que la autoridad no se da abasto”. En estos casos, se espera que cada familia envíe a un varón, debido a que el trabajo de limpieza se considera “pesado” y ha sido socialmente construido como masculino.

mujeres, agua potable y organización comunitaria 425

No obstante, cuando en el verano del 2010 hubo una convocatoria para limpiar los tanques, solo llegaron 15 hombres de un total de 250 familias, una asistencia catalogada como deficiente por Román Reyes, el presidente municipal: “se ha invitado pero la respuesta es nula… prácticamente el trabajo pues es de la autoridad”. El motivo que detona esta respuesta es que los integrantes del ayuntamiento reciben un apoyo económico del presupuesto de la federación, por lo que la gente ya no siente la obligación de colaborar con tequio (trabajo voluntario). Tal y como señalan los mismos vecinos: “cuando empiezan a llegar los recursos por el gobierno federal a los municipios, ya no es por tequio, ya todo es pagado… se contrata a una persona que arma los tubos, que hace todo el trabajo, ya todo es pagado, ya la comunidad no aporta nada” (Benigno Duarte). En algún momento de la historia de la comunidad, cuando se instalaron las primeras tuberías, existía un comité de agua potable cuyos integrantes se nombraban en asamblea y estaban un año en el cargo. La gente tiene en su memoria al menos tres comités distintos, cuya labor consistía en coordinar ampliaciones de tuberías, vigilar su buen funcionamiento, realizar reparaciones, mantener las tuberías limpias y lavar los tanques. Enrique Guerrero, habitante de la comunidad de 82 años de edad, comenta que antaño “hubo [un] comité para tender la tubería de asbesto, y luego otro comité se nombró cuando se instaló la tubería de plástico, y luego otro cuando se instaló la tubería de fierro. Nada más hasta ahorita ya no ha habido comité, el encargado de esto es la autoridad, ellos son los que reparan”. El actual presidente municipal dice que el tequio “se ha ido desgastando, como que se rompió ese vínculo, ese trabajo… de equipo que tenían anteriormente nuestros papás, nuestros abuelos, se fue desgastando, ya ha pasado a segundo término” (Román Reyes). Los cambios no son únicamente de actitudes cooperativas, sino también del sistema comunitario de sanciones; ya no existe un sistema de sanciones para aquellos que no acuden al llamado. El 88.1% de las mujeres encuestadas indicaron que no hay ninguna multa para quien no asista a las faenas, siendo que anteriormente la inasistencia podía conducir a la pérdida de servicios comunitarios. La reducida participación comunitaria en el mantenimiento de la red hidráulica, ha contribuido a que se presente una mayor escasez en tiempos de estiaje.

426 Antología sobre riego

Sistema de pagos y mecanismos de rendición de cuentas El sistema de cobros y los mecanismos de rendición de cuentas también sufre un cambio importante a partir de la llegada del presupuesto de la federación. Anteriormente se pagaba por el mantenimiento de sistema de agua de uso doméstico y se daba seguimiento a los gastos. “se nombraba comité porque cobrábamos nosotros el agua, cuando fuimos nosotros cobramos el agua, porque se rompe una tubería [y] como no había participación [recursos federales], ¿quién va a dar? Teníamos que cobrar dos, tres pesos a cada persona, y ese dinero se utiliza[ba] para componer la tubería”. Las cuentas eran cuidadosas: “antes se llevaba [la] cuenta [de] hasta 20 centavos, cuando son tesoreros del municipio, porque ahí se sabe pues, cuántos somos y cuanto dinero da cada quien, pasa la lista y no aparece uno. Entonces ahí viene el trancazo, así era antes, aquí nada más se hacían cuentas. Ahora pues no sabe uno cuánto se gasta” (Pedro Duarte, de 72 años). Actualmente no se realiza ninguna aportación por el servicio, porque ya “hay dinero en la presidencia”. Tal y como señala un vecino, Benigno Duarte: “el argumento aquí de las familias es que no quieren pagar… lo primero que piensa la gente, no, pues hay dinero en la presidencia, que lo pongan ellos… nosotros damos tequio, con eso se la quitan”. La autoridad municipal, en enero de 2011, decidió cobrar una cuota de 150 pesos por cada nueva toma de agua, que sería recabada por el tesorero municipal. Sin embargo, las personas que han recurrido a este servicio son pocas, pues, según la encuesta, dos tercios de las mujeres (60.7%) nunca han pagado alguna cuota para tener agua en su domicilio. Del porcentaje restante que sí ha pagado (38.3%), la inmensa mayoría (95.5%) señaló que se hizo por una sola vez para tener acceso al servicio, lo cual confirma la existencia del sistema de cuotas únicamente para la instalación de nuevas tomas. Mujeres y uso doméstico del agua En cuanto a los usos del agua por género, de acuerdo con la encuesta, 100% de los hombres ocupan el agua para aseo personal; un 8.6% la utilizan para limpiar la casa, y 1.7% para preparar alimentos y asear a otras personas (hijo/as, adulto/as mayores). En contraste, 100% de las mujeres ocupan el agua para limpiar la casa,

mujeres, agua potable y organización comunitaria 427

cocinar, bañarse a sí mismas y a otras personas. Además, un 77.5% la utilizan para la crianza de sus animales, y un 82.7% para cultivos del solar. “Nosotras, hay que lavar, limpiar, trastes, lavar todo pues” (Agripina González). “El agua se ocupa para trastes, para la comida, baño” (Margarita Pino). Las mujeres aprendieron a lavar la ropa de sus esposos separada de la de ellas, lo cual representa una mayor carga de trabajo: “Mi mamá me enseñó… tu ropa aparte, del hombre aparte [se lava con] otro jabón, otra batea… Y mi mamá siempre me dijo… tu ropita aparte, aparte la camisa” (Beatriz Reyes). El trabajo doméstico de las mujeres es permanente y difícil de percibir: “Y no se nota nuestro trabajo, porque, por ejemplo, nosotras las mujeres, a lavar, trapear, poner los frijoles, hacer la comida, las que hacen tortillas, hacen tortillas y ya se acabó y no se vio el trabajo, y los hombres hacen un solo trabajo y él es el que trabaja más, dicen. Pero no, viéndolo bien, no. Hay que lavar la ropa de los niños, hay que bañarlos… Y no se ve el trabajo… ya trapeaste, si hay niños, pues ya ensuciaron, ya tiraron” (Victoria Bolaños). Los nuevos materiales con los que están hechas las casas de San Jerónimo (tabique, varilla, cemento) significan mayor trabajo de limpieza y consumo de agua: “la verdad, gastamos más agüita ahorita, porque nosotros… trapeamos, tenemos baño, porque antes no, nada más barremos y ya con eso. Nadie decía, voy a trapear mi casa, porque es de tierra, porque ahorita sí gastamos más… agua por el piso” (Guillermina Sánchez). Sin embargo, las mujeres reconocen que tener tomas de agua en casa representa una comodidad: “antes así sufríamos, antes lleva uno ropa sucia para lavar, allá a donde está el cafetal del tío Leonardo, se lleva unos tacos” (Bonifacia Merino). La merma de las normas locales para la gestión del agua, reflejada en la reducida participación comunitaria en el mantenimiento de la red hidráulica, ha contribuido a que se presente una mayor escasez en tiempos de estiaje. Todas las encuestadas reportaron haber sufrido de falta de agua durante la primavera de 2011. La autoridad distribuyó el líquido por secciones del pueblo, cerrando algunas llaves de paso y abriendo otras, llegando a tardar hasta 12 días. También compró pipas con capacidad de 10,000 litros, pero la demanda nunca fue abastecida del todo. “Repartió el agua la autoridad, pero unos días, ya de ahí ya no. Luego hasta

428 Antología sobre riego

las señoras se peleaban por el agua, unas se ponían más listas y otras no. Y ya mejor no fui” (Claudia Calvo). La mayoría de las mujeres (70.6%) se vio en la necesidad de trasladarse a manantiales para lavar ropa y abastecerse de agua. Los manantiales más cercanos estaban llenos, y había que hacer turnos. “Tengo que ir a buscar a otro lado… hemos [encontrado] otro pocito allá abajo… es una subida tremenda, pero a que espere la cola que está ahí, mejor vamos a buscar otro lado” (Victoria Leovano). “Te esperas para lavar... Fui a lavar hasta donde está don Enrique. Le pedí permiso, porque luego en otros lugares, no dan permiso” (Margarita Guerrero). “Ahí estamos yendo a lavar, es un chorrito, pero es seguro el chorrito, porque no se ha secado. Una persona nada más lava, porque dos no cabemos” (Apolonia Valencia). A medida que el estiaje se fue alargando, el agua de los manantiales cercanos fue disminuyendo. Las mujeres tuvieron que dirigirse a otras comunidades en las cuales no siempre fueron bienvenidas: “Otro problema es que no nos daban como quiera el agua, aunque… tiene la gente, no te dan, por ejemplo en Santa Catarina te negaban el agua. Fuimos a pedir que nos regalaran agua, nos decían que no porque ya se estaba escaseando. En Santa Cruz nadie nos dijo nada, agarramos el agua… La señora nos vio la otra vez que estábamos agarrando agua, nos dijo que agarráramos, que no había problema… Porque el señor que nos empezó a dar primero ya no nos quiso dar… nos dijo que la autoridad mandó a avisarle que no estuviera dando agua, ahí sí de plano ya no nos dio” (Claudia Calvo). La escasez de agua modificó los hábitos de consumo: 91% de las mujeres señalaron que en tiempos de estiaje ocupan menos agua, y 85.7% indicó que reutiliza el líquido. Las mujeres almacenan agua en todo lo que se puede, y alargan sus jornadas de trabajo. “Para guardar agua tengo cubetas, los botes, mi tamalera, ¡pues sí! tuve que agarrar mi tamalera para agarrar agua” (Ángela Valencia). “A las dos [de la madrugada] me paré, ahí estoy…todos estaban roncando, ¡ah, pero eso sí! Al otro día todos se quieren bañar… Yo no me he bañado… yo llené y todos ya se bañaron” (Victoria Bolaños). A pesar de ser las principales afectadas, la mayoría (76.8%) de las mujeres no asiste a las asambleas en donde se toman decisiones con respecto al agua. Un porcentaje considerable (82.5%) señaló que es importante que alguna mujer ocupe al-

mujeres, agua potable y organización comunitaria 429

gún cargo de autoridad en relación al agua, dado su importante papel como usuaria del recurso: “sería importante, sí, porque las mujeres sabemos cómo nos hace falta el agua, creo que nosotras sabemos más cosas que los hombres de lo que nos hace falta” (Margarita Pino). ORGANIZACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL AGUA EN PLAN DE GUADALUPE, LA AGENCIA Labores de mantenimiento: limpieza de tuberías y tanques Las labores de limpieza en el sistema de abasto de agua de uso doméstico de Plan de Guadalupe son las mismas que en el sistema de la cabecera municipal: extraer hojas, tierra y raíces atoradas en los tubos y destape de tubos para que salga el aire acumulado. También hay que limpiar el tanque de capción y los tres tanques de almacenamiento. El tanque de captación se encuentra al pie del manantial y, muy cerca, a unos 15 metros se encuentra el primer tanque de almacenamiento con capacidad de 7,000 litros de agua (2.37 x 1.95 x 1.50 x 2.37). Al poniente de la comunidad existe otro tanque de almacenamiento con capacidad de 22,600 litros (4.06 x 1.76 x 3.15 x 1.76), y, finalmente, en el centro de la comunidad se encuentra el tanque de mayor capacidad, con 47, 810 litros (5.15 x 5.82 x 1.80, 5.10 x 5.76 x 1.80). En Plan de Guadalupe hay un comité de salud encargado del sistema de abasto de agua de uso doméstico. El comité de salud está compuesto por el presidente, el secretario y el tesorero (todos varones), los cuales son elegidos en asamblea para que cumplan el cargo por un año. El comité de salud supervisa los tanques, clora el agua y hace la convocatoria de faenas de limpieza del sistema: “los tanques se lavan cada dos meses, porque andamos atentos cada 15 días, si hay basura pues se tiene que hacer el aseo. Cada 15 días lo verificamos, le echamos cloro, menos de la mitad de una botella de como 200 ml a los dos que están en la toma” (Jesús Florentino). Para la limpieza, un día viernes cada dos meses, el comité comienza a “ranchear”, o avisar a cada jefe o jefa de familia que el lunes siguiente realizarán faena para limpiar la infraestructura hidráulica. Además del aviso personal, vocean a través del aparato de sonido. El lunes siguiente, todos los hombres que atendieron la convocatoria se dividen las actividades de limpieza, llevando azadón y ma-

430 Antología sobre riego

chete, además de otras herramientas que aporta el comité, como pinzas, alambre, y cloro para desinfectar el agua. En total participan “entre 48 y 50” personas: “Nos basamos en las que tiene toma de agua, ellos son los que más tienen obligación de participar. Los que participamos somos entre 48 y 50, a veces hay familias que nada más mandan a uno, porque los hijos viven con los papás y pues ya se reduce uno” (Jesús Florentino). La familia que no mande representante tiene que pagar una multa acorde a lo que cobra un jornalero en la región, que va de 50 a 70 pesos,” “Si no va mi esposo, pagaríamos 70 pesos” (Aurelia Marín). Las jefas de familia tienen que participar en el tequio, pero no les toca limpiar tuberías, manantial o tanques, sino la casa de salud: “lavan el tinaco de la casa de salud, mientras los hombres se van a arreglar el tubo. Como murió mi esposo, pues tengo que ir yo a la faena, mis hijos no van porque se fueron a México” (Emilia García). Puede verse que hay una asignación de actividades de acuerdo al género: algunas actividades se consideran “pesadas” para las mujeres, y deben realizarse fuera del espacio comunitario y en compañía de varones, lo cual representa un obstáculo adicional para la participación femenina. En Plan de Guadalupe se detectaron iniciativas para cuidar asuntos menores relacionados con la red hidráulica. “A veces, aunque no anuncian, se organizan entre vecinos, se dicen no hay agua, vamos a verlo, y se van, aunque sean dos o tres personas van, pero al ver que van esas dos o tres personas… otros ven y se van también” (Erika Gutiérrez). Cuando no pueden resolver el problema, informan al comité, el cual trata de atenderlo con la colaboración de la población. Así fue como se construyó uno de los tanques para almacenar más agua: “Convocaron a los ocho días a toda la gente, llevaron cemento y fueron a hacer otro tanque chiquito por allá, por eso ahorita tenemos mucha agua” (Erika Gutiérrez). Sin embargo, hay que recordar que un tercio de la población (36%) de Plan de Guadalupe se abastece con mangueras; ello se debe a la dispersión de las viviendas y la mayor facilidad de conectarse por manguera a un manantial que extender la red del sistema. Las mangueras son flexibles, de plástico, y tienen un diámetro de media pulgada. Se colocan de acuerdo a la pendiente, y pueden trasladarse entre las copas de los árboles. Para limpiarlas hay que soplar para eliminar materia orgánica atorada, lo cual se complica cuando hay que hacerlo en

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cada intersección de manguera, o a lo largo de dos kilómetros. Si el soplar no funciona, entonces hay que azotar la manguera. “Yo voy cuando no llega el agua, voy a ver la manguera. La azoto para que salga la basura, le soplo” (Emilia García). Algunas personas colocan un filtro casero (pedazos de costal, botellas de plástico agujereadas) en la salida del manantial. La limpieza de las mangueras es responsabilidad de cada familia; es decir, no es coordinada por el comité de salud. Debe hacerse cada dos semanas o cada mes, periodicidad que aumenta en la época de lluvias. Un poco menos de la mitad (44%) de las familias que se abastecen por mangueras tienen pequeños tanques de almacenamiento. El tenerlo está en función de la capacidad del manantial, de la autorización del dueño del terreno, y de los recursos económicos de cada familia. La limpieza de tanques y manantiales se realiza aproximadamente cada mes de forma rotativa. “Somos tres los que agarramos agua de ahí. Cuando no van ellos, pues vamos nosotros” (Aurelia Marín). Las mujeres de Plan de Guadalupe que se surten de agua con mangueras enfrentan mayores dificultades que las que tienen agua por tubería, ya que el sistema de mangueras es bastante rústico, y las reparaciones dependen de las familias que lo utilizan más que de la organización comunitaria. Sucede que los tanques de almacenamiento se llenan rápidamente y el agua se desborda, que las mangueras explotan (“explotó la manguera, y otra vez me fui, ya no regresó el agua… dos, tres, cuatro vueltas di” Guadalupe García), o que las mangueras se tapan con materia orgánica y el agua no fluye. La mitad de las mujeres (45.5%) señaló que la labor de limpiarlas es de los hombres, y un tercio (27.2%) dijo que es de las mujeres. Lo más común es que ellas tengan que hacerlo si su marido no está en casa y ellas necesitan el agua. Así lo cuenta Emilia García: “A veces voy dos veces al día, me tardo dos o tres horas. Donde están conectadas las mangueras, ahí las desconecto para que se destapen. Cuando no hay agua, tengo que ir dos o tres veces. Me tardo, a veces me paso todo el día allá, limpiando, si no llega pues me regreso otra vez a verlo. Cuando estoy lavando y no llega el agua, pues tengo que dejar de lavar y voy a ver a dónde está atorado… le muevo y regreso a la casa, si ya está llegando el agua pues sigo lavando, si no, pues otra vez regreso” (Emilia García).

432 Antología sobre riego

Las familias que se abastecen con mangueras también participan en las faenas de limpieza de tanques y tuberías porque sus hijos e hijas asisten a la escuela o a la clínica donde se ocupa agua de la red. “Cuando es faena van los hombres, aunque no tengan agua de tubería van, porque los niños van a estudiar allá arriba, pues ocupan el agua entubada en la escuela, por eso a fuerza tienen que ir los esposos” (Aurelia Marín). Sin embargo, estas familias no pagan multa por inasistencia a las faenas: “si no voy, no me pasa nada… [a] los que tienen agua que viene del tubo les toca la multa. Nada más a los que tienen agua entubada. Yo nada más voy a ayudar es mi gusto” (Arturo García). Sin embargo, enfrentan dos desventajas: primero, se ven en la necesidad de limpiar sus propias fuentes de agua y sistemas de almacenamiento sin ayuda comunitaria, y segundo, participan en un sistema de trabajo no pagado del cual se benefician poco, pues no tienen tomas de agua en sus viviendas. Sistema de pagos y mecanismos de rendición de cuentas En Plan de Guadalupe nunca se han cobrado cuotas por el servicio del agua, sino que simplemente hay que cumplir con los tequios y nombramientos a determinados cargos. Hay tolerancia cuando no se puede pagar una multa, pues lo que importa es que no se deje de participar en la comunidad: “Hay muchos que dicen doy 50 o 60 [pesos], no tengo ahorita, para la otra, no hay presión de que ‘a fuerza dame’… Si falla una vez se le pasa, dos veces también, pero se le corta cuando ya no quieren participar definitivamente en la comunidad, es cuando se les cancela el agua. Pero hasta ahora no han pasado casos así. La asamblea puso esa tarifa de 50 pesos. En la asamblea también se define si se le va a quitar el servicio” (Jesús Florentino). La lista de pagos y adeudos está a cargo del tesorero del comité de salud. El dinero es ocupado para comprar refacciones, o bien, para el convivio después de terminar el tequio. “Ese dinero se ocupa para comprar un refresco, para darle a los que van a la faena” (Jesús Florentino). Es decir, se trata de cantidades pequeñas que no permanecen en manos del tesorero por mucho tiempo. Mujeres y uso doméstico del agua Todas las mujeres encuestadas dijeron utilizar agua para la limpieza de la vivienda, la preparación de alimentos, el aseo personal y el de otras personas. Asimismo,

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la mayoría la usa para la crianza de animales (88%) y cultivos del solar (68%). En contraste, los hombres encuestados ocupan agua principalmente para el aseo personal. Sólo 16%, 8% y 4%, respectivamente, la usan también para la crianza de animales, regar cultivos o asear la vivienda. Hombres y mujeres señalaron que las actividades domésticas son responsabilidad de las mujeres. En Plan de Guadalupe en comparación con la cabecera municipal, las mujeres tienen menores dificultades para acceder al recurso, y ello se refleja, por ejemplo, en que tanto las que se abastecen de tubería (75%) como las que se abastecen de manguera (66.7%), indicaron que no tienen depósitos especiales para la temporada de estiaje. Los recipientes más comunes son cubetas y galones: “Sólo tengo galoncitos de cinco litros, no ocupo grandes… Aquí hay agua, pues. Nada más tenemos en donde hierve el agua… la tina para lavar la ropa. Nunca he comprado botes grandes. Como aquí hay agua” (Emilia García). Durante la primavera del 2011, al igual que en la cabecera municipal, también se presentó un problema de escasez en Plan de Guadalupe, aunque no tan severo como el de la cabecera. El flujo del agua se redujo, tanto para las mujeres con tubería galvanizada como para aquellas que usan manguera, pero el agua siguió llegando, “aunque sea poco”. “El agua que me llega de la tubería me alcanza nada más para la comida, café para tomar... con eso, aunque poquito, lavo” (Carolina Feliciano). El abasto de agua por la red del sistema, durante el estiaje, al parecer tiene problemas de distribución equitativa. Las personas que viven en la parte más baja no reciben agua debido a que el líquido está siendo utilizado en la parte de arriba. En otras ocasiones, el agua que logra seguir su curso llega hasta las últimas casas, y son las que están en medio las que se quedan sin agua. Las personas que no reciben agua durante el día la almacenan en la noche. “Pero de la tubería me llega poquito. La gente de arriba ocupa mucho el agua y no me llega mucho hasta acá. Viene muy noche y lleno todos mis botes” (Ana Estrada). Cerca de un tercio (28%) de las mujeres de Plan de Guadalupe tuvieron que trasladarse a ríos o manantiales para lavar o abastecerse de agua. Tal es el caso de Isabel Cerqueda: “Más de 20 días sin agua, tenemos que ir hasta el río a lavar. Tuve que ir a lavar hasta el río, de bajada media hora, de subida una hora”. Había que llegar antes que otras mujeres para “ganar lugar para lavar” o bien llenar los

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depósitos con rapidez. A diferencia de la cabecera municipal, no se reportó que se les negara el acceso al agua por los dueños de los terrenos en donde se encuentra el recurso. A pesar de ser las principales afectadas, la mayoría de las mujeres encuestadas (58.3%) no asiste a las asambleas en donde se toman decisiones con respecto al agua. Las que sí acuden lo hacen en representación de hijos o esposos que trabajan fuera del pueblo, en atención a una organización comunitaria que sí funciona. Asimismo, 60% de las mujeres de Plan de Guadalupe señaló que es importante que una mujer tenga algún cargo relacionado con el agua. La proporción es menor que en la cabecera (82.5%), probablemente porque las mujeres de Plan de Guadalupe no han vivido escasez severa, y todavía no perciben la necesidad de involucrarse en el aparato de gestión comunitaria. CONCLUSIONES Este trabajo se propuso comparar dos sistemas de gestión del agua en el municipio mazateco de San Jerónimo, Oaxaca: el de la cabecera municipal y el de una de sus agencias llamada Plan de Guadalupe. La cabecera tiene tres veces más habitantes (859 versus 294) que la agencia, así como dos tanques de almacenamiento con una capacidad de 170,530 litros en total, mientras que la agencia tiene tres con una capacidad total de 77,410 litros. En la cabecera esto equivale a 198 litros por habitante, mientras que en Plan de Guadalupe son 263. En ambos casos se rebasa la norma establecida por la Organización Mundial de la Salud para los requerimientos de consumo e higiene básica: 50 a 100 litros diarios por persona (Guevara et al, 2010). El problema se presenta especialmente en la cabecera, donde en tiempos de estiaje la autoridad implementa tandas que a veces resultan en que el agua tarde hasta 12 días en llegar. Más de dos tercios (70.6%) de las mujeres tuvo que trasladarse a manantiales para lavar ropa y abastecerse de agua durante la primavera del 2011. En la cabecera municipal, la falta de agua en tiempos de estiaje podría resolverse, según el Doctor Manuel Ortega Escobar, especialista en hidráulica del Colegio de Postgraduados, construyendo un tercer tanque de almacenamiento. En una visita al manantial que surte a la cabecera municipal, el Doctor Ortega constató que el volumen de agua existente es suficiente para hacerlo.

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Sin embargo, la participación comunitaria es limitada incluso en labores de limpieza de tubería y tanques, y sería difícil motivar a los usuarios para actividades de construcción. Las labores de mantenimiento, que antes se hacían con tequio, han sido trasladadas a la autoridad municipal, cuyo poder de convocatoria para el trabajo voluntario se ha visto reducido en la última década. No existe un sistema de sanciones para aquellas personas que no participan, y cobrar por el servicio de mantenimiento de la red ha sido posible sólo cuando se trata de una nueva toma. Tanto las autoridades actuales como la gente en general atribuyen esta situación a la penetración de la federación en el aparato de gobierno de la cabecera municipal mediante la asignación de un presupuesto anual. Esto ha mermado el sistema local de gestión del agua basado en normas de reciprocidad (trabajo y aportaciones voluntarias) y rendición de cuentas (transparencia en el uso de los recursos). Ya no existe una estrategia comunitaria que organice la gestión del agua. En Plan de Guadalupe, existe una organización dedicada al mantenimiento de la red de agua potable surgida de y legitimada por la asamblea comunitaria, que carece de financiamiento federal. Esta organización tiene capacidad de convocatoria a realizar faenas y capacidad de sanción. Se realizan convocatorias cada dos meses para hacer actividades de limpieza, y las familias acuden al llamado, incluso aquellas que no reciben agua de tubería, simplemente porque sus hijos e hijas asisten a la escuela y a la clínica de salud. Existe un sistema de sanciones para aquellas personas que no cumplen que sólo aplica a personas con agua de tubería, e incluso hay iniciativas para resolver problemas que no involucran al comité de salud sino hasta que su presencia es ineludible. La proporción de mujeres de Plan de Guadalupe que tuvo que trasladarse a un manantial para lavar ropa y abastecerse de agua durante la primavera del 2011 fue menor a la de San Jerónimo cabecera (28% versus 70.6%). Las que sí lo hicieron no enfrentaron negativas, como sí sucedió con las mujeres de la cabecera. Hay que recordar, sin embargo, que 36% de las viviendas de Plan de Guadalupe se abastece con un sistema rústico de mangueras que es atendido por las propias familias. Cuando las mangueras se tapan y el agua no llega, las mujeres invierten considerable tiempo y esfuerzo en destaparlas. Estas familias participan en los tequios para el mantenimiento de la red, pero no tienen acceso en sus casas al sistema de abasto comunitario. Por lo tanto, es necesario señalar que el sistema de

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abasto de agua de uso doméstico en Plan de Guadalupe presenta deficiencias por no tener cobertura de toda la población. A pesar de estos inconvenientes se constata que la organización comunitaria que persiste en Plan de Guadalupe es vital no sólo para el mantenimiento de la red hidráulica, sino también para la construcción de infraestructura, recientemente se construyó un nuevo tanque de almacenamiento, con faenas y cooperaciones de los vecinos, alternativa difícil de visibilizar en la cabecera municipal. La población de Plan de Guadalupe comparte principios y valores que se reflejan en acuerdos y normas. Las sanciones son aceptadas por los usuarios/as, y su aplicación garantiza mejores resultados en el acceso al recurso. El comité de salud cumple una función fundamental ya que tiene el poder que le fue dado por la asamblea para coordinar las acciones de limpieza, ejecutar sanciones y dirimir conflictos. También conoce las necesidades de la población, el número de usuario/ as y el manejo de la infraestructura. Esto redunda tanto en el mantenimiento del sistema de abasto de agua de uso doméstico, como en la calidad de vida de las familias que tienen acceso. El ejercicio comparativo permitió constatar que cada sistema normativo tiene un impacto distinto en las mujeres. En tiempos de estiaje, las mujeres de la cabecera enfrentan severos problemas de escasez, y la mayoría debe trasladarse a manantiales e incluso sufrir negativas para abastecerse del líquido. En contraste, en Plan de Guadalupe se reportó una proporción menor de mujeres que debieron trasladarse. Ambas comunidades comparten el hecho de que la mayoría de las mujeres no participa en las asambleas donde se toman decisiones relacionadas con el agua. Sin embargo, las mujeres de la cabecera perciben de manera más apremiante la necesidad de involucrarse, dada la severidad de los problemas de escasez que han enfrentado en años recientes. Referencias bibliográficas Allende, R. 2007 El amanecer del siglo XXI en la cuenca del Papaloapan: actores sociales y políticos, crisis organizacional y tensión institucional 2000-2001. Tesis de Licenciatura en Sociología, Universidad Veracruzana, Xalapa. Agarwal, A. y Narain, S. 1991 Dying wisdom: rise, fall and potential of India’s traditional water harvesting systems. CSE, India.

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XIV. Las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada. Una breve revisión documental Rosa Josefina Bárcenas Argüello | Jacinta Palerm Viqueira

INTRODUCCIÓN Algunos estudiosos de la temática del agua han propuesto que, a finales del siglo XIX, el agua pasa de ser un asunto del ámbito local de ayuntamientos y estados a ser del ámbito federal, ello se ha denominado la federalización de las aguas. La caracterización como ámbito municipal, estatal o federal gira en torno a la capacidad de otorgar concesiones y a la administración del agua (Aboites, 19981; Tortolero, [2000], 20062; Bojórquez, 20063; Domínguez, 20084; Birrichaga, 20095; Sánchez y Sandré, ms6). No obstante, en el curso del siglo XIX hubo grandes cambios para las comunidades, como la eliminación de la propiedad corporada y de la capacidad jurídica de administrar los recursos propios. Estos cambios son similares a los que se dan a partir de la década de 1990 con la ley agraria de 1992 (Palerm, 2009a). El centro de atención es la comunidad y, más en particular, las aguas de los pueblos. Se pretende dar seguimiento a las bases jurídicas de la existencia y desaparición de la propiedad corporada a la par de la comunidad corporada en México, con especial énfasis en la situación particular de los derechos de agua y en la capacidad jurídica de administración de las aguas.

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La situación de las aguas de los pueblos se aborda desde la legislación, se toma como punto de partida la legislación colonial, para contrastar con los cambios que se introducen con la legislación de aplicación nacional y estatal emitida en el siglo XIX y principios del siglo XX. La pretensión es contar con la información sobre los cambios legislativos y analizar el impacto del marco jurídico sobre la gestión del agua. El análisis de los cambios en la legislación sobre las aguas de los pueblos se complementa con la revisión de estudios de casos que abordan el impacto local de los cambios en las leyes. Proponemos que la propiedad de derechos de aguas y la administración de las aguas en las Repúblicas de Indios y en las Repúblicas de Españoles coincidían. Sin embargo, con la legislación liberal del siglo XIX, se abre un vacío legal, primero sobre la capacidad jurídica de administración, y posteriormente sobre la propiedad de los derechos de aguas de las antiguas Repúblicas de Indios. Las legislaciones estatales sobre aguas del siglo XIX parecen abordar esta problemática al legislar sobre “las aguas de los pueblos”. Adicionalmente, como veremos, las antiguas Repúblicas de Indios se resistieron a la pérdida de la administración y de la propiedad. El estudio se divide en dos momentos históricos: la época colonial, y la época independiente. La época colonial se inicia con el estudio con la legislación indiana, y concluye con la Constitución de Cádiz. En la época independiente se aborda la legislación que surge a partir de la Constitución de 1824, hasta el fin del Porfiriato o la ley agraria de 1915. La comunidad, como señalamos, está al centro del análisis, por ello conviene primero abordar algunas interpretaciones sobre la comunidad corporada. Son las interpretaciones sobre la comunidad que han llevado a políticas públicas favorables o contrarias a su existencia jurídica. ALGUNAS INTERPRETACIONES DE LA COMUNIDAD CORPORADA La existencia de la propiedad corporada se ha estudiado como una etapa evolutiva (el comunismo primitivo), como una respuesta social a factores ecológicos, y como resultado de un acto jurídico del Estado.

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La comunidad corporada como una etapa evolutiva: Las descripciones de comunidades agrarias organizadas inician con el estudio del derecho consuetudinario. Maine ([1861] ,1980) realiza un análisis de la evolución del derecho, basado en el caso de las comunidades aldeanas de la India. Señala que las comunidades tienen una organización basada en el contrato: se encargan del gobierno interno, de la policía, de la administración de justicia, de administrar fondos, del prorrateo de impuestos, y de obligaciones públicas. Propone que la propiedad común, tal y como se presenta en la comunidad aldeana, es antecesora de la propiedad privada. En la introducción a la obra de Maine, Morgan ([1861] ,1980) indica “que la sociedad primitiva, hasta donde se tienen huellas legales reconocibles de ella, comienza con el grupo y no con el individuo”. Además refiere que Maine muestra a la comunidad aldeana de la India como un grupo de copropietarios. Los análisis de la comunidad aldeana ubicarían sus características como una etapa evolutiva y, por lo tanto, eventualmente, como un arcaísmo en la secuencia evolutiva. La perspectiva evolutiva de la propiedad corporada a la propiedad individual empataría muy bien con las ideas del liberalismo económico del siglo XIX, que se centra en el concepto de que, para progresar, es necesaria la propiedad privada. Domina el concepto del mercado y el homo economicus de Adam Smith. A finales del siglo XVIII, las ideas progresistas llegaron a las Indias. Según Ortiz (1993), el control que los pueblos de indios ejercían sobre recursos como el agua y la tierra (es decir, su organización corporativa) era visto por el reino como un obstáculo para el desarrollo. Con el argumento de que la propiedad comunal impedía el avance del país, se propone la división de la propiedad en Nueva España con el fin de sacar a los indios de la situación de atraso. Así, por ejemplo, a finales del siglo XVIII el Obispo de Michoacán Abad y Queipo indicó que la falta de propiedad privada en el pueblo y la mala división de las tierras producían efectos perjudiciales a la agricultura, la población y al Estado en general. Abad y Queipo propuso una serie de leyes que servirían para levantar a los indios de su miseria, reprimir sus vicios, y estrecharlos con el gobierno. Estas leyes también constituirían la base de un gobierno liberal y benéfico, y son del tenor siguiente: “la división gratuita de todas las tierras realengas entre los indios, (...) y la división gratuita de las tierras de comunidades de indios entre los de cada pueblo. (...)” (Abad y Queipo, 1813:26).

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El fraile Antonio de San Miguel era de similares ideas liberales. Para 1799, ya proponía la división de tierras comunales, y la igualdad civil de indios y españoles (Florescano, 1995). Sencillamente, al convertir la tierra en propiedad privada individual se estimularía la producción agrícola. El individualismo y la igualdad civil fueron los principios que se consideraron serían los que estimularían el progreso económico del país (Sánchez, 2008). La comunidad corporada como respuesta social a factores ecológicos: Mabry (1996) y Wade (1988) refieren que la comunidad corporada o la acción colectiva es una respuesta social a factores ecológicos. Las comunidades para resolver problemas de escasez y de riesgo desarrollan sistemas sociales de manejo de sus recursos. Esto se hace evidente en el análisis de normas creadas y aplicadas de manera consuetudinaria al interior de la comunidad. Estos sistemas sociales pueden permanecer a lo largo de los años, aún sin el reconocimiento del Estado. Precisamente por el trasfondo ecológico, y al repercutir positivamente la solución de cooperación comunitaria sobre la capacidad económica de cada unidad doméstica, es que persiste la comunidad organizada. Por lo tanto, en este análisis, los cambios en la legislación nacional que amparan o suprimen la base jurídica de la propiedad corporada afectan, pero no necesariamente anulan, a la comunidad y la organización social para hacer frente cooperativamente a factores de escasez y riesgo. Esta perspectiva se imbrinca con los análisis de la llamada Nueva Economía Institucional (North, 1993; Ostrom, 2000). Evidentemente, tanto la posición del individualismo como la de la comunidad corporada (donde el individuo está sujeto a las decisiones de la colectividad) son políticas que buscan el progreso y la mejora económica de los individuos. La comunidad corporada como un acto jurídico emanado del Estado: Para algunos autores la cualidad corporada de la comunidad es meramente resultado de la existencia de la propiedad corporada(Thouret, citado por Pallares, 18977). En la Nueva España, se establece cómo debe conformarse la propiedad corporada con la legislación indiana, y, si bien la ley de 1856 se suele tomar como el inicio para eliminar la propiedad que tanto instituciones civiles como religiosas poseían de manera corporada, es desde la Constitución de Cádiz que se hacen

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intentos por parte de la autoridad central por eliminar dicho tipo de propiedad. Su reaparición jurídica en 1915 va de la mano con el reparto agrario y con la creación de los ejidos y bienes comunales. Sin embargo, en 1992 hay un nuevo embate a la propiedad corporada con las modificaciones de la Ley Agraria, y, aunque no desaparece, la propiedad corporada se reduce. LA PROPIEDAD CORPORADA EN LA EPOCA COLONIAL: COMUNIDAD Y REPÚBLICA En la Nueva España se establecieron dos tipos de núcleos de población: los pueblos de indios y los pueblos de españoles, cada uno con su gobierno propio, el cual estaba en manos de un concejo o república. Tanto los pueblos de indios como los pueblos de españoles tuvieron bienes corporados, y sus concejos o repúblicas fueron las entidades con personalidad jurídica para llevar a cabo la administración de dichos bienes. Además de lo anterior, los concejos o repúblicas tenían la facultad para resolver asuntos penales y civiles de menor importancia en su jurisdicción (Meyer [1984], 19978; Margadant, 19719; Birrichaga y Suárez, 200810; Urquiola, 200611; Fernández, Endfield y O’Hara, 200412; García, 200213). Las mercedes de agua en la época colonial La forma de acceder a las aguas era mediante merced (concesión) de la Corona. No obstante, hay cierta discusión sobre si se podía dar el caso de que las mercedes de tierra incluyesen el agua. Tal y como, por ejemplo, señalan Margadant (198614, 198915, 199216) y Meyer, ([1984], 199717), ello se fundamenta especialmente en la designación de tierras de pan llevar (de riego), de pan coger, y de pan sembrar (temporal) (Galván, [1868], 199818; Mendieta, 192319). Sin embargo, otros autores tales como Sanz de Escobar (174920), Molina (190921), Dougnac (1984) y Baade, (199522) afirman que la merced de aguas iba siempre separada de la merced de tierra. La controversia aún no ha sido resuelta (Vergara, 199823). Por otra parte, en la legislación colonial se señala el uso común de los pastos, montes y aguas en donde no hubiere título o merced hecha por el Rey (Libro IV, Título 17, Ley V, Recopilación de Indias, [1681], 1976; Lasso de la Vega, [1761], 199824; Orozco, [1925] 197525).

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Durante esta época, los individuos, así como los pueblos de indios y los pueblos de españoles en tanto corporaciones reconocidas por la Corona, eran sujetos de obtener mercedes (Baade, 199526). Para la fundación de las poblaciones, la legislación indiana refiere que, por disposición de la Corona, el lugar descubierto podía ser ocupado y repartido en solares entre los pobladores, y que se debía procurar “tener el agua cerca, y que se pueda conducir al pueblo, y heredades, derivándola, si fuere posible, para mejor aprovecharse de ella, y los materiales necesarios para edificios, tierras de labor, cultura y pasto, con que excusaran el mucho trabajo y costas, que se siguen de la distancia. (…)”, (Libro IV. Título VII Ley I, de la Rec. de Ind., [1681], 1976). Además, se podían tener derechos de agua por otros mecanismos: Prescripción y composiciones: Además de las mercedes, el derecho de aguas se podía adquirir por prescripción. Es decir, por el simple hecho de hacer uso del agua. Y el uso del agua sin título a la vista se regularizaba mediante composiciones. (Margadant, 197127; Salazar, 200728; Libro IV, Título XII, Ley XV de la Rec. de Ind. [1681], 197629). Desde tiempos de la gentilidad: Asimismo, en las leyes de Indias se estableció que los indios no debían recibir agravio en sus personas y bienes, entre los cuales se encontraban las aguas y tierras previamente en su posesión. Se especificó el dejarles a los indios sus tierras, heredades y pastos cuando se otorgaran mercedes de tierra y agua a los españoles, y se emitieron leyes que hablaban sobre la confirmación de las posesiones y tierras pertenecientes a los indios, sobre la protección de sus derechos, y sobre la necesidad de repartirles lo necesario para labrar o hacer sus sementeras y crianzas (en Libro IV, título X, Ley I; Libro IV, Título XII, Ley V; Libro IV, Título XII, Ley XIV de la Rec. de Ind. [1681], 1976). Mercedes y administración del agua: algunas diferencias entre repúblicas de españoles y de indios En los pueblos de españoles, una vez fundados (lo que implicaba diversos trámites legales, así como la merced de tierras y aguas por parte de la Corona), el gobierno constituido repartía y mercedaba tierras de labor (llamadas suertes), las cuales pasaban a ser de propiedad privada (Mendieta y Núñez [1923], 1978:43). El

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gobierno constituido también mercedaba aguas para riego y uso doméstico a sus habitantes (Plan de Pitic, [1789]30, Salazar, 201031). Los gobiernos locales solo mercedaban lo que a su vez les había mercedado la Corona. Por lo tanto, esto no implicaba una descentralización en la capacidad de mercedar (concesionar) el agua. En los pueblos de indios, las tierras de repartimiento, también llamadas ‘de común repartimiento’, ‘de comunidad’, o ‘de parcialidades’, existían como el equivalente de las suertes. No había propiedad privada, sino usufructos. Mendieta (1965:170) señala que “la propiedad de estas tierras pertenecía a los pueblos y no a las personas particularmente consideradas; pero las familias se sucedían por generaciones en la posesión de ellas y así, de hecho, constituían una especie de propiedad privada familiar”. En el mismos sentido, Arrioja (2009:11) señala que, en el caso de Oaxaca, a medida “que las parcelas de repartimiento se destinaron para el sustento familiar, no fue extraño que algunos indios perpetuaran sus derechos de usufructo por varias décadas, e incluso que los traspasaran entre los miembros de su familia mediante mecanismos tradicionales, como las herencias y los matrimonios”. En ambas repúblicas, la administración del agua estaba a cargo del cabildo (Meyer [1984], 199732; Urquiola, 200633; Fernández, Endfield y O’Hara, 200434). En los pueblos de españoles el cabildo mercedaba el agua, pero este mecanismo no parece estar presente en los pueblos de indios. Clasificación de los bienes de las repúblicas a) Los bienes en los pueblos de indios: la clasificación de los tipos de bienes de los pueblos de indios no es uniforme, no obstante suele abarcar las siguientes categorías: Fundo legal del pueblo (destinada para la edificación de casas, plaza y templo); parcelas de común repartimiento (tierras usufructuadas, asignadas en parcelas a cada tributario para el sostenimiento familiar y que estaban incluidas en el fundo legal); bienes de comunidad o bienes de propios (terrenos, bienes y derechos provenientes de una concesión real con los cuales los pueblos obtenían ingresos para pagar tributos al rey); los ejidos, aguas, bosques, pastos, dehesas, y montes. (Ver Cuadro núm. 1. Los bienes en las repúblicas durante la época colonial).

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b) Los bienes en los pueblos de españoles: se encuentran algunas diferencias con respecto a los bienes en los pueblos de indios, básicamente porque los españoles tenían propiedad privada, y porque no había bienes destinados para que se pagara tributo con sus productos. (Ver Cuadro núm. 1. Los bienes en las repúblicas durante la época colonial). En ambas clasificaciones, las aguas no tienen un lugar destacado. Las aguas en las Repúblicas de españoles caían dentro del rubro de bienes de propios, mientras que en las Repúblicas de indios las aguas, aparentemente, podían quedar comprendidas en diversas categorías: el equivalente en agua a las tierras de común repartimiento, también en los bienes de la comunidad o de propios para arrendarse y generar ingresos para la comunidad y otros rubros (Ver Cuadro núm. 2 El agua en la república de indios). La administración del agua: los repartimientos Durante la Colonia, la administración del agua estaba en manos de Repúblicas y de individuos. No parece haber instituciones que reuniesen a los distintos mercedados (corporados o individuales). La gestión de espacios hidráulicos más amplios que la hacienda, las comunidades o las ciudades se resolvía recurriendo a los tribunales en caso de conflicto. La Audiencia enviaba a un experto que, después de reconocer el terreno y los derechos de agua de los usuarios, dictaba una sentencia. Esta sentencia podía consistir en un cuadro de distribución de las aguas, denominado repartimiento. Muy rara vez se propusieron guardias para vigilar la distribución durante estos repartimientos. Más bien, la expectativa era que cada usuario obedeciese el repartimiento, y, en todo caso, en las tasas partidoras estaban vigilantes los distintos usuarios. Lipsett-Rivera (1999) abordó este aspecto para la Puebla colonial, señalando que, ante el conflicto, se recurría a los tribunales y a otras medidas, tales como tumultos, montonerías y destrucción de infraestructura hidráulica --pero no se conformaron instituciones. Algunos estudios de caso que parecen típicos, son, por ejemplo, el del Valle de Texmelucan a fines del siglo XVII, donde los pueblos de indios apelaron a las

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autoridades para que hicieran justicia. En este caso, la Real Audiencia realizó vista de ojos a través de sus oidores, a fin de verificar los problemas que había entre éstos y particulares (Mazabel, 2007). Otro estudio es el realizado para el Valle de Atlixco, donde los labradores piden al virrey su intervención. Esta vez, el virrey nombra un Juez repartidor de aguas que realiza vista de ojos, recorridos, y recibe testimoniales a fin de llevar a cabo el repartimiento de agua del río Cantarranas en 1592. Una vez realizado el repartimiento, el “juez” se retira (Camacho, 2004). Un ejemplo más es “una larga y complicada controversia por el agua, que se resolvió obligando a trabajar conjuntamente a Pablo Montoya (un particular) con los indígenas de Santa Ana (comunidad indígena) en la construcción de un canal de riego” (Meyer, [1984], 1997:145). Hasta el momento, la evidencia apunta a que no existen instituciones ad hoc para la administración del agua que reuniesen a los distintos mercedados. Una excepción parece ser el caso de Yuriria, ya que hay mención de un comisionado encargado de repartir el agua, así como de multas (Acuerdo para el uso del agua de la Laguna de Yuriria de 178035). Por otra parte, el señalamiento de guardias en, que sepamos, dos repartimientos parece ser un indicador de conformación de instituciones, aunque fuese para el nombramiento y pago de los guardias (Palerm, 2009b: 231-232). Capacidad de toma decisiones del estado, precariedad de las mercedes de aguas Aunque la administración del agua era un asunto local y fracturado, en caso de conflicto había una intervención del estado, que, adicionalmente, conservaba la capacidad de modificar las mercedes. Los derechos de aguas estaban supeditados a nuevos criterios de la autoridad, lo que implicaba que no eran definitivos y tenían así un carácter precario (Margadant, 198936). Vergara (1998) indica que la intervención de la Corona se ejecutaba a través del establecimiento de prohibiciones y regulaciones de los ríos, al tiempo que establecía la forma en que los particulares debían realizar el aprovechamiento de los ríos.

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EL SIGLO XIX: IMPACTOS DE LA LEGISLACIÓN SOBRE LAS REPÚBLICAS En este apartado interesa analizar dos procesos: la pérdida de la capacidad jurídica de auto-administración de la propiedad corporada por las repúblicas (salvo que se constituyesen como ayuntamiento), y la individualización de la propiedad corporada debido a una exigencia jurídica. El primer proceso corresponde al período entre la Constitución de Cádiz hasta la Ley Lerdo (de desamortización); e segundo arranca desde la Independencia y aún antes, pero cobra impulso nacional con la Ley Lerdo. El abordaje desde la perspectiva de legislación tiene como principal problema el exceso: en el siglo XIX hay nueva legislación por los cambios entre gobierno federalista y centralista. Adicionalmente, cada estado en los periodos de gobierno federalista, o cada departamento en los periodos de gobierno centralista, generaba su propia legislación. Así, por ejemplo, en el caso del estado de Michoacán, en el que existe una compilación de legislación del siglo XIX, esta se extiende por treinta tomos37, mientras que la compilación del estado de México consta de treinta y un volúmenes38. Adicionalmente a la revisión de la legislación, se presenta el problema de abordar la operacionalización de la legislación y la reacción de las repúblicas. La presentación se centra, por lo tanto, en la legislación federalista (o centralista), y en algunos ejemplos de legislación estatal sobre la administración de los bienes de comunidad de las extintas repúblicas, anclados en estudios de caso sobre la respuesta de los pueblos. La substitución de repúblicas de indios y de españoles por ayuntamientos constitucionales La legislación que surge a partir del siglo XIX es de ideología liberal, que privilegia el individualismo por encima del corporativismo colonial y pregona la igualdad jurídica de todos los individuos (Roseberry, 2004). Con la Constitución de Cádiz desaparecen las repúblicas de indios y españoles. La propiedad corporada de las repúblicas de indios pierde el carácter jurídico de inalienable. Además, los españoles y mestizos pueden vivir en poblaciones que antes sólo eran de indios, y viceversa. En términos jurídicos, los indios desaparecen.

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En lugar de las repúblicas, las disposiciones de las Cortes de Cádiz señalan que deben conformarse ayuntamientos. La administración de la propiedad corporada de las republicas Una vez desaparecida la figura jurídica y territorial del pueblo de indios, pueblo compuesto, como señala García (2002:254), por la república y la comunidad; los pueblos que se constituyeron en ayuntamientos conservaron la propiedad y la administración. Sin embargo, la capacidad jurídica de los pueblos para auto-gobernarse desaparece cuando estos no se constituyen como ayuntamientos. Por lo tanto hay un problema jurídico, ya que, teniendo la propiedad, los pueblos no tienen la capacidad jurídica de administrar los bienes. Tampoco se incorpora legislación sobre la capacidad jurídica de las comunidades de contar con propiedades. La legislación de los estados se dirige a eliminar la propiedad corporada, y, con la Ley Lerdo de 1856 y la Constitución de 1857, se prohíbe cualquier tipo de propiedad corporada. Aparentemente, hay un desfase jurídico cuando se dan disposiciones en las que se refiere a propiedades de los pueblos, y se señala que la administración de esas propiedades queda a cargo de los ayuntamientos, si se considera que en la Constitución de Cádiz, en la Constitución federal de 1824 y subsecuentes de las entidades federativas sólo se hace mención del municipio y del ayuntamiento como figuras legalmente reconocidas. La pregunta a la que queremos dar seguimiento es ‘¿qué ocurre en particular con las aguas de los pueblos para uso doméstico y de riego?’. Nuevamente en paralelo con la situación contemporánea en la que las aguas para uso doméstico de los ejidos han pasado por ley a deber ser administradas por el ayuntamiento y el título del derecho de agua lo debe detentar el municipio, provocando así no pocos enfrentamientos entre la cabecera municipal y los pueblos del municipio (Galindo y Palerm, 201139), asimismo para las aguas de riego de los ejidos hay un proceso en marcha para conformar Unidades de Riego con un gobierno sobre las aguas independiente del ejido (Palerm, 2006:2; Palerm, 2009a: 204-208). Sin embargo, ¿fue realmente un problema la conversión de repúblicas a ayuntamientos?, ¿se puede afirmar que algunas o muchas repúblicas se quedaron sin la capacidad de gobernar sus propiedades? Existe diversa interpretación del impacto del cambio de repúblicas a ayuntamientos.

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a) El tamaño de los ayuntamientos. La exigencia de tamaño (número de población) es una consideración importante para constituirse como ayuntamiento, y ello parece ser un factor en la capacidad de las repúblicas para constituirse como ayuntamientos. El gobierno de las repúblicas de indios se realizaba por un cabildo electo por ellos mismos. No parece establecerse un mínimo de población, pero se refiere que con 40 casas se eligiese un alcalde y un regidor (Libro VI, título III, Ley XV de la Rec. de Ind. [1681], 197640). En la Constitución de Cádiz del 18 de marzo de 1812 se establece que deben ser mil los habitantes para conformar un ayuntamiento, (Constitución de Cádiz compilada en Tena ([1957], 200241). Dos meses después, el decreto del 23 de mayo de 1812 establece que los pueblos que no lleguen a mil habitantes, pero que por sus circunstancias consideren que deben tener ayuntamiento, deben informar a la diputación para que provea lo conducente, (Decreto compilado en Arevalo ([1829], 200542). Entre la Constitución de Cádiz y la primera Constitución del Estado mexicano de 1824 se emitió el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 1822. Con el Reglamento Provisional queda abolida la Constitución de Cádiz, pero siguen vigentes los decretos, leyes y órdenes emitidos hasta el 24 de febrero de 1821, entre ellos los que establecen el número de habitantes para la conformación de ayuntamiento. Así pues, los ayuntamientos con sus respectivas atribuciones subsistían (Reglamento compilado en Tena [1957], 200243). La primera Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 es de corte federal, y la legislación pertinente a los ayuntamientos corresponde a las legislaciones estatales. Aparentemente, las Constituciones estatales siguieron el patrón ya establecido para los ayuntamientos en la Constitución de Cádiz (Fraser, 1991). Por ejemplo, la Constitución del estado de Michoacán de 1825 requiere 4,000 habitantes para constituir un ayuntamiento (Constitución de Michoacán de 19 de julio de 1825, compilada en Coromina, 188644). La excepción45 es el estado de Oaxaca, ya que: “...como en ninguna otra entidad del país- la Constitución oaxaqueña de 1825 reconoció una forma de gobierno... que recibió el título de “república”

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y se fijó en aquellas localidades cuya población no llegara a los tres mil habitantes. (…) La propia carta concedió a las repúblicas las mismas estructuras y atribuciones que a los ayuntamientos; es decir, unos y otros se encargaron de cuidar el orden y la vida pública de los pueblos, formar reglamentos sobre salubridad y ornato, (…) construir y reparar edificios públicos, recaudar y administrar los fondos de propios y arbitrios, colectar las contribuciones que dictaba la ley, promover las actividades agrícolas, ganaderas e industriales, y formar padrones y toda clase de registros públicos”, (Arrioja, 2009:9; ver también: Mendoza, 200246). En 1835 se cambia de un gobierno federal a uno centralista. Según las Bases Constitucionales de 1835, se incrementa el número de habitantes requerido para constituirse como ayuntamiento: cuatro mil habitantes en los puertos, ocho mil en los pueblos, y, para poblados de menor tamaño, se señala el nombramiento de jueces de paz (Sexta Ley Constitucional, compilada en Tena, [1957], 200247). Cuando se establece de nueva cuenta el gobierno federalista, éste emite el decreto del 22 de agosto de 1846, que señala que, mientras se publica una nueva constitución, la Constitución de 1824 entrará nuevamente en vigor (Acta de reformas de 1847, en Tena, [1957], 2002). Después de la Ley Lerdo, el tamaño requerido de los ayuntamientos tiene poca importancia, ya que las leyes de desamortización prohíben la propiedad corporada, y, además, la Constitución de 1857 prohíbe a los ayuntamientos el tener propiedades (Constitución de 1857, en Tena, [1957], 200248). b) Otras interpretaciones. Existen algunos autores que consideran que con la Constitución de Cádiz, los pueblos sujetos (o barrios) se libran de los pueblos cabecera al lograr constituirse como ayuntamientos (Buye, 200749; Cortés, 200750). Sin embargo, hay señalamientos de la necesidad de matizar esta propuesta (Escobar, 200751). Apuntan, por ejemplo, que la relación pueblo cabecera/pueblos sujetos se conserva, solo que los pueblos cabecera pasan a estar en manos de no-indios, mientras los pueblos sujetos mantienen su carácter indio (Escobar, 200752; Ortiz y Serrano, 200753). En el mismo sentido, pero ubicando el conflicto en el mismo pueblo cabecera (Henao, 198054, ver también Sánchez, 200855). También se apunta que no todas las repúblicas de indios aprovecharon la coyuntura de la legislación

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de las Cortes de Cádiz para convertirse en ayuntamientos (Serrano, 200756) y que, para el caso del estado de México, pocas repúblicas de indios se transforman en ayuntamientos (Ortiz y Serrano, 200757). Por otra parte, en algunos casos las formas de gobierno locales se mantuvieron al margen de la legislación (Hernández, 200758; Cortés, 200759, Güemez, 200760; Salinas, 201161). En todo caso el aspecto que interesa es qué sucedió jurídicamente con los bienes de los pueblos que no se constituyeron en ayuntamiento. Legislación sobre la administración de la propiedad corporada de los pueblos En los periodos de gobierno federal, la posible legislación sobre cómo administrar los bienes de comunidad de las repúblicas que no eran ayuntamientos correspondió a los estados. Esto se debe a que, a nivel federal, tanto la Constitución de 1824 como la Constitución de 1857 no legislaron sobre el municipio (Ochoa, 198562), y no parece haber legislación alguna del gobierno centralista al respecto, aunque puede existir una legislación de los departamentos. Sobre la capacidad administradora del municipio existe el antecedente del decreto del 23 de junio de 1813, que señala la capacidad jurídica de los ayuntamientos para la administración e inversión de los caudales de propios y arbitrios (Decreto compilado en Arevalo ([1829], 200563). Falta revisar las constituciones de los estados para ver qué dicen sobre el municipio y el ayuntamiento. Se buscó, por lo tanto, expresamente legislación estatal (o su equivalente en el periodo centralista: departamental) que abordase la administración de la propiedad corporada de anteriores Repúblicas no constituidas como ayuntamientos. Como se señaló más arriba, es para los estados de México y de Michoacán que se ha localizado compilación de legislación estatal o departamental. La información preliminar que aportan investigadores, así como los primeros resultados de la revisión de las compilaciones sobre legislación, apuntan a que, efectivamente, los ayuntamientos tomaron la administración de los bienes de comunidad en sus manos, y que ello fue motivo de conflicto y de precisiones en la legislación (Cortés, 2003; Ortiz, 1993; Birrichaga y Suárez, 2008; Coromina, 18861887; y Téllez y Piña, 2010). Queda para un trabajo posterior la presentación y

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análisis de la situación jurídica sobre la administración de la propiedad corporada, y, en particular, determinar la situación administrativa de las aguas de los pueblos. Eliminación de la propiedad corporada antes de las Leyes de Reforma Paralelamente a la substitución de las repúblicas por ayuntamientos, hay un proceso de legislación a favor de la individualización de la propiedad corporada. Posterior a la Constitución de Cádiz, se emitieron una serie de disposiciones legales por las Cortes de Cádiz (ver Cuadro núm. 3. Decretos de las Cortes de Cádiz a favor del reparto), y otras más en las entidades, que apuntaban a la disolución de la propiedad corporada. Además, entre la Constitución de Cádiz y la primera Constitución del Estado mexicano, se emitió un reglamento que legisla sobre el reparto de las tierras comunales. En el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 1822, se establece como atribución de diputados provinciales, ayuntamientos y alcaldes, la elaboración y envío de planes de repartimiento de tierras al gobierno supremo. En el numeral 3 del artículo 90 del reglamento mencionado se establece que tanto el diputado provincial, como los ayuntamientos y los alcaldes de acuerdo con el Jefe Político, deberán “...enviar al Gobierno supremo para su aprobación planes juiciosos, según los cuales pueda hacerse efectivo en plena propiedad entre los ciudadanos indígenas y entre los beneméritos, industriosos, el repartimiento de tierras comunes o realengas, salvo los ejidos precisos a cada población” (Reglamento, compilado en Tena, [1957], 2002). Leyes anticomunales en los estados. Después de la independencia en varios estados, se aprobaron leyes ordenando a los pueblos el repartimiento de tierras comunales (Knowlton, 1995). Fraser (1991) menciona que, hacia 1829, en los estados de Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Texas, Jalisco, México, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Sonora, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas se habían dictado leyes anticomunales. La mayoría de las cuales ordenaba únicamente la división de terrenos propios y de repartimiento, dejando a los ejidos inafectados; pero en los estados de Puebla, Sonora, Sinaloa y Zacatecas toda la tierra comunal quedó sujeta a división, incluyendo el fundo legal. Para 1847, el sentimiento anticomunal era fuerte en los estados y en la capital. Queda para un trabajo posterior la presentación y análisis de la situación jurídica sobre la propiedad corporada, y, en particular, el determinar la propiedad sobre

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los derechos de las aguas de los pueblos basados en la legislación que se encuentra compilada para el estado de México y de Michoacán.64 Pero hay indicaciones de que, en Michoacán, las aguas no se incluyeron en la individualización de la propiedad (García, 199265) ELIMINACIÓN NACIONAL DE LA PROPIEDAD CORPORADA: LAS LEYES DE REFORMA Las Leyes de Reforma de 1856. También denominadas Ley Lerdo o Leyes de Desamortización, estas tuvieron como propósito el poner en circulación los bienes inmuebles de las corporaciones de carácter perpetuo o indefinido. La propiedad corporada de las anteriores Repúblicas de Indios estaba incluida en esta categoría (Labastida, 189366). Sobre los bienes afectados y cómo fueron afectados (ver Cuadro núm. 4. Bienes de los pueblos que fueron afectados por la desamortización). Las aguas de los pueblos La legislación (e investigación) sobre la desamortización de la propiedad corporada de las antiguas Repúblicas se ha centrado en la tierra, obviando otros recursos. La información sobre el recurso del agua es singularmente parca. El único señalamiento directo sobre aguas que se ha ubicado en la legislación sobre desamortización es el siguiente: “Si las aguas son de uso público o corrientes, no están comprendidas en la ley de desamortización; pero que si lo están en caso de que sean estancadas y correspondan a terrenos de corporaciones”. (Circular resolución del 27 de agosto de 1856, compilada en Labastida, 1893:23). En comentario sobre la legislación, Escobar (2005) señala que, si bien al principio se pudo considerar que la legislación estaba básicamente dirigida a repartir y distribuir la tierra, con la resolución del 27 de agosto de 1856 se estipuló que el agua también formaba parte de la legislación. Carecemos de la definición sobre “aguas de uso público o corrientes”, así como de la definición de “aguas estancadas”. Sin embargo, una resolución del 18 de sep-

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tiembre de 1856 señala que el avalúo de las aguas estancadas debía verificarse “por cuenta del comprador en las ventas convencionales, del mejor postor en los remates, y del beneficiado en caso de prestación personal”, y que el cumplimiento de las disposiciones citadas correspondía a la primer autoridad política del lugar en que se encuentren los bienes en cuestión. Presumiblemente, las aguas de uso público incluyen a aquellas para uso doméstico, pero no tenemos claro en qué categoría caían las aguas para riego en los solares y huertas del fundo legal, así como aquellas destinadas para el riego de otras tierras de los pueblos. Por otra parte, las aguas que se arrendaban y que estaban comprendidas dentro de los bienes de comunidad presumiblemente pasaron a los arrendatarios. El Imperio de Maximiliano. La legislación que se emitió durante el Imperio de Maximiliano también forma parte de esta etapa histórica. La ley del 1º de Noviembre de 1865 establecía el procedimiento a seguir para dirimir los conflictos en materia de tierras y aguas entre los pueblos, (Ley, en Fabila, 1981). La ley del 26 de Junio de 1866 ordenaba que los terrenos que pertenecieran a los pueblos en forma colectiva fueran adjudicados en propiedad individual a los vecinos en cuestión, prefiriéndose los pobres a los ricos, los casados a los solteros, y los que tenían familia a los que no la tenían. Ciertos terrenos de aprovechamiento colectivo continuarían bajo un régimen de propiedad comunal (Ley, en Fabila, 1981). Finalmente, la ley del 16 de octubre de 1866 prevé la creación de terrenos comunales para cada población (un fundo legal y un ejido), (Ley, en Fabila, 1981). No se hace mención especial para las aguas. A decir de Margadant (1971:176), en esta legislación “se observa un liberalismo (la preferencia por la propiedad privada) templado por consideraciones de sentido común y respeto a las tradiciones locales”. No obstante, Pani (1998) menciona que no se pretendía proteger formas de vida y de producción tradicionales con la legislación imperial, toda vez que proponía integrar a las comunidades a una economía dinamizada por la propiedad privada.

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Reacciones en defensa de la propiedad corporada y estrategias de las comunidades para sobrellevar la desamortización Después de 1856, las poblaciones indígenas recurrieron a varias acciones legales a fin de conservar sus bienes comunales, tales como “alternativas no violentas por parte de los comuneros indígenas para negociar qué parte de la tierra y agua quedaría de manera comunal, dándoles un marco de legalidad que tuvieron que aceptar los gobiernos estatales y nacionales. (…) Estas alternativas fueron, desde la manera en que presentaron los amparos hasta la conformación de sociedades agrarias y condueñazgos” (Escobar y Gutiérrez, 2007:253-254). La capacidad de litigar de los pueblos. Orozco realiza un análisis de las disposiciones que se emitieron durante La Reforma, y argumenta que no se suprimió legalmente la comunidad, ya que, si bien “las leyes de reforma abolieron y prohibieron las comunidades religiosas, cofradías y hermandades; (…) ninguna ley ha suprimido la Iglesia, el Estado, el Municipio ni las comunidades indígenas” (Orozco, [1925] 1975:101). No obstante –señala– los tribunales negaron toda posibilidad de defensa a las comunidades, ya que consideraron que, una vez “decretada la desamortización de bienes de comunidades de indígenas (…); y siendo la propiedad común la razón de ser de dichas comunidades, extinguida legalmente esa propiedad, las comunidades mencionadas han dejado de existir ipso facto como personas jurídicas” (Orozco, [1925] 1975:99). En los litigios, por lo tanto, se tuvieron que presentar como individuos que actuaban colectivamente, algunos ejemplos en SCJN (199267), García y Román (200768), Camacho (200769). De propiedad corporada a condueñazgos. La figura de condueñazgo o sociedad privada de accionistas copropietarios permitió que las tierras comunales de los pueblos pudieran dejar de ser jurídicamente comunales, sin necesidad de un reparto individual. En Veracruz, aparentemente, esta fue una propuesta del mismo gobierno estatal, al que le urgía la desamortización de las tierras para “poder sujetarlas al pago del impuesto predial” (Kourí, 2001:210), y como una solución frente a la resistencia indígena de las comunidades (Escobar, 2001:19270). Otros casos de condueñazgo se reportan para el oriente potosino (Escobar, 2008) y para Oaxaca (Mendoza, 2008).

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De propiedad corporada a sociedades agrícolas. Otra estrategia consistió en la conformación de sociedades agrícolas (Camacho, 2007; Mendoza, 2008). Lo que se puede observar es la insistencia de las comunidades por conservar sus bienes comunales, incluso muchos años después de la desamortización, (Marino, 200871). LEGISLACIÓN SOBRE AGUAS EN EL SIGLO XIX En este apartado retomamos la legislación del siglo XIX referida en general a las aguas, y no aquella específica a las aguas de los pueblos. Con la Independencia, la legislación colonial seguiría vigente. Ello se indica explícitamente en, por ejemplo, la Constitución de Apatzingán del 22 de octubre de 1814 (Constitución, compilada en Tena, [1957], 200272), el Tratado de Córdoba del 24 de agosto de 1821 (Tratado, compilado en Tena, [1957], 200273), y el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano del 18 de diciembre de 1822 (Reglamento, compilado en Tena, [1957], 200274). Mientras no se emitiese una nueva legislación republicana, un orden de prelación en el que habían de aplicarse los cuerpos jurídicos de la época anterior debía imperar en la resolución de negocios jurídicos. Ello consistía en darle prioridad (en los periodos federalistas, que no en los centralistas) al derecho emitido por los congresos mexicanos, seguidos por los Decretos de las Cortes de España y Reales Cédulas de 1811 a 1821, y así sucesivamente, hasta llegar al derecho romano (Aguirre, 1849; González, 1988; Cruz, 2005: xxxii, xxxvii). En los ordenamientos de carácter nacional, tales como la Constitución de 1824, las Leyes Constitucionales de 1836, y la Constitución de 1857, no se hace mención alguna sobre las aguas de la nación –excepto una, que refiere a aguas marítimas (Constitución de 1857, compilada en Tena [1957], 200275). La primera declaración republicana nacional o federal sobre las aguas aparentemente corresponde a una disposición por parte del Gobierno de Antonio López de Santa Anna sobre los ramos que forman la Hacienda pública: el Decreto de fecha 29 de mayo de 1853, en el que en su artículo primero señala que “Pertenecen al dominio de la Nación (…) Los ríos, sean o no navegables; los arroyos, corrientes de agua y lagos que estén situados en terrenos que no sean de dominio

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de particulares” (Decreto, en Carmona, 2007). Sin embargo, este artículo no hace mención sobre los títulos de concesión. En 1863 se publica un decreto con el sugerente título de ‘Ley general sobre tierras y aguas’, que no obstante se refiere única y exclusivamente a la conversión de medidas antiguas al sistema métrico decimal. Se hace alusión a esta “ley” en el decreto número 10, que es dado por el S. Congreso de Nuevo León el 24 de noviembre de 1873, en el artículo 1º. Se lee “Queda vigente y debe aplicarse en el Estado la ley general sobre tierras y aguas expedida por el Gobierno de la Unión, en virtud de sus amplias facultades, con fecha 2 de agosto de 1863 y publicada en esta capital en 20 del mismo mes y año”. Ese mismo decreto del 2 de agosto de 1863, es compilado por Pallares (1897), bajo el título “Disposiciones sobre medidas de terrenos y aguas”, mientras que Fabila (1981) lo compila con el título “Ley implantando el sistema métrico decimal para las medidas de tierras y aguas”. La siguiente declaración republicana nacional o federal sobre las aguas aparentemente corresponde a los Códigos Civiles de 1870 y de 1884 con vigencia nacional76, en que señala que las aguas son propiedad del Estado (artículos 1066 y 965 respectivamente). Además, señala que “La propiedad que sobre las aguas pertenece al Estado, no perjudica los derechos que sobre ellas hayan adquirido las corporaciones o particulares por título legítimo, según lo que se establece en las leyes especiales sobre bienes de propiedad pública. (…).” En los artículos 1087 y 984 respectivamente se establece que “Las concesiones de aguas que se hicieren por autoridad competente, se presumen que son otorgadas sin perjuicio de otros derechos anteriormente adquiridos”. (En Código Civil, 1870 y Código Civil, 1884). Las primeras legislaciones federales sobre aguas corresponden al Porfiriato, siendo la primera la Ley sobre vías generales de comunicación de 1888 (Palerm, 2004). Esta Ley se considera un marcador del inicio del centralismo en el manejo de las aguas. Hay una cierta confusión en torno a lo que dice la Constitución de 1857 sobre las aguas. Trujillo (2011:156) señala que “el régimen de aguas no fue determinado por los estados [sic] hasta la Constitución de 1857. En esa Constitución se estableció la facultad de la Federación para legislar en materia de vías generales de comunicación”. Si bien es cierto que la Constitución de 1857 faculta, en el artículo 72, fracción XXII, al congreso “para dictar leyes sobre vías generales de comunicación

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y sobre postas y correos; para definir, determinar cuáles son las aguas de jurisdicción federal y expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las mismas”, este texto no se incorpora al artículo de la Constitución sino hasta la reforma del 20 de junio de 1908 (Constitución de 1857 y decreto de reforma, en Tena, [1957], 2002). Otro autor, Ortiz (2011:20), señala que “la Constitución de 1857, en su artículo 42, establecía lo que debía entenderse como territorio nacional; también señalaba cuáles eran las partes integrantes de la Federación, e incluía diversos ordenamientos que tenían relación con las llamadas aguas de propiedad nacional” (Ortiz, 2011:20). Sin embargo, el artículo 42 que refiere dicho autor sólo señala “el territorio nacional comprende el de las partes integrantes de la federación, y además el de las islas adyacentes en ambos mares” (Constitución de 1857, en Tena, [1957], 2002). Ratificamos: en ninguna parte de la Constitución de 1857 hay referencia a las aguas. El origen de la confusión posiblemente está en una mala lectura de Herrera y Lasso, donde señala que “el movimiento de centralismo, iniciado al promulgarse la Constitución de 1857, se acentúo francamente con la expedición de las leyes sucesivas del 5 de junio de 1888, 6 de junio de 1894, 17 de diciembre de 1896 y 18 de diciembre de 1902” (Herrera y Lasso, [1919], 1994:131). En breve, es hasta fines del siglo XIX que el Ejecutivo federal comienza a legislar sobre agua, y a otorgar concesiones. Autores citados al inicio de este ensayo (Aboites, 1998:46; Tortolero, [2000], 2006:53-54; Bojórquez, 2006:113; Domínguez, 2008:345; Birrichaga, 2009:43; y, Sánchez y Sandré, ms) señalan que la facultad de otorgar concesiones radicaba en los estados, e incluso en los municipios. Esta versión, según Tortolero, tiene el siguiente origen: Molina Enríquez ([1909], 1979: 252), basado a su vez en Luis Cabrera (1972: 361), señala que “(...) en el período colonial los intendentes tenían plena jurisdicción para tratar los asuntos de agua y de aplicar la Real Orden de 1754, [y que] al efectuarse la independencia, ‘por una especie de inercia administrativa’, los estados continuaron conociendo en materia de aguas sin disputa alguna. (...) La centralización, como la llama Molina Enríquez, se da sobre todo al finalizar el siglo con las leyes del 5 de junio de 1888, 4 de junio de 1894, 17 de diciembre de 1896 y 18 de diciembre de 1902). (...)” –y Tortolero continua con el señalamiento de que— “Herrera y Lasso ... ([1919], 1994:136) casi copia al calce la tesis Cabrera-Molina cuando dice: ‘Durante el Virreinato, los intendentes coloniales tenían plenas facul-

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tades para conocer los asuntos de tierras y aguas, por lo cual, y por simple razón de inercia, los estados al establecerse un régimen federal, trataron de conservar su independencia en estas materias’.” (Tortolero, 2008: 24 y 26). La matriz de periodización que señala la centralización de los asuntos de aguas a partir de 1888 corresponde a Cabrera-Molina Enríquez (Tortolero, 2008: 23-27). Las primeras legislaciones sobre aguas Las primeras legislaciones sobre aguas en la República mexicana son las de los estados: la del estado de Sonora de 1843, las de Nuevo León y Coahuila entre 1851 y 1893, y la de Zacatecas de 1863. Estas legislaciones preceden a las primeras leyes españolas de aguas de 1866 y 1879, y la de Sonora precede al Reglamento General de Aguas o Reglamento para el Juzgado de Aguas de Mendoza, emitido en 1844. (Ver Cuadro núm. 5 Legislaciones sobre aguas en los estados). En el contexto de la tesis sobre la inercia de Cabrera-Molina, resulta muy sugerente que en la legislación de Nuevo León y Coahuila de 1857 se toma nota de la fluctuación entre gobierno centralista y federalista, y se reconocen las mercedes otorgadas por el gobierno central y por el estado, así como las antiguas mercedes coloniales: “Artículo 10. Es atendible y legítima toda merced concedida por el Gobernador del Nuevo Reino de León D. Martín de Zavala77 y sus antecesores, así como la que proceda de otros gobernadores anteriores ó coetáneos en Coahuila y posteriores en una y otra provincia, si por sus instrucciones ó diplomas se demuestran que hayan tenido facultades para mercedar tierras y aguas: son también legítimas las concesiones que aparezcan compuestas ante el virreinato de México ó juzgado privativo de composiciones, y las hechas por las legislaturas de Nuevo-León y Coahuila en las épocas en que ha regido el gobierno federal, o por el supremo nacional cuando ha estado centralizado el poder.” (Decreto Núm. 11 del Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo-León y Coahuila, 1857, comp. en Sandré y Sánchez, ms).

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Primeras legislaciones republicanas sobre mercedes o concesiones La primera legislación que se refiere explícitamente a otorgar mercedes o concesiones de aguas en la república mexicana data de 1851, y corresponde al estado de Nuevo León, seguida por la de 1857, que corresponde a los estados de Nuevo León y Coahuila. En 1851 se señala que “El agua que resulte sobrante después de cubiertas las mercedes registradas es propiedad del Estado” (Art 16, Decreto Núm. 122, 3 de Octubre de 1851); En el Decreto Núm. 11, 16 de Octubre de 1857 se repite el artículo 16, ahora como artículo 19, y se señala un procedimiento para que el gobierno del estado otorgue mercedes de aguas. En 1860, el gobernador señala que los ojos de agua aislados en propiedad particular no son denunciables. La legislación de Zacatecas de 1862 no refiere explícitamente el otorgamiento de mercedes, pero sí refiere permisos para la construcción de obras sujetos a, “primero: que necesitan dicha gracia para sus labores propias, y, segundo, que de ella no se seguirá perjuicio de tercero” (Art 4). Los permisos los otorga el gobierno del estado por 5 años (Art 7). Sin embargo, no hay necesidad de permiso para los propietarios o arrendatarios en la vega de los ríos (Art 1, 2, 3). La legislación también señala que “Quedan subsistentes los privilegios concedidos hasta la fecha para aprovechamiento de aguas...” (Art 8) con algunas condicionantes, mismas que se refieren en el Art 4, y que incluyen la presentación de los títulos. Aunque ya posteriores a la ley centralizadora de 1888, otras legislaciones estatales que legislan sobre concesiones son Guerrero (1898), Oaxaca (1905), Michoacán (1906), y Guanajuato (1923). Las aguas de los pueblos en las legislaciones estatales En un apartado anterior, planteamos el problema de la administración de la propiedad corporada de las anteriores Repúblicas no constituidas como Ayuntamientos. La evidencia de la legislación, señalamos, sugiere que los Ayuntamientos toman la función de la administración. En otro apartado, planteamos el problema del destino de los derechos de aguas (de uso doméstico y de riego) de las anteriores Repúblicas con la desamortización, así como su administración. Las legislaciones estatales de aguas que se refieren a aguas de los pueblos, tomas de agua de comunidad o presas de comunidad, aguas de Corporaciones

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son de los siguientes estados: Sonora (1843 y 1933), Guerrero (1988), Oaxaca (1905), Michoacán (1906). Se incluye en el análisis la legislación estatal sobre aguas posterior a la legislación federal centralizadora, ya que, a partir de aquella fecha (1888), hay aguas de jurisdicción federal, pero también hay aguas de jurisdicción de los estados (Palerm, 2004:2; Palerm, 2009b:229). La jurisdicción de los estados iría desapareciendo en el siglo XX con las declaratorias de aguas de jurisdicción federal, y con la ampliación de la definición de las aguas sujetas a la legislación federal. La ausencia de capacidad jurídica de los pueblos o comunidades de autogobernase es aparentemente la preocupación detrás de legislaciones estatales sobre administración de las aguas de los pueblos, tomas de agua de comunidad o presas de comunidad, aguas de Corporaciones. La autoridad administrativa sobre estas aguas es, por lo que entendemos, el Ayuntamiento, pero, frecuentemente, la administración se delega a los usuarios mismos. Destaca que se incluyen explícitamente aguas para riego. Pero, además, y considerando que corresponden las leyes estatales sobre aguas a legislación posterior a las leyes de Reforma y anterior a la ley agraria de 1915, salvo la legislación de aguas del estado de Sonora (1843), hay un reconocimiento explícito a la existencia de aguas de los pueblos. Es decir, a aguas de propiedad corporada, o, dicho de otra manera, aguas cuya concesión no ha sido individualizada. Es interesante que en algunos casos se señale que las atribuciones del municipio se extienden también sobre las de aguas de particulares con tomas mancomunadas. La problemática de la administración de toma mancomunada ha sido resuelta en otros países al legislar sobre la obligatoriedad de asociación, en Chile bajo la figura de asociaciones de canalistas, y en España bajo la figura de comunidades de regantes (Palerm, 2009c). (Ver Anexo núm. 1) Reglamentos de aguas de municipios La existencia de aguas de los pueblos o aguas que mantienen su carácter corporado se encuentra también en un pequeño conjunto de reglamentos emitidos por municipios después de las Leyes de Reforma. Los reglamentos se refieren a agua para riego, y a veces exclusivamente a aguas para riego. (Ver Cuadro núm. 6. Reglamentos que aluden a las aguas de los pueblos).

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Concesiones de aguas por los Ayuntamientos En la época colonial, los cabildos de las Repúblicas de españoles concesionaban aguas que, a su vez, tenían ya concesionadas. Lo mismo parece ocurrir durante el siglo XIX. Por ejemplo, un decreto de Michoacán en 1857 señala que “se autoriza a los ayuntamientos para que puedan conceder el uso de las aguas que no sean de propiedad particular, y que estén introducidas al fundo de sus respectivos pueblos” (Decreto del Estado de Michoacán del 18 de noviembre de 1857, En Coromina, 1887a:16). En el mismo tenor están los artículos ya citados sobre las legislaciones estatales sobre aguas de Oaxaca (1905), y de Michoacán (1906). LA REAPARICIÓN DE LA PROPIEDAD CORPORADA EN MÉXICO, SIGLO XX: LOS EJIDOS Y BIENES COMUNALES. La lucha armada a principios del siglo XX genera una serie de cambios en la legislación mexicana. Entre estos se encuentra la ley agraria de 1915, que es perfeccionada con el artículo 27 de la Constitución de 1917. Con este artículo nuevamente se establece la propiedad corporada en México, misma que es reglamentada con la legislación agraria. “En muchos sentidos y en muy diversos lugares subsistieron, se reforzaron y se expandieron antiguas formas de usar el agua, basadas en arreglos y normas locales, muy relacionadas con la pequeña escala de los aprovechamientos. Es el mundo de la pequeña irrigación o del agua pueblerina, como se le denomina aquí para descartar no lo opuesto a las ciudades sino el manejo local -y no nacional- de las aguas. Lo más paradójico es que la expansión del agua pueblerina tiene que ver con otras políticas gubernamentales: la reforma agraria y la inversión en pequeña irrigación.” (Aboites, 2009: 15). CONCLUSIONES La desaparición de las Repúblicas (que al tiempo que tenían propiedad se gobernaban) crea el problema de pueblos que, siendo propietarios, no tienen capacidad jurídica de administración. Estamos rastreando la legislación que hace al Ayunta-

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miento administrador de las propiedades corporadas. A partir de las Leyes de Reforma, se prohíbe todo tipo de propiedad corporada (salvo aquella de uso público), pero la legislación de la desamortización en torno a las aguas de los pueblos es poco abundante y poco precisa. La evidencia de las legislaciones estatales sobre aguas apunta a que los ayuntamientos son administradores de las aguas de los pueblos, tomas de agua de comunidad o presas de comunidad y aguas de Corporaciones. Destaca que las aguas a las que se refieren no son necesariamente aquellas para el abasto de uso doméstico, incluyen, o incluso se refieren exclusivamente, a las aguas de riego. También destaca que los Ayuntamientos no necesariamente administraron directamente las aguas, sino que delegaron en los usuarios la administración. La historia jurídica de las aguas de los pueblos se mueve en paralelo a la resistencia de las antiguas Repúblicas de indios, resistencia que abarcó simplemente rehusar aceptar la nueva legislación, o mediante estrategias legales como los condueñazgos y las sociedades agrícolas. Por último queremos, señalar que la legislación de los estados no se incorpora en las historias de la legislación de las aguas en México realizados por juristas (Lanz Cárdenas, 1982; Dentón, 2006; Domínguez, 2008; Rabasa y Arriaga, 2011). Agradecimientos. Investigación realizada con el apoyo del proyecto CONACYT núm. 79201 “Juntas de aguas, unidades de riego y otras organizaciones de regantes. Impacto de los cambios en la legislación sobre las capacidades autogestivas de los regantes” Referencias Abad y Queipo, Manuel 1813 Colección de los escritos más importantes que en diferentes épocas dirigió al gobierno Don Manuel Abad y Queipo, Obispo electo de Michoacán. México en la Oficina de D. Mariano Ontiveros. CONACULTA, México. Re-edición a cargo de CONACULTA, con un estudio introductorio y notas de Guadalupe Jiménez Codinach, México. Aboites Aguilar, Luis 1998 El agua de la nación. Una historia política de México (1888-1946). CIESAS, México. Aboites Aguilar, Luis 2009, La decadencia del agua de la nación, estudio sobre desigualdad social y cambio político en México (segunda mitad del siglo XX). El Colegio de México, México. Aboites Aguilar, Luis; Diana Birrichaga Gardida, Rocío Castañeda González y Blanca Estela Suárez Cortéz, 2000 Fuentes para la historia de los usos del agua (1710- 1951), CIESAS, CNA, México. Aguirre Loreto, Ignacio (Comp.) [1849], 1993 Colección de acuerdos, órdenes y decretos sobre tierras, casas y solares de los indígenas, bienes de sus comunidades y fundos legales de los

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las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 473

Cuadro núm. 1. Los bienes en las repúblicas durante la época colonial República de indios

República de españoles

Fundo legal del pueblo, “tierras para vivir y sembrar”; “tierra por razón de pueblo”; “seiscientas varas que como a pueblo les pertenece”.- El área que el rey otorgaba a un pueblo al momento de su fundación, destinada para la edificación de casas, plaza y templo. Las casas tenían huerta y lugar para animales de granja (Tanck de Estrada, 1999:78i).

Traza de la ciudad.- Terreno que salía del dominio de la Corona, y pasaba a dominio de los primeros pobladores o al ayuntamiento que la erigía y que se encargaba de distribuirlo. (Pallares, 1897:VIIIii).

La propiedad privada de los indios, denominada “de propio peculiar adquisición”. (Tanck de Estada, 1999:79-82).

Propiedad privada.- Solares repartidos en suertes una vez hecha la fundación del pueblo. (Libro IV. Título VII Ley 1ª; ver también Libro IV. Título VII. Ley XI. Rec. de Ind). Otras propiedades privadas adquiridas por merced, prescripción, composición y compra, entre ellas el agua.

Parcelas de común repartimiento o tierras de parcialidades indígenas o de comunidad.- Tierras usufructuadas, asignadas en parcelas a cada tributario para el sostenimiento familiar (Mendieta y Núñez, 1965:170; Knowlton, 1991:184; Menegus, 2001; Arrioja, 2009:10) y que estaban incluidas en el fundo legal (Mendieta y Núñez, 1965:170; Knowlton, 1991:184; Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:171-175; Tanck de Estrada, 1999:78). Bienes de comunidad, fondos de comunidad de indios, o bienes de propios.- A finales del siglo XVIII, con la Instrucción de Intendentes “los fondos de comunidad de indios quedaban sometidos al mismo régimen que los propios y arbitrios” (Ortiz, 1993:163; Ordenanza de Intendentes, [1786], 2008iii). Con ello se empezó a utilizar como sinónimos los propios y arbitrios con bienes de comunidad. Los propios eran los terrenos, bienes y derechos provenientes de una concesión real; con los cuales los pueblos obtenían sus ingresos, eran administrados por los ayuntamientos, con sus productos se pagaban tributos al rey, también se utilizaban para las necesidades del pueblo, para pagar sueldos del gobierno interior, y realizar obras públicas, entre otros (Mendieta y Núñez, 1965:170; Margadant, 1971:85; Knowlton, 1991:184; Menegus, 2001; Arrioja, 2009:10).

474 Antología sobre riego

Propios, y Pósito.- Las cosas que pertenecen solo al concejo de la ciudad. Por este nombre entendemos: las heredades, casa u otro cualquier género de hacienda que tienen las ciudades para los gastos públicos. (LI.1 y 2. tít. 13. Lib. 4 Rec. de Ind. Y todo el tít. 5. lib 7 Rec. de Cast.; LI. 2. y 5. Tit 13. lib. 4 Rec de Ind. Real Instrucción de 30 de julio de 1760, Rec. de Cast. e Instrucción citadas por Álvarez [1826], 1982). La Administración y las cuentas de propios se regulaba en el. Tit.13 libro 4 de la Rec. Ind. (Dougnac, 1994). Aguas.- “En el caso de Puebla el agua y la tierra fueron concedidas a la ciudad como parte de sus propios desde 1548 y el ayuntamiento era la institución que debía otorgar estas mercedes (...) El agua, como se ha mencionado era propiedad de la ciudad, por lo tanto no se vendía, sólo se cedía su usufructo...” (Salazar, 2010:2-3). Arbitrios.- Eran los ingresos discontinuos como contribuciones ocasionales. Tít. 15 libro 4 Rec. de Ind. “se debe decir lo mismo que de los propios pues tienen un mismo fin y destino” (Álvarez [1826], 1982:24).

Ejidos.- Consistían en terrenos ubicados a la salida del pueblo. Estos terrenos podían ser montes o agostaderos que se utilizaban para el paso y pastoreo de ganado, aprovechamiento de recursos naturales, recreación, y para absorber el crecimiento de la población, Su aprovechamiento era comunal, y no podían ser cultivados (Mendieta y Núñez, 1965:170; Margadant, 1971:85; Knowlton, 1991:184).

Ejido.- Campo que está a la salida de las ciudades, villas, pueblos y lugares, en el cual no se planta ni se labra, y es común a todos los vecinos. Su extensión debe ser tanta se necesite para que, en el caso de que crezca la población, siempre quede bastante espacio para que la gente pueda salir a recrear, y los ganados puedan pastorear sin hacer daño (L.13. tít. 7. Lib. 4 de la Rec. de Ind.). Álvarez señala “unas leyes señalan una, otras dos leguas a los ejidos; pero esto debe ser arbitrario con atención a las circunstancias de la grandeza de las ciudades, número de sus habitantes” (Álvarez [1826], 1982:16). Dougnac (1994) menciona que los ejidos tenían la misma regulación que las dehesas, y que, mientras la población no aumentara, eran de utilización colectiva.

Aguas, bosques, pastos, dehesas, y montes.- Eran propiedades de uso y explotación colectiva. El agua podía usarse para abrevar ganado, y para el riego de tierras comunalesiv. Los bosques, pastos, dehesas y montes eran utilizados para el pastoreo y extracción de leña (Margadant, 1971:85; Knowlton, 1991:184; Menegus, 2001; Endfield y O’Hara, 2004:171-175; Arrioja, 2009:10).

Pastos y aguas.- Sean comunes a todos los vecinos de cada lugar, para que los puedan gozar libremente y traer allí sus ganados. (LI.5.7 y 8. Tít. 17. lib.4 de la Rec. de Ind.); otras disposiciones en (LI. 8.14 y 16. Tít. 17. Lib. 4 de la Rec. de Ind.), (L. 9. tít. 31 Lib. 2. Rec. de Ind.). Montes y términos públicos.- De ellos se han de sacar la madera para construcción y leña.; y abrigos para los ganados con el fin de que los vecinos se puedan aprovechar de todo. (Casi todo el tít. 7. del lib. 7 de la Rec. de Cast.; L. 15. tít. 7 de la Rec. de Cast.) (Rec. de Cast. citada por Álvarez [1826], 1982:17). Dehesas o pastos.- En un principio eran bienes para el uso comunitario, (Dougnac, 1994), ocasionalmente eran arrendadas por el cabildo. (Álvarez [1826], 1982). Plazas, fuentes.- Arenales y lugares donde se juntaren los capitulares, definidos por Partidas, 3.28.9. (Partidas citadas por Álvarez [1826], 1982).

Bienes de las cofradías.- Entre los cuales hay también tierras de labor. La mayoría de las cofradías de indios eran instituciones corporativas cuyos fondos y bienes manejaban los indígenas (a menudo bajo la dirección del cabildo indígena) para obtener una ganancia. Podría decirse que, en muchos pueblos, la cofradía era una organización mercantil con nombre religioso (Tanck de Estada, 1999v; Mendoza, 2002vi). Nota. Las reformas borbónicas y el establecimiento de Intendencias, los bienes de comunidad de los pueblos indígenas, con la Ordenanza de Intendentes de 1786, pasaron a estar bajo el control del superintendente (Margadant, 1988b). La Ordenanza de Intendentes contiene una serie de disposiciones relativas a los bienes de comunidad: para manejarlos y administrarlos; para conocer del origen y estado de los bienes; para establecer reglamentos interinos y preferencia de hacer guardar lo dictado en la Recopilación de Indias sobre los bienes de comunidad que no contradigan la Ordenanza; y de la manera de dividir las partidas de los gastos; entre otras. (Ordenanza de intendentes, [1786], 2008).

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__________

“El pueblo de indios no sólo englobaba el casco urbano con su plaza, iglesia y casas, sino que abarcaba una extensión más amplia de tierra. Este terreno, otorgado por el rey al pueblo en el momento de su fundación se conocía como ‘tierras para vivir y sembrar’. Durante el siglo XVIII se le denominaba ‘tierra por razón de pueblo’ o ‘seiscientas varas que como a pueblo les pertenece’. Alrededor de 1790, se llamaba ‘fundo legal del pueblo’.” (Tanck de Estrada, 1999:78). Esta autora también refiere que había una milpa comunitaria incluida en el fundo legal, que se cultivaba en parcelas por cada tributario para entregar su producto a la caja de comunidad (Tanck de Estrada, 1999:79-82). ii El fundo era al pueblo de indios lo que la traza al pueblo de españoles (Pallares, 1897). iii Artículo 28 “Con el objeto de arreglar uniformemente el gobierno, manejo y distribución de todos los propios y arbitrios de las ciudades y villas de españoles, y de los bienes comunes de los pueblos de indios de aquel imperio, cometo privativamente la inspección de unos y otros a la Junta Superior de Hacienda, (...)” y el Artículo 44 “Iguales reglas a las que van prevenidas respecto de las expresadas Juntas Municipales deberán observar proporcionalmente los Subdelegados Españoles que han de establecer los Intendentes en los Pueblos Cabeceras de meros indios indicadas en el artículo 12 por lo que mira a la dirección y manejo de tierras y otros bienes de sus comunidades (...)” (Ordenanza de Intendentes, [1786], 2008). iv Las tierras comunales eran aquellas que se trabajaban colectivamente para subvenir gastos comunales ligados a festividades, compra de ornamentos, pleitos jurídicos y otras derramas; y en caso de que hubiera agua [comunal], esta podía ser utilizada para regar sus tierras comunales, es decir, también podía haber tierras comunales de riego (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:171-175). v “Según la legislación eclesiástica, una cofradía era: una reunión de determinado número de fieles para dedicarse en común al ejercicio de obras piadosas y de caridad… Las cofradías no pueden establecerse sin la competente autorización de los prelados de las diócesis en que están enclavadas. las cofradías indias no tenían licencia y operaban bajo la supervisión de la república; … Estas corporaciones, ricas en tierras, ganado y capitales, funcionaban sin autorización eclesiástica, ya que su fundación y la de casi todas las que hay en el reino no eran arregladas a la disposición de la ley.” (Tanck de Estrada, 1999:451,457). vi “…en la segunda mitad del siglo XVIII la política borbónica trató de controlar el ingreso de las cajas de comunidad, estableciendo reglamentos específicos para cada pueblo, … restando autonomía a las autoridades locales sobre el manejo de los fondos comunales. Con la Ordenanza de Intendentes de 1786, y los respectivos reglamentos, los pueblos de indios perdieron el control de sus bienes. En adelante tuvieron que presentar las cuentas para su revisión y enviar el dinero sobrante de su caja de comunidad a las arcas reales. … Una de las estrategias de los pueblos para evitar la fiscalización y el control externo de sus bienes de comunidad fue trasladar sus bienes a las cofradías religiosas, … Las cofradías indígenas bajo la supervisión del gobierno municipal o “cofradía de república” no sólo fueron una empresa comunal orientada a solventar el culto religioso, sino también fueron una caja de ahorro y préstamo.” (Mendoza, 2002:751). vii Pueden consultarse los siguientes artículos relativos a los bienes de las repúblicas de indios: Art. 28. “Con el objeto de arreglar uniformemente el gobierno, manejo y distribución de todos los Propios y Arbitrios de las ciudades y villas de españoles, y de los Bienes Comunes de los pueblos de indios, (...). someto privativamente la inspección de unos y otros, a la Junta Superior de Hacienda, (...)”. Art. 31. “Luego que los Intendentes tomen posesión de sus empleos han de pedir a cada una de las ciudades, villas y lugares de españoles, y pueblos de indios de sus provincias, una razón puntual, y firmada de las justicias y escribanos de ayuntamiento, donde los hubiere, de los propios y arbitrios, y bienes de comunidad que gozan; de la concesión y origen de ellos; de las cargas perpetúas, o temporales que sufren; de los gastos precisos, o extraordinarios a que están sujetos; de los sobrantes, o faltas que resulten al fin de cada año; y de la existencia, custodia y cuenta de esos caudales; (...)”. Art. 33. “Con prolijo examen (...), han de formar un Reglamento Interino, para los propios y arbitrios, o bienes de comunidad de cada pueblo, moderando, o excluyendo las partidas de gastos que parecieren excesivas, o superfluas, aunque estas se hallen señaladas y permitidas por ordenanzas o reglamentos antiguamente aprobados, (...). Y mediante no ser mi real ánimo variar los destinos que las leyes del Libro VI, Título IV de la Recopilación dan a los bienes comunes de los pueblos de indios, y ser aquellos en parte muy diferentes de los que tienen y deben darse a los propios y arbitrios de los pueblos de españoles, ordeno que para la formación de dichos reglamentos respectivos a pueblos de meros indios y a sus bienes de comunidad, incluso sus censos, se tengan presentes, y en la debida consideración las 38 leyes de los citados libro y título, en cuanto no se opongan a lo dispuesto por esta instrucción.”; además los Art. 34; Art. 44; Art. 45; Art. 47; (Ordenanza de Intendentes, [1786], 2008). i

476 Antología sobre riego

Cuadro núm. 2. El agua en la república de indios Bienes en la república de indios

Las aguas

Fundo legal

En el libro de Poblaciones se lee, “muchas y buenas aguas para beber, y regar” (Libro IV, título V. Ley I, en Rec. de Ind. [1681], 1976); “Una real cédula de 1º. de diciembre de 1573, dispuso que los sitios destinados a la erección de pueblos o reducciones de indios tuvieran aguas, tierras, montes y un ejido de una legua de largo donde pudieran tener sus ganados, cuya disposición fue reproducida el 15 de octubre de 1713”. (Labastida, 1893:20). Con esto se puede decir que aquí las aguas son separadas de los ejidos al nombrarlas específicamente. Fernández, Endfield y O’Hara (2004:149) refieren que “al fundarse las poblaciones, éstas recibían con su fundo legal agua para el abasto de la población y del ganado.

Bienes de comunidad, fondos de comunidad de indios o bienes propios.

Las aguas que eran bienes de comunidad (y que después fueron llamadas ‘de propios’) se arrendaban para generar ingresos a la comunidad (Tanck de Estrada, 1999:102,105,106i); Mendoza (2002:751) refiere que “los bienes de comunidad estaban constituidos por (…), manantiales, (…)”;para el caso de Puebla Henao señala que “las aguas comunales que se distribuían por medio del ayuntamiento de Ajalpan, eran las aguas con que había sido dotada la comunidad indígena” (1980:91), la importancia para el Ayuntamiento de los ingresos provenientes de la renta de aguas; (1980:96ii), este autor también refiere el intento por rematar las aguas comunales con las leyes de desamortización, (1980:98-100iii ). Suponemos que las aguas comunales a las que se refiere Henao son bienes de comunidad. El agua podía usarse para abrevar ganado y para el riego de tierras comunales, (Fernández, Endfield y O’Haraiv).

Ejidos

García (1992:47) refiere “que los ejidos no eran otra cosa más que tierras de aprovechamiento general (…) y abastecimiento de agua”.

Aguas, bosques, dehesas y montes, propiedad de uso y explotación colectiva.

“El agua de uso comunal era administrada por el cabildo que ejercía el derecho corporativo” (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:149), y las aguas comunales para el uso particular de los vecinos del pueblo servían para abrevar animales domésticos, (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:171-175;); el agua estaba destinada a satisfacer sus necesidades (Knowlton, 1991:184).

Bienes de cofradías

Henao (1980) refiere que eran los mayordomos quienes administraban las aguas y hacían el reparto de las mismas.

Nota: No se encontraron datos sobre aguas en el rubro “La propiedad privada de los indios” y tampoco para “Parcelas de común repartimiento, o tierras de parcialidades de indígenas o de comunidad” Fuente: Fernández, Endfield y O’Hara, 2004; García 1992; Henao, 1980; Knowlton, 1991; Labastida, 1893; Mendoza, 2002; Recopilación de Leyes de Indias, [1681], 1976; Tanck de Estrada, 1999.

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 477

La fiscalización de los bienes comunales por los contadores del virreinato reveló que los pueblos de indios no sólo tenían ingresos provenientes del real y medio y el arrendamiento de tierras, sino de una variedad de actividades relacionadas con la tierra, la agricultura y el comercio. (…) Muchos pueblos contaban con presas y sistemas de riego para sus cultivos, pero sólo algunos arrendaban agua a los no indios y por eso sus nombres aparecían en la cuentas de Propios y Arbitrios: San Luis de la Paz, Rincón y Pénjamo en la intendencia de Guanajuato; Etla en Oaxaca; Tula y especialmente Texcoco –que recibía 700 pesos- y San Andrés Chiautla, Puebla –que cobraba 50 pesos diarios-; en el norte Parras, Coahuila, intendencia de San Luis Potosí y Malpaís, intendencia de Durango, controlaban el agua en sus distritos.” (Tanck de Estrada, 1999:102, 105, 106). ii Una vez instaurados los ayuntamientos y desaparecidas las repúblicas de indios, ya en la época independiente, pero antes de las leyes de reforma, Henao refiere que “el ayuntamiento sigue operando con los patrones tradicionales que había desarrollado el gobierno indígena. Daba aguas de compensación, … Poseía además un fondo propio de aguas que podía vender o que utilizaba para gratificar a las personas. … De todos los ingresos del ayuntamiento, 89% provenían de los fondos adquiridos por aguas.” (Henao, 1980:96). iii “Las leyes de la Reforma liberal, entro otros objetivos pretendieron destruir al estructura corporativa de las comunidades indígenas. Y son este criterio se manejaron en el valle de Tehuacán, … A pesar de las numerosas leyes que se expidieron, tal proceso sin embargo se vio obstaculizado por varios factores. … Una vez terminados los disturbios políticos y bajo la segunda presidencia de don Porfirio Díaz, se intenta poner en práctica las leyes de reforma que habían permanecido suspendidas. … Las aguas comunales, al igual que los terrenos comunales se intentaron rematar a particulares, con el fin de que aportaran mayores ingresos a la municipalidad. Aunque en Altepexi, muchas aguas y terrenos fueron vendidos, en Ajalpan tal remate no se llevó a cabo por la protesta de la clase indígena, cuyo representante comienza a asumir un papel importante en la defensa de los indígenas (Henao, 1980:98-100). iv Las tierras comunales eran aquellas que se trabajaban colectivamente para subvenir gastos comunales ligados a festividades, compra de ornamentos, pleitos jurídicos y otras derramas; y, en caso de que hubiera agua [comunal], esta podía ser utilizada para regar sus tierras comunales. Es decir, también podía haber tierras comunales de riego (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:171-175). i

Cuadro núm. 3. Decretos de las Cortes de Cádiz a favor del reparto Fecha expedición

Bienes que afectó

Decreto del 13 de marzo de 1811

En el libro de Poblaciones se lee, “muchas y buenas aguas para beber, Art. 2. Que la gracia del repartimiento de tierras de los pueblos de los indios no se extienda a las castas. (Decreto, en Arévalo [1829], 2005).

Decreto del 9 de noviembre de 1812

Art. 5. Se repartirán tierras a los indios, que sean casados o mayores de veinticinco años fuera de la patria potestad, de las inmediatas a los pueblos, que no sean de dominio particular o de comunidades; más si las tierras de comunidades fuesen muy cuantiosas con respecto a la población del pueblo a que pertenecen, se repartirá, cuando más, hasta la mitad de dichas tierras, debiendo entender en todos estos repartimientos, las diputaciones provinciales, las que designarán la porción de terreno que corresponde a cada individuo, según las circunstancias de éste y de cada pueblo. (Decreto, en Arévalo [1829], 2005).

Decreto del 4 de enero de 1813

Art. 1º. Todos los terrenos baldíos o realengos, y de propios y arbitrios con arbolado o sin el, (...) excepto los ejidos necesarios a los pueblos, se reducirán a propiedad particular, (...); Artículo 2º De cualquier modo que se distribuyan estos terrenos, será en plena propiedad ... (Decreto, en Arévalo [1829], 2005).

Decreto del 13 de septiembre de 1813

Art. 6. Los religiosos misioneros deberán cesar inmediatamente en el gobierno y administración de las haciendas de aquellos indios [reducidos], quedando al cuidado y elección de estos disponer por medio de sus ayuntamientos, y con intervención del jefe superior político, se nombren entre ellos mismos los que fueren de su satisfacción, y tuvieren más inteligencia para administrarlas, distribuyéndose los terrenos, y reduciéndolos a propiedad particular, con arreglo al decreto de 4 de enero de 1813 sobre reducir los baldíos y otros terrenos a dominio particular. (Decreto, en Arévalo [1829], 2005).

478 Antología sobre riego

Cuadro núm. 4. Bienes de los pueblos que fueron afectados por la desamortización Bienes afectados

Disposiciones nacionales que los afectaron

Fundo legal del pueblo

Resolución del 13 de noviembre de 1856 [Toluca], refiere que el fundo legal lo demarcan las leyes vigentes y señala que las tierras poseídas pro indiviso y que pertenezcan a corporación son sujetas a desamortización; también la resolución señala que son las autoridades locales las que mejor conocen cuáles son los terrenos que están destinados a servicio público. (Labastida, 1893). Resolución de 2 de enero de 1857 [Jilotepec], declara que los terrenos excedentes del fundo legal se repartan entre los mismos vecinos de las poblaciones. (Labastida, 1893).

Bienes de comunidad, fondos de comunidad de indios, bienes de propios

Ley de desamortización de junio 25 de 1856.- adjudicación en propiedad a quienes las tienen en arrendamiento, las fincas rústicas o urbanas que tienen o administran como propietarios las corporaciones. (art. 1º) (Segura, 1861; Labastida, 1893). Resolución 19 de diciembre de 1856.- [Michoacán] los arrendatarios tienen derecho a la adjudicación, aún cuando los terrenos arrendados pertenezcan a comunidades de indígenas. (Labastida, 1893). Acuerdo de 2 de agosto de 1878, refiere que el reparto de los propios quedó establecido en la ley de desamortización. (Pallares, 1897).

Aguas, bosques, pastos, dehesas, y montes

Ley de desamortización de junio 25 de 1856.- las fincas rústicas o urbanas que no estén arrendadas se adjudicaban al mejor postor en almoneda (art. 5) ) (Segura, 1861; Labastida, 1893).

Ejidos

Circular de 12 de mayo de 1890, es una excitativa a los gobernadores de los estados para que se reduzcan a propiedad particular los ejidos de los pueblos. (Pallares, 1897) Ley de 26 de marzo de 1894, señala que se debe continuar con el fraccionamiento y adjudicación de los terrenos que formen los ejidos y los excedentes del fundo legal, (art. 67); si algún pueblo continuaba poseyendo a título de ejidos demasías, podía ser admitido a composición, (art. 68) (Pallares, 1897).

Parcelas de común repartimiento o tierras de parcialidades indígenas o de comunidad

Ley de desamortización de junio 25 de 1856: adjudicación en propiedad a quienes censo enfitéutico, las fincas rústicas o urbanas que tienen o administran como propietarios las corporaciones. (art. 2) (Segura, 1861; Labastida, 1893). Reglamento de 30 de julio de 1856, se adjudicaban las fincas rústicas o urbanas dadas en arrendamiento, a censo enfitéutico o como tierras de repartimiento, (Art. 1º.); ventas convencionales de las fincas no arrendadas de las comunidades y parcialidades de indígenas, (art. 11). (Segura, 1861; Labastida, 1893). Resolución de 11 de noviembre de 1856.- [San Francisco Tepeji del Rio].declara que los terrenos de repartimiento que poseen desde tiempo inmemorial, deben de tenerlos y disfrutarlos los indígenas referidos en absoluta propiedad, que están exentos de pagos porque no se adjudican con la ley de desamortización, sino que ya estaban en propiedad de ellos; se atiende al reparto hecho en la colonia. (Labastida, 1893). Circular de 16 de noviembre de 1860 [Veracruz], esta circular dictada por el gobierno de Veracruz retoma otras resoluciones y en ella se establecen las reglas para el reparto de los terrenos del común de los pueblos. (Labastida, 1893).

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 479

Acuerdo de 20 de marzo de 1868 en este acuerdo se menciona que los bienes de parcialidades ya debían estar repartidos y en caso de que no fuera así, tenían que reducirse a propiedad privada. Establece que los capitales, réditos y demás productos de dichos bienes, debían administrarse por los Ayuntamientos por ser estos los que debían cuidar de todo lo destinado a beneficio común o municipal, (art. 1º.); en caso de que hubiere bienes en común, los ayuntamientos debían cuidar que se conviertan a propiedad privada, (art.3) (Pallares, 1897). Reglamento de 20 de abril de 1878, reglamento que establece cómo se debe hacer la adjudicación de terrenos de comunidad. (Pallares, 1897). Informe y acuerdo de 2 de agosto 1878 que aclara cuáles son los terrenos de repartimiento y los terrenos sujetos a obvenciones con los que se pagaban tributos al soberano. (Pallares, 1897). Circular de 12 de mayo de 1890, es una excitativa a los gobernadores de los estados para que se reduzcan a propiedad particular los terrenos de común repartimiento de los pueblos. (Pallares, 1897). Bienes de las cofradías

Resolución 20 de diciembre de 1856, señala que tanto los terrenos de comunidad llamados también de cofradía como los ganados de comunidad o cofradía debían repartirse. (Labastida, 1893). Resolución de 2 de septiembre de 1859 [Veracruz], indica que los bienes de cofradías que no consistan en bienes raíces no deben de repartirse. (Pallares, 1897) Circular de 16 de noviembre de 1860 [Veracruz], además de establecer las reglas para el reparto de los terrenos del común de los pueblos. Señala cómo debe hacerse el reparto de los bienes de cofradía y que al ser los bienes de cofradías varios (“tierras de tal extensión que entre ellas hay diversas clases y accidentes como sinuosidades, pantanos, tepetates, montes y tierras útiles de las llamadas de pan llevar”) y de difícil reparto lo mejor es “pasen a poder de los ayuntamientos o municipalidades” para su administración. (Labastida, 1893).

Aguas

Resolución del 27 de agosto de 1856, [Texcoco], estipuló que el agua también formaba parte de la legislación, pues el Ministerio de Hacienda consideró que en la desamortización se incluían las aguas que estuvieran comprendidas en las corporaciones, exceptuando solamente las destinadas a uso público o corriente. La resolución a la letra señala “Si las aguas son de uso público o corrientes, no están comprendidas en la ley de desamortización; pero que si lo están en caso de que sean estancadas y correspondan a terrenos de corporaciones”. (Labastida, 1893). Resolución del 18 de septiembre de 1856 sobre el avalúo de las aguas estancadas. Debía verificarse, “por cuenta del comprador en las ventas convencionales, del mejor postor en los remates, y del beneficiado en caso de prestación personal”, y a la primer autoridad política del lugar en que se encuentren los bienes de que se trate, le correspondía el cumplimiento de las disposiciones citadas (Segura, 1861; Labastida, 1893). Nota. No ha sido posible localizar disposiciones específicas para el caso de las aguas, excepto la mencionada para el caso de Texcoco del 27 de agosto de 1856, y la resolución de 18 de septiembre de 1856.

Fuente: Labastida (1893); Pallares (1897) y Segura (1861).

480 Antología sobre riego

__________ i

ii

La ley de 25 de junio de 1856 sobre desamortización incluía totalmente la propiedad corporativa o bienes comunales de los pueblos. Esta ley indicaba que, tanto las fincas rústicas como las urbanas que tenían o administraban las corporaciones, debían adjudicarse en propiedad a los que las tenían arrendadas. La adjudicación incluía los que tenían a censo enfitéutico las fincas rústicas o urbanas de corporación. Estableció que, en el nombre de corporaciones, se comprenden todas las comunidades religiosas, ayuntamientos, y, en general, todo establecimiento o fundación que tuviera el carácter de duración perpetua o indefinida. La misma ley indicaba cómo eran los procedimientos para su adjudicación; las fincas urbanas y las rústicas que no estaban arrendadas a la fecha de la publicación de esa ley se podían adjudicar al mejor postor en almoneda, que se celebraba ante la primera autoridad política del partido; se establecieron los derechos que tenían los inquilinos sobre las propiedades y las formas de pago. La ley también previno que se exceptuaba de la enajenación los edificios que estaban destinados inmediata y directamente al servicio de las corporaciones. Determinaba que, en el caso de los ayuntamientos, también quedaban exceptuados los edificios, ejidos y terrenos destinados de forma exclusiva al servicio público de las poblaciones a las que pertenecían; la misma ley dispuso que ninguna corporación tenía capacidad legal para adquirir o administrar más bienes que los ya mencionados dedicados al servicio público. Los que adquirían las fincas en propiedad podían enajenarlas y disponer de ellas como cualquier propiedad que se adquirió legalmente. También contenía disposiciones relativas a la escrituración de las adjudicaciones, la manera de resolver controversias relativas a la adjudicación, y el costo de la traslación de dominio (Ley de desamortización, compilada en Pallares, 1897). Esta ley tuvo efectos que causaron perjuicio a los arrendatarios y labradores pobres, ya que, por su precariedad económica, estos no podían adquirir el dominio directo (Margadant, 1971). De ahí que se buscara a través de la resolución del 9 de octubre de 1856 que estos pudieran adquirir los bienes. En ésa resolución se señala que “(…) todo terreno cuyo valor no pase de 200 pesos (…) se adjudique a los respectivos arrendatarios, ya sea que lo tengan como de repartimiento, ya pertenezcan a los Ayuntamientos, o esté de cualquier otro modo sujeto a la desamortización, sin que se les cobre alcabala ni se les obligue a pagar derecho alguno (…)” (Resolución, compilada en Labastida, 1893:13). Mendieta señala que con esta resolución se “provocó la desamortización de los pueblos de indios y de los bienes del Ayuntamiento, lo que produjo desastrosas consecuencias.” (Mendieta, [1923] 1978:123). Las ya citadas del 9 de octubre; 7 de noviembre y 18 de diciembre de 1856 (sobre el valor del terreno) y la del 2 de enero de 1857 (Sobre los terrenos excedentes del fundo legal).

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 481

Cuadro núm. 5. Legislaciones sobre aguas en los estados Reglamento económico para la distribución y conservación de las aguas en los pueblos de Sonora, 7 de abril de 1843 Ley de Aguas del Estado de Sonora, 30 de junio de 1933 Decreto núm. 122, 3 de Octubre de 1851; Decreto núm. 143, 5 de Marzo de 1852; Decreto núm. 11, 16 de Octubre de 1857; Notificación del gobernador 26 de Octubre de 1860; Notificación del gobernador, 2 de Agosto de 1863; Decreto núm. 10, 24 de Noviembre 1873; Decreto núm. 47, 7 Diciembre de 1892; Decreto núm. 66, 18 de Agosto 1893 del estado de Nuevo León y entre 1857-1863 de los estados de Nuevo León y Coahuila.

1843

Zacatecas

Ley de aguas del Estado de Zacatecas, 1862

1862

San Luis Potosí

Ley Orgánica reglamentaria de la Sección X del Título II de la Constitución del Estado, decreto núm. 47 , 1872; reformada el 19 de mayo de 1873 [reforma aún no localizada]; Decreto num. 20 [San Luis Potosí], expedida en 21 de mayo del corriente año [1898] por la H. legislatura

Durango

Ley sobre uso de aguas públicas en Durango, 1881

1881

Guerrero

Ley reglamentaria sobre propiedad y aprovechamiento de aguas, Guerrero,1898

1898

Oaxaca

Ley sobre el uso y aprovechamientos de las aguas del Estado, Oaxaca, 1905

1905

Michoacán

Ley sobre el uso y aprovechamiento de las aguas en el estado, Michoacán, 1906

1906

Guanajuato

Ley para el fomento de la irrigación en el Estado de Guanajuato, 1923

1923

Sonora

Nuevo León y Coahuila

Fuente: Sánchez y Sandré ms.

482 Antología sobre riego

1933 1851 1852 1857 1860 1863 1873 1892 1893

1872 1873 1898

Cuadro núm. 6. Reglamentos que aluden a las aguas de los pueblos Año

Disposición

Uso

Sobre aguas de

Emitido por

1849

Reglamento de aguas del pueblo de Alfajayucan, Estado de Hidalgo, 1849

Riego

La cabecera municipal

Regidor del Ayuntamiento y comisionados de Alfajayucan

1860

Reglamento de aguas de Zamora, Michoacán, 1860

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento y particulares

1873

Reglamento de aguas y caminos de Zamora, Michoacán, 1873

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1877

Reglamento de agua del pueblo de Ixtapan de la Sal, Estado de México, 1877

Riego y abasto doméstico

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1884

Reglamentos de los manantiales Las Fuentes en Atlacomulco, Estado de México, 1884

Riego

La cabecera municipal

Comisión nombrada por el Ayuntamiento

1893

Reglamento de aguas de Río Verde, San Luis Potosí, 1893

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1899

Reglamento de aguas del municipio de Santa María del Río, San Luis Potosí, 1899

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1916

Reglamento para la distribución de las aguas del manantial Las Fuentes, Estado de México, 1916

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1919

Reglamento para el uso del agua de la ciudad de Cadereita Jiménez, Nuevo León, 1919

Riego

La cabecera municipal

Ayuntamiento

1898

Reglamento para la distribución de las aguas del manantial de La Media Luna, Ríoverde, San Luis Potosí, 1898

Riego, fuerza motriz y abasto doméstico

Dos ciudades (ambas cabecera municipal) que se abastecen del mismo manantial

Gobierno del estado

Riego, fuerza motriz y abasto doméstico

La cabecera municipal

Ayuntamiento para que sea aprobado por el gobierno del estado.

1901

Proyecto de Reglamento para la distribución de las aguas del manantial la Media Luna, San Luís Potosí, 1901

Convenio entre dos municipios (Tenango y Nogales)

1888

Bases para el uso y reglamentación del agua de Jicotepec, Veracruz, 1888

Riego

1839

Ordenanzas municipales para el régimen interior municipal de las autoridades locales del Pueblo de Seris. Abril de 1839

Riego

Pueblo que no es cabecera municipal

Juez de Paz

1854

Reglamento de la acequia de Nombre de Dios, Chihuahua, 21 de abril de 1854

Riego y abasto doméstico

Pueblo que no es cabecera municipal

Ayuntamientoi

1896

Reglamento de labores y riegos de la municipalidad de Santa Rosalía, 1896

Riego y abasto doméstico

1900

Reglamento de aguas del municipio de Santa Cruz de Rosales, Chihuahua, 1900

Riego, ornato del municipio y abasto doméstico

Todo el municipio

La cabecera municipal

ii

Ayuntamiento

Ayuntamiento

Fuente: Sánchez y Sandré ms y, en el caso del pueblo de Seris, municipales para el régimen interior municipal de las autoridades locales del Pueblo de Seris. Abril de 1839 --proporcionadas por Bojórquez. “ Consiguientemente a lo prevenido por el excelentísimo ayuntamiento de la ciudad de Chihuahua con fecha 21 de abril del año 1854 cuidará el gobernador del pueblo de San Cristóbal del Nombre de Dios de las aguas de la acequia madre.” (Comp. en Sánchez y Sandré ms). ii “Art. 1º. (…) Tanto la acequia como su servidumbre de paso son propiedad inalienable e imprescriptible de cada comunidad.” Art. 21.- “Para el servicio de las labores dentro de la municipalidad habrá un aguador nombrado por la comunidad por cada presa o sea por cada labor.” (Comp. en Sánchez y Sandré ms). i

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 483

Anexo núm. 1 Legislaciones estatales Fuente: legislación compilada en Sánchez y Sandré ms. Sonora, 1843 En 1843, la legislación sobre aguas de Sonora se refiere a las aguas de los pueblos, o también: tomas de agua de comunidad o presas de comunidad. Las aguas de los pueblos, tomas de agua de comunidad o presas de comunidad “Artículo 17. Todos los pueblos del departamento que tengan tierras de panllevar con presas de comunidad, y que necesiten de encargados para la distribución de los ríos, harán elección de comisionados de agua ante la primera autoridad local.” “Artículo 18. Por cada presa de comunicad se nombrará a un comisionado y será pagado su trabajo a expensas de los labradores a quienes va a servir. Las autoridades, de acuerdo con dichos labradores, designarán la cuota con que cada uno deba contribuir, y si ella ha de ser en dinero u otra especie.” “Artículo 19. Las autoridades que juzguen de más influencia al engrandecimiento de la agricultura [deberán] reducir a un solo comisionado el gobierno de dos o más presas de comunidad; podrán hacerlo siempre que estén dentro de los ejidos del pueblo, y cuando no esté en contradicción la mayor parte de los labradores, pero en ese caso deberá disfrutar ese comisionado una dotación proporcionada a la recompensa que merezcan sus trabajos.” “Artículo 20. Para cumplimiento de lo que dispone el artículo 17, todos los años el día primero de enero, se reunirán los labradores que se beneficien con tomas de aguas de comunidad, en las consistoriales de cada pueblo o en el lugar que sea costumbre y ante el primer alcalde o juez de paz harán elección de los comisionados para el reparto de aguas.” “Artículo 35. Los indígenas que en comunidad posean algunas tomas de agua nombrarán de entre ellos mismos el comisionado que ha de distribuir el riego de sus heredades, conforme se previene en este reglamento; mas si estuvieren mancomunados en aquellas con los mismos vecinos, tienen el derecho de votar y ser votado en el nombramiento de comisionado para el reparto de aguas.” El Reglamento generaliza la reglamentación para todos los casos de tomas mancomunadas: “Art. 49 (...) se hará extensivo [este reglamento], no solamente a las ciudades, villas y pueblos que tengan tierras de regadío, sino también a las demás poblaciones que aunque desde su fundación han sido de propiedades particulares, hoy con la multiplicación de sus poseedores forman ya congregaciones administradas con independencia de otras municipalidades.”

484 Antología sobre riego

Sonora, 1933 Las presas de comunidad Art. 18.- Todos los Ayuntamientos y Comisarías de Policía del Estado que tengan tierras de explotación agrícola con presas de comunidad en su jurisdicción, extenderán los nombramientos de Comisionados de Agua que se necesiten para el engrandecimiento de la agricultura, quienes se encargarán de la distribución de las aguas. Art. 19.- La elección de Comisionados de Aguas se hará ante la Autoridad Política del lugar, por los agricultores que pertenezcan a la Comunidad, que usen el agua y paguen los gastos, siempre cuando tengan cuando menos seis meses de estar cultivando un predio. El voto será personal y la elección se hará por mayoría entre los que concurran a la junta. Art. 20.- Cada año, con quince días de anticipación cuando menos, los Ayuntamientos y Comisarías de policía, por conducto de los Comisionados de Aguas convocarán a los Comuneros de su jurisdicciones que tengan cuando menos seis meses de cultivar sus terrenos a una junta que deberá verificarse el 15 del mes de enero, en la cual se procederá a la designación de nuevos Comisionados que concurran cuando menos la mitad más uno de los Comuneros. TRANSITORIO, “PRIMERO.- Los Ayuntamientos del Estado deberán reglamentar la presente Ley de acuerdo con las necesidades especiales de las Comunidades de su jurisdicción, debiendo someter los Reglamentos a la aprobación del Congreso.” Guerrero, 1898 En 1898, la legislación sobre aguas de Guerrero se refiere a aguas de jurisdicción federal, aguas de uso común o de jurisdicción estatal y en posibilidad de ser concesionadas por el gobierno del estado y aguas del dominio privado. Divide las aguas del dominio privado en aquellas que corresponden a derechos de particulares (Art 10), en aquellas que pertenecen a Corporaciones (Art 11), y, finalmente, el caso de individuos particulares con tomas mancomunadas (Art 12). Señala que las aguas de dominio privado “son (…) las que pertenecen en propiedad á los particulares...” (Art. 4º), para luego hablar de las aguas que pertenecen a Corporaciones como un tipo de aguas del dominio privado. Las Corporaciones parecen ser el equivalente de las tomas de comunidad de Sonora. Las aguas de Corporaciones “Art 11.- El uso de las aguas que pertenezca a Corporaciones autorizadas o permitidas por la ley será reglamentado por los Ayuntamientos, respetando las costumbre y derechos observados; y el mismo Ayuntamiento convocará á los interesados para que nombren un repre-

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 485

sentante común que gestione judicial y administrativamente los derechos de dichas Corporaciones, cuando ese nombramiento sea necesario ó lo solicite alguno de los miembros de la Corporación. En caso de no concurrir tres miembros á la elección, el Ayuntamiento nombrará dicho representante, cuyos trabajos serán remunerados por la misma Corporación.” Para el caso de las tomas mancomunadas (Art 12 al 16), se indica que la intervención del Ayuntamiento se dará solo cuando no se ponen de acuerdo y “á petición de cualquiera de los comuneros”. “Art. 12. Cuando varios individuos particulares sean copropietarios de un curso ó depósito de agua y no proceda en derecho la acción comuni dividusido, ni se pongan de acuerdo para consignar su escritura pública la forma en que deben usar del agua común, la distribución de gastos de conservación y vigilancia y el nombramiento de un representante común para defender los derechos de los comuneros, el Ayuntamiento del lugar respectivo, á petición de cualquiera de los comuneros, convocará á éstos á una junta de avenencia á afecto de que, de acuerdo con la mayoría de ellos, se reglamente el uso y aprovechamiento de las aguas de que se trata, así como el reparto de los gastos que demanden su conservación y vigilancia.” “Art. 13. Dicho reglamento determinará la forma, tiempo y medida en que deben usar los comuneros del agua que les pertenece, los encargados de vigilancia que debe haber, la distribución de gastos de la misma vigilancia de las obras necesarias para el uso del agua, y la manera de convocar á los copropietarios ante el Gobierno ó ante la autoridad judicial, así como las facultades que tiene el Ayuntamiento para hacer ese nombramiento en caso de no concurrir el número de individuos que se fije como quórum.” “Art. 14. En la expedición de dichos reglamentos se respetarán cuidadosamente los derechos de los copropietarios según sus títulos y se distribuirán proporcionalmente los gastos.” “Art. 15. A falta del avenimiento á que se refiere el artículo anterior, el Presidente municipal pasará desde luego el expediente respectivo al Juez de 1ª. Instancia del Distrito, para que de acuerdo con las prescripciones de la presente ley resuelva lo que en derecho haya lugar.” “Art. 16. La autoridad judicial en juicio sumario decidirá las controversias que se susciten con motivo de la expedición de los reglamentos de que hablan los artículos anteriores y su aplicación siempre que la controversia revista carácter civil por tratarse de violación de los derechos de los particulares. Después de concertado expresamente un reglamento o después de seis meses de publicado no cabe ningún recurso contra él, excepto el de petición.”

486 Antología sobre riego

Oaxaca, 1905 En 1905, la legislación sobre aguas de Oaxaca se refiere a aguas públicas o de jurisdicción estatal y en posibilidad de ser concesionadas por el gobierno del estado, aguas del dominio privado y aguas mercedadas. Las aguas que constituyan vías generales de comunicación y que estén dentro del territorio del estado son de competencia federal. (Art 1, 2). En la legislación de Guerrero y de Oaxaca señalan “aguas del dominio privado”. Sin embargo, lo que en la legislación de Guerrero llaman “aguas del dominio privado” equivale a lo que en la legislación de Oaxaca llaman “aguas mercedadas”, y lo que en la legislación de Oaxaca denominan “aguas del dominio privado” corresponde a aquellas aguas como manantiales, estanques que nacen o se ubican en un predio del dominio privado, y por lo tanto son de la propiedad del dueño ó dueños del terreno (Art 4 y 5), así como las aguas subterráneas que hubiese alumbrado el dueño por medio de pozos (Art. 7° ). Es decir, corresponden a las aguas que, a principios del siglo XX en la legislación federal, se llamarían aguas privadas (Palerm, 2004). Las aguas de los pueblos “Art. 15 Pertenecen á los pueblos las aguas que nazcan y las que hayan sido alumbradas á su costa en terrenos de aprovechamiento comunal y demás que los ayuntamientos ó Agencias municipales posean para el servicio y objeto de su institución, las estancadas y las pluviales que caigan y se recojan en los mismos terrenos y las que hubieren adquirido por merced, donación ú otro título legal, así como las sobrantes de sus fuentes, cloacas y establecimientos públicos. De esta agua se destinarán preferentemente al abastecimiento de la población respectiva, las que puedan utilizarse al efecto.” “Art. 36. Corresponde á los Ayuntamientos y Agentes municipales la administración de las aguas á que se refiere el artículo 15 en las Municipalidades de su jurisdicción; y de ellas podrán hacer concesiones, primero: para baños y establecimientos de pequeñas industrias y en las que no haya de utilizarse el agua como fuerza motriz, y tercero: para riego de terrenos comprendidos en límites de la Municipalidad respectiva. Art. 43. La distribución del agua para riego se hará por riguroso turno previamente establecido, y bajo la inspección y vigilancia del Regidor del ramo o Agente municipal. Resulta interesante que proponen la posibilidad de “establecer comunidades de regantes con sus sindicatos y jurados respectivos” en el caso de “aprovechamiento colectivo de aguas públicas para riego” (Art 131). Evidentemente, la terminología de comunidades de regantes corresponde a la legislación española de fines del siglo XIX. Mientras tanto, sin embargo,

las aguas de los pueblos: legislación sobre aguas y la propiedad corporada 487

el “aprovechamientos colectivo” estará a cargo de los Ayuntamientos (Art 132); es decir, aparentemente, al igual que en Sonora, las tomas mancomunados o de aprovechamiento colectivo quedan bajo la jurisdicción de los Ayuntamientos. “Art. 131. Queda facultado el gobierno para establecer comunidades de regantes con sus sindicatos y jurados respectivos, si lo juzgare conveniente, en vista de las concesiones que hiciere ó aprobare de aprovechamiento colectivo de aguas pública para riego.” “Art. 132. Entretanto, el régimen y distribución de las aguas públicas destinadas á aquel aprovechamiento, estará á cargo de los Ayuntamientos y Agentes municipales en los límites de su jurisdicción mediante un arbitrio municipal, que será aprobado por el Gobierno. (...)” Michoacán, 1906 En 1906, la legislación sobre aguas de Michoacán divide las aguas en aquellas de vías generales de comunicación, conforme á la ley general del 5 de Junio de 1888 (es decir, aquellas de jurisdicción federa) y aguas de jurisdicción del Estado. A su vez, esta las divide en aguas públicas o en posibilidad de ser mercedadas por el gobierno del estado, aguas mercedadas y aguas del dominio privado por precepto legal (Art. 1-2), y define las particularidades y límites de estas últimas (incluye los casos de aguas pluviales, de manantial, de pozo, de socavón, de galería, de tajo (Art. 3-8, 10-18). Las aguas de los pueblos Art. 19. Pertenecen a los pueblos las aguas que nazcan en terreno de aprovechamiento comunal, las que hayan sido alumbradas á su costa en esos mismos terrenos y las demás que los Ayuntamiento posean para el servicio y objeto de su institución; las estancadas y las pluviales que caigan y se recojan en los mismos terrenos y las que hubieren adquirido por merced, donación ú otro título legal, así como las sobrantes de sus fuentes, cloacas y establecimientos públicos. De esta agua se destinará preferentemente al abastecimiento de la población respectiva, las que puedan utilizarse al efecto. Art. 40º. Corresponde a los Ayuntamientos administrar las aguas á que se refiere el Art. 19, en las Municipalidades de su jurisdicción, y de ellas podrán hacerse concesiones: I. Para los usos domésticos de los habitantes; II. Para baños y establecimientos de pequeñas industrias y en las que no haya de utilizarse el agua como fuerza motriz y III. Para riego de terrenos situados en las orillas de las poblaciones pertenecientes á la municipalidad respectiva. Art. 43. Las concesiones se harán por tiempo limitado á las personas que lo soliciten, y éstas y sus sucesores en el dominio disfrutarán por el plazo prefijado, siempre que sean cumpli-

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das en el pago de las cuotas, que les fueren asignadas, según la clase de aquéllas. El plazo de la concesión puede prorrogarse, ú otorgarse de nuevo aquélla, siempre que para ello no hubiere inconveniente. Art. 47. La distribución del agua para riego se hará por riguroso turno previamente establecido, y bajo la inspección y vigilancia del regidor del ramo. En cuanto a particulares que tienen en común aguas, no corresponde, como en otros estados al Ayuntamiento, sino a la autoridad administrativa o, lo que es lo mismo, al Ejecutivo del estado (Art. 125). También hay mención de que es el Ejecutivo del estado el encargado de reglamentar la coordinación entre presas. Art. 163. Cuando varios particulares sean copropietarios de un curso ó depósito de agua, y no proceda en derecho la acción común dividundo, ni se pongan de acuerdo en la manera de hacer uso del agua común, la autoridad administrativa, oyendo á los interesados, expedirá los reglamentos á que hayan de sujetarse al hacer uso de sus derechos. Art. 164. Cuando una zona en la que haya varias presas que se acostumbran abrir en determinadas épocas, esté en tal situación geográfica que la corriente natural de las aguas haga que éstas tomen un cauce común, el Ejecutivo, también con audiencia de los interesados, expedirá los reglamentos respectivos para que no se haga simultáneamente el desagüe de las presas con perjuicio de los propietarios inferiores.

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Notas 1  “Las facultades de los gobiernos estatales se referían sobre todo al otorgamiento de nuevas mercedes y a la resolución de conflictos” (Aboites, 1998:46). 2  “Para obtener una merced era necesario dirigirse al virrey o a la municipalidad. (…) Entre 1821 y 1888, a falta de un estado fuerte, el agua está en poder de las autoridades locales y regionales (…) durante el período nacional al establecerse el sistema federal … las autoridades locales y estatales serán las encargadas de vigilar la validez de las concesiones de agua hechas en siglos anteriores y de otorgar nuevas; sólo en caso de conflicto se recurría al gobierno federal” (Tortolero, [2000], 2006: 41, 53 y 54). 3  “De esta manera [con la ley de 1888], se conculcó la facultad de los ayuntamientos para otorgar concesiones de agua para uso agrícola, debido a que las aguas de los ríos quedaron bajo la jurisdicción federal.” (Bojorquez, 2006: 80); “A manera de recordatorio, cabe decir, que en el periodo colonial,… el recurso agua era propiedad de la Corona española. Ya en la vida independiente quedó bajo el control de los Ayuntamientos.” (Bojorquez, 2006:113). 4  “Al finalizar la colonia, los intendentes tenían plenas facultades para conocer de los asuntos de aguas y tierras, las autoridades locales y estatales serán las encargadas de vigilar la validez de las concesiones de aguas hechas en siglos anteriores y de otorgar nuevas; solo en caso de conflicto se recurría al gobierno federal. La administración de los recursos hidráulicos fue un proceso controlado por las instancias locales.” (Domínguez, 2008: 345). 5  “… hasta mediados del siglo XIX el manejo y control del agua era un asunto local; los gobiernos estatales y municipales, junto con los particulares, marcaban la pauta sobre la gestión del recurso hidráulico, aspecto heredado del período colonial.” (Birrichaga, 2009:43). 6  “Al término de la dominación española, las prerrogativas del gobierno central que se había circunscrito, al parecer, a la concesión de derechos originales sobre el recurso y su intervención eventual en la resolución de casos de crisis muy agudas por el acceso al líquido, con lo cual daba libertad a los usuarios y autoridades locales para ejercer el control directo en la gestión y administración de los recursos hidráulicos, gradualmente se fueron diluyendo durante la primera mitad del siglo XIX. Así, por ejemplo, el otorgamiento de mercedes o derechos de agua quedó en el ámbito de los ayuntamientos principalmente y, en mucha menor medida, en las esferas administrativas de los gobiernos estatales. (…) Entre las facultades asumidas por los ayuntamientos durante la formación y consolidación del orden republicano fue la capacidad para la asignación de mercedes o derechos de agua en sus circunscripciones. Estas facultades fueron especialmente referidas en los reglamentos de agua pues reflejaban una posición clara respecto al manejo del recurso en términos institucionales y sociales. En lo primero porque señalaba los alcances jurisdiccionales logrados por los ayuntamientos frente a la ausencia de un gobierno central fuerte. En lo social, porque reflejaban el control dominante que habían adquirido los grupos de poder económico regionales formados por hacendados, rancheros y comerciantes y vinculados por lazos de parentesco y compadrazgo.” (Sánchez y Sandré, ms). 7  En la Asamblea francesa de 1789, Thouret señalaba que “las corporaciones no tienen ningún derecho real por su naturaleza, porque ni naturaleza propia tienen, no son sino una ficción, una concepción abstracta de la ley, que puede hacerlas o constituirlas como le plazca y que después de haberlas hecho, puede modificarlas a su gusto. (…) las corporaciones no existen sino por la ley, y por tal razón, la ley tiene sobre todo lo que a ellas concierne y sobre su propia existencia,

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una autoridad ilimitada. (…) La ley, después de haber creado las corporaciones, puede suprimirlas … La autoridad que ha podido declarar la incapacidad para adquirir, puede, con el mismo título, declarar la incapacidad para poseer.” (Thouret, citado por Pallares, 1897: CIX, CX). 8  “El agua en las tierras que pertenecían a la comunidad, como el agua en la tierra real, era para uso comunal y era administrada por el cabildo, que ejercía el derecho corporativo.” (Meyer, [1984], 1997:129). 9  La Segunda Audiencia permitió “a las comunidades indígenas administrarse ellas mismas, [y les concedió también] jurisdicción en asuntos penales y civiles de menor importancia. (…) Los cabildos mismos eran como pequeñas audiencias: les correspondían funciones judiciales, administrativas y legislativas (ordenanzas de cabildos). Su función judicial era más bien de apelación, correspondiendo la primera instancia a los alcaldes ordinarios.” (Margadant, 1971:62 y 66). 10  “En el siglo XVI el gobierno español reconoció que las comunidades indígenas eran cuerpos organizados sobre estatutos y con personalidad jurídica que les daban carácter perpetuo o indefinido y la capacidad de administrar la propiedad de sus bienes raíces.” (Birrichaga y Suárez, 2008:246). 11  “El conocimiento sobre los inicios de las operaciones en los pueblos y villas, parten en buena medida de la constatación de que las “licencias” de fundación, o el reconocimiento formal de su presencia, fue acompañado por la concesión de tierras, licencia para el uso de aguas y el reconocimiento a un cuerpo local de autoridades, con atribuciones para los procesos de distribución de tierras y aguas.” (Urquiola, 2006:4). 12  “Al fundarse las poblaciones, éstas recibían con su fundo legal agua para el abasto de la población y del ganado. El agua de uso comunal era administrada por el cabildo que ejercía el derecho corporativo.” (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:149). 13  “… cada pueblo tuvo en su república un cuerpo de gobierno y en su comunidad un conjunto de bienes colectivos. República y comunidad eran componentes del pueblo. Así se consolidó la figura jurídica y territorial de pueblo de indios.” (García, [2000], 2002:254). 14  “La investigación reciente del derecho indiano demuestra que en la práctica sí hubo derechos de agua implícitos en mercedes de tierra concedidas en las Indias, en caso de que éstas se refieran a tierras de pan llevar, tierras de labor, labranzas y algunas categorías más. Y esto queda confirmado por Prudencio Antonio Palacios, uno de los notistas a las Leyes de Indias.” (Margadant, 1986:959). 15  “Prudencio Antonio de Palacios, titular de una larga y distinguida carrera indiana desde fines del siglo XVII hasta mediados del siglo XVIII escribe, … ‘Las aguas vienen en concesión de los campos, aunque no se expresen, porque las aguas son necesarias para regar los campos’.” (Margadant, 1989:142). 16  “…en caso de que la Corona mercedara la tierra, tácitamente las fuentes y las aguas por debajo de tal tierra fueron comprendidas en la merced. Parece que estamos en presencia de otro caso más de otorgamiento tácito de derechos sobre aguas, implícito en mercedes de tierras, al lado de aquellos otorgamientos implícitos en mercedes de tierra indicadas con nombres especiales, como “tierras de regadío”, “tierras de riego”, “tierras de labor” o “tierras de pan llevar”, cuya existencia Taylor ha demostrado convincentemente, en mi opinión.” (Margadant, 1992:257). 17  “De las tres principales clasificaciones de las tierras de cultivo, se puede deducir con certeza que el derecho de agua implícito sólo podía extenderse a las tierras de pan llevar. (…) Si se … otorgaba un pedazo de tierra de pan llevar incluso si no estaba especificada el agua, podía infe-

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rirse con certeza que se le concedía el agua que iba con ella.” (Meyer, [1984], 1997:134). 18  “En cuanto a los nombres y calidades de las tierras, ha de tenerse presente que: Tres calidades de tierras hay, según reales ordenanzas, de las cuales las primeras se llaman de Pan sembrar, las segundas se llaman de Pan coger, y las terceras de Pan llevar. Las tierras de pan sembrar, son las de trigo aventurero: las de Pan coger son las de temporal, y las de Pan llevar son las de riego, esto es, las que tienen aguas.” (Galván, [1868], 1998:181). 19  “… para los efectos de las mercedes y ventas de tierras, se distinguían tres clases de ésta: de pan sembrar, de pan coger y de pan llevar. Las primeras son las propicias al cultivo del trigo –tierras de trigo aventurero-; las segundas son las tierras de riego, y las últimas las temporalearas.” (Mendieta, 1923:38). 20  “En esto sólo advierto que teniendo, como tiene, Su Majestad fundada su intención para el dominio de tierras y agua, y siendo de su Real Patrimonio, no pueden los poseedores que son detentadores [N. del E.: Detentador. El que retiene la posesión que no le toca], alegar prescripción con patente mala fe, mayormente cuando aún con ella Su Majestad ha usado repetidas veces de tanta benignidad, convidando con el beneficio para que los que con mala fe hubieren poseído diez años, se admitan a composición, y es terquedad no querer componerse. (…) de suerte que para riego de caballerías de [tierras] se hacen las mercedes de agua por surcos, y de la misma forma para suertes de cañas, para batanes, molinos, ingenios y trapiches, y suele ser motivo de pleitos cuándo en las mercedes se dice que se hace del agua necesaria para alguna de las cosas referidas, y es lo mejor expresar el número de surcos de que se hace la merced…” (Sanz de Escobar, 1749). 21  “El carácter de ribereña que una propiedad territorial pudiera tener, o la sola existencia de corrientes de agua dentro de la propiedad, no eran títulos suficientes para conferir derechos de aguas, si la merced no declaraba expresamente que la propiedad de las tierras se hubiera concedido con al de las aguas. En suma, no había accesión de las aguas. El concepto de la propiedad de las aguas, nació pues, en Nueva España juntamente con el de la propiedad de las tierras, y durante mucho tiempo ambos conceptos fueron inseparables, pues habiendo tenido ambas propiedades el mismo origen, siendo idénticas las formas de su adquisición, y viniendo casi siempre yuxtapuestas ambas propiedades, no sorprende que durante mucho tiempo no se haya pensado en la propiedad de las aguas independientemente de la de las tierras, y que no haya habido oportunidad para que se formara un cuerpo de doctrina especial, respecto de la propiedad de las aguas.” (Molina, 1909:169). 22  “… todos los derechos de aguas de origen español o mexicano tuvieron que basarse en mercedes expresas…” (Baade, 1995:31). 23  “Margadant habla de ciertos “derechos implícitos”, para los casos de una merced de tierra en que no se hubiese señalado expresamente los derechos de agua. Si se considera la opinión de Antonio Dougnac en el sentido que las mercedes de tierra y agua eran totalmente diferentes, se podría contradecir la opinión de Margadant. No obstante, creo que es adecuada la conclusión de Margadant, y éste podría ser otro ejemplo de la flexibilidad del régimen jurídico de las aguas en el derecho indiano; además, no significa el quebrantamiento del principio de la necesidad de previa concesión, pues si bien no hay aquí una concesión o merced de aguas propiamente tal, si hay una merced de tierras, que involucraría también las aguas necesarias para regarlas, lo que parece natural y lógico. Incluso, como he adelantado, hay textos que en apariencia se refieren textualmente sólo a las tierras, en forma implícita es dable concluir que también incluyen las aguas necesarias para regarlas.” (Vergara, 1998:116-117).

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24  El Reglamento General de las medidas de las aguas de 1761 señala que todas “las aguas de los públicos ríos, del público y común uso: que no se presuma haber de ser públicas y comunes en cuanto a su uso personal y doméstico, (…) libertad para que cualquiera pueda sacar la que quisiere, para el socorro de sus domésticas necesidades…” (Lasso de la Vega, [1761], 1998:261). 25  “No siendo navegable un río, puede cualquier vecino del pueblo por donde pasa, extraer parte de sus aguas para regar sus tierras, (…) con tal que lo haga sin perjuicio del uso comunal, o del destino que el pueblo les hubiese dado. Partida 3ª. Título 32, Ley 18.” (Orozco, [1925], 1975:131). Carecemos de una versión de las Partidas para su consulta. 26  “Los derechos adquiridos bajo estas leyes [coloniales y mexicanas] son de tres clases: los derechos de las municipalidades (villas, pueblos, etc.), derechos de los pueblos indígenas, y derechos de los individuos.” (Baade, 1995:25; ver también pp. 32-33). 27  La composición es la “convalidación de una situación ilegal mediante el pago de derechos.” (Margadant, 1971:73). 28  “Las composiciones fueron un medio por el cual los españoles podían legalizar las apropiaciones de tierra y agua que se habían adjudicado en forma ilegal a través de un pago en dinero.” (Salazar-Exaire, 2007:148). 29  “Que se admita la composición de tierras: considerando el mayor beneficio de nuestros vasallos, ordenamos y mandamos a los Virreyes y presidentes gobernadores, que en las tierras compuestas por sus antecesores no innoven, dejando a los dueños en su pacifica posesión; y los que hubieren introducido y usurpado más de lo que les pertenece, conforme a las medidas, sean admitidos en cuanto al exceso, a moderada composición, y se les despachen nuevos títulos de tierras por ministros: y todas las que estuviere por componer, absolutamente harán que se venda a vela y pregón, y rematen en el mayor ponedor, dándoselas a razón de censo al quitar, conforme a las leyes y pragmáticas de estos reinos de Castilla: y remitimos a los Virreyes, y Presidentes el modo y forma de la ejecución de todo lo referido, para que lo disponga con la menos costa, que sea posible: y por excusar lo que se pueda seguir de la cobranza, ordenaran a nuestros oficiales reales de cada distrito, que al hagan por su mano, sin enviar ejecutores valiéndose de nuestras Audiencias reales, y donde no las hubiere, de los corregidores, y porque se han dado algunos títulos de tierras, por ministros, que no tenían facultad para repartirlas, y se han confirmado por Nos en nuestro consejo, mandamos, que a los que tuvieren cedula de confirmación, se les conserve y sean amparados en la posesión dentro de los límites en ellas contenidos, y en cuanto hubieren excedido, sean admitidos al beneficio de esta ley. (Felipe IV, 27 de mayo de 1631).” (Libro IV, Título XII, Ley XV, en Rec. de Ind. [1681], 1976). 30  El Plan de Pitic de 1789 ejemplifica la fundación de la villa del Pitic, actualmente Hermosillo, capital del estado de Sonora, en donde en el punto 3 se establece que, por Instrucción de su Majestad, se demarca y amojona el terreno concedido a la nueva población; y, para promover el fomento de la nueva población, se señala que “el uso y ejercicio de la Real jurisdicción queda a cargo del Gobernador Político de la Provincia, y del Alcalde Mayor o Teniente…” quienes eran los encargados de “…hacer los repartimientos de casas solares y aguas…”. El punto 10 señala que “…se ejecutará le repartimiento entre los primeros pobladores echando suertes…” Más adelante, el punto 15 indica que “Verificado el amojonamiento y aplicación de las ocho suertes de regadío a favor de los Propios de la nueva población, las restantes que hubiere útiles en su Distrito, ya sean de regado o de temporal, quedarán a beneficio de los pobladores, a quienes se irán repartiendo y mercenando a medida que se vayan estableciendo en ella, y no siendo posible dar regla fija sobre el número de suertes que podrían repartirse y mercenarse a cada

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poblador, se deja al prudente arbitrio del Comisionado la facultad de regular y mercenarles las que considere suficientes a la manutención de la familia de cada uno…” (Plan de Pitic, 1789 recopilado en Margadant, 1988a:706 y en Aboites et al., 2000:73). 31  “En el caso de Puebla, el agua y la tierra fueron concedidas a la ciudad como parte de sus propios desde 1548, y el ayuntamiento era la institución que debía otorgar estas mercedes … El agua, como se ha mencionado, era propiedad de la ciudad. Por lo tanto, no se vendía, sólo se cedía su usufructo.” (Salazar, 2010:2-3). 32  “El agua en las tierras que pertenecían a la comunidad, como el agua en la tierra real, era para uso comunal, y era administrada por el cabildo, que ejercía el derecho corporativo.” (Meyer, [1984], 1997:129). 33  “El conocimiento sobre los inicios de las operaciones en los pueblos y villas parten en buen medida de la constatación de que las “licencias” de fundación, o el reconocimiento formal de su presencia, fue acompañado por la concesión de tierras, licencia para el uso de las aguas, y el reconocimiento a un cuerpo local de autoridades, con atribuciones para los procesos de distribución de las tierras y aguas.” (Urquiola, 2006:4). 34  “El agua de uso comunal era administrada por el cabildo que ejercía el derecho corporativo.” (Fernández, Endfield y O’Hara, 2004:149). 35  Disposiciones que hablan de una autoridad, multas y los arreglos que se realizarán con lo que se obtenga de la multa: “9ª.- … que las tandas se hagan de … en lo sucesivo, desde el 20 de febrero hasta otro igual de marzo, a disposición del señor comisionado, que ha de hacer el repartimiento conforme a las porciones y mercedes que … a cuyo efecto queden en su poder los títulos que consta habérsele exhibido en diligencias de los autos citados, de … suerte se evitarán y quedan disueltas las juntas. 10ª.- Ítem, que cualquiera persona, sea labrador o particular, o de cualquier estado, que abriere portillos o pusieren tomas en la acequia madre, se les saquen … cincuenta pesos de multa. 11ª. Que en igual conformidad, los labradores formen abrevaderos en sus pertenencias a sus ganados, de suerte que no derrumben los bordos de la acequia madre, habiendo agua en ella, bajo la dicha pena de cincuenta pesos, aplicada éste y la anterior para mejoras de la misma acequia y demás maniobras a este fin conducentes.” (Acuerdo para el uso del agua de la Laguna de Yuriria de 1780, en AHA. Aprovechamientos Superficiales, Caja 1396, exp. 19096, fs.17-39). 36  “En 1643, el repartimiento de aguas de Yzucar resultó insatisfactorio, de manera que el virrey ordenó una reestructuración total del sistema (lo cual confirma que los derechos de aguas nunca eran definitivos: tenían carácter precario, quedando siempre supeditados a nuevos criterios por parte de la autoridad superior).” (Margadant, 1989:143). 37  Recopilación de Leyes, formada y anotada por Amador Coromina, oficial 4º. de la Secretaría de Gobierno, del estado de Michoacán. 38  Téllez G. Mario y Piña L., Hiram (editores versión facsimilar digitalizada) 2010 Colección de Decretos del Congreso del Estado de México, 1824-1910. 31 volúmenes. Co-edición: Poder Legislativo LIV Legislatura estado de México; Instituto de Estudios Legislativos; Universidad Autónoma del estado de México; El Colegio Mexiquense. 39  Refieren para el estado de Hidalgo que “la creación de organismos operadores municipales genera tensión y desgaste donde ya hay instituciones comunitarias o multicomunitarias para el abasto del agua.” (Galindo y Palerm, 2011:214-215). 40  El número de habitantes y el número de alcaldes para las repúblicas de indios se establece “… en cada pueblo, y reducción haya un alcalde indio de la misma reducción, y si pasare de ochen-

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ta casas, dos alcaldes, y dos regidores, también indios, y aunque el pueblo sea muy grande, no haya más de dos alcaldes, y cuatro regidores: y si fuere de menos de ochenta indios, y llegare a cuarenta, no más de un alcalde, y un regidor, los cuales han de elegir por año nuevo otros, como se practica en pueblos españoles, e indios en presencia de los curas.” (Libro VI, Título III, Ley XV de la Rec. de Ind. [1681], 1976). 41  “Art. 309. Para el gobierno interior de los pueblos habrá ayuntamientos compuestos de alcalde o alcaldes, los regidores y el procurador síndico, y presididos por el jefe político donde lo hubiere, y en su defecto por el alcalde o el primer nombrado entre éstos, si hubiere dos. Art. 310. Se pondrá ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a mil almas, y también se les señalará término correspondiente.” (Constitución de Cádiz, compilada en Tena, [1957], 2002). 42  Decreto para la formación de los ayuntamientos constitucionales del 23 de mayo de 1812 manda que se establezcan ayuntamientos en los pueblos que no los tuvieren y que conviniera que hubiese en adelante bajo las siguientes reglas: “I. Cualquiera pueblo que no tenga ayuntamiento, y cuya población no llegue a mil almas, y que por sus particulares circunstancias de agricultura, industria o población considere que debe tener ayuntamiento, lo hará presente a la diputación de la provincia, para que en virtud de su informe se provea lo conveniente por el gobierno. II. Los pueblos que no se hallen con estas circunstancias seguirán agregados a los ayuntamientos a que lo han estado hasta aquí… agregándose al más inmediato en su provincia los que se formares nuevamente… IV. Como no puede dejar de convenir que haya entre l gobierno del pueblo del pueblo y su vecindario aquella proporción que es compatible con el buen orden y mejor administración, habrá un alcalde, dos regidores y un procurador síndico en todos los pueblos que no pasen de doscientos vecinos; un alcalde, cuatro regidores y un procurador en los que teniendo el número de doscientos vecinos, no pasen de quinientos; un alcalde, seis regidores y un procurador en los que llegando a, quinientos no pasen de mil; dos alcaldes, ocho regidores y dos procuradores síndicos en los que desde mil no pasen de cuatro mil; y se aumentará el número de regidores a doce en los que tengan mayor vecindario.” (Decreto compilado en Arévalo, [1829], 2005). 43  “Art. 1º. Desde la fecha en que se publique el presente reglamento, queda abolida la constitución española en toda la extensión del Imperio. Art. 2º. Quedan, sin embargo, en su fuerza y vigor las leyes, órdenes y decretos promulgados anteriormente en el territorio del Imperio hasta el 24 de febrero de 1821, en cuanto no pugnen con el presente reglamento, y con las leyes, órdenes y decretos expedidos, o que se expidieren en consecuencia de nuestra independencia. Art. 91. Subsistirán también con sus actuales atribuciones…, los ayuntamientos de las capitales provinciales, los de cabezas de partido y los de aquellas poblaciones considerables, en que a juicio de las diputaciones provinciales y jefes políticos superiores, haya competente número de sujetos idóneos, para alternar en los oficios de ayuntamiento, y llenar debidamente los objetos de su institución. Art. 92. En las poblaciones que carezcan de la idoneidad requerida, habrá, sin sin embargo a discreción de las mismas diputaciones y jefes políticos, uno o dos alcaldes; uno o dos regidores, y un síndico, elegidos a pluralidad de su vecindario”. (Reglamento, compilado en Tena, [1957], 2002). 44  La Constitución señaló que los ayuntamientos se establecerían “Art. 104. … en los que por sí, o con su comarca, consten lo menos de cuatro mil almas.” Y en los que no llegaren a este número “Art. 105. … se unirán entre sí hasta completarlo para formar ayuntamiento.” (Constitución, compilada en Coromina, 1886-1887).

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45  Aunque el análisis en curso de las Constituciones estatales arroja que la existencia de municipios “pequeños” prevaleció en varios estados de la República mexicana. 46  “… la Constitución local de 1825 preservó parte de las organizaciones política y económica de los “extintos pueblos de indios”, al otorgar a los pequeños pueblos el rango de “república”. Según las leyes, la “nueva institución” sería la encargada de financiar la escuela de primeras letras … recaudar, administrar e invertir los productos de los propios y arbitrios, y los fondos del común. Así, los pequeños pueblos o repúblicas como Tepenene, mantuvieron su territorio comunal y sus Propios y Arbitrios (el nuevo término para los bienes de comunidad), no sólo por la costumbre y su resistencia, sino también porque así lo establecía la Constitución estatal.” (Mendoza, 2002:755). 47  “Art. 22. Habrá ayuntamientos en las capitales de departamento, en los lugares en que los había el año de 1808, en los puertos cuya población llegue a cuatro mil almas, y en los pueblos que tengan ocho mil. En los que no haya esa población, habrá jueces de paz, encargados también de la policía, en el número que designen las juntas departamentales, de acuerdo con los gobernadores respectivos.” (Sexta ley constitucional, compilada en Tena, [1957], 2002). 48  Art. 27 constitucional, 2º. Párrafo: “… Ninguna corporación civil o eclesiástica, cualquiera que sea su carácter, denominación u objeto, tendrá capacidad legal para adquirir en propiedad o administrar por sí bienes raíces, con la única excepción de los servicios destinados inmediata y directamente al servicio u objeto de la institución.” (Constitución de 1857, compilada en Tena, [1957], 2002). 49  “La vigencia de la Constitución de Cádiz provocó, en palabra de Annino, una revolución local en la cual los pueblos buscaban separarse de sus cabeceras y los ayuntamientos lograron apropiarse del poder fiscal y judicial del aparato estatal y, a la vez, proteger sus prácticas de autogobierno.” (Buye, 2007:62). 50  “Los [pueblos] sujetos aprovecharon la disposición gaditana para constituirse en gobierno aparte y desprenderse de su antiguo gobierno indígena.” (Cortés, 2007:36). 51  “Todo indica que “la revolución territorial” que menciona Antonio Annino habría que matizarla para la primera etapa (1813-1814) y posiblemente para la segunda (1820-1821).” (Escobar, 2007:146). 52  “El ayuntamiento gaditano y su heredero se van a sobreponer a las autoridades étnicas, pretendiendo eliminar la cabeza piramidal del gobierno indio: el gobernador, quien representaba el mayor rango de la jerarquía política.” Se aprecia “un desplazamiento del centro político indio a las localidades subalternas, en otras palabras, los pueblos indios volvieron a recrear su estructura, ya no en las cabeceras sino en los pueblos-sujetos, barrios, rancherías, siendo ahora el regidor el representante del territorio indígena.” (Escobar, 2007:137-138). 53  “La inmensa mayoría de las repúblicas de naturales se convirtieron en localidades dependientes de los nuevos ayuntamientos. Por ejemplo, en la Huasteca potosina y en el Bajío guanajuatense, la jerarquía estaba marcada por la existencia de repúblicas de indios que rodeaban cabildos españoles. En estas regiones, los ayuntamientos constitucionales se establecieron en las antiguas cabeceras españolas, lo cual implicó que los gobiernos étnicos desaparecieran, como en Celaya, o bien que continuaran pero en una relativa nulidad institucional, como en las huastecas.” (Ortiz y Serrano, 2007:11). 54  “El ayuntamiento se convierte en un punto intermedio en el cual confluyen tanto la organización político-religiosa de la comunidad local, como en la organización política del gobierno nacional. Para el caso de Altepexi, esto fue posible hasta el momento en que pasa a ocupar un

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lugar subordinado frente al municipio de Ajalpan, como junta auxiliar y por tanto a ser manejado de acuerdo a los intereses que se desarrollaban en Ajalpan. En el valle de Tehuacán se dieron, por tanto, dos procesos diferentes en cuanto a la organización político-religiosa, y el control del agua. a) En algunos pueblos como Chilac, la clase indígena siguió controlando el agua comunitaria y reforzó su estructura político-religiosa, la cual pasó a identificarse con el ayuntamiento. b) En otros pueblos, como Ajalpan las dos clases sociales [indios y españoles] entraron en conflicto por la apropiación de los recursos, buscando para ello el control político local. La gente de razón se apodera de éste y trata de subordinar a los indígenas, política, social, económica y religiosamente. La estructura político-religiosa se vuelve ambivalente, en cuanto propicia la identificación de la clase indígena frente a los mestizos y en cuanto es utilizada por éstos últimos como un mecanismo de dominación.” (Henao, 1980:90-91). “…los derechos [que] habían sido otorgados a todo el pueblo … fueron heredados por la municipalidad con todas las servidumbres que tenía la república de indios, o sea, que pertenecían al territorio como tal, … el derecho sobre las tierras, aguas y bosques que el pertenecían pasó al municipio, cuyas derechos representaba el ayuntamiento. … La institución de los ayuntamientos constitucionales provocó un enfrentamiento con las comunidades indígenas, pues la creación de ayuntamientos, en su mayoría dominados por población mestiza, suponía el sometimiento de aquéllas a su autoridad y gobierno, además de obligarlas a entregar sus bienes de comunidad para ser administrados por éstos. Conforme este parámetro, se puede recalcar que la ciudad de Rioverde, aunque ya no fuera considerada “de indios” y en esta vivieran mestizos, mulatos y no indios, conservó los derechos que tenían aquéllos sobre las tierras, aguas y bosques, lo que no dejo de causar conflictos cuando se trató de pelear por esos derechos, pues hubo confusiones por el cambio de república a ayuntamiento.” (Sánchez, 2008:116-117). “Al contrario de otras provincias novohispanas, como Puebla, Yucatán y México, en los pueblos de indios de Guanajuato, entre 1810-1814, no se aplicó por completo la legislación gaditana sobre ayuntamientos, ya que únicamente se erigieron estos consejos municipales en Apaseo, San Miguel Octopan, San Pedro Tenango, Chamacuero, San Juan de la Vega e Ixtlán.” (Serrano, 2007:416). “En el estado de México, de las 1,245 repúblicas de indios sólo 202 se convirtieron en ayuntamientos después de 1820.” (Ortiz y Serrano, 2007:11). “Al iniciar el año 1820, seguían funcionando en Michoacán los gobiernos de las repúblicas de indios, … ejerciendo una amplitud de funciones jurisdiccionales y administrativas apoyados en usos y costumbres más que en una legislación expresa que les confiriera tales funciones.” (Hernández, 2007:250). “Pese a que la Constitución del estado [de Michoacán] de 1825 no reconocía el gobierno de las “extinguidas repúblicas de naturales”, éstas subsistieron de facto en la antiguas ex-cabeceras de república, oponiéndose a que los nuevos ayuntamientos –dominados por mestizos- controlarán sus tierras de comunidad.” (Cortés, 2007:35). “Las repúblicas –por lo menos durante la primera época del constitucionalismo gaditano- también coexistieron con los ayuntamientos.” (Güemez, 2007:108). “Con la nueva organización liberal se quedó fuera legalmente aunque prevalecía en los usos y costumbres, la tradición de autogobierno de los pueblos organizados en repúblicas de indios.” (Salinas, 2011:84). “… el régimen constitucional mexicano, a partir de la independencia, olvidó e ignoró al municipio por razones de técnica legislativa. Se pensaba en el constitucionalismo clásico de aquella

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época, del siglo XIX, que la federación no debía interferir la autonomía de los estados en sus regímenes interiores, en donde se encuentra el régimen municipal. Por lo tanto, se afirmó que la Constitución general no podía legislar en materia municipal, y así sucedió que en las constituciones de 1824 y 1857, no se abordó el municipio. Había de ser hasta la época de Carranza cuando comienza ya a aflorar el constitucionalismo moderno y comienza ya a avocarse, a dictar leyes, que resguardarán la autonomía de los municipios.” (Ochoa, 1985:26). “Art. 11. Estará a cargo de cada ayuntamiento la administración e inversión de los caudales de propios y arbitrios, …” (Decreto compilado en Arévalo, [1829], 2005). Para Michoacán se está revisando la compilación de Amador Coromina (1886-1887) y para el estado de México la compilación editada por Téllez y Piña (2010). “Si bien es cierto que se pretendían dividir todas las tierras con la finalidad de crear pequeños propietarios, es muy posible que el gobierno tuviera ciertos recelos sobre que los indígenas una vez repartidas las tierras pudieran subsistir de manera individual, de ahí que en el artículo 35 los montes, aguas y pastos –que se conocían como ejidos- se dejarán para uso común, pudiendo los indígenas encontrar aquí una fuente complementaría a su economía.” (García, 1992:55). La ley de 13 de diciembre de 1851 dice textualmente: “Art. 35. No podrán repartirse las tierras y solares que forman las calles, plazas y cementerios, ni las que estuvieren consagradas a algún objeto público, ni los fundos legales y ejidos de los pueblos. Art. 36. El gobierno reglamentará esta ley, y al hacerlo dirá cuáles son o en que consisten los fundos legales de los pueblos y sus ejidos, señalados por las antiguas leyes españolas. Art. 37. A los ayuntamientos que son depositarios y administradores de terrenos comprendidos en el artículo anterior corresponde guardar y custodiar en sus archivos, los títulos de propiedad, con cuyo deber cumplirán eficazmente.” (Ley compilada en Coromina, 1886-1887). “Entre las corporaciones de carácter perpetúo o indefinido a que se refiere la ley de 25 de junio de 1856, están incluidos los pueblos o comunidades de indígenas y los municipios que los representan; en consecuencia, quedaron comprendidos en el precepto general de la desamortización los bienes raíces que les pertenecían, y que al legislación de reforma califica de comunales. La legislación española prohibió terminantemente la venta, préstamo, empeño y arrendamiento de tierras de indios, con lo que abrió la puerta a un cierto género de amortización aún más perjudicial que la del clero, … Esta ley primero, y después las otras disposiciones suministraron los medios de remediar semejante situación, que por desgracia las autoridades locales han logrado hacer hasta ahora ineficaces. La adjudicación de bienes raíces de corporaciones era la base fundamental de la reforma, y las resoluciones de 29 de agosto, 17 de septiembre, 20 de octubre, 13 y 28 de noviembre, 24, 26 y 29 de diciembre de 1856, consecuentes con el sistema adoptado, declararon que los bienes comunales arrendados a la fecha de la expedición de la ley se adjudicaran al arrendatario, quedando por lo mismo comprendidos en el precepto general. Los bienes no arrendados pertenecientes a esta clase de comunidades pueden considerarse bajo dos aspectos: primero, los destinados a un servicio público; segundo, los explotados por los comuneros individualmente, pero sin que tal explotación constituya un beneficio público. En ambos casos los bienes que se trata pueden ser fincas, terrenos, montes y aguas, y para cada una de estas especies se han dictado disposiciones especiales…” (Labastida, 1893:19) Un ejemplo de “que los pueblos, lo mismo que las comunidades de indígenas, estaban incapacitados para litigar” (SCJN, 1992:227) es el conflicto en el estado de Hidalgo, entre los pueblos de San Bartolomé Tepetitlan y San Francisco Sayula contra los dueños de la Hacienda de Endó, sobre la propiedad de unos terrenos, que por ser del común de esos pueblos, en la sentencia de

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la Primera Sala del Tribunal Superior del Distrito se declara que los pueblos no tenían personalidad jurídica para comparecer en juicio, ante esta situación se interpone un amparo, que los pueblos pierden toda vez que no tramitaron permiso al Jefe Político para ser actores y porque la Constitución extinguió las comunidades indígenas. (SCJN, 1992:87) 68  Un ejemplo del actuar individual y no colectivo es en el estado de México, cuando la comunidad de Atarasquillo consigue amparo de la justicia federal contra los actos de la autoridad municipal de Lerma quien pretendió despojarlos de la ciénega de Chignahuapan. Los “vecinos de Atarasquillo se presentaron ante la Justicia Federal no como una corporación o “pueblo”, sino como un conjunto de individuos propietarios de la ciénega… Los quejosos argumentaron que, si bien las leyes federales habían proscrito en 1856 la posesión y administración colectiva de los bienes raíces de antigua propiedad corporativa, ellos habían asumido a partir de esa fecha la propiedad individual de la ciénega de Chignahuapan, pero que, por encontrarse constantemente anegada, les había sido imposible dividirla entre todos y que entonces habían decidido gozar de ésta mancomunadamente. De esta forma, los vecinos de Atarasquillo habían asumido ante la justicia que formaban un colectivo de individuos con personalidad jurídica para litigar y solicitar amparo por los actos de autoridad perpetrados en 1878 en contra de sus garantías individuales.” (García y Román, 2007:227). 69  Para el sur del Valle de Toluca, Camacho (2007) analiza tres juicios de amparo a los que recurrieron los vecinos de los pueblos en calidad de “individuos”, para evitar de alguna manera perder sus bienes comunales. 70  “El 7 de diciembre de 1874 la legislatura del estado de Veracruz autorizó al gobernador –debido esto a la resistencia indígena ante la división de la tierra a los ayuntamientos para que, en el caso de división individual, ésta no fuera recomendable en consideración a los conflictos que se pudieran generar- para que procediera al reparto de grandes lotes de propiedad colectiva a los que se denominó condueñazgos. La introducción de este tipo de tenencia de la tierra, recogió en gran parte el espíritu desamortizador, ya que las tierras de los pueblos indios eran divididas en grandes lotes y dentro de éstos cada “socio” tenía un cierto número de hectáreas para sembrar de manera individual, pero la tierra en su conjunto seguía perteneciendo al pueblo, dado que no se entregaban título de propiedad individual. La división en grandes lotes y las concesiones a varios dueños establecía una forma de permanencia de la propiedad, con el objetivo de que no se perdiera el derecho sobre la misma y de establecer los límites de la territorialidad de un pueblo.” (Escobar, 2001:183). 71  Marino (2008) describe el caso de Huixquilucan, donde las poblaciones indígenas insisten en conservar la administración de sus bienes comunales. 72  “Art. 211.- Mientras que la Soberanía de la Nación forma el cuerpo de leyes, que han de sustituir a las antiguas, permanecerán éstas en todo su rigor, a excepción de las que por el presente, y otros decretos anteriores se hayan derogado, y de las que en adelante se derogaren.” (Constitución de 1814, compilada en Tena, [1957], 2002). 73  “Art. XII. Instalada la Junta provisional gobernará interinamente conforme a las leyes vigentes en todo lo que no se oponga al Plan de Iguala, y mientras las Cortes formen la constitución del Estado.” (Tratado compilado en Tena, [1957], 2002). 74  “Art. 1º. Desde la fecha en que se publique el presente reglamento, queda abolida la Constitución española en toda la extensión del imperio. Art. 2º. Quedan, sin embargo, en su fuerza y vigor las leyes, órdenes y decretos promulgados anteriormente en el territorio del Imperio hasta el 24 de Febrero de 1821, en cuanto no pugnen con el presente reglamento, y con las leyes,

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órdenes y decretos expedidos, o que se expidieren en consecuencia de nuestra independencia. Y porque entre las leyes dictadas por las cortes españolas hay muchas tan inadaptables como la Constitución, que aquí sería embarazoso expresar, se nombrara una comisión de dentro y fuera de la Junta que las redacte, y haciendo sobre ellas las observaciones que le ocurran, las presente a la misma Junta o al futuro Congreso, para que se desechen las que se tengan por inoportunas.” (Reglamento compilado en Tena, [1957], 2002). 75  El artículo 72, fracción XVI, en donde se facultaba el Congreso “para conceder o negar la entrada de tropas extranjeras en el Territorio de la federación, y consentir la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en las aguas de la República.” En plena referencia a las aguas marítimas. (Constitución de 1857 compilada en Tena, [1957], 2002). 76  “En vano se dice que el Código fue expedido para el Distrito y territorios, pues en el precepto [Art. 1076] se refiere a todos los bienes de la Unión.” (Pallares, 1897:XVI). El artículo mencionado señala “que la Unión, el Distrito y la California en sus casos, así como los Ayuntamientos se consideran como particulares para la prescripción de sus bienes que sean susceptibles de propiedad privada.” Para el caso de Michoacán, el Decreto número 87 del 31 de julio de 1871 señala: “Art. 1º. Se adopta para el Estado el Código Civil del Distrito Federal y territorio de la Baja California, sancionado en 13 de diciembre de 1870. Art. 4º. El Código comenzará a regir en el Estado desde el día 1º de enero de 1872. (Decreto en Coromina, 1886- 1887). 77  Cuarto gobernador del Nuevo Reino de León de 1625 a 1664.

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Moscas blancas. Temas selectos sobre su manejo Ortega Arenas Los transgénicos. Oportunidades y amenazas Villalobos Arámbula El cultivo del maíz. Temas selectos. Vol. I y II Rodríguez Montessoro y De León ¿Qué hacemos con el campo mexicano? Villa Issa Agricultura: deterioro y preservación ambiental De la Isla de Bauer Las ciencias agrícolas mexicanas y sus protagonistas. Vol. I, II y III Casas, Martínez e Infante Producción de árboles y arbustos de uso múltiple Pimentel Bribiesca El zacate búfalo Martínez Reyna Ariete Hidráulico Ortega Rivera Sabiduría del desierto, agaves y cactos Parks S. Nobel Semillas mexicanas de maíz: su potencial productivo Trueba Carranza

Herbolaria Mexicana Jiménez Merino El libro de los Bovinos Criollos de América De Alba Martínez La operación de los sistemas de riego Palacios y Exebio Manual práctico de ArcView GIS 3.2 Mejía Sáenz Cultivo del tomate en hidroponía e invernadero Velasco, Nieto, Navarro Agroecología y enfermedades de la raíz en cultivos agrícolas. García Espinosa Impacto ambiental de Incendios Forestales Flores Garnica Manejo de fertilizantes químicos y orgánicos Salgado García y Núñez Escobar Captación de agua de lluvia Anaya Garduño Turismo Rural Juárez y Ramírez Las variedades del chayote y su comercio mundial J. Cadena y M. de L. Arévalo

Practical Plant Nematology Manzanilla y Marbán

El ensalitramiento de los suelos bajo riego Aceves Navarro

Manzaneros chihuahuenses Favret Tondato

Guía ilustrada de plantas ornamentales Torres, Velasco, Rodríguez, Reynoso y García

El frijol silvestre Peña Valdivia Editorial del Colegio de Postgraduados Carretera México-Texcoco Km. 36.5 Montecillo, Texcoco 56230, Estado de México

Caña de azúcar Salgado, Lagunes, Núñez, Ortíz, Bucio y Aranda

Said Infante Gil Judith Sandoval [email protected]

Antología sobre riego Instituciones para la gestión del agua: vernáculas, alegales e informales Jacinta Palerm Viqueira Tomás Martínez Saldaña editores

Se terminó de imprimir en julio 2013 en Printing Arts México, Guadalajara, Jalisco, México. El tiraje consta de 1,000 ejemplares.

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