Sobre la necesidad y el alcance de una nueva Ley canaria de archivos y patrimonio documental

Share Embed


Descripción

BACIH · Boletín del Aula Canaria de Investigación Histórica

Nº 12 otoño · invierno de 2014

opinión Sobre la necesidad y el alcance de una nueva Ley canaria de archivos y patrimonio documental

E

n el año 1990, el Parlamento de Canarias aprobó la Ley 3/1990, de 22 de febrero, de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias (en adelante LPDAC), que desarrolló las competencias que en materia de patrimonio documental y archivos reconocía el Estatuto de Autonomía de Canarias. Esta Ley codificó los principios de custodia, conservación, inventario, protección y difusión del Patrimonio Documental de Canarias, a través del Sistema Canario de Archivos, determinando los documentos y archivos sujetos a protección, ya fueran de titularidad pública o privada. Posteriormente, la publicación de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, transfirió a los cabildos insulares, en el ámbito de su respectiva isla, las competencias en materia de museos, bibliotecas y archivos que no se reservase para sí la Comunidad Autónoma. Dicha transferencia no se llegó a materializar nunca en la práctica, ni a través de los correspondientes decretos de traspaso de funciones y servicios. Menos de 2 años después la LPDAC comenzaba a quedar desfasada con la entrada en vigor de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre todo por lo contenido en sus artículo 35 h) y 37, que recogieron el derecho de los ciudadanos al acceso a la información pública, archivos y registros.

Hubo que esperar algo más de una década para que se desarrollase reglamentariamente de manera parcial la LPDAC a través del Decreto 160/2006 de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema de gestión documental y organización de los archivos dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Este Decreto propició que el sistema de archivos de la Administración Autonómica mejorase sustancialmente en cuanto a organización y homogeneización de la gestión. Algo que no ocurrió con el resto de las administraciones públicas que no disfrutaron de una reglamentación de este estilo, sobre todo en la administración municipal (el 40 % de los ayuntamientos canarios carece de servicio de archivos, mientras que en muchos de los existentes no hay personal técnico archivero al frente de su dirección o simplemente el personal no es suficiente para atenderlo). Pero el desarrollo legislativo no nos dio un respiro y al año siguiente se publicó la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que reconoció el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Publicas por medios electrónicos, estableciendo un modelo claro de administración electrónica y asumiendo la conservación de los documentos electrónicos administrativos como una responsabilidad del archivo. Y por si fuese poco, el año pasado entró en vigor la Ley 19/2013,

opinión

1

BACIH · Boletín del Aula Canaria de Investigación Histórica

de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que, a pesar de la controversia suscitada, parece que se convertirá en el astro rey alrededor del que orbitará la fundamental cuestión del acceso a la información pública contenida en los archivos públicos, (en el mismo sentido, el Gobierno de Canarias está elaborando un Anteproyecto de Ley regulador de la transparencia y del derecho a la información). Nos encontramos por lo tanto que, transcurridos 24 años desde la publicación de la LPDAC, la misma ha quedado desfasada en aspectos tan fundamentales como la distribución práctica de competencias entre la Administración Autonómica y los cabildos insulares, el régimen de acceso de los ciudadanos a los archivos públicos, el establecimiento de sistemas de gestión documental en los diferentes conjuntos de archivos de Canarias, la regulación de la implantación de la administración electrónica y las relaciones por medios electrónicos entre administraciones y administrados, y el establecimiento de un régimen jurídico uniforme al Patrimonio Documental Canario. Todo lo anterior convierte en exigencia la aprobación de un nuevo texto legal que cree el marco jurídico adecuado para satisfacer los objetivos reseñados. Los documentos son fuentes de información y garantía de derechos y deberes, tanto para los ciudadanos como para las propias administraciones públicas. Por tanto, la correcta gestión de los documentos es esencial para la seguridad jurídica y la gestión eficaz y transparente de la administración.

Nº 12 otoño · invierno de 2014

valoración, conservación, custodia, eliminación acceso y uso de los documentos, aplicados con carácter transversal a lo largo del ciclo vital de los mismos. b) Homogeneizar el régimen jurídico aplicable a los documentos públicos y privados integrantes del Patrimonio Documental Canario. c) Facilitar el derecho de acceso a los documentos integrantes del Patrimonio Documental Canario, atendiendo especialmente a lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica sobre Transparencia. d) Promover desde las administraciones públicas canarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el tratamiento, conservación, gestión, acceso y difusión de los documentos de su competencia. e) Adaptar a la configuración práctica actual de los archivos públicos de Canarias la distribución de las competencias correspondientes a cada administración pública, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Canarias. Todo ello para que a través de la nueva Ley se dé cumplimiento a tres principios consagrados en la Constitución: impulsar la eficacia en las administraciones públicas, facilitar el derecho de acceso de las personas a los archivos y registros administrativos y salvaguardar el patrimonio documental.

Así, la nueva ley deberá contener para su ejecución al menos cuatro aspectos principales:

Jorge Sánchez Morales

a) Establecer la gestión documental como el conjunto de funciones y procesos reglados, destinados a la identificación, clasificación,

Jefe de Sección de Archivo de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias

opinión

2

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.