La prisión en dos tiempos. La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

Share Embed


Descripción

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

La prisión en dos tiempos. La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana* Andrés Antillano Distintos autores asocian el aumento del castigo penal a los gobiernos neoliberales dominantes desde las últimas décadas del siglo XX. El envío masivo de personas a la cárcel se relacionaría con el repliegue de las políticas sociales, el desmantelamiento del Estado de Bienestar y la reducción del gasto social (Beckett & Western, 2001; Wacquant, 2000; 2001a; 2001b; 2010), con el discurso de la responsabilidad individual (Wacquant, 2010) y con la racionalidad gerencial y tecnocrática (Cheliotis, 2013; 2014; De Giorgi, 2004; 2007), elementos centrales del credo neoliberal. La prisión funcionaría como medio para el disciplinamiento de las clases populares en el trabajo fragmentario y discontinuo que sustituye la producción en masa, como mecanismo de bloqueo de salidas informales por parte de las clases populares, como estrategia para el control de la población excedentaria, a la vez que permite la relegitimación del Estado a través de un populismo punitivo que ofrece soluciones mágicas al desasosiego colectivo que generan las mismas políticas neoliberales (De Giorgi, 2004; 2007; Wacquant, 2010; Cheliotis, 2013; 2014) . También el aumento

* Este trabajo forma parte de una investigación más amplia que desarrollamos junto con Iván Pojomovsky, Chelina Sepúlveda y Verónica Zubillaga. Agradecemos a Sayda Rivas y Andrea Chacón su ayuda en la búsqueda de información y procesamiento de datos.

89

Andrés Antillano

de la población en prisión y el funcionamiento que adopta en los últimos tiempos serían equivalentes y a la vez complementarios con otras formas de exclusión y control de los pobres (Wacquant, 2000, 2001a; De Giorgi, 2007) y con las expectativas, ideología y temores de las clases medias (Cheliotis, 2013; 2014). En suma, el encarcelamiento de masas y el neoliberalismo se acoplan en términos de la retórica que comparten, de la funcionalidad de la prisión a los requerimientos sociales y económicos que el neoliberalismo promueve, y por su analogía con otros dispositivos ideológicos y sociales que este ha generado. El punitivismo sería el medio principal para el gobierno de los pobres, función que habrían ocupado en el pasado las políticas sociales y el Welfare. Este emparejamiento se expresaría en la relación entre aumento de la población en prisiones y las políticas neoliberales (liberalización económica y laboral, repliegue del Estado, recorte de las políticas sociales), por un lado, y con el aumento de los efectos sociales de estas políticas, como la pobreza, la desigualdad y el desempleo, por el otro. Pero ¿qué ocurre con aquellos gobiernos, que podríamos llamar de modo genérico posneoliberales, que emergen en América del Sur durante los últimos años e intentan recuperar la centralidad de la cuestión social y revertir los efectos del empobrecimiento y la exclusión de los regímenes anteriores? ¿Los cambios en las políticas sociales que tales gobiernos impulsan serían suficientes para dar marcha atrás con la tendencia al aumento del castigo penal como forma de gestión de grupos excluidos, o se profundiza el encarcelamiento de masas?

90

En un intento por acercarnos a esta cuestión, en este artículo discutiremos el caso de Venezuela, país que conoce durante los últimos años un dramático cambio desde un régimen neoliberal que, al igual que en el resto de América Latina, fue hegemónico durante la década de los años 1990, a un gobierno de carácter progresista y nacional-popular. Describiremos la evolución de la población carcelaria durante las tres últimas décadas, periodo que cubre la crisis del Estado corporativista y la emergencia del neoliberalismo, con sus políticas de liberalización económica y sus consecuencias sociales (empobrecimiento creciente, aumento de la desigualdad, desempleo y, en general, deterioro de las condiciones de vida de los más pobres), y el lapso en el poder del proyecto bolivariano, que se define justamente por su ruptura con el orden neoliberal anterior y por el relieve otorgado a políticas de inclusión social y de redistribución de la riqueza. Salvo por un breve periodo al inicio del gobierno de Chávez, la población carcelaria no ha dejado de aumentar, incluso acelerando su crecimiento, pese a que parecen haber mejorado los

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

indicadores de pobreza y desigualdad. Intentaremos dar cuenta de los factores que acompañan este hecho, así como proponer una explicación que responda a esta aparente paradoja que iguala inclusión con más castigo penal. En segundo lugar, quisiéramos discutir los efectos de este aumento de la población en la vida carcelaria. A partir de un trabajo de campo de dos años de duración en cárceles venezolanas, describiremos cómo emerge de las condiciones de sobrepoblación y de la pérdida de control del Estado sobre las prisiones, un nuevo orden carcelario autogestionado y autogobernado por los mismos reclusos, que termina por reproducir, a despecho de la retórica progresista sostenida por el gobierno venezolano, prácticas muy parecidas a las que predica el neoliberalismo en materia penitenciaria, como la privatización, el endurecimiento de las condiciones de vida de los reclusos y la aplicación de una rígida disciplina carcelaria.

1. Primer tiempo: crisis del Estado rentista y hegemonía neoliberal, 1980-1999 La población carcelaria empieza a crecer en la década de los años 1980, coincidiendo con la crisis del modelo rentista vigente desde mediados de siglo. Luego de un periodo de expansión económica, crecimiento del gasto público y políticas asistencialistas, Venezuela conoció durante estos años una fuerte recesión y presiones inflacionarias que desembocaron en una severa crisis y prepararon el terreno para el ascenso de las tesis neoliberales. Simultáneamente la población penal aumentó vertiginosamente: de 12  000 reclusos en 1980, se superan los 30  000 a finales de la década. En 1987 había 28 000 presos, lo que supone más del doble que en la década anterior (Ministerio de Justicia, 1980-1989). Este incremento no se relaciona tanto con el crimen, que no aumenta de manera significativa hasta finales de los años 1980: la tasa de delitos reportados para 1980 fue de 885 por 100 000 habitantes, proporción que se mantendrá relativamente estable hasta 1989 (Ministerio de Justicia, 1980-1989). Sin embargo, sí parece estar relacionado el crecimiento de la población penal con el deterioro de las condiciones de vida de las clases menos favorecidas: la pobreza aumenta de 22% en 1980 a 27% hacia finales de la década y el desempleo pasa de 6,4% en 1981 a 14% en 1985 (Cartaya & D’Elía, 1991; Sabino, 1996; Viloria, 2011). Como respuesta de los sectores dominantes a la crisis y siguiendo el recetario prescrito por los centros internacionales de poder, en la década de los años

91

Andrés Antillano

1990 hay una clara definición de políticas de corte neoliberal, como la desregulación de la economía, la reforma laboral, la privatización de empresas estatales y de servicios públicos y la disminución de la inversión social. En 1990, al inicio de la aplicación de la política de shock neoliberal, la población penal crece a 31 000 reclusos, y se mantuvo en torno a esa cifra con ligeras oscilaciones durante toda la década siguiente (Ministerio de Justicia, 19901996; Provea, 2000). Este incremento, si bien coincide con un aumento en los delitos violentos, que se disparan con la llegada del neoliberalismo (la tasa de delitos supera con creces los 1000 por 100  000, los homicidios se duplican y luego se disparan, pasando de una tasa de 8 por 100 000 a fines de la década de 1980, a 22 por 100 000 a mediados de los años 1990 [Ministerio de Justicia, 1990-1996]), está de nuevo emparejado con los efectos sociales y económicos del proyecto neoliberal: durante el mismo periodo la pobreza pasó de 34% en 1990, a 67,9% en 1993. El desempleo llegó a 19% de la fuerza laboral y la desigualdad rondó por el 0,5 de coeficiente Gini (Cartaya & D’Elía, 1991; Sabino, 1996; Viloria, 2011).

2. Segundo tiempo: la cárcel en la revolución bolivariana, 1999-2014 Luego de un turbulento periodo de protestas y resistencia frente al paquete de ajuste económico, en 1998 gana las elecciones Hugo Chávez, con la oferta de dejar atrás la herencia neoliberal de los gobiernos anteriores. El programa que se empieza a aplicar contrasta con las recetas neoliberales dominantes: recuperación del papel del Estado en la regulación de la economía y en la redistribución de la renta petrolera, políticas dirigidas a la inclusión de los grupos desfavorecidos, protección del trabajo, y profundización de la democracia con formas novedosas de democracia radical y de participación de los pobres.

92

Durante los primeros años del chavismo, la población penal llegó a estar por debajo de los 15  000 reclusos, su cota más baja en casi dos décadas. Esta disminución es consistente con un explícito rechazo a las políticas pasadas de criminalización de los pobres, una retórica que enfatiza en los derechos humanos y una apuesta por la justicia social como estrategia, receta sin duda «naive», para encarar los crecientes problemas de violencia y criminalidad. A la vez es consecuencia de reformas legales que redujeron el uso de la prisión y los poderes discrecionales de la policía para enviar a la cárcel a sospechosos, como el código procesal implementado a partir de 1999 y nuevas normas constitucionales que regulan la materia, así como el

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

abandono de procedimientos ignominiosos como las detenciones masivas en barrios pobres (Provea, 1999; 2000; 2001). Pese a estos esfuerzos iniciales y a las frecuentes declaraciones contra el uso indiscriminado del castigo penal para resolver situaciones que se interpretaban como déficits sociales, a los pocos años esta tendencia se revierte y la población penal vuelve a aumentar aceleradamente, alcanzando y superando en poco tiempo los niveles anteriores. En 2000 el número de detenidos llega a cerca de 17  000, para una tasa de encarcelamiento de 67,6 por 100  000 (para entonces, aún bastante más baja que la de la mayoría de los países de la región). En 2011, la población encarcelada supera los 50 000 presos, para una tasa superior a 170 por 100 000 (Provea, 2000-2012). Estos incrementos son consecuencia del aumento del uso de la prisión preventiva (en 1999, como efecto de una reforma de la ley procesal, el porcentaje de procesados sin sentencia en prisión baja al mínimo histórico de 40,6%. En 2008 es superior a 60%), del establecimiento de procedimientos legales para el envío masivo y expedito a la cárcel de sospechosos, del endurecimiento de las penas —tanto por el endurecimiento de las leyes penales (en el caso de las leyes....) como por las restricciones en el otorgamiento de medidas alternativas a la prisión, y estrategias…—. Eso sucede tanto por el endurecimiento de las leyes penales (en el caso de las nuevas leyes para delitos de drogas, secuestros y delincuencia organizada) como por las restricciones en el otorgamiento de medidas alternativas a la prisión, y de estrategias policiales duras que sobrereaccionan frente a determinados grupos sociales (especialmente jóvenes varones pobres de las grandes ciudades) y conductas (pequeña criminalidad callejera, delitos de drogas). La restitución de la centralidad de la cárcel y el aumento de la población penal tendrían dos momentos claramente diferenciados, que responderían a factores distintos. En 2001 el número de encarcelados crece hasta 20 000, cifra que no variará significativamente hasta 2008. En esos años el incremento parece responder fundamentalmente a contrarreformas del proceso penal (el Código Orgánico Procesal Penal, COPP, reformado en 2000, 2001, 2006, 2008 y finalmente en 2010) que revierten los rasgos garantistas de la ley implementada en 1999, aumentando el uso de la prisión preventiva, estableciendo procedimientos expeditos y juicios breves que aceleran el envío de más personas a la cárcel, y encarecen las medidas alternativas. Sin embargo, será a partir de 2008 que se dispara la población en prisión, aumentando en más de un 100% en poco más de 5 años: para 2008 la

93

Andrés Antillano

población es de 21 000, mientras que en 2014 es alrededor de los 55 000 reclusos, la mayor cifra de toda la historia. Durante este periodo, el factor determinante parece ser la aplicación de estrategias policiales duras que criminalizan de manera desproporcionada a los pobres, se concentran en la pequeña criminalidad callejera y suponen incursiones agresivas y detenciones masivas en barrios populares de las grandes ciudades, como el Dispositivo Bicentenario de Seguridad (Dibise), iniciado en 2009, o el plan Madrugonazo al hampa, puesto en marcha en 2011 (Provea, 2008-2013). Estos cambios coinciden con mutaciones en la retórica del chavismo en torno al delito y al uso del castigo penal. Durante los primeros años prevalece un discurso sobre el delito que podríamos llamar «estructural», donde se pone énfasis en las causas sociales del crimen y en la necesidad de oponerle políticas redistributivas y transformaciones estructurales, recusando las salidas represivas. Sin embargo durante estos últimos años, en especial desde 2008, se impone una retórica «moral», que explica el delito como consecuencia de la persistencia de los «valores capitalistas», y se entiende al delincuente ya no como una víctima del sistema, sino como un portador de sus taras, y por ello un enemigo del pueblo y de la revolución (Antillano, 2012).

94

¿Cómo entender esta paradoja de un gobierno de izquierda que, luego de una sustantiva reducción, hace un uso generalizado de la prisión, afectando sobre todo a los grupos sociales menos favorecidos? El 68,25% de los detenidos pertenece a los estratos más pobres, y la mayoría cuenta apenas con escolaridad básica (Consejo Superior Penitenciario, 2011). Sin embargo, al contrario de lo que pasa durante el periodo en que prevalecen las tesis neoliberales, cuando el aumento de la población encarcelada coincide con el incremento de la pobreza, la exclusión y la desigualdad, durante el chavismo la relación parece de signo inverso: un mejoramiento sustantivo de los indicadores sociales van de la mano irónicamente con un aumento de la población penal: la pobreza cayó de 55 a 27%, el desempleo se redujo a 8% y la desigualdad disminuyó a 0,4 de Gini (Viloria, 2011; Instituto Nacional de Estadísticas: ine.gob.ve, 2014), mientras el número de presos asciende velozmente, llegando a los más altos niveles de toda la historia del país. Nuestra hipótesis es que esta aparente paradoja se explica por la bifurcación de las políticas hacia los pobres durante el gobierno bolivariano, en especial en los últimos años, que distingue entre políticas redistributivas y políticas de castigo, estas últimas dirigidas hacia aquellos grupos que quedan fuera o son refractarios a las políticas sociales, en especial jóvenes varones pobres. En el contexto de sociedades posindustriales en que el trabajo pierde su centralidad, las políticas sociales no revierten las

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

condiciones estructurales de la pobreza y la exclusión y tienden a hacerse focalizadas y no universales. Esto se hace especialmente evidente en el caso venezolano, con una economía marcadamente dependiente de la renta petrolera. En tal sentido, las políticas penales complementan y sustituyen las políticas sociales para aquellos actores excedentarios. Los pobres pasan a ser alternativamente clientes de las políticas redistributivas o del castigo penal.

3. El nuevo orden carcelario Uno de los efectos más deletéreos e inesperados de este acelerado aumento de la población enviada a prisión, es la aparición de un orden social carcelario bajo el control de los mismos reclusos, frecuentemente ejercido por medio de la violencia y la coerción, en que el Estado ha perdido toda capacidad de gobierno de la vida intramuros. En efecto, tanto las variaciones como el aumento de la población penitenciaria significaron el quiebre del orden informal preexistente en el interior de las prisiones, aumentando la violencia carcelaria y deteriorando las condiciones de vida de los presos, y la erosión del control estatal sobre los reclusos, desbordado por el aumento desmesurado de la población penal. Frente a esto, emergen desde los años 1990 formas de autogobierno armado que sustituyen al Estado y pretenden regular la vida colectiva en la prisión. Este sistema social informal puede ser descrito como estructura social, que define posiciones, relaciones, pautas conductuales, marcos culturales y normativos, como estructura de poder que supone relaciones de dominación, coacción y legitimidad, y como una estructura económica, que soporta las otras dos. Describiremos algunos de los rasgos más conspicuos de este orden social informal. Los datos que presentamos resultan de una investigación etnográfica aún en curso, realizada en dos establecimientos penitenciarios del centro del país, entre diciembre de 2012 y finales de 2013. Durante este periodo hicimos visitas semanales a estas prisiones, participando en actividades de los reclusos, haciendo entrevistas informales y observando de manera directa su cotidianidad. Además, el trabajo de campo se complementó con una decena de entrevistas a exreclusos y funcionarios de prisiones. 3. 1. La estructura social informal de la prisión En el interior de las prisiones existe una estructura diferenciada y generalmente jerárquica, como posiciones subordinadas. Supone posiciones sociales, que

95

Andrés Antillano

definen roles y pautas de actuación y valoración, relaciones (jerárquicas, conflictivas, de complementariedad) y un repertorio de normas que regulan y le dan sentido a este conjunto. Hay cuatro grupos o «clases», que parecen responder a pautas culturales y normativas (la llamada «rutina») específicas: malandros o mundanos, en la escala superior de la jerarquía, brujas, trabajadores o administrativos, subordinados o en conflicto con los primeros, cristianos u ovejas, y finalmente los gandules, los excluidos del propio orden social de los reclusos. Aunque estas categorías están íntimamente relacionadas con dinámicas propias del contexto carcelario (por ejemplo, alguien se convierte en «bruja» al violar los códigos culturales malandros, la «rutina») también parecen tener relación con las nuevas configuraciones de las clases populares, de donde finalmente se reclutan los «clientes» de la prisión. Los malandros representan una categoría social compuesta por hombres jóvenes en su mayoría, que cuentan con escaso capital económico, político o cultural, y para quienes el uso de la violencia, el saber hacer malandro, es un recurso esencial para gestionar capitales y capear la exclusión. En cambio los trabajadores, administrativos o «brujas» se caracterizan por contar con mayores capitales, mayor grado de inclusión social. En su origen se trataban fundamentalmente de funcionarios policiales, pero hoy parece reunir a sectores medios o incluidos que ingresan a prisión. Nuestra hipótesis es que las recientes políticas de inclusión social han logrado mejorar las condiciones de vida de buena parte de los sectores populares, en especial de aquellos que han tenido relaciones ventajosas con el Estado y sus redes institucionales, pero algunos grupos parecen haberse quedado rezagados. Esto produciría nuevas fracturas en las clases populares que se expresarían en el aumento de la violencia intraclase durante los últimos años, pero también en esta nueva y cada vez más nítida diferenciación entre incluidos y excluidos, que al interior del encierro carcelario cobra forma en esta oposición, generalmente violenta, entre brujas y malandros. De esta manera, la estructura social externa parece permear y modula la estructura social de la prisión. Esto ocurre en forma poco tangible, a partir de expectativas y valores, conductas, redes sociales, estándares de vida o roles. La prisión es una ventana para observar cómo se crean y reproducen categorías y relaciones sociales.

96

Estas posiciones sociales diferenciadas se vinculan estrechamente con pautas culturales y normas que definen identidades, relaciones y conductas. Este

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

conjunto de normas es lo que los presos llaman rutina. Antes de describir sus aspectos esenciales, dos consideraciones son necesarias. Una es que al contrario de lo que se piensa desde el imaginario colectivo que predomina en torno a la prisión, que supone el espacio carcelario como ámbito sin normas, tierra sin ley, espacio desregulado, anómico, el orden social carcelario está sobrenormativizado, hipercodificado. Todos los aspectos de la vida cotidiana entran dentro de la matriz normativa de los reclusos. Desde las palabras que se usan, la forma de caminar, dar la mano, portar un objeto, la forma de dirigirse y tratar a los demás, o de satisfacer las necesidades más elementales, todo está sometido a reglas estrictas y explícitas. La segunda consideración es que estas normas, la «rutina», que pueden resultar atrabiliarias y caprichosas para el observador externo (no se puede recoger algo que cae al piso, hay una forma específica de contar las centenas o de referirse a determinadas cosas, hay palabras cuya sola mención puede costar la vida, tomar una escoba es una falta mayúscula, etc.), tienen una lógica absolutamente coherente con el contexto y funcional a las necesidades colectivas de la vida en prisión. Las normas que constituyen la rutina pueden ser distinguidas entre aquellas que aluden a la relación con otros internos, a la relación con las visitas del exterior, a la relación con la institución y sus agentes, a la relación con el sistema y a los valores centrales del grupo de pertenencia. Las relaciones entre los mismos presos están profusamente reguladas por prescripciones dirigidas a evitar conflictos y malos entendidos. Cualquier cosa que pueda generar tensiones o conflictos innecesarios, cualquier ambigüedad, palabra con doble sentido, gesto que pueda ser considerado ofensivo o dé lugar a ofensas, prácticas que afecten los bienes y el honor de los otros, suelen pagarse con severidad. Algo parecido pasa con las relaciones con los familiares: estrictas normas de respeto a los visitantes de los otros presos, en especial si se trata de madres o esposas, como la exigencia, cuya infracción puede costar la vida, de estar completamente vestido al momento de la visita, no mostrar el torso frente a las mujeres, no mirar las parejas de los compañeros de reclusión, son normas esenciales para evitar conflictos en torno a lo que es el bien más sensible y preciado para un preso: la visita de sus seres queridos. Este conjunto de normas (las referidas a las relaciones con sus pares y con las visitas) están destinadas, paradójicamente (dado el nivel de violencia que acarrea su infracción) a mantener la paz, a evitar la violencia interpersonal no regulada.

97

Andrés Antillano

Luego, los presos tienen un conjunto de obligaciones con el orden colectivo: todos los presos están obligados a tareas (generalmente distribuidas de manera igualitaria) relacionadas con el mantenimiento del sistema informal: pagar «causa», suerte de impuesto de los presos al grupo que controla el penal, hacer «garita», custodiando lugares que pueden ser vulnerables a ataques de otros grupos, vigilar, participar en asambleas y actos colectivos, atender y respetar las «luces» (instrucciones colectivas para toda la población) y las órdenes de sus líderes, etc. Otro tipo de normas son las atinentes a las relaciones con la institución y con los funcionarios. Estas regulaciones varían significativamente entre los malandros y los trabajadores. Mientras los primeros se niegan, al menos públicamente, a la colaboración, cooperación o acuerdo con la institución, e incluso a cualquier gesto que legitime la cárcel (ni siquiera mantener los espacios que ocupan limpios, o reparar las áreas de residencia), los administrativos operan con una racionalidad instrumental, donde prevalece el cálculo situacional y los objetivos tácticos, la negociación que busca optimizar ventajas o defender intereses. Por último, las normas que hacen parte de la rutina y se relacionan con los valores del grupo de referencia. Estas, por supuesto, varían de acuerdo con cada grupo. Para los malandros, el honor, el arrojo, el ejercicio de la violencia expresiva, son valores centrales, lo que se asocia con una racionalidad expresiva, casi barroca, y con la negación de todo cálculo táctico. Esto obliga a batirse en duelo cada vez que sea necesario, exponerse de manera abierta al enfrentamiento y a pruebas físicas, aun a costo de heridas mortales, o someterse a condiciones de rigor extremo. Estos actos sirven tanto para mostrar y activar su principal capital, el uso expresivo de la violencia, como para obtener respeto y consideración. Para las brujas o trabajadores, el valor dominante sería, en palabras de ellos mismos, preservar la vida. Esto hace que prevalezca entre ellos la racionalidad instrumental y el cálculo táctico. Finalmente, para los evangélicos la fe y el carisma son los valores esenciales, sometiéndose también a condiciones rigurosas y severas («tribulaciones»), o exponiendo su vida para, interponiendo su propio cuerpo, hacer que cesen los conflictos.

98

En suma, las normas que constituyen la rutina, por más atrabiliarias y extremas que parezcan, son absolutamente funcionales e inteligibles en el contexto en que operan. Actúan regulando la violencia, garantizando el orden en condiciones extremas, afirmando identidades grupales y reproduciendo concepciones ideológicas sobre la prisión o sobre la propia valía.

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

3. 2. El orden político-carcelario La organización informal de los reclusos también puede ser entendida en términos de su funcionamiento político, en tanto estructura que impone relaciones de dominación-subordinación tanto por vía de la coacción como por vía del consenso y la legitimidad. El nombre con que se conoce dentro de la prisión esta estructura es El Carro. Esta estructura política simula la forma-estado. Cuenta con un «gobierno», los principales o pranes, un brazo armado encargado de ejercer la coacción, y un grupo encargado del orden, los luceros, desplegados en cada unidad territorial. En oposición está la población, el resto de los internos que no forman parte del Carro y están sometidos a él. El Carro cumple funciones de defensa armada frente a las agresiones de la Guardia Nacional, cuerpo militar responsable de la seguridad externa de los establecimientos, y de carros rivales; de mantenimiento del orden interno, regulando las relaciones entre los presos y sancionando las faltas a la rutina y las peleas no permitidas; de resolución de conflictos, juzgando y haciendo justicia; protección a las visitas; distribución y regulación de bienes y servicios precarios, provisión de bienes comunes y prerrogativas prohibidas legalmente: desplazamiento, venta de drogas, fiestas, etc. Aunque se puede padecer la rutina y el gobierno del Carro, para un preso estar fuera de este ámbito de dominación puede ser experimentado como uno de los peores castigos. En tal sentido, la autoridad del Carro no solo se ejerce por la fuerza, sino que cuenta con legitimidad por parte de la población, en tanto provee determinadas contraprestaciones a los internos. La pérdida de esta legitimidad, sea por un uso excesivo e innecesario de la coacción, sea por una insuficiente prestación de las contrapartidas, ya por una violación de la rutina y sus valores por parte de los que conducen el Carro, puede conducir a un «golpe de estado» o cambio de gobierno, en que los lugartenientes (los luceros) deponen a los principales o pranes, los jefes del autogobierno carcelario. La coacción se ejerce por el monopolio de la violencia, en forma de monopolio de la propiedad y porte de las armas de fuego. Solo los miembros del Carro cuentan con armas permanentes, mientras el resto de la población solo se le asigna para la garita o en caso de enfrentamientos. Las sanciones y el uso de la fuerza mortal solo pueden ser ejercidos por los agentes de El Carro, y generalmente se recurre a medios y procedimientos de prueba sobre la falta señalada («tener una base»), simulando a veces incluso la forma de un tribunal («el tribunal del hampa»). Otras formas de violencia interpersonal,

99

Andrés Antillano

como peleas a puño o con cuchillos, están prohibidas y sancionadas, o solo se permiten con autorización expresa del Carro. Como contraparte la población se somete a la rutina, a la autoridad de los principales, se paga causa (que se legitima como fuente para la provisión de determinados bienes y servicios: armas y municiones, sobornos, fiestas, etc.) y se cumplen labores obligatorias impuestas por el Carro, especialmente la custodia de garitas, vigilancia emplazada en determinados lugares del penal. 3. 3. La economía política de la prisión Determinadas condiciones económicas hacen posible y sostienen este modelo. Se trataría de una economía biopolítica, que se basa en la exacción de rentas sobre la población en reclusión. El Carro se apropia así de rentas producidas en la cárcel: de manera directa, por medio de la causa, suerte de impuesto semanal que deben pagar todos los reclusos, de manera indirecta, a través del monopolio de determinados bienes (el comercio de drogas, por ejemplo) y del control del resto de las actividades económicas que ocurren en el penal entregadas a título de concesiones (las «revoluciones1»). También opera apropiándose de la fuerza de trabajo forzada de un segmento de la población: los «trabajadores» y los evangélicos, que se convierten en mano de obra semiesclava. La función de esta economía no es tanto el lucro sino sostener El Carro como máquina de guerra (Deleuze & Guattari, 1994). Por ello los conflictos tienen también una justificación económica, pues legitiman esta apropiación de las rentas. Cada conflicto armado con un enemigo externo (tanto agresiones de la Guardia Nacional como de grupos rivales), supone un gasto que debe ser repuesto. Se trata de una economía de guerra, y como tal funciona. Pero además el despliegue de violencia y crueldad funciona como mecanismo disuasivo para la extracción de la renta. Por otra parte, el orden económico opera para evitar la acumulación de capital en manos de particulares, monopolizando ciertas mercancías y controlando los flujos de bienes y servicios con el exterior. La prohibición de capitalización En el argot carcelario, se llaman «revoluciones» a las distintas actividades comerciales por cuenta propia que desarrollan los presos para su subsistencia: venta de café, comida y alcohol, venta de cigarrillos, reparaciones, servicios varios. Son autorizadas por el Carro, que recibe a cambio un impuesto o participa en las ganancias.

1

100

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

de los particulares tiene una razón política: evita la creación de fortunas y la acumulación del poder en manos de terceros que pongan en peligro el poder del Carro y su monopolio sobre los medios de coacción. La capitalización final de este proceso, quienes extraen la mayor parte de las rentas, no son necesariamente los dirigentes del Carro. Razones morales y razones prácticas limitan la acumulación e impiden la ostentación de grandes fortunas dentro de las cárceles. Por una parte, se entiende que la recaudación es para reinvertir en el colectivo, sea comprando armas, sea adquiriendo bienes para uso común, refacciones, fiestas, etc. La sospecha de apropiación por parte de los principales puede ser un factor de desestabilización y potencial conflicto con la población. Por otra parte, las posibilidades de ostentación de bienes suntuarios en la prisión resulta bastante limitada. En realidad, quienes se quedan con la parte del león de las ganancias que produce la economía informal carcelaria (ingentes, según nuestras estimaciones) son aquellos agentes externos que controlan el tráfico de drogas, armas y bienes ilegales, generalmente vinculados con funcionarios encargados de la custodia y la administración de los establecimientos.

4. El neoliberalismo a la sombra Este orden autorregulado, autogestionado y autogobernado, solamente se explica por el aumento de la población en prisiones a partir de los años 1990, momento en que también aparecen los primeros atisbos de este tipo de organización carcelaria. El uso de la prisión como forma de gobierno de una fracción de los pobres (Wacquant, 2010), estrategia que se perpetúa aun en el contexto de un gobierno posneoliberal como el vigente en Venezuela desde 1999, tendría como efecto no esperado el quiebre de la capacidad del Estado para controlar esta población creciente con recursos cada vez más precarios, mientras que la mayor concentración de reclusos acrecienta los conflictos internos y la necesidad de regulación. La caída del presupuesto para funcionamiento de los locales carcelarios, o del número de custodios por reclusos (en una de las cárceles que visitamos para nuestro estudio, existían apenas 20 vigilantes para una población de más de 5000 presos. Además, los vigilantes nunca entraban en las instalaciones, contentándose con la custodia del perímetro externo) contribuyen aún más tanto con la debilidad institucional como con la necesidad de los presos de administrar ellos mismos su vida cotidiana.

101

Andrés Antillano

Por otro lado, el aumento de la población supone un incremento de las «rentas» asociadas con los presos. Los reclusos y sus necesidades se vuelven un buen negocio, una fuente de recursos, tanto para aquellos grupos armados en el interior que intentan controlarlos, como para los que desde afuera suministran bienes ilegales, como armas y drogas. Incluso, a mayor población más renta, robusteciéndose el negocio que a la vez sostiene este orden. En más de una ocasión el Carro de una prisión promovió protestas y reclamos cuando el número de presos bajo su control disminuía, pidiendo que enviaran nuevos internos para engrosar la menguada población. Este orden social carcelario reproduce subrepticiamente algunos de los rasgos centrales de la penalidad neoliberal, por ejemplo al privatizar de facto la administración (Christie, 1993) y transferir la gestión carcelaria a la propia población, que debe cubrir los costos de su subsistencia. Pero además, el rigor de la rutina, la severidad de estas normas informales que regulan la vida de los internos, recuerda las tecnologías duras y militarizadas que acompañan con frecuencia los dispositivos carcelarios actuales, y que buscarían un mayor control de la población marginada, excluida del nuevo régimen productivo posfordista, y la imposición de procesos de ajuste a los intensos y fragmentarios ritmos del trabajo que implican esos mismos cambios productivos (Wacquant, 2010). De forma parecida, para los prisioneros —generalmente excluidos del mundo laboral aún antes de llegar a la cárcel— la sujeción a las normas informales de la prisión es una fuente de honor y autovaloración, posiblemente en tanto representa un capital cultural eventualmente fungible, útil para su vida fuera de la prisión, que definiría en buena medida sus posibilidades de ser reclutado para determinados empleos (actividades ilegales, crimen organizado, labores de seguridad u otras que suponen el uso de la violencia y la intimidación) o conseguir reconocimiento y respeto en vez de señalamientos y rechazo.

102

En suma, pese a su retórica, el Estado venezolano genera condiciones para reproducir la lógica neoliberal, al menos en lo que al funcionamiento del castigo penal se refiere, al utilizar la prisión como instrumento para la gestión de segmentos ingentes de las clases populares que son refractarios a sus políticas de inclusión, creando a la vez un campo de exclusión (tanto material como simbólica, como expresan los actuales discursos sobre el delito) y un espacio de extracción de rentas. La articulación entre exclusión por la vía del encierro, erosión de la capacidad reguladora y proveedora del Estado y las oportunidades de explotación económicas que ofrece el alto volumen

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

de población en un mismo establecimiento, favorecen formas de gestión y dinámicas económicas que se asemejan mucho a las fórmulas que prescribe el neoliberalismo. Desde tal perspectiva, el neoliberalismo se entendería entonces, más que como un programa o un conjunto de políticas, como una forma social compleja que combina simultáneamente la exclusión con la extracción de rentas de determinadas poblaciones, como medio tanto para el control como para la desposesión de los pobres.

Referencias citadas ANTILLANO, A., 2012 – Seguridad y política en la Venezuela bolivariana: la seguridad en el debate político venezolano entre 1998-2009. Espacio Abierto, 21(4): 701-726. BECKETT, K. A. & WESTERN, B., 2001 – Governing social marginality: Welfare, incarceration and the transformation of state policy. Punishment & Society , vol. 3 n.o 1: 43-60. CARTAYA, V. & D’ELÍA, Y., 1991 – Pobreza en Venezuela: Realidades y políticas, 243 pp.; Caracas: Casap-Cisor. CHELIOTIS, L. K., 2013 – Neoliberalism capitalism and middle-class punitiviness: Bringing Erich Fromm´s Materialistic Psychoanalysis to penology. Punishment and society, 15 (3): 247- 273. CHELIOTIS, L. K., 2014 – Gobernar a través del espejo. Neoliberalismo, gerencialismo y psicopolítica del control de la desviación. Revista Crítica penal y poder, 6: 66-109. CHRISTIE, N., 1993 – La industria del control del delito: ¿Una nueva forma de holocausto?, 200 pp.; Buenos Aires: Ediciones del Puerto. CONSEJO SUPERIOR PENITENCIARIO, 2011 – Diagnóstico Sociodemográfico de la población penitenciaria en la República Bolivariana de Venezuela; Caracas. DELEUZE, G. & GUATTARI, F., 1994 – Mil Mesetas. Capitalismo y Esquizofrenia; Valencia: Editorial Pre-textos. DE GIORGI, A., 2004 – Neoliberalismo e controle penal na Europa e Nos Estados Unidos: A caminho de uma democracia punitiva? Vereda do direito, julio-diciembre: 29-42.

103

Andrés Antillano DE GIORGI, A., 2007 – Toward a political economy of post-Fordist punishment. Critical Criminology, 15: 243-265. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS, 2014 – ine.gob.ve. MINISTERIO DE JUSTICIA, 1980-1996 – Estadísticas delictivas; Caracas. PROVEA, 1999 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2000 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2001 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2002 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2003 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2004 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2005 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2006 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2007 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2008 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2009 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2010 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2011 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea. PROVEA, 2012 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea.

104

PROVEA, 2013 – Derecho de los privados de libertad. In: Situación de los Derechos Humanos en Venezuela; Caracas: Provea.

La cárcel venezolana entre el neoliberalismo y la revolución bolivariana

SABINO, C., 1996 – La pobreza en Venezuela. In: http://paginas.ufm.edu/ sabino/word/Articulos_sobre_temas_economico_sociales/pobreza_ venezuela.pdf. Consultado 28 de mayo 2014. VILORIA, C. , 2011 – Política social, desarrollo y pobreza, 18 pp.; Caracas: ILDIS. WACQUANT, L., 2000 – The New Peculiar Institution: On the subrogate ghetto. Theoretical Criminology, 4 (3): 377-389. WACQUANT L., 2001a – Deadly Symbiosis. When Ghetto and Prison Meet and Mesh. Punishment & Society, Vol. 3 n.o 1: 95-133. WACQUANT, L., 2001b – The Penalisation of Poverty and the rise of Neoliberalism. European Journal on Criminal Policy and Research, 9 (4): 401-412. WACQUANT, L. , 2010 – Castigar a los pobres. El gobierno neoliberal de la inseguridad social, 446 pp.; Barcelona, Gedisa

105

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.