La pobreza inesperada. Desahucios y ejecuciones hipotecarias (2011)

July 28, 2017 | Autor: Joaquin Giró | Categoría: Sociology, Social Exclusion, Pobreza, Desigualdades Sociales, Ejecuciones Hipotecarias
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8. LA POBREZA ESPERADA: DESAHUCIOS Y EJECUCIONES HIPOTECARIAS. Dr. Joaquín Giró y Dra. Carmen Sabater (Universidad de la Rioja).

INTRODUCCIÓN. LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL EN ESPAÑA Y EN LA RIOJA Siguiendo los Informes FOESSA podemos destacar unas características generales de la pobreza nacional: 1. Altos indicadores de pobreza en el contexto europeo. El aumento de la desigualdad ha sido el mayor de los veintisiete Estados de la Unión Europea (UE): la distancia entre la renta correspondiente al 20% más rico de la población y al 20% más pobre pasó de 5,3 en 2007 a 6,9 en 2010. El crecimiento de la desigualdad en España fue casi cinco veces superior a la media de la UE-15. 2. España ha sido un país con una tasa de pobreza crónica intermedia y una tasa de pobreza transitoria alta, que supera de forma significativa la media europea. De hecho, España es, junto con Portugal, Grecia y Holanda, el país europeo con una tasa más alta de individuos que son pobres, al menos una vez en un periodo de tres años. La pobreza en España se caracteriza por la cronicidad, la transitoriedad y la recurrencia. 3. Altas tasas de persistencia de las cifras de la pobreza. Es el único país europeo (junto a Irlanda) que no ha conseguido reducciones en la tasa desde principios de los años 90. Se produce un efecto de persistencia de la pobreza, incluso en épocas de bonanza económica, como de-

muestra el hecho de la continuidad de un segmento de pobreza extrema, comprendido entre un 2,6 % y un 6 % de la población. En el año 2010, España se situaba en el tercer lugar en porcentaje de población con riesgo de exclusión social en Europa, tras Letonia y Rumania, superando en 4,6 a los países de la zona Euro. Uno de cada 5 españoles se encontraba en riesgo de pobreza o exclusión social en este período. Si ampliamos el criterio de exclusión a la Estrategia Europa 2020, el porcentaje de personas en situación o en riesgo de pobreza y exclusión social aumenta hasta el 25,5%. La posición española en Europa no es tan baja (8ª posición) debido a las altas cifras de los países del Este de Europa y de Grecia. En la trayectoria española, las altas tasas de crecimiento económico y de creación de empleo, no produjeron un mayor nivel de bienestar en la población general, ni disminuyeron la desigualdad. Las causas derivan de la precariedad del empleo creado, el bajo crecimiento de los salarios, y la fragilidad y discontinuidad de los sistemas de protección de los derechos sociales. En este contexto, la crisis ha tenido un impacto muy rápido e intenso en la extensión del número de hogares situados bajo el umbral de la pobreza. La pobreza relativa aumentó más de un 2% en dos años (2009-2011).

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Tabla 1. Evolución de la pobreza

 

 

2004  

2005  

2006  

2007  

2008  

2009  

2010  

2011  

Relativa  

19,9  

19,7  

19,9  

19,7  

19,6  

19,5  

20,8  

21,8  

Absoluta  

3,8  

3,9  

4,3  

4,1  

3,8  

5,4  

-­‐  

 

Fuente: López Jiménez y Vítor Renes, 2011

Se constata la existencia de cambios en el riesgo relativo de algunos segmentos poblacionales, que son hoy considerablemente más vulnerables. Incluso, algunas de las “viejas” formas de pobreza que se consideraban superadas, vuelven a manifestarse con notable crudeza. Entre estos segmentos, destacan: • Las personas mayores, que han invertido su posición favorable. Sus tasas de pobreza son superiores a la media de la población y presentan tendencias de incremento en el tiempo. Además, persiste la diferenciación por género, con tasas femeninas más negativas. • Los menores de 16 años. Uno de cada cuatro niños vive con rentas por debajo del umbral. La pobreza infantil es la más alta de la UE25. Esta realidad es especialmente visible en los hogares monoparentales y en las familias numerosas. Las causas se deben a su dependencia de las rentas de trabajo –por lo que aumenta el riesgo de pobreza cuando los sustentadores carecen de empleo- y a la escasa protección a la infancia en el sistema de prestaciones sociales. • Las mujeres con un mayor riesgo de pobreza, debido a las tipologías familiares (en especial, familias monoparentales) y a 726

las características del mercado laboral (con fuertes brechas de género). • Los emigrantes, que, en el caso de los extracomunitarios, llegan a duplicar las tasas de pobreza general y a triplicar la tasa de pobreza severa. El actual contexto de crisis conlleva importantes consecuencias en relación a los procesos de empobrecimiento y exclusión social de los hogares: el 49% de la población manifiesta que su situación se ha visto afectada (mucho o bastante) por la crisis, y el 52,3% de los hogares ha experimentado un empeoramiento de su nivel de vida (FOESSA, 2009). El desempleo es el factor que ha influido con más virulencia en la situación de los hogares españoles. Debido al carácter estructural de estas dinámicas, su visibilidad es más lenta que la mera carencia de ingresos. Sin embargo, se constata el significativo aumento de la integración precaria.

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Tabla 1. Niveles de integración-exclusión en España 2007 y 2009     Integrado  

2007   48,9  

2009   35,2  

Integración  precaria  

34,9  

46,3  

Exclusión  moderada  

10,4  

12,9  

Exclusión  severa  

5,9  

5,7  

Total  

100  

100  

  Fuente: Laparra, 2010

La evolución del año 2007 al año 2009 demuestra el descenso en seis de los ocho indicadores de exclusión social. La exclusión en el

empleo y la educación se ha duplicado, dejando de manifiesto la rapidez de la desaceleración económica en España.

Tabla 2. Índices de exclusión en España 2007 y 2009    

2007   15,3  

2009   32,4  

Exclusión  del  consumo  

7,2  

9,6  

Exclusión  política  

11,2  

14,3  

Exclusión  educativa  

6,3  

12,5  

Exclusión  de  la  vivienda  

20,9  

19,7  

Exclusión  de  la  salud  

12,2  

13,5  

Conflicto  social   Aislamiento  social  

10,4  

7,5  

4,5  

7,1  

Exclusión  del  empleo  

 

Fuente: Laparra, 2010

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Laparra (2010) realiza un diagnóstico de la situación española en el año 2009 con rasgos que se agravan en la actualidad como: • Un gran aumento de la exclusión en el mercado laboral que se refleja en una menor participación en el consumo. • Un menor nivel de conflictos interpersonales que puede deberse tanto a un mayor ocultamiento como al refuerzo de las redes sociales. • Una mayor tendencia al aislamiento en ciertos grupos sociales afectados por la crisis. La exclusión social afecta más a las mujeres; a los segmentos menores de 44 años –y a los de 45-65 en exclusión severa-; a los desempleados/as; a las personas que viven solas y a las familias numerosas, polinucleares y monoparentales; a las personas con menor formación; a los hogares con jóvenes y niños; a los emigrantes y, sobre todo, a la comunidad gitana (López Jiménez y Renes, 2011). Las actuales medidas legislativas están agravando aún más el empeoramiento de las condiciones de vida, generando dinámicas de exclusión que afectan a las clases medias, alejadas de este proceso hasta hace pocos años. Así, el Consejo Económico y Social (CES, 2012) ha alertado de que recortar en educación, sanidad y dependencia “cronificará” las desigualdades más allá de la crisis y ha subrayado que España es uno de los países con mayor nivel de empobrecimiento y desigualdad económica. En este sentido, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (CESR, 2012) ha expresado su preocupación por el “desproporcionado” impacto de las políticas de austeridad sobre los colectivos desfavorecidos. El Comité destaca los altos niveles de pobreza, el bajo nivel de las pensiones, el aumento de la intolerancia hacia los inmigrantes y la violencia de género y, en el caso que nos ocupa, los desalojos forzosos sin las debidas garantías legales. Se constata también como la desregulación del mercado laboral está provocando graves efectos en el empleo, con el incremento de hogares con todos sus 728

miembros en el desempleo (que se ha duplicado del 6% al 11,8 % en los últimos cinco años) y que, en el caso de los hogares con niños, ha subido de 324.000 a 714.000 en dos años (Robinson, 2012). Además, la destrucción de las viejas estructuras de protección sin la consiguiente creación de otras nuevas, como señala Ángel Benzunegui (2012), llevan a una creciente infantilización y feminización de la pobreza. En la actualidad, los niveles de desempleo son los más altos de la Unión Europea, siendo especialmente relevante su incidencia en los jóvenes. Según datos del EUROSTAT, el nivel de desempleo en España (24,3 %) duplica tanto la tasa de la Eurozona (11 %) como la media de los países de la UE (10,3 %). Sin embargo, la relación entre desempleo y exclusión social dista de ser directa debido a factores como la protección social y el apoyo de las redes familiares, más patente en las sociedades mediterráneas. No obstante, es significativa la influencia en la precariedad cuando el desempleo afecta al principal sustentador del hogar, a varios o a todos los componentes del núcleo familiar, y/o en el caso del desempleo de larga duración con la finalización de las ayudas. Tanto el aumento de los hogares con todos sus miembros en el desempleo (11,8 %) como el incremento gradual del desempleo de larga duración, que afecta a más del 50 % de los desempleados (EPA, 2011), están incidiendo en el acceso de individuos y familias a procesos de exclusión. Y a las situaciones de desempleo, hay que añadir la bajada de los salarios que incrementa la sobrecarga de la deuda familiar, sobre todo en familias con hipoteca, y la precarización de las condiciones laborales. Si a esta exclusión se añaden otros factores (como separaciones, situaciones de dependencia, enfermedad…), el proceso vital puede hacer pasar al individuo de una situación normalizada a la exclusión moderada, e incluso severa. Sin duda, la característica predominante de la exclusión social en España es su gran heterogeneidad, con diferentes y diversos itinerarios que, cada vez se relacionan más, con la exclusión en el empleo y con la disminución de las rentas y ahorros familiares.

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LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL EN LA RIOJA Siguiendo los resultados de la ECV (2010), el contexto general de la pobreza en la Comunidad Autónoma se caracteriza porque: • La Rioja se situaba a un nivel similar a la media de pobreza relativa en España en el año 2010, con un 20,5 % frente al 20,7 % a nivel nacional (ECV, INE, 2011b). • Si se considera el umbral regional de ingresos, La Rioja ocupaba un tercer puesto (sólo superada por Ceuta y Melilla) a nivel nacional (ECV, 2011), con un 23,3% de personas con ingresos inferiores al 60% de la mediana regional. • La Rioja genera un nivel de bienestar superior pero distribuido de forma desigual. La diferencia entre la tasa nacional y la autonómica demuestra que nuestra comunidad presenta un alto nivel de desigualdad económica. Este hecho está avalado por la menor tasa de pobreza en comunidades de renta per capita similar como Aragón, Cataluña y Cantabria que disponen de más transferencias sociales y recursos de apoyo. • Respecto al indicador agregado de la Estrategia Europa 2020, La Rioja se presenta en una posición intermedia, con un 24,8% de personas en situación o riesgo de pobreza o exclusión social en el año 2010, ligeramente

por debajo de la media nacional (25,5%). Uno de cada cuatro riojanos/as está o presenta riesgo de estar en situación de pobreza o exclusión. • Entre esta población, el mayor problema se centra en los ingresos: en 2009, más del 20% de los riojanos/as tenía un nivel de ingresos inferior al 60% de la mediana nacional; un 5% vivía en hogares con baja intensidad de empleo y un 2% sufría carencias en necesidades básicas como pagar el alquiler o la hipoteca, mantener la temperatura adecuada en su casa o afrontar gastos imprevistos. El desempleo experimentó un aumento paulatino que, en el año 2008, alcanzó cifras históricas, y que ha sido gradual y acumulativo en las sucesivas series de las encuestas de población activa (INE) y de paro registrado (INEM) hasta alcanzar la cifra de 20,1% en el primer trimestre del 2012 (EPA). Si bien la tasa de desempleo regional (20,1%) es inferior a la media nacional (24,4%) la cifra duplica la tasa de la UE (11%). Este aumento se produce, además, en una región que ostentaba las menores cifras de desempleo en España, junto a Baleares y Navarra. En la actualidad, su posición ha disminuido a una situación intermedia en el territorio nacional (7º lugar). El desempleo afecta más a los extranjeros, los varones y los jóvenes menores de 25 años (sobre todo,

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mujeres) con una alta incidencia del paro de larga duración.

LA VIVIENDA EN ESPAÑA TRAS LA CRISIS Siguiendo la Memoria socioeconómica y laboral España 2010 (CES, 2012), se observa cómo la crisis económica ha influido en el acceso a la vivienda: 1. En relación al mercado de vivienda en propiedad, la evolución mostró algunos signos de ligera recuperación de la demanda debido al efecto “anticipo” por la modificación de las deducciones fiscales por adquisición. Sin embargo, la incertidumbre sobre sus perspectivas se mantiene por un doble efecto: por un lado, la bajada del precio de la vivienda en propiedad y de los tipos de interés hace que la inversión económica de los nuevos hogares para acceder a una vivienda propia sea significativamente inferior pero, por otro, la falta de empleo provoca una desaceleración en el ritmo de creación de hogares y el consiguiente retraso de la edad de emancipación residencial de los jóvenes. A ello hay que añadir que un tercio de los propietarios de su vivienda tienen cargas financieras derivadas de su compra, y que su mantenimiento cada vez se hace más difícil para más familias. Para dar respuesta a esta situación, en el año 2010 se elevó el umbral de inembargabilidad en los procedimientos posteriores a la ejecución hipotecaria pero, de forma paralela, se produjo un incremento de las ejecuciones hipotecarias. De este hecho deriva el debate suscitado en torno a cuestiones como la validez de determinados tipos de cláusulas en los contratos hipotecarios (redondeo al alza, cláusulas “suelo”, entre otras), o la posibilidad de dación en pago de la vivienda como forma de resolución de la deuda hipotecaria. 2. Ante esta coyuntura, cabría esperar que aumentara la opción del alquiler como forma de tenencia más flexible ante cambios en los ingresos y/o las necesidades de la unidad familiar. Sin embargo, pese a la crisis económica, las dificultades 730

de acceso a la vivienda en propiedad, el descenso en los precios, y las diferentes medidas públicas de fomento de esta fórmula, el alquiler de la vivienda sigue siendo minoritario en España, alcanzando sólo al 16,9 % del parque residencial (EUROSTAT, 2009). Se detecta una falta de adecuación del mercado de la vivienda protegida en propiedad a las necesidades residenciales de un amplio segmento de la población, ya que sus altos precios siguen siendo inasequibles para sectores especialmente vulnerables y/o con limitaciones financieras. En el actual contexto de crisis, esta situación, unida a la exigua oferta de vivienda protegida en alquiler, aumenta la insuficiencia de la vivienda social. 3. Gastos asociados al mantenimiento de la vivienda. La crisis económica y la evolución del mercado de la vivienda han tenido un efecto negativo en el aumento de la sobrecarga que representa el gasto en la vivienda, que afectó en el año 2010 a uno de cada diez hogares (un 9% de la población española declaraba haber tenido retrasos en pagos relacionados con la vivienda, según datos de la ECV, 2011) y casi a un 40% de hogares con ingresos bajo el umbral de pobreza. Si bien la calidad de la vivienda en España es aceptable en términos comparados, desciende de forma significativa en los hogares encabezados por personas con menor estatus socioeconómico, especialmente entre los que tienen dificultades para llegar a fin de mes, en los hogares con todos sus miembros en el desempleo, entre los jóvenes, los extranjeros extracomunitarios y los que viven en régimen de alquiler. El Informe Conjunto del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (2012) señala los principales problemas asociados con la vivienda en España: 1. El porcentaje de hogares abrumados por los costes de la vivienda se ha incrementado tras la crisis. La crisis inmobiliaria ha constituido un “arma de doble filo” para los propietarios de viviendas. Durante el “boom” económico, muchas familias

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suscribieron hipotecas de larga duración. Sin embargo, con la llegada de la crisis económica y la subsiguiente caída de los precios de los inmuebles y el incremento del desempleo, muchas familias propietarias se han visto atrapadas por hipotecas a las que no pueden hacer frente. Según EUROSTAT, el porcentaje de hogares abrumados por los costes de vivienda se ha incrementado en los últimos años, del 5% en 2005 al 11,2% en 2010. Esta situación ha afectado más a las familias más pobres (con ingresos inferiores al 60% del salario medio) cuya tasa de sobrecarga creció hasta un 41,2% en 2010, en comparación con el 16,1% en 2005. El aumento del endeudamiento de las familias pone de relieve la situación de vulnerabilidad de las personas en mora en el pago de sus hipotecas, cuyo volumen podría aumentar en el futuro, socavando el derecho de amplios sectores de la población a una vivienda digna. Durante las últimas décadas, la vivienda en España ha sido considerada como un bien de inversión a disposición de un mercado de la construcción altamente especulativo. El Estado no ha desarrollado medidas adecuadas para regular estos desequilibrios, ni ha puesto en marcha planes eficientes para el acceso a una vivienda social asequible de forma igualitaria para todos/as. Más bien al contrario, la construcción de viviendas se ha orientado a favorecer el crecimiento económico del sector de la construcción antes que a resolver las necesidades residenciales del territorio. El exceso de dependencia de los recursos del Estado del sector también ha contribuido al detrimento de un crecimiento económico sostenible a largo plazo. 2. El CESR destaca cómo el Estado no ha protegido el derecho a la vivienda a través de una regulación de las entidades financieras hipotecarias. Según los datos del CGPJ, el número de ejecuciones anuales casi se cuadruplicó de 2007 a 2010. El sobreendeudamiento hipotecario de las familias se llevó a cabo a través de innumerables abusos como los avales cruzados o la incorporación de cláusulas abusivas. Además, a partir del Real Decreto Ley 08/011 de 1 de Julio, las entidades financieras pueden adjudicarse la vivienda por

el 60% del valor de tasación en caso de impago de la hipoteca y continuar reclamando el resto de la deuda a través de bienes presentes y futuros de los ejecutados y sus avalistas. Miles de familias están perdiendo su única vivienda y, además, quedan endeudadas de por vida. 3. El Estado se niega a introducir un sistema de “dación en pago” obligatorio, existente en otros países europeos y en los Estados Unidos. Pese a las ingentes cantidades de fondos destinados a salvar a las entidades financieras, el gobierno se niega a introducir el sistema de “dación en pago” obligatorio, es decir, que las personas hipotecadas que no pueden hacer frente al pago de la misma queden libres de la deuda con la entrega del inmueble. En junio de 2011, el Parlamento español rechazó una proposición de ley para modificar el régimen hipotecario e introducir el sistema de “dación en pago” (Congreso de Diputados, 2011). En la actualidad, varias organizaciones sociales han impulsado una ILP para regular la dación en pago, que requiere la firma de 500.000 personas para que sea discutida en el Parlamento. Recientemente, el Real Decreto-ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, permite a familias en riesgo de exclusión social poder devolver la vivienda y saldar así su deuda hipotecaria. La norma contempla un Código de Buenas Prácticas que permitiría la dación en pago bajo ciertas condiciones. Sin embargo, este código es de adhesión voluntaria, lo que de hecho deja a discrecionalidad de las entidades bancarias la admisión de la dación en pago, creando efectos discriminatorios entre los afectados. Además, las condiciones que impone a las familias son de difícil cumplimiento. Mientras que algunos tribunales han emitido resoluciones que posibilitan que la adjudicación de la vivienda por parte de la entidad financiera cancele la deuda, el Tribunal Constitucional inadmitió en 2011 una cuestión de inconstitucionalidad relativa al régimen de ejecución hipotecaria, insistiendo en que es competencia del legislador formular un modelo alternativo al actualmente vigente.

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El Informe de la ONU (CESR, 2012) recomienda al Estado español impulsar una reforma legislativa que “faculte la dación de la vivienda en pago de la deuda hipotecaria, de modo que esta opción no dependa únicamente de la discrecionalidad de las entidades bancarias”. En el ámbito del alquiler, desde el año 2008, se han aprobado dos reformas legislativas orientadas a facilitar los desalojos por impago del alquiler, la Ley 19/2009 de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler, conocida como “Ley de Desahucio Express”, y la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, que han llevado a un grave deterioro de las garantías procesales de los inquilinos. 4. En España se están realizando desalojos forzosos sin las debidas garantías legales. Para el Comité es preocupante “que se sigan realizando desalojos forzosos sin las debidas garantías legales, sin que las personas afectadas sean consultadas previamente, y sin que se les ofrezca una alternativa de alojamiento o compensación” (CESR, 2012: 34). Así, señala las obligaciones que deben cumplir los desalojos, que han de respetar las disposiciones contenidas en las normas internacionales de derechos humanos y ajustarse a los principios de razón y proporcionalidad. Amnistía Internacional (2012) ha venido denunciando la práctica de desalojos forzosos en zonas de infraviviendas en España, y la ausencia de una normativa para llevarlos a cabo .

VIVIENDAS HIPOTECADAS Y DESAHUCIOS. LA PAH Y LA DACIÓN EN PAGO Desde que estalló la burbuja inmobiliaria en España, acceder a una vivienda en propiedad mediante un préstamo hipotecario se ha tornado prácticamente imposible, tanto como conservar una vivienda hipotecada. En la actualidad son cientos de miles las personas se han quedado sin vivienda por no poder pagar la hipoteca y es previsible que esta situación se extienda a muchos miles más.

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La pérdida de la vivienda habitual es una de las consecuencias más graves de la crisis. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, en España hay en marcha más de 350.000 procesos de ejecución hipotecaria, que suponen procedimientos iniciados por las entidades hipotecarias para quedarse con las viviendas impagadas y, desde 2007 hasta fines de 2011, se han ejecutado 328.687, lo que significa aproximadamente medio millón de familias desahuciadas en cinco años; además, cerca de otras quinientas mil están en peligro de sufrir esta situación en 2012 y 2013. El aumento en el número de desahucios se debe básicamente al aumento de la pobreza. Y la pobreza se encuentra muy relacionada con el desempleo (más de cinco millones de personas están sin trabajo; y un millón y medio de familias con todos sus miembros en paro). Además, entre quienes sufren pobreza, hay casi un millón de personas con empleo, pero aún así son y viven como pobres, de modo que hoy día los pobres son aún más pobres. Los procesos de ejecución hipotecaria terminan con la subasta de la vivienda. En estas ocasiones, si no hay nadie que puje por ella, el banco tiene derecho a quedársela por el 60% del precio de tasación. Y lo más grave, es que por ley, reclamará el restante 40% más las costas del proceso de ejecución a la persona deudora aunque ésta se haya quedado sin vivienda. Llegados a este punto, y para cubrir la deuda, el banco puede embargar parte de la nómina tanto de los ex-titulares de la vivienda como de los avalistas. La situación se vuelve además mortificante si atendemos a los datos del nuevo censo del INE, aún por confirmarse, que apuntan a 6 millones de viviendas vacías, un 20% de nuestro parque que ni se vende, ni se alquila. En la actualidad, España cuenta con unos 25,5 millones de viviendas y con uno de los ratios viviendahabitantes más alto de la UE. A los inmuebles, suelo y promociones que las entidades inmobiliarias conservan aún en su poder, habría que sumar también las del sector bancario, el cual posee cerca del 20% del stock total de viviendas vacías.

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Estas viviendas vacías son los denominados en el lenguaje bancario “activos tóxicos”, que las entidades financieras deben sacar al mercado para mejorar sus cuentas de resultados. Son viviendas que proceden de particulares que no pudieron hacer frente a las cuotas de la hipoteca, un bien cuyo precio está en caída libre, pues según el índice de precios de vivienda (IPV) del INE, la vivienda libre se abarató de media un 12,6% en el primer trimestre de 2012 respecto al mismo periodo del año anterior, lo que supone su mayor descenso desde que hay datos registrados. La falta de crédito ha paralizado las compras, al tiempo que el aumento del paro y el miedo de los que tienen un trabajo a perderlo, desincentiva arriesgarse a adquirir una vivienda o cambiar de residencia. No obstante, hasta que las entidades financieras, convertidas en las grandes inmobiliarias del país, con inmuebles y suelo por valor de 85.000 millones de euros, no logren dar salida a este ingente stock, no se superará la crisis. Esta circunstancia de crisis del sector inmobiliario con descensos pronunciados en el valor de los inmuebles, ha empujado a las entidades financieras a deshacerse de estos activos, en unas ocasiones mediante la venta de la deuda a empresas dedicadas al cobro de la morosidad, y en otras ocasiones vendiendo los activos inmuebles a empresas especializadas en la comercialización. Hay que tener en cuenta que para el funcionamiento crediticio los bancos necesitan liquidez, y cada vez que un cliente se declara incapaz de pagar su hipoteca, los bancos, de acuerdo con la ley, están obligados a provisionar el 100% del importe de la hipoteca que aún reste por cobrar, ya que supone una importante merma en sus cuentas. En cualquier caso, que las entidades financieras vendan la deuda hipotecaria o vendan los inmuebles a otras empresas especializadas con el fin de solventar sus problemas de liquidez, no hace sino reafirmar que la vivienda, desde esta perspectiva, ha dejado de ser un derecho fundamental para convertirse en una mercancía, tal y como señala el artículo veinticinco de la Declaración Universal de Derechos Humanos, al afirmar que “toda persona tiene derecho a un nivel

de vida adecuado que le asegure el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda...”. Al respecto, nuestros informantes nos han mencionado la intervención de ciertas empresas dedicadas al cobro de deudas o de inmuebles, como Lindorff, una empresa europea en servicios de gestión de cobros, que al comprar Reintegra Comercial España (compañía de gestión de recobros filial del Grupo Santander), se ha convertido en líder del mercado en España. El otro día llamaron de LINDORFF que han asumido las cuentas que se han quedado morosas en los bancos. Se lo han vendido a esta otra empresa y ahora me exigen el pago. Otra empresa dedicada a colocar en el mercado inmuebles embargados, es Pisos Embargados de Bancos, que se anuncia como el primer portal de esta actividad de España, y cuya web publicita más de 50.000 inmuebles en España de más de veinticinco bancos (http://www.pisosembargadosdebancos.com/index.php), principalmente de Alicante, Valencia, Barcelona, Madrid, Málaga y Murcia. La mayoría de estas viviendas proceden de particulares que no pudieron hacer frente a las cuotas de la hipoteca. Los descuentos por la adquisición de estos inmuebles pueden llegar al 60% del precio inicial. Los que tienen más problemas en competencia con los bancos, son los promotores, que disponen de promociones completas sin vender, incluso con financiación al 100% del valor de tasación (que también ofrecen los bancos para su stock de viviendas). El hecho es que, desde el inicio de la ola de desahucios, las entidades financieras han organizado sus propias estructuras inmobiliarias. Con este paisaje desesperanzador para el derecho fundamental a la vivienda podría parecer que no se puede ir a peor y, sin embargo, es posible, pues los nuevos pobres y sin vivienda, aún seguirán debiendo grandes cantidades a los bancos con los que firmaron la hipoteca, y seguirán pagando plusvalías e impuestos de transmisiones patrimoniales como si realizaran una venta cuando ya no 733

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tienen ni dinero para pagar, ni inmueble que transmitir. Y ahí es donde entran organizaciones sociales como la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE), que aboga por cambios legislativos que pongan freno a los embargos y permitan la creación de una bolsa de vivienda pública; y los movimientos ciudadanos como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que reivindica la dación en pago; es decir, que la entrega del piso hipotecado cancele la deuda de los titulares, y las instituciones les eximan del pago de impuestos y plusvalías de un bien que ya no les pertenece.

Ofrecimos al banco la dación en pago y nos ofreció el período de carencia. Volví a ofrecer la dación en pago, pero la entidad dijo que primero termináramos con la carencia y luego se hablaría.

La PAH ha logrado sensibilizar y concienciar a la ciudadanía de la existencia de este problema, solidarizándose con los afectados y realizando acciones no violentas en su favor, desde recaudar fondos, contratar abogados, impedir desahucios y, la más importante, liderar una Iniciativa Legislativa Popular a favor de la dación en pago. Bien es cierto que el 29 de marzo, día de una huelga general, se aprobó el Real Decreto-ley 6/2012 de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos que señalaba un código de buenas prácticas que podían suscribir las entidades financieras, cosa que hicieron en pocos días, puesto que el texto ya había sido acordado entre el gobierno y la patronal bancaria sin consultar a las organizaciones y colectivos que trabajan con los afectados. Ya, en julio de 2011, el banco Santander anunció a bombo y platillo una moratoria para aquellos hipotecados que sufrieran un descenso del 15% en los ingresos de su unidad familiar. La entidad ofrecía un periodo de carencia de tres años en los que los clientes parados o con problemas económicos solo tendrían que hacer frente al pago de los intereses correspondientes, pudiendo posponer el abono del principal de los tres años de carencia, pero la realidad es que tuvo muy pocos efectos prácticos.

b) Sin ningún tipo de ingreso por actividades económicas.

Hace ocho años compré una casa pequeña que reformé por mis propios medios. He podido ir pagando mientras trabajaba pero me he quedado sin empleo. Ahora no puedo pagar. El banco ofrece una moratoria de dos años pero antes tengo que pagar las tres mensualidades que debo, más 1000€ de notarías.

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Y es que el código de buenas prácticas, además de ser de carácter voluntario para los bancos, es sumamente restrictivo, como muestran los criterios que deben cumplirse para la dación en pago: a) Todos los miembros de la unidad familiar en el paro.

c) La cuota hipotecaria debe ser superior al 60% de los ingresos netos del conjunto de la familia. d) En el caso de que existan avalistas (como ocurre en un porcentaje muy elevado de casos), éstos no deben tener ninguna propiedad y deben igualmente estar en el paro sin percibir ninguna renta. e) Solo se podrá aplicar para deudas inferiores a un determinado importe, en una horquilla que va desde 120.000 a 200.000€ en función del número de habitantes de la población. En La Rioja se excluyen las viviendas con un valor de tasación superior a los 150.000€ (cuando en 2009 el metro cuadrado en La Rioja pasaba de los 3.000€; es decir, las viviendas de más de 50 metros cuadrados). f) En el caso harto improbable de cumplir estos requisitos, y si el banco se adhiere al código, no se puede acceder a la dación sin más. Primero el banco hará una propuesta de refinanciación. Si la cuota mensual resultante es inferior al 60% de los ingresos de la unidad familiar, no se podrá negar a dicha refinanciación. Eso quiere decir que la deuda se incrementará. En el caso que dicha refinanciación implique cuotas a pagar superiores al 60%, se podrá solicitar al banco una quita (condonación) de parte de la deuda. El banco decidirá si la acepta o no. Y sólo una vez

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agotadas todas estas vías, es cuando se puede acoger a la dación en pago. Para la PAH, este código de buenas prácticas es una falta de respeto hacia los perjudicados por ejecuciones hipotecarias, porque, con la aplicación de estos requisitos, la mayoría de familias afectadas quedan excluidas. De hecho, este código excluye a familias rotas -incluso por violencia de género-, a avalistas, usufructuarios, jubilados, pensionistas, familias con EREs, con retrasos de nóminas, a familias que han perdido salarios completos, a autónomos y, sobre todo, al medio millón de familias que ya han sido desahuciadas y aún siguen con la deuda pendiente ya que no se dicta con efectos retroactivos; de modo que los requisitos que marca este código, tan sólo afectan a aquellas familias en las que todos sus miembros están en el paro, con una cuota hipotecaria superior al 80% de ingresos familiares netos y una deuda de cierta cantidad. Hace tres años subió mucho el Euribor y no tenía trabajo, y fue imposible pagar toda la cuota. No nos hicieron rehipoteca ni ayuda. Nos tuvieron un año en esa situación. Al final, nos hicieron un préstamo hipotecario, en vez de una rehipoteca: usura total. Subió la deuda que generaba intereses al 19%. Al final, nos vemos peor pues no podemos llegar a pagar. Así que hemos decidido no pagar para poder comer y vivir. Presentamos un documento para la dación en pago y el banco la rechazó. El nuevo decreto en materia hipotecaria lejos de ayudar a las personas afectadas, complica aun más su situación, ya que ha dado la excusa perfecta a las entidades financieras para dejar de negociar cientos de daciones en pago que se estaban tramitando. Ahora, los criterios son más restringidos, y las entidades cuentan con el aval del gobierno para intentar forzar renovaciones que suponen aumentar la deuda y alargar la agonía para miles de familias que ya se encuentran al límite de sus posibilidades.

EJECUCIONES HIPOTECARIAS Y DESAHUCIOS El Consejo General del Poder Judicial publicó el 30 de marzo de 2012 los datos sobre ejecuciones hipotecarias y lanzamientos del cuarto trimestre de 2011. En ellos destacan que las ejecuciones hipotecarias se mantienen como un problema de primer orden, con una tendencia a la baja respecto al año anterior, mientras que los desahucios (lanzamientos) sufren un fuerte aumento. Así, en España, durante 2011, se iniciaron 77.864 ejecuciones hipotecarias (93.636 en 2010), y 58.241 desahucios (47.809 en 2010). Pero lo más grave son los resultados totales desde que se inició la crisis en 2007. En efecto, entre 2007 y 2011 se iniciaron 349.438 ejecuciones hipotecarias y, entre 2008 y 2011, se han producido 166.716 desahucios; es decir, más de 166.716 familias se encuentran en la calle, puesto que a los titulares de la vivienda se sumarían en muchos casos los avalistas del inmueble hipotecado. Las provincias más afectadas por los desahucios en 2011 fueron Madrid (9.460), Valencia (7.267), Barcelona (5.801) y Alicante (4.648). Sobre la interpretación de estas cifras, destacan tres aspectos: 1º) Es normal que ahora se disparen los desahucios respecto de las ejecuciones: los procedimientos de ejecución hipotecaria se están alargando hasta dos años en los juzgados; el desahucio llega al final de ese procedimiento, después de la subasta del piso. Por ello, ahora vemos un fuerte aumento de los lanzamientos o desahucios, porque son la consecuencia de las ejecuciones iniciadas en 2008, 2009 y 2010. En cualquier caso hay que tener en cuenta que la práctica totalidad de ejecuciones terminarán en desahucio, tanto si lo refleja la estadística judicial como si no, puesto que tras la subasta se produce un cambio de propiedad y raramente la nueva propiedad está dispuesta a alquilar la vivienda a la persona ex propietaria. Han subastado el piso sin haber seguido el procedimiento. Luego quisieron que tomara un préstamo de 100.000 € para devolver la deuda pero no lo he aceptado. Lo primero que han hecho es la 735

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subasta de la propiedad y el banco se la ha adjudicado. Ahora me ha llegado la orden de desahucio para dentro de dos semanas. 2º) La disminución de ejecuciones iniciadas en 2011 respecto de 2010 no significa que el problema de las ejecuciones se esté resolviendo en España, pues estas 77.864 ejecuciones en 2011 triplican las que se producían en 2007 (25.943). Estamos lejos de ver resuelto el problema y, desgraciadamente, en 2012 continuarán produciéndose cifras cada vez más escalofriantes. Compré un piso con mi hermano y mi padre; mi hermano en paro y yo también, mi padre ha muerto y no tenemos para pagar, y me veo en la calle. 3º) Tras las estadísticas hay personas, núcleos de convivencia, familias enteras. Vidas destrozadas por un sistema avaricioso y depredador que prioriza la lógica del beneficio de un 1% de la población, sobre el bienestar y la vida digna del 99%. Nos embargaron la vivienda hace tres años y nos desahuciaron hace quince meses. Nos siguen descontando de la nómina de mi mujer.

LA RIOJA DESAHUCIADA La crisis económica y financiera está incrementando el número de familias que se ven afectadas directa o indirectamente por procesos de ejecución hipotecaria. La vinculación entre crisis y desahucio se establece a partir de factores que en sí mismos o en combinación (el paro y la deuda hipotecaria), precipitan el proceso de empobrecimiento. La Rioja se sitúa en la octava posición por ejecuciones hipotecarias. Desde el 2007 hasta la actualidad, se han producido 2.200 ejecuciones hipotecarias y, desde 2008 hasta la actualidad, 770 desahucios según datos del CGPJ. Y para acercarnos a la realidad de los desahuciados (la PAH de La Rioja estima que, en los cinco primeros meses de 2012, se han realizado en la región en torno a 200 ejecuciones hipotecarias, un gran incremento si atendemos al dato de 2011 cuando el número de desahucios ascendió a 244), 736

hemos utilizado como fuente de información a los titulares propietarios de vivienda que han acudido a la PAH de La Rioja, desde octubre de 2011 hasta mayo de 2012, y han expresado su deseo de colaborar con las actividades de la PAH. A este fin hemos obtenido información cuantitativa de sesenta afectados y hemos realizado doce entrevistas en profundidad a fin de conocer el proceso de desahucio y su perspectiva de futuro. No es de nuestro interés formalizar una tipología de desahuciados pues la casuística es tan amplia como diversa es la población, si bien no renunciamos a describir algunas de las situaciones sobre las que se ha producido el proceso de desahucio y que nos acerca a la realidad de los españoles en estos años de explosión de la denominada burbuja inmobiliaria y financiera. El desahucio suele tener como causa desencadenante una situación de pobreza sobrevenida derivada de la pérdida de empleo, ruptura sentimental u otros acontecimientos vitales estresantes para la persona o la familia. Sobre un total de sesenta afectados, casi el 40% proceden de otras localidades distintas a la de la capital, Logroño, aunque en su mayoría, los titulares de propiedades inmuebles pertenecen a pueblos cercanos (como Lardero, Villamediana, Alberite, o Fuenmayor), o a localidades de la Rioja Baja (como Autol y Calahorra). Principalmente, los titulares de la propiedad inmobiliaria son varones (43%), seguidos de mujeres (33%) y matrimonios o parejas (hermanos, cuñados) con el 24%; pero, en casi todos los casos, las propiedades están ocupadas por el titular junto a otros familiares, generalmente el cónyuge y los hijos, aunque en algunas ocasiones aparecen otros miembros familiares como los padres o cuñados. Quienes declaran tener hijos a su cargo, lo hacen en una media de 1,9 hijos por hogar, generalmente menores. En su gran mayoría, los titulares de hipotecas tienen entre 37 y 57 años, y un 15% del total manifiesta problemas de salud y discapacidad.

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Este breve bosquejo de la situación familiar de los afectados de desahucio por la hipoteca no se alejaría de la situación de otros grupos familiares españoles, si no fuera porque la situación laboral de este colectivo está marcada por el paro de los principales sustentadores del hogar. Así, cuando hemos preguntado por los ingresos familiares para el sostenimiento del hogar, el 30% declara no disponer de ninguna ayuda, bien porque la estaban tramitando o bien porque la habían concluido. El 38% recibía el subsidio de desempleo (426€); y el resto contaba básicamente con las pensiones de mayores, viudedad o las ayudas por hijos menores, y los ingresos provenientes de trabajos esporádicos y a tiempo parcial. Así, tan sólo el 15% de las unidades familiares superaban los 1.000 €. Dos de cada diez ya habían sido desahuciados, y en todos aquellos casos en los que se había celebrado subasta, la propiedad de la vivienda había pasado a la entidad bancaria. Problemas en los negocios y el trabajo… se acumularon las cuotas y el banco se negaba a realizar una negociación, y procedió con la ejecución hipotecaria. Se ha realizado la subasta y el banco se la ha adjudicado. Ya hay fecha de desahucio. Me quedé en paro hace cinco años y nadie me coge para trabajar y no puedo hacer frente a la hipoteca. La casa ya está subastada. Me tengo que ir con dos hijos a mi cargo La gran mayoría (88%) responde que no dispone de una vivienda alternativa y tan sólo el 12% declara disponer, o incluso vivir en otra vivienda, o bien estar buscándola. Sobre la cuantía de los préstamos hipotecarios, éstos oscilan entre 100.000 y 150.000 € (33%) y entre 151.000 y 200.000 € (31%); y ya, en menor medida, menos de 100.000 € (24%) y cantidades superiores a 200.000 € (12%). Préstamos obtenidos en dieciocho entidades financieras, donde destacan IberCaja y BBVA, seguidos muy de cerca por Banco de Valencia, la CAN y la Caixa.

La cuota mensual que acordaron con las entidades financieras oscilaba entre los 500 y 1000€ (54%) y por debajo de los 500€ (36%). Tan sólo el 10% debía pagar una cuota superior a los 1.000 € mensuales. Son cuotas que se aceptaron de acuerdo a los ingresos disponibles en el momento de formalizar el préstamo, pero a las que no se pudo hacer frente por la pérdida o descenso de los mismos, encontrándose en la tesitura de elegir entre sostener el pago de las cuotas hipotecarias de la vivienda, o la necesidad de subsistencia de los miembros de la unidad residencial a través del consumo de servicios básicos como la alimentación, vestido, salud, educación, etc. El principal factor desencadenante de la situación de ejecución hipotecaria ha sido el desempleo de alguno de los titulares de la vivienda. Desempleo que se ha sostenido en el tiempo y que, en ocasiones, se ha agudizado con la finalización de las ayudas económicas, lo cual ha precipitado la decisión de no pagar las cuotas hipotecarias solicitando la dación en pago. Antes pagábamos muy bien pero los últimos cuatro años comienza el problema para pagar la hipoteca, porque como no encuentras trabajo no puedes pagar, y con sólo tres meses sin pagar el director de Ibercaja quiere sacarnos de casa. No vivo en la vivienda desde hace tiempo. Lo único que quiero es poder dar la vivienda como pago ya que el director de la sucursal me engañó diciendo que el aval era solo para las posibles cuotas impagadas, ya que el préstamo no llegaba al 80% del valor. Ahora amenazan con después de quedarse con la mía, quedarse la de mis padres de 80 años que son los avalistas. Una vez adquirida en subasta al 60% me quedaría una deuda de muy poco, pero con los gastos y costas se dispara. Si vale mas de lo que debo, ¿por qué no se la quedan en pago? Estoy en el paro. He hablado con el banco para pagar cuando cobre. La escritura del piso, junto con el dinero que nos tenían que dar a día de hoy, está sin tenerlo nosotros, y al reclamar nos marean de

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una manera que no es normal. En el hogar el único sueldo que entraba era el mío. En otras ocasiones el factor desencadenante ha sido la usura de las entidades financieras que, bien a través de préstamos, nuevas hipotecas y/o periodos de carencia estimulaba el mantenimiento de las hipotecas. Actualmente no me niego a pagar la deuda hipotecaria, y estoy dispuesta a darle mi nómina entera y la de mi marido, y el banco me dice que no hay suficiente para pagar la deuda; me exige todo junto y se niega a darme las deudas mensuales y cualquier tipo de papel que pida de mi cuenta, y en un ordenador sale otra cantidad, en concreto me piden dinero sin justificaciones, e intereses de los mismos. En conjunción o no con los otros dos factores, aparece la ruptura en las relaciones familiares o de pareja a partir de sentencias judiciales que provocan que, al menos uno, o los dos titulares de la vivienda, no puedan hacerse cargo de la cuantía de la hipoteca. Por sentencia judicial mi ex marido tiene que pagar el 50% de la vivienda y pensión alimenticia. Pensión que pasa cuando le apetece, y el piso tarde, mal y nunca. Lo declararon insolvente. Es mi familia quien me tiene que ayudar económicamente (mis padres ya empiezan a tener problemas económicos y además son avales del préstamo hipotecario). Estos tres factores, solos o en combinación, han traído consecuencias indeseables para la estabilidad de los hogares, pues en la mayoría de los casos a la solución afrontada de pérdida de la vivienda se añaden algunos condicionantes como la existencia de menores, personas de edad avanzada, enfermos, discapacitados, familias extensas y personas solas, que junto al desempleo hacen de la pérdida de la vivienda una nueva dimensión de la pobreza y la exclusión social.

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