Los títulos de comunidades como fuentes para una reconstrucción histórica de límites de las antiguas etnías andinas: el ejemplo de Tarma en la sierra central del Perú

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Descripción

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América Indígena 50 (4): 99-132. México

LosrÍrutos

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DE guMUNIDADEs coMo FUENTEs PARA UNA RECONSTRUCCIóN HISTóRICA DE LÍMITES DE LA§ ANTIGUAS ETNIAS ANDINAS: EL EJEMPLo DE TARMA EN LA SIERRA CENTRAL DEL PERÚ

Los Títulos de Comunidades representan una de las interesantes y controvertidas fuentes para la investigación histórica de las comunidades del área andina peruana. Desde la aprobación oficial de su slalzs dada en 1920,1 se ha ido reuniendo'en los archivos de las Regiones Agrarias, oficinas provinciales pertenecientes al Ministerio de Agricultura, una serie de escritos, mapas y traslados notariales que constituyen los títulos de tierras de las comunidades. Estos títulos se han ido recogiendo hasta el presente y sirven de base para un reconocimiento oficial. Muchos de estos títulos datan de la época colonial, lo que le da un ¡reso histórico a las pretensiones de reconocimiento de las comunidades. Muchas otras comunidades carecen de títulos coloniales, pero en

consideración a una declaración unánime de que existen desde "tiempo inmemorial" adquirieron su personería jurídica. Por supuesto no es ésta Ia única condición que determinaba su reconocimiento, ya que hay comunidades que no poseen tftu[os ni indican si tienen ün origen "inmerirorial'-'. Otras caracteristicas juegan un rol, como la organización social comunal y la posesión de teritorio común.

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las copias notariales de títulos coloniales representan sin duda alguna una de las interesantes fuentes para los que se dedican al estudio de la historia de las etnias andinas. Sin embargo, pocas veces son citadas. El problema que se presenta y lo que hace que este tipo de fuentes sea controvertido, es que se parte primero de la situación actual de atomización de las comunidades. Esta atomización implica que la información que legaliza esta situación se encuentra asimismo fragmentada. ¿Cómo lograr entonces reunir los datos pertinentes para lograr una imagen más concisa de la situación y cohesión de las etnias en la época colonial y qaizí prehispánica? ¿Es posible reconstruir límites internos y externos de las etnias coloniales y quizá prehispánicas? Con lfmites internos me refiero a las subdivisiones que tenfa una etnia; los externos son los linderos que limitaban una etnia con otra. * Arqueólaga e historiadora perudna. Katholische Universitiit Eichstdt, Zentralinstifrtt fi)r Lateinatnerilca-S fridien, O s tendstr.

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¿Existió una etnia llamada Tarma? Si bien sabemos dónde empezar a buscar información sobre etnias, se necesita por primer paso reducirnos a comenzar la investigación con una etnia. Aquf es necesario precisar la extensión de una etnia. Tomando como ejemplo la provincia de Tarma, se requiere en un segundo paso, comprobar si existió una etnia Tarma en el pasado, cuál fue el tenitorio de su extensión y si corresponde al territorio de la actual provincia de Tarma a la cual se hace referencia en las crónicas y documentación administrativa colonial.

Alusiones a una conquista inca de ese territorio en las crónicas de Cieza (Señorío [550?] cap. L, lW:165), Cobo (I/¿sloria [L6531Tomo 2, Libro 12, Cap. XII, 196l: 81), Garcilaso (Comentarios [1609] Libro 6, €p. XI, 1963: 246), Pachacuti Yamqui (Relación [613] lftí8:298), así como en el Discurso sobre la descendenciay gobierno de los Incas l92O:15), para citar sólo a algunas, llevan a sugerir que se trataba de un tenitorio con una de

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etnia de cierta unidad socio-políüca independiente, aunque no precisamente se mencione una nacióno seinrlo alguno. Los españoles usaban estos términos y daban a entender con ellos la integración socio-polftica de varias aldeas gobernadas por un curaca principal, a quien se hallaban subordinados por lazos de reciprocidad asimétrica curacas de unidades polfticas menores. Estos señoríos son denominados por los hisüoriadores etnias.2l-a población de aquella región es llamada Tarma durante la época colonial, No existe sin embargo certpza de que en la época prehispánica se haya nombrado asl dada la circunstancia de que muchas provincias obtenfan el nombre del curaca que las gobemaba durante la entrada de los españoles.3 Para el caso de Tanna tenemos sólo un indicio de que el nombre de la provincia se podrfa derivar efectivamente de algrln cacique. Desconocemos el nombre completo del curaca de Tarma e¡ los albores de la conquista, De esegobemanüe sólo se indica que se llamaba Taparas (ver cita más adelante). Este apelativo tiene reminiscencia con un apellido compuesto que provenfa del ayllu de los cuzqueños en Tarma, denominado Collana y que, aún en el siglo XVI[, estaba presente: Tarma Taprac.+ [.os caciques de Tarma provenían en la colonia de ese ayllu y aparentemente también en la época incaica.s

Durante la conquista, Pizarro fue repartiendo encomiendas. Segrin un documento de entrega de 1534

Al tessorero Alonso Riquelme se le deposytan el cazique Taparas, prencipal cazique de Tarama y Porbo , con los caziques e prencipales de la dicha provirrcia e de los pueblos de Chacamarca e Tarmaconlofus susyndios e pueblos de latienaCaxaconde cazique que fue de dicha provincia.a El nombre en paréntesis agudos consigna la variante en la transcripción del nombre del lugar en la versión del mismo texto publicado en [Pizanol ly?-6.

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Títulos de comunidades y límites

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Como no he podido ubicar el original, no me es posible determinar en estas págnas cuál versión proporciona el nombre verdadero del lugar. Me inclino a pensar que es la versión de [Pizano] 19?Ála que más se aoerca al nombre propio de lugar. Efectivamente, Pombo es otra forma de e.scritura que correspondía al nombre Pumpu, que era el original indfgena, o al término "BomMn", Ia forma como los españoles la llamaban. Designaba la hoy llamada rneseta de Junlno antiguamente conocida por C hinc haycocha. Por el texto anterior se entiende que tanto la región de Tarma como la región de Chinchaycocha o Rrmpu estaban bajo el mando de un solo curasa, denominado Taparas, cuyo nombre completo fue probablemente ¿Tarma? Taprac. [.a misma región había estaba antiguamente bajo el gobierno de otro curaca llamado Caxaconde. Aquf tenemos un primer dato de que en la región de

Tarma conjuntamente con la de Rrmpu o Chinchaycocha vivía una sola etnia. Un segundo dato nos proporciona el relato de Pachacuti Yamqui (Relación [1613] 1968: 305), según el cual, el inca Tupac Yupanqui antes de ordenar la visita general del reino ymbla por todo el reyno a Collacchaguay, curaca de Tarann de los Chinchaysuyos, para que prouctse de conrcr y beber con todos los curacas...

El hecho de que muy tempranamente, en la época de [¿ Gasca, la etnia fue dividida en dos repartimientos, Chinchaycocha y Tarma,T y lbledo sin hacer más división, dio asf la impresión que ambos repartimientos siempre habían sido dos etnias distintas, porque en los documentos y crónicas coloniales posteriores a [¿ Gasca siempre se hablaba de ambas regiones de forma separada. Sólo asf se puede explicar, también, por qué Rorve (1946: 184, mapa 3), en su famoso mapa de localización de etnias en el imperio incaico para el año de 1530 presenta a Chinchaycocha y Tarma por separado Se desconoce otros datos documentales que señalen una unidad étnica para los territorios mencionados. Sin embargo, los resultados de las excavaciones arqueológicas realizadas en esos lugares indican una afinidad cultural que data

desde el Horizonte Medio y se refleja en una misma secuencia de cerámica conocida como San Blas rojo/bayo. Esta cultura perduró hasta la é¡roca incaica y, según Matos Mendieta (194:64), hasta la época post-inca. [.os restos arqueológicos señalan además, que la puna de Jauja pertenecía a esta cultura hasta el Intermedio Tardío. Es de apuntar, a su vez, que desde el Horizonte

Temprano Tarma y Jauja manifestaban una unidad cultural a la cual no pertenecía Chinchaycocha.¡ Es recién a partir del Horizonte Medio, que la difusión de la misma secuencia alfarera mencionada nos esté manifestando las grcsibles áreas de expansión política de la población de Chinchaycocha. Asf tenemos que por el sureste se extiende hasta Tarma y "las cabeceras de selva de Chanchamayo, por el sur hasta la Oroya, por el norte hasta las alturas de Chawpiwaranga y por el occidente hasta la cordillera occidental".e En base a

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estos primeros resultados arqueológicos, se puede postular la unidad étnica de

los territorios de Chinchaycocha y Tarma desde unos 500 años antes de la llegada de los españoles. No conocemos hasta el momento ningún dato que nos revele el nombre original de esta etnia Tarma-Chinchaycocha.

[,os títulos de comunidades de Tarma de origen colonial no hacen referencia directa a esta antigua unidad. Rezagos históricos serfan quizá, primero, el hecho de que la actual comunidad de Picoy, ubicada en territorio tarmeño, es mencionada en un documento de 1599 como propio del curaca de Chinchaycocha y arln en el padrón de tributarios de 1722 se registra como perteneciente a ese repartimiento.l0 Este dato no lo hemos podido comprobar por faltar los títutos de Picoy en el archivo de Huancayo. Segundo, el curaca de Chinchaycocha en l@6 compra en composición la hacienda de Yanamarca, situada en los límites de Tarma con Jauja. En Ia composición los testigos indican que el curaca mencionado posefa esas tierras desde más o menos 500 años.tt Tercero, la extensión del corregimiento de Tarma en la colonia, que abarcaba también la provincia de Chinchaycocha.12 Nuestro análisis se concentrará aquf primeramente a lo que en la época colonial se conocía como el rcpartimiento de Tarma, o sea la extensión de la encomienda que se separó de Chinchaycocha. En posteriores trabajos se analizarán los títulos de Chinchaycocha o lo que es hoy la provincia de Junín y Pasco.

Como rfltima aclaración se impone aquí la pregunta ¿qué extensión tuvo el repartimiento de Tarma? Esta pregunta es básica ya que su respuesta nos ¡rermitirá precisar las comunidades modernas, sobre cuyos títulos se basa el análisis. Fuentes de referencia son en primer lugar la relación de Enríquez de 1583 (1925:2M), en la cual se nombran los pueblos-curatos de Tarma. El trabajo de Espinoza Soriano (1973a:20l) que menciona los nombres de los barrios que se crearon en la reducción toledana, se toma con cautela porque su

información no es comprobable en vista que el autor no revela su fuente. En segundo lugar, están las descripciones geográficas del siglo XVIII de Alcedo (1786-89), Bueno (l7U) y la relación de viaje de Ruiz O7n-§), en ellas hay una lista de pueblos de Tarma. For último están los mapas del mencionado Ruiz y del Padre Sobreviela (AGI 1788, l79l), en las cuales se pueden ubicar los pueblos referidos en las descri¡rciones. Los pueblos constantemente citados son: Ta¡ro, Acobamba, Tarma, Oroya, Palcamayo, Picoy. Estos nombres son puntos de referencia pero no nos permiten determinar la extensión del repartimiento. Para su reconstrucción hay que recurrir entonces a la búsqueda de títulos de comunidades localizadas dentro de la extensión de la actual provincia de Tarma. Autores modernos como Spalding, CelestinoiMeyers y Arellano afirman que la actual provincia de Yauli perteneció también a Tarma. Si bien no hay consenso en cuanto a la fecha de separación de las provincias, ya que Spaldingt: indica que fue en el siglo XVIII, Celestino/Meyers (l9tll:80) que fue en el siglo XVI y Arellano (19{i8:31) en cl siglo XVII, por lo menos sabemos que nuestra

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btfsqueda de tfh¡loo de comunidades no se debe centrar solamente a Tarma sino comprender la actual provincia de Yauli. i

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El árca de estudio

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El rastreo de tftulos de comunidades nos llevó a visiar en l9B3 el archivo de la Región Agraria XVI, dependencia del Ministerio de Agricultura, con sede en Huancayo. Sólo aquf se conservan los expedientes relativos a las comunidades del Departamento de Junfn. En una estancia de dos meses (abril y mayo) se

revisó la documentación con especial cuidado a las comunidades de las provincias de Tarma y Yauli, que forman parte del nombrado departamento. De estas últimas se recopiló en ese entonces la documentación en su totalidad, debido a que la investigacidn de aquella vez estaba en relación con esas provincias, que se tradujo en una publicación sobre la historia de los ayllus de Tarma en la época colonial,t¿ teniendo como tema central la estructura económica y social, así como la administración política indígena. En aquella oportunidad se presentó una reconstrucción provisoria de los lfmites de la etnia de Tarma y sus suMivisiones, por basarse de forma empfrica en los datos de las fuentes, sin mayor críüca documental y sin marco metodológico referencial.

[a provincia de Tarma tiene registradas oficialmente la provincia de Yauli 17, que son las siguientes:

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comunidades y

Tarma

l. Acancocha 4. Apaycanclúlla 7. Cayao-Misarurasha 10. Chup¿ur 13. Congas-Antacucho

16. Huancal 19. Huaripzun¡ra

22.l-a Unión-

2. Andamarca-Curis 5. Ataquero 8. Cayao-Vicora I 1 . Chuquisyunca-PutacaAcshtrchacra I 4. Dr¡rasniyoc-Sanyacancha I 7. Huancoy-Sacsamarca 20. Huasahuasi 23. Ninatambo

3. Andamarca-Htralhr¡as 6. Carhuacaüac 9. Ctrancha (I-eticia) 12. Cochas 15. Huacapo 18. Huaracayo

21. Huaylahuichan 24. Ochonga

San Pedro Churco

25. Palca 28. Picoy 3 1. Szur Pedro de Cajas

34. Tapo 37. Uchuracra 40. Yánec

26. Palcamayo 29. San Juan de la Libertad 32. Santa Cruz de Slracamarc¿l 35. Tarmatambo

38. Urauchuc 41. Yarc@

27. Pian-Sanyacancha

30. San Miguel 33. Shunrruyoc 36. Tupín 39. Vicora-Congas

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Yauli 2. Chacapalpa 3. Huari-I-a Oroya 5. Huaynacancha-[,a Oroya 6. Marcapomacocha 8. Oroya la Antigua 9. Purísima Concepción

1. Carhuacayan

4. Huayhuay 7. Morococha

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10. Pachachaca

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Pomacocha

13. San José de Huaypacha 16. Yantac-

14. Santa Rosa de Saco 17. Yauli

cle Paccha 12. San Francisco de Asís

de hrcara 15. Suituczurcha

Marcapomacocha

De la provincia de Tarma faltaban en 198 los expedientes de las siguientes comunidades: Cayao-Vicora, Huaylahuichan, Picoy, Ataquero, San Juan de la übertad, Santa Cruz de Shacamarca,La Unión-San Pedro Churco y

Yarcca, que hace un 195% del nrfmero total de comunidades de aquella provincia. De Yauli sólo faltaba el expediente de la comunidad de Marcapomacocha, lo que hacfa sólo un porcentaje del 5.8Vo de documentos ausentes (ver cuadro 3). A la pregunta sobre el paradero de esos papeles se respondió que probablemente se hallaran en otras dependencias administraüvas

por requerimiento. En base a un litigiots de l75l entre el curaca de Tarma y el coregidor de Huarochiri se revelan los nombres de pueblos y asientm de Yauli, que pertenecían a su juridicción: Paccha, Saco, kchachaca, hrcara, Yauli, Guaiguai, Chacapalpa,

etc. Solamente las modernas comunidades de Carhuacayan, Morococha, Marcapomacocha y Yantac-Marcapomacocha (ver lista anterior) no son mencionados, por lo cual llego a suponer de que estos lugares no pertenecfan a Tarma. Asf de las 17 comunidades de Yauli 13 pertenecfan a la provincia de Tarma, a las cuales a continuación nos vamos a referir exclusivamente.

Prccedimienúo metodológico

El tema central de los tftulos de comunidades es el establecimiento de linderos y el poner en lista los nombres de los campos de ganado y sembrfo que se incluyen dentro de estos lfmites. Mi interés por lo tanto se centra en utilizar esta información para determinar no sólo posibles fronteras de etnias, sino tamtién, en un segundo plano, dilucidar el problema de la territorialidad y cómo la disposición y posesión de tenitorio ha iilo variando con el üempo, qüé pisos ecológicos y por lo tanto qué recun¡os naturales tenfan a disposición, aspectos que en este artfculo no van a ser estudiados, pero que señalan la utilización amplia que pueden tener estos datos. Pero antes de poder evaluar los datos de los tftulos se hace necesario examinar la validezde la información. Así tenemos que preguntarnos primeramente acerca del marco en el cual se hallan insertos:

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Títulos de co,nunidades y línúles

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- ¿con qué tipo de documento estamos tratando cuando se revisa un título de comunidad? - ¿cuál es la finalidad que persigue el documento? - ¿cuál es el motivo que dio origen al documento?

Una vez establecida la calidad del documento nos llevará a poder discernir sobre el valor de los datos. En una segunda etapa, nos preguntaremos asf por el contenido mismo, o sea los datos sobre lfmites: - ¿cómo, cuándo y dónde se precisan los linderos en el documento? - ¿qué autoridades están presentes al momento de establecerse los lfmites? - ¿existen contradicciones de límites al momento de comparar los datos de un tftulo de comunidad con otros?

Con esta serie de preguntas se establece el método por el cual la intbrmación es analizada y ¡rermite, en una tercera fase del estudio, presentar un marco referencial que sintetize los datos y con ellos elaborar cuadros más amplios de la delimitación que tenían las etnias antiguas que hoy se hallan desintegradas. Como modelo de factibilidad de sfntesis se tratará en un futuro trabajo amplio de analizar los títulos de las comunidades de las actuales provincias de Tarma y Yauli. to Los Títulos de Comunidades [,os cuadros I y 2 nos señalan qué tipo de documento representa ese "tftulo", cuántas comunidades se consideran de origen inmemorial, cuántas poseen títulos antiguos y desde cuándo fueron reconocidos oficialmente. Fara evitar errores de concepto quiero aquí especificar a qué me refiero con la palabra'título". Este término denomina actualmente el documento que certifica la posesión legal de un terreno, -hacienda o inmueble. [,os títulos modemos de comunidad demuestran solamente la propiedad de un territorio con un área determinada. Estos nuevos tftulos están basados en un levantamiento de mapa y fijación de límites que realizaba un perito de la materia nombrado por el Estado peruano, que era por lo general un ingeniero. A su vez redactaba un informe sobre la geograffa, población y producción económica de la comunidad. [¡s límites por él determinados (con ayuda por supuesto de los miembros de la comunidad) no coincidfan por lo general con los datos proporcionados en los tftulos coloniales. Esta situación abre una serie de preguntas con respecto a la evolución de la base tenitorial de las comunidades, tema éste que no va al caso en este arúculo, pero, como ya lo recalqué, señala la uülidad polifacética de estos documentos.

Los títulos coloniales no necesariamente son títulos de propiedad. Especialmente en los casos de litigios se hace presente la diferencia que se

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establece entre poderjurisdiccional de un cacique y propiedad privada ya sea individual o comunal. Este tema será traado posteriormente. las composiciones, fundaciones de pueblos y repartos de tierras sf constituyen en principio un documento de posesión de tierras, según el derecho español.

A continuación

se observa en el cuadro 3 la cantidad de comunidades con

Itulos coloniales. De las actuales comunidades

de Tarma y Yauli 19 de ellas o un poco más de un tercio no tienen tftulos coloniales. Sólo de dos mmunidades no se tenfa archivados los tftulos coloniales aunque se indicaba su existencia sin señalar su paradero. Si sumamos estas cifras al número de comunidades que no tenían expediente en el archivo, tendremos que se cuenta en este trabajo con una cantidad efectiva de 25 tftulos. Este número resulta menos de la mitad (46.37o) del nrfmero de comunidades actualmente presentes en la región. Sin embargo 13 comunidades (24Vo) tienen presente que su existencia ya data "desde la gentilidad" o es "inmemorial". De este número seis (1l.l%o) no tenfan títulos

colorúales. Aquí vemos que, aparte de la situación atomizante de las comunidades que hace que la situación documental esté a su vez segregada, se añade la falta de documentación que exige ser complementada en un futuro con información

de otras fuentes. En vista de que el análisis de 25 tftulos coloniales sobrepasaría los límites de este artículo, baste con presentar un ejemplo de reconstrucción de límites basados en los títulos de las comunidades de San Miguel y Tupfn del distrito de Acobamba en la Provincia de Tarma, para poder señalar en primera línea los problemas de análisis de este tipo.

El anáIisis del título de Acobamba o el problema de territorialidad Como se observa en el cuadro l, las comunidades de San Miguel y Tupín exhiben el mismo tftulo colonial. Otras 6 comunidades de Tarma y Yauli presentan la misma situación, o sea un 14.87o comparten un mismo tftulo, lo que estiá señalando que algunas se derivan de comunidades más grandes o "madres".

Los ingenieros consignan muchas veces, en los tftulos modernos, que las comunidades actuales pertenecieron a las que ellos llaman comunidades "madres", como por ejemplo de Chuquisyunca-h¡taca-Acshuchacra,

se registra

que era parte integrante de la comunidad de Huasahuasi,lT aunque no se indica la fuente de esüe dato. Al pregunarle al comunero Elism lirnaymanta (Comunidad de Ninatambo, rnayo de 1983) si en la üadición oral de su comunidad se relataba

que habfan sido miembros de alguna comunidad madre, respondió categóricamente que no y que nunca hablan pertenecido a comunidad alguna. [,a forma como reaccionó ante mi pregunta, me impulsó a sospechar que los comuneros no quieren acordarse de ese pasado histórico probablemente para evitar posibles reclamaciones de terreno por parte de aquellas comunidades

"madrgs".l8

-I Arellanol

Títulos de comunidades y límites

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Revisando las copias notariales de las comunidades de San Miguel y Tupfn llama la atención que no son del todo idénticas. El dtulo de San Miguel expresa un problema de ocupación de üerras por parte de indios de la parcialidad de-Chancha en el año de 1718. En el útulo de Tupín es evidente que en vezde aparecer el nombre Chancha, éste ha sido reemplazado por la palabra Tupln (ver figura 1). Aquí tenemos un aspecto de los problemas que presenta el análisis de tftulos de comunidades: la manipulación de información. En este caso se hace evidente que el cambio de nombrcs fue rpalizado por los de Tupín, en forma tan ostensible, que es fácil de reconooer la alteración. Otra forma de detectar este cambio nos es posible por la información misma en el texto y comparando con otros títulos. En el docümento se menciona una zona de litigio, que está fuera

de la extensión de Tupln actual y constituye el terreno de la comunidad colindante actual: Uchuracra (ver mapa l). Incluso Ia persona que es mencionada como "intrusa" de Chancha aparece en el tftulo de Uchuracra de 1837 como el propie¡arig que en l7t9-recibió "annparo del govierno superior de Lima ... posecion immemorial de buena fe y en su virtud los antparos judiciales practicados y auto de deslinde ultimo en el aín de 17 19" .te ¿Cuál es el interés que persegufan los comuneros de Tupín al cambiar el texto? ¿Querían signalizar con ello sus ambiciones con respecto a los terrenos de Uchuracra? Si la respuesta

es positiva, ¿por qué entonces no tacharon Acobamba y dejaron la palabra Chancha? O es que ¿acaso no conocfan el contenido del texto? Es difícil imaginarse lo rlltimo, pero quiá encontremos en un futuro respuestas a estas preguntas. Otras de las dificulades que se presentan para evaluar los datos de este tipo de documento es el hecho mismo que los títulos son muchas veces copias notariales modernas de documentos coloniales. El factor de error de lectura por parte del notario o escribano es algo que constantemente hay que tener presente, especialmente en lo referente a nombres ya sean de ¡rersonas o de lugares. En el caso de los títulos de San Miguel y Tupfn, éstos han sido a su vez por lo menos 4 veces transcritos. Primeramente se menciona un transcrito ejecutado en 1698 de una provisión de amparo de tierras de la parcialidad de Acobamba realizado

por el escribano de cabildo de indios Melchor Taprari Vilcayara en 1696. Segundo, está el traslado de l7l8 a raíz del litigio mencionado, hecho por el escribano de cabildo de indios Pasqual Rondón. En 1899 se hizo dos copias en la notaría de Manuel Pechú de Tarma para las respectivas comunidades, de las que nosotros ahora podemos servirnos. Aquí nos preguntamos: ¿cuál es el margen de error comparando las copias disponibles?2o [¿mentablemente no tenemos acceso a las copias coloniales, pero analizando los traslados de 1899 vemos.que en cuanto a los nombres de lugares existen variaciones en la escritura (ver más adelante). En el ftulo de Tupín el copista se ha preocupado por ¡ronerle acentos a los nombres que, coll seguridad, el original de 1696 no lostenía por no ser la acentuación la norma del idioma en esa fecha. En total este tipo de alteración ligera hace un27.69Vo de los "errores". Los errores de lectura entre los dos copistas del siglo XIX se dan en la dificultad en distinguir "e" de "i", entre "e" y "c", o entre "u" y "n". Otro error de lectura es la transposicióu de

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letras como en el caso de la palabra "Siusa", que en el tftulo de Acobamba se halla escrito "Suisa". En el documento colonial parece que algunos nombres estaban mal consignados, ya que ambos copistas del siglo XIX escribieron por ejemplo "Picoi y Pampa" separado, como si fuesen dos nombres de lugares distintos. Igualmente el término "Chipucaiguailla" quiá haga referencia a dos nqnbres de sitic actuales: Chipcay[o] y"Guailla" , esta tfltima es probablemente *Vichan parte de la siguiente palabra de la lista: rmrta",acercÁndose asf al nombre "Guaillavichanpah", gw seasemejaal apelaüvoactual del puebloHuasjahuichan (Huasja = Guailla, Huichan = !i6f¡¿p).2t Este segundo tipo de elrores hace un 16.92%. El total de errores serfa de 44.6l%o,lo que resulta alto por los acentos. Si quitamos el problema de los acentos, vemos que el margen de error es relativamente mínimo, teniendo en cuenta que se trata sólo de error de lectura de letras y no de palabras, que permite al final una reconstrucción del nombre

original. El motivo que dio origen a los tftulos de San Miguel y de Tupín fue el pleito por las tieras de Uchuracra que [deJ los indios tributarios de la parcialidad de Chancha se han introducido algunas personas en nuestras lierras propasdndose de los linderos, y ántes que fenezcan los que conocen los linderos, queren os hacer un reconocinúenlo de nueslros linfuros desde ddonde nos Wrtenece y si /as dichas personas que se han introducido, quisieran impedir que exhiban sus inslrunwnlos... 22

la preocupación de los indios de Acobamba en este liügio era en primer plano el determinar los linderos para legitimar la posesión común, antes de hacerle juicio al "intruso". El teniente de conegidor accede a una "vista de ojos" v con los litulos en la ntano, que tuvieren el comun de dicho Pueblo de Acobanbay d las personas que halldre [sicJ introducidas le notificard [el escribano de cabildo] que luego üjen dichas tierras libres, y les dard posesión jurídica de ellas d la segunda Wrsorut del Pueblo fu Acobamba en nontbre de los denuís indios dé dicho Pueblo; y lodo lo pondrá por diligencia para que consle...23

[¿ determinación de linderos se limitó en este caso a hacer una visita al paraje del conflicto, es decir los otros linderos de la parcialidad no interesaban en este caso a la autoridad española. Así yo el Escribano de Cabildo [Pasqual RondónJ de este Pueblo de Tarnu de los naturales envirlud del aalo que nw estd dado proveido del Señor Tenienle General de esle partido por su l4agestadzt parareconocer las tierras que le pertenecía al cotnun de indios de Chancha2s y Pueblo de

San

lligtrel de Acobantba, y pasé con Don Joseph Blas Sinchivilca

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Tftulos de comunidades y límites

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segunda persona de dicho Pueblo de Acobambay derús ittdios de dicho Puebb á la quebrada de "Jacalwasi", d donde con vista de ojos por bs tltulos que tenla el cornun de dicho pueblo de Acobamba, reconocl ser

diclns tienas de h quebrada de "Uchuracra" del comun ücho pueblo de Acobamba...zo

Aquí es de notar que a pesar que los indios de Chancha son siempre mencionados, en ningrfn momento sin embargo al hacerse inspección de los lugares está presenüe alguna autoridad indfgena que represente a esa parcialidad.

Por otros conflictos o delimitaciones en otras zonas de Tanna sabemos que ambas partes están siempre representadas por sus autoridades para confirmar los lfmites,2T aun cuando en muchos casos no estén siempre de acuerdo con las delimitaciones. En el caso de este litigio tenemos que preguntamos por qué no está ningrln curaca de Chancha apoyando a Ia mntraparte. Una de las respuestas la encontramos en el hecho de que el litigio no es un expediente completo. El

documento presenta sólo el hecho de la ocupación de 1718 y la delimitación de tierras hecha en 1696, composición hecha ante el visitador de tierras Don Francisco Delso. Esta delimiación tuvo lugara rafzdeotra ocupaciÓnralizada por el capitán Jacinto Montes de Oca, quien conjuntamente con otras personas y sus criados ocuparon unas tierras que no son mencionadas en el texto. Aquf se presenta una vez más otro problema que impide un análisis completo de límites, el hecho que los títulos no son documentos procesales completos. Sólo presentan la información que es de interés para la comunidad. Si el conflicto se resolvió en favor de la comunidad de Acobamba no lo sabemos. [a respuesta al pleito de 1718la encontramos recién en el título de la comunidad modema de Uchuracra. Este título sólo contiene la información al amparo dado en el siglo XVm, pero no contiene copias del mismo, de forma que no tenemos todavfa un modo de comparar ambos textos del litigio. Recapitulando, tenemos que el análisis de títulos de comunidades presenta

los siguientes problemas:

l. poca cantidad de tftulos coloniales disponibles. 2. información incompleta debido a que los tftulos son extractos de expedientes. 3. copias sucesivas de tftulos que contienen errores de lectura y transcripción por parte del copista. 4. manipulación de la información. Es interesante señalar que, a pesar de todos estm defectm, concretamente la información con respecto a los límites e.s la que no se pone en duda en el daumento. Es más, aun en el litigio de Acobamba con Chancha, no es el límite el mnflicto sino el hechode la ocu¡nción. Para los de Acobamba la ocupación fue permitida

por en cuanto que sus padres aunque estuvo en diclws tienas fué con el cargo que nos supla d nuestras mitas y á todo lo que se nos ofrecíacomo hasta ahora lo estd haciendo su hermano Gregorio Ancachagua...2s

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Anúrica Indígenct

[4-r9e4

Igualmente en el litigio de 1696 no se trataba de establecer límites sino de "lanzar" a los ocupantes del terreno; los linderos servían solamentdcomo marco de referencia y su mención tenfa un valor intrfnseco para los indios que no se trae a colación en el documento. Para nosotros tienen un valor histórico que nos permite establecer la extensión de Acobamba colonial. Este valor está sin embargo algo relativizado,ya que el amparo de las autoridades de 1696 iba más en dirección de expulsión de los invasores, menos de delimitar. Es decir, r que si se amparaba y se daba en composición el terreno en litigio, no sabemos si se legitimaba la extensión global de la parcialidad. Aparentemente no, ya que tampoco aparecen las declaraciones de las autoridades indígenas de las parcialidades vecinas que podrían confirmar esos límites. Pero a pesar de todos estos aspectos se puede decir que poseemos una información básica que es de confirmar en el futuro a la luz de otros documentos. "... conto consla de los mojones y linderos y división con el del pueblo de"2e son los siguientes (la numeración corresponde a los sitios ubicados en el

mapa2):

Título de Tupín

San

I 2 3 4 5 6 1 8 9 10 11 12 13 14 15 16 l7 18 19 20 2l 22 23 V+ 25

Astu-puqüo Puruag Strpa-Cáca Vinocása Acagu.ási PacchaPasa Jircar-Cancha Nununyáyoc Avircay Esquicha Cotosmarca Inca-amra Paicor Acmacháy Yananyári Calca Chaquepampa Cocón Silla cáca Palca-cancha Quincho-casa Utcuyácu Vaicha uzáran I-acchacócha Guácguas

de Miguel

Título

Sitios ubicados (Mapa2)

Astu-puquio Puruag Supa-Caca

Vino-casa

Acaguasi

Jacahuasi

Paccha-Pasa

Jircar-canclra

Nunun-yayoc

Avircay Esquicha Cotos-Marca lnca-arma

Ahuircayoc Esquecha ¿Incachaca?

Paicor

Acmachay Yananyari

Calca Chaquepampa Cocón Qilla-caca Palca-cancha

Calca Cucrln Palcacancha

Quiuchocasa

Utcayaco Vaicha rrz^ren

Haccha-cocha Guaeguas

Huachacocha Huacuas

r

26 27 28 29 30

llt

Títulos de comunidades y línútes

Arellanol

Yanaymarca Chura nina pampa

Yauaymarca Chura-nina-pampa

hrpusáyo

hrpurayo

Malquipácha Chonta pampa

Chonta-pa¡npa

Malquipacha

3l

Urnanptquio

Umanptqtrio

32

Paraugasga

Paraugasga

Chuquisyunca

33

Chuquisyunga

34

Suyo-cáca

Chuquisyunga Suyo-caca

35 36 37 38 39

Tinya puquio

Cingapuquio

Caurús Ocsapampa Carpa¡lata

Ocsa-pampa Carpapata

Curi pirgua

Curipirgua

Siusa Opucclráca Patai Colcapampa

Suisa Opucchaca

¿Shicshar?

Patai

Patay

Colcapampa

Racas

Racas

Queta

Queta Inga-roca Sogospuquio Llacsa-caca

N 4l

42 43

4

45

M 47 48 49 50

Inga

roc¿r

Sogospuquio

Llacsacáca

Caurús

Atunpzunpa Hastupampa

Atunpampa

v

Clúpucaiguailla Vichan pata HuachocJútarpo Runtu pampa

Chipucay-guailla Vichanpata Guachoc-Hitarpo Runtu-pampa

55

Quepanocón

Quepanocón

Antamacháy Espírco

Antamachay Espirco

5r 52 53

% 57 58 59 60 6L

62 63

& 65

OczapÍürpa Carpapata

Queta

Ingaroca Llacsacaca

Hastupampa

Chipocayo ¿Huasjatruichan?

Paico-cáca

Paicocaca

Cocháyoc Golouíyoc Picoi y Pampa Yoracmarca Guaraucuri Guaripchaquin Chontavilca

Cochayoc

Cochayoc

Galoayoc Picoi y Pampa

Picuybarnba

Yoracmarca Gr¡araucuri

Huaraucure

Guaripchaquin Chontavilca

Uno de los problemas para reconstruir límites es el ubicar los nombres de lugares que no aparecen en los mapas modernos. El mapa aquf utilizado es el oficial peruano del Instituto Geográfico Militar, escala l:100,000. El pueblo antiguo de Ocsapampa fue localizado segrfn el mapa antiguo de Sobrevielá (AGI Mapas y Planos 1788). Un trabajo de campo quiá ayudará a completar la

tt2

Atnérica Indígena

Í4-r9e4

información. A pesar que pocos nombres han sido detectables, la línea limítrofe colonial fue relativamente fácil de reconstruirla, ya que la relación de los linderos no se asentó de forma arbitraria, sino que con las expresiones a continuación se iba siguiendo un orden geográfico enunciando una serie de nombres de lugares que formaba una lfnea contfnua limítrofe: 'desde el paraje y manantial de agua", "attaviezaá la quebrada", "baja a la medianla", "pro@de por la puente", "al alto", "baja á la quebrada", "dentra á las montañas", "da vuelta á", 'ton el río en medio de", e[6.30 Sólo la zona de ceja de selva no ha sido posible reconstruir, porque ninguno de los pueblos mencionados apareoen ya sea en el mapa moderno o en los antiguos citados. Interesante es destacar que todavfa parte de los límites sur y oeste dados XVII están presentes como linderos de las comunidades actuales de Uchuracra, Tupfir, San Miguel, Huaracayo y Palca (comparar con rnapa 1). l¿s actuales comunidades de Huasahuasi y R¡taca-Acshuchacra-Chuquisyunca se en el siglo

encuentran también dentro de los límities de lo que fue la parcialidad o piscapac hac a de Acobamba.

En vista de la necesidad que tenfan los indios de delimitar en caso de conflicto la extensión de su parcialidad, uno suele tomar este dato por natural y necesario desde el punto de vista de los indios. Sin embargo ¿quién delimitó la

extensión de esa parcialidad que, como los indios mismos en 1696 afirman, tenla de contorno más de cien leguas (aprcximadamente 550 kms.)Ft ¿Se trata de una extensión de la época incaica? Aquf estamos tocando un problema que los historiadores aún no han resuelto, el de la propiedad o posesión de tenitorio. Según Pease (1986), no existió propiedad sobre la tierra. [.os datos de fuentes sobre la sierra sur del Perrl demuestran que las tierras de uso individual se hallaban salpicadas, compartiéndose los miembros de etnias'o ayllus diferentes una región sola. Si esto fue asf ¿por qué existió el interés dela parcialidad de Acobamba de defender sus límites? Estoy convencida que lo demostrado en cuanto a la propiedad salpicada a nivel individual en la colonia, no es aplicable a nivel de parcialidades ni de etnias. Mucho se han concenfiado los investigadores sobre la tenencia de tierras a nivel individual y poco se ha debatido y estudiado las propiedades de etnias.32

I-a propiedad a nivel de parcialidad o etnia no exclufa que indios de otras parcialidades y etnias vivieran en su tenitorio. En el caso de Acobamba, es claro que los indios de Chancha sólo son "permitidos" en su tenitorio. Así vemos que si bien en Acobamba habfa miembros por ejemplo dela parcialidad de Chancha en terrenos de Acobamba, su ocupación habfa sido por servicios que de ellos recibfan a cambio del uso de la tierra: que el tiempo que dice [el indio de Chmclal d qre ocupa diclns tierras ha sido pagandonos su arrendanniento en las ayudas que nos ln eslado lnciendo y otros semicios [a queJ debemos acuür los naturales y

pr

esta razon lo hetnos consentido en dichas lierras sin que por esto

ArellanoJ

Títulos de comunidades y lfmites

r13

hayanns perdido la propiedad d üchas tienas por que esta siempre sido de nuestro comun...3s

la

Es decir, los de Acobamba vefan su territorio como propiedad en la cual podfan vivir indios de otras parcialidades a cambio de servicios. Farece que no hubo una base legal española que protegiera esta situación de posesión, ya que coÍro se mencionó más arriba el litigio fue fallado en favor del indio de Chancha que ocupaba las tierras.

Asf el problema de legitimación de linderos tiene mucho que ver con el derecho indfgena de posesión de tierras, que según las leyes de indias no contemplaban sino de forma limiada en relación a las reducciones de indios. En ellas no se hace especificaciones concretas, excepto que se les dé a las reducciones tierras suficientes, y que a los reducidos no se les quite lo que antes tuvieron: "maildamag que en esto no se haga novedad, y se les conserven corno las huvieren tenido antes, para que las cuhiven, y lraten de su aprovechamiento".A En todo el texto del título colonial de San Miguel y Tupfn no hay ninguna referencia a alguna ley española que respaldara estas pretensiones,

al contrario son siempre expresiones como nuestros antecesores observdban mds el derecho natural para que ninguno enlrdsen d sus tierras y posesión lan anligua...3s lo que es de derecho natural y actual, que eslarros Inseyendo.,36 por el derecho legítinn aclual posesión de dichas lierras desde la genli li.dad .ittt»tenwrab le s... 37 las que legitimizau la posesión territorial. Aqul vemos que los

indic

expresament€

están haciendo alusión a un derecho indfgena natural y antiguo. Esto está sugiriendo que los lfmites dados provienen de la época prehispánica y no de la reducción de Toledo. A su vez, existen personas calificadas en la parcialidad que son las portadoras de la información, o sea son especialistas en lfmites y que necesariamente no lo era el curaca. Asf, el segundo de Acobamba pide hacer la delimitación porque las personas que saben de los límites ya son ancianos (ver cita más aniba). Un caso análogo estudiado para la región de Coyoacán en México nos revela que en la Colonia existían siempre controversias con las superficies ocupadas por las jurisdicciones indias (cacicazgos). Existía un espacio físico que era más amplio que el ocupado por la zona urbana y las cultivadas "que eran las que usualmente se definfan como 'tierras' [...]. L¿s llamadas 'tieras de los pueblos' eran parte de este conjunto." 38 [¿s superficies restantes eran calificadas por los indios como tierras eriazas, montes o bosques, y en el caso de Acobamba se mencionan también los lagos.3e Son prccisamente estas tierras las que son cuestionadas por los españoles, porque para ellos las tierras no ocupadas son baldías y por lo tanto realengas o para seguir la expresión del autor del estudio, 'hrrebatado por la corona española".'to En el caso del litigio de 1696los indios de Acobamba piden que se

tt4

América Indfgena

Í4-re94

latrcen de dichas lierras, eslancias, paslos, rtontes y lagos d los dichos Jacinto fu Montes de Oca, Marcos Antonio Mayory Peúo SuwezGuerra y á olros cualesquiera que se hubieren futrodrcido y ocupado ... +r

Es interesante constatar que también aquf son las tierras baldías o realengas, entre otras, como los montes y lagos, zonas que fueron ocupadas por los intrusos. Si los montes y lagos eran considerados propiedad realenga por ser baldfa, vemos que a la vez estamos frente a una lucha de concepto de propiedad de territorio que no era respaldado por la corona. Evidentemente tenemos que ver aquícon un concepto de propiedad prchispánico y por ende con lfmites que datan por lo menos de la época incaica.a2 EI hecho que se haya descuidado este aspecto, se debe a que se ha seguido la información de Polo que indica que las tierras eriazas y los bosques eran de propiedad estatal inca.a3 Evidentemente esto permitió que la Corona se viera como heredera de las üerras realengas incas. Si la figura fue así efectivamente en el incario o solamente válido para la región de Cusco, es motivo de mayor investigación documental en el futuro. En todo caso, ya Guamán Poma señala que cuando Tripac Yupanqui repartió tierras dio ... senanleras - chacaras y

pstos y suyas agua Wa rregai

asi de la ntonlana [sicJ corno de la cierra...

q

sus

clncaras

Por esta cita se puede ver que los pastos (tierras eriazas) eran parte integrante de los terrenos de una etnia y el 'hguas para rregar" puede aludir tanto a los ríos como a los lagos, de donde desprendían éstos.

En conclusión ¡rodemos decir que los datos de los títulos nos están proporcionando información que no es válida fiente a las leyes españolas y más bien va en co¡rtradicción con lo dispuesto por la Corona sobre las tienas baldfas, que las consideraba suyas. Era esta contradi-cción la que permiüó el anebatamiento de tierras indígenas en la Colonia. Ya que los intereses de los españoles y mestizos sobre tierras realengas contaban con el apoyo de las leyes reales, va a ser difícil ver confirmados los intereses indígenas en documentos administrativos coloniales. En este punto concuerdo con Iris Gareis (comunicación escrita de n-X[-91),quien observa que las informaciones sobre reducciones y propiedades de tierras distorsionan nuestra visión sobre la verdadera extensión de las tierras de indios, por la lucha de intereses de los muchos aspirantes.4s En el caso de Acobamba, es de esperar que los títulos de las parcialidades vecinas tengan información análoga para poder comprobar los límites. El hecho de que los límites sureños de las comunidades modemas concuerdan con los límites antiguos de Acobamba, es un indicio de que la información de estos textos coloniales no ela exagerada ni inventada por los jefes étnicos.

¡.t

o l-

¡D) E'

o

Cuadro 1.1 (Tarma)

Comunidad

Existencia

Año de

fifUlOS

l-J

COLONIALES (tipo de documento)

Reconoci-



miento



litigio composición de tiemas

Acancocha

desde 1707

AndamrrctCuris

1940-41

t929t40

fundación de pueblo

reparto de

otros

1911

mismo tfn¡lo de Collana y Cayao

Andamarct-

inmemorial

1929

Apay'

desde la

1946

canchilla Ataquero

eentilidad

§ U2

tierras sin tftulos

1714, 1846 traslado de

s

sin títulos

Hualhuas

R.

o § \. §

E

§. iL¡

s

§ * U2

v

§F §) §.. t\r

§'

I

\t07 -1817 §rn expediente

Fi td



Fr f-r

o\

Cuadro 1.2 (Ttrma) Carhuacatac

1935

sin títulos

Cayao-

1942

sin títulos

Misarurasha Cayao-

sin expediente

Vicora Chancha

(Leticia) Chupan

desde hace 300 años desde hace 224 años

1942 1940

¿ I 708? -1853

título de I 802

l7l7

copia notarial de I

t9s9

Chuquisyun-

ca-PutaclCochas

inmemorial

Congas-

Antacucho Durasniyoc-

inmemorial



tla

ñ (\

.

§.¡

§

956

GJ

§tierras privadas

Acshuchacra



§ \

l 938

de 1807 sin títulos

1942

sin títulos

1947

sin títulos

o§' (§

ñ §¿ G¡

SanYacancha

§

,I

\o \o

§

Ft

o lF-

)o D' ts

Cuadro

Comunidad

Existencia

1..3

fÍtUt

Año de

(Tarma)

t-¿

OS COLONIALES (tipo de documento)



Reconoci-

a(

miento

ñ

F.

litigio composición de tierras Huacapo

inmemorial

Huancal

t947 1937

1768

fundación de pueblo

reparto de tierras

1709

otros testamento 1693

r786

testamen-

copia

to (t739)

de

inmemorial

1941

inmemorial

Huaripampa 29 Huasahuasi

años

t724-18 r5

1783-87

1787

copia 1948

copia 1948

§ §. (\. ñ¡

=

§ §¡¿

s \¡ (\ c.1

1940

sin títulos

1946

sin títulos

1935

so

v,,

Sacsamarca

Huaracayo

V1

v

1937

Huancoy-

§

1716, 1789, 1848

no archivados F H



lEr l-

m

Cuadro 1.4 (Tarma) Huayla-

srn expediente

huichan

La Unión-

sm expediente

San Pedro

Churco Ninatambo Ochonga

desde 1859

1940

sin tltr¡los

965

compra de

1933

859 sin títulos

I

I

Palca

\. § q\I

(\\

\r til

a §

.

§ § Oe' t¡

1933

Palcamayo

m§mos

tltulos de Ochonga

Pian-

inmemorial

1947

§ \. § F¡

tierras

Sanyacancha

privadas

Picoy

sm expediente

l 833

§ 'L \o \o

§

Ft

o fr¿ l-

F9 H >¿

o

Cuadro 1.5 (Tarma)

Comunidad

Existcncia

fÍfUlOS

Año de

L-J

COLONIALES (tipo de documenro)

Reconoci-

\) ¡i

miento

F.

tiügio composición de tierras

ñ,

fundación de pueblo

reparto de tierras

otros

San Juan de

sln ex-

la Libertad

pediente

San Miguel

inmemorial

1947

1697

I

títulos figuran como de Tupín

1718

copia nota-

§ l-1

* a § F. r\¡ F)

§

s V)

rial de 1

899

(\

r.1

San Pedro de

Cajas Santa Cruz de

r926

1709t I 852

t7 13

otro título falso sin expediente

Shacamarca iF-

\o

|á O

N)

Cuadro 1.6 (Tarma) Shururuyoc

desde hace 130 años

t944

Tapo

inmemorial

r965

Tarmatambo

1825 sin títulos

1936

falso de 1714 traslado de 1852 y copia

notarial 1936 Ttrpín

inmemorial

1939

1697

I

\. el mismo

1718

título de

copia

San

Miguel

de I 899

Uchuracra

inmemorial

1940 1935

Vicora-

1943

1780

Congas Yanec

t940

1756t t7 69

Yarcca

§. Fr.

o

^ §l

§ § oe' (\ \.

r¡ (\ t\¿

1837

Urauchuc

r.¡¡,

sin títulos

170911739

sin expediente

§ I

l-a

\o \o

§

-J l.t

o

-D l-

H

t¿

Cuadro2.l (Yauli) Comunidad

Existencia

Año de

ÚfUlOS

o

L.J

COLONIALES (ripo de documento)

ReconoGi-

\l

miento

§a.'

litigio composición de tierras Chacapalpa

inmemorial

fundación de pueblo

reparto de üerras

1943

HuariLa Oroya

t936

Huayhuay

1938

otros

sín títulos mrsmos

títulos de Pachachaca

Huayna-

t936

cancha-

La Oroya Oroya la Anüsua

ñ¡

§ c.7

sín títulos 1772

t\,' F.

títulos no archi-

sa § \. slra

§. i

s§..

s s c'

U2

v

§: \) (F¡

(\r . q

(\ V2

vados

t928

sín títulos

F.

N) lEr

lr

t.)

t-)

Cuadro2.2 (Yauli) Paccha

1936

Pachachaca

r930

títulos no archivados

Pomacocha

Pucara

1786 copia legal 1949

1928 desde

17

5l

1973

1786 copia

\)

leeal 1949 sin títulos

t7

§ \r

cr) F..

o §

§ §-

5t

§.4

Huaypacha

1976

sin títulos

Saco

t935

sin títulos

Suitucancha

1946

Yauli

1933

oQ'

§ S §

1737

sin títulos

§ I

fl

\o \o

§

, '.t

.a

Ft

o --§

E'

o U

Cuadro 3 NI'MERO DE

COM

CO[\ Y §IN TITT}LOS

TarrrarYauli

Vo



'

s§ N

Tídos

coloniales

Tíhrtos repu$icanos

20

37.0

5

9.3

suma parcial

2s

l9

Sin títulos

§ U2

s



46.3

.

§' :l

35.2

§

v

s Ca

Sin ex@ientes

8

14.8

Título no archivado

2

3.1

§É

suma parcial

Total

29

54

54

§' il.

I ir

53.1

100

100

F.

¡.) (,

FT

t\)

§ MAPA I lJbicación de las Comunidades Modernas de Acobamba

§ -

(\. T. F¡

Lqenda

o §

Llmite Umite cone por el río

§ §

oe' (§

I

Prraca-Acshuclwcra-

\. ca §

Chuquisyturca

2

Huasahuasi

3

Huaracdyo

4

fun Miguel

5

Hcoy

6

Tupln

7

Ucluracra

de Acobamba

I

t-

\o \o

§

ArellanoJ

Tírulos de ,o*unidades Y límites

:§ }E &'§ §§. §P .9 \h

IE§€E?

.§ .§ .§ § § § §, Ill¡:

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t25

126

América Indfgena

FIGURA

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1

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I

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W.,r6¡'rd'o-s

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.urt,Arfu ru^dL,

I

Tectinonio de los Tltulos da los tcrrcnoE de

la

comunidad

de Tupln

(ilinisterio de Agricultura,

Región Agraria

xvr,

Tactirpnio dc los tltulo¡ dc lo¡ tcrrlno! de la dc Tupin y

(t{inisterio de Agriculturc,

cc286, f .zl

comt¡nidcd

Acobanbc

Ragión

Agrarir XVI, cc

281

, slfl

n

Arellanol

Títulos de comunidades y límites

t27

Notas l.

En laprimera mitad del año 1994 se disolvieron las comunidades campesinas por ley. Esto significa que las comunidades campesinas carecen en est€ momento de toda protección estatal y financiera.

2.Toüvía

no existe una definición satisfactoria de lo que se entiende por etnia. Dversos conceptos de etnias vemos en Arellano l98l3; ?Á-27.

3. Ya Cr¡now lo observa en 1937:74. E;risten varios e.iunplos de esto en la etnohistoria

Por ejemplo, el Chimo [Chimu] es asimismo rey del reino del mismo nombre: Chimu (CiezaCrónica [1553] cap. LXVilI,l9B6:2ü7);el curaca de l,unahr¡aná se llauraba así (Rostworowski 19?8-80: 183). No sólo las pnovincias, sino también los ayllus podían llarnarse según sus curacas (Earls/Silverülatt lf)78: 166). En Espinoza Soriano (1973b: 4O y l9T7:4Ol) se observa que incluso en la Colonia los nombnes de los ayllus se pierden a favor de los del curaca. Pease (1980: 2fi7) menciona la confusión ternúnológica en cuanto a los nombres de grupo, territorio y jefe étnico. 4. F,¡r Archivo Parroquial de Tarma, Libro de los que se baptigan, casan y enticrran... 16-5+63, ayllu Collana. Ver ta¡nbién Arella¡ro 1988.:26-2'1,29. 5. Ver Arellano 19§: 29,79. 6. [Pizarro] l]12: l0- I l. Ver también Arellano 1988: 58-59. 7. Arellauo 1988:59. 8. Err Arellano 1988: 49 se fonnula la hipótesis que Tarma puede haber sido durante esa é¡roca la "mitad" de Hatrm Sawsa, o sea Uchuy Sawsa. 9. Matos Mendieta 1994: Ol y ss., ver también Arellano 1988: 46-51. 10. Biblioteca Nacioruü de Lüna, A249. Archivo General de la Nación (Lima), Derecho Indígena y Encorniendas trg. 9, cuaderno 220.

l.

Matos Mar l9Gl: 162-163. [¿rnentablemente no señala el autor su fuente doct¡mental. El subrayado cs urío. 12. Jt¡lic¡r l99l: I 13 seilala para el caso de Chucuito, que los lÍmites de las provincias españolas coincidían con las incaic¿rs. 13. Spalding l%1:31. Posterionnente, en la publicación de 1984: 192 de su tesis de 1967,laautora duda que Yauli haya pertenecido a algún corregimiento y postula que fue una entidad administraüva separada. 14. Ver Arellano 1988. Se agradece aqrrí a la fundación alernana Friedrich-Naunüurn que lúzo posible ese viaje dc investigación. 15. Arclüvo General de la Nación, Dcrecho Indígeua y Encomiendas,l*9.6, cuademo 283, ff. 8v-9v, 12,19-19v. 16. Este es tur c¿urúno siurplilicado para el a¡uálisis de títulos. Uu rnétodo excelente de an¡ílisis rros prcsenta Dedenbach-Salazar Sáenz en este tomo sobre los aspectos praguráticos y de discurso de los textos «:olodales. 17. Ministerio de Agriculttua, Región Agraria XVI, cc265. 18. [¿ col¡tt¡túdad de Ni¡nt¿unbo no figura en las fuentes coloniales, por lo tanto tiene que fraber siclo parte integrante de algÍur ayllu mayor, por su ubicación ya sea de Collana o cle I{uiurcoy. 19. Ministerio de Agricultura, Región Agraria XVI, cc287, f. 1. I

r28

América Indfgena

Í4-ree4

20. Cf . Dedenbach-Salazar Sáazen este tomo: esquema de transmisión de mensaje desde el ernisor hasta el destinatario/receptor. 21. áJhñerla reconstrucción de límites observamos que según la lista de nombnes en eselugar sólopodiareferirse al acu¡al pueblode 22. Ministerio de Agriculnra, Región Agraria XVI, cc l; cc281, s/f.

Huasjahuichan. ñ,f. B.Ib. cc286,f. lv y 2;c,c,?3l,slf 24. Debe decir "Merced". He aquí rrna prueba de error de lectura de los notarios .

n

t

modernos; la palabra "merced" probablemente abreviada comoera usual en los documentos coloniales, fue aqul'tnterpretada" como magestad. Esto demuestra también que los notarios modemoo desconocen los girm i$omáticos cdoniales, ya que el sentido de la oración no puede aludir al rey de España, por ser el netamente local. 25.F:nel tfnrlo de Tupín dice "Tupfn". 26. Ministerio de Agriculnra, Región Agraria XVI, cr,86, f. 3; cc281, s/f. 27. Ib. cc266 Tftulo de la comunidad de Chupán¡ cc305 Tímlos de la comunidad de Suitucancha 28. Ib. cc286,f. 14; cc281, s/f. 29. Ib. cfr2f36, f. 7v3v; cc28l, s/f. 30. Ib. cc286, f. 7v; cc281, s/f. 31. Ministerio de Agricultura, Región Agraria XVI, cc2K, f.8v; cc28l, s/f. 32. Cf . por ejemplo Murra lf88. 33. Ib. c*286,f. 16; cc28l s/f.

34. Recopilación de kyes de Indias Libro 6, 1943: 199. 35. Ministerio de Agriculnra, Región Agraria XVI, cc286, f.5v; cc281; s/f. 36. Ib. cc2Í36,f. 6v; cc281 s/f. 37. Ib. cc286, f. 9; cc281, s/f. 38. García 1992:56. 39. Ministerio de Agricultura, Región AgrariaXVI,cc286.f.3v,4v; cc281, s/f. 4O. Ga¡cía 1992: 56. 41. Ministerio Agriculnra, Región Agraria XVI, cc286, f. 4v; cc28l, s/f. 42. Julien l99l: Ll2-ll3 afirma también que en la época incaica existía un coucepto de delimitación. El trabajo de Brambila Paz en este tomo constituye una llamada a seguir rnétodos para inferir la operatividad de las organizaciones éüricas sobre el espacio

nuevos

geográfico

.

43. Citado en Murra 1fE8: 91. 44. Gumán Poma [615] 1936:353. 45. Cf. Gareis 1987: 107-110.

.

Arellanol

Títulos de comunidades y límites

129

Bibliografía Manr¡scritos coloniales

ARCHIVO PARROQUIAL DE TARMA Libro de los que se bapligan, c(Nan y entierran en esla yglesia y parochia de Santa Ana de Tarma por el mui reverendo padre predicador general fray Antonio de Olmedo, cura de esta doctrina...l6%-63,96ff .

ARCHM GENERAL DE INDIAS(Sevilla) Mapas y Planos Perú l13, 1788. Plan que demuestra la Fronteras de las Montaias de Tarma y Huanuco... Por el R.P. Predicador Appco Fr. Manuel Sobreviela, Guardian del Colegio de Santa Rosa de Ocopa. (Un mapa similar pero de mayor escala se halla en el British Museum, Additional Ms. 15.740, folio 49 y fue publicado en Varallanos L959). ARCHIVO GENERAL DE LA NACION (Lima) Derecho Indfgena y Eucomiendas,lrg. 9, cuaderno 220,219 fojas,l722-?i. Padrón de los Indios de Tarma. Derecho Indígena y Encomiendas, [rg. 6, cuaderno 288,91fojas, 1751. Autos que se formaron con ocasion de la revisia, numeraciott, padron que de los indios tributarios de la Doctrina de San Antonio de Yauli en la provincia de Huarochiri,

hizo y actuó el gral. Don Domingo de Unamuzaga él año de 1751, siendo teniente general el conegidor de dicha provincia de Huarochiri. Leg. 8, cuaderno 68, año 1807-1835. Autos seguidos por Isidro Cortazar, teniente de navfo de la Real Armada y sucesor al vfnculo y condado de San Lorenzo de Quinti (Huarochiri) sobre el derecho de unos pastos y tierras. BIBUOTECA NACIONAL DE UMA AV+9,V[5fojas,1599. Expediente sobre el pleito seguido entre Cristóbal Luna Atoc, gobernador del pueblo San Juan de los Reyes y los indios de dicho pueblo. Santiago de Carhuamayo I8.VIII. 1599 MINISTERIO DE AGNCULTURA Región AgrariaXVl (Huancayo) cc2@. Títulos de la comunidad de lpticia (Chancha) LW2,f.Vl. cc265. Documentación sobre la comunidad de Chuquisyunca, Putaca,

cc26.

Acshuchacra.

Tftulo de la comunidad de Chupán l700-lT73 (copia notarial). ccZ7l. Documentación sobre la comunidad de Huaracayo. cc274. Documentación sobre la comunidad de Huasahuasi. cc2'76. Tftulos de la comunidad de Ochonga. ccZT|. Documentación sobre la comunidad de Palca.

AnÉrica Indígena

130

cc278.

Tftulos de Títulos de cc?-f36. Títulos de cc?87. Títulos de cc305. Títulos de Nación

cc28l.

Í4-1994

la comunidad de Palcamayo. Ia comunidad de San Miguel. la comunidad de Tupfn. la comunidad de

Uchuracra. (Lima),I-eg.8

,,

la comunidad de Suitucancha en Archivo General de la

; Bibl iograflra publicada Alcedo, Autonio dc

l%7 f1786-89f Diccionario

geogrdJico de las Indias occidentales o América, tomos 14. (Biblioteca de Autores Españoles, torno 205.) Atlas, Madrid. Arellano Hoffmarm, Cannen 1988 Apuntes históricos sobre la provirtcia de Tarma en la siena central del Perú. El kuraka y los ayllus bajo la dominación colonial espainla, siglos WIXVl/. (Borurer Arnerika¡ústische Studie¡r/Estudios America¡ristas de Bonn 15.) Bom.

Bueno, Cosrne 1951 [1734] Geografia del Perú virreinal (siglo XVIil). bma. Celestino, Olinda & Alberr Meyers 1981 Las cotradías en el PenÍ: región central. Verlag Vervuert, Frankfurt am

Main. Cieza de 1967

hón,

Pedro de

llsfl?l

El señorío de los Incas.Instituto de Esn¡dios Penranos. üma. 1%6 U553] Crónica del Penl. Primera Parte. Pontificia Universidad Católica del PenÍ. Academia Nacional de Historia. Lima.2a edición.

Cobo, Bernabé l%4 U6531 Historia del Nuevo Mwdo.2 tomos. (Biblioteca de Autores Espdoles, tomos 91,92.) Atlas, Madrid. Cunow, Heinrich 1937 Gescltichte und Kultur des Inl
Lihat lebih banyak...

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