ACCIONES PARA LA IGUALDAD EN EL ÁMBITO EMPRESARIAL: LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE RSC PARA PYMES

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ACCIONES PARA LA IGUALDAD EN EL ÁMBITO EMPRESARIAL: LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE RSC PARA PYMES Paula Otero Hermida

Centro de Investigación Economía y Sociedad (Barcelona, marzo 2009) Introducción En este artículo se presenta una panorámica de las acciones que la administración pública española promueve para alcanzar la igualdad en las PYME. Este tipo de empresa representa la mayor parte del empresariado español, y no obstante su situación suele ser de vulnerabilidad frente a la competencia de la gran empresa y los retos de la gestión diaria. La igualdad en el seno de estas empresas debe ser un aspecto más en esta gestión diaria, que necesita sin embargo un mayor apoyo, con un enfoque específico, para conseguir que cumpla con sus responsabilidades. Por ello, brevemente, veremos en primer lugar algunas referencias en cuanto a la Responsabilidad Social Empresarial [1] y las PYMES. La Responsabilidad Social Empresarial de las PYMES La Responsabilidad Social Empresarial implica, según la definición más difundida, fruto del trabajo en el seno de la UE: “la integración voluntaria por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y en sus relaciones con sus interlocutores.”[2] De esta definición, extraída del Libro Verde de la UE, podemos puntualizar dos palabras clave: integración que hace referencia a la gestión no puntual e inmersa en la cultura organizativa de la empresa, y voluntariedad que implica la no coerción estatal en las labores destinadas a su implantación en el mundo empresarial, lo cual sin embargo no implica evitar elaborar un marco claro en este sentido. No obstante, la realidad es que la filosofía de la RSE supone también la adaptación a un moderno enfoque de gestión empresarial que no siempre está al alcance de las Pequeñas y Medianas Empresas. Por ello, las acciones de los poderes públicos en materia de RSE han enfatizado la necesidad de acercar la RSE a las PYME y tenerla especialmente en cuenta en las Políticas Públicas. Las motivaciones son de peso; por un lado las PYME lo necesitan en mayor medida, y por otro, el impacto social de posibles conductas más responsables por su parte sería muy amplio, tanto por el elevado número de PYME, como por su dispersión territorial frente a la concentración de la gran empresa. Así podemos encontrar referencias a esta labor especial en el Libro Verde y en posteriores comunicaciones europeas[3], tanto originadas desde la Comisión como del 1

RSE abreviado 2 Comisión Europea. 2001. Libro Verde. “Fomentar un marco europeo para la Responsabilidad Social Empresarial”

Parlamento o el Consejo, y múltiples referencias también en el caso español. Las iniciativas conducentes a la creación del actual Consejo Estatal de RSE, es decir el Foro de Expertos creado por el gobierno, la Subcomisión Parlamentaria y la Mesa de Diálogo Social, remarcan de manera manifiesta en sus conclusiones esta necesidad de priorizar la atención a las PYMES, que han estado representadas por sus asociaciones en estos encuentros. Actualmente están también representadas en el Consejo Estatal de RSE mediante CEPYME, aunque de un modo minoritario, con cuatro de los catorce vocales que el Consejo prevé para las organizaciones empresariales [4]. RSE e Igualdad Sin embargo, la clara importancia dada a incluir la RSE en las PYMES no parece tan próxima cuando hablamos de RSE e Igualdad. Es una opinión discutible, pero parece observarse una ausencia de referencias a la Igualdad en el marco de la literatura de la RSE[5], que no obstante sí prioriza otros aspectos tan fundamentales como el medioambiente, así como podemos observar la escasa labor práctica que las empresas, en este caso las grandes empresas, dedican a la igualdad[6]. En todo caso, en España la Ley de Igualdad[7] ha creado un marco normativo claro en lo que concierne a la Responsabilidad Social Empresarial. Establece así que la consecución de la Igualdad de Género es una de las prioridades dentro de las responsabilidades de la empresa, encuadrándose dentro de las responsabilidades sociales, que por supuesto no están en absoluto reñidas con las demás responsabilidades, igualmente importantes. Estas responsabilidades deben ser implementadas de forma transversal en la gestión diaria de la empresa, por lo que cuando hablamos de RSE e Igualdad estamos centrándonos en dos literaturas especializadas que llevan décadas reclamando esta transversalidad o mainstreaming en las acciones, transversalidad también típicamente reclamada en organizaciones y políticas en otros muchos campos. Así la Ley de Igualdad en el artículo 73 declara expresamente que “Las empresas podrán asumir la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social, consistentes en medidas económicas, comerciales, laborales, asistenciales o de otra naturaleza, destinada a promover condiciones de igualdad entre las mujeres y los hombres en el seno de la empresa o en su entorno social”. No obstante, debe puntualizarse que en ningún caso la inacción o la discriminación entran dentro de la voluntariedad; el artículo 45.1 expresa claramente que “Las empresas están obligadas 3 Informe “El Foro Europeo Multistakehorlder. Resultados y recomendaciones finales”;Junio 2004; Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Comité Económico y Social “Implementing the Partnership for Growth and Jobs: making Europe a Pole of Excellence on Corporate Social Responsabiliby” , Marzo 2006.; Resolución del Parlamento Europeo “La Responsabilidad Social de las Empresas: una Nueva Asociación”, 13 Marzo 2007. 4 Boletín Oficial del Estado, 14 Enero 2009 5 Además de una lectura atenta a la bibliografía generalista de RSE,Una muestra rápida de esta escasez de referencias a la igualdad de género se puede observar en: Ados Consulting Ikertaldea .“Dossier sobre Responsabilidad Social Corporativa e Igualdad de Oportunidades”. Disponible en el Instituto vasco de la Mujer, www.emakunde.org 6 Un documento interesante al respecto es Prieto Rabanal, Rosa María.2008.”Indicadores de igualdad en la información pública de las empresas del Ibex 35: estudio 2006”. Boletín del Centro de Investigación Economía y Sociedad, Marzo 2008 7 Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres

a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres[…]”. En este sentido, la Ley de Igualdad ha dejado parcialmente fuera de esa responsabilidad voluntaria a las grandes empresas, de más de 250 trabajadores, al establecer en el artículo 45.2 la obligatoriedad de elaborar planes de igualdad. Precisamente por ello, recae especialmente sobre las empresas de menos trabajadores, es decir sobre las PYMES, el peso de trabajar de forma voluntaria por la igualdad. A continuación veremos algunos datos de la necesidad de estas acciones y los retos a los que se enfrentan. Mercado de trabajo, PYMES y desigualdad Como ya es sabido, las características generales en cuanto al empleo femenino no son alentadoras en comparación al empleo masculino, pese a una notable mejoría en las últimas décadas: mayor precariedad, mayor porcentaje de trabajo a tiempo parcial( lo cual implica ciertos seguros sociales como las pensiones también de forma parcial), mayor tasa de desempleo, discriminación salarial, techo de cristal, elevada tasa de trabajo sumergido en ámbitos típicamente femeninos como los servicio de limpieza o atención, así como las diferencias de usos del tiempo en cuanto al ocio y al trabajo no remunerado en relación a la conciliación de la vida laboral y familiar. Por ello es necesario establecer ciertas relaciones entre esta situación y las PYMES. El primer aspecto que es necesario resaltar es que la mayoría de empresas en España son PYMES(99´87% del total de empresas[8]) y la mayoría de los trabajadores se encuentran en este tipo de empresas. Según datos de la OCDE del año 2006, el 89% del empleo en España es generado por empresas de menos de 20 trabajadores, lo cual indica no sólo que el empleo sea mayoritariamente generado por PYMES (empresas de 0 a 249 asalariados), sino que dentro de éstas, por las de menor tamaño. Es también muy interesante saber en qué sectores de actividad se encuentran mayormente las PYMES, ya que podemos observar que se corresponden con sectores de habitual empleabilidad femenina, como el sector del comercio y los servicios.

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Excluída la agricultura y la pesca según el Directorio Central de Empresas (DIRCE), a 1 de enero del año 2007. Información disponible Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2009. “Retrato de las PYMES 2008”. Disponible en www.ipyme.org

Fuente: Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2009. “Retrato de las PYMES 2008”. Por otro lado, un elevado porcentaje de empresas de nueva creación se enmarca en actividades comerciales de restauración, hostelería, enseñanza, salud y servicios sociales, en consonancia con las tendencias de desarrollo de nuestras sociedades, remarcando de nuevo sectores donde trabajan una mayoría de mujeres[9], mientras otros sectores predominantemente masculinos como es la construcción, previsiblemente perderán peso relativo y puede que no sólo coyunturalmente debido a la especial virulencia con la que se ha cebado la crisis económica en el ámbito inmobiliario. Por todo ello, número de empresas, proporción de empleados en las PYME y sectores de actividad, podemos ver con claridad que es en estas empresas donde se encuentran, y en un futuro se encontrarán, en su mayor parte las situaciones de desigualdad en el mercado laboral. Empresarias, desigualdad y PYMES En lo que se refiere a las mujeres emprendedoras, también observamos una menor presencia de estas en las PYME. Según datos del estudio sobre la paridad en el ámbito empresarial “¿Estamos cerca de la Igualdad?”[10], un 77% de las PYMES[11] están dirigidas por hombres y en un 22% por mujeres. También se muestra que las empresas con administradoras únicas son entidades más jóvenes y menos capitalizadas, aunque las diferencias en estos puntos no sean tan amplias. RSE y PYME: Problemas Prácticos Además de esta situación de partida, debemos plantear algunos inconvenientes y problemas que se encuentran las PYMES a la hora de implementar la Responsabilidad Social Empresarial, y dentro de ésta, la igualdad.

9 Carrasquer i Oto, Pilar; Torns i Martín, Teresa. 2008. “ Les dones i el treball: la transormació de les desigualtas de gènere?. En Bodelón, Encarna; Giménez, Pilar( Coord.) 2008. “Desenvolupant els drets de les dones: ámbits d´intervenció de les politiquees de gènere”. Diputació de Barcelona. 10

Informa D&B. 2008. “¿ Estamos cerca de la Igualdad’: Estudio paridad Hombre Mujer España”. Informa D&B. Disponible en www.cambrabcn.org 11 Aunque dentro de las PYMES se analizan sólo las que se constituyen con la figura jurídica de Sociedad Limitada, y según el “Retrato de las PYMES 2008” de la Dirección General de la PYME la mayoría de las PYMES se constituyen en la figura jurídia de persona( 55’7%), seguidas de la persona jurídica de Sociedad Limitada(32´32%)

RSE:

Las PYME encuentran las siguientes barreras12 en cuanto a la aplicación de la

-ausencia de percepción de la relación entre negocio y actividades sociales y medioambientales: es muy significativo que cuando se les pregunta a las PYME porqué no realizan estas acciones responsables, casi una cuarta parte responde que simplemente no se les había ocurrido [13]. -desconocimiento del concepto de la RSC -falta de percepción de algunos aspectos concretos como parte de las responsabilidades de la empresa, como es el caso de la igualdad. -falta de visión estratégica -escasez de recursos -falta de herramientas -no hay percepción del beneficio -asociación RSE con prácticas exclusivas para las grandes empresas -problemas con las certificaciones: Los procesos de certificación que garantizan la Responsabilidad de una Empresa, son costosos, no tanto en términos monetarios directamente, pero sí en general debido a la necesaria derivación a estas tareas de recursos humanos y tiempo. Por otro lado, las PYME no pueden afrontar las labores de promoción y comunicación de este tipo de sellos que certifican su responsabilidad (por ahora mayoritariamente desconocidos entre el público), ni pueden dedicar tantos recursos a la formación de sus trabajadores o a labores sociales de concienciación en este sentido. Otro de los posibles problemas es el enfoque de estas certificaciones a patrones adaptados a las grandes empresas, planteando requisitos imposibles de cumplir para las PYMES, y mermando en consecuencia su competitividad. Debido a estas problemáticas, encontramos con frecuencia que la PYME española identifica de forma exclusiva RSE con filantropía [14], lo cual explica que las empresas europeas y españolas ejerzan como primera actividad de compromiso social el apoyo a eventos deportivos. Sin embargo, como sabemos la RSE no es sinónimo de donaciones. La Actuación de las Administraciones Públicas Españolas en materia de RSE, Igualdad y PYMES Una vez precisadas la situación de partida y las dificultades, atenderemos a las actuaciones que desde la esfera pública se están dando en la materia. En una de las posibles clasificaciones, los instrumentos que se emplean desde las administraciones públicas españolas son los siguientes: 12

Elaboración propia a partir de diversas fuentes, con especial atención a Fundación ÉTNOR. 2006. “Observatorio de Ética y Responsabilidad Social de la Empresa de la Comunitat Valenciana”. Ed. Fundación ÉTNOR, Valencia 13 Observatorio de PYMES Europeas nº4. 2002. “European SME´s and Social and Environmental Responsibility”. Enterprise Publications 14 En segundo lugar se realizan actividades culturales y en tercer lugar se apoyan aspectos relacionados con el bienestar o la sanidad Observatorio de PYMES Europeas nº4. 2002. “European SME´s and Social and Environmental Responsibility”. Enterprise Publications. También es interesante mencionar que en este estudio no hay referencias a la igualdad de género

-Los planes de igualdad. Este es el instrumento principal que se espera tenga eficacia en la consecución de la igualdad, al evitar la discriminación y favorecer la conciliación en ambos sexos. Así, la Ley de Igualdad en su artículo 49 precisa que “para impulsar la adopción voluntaria de planes de igualdad, el gobierno establecerá medidas de fomento, especialmente dirigidas a las pequeñas y medianas empresas, que incluirán el apoyo técnico necesario”. En esta línea de trabajo, el gobierno ha apoyado fundamentalmente a las PYMES mediante subvenciones para realizar los planes. En este sentido desde el Ministerio de Igualdad a través del Instituto de la Mujer se canalizan estas ayudas, con un importe máximo de 10.000 euros. Las Comunidades Autónomas, en consonancia con sus leyes propias y planes de igualdad de oportunidades, también han querido prestar este apoyo; es el caso de Galicia que a través de la Consellería de Traballo canaliza estas ayudas, o el Gobierno Navarro a través de la Consejería de Asuntos Sociales. Sin embargo, el apoyo técnico que remarca la ley, es más complejo que el apoyo económico. Esto es relevante ya que es de vital importancia la implicación de la empresa en la elaboración del plan, por lo que es preferible que realicen o participen activamente en el proceso, a que paguen a otra empresa para que lo haga, ya que una vez hecho, frecuentemente cae en el olvido, si bien las subvenciones se conceden en el momento de implantación de la primera fase del plan precisamente para evitar esto. Por otro lado, numerosas entidades y cámaras de comercio han comprendido la necesidad de las PYMES y han elaborado guías para implantar y elaborar planes de igualdad, si bien parece que en su mayoría las guías no suelen plasmar medidas concretas que se puedan implementar. 15 - Premios y Distintivos. Éstos se articulan en base a uno de los principales beneficios que una empresa obtiene de la práctica de la responsabilidad: la reputación. Así mismo los premios y distintivos permiten publicitar esas buenas prácticas, como recoge el artículo 74 de la Ley de Igualdad, y en el caso de los premios, recibir además una inmediata recompensa económica. La Ley prevé la creación de un distintivo de igualdad (artículo 50) por parte del Ministerio de Trabajo. No obstante, tras la creación del Ministerio de Igualdad[16] y el traspaso a este ministerio del Instituto de la Mujer, éste se encargará de elaborar el distintivo, para lo cual ha dedicado en su presupuesto de 2009 un millón de euros, según anuncia el ministerio. La elaboración de este distintivo es una idea ya recogida en IV plan de igualdad de oportunidades (2003-2006) del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. También se cuenta con la experiencia previa del Plan Óptima que funciona desde 1996[17], donde las empresas participantes pueden obtener el distintivo de “Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres”. No obstante 15

Gelambí Torrell, Mónica.2008.” Los Planes de Igualdad Empresarial: una visión práctica de la implementción de la Ley Orgánica de Igualdad.” Boletín Centro Investigación Economía y Sociedad, Marzo 2008 16 En este sentido cabría un debate acerca de la conveniencia de que el organismo de igualdad se encargue del mismo. Se trata del debate de la idoneidad de crear organismos específicos de igualdad, frente a la adopción y responsabilidad en la materia de todos los organismos de forma transversal. 17 Para obtenerlo deben realizar un diagnóstico acerca de la situación de la igualdad en la empresa y tras observar los fallos, realizar acciones positivas conforme a un plan diseñado con tal motivo. La inserción en el programa las posibilita para beneficiarse del programa de formación de mujeres en Administración y Dirección de Empresas.

basta repasar el listado de las 45 empresas participantes para comprobar que todas son grandes entidades (Coca-Cola, Barckays, Caja Madrid, Deloitte o una gran ONG, Intermon Oxfam). Por ello habrá que prestar especial atención a cómo y qué criterios plantea este distintivo, ya que como mencionábamos anteriormente, en ocasiones las certificaciones y distintivos pueden constituir una barrera para las PYMES, en especial si no se realiza una labor de concienciación de su utilidad. Además de este distintivo previsto por Ley, existen numerosos galardones y premios ya existentes concedidos por distintas administraciones territoriales como el Consell de Mallorca o la Diputación de Córdoba, así como el ayuntamiento de Valladolid. y también por organizaciones sociales. También se destaca la promoción de la conciliación, como es el caso del premio concedido por la Consellería de Empleo de la Generalitat Valenciana con tal fin. - Introducción de criterios de igualdad de género en la concesión de subvenciones y contratas con la administración a empresas. Tal como recogen los artículos 33 y 35 de la Ley de Igualdad, y posibilitados tras la reforma de la Ley de contratación pública [18], se pueden introducir consideraciones sociales y medioambientales en los pliegos de contratación. Este instrumento está fuertemente relacionado con el distintivo de igualdad, ya que éste será uno de los criterios que validen la responsabilidad en igualdad de género de una empresa, por lo que una vez más, destacamos la relevancia de que sea adecuado a la problemática de las PYME. Es un instrumento con mucho potencial de desarrollo, ya que las acciones de compra pública ética, y la aplicación de estos mismos criterios para la concesión de subvenciones, están todavía en una fase muy incipiente de desarrollo en todos los campos de incidencia social y medioambiental. - Programas de apoyo específicos a las mujeres empresarias y a las mujeres trabajadoras. Estos apoyos son amplios y variados en el tiempo, tanto por su perspectiva, como por su objeto y la administración pública que los concede. Algunos ejemplos serían el programa PAEM, implementado por el Instituto de la Mujer para proporcionar asesoramiento a mujeres empresarias, las subvenciones específicas a mujeres para la creación de empresas, que necesariamente serán PYMES, o proyectos como el Artemisa, que dentro del Plan Nacional Avanza, destina fondos específicamente a la adaptación a las nuevas tecnologías para empresarias de PYMES. - La Promoción de la igualdad en la negociación colectiva. También aquí existen algunas iniciativas en este sentido como el “Manual de Negociación Colectiva para la Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres”, realizado por el Instituto Aragonés de la Mujer con la participación de representantes sindicales y empresariales, también de PYME. Como muchas de las iniciativas desarrolladas en materia de igualdad, está inscrito dentro del programa Europeo EQUAL y constituye una de sus recomendaciones principales. -Apoyo de las administraciones públicas en la creación de redes. Mediante este instrumento, todavía incipiente, la administración desarrolla un rol de facilitadora para que tercer sector, empresariado y poderes públicos desarrollen iniciativas 18

Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

dialogadas y se difundan las buenas prácticas. En este sentido cabe destacar RSECat, iniciativa destinada específicamente a la promoción de la RSE en las PYMES, que además de desarrollar una guía e indicadores, así como una base de datos para PYMES, ha generado una red formada por la Generalitat Catalana, ESADE, CCOO, UGT, confederaciones de PYMES y la Diputació de Barcelona. - La sensibilización. Por último, cabe destacar que pese a la sensibilización en género que ya se realiza desde las administraciones públicas y organizaciones sociales a todo el conjunto social, parece recomendable realizar acciones específicas para las PYMES. Se responde así a algunos de los problemas asociados a la RSE en las PYMES y a su relación con la igualdad, como es la falta de percepción de que sea una de sus responsabilidades, problema amplio de partida que pude considerarse uno de los mayores causante de la situación actual de desigualdad y desrresponsabilización de las actividades mercantiles. Un ejemplo reciente en este sentido es el programa balear para promocionar específicamente la responsabilidad en igualdad en las empresas bajo el lema "En las empresas, igualdad es eficiencia". Conclusiones La exigencia de responsabilidad en igualdad de género a las empresas es en cierto modo reciente y caracteriza en modo creciente las políticas públicas de igualdad. Desde una perspectiva centrada en la promoción de la mujer en el campo empresarial y laboral, se ha pasado a una intervención más directa en el ámbito crucial de las relaciones económicas, paralelamente al avance de la filosofía de la RSE, que pone el acento en la ética de las organizaciones y no sólo de los individuos. Así, hoy en día conviven dos tipos de políticas, las destinadas a las mujeres ( promoción de empresarias, subvenciones a la contratación de mujeres…) y los destinados a la asunción de un mayor rol pro igualdad de las entidades en las que se insertan, que combinan diferentes dosis de incentivos y en el caso de las PYMES, pocas o ninguna penalización y un emergente abanico de facilidades. No obstante, las políticas de RSE e igualdad siguen teniendo mayor repercusión, especialmente mediática, en lo que se refiere a las grandes empresas. Este es quizás el mayor reto de la política, y se refiere a no afectar negativamente a las PYMES. Pronto veremos las condiciones que se exigen para el distintivo de igualdad, y qué acciones acompañan a su puesta en marcha, ya que son imprescindibles ciertas labores de sensibilización que aproximen a las PYMES esta realidad, que por lo observado, todavía parece lejana. Por último, es importante resaltar que las acciones públicas en RSE e Igualdad parecen caracterizarse por una desconexión del poder local. Existen iniciativas, como los Pactos Locales por la Igualdad en el Empleo que se realizan en algunas ciudades españolas, y muchos ayuntamientos realizan una notable labor, pero su difusión es escasa y no parece que la política de RSE e Igualdad para PYMES estructure la determinante tarea que las administraciones locales, en especial los municipios, podrían realizar en este campo. La PYME, en oposición a la gran empresa, está

generalmente vinculada a una comunidad local que conoce bien y con la que comparte problemas. Es precisamente su concreción geográfica, esa vinculación a la comunidad, donde reside la clave del beneficio del posible ejercicio de su responsabilidad.

Bibliografía Ados Consulting Ikertaldea .“Dossier sobre Responsabilidad Social Corporativa e Igualdad de Oportunidades”, S.L.. Disponible en el Instituto vasco de la Mujer, www.emakunde.org Ballester Pastor, Inmaculada.2007. “El distintivo de calidad empresarial como manifestación de la RSC y su repercusión en las prácticas empresariales defensoras de la igualdad de oportunidades. Estudio de Derecho Internacional y Comunitario”. Revista del Ministerio de Trabajo y Asusntos Sociales nº 67 ( pág 175-188) Cantera, Francisco Javier; Medrano, Gemma et all (Coord). 2007. “Igualdad y Empresa”. Pearson Prentice Hall Carantoña, Elena. 2006. “El Género en la RSE: estudio diagnóstico de empresas españolas”.Coordinadora Española para el Lobby Europeo de Mujeres CELEM. Madrid Carrasquer i Oto, Pilar; Torns i Martín, Teresa. 2008. “ Les dones i el treball: la transormació de les desigualtas de gènere?. En Bodelón, Encarna; Giménez, Pilar( Coord.) 2008. “Desenvolupant els drets de les dones: ámbits d´intervenció de les politiquees de gènere”. Diputació de Barcelona Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2009. “Retrato de las PYMES 2008”. Disponible en www.ipyme.org Fundación ÉTNOR. 2006. “Observatorio de Ética y Responsabilidad Social de la Empresa de la Comunitat Valenciana”. Ed. Fundación ÉTNOR, Valencia Gelambí Torrell, Mónica.2008.” Los Planes de Igualdad Empresarial: una visión práctica de la implementción de la Ley Orgánica de Igualdad.” Boletín Centro Investigación Economía y Sociedad, Marzo 2008 Informa D&B. 2008. “¿ Estamos cerca de la Igualdad’: Estudio paridad Hombre Mujer España”. Informa D&B. Disponible en www.cambrabcn.org Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres

Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Murillo, David; Lozano, Josep M. (eds.).2006. “RSE y PYMES: Una apuesta por la excelencia empresarial”. IDRC Books Observatorio de PYMES Europeas nº4. 2002. “European SME´s and Social and Environmental Responsibility”. Enterprise Publications Prieto Rabanal, Rosa María.2008.”Indicadores de igualdad en la información pública de las empresas del Ibex 35: estudio 2006”. Boletín del Centro de Investigación Economía y Sociedad, Marzo 2008 Unión Europea, Documentos de referencia: -Comisión Europea. 2001. Libro Verde. “Fomentar un marco europeo para la Responsabilidad Social Empresarial” -Informe “El Foro Europeo Multistakehorlder. Resultados y recomendaciones finales”;Junio 2004 -Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Comité Económico y Social “Implementing the Partnership for Growth and Jobs: making Europe a Pole of Excellence on Corporate Social Responsabiliby” , Marzo 2006. -Resolución del Parlamento Europeo “La Responsabilidad Social de las Empresas: una Nueva Asociación”, 13 Marzo 2007.

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