Abolición de las deudas por Solón y César. Dos ejemplos

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Descripción

Abolición de las deudas por Solón y César. Dos ejemplos La abolición o supresión total de las deudas contraídas por los menesterosos frente a los poderosos que las habían generado, en su afán de tener cogidos a los primeros por su compromiso de devolución de los favores concedidos, fue siempre un clamor general de los pobres. No debe ser por casualidad por lo que en la oración directamente atribuida a Jesús de Nazaret se hace alusión expresa a estas deudas de gratitud cuando exclama “Danos hoy nuestro pan diario y perdona nuestras deudas como nosotros perdonamos a nuestros deudores”. (Mateo, 6, 9, 13: τὸν ἄρτον ἡμῶν τὸν ἐπιούσιον δὸς ἡμῖν σήμερον καὶ ἄφες ἡμῖν τὰ ὀφελήματα ἡμῶν, ὡς καὶ ἡμεῖς ἀφίεμεν τοῖς ὀφειλέταις ἡμῶν). Se entiende que quien es más debe derramar su gracia sobre quien es menos y este le debe corresponder con su agradecimiento; palabra ésta que, no se olvide, lleva implícito el concepto de “gratis”. Es lo que ya planteaba Aristóteles, cuatro siglos antes. Según él, el hombre liberal ha de prestar, pero sin intereses materiales tangibles, simplemente por ofrecer un servicio comunitario: “lo propio de la liberación es, más bien, el dar cuando es preciso que el recibir cuando es preciso, y el no recibir cuando no procede” (Et. Nic., 4, 1). Señal evidente de que no era lo que normalmente sucedía, pues cuando se protesta por algo es porque ese algo existe plenamente. Veremos brevemente un par de ejemplos en los que se nos muestra hasta qué punto la deuda, motor positivo de la economía, se puede convertir en algo asfixiante cuando se abusa de ella con un afán de poder que vaya más allá del que marca la simple autoridad (o capacidad de hacer que los demás sigan al considerado superior de una forma voluntaria). El primero corresponde a una época en la que aún no se utilizaba la moneda de curso legal como elemento de cambio, como es la Atenas del siglo VI a.C. El segundo es de medio milenio después, en la Roma que asiste al final del período denominado Republicano y se abre a una nueva época 1

dominada por un poder militar (Imperio) de nuevo cuño, en medio de una sociedad cada vez más monetizada.

En la Atenas del siglo VII los conflictos sociales se habían ido acentuando hasta el punto de que hubo que recurrir a un mediador para que estableciera un equilibrio entre la tradición oral de los nobles y los intereses de quienes se sentían ahora perjudicados por ella y tenían suficiente fuerza económica para hacerse valer, aunque en muchas ocasiones las rígidas instituciones les apartaban de la posesión de la tierra, acaparada por la aristocracia de sangre. La legislación de Dracón (621 a.C.), que había intentado darle fijeza de escritura a la tradición y pasar al marco político la venganza de los clanes, no había conseguido arreglar la situación de la sociedad ateniense, donde se estaban manifestando importantes contradicciones. En efecto, deducimos del propio Solón (Frag. 4 D) -elegido en 594 a.C. arconte único con poderes para legislar- que había muchas personas que se habían enriquecido por el comercio (patente en ánforas SOS de aceite) o el mercenariado pero no tenían acceso a la propiedad de la tierra (kakoi o malos, los antiguos pobladores sometidos y posteriores agregados) mientras que muchos agathoi o buenos (la población dominante) se habían empobrecido. Los préstamos 2

de prestigio (no existía aún la moneda), de semilla o de elementos de subsistencia por parte de otros más poderosos podían llegar a generar auténticas deudas cuantitativas derivadas de las de favores no compensados. Como suele suceder cuando surge de la necesidad de elementos básicos de la parte que lo recibe, el crédito, aun sin rédito, tiende a transformarse en deuda perdurable y ésta a su vez en servidumbre. De ahí que muchas civilizaciones hayan tendido a prohibirlo en el marco de la propia comunidad de hombres libres. En este caso, la imposibilidad de entregar la tierra como pago de una deuda (la tierra era considerada propiedad sagrada del clan en su conjunto) había provocado que muchas personas fueran esclavizadas por no poder responder de otra manera ante su acreedor (éste es un fenómeno que aparece en multitud de sociedades humanas poco desarrolladas: se hipoteca al individuo, su trabajo, al no ser auténtico detentador de la propiedad de la finca que tiene; y si no puede pagar con el fruto de su trabajo en la tierra asignada, queda expuesto a la venta propia y de su familia). Solón, noble y comerciante, no volvió a repartir la tierra, como seguramente era deseo de muchos que no tenían el derecho a ella por estar al margen de los clanes dominantes, sino que traspasó la propiedad de ésta del marco del clan al de la polis (que había de encuadrar a agathoi -o pueblo con plenos derechos ciudadanos- y kakoi -o plebe- por igual), con lo cual se equiparaban como individuos en el nuevo marco legal), liberalizando en cierto modo la propiedad, con lo que se permitía hipotecar la tierra como garantía de una deuda en el nuevo marco, superando el del clan. Esto favoreció sin duda a los más pobres, pues, al abolir las deudas que imposibilitaban un desarrollo ágil de las relaciones socioeconómicas, los liberó de caer en la esclavitud por esta causa, aunque a largo plazo los más beneficiados serían los ricos, tanto agathoi como kakoi, que podrían aumentar sus bienes inmuebles gracias a la confiscación o la compra de tierras -de propiedad individual ahora- a los pobres, lo que antes les estaba vedado en muchos casos por las reglas que regían la vida de los clanes. Hasta qué punto esto era posible queda patente en las medidas del propio Solón para prohibir la adquisición de tierras en cantidad ilimitada. Así, con esta medida Solón, que consideraba 3

que su tarea era reinterpretar la ley divina, había dado un paso fundamental en la conformación de la polis, recuperando el ideal de eunomía -buen reparto- con el equilibrio entre aristocracia y pueblo (palabras que, de este modo, comienzan a cobrar un nuevo sentido), que se podía ver reforzado con la prohibición del lujo en los funerales de los nobles.

Dado que Solón no se había puesto ni del lado de los que querían mantener sus privilegios ni tampoco de los que querían hacer borrón y cuenta nueva de todo, sino que pretendió sólo hacer viable el sistema socioeconómico, hubo de salir al exilio pasa salvar su vida. Una vida que no pudo conservar César cuando hizo frente a un nuevo problema de deudas que asfixiaba la economía romana del siglo I a.C. y creaba fuertes tensiones sociales, como en el caso antes considerado, que también hubo de solucionarse con medidas políticas nuevas, aunque en este caso de signo político prácticamente inverso, pues aquél fue dando paso a la 4

democracia cada vez más individualizada y éste al contrario. Pero estas cuestiones, aparentemente contradictorias, no las vamos a tocar aquí y ahora para centrar la cuestión exclusivamente en los aspectos socioeconómicos simples.

En la Roma del siglo II a.C. la plebe urbana había incrementado su número porque los soldados campesinos que tras las guerras decidían retornar al campo se endeudaban con frecuencia, no pudiendo soportar la presión de los señores de la guerra que se habían hecho de grandes extensiones de tierra pública como consecuencia de los tributos extraordinarios adelantados que el Estado no pudo devolver durante la segunda guerra Púnica. En adelante los grandes capitales de la aristocracia se van a invertir en buena medida en la posesión de tierras, base del prestigio (sólo ella contaba en la evaluación de la riqueza de un hombre que quería intervenir en política), como también en el desarrollo de amplias clientelas que sustentaran la actuación política (no separada de la militar) a las que había que favorecer con dádivas para crear deudas de agradecimiento (do ut des). Lo que se traducía en el desarrollo de una determinada política de bienestar subvencionado (la ratio popularis) sostenida interesadamente por los caciques para mantener el sistema, que, aún sin ser buscada conscientemente, se tradujo en un desarrollo de 5

la edilicia pública, en un avance de la cultura escrita (con las potencialidades ideológicas que el fenómeno encierra), y en un progreso notable en el mundo de los negocios mercantiles, que tiene su plasmación en la aparición del contrato mercantil escrito que refleja el derecho. Dada la tensión que generaba la pobreza de la plebe frente a la creciente riqueza de la nobleza dominante, desde finales de este siglo II a.C. hubo intentos de poner remedio al hecho de que muchos se quedaran sin ese bien esencial que era la tierra mientras el número de campos incultos aumentaban en manos de unos señores que los dedicaban a la cría extensiva de ganado, a la caza o la producción especializada con vistas al mercado de productos que no eran de primera necesidad, como el vino, que eran generados en fincas esclavistas regidas desde una villa. Personajes de la nobleza, como los hermanos Graco, propusieron el reparto de tierras estatales entre los desheredados, aunque compensando a los ricos con la posibilidad de hacer nuevos negocios compensatorios, para lograr un cierto equilibrio. Así, otra de las medidas sacadas adelante por Gayo Graco, relativa a los ricos en este caso, establecía el arriendo del diezmo que había que recaudar en la recién constituida provincia de Asia (el antiguo reino de Pérgamo, en la actual Turquía), así como se disponía que en los juicios por corrupción los jurados estuviesen formados por ellos y no los senadores. Esto era darles mucho poder y constituir en la práctica un ordo publicanorum que se opusiese de forma organizada al oficial ordo senatorius. A partir de la lex Sempronia de vectigalibus, que habría de regular el arriendo de las recaudaciones de impuestos, surgieron las sociedades participadas, en las que podían participar numerosos individuos dado el tamaño de la inversión que había que realizar para acceder a la adjudicación única cada una de las categorías de ingresos fiscales por el ámbito total de una provincia. De forma excepcional en el panorama romano, se les concedió personalidad jurídica (corpus habere) a este tipo de sociedades de publicanos, de forma que el mercado de capitales se hizo presente de forma oficial en el mundo de la empresa, aunque no de modo libre y anónimo, como en las bolsas posteriores, pues en el sistema legal romano no se podía admitir la transmisión de las 6

deudas. En cualquier caso, aunque en teoría se constituían para cinco años, la realidad es que tendieron a hacerse permanentes y a gobernarse a imagen de una república, con asamblea plenaria de socios, magistrados y Senado (Nicolet, 1982). Lo cierto es que, dado su enorme poder financiero, constituyeron, como dice Ferrer (2005) un Estado dentro del Estado. Su poder se fue haciendo inmenso y llegó a amenazar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas. De algún modo, respecto al poder político (o sea, el de polis) de Roma, su influjo era similar al de las actuales multinacionales respecto a los diversos Estados que necesitan de ellas. En cualquier caso la medida de los Gracos, considerada revolucionaria, pese a que no se abolieron las deudas, llevó a los autores a una muerte violenta. El problema de las deudas siguió vigente e incluso tendió a acentuarse al extenderse no sólo por Italia sino también por los territorios dominados (provinciae) donde la presencia de los negociantes romanos, favorecida por leyes como las indicadas, se fue haciendo más intensa en un mundo que se iba monetizando progresivamente desde que a mediados del siglo II se comenzó a acuñar el denario de plata. Así, por ejemplo, las minas –especialmente las de plata, pero no sólo- movilizaron la actividad de grandes compañías capitalistas. Las deudas en moneda eran cada vez más importantes, y no puede extrañarnos que nuevos revolucionarios, como Catilina (64 a.C.), exigieran como medida de gobierno la abolición de las deudas para solucionar los graves problemas generados por una población que cada vez se veía en mayor medida desprovista de su clase media de campesinos, base del sistema. Sabido es que su intento le costó la vida. El cónsul Cicerón acabaría con él en 63 a.C. En ese ambiente se desarrollaría después el enfrentamiento político entre pompeyanos (conservadores) y cesarianos (progresistas, en la línea de Catilina) merece destacar, por la trascendencia que había de tener para la época posterior, el hecho de que en 58 a.C. el tribuno Clodio había logrado que se hiciera gratuita la entrega de grano a la plebe (frumentationes), que luego César (quien ocasionalmente realizó alguna donación del mismo tipo con aceite de Africa) limitó a 150.000 receptores 7

y creó dos nuevos ediles (ceriales) para hacerse cargo de la organización del servicio de abastecimientos, aunque el hecho de ser anuales les restaba mucha eficacia. Más adelante Augusto (Gayo Julio César II) solucionaría el problema instituyendo la Prefectura de la Annona o servicio de abastecimientos y transporte del Estado. Otro punto interesante a contemplar, por la relación que se puede establecer con el mundo que aquí se pretende bosquejar, es el de la regulación de los créditos (Lex de pecuniiis mutuis). En los años de crisis de 49-47 a.C., César decide tomar medidas para aliviar el problema de las deudas contraídas por los campesinos itálicos, que se veían incapaces de solucionar. Para ello emitió una ley que limitaba los tipos de interés y obligaba a tener 2/3 del capital al menos invertido en tierras italianas (Tac., Ann., 6, 16. Suet., Tib., 48) con objeto de hacer que el dinero circulase y de que nadie acumulase en numerario capitales con los que poder financiar actividades revolucionarias (Cass. Dio, 41, 38). Él mismo lo presenta así: «como en Italia entera había una grave crisis crediticia, y no se pagaban deudas, decidió que se nombraran árbitros que tomaran a su cargo el tasar las propiedades y bienes, según el valor de cada uno de ellos antes de la guerra, y darlos en pago a los acreedores» (Guerra civil, 3, 1,2). Lo que deja aún más claro Suetonio: «En cuanto a las deudas, una vez perdida la esperanza de que se hiciese borrón y cuenta nueva (disiecta nouarum tabularum expectatione), como se aireaba frecuentemente, decretó, por fin, que los deudores las pagaran a los acreedores, evaluando sus propiedades por el precio que habían comprado cada una de ellas antes de la guerra civil, deducido de la suma de la deuda todo lo que hubieran pagado o consignado como interés; y con esta condición se anulaba casi una cuarta parte de la deuda. Disolvió todas las corporaciones, excepto las que habían sido establecidas desde la antigüedad». (Suetonio, Vida de los doce césares. César. 42,2. Trad.: A. Ramírez de Verger). Actuaba, como diría Plutarco (Vida de César, 12): sobre todo «allanando las diferencias entre deudores y acreedores: porque ordenó que de las rentas de los deudores percibiese el acreedor dos terceras partes, y de la otra dispusiese el dueño hasta estar satisfecho 8

el préstamo». Era pues una abolición de un 25 % de la deuda contraída, lo que evidentemente no debió alegrar a los ricos acreedores. Avanzando paradójicamente como restaurador de la tradición utilizó la vieja normativa, destinada a realzar el valor de la tierra, para eliminar en la medida de lo posible las excesivas disponibilidades financieras en manos ajenas. Era una medida contra aquellos prestamistas (feneratores) que ponían su interés por encima de la comunidad, en expresión de Tácito, aunque, como señala Bellen (1976), en realidad la crisis económica general sólo se resolvió cuando se pusieron en circulación enormes cantidades de dinero tras su triunfo. O sea que era un problema de crédito que sólo se resolvió con crédito. Si a la medida populista antes citada le sumamos que César suprimió el arriendo de la recaudación en la provincia de Asia, sustituyendo el diezmo que se cobraba antes por medio de los publicanos por una cantidad fija (stipendium, pecunia certa) y reduciendo el total a recaudar, tenemos claro que pretendía convertir al jefe de la República en el único que tuviese capacidad económica para realizar grandes obras a favor del pueblo, empezando por hacer de él la única persona con capacidad de poder pagar a todas las tropas, que ahora ya eran plenamente profesionales (les subió el sueldo de 5 ases diarios al doble). Una medida que luego Augusto no iba ya a abandonar, cuando vaya creando una nueva estructura administrativa que permitía un fraccionamiento del sistema recaudatorio que le permitió prescindir en adelante de las grandes compañías de publicanos que aportasen un capital que ahora era abundante en el fiscus imperial. A través de la privatización de lo público en beneficio del jefe en la práctica, se había de lograr una centralización que desde hacía bastante tiempo se estaba sintiendo como necesaria. Pero a César, el revolucionario antisistema, le costó la vida alzarse frente a los grandes, aunque fuera de forma parcial. Como suele suceder.

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(La mayor parte de lo aquí expuesto está tomado de mi libro El comercio y el Mediterráneo en la Antigüedad, Tres Cantos, 2009). Genaro Chic http://prestigiovsmercado.foroes.org/t47-deuda-rescate-de-losacreedores-o-abolicion-para-los-deudores#177

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