«Álvar García de Santa María y la escritura de la historia»

July 26, 2017 | Autor: Francisco Bautista | Categoría: Historiography, History of Historiography
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Descripción

MODELOS INTELECTUALES, NUEVOS TEXTOS Y NUEVOS LECTORES EN EL SIGLO XV CONTEXTOS LITERARIOS, CORTESANOS Y ADMINISTRATIVOS PRIMERA ENTREGA

SAL AMAN CA 2012

PUBLICACIONES DEL SEMYR documenta 4

Director Pedro M. Cátedra

Coordinadora de colección Eva Belén Carro Carbajal

CONSEJO CIENTÍFICO DE LAS PUBLICACIONES DEL SEMYR Vicente Beltrán Pepió (Università degli Studi di Roma, La Sapienza) Mercedes Blanco (Université Paris-Sorbonne) Fernando Bouza (Universidad Complutense) Juan Carlos Conde (Magdalen College, University of Oxford) Inés Fernández-Ordóñez (UAM & Real Academia Española) Juan Gil (Real Academia Española) Antonio Gargano (Università degli Studi di Napoli Federico II) Fernando Gómez Redondo (Universidad de Alcalá) Víctor Infantes (Universidad Complutense) María Luisa López-Vidriero Abelló (IHLL & Real Biblioteca) José Antonio Pascual Rodríguez (Real Academia Española) Jesús Rodríguez-Velasco (Columbia University) Christoph Strosetzki (Westfälische Wilhelms-Universität, Münster) Bernhard Teuber (Ludwig-Maximiliam-Universität, Munich)

Forman también parte de oficio del Consejo Científico las personas que, en corriente mandato, integren el consejo directivo del Seminario de Estudios Medievales y Renacentistas (Juan Miguel Valero Moreno, Francisco Bautista Pérez, Bertha Gutiérrez Rodilla, Elena Llamas Pombo), así como también quienes ostenten o hayan ostentado la presidencia de la Sociedad de Estudios Medievales y Renacentistas: Alberto Montaner Frutos (Universidad de Zaragoza) Fernando Baños Vallejo (Universidad de Oviedo) María José Vega Ramos (Universidad Autónoma de Barcelona)

MODELOS INTELECTUALES, NUEVOS TEXTOS Y NUEVOS LECTORES EN EL SIGLO XV CONTEXTOS LITERaRIOS, CORTESaNOS Y aDMINISTRaTIVOS PRIMERa ENTREGa presentación & dirección de Pedro M. Cátedra estudios de

Francisco Bautista, Juan Carlos Conde, Ottavio Di Camillo, Jimena Gamba Corradine, Folke Gernert, Arturo Jiménez Moreno, Georgina Olivetto & Antonio Tursi, Juan Miguel Valero,

SaLaMaNCa Seminario de Estudios Medievales y Renacentistas Sociedad de Estudios Medievales y Renacentistas MMXII

TABLA DE MATERIAS Presentación: el proyecto Modelos intelectuales, nuevos textos y nuevos lectores en el siglo XV ..................

I

II III

IV

V

Álvar García de Santa María y la escritura de la historia .................................................. § Un prólogo inédito en borrador [29-33]. § El discurso interrumpido [33-36]. § Historia e historiadores [36-48]. § El oficio y el cronista [4859]. § Final [59].

Las siete edades del mundo de Pablo de Santa María y su significación ideológica ..............

11-25 27-59

61-95

La Propositio facta coram domino Rege romanorum de Alonso de Cartagena y la República de Platón ........................................................

97-133

Las artes liberales de Alonso de Cartagena: Los manuscritos salmantinos y el tipo α ......

135-213

Entre personalismo e identidad nacional: De vita beata de Juan de Lucena ........................

215-241

§ Notable del texto: edición de la «Propositio».

§ La tradición latina [139-148]. § La tradición romance [148-154]. § La traducción de alonso de Cartagena (c. 1434) [154-175]. § Conclusión [175-176] § Notable del texto. «De las artes liberales» [177-213].

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VI

TABLA

Modelos de transmisión textual en perspectiva comparatista: Lectores y lecturas de poesía cortesana entre Italia y España en el siglo XV ....................................................

245-268

Quando amor fizo sus cortes. Judicialización del amor: demandas, juicios y sentencias en la poesía del siglo XV ......................................

269-294

VIII El Diálogo de santa Catalina de Siena en bibliotecas nobiliarias castellanas del siglo XV ......

295-310

Bibliografía citada ................................................

311-350

Colofón ..............................................................

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VII

§ La encuadernación del ms. PdS 116 [247-248]. § autores y textos en el ms. PdS 116 [248-259]. § Las obras de Panfilo Sasso en el ms. PdS 116 [259-266].

§ «Cortes de amor» ‘históricas’ [274-286]. § Corte, cortes, juicios y sentencias de amor en la lírica castellana del siglo XV [286-292]. § algunas conclusiones [292-294].

§ Un cenáculo religioso en Plasencia hacia 147080 [299-302]. § El «Diálogo» en la biblioteca de los Condes de Plasencia [302-310]. § Conclusión [310].

Índice onomástico ..............................................

351-364

I

ÁLVAR GARCÍA DE SANTA MARÍA Y LA ESCRITURA DE LA HISTORIA

E

FRANCISCO BAUTISTA

L CÓDICE L.1.369B DEL ARCHIVO HISTÓRICO Nacional (Madrid) transmite una importante y singular miscelánea de textos de tipo histórico, relacionados en su mayoría con el reinado de Juan II, que ha escapado a la atención de los estudiosos de la historiografía castellana del siglo XV, y que cobra especial relevancia atendiendo a los objetivos del proyecto algunos de cuyos resultados se ofrecen en este volumen1. Se reúnen en él algunos documentos de la época con otras piezas que responden a tipologías menos comunes formando un abigarrado conjunto a un tiempo azaroso y dotado de cierta coherencia. Todo apunta, en efecto, a que el manuscrito es el producto de la agrupación 1. En el mismo ámbito, espero poder finalizar la investigación, con la edición del presente manuscrito, ya avanzada, pero cuya extensión impide incluirla aquí. Me complace dar las gracias al personal del Archivo Histórico Nacional, y en particular al Jefe de Conservación, D. Juan Ramón Romero, por haberme facilitado en unas condiciones óptimas la consulta directa del códice; a Pedro M. Cátedra por su valiosa ayuda en diversas fases de la preparación de este trabajo; y a Fernando Gómez Redondo por sus comentarios a una primera versión del mismo. Un agradecimiento muy especial debo a Michel Garcia, que revisó mi transcripción del texto que presento y comentó en detalle el estudio. 27

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un tanto desordenada de una serie de papeles diversos, aunque de igual modo todos ellos se refieren a una misma época y delatan un común origen, es decir, parecen proceder de un mismo depósito. Con pocas salvedades, los textos se circunscriben a la primera mitad del siglo XV, en particular al periodo que arranca en 1420 y llega hasta finales de los años 30. Aunque el manuscrito ha sido formado a partir de la reunión de distintos folios, bifolios o cuadernos, y aunque no existe, por consiguiente, una continuidad en su desarrollo en muchos casos, el parentesco paleográfico, tipológico o de contenido entre la mayor parte de las piezas evidencia que deben fecharse hacia el segundo cuarto del siglo XV, que remontan a una misma colección, aunque solo representen una pequeña porción de ella, e incluso que pertenecieron al mismo individuo. Y si el conjunto, ligado a la historia de Juan II y a los años 1420-1437, permitiría sospechar que ese individuo fuera Álvar García de Santa María, pues sabemos que él ocupó el cargo de cronista regio en esos años, tal deducción viene confirmada por la presencia en la miscelánea de varios documentos del propio Álvar García, de varios fragmentos en borrador de su crónica, y por la existencia de otros indicios que apuntan en esa misma dirección. El códice 1.369B representa, así pues, un extracto precioso y excepcional del archivo perteneciente a Álvar García, y nos enfrenta de este modo a un material sin parangón en el ámbito de la historiografía medieval castellana. Por parcial o fragmentario que sea, permite que nos asomemos a la oficina del historiador y que podamos rastrear algunas de sus fuentes, de sus mediaciones, y algunos de sus procedimientos en la escritura de la historia. Junto a documentos que, como he señalado, no guardan una relación directa con la composición de la crónica de Juan II, encontramos aquí otros que sí se integraron en ella, fragmentos narrativos en borrador, capítulos dispersos, listas de contenidos y otros textos que nos llevan a los primeros pasos en la elaboración del relato cronístico. Todo este conjunto requiere un tratamiento que desbordaría los límites del presente trabajo, no solo por su misma amplitud, sino porque es preciso confrontarlo, siempre que es posible, con los sucesivos

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estadios redaccionales de la crónica, y también reflexionar sobre sus implicaciones y sobre las de la misma existencia de estos materiales. Reservando esas y otras tareas para una ocasión próxima, me centraré aquí en uno de los folios del citado códice en el que podemos leer un texto en borrador de tipo teórico sobre la historia, del que, hasta donde sé, no se conocen otros testimonios. En su análisis, en todo caso, trataré de no perder de vista algunas de las piezas que lo acompañan en el mismo manuscrito.

Un prólogo inédito en borrador

Ofrezco en primer lugar una edición del texto. Se encuentra en el folio 91, originalmente independiente, pero unido mediante una cartivana con el folio anterior en el momento en que se dio la encuadernación actual al códice, probablemente en el siglo XVIII. La unión de ambos folios y la aplicación de la cartivana han dañado en algún caso la parte del texto escrita en el margen izquierdo del recto, dificultando con ello su lectura, en particular en la mitad superior. El folio 91 presenta un tipo de filigrana sencillo, característico del papel fabricado con técnica árabe en Castilla en la primera mitad del siglo XV, que en este caso tiene forma de círculo. Se trata, además, de un folio horadado, que presenta una perforación ligeramente desplazada hacia la izquierda. Es esta una práctica destinada a permitir la unión de folios o pliegos diversos mediante una cinta o una cuerda, cuyo uso es bien conocido para la cancillería castellana, y de la que se valieron también algunos historiadores al final de la Edad Media, sobre todo en el proceso de composición de sus obras, entre ellos Álvar García de Santa María2. Que el texto transmitido por este folio sea un borrador no resulta, entonces, sorprendente, aunque conviene señalar también que en el mismo manuscrito otros materiales preparatorios figuran en folios o en pliegos no horadados. Tratándose de un borrador, presenta frecuentes tachaduras, palabras y frases sobrescritas, que a veces se extienden 2. A este propósito, véase Fernández-Ordóñez 2009, 93-101, & Garcia 2009.

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por el margen, y pasajes que han quedado en una doble redacción. He intentado representar todo ello en la transcripción de la manera más clara, tratando de no dañar el carácter fluctuante y abierto del texto, pero tampoco su inteligibilidad. He aquí los criterios que he adoptado: aquellas palabras tachadas en el original figuran de ese modo en la transcripción; cuando se trata de un pasaje extenso, que contiene tachaduras en su interior, estas van señaladas con doble tachado; las palabras sobrescritas se indican mediante [^ ]; señalo entre corchetes ([...]) las palabras que no he conseguido leer por encontrarse borradas o por otras circunstancias; aquellas cuya lectura es dudosa se acompañan de un interrogante (?); y la restitución de letras borradas o desaparecidas por la rotura o el corte del papel va entre lambdas (). En cursiva y entre corchetes, se incluyen algunas notas aclaratorias sobre la disposición del texto o su desarrollo. En cuanto a la transcripción, desarrollo las abreviaturas sin indicarlo, regularizo u/v de acuerdo con su valor vocálico o consonántico y doy en mayúscula los nombres propios. He numerado el texto por cláusulas o unidades, lo que me permitirá más abajo referirme a él de forma precisa. Junto a la transcripción, se incluye una reproducción fotográfica del folio, que tal vez contribuya a hacer más transparente el desarrollo del texto, y que permitirá identificar algunas de las marcas que señalo adelante. [91r]

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Ihesu

[En el margen superior izquierdo]: 1[^Deve guardar] dos cosas prinçipalmente deve guardar qualquier que algund libro o escriptura de nuevo quiere ordenar, 2la primera[?] es agora [^...] [..] que se naçera[?] 3e de [..] alunbramiento como [^en[?] ordinar[?]] 4por[?] los libros que conponen los dotores e glosadores de las çiencias e escripturas [^de los derechos e de las artes] antiguas 5o sean para ynformaçion e recordaçion de las cosas pasadas 6como son [^los libros de] las estorias que recuentan los fechos pasados. 7La primera es que la obra que sea buena e verdadera 8e que razonablemente se pueda que esperar della en fruto. 9La segunda es puesto que la aquel que la ordena sea tal persona por sus meresçimientos con verdat la pueda fazer.

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[Texto central] ¶10Las razones por que [^et como sea cosa muy clara e manifiesta que] es muy conveniente al bien publico 11e por que a todos los [^buenos] reys e prinçipes [^e governadores e regidores de comunidades] 12por la mayor parte plogo et plaze tienen por bien que los [^sus] fechos [^e] de sus regnos e prinçipes señorios [^e governaçiones de comunidades] 13es a saber los fechos [^generales granados e] de notar que acaten a la cosa publica [^corona e a la cosa publica] 14sean puestos en escriptura 15por que dellos finque memoria en luengos tienpos 16[^con verdad se puede dezir que ordenar estoria de los fechos que pasan que es buena obra e que se espera della buen fruto, 17e por esta razon los que la estoria [^verdadera] e coronica de los fechos de los reys pasados de Castilla pasados e de los por venir [^verdaderamente] ordenaron e ordenaren buena obra e de buen fruto fizieron e faran.] 18muchas e claras e manifiestas son. 19Et aun [^dellas] son escriptas en los prohemios [^e comienços] de dichas istorias asy de España como de otras partidas. 20Et por ende 21el que primeramente de la istoria de los fechos del muy esclaresçido e bienaventurado el rey sobredicho rey don Juan fue [^ovo] primeramente encargado 22non curo de las dezir e escri vir 23a qualquier estoriador destos [^presentes] tienpos es escusado de las escrivir 24[^aun que por su propia voluntad los quiera en los començamientos de sus obras ordenar su] 25et mucho mas [^a] aquel que por mandamiento [^e voluntad] de su rey e señor lo ha de ordenar 26[^cuyo mandamiento e vol e deve ser avido por r] 27el qual mandamiento deve ser avido por razon, 28et mayormente quando el [^algund] istoriador suçede a otro [^en una e esta misma istoria] que ovo a primeramente ovo cargo [^de poner] e començo[?] de conponer e ordenar la estoria 29segund que es en el presente caso, 30es a saber que [marca que remite a la nota marginal central de la izquierda, cláusulas 38 y siguientes, donde se continúa el texto] 31por los señores reyna de ca[?] de esclaresçida memoria [^que Dios perdone] la reyna doña Catalina madre del sobredicho rey don Johan 32et el rey don Ferrando de Aragon [^tutores e regidores, etc.] 33fue encomendado a una persona que ordenase la istoria de los fechos deste sobredicho muy esclaresçido rey don Johan 34et el puso en escripto muchos de los fechos que pasaron 35desde el tienpo que el conplido [^virtuoso de muy gloriosa memoria] rey don Enrrique padre del que Dios de santo parayso padre del sobredicho rey don Juan fino fasta 36et regno en su logar el dicho señor rey don Johan 37fasta el XIIIº año de su rey/nado [una línea horizontal separa esta parte de lo que se sitúa debajo]

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[En la parte central del margen izquierdo] 38por que con[?] aquel a quien el sobredicho rey don Juan e la reyna su madre e el rey don Ferrando de Aragon su tio sus tutores e regidores de sus regnos avian en el tienpo de su menor hedat encomendado[?] que toviese cargo fiziese e ordenase su coronica et estoria fino 39en el XIIIIº año de su reynado del dicho señor rey don Juan fino [^fenesçio sus dias e paso desta vida] aquel a quien el en el tienpo de su menor hedat [^le[?] fuera[?]] encomendado que fiziese su coronica e estoria 40a la merçed del dicho señor rey plogo de encomendar e mandar [^de] ordenar [^e ordeno] otro estoriador 41que fiziese su coronica [una palabra tachada] [^segund] que el primero estoriador la avia [^de] fazer [^tenia cargo] 42el qual estoriador nuevo[?] mando [^para[?]] que fuesen[?] 43por ende del XVº año del regnado del señor rey 44a su merçed plogo de ordenar e ordeno otro estoriador que fiziese e ordenase su ronica e pusiese en escripto los [^grandes] fechos 45segund que el dicho primero estoryador la avia de fazer 46 de le era encomendado de la fazer e ordenar 47et enbio mandar et [una palabra tachada] mando por su carta a los herederos del dicho estoriador primero que 48entregasen[?] [^luego] todos los lo que el dicho estoriador finado tenia escripto [^e todas e qualesquier otras escripturas que del quedaran] 49que a la dicha estoria pertenesçiese en qualquier manera a fin que en[?] 50et mando otrosi por su carta a todos los grandes omes e a los infantes sus primos e a los perlados [91v] et duques e condes, ricos omnes e cavalleros del et dotores [^e otrosi qualesquier personas] del su consejo e de la su corte e de la su chançelleria e [^de las sus çiudades e vi a otras qualesquier personas [^de sus regnos] 51que dixesen e ynformasen al dicho nuevo [^segundo] estoriador todas e qualesquier cosas que [^de los sus fechos de suyos e de sus regnos] ellos supiesen 52que el dicho estoriador entendiese que le cunplia ser ynformado por [^por donde] 53[^a fin que] mejor et mas verdaderamente sin fallesçimiento alguno el pudiese fazer e ordenar la dicha coronica e estoria, 54non enbargante que el dicho estoriador era asaz ynformado dello como aquel que bien algunos años avia mas de veynte [^e çinco] años que continuava[?] la corte e non se partia della [^pudiese?] 55salvo sy [^quando] yva por mandado del rey o de los del su consejo a algunas partes que cunplia a su serviçio3. 56Et asy dexadas las dichas razones et

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3. En el margen izquierdo, una mano muy posterior, del siglo o XIX, anota: «25 años habia».

XVIII

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que en los comienços de las estorias se suelen dezir una razon sola ante que comiençe la estoria entiendo dezir 57e es esta [fin a mitad del folio; en blanco el resto]

Un discurso interrumpido

Comenzaré por destacar algunos rasgos del texto transcrito y parafrasear brevemente su contenido. El folio nos enfrenta al acto mismo de la escritura, indeciso e intenso, zigzagueante. La redacción comienza con el texto situado en la columna principal (§10-§37), aunque el desarrollo de esa parte ha quedado cercenado en la mitad inferior del recto, como señala una línea horizontal (§37), y el discurso se continúa en el margen central izquierdo, que pronto se extiende sobre toda la parte inferior del folio y también en el vuelto (§38-§56). Se ha producido, pues, un hiato material en la redacción, aunque ello no ha roto el hilo del discurso. En algún momento, el autor ha incluido el breve párrafo situado en el margen superior izquierdo (§1-§9), cuyo contenido no enlaza directamente con el resto, aunque se encuentra claramente ligado a él, y es posible que entonces haya revisado el texto situado en la zona superior central e incluido algunos añadidos en el cuerpo del mismo, como el pasaje sobrescrito que se extiende por el margen derecho (§16-§17). El verso del folio presenta un volumen menor de tachaduras y correcciones, pero se interrumpe en medio de una frase, justo cuando el autor se dispone a enunciar una idea principal sobre la historia («dexadas las dichas razones»), que verosímilmente serviría de broche final. ¶ Sobre la historia (§1-§18). Nos encontramos, en su misma apertura, con una doble posibilidad de comienzo para el texto, bien con el texto central, o bien con esa nota marginal situada en el extremo superior izquierdo. Parece seguro que la columna central corresponde al impulso inicial de escritura; allí, una larga frase declara que los motivos para la composición de las crónicas son claros y manifiestos (§10§18). El autor no debió de quedar satisfecho con esta afirmación un tanto trivial y tautológica, y añadió en el margen superior izquierdo un pasaje en el que se recogen dos condiciones que deben cumplirse al escribir una crónica: la utilidad

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de la obra y la veracidad (§1-§9). Se diría que, después de haber insertado esa nota, y evocando claramente su léxico, el autor corrigió el final de la frase escrita inicialmente sobre las razones de la historia (§18), destacando ahora la utilidad de la labor llevada a cabo por los cronistas (§16-§17). Aunque el autor no ha tachado la cláusula que cerraba en un principio la frase, y aunque ambas soluciones conviven en el folio (§16-§18), es claro que esa última línea ha quedado descartada, pues en buena medida ha pasado al comienzo de la frase (véase el sobrescrito en §10). Por otro lado, esta corrección, que retoma varios vocablos de la nota en el margen superior izquierdo (en especial, «verdad» y «buen fruto») y que se relaciona con ella, apunta a que dicha nota estaba destinada a ocupar el comienzo. Interesa igualmente destacar el signo de estas correcciones: de un primer momento en que el autor da por sentadas las razones de la composición de las crónicas se pasa a un intento de señalar al menos algunas de ellas. ¶ Dos cronistas (§19-§46). El texto continúa tratando de esos presupuestos sobre la historia: indica que se hallan escritos «en los prohemios» de algunas crónicas, y que por ello no es necesario insistir al respecto. En un principio, el autor se apoyaba en el hecho de que el historiador que lo había precedido tampoco creyera preciso razonar sobre su trabajo (§21-§22), aunque elimina ese comentario dándole un alcance más general y sugiriendo su propio interés en el tema (§23-§24). Además, continúa, el que la obra haya sido encargada por el Rey torna de por sí innecesaria cualquier justificación (§25-§26). A partir de aquí, cuando se pasa a aclarar las circunstancias del nombramiento del nuevo cronista regio (§30), el discurso se bifurca: en el texto principal el autor inicia una primera contextualización del encargo regio, aunque el periodo queda interrumpido (§31-§37); en el margen izquierdo se reformulan, con varias correcciones, esas mismas circunstancias, y es justamente a partir de ese margen desde donde se continúa el resto de la pieza (§38 y siguientes). La corrección del pasaje se ha llevado a cabo a través de una marca (§30), que indica dónde debe enlazar el texto central con lo escrito en el margen, aunque no ha

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sido tachada la continuación de la frase en la parte central. Las correcciones dibujan un cambio de énfasis: mientras que en las primeras formulaciones el autor alude al nombramiento del primer cronista (como lo hacía en una frase anterior, también cancelada [§28]), ello se reduce después hasta indicar solamente que la muerte del historiador nombrado en el periodo de la minoría de Juan II llevó al Rey a designar un nuevo cronista en el año décimo quinto de su reinado, encargado de continuar el trabajo de su predecesor. ¶ El oficio del historiador (§47-§57). A partir de aquí, se nos dan algunos detalles en el traspaso del cargo: los familiares del primer cronista deben entregarle todos los papeles relacionados con la crónica (§47-§49), y el Rey requiere además a todos los de su reino que le hagan llegar al nuevo historiador aquellas informaciones que consideren pertinentes para su trabajo (§50-§53). Aunque el sentido del pasaje respecto al traspaso de los papeles del anterior cronista parece claro, el folio presenta un problema de lectura en el momento en que el texto central de la parte inferior del recto se une con lo escrito en el margen (el final de §42 y el comienzo de §48), ya que no es transparente el empalme entre ambas secciones. A continuación, el autor resalta las cualidades y la idoneidad del nuevo cronista: si bien el Rey solicita esa colaboración de todos los de su reino, el historiador posee un conocimiento privilegiado de la corte, como aquel que ha residido asiduamente en ella durante mucho tiempo (§54§55). Para terminar, el autor vuelve al comienzo, a las razones que distinguen la escritura de la historia, y cuando se dispone a señalar una, previsiblemente aquella que considera más importante, la escritura se detiene, en medio del verso, justo antes de hacerlo (§56-§57). Este final abrupto, expectante, nos recuerda su carácter inacabado y precario, pero quizá también ilustre la dificultad para encontrar y enunciar esa idea final, decisiva, que defina por encima de las otras a la escritura histórica. El contenido de esta breve pieza y algunas de sus alusiones, como la que se hace a los «prohemios e comienços» (§19) de las historias de España o a las «razones que en los comienços de las estorias se suelen dezir» (§56), sugieren

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que nos encontramos ante el prólogo a un relato histórico sobre Juan II, prólogo que aquí se nos ofrece en estado de borrador, y del que no conocemos otro testimonio ni lo que pudiera considerarse una versión definitiva del mismo. Viene a unirse, así, a las no muy abundantes declaraciones teóricas sobre la historia de la primera mitad del siglo XV en Castilla, y puede interpretarse como un indicio más sobre el desarrollo de una nueva conciencia en torno a la escritura histórica a lo largo de esa centuria. En lo que sigue, trataré de profundizar en las implicaciones de su contenido, y al hilo de ello perfilar de forma algo más nítida, hasta donde sea posible, su autoría y su naturaleza.

Historia e historiadores

Uno de los puntos centrales del texto, y uno de los más sorprendentes, tiene que ver con la sucesión en el cargo de cronista regio poco después del final de la minoría de Juan II, quien asume plenamente el poder en junio de 1418. El comentario de esta información nos permitirá además abordar la cuestión de la identidad del autor del texto aquí editado. Al mencionar los motivos por los que no es necesario entrar en una disquisición sobre el valor de la historia, se alegan, junto a otras, estas dos razones: exime de hacerlo el hecho de que el primer historiador de Juan II tampoco lo creyera oportuno (§21-§22) y además el hecho de que aquel que escribe suceda a otro en el cargo, quien ya ha comenzado la redacción de la historia (§28), por lo que no hace sino continuar esa labor. Estos dos argumentos, sin embargo, han sido cancelados para centrar el interés en aquello que se refiere al encargo regio, es decir, a las circunstancias por las cuales al autor se le ha encomendado la tarea de continuar la crónica de Juan II, pues dicho requerimiento explicaría de forma conspicua la escritura de la historia. Estas circunstancias han sido reformuladas sucesivamente (§31§37, §38, §40-§42 y §43-§44), pero en todas ellas se expresa lo mismo: que la muerte del cronista nombrado durante la minoría de Juan II lleva al Rey a otorgar el cargo a otro individuo.

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En un primer momento, se nos dan algunos detalles sobre la designación del primer cronista, efectuada por los tutores de Juan II, Catalina de Lancaster, su madre, y Fernando de Antequera, su tío (§31-§33), e incluso se especifica que dicho cronista llegó a poner por escrito «muchos de los fechos» que pasaron desde la muerte de Enrique III hasta el año décimo tercero del reinado de Juan II, esto es, hasta 1419 (§34-§37)4. A continuación, el autor reformula en el margen esta frase, mencionando únicamente el nombramiento del primer cronista durante la minoría regia y atribuyendo la decisión no solo a Catalina de Lancaster y a Fernando de Antequera, sino también al propio Rey (§38), mención que parece tener sobre todo un carácter honorífico. Vuelve a cancelar, con todo, esa frase, para indicar a continuación solamente que el cronista designado durante la minoría de Juan II murió en el año décimo cuarto de su reinado (§39), y que ello motivó el nombramiento de un nuevo historiador. También en lo relativo al nuevo cronista hay una redacción entrecortada: en un primer momento se dice nada más que el Rey procede a un nuevo nombramiento (§40), pero seguidamente se tacha esa frase y se da una información con algún detalle adicional: es en el año décimo quinto de su reinado cuando Juan II nombra un nuevo cronista, tras lo que se precisan algunos pormenores 4. Enrique III muere el 25 de diciembre de 1406, fecha en que Juan II accede al poder. La adopción del annus Domini en Castilla en 1383 había importado una variante según la cual el año comenzaba el día de Navidad, es decir, el 25 de diciembre (se trata del «año de la nasçencia de Jesucristo»). El propio texto de la crónica no deja lugar a dudas, al situar la muerte de Enrique III y el alzamiento de Juan II el «día de Navidad, a veinte e çinco días de dizienbre, començando el año de nuestro Saluador Jesucristo de mill e quatroçientos e siete» (Carriazo 1982, 18). Más adelante, la crónica se refiere al año 1409 como el tercero del reinado de Juan II: «Andando el año de la nasçencia de Jesucristo de mill e quatrocientos e nueve años [...] e el reynado del Rey don Juan en tres años» (Carriazo 1982, 264). Esto significa que el año décimo tercero del reinado de Juan II va del 25 de diciembre de 1418 a la misma fecha del año siguiente.

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relacionados con los papeles de su predecesor y con el propio oficio del cronista (§43 y siguientes). Estas informaciones chocan frontalmente con las ideas asumidas en los estudios modernos sobre la autoría de la crónica regia de Juan II. Como es sabido, esta obra se ha conservado transmitida en dos secciones, que presentan además una independencia codicológica: una primera parte que va desde el comienzo del reinado de Juan II en los últimos días de 1406 hasta julio de 1420, y una segunda que abarca desde mediados de 1420 hasta 14345. En el prólogo a la crónica de Juan II impresa en 1517, Lorenzo Galíndez de Carvajal, que podría haber conocido los textos manuscritos mencionados, atribuía la primera parte, es decir, el relato que abarca de 1406 a julio de 1420, a Álvar García, y daba una autoría distinta para la segunda, la que alcanza desde 1420 hasta 1434, sugiriendo tentativamente el nombre de Juan de Mena6. Sin embargo, desde Jerónimo Zurita, que manejó también las dos partes manuscritas de la crónica regia, y una amplia documentación, se ha aceptado que ambas se deben a un mismo autor y que este no sería otro que Álvar García de Santa María7. No hay duda, en efecto, frente a lo supuesto por Galíndez de Carvajal, de que la segunda parte de la crónica es obra de Álvar García de Santa María. En el propio texto manuscrito de la segunda parte, al recoger el juramento del heredero en 1425, se indica que lo hacen los procuradores de doce ciudades, entre ellos los de Burgos, el primero «Alvar Garcia de Santa Maria, escribano de camara del rey e su chanceller de los libros e ordenador de las sus historias»8. Además, varios documentos de los años veinte y treinta del siglo XV se refieren a Álvar García de Santa María como «estoriador» o «coronista» de Juan II, por lo 5. Sobre la transmisión manuscrita de la crónica regia de Juan II, véase Carriazo 1952. 6. El prólogo puede leerse en la edición de Rosell 1878, 273-275. 7. Véase el resumen de esta cuestión en Cantera Burgos 1952, 222-223. 8. BNE, ms. 1618, fol. 121r; Paz y Melia 1891, I, 357-358.

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que parece claro que dicho individuo ha de ser el autor de la segunda parte de la crónica9. Ahora bien, el texto que comentamos afirma con total claridad la existencia de dos cronistas distintos, y sucesivos, a los que se llama historiador «primero» y «segundo». Al primer historiador correspondería según ello la redacción de la primera parte de la crónica, y obviamente ese individuo, cuyo relevo en el cargo viene ocasionado por su muerte en el año décimo cuarto del reinado de Juan II, es decir, en 1420, no puede ser Álvar García, que no muere sino cuarenta años después, el 21 de marzo de 1460 (Cantera Burgos 1952, 205). Ello implica que debe distinguirse, por tanto, la autoría de cada una de las secciones de la crónica manuscrita, y que a Álvar García pertenece, en contra de lo afirmado por Galíndez de Carvajal, la segunda sección, ya que en los años 20 y 30 contamos, como he señalado, con varias referencias seguras que atestiguan que aquel ocupaba el cargo de cronista regio. Y es, además, a este periodo al que atañe el códice que transmite el texto aquí editado, que contiene asimismo documentos del propio Álvar García. Por otro lado, la doble autoría da razón de uno de los rasgos más singulares de la transmisión de la crónica, esto es, la divisón codicológica y textual en dos secciones, que tuvieron historias no siempre paralelas, y también da cuenta del hecho de que el final de la primera parte haya quedado en forma inacabada, rasgo difícil de explicar de suponer que el autor de las dos partes fuera el mismo, pues ningún otro motivo parece justificar esa fractura en el relato. No cabe dudar, a mi juicio, de los datos suministrados por nuestro texto, pues están transmitidos por una pieza en estado de borrador a la que difícilmente puede atribuírsele el deseo de falsificar esta cuestión, pieza que por lo demás es anterior, desde luego, a la discusión erudita sobre la autoría de la crónica. Más aún, si repasamos, desde la pers9. Cantera Burgos 1952, 94-95 (documento del 16 de septiembre de 1425), 107 (documento del 28 de abril de 1435) y 151 (documento del 20 de julio de 1440).

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pectiva abierta por nuestro texto, los argumentos en que se ha fundamentado la razonable atribución de la primera parte a Álvar García veremos que los datos que así parecen atestiguarlo no son en realidad seguros. Tal autoría descansa, además de sobre su verosimilitud, que seguramente no habría razón para cuestionar de no ser por contar con el texto aquí editado, sobre dos testimonios: por un lado, el de Galíndez de Carvajal, que, según hemos visto, atribuye a Álvar García la primera parte en el preliminar a la crónica de Juan II impresa en 1517, y por otro, una noticia en el Libro becerro del monasterio de San Juan de Burgos, según la cual Álvar García habría sido nombrado por «el Rey noble Ciudadano, Regidor, Secretario de su Cámara, su Cronista y Consejero» en 1410. No es necesario que nos detengamos en el primero, ya que es una afirmación realizada con bastante distancia frente a los hechos10. En cuanto al segundo, se trata en verdad de una noticia aún más tardía, puesto que el Libro becerro puede fecharse en el segundo cuarto del siglo XVIII, de modo que carece igualmente de autoridad para sostener, frente a nuestro texto, la atribución de la primera parte a Álvar García11. Puesto que las referencias documentales a 10. Rosell 1878, 273. Aunque Galíndez de Carvajal tuvo acceso a materiales privilegiados y aunque son siempre de interés los datos que ofrece, incurre en varios errores, como el de sugerir la autoría de Juan de Mena para la segunda parte de la crónica. Galíndez de Carvajal sabía que Álvar García había sido cronista de Juan II probablemente por el prólogo a las Generaciones y semblanzas, pero no acertó a atribuirle la sección que indudablemente le correspondía. 11. El Libro becerro fue editado por Muñoz 1950 (el pasaje que aquí nos interesa en pág. 70); véase también Cantera Burgos 1952, 66 (que cita a partir del ejemplar conservado en AHN, Clero, L.1370, copiado en 1762 [pasaje en fol. 66v]). La información del Libro becerro dice basarse en un privilegio de 1410. Parece aludir al mismo documento después citado por Martínez Añíbarro 1889, 238 (así lo interpreta Cantera Burgos), del 16 de marzo de 1410, pero de acuerdo con Añíbarro, que lo describe en detalle, en él solo se indicaba que Álvar García había sido nombrado escribano de cámara dos años antes, el 10 de mayo de 1408, y que se le concedían los honores y prerrogativas inherentes a ese cargo, pero allí no se dice nada sobre el oficio de historiador. Tampoco parece consistente la fecha que se da para el supuesto

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Álvar García como cronista que poseemos son posteriores a 1420, y puesto que nuestro texto afirma inequívocamente la existencia de dos historiadores sucesivos, debemos admitir que fue él el designado tras la muerte del primer autor, y que es el responsable por tanto de la segunda parte de la crónica. La información sobre el nombramiento del nuevo cronista tiene interés también desde el punto de vista de las circunstancias políticas que dominan estos años. Según nuestro texto, ese nombramiento se produce en el año décimo quinto del reinado de Juan II, es decir, en 1421. Se trata de un contexto especialmente delicado, en el que el Rey ha recuperado la libertad tras el golpe de Tordesillas orquestado el año anterior por el infante don Enrique y su partido, pero aún se mantiene una situación de conflictividad y tensión en el reino. En este marco, en enero de 1421, se produce, a instancias del infante don Juan, enfrentado en este momento a su hermano don Enrique, una renovación de ciertos cargos de la corte regia, en particular del Consejo Real, bien revocando algunos nombramientos hechos el año anterior, impulsados por el partido del infante don Enrique, bien designando a otros miembros, para lo cual el Rey acepta la propuesta del infante don Juan de nombrar, entre otros, a Alfonso de Cartagena12. Si se repara en que Álvar García de Santa María era contador del infante don Juan, resulta muy probable que hubiera sido propuesto también por él en este mismo momento para cubrir el cargo de cronista regio, vacante por la muerte el año anterior del nombramiento de Álvar García como cronista regio en 1410, tres años después de la muerte del anterior cronista (Pero López de Ayala muere en los primeros meses de 1407). Ni es verosímil que todos esos cargos que cita el Becerro se le confirieran en el mismo privilegio. No se conoce, en cualquier caso, el paradero de ninguno de estos documentos. Cabe recordar, por otro lado, que a mediados de 1412, según consta en la crónica de Juan II, se le encomienda a Álvar García el registro de la cancillería (RAH, ms. 9/462, fols. 176v-177r; Cantera Burgos 1952, 70). 12. Paz y Melia 1891, I, 199; véase también Fernández Gallardo 2002, 111-114.

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individuo que había desempeñado ese oficio previamente13. Aunque en nuestro texto solo se menciona la fecha del nombramiento (1421), todo apunta entonces a que este se produjo a instancias del infante don Juan, o al menos con su apoyo, en el contexto de la renovación de ciertos cargos burocráticos después del fracaso del golpe de Tordesillas. Como en el caso de Alfonso de Cartagena, cabe pensar que Álvar García tratase de sortear las banderías políticas que recorren el reinado de Juan II, aunque en última instancia no pudiera escapar a sus efectos, pues fue retirado de su cargo dos decenios más tarde, quizá poco después de 144014. Al margen de ello, no deja de llamar la atención la anonimia que planea sobre la pieza aquí editada, ya que no se menciona el nombre de ninguno de los dos historiadores. Esto hace que, por el momento, la identidad del autor de la primera parte de la crónica deba quedar en la sombra, pero también nos enfrenta con una visión de la historia en la cual la personalidad del cronista parece situarse en un segundo plano frente a su propio oficio15. Se trata de un aspecto que aflora también en el prólogo a la primera parte de la crónica regia de Juan II, en la cual el historiador se refiere a sí mismo en tercera persona, y en donde no revela en ningún momento su nombre16. Este rasgo, presente en ambos textos, contrasta con el periodo anterior en la 13. En el mismo códice que contiene el texto aquí editado figuran varios documentos de cuentas de Álvar García como contador del infante don Juan que prueban que ocupaba este cargo al menos desde 1417; véase también Cantera Burgos 1952, 80. 14. Todavía en junio de 1440 se cita a Álvar García como cronista regio (Cantera Burgos 1952, 151). Aunque la segunda parte de la crónica se cierra en 1434, el manuscrito que transmite el prólogo que comento contiene también un listado de contenidos que prueba que Álvar García trabajaba en la crónica aún en 1437. 15. Es posible que el primer cronista sea el individuo aludido por Enrique de Villena en una conocida glosa a su traducción de la Eneida (Cátedra 1994, 27), aunque la discusión de este punto debe quedar para otra ocasión. 16. Esta anonimia fue destacada ya por Tate 1986, 662-664.

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cronística regia castellana, dominado por la figura de Pero López de Ayala, y quizá nos hable de una burocratización de esta tarea, encomendada a letrados que proceden de la cancillería, como es el caso del propio Álvar García, quien, según sabemos, es desde 1408 escribano de cámara y desde 1412 encargado del registro de la cancillería. Se diría que nos encontramos en un momento de cambio, en el que se requieren unas competencias para la escritura de la historia que llevan a confiarla a ciertos letrados, pero la formación de estos carece aún de la distinción cultural que conduce a la identificación de los cronistas. Por lo demás, tal anonimato es solidario de una tarea que se propone hasta cierto punto, según veremos, como colectiva, y que busca proporcionar una visión de los hechos asumible por el poder regio y su entorno más cercano. Como sea, esa anonimia en la enunciación del relato no nos impide conocer el nombre de Álvar García, quien deja además huellas de su autoría en diversos momentos de la segunda parte de la crónica. De igual modo, el texto aquí editado puede atribuirse con seguridad al mismo autor. Se encuentra, como he dicho, en un manuscrito que reúne materiales relacionados con la segunda parte de la crónica, de la que él es responsable, y que contiene también un inventario de sus papeles y otros documentos vinculados con su actividad como contador del infante don Juan. Más aún, puede decirse que la letra es la misma que la de algunas partes en borrador de la crónica, tanto en los fragmentos contenidos en nuestro manuscrito, como en el borrador conservado en el manuscrito escurialense (ms. X-II-2). Por otro lado, si el segundo historiador al que alude el texto debe ser identificado con Álvar García, es claro que nuestra pieza está redactada desde la perspectiva de dicho historiador e incluso con una cierta implicación personal, que contrasta en buena medida con la anonimia del texto. En efecto, al referir el mandato regio por el cual se insta a los grandes y naturales del reino a facilitar información al nuevo cronista, el texto aquí editado aclara que este no había gran necesidad de ello, pues había residido largo tiempo en la corte y se encontraba muy bien informado de todos los sucesos

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(§54). En este detalle personal late una defensa o un elogio del segundo historiador, y ello parece confirmar, si hiciera falta, que él es el autor de nuestro texto. Restaría por valorar con algún detenimiento su naturaleza y su fecha, y con ello el lugar que le corresponde dentro de la producción del cronista. Tanto su contenido como la alusión a otros prólogos (al referirse a los «prohemios e comienços» de otras historias [§19], o en el final del texto, donde se habla de las «razones que en los comienços de las estorias se suelen dezir» [§56]) apuntan, según he avanzado, a que se trata de una pieza introductoria, destinada a presentar un relato histórico. Y la opción más verosímil es, a mi juicio, que fuera pensado como prólogo a la segunda parte de la crónica, que va desde 1420 a 1434. En este sentido, tanto el cambio de autoría en la crónica como la división codicológica del relato habrían facilitado la incorporación de alguna presentación de la segunda parte, y con ello la concepción de esta pieza prologal. Aun así, ni el borrador transmitido por el ms. X-II-12 de El Escorial ni la copia del texto definitivo debida a Zurita (BNE, Mss. 1618) contienen prólogo alguno, de modo que no sabemos si el autor desestimó finalmente este texto, o si su ausencia en los citados manuscritos se debe a accidentes en la transmisión del texto17. Sea como fuere, las alusiones a los nombramientos de los cronistas, la especificación del trabajo del primer historiador, las referencias implícitas al prólogo de la primera parte y el uso de motivos que forman parte de una suerte de topica de los preliminares historiográficos apuntan, en efecto, a que nos encontramos ante un proemio a la crónica regia de Juan II, 17. No es descartable que el prólogo se encontrara en algún ejemplar de la segunda parte de la crónica; de ser así, cabría pensar que Galíndez de Carvajal lo hubiera conocido, lo que explicaría que distinguiera la autoría de cada una de las partes de la crónica regia. Debe tenerse en cuenta, además, que de la versión definitiva de la segunda parte de la crónica solo conservamos una copia de la segunda mitad del siglo XVI (BNE, Mss. 1618), y que es muy posible que tal texto refleje algunas correcciones ya no de Álvar García, y favorables a Álvaro de Luna. Véase, sobre este asunto, Gómez Redondo 2002, 2232-2233, y Bautista en prensa.

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y todo ello solo parece poder avenirse con la segunda parte del texto. Es posible que se escribiera en un momento próximo a 1434, cuando se cierra el relato de esa segunda parte, aunque carecemos de datos que nos permitan precisar una fecha18. La relación de nuestro texto con el prólogo de la primera parte se produce en varios niveles. Desde un punto de vista general, el preámbulo de Álvar García reproduce en un principio el mismo gesto de dar por supuestos los rasgos que distinguen a la escritura histórica, alegando, como se dice en el prólogo a la primera parte, que ello ya estaría recogido «en las arengas e prólogos» de los historiadores pasados19. Álvar García se refiere además al nombramiento del cronista, otro de los asuntos que se mencionan en el proemio de la primera parte, situando en cierta forma la autoridad del Rey (o de sus tutores) detrás del impulso de la redacción de la crónica. E insiste en la idea de que él continúa la historia, del mismo modo que en el primer prólogo se afirma que el relato es continuación de una larga tradición cronística anterior. Pero Álvar García parece, además, aludir directamente a dicho preliminar al señalar que el primer historiador no se preocupó por explicitar las características de la escritura de la historia (§21-§22), algo que coincide, efectivamente, con lo que allí sucede. Todo ello apunta a que Álvar García dispuso de un relato de la primera parte de la crónica que contaba con el prólogo que hoy conocemos, y que escribió este texto siguiendo dicho patrón, con el fin de situarlo al frente de la parte de la crónica redactada por 18. El texto aquí editado asegura que el segundo cronista se encontraba en la corte desde hacía veinticinco años (§54). Si hemos de entender que ese periodo se cumple en el momento de su nombramiento, Álvar García se encontraría en la corte ya desde 1397, aunque carecemos de datos que lo confirmen (Cantera Burgos 1952, 66). En cambio, si se interpreta ese periodo tomando como punto de referencia el momento de redacción del texto y se sitúa su entrada en la corte con su designación como escribano de cámara en 1408, ello apuntaría a que fue escrito hacia 1433. 19. El prólogo a la primera parte puede leerse en Carriazo 1982, 1-5, por donde cito (aquí pág. 4).

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él mismo. En todo caso, junto a las sintonías que he señalado entre ambas piezas, deben reseñarse también sus diferencias, en las que me detengo adelante, y entre las que se cuenta el intento, aun tímido y breve, de profundizar en el ethos de la historiografía. Que Álvar García conociera el prólogo de la primera parte y que señale que el primer historiador había escrito muchos de los hechos del reinado de Juan II desde la muerte de su padre, Enrique III, a fines de 1406, hasta el año décimo tercero de su reinado, es decir, 1419, permite sospechar que el texto que ha llegado hasta nosotros como primera parte de la crónica de Juan II sea en sustancia obra del primer historiador. En cierta medida, esa sección presenta características propias de un texto que no ha recibido una última revisión y, sobre todo en los pasos finales, que ha quedado en estado de borrador. Así, el texto carece de rúbricas y desde 1418 encontramos saltos en la narración, capítulos muy breves, lagunas o simples notas sobre hechos que el autor se propone desarrollar, pero que han quedado solo apuntados. Cabe pensar que si Álvar García hubiera llevado a cabo una revisión de ese material, estas características habrían desaparecido, aunque la valoración de este punto debe aguardar a un análisis detenido del texto20. En todo caso, contamos aquí con un dato de interés sobre el modo de trabajar del primer cronista, que habría ido redactando su historia a lo largo de los años, y que para cuando muere, probablemente en la segunda mitad de 1420, cuenta con un relato casi definitivo hasta el año 1417, con varias secciones en diverso grado de elaboración hasta 1419, y luego con una serie de notas que alcanzan hasta julio de 1420. Esta forma de trabajar coincide con lo que cabe deducir de otros testimonios sobre la escritura de la historia en la Castilla del siglo XV21. Es interesante señalar que la segunda 20. Una edición, incompleta, de esa sección final puede leerse en Ferro 1972, 213-223. 21. Contra ello parece dirigirse la prescripción de Fernán Pérez de Guzmán de que la crónica «no sea publicada biviendo el rey o

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parte enlaza directamente con el punto donde termina la primera, es decir, no comienza al principio de 1420, sino a mediados de ese año, con la antesala del golpe de Tordesillas en julio de ese año, lo que sugiere, más allá de que sea un comienzo eficaz para el relato, que Álvar García partía de una primera parte sustancialmente similar a la que conocemos y, de nuevo, que tal relato pertenece al primer cronista22. Baste lo dicho para fijar unas coordenadas externas básicas que permiten contextualizar la pieza aquí editada. Redactada por Álvar García de Santa María, muy probablemente como prólogo a la segunda parte de la crónica regia de Juan II, nos ofrece una serie de datos novedosos e importantes para la historia de este texto, y también obliga a revisar las reconstrucciones de la biografía de Álvar García, sobre todo para la etapa que va de 1406 a 1420. Por un lado, nos revela la existencia de un cronista primero, cuya identidad nos es por ahora desconocida, que habría preparado el relato de la primera parte, y ello explica la existencia de esa división de la crónica regia en dos partes, que se deberían por tanto a dos autores distintos. Por otro lado, sitúa el nombramiento de Álvar García como cronista regio en el año 1421, en un contexto delicado del reinado de Juan II, y en ese marco es probable que su elección fuera favorecida por el infante don Juan, quien en esas mismas fechas propone a Alfonso de Cartagena para el Consejo Real. Este replanteamiento de la autoría invita, en fin, a una nueva lectura de los textos que ponga de manifiesto sus similitudes y divergencias, y que trate de explorar hasta prínçipe en cuyo tienpo e señorío se hordena, por quel estoriador sea libre para escrivir la verdad sin temor» (Tate 1965, 3). Esto podría explicar también la difusión del relato cronístico que va de 1420 a 1434, que no puede achacarse al cese del trabajo de Álvar García, sino tal vez a una iniciativa impulsada desde la corte. Véase también lo señalado por Ruiz García 1999, 286, con bibliografía. 22. En efecto, sería de esperar, que, de no pertenecer al primer autor, Álvar García hubiera colocado toda la materia relativa al año 1420 en la segunda parte, comenzando su relato no a mediados, sino al principio de ese año.

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qué punto la escritura de la crónica regia en las dos partes se sostiene por una poética común y en qué medida los autores determinan también la orientación del texto. O dicho de otro modo, qué lugar ocupa el autor en ese proceso de negociación colectiva en el que se gesta en buena medida el relato cronístico en esta época.

El oficio y el cronista

Conviene ahora pasar de los datos externos, del paisaje novedoso que abre nuestro texto, al examen de algunas de las ideas que en él se ponen en juego. Como he señalado, aunque en principio Álvar García, siguiendo el modelo del prólogo a la primera parte, da como supuesta la importancia de la escritura histórica, las correcciones y los añadidos acaban otorgando una carga teórica bastante más amplia a su texto de la que encontramos en el citado prólogo de la primera parte. Este consiste, en realidad, en un apretadísimo resumen de la historia de España desde «Ércoles el Grande» hasta Enrique III, que sirve para conectar el comienzo de la historia de Juan II con un horizonte más vasto, cuya síntesis fundamental en romance se sitúa en Alfonso X, a quien se nombra en el texto. De hecho, el autor sigue de cerca otros dos preliminares íntimamente ligados entre sí: el de la Estoria de España, que traduce en buena medida el de la Historia gothica de Rodrigo Jiménez de Rada, y el de Pero López de Ayala, que se basa en el alfonsí. En ellos se inspiran las líneas iniciales del prólogo a la primera parte, donde se afirma que los reyes mandaron poner por escrito los hechos pasados «por dar exemplo» y para que «quedasen en memoria para siempre» (Carriazo 1982, 1). La parte final contiene la referencia al nombramiento del cronista por parte de los tutores de Juan II y se cierra con una frase en la que se explicita la idea de que el texto continúa un proceso más amplio, lo que, de acuerdo con el autor, hace innecesario cualquier otro planteamiento sobre la escritura de la historia. Esta afirmación de la continuidad y de la tradición (ya presente en López de Ayala) quizá tenga un alcance ideológico, en tanto que parece afirmar una continuidad

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política, y en tanto que contribuye a naturalizar el relato histórico, que se ofrece como algo ajeno a todo conflicto, emanado de los propios hechos y sancionado en definitiva por la autoridad regia («los señores muy altos e muy nobles prínçepes de España»). Es posible también que esa presentación de la historia trate de sugerir una continuidad poética y cultural. En todo caso, el desarrollo de los aspectos teóricos en el prólogo de Álvar García aquí editado constituye un síntoma de cambio, y no parece casual que coincida en el tiempo con los primeros debates historiográficos en la Castilla bajomedieval. Pueden identificarse dos direcciones en el contenido de nuestra pieza. Por un lado, aquella que tiene que ver con el cargo de cronista, con un oficio que solo recientemente parece haberse constituido como tal, y a propósito del cual nuestro prólogo ofrece datos de interés. Se trata de una información de tipo institucional, que afecta a nuestro conocimiento del desarrollo de una oficialización del cargo de cronista regio y también de sus competencias y de su funcionamiento. En segundo lugar, nos encontramos con una dimensión vinculada directamente a la escritura histórica, en donde Álvar García incide sobre las cualidades del cronista y sobre la verdad como el principio de la historia. Exploraré brevemente cada uno de estos dos ejes teóricos del prólogo. Del mismo modo que en el preliminar a la primera parte se alude al nombramiento del cronista, Álvar García se refiere a ello en el texto aquí comentado, proporcionándonos no solo la fecha en que tuvo lugar, sino también dos disposiciones del Rey en relación con ese cargo: por un lado, los familiares del anterior cronista deben entregarle todos los papeles relacionados con la crónica regia, y por otro, se insta a todos los del reino a comunicar al nuevo historiador aquellas informaciones que puedan ser pertinentes para su oficio. Es posible que Álvar García se esté basando aquí en la propia carta real de nombramiento, ya que en los dos casos se indica que esa información procede de una carta regia («mando por su carta» [§47 & §49]). En todo caso, no se conserva tal documento ni se conserva ninguna carta de

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nombramiento de este tipo hasta la época de los Reyes Católicos. Con anterioridad solo se conocen albalaes destinados a los contadores para que se asigne al cronista un determinado salario, el primero de ellos de 1456, donde no se ofrece ningún dato más relacionado con el cargo de cronista (Bermejo Cabrero 1980). En todo caso, la primera carta de nombramiento conocida, fechada en 1476 y por la que se hace a Juan de Flores cronista regio, presenta alguna concomitancia significativa. En efecto, en ella, como en nuestro texto, se insta a todos los del reino a reconocer a Juan de Flores como cronista regio, a comunicarle aquello que pueda ser pertinente para su oficio y a respetar los privilegios que le confiere el cargo («que vos ayan e tengan por nuestro coronista e usen con vos en el dicho ofiçio e comuniquen con vos las cosas a él tocantes e conçernientes» [Bermejo Cabrero 1980, 408]). Por otro lado, en ese mismo documento se establece que se haga una copia de la carta y la guarden en los libros de quitaciones, y que se entregue el original a Juan de Flores, para que lo tenga «por título del dicho ofiçio» (Bermejo Cabrero 1980, 409). En este sentido, es interesante constatar que entre los papeles de Álvar García, según un inventario contenido en el mismo códice que transmite nuestro prólogo, se encuentra justamente una carta regia que cabe identificar con el nombramiento, junto a un traslado de ella: «Otro enboltorio que dize carta del rey del ofiçio de las estorias. Otro enboltorio que dize traslado de la carta del rey del ofiçio de las estorias» (fol. 74r). Es muy probable, por tanto, que varios de los elementos que encontramos en el nombramiento de Juan de Flores remitan a prácticas anteriores, ya presentes en el reinado de Juan II, al menos desde el momento en que se nombra cronista a Álvar García. Y es muy probable también que las dos disposiciones regias en relación con el cargo del cronista que se señalan en el prólogo se basen en la carta de nombramiento del cronista. En cualquier caso, lo relativo a la entrega de los papeles del primer cronista remite directamente a las circunstancias del nombramiento de Álvar García, que tiene lugar

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tras la muerte de su predecesor23. Esa entrega de papeles pretende asegurar la continuidad del relato, y probablemente estaba destinada a que el propio Álvar García pudiera dar fin a las secciones que aún estaban en borrador, algo que, con todo, parece haber quedado por hacer, del mismo modo que el anterior cronista no había solventado la laguna historiográfica, mucho más amplia, que presenta la crónica de Enrique III. Estamos en un momento, por otro lado, en que el cargo de cronista exhibe una titularidad única, algo que se modifica con el reinado de Enrique IV, y en que los nuevos nombramientos vienen provocados por causas naturales, no aún por causas políticas. Esto último, no obstante, cambia ya dentro de la época de Juan II con la destitución del propio Álvar García, mucho antes de su muerte, aunque no conocemos ningún documento que nos proporcione detalles sobre ese hecho. El segundo asunto mencionado en el prólogo en relación con el oficio del cronista tiene que ver con el mandato regio de comunicar al historiador todo aquello que pueda serle útil en su tarea: Et mando otrosi por su carta a los infantes sus primos e a los perlados et duques e condes, ricos omnes e cavalleros et dotores e otrosi qualesquier personas del su consejo e de la su corte e de la su chançelleria e de las sus çiudades e villas e a otros qualesquier personas de sus regnos que dixesen e ynformasen al dicho segundo estoriador todas cosas que de los sus fechos suyos e de sus regnos ellos supiesen que el dicho estoriador entendiese que le cunplia ser ynformado a fin que mejor et mas verdaderamente sin fallesçimiento alguno el pudiese fazer e ordenar la dicha coronica e estoria (§50-53)24. 23. Este hecho explica que Galíndez de Carvajal, como dice en el prólogo a la crónica impresa de Juan II, alcanzara a ver en el monasterio de San Juan de Burgos los «originales» de la primera parte (Rosell 1878, 273), lo que, entre otras cosas, hubo de llevarle a adjudicar a Álvar García tal sección. 24. Elimino las tachaduras de esta y las próximas citas del prólogo. La enumeración jerárquica de los integrantes del reino en este pasaje es análoga a la que figura en el nombramiento de Juan de Flores

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Esta disposición, que no sabemos si es una novedad o si tal vez algo análogo se encontraba ya en el nombramiento del anterior historiador, reclama una colaboración en la escritura de la crónica regia que contribuya a su excelencia, y que además la haga asumible por todos los integrantes del reino comprometiéndolos en su construcción. Ciertamente, hay una carga ideológica en este requerimiento, y una amplitud mucho mayor en ese espectro de colaboradores de la que en la práctica habría de producirse. Pero se enuncia aquí también, de forma directa, un procedimiento en la composición del texto que ha sido indagado mediante el análisis minucioso de algunos textos cronísticos bajomedievales, y que da lugar a la utilización en el relato de documentos y cartas de relación destinados a dar noticia de algún evento25. En este sentido, no puede dejarse de lado el hecho de que los comienzos de las cartas de relación en romance en Castilla se produzcan a principios del siglo XV y que en este momento, como muestra nuestro texto, se solicite el envío de noticias al cronista regio, algo que apunta a que se trata de dos fenómenos paralelos, y que tanto la conciencia de la importancia del relato histórico como la acogida de tales materiales en él debieron impulsar el desarrollo de los mismos. Es muy probable, por tanto, que en la emergencia de las epístolas de relación haya desempeñado un papel importante, entre otros, la burocratización de la historia que se produce desde comienzos del reinado de Juan II. En todo caso, aunque la carta de relación sea el formato que alcanza una identidad literaria y que conquista un espacio de transmisión que asegura su permanencia, no es ese el único cauce de comunicación escrita de noticias. La información que a este respecto nos proporciona el prólogo aquí editado se complementa de forma elocuente con los materiales que ofrece el propio códice que lo transmite. Junto a ciertos documentos íntimamente relacionados con la crónica, algunos susceptibles de ser catalogados como (Bermejo Cabrero 1980, 408), y es un indicio más que apunta a que el pasaje se basa en la carta de nombramiento de Álvar García. 25. Véase Cátedra 1996, Garcia 2000 & Pontón 2002.

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cartas de relación, encontramos otras piezas cuya funcionalidad tiene una dependencia mucho más estrecha con respecto a la crónica, y que por tanto no parecen haber alcanzado independencia frente a ella. Así, uno de los pliegos lleva el título de «Preguntas respondidas por el Relator»; y en otro caso nos encontramos con una serie de bifolios identificada como «Relacion dada por el Relator», que consiste en un itinerario regio de 1430 a 1434. Ambos textos apuntan a una colaboración muy activa del relator Fernán Díaz de Toledo, que ya ha sido señalada a partir de la lectura de la propia crónica y que confirman estos materiales26. Pero no es el único caso. Encontramos también una narración sobre la actuación de Álvaro de Luna en la frontera de Aragón en 1429 que podría haber sido remitida por el entorno del privado, y que, en consecuencia, también es importante para estudiar el tejido cronístico del reinado de Juan II. Por fin, obviamente, la comunicación oral ha de haber tenido un peso esencial, como muestra un pliego en el que figuran una serie de ítems que el cronista desea averiguar, con la aclaración de los mismos alrededor de cada enunciado27. No hay duda, pues, de que esa solicitud de colaboración no se ha quedado en letra muerta, y también de que se traduce en unas formas textuales más variadas de lo que a veces nos es posible entrever. Por lo demás, está en consonancia con la transformación de la escritura de la crónica regia en un oficio cortesano, que se beneficia de otras piezas del aparato burocrático y cuya representación de los hechos 26. Véase Gómez Redondo 2002, 2232, con otras referencias. 27. A la comunicación oral exclusivamente se alude en el prólogo de Ayala a sus crónicas: «Otrosi de lo que acaesce en mi edad e en mi tienpo en algunas partidas donde yo non he estado e de lo que sopiere por verdadera relacion de señores e cavalleros e otros dignos de fe de quien lo oy e me dieron dende testimonio, tomandolo con la mayor diligencia que pude» (Orduna & Moure 1994-1997, I, lxxxviii [modifico la puntuación y la grafía de acuerdo con los criterios que menciono en la transcripción del prólogo aquí comentado]). Esta oralidad sigue, así pues, teniendo vigencia, pero se complementa en época de Juan II con el recurso a los textos, algo que, como he señalado, quizá potenciara, entre otras cosas, el desarrollo de las relaciones escritas.

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atiende especialmente al detalle más que a la síntesis, lo que trae como resultado un modo de trabajar propio, por el que se escribe con poca distancia frente a los hechos, y que también resulta en una mayor extensión de la narración. Esta concepción parece además solidaria de la anonimia que encontramos tanto en nuestro texto como en el prólogo de la primera parte, ya que la identidad del cronista queda subsumida en su cargo y en las atribuciones que este le confiere. Se diría que la anonimia va de la mano de esa proyección de la escritura histórica como un relato asumible por todos los del reino, y sobre el que ningún nombre propio reclama la autoría. Ahora bien, en nuestro prólogo encontramos una suerte de reticencia frente a esta idea, no solo porque las observaciones de Álvar García acerca del cronista prescriben unas ciertas cualidades, y por tanto vienen a poner el acento sobre el responsable del texto, sino porque el mismo Álvar García reclama para sí un espacio propio, que le autoriza a trazar un relato del pasado. Es lo que sucede cuando, tras recoger el mandato regio sobre el envío de informaciones al cronista, aclara que él no tenía necesidad de demasiadas noticias, ya que conocía muy bien todo lo que sucedía en el reino, como quien desde largo tiempo vivía en la corte. Hay aquí, ciertamente, una apología de sí mismo, de su idoneidad para el cargo, pero también asoma una dialéctica entre la anonimia y el historiador, entre lo institucional y lo individual como lugar de enunciación del relato. Y puede decirse que tal tensión quizá ayude a explicar la incipiente elaboración teórica que ofrece nuestro texto, y tal vez también las huellas que de su autoría deja el propio Álvar García en su crónica. Pasemos ya a sus observaciones sobre la escritura histórica. Estas se concentran sobre todo en la nota del extremo superior izquierdo en el recto del folio (§1-§9), y se deben a un segundo impulso en la redacción del texto, es decir, esa breve elaboración no se sitúa en el arranque inicial, que, como he señalado, sigue en gran medida el modelo del prólogo a la primera parte, sino en la revisión de lo escrito. Este hecho mismo ilustra nuevamente esa tensión dialéctica entre la fidelidad a una tradición que apenas se

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preocupa por las condiciones de la historiografía y el surgimiento de una conciencia del carácter problemático de la misma, y por tanto necesitado de algunas prescripciones. Pueden distinguirse dos implicaciones en esa nota: por un lado, la sugerencia de una localización de la historia en un marco epistemológico determinado y, por otro, la explicitación de dos preceptos que deben cumplirse en la composición del relato histórico. Al anunciar esos preceptos, Álvar García coloca la historia en el mismo plano que otros libros que componen los doctores y glosadores de las ciencias y de las escrituras antiguas, o dicho de otro modo, que los libros de los derechos y de las artes (§3-§6). Aunque el pasaje en el que se enuncia este paralelo presenta problemas de lectura en el manuscrito, no parece haber duda de que nos encontramos ante una comparación que sugiere un mismo espacio de significación para estos discursos. Y pese a que es un aspecto que no se desarrolla, todo apunta a que la nota insinúa un mismo horizonte de escritura, por el cual la historia se sitúa al lado del derecho y de las artes. Más que relacionarse con la posición del texto histórico dentro de las artes liberales, que tradicionalmente solía situarse dentro de la gramática, este paralelo parece señalar su convivencia con otras obras civiles, ligadas al pasado, a la moral y a la ordenación de una comunidad28. Se afirmaría de este modo, por tanto, la naturaleza sustancialmente humana y contingente de la historia, que comparte espacio con otros saberes liberales, éticos y políticos, y con ello quizá se pretendería asimismo resaltar la dimensión legal y literaria de la historia. Se trata de una perspectiva que debe mucho seguramente a la difusión de textos como las Décadas de Tito Livio, y que será dominante ya a lo largo de todo el siglo XV. Y está en sintonía con el lenguaje que Álvar García emplea para referirse a la materia histórica, que tiene una cierta impronta latinizante y jurídica («bien publico», «comunidades», «cosa publica»). Pero además viene a mostrar 28. Sobre la tradicional posición de la historia dentro de la gramática, véase Rico 1984, 159, nota 6, y 180, nota 26.

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una suerte de continuidad entre artes, derecho e historia, como si con ello se indicase que el cronista ha de poseer también una cierta formación legal y retórica como condición para llevar a cabo su tarea de forma solvente29. Los dos preceptos señalados en la nota atienden, por un lado, al provecho del texto, y por otro, a la persona del cronista. El primero conecta con la tradición anterior de prólogos historiográficos, que hablaba de la utilidad de las crónicas en tanto que permitían la conservación de la memoria y poseían un valor ejemplarizante. Aquí, con todo, la idea se enuncia de un modo más general y con un lenguaje ligeramente distinto: «La primera es que la obra que sea buena e que razonablemente se pueda esperar della buen fruto» (§7-§8). En segundo lugar, Álvar García se centra en la persona del cronista, que debe ofrecer todas las garantías para que el relato no sufra deformaciones: «La segunda es que aquel que la ordena sea tal persona por sus meresçimientos que con verdat la pueda fazer» (§9). Ambas máximas quedan glosadas en buena medida por el comienzo del texto central (§10-§17), sobre todo después de las correcciones que en él se introducen. En dicho pasaje, el fruto de la historia queda referido a su utilidad para la comunidad y a su capacidad para fijar una memoria colectiva. Es cierto que la exposición de dicha idea es un tanto tautológica e insuficiente, en la medida en que se dice simplemente que puesto que la historia es «muy conveniente al bien publico» y que los príncipes desean ver escritos sus hechos, entonces «se puede dezir que ordenar estoria de los fechos que pasan que es buena obra e que se espera della buen fruto». Pero interesa destacar que en ese pasaje Álvar García efectúa una suerte de síntesis entre los dos preceptos enunciados anteriormente, y parece condicionar la utilidad de la historia a la verdad con 29. Cabe recordar que en el inventario de la biblioteca de Álvar García contenido en su testamento, dado el 24 de mayo de 1457, se citan las «Decadas de Tito Libio, en romance, escripto en papel, la primera Decada», junto a otros dos volúmenes de Valerio Máximo, uno en catalán y otro en castellano, otros libros de Cicerón y Séneca, y textos de contenido religioso, jurídico y moral (Cantera Burgos 1952, 198-200).

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la que el cronista lleve a cabo su tarea. Así, habla de «estoria verdadera» y explica que los que «verdaderamente ordenaron e ordenaren» la historia hicieron y harán una buena y provechosa obra (véase también §53). Esta insistencia en la verdad no es nueva. Ya en el prólogo a sus crónicas, Pero López de Ayala asegura que se propone escribir «lo mas verdaderamente que pudiere», y que no hará «si non dezir la verdad» (Orduna & Moure 19941997, I, lxxxviii). Pero lo que en dicho prólogo aparece aún como declaración personal del cronista se plantea aquí como un principio general, que constituye de este modo una condición básica del discurso histórico. La formulación de Álvar García anuncia ya, por tanto, algunas de las observaciones incluidas en el conocido proemio a las Generaciones y semblanzas, donde Fernán Pérez de Guzmán afirma que la primera de las tres «cosas» que requiere la escritura de la historia es que «el estoriador sea discreto e sabio e aya buena retórica», puesto que cuando esta y las otras reglas no se cumplen «son las corónicas sospechosas e caresçen de la verdad» (Tate 1965, 2-3). En ambos casos, la idea de verdad se hace depender de la persona del cronista, y tiene por ello un componente moral. En cierta medida, la formulación de Álvar García presupone que él mismo se ajusta a ese dictado, y cabría preguntarse si no se trata de una autoapología, análoga a la que asoma cuando dice, después de referir el mandato regio por el cual los del reino debían comunicarle aquello que fuera de interés para la crónica, que se encontraba muy bien informado de los hechos que ha de narrar, como quien había pasado la mayor parte de su vida en la corte. Si es así, si puede postularse un tono apologético detrás de estas afirmaciones, cabría pensar que el prólogo haya sido escrito en un momento delicado, en que la idoneidad de Álvar García como cronista podría comenzar a ser contestada desde algunos sectores de la corte30. Y ello no tendría nada de 30. El comentario sobre la presencia del historiador en la corte parece incidir también en su lealtad al Rey, no solo por el hecho de señalar un largo periodo de servicio, sino por detallar que sus ausencias de la corte se debían solo a misiones encargadas por el Rey o su

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extraño, ya que, como sabemos, el autor fue apartado de la crónica regia mucho antes de su muerte, probablemente poco después de 1440. Ahora bien, el contexto de este prólogo no puede ser solo personal, sino que se incardina también en el marco de una serie de reflexiones sobre el oficio de historiar producidas por los mismos años, o muy cercanos, en Castilla (Carr 1986). Como es bien conocido, hacia 1430, en su Traducción y glosas de la «Eneida», Enrique de Villena plantea una crítica esencialmente retórica y profesional de las crónicas regias del momento, reclamando una mayor atención por la elocuencia y una mejor preparación intelectual del cronista. Algo más adelante, entre 1450 y 1460, Fernán Pérez de Guzmán, a quien ya me he referido, desarrolla, en el proemio a las Generaciones y semblanzas, una reflexión de orden fundamentalmente moral y político sobre la historia, donde la verdad del relato, sobreentendida en los textos anteriores, se convierte, de forma más vehemente que en nuestro caso, en el locus central de la discusión31. Pese a que el prólogo de Álvar García es contemporáneo de la Traducción y glosas de la «Eneida», no comparte en absoluto sus planteamientos (no en vano procede justamente del espacio cultural al que Villena dirige sus críticas), y tampoco hay indicio de que exista ningún tipo de enfrentamiento con dicho texto, que probablemente Álvar García no conociera (o de lo contrario, lo ignora por completo). En cambio, se encuentra, como hemos visto, bastante próximo a la orientación de Pérez de Guzmán, que insiste sobre todo en las condiciones éticas del historiador y en las de la creación de un consejo «a algunas partes de cumplia a su serviçio» (§55). La vinculación de Álvar García con el infante don Juan, que desde la segunda mitad de la década de 1420 queda enfrentado a Álvaro de Luna, debió dejar en una posición delicada al cronista a partir de dicho momento, y ello podría justificar esa sutil autodefensa que me parece posible percibir en estos pasajes. 31. Sobre este preliminar, además del trabajo de Carr ya citado, puede verse Gómez Redondo 2002, 2437-2440, & Folger 2003, 5660.

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relato que atienda sobre todo a la verdad. No sabemos si Pérez de Guzmán llegó a conocer una versión de nuestro texto, pero la amistad entre ambos intelectuales invita a no dar de lado esa posibilidad, que amplía el horizonte del debate historiográfico en la época de Juan II.

Final

No es necesario insistir sobre las implicaciones del texto aquí comentado, que puede contemplarse después de todo como la invitación a una revisión de la cronística del reinado de Juan II. Los nuevos datos sobre la autoría, el oficio de historiador, los métodos de trabajo cronístico y la incipiente reflexión teórica sobre el discurso historiográfico piden ser integrados en un cuadro más amplio que precisa aún de aportes básicos, como la edición de textos. Este trabajo quisiera dar un primer paso en tal dirección, para lo cual las perspectivas que abre el prólogo de Álvar García quizá representen un acicate y propicien una mirada renovada sobre los textos.

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