Por una ontología social para el enfoque de las capacidades

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Descripción

Por una ontología social para el Enfoque de las capacidades Esteban Leiva Universidad Nacional de Córdoba / Universidad del País Vasco

I-. Introducción Los debates ontológicos en filosofía de la economía han adquirido relevancia en las últimas décadas (e.g. Uskali Mäki, Don Ross, Tony Lawson). En este marco, consideramos que una de las contribuciones más importantes del Enfoque de las Capacidades (EC; Sen 1985, 1992, 2009) al pensamiento económico contemporáneo consiste en introducir un desplazamiento ontológico respecto a la corriente principal (mainstream). En sentido similar se ha expresado Nuno Martins (2006, 2007a y b). Recurriendo a la ontología social del Realismo Crítico (RC), en particular a su utilización en economía (Lawson 1997, 2003; Fullbrook 2009), Martins afirma que las „capacidades‟ son „poderes causales‟: En otras palabras, una „capacidad‟ (capability) sería un poder causal que produce „funcionamientos‟ (functioning) particulares en contextos estructurados a través de ciertos mecanismos no deterministas; una „tendencia‟ de la estructura que se manifiesta como propiedad emergente. Para Martins mientras el RC operaría a un nivel filosófico, el EC lo haría a un nivel científico. Siguiendo los lineamientos del RC, Elder-Vass (2011) especifica las nociones de „emergencia‟ y „poder causal‟. Un evento social es el resultado de la interacción de poderes causales los que, a su vez, se encuentran en función de determinados elementos estructurados. Cada elemento de una estructura puede descomponerse en otros elementos. Cada nivel de estructuración de elementos posee propiedades emergentes con capacidad de producir efectos sobre el mundo. Elder-Vass señala que su concepción de la emergencia es sincrónica relacional pues describe una clase particular de relación entre un todo y sus partes en un momento determinado del tiempo. De esta manera, la existencia de un evento en un momento del tiempo siempre es contingente, depende de factores causales morfogenéticos (que presentan o ponen en escena la existencia de la entidad en su manifestación más común) y morfoestáticos (que mantienen su existencia en el tiempo). Por ejemplo, la entidad „dinero‟ es una familia de entidades (moneda, tarjetas de créditos, cheques al portador, etc.) que obtiene su valor de cambio, entre

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otras propiedades, por referencia a ciertas relaciones entre instituciones sociales (Casa de la Moneda, Bancos, Comercios, etc). Por otra parte, John Searle (1995, 2003, 2006, 2010) también ha brindado una ontología social por referencia a tres conceptos que constituyen la estructura lógica de la sociedad: „intencionalidad colectiva‟, „función de estatus‟, y „regla constitutiva‟. Consideramos que la propuesta de Searle permitiría un desplazamiento respecto a la lectura ontológica realizada por Martins. La atención ontológica en el EC no debiera recaer en la noción de „capacidad‟ sino en el de „agencia‟ (agency). Desde nuestra perspectiva, este corrimiento en el foco de atención permitiría dimensionar ciertas dificultades o tensiones que se le achaca al EC como el problema de los „grupos‟ e „instituciones‟ sociales (Longshore & Seward 2009). En este trabajo, además de evaluar críticamente la ontología social propuesta por Martins para caracterizar los objetos del EC (sección II), contraponemos la ontología social de Searle (sección III). No se trata únicamente de realizar un ejercicio de contrastes sino también de delimitar los rasgos principales que justificarían hablar de un desplazamiento ontológico del EC respecto a la corriente principal en economía por referencia a su noción de „agencia‟.

II-. Una ontología realista para el EC Nuno Martins (2006, 2007a) ha señalado que el EC resultaría beneficiado al explicitar la naturaleza ontológica de categorías tales como „capacidad‟ y „funcionamiento‟. Apoyándose en la perspectiva Tony Lawson (1997, 2003), se asume una ontología social donde lo „real‟ depende, al menos en parte, de nosotros; y cuya tarea principal es comprender a un nivel abstracto las propiedades generales que dominan a las entidades sociales. Allí donde el trabajo científico busca explicar mecanismos específicos, por ejemplo, el del desarrollo económico; el trabajo ontológico busca comprender las entidades asumidas en tales explicaciones: ¿qué es el desarrollo económico? Así, para Martins, el objetivo primordial del EC no es encontrar mecanismos específicos sino el ejercicio filosófico de elaboración conceptual. La propuesta de Martins se concentra únicamente en las categorías que corresponden al bien-estar, es decir, en la „capacidad‟ y el „funcionamiento‟, haciendo a

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un lado otras de las nociones fundamentales del EC: el de „agencia‟1. Pese a reconocer la relación directa que podría tener con el bien-estar, Martins interpreta que la agencia implica un ejercicio ético-político más que ontológico. Si bien el EC es un ejercicio evaluativo, en el sentido que se interroga por las condiciones de desigualdad en la sociedad, su tarea además de prescriptiva es descriptiva. A las obligaciones éticas o políticas se le debe sumar el propósito de proveer una base informacional adecuada desde la cual evaluar las condiciones de desigualdad en la sociedad. Y para cumplir con este cometido, Martins señala que el EC se avoca a la tarea principal describir el bienestar; lo que estaría más en línea con proveer una taxonomía ontológica, o un análisis de las categorías subyacentes de la realidad, que con las motivaciones prescriptivas que parecen anidar en el concepto de agencia.2 Como se deben realizar afirmaciones sobre la desigualdad comparando conjuntos diferentes de capacidades, Martins (2007b) refiere al compromiso realista que subyace al EC. Este realismo es atenuado al considerar que el objetivismo buscado es relativo a las concepciones y el conocimiento situado de la investigación, introduciendo la dificultad de conciliar la búsqueda de un realismo acerca de las capacidades con un relativismo conceptual. Así, a la distinción entre una dimensión ontológica y una ética, Martins le suma una distinción respecto a la dimensión epistemológica: “Esta separación, entre una visión realista y objetiva del espacio de capacidad por un lado, y la relatividad conceptual, por el otro, llega a ser posible si reconocemos que existe una distinción entre el dominio ontológico y el dominio epistemológico. Las aserciones ontológicas son aserciones acerca de cosas (acerca del ser, o acerca de lo que existe), y las aserciones epistemológicas son aserciones acerca del conocimiento que podemos tener de aquellas cosas (sobre esta distinción, ver Lawson 2003). Una vez que esta distinción es establecida, uno puede luego hacer la separación arriba mencionada, notando que el realismo acerca del bien-estar y la ventaja existe a un nivel ontológico, mientras el relativismo acerca de la concepciones existe a un nivel epistemológico” (Martins 2007a: 45)

La evaluación del bien-estar es epistemológicamente relativa, dado

que es

imposible una visión del ojo de Dios o desde ningún lugar, para usar la expresión de Thomas Nagel . No existe una realidad oculta detrás de los objetos. Pero que el 1

Para la distinción entre „capacidad‟, „funcionamiento‟ y „agencia‟, cf. Sen, 1985. Una de las razones de la propuesta de Martins consiste en tomar distancia sobre la posibilidad de un ética sin ontología que postula Hilary Putnam (2004). 2

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conocimiento sea situado, relativo a conceptos y contextos determinados, no implica que los objetos del bien-estar no sean ontológicamente reales. La falibilidad en la investigación sobre el bien-estar es una señal que nuestras concepciones no determinan completamente las afirmaciones realizadas. El error también indica el camino hacia el acierto. Para Martins, la falibilidad es un intento por separar los elementos epistemológicos de las evaluaciones ontológicas del bien-estar, de modo de hacer a éstas suficientemente invariantes. Esta separación es posible gracias a la ontología estructurada de Lawson, donde la diversidad empírica es compatible con la generalización del análisis de bien-estar, buscando encontrar a nivel ontológico las estructuras y factores causales que subyacen al nivel empírico. Para el RC, las experiencias humanas y las estructuras que le subyacen son modos de ser diferentes, aunque interdependientes y no reducibles unas a otras. Esta diferencia ontológica permite la diversidad de la experiencia humana mientras que en otro nivel se reconoce la existencia de estructuras y poderes causales que condicionan, habilitando o restringiendo, la actividad de los sujetos. Como el objetivo del del EC es crear un espacio para evaluar comparaciones de bien-estar, entonces se necesitan criterios para realizar generalizaciones. Si como reconoce Sen, que la diversidad es un rasgo esencial de la realidad y no una complejidad agregada, ¿cómo pueden realizarse generalizaciones? Para Lawson, la posibilidad de la libertad humana presupone intereses y motivaciones compartidas basadas en necesidades y capacidades comunes: “si las necesidades de cada uno son puramente subjetivas, con la posibilidad de ser irreconciliablemente opuestas, luego proyectar metas de emancipación social es realmente cuestionable” (Lawson 2003: 240). Más allá de una naturaleza humana fundada en nuestra unidad biológica como especie, la posibilidad de la teorización moral encuentra su fundamento en la producción histórica y social de esa naturaleza, de necesidades que se manifiestan potencialmente de diferentes maneras. De aquí se sigue que, “… la persecución de metas sociales siempre toma lugar en un contexto de intereses conflictivos relacionados a diferentes posiciones… Ciertamente, centrarse en los conflictos de intereses de posición de clase, edad, género, nación, estado, región, cultura, y así, es tan real y determinante como cualquier otra cosa. Aún así, grupos diferentes pueden cooperar permitiendo diferente, y aún opuesto, intereses…” (Lawson 2003: 242) 4

El análisis ontológico es global cuando tiene en cuenta todos los aspectos de la realidad, o parcial cuando se concentra en una porción de esa realidad, (por ejemplo, el ámbito biológico o social). Acorde a su propuesta estructurada, Lawson considera que existe una línea de continuidad entre lo biológico, lo físico, lo psicológico y lo social. Sin embargo, cada estructura es irreductible una a otra debido a su idea de „emergencia‟. “La emergencia puede ser definida como una relación entre dos rasgos o aspectos tales que uno surge de otro y sin embargo, mientras quizás sea capaz de volver a este, permanece causal y taxonómicamente irreducible” (Lawson 1997: 63)

De esta manera, lo social y las estructuras psicológicas emergen del ámbito biológico, y éste a su vez del físico. Sin embargo, lo social tiene absoluta autonomía dado los poderes causales propios de sus estructuras subyacentes. Tales estructuras se caracterizan por reglas sociales que se adjuntan a cada posición social, y cada una de ésta se encuentra internamente relacionada. Se dice que un aspecto de la realidad está internamente relacionado cuando cada elemento se apoya uno en otro; y tomado aisladamente, ningún elemento posee propiedades esenciales sino que su posición viene dada por su relación a los demás. Con el paso del tiempo, las estructuras sociales son reproducidas y/o transformadas

modificando las reglas que dominan las prácticas

sociales. Pero si bien estas estructuras socioeconómicas se originan por la interacción humana, ellas no se reducen a ellas dado el principio de emergencia y de relativa autonomía que caracteriza a la ontología estructurada del Realismo Crítico. En este sentido, la acción conjunta de estructura y agencia humana co-producen los fenómenos empíricos; donde la estructuras son causas materiales subyacentes, la agencia humana es la causa eficiente de los eventos observados. Así, para Lawson, la realidad se infiere no solo de la observación directa sino también al dar cuenta de los efectos causales, de los poderes que la dominan. Aún cuando carecemos de acceso directo a las estructuras, su existencia se infiere de sus efectos. El punto principal del Realismo Crítico es asumir la realidad ontológica de las estructuras junto con la realidad cognoscitiva de sus efectos, señalando la diversidad de éstos y la irreductibilidad de aquellas. Para el ámbito de lo social esto significa que

las estructuras sociales y los individuos humanos son

ontológicamente diferentes, no sólo las estructuras sociales son irreducibles a individuos 5

específicos sino que la agencia humana también es irreductible a las estructuras que la constriñe o la habilita. Dada esta descripción de la ontología social, una cuestión clásica entre la causación estructural y la agencia debe señalarse: ¿la estructuras excluyen la libertad de la acción humana o no? En otras palabras, ¿pueden las estructuras sociales, como las causas subyacentes de los eventos, determinar totalmente las acciones humanas en la concepción de Lawson? Si este fuera el punto, la eficacia causal de las estructuras sociales podría ser inconsistente con la libertad del agente humano. Como la diversidad, la libertad y la elección son características centrales para el EC, cualquier ontología social que sea compatible con el enfoque debe otorgarles un rol privilegiado como constituyentes de la realidad. Como ya hemos expresado, el problema se resuelve señalando porque las estructuras sociales, por un lado, y los fenómeno empíricos y la subjetividad, por el otro, se encuentran a niveles ontológicos diferentes. “… no existe contradicción en reconocer a cada uno de nosotros como una identidad única o individualidad, resultado (en parte) de nuestro sendero a través de la vida, y también aceptando que podemos, sin embargo, tener necesidades o intereses similares… o similar posición y relaciones de dominación a aquellos a alrededor nuestro... Lo fundamental aquí es el hecho que las subjetividades humanas, las experiencias humanas y las estructuras sociales no pueden ser reducidas unas a otras; cada una de ellas son ontológicamente distintas, aunque altamente interdependientes, modos de ser (Lawson 2003: 241).

Para Martins, esta apreciación sobre cómo las estructuras socioeconómicas promueven o limitan las capacidades humanas son consistentes con el postulado acerca de que los agentes no se encuentran completamente determinados. La mutua dependencia e interrelación hacen que el RC escape de una visión determinista, dando lugar a la elección del agente de un espacio de capacidades. Las estructuras sociales son las causas materiales de la acción en el sentido que proveen un conjunto de reglas sociales que pueden ser usadas, o no, por los agentes cuando formulan una acción. De aquí que se puede reconciliar: (i) la diversidad empírica con universalidad, y (ii) libertad humana con eficacia causal de las estructuras socioeconómicas. Sin reconocer una distinción ontológica entre estructuras sociales y agencia, la única manera de salvaguardar la libertad es focalizarse únicamente sobre la agencia, ignorando que las estructuras sociales pueden ampliar o limitar el espacio de capacidad. 6

La extensión de la ontología social del RC al EC realizada por Martins logra introducir el carácter relacional que parece animar los propios escritos de Sen (2009). Sin embargo, podemos realizar dos consideraciones fundamentales. La primera refiere a una visión interaccionista entre estructura y agencia, que podría terminar desvirtuando el carácter relacional al cosificar las estructuras socioeconómicas y relegando la agencia del análisis ontológico. Recordemos que Martins confina la cuestión de la agencia al ámbito de la ética, considerando sólo las capacidades como propio del análisis ontológico. Así, aunque el RC reconoce un carácter ontológicamente diferente a la agencia respecto a la estructuras, a lo que se refiere Martins es a la elección de las capacidades del sujeto y no a su acción como impacto en el mundo, mejor dicho, en las estructuras. Si a esto le agregamos el problema de la coordinación de una agencia colectiva que busca la imposición intencional de determinadas reglas o maneras de ser social, veremos que la postura de Martins implica un silencio rotundo sobre tales temáticas. Este punto será retomado en la conclusión de este trabajo. En segundo lugar, la propuesta de Martins no profundiza sobre el tipo de poder que se encontraría en las capacidades pero que se ejemplifica de manera más adecuada cuando se tematiza ontológicamente la agencia, tal como podría derivarse de una interpretación del proyecto de ontología social de Searle, y que pasamos a considerar.

III-. Los principios básicos de la ontología social de Searle Desde mediados de los ‟90, Searle (1995, 2003, 2006, 2010) viene elaborando una concepción ontológica para comprender la realidad social. Su preocupación se ha concentrado en conciliar la idea de agentes conscientes –que ejercen libremente acciones político-sociales - en un mundo dominado en su totalidad por partículas que discurren sin dirección determinadas en un campo de fuerza. Es decir, cómo reconciliar lo que sabemos sobre nosotros mismos, como humanos con pretensiones de acciones libres, con lo que se conoce acerca de los hechos físico, químicos y biológicos. Más allá de la posibilidad de esta distinción, para Searle existen rasgos de la realidad que son independientes y otros que son dependientes de nuestras actitudes observacionales. Aún sin participación de observadores, existiría la fuerza, la masa o los enlaces químicos; en cambio, no podría existir la propiedad privada, el lenguaje, el matrimonio o el dinero, sin la participación consciente de agentes.

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Afirmar que un rasgo de la realidad es dependiente de la participación de agentes, no implica necesariamente la imposibilidad de su conocimiento. Searle evade el relativismo epistemológico sosteniendo que existen hechos sociales, tal como que un trozo de papel cumpla la función social de „ser‟ dinero. Que se cumpla este rol, no depende únicamente de la voluntad de un agente sino que involucra ciertos mecanismos e institucionales de la sociedad. En este sentido, se puede distinguir entre hechos sociales (e.g. ser ciudadano de un país, que un trozo de papel sea un billete de cien pesos) y eventos sociales (e.g. un campaña presidencial, la caída de regímenes políticos o ciertas competencias deportivas como un mundial de futbol o los Juegos Olímpicos). Dado que un hecho social existe en virtud de la aceptación o el reconocimiento colectivo, Searle se interroga qué es lo que transforma a éste en un „hecho institucional‟, ¿en qué radicaría su diferencia? Además del reconocimiento habría una intencionalidad colectiva que portarían los hechos institucionales, por virtud de una capacidad que los hombres comparten con otras especies del reino animal. La capacidad de cooperación se manifiesta tanto cuando un grupo de animales cooperan para cazar su presa o dos personas mantienen una conversación, o un grupo de ciudadanos se organiza para llevar a cabo una revolución. Estableciendo un punto de contacto con la tradición sociológica de Durkheim, Simmel y Weber, para Searle la intencionalidad colectiva es el fundamento de la sociedad. Más allá de las diferencias existen entre un partido de futbol, un billete de cien pesos o un procesos eleccionario, estos casos se caracterizarían por consistir en una intencionalidad colectiva de imposición de funciones de estatus. Precisamente, para Searle, la realidad socio-institucional siempre se caracteriza por tres rasgos primitivos: „intencionalidad colectiva‟, „función de estatus‟ y

„reglas constitutivas‟. Veamos

brevemente en qué consiste cada uno. En primer lugar, la intencionalidad colectiva se encuentra en toda forma simple de la realidad social. Es un rasgo no sólo de las sociedades humanas sino también de toda aquella organización del reino animal que manifieste conductas cooperativas. Pero para Searle, pasar de un hecho de intencionalidad colectiva, como puede ser la cooperación de dos animales para cazar una presa, a hechos institucionales –eg. que un trozo de papel valga como dinero, la propiedad privada o una forma de gobierno determinada–, conlleva a destacar otros aspectos. Las actitudes implicadas en los comportamientos del „animal político‟ que habita en las instituciones se caracteriza por, 8

además de la cooperación, la imposición de funciones y, por otra parte, por ciertas „reglas constitutivas‟. Para Searle, esta combinación, en conjunción con la intencionalidad colectiva, es el fundamento una sociedad específicamente humana. De esta manera, como segundo rasgo encontramos a la „función de estatus‟. Los seres humanos tienen la capacidad de imponer funciones sobre los objetos que, a diferencia de lo que sucede con otros objetos como los palos, las piedras o el agua salada, no realizan su función únicamente por su estructura física sino por ciertas formas que adoptan, y que son colectivamente aceptadas. Así, determinados objetos portan una clase de estatus que se le adjunta por disposición de la comunidad. El ejemplo favorito de Searle es el dinero. Si se lo considerada desde el punto de vista de su estructura física, el dinero puede descomponerse en elementos químicos de ciertos materiales. Pero la función del dinero no viene dado por una composición química sino por un reconocimiento de estatus y aceptación dentro de una organización social. El estatus no deviene por una naturaleza causal intrínseca de los objetos sino por un componente normativo que se establece para servir a un propósito; en el caso del dinero, para los fines del intercambio o el ahorro. Esta capacidad de los seres humanos para crear funciones de estatus es lo que diferencia a la realidad social en general, de la que también participan otras organizaciones de la naturaleza, y lo que se denomina propiamente como „realidad institucional‟. Las instituciones humanas son materia de las funciones de estatus. Por último, un tercer rasgo de la realidad social lo constituyen las „reglas constitutivas‟. Para especificar la noción, Searle recurre a la distinción entre „hechos brutos‟ y „hechos institucionales‟. Los primeros, existen sin las instituciones humanas. Un ejemplo de hecho bruto es que exista una piedra más grande que otra, o que la tierra esté a 93 millones de millas del sol3. La existencia de los segundos, requieren de instituciones humanas,. Para que algo sea una institución humana se necesitan dos clases de reglas: „reglas regulativas‟ y „reglas constitutivas‟. Las reglas regulativas dominan formas de conducta que existen con antelación a los hechos, por ejemplo, la regla de manejar sobre el lado derecho del camino regula las conductas de manejo de automóviles. Por su parte, las reglas constitutivas no solamente regulan sino que también crean o definen nuevas formas de conductas. Para ejemplificar, Searle apela a 3

Cabe preguntar si la distinción de Searle es posible. Pues la noción de „ser más grande que‟ o la idea de „medida en millas‟, resulta de una convención humana.

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las reglas del ajedrez que no sólo regulan el juego sino que constituyen las maneras en que se debe actuar para afirmar que un movimiento es válido o no: los alfiles se mueven en diagonal, etc. En términos generales, las reglas constitutivas tienen la forma típica de: “X cuenta como Y en el contexto C”. Para Searle, esta expresión tiene la propiedad de poder iterarse no solamente hacia arriba sino también indefinidamente hacia los laterales. Un hecho institucional nunca se presenta aisladamente sino que existe entrelazado a otras instituciones. Un billete con un valor de cien pesos en una sociedad puede funcionar como depósito en una cuenta de banco, ser parte del sueldo que me paga la Universidad, ser usado para cancelar mi tarjeta de crédito, ser retenido por el Estado en virtud de impuesto a la ganancias, etc. Esto demuestra las disímiles maneras en que un hecho institucional, el dinero, se entrelaza con otros (e.g., institución financiera, Universidad, Estado) en una serie recursiva. Aunque esta idea de recursividad pueda conducir a un regreso al infinito, establecer una regla de constitución no necesariamente requiere de otras para su creación. Su origen puede deberse a la generalización de una función de estatus, por ejemplo, aquella por la cual en una tribu se determina quien cumple el rol de jefe o líder. En este sentido, una práctica regularizada puede llegar a ser una regla constitutiva, el único requisito es que algo conste como una práctica específica en una comunidad. Establecidos los rasgos básicos de los hechos institucionales, Searle señala dos características de las funciones de estatus colectivas que imponen reglas constitutivas. En primer lugar, ellas representan poderes positivos y negativos. La persona que posee dinero, propiedad privada o ha contraído matrimonio, tiene poderes, derechos y obligaciones que poseería de otra manera. Estos poderes son de una clase peculiar porque no es como el poder de la electricidad o el que una persona tendría sobre otra utilizando la fuerza bruta. Los poderes de Searle derivan de hechos institucionales, por lo tanto son “siempre materia de derechos, deberes, obligaciones, compromisos, autorizaciones, requerimientos, permisos y privilegios” (Searle, 2006: 63). Es decir, existen siempre y cuando sean reconocidos o aceptados. A estos poderes se los denomina „poderes deónticos‟. En segundo lugar, allí donde existen funciones de estatus, el lenguaje y el simbolismo desempeña, además de la tarea de representación o descripción, una función constitutiva de para los fenómenos. Cuando afirmamos que tal o cual persona es el líder de una tribu, esto es un acto lingüístico diferente al de señalar que allí se encuentra una piedra. ¿En qué consiste la diferencia? Al decir que X cuenta 10

como Y en C, no hay rasgo físico en el término Y que no esté también presente en el término X, algo que no puede suceder en la afirmación “allí hay una piedra”. El término Y es sólo el termino X representado en una cierta forma en un contexto determinado. Un billete de cien pesos es un trozo de papel para una sociedad, el jefe de una tribu es una persona en una comunidad específica. El nuevo estatus existe sólo en la medida en que es representado como existente por medio de un aparato representacional brindado por el lenguaje o algún sistema simbólico. Que alguien sea el jefe de una tribu, y que el resto de los miembros lo acepte como tal, implica poner en juego un sistema lingüístico o de símbolos, por ejemplo, poseer determinados objetos, inscripciones corporales o vestimenta. Para Searle, las funciones de estatus son los vehículos de poder en una sociedad. Aceptamos algunas funciones de estatus y al hacerlo, aceptamos una serie de poderes deónticos; aceptamos razones para la acción colectiva que son independientes del deseo subjetivo o personal. Así, la combinación de funciones de estatus, poderes deónticos y razones independientes de los deseos personales, conforma maneras específicas de socialización que distinguen al hombre de otras organizaciones del reino animal. A diferencia de los animales, los seres humanos tiene una capacidad para ver y pensar en un doble nivel. Pueden ver el papel y el billete de cien pesos al mismo tiempo. Tienen la capacidad de ver y pensar una realidad institucional no a partir de hechos físicos sino de un contenido semántico. Por eso, para Searle, el hecho institucional más fundamental del hombre, es el lenguaje. Llegados a este punto, cabría pensar la agencia colectiva que no alcanza a configurar la propuesta de Martins, considerando la ontología social de Searle. La agencia no es algo que se reduce a una capacidad individual para la acción, sino las manifestaciones de poderes deónticos que responden a una configuración social, que adquieren la función de estatus y reglas de constitución porque una intencionalidad colectiva la sustenta. De esta manera, entre las estructuras y la agencia individual habría un elemento de la realidad más fundamental, cuya estructura ontológica se expondría a la luz a a dar cuenta de la agencia colectiva como entidad social.

IV-. Conclusión: por un análisis ontológico de la agencia colectiva en el EC En la interpretación de Martins, el EC está interesado en la comprensión y clarificación filosófica, en orden a posibilitar diferentes perspectivas para el análisis 11

económico. Esto hace relevante a la teorización ontológica para proveer fundamentos para el análisis empírico. Dada esta búsqueda, se ha acusado al CA de ser demasiado vago, pero como está interesado en la elaboración de categorías y conceptos socioeconómicos a un nivel filosófico, luego ciertos temas específicos serán obviamente dejado de lado (cf. Martins, 2006). Si bien el ejercicio de Martins se muestra fructífero al señalar la tarea ontológica que el EC despliega en la elaboración de nociones como „capacidad‟ y „funcionamiento‟, su propuesta queda atrapada de las consideraciones de Hilary Putman (2004) al demandar una ética sin ontología. Al rescatar la dimensión ontológica del bien-estar, Martins no cree que sea posible pensar en dicho nivel la cuestión de la agencia, y en especial de la agencia colectiva. Al hacerlo, le quita peso a la propuesta de Lawson de una realidad estructurada y relacional. En su lectura, la estructura parece adquirir el peso ontológico por sobre las capacidades, que aparecen como emergencias efectivas, y, en este sentido, propios de la observación empírica. Aunque le concedamos la distinción ontológica entre las estructuras y las capacidades, o agencia individual, ambas aparecen como formas reificadas, que existen previamente. Si bien hay un reconocimiento explícito de la interrelación, y por lo tanto de la conformación mutua, no queda en claro el estatus de los poderes que ambas cargan. Pareciera que en el encuentro fortuito entre estructura y capacidades cada una pone en juego un poder que le pertenece como propio, que es irreductible. Con la propuesta de ontología social de Searle, la agencia colectiva salta a primer plano. Ya no hablamos de poderes que resultan ocultos en las estructuras, ni agencias individuales que ponen en juego su libertad; sino de una intencionalidad colectiva que es el fundamento mismo de los social. Lo que estaría en juego siempre serían hechos institucionales, mejor dicho, un entrelazamiento de hechos institucionales. Y desde la perspectiva de Sen, el análisis de estos hechos institucionales se pone de relieve en la noción de agencia colectiva. Allí donde el RC parte de dos elementos constitutivos de los social, la estructura y el agente, la propuesta de Searle pone en primer lugar el conjunto de relaciones institucionales, siendo aquellas estructuras y los agentes, predicados de segundo orden. Claro que la propuesta de Searle queda aún demasiado en el plano abstracto sino se complemente con investigaciones empíricas particulares que denoten esos rasgos de los social. En este sentido, consideramos que el

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EC puede contribuir en esta tarea, y donde la elaboración conceptual de la noción de agencia colectiva sería el paso necesario en ese camino.

Referencias Elder-Vass, D. (2011). The Causal Power of Social Structures. Emergence, Structure and Agency. Cambridge: Cambridge University Press. Fullbrook, E. (ed.) 2009. Ontology and Economics. Tony Lawson & his critics. London: Routledge. Lawson, T. (1997). Economics and Reality. London: Routledge. Lawson, T. (2003). Reorienting Economics. London: Routledge. Martins, N. (2006). Capabilities as causal power. Cambridge Journal of Economics, vol. 30 (5): 671-85, 2006. Martins, N. (2007a). Ethics, ontology and capabilities. Review of Political Economy, vol. 19 (1): 37-53. Martins, N. (2007b). Realism, universalism and capabilities. Review of Social Economy, vol. 65 (3): 253-78. Putnam, H. (2004). Ethics without Ontology. Cambridge, Mass.: Harvard University Press. Searle. J. (1995). The construction of social reality. New York: Free Press. Searle, J. (2003). Social Ontology and Political Power. mimeo. Searle, J. (2006). Social Ontology: Some Basic Principles. Papers, vol. 80: 51-71. Searle, J. (2010). Making the Social World. The Structure of Human Civilization. Oxford: Oxford University Press. Sen, A. (1985), “Well-being, Agency, Freedom: Dewey Lectures 1984”, Journal of Philosophy, Vol. 82 (4). Sen, A. (1992), Inequality Reexamined, Clarendon Press, Oxford. Sen, A. 2009. The Idea of Justice. Cambridge, Mass.: Harvard University Press.

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