Sobre el teatro como prostíbulo, en particular femenino, en las Etimologías de Isidoro de Sevilla, en Seminarios Complutenses de Derecho Romano, XXIX (2016) 81-97.

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Descripción

SEMINARIOS COMPLUTENSES DE DERECHO ROMANO REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO Y TRADICIÓN ROMANÍSTICA

XXIX

SEMINARIOS COMPLUTENSES DE DERECHO ROMANO REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO Y TRADICIÓN ROMANÍSTICA

Publicación de la Fundación Seminario de Derecho Romano «Ursicino Álvarez» Presidente: Javier Paricio Administradora: Mercedes López-Amor Secretario: Juan Iglesias-Redondo Antiguos miembros de los comités ya fallecidos Alberto Burdese, Juan de Churruca, Alejandrino Fernández Barreiro, Jean Gaudemet, Antonio Guarino, Juan Iglesias, Jaime Roset, Carlo Venturini Comité científico Hans Ankum (Amsterdam), Mario Bretone (Bari), Carlo Augusto Cannata (Genova), Francesco Paolo Casavola (Napoli), Alfonso Castro (Sevilla), Francisco Cuena (Cantabria), Wolfgang Ernst (Oxford), Teresa Giménez Candela (Barcelona Aut.), Vincenzo Giuffrè (Napoli), Fernando Gómez-Carbajo (Alcalá), Michel Humbert (Paris II), Rolf Knütel (Bonn), Arrigo Diego Manfredini (Ferrara),Ulrich Manthe (Passau), Dario Mantovani (Pavia), Matteo Marrone (Palermo), Rosa Mentxaka (P. Vasco), J. Javier de los Mozos (Valladolid), Dieter Nörr (München), J. Michael Rainer (Salzburg), Giuseppe Valditara (Torino), Bernardo Santalucia (Firenze), Andreas Wacke (Köln), Reinhard Zimmermann (Hamburg) Comité asesor externo Filippo Briguglio (Bologna), Cosimo Cascione (Napoli), Amelia Castresana (Salamanca), Lucetta Desanti (Ferrara), Giovanni Finazzi (Roma TV), Julio García Camiñas (La Coruña), Luigi Garofalo (Padova), Patricia Giunti (Firenze), Amparo González (Madrid Aut.), Gustavo de las Heras (Castilla LM), Peter Gröschler (Mainz), Francesca Lamberti (Lecce), Carla Masi Doria (Napoli), Ingo Reichard (Bielefeld), M.ª Victoria Sansón (La Laguna), Gianni Santucci (Trento), Emanuele Stolfi (Siena), Carmen Velasco (Sevilla PO) Comité de redacción y dirección Christian Baldus (Heidelberg), Jean Pierre Coriat (Paris II), Wojciech Dajczak (Pozna ´n  ), Giuseppe Falcone (Palermo), Juan Iglesias-Redondo (UCM), Tommaso dalla Massara (Verona), Tammo Wallinga (Rotterdam) Javier Paricio (director) [email protected]

Esta publicación tiene carácter anual. El volumen XXIX es ordinario y se vende al precio de 130 euros

Los pedidos deben realizarse a: Marcial Pons c/ San Sotero, 6 - 28037 Madrid (91 304 33 03)

Para el envío de aceptación de originales: [email protected]

http://www.derecho-romano.org

SEMINARIOS COMPLUTENSES DE DERECHO ROMANO REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO Y TRADICIÓN ROMANÍSTICA

XXIX 2016

Publicación de la FUNDACIÓN SEMINARIO DE DERECHO ROMANO «URSICINO ÁLVAREZ»

Marcial Pons MADRID | BARCELONA | BUENOS AIRES | SÃO PAULO

2016

ÍNDICE

Premio Ursicino Álvarez 5.ª edición - año 2015 Javier Paricio: Laudatio de Christian Baldus...................................... 15 Christian Baldus: La aportación del derecho romano a la orientación del jurista europeo.................................................................... 23 Lucio de Giovanni: Laudatio de Francesco Paolo Casavola............... 35 Francesco Paolo Casavola: Carnelutti y la profesión notarial: setenta y cinco años después............................................................... 41

Artículos Francesco Sitzia: D. 39.3.11.6 e concessione dell’actio aquae pluviae arcendae in assenza di opus manu factum..............................

47

Giuseppe Valditara: Il sistema penale repubblicano fra buona fede e controllo sociale............................................................................

63

Rosa Mentxaka: Sobre el teatro como prostíbulo, en particular femenino, en las etimologías de Isidoro de Sevilla..................................

81

Tammo Wallinga: Para una edición crítica de la Lectura Institutionum de Johannes Bassianus.............................................................

99

Margarita Fuenteseca: La mancipatio familiae o el negotium tes­ tamenti ordinandi gratia................................................................. 111 Massimo Miglietta: Alle origini della rimozione del pensiero celsino: la legum permutatio giustinianea............................................. 139 Alfonso Castro Sáenz: Notas sobre el consulado de Servio: del antes al después............................................................................... 203 Roberto Scevola: Statuto e profili giuridici delle terme pubbliche in Roma antica..................................................................................... 213

8

ÍNDICE

Carlo Pelloso: Custodia, receptum e responsabilità contrattuale.... 263 Enrico Sciandrello: Osservazioni sulla tutela delle stipulationes alternative con scelta spettante al debitore nel processo formulare. 303 Grzegorz Jan Blicharz: Giudicare una decisione del pretore.La relazione tra diritto e fatto nel passo di Paolo (D. 1,1,11) e nel caso di Barbarius Philipus (D. 1,14,3)..................................................... 335 Sebastian Stepan: Scaevola noster, Imperator noster et ceteri nostri, ¿nuevas autoridades desde cuándo?........................................... 353 Mariateresa Carbone: D. 45,1,35,2 (Paul. 12 ad Sab.) e l’uso della verborum obligatio per realizzare la vendita a credito.................... 365 Alessia Spina: Gli esiti delle pronunce sullo status libertatis: alcune riflessioni......................................................................................... 375

Varia Mario Varvaro: La dote, il ius singulare e il «sistema didattico» di Gaio............................................................................................. 409 Alfonso Castro Sáenz: Catoniana presencia (y fe de erratas)........... 441 José María Ribas Alba: Praxis y reflexión teórica en la política ­romana............................................................................................. 447 Marina Frunzio: In margine a XII Tab. 6,4........................................ 465 Paginas de ayer y hoy Enrique Gimbernat Ordeig: Sobre el vicio de fugitividad en el derecho romano. Una exégesis de C. 4,58,3........................................ 481 Libros J. P. Coriat: Les constitutions des Sévères. Règne de Septime Sévère.... 501 Recensión de Laura Gutiérrez Masson Christoph Lundgreen, Regelkonflikte in der römischen Republik. Geltung und Gewichtung von Normen in politischen Entscheidungsprozessen................................................................................ 503 Recensión de Pierangelo Buongiorno

ÍNDICE

9

José María Ribas Alba: De la donación al contrato............................ 508 Recensión de Francisco Cuena Boy. David Rüger: Die «donatio mortis causa» im klassischen römischen Recht................................................................................................ 516 Recensión de Roberto Scevola.

In memoriam Fermín Camacho Evangelista (1934-2015), por Javier Belda ­Mercado........................................................................................ 531 Berthold Kupisch (1932- 2015), por Christian Baldus...................... 539

Presentación de SCDR XXVIII (2015) Bolonia, 12.10.2015 Giovanni Luchetti: Apertura............................................................. 549 Massimo Miglietta: Historia de un texto - Historia de un hombre. . .. 551 Christian Baldus: In memoriam - José María Coma Fort.................. 559 Javier Paricio: Historia de un volumen histórico................................ 565 Filippo Briguglio: Presentazione del volume Seminarios Complutenses de Derecho Romano XXVIII 2015 «En memoria de José María Coma Fort............................................................................. 571

Última página Javier Paricio: Jubilación de Amparo González.................................. 579

seminarios complutenses XXIX (2016)

En este volumen XXIX (2016) de Seminarios Complutenses de Derecho Romano se incluyen, junto a las secciones ordinarias de la revista, los textos de las intervenciones correspondientes al acto de entrega del Premio Ursicino Álvarez (5.ª edición) a Franco Casavola y a Christian Baldus, así como los de la presentación, en la Universidad de Bolonia, del volumen XXVIII (2015) en memoria de José María Coma Fort. Además, dentro de la sección Páginas de ayer y de hoy, se presenta un texto inédito que constituye a la vez una verdadera rareza histórica: se trata de la exégesis de derecho romano realizada en 1962 por Enrique Gimbernat Ordeig —para muchos, entre los que se cuenta quien suscribe, el máximo exponente de la moderna ciencia penalística española—, y que fue presentada en la Universidad de Hamburgo como requisito para la obtención del grado de doctor; la exégesis la corrigió y la calificó Max Kaser. El escrito se publica ahora por su autor en estricta traducción española de la versión original en alemán, sin ninguna actualización bibliográfica. J. P. Octubre de 2016

Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XX-XXI (2009) Páginas 7-9

SOBRE EL TEATRO COMO PROSTÍBULO, EN PARTICULAR FEMENINO, EN LAS ETIMOLOGÍAS DE ISIDORO DE SEVILLA * POR

ROSA MENTXAKA Universidad del País Vasco

SUMARIO: 1. Razón de ser del estudio.—2. Mínima presentación del texto a comentar.—3. Isid., Etym., 18,42: de Theatro.—4. A modo de síntesis.

Resumen El artículo comenta un lema de las Etimologías de Isidoro de Sevilla, 18,42, dedicado al teatro con carácter general; se trata de aproximarnos a la fuente o fuentes pudieron ser la/s directa o indirectamente empleada/s por el padre sevillano a la hora de escribir el lema, así como el grado de veracidad histórica de la información proporcionada por Isidoro. Palabras clave: Isidoro de Sevilla, Etym., 18,42, Tertuliano, Plinio el Viejo, Casiodoro, Lactancio, Agustín, teatro, prostíbulo, lupanar, lupae. Abstract The paper studies one text of Isidore of Seville (Etymologies, 18,42), dedicated to theater in general; the objet is to determine *  Contribución que debe de insertarse tanto en el proyecto de investigación de la EHU 15/10 como en el DER2015-67052-P, del Plan Nacional I+D+I del MICINN. Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97

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ROSA MENTXAKA

what source or sources could be the directly or indirectly employed by the Sevillian father when he wrote that text and to play attention to the historical accuracy of the information provided by Isidore. Keywords: Isidore of Sevilla, Etym., 18,42, Tertullianus, Plinius the Elder, Cassiodorus, Lactantius, Agustinus, theatre, brothel, whorehaus, lupae. 1. 

razón de ser del estudio

En estas páginas se trata de comentar la voz «teatro» que Isidoro  1 menciona en su obra enciclopédica, las Etimologías  2, y al hacerlo plantearnos una cuestión habitual entre los estudiosos del maestro hispano, a saber: qué fuente o fuentes pudieron ser la/s directa o indirectamente empleada/s por el padre sevillano a la hora de escribir el lema  3. Por lo que se refiere al tema que nos ocupa, el teatro, sabemos que en la tradición patrística latina, Tertuliano  4 fue el primer paEl obispo hispalense viene siendo objeto de atención por múltiples especialistas; al respecto, vid. Chronique Isidorienne en Eruditio Antiqua que informa de la bibliografía sobre el obispo hispano: http://www.eruditio-antiqua.mom.fr; obviamente en las presentes páginas solo citaré algunas de las múltiples obras. 2  Al respecto, por ejemplo, R. Mentxaka, «Algunas consideraciones sobre Isidoro, Et. 5,25,22-24», en Collatio iuris romani. Études dédiées à H. Ankum à l’occasion de son 65 e. anniversaire, vol. 1, Amsterdam, 1995, 332, con la bibliografía recogida en la nota 5, a la que se podría añadir, por ejemplo, M. A. Marcos Casqueiro, «Las Etimologías de San Isidoro», en San Isidoro: doctor hispaniae, 113-127, y J. Fontaine, «Originalité de l’étimologie isidorienne», en Homenaje a E. Elorduy S. J., Miscelánea en honor de Eleuterio Elorduy con ocasión de su 80 aniversario, Bilbao, 1978, 113-144. 3  Como bien ha subrayado F. J. Andrés Santos, «Derecho y jurisprudencia en las fuentes de Isidoro de Sevilla», en Antiquité Tardive. Revue internationale d’histoire et d’archéologie (IVe.-VIII e. s.), 23 (2015), 159, la problemática de las fuentes ha sido de particular interés para todos los estudiosos, no solo para los juristas. Vid. también el artículo de J. Fontaine, «Problèmes de méthode dans l’étude des sources isidoriennes», en M. C. Díaz y Díaz (ed.), Isidoriana, León, 1961, 115-131. 4  Entre la innumerable literatura existente sobre este padre de la iglesia, vid., por ejemplo, T. D. Barnes, Tertullian. A historical and literary study, Oxford, 1971; G. F. Dunn, Tertullian, The early church Fathers, Routledge, 2004, así como R. Mentxaka, Cipriano de Cartago y las vírgenes consagradas. Observaciones histórico-jurídicas a la carta cuarta de sus epistulae, Lecce, 2010, 47-48, nota 130; 1 

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dre de la Iglesia que trató de los Espectáculos  5 y, por consiguiente, también del teatro. En consecuencia, en la medida de lo posible, se trataría de ver si estamos ante un caso en el que Isidoro se inspiró en las afirmaciones del padre cartaginés y por consiguiente, ante una de esas ocasiones  6 en que según los especialistas Isidoro utilizó a Tertuliano  7 o, por el contrario, el contenido del pasaje pudiera hacernos pensar en otros referentes cristianos o paganos  8. Id., «Sobre prostituere y prostibula en el De Spectaculis de Tertulliano», en E. Hö­ benreich, V. Kühne, E. Osaba y R. Mentxaka (eds.), El Cisne III. Prostitución femenina en la experiencia histórico-jurídica, Lecce, 2016, 83, nn. 24 ss. Además, téngase en cuenta la información que se da en: Chronica Tertullianea en la Revue des Études Augustiniennes, accesible on line hasta el año 2005 (http://www.etudesaugustiniennes.paris-sorbonne.fr/chronica-tertullianea-et-cyprianea?lang=fr). 5  Sobre la problemática de la obra (manuscritos, ediciones, léxico, estudios, finalidad, etc.) vid. entre otros: Barnes, Tertullian, 93-96; J. Quaesten, Patrología I. Hasta el concilio de Nicea6, Madrid, 2001, 590-592; V. Power, «Tertullian: Father of clerical animosity towards the theatre», en Educational Theatre Journal, 23/1 (1971), 37 ss.; Tertullien, Les Spectacles (De spectaculis). Introduction, texte critique, traduction et commentaire de M. Turcan, Paris, 1986, 7 ss. 6  Vid. F. Gasti, «Isidoro e Tertulliano: una fonte ritrovata», en RIL, 128 (1994), 138. 7  Vid. B. Kübler, «Isidorusstudien», en Hermes, 25 (1899), 496-526, en particular 519-526 en lo que se refiere al empleo de Tertuliano por Isidoro. P. Val, «El deporte en las etimologías de Isidoro de Sevilla», en L. Cantarero, X. Medina y R. Sánchez (coords.), Actualidad en el deporte. Investigación y aplicación, San Sebastián, 2008, 258, defiende que Tertuliano es la fuente principal de Isidoro en el libro XVIII de las Etimologías. Analiza con más profundidad el tema: J. Cantó, «Una fuente de Isidoro de Sevilla (Etym. 18)», en Stephanion: Homenaje a María C. Giner, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca (1988), 167-176, y recientemente: A. Capone, «Tertulliano e Isidoro de Siviglia», en E. d’Angelo y J. Ziolkowski (eds.), Auctor et Auctoritas in Latinis medii Aevi litteris. Author and Authorship in Medieval Latin Literature. Proceedings of the VIth. congress of the International Medieval latin Committee (Benevento-Naples, November 9-13, 2010), Firenze, 2014, 157-198. 8  Cantó, Una fuente, 167, n. 2, recoge los autores clásicos citados en el libro decimoctavo en el que está inserto nuestro lema; M. Rodríguez Pantoja, «Las Etimologías de S. Isidoro de Sevilla, Puente de la poesía clásica», en Myrtia, 22 (2007), 139-164, trata del uso directo o indirecto de los grandes creadores latinos. N. Messina, «Le citazioni classiche nelle Etymologiae di Isidoro di Siviglia», en Archivos leoneses: Revista de estudios y documentación de los reinos hispano-occidentales, 68 (1980), 205-266, hace un extenso repaso de los autores antiguos empleados; J. Cantó, «Servio, los Scholia Danielis e Isidoro (Etym., 18)», en Symbolae Ludovico Mitxelena septuagenario oblatae, vol. 1, Vitoria, 1985, 307-316, analiza la relación «indudable» entre Isidoro y el gramático Servio de mediados del siglo iv que comentó a Virgilio; A. Pociña Pérez, «El teatro latino en las Etimologías de Isidoro de Sevilla», en A. Ramos Guerreira (ed.), Mnemosynum C. Codoñer a Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97

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2. 

mínima presentación del texto a comentar

Como es bien conocido, Isidoro nació en el seno de una «familia obispal» entre los años 550-570  9; tras ser formado en el círculo de la escuela episcopal sevillana  10, ocupó la sede hispalense desde su nombramiento como obispo del lugar —después del 600— hasta su muerte el cuatro de abril del 636  11. De su fructífera obra  12, en estos momentos nos interesan las Etymologiae, tratado que intentó abarcar todos los campos del saber de la cultura antigua partiendo de la etimología de cada palabra  13. En el libro decimoctavo dedicado a la guerra y los espectáculos Isidoro trató del teatro con carácter general en el lema primero; los siguientes —consagrados a la escena y a la orquesta (43-44), a los tipos de artistas que intervienen en los espectáculos (45-50) y a los dioses paganos que patrocinan los espectáculos (51)— forman parte del tratamiento del teatro en sentido amplio y no serán objeto del presente comentario. En resumen, Isidoro dedicó al espectáculo teatral 10 lemas —lo que en alguna medida ilustra sobre la importancia que concede a las artes escénicas— de los cuales en estas pádiscipulis oblatum, Salamanca, 1991, 245-257, se centra en las referencias a dramaturgos (tragedias o comedias) que aparecen en las Etimologías y también destaca el uso de Diomedes D. Dox, The idea of the Theater in Latin Christian thought. Augustine to the fourteenth century, Ann Arbor, 2004, 136, n. 93, y sobre todo: J. R. Jones, «Isidore and the Theatre», en C. Davidson y J. H. Stroupe (eds.), Drama in the Middle Ages: Comparative and Critical essays, New York, 1991, 8 ss. 9  A. Beltrán, «Algunas cuestiones acerca del lugar del nacimiento de San Isidoro», en Anales de la Universidad de Murcia (1947-1948), 605-608, cree que probablemente nació antes del año 567 en Cartagena. Pero J. Madoz, San Isidoro de Sevilla. Semblanza de su personalidad literaria, León, 1960, 5, subraya que su lugar de nacimiento debió ser Sevilla; M. C. Díaz y Díaz, «Isidoro el hombre», en San Isidoro: doctor hispaniae, 73; J. Fontaine, Isidoro de Sevilla. Génesis y originalidad de la cultura hispánica en tiempos de los visigodos, Madrid, 2002, 65, y A. Fontán, La hispania de Isidoro (en el XIV centenario de su pontificado hispalense), Madrid, 2001, 7-8, también optan por Sevilla. 10  Al respecto: A. Santos, Derecho y jurisprudencia, 157; Díaz y Díaz, Isidoro el hombre, 73-75; Fontaine, Isidoro de Sevilla, 66-73, y Madoz, San Isidoro de Sevilla, 5 ss. 11  Sobre ello, por ejemplo, Mentxaka, Algunas consideraciones, 331, n. 1, con la bibliografía allí recogida. 12  Sobre ella, por ejemplo, Mentxaka, Algunas consideraciones, 331, en especial la nota 3. 13  C. Codoñer, «La Etimología en Isidoro de Sevilla», en Symbolae Ludovico Mitxelena, 275-286, expone los diversos tipos de etimología. Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97



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ginas solo se va a comentar el primero que, como veremos, presenta un carácter introductorio  14. 3. 

isid., etym.,

18,42: de theatro  15

«1.  Theatrum est quo scena includitur, semicurculi figuram habens, in quo stantes omnes inspiciunt. Cuius forma primum rotunda erat, sicut et amphitheatri; postea ex medio amphitheatro theatrum factum est. Theatrum autem ab spectaculo nominatum (apo tes theorias = ἀπὸ τῆς θεωρίας), quod in eo populus stans desuper atque spectans ludos contemplaretur. 2. Idem vero theatrum, idem et prostibulum, eo quod post ludos exactos meretrices ibi postrarentur. Idem et lupanar vocatum ab eisdem meretricibus, quae propter vulgati corporis levitatem lupae nuncupabantur: nam lupae meretrices sunt a rapacitate vocatae, quod ad se rapiant miseros et adprehendant. Lupanaria enim a paganis constituta sunt ut pudor mulierum infelicium ibi publicaretur, et ludibrio haberentur tam hi qui facerent quam qui paterentur». «Sobre el teatro. 1. El teatro es el lugar que contiene la escena; tiene forma de semicírculo, en el que todos miran, mientras permanecen de pie. Al principio su forma era redonda, como la del anfiteatro; después, de medio anfiteatro se hizo el teatro. El teatro recibe su nombre del hecho de mirar (spectare), apo tes theorias, porque en él la gente, de pie, y, mirando desde arriba, contempla las representaciones. 2. Teatro es lo mismo que prostíbulo, porque, una vez acabadas las representaciones, las meretrices se prostituían allí. El lupanar se llama así por estas mismas meretrices, que recibían el nombre de lobas (lupae) por la poca estima de su cuerpo entregado al vulgo; y a las meretrices se las llama lobas por su rapacidad (rapacitas), porque arrebatan (rapere) a los desgraciados y se apoderan de ellos. Así pues, los lupanares fueron establecidos por los paganos para poner a disposición del público la honra de unas pobres mujeres y para que fuesen objeto de desprecio tanto los que lo hacían como las que lo soportaban». 14  M. H. Marshall, «Theatre in the Middle Ages: evidence from dictionaries and glosses», en Symposium: a journal devoted to modern foreign languages and literature, 4 (1950), 8 ss., comenta la «repetición» que de este y otros términos escénicos se hizo en los diversos glosarios a lo largo de la Edad Media. 15  Se cita conforme a la edición de J. Cantó Llorca, Isidoro de Sevilla, Etimologías. Libro XVIII, Paris, 2007, 162-165. También puede consultarse la edición bilingüe de J. Oroz Reta y M. A. Marcos Casquero (eds.), Isidoro de Sevilla. Etimologías2, Madrid, 1995, 418-419.

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En este pasaje Isidoro sigue lo que a juicio de Cantó Llorca es un esquema sencillo y efectivo  16; parte de una exposición del lema teatro, describiéndolo físicamente y presentándonos la etimología del término, datos que como veremos seguidamente no es la primera vez que aborda en su obra; en el apartado segundo nos proporciona lo que podríamos considerar una aproximación histórica por referirse al teatro como lugar físico en el que las mujeres ejercían la prostitución, lo que anuncia la condena moral del espectáculo teatral que como veremos, siguiendo a Tertuliano, efectúa en el capítulo quincuagésimo primero que pone punto final al apartado. Isidoro inicia el lema tratando de la acepción primigenia de la voz; para ello toma como referencia una de las partes —(scaena)—  17 que en época imperial romana tenían los teatros  18 y la trata como un todo; seguidamente ilustra acerca de la forma usual que tiene el recinto teatral, dando a entender, una vez más  19, que surgió de la división física del anfiteatro 20. 16  J. Cantó, «Finales de capítulo en el libro 18 de Etimologías», en Actas del III Congreso Hispánico de Latín Medieval: León, 26-29 de septiembre de 2001, vol. 1, León, 2002, 89. 17  Este hecho no llama la atención; en Etym., 10, 253, al definir scenis como sinónimo de actor, afirma que el teatro es la escena. Sobre las interpretaciones que ha recibido el termino scena y su relación con pulpitus y orchestra, vid., por ejemplo, Dox, The idea, 137, n. 94; 140, n. 126; Jones, Isidore, 9-10, 21, nn. 19-20, y Marshall, Theatre, 5-10. Curiosamente al tratar de las personas tachadas de infamia y sus consecuencias jurídicas, Ulpiano define la scaena en Dig. 3,2,2,5 (Ulp., Ed. 6) siguiendo a otro jurista romano de época de Augusto (Labeón), señalando que era escena cualquier lugar destinado a los espectáculos, en el que alguien se presentara y se moviera para exhibirse, ya se hubiera colocado en terreno público, ya en privado, o en una aldea, con tal de que tuvieran acceso a él indistintamente todas las personas por razón del espectáculo (scaena est, ut Labeo definit, quae ludorum faciendorum causa quolibet loco, ubi quis consistat moveturque spectaculum sui praebiturus, posita sit in publico privatove vel in vico, quo tamen loco passim homines spectaculi causa admittantur). 18  L. de la Plaza Escudero, A. Morales Gómez, M. L. Bermejo López y J. M. Martínez Murillo, s. v. «Teatro romano», en Diccionario visual de términos arquitectónicos, Madrid, 2008, 388-389, informa que el primer teatro romano en piedra data del 2 a. C., con la escena (scaena), la orchestra y la cavea. Respecto del reparto de los asientos, vid., por ejemplo, J. Kolendo, «La répartition des places aux spectacles et la stratification sociale de l’Empire romain. A propos des inscriptions sur les gradins des amphithéâtres et théâtres», en Ktema, 6 (1981), 301-315, así como: O. Rodríguez Gutiérrez, «El espacio teatral y su regulación jurídica en época romana: estructura y legislación», en CuPAUAM, 27 (2001), 79-84. 19  No es la primera vez que Isidoro nos habla del anfiteatro; en el libro decimoquinto apartado segundo dedicado a los edificios públicos (De aedificiis pu-

(Vid. nota 20 en página siguiente) Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97



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Como también es habitual, explica la etimología del término señalando que deriva de la voz griega theoria  21 (que sabemos significa contemplación, meditación)  22 y, en consecuencia, se aplica a este caso porque en el theatron griego (derivado de theáomai)  23 los espectadores o asistentes contemplaban los juegos (escénicos)  24, inblicis) define el anfiteatro en Etym., 15,2,35, diciéndonos que tiene este nombre porque está compuesto por dos teatros y que es redondo, mientras que el teatro es la mitad de un anfiteatro, pues tiene forma semicircular (Amphitheatrum vero vocatum quod ex duobus sit theatris conpositum. Nam amphitheatrum rotundum est, theatrum vero ex medio amphiteatrum est, semicirculi figuram habens). Vuelve al tema al concluir su exposición sobre el teatro en Etym., 18,52,2, donde habla del anfiteatro casi en los mismos términos: el anfiteatro se llama así porque está formado por dos teatros y mientras el anfiteatro es redondo, el teatro está formado por medio anfiteatro, presentando una forma semicircular (Amphiteatrum dictum, quod ex duobus theatris sit factum. Nam amphiteatrum rotundum est; theatrum vero ex medio amphiteatro est, semicirculi figuram habens). 20  Marshall, Theatre, 9, subraya en este punto las dependencias de Plinio y Casiodoro. Las fuentes en cuestión son Plinio, Nat. Hist., 36, 24,117: «Theatra iuxta duo fecit amplissima ligno, cardinum singulorum versatili suspensa libramento, in quibus utrisque antemeridiano ludorum spectaculo edito inter sese aversis, ne invicem obstreperent scaenae, repente circumactis —ut constat, post primos dies etiam sedentibus aliquis—, cornibus in se coeuntibus faciebat ampitheatrum gladiatorumque proelia edebat..» y, ya en el siglo vi, Casiodoro, Variarum Libri, V,42,5: «Et cum theatrum, quod est hemisphaerium, Graece dicatur, amphitheatrum quasi in unum iuncta duo visoria recte constat esse nominatum: ovi specie eius harenam concludens, ut et currentibus aptum daretur spatium et spectantes omnia facilius viderent, dum quaedam prolixa rotunditas universa collegerat»; como se puede apreciar en ellas se describen dos teatros de madera girando sobre un pivote que usados separadamente funcionan como teatros pero que cuando se voltean y se juntan forman un anfiteatro y permiten el espectáculo de gladiadores y que los asistentes los puedan ver fácilmente. Sobre el uso directo o no de Plinio el Viejo por Isidoro, vid. J. Elfassi, «Connaître la bibliothèque pour connaître les sources: Isidore de Séville», en Antiquité Tardive, 23 (2015), 59-66, en particular las pp. 64-65. 21  Cantó Llorca, Isidoro, 163, n. 183, vincula esta parte del texto con Servio, Aen. 5,288, pero destaca que no es la fuente de Isidoro. 22  Sobre ello S. Segura Munguía, Diccionario etimológico latino-español, Madrid, 1985, 739 s. v. theoria. 23  Al respecto Segura, Diccionario etimológico, 738, s. v. theatrum. 24  Esta etimología ya la había expuesto al tratar de los edificios públicos en el libro décimoquinto al hablar del teatro (Etym., 15,2,34) y afirmar que proviene de theoría, porque el pueblo, colocado en alto como espectador, contempla las representaciones escénicas [Theatrum autem ab spectaculo nominatum (apo tes theorias = ἀπὸ τῆς θεωρίας), quod in eo populus stans desuper atque spectans ludos scenicos contemplaretur]. Como se puede observar, aquí se dice «ludos scenicos» mientras que en nuestro texto los juegos no tienen calificativo. El hecho de que un mismo término varíe mínimamente en su redacción plantea el tema de si Isidoro cita de Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97

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corporando de esta manera en la definición al público asistente, al que denomina populus. Más adelante, el obispo hispalense se detiene en otro significado: teatro como prostíbulo femenino  25; según él, esta acepción se debe a que al concluir las representaciones teatrales en dicho recinto las meretrices se exponían a la venta  26 (post ludos exactos mereretrices ibi prostrarentur). Esta «condena» inicial del teatro como lugar real en el que se practica la prostitución y no en clave metafórica como lugar en el que se representaban espectáculos amorales cuyos protagonistas fueran prostitutas podría llamarnos inicialmente la atención ya que no es la usual en la patrística. Ahora bien, tiene sentido si tenemos en cuenta que, según Knapp  27, en época imperial los fornices  28 o arcadas de los teatros o anfiteatros eran algunos de los lugares empleados para su ejercicio. Pero la referencia expresa que Isidoro hace a las meretrices da a entender que solo eran las mujeres las que se prostituían, afirmación que no cuadra con la verdad histórica, ya que por las fuentes sabememoria o si emplea fichas o ficheros léxicos en continua reelaboración. Al respecto, Madoz, San Isidoro de Sevilla, 59, y A. I. Magallón García, «El método de trabajo de Isidoro de Sevilla», en Veleia, 17 (2000), 267-278. 25  Téngase en cuenta que el texto habla de prostibulum, término que tiene no solo el significado de burdel o lupanar sino que en las fuentes lo encontramos empleado con el sentido de prostituta. Vid. Oxford Latin Dictionary, Oxford, 1968, s. v. prostibulum, 1502; K. E. Georges y H. Georges, Ausführliches lateinisch deutsches Handwörterbuch, vol. 2, Hannover, 1916-19198 = Darmstadt, 1995, s. v. prostibulum, 2032. 26  El texto emplea prostare, que ya habían utilizado los clásicos para señalar a la persona que se exponía ofreciéndose en venta. Al respecto: Georges y Georges, Ausführliches, vol. 2, s. v. prosto, 2033, y Old, s. v. prostare, 1502, en ambos casos, con fuentes. 27  R. C. Knapp, Los olvidados de Roma, Prostitutas, forajidos, esclavos, gladiadores y gente corriente, Barcelona, 2011, 294. También justifica la identificación por la práctica de la prostitución en las cercanías de los lugares en los que se celebran los espectáculos como nos informa Juvenal, 3, 62-64, Cantó LLorca, Isidoro, 164, n. 184. 28  A. Forcellini, Totius latinitatis lexicon, J. Furlanetto, F. Corradino y J. Perin (eds.), vol. 2, Patavii, 1846-19264 = 1940, s. v. fornix, 522, dice que se emplea en sentido figurado para señalar las cellae en las que se colocaban las meretrices, mientras que K. E. Georges y H. Georges, Ausführliches lateinisch-deutsches Handwörterbuch, vol. 1, Hannover, 1913 = Darmstadt, 1995, s. v. fornix, 2822 habla de ellas como un «Bordell», mencionándose con fuentes varias sus acepciones en Old, s. v. fornix, 724-725. Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97



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mos que eran personas de ambos sexos, varones y hembras, las que practicaban esta actividad  29. Y tampoco nos resulta desconocida la razón por la qué se producía la elección de las arcadas de los teatros para su ejercicio; debe tenerse en cuenta que en algunas representaciones teatrales no había que excluir la existencia de actores desnudos  30, lo que podía provocar una excitación sexual grande en los asistentes, hecho que favorecía los encuentros posteriores en el propio recinto teatral o en sus proximidades. Además, también se sabe del porqué de las representaciones con personas desnudas: los ludi florales. Como es conocido, desde antiguo en el mundo agrario romano se produjo el culto a los dioses para gozar de su favor en la floración. En Roma se erigió un templo dedicado a Flora  31 a mediados del siglo iii a. C. (240-238 a. C.)  32; inicialmente de forma intermitente y a partir del 173 a. C. de manera regular se celebraron los ludi florales entre el 28 de abril y el 5 de mayo  33. Estos juegos, presididos durante la Re-

En este sentido, Knapp, Los olvidados, 276, y M. Ortega Balanza, «Mujeres en la arena. Participación femenina en los ludi circenses», en Historiae, 9 (2012), 120; ambos destacan que en las fuentes aparecen testimonios explícitos de la existencia de varones prostitutos que presumiblemente prestaban sus servicios tanto a hombres como a mujeres. Un ejemplo lo podríamos encontrar en Mart. 11,45,1, donde se hace referencia a la visita al burdel que alguien efectúa porque le gustó un jovencito o una jovencita (Intrasti quotiens inscriptae limina cellae seu puer adrisit sive puella tibi...). Además, en las Pauli Sententiae 2,26,4 se menciona la posibilidad de que el marido acabara con la vida de los esclavos de aquellos que hacían negocio con el cuerpo (= prostitutos) cuando cometieran adulterio con su mujer (maritus in adulterio deprehensos non alios quam infames et eos qui corpore quaestum faciunt, servos etiam, excepta uxore quam prohibetur, occidere potest). 30  Según Knapp, Los olvidados, 296, también disponemos del testimonio de Lactancio, Instituciones divinas 1,20,10 que describe la situación así: Nam praeter uerborum licentiam, quibus obscenitas omnis effunditur, exuuntur etiam uestibus populo flagitante meretrices, quae tunc mimarum funguntur officio, et in conspectu populi usque ad satietatem impudicorum luminum cum pudendis motibus detinentur. = Pues, además del lenguaje indecente y descontrolado, y de soltar todas las obscenidades imaginables, las rameras son despojadas de su ropa ante las rítmicas exigencias de la gente, interpretan su papel y se quedan en escena ante el complacido público hasta que incluso los más desvergonzados ojos quedan saciados de sus gestos indecentes. 31  Sobre ella, por ejemplo, S. Perea Yébenes, «Extranjeras en Roma y en cualquier lugar: mujeres mimas y pantomimas, el teatro en la calle y la fiesta de Flora», en Gerion, 8 (2004), 17. 32  Vid. al respecto Perea Yébenes, Extranjeras, 18. 33  Vid. Perea Yébenes, Extranjeras, 19. 29 

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pública por los ediles y en el Principado por los pretores  34 incluían competiciones en el circo y actividades teatrales, en las que tomaban parte actrices desnudas  35 que divertían al público asistente con gestos obscenos  36, acabando con sacrificios en honor de Flora. Obviamente, con base en estos datos históricos se explica la referencia a las arcadas teatrales como uno de los lugares en los que podían tener lugar los intercambios sexuales. Pero el lema no concluye aquí, sino que Isidoro señala una tercera acepción de la voz que podríamos considerar sinónima de la anterior: el teatro como lupanar  37. Además, el obispo sevillano nos informa de que los lupanares fueron establecidos por los paganos para que se ejerciera dicha actividad  38. Si interpretamos esta información en sentido contrario podría deducirse que cuando Isidoro escribe el lema, en las ciudades no paganas (por definición todas las del orbe cristiano) ya no existían estos lupanares o prostíbulos que los paganos sí tuvieron en el pasado y cuya visita producía deshonra tanto en los que acudían como clientes como en las pobres mujeres que exponían al público su pudor y allí se prostituían. En este sentido, por ejemplo, Perea Yébenes, Extranjeras, 20; H. JenRose y J. Scheid, s. v. «Flora», en S. Hornblower y A. Spawforth (eds.), The Oxford Classical Dictionary, Oxford, 20033, 601. 35  Según Perea Yébenes, Extranjeras, 22, la fiesta era ruidosa, abundantemente regada y servida, y en ella los participantes se entregaban a juegos licenciosos. 36  Según Perea Yébenes, Extranjeras, 21, estas fiestas parecían llamar a la fertilidad pero poseían un sentido de representación sexual, por lo que Flora se erigió en la protectora de las prostitutas. 37  Sobre dicho término como sinónimo de burdel y en consecuencia lugar en el que se reúnen las personas que se dedican públicamente al comercio sexual vid.: A. Forcellini, Totius latinitatis lexicon, J. Furlanetto, F. Corradino y J. Perin (eds.), vol. 3, Patavii, 1846-19264 = 1940, s. v. lupanar, 127; Georges y Georges, Ausführliches, vol. 1, s. v. lupanar, 727, y Old, s. v. lupanar, 1051. 38  En este sentido, por ejemplo, Knapp, Los olvidados, 287 ss.: T. A. J. McGinn, The economy of prostitution in the roman world. A study of social history and the Brothel, Ann Arbor, 2004, 39, informa de que había un acuerdo general sobre el lugar en el que trabajaba la prostituta: una habitación pequeña (cella) dentro del burdel, cuya entrada quedaba marcada por una cortina efectuada con retales (cento). G. G. Fagan, «Drinking, Gambling and Hired sex: fun at the roman tavern», en D. S. Potter (ed.), A companion to the Roman Empire, Malde-Oxford-Carlton, 2006, 376, expone las variantes de prostitución (autónoma, organizada en burdeles, etc.); en cambio, E. Forniciari, Donne di piacere dell’Antica Roma, Milano, 1995, 39 ss., informa de los lugares en los que las prostitutas salían a la búsqueda de clientes y de los lugares en los cuales se practicaba la prostitución (lupanaria, cauponae, etc.) con base en todo tipo de fuentes. 34 

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Y esta interpretación —el que se emplearan lar arcadas de los teatros como lugar en el que se ejercía la prostitución en el pasado pagano imperial pero no en el momento histórico en el que escribe— parece correcta si tenemos en cuenta que, aunque todavía pudieran existir restos de edificios teatrales en algunas ciudades  39, lo que no es tan seguro es que las representaciones teatrales tuvieran lugar en ellos, ya que como sabemos los teatros fueron desapareciendo progresivamente  40. Sin embargo, desde mi punto de vista es sorprendente que, cuando Isidoro condena el teatro no cuestiona la asistencia a sus representaciones debido a que podían ser inmorales y además las actrices podían actuar como rameras, que fue la crítica efectuada por Tertuliano para impedir la asistencia  41. Y la pregunta que surge con 39  Según A. Jiménez Sánchez, «Un testimonio tardío de ludi theatrales en Hispania», en Gerion, 21 (2003), 371-377 el hecho de que ya en el siglo iv en las ciudades importantes de Hispania, como por ejemplo Tarraco, el teatro fuera abandonado y empleado como cantera de materiales de construcción conduce a pensar que los espectáculos teatrales, de celebrarse, acaecerían en plazas u otros lugares públicos, así como en actos privados (bodas, banquetes, etc.). P. Diarte Blasco y J. M. Gurt i Esparraguera, «La percepción del espacio en el Urbanismo tardoantiguo: Características evolutivas en el ejemplo hispano», en Antiquité tardive, 23 (2015), 311, hacen un repaso del expolio al que fueron sometidos diversos teatros hispanos: el de Corduba parece que inició en el siglo iii, el de Tarraco a finales del ii-iii (en lo referente al sector monumental), el de Segobriga se abandonó a finales del siglo iii o el de Italica que cayó en desuso a finales del siglo iii pese a lo cual conservó sus estructuras; tras seguir con un repaso de los anfiteatros concluye la autora en la p. 312 que «la tendencia a convertir los antiguos espacios públicos en lugares de habitación fue muy acusada durante la Antigüedad Tardía». 40  Perea Yébenes, Extranjeras, 43, informa de que por tierras hispanas hacia el 428 actuaba un archimimo (jefe de la compañía de mimos) de nombre Mascula, posiblemente eunuco; en cambio, J. A. Jiménez Sánchez, La cruz y la escena. Cristianismo y espectáculos durante la Antigüedad tardía, Alcalá de Henares, 2006, 99, considera que este personaje vivió en Cartago y que estas fechas son las últimas en que puede decirse que aún existe un teatro de mimos siendo estos nombres recordados por las fuentes cristianas los últimos representantes de una generación de artistas de los bajos fondos. Con base en una carta escrita por el rey Sisebuto (612621) datada entre los años 614 y 620 y dirigida al obispo de Tarragona Eusebio en la que le reprende en tono muy duro por su afición a los espectáculos teatrales (asistencia que esta prohibida a los clérigos, los obispos y sus hijos), Jiménez Sánchez, Un testimonio tardío, 371-377, sostiene que probablemente hubo actividad teatral en la península ibérica en época isidoriana. 41  Sin embargo en Etym., 18,48 parece conectar con este punto cuando condena a los actores, que, vestidos con ropas de mujer, imitaban los gestos de las mujeres impúdicas (Histriones sunt qui muliebri indumento gestus inpudicarum

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esta omisión es clara: ¿hasta qué punto, si Isidoro hubiera utilizado directamente la obra de Tertuliano como han defendido algunos especialistas  42, hubiera omitido esta consideración crítica respecto a la asistencia teatral y al concepto de teatro que encontramos en Tertuliano  43 10,5? Como bien sabemos, el padre cartaginés escribió De Spectaculis  44 para condenar sistemáticamente los espectáculos públicos desarrollados en el circo, el teatro y el anfiteatro, así como los combates de atletas y gladiadores  45; con este tratado pretendía demostrar que ningún cristiano que se sometiera a la disciplina religiosa podía asistir a unos espectáculos encaminados a excitar las pasiones y socavar la moralidad  46. Y además, también sabemos que Tertuliano no se quedó solo en esta condena sino que fue seguido por otros padres posteriores como Cipriano, Novaciano, Arnobio, Lactancio, Fírmico Paterno, Agustín, Paulino de Nola, Cesáreo de Arlés, Jerónimo, Juan Crisóstomo, Salviano de Marsella, etc.  47, padres que siglos después repitieron básicamente las mismas acusaciones (que se convirtieron en topoi) para evitar la asistencia de los cristianos a los espectáculos: la feminarum exprimebant). Sobre el término histrio en Isidoro y su relación con pantomimus, cothurni, etc., vid. Jones, Isidore, 11 ss. 42  Vid. las referencias mencionadas en la nota 7. 43  De spectaculis X, 5, donde se concibe al teatro como la capilla de Venus. 44  Un tratado del que no se sabe con exactitud la fecha de composición, pero que se suele situar entre los años 197 y 202. Quaesten, Patrología, 591; Barnes, Tertullian, 8, 54-55, y Turcan, en «Tertullien», Les Spectacles, 43, informan sobre la amplitud existente sobre la datación de la obra. 45  Sobre su motivación: Quaesten, Patrología, 590, así como L. Lugaresi, «Tertulliano e la fondazione del discorso cristiano sugli spettacoli», en Rivista di Storia del Cristianesimo, 2 (2005), 357-407. 46  Según Jiménez Sánchez, El lenguaje, 141, en los numerosos tratados que los predicadores dedicaron a los espectáculos, se intentaba convencer a los creyentes del gran pecado que suponía la asistencia a los mismos: crueldad, lascivia, locura y, sobre todo, idolatría (el mayor de todos los delitos contra Dios). Desarrollan este aspecto de la crítica sistemática de los espectáculos en el discurso cristiano: Lugaresi, Tertulliano, 357 ss., y Power, Tertullian, 40 ss. 47  Al respecto, por ejemplo, R Webb, Demons and dancers. Performance in Late Antiquity, Cambridge, Massachusetts-London, 2008, 196 ss. y T. D. Barnes, «Christians and the Theater», en W. J. Slater (ed.), Roman Theater and society. E. Togo Salmon Papers 1, Michigan, 1996 = 1999, 163, n. 9, quien proporciona numerosa bibliografía sobre los estudios efectuados sobre la condena del teatro que efectuaron los padres de la Iglesia desde la época de los Severos en adelante; también lo tratan, por ejemplo, Perea Yébenes, Extranjeras, 34; Power, Tertullian, 45 ss.; Jiménez Sánchez, El lenguaje, 145, n. 31. Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97



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locura del circo, la inmoralidad e idolatría del teatro, la crueldad en el anfiteatro  48.. Por tanto, parece bastante lógico que esta visión crítica de los espectáculos que también se incorporó a múltiples cánones conciliares  49 hubiera sido compartida por Isidoro y cabría esperar que al hablar del teatro el obispo sevillano se expresara de manera semejante a sus predecesores. Sin embargo, al menos en nuestro lema no repite los topoi críticos, por lo que inicialmente podríamos pensar que Isidoro no sigue a Tertuliano, ya que al exponer las acepciones y etimología de la voz theatrum se limita a subrayar que en la parte externa del edificio, en sus arcadas, se practica la prostitución solo por las meretrices; e, incluso, cuando señala que el teatro es un lupanar no hace referencia metafórica alguna informando por ejemplo de que en las representaciones las actrices podían desempeñar el papel de prostitutas; más bien de su lectura se desprende que la acepción que reproduce del teatro como prostíbulo, como lugar en cuyas arcadas se practicaba físicamente la prostitución, es un significado que data de otro momento histórico y hace referencia a unas prácticas que existían en la sociedad pagana. Y con ello está dando a entender, por contraposición, que dicha práctica (al menos en dicho lugar físico) ya no existe en el momento histórico en el que él escribe sobre el teatro. En síntesis, la impresión inicial que produce la lectura del este lema es que Isidoro conscientemente se ha alejado de Tertuliano y de los padres posteriores cuando define el teatro como lugar físico en el que las mujeres ejercían la prostitución. M. E. Gil Egea, «Ocio, espectáculos públicos y propaganda política en el África tardo-antigua», en Polis, 10 (1998), 74 ss., destaca la continuidad de estos espectáculos en el norte de África durante los siglos iv y v, con base en inscripciones y fuentes literarias. En la misma línea de permanencia de espectáculos, pero insistiendo además en la existencia de diversos mimos santos pueden consultarse: Barnes, Christians, 162 ss., y L. Lugaresi, «Santità e spettacolo: dimensioni “teatrali” nella Vita di Ilarione e in altri testi della letteratura agiografica tra iv e v secolo», en Adamantius, 16 (2010), 141-163. 49  Por ejemplo, el canon LXII del Concilio de Elvira que exige a los aurigas o a los cómicos el abandono de la actividad profesional y sanciona con la excomunión si la siguen practicando; Perea Yébenes, Extranjería, 40, n. 199, hace referencia a otros concilios como el Arles del 314 en que los actores (theatrici) fueron excomulgados, o el de Hipona (393), en que se prohibió a los hijos de obispos o de eclesiásticos asistir o participar en representaciones, o un Concilio de Cartago (401) que decidió que las representaciones no deberían tener lugar en domingos y festivos. Tratan de la legislación conciliar, por ejemplo, Barnes, Christians, 177 ss., así como, con más profundidad, Jiménez Sánchez, La cruz, 15-37. 48 

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Sin embargo, si leemos algunos otros de los lemas que dedica al teatro percibimos que esta impresión es inexacta: el obispo hispalense va a reproducir la condena patrística que aquí omite en otros lugares; así por ejemplo, cuando menciona la voz histrio  50 y sus acepciones queda claro que sabe de las actividades de los actores y actrices, de la misma manera que, al tratar de lo que se representa en la escena y bajo qué patrocinio en el lema quincuagésimo primero (quid quo patrono agatur) vincula las artes escénicas a la inmoralidad del teatro y establece indirectamente la prohibición de asistir a las representaciones obscenas al afirmar que es obligación del cristiano el aborrecer ese espectáculo  51; en resumen, Isidoro sigue con el nítido mensaje lanzado por Tertuliano y los padres posteriores, pero trasladándolo a otro lugar del libro decimoctavo. Pero si, como parece claro, en este apartado segundo del lema dedicado al teatro Isidoro no sigue directa o indirectamente a Tertuliano, la pregunta que surge es clara: ¿aunque no las citara textualmente —como hace en otras ocasiones—  52 tuvo como referencia alguna/s otra/s fuente/s pagana/s o patrística/s que le permitieron definir al teatro como prostíbulo o lupanar? Desde mi punto de vista, sin lugar a dudas la respuesta es afirmativa. Y me pronuncio tan rotundamente porque Isidoro no parece desconocer ni el contenido de las fuentes clásicas  53, que empleaban metafóricamente el término lupa  54 para referirse a la meretriz o prostituta  55, ni los escritos de padres posteriores a TerEtym., 18, 48, citado en la nota 41. Etym., 18, 51, pone de manifiesto que las artes escénicas estaban patrocinadas por Liber y Venus además de por Apolo, las Musas y los Mercurios por lo que concluye ordenando a los cristianos que aborrecieran dicho espectáculo (Quod spectaculum, Christiane, odere debes, quorum odisti auctores.). Kübler, Isidorusstudien, 525; Capone, Tertulliano e Isidoro, 186, y Cantó, Isidoro, 175, n. 197, subrayan la dependencia de Tertuliano, De spectaculis 10, 8-9. 52  Al respecto por lo que se refiere a las citas explícitas de autores antiguos que recoge en las fuentes jurídicas: Andrés Santos, Derecho y jurisprudencia, 160, nota 42. 53  Por ejemplo, Plauto, Epidico, 403, donde se destacan la diversidad de costumbres existentes entre la mujer honrada y la fulana o Cicerón, Pro Milone, 21, texto en el que Clodio siempre aparece rodeado de cortesanas, libertinos y prostitutas. 54  Vid., por ejemplo, Old, s. v. lupa, 1051; Cantó Llorca, Isidoro, 165, n. 185, subraya que el término se empleo en latín antes como prostituta que como loba. 55  A título de curiosidad, según Dig. 23,2,43pr. (Ulp. Ad leg. Iul. et Pap. 1) en claves jurídicas es prostituta pública no solo la que vive en el lupanar, sino también 50  51 

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tuliano como Lactancio o Augustín que se pronunciaron al respecto dando a entender, de manera muy peyorativa, que al igual que tales animales salvajes, las prostitutas-lobas atacaban con ferocidad a sus presas (hemos de suponer los pobres varones atrapados) esquilmándoles  56. La dependencia isidoriana de Lactancio  57 concretamente de las Diuinae institutiones  58 (obra en la que el apologista cristiano norteafricano reprocha el contenido impúdico de las piezas dramáticas)  59 parece evidente en este punto, en el que nos explica el porqué de lupa y lupanar así como las consecuencias que derivaban tanto para las lobas-prostitutas como para los varones que las frecuentaban  60. Pero las referencias previas en esta parte del lema probablemente no acabaron aquí sino que Isidoro también pudo tener presente a otro padre norteafricano: Agustín de Hipona  61, quien en De Civitate la que no se recata en el local de un hostelero o en cualquier otra parte [Palam quaestum facere dicemus non tantum eam, quae in lupanario se prostituit, verum etiam si qua (ut adsolet) in taberna cauponia vel qua alia pudori suo non parit]. 56  Debe tenerse presente que esta no es la única vez que Isidoro habla del tema; también define la voz lupa en Etym., 10,164, donde se pronuncia en estos términos: «Lupa, meretrix, a rapacitate vocata, quod ad se rapiat miseros et adprehendat» (= Lupa: meretriz; se la denomina así a causa de su rapacidad, porque arrastra hacia ella a los infelices y los esquilma) sobre este término vid. A. W. J. Hölleman, «Lupus, Lupercalia, Lupa», en Latomus, 44, 1985, 609-614. 57  Vid., por ejemplo, Quaesten, Patrologia, 1, 685-702; J. C. Fredouille, «Lactance historien des religions», en Lactance et son temps. Recherches actuelles (Actes du IVe. colloque d’Études historiques et patristiques, Chantilly, 21-23 septembre 1976), Paris, 1978, 237-252. 58  Vid., por ejemplo, Quaesten, Patrologia 1, 688-691, así como E. Sánchez Salor, Lactancio. Instituciones divinas, I, Madrid, 1990, 7-61, que será la traducción aquí empleada. 59  Inst. Div. 6, 20,8 ss., en que se reprocha el impúdico contenido de las obras paganas. 60  Lact., Inst. Div. 1,20,1-2 en la edición citada de Sánchez, libros I-III, 137 retoma a Livio y la leyenda fundacional de la ciudad (Romuli nutrix lupa honoribus est affecta diuinis [...] Larentinae esse simulacrum, et quidem non corporis, sed mentis ac morum. Fuit enim Faustuli uxor, et propter uulgati corporis uilitatem, lupa inter pastores, id est, meretrix nuncupata est; unde etiam lupanar dicitur. = Lupa, la nodriza de Rómulo, es adorada con honras divinas [...] se trata de un símbolo de Larentina y, ciertamente, de un símbolo de su espíritu y de sus costumbres y no de su cuerpo; era, en efecto, la mujer de Fáustulo y, puesto que tenía su cuerpo a disposición de todo el mundo, los pastores la llamaron «loba», es decir, meretriz. De ahí deriva también la palabra «lupanar»). 61  Sobre su vida y persona, por ejemplo, A. di Berardino, Patrologia 3. La edad de oro de la literatura patrística latina, Madrid, 2001, 406-422. Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97

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Dei  62 mencionó igualmente la leyenda de los orígenes de Roma y el papel jugado por la loba en el amamantamiento de los gemelos  63; desde mi punto de vista, ambas fuentes no le serían ajenas al obispo hispalense que se sirvió de ellas, directa o indirectamente, para definir el lugar no solo como recinto teatral sino también como prostíbulo y lupanar. 4. 

a modo de síntesis

Con base en lo expuesto cabe afirmar que: 1.  En lo que se refiere a la redacción de la voz, en su inicio resuenan los ecos de Plinio el Viejo y Casiodoro, mientras que en el apartado segundo parece que Isidoro se aleja de Tertuliano para tomar las ideas que aquí reproduce (el teatro como prostíbulo o como lupanar) probablemente de Lactancio y Agustín, también norteafricanos como Tertuliano. 2.  En lo que se refiere a las arcadas del teatro como lugar en el que se practicaba la prostitución el pasaje Isidoriano «modifica» en alguna medida la verdad histórica en el sentido de considerar que en los pórticos solo se podían encontrar prostitutas femeninas (lupae, meretrices) cuando sabemos que en el mundo romano pagano los inSobre esta obra, por ejemplo, di Berardino, Patrologia, 3, 431-437. Aug., De civ. Dei, 18,21, donde aflora de nuevo el eco de Tito Livio y la leyenda referida a la formación de la ciudad, y la alimentación de los mellizos por parte de una mujer pública que recibía el nombre de loba: Hoc enim genus bestiae ad Martem existimant pertinere, ut videlicet ideo lupa credatur admovisse ubera parvulis, quia filios domini sui Martis agnovit: quamvis non desint qui dicant, cum expositi vagientes iacerent, a nescio qua primum meretrice fuisse collectos, et primas eius suxisse mamillas (meretrices autem lupas vocabant, unde etiam nunc turpia loca earum lupanaria nuncupantur), et eos postea ad Faustulum pervenisse pastorem, atque ab eius Acca uxore nutritos. = Esta especie de animal, según ellos, está consagrada a Marte, y en este caso parecía que la loba, al reconocer los hijos de Marte, les dio a mamar de su leche. Pero no faltan quienes afirman que, viendo esos mellizos llorando, cierta mujer pública los recogió y les dio primero sus pechos (pues a esta clase de mujeres se daba el nombre de lobas, y por eso ahora los lugares torpes se llaman lupanares), y que luego esos niños llegaron a poder del pastor Fáustulo, y que fueron alimentados por su esposa Acá». Citado conforme a la edición de BAC, Obras de S. Agustín, XVII, edic. bilingüe, t. XVII. La ciudad de Dios (E. J. Morán). Sobre los espectáculos en Agustín, vid., por ejemplo, W. Weismann, Kirche und Schauspiele. Die Schauspiele im Urteil der lateinischen Kirchenväter unter besonderer Berücksichtigung von Augustin, Würzburg, 1972, 151-155. 62  63 

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SOBRE EL TEATRO COMO PROSTÍBULO, EN PARTICULAR FEMENINO...

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tercambios sexuales se producían tanto con varones como féminas. Con esta información parcial el obispo sevillano está transformando la verdad histórica referida a la prostitución y la está convirtiendo en una actividad solo femenina «ocultando» que en el mundo clásico pagano se ejerció por personas de ambos sexos. 3.  Llama la atención que no estando probablemente en el momento histórico en el que se inscriben las Etimologías los edificios teatrales romanos presentes en la vida real de los ciudadanos aunque sí pudiera darse la práctica de las representaciones en otros habitáculos, Isidoro defina el espacio físico siguiendo los pasos de Plinio el Viejo y Casiodoro. El hecho de que, además de presentar la acepción real y la etimología del término, en un apartado segundo se centre en el teatro como prostíbulo o lupanar en el que las lupae atraen a los varones desdichados podría llevarnos a suponer, hipotéticamente, que lo hace porque el ejercicio de la prostitución femenina en su época para nada había desaparecido y en aquellos lugares en los que todavía quedaban recintos teatrales de época romana las mujeres la seguían practicando en sus arcadas. Pero, si esta hipótesis interpretativa no fuera correcta —hecho probable ya que en muchos lugares hispanos los teatros se habían convertido en canteras de materiales de construcción— se podría suponer que Isidoro en este punto se limitó a informar a sus lectores en clave histórica sobre el ejercicio de la prostitución en época pretérita, dando a entender que tal actividad era solo femenina y una «reliquia» del pasado pagano pero, en absoluto, una actividad «viva» en la sociedad de su época, información que, probablemente, no respondería del todo a la realidad en lo que se refiere al ejercicio aunque si podría ser exacta respecto del recinto físico: en su época la prostitución no se ejercería en los teatros, sencillamente porque no había recintos teatrales, lo que no significa que no se ejerciera en otros lugares.

Seminarios Complutenses de Derecho Romano. XXIX (2016) Páginas 81-97

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