Aventuras con el agua. La administración del agua de riego: historia y teoría

July 12, 2017 | Autor: Jacinta Palerm | Categoría: Organización Social Y Riego
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Descripción

AVENTURAS CON EL AGUA La administración del agua de riego: historia y teoría

editores Jacinta Palerm Tomás Martínez Saldaña

DR © Colegio de Postgraduados Carr. Federal México-Texcoco Km. 36.5 Montecillo, Texcoco edo. de México. C.P. 56230 México

Primera edición, 2009

ISBN

9 7 8-6 0 7-7 5 -33 -2 2-1

A VENTURAS CON EL AGUA. LA ADMINISTRACIÓN DEL AGUA DE RIEGO: HISTORIA Y TEORÍA

Derechos reservados. Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida, guardada en un sistema de archivo, o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio, electrónico, mecánico, fotocopiado, grabado o cualquier otro medio, excepto como lo permite la Ley General de Derechos de Autor de México, sin el permiso previo del editor.

Ilustración portada: Fotografía de una galería filtrante en Parras de la Fuente, Coahuila, México, realizada en 2002 por Tomás Martínez Saldaña. Con financiamiento del CONACYT para la impresión

50 Aniversario del Colegio de Postgraduados 40 Aniversario del programa Estudios del Desarrollo Rural Impreso en México/Printed in Mexico

Indice PALERM

INTRODUCCION

i

I

MILLON

VARIACIONES EN LA RE SPUESTA SOCIAL A LA PRÁCTICA DE LA AGRICULTURA DE RIEGO

1

II

HUNT

SISTEMAS DE RIEGO POR CANALES: TAMAÑO DEL SISTEMA Y ESTRUCTURA DE LA AUTORIDAD

47

III

VAIDYANATHAN

INSTITUCIONES DE CONTROL DEL AGUA Y AGRICULTURA : UNA PERSPECTIVA COMPARATIVA

79

IV

PALERM

DEL INDIVIDUO A LA FAMILIA Y DE LA PROPIEDAD PRIVADA A LOS BIENES Y USOS COMUNALES

163

V

PALERM

REGADÍO, ORIGEN DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACION DE SISTEMAS HIDRAULICOS: DEBATE TEORICO Y ESTUDIOS DE CASO

179

1 A PARTE : TEORIA

2 A PARTE : HISTORIA DE LA ADMINISTRACION DEL AGUA VI

PALERM

LAS JUNTAS DE AGUA Y LAS UNIDADES DE RIEGO

195

VII

PALACIOS

SOBRE LAS JUNTAS DE AGUAS

217

VIII

PALERM

LOS ANTECEDENTES DE LAS ORGANIZACIONES DE REGANTES, MÉXICO

227

IX

PALERM

LA ADMINISTRACIÓN DEL AGUA PARA RIEGO EN EL IMPERIO ESPAÑOL , DESDE LOS JUECES DE AGUA COLONIALES HASTA LA ADMINISTRACIÓN EN EL SIGLO XX

249

X

PALERM

DISTRITOS DE RIEGO EN MÉXICO , ALGUNOS MITOS

277

XI

MARTINEZ SALDAÑA

EL RIEGO EN EL ÁRIDO NORTEÑO. LA HERENCIA HIDRÁULICA AGRÍCOLA EN EL NORTE DE M ÉXICO Y SUROESTE DE LOS ESTADOS UNIDOS

329

3 A PARTE : LA AUTOGESTIÓN A PRINCIPIOS DEL SIGLO XX XII

EL ESPIRITU COLECTIVO EN LOS SISTEMAS DE RIEGO

363

XIII

HERRERA Y LASSO

LA POLÍTICA FEDERAL DE IRRIGACIÓN. ALGUNOS DE SUS ASPECTOS SOCIALES

367

XIV

ARTEAGA

ALGO MÁS SOBRE LAS AGRUPACIONES DE REGANTES

391

XV

RODRÍGUEZ L.

EL DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE RIEGO EN MÉXICO

403

INTRODUCCION: ORGANIZACIÓN SOCIAL Y RIEGO Jacinta Palerm

PRESENTACION En esta Antología pretendemos ofrecer una panorámica sobre la historia de la administración del agua de riego en México y en otras regiones hispánicas. Para el siglo XX en México abordamos tres tipos de instituciones para administrar el agua: las juntas de aguas, las urderales y los distritos de riego; pero también retrocedemos a los antecedentes de la administración del agua de riego en el siglo XIX y la colonia. Se compara la gestión del agua en distintas regiones hispánicas bajo el Imperio Español, y se destacan las particularidades del caso mexicano. La panorámica sobre la administración del agua en México, se complementa con ensayos de funcionarios de la Comisión Nacional de Irrigación escritos en la década de 1930 y 1940. Discuten la capacidad autogestiva en viejos regadíos y la necesidad de organizar a los regantes en los nuevos Distritos de Riego para entregarles la administración de los Distritos. La Antología, sin embargo, inicia con la discusión teórica sobre las implicaciones del regadío en la sociedad. ORGANIZACIÓN SOCIAL Y RIEGO: TEORÍA La antropología social tiene como gran tema de investigación el de la evolución sociocultural de la humanidad y una de las preguntas centrales es aquella relacionada con el origen de las primeras grandes civilizaciones: la aparición de elites capaces de hacer producir excedentes así como de apropiarse de excedentes. El estudio de la organización social en torno a sistemas de riego tiene un gran interés teórico, dado que se ha planteado que las primeras

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grandes civilizaciones están vinculadas a la construcción y administración de grandes infraestructuras hidráulicas para la agricultura de riego. El vínculo entre agricultura de riego y civilización radica en primera instancia en que el regadío permite la generación de excedentes agrícolas; en segunda instancia --y según la propuesta de Wittfogel (1957)-- en el requerimiento de administradores para construir y operar las grandes obras de riego , requerimiento que a su vez llevó al surgimiento de una elite y del Estado. La hipótesis hidráulica de Wittfogel propone la tendencia inherente de las sociedades hidráulicas a convertirse en estados centralizados y despóticos. Diversos estudios de caso llevaron a poner en duda la propuesta de Wittfogel, por ejemplo Arthur Maass en... And the desert shall rejoice presenta un diseño de investigación consistente en seleccionar casos (de España y Estados Unidos) en los que el Estado había construido gran obra hidráulica (una presa de almacenamiento) y analizar si esta obra había llevado a una situación de control (autoritario – despótico) por parte del Estado sobre los regantes beneficiados por la obra. Lo que encuentra A. Maass es que la administración de los sistemas de riego está en manos de los mismos regantes, que esta tiene un carácter democrático y que las organizaciones de regantes logran negociar exitosamente con el Estado. Otro ejemplo es el diseño de investigación que propone Hunt (1988), el diseño consiste en el análisis de la existencia de una correlación entre tamaño de sistema de riego y administración por el Estado, donde, según la propuesta de Wittfogel, los sistemas grandes debieran ser administrados por el Estado. Hunt define los conceptos de sistema de riego, de autoridad sobre el sistema de riego y de tamaño del sistema de riego. Lo que encuentra Hunt es la ausencia de tal correlación, es decir hay sistemas grandes autogobernados. Algunos investigadores quedaron satisfechos con la conclusión de que se había exitosamente demostrado que Wittfogel estaba equivocado. Sin embargo, la antropología social tiene al método comparativo como método fundamental para la búsqueda y análisis de regularidades sociales (Radcliffe Brown, 1923, 1952; Hunt, 2007), y

Introducción

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precisamente el impacto del regadío sobre la organización social se presta a un análisis comparativo, ¿hay una sola respuesta social o, como propone Millon (1962 ), hay variaciones en la respuesta social a la práctica de la agricultura de riego? y, en tal caso, ¿cuál es la causalidad de las semejanzas y diferencias? El estudio comparativo de la relación entre organización social y riego tiene el interés práctico añadido de un mejor entendimiento de las condiciones para una buena gestión del agua. Un ejemplo de lo que parece ser una regularidad social, es que el análisis sobre los requerimientos organizativos de grandes obras de riego en regadíos contemporáneos, señala la construcción por el Estado de grandes obras hidráulicas, la administración de grandes presas y grandes sistemas de riego por una tecnocracia (del Estado o contratada por los mismos regantes) (Price, 1994; Worster, 1985; Reisner, 1986; Vaidyanathan, 1985; Mabry, 1996, 2000; Palerm, 2000, 2001-a, 2002, 2005-a, 2006). Es decir la no-administración por el Estado, no implica ausencia de burocracias. Este análisis no solo es interesante desde la perspectiva de regularidades sociales y de políticas públicas , sino también implica revalorar la hipótesis hidráulica. Hay evidencia de que uno de los impactos de la gran irrigación sobre la organización social es el requerimiento de administradores (de burocracia y de tecnocracia). Adicionalmente, en las investigaciones sobre los orígenes de las civilizaciones, luego de algunas décadas de afirmación contundente sobre “ya se probó que Wittfogel estaba equivocado”, hay un resurgimiento de la teoría de Wittfogel (Marcus y Stanish, 2006). Lo positivo de Wittfogel –dicen-- es que propone que hay una relación entre jerarquías e hidráulica, entre el origen del Estado y la intensificación de la agricultura. Es la intensificación de la agricultura la que proveyó los medios para la producción de excedentes, lo que a su vez proveyó la base material para la diferenciación socio económica. Sin embargo –añaden-- es motivo de debate cómo se relaciona la intensificación de la agricultura con el poder del Estado, es decir los mecanismos por los cuáles tuvo lugar la expansión del control por la elite. En la propuesta de Wittfogel, el requerimiento de

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Aventuras con el agua

administradores para construir y administrar las grandes obras de riego llevó al surgimiento de una elite y del Estado (Marcus y Stanish, 2006; Mabry, 2000). Erickson (2006), critica lo que llama el enfoque neo-Wittfogeliano o de economía política, que señala que existe algún tipo de relación causal entre intensificación de la agricultura y origen del Estado. El enfoque neo-Wittfogeliano también incorpora un concepto que ya brevemente había tocado Childe (1936, 1942) --y que también critica Erickson-- el requerimiento de mecanismos de coerción para la producción (y entrega) de excedentes. En los análisis de Chayanov (1924) y de Sahlins (1974) sobre el modo doméstico de producción las unidades domésticas despliegan trabajo para satisfacer sus necesidades de consumo y una vez cubiertas las necesidades de consumo la inversión de trabajo cesa y, por lo tanto, no van a producir excedentes 1 (ver también Palerm, 1995, 1997-b). Erickson (2006: 338-340) argumenta que se presta poca atención a las capacidades de las sociedades igualitarias (campesinos) de manejar sistemas agrícolas complejos intensivos sin jerarquías 2 y pone diversos ejemplos, entre ellos el estudio de Lansing (1991 ) sobre Bali. Scarborough (2006), sin negar la evidencia que presenta Erickson, hace la pregunta de --entonces sin Estado, sin jerarquías ¿qué hacen estas pequeñas comunidades con los excedentes si no los invierten en todo aquello en que las elites y los Estados invierten los excedentes: pirámides, palacios, gasto suntuario, etc.? Lo que alude al problema planteado, qué es lo que desencadena la formación de una elite capaz de captar excedentes, dado que en el modo doméstico de producción hay resistencia a la producción de excedentes. La propuesta de Erickson consiste en que es posible la administración de gran obra hid ráulica sin burocracia, sin embargo el estudio de Lansing sobre Bali se refiere al gobierno coordinado de una cuenca que riega unas 8,600 ha, donde cada sistema riega entre 30 y 150 ha. (Lansing, 1991: 42, 46, 118-119) y las 100,000 ha que refiere Mabry (2000) para Bali representan mas bien un continuo geográfico de pequeños regadíos. Las dimensiones del regadío de Bali pueden compararse con las de una obra de cabecera en China, construida en

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200 a.C. y que sirvió para regar inicialmente unas 200,000 ha., el sistema todavía está en funcionamiento y actualmente riega unas 700,000 ha. (Vale, 1905; Jones, 1954; Yongtang, 1988; Willmott, 1989). No obstante la propuesta de Erickson3 debe explorarse sistemáticamente. Los ejemplos de la capacidad organizativa de campesinos se encuentran no solo para el regadío, sino también para el manejo de otros sistemas agrícolas. La llamada comunidad aldeana o comunidad corporada (también denominado comunismo primitivo) son ejemplos de esta organización (Maine, 1861; Laveleye , 1874; Palerm, 1998). En relación al impacto del pequeño riego sobre la organización social en sociedades igualitarias, hay avances analíticos muy interesantes. Mabry (2007) plantea que con las primeras obras de pequeño riego en comunidades de 70- 175 personas hay un desarrollo de la esfera política, es decir la aparición de una autoridad supra familiar (o supra unidad doméstica). Desde una perspectiva evolutiva, Mabry (2007) señala que con la aparición del pequeño riego se desarrolla simultáneamente la propiedad privada y la propiedad corporada, dos novedades con relación a las sociedades de cazadores recolectores. La pequeña obra de riego es una propiedad corporada del conjunto de unidades domésticas y las unidades domésticas tienen derechos y obligaciones hacia la propiedad corporada, por ejemplo derecho al agua y obligación de cumplir faenas de trabajo. Se desarrolla una cooperación y toma de decisiones colectivas sobre la propiedad corporada. Concluye Mabry que estas pequeñas comunidades con agricultura de riego a pequeña escala representan el inicio de trayectorias hacia niveles de organización supra comunitarios más complejos. El análisis de Mabry con base en datos arqueológicos no difiere del de Wade (1988) sobre el impacto de la administración del riego en el desarrollo de la esfera política en las comunidades campesinas: “Si, como algunos politólogos, vemos las bases del Estado en una conjunción de contrato y coerción, y si pensamos que los primeros Estados representan un estadio relativamente avanzado

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de evolución de lo público en comunidades locales, podemos, a partir de cómo se sustenta la combinación de contrato y coerción en las aldeas Indias de nuestros días, buscar nuevas luces de cómo emergió en las comunidades agrícolas de los Estados prístinos.” (Wade, 1988 pp. xi). Estos casos son los que Wittfogel denominó de hidroagricultura, a diferencia de la sociedad hidráulica. ORGANIZACIÓN SOCIAL Y RIEGO: MÉTODOS Y CONCEPTOS El estudio comparativo del impacto del regadío sobre la organización social requiere de la utilización de conceptos claros, la propuesta más clara es la de Hunt (1988) y es la que hemos utilizado (Palerm, et al 1997, 2000). La metodología y los conceptos básicos propuestos son: 1) Visualización de la organización4 . La propuesta de Hunt (1988) y Kelly (1983) sobre cómo visualizar la organización consiste en dar seguimiento a cómo se llevan a cabo y quiénes son responsables de llevar a cabo o de coordinar las tareas universales o tareas siempre presentes en los sistemas de riego: construcción del sistema físico, la captura de agua del medio, el reparto del agua una vez capturada, mantenimiento del sistema físico, solución de conflictos, y contabilidad5 , --y posiblemente también monitoreo. 2) Sistema de riego: abarca desde la bocatoma de una fuente natural, su conducción por canales hasta las parcelas y, en su caso, el sistema de drenaje. Se parte del concepto “sistema de riego” ya que se trata de medir el impacto de infraestructura hidráulica sobre la organización social. Sin embargo el concepto “sistema de riego” no incluye presas de almacenamiento, por lo cual se puede considerar incluir un concepto de área de comando de una presa de almacenamiento. La definición también excluye el manejo coordinado de cuencas, que también puede ser otra categoría de análisis. 2) Tamaño del sistema de riego. Se trata de poner un valor a “gran” y “pequeña” irrigación en lo que son sistemas de riego muy diversos, la propuesta es usar la superficie regada, que tiene además la ventaja de ser un dato relativa mente fácil 6 . Por otra parte, crecientemente se ha incorporado la reflexión del impacto del número de regantes: la

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dificultad de operación y la dificultad de “ponerse de acuerdo” es distinta cuando son dos o tres haciendas a cuando son 30 comunidades campesinas y unos 4,000 regantes. Al problema de coordinar grandes números de personas se le ha denominado en inglés “scalar stress” (Johnson, 1982; Mabry, 2000). 4) Cédula de autoridad. Por cédula de autoridad Hunt (1988) se refiere a quién nombra a las autoridades del sistema: el Estado, los mismos regantes o, como en el caso de las haciendas, la empresa misma nombra al empleado a cargo. En esta definición se asume que sistema de riego e institución son isomó rficas 7 , sin embargo empíricamente se encuentra que frecuentemente una y otra no lo son (Palerm, 2001-b; Hunt, 2007). Los ejemplos de casos que reseñamos a continuación están tomados de Palerm (2001-b). Por ejemplo, en una comunidad llamada Tochimilco, en las faldas del Popocatepetl, hay una serie de manantiales que riegan las tierras de la comunidad; cada manantial pertenece a un barrio y cada barrio cuenta con su propia organización. En un caso hay dos manantiales que pertenecen a dos barrios distintos, pero comparten el mismo canal para traer el agua y luego cada barrio toma su agua. ¿Esto es un sistema de riego o son dos? Desde la perspectiva únicamente de la infraestructura parece ser uno, sin embargo desde el punto de vista de la organización social cada barrio es “propietario” de un manantial y hacen a rreglos para compartir el canal. En el valle de Tehuacan, hay unas 10,000 ha. de riego, las fuentes de agua consisten en una multitud de manantiales, galerías filtrantes y pozos profundos, así como algunas tomas directas de río, ninguna de las fuentes de agua tiene un área de comando definida debido a un mercado de agua activo y a una compleja red de canales que hace posible llevar el agua a una diversidad de sitios, lo que hace imposible predecir a dónde va a llegar el agua de una dada fuente. Este conjunto de fuentes y complejo de canales ¿es un sistema o son una multitud de sistemas interconectados? Además la propiedad de derechos de agua, de canales y de tierra está en distintas manos: individuos, ejidos y comunidades ; y el acceso a tierra, agua y canales depende de la

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propiedad, de acuerdos de mediería y de renta, incluyendo el pago por el uso de canales. En el río Cuautla, una organización administra el agua para regar unas 10,000 ha., el agua proviene de diversas tomas sobre el río, de un afluente que alimenta al río Cuautla, así como de una serie de manantiales que anteriormente drenaban al río Cuautla, estos últimos tienen sus propios canales, es decir no comparten la misma fuente de agua ni infraestructura, pero si pertenecen a la misma organización (o asociación) creada por el Estado. Adicionalmente, una de las tomas sobre el río pertenece a otra organización (la junta de aguas del canal Tenango). ¿Puede denominarse la asociación de río Cuautla un consorcio de sistemas de riego, aunque no compartan las mismas fuentes de agua, y cómo debe considerarse el caso de la toma del canal Tenango? En el ahora extinto sistema de San Teotihuacan, gobernado por una sola organización definida por el Estado, las fuentes de aguas incluían manantiales y el río que ade más de drenar el agua de los manantiales, drena aguas broncas durante la temporada de lluvias. Algunos de los canales tomaban el agua directamente de los manantiales --y parte del agua de los manantiales se dejaba correr deliberadamente al río, otros canales tenían su toma directa del río. ¿Es un sistema de riego considerando la fuente de agua de los manantiales, o son varios sistemas por la multiplicidad de tomas? Si se consideran las aguas broncas, ¿es un sistema con dos fuentes de agua, o son nuevamente varios sistemas de riego? En el río Nexapa, se riega la vega del río , cuando menos desde la colonia y muy probablemente desde la época prehispánica, mediante una serie de tomas a lo largo del río; a finales del siglo XIX se construyó un canal y túnel para llevar agua del río Atoyac al Nexapa; actualmente hay unas 12 tomas que riegan unas 10,000 ha y cuentan con una organización para dar mantenimiento al canal y al túnel así como para repartir el agua disponible. ¿Es esto un sistema de riego o son varios sistemas con una sola organización? Se destacan dos aspectos, la dificultad sobre el terreno de delimitar “EL” sistema de riego, pero además la falta de correspondencia

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entre sistema de riego y organización (o institución) a cargo de la administración. La organización puede abarcar más que un dado sistema, como en el caso del río Cuautla, o puede abarcar meno s, tal el caso de la red hidráulica del valle de Tehuacan que es administrada por una multitud de organizaciones. Sobre el terreno, para estudios de caso, parece conviene priorizar hasta que punto una dada organización o un conjunto de organizaciones logran administrar eficazmente el agua y, en dado caso, qué espacios carecen de una administración eficaz. Ello significa partir de lo material (el agua y la infraestructura). Se hace evidente que se requiere un desarrollo del concepto de organización (tipos de organizaciones o instituciones de riego ). La correspondencia o falta de correspondencia entre sistema y organización es un tema en si mismo, así como el encadenamiento entre organizaciones o la existencia de niveles organizativos. El problema de la correspondencia entre sistema de riego y una dada organización, aventurando que se pretende analizar el impacto del regadío en la orga nización, se vuelve más complejo si se consideran otras “cédulas de autoridad”, Hunt (2007) propone dos tipos adicionales: el municipal8 , cuando el municipio (o ayuntamiento) es el que tiene la autoridad para administrar el sistema y el de los Distritos de Riego de Estados Unid os, para ambos casos señala Hunt (2007: 121) que no son organizaciones exclusivas de los regantes y únicamente de los regantes. Hunt (1988, 2007) supone que la organización encargada de la administración del riego es unificada, es decir que es UNA organización –y, como ya señalamos, isomórfica con el sistema de riego. Señala como contraparte de unificado: acéfalo. De hecho supone que, salvo sistemas muy pequeños, todos los sistemas son unificados. Señala, en todo caso, siguiendo a Kelly (1983), que hay una dimensión de mayor/menor centralización o descentralización de la organización. Es frecuente encontrar lo que Ostrom (1990) denomina niveles organizativos y resulta difícil deslindar si una organización es unificada con un alto grado de descentralización o son varias organizaciones encadenadas o coordinadas.

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Hay dos aspectos a subrayar en cuanto a la discusión sobre las formas organizativas, en primer lugar la distinción entre gobierno y administración9 , de tal manera que pueda analizarse la presencia o ausencia de burocracia, lo que es significativo para la propuesta de Erickson (2006) sobre la capacidad organizativa de sociedades igualitarias, sin recurrir a jerarquías, así como para comprobar si sistemáticamente la gran irrigación se correlaciona con una administración de tipo burocrática (Palerm, 2000, 2001-a, 2002, 2005a, 2006). En segundo lugar, el análisis del impacto del grado de centralización/descentralización (o de proliferación de niveles organizativos ) en el carácter más o meno s burocrático de la administración de grandes sistemas de riego, dado que la descentralización evita o disminuye la administración burocrática y tecnocrática, nuevamente un asunto pertinente a la propuesta de Erickson (Palerm, 2004, 2005-b). Hay otra consideración a realiza r sobre el supuesto de administración unificada de los sistemas de riego, corresponde a casos en que existe otro diseño organizativo, que podemos denominar como de “acuerdos horizontales” entre organizaciones. Acuerdos que no llevan a la creación de una nueva institución o de un nuevo nivel organizativo. En algunos casos existen redes de acuerdos entre asociaciones de usuarios, comunidades campesinas e individuos y el conjunto de acuerdos horizontales crea un tejido social para el gobierno del agua, sin una institución en común. Desde la perspectiva teórica de que la administración del agua lleva a la creación de cuerpos administrativos, los acuerdos horizontales parecen representar un caso teórico anómalo. Los ejemplos de casos que reseñamos a continuación están tomados de Palerm (2004). Todos los ejemplos se refieren a casos en que no es posible fijar con precisión los límites del sistema de riego o casos en que sistema y organización no son isomórficos. El caso del valle de Tehuacan.- En el valle de Tehuacan hay 10,000 ha de superficie regada. Las fuentes de agua son manantiales, pozos, galerías y algo de agua de derivación. Ninguna fuente de agua tiene un área de comando bien definida. Un activo mercado del agua y una

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compleja red de canales hace imposible predecir a dónde va a ir el agua. Para complicar más las cosas, los derechos de agua, la propiedad de los canales y la tierra se encuentra en distintas manos, incluyendo individuos, ejidos y comunidades, además se puede acceder a los recursos por mediería y renta. Las instituciones de gobierno para las galerías y tramos de canal son las sociedades de aguas, que se componen de individuos que tienen acciones, las instituciones de gobierno para los manantiales y agua de derivación y tramos de canal son juntas de agua o unidades de riego compuestas por ejidos o comunidades. Algunas comunidades tienen tramos de canal, pero no tienen derechos de agua. El valle de Tehuacan puede ser analizado, desde la perspectiva de la infraestructura como un solo sistema con múltiples fuentes o como una multitud de sistemas interconectados, pero desde la perspectiva de gobierno hay ámbitos claramente definidos, con una variedad de acuerdos horizontales que hacen posible el flujo de agua desde una fuente hasta un cultivo a travé s de la red de canales. Achololes y achololeras en los sistemas de riego del río Cuautla.- La asociación de usuarios del río Cuautla comprende 29 sistemas de riego, con una superficie de unas 10,000 ha. Desde la perspectiva de cada bocatoma cada canal general es un sistema de riego, pero desde la perspectiva de las aguas de acholol es un sistema. Los achololes es el exceso de agua que drena de un campo después de regarse, es capturado por drenes llamados achololeras y conducido para regar otros campos. En el Cuautla durante la estación seca, las aguas de acholol son críticas para el riego. El curso de los drenes (achololeras) está dado no sólo por la pendiente del terreno, sino también por arreglos sociales. Por ejemplo, existe un acuerdo escrito de los 1950’s, que salió a la luz gracias a un conflicto, entre las comunidades que “solicitaban los achololes” y las comunidades que “entregaban” los achololes. El acuerdo está firmado por las autoridades ejidales, y grupos de pequeños propietarios campesinos. Intentaron registrar el derecho de agua con la Secretaría

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de Recursos Hidráulicos, pero solo lograron registrar el permiso de construcción del canal. Aunque desde el punto de vista de la infraestructura el flujo de agua por las achololeras puede verse como prolongación de un sistema de riego, desde el punto de vista del gobierno son sistemas separados. Guillet (2006) describe algo similar para el valle del Orbigo, regado por el Duero en España. También hay algo similar en los Pirineos franceses orientales. En ambos casos son acuerdos que datan de siglos atrás. En un caso el pleito era la deliberada NO entrega de los achololes a una comunidad enemiga. Acuerdo entre Asociación de berreros y Asociación del Usuarios del río Cuautla.- La Asociación de berreros reúne a cultivadores con derechos precarios de cultivo sobre el río: remansan el agua para producir un cultivo semiacuático: el berro. La Asociación de Usuarios del río Cuautla es una asociación de regantes en la cual no están incorporados los berreros. El conflicto, negociación y finalmente acuerdo entre ambas asociaciones está basado en la convicción local de que la fuente principal de agua de riego para los 29 sistemas de riego son dos manantiales ubicados aguas arriba, bajo el principio de que cuanta menos agua entra a los sistemas de agua arriba menos agua entrega cada uno de ellos en la forma de achololes. Según los usuarios ubicados aguas abajo la suspensión del cultivo de berro les significa un incremento de un 30 % en la cantidad de agua. En dos ocasiones, años particularmente secos, el conjunto de regantes de la Asociación del río Cuautla ha subido a tumbar, de manera ordenada y pacífica, el cultivo de berro. Actualmente el acuerdo firmado entre las dos Asociaciones establece un calendario de interrupción del cultivo de berro. Otros casos de acuerdos que podemos referir son el intercambio del uso de un jagüey (pequeño depósito de agua) por una cantidad de agua de riego. Firmado entre la comunidad propietaria del jagüey y la comunidad con derechos sobre el agua. O el caso de la comunidad de Tochimilco en que dos organizaciones tienen un acuerdo para

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compartir un único canal principal que transporta el agua de dos distintas fuentes de agua. Nuevamente desde la perspectiva de la infraestructura es un sistema, pero desde la perspectiva de los arreglos sociales el gobierno está claramente diferenciado. Los acuerdos horizontales, sin creación de instituciones, muestran que la ausencia de instituciones no indica ausencia de gobierno del agua, pero además son un acer tijo teórico. Los casos relatados más arriba parecen ubicarse en situaciones de pequeño regadío; sin embargo, el diseño organizativo sin instituciones parece ser típico en el período colonial y en el siglo XIX en México (Palerm, 2008). ORGANIZACIÓN SOCIAL Y RIEGO: IMPACTO DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL EN LAS ORGANIZACIONES AUTOGESTIVAS DE REGANTES En el estudio de organización social y riego los tipos de organización expresan las posibilidades de variaciones en la respuesta social a la práctica de la agricultura de riego, pero también expresan el resultado de propuestas legislativas, más o menos exitosas, sobre la administración del agua. Sengupta (2002) propone que es en aquellos países en que ha habido una legislación consistente a favor de las organizaciones de regantes, que estas organizaciones existen y tienen solidez. La propuesta de Sengupta (2002) pone de relieve la crítica de Mosse (2003) cuando señala que el supuesto de capacidad autogestiva independiente ignora el contexto más amplio de poder político y es una construcción ahistórica y apolítica, dado que el papel de elites gobernantes locales o el papel del Estado ha sido esencial para proveer el capital para la construcción y para el mantenimiento mayor (no solo las limpias anuales), para los derechos de aguas y la legislación sobre agua, así como para proveer árbitros en las disputas por el agua. Desconocemos qué tan importante es la sociedad mayor en cuanto facilita o dificulta la organización autogestiva en general (Palerm, 1997-b). Ostrom (1990) señala la importancia de la disposición del Estado de aceptar y legitimar la existencia de organizaciones autogestivas, particularmente cua ndo son “grandes”. Países con

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tradición de autogestión tienen también una tradición legislativa favorable a la autogestión, como los casos de España, Chile, Japón, Estados Unidos (Sengupta, 2002; Giménez y Palerm, 2007; Palerm, 2008). Pero también existe resistencia a cambios legislativos y a políticas públicas de organización de la administración del riego (Boelens, 2003; Rodríguez y Palerm, 2007), así como adaptaciones locales (González Huerta, 2000; Cirelli, 2000; Rodríguez, 2000) y también fracasos de la propuesta organizativa realizada desde el Estado (caso del Perú que fracasó en la adopción del modelo español de comunidad de regantes autogestiva, propuesto en 1902 (ver Palerm, 2008). Parece interesante estudiar los casos en que capacidad autogestiva y legislación hacen sinergia para el buen éxito de la organización. Sin embargo, como muestra de las capacidades propias de autogestión, pueden ser más interesantes aquellos otros casos de construcción de organizaciones al margen de la legislación, así como aquellos casos de adaptación y de resistencia a las propuestas del Estado; es decir aquellos casos en que capacidad autogestiva y legislación van desacompasadas. México, debido a los cambios bruscos en la legislación de aguas durante el siglo XX y principios del siglo XXI, no parece cumplir con el requerimiento de Sengupta (2002) de una legislación consistente a favor de las organizaciones de regantes (Giménez y Palerm, 2007). La falta de sinergia en México entre legislación e historial de capacidad organizativa se expresa también con la reciente legislación que propone centralizar en los municipios la gestión del agua potable de las comunidades rurales. La legislación parece hecha a propósito para crear conflicto entre municipio y comunidades campesinas, así como para socavar –en lugar de fortalecer-- la organización existente para el abasto de agua potable en pequeños poblados rurales (Galindo y Palerm, 2007). La propuesta de Sengupta orienta a análisis comparativos de estudios a largo plazo de organizaciones de regantes así como del marco jurídico nacional. LA ANTOLOGÍA

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Para discutir los temas arriba planteados, en la primera parte de esta Antología reunimos una serie de textos teóricos y conceptuales, tales como Millon (1962) “Variaciones en la respuesta social a la práctica de la agricultura de riego”, que resume y comenta sobre la organización para el riego en una diversidad de sociedades, complejas y simples; Hunt (1988) “Sistemas de riego por canales: tamaño del sistema y estructura de la autoridad, quien hace una propuesta metodológica para el estudio comparativo de sistemas de riego”; Vaidyanathan (1985) “Instituc iones de control del agua y agricultura: una perspectiva comparativa”, que trata la dinámica entre ecología, decisión social y tecnología. Adicionalmente a estos textos clásicos, presentamos los siguientes textos de J. Palerm (1998) “Del individuo a la familia y de la propiedad privada a los bienes y usos comunales”, que trata sobre el cambiante análisis de la comunidad campesina organizada; (1997) “Regadío, origen del estado y la administración de sistemas hidráulicos: debate teórico y estudios de caso”, q ue plantea el problema de trasladar las conclusiones sobre los regadíos contemporáneos a la antigüedad asimismo presenta los primeros avances del grupo de investigación de Organización social y riego. En la segunda parte de esta Antología presentamos avanc es sobre una visión de conjunto del marco jurídico y las políticas públicas de las instituciones para la administración de las aguas para riego en México, abarca ensayos sobre las Juntas de Agua y las Unidades de Riego del siglo XX; un breve comentario del Dr. Ing. E. Palacios sobre las Juntas de Aguas; los antecedentes de la administración del agua en México y una perspectiva comparativa con otras regiones del Imperio español; y, finalmente, de regreso al siglo XX, los Distritos de Riego. En esta visión de conjunto hay dos faltantes, las aguas subterráneas y los derechos de aguas. En esta segunda parte, se presenta también la evidencia etnográfica y etnohistórica de la colonización tlaxcalteca del norte de México, que incluye lo que es actualmente el suroeste de Estados Unidos. En la tercera parte de esta Antología presentamos cuatro ensayos de las década de 1930 y 1940 publicados en la revista Irrigación en México, revista de la Comisión Nacional de Irrigación; estos escritos

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aportan sobre la perspectiva sobre la capacidad de autogestión en viejos regadíos así como de problemas de modernización de la infraestructura en viejos regadíos, y sobre las políticas de organización de regantes en los Distritos de Riego. Agradecimientos. A los árbitros que revisaron y comentaron la obra que aqui se presenta.

NOTAS 1

Las descripciones etnográficas y etnohistóricas sobre la indisposición, resistencia y negativa a la producción de excedentes así como a obedecer a un jefe, subrayan la importancia crítica de mecanismos concretos de coerción. Destaca el trabajo pionero de Leach (1954), en el cual describe cómo los kachin, sociedad igualitaria, imitan a sus vecinos Shan, con una sociedad jerárquica; pero, al carecer los kachin de la base material, el tener un jefe y entregarle excedente es una organización inestable y efímera, regresando a una organización igualitaria. 2

Hay una cierta confusion entre los conceptos de ausencia de jerarquías y ausencia de Estado. La confusión proviene de que en la evolución sociocultural de la humanidad se pasa de sociedades igualitarias a sociedades jerárquicas, y la expresión plena de una sociedad jerárquica es aquella con Estado. Pero sin Estado no quiere decir sin jerarquía, por ejemplo es posible tener una organización jerárquica (la burocracia administradora del agua) contratada por la organización de regantes, pero sin presencia del Estado. Sobre la ausencia de jerarquías, ver Johnson (1982) y Mabry (2000). 3

Para una crítica de esta propuesta, ver Mosse (2003).

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La organización existente, puede ser “oficial” o “no oficial”, puede haber una institución unificada o varias instituciones u organizaciones anidadas o encadenadas. 5

Relaciones y cuentas que se llevan sobre turnos de agua, cuotas, aportes a mantenimiento, etc. 6

Por alguna razón frecuentemente se prefiere substituir el concepto de tamaño por el de complejidad; sin embargo no hay ni una definición, ni una escala de medición de mayor/menor “complejidad”. 7

La terminología de “isomórfica” es de R. Hunt, quien fue comentarista en el panel en el cual se presentó la ponencia antecedente de Palerm (2001 -b).

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Hunt propone que en el caso del municipio la administración no es “centralizada”; sin embargo Glick (1970: 200-201) propone que en este caso la administración es “centralizada”. 9

Administración o “gestión” --como lo denominan Vermillion y Sargadoy (2001 ).

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VARIACIONES EN LA RESPUESTA SOCIAL A LA PRÁCTICA DE LA AGRICULTURA DE RIEGO 1 René Millon

RESUMEN Se examina la información de pequeños sistemas de riego en siete sociedades: los Sonjo del norte de Tangañica; un pequeño pueblo de Ceilán: Pul Eliya; un sistema que abarca varios pueblos en Honshu, Japón; las cooperativas de riego en el sur de Bali; la tribu El Shabana del sur de Irak; la tribu Narid de Hadhramaut en el Protectorado de Adén; y el Valle de Teotihuacán, México. Estos casos representan sistemas de un solo pueblo y sistemas multicomunitarios (y en Bali un sistema descentralizado, aunque complejo, donde los usuarios de un sistema de riego se encuentran en comunidades distintas y sólo algunos de los pobladores de una comunidad pertenecen al mismo sistema de riego). No hay una clara interrelación entre el grado de centralización de la autoridad y el tamaño del sistema de riego o el número de gente involucrada. Además, la práctica de la agricultura, aparentemente, no ha llevado a un crecimiento sustancial de la autoridad central. Esto hace riesgosas la mayoría de las inferencias arqueológicas sobre los sistemas políticos o sociales que pudieran haber estado asociados con pequeños sistemas de riego prehistóricos. Además, debe subrayarse que la dependencia de un sistema común de riego tiene una fuerte potencialidad para los antagonismos y el 1

Edición original: 1962 “Variations in social responses to the practice of irrigation agriculture” (pp. 56-88) En R. B. Woodbury (editor) Civilizations in Desert Lands, Anthropological Papers num. 62, University of Utah Press, Salt Lake City, Estados Unidos. Traducción de J. Palerm, corrección de la traducción R. Melville.

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conflicto social, al igual que para la cooperación. En algunas de las sociedades aquí examinadas existen arreglos tradicionales muy fuertes que mantienen bajo control el conflicto social, aun sin la centralización de la autoridad, pero cambios en la tenencia de la tierra, en la población, o en el suministro de agua pueden hacer que estos arreglos sean inadecuados para controlar la nueva disensión. INTRODUCCIÓN Este ensayo es una resultante del trabajo de varios de nosotros en el moderno Valle de Teotihuacán, cerca de la Ciudad de México (Millon, Hall y Díaz, 1962). Utiliza la información obtenida en el curso de un breve estudio sobre la operación de un sistema de riego del Valle de Teotihuacán, así como información tomada de estudios recientes en otras partes del mundo, cuya población está involucrada en la práctica de la agricultura de riego basada en sistemas relativamente pequeños1. Las sociedades que ahora nos ocupan van desde entidades políticas autónomas a comunidades o grupos de comunidades incorporados a sociedades mayores, populosas y estratificadas, con una considerable complejidad organizacional y económica. Sólo un de los casos está incluido en un sistema de riego a gran escala que intenta hacer un uso coordinado de una cuenca hidráulica. Dos son sociedades cuyos miembros viven en áreas antes ocupadas por ‘civilizaciones del desierto’, tal y como fueron definidas en este symposium2. El propósito de este ensayo es, primero, enfocar la atención hacia las grandes variaciones que existen entre estas sociedades para repartir el agua y, segundo, dirigir la atención a las implicaciones de doble filo de cooperación y conflicto en la práctica de la agricultura de riego. Estos puntos tienen implicaciones tanto para el estudio de las antiguas civilizaciones del desierto como para el entendimiento de los problemas que los regantes contemporáneos enfrentan. DATOS COMPARATIVOS Las siete sociedades consideradas aquí han sido escogidas por tratarse de grupos que han sido estudiados recientemente con técnicas

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modernas de estudio y análisis, y porque ilustran las variaciones en el problema crítico de cómo repartir el agua a las parcelas de las personas que participan en un sistema de agricultura de riego. (Tres de las siguientes siete sociedades se consideran con mayor detalle ya que la información se encuentra en tesis doctorales que no han sido publicadas. Otros tres, cuya información se encuentra en artículos, se tratan con brevedad). 1. Sonjo, Norte de Tangañica, África del Este Los Sonjo son un grupo perteneciente a los Bantú-hablantes, están rodeados por Masai y se encuentran ubicados en el norte de Tangañica, cerca de la frontera con Kenia. Fueron estudiados por Robert F. Gray en 1955 (Gray, 1958, ver también Hall, s/f). Hay aproximadamente 4,500 Sonjo que viven en seis comunidades localizadas a 5,000 pies sobre el nivel del mar en la ladera rocosa de una cordillera (Gray, 1958: 37-38). Hasta hace muy poco todas las comunidades estaban rodeadas por sistemas defensivos consistentes en empalizadas y setos de arbustos espinosos de hasta unos 70 pies de ancho, utilizados como defensa contra los Masai (Gray, 1958: 48-50). Cada comunidad es una unidad autónoma en términos políticos y económicos, vinculada a las otras comunidades por parentesco, por un sistema tribal de grupo de edad no estructurado en términos extra comunitarios, por una religión y un sacerdocio común (Gray, 1958: 184-185, 170-173). “Excepto por dos comunidades [Kheri y Ebwe] que comparten una misma empalizada, ni siquiera los enfrentamientos con los Masai los unieron [a los Sonjo] en términos formales o informales” (Hall, s/f pp. 33; Gray, 1958: 184-185). Hay poca precipitación en el territorio Sonjo. Los cultivos de la época de lluvias son usualmente irrigados; los cultivos de la época de secas dependen totalmente del riego. El agua para el riego se obtiene tanto de arroyos como de manantiales, y estos últimos aportan la parte más importante (Gray, 1958: 39-41). Las seis comunidades Sonjo tienen una población por comunidad que varía entre 500 a 1,200 habitantes. “Cada [comunidad] está dividida

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en wards, ocupados casi exclusivamente por los miembros de un único clan exógamo y [patrilineal], con unos 3 a 6 wards en cada comunidad” (Hall, s/f pp. 33; Gray, 1958: 42-46). Una excepción es el clan de los sacerdotes, que es no-localizado. Hay uno o dos sacerdotes por comunidad, están a cargo de los templos de la comunidad, y hay una concentración de sacerdotes en la comunidad de Rokhari, donde se localizan los templos de la tribu (Gray, 1958: 170-171). Cada comunidad tiene por lo menos un templo y un cierto número de lugares sagrados; algunos de los más importantes son los manantiales que abastecen de agua a los sistemas de riego. Cada manantial está tradicionalmente a cargo de un clan en particular. Los miembros del clan, sin embargo, no derivan un beneficio especial de esta conexión (Hall, s/f pp. 33; Gray, 1958: 48, 72-73) Los linajes patrilineales tienen una profundidad de no más de tres generaciones. No hay funciones rituales de los linajes. La relación entre los linajes de un clan es “vaga, no estructurada y de poco interés a los miembros del clan” (Hall, s/f pp. 34; Gray, 1958: 99-103, 112118, 189-195). “El grupo corporado básico más importante --según Gray-- no es el linaje o el clan, sino el ward como una unidad territorial” (Hall, s/f pp. 34). La cooperación económica tiene lugar a nivel del ward --el cultivo de las parcelas, la construcción de casas y el pastoreo. Similarmente, los individuos se interrelacionan socialmente como miembros del ward. La tierra es de propiedad individual, y hay de dos clases: tierra de hura, tierra aluvial de la planicie del valle; y tierra de magare, en las laderas circundantes. La tierra de hura es más rica y se cultiva en la estación de secas mediante el riego. Toda el agua disponible se utiliza en su cultivo y es “cuidadosamente conservada y dividida entre los usuarios de acuerdo con reglas definidas” (Gray, 1958: 68). La tierra de magare se cultiva durante la estación de lluvias y normalmente requiere de la combinación de riego y precipitación pluvial. Gray indica que cada hombre tiene tierra de hura y tierra de magare. Como la tierra de magare se cultiva de año y vez, cada hombre tiene dos

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grupos de estas tierras, que cultiva alternadamente. Gray (1958: 69) afirma: La cantidad de tierra de magare que puede cultivarse en un año dado está limitada por la cantidad de agua disponible para el riego. Por lo tanto la tenencia de la tierra de estos campos se define más bien en términos de derechos al agua de riego y no de áreas delimitadas de tierra. Los cultivos más importantes de la tierra de hura son el camote, el mijo y distintas variedades de sorgo. El sorgo y el mijo son los dos cultivos principales de la tierra de magare (Gray, 1958: 52-55, 68-69, 112). Kheri, la comunidad estudiada con mayor detalle por Gray, tiene una población aproximada de 650, y un área total de cultivo que parece ser de 700-800 acres (285-325 hectáreas) [N. del T. un acre equivale a 0.40 hectáreas]. Aunque comparte una empalizada con la comunidad de Ebwe, en los demás aspectos está separada y es independiente (Gray, 1958: 43, 71, 77, 79). El sistema de riego de Kheri es extremadamente simple, como lo son los de las otras comunidades observadas por Gray. Se limpia anualmente, pero fuera de esto requiere de poco mantenimiento. Cada comunidad tiene su propio sistema, independiente de las otras comunidades, basado principalmente en manantiales, que en el caso de la comunidad de Kheri no han fallado y no tienen fluctuaciones impredecibles. Gray estima que una cuarta parte del volumen de agua del sistema de Kheri es de arroyo. Los arroyos no tienen un significado religioso, pero los manantiales se consideran sagrados, se protegen de quien los pueda contaminar, y son sitios para ofrendas ceremoniales y rezos. Los manantiales también tienen un lugar prominente en la mitología Sonjo, como lo tiene el riego en general (Hall, s/f pp. 35; Gray, 1958: 68-78, 80, 82). El control de agua para riego está en un concejo de ancianos de la comunidad, un total de 17 en la comunidad de Kheri, “que mantienen

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sus cargos como miembros por derecho de herencia” (Gray, 1958: 83). Este grupo, llamado los wenamiji (‘los hombres de la comunidad’), tienen bajo su responsabilidad la planeación y dirección de todo el sistema de riego, supuestamente con el propósito de “utilizar el agua con la máxima eficiencia” (Gray, 1958: 83). Los wenamiji también disfrutan de ciertos derechos especiales heredados en el uso de agua de riego para sus parcelas. El resto de los hombres de la comunidad se dividen en varias categorías según sus derechos al uso del agua. (El resto de esta reseña se refiere específicamente al caso de Kheri). Para propósitos de riego, cada día se divide en cuatro períodos, de aproximadamente seis horas cada uno. Los wenamiji asignan los derechos primarios de agua a un individuo por un total de seis horas. Si el agua es abundante, se puede asignar agua a dos o más individuos a la vez. Si el agua es escasa la dotación completa de agua se asigna a un solo individuo cada seis horas. Un ciclo de riego dura unos 14 días, lo que quiere decir que hay cuando menos cuatro veces catorce, esto es 56 períodos de seis horas por repartir durante cada ciclo (Gray, 1958: 70, 83-85). Cuando inicia un ciclo, los wenamiji se asignan a sí mismos la primera dotación. Las siguientes dotaciones de agua corresponden a un grupo de 18 ancianos llamados los wenamiji ‘menores’. Este grupo también posee derechos heredados, iguales a los wenamiji, pero no tienen voz en el manejo del sistema y no tienen “poderes especiales en el gobierno de la comunidad” (Gray, 1958: 84). Después de recibir sus turnos, los siguientes períodos de riego se asignan a un grupo de ancianos llamados wakiama. Teóricamente, debería haber 21 de éstos, pero en la práctica son entre 20 a 25. Los wakiama no tienen derechos al agua hereditarios o permanentes. Obtienen sus derechos temporales pagando a los wenamiji. Gray los describe como representando a “familias pudientes de la comunidad que carecen de las posiciones de privilegio heredadas en relación al agua pero que son capaces de pagar por estos privilegios con chivos” (Gray, 1958: 85). A los individuos de esta categoría se les asignan derechos de agua, pero sólo por períodos cortos, mes por mes, y el número de wakiama fluctúa. Un miembro del grupo de wakiama “tiene que tratar con los wenamiji

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como grupo corporado para obtener derechos al agua” (Gray, 1958: 86). Si es aceptado, debe entregar un chivo cuando los wenamiji lo pidan. Estos chivos se utilizan principalmente en sacrificios y ofrendas rituales. Los privilegios de wakiama no pueden ser dados a cualquiera que pueda hacer entrega de chivos, ya que hay un número limitado de lugares. En tiempos de extrema escasez de agua los wenamiji a veces eliminan algunos de los wakiama del ciclo de riego, por lo tanto los wakiama “no tienen la absoluta seguridad de sus derechos de agua” (Gray, 1958: 86). Su pertenencia fluctúa y de ninguna manera constituyen un grupo corporado (Gray, 1958: 85-86). Los wenamiji, los wenamiji menores y los wakiama constituyen menos de la mitad del número de hombres que necesitan riego. Los otros, a los cuales Gray se refiere como ‘el pueblo’ [commoners] en términos del riego, “no tienen derechos primarios y deben pedir derechos secundarios a individuos con derechos primarios a los que les han asignado períodos regulares en el ciclo de riego” (Gray, 1958: 85). Un individuo con derechos primarios rara vez requiere del total de seis horas de riego y frecuentemente necesita no más de dos horas. Las horas de agua restantes están entonces disponibles para repartirse entre ‘el pueblo’. Usualmente se requiere que el ‘del pueblo’ entregue, si hay, una pequeña cantidad de miel por este privilegio; si no tiene miel, puede dar grano o dinero. ‘El pueblo’ intenta obtener derechos secundarios al agua de sus parientes patrilineales cercanos. A falta de un pariente que pueda proveerle de agua, uno ‘del pueblo’ “debe competir con otros ‘del pueblo’ por el agua disponible de los no parientes. Si sus recursos de miel, grano o dinero están relativamente restringidos, puede verse en dificultades para conseguir el agua suficiente que requieren sus cultivos” (Gray, 1958: 86-87). Gray comenta que ‘el pueblo’ está frecuentemente en una posición precaria en relación con el agua de riego. Si sus intentos de conseguir agua fracasan y sus cultivos están en riesgo, puede robar agua en las noches. Se dice que este robo de agua ocurre con cierta frecuencia, y parece funcionar como una válvula de escape del sistema, ya que el castigo por el robo de agua es pequeño: un chivo (Gray, 1958: 85-86, 201-202). Aquellos ‘del pueblo’ que son parientes de un wenamiji no

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esperan por ello un trato preferencial, aun cuando el wenamiji sea el padre o hermano. Se espera que los miembros wenamiji antepongan los intereses del concejo y de la comunidad a los intereses del linaje. Uno de los informantes de Gray tenía un hermano mayor en el concejo de los wenamiji, de quien ocasionalmente conseguía agua. Pero usualmente tenía que encontrar otra fuente ya que el hermano había distribuido su agua sobrante a otros fuera del linaje, a quienes debía favores (Gray, 1958: 86-87, 99-100). El acceso al status de wenamiji normalmente es por herencia de padre a hijo primogénito. Bajo ciertas circunstancias uno de sus hermanos o un hermano del difunto miembro del concejo puede ser seleccionado en su lugar. Bajo circunstancias poco usuales el derecho al status ha sido vendido (Gray, 1958: 112, 113, 115, 209; Hall, s/f pp. 36). Los wenamiji no son considerados por la población como representantes de linajes o clanes, sino más bien como representantes de la comunidad en su conjunto. Gray ofrece datos que parecen avalar esta concepción. Como se dijo anteriormente, se supone que ninguno de sus privilegios puede extenderse a alguien externo a su unidad doméstica, ni tienen obligaciones con sus parientes en virtud de su puesto. Hall resume el rol de los wenamiji como sigue (s/f pp. 37): “Mientras que sus privilegios los benefician como individuos y como jefes de familia, en tanto individuos no tienen autoridad sobre otros miembros de la comunidad. Sólo como un grupo corporado, en la forma del concejo de los wenamiji, están investidos de autoridad. Como concejo, sin embargo, ejercitan una amplia autoridad sobre la comunidad y sobre el sistema de riego. Tienen control exclusivo de la administración y la supervisión del sistema de riego, incluyendo convocar a la limpia anual que requiere el trabajo de todos los hombres [adultos] de la comunidad, supervisar la [operación] cotidiana del sistema, atender todas las disputas e infracciones, cobrar las multas y cuotas, y realizar la distribución de agua a los wakiama. Constituyen el cuerpo ejecutivo, administrativo y judicial para el sistema de riego” (también Gray, 1958: 198-200, 210-211). Los wenamiji sirven en la misma capacidad [N. del T. no hay diferenciación de roles entre los wenamiji] en todos los asuntos que

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involucran a la comunidad en su conjunto, que anteriormente incluía la guerra. Actúan como cuerpo jurídico para todos los ‘delitos públicos’ (homicidio, robo, ofensas sexuales, abusos de derechos de agua, disturbios a la paz). También regulan el divorcio y los nuevos matrimonios, imponen y recogen multas y cuotas. Los ‘guerreros’ están sujetos a su autoridad y anteriormente los wenamiji comandaban a los guerreros en los asuntos militares. El castigo más fuerte en una comunidad Sonjo es el exilio, decretado por los wenamiji y llevado a cabo por sus guerreros (Hall, s/f, Gray, 1958: 201-206, 212). La población afirma que los derechos y privilegios de los wenamiji derivan supranaturalmente de sus ancestros patrilineales a los que, el héroe cultural de los Sonjo, concedió una posición favorable. Los wenamiji sirven como líderes en las fiestas religiosas anuales, siendo las más importantes aquellas asociadas al ciclo agrícola. Su relación con los sacerdotes de la comunidad no es clara. Gray comenta que los sacerdotes restringen sus actividades al templo y no participan en ceremonias públicas. Añade que hay evidencia de un “vínculo constante” entre los wenamiji y los sacerdotes y se arriesga a opinar que éstos están subordinados a los wenamiji. Pero como sólo pudo obtener datos fragmentados sobre el sacerdocio, dado que los aldeanos habían sido instruidas “de no divulgar los nombres de sacerdotes o su número a gente de fuera”, y como fue rechazado cada vez que intentó hablar con un sacerdote, parece probable que los sacerdotes jueguen un rol aun mayor en asuntos importantes de la comunidad y la tribu de lo que Gray sugiere (1958: 170, 138, 153-169, 172, 173, 205). El sistema de grupos de edad de los Sonjo abarca a toda la tribu. Pero los grupos de edad están organizados y operan únicamente a nivel de comunidad, excepto en la esfera de la amistad y la hospitalidad. Los guerreros, el grupo de edad más importante, se dividen en dos subgrupos, mayores y menores. Después de catorce años como guerreros, el grupo adquiere el status de ancianos, y el grupo de edad a partir de entonces “pierde casi toda su estructura y función social” (Gray, 1958: 122, 125-127, 135). Tradicionalmente, los guerreros tenían asignada primordialmente la responsabilidad de defender a la comunidad contra los ataques depredadores de los Masai. No se les

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permitía casarse y no estaban involucrados en las actividades económicas de la comunidad. No tenían tierra en propiedad y no emprendían actividades agrícolas en absoluto sino hasta que llegaban al status de ancianos. Hoy en día, sin embargo, se permite que los guerreros mayores se casen, establezcan sus propios hogares y se involucren en la agricultura. Esto los introduce al sistema económico y al sistema de riego (Gray, 1958: 131, 212; Hall, s/f pp. 40). Aunque Gray no explora esta cuestión, parece probable que el gran número de gente ‘del pueblo’ [commoners] que hay actualmente en la comunidad sea un desarrollo relativamente reciente, resultante de la inclusión de los guerreros mayores en las actividades agrícolas de la comunidad. Los Sonjo, entonces, representan el caso de un sistema de riego a pequeña escala extremadamente simple, que abastece a una comunidad de tamaño moderado, con un sistema muy centralizado de autoridad. No está claro si el desarrollo de este sistema de autoridad centralizado está relacionado con la práctica del riego. No hay datos de hasta qué punto pueda haberse desarrollado como respuesta a la amenaza endémica de los Masai. Gray señala que los Masai “indirectamente afectan a las instituciones Sonjo en una diversidad de formas”, aislándolos “de tribus emparentadas por largos períodos de tiempo”, y obligándolos “a crear una organización eficiente para la defensa militar” (Gray, 1958: 30). Pero parece suponer que estos ajustes fueron posteriores al desarrollo de la estructura social “orientada primariamente a la operación de una economía basada en un intrincado sistema de riego” (Gray, 1958: 30). Además, debe entenderse que el sistema de reparto de agua de los Sonjo ocurre en un contexto de abundancia relativa. Aun cuando los ‘del pueblo’ tienen que ir a rogar [cap in hand] agua a individuos con derechos primarios, evidentemente si pueden dar la miel, grano o dinero necesario, no se les niega acceso al agua. Los derechos primarios al agua son un privilegio, que sirve para aumentar el status de los ancianos que gozan de estos derechos. Pero no parecen operar para excluir a los ‘del pueblo’ o a una parte substancial de ellos del acceso al agua que requieren. El hecho de que se diga que el robo de agua es bastante común, pero se sujete a un castigo leve en una

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sociedad donde el robo es severamente castigado, es otro indicio de que la escasez de agua no es normalmente crítica. Uno de los informantes de Gray fue multado por robar agua durante la estadía de Gray. Esta era su segunda multa en un año. Sin embargo veía el incidente sólo como ‘muy mala suerte’ (Gray, 1958: 87). Ciertamente, la prevalencia de tales robos nos indica que el agua de los Sonjo no está siendo usada tan eficientemente como podría usarse. Pero esto no sugiere que los Sonjo ‘del pueblo’ estén siendo forzados a abandonar su tierra por falta de agua. Está por verse si el delicado balance que los Sonjo han logrado y mantenido frente al influjo reciente de guerreros casados, vaya a ser desbaratado según entren más y más guerreros casados al sistema agrícola (Hall, s/f pp. 40-41). 2. Pul Eliya, Provincia del Centro Norte, Ceilán Pul Eliya es una comunidad pequeñísima que tenía una población total de 146 habitantes cuando la estudió E. R. Leach en 1954 (1961). La comunidad tiene un sistema de riego propio, abastecido por un tanque de agua que cubre un área aproximada de 140 acres (57 hectáreas). El área total bajo cultivo con riego es de aproximadamente unos 135 acres (55 hectáreas). En esta tierra se cultiva exclusivamente arroz (Leach, 1961: 18, 52, 63, 44-45, Mapas B y C). Además de la tierra regada, alguna tierra ha sido desmontada para agricultura trashumante o de tumba, roza y quema. Hay restricciones del gobierno al cultivo de este tipo de tierra, y en 1954 su cultivo parece haber contribuido poco a la economía de la comunidad (Leach, 1961: 61-64, 289-295, Plano I a continuación pp. 24). Excepto por uno de los nuevos tipos de tenencia creados por los británicos, toda la tierra es de propiedad privada y puede ser enajenada. La parte central y más fácilmente regable de las tierras de la comunidad se conoce como el ‘Campo Viejo’, una porción de tierra de un poco más de 40 acres de extensión. Esta porción representa las tierras de la comunidad que estaban bajo cultivo con riego cuando se efectuó el reconocimiento catastral de 1900. Las tierras que fueron incorporadas al cultivo posteriormente se consideraban como tierras

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de la Corona. El Campo Viejo está dividido en dos secciones llamados el ‘Campo de Arriba’ y el ‘Campo de Abajo’. En conjunto estos campos están divididos en más de 100 franjas de tierra, formando un intrincado sistema de tenencia, cuyo efecto es que los propietarios “que tienen tierra en la parte más baja y menos privilegiada del Campo de Arriba, también tienen tierras en la parte más alta y privilegiada del Campo de Abajo” (Leach, 1961: 157). Esto se logra con la división del Campo de Arriba y de Abajo en subsecciones en las que la tierra se puede subdividir aún más, lo que sirve para “minimizar, en lo posible, las consecuencias de las desigualdades inevitables en la distribución del agua” (Leach, 1961: 156). Esto se consigue al hacer pareja de franjas del Campo de Arriba y del Campo de Abajo que reciben cantidades desiguales de agua, de tal manera que cada ‘pareja’ que forma una unidad de tenencia es aproximadamente igual en fertilidad a cualquier otra. El punto crucial aquí es que la tenencia en el Campo Viejo, se concibe principalmente en términos de acceso igualitario al riego. El intrincado sistema para el reparto de agua en el Campo Viejo está fuertemente tradicionalizado y no se ha intentado modificar; la complejidad del sistema de reparto es tal, que resulta prácticamente imposible cambiarlo (Leach, 1961: 43-49, 5266, 145-166, 171-177). El sistema de distribución del agua en Pul Eliya es actualmente la responsabilidad del Jefe de Riego, un cargo de elección por tiempo indefinido, aparentemente creado por los británicos. Se dice que los ocupantes sucesivos del cargo han ejercido considerable poder e influencia en la comunidad. Pero ninguno de ellos desde 1900 ha intentado modificar el sistema de reparto del agua en el Campo Viejo. El sistema de reparto de agua del Campo Viejo está efectivamente descentralizado y ningún individuo o grupo de individuos ejerce una autoridad real sobre su operación (Leach, 1961: 28-29, 64-65, 117, 160, 183, 190, 192-194, 217). Aunque esto es cierto para el reparto interno del agua a las parcelas del Campo Viejo, en los últimos años un cambio importante ha ocurrido en relación con las prácticas previas. Actualmente las parcelas del Campo Viejo se cultivan una vez al año solamente, mientras que antes prácticamente todas las

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parcelas producían una segunda cosecha al año. La razón para esto se encuentra en que nuevas categorías de tierra han sido incorporadas al cultivo desde 1900, y el agua es insuficiente para abastecer tanto al Campo Viejo como a estas tierras nuevas durante los dos períodos de cultivo. Evidentemente se consideró que los propietarios de las nuevas tierras tenían derechos legítimos al agua de la comunidad por virtud de derechos anteriores en el sistema del Campo Viejo, con el Jefe de Riego ocupando una posición clave en la adquisición y explotación de estas nuevas tierras, como se anota más abajo. Las decisiones correspondientes a cuáles campos van a ser cultivados en una temporada dada se realizan actualmente en asamblea pública de la comunidad. (Leach, 1961: 52-53, 98-99, 193, 227, 314-315). Leach argumenta que la endogamia local practicada en Pul Eliya no es una supervivencia de “prejuicios de casta arcaicos”, sino más bien “el corolario necesario de la característica inamovible de la tenencia de la tierra y los derechos de herencia igualitarios de hombres y mujeres” (1961: 67, 71-72, 78-79, 88-89, 95, 98-107, 112-125, 128, 144, 303). Sin embargo, las nuevas categorías de tierras, introducidas por los británicos en años recientes, junto con las condiciones en que se hicieron accesibles grandes áreas de estas tierras a los pobladores, han modificado de tal manera las relaciones económicas en la comunidad que ya no se considera que tengan la fuerza de antaño (Leach, 1961: 304, 49-53, 217-240). Poco después de 1900, tierra sin gravámenes [freehold] estuvo accesible a los pobladores para su compra en parcelas de 5 acres o más. Ello efectivamente excluyó del mercado al campesino pobre y entraba en conflicto con la teoría tradicional de tenencia de la tierra (Leach, 1961: 49-50, 220, 142-144). Los pobladores parcialmente “le dieron la vuelta [al requisito del gobierno] formando sindicatos para la compra en común y, una vez adquirida la tierra, la dividieron en pequeñas parcelas”, reproduciendo así, en gran medida, “el patrón de tenencia ‘fragmentado’ que caracteriza al sistema del Campo Viejo” (Leach, 1961: 220). Pero el resultado final de la introducción de esta categoría de tierra en la comunidad fue que permitió al Jefe de Riego adquirir “para él y sus amigos una posición económicamente dominante en la comunidad”

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(Leach, 1961: 227, 64-65, 117, 141-142, 220-227, 232-234, 239-240, 314-315). Leach resume estos cambios de la manera siguiente (1961: 232-233, 239-240): Esta secuencia total de eventos demuestra la veracidad de mi anterior aseveración de que lo que realmente importa en la situación de Pul Eliya no es el título a la tierra, sino los derechos sobre el agua y sobre los canales de riego. La propiedad de tierra no tiene valor si no está vinculada con el derecho a tomar agua para regar la tierra. Para regar un propietario debe cooperar con otros en la operación del canal de riego y el grupo más viable para hacer esto de manera efectiva es un grupo de parientes. En el Campo Viejo donde la configuración de la tenencia de la tierra [layout of the land] es fija, se mantuvieron alianzas de parentesco a largo plazo para acomodarse a la tenencia de la tierra. En los campos nuevos encontramos dos procesos complementarios. Por un lado, la tierra se parcela entre amigos no emparentados que a partir de entonces establecen alianzas de parentesco; por el otro, notamos la conformación de sindicatos de parientes para trabajar en común un canal de riego. En los ‘viejos tiempos’ toda la tierra cultivada de arroz bajo el tanque de agua principal de Pul Eliya era regada por un solo canal principal, cuyo mantenimiento corría a cargo de todos los miembros de la comunidad. El riego servía así para consolidar a la comunidad. Cualquiera que fuera la causa de roces entre facciones, todos debían cooperar en el asunto crucial del reparto del agua. Pero hoy en día, si el Campo Viejo y las otras posesiones en tierra se consideran en su conjunto, hay cuatro distintos canales, cada uno con propiedad y administración distinta ... El control de los [...] canales corresponde de manera muy cercana al patrón general de fraccionalismo que hemos mencionado repetidamente a través del libro ...

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No es una división absoluta, ya que hay vínculos de parentesco que hacen de puente entre las facciones rivales, pero este ordenamiento de la comunidad en términos de la propiedad de los canales de riego confirma mi posición de que en esta sociedad el reconocimiento del parentesco está siendo constantemente ajustado para acomodarse a la tenencia de la tierra ... Esta nueva segregación de ‘tierras de los ricos’ y ‘tierras de los pobres’, con los ricos controlando las mejores tierras, va a tener seguramente implicaciones drásticas para la comunidad considerada como una entidad social. El principio de porciones justas para todos, que permeaba el sistema tradicional, no reflejaba simplemente un hecho estático de que la comunidad era una entidad social altamente cohesiva. Sino, más bien, el sistema tradicional de tenencia de la tierra imponía una solidaridad social a los miembros de la comunidad. El nuevo modelo inglés de tenencia de la tierra no consigue hacer esto. El poblador moderno está económicamente mejor que su predecesor; pero el precio de la prosperidad ha sido una mayor disensión social. 3. El sistema de los Doce Pueblos en la Prefectura de Okayama, Honshu, Japón En el sistema de los Doce Pueblos, estudiado por John D. Eyre en 1950, 1951 y 1953, un total de 13 o 14 comunidades se encuentran vinculadas por un sistema unificado de riego, con un área total cultivada de unos 13,600 acres (5,500 hectáreas) y tiene una antigüedad de unos 750 o más años (Eyre, 1955; también Beardsley, Hall y Ward, 1959: 41, 132-133). El cultivo principal es arroz. La población total abastecida por este sistema no está especificada pero parece ser de unos 30,000 habitantes, quizá 50,000 o más. Se dice que la densidad de población está por arriba de los 5,000 habitantes por milla cuadrada (Eyre, 1955: 213; Beardsley, Hall y Ward, 1959: 74,

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135, 143, 175, 276, 372, 390, 408-410, 419-424). El sistema de los Doce Pueblos es básicamente autónomo y hasta hace muy poco las autoridades federales o de la prefectura raramente interferían en él. El reparto del agua se encuentra altamente descentralizado y está a cargo de cooperativas “con funciones y áreas de administración específicas y frecuentemente traslapadas” (Eyre, 1955: 210). Hay una cooperativa para todo el sistema que representa a la población abastecida por el sistema en su conjunto, en sus tratos hacía afuera. Pero esta cooperativa no es un organismo de un nivel más alto con control sobre todas sus partes. Está compuesta por representantes de las 13 o 14 subdivisiones del sistema. Su principal función interna es el mantenimiento de las obras principales del sistema (presa, tubo de alimentación, canales principales y partidores principales del agua). Otras nueve cooperativas son responsables del mantenimiento de canales principales; 90 cooperativas menores informales se ocupan del reparto del agua y del mantenimiento de canales secundarios. Todas las compuertas importantes son operadas por guardias del agua. El proceso de reparto del agua está sujeto a toda clase de procedimientos tradicionalizados, y las disputas sobre la distribución del agua son descritas como un rasgo permanente del sistema. En años de sequía han tenido lugar conflictos importantes entre los miembros de comunidades ubicadas aguas arriba y aguas abajo. Uno de estos conflictos, en 1949, tuvo que ser detenido por la policía (Eyre, 1955: 210 y ss; Beardsley, Hall y Ward, 1959: 41, 5253, 113-160, 276-281). 4. Cooperativas de riego en el sur de Bali, Indonesia Las regiones Tabanan y Klungkung del sur de Bali estudiadas por Clifford Geertz en 1957 y 1958 cubren un área de 450 millas cuadradas (1,160 kilómetros cuadrados); el cultivo principal es el arroz (1959). Geertz no da números de población para estas regiones, pero encontramos señalado que el total de población de Bali en 1954 era de 1,500,000 habitantes. La parte más densamente poblada de Bali es el sur, donde las densidades de población sobrepasan los 1,500 habitantes por milla cuadrada (600 habitantes por kilómetro

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cuadrado). Una buena parte del área estudiada por Geertz consiste en tierra regada dividida entre un gran número de cooperativas de riego. Cada cooperativa controla el agua de una sola fuente de abastecimiento, consistiendo en una sola presa y un canal que corre de la presa a los campos de cultivo. Cada una de estas cooperativas, llamada subak, “es un grupo corporado independiente que se autorregula, y que tiene sus propias reglas y sus propios propósitos” (Geertz, 1959: 996). Un subak se forma con los agricultores cuyas propiedades se riegan con esa fuente de abastecimiento. Un subak puede incluir desde un pequeño número hasta cientos de miembros. Grupos de subaks cuyas fuentes directas de agua son ramales de una presa y canal común más grande forman unidades más grandes y con menor cohesión, y la cuenca de un sistema fluvial forma una unidad mayor y con aún menos cohesión, coordinada por oficiales del gobierno central. Los miembros del subak vienen de poblados distintos, y los miembros de un poblado tienen tierra en distintos subak. Esta pertenencia diversa a poblado y subak, tiene su paralelo en otros vínculos: políticos, religiosos, de casta y otros. Estos vínculos hacen imposible, para el sur de Bali, hablar de comunidades en un sistema de riego, como puede hacerse para otros pueblos y áreas discutidos en este ensayo3. El resultado es una serie de sistemas muy complejos, pero altamente descentralizados para el reparto del agua de riego, que operan sobre bases tradicionales en una sociedad compleja con una población de más de un 1,000,000 de habitantes. 5. Los El Shabana de la región del Daghghara en el sur de Irak “La relación entre el riego y la organización social entre los El Shabana, un grupo de agricultores del sur de Mesopotamia” fue el interés principal de Robert A. Fernea durante su estadía en la región de Daghghara entre 1956 y 1958 (1959: 1; también Fernea en Kraeling y Adams, 1960: 35-38). Para empezar Fernea comenta que hay evidencia de que en Mesopotamia “la capacidad productiva de la agricultura basada en sistemas de riego administrados localmente puede haber sido subestimado” (1969: 5). Indica que hay evidencia de que, en el pasado, las poblaciones urbanas del sur de Irak estuvieron abastecidas con los productos agrícolas que necesitaban, sin la

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intervención de las autoridades urbanas en el reparto de agua en la zona rural. Aunque grandes obras de riego han sido construidas durante este siglo en el área central del Eufrates, su construcción siguió, y no antecedió, el establecimiento de un sistema político centralizado efectivo en Irak. Además Fernea (1959: 5) nota que, al nivel local, el control sobre el reparto del agua de riego, no parece haber sido un componente significativo en el sistema de autoridad de la tribu El Shabana. Aunque no existen datos de población para la región del Eufrates Central para los últimos 400 años, Fernea indica que la canalización local continuó y quizá aún prosperó durante este período (1959: 18). Fernea subraya la importancia de reconocer “la efectividad de la irrigación dirigida localmente en el sur de Irak”, porque esta clase de agricultura “puede muy bien haber precedido y continuado mucho tiempo después del surgimiento de las civilizaciones urbanas en Mesopotamia” (Fernea, 1959: 18 y ss). El posible significado de esto para el entendimiento de las sociedades antiguas de Mesopotamia fue uno de los intereses que motivó la investigación de Fernea entre los El Shabana. Como el riego había sido practicado por tanto tiempo en Mesopotamia, Fernea pensaba que el estudio, en el área, de las prácticas modernas y de sus consecuencias sociales, podría ayudar a entender la evidencia arqueológica que concierne a sociedades cuyos miembros practicaban la agricultura de riego. Como dice Fernea (1959: 1) “Los miembros de las civilizaciones antiguas enfrentaron fundamentalmente los mismos problemas que las civilizaciones contemporáneas, dado que, en el sur de Mesopotamia, el medio ambiente ha permanecido relativamente estable desde tiempos prebabilónicos”. Fernea no tuvo acceso a datos recientes de población para los El Shabana. Pero los datos que logró obtener sugieren que la población total de la tribu en 1958 era de cuando menos 2,500 personas y quizá el doble (Fernea, 1959: 66, 74, 80). La propiedad en tierra de los El Shabana en este tiempo se estimó en aproximadamente 13 millas cuadradas (34 kilómetros cuadrados) o 8,300 acres (3,350 hectáreas) (Fernea, 1959: 67). El agua para estas tierras viene del canal

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Daghghara, un ramal aparentemente natural del sistema del Eufrates [N. del T. en tal caso sería un río, y no un canal] que se desarrolló desde el margen este de su ramal oriental al sur de Bagdad. El cultivo principal es la cebada; anteriormente el arroz y el trigo eran cultivos importantes. Pero la cebada los ha suplantado, ya que responde mejor a la salinidad del suelo que, en tiempos recientes, es un problema cada vez más grave (Fernea, 1959: 19, 48, 191-193). Los El Shabana son un pueblo cuyos ancestros fueron nómadas pero que actualmente son agricultores sedentarios. Fernea comenta que “la organización tribal y las relaciones entre los miembros de la tribu y otras secciones de la comunidad Daghghara, reflejan de muchas formas los ajustes necesarios por una dependencia relativamente reciente en la agricultura de riego” (1959: 2). En tiempos recientes, hasta 1919, la población que vivía en la cuenca del Daghghara estaba relativamente libre de interferencias o controles externos. Hasta 1922 el riego a partir del cauce del Daghghara se realizaba de acuerdo con tradiciones locales e involucraba una tecnología relativamente sencilla; el Estado no interfería en estos asuntos. A partir de 1922 el canal de Daghghara pasa al control del Estado, y la reglamentación del reparto del agua se ha convertido en una de las principales responsabilidades de la administración gubernamental en la localidad (Fernea, 1959: 194). De hecho la expansión del control del gobierno sobre el riego ha sido importante “para integrar a la región de Daghghara en la administración central de la nación” (Fernea, 1959: 42). Cuando los británicos reconocieron la zona en 1918 “encontraron sobre las márgenes del Daghghara una multitud de pequeños canales de riego”. Estos canales pertenecían a grupos que vivían a lo largo del Daghghara; frecuentemente para llevar el agua a los canales secundarios se hacían represas temporales en el río (Fernea, 1959: 4243). Fernea describe la situación como sigue (1959: 43-44) ... los agricultores de aguas arriba a veces retienen el agua como una medida punitiva contra sus vecinos de aguas abajo; algún arreglo para el uso común del agua disponible puede haber

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existido durante períodos de relaciones amistosas entre los grupos de agricultores. Pero ningún control central del abasto de agua existió hasta la llegada de los británicos; el reporte unánime de informantes de la región de Daghghara es que hasta 1922 tomaban agua del canal como les placía. En tiempos recientes una confederación de grupos tribales llamados El Agra vivían aguas arriba del cauce del Daghghara; uno de estos grupos tribales eran los El Shabana. Otro grupo de tribus llamados ‘Afaq vivían aguas abajo. Los dos grupos tribales eran hostiles y se dice que los El Agra a veces represaron el Daghghara, cortando el suministro de agua a las tribus de aguas abajo. Los El Agra ocuparon aproximadamente una franja de 15 millas a lo largo del Daghghara; parece que a veces peleaban entre ellos. No hay evidencia de actividades conjuntas que pudieran haber unido a los El Agra, aún temporalmente, con grupos de aguas abajo (Fernea, 1959: 195-196). Fernea comenta que “la historia del canal Daghghara, en el siglo XIX y a principios del XX, sugiere que las peleas en torno al suministro de agua y el abandono y reocupación de tierras puede haber acompañado a períodos de escasez de agua” ocasionados por cambios en los cauces principales (1959: 42). El nivel más inclusivo de pertenencia tribal en el área de Daghghara es el sillif. El Agra es uno de estos sillif, con los El Shabana conformando uno de sus 12 principales segmentos (Fernea, 1959: 72, 76, 84, 196). El sillif es “la comunidad jurídica nativa más amplia” (Fernea, 1959: 85). Al interior del sillif las tradiciones compartidas se utilizan para dar fin a vendetas y peleas, aunque el arreglo de muchas disputas es frecuentemente un proceso largo (Fernea, 1959: 85-86). Los segmentos del sillif están localizados, y se dice que sus miembros están emparentados vía paterna a través de vínculos que se cree son demostrables. Un segmento de este tipo se llama un ashira. Al interior del ashira hay segmentos aún más pequeños, siendo el segmento “primario” un linaje localizado organizado en torno a un grupo de parientes agnáticos, que usualmente viven en la misma aldea. Hay una tendencia hacia la endogamia al interior de la aldea; el matrimonio preferencial es con la hija del hermano del padre (Fernea, 1959: 72-

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84,196). El shaykh de los El Shabana es también el líder de todo el sillif de los El Agra, la población total incluía 5,000 hombres adultos en 1919 (Fernea, 1959: 67, 87). Los vínculos a nivel del sillif son débiles y, como Fernea lo pone “la persuasión más que la coerción parece haber sido el factor más importante para determinar las relaciones al interior del sillif”, o en otros términos “el ideal cultural de igualdad entre [...] segmentos tribales estructuralmente iguales se realiza con mayor claridad” al nivel del sillif (1959: 89). El ashira también es una “comunidad jurídica”, pero una donde el shaykh puede forzar a los disputantes a zanjar sus diferencias bajo ciertas circunstancias. El mudif del shaykh, una especie de edificio tribal público, es el centro de actividades religiosas, sociales y jurídicas para el ashira, y también tiene una cualidad sagrada, siendo el lugar donde los “juramentos fuertes de venganza o paz se realizaban” (Fernea, 1959: 93-95). Las tierras de los El Shabana son compactas y contiguas. Aparentemente la tierra nunca se consideró que perteneciera al ashira como un grupo corporado, sino más bien a segmentos por debajo del nivel ashira; el shaykh no distribuía tierra a los miembros de la tribu. Los informantes El Shabana afirman que cuando el área fue ocupada por primera vez, ellos eran lo suficientemente fuertes como para tomar lo que querían de las otras tribus, y no se suscitaban pleitos entre ellos. Además, afirman que durante los 80 años que han ocupado esta tierra, las cantidades relativas controladas por cada segmento principal del ashira han cambiado mediante peleas, pero que ninguna otra forma de redistribución ha tenido lugar (Fernea, 1959: 101). La tenencia de la tierra a nivel de aldea es frecuentemente común, tal propiedad en común generalmente sigue las relaciones de parentesco. La propiedad en común no es, sin embargo, una meta deseada; los miembros de la tribu expresan una preferencia por la propiedad individual. Fernea cree que la propiedad en común existe en tantos casos porque evita que “parcelas de tierra sean subdivididas en parcelas demasiado pequeñas para ser cultivadas o que no tengan acceso al agua” (1959: 105). (La mitad de las tierras no se cultivan ya que generalmente se dejan en descanso un año [N. del T. el cultivo es de año y vez]). Como

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Fernea indica (1959: 105): ... los hombres pueden haber vendido parte de sus tierras al shaykh o a sus parientes (los únicos otros miembros de la tribu que tenían capacidad para comprar tierra) pero usualmente han conservado algunos pedazos de tierra. Así, aunque la tierra que sus hijos hereden puede ser insuficiente para su sostenimiento, podrán cuando menos llamarse ‘terratenientes’. Esto evidentemente ha ocurrido en una serie de casos, ya que la mayoría de los El Shabana no pueden subsistir únicamente con el cultivo de sus parcelas. Pero “la propiedad de algo de tierra pone a los miembros de la tribu por arriba de los fallahin sin tierra” (Fernea, 1959: 49, 101, 105, 108). Una de las razones por las cuales la mayoría de los miembros de la tribu no pueden subsistir mediante el cultivo de sus parcelas es que durante los últimos 20 años la salinización y el empantanamiento han convertido en incultivable a un tercio o hasta una mitad de las tierras de los El Shabana. Otra de las razones es el cese de las redistribuciones periódicas de tierra entre segmentos de la ashira, que anteriormente resultaban de las peleas al interior de la tribu. Tales ‘revoluciones’ eran evidentemente frecuentes y daban por resultado que periódicamente distintos segmentos obtenían control de la mayor porción de tierra de la tribu, con el jefe del segmento convirtiéndose en el shaykh de la tribu. Tales ‘reajustes’ en la tenencia de la tierra fueron prohibidos por los británicos que reconocieron al entonces shaykh como el jefe legítimo de la tribu. Cualquier intento para reemplazar al shaykh a partir de una alianza con otros segmentos, tal y como ocurría en el pasado, fue efectivamente impedido por la interferencia de los británicos (Fernea, 1959: 108-110. 114). En 1958 el shaykh de los El Shabana, hijo de aquél [que fue reconocido por los británicos como el jefe legítimo], poseía junto con su linaje inmediato, probablemente cinco o seis veces más tierra que cualquier otra subsección de los El Shabana (Fernea, 1958: 110, 124). El shaykh y sus parientes son los únicos miembros de los El Shabana

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que han sido capaces de aumentar sus posesiones de tierra, desde que las peleas por tierras fueron prohibidas; ellos han estado comprando tierra a los miembros de la tribu en cantidades significativas desde el levantamiento catastral de los años 1940. Estas ventas, junto con la disminución de la fertilidad de la tierra, han forzado a más y más hombres a trabajar como arrendatarios o como trabajadores urbanos durante parte del año. Fernea afirma que (1959: 110): “Hoy en día como 85% de los miembros de la tribu El Shabana depende para sólo una fracción de su subsistencia en el cultivo de sus propias tierras.” Es posible que esta situación haya mejorado hasta cierto punto a partir de 1958 (Fernea, 1959: 110). Las propiedades más extensas del linaje del shaykh, ahora protegidas de la usurpación por otros segmentos de la tribu, ha dado a su linaje una posición dominante en la tribu. Los grupos de linaje localizados que tienen tierras en común, ya no son de ninguna manera iguales desde un punto de vista estructural. Pero los miembros de la tribu todavía se refieren a sí mismos como iguales (Fernea, 1959: 70-71, 113-114). Así mientras las condiciones de un gobierno nacional débil prevalecieron bajo la administración turca, los opuestos complementarios al interior de la organización tribal de los El Shabana parecen haber prevalecido. Las alianzas entre las subsecciones podían derrocar, y efectivamente lo hacían, a shaykhs y a sus grupos de linaje, y el liderazgo pasaba de un segmento de la tribu a otro. En el curso de estos cambios, el control sobre la tierra también cambiaba al interior de la tribu. Desde 1922 cuando los británicos establecieron una administración central más fuerte, el gobierno exitosamente evitó el “constante reagrupamiento de fuerzas al interior de la tribu”, antes prevaleciente. El shaykh de entonces fue reconocido y apoyado, y se suprimió la posibilidad de que se usara la fuerza de las armas contra él. Al mismo tiempo el gobierno central tomó el control de los principales cursos de agua e instituyó un sistema de reparto del agua para riego (Fernea, 1959: 197). Anteriormente obtener agua y defender tales apropiaciones contra las objeciones de otras tribus, junto con la excavación y mantenimiento de canales subsidiarios habían sido actividades tribales importantes.

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Fernea nota que “una cantidad suficiente de agua tenía un efecto positivo general en la unidad tribal”. La escasez de agua parece haber tenido el efecto contrario. A la vuelta del siglo la tribu sufrió una desagregación [disruption] por una tal escasez. Varios segmentos de la tribu abandonaron sus tierras durante este período para volver al pastoreo de borregos o para buscar tierra en otro sitio. Durante este período el puesto de shaykh fue tomado por el actual linaje dominante en una ‘revolución’, y se apropiaron de las tierras abandonadas por los otros segmentos tribales. Cuando se restableció el abasto de agua del Daghghara, se había iniciado la ocupación británica de la zona. Los británicos impidieron cualquier intento de ‘auto ayuda’ para la ‘redistribución’ de las tierras en la manera tradicional. Con la administración central de los cursos de agua, “hoy en día las actividades principales, asociadas con el riego, son efectuadas por hombres de linajes localizados que cavan y mantienen los canales que actualmente se alimentan por medio de un dicto desde el canal del gobierno” (Fernea, 1959: 197-198). El reparto del agua entre estos hombres es su responsabilidad; cualquier disputa entre ellos se resuelve, si es posible, dentro del grupo local. Pero tales conflictos también pueden ser llevados al shaykh o a los administradores locales designados por el gobierno central. En esta situación el ingeniero de riego local parece estar jugando un rol no oficial adjudicativo de creciente importancia (Fernea, 1959: 26, 42, 1123-124, 137-141, 151192, 197-199). Antes del establecimiento del control británico sobre los cursos de agua irakíes, los miembros de la tribu El Shabana podían y de hecho tomaban agua del Daghghara cuando la necesitaban. “Los miembros de la tribu insisten en que no había problema para dividir el agua entre los miembros de la tribu El Shabana, simplemente tomaban el agua cuando se necesitaba y la conservaban mientras pudieran defender sus represas temporales” (Fernea, 1959: 198). La responsabilidad primaria del shaykh parece haber sido la, defensa del abasto de agua y de las tierras de la tribu y no la dirección de las obras de riego. Canales de tamaño impresionante [N. del T. en otras partes dice que es un pequeño sistema de canales a partir del cauce del río] “no se

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construían en una estación, sino que se extendían gradualmente [de año en año] siguiendo las depresiones naturales”, creadas por el agua cuando fluía alejándose del cauce del río, este cauce se encuentra normalmente a un nivel más alto que las tierras circundantes [N. del T. sic, posiblemente son tierras planas en las que el río sale de la madre o cauce y se desparrama hacia las tierras ribereñas] (Fernea, 1959: 139140, 142-143, 198-199). Fernea comenta que si su análisis de la autoridad tradicional del shaykh es correcta “es difícil ver cómo el riego jugó un papel importante en su desarrollo”, excepto en la defensa del suministro de agua o en los intentos agresivos para aumentarlo. El shaykh era respetado “principalmente por aquellas cualidades que sólo pueden ser demostradas en el curso de la guerra” (Fernea, 1959: 199-200). Fernea concluye de la siguiente manera: El hecho de que hoy en día las disputas entre los miembros de la tribu sean frecuentemente llevadas al shaykh puede ser en gran medida un reflejo de que la administración gubernamental en la región aún es considerada como opuesta a los intereses de la tribu. Aunque la popularidad personal del shaykh está disminuyendo, aún es más seguro para los miembros de la tribu llevarle sus argumentos que arriesgarse a las multas o encarcelamiento por llevar sus disputas a los burócratas. Al mismo tiempo, el ingeniero de agua local reporta que el número de problemas que le traen diariamente ha aumentado, y dice que los miembros de la tribu frecuentemente prefieren soluciones a problemas con base en ‘razones técnicas’ que decisiones con base en la tradición. En tales circunstancias es posible sugerir que el riego podría proporcionar una importante base para la integración de la población rural en el patrón de autoridad del sistema estatal. Este proceso podría quizá haber sido más claramente demostrable en la región del Daghghara si la política establecida por el gobierno no dependiese de la utilización de la autoridad

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del shaykh para el gobierno indirecto. Compartir un curso natural de agua puede ser una circunstancia divisiva, y no hay nada que sugiera que alguna vez los usuarios del canal Daghghara hubieran cooperado en su uso. Además, los cursos artificiales de agua parecen haber sido utilizados por un número relativamente pequeño de agricultores. No hay indicación de que tales canales se extendiesen más allá de los confines de un pequeño número de miembros de un segmento tribal. Una vez que la autoridad central se estableció, sin embargo, el control sobre el riego parece ser un medio por el cual la autoridad tradicional puede ser desplazada. Que este proceso ha sido tan poco evidente en la región Daghghara se puede deber a la misma política de la autoridad central. 6. La Tribu Nahid del Hadhramaut en el Protectorado de Adén, Sur de Arabia Los Nahid son una tribu semi autónoma de árabes, estudiados por John Hartley en 1959 y 1960 (Hartley, 1961). Los Nahid tienen una población aproximada entre 6,000 a 8,000 habitantes pero no ocupan un territorio contiguo (Hartley, 1961: 4, 29-30). La concentración más grande, con un número aproximado de 2,000, vive en Wadi al-Kasr, uno de los wadis subsidiarios que llevan al Wadi Hadhramaut (Hartley, 1961: 38; comm. pers. 1961). Ocupan la mayor parte de un pequeño valle, con aproximadamente unos 1,000 a 1,200 acres bajo cultivo con riego; pero no son los únicos habitantes (Hartley, 1961: 33 mapa IV; comm. pers. 1961). Los cultivos principales son el sorgo, las palmeras datileras y el trigo (Hartley, 1961: 37). Los Nahid son una sociedad segmentaria extremadamente inestable “caracterizada por vínculos diversos [cross-cutting] de parentesco, lealtades y alianzas políticas, y localidad” (Hartley, 1961: 4). Los pueblos tienden a ser pequeños, con una población total de 50 a 100 habitantes. Están “siempre asociados con linajes agnáticos y están organizados en torno a núcleos agnáticos de 5 a 20 o más hombres adultos ... [pero] otros miembros de tribus Nahid o no-Nahid pueden vivir ahí también, y algunos miembros del linaje pueden vivir en otra parte” (Hartley,

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1961: 35-36). Los Nahid de Wadi al-Kasr hacen uso de un sistema extenso de obras de bordos de tierra para el riego de inundación [N. del T. riego a partir de retención de aguas torrenciales o de cauces intermitentes basados en la temporada de lluvias, conocidos en partes de México como ‘aguas broncas’]. Estas obras no fueron construidas por los Nahid, más bien las encontraron allí cuando los Nahid ocuparon por primera vez el Wadi al-Kasr. Se cree que tienen cuando menos 100 años y que fueron construidas y mantenidas por gente del ‘principado de Kindah’ que se cree controlaron el Hadhramaut en varios momentos entre los siglos VI al XV (Hartley, 1961: 38). Los bordos de tierra mencionados son enormes y reforzados con piedra, los bordos de los canales tienen una altura de seis a ocho pies y frecuentemente son lo suficientemente anchos para que dos o tres hombres caminen del brazo por ellos. Los Nahid toman agua de estos canales principales a través de una serie de canales secundarios, cada uno de ellos alimenta un pequeño sistema de riego que surte de agua a las tierras de un solo poblado o, a veces, de varios poblados (Hartley, 1961: 39, 41). A pesar del hecho de que el mantenimiento del sistema de riego es un asunto local de cada poblado, y de que no existe un convenio para el mantenimiento de los canales principales, aún no ha ocurrido un colapso técnico serio del sistema, aunque actualmente hay amenaza de uno. Es cierto que un número creciente de campos han tenido que ser abandonados, pero, hasta hace poco, los aguaceros que provocan inundaciones han producido suficiente agua para suficientes tierras como para proveer de alimentos a la población de Wadi al-Kasr y a sus animales domésticos (Hartley, 1961: 41-42; comm. pers. 1961). No obstante Hartley señala que (1961: 42): “No hay ningún principio organizacional entre la comunidad Nahid para movilizar grandes grupos de hombres que reparen y mantengan las obras de riego”. Hartley (1961: 49-52) discute la tenencia de la tierra y los derechos de agua en la agricultura en los términos siguientes: Los derechos a las cosechas, a la tierra y al agua son

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Aventuras con el agua

necesariamente vagos y frecuentemente se contradicen entre sí. Los individuos siempre están presentando reclamaciones -después de todo a lo mejor pueden conseguir algo. Los miembros de la tribu no tienen normalmente derechos de propiedad sobre tierra. En su lugar tienen derechos a cultivar ciertas parcelas de tierra... En principio, un individuo no pierde sus derechos de cultivar cuando no los ejercita. Puede dejar parcelas sin cultivar por algún tiempo y todavía mantener el derecho de cultivar esas parcelas. Sin embargo, el no cultivar implica, en el largo plazo, la pérdida de derechos. Los derechos al agua están asociados con los derechos a cultivar ciertas parcelas. El conjunto de las tierras del linaje, agrupadas en torno a su comunidad de ‘origen’, se riegan por un determinado canal, cuyos derechos generales están implícitos en una serie de costumbres correspondientes a ese canal. Toca a los miembros del linaje vigilar que sus tierras reciben la cantidad de agua a la que tienen derecho por costumbre. Deben estar alertas para que los miembros de otros linajes cuyos pueblos comparten el mismo canal no vayan minando sus derechos. Igualmente, cada parcela de las tierras del linaje toma el agua de subcanales y canales de alimentación específicos. Y cada individuo debe vigilar para asegurar de que ninguno de sus compañeros de linaje esté tomando agua de su agua. La herencia es fragmentaria, esto es, los derechos a la tierra se dividen entre los hijos varones por igual ... así que parecería que a través del tiempo las dotaciones individuales aumentan en número pero disminuyen en valor. De hecho no es el caso. Las posesiones individuales aumentan y disminuyen, pero no decrecen constantemente ... En un momento dado hay diferencias en el tamaño de las unidades domésticas y diferencias en la riqueza relativa, pero éstas no son usualmente muy grandes y en la mayoría del los casos ningún individuo se queda con tan poca tierra que no la pueda trabajar. Funciona de la siguiente manera. En un dado momento hay una cierta cantidad de reclamos sobre la misma tierra,

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principalmente sobre tierra que no ha sido cultivada por algún tiempo ... Un miembro de la tribu decide que necesita cultivar más tierra y simplemente siembra en una parcela o parcelas sin cultivar. Probablemente otro, que dice tener un derecho anterior, va a reclamarle. No importa. Quizá el reclamante no va a insistir o puede ser convencido [si no] ... puede iniciarse una disputa seria, con muertos de por medio. Pero normalmente el asunto se lleva ante un jefe tribal antes de desembocar en disputas tan serias. Entonces está en las manos de Alá y el jefe. Cualquiera de los dos en disputa puede ganar. Este es el tipo de riesgo que toma un nuevo agricultor. Si es lo suficientemente persistente, puede salirse con la suya y quedarse con la tierra. Entonces habrá establecido derechos sobre tierras nuevas que puede pasar a sus hijos --si ellos son capaces de mantener los derechos. No es difícil entender porqué las disputas sobre la tierra, las cosechas y el agua son frecuentes en la sociedad Nahid. Tales disputas son descritas por Hartley como “un elemento esencial del sistema económico y ... político” de los Nahid. La forma como manejan los Nahid estas disputas constituye una buena parte de su argumento. Hartley afirma (1961: 53): Sólo a través de la disputa se pueden presentar y validar los reclamos, pero las disputas deben ser constreñidas para permitir a la gente continuar con sus actividades de mantener los canales de riego, y sembrar, cuidar y cosechar sus campos. Las disputas son constreñidas por la contra-posición [counter-position] y la alineación de grupos en la esfera política, y mitigadas por la intervención de jefes tribales como árbitros y jueces. Las disputas dan a estos jefes su razón de ser y los provee con un ingreso adicional [bread and butter] o, como dicen los Nahid, su ‘café’. Los Nahid se caracterizan por un sistema de jefatura dual, con facciones opuestas cristalizadas en torno a los dos jefes hereditarios, cada uno de los cuales afirma que es el ‘padre’ y único líder de todos los Nahid y ve al otro como un impostor (Hartley, 1961: 5, 87 y ss,

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111). Hartley comenta sobre la situación como sigue (1961: 5): “La pertenencia a estos bloques es muy fluida y, en un momento dado, sólo unos pocos miembros de la tribu están comprometidos con uno u otro de los jefes. El tema básico de la política Nahid son los intentos de uno y otro jefe de mantener y aumentar el número de sus seguidores”. Estos jefes o hakims se ocupan principalmente en el arreglo de disputas de todo tipo, siguiendo la costumbre tribal. El mayor número de disputas ocurre en los momentos críticos del ciclo agrícola, entonces los dos hakims juegan el rol de encontrar litigios [ambulance chaser]. En estos períodos los dos hakims se pasan la mayor parte de su tiempo dirigiéndose a y visitando pueblos distantes cuyos pobladores son miembros de la tribu “cuya lealtad no está firmemente comprometida”. A este esfuerzo se le llama ‘viendo la agricultura’ y una de sus funciones primarias es hacer accesibles a un gran número de miembros de la tribu a los dos hakims opuestos, durante los períodos en que es muy probable que surjan las disputas (Hartley, 1961: 143-144; comm. pers. 1961). Al discutir las actividades rivales de los dos hakims principales [senior] de los Nahid, Hartley argumenta que “los reclamos mutuamente excluyentes de los dos hakims tienen sentido cuando se toman juntos ya que, de hecho, todos los miembros de la tribu Nahid necesitan de ambos”. Al interior de la tribu, el hakim que uno reconoce como su jefe puede servir de juez en las disputas en las que esté involucrado. Al mismo tiempo, el hakim que no es reconocido como tal puede ser llamado a servir de juez en una disputa entre tribus ya que no se considerará como una parte interesada en la disputa. Este último tipo de disputas también son frecuentes, aun en asuntos que conciernen a la agricultura, ya que aunque los Nahid son la mayor parte de la población en su pequeño valle, los miembros de otras tribus también viven en el valle (Hartley, 1961: 36, 105-107, 111 y ss, 119, 124-125, Mapa IV, [33]). Hartley describe a la sociedad tribal Nahid como “de dos cabezas” y cree que esta forma de organización política se encuentra extendida en

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el Hadhramaut (1961: 194 y ss). Describe este fenómeno como sigue (1961: 194-196): La tribu Nahid es ... una comunidad bicéfala con la autoridad política investida en una jefatura dual que por datos genealógicos ha sido viable en esta forma cuando menos unas diez a once generaciones esto es unos 300 años .... La jefatura dual funciona bastante bien para los Nahid y ... parece un arreglo bastante sensato para esta clase de comunidad. Ciertamente parece ser la única forma de organización política apropiada para los Nahid. La tribu está dispersa y mezclada con otras tribus. No se moviliza como una unidad para la guerra o la defensa. Es virtualmente imposible aún movilizar elementos importantes de la tribu para la guerra. Los jefes son primordialmente jueces y no se espera que sean líderes en la guerra. La presencia de dos hakim ‘principales’ es más que sensato; es necesario. Cada uno reclama la autoridad única sobre la tribu y consecuentemente se forman bloques de linajes que siguen a uno y otro. Esto permite a cada linaje situarse en una posición estructuralmente distante en relación con uno de los hakims al afirmar que reconocen al otro y pertenecen, por el momento, al otro bloque. Así en disputas con otras tribus un hakim Nahid puede actuar para cada linaje Nahid y ser aceptable al grupo opuesto de la otra tribu. Similarmente al interior de la tribu una disputa entre dos clanes sería insoluble por cualquiera o por ambos de los dos hakims del clan, ninguno de los cuales sería aceptable para los hombres del otro clan. Debe haber al interior de la tribu por lo menos un hakim que sea estructuralmente mayor a todos los hakim de los clanes como tales, pero como debe estar asociado a su propio clan, no podría arreglar disputas entre los miembros de su clan y otros clanes. Esta dificultad es enfrentada al tener dos hakim principales dentro de un clan, el clan ‘principal’ [senior]. La formación de dos bloques dentro de la tribu, enfocada en la

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división fundamental al interior del clan ‘mayor’ permite a cada Nahid acceso a un hakim que es estructuralmente distante y que puede actuar por él en disputas con otros clanes ... Esta claro por el relato de Hartley que la sociedad Nahid es excepcionalmente conflictiva y que una fuente mayor y continua de conflicto se encuentra en el sistema de riego y en la incapacidad de los agricultores involucrados de institucionalizar un sistema de reparto que pueda contener estas fuentes de conflicto. Una ilustración de esto es el conflicto que irrumpió en el Wadi al-Kasr en 1918 y que duró hasta 1936. Este conflicto originalmente se desarrolló a partir de un pleito por derechos de tierra y agua al interior del clan ‘principal’ de los Nahid. Tales disputas son virtualmente imposibles de solucionar en la sociedad Nahid, ya que ambos hakims ‘principales’ quedan involucrados y, en la práctica, no hay un mediador mutuamente aceptable para ambos (Hartley, 1961: 106, 125, 189). Este conflicto en particular se hizo muy serio cuando dos hombres fueron asesinados bajo circunstancias que virtualmente forzaban a los dos hakim ‘principales’ y a sus seguidores a iniciar una vendetta mayor. Con los partisanos de ambos hakim ‘principales’ del clan ‘principal’ involucrados, la tribu entera gradualmente se involucró. Las peleas se extendieron y los asesinatos continuaron esporádicamente por los siguientes 18 años, sin nadie en la sociedad Nahid capaz de detenerlo (Hartley, 1961: 189, 191). Durante el curso de esta vendetta, se cavaron trincheras desde las afueras de los poblados hasta los campos de cultivo en algunas comunidades, para que las actividades agrícolas pudiesen continuar con alguna seguridad. Algunas de estas trincheras tenían hasta siete pies y todavía existen (Hartley comm. pers. 1961). El conflicto finalmente concluyó gracias a un foráneo, W. H. Ingrams que entonces era el Primer Oficial Político. El arreglo al que llegó fue parte de un arreglo general que llevó la paz a todo el Hadhramaut y se conoció como la Paz de Ingrams (Hartley, 1961: 191). Al comentar sobre el conflicto Hartley señala (1961: 191-192): Había una situación altamente peligrosa para la comunidad

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Nahid. Todo el sistema de control social estaba amenazado y parecía que no había forma de parar o contener el conflicto. Este era insoluble en el marco de la tribu, ya que los dos hakim ‘principales’ estaban muy involucrados y opuestos el uno al otro. Aunque ellos mismos no estuviesen de hecho involucrados en la pelea, sus linajes lo estaban. Podía únicamente ser contenido por la intervención de autoridades de fuera. La paz establecida estuvo respaldada por autoridades civiles ... Ingrams fue capaz de terminar las hostilidades en el Wadi al-Kasr, y en otras partes, porque los miembros de la tribu querían la paz y porque las autoridades británicas claramente tenían el poder de efectuar su establecimiento por la fuerza, si necesario. Anteriormente hombres santos intervenían en las disputas, invocando presiones religiosas y otras en un esfuerzo para juntar a las partes disputantes y permitir a los jefes llegar a una adjudicación. Las autoridades civiles evidentemente han tomado esta responsabilidad desde 1936 (Hartley, 1961: 192). Hartley teme que el Wadi al-Kasr está actualmente amenazado con una repetición del conflicto de 1918 y de consecuencias incontrolables. Como hemos visto, el sistema de riego ha estado deteriorándose más y más. Cuando Hartley dejó el Hadhramaut este deterioro progresivo estaba empezando a interferir seriamente con la agricultura; sin embargo era imposible llegar a un arreglo para efectuar aún reparaciones mínimas (Hartley comm. pers. 1961). 7. Valle de Teotihuacán, Cuenca de México, México El sistema de riego del Valle de Teotihuacán provee un abasto insuficiente de agua para aproximadamente unos 9,500 acres (3,800 hectáreas) de tierra regada. Cuando se estudió en 1957 y 1959 tenía una población total de unos 25,000 habitantes, de los cuales 15,000 vivían en 15 comunidades abastecidas por el sistema de riego (Millon, Hall y Díaz 1962). El cultivo principal de subsistencia en el valle es maíz; el cultivo comercial principal es alfalfa. El actual sistema de riego se creó por el gobierno federal hace unos 35 años, después de la

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expropiación de los derechos en tierras y aguas de la hacienda. Los manantiales de la parte noreste del valle proveen la mayor parte del agua para riego. El gobierno federal determina todos los asuntos que conciernen al reparto del agua en el sistema; un cuerpo electo localmente administra el sistema. A nivel de la comunidad el agua se reparte a individuos con base en arreglos tradicionales. El sistema ha estado plagado de conflictos entre regantes de aguas arriba y aguas abajo, ya que hay un abasto insuficiente para las necesidades mínimas de todos. Conflictos abiertos han estallado en varias ocasiones, requiriendo la intervención del gobierno federal. Las disputas sobre las necesidades en conflicto de usuarios de aguas arriba y aguas abajo, entre pequeños y grandes terratenientes, y otras tales divisiones han debilitado a tal punto al valle, que su población ha sido incapaz de efectivamente resistir una nueva regulación del agua que el gobierno federal impuso recientemente. El nuevo reglamento es totalmente inmanejable desde el punto de vista del poseedor de una pequeña parcela o parcelas; es manejable y razonable sólo para los que tienen más tierras. El sistema del valle de Teotihuacán, marcado por conflictos cada vez más severos, es en breve un sistema centralizado creado y supervisado por el gobierno federal, donde los procedimientos de reparto nunca han sido adecuadamente institucionalizados. DISCUSIÓN Dos de las sociedades tratadas involucran sistemas de riego a nivel de una sola comunidad --los Sonjo y Pul Eliya; cuatro involucran sistemas multicomunitarios --el sistema de los doce pueblos, El Shabana, los Nahid y Teotihuacán; y el séptimo --Bali-- no se puede clasificar en estos términos. En tres de estas sociedades el agua la reparten autoridades centrales --Sonjo, El Shabana y Teotihuacán; en tres otras el reparto del agua está básicamente descentralizado --Doce Pueblos, Nahid y Bali; y en todavía otro caso, Pul Eliya, hay cambio: un tercio del poblado recibe agua de canales de riego donde la propiedad de los canales es compartida por la mayoría de los

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pobladores y el agua se distribuye a través de un sistema de reparto tradicionalizado muy intrincado; las tierras restantes reciben agua de canales privados nuevos. El cuadro de población, acres de tierra regada y naturaleza del sistema de reparto en estas siete sociedades es relevador. (Ver Cuadro núm. 1 Población, acres de tierra regada y naturaleza del sistema de reparto). Cuadro núm. 1. Población, acres de tierra regada y naturaleza del sistema de reparto. caso

Pul Eliya

población

acres regados

146

136

Sonjo (Kheri) Nahid El Shabana

650 2,000 2,500/4,500

700/800 1,000/1,200 8,300

Bali (Blaju)

5,500/7,500

3,000/4,000

15,000

9.500

30,000/50,000 o más ?

13,600

Teotihuacán Doce Pueblos

sistema de reparto parcialmente descentralizado fuertemente tradicionalizado centralizado descentralizado mayormente centralizado descentralizado fuertemente tradicionalizado mayormente centralizado descentralizado fuertemente tradicionalizado

Está claro que no hay una tendencia simple donde la centralización de la autoridad sobre el reparto de agua aumente con el tamaño del sistema o la cantidad de personas involucradas. En los tres casos donde la autoridad sobre el reparto del agua está centralizada, podemos distinguir importantes diferencias en términos del locus [locus] de autoridad y el desarrollo del sistema de reparto. Entre los Sonjo la autoridad para repartir el agua es ejercida por una figura interna política. Entre los El Shabana tal autoridad descansa en una figura política externa (el ingeniero de riego representante local del gobierno central) y los segmentos de linaje localizados, con el shaykh tribal en absoluto involucrado en el proceso de reparto. En el valle de Teotihuacán la autoridad sobre el reparto del agua está ejercida casi totalmente por autoridades políticas externas

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(representantes del gobierno federal). Entre los Sonjo el sistema de reparto empleado parece haberse desarrollado ahí, pero el sistema de reparto no necesariamente depende de una autoridad central para una distribución ordenada. Si la centralización de la autoridad que se ha desarrollado entre los Sonjo está relacionada con el desarrollo del sistema de riego, no se sabe, como hemos visto. Existe la posibilidad de que se desarrolló, en parte, al menos, como respuesta al peligro permanente de las incursiones militares Masai, y la necesidad de un sistema efectivo para hacer frente a esta amenaza endémica. Entre los El Shabana, el reparto del agua para propósitos de riego estuvo descentralizado hasta el establecimiento de un fuerte gobierno central a principios de los años 1920. Antes de esta fecha el shaykh era una figura de autoridad importante en la tribu, pero no intentaba interferir con el reparto del agua. Lo que sí hacia era encabezar la defensa de los intereses tribales en tierra y agua, y también encabezaba las empresas agresivas para aumentar o reforzar el potencial agrícola de la tribu. Pero su autoridad venía principalmente de su capacidad como jefe guerrero. Aunque también jugaba un rol jurídico de alguna importancia, su autoridad no parece haberse extendido a la operación cotidiana del sistema de riego. Parece posible que antes el shaykh hiciese el llamado a la limpia de los canales principales, ya que actualmente lo hace para la limpia de los canales que riegan su propia tierra. Fernea comenta que la costumbre detrás de estas movilizaciones temporales de mano de obra parece basarse en la costumbre anterior que daba capacidad al shaykh de movilizar a los miembros de la tribu con propósitos ofensivos o defensivos. El tiempo total utilizado por los miembros de la tribu en la limpia de canales, para el shaykh o para el gobierno central, es poco, unos siete u ocho días por año (Fernea, 1961: 143-147). Desde 1922 el gobierno central ha hecho reparaciones y mejoras en los cursos de agua de la región y ha construido algunos canales subsidiarios. Toda el agua de estos cursos de agua es repartida por el ingeniero de riego representando al gobierno central. En las márgenes

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de los grandes canales de concreto se instalaron tubos, cada tubo de un tamaño que permita una cantidad específica de agua fluir por él. Fernea (1961: 151) comenta que “el tamaño del tubo está determinado por el área de tierra que debe regar en relación con la cantidad total de agua disponible del canal principal.” Después que el agua deja los canales principales por estos tubos, el ingeniero de riego ya no se preocupa o es responsable del reparto equitativo del agua entre los agricultores. Esto es un asunto puramente local en el cual el ingeniero de riego y/o el shaykh se involucran sólo en el caso de disputas que no pueden ser zanjadas a nivel local. En el valle de Teotihuacán el actual sistema de reparto inició con la creación de un sistema unificado de riego en el valle a partir de la expropiación de tierra y aguas de las haciendas. El riego tiene una larga historia en el valle, y uno de los poblados actualmente tiene derechos especiales de agua dada la evidencia documental que indicaba que tales derechos habían existido antes. Aparte de esto el sistema actual manifiesta poca continuidad institucional con el pasado, ya que las haciendas se habían apropiado de casi todo el agua disponible para riego en el valle durante el siglo XVIII. Así, el sistema de reparto instituido por el gobierno federal, cuando los derechos de agua y tierra se dieron a la gente del valle en los años 1920, no estaba avalado por un sistema tradicional de reparto con provisiones institucionalizadas para el arreglo de disputas intercomunitarias, tal y como existe en el sistema de los Doce Pueblos del Japón. Sin lugar a dudas ésta es una de las razones por las cuales el sistema de Teotihuacán ha sido marcado por conflictos casi desde su inicio. Una razón fundamental, claro, es que hay agua insuficiente en el sistema para proveer a las necesidades legítimas de todos a los que abastece el sistema. En respuesta parcial a los conflictos cada vez más severos que han asolado al sistema, el gobierno federal promulgó un nuevo reglamento de agua en 1959, que especifica la cantidad de agua que cada dueño de parcela va a recibir al mes. En otras palabras, el nuevo reglamento trata de determinar cómo va a ser repartida el agua al interior de la comunidad, esto es cuántos repartos de agua deben recibir los miembros individuales de la comunidad. Este grado de

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control del gobierno central no se encuentra en ninguna de las otras sociedades examinadas aquí. Por razones que no vamos a examinar aquí, el nuevo reglamento, si entra en vigor, tendrá el efecto de obligar a los poseedores de pequeñas parcelas a abandonar sus tierras por falta de un abasto efectivo de agua de riego. Antes de la promulgación de este nuevo reglamento, los repartos de agua se hacían por el gobierno federal a unidades corporadas en el valle, y se les dejaba repartir esta agua a su criterio. En las cuatro instancias donde el reparto de agua está caracterizado por la descentralización, el grado en que el sistema de reparto ha sido tradicionalizado, y el grado en que figuras o cuerpos políticos externos intervienen en el proceso varía. Pero en general parece que tal intervención tiende a ocurrir sólo en momentos de crisis del sistema local. En sólo una de las sociedades analizadas --los Sonjo-- la centralización de la autoridad posiblemente deriva de la práctica de la agricultura. La otra posibilidad es que la autoridad central en los pueblos Sonjo es una respuesta a los problemas enfrentados por los saqueos constantes de los Masai. Posiblemente las dos condiciones se reforzaron la una a la otra. Pero cualquiera que sea la explicación para las condiciones entre los Sonjo, está claro que la autoridad central y la práctica de la agricultura no están necesariamente relacionadas, aún en sistemas de riego de un tamaño intermedio como el de los Doce Pueblos en Japón. (Ver por ejemplo el comentario de Beals a este respecto en el Symposium sobre las Civilizaciones de Regadío, Steward et al [1955: 54])4. Esto tiene implicaciones obvias para el arqueólogo o para cualquiera que intente usar la evidencia arqueológica. Si hay evidencia arqueológica para una ‘civilización del desierto’ u otros sitios de práctica de agricultura de riego a partir de sistemas a pequeña escala, no se puede inferir nada acerca de los arreglos políticos que pudieran haber estado involucrados para convertirlos en algo viable. Bajo ciertas circunstancias, es posible rastrear variaciones en el grado de centralización y descentralización de la autoridad, como lo muestran

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los estudios detallados de Robert Adams en el sur de Irak (1962-b). Pero aún aquí la conclusión más impresionante es la evidencia acerca de la utilización por largos períodos, de amplias partes del Tigris y los arroyos afluentes, por pequeños sistemas de riego locales que sólo ocasionalmente fueron articulados para formar un sistema relativamente unificado. Además, no es posible sacar ninguna conclusión de esta evidencia arqueológica acerca de qué tan operativo era el grado de centralización de la autoridad para el riego a nivel de la comunidad. Woodbury ha demostrado esto muy bien en una revisión de la irrigación Hohokam, y en su reporte sobre Point of Pines (1961a, 1961-b). También Adams en su trabajo sobre el sur de Mesopotamia (1962-b). Y llegamos a la misma conclusión en nuestro trabajo sobre Teotihuacán. (Ver también Adams, 1962-a). La pregunta general sobre la relación entre sistemas de riego grandes y el surgimiento de sistemas políticos centralizados no ha sido discutida en este ensayo porque el tipo de evidencia examinado aquí no está disponible para tales sistemas. (Para una evaluación reciente de la evidencia arqueológica y de otro tipo sobre la relación entre grandes sistemas de riego y la centralización del sistema político en las sociedades antiguas de Mesopotamia, Egipto, Perú y Mesoamérica, véase Adams [1960: 278-288]). Sin embargo en el sur de Irak la evidencia de una relación inversa ha sido señalada. En la región del Daghghara en el Eufrates Central, cauces de agua utilizados para riego han pasado al control del gobierno central. El reparto de agua de estos canales ha sido puesto bajo la jurisdicción del gobierno central. El efecto neto ha sido la extensión de la autoridad del gobierno central sobre los agricultores de riego de la región. Tenemos evidencia, entonces, de que un sistema ya centralizado puede frecuentemente utilizar las consecuencias benéficas de la racionalización de la agricultura de riego a gran escala para extender su autoridad sobre el campo. El Irak moderno y en menor medida el México moderno proveen ejemplos de este proceso. Hay otro aspecto de la práctica de la agricultura de riego que merece atención, esto es, la problemática social planteada por los tipos de agricultura de riego que hemos considerado en este ensayo. Tales

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sistemas de riego involucran, simultáneamente, la imposición de la necesidad de cooperación y la generación de fuentes fundamentales de conflicto. Es un lugar común en los estudios de poblaciones que practican la agricultura de riego enfatizar que la cooperación de individuos o grupos de individuos es obligatoria para todos los participantes en todos los sistemas exceptuando sólo los extremadamente sencillos, si los involucrados pretenden realmente recibir los beneficios inherentes en un sistema de agricultura de riego. Y por supuesto que hay una buena razón para que esto se haya enfatizado, porque aquí radica una diferencia fundamental entre la práctica de la mayoría de los tipos de agricultura de riego y la práctica de muchos tipos de agricultura de secano. Pero el corolario de esto se enfatiza con menos frecuencia, marcadamente, que la práctica de la agricultura de riego conlleva un fuerte potencial de antagonismo y conflicto, y que es potencialmente una fuerza de desagregación. En la mayoría de las sociedades que hemos examinado aquí el entretejido de estos procesos es evidente. Pul Eliya, los Nahid, los El Shabana y Teotihuacán son ejemplos particularmente claros. Por ejemplo, al discutir Pul Eliya, Leach dice lo siguiente (1961: 9, 65): La comunidad de Pul Eliya opera no sólo dentro de un marco establecido de reglas legales, también existe en un medio ecológico peculiar hecho por el hombre. La inflexibilidad de la topografía --del agua, la tierra, el clima-- es ante todo la que determina lo que la gente hace. Esta interpretación de las reglas legales ideales está limitada en todo momento por algo tan crudamente simple como que el agua se evapora y fluye hacia abajo... Los individuos que trabajan la tierra abastecida por un mismo canal tienen la obligación inescapable de cooperar. Este hecho es una potente fuente de alianzas de amistad, pero es también una fuente mayor de conflicto. Y como hemos visto más arriba, Fernea al describir la situación de los El Shabana antes de 1919 nos dice (1961: 200-201): Compartir un curso natural de agua puede ser una circunstancia

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divisiva, no hay nada que sugiera que los usuarios del canal de Daghghara hayan alguna vez cooperado para su uso... Una vez que la autoridad central se estableció, sin embargo, el control sobre el riego parecería ser una forma por la cual se pudiese desplazar a las autoridades tradicionales. Casi toda relación social que involucra la dependencia mutua es ambivalente. Así es también en el caso de la práctica de la agricultura de riego. La necesidad de cooperación involucra antagonismo, conflicto y desagregación potencial. Las fuerzas divisivas pueden ser tales que hacen imposible la práctica de la agricultura. Así parece haber ocurrido cuando las tierras de la Hacienda de Arroyo de Enmedio cerca de Guadalajara, México se dividieron en 1927 y se dotaron en la forma de ejidos a un cierto número de agricultores de distintas comunidades adyacentes. Las tierras que habían sido regadas por la hacienda se dividieron entre los varios ejidos de estas comunidades. Pero los miembros de las comunidades involucradas fueron incapaces de actuar en concierto para mantener estas tierras bajo riego. Como resultado, el sistema de riego cayó en desuso. Los pobladores fueron incapaces de resolver los problemas planteados por la necesidad de cooperación entre comunidades (May Díaz comm. pers. 1961). Ya que el potencial de doble filo inherente en la práctica de la agricultura, como tales potenciales inherentes en muchas otras esferas de la vida social, normalmente se nos manifiestan en una forma razonablemente exitosa, no debe olvidarse que los intentos no exitosos en tales ajustes también ocurren. Aunque el conflicto puede tener una función cohesiva, vale la pena tener en cuenta que a veces no la tiene. No parece estar jugando este rol en el caso del valle de Teotihuacán hoy en día (Millon, Hall y Díaz 1962). Ni parece ser particularmente iluminador ver como factor cohesivo el conflicto que permea la sociedad Nahid en el Hadhramaut. Los Nahid viven bajo un sistema político extremadamente inestable, la inestabilidad está acentuada, por el requerimiento de una agricultura de riego sedentaria. Como hemos visto, los conflictos por el agua entre los Nahid condujeron al desarrollo de conflictos de grandes proporciones y de una naturaleza

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estructural tal, que no pudieron ser contenidos por los Nahid mismos. La intervención externa, con la amenaza del uso de la fuerza, fue necesaria para resolver la disputa y evitar un colapso total del sistema de riego. Esto sucedió en 1936, y el valle parece estar enfrentando otra vez el prospecto de un colapso dada la imposibilidad de lograr acuerdos para efectuar las reparaciones necesarias en el sistema de riego. Si el conflicto interno ha tenido consecuencias particularmente divisivas entre los Nahid y en el valle de Teotihuacán, también existen conflictos de proporciones serias en la mayoría de las otras sociedades examinadas aquí. En un sistema tradicionalizado como el de los Doce Pueblos, las disputas sobre el agua son frecuentes y el “desacuerdo sobre el reparto de agua es un rasgo permanente de la administración del sistema de los Doce Pueblos” (Eyre, 1955: 213). Pero tales disputas normalmente pueden ser contenidas o canalizadas por el sistema tradicional de reparto y adjudicación. La mayoría de las disputas individuales surgen de necesidades diferentes, que a su vez surgen de los distintos requerimientos de parcelas particulares. La mayor disputa a nivel de sistema surge del problema común de escasez de agua en las partes terminales del sistema. Como puede esperarse, y como hemos visto en otras casos examinados aquí, los conflictos más serios se desarrollan cuando hay una escasez severa de agua (Eyre, 1955: 214; Bearsley, Hall y Ward, 1959: 132-138). El extenso impacto de esta escasez entre los El Shabana, a principios de siglo, ya ha sido notado. En Pul Eliya, el sistema tradicional de reparto en el Campo Viejo, por su naturaleza extraordinariamente equitativa, minimiza disputas y, simultáneamente, su extraordinaria complejidad, evita intentos de modificarlo. Esta situación ha sido alterada por el desarrollo de nuevas categorías de tierra hacia abajo y adyacentes al Campo Viejo. Como hemos visto, la historia del desarrollo de estas tierras y de los canales de riego que las abastecen ha creado divisiones serias al interior de la comunidad. Esta claro que cualquier grupo de gente que practica la agricultura de riego enfrenta problemas especiales. La necesidad de la cooperación que existe en tal situación debe sobrellevar el antagonismo, el

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conflicto y la desagregación potencial, simultáneamente inherentes, si la empresa va a tener éxito. Por ello el estudio de los ajustes exitosos y no exitosos, a tales problemas especiales, deben iluminar nuestro entendimiento de otros procesos sociales, que simultáneamente requieren cooperación y generan conflicto. CONCLUSIÓN Los estudios de sistemas de riego relativamente pequeños considerados aquí, ilustran que no hay una relación necesaria entre la práctica de la agricultura de riego como tal y la centralización de la autoridad, y que las respuestas sociales a la práctica de la agricultura de riego son tan variadas como las condiciones sociales y ecológicas de los pueblos que practican el riego. Estos mismos estudios también ilustran que las consecuencias sociales de la práctica de la agricultura representan otra variable importante, que debe ser considerada en el estudio comparativo de sistemas sociales (véase Wittfogel, 1957). La práctica de la agricultura de riego tiene evidentemente consecuencias integrativas significativas en un amplio rango de contextos sociales y ecológicos. Si los miembros de una sociedad van a manejar exitosamente un sistema de riego, proveyendo de una cantidad limitada de agua a un cierto número de comunidades en una cuenca hidráulica, algunos medios positivos deben encontrarse para explotar las relaciones de interdependencia y de conflicto potencial implícitos en esta forma de agricultura. Los medios particulares pueden diferir ampliamente de una sociedad a otra, y cada situación debe ser examinada en el contexto del rango total de respuestas institucionales de las que tenemos noticia. Una conclusión fuertemente sugerida por la evidencia examinada aquí es que la centralización de la autoridad es una respuesta excepcional a los problemas de la agricultura de riego. Si se toma una perspectiva más amplia, las implicaciones integrativas, positivas y negativas de la práctica de la agricultura de riego pueden ser mucho mejor apreciadas en el estudio de las ‘civilizaciones del desierto’ y de las sociedades de agricultores modernos.

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NOTAS 1

No he intentado definir la clase de agricultura de riego practicada por los varios pueblos analizados en este ensayo en términos de los conceptos de Wittfogel de hidroagricultura y agricultura hidráulica (Wittfogel, 1957: 3, 17-19). Basta decir que las prácticas agrícolas de algunos de estos pueblos parecerían caer dentro del concepto de Wittfogel, de hidroagricultura, mientras otras prácticas se incluirían en su concepto de agricultura hidráulica. 2

N. del T. Se refiere al symposium “Civilizations in Desert Lands” celebrado en 1961 bajo los auspicios de la American Association for the Advancement of Science.

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Geertz da un ejemplo de un “estado dentro de un estado” en esta región de Bali en que los vínculos múltiples [cross-cutting ties] son mínimos. Esta pequeñísima unidad, llamada Blaju, cubre un área de quizá 6 millas cuadradas y tiene una población total de quizá unos 5,500-7,500. Los subak en esta región son pequeños, y la propiedad de la tierra no está tan dispersa. Como resultado los subak tienden a identificarse con las unidades políticas y poblados más cercanos; el sistema en su conjunto está totalmente “territorializado” (Geertz, 1959: 1006-1008). 4

N. del T. Millon parece estar refiriéndose a la cita siguiente de Beals: “Sin embargo debemos cuando menos considerar la alternativa, o sea que una vez que el urbanismo aparece este mismo impone imperativos de organización; en consecuencia en un momento dado del desarrollo de las civilizaciones de riego, el riego en si, puede dejar de ser una variable significativa del desarrollo cultural. Esto no disminuye de ninguna manera la importancia de la tentativa de describir cuáles asociaciones y cuáles variables dependientes pueden encontrarse abordando los problemas desde el punto de vista del regadío, pero nos advierte que las nuevas formas sociales y culturales pueden por sí mismas convertirse en variables independientes” (Beals en Steward et al 1955: 59, se consultó la edición paralela en español).

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SISTEMAS DE RIEGO POR CANALES: TAMAÑO DEL SISTEMA Y ESTRUCTURA DE LA AUTORIDAD 1 Robert C. Hunt

RESUMEN Se ha supuesto que todos los sistemas de riego deben tener una autoridad constituida y que todos los sistemas de riego grandes deben tener una autoridad centralizada. Se revisa la escasa bibliografía que pone a prueba estas afirmaciones, y se presentan los resultados de un estudio comparativo sistemático. Se definen los conceptos “sistema de riego”, “tamaño del sistema de riego”, y “estructura de la autoridad del sistema de riego”. Se construyen las variables que miden estos conceptos, y se muestran las medidas de un muestreo propositivo. Se encontró un puñado de pequeños sistemas de riego sin estructuras de autoridad. Una revisión de los datos muestra que, en sistemas que tienen entre 700 y 458,000 hectáreas, no existe una relación entre tamaño y estructura de la autoridad. Además, un sistema de riego de 458,000 hectáreas es manejado por los agricultores. Conclusiones: 1) existen sistemas de riego sin autoridad constituida y 2) sistemas grandes no requieren de una autoridad central. INTRODUCCIÓN Se supone que los sistemas de riego por canales requieren de una estructura de autoridad si la construcción y funcionamiento van a ser 1

Edición original: 1988 “Size and the structure of authority in canal irrigation systems” Anthropological Research (antes Southwestern Journal of Anthropology) vol. 44, num., pp. 335-355. Traducción de J. Palerm Viqueira.

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exitosos, y que todos los sistemas de riego grandes requieren de autoridad centralizada. Estas dos creencias no demostradas son superficialmente plausibles y han sido ampliamente usadas por los estudiosos para interpretar datos arqueológicos, históricos y etnográficos. Cuando estas proposiciones se discuten (lo que es raro), la autoridad se considera necesaria para lograr la acción coordinada y controlar la competencia: [E]l control del riego, y quizá también la instalación, hace esencial un poder central fuerte. (Linton, 1939: 286, sobre los Betsileo de Madagascar) [E]l riego ... impuso la necesidad de una sociedad muy integrada, ya que sólo por un control estricto se puede mantener un sistema elaborado de canales y se puede repartir el agua. (Bushnell, 1957: 56, sobre el formativo tardío en Perú, énfasis añadido) Los más importantes de estos sistemas de riego debieron haber sido construidos y administrados por un cuerpo de oficiales del riego dirigidos por un gobierno centralizado pre-incaico. (Forbes, 1955: 8, sobre Perú, énfasis añadido) Con la publicación del libro de Wittfogel Despotismo Oriental en 1957, los estudiosos empezaron a concentrarse en la relación positiva entre la autoridad central y el tamaño del sistema de riego (a pesar del hecho de que Wittfogel claramente está tratando todos los tipos de obras hidráulicas y no únicamente los sistemas de riego; véase Mitchell, 1973). La actividad hidráulica a gran escala ... efectivamente requiere de muchas de las exigencias técnicas y sociales que Wittfogel indica. Tanto la movilización de grandes cantidades de trabajo para la construcción y el mantenimiento de tales obras, como el reparto de agua sobre bases equitativas entre comunidades en competencia, son factores que por igual requieren la presencia de una autoridad superior. (Wheatney, 1971: 298, sobre China, énfasis añadido).

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Aún no hay evidencia de un sistema maya de control del agua tan amplio como para requerir de una administración estatal. (Bronson, 1978: 279, sobre los mayas de las tierras bajas, énfasis añadido) Estas creencias generales están en la forma de dos proposiciones nomotéticas: 1) todos los sistema de riego por canales tienen una autoridad constituida para su administración y 2) todos los grandes sistemas de riego por canales tienen un autoridad administrativa centralizada. Estas proposiciones contienen tres conceptos que se refieren a entidades empíricas: el sistema de riego en si, el tamaño de ese sistema de riego, y la estructura de autoridad que administra ese sistema. En este ensayo pongo estas propuestas a prueba examinando y, espero, reduciendo la incertidumbre asociada con ellas. En tanto una proposición particular se utiliza para interpretar datos o sirve como fundamento para otras proposiciones, entonces la incertidumbre que contiene es tan importante como su contenido. Una estrategia central para reducir la incertidumbre que contiene una proposición general es hacer sus conceptos lo menos ambiguos posible. Tal y como han sido utilizados en la bibliografía, los tres conceptos mencionados son menos claros de lo que podrían ser. Ningún autor define precisamente qué se entiende por “un sistema de riego” o por “tamaño grande”, y pocos han tan siquiera especificado a qué tamaño se están refiriendo. No son más precisos los conceptos de autoridad central, fuerte poder central, gobierno centralizado, o administración estatal. La medidas de estos conceptos también han sido confusas o poco confiables al aplicarse a los datos particulares. Estas dos fuentes de incertidumbre inhiben nuestro juicio de la validez interna de las proposiciones (ver Campbell y Stanley, 1963). Además, la forma más general de las proposiciones ha sido cuestionada por un estudio de caso, desde entonces suplementado por casos adicionales, en el cual Netting (1974-b) propone que un sistema de riego puede existir y persistir sin ninguna autoridad organizada. ESTUDIOS PREVIOS La estrategia central para intentar confirmar una generalización sobre

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un relación estadística es el análisis comparativo sistemático. Hasta ahora la relación entre tamaño y centralización de la autoridad en sistemas de riego ha sido examinada en cuatro estudios comparativos: Millón (1962), Mencher (1966), Kappel (1974), y Earle (1978). Cada uno de estos estudios contiene grandes cantidades de incertidumbre. La muestra de Millon incluye siete casos, cuatro de ellos en aquel momento publicados (los Sonjo, un pequeño cacicazgo [chiefdom] de Tangañica; el sistema de los 12-Go en Japón; Pul Eliya en Ceilán; y el material temprano de Geertz sobre Bali). Los tres casos adicionales se derivaron de fuentes en aquel momento no publicadas (el relato de Fernea sobre los El Shabana en el sur de Irak; el relato de un sistema “tribal” en el Hadramaut; y el propio material de Millon sobre varios pueblos en el valle de San Juan Teotihuacán en México). Millon midió el tamaño y la estructura de autoridad de estos siete sistemas “relativamente pequeños” y concluyó que “no hay una relación clara entre el grado de centralización de la autoridad y el tamaño del sistema de riego o la cantidad de gente que depende del sistema. Además, la práctica de la agricultura de riego, no ha, aparentemente, llevado a un crecimiento substancial de la autoridad central” (Millon, 1962: 56). Aunque se restringe a “sistemas relativamente pequeños”, estos resultados cuestionaron la creencia general sobre la relación entre tamaño y autoridad. Las conclusiones de Millon han sido aceptadas por Wolf (1966: 26, n. 8), Price (1971), Lees (1973), y Mitchell (1973). Mencher (1966) comparó dos áreas del sur de la India, centrándose en la nucleación de pueblos, la centralización de los reinos, y la ecología de obras hidráulicas y el transporte por tierra en Kerala y Madras. Encontró que los pueblos muy nucleados, las carreteras más desarrolladas, y los reinos más integrados estaban asociados con las áreas de menor precipitación pluvial y obras de riego más grandes, de esta manera apoyando la creencia general. Kappel (1974) seleccionó diez y siete sociedades del Outline of World Cultures y midió tres variables: 1) tamaño y densidad de población, 2) tamaño de las obras de riego, y 3) grado de centralización de la

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autoridad para la toma de decisiones. Concluyó que según aumenta el tamaño y densidad de población, también aumenta la centralización política y el tamaño de los sistemas de riego. Earle (1978) comparó sus datos de Hawai con otros cuatro pequeños sistemas de riego que abastecen a un solo pueblo (Pul Eliya, Ifugao, Moala, y los Sonjo). Concluyó que los roles gerenciales parecen estar más relacionados con la matriz social que con las demandas del riego. (Earle, 1978: 135). Los resultados de estos estudios son equívocos en el caso de Millon y Kappel y débiles en el caso de Mencher y Earle. La muestra de Earle no exhibe ninguna variación en la estructura de la autoridad y muy poca en el tamaño. Como consecuencia, poco se puede aprender de la relación entre los dos conceptos. Mencher, en efecto, hace un estudio de variación concomitante en una región de la India. Como Clignet (1970) y Przeworski y Teune (1970) han mostrado, este diseño de investigación no permite la identificación de todas, o aun las principales fuentes de variación en la variable dependiente. Los estudios comparativos de Millon y Kappel tienen una validez interna débil. Millon define su variable de tamaño como acres regados y como población. Cuando de hecho usa acres regados, sin embargo, en algunas casos está midiendo otros fenómenos: el tamaño de un pequeño reino en Bali y el área bajo el control político de una tribu en Irak. Esta práctica introduce una incertidumbre masiva en la relación resultante entre las dos variables. Los resultados de Millon han sido cuestionados por Bennett (1974), que llamó la atención a lo pequeño de la muestra y el rango limitado de tamaños de los sistemas de riego analizados, y por R. Hunt y E. Hunt (1976) que levantaron dudas sobre sus medidas. Kappel (1974: 162) llama a la variable tamaño “extensión del riego” y lo define como millas de canal, acres regados, o el tamaño relativo del sistema según reportado por los etnógrafos. Sin embargo, sus resultados se expresan en unidades de casas, pueblos, distritos y de gobierno, haciendo entonces difícil la comparación con los datos

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originales. Además, su variable de autoridad se refiere a toda la sociedad, y no al sistema de riego per se. Finalmente, si aceptamos su medida de tamaño la conclusión de Kappel en el texto no concuerda con los datos presentados en el Cuadro 13.2, “Relaciones de tamaño de riego y tamaño de población” (Kappel, 1974: 164). En conclusión, han sido identificados problemas serios con los conceptos y sus medidas tan y como han sido usados en los estudios comparativos, y por lo tanto la validez interna de estos estudios está comprometida. Además, como las muestras usadas no tienen una relación conocida a cualquier universo, la validez externa de estos estudios es también extremadamente baja. Como consecuencia se ha obtenido poco o ningún “conocimiento” sobre la relación entre tamaño del sistema de riego y estructura de la autoridad. ESTE ESTUDIO Este ensayo presenta algunos de los resultados de una investigación comparativa sistemática sobre la estructura de autoridad de sistemas de riego por canales1. Para evaluar la posibilidad de que las proposiciones nomotéticas son correctas, se definieron estrechamente los conceptos de sistema de riego, estructura de autoridad administrativa, y tamaño; se construyeron medidas de estructura de autoridad y tamaño; y estas variables se midieron en una pequeña muestra propositiva. Universo y muestra El universo para este estudio se restringe a sistemas de riego por canales en Estados. Desde la publicación de Despotismo Oriental, de Wittfogel, las discusiones sobre sistemas de riego con autoridad centralizada han, cuando menos, tenido implícito que el Estado está involucrado. Es de importancia crítica que cada caso en la muestra tenga el potencial de estar políticamente centralizado, un criterio que las bandas y probablemente los cacicazgos [chiefdoms] no llenan. Los Estados tienen un centro político (por definición), capas de administración territorial, y organizaciones periféricas (pueblos,

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grupos de parentesco, grupos étnicos, corporaciones), cualquiera de las cuales puede en principio ofrecer la estructura de autoridad para un sistema de riego por canales. En los Estados, entonces, una elección, al menos potencial, debe ser realizada sobre cuál nivel de autoridad va a manejar un sistema de canales. Para facilitar el acceso a los datos, el universo para este estudio debe además restringirse a Estados naciones modernos. Aunque el mundo actualmente contiene más de 100 mil sistemas de riego por canales2 pocos han sido descritos. La mayoría de los estudios accesibles han aparecido desde 1970 y tratan de condiciones contemporáneas. Datos de investigaciones históricas sobre sistemas de riego serían una adición valiosa a este estudio, pero como tal investigación es muy costosa y tardada, pocos lo han hecho (el estudio de Glick sobre Valencia [1970] es el mejor ejemplo; y los otros poquísimos estudios incluyen a Kelly [1982], Stone [1984], y Ludden [1985]). La unidad de muestra --El sistema de riego Un problema persistente en estudios nomotéticos es encontrar una unidad estable de análisis. En un ensayo reciente Kelly indica que “el sistema de riego” parece funcionar como un concepto analítico clave, pero que usualmente se deja sin definir. Cita una de las pocas definiciones existentes en la bibliografía: “Un sistema de riego es un arreglo por el cual el agua se lleva de una fuente a un área que necesita agua para facilitar la producción de los cultivos deseados” (Kelly, 1983: 881, citando a van der Mere, 1968: 720). La descripción de van der Mere dice cosas que son ciertas sobre los sistemas de riego, pero no permite fijar lo discreto [discreteness] del sistema y por lo tanto no tiene utilidad para decidir donde están las fronteras entre tales sistemas. La ambigüedad y multitud de definiciones en la unidad de análisis contribuye tal cantidad de incertidumbre a los estudios sobre sistemas de riego que sus resultados están seriamente debilitados. Un ejemplo de ello hace esto claro. En el estudio comparativo de Millon (1962) incluye a los El Shabana, un grupo tribal del sur de Irak estudiado por

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Fernea (subsecuentemente publicado en 1970). Millon mide el tamaño del sistema de riego por la cantidad de hectáreas que ocupa la tribu. Sin embargo, los ingenieros de riego irakies, nombrados y pagados por la nación, tenían una autoridad administrativa del conjunto del sistema, y varias unidades de la tribu recibían agua de los canales nacionales que administraban. El territorio cubierto por el sistema de riego y su burocracia era entonces mucho mayor que el territorio ocupado por la tribu. Esta situación es intolerable en estudios nomotéticos, ya que ninguna comparación entre sistemas es posible si dos o más unidades de análisis son utilizadas. En estudios nomotéticos cada variable debe ser medida en sistemas idénticamente definidos. Debemos entonces tener una forma de identificar un sistema de riego particular. Como cualquier estudio comparativo a gran escala tiene obligadamente que depender de la bibliografía existente, en las fuentes secundarias la unidad de muestra utilizada debe ser identificable. Idealmente, la unidad debe ser definida de tal manera que sea también aplicable a fuentes arqueológicas e históricas. La siguiente definición es un intento de especificar cómo encontrar las fronteras de sistemas de riego particulares: un sistema de riego por canales se compone de 1) una obra de toma o compuerta [a facility (gate, offtake)] que toma agua de un canal natural y la desvía de su curso natural cuesta abajo y, 2) las obras de control subsecuentes (canales, compuertas, campos) que guían el agua que fluye sobre la superficie a las plantas cultivadas hasta que esta agua es absorbida por la tierra o fluye sobre la superficie fuera del alcance de las obras de control3. La variable de autoridad administrativa Todas las teorías sobre la centralización del control, o carencia de él, conciernen la organización del poder. En el largo plazo quisiéramos tener algunas respuestas a preguntas fundamentales sobre el poder en el contexto del riego: ¿Quiénes tiene poder sobre el agua?, y ¿cómo y por qué tienen ese poder? Los que tienen poder sobre el agua ¿tienen poder sobre otras cosas? Los que tienen otras fuentes de poder ¿tienen

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poder sobre las decisiones sobre el agua? Y, finalmente, ¿hay una direccionalidad entre poder sobre el agua y poder sobre otras cosas? El poder ha sido notoriamente difícil de definir, observar y medir, especialmente a partir de bibliografía secundaria. Los pocos relatos extensos sobre el conflicto en la bibliografía sobre riego parecen claramente reflejar diferencias de poder llevados a decisiones sobre riego (Gallin, 1966; van der Mere, 1971; E. Hunt, 1972). Aunque estos casos tienen una fuerte validez interna, no hay justificación para generalizar a partir de ellos a toda una comunidad, a un sistema en su conjunto, o a un lapso de tiempo substancial (i.e. su validez externa es baja). Como es problemático medir el poder; y hacerlo, a partir de las fuentes existentes, es poco menos que imposible, el énfasis en este ensayo será en la estructura de autoridad para la administración de los sistemas de riego. Un contexto casi universal de poder, especialmente en Estados, es que la autoridad puede ser definida como el derecho legítimo de ejercer poder. La autoridad es raramente irrelevante al poder y por momentos probablemente lo mapea bastante bien. La autoridad se puede medir de forma relativamente fácil (comparada con el poder) tanto en el campo como en la bibliografía secundaria. La expresión “autoridad centralizada” aparece repetidamente en discusiones sobre sistemas de riego por canales, y sin embargo raramente se define o usa consistentemente. En un artículo reciente Kelly (1983) ha iniciado la tarea de segmentar esta área confusa en dimensiones separadas. Nota dos conceptos mayores que han sido involucrados en discusiones previas sobre la centralización de la autoridad: 1) La configuración interna de la autoridad entre roles de un sistema y 2) la relación externa de estos roles del riego a roles en otros sistemas sociales, especialmente el sistema político del Estado. Kelly (1983: 883) sugiere los términos “centralización/ descentralización” para designar la dimensión de la organización interna, para indicar “el grado en el cual los roles de riego están jerárquicamente configurados y la autoridad de la tarea de riego esté concentrada”. Sugiere “articulación/ autonomía” para indicar el grado en el cual la organización de riego está vinculada, o es independiente

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del Estado. La separación que hace Kelly del concepto de autoridad centralizada en estas dos dimensiones es potencialmente muy útil. Pero como el termino “centralizado” puede referirse a cualquiera de estas dos dimensiones, sugiero “concentrado/ disperso” para los extremos de la dimensión de la coherencia interna de la autoridad. Un sistema sin autoridad constituida tendrá un máximo de dispersión de la autoridad, en contraposición a concentrada, y podrá ser denominada “acéfala”. Un sistema con un sistema de autoridad constituida puede denominarse “unificado”. La proposición nomotética que estamos investigando afirma, en efecto, que todos los sistemas de riego por canales son unificados. La definición de autoridad centralizada más prominente en la bibliografía se refiere a la clase de vínculo entre los roles de autoridad en un sistema de riego y las entidades externas, usualmente el Estado4. Esta articulación está en el meollo de la teoría de Wittfogel y es el concepto de centralización que Millon maneja en su estudio comparativo. Debemos notar, sin embargo, que todos los sistemas de riego por canales en Estados modernos están articulados de alguna manera con el Estado. Aun las comunidades de regantes más independientes suelen tener alguna tipo de permiso legal para organizarse y son frecuentemente personas jurídicas (R. Hunt, 1987)5. Esta dimensión (la dimensión de Kelly “articulado/ autónomo”) es el centro [focus] de este ensayo. Una manera de plantear la pregunta es si la autoridad sobre las decisiones y actividades al interior del sistema de riego están localizadas al interior o al exterior del sistema de riego. Una estructura administrativa debe contener trabajo que debe realizarse e individuos que realicen el trabajo. En la administración de un sistema de riego por canales, varias tareas y roles están involucrados. Varias tareas de trabajo universalmente encontradas han sido identificadas en sistemas de riego por canales, incluyendo la construcción del sistema físico, la captura de agua del medio, el reparto del agua una vez capturada, mantenimiento del sistema físico, solución de conflictos, y contabilidad. También se encuentra a veces drenaje y tareas rituales. Si una estructura de autoridad es responsable por estas tareas, entonces los roles administrativos deben existir para

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llevarlos a efecto. Sistemas con autoridad constituida están encabezados por un oficial ejecutivo en jefe6 [chief executive officer (CEO)], definido como el oficial responsable por el reparto de agua en la obra donde el sistema toma el agua del medio natural. Varios ayudantes subordinados pueden también ser responsables del reparto. Todas o algunas de las otras tareas del sistema de riego pueden ser realizadas por este personal. El oficial ejecutivo en jefe usualmente debe reportarse con una persona o personas que ocupan un rol o conjunto de roles (Ministerio de Riego, Junta de Directores, etc)7. Todos los sistemas de riego contienen el rol de agricultor. Para algunas tareas (por ejemplo mantenimiento y construcción), se requieren grandes cantidades de trabajadores. Estos trabajadores pueden ser empleados de tiempo completo del sistema, o pueden ser agricultores cuya responsabilidad es realizar este trabajo, o pueden ser trabajadores empleados temporalmente para realizar la tarea requerida en ese momento. Un rasgo de sistemas de autoridad es la cédula [charter] para tal autoridad. Todos los sistemas administrativos formalmente constituidos para el riego por canales tienen algún tipo de cédula para la autoridad de manejar el sistema. La variable cédula de autoridad tiene tres valores con contenido empírico en sistemas de riego por canales: el gobierno nacional, la comunidad de regantes, y privada8. Estos términos se refieren a la fuente de legitimidad para el ejercicio de la autoridad del oficial ejecutivo en jefe sobre la distribución de agua en la compuerta. Con una cédula del gobierno nacional, el centro de la comunidad política (un ministerio o un oficial conectado directamente al jefe de estado) tiene la responsabilidad directa para operar el sistema de riego, designa al oficial ejecutivo en jefe, y formula las reglas para operar el sistema. En tiempos modernos los individuos que ocupan una posición de oficial ejecutivo en jefe en sistemas con una cédula del gobierno nacional, generalmente tienen una educación formal en ingeniería civil o agrícola, les pagan un salario en dinero y, frecuentemente, aparecen en el presupuesto del gobierno central. Tienen un estilo de vida, aspiraciones y frecuentemente residencia urbana. Los estándares

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y sanciones para su desempeño están fijados por el ministerio a cargo de supervisar la irrigación (R. Hunt sin fecha-b). Los sistemas con una cédula de una comunidad de regantes suelen llamarse nativos, tradicionales o basados en la comunidad (Beardsley, 1963; Coward, 1976, 1979; Maass y Anderson, 1978). En estos casos un grupo corporado de derecho-habientes del agua (la comunidad de regantes) elige o designa al oficial ejecutivo en jefe, quien tiene la responsabilidad directa de operación de la compuerta. Este individuo frecuentemente no tiene una educación formal en ingeniería y es generalmente un miembro del grupo corporado y un usuario directo del agua. Puede no recibir ninguna recompensa directa. Lo menos monetarizado que esté el sistema, lo más posible que la recompensa será en la forma de descarga del trabajo de mantenimiento, agua o tierra adicional, o productos en especie. Sólo hasta muy recientemente su recompensa ha sido en la forma de dinero. Tales individuos generalmente son residentes de aldeas o pueblos rurales, tienen un estilo de vida rural, y pocas aspiraciones significativas urbanas. Los estándares y sanciones para ejecutar los deberes del cargo están determinados y llevados a cabo por el grupo corporado. Por lo menos dos de los casos reportados involucran lo que puede llamarse un consorcio de comunidades de regantes: Valencia en España y la Asociación del Agua del Río King en Fresno, California. En ambos casos un cierto número de comunidades de regantes están localizados sobre un río y combinan sus esfuerzos para tratar varios asuntos comunes. Aunque tales consorcios no son estrictamente sistemas de riego como lo definimos más arriba, su cédula de autoridad proviene de los agricultores, y en este sentido son como comunidades de regantes (R. Hunt sin fecha-b). Los sistemas de riego con cédulas privadas son administrados por individuos que en efecto se dan a sí mismos la cédula. Esto comúnmente ocurre cuando un empresario financia la construcción del sistema. La mayoría de los casos que conozco involucran empresas agrícolas relativamente muy capitalizadas en América Latina (especialmente ingenios azucareros) (véase Barkin y King, 1970; Ronfeldt, 1973). Tales empresarios individuales tienen características

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muy variadas; pueden ser comerciantes, caciques (jefes políticos) generados localmente, o capitalistas extranjeros. En casi todos los casos el sistema de riego más bien se ve como perteneciente al empresario, y no a la nación o a un grupo de agricultores (R. Hunt sin fecha-b). Entre estos tipos de cédulas, se exhibe bastante variación en la cantidad de tareas por las que es responsable el ejecutivo en jefe, y que tan abajo del sistema se extiende su responsabilidad. Las comunidades de regantes son las más densamente organizadas desde este punto de vista: el puesto que es responsable de la distribución de agua es también responsable por el mantenimiento, contabilidad, y para las primeras etapas (y en algunas casos casi todas) de solución de conflictos (véase R. Hunt, 1978, sin fecha-b). Estas responsabilidades se extienden hasta el nivel del agricultor. Los sistemas con una cédula del gobierno nacional son mucho más variables. Algunos toman la responsabilidad por todo hasta la compuerta de la parcela (el esquema de Gezira en el Sudán es el mejor ejemplo de esto [Dishoni, 1966; Farbrother, 1973]). Otros sólo toman responsabilidad por la distribución y mantenimiento en el nivel de los canales principales, dejando las demás tareas y la distribución y mantenimiento de niveles menores a otras organizaciones o a ninguna organización (véase R. Hunt sin fecha-a para una discusión in extenso). La pregunta de si un sistema de riego tiene una autoridad constituida, puede ser contestada usando los conceptos discutidos más arriba. Un sistema sin un sistema de autoridad carece de un oficial ejecutivo en jefe. Los sistemas pueden ser unificados (un sistema de autoridad con un ejecutivo en jefe está presente) o acéfalos (ningún sistema de autoridad y ningún oficial ejecutivo en jefe). La cédula de autoridad es la variable que se utiliza en este ensayo para medir la estructura de autoridad administrativa. La cédula es la fuente de autoridad para el oficial ejecutivo en jefe, quien es responsable de llevar a cabo las decisiones de distribución en la obra de toma [head-facility]. La escala de esta variable es nominal. Sus valores tal y como se han aislado son: 1) gobierno nacional, 2)

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comunidad de regantes, y 3) privado. Los sistemas de riego con una cédula de autoridad nacional (o provincial) están políticamente centralizados (es decir, controlados por el Estado). Los sistemas con una cédula de una comunidad de regantes o con una cédula privada claramente no están controlados por el Estado; sin embargo pueden estar articulados con instituciones de fuera. La variable de tamaño Tres distintas medidas del tamaño de un sistema de riego han sido utilizados en la bibliografía. La población contenida en las fronteras de un sistema ha sido utilizado por Millón (1962) y Earle (1970). El largo del canal principal o el largo total de los canales ha sido propuesto por Kappel (1974). Finalmente, la extensión total (área) del sistema también ha sido utilizado por Millón (1962) y Earle (1978). Además, distinciones tales como complejidad tecnológica han sido atractivas para algunos, mientras que la complejidad organizativa ha sido atractiva para otros (véase Netting, 1974-a; Spooner, 1974; Uphoff, 1986). Sin embargo la bibliografía no nos dice nada sobre dónde y cómo va uno a medir estos rasgos. El uso por una población de un sistema de riego por canales, como una medida de tamaño, es un concepto atractivo por varias razones, pero las dificultades en conceptualizar y medir son grandes y no han sido superadas. Un problema primario es decidir a quién se va a contar. Si uno se concentra en los agricultores, entonces hay que decidir si se quiere decir los terratenientes, los productores directos (que no suelen ser los mismos), y/o los trabajadores agrícolas (que pueden ser parcial o totalmente distintos de las categorías anteriores). Un complicación adicional es que dentro de sus fronteras algunos sistemas de riego por canales contienen pueblos grandes (y quizá ciudades), en los que pocos de los residentes están conectados directamente con el agua de los canales de riego (por ejemplo Valencia; Fresno, California). Los extensiones de unidades censales casi nunca están trazados en términos de los rasgos hidrológicos y por lo tanto no distinguen entre regantes y no regantes. El tamaño de la población dentro de las fronteras de un sistema de riego puede

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entonces estar correlacionado con muchos otros factores, tales como tecnología, el precio de la tierra, y fuentes de empleo, más que con el tamaño del sistema de riego. Todas estas dificultades podrían ser resueltas, teniendo el tiempo y los recursos. Por el momento, sin embargo, la población de un sistema de riego no es ni un concepto claro ni uno que pueda ser medido a partir de la bibliografía secundaria. El largo del canal principal y el largo total de los canales del sistema serían medidas muy instructivas, de tenerlas. Cuando menos, una relación entre la extensión del sistema y el largo de los canales nos diría algo sobre la carga probable de mantenimiento9. Para mi no está claro que el largo de un sistema de canales va a correlacionarse con una variación en la estructura administrativa, aunque podría ser. Pero los largos de los sistemas de canales sólo muy raramente están reportados en la bibliografía secundaria, y por lo tanto el concepto, no importa cuan interesante, no puede ser convertido en una variable útil. La extensión total ha sido el sentido usual del tamaño de un sistema de riego por canales. Aunque nadie lo ha definido, la mayoría de los autores aparentemente se refieren al área de los campos regados por el sistema, mediados en acres o hectáreas. Una ventaja de este concepto es que muchos autores (o los documentos del gobierno) publican algún dato de la extensión del sistema. La extensión es entonces tanto un medida útil como posible aunque no es única útil imaginable. Las dificultades no obstante existen con los datos publicados de la extensión de un sistema dado. Los responsables del sistema pueden estar motivados a inflar su extensión, particularmente si es un sistema manejado por el gobierno federal. Generalmente un sistema está diseñado para alcanzar un cierto tamaño, y aunque nunca lo alcance, el tamaño designado continua siendo la cifra oficial para ese sistema. En algunos sistemas la cantidad de tierra regada en un año dado es una función de la cantidad de agua almacenada. Esto es cierto del sistema de las 53 hectáreas de Pul Eliya (Leach, 1961) y de un sistema de 100,000 hectáreas en el noroeste de México (Hunt, 1982 notas de trabajo de campo). ¿Cuál es entonces la extensión del sistema --el número mayor de hectáreas que han sido alguna vez regadas en ese

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sistema, el número promedio de hectáreas, el número designado de hectáreas, o el número de hectáreas bajo riego en esta estación? Seleccionar el número promedio como representando el número administrativamente relevante es tentador, y pondría el menor énfasis en el tamaño designado, ya que éste está ocasionalmente demasiado inflado. Para trabajar con la bibliografía secundaria, sin embargo, la pregunta carece de sentido, ya que prácticamente nadie da la fuente del número usado, y mucho menos cómo se define ese número. Para medir el tamaño de un sistema de riego, aún más útil que los anteriores datos, sería la relación entre el número de compuertas de canal y la extensión del sistema en su conjunto. Esto sería significativo, ya que identificaría la cantidad de puntos de decisión en el sistema (cada compuerta debe ser operada; y cuantas más operaciones de compuerta, más decisiones tomadas) y muy bien podría servir como un índice de la densidad administrativa. Sin embargo estos datos raramente se tienen. La definición del tamaño de un sistema de riego debe estar vinculada con la definición del sistema mismo. Si estamos intentando correlacionar dos o más variables, estas variables deben ser medidas con la misma unidad básica de muestreo, en este caso un sistema de riego. El sistema se definió en términos de una obra de toma [headfacility] y las estructuras de control que conducen el agua fuera de su sistema natural de drenaje. La autoridad administrativa se midió por el tipo de cédula de autoridad responsable de esa obra [facility]. El tamaño del sistema, a su vez, es la extensión (medida en hectáreas) de los campos que son regados a partir de esa obra de toma [headfacility]. Tiene una escala de relación. Es muy difícil saber cómo relacionar la extensión con el uso casual de términos como “grande”, “extenso”, y “enorme” que tan frecuentemente se encuentran en la bibliografía. Un trabajo importante para el futuro será el calibrar estos juicios intuitivos sobre el tamaño con la medida consciente de la extensión. RESULTADOS

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Sistemas sin autoridad constituida La vasta mayoría de los sistemas de riego por canales reportados en la bibliografía tienen una estructura de autoridad constituida. México tiene algo así como quince mil sistemas de riego, cada uno de los cuales tiene una autoridad constituida (véase Hunt sin fecha-a). De los sistemas de riego reportados para los Estados Unidos, todos tienen autoridad constituida, y lo mismo ocurre (hasta ahora) para el Japón, India e Indonesia. El número total de sistemas sin autoridad constituida reportado no es más de catorce. Así que hasta ahora la evidencia indica que la vasta mayoría de los sistemas tiene un organización formal de autoridad. Qué tan atrás en el tiempo se puede extender esta situación, no se sabe. Netting (1974-b, comunicación personal, 1983) ha discutido que un pequeño sistema en los Alpes Suizos no tiene ahora, y no ha tenido por cuando menos 800 años, cualquier forma de autoridad constituida para manejarlo. Earle (1978) ha presentado datos del Hawai contemporáneo que pueden ser interpretados en el mismo sentido, y de los Reyes (1980-a, 1980-b) ha presentado breves relatos de diez pequeños sistemas de riego en las Filipinas que carecen de autoridad constituida. Estos sistemas son todos pequeños en tamaño (menos de 20 hectáreas) y en el número de agricultores (menos de 30 agricultores). La relación entre tamaño y tipo de estructura de autoridad El Cuadro núm. 1 muestra la distribución de la variable de tipo de cédula en relación con la variable de tamaño. Son de remarcar el sistema más pequeño con una cédula del gobierno nacional, con 700 hectáreas (en Indonesia), y el consorcio de comunidades de regantes más grande, con 458,000 hectáreas (en los Estados Unidos). Entre estos dos extremos se encuentra tanto una cantidad de cédulas de comunidades de regantes, como una cantidad de cédulas del gobierno nacional. La interpretación de la cédula de autoridad debe ser sencillo. Un sistema con una cédula del gobierno nacional es claramente centralizado (controlado por el Estado), mientras que una cédula de

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una comunidad de regantes quiere decir que el sistema no está centralizado por el Estado. La interpretación de tamaño, sin embargo, es más difícil. Ningún comentarista de la bibliografía hasta ahora ha dicho qué tamaño de sistema sería “grande” o “pequeño”. Calibrar esta variable con afirmaciones anteriores es, por lo tanto, imposible. Parece seguro que cualquier sistema arriba de 458,000 hectáreas sería considerado grande por cualquiera. Mi sospecha es que la mayoría de los comentaristas también verían un sistema de 10,000 hectáreas como grande. La conclusión principal que podemos extraer del Cuadro núm. 1 es que con un rango amplio de tamaños (700 a 458,000 hectáreas), el tamaño por si mismo no nos dice qué tipo de cédula es necesaria para operar un sistema de riego por canales. Tanto cédulas de comunidad de regantes (control local) como cédulas de gobierno nacional (control externo) pueden y efectivamente operan estos sistemas. En otras palabras, la centralización política (es decir, el control por el Estado) del riego por canales no es necesario entre 700 y 458,000 hectáreas. El tamaño en sí mismo no determina qué forma de control tiene el sistema (en este rango de tamaños). La validez interna de estos resultados es relativamente alta. Las definiciones de un sistema y de las dos variables medidas son bastante claras y fácilmente medibles a partir de la bibliografía secundaria. Si estas medidas son confiables y válidas, el rango de tamaños de sistemas de riego por canales que tienen cédulas de comunidades de regantes o del gobierno nacional sólo puede aumentar10. Hay limitaciones en la validez externa de los hallazgos dada la definición del universo usado para el estudio y el diseño del estudio (véase Campbell y Stanley, 1963, R. Hunt, 1979). La estrategia de muestreo fue tal que la relación de esta distribución de la muestra con el universo total de los sistemas de riego se desconoce. La muestra utilizada fue propositiva, y los propósitos eran 1) tener datos que fuesen analizables a partir de la bibliografía secundaria y, 2) maximizar el rango de los valores para cada variable. No es en ningún sentido una muestra aleatoria de nada y por lo tanto no puede ser

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tomada como representativa de la distribución de estas variables en cualquier universo. Ya que la muestra se limitó a Estados nacionales modernos, no se conoce en qué medida los resultados de este estudio puedan ser llevados a otros tipos de Estados, a Estados de otros períodos de tiempo y a sociedades sin Estado. DISCUSIÓN Es ampliamente afirmado que todos los sistemas de riego por canales deben estar unificados, y como hemos visto, esto no es estrictamente cierto. Pero la probabilidad de que cualquier sistema de riego, por arriba de, digamos, 100 hectáreas, sea unificado es muy alta. Si el tamaño de un sistema de riego por canales descrito arqueológica o etnográficamente es mayor que 100 hectáreas, parece bastante seguro que tiene o tuvo un sistema unificado de estructura de autoridad. Para cualquier tamaño por debajo de las 50 hectáreas, esto parece problemático. La existencia de sistemas acéfalos cuestiona la teoría de la organización para el riego, que refiere que los problemas inherentes en compartir el agua y llevar a cabo el trabajo exigen una autoridad constituida. La pregunta que se debe contestar con respecto a estos sistemas acéfalos pequeños, entonces, es cómo enfrentan las tareas que deben ser llevadas a cabo. Debe efectuarse el reparto, el mantenimiento, la contabilidad y la solución de conflicto. Los problemas más difíciles que enfrentan son probablemente el compartir agua en tiempos de escasez y tratar con aquellos que se benefician del agua de riego sin participar en las tareas [free riders]. Si en efecto estos problemas no existen, entonces la pregunta que debe contestarse es porqué están ausentes, cuando mucha experiencia nos lleva a esperar su presencia universal. El trabajo de campo en estos sistemas debería ser una alta prioridad para los antropólogos sociales del riego por canales. Wittfogel argumentó que tanto la construcción como la operación de grandes sistemas hidráulicos demandaban lo que en este ensayo se ha llamado una administración políticamente centralizada (es decir,

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controlada por el Estado). El Cuadro núm. 1 indica claramente que sistemas de riego por canales muy grandes pueden ser efectivamente operados por los agricultores. Si grandes sistemas de riego no necesitan o requieren la centralización política, entonces su existencia es el resultado del libre albedrío, y no de una necesidad general. ¿Cómo podemos, entonces, proceder a tratar de explicar de una manera general, la distribución de sistemas de riego controlados por el Estado y por comunidades de regantes? Una de las primeras tareas es establecer qué se quiere decir por “grande”. Hasta este momento la discusión ha sido casi sin números. Una de las consecuencias del estudio aquí reportado es el darnos cuenta que definir y establecer el tamaño de un sistema es crítico para la discusión de la relación entre tamaño y organización. Intuitivamente me parece que cualquier cosa mayor que 3,000 - 4,000 hectáreas debe ser llamada grande desde el punto de vista de la operación. En este tamaño y por arriba, es virtualmente seguro que más de una comunidad esté participando en el uso del sistema. Un pueblo puede fácilmente ser la unidad de operación de un sistema de riego, al ya existir relaciones complejas de relaciones y de sistemas de administración. Cuando un sistema se compone de dos o más pueblos, entonces una organización diferente (y probablemente de propósito especial) tiene que existir, y con ella vienen problemas de disciplina en relación con las reglas a seguir y los ingresos (R. Hunt, 1978, 1987). Una línea potencialmente promisoria de indagación es explorar si la clase de Estado tiene un efecto en el tamaño de los sistemas de riego y su tipo de administración. Es tentador decir que los Estados Unidos y Japón por ejemplo, difieren de México y la India. Pero los conceptos que utilizamos para captar estas diferencias son vitalmente importantes y no enteramente claros. Mientras el colonialismo por poderes industriales bien pueda tener que ver con esta situación, claramente no explica el caso de China. La India ha construido varios sistemas de riego controlados por el Estado desde su independencia y México fue políticamente independiente desde 1821, muchos antes de que sus sistemas de riego modernos fueran concebidos (véase

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Kroeber, 1983). El concepto de “clase de Estado” ha estado con nosotros por largo tiempo y escribimos de Estados agrarios, Imperios, Estados industriales, Estados mercantiles, etc. Pero todavía no veo evidencia que la dimensión o las dimensiones que captan estas diferencias hallan sido claramente formuladas, mucho menos operacionalizadas. Cualquier intento futuro de explicar alguna de la variación en los sistemas de riego con la variable “tipo de Estado nación” debe ser precedida por el trabajo de crear esa variable. Algunos factores pueden favorecer la presencia de sistemas políticamente centralizados (controlados por el Estado). El grado en que un Estado permite organizaciones locales fuertes legítimas puede ser un factor. La comunidad de regantes de cualquier tamaño involucra a más de un puñado de pueblos, impone disciplina sobre sus miembros y tienen el poder de recabar fondos. Algunos Estados pueden ver a tales entidades como competidoras por el poder y así desalentarlas tomando el control del riego en el nivel de Estado. Otros factores pueden incluir el control del Estado sobre la producción agrícola y el conocimiento de la dinámica de la política rural (véase R. Hunt, 1988) Otros factores pueden permitir o inhibir a las comunidades de regantes. Algunos Estados pueden tener tal variedad de fuentes de ingresos y poder que el control sobre los sistemas de riego por canales no es necesario para el mantenimiento del poder del Estado. O el desarrollo agrícola puede haber reducido la incertidumbre en el abasto de comida, a tal grado, que el Estado tiene menor necesidad de manejar la producción agrícola. La presencia de tales factores reduce la importancia del control del Estado sobre los sistemas de riego por canales. La tecnología de las comunicaciones afecta la velocidad con la que mensajes y personas pueden moverse en el sistema de riego. Las operaciones del sistema pueden entonces ser profundamente afectadas por cambios en esta tecnología. Contrariamente, pueden no ser afectadas, por lo menos desde el punto de vista de la organización social del control. El sistema de los 12-Go ha estado en operación,

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como comunidad de regantes, desde por lo menos 1600 después de Cristo (Beardsley, Hall y Ward, 1959), y los sistemas de Valencia han tenido la misma organización desde 1200 después de Cristo (Glick, 1970, Butzer et al, 1985). En ambos lugares la tecnología ha cambiado mucho en este período, como también el ámbito político; sin embargo la comunidad de regantes ha permanecido como la institución de riego dominante en ambos sistemas. No está aún claro para mí si los cambios tecnológicos en las comunicaciones va a efectuar necesariamente una diferencia substancial en el tipo de cédula necesaria para operar estos sistemas de riego por canales de varios de miles de hectáreas. Algunos de los sistemas en el Cuadro núm. 1 tienen facilidades de almacén de agua y otros no. El efecto del almacén en la organización administrativa en esta muestra no es claro, pero el almacén es un fenómeno muy antiguo (obras de almacén existieron en Ceilán medieval y aún más temprano en el sur de la India [Murphy, 1957; Leach, 1959; Ludden, 1985]). El almacén reduciría la variación en la cantidad de agua disponible y extendería el uso del agua en términos estacionales. Pero el almacén también favorece la expansión del área regada, lo que a su vez extendería la presión de escasez, por lo tanto aumentando la carga administrativa. En estos momentos no es claro si el almacén tiene un efecto visible sobre la estructura de autoridad de un sistema de riego por canales. El concepto de centralización política usado en este ensayo es, claro está, limitado. Requiere un Estado, quizá un Estado “moderno”. Y no es fácil considerar el aumento [accretion] de independencia de magnates locales en los orillas de Estados en decadencia. Aun en Estados modernos situaciones ambiguas aparecen, donde los administradores de una empresa del Estado tienen lealtades locales muy fuertes. Pero aun con todos estos problemas, me parece que el concepto de centralización política operacionalizada aquí está cerca del concepto de Wittfogel, cerca de las ideas presentadas por muchos autores, y hasta el momento parece funcionar bien al medir casos particulares.

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Los resultados del estudio aquí reportado son fuertemente contraintuitivos. Ningún sistema de riego por canales debiera poder existir sin una autoridad constituida. Sin embargo lo hacen. Y ningún sistema grande de riego por canales debiera poder funcionar administrado únicamente por agricultores. Sin embargo lo hacen y muy exitosamente. Debemos ser cautelosos con la asignación de confidencia de nuestras intuiciones en estos asuntos. CONCLUSIONES Este ensayo ha refinado el concepto de sistema de riego, construido variables para medir la estructura de autoridad administrativa y el tamaño de sistemas de riego, y medido estas variables en una pequeña muestra propositiva. Una meta mayor de este ejercicio era reducir la incertidumbre de las propuestas nomotéticas concernientes a la relación entre tamaño y estructura de autoridad en el riego por canales. Ha sido discutido aquí que 1) sistemas de riego por canales muy pequeños pueden ser operados sin autoridad constituida; 2) que sistemas de riego de tamaño considerable (459,000 hectáreas) pueden ser y son operadas por comunidades de regantes locales; y 3) que sistemas de riego por canales de tamaño pequeño (700 hectáreas) pueden ser y son administradas por gobiernos nacionales. La validez interna de estos resultados es bastante alta. La incertidumbre de estos resultados, cuando se compara con estudios previos, se reduce substancialmente. Su validez externa es más problemática. Estos resultados claramente cuestionan las propuestas estándar sobre la relación entre riego por canales y la estructura de autoridad. NOTAS 1

Varias asociaciones han dado apoyo para varias partes de este estudio. El American Council of Learned Societies me dio un fellowship en 1975-1976; y dos sabáticos de Brandeis han sido particularmente útiles. Agradezco a Arjun Appadurai, Sandra Barnes, y especialmente a Robert Netting su ayuda editorial y substantiva. Irene Winter ha sido, como de costumbre, de gran asistencia.

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Esta cantidad de sistemas es un tanteo informado [an educated guess]. Se sabe actualmente que México tiene unos quince mil sistemas de riego discretos, regando unas 5.0 x 106 hectáreas (DGDUR, 1982). Muchas naciones tienen un gran número de sistemas de riego, incluyendo Japón, Filipinas, Indonesia, India, China, Rusia, España, Francia, Italia, los Estados Unidos, Colombia y Perú. Algunas de estas naciones tienen sistemas grandes, pero todas tienen un gran número de pequeños sistemas. Si cada una de estas naciones tiene alrededor de 2,000 sistemas, lo que parece conservador, entonces una cantidad de unos cien mil sistemas para el mundo en su totalidad parece razonable. La cantidad de hectáreas regadas en el mundo contemporáneo se conoce con considerablemente menos incertidumbre que la cantidad de sistemas de riego (Highsmith, 1965). 3

Hay algunos problemas con esta definición. Algunos sistemas tienen más de una compuerta de toma, como el sistema de los 12-Go en Japón (Beardsley, Hall y Ward, 1959). Se desconoce cómo esta situación afecta la definición. Otro problema potencial es que los sistemas de riego, tal y como se definen aquí, deben estar claramente aislados unos de otros. Sin embargo, en muchas partes del mundo, grandes áreas de tierras regadas son abastecidas por muchos sistemas de riego. La costa irrigada de Valencia, por ejemplo, tiene 120 kilómetros continuos de riego, con muchos sistemas pequeños cubriendo el territorio. Una pregunta de interés es si lo que pasa en las fronteras de estos sistemas modifica la definición de sistema presentada aquí. 4

Uno de los sentidos de autoridad centralizada es si existe o no una estructura administrativa. Esto se conceptualiza mejor como la presencia o ausencia de autoridad constituida. Como se indicó más arriba, otro de los sentidos es que la estructura administrativa interna es densa, o altamente organizada, etc (la dimensión de Kelly de centralización). Esta segunda dimensión no ha sido sistemáticamente estudiada. 5

En el artículo publicado con Eva Hunt en 1976, discutí que San Juan y Pul Eliya tenían sistemas centralizados de riego, ya que las élites locales estaban en control del riego y estaban conectadas estrechamente con el Estado. Actualmente creo que esto es un error. 6

El nombre para este rol principal no es muy bueno, pero no se ha encontrado uno mejor. El nombre que escogí nos da el sentido: 1) que el cargo tiene que ver con la ejecución de tareas, 2) que es el cargo ejecutivo más alto, y 3) que es un cargo. 7

La normatividad [policy] siempre está relacionada con sistemas de riego unificados. El cuerpo que se ocupa de hacer las normas es frecuentemente también la fuente de autoridad del ejecutivo en jefe. Este cuerpo puede o no delegar algunas

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o todas las decisiones a hacerse a algún subgrupo más pequeño. Muchos de los sistemas “nativos” [“indigenous”] más pequeños hacen decisiones basadas en la “tradición”, que es usualmente una decisión de normatividad efectuada en el pasado y a la que se le ha dado un status casi incambiable. Poco se ha publicado sobre los cuerpos que hacen las normas o cómo se hacen las normas. (Una excepción es Valencia, donde se ha dado gran atención a la Corte de Agua [véase Fairen Guillen, 1975]). La mayor parte de la bibliografía trata con cómo se lleva a cabo la normatividad, no cómo se hace la normatividad 8

Otro posible valor para esta variable es la cédula provincial. En la India, por ejemplo, la autoridad administrativa sobre muchos sistemas de riego por canales está investida en el gobierno (llamado Estado) provincial, no en el gobierno nacional. Estos no son el Estado, pero tienen muchas funciones de tipo estatal. Si la pregunta es si los agricultores o una autoridad política externa tienen la cédula del sistema, entonces claramente las provincias (Estados) de la India lo hacen y no los usuarios del sistema. Puede discutirse si los delegados gubernamentales delegan la autoridad a las provincias vía la constitución. Exactamente cómo esta situación deba medirse, aún no lo tengo claro. 9

Sería mejor, está claro, medir la carga de mantenimiento directamente, y un problema mayor con los estudios de riego por canales es que la cantidad de trabajo de mantenimiento requerido y llevado a cabo raramente se indican.

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Esperaría que el tamaño mínimo para sistemas con una cédula del gobierno nacional decreciese. No esperaría encontrar sistemas substancialmente más grandes con cédula de comunidad de regantes.

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Cuadro Num. 1 Tamaño y cédula nombre y ubicación del sistema San Juan, México

tamaño tipo de cédula (hectáreas)

600 comunidad regantes 1963-1964

Tayuban, Java 700 Zanjera Danum, Filipinas 1,500 Vicente Guerrero (Durango) (Unidad de Riego) México 1,575 12-Go Japón 5,500 Moncada (Valencia) España 7,000 Morelia # 2 (Distrito de Riego num 20) México 8,000 New Cache La Poudre Estados Unidos 15,400 río Angat Filipinas 26,890 río Mayo (Sinaloa) (Distrito de Riego num 38) México 95,973 Fresno Estados Unidos 97,000 Chia-nan Taiwan 150,000 Hindiyah, Canal de la presa Irak 209,000 río King (California) Estados Unidos 458,000 Esquema del Gezira Sudán

fecha observación

gobierno nacional

fuente del tamaño y cédula notas trabajo de campo del autor

Duewel, 1983: 19

notas trabajo de campo del autor E. Hunt y R. Hunt 1974; E. Hunt y R. Hunt 1976 ibid 19 n 47

Coward, 1979: 29

ibid: 31, 32

notas trabajo de campo del autor, Banco Mundial

notas trabajo de campo del autor, Banco Mundial

Beardsley, Hall y Ward 1959: 133 Maass y Anderson 1978: 20 DGDUR 1982, num 020: 28

ibid: 135, 277-279

1983

comunidad regantes 1970’s

comunidad regantes 1982 comunidad regantes 1950-1954 comunidad regantes 1968 gobierno nacional

1982

comunidad regantes 1969 gobierno nacional

gobierno nacional

ibid 22-23 notas campo Banco ibid:

de trabajo de del autor, Mundial 289, 313

Maass y Anderson 1978: 298, cuadro 7.6 Takahashi 1970: 49 ibid: 49, 51, 120

1963-1964 DGDUR 1982 num 038: 5

notas trabajo de campo del autor, Banco Mundial

Maass y Anderson 1978: 175 Pasternak 1972: 39

ibid: 175, 179-182

Fernea 1970: 163

ibid: 122-123

Maass y Anderson 1978: 147

ibid: 255-256 notas de trabajo de campo del autor 1987 ibid: 90

1982

comunidad regantes 1969

ibid: 27 n. 8, 41

comunidad regantes 1968-1969 gobierno nacional

1956-1958

comunidad regantes 1969 Dishoni, 1966: 90

730,300 gobierno nacional

1963-196

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INSTITUCIONES DE CONTROL DEL AGUA Y AGRICULTURA: UNA PERSPECTIVA COMPARATIVA 1 A. Vaidyanathan

I. INTRODUCCIÓN Antecedentes Las instituciones de regadío y, más específicamente, la relación entre el regadío y la autoridad política general, han atraído desde hace mucho la atención de científicos sociales e historiadores. Hace más de un siglo Marx sugirió que las aparentes peculiaridades de la sociedad Oriental, que ya habían llamado la atención de economistas clásicos como Mill, podrían tener que ver con los requerimientos técnicos y organizativos del control del agua1. También Weber postuló una conexión similar entre la necesidad de regadío y el importante papel de la burocracia en el antiguo Egipto, Asia occidental, India y China2. Esta línea de argumentación fue elaborada por Wittfogel (1957)3 en una teoría general sobre la tendencia inherente de las sociedades hidráulicas a convertirse en estados centralizados y despóticos. Los antropólogos sociales, interesados en explorar las regularidades culturales y los factores subyacentes a tales regularidades fueron naturalmente atraídos por esta hipótesis (ver Steward, 1955), dado que, en un período en que “los historiadores de la cultura estaban 1

Edición original: 1985 “Water control Institutions and Agriculture: A Comparative Perspective” Indian Economic Review, vol. XX, num. 1, pp. 26-83 y re-editado en A. Vaidyanathan 1999 Water Resource Management: Institutions and Irrigation Development in India, Oxford University Press. Traducción de J. Palerm (corregida por R. Melville). Agradecemos el apoyo el Nitish Jha, como del propio autor, para la comprensión de expresiones propias de la India. También señalamos una precisión y mejora de las referencias bibliográficas, aunque todavía quedaron algunas referencias a autores sin precisión del texto.

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enfatizando las diferencias entre civilizaciones, Wittfogel estaba postulando un solo factor básico que explicaba el origen de todas estas civilizaciones” (Steward, 1978). Por la misma razón también provocó una aguda reacción crítica. La controversia resultante estimuló una serie de estudios detallados sobre instituciones de regadío en distintas partes del mundo: Indonesia (Geertz, 1959; Jay, 1969), Ceilán (Leach, 1961; Chambers, 1977), Tangañika (Gray, 1963), Iraq (Fernea, 1970), América Central (Price, 1971), España (Glick, 1970), México (Hunt y Hunt, 1974), España y Estados Unidos (Maass y Anderson, 1978), Japón (Kelly, 1982), Tailandia (Potter, 1976) y Taiwán (Pasternak, 1972). Estos estudios mostraron que los arreglos institucionales por los cuales se construyen y administran las obras de riego son extremadamente variados; que no existe una correlación sistemática entre la existencia de regadío y la naturaleza de la autoridad política general; y que no existe una tendencia general a que las sociedades hidráulicas sean centralizadas, burocráticas o autoritarias. Como lo planteó recientemente Steward: “Los 30 años que han transcurrido desde las primeras publicaciones de Wittfogel ... han producido una gran cantidad de trabajos de campo que arrojan incertidumbre sobre la aplicabilidad universal de la hipótesis hidráulica. Es claro que en muchas instancias se le ha adscrito excesiva importancia al regadío y que en otras su desarrollo parece ser más bien el resultado y no la causa del desarrollo del Estado.” (Steward, 1978: 4) Aunque existe una impresionante evidencia que pone en duda la hipótesis de Wittfogel, carecemos de una hipótesis alternativa sobre los determinantes de la forma de las instituciones de regadío o de su relación con la autoridad política. Parte de la dificultad estriba en la ambigüedad de los conceptos de “centralización” y de “organización del regadío” que se presentan en la mayoría de estos trabajos. Por ejemplo, como señalan Hunt y Hunt, hay una tendencia a confundir dos tipos de centralización: “... Uno de ellos se refiere exclusivamente a la autoridad en términos del sistema de riego. El otro se refiere a la autoridad política general

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que puede involucrar otras funciones de control afuera o por arriba del simple control del agua. En un caso la autoridad se ejerce sobre los derechos a la toma de decisiones en términos, exclusivamente, de las necesidades sociales y técnicas del sistema de riego per se. En el otro caso la autoridad se ejerce sobre el agua como uno de los aspectos de un complejo rol político o de una maquinaria política multifuncional.” (Hunt y Hunt, 1976: 132). Este punto también lo enfatiza Kelly, quien además enfoca la necesidad de mayor claridad en el concepto mismo de “organización del regadío”. El regadío, señala, tiene varias fases (señaladamente: el control de la fuente de agua, la entrega del agua, la aplicación de agua a los cultivos y el drenaje), cada uno de los cuales involucra una serie de funciones específicas (señaladamente: construcción de obra hidráulica, operación y mantenimiento, distribución del agua y resolución de conflicto). En vista de lo anterior es inapropiado, y ciertamente engañoso, hablar de “organización del regadío” como si fuese una sola entidad encargada de todas las fases y funciones; más bien debe ser vista en términos de arreglos para llevar a cabo las diversas funciones en cada una de las fases del regadío y del control del agua (Kelly, 1982: 14, 20). Además, como ya se mencionó, la mayoría de los estudios mencionados ven a las instituciones para el control del agua principalmente en términos de su relación con la autoridad política general. Aunque documentan las grandes variaciones en las estructuras internas y procesos de estas instituciones (diferenciados por su forma externa), casi no hay intentos de examinar el significado de estas variaciones o de sus causas. Se reconoce, evidentemente, que las instituciones para el control del agua deben ser vistas en relación con las condiciones agro-climáticas, la tecnología del control del agua y la agricultura, la tenencia de la tierra y otros factores que definen el contexto en que estas instituciones funcionan y que hasta cierto punto condicionan sus características4. Sin embargo, aunque la mayoría de los estudios dan alguna información sobre las condicione físicas y tecnológicas del área de estudio, no siempre muestran las relaciones entre ellas y la estructura y funcionamiento de las instituciones de

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control del agua. Ello significa que se requieren estudios comparativos sistemáticos de sistemas de control del agua en diversos contextos agro-climáticos, tecnológicos y socio-económicos. Se ha planteado la necesidad de estos estudios (Downing y Gibson, 1974; Coward Jr, 1980) y tenemos algunos, aunque insuficientes, estudios sobre la evolución de las instituciones para el control del agua en regiones específicas de China (Hamashima, 1980), Japón (Tamaki, 1979, Hatate, 1979, 1981; Kelly, 1982) y Taiwan (VanderMeer, 1968; Pasternak, 1972) que arrojan luz sobre estas inter-relaciones5. En décadas recientes el rol del control del agua en el desarrollo agrícola ha atraído cada vez más la atención. Es actualmente un lugar común que la expansión y mejoramiento de la infraestructura para el control del agua (y en particular del regadío) tiene un rol crucial en incrementar la producción agrícola en regiones en desarrollo densamente pobladas. La mayoría de los países de Asia dan una gran importancia al rápido desarrollo del regadío y del control de inundaciones y han invertido enormes sumas para este propósito. Sin embargo, la experiencia muestra que esto implica mucho más que la sola construcción de reservorios y canales. La utilización efectiva de estas obras hidráulicas frecuentemente se encuentra entorpecida por insuficiencias en la distribución terminal y en las obras de mejoramiento parcelario, así como por insuficiencias en la organización para la apropiada y sostenida operación y mantenimiento de estas obras. Ello ha estimulado el interés en los problemas relacionados con el diseño de instituciones para el control del agua; cuál debe ser el diseño “correcto”; y cuáles son los impedimentos para implementar el diseño correcto. Tenemos actualmente una considerable bibliografía que trata estas cuestiones (véase por ejemplo Coward Jr, 1980; IRRI, 1978). Desafortunadamente mucha de esta bibliografía también tiende a enfocarse en las instituciones per se con lo que parece ser una excesiva preocupación con diferencias de forma, es decir sistemas administrados por la comunidad vs administrados por burócratas; y sistemas centralizados vs sistemas descentralizados. No solo no hay una correlación necesaria entre forma y efectividad, sino que lo

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apropiado de las formas institucionales no se puede decidir independientemente de las condiciones agro-climáticas, tecnológicas y de tenencia de la tierra. Lo que otra vez enfatiza la necesidad, y el valor, de estudios comparativos e históricos de instituciones de riego en una diversidad de situaciones. Objetivos y alcances del ensayo La complejidad de la tarea es obvia. No obstante es pertinente, como inicio, intentar cuando menos deslindar los elementos claves del medio físico, tecnológico y socioeconómico que influyen en la naturaleza del problema del control del agua y por lo tanto en las instituciones para su manejo. Este es el objetivo del presente ensayo. Esperamos que ayude a la formulación de un marco más amplio e incluyente y mejor articulado con el cual puedan realizarse estudios comparativos de instituciones de control del agua, su rol y evolución. El esquema del ensayo es el siguiente: Dado que el propósito esencial del control del agua es ayudar a incrementar la producción agrícola, lo apropiado es empezar por señalar la relación entre el control del agua y la producción agrícola. Este es el tema de la sección [II] que sigue. La sección III trata de la construcción de los sistemas de control y distribución del agua y el rol que juegan las instituciones, junto con otros factores, en configurarlos. La sección subsecuente [IV] trata del mantenimiento y la operación de sistemas de control del agua. Ambos son aspectos de la administración continua usualmente realizados por la misma organización. No obstante son funcionalmente distintos y por ende deben ser considerados de manera separada. Nuestro punto central es que aunque el rol de las instituciones en administrar las tareas recurrentes y cotidianas del mantenimiento, la distribución del agua y la resolución de conflictos es mucho más importante para la efectividad del control del agua que aquel que puedan tener durante la construcción, este rol está condicionado por las características físicas del sistema y por factores distintos al agua que determinan la redituabilidad de la agricultura de regadío. Los conflictos persistentes o agudos al interior del sistema de riego y/o cambios en la redituabilidad de la agricultura de riego inducen cambios en los procedimientos de control del agua y eventualmente en el diseño del

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sistema. En todo momento, para ilustrar el argumento, retomamos copiosamente de las descripciones disponibles sobre sistemas de control del agua en distintas partes de Asia (y más particularmente de India, China y Japón). Los puntos principales de la discusión, que son sugerentes más que concluyentes, se resaltan en la sección de conclusiones. II. EL CONTROL DEL AGUA Y LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA El agua tiene dos funciones esenciales en el crecimiento de las plantas: Mantiene la temperatura de la planta en límites tolerables y facilita la absorción de los nutrientes. Las plantas sólo pueden usan la humedad del suelo que está disponible en su zona radicular. Usualmente hay una cantidad máxima de agua que una parcela con un tipo y profundidad dado de suelo puede almacenar en un momento dado en el tiempo. Cuando la humedad disponible en el suelo cae por debajo de este nivel, es crecientemente difícil para las plantas mantener la tasa de transpiración necesaria para regular su temperatura. Las plantas tienen mecanismos internos de ajuste para enfrentar el estrés hídrico sin efectos adversos en su crecimiento. Pero más allá de cierto punto, que varía con la especie y variedad de planta, el continuado estrés comienza a tener efectos adversos en los procesos vitales de la planta incluyendo su capacidad de fotosíntesis. Estos efectos adversos se incrementan según aumenta el estrés hídrico hasta el extremo en que las plantas se marchitan hasta su muerte. La cantidad de humedad disponible en la zona radicular también afecta el volumen de nutrientes que la planta puede absorber y la eficiencia en su utilización: En general cuanto más abundante es la humedad del suelo, es mayor el volumen de nutrientes que la planta puede absorber y mayor la eficiencia en su uso. Adicionalmente, en el caso del arroz de inundación [paddy], el agua juega un rol importante en regular la temperatura del suelo y en el control de maleza6. Desde un punto de vista puramente agronómico, el régimen de humedad “ideal” del suelo puede ser definido como aquel nivel en el que la planta está libre de cualquier estrés hídrico y puede realizar su pleno potencial genético (lo que implica que otros insumos son utilizados en las cantidades requeridas). El suelo de las parcelas bajo

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cultivo pierde continuamente humedad debido a la transpiración de las plantas y a la evaporación del suelo expuesto entre las plantas. Las pérdidas debidas a tal evapotranspiración (ET) deben por lo tanto ser repuestas con prontitud para que las plantas no sufran estrés hídrico. Sucede que la evapotranspiración (en condiciones de ausencia de estrés hídrico) depende principalmente de la radiación solar, de la humedad ambiente y de otros factores climáticos7. La naturaleza del cultivo específico no parece producir una diferencia significativa, salvo en el caso del arroz de inundación, que requiere de cantidades importantes de agua para encharcar y para mantener la parcela inundada8. La evapotranspiración, típicamente, es relativamente baja en el invierno y gradualmente aumenta en un pico en los meses de verano y posteriormente decrece. En ausencia de regadío la única fuente de humedad del suelo es la precipitación local. Si la cantidad y la distribución estacional de la precipitación efectiva (es decir, aquella parte de la precipitación que es absorbida y retenida por el suelo) es tal que las pérdidas debidas a la evapotranspiración son repuestas plenamente y con prontitud, es posible tener cultivos durante todo el año sin el auxilio del riego. El único factor limitante serían las temperaturas de invierno. La situación descrita arriba puede presentarse si la distribución estacional de precipitación efectiva más o menos coincide con la de ET. Pero raramente es éste el caso. En la mayor parte de Asia, como regla general (exceptuando las zonas áridas y los desiertos) la humedad disponible proveniente de las lluvias es en promedio más que adecuada para los requerimientos de agua de los cultivos en la estación de lluvias pero insuficiente durante el resto del año. El perfil estacional relativo de la ET y la precipitación, que es una importante manifestación de las condiciones agroclimáticas, tiene una incidencia primordial en las fechas de siembra, la duración de la estación de cultivo, así como la naturaleza de las plantas cultivadas en condiciones de temporal. El período disponible para que se desarrollen cultivos únicamente de temporal es más corto cuanto más concentrada sea la estación de lluvias y mayor el déficit de humedad (es decir, la

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distancia entre ET y precipitación) durante los meses más secos del año. La función del regadío (y del control del agua en general) es aproximar el patrón de disponibilidad estacional del agua al de ET. Hay varios aspectos en ello: Primero, aun cuando en promedio y tomando una estación en su conjunto, la cantidad de precipitación es adecuada para las necesidades hídricas de los cultivos, su distribución durante la estación es frecuentemente tan variable que no puede confiarse en que la precipitación por si misma mantenga a lo largo del ciclo de cultivo la humedad del suelo en niveles apropiados. La variabilidad en la fecha de inicio de las lluvias y en la cantidad de precipitación durante la fase inicial de la estación afecta la fecha de siembra al igual que la tasa de germinación y el establecimiento de plantas jóvenes, lo que en conjunto tiene implicaciones significativas en los rendimientos. De igual manera, las canículas durante períodos críticos de crecimiento de las plantas (lo que varía según el cultivo) pueden reducir consideradamente los rendimientos. Bajo estas condiciones el regadío tiene un rol importante al asegurar que la humedad del suelo sea adecuada especialmente durante los estadios críticos de crecimiento, sin importar las variaciones impredecibles en la precipitación durante la temporada de crecimiento. Cuanto menor sea la precipitación total, y mayor su variabilidad durante la estación, el rol del regadío será más importante. En muchas regiones de Asia, particularmente en el sur de Asia, la naturaleza de los cultivos que pueden lograrse durante la estación de lluvias también está condicionada por la poca confiabilidad de las lluvias y por el hecho de que la precipitación total es baja. De tal manera que en la mayor parte de la India peninsular en las tierras de temporal sólo pueden cultivarse mijo, legumbres [garbanzo, lenteja, frijol] u oleaginosas [cacahuate, colza, mostaza, girasol] durante la temporada de monzón. Bajo estas condiciones, las obras de riego que aumentan el suministro total de agua durante la temporada de lluvias permiten a los agricultores tener cultivos como arroz de inundación, cuyos rendimientos son muy superiores a otros cultivos pero que requieren de un mayor volumen de agua. El impacto es aún más dramático en regiones áridas como Ranjasthon, Punjab y buena parte

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de Pakistán donde las lluvias son escasas aun durante la estación de monzón9. En tales casos las posibilidades de una agricultura de temporal son muy limitadas: Una proporción relativamente alta de la tierra está bajo pastos o en descanso, y el resto se utiliza para cultivar especies y variedades de plantas (principalmente mijo y legumbres) que pueden sobrevivir con la poca y preciada humedad pero cuyo potencial de rendimiento, por lo mismo, es baja. La introducción del regadío en tales circunstancias permite una expansión significativa del área cultivada, una expansión de la estación de cultivo y un cambio a patrones de cultivo nuevos y más productivos. El control de la humedad del suelo, sin embargo, no depende siempre o exclusivamente del riego: En muchos casos, el problema es proteger a las tierras de cultivo de la inundación y proveer de suficiente drenaje a las áreas propensas a encharcarse. Las inundaciones son provocadas por rachas de lluvias intensas concentradas en períodos cortos y pueden ser particularmente graves en las llanuras a lo largo de las partes bajas de los grandes ríos. Los pantanos y ciénegas, principalmente en los estuarios de los grandes ríos, frecuentemente requieren de elaboradas obras de drenaje para eliminar el exceso de agua y convertir a la tierra en apta para el cultivo. (Áreas extensas de cultivo tanto en China como en Japón fueron de hecho incorporadas al cultivo por este medio). Por otra parte, en todos los terrenos regados el drenaje eficiente es esencial para evitar los encharcamientos y la salinidad que proviene de un riego indiscriminado. En vista de lo anterior, el concepto relevante de control del agua desde la perspectiva de la producción agrícola debe ser evidentemente más amplio que el de regadío y debe comprender también el control de inundaciones y el drenaje. Está claro que el control del agua puede contribuir al aumento de la producción agrícola de una o más formas: Puede aumentar los rendimientos de cultivos específicos y hacerlos más estables al facilitar la siembra en la fecha óptima y, al aumentar la posibilidad de uso de fertilizantes, puede contribuir a aumentar la intensidad de cultivo al reducir el periodo de descanso y/o al extender el periodo efectivo de cultivo; y permite una mayor diversidad de cultivos y a su

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vez el cambio a cultivos de alta productividad y valor. Sin embargo la magnitud precisa del aumento de la productividad por unidad de área (y en la producción total) depende no sólo de la extensión y calidad del sistema de control del agua, sino también de otros factores notablemente el clima, los suelos y las características genéticas de las variedades de plantas cultivadas. Cuanto mayor y más regular sea la distribución de la precipitación en relación a la ET el aumento en rendimientos como resultado del control del agua será seguramente menor. Las características genéticas de las variedades de plantas cultivadas influyen en la amplitud de la curva de respuesta al fertilizante cuando el control del agua garantiza “ausencia de estrés hídrico”. No obstante, en general, bajo condiciones de humedad ideal, en contraste con condiciones de temporal, el rendimiento por hectárea será probablemente más alto con cualquier nivel de uso de nutrientes pero además será mayor la cantidad máxima de nutrientes que las plantas pueden usar. Y, en la medida en que el regadío permite un suministro más abundante y asegurado de humedad en el suelo en distintas etapas del crecimiento de la planta, permite también que aumente la respuesta en rendimientos a los fertilizantes. El incremento de la productividad de los fertilizantes aumenta el nivel económico de aplicación y por lo tanto actúa como estímulo para acelerar el crecimiento de los rendimientos de los cultivos. Claramente será mayor la magnitud de este efecto de la introducción del control de agua, bajo condiciones de lluvia escasa e incierta y cuando se utilicen semillas de alto rendimiento. Dadas las condiciones agroclimáticas y la variedad de semilla, la capacidad del sistema de riego para regular el suministro de agua a parcelas específicas en su área de comando y sostener un nivel apropiado de humedad en el suelo en todas las etapas de crecimiento de la planta tiene un efecto significativo en la producción. Esta capacidad, que es un reflejo de la calidad del sistema, depende de la forma en que el sistema está diseñado y es operado. El “diseño” del sistema tiene varios aspectos incluyendo las características de la fuente de agua (que determina la cantidad y el patrón estacional de disponibilidad de agua en la fuente, así como los

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límites dentro de los cuales esta última puede ser manipulada); la red de distribución y las estructuras de control (que determinan si el agua puede llegar a todas las parcelas y qué tan efectivamente y en qué medida puede regularse la oportunidad y la cantidad de suministro a cada parcela); la calidad de la preparación del terreno y las técnicas de aplicación de agua (ambas afectan la “eficiencia de riego”, es decir, la proporción del agua que aporta la fuente que está efectivamente accesible en la zona radicular de las plantas). Dentro de los límites impuestos por las características físicas de la fuente de agua y el diseño ingenieril del sistema, la forma de organizar y administrar la distribución del agua puede representar una diferencia considerable en la efectividad con que se regulan los patrones de cultivo y la entrega de agua. Por ello los arreglos instituciones para operar los sistemas de riego --es decir, las reglas, los procedimientos, los mecanismos para hacer cumplir10 y el personal-- tienen implicaciones importantes sobre los resultados finales. Es esencial reconocer, no obstante, que la organización de la administración del agua y la forma en que funciona están condicionadas por, y también condicionan a, el contexto natural y socioeconómico en que opera. En la discusión subsecuente haremos mayor énfasis en estas interrelaciones. III. LA CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PARA EL CONTROL DEL AGUA La construcción de la infraestructura para el control del agua tiene varias fases distintivas, desde controlar y aprovechar una fuente de agua, pasando por la construcción de la red de distribución/drenaje que llega al nivel de parcela, hasta la preparación del terreno para un riego eficiente. Los aspectos institucionales se refieren a la ubicación, en cada fase, de la responsabilidad de planear, diseñar y construir la infraestructura, y de movilizar los recursos necesarios y resolver los conflictos que surjan en el camino. De particular interés en relación a lo anterior son los roles relativos del Estado, de las instituciones locales y del esfuerzo privado en cada una de estas actividades y los factores que determinan la mezcla particular de roles en distintas situaciones.

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Las variaciones en la organización Existen marcadas diferencias entre regiones y países en la forma en que se organiza la construcción de los sistemas de control del agua. En el período contemporáneo por doquier el Estado juega un papel preponderante en la planeación, regulación y apoyo a los proyectos de desarrollo del regadío, del control de inundación y del drenaje. La importancia de su participación directa en el proceso, sin embargo, varía. En la India11, por ejemplo, los gobiernos estatales y el nacional tienen una mayor responsabilidad directa que en la mayoría de los otros países de Asia (incluyendo China): En el caso de las obras de riego para aguas superficiales, las agencias gubernamentales son las que realizan los estudios preparatorios, diseñan los proyectos y llevan a cabo la construcción en sí. Hasta hace unas dos décadas [1965] el gobierno asumía la responsabilidad de la construcción del reservorio principal, el canal principal y los laterales hasta un cierto nivel (usualmente hasta las tomas granja12 que abastecen a unas 40 ha.). Se esperaba que los agricultores construyesen los canales parcelarios más allá de este nivel y también que realizasen las mejoras parcelarias necesarias para el regadío. Sin embargo, desde entonces, hay una clara tendencia a que el gobierno asuma responsabilidad también por estas obras. Se ha ideado para este propósito un nuevo arreglo institucional, en la forma de Autoridades para el Desarrollo del Área de Comando, que está separado de los departamentos responsables de la construcción de las obras principales. El costo de todos estos programas se financia inicialmente con el presupuesto y en alguna medida a través de instituciones financieras. Los departamentos involucrados procuran los materiales necesarios y a veces realizan la construcción con su propio personal y con trabajadores contratados específicamente para este propósito. La práctica más común, sin embargo, es encargar la construcción (incluyendo la tarea de reclutar y supervisar a los trabajadores) a contratistas seleccionados por un sistema de concurso. Durante la construcción los agricultores no contribuyen con dinero o con trabajo. Se supone que el costo de las obras debe ser reembolsado por los beneficiarios en pagos cómodos durante un período de varios

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años en la forma de “impuestos de mejoras”. Pero de hecho poco se recaba, de tal manera que los beneficiarios casi no contribuyen al costo del desarrollo de las obras de control del agua. El rol del Estado, en el caso de las aguas subterráneas, es más limitado: Aparte de organizar los reconocimientos del potencial del acuífero, proporcionar asesoría técnica y algún equipo de perforación, y el tendido de la red eléctrica, su participación en la construcción en sí se reduce a los pozos profundos [tubewells] relativamente grandes del norte de la India. La mayor parte del trabajo de excavar y perforar, construcción de canales, nivelación de terrenos e instalación de bombas la realizan los mismos agricultores, típicamente de manera individual. Sin embargo el gobierno es la principal fuente de financiamiento, el cual se canaliza directa (tanto en la forma de préstamos como de subsidios) e indirectamente en la forma de préstamos a través de instituciones financieras. Este apoyo es generalmente adecuado para cubrir la mayor parte de los costos iniciales, y los términos de los créditos son relativamente blandos. En Japón y China, comparados con la India, los niveles más altos de gobierno juegan un rol relativamente más limitado en prácticamente todas las fases, y los usuarios y sus organizaciones tienen entonces una mayor responsabilidad tanto en la construcción como en la movilización de los recursos necesarios13. Así en China, “La planeación, el diseño, la construcción y la operación de proyectos específicos tiene lugar en cuatro niveles distintos dependiendo del tamaño del proyecto. El principio general es que la responsabilidad de un proyecto que afecta a dos o más unidades es asumida por la siguiente unidad jerárquica. Un corolario es que cada unidad que se beneficia de un proyecto contribuye con trabajo e inversión en proporción a su participación en los beneficios. Así el gobierno central, a través de las oficinas de proyectos del Ministerio de Conservación del Agua, toma la responsabilidad de las presas más grandes y de los proyectos hidroeléctricos, y todas las provincias que se beneficiarán aportan trabajo para complementar los fondos de inversión del Estado. Los gobiernos de las provincias son responsables de los proyectos de riego que afectarán a más de un

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municipio. Los gobiernos municipales usualmente realizan los obras de derivación o reservorios que afectan a más de una comuna ... A nivel local la comuna o las brigadas de producción planean, construyen y operan numerosos proyectos de todo tipo.” (Greer, 1979: 116-117). De hecho una gran proporción de las obras para desarrollar la conservación del agua consisten en proyectos de la última categoría. La política explícita del gobierno, hasta 1979, fue que las comunas del pueblo y sus unidades constitutivas asumiesen la mayor parte de la responsabilidad de los proyectos para aprovechar las fuentes de agua en los límites de la comuna/brigada, así como de la construcción de las redes de distribución/drenaje y de las mejoras parcelarias necesarias para hacer uso efectivo de las oportunidades presentadas por los proyectos más grandes realizados por los niveles jerárquicos superiores del gobierno. Las diferencias en los métodos de movilización de recursos son aún más llamativas. En China, a diferencia de la India, se espera que los beneficiarios contribuyan con una gran parte de los costos del proyecto. Así los costos de proyectos emprendidos por las comunas/ brigadas/ equipos de producción deben ser enteramente cubiertos con sus propios recursos. Dado que el trabajo es el principal recurso requerido en la construcción de estas obras y constituye el grueso de los costos, la movilización de recursos toma principalmente la forma de contribuciones en trabajo por las unidades beneficiadas. Se espera también que las comunas movilicen contribuciones en trabajo para proyectos emprendidos por el gobierno provincial/ nacional que benefician a sus áreas. Durante el período del Gran Salto tales contribuciones eran buscadas y obtenidas aún para proyectos que no los beneficiaban directa o inmediatamente. A pesar de las controversias sobre las bases para la contribución en trabajo y la preocupación por los problemas de organización efectiva de una fuerza de trabajo muy variable, se ha mantenido el principio de que los beneficiarios contribuyan directamente a la construcción. Aunque las contribuciones en trabajo están actualmente limitadas a las unidades directamente beneficiadas por el proyecto, la magnitud de

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estas contribuciones es muy grande, en algunos casos tanto como el 80 % del costo total del proyecto (Vermeer, 1977: 260-1). Es relevante considerar que existe una larga tradición en la práctica de movilizar trabajo tanto para proyectos locales como nacionales de control de agua (y para obras públicas en general) en la historia de China. En el Japón de la postguerra14 la planeación y construcción de obras de control del agua, la mayoría de las cuales son para la expansión y modernización de sistemas pre-existentes, son responsabilidad de los Distritos de Mejoramiento de Tierras (DMT). Los DMT, de los cuales hay en este momento [1985] 13,000, son asociaciones de agricultores del área de servicio de los sistemas de control del agua (generalmente formados con organizaciones de usuarios de sistemas locales construidos en el pasado) y administrados por representantes electos entre sus miembros. Han sido constituidos bajo una legislación especial específicamente dirigida a mejorar el control del agua mediante la construcción de nuevos reservorios para aumentar el abasto de agua, racionalizar el trazo de los canales de riego y drenaje y reorganizar la distribución espacial de las parcelas de tal manera que permita un control del agua más efectivo a nivel de parcela y también para facilitar la mecanización. Los gobiernos de prefectura y nacional toman a su cargo el diseño y la construcción únicamente de las presas (o almacenamientos) y los canales que abastecen a más de una DMT. En todos los demás casos el gobierno proporciona asistencia técnica (en materia de ingeniería y diseño) y asistencia financiera (la mitad del costo es absorbido por el gobierno nacional, un cuarto por la prefectura y se cubre la diferencia facilitando préstamos blandos). Aunque todo ello proporciona al gobierno una influencia considerable en la concepción y el diseño general de los proyectos, la responsabilidad formal de las decisiones en todos estos asuntos así como la asignación de los contratos corresponde a la administración de los DMT. Antecedentes históricos Estas variaciones son, hasta cierto grado, un reflejo de las diferencias en la evolución histórica del rol del gobierno en relación al desarrollo

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del recurso agua. En la India, de lo poco que sabemos de la historia del riego en el período pre-británico, parecería que hubo un considerable desarrollo de obras de riego locales, particularmente en el sur de la India, bajo un liderazgo esencialmente local aún antes del surgimiento de Estados unificados de tamaño significativo (Ludden, 1979). En el norte de la India existió posiblemente un desarrollo similar, pero el Estado parece haber jugado un rol más directo y prominente en el desarrollo de algunos de los sistemas de riego más grandes, como por ejemplo, los canales de Jamuna y Ganga, y el elaborado sistema de control de inundación en Bengala (Harris, 1923; Habib, 1963). En las primeras fases del dominio británico, el gobierno no tuvo mucho interés en el desarrollo del regadío. En el sur de la India, por ejemplo, poco después del inicio del dominio británico, el gobierno asumió la responsabilidad de rehabilitar los tanques que habían sido dañados por la guerra y el abandono, así como por su subsecuente mantenimiento15. En la primera mitad del siglo XIX el Estado gastó sumas considerables en la reconstrucción de viejos sistemas de riego con aguas superficiales, algunos de ellos grandes aun bajo criterios modernos. Se iniciaron nuevos proyectos como iniciativas privadas. Pero debido a que no fueron redituables el progreso fue lento hasta fines del siglo XIX. Posteriormente la construcción pública de obra de riego aumentó rápidamente, posiblemente como respuesta a las hambrunas recurrentes y parcialmente por consideraciones estratégicas16. Casi todos los nuevos proyectos fueron de riego con aguas superficiales; no solo fueron grandes en términos del costo y del área cubierta, además muchos de ellos involucraron la construcción de reservorios de tamaños sin precedente en el sub-continente. Por lo que sabemos no hubo intentos de exigir a los beneficiarios potenciales contribuciones en dinero o trabajo, o de involucrarlos en la concepción o implementación de los proyectos. El periodo postindependiente fue testigo de una expansión masiva en la escala de desarrollo de todo tipo de proyectos de regadío y de control de inundación. En las obras de regadío con aguas superficiales, casi todas bajo la égida del Estado, siguen dominando las grandes obras de almacenamiento. Aun en el caso de las aguas subterráneas, que son

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principalmente explotadas por el sector privado, el Estado provee la asistencia técnica y el grueso del financiamiento. En contraste, tanto China como Japón, tienen una antigua y sostenida tradición de desarrollo de la conservación del agua a través de esfuerzos locales y requiriendo de los beneficiarios, aún cuando el gobierno realiza los proyectos, una contribución en trabajo y en materiales para construcción. En China en los años 500 a.C. o aún antes, se iniciaron enormes proyectos para el control de inundaciones en los ríos Amarillo y Hwai, y para derivar agua de ríos para regar áreas extensas, y la práctica establecida en aquel tiempo de usar trabajo obligatorio (corvé) se mantuvo durante los siglos subsecuentes. El rol de tales empresas en la conformación de la historia china y su significado para la naturaleza y organización del gobierno en China han atraído mucha atención (Chi, 1936; Wittfogel, 1957). No obstante es un hecho que estos grandes proyectos constituyen sólo una fracción del esfuerzo global que se ha invertido en el desarrollo de la conservación del agua y en particular en el riego. En el nivel local no sólo hubo mucha construcción (pequeñas presas, redes de distribución y desarrollo parcelario) esencial para que los beneficios de los grandes proyectos pudieran concretarse, sino también una gran parte del regadío dependía de obras esencialmente locales que parecen haber sido concebidas, planeadas y construidas por, o bajo, el liderazgo local de terratenientes, líderes de clan, y la pequeña nobleza [gentry] utilizando recursos locales (principalmente trabajo) con la ayuda y el apoyo ocasionales del gobierno y de los comerciantes. Aun en el caso de los grandes proyectos la movilización del trabajo obligatorio (corvé), que en ocasiones llegaba a cifras asombrosas, fue utilizado ampliamente tanto por los gobiernos provinciales y nacional para la construcción de proyectos. A pesar de los cambios de largo alcance en otros aspectos de la organización económica, política y administrativa de la sociedad China después de la Revolución, uno puede ver una cierta continuidad en lo relativo a la organización y el financiamiento de la construcción de obras de conservación de agua17.

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La experiencia japonesa muestra una tendencia indiscutible hacia el crecimiento de la participación del Estado, no tanto en la construcción, sino en guiar y financiar el desarrollo del control del agua (Tamaki, 1977; Hatate, 1978). Históricamente el desarrollo del regadío se inició casi exclusivamente con pequeños y localizados desarrollos organizados por jefes feudales y grandes terratenientes con la ayuda de trabajo local. Según se fue llegando a los límites de tales obras y/o hubo acceso a avances significativos en las técnicas de control del agua, se empezaron a desarrollar proyectos más grandes que requerían el apoyo e intervención de una autoridad política supra-local. Ello a veces fue el resultado de presiones desde abajo pero con frecuencia también era el reflejo del esfuerzo de gobernantes locales ambiciosos por incrementar sus ingresos y ampliar su dominio. Los gobiernos regionales y nacional jugaron un rol particularmente activo en la conservación de agua en los siglos XVII y XVIII y financiaron parte de los costos, pero la participación local siguió siendo muy importante. Aun durante el siglo XIX cuando el rol del gobierno tuvo un incremento significativo, el gobierno generalmente insistió en que los beneficiarios cubriesen el grueso del costo de los nuevos proyectos. Fue hasta la década de 1920 que el gobierno, bajo la presión de una creciente escasez de alimentos, liberalizó de manera sustantiva la escala y los términos de apoyo a los proyectos de control de agua18. Por diversas razones el proceso se reforzó en el período de postguerra. Pero se ha mantenido un alto grado de participación y control por parte de los usuarios en las actividades de desarrollo. La escala y la complejidad de los proyectos La diferencia en el rol del gobierno refleja, en un grado considerable, las diferencias en la escala y complejidad de las obras involucradas. Ello, claro está, es el punto central de la tesis de Wittfogel sobre el rol del Estado en la sociedad hidráulica. Las obras de control del agua de gran escala y técnicamente complejas necesitan de una movilización de recursos y de una capacidad organizativa en una escala que rebasa la capacidad de las comunidades locales o de las empresas privadas y sólo pueden ser manejadas por el gobierno. Ello implica que dónde figuran de manera destacada proyectos de gran escala y/o complejidad

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en el conjunto de obras hidráulicas se puede esperar encontrar que el Estado juega un rol más prominente en la planeación y la construcción de estas obras. Tal asociación de hecho parece existir en los tres países que hemos analizado. Así en la India se estima que del total de la superficie regada, dos tercios corresponden al riego con aguas superficiales y la mayor parte de ésta es a partir de canales, deslindando los tanques19 y otras fuentes locales pequeñas. Los sistemas de canales, que consisten tanto en proyectos de obras de derivación como de almacenamiento, son típicamente grandes según los estándares del resto de Asia (excepto quizá en Pakistán). Proyectos que riegan 100,000 hectáreas o más son comunes y representan aproximadamente la mitad del área regada con fuentes de agua superficial; hay 10 sistemas que riegan 500,000 hectáreas o más y, el más grande (Bhakra-Nangal), riega unas 1.3 millones de hectáreas. Los reservorios con una capacidad de almacenamiento individual de más de 500 millones de metros cúbicos, son unos 50, y representan el 80% del total de capacidad de almacenamiento (147 mil millones de metros cúbicos), mientras que los tanques y pequeños estanques se estima representan menos del 10 % (Rao, 1979). Los proyectos de riego por canales en gran escala dominaron el desarrollo del regadío durante el período del dominio británico; la escala absoluta se ha incrementado marcadamente en la era de la post-Independencia20, aún cuando su importancia ha declinado en términos relativos como resultado de una aun mayor expansión del desarrollo de las aguas subterráneas. En China, a mediados de 1950 (el último período para el que tenemos acceso a información pertinente) el riego con aguas superficiales representaba más del 80 % del área regada y la mayor parte (más del 90 %) consistía en “estanques y presas pequeñas” y “sistemas de agua rodada que dependen de pequeños canales y acueductos”. Los grandes sistemas de agua rodada, incluyendo las grandes obras de derivación de ríos (algunas de ellas con antecedentes muy antiguos) abastecen a menos de una décima parte del total de la superficie regada (Chao, 1970: 129). Ello hace notorio el dominio de proyectos relativamente pequeños y esencialmente locales en los sistemas de riego chinos. Y,

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tal y como mencionamos más arriba, la construcción de tales proyectos junto con el mejoramiento de los sistemas locales existentes a través del esfuerzo comunal ha sido asimismo característico del período post-Revolucionario. En el caso de obras de control de inundación y de drenaje el gobierno ha jugado y sigue jugando un rol principal. Muchos de los ejemplos clásicos de enormes obras públicas en la historia antigua de China son de hecho obras de control de inundación (especialmente en las cuencas de los ríos Amarillo y Hwai) y canales de navegación (como el Gran canal). En tiempos recientes encontramos el mismo patrón: Además de la construcción de nuevos terraplenes de contención y el mejoramiento de los existentes a lo largo de los ríos principales, ha habido un importante programa de construcción de reservorios. El número de reservorios con capacidad de 100 millones de metros cúbicos o más (la mayoría de los cuales están destinados al control de inundaciones más que al riego) aumentó de 10 en 1949 a 300 en la década de 1970 (Nickum, 1981: 6). El gobierno necesariamente tuvo que jugar un rol principal en el diseño y la construcción de estas obras que fueron no sólo enormes sino que también requirieron de la planificación coordinada de cuencas fluviales completas que atraviesan varias provincias. El que aun en estos proyectos una gran parte del costo fue aportado mediante contribuciones en trabajo de las áreas beneficiadas es un rasgo distintivo y es un aspecto que no puede ser explicado en términos de la escala y/o complejidad de los proyectos. En Japón, al igual que en China, la mayoría (75 %) de la superficie regada depende de derivaciones de ríos y de estanques. Aun ahora se estima que los sistemas basados en reservorios proveen apenas una sexta parte de la superficie regada (Fukuda, 1976: 88)21. Los sistemas de riego japoneses son numerosos y su tamaño promedio es pequeño. Si consideramos a cada Distrito de Mejoramiento de Tierras (DMT) como un sistema, el tamaño promedio de un sistema de riego es de apenas 250 hectáreas; casi no existen sistemas que rieguen más de 20,000 hectáreas22. El control de inundación y el drenaje fueron por supuesto esenciales para la expansión del cultivo de arroz de

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inundación y en algunas áreas (como la llanura de Kanto) involucró una construcción de relativa gran escala y complejidad técnica. Pero en ningún sitio estas obras alcanzaron la escala de aquellas de la China. Mucho pudo haber sido y fue manejado por gobernantes locales mucho antes de la aparición de un gobierno nacional unificado. El rol relativamente más prominente del gobierno en el período de la postguerra es consistente con la necesidad de construir nuevos almacenamientos, que involucran la integración de las comunidades de riego pre-existentes y los DMTs. Dado que la escala de los proyectos tiene alguna relación con la naturaleza y la importancia de la participación del Estado, surge la pregunta de qué es lo que determina el tipo de proyecto emprendido. La naturaleza del control del agua necesaria para la agricultura depende de las condiciones agroclimáticas; mientras que lo que es posible está condicionado por condiciones topográficas, geológicas y el estado del arte en ingeniería hidráulica; y lo que se selecciona de lo posible está en función de aún otros factores, esencialmente socioeconómicos. Los factores agroclimáticos Ya hemos explicado con cierto detalle (ver Sección II) como la precipitación y la evaporación son las dos variables climáticas básicas que determinan la naturaleza del control del agua necesario para una agricultura eficiente. Configuraciones distintas de estas variables implican problemas distintos en el logro y mantenimiento de condiciones de humedad del suelo. Consideren por ejemplo las dos configuraciones ilustradas en la Figura 1. En A --un esquema del patrón climático característico de la mayor parte del sur de Asia-- las temperaturas son consistentemente más elevadas que en B-- que esquematiza el patrón climático prevaleciente en el este de Asia. Consecuentemente A tiene una mayor ET prácticamente en todas las estaciones y ciertamente más alta considerando todo el año en comparación con B. Por otro lado la precipitación promedio es menor en A y su concentración estacional es más pronunciada. El resultado combinado de estas diferencias es que la estación de “secas” en A no sólo es más prolongada sino

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también el déficit de humedad (es decir, el exceso de ET sobre la precipitación efectiva) es también mayor. Bajo estas condiciones las necesidades de riego en la estación de secas al ser relativamente grandes en relación con los requerimientos de agua del cultivo, sólo pueden ser cubiertas si el agua excedente de la estación de lluvias (monzón) se almacena en la superficie o en el subsuelo para su uso en la estación de secas. Cuál de estas posibilidades es realizable depende sin embargo de la topografía y la geología.

Figura núm. 1

Precipitación/Evapotranspiración

Gráfica 1 A

Ene

Jun Evapotranspiración

Dic Precipitación

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Precipitación/Evapotranspiración

Gráfica 1 B

Ene

Jun Evapotranspiración

Dic Precipitación

Así en la llanura del Indo-Ganges, aunque el patrón climático sigue el patrón A, los ríos que fluyen por las llanuras tienen cuencas de captación inusualmente grandes que incluyen a los Himalayas. La contribución del deshielo proveniente de estas montañas es un factor importante para que todos los ríos más importantes de esta región sean perennes. La topografía de las llanuras también permite el riego mediante derivaciones del flujo del río para alimentar a sistemas de canales23. En el valle del Indus, además de los sistemas de la antigüedad, se construyeron, antes y durante el dominio británico en esta región, varios grandes sistemas de canales que dependen del agua que escurre por el río. Pero cuando las posibilidades de derivaciones del río se agotaron, la expansión ha dependido crecientemente de los almacenamientos24. La geología de las llanuras es excepcionalmente favorable para el almacenamiento subterráneo pero la explotación intensiva de este recurso tuvo que esperar a la introducción del bombeo con motor (que redujo el costo de elevar el agua) y a la

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disponibilidad de técnicas para la construcción de pozos profundos (que hizo posible aprovechar estratos más profundos del almacenamiento subterráneo)25. En contraste, en el sur de la India, los ríos son en su mayoría estacionales; no hay llanuras extensas a lo largo del curso de los ríos principales; y la geología no es favorable para el almacenamiento subterráneo. Aprovechando que la región recibe precipitación de ambos monzones, las variaciones topográficas locales han sido eficientemente explotadas para almacenar agua de lluvia en un extenso sistema de tanques que se utilizan para arrozales de inundación y simultáneamente sirven como un medio para mejorar la recarga del acuífero en su área de comando26. La mayor parte del riego en el sur de la India en el período de la pre-Independencia provenía de estanques y pozos, exceptuando las obras de derivación en las áreas de delta de los ríos principales (el Krishna, el Godavari, y el Cauvery y en menor medida en las cuencas de ríos más pequeños)27. El desarrollo del riego por tanques al parecer llegó a un punto de saturación aún antes de la llegada de los ingleses. Una expansión adicional del riego a partir de almacenamientos en este tracto requería de la construcción de grandes almacenamientos aguas arriba y/o técnicas más baratas para elevar el agua subterránea. La tecnología requerida para las presas de almacenamiento no se desarrolló autóctonamente y estuvo disponible sólo hasta finales del siglo XIX. Las técnicas baratas para explotar aguas subterráneas no estuvieron disponibles hasta mucho después. En el este de Asia (patrón B), en contraste, la precipitación es mayor y en todo caso está mejor distribuida en relación a la ET; la duración de la estación en que hay déficit hídrico en el suelo (bajo condiciones de agricultura de temporal) es más corta; y la magnitud del déficit relativo a los requerimientos de agua de los cultivos es menor28. Al estar la precipitación más uniformemente distribuida la mayoría de los ríos son perennes. En China dada la enorme extensión del área de captación y al hecho que la estación de lluvias se inicia antes en las partes altas que en las bajas de la cuenca (donde se encuentra concentrada la mayor parte de la agricultura) probablemente significa

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menores variaciones estacionales en el caudal del río en las partes bajas. Bajo esta conjunción de circunstancias, le es posible a China enfrentar el déficit de humedad en la estación de secas con la ayuda de obras de derivación, estanques y elevación de aguas superficiales. Tanto en China como en Japón los grandes sistemas de riego por canales, y en particular aquellos basados en almacenamientos, son un fenómeno relativamente reciente. Coincidentemente, la abundancia relativa de agua en estos países hace que las inundaciones sean un problema más serio. Son esenciales, particularmente en las partes bajas de las cuencas y las áreas de estuario, medidas efectivas para regular las inundaciones estacionales y asegurar un drenaje apropiado del agua excedente. Estas obras, comparadas con aquellas destinadas al riego, tienden a ser relativamente grandes en términos tanto de tamaño como de extensión del área beneficiada. Las obras de protección contra inundaciones en el norte de China están entre las obras de control del agua más grandes del mundo. La tecnología del control de agua Las restricciones impuestas por el estado de la ingeniería hidráulica y las técnicas de construcción han sido relajadas en tiempos modernos debido a la acumulación y mayor facilidad de acceso a técnicas probadas. Pero estas restricciones fueron bastante importantes en otros tiempos. De tal manera que el nivel ingenieril y las habilidades de construcción requeridas para los grandes reservorios y los sistemas extensos de canales es de un orden totalmente distinto al que involucra la construcción de estanques locales y pozos poco profundos. Por razones no del todo claras, en ciertas situaciones y en ciertos períodos, más no en otros, tuvo lugar un progreso significativo en la tecnología. Así en China los esfuerzos sostenidos para controlar sus principales ríos llevó a avances significativos en técnicas de control de inundaciones desde épocas bastante tempranas y ello hizo posible implementar enormes obras aún en la era precristiana (Needham, 1971). Pero no tuvieron lugar avances paralelos en la construcción de presas de almacenamiento y en la explotación de aguas subterráneas, aún cuando el potencial para tales obras existía y se había llegado al

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límite del desarrollo basado en tecnologías más sencillas. El que la tecnología de sistemas basados en almacenamientos no se desarrollase autóctonamente en la India y no estuviese disponible hasta recientemente debe haber sido uno de los factores que detuvo el crecimiento del regadío en ese país. La tecnología relevante de control de agua desde la perspectiva de la agricultura por supuesto va más allá de aquella utilizada para aprovechar las fuentes de agua; incluye técnicas para regular la conducción del agua y su aplicación eficiente a los cultivos. Aquí posiblemente más que en otros aspectos, se puede ver la interconexión cercana entre los aspectos físicos y organizativos del control del agua. La eficiencia en la administración del agua depende de manera crucial del funcionamiento de las instituciones que operan el sistema y, dentro de ciertos límites, pueden incluso suplir los defectos en el diseño del sistema. Pero el diseño físico del sistema (concretado en estructuras a través de las cuales se regula el flujo de agua hacía las distintas partes del sistema; las especificaciones, diseño y trazo de la red de riego/drenaje; la calidad de la preparación de la tierra; y la técnica de riego utilizada a nivel parcelario) pone límites definidos dentro de los cuales las instituciones tienen que operar. También es relevante notar que las ideas de uso “eficiente” del agua están a su vez condicionadas por el estado del conocimiento sobre la respuesta en rendimientos al agua, y que este ha venido modificándose constantemente. Hay una diferencia notable también en este aspecto entre el este y sur de Asia. La mayoría de los sistemas japoneses y taiwaneses, y por lo menos algunos de los chinos, han sido “modernizados” y han alcanzado un nivel de sofisticación en el diseño de las redes de distribución y de las estructuras de control, así como en la administración de los sistemas de entrega de agua, lo que contrasta fuertemente con los sistemas del sur de Asia. Los factores económicos y sociales Dado que el control del agua es sólo una de las formas de incrementar la producción agrícola, los costos relativos de medios alternativos para lograr este objetivo claramente son relevantes para determinar cuántos recursos deben destinarse al control del agua y qué tipo de obras de

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control del agua deben desarrollarse dentro de los límites de lo tecnológicamente posible. Cuando hay una abundancia de tierra no cultivada pero cultivable, la necesidad del control del agua es menos apremiante. Y si extender el cultivo es más barato en términos de los recursos requeridos por unidad de producción adicional, uno esperaría un mayor énfasis en abrir más tierras al cultivo en lugar de intensificar el cultivo en tierras ya cultivadas mediante la ampliación o mejoramiento del regadío. De tal manera que la ampliación y mejoría del control del agua como base para la agricultura de regadío intensiva ocurrió más temprano y ha sido llevada más lejos en China y Japón que en la India, quizá debido a que los primeros llegaron a la frontera de la agricultura extensiva mucho antes y a que el cultivo más intensivo basado en un apropiado control del agua era esencial para elevar la productividad. Se ha sugerido una explicación similar para las diferencias en las fechas y escalas de distintos tipos de inversiones agrícolas entre Japón, Corea, Taiwan y Filipinas (Kikuchi y Hayami, 1979). Claramente los costos relativos y la redituabilidad de distintas formas de elevar la productividad son una función del estado de la tecnología para la apertura de nuevas tierras, la ingeniería hidráulica, la elevación del agua y en el mejoramiento genético de plantas y la agronomía. Consecuentemente el surgimiento de nuevas técnicas en cualquiera de estos campos afecta la selección: no es un accidente que el regadío con aguas subterráneas se difundió rápidamente sólo después de la introducción del bombeo con motor y de los pozos profundos --ambos de los cuales reducen de manera importante el costo del agua subterránea. Igualmente, la introducción de plantas y variedades de altos rendimientos con alta respuesta a fertilizantes y fuentes de abasto más baratas de fertilizantes aumentan la redituabilidad de la agricultura de riego y estimulan una inversión más alta en el control del agua. Sin embargo el cálculo económico no siempre es explícito. De hecho en la historia del desarrollo de la conservación del agua hay poca evidencia de cálculos conscientes. La evaluación económica sistemática es un fenómeno relativamente reciente. Aunque la

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evaluación de proyectos es actualmente común, las bases del cálculo económico no sólo son complejas sino que también están fuertemente condicionadas por factores extra-económicos anclados en la forma en que se movilizan los recursos, los intereses de lo(s) grupos que movilizan los recursos, y las distribución de los beneficios y costos entre los beneficiarios. El cálculo es relativamente sencillo cuando la inversión propuesta la realiza y lleva a cabo un solo agricultor exclusivamente para su propio beneficio. Es un supuesto razonable que en este caso su decisión dependerá en si puede o no conseguir un mejor rendimiento con esa inversión que con otras alternativas accesibles. Efectivamente hay ejemplos de tales inversiones privadas individuales en el control del agua. Pozos poco profundos y bombas pequeñas caen típicamente en esta categoría. Pero la situación más común es la de un proyecto de riego que beneficia a un gran número de usuarios y que necesariamente debe ser construido y operado por, o para, el grupo en su conjunto. Consideren, por ejemplo, la inversión en un nuevo tanque o la modernización de un viejo tanque comunitario o la construcción de canales parcelarios, la preparación de terrenos y otras obras para poder hacer un uso efectivo del agua disponible en una pequeña comunidad de agricultores. El hecho de que cada uno de ellos actuando individualmente no pueda explotar ninguna de estas posibilidades y que la acción combinada resulte provechosa para todos implica que existe una cierta mutualidad de intereses para llevar adelante la inversión colectiva. Pero ello por si solo es insuficiente para inducir al grupo a poner en marcha el proyecto. Aun si la redituabilidad global de la inversión es atractiva, el llevarlo o no a cabo dependerá de manera crucial de la evaluación que hagan los beneficiarios individuales de sus respectivas ganancias netas. Hay muchas razones por las cuales los individuos pueden no estar dispuestos a participar. Por ejemplo, la modificación de un sistema existente puede ser colectivamente redituable, pero los agricultores y las comunidades de agricultores abastecidas por el sistema existente pueden tener temores de que el cambio afectará adversamente la

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cantidad, oportunidad y seguridad en el suministro de agua que actualmente reciben. Esos temores deben ser mitigados o superados para que la inversión colectiva pueda realizarse. Ello involucra demostrar que la nueva inversión aumentará la disponibilidad total, garantizando el abasto que reciben los usuarios existentes y/o reconociendo en el sistema modificado los derechos prioritarios en la distribución de agua a los usuarios existentes. Otra razón de reticencias para participar en un esfuerzo colectivo puede ser la incertidumbre con respecto a las ganancias netas para el individuo. Las ganancias del agricultor individual están determinadas por varios factores, algunos de los cuales tienen que ver con la forma en que los costos y los beneficios de la inversión serán repartidos entre los beneficiarios, otros con la ubicación, suelos y otras características de las parcelas específicas que poseen, y otros más dependen a su vez de su acceso (en términos de cantidad y calidad) a los recursos complementarios necesarios para beneficiarse de la mejoría en el control de agua. El primero de ellos tiene que ver con los principios y procedimientos que conciernen a los aportes de los beneficiarios al proyecto para la construcción/mantenimiento, y con la distribución de agua a los beneficiarios individuales. Las inversiones colectivas típicamente tienen tales reglas pero la mera formulación de reglas y procedimientos no es suficiente. Es también relevante la evaluación por los usuarios individuales de qué tan efectiva e imparcialmente van a ser implementadas dichas reglas. Si algunos o todos los beneficiarios sienten que algunos usuarios, en virtud de su ubicación (aguas arriba) y/o su poder sobre la organización/el personal que administra el sistema, puede y probablemente manipularán la distribución [de agua] en su beneficio, los incentivos para participar en un esfuerzo colectivo se debilitarán. Estos incentivos pueden también debilitarse porque un individuo ubicado en el área de servicio de una inversión comunal puede satisfacer sus necesidades sin involucrarse en el esfuerzo colectivo --ya sea porque se beneficiará de todas maneras o porque puede desarrollar fuentes suplementarias (como pozos) de manera independiente.

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Aun cuando las reglas sean claras y todos estén confiados en su aplicación, hay una considerable incertidumbre sobre los costos y los beneficios para los individuos a consecuencia de un conocimiento inadecuado del impacto de la inversión en la producción y en los insumos, atribuible a la gran variación en las circunstancias individuales en relación a la calidad del suelo, al acceso a insumos y a los conocimientos y habilidades para costear los insumos necesarios; y también atribuible a la incertidumbre en la oportunidad y cantidad del suministro de agua durante una dada estación. El tipo de la tenencia de la tierra del individuo también tiene importancia. La evaluación de la conveniencia de participar en un proyecto colectivo de control del agua de un agricultor-propietario será obviamente distinta al de un arrendatario, y entre los arrendatarios el tipo de contrato y las expectativas sobre el efecto de la obra de mejoramiento de control del agua en la renta de la tierra seguramente influenciarán los cálculos individuales del costo-beneficio. Mientras que poco se puede hacer con la incertidumbre de la disponibilidad global de agua en el sistema o su patrón estacional, la existencia de reglas de distribución bien definidas para distintas contingencias y la confianza en que la distribución efectivamente será acorde a las reglas, puede hacer una diferencia considerable. Tal confianza en efecto depende de la credibilidad de los funcionarios de la organización de riego y de la habilidad de sus “líderes” para disciplinar a los infractores de reglas y para hacer cumplir las reglas: Tradicionalmente la participación de las clases dominantes de terratenientes que se beneficiarían directamente de la inversión en control del agua, o de otros núcleos de poder local (como la pequeña nobleza [gentry] en China) ha sido una forma de dar fuerza y credibilidad a las organizaciones de riego. En muchos casos el grueso del beneficio iba a parar a estas clases, que de hecho usaban su poder para que los beneficiarios menores pero numerosos se alineasen con sus programas y forzar su contribución al desarrollo del sistema. Ejemplos de organizaciones fuertes compuestas de agricultores con una base económica más o menos homogénea se encuentran en Japón y Taiwan. Pero en otras partes son raros. Aún en el caso de las

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Comunas del Pueblo en China, a pesar de la propiedad comunal de la tierra, la distribución relativamente igualitaria de los beneficios y la toma de decisiones colectivas sobre el desarrollo y uso de los recursos disponibles, el consenso en estas cuestiones no ha sido fácil o libre de conflictos. Frecuentemente para llegar a decisiones y para implementarlas se ha requerido de la intervención fuerte y activa de los cuadros del Partido, que han sido hasta hace muy poco el loci de poder local en la sociedad rural China, (Anon., 1958; Crook y Crook, 1962; Nickum, 1981). El problema se hace aún más complejo cuando el alcance de la obra de control del agua se extiende más allá de las comunidades individuales y cuando las aldeas pierden su aislamiento y se integran más y más a la economía y gobierno de complejos territoriales mayores. Lo primero implica que la coordinación y la movilización de recursos tiene necesariamente que ser administrada por una autoridad supra-comunitaria. Lo segundo tiene el efecto de debilitar, y hacer más indirecta la conexión entre movilización del “excedente” y su uso para el control del agua. La importancia y la forma de movilización [del “excedente”] así como su utilización queda entonces naturalmente expuesta a las influencias de las configuraciones de intereses y poder de un área mucho mayor y más allá de la comunidad. Históricamente las inversiones en el control de agua fueron promovidas o realizadas por autoridades supra-comunitarias, ansiosas de ampliar su dominio sobre el territorio, los recursos (mediante renta e impuestos) y consecuentemente ampliar su poder. En algunos casos, como en China, estas autoridades tenían la capacidad para hacer efectiva la movilización de trabajo corvé y la capacidad de organizar a estos trabajadores para la construcción de obras de gran escala. Pero más frecuentemente prefirieron estimular (por medio de exenciones de impuestos, por ejemplo) a comerciantes y a grandes terratenientes (o sus dependientes) a invertir en la agricultura (incluyendo la construcción de obras de control del agua) en lugar de comprometer directamente sus propios recursos. Ejemplos de ello se pueden encontrar en prácticamente todos los países (véase por ejemplo Kelly, 1982; Ludden, 1978).

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La importancia y naturaleza de la participación del gobierno en el desarrollo del control del agua varió mucho entre países y aún al interior de un país en distintos momentos de su historia. Así que, generalizando, los gobiernos del sur de Asia hasta recientemente no tuvieron tanto interés en el desarrollo o la promoción del regadío, como sus contrapartes en el este de Asia. Un desarrollo considerable por supuesto tuvo lugar en regiones específicas de la India en distintos períodos, pero aparentemente en su mayor parte como resultado de esfuerzos locales. En las fases tempranas del dominio británico, la Compañía de las Indias Orientales mostró un interés activo en la construcción de obras de riego puramente como negocio de empresas comerciales. Unos pocos proyectos fueron efectivamente construidos sobre esta base a mediados del siglo XIX. Una sucesión de hambrunas en la segunda mitad del XIX y la preocupación por asegurar las estratégicamente importantes partes del noroeste de la India llevaron a una significativamente mayor participación directa del Estado en el regadío por razones distintas a lograr una ganancia. No hay una explicación sencilla para ello [: la importancia y naturaleza de la participación del gobierno en el desarrollo del control del agua], como tampoco para explicar que el interés del Estado en la construcción de sistemas de control del agua, aún en el este de Asia, ocurrió de manera discontinúa. Pero se pueden enumerar algunos de los factores más importantes que figurarían en cualquier explicación: estos incluyen la magnitud de los recursos de que dispone un gobierno (principalmente en función del sistema de impuestos sobre la tierra y la efectividad de su recaudación ); la tenencia de la tierra (que afecta cómo se reparten los costos y los beneficios del control del agua entre las distintas capas sociales); la necesidad y las posibilidades de invertir en control del agua, y las demandas de otras aplicaciones para los recursos de que dispone el gobierno. Este panorama ha cambiado radicalmente en tiempos recientes con la mayor amplitud e importancia de la participación de los Estados en el control del agua. Ello refleja en parte la creciente escala y complejidad de proyectos que requieren más recursos, mayor expertise y un mayor nivel de mediación política en los conflictos entre intereses sectoriales y regionales. En parte esta tendencia también refleja las crecientes

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presiones para elevar el nivel de vida de las masas y la aceptación de la responsabilidad del Estado en la movilización y uso de recursos para este propósito. Una consecuencia inevitable de esta creciente centralización en la movilización y la utilización de los excedentes es la intensificación de la competencia entre regiones y clases por los fondos públicos disponibles, y consecuentemente el realce del rol de las fuerzas políticas (es decir, del poder relativo de las demandas antagónicas) para decidir la distribución de recursos. No obstante hay diferencias significativas entre Japón, China y la India en este aspecto. Así en Japón, la creciente participación del Estado ha tomado una forma donde el gobierno nacional aporta una gran parte de los costos (incluyendo amplios subsidios) y provee el marco legislativo, dejando a las organizaciones autónomas de riego muchas de las decisiones e implementación. En China, la contribución financiera del Estado al desarrollo del riego ha sido conscientemente limitada, pero el poder del Estado es usado a través de los cuadros del Partido para facilitar la acción colectiva a nivel de proyecto. En contraste, en la India las políticas electorales han llevado al Estado a tomar una mucho mayor responsabilidad directa en la planeación, financiamiento y construcción de obras de riego, incluyendo aquellos componentes que podrían ser realizados de manera efectiva por los beneficiarios en el nivel local. En este proceso, se ha agravado considerablemente el conflicto inherente entre uso eficiente de los recursos disponibles y la propensión a utilizar los fondos públicos como medio para recibir y ampliar un apoyo electoral. Frente a la demanda de ampliar el regadío más allá de lo que puede lograrse con los recursos disponibles, los gobiernos han respondido iniciando demasiados proyectos --muchos de ellos sin la necesaria investigación-- y estirando precariamente entre ellos los fondos disponibles; permitiendo que los sistemas de canales se extiendan más allá de los límites de área que se puede regar con el abasto disponible; y con una renuencia a enfrentar aquellos problemas cargados de conflictos de la compactación de parcelas29, el mejoramiento parcelario, la localización del área de comando para distintos cultivos

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y la recaudación de impuestos para mejoras. Los retrasos resultantes en completar las obras y serios desbalances entre la disponibilidad de agua, área regable y patrones de cultivo en el área de comando de proyectos terminados, aumentan los conflictos sobre la distribución del agua y aumentan la incertidumbre sobre el abasto de agua, su costo y productividad. IV. LA OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE CONTROL DE AGUA A diferencia de la construcción de una obra de control de agua, que esencialmente es una actividad “única” o cuando más intermitente, la operación involucra tareas de naturaleza continua. Básicamente estas tareas son asegurar que la infraestructura física (presas, canales, canales parcelarios, estructuras) del sistema se mantenga en buen estado de funcionamiento y regular el acceso y el uso de los servicios que provee30. Cuando una fuente de agua es aprovechada y usada por un solo agricultor para el cultivo de su propia tierra, el mantenimiento y la regulación de su uso es relativamente simple: El agricultor sólo tiene que decidir cuál es la mejor manera de distribuir el agua entre distintos usos (cultivos/estaciones) en relación con sus objetivos. La cuestión de la distribución entre distintos usuarios no existe. Sujeto sólo a las restricciones técnicas, la implementación de la decisión está totalmente bajo su control. El problema se mantiene relativamente simple, aun cuando la fuente de riego suministre agua a varios usuarios ya sea porque la disponibilidad excede las necesidades del propietario o porque la fuente se desarrolló únicamente como negocio --mientras el propietario tenga derecho irrestricto sobre la disposición del agua. Los mejores ejemplos de tal sistema son los pozos y pozos profundos de propiedad individual. Algunos agricultores grandes tuvieron, y todavía tienen, estanques y pequeñas obras de derivación para uso en sus propias tierras31. Sin embargo dado el tamaño relativamente pequeño de los fundos agrícolas en la mayor parte de Asia, donde típicamente aún los sistemas pequeños tienen que abastecer a varios agricultores, la distribución entre los usuarios de las obligaciones de mantenimiento y del agua es tan importante como la distribución entre usos (cultivos y

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estaciones). Los mecanismos y procedimientos para determinar las reglas de distribución y para hacer cumplir las reglas --que juntos definen la estructura de una organización para la operación de los sistemas de riego-- son por lo tanto de gran importancia. Las organizaciones para la operación de sistemas de control de agua tienden a ser diferenciados en términos del rol de los burócratas (diferenciados de los usuarios) en la administración y la amplitud de la centralización de la autoridad: “Burocracia” se refiere al cuerpo de personal profesional contratado para llevar a cabo tareas específicas en una organización en el marco de ciertas normas de procedimiento. Pequeños sistemas locales que abastecen a pocos agricultores pueden funcionar con una organización simple y administrar todas las tareas con el auxilio de sus propios miembros. Esto es lo que ocurre en la mayor parte de Asia. Tales sistemas tradicionalmente no utilizan personal contratado; tanto los que toman las decisiones de políticas como los administradores se nombran entre los miembros de la comunidad por selección, elección o rotación. Si bien el personal no está profesionalmente entrenado, ello no quiere decir que no son hábiles. De hecho un considerable conocimiento y experiencia en el manejo tanto de problemas técnicos como sociales en la administración del agua son esenciales para el funcionamiento terso aún de pequeños sistemas, y se espera que sus funcionarios tengan tales atributos. Los sistemas más grandes, multicomunitarios, requieren de personal más capacitado y especializado para administrar las tareas técnicas y requieren de personal que pueda prestar una atención más continua a las tareas cotidianas de la operación del sistema. Consecuentemente así como el tamaño y la complejidad del sistema aumenta, también aumenta la necesidad de un personal pagado de tiempo completo para atender las tareas rutinarias técnicas y administrativas. Pero hay situaciones donde el rol de la burocracia va más allá de las funciones técnicas y administrativas para abarcar las de diseño e implementación de políticas. Por ello, lo que constituye una base significativa para distinguir distintas clases de organizaciones de riego no es tanto la dependencia de un personal pagado de tiempo completo como el rol

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que este juega, junto con la forma en que es nombrado y controlado. En este aspecto, hay un marcado contraste entre los patrones prevalecientes en el este y en el sur de Asia. Así en Japón por la forma en que se desarrollaron los sistemas de riego y el predominio de pequeños sistemas locales, el control de los usuarios sobre la administración (en relación a la formulación de políticas, la administración cotidiana así como el nombramiento y control del personal de operación) es muy fuerte. Según fueron creciendo los sistemas en escala y complejidad aumentó también la dependencia en un personal profesional pagado. Pero salvo pocas excepciones, todo el personal está efectivamente bajo el control de los DMT que son administrados por representantes de los usuarios. Aparte de establecer el marco legal general relativo a los DMT y, muy excepcionalmente, la administración de reservorios y canales que sirven a más de un DMT, el Estado juega un rol relativamente marginal en la operación de los sistemas de riego32. En China33, aunque se suponía que la burocracia del Estado era la responsable desde los tiempos de la antigüedad de la administración de las obras de control de agua, de hecho su rol se limitaba a la supervisión del mantenimiento y la operación de los grandes proyectos construidos por el Estado, así como de los reservorios centrales, los canales y los terraplenes a lo largo de los ríos. Los niveles inferiores de los grandes sistemas, así como los sistemas pequeños construidos en su mayor parte con recursos e iniciativa locales, eran administrados localmente con personal propio. Actualmente, los sistemas de control del agua, para propósitos de administración operativa, están organizados en Distritos de Riego de tamaños diversos que van desde unas cuantas aldeas a varias comunas o aún prefecturas. Todas estas organizaciones tienen un cuerpo de personal profesional y administrativo pagado, que es nombrado y controlado por el Distrito de Riego. En los distritos que comprenden varias comunas o municipios los funcionarios de mayor rango provienen de cuadros profesionales del nivel correspondiente del gobierno (Prefectura, Provincia o el Centro). Estos últimos no están enteramente bajo el control de la Organización del Distrito. En virtud

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de su expertise técnico y siendo de su responsabilidad asegurarse que los Distritos sea administrados según los lineamientos generales de la política, esta categoría de personal desempeña un rol significativo en la toma de decisiones. Pero desempeñan este rol como miembros de un comité de administración donde los representantes de los usuarios y funcionarios claves del Partido son también miembros. Las decisiones del Comité se espera sean ejecutadas por los funcionarios. En niveles inferiores, los representantes de usuarios y los cuadros del partido desempeñan un rol mucho más importante en la toma de decisiones de políticas y se reduce progresivamente la dependencia en funcionarios pagados a medida que uno se mueve a la unidad básica de uso (señaladamente el equipo). El personal de los comités así como el personal que lleva a cabo las tareas proviene principalmente de la jurisdicción de cada nivel. El personal de operación en cada nivel está controlado por un comité administrativo de tal nivel. En la India34, la participación de los usuarios en la administración también es prominente en el caso de las aguas subterráneas (que son principalmente explotadas con pozos y bombas de propiedad individual) y en el caso de sistemas locales tradicionales. Pero la administración de canales (que comprende a la gran mayoría del riego con aguas superficiales) está dominada por y depende de la burocracia del Estado. En toda la India la operación del riego con aguas superficiales --desde la fuente, a través de los canales principales y secundarios, hasta las tomas granja que abastecen a unas 40 has-- está totalmente organizada y operada por personal del gobierno. La responsabilidad global de la administración de cada sistema está investida en un funcionario principal que proviene casi siempre del cuerpo permanente de ingenieros. El área de comando de la totalidad del proyecto se divide en una jerarquía de unidades y subunidades operacionales (usualmente por segmentos del canal principal, canales secundarios y grupos de distribuidores) a cargo de funcionarios subordinados al administrador del sistema. Los administradores de niveles intermedios también son reclutados del cuerpo de ingenieros del Estado. Su personal de apoyo, incluyendo a aquellos responsables de la supervisión y vigilancia de la operación a nivel de las tomas granja, son todos empleados del Estado. Los asuntos de política

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general son decididos por los departamentos de riego del Estado que formulan reglamentos detallados en la forma de estatutos, reglas y manuales de operación para orientar a los administradores de sistemas individuales. Este patrón ha sido adoptado aún en áreas con una tradición previa de regadío y con instituciones locales para su administración. Estas últimas, cuando persisten, se ocupan de asuntos esencialmente locales y ocasionalmente de promover intereses locales (más agua o una mejor regulación de ella) ante la administración del sistema pero nunca como una parte integral de ella. Así la administración en los sistemas de canales de la India presenta un alto grado de centralización en el sentido de que la autoridad para formular e implementar las políticas y para resolver los conflictos esta investida en una burocracia que rinde cuentas al Estado. Por razones de claridad parece útil hacer una distinción entre dos aspectos de la centralización en la administración del riego: Uno de los aspectos puede llamarse “funcional” y el otro “político”. El primero refleja las características técnicas del sistema que dicta el locus de toma de decisión y la distribución de poderes de decisión entre distintos niveles. Por ejemplo, un sistema que está enteramente basado en canales alimentados por una sola fuente (digamos una obra de derivación o un reservorio) requiere una coordinación centralizada de la operación de los canales y de las tomas granja. Una vez que se ha establecido el calendario para cada uno de los canales, la cantidad y fechas de suministro de agua para cada toma granja es casi inamovible. El órgano de administración a nivel de la toma granja puede quejarse de que los usuarios de aguas arriba toman demasiada agua o pueden intentar tomar más agua de la que les corresponde. Pero en cualquier caso, el rango en que pueden manipular el calendario o la cantidad de agua disponible es limitado. Su función principal es distribuir el abasto disponible entre las distintas zonas del área servida por esa toma granja. En contraste, un tracto regado por canal que combina el almacenamiento principal con almacenamientos/pozos diseminados por el área de comando, ofrece la posibilidad de un mayor rango de manipulación de la cantidad, calendario y distribución del agua en el nivel intermedio lo que también significa que potencialmente el nivel administrativo

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intermedio tiene un mayor rango de decisiones a realizar e implementar. La amplitud con la que este potencial es de hecho utilizado depende de varios factores incluyendo el grado de adecuación del suministro de agua de riego en relación a los requerimientos del área de comando. Los aspectos “políticos” se refieren a la cuestión de quién entre los varios grupos interesados en el sistema tomará las decisiones de distribución, sobre qué bases y para el beneficio de quiénes. La decisión de distribución tiene que derivarse de ciertos objetivos (que pueden o no ser explícitos) que debe lograr el sistema. Dado que en un sistema multi-usuarios cada decisión de distribución del agua implica una cierta distribución de costos y beneficios entre los usuarios, su funcionamiento adecuado requiere de claridad en las metas (que deben necesariamente incluir la producción global y su distribución entre distintas partes del sistema), la definición de reglas de distribución acordes con estas metas, y la capacidad de hacerlas cumplir. Es concebible que estos asuntos puedan ser acordados por consenso entre los usuarios o sus representantes. Pero cuando no existe consenso entre los usuarios o entre los usuarios y la administración en estos asuntos, o si el consenso es frágil, será difícil hacer que se cumplan las reglas de distribución y el funcionamiento terso del sistema requerirá de una autoridad superior para resolver los conflictos. Este aspecto de la centralización de la autoridad es notable aún en sistemas tradicionales administrados por los usuarios. Los casos más obvios son cuando los principales terratenientes son también los administradores. Pero no es necesario que los grandes terratenientes se involucren directamente en la administración del agua; pueden ejercer su autoridad a través de administradores que son sus candidatos o que se subordinan a sus intereses. También pueden elegir interferir sólo cuando los conflictos amenazan con salirse de control. Tradicionalmente la autoridad de los grandes terratenientes parece haber jugado un rol importante, en todo caso como una autoridad de último recurso, en el funcionamiento de sistemas locales. Cuando la composición de este grupo se modifica, como ha ocurrido de tiempo en tiempo, el funcionamiento de las organizaciones de riego también

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se ve afectado. Hay casos, entre los cuales los Vel Vidanes de Sri Lanka son un ejemplo excelente, donde la máxima autoridad estaba formalmente investida en un funcionario respaldado por el Estado pero que parece haber sido reclutado entre los pudientes, o ascendido al rango de los pudientes. En sistemas multi-comunitarios es menos probable que los grandes terratenientes per se jueguen el rol de “árbitros de ultima instancia” porque hay muchos más de ellos y los conflictos de intereses entre ellos son probablemente mayores. Y donde las reformas agrarias han logrado una distribución igualitaria de la tierra, como en el Japón, China y Taiwan modernos, la tenencia de la tierra es mucho menos importante. Confían más bien en reglas y procedimientos de adjudicación y en encargar la implementación a personas reconocidas por la comunidad como informados, hábiles y justos. Aún en estos casos, hay necesidad de un claro locus de la autoridad para resolver disputas que la organización no puede fácilmente manejar. En varios sistemas, los funcionarios de mayor nivel son personas que imponen respeto y que tienen influencia en la región por su riqueza o su influencia política35. En el caso de China, una participación enérgica y activa de los cuadros del Partido Comunista juega este mismo rol36. Por otro lado, no se puede asumir que sólo porque la autoridad esté centralizada e investida con amplios poderes, la autoridad central de hecho es o pueda ser efectiva. Así, como veremos en el caso de los sistemas de canales de la India la burocracia hidráulica no puede ejercer su muy considerable autoridad formal dado que las reglas no reflejan o no se derivan de metas en torno a las cuales estén básicamente de acuerdo los usuarios y los administradores. Los intentos por parte de la burocracia de hacer cumplir las reglas son eludidos de muchas maneras. Dado que hay tantas dimensiones de la organización de riego, es difícil encontrar una clasificación que sea simple y al mismo tiempo significativa. En cualquier caso, la forma de organización nos dice relativamente poco de cómo de hecho funcionan y se adaptan a las circunstancias cambiantes. Estas preguntas pueden examinarse mejor en relación a la forma en que se llevan a cabo, en situaciones

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concretas, las tareas específicas de la administración de la infraestructura de riego --señaladamente el mantenimiento de la infraestructura física y la regulación de la distribución de agua. El mantenimiento de los sistemas de riego El propósito del mantenimiento es garantizar que la infraestructura física (presas, estructuras de control, redes de distribución) funcionen adecuadamente y con el nivel de desempeño para el que fueron diseñadas. Típicamente, en un sistema de aguas superficiales ello involucra inspecciones de la infraestructura para identificar cualquier deterioro (tales como fugas en terraplenes, erosión, asolvamiento de los canales, maleza, mal-funcionamiento de compuertas) y realizar las reparaciones necesarias. Además, la organización necesita estar alerta para identificar desperfectos mayores tan pronto como ocurren y tener la capacidad de corregirlos de inmediato. El mantenimiento ineficiente puede afectar adversamente la entrega de agua reduciendo el volumen de agua que pueden cargar los canales; disminuyendo la velocidad del flujo de agua; aumentando las pérdidas por fugas y derrames; y en casos extremos un desplome parcial o total. Todo ello reduce el volumen de agua disponible a nivel de parcela, y por lo tanto el nivel posible de producción en comparación con el potencial del sistema (dado su diseño). La calidad del mantenimiento afecta los intereses tanto de la organización en general (a la que presumiblemente le interesa lograr el máximo de producción con el agua disponible) como a los usuarios (cuya producción e ingresos son directamente afectados). El vigor de este interés común es, sin embargo, variable. Parece probable que sea mayor y más ampliamente compartido en un sistema relativamente pequeño que ha sido implementado por una comunidad de usuarios que al mismo tiempo ha realizado una inversión substantiva en el costo de su desarrollo. Esto es igualmente cierto en aquellos sistemas donde habiendo suficiente disponibilidad de agua para toda el área de servicio la negligencia en el mantenimiento acarrea fuertes pérdidas en la productividad. Por otro lado cuanto más grande y extenso es un sistema, más difícil será para los usuarios apreciar cuáles son sus intereses comunes en el mantenimiento

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adecuado de la infraestructura en todos sus niveles. La importancia del mantenimiento del canal general no es tan evidente para todos los usuarios de un sistema que sirve un área de 100,000 hectáreas como para aquel que tiene un área de 100 hectáreas. El interés será naturalmente más débil cuando los usuarios no han contribuido con sus propios recursos al desarrollo del sistema y cuando la redituabilidad del regadío en términos de incremento de la producción es relativamente pequeño o incierto. Y si todas las partes del sistema no reciben las cantidades prometidas o si el abasto es irregular, los segmentos afectados no sólo tendrán un menor interés en contribuir al mantenimiento del sistema, sino incluso pueden resistir activamente tales contribuciones por ser consideradas “injustas.”. Los sistemas comunitarios tradicionales de Asia, siendo pequeños y generalmente el producto del esfuerzo local, entran en la primer categoría. A partir de las descripciones detalladas de varios de tales sistemas, es claro que usualmente han establecido acuerdos en relación a las fechas de mantenimiento, la forma en que se divide el trabajo, la responsabilidad de los funcionarios a distintos niveles y las obligaciones de los usuarios. Mientras la fuerza de la costumbre y la presión social facilitan el funcionamiento adecuado de los arreglos, sería incorrecto suponer que funcionan únicamente sobre la base del interés mutuo reforzado por la costumbre. La mayoría de tales sistemas encuentra necesario especificar sanciones (que van desde multas hasta la pérdida de los derechos de agua) para sancionar el incumplimiento, así como contar con un centro de autoridad que pueda hacer cumplir las sanciones para así asegurar su obediencia37. Históricamente el núcleo de poder local --generalmente pero no siempre, los grandes terratenientes-- ha tenido una rol importante en este aspecto. Se puede esperar que el interés de los grandes terratenientes en la administración del control del agua esté influenciado por el grado en que sus ingresos se vean afectados por la forma de administrar el sistema. El interés activo que tomaron los terratenientes en el Japón en la administración del control del agua puede relacionarse con el hecho que vivían en la aldea y cultivaban una parte de su tierra directamente38. En el sur de la India el sistema

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tradicional de tenencia de la tierra asignaba cierto porcentaje del producto para el mantenimiento de los estanques y los inspectores tomaban un interés activo en esta tarea. En otras partes de esta región, un gran número de tanques eran propiedad de los terratenientes. Mientras estos sistemas de tenencia persistieron y los ingresos del Estado se basaron en una parte del producto, hubo un gran interés por parte de los centros de poder locales y supra--locales en asegurar el adecuado mantenimiento de los tanques. Además de las guerras, la introducción de reformas a la tenencia de la tierra durante la época temprana del dominio británico debilitó estos centros tradicionales de autoridad aldeana. Ello indudablemente contribuyó al deterioro de los tanques para riego durante el siglo XIX39. Aunque el gobierno tomó la responsabilidad de su mantenimiento, sus funcionarios no fueron capaces de conseguir que el trabajo se llevase a cabo40. En Bihar los zamindars tradicionales que habían tenido un activo interés en el mantenimiento de obras de riego locales también perdieron interés una vez que la aparcería fue reemplazada por renta fija (Sengupta, 1980). Claramente hay una conexión entre la tenencia de la tierra y la administración local de sistemas de control del agua. En sistemas más grandes, las funciones son necesariamente más difusas y la percepción del interés común en el mantenimiento del sistema como un todo tiende a ser más débil. Consecuentemente las reglas y procedimientos también tienden a ser más formalizadas e impersonales. La movilización de las contribuciones en trabajo se hace más difícil. Es quizá por esta razón que algunos de los sistemas multi-comunitarios más grandes combinan las contribuciones en trabajo para el mantenimiento de la infraestructura local de los beneficiarios con una cuota para el costo de mantenimiento de la infraestructura que cae bajo la jurisdicción de los niveles superiores41. Mientras, donde se procuró, como en China, que el mantenimiento aún de sistemas grandes se realizase con contribuciones en trabajo, el apoyo de los grandes terratenientes, la pequeña nobleza [gentry] y otros centros de poder local fue necesario para llevar a cabo la movilización. La calidad del mantenimiento podía verse afectada cuando el gobierno como un todo era débil y/o cuando había conflictos severos de intereses a nivel local: Tenemos un relato,

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correspondiente a la parte baja del delta del Yangtze, donde el sistema de mantenimiento se vino abajo como resultado de disputas sobre cómo dividir los costos del mantenimiento después de un cambio en el patrón de tenencia de la tierra y el Estado fue incapaz de resolverlo satisfactoriamente en las décadas subsiguientes. Aunque el relato se refiere a los siglos XVI y XVII, pone de relieve la inter-relación entre mantenimiento de la infraestructura, tenencia de la tierra y burocracia, así como el rejuego de intereses a distintos niveles (Hamashima, 1980). Las crecientes dificultades para hacer cumplir con el trabajo corvé llevaron gradualmente a la abolición del sistema. En el siglo XIX el costo del mantenimiento de las obras públicas debía ser pagado con el presupuesto general del Estado. Sin embargo a la burocracia no se le asignaban fondos suficientes para llevar a cabo los trabajos que supuestamente eran de su responsabilidad. En algunas áreas los funcionarios recurrieron, con el apoyo de lideres locales, a contribuciones en trabajo extra-legales; hubo intentos de reducir la responsabilidad del Estado en el mantenimiento; en muchos casos los funcionarios simplemente desatendieron esta tarea. La declinación general de la autoridad del gobierno central indudablemente fue un factor importante que contribuyó al relativo descuido del mantenimiento de la infraestructura del control del agua durante las décadas precedentes a la Revolución. Con la reorganización de la administración del control del agua en el periodo post-Revolucionario, las contribuciones en trabajo para el mantenimiento nuevamente han adquirido importancia. Los beneficiarios aportan casi todo el trabajo necesario para el mantenimiento y reparación del sistema. Los artículos distintos al trabajo necesarios, así como el costo de la administración provienen de las cuotas por servicio de riego. Aunque que la responsabilidad por la planeación y ejecución del mantenimiento está distribuida entre distintos niveles y se estimula el liderazgo local, los relatos disponibles (referidos principalmente a modelos de administración exitosa) enfatizan el rol clave del liderazgo del partido en todos los niveles de la organización a través de una combinación de

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propaganda, educación política y aun compulsión, para lograr un funcionamiento terso de los arreglos. Hay indicios de que cuando el liderazgo de partido no era tan fuerte o, cuando se redujo la participación del Partido como ocurrió después de las reformas de 1979, el funcionamiento de la organización de control del agua se vio adversamente afectado42. En la India (y en general en el sur de Asia) el Estado ha tomado la responsabilidad directa por el mantenimiento de todos los canales principales y de una gran parte de los tanques y otros sistemas locales. Aún existen los arreglos tradicionales mediante los cuales el mantenimiento se realizaba movilizando trabajo y otros recursos locales (incluyendo ingresos de propiedades comunales designadas para tal propósito), pero solo en forma rudimentaria y son usualmente inadecuados43. Recientemente algunos de los estanques más pequeños de aldeas fueron transferidos a los panchayats que se supone deben ser instituciones del gobierno local, autónomas y representativas, pero que de hecho no lo son: Dependen principalmente de subsidios de los gobiernos estatales y no parecen tener gran interés en el mantenimiento de los tanques. En todos los demás casos los departamentos de obras públicas de los estados son totalmente responsables por el mantenimiento, los costos son cubiertos con asignaciones del presupuesto general del gobierno estatal44. Los usuarios de los canales del Estado pagan una cuota por servicio de riego (que ocasionalmente se junta con la del impuesto sobre la tierra) que debiera cubrir el costo de operación (incluyendo mantenimiento y el interés sobre el capital) pero que casi invariablemente resulta inadecuada para este propósito. Adicionalmente, a diferencia de China, tales cuotas no están etiquetadas para los administradores de sistemas, sino que se adjunta al común general de recursos. Consecuentemente, el Departamento de Obras Públicas (DOP) tiene que competir con otros departamentos por las asignaciones de este fondo común, simultáneamente los administradores de distintos sistemas tienen que competir entre sí y con demandas para otras actividades del departamento. El mantenimiento de los sistemas de

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riego no parece tener una alta prioridad a la hora de decidir la asignación de presupuesto a nivel estatal o aun al interior del DOP. Las quejas acerca de una partida presupuestal inadecuada son de larga duración y hay evidencia del deterioro en las condiciones de secciones importantes de los sistemas de riego45. Y sin embargo ha habido poca presión de los funcionarios del DOP o de los usuarios para remediar la situación. La falta de preocupación entre los funcionarios es quizá comprensible dado que ellos no están comprometidos a trabajar como administradores en un sistema de riego en particular, ni sus carreras dependen de qué tan bien se lleve a cabo este trabajo. La aparente pasividad de los usuarios es más difícil de entender: El tamaño inmenso de los sistemas, el debilitamiento del interés colectivo debido al desarrollo de fuentes suplementarias independientes de riego (particularmente con pozos y pozos profundos) y el hecho que no tienen ningún rol en la administración podrían todos ellos haber incidido. La administración de la distribución de agua La naturaleza del problema La otra tarea principal de las organizaciones de riego es regular la distribución del agua disponible entre usos alternativos y entre distintos segmentos del área de servicio. El caso más simple es el de un agricultor con su propia fuente de agua que quiere usar el agua de esa fuente junto con sus otros recursos (tierra, trabajo, equipo y capital de trabajo) para obtener el máximo ingreso neto. El agua disponible puede ser utilizada para distintos cultivos, y los cultivos posibles están determinados por las condiciones del suelo, la altitud, la topografía, el clima, y otros elementos que conforman el medio agro-climático. Dentro de los límites marcados por el medio, se debe tomar una decisión acerca de cuáles cultivos y el área destinada a cada cultivo. Cada cultivo tiene requerimientos de agua distintos, responde de manera distinta a las variaciones en la cantidad de agua y otros insumos. Tomados en conjunto definen la “función de producción” de los distintos cultivos. Dada esta información, el precio de cada cultivo y de cada insumo, y el volumen de agua y otros insumos disponibles,

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parece una tarea bastante sencilla llegar a la asignación óptima de todos los insumos (incluyendo el agua) así como entre cultivos. De hecho la determinación de la asignación óptima aún para un agricultor individual totalmente al mando de su fuente de riego es mucho más complicada y difícil que lo que aparenta46. Ello se debe a que (1) el suelo y la topografía varían aun al interior de una granja; (2) el efecto del riego sobre los rendimientos del cultivo depende no sólo de la cantidad total de agua aplicada sino también de cuándo se aplica; (3) la respuesta al riego no es independiente de la cantidad y la distribución estacional de la precipitación, y ambas son muy variables e impredecibles; y (4) el rendimiento eventual es el resultado acumulado del estatus de la humedad en distintas etapas del crecimiento de la plata; es difícil evaluar la contribución de una cantidad de riego en un momento dado sin especificar los niveles de riego en otros momentos de la estación, así como el nivel y calidad de la semilla, el fertilizante y otros insumos. El problema es aún más complicado en el caso de sistemas multiusuarios cuando no se trata únicamente de decidir la distribución entre cultivos y a través del tiempo, sino también la distribución entre usuarios. Dadas las dificultades inherentes para evaluar la productividad del agua de riego y el hecho de que el abasto de agua y su productividad para un usuario dado no es independiente de las acciones de otros --los usuarios de aguas arriba y agricultores poderosos pueden interferir con la distribución del agua-- quizá no resulta sorprendente que el mecanismo de mercado sea tan poco usado para administrar la distribución del agua en sistemas de riego con aguas superficiales. La alternativa de utilizar precios administrados consistentes con el uso óptimo del agua disponible y otros recursos, tomando en cuenta objetivos de distribución específicos, también adolece de la misma dificultad47. Hay un problema adicional, los sistemas de riego frecuentemente están diseñados sobre la base de información inadecuada o poco confiable sobre el abasto de agua, la respuesta en rendimientos, el ejercicio de riego, etc. La distribución “óptima” entre cultivos y usuarios resultante de esta información incompleta no

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puede considerarse como “objetiva” o como una guía confiable para la distribución. De todas maneras, pocos sistemas están equipados con estructuras de control o instrumentos de medición que permitan regular las entregas volumétricas de agua. Bajo estas condiciones es difícil decidir la configuración de un sistema “eficiente” y aún más difícil garantizar una distribución “eficiente” de agua sobre la sola base de precios. De cualquier forma la mayor parte de los sistemas de riego con aguas superficiales han sido implementados por la comunidad de usuarios con sus propios recursos o por el Estado utilizando fondos públicos. En cualquiera de los dos casos las consideraciones de distribución no pueden separarse del diseño del proyecto o de su operación, pues ambas representan algún tipo de compromiso o consenso referente al balance entre “eficiencia” y “equidad”. El potencial de conflicto está siempre presente y dada la posibilidad de que los usuarios puedan interferir con la distribución del agua ---sea por su ubicación o poder-- hay necesidad de racionar físicamente el área regada (tanto el área total como por cultivo) y de la cantidad de agua suministrada a un cultivo en particular en función del abasto total disponible. Los procedimientos de distribución en prácticamente todos los sistemas multi-usuarios pretenden definir las bases sobre las cuales se tomarán dichas decisiones y también los mecanismos y procedimientos por los cuales se harán cumplir. Tenemos descripciones de cómo son administradas estas tareas en varios sistemas para toda Asia. Aunque estos relatos dejan mucho que desear --muchos de ellos no son lo suficientemente detallados, frecuentemente la distinción entre lo que debiera ser y lo que es queda borrosa; y reflejan distintas preocupaciones y perspectivas de los autores-- si ayudan a enfocar las diferencias significativas entre los distintos tipos de sistemas de Asia48. Los sistemas tradicionales comunitarios. Las descripciones de los procedimientos de distribución de agua en sistemas tradicionales comunitarios (que representan una importante, y en algunos países de Asia el tipo dominante de riego) son relativamente más numerosos y algunos de ellos bastante detallados. Estos sistemas varían desde unos bastante pequeños que sirven a una

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sola aldea o una parte de una aldea (como el tanque de agua de Sri Lanka descrito por Leach, 1961) hasta sistemas de tamaño moderado como los de Bali y Japón. Incluyen el regadío basado en estanques de almacenamiento, derivación de la corriente del río, o una combinación de ambas. La mayoría de ellos se utilizan esencialmente para el cultivo de arroz de inundación, que es la característica dominante de los sistemas de riego de la mayoría del sureste y este de Asia, y de sistemas tradicionales del sur de la India y Sri Lanka. Son generalmente sistemas relativamente antiguos (algunos de ellos tienen varios siglos). Sus prácticas de administración actual son el resultado de procesos de adaptación a cambios en la tenencia de la tierra, los precios, la tecnología y el sistema en sí. El problema de distribución del agua como hemos visto, consiste en delimitar el área que será regada y en decidir la cantidad de agua que se entregará a cada uno de los distintos segmentos del área con derechos de riego. Los límites del área de servicio están más o menos bien definidos (en parte por la topografía y en parte por la cantidad de agua disponible) pero hay variaciones: El área que puede ser efectivamente regada en una estación dada depende del abasto disponible en el estanque o en el río. Adicionalmente, el área que se quiere regar así como el abasto de agua puede mostrar una modificación secular: el área de servicio puede ser ampliada (debido a un aumento en la presión demográfica o como resultado de políticas) y la disponibilidad efectiva de agua puede mejorarse (mediante la ampliación y/o mejoramiento del sistema) o empeorarse (debido a la un mantenimiento deficiente, daños por guerras o eventos naturales y, posiblemente, por cambios climáticos de larga duración). La extensión del área a cultivarse así como las fechas de inicio del riego en una estación en particular al parecer son decididas por la comunidad de riego según el agua disponible y la precipitación al inicio de la estación. Cuando el total del área de servicio no puede ser regada, hay un problema en decidir cómo se distribuirá la reducción. Las bases parecen variar mucho: Algunos sistemas han llegado a arreglos elaborados e ingeniosos para lograr un reparto equitativo de la reducción entre todos los usuarios: Por ejemplo en el caso del

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tanque de Pul Eliya (Sri Lanka) el área de riego se divide en tres segmentos según las distancias respecto del tanque, y las parcelas inundables de cada agricultor están distribuidas entre los tres segmentos, por ello: “Si los aldeanos fueran a cultivar arroz en el campo viejo durante la estación de Yala, ellos decidirán desde el inicio si van a cultivar todo el campo o las 2/3 partes superiores del campo o nada más un tercio (el de más arriba) ... Ningún fondo común de los ingresos o reasignación de parcelas es necesario dado que la tierra ya se encuentra dividida de tal manera que cada terrateniente trabaja la totalidad o dos terceras o un tercio de sus parcelas según sea el caso.” (Leach, 1961). Chambers (1977) cita ejemplos donde el racionamiento del área se realiza bajo criterios distintos. En un caso, a cada usuario se le garantiza el riego completo en un hectariaje limitado y cualquier superficie adicional recibirá agua sólo si hay un excedente. En otro caso, a los agricultores se les deja decidir cuánto siembran. Así el racionamiento no es siempre sobre la base de una reducción proporcional de la superficie de todos los usuarios49. En muchos sistemas (por ejemplo en el subak balinés, en los sistemas japoneses así como en los de Tailandia y Taiwan) está establecida la costumbre que algunas secciones del área de servicio tienen derechos preferenciales y por ello tienen prioridad para acceder al abasto disponible50. En general esta diferenciación está basada en la ubicación: las tierras y las comunidades de aguas arriba tienen prioridad sobre aquellas ubicadas aguas abajo. Aunque esto es en parte un reconocimiento formal de las ventajas inherentes de los usuarios de aguas arriba, frecuentemente ocurre que ellos fueron los primeros en desarrollar la fuente de riego. El racionamiento de superficie es sólo uno de los componentes del sistema de racionamiento de agua. Todavía queda el problema de regular la cantidad de suministro a distintas secciones del área de comando en el curso de una estación en relación a los requerimientos del cultivo. Estos sistemas tienen, aun para una estación normal, tanto estructuras físicas como procedimientos de operación (que pueden ser muy elaborados e ingeniosos) para dividir el abasto disponible entre

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las distintas parcelas sobre bases reconocidas51. En tiempos de escasez, además del racionamiento de superficie, la distribución del agua se regula aún más estrictamente. Las bases y los procedimientos varían. A veces (como en Pul Eliya) el diseño físico del sistema es tal que es posible garantizar que la reducción en superficie y abasto de agua se comparte en más o menos la misma proporción por todos los usuarios. Pero esto parece excepcional: El área de cada fundo [conjunto de parcelas de un propietario] no se encuentra distribuida de una forma tan sistemática a través de tierras con distintos grados de derechos de aguas. En tales casos, se intenta únicamente el racionamiento entre distintas secciones del área de comando. La rotación entre canales, canales de distribución y tomas granja o cualquier combinación de ellas parece común. De manera no infrecuente esto es el tema de derechos de aguas diferenciados de distintos segmentos del área de comando. Hay unos pocos casos donde el abasto de agua para cultivos de uso relativamente intensivo de agua se rota de año en año: Esto ocurre usualmente en áreas donde se siembran, además del arroz de inundación, otros cultivos o donde se levanta cada año más de un cosecha de arroz de inundación y el abasto de agua aún en un año normal no alcanza como para permitir que todos los usuarios siembren cultivos intensivos en agua durante la estación de secas52. La coordinación de los calendarios de riego con los requerimientos de agua de los cultivos se facilita en algunos casos mediante el acuerdo colectivo sobre el calendario de cultivos diseñado para cada estación. Así en Pul Eliya, tradicionalmente, los aldeanos toman la decisión colectiva al principio de cada estación sobre qué tierras y cuántas se cultivarán, así como acerca del calendario de “las fechas en que se abrirán las compuertas, la fecha en que se completará la siembra, las variedades de arroz que se sembrarán y la fecha en que se planea cosechar” (Leach, 1961: 108)53. En algunos sistemas del Japón el hecho de que la fecha para soltar el agua para el encharcamiento de transplante es una decisión colectiva de la comunidad de riego implica cierta coordinación en las fechas de operaciones. Cuando el sistema es relativamente extenso y la distribución estacional del abasto de agua no permite una operación sincronizada en toda el área de comando, el

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cultivo está escalonado54. A veces como en Bali, el escalonamiento es elaborado y cuidadosamente coordinado de manera institucionalizada. En varios casos se reporta un escalonamiento de las operaciones con un carácter menos controlado. Hay algunos sistemas (por ejemplo. algunos de los sistemas de estanque y canal del Japón y el proyecto Meichuan de China) que operan con sistemas de entrega flexible que varían de acuerdo a las necesidades de agua de los cultivos en distintos segmentos durante el período de cultivo. Los individuos o grupos responsables de la administración global del sistema toman las decisiones de distribución del agua en el marco de principios establecidos por convenio (o en algunos casos como el de los tanques de Sri Lanka, por las leyes del Estado) y supervisan su implementación. En sistemas multi-comunitarios tal función debe ser distribuida entre distintos niveles, cada nivel es responsable de la distribución dentro de su jurisdicción sujeta a los límites impuestos por el nivel superior. La unidad básica a nivel parcelario es usualmente el grupo de agricultores que reciben el agua por la misma toma granja. Aunque los usuarios y otros representantes participan en todos los niveles. El conocimiento, experiencia y habilidades en la administración del agua reciben un peso considerable en la selección de los funcionarios55. En sistemas multi-comunitarios de mayor tamaño, donde un nivel mayor de expertise es necesario, la organización contrata especialistas. De esta manera se combina el expertise técnico y los intereses de los usuarios para llegar a decisiones. Cuando el sistema es alimentado por un sólo estanque o presa, la toma de decisiones del nivel más alto en gran medida determina la cantidad y las fechas de abasto a los niveles inferiores. La tarea más importante de los niveles inferiores es asegurar que el suministro que reciben en ese nivel se utilice de manera efectiva y se distribuya de manera “justa” entre sus miembros: Los sistemas con múltiples fuentes y/o con depósitos intermedios permiten una mayor flexibilidad en la distribución a todos los niveles, pero las tareas administrativas son más demandantes en términos del volumen y la calidad de la información requerida; la disposición atenta del personal operativo; la

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rapidez de las comunicaciones; y la coordinación de decisiones. Todo ello también requiere de mayor compenetración e intercambio de información entre operadores y usuarios. Meichuan es un excelente ejemplo56. La vigilancia del sistema, que es esencial para asegurar el hacer cumplir la distribución de agua, particularmente en períodos de escasez, se realiza a todos los niveles mediante un sistema de guardias y vigilantes que son nombrados como empleados regulares pagados (esta práctica usualmente se restringe a los niveles más altos de sistemas relativamente grandes) o encargando dicha vigilancia a algunos agricultores (a veces por períodos largos, a veces por rotación). Esta última práctica es común en el nivel inferior de sistemas multi-comunitarios57. En cualquiera de los casos los guardias se seleccionan por su confiabilidad y rectitud y son remunerados por los miembros del grupo directamente o mediante la cuota pagada a la organización central. Los conflictos ocurren tanto entre las partes constitutivas del sistema como entre los miembros de cada unidad sobre la forma en que se administra la distribución del agua y sobre los intentos de infringir la asignación. Parece haber acuerdos bien establecidas de cómo deben manejarse tales situaciones. Se espera que los líderes de un grupo constituido medien en las disputas entre sus miembros y al mismo tiempo representen los intereses de sus miembros como un todo en relación a otras unidades del sistema. Las disputas que no pueden ser resueltas en cierto nivel se remiten al siguiente. Los conflictos que no pueden solucionarse por la organización de riego deben remitirse a instancias superiores de poder. Ello no quiere decir que estos últimos siempre intervengan de manera decisiva. Desafortunadamente hay pocos relatos a profundidad sobre la naturaleza e incidencia de conflictos específicos de distribución del agua en tales sistemas y cómo se solucionan. La impresión general que tenemos es que mientras los conflictos son bastante comunes y a veces violentos, hay contrapesos que evitan el colapso de la organización58. La existencia de conflictos persistentes que no pueden resolverse satisfactoriamente al interior del marco existente es uno de los factores

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detonadores de modificaciones en el marco organizativo y, si ello no funciona, de un rediseño del sistema mismo. Ello se ejemplifica con varios proyectos en Japón (el sistema del río Aka, el río Azusa, el canal de los 12 Go), en China (proyecto Meichuan) y Taiwan (Nan Hung). Estos casos, sin embargo, muestran que la intensificación de los conflictos en un sistema es sólo una señal de que son necesarios cambios en los procedimientos de operación y posiblemente en el diseño físico. El que los cambios efectivamente tengan lugar, y particularmente el rediseño del sistema, depende de la redituabilidad potencial de la inversión en el mejoramiento del sistema en relación a otras formas de incrementar los rendimientos; la habilidad para movilizar recursos para financiar la inversión y cómo se distribuyen los costos y beneficios de la modificación. Aun en el Japón, las mejoras de envergadura a los sistema se realizaron en etapas en el transcurso de varias décadas, a pesar de que estas mejoras significaban un abasto de agua más seguro y abundante y por lo tanto una reducción considerable de los conflictos entre usuarios. Algo parecido es el caso del proyecto Nan Hung, Taiwan. En cambio en Meichuan tales mejoras parecen haber tenido lugar en un período de tiempo muy corto y la comunidad de riego local aportó todos los recursos necesarios debido a la combinación entre el sistema de comuna y de un fuerte liderazgo político que hizo posible garantizar una solución que se pudiera hacer cumplir. Conflictos muy intensos o muy frecuentes no necesariamente llevan a tales mejoras, y ello puede ilustrarse con el estado de los sistemas de riego de estanques en el sur de la India y en Sri Lanka. En ambas regiones, la disponibilidad de agua de riego en relación a las necesidades es mucho más escasa que en el este de Asia y dada la poca y variable precipitación en relación a los requerimientos de agua de los cultivos, uno esperaría que la redituabilidad potencial del riego fuese mayor. Es cierto que la disponibilidad de agua en tales sistemas es mucho menos confiable y por lo tanto la redituabilidad mucho más incierta que, por ejemplo, en Japón. Igualmente el proceso de selección de variedades más productivas y mejoras en las prácticas de cultivo se iniciaron mucho antes en Japón. En el sur de Asia cambios importantes en la tecnología bioquímica se han desarrollado mucho

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más lentamente. Pero esto no parece ser una explicación adecuada para la persistente negligencia en el mantenimiento de tanques y la incapacidad de evitar que el lecho de los tanques y otras áreas “prohibidas” sean invadidas con cultivos, lo que ha llevado a una reducción progresiva en la capacidad del almacenamiento y por lo tanto en la disponibilidad de agua. En tiempos más recientes a pesar del alza de los precios del arroz de inundación y la introducción de semillas de alto rendimiento (HYV), ningún cambio importante parece haber ocurrido en la administración de los sistemas de tanques en el sur de Asia. Cualquier intento de cambiar el esquema existente naturalmente genera resistencia dado que los usuarios no pueden estar seguros de antemano sobre cómo les va a afectar a cada uno de ellos. La organización y el liderazgo necesarios para mitigar los temores legítimos y convencerlos de que sus intereses quedarán protegidos --ambos asuntos requieren un proceso sostenido de educación, convencimiento y presión-aparentemente no existen o se han desarrollado muy lentamente. Estas dificultades hasta cierto grado se han evitado recurriendo al bombeo individualizado de agua subterránea --un fenómeno que se ha difundido aún en áreas con riego a partir de estanques59. Sin embargo, dado que casi no hay estudios del riego desde esta perspectiva, no se puede hablar con seguridad de este aspecto. Los sistemas de riego grandes administrados por el Estado En el otro extremo, y en fuerte contraste con la categoría anterior de sistemas, están los grandes proyectos de riego por canales en la India (y el sur de Asia). La administración de la distribución de agua en estos casos está condicionada por las siguientes características: Abastecen a regiones extensas; hasta hace poco, la mayoría se abastecían de una sola fuente (por lo general un reservorio); a diferencia de la mayor parte del sureste y este de Asia, abastecen a una gran variedad de cultivos con distintas estaciones y periodos de crecimiento; y los administradores del sistema deciden la distribución del agua sin consultar a los usuarios. En los grandes sistemas con numerosos usuarios la comunicación es más difícil; cambios en cualquier segmento pueden tener repercusiones sobre un área

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considerable; y la tarea de coordinación se vuelve más compleja. Como resultado, hay una preferencia por principios relativamente sencillos de operación que implican una cierta rigidez en los calendarios y procedimientos. El ámbito de flexibilidad está además reducido cuando el sistema recibe todo o la mayor parte de su abasto de agua de un sola presa o reservorio. La diversidad de cultivos de riego hace que la coordinación entre la entrega de agua y las necesidades de agua de los cultivos sea más compleja que en aquellos sistemas que utilizan al riego principalmente para arroz de inundación. En general los sistemas de riego por canales de la India60 están diseñados para un patrón de cultivos específico (en términos del área bajo arroz de inundación y otros cultivos estacionales y perennes en la estación principal de cultivo) que supuestamente se decide y se incorpora en el diseño del proyecto sobre la base de una cuidadosa evaluación de la cantidad y la distribución estacional del agua; la posible disponibilidad del agua en el reservorio; los requerimientos de agua de los distintos cultivos según los tipos de suelo; y las políticas sobre cómo deben distribuirse los beneficios. El área que puede ser sembrada con cultivos intensivos en agua (como arroz de inundación y caña de azúcar) también se especifica así como las sanciones (en dinero o aún en denegación de agua) en el caso de violaciones. En algunos casos, se incorpora una rotación anual del abasto entre distintos ramales alimentados por el mismo canal general para evitar la excesiva concentración de cultivos intensivos en agua en el área de comando. En general los sistemas están diseñados para la operación continua de los canales generales excepto durante el periodo de “tumba del agua” que varía según las necesidades de mantenimiento y el patrón de cultivos. La operación de los canales laterales y ramales es continuo en el caso de algunos sistemas, rotativo en otros. No obstante hay diferencias significativas en la forma en que el abasto del canal se regula en un año o estación en particular. En el sur de la India dependiendo de la disponibilidad en el reservorio, el agua se suelta al área de comando desde una fecha fija al inicio de la estación de cultivo hasta la maduración del cultivo principal “... el canal principal tiene agua permanentemente y en algunos proyectos con

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algunas estructuras de control se puede rotar entre los canales de distribución. En este sistema no se intenta conocer la demanda semanal o quincenal de los agricultores, que puede variar debido a la precipitación y al escalonamiento en las fechas de siembra entre canales de distribución y entre años” (Kathpalia, 1980: 6). La distribución equitativa en los sistemas del sur de la India parece estar más centrada en la regulación de los patrones de cultivo, particularmente en relación a los cultivos intensivos en agua, tanto en el conjunto, como por segmentos del área de comando61. La operación anual de sistemas en el oeste de la India también se decide sobre la base de la situación de disponibilidad en el reservorio, pero las entregas en distintos ramales y canales de distribución están reguladas sobre la base de las superficies sembradas con distintos cultivos (particularmente los cultivos intensivos en agua) en distintas partes del área de comando sancionados por la administración del canal a partir de la solicitud de los agricultores a principios de cada estación. En estas regiones, el suministro de agua en la estación de invierno se rota entre los canales de distribución así como entre los usuarios de cada canal distribuidor. En los sistemas del norte de la India mientras “el abasto de agua a distintos canales de distribución y ramales se decide anticipadamente dependiendo de las predicciones sobre la disponibilidad de agua en cada estación” los procedimientos pretenden dar “flexibilidad para ajustar el suministro en el curso de la estación.” (Kathpalia, 1980). Esto se realiza sobre la base de las “solicitudes” de los agricultores, revisada por los sucesivos niveles de personal y elevado a la autoridad que controla el suministro de agua al canal principal. Este proceso se supone que se realiza a intervalos frecuentes durante cada estación, para cada canal secundario y canal terciario, tomando en cuenta “la precipitación en el área, el estado de crecimiento del cultivo y las superficies bajo distintos cultivos en un momento dado” teniendo cuidado de “limitar dichas demandas a la disponibilidad de agua que existe en una estación particular de cultivo del año.” (ibid). La rotación del abasto usualmente por múltiplos de una semana, entre ramales, canales secundarios, canales terciarios, etc. es común

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especialmente durante la estación de invierno. Supuestamente no hay rotación entre tomas granja de un mismo canal. El procedimiento en los sistemas del norte de la India parecería tener un método integrado para manejar situaciones de escasez. La entrega de agua supuestamente a partir de las solicitudes de los agricultores, pero sujeta a una revisión para asegurarse de la disponibilidad del agua, proporciona los medios para poder garantizar un racionamiento equitativo del agua en períodos de escasez. Otros sistemas no parecen tener un procedimiento bien definido para manejar la escasez. Las reacciones de la administración parecen ser más o menos ad hoc. Pero de hecho aún en los sistemas del norte de la India la calendarización es mucho menos flexible de lo que podría sugerir la descripción que acabamos de realizar. Un estudio detallado del funcionamiento de los procedimientos de distribución en el sistema del canal Bhakra mostró (a fines de la década de 1960) que aunque los calendarios de rotación entre canales terciarios proporcionaba a los agricultores atendidos por cada canal bastante certidumbre sobre la fecha en que podrían recibir agua, no garantizaba la cantidad que recibirían. Ello dependía de la cantidad de agua suministrada al sistema, lo que era altamente variable. La incertidumbre de las fechas y volumen del suministro a nivel de los agricultores individuales, es aún mayor porque a su vez está determinado por un sistema adicional de rotación aguas abajo de las tomas granja (Reidinger, 1974). Donde la calendarización de la rotación no está de moda, como ocurre típicamente en el sur de la India, y no hay procedimientos codificados para administrar situaciones de sequía, ni siquiera hay la pretensión de intentar ofrecer la predictibilidad en el suministro ni la distribución equitativa del agua entre las tomas granja. En tal caso, el área próxima a la cabeza de los canales de distribución tiene mayor seguridad en el suministro, el grado de certidumbre baja en picada según uno de mueve hacia la cola. La experiencia de un sistema de canal durante una sequía reciente muestra cuan lentamente la administración reacciona a la escasez de agua, la forma ad hoc en que intenta enfrentar la situación, así como el tipo de presiones bajo las cuales tiene que operar (Wade, 1980).

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En general, pocos sistemas parecen ser capaces de atenerse a la distribución visualizada en el diseño original. La distribución planeada está basada en supuestos sobre (a) la posible disponibilidad de agua en el sistema, su distribución estacional, y variabilidad; (b) las pérdidas en conducción, distribución y aplicación del agua a nivel de parcela que en conjunto determinan la “eficiencia técnica” del sistema, (c) los requerimientos de agua de distintos cultivos; y (d) el patrón de cultivos en distintas secciones del área de comando. Muchos de estos resultan ser erróneos o inconsistentes entre sí. La información disponible sobre la precipitación, el caudal del río, y los requerimientos hídricos de las plantas son frecuentemente inadecuados o poco confiables. Con la mejor de las intenciones el cálculo del diseño del proyecto puede ser y frecuentemente es erróneo62. En el periodo de la post-Independencia de la India, no se dedicó el tiempo y el personal suficiente, en relación al volumen de trabajo, a los reconocimientos y al diseño, y aunado a la falta de rigor en la revisión técnica y económica previa a la aprobación de los proyectos repercutió en una marcada disminución en la calidad de los diseños. La existencia de presiones políticas para hacer aparentar que los beneficios del proyecto serán distribuidos de manera amplia es un factor agravante. Bajo estas circunstancias es difícil garantizar que el abasto de agua, el área regable, el patrón de cultivos y el plan de riego sean consistentes entre sí, no digamos “eficientes” u “óptimos”. Tales defectos en el diseño están agravados por dificultades para hacer cumplir el plan de cultivos (tanto en términos del área bajo distintos cultivos, como su ubicación). La mayoría de los sistemas de canales de la India se caracterizan por una escasez de agua en relación al área regable. La precipitación en relación a las necesidades hídricas del cultivo es típicamente baja durante la mayor parte del año. Consecuentemente el potencial de ingresos resultante del regadío mediante el aumento de rendimientos de cultivos específicos y, aun más, a través del cambio a cultivos más redituables es alto. Ello ofrece un poderoso incentivo a quebrantar tanto el patrón de cultivos como las cantidades de agua de riego. Los incentivos no son --y quizá no pueden ser-- neutralizados mediante precios ajustados según

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diferentes usos del agua. Las estructuras físicas de control son demasiado bastas para regular de manera efectiva el volumen de agua entregado y asegurar un racionamiento efectivo del abasto de agua. La burocracia del canal tiene en principio una diversidad de formas para asegurar hacer cumplir con el patrón de cultivos deseado, algunos de los cuales (como la localización, control de entrega al canal, y vigilancia) tienen que ver con procedimientos operativos y otros involucran la utilización de sanciones. Pero no parecen haberse usado de manera efectiva63. Dado que la disponibilidad existente es inadecuada para satisfacer las necesidades de toda el área de servicio, y dado que la calendarización de las entregas es incierta, uno naturalmente esperaría que los conflictos sobre la distribución del agua fuesen intensos y comunes en los sistemas de canales de la India. Se supone que los conflictos entre distintos segmentos del área de comando (hasta el nivel de la toma granja) deben ser mediados por el personal burocrático del canal. No hay ningún mecanismo, en el marco formal, mediante el cual se puedan confrontar los intereses de los usuarios con las restricciones operativas y llegar a compromisos. Cuando las autoridades fallan o los usuarios no están satisfechos, se utilizan mecanismos extrainstitucionales de influencia y presiones. La reducción del área efectivamente regada es uno de los medios de contención de los conflictos sobre la distribución del agua. Esto ocurre no tanto a propósito, sino por el hecho que los regantes situados a la cabeza del sistema se aprovechan de su ubicación favorable. Conocemos un caso donde los administradores del canal trataron de imponer sanciones a tales violaciones, pero se rindieron porque los usuarios podían recurrir a apoyos en niveles altos del gobierno para impedir el cumplimiento de las normas64. Es muy sorprendente que esto no parece haber provocado un esfuerzo sostenido y organizado de aquellos situados en la periferie y en la cola a para resarcirse65. La reducción del área regada no elimina por supuesto los “conflictos” por el agua. Nuevamente sabemos muy poco sobre su naturaleza y magnitud, cuándo ocurren, cómo se manifiestan, o cómo se resuelven. Todo lo que sabemos, de forma general, es que el agua es desviada de

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los canales violando las reglas. A veces con la anuencia del personal, a veces por su negligencia y ocasionalmente a pesar de sus esfuerzos de hacer cumplir las normas. Aparte de la ubicación de los canales (los canales aguas arriba pueden infringir las normas con mayor facilidad que los de aguas abajo), la habilidad de un grupo para influenciar al personal través del convencimiento, por “propinas” o por presión política es bastante importante. Sabemos aún menos acerca de cómo se administra la distribución a partir de la toma granja. Un sistema de rotación acorde al área bajo cultivo a ser administrado por los mismos usuarios, pero con respaldo legislativo y administrativo, se introdujo en el Norte de la India a fines del siglo XIX y, al parecer, se ha convertido en una práctica generalizada en todos los sistemas. En otras partes del país se ha adoptado con lentitud. Los canales parcelarios no se han construido, y la distribución más allá de las toma granja parece anárquica. En la pasada década [1970] se realizó un esfuerzo explícito, como parte de los Programas de Desarrollo del Área de Comando, para mejorar el sistema de distribución parcelario tanto en sus aspectos físicos como organizativos. La introducción de un sistema de rotación en el área de comando de cada toma granja está recibiendo atención seria en todo el país. Esta ha sido principalmente una iniciativa del Estado aunque también se han reportado esfuerzos más espontáneos de comunidades (Hashim Ali, 1980; Jayaraman, 1981; Singh, 1983). Se ha sugerido que la distribución en este nivel está sesgada a favor a los terratenientes más grandes y poderosos66. Sin embargo un estudio detallado de una toma granja en el sistema Bhakra (VanderVelde, 1970) sugiere que cuando el agua disponible en una toma granja es inadecuada en relación a su área de comando, el racionamiento se produce esencialmente en función de la ubicación de las parcelas. Aquellas más cercanas a la toma granja obtienen más agua y más segura que aquellas en la cola. Sin embargo el estado presente de conocimiento sobre la administración de la distribución y los conflictos a nivel parcelario es demasiado rudimentario para permitir generalizaciones.

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En todos estos aspectos la situación está lejos de ser estática. Han ocurrido cambios significativos tanto en la organización como en las técnicas de la administración del agua. Ya nos hemos referido al ejemplo del canal Sarada en donde la introducción del canal del gobierno parece haber desplazado a sistemas locales pre-existentes, así como a las instituciones asociadas a ellos. El sistema del canal de Deccan, originalmente diseñado para riego de auxilio pero posteriormente alterado para apoyar el cultivo de caña de azúcar es otro caso pertinente. La compactación de parcelas (en el noroeste de la India (especialmente el oeste de UP [Uttar Pradesh], Haryana y Punjab) y la abolición de los zamindari también podría haber inducido algunos cambios, pero prácticamente no hay estudios que lo documenten. Actualmente están ocurriendo varios cambios tanto en la organización como en las técnicas de control de agua. En tiempos recientes la percepción de la necesidad de un mejoría en el control del agua ha aumentado, posiblemente como resultado de la difusión de las semillas de altos rendimientos [HYV)] (cuyo alto potencial no puede ser realizado sin el abasto adecuado y con oportunidad de agua). Hasta cierto punto los costos altos y crecientes de nuevos desarrollos de regadío y el hecho de que en algunas áreas la posibilidad de ampliar la superficie de riego está llegando a su límite, han ayudado posiblemente a trasladar la atención hacía un uso más efectivo de los recursos existentes. El estímulo al uso de aguas subterráneas en el área de comando de los canales --que anteriormente estaba prohibido-- es un cambio mayor. Ha permitido el aumento del abasto efectivo de agua en las áreas regadas por los canales al mismo tiempo que ha dado a los agricultores mayor control sobre fechas y cantidades de agua. Otro desarrollo importante es el establecimiento de los Programas de Desarrollo del Área de Comando, que pretenden incrementar la eficiencia en el uso del agua mediante el mejoramiento de la infraestructura física, la planeación de los patrones de cultivo y la entrega de agua basados en estudios más precisos del suelo, la eficiencia del riego y los requerimientos de agua de los cultivos, y la introducción de nuevos sistemas de distribución del agua tanto entre partes del sistema de canales como entre los agricultores que se abastecen de una misma toma granja67.

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Estos programas no han logrado todo lo que pretendían. Ha resultado difícil implementar grandes cambios en los criterios de distribución del agua, aun cuando se ha demostrado que dichos cambios facilitan una repartición más amplia de los recursos existentes sin reducir los rendimientos (ver Wade, 1980). Los intentos de mejorías a nivel de usuario mediante la construcción de canales parcelarios, la compactación de parcelas y la nivelación de tierras, no han progresado mucho. La incertidumbre sobre la redituabilidad de dichas mejorías, que requieren de inversiones considerables, el hecho de que tales esfuerzos están casi totalmente concebidos e implementados por agencias del estado con poca participación de los usuarios, y la debilidad organizativa del aparato estatal son todas ellas restricciones importantes. Dadas estas restricciones, no es sorprendente que la respuesta a la mayor redituabilidad de la agricultura de riego ha tomado la forma de ampliar el uso conjunto de aguas subterráneas con el suministro de los canales. La inversión necesaria para este propósito la realizan mayoritariamente los agricultores más prósperos mientras que los agricultores más pequeños y menos prósperos compran el agua a los primeros. Aunque las consecuencias distributivas son motivo legítimo de preocupación, el punto relevante en el contexto de esta presentación es que proveen evidencia de adaptación a condiciones cambiantes. V. CONCLUSIONES El argumento central de este ensayo es que es necesario analizar la estructura y funcionamiento de las organizaciones de regadío en el contexto agro-climático, tecnológico y socio-económico en el que operan para entender correctamente su forma y efectividad. Hemos sugerido, mediante comparaciones ilustrativas entre China, India y Japón, que la naturaleza del control del agua requerida para una agricultura eficiente, así como el tipo de obras factibles en una situación dada están poderosamente condicionadas por el nivel, perfil estacional y la predictibilidad de las lluvias así como por la temperatura, geología, topografía y otros rasgos del medio físico. Dentro de los límites impuestos por estos rasgos físicos, la escala del

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desarrollo del control del agua así como la naturaleza, tamaño y sofisticación de los sistemas están influenciados por el estado de la técnica tanto en ingeniería hidráulica como en agricultura, por los costos relativos de elevar la producción por otros medios (incluyendo distintos tipos de control del agua); y por último, pero no menos importante, los intereses de los diferentes actores involucrados en el proceso. La naturaleza y el tamaño de los sistemas influyen en la forma en que se organiza su construcción y administración. Mientras las aguas subterráneas son desarrolladas principalmente por agricultores individuales para su propio uso, los sistemas de aguas superficiales en las condiciones de Asia invariablemente abastecen a varios usuarios y están sujetos a alguna forma de control colectivo. Los sistemas pequeños son construidos generalmente con recursos y liderazgo local. Pero los sistemas más grandes tienden a atraer la participación del Estado o, para ser más precisos, de una autoridad supra-local. Tal participación es necesaria por la mayor magnitud de orden del diseño y por las habilidades ingenieriles requeridas para construir sistemas grandes, así como para decidir los límites del área de comando y las bases para la distribución del agua entre los beneficiarios potenciales. La participación del Estado aún en grandes proyectos, no necesariamente implica el financiamiento de su costo por el Estado, como es evidente con el caso Chino. Pero en el caso de la India, el Estado ha aportado no solo el liderazgo técnico y organizativo sino también la mayor parte de los costos para desarrollar inclusive sistemas de control del agua relativamente pequeños. Los sistemas pequeños en todas partes tienden a administrase informalmente con casi nada de burocracia. El grado de formalidad y de dependencia de una burocracia aumenta necesariamente con el tamaño del sistema. Pero donde, tal como en el este de Asia, los usuarios han estado activamente involucrados en el diseño del sistema, es visible un alto grado de control por los usuarios sobre la administración, aún en sistemas moderadamente grandes. Los sistemas de canales de la India, en parte por su tamaño y en parte por haber sido construidos enteramente por el Estado, frecuentemente en

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áreas sin una tradición de riego, son administrados por una burocracia altamente centralizada, con poco o nula participación, no digamos control, de los usuarios. Un rasgo distintivo de la administración tanto comunitaria como del Estado de sistemas de aguas superficiales es que dependen del racionamiento físico del suministro en lugar de mecanismos de mercado o de precios para regular la distribución del agua entre usuarios y usos. Los mecanismos del mercado, cuando menos en Asia, prácticamente no existen en los sistemas de aguas superficiales. Los precios fijados por vía administrativa son comunes, pero se combinan invariablemente con normas sobre los patrones de cultivo y la entrega de agua. Sistemas pequeños, relativamente antiguos, tienen normas sobre la distribución del agua tanto en períodos normales como en períodos de escasez. En los sistemas nuevos, particularmente aquellos construidos por el Estado, la distribución postulada en el diseño del proyecto puede no resultar aceptable para todos los segmentos de usuarios y frecuentemente se modifica cuando el sistema empieza a operar. Los conflictos sobre la distribución del agua son inevitables aun cuando los reglamentos son claros. Los sistemas usualmente tienen algunos principios para guiar la distribución en situación de escasez respaldados por el personal y las sanciones. Las modalidades, sin embargo varían: Hay muchos ejemplos de procedimientos de rotación que pretenden una distribución equitativa a través de toda el área de comando tanto del área con cultivos de riego como de la cantidad de agua suministrada. Hay también, por otra parte, varios casos donde se reconoce explícitamente el derecho al acceso diferencial al agua. Aun cuando ello no se reconozca, la ubicación de la parcela es en la práctica un factor importante --aquellos más cerca de la obra de toma tienen una ventaja inherente por su ubicación en comparación con aquellos situados aguas abajo. Los conflictos no siempre los puede resolver satisfactoriamente la organización de riego, a menos que su administración sea lo suficientemente “poderosa” como para hacer cumplir las sanciones por su propia cuenta o con el apoyo de otros centros de autoridad. Ahí donde el conflicto potencial es mayor --y

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esto será en los casos donde el abasto de agua relativo al área de comando es escaso y/o el riego hace una diferencia significativa en la productividad-- el poder para hacer cumplir la distribución tiene una gran importancia. Debe reconocerse que la calidad del riego --es decir, la habilidad de regular en oportunidad y cantidad el suministro de agua a las diferentes partes del sistema para satisfacer los requerimientos en agua de los cultivos --no depende totalmente de la forma en que se opera el sistema. El control sobre la calendarización de los riegos depende en un grado significativo del diseño físico del sistema (las capacidades de los canales, las estructuras de control, etc.). Aun más, la calidad del control del agua y su impacto en la producción no puede considerarse independientemente de algunos otros elementos y en particular de las características genéticas de las variedades de las plantas cultivadas, el nivel de uso de fertilizante y los precios. El hecho de que todos estos elementos son variables en el tiempo es un buen argumento para ver con una perspectiva evolutiva a la organización del riego. La forma en que está diseñado un sistema de hecho refleja el estado del conocimiento, las técnicas, las habilidades, y los precios, así como los intereses de los varios grupos involucrados en ese momento (grupos que incluyen no sólo a los usuarios potenciales del sistema sino también a aquellos que organizan y financian la construcción). Dado que los diseños están basados en un entendimiento y datos limitados y frecuentemente equivocados, la distribución planeada es a lo sumo aproximada y, no infrecuentemente, defectuosa. El área de comando efectiva, el patrón de cultivos, así como las reglas de operación se modifican de hecho, aunque no siempre formalmente a la luz de la experiencia sobre la disponibilidad de agua y su distribución estacional, las necesidades de agua de los cultivos y los efectos de la variación en el suministro de agua (bajo la técnica agrícola prevaleciente) sobre los rendimientos de los cultivos hasta que se establece un cierto “equilibrio”. En esta etapa cualquier diferencia entre los objetivos de la autoridad del sistema y los intereses de los usuarios también tiene que ser resuelta por consenso o por decreto o por los usuarios aguas arriba ejerciendo su ubicación ventajosa.

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Esta posición puede ser trastocada por varias razones: Otros grupos pueden comenzar a utilizar el mismo recurso (mediante la extensión de los canales existentes o mediante nuevas tomas del río) conduciendo tarde o temprano a la escasez y al conflicto. Desatender el mantenimiento de la infraestructura del sistema puede reducir el abasto efectivo y agravar los conflictos. La expansión del mercado para los cultivos, la introducción de nuevas especies y variedades de cultivos, la mejora de las técnicas de cultivo (incluyendo nuevas técnicas de riego), un cambio en los precios de los cultivos en relación a los insumos --todos ellos de manera individual o colectiva aumentan los ingresos potenciales de la agricultura de riego. Cambios en la tenencia de la tierra y en los impuestos pueden alterar los ingresos que el cultivador directo recibe de la agricultura de riego. Si no hay cambios en el sistema o en los procedimientos de distribución, estos cambios, en tanto que los ingresos potenciales aumentan, pueden agravar los conflictos sobre la distribución. Podría parecer natural que cuando los conflictos sobre el agua aumentan en un dado sistema, como resultado de una sobre-extensión del comando relativo al abasto o porque el agua se vuelve más valiosa, se harán intentos para modificar los procedimientos operativos y para efectuar modificaciones menores en la infraestructura física con vistas a reducir el desperdicio y facilitar un reparto más equitativo del abasto disponible. Pero este proceso tiene límites definidos más allá de los cuales las mejorías en la eficiencia técnica del riego y en la regulación del volumen y oportunidad del riego requieren de modificaciones mayores al diseño del sistema (que involucran obras tales como integración de bocatomas, aumento del abasto de agua mediante la construcción de nuevos almacenamientos y/o el uso de agua subterránea) o la introducción de mejoras (tales como compactación de parcelas, nivelación, mejores técnicas de aplicación del riego). Todos ellos requieren de nuevas inversiones. La disposición de los beneficiarios a realizar estas inversiones o contribuir a su costo dependerá tanto de la productividad global de estas inversiones en relación a los costos, así como de la percepción de cómo los cambios en el sistema y en sus reglas de operación van a afectar a sus intereses individuales.

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En la medida en que los cambios en la organización y sus procedimientos operativos son esenciales para obtener lo máximo de los sistemas (en términos de mayor rendimiento), ambos no pueden ser disociados. En este punto invariablemente es necesario iniciar un difícil y tedioso proceso para lograr --por persuasión o presión--- que los usuarios acepten los cambios organizativos. Así como los cambios de procedimientos no pueden ir más allá de un cierto punto sin una modificación del sistema, tarde o temprano también los cambios institucionales deben acompañar a los cambios del sistema. Los pocos estudios que tenemos sobre la evolución de sistemas de riego y su organización se ajustan a lo anterior. La mayoría de ellos sin embargo se refieren a sistemas relativamente pequeños del este de Asia que han crecido mediante la combinación de ampliar y mejorar el sistema pre-existente. El ritmo y carácter de estos cambios, sin embargo, varía mucho y no se puede con confiabilidad concluir gran cosa sobre las razones de las variaciones. Además, casi no hay estudios sobre los cambios que han ocurrido y están ocurriendo en los muy distintos y variados sistemas de riego del sur de Asia: Las razones del aparente fracaso de los sistemas tradiciones de tanques en respuesta a cambios en las técnicas de cultivo y en los precios, la diferencia en la respuesta entre usuarios (en términos de la organización comunitaria para dar mantenimiento a la infraestructura local y distribuir el agua al interior de la comunidad) a la introducción del riego por canales en áreas que ya tenían sistemas locales y los que no tenían una tradición previa de riego; la manera y la velocidad con la que los usuarios de distintos segmentos de un sistema grande de canal responden organizativamente para enfrentar el problema de distribución; las diferencias en la respuesta entre áreas con y sin aguas subterráneas, así como entre áreas con distintas tasas de progreso técnico --estos son algunos de los asuntos que parecen altamente prometedores para una investigación sistemática. Agradecimientos. Mucho del trabajo para este ensayo se realizó durante mi sabático en 1982 como Investigador Visitante en el Instituto de Economía del Desarrrollo, Tokio. Además de darme la oportunidad de reunir

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materiales sobre sistemas de riego del este de Asia, me permitió discutir el tema a un nivel más general con varios colegas japoneses, particularmente los profesores Tamaki (q.e.p.d.), J. Hatate, H. Okhomoto, S. Ishikava, el doctor R. Kojima y el Sr. H. Nakamura. A todos ellos mi agradecimiento. También me he beneficiado de las reacciones críticas a los primeros borradores de colegas del Centro de Estudios del Desarrollo y del Instituto Madras de Estudios del Desarrollo, así como de los comentarios de los árbitros del presente ensayo.

NOTAS 1

Marx sugirió que “el clima y las condiciones territoriales” hicieron del riego artificial por canales y de las obras hidráulicas la base de la agricultura Oriental. Y “esta necesidad primaria de un uso económico y común del agua, que en occidente condujo a las empresas privadas hacia asociaciones voluntarias, tal y como en Flandes e Italia, necesitó en oriente donde la civilización era demasiado baja y la amplitud territorial demasiado vasta para que hubiese lugar a las asociaciones voluntarias, la interferencia del poder centralizador del Gobierno.” (Marx 1853 citado en Wittfogel, 1957 y Chi, 1936). En relación a China, Chi interpreta el comentario de “el bajo nivel de la civilización en oriente” en términos de la tendencia de la “burocracia terrateniente” gobernante a evitar el crecimiento del capital comercial declarando “a todas las empresas redituables monopolios del Estado y absorbiendo a la clase embrionaria mercantil en sus filas si consideraban que era peligroso hacer caso omiso de ella”. (Chi, 1936:71). 2

Weber argumentó que “...en la evolución cultural de Egipto, el oeste de Asia, India y China la cuestión del regadío era crucial. La cuestión del agua condicionó la existencia de la burocracia, el servicio obligatorio (corvé) de las clases dependientes, y la subordinación de los súbditos al funcionamiento de la burocracia del Rey.” (Weber, 1926 citado en Chi, 1936:73). 3

Sus ideas están desarrolladas en una serie de trabajos, el primero de los cuales data de 1926 y culminaron en un libro titulado Despotismo oriental. Estudio comparativo de poder total (1957). Este volumen contiene un resumen de la evolución de las ideas de Wittfogel sobre el tema así como sus antecedentes.

4

Leach (1961) formuló así esta perspectiva: El contexto material de las sociedades “... no es meramente un pasivo telón de fondo de la vida social; el contexto mismo es un producto social y está él mismo estructurado; la gente que vive en él debe someterse a un rango amplio de reglas y limitaciones sólo por vivir ahí. Todo

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antropólogo debe iniciar por considerar cuánta de la cultura presente puede fácilmente entenderse como una adaptación directa al contexto ambiental, incluyendo aquella parte del ambiente construida por el ser humano.” (Leach, 1961: 306). Pero tal perspectiva no es universalmente aceptada y como Leach indica “Aunque todos los antropólogos sociales reconocen que las sociedades existen en un contexto material ... demasiados autores tratan tales cosas [casas, caminos, campos, abasto de agua, bienes de capital] únicamente como un contexto útil sólo para el capítulo introductorio ...” (Leach, 1961: 306). 5

Entre ellos, el estudio de Kelly sobre la evolución del sistema del río Aka en el norte de Japón que abarca un período de casi 3 siglos (desde su origen en 1600 hasta 1870) es quizá el más detallado. Para un tratamiento de la historia del riego en Japón y su relación con la evolución de la tenencia de la tierra, ver Hatate (1978). 6

Para una sinopsis útil y no técnica del estado actual del conocimiento sobre el papel del agua en el crecimiento de las plantas, ver Dakshinamurti et al. (1973) y Carruthers y Clark (1980 Cap. 2). 7

Los determinantes de la ET y su relación con los requerimientos de agua de los cultivos son por supuesto más complejos. También hay muchos asuntos controvertidos y no resueltos. Sin embargo, para nuestro propósito es apropiado centrarse en dos proposiciones básicas que son más o menos generalmente aceptadas, esto es, que el requerimiento máximo de agua para el cultivo es una función de la evapotranspiración y que no varía mucho en un amplio rango de cultivos. Para formarse una idea de la naturaleza de otras influencias sobre los requerimientos de agua de los cultivos, ver Wiesner (1970), Carruthers y Clark (1980) y Dakshinamurti et al. (1973). Para una discusión de los determinantes de la ET y los problemas de medición, ver Wiesner (1970) y Olivier (1961). 8

En la discusión subsecuente no siempre distinguimos entre el arroz de inundación y otros cultivos. El arroz de inundación es único entre los cultivos pues necesita grandes cantidades de agua, por arriba de la ET para mantener la parcela inundada, para encharcar y transplantar. Las pérdidas por percolación en los campos de arroz de inundación también tienden a ser relativamente altas. Esto puede no representar un problema serio cuando se realizan comparaciones entre países/sistemas donde el arroz de inundación es el cultivo principal. Pero al comparar con sistemas/regiones donde el arroz de inundación se cultiva junto con otros cultivos en tractos regados -y esto es bastante común en el sur de Asia-- estas diferencias en los requerimientos de agua entre el arroz de inundación y otros cultivos se vuelven importantes y deben tomarse en cuenta explícitamente. 9

El patrón en la India peninsular es a grandes rasgos similar al patrón mostrado en la Fig. 1. Sin embargo la precipitación aun durante el monzón es inadecuada para mantener el cultivo de arroz de inundación cuyos requerimientos de agua, por las razones ya referidas, exceden con mucho a la ET. En regiones “áridas” (como

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Rajasthan y noroeste de la India) la precipitación está consistentemente por abajo de la ET. 10

N. del T.: En inglés enforce, se traduce sistemáticamente en este texto como hacer cumplir.

11

Este relato de los principales rasgos de la organización de la planeación y la construcción para la conservación de agua en la India está basado en un conjunto de fuentes incluyendo los planes quinquenales y el reporte de la Comisión de Irrigación (GOI, 1972).

12

N. del T.: En inglés outlet, se traduce sistemáticamente en este texto como toma granja.

13

Esta descripción está basada en gran medida en Nishimura (1971), Vermeer (1977) y Greer (1979).

14

Hay diversas descripciones de los programas de mejoramiento de tierras durante la post-guerra. Ver por ejemplo Ogura (1963: Cap. 12 y 20), Nishikawa (1971).

15

Sarada Raju (1941: 113-120) hace una corta reseña de la situación desde inmediatamente antes del inicio del dominio británico hasta el siglo XIX.

16

Para un relato histórico, ver Whitcombe (1983).

17

Para un relato más detallado, ver Vaidyanathan (1984).

18

Para una descripción de la evolución histórica de sistemas de riego individuales japoneses y el papel del gobierno en ellos, ver Tamaki (1979), Hatate (1981), Kelly (1982), Shimpo (1976).

19

De un total de superficie de riego de 43.3 millones de ha., 26.7 millones están abastecidas por fuentes superficiales consistentes en canales (19 millones de ha), tanques (4.1 millones de ha) y otras fuentes superficiales (3.5 millones de ha) (Rao, 1979: 59). Los canales representan por lo tanto casi 70% del total del área bajo riego con aguas superficiales.

20

Así la capacidad de almacenamiento efectivo subió de un estimado de 12.3 mil millones de metros cúbicos en 1951 a 61.7 mil millones de metros cúbicos en 1966. La terminación de proyectos de riego ya próximos a concluirse en 1965 se estimaba iba a elevar el almacenamiento total a 120 mil millones de metros cúbicos (Framji y Mahajan, 1969, vol. 1: 420). En 1990 se calculaba a 162 mil millones de metros cúbicos (GOI, Central Water Commission, 1992).

21

A mediados de la década de 1950, había unas 41 presas multi-propósito con una capacidad total de almacenamiento de 1.4 mil millones de metros cúbicos y 50,000 pequeños y medianos reservorios con una capacidad agregada de 1.64 mil millones de metros cúbicos (Sasaki, 1959: 13-14).

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A principios de la década de 1970, había unos 10,000 Distritos de Mejoramiento de Tierras que regaban 1.4 millones de ha. Un DMT promedio cubre unas 150 ha. Aproximadamente un tercio de los DMT tienen menos de 50 ha.; solo 2 % atendían más de 3,000 ha. Únicamente había 17 sistemas que atendían a más de 10,000 ha. (Takeuchi, 1979: 87).

23

En fechas de la Independencia la mayoría del riego por canales en la llanura del Indo-Ganges consistía en obras de derivación. Entre las más importantes el canal Sirhind (0.6 millones de ha.), Upper Bari doab (0.33 millones de ha.), el canal Son (0.35 millones de ha.), los canales Jamuna (0.68 millones de ha.) y el canal del Upper Ganga (0.7 millones de ha.) (Rao, 1979: 241). Debe notarse sin embargo que el nivel global de desarrollo del regadío era bajo y la mayor parte del área regada dependía de pequeñas obras y pozos. Ver Sengupta (1980) para una descripción de algunos de los sistemas locales en el sur de Bihar, y Whitcombe (1972) para una descripción de su papel en Uttar Pradesh.

24

El más grande es el reservorio de Bhakra Nangal (capacidad 7.4 mil millones de metros cúbicos). Desde 1979, la capacidad total de almacenamiento de las cuencas del Indus y Ganges (incluyendo los reservorios multi-propósito) se estima en 48 mil millones de metros cúbicos que corresponden a casi un tercio del almacenamiento total de todos los reservorios del país (147 mil millones de metros cúbicos). Prácticamente todos los reservorios en la cuenca Ingo-Ganges fueron construidas a partir de la Independencia (Rao, 1979: 239-240).

25

Se estima que casi la mitad del área regada en la cuenca del Ganges (8.9 millones de un total de 19.5 millones de ha.) y como dos quintos de la cuenca del Indus (2.4 millones de ha. de un total de 6.3 millones de ha.) están abastecidas por aguas subterráneas. Más de la mitad del área regada por fuentes subterráneas depende de pozos profundos que es un fenómeno enteramente de la post-Independencia (Rao, 1979:59).

26

Hay un estimado de 127,000 tanques en el área que corresponde a los actuales estados de Andhra Pradesh, Karnataka y Tamil Nadu que riegan un estimado de 1 millón de ha. (GOI, COPP, 1959). Aparte de la topografía, el hecho de que estos tractos tienen un patrón de precipitación marcado por dos picos estacionales (uno durante mayo-julio y el otro en octubre-diciembre) es un factor importante que facilita el riego por tanques. Para un estudio detallado de riego por tanques ver Vaidyanathan (2001).

27

En las cuencas de los ríos del sur de la India (Godavari, Krishna, Cauvery y Pennar) sólo 25% del área de riego está abastecida por esta fuente y aún aquí en su mayor parte por pozos poco profundos. Del área abastecida por aguas superficiales, más de un quinto está regada por tanques; la proporción comparable del resto del país es 10 % (Rao, 1979).

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Obviamente hay una gran variación en los patrones climáticos en el este de Asia. Pero nuestro interés es centrarnos en las grandes diferencias entre el este y sur de Asia. Estas diferencias nos parecen muy llamativas y tienen injerencia en la naturaleza del problema de control del agua.

29

N. del T.: En inglés consolidation of holdings, se refiere al hecho de actuar sobre una situación de dispersión de las parcelas de un mismo propietario, para reunirlas en una sola parcela de mayor tamaño.

30

Para una discusión general de las funciones de las organizaciones de riego y el marco conceptual apropiado para estudiar su estructura y funcionamiento, véase Maass y Anderson (1978, Cap. 1), Coward Jr (1980, Cap. 1), Chambers (1977).

31

En el Japón 10 % del área regada se reporta que está bajo administración individual (Takeuchi, 1979: 87). Estos sistemas presumiblemente son también propiedad de individuos. En la India un reconocimiento realizado en la década de 1950 reportó que el 30 % de los tanques eran propiedad privada, la mayoría de las veces en forma de co-propiedad (GOI, PEO, 1961). 32

Ver Sasaki (1959).

33

Para más detalles, ver Vaidyanathan (1984: 30-56).

34

Para una descripción general de la estructura organizativa, ver Framji y Mahajan (1969) y Govt. of Andhra Pradesh (1982: 78-87); GOI, PEO (1965) da alguna idea, aunque esquemática, de la organización administrativa para proyectos seleccionados.

35

Para una discusión de la relación entre usuarios y autoridad del agua en sistemas comunitarios, ver Coward Jr (1980: 25-27). Para una descripción de las características de los “administradores”, ver Potter (1976), Beardsley et al. (1959) y Lewis (1971). 36

Para mayores detalles, ver Vaidyanathan (1984).

37

Para descripciones sobre la operación del mantenimiento en situaciones concretas, ver Potter (1976), Myers (1975), Kelly (1982), Nickum (ed.) (1981), Lewis (1971), Bacadayan (1973).

38

Para una discusión del rol cambiante de los terratenientes [que dan en arriendo sus tierras] en el contexto del Japón, ver Hatate (1978).

39

Ver, en este contexto, Leach (1961), Roberts (1967).

40

Esto es evidente a partir de los datos y observaciones que se presentan en GOI, COPP (1959, 1960) y GOI, PEO (1961, 1965).

41

Esta práctica se reporta en el canal 12-Go del Japón, en los subak de Bali así como para algunos sistemas de Filipinas.

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42

Para más detalles sobre China, ver Nickum (1981), UN, ESCAP (1979), Vaidyanathan (1984).

43

Sin embargo, estudios subsecuentes sugieren que la participación comunitaria en la administración de los tanques, cuando menos en el sur de la India, es más importante de lo que se había supuesto. Ver Vaidyanathan (2001).

44

Para un relato más detallado, ver GOI, PEO (1961: 98).

45

Ver, por ejemplo, GOI, PEO (1965); las ponencias presentadas en 1980 en el All India Workshop on Warabandhi con sede en el Administrative Staff College, Hyderabad en 1980; y Singh (ed.) (1983). El problema también se discute en términos más generales en GOI (1972) y Govt. of Andhra Pradesh (1982).

46

Para una discusión de la complejidad ver Minhas et al. (1974).

47

Se han realizado una serie de intentos para modelar el óptimo de las asignaciones de agua en el contexto de la India. Ver, por ejemplo, Minhas et al. (1974) y GOI (1970).

48

Estudios similares están disponibles para otras partes del mundo por ejemplo Glick (1970), Hunt y Hunt (1974) y Maass y Anderson (1978). No hemos intentado introducirlos en nuestra discusión en gran medida porque se refieren a un medio agro-climático, tecnológico y socio-económico totalmente distinto al de Asia. El dominio del arroz de inundación y la agricultura a pequeña escala son dos elementos distintivos que las comunidades de riego de Asia comparten, y que las diferencia de aquellas de Europa y América.

49

Para información basada en investigación más reciente sobre este aspecto, ver Vaidyanathan (2001).

50

La tradición de derechos de agua desiguales está bien documentada en el caso de los sistemas de Japón y Taiwan. Ver Beardsley et al. (1959), Hatate (1981), Shimpo (1976), VanderMeer (1968). Instancias similares se han reportado en la India, ver Jayaraman (1981), GOI, PEO (1961).

51

Para descripciones de estas estructuras, ver Leach (1961), Kelly (1982) y Beardsley et al. (1959). A pesar del ingenio de estas estructuras no siempre están sustentadas en un cálculo preciso. En términos de los estándares modernos son bastante rudimentarias. Muchas de ellas fueron colocadas hace mucho, y actualmente poca gente puede recordar las bases sobre las que se diseñaron. Y no obstante los usuarios las consideran como sumamente importantes.

52

Ver VanderMeer (1968) y Pasternak (1972) para una descripción de dos de estos sistemas en Taiwan.

53

Procedimientos similares se reportan en sistemas tradicionales del Sur de Bihar (Sengupta, 1980), y de Maharashtra (Kulkarni y Lele, 1980).

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54

Por ejemplo el proyecto Nan Hung de Taiwan, antes de la modernización, cuando todas las partes del área de comando no podían tener agua para encharcar y transplantar al mismo tiempo, el período de plantación se extendía hasta por 8 semanas y el de transplante hasta por 4 semanas. La cosecha sin embargo se realizaba en la mismas fechas (Junio) (VanderMeer, 1968). Ello implica que parte del ajuste se tenía que realizar mediante la selección de variedades y/o aceptando variaciones considerables en los rendimientos entre la cabeza y la cola del sistema. Para Bali, ver Geertz (1967) para una descripción detallada.

55

Para ejemplos concretos, ver Myers (1975), Pasternak (1972), Bacadayan (1973).

56

Ver Nickum (1981: Lectura 5) para una descripción de la complejidad y sofisticación de la calendarización flexible en un sistema de reservorios múltiples.

57

En relación a esto se puede mencionar una interesante costumbre para los tanques del sur de la India (Chambers, 1977) donde la responsabilidad de operar la compuerta y de la distribución del agua de los tanques de la aldea se confía a un miembro de un casta “intocable”: dado que no tiene tierra y tiene un estatus muy bajo no puede aspirar a usar su puesto para actuar arbitrariamente. Se dice que una costumbre similar existió en partes del Japón.

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Kelly (1982: 365-367) discute las razones por las cuales a pesar de la organización poco estructurada del sistema del río Aka dicha organización no se desplomó, sugiere que los siguientes factores de contrapeso tendieron a limitar el conflicto entre los usuarios del agua y evitar que las diputas deteriorasen en una destrucción: (1) Las relaciones de riego eran tales que “las líneas divisorias de intereses comunes y en conflicto creaban patrones situacionales complejos de cooperación y conflicto”; (2) los conflictos probablemente estaban mitigados por la disyunción de la tenencia de la tierra y el riego, es decir la distribución de los cultivadores y los propietarios de tierras a lo largo del canal; (3) la “promoción de la expansión territorial del arroz de inundación a través de concesiones especiales en la agrimensura y registro creó grandes disparidades en las cargas fiscales, los menos medidos, con menor carga de impuestos situados aguas abajo no reclamaron con demasiada energía la escasez de agua”; (4) “había un traslape entre conflictos de riego y unidades administrativas” Los conflictos aumentaron cuando aumentó la disonancia entre tenencia de la tierra, cultivo y residencia.

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Para darse una idea de los cambios en aldeas particulares, ver Mizushimi y Nara (1982), y Guhan y Mencher (1982), Vaidyanathan y Janakarajan (1990).

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La siguiente descripción está basada en Kathpalia (1980). Ver también Govt. of Andhra Pradesh (1982). Trabajos más recientes sobre este aspecto puede verse en Vaidyanathan y Janakarajan (1990), Rajagopal (1991), Wade (1981, 1982).

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Esto generalmente se conoce como “localización” y pretende garantizar la distribución “equitativa” de los beneficios de cultivos intensivos en agua,

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especialmente entre aguas arriba y aguas abajo. Para una descripción detallada del sistema y su funcionamiento ver por ejemplo, GOI, PEO (1965); Govt. of Andhra Pradesh (1982:53-65) y Govt. of Maharashtra (1962). 62

Hay numerosos ejemplos. Ver Pant (1981), GOI, PEO (1965), Govt. of Andhra Pradesh (1982).

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La divergencia entre el patrón de cultivos planeado y el real, y entre las “localizaciones” planeadas y la distribución real de los cultivos intensivos en agua en el área de comando es un fenómeno común. Por ejemplo GOI, PEO (1965), Wade (1978), Hashim Ali (1980), Govt. of Andhra Pradesh (1982). 64

La dificultad para hacer cumplir con los patrones de cultivo y con la localización que se propuso en el proyecto está ilustrada por la experiencia del proyecto de Lower Bhavani en Tamilnadu. Ver GOI, PEO (1965: 207).

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Hay razones para pensar que esta impresión es errónea. Hay casos reportados donde los usuarios que no consiguieron suficiente agua se asociaron y trataron de persuadir con un desembolso considerable a los funcionarios del canal de que les suministrara más agua; o de distribuir entre ellos el agua disponible de una manera justa. Cuando no conseguían nada de agua frecuentemente su opción era realizar movilizaciones para que les retiraran el pago por el servicio del agua de riego y los impuestos por mejoras. (Wade, 1980 y Hashim Ali, 1980). Wade (1978, 1980) reporta un caso de Andhra Pradesh donde por iniciativa de un administrador del sistema se introdujo de manera exitosa la rotación del riego entre distintas partes del comando, permitiendo una más amplia distribución del abasto disponible y aparentemente sin una reducción significativa en los rendimientos. En otro caso se restringió el cultivo de arroz de inundación en secciones no autorizadas. Estos casos son interesantes por dos razones: Muestran que el experimento funcionó a pesar de las fuertes protestas y la resistencia de los usuarios de aguas arriba, debido a que los administradores del sistema no sólo mostraron una iniciativa fuera de lo común, sino también porque estaban dispuestos y tuvieron capacidad de reclutar a los poderes del estado para superar la resistencia. Sobre el asunto de los usuarios de la cola, ver Hart (1978), y Pant (1981). Ramanathan, en su avance de investigación para tesis doctoral, ha documentado para el sistema Tambrapani el éxito de los de aguas abajo para asegurar un aumento significativo del abasto de agua mediante una combinación de presión política y de persuadir a la burocracia.

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En este contexto la distinción entre la distribución desigual entre campos en distintas ubicaciones y entre distintos usuarios es importante. En un sistema de gravedad la ubicación física del campo tiene una injerencia importante sobre la facilidad de acceso al abasto disponible. Parece poco probable que en sistemas que cubren varias miles de hectáreas, los grandes agricultores en toda, o aun una gran parte del área de comando se concentren en las ubicaciones más favorecidas de la red de distribución. La probabilidad de que esto ocurra en el curso normal es muy

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bajo. Parece difícil manipular el diseño del sistema para que aun en el nivel de distribución se favorezca sistemáticamente a los grandes propietarios. Es posible, claro está, que después de que el sistema se haya construido los grandes propietarios intercambien sus parcelas a través de la compra venta con el propósito explícito de tener ubicaciones favorecidas: Esto sin embargo tiene que documentarse. La importancia del tamaño de la tenencia de la tierra es probablemente mayor y quizá decisiva para resolver cómo se compartirá el agua entre agricultores que se abastecen de una misma toma. Esto es probablemente lo que Thorner tenía en mente. Es significativo que a diferencia de los canales, donde la ubicación del campo es más importante, en el caso de los pozos, el tamaño de la tenencia de la tierra tiene una incidencia mucho mayor en el acceso al agua subterránea. 67

Ver, por ejemplo, las ponencias presentadas en el All India Workshop en Warabandhi con sede en el Administrative Staff College, Hyderabad en 1980. También Singh (ed.) (1983).

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DEL INDIVIDUO A LA FAMILIA Y DE LA PROPIEDAD PRIVADA A LOS BIENES Y USOS COMUNALES 1 Jacinta Palerm

DEL INDIVIDUO A LA UNIDAD DOMÉSTICA En las décadas 1960 y 1970 se dio un importante debate en México en torno al campesinado, en primer lugar la conceptualización, derivada de Chayanov, del campesino como unidad de producción y consumo, y no como individuo o como empresa agropecuaria desligada de una familia; en segundo lugar la perspectiva a futuro del campesinado en vistas, especialmente, de su integración al mercado laboral, este campesinado vendedor de fuerza de trabajo ¿estaba por proletarizarse?, ¿era una semiproletario?, o ¿podía verse como una estrategia de la familia/unidad doméstica campesina? (postura que a su vez impactaba sobre la “formación de una clase obrera” en México). Los resultados de investigación a partir de este debate pueden verse en análisis de unidades domésticas campesinas que producen para su autoabasto, para el mercado, que tienen actividades extrafinca, incluyendo la migración por temporadas a Estados Unidos1 También llevó a trasladar el concepto de unidad doméstica a la situación urbana y a familias no campesinas: la toma de decisiones económicas pasa por la unidad doméstica, donde el tamaño y composición de la familia juega un papel importante2. 1

Edición original: 1998 En V Congreso Latinoamericano de Sociología Rural.

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Todos estos resultados de investigación hacen muy dudoso el supuesto de Adam Smith de individuos egoístas que interactúan con el mercado. LAS COMUNIDADES CAMPESINAS ORGANIZADAS: EVIDENCIA EMPÍRICA E INTERPRETACIONES “EVOLUTIVAS” Yo quiero dirigir la atención a otro problema, desde los inicios de la investigación de unidades domésticas campesinas en México, resultaba muy evidente un contexto de comunidad y una serie de tomas de decisión económicas, sociales y políticas por la comunidad y no por la unidad doméstica como tal. Wolf y otros autores enfatizaron y describieron la existencia de estas comunidades organizadas3. Pero los diversos enfoques coincidían en atribuir la existencia de una comunidad organizada a algún antecedente (la defensa frente a la expansión de las haciendas, la imposición misma del Estado en una época anterior, la defensa frente a un tipo de dominio y explotación particular: interétnica) y suponían que la organización se mantenía por “tradición cultural” y estaba en proceso de descomposición, de evolución a otra etapa, de individualización al perder su funcionalidad y entrar a una etapa moderna Predominaba la idea de que la comunidad corporada --tal y como la llama Wolf-- con sus demandas, impedía la plena realización de la unidad doméstica imponiéndole gastos innecesarios en un mundo de mercado y acumulación e impidiéndole el enriquecimiento. Este esquema dificultaba el análisis de los nexos entre la unidad doméstica y comunidad, salvo como estructuras que facilitaban u obligaban a la cooperación, que evitaban la acumulación dando como resultado una comunidad homogénea. El concepto de unidad doméstica, siguiendo el esquema de Chayanov, dejaba fuera una serie de fenómenos que parecían económicamente

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importantes para la unidad doméstica, y en algún curso de Arturo Warman, se debatió el problema de analizar y conceptualizar estos vínculos entre unidades domésticas. La ayuda mutua o mano vuelta con su elemento de reciprocidad y equivalencia en un extremo y la renta de la yunta en otro extremo no parecían problemáticas: una era un intercambio entre iguales, la otra una manifestación de la polarización o estratificación entre el campesinado. Más problemático resultaba la faena comunitaria (que no era mano vuelta) y la mediería. En este contexto resultó sugerente la propuesta de Sahlins en Stone Age Economics, sobre como una sociedad (primitiva) está compuesta de unidades domésticas deficitarias y otras con excedentes, el flujo entre unas y otras permite el equilibrio a nivel de sociedad. Este enfoque, aunque sugerente, no parece adecuarse a las comunidades campesinas. Me refiero a este trabajo ya que se usó, en su momento, como ejemplo, y todavía nos permite apuntar la problemática que se quería abordar, la de los flujos económicos entre unidades domésticas, especialmente en la dimensión de la comunidad. Hay algunos análisis recientes que permiten una conceptualización más clara de algunos de estos flujos, por ejemplo en relación a la mediería (que de entrada reconoce que los medios de producción de una unidad pueden ser muy variables de un año a otro y que varían de una unidad doméstica a otra), y que la mediería o aparcería es una estrategia para conjuntar medios de producción de productores que tienen accesos distintos evitando el mercado. La estrategia de evitar al mercado, insiste Colin (1997), no es necesariamente debido a un mercado imperfecto o a su ausencia, sino a una estrategia deliberada para introducir certidumbre. LAS COMUNIDADES CAMPESINAS INTERPRETACIONES FUNCIONALES

ORGANIZADAS:

Sin embargo más bien quiero referirme al caso de la comunidad organizada. Además de la propuesta de un antecedente que se

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mantenía por “tradición cultural”, había también la propuesta, algo tímida de que la existencia de comunidades organizadas, se vinculaba al factor riego. Digo tímida, porque aunque está/estaba muy presente en el marco de referencia de los antropólogos, no he logrado encontrar trabajos explícitos vinculando uno y otro para México, más bien referencias de pasada donde se presenta como algo de sobra conocido4, en Perú, al parecer se ha hecho un tratamiento más explícito5. Para la región andina y para mesoamérica --ambas con tradición hidráulica6-- la existencia de comunidades organizadas parecía ser un patrón cultural más que una respuesta al regadío, siendo el problema básico que no todas las comunidades organizadas tenían también necesariamente riego. Igualmente no todas las “comunidades” en una y otra región estaban organizadas7. El panorama de comunidades organizadas en el área andina y mesoamericana tiene un paralelismo con la comunidad aldeana europea que tiene su fin en Inglaterra con los cercamientos y en Francia con un proceso más bien largo que Bloch denomina “la lucha por el individualismo agrario”. El estudio de la comunidad aldeana europea tuvo una etapa de atribución al racismo-cultural, un intenso estudio por abogados como una vertiente de derecho consuetudinario8, un señalamiento por Marx y los populistas como una forma de comunismo primitivo9, y – finalmente—una identificación entre una tecnología y una organización, esta última por el historiador francés Marc Bloch quien vinculó el uso de la carruca (un arado con ruedas jalado por 4, 6 o más bueyes) y un sistema agrícola de rotación de campos con una necesaria” organización comunitaria basada en usos y recursos comunitarios10. El paralelismo entre comunidades organizadas en Europa, en la región andina y en mesoamérica no parecía poder atribuirse a un factor común, a menos que fuese aquel tan vago de una etapa de

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“comunismo primitivo”, y ciertamente parecía dejar fuera al regadío como factor causal; por otro lado parecía sugerente, para el viejo y nuevo mundo el vinculo entre una base material y una organización, en un caso “la carruca”, en otro el riego. LAS COMUNIDADES CAMPESINAS ORGANIZADAS: NUEVAS INTERPRETACIONES FUNCIONALES Una nueva contribución al estudio de comunidades organizadas se presenta, bastante recientemente, desde la perspectiva de la economía institucional11. Este enfoque centra su interés en instituciones para el manejo de recursos comunales o usos comunales, y obviamente una institución es la comunidad organizada. Bajo este enfoque, por ejemplo, la investigación de Thierry Linck centrada en el pastoreo comunitario sobre esquilmos en comunidades de Michoacán (México), o la capacidad de comunidades de organizarse y contar con instituciones para enfrentar la explotación de bosques y otros recursos comunitarios (de la Tejera para Michocán, México). Este enfoque es muy operativo, y no pretende abordar el problema de causalidad de orígenes, y tal y como indiqué en un ensayo anterior (Palerm 1997) sólo el resultado parecía semejante: “Nos podemos referir entonces a tres situaciones --sin pretender en absoluto que sean las únicas-- que llevan a una organización social de comunidad muy cohesiva: a) el modelo de comunidad corporada cerrada, b) el sistema agrícola de campos abiertos y alargados, c) el riego. La causalidad de la organización social cohesiva es muy distinta, probablemente las semejanzas son superficiales, y el paso de subordinación del individuo a la comunidad a prevalencia de los intereses individuales tiene consecuencias radicalmente distintas.” De ahí que resulte muy interesante la propuesta de Wade (1988) que enlaza dos tradiciones teóricas que se reunen en la India: la perspectiva del regadío como principio de organización política y el estudio comparativo de la comunidad aldeana en Europa y la India12.

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Wade propone la existencia de comunidades organizadas a partir de regadío o del manejo de otros recursos escasos, argumentando que la escasez de recursos críticos a la sobrevivencia lleva a organizaciones comunitarias. La organización comunitaria puede surgir de la realización de actividades que comprenden desde la vigilancia de cultivos hasta la administración del regadío. “Si, como algunos politólogos, vemos las bases del Estado en una conjunción de contrato y coerción, y si pensamos que los primeros Estados representan un estadío relativamente avanzado de evolución de lo público en comunidades locales, podemos, a partir de cómo se sustenta la combinación de contrato y coerción en las aldeas Indias de nuestros días, buscar nuevas luces de cómo emergió en las comunidades agrícolas de los Estados pristinos.” (Wade, 1988: xi) “¿Qué es lo que explica la variación [en organización social] entre comunidades aún en un área culturalmente homogénea ? (...) Mi argumento es que variaciones de escasez y riesgo en la esfera agrícola vital explican mucha de la variación que se encuentra en la organización de las aldeas ...” (Wade, 1988: 1)13 La existencia de comunidades organizadas no es entonces un vestigio de tradición cultural, sino una forma de administrar recursos y de evitar costos a las unidades de producción. Es decir, parte de la solución analítica para entender a estas comunidades organizadas es que las comunidades no son un agregado de unidades domésticas cada una con su propiedad privada, sino que la comunidad tiene recursos comunales (bosque, sistema de riego, agostadero) o usos comunales (pastoreo comunitario sobre esquilmos), o está evitando costos por el efecto negativo de una unidad a otra (por ejemplo depredaciones de animales a los cultivos: la solución es comunitaria consiste en un cercado comunitario y/o vigilancia compartida) y, por lo tanto, como comunidad hay una respuesta organizativa. Como comunidad hay una toma de decisiones

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económicas, sociales y políticas en relación al recurso, y estas decisiones van a afectar a cada unidad doméstica. Aquí se abre un delicado balance entre organizaciones necesarias para la administración de un recurso (como el caso de sistemas de riego, dado que sin organización, el sistema físico se deteriora hasta desaparecer), hasta organizaciones que disminuyen costos y potencian las posibilidades de las unidades domésticas. La propuesta de trabajar desde la perspectiva de instituciones es muy operativa, y ofrece un marco conceptual interesante; el aporte de Wade, por su parte nos permite hacer el puente entre esta propuesta sincrónica y el debate en torno al Modo Asiático de Producción14. LA COMUNIDAD. OTRAS CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS: SOBREÉNFASIS EN TIERRA DE LABOR PARCELADA Y LA CATEGORÍA DE PROPIEDAD O ACCESO CULTURALMENTE RECONOCIDO La preferencia que se ha dado a la propiedad privada como la forma de propiedad moderna, el profundo rechazo a la propiedad comunal que se ejemplifica en México con la Ley Lerdo; la certidumbre decimonónica de la incapacidad organizativa de los campesinos15, ha cegado el análisis de las comunidades organizadas como una respuesta eficaz al manejo de recursos. El redimensionamiento de cómo conceptualizar a la comunidad organizada abre una perspectiva de análisis interesante y provocativo. Además de reconocer la funcionalidad de la comunidad organizada y su vínculo con el manejo comunitario de recursos, ofrece un marco analítico inmediato a datos empíricos de campo, especialmente al permitirnos visualizar claramente que el acceso a recursos no es exclusivamente sobre tierra de labor parcelada; los sistemas de riego, el bosque, los agostaderos, el pastoreo comunitario sobre esquilmos son accesos y gestión de recursos como comunidad16.

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La ausencia de un tratamiento de la comunidad como institución que toma decisiones, ha impedido dar su peso específico a la importancia de la comunidad en el acceso a recursos, incluyendo tierra de labor parcelada. El acceso a tierra de labor no se da exclusivamente por herencia (o por nuevos repartos agrarios); la comunidad acuerda (con o sin la legalidad y la sanción oficial) dar a los miembros de la comunidad permiso de abrir tierras de labor: expandiendo la frontera agrícola sobre el agostadero (como en Chinameca, Morelos o en la zona del valle de Lobo, Querétaro17), expandiendo la frontera agrícola sobre el tepetate (como en Santa María, Santa Catarina, San Pablo Ixáyoc pueblos de la sierra del llamado Acolhuacan septentrional18). En muchas ocasiones la “legalidad”, lo “oficial” de los derechos de usufructo de ejido, han impedido analizar el hecho de “propiedad o derecho de usufructo culturalmente reconocido”; así como el enfoque de organización de la unidad doméstica con una cierta propiedad de labor (minimizando la importancia de derechos de acceso a los comunes y viendo únicamente el efecto “negativo” de la carga de faenas comunitarias sobre la unidad doméstica) ha impedido ver la organización de la comunidad en las gestión de recursos comunitarios y cómo esta organización redunda en beneficio del común de unidades domésticas y a cada una de ellas en específico. De la misma manera que pasamos del individuo a la unidad doméstica, es necesario pasar de un análisis de “propiedad privada” a un análisis de bienes comunales (como bosques y sistemas de riego) y manejos comunales (pastoreo comunal sobre esquilmos). ORGANIZACIONES MULTICOMUNITARIAS Adicionalmente, también tendremos que evitar el conceptualizar a las comunidades, como “islas” sociales. Hay importantes organizaciones multicomunitarias, tal y como ponen de manifiesto estudiosos de organizaciones autogestivas para el manejo del regadío, como Maass. En una investigación en curso sobre organizaciones multicomunitarias en torno al regadío19, se ha empezado a poner de manifiesto que lo

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que ha fallado no es la capacidad organizativa de los campesinos, sino la capacidad de los investigadores de ver las organizaciones, es decir a una ausencia de instrumental conceptual: dos ejemplos Millon, Hall y Díaz en base a su observación del funcionamiento del sistema de riego de San Juan Teotihuacán concluyen que no hay flujos de información de una comunidad a otra, y que su incapacidad organizativa lleva a la intervención del Estado. Sin embargo el re-estudio del sistema parece señalar fuertes flujos de información, de tal manera que de una comunidad a otra conocen quién ha sido y dónde viven actualmente los sucesivos presidentes de la junta de aguas, posteriormente unidad de riego. También hay indicadores de que la intervención, se debió a una decisión del Estado a pesar de los regantes20. En otro caso (Ocampo Fletes 1994, 1997) en contraste con Rodríguez Meza (1998), un estudio a profundidad en una comunidad, con unos 100 usuarios, nunca pudo ver que pertenecía a una organización mayor con unos 4,000 usuarios. En Michoacán también parece que se están encontrando organizaciones para el pastoreo comunitario de esquilmos, que rebasan a una sola comunidad, es decir tienen un carácter multicomunitario21. Hay múltiples formas de cooperación económica y social en el campo: ayuda mutua, mediería, comunidades organizadas, organizaciones multicomunitarias. Son funcionales y actuales en tanto evitan incertidumbre, reducen costos, permiten la gestión de recursos indivisibles. Son modernas y no “tradicionales” en el sentido de arcaicas, pero se sustentan muchas veces en un conocimiento ancestral validado empíricamente.

NOTAS

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1

Mi propia investiación de tesis, publicada en 1993, donde el tema central es mostrar un caso donde no se cumple la predicción de polarización del campesinado. 2

Por ejemplo, Rosas 1991, González de la Rocha (1992).

3

Lenin (1899), Wolf (1957, 1966); Aguirre Beltrán (1973).

4

Millón, Hall y Díaz (1962) mencionan de pasada que “El sistema de riego del Valle de Teotihuacán ha creado el potencial para la cohesión social que ha sido parcialmente realizado a nivel de comunidad, menos a nivel del Valle. A nivel de comunidad han sido llevados a cabo intentos cooperativos exitosos, cooperación que se reporta está singularmente ausente en por lo menos algunas comunidades campesinas mexicanas y otras que no practican riego a partir de arroyos.”

5

Gelles (1984).

6

Sobre la aplicación del modelo del modo asiático de producción a la región andina y mesoamericana, ver Wittfogel (1957), Price (1971). 7

El carácter distintivo de la “comunidad” parece reconocerse en México y los Andes, por ejemplo Gelles (1984: 20) indica “la mayor parte de las comunidades andinas, sean hidráulicas o no, comparten el mismo sistema de gobierno local y las mismas formas de ayuda mutua, incluyendo el trabajo comunal. Así podemos constatar que, la faena y el sistema de autoridades en los Andes, al igual que en México, no son “específicos” al manejo del agua, y más bien, son instituciones generalizadas y características de las comunidades andinas tradicionales.” 8

El trabajo, probablemente, más conocido: Maine (1861).

9

Una crítica ácida a la posicón de los populistas en Lenin (1899).

10

Bloch (1931), White (1962), Palerm (1997).

11

Es particularmente interesante el trabajo de Ostrom (1990).

12

Por un lado los escritos de Marx sobre el modo asiático de producción (ver en Wittfogel), y, por otro, los estudios de Maine sobre comunidades aldeanas en Europa y la India.

13

En el caso del río Cuautla (Palerm, et al, 2000), parece que se aplica la propuesta de Wade: Al parecer son las comunidades con mayor escasez de agua de riego,

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situadas a la cola del sistema, las más organizadas en contraste con las comunidades situadas a la cabeza del sistema. 14

Palerm (1995).

15

“The smallholding peasants form a vast mass, the members of which live in similar conditions but without entering into manifold relations with one another. Their mode of production isolates them from one another instead of bringing them into mutual intercourse. The isolation is increased by France’s bad means of communication and by the proverty of the peasants. Their field of production, the smallholding, admits of no division of labour in its cultivation, no application of science and, therefore, no diversity of development, no variety of talent, no wealth of social relationshpis. Each individual peasant family is almost self-sufficient; it itself directly produces the major part of its consumption and thus acquires its means of life more through exchange with nature than in intercourse with society. A smallholding, a peasant and his family; alongside them another smallholding, another peasant and another family.. A few score of these make up a village, and a few score of villages makes up a Department. In this way, the great mass of the French nation is formed by simple addition of homologous magnitudes, much as potatoes in a sack form a sack of potatoes. In so far as millions of families live under economic conditions of existence that separete their mode of life, their interests and their culture from those of the other classes, and put them in hostile opposition to the latter, they form a class. In so far as there is merely a local interconnection among these smallholding peasants, and the identity of their interests begets no community, no national bond and no political organization among them, they do not form a class. They are consequently incapable of enforcing their class interest in their own name, whether through a parliament or through a convention. They cannot represent themselves, they must be represented. Their representative must at the same time appear as their master, as an authority over them, as an unlimited governmental power that protects them against the other classes and sends them rain and sunshine from above. The political influence of the smallholding peasants, therefore, finds its final expression in the executive power subordinating society to itself.” (Marx , 1850-52: 332).

16

Linck (1998), de la Tejera (1997), Martínez y Palerm (1997), Palerm (1998), Rodríguez Meza (1998).

17

Palerm: Notas de trabajo de campo.

18

Palerm (1993), Aldana (1994).

174

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19

Proyecto financiado por CONACYT; algunos resultados de esta investigación: Palerm y Martínez Saldaña (2000).

20

González Huerta (2000).

21

Lopez Alcocer 1998, comm. pers.

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REGADÍO, ORIGEN DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACION DE SISTEMAS HIDRAULICOS: DEBATE TEORICO Y ESTUDIOS DE CASO 1 Jacinta Palerm

I. REGADÍO, ORIGEN DEL ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS HIDRÁULICOS 1 En torno a la organización social necesaria para el manejo de sistemas de riego existe un debate teórico importante. Wittfogel (1957) y Childe (1936, 1942), en su momento, plantearon que el origen de los primeros Estados se debía a la agricultura de regadío. Según Childe la agricultura de regadío era capaz de producir los excedentes indispensables para una sociedad compleja y, además, la necesidad de agua de riego permitía la coerción para que se produjesen tales excedentes. Según Wittfogel las necesidades administrativas para la construcción y manejo de obra hidráulica implicaron el surgimiento del Estado. Un Estado con características muy específicas, donde el poder estaba basado en la administración (y no en la propiedad de medios de producción), lo que a su vez llevó a un Estado burocrático y despótico más poderoso que la sociedad. En México estas teorías tuvieron un impacto muy importante al dirigir la investigación de antropólogos sociales y arqueólogos a la búsqueda de las bases materiales de grandes civilizaciones, como la evidencia de la construcción monumental (las pirámides y ciudades descritas por 1

Edición original: 1997 En Bauer, Tijerina, Carballo, Rodríguez, Escobedo (eds.) Memorias III Simposio Internacional y IV Reunión Nacional sobre Agricultura Sostenible, Colegio de Postgraduados/Universidad de Guadalajara.

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los conquistadores españoles) parecía indicar habían existido. Estas bases materiales debían ser --en referencia a la hipótesis hidráulica-una agricultura de regadío capaz de producir excedentes, y que, a su vez, permitía y obligaba a una organización despótica, única organización capaz de movilizar grandes contingentes de trabajo para construir las pirámides y otras obras monumentales. Los primeros esfuerzos de búsqueda se dirigieron a tratar de documentar (a) la existencia de agricultura de riego (menciones explícitas de regadío y de cultivos como el cacao, que en ciertas zonas climáticas de México se produce sólo bajo regadío)2; (b) la evidencia física de obra hidráulica (“acueductos”, canales, etc.)3. El éxito de esta propuesta teórica4, en cuanto a los resultados de investigación que generó, sin demeritar el ingenio teórico y metodológico para buscar la evidencia, se encuentra hoy en día en una nueva visión del México prehispánico plasmada inclusive en los libros de texto gratuitos para la educación primaria. Sin embargo para otro grupo de antropólogos y estudiosos de otras disciplinas, la propuesta de Wittfogel tuvo un impacto distinto: generó investigación para demostrar la falsedad de la hipótesis hidráulica, principalmente para demostrar que la irrigación no tenía que estar asociada a una administración por el Estado, tal asociación era en todo caso una de las muchas posibilidades organizativas en torno al regadío (por ejemplo Millon, 1962). De la investigación generada hay un texto muy relevante que queremos mencionar, el de Arthur Maass y R. Anderson (1976), su investigación comprende siete estudios de caso en España y Estados Unidos. Maass, basado en sus datos de campo, enfatiza (a) que la organización para el regadío está, en estos casos, en manos de los regantes, que tienen una administración democrática; (b) que la organización es necesariamente muy cohesiva, y el individuo tiene que someterse necesariamente a la colectividad, (c) que el regadío es inevitablemente fuente de conflicto y la organización sustentable es aquella capaz de contener el conflicto.

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Un segundo texto muy relevante, corresponde a Robert Hunt (1988), al señalar la importancia de definir los conceptos utilizados y realizar una propuesta muy lúcida de definición de los conceptos: sistema de riego, tamaño del sistema de riego, organización autogestiva o en manos del Estado, y a través de qué tareas es posible abordar el estudio de la organización, propone una lista de “tareas siempre presentes” en los sistemas de riego (mantenimiento, distribución del agua, conflicto, rendición de cuentas, ampliación, rehabilitación y construcción de obra hidráulica). A partir de estas precisiones retoma los estudios existentes de sistemas de riego, en aquel momento, a nivel mundial un total de quince casos y concluye que no se puede sustentar que los sistemas más grandes sean aquellos administrados por el Estado: hay sistemas grandes autogestivos y sistemas pequeños administrados por el Estado. A Hunt (1994) también debemos una respuesta furibunda a la propuesta de D. Price (1994) de que en Estados Unidos hay sistemas hidráulicos administrados por el Estado. Aquí podemos detenernos un momento, desde la perspectiva de mi formación profesional como antropóloga social, y además con maestros mesoamericanistas que participaron en la investigación sobre la evidencia de la existencia de grandes civilizaciones prehispánicas sustentadas en una base material de agricultura de regadío, francamente mi perspectiva es Wittfogeliana; sin embargo la evidencia de los estudios de caso realizados por Maass es contundente. Conviene una precisión sobre la hipótesis hidráulica de Wittfogel, este investigador está proponiendo la asociación entre regadío y origen del Estado, en una región geográfica y en un tiempo histórico en que no hay Estados, en que no hay sociedades complejas. También indica que la situación de construcción y administración de obra hidráulica en sociedades complejas ya constituidas, es decir con Estado, es distinta, no lleva a una sociedad despótica. Igualmente para el caso de sistemas de riego pequeños, a que llama “hidroagricultura”. Es decir, está

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enfatizando las demandas organizativas para la administración de la construcción y manejo de gran obra hidráulica a partir de una sociedad primitiva. Conviene señalar que el impacto de las demandas organizativas del regadío es un punto de consenso entre estos autores. La diferencia entre agricultura de secano o de temporal y agricultura de regadío se evidencia tanto en Maass y Hunt como en Wittfogel: hay una organización centralizada (en manos de los regantes o en manos del Estado)5, la organización es necesariamente muy cohesiva y el individuo tiene que someterse necesariamente a la colectividad. El punto de debate está en las consecuencias de las demandas organizativas del regadío. Desde mi perspectiva, hay ciertas diferencias en las demandas organizativas del regadío, especialmente cuando involucra construcción de gran obra hidráulica y administración de grandes sistemas, entre una sociedad primitiva y una sociedad compleja, que no permiten probar la falsedad de la hipótesis hidráulica con los casos de organización de sistemas de riego en sociedades complejas con Estados de tipo occidental. Hay ciertas diferencias en el medio social para los casos en que el regadío parte de una sociedad primitiva, de los casos en que parte de una sociedad compleja (ver figura núm. 1): (a) En primer lugar, en el caso de las sociedades contemporáneas, la gran obra hidráulica ha sido realizada por el Estado, como señala D. Price (1994), Vaidyanathan (1985) y el mismo Maass (1976). Sin embargo, como insiste Hunt (1994), tal construcción no implica administración por el Estado y, como indica Maass (1976), los regantes han sido capaces de enfrentar al Estado y defender su propia propuesta. No obstante la obra hidráulica ha sido construida por el Estado, y es el medio social el que ha dotado de especialistas (ingenieros civiles), de tecnología, de capital, de trabajadores, de capacidad administrativa

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para llevar a cabo esta obra. Pero quizá sólo el Estado, aún en nuestras sociedades contemporáneas, ha tenido la capacidad administrativa y de capital para emprender estas enormes obras. Cabe recordar, en este mismo sentido, el debate realizado en México a principios de este siglo, entre una construcción dejada en manos de la iniciativa privada con incentivos del Estado, o la necesidad que fuese el Estado mismo quien interviniese. El argumento principal fue que la dificultad de planeación de la obra, capital necesario, coordinación entre los beneficiarios, y otros es tan compleja, que hace indispensable la intervención del Estado6. Cuando menos uno de los ingenieros señala en su texto que los regantes son buenos para administrar, pero no para construir (Herrera y Lasso, 1919 pp. xxxvi). En otro medio social, el de una sociedad primitiva, es la sociedad misma de regantes incipientes, que hubiese tenido que crear y movilizar especialistas, capital, trabajo y capacidad administrativa. (b) Una segunda diferencia en el medio social, radica en que en las sociedades complejas existe una legislación que ampara la legitimidad de los derechos de los regantes (en el caso de México los ejidos cuentan por ejemplo con una “resolución presidencial” de su dotación de agua), existe una legislación y un sistema judicial que permite dirimir las disputas en cortes de justicia u otros foros de arbitraje (en el caso de México la antes Secretaría de Recursos Hidráulicos ha jugado este papel). El mismo Maass señala la importancia del recurso a las leyes y a las cortes, en lugar de a la violencia cuando empieza a establecerse la agricultura de regadío en Estados Unidos7. (c) Una tercera diferencia en el medio social, radica que en las sociedades complejas, cuando el conflicto es muy agudo, como en el caso de sequías, existen instancias para contener el conflicto, como son la policía y el ejército8. En otro medio social, el de una sociedad primitiva, el recurso para mantener el acceso al agua o “resolver” el conflicto es la disputa por las armas; como está ejemplificado por Fernea (1963) para un grupo

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tribal. Aún para una sociedad compleja, y tal y como se señala en E. Hunt (1972) para un caso de señoríos prehispánicos, al no coincidir los límites territoriales del Estado con la cuenca hidráulica, la defensa del abasto de agua lleva a la guerra. (d) Una cuarta diferencia en el medio social, radica que en las sociedades complejas se cuenta con especialistas a los que los regantes pueden recurrir para apoyar en la distribución del agua y mantenimiento del sistema. Por ejemplo, en el caso del tramo medio del río Nexapa es muy importante el recurso a “aforadores”, servicio que solicitan a la burocracia hidráulica del Estado mexicano; también, y en este mismo caso, el recurso a especialistas (ingenieros civiles) y compañías para resolver problemas de mantenimiento (el derrumbe de un túnel, problema para el cual contrataron a un ingeniero especialista en obras del Metro de la Cd. de México). Igualmente en las descripciones de Maass encontramos que en la administración de sistemas hidráulicos y de cuencas hidráulicas juega un papel importante el “water master”, un especialista contratado por las asociaciones de usuarios y/o por estados de la federación. En otro medio social, el de una sociedad primitiva, es la sociedad misma de regantes incipientes que hubiese tenido que crear y movilizar a los especialistas y al conocimiento o tecnología requeridos. No obstante, este debate, no importando si se está de acuerdo o no con la llamada hipótesis hidráulica, creo que deja bastante claro que la administración de sistemas de regadío necesita y obliga a una organización social cohesiva y cooperativa, y nos indica que en la época contemporánea esta organización puede --y en muchos casos está-- en manos de los regantes mismos.

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Figura num. 1

II. LA ADMINISTRACIÓN AUTOGESTIVA DE SISTEMAS HIDRÁULICOS 9. Así como la propuesta teórica de Wittfogel y Childe dirigió la investigación con resultados exitosos para la definición y comprensión de Mesoamérica; también la propuesta teórica de Maass, Hunt y otros autores ofrecen un marco teórico-metodológico que dirige la investigación hacia el estudio de la organización social de sistemas de riego, particularmente a la organización autogestiva.

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Aunque resulte sorprendente nuestro conocimiento sobre las dimensiones de la organización autogestiva para el manejo de sistemas de riego en México, junto con otras regiones del mundo, es casi nulo. Una buena parte del problema ha consistido en que la organización social para el regadío no es visible, especialmente el nivel multicomunitario, es necesario un aparato teórico-metodológico para visualizar la organización social para el regadío (Palerm, 1997). El problema principal de “visualización” radica en que la organización social no tiene una expresión material directa, ésta tiene que verse a través de ciertas actividades, lo que Hunt señala como las tareas siempre presentes. Por ejemplo, en el caso de mantenimiento, cómo se moviliza la gente para hacer las limpias de canales, quién da la orden, quiénes van, quién o quiénes sancionan a los que no van, quién o quiénes llevan un registro, etc. La capacidad de llevar a cabo el mantenimiento, de movilizar trabajo y recursos para llevar a buen término el mantenimiento nos señala una organización social efectiva. México cuenta con unas 2.5 millones de hectáreas de “pequeño riego, es decir superficie que no corresponde a los Distritos de Riego; en algunos casos corresponde a zonas de regadío milenarias, en otras a superficies incorporadas o reincorporadas muy recientemente. Estas fechas parecerían indicar la capacidad de los regantes de administrar sistemas de riego; esta capacidad es aún más impresionante si consideramos que el reparto agrario implicó en muchos casos un cambio de regantes y un aprendizaje de cómo organizarse (aunque hay un número no cuantificado, pero muy visible por regiones, en que no hubo tal capacidad). ¿De cuántos regantes podemos estar hablando, en una superficie de cerca de 2.5 millones de hectáreas? ¿Nos es permisible visualizar que el campo mexicano cuenta con importantes organizaciones multicomunitarias para el manejo de sistemas de riego? Hemos iniciado una investigación que consiste en buscar e investigar con ciertos criterios sistemáticos la organización social autogestiva para el regadío en México. Nuestro punto de partida fue bastante

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pesimista: probablemente a partir del reparto agrario, los nuevos regantes habían tenido una baja capacidad para organizarse, esta perspectiva estaba basada en dos casos, uno del llamado Acolhuacan septentrional donde las comunidades participantes en la red hidráulica habían disminuido en la mitad o más (Palerm y Wolf, 1955; J. Palerm, 1995), el otro, del sistema de riego de San Juan Teotihuacan donde la descripción indicaba un alto conflicto entre comunidades y una baja capacidad organizativa (Millon, Hall y Díaz, 1962). Estamos hablando más bien de organización multicomunitaria, dado que a nivel de comunidad tenemos evidencia de una alta capacidad organizativa, posiblemente debido al tamaño del sistema o porción del sistema que se está manejando, y a la continuidad de acceso al regadío; mientras que en el caso de organización multicomunitaria estaríamos hablando de sistemas o redes hidráulicas de mayor tamaño, y de una ruptura organizativa con el reparto agrario. Hasta ahora hemos abordado cuatro casos en relación con la organización social, y un quinto caso en relación con mediciones de superficie de regadío a partir de fuentes oficiales. 1) El caso de tres comunidades situadas en los límites entre Guanajuato y Jalisco, donde el regadío es de introducción reciente, y se realiza a partir del bombeo de agua de pozo. Cada pozo, y son pocos, riega pequeñas superficies (alrededor de 20 hectáreas). Los pozos, en estos momentos, los manejan familias extensas. Los problemas organizativos en torno a su manejo: pago de cuotas de agua, mantenimiento de los canales, distribución del agua parecen mostrar que, aún en sistemas muy pequeños, la tradicionalización de una normatividad o una autoridad constituida es indispensable10. 2) Una comunidad --Tochimilco-- que cuenta con varios manantiales, y una superficie aproximada de riego de 700 hectáreas; la comunidad se sitúa en la vertiente poblana del Popocatepetl. El regadío data de antiguo y la comunidad vio ampliada su acceso a agua y tierra con el reparto agrario. Existe una compleja y eficiente organización para el manejo del regadío en la comunidad a partir de cada manantial y de

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cada barrio. Sin embargo los vínculos con comunidades aguas abajo, a partir de la creciente escasez de agua, están en proceso de construcción, y son conflictivos. 3) Un re-estudio del caso del sistema de riego de San Juan Teotihuacan, basado en historia oral y en indagaciones en el Archivo Histórico del Agua; esto debido a que los manantiales, base del sistema, se secaron en la década de 1970. En contraste con el estudio de Millon, Hall y Díaz (1962) realizado a fines de la década de 1950 hemos encontrado que existen mayores nexos entre comunidades, en lugar de una situación de comunidades como “islas sociales”. No obstante este sistema ha tenido una alta intervención del Estado; pero no está claro, hasta el momento, si por efecto de la incapacidad de los regantes o por ser un sistema donde el Estado ha realizados “experimentos”. 4) Un estudio del caso del tramo medio del río Nexapa, donde la organización abarca 8,000 hectáreas y unos 5,000 regantes; y que parece ser el caso ideal de organización autogestiva exitosa. 5) Para el caso del Acolhuacan septentrional, un intento de medir la supuesta contracción de superficie de regadío (Lane, 1994) que parecería ir paralela a una contracción de las comunidades con acceso a la red hidráulica; considerando que las comunidades de aguas arriba podrían haber ampliado considerablemente su superficie de riego. Tal medición no ha sido posible dada la situación de la información oficial. La persistencia del regadío desde tiempos prehispánicos, y su considerable ampliación en el curso de los últimos cincuenta años de este siglo, con el carácter de no administrado por el Estado, es decir fuera de los Distritos de Riego, parecería indicar que tenemos una muy importante superficie en México administrada por los regantes con mayor o menor intervención y/o presencia del Estado. La organización autogestiva lograda por los regantes parece ser eficaz y sustentable, basándonos únicamente en la continuidad de los sistemas.

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No obstante todavía carecemos de suficiente información para afirmar que en México las organizaciones autogestivas para el manejo del riego están enfrentando eficazmente el reto del regadío. Posiblemente la capacidad de organizarse para el manejo de recursos comunales, como el agua, el pastoreo, los bosques tiene mucha mayor importancia de lo que hemos visto hasta ahora. Por ejemplo el pastoreo comunitario sobre esquilmos que se hacía en Morelos antes de la introducción masiva del cultivo del sorgo, que eliminó la rotación de campos en año y vez; mismo esquema --de pastoreo comunitario sobre esquilmos-- que parece encontrarse actualmente en Michoacán. Gestión que ha perdurado a pesar de la preferencia social por la propiedad individual. No obstante la gestión comunal de recursos comunales está siendo revalorada a nivel mundial11; y se está dando marcha atrás en las propuestas teóricas que sustentaron la ley Lerdo en México. Un primer paso, para el investigador, es el aparato teórico-metodológico para hacer visibles estas organizaciones autogestivas o tradicionales.

NOTAS 1

Mi apreciación del debate sobre “la centralización en el Estado de la administración de sistemas hidráulicas”, debe mucho a la generosa respuesta a mis preguntas por parte de R. Hunt y de D. Price; y también debe mucho a la paciencia y preguntas de los estudiantes de Estudios del Desarrollo del Colegio de Postgraduados que han tomado mi curso, foro donde he podido ir aclarando y poniendo a prueba algunas ideas.

2

A. Palerm (1954).

3

Por ejemplo: Armillas et al (1956), Millon (1957).

4

Hay que señalar que el texto de Wittfogel más citado como expresión de su propuesta es de 1957 (aunque sus estudios e influencia teórica inician antes, a partir de artículos), y fue escrito en diálogo e incorporando los resultados de investigación de los antropólogos y arqueólogos mesoamericanistas y andinos. Los primeros ensayos de Wittfogel sobre el tema datan de 1926.

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No obstante hay algunos autores que parecen señalar la viabilidad de sistemas de regadío sin organización, sin “autoridad constituida”, por ejemplo Hunt (1988) se refiere a un puñado de casos en que la organización carece de “autoridad constituida”, todos ellos sistemas muy pequeños (alrededor de 20 hectáreas); Mitchell (1975) se refiere a un caso en que el sistema sigue funcionando a pesar de la ausencia de autoridades. 6

Biblioteca del Agua editada por Roberto Melville y Luis Aboites, publicada por IMTA/CIESAS: Herrera y Lasso (1919); Palacios (1909), Gayol (1906). 7

“Durante los años formativos de la irrigación en Colorado, surgieron conflictos entre las compañías de riego establecidas y las compañías en desarrollo. El conflicto entre Union Colony y Fort Collins Colony fue típico de las disputas en la mayoría de los arroyos. En algunas de estas disputas las partes recurrieron al conflicto armado y a la destrucción de las obras de riego, pero la mayoría de las disputas se llevaron a las cortes. (...) El traslado de la lucha por el agua de las manos de los regantes a las cortes y al ingeniero del Estado tuvo un efecto saludable en la resolución de conflictos. Los agricultores han tenido la disposición de presentar sus casos ante la corte del distrito y su arbitro y a atenerse a los decretos de la corte.” (Maass y Anderson, 1976: 320, mi traducción). 8

Situación descrita por Millon (1962) para un sistema de riego del Japón.

9

Mi deuda aquí es con los investigadores que en el curso de este año (1997) han iniciado estudios de caso sobre sistemas de riego y redes hidráulicas, así como con el CONACYT que financia la investigación. 10

Contrastar con los casos aludidos en la nota 5.

11

Ostrom (1990).

Regadío, origen del Estado

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REFERENCIAS Armillas, P., A. Palerm y E. Wolf 1956 “A small irrigation system in the valley of Teotihuacan” American Antiquity, vol. 21, num. 4: 296399. Childe, G. [1936] 1954 Los orígenes de la civilización, Fondo de Cultura Económica, México. Childe, G. [1942] s/f Qué sucedió en la historia, Siglo Veinte, Buenos Aires, Argentina. Fernea, R. A. [1963] 1997 “El conflicto en el regadío” en T. Martínez Saldaña y J. Palerm (eds.) Antología sobre pequeño riego, vol. I, Colegio de Postgraduados, México. Gayol, R. [1906] 1994 Dos problemas de vital importancia para México. La colonización y el desarrollo de la irrigación Biblioteca del Agua editada por R. Melville y L. Aboites, IMTA/CIESAS, México. Herrera y Lasso, J. [1919] 1994 Apuntes sobre irrigación. Notas sobre su organización económica en el extranjero y en el país Biblioteca del Agua editada por R. Melville y L. Aboites, IMTA/CIESAS, México. Hunt, R. [1988] 1997 “Sistemas de riego por canales: tamaño del sistema y estructura de la autoridad” En T. Martínez Saldaña y J. Palerm (eds.) Antología sobre pequeño riego, Colegio de Postgraduados, México, y en esta Antología. Hunt, R. 1994 “Reply to Price” Journal of Anthropological Research, vol. 50, pp. 205-211. Hunt, E. 1972 “Irrigation and the socio-political organization of the Cuicatec cacicazgos” (pp 162-259) En F. Johnson y R. W. MacNeish (eds) Prehistory of the Tehuacan valley vol. 4, University of Texas Press, Austin, EEUU. Lane, M. 1994 “Estudio preliminar sobre la reconstrucción del sistema de riego en la región de Texcoco 1920-1930 y 1991” En C. Viqueira y L. Torre (comp.) Sistemas hidráulicos, modernización de la agricultura y migración. Colegio Mexiquense/ Universidad Iberoamericana, México. Maass, A. y R. Anderson 1976 ... and the desert shall rejoice. Conflict, growth and justice in arid environments, The MIT Press, Cambridge, EEUU; la “Introducción” de este texto en T. Martínez Saldaña y J. Palerm (eds.) 1997 Antología sobre pequeño riego, Colegio de Postgraduados, México. Millon, R. [1962] 1997 “Variaciones en la respuesta social a la práctica de

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la agricultura de riego” en T. Martínez Saldaña y J. Palerm (eds.) Antología sobre pequeño riego, vol. I, Colegio de Postgraduados, México, y en esta Antología. Millon, R. 1957 “Irrigation systems in the valley of Teotihuacan” American Antiquity, vol. 23, pp. 160-166 Millon, R.; C. Hall y M. Díaz [1962] 1997 “El conflicto en el sistema de riego del Teotihuacan moderno” En T. Martínez y J .Palerm (eds.) Antología sobre pequeño riego, vol. I, Colegio de Postgraduados, México. Mitchell, W. 1975 “Irrigation and community in the central peruvian highlands” en American Anthropology 78, pp. 25-43. Ostrom, E. [1990] 1992 Governing the Commons The evolution of institutions for collective action, Cambridge Univesity Press, EEUU. Palacios, Leopoldo [1909] 1994 El problema de la irrigación, Biblioteca del Agua editada por R. Melville y L. Aboites, IMTA/CIESAS., México. Palerm, A. [1954] 1992 “Distribución geográfica de los regadíos prehispánicos en el área central de Mesoamérica” (pp. 31-66) En Obras Angel Palerm: A. Palerm y E. Wolf Agricultura y Civilización en Mesoamérica, Ediciones Gernika, México. Palerm, A. y E. Wolf [1955] 1992 “Agricultura de riego en el viejo señorío del Acolhuacan” (pp. 131-152) En Obras Angel Palerm: A. Palerm y E. Wolf Agricultura y Civilización en Mesoamérica, Ediciones Gernika, México. Palerm, J. [1997] 2000 “La organización social y la agricultura de riego” (pp 13-30) En J. Palerm y T. Martínez Saldaña (eds.) Antología sobre pequeño riego, vol. II, Colegio de Postgraduados/ Plaza y Valdés, México. Palerm, J. 1995 “Organización social y riego” Mexican Studies/Estudios Mexicanos vol. 11, num 2: 163-178. Price, D. 1994 “Wittfogel’s neglected hydraulic/hydroagricultural distinction” Journal of Anthropological Research, vol. 50 (3), pp. 187-204. Vaidyanathan, A. 1985 “Water control institutions and agriculture: a comparative perspective” Indian Economic Review. vol. XX, num. 1: 25-83, y en esta Antología. Wittfogel, K. [1957] 1966 Despotismo oriental. Ediciones Guadarrama, Madrid.

LAS JUNTAS DE AGUA Y LAS UNIDADES DE RIEGO Jacinta Palerm

INTRODUCCIÓN Es frecuente, en campo, encontrar que los campesinos se refieren a su organización multicomunitaria para el riego como junta de aguas; junta de aguas a la que cada comunidad envía un representante y seleccionan entre ellos a un comité directivo. Tal nomenclatura, de junta de aguas, no coincide con la oficial o gubernamental, en la cual encontramos el nombre de unidades de riego para las organizaciones de regantes (excluyendo a los Distritos de Riego, por supuesto). Sin embargo, nuevamente en campo, las unidades de riego frecuentemente son distintas a las juntas de agua. Recibe el nombre de unidad de riego la organización del ejido o comunidad para el agua de riego; mientras que la junta de aguas corresponde a la organización multicomunitaria. No obstante, es más frecuente que la organización del ejido para el riego esté en manos del juez de aguas, nombrado en asamblea del ejido/comunidad. González Luna (1997) señala que en Puebla mientras las unidades de riego recibieron apoyo de los CADER (Centro de Apoyo al Desarrollo Rural) de los DDR (Distritos de Desarrollo Rural) en las comunidades eligieron al comité directivo de la unidad de riego, pero luego revirtieron a la forma de juez de aguas. Pero, nos preguntamos ¿cuándo inician las juntas de aguas? ¿Podrá ser una institución colonial?, ¿porqué el gobierno en el presente no habla de las juntas?, ¿de dónde salen las unidades de riego?, ¿porqué actualmente el gobierno sólo habla de unidades de riego? Con estas preguntas inicia nuestra indagatoria sobre el origen de la nomenclatura de juntas y unidades.

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JUNTAS DE AGUAS Juntas de aguas y reglamentos 1 La nomenclatura de juntas de aguas además de encontrarse en campo, la encontramos también en documentos del Archivo Histórico del Agua. En el AHA, depositario de documentos oficiales de la extinta SARH, encontramos multitud de documentos referidos a juntas de aguas, así como reglamentos sobre distribución del agua a ser implementados por juntas de aguas. Los reglamentos son obra de instancias gubernamentales. Esta documentación la han consultado muchos investigadores para estudiar el regadío en México. Los reglamentos consisten en cuadros o tablas de distribución del agua que a su vez, tal y como señalan los reglamentos, deben ser implementados por una organización. La organización a cargo de la implementación normalmente lleva el nombre de junta de aguas y la conformación de la junta es también una instrucción del reglamento. Es decir, la junta de aguas es una propuesta organizativa del Estado. Muy pocos de los reglamentos señalan ser elaborados por los propios regantes y cuyo reglamento se envía para ser ratificado por la autoridad. La reglamentación 2 El sustento jurídico de la proliferación de reglamentos en el siglo XX inicia a fines del siglo XIX cuando se emite una legislación que indica que es atribución del ejecutivo federal reglamentar las aguas federales. La reglamentación consiste esencialmente en poner orden mediante un cuadro o tabla de distribución de las aguas de tal manera que cada quien pueda recibir en tiempo y forma su concesión de aguas. En las subsecuentes leyes de aguas, la de 1910 y la de 1929, no hay mención en la legislación de la instancia encargada de implementar la reglamentación. Pero en el Reglamento de 1930 (Art. 122) de la Ley de Aguas de 1929 se señala “la obligación de constituir una asociación de usuarios que nombre una Junta de Aguas que tenga a su cargo la aplicación del reglamento ...” Lo que se vuelve a retomar en la ley de aguas de 1934, señalando que el reglamento deberá ser implementado por una junta de aguas.

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La vinculación reglamentación – conformación de una organización de regantes a cargo de implementar el reglamento se concreta en la legislación de 1930 y 1934; no obstante, en el primer reglamento que se elabora (1891), que corresponde al río Nazas y se refiere al reparto de las aguas entre las presas derivadoras; se propuso la eventual conformación de un sindicato de usuarios para implementar el reglamento (reglamento recopilado en Lanz Cárdenas, 1982). Por otra parte, hay que señalar que en la ley de aguas de 1929 se indica la obligatoriedad de la organización de los usuarios que comparten una misma bocatoma, organización llamada Asociación de Usuarios. Fórmula que sigue el modelo de comunidad de regantes de las leyes de aguas españolas de 1866 y 1879 y el modelo de asociación de canalistas de la ley de aguas chilena de 1908; es decir la obligatoriedad de asociación de usuarios que comparten una misma bocatoma. Elaboración de reglamentos y conformación de organizaciones de regantes, las autoridades del agua y las autoridades agrarias 3 La recopilación sistemática de reglamentos existentes en el AHA (y en el Diario Oficial de la Federación) (Palerm et al, 2004) hace patente el esfuerzo reglamentador del Estado, conjuntamente con la conformación de organizaciones de regantes (y otros usuarios del agua) bajo el nombre de juntas de aguas y, minoritariamente, con algún otro nombre de organización (Asociación de Usuarios, etc.). Nótese que el reglamento es elaborado por una institución gubernamental, la SAF y posteriormente la SRH y finalmente la SARH. A lo anterior cabe añadir que existe otro archivo con reglamentos, este es el Archivo General Agrario. Se ha realizado una compilación de reglamentos y otros documentos sobre distribución del agua del grupo documental de Dotación y Accesión de Aguas del Archivo General Agrario (Palerm et al, ms). El AGA tiene reglamentos dado que con el reparto agrario y según la legislación agraria (de 1934, 1942, pero ya no en la 1972) es competencia de la Comisión Nacional Agraria --y después de la Secretaría de la Reforma Agraria, la elaboración y seguimiento de aquellos reglamentos de aguas que

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atañen solo a ejidos o comunidades agrarias, así como la participación en la elaboración de reglamentos de aguas en que hay ejidos. La legislación agraria --desde la ley agraria preconstitucional de 1915 hasta 1992-- modifica y está por encima de la Ley de Aguas. Los reglamentos de la Comisión Nacional Agraria, en su mayoría, se refieren a representantes por cada ejido con el fin de concertar para implementar el reglamento y, en bastantes casos también señala la conformación futura de una junta de aguas. Sin embargo, aunque el AHA ha sido explorado por investigadores, no hay trabajos (o no los conozco) sobre la documentación del AGA. En una primera apreciación la elaboración del reglamento por parte de la CNA parece ser más participativo que aquella que se reporta en la documentación que proviene del AHA, es decir de la SAF/SRH/SARH. Los ejidos y comunidades 4 La autoridad de la junta de aguas terminaba siempre en el punto de entrega de agua en bloque al ejido o comunidad agraria. Por lo siguiente: como resultado del reparto agrario y de la legislación agraria, las comunidades o ejidos eran sujetos de concesión –la concesión, en terminología agraria se llama dotación. El reparto agrario a partir de la Ley Agraria preconstitucional de 1915 da marcha atrás a en la individualización de la propiedad y de las concesiones de agua y, en este sentido, modifica a la Ley de Aguas de 1910 que excluye a las comunidades de ser sujetas de concesiones de aguas. Es decir el derecho de agua a partir de 1915 se otorga a la comunidad o ejido, no a los individuos del ejido. La legislación pertinente sobre la organización para el agua al interior de los ejidos y comunidades agrarias corresponde a la agraria y su seguimiento depende de la Comisión Nacional Agraria – posteriormente Secretaria de la Reforma Agraria. Es decir, el agua al interior de los ejidos es asunto que atañe al ejido y a la instancia gubernamental agraria. La organización al interior del ejido consiste en que la asamblea de irrigantes (sic) debe nombrar o elegir un juez de aguas o comisionado

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para supervisar la distribución. El reglamento interior del ejido en todo caso debía ser sancionado por la Comisión Nacional Agraria. Los cambios en la ley agraria de1992, así como los cambios en la ley de aguas, también de 1992, han llevado a la individualización del derecho de aguas (concesión o, en legislación agraria: dotación), sin un procedimiento semejante al que existe para la tierra ejidal, llamada PROCEDE (Programa de Certificación de Derechos Ejidales). La nomenclatura de juez de aguas, como veremos más adelante, es una institución y nomenclatura que viene de antiguo. En todo el imperio español hubo jueces de aguas. Organizaciones de regantes por mandato La organización de regantes por mandato es un fenómeno propio de las leyes de aguas de finales del XIX y principios del XX en Hispanoamérica. No obstante, la intromisión del Estado en la organización no ha recibido muy buena acogida entre los investigadores mexicanos que hablan de centralización a partir del porfiriato5 y refieren situaciones bastante caóticas con la reforma agraria y la conformación de las “impuestas” juntas de aguas (Valladares, 2004; Aboites, 1988, 1998; Castañeda 2004). Sin embargo en otras lecturas, por ejemplo Sengupta (2002), se señala que el espacio dado en la legislación nacional a las organizaciones de regantes ha permitido en Japón y en Filipinas una cogestión eficaz entre instituciones autogestivas y gubernamentales. Las leyes de aguas españolas de 1866 y 1879 son probablemente las primeras leyes de aguas nacionales6 en los tiempos modernos, y aparentemente ejercieron influencia en toda Hispanoamérica (Cano, 1956). En la primera ley de aguas de España, de 1866 y la posterior que estaría en vigor prácticamente sin cambios hasta hace pocos años, de 1879, se señala la obligatoriedad de la conformación de organizaciones de regantes de los usuarios comunes de una misma bocatoma. La ley también señala que, en caso de existir una organización, se le dará el debido reconocimiento. Las organizaciones de regantes reciben el nombre, en la legislación, de comunidades de regantes. La iniciativa de reconocimiento de lo existente, así como la

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continuidad jurídica de 1866 a la fecha ha dado a las organizaciones de regantes de España una impresionante continuidad y solidez (Giménez y Palerm, 2007). Por otra parte, la imagen del Estado impositivo y de caos local en los estudios históricos para el período de fines del porfiriato e inicio de los “gobiernos revolucionarios”, contrasta con estudios etnográficos contemporáneos en campo (por ejemplo Martínez y Palerm, 1997; Palerm y Martínez, 2000-a; Palerm y Rivas, 2005; López Pacheco, 2002; Rodríguez y Palerm, 2007). Aparentemente luego de un periodo de dificultades que refieren los estudios de caso --basados en documentos de archivos, documentos que en general tratan de problemas y no de situaciones estables--, los regantes locales se apropiaron de la organización por mandato del Estado, tal y como refiere González Huerta (2000). Los estudios de caso realizados indican que fue un modelo exitoso (Martínez y Palerm, 1997; Palerm y Martínez, 2000-a). Más organizaciones de regantes en México Hay dos situaciones adicionales de organizaciones que no podemos dejar de mencionar: 1) Las juntas de aguas también caracterizaron a los Distritos de Riego, más adelante tratamos este aspecto. 2) Adicionalmente, con la legislación sobre aguas subterráneas de la década de 1940 y 1950 se propone la reglamentación de acuíferos e incluso se concreta la conformación de juntas de aguas para implementar el reglamento (Palerm, 2003-a, 2004-b, 2004-c, 2005-b). Los antecedentes de las organizaciones de regantes En el caso de México, la continuidad entre organizaciones anteriores de regantes y las juntas de aguas por mandato está por investigarse sistemáticamente. En un primer momento lo que propusimos (Palerm y Martínez, 1997; Palerm, 2003-a), frente a un supuesto continuismo en sistemas de riego milenarios y centenarios, fue que el impacto del reparto agrario, con la trasformación de la tenencia de la tierra y del acceso al agua, implicó una ausencia de continuidad en las organizaciones de los usuarios del agua. Esto es, que en México no hay organizaciones tradicionales de regantes de alcurnia a pesar de

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que hay sistemas de riego milenarios y centenarios. No obstante debe haber excepciones. Entonces, hay dos preguntas, una de ellas sobre la continuidad organizativa; la otra, más general, sobre cómo era la administración del agua rural antes del siglo XX. El espacio hidráulico controlado por una junta de aguas 7 El espacio hidráulico abarcado por una junta de aguas es muy variable. Por ejemplo en el reglamento de 1891 para el río Nazas, se refiere al reparto entre bocatomas de un río, el reglamento no se ocupa de la distribución a partir de la bocatoma. En efecto, es bastante frecuente que los reglamentos más antiguos se refieran a un reparto entre bocatomas y a una representación por bocatoma, omitiendo las normas de reparto del agua por el sistema de distribución a partir de la bocatoma. Por otra parte, es bastante posible que una sola bocatoma correspondiese a una sola hacienda. En los reglamentos es frecuente la existencia de juntas dentro de juntas, de tal manera que donde terminaba un tramo reglamentado, podría iniciar otro a cargo de otra junta de aguas, hasta llegar al ejido o a la pequeña propiedad. Sin embargo, en otros casos, un espacio hidráulico relativamente grande como el del río Cuautitlán se “centralizó” en un solo Comité, del cual debía depender el personal de operación. El diseño organizativo8 de la organización de regantes no es un tema gratuito, la centralización del manejo de espacios hidráulicos grandes exige personal de operación organizado en cadena de mando; mientras la descentralización en capas de organizaciones permite un control más local y además permite a los mismos regantes ocuparse de la operación o tener un seguimiento más activo en la supervisión de la operación. El diseño organizativo descentralizado en múltiples organizaciones anidadas se encuentra entre los principios de diseño de organizaciones autogestivas de larga duración de Ostrom (1990, 1999), es un diseño que típicamente se encuentra en organizaciones campesinas tradicionales. El diseño organizativo en organizaciones anidadas se construye como resultado de los requerimientos de cooperación impuestos por la

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infraestructura, y, en su caso, el reparto del agua en un río; de tal manera que los niveles organizativos están fuertemente correlacionados con los niveles de operación del sistema. Cada nivel organizativo controla totalmente “su” espacio hidráulico y tiene representación al nivel organizativo superior. Desde la perspectiva de Ostrom la creación de nuevos niveles organizativos más “amplios” se realiza con el fin de atender problemas comunes. Sin embargo, existen casos en que a una misma organización pertenecen sistemas de riego que no están relacionados entre si; es decir no hay congruencia entre la componente física y la social del sistema de riego (Palerm, 2001-b). De hecho, actualmente en México, hay propuestas de reunir sistemas pequeños con el fin de que alcancen economías de escala y poder financiarse el pago de personal técnico (Palacios et al, 2001). Además de las propuestas organizativas de centralización o descentralización, existen variantes en su diseño más específicos, por ejemplo el diseño organizativo puede ser descentralizado, pero cada nivel organizativo superior controla infraestructura hidráulica crítica del nivel inferior; el nivel organizativo inferior no necesariamente tiene representación hacía arriba o la representación se encuentra acotada (modelo presente en el Alto Río Lerma) (Salcedo y Palerm, 2007). El punto es que, en el caso de los reglamentos, la respuesta de los regantes a las propuestas de diseño organizativo, es decir los cambios que introducen al reglamento, pueden ser indicativos de las preferencias de los regantes. La impresión general es que hay una preferencia de parte de los campesinos por diseños organizativos que favorecen el control local, es decir de un diseño organizativo basado en organizaciones anidadas y, por supuesto, con una alta congruencia entre la componente técnica y la social. Un ejemplo de esta preferencia se documenta en el estudio realizado sobre el río Cuautitlán por Israel Sandré (2004), la respuesta de los regantes en Cuautitlán, fue la de exigir la separación de la junta y la creación de nuevas juntas independientes. Otro ejemplo, en el mismo sentido, se documenta para el río Cuautla (Palerm et al, 2002; 2005-b).

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Al margen del análisis del diseño organizativo, hay tres aspectos a destacar sobre el espacio hidráulico controlado por una junta, primero frecuentemente abarcaba tramos de ríos (lo que llamaríamos actualmente cuencas y microcuencas), segundo, incluía todos los usos y usuarios del agua, no solo los de riego. Finalmente la junta tenía autoridad como agente del ejecutivo federal. La representación a la junta de aguas 9 Los reglamentos más antiguos presentan típicamente una representación por bocatoma, aunque no es tan sistemático. Otros reglamentos centralizan toda la administración en un solo Comité, aunque la junta tiene representantes de todo el espacio hidráulico. Con la ley de aguas de 1934, se tipifica claramente cómo debe ser la representación, esta debe ser por tipo de usuario (ejido, pequeño propietario) y/o por tipo de uso (agrícola, municipal, hidroeléctrico)10. Aunque este tipo de representación parece menos adecuada que aquella que responde a la representación por infraestructura común, es probablemente un cambio que intenta darle un peso específico al ejido dentro de la junta de aguas. Es decir, este cambio en la representación es probablemente crítico, junto con el apoyo de la Comisión Nacional Agraria, para que los ejidos efectivamente reciban su agua. La consideración sobre el peso específico del ejido en las juntas de aguas no es gratuito, en los Distritos de Riego transferidos en la década de 1990, en que domina un modelo administrativo burocrático, los propietarios privados medianos y grandes aparentemente tienen mayor posibilidad de manipular a su favor la organización burocrática (B. Boehm, comm. pers.). En general parece ser que la existencia de polarización en la tenencia de la tierra y competencia por el agua es un factor crítico en la construcción de organizaciones autogestivas, así en el caso del Perú no fue exitosa la implantación de este modelo. LAS UNIDADES DE RIEGO Las URDERALES (unidades de riego para el desarrollo rural) 11 Las unidades de riego hacen su aparición en la década de 1970, con la Ley de Aguas de 1972. La nueva legislación sobre aguas propone el

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apoyo a la infraestructura de aguas de las comunidades rurales creando unidades de riego para el desarrollo rural, así que inicialmente fueron conocidas como URDERALES. La adhesión al programa de la SRH/SARH era voluntaria. Las Juntas de Aguas y las URDERALES no eran lo mismo. 1) En la Ley de Aguas, artículo 158, aparece el señalamiento que lo referente a las juntas de agua no será aplicable en los perímetros de las URDERALES (y de los Distritos de Riego)1. 2) En el organigrama de la Secretaría están ubicadas en direcciones distintas: las unidades de riego para el desarrollo rural, dependían en la SRH de la Dirección General de Operación de Unidades de Riego y luego de la creación de la SARH, de la Dirección General de Distritos y Unidades de Riego. Las Juntas de Aguas dependían de la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos (Palacios, comm. pers.). URDERALES y ejidos Por otra parte recordemos que el agua al interior de los ejidos y de las comunidades agrarias dependía, no de SRH o de SARH, sino de la Comisión Nacional Agraria. La creación de URDERALES, seguramente significaba un paso de la autoridad de la CNA (o de la SRA) a la SRH (o SARH). Sin embargo, como indica González Luna (1997), estos cambios fueron más bien efímeros desde la perspectiva de organización interna del ejido. Adicionalmente, Israel Sandré localizó diversos documentos referentes a la disolución de juntas de aguas y constitución de URDERALES (Sandré, comm. pers.). Por ejemplo un oficio de fecha 2 de noviembre de 1976, indica: “Me permito comunicarle que por acuerdo expreso del C. Director General de Aprovechamientos Hidráulicos ... la junta 1

El Art 158 dice “Las disposiciones de este Capítulo [De la Regulación] tendrán aplicación fuera de los perímetros de los Distritos de Riego ... y de las Unidades de Riego para el Desarrollo Rural.” En el siguiente Capítulo [De las Juntas de Aguas] se señala Art 169 “Las Juntas de Aguas serán las encargadas de aplicar los acuerdos de regulación de distribución de aguas.” El que me señaló este artículo [158] de la Ley fue el Dr Palacios. (Nota del 14 de abril, 2011).

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de aguas que ha venido funcionando hasta ahora, deberá disolverse para trasformarse en “Asociación de Usuarios” de la Unidad de Riego para el Desarrollo Rural, en términos de los artículos 73 al 83 de la Ley Federal de Aguas, dejándole como patrimonio la concesión de aguas que le dio origen.” (AGA, Dotación y Accesión de Aguas, Exp. 10347). La impresión es que la administración gubernamental del agua de los ejidos, antes bajo la Comisión Nacional Agraria, se estaba concentrando en la SRH/SARH. No sabemos cuántas de las juntas a las que daba seguimiento la Comisión Nacional Agraria se convirtieron en URDERALES. La debacle de la década de 1980 12 En la década de 1980 se suceden varias catástrofes, Primera, dado que había Distritos de Temporal (a cargo del seguimiento de las URDERALES) y Distritos de Riego, se decide por pura eufonía fusionar esos dos Distritos creando los Distritos de Desarrollo Rural. Bien a bien qué pasó con los Distritos de Riego está confuso, pero en las Memorias del IV Congreso Nacional de Irrigación, que tuvo lugar en Cd. Reynosa, Tamaulipas en noviembre de 1988, hay diversas menciones de los “Distritos de Desarrollo Rural hasta hace poco Distritos de Riego”. Segunda, el sismo de 1985 y, más particularmente, sus efectos en el edificio situado en Reforma 69, donde estaba la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos encargada de dar seguimiento a las juntas de aguas. Como resultado del sismo “se perdieron muchos de los archivos y gran parte de su personal se dispersó o se retiró” (Palacios, en esta Antología). Tercera, la crisis económica, aquella de “defenderé al peso como un perro”. Aparentemente los ingenieros logran negociar con el presidente entrante la creación de la Comisión Nacional del Agua, poniendo a resguardo los Distritos de Riego; pero, abandonando, por un lado, a

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las unidades de riego, que se quedan en la renombrada Secretaría de Agricultura, ya sin Recursos Hidráulicos y, por otro, entregando los papeles de las juntas de aguas al recién creado (1994) Archivo Histórico del Agua. La desaparición de las juntas de aguas En la nueva Ley de Aguas, de 1992, no hay una sola mención de juntas de aguas. Como señala Palacios (en esta Antología) “las juntas de aguas fueron ignoradas cuando en 1989 se creó la Comisión Nacional del Agua.”. No obstante en oficio de la SARH de la década de 1986 se indica una actualización de la información sobre las juntas de aguas13. La administración gubernamental del agua, que había empezado a concentrarse en la SARH, se vuelve a dividir, ahora entre la Comisión Nacional del Agua y la SAGARPA. Con la desventaja de que SAGARPA aparentemente no cuenta con una dirección de asuntos del agua y de que en la legislación de aguas no hay un reconocimiento al papel de la SAGARPA, cuando menos como custodia de papeles de las unidades de riego. Por su parte la Secretaría de la Reforma Agraria quedaría totalmente fuera; en la legislación agraria se señala que se hará como indique la legislación de aguas y en la Ley de Aguas (Art. 53) queda previsto que los ejidos y comunidades que no pertenezcan a Unidades o Distritos, también harán su reglamento. Con la Ley de Aguas de 1992 inicia la conformación “oficial” de unidades de riego que incluye un nuevo título de concesión de aguas que se registra en el REPDA (Registro Público de Derechos de Aguas). Urbano Farias (1993) comentarista de la Ley de Aguas de 1992 nada dice al respecto de la desaparición de las juntas de aguas. La única mención de que “desaparecen” las juntas es de Lanz Cárdenas, que felicita este aspecto de la Ley de Aguas de 1992: “Suprime [la Ley de Aguas de 1992] las obsoletas Juntas de Aguas. Estos organismos, aun cuando tenían una vieja regulación en el derecho mexicano, la que se acentuó14 en la Ley Federal de Aguas [1973], sin embargo en el campo de la

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práctica no tuvieron ni eficiencia ni eficacia. Resulta pues muy conveniente su supresión y el conferir las facultades relativas a las asociaciones de usuarios, quienes son las más interesadas en el manejo adecuado, económico y provechoso de las aguas que utilizan.” (Lanz Cárdenas, 1993: 292). No tenemos un balance del éxito de las juntas de aguas (Rodríguez Haros, 2004), sin embargo, como ya señalamos, los estudios de caso realizados indican que fue un modelo exitoso. En diversas entrevistas con ingenieros no he logrado un relato sobre las juntas de aguas, salvo aquella del Dr. Enrique Palacios Vélez (en esta Antología). ¿Realmente a la administración pública se le olvidaron las 236 juntas que menciona Palacios, más aquellas a las que daba seguimiento la Comisión Nacional Agraria? Finalmente, todavía está por investigarse cómo se reconfiguran las juntas de aguas en unidades de riego. De URDERALES a unidades de riego Paralelo a la reconfiguración de las juntas de aguas en unidades de riego, hay también un proceso de nuevo registro o cuando menos de registro del título de concesión en el REPDA, existen unidades de riego “no organizadas”, lo que de hecho quiere decir “no registradas” en SAGARPA (aquel programa de registro voluntario) (Palacios, 1998). BALANCE DEL CAMBIO UNIDADES DE RIEGO

DE

JUNTAS

DE

AGUAS

A

El cambio de juntas a unidades, significó un cambio de gestión por cuencas a gestión por circunscripciones territoriales: los Distritos de Desarrollo Rural subdivididos en CADER (Centro de Apoyo al Desarrollo Rural). Pero además significó, en la mayor parte de los casos, la reducción del tamaño de las organizaciones de usuarios. El modelo de la unidad de riego como administradora de espacios mucho más pequeños que la junta de aguas se refleja en el hecho de que la llamada pequeña irrigación queda dispersa en 32,298 unidades de riego, una superficie de 2,574,191 hectáreas (Palacios, 1998).

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El esfuerzo realizado por el gobierno y los regantes, entre fines del siglo XIX y hasta 1992, de reglamentación y de organización de juntas de aguas, se desecha. Lo curioso es que actualmente la Comisión Nacional del Agua está proponiendo conjuntar unidades de riego en S. R. L., para contrarrestar la dispersión. Los cambios en la ley agraria, en 1992, terminan con el papel de la Secretaria de la Reforma Agraria en el agua de los ejidos y comunidades. No se establece un PROCEDE para el agua, sin mayor trámite el agua de los ejidos puede rentarse o venderse, tal y como se está haciendo. El seguimiento de la legislación y los cambios en las concesiones de aguas está por hacerse. Cabe la pregunta de si la legislación nacional ha actuado en sinergia o ha entrado en contradicción con la continuidad de organizaciones autogestivas (Sengupta, 2002; Boelens, 2003). La comparación con países en que se ha dado continuidad a una legislación que promueve y reconoce de manera consistente las organizaciones de usuarios puede ser un contraste interesante.

NOTAS 1

Basado en revisión de la legislación de aguas compilada en Lanz Cárdenas (1982), así como en legislación posterior; y en revisión de reglamentos, compilados en Palerm et al (2004-b). Presentación más detallada en cualquiera de los siguientes textos: Palerm (2003-a; 2004-b; 2004-c; 2005-b), Palerm y Rodríguez (2008). 2

Ibid.

3

Basado en revisión de la legislación agraria compilada en Fabila ([1941] 1980); Cuadros ([1932] 1999); Hinojosa (1960), así como en legislación agraria posterior; y en revisión de reglamentos del AGA, compilados en Palerm et al (ms). Presentación más detallada en cualquiera de los siguientes textos: Palerm (ms), Palerm y Rodríguez (2008). 4 5

Ibid.

Aunque durante el siglo XIX, desde la Independencia hasta 1888, fecha de la ley porfiriana, no estuvo la administración de las aguas sistemáticamente

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“descentralizada”, como señala la legislación de Nuevo León y Coahuila de 1857 (comp. en Sandré y Sánchez, ms): “Art. 10. Es atendible y legítima toda merced concedida por el Gobernador del Nuevo Reino de León D. Martín de Zavala y sus antecesores, así como la que proceda de otros gobernadores anteriores ó coetáneos en Coahuila y posteriores en una y otra provincia, si por sus instrucciones ó diplomas se demuestran que hayan tenido facultades para mercedar tierras y aguas: son también legítimas las concesiones que aparezcan compuestas ante el virreinato de México ó juzgado privativo de composiciones, y las hechas por las legislaturas de Nuevo-León y Coahuila en las épocas en que ha regido el gobierno federal, ó por el supremo nacional cuando ha estado centralizado el poder.” 6

En 1844 se emite el Reglamento General de Aguas o Reglamento para el Juzgado de Aguas en la provincia de Mendoza, Argentina y en 1843 se emite el Reglamento económico para la distribución y conservación de las aguas en los pueblos de Sonora, en el estado de Sonora, México. 7

Basado en revisión de reglamentos compilados en Palerm et al (2004-b y ms).

8

Para un tratamiento más elaborado del análisis sobre diseños organizativos, ver, por ejemplo: Palerm (2000, 2001-a; 2004-a; 2005-a; 2006) y Palerm et al (2000-b, 2004-a, 2005). 9

Basado en revisión de reglamentos compilados en Palerm et al (2004 y ms). Así como de la legislación de aguas y agraria, ver notas anteriores. 10

En 1941, basado en la legislación de aguas, se emite el “Reglamento para la organización y funcionamiento de las juntas y jueces de aguas” (firmado Marte R. Gómez, Secretario) (compilado en Palerm et al, 2004-b), de tal manera que en los reglamentos particulares solo aparece un cuadro de distribución y la leyenda “La organización, funcionamiento y atribuciones de esta Junta [de Aguas] están definidas en el Reglamento para la organización y funcionamiento de las Juntas y Jueces de Aguas”. Por varios años estuvimos buscando este reglamento, que no está publicado en el DOF, ni aparece en la compilación sobre legislación de aguas de Lanz Cárdenas (1982), finalmente encontramos un ejemplar en el AHA. Este reglamento no obstante su importancia --estuvo vigente desde 1941 hasta 1992-nunca pasó de ser un reglamento interior de la Secretaria.

11

Los textos que mejor describen estas dos décadas, 1970 y 1980, son Escobedo (1997) y González Luna (1997). Presentación más detallada en cualquiera de los siguientes textos: Palerm (ms), Palerm y Rodríguez (2008).

12

Ver también cualquiera de los siguientes textos: Palerm (ms), Palerm y Rodríguez (2008).

13

En un oficio interno de la SARH, de fecha 17 de febrero de 1986, del Director General de Aprovechamientos Hidráulicos a un Delegado Estatal de la SARH se

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Aventuras con el agua

indica ““Con la finalidad de actualizar el Registro de las Juntas y Juzgados de Aguas que están en funcionamiento en esa Entidad Federativa, agradeceré a usted tenga a bien ordenar que a la brevedad posible se proporcionen a esta Dependencia los siguientes datos: 1.- Nombre o denominación de cada Junta o Juzgado de Agua. 2.Domicilio donde reciben notificaciones Calle y Número, Código Postal y con el dato del Municipio. 3.- Nombre de los integrantes de la Mesa Directiva (Presidente, Secretario, Tesorero, Vocales y Padrón de Usuarios actualizado). 4.- Fuente de Aprovechamientos, nombre o nombres de la corriente, gasto o caudal de distribución en litros por segundo y volumen anual aprovechado en miles de metros cúbicos. 5.Una fotocopia legible del Reglamento en vigor. 6.- Para los casos en que se aprovechan aguas del subsuelo, describir las obras, dando su localización y características técnicas del equipo de bombeo y del pozo. 7.- En su caso, remitir copia del plano a cierta escala que señale la configuración de los terrenos controlados por cada Junta o Juzgado de Agua, indicando la superficie.” (En AHAAS, C. 2510, Exp. 35086, fs 200). 14

Una exageración de parte de Lanz Cárdenas.

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SOBRE LAS JUNTAS DE AGUAS 1 Enrique Palacios Vélez

ANTECEDENTES Al término de la Revolución iniciada en 1910, se creó el Congreso Constituyente el cual elaboró la Constitución de 1917, en cuyo artículo 27, párrafo quinto, se define el régimen de propiedad de las aguas y con base en dicho artículo, el Presidente Venustiano Carranza, promueve una serie de decretos, tendiente a regularizar los permisos para el uso de lo que serían las aguas nacionales. Así, en un informe sobre las actividades en la administración de las aguas de propiedad federal, se refiere a las actividades que estaba realizando la Dirección de Aguas, dependiente de la Secretaría de Fomento, de donde se han tomado algunos párrafos que dan una idea de las actividades de esta Dirección a fines del la década : “La Dirección de Aguas, que antiguamente sólo se encargaba de la tramitación y resolución de concesiones y confirmaciones de derechos sobre el uso de aguas de jurisdicción federal, ha asumido un carácter de actividad y en su evolución se cuenta con el Departamento de Irrigación para el desenvolvimiento de las obras hidráulicas del país. Actualmente tiene en tramitación algo más de 500 expedientes y se han celebrado ya algunos contratos concesionales para el aprovechamiento de aguas, en diversos objetos, tanto para irrigación como para la producción de fuerza motriz.

1

N. del E. Este texto fue concluido en septiembre, 2005 y escrito a solicitud de J. Palerm.

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No obstante las difíciles circunstancias por que ha atravesado el país, se hace notar que ni el trabajo de tramitación presenta depresión sensible en relación con las épocas normales, ni los trabajos de irrigación y otras obras hidráulicas emprendidas por cuenta del Estado han encontrado grandes dificultades en su desarrollo, lo que hace prever para los trabajos hidráulicos del país y para el progreso de la agricultura, por medio de la irrigación, un magnífico futuro. Para evitar las grandes dificultades que experimentaba tanto el público como la Secretaría (de Fomento) para la tramitación de los negocios correspondientes a los estados más lejanos de la Unión y atento a lo dispuesto por las Leyes en los ramos de tierra y aguas y en la explotación de bosques, el Ejecutivo consideró conveniente que se concentraran en una sola oficina las agencias e inspecciones que las leyes autoricen para cada ramo formando agencias generales con facultades para conocer de cualquier negocio y tramitarlo hasta ponerlo en estado de resolución definitiva, la cual tendrá que ser dictada por la Secretaría de Fomento. De esta manera se facilitará notablemente, tanto a la Secretaría como al público, la tramitación de los negocios, haciendo que la misma Secretaría pueda ejercer una vigilancia más efectiva sobre las riquezas naturales y las propiedades de la nación que tiene a su cargo. Con este motivo, se procedió por medio de un acuerdo a la creación y organización de las Agencias Generales, habiéndose ya expedido el reglamento respectivo. Por ahora se juzgó conveniente limitar sólo a 7 el número de agencias, que son las de Sonora, Sinaloa y Nayarit, unidas; las de Tabasco, Yucatán y Campeche; la de Chiapas y las de Territorios de la Baja California y Quintana Roo. Han comenzado sus labores con buenos resultados”. “El ramo de aguas ha tenido un aumento en sus negocios muy halagador para la reconstrucción nacional. Durante los cuatro meses a que contrae este informe se recibieron 858 asuntos correspondientes a aguas de jurisdicción federal, habiéndose

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celebrado seis contratos para diversos aprovechamientos y formulado las bases para nueve más. Para impedir el monopolio de las aguas federales por algunos capitalistas que no emprendían ningunas obras para su aprovechamiento, que valiéndose de su influencia conservan las concesiones por medio de prórrogas casi indefinidas, han sido declarados caducos varios contratos que se encontraban en estas condiciones y muchos otros se tienen en estudio con el mismo objeto. Con el fin de facilitar la tramitación de los negocios del ramo de aguas en los Estados en que no existen las Agencias Generales, se han establecido divisiones de ingenieros en las zonas hidrográficas que se juzgado conveniente, divisiones que tienen al mismo tiempo el carácter de inspectores y de Agencias para tramitación de los negocios. Para dar a este importante ramo todo el impulso que necesita fue estudiado por la Secretaría de Fomento, en unión de la de Hacienda, un nuevo impuesto que en forma indirecta proporcionará los fondos necesarios para sostener las inspecciones y para poder emprender las grandes obras de irrigación que se tienen proyectadas, expidiéndose una Ley para gravar el uso de las aguas federales, lo que se encontró enteramente justo y equitativo, desde el momento que la nación, propietaria las aguas, debe percibir una compensación en cambio del aumento producción y del valor que tienen los usuarios en sus fincas”. Como se observa, esta Dirección continuó con actividades que había iniciado el Gobierno de Porfirio Díaz, para concesionar las aguas del país e iniciar algún tipo de reglamentación. También es de mencionarse que fue Carranza el que emitió el proyecto de Ley de Aguas Propiedad Federal, para regularizar el uso de las aguas Federales y evitar el acaparamiento del recurso por empresas privadas. Posteriormente, Álvaro Obregón en 1921, creó la Dirección de Irrigación, haciendo más énfasis en la construcción de obras de riego.

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Sin embargo, por motivos presupuestarios, desapareció esta Dirección y sus funciones las desempeñó el Departamento de Reglamentación e Irrigación, de la Dirección de Aguas. Finalmente en 1926, el Presidente Plutarco Elías Calles publicó la Ley sobre Irrigación y Aguas Federales, con la cual se creó la Comisión Nacional de Irrigación, cuyas actividades fueron principalmente la construcción de obras, como lo definen con claridad sus primeros directivos. El 30 de agosto de 1934, el Presidente Abelardo L. Rodríguez, promulgó la Ley de Aguas de Propiedad Nacional, que en su capítulo IV, “Modificación de los Aprovechamientos y Reglamentación de Corrientes”, señala la necesidad de reglamentar las aguas de propiedad Nacional, definiendo prioridades en el uso de las aguas en el caso de escasez. En su artículo 79 de este capítulo, indica que la aplicación de los reglamentos se hará mediante Juntas de Aguas elegidas por los usuarios y que tendrán las obligaciones y facultades que señalen las disposiciones reglamentarias que dicte el Ejecutivo1. La reglamentación de esta Ley se elaboró hasta el mes de marzo de 1936, por el Presidente Lázaro Cárdenas del Río, el cual en su capítulo XIX “Reglamentación de los Aprovechamientos de Aguas de Propiedad Nacional”, define los procedimientos para la reglamentación de corrientes y depósitos. En el capítulo XX denominado “Juntas de Aguas”, en su artículo 219, define como se integrarán: “ARTÍCULO 219.- Las Juntas de Aguas serán nombradas por los usuarios autorizados por la Secretaria en el reglamento de la corriente e depósito de que se trate, o por sus representantes reunidos en una Asamblea General. Estarán formadas por uno o varios representantes a juicio de la Secretaria, de cada uno los grupos de usuarios que en seguida se mencionan. I.- En riego de terrenos ejidales; II.- Sistemas de riego de la Comisión Nacional de Irrigación;

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III.- Riego de terrenos de pequeños usuarios que formen pueblos, rancherías, comunidades, etc. IV.- Sociedades de usuarios; V. - Aprovechamientos para los servicios públicos y domésticos; VI.- Riego de terreno de propiedad privada, y VII.- Usos industriales y fuerza motriz.” Además, en el artículo 222, se indica: “Para la aplicación de los reglamentos de las corrientes, las Juntas de Agua funcionarán como Agentes del Ejecutivo, con las atribuciones siguientes: I.- Ordenar la distribución de las aguas, de conformidad con lo que dispone el Reglamento de la corriente; II.- Ejercer la policía y vigilancia de la corriente o depósito a que se refiere el reglamento y conservar y reparar las obras hidráulicas de uso común, sujetas a su jurisdicción, salvo el caso en que por acuerdo del Ejecutivo, Secretaría o la Comisión Nacional de Irrigación, tomen a su cargo la conservación, reparación y manejo de las mismas obrase III- Nombrar y remover al personal de empleados de la Junta, atento a lo dispuesto por el Código del Trabajo; IV.- Formular los Presupuestos de Ingresos y Egresos para la aplicación del reglamento de la corriente y para el mantenimiento y conservación de las obras públicas sujetas a su jurisdicción; V.- Recaudar y manejar los fondos con que los usuarios deban contribuir, de acuerdo con los presupuestos que apruebe la Secretaría; VI.- Informar a la Secretaría de su elección e instalación VII.- Someter a la consideración de los usuarios y de la Secretaría, para su aprobación, los Presupuestos de ingresos y egresos que formulen;

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VIII.- Informar mensualmente a la Secretaría sobre el movimiento de fondos; IX- Convocar oportunamente a los usuarios para la elección de nueva Junta de Aguas; X- Rendir los informes que pida la Secretaría directamente o por conducto de sus agentes, inspectores o empleados; y XI.- Las que en particular determinen los reglamentos de las corrientes.” Con esta Ley y su reglamento, se inició un importante capítulo de reglamentación de corrientes y formación de Juntas de Agua, así como la creación de Sociedades de Usuarios, también contempladas en la Ley y su reglamento; sin embargo, por limitaciones presupuestales y falta de personal el proceso fue muy lento en un principio; no obstante, es de mencionarse que en este proceso de formación de la Juntas de Agua, se aprovechó, que en varias corrientes, sus usuarios ya estaban más o menos organizados; principalmente en el Centro del país. No fue sino hasta que se creó la Secretaría de Recursos Hidráulicos en 1947, que se formó una Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos, con el Ingeniero Antonio Rodríguez Langoné como su Director, el cual ya había estado encargado, de los procesos previos de reglamentación, cuando ya dispuso de suficiente personal, para encargarse de la vigilancia de las zonas Federales, del registro de pozos, de creación de nuevas Juntas de Aguas, conforme avanzaba la reglamentación de corrientes, elaboración de concesiones y permisos y conservación de zonas Federales. La estructura de la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos se muestra en la figura 1.

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Figura 1. Hasta mediados de la década de los setenta, se habían organizado y estaban en operación, 236 Juntas de Aguas, una gran parte de las cuales se encontraban en el Centro y Norte del país. En 1971, se derogó la Ley de Aguas de Propiedad Nacional y su Reglamento y se expidió la Ley Federal de Aguas, la cual nunca fue reglamentada. En relación con la Regulación de corrientes y depósitos, en su artículo 158, se indica que en los perímetros de los Distritos de Riego, de Drenaje y Protección contra Inundaciones y Acuacultura y de las Unidades de Riego para el Desarrollo Rural, las disposiciones para la regulación y distribución del agua, no serán aplicables2. En su capítulo Segundo del Título Cuarto, Artículo 168, se hace referencia a las Juntas de Aguas, señalando que tendrán el carácter de organismos auxiliares de la Secretaría y se regirán por su reglamento que será aprobado por la mencionada dependencia.

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En 1976, la Secretaría de Recursos Hidráulicos desapareció y se creó la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, la cual conservó a la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos, la cual siguió organizando todavía algunas Juntas de Agua y actualizando los reglamentos, conforme la demanda de agua crecía. Así, en algunos estados como en Puebla y Colima, las Juntas de Aguas administraban superficies bajo riego, superiores a los Distritos de Riego y URDERALES. Además, se presentaron conflictos por el uso de agua entre distritos, unidades y juntas de agua, como en Delicias, donde la Junta de Aguas de las Labores Viejas, según el personal del Distrito de Riego 05, tomaba más agua que a la que tenían derecho. En 1985, en un proceso de reestructuración de la SARH, la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos, se unió a la Dirección General de Usos del Agua, para formar la Dirección General de Administración del Agua, la cual operó por poco tiempo debido al terremoto de 19853, cuando se perdieron muchos de los archivos y gran parte de su personal se dispersó o se retiró, quedando en suspenso las Juntas de Aguas, las cuales fueron ignoradas, cuando en 1989 se creó la Comisión Nacional del Agua.

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Juntas de agua

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NOTAS 1

N. de E.: La primera mención en la legislación de aguas sobre Juntas de Aguas corresponde al Reglamento de 1930 de la Ley de Aguas de Propiedad Nacional de 1929, donde se señala “la obligación de constituir una asociación de usuarios que nombre una Junta de Aguas que tenga a su cargo la aplicación del Reglamento ...” (art. 122), aunque también se utiliza la denominación Junta Directiva de la Asociación de Usuarios (art. 135, 138, 139). Hay reglamentos que indican la conformación de una organización de usuarios llamada Junta de Aguas anteriores a la legislación –en 1926 ya hay varios reglamentos implementados por juntas de aguas. 2

N. de E.: Las Juntas de Aguas y las URDERALES no eran lo mismo, ello se refleja también en la ubicación de unas y otras en el organigrama de la SRH y posteriormente SARH, como también indica el Dr. E. Palacios: las Unidades de Riego para el Desarrollo Rural, dependían en la SRH de la Dirección General de Operación de Unidades de Riego y luego de la creación de la SARH, de la Dirección General de Distritos y Unidades de Riego. Las Juntas de Aguas dependían de la Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos.

3

La Dirección General de Aprovechamientos Hidráulicos estuvo siempre en Reforma 69, hasta que el edificio fue afectado por el terremoto de 1985.

LOS ANTECEDENTES REGANTES, MÉXICO

DE

LAS

ORGANIZACIONES

DE

Jacinta Palerm

INTRODUCCIÓN En el caso de México, la continuidad entre organizaciones anteriores de regantes y las juntas de aguas o alguna otra organización por mandato está por investigarse sistemáticamente. En un primer momento, el impacto del reparto agrario con la transformación de la tenencia de la tierra y en el acceso al agua, parece implicar que no hay una continuidad en los usuarios del agua. Esto es, que en México no hay organizaciones de regantes de alcurnia (Palerm, 2003). Sin embargo, hay que reconsiderar o matizar esta afirmación, en primer lugar acuerdos, convenios y reglamentos del siglo XIX (comp. en Sandré y Sánchez, ms) provienen del Archivo Histórico del Agua y corresponden a los antecedentes que tenían a la mano los artífices de los reglamentos de las juntas de aguas; es posible que en los reglamentos se retomasen las antiguas prácticas no obstante el reparto agrario; la continuidad de las organizaciones puede ser más importante de lo que aparece, un caso notable es la recuperación de la Sentencia Peñafiel de 1635 por los regantes del Nexapa y su amplia circulación entre ellos; ver, además de los trabajos de Gómez Carpinteiro, el caso del Nexapa en Palerm y Martínez (2000). Otros ejemplos de continuidad son, por ejemplo, para el río Tejalpa (edo. de México), actualmente en buen funcionamiento (Aguirre, ms), el Ing. Ramírez Ulloa en 1925, señaló lo siguiente: “XXII.- No es necesaria la reglamentación de esta agua, debido a que los usuarios han implantado un sistema de tandeos que les evita todo conflicto (AHA, AS, C. 223, Exp. 5347, f. 43, referencia proporcionada por N. Aguirre).

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Aventuras con el agua

En el mismo sentido, la actual distribución del agua en Coeneo y Huaniqueo (Michoacán) se basa en lo que se emitió en su momento con el reparto agrario, distribuir el agua según los “usos y costumbres” (López Pacheco et al, 2008). En otros casos, de comunidades minifundistas, como la de Santa María del Río (San Luis Potosí) los nuevos reglamentos como junta de aguas se basaron en reglamentos anteriores (Fortanelli, 1997) y efectivamente se ha localizado uno de ellos --de 1899 (comp. en Sandré y Sánchez, ms). Para el análisis es necesario realizar estudios que abarquen plazos más largos, en lugar de acotarse al período mismo del relativo caos de reparto agrario. Adicionalmente, los conocimientos que tenemos de las organizaciones para el riego antes del siglo XX es bastante limitada, pero los estudios existentes señalan la ausencia de instituciones para la gestión del agua. Por ello se entiende que no había un comité o presidente electo por el conjunto de regantes, que no había personal empleado por el conjunto de regantes y que tampoco había una administración por el Estado (Lipsett-Rivera, 1999; Sánchez, 2001; Castañeda, 2004-a;; ver también Camacho, 1998, 2003; Salazar, 2000, 2007; Romero, ms). Por demás, hay que tener en cuenta que cada ciudad, cada hacienda, cada comunidad tenía sus autoridades para el agua; lo que no había en todo caso era una institución que los englobase (Palerm, 2002). LOS AYUNTAMIENTOS Los pueblos – villas – ciudades administraban “sus” aguas como corporación, y, aunque a su vez podían mercedarlas, quedaban en el ámbito de la corporación1. La autoridad de los Ayuntamientos sobre las aguas fue sobre aquellas mercedadas a la corporación y no sobre aquellas mercedadas a particulares (que podían ser condueños). Es decir, aparentemente se puede hacer una diferenciación entre la actuación del Ayuntamiento sobre “sus” aguas como corporación y actuación del Ayuntamiento como autoridad política2, en el caso de que la legislación estatal del siglo XIX les diese el mandato de supervisar la administración de las aguas mercedadas a particulares3.

Antecedentes de las organizaciones de regantes

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En la época colonial, se encuentra el caso de “Ordenanzas de aguas en el término de la villa de Salamanca (1610)” (compiladas por Solano, 1984, 306-308)4, propuestas por el Cabildo y confirmadas por el virrey Marqués de Salinas en 1611, son muy interesantes, pero no sabemos si típicas. Las ordenanzas señalan, entre otras cosas, “6. Que se nombre un vigilante o juez de aguas que la reparta y atienda a las incidencias de las acequias (...) Item, ordenaron que para lo arriba contenido en las ordenanzas se guarden y cumplan en este dicho cabildo pueda nombrar una persona, o mas si fuere menester, a costa de dichos labradores “ En cuanto al siglo XIX, otros casos de administración de aguas centrada en villas o ciudades, además de aquellas compiladas en Sandré y Sánchez (ms), son, por ejemplo la de Valle de Juárez. En el siglo XIX se reporta un alcalde de aguas y, a principios del siglo XX, había unas 7,000 ha de riego, sin embargo antes de 1870 se refiere que había unas 25,000 ha. de riego (Arteaga, 1931; Sisneros y Macías González, 2000; Aboites y Estrada, 2004; Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007). Finalmente, para Sonora, el “Reglamento económico para la distribución y conservación de las aguas en los pueblos de Sonora, 1843” (compilado en Aboites et al, 2000) señala que “Los reglamentos de Seris, Hermosillo y demás lugares donde los haya, quedan derogados por el presente ...” Es a fines del siglo XIX, con la desamortización, y principios del siglo XX, con la federalización de las aguas, que se separa la administración del agua de los ayuntamientos. Por ejemplo para Oaxaca hay un acuerdo entre usuarios de 1933 en que se señala que habiendo sido declaradas federales las aguas ya no están sujetas al reglamento del ayuntamiento y por lo tanto los interesados proceden a elaborar un acuerdo de manejo del agua (Acuerdo en Palerm, coord.). Un proceso similar describe Henao (1980) de liberación de los regantes de la autoridad de los ayuntamientos en comunidades indígenas del valle de Tehuacán. SISTEMAS INTERCOMUNALES

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Sin embargo, hay una ausencia de instituciones cuando se trata de particulares que comparten una obra común y cuando se trata de particulares – comunidades –ciudades que comparten una obra común o a veces sólo el agua. Cabe acotar que no siempre es posible distinguir entre un sistema de riego y la coordinación entre sistemas para distribuir el agua del río, sin embargo en varios casos se señala expresamente infraestructura compartida (canales y presas). En la descripción de Sánchez (2001) cada hacienda mandaba a sus propios empleados a cuidar el agua y a realizar el mantenimiento y los arreglos entre usuarios del mismo sistema de riego parecen haber sido informales. Lipsett-Rivera (1999) describe cómo las comunidades además de ir a pleito legal, destruían construcción de nueva infraestructura y hacían alborotos y tumultos. Algo similar describe Romero (ms). Época colonial. El estado como árbitro, repartimientos En la interacción entre comunidades, haciendas y ciudades sabemos, en todo caso, que había recurso al aparato gubernamental. En primer lugar, las aguas debían ser mercedadas o, lo que es lo mismo, concesionadas; por otro las disputas iban a juicio. El Juzgado Privativo de Aguas, según Wobeser (1993), era autoridad en asuntos de agua. Con el amable apoyo de la Dra. Linda Arnold, entiendo que en Nueva España el Juzgado de Tierras y Aguas dependía de la Real Audiencia. Los archivos se encuentran, para el centro de México, en el AGN, aparentemente en el ramo de “Tierras”, aunque los del estado de México se extrajeron por el siglo XIX5 y están en una bodega en Toluca; los de Chiapas, están en Guatemala –ya que tenía aquella región su propia Audiencia-- y cuenta con un índice6. Los del norte, están en el Archivo de la Audiencia de Guadalajara, biblioteca estatal de Jalisco, Guadalajara centro. Aparentemente el Juzgado Privativo de Tierras y Aguas data de 1692 y según una cédula de 1715 sus funciones son llevar la dirección de las “tierras, sitios, aguas y lo demás que pertenezca en estas indias al real patrimonio y se posea sin titulo o justa causa, o con vicio, defecto o nulidad; o que haya habido ocupación o usurpación; procediendo a la restitución de todo, componiendo e indultando a los poseedores las cantidades

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proporcionadas ... dándoles los títulos correspondientes ...” (Solano, 1984: 60, 67, 68). Aunque Solano lo llama Juzgado Privativo de Tierras, sin las aguas. En la época colonial, antes y después de la creación del Juzgado Privativo de Tierras y Aguas, una respuesta al conflicto era realizar un repartimiento. Un repartimiento es una descripción de un cuadro o tabla de distribución de las aguas señalando cantidades y tandas (Castañeda, 2001, 2004-b) y son muy parecidos a los cuadros de distribución de los reglamentos del siglo XX. Hasta ahora, en los repartimientos, salvo en la Sentencia Peñafiel para el río Nexapa--y para el río Cotzala (Mazabel, 2001, 2007), aparentemente no hay mención de autoridades o personal para el manejo del espacio hidráulico. Para el mismo lugar en que para 1808 Lipsett-Rivera señala la primera aparición de una institución con la solicitud de nombramiento de guarda aguas por el Ingenio de San Nicolás en Izúcar, existe un antecedente en la llamada Sentencia Peñafiel de 1635. En el texto de la Sentencia se indica la elección y pago de personal, “... y por que conviene que halla persona particular de toda entereza en tiempo de seca desde quince de Diciembre hasta ocho de Mayo de cada un año, cuide de que no se cierren ni tapen los templadores ni se hagan fraudes en el uso de las aguas, ordeno y mando que el primer día del año, se junten en Izúcar, un interesado de cada una asequia para lo cual los de San Juan Cuiculco, Tlaxco y Tlatetla, donde hay munchos, señalaran el que quisieren y estos harán elesión de un hombre de satisfacción para que por todo aquel año guarde las cajas y datas, trayendo armas ofensivas y defensivas el cual se le señalan por su ocupación y trabajos dos pesos de oro común de sueldo a cada un día los cuales le tienen de pagar y satisfacer los interesados españoles prorrata según las cantidades de surcos de agua que tuvieran y gosaren, y el que se nombrare ha de dar fianza de usar bien y fielmente su oficio (...) y esta elesion se haga en el que tuviere mas votos con intervención del escribano de Izúcar o de otro cualquier real en acabandose de

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oir la misa mayor. Y si faltaren algunos certificando los que son y de que asequias se prosiga con los demas que se hallaren presentes y el nombramiento sea tan válido como si todos asistiesen ...” En el río Cotzala, también el Puebla, el 13 de febrero de en 1697 se nombra a Francisco de Torres Bueno como el primer guarda aguas del Valle de Texmelucan7. Según señala Mazabel (2001), “Con base en las diligencias y testimonio presentado por Joseph de Ledesma, los señores presidente y oidores de la Real Audiencia declararon que “... mandaban y mandaron se saque a Marcos Limón dueño de la hacienda de Contla, Francisco Barojas, Juan Ramíres, don Ygnasio de Figueroa, Bartolomé Lucas, Thomás Pabón y al mayordomo de el licenciado don Francisco Xavier prebendado de la santa iglesia de la Puebla a cien pesos a cada uno en que moderaban y moderaron la pena impuesta por el dicho doctor don Frutos Delgado por el exceso de el uso de las aguas de los dichos ríos de Santa Elena y Cuezala y debajo de las penas impuestas por dicho doctor don Frutos Delgado que se sacarán irremisiblemente al que contraviniere mandaban y mandaron guarden y cumplan el repartimiento fecho por el susodicho sin exceder en manera alguna y asimismo demuelan debajo de la pena impuesta los jagüeyes y no permitan sacar agua a los pegujaleros ni a los que no tienen título ni repartimiento de ellas y se nombre guarda con salario de dos pesos cada día por los interesados y no habiendolo lo nombre la justicia para que cuide que ninguno lleve más agua de la que les está asignada y para todo se despache recaudo que se pregone en dicha provincia cometido a la justicia de ella y los susodichos satisfagan los salarios de el receptor y costas lo cual se guarde cumpla y ejecute sin embargo de suplicación y de la calidad del sin embargo y así lo proveyeron y mandaron.8 Sin embargo, en otros estudios de la administración del agua en este período, aunque se señala que se ordena en 1593 para Tepoztlán y en 1669 para Ajalpan el nombramiento de encargados del agua por las

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comunidades (topiles), son de las comunidades y no del conjunto de regantes (Salazar, 2000, 2008 y Convenio de distribución de las aguas del río de Tepotzotlán, 1593 compilado en Sandré y Sánchez, ms). En otros casos, de repartimiento, no se menciona que hubiese nombramiento de guardias o alguna otra actividad colectiva (Camacho, 1998, 2003). Época colonial. Acuerdos Otro mecanismo importante para la administración del agua, fueron los acuerdos; ya sea de arreglos mutuamente convenidos entre las partes o como resultado de juicios. En el estudio que realizó Castañeda (2005) para el agua de la Media Luna en San Luis Potosí, encontraron acuerdos entre las partes (hacienda y villa), en uno de los acuerdos, de 1791, por demás aprobado el 28 de noviembre de 1791 por auto de la Real Audiencia de México, se señala que “Cualquier duda que resultara entre la villa y la hacienda se habría de arreglar amistosamente nombrando amigables jueces componedores.” Nuevamente hay ausencia de autoridades y de personal para el conjunto del espacio hidráulico. El siglo XIX. Acuerdos Para el siglo XIX tampoco hay datos que indiquen instituciones para la administración del agua en casos donde interactúan haciendas, comunidades y villas9. Por ejemplo para Izúcar de Matamoros, que quedaba incluido en la Sentencia Peñafiel; a fines del XIX había en los barrios de Izúcar “presidentes” o “principales” de agua, y la Jefatura Política de Izúcar tenía dentro de sus funciones una regiduría para atender asuntos sobre el agua: “Regidor comisionado de aguas”, sin embargo, autoridades y personal para la administración del conjunto del espacio hidráulico están ausentes (Gómez Carpinteiro, 2003, 2005, 2005). Lo que si parecen encontrarse son acuerdos, por ejemplo el “Convenio sobre aguas celebrado entre los vecinos del pueblo de Ahuehuetzingo y el dueño de la hacienda de Atencingo, 1873” (Archivo General de Notarias-Puebla, Izúcar de Matamoros, Libro de Protocolo, 1873, Foja 24, documento proporcionado por F. Gómez Carpinteiro). Para Parras

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(Coahuila) existe un acuerdo entre hacendados para el uso del agua, de 1899: el “Contrato de la Consolidación de Aguas ...” El reglamento de 1898 para la Media Luna consiste en los mismos tipos de arreglos que ya se mencionaron para la época colonial, cada una de las partes (hacienda y villas) envía a sus empleados a cuidar la toma y vigilar el paso del agua con algunas especificaciones de a quién le toca el mantenimiento de qué, así como garantías para el libre paso con el fin de verificar la exactitud de las tomas (Castañeda, 2005). Acuerdo similar a otro, entre ayuntamientos del estado de Oaxaca, de 1928, para las aguas del río San Agustín (Reglamento y Convenio en Palerm, coord., 2005). Igualmente, en los documentos compilados en Sandré y Sánchez (ms) hay reglamentos de municipios donde es frecuente la referencia a acuerdos u otros arreglos entre usuarios, o son documentos que refieren acuerdos entre usuarios y añaden también referencia a otros acuerdos con otros usuarios. Se refieren a distribución de agua, a limpia de canales y a construcción de presas. Cabe insistir, en ninguna de ellos se señala personal común o un comité en común10. A este tipo de gobierno del agua, se le puede denominar horizontal, la administración de la infraestructura y del agua no está centralizada en un comité (Palerm, 2004). INSTITUCIONES DE REGANTES No obstante la aparente ausencia de instituciones de regantes, para Chihuahua se han ubicado algunos reglamentos de fines del siglo XIX y principios del siglo XX, de agricultores minifundistas, que indican elección de autoridades, la autoridad (el aguador) es simultáneamente el administrador del sistema; se establecen las fatigas para el mantenimiento del sistema y se indica con detalle la hora de llegar y las herramientas. (Reglamentos en Palerm, coord., 2005). Otro caso a destacar es el de los labradores de Valle de Santiago, en el documento “Formación de la Asociación de usuarios del río Lerma y laguna de Yuriria (Laborío del Valle), Valle de Santiago, 15 de junio de 1932”, en lo que después fue el Distrito de Riego 011 Alto Lerma (Santos, coord., 2006) que inicia con el señalamiento: “El Laborío del Valle existe por necesidad natural desde el año de 1606, en que se hizo el reparto de sus tierras y se abrió la

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toma en el Río Lerma; irrigándose desde entonces los terrenos que pueden recibir el beneficio por gravedad, y cooperan en los gastos proporcionalmente (...) A partir de la fecha citada, quedó establecida de hecho la sociedad, sin otra formalidad que la de usar de mayor o menor cantidad de liquido, de acuerdo con la superficie irrigable que cada uno poseía, y fue así como primordialmente se adquirieron los derechos.” Efectivamente se encuentran ordenanzas, acuerdos y reglamentos aparentemente sobre este sistema de 1611, 1780 y 1850 (comp. en Sandré y Sánchez, ms), y –salvo en el documento más antiguo—se refieren a acuerdos establecidos por los mismos labradores. En la legislación estatal del siglo XIX, para algunos estados hay mención del caso de copropietarios y la legislación apunta a la elección por los mismos regantes de autoridades del agua11. ¿AUSENCIA DE INSTITUCIONES? Es singularmente extraño la ausencia de instituciones o cuando menos de algún tipo de organización en la interacción entre haciendas, villas y comunidades, aunque fuese para establecer qué día hacer las limpias. Castañeda (2004-a), quien también anota la ausencia de instituciones; en un estudio de caso para el siglo XIX, sugiere que algún tipo de acuerdos se debían realizar entre los usuarios y reúne algunas evidencias de referencias a reuniones, concretamente para ponerse de acuerdo para las limpias del cauce. “Con todo, una cuestión que me parece pertinente señalar es que los ribereños aparentemente realizaban juntas a menudo, lo que indica un intercambio de información con respecto a diversos temas que tenían que ver con la distribución del agua. Estas reuniones partían de la iniciativa de los propios ribereños, pero no dispongo de información que abunde sobre los mecanismos de convocatoria, quién o quiénes realizaban los citatorios (...) “Seguramente entre los temas que se tocaban en esas reuniones se encontraba el de la limpieza del río. (....) [el] escrito versa sobre el conflicto que sostenían los pueblos ubicados en la parte alta del río con los hacendados, propietarios de molinos y de

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fábricas textiles, precisamente porque los primeros se negaban a permitir que los segundos incluyeran en la limpia del río a los manantiales, en los cuales los pueblos tenían establecidas presas para el riego de sus terrenos. Uno de los puntos que más les causaba molestia a los vecinos de los pueblos era que el encargado de vigilar este trabajo, Jesús Peña, trabajador de la fábrica La Carolina, “usaba malas maneras” con ellos. Por ese motivo los vecinos solicitaban que la limpia se hiciera bajo la dirección de Cornelio Aguilar, propietario de los ranchos de Cotzala y Gamboa. (...) Esto es, había un encargado de dirigir esta actividad. Probablemente en las juntas se determinaba quién habría de hacerse cargo ...” (Castañeda, 2004-a). Es posible que la ausencia de instituciones, aunque fuesen no oficiales, se deba más a la ausencia de datos. Las apreciaciones en la revista Irrigación en México sobre las agrupaciones de regantes son significativas, “... las agrupaciones de regantes no son nuevas en nuestro país. En el período colonial fueron importadas de España, que tiene regiones con rasgos geográficos muy semejantes a los nuestros. En los valles de la mesa central, en la cuenca del Atoyac, en los oasis de la frontera, perduran en todo su vigor y eficacia las formas de reglamentación y prácticas de regadío hace dos o tres siglos. “Nuestra legislación reciente ya ha reconocido el principio de las asociaciones: (...) la de Aguas ... declarando obligatoria en ciertos casos la constitución de esas agrupaciones y dándoles personalidad jurídica.” (Sección Editorial, 1930) “Las principales obras --decíamos en otra ocasión-- que utilizan en riego las aguas de los ríos Lerma, Atoyac y sus afluentes datan de esa época; y aun perduran ahí en todo su vigor los antiguos sistemas de repartimiento de las aguas entre los pueblos, congregaciones e individuos mercedados, notables por sus cualidades de equidad y eficacia, difíciles de alcanzar con los métodos modernos de distribución. Aquellos sistemas tienen, además frecuentemente la característica de una organización

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comunal que pone exclusivamente en manos de los regentes la administración de las obras y de las aguas, lo que supone la existencia de una asociación entre esos regentes, funcionando en forma semejante a las que desde hace siglos operan con gran éxito en el sur de España como tipos de las organizaciones de riego más perfectas. “El principio comunal en que descansan numerosos aprovechamientos de aguas para riego creados en la época colonial complementa la política agraria de Nueva España, más atinada en muchos respectos que la que ha imperado durante nuestra vida independiente, y desde luego más paternal y cuidadosa con las agrupaciones indígenas y los pequeños terratenientes”. (Herrera y Lasso, 1930). APRECIACIONES FINALES La investigación sistemática sobre la administración del agua en la época colonial y en siglo XIX en México está por hacerse. No basta con afirmar que la administración era seguramente local y que, nuevamente, se prueba lo erróneo de la hipótesis hidráulica. Adicionalmente el contraste con otras regiones del Imperio Español, indica que la situación novohispana y del México decimonónico era distinta, lo que habría que explicar (Palerm, 2004). O, en su caso, encontrar la evidencia de existencia de instituciones que abarcasen comunidades, haciendas y ciudades. NOTAS 1

Algunos ejemplos de cómo se expresa que el Ayuntamiento administra “sus” aguas (casos tomados de documentos compilados en Sandré y Sánchez, ms y Convenio, 1873). Atlacomulco (1884) “Art. 1 Los vecinos del pueblo de Atlacomulco que hacen uso del agua de las fuentes, como elemento de regadío se clasificaran de la manera siguiente: Privilegiados, los que riegan sin indemnización alguna a quienes se les da el título respectivo y Arrendatarios; los que paguen las cuotas correspondientes sujetándose ambos a las bases del reglamento. (...)

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Art. 11 El ayuntamiento en ningún caso podrá vender derechos de agua pues considera que de hacerlo se perjudicarán las personas que llevan el nombre de privilegiados, en consecuencia estipula este mismo ayuntamiento que en lo sucesivo no habrá mayor número de lotes que disfruten del agua sin retribución que en lo que en la actualidad la tienen y que no se le hará reforma alguna a este reglamento en lo sustancial.” Ixtapan de la Sal (1877) “Art. 1º. El hagua de barranca Honda y Puentesillas asi como el acueducto por onde ésta se condujo á la población en sola propiedad del pueblo de Ixtapan.” Villa de Múzquiz (1895) “Núm. 3.- En la Villa de Múzquiz, a los diez días del mes de Abril de mil ochocientos noventa y cinco, ante mí el C. Rafael Garza, Juez 1º Local de la misma, y testigos instrumentales que se expresarán a mas de los de mi asistencia con quienes actuó conforme a la ley, por falta de escribano Público, comparecieron de una parte el C. Francisco Vidaurri, como Síndico del Ayuntamiento de esta misma Villa, representando los intereses del Municipio, según la nota del Presidente Municipal fecha de hoy ...” Ahuehuetzingo (1873) “... los comparentes la Junta Municipal de Ahuehuetzingo, por sí y en nombre y representación de todos los vecinos y propietarios de terrenos de regadío de su pueblo, previa junta general que para el efecto han tenido con los mismos vecinos y propietarios ...” Atitalaquia (1896) “ ... éstos, es decir los dueños del agua que antes correspondía al pueblo de Atitalaquia, se dirigieron a la Asamblea Municipal, pidiéndole les dejase como en derecho corresponde, la libre disposición y manejo de las aguas, que eran de propiedad privada é individual, desde el momento en que los terrenos en que se empleaba habían sido adjudicados como de riego: que la Asamblea Municipal por acuerdo de diez y nueve de Julio de mil ochocientos ochenta y dos, accedió a esa solicitud, dejando que el reparto y cuidado de las aguas se hiziese por los comparentes ... El agua del río Salado de que antes era dueño el pueblo de Atitalaquia ... ... que en virtud de las leyes de desamortización de bienes de Corporaciones, los terrenos que poseía el pueblo de Atitalaquia fueron adjudicados a los vecinos de él ...” Río Verde (1893) “Art. 1º. Las aguas procedentes de la Media Luna existentes en la hacienda del Jabalí y que sirven desde tiempo inmemorial para los regadíos de solares de esta ciudad y terrenos que la circundan son de la propiedad pública y por tanto ese derecho lo detenta legítimamente el ayuntamiento sin perjuicio de los que en particular conceden las leyes a los dueños de los predios ...

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Art. 2º. En virtud del derecho expresado, en la autoridad municipal residen únicamente la facultad de distribuir las aguas para los riegos, de limpiar los acueductos y de mandar construir las obras necesarias para el mayor beneficio público.” Río Verde y Cd. Fernández (1898) “Art. 29.- El reparto que, de las aguas que les correspondan, hagan los Municipios de Rioverde y Ciudad Fernández, entre sus vecinos, ... sin que ningún caso el agua pase a ser por ningún título propiedad particular; y en consecuencia, cuando, por el aumento de población, la utilidad pública exigiere para los usos domésticos mayor cantidad de agua que la destinada para ellos ... se tomará la demas que fuere necesaria ... de la que conforme ... corresponda a los Municipios respectivos y se emplee en usos agrícolas e industriales.” 2

Ferri (1997: 82-82) distingue entre agua gubernativa y agua propietaria administrada por los Ayuntamientos. Siendo el agua gubernativa cuando es de la corporación y el agua propietaria cuando es de particulares. 3

Ley de aguas del estado de Guerrero, 1898 (comp. en Sandré y Sánchez, ms). “Art. 12. Cuando varios individuos particulares sean copropietarios de un curso ó depósito de agua y no proceda en derecho la acción comuni dividusido, ni se pongan de acuerdo para consignar su escritura pública la forma en que deben usar del agua común, la distribución de gastos de conservación y vigilancia y el nombramiento de un representante común para defender los derechos de los comuneros, el Ayuntamiento del lugar respectivo, á petición de cualquiera de los comuneros, convocará á éstos á una junta de avenencia á afecto de que, de acuerdo con la mayoría de ellos, se reglamente el uso y aprovechamiento de las aguas de que se trata, así como el reparto de los gastos que demanden su conservación y vigilancia.”

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En la versión comp. en Sandré y Sánchez, ms, tomada del Boletín del Archivo General de la Nación. Tomo VI, Año 1935, pp. 713-721, la redacción difiere y no aparece el término juez de aguas.

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“1833, 1732, LUGAR: México - Expediente sobre la orden del gobierno para que se le franqueen al licenciado Arrillaga los archivos de los Tribunales y Juzgados a fin de que separe del extinguido Juzgado de Tierras y Aguas los papeles pertenecientes al Estado de México” En Archivo Histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Serie: Asuntos Ecónomicos, 1636-1940 http://www.history.vt.edu/Arnold/AGN%20SCJN/AE/AE2%201824.htm 6

Índice General del archivo del extinguido Juzgado Privativo de Tierras depositado en la Escribanía de Cámara del Supremo Gobierno de la República de Guatemala. Centro de Investigación y Estudios Superiores en Antropología Social -CIESAS Centro de Estudios Mexicanos y Centro-Americanos - CEMCA 1991, Coordinador

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Gustavo Palma http://www.cemca.org.mx/affich_publication.php?id=134

Murga,

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“Nombramiento de guarda aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (13 feb. 1697)”. AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 227v.-228, citado en Mazabel (2001). 8

“Mandamiento de los señores presidente y oidores de la Real Audiencia sobre las aguas de los ríos Cotzala y Santa Elena (24 ene. 1697)”. AGNM, Tierras, vol. 116, exp. 1, ff. 212-213, citado en Mazabel (2001). 9

Existe una amplia bibliografía sobre Nuevo México, pero las acequias novomexicanas son muy pequeñas, actualmente las más grandes tienen 300 ha. con 150 miembros, la típica tiene de 50 a 100 ha. y de 25 a 50 regantes (Palerm, 2001). No se aborda, por lo tanto, el aspecto de las interacciones comunidades, haciendas y ciudades, típicas del centro de México. Se asemejan en todo caso a los reglamentos de finales del siglo XIX de agricultores minifundistas de Chihuahua.

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Algunos ejemplos de acuerdos (casos tomados de documentos compilados en Sandré y Sánchez, ms y Convenio, 1873), Atlacomulco (1884) “Art. 12 En los casos de escasez de agua tanto el Rancho de Tictí como el de La Venta y los privilegiados de esta población se sujetarán a dar medios riegos conforme a la escritura de transacción otorgada en tal fecha.” Cd. de Cadereyta (1918) “Art. 1º- De acuerdo con los Accionistas de la Hda. De Rodríguez, a fines de enero o principio de febrero de cada año, se tumbará el agua en la Presa para la limpia general de la Acequia. Art. 2º.- La limpia general de la acéquia común, se hará por el Municipio por mitad con la Hda. De Rodríguez.” Bases acordadas por los Ayuntamientos reunidos de Tenango y Nogales (1888), de por si es un acuerdo entre comunidades, pero además hay otros usuarios que sólo se mencionan, el seguimiento del reglamento entre los dos Ayuntamientos queda “bajo la inspección inmediata del Ayuntamiento respectivo” “PRIMERA.- Los vecinos del Municipio de Nogales tienen derecho á tomar el agua del punto llamado “Jicotepec” para el riego de sus terrenos desde las siete de la noche de los días lúnes de cada semana hasta las seis de la mañana de los días jueves.SEGUNDA.- Los vecinos del Municipio de Tenango tienen derecho de usar del agua todos los demás días de la semana á excepción de los lunes que corresponden al rancho de San Buenaventura (...) QUINTA.- Quedan obligados los vecinos de ambos municipios á formar mancomunadamente en unión de los de Huiloapan, la presa que es costumbre establecer en el lugar donde se toma el agua en la primera quincena de enero de cada año ...”

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Socavón de la mina de San Juan, Villa de Múzquiz, Coahuila (1895), el acuerdo se realiza entre: las autoridades municipales representando los intereses del Municipio en el vertiente llamado del pueblo el dueño del vertiente de La Misión el dueño de los vertientes de San Pedro y Zamora los accionistas de las comunidades en agua de los vertientes de San Antonio el Pobre, San José, San Miguel y Santa Ana el Dr Johnson, dueño de la mina Río Verde (1901) “Art. 22. Las aguas sobrantes que después de conducirse para los usos individuales, agrícolas e industriales, de conformidad con las fracciones III y IV del art. 22 y los arts. 24 y 29 de dicha reglamentación se dejarán se dejarán para que los aprovechen la hacienda de San Isidro en el sentido que se determina en el contrato escriturado el 23 de junio de 1860 y después de llenar por el ayuntamiento las necesidades habidas y por haber de esta población pasarán a ser aprovechadas por la hacienda de San Isidro.” río Salado (1872) “Reglamento. Señores Jueces árbitros= Los suscritos, representante el primero, de los pueblos de Atitalaquia, San Pedro Telaxcoapan y San Francisco Tlahuelulilpa; y abogado patrono el segundo del Señor Don F. Cuevas, representante de la casa C. V. de Yturbe é hijos, dueña de la Hacienda de Tlahuelilpa, tienen la honra de presentar á Vs. El reglamento que, de común acuerdo, han formulado para que á él se ajuste el uso de las aguas del río Salado entre esos pueblos y esa Hacienda ... Segunda.- La propiedad y posesión de las aguas de avenida ó torrenciales, que bajan por ese mismo río, han correspondido y corresponden, en la extensión y cuantía en que las han aprovechado, al pueblo de Atitalaquia y la Hacienda de Tlahuelilpa; y como las aprovecharán, al pueblo del mismo nombre y al de San Pedro Tlaxcoapan por la nueva toma de que se hablará después sin otra excepción que la de las aguas de esa clase que por derecho deban disfrutar la hacienda de San Miguel Chingún, y el pueblo de Doxey, conforme a sus títulos y según la validéz que estos tengan, sobre lo que no se hace declaración ni calificación alguna.= ... los mencionados pueblos de Atitalaquia, San Pedro Tlaxcoapan, San Francisco Tlahuelilpa, usarán del derecho que se consigna en la primera parte de la cláusula que precede, en el aprovechamiento de las aguas mansas, por turnos de ocho horas al día cada uno, como lo tienen establecido.=” río Salado (1896), a propósito de la formación de una Sociedad Agrícola, entre los individuos que tienen aguas que fueron del pueblo de Atitalaquia, se refieren a otros acuerdos con usuarios comunes “Vigésima quinta. Los gastos de reparación de la presa, se harán como hasta aquí de la manera siguiente. Primera, Una tercera parte corresponde á la

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Hacienda de Chingú. Segundo. Una tercera a los vecinos del pueblo de Doxey. Tercero. Una tercera parte á los vecinos de Atitalaquia, la cual se distribuirá de la manera siguiente: (...) Vigésima sexta. La limpia de la sanja del Dendo, se hará por terceras partes de la manera siguiente: Primera, Una tercera parte corresponde á la Hacienda de Chingú. Segundo. Una tercera parte á los vecinos del pueblo de Doxey. Tercero. Una tercera parte á los interesados en la Vega del Dendo, haciendo cada uno lo que le corresponda á la superficie de terreno de sembradura que riegue, con excepción del terreno de la Comunidad que conforme á sus títulos está exceptuada de ésta obligación.” Convenio, 1873 “Primero: El pueblo de Ahuehuetzingo concede a la hacienda de Atencingo el derecho a poner una presa en el río de Matamoros a unas doscientas varas, poco más o menos abajo del puente de Chietla, por lo cual podrá tomar hasta veinte y cuatro surcos de agua que son los que han calculado y se considera han estado tomando de la acequia del pueblo para regar el campo de San Miguel, según derecho que tenían por la conseción antes mencionada ... ... Atencingo a su vez queda relevado de contribuir anualmente, como lo ha hecho hasta aquí, con veintiséis pesos en plata, cuatro panes de azúcar y ocho arrobas de miel para la limpia de la acequia del pueblo y solo por el presente año hará por última vez esa exhibición en atención al uso que hará todavía de la acequia hasta la conclusión de las obras mencionadas ... Estos convenios derogan y anulan los anteriores y antiguos que fueron pactados entre Atencingo y Ahuehuetzingo en todo aquello que se opongan o sean contrarios a los presentes de fecha de hoy ...” 11 En la legislación de los estados del siglo XIX (comp. en Sandré y Sánchez, ms), en su mayor parte se refiere al caso de administración por los Ayuntamientos, pero hay diversas menciones del caso de copropietarios particulares. Reglamento económico para la distribución y conservación de las aguas en los pueblos de Sonora, 7 de abril de 1843. En este caso, como señala el primer artículo, las aguas de una misma comunidad tiene a propietarios comunes, particulares o posesiones legales; incluso se menciona “Artículo 35. Los indígenas que en comunidad posean algunas tomas de agua nombrarán de entre ellos mismos el comisionado que ha de distribuir el riego de sus heredades, conforme se previene en este reglamento; mas si estuvieren mancomunados en aquellas con los mismos vecinos, tienen el derecho de votar y ser votado en el nombramiento de comisionado para el reparto de aguas”; ello parece llevar a la constitución de instituciones de regantes. “Artículo 1. El beneficio de las aguas para regar las tierras labrantías de los pueblos, corresponde a todos los que estén dentro de sus fundos legales, o ejidos, ya sean propietarios comunes, particulares o posesiones legales. (...) Artículo 17. Todos los pueblos del departamento que tengan tierras de panllevar con presas de comunidad, y que necesiten de encargados para la

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distribución de los ríos, harán elección de comisionados de agua ante la primera autoridad local. Artículo 18. Por cada presa de comunicad se nombrará a un comisionado y será pagado su trabajo a expensas de los labradores a quienes va a servir. Las autoridades, de acuerdo con dichos labradores, designarán la cuota con que cada uno deba contribuir, y si ella ha de ser en dinero u otra especie. Artículo 19. Las autoridades que juzguen de más influencia al engrandecimiento de la agricultura [deberán] reducir a un solo comisionado el gobierno de dos o más presas de comunidad; podrán hacerlo siempre que estén dentro de los ejidos del pueblo, y cuando no esté en contradicción la mayor parte de los labradores, pero en ese caso deberá disfrutar ese comisionado una dotación proporcionada a la recompensa que merezcan sus trabajos. Artículo 20. Para cumplimiento de lo que dispone el artículo 17, todos los años el día primero de enero, se reunirán los labradores que se beneficien con tomas de aguas de comunidad, en las consistoriales de cada pueblo o en el lugar que sea costumbre y ante el primer alcalde o juez de paz harán elección de los comisionados para el reparto de aguas.” Ley de aguas para el estado de Sonora, 1933 “Articulo 1.- El beneficio de las aguas para regar las tierras de agricultura de los Municipios, correspondientes a todos los que están dentro de su jurisdicción, ya sean propiedades comunales, particulares o posesiones legales. (...) Articulo 19.- La elección de Comisionados de Aguas se hará ante la Autoridad Política del lugar, por los agricultores que pertenezcan a la Comunidad, que usen el agua y paguen los gastos, siempre cuando tengan cuando menos seis meses de estar cultivando un predio. El voto será personal y la elección se hará por mayoría entre los que concurran a la junta. Articulo 20.- Cada año, con quince días de anticipación cuando menos, los Ayuntamientos y Comisarías de policía, por conducto de los Comisionados de Aguas convocarán a los Comuneros de su jurisdicciones que tengan cuando menos seis meses de cultivar sus terrenos a una junta que deberá verificarse el 15 del mes de enero, en la cual se procederá a la designación de nuevos Comisionados que concurran cuando menos la mitad más uno de los Comuneros.” Ley reglamentaria sobre propiedad y aprovechamiento de aguas, Guerrero, 1898 “Art. 12. Cuando varios individuos particulares sean copropietarios de un curso ó depósito de agua y no proceda en derecho la acción comuni dividusido, ni se pongan de acuerdo para consignar su escritura pública la forma en que deben usar del agua común, la distribución de gastos de conservación y vigilancia y el nombramiento de un representante común para defender los derechos de los comuneros, el Ayuntamiento del lugar

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respectivo, á petición de cualquiera de los comuneros, convocará á éstos á una junta de avenencia á afecto de que, de acuerdo con la mayoría de ellos, se reglamente el uso y aprovechamiento de las aguas de que se trata, así como el reparto de los gastos que demanden su conservación y vigilancia.” Ley sobre el uso y aprovechamiento de aguas en el Estado de Michoacán, 1906 “Artículo 163. Cuando varios particulares sean copropietarios de un curso ó depósito de agua, y no proceda en derecho la acción comun dividundo, ni se pongan de acuerdo en la manera de hacer uso del agua común, la autoridad administrativa, oyendo á los interesados, expedirá los reglamentos á que hayan de sujetarse al hacer uso de sus derechos. Artículo 164. Cuando una zona en la que haya varias presas que se acostumbran abrir en determinadas épocas, esté en tal situación geográfica que la corriente natural de las aguas haga que éstas tomen un cauce común, el Ejecutivo, también con audiencia de los interesados, expedirá los reglamentos respectivos para que no se haga simultáneamente el desagüe de las presas con perjuicio de los propietarios inferiores.” Ley sobre el uso y aprovechamientos de las aguas del Estado, Oaxaca, 1905 “Art. 131. Queda facultado el gobierno para establecer comunidades de regantes con sus sindicatos y jurados respectivos, si lo juzgare conveniente, en vista de las concesiones que hiciere ó aprobare de aprovechamiento colectivo de aguas pública para riego.”

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LA ADMINISTRACIÓN DEL AGUA PARA RIEGO EN EL IMPERIO ESPAÑOL, DESDE LOS JUECES DE AGUA COLONIALES HASTA LA ADMINISTRACIÓN EN EL SIGLO XX Jacinta Palerm

INTRODUCCION La aparente ausencia de instituciones para la gestión del agua durante la colonia y el siglo XIX en México, nos llevó a realizar un análisis comparativo con otras regiones del Imperio Español para determinar si existía la misma ausencia de instituciones. En la exploración encontramos que existió una legislación común y esta legislación aparentemente también rigió en España. “Ordenamos, que los Acuerdos de las Audiencias nombren Jueces si no estuviere en costumbre, que nombre el Virrey, ó Presidente, Ciudad y Cabildo, que repartan las aguas ...” (Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias 1681: libro 3, título 2, ley 631;; ver también Margadant, 1989; Dougnac, 1994). No obstante la común legislación, en otras regiones del Imperio Español aparentemente los jueces de agua tuvieron autoridad sobre espacios hidráulicos más amplios, de tal manera que el juez de aguas encabezaba una institución encargada de la gestión del agua que englobaba haciendas, comunidades y villas. Cabe señalar que los jueces de agua eran autoridades administradoras del agua nombradas por algún nivel de gobierno; no parece haber, antes del siglo XIX en Hispanoamérica, un patrón de organizaciones de regantes autogestivas. Por otro lado, también interesaba explorar la evolución de la administración del agua bajo nueva legislación postcolonial y el

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impacto de la nueva legislación, en su caso, en la administración autogestiva. En seguida presentamos los casos de España, Chile, Mendoza y Perú. Nos interesa llamar la atención de las diferencias y las semejanzas con México. EL CASO DE ESPAÑA España cuenta actualmente con unos 3 millones de hectáreas de riego, 1,200,000 corresponden a viejos regadíos, 1,000,000 a regadíos con aguas superficiales puestos en operación principalmente entre 1950 y 2000. En la literatura española se distingue entre la capacidad de gestión de las comunidades de regantes de los viejos regadíos y de los nuevos regadíos. Finalmente, el otro tercio de la superficie de riego corresponde a aguas subterráneas, que en la ley de aguas de la década de 1980 pasaron de ser de libre alumbramiento a ser públicas al igual que las aguas superficiales (Pérez Picazo, s/f). A la organización autogestiva por bocatoma se suma la organización, de índole gubernamental, de las confederaciones hidrográficas. España cuenta con una tradición multicentenaria de organizaciones de regantes, en primer lugar porque de manera específica el Estado fue promoviendo y reconociendo desde la reconquista las organizaciones de regantes existentes, en segundo lugar, porque de manera general el Estado, con las leyes de aguas de 1866 y 1879, dio un marco jurídico a las organizaciones de regantes (bajo el nombre de comunidades de regantes), adicionalmente --y este es un aspecto fundamental-- se reconocen las organizaciones pre-existentes (Giménez y Palerm, 2007). El marco legal para Hispanoamérica aparentemente también estuvo vigente en España entre la reconquista y las leyes de aguas de finales del XIX. Por ejemplo en Guadi se nombraron alcaldes de aguas, autorizados por los reyes en 1494; en Granada se estableció un juzgado privativo de aguas en 1501 y el rey aprobó las ordenanzas en 1535 (Diego, 1984; González y Espinar, 2005); adicionalmente la federación de comunidades de regantes de España reporta varias asociaciones llamadas “juzgados privativos de aguas” y “alcaldía

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juzgado de aguas”. Glick (1970) propone que estas instituciones derivan del qadi de agua árabe. Además señala que hubo “aparentemente dos modelos de administración del agua en la España cristiana medieval, uno de los mismos regantes con sus propias autoridades electas y otro, centralizado, en el cual la administración de los regadíos era una rama de la administración, típicamente la de una ciudad.” (Glick, 1970: 200-201, mi traducción). Las organizaciones de regantes obligatorias fueron definidas como aquellos regadíos que compartían una misma bocatoma que beneficiaba a 20 o más usuarios. Pero, además, las leyes de aguas (art. 282 de la ley de 1866 y art. 242 de la ley de 1879) indican que “... en el curso de un río ... podrán formarse por convenio mutuo uno o más sindicatos centrales o comunes para la defensa de los derechos y conservación y fomento de los intereses de todos. Se compondrán de representantes de las comunidades interesadas.” Por ejemplo, el caso de las 6 acequias hermanas del río Júcar que, entre todas, tienen 45,000 ha. de superficie de riego; entre las acequias hermanas del Júcar hay acuerdos de distribución del agua en años de sequía y también negocian conjuntamente con la confederación hidrográfica (Palerm en prensa; Pimentel Equihua, 2004). En la década de 1920 inicia la creación de las confederaciones hidrográficas, inicialmente con un carácter participativo de todos los usuarios, para convertirse más bien en un organismo del Estado y que solo recupera lentamente la participación de los usuarios en la segunda mitad del XX (Pérez Picazo, s/f). La nueva legislación de aguas (TRLA, 2001) nuevamente da continuidad a las organizaciones de regantes y avanza sobre el carácter participativo de las confederaciones hidrográficas. EL CASO DE CHILE En Chile la administración del agua está fundamentalmente en manos de organizaciones de usuarios, tanto a nivel de sistema de riego, como de río. La superficie total de riego de Chile es de aprox. 1,800,000 ha.2 La capacidad autogestiva es de llamar la atención ya que hay sistemas de riego de 50,000 ha. (Laja)3 y de 30,000 ha (Maipo)4, así como pequeños sistemas5. Es aun más sorprende si se considera que la

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expansión de la frontera agrícola de riego se realiza principalmente en el siglo XIX (Astaburuaga, 2004). El reparto agrario de la década de 1970 aparentemente ha tenido algún impacto en las organizaciones de regantes (Peña, s/f). En Santiago de Chile se nombran jueces de aguas (o alcaldes de aguas) --y alarifes, con funciones específicas para el agua, desde la fundación de la Ciudad hasta que inicia la República (Actas de Cabildo, Guarda, 1978; Barros Arana, 2000; Vergara, 1998). Por ejemplo, en 1768 –según relata Donoso (2003: 42)-- debido a las graves dificultades que existían en torno a la distribución de aguas el Gobierno Colonial se vio obligado a intervenir y nombrar un Juez de Aguas para evitar “el obstinado tesón y violencia de los dueños”, además se instalaron guardias armados en las bocatomas para conseguir una repartición más justa de las aguas y reprimir así los excesos. La legislación chilena sería muy influenciada por el caso especial de la Sociedad del Maipo, los primeros estatutos de esta sociedad de regantes son de 1827 y 1831. En 1832 –según Obando (2005)-- el Presidente de la República aprobó el Acta de Asociación y sus acuerdos complementarios. El decreto aprobatorio expresó que “... recomienda a los tribunales de justicia tengan presente los compromisos que han contraído entre sí los accionistas del Canal de Maipo para no introducirse a juzgar en las discordias que se suscitaren entre ellos, habiendo renunciado solemnemente la comparecencia a los jueces públicos, i obligándose a deslindar sus derechos por sí mismo (sic)...” Es decir, las disputas entre los socios no podían llevarse fuera de la Sociedad del Canal de Maipo. Con el decreto de 1832 se dio el primer reconocimiento jurídico a una organización de regantes en Chile, pero además se dio total autoridad a la Sociedad del Maipo en sus juicios internos (capacidad que toma el nombre, en Chile, de árbitro arbitrador). Teniendo con ello, aparentemente, un nivel de autonomía jurídico que sólo lograría el tribunal de la huerta de Valencia a partir de 1985 (Giménez y Palerm, 2007).

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En el siglo XIX --en que tiene gran crecimiento la superficie de riego, aunado a la sequía que se presenta, según Figueroa (1993), hacia fines de siglo- las disputas entre usuarios se resolvían acudiendo ante un juez para nombrar un juez de aguas, en el caso de compartir una misma bocatoma, o un juez de río, en el caso de usuarios sobre un mismo río (Donoso, 2003; Diagnóstico, 1999; Puig, 1998; Figueroa, 1993)6. Estrategia similar a la que se sigue actualmente en Montana, Estados Unidos7. En 1908, con la Ley núm. 2139, se legisla sobre las organizaciones de regantes que comparten una misma bocatoma. El abogado de la Sociedad del Canal de Maipo utiliza los estatutos de esa Sociedad para la legislación sobre Asociaciones de Canalistas que daría a los usuarios de una misma toma una asociación con personalidad jurídica y capacidad de árbitro arbitrador (Diagnóstico, 1999; Obando, 2005). Como se señala en Diagnóstico (1999: 19): “Esta ley entregó a la competencia de las asociaciones todo lo concerniente a la distribución de las aguas sometidas a su régimen, y sustrajo de la esfera de atribuciones de tribunales ordinarios el conocimiento y fallo de las cuestiones que sobre el particular se suscitaran entre los miembros de la asociación o entre éstas y dichos miembros, entregándolas al conocimiento y fallo del directorio de la asociación, con el carácter de árbitro arbitrador.” Cabe mencionar que en marzo de 1949 se funda la Confederación de Canalistas de Chile (Sepúlveda et al, 1996), en España la Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) se funda en 19558. En 1951 con el Código de Aguas, retomando la legislación del XIX sobre juez de río y con el giro particular chileno de conformación de asociaciones con personalidad jurídica, se legisla sobre las juntas de vigilancia, que daría a los usuarios de un mismo río una asociación con personalidad jurídica y capacidad de árbitro arbitrador. A la fecha el encargado de la distribución recibe el nombre de juez de río (también llamado repartidor de la Junta) (Diagnóstico, 1999; Obando, 2005). En Chile, actualmente, tienen vigencia las asociaciones de canalistas y las juntas de vigilancia, además existen las comunidades de aguas,

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que tienen las mismas características que las asociaciones de canalistas, pero les falta personalidad jurídica. (Diagnóstico, 1999). Aunque, según un estudio de caso, además de la situación jurídica, las comunidades de aguas son agrupaciones de regantes a nivel de los canales secundarios de una Asociación de Canalistas (Sepúlveda et al, 1996). EL CASO DE MENDOZA, ARGENTINA El modelo de administración del agua de Mendoza es muy interesante, ya que presenta la característica de una impresionante continuidad con la institución de Alcalde de Aguas y por la característica de centralizar desde 1884 la administración de toda el agua de la provincia de Mendoza en una sola institución; aunque, al mismo tiempo, establece administraciones por cuenca. La DGI (Dirección General de Irrigación) administra, actualmente, unas 350,000 ha. La centralización de la administración no debe extrañar a la luz de que el llamado Canal del Zanjón tenía 60, 40 y 20 varas de ancho y que riega actualmente, bajo el nombre de Canal Cacique Guaymallén, 30,000 ha. (Cano, 1941: 271; Rodríguez et al, 2006). A diferencia de la continuidad en la administración de los ríos y canales primarios, en la administración por los propios usuarios --las llamadas inspecciones de cauce-- hay una importante discontinuidad, en primer lugar por la creciente centralización de la administración a mediados del siglo XX, en segundo lugar dado que al pretender revitalizar la autogestión se procedió agregando o unificando las antiguas inspecciones de cauce, lo que, cuando menos sobre papel, implica una desaparición de las antiguas inspecciones de cauce. La ciudad de Mendoza se funda hacia fines del siglo XVI, donde ya había regadíos prehispánicos. Desde los primeros años de la fundación de la ciudad de Mendoza, hacia 1566, ya se había reglamentado el uso y cuidado de los cauces de riego, como funciones propias que debía cumplir el Cabildo. Entre 1603 y 1606 se creó el cargo de Alcalde de Aguas, primera autoridad encargada del riego y distribución del agua, en los años siguientes, los españoles designaron a las demás autoridades encargadas del riego. (González, 2006; Período colonial ..., 2005; Mendoza: Portal educativo, s/f).

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Al inicio de la vida republicana en 1815, se nombra un regidor juez de aguas. En 1833, se establece el Juzgado de Aguas, aparentemente con las mismas funciones del juez regidor de aguas. En 1844 se emite el Reglamento General de Aguas o Reglamento para el Juzgado de Aguas (Cano, 1941; Díaz Araujo y Bertranou, 2004; Mendoza: Portal educativo, s/f). El Juzgado General de Aguas es un: “organismo de naturaleza un tanto indefinida ya que, si bien asume funciones jurisdiccionales en algunos casos seguramente para resolver pleitos entre regantes, tiene por función básica la administración y distribución de agua, como lo revela la existencia de un tomero.” (Coria, 2000). Además del Reglamento para el Juzgado de Aguas, existen reglamentos particulares, aunque también gubernamentales, para otros poblados y acequias, como los de la Villa de San Martín, del 13 de enero 1837; la Acequia del Rey o del Estado –actual canal Jarillar, de noviembre de 1842 y la del canal de El Retamo de agosto de 1852 (Cano, 1941; Díaz Araujo y Bertranou, 2004). La estructura típica de administración del agua durante el siglo XIX es de juez de aguas, con apoyo de teniente(s) de aguas y tomeros; el cargo de teniente corresponde al de ayudante del juez de aguas, mientras que el cargo de tomero corresponde a los encargados de vigilar y operar los sistemas. En Mendoza, entre 1822 y 1840, hay reglamentos sobre las tareas y los cargos de tomero general y de teniente general de aguas (González, 2006). Adicionalmente en los canales secundarios (llamados hijuela) hay juez nombrado por los propios regantes, así como tomeros pagados por los regantes. En 1884, con la Ley de Aguas, el Juzgado General de Aguas llega a su fin y es remplazado por el Departamento General de Aguas, que en 1895 toma el nombre de Departamento General de Irrigación y lo encabeza el Superintendente General de Aguas9. Aparentemente, a partir de 1884, los reglamentos “particulares” desparecen10 y la administración del agua de la provincia de Mendoza se centraliza en la Dirección General de Aguas; pero, al mismo

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tiempo, con las subdelegaciones por cuenca hay una descentralización, aunque, “sólo en sentido burocrático, por la creación de las “subdelegaciones de aguas” en casi todos los departamentos en que la Provincia de Mendoza se divide políticamente.” (Cano, 1941; ver también Díaz Araujo y Bertranou, 2004). La Ley de Aguas de 1884 también crea las inspecciones de cauce, termino que designa a los regantes que comparten canales secundarios. Las inspecciones de cauce se crean o constituyen “ministerio legis” es decir por el solo imperativo de la ley (Pinto, 2006; Maccari, 2004). Existe un gran énfasis en la legislación de la provincia de Mendoza sobre la autarquía de las inspecciones de cauce, por ejemplo en la Constitución Provincial de Mendoza de 1916: “Artículo 187.- Las leyes sobre irrigación que dicte la Legislatura, en ningún caso privarán a los interesados de los canales, hijuelas y desagües, de la facultad de elegir sus autoridades y administrar sus respectivas rentas, sin perjuicio del control de las autoridades superiores de irrigación.” En los escritos recientes se hace hincapié en el carácter autogestivo y autártico de la inspecciones de cauce; y también señalan que hubo un proceso centralizador y de desplazamiento de las inspecciones de cauce a mediados del siglo XX (Torres, 2006; Bustos, 1997; Mosovich, 1999; AsIC, s/f). El énfasis en la autarquía y en un supuesto sistema participativo parece exagerado a la luz de que el tamaño promedio de una inspección de cauce era de unas 500 ha. o aún más pequeña según datos de investigadores (Torres, 2006; Chambouleyron et al, s/f). A partir de la década de 1980 inicia una “revitalización” de las inspecciones de cauce, basado en una unificación de inspecciones de cauce, con el objetivo manifestado de que tengan “economías de escala” y se “profesionalicen”; unos años después, en 2000, se propone que las inspecciones de cauce se asocien, en esta propuesta

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cada inspección conserva sus propias características. Las inspecciones unificadas y las asociaciones de inspecciones de cauce alcanzan las 10,000 ha. y 15,000 ha. (Chambouleyron et al, s/f; Díaz Araujo y Bertranou, 2004; Maccari 2004; Torres, 2006; Gennari y Eisenchlas, 2006; AsIC, s/f). EL CASO DE PERÚ Perú tiene unas 1,200,000 ha. de riego11 Mientras en Chile y Mendoza hay un crecimiento de la superficie, en Perú entre el siglo XVI y el XIX la superficie de los grandes regadíos de la costa se reduce y sólo recuperan la superficie de riego prehispánica en el siglo XX (840,000 ha), los regadíos de la sierra se estiman en 246,000 ha. Para Perú existe una impresionante riqueza de información que da cuenta de la importancia de la administración de los regadíos. En esta historia destaca que los grandes regadíos de los valles de la costa, desde la colonia, cuentan con una administración por funcionarios nombrados por las autoridades, primero coloniales, después republicanas. No obstante la administración por funcionarios, hay una importante participación de los regantes, cuando menos hasta la década de 1960. El agua del valle se administraba como una unidad, en este sentido como una cuenca. La autogestión mas bien se encuentra en las comunidades campesinas/indias de la costa y de la sierra; Oré (2005) por ejemplo describe, para principios del siglo XX, la prolongación de un canal de riego de la costa mediante la coordinación e inversión en trabajo de las comunidades campesinas, sin embargo tal capacidad de ve coartada por la Ley de Aguas de 1969 que desconoce a las autoridades comunitarias tradicionales. La Ley de Aguas de 1969 ha sido muy criticada por su impacto negativo en las organizaciones tradicionales de las comunidades, tanto de la sierra como de la costa (Gelles, 1984; Oré, 2005; GPER, 1993; Boelens, 2003; Boelens et al, 2005). Finalmente, en las ultimas décadas del siglo XX inicia un proceso de retiro del Estado y de transferencia de la operación a los usuarios (GPER, 1993).

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En Perú destacan, para Lima, las ordenanzas de aguas del Virrey Toledo (1577) que señalan se encargue a jueces de aguas la distribución de las aguas y una Real Cédula de 5 de febrero de 1631 que ordena al cabildo limeño que no fuesen los mismos hacendados jueces de aguas (Dougnac, 1994). Tal como ocurría en la Lima colonial, ocurría por todo el Perú, así por ejemplo en las “Ordenanzas sobre Caciques e Indios Principales” u “Ordenanzas de los Yndios”, por el Doctor González de Cuenca, que fueron dictadas en la villa de Jayanca el 29 de agosto de 156612, se señala “... yo he nombrado los dichos alcaldes y regidores y juez de aguas y he dado la horden que para adelante se ha de tener en la elección de los dichos oficios y al huso y exercicio dellos y he hecho ordenancas que vos el dicho cacique y los alcaldes y regidores y demás oficiales aveis de guardar en el huso de los dichos oficios y cargos y ordenancas generales y a todos los yndios de ese repartimiento...” (citado en Gómez Cumpa, 2002). Sin embargo los dos reglamentos más relevantes y conocidos son, para el norte del Perú, de don Antonio de Saavedra y Leiva, juez superintendente de Aguas (y Dean de la Catedral de Trujillo) de 1699; y, para Lima, del juez de aguas Ambrosio Cerdán de Landa y Pontero de 1793. En el siglo XIX se da continuidad a la legislación colonial en lo que atañe a los juzgados privativos de aguas. En el “Archivo Digital de la Legislación en el Perú”, en la sección correspondiente a “Legislación del siglo XIX en el Perú” hay diversas referencias a jueces de aguas y juzgados privativos de aguas entre 1838 y 1901 (también hay mención de juzgado privativo de aguas en 1922); destacan, por ejemplo: “Sobre las atribuciones del juzgado privativo de aguas (1838)”; “Disponiendo la creación de un Juzgado Privativo de aguas para las provincias de Chiclayo y Lambayeque (1898)” y “Creando un Juzgado privativo de aguas y revisiones para la provincia de Trujillo ...(1901)”. Adicionalmente se puede mencionar que la Constitución del Perú de 1839, de corta duración, señala en el Título XIV. Poder Judicial: “Artículo 114.- Habrá tribunales y juzgados privativos para las causas de comercio, minería, diezmos, aguas, presas y comisos. El

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número de sus vocales, sus atribuciones y lugares en que deban establecerse los juzgados, se determinará por una ley.” Impresiona la continuidad de los reglamentos de Cerdán y de Saavedra que se repiten en decretos y leyes del Perú: 1838 “Sobre las atribuciones del juzgado privativo de aguas”, 18 de Diciembre de 1838 -- declara vigente el reglamento de Ambrosio Cerdán y da instrucciones detalladas para el funcionamiento del juzgado privativo de aguas y señala que “...se cumplirá también en la parte que sea adaptable, en los demás lugares donde haya juzgado de aguas.” 1856 “Disponiendo que el reglamento de aguas formado por el Dean Saavedra rija en las provincias de Chiclayo y Lambayeque”, 12 de Abril de 1856. 1901 “Creando un Juzgado privativo de aguas y revisiones para la provincia de Trujillo y estableciendo disposiciones aplicables á la agricultura”, 2 de Marzo de 1901 --que señala que “...regirán en la provincia de Trujillo, el Reglamento de Aguas del Dean Saavedra, y su complementario de Santiago de Cao.” 1904 “Aprobando las ordenanzas de regadío de la comunidad de regantes del Distrito agrícola de Santa Lucia de Madre de la provincia de Trujillo”, 14 de febrero de 1904 --se menciona en el Art. 5 el Reglamento del Dean Saavedra. Es especialmente relevante en la legislación las alusiones a la organización de la operación y mantenimiento con las menciones de juntas de hacendados, de diputados de aguas y de tomeros, guardas, quebradores, comisarios –y el pago de cuotas para todo ello. En la mayoría se da por supuesto las actividades del juez de aguas. Por ejemplo en decreto fecha 1856, simplemente se señala que, dado que carecen de reglamento [y de juez de aguas], rija el de Saavedra y que una comisión haga la distribución. “Careciendo en el día las provincias de Chiclayo y Lambayeque de un reglamento que determine el modo de distribuir las aguas con que se riegan las haciendas y chacaras de dichas provincias,

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se resuelve: que ... rija ... el reglamento formado por el Dean Saavedra, que actualmente se observa en la provincia de Trujillo ... (...) Comuníquese al Prefecto del departamento de la Libertad para que disponga que una comisión compuesta de tres personas inteligentes y honradas, que debe nombrar la Prefectura, haga la distribución conforme a este decreto y de cuenta con el resultado.” El decreto de 1838 es mas extenso y, según la descripción, el juez de aguas funciona como un supervisor de la distribución, de los volúmenes y del mantenimiento, e impone las sanciones. Cap. III de las limpias de los cauces y mensuras Art. 1 Debiendo señalarse un día fijo en el año en que deban quitarse las aguas en los valles, para hacer las limpias y los reparos necesarios, se señala por punto general el orden siguiente Bocanegra lo verificará el 15 de Abril, Legua, Marnga y Magdalena el 1 de Mayo (...) por ser indudable que teniendo entendido los hacendados el día en que con seguridad les han de quitar las aguas, tomarán las medidas oportunas para no experimentar perjuicios en sus sementeras. Art. 2 La mensura general se practicará el 1 de Agosto, sin que se admita excusa ni pretexto que entorpezca el cumplimiento de esta disposición. Art. 3 En el valle de Carvayllo la mensura de las tomas altas de la quebrada se hará precisamente el día 8 de Junio. Art. 6 Las limpias de los cauces comunes se harán con perfección y prontitud (...) y se acordarán en junta de los interesados y del diputado ante el juez con el objeto de que se metodicen en la forma mas conveniente. Cap. IV De las pensiones para las limpias y reparo de los ríos Art. 1 Siendo indispensable subvenir a los gastos de las limpias, guardas, tomeros, quebradores, etc., se hará un

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prorrateo arreglado a riegos, el que se practicará ante el juez, presentes los interesados y diputados, corriendo por cuenta y riesgo de estos las cobranzas, con un seis por ciento de premio, y haciéndose los pagos por mano de ellos mismos, con cargo de presentar al fin del año sus cuentas juradas y documentadas a las juntas que se celebraran al efecto. Art. 2 Los proratas se cobrarán por tercias partes, entregando los interesados la mitad en el termino que corra desde el día de la elección hasta el de la limpia, y lo restante a los tres y seis meses (....) Art. 3 Todo deudor de la prorata será apremiado con cerrarle su toma (....) Art. 4 Se prohíbe absolutamente que los eclesiásticos puedan desempeñar la comisión de diputado de aguas. (....) Cap. V De las juntas de los hacendados Art. 1 En las juntas se harán indispensablemente actas que manifiesten los objetos, disposiciones y medidas que se han tomado, y con ellas mismas se obligará al cumplimiento de lo dispuesto a los respectivos interesados (....) Art. 2 Asistirán precisamente a las juntas los hacendados y chacareros de cada valle (...) Art. 3 Las juntas de costumbre se verificaran anualmente un mes antes de las limpias que quedan señaladas a cada valle; y así dichas juntas como las demás, serán presididas por el juez , acordándose por votación el nombramiento de diputados y demás dependientes. El diputado saliente con los conocimientos que debe tener del río que ha manejado, hará por escrito una exposición circunstanciada de su estado, del que tienen las tomas, y de los defectos que haya advertido, para que el diputado entrante .... Art. 5 Es obligado el juez de aguas a subir en el río Rimas al tiempo de la visita hasta San Pedro Mama, y en el de Chillón hasta la Magdalena; y siempre que por algún impedimento no

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pueda verificarlo, como igualmente en los valles, comisionará a los respectivos diputados, y en su defecto a los mas inmediatos, los que darán cuenta de cuanto hayan observado ... Capítulo 6 Del sueldo y emolumentos del juez Art. 1 El juez disfrutará de cien pesos que le entregará cada valle en la visita que ha de hacer anualmente conforme al reglamento de Cerdán ... No obstante que la administración del agua en los grandes regadíos está a cargo de un funcionario nombrado por las autoridades, los textos del siglo XIX que venimos de citar, así como el texto colonial de Cerdán (Dougnac, 1994: 427-428) señalan la participación de los usuarios. La combinación entre participación de los regantes y funcionario nombrado no parece haberse estudiado, sin embargo existe referencia de las memorias presentadas por Enrique de Guimaraes, juez privativo de aguas de la provincia de Trujillo, de 1900 a 1906. En 1902 se publica el Código de Aguas y su Reglamento. Código indudablemente inspirado, sino directamente tomado, de las Ley de Aguas española de 1866 o la, bastante similar, de 1879. Se propone la formación de Comunidades de Regantes con su jurado de riegos, así como Sindicato general y regional. Hay cuando menos dos Ordenanzas de comunidades de regantes, ambas de 1904. En este proceso de implantación de Comunidades de Regantes, aparentemente el papel de los juzgados de aguas desaparece o pierde importancia. En efecto el Código de Aguas señala: Art. 239 Formada la comunidad de regantes y aprobadas por el Gobierno sus ordenanzas, cesan las atribuciones administrativas del juez. Art. 240 En los lugares donde las Municipalidades hubiesen establecido arbitrios sobre el agua de riego para atender a la conservación, administración o distribución del agua para cuyo aprovechamiento se formen comunidades de regantes, cesarán también estos arbitrios desde que el Gobierno aprueba las ordenanzas de las comunidades respectivas.

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El modelo de Comunidad de Regantes en el Perú fracasa; modelo que por otra parte fue (es) muy exitoso en España. El fracaso se relaciona, según el estudio de Klaren (1976), con la polarización de la tenencia de la tierra, aunado al boom de la caña de azúcar que requiere más agua. Según Klaren, las elecciones de puestos de autoridad en la Comunidad de Regantes, por número de votos/ cantidad de tierra daba siempre a los grandes hacendados el control de la comunidad de regantes y sobre el administrador de aguas13. La marcha atrás a la fórmula de administración del agua por Comunidades de Regantes inicia a consecuencia de insurrecciones; señala Basadre (1968: 165) que en 1911 “ ... con motivo de los tropiezos y los abusos en el funcionamiento del régimen de las aguas en los valles de la costa establecido en el Código de Aguas de 1902, fue implantada en el departamento de Lambayeque una administración técnica completamente independiente y extraña a la acción de los agricultores interesados. Gran eficacia se atribuyó a esta reforma... Más tarde se generalizó el reparto de aguas por medio de funcionarios y técnicos...” (ver también GPER, 1993). En 1917, con la Ley num. 2674, dan marcha atrás a nivel nacional en la administración del agua por Comunidades de Regantes y regresan a las formas administrativas anteriores, así el Art. 4 señala: “La distribución de las aguas se sujetara estrictamente a los Reglamentos de Cerdán y del Dean Saavedra en los valles que estén actualmente regidos por ellos, o a los títulos legales, usos y costumbres establecidos, a los acuerdos preexistentes entre los comunes, o a las ordenanzas formuladas por las respectivas comunidades y aprobadas por el Gobierno, en conformidad con lo dispuesto en el Código de Aguas.” Sin embargo no retoman la forma de juez de aguas, en su lugar la administración toma el nombre de Comisiones Técnicos, posteriormente llamados Administraciones Técnicas. La administración por Comisiones Técnicas se conjunta con ensayos de “racionalización” de los riegos y de construcción de infraestructura en cuyo proceso ocupa un lugar destacado Charles Sutton, ingeniero norteamericano. En los ensayos de “racionalización” relativos a

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modificaciones en la distribución del agua, sin embargo, aparentemente también tuvieron que dar marcha atrás (GPER, 1993). Se mantiene, según la Ley de 1917, una participación de los regantes en la administración del agua. En 1969, con la reforma agraria y la Ley General de Aguas, cambia el nombre de Comisión Técnica a Administración Técnica, desparecen de la Ley las Comunidades de Regantes y los Sindicatos y en su lugar se proponen Comisiones de Regantes (para los regantes de una común bocatoma ó por sector de un Distrito de Riego) y Juntas de Usuarios (para el río). Hay una expansión de la autoridad de las Administraciones Técnicas debido a la desaparición de las haciendas, así como por el desconocimiento de las autoridades tradicionales de las comunidades. La Administración Técnica tiene a su cargo un “Distrito de Riego”, termino con el que se conoce en Perú al espacio hidráulico de una cuenca sobre la que tiene ingerencia la Administración Técnica. La Administración Técnica siguió a cargo de la administración de los sistemas de riego de los valles de la costa hasta las políticas de transferencia a los usuarios “organizados”. BALANCE En primer lugar, como ya señalamos, no hay un patrón de instituciones autogestivas en Hispanoamérica. Sin embargo, en el México colonial y decimonónico las tareas las realizaban los mismos regantes con el respaldo del Estado en cuanto a cantidades a distribuir. En otras regiones de Hispanoamérica el Estado jugó un papel fundamental nombrando a las autoridades administradoras del agua (jueces de agua), el caso de Perú parece particularmente interesante por la participación de los usuarios en la administración. En segundo lugar la administración de la distribución del agua entre sistemas (una faceta de la administración de cuencas), tiene un lugar tan importante como la administración de sistemas de riego; sin embargo no existe una teorización sobre la administración del agua a nivel de cuencas.

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En tercer lugar, la autogestión no se correlaciona con el menor tamaño de los sistemas, ello se evidencia con el caso de Chile y de España, donde hay autogestión de sistemas de riego con 20,000 y 50,000 ha. de riego. En cuarto lugar, la autogestión no se correlaciona con grandes propietarios, ello se evidencia con el caso de España y con el caso de México, donde hay autogestión de minifundistas de sistemas de riego de 15,000 y 20,000 ha.

NOTAS 1

Es una ley que aparentemente tuvo varias emisiones, en 1563, 1631 y 1636; Solano (1984: 198-199), en su compilación, la reproduce en una versión de 1563. 2

Datos de superficie de riego en, http://www.fao.org/Regional/LAmerica/paises/h2o/chile.htm; http://www.minagri.gob.cl/noticias/detallenoticia_print.php?cod_not_p=2906; www.iadb.org/IDBDocs.cfm?docnum=735663 3

Datos de superficie de riego en, Informativo, Año 1, N° 3 Agosto de 2006 Publicación de la Asociación Canalistas del Laja. www.canalistasdellaja.cl/descargas/infor3.pdf 4

Datos de superficie de riego en, http://www.puertasur.cl/documentos/aguas%20cuenca%20maipo/SASHCRM_FIN AL.doc 5

Datos de superficie de riego en, http://www.minagri.gob.cl/noticias/detallenoticia.php?noticia=78 6

La legislación del XIX a la que se hace referencia es el Código Civil (o de Bello) de 1855, en que se trata sobre el sistema de juicios de distribución de aguas; Ordenanza del 3 de enero de 1872; Ordenanza del 26 de abril de 1872, en estas dos Ordenanzas se tratan problemas de escasez de agua en y atribuciones de un funcionario que con el nombre de Juez de Aguas le estaba encomendada la distribución y vigilancia de las aguas; Ordenanza General del 20 de diciembre de 1876, en que se establecen normas concernientes a la distribución de las aguas en casos de aprovechamiento colectivo de las aguas públicas de riego que no se hayan establecido por contrato de sociedad y que exista en una toma o acequia artificial; Ley de Régimen Interior, del 23 de diciembre de 1885, y las leyes sobre

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Organización y Atribuciones de las Municipalidades, del 12 de septiembre de 1887 y del 24 de diciembre de 1891; el Código de Procedimiento Civil, 28 de agosto de 1902, que en su artículo 823 señala que el juez letrado respectivo citará a todos los interesados para proceder a la distribución de las aguas pertenecientes a varios dueños y conducidas por un mismo cauce natural o artificial. 7

En Montana el encargado de supervisar el buen reparto del agua, nombrado por un juez a solicitud de los usuarios, recibe el nombre de water commissioner. Ver http://data.opi.mt.gov/bills/mca/85/5/85-5-101.htm 8

La página de la Federación española es http://www.fenacore.org/; la Confederación chilena aparentemente no tiene página web pero están activos en el ámbito nacional e internacional. 9

Sin embargo el Superindendente General de Aguas está acotado: “De acuerdo al régimen vigente desde 1905, el DGI se encuentra conformado por tres órganos distintos y con diferentes competencias: La Superintendencia General de Irrigación, el Honorable Tribunal Administrativo y el Honorable Consejo de Apelaciones. El Tribunal Administrativo ostenta ciertas facultades legislativas (normas presupuestarias, reglamentos) y de control sobre las autoridades de cauce. El Consejo, revisa administrativamente los decisorios originales del Superintendente, garantizando el principio de la doble instancia.” (Pinto, 2006 ). 10

Por lo menos ello parece apreciarse en la siguiente cita,”Como se advierte, el Reglamento del Retamo ha regido el regadío de casi la mitad de la parte cultivada de Mendoza, desde 1853, hasta 1884, y esto es lo que ha inducido a un autor a afirmar que el riego en toda la Provincia se rigió por dicho Reglamento, olvidando la existencia del Reglamento General de Aguas de 1844.” (Cano, 1941; Díaz Araujo y Bertranou, 2004).

11

Datos de superficie de riego en http://www.lamolina.edu.pe/FACULTAD/AGRICOLA/drat/web/RIEGO.doc http://www.inia.gob.pe/boletin/boletin0013/agua.htm www.inrena.gob.pe/irh/pdf_varios/wwd_2006/02_dma2006_arturo_cornejo.pdf

12

Es muy interesante el señalamiento de Netherly (1984: 244) sobre la continuidad entre la época prehispánica y la colonial: “In the course of his tour, Cuenca appointed officials from the Spanish institutional repertory to oversee the irrigation system as jueces de aguas, but they seem to have been drawn invariably from the indigenous elite. This suggests the retention of the former system by the autochthonous authorities under the guise of a European institution.”

13

Klaren (1976) cita una bibliografía muy interesante de época, reportes de un juez de aguas a principios de siglo; análisis comparado de la ley de aguas española y peruana; análisis y críticas a la ley de aguas de 1902, etc.

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REFERENCIAS Archivos Archivo Digital de la Legislación en el Perú http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyIndiaP.htm http://www.congreso.gob.pe/ntley/ http://www.congreso.gob.pe/ntley/default.asp 1838 Sobre las atribuciones del juzgado privativo de aguas, 18 de Diciembre de 1838 http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/18380 87.pdf 1848 Estableciendo un juzgado privativo de aguas en Cajamarca, 27 de Abril de 1848 http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/18480 34.pdf 1856 Disponiendo que el reglamento de aguas formado por el Dean Saavedra rija en las provincias de Chiclayo y Lambayeque, 12 de Abril de 1856. http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/18561 05.pdf 1898 Disponiendo la creación de un Juzgado Privativo de aguas para las provincias de Chiclayo y Lambayeque, 10 de Agosto de 1898 http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/18980 20.pdf 1901 Creando un juzgado privativo de aguas y revisiones en la Provincia del Cercado de Arequipa, 9 de Noviembre de 1901 http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/19010 73.pdf 1901 Creando un Juzgado privativo de aguas y revisiones para la provincia de Trujillo y estableciendo disposiciones aplicables á la agricultura, 2 de Marzo de 1901 http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/19010 10.pdf 1902 Código de Aguas http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/19020 07.pdf 1902 Reglamento de Aguas http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/LeyesXIX/19020 46.pdf

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DISTRITOS DE RIEGO EN MÉXICO, ALGUNOS MITOS 1 Jacinta Palerm

INTRODUCCIÓN Hay algunos supuestos sobre Distritos de Riego que consideramos evidentes, así quien dice Distrito de Riego dice gran irrigación, o, también, quién dice Distrito de Riego dice expansión de la frontera agrícola de riego en el norte o, quien dice Distrito de Riego dice administración por el Estado y ausencia de organización de los regantes. Pero ¿y si estos supuestos son falsos? Hemos supuesto que la administración por el Estado se relaciona con la envergadura de las obras y con la falta de experiencia de los regantes. Sin embargo si los supuestos son falsos, tenemos que reanalizar la historia de los Distritos de Riego. En esta presentación pretendemos abordar los tres supuestos (mitos) sobre los Distritos de Riego, con ello pretendemos sentar las bases para otra mirada, otro análisis de los Distritos de Riego en México. 1) MITO: LOS DISTRITOS DE RIEGO SON DE GRANDE IRRIGACIÓN Para empezar hay que definir cómo se puede medir el tamaño. La propuesta de Hunt (1988) es considerar la superficie regada, aunque esta propuesta no considera diferencias en la complejidad de la obra hidráulica, tiene la ventaja de ser un dato accesible y fácilmente comparable.

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Edición original: 2008 Boletín del Archivo Histórico del Agua, año 13, núm. 38: 49-69.

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En estudios comparativos se ha encontrado que sistemas con 15,000/ 20,000 hectáreas de superficie de riego sistemáticamente cuentan con personal especializado, mientras que los casos en que los mismos regantes realizan las tareas de operación es en sistemas más pequeños (Palerm, 2006). Las necesidades de personal especializado, es decir de un aparato burocrático, se incrementan con el tamaño del sistema (Vaidyanathan, 1999; Worster, 1985; Mabry, 1996). Por lo tanto se propone considerar como grande irrigación a sistemas con 20,000 hectáreas o más de superficie de riego, es decir tamaños en que, hasta donde sabemos, hay requerimiento de personal especializado. Por razones de visualizar el rango de tamaños en el grupo de sistemas menores a las 20,000 hectáreas, se hace una subdivisión entre mediano (5,000 a 20,000 ha) y pequeño riego (menos de 5,000 ha). El análisis de tamaños de Distritos de Riego se realizó con la información publicada por SARH en 1978, debido a que aporta información bastante detallada de la infraestructura. Con base en SARH (1978) se consideró un universo de 72 Distritos, al excluir los Distritos basados en bombeo de acuíferos (ver Anexo núm. 1). En este universo, sólo 30 Distritos de Riego (41.66 %) tienen más de 20,000 ha. de riego; es decir, más de la mitad de los Distritos de Riego (42 Distritos, el 58.3 %) tienen menos de 20,000 ha. de riego (ver figura núm. 1) y, entre ellos, 17 Distritos (el 22 % del total) tienen menos de 5,000 ha. de superficie regable (ver figura núm. 2).

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Ahora bien, cuando se mide el tamaño del Distrito, ¿qué es lo que significa en términos de infraestructura hidráulica? Para abordar este

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aspecto, hay que considerar antes la propuesta de Hunt respecto al tamaño ¿de qué? Hunt (1988) propone que se considere el tamaño del sistema de riego, definido como desde la bocatoma de una fuente natural, su conducción por canales hasta las parcelas y, en su caso, el sistema de drenaje. Esta propuesta excluye a presas de almacenamiento. En todo caso es posible distinguir entre el espacio hidráulico que corresponde a un sistema de riego (ver figura 3) y el espacio hidráulico que corresponde a una presa de almacenamiento y su área de comando que puede incluir a más de un sistema de riego (ver figura 4). La diferencia para un dado sistema de riego en que sobre el río, aguas arriba, haya una presa de almacenamiento es que, en este caso, hay una necesaria centralización técnica (Vaidyanathan, 1999).

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Para hablar de gran irrigación --y no de un agregado administrativo de pequeñas o medianas obras, el criterio debe ser si la superficie regada comparte una misma obra de cabecera. Sin embargo, hay Distritos de Riego que carecen de una obra de cabecera en común, incluso hay Distritos que no comparten el mismo río. Si consideramos los Distritos de Riego que comparten una obra de cabecera en común, presa de almacenamiento o presa derivadora, los Distritos de Riego con más de 20,000 ha. de superficie, baja a 23, es decir el 32 % de los Distritos; mientras que los Distritos que comprenden sistemas que no rebasan las 20, 000 ha. sube a 49, es

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decir el 68 % de los Distritos, y 26 Distritos (36 %) comprenden sistemas que no rebasan las 5,000 ha. (ver figuras 5 y 6).

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El tamaño se reduce aún más si consideramos únicamente la superficie regada a partir de una presa derivadora (azud) sobre el río -y no toda el área de comando de una presa -- sin embargo, con la información existente en SARH (1978) no es posible realizar el desagregado por sistema, ya que solo se reporta la superficie a partir de cada obra de cabecera. Esta consideración de tamaño seguiría el modelo de Chile y de España que ordena una organización de regantes por bocatoma, separando la administración del río y de las presas de la administración de los sistemas de riego. Los sistemas autogestivos de la huerta de Valencia, por ejemplo, están en el área de comando de presas administradas por la confederación hidrográfica; es decir, hay una centralización técnica y una necesaria coordinación; no obstante, en términos de ámbitos de gobierno hay una clara separación (Giménez y Palerm, 2007; Palerm, en prensa). Podemos concluir que los Distritos de Riego corresponden mayormente a mediana y pequeña irrigación. En las estrategias de la Comisión Nacional de Irrigación --y después de la Secretaría de Recursos Hidráulicos-- usan el número de Distritos (y no su superficie) para mostrar su mayor eficiencia administrativa frente a la administración por otras instancia gubernamentales. SRH (1965) señala, por ejemplo, “En esta forma, de 1934 a 1944, el Banco operó sólo 11 Distritos de Riego y en el mismo periodo, la Comisión Nacional de Irrigación operó 20 Distritos en su etapa inicial.” Orive Alva (1946-a) incluso eleva a 31 los Distritos operados por la CNI (Orive Alba, 1946-a, 1946-b; Rodríguez, 1942, 1945). 2) MITO: LOS DISTRITOS DE RIEGO FUERON, EN SU MOMENTO, NUEVOS REGADÍOS La diferencia entre superficie regada a principios del siglo XX y superficie regada a fines del siglo XX, corresponde a la expansión de la frontera agrícola de riego; de 700,000 o 2,000,000 a 6,000,000 hectáreas (Orive, 1946-b; Tamayo, 1958). Se asume que buena parte de esta expansión se realizó a partir de la creación de la Comisión Nacional de Irrigación en 1926 encargada de la construcción de los Distritos de Riego.

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Los regadíos de los Distritos de Riego, sin embargo, no necesariamente originan con su decreto de creación como Distrito de Riego. En el universo considerado de 72 Distritos de Riego, en cerca del 25 % se ha localizado evidencia de que los regadíos corresponden a obras de mejoramiento y ampliación de viejos regadíos, y, en algunos casos, simplemente a viejos regadíos cuya administración pasó a manos del Estado (figura núm. 7).

Cuadro núm. 1. Distritos de riego con antecedentes de regadíos 003 Tula 009 Valle de Juárez 010 Culiacán (antiguo canal Rosales de la Cía Irrigadora Humaya) 011 Alto Lerma 024 Ciénega de Chapala 014 río Colorado (Compañía de Terrenos y Aguas de la Baja California S. A. o Sociedad de Irrigación y Terrenos de la Baja California) 016 Estado de Morelos 017 Comarca Lagunera

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019 Tehuantepec 027 Ixmiquilpan 033 edo de México (presa Solís en Temascalcingo ) 041 Yaqui (Sonora, Sinaloa Irrigation Company y, después, la Richardson Construction Co.) y 018 Colonias Yaqui 061 Zamora 096 ArroyoZarco 038 Mayo 056 Atoyac Zahuapan Las evidencias Para el Distrito de Riego 003 Tula, encontramos en SARH (1978 Tomo II, p. 175) la siguiente nota: “El Distrito no controla la operación de las Juntas de Agua de Tepeji, Apaxco y Tequixquiac ...” Peña (2004:101-103) en la investigación realizada en el Distrito de Riego de Tula señala que hay juntas de aguas al interior del Distrito: Tlahuelilpan, Tepeji del Río e Ixmiquilpan. Adicionalmente, existen reglamentos de juntas de aguas que aparentemente corresponden a las juntas mencionadas, estos reglamentos son: “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Tepeji, comprendidas entre las presas Tachima y Requena, Hidalgo, 1927”, que incluye a Tlahuelilpa; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Tepejí, Hidalgo, 1935” , que incluye a Tlahuelilpa; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Salado, Hidalgo, 1929”, que incluye a Tlalhuelilpa; “Reglamento para la distribución de las aguas de los manantiales El Tepe en Ixmiquilpan, Hidalgo, 1952” (compilados en Palerm et al, 2004) Los pueblos de Tlahuelilpa, Doxey, Atitalaquia, Tlaxcoapan, la hacienda de Chingún, la vega de Dendo, además de mencionarse en los reglamentos de juntas citados, aparecen en documentos del siglo XIX: “Reglamento para la distribución de las aguas del río Salado, Hidalgo, 1872” y “Contrato para la distribución de las aguas del río Salado, Hidalgo, 1896”, que a su vez aluden a documentos de 1600 y 1763 (compilados en Sandré y Sánchez, ms).

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Para el caso del Distrito de Riego 009 Valle de Juárez, Arteaga (1931) señala “En el Valle de Juárez, del Estado de Chihuahua, regado con aguas del Río Bravo del Norte, se tiene el caso típico de un sistema de riego colectivo de gran importancia, puesto que en su primera sección existen 1,700 propiedades con más de 7,000 hectáreas regables, que presenta las condiciones generales descritas. (...) La Comisión Nacional de Irrigación tiene en estudio un amplio programa de reconstrucción de ese sistema.” El caso de Valle de Juárez es ciertamente extraordinario ya que llegó a tener 25,000 de riego, regadas con agua derivada del río Bravo por la llamada Acequia Madre, sin embargo a partir de 1870 la superficie empezó a contraerse debido a aprovechamientos aguas arriba en el río Bravo por los Estados Unidos. El agua para el lado mexicano está regulada por la “Convención para la Equitativa Distribución de las Aguas del Río Grande, 1906”. Adicionalmente, no obstante la creación del Distrito de Riego, el control sobre la red de canales del antiguo regadío, incluyendo el control sobre la Acequia Madre, se ha mantenido en manos de los propios usuarios (Rodríguez Haros, 2007, Rodríguez Haros y Palerm, 2007; ver también documento compilado en Aboites y Estrada, 2004). Para el caso del Distrito de Riego 010 Culiacán, hay referencia de que el antiguo canal Rosales de la Cia Irrigadora Humaya fue construido por la iniciativa privada entre fines del siglo XIX y 1921 (Rodríguez, 1942). Para principios de la década de 1940 hay solicitud de que no se entregue el manejo del Distrito a las sociedades de usuarios y para fines de la década hay oficios relativos a la organización de asociaciones de usuarios La intervención en el Distrito de Riego 011 Alto Lerma, consiste fundamentalmente en la construcción de dos presas del almacenamiento, Tepuxtepec y Solís, la primera para generación de energía hidroeléctrica, la segunda para riego. La mayor parte de los regadíos en el Lerma ya existían. Para el caso del Distrito de Riego 011 Alto Lerma, un documento de 1932 “Formación de la Asociación de usuarios del río Lerma y laguna de Yuriria (Laborío del Valle), Valle de Santiago, 15 de junio de 1932”, señala que “El Laborío del

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Valle existe por necesidad natural desde el año de 1606, en que se hizo el reparto de sus tierras y se abrió la toma en el Río Lerma; irrigándose desde entonces los terrenos que pueden recibir el beneficio por gravedad, y cooperan en los gastos proporcionalmente …” (compilados en Santos, 2006). Hay otros dos reglamentos del laborío del valle: “Reglamento general del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato, 1916” y “Reglamento para la distribución interior de las aguas del canal del Laborío del Valle de Santiago, Guanajuato, 1930” (compilados en Palerm et al, 2004). Adicionalmente hay documentos de 1780 y 1850 sobre la organización de regantes del laborío (compilados en Sandré y Sánchez, ms). Además de esta antigua organización de regantes había otras mas comprendidas en el Distrito de Riego del Alto Lerma, sobre una de ellas, la junta de aguas del fraccionamiento de San Cristóbal, sabemos que tenía el cometido de “distribución de las aguas en 4,500 hectáreas distribuidas entre 800 poseedores -que corresponden a 13 ejidos y a 50 pequeños agricultores” (Santos, 2006). Sin embargo en 1938 se suspendió el funcionamiento de las juntas de Aguas de Acámbaro, Salvatierra, Jaral del Progreso y Valle de Santiago (documentos compilados en Palerm et al, 2004; Santos, 2006). El caso del Distrito de Riego del Alto Lerma es un ejemplo temprano de la falta de paciencia de los funcionarios gubernamentales, entre la primera queja del presidente de una de las Juntas de Aguas (11 de noviembre, 1936) a la suspensión del funcionamiento de varias juntas en el ámbito del Distrito (25 de febrero de 1938) transcurrió un poco más de un año (Reguero, 1936, 1937; Serrano, 1937; Parres, 1938 compilados en Santos, 2006). Es interesante contrastar la argumentación del documento de suspensión del funcionamiento de la juntas --que argumenta su mal funcionamiento; con el documento (anterior) del Jefe de Sección Ing. Joaquín Serrano de la Comisión Nacional de Irrigación, que concluye a favor de las juntas y en contra del gerente del Distrito de Riego. El Acuerdo de fecha 25 de febrero de l9381, señala que se suspende el funcionamiento de la juntas, acuerdo que se ratifica en el “Reglamento general para el Distrito de Riego Alto Río Lerma, Michoacán, 1938”

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firmado por el Presidente L. Cárdenas y por el Secretario de Agricultura y Fomento José Parrés el 9 de agosto, “CONSIDERANDO, que el Sistema Nacional de Riego Núm. 11 debe desarrollar con toda amplitud una acción conjunta y eficaz para el mas eficiente aprovechamiento de las aguas, mientras quedan terminadas las obras hidráulicas de mejoramiento de la red irrigadora, que se están ejecutando, y que las Juntas de Aguas citadas no estaban llenado debidamente su cometido, por lo que el mismo Sistema Nacional de Riego se ha visto obligado a llevar a cabo trabajos que corresponden a las Juntas; CONSlDERANDO, que la mayor parte de los usuarios han estado remisos en el pago de sus cuotas, destinadas a la erogación de los gastos que demanda la aplicación de los Reglamentos y la conservación de las obras y no acatan las disposiciones de las Juntas de Aguas, manifestando además animadversión en contra del Sistema Nacional de Riego que, para funcionar con entera regularidad y en beneficio colectivo, se ha visto obligado a auxiliara las Juntas en el desempeño de sus labores ... (Parres, 1938 compilado en Santos, 2006). Sin embargo un año antes, con fecha 29 de enero de 1937, el Jefe de Sección Ing. Joaquín Serrano había enviado un oficio resumiendo y dando su opinión sobre la controversia entre la junta de aguas y el Jefe del Distrito, el Ing. Salcedo –favorable a las juntas de aguas. “Finalmente manifiesta el quejoso que la Junta de Aguas que preside tiene bastantes problemas que resolver con la distribución de las aguas en 4500 hectáreas distribuidas entre 800 poseedores -que corresponden a 13 ejidos y a 50 pequeños agricultores, para que todavía el sistema de Riego No. 11 pretenda crearles nuevos problemas, que ocasionen únicamente desconfianza y desorganización, por lo cual piden que con urgencia se intervenga a fin de que cesen los atropellos del Ing. Salcedo [Jefe del Distrito], manifestando sus deseos de que se comisione a un Inspector para que en el terreno se dé cuenta del caso.

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“Con el escrito de queja del Sr. Reguero, vienen acta de 25 de octubre ppdo. en la que se hace constar la resolución de los miembros de la Junta de Aguas, de no acceder a la servidumbre en su canal; copia del oficio que el presidente y un consejero de la Junta dirigen al Ing. Salcedo con fecha 28 del mismo mes dándole cuenta de la resolución que tomó la misma Junta, y copia del oficio de contestación del citado Ingeniero, (...) “Mi opinión sobre el particular es la siguiente: “1.- Ni el Sistema de Riego ni la Comisión Nacional de Irrigación tienen facultades para imponer servidumbres en obras de propiedad particular, como lo es el canal de San Cristóbal y su sistema de distribución, sin llenar previamente los requisitos que para el caso previene la Ley de Aguas de Propiedad Nacional y su Reglamento; pero debe buscarse la forma más efectiva, por esta Dirección, para dar apoyo al Sistema y a la Comisión, para que desarrollen el plan de irrigación, que constituye un beneficio para la región y para la nación. “2.- El criterio del Ing. Santos Salcedo no es correcto; a), porque ni el acuerdo Presidencial que ordenó que quedaran bajo el cuidado de la Comisión Nacional de Irrigación los aprovechamientos existentes en el río, ordena que la Secretaría delegue en la Comisión las facultades que le corresponden, ni podría hacerse tal cosa; por lo tanto, la Comisión Nacional de Irrigación, por conducto del Sistema de Riego No. 11 debe tener bajo su vigilancia el aprovechamiento de las aguas del río, pero respetando los derechos ya existentes y las disposiciones de la Ley de Aguas, acerca de lo cual solo la Secretaría puede resolver; y por lo mismo, los reglamentos que ha puesto en vigor el Ing. Salcedo, en sustitución de los que la Secretaría autorizó, carecen de valor legal, pues para tenerlo deberían haber sido sometidos a la aprobación de la misma Secretaría; “b), porque el Art. 222 del Reglamento de la Ley de Aguas no previene, como lo dice el Ing. Salcedo, que las Juntas de Aguas deben ser auxiliares, algunas veces, de la Secretaría, sino que

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previene que respecto de los Reglamentos que la Secretaría autorice para la distribución de las aguas, al ser aplicados por las Juntas de Aguas, éstas funcionarán como Agentes del Ejecutivo, con las atribuciones y obligaciones que el mismo artículo determina y el Art. 79 de la misma Ley ordena que los Reglamentos citados se aplicarán por las Juntas de Aguas y por el hecho de oponerse a las servidumbres que he mencionado no puede decirse que la Junta esté violando las disposiciones legales y por ello deba aplicarse lo que ordena el Art. 225 del Reglamento de la Ley de Aguas, que prevé el caso en que los miembros de una Junta de Aguas haya violado preceptos legales o cometido actos delictuosos, en cuyo caso la Secretaría, a petición de los interesados, o cuando lo juzgue conveniente puede mandar inspeccionar los trabajos de dichas Juntas, y si de ello resulta que se han cometido las faltas o delitos, podrá convocar a los usuarios para que hagan una nueva elección y nombrar entretanto un interventor, que puede hacerse cargo, si fuere necesario, de la aplicación del Reglamento. “La única acusación que hay en contra de los miembros de la Junta, es que obstrucciona la labor del Sistema de Riego, y se ha visto ya en que consiste esta obstrucción, la cual, si bien es cierto que es conveniente eliminar, como antes ya lo he dicho, tiene fundamento en un derecho legalmente reconocido a favor de los dueños del Canal de San Cristóbal, que están representados por la Junta (...) “También encuentro conveniente aclarar los conceptos respecto a las facultades que cree tener, el Sr. Ing. Salcedo, en sus funciones de Jefe del Sistema de Riego, ... Atentamente. EL JEFE DE LA SECCION. Ing. Joaquín Serrano” (Serrano, 1937 compilado en Santos, 2006) Para el Distrito de Riego 024 Chapala, Antonio Rodríguez (1942) en un mapa de la República indica los Distritos operados por el BNCA, por la CNI y por Juntas de Aguas. En el texto hace mención de los Distritos de Riego en que la “Comisión Nacional de Irrigación ha construido obras de mejoramiento y en los cuales supervisa y dirige

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el funcionamiento de Juntas de Aguas ya existentes” --los Distritos en este caso los ejemplifica con Chapala, Jalisco; Zamora, Michoacán; y Tehuantepec, Oaxaca. Para el Distrito de Riego 014 río Colorado (Cía Irrigadora) hay referencia de que bajo los nombres de Compañía de Terrenos y Aguas de la Baja California S. A. o Sociedad de Irrigación y Terrenos de la Baja California, fue construido por la iniciativa privada (Rodríguez, 1942); todavía en 1938 una parte del Distrito seguía operado por esta Compañía según el “Acuerdo relativo al control y organización del Distrito de Riego Río Colorado” (publicado en el DOF, 5/12/1938 y compilado en Palerm et al, ms). Para el Distrito de Riego 016 Estado de Morelos, sabemos que se crea en viejos regadíos donde había juntas de aguas, el “Acuerdo que establece el Distrito Nacional de Riego del estado de Morelos” (DOF, 14/11/1953) señala, “Que el Gobierno Federal por conducto de la extinta CNI y hoy el de la SRH y alguna otras dependencias oficiales, construyó y sigue construyendo las obras necesarias para aprovechar en riego de terrenos las aguas de los ríos Chalma, Tembembe, Tetlama, Apatlaco, Salado, Agua Dulce, Yautepec, Ayala, Cuautla, Amacuzac y la barranca de Amatzimac, en el estado de Morelos. “Que la mayoría de los ejidatarios que aprovechan las corrientes mencionadas se han dirigido, por conducto de sus comisarios ejidales, a la SRH solicitando se unifique la operación, la conservación de las obras y la distribución de las aguas mediante la creación de un distrito nacional de riego, por lo que teniendo en cuenta esa solicitud y con el fin de lograr un mejor y más eficaz aprovechamiento de las corrientes de que se trata, es conveniente agrupar en una sola unidad de operación su aprovechamiento, para lo cual debe crearse el distrito nacional de riego correspondiente, con facultades para distribuirlas en la forma más equitativa y eficiente.

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“Que con el fin de evitar que las aguas de las corrientes mencionadas se utilicen en riego de terrenos que se localicen fuera de los que deben formar el distrito al que están destinadas, conviene establecer veda para el otorgamiento de concesiones de aguas de las corrientes antes mencionadas.” Es curioso, pero cuando menos los regantes del Canal de Tenango se negaron a “agruparse en una sola unidad”, y aunque estaban inicialmente incluidos, tampoco quedó dentro del Distrito la barranca Amatzinac. El Ing. Lobato (1999) señaló los conflictos como razón principal para la creación del Distrito de Riego, “en Morelos había hechos muy violentos” y “entonces el gobierno al tener esa serie de conflictos pues decidió intervenir.” Sin embargo, el hecho “violento” al que aludió el Ing. Lobato, así como los regantes del canal Tenango y los regantes del río Cuautla2 fue la muerte de un Ingeniero al caer en uno de los sifones del canal Tenango. Por otra parte, un informe técnico de la SARH: “Estudio para el mejoramiento de la producción DR 016 Morelos” (SARH, 1982) señala, “Cuando se hizo el reparto de tierras a los campesinos, se les entregó también las obras de riego, las que operaron en juntas de aguas por un periodo de 35 años y fue hasta el año de 1953 cuando por acuerdo presidencial se unifican operación, conservación y distribución de aguas, al crearse el Distrito de Riego e interviniendo la Secretaría hasta el año de 1956 por la resistencia que presentaron los usuarios.” Algunos reglamentos de juntas de aguas, previos al Distrito, son para el módulo Las Fuentes la junta de aguas de la barranca de Tetecatitla o Agua Dulce (Guzmán, 2007); para el módulo Cuautla el Reglamento para la distribución de las aguas de las corrientes tributarias del río Cuautla y Cuenca del Balsas, Morelos, 1926 (comp. en Palerm et al 2004). Para el Distrito de Riego 017 Comarca Lagunera, sabemos que se crea en viejos regadíos. El primer reglamento bajo la ley de 1888 sobre vías generales de comunicación de 1888 se hace para el Nazas:

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“Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Nazas, 1891 (junio 24)” (Lanz Cárdenas, 1982, Palerm, 2005). A este primer reglamento siguieron otros reglamentos para el río Nazas, para canales del río Nazas y para el río Aguanaval: “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, desde la presa de San Fernando en Durango hasta la presa La Colonia en Coahuila, Durango, 1895”; “Modificaciones al Reglamento del 15 de Junio de 1895, sobre la distribución de las aguas del río Nazas, Durango, 1909”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, 1930”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, derivadas por el canal San Jacinto, Durango, 1936”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, en la Región Lagunera de Durango y Coahuila, Durango, 1939”; “Reglamento para la distribución de las aguas del canal de San Jacinto, que deriva aguas del río Nazas, Durango, 1941”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas, desde la presa de San Fernando en Durango hasta los terrenos de Mayran en Coahuila, Coahuila, 1945”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Nazas en el Distrito de Riego de la región Lagunera, Coahuila, 1947”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Aguanaval, desde la salida del cañón El Realito hasta la Laguna de Viesca, Coahuila, 1922”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Aguanaval, que corresponden a los predios del llamado Cuadro de Matamoros de la Laguna, Coahuila, 1922”; “Reglamento provisional para la distribución de las aguas del río Aguanaval, desde el cañón El Realito hasta el canal La Grulla, Coahuila, 1926” (compilados en Palerm et al, 2004) La administración por el Estado se concretó al río y, una vez construida, a la presa de almacenamiento -- hasta 1962; y, anterior a esta fecha y después del reparto agrario, hay diversos reglamentos de juntas de aguas para canales que derivan aguas del Nazas y el Aguanaval (compilados en Palerm et al, 2004). Sin embargo en 1962 se decreta la supresión de las juntas de aguas en el Distrito de Riego de La Laguna con el “Acuerdo por el que se determina que la Secretaría de Recursos Hidráulicos asumirá también las funciones que ahora están a su cargo de las Juntas Locales y Jueces de Aguas del

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Distrito de Riego número 17 de la Región Lagunera” (DOF, 06/01/1962) que señala, “... de todo lo cual se deriva la necesidad imprescindible de que exista control y disciplina unitarios en el aprovechamiento del agua que se opera en el Distrito de Riego número diecisiete, así como en la distribución de las aguas, en la conservación de las obras y en la explotación de los acuíferos subterráneos, para que sea posible lograr su mejor aprovechamiento. “Que a causa de la organización actual de la distribución de aguas establecidas en el reglamento expedido por la Secretaría de Recursos Hidráulicos el 23 de octubre de 1947, las autoridades del Distrito de Riego no pueden ejercer el control necesario ni la dirección técnica apropiada por interferirlo la existencia de las Juntas Locales y Jueces de Aguas, quienes llevan a cabo la operación, distribución del agua y la conservación de las obras dentro de sus respectivas jurisdicciones. “Que es indispensable para poder resolver los problemas agrícolas económico y el mejor uso, aprovechamiento y distribución de las aguas de los ríos Nazas y Aguanaval que la Secretaría de Recursos Hidráulicos, por conducto del Distrito de Riego número diecisiete de la Región Lagunera, asuma la distribución total del agua entre los usuarios, la operación y conservación de las obras y el control riguroso de la explotación de los acuíferos. (...)” La supresión de las juntas también marcó el final del uso de la técnica de entarquinamiento en La Laguna. Según Fortis y Alhers (1999), el éxito con el revestimiento del canal Tlahualilo en 1963, daría lugar a que en 1966 se declarara de interés público la ejecución del Plan de Rehabilitación de la Comarca Lagunera, que consistió en la construcción de la presa Francisco Zarco, la construcción y revestimiento de 226 km. de canales principales, así como 1,266 km. de canales secundarios y otras obras. Desde la construcción de la primera presa de almacenamiento poco después del reparto agrario, se

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ha discutido sobre las bondades del entarquinamiento (Chairez et al, 2004, 2005, 2006; La Jornada, 2000). Para el Distrito de Riego 019 Tehuantepec, la primera intervención se realiza por la década de 1930; con la obra de la CNI se amplió el regadío en unas 8,000 ha, y, aparentemente cuando menos el viejo regadío, de 4,000 ha., siguió en manos de los regantes quizá hasta principios de la década de 1960, década en que se construye una presa de almacenamiento y hay una considerable ampliación de la zona de riego –-a 51,695 ha., una ampliación que ha sido muy problemática en términos sociales (Rodríguez, 1942; Acta, 1947; Sánchez, 1981) El viejo regadío de Tehuantepec, según descripciones de la época (“Acta Constitutiva y Estatutos de la Sociedad de Usuarios de las aguas del río Tehuantepec, Oaxaca, 1940”, compilada en Palerm et al, 2004), consistía en un sistema que regaba unas 4,150 - 4,300 ha. y, tal y como lo señalan, todo el sistema recibía el agua de una “toma provisional denominada Mixtequilla hecha con postes y ramajes”, el canal principal tenía 16,000 metros de largo. Tres poblados participaban en el sistema: Tehuantepec (con los barrios Cerrito, San Sebastián, San Jacinto, San Jerónimo, Guichivere, Bishana, Laborío, Jalisco y Santa María) con una superficie de riego de 1,500 ha., Mixtequilla con 200 ha. y San Blas con 2,300 ha. El total de usuarios era de 1,113 – 1,500. Las aguas, dicen en el documento, las venían usando hace mucho tiempo, dan cifras como “desde hace más de 40 años según documentos que constan en esta Presidencia” y “desde hace más de 100 años” y finalmente señalan que año con año se ha venido ampliando. El caso de Tehuantepec, como regadío campesino, destaca en una historia de ampliación de los regadíos en el siglo XIX por haciendas. Para el Distrito de Riego 027 Ixmiquilpan, el Acta de entrega/recepción Distritos de Riego de la SRH a la SAG del 3 de enero de 1947 señala que “Se hace constar que en este Distrito de Riego existe la Junta de Aguas El Mayé constituida antes de la creación del Distrito de Riego que sigue funcionando de acuerdo a la ley de aguas en vigor.” Hasta la fecha hay una junta de aguas del

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Distrito de Riego Ixmiquilpan (Acta, 1947; Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007). El caso de Ixmiquilpan es peculiar, porque aunque en SARH (1978) se reporta como Distrito, no está reportado en CNA (1999). Funcionarios de la CNA3 afirman que Ixmiquilpan no es Distrito o, en todo caso, es parte del Distrito de Riego 100 Alfajayucan. El caso es que Ixmiquilpan en el sexenio de Luis Echeverría (1970-1976), se opuso a dejar entrar a los ingenieros de la Secretaría (Pacheco, 1997), así como a otros intentos por parte del Estado de controlar el Distrito. (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007). Para el Distrito de Riego 033 edo de México, Temascalcingo, no hay certeza, pero la sección o módulo denominado Temascalcingo posiblemente corresponde a las obras de riego de la ex-hacienda de Solís en el valle de Solís. En tal caso, hay un reglamento, ubicado en el Archivo General Agrario, que no sigue los lineamientos típicos: el “Reglamento de la Junta de Aguas del distrito de riego de Solís, Temascalcingo, 1951” (compilado en Palerm et al, ms), en el documento se señala que la Mesa Directiva de la Junta de Aguas se integrará por un Consejo de Administración con su presidente, secretario, tesorero y vocales electos entre los usuarios, así como dos asesores técnicos, uno de la SRH y otro de la SAG. La junta de aguas del distrito de riego de Solís está a cargo de la distribución de 5 metros cúbicos derivados del río Lerma, aguas de manantiales y aguas almacenadas en las presas de la ex-hacienda de Solís. Es decir, la superficie de riego debe estar cuando menos en 5,000 hectáreas. Para el Distrito de Riego 041 Yaqui, hay referencia de que las primeras obras las realiza la iniciativa privada entre fines del siglo XIX y 1921 (Rodríguez, 1942), primero, la “Sonora, Sinaloa Irrigation Company” y, después, la “Richardson Construction Co.”. El gobierno porfiriano también intervino en la zona, a solicitud de los indios yaqui, para construir el canal Porfirio Díaz y otras obras (Lorenzana, 2007). Las obras en beneficio de los indios yaqui, suponemos corresponden al Distrito de Riego 018 Colonias Yaqui. Hay múltiples reglamentos para lo que actualmente son los Distritos de Riego 041 y 018: “Reglamento interior para el uso y distribución

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de las aguas del río Yaqui, otorgadas a los ejidos de Cócorit, Bácum y San José, Sonora, 1918”; “Adiciones al reglamento para la distribución de las aguas del río Yaqui, Sonora, 1925. [para ejidos Cócorit, Bácum y San José]”; “Reglamento para la distribución de las aguas del canal principal de la Compañía Constructora Richardson, S. A., Sonora, 1909”; “Reglamento para la distribución de las aguas del río Yaqui, derivadas por la Compañía Constructora Richardson, S. A., Sonora, 1911”; “Contrato de 1911 y 1922, para el aprovechamiento de las aguas del río Yaqui, Sonora, 1911”; “Reglamento y tarifa sobre la distribución de las aguas del río Yaqui, Sonora, 1922”; “Bases para la reglamentación de las aguas del río Yaqui, Sonora, 1924”; y “Reglamento interior para los usuarios de las aguas del río Yaqui, derivadas por la compañía Richardson, Sonora, 1925” (compilados en Palerm et al, 2004) La organización de usuarios a nivel de canal secundario que impulsó la Richardson, tuvo continuidad. En 1959 las organizaciones por secciones se reconocen según Beltrán Soto (1987: 336), quién encontró funcionando a las secciones en 1987, “A partir del 20 de julio de 1959, en base a las facultades que mediante acuerdo presidencial se le confirió, el Comité Directivo del Distrito de Riego núm. 041, Río Yaqui, Sonora, dispuso el que las secciones de riego del distrito, quedaran legal y jurídicamente constituidas sujetándose su control y manejo a las disposiciones contenidas en su reglamento correspondiente.” El Yaqui es probablemente el Distrito de Riego que tiene más referencias a la existencia de espacios administrados por los propios regantes (León Estrada, 1964; Beltrán Soto, 1987; Mora, 1988; Trava, 1988; Palacios, 1999). Para el Distrito de Riego 061 Zamora y para el Distrito de Riego 096 ArroyoZarco, Antonio Rodríguez (1942) en un mapa de la república indica los Distritos operados por el BNCA, por la CNI y por Juntas de Aguas. En el texto hace mención de los Distritos de Riego en que la “Comisión Nacional de Irrigación ha construido obras de mejoramiento y en los cuales supervisa y dirige el funcionamiento de Juntas de Aguas ya existentes” --los Distritos en este caso los

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ejemplifica con Chapala, Jalisco; Zamora, Michoacán; y Tehuantepec, Oaxaca. Es posible que los Distritos correspondan respectivamente al espacio que abarca el “Reglamento para la distribución de las aguas del río Celio y manantiales de su cuenca, Zamora y Jacona, Michoacán, 1927” y “Reglamento para la distribución de las aguas del arroyo Zarco, Estado de México, 1927” (compilado en Palerm et al, 2004) Para el Distrito de Riego 038 Río Mayo, Dozier (1963: 565, 567) indica que una buena parte del Distrito consiste en un confuso laberinto de viejos canales y que el canal principal margen derecha del Distrito sólo unifica viejos laterales que fueron construidos por iniciativa privada y que anteriormente tomaban agua directamente del río. Los regantes de los viejos canales son “poco cooperativos” con el Distrito y se “aferran” a sus usos y costumbres (p 565, 567). Adicionalmente el “Reglamento para la distribución de aguas del rio Mayo, regimen torrencial (1952)” señala canales que pasan a la jurisdicción del Distrito de Riego, mientras otros continuan operados por juntas de aguas (compilado en Palerm et al, 2004). Para el Distrito de Riego 056 Atoyac Zahuapan, Alba Gónzalez Jácome (ms) señala que en el espacio hidráulico del Distrito se encontraban regadíos previos. Podemos concluir que los Distritos de Riego no necesariamente son nuevos regadíos. Es un rasgo notable que aunque hay diversas ediciones oficiales sobre los Distritos de Riego en México (CNI, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; de la Loma, 1978), los antecedentes de regadío en los Distritos no es un dato incluido. Por lo que hemos visto hay organizaciones de regantes en los Distritos, algunas de las cuales lograron resistir la administración por el Estado, otras, multiseculares, como las del Lerma fueron, aparentemente, destruidas. A la lista de resistencia, hay que añadir el caso de Labores Viejas, espacio no incluido en el Distrito de Riego 05 Delicias (Aboites, 1988; SARH, 1978). El estudio de Maass y Anderson (1976) sobre las consecuencias de la construcción de gran

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obra hidráulica --que Maass define como presas-- hubiera concluido de manera distinta con estudios de caso de México, a como concluye a partir de los estudios de caso de regadíos en Estados Unidos y en España. 3) MITO: LOS DISTRITOS DE RIEGO SIEMPRE FUERON ADMINISTRADOS POR EL ESTADO (HASTA SU RECIENTE TRANSFERENCIA) No sólo los Distritos de Riego incorporaron viejos regadíos, también hubo políticas de organizar a los regantes y entregarles los Distritos de Riego. Es sólo a partir de la Ley Federal de Aguas de 1972 que se establece que los Distritos de Riego deben ser obligatoriamente administrados por el Estado, y ello se prolongó hasta 1992 fecha en la cual la nueva ley establece la obligatoriedad de transferencia de la administración a los usuarios. Pero entre 1926, fecha de la Ley Sobre Irrigación con Aguas Federales, y 1972 la legislación fue otra. La Ley Sobre Irrigación con Aguas Federales, 1926 señala, “Art. 13 “La explotación de las obras se sujetará a las siguientes prescripciones: … b) Cuando se haya obtenido el reembolso del gasto total, o cuando los propietarios hayan ejecutado directamente las obras, se concederá la explotación a los usuarios.” La Ley de Riegos de 1946, que sustituye a la Ley de Irrigación, señala, “Art. 35.- “ … procurará organizar oportunamente las juntas de aguas o asociaciones de usuarios a que finalmente debe hacerse entrega de la operación de los Distritos ...” Entre los primeros pasos prácticos para implementar la legislación que señalaba la entrega de los Distritos a los regantes, están unos 5 reglamentos en los que se ordena la conformación de Asociaciones de Regantes en los respectivos Distritos de Riego. Los reglamentos son: “Reglamento Sistema Nacional de Riego núm. 2 Río Mante, Tamaulipas, 1931” y “Reglamento y cuotas del servicio de aguas para la conservación y administración de las obras “Río Mante Tamps, 1933”; “Reglamento Sistema Nacional de Riego núm. 4 Río SaladoCoahuila-Nuevo León, Reglamento y Tarifa, 1931”; “Reglamento

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para el Servicio de Distribución de Aguas del Sistema Nacional de Riego No, 1, Presidente Calles, Río Santiago, Aguascalientes, 1933”; “Reglamento provisional para el servicio de distribución de aguas del Sistema Nacional de Riego núm. 9, Valle de Juárez, Chih., 1934”; y “Reglamento para el servicio de distribución de agua en el Sistema Nacional de Riego Núm. 5, Río Conchos Chihuahua, s/f” (compilados en Palerm et al, 2004). Además de organizar a los usuarios, se entregaron Distritos de Riego a los usuarios organizados. Cabe señalar que la administración de los Distritos estuvo en manos de tres instancias gubernamentales, la Comisión Nacional de Irrigación y después la Secretaría de Recursos Hidráulicos entre 1926 y 1934, en 1945 y a partir de 1951 hasta que muta en Comisión Nacional del Agua; el Banco Nacional de Crédito Agrícola entre 1935 y 1944 y, en ese mismo periodo y en el caso de Distritos pequeños con predominio de ejidos, por la CNI; y, finalmente, por la Secretaría de Agricultura y Ganadería entre 1946 y 1951 (Orive Alba, 1946-a, 1946-b; Rodríguez, 1942, 1945; Acuerdo, 1951; Ley de Riegos, 1946). Estas fechas son pertinentes en lo que se refiere a la entrega de Distritos, ya que fueron el BNCA y la SAG las instituciones gubernamentales que entregaron Distritos, la CNI entregó pocos y muy pequeños. También es pertinente al considerar que de los Distritos de Riego entregados, hay tres casos en que el gobierno reasume la administración y es la SRH la que reasume la administración (ver Cuadro núm. 2). Se han logrado localizar 18 referencias de entrega de Distritos (y además una “sección”), de estas 19 referencias, 10 corresponden a Distritos o partes de Distritos incluidos en la relación de SARH (1978), aunque una de ellas corresponde a aguas subterráneas; ello representa el 12.5 % de los Distritos del universo considerado.

Distritos de riego

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Cuadro núm. 2 Distritos de Riego entregados a los usuarios 19391951

1939 1940

institución que hace la entrega BNCA BNCA

num. del D. de R. vigente en SARH, (1978) 4 009

1941

CNI

048(?)

1941

CNI

034

1941 1941 1941 1941 1942 1942

CNI CNI CNI CNI BNCA CNI

1943

CNI

013

1947 1947 1947 1947 1948

SAG SAG SAG SAG SAG

001 021 056 006

1948

SAG

016

SAG

013

fecha entrega

1951

SAG

053(?) 004

nombre del Distrito Juárez 07 El Nogal, Coah Yucatán (dos pequeños proyectos de bombeo de pozos) Santa Rosa, Zacatecas (en SARH, 1978: unidad Santa Rosa del Distrito de Riego Zacatecas) Presa Obregón, San Luis Potosí Tacámbaro, Michoacán5 Llanos de Uruapan, Michoacán Colima Don Martín, Coahuila y Nuevo León Jungapeo La Magdalena y Ahualulco, Jal. (en SARH, 1978: unidad Magdalena y 13-x unidad Ahualulco del Distrito de Riego 013 edo de Jalisco) Pabellón, Aguascalientes Tuxpan (valle de Iguala, Guerrero) Tzurumútaro, Mich. Atoyac Zahuapan Palestina, Coahuila 016 El Rodeo, Mor. (en SARH, 1978: parte del Distrito de Riego 016 Estado de Morelos) Sección de Riego Cajititla del Distrito de Riego Bajo Río Lerma (en SARH, 1978: unidad 013-r Cajititlan del Distrito de Riego 013 edo de Jalisco) 012 Tijuana, Baja California

Podemos suponer que los Distritos entregados y que ya no aparecen en las listas de Distritos, fue efectiva la entrega del Distrito; aunque, por ejemplo, en el caso del Distrito de Riego Tijuana; la presa de este Distrito: Abelardo Rodríguez sigue funcionando, pero aparentemente

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Aventuras con el agua

ya no tiene finalidades de riego. Otros Distritos entregados que siguieron apareciendo en las listas de Distritos y para los cuales no hay acuerdo de “recoger” el Distrito, en 4 casos se ha documentado que los usuarios efectivamente siguieron administrando el Distrito hasta la política de transferencia de la administración de los Distritos a los regantes, tal el caso del Distrito de Riego Santa Rosa, que administrativamente pasó a formar parte del Distrito de Riego Zacatecas; del Distrito de Riego Valle de Juárez, cuando menos la 1a unidad que corresponde a los viejos regadíos; del Distrito de Riego Ixmiquilpan, en SARH (1978) se reporte este Distrito aunque para la década de 1990 la CNA ya no reconoce a Ixmiquilpan como Distrito de Riego, o, en todo caso, solo como sección o unidad del Distrito de Riego 100 Alfajayucan; y, finalmente, del Distrito de Riego Pabellón, aunque en este último caso había una fuerte presencia de la Secretaría y después de la CNA (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007). En otros casos, aunque no se entregó el Distrito, los usuarios mismos operaban secciones o canales, hay 8 Distritos que al interior tuvieron organizaciones de regantes. Cuadro num. 3 Distritos de Riego en que los usuarios organizados operaron secciones o canales 003 Tula 010 Culiacán 014 Colorado 041 Yaqui 038 Mayo módulo Yurécuaro del Distrito de Riego 087 Rosario-Mezquite unidades de los Distritos de Riego 013 y 033 los canales desde las bocatomas en el Distrito de Riego 017 La Laguna hasta 1962

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En el Distrito de Riego 010 Culiacán, que tiene antecedentes de regadíos, para la década de 1940 hay oficios relativos a la organización de asociaciones de usuarios para distribuir agua a través de los canales Rosales, Cañedo y Costa Rica; y, a principios de década (1941), se envió solicitud de no entregar la administración del Distrito a las sociedades de usuarios6 (AHA-Catálogo; AHA, AS, Caja 4734, Exp. 64167 y AHA-Catálogo). En el caso del Distrito de Riego 014 Colorado para 1964, en el “Reglamento del distrito de riego del río Colorado” (DOF 23/07/1964), se menciona la existencia de juntas de aguas por “secciones” y se prevé que, por decisión de la mayoría de usuarios de una sección, se proceda a la conformación de juntas de aguas por secciones; juntas de aguas que, a su vez serán responsables de la operación. El Reglamento de 1964 para el Distrito de Riego 014, asemeja al caso del Distrito de Riego 041 El Yaqui, en que las secciones eran administradas por los mismos regantes; para el Yaqui hay noticias de que los regantes mantuvieron, hasta la política de transferencia, la administración de las secciones (León Estrada, 1964; Beltrán Soto, 1987; Mora, 1988; Trava, 1988; Palacios, 1999). En el caso del Mayo, el “Reglamento para la distribución de aguas del rio Mayo, regimen torrencial, 1952” (comp. en Palerm et al 2004) señala una situación en que Distrito y juntas de aguas están imbrincados, es interesante que se señalan tomas de decisión acordadas entre Distrito y Asamblea de Juntas de Aguas; por otra parte todos los usuarios, incluyendo los de las juntas de aguas, deben pagar cuotas al Distrito de Riego. Otros casos son, por ejemplo, la operación por una junta de aguas del módulo Yurécuaro del Distrito de Riego 087 Rosario-Mezquite (López Castro, 2002, p. 394-395, 396, 398), diversas unidades de los Distritos de Riego 013 y 033 y varios canales del Distrito de Riego Tula (SARH, 1978); así como los sistemas de riego a partir de las bocatomas del río en el Distrito de Riego La Laguna hasta 1962, fecha en que fueron suprimidas las juntas por decreto (DOF, 06/01/1962; ver también Lobato 1999). Finalmente la propuesta de organizar para

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su entrega el Distrito de Riego 073 La Concepción (León Estrada, 1964). El tamaño de la autogestión. Si sumamos viejos regadíos que contaban con alguna forma de organización de regantes (17 Distritos), Distritos en los que se impulsó la organización de regantes mediante reglamento, incluyendo el caso de La Concepción (6 Distritos), Distritos de Riego entregados (19 Distritos), Distritos de Riego en que los usuarios administraban secciones o canales (9 Distritos); descontando casos de traslapes ello hace 28 Distritos (nuevamente de ese universo de 72 Distritos de Riego), es decir se tiene que cerca del 40 % de los Distritos tenían organizaciones de usuarios. Adicionalmente hay autogestión en 2 Distritos de aguas subterráneas y 9 Distritos que no están en el registro de Distritos correspondiente a SARH (1978), entre ellos el Distrito de Riego 02 El Mante. (Ver Anexo num. 2 Distritos de Riego con organización de regantes).

Podemos concluir que en los Distritos de Riego hubo una política efectiva de organizar a los regantes y de que los propios regantes administrasen todo o partes del Distrito.

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La historia de las organizaciones de regantes en los Distritos está por hacerse, la persistencia de organización en viejos regadíos, el éxito de las organizaciones impulsadas desde el Estado, la resistencia de las organizaciones de regantes frente a la expansión de la administración por el Estado. Pero además está por responderse a la pregunta de qué ocurrió en los Distritos de Riego entregados. Es decir qué ocurrió en esos Distritos entregados que al estar en la lista de Distritos de la CNA debían obligatoriamente ser transferidos a los usuarios según la ley de aguas de 1992. Igualmente ¿qué ocurrió en aquellas secciones o canales en que los usuarios administraban, como en el Yaqui y en el Colorado? En el caso de Pabellón, Juárez y Santa Rosa la administración continuaba en manos de los usuarios antes de la transferencia (Vázquez, 1987; Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007), no obstante se les “transfirió” el Distrito. Es un rasgo notable que aunque hay diversas ediciones oficiales sobre los Distritos de Riego en México (CNI, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; de la Loma, 1978), la existencia de organizaciones de regantes en los Distritos no es un dato incluido. CONCLUSIONES En primer lugar la política sobre Distritos no fue uniforme o de creciente administración por el Estado, aunque en la década de 1950 hay ausencia de entrega de Distritos, en la década de 1960 hay una reconsideración bastante seria sobre la entrega de los Distritos a los usuarios (Hernández Terán, 1988). Además, por ejemplo, el Ing. León Estrada (1964) propone un modelo de organización general para el Distrito de Riego 073 con el fin de entregarse a los usuarios, o el caso del Reglamento del Distrito de Riego del Colorado de 1964 que señala la organización de juntas de aguas por secciones (DOF, 23/07/1964). En segundo lugar, hay un cambio en la concepción de los ingenieros sobre las organizaciones de usuarios, desde Herrera y Lasso (1919, 1930) que señalaba que los usuarios son buenos para administrar a concepciones como la de que se requiere personal técnico altamente especializado (SRH, 1965). Actualmente a pesar de la transferencia el

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modelo se fundamenta en que los ingenieros son los capacitados para administrar (operar) los Distritos, de ahí la figura requerida de gerente técnico (Palerm, 2006). En tercer lugar, proponemos una perspectiva que contrasta con el escepticismo de la existencia de organizaciones de regantes efectivas (Peña, 2001). Ha habido mucha organización de usuarios en los Distritos, que simplemente desconocemos. Los casos que hemos reunido probablemente no son todos y ello no incluye las organizaciones informales o no oficiales. En la actuación de las organizaciones de regantes probablemente la punta del iceberg son los casos de resistencia a la administración por el Estado: Labores Viejas, Tenango, Juárez, Ixmiquilpan. Agradecimientos. En primer lugar al sabático realizado entre el CIESAS y la UAE-Morelos; en segundo lugar al Archivo Histórico del Agua.

NOTAS 1

El “Reglamento general para el Distrito de Riego Alto Río Lerma, Michoacán, 1938” señala como fecha del acuerdo sobre supresión de juntas de aguas el 11 de enero de 1938 (compilado en Palerm et al, 2004). 2

El recuento de la muerte del Ing. por los regantes del canal Tenango (Rivas, comm. pers. 1999) y por los regantes del río Cuautla (Pimentel Equihua, comm. pers. 1999).

3

Luis Rendón, comm. pers., 2005.

4

El signo de interrogación indica que no tenemos certeza de que sea el mismo espacio de regadío.

5

Mencionado como “Sistema 15, Tacámbaro, Mich.” en Irrigación en México 1937, vol. 14, p. 151. 6

Esta solicitud coincide con un acuerdo tomado por Avila Camacho en relación al Distrito de Riego 05 Delicias, que –señala Aboites (1988:308 y ss)-- no llegó a ejecutarse : “ACUERDO (...) “8º.- La Administración del Distrito de Riego [05 Delicias]y los colonos del mismo procederán a estudiar, en el término de 90 días, el régimen más conveniente para el efecto de que los mismos colonos administren y

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manejen el Sistema de Riego que el Gobierno Federal pondrá en manos de quienes se beneficien directamente con él, sin más limitación....” (Acuerdo, 1941). El acuerdo de Avila Camacho, por otra parte, coincide con la entrega de un grupo de pequeños Distritos de Riego por parte de la CNI (Comisión Nacional de Irrigación) a los usuarios.

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314

Aventuras con el agua

16 pp. En AHA, Cuerpo consultivo, Caja 901, Exp. 8522, fs 1-16, 1965. Tamayo, J. 1958 El aprovechamiento del agua y del suelo en México 1958, SRH, Jefatura de operacón de Distritos de Riego, México. Trava M., J. L. 1988 “La administración de las zonas de riego el nuevo enfoque” Memorias IV Congreso Nacional de Irrigación, Cd. Reynosa, Tamaulipas, noviembre de 1988, Asociación Nacional de Especialistas en Irrigación (ANEI) pp. 508-512. Vaidyanathan, A. 1999 Water resource management. Institutions and irrigation development in India, Oxford University Press. Vázquez Medina, A. 1987 “Operación y conservación del Distrito de Riego 001: Pabellón por una junta de aguas (pp. 345-354) Memorias III Congreso Nacional de Irrigación. Asociación Nacional de Especialistas en Irrigación A.C. Los Mochis, Sinaloa, nov. de 1987. Worster, D. 1985 Rivers of Empire. Water, Aridity and the growth of the American West, Pantheon Books, New York.

Distritos de riego

315

Anexo núm. 1. Tamaño de los Distritos de Riego [columna A] y tamaño máximo de los sistemas de riego en un dado Distrito de Riego [columna B] menos de 5,000 ha. A B 088 037 009 031 055 060 027 028 044 068 073 073 016 088 056 095 068 046 095 047 046 059 047 049 059 083 034 060 049 056 013 055 024 044 045 027 061 028 109 031 083 021 021

de 5,000 a 9,900 ha. A B

090 109 042 039 008 108 023 029 094 089 045

052 001 094 022 008 033 057 023 108 039 029 089 006 090 042

de 10,000 a 19,900 ha. A B

20,000 a 49,900 ha. A B

50,000 a 99,900 ha. A B

009 082 085 052 022 050 006 096 018 057 061 034 033 001

024 074 086 075-A 043 003 110 004 035 087 030 053 013 016 020

005 063 019 037 107 038 026

050 053 043 020 085 096 082 035

003 086 092 087 030 110 004 063 074 075-A 018

107 011 005 026 019 038

100,000 a más de 199,900 ha. 200,000 ha. A B A B

017 092 011

017 014

010 075 025 041 014

Nota 1 Para realizar el cuadro se consideró lo siguiente: (a) Por tamaño retomamos el dato de superficie regable. (b) Por sistema de riego se entiende el espacio regado que comparte una misma obra de cabecera, frecuentemente una presa. (c) Se excluyen los Distritos de Riego de bombeo de acuíferos, por ejemplo 048, 051, 066, 081 (d) Para establecer la columna B, referido a Distritos de Riego que se componen de varios sistemas de riego sin una obra de cabecera en común, se considera el sistema de riego con mayor superficie del Distrito en cuestión (se excluyen los sistemas basados en bombeo de corrientes y se excluyen los pozos). Aunque en el caso de Distrito de Riego 010 se tomó la superficie total ya que es un sistema interconectado. (d) Se utilizó la información de SARH (1978), por detallar los sistemas dentro de un Distrito de Riego. (e) El total de Distritos analizados es de 72. Nota 2 En negrita y subrrayado se indican Distritos de Riego con organizaciones de usuarios y/o viejos regadíos, basados en información Anexo num. 2. Fuente: Elaboración propia a partir de SARH, Subsecretaría de Agricultura y Operación, Dirección General de Distritos y Unidades de Riego, Departamento de Formulación y Control de Programas Características de los Distritos y Unidades de Riego: Tomo I Región Noroeste y Centro

010 075 025 041

316

Aventuras con el agua

Norte, Tomo II Región Noreste, Centro II y Sureste, Tomo III Región Centro I. Séptima edición actualizada México, D. F. 1978.

Anexo num. 2 Distritos de Riego con organización de regantes núm DR

Reporte de organización de regantes ACUERDO por el cual se autoriza a la Secretaria de Agricultura y Ganadería, para que entregue a la Junta de Aguas de Tuxpan, Gro., las obras y administración del Distrito de Riego de la laguna del mismo nombre (DOF, 24/04/1947) ACUERDO que autoriza la entrega de las obras hidráulicas ejecutadas por el Gobierno en el Distrito de Riego de Jungapeo, Mich (DOF, 19/01/1942) Junta de Aguas del Distrito de Riego Jungapeo (ca. 1947, 1948) (AHACatálogo) ACUERDO que autoriza la entrega del Distrito de Riego Llanos de Uruapan, Mich., a la Junta de Aguas del lugar (DOF, 18/08/1941) citado como entregado en oficio de fecha 16 de diciembre de 1941de la CNI (CNI, 1941) Se entregó Distrito de Riego (Orive Alba,1946-a: 37) ACUERDO que crea el Distrito de Riego del Rio Santa Engracia (DOF, 02/04/1942) Junta de Aguas del Distrito de Riego de Santa Engracia, Tamaulipas (ca. 1951) (AHA-Catálogo) Distrito de Riego de Tacámbaro, Mich. citado como entregado en oficio de fecha 16 de diciembre de 1941de la CNI (CNI, 1941) Se entregó Distrito de Riego (Orive

2

Distrito de Riego reportado en informes oficiales2 (CNI, 1940) no reportado (Obras, 1940, SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

(DOF 19/01/1942) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999))

(CNI, 1940) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

(DOF 02/04/1942) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999) Mencionado como “Sistema 015, Tacámbaro, Mich.” en Irrigación en México 1937, vol. 14, p. 151.

En los informes de la CNI, SRH, SARH, CNA no necesariamente se reportan sistemáticamente los mismos Distritos, algunos “desaparecen” del registro, algunos vuelven a aparecer. También hay Distritos reportados en el DOF y otros textos, que no aparecen en los informes de la CNI, SRH, SARH, CNA.

Distritos de riego

001

002

003

Alba,1946-a: 37) Se entregó Distrito de Riego Presa Obregón, SLP (Orive Alba,1946-a: 37) Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: P. Obregón, San Luis Potosí (A. Rodríguez, 1944) citado como entregado en oficio de fecha 16 de diciembre de 1941 de la CNI (CNI, 1941) Reglamento para el Servicio de Distribución de Aguas del Sistema Nacional de Riego No, 1, “Presidente Calles”, Río Santiago, Aguascalientes (1933) (Irrigación en México): se indica organización de asociación de regantes ACUERDO que dispone se entregue el Distrito de Riego de Pabellón, Ags., a la Junta de Aguas del citado Distrito (DOF, 19/12/1947), Distrito de Riego operado por junta de aguas (Vázquez, 1987) Antes de la transferencia, el Distrito de Riego es operado por una junta de aguas, aunque la Gerencia del Distrito maneja la presa y parte de la conducción (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007) Reglamento Sistema Nacional de Riego núm 2 Río Mante, Tamaulipas: Reglamento y Tarifa para el Servicio de Riego (1931) (comp. en Palerm et al, 2004): se indica organización de asociación de regantes Reglamento y cuotas del servicio de aguas para la conservación y administración de las obras “Río Mante Tamps” (1933) (comp en Palerm et al, 2004): se indica organización de asociación de regantes En la ficha del Distrito de Riego 03 Tula, Hidalgo está la nota “El Distrito no controla la operación de las Juntas de Agua de Tepeji, Apaxco y Tequixquiac ...” (SARH, 1978 Tomo II, p. 175)

317

(Obras, 1940) no reportado (SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

001 (SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

(Obras, 1940; SRH, 1953; CNA, 1999) no reportado (SARH, 1978)

003 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

318

004

005

Aventuras con el agua

Juntas de Aguas al interior del Distrito que corresponde al Valle de Mezquital: Tlahuelilpan, Tepeji del Río e Ixmiquilpan (Peña, 2004:101103) Reglamento Sistema Nacional de Riego núm 4 “Río Salado-CoahuilaNuevo León” Reglamento y Tarifa (1931) (comp. en Palerm et al, 2004): se indica organización de asociación de regantes “... se decretó con fecha 17 de marzo de 1942, la entrega a los grupos de usuarios ... de los canales laterales ...” (Decreto, 1944) ACUERDO que dispone se entregue la administración del Distrito de Riego de Don Martín, a la Asociación de Regante del propio Distrito (DOF, 13/07/1946) “... pues la administración y operación del Canal Principal y de los laterales ha sido entregada por acuerdo presidencial a la Asociación de Usuarios. (Acta, 1947) Sociedad de Usuarios del Distrito de Riego de Don Martín, 1948 (ca. 1948) (AHA-Catálogo) ACUERDO que dispone que el Comité Directivo integrado por representantes de la Secretaria de Recursos Hidráulicos y de Agricultura y Ganadería, reasumirá totalmente la administración y operación de Distrito de Riego numero 4, llamado también Don Martín, e (DOF, 25/08/1953) Sociedad de Usuarios del Distrito de Riego de Don Martín, ca. 1948 (AHA-Catálogo) Reglamento para el servicio de distribución de agua en el Sistema Nacional de Riego Núm. 5, Río Conchos Chihuahua (s/f, pero anterior a 1939) (comp. en Palerm et al, 2004): se indica organización de asociación de regantes En la ficha del Distrito 05 Delicias, Chihuahua hay una nota que señala,

004 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

005 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

Distritos de riego

006

007

bajo el encabezado Hidrología, “ Se derivan volúmenes para Auxilio de 10,533 Ha. Superficie no Controlada por el Distrito para el área de “Labores Viejas”.” (SARH 1978 Tomo I, p. 203; ver también Aboites 1988) Sobre propuesta de entrega (Acuerdo, 1941; ver también Aboites (1988:309310) ACUERDO que dispone se entregue el Distrito de Riego de Palestina, Coah., a la Junta de Aguas del Mismo, para su administración, distribución de sus aguas y conservación de las obras (DOF, 09/04/1948) ACUERDO que dispone que el Ejecutivo Federal reasumirá totalmente la administración y operación del Distrito de Riego de Palestina, Coah., por conducto del Comité Directivo que se integre con este objeto (DOF, 14/06/1955) ACUERDO que dispone que la Secretaria de Agricultura y Ganadería entregue el Distrito de Riego en El Nogal, Coah., a la Junta de Aguas del mismo (DOF, 13/12/1948) Reglamento general para los servicios de conservacion y operación de las obras y distribucion de las aguas en el Distrito de Riego de El Nogal, Coah. [007 Río Sabinas] administrado en fideicomiso por el Banco Nacional de Credito Agricola, S. A. (31 de Agosto de 1940) (comp. en Palerm et al, 2004): operación por asociación de usuarios “Desde hace varios años se ha entregado económicamente la administración de estas obras a los Usuarios en tal forma que la intervención administrativa se ha reducido a una simple vigilancia por un empleado con residencia en el Distrito, el cual recibe órdenes del Gerente del D de R de Palestina” (1947) (Acta, 1947)

319

006 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

007 río Sabinas (CNI, 1940, DOF 26/09/1933) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

320

009

010

011

Aventuras con el agua

Reglamento provisional para el servicio de distribución de aguas del Sistema Nacional de Riego num 9, Valle de Juárez, Chih. (1934) (comp. en Palerm et al, 2004): se indica organización de asociación de regantes Reglamento sobre el aprovechamiento de las aguas en el Valle de Juárez [Distrito de Riego 09] (3 de Marzo de 1939) (comp. en Palerm et al, 2004) se indica organización de junta de aguas “Por acuerdo de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico contenido en oficio 302-III-15475 de 23 de octubre de 1939, la Administracion de este Distrito fue entregado a la Asociacion de Usuarios de cada Unidad, en tal forma que no queda en ese lugar en la actualidad sino una actividad supervisora ejercida por el Gerente del Distrito, ademas de la atencion de la linea telefonica que por omision no fue entregada junto con las demas obras, a los Usuarios.” (1947) (Acta, 1947) La 1ª unidad, que corresponde al antiguo regadío, es operada por una junta de aguas (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007) Distrito de Riego de Culiacán. Solicitando no se entregue el manejo del Distrito de Riego a las sociedades de usuarios (ca. 1941) (AHACatálogo; AHA, AS, Caja 4734, Exp. 64167 Distrito de Riego 010. Oficios relativos a organización de asociaciones de usuarios para distribuir agua a través de los canales Rosales, Cañedo, Costa Rica (ca. 1947, 1948) (AHA-Catálogo) PARRES, JOSÉ Acuerdo que declara en suspenso la actuación de las Juntas de Agua del sistema nacional de riego 25 febrero, 1938 (comp. en Santos, 2006)

009 (Obras, 1940; SARH, 1978, CNA, 1999)

010 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

011 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

Distritos de riego

012

013 087

013

013

REGLAMENTO General para el Distrito de Riego [011] “Alto Río Lerma”, estados de Michoacán y Guanajuato. (1938) (comp. en Palerm et al, 2004) El Reglamento de 1938 señala: “CONSIDERANDO que, para que pueda, hacerse debidamente la distribución de aguas en los terrenos comprendidos en el Distrito de Riego “Alto Río Lerma”, Gto. y Mich., dada la situación que prevalece actualmente en la zona, fué indispensable que la Secretaría de Agricultura y Fomento, dictase acuerdo de fecha 11 de enero del año en curso [1938] por medio del cual se suspendió temporalmente el funcionamiento de las Juntas de Aguas de Acámbaro, Salvatierra, Jaral del Progreso y Valle de Santiago, encargándose de tal distribución la Comisión Nacional de Irrigación.” ACUERDO que dispone se entregue el Distrito de Riego de Tijuana, B.Cfa., a la Junta de Aguas del citado Distrito, para su administración (DOF, 26/03/1951)

321

012 (CNI, 1940; Obras, 1940; DOF 29/11/1940; DOF 30/08/1949; SRH, 1953) no reportado (SARH, 1978, CNA, 1999) Distrito de Riego Bajo Río ACUERDO que autoriza se entregue Lerma (SRH, 1953) a los usuarios poseedores de las tierras 013-r unidad cajititlan Distrito beneficiadas con las obras hidráulicas de Riego 013 edo de Jalisco (SARH, 1978) de la Sección de Riego de la Laguna unidad no reportada (CNA, de Cajititlán, Jal., el sistema 1999), posiblemnete integrado hidráulico correspondiente, para que lo administren y conserven por a Distrito de Riego Bajo Río conducto de la Junta de Aguas ... Lerma Rosario Mezquite (DOF 29/06/1981) o 087 jurisdicción del Distrito de Riego Bajo Río Lerma (DOF, 26/08/1949) Rosario Mezquite (CNA, 1999) ACUERDO que ordena se organicen los beneficiados con las obras (Obras, 1940; SRH, 1953), 13llevadas a cabo en el Distrito de Riego w unidad Magdalena y 13-x de la Magdalena y Ahualulco, Jal., y unidad Ahualulco del Distrito formen una Junta de Aguas (...) Una de Riego 013 edo de Jalisco vez formada la Junta de Aguas ..., (SARH, 1978), 013 a, 013r procederá a entregar a la misma, las (CNA, 1999) obras construidas ... (DOF, 02/04/1943) En la ficha del Distrito de Riego 013 013-d del Distrito de Riego

322

013

014

016

016

Aventuras con el agua

Estado de Jalisco, Unidad Belem del Refugio (13-d) en el rubro Acuerdo presidencial que establece el Distrito, bajo el encabezado Antecedentes, se señala “No existe (operado por Junta de Aguas)” (SARH, 1978 Tomo III, p. 89) En la ficha del Distrito de Riego 013 Estado de Jalisco, Unidad Villa Guerrero (13-b) en el rubro Acuerdo presidencial que establece el Distrito, bajo el encabezado Antecedentes, se señala “No existe (operado por Junta de Aguas)” (SARH, 1978 Tomo III, p. 75) Reglamento del distrito de riego del río Colorado (DOF, 23/07/1964) se menciona existencia juntas de aguas por “secciones” y se prevee por decisión mayoría usuarios de la sección conformación juntas de aguas por secciones ACUERDO que dispone se entregue el Distrito de Riego de El Rodeo, Mor., a la Junta de Aguas del citado Distrito, para su administración (DOF, 28/06/1948) En la ficha del Distrito de Riego 016 Estado de Morelos en el rubro cuotas de riego, bajo el encabezado Administración se señala “$ 45.00 Ha/Año Junta de Aguas El Rodeo” (SARH, 1978 Tomo II, p. 259) En un informe técnico de 1982 se señala “Al incorporar [al DR Morelos] el sistema de la junta de aguas El Rodeo en el presente año se tiene una superficie neta regable de 34,110 ha.” (SARH, 1982, p. 9) ACUERDO que establece el Distrito Nacional de Riego del Estado de Morelos (DOF, 14/11/1953) “operaron en juntas de aguas por un período de 35 años y fue hasta el año de 1953 cuando por acuerdo presidencial se unificaron operación, conservación y distribución de aguas, al crearse el Distrito de Riego e

013 edo de Jalisco (SARH, 1978), 013G Belem del Refugio, Jalisco (CNA, 1999) no reportado (SRH, 1953)

013-b del Distrito de Riego 013 edo de Jalisco (SARH, 1978), 013Y Villa Guerrero, Jalisco (CNA, 1999) no reportado (SRH, 1953)

014 (SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

El Rodeo 016 (Obras, 1940; SRH, 1953); parte del Distrito de Riego 016 estado de Morelos (SARH, 1978, CNA, 1999)

estado de Morelos 016 (SARH, 1978, CNA, 1999)

Distritos de riego

017

018

019

021 020

interviniendo la Secretaría hasta el año 1956 por la resistencia que presentaron los usuarios.” (SARH, 1982: 9) Reglamento para la distribucion de aguas del rio Nazas en la region lagunera de Durango y Coahuila [Distrito de Riego 017] (DOF, 01/08/1939): canales manejados por juntas de aguas Reglamento para la distribución de las aguas del rio Nazas en el Distrito de Riego de la region Lagunera [Distrito de Riego 017] (DOF, 25/10/1947): canales manejados por juntas de aguas Juntas de Aguas de diversos canales del río Nazas (AHA-Catalogo) Juntas de Aguas de diversos canales del río Aguanaval (AHA-Catálogo) Reglamento para la distribución de las aguas del canal de San Jacinto, que deriva aguas del río Nazas, Durango (1941) (comp. en Palerm et al, 2004) ACUERDO por el que se determina que la Secretaria de Recursos Hidráulicos asumirá también las funciones que ahora están a cargo de las Juntas Locales y Jueces de Aguas del Distrito de Riego numero 17 de la Región Lagunera (DOF, 06/01/1962; ver también Lobato 1999) Colonias Yaqui VIEJO REGADIO, no hay reporte organización de regantes como Distrito de Riego Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: Tehuantepec, Oaxaca (A. Rodríguez, 1942, 1944) “Existe una Junta de Aguas que opera las obras existentes anteriores a la construcción de la Presa de Las Pilas” (Acta, 1947) “Acta Constitutiva y Estatutos de la Sociedad de Usuarios de las aguas del río Tehuantepec, Oaxaca, 1940”, (comp. en Palerm et al, 2004) ACUERDO que autoriza la Comisión Nacional de Irrigación, para que

323

017 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

(Obras, 1940, SARH, 1978; CNA, 1999)

019 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

021 (SARH, 1978), 020d (CNA, 1999), reportado como

324

Aventuras con el agua

entregue a la Junta de Aguas de Tzurumútaro, Mpio. de Patzcuaro, Mich., las obras de los manantiales de Chapultepec y La Alberca (DOF, 07/05/1947)

024 013

027

028

033

Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: Chapala, Jalisco (A. Rodríguez 1942, 1944)

Distrito de Riego Ixmiquilpan, Hidalgo operado por junta de aguas (Pacheco, 1997) “Se hace constar que en este D de R existe la Junta de Aguas El Mayé constituida antes de la creación del D de R que sigue funcionando de acuerdo a la ley de aguas en vigor.” (1947) (Acta, 1947) Antes de la transferencia, el Distrito de Riego es operado por una junta de aguas (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007). Juntas de Aguas al interior del Distrito que corresponde al Valle del Mezquital: Tlahuelilpan, Tepeji del Río e Ixmiquilpan (Peña, 2004:101103) Oficio Aguas del dren aguas negras: Dren Mimila de la Cd de Tulancingo, cuya distribución a cargo Distrito de Riego 028 Tulancingo ca. 1965 (AGA, comp. en Palerm et al ms); el oficio señala que deberán en junta de regantes nombrar un juez de agua En la ficha del Distrito de Riego 033 Estado de México en el rubro de Reglamento del Distrito, bajo el encabezado Antecedentes, se señala “Vigente el [reglamento] correspondiente a la Junta de Aguas” (SARH, 1978 Tomo II, p. 217)

Distrito en cuadro periodo 1969-60 (de la Loma,1978) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953) D. de R. 013 de Chapala (CNI, 1940, DOF 16/11/1957) Distrito de Riego 013 Cienega de Chapala o Chapala; incluido en el Distrito de Riego Bajo Rio Lerma (Obras, 1940) D. de R. 024 Ciénega de Chapala (SARH, 1978; CNA, 1999, DOF 20/04/1981) no reportado (SRH, 1953)

(Obras, 1940), 027 (SARH, 1978) no reportado (SRH, 1953; CNA, 1999)

(SARH, 1978, CNA, 1999)

unidad Embajomuy, del Distrito de Riego 033 edo: de Mexico (SARH, 1978) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953; CNA, 1999)

Distritos de riego

033

034

038

Además en el rubro tipos de aprovechamiento, bajo el encabezado Hidrología aparece enlistado “Junta de Aguas Embajomuy” (SARH, 1978 Tomo II, p. 217) Reglamento de la Junta de Aguas del distrito de riego de Solís, Temascalcingo, 1951, edo. de México (AGA comp. en Palerm et al ms), se señala en el Reglamento una Junta de Aguas con una mesa directiva con 2 asesores técnicos SRH (1) y SAG (1) Reglamento Provisional para distribucion de las aguas almacenadas en la presa del Distrito de Riego [034] de Santa Rosa, Zacatecas (1941) (comp. en Palerm et al 2004) dice “Artículo 3/o.- La Administración de las aguas de que se viene tratando se hará por medio de una Junta de Aguas que tenga a su cargo los trabajos relativos a la misma y los de distribución y conservación de obras hidráulicas.” Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: Santa Rosa, Zacatecas (A. Rodríguez, 1944); En la ficha del Distrito de Riego 034 Estado de Zacatecas en el rubro Fecha en que se inició la operación, bajo el encabezado Antecedentes, se señala “Año 1939 (en junta de aguas)” (SARH, 1978 Tomo III, p. 29) Acuerdo presidencial entrega del Distrito de Riego a Junta de Aguas (DOF, 21/01/1941, copia en AHA C. 4674, Exp. 62782, fs 110) Se entregó Distrito de Riego (Orive Alba,1946-a: 37) Antes de la tranferencia el Distrito es operado por una junta de aguas (Rodríguez Haros, 2007; Rodríguez Haros y Palerm, 2007) Reglamento para la distribución de aguas del rio Mayo, regimen torrencial [Distrito de Riego 038] (1952) (comp. en Palerm et al 2004): diversas menciones de canales

325

033 Unidad Temascalcingo del Distrito de Riego 033 edo de México (DOF, 20/05/1982 y 21/05/1982), 33c (CNA, 1999), no reportado (SRH, 1953; SARH, 1978)

(Obras, 1940; SRH, 1953), 034 (SARH, 1978), 034 c (CNA, 1999)

038 (Obras, 1940; SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

326

041

048

051

053

056

Aventuras con el agua

manejados por juntas de aguas Existencia de viejos regadíos, anteriores a 1930 (Dozier, 1963: 565, . 567) Distrito de Riego del Río Yaqui, manejado en forma mixta por la SRH y los usuarios (León Estrada, 1964: 88) Yaqui (secciones de riego a cargo de los usuarios) (Beltrán, 1987; León Estrada, 1964; Beltrán Soto, 1987; Mora, 1988; Trava, 1988; Palacios, 1999) Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: dos sistemas en Yucatán (A. Rodríguez, 1944) usuarios del Distrito de Riego de Yucatán, referente al reglamento para la distribución de las aguas en Oxkutzcab, así como a la formación de la Junta de Aguas (ca. 1945) (AHA-Catálogo) citado como entregado en oficio de fecha 16 de diciembre de 1941 de la CNI (CNI, 1941) Distrito de Riego Hermosillo (Sonora) Ley que Reglamenta la Distribución de las Aguas y manejo del Sistema de Riego de Hermosillo [en el texto se indica como Distrito de Riego], 1949 (AGA comp. en Palerm et al ms), en el reglamento se señala un Consejo de Administración compuesto por un presidente (gobernador del estado), el gerente del sistema, 1 representante de los usuarios por cada una de las 4 secciones en que se divide el sistema. El gerente nombrado por el Consejo de Administración.

041 (SRH, 1953; SARH, 1978; CNA, 1999)

048 edo de Yucatán (SARH, 1978), 048 Ticul, Yucatán (CNA, 1999) no reportado (Obras, 1940; SRH, 1953)

051 (SARH, 1978; CNA, 1999)

053 Colima (DOF 22/04/1963; Distrito de Riego de Colima citado SARH, 1978), 053 (CNA, como entregado en oficio de fecha 16 1999) de diciembre de 1941 de la CNI (CNI, no reportado (Obras, 1940; 1941) SRH, 1953) ACUERDO que dispone se entregue 056 (SARH, 1978, CNA, 1999) el Distrito de Riego de AtoyacZahuapan, en Tlaxcala y Puebla, a las no reportado (Obras, 1940; Juntas de Aguas del citado Distrito y SRH, 1953)

Distritos de riego

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de la Presa Acotzala (DOF, 19/12/1947) JUNTA DE AGUAS del Distrito de Riego Atoyac Zahuapan (aguas de la barranca Pipinahuac) (AHACatálogo) ACUERDO que dispone que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaria de Recursos Hidráulicos, reasume en su totalidad la administración, operación y conservación del Distrito de Riego Atoyac-Zahuapan, sito entre Tlaxcala y Puebla, así como de la Pr (DOF, 18/07/1960)

061

073

087

096

Distrito de Riego operado por Junta de Aguas: Zamora, Michoacán (A. Rodríguez, 1942, 1944) ejemplo de la organización que lleva a cabo la SRH para entregar un distrito de riego, con el caso del Distrito de Riego 073 La Concepción. Se propone unificar bajo una administración el Distrito de Riego La Concepción y la Junta de Aguas del arroyo Lanzarote y, después de tres años de operación transitoria por la SRH, entregarlo a los usuarios (León Estrada, 1964: 92-94) módulo Yurécuaro del Distrito de Riego Rosario-Mezquite, los riegos son controlados por una Junta de Aguas (López Castro, 2002, p. 394395, 396, 398) Arroyo Zarco VIEJO REGADIO, no hay reporte organización de regantes como Distrito de Riego

Distrito de Riego Valle de Zamora, incluido en el Distrito de Riego Bajo Río Lerma (Obras, 1940), Valle de Zamora (SRH, 1953), 061 (SARH, 1978, CNA, 1999)

(SARH, 1978; CNA, 1999) no reportado (DOF, Obras, 1940; SRH, 1953)

Distrito de Riego Bajo Río Lerma Rosario Mezquite (DOF 29/06/1981), 087 Rosario Mezquite (SARH, 1978; CNA, 1999)

EL RIEGO EN EL ÁRIDO NORTEÑO. LA HERENCIA HIDRÁULICA AGRÍCOLA EN EL NORTE DE MÉXICO Y SUROESTE DE LOS ESTADOS UNIDOS Tomás Martínez Saldaña

INTRODUCCIÓN El Norte novo hispano, forjado a partir de 1540 con la entrada de Coronado a la gran pradera, era una región del tamaño de Europa y estaba habitado por diversos grupos indígenas de muy diverso nivel cultural. A estos se añadieron los colonos de herencia indígena, hispana y mexicana que, al paso del tiempo, conformaron una abigarrada población que colonizó desiertos, valles y sierras fundando presidios, misiones, ranchos, pueblos, estancias, haciendas y ciudades convirtiéndose colonos, rancheros, ganaderos, gambusinos, vaqueros, abigeos, frailes, curas , soldados y militares. La formación social y humana que acompañó a la colonización no fue un hecho casual ni un accidente geográfico. Se encuentran en la región restos de esa historia en espacios históricos y monumentos hidráulicos. La región era inhóspita pero prodiga para quien la trabajaba y en ella se escenificaron cruentas batallas entre sus habitantes y los emigrantes venidos de fuera. Llegaron ganaderos y pastores que se perdieron en las inmensidades del Llano Estacado y los desolados sin fin así como humildes labradores que construyeron las acequias en los ríos y arroyos para regar huertos y pequeños campos de labranza. Su trabajo a la postre domeñó el árido territorio. La expansión agrícola formó una frontera agrícola que sirvió de baluarte por más de 300 años. El éxito de esta expansión se debió al

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papel del riego tradicional que constituyo la receta del éxito. El riego en el norte novohispano es un fenómeno desconocido. Extendido en Chihuahua, Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas en el territorio mexicano y Texas, Nuevo México, sur de Colorado en el suroeste de los Estados Unidos. Este trabajo da una descripción somera de los sistemas hidráulicos y cultivares apoyado en la etnohistoria y a la etnografía contemporánea. La información derivada facilita la reconstrucción de la vida material y la capacidad de sobrevivencia de las comunidades irrigadoras1. EL PROCESO COLONIZADOR HIDRÁULICO AGRÍCOLA Los restos de la colonización.- Quedan rastros de la colonización, como pequeños monumentos hidráulicos, modestas construcciones civiles y religiosas: Apenas la traza de Guadiana, Parral, San Bartolomé, Chihuahua, Paso del Norte y Albuquerque, recuerdan la herencia colonial y las bellas catedrales de Guadiana y Chihuahua son excepcionales obras de arte. El proceso colonizador tuvo diversas etapas, la primera se dio a partir de 1540 cuando diversas expediciones de exploradores, misioneros y de colonizadores llegaron al corazón de la Gran Pradera, lográndose la fundación de San Miguel del Espíritu Santo o Culiacán en el occidente. El descubrimiento de las minas de Zacatecas acicateó la colonización del norte novohispano pero se vio impedida por más de cincuenta años por el formidable peligro que representaban los indígenas chichimecas. Las estepas desérticas como el Gran Tunal y el Desierto Chihuahuense son el paisaje característico del norte novohispano que se extienden hasta la gran pradera norteamericana. En esta vasta región aparecen dos fuentes de agua que fueron focos de colonización agrícola: los oasis norteños y la cuenca del Río Grande – Bravo. Las diferencias de colonización.- Una vez vencida la hostilidad de los grupos recolectores y cazadores y quedó establecido el camino hacia el norte se empezó en forma real la colonización. Esta circunstancia implicó elementos que caracterizaron la colonización colonizador. En

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primer lugar se modificó el proceso misionero de frailes franciscanos y padres jesuitas, cono una visión global y dependientes de la Corona Española, el cual fue suplantado por la administración burocrática de los curas seculares subordinados a sus obispos, que generó un enfrentamiento entre la utopía misionera y la administración eclesiástica. En segundo lugar la colonización norteña de gambusinos y criadores ganado mayor y pastorías de menor generaron conflictos por su manejo irresponsable de pastos y bosques, provocando cambios ecológicos irreversibles en algunas regiones. Finalmente en la región no se pudo establecer de manera eficiente el tributo ni el trabajo forzado. Lo que facilitó la aparición de una clase de hombres libres desprovista de un carácter étnico, atrevida, montaraz, autónoma, alegre y franca: el primitivo hombre de la frontera que sirvió de soldado, campesino, gambusino, pastor y labrador. Los Colonizadores del norte.- fueron caracterizados por conquistadores y colonos venidos de Vizcaya, se convirtieron en los grandes señores del norte, surgidos del éxito de la minería zacatecana como los Ibarra y los Oñate. Un caso típico fue Francisco de Ibarra, joven capitán, sobrino de Diego de Ibarra minero exitoso, colonizador de la Nueva Galicia y fundador de Zacatecas. Ibarra fundó el Reino de la Nueva Vizcaya con Guadiana como la cabecera desde donde coordinó la expansión minera y la colonización agrícola, estableciendo grupos en todo su territorio como Nombre de Dios, Poanas, Analco, Indee, San Bartolomé y Mazapil: abrió caminos para el norte, para el mar rumbo a Chiametla y para el desierto colonizando el occidente del desierto chihuahuense. De igual manera Juan de Oñate, hijo de Cristóbal de Oñate conquistador de la Nueva Galicia y fundador de Zacatecas, colonizó Nuevo México y terminando el Camino Real de Tierra Adentro que a la postre unió México con Santa Fe. Los herederos y soldados vascos, al servicio de los Ibarra y los Oñate, años después ocuparon sus puesto, como fue Rodrigo del Río de la Loza quien fue el tercer gobernador de la Nueva Vizcaya quien estableció la colonización tlaxcalteca en el territorio neovizcaino, con

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el apoyo de Francisco de Urdiñola, otro vasco colonizador de la zona oriental quien funda Río Grande, Parras y San Esteban de la Nueva Tlaxcala, como pueblo gemelo de Saltillo2. Los Pueblos y Maestros Tlaxcaltecas.- Los tlaxcaltecas y sus descendientes apoyaron la colonización desde 1540. Los tlaxcaltecas fueron excelentes colonizadores porque en 80 años de presencia de tecnología europea en Tlaxcala se dio una hibridización tecnológica que cristalizó en la colonización de las cuatrocientas familias en 1591. quienes llevaron recursos genéticos y tecnologías hidráulicas al norte3. Esta herencia es reconocible en Parras de la Fuente (Coahuila), en Saltillo, Santa Fe, Alburquerque donde hay evidencia de la presencia de la tecnología hidráulica en las presas, cajas de agua y canales de riego4. Los tlaxcaltecas estuvieron en la caravana de Juan de Oñate al Nuevo México. En 1604 fundaron el pueblo de San Miguel de los Naturales, coronando una cadena de pueblos hortelanos que cubrían el Camino Real, como Mezquitic y Tlaxcalilla en San Luis Potosí San Marcos en Aguascalientes; Ojo Caliente, Fresnillo, Sombrerete, Chalchihuites en Zacatecas; Nombre de Dios, Guadiana , Santa María del Río, Cinco Señores, hoy Nazas en Durango; Santa Bárbara, Parral, San Bartolomé, hoy Valle de Allende, Santo Niño, San Felipe, Paso del Norte en Chihuahua; Las Cruces, Socorro, Atrisco, Alburquerque, Alameda, Bernalillo y Santa Fe en Nuevo México5. Colonos libres, Misiones, Pueblos.- Quizá la injusticia mas grande que existe es el desconocimiento del grupo mas numeroso de la colonización que fueron los colonos libres, los misioneros y los capitanes de presidio, cuyas fundaciones existen hasta hoy en día, caso notorio es la ciudad de Aguascalientes que nació de un modesto presidio, así como Cd. Juárez que nació de la fundación de una misión. Por ello la presencia de estos colonos mesoamericanos en las zonas de riego se concluye y se adivina pero formalmente está por estudiarse. LOS CASOS ESTUDIADOS EN LA EXPANSIÓN

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La estrategia de pacificación que permitió la colonización del norte novohispano se asoció a los sistemas que se generaron para que los indígenas se integraran al proceso de expansión y este proceso fundamentalmente fue la introducción de la agricultura mesoamericana en el norte. Así pues no quedo otra mejor manera de entender la presencia mesoamericana que la búsqueda del manejo del riego a través de diversas fuentes y sobre todo del estudio de diversos sistemas hidráulicos. Vale la pena señalar algunos casos de los sistemas de riego que han llegado hasta nosotros y que podemos constatar en documentos como es el caso de Saltillo, Parras, Santa Fe, Bustamante, Mezquitic. El uso de los privilegios tlaxcaltecas permitió fundaciones en los lejanos pueblos del norte. La administración de la Nueva España no puso reparos ante estos nuevos señores del norte con tal de que colonizaran la vastedad de las tierras septentrionales, buscando que cultivaran la tierra y produjeran fruta, hortaliza, carne, sebo y cueros para las minas. Este trabajo era suficiente para declararlos hidalgos. Estas fundaciones sobrevivieron y fueron las raíces de la agricultura minería y ganadería Chihuahua y Nuevo México, extendiéndose con el tiempo a Texas río abajo. El Paso del Norte fue un centro agrícola importante con sus colonias; San Lorenzo, Senecú, Isleta. En el cauce del río floreció La Junta de los Ríos hoy Ojinaga (Chihuahua) y Presidio (Texas) donde existieron aprovechamientos hidráulicos. Y otros pueblos como en San Juan Bautista del Río Grande, hoy Cd. Guerrero (Coah.). 1ª.- El Paso del Norte En la cuenca baja del Río Grande se encontraban los aprovechamientos del Paso del Norte, la misión de Guadalupe, San Lorenzo y otras colonias indígenas establecidas a ambas orillas de río. Los usuarios del agua construyeron pequeños sistemas hidráulicos, en base a derivaciones y sacas de agua, desde donde corría una acequia madre y de ella derivaban canales, canaletas y regaderas, con las que fundaron huertas y predios irrigados, que producían fruta, alimentos, vinos que no eran de muy buena calidad pero que fueron registrados

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por los viajeros, por los capitanes visitadores de presidios y por los frailes predicadores y viandantes de todo tipo6. Muchas veces los pueblos ribereños del río Bravo y sus afluentes; los ríos Conchos, Florido, Sabinas, San Juan y Salado fueron barridos por avenidas de aguas broncas, no quedan rastros de canales en algunas comunidades étnicas establecidas cerca del Paso como Isleta. De igual forma esta herencia ha desaparecido de ciudad Guerrero (Coahuila), la a puerta del camino de Texas San Juan Bautista del Río Grande que no pudo conservar ni su nombre. La destrucción de la herencia agrícola e hidráulica, base de la memoria colectiva, ha sido una constante, sus archivos no existen y sus canales quedaron sepultados ha tiempo en Ciudad Juárez, San Lorenzo Chihuahua y El Paso, Texas. 2ª.- La fundación de san Antonio Texas Otras fundaciones en la zona fueron las establecidas a las orillas del Río Pecos, el río Colorado, el Nueces y el San Antonio, el establecimiento más importante fue este último donde se aprovechaban sus corrientes, restableciéndose sistemas hidráulicos conocidos hasta hoy como el sistema hidráulico de San Antonio en pleno corazón de Texas. San Antonio se convirtió al menos durante su período hispano y mexicano en un famoso productor de fruta, chiles, maíz y fríjol pero que perdió su tradición con el paso de los años. Solamente sobreviven algunos restos agrícolas e hidráulicos respetados como un santuario7. El estudio de la cartografía bejariana y de su arqueología moderna nos señala que en esa región se conocía una tecnología hidráulica semejante a la de San Esteban, sus acueductos tienen parecido a los construidos en Parras y además la protección de estas tierras estaba encomendada a las escuadras volantes de San José y Santiago del Álamo. En San Antonio aparecen muchas similitudes en aprovechamientos, canales, acequias y regaderas. Fue un ejemplo del proceso colonizador construyendo acequias para establecer misiones, pueblos y presidios con gran éxito. En la provincia de Texas la mayor

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parte de las fundaciones fue hecha de manera espontánea desde San Esteban, para 1720 ya había empezado el éxodo de colonos que se establecieron en San Antonio8. Inclusive hubo intentos colonizadores fracasados en el cauce ribereño entre Texas y Chihuahua y Coahuila donde no sobrevivieron los poblados por lo lejano del territorio y por lo expuesto a los vejámenes de los indios apaches. La expedición militar geográfica a la junta de los ríos Conchos y Grande del Norte y al Bolsón de Mapimí en 1728 y 1749, dan una claridad meridiana para entender este rincón ignoto del lejano norte novohispano. Hace 250 años era una tierra ignota que no ofrecía incentivos a la colonización. Para 1880 gracias a la penetración de los ferrocarriles se expandió el cotton belt en los llanos de la Junta de los Ríos, hoy Ojinaga y Presidio donde se establecieron empresas algodoneras (Rodríguez Sala, 2000). 3ª.- Sistemas de riego en Santa Fe Nuevo México La colonización de Juan de Oñate al lejano norte se inició en Zacatecas, cruzó Guadiana y llegó al paraje conocido como el Casco9. El recorrido siguió por San José del Parral, Santa Bárbara y el somontano de la Sierra Madre10. Desde su llegada impulsó la construcción de acequias, fundó San Juan de los Caballeros donde construyó una acequia. Para 1604 un grupo de colonos tlaxcaltecas fundó San Miguel y de inmediato aprovechan los escurrimientos de la sierra Sangre de Cristo. Para 1610 los fundadores de San Juan se mudan a donde estaban los tlaxcaltecas y allí se refunda una población mixta: El pueblo de Santa Fe, el Presidio de Santa Fe y el cercano San Miguel, ¿que pasa a ser un barrio aledaño o pueblo? cada una de estas fundaciones tuvo su respectiva acequia. La rebelión de los Indios Pueblo impidió el crecimiento de esta herencia y finalmente a partir de 1690 se inicia un proceso expansivo mas estructurado11. Para 1750 se habla de las acequias de los indios tlaxcaltecas, a quienes se menciona como labradores productores de fruta, de pan y cazadores de cíbolos. Hicieron fama los chiles y la carne seca de esta zona, así como los sarapes y frazadas de lana. Para esa misma fecha ya tenían

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un barrio propio, San Miguel de Analco, o San Miguel de los Indios o de los tlaxcaltecas quizá con su gobernador y su cabildo y continuaron viviendo hasta que se amalgamaron e integraron definitivamente a la cultura santafeña (Arellano, 1994; Arguello, 1996; Ebright, 1996). Los Tlaxcaltecas aprovecharon la presencia hidráulica local, añadieron su propia tecnología y enriquecieron la flora y fauna local con el germoplasma exitoso de otras partes de la Nueva España. No conocemos registros posteriores de llegada de otros maestros labradores y constructores de caños, tajos, acequias y de injertadores y podadores pero quedan evidencias de que para 1800 llegaban maestros tejedores de San Esteban o Saltillo hasta Santa Fe para enseñar el arte de los sarapes. El barrio de San Miguel fue un centro importante de expansión agrícola e hidráulica, familias del barrio de San Miguel fundaron Truchas, Trampas y otros pueblos que sirvieron de línea defensiva para Santa Fe. El éxito de los agricultores se baso en las dos acequias madres construidas ex profeso para los barrios tlaxcaltecas y el barrio español. Hicieron florecer la agricultura en las vegas, en las tierras ribereñas y en cañadas protegidas y se adaptó a la ganadería de ganado menor y a la caza de cíbolo, La agricultura de Santa Fe se caracterizó por sus huertos, sus canales, la tradición de sus cofradías de los Hermanos Penitentes y de sus mayordomos de riego y grupos de ayuda mutua. Todavía para 1870 los herederos de los colonizadores tlaxcaltecas continuaban su expansión en la cuenca del río Pecos, del Río Arkansas y de Río Canadia. Estos sistemas hidráulicos distribuidos en la región del norte de Nuevo México y sur de Colorado y el occidente de Texas y Kansas continúan en uso con tradiciones que recuerdan la presencia hidráulica mesoamericana del siglo XVIII12. La “cultura de la acequia” derivada del manejo hidráulico en Santa Fe generó estructuras de gobierno en autoridades locales y en las cofradías que en el caso de los Hermanos Penitentes en Santa Fe, indican que estas comunidades conservaron en sus manos los recursos de suelo, tierra y agua hasta épocas muy recientes. Las festividades alrededor del agua y de los santos vinculados a ella también conforman un elemento que señala la herencia común mesoamericana

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presente en el aprovechamiento de la fruticultura mestiza europea e indígena compañera inseparable de los sistemas de regadío y elemento básica para la cultura de la acequia llegada desde el siglo XVI, acompañada por los cultivos tradicionales del maíz, el fríjol y el chile13. 4ª.- San Esteban de la Nueva Tlaxcala y Santiago del Saltillo El sistema de San Esteban de la Nueva Tlaxcala en el nororiente de la Nueva España, se estableció en 1591 con la llegada de 100 familias tlaxcaltecas donde fundaron el Altepetl de San Esteban, a las orillas del Santiago del Saltillo. El riego quedó establecido de inmediato al aprovechar la fuente más rica de agua del norte y por la capacidad de las tierras que se pusieron a disposición de los colonizadores, Este modelo de agricultura intensiva se expandió a otras 19 fundaciones y a un sinfín de lugares a donde llegaron en forma espontánea los descendientes de los colonos de San Esteban a lo largo de 200 años. El éxito más importante del sistema de riego norteño fue que pudo manejar los cambios de clima y al mismo tiempo conservaba al humedad ambiental, con ello se lograba un manejo optimo de los recursos hidráulicos de los oasis, de las pequeñas escorrentías, de las alfagaras y de toda fuente de agua14. San Esteban se fundó a un lado de Santiago del Saltillo, fundación hermana surgida en 1575 como presidio y defensa y como posta ganadera y militar que tuvo una vida azarosa frente a las amenazas de los nativos hasta que la colonización tlaxcalteca trajo la paz y el desarrollo a la región. Esta fundación fue trascendental para la historia agrícola e hidráulica y para la vida colonial del norte novohispano, porque de aquí salieron una multitud de colonizadores a lo largo de tres siglos. El sistema hidráulico implantado en San Esteban tuvo un origen doble prehispánico de cultivo de anego, de chinampería, y europeo de uso de riego intensivo tipo valenciano15. San Esteban se puede reconstruir como asentamiento y como el sistema hidráulico. Este abarcaba unas tres leguas cuadradas o sea un cuadrado de unos l5 kilómetros por lado, sumando unas 5300 hectáreas en el valle de Saltillo, de las cuales 20 caballerías eran de

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labor o sea unas ochocientas hectáreas y aprovechaba una gran cantidad de corrientes de agua que permitieron la construcción de innumerables obras hidráulicas, Inclusive en el mismo asentamiento de San Esteban existían la acequia madre, acequias secundarias, regaderas, presas, represas. Conformando un complejo sistema intensivo de riego, rodeado de una espesa cortina de material vegetativo nativo de la región: palma, nogales, nopales, huisache, mezquites. El área de riego en San Esteban era alimentada por lo menos por una acequia madre que venía del manantial principal desde el Santiago del Saltillo, a esta fuente de agua se le añadieron varias sacas de agua del río en la zona baja, donde se construyeron diversas obras de derivación de agua que ayudaban al sistema de riego. No se puede cuantificar la cantidad de agua pero se señala la existencia de unos dos bueyes de agua, el equivalente de dos metros cúbicos por segundo. Esta cantidad de agua se utilizaba de manera muy prudente lo que permitía el manejo de este caudal, con el ambiente generando un microclima extremadamente productivo. De esta forma se permitía que toda el agua fuera aprovechada y la poca que se escapaba era recuperada de inmediato. El manejo ambiental así facilitaba que poca cantidad de agua irrigara una amplia zona con bastante éxito. El micro clima permitía la humedad ambiental necesaria para el cultivo y para generar diversos pisos ecológicos que aprovechaban el suelo, el aire y sobre todo la luz y la humedad. Las acequias cubiertas por árboles no sufrían un calentamiento importante en época de estiaje y en el invierno permitían que no hubiese heladas que afectaran la zona productora. Las cortinas existentes a la orilla de la zona irrigada y las divisiones internas permitían que a pesar de bajas temperaturas no se helaran las cosechas y los árboles, arbustos y plantas. La zona irrigada se asemejaba a un enorme cuadro de ajedrez formado por múltiples cuadros protegidos por barreras de árboles productivos de frutas, de leña o de sombra. La orilla ofrecía una barrera múltiple tanto para el frío, como para el polvo y los animales. Dentro del este rectángulo de múltiples cuadros irrigados había cinco divisiones más importantes por donde circulaban

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las acequias principales y que distinguían a la población cabecera de San Esteban de Santiago del Saltillo y a los cuatro barrios, sobreviven el barrio de de Santa Ana, y San José; cada barrio a su vez dividía su propiedad con otras barreras de árboles frutales a la orilla de la acequias y canales derivadores. En San Esteban estaba ya presente la fruticultura europea aclimatada en Tlaxcala y al mismo tiempo la fruticultura mesoamericana como el tejocote, el Capulín, el aguacate, habiendo desaparecido el zapote, los chicozapotes y algunas otras variedades llevadas desde el centro de México. Además en el sistema se añadieron variedades del desierto como el nogal y el mezquite16. Los mapas antiguos de San Esteban Saltillo muestran que la acequia madre pasaba por el centro de la actual ciudad y que dividía a San Esteban de la Nueva Tlaxcala del Santiago del Saltillo. Aguas abajo del centro al poniente se extendían los cultivares de los tlaxcaltecas. Había además varias fuentes de agua que permitieron otros sistemas paralelos, se aprovechó el río que atraviesa la ciudad y en el se hicieron diversas sacas de agua y se irrigaron diversas cañadas y bajíos cercanos a San Esteban 17. En Saltillo no queda rastro de usos de la tuna y por el contrario la nuez se ha vuelto dominante en el curado de vinos, en la producción de dulces. Los huertos que fueron establecidos desde San Esteban en varios pueblos de Coahuila, Nuevo León y Texas fueron una copia del sistema de cultivo de Saltillo, consistente en un núcleo compacto irrigado en forma de cuadrícula al interior protegido por barreras contravientos y con pisos al interior de los huertos para proteger la humedad, evitar la evaporación del agua y protección contra las heladas. Este proceso hizo historia donde San Esteban fue un puerto de salida para fundaciones, colonizaciones y construcciones por más de 300 años. Aun hoy día los injertadores de San Esteban y Parras tienen fama en el norte llevando la tecnología tradicional del manejo de huertos heredada desde la colonia San Esteban y su colonia satélite de Parras generaron un modelo social y cultural de expansión agrícola mesoamericana, exitoso en base al logro tecnológico del manejo del

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agua en el desierto. Este éxito fue sencillo pero muy práctico al generar un sistema hidráulico cerrado, protegido y autosuficiente. La tecnología era repetible, fácil de entender y al alcance de frailes, capitales, agricultores. Con ella se realizó la colonización del norte novohispano desde el siglo XVI hasta finales del siglo XVIII. A partir de entonces, se buscó que cualquier pueblo, presidio o misión contara maestros labradores que acompañaban al ejército, a los frailes y a los colonos. El establecimiento de un sistema seguro de riego auguraba el éxito de las colonizaciones, de las misiones y de los presidios, estableciendo aprovechamientos múltiples que implicaba un centro hortícola intensivo, una zona de pastizales y talleres de aprovechamiento de lana, de cuero, de pieles que permitían que las pequeñas comunidades norteñas fuesen autosuficientes, seguras y auto defendibles18. 5ª.- El caso de Guadalupe Nuevo León Guadalupe Nuevo León, es en la actualidad un pueblo conurbado con la ciudad de Monterrey, donde se construyó un sistema de riego heredero de San Esteban que existió casi por trescientos años y permitió sobrevivir a la comunidad de Guadalupe y establecerse de forma adecuada de tal manera que sobrevivió hasta 1970 como comunidad de regantes y productora de hortalizas. Recientemente sucumbió ante la abalanza urbanizadora que la absorbió convirtiéndola en parte de la gran urbe regiomontana, su pasado hidráulico y agrícola ahora solo es recuerdo e historia, a pesar de haber perdido su base agrícola continúa conservando su riqueza cultural y religiosa. Sistemas de Riego en Guadalupe Nuevo León.- Existe un documento que nos ofrece un panorama del sistema de riego de esta comunidad fundada en 1715 con colonos de San Esteban de la Nueva Tlaxcala, establecida como una comunidad mixta de indígenas nativos y colonos tlaxcaltecas. Los recursos ofrecidos por el gobernador Francisco de Barbadillo y Vitoria permitieron darle a la comunidad un papel como centro hidráulico,

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Nos podemos dar una idea de lo que fue Guadalupe gracias a que se han descubierto documentos que nos señalan que para 1825 con motivo de convalidar los derechos de agua ante las nuevas autoridades republicanas de la naciente república mexicana se inicio un trámite legal basado en los acuerdos del honorable congreso del estado de Nuevo León en sesión del día 2 de julio de 1825 para que la ley de reparto de tierras se pusiera en acción respecto del pueblo de Guadalupe, como y cuando lo juzgara oportuno el gobierno, cuidando de que una tercera parte se reservara para ejidos del pueblo en cuya virtud ha dispuesto se ponga éste en ejecución a la brevedad posible. En dicho documento se dieron instrucciones y prevenciones que reglamentarían el reparto de tierras y aguas y bienes de las exmisiones de Nuevo León así como del pueblo de Guadalupe, este proceso duro 10 años hasta que definitivamente quedó aclarado el patrón de usuarios en 1836 (Arredondo, 2000. 4-5). La cantidad de agua que se utilizaba así como las porciones se pueden calcular a partir de la tradición utilizada para los repartos de este tipo, o sea si se entregaba una porción irrigada de 20 metros de ancho por 100 de largo, se calcula que había cinco derechos en cada hectárea, por lo cual se puede hablar de 40 hectáreas irrigadas. Esta cantidad de hectáreas bajo riego era suficiente para alimentar una población como lo era Monterrey en la época colonial; su expansión industrial llevo a utilizar el agua en usos industriales y fines urbanos, el sistema sucumbió a mediados del siglo XX. El sistema de riego de Guadalupe presenta una distribución comunal trascendente dividida en una distribución familiar significativa, donde las familias extensas eran la estructura social mínima del sistema donde los usuarios se denominaban accionistas. De acuerdo a la información obtenida, estaban registrados en 1825 unas 196 familias en una población de 10 000 habitantes. El agua se dividía en grupos familiares de la siguiente manera:

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Cuadro Num. 1 Distribución del riego en Guadalupe, N. L., México en el año de 1825 Familia número de derechos de agua porcentaje % ------------------------------------------------------------------------------------Ramos 35 32 González 14 13 Maldonado 8 7 De Luna 6 5 Cabazos 6 5 De la Paz 6 5 García 5 4 Reyes 5 4 De Cena 4 3 Torres 3 3 Rubio 3 3 Juárez 3 3 Otras familias* 14 13 ------------------------------------------------------------------------------------Familias registradas 112 100 % ------------------------------------------------------------------------------------* Otras familias eran: De la Cruz, de los Santos, Carrazco, Noyolas, Ramírez, gallegos, Daniel, Fuentes, De la Rosa. Fuente: Arredondo, 2000: 26.

El manejo de agua contemplaba acciones sociales como era el cuidado de familias encabezadas por viudas o huérfanos, quienes tenían un tutor delante del sistema de riego. A esta población se le protegían sus derechos de agua. Cuando no había una cabeza que los trabajara se autorizaba su renta por alguien más y el beneficio era para la manutención de la familia desprotegida. El tercio de agua era para el común, para atención a los espacios comunes, para el riego de las tierras de los santos o de la iglesia e inclusive para las tierras de la comunidad cuyos recursos se utilizaban para el mantenimiento de las autoridades civiles. Los sistemas de riego de Guadalupe son quizás los más ilustrativos y pueden ser reconstruidos desde su inicio hasta su extinción gracias a la información de archivo y a la tradición local que conserva sus fiestas tradicionales como la fiesta del Santo Señor de la Expiración celebrada en las festividades estivales del l5 de agosto de cada año.

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Guadalupe es un caso emblemático repetido en otros poblados de Nuevo León y Tamaulipas (Arredondo, 2000: 18-25). 6ª.- El caso de Monterrey Nuevo León Es difícil imaginar a la ciudad metropolitana de Monterrey como un pueblo hortelano, con acequias, canales y regaderas conformando un pueblo lleno de huertas, disperso con producción frutícola y hortícola. El hecho fue que desde su fundación de 1596 hasta 1800 su desarrollo fue al parejo de los pueblos hortelanos basados en la tradición agrícola, por lo que la presencia de los horticultores tlaxcaltecas fue de vital importancia. El aprovechamiento del agua de los ojos de Santa Lucia, el origen de su fundación, fue a través de canales de riego, presas, represas, canales derivadores que permitió el asentamiento semidisperso de la ciudad surgiendo por doquier huertas y tenerías. Monterrey siguió el patrón agrícola de San Esteban ya que varios de sus fundadores venían de allí. Se repitió el modelo agrícola de horticultura y fruticultura intensiva que facilitaba el autoabasto de la población y generaba autonomía administrativa. Una diferencia local era la concentración de las matanzas y el manejo de ganados en grandes rebaños y en mestas que implicaba el manejo de carnes, cueros, sebos que tenían un destino comercial en los centros mineros del centro de la Nueva España. Además desde el principio se utilizó la cal, la arena y la baba de nopal para el enjarre, edificaciones y cimentaciones a base de jaras, varas, troncos, muchos años después se empezó la construcción de cal y canto. Los reineros, habitantes del Nuevo León, también buscaron minas e hicieron explotaciones con poco éxito. Por esto durante casi trescientos años Monterrey en el Nuevo León tuvo un pasaje agrícola y ganadero, surgieron haciendas y estancias de ganado mayor y menor así como pueblos agrícolas a la vera de las serranías que facilitaban la formación de manantiales. En ese periodo de tiempo nacieron Hualahuises, Purificación, Santiago, Arramberri, Mina, Bustamante entre otros pueblos repitiendo el modelo de la capital. Monterrey fue creciendo poco a poco alrededor de los canales de riego hasta 1750 en que empezó a transformarse en una comunidad

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compacta y asentada alrededor la plaza de armas, las casas reales y de la reciente catedral. Fueron de vital importancia las diligencias del Sr. Obispo para adecentar la ciudad, cuyos desvelos se contrapusieron a los intereses de las autoridades civiles. Pero a pesar de dichas desavenencias se inició la modernización urbana del centro. A partir de entonces se empezaron a construir puentes sobre las acequias, se delinearon canales, y se empezó a construir en una forma reticular, iniciándose la compactación urbana del ahora llamado barrio antiguo en el centro de Monterrey. Para esos momentos “la ciudad se convertía en un bosque de naranjos, aguacates y nogales que tanto admirarían diversos cronistas años después. Además la tradición señala a los canteros de catedral y del obispado como canteros tlaxcaltecas, así como los hortelanos traídos de San Esteban ya que es apabullante la presencia de la horticultura tlaxcalteca en los aguacates y nogales. , todavía se formaron barrios como Ahualulco que al paso de los años tan solo sobrevive su recuerdo Monterrey y su entorno apenas recuerdan este pasado que recientemente ha sido recogido y estudiado (Martínez Garza, 1999: 69). En Nuevo León la colonización agrícola no se redujo a la capital, hubo otras fundaciones en las estribaciones de la Sierra Madre Oriental así se explica la fundación de Santa María de las Nieves del Río Blanco y San José de Río Blanco hoy Arramberri y Zaragoza N.L a finales del siglo XVIII, allí se establecieron colonizadores agrícolas venidos de San Sebastián del agua de Venado y de la región de San Luis Potosí, sabemos de la presencia temprana de nobles, técnicos y modestos agricultores en la región, donde se repitió el modelo de colonización vía el sistema hidráulico intensivo, aunque en Nuevo León y Tamaulipas jamás se repite la hazaña de poner en producción 200 hectáreas como en San Esteban., eran pequeños espacios unidos con sistemas de canales en barrancas y pequeños valles. Los patrones de cultivo eran mucho más pequeños, protegidos con más barreras protectoras porque el clima era más extremoso y sobre todo se aprovechó la flora regional de manera mas intensa. Por eso la mejor manera de entender la presencia mesoamericana que la búsqueda del

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manejo del riego a través de los acequias canales, canales y fiestas de los pueblos19. Don Israel Cabazos y Octavio Herrera han descubierto la huella tlaxcalteca en toda la región neoleonesa y tamaulipeca, gracias a ellos sabemos que señores tlaxcaltecas fundaron y colonizaron Santa Maria del Río Blanco a finales del siglo XVIII cuya herencia hidráulica permitió establecer sistemas de riego basados en el modelo de agricultura con una herencia genética de frutales y granos de Europa y Mesoamérica. La tecnología de irrigación se difundió a base de acequias y aprovechamientos hidráulicos de manantiales y pequeñas corrientes de agua que escurrían de la sierra madre oriental20. Los sistemas acequieros tuvieron un enorme desarrollo en el territorio neoleonés que en 1750 fue cedido para fundar el Nuevo Santander, en 1748 don José de Escandón colonizó el seno mexicano con cerca de 20 poblados. Su patrón de asentamiento implicaba en su traza el uso de recursos hidráulicos mediante el manejo de fuentes de agua, así una parte importante de las fundaciones se hicieron en las faldas de la sierra madre oriental y las demás a las orillas de los ríos. Tuvo apoyo de la corona para su consolidación, logrando que sus fundaciones sobrevivieran hasta hoy en día. Estas villas mezclaron a de ganaderos, horticultores y agricultores, y para lograr su objetivo contrató a maestros labradores de Venado. 7ª.- El caso de San Migue Aguayo, hoy Bustamante Otro caso representativo de pueblos acequieros es Bustamante N.L. el antiguo San Miguel de Aguayo, población que conserva sus archivos y documentación del siglo XVIII, así como sus sistemas hidráulicos intactos. En Bustamante todavía se observan las obras realizadas en el transcurso de los años, los vertedores, los partidores y los sistemas fundados desde don Ambrosio de Llanos y Valdés, obispo de Monterrey, casi cien años después de la fundación de San Miguel. El sistema modernizado hoy en día irriga unas 200 hectáreas de nogaleras en base a huertos simples, con carácter comercial y algunos huertos donde sobreviven algunos rasgos de los huertos múltiples donde hubo dos o tres pisos de aprovechamiento. En esta estructura

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sobresalía el nivel superior formado por árboles frondosos como los nogaleros y aguacateros con muchas ramas que generaban sombra y permitían el paso de la luz, protegiendo el entorno ecológico y la humedad ambiental. En un nivel intermedio estaban aguacates pequeños, naranjos, manzanos, perones, membrillos, higueras. Finalmente al nivel del piso se sembraba caña de azúcar, maíz, hierbas de olor, aromáticas que se utilizaban para el autoabasto. San Miguel con el paso de los años generó una abigarrada tradición de aprovechamiento del agua que creo fortunas y familias pudientes, ahora parte de esas familias detentan el agua y la han concentrado de tal forma que los sistemas que forman buscan el mayor aprovechamiento de los recursos contra un mínimo de inversión donde han surgido huertos nuevos de nogales donde apenas se siembra avena en el invierno. Se utiliza el agua para balnearios y espacios de esparcimiento y para la producción de nuez. Este uso era opuesto a los modelos mesoamericanos o campesinos, que implicaba usos intensivos de trabajo como melgas de hortalizas, almácigos, así como organización y especialización. Estos sistemas están en proceso de desaparición y con ellos el germoplasma que los acompañaba. Los cambios se iniciaron a mediados del siglo XX, cuando los productos locales dejaron de ser competitivos en los mercados de Monterrey y de la frontera, muchos de estos huertos se volvieron espacios turísticos, habitacionales o granjas lecheras que invirtieron en producción de forrajes pero que no sobrevivieron a los cambios. A pesar de todo todavía hay algunos huertos pequeños manejados familiarmente cerca de las casas habitación. A pesar del cambio todavía es un centro de genética de frutales que hay que aprovechar y registrar antes de su extinción. Bustamante es una comunidad a 100 kilómetros de la ciudad de Monterrey por la carretera a Columbia cerca de la frontera con EE.UU., donde todavía sobreviven estructuras culturales alrededor de la imagen del Santo señor de Tlaxcala, como cofradías, ceremoniales del agua, danzas así como estructuras hidráulicas de uso y usufructo de reparto y derechos de agua, pertenece a la diócesis de Nuevo

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Laredo y sigue celebrando la una festividad tradicional de las bendiciones del agua que recuerda su origen tlaxcalteca el día 6 de Agosto en una ceremonia donde el agua es parte sustantiva de toda la ceremonia. San Miguel es conocido por su feria y sus tradiciones, su Cristo, sus dulces y panes y por su gran sistema de irrigación pero ya no como el huerto del desierto. Bustamante representa el modelo de transformación de los pueblos oasis del norte de México, originado en la época colonial, cuya trascendencia e importancia se vio disminuida con el cambio económico y el crecimiento de la ciudad de Monterrey. Inclusive existe un grupo de académicos dedicados a su estudio quienes han logrado que Bustamante se abra al estudio de científicos de diversas partes del mundo (Butzer, 2001). 8ª.- El caso de Parras Coahuila Santa María de las Parras fue fundado por una colonia tlaxcalteca en 1598 trasladada desde San Esteban de la Nueva Tlaxcala, el riego llegó con ellos a un valle semicolonizado y se fundó un poblado, el cual nació al igual que San Esteban - y recibió una dotación de aguas de manos del capitán Francisco de Urdiñola, En Parras las fuentes de agua eran escasas pero se utilizaron con mucha cuidado de tal forma que al final se estableció un sistema donde el agua fue el elemento integrador que sumaba el manejo ambiental y la utilización de muy variadas plantas que generaron un sistema pluriproductivo de huertos mixtos y complejos. La poca disponibilidad del agua en Parras no permitió que el sistema creciera más allá de lo que facilitaban las fuentes y no fue sino hasta el siglo XVIII, casi 150 años después, ante los conflictos generados por los herederos de don Francisco, ahora organizados en el Marquesado de Aguayo que buscaban el control de todo el caudal, los herederos de los colonos construyeron los llamados tajos, cajas de agua que la obtenían directamente de la sierra haciendo cavidades hasta de un kilómetro de largo. Estos tajos son llamados qanats o galerías filtrantes las que hasta la fecha están en uso, estas galerías requerían de mucha organización y mano de obra para su

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construcción, por lo que solo por las cofradías de productores de vino pudieron costear dicho trabajo. Estos sistemas tuvieron costos muy altos para su construcción pero esta inversión resolvió en parte el litigio de aguas. El manejo de agua así logrado se convirtió en una herencia que quedó en manos de los productores tlaxcaltecas y continúa ubicada en el barrio de San Isidro. A pesar de los conflictos de agua los herederos tlaxcaltecas crearon cofradías de productores de vino que tuvieron éxito, les facilitó expandir su tecnología a otros lugares y se convirtieron en maestros labradores, acompañando a los padres jesuitas para colonizar el Río Nazas, y apoyados por la Corona fundaron misiones en San Pedro, La Concha, San Juan de Casta, Baicuco. Las cuales no progresaron. Los tlaxcaltecas continuaron siendo fieles acompañantes de los jesuitas y así llegaron hasta San Gregorio Huexotitlan cerca de la misión de San Pablo de los Tepehuanes en la Tarahumara Baja, llevando consigo los sistemas agrícolas y sus trazos de acequias. Años después fundaron San José y Santiago del álamo en 1731, de allí continúan a los Hornos, y años después fundan San Juan Nepomuceno de la Carrera. Se expandieron finalmente hasta A San José de Avino, la Loma, Sapioris. A pesar de los sinsabores que Parras ha tenido en la historia como fue el caso del enfrentamiento que tuvieron con el emperador Agustín de Iturbide a perder su cabildo indígena. Estos aprovechamientos hidráulicos han sobrevivido hasta hoy día en los pueblos de Viesca, Parras, Matamoros, Jimulco en el estado de Coahuila y Villa Juárez la Loma y Sapioris en Durango, que fueron los pilares fundadores de la actual agricultura del río Nazas21. Parras ha mantenido sus sistemas hidráulicos, en un registro realizado en 1931 las obras hidráulicas que sobrevivían eran los Tajos (las faguaras) de Zapata, de García, de Bocas, de Fernández, de Viesca, de Seco, de Salvador, Así como los Tanques Zapata y Grande y las Acequia el Colorado, del Perico, los manejos de agua derivados del Arroyos del Capulín, de Bocas, de Coyotes y de las Animas. Finalmente Parras nos demuestra otro ejemplo vivo de esta herencia, no conserva su riqueza botánica colonial tal como estaba pero existen los sistemas de huertos y de riego, constituyendo un ejemplo de la

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agricultura de oasis y de rescate de plantas del desierto por cuatrocientos años. 9ª.- El caso de San Juan Bautista del Río Grande Otro caso de irrigación en la zona ribereña del bajo Río Grande – Río Bravo fue la antigua misión de San Juan Bautista del Río Grande , hoy Ciudad Guerrero Coahuila, que contaba con 50 kilómetros de canales , entre esta fundación su misión contigua de San Bernardo, donde se menciona que en su época de apogeo llegó a tener cerca de 70 kilómetros de canales Lo que obligaba a los frailes a contratar gente que los apoyara además de los indios de misión, estos contratados normalmente eran tlaxcaltecas que conocían de estos menesteres (Meyer, 1997:73). Este espacio tuvo gran éxito como una zona de irrigación en la época colonial, San Juan fue fundado como presidio, entre San Juan y la misión de San Bernardo y se conformaban como un sistema complejo de riego porque los canales venían de 20 kilómetros de distancia e irrigaban varios cultivares de los pueblos además de la misión de San Bernardo poblado adyacente que llegó a producir en sus mejores años de 1800 fanegas de maíz, además de algodón, frijol y chile. Además en ese lugar existían batanes y obrajes cuyos productos se comerciaban en la frontera y en las márgenes del Río Bravo hasta el Nuevo Santander. Se contaba con dos acequias una que medía cerca de 18 leguas y otra de 20, o sea entre 50 hasta 80 kilómetros, que permitían la producción de amplios campos de cultivo bajo la mirada de los frailes. Sabemos que las acequias de la misión tenían dos bueyes de agua que se sumaba a los ojos de agua que no estaban contabilizados. Esta agua siempre generó la envidia y reclamo de la población civil la cual al final logró quedarse con los recursos de la Misión de San Bernardo, una vez que las misiones fueron secularizadas y entregadas a las autoridades de las municipalidades. Por muchos años la misión tuvo como responsabilidad de mantener los soldados del presidio, y quedo constancia de las deudas que los administradores del presidio tenían con los misioneros para poder alimentar a los soldados y gracias a esa

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documentación se conoce la capacidad productiva de los sistemas acequieros. San Juan Bautista del Río Grande como pueblo, presidio fue trascendente para la vinculación del Camino Real de los Texas , allí se conseguían avios , bestias y soldados para los viandantes , así se defendía y auspiciaba la comunicación entre San Esteban y Santiago del Saltillo, y San Antonio de Valero. Desde 1720 en adelante el camino de Texas se conformó como un sólido espacio de comunicación social y económica, solo casi 130 años después se abrió el camino vía Laredo. El estudio contemporáneo del agua, los restos de la acequia madre y de los canales permiten calcular que el manejo de agua sumaba unos dos metros cúbicos por segundo y que permitiría la siembra de unas 500 hectáreas de maíz, trigo, fríjol e incluía diversos huertos de frutas y legumbres para el consumo de la misión y para su venta en la cercanía y en los usuarios del camino real. Los frailes siempre insistieron con razón que San Juan era la puerta de Texas y por muchos años se convirtió en la entrada a la tierra de misiones de los Texas repartiendo sus recursos y sus frutos a toda la población. 10ª.- Sistemas de riego diversos en otros territorios Todavía en 1801 se hablaba de una fundación hecha en base al modelo de agricultura intensiva. Fuera de los registros en los archivos aparecen infinidad de fundaciones hechas por los herederos de los tlaxcaltecas y por otros colonizadores en la franja norteña. El Nuevo México, el Nuevo Santander, el Nuevo León y la provincia de Coahuila y parte de la Nueva Vizcaya fueron colonizados de esta manera, a la postre fue mas numerosa la colonización espontánea que la oficial y fue la que sobrevivió. Pueblos y presidios.- Otra fuente importante de la expansión de los sistemas de riego tradicionales en el norte de la Nueva España, fueron los presidios y los pueblos presídiales que estaban a la vera del Camino Real y a la orilla de las misiones. Ejemplo de estas fundaciones fueron el presidio de Aguascalientes Monterrey, Paso del

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Norte, hoy ciudad Juárez, Santa Fe, Tucson que ahora son ciudades exitosas. También destacan pueblos pequeños que han conservado sus sistemas de riego que encontraron su origen en los huertos y heredades de los presidios cabe el análisis de Pasaje, Huexuquilla, hoy Cd. Jiménez, Janos, en el camino real. Allí destacan los cultivares de hortalizas, frutas y granos que se consumían en el mismo presidio, donde se percibe en la cartografía existente la presencia ubicua de las acequias como fuente básica de la vida en el mundo presidial. Zonas de riegos ocasionales.- Existían en el norte novohispano, cuya sobrevivencia indica su importancia y pertinencia zonas de cultivo de riego ocasional, basados en avenidas extraordinarias de agua, donde se han construido bordos y retenes y derivadores de agua para aprovecharla cuando las precipitaciones esporádicas se presentan , dicha tecnología está en uso en algunas regiones del el norte mexicano árido y es visible en San Luís Potosí, en Zacatecas, en Coahuila en Durango y en Chihuahua y es conocida como sistemas de abanico, riego estacional etc. Existían también sistemas de temporal y huertos de temporal en regiones que tuvieron influencia mesoamericana así son reconocidos huertos “secos” de magueyes, nopales que se reconocen porque el sistema recuerda a la forma del sistema de riego consistente en una barrera protectora del viento y de la resequedad ambiental , adentro del huerto se siembran árboles seleccionados del desierto y se aprovecha su fruta estacional, existe casi siempre un pequeño espacio irrigado de manera manual cerca del brocal de un pozo, de una ciénega o en un pequeño bajío húmedo donde se puede irrigar todo el año una fracción muy pequeña de terreno. Estos sistemas los encontramos vivos en San Luís Potosí, en Parras y en la barranca de Bolaños. Estas técnicas durante doscientos años fueron parte en el norte de lo que llamamos expansión agrícola e hidráulica vinculada a la expansión mesoamericana y la diáspora tlaxcalteca y se modificó y adaptó cientos de veces de acuerdo al entorno donde se estableció y logró florecer.

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En las huertas de Venado a partir de 1591 se dio inicio al uso de la flora local, en especial se utilizó el mezquite regional, además de los nopales nativos y los nogales. Los dos primeros para hacer barreras protectoras de los cultivares y el nogal para sombra y protección interna de los sistemas de riego. Todavía es observable esta vegetación en San Miguel de Mezquitic, en las cañadas de Santa María del Río y en Moctezuma y Venado. En Jalisco y Zacatecas en las cañadas de Bolaños y en los valles de Tlaltenango y Colotlan, se repite el fenómeno donde se establecieron los tlaxcaltecas o influyeron. En el occidente la fruticultura llegó antes de la colonización tlaxcalteca como lo demuestran las relaciones geográficas pero al establecerse los colonos tlaxcaltecas se retomó y se utilizó otro árbol nativo de la región el guamúchil y el mezquite, además de nopales y órganos. En Tamaulipas de igual forma el guamúchil aparece en la protección de huertos pero aquí se añade la coma, la palma, higuerones y otras plantas nativas de la llanura costera tamaulipeca 22. La agricultura no fue el único elemento de expansión y sobrevivencia de la cultura mesoamericana en el norte novohispano, la colonización ganadera que se generó tempranamente no permitió asentamientos duraderos pero una vez que los agricultores se establecieron la ganadería pudo florecer convirtiéndose así en un soporte trascendente sobre todo por la producción de animales de trabajo y caballos para los ejércitos. Este modelo una vez más surgió en San Esteban llegando a señalar que los colonos eran más que agricultores, hortelanos, criadores de ganado, pastores y en algunos casos gambusinos y artesanos. En el norte todo mundo debe saber un poco de todo porque sino no sobrevive a la vastedad y a la soledad. Los pueblos de misiones, los pueblos de capitanes y soldados, los presidios y pueblos de agricultores que se fueron expandiendo desde las minas y centros ganaderos apoyados con recursos agrícolas desde México y otros establecimientos repitieron la experiencia ganadera paralela a la agricultura, las misiones norteñas eran dueñas de muchas cabezas de ganado, pero no solo los misioneros y sus indígenas neófitos, también los arrimados repetían este proceso

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REFLEXIONES SOBRE LOS CASOS DE ESTUDIO Los sistemas transferidos.- Los sistemas transferidos hacia el norte novohispano fueron diversos, pero esta transferencia fue escalonada, primero se establecieron en los pueblos del norte colonial y de allí se difundieron al norte. Saltillo fue una fuente de germoplasma por años, después Parras se convirtió en otra sede de técnicos hortelanos, pero igual papel jugó Durango donde en las casas reales existía una huerta magnífica de donde se aprovechaba el germoplasma para todas las misiones y fundaciones norteñas, podemos imaginar que algo parecido sucedió en Álamos Sonora. Los sistemas derivados fueron los sistemas de huerto, de vega de río, manejo de apantles, metlepantles o sea de franjas irrigadas sembradas en las orillas con magueyes y árboles. El manejo de la humedad ambiental, conservando a resguardo de la sombra los canales, las atarjeas, los drenes así como la zona de los cultivos es tan importante como el agua misma. Llama la atención en los recorridos modernos constatar que las fuentes de agua eran más bien modestas pero que las superficies irrigadas eran muy superiores a lo que ahora se pudiera regar con esa cantidad de agua. Así podemos concluir que los huertos tenían manejos ambientales para las altas temperaturas y para las heladas (Rojas de Perdomo, 1994). El uso y manejo del agua con tecnología transformó el entorno de diverso nichos ecológicos, la mayor parte de ellos se repite con un patrón común: un espacio protegido contra los vientos dominantes, una fuente segura de agua, una derivación de un río perenne o de un manantial, canalización del agua por acequias, regaderas y canales derivadores y una vegetación utilizada de manera exhaustiva para proteger el entorno de la evaporación. Es importante esta técnica que es visible en todas las huertas establecidas aún hoy en día porque la cantidad de agua que se podía utilizar era muy poca y la lograban magnificar gracias al uso de sistemas cerrados donde bajo las huertas había una gran humedad y fuera de las huertas una resequedad significativa. Además, la utilización de la flora local ha servido para establecer los patrones de formación de los núcleos culturales en

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diversas regiones, así aparece una diferencia entre San Luís y Saltillo donde se vuelve más constante el uso de la flora local como el tejocote nativo y desaparecen algunas de las variedades mesoamericanas como los zapotes (Crosby, 1991; Rojas de Perdomo, 1993). El riego en el norte tuvo diversas formas pero las más importante fueron el uso de los oasis y sistemas derivados de pequeños manantiales y escurrimientos como los utilizados en San Miguel de Aguayo, en San Esteban, en Guadalupe, Purificación, en Hualahuises Bustamante, en Santa María de las Nieves del Río Blanco y otros pueblos. Estos sistemas permitieron el establecimiento de fundaciones de pueblos y huertos que facilitaron el comercio y el transporte desde el centro de México hasta el norte. La producción agrícola y frutícola de estas regiones alcanzó proporciones comerciales y una parte de ella eran vinos y aguardientes que llegaban a las minas de Zacatecas y Parral. Inclusive los habitantes de de Santa María de las Parras se volvieron hábiles hortelanos que se dedicaban a los injertos y manejo de huertos, cuya tecnología llegó hasta Santa Fe (Solís, 1998; Sugiuara y González de la Vara, 1996). Los elementos comunes.- El estudio reciente de los sistemas hidráulicos, dan fe de elementos comunes desde sus orígenes, de sus instituciones sociales como las mayordomías del riego, su uso. Este proceso condujo a la fundación de pueblos agricultores asentados en áreas abiertas al riego y en zonas de temporal, algunas de las obras realizadas en esa época han sobrevivido y por ellas podemos entender cual fue su fuerza y su capacidad de sobrevivencia en la región. Llama la atención en particular la obra de irrigación que es un patrón común en las comunidades rurales asentadas en Coahuila y Nuevo las que se expanden hasta Texas, donde apenas se guarda recuerdo y en Nuevo México donde han florecido hasta estos días. Los cereales, los frutales, la herbolaria de oasis y de desierto mesoamericana o nativa, medicina tradicional y las festividades alrededor de la cultura del agua, el manejo del riego, la comida y los sabores del desierto conforman la herencia agrícola que hermana a los pueblos agrícolas y ganaderos del norte de México y sur de los Estados Unidos (Bennet y Hoffmann, 1991).

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CONCLUSIÓN Hay que reconocer el hecho de que los colonizadores del norte novohispano fueron un puñado de hispanos y, principalmente, indígenas, mestizos y negros nacidos en la Nueva España. La colonización a partir de 1600 tuvo tres facetas; la más conocida es la expansión de los llamados señores del norte, los mineros y los ganaderos, que impusieron su poder con apoyo de su propio peculio. Otra faceta diferente fue la expansión oficial basada en la defensa militar en presidios, haciendas fortificadas y pueblos de campesinos soldados así como en la colonización religiosa realizada en iglesias, conventos, misiones, ranchos agrícolas de las órdenes franciscanas y jesuíticas y del clero secular. La tercera expansión, la menos conocida y estudiada fue la colonización espontánea de campesinos pobres desposeídos, mestizos, indios, mulatos, libertos, vagabundos, que se dio desde el principio del proceso. Las tradiciones usadas por los habitantes y cultivadores tradicionales del Río Grande Río Bravo desde Creedle Colorado hasta Matamoros Tamaulipas en la frontera México americana siguen siendo formulas exitosas del uso racional del agua y del ambiente, que permiten un futuro promisorio para el aprovechamiento y sobrevivencia de las comunidades asentadas en toda la cuenca. No hace diferencia las nacionalidades ni los derechos adquiridos por un grupo u otro, la tradición y la historia demuestran que un pueblo que aprendió a vivir en el desierto cuidando su agua como su más preciado valor sigue siendo el mejor guía para sortear las crisis de las sequías en el norte mexicano y suroeste norteamericano. NOTAS 1

En este trabajo se analiza una parte de las fronteras entre México y Estados Unidos la frontera comprende más de 3000 Km. entre Tijuana B.C. y Matamoros Tamps. Se analiza el territorio que comprende desde Cd. Juárez hasta el Golfo de México por donde recorre el Río Bravo

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Allí fueron establecidas en 1591 84 familias tlaxcaltecas que al correr de los años se expandieron por Coahuila, Texas, Nuevo León y Tamaulipas.

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Los pueblos agrícolas tlaxcaltecas que llegaron al norte constituyeron una política de colonización de la Corona Española, colonizando Saltillo, Parras, Zacatecas y San Luís Potosí, desde donde se extendieron a todo el norte. 4

Butzer (1999) revisó varias presas en Parras y encontró que su estructura consta de palos de madera de sauce de un diámetro de 5 a 10 cm. colocados verticalmente uno junto al otro, clavados dentro de una piedra e incrustada en un mortero de cal y arena, esta estructura como paliza representa una tradición mesoamericana de construcción hidráulica.

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Esta herencia tlaxcalteca ha sido estudiada por Swadesh, quien señala (1977:23) que en 1610 al establecer Santa Fe un barrio especial fue construido para los colonos indígenas, a quienes se conocía como Tlaxcallan o el barrio de Analco y la Capilla de San Miguel construida en el siglo XVII fue conocida como capilla de los indios.

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El aprovechamiento de las aguas del bajo Río Bravo tienen un patrón común en la tecnología mesoamericana para uso y aprovechamiento de sistemas hidráulicos construidos por pueblos de herencia tlaxcalteca como San Miguel en Santa Fe o San Lorenzo en el Paso del Norte (National Research Council, 1992; Palerm Viqueira, 1995, 2002; Martínez Saldaña y J. Palerm, 1998). 7

San Antonio y sus sistemas hidráulicos han generado un debate en relación a su origen hispano o mesoamericano, Debate quizás inútil porque San Antonio al igual que todo el norte presenta el mismo proceso colonizador hidráulico y agrícola iniciado en 1591 en San Esteban (Weddle, 1991). 8

Jesús F. De la Teja (1995) nos hace un recuento épico del San Antonio colonial en la época que era una frontera norteña y nos explica con detalle la construcción y proceso de formación de San Antonio en base a las acequias y canales que permitían el mantenimiento de huertos en todo el pueblo.

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El Casco era una hacienda ganadera en el municipio de San Pedro del Gallo Durango. Al momento de la avanzada de Oñate el Casco tenía pastizales y agua, por lo que el contingente acampó casi dos años antes de continuar hacia Nuevo México. 10

El recorrido de la Sierra Madre se hacia por un camino cercano a las faldas de la sierra que permitía encontrar agua, donde existían pastizales nativos conocidos como Navajillales, distribuidos desde Querétaro hasta Colorado Estas condiciones facilitaron el camino de Oñate y de los que después vinieron detrás de él.

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La expedición de don Juan de Oñate incluyó tlaxcaltecas para la fundación de la ruta del norte, y por primera vez fueron como grupo incorporado a otros colonos. Procedían de Santa María de la Paz de la Nueva Tlaxcala en Chalchihuites donde fueron reclutados por uno de los capitanes protectores Don Francisco Sosa Peñalosa, quien era parte de la excursión de Oñate.

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. En la actualidad sobreviven en comunidades el manejo del agua según las tradiciones hispanas, ahora reconocidas por el gobierno de los Estados Unidos como instituciones de gobierno autónomo. Estas comunidades heredaron los sistemas tradicionales de organizaciones con carácter cívico religioso que llegaron a suplir la falta de autoridad local.

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Se puede dar referencias básicas para entender el estudio de Nuevo México y su herencia hidráulica: Eastman y King, 1999; Fernald y Guldan, 2006; Eastman, King y Meadows, 1997; Peña y Martínez, 1994-1998; Peña, 1997; Martínez Saldaña, 2002, 2003; Meyer, 1997; Swadesh, 1977; Preston y Esquibel, 1998; Read, 1994; Rivera, 1996, 1998; Rodríguez, 1987; US Department of Interior, National Park Service, 1967, 1985, 1986.

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Eso mismo sucedió de colonos venidos de Venado que colonizaron el sur de Nuevo León y parte de Tamaulipas Esta expansión se debió al éxito logrado por la tecnología adoptada que se acopló a las fuentes de agua del norte, casi siempre muy escasas. El sistema se extendió a las fundaciones hechas por los presidios, por las misiones y hasta por los colonizadores europeos.

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Los sistemas de riego existentes en la época prehispánica eran los sistemas intensivos de las chinampas. las tradiciones hidráulicas derivadas de España fueron las valencianas. La tradición llegó por los frailes y por algunos colonizadores. Aunque solamente los tlaxcaltecas fueron los más exitosos en apropiarse las tecnologías europeas y en difundirlas en la Nueva España.

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Hoy en día quedan reductos de la vegetación en los jardines públicos además de árboles dispersos en jardines de las casas de la zona tlaxcalteca. San Esteban desapareció en el año de 1834 en forma definitiva y no volvió a resurgir donde se utilizó tanto el sistema mesoamericano de riego, como el valenciano, ambos permitían el manejo compacto del sistema que formaba un micro clima

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En San Esteban quedan solo recuerdos; algunos detalles de sus iglesias, su convento y sus archivos, restos de sus acequias, de sus huertos y casas aisladas en el asentamiento original.

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Adams, 1991; Anónimo, 1963; Martínez, 2005; Sego, 1998; Sheridan, 2000; Powell, 1980; Rodríguez y Gómez, 1999; Valdés, 1991; Valdés y Dávila, 1998; Dávila, 1995; Velásquez, 1985.

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Arredondo, 2000; Martínez Garza, 1999; Butzer, 2001; Norte El ,1996.

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Octavio Herrera revisando estos documentos encontró a Antonio Jiménez tlaxcalteca principal recibió tierras en el puesto de San Felipe en el Valle del Río de San Antonio en el año de 1669 (Cabazos, 1998: 201).

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Véase el texto “Los Tlaxcaltecas defienden derechos y privilegios” publicado en el Boletín del Archivo general de la Nación no 2 abril junio de 1963.

22

. En la región se rescataron tradiciones de los pueblos recolectores de la zona como fue el aprovechamiento de los frutos del desierto como el queso de tuna, el vino de tuna, el pinole, el vino y el pan de mezquite; además de las nueces y los piñones.

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EL ESPIRITU COLECTIVO EN LOS SISTEMAS DE RIEGO 1

En su obra clásica sobre regadíos, Brunhés, el creador de la rama sociológica que bautizó con el nombre expresivo de “Geografía Humana”, demuestra que la organización económica del agua en los “oasis” –-tomada esta palabra en su acepción más lata-- es la resultante de los caracteres geográficos del medio, que no pueden ser modificados, sino en parte mínima, por los pobladores de esa región. Reconoce la influencia que los factores étnicos, políticos y jurídicos ejercen sobre la estructura económica del conglomerado de los habitantes, pero les atribuye una acción secundaria. “Cuando se trata de explorar el agua en las regiones áridas ... los hombres no pueden dejar de sentir la solidaridad efectiva que el agua a menudo impone ... han comprendido claramente, o al menos aceptado la necesidad de la liga colectiva de los intereses individuales”. Este sentimiento existe en todos los centros de irrigación artificial, que hace unirse a los que utilizan las aguas provenientes de una fuente común, en grupos conscientes de sus intereses mutuos. El lazo que los estrecha se intensifica en proporción a la escasez del agua y a su valor económico consiguiente. El hecho de asociarse para manejar y reglamentar el bien común –-el agua, tan valiosa como la tierra-libera a los individuos que se agrupan, de la inquietud psicológica provocada por el hecho físico de la deficiencia e inseguridad de su abastecimiento.

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Edición original 1930 En Irrigación en México, vol. II, pp. 485-487, corresponde a la Sección Editorial. N. del E.: Muy probablmente el autor de esta “Sección Editorial” es José Herrera y Lasso.

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Surgen así en cada sistema de irrigación, asociaciones bajo estatutos y disciplinas que les aseguran a todos la más equitativa distribución de las aguas disponibles y la conservación de las obras. La renuncia parcial que de sus prerrogativas individuales hace cada miembro de la asociación a favor de ésta, no obedece seguramente a un sentimiento del altruísmo, sino a la comprensión clara de que el esfuerzo colectivo es el único medio eficaz de salvaguardar sus propias conveniencias. Esta tendencia de fusión de los intereses individuales para provecho colectivo que, como decíamos, es universal en las actividades de regadío en regiones desérticas o semi-áridas –-donde el agua es por lo mismo la clave de su prosperidad-- explica y confirma el principio de que la irrigación es desde su origen una escuela de cooperación mutua. Llámense sindicatos de regantes en las “huertas” del sur de España, asociaciones de usuarios, distritos de irrigación en los países de habla inglesa y sus posesiones, todas son, en sus principios y tendencias, organizaciones que resumen, sin confundirlos, los derechos que tienen sus componentes individuales al uso de las aguas. La inseparabilidad de éstas a las tierras que fertilizan –-estatuto jurídico fundamental de una sana política de regadío-- impone, en la mayoría de las asociaciones, que sus elementos integrantes tengan el doble carácter de titulares de las aguas y propietarios del suelo que ellas benefician; lo que en ciertos casos tiene todo el significado económico de una verdadera aportación del valor que representan las tierras a la constitución del capital común de la asociación. Es tal la amplitud de acción que pueden tener estas agrupaciones, que frecuentemente abarcan desde su objeto inicial de reglamentar y distribuir las aguas, hasta el de promover, construir y explotar dispendiosos sistemas de obras hidráulicas. En muchos países existen leyes especiales que las facultan para constituirse en sociedades financieras, autorizadas para levantar empréstitos y emitir bonos con garantía subsidiaria del Estado o municipios. Antiquísimas como son las asociaciones de ese género, encajan

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admirablemente en la tendencia moderna de orientar el regionalismo hacia la formación de unidades económicas que correspondan a porciones territoriales, más o menos extensas, en que exista franca y permanente comunidad de intereses y necesidades. Limitado su papel a los fines originales –-mantener en buen estado las obras y repartir equitativamente las aguas-- las agrupaciones de regantes no son nuevas en nuestro país. En el período colonial fueron importadas de España, que tiene regiones con rasgos geográficos muy semejantes a los nuestros. En los valles de la mesa central, en la cuenca del Atoyac, en los oasis de la frontera, perduran en todo su vigor y eficacia las formas de reglamentación y prácticas de regadío hace dos o tres siglos. Nuestra legislación reciente ya ha reconocido el principio de las asociaciones: la Ley de Irrigación, desde luego, previniendo que a la postre la explotación de los sistemas quede en manos de los usuarios; y la de Aguas, en seguida, declarando obligatoria en ciertos casos la constitución de esas agrupaciones y dándoles personalidad jurídica. Así pues, no nos son extraños los organismos de que venimos tratando. La costumbre y la ley los respaldan y el momento económico que vivimos los alienta. Los que surgirán en breve plazo en nuestros modernos sistemas de riego, están planeados para actuar en campo mucho más vasto, que el que tuvieron sus modestos predecesores coloniales. Creemos en el éxito utilitario que alcanzarán. Pero sobre todas las ventajas que en este orden se logren habrá de destacarse una conquista moral más preciada: el despertar y arraigo del espíritu de solidaridad en el medio campesino, tan agostado siempre por el exagerado individualismo. “Si se quiere que las reivindicaciones sociales –-dice Vandervelde-sean para el proletariado agrícola algo más que fórmulas teóricas, hay que preocuparse ante todo por darle la conciencia de sus intereses de clase, demostrarle las ventajas de la asociación ... para que pueda conquistar mejores condiciones de trabajo y de existencia”.

LA POLÍTICA FEDERAL DE IRRIGACIÓN. ALGUNOS DE SUS ASPECTOS SOCIALES 1 José Herrera y Lasso

“Cualquiera que sean las relaciones entre la agricultura y la industria, el suelo permanecerá siendo la base de todos sociedad humana; su fuerza productora será en todo tiempo un factor esencial de la cantidad de trabajo que necesita la sociedad para subsistir y su naturaleza ejercerá siempre una influencia decisiva sobre el carácter físico y sobre la inteligencia de la población”. Kautsky.

El agua, factor biológico primordial y agente por excelencia de fertilidad y vida, desempeña un papel preponderante en la naturaleza, que ha sido loado en todos los tonos y en todas las lenguas por los místicos, los poetas y los sabios. San Francisco de Asís en uno de sus arranques líricos de enamorado de las cosas creadas, entonaba cánticos a su hermana el agua, fecundadora de su Umbría. Después de los usos domésticos del agua, ninguna otra aplicación tiene más remota ni más extendida que la de regar las tierras cultivables; y es por ello que la historia de la irrigación es la historia de los pueblos. Muchos de éstos surgieron y prosperaron a su amparo y se hundieron en la nada cuando los riegos fueron abandonados.

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Edición original 1930 En Irrigación en México, vol. 2, núm. 1, pp. 11-25.

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La presencia y la abundancia o escasez del agua –-consecuencia de factores geográficos sólo modificables por el trabajo humano dentro de ciertos límites--, imponen a las grandes agrupaciones humanas, caracteres peculiares dependientes de la calidad y cantidad de las fuentes de abastecimiento. Los pozos y cisternas han sido el foco de atracción de las cavernas de nómades. En torno de ellas se desarrolla la epopeya bíblica. Las aguas del Nilo –-divinizadas-- reflejaron en sus ondas la grandeza milenaria de las dinastías Faraónicas y continúan haciendo del Egipto el puente entre el Oriente y el Occidente y punto de cita de las razas. El encarecimiento del agua, el abandono de las obras que la mantenían domesticada y el consiguiente empobrecimiento de las tierras han derrumbado civilizaciones gigantescas. Unos cuantos ladrillos cocidos al sol relatan las glorias de la muerta civilización Asiria. En las llanuras de Babilonia no corre ni un soplo de la frescura que derramaban los jardines fantásticos de Semíramis. La Tierra de Promisión, “regada de leche y miel”, no es ahora sino un páramo deshabitado. El brillo de las antiguas ciudades fenicias lo opacó para siempre la desolación de los campos. La China y la India cuyas cronologías regulares datan de más de 20 siglos antes de la era cristiana, y que tenían instituciones bien cimentadas cuando los pueblos de occidente eran aún nómadas y pastores, conceden al agua toda su importancia. Los más antiguos textos hindús --dice Ronna-- califican al agua empleada en la agricultura como un beneficio grato a las divinidades. La crónica Paorana nos enseña que “ninguna felicidad puede recibirse en los tres mundos: cielo, tierra e infierno sin el agua; y que “todo hombre juicioso y avisado debe edificar presas, estanques y pozos”. Y en el Rig Veda se lee: “Las aguas, madres de los seres y amigas de los hombres piadosos, vienen siguiendo su vía, y distribuyendo su leche tan dulce como la miel. ***

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Así se explica el milagro aparente que viene realizando la China desde hace cuarenta siglos, de proveer a la subsistencia de 400 millones de habitantes sin agotar la fertilidad del suelo. Es obra exclusiva del agua de riego distribuida según sabios ordenamientos que aparecen ya consignados en los libros sagrados aludidos. La Gran Grecia, después los cartagineses y fenicios, hicieron de Sicilia el vergel ante el que se extasiaron los escritores clásicos de la antigüedad. En sus arengas y cantos no mencionan esa tierra sin hablar de sus ríos, manantiales y fuentes. La prosperidad agrícola de lo que es hoy la Italia del Norte, es inicialmente obra de sus primeros pobladores, los Etruscos, que supieron utilizar las corrientes torrenciales de los Apeninos y preservar de las, inundaciones el extenso valle del Po, que antes fue un inmenso pantano. Los romanos, maestros consumados en el arte de edificar, no parecen, sin embargo, haber prestado atención, preferente a la utilización de las aguas para irrigación; en la metrópoli, por lo menos; pero en varios países sojuzgados por el Imperio, conservaron o reestablecieron los sistemas de riego ya existentes. A pesar de esto, debemos al genio organizador de ese gran pueblo --creador de los fundamentos de la civilización contemporánea-- el cuerpo de doctrinas y prácticas administrativas que gobiernan el uso de las aguas y que con ligeras variantes subsiste en las legislaciones modernas. Las irrupciones de los Bárbaros y la anarquía que sobrevino a la caída del Imperio Romano, parecía que había sepultado entre los escombros todo el genio práctico latino y sus conquistas espirituales. Pero habían dejado huellas tan luminosas que bastaban sus destellos para iluminar a intervalos la penumbra de la Edad Media. Así vemos a las comunidades lombardas, piamontesas y ciudades venecianas continuar y ensanchar la obra, inaugurada por los etruscos, de domeñar y aprovechar los torrentes, disputando a las aguas las tierras de cultivo por medio de trabajos de conducción y avenamiento.

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El canal “Naviglio” que liga Módena con el Po y el de Bolonía que suministraba fuerza motriz a los molinos y fábricas, datan del siglo XII. La construcción de la red navegable fluvial cuyo centro es Milán, fue el punto de partida de un sistema de riego excepcionalmente importante, con características únicas, impuestas por las condiciones hidrográficas del medio. Desde el siglo XII a la fecha los riquísimos valles de la Lombardía han presenciado incesantes actividades constructoras que los fertilizan, los ponen a cubierto de las inundaciones, les proporcionan comunicaciones fáciles e impulsan su vida industrial. Abadías cistercences, príncipes germanos, duques italianos --todos ellos representativos en cierto modo de la entidad que hoy constituye el Estado moderno-- han aportado sucesivamente, en el curso de ocho siglos, su cooperación a la obra. Al mismo tiempo que en el centro y norte de España luchaban entre sí encarnizadamente los señores feudales, nacía en el sur la civilización morisca. Los jardines plantados en el siglo octavo para recreo de los califas de Córdoba se multiplicaban en toda la zona dominada. Como preciado florón de la civilización árabe transplantada a España, surgieron los cármenes granadinos y las huertas de Alicante y Valencia. Modelos únicos y no superados de la ciencia hidráulica aplicada y de la organización de la irrigación en regiones áridas, que al través de doce siglos de experiencia, perduran en su integridad original. Los hombres cubiertos de hierro que llevaron a cabo la Reconquista, rindieron así pleno homenaje a la sabiduría de los vencidos. Mantuvieron las célebres “ordenanzas” de las huertas que gobiernan el uso de las aguas para riego. Y mucho tiempo después, la ley española de aguas de 1879 que centralizó ese servicio refundiendo preceptos diseminados en códigos provinciales, conservó íntegramente las famosas ordenanzas y aún los procedimientos pintorescos que presiden al reparto de las aguas.

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Los descubridores y exploradores del Nuevo Mundo encontraron en él, particularmente en el Perú y en México, importantes obras hidráulicas para servicios de riego, abastecimiento de agua potable y protección de los poblados así como indicios de la existencia pretérita de sistemas formales de irrigación que fueron construidos y explotados por razas autóctonas desaparecidas. *** Por lo que a nuestro país toca, limitémonos a recordar que apenas pasada la epopeya sangrienta de la conquista, aquella pléyade de hombres buenos, de voluntad de acero, que fueron los misioneros de la Nueva España, al extenderse por todos los confines del territorio, desde los desiertos de Nuevo México hasta las selvas guatemaltecas, comenzaron su obra civilizadora, enseñando a los indígenas las artes útiles de cultivar debidamente el suelo y de dotarlo de regadío. Al correr de los años, particularmente en las altiplanicies de la Mesa Central, en los valles de México, Puebla y Atlixco y en los oasis de los desiertos fronterizos del norte, fueron surgiendo importantes sistemas de riego y estableciéndose batanes y molinos hidráulicos, al amparo de mercedes reales de aguas concedidas a los encomenderos, comunidades y pueblos. “Las principales obras --decíamos en otra ocasión-- que utilizan en riego las aguas de los ríos Lerma, Atoyac y sus afluentes datan de esa época; y aun perduran ahí en todo su vigor los antiguos sistemas de repartimiento de las aguas entre los pueblos, congregaciones e individuos mercedados, notables por sus cualidades de equidad y eficacia, difíciles de alcanzar con los métodos modernos de distribución. Aquellos sistemas tienen, además frecuentemente la característica de una organización comunal que pone exclusivamente en manos de los regentes la administración de las obras y de las aguas, lo que supone la existencia de una asociación entre esos regentes, funcionando en forma semejante a las que desde hace siglos operan con gran éxito en el sur de España como tipos de las organizaciones de

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riego más perfectas. El principio comunal en que descansan numerosos aprovechamientos de aguas para riego creados en la época colonial complementa la política agraria de Nueva España, más atinada en muchos respectos que la que ha imperado durante nuestra vida independiente, y desde luego más paternal y cuidadosa con las agrupaciones indígenas y los pequeños terratenientes”2. *** En los sesenta años que siguieron a nuestra emancipación de España, poco o nada avanzó la irrigación. Las turbulencias de esa época y la consiguiente penuria en las finanzas públicas y privadas, eran circunstancias poco propicias para intentar cualquier labor reconstructora. Lograda relativa estabilidad en la cosa pública, en 1888 se promulgó una ley sobre vías generales de comunicación, que incluye entre éstas, colocándolas bajo el dominio del Estado, casi todas las corrientes importantes del país. Consagró el sistema de concesiones y confirmaciones de las aguas federales para su aprovechamiento, revolucionando la antigua jurisprudencia sobre la materia que sostenía la preeminencia de los derechos de los ribereños. Leyes posteriores de 1894 y 1896 reglamentaron aquel sistema. Esa política centralizadora y la de desterrar toda idea sobre que las aguas públicas puedan ser objeto de apropiación privada, culminaron en la ley de 1910 --vigente en parte hasta fecha reciente-- que fue un modelo en su género. Sea injusto reprochar a esa legislación sus marcadas tendencias capitalistas, hijas de la política económica de su época, y que hoy desentonan con las ideas ambientes. Pero aún haciéndola responsable de ese pecado, no puede desconocerse que introdujo innovaciones radicales en la jurisprudencia sobre la materia. Así vemos que, bajo un 2

N. del E. Probablemente corresponde a [1919] 1994 Apuntes sobre irrigación, Notas sobre su organización económica en el extranjero y en el país. Biblioteca del Agua, IMTA / CIESAS.

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aparente respeto a los derechos constituidos, dejó de considerarlos intocables, restringiendo, en las confirmaciones, la cuantía de esos derechos a la capacidad de las obras y las necesidades reales del objeto del aprovechamiento hidráulico. Colocó prácticamente todas las aguas bajo la jurisdicción de las autoridades federales, declarándolas de uso común, inalienables e imprescriptibles. Dos años antes se había organizado una institución de crédito, la Caja de Préstamos para Obras de Irrigación y Fomento de la Agricultura. Fue el primer banco que se creó con finalidades agrícolas, como su nombre lo indica, y que manejó originalmente, un capital efectivo de 60 millones de pesos. Esto le permitió hacer desde luego numerosas operaciones individualmente muy importantes; pero que sólo sirvieron para aligerar el pasivo de los beneficiados con los préstamos. Fueron escasas las ventajas generales obtenidas, pues únicamente una proporción reducida de las sumas ministradas recibieron la aplicación específica correspondiente. En 1912, a influencias de la nueva ideología que ya se apuntaba en materia agraria, se introdujeron modificaciones en la estructura constitutiva de la institución con la mira de orientar sus operaciones hacia el fomento del fraccionamiento de los grandes predios rústicos y de hacer más accesible el crédito a los pequeños y medianos propietarios. Las agitaciones revolucionarias que en los siguientes diez años conmovieron al país, la depreciación sufrida en el valor de la propiedad agrícola, ciertos prejuicios en determinados medios oficiales en contra de la institución por sus orígenes y actuación primitiva, determinaron inoportunamente la liquidación de la Caja, sin reconocer que ésta ya había evolucionado y se encontraba en condiciones de desempeñar un papel importante como órgano de crédito agrícola del gobierno. Tal determinación implicó la incorporación de los compromisos de la Caja en el extranjero a la deuda pública nacional. Al amparo de las legislaciones aludidas y de las facilidades económicas de la época, de las que la Caja es un ejemplo, inspiradas en el afán de atraer la inversión de capitales, hubo en los primeros doce años del presente siglo cierta actividad evidente en la construcción de obras hidráulicas. Los grandes sistemas de riego de la

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Laguna, entre otros muchos, se perfeccionaron y ampliaron. Numerosos hacendados, particularmente cultivadores de caña, levantaron obras de riego y modernizaron sus ingenios. Los principales sistemas existentes que generan y transmiten energía, establecieron por aquel entonces sus plantas hidroeléctricas matrices. Surgieron también numerosas empresas constituidas con la finalidad confesada de vender agua para riego, pero con el propósito real que realizaron hasta que las conmociones políticas lo impidieron, de ejercer, como dispensadores del agua, una hegemonía sobre su clientela de agricultores; aprovechándola en beneficio de sus tendencias de especulación sobre las tierras. Situación indudablemente desventajosa para la conveniencia colectiva y que desvirtuaba el innegable beneficio de la introducción del riego artificial, convirtiéndolo en un auxiliar poderoso del afán latifundista. El movimiento revolucionario, hostil desde sus orígenes al latifundio, introdujo gradualmente en las instituciones y costumbres, preeminencia sobre las demás clases sociales, del campesino desposeído y del pequeño agricultor. Primeramente, en la administración maderista, se intentó por medios legislativos fomentar el fraccionamiento de los grandes predios rústicos; preparándose así la lucha por la tierra que más tarde se enseñoreó de todo el país y al través de la cual se persigue la organización más equitativa de la propiedad del suelo. *** El problema agrario, en su esencia lo encontramos en el origen de la evolución de todos los pueblos que después de haber sido nómades y pastores se convierten en agricultores. El fenómeno varía en sus manifestaciones y en sus resultados, pero su procedencia es la misma. Por la ocupación pacífica o la conquista, la tierra se concentra en las manos de unas cuantas familias que por ese hecho se constituyen en una clase privilegiada, ante la cual se levanta la gran masa de la población que sólo tiene por único recurso de subsistencia su trabajo personal en el cultivo de las tierras ajenas.

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En toda sociedad humana han aparecido crisis agrarias, pero asumen carácter particularmente grave en los pueblos únicamente agricultores. Los países en que la navegación y el comercio son fuentes importantes de vida, las agitaciones agrarias se han atenuado y sus consecuencias son mucho menores que en los pueblos agrícolas que lo son exclusivamente por necesidad y por instinto. La lucha por la tierra se prolonga en tanto que “persisten --como dice Boret-- las concentraciones de la propiedad territorial y la clase de los hombres libres, la más numerosa, tiene menos seguridad del pan del día siguiente que la población servil”. Hasta épocas recientes esta ha sido la situación agraria en México. Ha sido el resultado de un régimen vicioso de la propiedad territorial que ha permitido la coexistencia de grandes y medianos latifundistas y de una enorme masa de población rural, agricultora por costumbre, desposeída de tierras y con elementos de trabajo nulos o rudimentarios entonces el movimiento consiguiente de reivindicación -perfectamente justificado en sus orígenes, si bien discutible en algunos de sus procedimientos-- todavía no termina del todo y sus resultados no pueden aún predecirse con certeza. Es probable, sin embargo, que el proceso de acomodamiento agrario que presenciamos nos esté encaminando, como decíamos antes, hacia normas menos imperfectas de la propiedad rústica. *** Lo hacen creer así las providencias que en los últimos tiempos se han tomado para proteger financieramente al ejidatario con el fin de asegurar su supervivencia y de proporcionarle los medios de dar valor a las tierras. Esto ya es una manifestación de política agrícola, constructiva por su naturaleza propia, bien distinta de la agraria que siempre envuelve idea de lucha. Los propósitos de organizar la economía del ejido irán siendo factibles cuanto más próximo esté el final del movimiento de dotación y restitución de tierras. La política agrícola, según el autor citado, “es obra de organización metódica, y aun científica y se afirma

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sobre todo en los períodos de alta civilización. No puede evolucionar perfectamente sino en aquellos países que se trata de poner en valor, en donde la paz agraria está asegurada ... Los propagandistas del progreso agrícola pudieron entonces trabajar pacíficamente, tomando el lugar de los tribunos (de la Revolución Francesa) que habían tratado de hacer una realidad del programa agrario concebido por el siglo XVIII; porque siempre el trabajo sigue al combate, tanto para reparar los malos efectos, como para consolidar y valorizar los resultados provechosos alcanzados”. Dejemos que se desenvuelva este nuevo aspecto del problema agrario, esperando que sus resultados sean provechosos y definitivos para la economía general. Tal desenvolvimiento tendrá que seguir sus líneas propias de acción, bien distintas de las que sigue cualquiera otra de las fórmulas ideadas para la constitución de la pequeña propiedad; sin excluir la más efectiva e importante de todas que es el riego, fraccionamiento y colonización de grandes extensiones cultivables. *** Esta fórmula –-el mejor exponente de la política agrícola-- la ha adoptado con firmeza nuestro Gobierno. Constituye, conjuntamente con la apertura de caminos, el más serio esfuerzo constructivo realizado en los últimos años. Casi resulta ocioso recalcar la muestra de buen sentido que se dió en esa ocasión al preferir la construcción de obras de esa naturaleza, que son empresas de largo aliento y que modificarán radicalmente nuestras actuales condiciones económicas, a las mejoras de carácter suntuario, que si bien son el marco adecuado para las manifestaciones constructivas de los gobiernos de los países prósperos, no caben, sino en proporciones modestas, en naciones como México, de estructura económica aun endeble. En efecto sabemos, pues se ha repetido hasta la saciedad, que la estabilidad y el progreso económico del país tienen sus raíces en el desarrollo de su agricultura y que esto requiere en nuestro medio,

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como uno de los factores esenciales, el riego artificial de las tierras cultivables. Probablemente se ha pensado, con todo acierto, que nuestra vida económica sólo podrá progresar sobre la base lógica de una producción agrícola segura y abundante, y que si el medio geográfico y las características de la población nos han modelado como país agrícola, debemos procurar serlo con toda la intensidad que lo permitan nuestras posibilidades naturales sometidas a una explotación científica y moderna. A pesar de lo que en contrario digan nuestros poetas y geógrafos líricos que han entonado églogas sobre la bondad del cielo que nos cobija y del suelo que mal nos sustenta, nadie ignora que México es un país pobre agrícolamente, puesto que una buena parte de su territorio lo forman regiones desérticas o semi-áridas. Damos en seguida unas cifras, tomadas al acaso de estadísticas fehacientes, que escuetamente pintan nuestra poco envidiable situación agrícola. En el año próximo pasado importamos de los Estados Unidos 727,000 libras de jamón con valor de Dls. 211,000; 62 millones de libras de manteca de cerdo que representan Dls. 7.900,000; 2.200,000 docenas de huevos con valor de Dls. 680,000; 2.900,000 bushels de trigo que valen Dls. 3.600,000; 12.600,000 libras de azúcar refinada con valor de Dls. 634,000. *** Desarrollar la irrigación en el país, significa ante todo, el aseguramiento de nuestra independencia económica, pues no es libre un pueblo que para dar de comer a sus habitantes, por cierto, con frugalidad ascética, tiene que acudir a los graneros extranjeros. La consecuencia inmediata, será confirmar el carácter agrícola de México, poniéndolo en condiciones de evolucionar racionalmente hacia actividades más avanzadas, quitando así a nuestra industria mucho de lo que tiene de exótico y artificial. Al mismo tiempo que la irrigación resuelva la cuestión de la subsistencia y la correlativa del alto costo de la vida, hará posible la

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colonización, que hasta aquí solamente se ha manifestado en tentativas desgraciadas. Teniendo asegurada la producción agrícola de las tierras con el riego oportuno, organizando convenientemente un sistema de enajenación a largo plazo de lotes cultivables, afirmadas las bases del crédito agrícola nacional en favor del pequeño propietario rural, no será muy difícil más tarde, cuando sea oportuno, hacer convergir hacia nuestro país --con posición geográfica ventajosa en ese respecto y con otras cualidades propicias-- una de las dos grandes corrientes inmigratorias por las que envía la Europa a los Estados Unidos y a la Argentina el contingente de energías humanas que va a sumarse a las fuerzas vivas de esas naciones. Desde luego será muy hacedera la auto-colonización; especialmente en su aspecto humanitario que exige la dignidad nacional, de detener el éxodo de nuestros campesinos hacia el vecino país del norte, ocasionalmente suspendido por una ley extranjera, y repatriar el medio millón de mexicanos --antes que dejen de serlo-- que el reflujo emigratorio ha sido impotente para hacerlo regresar a su país de origen. *** “El desarrollo de las obras de riego en cualquier región, opinábamos hace diez años3, tiende a introducir alteraciones en el régimen de la propiedad rural; afecta a la clase social más numerosa de la población, la campesina, modificando sus condiciones de trabajo y de producción y sus relaciones con los propietarios del suelo que cultiva. Circunstancias son estas tan dignas de atención, que una sola de ellas bastaría para justificar cualquier trabajo de previsión encaminado a procurar que la irrigación se desarrolle en forma y condiciones tales, que las alteraciones que ella introduzca en el medio social y económico se traduzcan en movimientos evolutivos hacia organizaciones humanas moralmente superiores”.

3

Ibid.

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Nuestra política oficial de irrigación, cuya historia haremos en seguida brevemente, se implantó y viene desarrollándose ajustada a las orientaciones que acabamos de transcribir. Prescinde --como todas las políticas similares extranjeras-- de toda finalidad de lucro, pues su ejercicio se considera como la prestación de un servicio social preferente. Si algún provecho utilitario recoge incidentalmente más tarde, lo percibe en forma indirecta como una consecuencia del mejoramiento general introducido en las condiciones económicas de las regiones beneficiadas por el riego. Está ya fuera de discusión el hecho --universalmente comprobado-- de que los gobiernos son los únicos material y moralmente capacitados y organizados para realizar y explotar obras de irrigación en gran escala. No caben aquí los argumentos que confirman esta tesis y que circunscriben la acción de la iniciativa privada en el fomento de la irrigación, salvo contadas excepciones, a la construcción de obras de proporciones modestas y de interés, cuando más, meramente local. Bástenos mencionar los tres principales factores adversos que hacen de los negocios privados de irrigación --que no llevan las miras reprochables de especular con las tierras-- oportunidades muy poco atractivas para la inversión de capital; el alto costo de las grandes obras de riego; el largo plazo que requiere la amortización de las sumas gastadas; y los elementos de incertidumbre de orden social vinculada a ese género de actividades. El carácter aleatorio que tienen resulta agravado, en nuestro medio, por la circunstancia de que el acomodamiento agrario aún no ha terminado. Ante este conjunto desfavorable, sólo el Estado es capaz de enfrentarse. Tiene recursos superiores y medios de acción más eficaces que los de una empresa privada. Circunstancia esta última muy ventajosa en países como México, donde ha sido fundamentalmente vicioso el régimen de la propiedad territorial; pues permite al gobierno imponer a la tenencia y explotación de las áreas regadas, las modalidades convenientes. Se conjura así el peligro de que la irrigación consolide el latifundio y la predominancia del gran propietario rural; y se asegura, al mismo tiempo, la posibilidad de

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obligar al agricultor a que explote científicamente sus tierras y obtenga de ellas el máximo de provecho. Hemos hecho referencia a ciertas actividades que desarrolló la iniciativa privada en la construcción de obras hidráulicas al amparo de los preceptos y franquicias de la legislación de aguas; pero puede decirse que hasta hace diez años no había el Estado tomado participación directa en el fomento de las obras de riego. Su primera tendencia seria en ese respecto, fue en 1921 cuando creó la Dirección de Irrigación, dependencia de la Secretaría de Agricultura y Fomento. Esta oficina, entusiastamente organizada y manejada, llevó a cabo durante los tres años siguientes, estudios hidrológicos metódicos y aun llegó a formular ante-proyectos de posibilidades de riego muy importantes. Motivos de orden económico determinaron que la Dirección fuera refundida en otro departamento, lo que acarreó prácticamente la suspensión de los trabajos emprendidos. En 1926, a iniciativa del entonces Presidente de la República, General Calles --fundador indiscutible de nuestra política de riegos-- se promulgó la Ley de Irrigación, punto de partida legal de la actuación del Estado como constructor y empresario de obras de riego. La ley estableció los términos en que se financiarán los trabajos, lo cual se hace mediante un fondo especial constituido por las aportaciones directas del gobierno y por los ingresos derivados de la explotación de los sistemas de riego y de la venta de las tierras regadas que pasan a ser propiedad nacional. Da la oportunidad a la iniciativa privada para que haga por su cuenta las obras o coopere con el Estado a su construcción, especialmente a los propietarios de los predios ubicados en la zona de acción de los Proyectos. Si éstos dejan al gobierno exclusivamente la ejecución de las obras, deberán reembolsarlo, cuando termine la construcción, de las erogaciones hechas, en proporción al beneficio que han recibido sus tierras y a la extensión de éstas. El reembolso pueden hacerlo los propietarios bien en efectivo o cediendo al gobierno tierras regadas, en la extensión que sea necesaria

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para que el valor de esas tierras antes de recibir el beneficio del riego, cubra el importe de dicho reembolso. Para el caso se formula un “plan de compensación” en que se señalan las cantidades correspondientes que cada propietario debe cubrir por costo de obras y la superficie de terrenos que representan este valor. Así el interesado está en aptitud de optar por una u otra forma de pago. Como su órgano ejecutivo, la misma ley creó la Comisión Nacional de Irrigación y puso a cargo de ésta la administración del fondo de irrigación y el estudio, construcción y operación de los sistemas de riego. Previó también la misma ordenanza que las tierras que pasan a poder de la Comisión, en virtud del plan de compensación mencionado, sean fraccionadas y colonizadas. Consecuente con sus propósitos de crear la pequeña propiedad autónoma y estable de estimular el sentimiento de la responsabilidad y el espíritu de organización entre los ocupantes de sus tierras, la ley establece que cuando éstos hayan cubierto el 50% del valor de sus parcelas la administración del sistema de riego pasará a sus manos. Consideramos innecesario entrar en detalles sobre la obra material -construcción y estudio de proyectos-- realizada por la Comisión. Abundan las publicaciones descriptivas y monografías técnicas relativas al asunto. Más todavía, se han construido maquetas de los sistemas de riego terminados o en vías de serlo, que han sido expuestas en el extranjero y en el país. En los presentes momentos los sistemas de riego en operación son: el del Valle del Mezquital, en el Estado de Hidalgo, que beneficia 15,000 hectáreas, que posiblemente se duplicarán con las ampliaciones y mejoras que están realizándose; el “Presidente Calles” en Aguascalientes, que servirá una superficie de 25,000 hectáreas, de las cuales 10,000 están ya siendo regadas o en posibilidad de serlo. De esta extensión la tercera parte aproximadamente ha pasado a poder de la Comisión y está enajenándose para su colonización; el de Río Mante, ubicado en zona tropical del Estado de Tamaulipas,

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susceptible de fecundar 18,000 hectáreas, de las que una tercera parte está ya sometida a cultivo. Prácticamente han quedado terminadas las gigantescas obras del que será sistema de riego de río Salado, en los Estados de Coahuila y Nuevo León. Es el proyecto de mayor magnitud realizado por la Comisión. El vaso de almacenamiento tiene capacidad de 1,300 millones de metros cúbicos de agua y la superficie irrigable es de 60,000 hectáreas. Debe tomarse en cuenta al mismo tiempo que la magnitud de la obra, la circunstancia de que aprovecha en beneficio de nuestro territorio aguas que de otra manera se perderían en favor del país vecino. Además se trata de un sistema de irrigación enclavado en región francamente desértica e improductiva, en consecuencia, hasta hoy. Se han ultimado los arreglos con los propietarios de los terrenos servidos por el proyecto. Se trabaja activamente en el desmonte y limpia en las tierras que forman la Primera Unidad y se hacen preparativos para establecer a los ocupantes de ellas, que algunos ya se encuentran en la zona del proyecto. Se ha iniciado la construcción del proyecto del río Conchos, y el de San Buenaventura, ambos en el Estado de Chihuahua. Se ultiman los estudios de los Proyectos de San Carlos que aprovecha aguas de los ríos de San Diego y Bravo, en Coahuila; el del río de San Juan, Nuevo León; el de Santa Gertrudis, Tamaulipas; el de Corrales, Michoacán y San Miguel, Guanajuato, los dos sobre el río Lerma; y el del Valle de Juárez, Chihuahua, que aprovecha aguas del río Bravo. También están por terminarse los estudios y ciertas obras secundarias del encauzamiento y aprovechamiento del río Grande de Morelia y de la laguna de Cuitzeo, Michoacán. Se emprenden también estudios preliminares en el río Pablillos, N. L., río Costeños y la Angostura, Coah.; región central de Veracruz; río Florido, Chih., y Villagrán, Tamaulipas. ***

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Paralelamente con los estudios topográficos, hidrográficos, geológicos y de ingeniería civil y con la ejecución de las obras, la Comisión ha venido ocupándose de serias investigaciones técnicas sobre las condiciones agrológicas y agrícolas de las tierras por regarse. Por este medio ha logrado formar planos clasificados de las zonas de riego -los primeros en su género en el país-- sobre los cuales se ha proyectado la parcelación de dichas zonas. La última expresión práctica de los trabajos agronómicos es el establecimiento de las granjas experimentales, realizado ya en los sistemas en vías de terminarse, que tienen a su cargo la investigación y dirección permanente de la explotación agrícola. Realizadas las obras, incluyendo las vías de comunicación, y determinados los cultivos más apropiados en la zona de riego; asegurada la posibilidad material de ministrar el agua a la extensión abierta a la explotación, entran las actividades de la Comisión en un nuevo ciclo, más complicado éste y más incierto en sus resultados -como que ya no se va a luchar por vencer realidades físicas, sino por resolver problemas sociales. La tierra y el agua están preparadas y disponibles para que las ocupe y aproveche el colono. ¿Cómo lograrlo en forma que asegure definitivamente el éxito de éste? Desde luego ha habido que preocuparse por organizar el servicio de riegos. Es el primer paso que hay que dar para vencer el excesivo individualismo que caracteriza al campesino aquí, en México, como en todas partes. Por la naturaleza misma de las cosas, los sistemas de riego que tienen una fuente común de abastecimiento y en donde el agua es para el disfrute de todos, crean imperiosamente la necesidad de la asociación entre los usuarios; pero esto, axiomático en las zonas antiguas de irrigación, no pueden fácilmente comprenderlo en los proyectos nuevos de riego; y sin embargo, hay que imponer, desde el principio, la organización de los regantes. Lograda ésta, independientemente de las ventajas y facilidades que significa para la distribución de las aguas podrá considerarse que está creado el núcleo de las futuras organizaciones cooperativas de los colonos.

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En seguida hay que considerar, aun cuando cronológicamente precede a la organización de los regantes, la labor de selección de los colonos, pues ningún intento sólido de colonización podrá cristalizar si el elemento hombre a que se va a dar cabida no reúne a las cualidades morales indispensables --preparación agrícola, laboriosidad y voluntad de prosperar-- aptitudes físicas innegables; así como recursos pecuniarios en cantidad suficiente y equipo de trabajo; los primeros para que pueda hacer los gastos de establecimiento en sus tierras, el traslado de su familia y subvenir a sus necesidades hasta la recolección de la primera cosecha y el segundo que le permita iniciar sus trabajos de cultivo. Para tener una información preliminar a estos respectos, base de la selección definitiva desde hace tres años se ha hecho la propaganda del caso en los medios agrícolas apropiados, del país y de los Estados Unidos del Norte, y la distribución profusa de cuestionarios especiales que deben requisitar los aspirantes a colonos. Se ha logrado así hacer una primera clasificación de los solicitantes y estimar, al mismo tiempo que las probabilidades de éxito de éstos, medidas por sus antecedentes y recursos, las erogaciones que tenga que hacer la Comisión en la preparación de las tierras y establecimiento de los primeros ocupantes que carezcan de los medios suficientes para hacerlo por su exclusiva cuenta. El análisis de los datos de los cuestionarios ha comprobado lo que ya se presumía: que solamente grupos reducidos de agricultores que desean repatriarse y muy contados elementos radicados en el país cuentan con el dinero y equipo suficientes. Los más lo tienen en escasa proporción o carecen completamente de una y otra cosa. Esto impone la necesidad para el Gobierno de adoptar actitud francamente paternalista respecto de los futuros colonos; aun cuando habrá de procurar que tal política se ejerza por tiempo precario, el absolutamente indispensable para que el colono prospere por su propia iniciativa y se baste a sí mismo ***

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Si aceptamos como verdad incontrovertible, que nuestro tipo medio campesino ocupa el más bajo nivel de la jerarquía social en cuanto a holgura y comodidades de la vida diaria encontraremos lógico que una de las finalidades más salientes de la política oficial de irrigación sea el redimir a sus colonos de esa situación precaria, haciendo de ellos unidades económicas autónomas y responsables y en aptitud de progresar. Todo el programa de colonización obedece a ese propósito. La extensión de las parcelas es la adecuada, no sólo para que el colono y su familia subsistan con el producto de la tierra cubriendo con amplitud sus necesidades de alimentación y vestido, sus compromisos contraídos para la adquisición del suelo y por servicio de agua, etc. sino que le permita después de los primeros años de explotación hacerse un capital modesto, susceptible de ir acrecentándose. La Comisión ha hecho y tendrá que continuar haciendo una serie ininterrumpida de sacrificios y concesiones hasta que el colono adquiera la estabilidad económica que vuelva innecesaria la política paternalista. Esto, por una parte, representa erogaciones á fondo perdido; o por lo menos no recobrables directamente, como las que se aplican al acondicionamiento de las tierras para que puedan recibir eficazmente el riego; a la construcción de vías de comunicaciones dentro de la zona regable; al establecimiento y operación de las granjas experimentales, edificios y dependencias centrales de las colonias. Desde otro aspecto el sacrificio pecuniario es mucho más serio. Generalmente, por las condiciones físicas de nuestro territorio, las obras de riego para beneficio de las tierras de la altiplanicie, requieren casi invariablemente la erección de grandes vasos de almacenamiento y extensos sistemas de canalización; lo que hace particularmente dispendiosas las obras de esa clase, hasta el punto de que el costo de ellas derramado sobre la superficie beneficiada, alcanza frecuentemente una cifra que sobrepasa en mucho al valor comercial de la tierra de riego en la región de que se trata. Cómo consecuencia de esa disparidad de valores, al proceder la Comisión --una vez

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terminadas las obras---a enajenar para colonización las superficies cultivables que dentro de la zona de sus proyectos pasan a su poder, tiene que castigar la inversión real en la proporción necesaria para que el precio de venta de las tierras se acerque al valor comercial; pues de otro modo se haría pasar sobre el colono --desde su ingreso al Proyecto-- un fardo superior a sus fuerzas, que ocasionaría su irremediable fracaso. *** Hasta aquí la labor se ha encaminado a fomentar y realizar la colonización interior que más propiamente llamaremos autocolonización. No ha dejado, sin embargo, de pensarse en la conveniencia menos próxima de provocar un movimiento colonizador con extranjeros; siempre que éstos puedan calificarse como elementos deseables' en todos respectos. Es decir, que desde el punto de vista racial e idiosincrático puedan asimilarse a nuestro medio; y que sean agricultores expertos, provistos de los recursos materiales del caso. Por ahora parece prudente y equitativo atender exclusivamente al establecimiento en las zonas de riego, de campesinos nacionales que satisfagan los requisitos antes aludidos. La forma de la colonización y el elemento colono deben estar acordes con la situación geográfico-económica de cada zona por colonizar y con sus características etnográficas. Sin que esto implique puntos de programa, parece racional que en la Mesa Central, donde existe abundante población agrícola, clima benigno, facilidad de comunicaciones, numerosos mercados próximos; etc., la colonización de las tierras debe hacerse de preferencia con agricultores de la región, que hasta ese momento han trabajado como asalariados en las haciendas vecinas o que ya son pequeños propietarios dentro o en las inmediaciones de las áreas irrigables. En las zonas áridas del norte, con clima sano pero extremoso, enclavadas en regiones desérticas, con centros de consumo lejanos y población muy escasa y diseminada, habrá que llevar como colonos,

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después de dar cabida a los escasos elementos regionales, agricultores de otros lugares del país; y de toda preferencia a los nacionales que deseen repatriarse de los Estados Unidos. En los proyectos de riego ubicados en las regiones tropicales, de clima insalubre y población escasa, la explotación agrícola presenta aspectos peculiares y frecuentemente tiene también el carácter de negocio industrial. En estas condiciones, pequeño colono puede establecerse y prosperar, pero será, en cierto modo, asociado o tributario de los agricultores-industriales, propietarios de la mayor parte de la zona. La tendencia natural de las actividades agrícolas de estas regiones a hacer de ellas “colonias de explotación” habrá que mantenerla en los límites convenientes para no comprometer el progreso material y moral del campesino asalariado y del pequeño colono. *** Una disposición muy reciente del Sr. Presidente de la República, iniciada por la Secretaría de Agricultura, va a permitir poner rápidamente en cultivo todos los terrenos irrigables que han pasado a poder de la Comisión --como resultado de los planes de compensación realizados en cada sistema de riego-- con agricultores pobres o que dispongan de algunos recursos, aunque no suficientes para su aceptación inmediata como adquirentes de las tierras. Se trata de un sistema de aparcería por tres años, en condiciones excepcionalmente ventajosas, en el que el producto de la aparcería que toca percibir a la Comisión se aplica a la cuenta del aparcero en pago parcial del valor de la parcela que cultiva, si dicho aparcero resuelve convertirse definitivamente en colono. Se comprende que este sistema es también en sí mismo, un procedimiento decisivo para la selección automática de los elementos colonizadores. Hemos mencionado como manifestaciones de política agrícola en relación con el afianzamiento de las conquistas agrarias, la ayuda financiera que el gobierno trata de impartir a las organizaciones ejidales. Esto nos lleva a tocar, aun cuando sea de paso, la cuestión del crédito agrícola, cuyo papel estimamos de primera importancia en el

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resurgimiento y evolución de nuestra agricultura, cuando la inestabilidad creada por el acomodamiento agrario haya terminado. El ejido y las colonias en las zonas de riego, disímbolos en su origen y en su proceso de desarrollo, son igualmente, sin embargo, factores reales de nuestra futura prosperidad agrícola. Pero en tanto que el primero solo puede esperar, por ahora, ayuda financiera del Estado, las segundas pronto estarán en aptitud de constituir un atractivo campo de acción del crédito privado. Nuestra experiencia en este sentido es rudimentaria, pero parece concluyente. Los colonos del Sistema de Riego de Río Mante están organizando en vasta escala su negocio agrícola-industrial, exclusivamente financiado por instituciones privadas. El crédito particular está también fomentando los trabajos agrícolas de los propietarios del Sistema “Presidente Calles”; y sabemos que un grupo respetable de capitalistas regiomontanos se aprestan a financiar el desarrollo de la Primera Unidad del Sistema de Riego del río Salado, Bien está pues que el Banco Nacional de Crédito Agrícola persevere en la finalidad específica que le dieron sus fundadores, de ayudar de preferencia al ejidatario; que en buena lógica se impone, pues la ley que creó la institución fue dictada como una medida complementaria del reparto de tierras. Así podrá disponer de sus recursos actuales y de todos los que en lo sucesivo ponga el gobierno en sus manos para asegurar el éxito económico de la política agraria. Esto no quiere decir que ocasionalmente, o cuando disponga de más amplios recursos, no deba acudir el banco al refaccionamiento de los colonos de las zonas de riego; pues éstos, individual o conjuntamente, siempre tendrán posibilidades y garantías para que sean en todo tiempo considerados como clientes deseables de cualquier organización de crédito. Inútil es decir que para que el ejercicio del crédito sea más amplio y provechoso, los colonos habrán de organizarse de acuerdo con las prácticas que en esa materia se siguen universalmente y que tienden dentro de sus variadas formas a “la movilización del mundo agrícola por la mutualidad bajo todos sus aspectos, es decir por el triunfo de la iniciativa individual organizada”.

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*** Un último aspecto de la política de riegos, que para muchos tal vez haya pasado inadvertido, pero que tiene también innegables alcances sociales. Varios de los proyectos de riego, en ejecución o en estudio, encierran posibilidades importantes de desarrollos hidroeléctricos, que en conjunto exceden de 100,000 caballos; o sea más del 33% de la capacidad reunida de las plantas hidroeléctricas instaladas en el país y alrededor del 12% de la capacidad total actual hidro y termoeléctrica, en todo el territorio. Al mismo tiempo que se estudian los aspectos técnicos de esas posibilidades se intenta estimar su significación económica, es decir el valor comercial que deba atribuírseles en relación con el grado de factibilidad que tiene la utilización regional de la energía por generarse y su demanda en los mercados actuales y futuros. La utilización de una fuente común de abastecimiento de agua con la finalidad doble de regar tierras y generar energía hace marcadamente económica la explotación del aprovechamiento, pues los gastos de establecimiento y operación se distribuyen entre los dos usos. Puede considerarse, en cierto modo, que la fuerza producida en estas condiciones tiene la baratura de un sub-producto. Fácilmente se comprenden las ventajas que para la zona misma del proyecto, desde luego y para las regiones inmediatas, se derivarán del hecho de que dispongan de energía barata y abundante. Por otra parte, los desarrollos hidroeléctricos aludidos representan oportunidades inmediatas- de que el capital privado --interesado en los negocios de fuerza motriz-- entre en arreglos con el gobierno para la realización de esos aprovechamientos. Traen pues consigo facilidades para el financiamiento de las obras de riego que se trata de realizar. ***

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Hemos intentado presentar un cuadro que dé idea aproximada del conjunto del problema que tiene que resolver la Comisión Nacional de Irrigación; tan amplio y complejo en su planteo como en sus soluciones, en todos y cada uno de los proyectos de riego que se abordan. La tarea de la Comisión, en cada proyecto, recorre un ciclo que empieza con el estudio de las posibilidades físicas para utilizar eficazmente-en el riego determinados recursos de agua y terminará cuando sus colonos hayan pagado totalmente sus parcelas y estén preparadas técnica y económicamente, para proseguir sin tutela, ni ayuda oficial, la explotación fructuosa de las tierras. No podemos aún invocar en apoyo de nuestra tesis resultados obtenidos en nuestro propio país, sobre todo en los aspectos sociales de la cuestión; pero el éxito que han tenido las actividades similares del Estado en otros países son el mejor estimulo para proseguir la obra. Brillantes enseñanzas nos proporciona especialmente la enorme tarea desarrollada durante más de un cuarto de siglo por el Reclamation Service de la vecina nación del Norte. Tal vez la política de irrigación del Gobierno de México defraude las esperanzas de quienes pretendan juzgarla con el criterio, ya anacrónico, del liberalismo económico clásico. Le reprocharán, entre otras cosas, el que se impongan sacrificios pecuniarios a una generación que retirará escasas ventajas del esfuerzo realizado. Las conquistas morales no se miden por las utilidades que arrojan en pesos y centavos; y pocas tan preciadas y trascendentales como la de crear unidades sociales estables --que no son otra cosa los pequeños propietarios agricultores-- que integren el alma y la economía nacionales. El saldo espiritual que esperamos cierre la política de irrigación justificará con creces los esfuerzos actuales de los padres por el bienestar de sus hijos. Quienes iniciaron entusiastamente la política de riegos y los que la prosiguen con igual tesón y optimismo, deben sentir la satisfacción íntima que, como reza el lema de la Comisión Nacional de Irrigación, trabajan “Por la Grandeza de México”.

ALGO MÁS SOBRE LAS AGRUPACIONES DE REGANTES 1 Luis Arteaga

La Sección Editorial del número de esta revista correspondiente al pasado mes de abril2, fue dedicada a un tema de gran interés: el servicio social que rinden las obras de riego de zonas áridas, no creando centros de población agrícola fundados en el régimen de la pequeña propiedad, y cuyas tierras se cultiven con técnica avanzada; tampoco mejorando y ensanchando la capacidad agrícola del país y por consiguiente la economía nacional, sino, en un orden de ideas completamente distinto, despertando el “espíritu de solidaridad en el medio campesino, tan agostado siempre por el exagerado individualismo” que el articulista considera, con toda justicia, como “... una conquista moral más preciada ...” que los éxitos de orden utilitario antes mencionados. En el mismo editorial se insiste sobre la indiscutible importancia social de esas agrupaciones de usuarios, cuya amplitud de acción es tal “... que frecuentemente abarca desde su objeto inicial de reglamentar y distribuir las aguas, hasta el de promover, construir y explotar dispendiosos sistemas de obras hidráulicas ...”, pues que “... en muchos países existen leyes especiales que las facultan para constituirse en sociedades financieras, autorizadas para levantar empréstitos y emitir bonos con garantía subsidiaria del Estado o municipio ...” Por último, se hace notar que esas agrupaciones de regantes no son nuevas en nuestro país; fueron importadas de España en el período 1 2

Edición original 1931 En Irrigación en México, vol. III, núm 4, pp. 312-319.

Sección Editorial. “El espíritu colectivo en los sistemas de riego”, Irrigación en México, 1930, vol. II, pp. 485-487 [reproducido en esta Antología].

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colonial y han subsistido hasta la fecha, estando actualmente reconocidas de manera expresa por nuestras leyes, pues la de Aguas autoriza expresamente la constitución de las “Asociaciones de usuarios” (a las que da personalidad jurídica para todos los efectos legales), y aun declara obligatoria su constitución, entre otros casos, en los de aprovechamientos colectivos que se lleven a cabo mediante una sola toma, y la Ley de Irrigación previene que, en ciertas condiciones, la explotación de los sistemas de riego que se construyan, deberá quedar, en el futuro, en manos de los usuarios. Tanto las más antiguas agrupaciones, como las que se han organizado en cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Aguas, funcionan de acuerdo con los reglamentos que en cada caso expide la Secretaría de Agricultura, por conducto de la Dirección de Aguas, Tierras y Colonización. Dada la gran importancia social que tiene el funcionamiento normal de las agrupaciones de regantes, cabe discutir si las disposiciones y los procedimientos relativos, actualmente en vigor, son los más adecuados para encauzar las actividades de las mismas agrupaciones hacia el cumplimiento más eficiente de sus fines originales (la distribución equitativa de las aguas y la conservación de las obras de regadío), así como para promover el más franco desarrollo de las agrupaciones de usuarios y el mejoramiento integral y continuo de sus sistemas de riego, o si esas mismas disposiciones no corresponden, por razón alguna, al interés social que representa el funcionamiento y progreso de las mismas agrupaciones. *** La Ley de Aguas vigente faculta al Ejecutivo de la Unión para reglamentar el uso de las aguas de propiedad nacional, “... previo estudio de los aprovechamientos existentes, de los volúmenes disponibles y de las necesidades actuales de la totalidad de las zonas que dichas aguas beneficien ... para obtener la mejor utilización de las aguas...”; igualmente da facultades a la Secretaría de Agricultura para declarar de utilidad pública y autorizar la ejecución de los proyectos que “... tiendan a lograr un aprovechamiento de las aguas mejor y más racional que el que se está efectuando ...”

Algo mas sobre las agrupaciones de regantes

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EI Reglamento de la misma Ley, por otra parte, impone a la Secretaría la obligación de reglamentar el uso y aprovechamiento de las aguas de propiedad nacional, “determinando los derechos relativos de los diferentes usuarios”, siempre que el uso de las mismas aguas “...se haga en tal forma, que dé por resultado que no se aprovechen de una manera íntegra y racional, originando el desperdicio de ellas, ya sea porque se usen en una forma discontinua; ya porque se susciten conflictos entre los usuarios sobre su respectivos derechos; ya porque no sea equitativa la forma de su aprovechamiento; ya porque las obras adolezcan de defectos técnicos y, en general, por otra cualquiera causa de índole semejante.” En otras palabras, estableciendo este último ordenamiento que los antiguos aprovechamientos colectivos estarán sujetos a reglamentación, cuando el conjunto de las obras hidráulicas, su mantenimiento o su administración, dejen de llenar las condiciones de seguridad y eficiencia que tienen esos mismos elementos en los sistemas debidamente proyectados, construidos y operados, ratifica a la reglamentación la finalidad que le da la Ley; regularizar los aprovechamientos existentes, que en la mayoría de los casos se llevan a cabo mediante obras de carácter absolutamente precario y provisional; tienen por base abastecimientos hidráulicos deficientes en valor absoluto y en régimen; y se sujetan a prácticas de distribución dispendiosas en el consumo del agua, cuando no manifiestamente ineficaces, transformándolos en sistemas técnicamente correctos, cuyos distintos elementos (abastecimiento y obras hidráulicas; sistemas de riego y administración, etc.), estén en la más estrecha relación con las necesidades por satisfacer. El problema de la transformación de los antiguos sistemas de riego en sistemas técnicamente correctos, presenta dos aspectos: el primero, de orden legal, radica en la identificación de los usuarios legales, y después en la calificación y cuantificación de sus derechos al uso de las aguas, como elementos esenciales para determinar cuáles serán los aprovechamientos de carácter preferente, su orden de prelación, etc., en el sistema por reconstruir.

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El segundo aspecto del problema es de orden técnico; su solución resuelve en el fondo el problema de la reglamentación, puesto que comprende: 1) El estudio del régimen de las corrientes afectas al aprovechamiento, y el de las obras de almacenamiento o regularización indispensables para establecer el abastecimiento hidráulico que corresponda al mejor y más racional aprovechamiento de las aguas, y esté en la más estrecha relación con las necesidades de la zona beneficiada. Estas necesidades deberán ser debidamente valorizadas, tanto para los aprovechamientos legalizados, como para los que puedan establecerse utilizando totalmente los recursos hidráulicos disponibles. 2) El estudio de las modificaciones de las obras existentes, y de las obras nuevas que sea necesario construir, para realizar en las condiciones debidas la derivación, conducción y distribución de las aguas. 3) La determinación de las normas a que deberá sujetarse el aprovechamiento de las aguas, en relación con los usos legalmente autorizados; el abastecimiento hidráulico; las obras que se ejecutaran; las necesidades efectivas de riego, etc. 4) El proyecto de las obras complementarias que se requieran para completar la unidad de irrigación. Entre éstas se pueden citar las que tienen por objeto drenar los terrenos regados, que frecuentemente son de carácter urgente. 5) La distribución de los gastos de establecimiento, operación y conservación de las obras. Como se ve, este aspecto del problema es en realidad el más vasto de los que comprende la reglamentación de una corriente, definida, como dice la Ley, por el aprovechamiento mejor y más racional de las aguas. *** Vamos a analizar si en el proceso de la reglamentación de los aprovechamientos colectivos, tal como lo establecen las disposiciones

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y los procedimientos vigentes, se resuelven esos problemas legal y técnico con amplitud equivalente a la importancia relativa, pues solamente en este caso se satisfarían en forma eficiente y completa los fines de la misma reglamentación. El artículo 122 del Reglamento de la Ley establece que, hecho “un estudio técnico de la corriente”, y considerada la documentación que presenten los interesados para acreditarse como usuarios legales, se formulará un “reglamento provisional del aprovechamiento” que debe contener, esencialmente, los datos siguientes: a) Descripción de la corriente; su “gasto en litros por segundo y volumen medio anual en metros cúbicos” (incisos l y Il). b) Identificación de los usuarios y de las obras mediante las cuales utilizan las aguas (incisos III y IV). c) Calificación y cuantificación de los derechos de los usuarios; “disposiciones que fijen la forma y condiciones en que debe verificarse la distribución de las aguas, completándose, si es necesario, con el cuadro de distribución correspondiente” (incisos V y VI). d) Obligaciones de los usuarios: De “... constituir una Asociación que nombre una Junta de Aguas que tenga a su cargo la aplicación del Reglamento ...” De contribuir, proporcionalmente a sus dotaciones, “... para los gastos que demande la aplicación del Reglamento y el mantenimiento y reparación de las obras hidráulicas” (incisos VII y VIII).” La observancia del reglamento provisional expedido está ya a cargo de la Junta de Aguas, que deben elegir los usuarios o en su defecto nombrar la Secretaría, y cuyas funciones fija un reglamento interior muy elaborado. El reglamento provisional debe estar en vigor durante un año, transcurrido el cual se estudian las quejas u objeciones presentadas en

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su contra, y se dicta el definitivo, con cuya aplicación, igualmente a cargo de la Junta, se considera ya resuelta la reglamentación. Reducida la reglamentación a un estatuto en el cual se establecen la forma y condiciones que debe sujetarse la distribución de las aguas disponibles, entre los usuarios con derechos acreditados, no satisface la finalidad más amplia de la misma reglamentación: regularizar integralmente los antiguos aprovechamientos, pues deja en pie la solución del problema técnico, que resolvería en el fondo la reglamentación, y que apenas se ha tocado en la determinación del “gasto en litros por segundo y volumen medio anual en metros cúbicos que tenga la corriente”, pedidos por el inciso II del artículo 122 del Reglamento, y en el determinación del “volumen de agua que la Secretaría reconozca a los usuarios teniendo en cuenta sus derechos y sus necesidades reales”, a que se refiere el inciso V del mismo artículo; estos datos son una mínima parte de los que se requieren para proyectar la reorganización del aprovechamiento. Por esta razón existen agrupaciones de usuarios fundadas con estricto apego a la Ley, con Juntas de Aguas debidamente reconocidas, y reglamentos autorizados, que operan las mismas obras incompletas y semidestruidas, y los mismos volúmenes de agua notoriamente insuficientes, que constituían las bases del aprovechamiento, muchos años antes de su “reglamentación”; es evidente que con esos sistemas o unidades de riego tan deficientes, es prácticamente imposible aprovechar las aguas en la forma íntegra, racional y equitativa que exige el interés social y que pretenden establecer las disposiciones legales vigentes. *** Quedaría, sin embargo, la remota posibilidad de que las Juntas de Aguas ejercieran, además de las actividades inherentes a la distribución de las aguas, las actividades de orden técnico que se requieren para formar los programas generales de mejoramiento de los sistemas, con los proyectos de las obras nuevas, modificaciones de las existentes, organización económica, etc., que deberían llevarse a la práctica gradualmente, de acuerdo también con programas especiales, pero esa remota posibilidad no se ha realizado en caso alguno, ni en

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las condiciones actuales es probable, por lo que en seguida se expone, que llegue a cristalizar en hechos. Las agrupaciones de usuarios no están en condiciones de emprender esa clase de estudios, porque su organización defectuosa les impide tener directores debidamente preparados para planearlos y desarrollados, y porque operan sistemas hidráulicos muy deficientes, cuyo mejoramiento requiere inversión y esfuerzos de consideración. Aun cuando las disposiciones en vigor previenen que los componentes de las Juntas de Aguas deberán ser electos por mitad, cada año, por los agricultores que forman la agrupación, las elecciones o son viciosas, o sistemáticamente no se llevan a cabo por razones fáciles de comprender, y la Junta es entonces integrada por la Dirección de Aguas mediante nombramientos de ternas que le son sometidos por los miembros de la misma Junta que deben quedar en funciones, y en las que aparecen invariablemente elementos de un pequeño grupo semi-político que, de hecho, maneja a la agrupación. Los componentes, de la Junta no tienen por lo general preparación alguna para administrar un sistema de riego y no pueden hacer otra cosa que intentar armonizar la distribución teórica de las aguas que fija el reglamento expedido, provisional o definitivo, con las antiguas prácticas de regadío, y cobrar rigurosamente las cuotas de riego a los usuarios, cuotas cuyo importe gastan (no invierten) totalmente en las erogaciones que demanda la administración, entre las que se incluyen los sueldos de los miembros prominentes de la misma Junta, y las reparaciones o trabajos de conservación más urgentes, pues el servicio normal de mantenimiento y conservación de las obras ya queda fuera de las posibilidades económicas de la Junta, y sólo pueden llevarse a cabo, sin un programa determinado los trabajos que son absolutamente indispensables para que pueda subsistir de hecho el aprovechamiento de las aguas. Aun cuando probablemente los recursos de las agrupaciones, debidamente administrados, permitieran llenar todas las necesidades y aun aplicar anualmente alguna cantidad para el desarrollo normal de pequeños programas de estudios o reconstrucción del sistema, de hecho nunca hay fondos disponibles para estas actividades.

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Debo hacer notar que las Juntas de Aguas, en las funciones relativas a los intereses de las agrupaciones, en realidad no son responsables ante la Secretaría, pues sólo son nominalmente vigiladas, ni ante los miembros de la agrupación de usuarios, para quienes tienen la autoridad que les da su nombramiento oficial, y sobre los cuales gravita la administración menos eficiente de un sistema de aprovechamiento que no corresponde a sus necesidades. Por otra parte, no existe organización oficial alguna que haya sido capacitada técnica, económica y legalmente para estudiar el problema técnico que supone el mejoramiento de los antiguos sistemas colectivos de riego, o por lo menos para encauzar las actividades de las agrupaciones de usuarios en el mismo sentido, prestándoles alguna ayuda. Es cierto que los reglamentos previenen que las Juntas de Aguas serán asesoradas en sus funciones por técnicos que designará la Secretaría, pero estos funcionarios son removidos con frecuencia, no son técnicos, no asesoran, y menos pueden desempeñar toda la labor que requiere la formación de los proyectos generales de mejoramiento de los sistemas, labor que requiere, además, gastos de alguna consideración. Se puede pues concluir que las disposiciones legales y los procedimientos actuales en vigor, sobre la reglamentación de los aprovechamientos colectivos y el funcionamiento de las asociaciones de usuarios, reduciéndose a la expedición de simples estatutos de carácter legal sobre la operación de los sistemas en sus “condiciones generales actuales”, son manifiestamente incompletos e ineficaces, y no corresponden al interés social que representa el funcionamiento normal y el amplio desarrollo de las agrupaciones de regantes y de los antiguos sistemas de riego, por lo que es verdaderamente urgente la revisión de las disposiciones y la reorganización de los procedimientos aludidos. *** ¿Cómo podría organizarse un servicio de cooperación efectivo en favor de las agrupaciones de regantes?

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En el programa que regulará las actividades de la Comisión Nacional de Irrigación durante los próximos años, aprobado por el C. Presidente de la República, se comprende desde luego la terminación y explotación de los grandes sistemas de riego que se están construyendo actualmente, y los “...que en un futuro próximo habrán de transformar vastas zonas de nuestro territorio, capacitándolas para una valiosa producción, agrícola...” pero, además, se amplía el campo de actividades de la Comisión, recomendando en forma muy especial la “...mayor difusión de las obras de riego, multiplicándolas en número y reduciéndolas en importancia, de manera de satisfacer las necesidades o intereses locales que reclamen inmediata atención, y que habrán de traducirse en centros de actividad y de trabajo que, sumados, significarán un franco alivio de la situación económica general de nuestro país.” Para iniciar el desarrollo del nuevo punto de su programa de trabajo, la Comisión giró una circular a los Ciudadanos Gobernadores de los Estados de la República, dándoles a conocer la resolución tomada y pidiéndoles remitieran a la misma Comisión “... un programa general de trabajos de irrigación dentro de su Estado, acompañado de los estudios técnicos preliminares en que se funde y que consistan en trabajos un poco superiores a simples reconocimientos, sin llegar a la precisión de estudios definitivos...”; al mismo tiempo se pidieron informes sobre la cooperación que pudieran ofrecer las autoridades o los particulares para la ejecución de las obras correspondientes, que deberían iniciarse durante el presente año. La extensión del programa de acción de la Comisión fue recibida unánimemente con entusiasmo, considerándose como un positivo acierto, pues que la construcción de nuevos pequeños sistemas de riego resolvería, efectivamente, muchos problemas de carácter local; las pequeñas unidades requerirían menor inversión y esfuerzo para su ejecución, y serían más fáciles y rápidamente colonizables por agricultores conocedores de la región, que los grandes sistemas. Además, en los pequeños proyectos sería menos difícil encontrar satisfechas las condiciones de costo mínimo de las obras hidráulicas por hectárea regada; buena calidad de las tierras; posibilidad de

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emprender cultivos remuneradores, con vías de comunicación hasta los mercados capaces de absorber toda la producción, etc., que, independientemente de las condiciones generales de orden técnico, significan tanto para llegar al éxito final de un proyecto de riego. Debe, no obstante, hacerse notar, que ese encomiable propósito de la Comisión Nacional de Irrigación parece concretarse a la construcción de nuevos proyectos de riego, de menores proporciones de los que están en plena construcción o por terminarse, es decir, exclusivamente a la creación de pequeñas unidades de riego; si esos son, efectivamente, los límites del nuevo campo de acción, debe insistirse en que, en la política nacional de aprovechamientos hidráulicos, existe un verdadero vacío: la falta de un organismo debidamente capacitado para promover y llevar a la práctica el desarrollo de los antiguos sistemas de riego, de los aprovechamientos colectivos que la Ley considera como sujetos a reglamentación, y que actualmente se pretende mejorar mediante la aplicación de medidas principalmente de carácter legal, absolutamente ineficaces para resolver la transformación de esos aprovechamientos irregulares en unidades eficientes y completas, que son las únicas que pueden constituir centros de actividad y de producción. La labor que supone el mejoramiento efectivo de esos antiguos sistemas de riego es de indiscutible interés social, pues corresponde a la creación de los pequeños sistemas de riego, que ha sido tan aplaudida, sin los problemas de la colonización y de la explotación, fundamentales en los proyectos nuevos, chicos o grandes. La reconstrucción sistemática de los antiguos sistemas de riego, permitiría, en el menor tiempo posible, el más franco desarrollo de núcleos de población agrícola ya arraigados a la tierra, y diseminados en todo el territorio nacional. Esta labor de reconstrucción queda pues, lógicamente, dentro del programa de difusión de las pequeñas obras hidráulicas, que ha adoptado la Comisión Nacional Irrigación, completando el cuadro de sus actividades. *** En el Valle de Juárez, del Estado de Chihuahua, regado con aguas del Río Bravo del Norte, se tiene el caso típico de un sistema de riego

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colectivo de gran importancia, puesto que en su primera sección existen 1,700 propiedades con más de 7,000 hectáreas regables, que presenta las condiciones generales descritas. Cuenta con un sistema de obras hidráulicas absolutamente incompleto y deficiente; tiene por base un abastecimiento hidráulico que, ni en su valor absoluto ni en régimen, corresponde al régimen de la demanda; carece de obras complementarias de gran importancia, como el sistema de drenaje, cuya falta está arruinando rápidamente las tierras de cultivo; y está administrado por una Junta de Aguas nombrada por la Dirección correspondiente, que recibe cada año por cuotas de regadío poco menos de $ 25,000.00, cantidad que ha sido insuficiente para los gastos de administración y trabajos normales de conservación y mejoramiento, pues datando las obras de la época colonial, aún no ha sido posible construir el sistema de compuertas más simple, para controlar la derivación de las aguas de las crecientes del Río Bravo, hacia el canal principal. La Comisión Nacional de Irrigación tiene en estudio un amplio programa de reconstrucción de ese sistema, pero se trata de un caso absolutamente particular, y nosotros creemos que esa política debería hacerse extensiva, sistemáticamente, a todos los antiguos sistemas de riego existentes en el país, cuya operación o administración presenten problemas semejantes. Con la intervención de la Comisión, la reglamentación de esos antiguos aprovechamientos colectivos podría ser efectiva y completa, desarrollándose en las siguientes etapas: Por conducto de la Dirección de Tierras, Aguas y Colonización. a) Identificación de los aprovechamientos existentes. b) Calificación y cuantificación de los derechos de los usuarios, fijando el volumen de agua que se reconozca a cada uno, de acuerdo con sus derechos y necesidades; el orden de prelación de los distintos aprovechamientos, y sus modalidades especiales. c) En relación con los estudios técnicos que sirvieran de fundamento a la distribución de las aguas, precisar si el aprovechamiento reglamentado puede corresponder a un sistema

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completo, o presenta problemas de orden técnico, como obras hidráulicas deficientes; abastecimiento insuficiente; falta de obras complementarias, etc., o existe la posibilidad de realizar un aprovechamiento más racional y más amplio de las aguas de las corrientes afectas al aprovechamiento, mediante la ejecución de obras especiales. Por conducto de la Comisión Nacional de Irrigación. a) En el caso en que las condiciones generales del aprovechamiento no fueren satisfactorias, de acuerdo con el espíritu de la Ley, el sistema sería operado desde luego por la Comisión, organización que haría los estudios necesarios para formular un programa general de mejoramiento del mismo sistema, que llevaría a la práctica en la forma conveniente. b) Reconstruido el sistema y transformado en una unidad completa, la Comisión lo manejaría en los términos de la Ley de Irrigación, entregando su administración a los usuarios, no en una fecha fija ni cuando hubieren pagado determinada parte del capital invertido en el mejoramiento del sistema, sino preferentemente cuando acreditaran estar suficientemente preparados para asumir las responsabilidades correlativas con la operación y mantenimiento del sistema. Creo que entonces sí podría asegurarse, con fundamento bastante, que las agrupaciones de usuarios contaban con el más franco apoyo del gobierno de nuestro país, para desarrollar firme y eficientemente su elevada función social como escuelas de cooperación, y sus actividades productoras, es decir, para desempeñar la parte que les corresponde, en su carácter de usuarios de aguas de propiedad nacional, en el magno esfuerzo que se lleva a cabo “Por la grandeza de México”.

EL DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE RIEGO EN MÉXICO 1 Antonio Rodríguez L.

1. ANTECEDENTES SOBRE SISTEMAS DE RIEGO EN MÉXICO Los Conquistadores de América encontraron en nuestro Continente numerosas obras hidráulicas, especialmente en México y en el Perú. Pueden mencionarse, por lo que se refiere a nuestro país, las chinampas de Tenochtitlán, los jardines de Texcoco, Ixtapalapa y Huastepec; los acueductos de Chapultepec y el de Cholula, y el dique construido bajo la dirección de Netzahualcóyotl entre Atzacoalco e Ixtapalapa, para ayudar al desagüe del Valle de México. Durante la época de la Colonia, se construyeron numerosas obras, principalmente por los religiosos. Entre éstas pueden mencionarse las de Uruapan, Mich., y las de la Laguna de Yuriria, Gto. También se construyeron algunas obras de desagüe, Como el tajo de Nochistongo, construido por Enrico Martínez. En los primeros sesenta años de nuestra vida independiente poco o nada se hizo en materia de obras de irrigación. La Caja de Préstamos para obras de Irrigación y Fomento de la Agricultura fué la primera institución bancaria que se creó con finalidades agrícolas. Casi todas las obras construidas desde fines del 1

Edición original:1942 En Irrigación en México, vol. 23 (4). N. del E.: se han eliminado algunos de los cuadros del ensayo original.

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siglo pasado hasta 1921, lo fueron por empresas privadas; entre dichas obras pueden mencionarse las de la Región Lagunera, las construidas por la Sociedad de Irrigación y Terrenos de la Baja California, las de la Richardson Construction Co., en Sonora, las ejecutadas en Sinaloa por la Compañía del Canal Rosales, las obras de la Compañía Agrícola e Hidroeléctrica del Conchos, las de la empresa de Irrigación de la Hacienda de San Carlos, en Coah., las iniciadas por la Compañía de La Sauteña y Río Bravo en Tamaulipas, las de la Compañía del Canal Requena, en Hidalgo, y otras de menor importancia en las Haciendas de varias regiones del país. El primer intento serio de organización oficial de las obras de riego fué hecho en 1921, cuando se fundó la Dirección de Irrigación, la cual fué substituída en 1926 por la actual Comisión Nacional de Irrigación al expedirse la ley respectiva. 2. SISTEMAS DE RIEGO ORGANIZADOS A PARTIR DE LA EXPEDICIÓN DE LA LEY DE IRRIGACIÓN La expedición de la ley de Irrigación fué el resultado de una necesidad palpable en nuestro país. A pesar de lo extenso de nuestro territorio, gran parte es árido, otra porción tiene lluvias mal distribuidas y la zona húmeda es malsana e inhabitable. Si se consideran a grandes rasgos las características físicas y agrícolas de la Nación, ésta puede considerarse dividida en tres grandes regiones: la zona Norte, la Mesa Central y las costas tropicales del Pacífico y del Golfo. En la zona Norte los suelos y la topografía son favorables, pero la precipitación es muy pequeña y su distribución en el año inadecuada para las necesidades de cultivo, siendo los ríos de carácter torrencial. La topografía de la Mesa Central se presta poco para la agricultura extensiva de la actualidad; los valles son pequeños y ondulados y los ríos que los surcan son de carácter torrencial. La irregularidad e insuficiencia de las lluvias hacen que las cosechas sean siempre

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aleatorias. Las costas, que cuentan con suelos excelentes y donde la lluvia es en lo general suficientemente abundante, presentan el problema de su insalubridad además de otros factores como la falta de vías de comunicación. Esta situación ha impedido el desarrollo de nuestra agricultura y en consecuencia, ha sido una de las causas de la pobreza de nuestros campesinos. El Estado Mexicano, comprendiendo que para el desarrollo económico de México es indispensable la irrigación, se propuso iniciar seriamente la resolución de este gran problema, por consiguiente fue así como se expidió la ley respectiva. Por otra parte, el Gobierno Federal, tomando en consideración las condiciones fisiográficas, demográficas, sociales y económicas, emprendió las obras de riego con carácter de interés público. Las obras de riego son indispensables para el bienestar de nuestra población rural y de la economía del país y en la mayoría de los casos es imposible que sean realizadas por empresas particulares, pues no hay esperanza de recuperación directa de gran parte de las inversiones necesarias. La construcción de costosas obras de riego, sin las cuales sería imposible incorporar grandes regiones del país a la economía nacional, debe ser hecha por el Gobierno, pues es obvio que la empresa privada no pueda hacerlo y puesto que la norma suprema del Estado debe ser el fomento del bienestar público. Muchas regiones de nuestro país demandan su colonización, tanto por interés nacional como por la mejor distribución de la población campesina. La colonización en dichas zonas se hacía imposible sin el regadío, pues no puede pensarse en el establecimiento de núcleos de población campesina en terrenos que no puedan producir lo suficiente para su sustento.

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El riego de estas tierras hace posible el transformar estas regiones en factores importantes para la economía del país; el asegurar las cosechas contra los riesgos de sequías e inundaciones; el evitar el desperdicio de nuestros recursos hidráulicos y el contribuir a resolver nuestros problemas agrarios. Es así como comprendiendo que el problema de la irrigación en el país constituye el problema básico de la Agricultura Nacional, el esfuerzo del Gobierno mexicano ha constituido, y seguramente seguirá constituyendo, uno de los principales renglones en su política de mejoramiento nacional. Como consecuencia directa de la expedición de la ley de Irrigación, en 1926 fué organizada la Comisión Nacional de Irrigación, la cual tuvo como objetivo inmediato la construcción de aquellas obras que, desde el punto de vista de los intereses de la Nación, era más urgente construir. Al proyectarse y ejecutarse las obras, la citada Comisión ha tomado en cuenta, hasta donde ha sido posible, las necesidades futuras de los usuarios y, por esto, no sólo se han proyectado y construido las obras que permiten el riego de las tierras, sino además todas las necesarias para evitar el empantanamiento y ensalitramiento de las mismas; se han construido los caminos indispensables para que los colonos tengan fácil acceso a sus parcelas y salida para sus productos, y los fraccionamientos se han proyectado de manera que cada lote pueda regarse fácilmente y forme unidades que no estén cortadas por caminos, canales o drenes. A partir de 1926 se iniciaron las obras en los Distritos de Riego de Don Martín, en los Estados de Coahuila y Nuevo León; las del río Conchos, en Chihuahua; las del río Santiago, en Aguascalientes; del río Tula, en Hidalgo, etc. El progreso realizado en las obras de riego hasta 1930, permitió tener, además, la mayor parte de las áreas beneficiadas por las obras, listas para ser abiertas al cultivo; esto trajo para la Comisión de Irrigación el problema de la organización de los Sistemas de Riego. Esta labor, difícil de por sí, lo fué más entre

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nosotros porque no teníamos experiencia en colonización, y como la aplicábamos al cultivo por primera vez, fué necesaria la introducción de modalidades desconocidas o con aspectos nuevos o especiales, tales como la compensación a los antiguos propietarios de las tierras, la selección de colonos, el desmonte y desenraíce, la refacción, el cobro de cuotas, etc., etc., modalidades que hicieron necesaria la formación de reglamentos y disposiciones que era indispensable experimentar sobre el terreno mismo, adaptar al medio social y económico y tratar de obtener los mejores resultados de este laboratorio de disposiciones, que tuvieron, como era de esperarse, sus alternativas de éxitos y fracasos. Las principales atenciones en la organización de los Distritos de Riego son algunas de carácter transitorio, como la compensación a los antiguos propietarios, la colonización y los trabajos preagrícolas y otras de carácter permanente, como, la Distribución de Aguas y la Conservación de las Obras mismas. La “compensación” significa la aplicación de la Ley de Irrigación por lo que se refiere a la forma en que el Gobierno Federal es compensado por las inversiones hechas, bien sea, mediante la adquisición por expropiación, por utilidad pública, de la totalidad de las tierras que forman la zona de riego de Proyecto, o bien segregando a favor de la Comisión Nacional de Irrigación una fracción del predio afectado, a manera de dejar a favor del propietario una cantidad de tierra cuyo valor como tierra de riego sea igual al valor como terrenos de temporal o monte que tenía la totalidad de sus terrenos antes de la construcción de las obras. Además, dentro de estas labores se comprenden las relativas a las indemnizaciones que hay que cubrir a los propietarios de terrenos afectados por los vasos de las presas, derechos de vía de los canales, etc., etc. Debido a un sinnúmero de circunstancias, sólo en contados casos fué posible aplicar oportunamente la ley de Irrigación, lo que originó que se presentaran dificultades de orden legal y especulaciones indebidas por parte de algunos propietarios de terrenos.

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En forma somera se presenta una exposición de la experiencia en los Distritos de Riego Mexicanos en los distintos aspectos de la operación. Colonización Las primeras disposiciones reglamentarias que autorizaron la instalación de colonos en los nuevos Distritos de Riego fueron inspiradas en la ley federal de Colonización y de acuerdo con los lineamientos generales de esta ley se expidieron Acuerdos Presidenciales en 1930 para la colonización de los Distritos de Riego de Pabellón, Ags., y de Don Martín, Coah., y Nuevo León. En estos acuerdos se fijaban los requisitos para ser colonos y la clase de contrato que con ellos debería celebrarse. Los requisitos que se requerían, muy limitados por cierto, eran: a) Tener experiencia agrícola. b) Contar con el capital y los elementos necesarios para sostenerse durante el primer año agrícola. c) Estar capacitado física y moralmente para ser colono. Para hacer la selección de los aspirantes a colono se estableció el siguiente orden de preferencia: 1. Pequeños agricultores vecinos de la región. 2. Alumnos de escuelas agrícolas. 3. Mexicanos repatriados. El contrato que se establecía era el de “Promesa de Venta”, consistente en que el colono debía pagar el 5 % del valor de las tierras que adquiría y el resto en 25 anualidades con el 4 % de interés. La colonización empezó con poco éxito, pues inicialmente hubo poca

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demanda de tierras y pronto se vió que este tipo de contrato eliminaba a los campesinos pobres y no podía cumplirse con la función eminentemente social que debía llenar la Comisión, puesto que la construcción de las obras de riego es sólo un medio para lograr el mejoramiento de los agricultores y campesinado mexicano. A fines de 1930 se estableció un nuevo tipo de contrato, que se llamó de “Aparcería y Promesa de Venta”, cuyas características eran, en resumen, las siguientes: el colono recibía su parcela en aparcería por un término de tres años, transcurridos los cuales podía transformar su contrato en el de “Promesa de Venta”, siempre que hubiera cumplido con sus obligaciones como aparcero. El colono recibía además de la tierra, el agua necesaria para sus riegos, las semillas y los aperos de labranza que pudiera tener disponibles el Distrito de Riego; debería entregar el 20 % de su cosecha si sólo recibía la tierra y el agua, de 25 % si también recibía la semilla y el 30 % si además recibía aperos de labranza. El Distrito de Riego dedicaba el importe de estos ingresos a cubrir el importe de las cuotas de agua y conservación, a pagar el valor de la semilla y el del arrendamiento, en su caso, de los aperos, y el resto, si lo hubiere, se dedicaba a formar un fondo destinado a cubrir el primer abono de la tierra. Si al vencer el plazo de tres años de aparcería este fondo era suficiente para cubrir el 10 % del valor de la parcela adjudicada al colono, éste pasaba automáticamente a ser colono con contrato de “Promesa de Venta”, debiendo cubrir el resto del valor del terreno en veinte años con el 4 % de interés. Si el fondo mencionado no era suficiente para cubrir el 10 % del valor del lote, el aparcero debería abandonarlo y el terreno se ponía a la venta, castigando su valor con el abono del colono anterior. Al principio pareció que los resultados de este tipo de contrato eran excelentes, pues gran número de campesinos ingresaron como colonos a los Distritos de Riego de Pabellón, Ags., y de Don Martín, Coah., y N. L. En las obras distintas que ya empezaban a operarse, como la del

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río Mante, en Tamaulipas, y la de Tula, Hgo., la operación se reducía a conservación de las obras y distribución de las aguas por estar los terrenos colonizados por ejidatarios y propietarios. La experiencia demostró bien pronto que la urgencia tenida para colonizar las tierras, así como la falta de una reglamentación adecuada, fueron aprovechadas para abusos por parte de solicitantes y colonos. Así las cosas, en 1932 se dictaron enérgicas medidas para reprimir dichos abusos y se expidieron reglamentos de colonización en los cuales se especificaron los requisitos para ser colonos, sus obligaciones y derechos y demás disposiciones necesarias para conservar la disciplina en los Distritos. Los nuevos contratos que se establecieron, tanto para los Distritos mencionados como para los que a partir de 1932 se abrieron a la colonización (río Conchos, Chih., río Sabinas, Coah., río San Diego, Coah.), fueron: de “Compra-venta al Contado”, de “Compra-venta Condicional tipo A” y de “Compra-venta Condicional tipo B”, siendo este último el más usado. El antiguo contrato de “Promesa de Venta” fué sustituido por el de “Compra-venta Condicional tipo A “, cuyas características principales eran: el pago de la tierra que debía efectuarse adelantado, el 5 %, del valor de la parcela y el resto en 24 a 25 anualidades, con el 4 %, de interés sobre saldos insolutos; se estableció el cultivo directo de la parcela sin intervención de aparceros; el pago de las cuotas reglamentarias, y las normas generales para el uso del agua, así como todas las demás obligaciones y derechos del colono. El contrato de “Compra-venta Condicional tipo B” fué establecido para conservar las ventajas del contrato de Aparcería, al que sustituyó, entre las cuales pueden citarse: las de eximir al colono de pago inicial y para evitar al mismo tiempo las desventajas de dicho contrato, tales como el abuso e indisciplina de los aparceros, el esquilmo de la tierra, la falta de arraigo, etc. Las características de este contrato fueron: que

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no se requería pago inicial, los abonos anuales podrían ser hechos en efectivo o en especie, con el 4 % de interés sobre saldos insolutos; el cultivo de la Parcela debería ser directo y personal, y se fijaban además todos los demás derechos y obligaciones del colono. Al expedirse estos reglamentos de colonización se dictaron todas las medidas que se estimaron pertinentes para corregir las deficiencias observadas durante las primeras etapas; se trató de hacer una selección más rigurosa, estudiándose la solicitud de cada aspirante a colono, la superficie que podría adjudicársele; se trató de comprobar los datos proporcionados en las solicitudes, especialmente los relativos a animales y aperos de labranza, y se vigiló el cultivo directo de la tierra eliminándose hasta donde fué posible a falsos colonos que cultivan sus lotes por medio de aparceros. En los propios reglamentos se fijaron las superficies máximas adjudicables según cada tipo de contrato en la forma siguiente: Para los contratos de tipo A Para los 100 Has. contratos de tipo A Para los contratos de tipo B 25 Has.

Posteriormente, en 1934 y 1935, estas superficies fueron reducidas a 25 Has. como máximo y en algunos casos hasta 10 Has., debido a la enorme demanda de tierras que para esos años ya existía y al deseo del Gobierno Federal de beneficiar al mayor número de campesinos. Por lo que respecta a la parcela mínima con contrato de colonización, se fijó en 10 Has., pues la Comisión de Irrigación estimó que a ningún colono debería adjudicársele parcela de menor superficie, considerando que una parcela más pequeña, a excepción del caso de explotaciones especiales, no produciría al colono lo suficiente para atender al cultivo y mejoramiento de su lote, al sustento adecuado de su familia así como para ir mejorando sus condiciones de vida y lograr algún día su liberación económica de los acaparadores, especuladores e intermediarios. En los Distritos de Riego a que se ha hecho mención se fijaron precios

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a las tierras que fluctuaron entre $ 70.00 y $ 260.00 por Ha., atendiendo a la capacidad de pago de los colonos. Estos precios son inferiores al costo por hectárea de las obras, pero fueron fijados tomando en cuenta la alta finalidad social que constituye la obra de riego, que se traduce en el mejoramiento de la masa campesina y de la Nación en general. Al mismo tiempo, se impone al campesino beneficiado la obligación de contribuir para la extensión de los beneficios del riego a otros campesinos. Después de algún tiempo de 1935 a 1937, fueron revisados algunos precios originales en algunos Distritos de Riego como el de Pabellón, Ags., y el Nogal, Coah., con el criterio arriba expresado. El costo de las obras de riego nunca puede considerarse como un despilfarro, aun cuando los precios a que se vende la tierra sean inferiores al costo de los obras, pues la recuperación de estas inversiones se hace indirectamente a través del aumento de los ingresos fiscales, además del bienestar económico de las comunidades campesinas, al auge del comercio y riqueza pública, que son de valor incalculable. Puede decirse que la labor de colonización realizada en los Distritos de Riego, a pesar de sus tropiezos, altas y bajas, muy explicables en el proceso de una labor de esta índole, nueva y difícil en nuestro medio, es un éxito. El resultado de la reglamentación adecuada, del esfuerzo continuado y paciente de las Instituciones que han tenido a su cargo esta labor en nuestro país, se ha traducido en un progreso de los Distritos de Riego. Como ejemplo del resultado de las medidas que se han indicado, puede citarse lo siguiente: el número de colonos y usuarios en los Distritos de Riego en 1931 era de 9,782; para 1935 dicho número era de 16,256. La superficie adjudicada o propiedad de los usuarios era para ese último año de 175,000 Has. aproximadamente. Para dar una idea de la importancia económica de las obras de riego realizadas, se presentan los siguientes datos:

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Superficies beneficiadas por las obras de riego ejecutadas de 1926 a 1940: Superficies nuevas abiertas al cultivo Superficies mejoradas en las que el riego se hacía en forma deficiente o era aleatorio Total Superficies que serán beneficiadas por las obras que se están ejecutando y se ejecutarán en el período 1940-1946: Se abrirán al cultivo, nuevas Se mejorarán Total

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Has. 156 500 114 700 271 200

437 700 264 500 702 200

Según el Censo Agrícola Ganadero de 1930, existen aproximadamente 14 millones de Has. de labor en la República, de las cuales el 11 % corresponde a tierra de riego (más o menos completa o eficiente). La superficie cosechada ha variado de 1925 a 1936 de cinco a seis millones de hectáreas. El valor anual promedio de la producción ha sido: De 1897 a 1908 De 1925 a 1936

$ 305.403.000 $ 412.580.600

El rendimiento medio por hectárea cosechada es de $ 65.00 por año. Como el promedio (hasta 1935) del valor de la producción por Ha., en los Distritos de Riego es de $ 193.00, el valor de la producción actual en las superficies beneficiadas sería de $ 52,400.00 aproximadamente, o sea el 12.7 % del valor promedio total de la producción agrícola hasta 1936. Utilizando el mismo dato de valor medio de la producción para la superficie que será beneficiada en el período 1940-1946, se tendrá como valor de la cosecha el de 135.5 millones de pesos, o sea el 35 % del valor actual de la producción nacional. Naturalmente que si la irrigación se desarrolla dentro de una planeación adecuada, incluyendo en esta planeación no solamente el

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aspecto constructivo, sino los aspectos de colonización, los económicos y los sociales, se intensifica la agricultura de riego y se persevera en el esfuerzo, es indudable que el valor de esta producción pueda duplicarse o quIzá triplicarse. En 1936, y de acuerdo con las modificaciones a la ley de Crédito Agrícola, la mayor parte de los Distritos de Riego pasaron a ser administrados por el Banco Nacional de Crédito Agrícola, quedando a cargo de la Comisión algunos Distritos principalmente ejidales y otros en los que eran necesarias obras de construcción o reconstrucción. Todos aquellos Distritos en los que existía colonización en 1936 y además los de la Presa Rodríguez, en Baja California, y el Rodeo, en Morelos, pasaron al control de dicha Institución de Crédito, la que ha seguido modificando los Reglamentos y formas de contrato, de acuerdo con la experiencia adquirida y con las tendencias económicas sociales de la actualidad, especialmente en lo relativo a lograr la explotación directa y personal de la tierra por el colono. Desde que empezaron a entregarse las tierras a los colonos, la Comisión Nacional de Irrigación, comprendió que era necesario que éstas fueran entregadas al colono listas para cultivo, o sea desmontadas y roturadas, puesto que en las grandes extensiones que por primera vez se abrían al cultivo, los colonos no podrían disponer de la maquinaria ni del dinero suficiente para efectuar el desmonte, desenraíce y roturación de estas tierras. Estos trabajos fueron denominados “Pre-agrícolas” y en su desarrollo se adquirió experiencia muy valiosa, debido a los fracasos iniciales. Al principio se emplearon en estos trabajos tractores Wallis y Money Harris con muy malos resultados. El costo de este experimento fué de $ 207.00 aproximadamente por hectárea desmontada, desenraizada y roturada. Ante este fracaso se optó por dar el desmonte a contratistas, los cuales usaron para el barbecho tractores Caterpillar de 60 H. P. con arados de disco. En esta etapa se obtuvieron costos de $ 70.00 a $ 80.00 por Ha. Después de esta nueva experiencia se optó por efectuar el desmonte

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por administración, obteniéndose costos de $ 73.00 por Ha. desmontada y $15.00 por Ha. barbechada. Cuando la demanda de tierras aumentó en los Distritos de Riego de Don Martín y El Conchos, especialmente en 1932, se adoptó el procedimiento de contratar los desmontes y desenraíces con los propios colonos, habiéndose obtenido costos de $ 30.00 a $ 50.00 por Ha. de desmonte y $ 8.00 de barbecho. Este procedimiento dió los mejores resultados, pues aparte del bajo costo, el colono recibía gran beneficio económico, pues desde su llegada empezaba a percibir alguna remuneración por su trabajo. Granjas experimentales Algunos de los Distritos de Riego construidos, especialmente los de la zona Norte, fueron establecidos en regiones desérticas en las cuales era desconocida la agricultura de riego, y otros, como el Distrito de Riego de Pabellón. Ags., en el que la pobreza de sus tierras presentaba problemas agrícolas que urgía resolver. Por esto, la Comisión Nacional de Irrigación instaló Granjas Experimentales con objeto de estudiar los cultivos más adecuados para la región, épocas de siembra, coeficientes de riego, abonos, etc. Se establecieron por la Comisión las Granjas Experimentales en los Distritos de Riego de Don Martín. Coah. y N. L. y Pabellón, Ags. El Banco Nacional de Crédito Agrícola al encargarse de la operación de los Distritos de Riego respectivos, ha continuado estos trabajos estableciendo nuevos campos experimentales. A pesar de la valiosa información obtenida hasta la fecha, la experimentación agrícola como función del Estado debería ser controlada, en mi opinión, por la Dirección de Agricultura, con objeto de uniformar la acción, de formular planes de experimentación adecuados y no sujetos a las modalidades que les imprimen las instituciones encargadas de operar los Distritos de Riego, y demás, de procurar que su costo no grave los presupuestos de operación, cuando menos mientras los Distritos no estén lo suficientemente estabilizados

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económicamente. Distribución de aguas La distribución de aguas es una función de carácter permanente en todo Distrito de Riego. Por lo que respecta a los Distritos de Riego operados tanto por la Comisión Nacional de Irrigación como por el Banco Nacional de Crédito Agrícola, puede hacerse la siguiente clasificación que se refiere al aspecto de derechos de los usuarios. Distritos de Riego construidos o mejorados por la Comisión Nacional de Irrigación en los cuales prácticamente no existía derecho de agua y que se rigen, hasta ahora, por reglamentos interiores expedidos por la Institución encargada de su operación: Distrito de Riego: Pabellón, Ags. Mante, Tamps. Tula, Hgo. Don Martín. Coah.y. N. L. Río San Diego Río Sabinas Río Culiacán. Sin. Alto Lerma. Gto. Río Colorado. B. C. Rodeo, Mor. Arroyozarco, México Tierra Caliente, Mich. Morelia y Queréndaro,Mich.

En estos Distritos de Riego la distribución del agua fué motivo de estudio, de reglamentación y de experiencia. Con objeto de evitar el desperdicio del agua, como es bastante común entre los campesinos, y de lograr su uso racional y moderado, se expidieron varios reglamentos de distribución en los que se especificó la forma y modo de hacer los riegos, así como los trámites necesarios

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para obtener el a agua, las cuotas por dicho servicio y la organización de los usuarios en Asociaciones de Regantes, las que tienen por objeto entrenados poco a poco en la organización y manejo del Distrito en general, con objeto de vigilar el cumplimiento del Reglamento y de preparar a los colonos para que se encuentre, en aptitud de operar los Sistemas que tarde o temprano tendrán que pasar a sus manos. En todos estos Distritos falta regularizar la situación de los usuarios constituyendo las reservas de agua que marca la ley respectiva y obteniendo las concesiones de aguas para el Distrito a que se refiere la ley de Irrigación. En algunos de estos Distritos, como el de Tula, Hgo., el Alto Lerma, Gto., El Rodeo, Mor., Arroyozarco, Méx., ya existían derechos reconocidos de aguas, y aunque en algunos ya existían proyectos o estudios de reglamentación legal de las corrientes, hasta la fecha se opera la distribución de aguas por reglamentos interiores. El segundo grupo lo forman los Distritos de Riego en los que existen reglamentos aprobados por la Secretaría de Agricultura y Fomento, como el de la Región Lagunera. El tercer grupo está formado por los Distritos de Riego en los que la Comisión Nacional de Irrigación ha construido obras de mejoramiento y en los cuales supervisa y dirige el funcionamiento de Juntas de Aguas ya existentes, reconocida por la Secretaría de Agricultura y Fomento, como en los Distritos de Riego de: Distrito de Riego: Chapala. Jal. Zamora, Mich. Tehuantepec. Oax.

Y por último, el grupo formado por aquellos Distritos de Riego, especialmente los de pequeñas obras construidas o mejoradas por la Comisión Nacional de Irrigación, en los que al entregarlas a los usuarios se formularon reglamentos provisionales o normas reglamentarias, siguiendo hasta donde es posible los lineamientos de

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la ley de Aguas y los cuales pasan a revisión de la Dirección de Aguas de la Secretaría de Agricultura con objeto de que los revise, los ajuste a la ley y expida los Reglamentos definitivos. Por lo que se refiere a métodos de distribución puede decirse que los principales son los siguientes: a) Servicio continuo. b) Servicio por tandeo entre los usuarios. c) Servicio por tandeo entre los canales distribuidores. d) Tiempos fijos o flexibles de las rotaciones. e) Servicio por demanda. a) El servicio continuo generalmente sólo se usa en Distritos de Riego en donde los lotes o parcelas son áreas de 50 ó 100 hectáreas cada una. En este caso el propietario puede libremente efectuar sus rotaciones. b) En Distritos de Riego con parcelas menores de 50 hectáreas, el tandeo es muy conveniente para la mayor economía del agua, especialmente en casos de escasez. c) El sistema de tandeo entre los canales distribuidores es considerado objetable por muchas autoridades en la materia, excepto en casos de aprovechamientos de aguas torrenciales. Como caso típico de este sistema es el de la Región Lagunera. d) La mayoría de los autores opinan que debe existir cierta flexibilidad en los tiempos para los tandeos. e) El sistema de demanda libre o restringida generalmente se establece en períodos de transición. En los Distritos de Riego organizados por la Comisión Nacional de

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Irrigación y entregados posteriormente al Banco de Crédito Agrícola se estableció en forma provisional el sistema de demanda libre, sin más restricciones que la facultad de la Comisión para proporcionar el agua de acuerdo con las necesidades de los cultivos, el requisito de que deberán reunirse suficientes solicitudes para surtirlas y la obligación para el colono de estar pendiente del día y hora para recibir su agua. El sistema de demanda libre ha presentado graves inconvenientes en la práctica, entre los cuales pueden citarse: a) Desperdicio de agua resultante de la necesidad de mantener cargas constantes en los canales. b) Personal numeroso para atender eficazmente las demandas. c) Demanda simultánea, difícil de atender. d) Los usuarios evitan el riego nocturno, resultando desperdicios de agua. Este sistema desgraciadamente ha continuado, a pesar de haberse proyectado como provisional, debido a lo difícil que es implantar cambios radicales en sistemas establecidos. Últimamente se han aumentado las restricciones a la demanda libre con objeto de ir cambiando el sistema al de tandeo. En el Distrito de Riego de Tula, Hgo., se ha establecido desde hace tiempo el tandeo en tiempo de escasez. En el Distrito de Riego de la Región Lagunera se usa el sistema de tandeo, de acuerdo con el Reglamento expedido por la Secretaría de Agricultura, y en el cual se especifica en detalle el mecanismo del tandeo, se fijan los gastos que debe haber en el río para el paso del agua de una presa a la otra, se establecen los gastos menores, medios, mayores, máximos y extraordinarios para los canales principales de cada presa de derivación y demás disposiciones relativas a

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organización de los usuarios, así como sus deberes y derechos. Cuotas Al iniciarse la operación de los Distritos de Riego, especialmente de aquellos en que se instalaron colonos (río Pabellón. Ags., río Mante, Tamps., Don Martín. Coah. y N. L., río Conchos. Chih.), etc., se estableció una cuota mixta por servicio de operación, la cual debería fijarse anualmente. Se componía de una cuota fija por hectárea de riego adjudicada, fuera o no cultivada, y de una cuota por cada millar de metros cúbicos usados en riego. La cuota fija tenía por objeto que los colonos cultivaran la mayor parte de sus tierras y que todos contribuyeran a sostener la administración. La cuota volumétrica tenía por objeto que los colonos economizaran el agua, pues ellos sabían que todo volumen desperdiciado debería ser pagado. Este sistema de cuotas ha sido modificado, en algunos Distritos, por el Banco Agrícola, que es el que los administra en la actualidad estableciendo una cuota única anual por hectárea, en virtud de que el personal de aforadores necesarios para medir el agua resultaba muy oneroso. Posiblemente este sistema tenga el defecto de incitar al desperdicio del agua. En mi opinión, el mejor sistema sería el establecer una cuota fija anual por hectárea y hasta determinado coeficiente de riego por hectárea; por ejemplo, $ 15.00 anuales por una lámina de 0.80 mts. por hectárea anual. La medida deberá hacerse estableciendo vertedores. Cualquier excedente sobre el coeficiente aceptado se deberá pagar volumétricamente. En el Distrito de Riego de Tula. Hgo., está establecida una cuota por hectárea riego, sistema que ha dado buenos resultados económicos, pero que, dado que se trata de una red antigua, a la cual le faltan obras de control, resulta un desperdicio grande de agua. En el Distrito de Riego del río Colorado. B. C., se ha acostumbrado el pago de una cuota de agua por litro por segundo en veinticuatro horas, o sean por cada 86.4 mts. cúbicos.

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Hay que hacer notar que por diversas circunstancias de carácter social y disciplinario no se fueron fijando anualmente las cuotas por servicio de operación de acuerdo con el costo de estos servicios, de lo que ha resultado, en la mayoría de los casos, un desnivel entre los ingresos por cuotas y el costo de la operación. Actualmente todos los esfuerzos de las instituciones que operan Distritos Nacionales de Riego tienden a lograr que los ingresos sean suficientes para cubrir los gastos de conservación de obras y distribución de aguas, pero esto sólo puede lograrse paulatinamente y tratando de que los servicios vayan quedando a cargo de los propios usuarios especialmente en los canales secundarios y conservándose por el tiempo que sea necesaria la operación oficial de las obras de cabeza, tales como grandes vasos de almacenamiento y estructuras principales. Esta diferencia entre los ingresos por cuotas y el costo de la operación se ve disminuida en algunos Distritos de Riego por la cooperación de los usuarios, especialmente limpia de canales y drenes y en algunos casos para las obras de mejoramiento. Entre estos Distritos deben mencionarse los del Alto Lerma, en Gto., el Bajo Lerma, en Jalisco, Arroyozarco, en México, y Tierra Caliente, en Michoacán. Conservación de las obras La conservación de las obras es otra de las labores de carácter permanente en la operación de los Distritos de Riego. Su importancia es capital, pues cuando se descuida la atención de las obras resultan interrupciones en el servicio de riego a los usuarios, que les ocasionan perjuicios económicos muchas veces de carácter grave. Además, el descuido prolongado puede reducir grandemente la vida de las obras de riego. Dentro de los trabajos de conservación generalmente quedan comprendidas las reparaciones, la sustitución de obras y la ejecución de otras de mejoramiento de poco costo relativo, pues para ejecutar las obras de mejoramiento en grande escala generalmente se reorganiza un servicio de construcción.

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La conservación de un Distrito de Riego se refiere a los canales, estructuras, caminos, drenes, obra de defensa, etc. En forma muy condensada haré referencia a cada uno de estos aspectos relacionándolos con la experiencia obtenida en Distritos de Riego Mexicanos. Conservación de canales En los Distritos de Riego construidos por la Comisión, especialmente en los de Pabellón, Ags., río Mante, Tamps., Don Martín. Coah. y N. L., y río Conchos, Chih., al iniciar la operación de los canales principales se procuró hacerlos trabajar paulatinamente con tirantes pequeños. Las pérdidas por conducción en los canales han sido observadas especialmente en el Distrito de Riego del río Conchos, Chih. Puede notarse el bajo valor de las pérdidas en los canales del Distrito de Riego de Tijuana. B.C., que se encuentran revestidos con granito. En el Distrito de Riego de la Región Lagunera se ha usado el ladrillo para revestimiento de canales (Sta. Clara y Egipto), con un costo de $ 1.77 a $ 2.08 por m2 obtenido en el año de 1938. Azolves El azolvamiento de los canales puede ser originado por las materias en suspensión en el agua, las cuales se depositan en los canales. En los Distritos en los que el agua se deriva a los canales por medio de presas de derivación, la cantidad de azolve que se deposita en el fondo es mayor que en el caso en que existen presas de almacenamiento, a menos que éstas se encuentren a gran distancia de la red de distribución, pues en este caso el arrastre de materiales en suspensión de la zona intermedia sigue azolvando considerablemente los canales. Como ejemplo de estos casos tenemos el de la Región Lagunera en

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donde actualmente el agua se deriva por medio de presas de derivación. Sin ningún dispositivo desarenador, no hay manera de evitar la entrada del azolve. En solo la red principal hay necesidad de extraer anualmente de 600 a 1,000,000 de m2 de azolve al año y aun más. Como en la actualidad, y mientras no esté terminada la presa del Palmito, se aprovechan las aguas de acuerdo con el régimen torrencial del Río Nazas, los canales funcionan sólo en época de avenidas lo que permite tener tiempo suficiente para las limpias. En este Distrito se utilizan casi exclusivamente las escrepas y algo los fresnos. Esto es posible debido a que los canales se usan en forma discontinua, a que existe mulada suficiente en la región y a la práctica de los campesinos en estos trabajos. El costo directo por metro cúbico varía de $ 0.20 a $ 0.45. En los canales secundarios, cuya limpia está a cargo de los usuarios, se usa la escrepa y la pala en los más pequeños o en aquellos ejidos que carecen de escrepas. La Comisión de Irrigación inició el empleo de draga de arrastre obteniendo costos directos aceptables. Con la construcción de la Presa de El Palmito, en el tiempo disponible para limpiar los canales, los azolves van a disminuir considerablemente y como el uso de las dragas resultaría prohibitivo especialmente en la zona alta donde éstos son muy arenosos, probablemente será necesaria la construcción de desarenadores. En el Distrito de Riego del Río Mante, Tamps., donde también se deriva el agua por medio de presas de derivación, las aguas son claras y en consecuencia no existen problemas de azolvamiento de canales. En este Distrito se ha usado con bastante dificultad la draga Ruth, debido a que esta clase de máquinas sólo son eficientes para canales con plantilla no mayor de tres o cuatro metros; a que los canales del Mante, en grandes tramos, sólo tienen camino de un lado y es necesario ampliar la banqueta del opuesto; y a que siendo un trabajo de descachete más bien que de desazolve del fondo, el rosario rebaja la plantilla innecesariamente. Las limpias en los diversos Distritos de Riego son más o menos

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normales y se efectúan con draga, escrepa, pala, etc., de acuerdo más bien con la posibilidad económica de los Distritos y de los usuarios. Revestimiento de canales El revestimiento de canales puede ser necesario o conveniente. Se considera necesario en los casos en que los canales están construidos de material muy permeable o cuando cruzan o tienen en el subsuelo materiales solubles; se considera conveniente cuando se trata de disminuir las pérdidas o de facilitar su conservación evitando derrumbes. En muchos casos los azolves finos de los canales son suficientes para impermeabilizarlos y en otros se usan revestimientos de concreto, granito, tierra diatomacea, ladrillo. etc. En nuestros Distritos de Riego se ha utilizado la gunita y tierra diatomacea; en el Distrito de Riego de Tijuana. B. C., el concreto y zampeados de mampostería en el Distrito de Don Martín y el revestimiento con ladrillo en la Región Lagunera, etcétera. Como caso importante acerca de pérdidas por materiales solubles, tenemos el caso del Distrito de Riego de Don Martín, especialmente en la zona de Camarón en donde existe gran cantidad de yeso en el subsuelo; al penetrar las aguas el yeso se disuelve formándose cavernas en el fondo o al lado de los canales y estructuras, habiendo sido necesario efectuar revestimientos en muchos tramos del lateral de Camarón. Erosión en los canales En la mayoría de los canales se presentan erosiones aguas bajo de las represas, caídas, etc. Para proteger los canales y estructuras, contra la erosión se usan enrocamientos o zampeados, pero como estos procedimientos resultan costosos se han utilizado en muchos casos enramadas ancladas por medio de alambres o piedras. Los efectos de esta clase de erosión son notables en el Distrito de Riego de Don Martín, en el cual se han empleado con bastante éxito las enramadas.

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En el Distrito de Riego del Río Conchos se han usado los revestimientos con grava para evitar la erosión y en la Región Lagunera las plantillas para controlar la pendiente, con poco éxito, excepto en el canal de Sacramento en donde estas plantillas de concreto o mampostería estabilizaron bastante la pendiente. Defensa contra roedores En los Distritos de Riego donde existen suelos arenosos, los roedores causan muchos perjuicios. En la Región Lagunera las tusas han sido causa de muchos derrumbes. Se ha utilizado con éxito el revestimiento de ladrillo. Uno de los procedimientos que se han recomendado es el que consiste en hacer una zanja a lo largo de la arista interior de los bordos y rellenarla con grava y arcilla apisonada o tierra arenosa con un pequeño porcentaje de cemento. En la presa de El Palmito, se han hecho pruebas de esta clase utilizando una mezcla de tierra con 4 % de cemento. Plantas acuáticas La vegetación acuática tal como tule, lama, lirio. etc., se presenta con mucha frecuencia en los canales de riego donde circula agua limpia. Las dificultades principales resultan de que no se puede, sin grave perjuicio en muchos casos, suspender el servicio de riego. Los sistemas conocidos para atacar este tipo de vegetación son arrastres con cadenas, empleo de rastra de discos, enturbamiento del agua con arcillas y el empleo de sustancias tales como el sulfato de cobre, varias sales de sodio, potasio, etcétera. En los casos en que es posible interrumpir el servicio de riego, la lama muere rápidamente. Señalaré la experiencia más destacada en algunos Distritos de Riego Mexicanos. En el Distrito de Riego del Río Conchos se presentó desde luego el

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problema de la lama, habiéndose reducido la capacidad principal hasta de un 65 %.

del

canal

El canal principal de este Distrito fué proyectado con un coeficiente de rugosidad de 0.0225 y los laterales con .026. Este aumento del coeficiente en los laterales se debe a que en estos, además de las lamas que se desarrollan en su perímetro mojado cuando el agua se mantiene transparente y limpia, se desarrolla mucha vegetación en los bordos. Debido al gran desarrollo de la lama, el coeficiente de rugosidad subió hasta 0.131. Al principio se trató de combatir la plaga con rastra de cadenas, sin gran resultado, pues las largas lamas se doblaban al paso de la cadena, la cual se deslizaba sobre ellas; después se emplearon rastras de disco en combinación con las cadenas resultando costoso el procedimiento pero de buenos resultados; se ensayó también, aunque entiendo que no en forma completa y por lo mismo quizá deberá repetirse, el enturbamiento del agua pero este procedimiento no dió muy buenos resultados debido a que las sales en solución en el agua provocaron la rápida coagulación de la arcilla. Posteriormente se ha ensayado efectuar rotaciones en los laterales para dejarlos en seco y por último, además de esta rotación, se suspendía el servicio por algunos días en el canal principal. Este procedimiento origina pérdidas de agua de consideración, pues hay necesidad de dejar pasar el líquido sin utilizarlo debido a que es necesario desarrollar energía en la presa de la Boquilla y seguramente sólo se ha usado en forma provisional. En el Distrito de Riego de Palestina, donde también las aguas son claras, se observó que los enlames disminuyeron al mejorarse el canal rectificando sus pendientes y aumentando la velocidad. En casos como este, el aumento de capacidad en los canales parece ser aconsejable siempre que no resulte antieconómico. En el Distrito de Riego de Chapala. Jal., Valle de Zamora. Mich,, y Zacapu, Mich., el tule y el lirio acuático se desarrollan enormemente. En lo general las limpias se hacen a mano, el tule se corta y se saca del

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canal con ganchos. En el Distrito de Riego de Chapala, la abundancia del tule es tal que se está estudiando su industrialización. Conservación de drenes La conservación de los drenes es un problema costoso y molesto. El desarrollo de plantas acuáticas es demasiado rápido generalmente y esto hace que sea necesario efectuar limpias anualmente. En el Distrito de Riego de Don Martín se ha utilizado la limpia con palas dejando el azolve en ambos lados hasta que es económico retirado con draga de arrastre o Ruth. Para evitar la entrada directa a los drenes de los retornos del riego y las aguas pluviales, se acostumbra, desde la construcción de los drenes, colocar la tierra de la excavación a cinco o seis metros de la orilla de la zanja en un lado y en el otro se coloca un pequeño bordo. La entrada de estas aguas a los drenes se hace por medio de tubos o caídas a cielo abierto. En el Distrito de Riego de Zacapu, una vez limpiados de vegetación los drenes principales, la limpia del dren se hace con draga de succión con buenos resultados. En los Distritos de Riego del Valle de Juárez, Chih., Valle de Morelia, Mich., existen drenes de importancia los cuales se conservan por los procedimientos usuales. Por lo que se refiere a estructuras y para no alargar demasiado esta ponencia, sólo indicaré que de las estructuras de mampostería, que son las más antiguas en nuestro país, se encuentran muchas en buen estado de conservación. En la región lagunera existen algunas estructuras de mampostería en buen estado de conservación no obstante tener 80 años en uso. En el Distrito de Arroyozarco existen otras de más de cien años en buen estado de conservación. Bordos de defensa

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Los bordos de defensa pueden considerarse en dos grupos principales: A.-Defensa contra inundaciones. B.-Defensa de los ataques de los ríos. Entre el primer grupo pueden mencionarse los diques del lago de Chapala, construidos para hacer posible la desecación de la ciénega del mismo nombre así como para proteger estas tierras contra inundaciones; los bordos de defensa existentes en el Distrito de Riego del bajo río Bravo y que protegen la ciudad de Matamoros; así como los bordos de defensa existentes en el Distrito de Riego del río Colorado. B. C. En los Distritos de Riego de la Región Lagunera, río Culiacán y bajo río Bravo existen bordos para defender las tierras. En la mayoría de los casos se han usado con éxito para combatir los ataques de los ríos a estos bordos o a las márgenes, las protecciones de enramadas; ancladas con alambres o lastradas con piedras. En la Región Lagunera se han utilizado con éxito pequeños espolones formados por cercas de alambre de púas y colocando enramadas entre varios espolones. Los postes de madera fueron eliminados y últimamente se utilizaron varillas de fierro corrugado de ¾” ancladas a una especie de cesto de piedras. Solamente en aquellos lugares en que la región por proteger es muy importante o en los lugares en que la piedra es abundante y barata, se han utilizado enrocamientos como los ejecutados en la Presa de Guadalupe, del Distrito de Riego de la Región Lagunera y en los bordos de defensa del bajo río Bravo en las defensas cercanas a la Ciudad de Matamoros, Tamps. Por lo que se refiere a la conservación de caminos, se hace siguiendo la técnica aceptada, siendo el factor económico el que limita la conservación.

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Refaccionamiento El refaccionamiento de los colonos y usuarios de los Distritos de Riego merece ser tratado en forma muy amplia pero dada la extensión e índole de esta ponencia sólo lo trataré en su aspecto general y a grandes rasgos. En el momento de abrir los terrenos a la colonización empieza la labor agrícola, económica y social, la colonización tan difícil dado lo complejo de sus problemas. En primer lugar, hay que seleccionar los colonos, ya se trate de vender los terrenos irrigados o de llevar masas campesinas ejidales de centros poblados en exceso. Una vez instalados, queda organizar la producción agrícola en forma económica y progresista; seleccionar, los cultivos adecuados a la región, de alto rendimiento económico y que tengan buenos mercados, etc., etc. Al desarrollarse esta fase de la colonización inmediatamente resulta indispensable que los colonos o usuarios cuenten con la refacción necesaria para emprender sus cultivos. Dadas las características de nuestro problema agrario, el Crédito Agrícola Oficial tiene a su cargo dos actividades, una netamente bancaria, aunque sin la característica de la obtención de la ganancia, y la otra, relativa a la dirección y organización de la explotación de la tierra, característica esta última peculiar de nuestro Sistema de Crédito Agrícola oficial y resultante del desenvolvimiento de nuestro problema agrario. El Banco Nacional de Crédito Ejidal tiene esta misión en relación con los ejidatarios y el de Crédito Agrícola en relación con los pequeños propietarios, especialmente los colonos de los Distritos de Riego que están a su cuidado. Si se toma en cuenta la extensión de superficies ejidales y de la pequeña propiedad en el país, se ve que el capital de que pueden disponer dichas instituciones, a pesar de los enormes esfuerzos del

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Gobierno para insuficiente.

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incrementarlo

continuamente,

es

notoriamente

Resulta pues que por lo que se refiere a los Distritos de Riego cuyo número aumenta en relación con las obras ejecutadas, conviene que se estudie con detenimiento qué procedimientos deben seguirse para obtener refaccionamiento suficiente y oportuno. En los Distritos de Riego existentes hasta 1935, aparte del refaccionamiento oficial, el capital privado cooperó a atender el crédito, vigilándosele para cuidar los intereses de los colonos mediante franquicias reglamentadas. Es seguro que este sistema presenta inconvenientes desde el punto de vista de los objetivos sociales que se persiguen por las Instituciones oficiales, pero es indudable que, en su oportunidad, ayude a resolver problemas de momento. Posteriormente y parece que con bastante éxito las Instituciones de Crédito Oficial han logrado” canalizar” el crédito privado a través de contratos entre Instituciones privadas y oficiales. También, y especialmente en los Distritos de Riego, se han presentado estudios tendientes a lograr que en un lapso relativamente corto se basten los colonos a sí mismos para refaccionar sus cultivos; que se emancipen de las empresas puramente crediticias; que los núcleos campesinos, constituidos en los Distritos de Riego obtengan para ellos los beneficios de las materias primas producidas en sus tierras y los que corresponden a la industrialización de dichos productos. Esto se ha planeado mediante la organización de sociedades cooperativas de responsabilidad limitada con facultades para obtener empréstitos y otorgar refaccionamiento a los colonos. Organización La organización de la administración de los Distritos de Riego en nuestro país ha variado de acuerdo con la experiencia obtenida por las

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instituciones que la ha tenido a su cargo y los aspectos especiales de los Distritos de Riego. Sin embargo, puede decirse que en lo general es la siguiente: Gerencia. Tiene a su cargo la dirección y vigilancia de los trabajos técnicos y administrativos del Distrito de Riego. La Oficina o Sección (según la extensión del Sistema) de Distribución de Aguas. Esta Sección tiene a su cargo la ejecución material del reparto y entrega de agua a los usuarios en los términos de los reglamentos respectivos, la operación de presas y canales, la supervisión y contacto con Juntas de Aguas o Sociedades de Regantes, la cooperación con las Instituciones de Crédito para la formulación de los calendarios de riego respectivos, la estadística de riego y otras funciones especiales que se detallan según las condiciones de cada Distrito. La Oficina o Sección de Conservación, tiene a su cargo la conservación de las obras hidráulicas, tales como desazolve y limpia de canales, red de drenaje, red telefónica, etc., y la ejecución de las obras de mejoramiento, tales como defensas, tomas, represas, caminos, etc. Todo lo anterior lo ejecuta esta oficina de acuerdo con los planos y presupuestos formulados por la Oficina o Sección de Ingeniería en Operación y debidamente aprobados por la Gerencia y las Oficinas Centrales. Estas dos secciones la de Distribución de Aguas y la de Conservación trabajan en estrecha cooperación especialmente en lo relativo al personal con objeto de evitar que éste quede ocioso. La Sección de Ingeniería en Operación, tiene a su cargo formular los estudios, proyectos y presupuestos de las obras de conservación y mejoramiento. La Oficina Administrativa o Sección (según la importancia y extensión del Distrito de Riego), atiende los asuntos de contabilidad (fiscal y de usuarios), personal y demás servicios administrativos.

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En algunos grandes distritos de riego como en la Región Lagunera, existen comisiones mixtas para el estudio de la reglamentación de las aguas en las cuales están representadas las Secretarías de Agricultura y Fomento, la Comisión Nacional, de Irrigación, el Departamento Agrario y las Instituciones Oficiales de Crédito. En los distritos de riego en que existe la colonización la oficina respectiva se ocupa de estudiar las solicitudes de tierras, colocar a los colonos aceptados en sus parcelas, deslindar estas, hacer los contratos de desmonte, colonización y vigilar el cumplimiento de la reglamentación y contratos. Ciudades agrícolas Tomando en cuenta que algunos de los distritos de riego se encuentran en regiones desérticas y que los colonos tropezaban con grandes dificultades para abastecerse, para vender sus productos, para educar a sus hijos, etc., se crearon centros poblados que se denominaron Ciudades Agrícolas proyectadas de acuerdo con los principios de urbanización y con los servicios necesarios. Se construyeron las ciudades agrícolas de Anáhuac, N. L., en el Distrito de Riego de Don Martín, y Ciudad Delicias, en el del Río Conchos. La idea original fué que dichas ciudades se sostuvieron con los productos de la venta de lotes y que sus servicios fueron operados por las autoridades del Estado correspondiente. Por diversas razones, la operación de estas ciudades gravitó sobre la Institución encargada de la operación y hasta últimamente se ha empezado a tratar de entregar las ciudades a Juntas de Mejoras y a las autoridades en los Estados respectivos. CONCLUSIONES De la experiencia obtenida en el desarrollo y operación de los

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Distritos de Riego en nuestro país pueden derivarse las siguientes conclusiones que en parte quizá pueden ser aplicadas en otros países de la América Latina. De carácter general 1.- Las obras de riego son indispensables para el desarrollo económico del país. 2.- Los costos de las obras no son recuperables en forma directa en su totalidad, aun en plazos relativamente largos (22 ó 30 años) por lo que francamente, no son atractivas: pero se justifican plenamente dado su carácter social y para cuando las construye el Estado. El incremento de ingresos resultante del aumento de riqueza pública y del bienestar económico, compensan en forma indirecta al Erario Público por dichas inversiones, lo cual constituye en realidad una recuperación a plazos largos y con enormes beneficios sociales. 3.- El Estado debe ser en consecuencia el agente principal en el desarrollo de las obras de riego y de drenaje, y en general del mejoramiento de las tierras de cultivo sin que por esto se coarte la iniciativa privada especialmente en obras en que puede haber desarrollos hidroeléctricos, y de que esta acción privada sea vigilada para evitar especulaciones indebidas. 4.- Desde el principio de la organización de los distritos de riego debe establecerse un sistema de estadística uniforme y adecuado. 5.- La operación de los distritos de riego debe ser sostenida por los usuarios lo cual se logrará mediante un proceso evolutivo que, iniciado con la ayuda económica del Estado y seguido de educación técnica y económico de los usuarios permite que éstos puedan manejar sus propios intereses. El Subsidio Federal deberá durar lo menos posible con objeto de que los fondos nacionales puedan dedicarse a la construcción de nuevas obras. 6.- La operación de las obras de cabeza, debe estar en manos del

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Gobierno Federal por todo el tiempo que sea necesario y las obras secundarias irse entregando, para su operación, en forma paulatina a los usuarios. En materia de colonización 1.- El esfuerzo realizado en materia de colonización está plenamente justificado y puede considerarse como un éxito. 2.- Debe evitarse la admisión de falsos colonos y tratarse de seleccionar a los aspirantes que soliciten tierras en plan de colonización, prefiriéndose a los verdaderos campesinos de la región, y si sobran terrenos considerar a los que pueden ir de otras zonas, descongestionando las excesivamente pobladas. 3.- Es conveniente efectuar la medida del agua que se entrega a colonos y ejidatarios. 4.- En los reglamentos de colonización debe especificarse y en su aplicación cuidarse de que el colono trabaje directa y personalmente su parcela a fin de que los productos de la tierra beneficien a quien la trabaje. 5.- La colonización presenta numerosos y difíciles problemas de orden técnico, social y económico que es necesario atacar no solamente en su oportunidad, sino preverlos hasta donde sea posible, para lo cual es necesario “planear” la localización en todos sus aspectos para evitar especulaciones indebidas y satisfacer las necesidades de los campesinos de la región, y los problemas de redistribución de la masa campesina. 6.- Los plazos de pago, en los casos que procedan, deben ser lo suficientemente amplios para evitar el sistema de concesiones futuras. En materia de distribución de aguas 1.- Deben formularse reglamentos adecuados establecido el sistema de tandeo, siempre que sea conveniente y posible.

Desarrollo y operacion de los Sistemas de Riego

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2.- Es conveniente establecer cuotas anuales hasta determinado volumen y volumétricas para los excedentes. 3.- Es conveniente efectuar la medida de agua que se entrega en forma práctica y económica estableciéndose los vertedores y escalas necesarios. 4.- Debe establecerse el control rígido del uso del agua y las sanciones necesarias que eviten el desperdicio y el abuso. 5.- Desde el principio debe organizarse a los usuarios en Asociaciones de Regantes tanto para facilitar la correcta distribución del agua como para entrenarlos en la operación de los distritos de riego que tarde o temprano deberán pasar a sus manos. En materia de conservación 1.- Desde el principio es conveniente la organización de los usuarios, así como hacerlos partícipes, en forma paulatina, de las responsabilidades del manejo del Distrito con la tendencia de que en su oportunidad vayan operando las obras secundarias y en un futuro oportuno el sistema, quedando sólo Inspectores Federales para supervisarlos. 2.- Debe promoverse la cooperación para todos los trabajos de conservación y aun de mejoramiento de las obras de los Distritos de Riego. BIBLIOGRAFÍA Colección de la Revista “Irrigación en México”. 1930-194l. Reseña de las labores del Departamento de Distritos de Riego, durante el período del Primer Plan Sexenal por el Ing. Antonio Rodríguez L. Informes anuales del Banco Nacional de Crédito Agrícola, S. A., 1937-1940. Algunas ideas sobre conservación de obras de riego, por el Ing. Jorge L. Tamayo.

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