ALEGACIONES al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto \"Refinería Balboa\" por su inviable ubicación: justamente encima de la Vía de la Plata y del Camino Mozárabe de Santiago; y por el Impacto Negativo a los atractivos Culturales y Naturales, y al Turismo de este corredor viario.

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______________________________ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” POR SU INVIABLE UBICACIÓN: JUSTAMENTE ENCIMA DE LA VÍA DE LA PLATA Y DEL CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO; Y POR EL IMPACTO NEGATIVO A LOS ATRACTIVOS CULTURALES Y NATURALES, Y AL TURISMO DE ESTE CORREDOR VIARIO

Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO Plaza de San Juan de la Cruz, s/n 28071 MADRID ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” POR SU INVIABLE UBICACIÓN: JUSTAMENTE ENCIMA DE LA VÍA DE LA PLATA Y DEL CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO; Y POR EL IMPACTO NEGATIVO A LOS ATRACTIVOS CULTURALES Y NATURALES, Y AL TURISMO DE ESTE CORREDOR VIARIO. Yo, Diego Miguel Muñoz Hidalgo, con D.N.I. 80.042.887-N, en representación de las asociaciones de “Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata” *(ver documentación anexa pág. 44; apoyos de federaciones, plataformas, asociaciones, etc. pág. 58); con domicilio, a efectos de notificación, en C/ Francisco Pizarro n.º 40; Apartado de Correos 18; 06230 Los Santos de Maimona (Badajoz); Tfno.: 606-19 45 82; y con el apoyo de 1081 firmas entregadas en la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino;

EXPONE: 1º)- Que ante el anuncio de exposición pública del “Estudio de Impacto Ambiental” correspondiente al “Proyecto de construcción de una refinería de petróleo en Extremadura”, (“Refinería Balboa”), en Los Santos de Maimona (Badajoz); y como asociaciones afectadas por las actividades que esta empresa pretende llevar a cabo;

2º)- Que ante la total inviabilidad de este proyecto de refinería de petróleo por la inadecuada e irracional ubicación: justamente encima del trazado de la histórica y trascendental Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, que transita por el interior del emplazamiento elegido en la “Finca de San Jorge” (Los Santos de Maimona, Badajoz) *(Ver Plano de ubicación, pág. 42); así como sobre el entorno de su importante y turístico corredor viario cultural y natural, conocido como “Ruta de la Plata”; Presentamos las siguientes

ALEGACIONES (36 en total): Distribuidas en los siguientes Capítulos: Cap. I .- Sobre la trascendencia cultural y natural de la Vía de la Plata y de su entorno (Pág. 2). Cap. II .- Sobre el corredor geográfico viario de la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago: un recurso que hay que proteger para el “Desarrollo Sostenible” (Pág. 5). Cap. III .- Sobre los impactos negativos a su Patrimonio Medioambiental (Cultural y Natural) (Pág 10). Cap. IV .- Sobre los impactos negativos a sus Recursos Económicos (Pág. 32). Cap. V .- Sobre los impactos negativos a sus Recursos y Derechos Sociales (Pág. 36). *(RESUMEN DE LEYES, CONVENIOS, ETC. QUE SE INCUMPLIRÍAN: Pág. 48). *(Después de estas Alegaciones se realizó una “Marcha Internacional y Jornada Informativa en Defensa de la Vía de la Plata, de los Caminos de Santiago y Naturales, y del Turismo Sostenible”; participando 1.500 personas y asociaciones jacobeas, deportivas, culturales y ecologistas: pág. 62). *(MANIFIESTO: pág. 65). *(RECOGIDA DE FIRMAS: Pág. 67)

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CAPÍTULO I SOBRE LA TRASCENDENCIA CULTURAL Y NATURAL DE LA VÍA DE LA PLATA Y DE SU ENTORNO.

ALEGACIÓN 1ª)- El “Camino” o “Vía”: “de la Plata”; así como sus posteriores infraestructuras viarias que conforman la conocida como “Ruta de la Plata”, posee una grandísima trascendencia histórica-artística que ha traspasado las fronteras, configurando un “camino de caminos” mundialmente reconocido; un Patrimonio Cultural español, europeo y universal de primer orden cuya integridad e imagen hay que preservar ante impactos negativos, pues ha de ser disfrutado y rentabilizado para nuestras generaciones, presentes y futuras. De Sur a Norte, o de Norte a Sur, el Camino y Calzada Romana “de la Plata” es el resultado de innumerables culturas que ha configurado y vertebrado la personalidad y el territorio del occidente peninsular. Del mismo modo, ha sido un estratégico medio por donde han entrado y por donde han salido múltiples modelos culturales, difundiéndose por otros continentes en un viaje de ida y vuelta; siendo su corredor geográfico no sólo un cauce prehistórico, tartéssico, romano, etc. sino un gran “camino de caminos”. De todo ello hemos heredado un auténtico Patrimonio Cultural y Espiritual de incalculable valor, un mestizaje que ha dado lugar a nuestras singulares señas de identidad en el occidente europeo. Fueron muchas las necesidades políticas, socioeconómicas y condicionantes geográficos las que dieron forma a este itinerario de gran interés cultural; se podría decir que “todos los caminos están en éste”. Es por ello que la Vía de la Plata, su entorno viario, sus prolongaciones... está siendo reconocida, a nivel mundial, como: 1.- “Camino Trashumante”: los continuos viajes estacionales de la fauna salvaje y de primitivos cazadores dieron lugar a una serie de senderos coincidentes entre sí en un mismo espacio geográfico o “corredor viario”, y que fueron heredados posteriormente por nómadas pastores durante milenios, entrelazándose diversos “caminos pecuarios” a lo largo de todo el occidente peninsular. Coincidente con la Vía de la Plata tendríamos, por ejemplo, las Cañadas Reales: “de la Plata” o “de la Vizana”; la “Leonesa Occidental”, la “Soriana Occidental”...; además de otros muchos trazados de diversa entidad con respecto a su categoría pecuaria. 2.- “Camino Comercial”: desde los tartessios, fenicios y romanos... y hasta nuestros días, este entorno viario ha sido un importantísimo escenario para el intercambio de productos autóctonos (oro , plata, estaño...) o traídos de lejanas latitudes y que sirvieron para el desarrollo económico de las tierras por donde trascurre; un camino en donde también arraigaron, en su entorno inmediato, la vid y el olivo venidos del próximo oriente, así como la patata, el tomate, el pimentón, el maíz, etc. traídos de América. Hoy su recorrido es columna vertebral de infinidad de transacciones, así como la principal “avenida comercial” y el más bello “escaparate” de productos turísticos o agroalimentarios de calidad del occidente español, muchos de ellos con “Denominación de Origen”. 3.- “Camino Militar”: su trazado estratégico, con únicos pasos geográficos, salvando vados de ríos y puertos de montañas, fue itinerario obligado por multitud de ejércitos, lo que le hizo ser protagonista en todas las épocas y conflictos armados, legándonos multitud de castillos y recintos urbanos amurallados, ciudades que posteriormente se convirtieron en conjuntos histórico-artísticos de gran belleza arquitectónica.

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4.- “Camino Cultural”: este corredor viario sirvió, como cauce privilegiado, para que múltiples y distintas civilizaciones divulgaran por aquí, hacia el interior peninsular, sus ideas e ideales, dejándonos múltiples muestras de gran valor histórico y espiritual; pero, además, con el paso del tiempo, todo ello fue esculpiendo nuestra forma de ser, resultado de un “crisol” de todos los pueblos que por aquí pasaron y dejaron su huella. Del mismo modo fue un camino sin fronteras, siendo uno de los más importantes cauces terrestres de Europa por donde se difundió, a todos los puntos del planeta, diversos conceptos culturales y positivos valores sociales. Toda esta encrucijada cultural que representa la Vía de la Plata le hace ser digna de todo respeto a la imagen y a su integridad física. 5.- “Camino Artístico”: este escenario caminero, en donde nacieron y proliferaron singulares núcleos urbanos, fue lugar de encuentro de infinidad de culturas que nos legaron, a lo largo de su recorrido, y durante milenios, importantes y universales elementos de un rico y variado Patrimonio monumental. Por ejemplo: no hay ningún otro camino en el mundo con tres “Ciudades Patrimonio de la Humanidad” (Mérida, Cáceres y Salamanca), o tantos espacios urbanos declarados “Conjuntos Histórico-Artísticos” (Sevilla, Zafra, Fuente del Maestre, Plasencia, Hervás, Béjar, Zamora, Benavente, etc.). 6.- “Camino Mozárabe de Santiago”: uno de los primeros y más importantes caminos jacobeos, como lo atestigua la documentación y la iconografía a lo largo de su trazado; teniendo hoy en día una gran proyección internacional (ver Alegación 10ª). 7.- “Camino de la Hispanidad”: por aquí se difundieron, al resto de los continentes, nuestros modelos culturales; siendo el más importante cauce o “trampolín”, desde el interior del occidente peninsular, y a través de los puertos de Sevilla y Cádiz, de miles de personas y familias enteras que exportaron, por este Camino, sus creencias y tradiciones a múltiples rincones al otro lado de los océanos; un verdadero “Camino a las Indias”. 8.- “Camino de la Lengua Castellana”: este corredor viario fue, desde el interior peninsular, el principal medio o itinerario geográfico terrestre de expansión lingüística hacia otros continentes durante varios siglos. Además, en su entorno, se escribió la primera “Gramática de la Lengua Castellana” por Antonio de Nebrija, fruto de sus continuos viajes por este Camino y estancias continuadas en diversas poblaciones próximas o situadas en este mismo itinerario. La suma de todo ello hace de la Vía de la Plata el más importante escenario geográfico de la difusión universal del “castellano” o “español”. 9.- “Camino para la Paz”: ya que su trazado ha sido un enorme escenario en donde, durante milenios, han germinado múltiples culturas venidas de distintos puntos del planeta, dando lugar a un rico mestizaje; ya que este itinerario ha sido “catapulta” extraterritorial de expresiones y modelos culturales y artísticos, propios y singulares… es necesario reivindicar este itinerario multicolor como un privilegiado lugar para el hermanamiento entre todos los pueblos. Para ello hace falta la recuperación, la protección y la puesta en valor del Patrimonio común que “late” en cada rincón de la Vía de la Plata, una gran oportunidad para crear un gran “foro” (¡posible!) para el encuentro y el diálogo en la búsqueda de un mundo mejor.

Todos estos atractivos, de gran relevancia, singularidad y riqueza, han dado lugar a que la Vía de la Plata posea un Patrimonio Cultural de los más importantes y mejor conservados del mundo, un privilegiado recurso que hay que proteger para nuestro “desarrollo sostenible”.

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ALEGACIÓN 2ª)- La Vía de la Plata y su corredor geográfico-viario posee una gran trascendencia medioambiental pues contiene, abraza y une, en su seno, de los más importantes espacios de biodiversidad del occidente de la Península Ibérica; un Patrimonio Natural español, europeo y universal de primer orden cuya integridad e imagen hay que preservar ante posibles impactos negativos; sobre todo buscando su perdurabilidad, para que sea disfrutado y rentabilizado por nuestras generaciones, presentes y futuras. 1.- El recorrido de la Vía de la Plata es también una de la arterias de la Naturaleza más importantes de la Península Ibérica y uno de los entornos mejor conservados del occidente europeo; un Patrimonio Natural que en su virgen trazado aúna pureza, biodiversidad y paisaje. 2.- Según la literatura científica, su marco geográfico es un fértil refugio de la mejor flora y fauna continental; ruta de migraciones estacionales y de la trashumancia; etc.; abrazando reconocidos espacios naturales, y seculares y respetuosos sistemas agrarios productivos, que han dado lugar a un itinerario caracterizado por la gran relevancia en la variedad y limpieza de sus ecosistemas. 3.- El entorno geográfico de la Vía de la Plata es uno de los mejores “corredores ecológicos” de la Península Ibérica, en especial de aves migratorias. En su trazado, o próximo a él, se entrelazan importantes reservas naturales, humedales y espacios protegidos, como: Villafáfila, Sierra de Béjar-Gredos, Monfragüe, Riberas del Tajo, Barruecos, Llanos de Cáceres, Sierra de San Pedro, Cornalvo, Riberas del Guadiana, Sierra Morena, Doñana... 4.- Del mismo modo el aprovechamiento agroganadero secular ha creado espacios naturales destinados a la producción agroalimentaria, con productos de gran calidad, muchos de ellos con “Denominación de Origen”, dando lugar a extensos territorios agrícolas de gran valor ambiental y paisajístico, como: las dehesas de Sierra Morena, la comarca agrícola de Tierra de Barros-Matanegra, etc. 5.- Llegados a este punto habría que advertir que el “paisaje” de este corredor viario es de gran belleza y singularidad; un decorado incomparable que realza el calor del Patrimonio Cultural que contiene en su interrelación con él. 6.- Todo esta riqueza de biodiversidad y diversidad de paisajes se debe en su mayor parte a tradicionales usos respetuosos con el medioambiente, dando lugar a que el entorno de la Vía de la Plata posea un Patrimonio Natural de los más importantes y mejor conservados del mundo, un privilegiado recurso que hay que proteger para nuestro “desarrollo sostenible”.

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CAPÍTULO II SOBRE EL CORREDOR GEOGRÁFICO VIARIO DE LA VÍA DE LA PLATA Y CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO: UN RECURSO QUE HAY QUE PROTEGER PARA EL “DESARROLLO SOSTENIBLE”.

ALEGACIÓN 3ª)- Todo Patrimonio Cultural y Natural de un pueblo es un recurso medioambiental, económico y social para el “desarrollo sostenible” que hay que respetar. 1.- Tras un “desarrollismo” incontrolado, en donde se esquilmó los recursos vitales y los derechos de la población al primar sólo los intereses económicos, relegando los medioambientales y sociales; y tras una serie de informes, cumbres internacionales, recomendaciones de los expertos, etc., se llega a la conclusión de que el camino a seguir es un equilibrio entre todos los intereses, buscando un modelo de desarrollo que respete todos los recursos. 2.- Todo este pensamiento se resumió en 1987 en el Informe Brundtland, Nuestro Futuro Común, elaborado por la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo en el que se define por primera vez el concepto de “desarrollo sostenible”: “Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades” 3.- Pocos años después, en 1992, en la conferencia de la ONU sobre Medio Ambiente y Desarrollo, en Río de Janeiro, que fue la Segunda Cumbre de la Tierra, se amplía la definición original hacia los tres pilares básicos que han de conciliarse: el progreso económico, la preservación del medioambiente y la justicia social. 4.- Desde entonces hasta hoy han sido múltiples los documentos que se han ido elaborando, profundizando en estos conceptos, a la vez que se han ido traduciendo en normativas internacionales y nacionales. Todas ellas coinciden en la protección de nuestros recursos. Es por ello que nuestro Patrimonio Natural y Cultural juega un papel central que hay que respetar y rentabilizar, en lo ambiental, económico y social, de una manera respetuosa para que perdure y pueda seguir siendo disfrutado y rentabilizado por nuestras generaciones futuras.

ALEGACIÓN 4ª)- La Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, así como su transitado entorno de modernas vías de comunicación que conforman la “Ruta de la Plata”, es un recurso socioeconómico de primer orden cuya imagen e integridad hay que preservar, ya que nos ofrece enormes posibilidades para el “desarrollo sostenible”: medioambiental, económico y social; tanto para las poblaciones, comarcas y comunidades autónomas que se encuentran en este corredor viario del occidente español y europeo, como para toda la sociedad en general. 1.- El “corredor viario” de la Vía de la Plata es la suma de múltiples trazados históricos en un mismo “pasillo geográfico”. Tendríamos fraternalmente hermanados, coincidentes o compartidos, en un mismo entorno: la calzada romana (“Vía de la Plata”); el “Camino Mozárabe de Santiago”; caminos medievales; diversas vías pecuarias (cañadas reales, cordeles, veredas, sendas...); la línea de Ferrocarril Sevilla-Mérida; la Carretera Nacional 630 Gijón-Sevilla; y la Autovía de la Plata.

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2.- Todos sus trazados transitan o bien por dentro, pegado o a escasos metros de la “Finca de San Jorge”, en donde se proyecta una refinería de petróleo: “Refinería Balboa”. 3.- Los enormes y reconocidos atractivos (culturales, ambientales, salud, paisajísticos, etc.) existentes en este “corredor viario” son, en sí mismos, un “polo de atracción” para gentes de todos los puntos del planeta, que vienen aquí para saciar su demanda de ocio y tiempo libre con el objetivo de disfrutar de su legado histórico y entorno medioambiental. Todas estas motivaciones y atractivos absorben a miles y miles de personas venidas de todos los rincones del mundo y canalizadas por diversos trazados de este corredor de la “Ruta de la Plata”, siendo el espacio geográfico más transitado, de Sur a Norte y de Norte a Sur, del Oeste español. 4.- Este polo de atracción, que ofrece la visión de calidad y buena conservación del Patrimonio Cultural y Natural de la Vía de la Plata a lo largo de todo su recorrido (y que se resume en la pureza de su “paisaje”) da lugar a beneficios colaterales a varios sectores empresariales: a) a la Industria del Turismo; b) a la Industria Cultural; c) a la Industria Agroalimentaria, en el conocimiento directo y, por tanto, la promoción y consumo de los productos autóctonos de las empresas relacionadas con la transformación de los mismos; y d) al Sector Servicios, con un gran abanico de posibilidades que se complementa e interrelaciona con otros sectores; etc. Es decir, el corredor viario de la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago es un envidiable y limpio recurso socioeconómico que está comenzando a crear empresas respetuosas, generadoras de riqueza y empleo en todos estos sectores, y con un gran potencial de futuro; un claro ejemplo para nuestro “Desarrollo Sostenible”. 5.- De forma metafórica podríamos decir que: todos estos sectores económicos se encuentran reflejados en el “escaparate” de la más importante “avenida principal” del occidente español que es la “Ruta de la Plata”; eje vertebrador y de difusión de las múltiples riquezas y de la imagen de los más bellos atractivos de las comunidades autónomas por donde transita. 6.- El problema surge cuando, por falta de planificación institucional, por carecer de una política apropiada y coherente de “Ordenación del Territorio”, o por un evidente favoritismo a cierto grupo empresarial... no se consideran las repercusiones negativas derivadas por la incompatible ubicación de otros modelos industriales altamente contaminantes en un entorno de gran valor cultural, natural, comercial y con un grandísimo tránsito de potenciales clientes, turistas, etc. Por ejemplo, y siguiendo la metáfora del punto anterior, sería una actitud totalmente “insostenible”, una aberración que nuestras autoridades o gobiernos municipales permitieran, o impulsaran (que es peor), iniciativas empresariales altamente contaminantes o negativamente impactantes en las principales calles comerciales de nuestras poblaciones (¿un maloliente matadero, una humeante fábrica de ladrillos, una ruidosa empresa de mecanizados... en la C/ Sierpes en Sevilla; en la C/ Santa Eulalia en Mérida; en el Paseo de San Francisco en Badajoz; en la Puerta del Sol de Madrid; junto al Acueducto de Segovia;...?), pues perjudicarían tanto la imagen y la integridad de otros sectores económicos aquí representados en creciente expansión (la Industria Cultural, Turística, Agroalimentaria, etc.), como la limpia imagen de toda la “ciudad” aquí representada. 7.- Por otro lado, a los desarrollos “medioambiental” y “económico”, habría que considerar las aportaciones y potencialidades de la Vía de la Plata para el desarrollo “social”. Este Camino es un envidiable escenario para el desarrollo humano, con el disfrute y el conocimiento de las riquezas culturales y ambientales aquí existentes. El conjunto y la interrelación de su legado cultural y natural, a lo largo de todo su recorrido, nos ofrece inmensas posibilidades sociales. El aprovechamiento deportivo, cultural, espiritual... de su trazado, también en el campo de la enseñaza, es un medio para el crecimiento y realización personal; un importantísimo recurso para la mejora de la calidad de vida o el bienestar de toda la sociedad. Así mismo este trascendental itinerario está comenzando a ser un escenario único para la comunicación y el diálogo entre distintos pueblos y culturas, necesidad cada vez mayor en una realidad llena de conflictos. Por tanto, pocos caminos habrá como éste en el mundo con tantas buenas condiciones para la culminación de todo este “desarrollo social” en beneficio de todos.

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8.- En conclusión, el corredor geográfico de la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago: su Patrimonio Cultural y Natural; la visión de su conjunto resumido en su paisaje; sus usos y potencialidades medioambientales, económicas y sociales... son envidiables recursos para nuestro “desarrollo sostenible”. Es por ello que tenemos la obligación, tanto nuestra sociedad como nuestras instituciones políticoadministrativas, el respetar todo este legado. Pero, ¿cómo?... tan sencillo como es la planificación territorial que respete este recurso viario para así saciar nuestras necesidades; preservar tanto su integridad física como la calidad paisajística de su entorno, creando así unas condiciones óptimas para el seguimiento de este modelo de desarrollo; y, sobre todo, para que todo este atractivo recurso perdure y pueda seguir siendo disfrutado por nuestras futuras generaciones.

ALEGACIÓN 5ª)- El proyecto “Refinería Balboa” pertenece a una industria de refino de petróleo, un modelo industrial catalogado por el Ministerio de Industria como de los cinco más contaminantes que existen; además de poseer volúmenes y diseños estructurales con grandes impactos negativos visuales y paisajísticos. 1.- Según el Ministerio de Industria las refinerías de petróleo están catalogadas en el Grupo A, dentro de las cinco industrias más contaminantes que existen. El proyecto “Refinería Balboa”, aún con las medidas correctoras que se quieran, no deja de ser lo que es: una refinería de petróleo; y por lo tanto dentro de ese grupo, con grandes impactos por contaminación, visuales, paisajísticos, etc. evidentes e incorregibles en su mayor parte, y con altos riesgos imprevisibles. 2.- A los impactos de esta planta de refino de petróleo (“Refinería Balboa”), habría que sumar los impactos derivados de otras muchas infraestructuras auxiliares (oleoducto, poliductos, canales de entrada y salida de aguas residuales, tendidos eléctricos, etc.) algunos de los cuales aquí no se han evaluado debidamente, (alturas, materiales disonantes con el entorno, expropiaciones, etc.), cuya sinergia acrecentarían muchísimo más los aspectos negativos globales de este proyecto.

ALEGACIÓN 6ª)- Ubicar una planta para el refino de petróleo (un modelo industrial altamente contaminante), más sus innumerables infraestructuras auxiliares (negativamente impactantes), justamente sobre el rico trazado cultural y natural de la Vía de la PlataCamino de Santiago, sobre el corredor viario de la Ruta de la Plata y sobre sus grandes atractivos y recursos socioeconómicos... perjudicaría irreversiblemente la visión de calidad de este recorrido, impidiendo aquí un limpio y respetuoso modelo de desarrollo. Por tanto, de dictar la Junta de Extremadura y el gobierno de España una “Declaración de Impacto Positiva”, entre otros permisos administrativos, al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, incumplían los compromisos internacionales, así como la legislación vigente, sobre “desarrollo sostenible”; demostrando beneficiar intereses particulares basándose en un “desarrollismo” salvaje sin planificación alguna. 1.- La ubicación propuesta para el proyecto “Refinería Balboa” sería en la “Finca de San Jorge” (que abarca los términos municipales de Los Santos de Maimona, Villafranca de los Barros y Fuente del Maestre), y justamente encima del trazado de la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, y sobre el corredor viario más importante, transitado y turístico del occidente español: la Ruta de la Plata. Todo ello provocaría un grandísimo impacto paisajístico y a la imagen imposible de corregir, que supondría la degradación de la integridad y del entorno de este atractivo y valioso Patrimonio Cultural y Natural; dando lugar a un impacto negativo, crítico e irreversible, a este privilegiado e importante recurso socioeconómico para el “desarrollo sostenible” regional, nacional y europeo.

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2.- La defensa del paisaje, y por consiguiente de la imagen de calidad que éste representa (ya sea de este Patrimonio Cultural y Natural como de las producciones agroalimentarias próximas), ha de ser una actitud obligada de las personas y de las administraciones ya que es un patrimonio fundamental para el “desarrollo sostenible”, y tutelado jurídicamente. Como ya dijimos en la Alegación 3ª, este desarrollo se fundamenta en el equilibrio ambiental, social y económico. En nuestro caso el paisaje de la Vía de la Plata y Camino de Santiago, y a lo largo de todo su corredor geográfico conocido como “Ruta de la Plata”, juega un papel importantísimo en la armonía y en la consecución de este objetivo de desarrollo: a)- En el plano medioambiental es un reflejo de la calidad del entorno a la vez que un elemento indisociable para alcanzar una mayor calidad de vida en múltiples aspectos socioeconómicos. b)- En el plano social es un reflejo de usos, costumbres y creencias de un pueblo como resultado de una larga historia que ha ido conformando su identidad; y desde un punto de vista psíquicoemocional un recurso para alcanzar la autorrealización y el bienestar de las personas. c)- En el plano económico es un valor de la tierra y un atractivo básico para el turismo, generador de riqueza y empleo, y símbolo de calidad de las producciones agroalimentarias de su territorio. 3.- De permitir nuestras Administraciones una refinería de petróleo sobre el “paisaje cultural” que nos ofrece la Vía de la Plata , incumpliría las declaraciones, compromisos, acuerdos y legislación de la Unión Europea, del Gobierno de España y de las comunidades Autónomas de Extremadura y Andalucía sobre “desarrollo sostenible”. 4.- Por poner un ejemplo, entre muchísimos documentos, encontraríamos la “Declaración de Cork” (Noviembre 1996), en donde se recogen las conclusiones de una Conferencia dentro del seno de la Unión Europea. En ella se afirma que el desarrollo rural sostenible debe convertirse en una de las prioridades con el objetivo de invertir la tendencia al éxodo rural fomentando el empleo, el desarrollo personal, la salud, el bienestar... Para ello se ha de trabajar con el requisito de “preservar y mejorar la calidad del medio ambiente rural”. 5.- También podríamos citar el “Dictamen del Comité de las regiones sobre ” (Diario Oficial nº C 116 de 14 de Abril de 1997, Pág. 0046, de la Unión Europea). Uno de sus principales fines es que las zonas rurales sean reconocidas en su propio valor pues tienen aspectos positivos que pueden ser determinantes con vistas al futuro. Se advierte de la necesidad de prestar atención a la calidad del paisaje, la preservación del patrimonio histórico y cultural, el turismo, conservación de las condiciones medioambientales, etc. Todo ello tiene en sí mismo un valor cualitativo que deben convertirse en productos y servicios con un valor económico evidente. La preservación del paisaje, la protección del patrimonio cultural y natural, los atractivos turísticos, las riquezas agrícolas evidentes... son recursos reales en una economía diversificada para la creación de riqueza y puestos de trabajo, incompatibles con industrias a gran escala. Para ello es necesario una “planificación integral” para un “desarrollo sostenible”. En el caso que nos ocupa: la preservación del “paisaje cultural” que la Vía de la Plata y su entorno nos ofrece; un recurso medioambiental, económico y social, totalmente incompatible con una contaminante e impactante refinería de petróleo (proyecto “Refinería Balboa”) justamente sobre su trazado y riquezas. 6.- En esta línea tendríamos, en el ámbito normativo, la “LEY 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural” (BOE nº 299, de 14 de Diciembre de 2007). Es una iniciativa del Gobierno de España, en colaboración con 11 departamentos ministeriales que tiene como referencia la “Estrategia de Lisboa” (2000) en relación al empleo y la competitividad y la “Declaración de Gotemburgo” (2001) en relación con el logro de un desarrollo sostenible. En su Preámbulo advierte que esta Ley “define una acción política de primer orden” haciendo mención a la importancia de los “recursos financieros públicos y privados que se verán comprometidos”. En lo que nos atañe, el proyecto “Refinería

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Balboa” sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago pondría en peligro esos “recursos financieros”, por lo que sería un impacto negativo a los mismos. Hagamos un breve resumen de algunos de los artículos de esta Ley que incumpliría este proyecto de refinería de petróleo por su inviable ubicación: Artículo 2. Objetivos. En el Apartado a) se refiere a que la incorporación de nuevas actividades económicas sean “compatibles” con el desarrollo sostenible. En el c) “Conservar y recuperar el patrimonio y los recursos naturales y culturales del medio rural a través de actuaciones públicas y privadas que permitan su utilización compatible con un desarrollo sostenible”. En el e) “Lograr un alto nivel de calidad ambiental en el medio rural, previniendo el deterioro del patrimonio natural, del paisaje (...) mediante la ordenación integrada del uso del territorio para diferentes actividades, la mejora de la planificación y de la gestión de los recursos naturales y la reducción de la contaminación de la zonas rurales”. Comentar aquí la ordenación integrada del uso del territorio para la actividad turística de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, transitada por miles de senderistas y peregrinos (además del resto de las vías de comunicación que conforman la “Ruta de la Plata”), un “paisaje” cultural que se vería aquí totalmente violado por carecer de planificación. En el g) “Fomentar la participación pública” en la elaboración de un programa de desarrollo rural sostenible y “acceso a la información”. En el caso que nos ocupa ni se fomenta (porque todo está políticamente decidido de antemano; ver Alegación 35, Punto 1), ni se facilita información pues se ponen todos los impedimentos. Artículo 19. Planificación ambiental. Punto 1. Hace referencia a la “proyección del paisaje” como elemento a tener en cuenta en una planificación a la hora del desarrollo sostenible. Artículo 20. Diversificación Económica. En su Apartado e) “Fomentar el turismo rural”. La vía de la Plata-Camino de Santiago es uno de los pilares para esta actividad a través del senderismo, con la creación de albergues, casas rurales, etc. Pero para ello ha de haber las condiciones apropiadas que preserven sus atractivos. Artículo 29. Educación. En su Apartado d) “El fomento de la práctica deportiva (...) ordenando los espacios de actividad deportiva en el medio natural y favoreciendo la integración de estas actividades en el turismo rural”. Hay que advertir e informar que, primero: en el terreno educativo, la Vía de la Plata está sirviendo de una “escuela abierta” en donde distintos centros de enseñanza de Andalucía, Extremadura (por ejemplo, el Instituto de Enseñanza Secundaria de Los Santos de Maimona, a escasos 4 km. en donde se pretende ubicar el proyecto “Refinería Balboa”) y Castilla-León, viajan andando o en bicicleta para sensibilizar y enseñar al alumnado los valores patrimoniales, naturales y culturales, de cada comunidad. En segundo lugar: este trascendental Camino es el escenario más importante del occidente de España para la práctica deportiva a lo largo de todo su trazado en diversas modalidades: senderismo, ciclismo, ecuestre y vuelo sin motor. Estas actividades deportivas están favoreciendo un turismo rural de primer orden. Artículo 29. Cultura. En su Apartado d) “Proteger el patrimonio histórico-artístico” . 7.- En resumen: el proyecto “Refinería Balboa” sería un impacto negativo a los tres pilares fundamentales de este respetuoso modelo “sostenible”. De permitir su ubicación sobre la Vía de la Plata rompería el equilibrio “medioambiental”, “económico” y “social” de este territorio; yendo en contra de los fundamentos y objetivos de este limpio desarrollo, el cual nuestros gobiernos, regional y nacional, se han comprometido; y yendo en contra de las normativas vigentes sobre “desarrollo sostenible”.

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CAPÍTULO III SOBRE LOS IMPACTOS NEGATIVOS A SU PATRIMONIO MEDIOAMBIENTAL (CULTURAL Y NATURAL)

ALEGACIÓN 7ª)- La ubicación del proyecto “Refinería Balboa” se localiza sobre un “camino público”; conocido, en varias cartografías y por los lugareños, como: “Camino Viejo de Los Santos a Villafranca”, “Camino de Mérida” y “Camino de la Plata”; siendo también en la antigüedad “Camino Real”, por donde transitaron importantes personajes de la Historia. 1.- Este camino medieval que hoy vemos es heredero de la antigua calzada romana. Durante siglos ha sido cauce de infinidad de acontecimientos históricos, políticos-militares, económicos, etc. De ello ha quedado un trazado con elementos relacionados con la caminería. Por ejemplo: el puente medieval sobre el Arroyo Robledillo, a la salida de Los Santos de Maimona, a escasos 3’5 Km. de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa” en la Finca de San Jorge; también fuentes y pozos junto al camino; etc. 2.- Del mismo modo fue utilizado como “Camino de Postas” para el correo; o como “Camino Real”. Por aquí han andado, por el interior de la ubicación elegida para el proyecto “Refinería Balboa”, personajes tan importantes para la Historia española y europea como Fernando “el Católico” en su viaje de Sevilla a Cáceres en las Navidades de 1508; o el propio Carlos I de España (y V de Alemania) en su viaje de Cáceres a Sevilla, llegando a Los Santos de Maimona, por este camino, el 5 de Marzo de 1526. Hoy que tanto se habla de Carlos I-V como símbolo de la Unión Europea, y se pretende recuperar algunos de sus itinerarios… aquí tenemos al Camino de la Plata, a su paso por Los Santos de Maimona por la Finca de San Jorge, como hito en la vida viajera de este Emperador. Bibliografía: - HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, F. : “Rawal y el Itinerario de Musa, de Algeciras a Mérida”. Revista AlÁndalus, V.-XXVI, pág. 99 (Madrid-Granada, 1961). - DE FORONDA Y AGUILERA, M. : “Estancias y Viajes del Emperador Carlos V”. Madrid, 1914, pág. 269

ALEGACIÓN 8ª)- Existen fundamentos científicos y documentales que demuestran que el trazado de la calzada romana, conocida también como “Camino” o “Vía”: “de la Plata”, cruza por el interior de la Finca de San Jorge en donde se pretende ubicar el proyecto “Refinería Balboa”. 1.- La planificación viaria romana diseñó, a lo largo de todo el occidente peninsular, de sur a norte, un itinerario que unía la cuenca del Guadalquivir con las tierras leonesas. Poseemos un documento importante, el “Itinerario Antonio” (196-217 d.c.), en donde se menciona tanto el trazado, las distancias, como las paradas para el descanso de viajeros, llamadas “mansios”. El espacio que ocupa la Finca de San Jorge, por las condiciones orográficas del entorno, es el paso obligado entre dos de estas paradas o ciudades: “Contributa” (a 1´5 km. al Este de Medina de las Torres), y “Perceiana” (al Norte de Villafranca de los Barros); sobre todo teniendo en cuenta dos aspectos: primero, las distancias entre estas dos ciudades que coincidirían por aquí; y, segundo, las prácticas de ingeniería romana que buscaban trazados por zonas

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elevadas, evitando ondulaciones y escorrentías junto a los arroyos, como es la zona llana y elevada de esta finca en su costado oriental, al pie de la Sierra de San Jorge. 2.- Otro documento es el “Anónimo de Rávena” (siglo VII), que no hace más que ratificar la relación de estas ciudades enumeradas por el mismo orden, por lo que demuestra también su uso en época visigoda. 3.- El primer testimonio documental que menciona el nombre de “Camino de la Plata” es del año 1370, y pertenece al sur de Mérida, a su paso por Sierra Morena. Este documento se encuentra en el Archivo Municipal de Sevilla. Otros documentos posteriores del mismo modo mencionan este topónimo al sur de Extremadura y Andalucía, recuerdo de esta columna vertebral del sistema viario romano en el occidente peninsular. 4.- Investigaciones más recientes, como las del francés Siellieres, P. o las del Catedrático de la Universidad de Extremadura, Rodríguez Díaz, A., y utilizando técnicas modernas de fotografía aérea para la prospección de calzadas, nos llevan a la conclusión del paso de este trazado romano por el interior de la Finca de San Jorge, coincidente prácticamente con el conocido actualmente como “Camino de la Plata”, donde se pretende ubicar el proyecto “Refinería Balboa”. Bibliografía: - SILLIERES. P. 1982: “Centuriatio et voie romaine au sud de Mérida: contribution a la delimitation de la Betique et de la Lusitenie”. Melanges de ls Casa de Velásquez. T. XVII/1, págs..437-448 1990: “Voies Romaines et Limites de provices et de cités en Lusittainie”. Villes de Lusitanie Romaine. París. 1990: “Les voies de communicatio de l´Hispaine meridionales”. París -RODRÍGUEZ DÍAZ, A.: “Arqueología de Tierra de Barros”. Zafra, 1986

ALEGACIÓN 9ª)- Existe una incoación de expediente para declarar la Vía de la Plata “Bien de Interés Cultural” (B.I.C.) a su paso por la comunidad de Extremadura, y cuyo trazado oficial lo hace por el interior de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa”; figura de protección que, en sus márgenes a ambos lados de este Camino, sería difícilmente respetada por este proyecto a lo largo de los 2 Km. por el interior del mismo. 1.- Esta incoación está publicada en la “ORDEN de 19 de noviembre de 1997, por la que se incoa expediente para la declaración de la Vía de la Plata, a su paso por la Comunidad Autónoma de Extremadura, como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico y se concreta su delimitación” (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E., Nº 140, de 2 de Diciembre de 1997). 2.- Con arreglo a la “LEY 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura” (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E. nº 59 de 22 de Mayo de 1999), una vez que hay una incoación asume la misma protección de Bien de Interés Cultural, que son 100 m. a cada lado. El problema surge cuando en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa” se entrevé la posibilidad de no respetarlo: “En el supuesto de que no se pudiera mantener esta distancia por cuestiones técnicas (...) la decisión final queda en manos de la consejería de Cultura de la Junta de Extremadura” (T.1, pág. 187: punto 4.4.7).

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Si bien esto queda muy legal, habría que hacer una reflexión: la Junta de Extremadura es también parte promotora de este proyecto pues participa económicamente, ¿acaso no va a dar todos los permisos que hagan falta para achicar este espacio?... Esto acarrearía indefensión de este Patrimonio ya que esta Administración regional no es imparcial ya que es “juez” y “parte interesada” (ver Alegación 35, Puntos 1 y 3). Ello también iría en perjuicio del uso turístico y espiritual de este Camino.

ALEGACIÓN 10ª)- El trazado de la Vía de la Plata (o su evolutivo Camino de la Plata medieval) está reconocido, nacional e internacionalmente, como “Camino Mozárabe de Santiago”, cuyo trazado cruza por el interior de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa”; por lo que éste sería un impacto, crítico e irreversible, a la visión de este Patrimonio Cultural y Espiritual, y a la calidad de vida de sus usuarios; un envidiable recurso para el “desarrollo sostenible”. 1.- Desde épocas romana y visigodas, en el Sur peninsular, los cristianos poseían importantes sedes obispales como las de Sevilla, Córdoba o Mérida. En época musulmana, los descendientes de estos cristianos formaron aquí grandes comunidades cristianas: los “mozárabes” (arabizado). 2.- Ya el Padre Mariana, en su Historia General de España, decía: “En tiempos que se descubrió el sepulcro... el mayor número venían de tierra de moros”. Siglos después su difusión al resto de Europa, con una cuenca demográfica mayor que la del sur peninsular, dio lugar a un caudaloso “Camino Francés”, reflejado en el s. XII en el “Codex Calixtinus”. 3.- Si nos entremetiéramos por las páginas de la Historia descubriríamos múltiples testimonios jacobeos “plateros”: los primeros hospitales peregrinos, como el de La Bañeza, en el s. X (¡dos siglos antes que los citados en el “Codex”!). 4.- Tenemos múltiples e importantes documentos que demuestran la tradición jacobea de la Vía de la Plata: el viaje de un diplomático de Al-Ándalus que desde Compostela vuelve acompañando a paisanos peregrinos cordobeses; el traslado de la Diócesis Episcopal de Mérida a Compostela, en 1.120, gracias a lo cual esta última comenzó a tener peso; la creación de la “Orden de Santiago” en 1.170 en Cáceres (¡en plena Vía de la Plata!) para “...amparar a los peregrinos de Santiago”; una cláusula de la Orden de Alcántara que dice: “Habrá veinte lanzas en servicio de andar el camino peregrino... y otras veinte hasta el puente de Alconétar ...(paso de nuestra calzada por el Tajo)”; el testimonio de Gonzalo de Illescas, en 1622, que narra el traslado de las reliquias de San Isidoro de Sevilla en 1.063 “... llevándole a León, por el muy antiguo camino romano, hoy de peregrinos...”; la peregrinación a Santiago del canónigo Bernando de Aldrete junto con otros religiosos desde Córdoba en el siglo XVII; etc. 5.- Existen también múltiples testimonio iconográficos jacobeos en la Vía de la Plata. El ejemplo más antiguo que se conoce de un Santiago Peregrino es precisamente en este Camino Mozárabe, en Santa Marta de Tera (Zamora). En Extremadura cabría destacar: el Conventual de Santiago en Calera de León, desconocida joya; la pintura de Santiago Peregrino del retablo gótico-mudéjar de Calzadilla de los Barros, de las más bellas del mundo; el Hospital de Santiago de Zafra, gracias al mecenazgo de los Señores de Feria; vieiras y la cruz de Santiago en el Escudo y en la hermosa Puerta del Perdón de Los Santos de Maimona (a 3´5 km. del proyecto “Refinería Balboa”); o las del recio Palacio de Torremejía; la desaparecida Iglesia de Santiago de Mérida, hoy Parador de Turismo, que fuera visigoda con piadosas inscripciones árabes en sus columnas romanas; el relieve de un peregrino en una de las puertas de la Iglesia de Santiago de Cáceres; las iglesias de Casar de Cáceres y Carcaboso, con miliarios de la calzada en su entorno; en Plasencia, en su antigua Iglesia de Santiago, junto a su puerta, la esculpida imagen de éste, con bordón y gorra peregrina; y qué decir de su difusión devocional y artística por todo el Mundo a través de la Vía de la Plata...

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6.- Hoy existen varias ediciones de guías españolas de la Vía de la Plata-Camino Mozárabe de Santiago, y múltiples artículos en revistas especializadas, así como innumerables ejemplos de guías en Internet. Del mismo modo hay múltiples ediciones representando lo mismo en guías de otros países: Inglaterra, Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Austria, Japón, etc. En todas estas guías se representa, tanto en el texto como en planos, el trazado de este Camino por el interior de la Finca de San Jorge, pretendida ubicación del proyecto “Refinería Balboa”. 7.- Actualmente este trazado por el interior de la Finca de San Jorge es transitado por miles y miles de peregrinos, senderistas, ciclistas, etc. procedentes de todos los rincones del mundo, en su andadura desde Sevilla a Astorga, o hasta Santiago de Compostela; por lo que el proyecto “Refinería Balboa”, justamente encima de su trazado, sería un impacto, crítico e irreversible, a la visión de este Patrimonio Cultural y Espiritual, y a la calidad de vida de sus usuarios.

Bibliografía: VVAA- “Guía del Camino Mozárabe de Santiago Vía de la Plata” (Sevilla, 2001).

ALEGACIÓN 11ª)- En el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” no se reconoce, implícita y explícitamente, que este trazado sea “Camino Mozárabe de Santiago”, ni su gran afluencia e internacionalidad; con lo que ello conlleva: el aminorar la importancia del mismo y así disimular las repercusiones negativas reales a su gran trascendencia cultural y espiritual.

ALEGACIÓN 12ª)- El trazado oficial del proyecto extremeño “Alba Plata”, financiado con fondos españoles y en su mayor parte europeos, cruza por el interior de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa”; por lo que sería un impacto negativo a los objetivos y esfuerzos de esta iniciativa pública para la recuperación, consolidación y promoción de la Vía de la Plata como recurso para la rentabilización de este Patrimonio Cultural y Natural en beneficio para el “desarrollo sostenible”; y poniendo en peligro a su vez las inversiones públicas. 1.- El Proyecto “ALBA PLATA” (1998-2004), cuya iniciativa original surgió de las asociaciones de los Amigos de la Vía de la Plata-Camino de Santiago que se lo propuso a la Junta de Extremadura en 1995, y que después ésta tomó el relevo institucional, se presentó al público el 15 de Enero de 1998 en el Museo Nacional de Arte Romano de Mérida, con el objeto de revitalizar de forma integral tanto la propia Vía de la Plata, como el Patrimonio Cultural y Natural de su corredor viario, conocido también con el nombre de “Ruta de la Plata”. Recuperando todo este Patrimonio lo que se pretende es dar valor a la Historia y a la Cultura extremeña, a la vez que convertirlo en un itinerario turístico como un importante recurso para el desarrollo. 2.- En su inversión participa la Junta de Extremadura y, en su mayor parte, los fondos del Banco Europeo de Inversiones de la Unión Europea; ascendiendo a unos 19.666.318 euros (más de 3.000 millones de pesetas). Todo esta inversión se ha destinado al estudio del camino, creación de centros de interpretación, restauración de monumentos y excavaciones arqueológicas, puesta en valor del Patrimonio, etc. También para la creación de “Albergues Turísticos”; precisamente uno de ellos se encuentra a escasos 1.000 metros de la parcela en donde se pretende ubicar este proyecto de refinería de petróleo.

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3.- También se ha señalizado el camino para senderistas, siguiendo la señalización realizada años antes por las asociaciones de Amigos de la Vía de la Plata; y editado una Guía a su paso por Extremadura. Tanto esta señalización y guía oficiales lo hacen por el medio de la Finca de San Jorge por donde se pretende ubicar el proyecto de refinería. 4.- La ubicación de “Refinería Balboa” sobre los atractivos de este camino histórico, industria catalogada de las cinco más contaminantes e impactantes que existen (como ya dijimos en la Alegación 5ª), sería, por su inevitable contaminación y por sus características técnicas (grandes volúmenes y alturas, materiales disonantes, chimeneas, puentes y tuberías sobre su trazado, etc.), un impacto visual y al resto de los sentidos, tremendamente negativo para los usuarios (senderistas, turistas, peregrinos, etc.) que pasasen por aquí, pues destruiría irreversiblemente la correcta visión de su paisaje y, por tanto, de su imagen; restando o poniendo en peligro, parte o la totalidad, las grandes inversiones públicas de promoción cultualturística aquí destinadas (fondos públicos que serían dilapidados en beneficio de intereses particulares).

ALEGACIÓN 13ª)- El proyecto “Refinería Balboa”, por su emplazamiento sobre la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, iría en contra de los objetivos y esfuerzos de defensa y recuperación del Patrimonio extremeño, español y europeo. De permitir aquí las Administraciones regional y española este proyecto, sería un total desprecio al no considerar el hecho de que el proyecto “Alba Plata” haya sido reconocido con el Premio “Europa Nostra 2005 de Patrimonio Cultural”, en el apartado de “Conservación de Paisajes Culturales”, y concedido por esta prestigiosa institución internacional. 1.- Europa Nostra es una importante institución formada por expertos, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro con delegaciones en varios países (en España es Hispania Nostra) para la defensa y promoción del Patrimonio Cultural y su entorno. Organiza debates, seminarios, conferencias... sobre temas específicos en relación a sus objetivos, saliendo documentos importantes que sirven de guía ante las autoridades. Así también trabaja en la denuncia de atentados al Patrimonio y en la entrega de premios al buen hacer. 3.- Este galardón al que aquí nos referimos, fue entregado en Madrid de manos de S. M. la Reina Sofía, el 27 de junio de 2006, al que fuera Presidente de la Junta de Extremadura, D. Juan Carlos Rodríguez Ibarra. 4.- Esta última circunstancia da lugar a una gran arbitrariedad (por no decir hipocresía) de la Junta de Extremadura, pues: a)- mientras que ésta dice defender el Patrimonio Cultural con grandes inversiones públicas (sobre todo europeas en este caso); b)- mientras que se reconoce internacionalmente esa labor con el Premio “Europa Nostra 2005 de Patrimonio Cultural”, en la categoría de “Conservación de Paisajes Culturales”, en relación a la recuperación y difusión de la Vía de la Plata...; por otro lado esta misma Administración regional es promotora (participando con 20% en la inversión) del proyecto “Refinería Balboa”, justamente sobre este trascendental e histórico Camino, que rompería su visión e imagen de calidad de sus amplios recursos. 5.- Todo ello nos vendría a demostrar irregularidades, o trato de favor, de la Junta de Extremadura hacia el proyecto “Refinería Balboa”, en detrimento de las inversiones públicas (sobre todo europeas) y reconocimientos internacionales, echando por tierra el prestigio adquirido de este Camino. 6.- Igualmente restaría prestigio al galardón “Europa Nostra”, otorgado a una Administración que por otro lado es parte accionarial y promotora de un proyecto petroquímico justamente sobre la Vía de la Plata. El colmo es que este galardón sea por la “Conservación de Paisajes Culturales” a una Junta de Extremadura que pretende romper y ensuciar precisamente el paisaje de la Vía de la Plata.

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7.- Del mismo modo restaría prestigio a la Casa Real al atreverse a dar un Premio a una Administración que es “verdugo” de lo que dice defender.

ALEGACIÓN 14ª)- La ubicación elegida para el proyecto “Refinería Balboa” iría en contra del compromiso de diversas Administraciones Oficiales (española y europea; las comunidades autónomas de Andalucía, Extremadura, Castilla-León, Asturias y Galicia; Diputaciones Provinciales respectivas; etc.) y diversas entidades (Asociaciones de Municipios o Mancomunidades que se encuentran en su trazado, etc.), por recuperar, rehabilitar y promocionar el Patrimonio Cultural y Natural de la Vía de la Plata y del Camino Mozárabe de Santiago.

ALEGACIÓN 15ª)- Desde diversas asociaciones e instituciones oficiales se ha solicitado que la Vía de la Plata sea reconocida como “Itinerario Cultural Europeo”, lo que demuestra su importancia en la construcción Europea; siendo el proyecto “Refinería Balboa”, sobre su recorrido, un impacto negativo a su trazado, imagen y prestigio. ALEGACIÓN 16ª)- La Vía de la Plata es oficialmente ya una de las principales candidatas a ser reconocida como “PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD” por la UNESCO, lo que avala enormemente y demuestra la importancia, trascendencia y proyección universal de este histórico Camino que hay que conservar; por lo que el proyecto “Refinería Balboa” sobre su recorrido sería un impacto negativo, crítico e irreversible, a su trazado, imagen y prestigio; corriendo incluso el peligro de ser retirada de la lista de aspirantes. ALEGACIÓN 17ª)- El concepto “Paisaje” forma parte de nuestro Patrimonio Natural, a la vez que es un recurso público, vital para nuestro “desarrollo sostenible”; alterarlo indebidamente sería romper el equilibrio medioambiental, social y económico que fundamenta este desarrollo. 1.- Todo lo que afecte grave y negativamente al “paisaje” o a la visión global de este corredor viario (“camino de caminos”), en algún tramo de su trazado, afectaría igualmente a toda su “imagen” de calidad y, en consecuencia, a este recurso medioambiental, social y económico que pertenece a todos los pueblos por donde transcurre; perjudicando las posibilidades de “desarrollo sostenible” de estas comunidades. Metafóricamente, y con aliño poético, podríamos decir: el corredor viario, conocido como “Ruta de la Plata”, es un gran árbol con raíces y ramas que se nutre en el Sur andaluz, con firme tronco extremeño, hasta alcanzar las copas mecidas por vientos gallegos y asturianos. Pero si a este fértil árbol se le ahuma, se le contamina... pederá vida y atractivo a nuestros ojos, hasta quedarse sin frutos. De nosotros depende que este “árbol” siga viviendo para que nuestras futuras generaciones puedan disfrutar bajo su sombra. Del mismo modo, de la honradez de nuestros políticos y técnicos en sus evaluaciones ambientales dependerá que nos siga dando frutos y semillas, como el primer día... 2.- El paisaje es un “recurso medioambiental”, parte íntimamente integrante de nuestro entorno físico y, por tanto, objeto de tutela por parte del Derecho; por lo que ha de ser muy tenido en cuenta en los

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procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental. El concepto “medioambiente” abarca los recursos naturales así como los bienes que componen el Patrimonio Cultural y Natural. 3.- El paisaje es un “recurso social y espiritual” que nos suministra la naturaleza, ofreciéndonos satisfacción a los sentidos: placer estético, sensación de equilibrio, de calma y felicidad; o satisfacción lúdica asociada a la contemplación de la belleza, o a las emociones suscitadas por las referencias culturales. En nuestro caso la Vía de la Plata-Camino de Santiago, cultura y espiritualidad están estrechamente unidas, y a su vez entrelazadas con la visión de la pureza de un limpio entorno de fértiles campos, verdes y atractivos “océanos” agrestes o de naturaleza agrícola: dehesas de encinar, viñedos y olivares de la comarca Tierra de Barros-Matanegra, etc. Por tanto el valor estético del paisaje, entendido como la suma de las bellezas escénicas naturales y culturales, es un recurso espiritual para el ser humano pues todas las personas tienen derecho a disfrutar de un entorno limpio, bello y natural. Como bien ha manifestado la Jurisprudencia Constitucional de Costarrica “...desde el punto de vista psíquico e intelectual, el estado de ánimo depende también de la naturaleza, por lo que también al convertirse el paisaje en un espacio útil de descanso y tiempo libre es obligado su preservación y conservación”. En el recorrido físico y emocional de nuestra trascendental Vía de la Plata-Camino de Santiago, cada vez más transitado por miles de personas venidas de todo el mundo con motivaciones culturales, espirituales, deportivas, religiosas, etc., no se han de permitir elementos negativamente impactantes que desentonen abrumadoramente o que interrumpan abruptamente la visión de su trazado (industrias altamente impactantes con elementos físicos totalmente disonantes con el entorno, contaminaciones atmosféricas de humos, ruidos, desagradables olores, etc.) ni la tranquilidad, el descanso y el disfrute del viajero (sea senderista, turista, peregrino a Santiago, etc.). 4.- El paisaje es también un “recurso económico” cada vez más preponderante por el interés general en los campos cultural, ecológico, social, deportivo, etc.. La Vía de la Plata-Camino de Santiago, y la suma del resto de sus infraestructuras viarias que comprenden la “Ruta de la Plata”, tiene un enorme valor turístico, y a la vez es un escenario en el que se dan a conocer producciones de calidad próximas. Del mismo modo este itinerario es símbolo de los valores naturales y culturales de todo un territorio que va más allá del inmediato. Un claro ejemplo sería el caso de Extremadura en donde es eje vertebrador del turismo regional, siendo este Camino (la visión de su pureza y riqueza a través de la calidad de su paisaje) la carta de presentación en todas las ferias nacionales e internacionales del sector turístico, en donde se sintetizan todos los atractivos naturales y culturales de este territorio. En resumen, el paisaje es aquí un bien público que hay que conservar y proteger en las Evaluaciones Ambientales, pues simboliza la calidad de los productos y atractivos de todo este territorio, ofreciéndonos grandes potencialidades económicas. 5.- Ahora bien: la falta de una coherente planificación y ordenación del territorio; el “desarrollismo” voraz de épocas pasadas y presentes; el primar el rendimiento económico de ciertos intereses privados por encima de los recursos e intereses medioambientales, sociales y económicos de la sociedad en general;... han ido degradando los beneficios que el paisaje nos puede aportar para nuestro “desarrollo sostenible”. En el caso que nos ocupa (proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la Plata) aún estamos a tiempo, en esta Evaluación de Impacto Ambiental, de evitar cometer estos errores si tenemos en cuenta que el “paisaje” es un bien público y, por tanto, tutelado jurídicamente. 6.- Además de todo lo dicho anteriormente, la “Sierra de San Jorge”, junto a la cual se pretende ubicar el proyecto “Refinería Balboa” posee diversas protecciones naturales y paisajísticas; sobresaliendo en un océanos de verdes viñas y olivos, un bello marco en el entorno de la “Ruta de la Plata”.

ALEGACIÓN 18ª)- El proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago sería un impacto visual negativo, crítico e irreversible, y por lo tanto al “Paisaje”. Ello perjudicaría a la imagen y al prestigio de este trascendental “corredor viario”, y a su entorno ambiental y agroalimentario; sobre todo teniendo en cuenta que esta ruta es la más transitada del occidente peninsular. Las medidas correctoras al “impacto visual” propuestas 16

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en el Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto, son escasas y totalmente insuficientes, debido: a su irracional ubicación; a ser un modelo industrial contaminante; y a sus impactantes y diversas características técnicas y de diseño. Estos grandes impactos, insalvables e incorregibles, deteriorarían enormemente la integridad y la visión del recorrido de este Patrimonio español, europeo y universal; impidiendo a su vez el correcto disfrute de los reconocidos valores culturales y medioambientales que este itinerario contiene, y también representa, y a la que la sociedad tiene derecho. 1.- El camino histórico de la Vía de la Plata y del Camino Mozárabe de Santiago, con diversas prolongaciones, y con otros trazados paralelos más modernos y coincidentes en el mismo “pasillo geográfico” (ferrocarril, carretera y autovía) que conforma la Ruta de la Plata, es un cuerpo inseparable que administrativamente abarca distintas comunidades autónomas del occidente español, y que comprenderían los territorios de Andalucía, Extremadura, Castilla-León, Asturias y Galicia. Lo que le ocurra en una de sus partes, repercute en la totalidad de su imagen. 2.- La suma de cada uno de estos trazados “de la Plata”, y en sus diversas modalidades (senderismo, ciclismo, ecuestre, motor...) y motivaciones (cultural, turístico, deportivo, espiritual, religioso, gastronómico, salud...), ha dado lugar a que sea el más transitado y el más rico en posibilidades del occidente de España. Es por ello que las múltiples potencialidades “sostenibles” socioeconómicas que toda esta ruta posee, para el bienestar de nuestra sociedad, es directamente proporcional a la conservación de una imagen atractiva de su trazado, que pasa obligatoriamente por la calidad de su paisaje. 3.- El Patrimonio Cultural y Natural de este corredor viario (que incluiría sus atractivos paisajísticos como síntesis de su “marca de calidad”) posee un gran valor en sí mismo, siendo un recurso socioeconómico de las comunidades autonómicas por donde transcurre, tanto en el aspecto cultural, espiritual y turístico, así como vehículo de promoción de los productos existentes en todo su recorrido; dando lugar a beneficios colaterales: industria cultural y turística, conocimiento de productos autóctonos, exportaciones, etc. En resumen, este bello Camino es la imagen representativa de los valores patrimoniales y de producciones de su entorno comarcal y regional (Andalucía, Extremadura, Castilla-León, etc.)... en suma, la Ruta de la Plata es la “avenida principal” o el “escaparate” de todo el occidente español. 4.- Es por ello que la riqueza del paisaje en este transitado eje de comunicación, es un “recurso socioeconómico”, un valor añadido que debe ser tenido en muy en cuenta en las Evaluaciones Ambientales ante posibles impactos negativos, como obliga la legislación vigente. Es más, existen precedentes administrativos en donde el impacto al paisaje fue motivo de peso a la hora de realizar una “declaración de impacto negativa”. 5.- Por tanto, el proyecto “Refinería Balboa” justamente sobre la espléndida visión de todos estos valores y atractivos paisajísticos y socioeconómicos, sería incompatible aquí con nuestro “desarrollo sostenible” debido a su localización y características técnicas (su ubicación justamente sobre este itinerario; la acumulación de sus altas chimeneas humeantes; sus grandes dimensiones y tipologías estructurales; sus numerosos y disonantes elementos; sus puentes y tuberías proyectadas aquí sobre este mismo Camino; etc.). 6.- Veamos qué relación física tendría, en distancias, el proyecto “Refinería Balboa” con respecto a los diversos trazados de este importante y transitado corredor viario, conocido como Ruta de la Plata: a)- Camino o Vía de la Plata: cruza, durante 2 km., por el interior de la parcela propuesta para el proyecto “Refinería Balboa”. b)- Camino Mozárabe de Santiago: coincidente aquí con el anterior, cruza durante 2 km., por el interior de la parcela. c)- Línea de Ferrocarril Sevilla-Mérida: pasa pegada a la parcela. d)- Carretera Nacional 630- Gijón-Sevilla, Ruta de la Plata: pasa a escasos 150 m. de la parcela. e)- Autovía de la Plata: pasa a escasos 300 m. de la parcela.

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7.- Hay que advertir que el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, carece de medidas correctoras para minimizar los “impactos visuales” o al “paisaje”; y las pocas presentadas son ridículas y por tanto, totalmente insuficientes (algunas líneas de árboles en las vías de comunicación que por el gran tamaño de este tipo de industria, con volúmenes de 50 y 90 metros de altura, serían inservibles para minimizar el impacto); sobre todo teniendo en cuenta lo gran transitado que es este espacio viario, hoy de carácter internacional por miles y miles de avizores ojos en busca de los grandes encantos de este Camino. 8.- Por ejemplo, en el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa”, para el trazado de la Vía de la PlataCamino de Santiago por el interior del emplazamiento propuesto, en una parcela de la Finca de San Jorge, se prevé, a 28´5 m. a cada lado del eje central del camino, un vallado de 2’5 m de altura y una pantalla verde posterior ajardinada (Tomo I, Anexo 8, Pág. 40, del E.I.A.), totalmente inútil ante un entorno inmediato repleto de instalaciones metálicas y disonantes, con innumerables elementos estructurales de grandísimas alturas, torres humeantes, olores, ruidos, etc. Del mismo modo, su paso por el interior de este proyecto petroquímico supondría un violación de su espacio aéreo inmediato, ya que a sólo 5 m., justamente sobre su trazado, se proyectan varias e impactantes infraestructuras: varios puentes en donde se supone gran tráfico de camiones cisterna; tendidos eléctricos; tuberías; etc. y que sumado a las grandes alturas de sus diversas estructuras a un lado y a otro, daría lugar a un “efecto túnel”. En resumen, para los miles y miles de senderistas, peregrinos, deportistas, etc. que anualmente transitan por aquí, el aún proyecto “Refinería Balboa” supondría el romperles, a lo largo de los 2 km. por el interior de su emplazamiento propuesto, la visión de pureza de este bello, histórico y trascendental Camino que está siendo reconocido mundialmente. 9.- Pero aún hay más, en el E.I.A. de “Refinería Balboa”, en relación a su visión exterior, no se considera prácticamente medidas correctoras visuales efectivas, ni los negativos impactos al paisaje y sus perjuicios socioeconómicos de imagen a otros sectores económicos (industrias culturales y turísticas, agroalimentarias, etc.); teniendo en cuenta que este proyecto tendría una cuenca visual de decenas de kilómetros a la redonda. Su impacto visual afectaría a unos aproximadamente 40 kms. del trazado de este corredor viario, casi un 15 % a su paso por Extremadura, y en la zona más productiva de secano de esta región surcada por esta transitada ruta que es su “escaparate”. Es por ello que imponer aquí un contaminante e impactante proyecto de refinería de petróleo, “Refinería Balboa”, sobre este importante y transitado recorrido, sería una invasión espacial de un proyecto privado sobre un recurso público, un grave e inasumible impacto visual al paisaje y por tanto a sus posibilidades de rentabilización social y económica. 10.- Más aún, y a parte de la vista, la percepción real del paisaje depende también del conjunto de los sentidos: los olores, los sabores... de cada entorno, son aspectos que suman a la hora de interpretar y disfrutar en el viaje por la Vía de la Plata-Camino de Santiago. Una petroquímica sobre sus pasos; olores agrios y ajenos surgidos aquí del proceso transformador del petróleo en variados elementos petroquímicos; la visión de sus humos que se respiran por los ojos; el calor desprendido de sus grandes instalaciones metálicas junto y sobre su trazado;... no harían más que restar las posibilidades que este Camino nos ofrece para nuestro limpio y respetuoso desarrollo ambiental, social y económico; fundamento de nuestra “sostenibilidad”. 11.- Con la seriedad y respeto que procede aquí ante las Administraciones, formadas por autoridades y técnicos multidisciplinares, y ante la burla de las “medidas correctoras” propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, para según dicen minimizar sus impactos visuales y paisajísticos, entre otros, sobre este frecuentadísimo e internacional camino histórico, transitado por miles de personas... ¡sugerimos aquí las mejores y únicas medidas correctoras que pueden ser efectivas!: antes de introducirse por este camino en el interior de esta ciudad petroquímica de hierros y humos, que alguien se ponga por turnos en una garita para regalar a senderistas, peregrinos, turistas, etc. una mascarilla para no oler, un pañuelo para no ver y un “perro lazarillo” para cruzar esas instalaciones durante 2 km.... sin duda con estas medidas habremos conseguido “minimizar los impactos”.

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ALEGACIÓN 19ª)- Si nuestras Administraciones (sus técnicos y autoridades) aprobaran el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” sobre el transitado corredor viario de la “Ruta de la Plata”, desoirían a los expertos e incumplirían convenciones internacionales y legislaciones vigentes sobre la defensa del “paisaje” y de los atractivos de nuestro Patrimonio Cultural y Natural. El “Paisaje”, como un recurso público que es, está protegido jurídicamente. Del mismo modo son múltiples las convenciones internacionales, o los principios rectores o conclusiones surgidas de reuniones de expertos en defensa del Patrimonio Natural y Cultural... en donde se hace ver la necesaria protección del “paisaje” por su íntima interrelación con todo este Patrimonio. En el caso que nos ocupa, y para comprender los motivos por los que el paisaje de este itinerario ha de estar tutelado jurídicamente, hemos de advertir varios aspectos que han de ser tomados muy en consideración en esta Evaluación de Impacto Ambiental. Esos aspectos a considerar, y que demuestran que el entorno natural y visual de la “Ruta de la Plata” es merecedora aquí de tal protección, son básicamente los siguientes: a)- Este itinerario posee una gran trascendencia cultural y natural. b)- Este secular Camino posee una incoación de expediente para declararlo Bien de Interés Cultural como “Camino Histórico” a su paso por las comunidades autónomas de Extremadura y Castilla-León. c)- Del mismo modo es candidata para ser reconocida como “PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD” por la UNESCO. d)- Además, este itinerario es la “avenida principal”, el “escaparate” y la “imagen” de múltiples recursos ambientales, sociales y económicos de todo el occidente peninsular. e)- Y, por último, es el corredor geográfico más transitado y turístico del occidente español, con grandes inversiones públicas (regionales, nacionales y europeas) para su protección, recuperación, promoción y desarrollo. El problema surgiría si las propias Administraciones no vieran o no quisieran ver estas realidades, o no se acordasen o no quisieran acordarse de las conclusiones de los expertos, de los compromisos institucionales o de la legislación vigente en materia de la defensa del paisaje. Es por ello que si las Administraciones formularan una Declaración de Impacto Positiva, entre otros permisos, al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, irían totalmente en contra de los expertos, de los compromisos y de la propia legislación vigente; legislación que las Administraciones deberían cumplir y hacer cumplir en defensa y en beneficio de los recursos de la sociedad en general. Veamos, por orden cronológico, algunas de las numerosas declaraciones, convenciones, directivas europeas, leyes, etc. relacionadas con el paisaje y el patrimonio cultural que incumplirían las Administraciones (sus políticos y técnicos) si dieran los permisos ambientales y administrativos a este impactante proyecto petroquímico justamente encima de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, y en el transitado entorno de su corredor viario: 1.- “Carta de Atenas” (Conferencia de varios países celebrada en Atenas en 1931). Esta Conferencia fue pionera a la hora de considerar la calidad del entorno del Patrimonio Histórico; comprendiendo que si se degrada el espacio de un legado, causaría efectos negativos a éste. En su Punto 7 dice:

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“(...) el ambiente debe ser objeto de un cuidado especial. (...) La Conferencia recomienda sobre todo la supresión (...) de toda superposición abusiva de postes e hilos telegráficos, de toda industria ruidosa e intrusa, en la cercanía de los monumentos artísticos e históricos” Parece que ya en Atenas supieran que siete décadas después a alguien se le ocurriría proyectar una refinería de petróleo justamente encima de la Vía de la Plata y Camino de Santiago; y es que, además de ser contaminante; de degradar el “ambiente”; de ser una “industria ruidosa e intrusa”;... según su Estudio de Impacto Ambiental habría sobre su trazado diversos puentes y elementos impactantes creando un “efecto túnel” durante 2 Kms. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían la filosofía de esta Carta.

2.- “Carta de Venecia” o “Carta Internacional sobre la conservación y la Restauración de los Monumentos y de los Sitios” (Texto aprobado en el II Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos de Monumentos Históricos, Venecia del 25 al 31 de mayo de 1964). La anterior “Carta de Atenas” contribuyó a un vasto movimiento internacional que se tradujo en varios documentos y actividades del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), y de la UNESCO, y en la creación de esta última, del Centro Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales. La necesidad de profundizar aún más dio lugar a la “Carta de Venecia”. En su introducción reivindica que nuestro patrimonio monumental es portador de “un mensaje espiritual del pasado” . En su Artículo 5, en relación a su conservación, advierte en “la dedicación de estos a una función útil a la sociedad”. En su Art. 7 nos dice: “El monumento es inseparable de la historia de la cual es testigo, y también del medio en el cual está situado”. Del mismo modo en su Art. 13 dice: “Los agregados no pueden ser tolerados si no respeta las partes interesadas del edificio, su esquema tradicional, el equilibrio de su composición y sus relaciones con el medio ambiente”. Y finaliza diciendo en su Art. 14 “Los sitios monumentales deben ser objeto de cuidados especiales a fin de salvaguardar su integridad y asegurar su saneamiento, su arreglo y su valorización”. Aunque expresamente no profundiza en el “paisaje”, y considerando como “monumento” también un itinerario cultural sobre el que hay una incoación de expediente para declararlo Bien de Interés Cultural, que es además un “Sitio Histórico”..., sí existe en su filosofía una interrelación entorno-monumento, o la idea de equilibrio en la visión global monumento-medioambiente. En el caso que nos ocupa una refinería de petróleo sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago sería un “agregado” intolerable que rompería “(...) su esquema tradicional, el equilibrio de su composición y sus relaciones con el medio ambiente”, así como perjudicaría su “valorización”. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían la filosofía de esta Carta.

3.- “Declaración de Estocolmo” o “Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano” (Estocolmo, Suecia, 5-6 de junio de 1972). Fue uno de los hitos del “desarrollo sostenible”, en donde el “paisaje” forma parte como elemento vertebrador de un espacio geográfico determinado. Proclama que el medio que nos rodea nos brinda la oportunidad de desarrollarnos intelectual, moral, social y espiritualmente. Igualmente advierte que la protección del medioambiente afecta al bienestar y al desarrollo económico de los pueblos. Incide también, en sus Principios 1, 2 y 14, en la preservación de nuestros recursos naturales en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificación del territorio de forma racional. Esto último es un instrumento indispensable para conciliar las

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diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo, y las necesidades de proteger y mejorar el medioambiente. Como vemos, en el caso que nos ocupa de un proyecto de refinería sobre la Vía de la Plata, es un ejemplo de iniciativa empresarial cuya ubicación sería inconcebible por su falta absoluta de planificación territorial; un atentando a un rico entorno y a posibilidades de desarrollo espiritual y económico de otros sectores directamente relacionados aquí, con un entorno que ya de por sí está dando grandes frutos en creación de riqueza y empleo. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Declaración.

4.- “Carta de París” o “Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural” (Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en su décimo séptima reunión, celebrada en París, del 17 al 21 de octubre de 1972, y entrada en vigencia el 17 de diciembre de 1975). Establece que la destrucción y el deterioro del Patrimonio Cultural y Natural es un empobrecimiento del Patrimonio de todos los pueblos del mundo, por lo que el esfuerzo en su protección han de venir desde iniciativas nacionales como internacionales. Sin hablar directamente del “paisaje”, sí interrelaciona de algún modo la calidad de este Patrimonio con el bienestar de la sociedad. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Carta.

5.- “LEY 16/1985, del Patrimonio Histórico Español” (BOE nº 155 de 29 de junio de 1985). En su Artículo 17 nos dice, en relación a los Bienes de Interés Cultural: “(...) deberán considerarse sus relaciones con el área territorial a que pertenece, así como la protección de los accidentes geográficos y parajes naturales que conforman su entorno”. A continuación en su Art. 18 dice: “Un inmueble declarado Bien de Interés Cultural es inseparable de su entorno”. Prosigue diciendo en su Art. 19 Punto 1: “En los Monumentos declarados Bien de Interés Cultural no podrá realizarse obra interior o exterior que afecte directamente al inmueble”; y Punto 2 “Se prohíbe también toda construcción que altere el carácter de los inmuebles (...) o perturbe su contemplación”. En el caso que nos ocupa, el trazado de la Vía de la Plata-Camino de Santiago posee una incoación de expediente para declararla Bien de Interés Cultural (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E., Nº 140, de 2 de Diciembre de 1997; ver Alegación 9, Punto 1), que asume inmediatamente toda protección que se derivaría como si lo fuera (LEY 2/1999, D.O.E. nº 59, de 22 de Mayo de 1999). Por otro lado la construcción de una refinería de petróleo justamente sobre su trazado, con un impactante “efecto túnel” durante 2 kms. de recorrido por su interior, como ya aludimos en el Punto 1 de esta Alegación, y además teniendo en cuenta el impacto visual a lo largo de unos 40 kms. de su trazado... perturbaría grandemente su “contemplación”. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta LEY del Estado Español.

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6.- “Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente”. Esta Directiva europea, en su Artículo 3, adoptó y abarcó como definición de “medio ambiente”, a la hora de la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental: el “paisaje” y el “patrimonio cultural”, entre otros elementos; también “los efectos directos e indirectos”. En el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa” no considera los efectos negativos “directos e indirectos” de la degradación del “paisaje” y de la triste visión que resultaría del “patrimonio cultural” de la transitada Vía de la Plata-Camino de Santiago que este proyecto petroquímico produciría. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Directiva Europea.

7.- “Convenio del Consejo de Europa sobre Responsabilidad Civil Derivada de Actividades Peligrosas para el Medio Ambiente” (aprobado el 8 de marzo de 1993). Se basó en un concepto de “ambiente” que a la vez abarcaba los recursos naturales y bióticos, así como los bienes que componen el patrimonio cultural y el paisaje. Es por tanto éste último un recurso natural a respetar y a considerar escrupulosamente en los procedimientos administrativos de Evaluación de Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto de refinería de petróleo no considera prácticamente la importancia de las afecciones a estos valores, además de que sus medidas correctoras son casi inexistentes e inasumibles. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían este Convenio del Consejo de Europa.

8.- “Directiva 97/11/CEE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente”. La modificación que hace aquí es importante en relación al E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” pues, en su Artículo 3, “interrelaciona” los “efectos directos e indirectos” que puede causar un proyecto entre los factores: “paisaje”, “patrimonio cultural” y “el ser humano”; además de a: la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el clima y los bienes materiales. Es decir, la degradación paisajística y medioambiental de un entorno (“Refinería Balboa”, un modelo industrial de los más contaminantes que existen y con un gran impacto visual) ejercería un impacto negativo al patrimonio cultural (en nuestro caso a la visión de la Vía de la Plata-Camino de Santiago que cruza justamente por el centro de este proyecto petroquímico); y, además al ser humano, entendiendo este último aspecto, en nuestro caso, a su derecho a disfrutar de un escenario apropiado para desarrollarse en lo psicológico-emocional, intelectual, espiritual, realización personal, salud a través del deporte, calidad de vida, etc.; factores todos ellos que desde hace muchos años, y cada vez más, se están dando en el entorno de la Vía de la Plata-Camino de Santiago por miles de personas venidas de todos los rincones del planeta, por ser este itinerario único y privilegiado, el más importante en el occidente de España y uno de los más importantes del occidente de Europa para satisfacer todas esas motivaciones y necesidades del ser humano. Si tenemos en cuenta toda esta “interrelación”, y sus efectos “directos e indirectos”, etc. como la Ley

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obliga, haría inviable, aquí, el proyecto “Refinería” Balboa” debido a su irracional ubicación sobre este trascendental y transitado Camino, símbolo de todo un territorio. En resumen, en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, aún mencionando el tema del paisaje, si analizamos su contenido, sólo “pasa de puntillas” sobre el mismo, sin considerar prácticamente las verdaderas y negativas afecciones ambientales, económicas y sociales de los impactos visuales de su planta de refino y múltiples infraestructuras anexas sobre: el patrimonio cultural y el ser humano usuario de este patrimonio. Pero es que, además, este E.I.A. tampoco “interrelaciona” los negativos “efectos directos e indirectos” entre ellos. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Directiva europea.

9.- LEY 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E. nº 59 de 22 de Mayo de 1999). Por lo que nos atañe a nuestras Alegaciones, y a título preliminar, hay que advertir que con arreglo a esta Ley, y en relación a la declaración de Bien de Interés Cultural (en nuestro caso al trazado de la Vía de la Plata en donde hay una incoación para su declaración), el Artículo 10, Punto 2, nos dice: “La incoación del expediente de declaración conlleva la aplicación, de forma inmediata (...) del régimen de protección establecido para los bienes que puedan ser declarados”. En base a ello, el trazado de la Vía de la Plata (por el interior de la ubicación propuesta para un proyecto de refinería de petróleo, “Refinería Balboa”) tiene los mismos derechos de protección que un B.I.C.; pero, ¡ojo!, no sólo del espacio físico inmediato a derecha e izquierda de su trazo (100 m. a cada lado), sino también visual y paisajístico, como viene tutelado jurídicamente en la “LEY 16/1985, del Patrimonio Histórico Español” (ver Apartado 5 de esta Alegación) en relación al BIC y su “contemplación”; y en las directivas y leyes sobre Evaluación de Impacto Ambiental, y por ser un Patrimonio Histórico de relevancia y frecuentemente transitado por miles de usuarios. Dicho esto comencemos. En su Artículo 33 nos dice: Punto 1, “Cualquier intervención en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural habrá de ir encaminada a su protección, conservación y mejora”. Las del proyecto “Refinería Balboa” sería una invasión de la Vía de la Plata-Camino de Santiago “encaminada” a peor. Punto 2, “En los monumentos (...) sitios históricos, (...) no podrá instalarse (...) cables, antenas y todo aquello que impida o menoscabe la contemplación del bien dentro de su entorno”. El espacio aéreo de la Vía de la Plata-Camino de Santiago quedaría violado: a escasos 5 m. sobrevolarían puentes y demás infraestructuras industriales, y sumado a la impactante contemplación de todo ello durante 2 kms. por dentro de este proyecto petroquímico (que haría un “efecto túnel”), sería un “menoscabo” a la “contemplación del bien dentro de su entorno” En su Artículo 38, si bien hace mención como “entorno” a los “espacios colindantes e inmediatos”, menciona la posibilidad de tener en cuenta también, en su Punto 1, “(...) los no colindantes y alejados, siempre que una alteración de los mismos pueda afectar a los valores propios del bien de que se trate, su contemplación, apreciación (...)”. Volvemos aquí al espacio aéreo que es “colindante” e “inmediato” de nuestra trascendental Vía de la Plata (¡a tan sólo 5 m. por encima de ella se proyectan varios puentes, tráfico de camiones cisternas, cúmulo de conducciones

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industriales, ruido, calor, contaminación, etc.!); y un poco más allá de los 100 m., grandes depósitos, un metálico bosque de chimeneas humeantes, de 50 y 90 m. de altura, “efecto túnel”... que afectaría “a los valores propios” de este bien que simboliza a un limpio y atractivo Patrimonio Cultural y Natural, a “su contemplación, apreciación”. Hay que considerar y advertir que el espacio de 100 a cada lado del trazado de la Vía de la Plata-Camino de Santiago quedaría violado a escasos 5 m. pues es un “espacio colindante e inmediato”. Del mismo modo en su Punto 2, “El volumen, tipología, morfología o cromatismo de las intervenciones en el entorno de los monumentos no pueden alterar el carácter arquitectónico y paisajístico de la zona, ni perturbar la contemplación del bien”. ¡Idem de Idem! ¡Ante lo articulado en esta normativa sobran palabras!... En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Ley.

10.- “Convenio Europeo del Paisaje” (Suscrito por los Estados Miembros del Consejo de Europa el 20 de octubre del 2000, en Florencia; entrando en vigor el 1 de marzo del 2004; y ratificado por España, B.O.E. nº 31, 5 de febrero de 2008. Pág. 6259). Ya, en su preámbulo, nos advierte: “(...) el paisaje desempeña un papel importante de interés general en los campos cultural, ecológico, medioambiental y social, y que constituye un recurso favorable para la actividad económica y que su protección, gestión y ordenación pueden contribuir a la creación del empleo.” Como en las Directivas europeas anteriores y posteriores a esta fecha, incide en la interrelación del paisaje con el tema cultural, entre otros; si algo malo le pasa a uno, sería un impacto negativo sobre el otro. Incide también en un aspecto importante: el paisaje como “un recurso favorable para la actividad económica”. En el caso que nos ocupa, y como ya hemos dicho en reiteradas ocasiones (y seguiremos diciendo en múltiples temas), los impactos paisajísticos del proyecto “Refinería Balboa” afectarían negativamente a los sectores industriales de la Cultura, del Turismo, Agroalimentario, etc.; sobre todo por sus efectos negativos “secundarios, acumulativos y sinérgicos”, al encontrarse justamente sobre el transitado corredor viario de la “Ruta de la Plata”. Por otro lado, en aspectos más psíquico-intelectuales, espirituales y emocionales, este Convenio, ratificado por España, nos dice acerca del paisaje: “(...) es un componente fundamental del patrimonio natural y cultural europeo, que contribuye al bienestar de los seres humanos y a la consolidación de la identidad europea. (...) es un elemento importante de la calidad de vida de las poblaciones (...) el paisaje es un elemento clave del bienestar individual y social (...)”. Recordemos una vez más que la Vía de la Plata se le pretende declarar “Bien de Interés Cultural”, y también es candidata oficial para ser “PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD”; por tanto un Patrimonio natural y cultural extremeño, español, europeo y universal de primer orden, en donde contribuye o en donde se simboliza también la calidad de su paisaje. Todo este Patrimonio es un lugar privilegiado en donde se están dando, desde hace años, las condiciones apropiadas para la mejora de nuestra “calidad de vida”, siendo “clave del bienestar individual y social” como afirma esta Convención, con múltiples actividades de enriquecimiento económico y personal a lo largo de su recorrido. Un ejemplo de ello sería su utilización actual como itinerario cultural en la andadura de la “Vía de la Plata” por miles de usuarios senderistas, ciclistas, turistas, etc.; o por miles de peregrinos siguiendo el “Camino Mozárabe de Santiago”, etc.

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En el caso que estamos tratando, el proyecto “Refinería Balboa” sobre este gran itinerario (el más cultural, espiritual y turístico del occidente español) sería la antítesis de lo aquí ratificado por el Gobierno de España, pues rompería totalmente todas estas condiciones al violar, sin escrúpulos, los fundamentos y principios europeos para la tutela jurídica del “paisaje”. En conclusión de todo lo dicho en este punto, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían, por su irracional ubicación propuesta, el “Convenio Europeo del Paisaje”, ratificado por España.

11- “Directiva 2001/42/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente”. Al igual que la anterior Directiva (ver Punto 8 de esta Alegación), ésta, en su Anexo I, Apartado f), incide en la “interrelación” entre el paisaje, el patrimonio cultural y el ser humano (o su salud, que incluiría la mental), entre otros factores ambientales. Pero, además, añade: “los efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos”; lo que le confiere a esta Directiva una importancia mayor pues no es sólo los impactos individuales, sino la obligación de evaluar, con mayor precisión, los impactos reales producidos por la suma de todos ellos; y cabría interpretar también la suma o el efecto sinérgico-acumulativo con otros factores negativos medioambientales que ya se están dando en el entorno en donde se pretende ubicar el proyecto. En el caso que nos ocupa, el proyecto “Refinería Balboa” se pretende ubicar en el término municipal de Los Santos de Maimona, con un entorno semidegradado por culpa de varias grandes canteras de calizas; por lo que es un territorio en el que no se debe permitir más proyectos de gran impacto visual y contaminante. Este proyecto sería aquí por tanto, inviable, pues sus efectos secundarios, acumulativos y sinérgicos, con los ya aquí existentes, serían inasumibles, críticos e irreversibles; sobre todo teniendo en cuenta que geográficamente se encontraría en pleno corredor viario de la transitada “Ruta de la Plata”, acrecentando mucho más los impactos negativos a su “interrelación” entre el paisaje, el patrimonio cultural y el ser humano, entre otros factores ambientales. Además de ser inviable, pues no se ajustaría a las condiciones expuestas, en el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” no se consideran prácticamente los verdaderos “efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos” exigidos por esta Directiva sobre los factores antes mencionados (y no es que pase de puntillas, es que ni los considera). Del mismo modo, en el Anexo I, Apartado g), añade, con el fin de compensar cualquier efecto negativo importante en el medio ambiente, “medidas previstas para prevenir, reducir” posibles impactos. En el caso que nos ocupa, en el corredor viario más transitado del occidente español, y uno de los más valorados internacionalmente, en su E.I.A. no presenta medidas correctoras visuales que puedan asumir tales impactos en un lugar tan valorado y transitado. Es por ello que el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” carece de rigurosidad científica en sus medidas correctoras (que prácticamente no las hay), como exige un correcto Estudio de Impacto Ambiental. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían esta Directiva Europea.

12.- “Seminario sobre Globalización, Ética e Identidad” (Primer Seminario del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS, celebrado en Burgos, del 19 al 21 de julio de 2001). Esta prestigiosa institución que asesora a la UNESCO y a las Administraciones en general, ha contribuido sobradamente a diseñar los principios que han de regir la defensa de nuestro Patrimonio Universal. En las Consideraciones Generales de esta Seminario, en su Punto 4 nos dice:

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“(...) hoy en día se está confundiendo el concepto del desarrollo con la destrucción de los valores, tanto morales como materiales, que atesora el patrimonio”. En su Punto 6 comenta: “La defensa de los valores culturales es un requisito de la pervivencia de la identidad, de los datos que reflejan la evolución histórica de una sociedad, sus raíces, su personalidad y sus valores éticos”. En su Punto 8 advierte: “Es preciso descubrir el lenguaje del territorio, con todas sus expresiones culturales como herramientas conectadas entre sí. Hay que salvar no sólo el patrimonio, sino el territorio y el ambiente en el que se produce y se inscribe”. ((sobran las palabras)) Y finalizamos con su Punto 9: “El aprecio y cuidado de la naturaleza y el medio ambiente son necesarios para conservar el patrimonio. La defensa del patrimonio supone un compromiso con la defensa del paisaje cultural”. ((idem de idem)) En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían estos Principios Universales.

13.- “Seminario sobre Promoción, Cooperación y Coordinación de Recursos” (Cuarto Seminario del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS, celebrado en Madrid, del 21 al 23 de Noviembre de 2001). En este Seminario se profundiza, entre otros aspectos, sobre la planificación del territorio en busaca del “desarrollo sostenible”; sin esta planificación se está abocado a actuaciones de un “desarrollismo” incontrolado que puede afectar negativamente a la conservación del Patrimonio. En el Capítulo 1 de este Seminario, en su Punto 2 nos dice: “La conservación, el uso duradero y la promoción del patrimonio requieren de una planificación altamente especializada que tenga en cuenta sus antedichos valores, intrínsecos y potenciales, desde la perspectiva global, de presente y de futuro”. Por otro lado esta prestigiosa organización, en el Capítulo 3 que trata sobre el Turismo Cultural como factor de desarrollo, en su Punto 10 nos advierte: “Es necesario que se actúe con una visión que integre a los lugares o bienes culturales con los entornos ambientales y humanos en los que se ubican”. Ante lo dicho, y en el caso que nos ocupa, la mala planificación territorial daría lugar a poner una refinería de petróleo sobre la transitada Vía de la Plata-Camino de Santiago y sobre un importante paisaje natural, cultural, turístico, etc. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían estos Principios Universales.

14.- “Declaración de Xi’an sobre conservación del entorno de las estructuras, sitios y áreas patrimoniales” (Organizado por el Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios,

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ICOMOS. Adoptada en Xi’ian, China, 21 de Octubre 2005). Esta importante Declaración resume años de recomendaciones y declaraciones de los expertos sobre la defensa y la interrelación del patrimonio con su entorno, mencionando ya en su preámbulo a los paisajes y a los itinerarios culturales. Así advierte: “la necesidad de reconocer, proteger y mantener adecuadamente la presencia significativa de las estructuras, los sitios y las áreas patrimoniales en sus respectivos entornos, con el fin de disminuir la amenaza que representan éstos procesos de transformación contra el patrimonio cultural en toda la riqueza de su autenticidad, su significado, sus valores, su integridad y su diversidad”. No vamos a copiar aquí todos sus puntos, pero sí haremos rápida mención de algunos párrafos significativos: Uno de los objetivos fundamentales es reconocer la contribución del entorno al significado de los itinerarios culturales, pues “el entorno supone una interacción con el ambiente natural; prácticas sociales o espirituales pasadas o presentes (...) así como el contexto actual y dinámico de índole cultural, social y económico” que ofrece el Patrimonio (Punto 1). Los “paisajes rurales, los itinerarios culturales (...) reciben sus significado y su carácter distintivo de la percepción de sus valores sociales, espirituales, históricos, artísticos (...) E, igualmente, de sus relaciones significativas con su medio cultural, físico, visual y espiritual” (Punto 2). También hay que “comprender, documentar los entornos es esencial para definir y valorar la importancia patrimonial” de cualquier itinerario cultural (Punto 3). Sobre todo: “incluir el entorno en la comprensión requiere una aproximación multidisciplinaria (...) la definición del entorno debe conjugar armoniosamente su carácter, sus valores y su relación con el bien patrimonial” (Punto 4). La legislación y el planeamiento ha de evitar impactos irreversibles a la visión del Patrimonio, es por ello que “los instrumentos de planeamiento deben incluir medidas efectivas de control del impacto del entorno (...) para evitar las distorsiones visuales y espaciales o los usos inadecuados en un entorno cargado de significado” (Punto 7). Una planificación adecuada para la salvaguarda del Patrimonio, requiere de múltiples disciplinas como es la “Paisajística” (Punto 12). Etc. En el caso que nos ocupa, la Vía de la Plata-Camino de Santiago posee una fuerte carga patrimonial, natural, cultural, espiritual, etc, con miles de usuarios que están disfrutando de estos valores en un entorno privilegiado. La falta de una planificación y definición adecuada del entorno, o el hecho de no ser considerarlo en su justa medida en esta Evaluación de Impacto Ambiental al E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa”, destruiría sus valores paisajísticos con desmedidos impactos visuales, contaminación, etc. repercutiendo negativamente en la visión y en el disfrute de este Patrimonio y de los valores que aquí representa (aparte de sus potencialidades socioeconómicas). En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa” (justamente sobre este trascendental Camino), y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían estos Principios Universales.

15- “REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos” (Boletín Oficial del Estado, B.O.E., nº. 23, de 26 de enero de 2008). Las Directivas europeas mencionadas anteriormente, han sido adaptadas a

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la legislación española, con diversas ampliaciones y refundiciones. En ésta última Ley, su Objeto, en su Artículo 1, Punto 3, dice: “La evaluación del impacto ambiental identificará, describirá y evaluará de forma apropiada (...) los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre los siguientes factores: a) El ser humano (...) b) (...) el paisaje. c) (...) el patrimonio cultural. d) La interacción entre los factores mencionados anteriormente.” No sólo incluye el “paisaje” como elemento a tener en cuenta en la correcta evaluación, sino también la “interrelación” con otros muchos factores, como sería el “ser humano” y el “patrimonio cultural”; a lo que deberíamos de advertir el hecho de los “efectos directos e indirectos”... Todo ello se debe al concepto de equilibrio, y la viabilidad o no de ciertos proyectos según sus impactos e interrelaciones negativas posibles, directas e indirectas. Por otro lado, en relación a la realización del Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto, en su Artículo 7, Punto 1, nos dice que dicho Estudio deberá contener los siguientes datos: “(...) c) Evaluación de los efectos previsibles directos o indirectos sobre (...) el paisaje y (...) el patrimonio histórico (...). Asimismo, se atenderá a la interacción entre todos estos factores. d) Medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales significativos.” Visto todo esto es fácil comprobar que el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” no cumple lo mínimamente exigido por este Real Decreto: ni en las materias citadas, ni en sus “interrelaciones” y ni en sus “efectos directos e indirectos”, etc.; más aún cuando las “medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales significativos” (como obliga su Artículo 7, Punto 1, Apartado d) ) prácticamente no existen en este E.I.A. a la hora de minimizar diversos impactos negativos “directos e indirectos”: al “paisaje”; a la visión del “patrimonio histórico” de la Vía de la Plata-Camino de Santiago y del resto de su corredor viario; a sus posibilidades turísticas; a la visión de los productos de calidad por estar en esta transitada ruta; etc. En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían este Real Decreto Legislativo. Esperemos que, visto todos estos incumplimientos morales y legislativos presentados en esta Alegación; todos estos contundentes argumentos ante los evidentes impactos negativos a los valores paisajístico-culturales que se producirían de aprobar el proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la PlataCamino de Santiago;... sean denegados los permisos administrativos y ambientales a este proyecto.

ALEGACIÓN 20ª)- De permitir el proyecto “Refinería Balboa” sobre la “Ruta de la Plata”, y sobre la zona vitivinícola y de olivar de Tierra de Barros-Matanegra, se produciría “agravio comparativo” y “prevaricación” por parte de la Administración; incumpliendo lo establecido en la CONSTITUCIÓN y en el CÓDIGO PENAL. Hay aquí precedentes en donde, en las Evaluaciones Ambientales a otra industria de menor tamaño e impactos, en el mismo entorno geográfico, viario y agroalimentario, se formuló una “Declaración Negativa” de impacto ambiental, alegando, entre otras, las afecciones a la “imagen” y el “impacto paisajístico”; existiendo también otros ejemplos parecidos en otras Evaluaciones de Impacto con declaraciones negativas por estos motivos. 1.- Al respecto existe un ejemplarizante precedente administrativo, publicado en documento oficial, por el que se considera la afección a la “imagen” e “impacto paisajístico” importantes razones suficientes y determinantes, entre otras, para formular una “Declaración Negativa” de impacto ambiental, y que llevaron a denegar los permisos oportunos a un proyecto industrial en el entorno de la Vía de la Plata. Así,

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en Extremadura, en la “RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2003, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto para una planta de molienda y ensacado de cemento en el término municipal de Almendralejo”, publicado en el Diario Oficial de Extremadura, D.O.E., nº. 60, de 24 de mayo de 2003, Págs. 7557-7564; la Administración declara, en su Punto 2-b,lo siguiente: “La proximidad de las instalaciones de la cementera a la transitada Autovía de la Plata podría afectar a la imagen de la calidad y producciones naturales, que tienen los productos de Tierra de Barros”. Del mismo modo en su Punto 5 la Administración declara: “El impacto paisajístico sería difícilmente corregible debido a la excesiva altura que tendrían los depósitos, así como a las características de los materiales a emplear, muy disonantes con el entorno”. 2.- Ambos paralelismos con respecto al proyecto de “Refinería Balboa” son más que evidentes; siendo la ubicación propuesta para este proyecto petroquímico en el mismo contexto geográficoagroalimentario natural de Tierra de Barros-Matanegra (producciones derivadas de la vid y del olivo), e igualmente próximo a la Autovía mencionada. 3.- Pero, además, existe un agravante significativo: si en el caso del “proyecto de ensacado de cemento” estaría próximo a la Autovía de la Plata, y por tanto también a la Vía de la Plata-Camino de Santiago (muy transitada por miles de senderistas, turistas, peregrinos, deportistas, etc.); el de una refinería de petróleo, “Refinería Balboa”, ¡estaría justamente encima de este trascendental Camino, que pasaría por su interior! 4.- Más aún, si en tamaños, alturas, volúmenes, extensión, características de los materiales, emisiones de contaminantes, etc. el proyecto “Refinería Balboa” (con enormes estructuras metálicas, innumerables y altas chimeneas, grandes depósitos, kilómetros de tuberías, humos y contaminación inevitable, gran superficie a ocupar, etc.) es, proporcionalmente, mucho mayor que aquella “planta de molienda y ensacado de cemento” que tuvo, por parte de la Administración, una “Declaración Negativa” porque “podría afectar a la imagen de la calidad y producciones naturales” próximas, y porque “su impacto paisajístico sería difícilmente corregible”...; queda demostrado que sería imposible aplicar aquí medidas correctoras suficientes y asumibles para que el proyecto “Refinería Balboa” evite sus grandes y negativos impactos de “imagen” y “paisajístico”, muy superiores que los de aquel proyecto de cementera a los que la Administración le denegó los permisos ambientales por estos mismos motivos. 5.- Visto los precedentes administrativos anteriores, que conllevaron la denegación de permisos ambientales a una “planta de molienda y ensacado de cemento” por estos impactos, es por lo que Solicitamos, para el proyecto “Refinería Balboa”, en la ubicación de la Finca de San Jorge, por donde transcurre este histórico Camino (y próximo a la Autovía, como en el caso anterior), una “Declaración de Impacto Negativa”, ya que produciría impactos negativos, críticos e irreversibles, de imagen y paisajísticos en la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, y al resto de su corredor viario; deteriorando tanto la visión de su trazado como de los recursos de su entorno, como sería los productos agrícolas de la zona (como así lo reconoció la propia Administración en su día). 6.- En el caso que las Administraciones formularan una “Declaración Positiva” y se les concedieran otros permisos administrativos al proyecto “Refinería Balboa”, entendemos que por parte de la

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Administración se produciría un AGRAVIO COMPARATIVO, incumpliendo el Artículo 14 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: “Los españoles son iguales ante la Ley” pues no puede ser que, en similares circunstancias, a unos se les denieguen los permisos ambientales (“planta de molienda y ensacado de cemento”), y a otros (incluso con mayores impactos, como serían los del proyecto “Refinería Balboa” en comparación con los del anterior proyecto) se les den (algo huele a podrido en Extremadura). En el caso que esto ocurriese, las asociaciones firmantes de estas Alegaciones nos reservamos el derecho de tomar las medidas judiciales pertinentes, denunciando este atropello a la Constitución Española en las instancias oportunas. 7.- En el caso que la Administración formulara una “Declaración Positiva” y se le concediera otros permisos administrativos al proyecto “Refinería Balboa”, entendemos que se produciría PREVARICACIÓN por parte de la Administración, incumpliendo el Artículo 404 del CÓDIGO PENAL: “A la autoridad o funcionario público que a sabiendas de su injusticia, dictase una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años” pues no puede ser que en similares circunstancias a unos se les denieguen los permisos ambientales (“planta de molienda y ensacado de cemento”), y a otros (incluso con mayores impactos, como sería los del proyecto “Refinería Balboa” en comparación con los del anterior proyecto) se les den (una vez más, algo huele a podrido en Extremadura). En el caso que esto ocurriese, las asociaciones firmantes de estas Alegaciones nos reservamos el derecho de tomar las medidas judiciales pertinentes, denunciando este atropello a la Ley en las instancias oportunas. 8.- Hay otros muchos precedentes similares en donde el impacto al paisaje ha sido también determinante para formular una “Declaración Negativa” de impacto ambiental. Por ejemplo la emitida por la Administración de Extremadura en la “RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2005, de la Dirección General de medio Ambiente, para la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de explotación denominada San Fermín, nº 9.970-20, en el término municipal de Valencia de Alcántara”. (D.O.E., nº 78, 7 de Julio de 2005). En su razonamiento 3º y último dice lo siguiente: “Toda la zona constituye la zona visible desde la ermita de Barbón, donde además, hay un vértice geodésico. Este otero, de unos 600 m. de altura, es uno de los puntos singulares del territorio en un entorno de varios kilómetros cuadrados. Si bien la cantera no sería visible ni desde la población de Valencia de Alcántara ni desde las carreteras que hay en la comarca, sí lo sería desde la ermita, que al estar en un lugar elevado constituiría un punto de visualización notable de la explotación minera, con el deterioro paisajístico que supondría en las zonas periféricas a la ermita. Se considera que el impacto sobre el sería ”. El proyecto “Refinería Balboa”: que tendría un gran impacto visual negativo en varios kilómetros de distancia; que estaría encima del corredor viario más importante, transitado y turístico del occidente español como sería la Ruta de la Plata; que sería visible desde varias poblaciones y principales carreteras próximas; que tendría unas afecciones al paisaje mucho mayores que el ejemplo anterior... resulta que ¡para la Administración de la Junta de Extremadura es invisible!

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Por tanto, de permitir, por parte de la Administración, el proyecto “Refinería Balboa” en la ubicación propuesta, y teniendo en cuenta los precedentes administrativos aquí expuestos, se producirían: agravio comparativo y prevaricación; incumpliendo respectivamente: el Artículo 14 de la CONSTITUCIÓN y el Artículo 404 del CÓDIGO PENAL.

ALEGACIÓN 21ª)- Crearía un grave precedente administrativo si oficialmente se permitiera algún crítico e irreversible atentado al “paisaje cultural y natural” de la Vía de la Plata-Camino de Santiago y del corredor viario de la Ruta de la Plata, como sería si se produjese una “Declaración Positiva” de impacto ambiental al proyecto “Refinería Balboa” justamente sobre su trazado. Ello legitimaría otras futuras e impactantes actuaciones privadas contra este recurso “sostenible” que supone este Camino y su entorno. 1.- El “paisaje” posee un valor en sí mismo que hay que respetar y defender, además de estar tutelado jurídicamente. Su importancia radicaría en ser el decorado que envuelve la visión del Patrimonio Natural y Cultural de la Vía de la Plata-Camino de Santiago; formando parte imprescindible e inseparable de este escenario global de gran singularidad y atractivo. 2.- Si los responsables (autoridades y técnicos) de nuestras Administraciones, obviando la Ley y los grandes impactos a este “paisaje”, priman los intereses privados (como podría ser el caso los del proyecto “Refinería Balboa”) por encima del Patrimonio común y universal de la Vía de la Plata, un bien social de primer orden... quedarían la “puerta abierta” para cualquier otra iniciativa similar, o incluso menor (ejemplo: ¿cómo se van a negar los permisos ambientales a un nauseabundo basurero junto a la Vía de la Plata, si se ha permitido una refinería de petróleo justamente encima de ella?...). 3.- Todo ello daría lugar a la paulatina destrucción tanto de su paisaje, como de la imagen del trascendental legado patrimonial que contiene este Camino; deteriorando sus posibilidades socioeconómicas. En conclusión, una “Declaración Positiva” de impacto ambiental al proyecto “Refinería Balboa”, sin sopesar correctamente sus impactos al paisaje del importante eje de comunicación cultural, espiritual, deportivo y turístico de la “Ruta de la Plata”, llevaría a la indefensión de este Patrimonio por culpa de unas Administraciones arbitrarias y favoritistas.

ALEGACIÓN 22ª)- El término municipal de Los Santos de Maimona es una zona muy degradada debido a diversas canteras de gran tamaño aquí existentes, por lo que es un territorio que no puede absorber más impactos visuales al “Paisaje”. Es por ello que no se deben permitir o sumar aquí los derivados del proyecto “Refinería Balboa”. Las refinerías de petróleo son industrias altamente contaminantes e impactantes paisajísticamente. La suma de estos impactos con los que ya está sufriendo este territorio de Los Santos de Maimona, sería muy grave, ya que la sinergia global de unos y otros sería un quebranto total inasumible, que provocaría una saturación de deterioros con grandes efectos globales negativos al paisaje, en perjuicio de la imagen y atractivos del corredor viario “de la Plata”, y por tanto en contra del “desarrollo sostenible”, lo que incumpliría la “Directiva 2001/42/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente” (ver Alegación 19, Punto 11).

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CAPÍTULO IV SOBRE LOS IMPACTOS NEGATIVOS A SUS RECURSOS ECONÓMICOS.

ALEGACIÓN 23ª)- La falta de una coherente política de “ordenación del territorio” por parte de la Junta de Extremadura da lugar a aberraciones urbanísticas, como sería la de montar una refinería de petróleo justamente encima de la transitada y turística Vía de la Plata-Camino de Santiago, y en el corazón de una de las mejores comarcas vitivinícolas y de aceites como es la de Tierra de Barros-Matanegra. ALEGACIÓN 24ª)- Sería un impacto negativo a las políticas e inversiones públicas sobre “Desarrollo Rural” en los territorios pertenecientes al entorno de la Vía de la PlataCamino de Santiago.

ALEGACIÓN 25º)- El Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa” no considera debidamente, minimiza, oculta y falsea los datos en relación a la realidad y al potencial del Turismo de la Ruta de la Plata y del entorno de su pretendida ubicación. 1.- La Ruta de la Plata es el corredor turístico más importante y transitado del occidente peninsular. Formado por varios trazados (camino romano, Camino Mozárabe de Santiago, ferrocarril, carretera y autovía), todos ellos pasan por dentro, pegado o a escasos metros de la parcela en donde se pretende ubicar este industria altamente contaminante e impactante, con lo que ello implicaría de impacto negativo a los atractivos tanto de la frecuentada Ruta de la Plata como del entorno a su pretendido emplazamiento. El E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” poco o casi nada dice de todo esto. 2.- Como actividad turística de primer orden habría que resaltar el senderismo o el peregrinaje por la Vía de la Plata-Camino de Santiago, un grandísimo potencial socioeconómico, y que está comenzando a ser una alternativa al conocido como “Camino Francés” a Santiago. Su trazado, que como ya hemos dicho aquí innumerables veces, pasaría justo por el medio del proyecto “Refinería Balboa”, con lo que ello perjudicaría al Turismo. El E.I.A. de este proyecto nada dice de todo esto, lógicamente para camuflar sus verdaderos impactos negativos al sector de la Industria Turística; por lo que los impactos positivos no serían tales pues habría que restarlos por los motivos aludidos. 3.- Pero el colmo de todo esto es que su E.I.A. “pasa de puntillas” otra vez al no considerar el “Albergue Turístico” del Proyecto Alba Plata (financiado con fondos públicos) ¡a escasos 1000 metros de la pretendida ubicación de este proyecto de refinería! ¿Qué decir de tal atropello?... 4.- En el entorno de su ubicación propuesta se encuentran dos núcleos urbanos declarados Bien de Interés Cultural, con categoría de “Conjunto Histórico-Artístico”. Estos son: La Fuente del Maestre, a 6 km. del emplazamiento (y cuyo término municipal linda con la parcela); y Zafra, a 7 Km. Ambas ciudades son de gran atractivo para la Industria del Turismo. 5.- No menciona la riqueza monumental y atractivos turísticos de Los Santos de Maimona, con “Casa de Encomienda de la Orden de Santiago” (hoy Ayuntamiento); el Museo Municipal, de gran belleza, de

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artistas locales de renombre a escala nacional e internacional, y con restos arqueológicos; o, sobre todo, su Iglesia Parroquial de Nª Sª de los Ángeles, del Siglo XV, con una importante portada renacentistaplateresca y con símbolos jacobeos (vieiras y Cruz de Santiago). En definitiva, una hermosa y limpia ciudad, de paredes encaladas y bellas fachadas rurales y nobiliarias, y conocida como “el piropo blanco de Extremadura”... a tan sólo 3´5 Km. del pretendido proyecto de refinería de negro petróleo. 6.- Con respecto a los establecimientos hoteleros el E.I.A. falsea datos ya que en Zafra menciona 6, cuando esta turística ciudad tiene casi el doble; del mismo modo afirma que en Los Santos de Maimona no existen establecimiento alguno, cuando en la realidad hay 2 y un Albergue Municipal muy utilizado por peregrinos y senderistas de la Vía de la Plata-Camino de Santiago. Este Albergue está a media ladera de la Sierra de San Cristóbal, con una vista que alcanza decenas de kilómetros y con una panorámica muy bella de Tierra de Barros. Desde aquí se ve muy bien el emplazamiento propuesto para el proyecto “Refinería Balboa”, por lo que sería una mala imagen a los turistas que viniesen aquí a descansar. Todo ello quiere decir que si en algo tan evidente falsea los datos, ¿qué no falseará en el resto de su E.I.A.?... 7.- Tampoco considera en su justa medida, o ni los menciona, otros atractivos turísticos de la zona. Podríamos citar el Balneario de El Raposo, a escasos 14 Km. aproximadamente del emplazamiento para el proyecto de refinería. Este Balneario es famoso en toda España y es un importante recurso turístico y foco de atracción que se vería aquí perjudicado por la contaminación e impacto visual de los que se aproximan a gozar de un Turismo Termal de Salud.

ALEGACIÓN 26ª)- El proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago, y en su corredor viario Ruta de la Plata, el itinerario turístico más importante del occidente peninsular, y de los más importantes de Europa, sería un impacto negativo, crítico e irreversible, al sector económico español de la Industria del Turismo; ya que se degradaría la imagen de pureza y de calidad de este Camino con grandes atractivos culturales y naturales, un recurso vital para el “desarrollo sostenible” de los pueblos que lo jalonan. Es por ello que los supuestos efectos de esta planta no serían tan positivos como dice su E.I.A. ya que, por sus impactos negativos a los atractivos patrimoniales-turísticos aquí existentes, habría que restar los puestos de trabajo que se destruirían o se dejarían de crear en este sector en alza. Es por todo ello que se incumplirían tratados, convenios y legislación vigente en materia de Turismo. Entre otros muchos ejemplos, ahí van algunos: 1.- “Declaración de Manila” (Organización Mundial del Turismo, O.M.T., 1980). Pretende esclarecer la naturaleza auténtica del turismo, en todos sus aspectos, así como la función que el turismo está llamado a desempeñar en el mundo dinámico. Incide en las responsabilidades de los Estados en desarrollo, la expansión y en la calidad del Turismo; sobre todo mejorando la oferta turística. 2.- “Carta del Turismo y Código del Turista” (OMT,1985). Se recogen una serie de obligaciones como, en el caso que nos ocupa, el proteger el medio ambiente turístico. 3.- “Declaración de la Haya” (OMT, 1989). Entre otros principios el Turismo puede convertirse en un instrumento eficaz de crecimiento socioeconómico, para lo que hay que mantener la integridad del medioambiente, cultural y humano. 4.- “Primeras Orientaciones para una Política Comunitaria de Turismo” (Resolución del Consejo de Europa, 1984). Constata la importancia del Turismo en Europa y, entre otros puntos, observa la necesidad de la conservación del medioambiente.

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5.- “Tratado de Maastricht”. Se confirma por fin la importancia del Turismo. En su Sección 4ª. Turismo, Artículo III-281, Punto 1, dice: “La Unión complementará la acción de los Estados miembros en el sector turístico (...) Con este fin, tendrá por objetivo: a) fomentar la creación de un entorno favorable al desarrollo de las empresas en este sector”. 6.- “LEY 2/1997, de 20 de marzo de 1997, de Turismo de Extremadura” (D.O.E., 29 de abril de 1997). Aunque esta Ley se basa fundamentalmente en reglamentar la actividad turística, parte de su articulado menciona también la obligación de mantener unas condiciones favorables para esta actividad económica, como es el respeto y conservación de los recursos turísticos como son el Patrimonio Natural y Cultural. Por otro lado, ¡ojo!, si se exige aquí, en esta Ley, que la propia actividad turística sea respetuosa con este Patrimonio para que reúna unas condiciones óptimas para su propio desarrollo, ¿por qué no se evitan industrias contaminantes justamente sobre sus recursos como es el caso que aquí nos toca?, ¿por qué se permiten o se impulsan por la propia Administración regional?... Un claro ejemplo de incumplir la Constitución y el Código Penal.

ALEGACIÓN 27ª)- El proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago, y en el corredor viario conocido como “Ruta de la Plata”, sería un impacto negativo al “Turismo Enológico” de la comarca natural vitivinícola de Tierra de BarrosMatanegra aquí integrada, con producciones pertenecientes a la “Denominación de Origen Ribera del Guadiana”. 1.- Este transitado itinerario es la principal “Avenida” por donde poder dar a conocer lo mejor de cada tierra, así como a acceder a sus producciones. 2.- Hoy en día el “Turismo de Interior” está comenzando a ser una de las primeras demandas de la sociedad en la búsqueda de nuevos atractivos. Por otro lado surge la necesidad de dar a conocer los productos autóctonos. 3.- Ante la demanda turística, y la propia oferta de dar a conocer los productos autóctonos, surgen fórmulas originales para satisfacer ambas necesidades: promocionar esas producciones a esa sociedad que comienza a venir, atraídos aquí por la pureza del entorno y calidad del producto; surgiendo así el “Turismo Agroalimentario” o, en nuestro caso, el “T. Enológico”. 4.- El corredor geográfico de la Ruta de la Plata, enormemente transitado en sus distintos trazados (calzada romana, Camino Mozárabe de Santiago, Ferrocarril, Carretera, Autovía...), acrecienta aún más este Turismo en busca de sabores, en donde se entrelazan: el patrimonio, la gastronomía, la cultura de sus bodegas, sus métodos tradicionales, un entorno natural limpio, etc. Todo ello está empezando a impulsar, en este trascendental itinerario, un modelo de “desarrollo sostenible” generador de riqueza y empleo. 5.- Una refinería de petróleo (el proyecto “Refinería Balboa”), industria catalogada de las cinco más contaminantes que existen, con grandes impactos visuales, y en medio de los viñedos “Denominación de Origen Ribera del Guadiana”, sería un impacto negativo a la visión y a la calidad de sus productos, y perjudicaría el potencial económico del “Turismo Enológico” (ver ALEGACIÓN 20, Puntos 1 y 4). 6.- Del mismo modo afectaría negativamente a las inversiones, públicas y privadas, que se están haciendo en este recurso turístico-agroalimentario “sostenible”.

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ALEGACIÓN 28ª)- El proyecto “Refinería Balboa” sobre la Vía de la Plata-Camino de Santiago, y en el corredor viario conocido como “Ruta de la Plata”, sería un impacto negativo, crítico e irreversible, a sectores económicos relacionados con los productos agroalimentarios naturales autóctonos que se encuentran aquí integrados (derivados de la vid y del olivo); pues la imagen de calidad de estas producciones está directamente vinculada a la calidad de su entorno de este itinerario, el más transitado del occidente español.

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CAPÍTULO V SOBRE LOS IMPACTOS NEGATIVOS A SUS RECURSOS Y DERECHOS SOCIALES.

ALEGACIÓN 29ª)- Todo usuario y consumidor de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, por el motivo de serlo, tiene sus derechos a disfrutar de este espacio, cultural y espiritualmente; sobre todo cuando se han destinado grandes fondos públicos (extremeños, españoles y europeos) en la rehabilitación, señalización y promoción de este Camino. El proyecto “Refinería Balboa” en la ubicación elegida sobre su transitado trazado, que supondría 2 kms. de andadura por su interior, produciría un gran impacto negativo emocional y físico a los sentidos (visual, ruidos, malos olores, etc.) de miles de senderistas y peregrinos venidos de todo el mundo.

ALEGACIÓN 30ª)- El proyecto “Refinería Balboa”, justamente encima de la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago, transitado por miles y miles de usuarios venidos de todo el mundo para autorrealizarse (turistas, deportistas, peregrinos, etc.), iría en contra de los intereses generales al ser un impacto negativo a la “calidad de vida” de las personas, en concreto: al derecho de la sociedad a poder disfrutar de posibilidades materiales para su desarrollo “intelectual” y “espiritual” como este Camino nos ofrece; así también lo considera la “Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural” (UNESCO, 2001). 1.- Este Camino es uno de los itinerarios culturales y naturales mejor conservados del mundo. Es por ello que este espacio viario es transitado cada vez más por turistas, deportistas y, sobre todo, peregrinos a Santiago de Compostela. 2.- El Patrimonio viario aquí existente no sólo es un recurso “medioambiental” y “económico”, sino también “social”; una gran posibilidad para mejorar la “calidad de vida” de los ciudadanos al ser la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago un verdadero y envidiable escenario para el desarrollo humano “intelectual” y “espiritual”, con diversas culturas y creencias. 3.- La “Declaración Universal sobre Diversidad Cultural” (UNESCO, 2001) profundiza aún más en el concepto de “Desarrollo Sostenible” al afirmar, en su Artículo 1º, que: “(...) la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los seres vivos”. Pero en relación a las posibilidades de “desarrollo social” de la Vía de la Plata, reproduzcamos unas líneas de su Artículo 3º: “(...) una de las raíces del desarrollo entendido no sólo en términos de crecimiento económico, sino también como un medio para lograr un balance más satisfactorio intelectual, afectivo, moral y espiritual”. 4.- Permitidnos un supuesto práctico. Imaginad, queridos técnicos en evaluaciones ambientales, o responsables de cualquier Ministerio o Administración relacionada con este proyecto, a vosotros nos dirigimos, sentid, poneros en situación, un poco de empatía por favor; o mejor aún, ¡salid de vuestros

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despachos y venid a recorrer la Vía de la Plata!, mirad estos verdes océanos de vides y olivos que nos alegran la visión en nuestra andadura, respirad el aire limpio de estos entornos, compartid los pasos con nuevos amigos y familiares, oled los dulces aromas de las bodegas de Los Santos de Maimona en época de cosecha... sed caminantes o peregrinos... Pero, ¿aquí una refinería?, ¿qué pasaría?... Si andáis de Sur a Norte, o de Norte a Sur, veríais a varios kilómetros una especie de “boina” negra salida de los humos de una ciudad de metal a donde se dirigen vuestros pasos. “¿Y allí me dirige este camino?, ¿pues no decían en la oficina de Turismo o en la guía del peregrino que la Vía de la Plata era un itinerario natural, cultural y espiritual de los más importantes de España y de Europa?...” os preguntaréis a cada paso, una y otra vez mientras os acercáis cada vez más a ese horrible y gigante monstruo de hierros, tuberías y altísimas chimeneas. Si bien en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa” permitiría la transitabilidad de este camino, cumpliendo el empresario escrupulosamente el expediente de rigor cara a la galería al decir que “cumplirá la legislación vigente” manteniendo una distancia de “100 metros a cada lado” (cosa que estaría por ver, ya que a renglón seguido sugiere que por motivos técnicos la Administración competente puede achicarlo; ver Alegación 9, Punto 2), éste itinerario, de gran trascendencia cultural y natural (como ya lo hemos repetido aquí un montón de veces) lo haría por su interior. Y así, queridos técnicos en evaluaciones ambientales, o de dar permisos administrativos, aquí virtuales compañeros del camino; veréis cómo, sin quererlo, os vais acercando como a una cárcel. La visión idílica que os han contado del paisaje de la Vía de la Plata se os rompe a cachitos. Pero ya estáis entrando por el corazón de una refinería de petróleo, “¿dónde están los verdes horizontes...?” os interrogáis. Os metéis en un lugar repleto de estructuras que hacen “efecto túnel” durante 2 interminables kilómetros: entre altas chimeneas humeantes; gigantes depósitos de petróleos y gasóleos a cada lado; kilométricas tuberías; cruzándose de un lado a otro a escasos 5 m. de altura por encima de nuestras cabezas, y de las de miles y miles de senderistas, peregrinos, ciclistas, etc., varios puentes con un intenso trafico rodado aéreo de camiones-cisternas e infraestructuras industriales, ruidos aquí y allá rompiendo la tranquilidad del camino; calor concentrado por las grandes estructuras metálicas que crea un microclima asfixiante; molestos olores químicos de los procesos de transformación del petróleo y perjudiciales para nuestra salud;... El transcurrir por el interior de esta industria ya se hace sofocante, parece que nunca llega el final, sólo quieres mirar al suelo como un preso encadenado a olores y ruidos, los 2 kms. se hacen eternos, se van rompiendo toda la imagen, toda la visión que tenías de la Vía de la Plata “¿Extremadura Naturalmente?” te preguntas recordando un anuncio, “¿Vía de la Plata, Patrimonio y Naturaleza?” te vuelves a preguntar... Al salir, frustrado para el resto del camino, sintiendo haber sido engañado por tanta engañosa publicidad en anuncios y Ferias de Turismo (financiados con dinero público por la misma Administración regional que participa en este proyecto petroquímico), terminas preguntándote “¿pues no decían que la Vía de la Plata era un remanso de paz, de cultura y naturaleza, de bienestar en donde poder satisfacer, como pocos caminos en el mundo, mis motivaciones intelectuales y espirituales...?”. Pero estas cosas no las dicen en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, ¿a que no?...

ALEGACIÓN 31ª)- El trazado y el entorno de la Vía de la Plata está siendo un envidiable escenario, una verdadera “Universidad abierta”, para importantes actividades educativas encaminadas al conocimiento y al respeto de los alumnos hacia nuestro Patrimonio Cultural y Natural; un innovador sistema pedagógico con la participación de 37

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varios Institutos y Universidades. El proyecto “Refinería Balboa” sobre este trascendental Camino, que degradaría la integridad y la visión de este legado y su entorno, sería un impacto negativo al cumplimiento de estos objetivos multidisciplinares; contradiciendo y frustrando el esfuerzo pedagógico encaminado a la sensibilización de los jóvenes por los valores patrimoniales. 1.- Son ya varios los centros de enseñanza de Andalucía, Extremadura, y Castilla-León que están aprovechando este recorrido para impartir clases prácticas de lo que enseñan dentro de las aulas. El objetivo también es sensibilizar y dar a conocer los valores patrimoniales, culturales y naturales, de la Vía de la Plata y de su territorio. 2.- Precisamente, el Instituto de Enseñanza Secundaria Doctor Fernández Santana, de la población de Los Santos de Maimona (a 3´5 km. de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa”), lleva ya su Octava Edición de la “Escuela en Ruta”: una original actividad pedagógica, deportiva y lúdica a lo largo del trazado de la Vía de la Plata. Son grupos numerosos de alumnos en bicicleta que durante varios días van aprendiendo múltiples aspectos del camino, los valores de su Patrimonio Natural y Cultural, la necesidad de conservar este legado, el compartir día a día, con otros compañeros, gratas experiencias, etc. mientras que van aplicando, sobre el terreno, sus conocimientos de diversas disciplinas, y van admirando las riquezas de su territorio... ¡esto que sí es calidad de vida en el ámbito educativo!

ALEGACIÓN 32ª)- Sería un impacto negativo a las grandes posibilidades deportivas y saludables de la Vía de la Plata; el circuito más importante del occidente español y recurso para el “Turismo Rural” o “de Interior”. 1.- La práctica deportiva está siendo, cada vez más, un hábito saludable para la sociedad en general. 2.- El trazado de la Vía de la Plata es actualmente el circuito más extenso y más utilizado en diversas modalidades deportivas (senderismo, ciclismo y ecuestre) de todo el occidente español. 3.- Para la transitabilidad de este Camino, facilitando todas estas actividades deportivas, se han invertido grandes cantidades de fondos públicos. 4.- Por tanto, la Vía de la Plata es un Patrimonio Cultural y Natural a la vez que un escenario público que está siendo útil para la “calidad de vida” y el bienestar de las personas en la práctica deportiva en un entorno limpio. 5.- A su vez esta práctica deportiva está motivando, en el entorno de la Vía de la Plata, y debido al cada vez mayor número de personas que lo practican, un “Turismo Rural” o “de Interior” que está generando riqueza y empleo (creación de Albergues Turísticos, Casas Rurales, Hoteles, Restaurantes, etc.). 6.- El proyecto “Refinería Balboa”, justamente sobre su tazado, degradarían las condiciones emocionales y ambientales de esta práctica saludable; a la vez que restarían gran parte del atractivo turístico de este Camino, perjudicando a sectores económicos aquí implicados que han apostado grandes inversiones privadas (y públicas) para crear riqueza de una forma “sostenible”. 7.- Teniendo en cuenta todo lo anterior, y en conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, y la Administración que lo autorizase (en donde se incluirían autoridades y técnicos), incumplirían la “LEY 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural” (BOE nº 299, de 14 de Diciembre de 2007); pues en su Artículo 29, Apartado d) nos dice:

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“El fomento de la práctica deportiva (...) ordenando los espacios de actividad deportiva en el medio natural y favoreciendo la integración de estas actividades en el turismo rural”.

ALEGACIÓN 33ª)- El proyecto “Refinería Balboa” sería un impacto negativo al trazado, imagen y prestigio de la Vía de la Plata como “Sendero de Gran Recorrido” (G.R.), con tramos ya señalizados, un recurso deportivo y turístico de primer orden, con gran proyección internacional, para la rentabilización social de este Patrimonio español; siendo esta red de senderos homologados una promoción territorial y económica, y sobre todo de una práctica saludable, todo ello en beneficio de la calidad de vida de sociedad en general; y, del mismo modo, una posibilidad para el conocimiento de primera mano de su cultura y de su entorno ambiental a la que todos tenemos derecho.

ALEGACIÓN 34ª)- Sería un impacto negativo a las grandes inversiones públicas (de la Unión Europea, del Estado Español y de la Junta de Extremadura) destinadas a la recuperación y promoción de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, y del corredor geográfico de la Ruta de la Plata; fondos que se verían afectados en beneficio de un empresario particular. 1.- La Unión Europea, a través del Banco Europeo de Inversiones, ha destinado la mayor parte de los 19.666.318 euros al proyecto extremeño “Alba Plata” para la recuperación y promoción de la Vía de la Plata. El proyecto “Refinería Balboa” afectaría negativamente a estas inversiones públicas europeas. 2.- El Estado Español viene invirtiendo durante varios años ingentes cantidades de fondos públicos, tanto para la recuperación del Patrimonio Cultural de la Vía de la Plata, como para la promoción turística de la misma a través de la empresa pública TURESPAÑA. Hasta la fecha son múltiples los convenios con distintas Comunidades Autónomas por donde transita la Vía de la Plata y Camino Mozárabe de Santiago (Andalucía, Extremadura, Castilla-León, Asturias y Galicia), y con otras entidades como la “Red de Cooperación de Ciudades de la Ruta de la Plata”. Todos ellos figuran en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.). El proyecto “Refinería Balboa”, justamente sobre su trazado, afectaría negativamente a estas inversiones públicas españolas. 3.- La Junta de Extremadura (al igual que otras Comunidades Autónomas) ha destinado también grandes cantidades de fondos públicos a la recuperación y promoción de la Vía de la Plata a través del proyecto “Alba Plata”, entre otras partidas presupuestarias desde la Consejería de Turismo. El proyecto “Refinería Balboa”, justamente sobre su trazado, afectaría negativamente a estas inversiones públicas extremeñas.

ALEGACIÓN 35ª)- Sería un impacto negativo a los derechos democráticos de los ciudadanos pues existen irregularidades político-administrativas en el proyecto de “Refinería Balboa” que conllevarían vulnerabilidad e indefensión de la sociedad, y de su Patrimonio Cultural y Natural. Sin las previas Evaluaciones de Impacto Ambiental para determinar la viabilidad o no de diversas afecciones (como obligan las diversas Directivas y Leyes); desde la Administración de la Junta de Extremadura: se impulsa una de las industrias consideradas de las más contaminantes que existen; y sin considerar, ente otros impactos, los que se producirían al Patrimonio Cultural y Natural de la Vía de la

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Plata-Camino de Santiago y a sus posibilidades medioambientales, económicas y sociales, básicas para nuestro “desarrollo sostenible”. Desde esta Administración regional se toman una serie de decisiones que están creando indefensión al Patrimonio Español pero, sobre todo, a los derechos constitucionales de los ciudadanos: 1.- Prevaricación y falta de imparcialidad de la Administración extremeña que debería de velar por la protección del Patrimonio y por los derechos de los ciudadanos. Las palabras del que fuera presidente de la Junta, D. Rodríguez Ibarra, cuando declaró públicamente “es una decisión política, la refinería se hace”, denotan prepotencia, imposición dictatorial sin participación de la ciudadanía, favoritismo a un grupo empresarial sin esperar las previas y obligadas evaluaciones ambientales; es decir, políticamente está todo decidido. Entonces, ¿para qué sirven las evaluaciones ambientales?, ¿puro teatro administrativo?... Esto se explica porque la Junta de Extremadura es juez y parte interesada en este proyecto; es decir, posee competencias ambientales a la vez que participa, con dinero público, en el aún proyecto “Refinería Balboa”. Todo esto descalifica a esta Administración autonómica a la hora de evaluar o/y dar permisos ambientales por su evidente y total falta de “imparcialidad”. En conclusión, esto conllevaría vulnerabilidad e indefensión de la Sociedad y de su Patrimonio Cultural y Natural. 2.- Se decide la ubicación aquí sin consideración alguna y sin alternativas, silenciando o restando importancia del Patrimonio aquí existente de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, tanto por parte del promotor, como sobre todo por la propia Junta que ha de velar por la conservación de este gran legado y sus posibilidades ambientales, sociales y económicas. Como dato, al justificar la empresa la ubicación elegida para el proyecto “Refinería Balboa” se valora la imposibilidad de localizarla en determinados lugares (espacios naturales, caminos pecuarios...), pero silencia al principio y resta importancia después, en su Estudio de Impacto Ambiental el hecho de ponerla encima de la transitada Vía de la Plata-Camino de Santiago; el itinerario cultural, natural, espiritual, deportivo, turístico, educativo... más importante y mejor conservado del occidente peninsular. 3.- Se destinan o reservan fondos públicos extremeños al proyecto “Refinería Balboa”, antes incluso de saber si su Evaluación de Impacto Ambiental (sin realizar aún) sería positiva o negativa, y sin permisos administrativos alguno. A través de la empresa pública Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura (SOFIEX) se acuerda destinar el 20 % a un proyecto “sin papeles ambientales”, una participación que llevaría al endeudamiento público. 4.- Se declara en la Asamblea de Extremadura a la “Refinería Balboa”: “Proyecto de Interés Regional” (P.I.R.), antes incluso de haber comenzado las Evaluaciones de Impacto Ambiental, y sin saber sus resultados. A nuestro juicio inconstitucional, pues por mandato de una Administración se beneficia a un empresario particular sin los previos y preceptivos estudios ambientales como la Ley obliga. 5.- Uno de los pilares del “desarrollo sostenible” es la “Agenda 21” , cuyo objetivo es la “participación ciudadana”. La cuestión es ver, a nivel local, las problemáticas, necesidades y potencialidades medioambientales, económicas, y sociales para el desarrollo del municipio, pues bien, aquí nada de nada y a callar. ¡Incluso se impide el debate público! 6.- Todo esto demuestra una situación antidemocrática, y por tanto en contra del “desarrollo sostenible”, pues habría injusticia ante los derechos de los ciudadanos, y desprotección de los recursos ambientales y económicos (recordad que lo que se basa este desarrollo es el equilibrio entre lo Ambiental, lo Económico y lo Social); incumpliendo, en conclusión, los compromisos institucionales y la legislación vigente en estas materias.

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ALEGACIÓN 36ª)- De recibir el proyecto “Refinería Balboa” los correspondientes permisos ambientales y administrativos como serían: a) una “Declaración de Impacto Positiva”, por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Medio Marítimo; b) la “Autorización Administrativa”, por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; y c) la “Autorización Ambiental Integrada”, por parte de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura; se incumplirían aquí varias normativas vigentes, así como daría lugar a prevaricación y agravio o arbitrariedad administrativa. Todo ello conduciría a la indefensión del Patrimonio Cultural y Natural extremeño, español y europeo, así como de los derechos constitucionales de los ciudadanos. Si así fuera, las Asociaciones firmantes de estas alegaciones tomaríamos las medidas legales y jurídicas oportunas (ante instancias regionales, nacionales y europeas) contra las Administraciones (incluido técnicos y autoridades) responsables.

Es por todo ello que

SOLICITA: 1º)- Sean valoradas, y muy tenidas en cuenta y contestadas estas Alegaciones: A)- en la “Declaración de Impacto Ambiental”, por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Medio Marítimo; B)- en la “Autorización Administrativa”, por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; y C)- en la “Autorización Ambiental Integrada”, por parte de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura;

2º)- Se rechace este proyecto “Refinería Balboa”, denegándosele todo permiso ambiental y administrativo en lo referente a la ubicación elegida de su planta de refino de petróleo en la Ruta de la Plata, así como a sus instalaciones auxiliares anexas; pues serían, en su conjunto, un inasumible e incorregible impacto negativo a la integridad e imagen del Patrimonio Cultural y Natural de este Camino milenario, y a lo que representa por sus grandes atractivos culturales, deportivos, espirituales, pedagógicos, turísticos, agroalimentarios, etc.; un envidiable recurso socioeconómico “sostenible” generador de calidad de vida, riqueza y empleo para todo el occidente español y europeo, y para todos sus usuarios (senderistas, peregrinos, turistas, etc.). En Los Santos de Maimona a 9 de Julio de 2008

Fdo: Diego Muñoz Hidalgo (en representación de las asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata)

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PLANOS DE UBICACIÓN DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” SOBRE EL TRAZADO Y ENTORNO DE LA VÍA DE LA PLATA-CAMINO DE SANTIAGO:

FIGURA 1.- Red viaria romana en la Península Ibérica según el Itinerario Antonino (siglo III d. C.), y representación del “Camino” o “Vía de la Plata”. FIGURA 2.- Red de Caminos de Santiago y Camino Mozárabe de Santiago-Vía de la Plata.

FIGURA 3.- Ubicación del proyecto “Refinería Balboa” (Fuente: “Guía del Camino Mozárabe de Santiago-Vía de la Plata”. Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata. Sevilla, 2000).

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ENTIDADES ADMINISTRATIVAS (REGIONAL Y NACIONAL) A LAS QUE SE HAN ENVIADO ESTAS ALEGACIONES:

Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO Plaza de San Juan de la Cruz, s/n 28071 MADRID

Dirección General de Política Energética y Minas Secretaría General de Energía MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y CALIDAD AMBIENTAL CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIOAMBIENTE JUNTA DE EXTREMADURA C/ Avenida de Portugal S/N MÉRIDA

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ASOCIACIONES QUE HAN SUBCRITO ESTAS ALEGACIONES:

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RESUMEN DE LEYES, CONVENIOS, ETC. QUE FUNDAMENTAN UNA “DECLARACIÓN DE IMPACTO NEGATIVA” DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” POR REALIZARSE SOBRE EL TRAZADO Y ENTORNO DE LA VÍA DE LA PLATA-CAMINO DE SANTIAGO. Recogemos aquí un resumen de normativas, convenios, dictámenes, etc. que incumple e incumpliría el proyecto “Refinería Balboa” tanto en el procedimiento administrativo llevado a cabo, como por su irracional ubicación propuesta, justamente encima del trazado y entorno, y a lo largo de 2 km., de la histórica, turística y transitada Vía de la Plata-Camino Mozárabe de Santiago. (Ver Plano de ubicación, pág. 42). Estos documentos proceden de varios organismos oficiales (Naciones Unidas-UNESCO, Unión Europea, Estado Español, Junta de Extremadura) y de entidades relacionadas con el Patrimonio Cultural y Natural, y con el Turismo (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios –ICOMOS- y Organización Mundial del Turismo). El procedimiento administrativo llevado a cabo y el hecho en sí de la implantación de un contaminante e impactante proyecto petroquímico en una ubicación con gran valor histórico, cultural, natural, espiritual, turístico, etc.; considerado un Itinerario Cultural y Turístico de primer orden español, europeo y mundial; en trámite de ser declarado Bien de Interés Cultural y Patrimonio de la Humanidad; y con un gran transito internacional de peregrinos, turistas y deportistas… ha dado y daría lugar a la vulneración de normativas vigentes en diversos campos temáticos y esferas administrativas; e iría en contra de lo dispuesto por organismos especializados de reconocido prestigio. Todo ello lo fundamentamos aquí con un total de 45 documentos, agrupados en este apartadoresumen en 6 capítulos: I.- Sobre el derecho a la información y a la participación ciudadana, vulnerados por las administraciones. (pág. 49) II.- Sobre las omisiones y falsedades en la evaluación de impacto ambiental por parte del promotor. (pág. 50) III.- Sobre la protección del Patrimonio Cultural, su Entorno, su Paisaje y su beneficio social, amenazados. (pág. 50) IV.- Sobre el Desarrollo Rural y el Desarrollo Sostenible incompatible aquí con este proyecto petroquímico. (pág. 54) V.- Sobre la protección del Turismo de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, al que se perjudicaría. (pág. 55) VI.- Sobre la arbitrariedad y falta de imparcialidad administrativa y otros derechos de los ciudadanos. (pág. 56)

La mayor parte de los casos aquí expuestos se remiten y se desarrollan con más amplitud en las Alegaciones (ver págs. 1-42 de este documento) que las asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata presentaron, el 9 de Julio de 2008, y contra el proyecto “Refinería Balboa”, en el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y en la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura; alegaciones que fueron respaldadas con más de mil firmas. Además, en este apartado-resumen recogemos también otros nuevos e importantes puntos legislativos y documentos de entidades especializadas que no se han visto reflejados en las Alegaciones anteriormente citadas, y que incluimos aquí por su gran peso normativo y científico contra este proyecto sobre este trascendental itinerario.

Por tanto, la obligada aplicación de todas estas normativas, convenios, declaraciones, etc. conllevaría, por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y demás instituciones implicadas, la debida “Declaración de Impacto Negativa” del proyecto “Refinería Balboa” en la ubicación propuesta sobre el trazado y entorno de la Vía de la Plata-Camino de Santiago.

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I.- SOBRE EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, VULNERADOS POR LAS ADMINISTRACIONES EN EL PROCEDIMIENTO ADMINSITRATIVO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: Documento 1º- “Convenio de Aarhus” sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la Justicia en asuntos ambientales. (Hecho en Aarhus, Dinamarca, el 25 de junio de 1998). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). El origen del Convenio de Aarhus hay que buscarlo en el Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y el Desarrollo (ONU, 2ª Cumbre de la Tierra) (Ver Documento 29º de este apartadoresumen), y parte del reconocimiento de que todas las personas tienen el derecho a vivir en un medio ambiente que les permita garantizar su salud, su bienestar y el desarrollo sostenible, respetuoso con los recursos naturales y culturales. Junto a ese derecho, tienen también el deber, tanto individualmente como en asociación con otras, de protegerlo y mejorarlo en interés de las generaciones presentes y futuras. Antes de proseguir hay que advertir, según la “Directiva 85/337/CEE del Consejo de Europa relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente”, y el Convenio del Consejo de Europa sobre Responsabilidad Civil Derivada de Actividades Peligrosas para el Medio Ambiente, que el “medio ambiente” lo componen también el “Patrimonio Cultural” y el “Paisaje”. (Ver Documentos 3º y 15º de este apartado-resumen). Con objeto de facilitar el ejercicio de ese derecho-deber, el Convenio de Aarhus reconoce y regula tres derechos instrumentales: 1º)- el derecho de acceder a la información ambiental, 2º)- el de tomar parte en las decisiones sobre el medio ambiente o con efecto en el mismo, y 3º)- el derecho de acceder a la justicia. España depositó el instrumento de ratificación del Convenio el 29 de diciembre de 2004, convirtiéndose en fuente directa de nuestro ordenamiento jurídico con su publicación el 16 de febrero de 2005, entrando en vigor el 29 de marzo del mismo año. Para cumplir lo establecido en su preámbulo, “definir un marco jurídico que a la vez responda a los compromisos asumidos con la ratificación del Convenio y lleve a cabo la transposición de dichas Directivas al ordenamiento interno”, y teniendo como punto de partida el Artículo 45 de la Constitución (Ver Documento 7º de este apartado-resumen), que configura el medio ambiente como un bien jurídico, se promulgó la Ley 27/2006, de 18 de julio (Ver punto 2 de este apartado-resumen), por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia. Tanto la Plataforma Contra la Contaminación de Almendralejo como las asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata han constatado, y sufrido, que el Reino de España, la Comunidad Autonómica Extremeña y los Ayuntamientos afectados, han incumplido, en prácticamente todas sus actuaciones, de los tres principios básicos del Convenio: derecho de acceder a la información ambiental, el de tomar parte en las decisiones sobre el medio ambiente o con efecto en el mismo, y el derecho de acceder a la justicia. Se han puesto todo tipo de cortapisas al acceso al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”; no se ha presentado éste en formato digital para facilitar su consulta por cualquier ciudadano, asociación o entidad de cualquier tipo del territorio español; se ha presentado parcelado y en escasos puntos del territorio afectado; su consulta ha sido en horarios restrictivos sin derecho a fotocopias o copia en cualquier soporte; el plazo de consulta para un proyecto de esta envergadura ha sido excesivamente corto, sólo un mes; etc. Todo ello ha obstaculizado e imposibilitando el acceso y la comprensión global de muchos ciudadanos y entidades interesadas, que han visto frustrado su consulta. Considerando lo expuesto, esta Plataforma decidió realizar, ante la ONU, un informe sobre este incumplimiento. El día 18 de febrero de 2009 se remitió al Comité de Cumplimiento del Convenio. El 7 de mayo el Comité comunica a la Plataforma que, “habiendo considerado la admisibilidad de la comunicación en su reunión vigésima tercera (30 de marzo - 3 el abril del 2009), en una base preliminar ha determinado admitirlo”. También, se informa que se remite la queja al Ministerio de Medioambiente para que realice las alegaciones que estime oportunas. Esta admisión es muy importante, teniendo en cuenta que desde 2004, primer año del cual hay información de las quejas aceptadas por el Comité, solamente ha admitido 37 de toda Europa. La Plataforma Contra la Contaminación de Almendralejo como las asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata consideran de importancia capital que la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sea consciente de los reiterados incumplimientos al Convenio, que ha

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generado un estado de conflictividad social intolerable. Que las asociaciones son menospreciadas. Que los ciudadanos son perseguidos, insultados, criminalizados…, simplemente por intentar cumplir con el derecho-deber establecido en el Convenio de Aarhus. Por tanto, el incumplimiento de este Convenio invalida totalmente todo el procedimiento llevado a cabo hasta ahora por las administraciones implicadas en la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa”, por lo que, e todo caso, debe de reiniciarse de nuevo todo el procedimiento con todas las garantías legales que obliga la normativa vigente y que han sido violadas por las propias administraciones. Doc. 2º- Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) («BOE núm. 171/2006, de 19 de Julio de 2006»). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Aplicación, en el régimen jurídico español, del Convenio de Aarhus. (Ver Documento 1º de este apartado-resumen).

II.- SOBRE LAS OMISIONES Y FALSEDADES EN LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL POR PARTE DEL PROMOTOR, INCUMPLIENDO LO ESTABLECIDO POR LEY: Doc. 3º- Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente”. Art. 3, define e integra “medio ambiente”, el “paisaje” y el “patrimonio cultural”; advierte de “los efectos directos e indirectos”; temas que han sido soslayados, no tratados debidamente o incluso evitados en el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) del proyecto “Refinería Balboa”. (Ver Alegación n.º 19, punto 6, de las presentadas por los Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata, pág. 22 de todo este informe general). Doc. 4º- Directiva 97/11/CEE del Consejo, de 3 de marzo de 1997 (que modifica la Directiva anterior 85/337/CEE). Art. 3, “interrelaciona” los “efectos directos e indirectos” entre: “paisaje”, “patrimonio cultural” y “el ser humano”; tema que ha sido soslayado en el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa”. (Ver Alegación n.º 19, punto 8, pág. 22). Doc. 5º- Directiva 2001/42/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Anexo I, f), incide en la “interrelación” entre: “paisaje”, “patrimonio cultural” y “ser humano”. Además: “los efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos”. “Refinería Balboa” no interrelaciona sus impactos, sus medidas correctoras son imposibles... Defender el Patrimonio Cultural es salvar su Paisaje. (Ver Alegaciones: n.º 19, punto 11, pág. 25; y n.º 22, pág. 31). Doc. 6º- REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. (Boletín Oficial del Estado, B.O.E., nº. 23, de 26 de enero de 2008). Artículos 1 y 7. Deber de identificar, describir y evaluar de forma apropiada. Deber de interrelacionar el paisaje, el ser humano, el patrimonio cultural; así como los efectos directos e indirectos de ciertos proyectos sobre los anteriores factores. El E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” no cumple estos deberes, con carencias y falseamiento de datos, y con medidas correctoras totalmente inviables. (Ver Alegación n.º 19, punto 15, pág. 27-28).

III.- SOBRE LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL, SU ENTORNO, SU PAISAJE Y SU BENEFICIO SOCIAL, AQUÍ AMENAZADOS POR UN PROYECTO PETROQUÍMICO: Doc. 7º- Constitución Española: Artículo 45. Este artículo establece: “1º)- Todos tienen el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo; 2º)- Los poderes públicos velarán por la utilización de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva (…)”. (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones).

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En relación a este Artículo 45 de la Constitución, observamos que el entorno ambiental de la Vía de la Plata-Camino de Santiago está en clara indefensión, en cuanto es la propia administración regional, la Junta de Extremadura, que debiera velar por el cumplimiento de este deber constitucional…, uno de los impulsores del proyecto “Refinería Balboa” en esta ubicación, con la participación de un 20 % en el proyecto a través de la empresa pública SOFIEX., y con múltiples declaraciones por parte de sus dirigentes de incondicional apoyo, ¡antes incluso de sus obligados estudios de evaluación de impacto ambiental!; y utilizando los poderes que se les han otorgado para presionar en diversas esferas administrativas, y censurar este tema en los medios públicos de comunicación. (Ver Alegación n.º 35, pág. 39-40) A este respecto hay que advertir, como ya hemos descrito en nuestras Alegaciones, que este entorno ambiental de la Vía de la Plata es de los más transitados de España y el eje vertebrador del turismo (natural, cultural, deportivo, espiritual…) más importantes del occidente español. También su corredor geográfico une en su seno múltiples espacios naturales de gran importancia, siendo considerando el entorno de este camino la “reserva natural de Europa”. Por todo ello la Vía de la Plata se encuentra en la lista del Ministerio de Cultura para ser declarada por la UNESCO: “Patrimonio de la Humanidad”. (Ver Alegaciones: n.º 1, págs. 2 y 3; n.º 2, pág. 4; n.º 16, pág. 15; y n.º 25, págs. 32-33) En conclusión, el proyecto “Refinería Balboa”, así como la Administración que lo impulsara o permitiera, incumplirían lo establecido en el Artículo 45 de la Constitución española: en su Punto 1, vulnerarían aquí el derecho de miles de ciudadanos (senderistas, turistas, peregrinos, etc.) que transitan por este camino histórico, de disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (en el ámbito deportivo, turístico, espiritual, etc.); en su Punto 2, los poderes públicos aquí, en vez de ser imparciales y velar por la utilización de todos los recursos naturales, aquí existentes, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida que este legado natural y cultural nos aporta (Vía de la Plata como Camino de Santiago, de la Naturaleza , de interés Turístico, circuito deportivo-saludable, etc. de los más importantes de España y de Europa)…, es la primera impulsora de un proyecto altamente impactante y contaminante en este espacio privilegiado, y sin esperar las obligadas evaluaciones ambientales; actitud que es incompatible con lo dispuesto en este punto de la Constitución. Por tanto, es deber del Ministerio de Medio Ambiente, en base a este artículo constitucional, el emitir una “Declaración de Impacto Negativa” al proyecto “Refinería Balboa”. Doc. 8º- Constitución Española: Artículo 46. (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Este Artículo establece: “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La Ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”. Del mismo modo que ocurriera con el Artículo 45 (Ver el Documento 7º de este apartado-resumen), la propia administración extremeña, en vez de “garantizar” la conservación y promoción, y el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de la Vía de la Plata-Camino de Santiago…, apoya incondicionalmente y presiona a las administraciones del Estado Español, incluso antes de su preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental, un proyecto petroquímico justamente encima de su trazado (Ver Plano de ubicación, pág. 42), y que causaría un impacto negativo, crítico e irreversible, sobre su integridad e imagen. Considerando que, según la normativa vigente (Ver, entre otros, los Documentos: 3º-7º y 16º de este apartado-resumen), defender el Patrimonio Cultural es también conservar el Patrimonio Natural que lo envuelve; considerando que las medidas correctoras de este proyecto petroquímico son totalmente inviables e inasumibles por su situación justamente encima de su trazado y entorno de este bien cultural, es deber del Ministerio de Medio Ambiente, en base a este Artículo 46 de la Constitución, el emitir una “Declaración de Impacto Negativa” al proyecto “Refinería Balboa”. Doc. 9º- LEY 16/1985, del Patrimonio Histórico Español. (BOE nº 155 de 29 de junio de 1985). Artículos 17, 18 y 19. Deber de considerarse la íntima interrelación del bien cultural con su entorno ambiental; y que en el E.I.A. prácticamente se obvia. (Ver Alegación n.º 19, punto 5, pág. 21; y punto 9, pág. 23). Doc. 10º- LEY 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E. nº 59 de 22 de Mayo de 1999). Entre otros, sus artículos 10, 33 y 38. Como ya advierte al Ley 16/1985 (Ver el Documento 9º de este apartado-resumen), la protección del

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bien cultural incluye la protección de su entorno paisajístico inmediato, y los no colindantes o inmediatos; para no alterar, impedir, ni menoscabar su contemplación. (Ver Alegaciones: n.º 9, punto 2, pág. 11-12; n.º 19, punto 9, pág. 23-24). Doc. 11º- ORDEN de 19 de noviembre de 1997, por la que se incoa expediente para la declaración de la Vía de la Plata, a su paso por la Comunidad Autónoma de Extremadura, como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico y se concreta su delimitación. (Diario Oficial de Extremadura, D.O.E., Nº 140, de 2 de Diciembre de 1997). El trazado de la Vía de la Plata-Camino de Santiago pasaría justamente por el medio de la ubicación propuesta del proyecto petroquímico “Refinería Balboa” a lo largo de 2 km. (Ver Alegaciones: n.º 9, pág. 11-12; n.º 19, p. 5, pág. 21). Si bien en el E.I.A. se considera la distancia de protección a ambos lados (100 m.), se abre la posibilidad de restringirla; pero, sobre todo, se soslaya los múltiples impactos de elementos estructurales a escasos 5 m. sobre este bien cultural, y de un lado a otro, entre otras infraestructuras y negativas afecciones de este proyecto petroquímico que daría lugar a un “efecto túnel”. Las medidas correctoras al “impacto visual” propuestas en el E.I.A. de este proyecto, son aquí escasas y totalmente insuficientes. Estos grandes impactos, insalvables e incorregibles, deteriorarían enormemente la integridad y la visión del recorrido de este Patrimonio español, europeo y universal; impidiendo a su vez el correcto disfrute de los reconocidos valores culturales y medioambientales que este itinerario contiene y también representa, y a la que la sociedad tiene derecho. (Ver Alegación n.º 18, págs. 16-18). Doc. 12º- Carta de Atenas. (Atenas, 1931). Si se degrada el espacio de un legado cultural o monumento, causaría efectos negativos a éste. (Ver Alegación n.º 19, punto 1, pág. 19-20). Doc. 13º- Convención sobre la protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural. (Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, 17ª Reunión; París, 23-XI-1972; también conocido como “Carta de París”; ratificado por España en 1982). Artículo 4: “Reconoce la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio”. Artículo 5: “adoptar una política general encaminada a atribuir al patrimonio cultural y natural una función en la vida colectiva y a integrar la protección de ese patrimonio en los programas de planificación general”. Por otro lado interrelaciona la calidad de este Patrimonio, cultural y natural, con el bienestar de la sociedad. Considerando su Artículo 11 p. 2 ("Lista del patrimonio mundial"); p. 4 ("Lista del patrimonio mundial en peligro") y su Art. 12, habría que advertir que la Vía de la Plata está en la lista del Ministerio de Cultura para ser declarada por la UNESCO: “Patrimonio de la Humanidad”; y en donde el la Unión Europea y el Estado Español está invirtiendo y promocionando este camino como Itinerario Cultural y Turístico; también está siendo reconocido internacionalmente como “Camino Mozárabe de Santiago”. Todo ello está dando como resultado el que sea el itinerario de los apreciados y transitados de todo el mundo. (Ver Alegaciones: n.º 19, punto 4, pág. 21; n.º 10-16, págs. 12-15). Doc. 14º- Instrumento de Aceptación de 18 de marzo de 1982, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, hecha en París el 23 de noviembre de 1972. (BOE, 01/07/1982). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Ratificado por España. (Ver el Documento 13º de este apartado-resumen). Doc. 15º- Convenio del Consejo de Europa sobre Responsabilidad Civil Derivada de Actividades Peligrosas para el Medio Ambiente (Consejo de Europa, 8 de marzo de 1993). La consideración o definición de “Ambiente” incluye también los bienes que componen el Patrimonio Cultural y el Paisaje. El Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Refinería Balboa” no considera, en su justa medida, los impactos reales sobre estos conceptos; más aún, los obvia en su mayor parte. (Ver Alegación n.º 19, punto 7, pág. 22). Doc. 16º- Convenio Europeo del Paisaje (Consejo de Europa, Florencia, 2000 // ratificado por España, B.O.E. nº 31, 5-II-2008, Pág. 6259). Art. 5, 6. Es necesario la defensa del Paisaje por medio de su protección, gestión y ordenación. Es un recurso ambiental importante para la actividad económica, y un elemento clave para el bienestar individual y social. Por otro lado, el impacto negativo al Paisaje incide negativa y directamente en el Patrimonio Cultural que contiene. En el caso que nos ocupa, la protección del itinerario histórico-cultural-deportivo-espiritual-natural-turístico que representa la Vía de la Plata-Camino de Santiago, unos de los ejes más importantes de España, de Europa y del Mundo en estos contenidos,

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comienza también con la protección de su Paisaje en donde se desarrolla. Su trazado y entorno son inseparables, y en su conjunto tiene grandes posibilidades para la actividad económica y el bienestar individual y social. Estas potencialidades ya se están llevando a la práctica, siendo hoy utilizado por miles de usuarios venidos de todas las latitudes para recorrer este camino milenario. (Ver Alegación n.º 19, punto 10, pág. 24-25). Doc. 17º- Instrumento de Ratificación del Convenio Europeo del Paisaje (número 176 del Consejo de Europa), hecho en Florencia el 20 de octubre de 2000. (B.O.E. nº 31, 5-II-2008, Pág. 62596263). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). El Convenio Europeo del Paisaje fue firmado por España el 20 de octubre de 2000, entrando en vigor en todo el territorio español el 1 de marzo de 2008. (Ver el Documento 16º de este apartado-resumen). Doc. 18º- Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. (UNESCO, 32ª Reunión; París, 17-X-2003; Ratificado por España el 25-X-2006). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Este Convenio tiene como finalidad la salvaguarda y la revitalización de este Patrimonio, así como la sensibilización sobre la importancia del mismo. Por otro lado, y en esta línea, según el Artículo 19 p.2, “los Estados Partes reconocen que la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial es una cuestión de interés general para la humanidad y se comprometen, con tal objetivo, a cooperar en el plano bilateral, subregional, regional e internacional”. También se comprometen, según el Artículo 14-C, el “promover la educación sobre la protección de espacios naturales y lugares importantes para la memoria colectiva, cuya existencia es indispensable para que el patrimonio cultural inmaterial pueda expresarse”. Por tanto, la Vía de la Plata forma parte también del “Patrimonio Cultural Inmaterial” debido a su uso social como camino jacobeo de primer orden, conocido con el nombre: “Camino Mozárabe de Santiago” (Ver Alegación nº 10, pág. 12-13). Su trazado y entorno es un espacio cultural inherente a este aprovechamiento espiritual, como lo establece el Artículo 2 de esta Convención, y que se encuentra amenazado por la imposición sobre el mismo de un proyecto petroquímico a lo largo de 2 km. de su recorrido y entorno. (Ver Plano de ubicación, pág. 42). (Ver Alegación nº 18, pág. 16-18). Doc. 19º-Instrumento de Ratificación de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, hecho en París el 3 de Noviembre de 2003. (BOE, nº 31/2007, de 5-II-2007). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Ratificado por España el 25-X-2006. (Ver el Documento 18º de este apartado-resumen). Doc. 20º- Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales. (33ª Sesión de la Conferencia General de la ONU para la Educación, la Ciencia y la Cultura, París, 20-X-2005; entrando en vigor el 18-III-2007; ratificado por España, BOE n.º 37, 12-II-2007). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Art. 1. a-b)- Proteger y promover las expresiones culturales, creando condiciones favorables; f)- reafirmar la importancia entre cultura y desarrollo; g)- reconocer las actividades y los bienes y servicios culturales en su calidad de portadores de identidad, valores y significado; Art. 2. p. 5- la cultura es uno de los principales motores del desarrollo, los aspectos culturales de éste son tan importantes como sus aspectos económicos, respecto de los cuales los individuos y los pueblos tienen el derecho fundamental de participación y disfrute; 6)- protección esencial de la cultura para el desarrollo sostenible; 7)- acceso de expresiones culturales; etc., y en donde también se recogen una serie de medidas encaminadas a la protección del hecho cultural y de las industrias culturales. Por tanto, este proyecto petroquímico, por su irracional ubicación, iría en contra de la protección, calidad y expresión de este bien cultural y de sus grandes potencialidades de desarrollo. Doc. 21º-Instrumento de ratificación de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales. (BOE n.º 37, 12-II-2007). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Fue ratificado por España en 2007. (Ver el Documento 20º de este apartadoresumen). Doc. 22º- Agenda Europea para la Cultura. (Resolución del Consejo de 16 de noviembre de 2007, Diario Oficial de la U.E. 2007/C 287/01). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). En relación al proyecto petroquímico justamente encima de la transitada, cultural y turística Vía de la Plata-Camino de Santiago, se incumplirían o impediría el cumplimiento de los objetivos, en los ámbitos prioritarios de actuación para el acceso a la cultura, en particular mediante la promoción, mejora del Patrimonio Cultural, el Turismo Cultural, las sinergias con la educación, y como elemento vital en las relaciones internacionales;

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y la estimulación de un entorno favorable para el desarrollo de las industrias culturales, en especial de las PYME, y su relación con el desarrollo local y regional. Más aún cuando 2010 es “Año Jacobeo” y este proyecto petroquímico espera cerrar este camino durante los 3 años de construcción. Doc. 23º- Tratado de Lisboa. (U.E., 17-XII-2007). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Parte I, Título I, Artículo I-3, Punto 3. La Unión Europea obrará en pro del desarrollo sostenible, la protección y mejora de la calidad y mejora del medio ambiente y por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo. Doc. 24º- Carta de Venecia, o Carta Internacional sobre la conservación y la Restauración de los Monumentos y de los Sitios. (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS; Venecia, 1964). Introducción, Art. 5, 6, 7, 13 y 14. El patrimonio cultural es portador de un mensaje espiritual del pasado y cumplen una función útil para la sociedad. Un bien cultural es inseparable de su entorno, por lo que se ha de salvaguardar su integridad. (Ver Alegación n.º 19, punto 2, pág. 20). Doc. 25º- Seminario Sobre Globalización, Ética e Identidad (Primer Seminario del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS; Burgos, 2001). Puntos 4, 6, 8 y 9. Hay que salvar no sólo el Patrimonio Cultural, sino el territorio y el medioambiente en el que se produce y se inscribe. La defensa del patrimonio cultural supone un compromiso con la defensa del paisaje cultural. (Ver Alegación n.º 19, punto 12, pág. 25-26). En relación con este Seminario sobre Globalización, Ética e Identidad, habría que advertir que el proyecto extremeño “Alba Plata” para la recuperación y puesta en valor de este Patrimonio Cultural de la Vía de la Plata, financiado en su mayor parte por el Banco Europeo de Inversiones, recibió el prestigioso Premio Europa Nostra 2005 de Patrimonio Cultural, en el apartado de “Conservación de Paisajes Culturales”. Por tanto, este proyecto petroquímico justamente sobre su trazado y entorno iría totalmente en contra de los objetivos establecidos por este Seminario, y de los esfuerzos e inversiones para su recuperación y rentabilización sociocultural. (Ver Alegaciones: n.º 12 y 13, págs. 13-15). Doc. 26º- Declaración de Xi´an sobre Conservación del Entorno de las Estructuras, Sitios y Áreas Patrimoniales (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS; Xi´an, 2005). Preámbulo, Puntos 1, 2, 3, 4, 7 y 12. Defender el Patrimonio Cultural, los itinerarios culturales, sus prácticas sociales o espirituales, su medio físico, visual… es defender su entorno natural, íntimamente interrelacionados. Se ha de evitar distorsiones visuales y espaciales, o los usos inadecuados en un entorno cargado de significado. Esta Declaración es muy importante tenerla en cuenta pues resume prácticamente casi todo lo dicho en este Capítulo III (Sobre la protección del Patrimonio Cultural, su Entorno, su Paisaje y su beneficio social, amenazados) de este apartado-resumen, por lo que nos remitimos a la Alegación en donde se desarrolla. (Ver Alegación n.º 19, punto 14, pág. 26-27).

IV.- SOBRE EL DESARROLLO RURAL Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE, INCOMPATIBLE AQUÍ CON ESTE PROYECTO PETROQUÍMICO. Doc. 27º- “Declaración de Estocolmo”, o “Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano” (ONU; Estocolmo, Suecia, 5-6 de junio de 1972). Principios 1, 2 y 14. Necesidad de conservar nuestros recursos patrimoniales para el desarrollo intelectual, moral, social y espiritual, de las generaciones presentes y futuras, mediante una cuidadosa y racional planificación del territorio, y en donde el paisaje es un elemento fundamental. (Ver Alegación n.º 19, punto 3, pág. 20-21). Doc. 28º- Informe Brundtland, Nuestro Futuro Común (ONU, 1987). Define desarrollo sostenible: “Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”. (Ver Alegación n.º 3, punto 2, pág. 5). Doc. 29º- Cumbre de la Tierra, Programa 21 (ONU, Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro, 1992). Cap. 9, planificación territorial; Cap. 27, participación ciudadana; y Cap. 40, acceso a la información. El equilibrio económico, medioambiental y social, han de regir todo tipo de planeamientos y actuaciones, así como ciertos proyectos industriales. (Ver Documento 1º de este apartado-resumen; Alegaciones n.º 3, p. 3, pág. 5; n.º 35, p. 1 y 5, pág. 40).

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Doc. 30º- Declaración Universal sobre Diversidad Cultural (UNESCO, 2001). Art. 3. El “Desarrollo Sostenible” no sólo entendido en términos de crecimiento económico, sino también como el respeto al desarrollo intelectual, afectivo, moral y espiritual. (Ver Alegación n.º 30, punto 3, pág. 36). Doc. 31º- Declaración de Cork (U.E., Noviembre, 1996). Para el desarrollo rural sostenible es necesario “preservar y mejorar la calidad del medio ambiente rural”. (Ver Alegación n.º 6, punto 4, pág. 8). Doc. 32º- Dictamen Comité de las Regiones “Una Política de Desarrollo Rural” (Diario Oficial nº C 116, 1997, Pág. 0046, U.E.). Preservar el Paisaje, el Patrimonio Cultural-Natural, los atractivos turísticos, las actividades agrícolas… son recursos de una economía diversificada, creadoras de riqueza y empleo, incompatibles con industrias a gran escala; como lo sería aquí un proyecto de refinería de petróleo, “Refinería Balboa” sobre la rica comarca agrícola de Tierra de Barros, y justamente encima de la Vía de la Plata, el principal eje del Turismo del occidente español . (Ver Alegación n.º 6, punto 5, pág. 8). Doc. 33º- “LEY 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural” (BOE nº 299, de 14 de Diciembre de 2007). Artículos 2, 19, 20 y 29. Tanto el fomento de la participación ciudadana, como la conservación del patrimonio natural y cultural del medio rural, y de los recursos financieros públicos y privados que se vieran comprometidos; el paisaje; la ordenación territorial; la práctica deportiva; la reducción de la contaminación … son actividades necesarias para el desarrollo sostenible y un recurso para el turismo rural. Tanto el procedimiento, como la ubicación del proyecto “Refinería Balboa” incumple e incumpliría, en varios apartados, esta Ley; además se vería aquí comprometidos los recursos financieros invertidos en la recuperación y puesta en valor de la Vía de la Plata por parte de diversas administraciones regionales, españolas y europeas. (Ver Alegaciones: n.º 6, punto 6, págs. 8-9; n.º 32, punto 7, pág. 38-39; n.º 35, pág. 39-40; inversiones: n.º 12, pág. 13; nº 24, pág. 32; n.º 34, pág. 39 ).

V.- SOBRE LA PROTECCIÓN DEL TURISMO DE LA VÍA DE LA PLATA-CAMINO DE SANTIAGO, AL QUE SE PERJUDICARÍA, SIENDO EL EJE MÁS IMPORTANTE DEL OCCIDENTE ESPAÑOL: Doc. 34º- Primeras Orientaciones para una Política Comunitaria de Turismo (Resolución del Consejo de Europa, 1984). Conservación del medio ambiente turístico. (Ver Alegación n.º 26, punto 4, pág. 33). Doc. 35º- Tratado de Maastricht (U.E. 1992). Art. III-281, Punto 1. Fomentar la creación de un entorno favorable para el desarrollo de empresas del Turismo. (Ver Alegación n.º 26, punto 5, pág. 34). Doc. 36º- Orientaciones básicas para la sostenibilidad del turismo europeo (Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité de las Regiones -SEC (2003) 1295-). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Capítulo II.- La previsión de crecimiento turístico apunta al relacionado al Patrimonio Cultural y Natural. El producto turístico se basa en la calidad medioambiental, cultural y social; por lo que hay que conservar y preservar su integridad por medio de políticas enmarcadas en el respeto y protección de los recursos patrimoniales. Un aprovechamiento racional del territorio constituye un factor crucial para el desarrollo sostenible de los destinos turísticos. Para ello también hay que contar con una participación ciudadana en procedimientos como la Agenda 21, el Plan de aplicación adoptado en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible, la gestión integrada de calidad de los destinos, y la preservación y el mantenimiento del patrimonio. Todo lo referido en estas Orientaciones sería vulnerado por las autoridades españolas con la aceptación de este proyecto petroquímico en la ubicación elegida, con una gran carga y potencialidades patrimoniales y turísticas. Además el E.I.A. del proyecto “Refinería Balboa” no considera debidamente, minimiza, oculta y falsea los datos en relación a la realidad y al potencial del Turismo de la Ruta de la Plata y del entorno de su pretendida ubicación. (Ver Alegación n.º 25, pág. 32-33). Doc. 37º- LEY 2/1997, de 20 de marzo de 1997, de Turismo de Extremadura (D.O.E., 29 de abril de 1997). Obligación de mantener unas condiciones favorables de respeto y conservación de los recursos turísticos, como son el Patrimonio Cultural y Natural. (Ver Alegación n.º 26, punto 6, pág. 34).

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Doc. 38º- Declaración de Manila (Organización Mundial del Turismo, 1980). Calidad del turismo y mejorar la oferta turística. (Ver Alegación n.º 26, punto 1, pág. 33). Doc. 39º- Carta del Turismo (Organización Mundial del Turismo, 1985). Proteger el medio ambiente turístico. (Ver Alegación n.º 26, punto 2, pág. 33). Doc. 40º- Declaración de la Haya (Organización Mundial del Turismo; La Haya, 1989). Cuidar el atractivo cultural y medioambiental para que el Turismo sea un instrumento eficaz de crecimiento socioeconómico, para lo que hay que mantener la integridad del medioambiente, cultural y humano. (Ver Alegación n.º 26, punto 3, pág. 33). Doc. 41º- Carta Internacional sobre Turismo Cultural. La Gestión del Turismo en los sitios con Patrimonio Significativo. (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS; 12ª Asamblea General, México, Octubre 1999). (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Ya, en sus palabras introductorias, esta Carta es clave a la hora de entender la importancia de la conservación del Patrimonio (que comprendería entornos naturales, paisaje y bienes culturales) para ser rentabilizado como recurso económico y social por medio del Turismo Cultural; siendo “un importante factor de desarrollo cuando se gestiona adecuadamente”. Es por ello que, además de su protección y conservación, incide en que el “acceso físico, intelectual y/o emotivo, sensato y bien gestionado a los bienes del Patrimonio, así como el acceso al desarrollo cultural, constituyen un derecho y un privilegio”. Brevemente resaltemos algunos párrafos: En su Principio 1 reafirma lo anterior y nos habla de que el Patrimonio es un recurso material y espiritual que desempeña un papel importante en la vida moderna, y que ha de hacerse atractivo y didáctico al visitante. En su Principio 2 advierte de la gestión sostenible de su integridad física y ecológica y de su contexto medioambiental, que deberían ser esenciales de las políticas sociales, económicas, políticas culturales y turísticas, por lo que “los proyectos e infraestructuras deberían tomar en cuenta la dimensión social, estética y cultural, los paisajes naturales y culturales, las características de su biodiversidad, así como los amplios contextos visuales de los sitios con Patrimonio”. En su Principio 3 se hace necesario una política de planificación en la conservación del Patrimonio en donde se oferte la máxima calidad para el adecuado disfrute de la visita; incluso que la actividad turística no tenga impacto negativo sobre las características del lugar (si esto se exige a esta actividad, más aún se tendría que denegar los permisos oportunos a la implantación de una altamente impactante refinería de petróleo justamente encima de uno de los principales itinerarios turísticos europeos). En su Principio 4 involucra a las comunidades autóctonas en la conservación del Patrimonio. Etc. Doc. 42- Seminario sobre Promoción, Cooperación y Coordinación de Recursos (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, ICOMOS; Madrid, 2001). Capítulo 1, punto 2 y Cap. 3, p. 10. Planificación del territorio que busque el “desarrollo sostenible”, evitando actuaciones incontroladas o “desarrollistas” negativas para la conservación del Patrimonio Cultural. Necesidad de una visión que integre los lugares o bienes culturales en sus entornos ambientales, en beneficio de un Turismo Cultural como factor de desarrollo económico. (Ver Alegación n.º 19, punto 13, pág. 26).

VI.- SOBRE LA ARBITRARIEDAD Y FALTA DE IMPARCIALIDAD ADMINISTRATIVA, Y OTROS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS QUE SE VERÍAN AQUÍ VULNERADOS. Doc. 43º- Código Penal. Artículo 404. Prevaricación. La autoridad a sabiendas de su injusticia, dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo. No puede ser que, en similares circunstancias, diseños estructurales, contextos geográficos…; desde la Administración a ciertos proyectos industriales se les denieguen los permisos ambientales y a otros se les den; incluso, siendo el caso de éstos últimos, de mayor impacto y peor ubicación; obviando además las alegaciones y razonamientos esgrimidos por la propia Administración para denegar los primeros. (Ver Alegaciones: n.º 20, pág. 28-31; n.º 26, punto 6, pág. 34; y nº 35, punto 1 y 2, pág. 40).

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Doc. 44º- Constitución Española: Artículo 14. Agravio comparativo, pues todos somos iguales ante la Ley. Como ocurre en el punto anterior (Ver Documento 43º de este apartado-resumen), a unos proyectos con similares características y en mismo contexto geográfico, se les deniegan los permisos, mientras que a otros se les conceden, con una demostrada aptitud favoritista por parte de la Administración hacia una iniciativa empresarial concreta. (Ver Alegaciones: n.º 20, pág. 28-31; n.º 26, punto 6, pág. 34; y nº 35, punto 3 y 4, pág. 40). Doc. 45º- Constitución Española: Artículo 51. (Nuevo Documento, no citado en las Alegaciones). Este Artículo establece, en su Punto 1, lo siguiente: “Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud (…)”. 1º)- Considerando que el trazado de la Vía de la Plata-Camino de Santiago pasa, durante 2 kilómetros, justamente por el interior de la ubicación propuesta para el proyecto “Refinería Balboa” (Ver Alegaciones: n.º 7 al 10, págs. 10 y 13), (Ver Plano de ubicación, pág. 42); 2º)- Considerando que en este trazado se han invertido grandes cantidades de fondos públicos (regionales, nacionales y europeos) para su recuperación, puesta en valor, promoción y mantenimiento (Ver Alegaciones: n.º 12, págs. 13 y 14; nº 24, pág. 32; y n.º 34, pág. 39); 3º)- Considerando, en base a este último motivo, que su recorrido es un circuito oficial transitado por miles de personas de todos los puntos del territorio español y del resto de Europa y del mundo, con diferentes fines y motivaciones (culturales, turísticas, espirituales, deportivas, lúdicas, etc.);… este proyecto petroquímico vulneraría los derechos de sus usuarios-consumidores: 1º)- en tanto que la calidad del libre disfrute emocional de este recorrido cultural-espiritual-natural-turístico se verían negativamente afectados; y 2º)- al poner en riesgo su salud física y mental al ser catalogado por el Ministerio de Industria este tipo de empresas como de las más contaminantes e impactantes que existen debido a sus múltiples emisiones, impactos visuales, etc. Por tanto, teniendo en cuenta el gran número (miles) de usuarios que se verían aquí directamente afectados por la implantación de una industria altamente contaminante e impactante sobre este itinerario cultural, espiritual y turístico, en detrimento del disfrute de este recurso social y de su calidad de vida física y emocional… los poderes públicos, en el seguimiento de este Artículo 51 de la Constitución que garantiza la defensa de los intereses de los usuarios, han de dictar una “Declaración de Impacto Negativa” en contra de la ubicación del proyecto “Refinería Balboa” sobre el trazado y entorno de la transitada Vía de la PlataCamino de Santiago. (Ver Alegaciones: n.º 5, pág. 7; y n.º 29, pág. 36).

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Como ya avanzamos al principio de este apartado-resumen, y considerando los múltiples impactos y analizada toda esta documentación, Solicitamos al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y al resto de las Administraciones implicadas, el obligado cumplimiento de todas estas normativas, convenios, etc. Ello conllevaría la debida “Declaración de Impacto Negativa” al proyecto “Refinería Balboa” en la ubicación propuesta, sobre el trazado y entorno de la Vía de la Plata-Camino de Santiago.

En Los Santos de Maimona (Badajoz), a 18 de Febrero de 2010

Diego M. Muñoz Hidalgo DNI 80.042.887 (En representación de los Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata) Apartado de Correos 18, 06230 Los Santos de Maimona Más información: 606-19 45 82 / [email protected] / www.viaplata.org

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LISTADO DE ENTIDADES QUE HAN MANIFESTADO ESTAR EN CONTRA DE LA UBICACIÓN DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” SOBRE EL TRAZADO Y ENTORNO DE LA VÍA DE LA PLATA-CAMINO DE SANTIAGO:

Además de las asociaciones que firmaron estas Alegaciones (Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata de: Sevilla, Granada, Zafra, Cáceres y Fuenterroble de Salvatierra), seguimos recibiendo más apoyos contra del proyecto “Refinería Balboa” sobre el trazado y entorno de la Vía de la Plata-Camino de Santiago. También la mayoría de ellas participaron (o estuvieron desde la distancia) en la “Marcha Internacional y Jornada Informativa en Defensa de la Vía de la Plata, de los Caminos de Santiago y Naturales, y del Turismo Sostenible” celebrada el 7 de marzo de 2009 entre los Santos y Villafranca. Estas son algunas (no están todas): FEDERACIONES-PLATAFORMAS-INSTITUCIONES: -FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO. -FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CENTROS DE INICIATIVAS Y ORGANIZACIONES DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (CIT). -FEDÉRATION FRANÇAISE DES ASSOCIATIONS DES CHEMINS DE SAINT JACQUES DE COMPOSTELLE (Francia) -FEDERACIÓN MADRILEÑA DE MONTAÑISMO -PLATAFORMA IBÉRICA POR LOS CAMINOS PÚBLICOS -PLATAFORMA A DESALAMBRAR -PLATAFORMA POR CAMINIS PÚBLICS I OBERTS -PLATAFORMA CIUDADANA REFINERÍA NO -PLATAFORMA JOVENES CONTRA LA REFINERÍA -PLATAFORMA CONTRA LA CONTAMINACIÓN DE ALMENDRALEJO -PLATAFORMA TÉRMICAS NO -CENTRO ITALIANO STUDI COMPOSTELLANI (Italia) -COMISARIADO DE LOS CAMINOS DE SANTIAGO POR CASTILLA Y LEÓN (Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla-León). -DELEGACIÓN DEL CAMINO DE SANTIAGO EN MÉXICO DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA

ASOCIACIONES DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO ESPAÑOLAS: -Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata de Mérida 58

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-Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata de Zamora -Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata de La Bañeza (León) -Amigos del Camino de Santiago de Astorga y su Comarca (Astorga-Léon) -Asociación Cultural Amigos da Vía da Plata-Camino Mozárabe de Ourense (Orense) -Amigos del Camino de Santiago de Huelva -Asociación Gaditana del Camino de Santiago “Vía Augusta” (Cádiz) -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Santiago en Cádiz -Asociación de Amigos del Camino de Santiago-Camino Mozárabe de Córdoba -Asociación Xacobea de Málaga --Asociación Galega de Amigos do Camiño de Santiago (Galicia) -Asociación Artur-Leonesa amigos del Camino de Santiago (Asturias-Oviedo) -Asociación de Amigos del Camino de Santiago Astur-Galaico Interior -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Madrid -L'Associació d'Amics dels Pelegrins a Santiago-Barcelona -Asociación Amigos del Apóstol y del Camino de Santiago de Barcelona. -Amics del Cami de Sant Jaume del Ebre Montsia (Tarragona) -Amigos del Camino de Santiago de la Comunidad Valenciana -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Alicante -Asociación Jacobea de Albacete -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Albacete (ACSAB) -Asociación de Amigos de los Caminos de Santiago de Guipuzcoa (San Sebastián) -Asociación Jacobea Vallisoletana (Valladolid) -Asociación Oscense de los Amigos del Camino de Santiago (Huesca) -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Huesca

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-Canteros Hospitalarios de San Columbano -Asociación Amigos del Camino de Santiago en Ávila (Ávila) ASOCIACIONES DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO INTERNACIONALES: -Asociación Internacional de Peregrinos Ave Fénix (Villafranca del Bierzo) -The Confraternity of Saint James (Reino Unido) -Associçao Espaço Jacobeus (Portugal) -Amis de Saint-Jacques de Compostelle En Hautes-Pyrénées (VIELLE-AURE, Francia) -Cofradia de Sanjacopo de Compostella de Perugia (Italia) -Associazione Beato Nevolone (Italia) -Asociación de Amigos del Camino de Santiago de Puerto Rico (Puerto Rico) -Asociación Holandesa de Santiago (Holanda, más de 8.000 asociados) ASOCIACIONES DEPORTIVAS Y DE DEFENSA DE LOS CAMINOS PÚBLICOS: -Amigos de los Caminos -Asociación Encuentros y Senderos -Asociación para la Recuperación Integral de la Cañadas Reales ARIC 90 Varas (Sur de Jaén) -Grupo de Montañismo y Senderismo Pinsapaso de Sevilla -Club Deportivo Salmantino de Montaña (Salamanca) -Santo Pitar-Club Senderismo Málaga -Grupo de Caminantes de Marbella (Málaga) -Associació d’Escalada Sostenible (Barcelona) -Club de Senderismo "La Jara" de Prado del Rey (en la provincia de Cádiz). ASOCIACIONES ECOLOGISTAS, CULTURALES Y SOCIALES: -ADENEX (Asociación para la Defensa de la Naturaleza y Recursos de Extremadura) -Ecologistas en Acción (Extremadura) 60

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-Ecologistas de Extremadura -Asociación Ecologista Alwadi-Ira (Alcalá de Guadaira, Sevilla) -ADANA (Estepota) -Ecologistas en Acción-Valle de Alcudia -Ecologistas en Acción-Ciudad Real -Amigos del Camino Real de Guadalupe (Cáceres) -Asociación para la Defensa del Patrimonio de la Sierra de San Pedro-Los Baldíos -Asociación Afectados por Gallardo

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“MARCHA INTERNACIONAL” ORGANIZADA EL 7 DE MARZO DE 2009 CONTRA LA INSTALACIÓN DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” SOBRE LA VÍA DE LA PLATA-CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO.

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DIVERSAS IMÁGENES DE LA MARCHA (7-III-2009), 1.500 personas, 16 Km. entre Los Santos de Maimona y Villafranca de los Barros

Salida de Los Santos de Maimona

Junto al Albergue Turístico del proyecto Alba Plata

A su paso por el interior de la Finca de San Jorge (pretendida ubicación del proyecto petroquímico).

Llegada a Villafranca de los Barros

Pancartas venidas de toda España, Inglaterra, Francia, Holanda, Italia, Brasil, etc.

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Información sobre este Marcha Internacional en defensa de la Vía de la Plata-Camino de Santiago: http://www.viaplata.org/Documentacion/marcha.pdf -(3-III-09) “Extremadura al día” (RETRANSMISIÓN EN TV DE LA RUEDA DE PRENSA): www.extremaduraaldia.com/extremadura/amigos-de-la-via-de-la-plata-organizan-el-sabado-una-marchaen-protesta-de-la-ubicacion-de-la-refineria/74660.html -(8-III-09) “Extremadura al Día” (digital) (MUY RECOMENDABLE, CON VIDEOS SOBRE LA MARCHA, FOTOS Y ENLACES): www.extremaduraaldia.com/extremadura/alrededor-de-1500-personas-participan-de-la-marchainternacional-en-defensa-de-la-via-de-la-plata-y-contra-la-refineria-balboa/74992.html -(8-III-09) “Extremadura al Día” (VÍDEO DE LA MARCHA: salida de Los Santos de Maimona y recorrido del camino): www.extremaduraaldia.tv/index.php?option=com_seyret&task=videodirectlink&Itemid=0&id=2832 -(8-III-09) “Extremadura al Día” (VÍDEO DE LA MARCHA: llegada a Villafranca de los Barros): www.extremaduraaldia.tv/index.php?option=com_seyret&task=videodirectlink&Itemid=0&id=2833 -(8-III-09) “Extremadura Progresista” (digital): http://extremaduraprogresista.com/index.php?option=com_content&view=article&id=1017:1500-personasde-toda-europa-defienden-el-camino-de-santiago-y-la-via-de-la-plata-amenazados-por-la-refineriabalboa&catid=35:actualidad&Itemid=27 -(12-III-09)- “Marcha 7-3-09 Refinería NO Villafranca de los Barros” (4 VÍDEOS consecutivos en la Finca de San Jorge, emplazamiento del proyecto de refinería, en donde se hizo lectura del Manifiesto): 1ª) Parte: Palabras introductorias antes de la lectura del MANIFIESTO: www.youtube.com/watch?v=dzXI8RwXWj4&eurl 2ª) Parte: Palabras introductorias antes de la lectura del MANIFIESTO: www.youtube.com/watch?v=BUlYmkPscLA&eurl 3ª) Parte: Lectura del MANIFIESTO (1ª mitad): www.youtube.com/watch?v=IYXHAjZtk9A&eurl 4ª) Parte: Lectura del MANIFIESTO (2ª mitad): www.youtube.com/watch?v=7u1FPf2CrmA&eurl VIDEOS de la Marcha www.youtube.com/watch?v=bUY-YdjO5UM&feature=related www.youtube.com/watch?v=BqVDPHFVIXg&feature=related www.youtube.com/watch?v=1wMt--Q-fNk&NR=1&feature=fvwp FOTOS www.plataformarefineriano.es/index.php?id=13&PCRN=ff565287bc6cf9235bc32a9a1446f42e http://www.kaosenlared.net/noticia/extremadura-marcha-defensa-via-plata-camino-mozarabe-caminosantiago-r -CAMINOS LIBRES: http://www.caminoslibres.es/Article401.html -PLATAFORMA CIUDADANA REFINERÍA NO: http://www.plataformarefineriano.es/index.php?id=621&PCRN=2463342ba889c3f30e996d6fb7f1993f -(Italia): www.camminfacendo.altervista.org/notizie.htm -(Holanda): www.santiago.nl/nieuws_20090223_geen_olieraffinaderij_op_de_vi.php

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MANIFIESTO QUE SE LEYÓ EN LA “MARCHA INTERNACIONAL”.

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Más información: 606 - 19 45 82 // [email protected] 66

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RECOGIDA DE FIRMAS Actualmente el proyecto de refinería de petróleo, “Refinería Balboa”, se encuentra en Evaluación de Impacto Ambiental por el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino del Gobierno de España. Prácticamente este proceso está a punto de finalizar, y se espera que posiblemente en 2 ó 3 meses (Mayo-Junio de 2010) se haga público su “Declaración de Impacto Ambiental”, por lo que ES URGENTE que nos deis vuestro apoyo con vuestra firma, que pretendemos hacer llegar a las autoridades nacionales e internacionales.

Rellena, por favor, con nombre, apellidos y DNI, o datos de la institución que representas, el documento que os adjuntamos a continuación, y envíanoslo en el soporte que quieras a la dirección que más abajo se indica. Si prefieres, envíanos un escrito más personal (electrónico o postal) indicándonos al menos los datos básicos que hemos aludido. En verdad nos estamos aquí jugando mucho para todos nuestros itinerarios, ya que si el Gobierno permitiera este proyecto petroquímico (con toda su contaminación e impactos) justamente encima de uno de los caminos más importantes del mundo como es la Vía de la Plata-Camino de Santiago, en historia, cultura, naturaleza… ¡“camino de caminos”! (cultural, comercial, jacobeo, deportivo, de la naturaleza, turístico, etc.), se crearía un gravísimo precedente que abriría las puertas para cualquier otro atentado al resto de nuestros caminos. Es hora que nos demos cuenta que todos ellos son un Patrimonio Cultural y Natural que se ha de respetar para nuestra calidad de vida y la de nuestra futuras generaciones.

Dirección correos electrónicos en donde remitir vuestra firma (COPIAR y ENVIAR a todos como correo oculto CCO): -Recogida de Firmas / -Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino / -Ministerio de Cultura / -Ministerio de Industria, Turismo y Comercio / -Defensor del Pueblo: [email protected], [email protected], [email protected], [email protected], [email protected], [email protected], subdirecció[email protected], secretarí[email protected], [email protected], [email protected], [email protected], [email protected], O MANDAR A: Amg. Camino de Santiago-Vía de la Plata / Apartado C. 18 / 06.230 Los Santos de Maimona; y a la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL , Pza. San Juan de la Cruz s/n - Madrid 28071 MÁS INFORMACIÓN: Teléfono: 606-19 45 82 / [email protected] / www.viaplata.org / www.amigosdelcamino.com / www.caminosantiago.org / www.adesalambrar.com / www.caminoslibres.com / www.plataformarefineriano.com ENLACES DE INTERÉS ESPECÍFICOS SOBRE LA DEFENSA DE LOS CAMINOS: -GRUPO PARA LA DEFENSA DE LOS CAMINOS DE SANTIAGO http://es.groups.yahoo.com/group/CAMINO_SANTIAGO-info Correo electrónico: [email protected] -Vídeos de defensa de los Caminos de Santiago: http://www.youtube.com/user/enriqvideo#p/u/0/87g16j5-x0U (1 parte de 2) http://www.youtube.com/user/enriqvideo#p/u/1/3g6krJtkutM (2 parte de 2) -PLATAFORMA IBÉRICA POR LOS CAMINOS PÚBLICOS http://groups.google.com/group/plataformaporloscaminospublicos/topics Correo electrónico: [email protected]

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Yo / la Asociación / la Federación / la Plataforma… (lo que proceda): ______________________________ALEGACIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “REFINERÍA BALBOA” POR SU INVIABLE UBICACIÓN: JUSTAMENTE ENCIMA DE LA VÍA DE LA PLATA Y DEL CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO; Y POR EL IMPACTO NEGATIVO A LOS ATRACTIVOS CULTURALES Y NATURALES, Y AL TURISMO DE ESTE CORREDOR VIARIO

En representación de (si procede):

Con D.N.I. / N.I.F.:

Firma:

EXPONE: estar en CONTRA de la construcción del proyecto “REFINERÍA BALBOA”, y de su oleoducto y poliducto de petróleo y refinados, justamente encima del trazado y del entorno de la VÍA DE LA PLATA-CAMINO MOZÁRABE DE SANTIAGO. Este proyecto está en proceso de Evaluación de Impacto Ambiental en el Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino del Gobierno de España; y en espera de los permisos oportunos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Las asociaciones de Amigos del Camino de Santiago-Vía de la Plata, y con el respaldo de más de 1.000 firmas, presentaron múltiples alegaciones contra el Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto petroquímico. También cuentan con el respaldo de la Federación Española de Asociaciones de Amigos del Camino de Santiago, la Federación Española de Centros de Iniciativas Turísticas, la Plataforma Ibérica por los Caminos Públicos, y de otras múltiples asociaciones jacobeas, de senderismo, culturales, etc. Es por ello que SOLICITA: su “DECLARACIÓN DE IMPACTO NEGATIVA”, denegándole los permisos oportunos sobre el trazado y entorno de la Vía de la Plata-Camino de Santiago, por estas razones: 1ª)- De permitir nuestras Administraciones un proyecto petroquímico justamente sobre la milenaria, espiritual y atractiva Vía de la Plata-Camino Mozárabe de Santiago, que se encuentra en la lista para ser declarada por la UNESCO: “PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD”, crearía un grave precedente para la conservación futura del resto de nuestros Caminos Históricos, Naturales, Jacobeos y Turísticos. 2ª)- Esta histórica Calzada Romana y Camino Mozárabe de Santiago fue trascendental en la Cultura española, europea y universal. Camino de civilizaciones, nos ha legado un Patrimonio Cultural y Natural rico y diverso; siendo hoy uno de los más importantes caminos jacobeos y de la práctica deportiva de Europa. 3ª)- La Vía de la Plata es también el Itinerario de Interés Turístico más importante del oeste español, y de los más bellos y transitados del Mundo. Además, su buena imagen de conservación y pureza es el principal “escaparate” de los atractivos económicos, con producciones de calidad, de los territorios por donde transita. 4ª)- A la vez, este Patrimonio Cultural y Natural es un recurso vital para un respetuoso “Desarrollo Sostenible”, poseyendo sus piedras y paisajes grandes posibilidades de rentabilización social y económica: a)En beneficio de la calidad de vida de sus miles de usuarios (con fines culturales, espirituales, deportivos, educativos, etc.); b)- Favoreciendo un foro de encuentro de culturas para el diálogo y la Paz; y c)Convirtiéndolo en una vía para la creación de riqueza y empleo en el occidente español, gracias a la Industria del Turismo, y una oportunidad para la promoción de otros sectores (agroalimentarios, artesanales, etc.). 5ª)- Por tanto, un proyecto de refinería de petróleo justamente sobre su trazado y entorno, con varios km. a la redonda de afecciones negativas (contaminación, visuales, etc.), sería un impacto crítico e irreversible tanto a la visión de su propia integridad e imagen, como a los valores culturales, naturales, paisajísticos, turísticos, productos de calidad… que representa; truncando múltiples posibilidades sociales y económicas. 6ª)- De permitir aquí nuestras Administraciones (extremeñas, españolas y europeas) este proyecto petroquímico, incumpliría e iría en contra: de diversas normativas españolas; directivas europeas; convenios, tratados y directrices de organismos internaciones…; en relación con la defensa: a)- del Patrimonio Cultural y de su relación con su entorno natural y con el Paisaje; b)- del Desarrollo Rural y Sostenible; y c)- del Turismo. 7ª)- También, el proyecto “Refinería Balboa” sobre el Patrimonio Cultural y Natural de la Vía de la PlataCamino de Santiago, iría en perjuicio y echaría a perder los fondos públicos (regionales, nacionales y europeos) aquí invertidos en su recuperación y puesta en valor cultural, espiritual, deportivo y turístico. ----ooo0ooo---MANDAR A: Amigos Camino de Santiago-Vía de la Plata / Apart. de Co. 18 / 06.230 Los Santos de Maimona 68 o a: [email protected] MÁS INFORMACIÓN: Teléfono: 606-19 45 82 / [email protected] / www.viaplata.org

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