La participación social y política como instrumento de integración (Máster en Políticas de Integración Ciudadana, 2014)

July 28, 2017 | Autor: Albert Mora Castro | Categoría: Inmigracion, Asociacionismo, Participación Social, Participación Política
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Descripción

FORMACIÓN ONLINE UNIVERSITARIA

Albert Mora

TEMA 2

LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA COMO INSTRUMENTO DE INTEGRACIÓN MÓDULO 4. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE INTEGRACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN ESPAÑA

MÁSTER DE POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN CIUDADANA

MIGRACIONES Y CIUDADANÍA

Máster en Políticas de Integración Ciudadana

6ª Edición 2014

Universitat de València Fundación CeiMigra

Esta obra está publicada bajo una licencia licencia Creative Commons ReconocimientoNoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. Para ver una copia de esta licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es_ES En resumen, se puede disponer de la obra TEMA 2 La participación social y política como instrumento de integración de Albert Mora, para disfrute personal; se puede guardar, copiar y distribuir, sin ánimo de lucro siempre que informe sobre el autor original, y la licencia que consiente la distribución de la obra. La licencia no permite la transformación de la obra original ni la generación de obras derivadas a partir de aquella. www.migracionesyciudadania.es Mayo 2014

Máster en Políticas de Integración Ciudadana

MÓDULO 4 POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE INTEGRACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN ESPAÑA

Albert Mora

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Migraciones y Ciudadanía

Tema 2. La participación social y política como instrumento de integración

TEMA 2 LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA COMO INSTRUMENTO DE INTEGRACIÓN Albert Mora

Existe un consenso importante en torno a la importancia que la participación, en todas sus manifestaciones, juega en el proceso de integración ciudadana de las personas inmigradas. Una sociedad en la que las personas participan en lo que les afecta directa o indirectamente es siempre una sociedad más integrada. La importancia de la participación ha sido reconocida formalmente por diversos agentes políticos en los últimos años, de forma que se ha convertido en un instrumento valorado y considerado necesario para el desarrollo comunitario y la gobernabilidad por parte de las administraciones (Micó, 2006: 276)1 así como para el fortalecimiento de las democracias. En el campo de la investigación en torno a los procesos de integración de las personas inmigradas, la participación ha sido considerada como uno de los principales instrumentos para la incorporación de los inmigrantes a las sociedades de instalación. De entre las múltiples definiciones del concepto de participación que se pueden encontrar, destaca la presentada por Giménez (2002: 102) para quien la participación supone “estar presente en, ser parte de, ser tomado en cuenta por y para, involucrarse, intervenir en, etc. Participar es incidir, influir, responsabilizarse. La participación es un proceso que enlaza necesariamente a los sujetos y los grupos; la participación de alguien en algo, relaciona a ese alguien con los otros también involucrados. Ser participante implica ser coagente, cooperante, coautor, corresponsable...”. La participación, desde esta perspectiva, implica el poder de influir en aquellos procesos que afectan al sujeto y, al mismo tiempo, supone una experiencia compartida, que puede generar cierta conciencia colectiva y que pone al sujeto en relación con otros sujetos. Tiene una dimensión claramente política, de forma que cualquier actividad dirigida a influir, directa o indirectamente, en la política podría ser considerada como una manifestación de la participación (Font y Blanco, 2003: 15).

1 Durante los últimos años han proliferado en España las acciones políticas en este campo, se han aprobado diversos programas con objeto de promover la participación y se han dictado leyes dirigidas a la promoción de la participación ciudadana. En el País Valenciano, este ámbito de actuaciones se regula mediante la Ley 11/2008, de 3 de julio de 2008, de Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana, DOCV nº 5803, de 10 de julio de 2008.

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Puede diferenciarse entre dos tipos de participación: la participación política que se deriva del ejercicio de los derechos políticos y la participación social ejercida, al menos formalmente, al margen del ámbito de lo político. Pero si se adopta una definición amplia del concepto de participación política, una buena parte de las acciones que suelen presentarse como expresión de la participación social podrían ser consideradas también como acciones con fines o efectos políticos. Siguiendo esta noción más amplia, Font, Montero y Torcal (2006: 30) definen la participación política como “los actos o actividades realizados por cualquier ciudadano que tratan de influir directa o indirectamente en las decisiones adoptadas por las autoridades políticas y sociales (elegidas o no) y que afectan a los asuntos de la colectividad”. Desde la perspectiva de estos autores, los “asuntos de la colectividad” que se abordan desde la participación política abarcan un conjunto diverso de actividades de las que sólo quedarían excluidas aquellas que, centrándose en el ámbito personal o familiar, se mantienen en la esfera privada. Desde una concepción “ampliada” de la participación política, esta trascendería en mucho a las formas convencionales vinculadas al derecho de sufragio e incorporaría también otras formas de movilización política no convencional asociadas a los procesos de construcción de actores colectivos (Martiniello, 2006: 84-85). En este tema se tratarán primero algunas cuestiones centrales referentes al reconocimiento y ejercicio de los derechos de participación por parte de las personas inmigradas, para observar después el papel que la participación política y social, formalizada en torno a las asociaciones de inmigrantes, juega actualmente en los procesos de integración.

LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DE LAS PERSONAS INMIGRADAS Y EL ACCESO A LA CIUDADANÍA La integración se entiende como un proceso que debe construirse desde la igualdad de derechos, que implica a todos los convivientes, y en el que juegan un papel importante las posibilidades de participación social y política de los recién llegados. Pero, para que la participación pueda darse, primero debe garantizarse el reconocimiento de los derechos que la hacen posible, algunos de los cuales no están reconocidos para prácticamente ningún extranjero extracomunitario. La garantía plena de los derechos políticos es una condición necesaria para garantizar la igualdad (de Lucas, 2008) sobre la que construir la integración desde la participación. Desde una perspectiva amplia, y siguiendo el planteamiento de Javier de Lucas et al. (2008: 40), los derechos de participación englobarían los siguientes derechos: derecho de sufragio activo y pasivo y acceso a los cargos públicos; derechos de asociación, manifestación, reunión, petición, afiliación a partidos políticos, libre sindicación, huelga y libertad de expresión; facultades de intervención en órganos, foros,

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consejos consultivos y otros dispositivos de participación y consulta. Según esta conceptualización, el derecho de sufragio no agota el campo de los derechos de participación política, aunque los derechos a elegir y ser elegido en un proceso democrático se encuentran en la base de los derechos políticos y constituyen uno de los reclamos más importantes en el ámbito de la garantía de los derechos de participación de las personas inmigradas. En España, el derecho de sufragio sólo se garantiza a los extranjeros comunitarios (que pueden votar y ser votados en las elecciones locales y europeas) y no a los extracomunitarios, salvo a aquellos que son nacionales de países con los que España tiene firmado y ratificado un tratado de reciprocidad2. El ejercicio de otros importantes derechos de participación, como los de reunión, asociación, manifestación, huelga y sindicación, fue reconocido, entre los años 2000 y 2009, sólo para los extranjeros con permisos de residencia en vigor, aspecto que fue modificado en la LO 2/20093. El acceso a la condición jurídico-política de ciudadanía es imprescindible para ver garantizados todos los derechos de participación política y marca una barrera, con importantes implicaciones sociales, entre los “nosotros de pleno derecho” y los “otros de no pleno derecho”. Se abre así la dialéctica entre el universalismo de los derechos y el particularismo de la pertenencia (Mezzadra, 2005: 95). Sólo pertenece el nacional, mientras que el extranjero está fuera de la comunidad

2 La Constitución Española en el artículo 13.2 establece que los extranjeros extracomunitarios sólo tendrán reconocido el derecho de sufragio en las elecciones municipales cuando se haya ratificado un tratado de reciprocidad con sus países de origen. Hasta las elecciones locales de 2007, sólo se había firmado uno con Noruega (en vigor desde 1990). El Gobierno del Estado español inició una ofensiva diplomática en agosto de 2008 para negociar acuerdos bilaterales con una quincena de países que sí permiten votar a los españoles residentes. Finalmente, fueron ocho los acuerdos firmados a tiempo para que los ciudadanos de los países firmantes (Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú) pudieran ejercer el derecho de sufragio en las últimas elecciones de mayo de 2011 si habían residido por lo menos cinco años de manera legal (tres en el caso de Noruega) en el territorio del Estado. El criterio de reciprocidad como condición para reconocer el derecho al voto a los extranjeros extracomunitarios ha suscitado muchas críticas, entre las que cabe destacar las expuestas por Solanes (2008) o Ceriani (2009). Estos autores, y otros como Cachón (2010), Moya (2011) o Aja y Díez (2005), han defendido la necesidad de una reforma de la Constitución Española que conduzca a la eliminación del requisito de reciprocidad. 3 Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, BOE nº 307, de 23 de diciembre de 2000, tras la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, BOE nº 307, de 23 de diciembre de 2000; por la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros, BOE nº 234, de 30 de septiembre de 2003; por la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, BOE nº 279, de 21 de noviembre de 2003 y por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la LO 4/2000, BOE nº 299, de 12 de diciembre de 2009. Durante los años que estuvieron en vigor la LO 8/200o y la LO 14/2003 los derechos referidos se reconocían a los extranjeros pero se condicionaba su ejercicio a la residencia legal en el territorio del Estado. La sentencia del Tribunal Constitucional 236/2007 de 10 de diciembre, declaró inconstitucional la negación de los derechos de reunión, manifestación, asociación y sindicación. Sucesivas sentencias han ratificado la inconstitucionalidad de los artículos que negaban estos derechos (Solanes, 2010: 84). Vidal (2009) ha analizado en profundidad la jurisprudencia relacionada con esta sentencia.

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política4 al tiempo que, paradójicamente, es interpelado para que se integre en la sociedad que lo acoge5. Los extranjeros deben cumplir con las normas y las leyes que emanan de un poder en la elección del cual ellos no han participado, limitándose así seriamente la democracia y el sentido de pertenencia de los no nacionales. De esta forma, la ciudadanía se convierte en la “jaula de hierro” para la integración de los inmigrantes (de Lucas, 2004) y se configura como un elemento al servicio de los procesos de exclusión, bajo la suposición de legitimidad del criterio de preferencia nacional y la extensión del “mito del acreedor”, según el cual “los autóctonos, los que llegaron primero, se creen que poseen derechos y acciones fundacionales” y que “todos los que vienen detrás sólo tienen obligaciones” (García Roca, 2010: 58). De Lucas (2009) y otros autores han empleado el concepto de “ciudadanía local” para hacer referencia a la necesidad perentoria de facilitar a los extranjeros el acceso a los derechos políticos completos al menos en el ámbito local, que es en el que se dan las dinámicas de integración cotidianas6. Para el proceso de inserción urbana, la negación a los extranjeros extracomunitarios del derecho de sufragio a nivel municipal supone un problema con tres dimensiones (Torres, 2006: 108-109): la pragmática (la voz de los inmigrantes no es considerada por el poder institucional y se dificulta la “negociación” y “adaptación” mutua entre los vecinos); la normativa (la negación de los derechos políticos a los vecinos inmigrantes residentes contradice los valores básicos de la democracia); y la simbólica (los inmigrantes son construidos como ciudadanos de segunda). Si bien es cierto que la condición de ciudadanía no garantiza por sí misma la integración, la imposibilidad de acceso a la misma sí evidencia una exclusión clara que bloquea las vías de integración (Velasco, 2009: 366). Sólo en la medida en la que las personas extranjeras extracomunitarias puedan, con su voto, influir en el resultado de las elecciones, serán reconocidas 4 Las dificultades para obtener el estatuto de ciudadanía, mediante la nacionalización, son especialmente importantes en España. El Índice de Políticas de Integración de los Inmigrantes, en su tercera edición (Huddleston et al., 2011), sitúa a España como el Estado que cuenta con la peor vía de obtención de la ciudadanía entre los principales países de inmigración europeos. Por su parte, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (2011: 39) ha recomendado, en su cuarto informe sobre España, una flexibilización de los criterios para reconocer la nacionalidad a los extranjeros. 5 Esta paradoja es especialmente visible en contextos en los que se promulga, por una parte, la necesidad de aprendizaje de los valores democráticos por parte de los inmigrantes mientras que, al mismo tiempo, se defiende, explícita o implícitamente, la negación del más básico de los derechos en democracia, el derecho al voto. 6 En esta línea, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (2011: 39), instó a las autoridades estatales a tener presente que “en muchas ciudades españolas hay una elevada proporción de residentes extranjeros que participan activamente en la vida y la prosperidad de la comunidad local y que deberían poder contribuir al proceso de toma de decisiones a nivel local sobre cuestiones que les conciernen”. Por otra parte, el Convenio sobre la participación de los extranjeros en la vida pública a nivel local, aprobado en Estrasburgo el 5 de febrero de 1992, reconoce el compromiso de los Estados de otorgar a todos los extranjeros residentes el derecho al sufragio activo y pasivo en las elecciones locales, siempre que cumplan los mismos requisitos legales que se aplican a los nacionales y que hayan residido en el Estado al menos durante los cinco años anteriores a los comicios.

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por las fuerzas políticas. El diseño de los programas electorales y de gobierno, así como las actitudes y los comportamientos políticos, se verían influenciados por los intereses de los inmigrantes si éstos pudieran ejercer el derecho al voto (Solanes, 2006: 28). De hecho, en algunos conflictos que han tenido lugar en las ciudades y en los que los intereses de autóctonos y extranjeros han entrado en colisión, los políticos han tendido a satisfacer los intereses de los primeros, dado que son los que tienen reconocido el derecho de sufragio (Aja y Díez20 :2005). El hecho de que la ciudadanía se equipare con la nacionalidad implica supeditar los derechos de los individuos a los del ciudadano, lo que choca frontalmente con la extensión de la cultura de los derechos humanos (Velasco, 2009). Es por ello que proliferan las voces que reclaman una ampliación de la ciudadanía que incorpore a los extranjeros en el catálogo de derechos reconocidos a los ciudadanos7. Y en algunos Estados occidentales se crean figuras “intermedias” entre el estatuto de extranjero y el de ciudadano que permiten que los no nacionales gocen de una serie de derechos sobre la base de su residencia legal y permanente en un país (Mezzadra, 2005: 106). La concesión gradual de derechos, que no se completa hasta que se produce la naturalización, configura un terreno propicio a la exclusión, tal y como explica Bauman (2005: 167-168): “Antes de que los recién llegados, que aspiran a un lugar social, tengan acceso a ese nuevo guardarropas donde están guardados los atavíos apropiados y necesarios para ese lugar, deben ser desvestidos (no sólo metafórica, sino literalmente) de todos los aparejos de su anterior condición. Deben estar durante un tiempo en estado de “desnudez social” y permanecer en cuarentena en un no-lugar, “entre y en el medio” (...). Un purgatorio intermedio en “ninguna parte” (...) separa a su vez a los recién llegados de su nuevo espacio de pertenencia. De ser concedida, la inclusión debe estar precedida de una exclusión radical”. La configuración restrictiva de la ciudadanía en las sociedades europeas, y la negación de ciertos derechos a los no ciudadanos se justifica, explícita o implícitamente, en base a aquella idea según la cual las sociedades de recepción deberían proteger sus identidades nacionales y su soberanía de la “amenaza inmigrante”. Una idea que obvia que las sociedades actuales son espacios de intercambios permanentes, dentro de un proceso de globalización acelerada, y que las identidades ni son únicas ni estáticas ni originarias, sino que se configuran a partir de múltiples pertenencias, 7 Sin embargo, debe tenerse presente que, como señala Arango (2006a), el pleno reconocimiento de derechos por sí mismo no garantiza la ciudadanía sustantiva, entendida no en el sentido clásico, como equiparable al estatuto de nacionalidad, sino como la plena dotación de derechos que corresponde a las personas en las sociedades democráticas contemporáneas. Esta ciudadanía “no puede limitarse a la posesión de derechos, sino extenderse también a la posesión de las condiciones necesarias para poder hacer efectivos esos derechos, para que no resulten desvirtuados o anulados por graves situaciones de desventaja u otros hándicaps por prácticas informales como la discriminación y el racismo, o por alguna de las circunstancias que conducen a la exclusión social” (Arango, 2006a: 125). El principio de ciudadanía exige, pues, la superación de las desventajas de partida y esta tarea necesita del concurso de los poderes públicos, pero también de la cultura cívica de la sociedad (Arango, 2006b).

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son cambiantes y se encuentran influenciadas por todos los intercambios y experiencias que van dando en el transcurso de la vida (Maalouf, 2001). El blindaje de la ciudadanía bajo el criterio de preservación de la identidad nacional, olvida que los nacionales tampoco son culturalmente homogéneos, que no existe una “homogeneidad como” hecho original “, y que el precio que hay que pagar por ese ideal es la desaparición de la libertad, la criminalización de la disidencia, de la heterodoxia, de la pluralidad, la negación de la diferencia, tanto dentro del grupo como frente a otros grupos que no pueden ser vistos más que en la clave de la dialéctica amigo / enemigo” (de Lucas, 2001: 66). Pero el no reconocimiento de la condición jurídico-política de ciudadanía no implica que los extranjeros recién llegados no puedan participar en el espacio público. Atendiendo a la definición de participación ya referida, se puede concluir que, incluso cuando el estatuto de ciudadanía no es reconocido, con la consiguiente falta (completa o relativa) de acceso al derecho de sufragio, los inmigrantes participan de un tipo de ciudadanía que Carlos Giménez ha llamado ciudadanía social o cívica, definida como “ese amplio campo de derechos, responsabilidades y prácticas, pertenencias y sentimientos que no remiten necesariamente al estatuto jurídico de nacional y que se expresan primordialmente no en las esferas más amplias del país o nación en su conjunto, sino en las ciudades y pueblos, en las comunidades vecinales y de barrio, en la sociedad civil en su conjunto “ (Giménez, 2008: 25). Más aún, varias investigaciones han señalado como incluso las personas que se encuentran en el escalón más bajo con respecto a la garantía de sus derechos, es decir, aquellas que se encuentran en situación administrativa irregular, también han desarrollado experiencias participativas de importantes repercusiones. Los inmigrantes se convierten así en “nuevos sujetos políticos que se configuran como tales más allá de y por encima de la voluntad política del Estado-nación y sus estrictos límites a la ciudadanía” (Suárez-Navaz, 2007: 23). Es evidente que los derechos de participación no se agotan, ni mucho menos, en los derechos de sufragio. De hecho, son muchas las personas que participan en la sociedad e inciden en ella a través de otros mecanismos, como el asociacionismo, la participación en movimientos sociales o el desarrollo de formas de participación informal. Las personas inmigradas en España, pese al corto período de tiempo que llevan residiendo aquí la mayor parte de ellas, han desarrollado múltiples y diversas experiencias participativas, a pesar del escaso reconocimiento social del inmigrante como sujeto activo o de la desvalorización generalizada de los procesos participativos que no se encuadran en el ámbito de las asociaciones formales (Amengual et al., 2003: 88-89). De hecho, puede afirmarse que la intervención en el espacio público comienza en el ámbito vecinal y laboral: los barrios, las escuelas y los centros de trabajo (de Lucas, 2009: 22), como espacios de interacción cotidiana a los que la mayoría de los inmigrantes se han ido incorporando en los últimos años.

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En cualquier caso, y como mantiene Martiniello (2006: 88), la estructura de oportunidad política de las sociedades de recepción, que resulta de los mecanismos de inclusión y exclusión desarrollados por los Estados (de residencia y de origen) y sus sistemas políticos, determinará las formas de participación que se darán entre la población inmigrante. Este autor enumera otras importantes variables que pueden condicionar el tipo y calidad de la participación de las personas inmigrantes y sus descendientes. Entre ellas, pueden destacarse las ideas políticas y los valores de los inmigrantes, sus experiencias políticas previas, su deseo de permanecer o no en el país de residencia, el sentimiento de pertenencia a la sociedad de acogida o a la de origen, el conocimiento que tienen del sistema político y de las instituciones del país receptor, y el capital social y la intensidad de las redes asociativas. Estas variables se combinan con otras que habitualmente determinan el comportamiento político, tales como el nivel de formación, las habilidades lingüísticas, el status socioeconómico, el género o la edad. Y todos estos elementos operan en un contexto de desigualdad estructural que ofrece a unos sujetos más posibilidades de participar que a otros, en función del lugar que ocupen en la escala social 8. Cabe considerar, por último, que casi todas las formas de participación generan algún impacto social, ya sea en el interior del grupo o en el exterior del mismo. Cuando este efecto incide en las políticas públicas o en la gestión de algún conflicto público o da como resultado la reordenación del mapa de fuerzas que gobierna la distribución de los recursos sociales, se puede hablar de participación con incidencia política9. De este modo, se aprecia la vertiente política de muchas de las formas de participación que no parecen tener a priori ningún carácter político. Por otra parte, no puede obviarse tampoco que las acciones participativas con un carácter más social y menos político también pueden generar importantes beneficios en el proceso de integración en la nueva sociedad.

8 Esta realidad se expresa, de manera clara, en la desigualdad de género y sus implicaciones para la participación. A las consecuencias de la desigual asignación del poder y las oportunidades, la división sexual del trabajo y el confinamiento de las mujeres a la esfera privada, se añade la condición étnica para acabar configurando un escenario que dificulta especialmente el ejercicio de los derechos de participación de las mujeres inmigrantes (Petit, 2005). 9 Hay que resaltar, sin embargo, que esta incidencia política no necesariamente debe ser transformadora, dado que, en ocasiones, la participación no busca la transformación, sino la legitimación de lo existente (Martí y Rebollo, 2007: 16).

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LA PARTICIPACIÓN FORMAL: EL ASOCIACIONISMO INMIGRANTE Los instrumentos de participación alternativos al sufragio pueden articularse alrededor de tres ejes fundamentales: la participación en asociaciones de inmigrantes, la participación en órganos consultivos10 y la participación en procesos consultivos públicos (como consultas populares o referéndums) (Moya, 2011). Sin duda, es el primero de los tres el que aglutina una mayor variedad e intensidad de experiencias de participación que han hecho del asociacionismo una de las principales vías de participación política de los inmigrantes11, especialmente útil para luchar contra la posición de debilidad y la situación de subordinación en que éstos se encuentran a menudo en la sociedad de recepción (Aja y Díez, 18 :2005). Son muchos los autores que han investigado la importancia del asociacionismo en el fortalecimiento de la democracia, la promoción del bienestar y la cohesión social. Desde que Tocqueville (2003) identificara a las asociaciones como frenos necesarios contra el poder político, que actúan como antídotos para la tiranía, se han sucedido los estudios que han puesto énfasis en el análisis de estas entidades como articuladoras de la participación social y política. De hecho, en el ámbito de la sociología política ha tenido un peso importante el conocido como efecto Tocqueville, que postula la identificación de la democracia con la vitalidad y participación de las asociaciones voluntarias presentes en la sociedad civil (Giner, 2001: 86)12. Las asociaciones, identificadas como grupos intermedios (insertos entre el ámbito propio de la familia y el de la política) se revelan como “agentes colectivos por excelencia de la sociedad civil” (Cucó, 1992: 242) que actúan “como una verdadera escuela de ciudadanos 10 La participación en órganos consultivos, como los consejos ciudadanos, los foros para la integración, etc., ha sido señalada a menudo como una vía de canalización de la voz y los intereses de las personas inmigrantes que contrarresta, en parte, las carencias derivadas del no reconocimiento del ejercicio del derecho al voto. Pero, analizando la trayectoria de algunos Estados europeos, Martiniello (1999) explica cómo estos foros consultivos ni resultan de utilidad para introducir cambios en las políticas para hacerlas más acordes a los intereses de los inmigrantes, ni tampoco sirven para incrementar el poder político de este colectivo. Según este autor, la consulta y el ejercicio del derecho al voto no se pueden disociar y la participación en órganos consultivos debería plantearse como un complemento que, en contextos de reconocimiento de los derechos políticos, permitiría profundizar en el control democrático directo. 11 La disposición de los inmigrantes a formar asociaciones ha sido una realidad contrastada históricamente en diferentes territorios y colectivos (Moya, 2011: 15), de forma que puede afirmarse que, en la práctica totalidad de las sociedades de recepción, la llegada e instalación de inmigrantes ha supuesto la creación y desarrollo de asociaciones propias que han contribuido a hacer visibles a sus colectivos y a incorporarlos en los escenarios públicos. En los últimos años este asociacionismo ha experimentado un importante impulso en las zonas de España que se han conformado como territorios de recepción de inmigrantes. 12 Autores como Putnam (1993), han hecho hincapié en cómo el buen funcionamiento de la democracia se relaciona con los niveles de participación de los ciudadanos. Considerando a las asociaciones como instrumentos de especial utilidad para canalizar la participación ciudadana, la calidad de la democracia mejorará en contextos en los que las tasas de asociacionismo sean superiores.

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y como una estructura de mediación entre éstos y los centros de decisión del estado” (Cucó, 2004: 130). Pueden jugar también, como han destacado Font, Montero y Torcal (2006: 343344), un rol importante como “escuelas de democracia” en las que se aprende a participar, se delibera y se comparte información. La existencia de asociaciones, afirman estos autores, puede facilitar el debate en la esfera pública. Un debate que genere un mayor control del poder político y una mayor implicación de los ciudadanos, que encuentran así una herramienta para incidir en los procesos de decisión y hacer de las políticas públicas una expresión más ajustada de las preferencias mayoritarias entre la ciudadanía. Son espacios de compromiso, con un grado de proyección variable, pero articulados en torno a la construcción colectiva de proyectos compartidos, lo que implica una clara manifestación de la ciudadanía especialmente relevante en contextos de no acceso al conjunto de los derechos de participación. Sin embargo, las asociaciones no pueden ser consideradas, per se, escuelas de democracia, recuerda Ariño (2004: 100-101), quien señala cómo deberían darse dos condiciones para poder hablar de ciudadanía asociativa: “a) una interpenetración del Estado y de la sociedad en la que las asociaciones no aparezcan como exteriores frente a la sociedad política y b) que exista un reconocimiento por parte de las asociaciones de su responsabilidad en la definición de los valores de la esfera pública y en las carencias de las reglas democráticas”. A menudo las asociaciones de inmigrantes cumplen, aunque sea tangencialmente, estos requisitos. Las asociaciones de inmigrantes, en la línea de lo establecido por del Valle (2001: 146) para las asociaciones de mujeres, pueden constituirse como “espacios puente” que vehiculan el tránsito de una situación de subordinación a una de mayor equidad y donde “se generan discursos y prácticas alternativas que dotan de poder a aquellas que han sido desprovistas de él por su condición”13. Y es por eso que estas asociaciones se consideran aquí como una pieza clave a la hora de explicar los procesos de integración y de incorporación de los inmigrantes a lo cotidiano y al espacio público. Así, frente a las barreras que impiden el acceso a la ciudadanía política, la ciudadanía cívica se ejercería ampliamente en este tipo de asociaciones que son vehículo de esas nuevas formas de participación política y ciudadana (Martín, 2004) que toman forma en las sociedades de inmigración. Sin embargo, cabe destacar que no todas las asociaciones de inmigrantes pueden ser consideradas, por sí mismas, catalizadoras de la participación social y política de los inmigrantes. El mundo asociativo inmigrante ha sido 13 No todos los espacios puente conducen, sin embargo, a la otra orilla. Algunos individuos vuelven al punto de partida y rechazan las experiencias de cambio. Otros, sin volver al punto de partida, viven de manera distinta su realidad y tratan de cambiarla como consecuencia de la experiencia adquirida en el espacio puente. Otros crean espacios intermedios que implican ciertos avances. Y otros llegan a la otra orilla y enfrentan cambios creativos (del Valle, 2001: 146).

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caracterizado por buena parte de aquellos que lo han estudiado como un mundo altamente heterogéneo en el que confluyen asociaciones con pretensiones, actividades y funcionamientos muy diversos e, incluso, divergentes. Pero el punto de vista que aquí se adopta se alinea con los posicionamientos de los autores que afirman que, a pesar de las apariencias, son muchas las asociaciones que, a veces sin saberlo o incluso sin pretenderlo, generan procesos de incidencia política. Los inmigrantes pueden ser considerados, siguiendo las aportaciones de del Valle (1997), como grupos en situación de mutismo sociocultural que permanecen silenciados porque se encuentran en situación de subordinación y que rompen este mutismo cuando se organizan alrededor de asociaciones. Para del Valle, éstas pueden ser instrumentos de cambio incluso cuando no buscan explícitamente la transformación de las relaciones de poder14. El carácter de las asociaciones como “ámbitos privilegiados de sociabilidad, donde la gente disfruta de las relaciones y de la vida social” (Cucó, 1991: 54) se expresa claramente en el caso de las asociaciones de inmigrantes. Éstas se vehiculan, mayoritariamente, alrededor de la experiencia compartida de la migración como principal factor que estimula su creación y actividad (Moya, 2011: 15-16). Una experiencia compartida que contribuye a la articulación de una sociabilidad que gira alrededor de la identificación entre sujetos afectados por semejantes orígenes, procesos, valores y/o expectativas de vida. La migración configura así una experiencia que da lugar a la gestación de una sociabilidad particular que Cucó ha llamado “sociabilidad migrante”, entendida ésta como un “espacio privilegiado de sociabilidad endogrupal que se origina al calor de unas prácticas específicas y se desarrolla en lugares con características similares” (Cucó, 2008: 71). Se pueden encontrar manifestaciones de esta sociabilidad tanto en el terreno informal como en el formal. La visión sociopolítica que se aplica aquí recomienda centrarse en las expresiones de la sociabilidad formal articulada alrededor del asociacionismo inmigrante15.

14 Así lo estudia la autora en relación al asociacionismo femenino aunque extrayendo conclusiones que se pueden extrapolar aquí al ámbito del asociacionismo inmigrante. Afirma del Valle (1997: 183): “el asociacionismo, aun cuando vaya orientado a reforzar tareas domésticas (...) suele tener un efecto hacia fuera y de ahí su carácter transformador. De hecho, las mujeres que se introducen en alguno de esos grupos suelen ampliar su círculo de relaciones y el alcance de sus movimientos”. 15 No puede obviarse la importancia, cada vez mayor, de la participación de los inmigrantes en organizaciones voluntarias que no son de inmigrantes y en las que también se dan interesantes experiencias de participación política que pueden guardar una estrecha relación con los procesos de integración.

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Las relaciones que se establecen en el marco de estas entidades destacan por basarse generalmente en unos rasgos compartidos entre los sujetos que las conforman que les permitan identificarse los unos con los otros. Pero las asociaciones no son sólo espacios para la reproducción de una supuesta identidad originaria, sino que emergen también como importantes escenarios de construcción y transformación de la identidad de sus miembros. Así lo han estudiado Gadea y Albert (2011), que han destacado cómo las asociaciones pueden ser en sí mismas un instrumento de identificación para personas que se reconocen en un proyecto asociativo compartido. La defensa de “lo propio” que se desea preservar en la nueva sociedad, obliga a la definición de los parámetros básicos que caracterizan a esa identidad que se supone se comparte originariamente, pero que se ha visto necesariamente transformada con el proyecto migratorio. En este sentido, las referidas autoras sostienen que, en relación a los inmigrantes asociados, “lo que en definitiva les permite redefinir su identidad” aquí “es la práctica de la sociabilidad, que se transforma en un medio esencial para cualquier nueva identidad que se genere, a partir de los elementos simbólicos que deciden destacar, no sin conflicto, de su propia cultura” (Gadea y Albert, 2011: 13) 16. El hecho de que buena parte de las asociaciones de inmigrantes tengan como principal función el ejercicio de la sociabilidad17 no implica que su tarea no vaya más allá. De hecho, como ha señalado Ariño (2004: 103) en relación a las asociaciones convivenciales (que tienen en la convivencia entre sus miembros su principal activo), éstas vehiculan muchas veces también una “ciudadanía vigilante” (que ejerce cierta labor de control de la actuación de la Administración) y una “ciudadanía corporativa” (que mantiene un espacio de influencia mediante la asociación).

16 En este sentido, resultan de interés las aportaciones de Del Olmo (2003), quien ha tratado de buscar una respuesta a los procesos de construcción identitaria de los inmigrantes desde los estudios sobre la acción colectiva y la etnicidad. Esta autora destaca cómo la construcción colectiva de las identidades entre los inmigrantes cumple esencialmente tres funciones: la satisfacción de intereses comunes, la construcción de un “refugio psicológico” desde el que enfrentar el desarraigo, y la consecución del reconocimiento como fin último de la construcción identitaria. Mediante este reconocimiento, los miembros de una comunidad de inmigrantes pueden participar efectivamente de la estructura social de la que difieren culturalmente y pueden alcanzar una situación de equiparación con otros miembros de la sociedad de acogida, evitando también la asimilación (Del Olmo, 2003: 52). 17 Algunos autores han señalado como ésta es una tendencia general del asociacionismo actual en el que “no existe una especial preferencia dirigida a la formación de organizaciones caracterizadas por la elaboración explícita de un proyecto político, sino más bien al desarrollo de un sentido comunitario y autoorganizativo “ (Herrera, 2009: 64).

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Las organizaciones de inmigrantes, además de promover la participación ciudadana y constituirse como importantes escenarios de sociabilidad e identidad, juegan un papel esencial en la creación, ampliación y mantenimiento de redes sociales que facilitan la inserción de sus miembros, ofreciéndoles seguridad y apoyo y contribuyendo a su arraigo en la nueva sociedad. El concepto de “red social” se define, siguiendo a Martín (2004: 136), como “la existencia de una o varias relaciones entre más de dos individuos o grupos, basada en el intercambio de información, apoyo mutuo en acciones e intereses comunes, lazos de sociabilidad, capital social y la existencia de relaciones de poder en el interior de la red y entre la red y el exterior”. Son redes que promueven el encuentro y el intercambio de experiencias y permiten romper con el aislamiento social que muchas veces acompaña a las condiciones en las que viven los inmigrantes (Lluch, 2000: 19)18. Se convierten en instrumentos que promueven la confianza mutua entre sus miembros y la interacción de estos con personas que se encuentran más allá del espacio determinado por la propia red (Serafí et al., 2010: 54). Como promotoras del apoyo social, estas entidades contribuyen a la disminución del impacto de los factores estresores que acompañan al proceso migratorio, promoviendo así el bienestar psicosocial de sus miembros y su integración19. Cuando el proyecto migratorio es vivido como un acontecimiento vital estresante que requiere de un reajuste no deseado de las actividades cotidianas (Barrón 1996: 40-41), contar con redes de apoyo social puede ser determinante para enfrentar con éxito las dificultades que se derivan del proceso de adaptación. El apoyo social, siguiendo la ya clásica definición de Lin (1986: 18), es considerado aquí como el “conjunto de provisiones instrumentales y/o expresivas, reales o percibidas, proporcionadas por la comunidad, las redes sociales y las personas de confianza”20.

18 El hecho de que, en algunos casos, estas redes creadas a partir de la participación en colectivos sigan operativas cuando los vínculos con el grupo han desaparecido, puede ayudar a entender el papel decisivo de las redes sociales y la permanencia de sus efectos en el tiempo (Font, Montero y Torcal 2006: 341). 19 Por factores estresores se entiende aquel conjunto de elementos que dificultan la adaptación psicosocial a la nueva situación vital que conlleva la migración. Han sido analizados, entre otros, por Achotegui (2009) quien ha puesto especial énfasis en la incidencia del duelo migratorio, proceso por el cual el sujeto asume e interioriza todo el conjunto de pérdidas que se asocian al hecho de migrar. El apoyo social permite un mejor enfrentamiento de los factores estresores mediante la promoción de la resiliencia o capacidad del sujeto de enfrentarse a las dificultades y adaptarse a su situación a pesar de las condiciones adversas (Sayed-Ahmad, 2010: 273). 20 Este apoyo social puede generar dos tipos de efectos: uno directo (mejora el bienestar del sujeto y fomenta su salud) y otro indirecto o “amortiguador” (actúa como moderador de los factores estresores, contribuyendo a su mejor afrontamiento) (Díaz, 2003: 107-108).

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Facilitando el acceso a las provisiones que conlleva el apoyo social, las asociaciones de inmigrantes pueden jugar una función importante de generación de capital social entre las personas asociadas, entendiendo, en términos generales, el capital social como “el agregado de recursos reales o potenciales ligados a la posesión de una red duradera de relaciones más o menos institucionalizadas de reconocimiento mutuo” (Bourdieu, 1986: 248). Este capital social que se genera alrededor de las asociaciones hace que éstas se conviertan en importantes motores para la participación política de sus colectivos. Así lo explican Jacobs y Tillie (2004), a partir de las investigaciones de Fennema y Tille (desarrolladas en Amsterdam y otras ciudades holandesas) sobre las relaciones entre el capital social y la integración política de los inmigrantes. Según estos autores, la densidad asociativa correlaciona positivamente con la participación política y la confianza en la política y en las instituciones por parte de los colectivos de inmigrantes, de forma que aquellos colectivos que tienen una vida asociativa más rica participan más activamente en los asuntos políticos21. Además de erigirse en espacios de encuentro y de expresión cultural e identitaria, las asociaciones de inmigrantes a menudo tratan de conformarse como instrumentos de representación de los intereses de sus colectivos de referencia, rompiendo así con el mutismo que muchas veces caracteriza a los inmigrantes que se ven afectados por dinámicas de exclusión. Pero este fin de representación no siempre se lleva a buen término dado que, en algunos casos, las asociaciones de inmigrantes actúan como representantes de colectivos a los que en realidad no representan, porque buscan sólo los intereses particulares de sus socios o fundadores y no dirigen su acción al conjunto de intereses del colectivo. Esta realidad puede ser problemática cuando las asociaciones contribuyen a legitimar actuaciones públicas o privadas bajo esta imagen de representatividad pese a que “estén constituidas por un clan familiar, busquen beneficios personales para los componentes de estas familias y carezcan de cualquier tipo de base social o implantación “ (Gómez Gil, 2008: 544)22. Algunos, incluso, han llegado a destacar el carácter caciquil de los dirigentes de las organizaciones de inmigrantes, posibilitado por el hecho de que las asociaciones se hayan convertido en instrumentos de prestación de servicios a su comunidad de referencia, así como por las conexiones que sus líderes mantienen con los organismos oficiales con competencias en política migratoria (Veredas, 2003: 217). 21 Así lo ha señalado también Putnam (1995) quien destaca el vínculo que existe entre el capital social, que conecta a unos sujetos con otros fomentando su compromiso cívico, y la participación política. Sociedades y colectivos verían incrementadas sus posibilidades de participación política cuando disponen de buenas cuotas de capital social. 22 En el extremo opuesto tendríamos la nueva generación de asociaciones de inmigrantes creadas o sostenidas por personas inmigrantes ya plenamente instaladas que se organizan para ayudar a otros inmigrantes que se incorporan de nuevo a la sociedad de recepción (Gómez Gil, 2008: 545).

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A pesar de la relativamente corta trayectoria de estas asociaciones en España, pueden constatarse ya algunas características comunes y establecerse diferentes fases en su recorrido. Diversas investigaciones han estudiado los rasgos característicos de este movimiento asociativo que toma formas diferentes en función de los territorios y del contexto sociopolítico en el que se expresa y que presenta diferencias sustanciales entre los diferentes colectivos de inmigrantes. Aparicio y Tornos (2010) han analizado una gran multiplicidad de trabajos que han estudiado este tema y concluyen que las asociaciones que conforman este movimiento siguen, en general, algunas pautas y tendencias comunes: son organizaciones reducidas, con pocos recursos y casi siempre conformadas por inmigrantes de una misma nacionalidad; son organizaciones con una elevada tasa de mortalidad, regidas de manera poco democrática y bien diferenciadas según los países de referencia y el carisma de sus líderes; los inmigrantes se unen a ellas más por un deseo de encuentro, expresión y afirmación cultural que para buscar los objetivos establecidos en sus estatutos. En un primer momento, estas organizaciones tienden a dirigirse a la satisfacción de necesidades básicas asociadas al hecho de migrar para pasar, más adelante, cuando sus miembros acumulan ya más años de estancia en la sociedad de acogida, a preocuparse por aspectos vinculados a la política, los derechos, la justicia social o la defensa de las identidades culturales, de forma que pueden llegar a jugar un papel político determinante (Zapata-Barrero, 2003: 85). De acuerdo con Toral (2010)23 las relaciones entre estas asociaciones y el Estado se han ido estrechando, hasta el punto de que algunas de ellas están financiadas fundamentalmente por fondos públicos, con todos los peligros que esto conlleva en relación al grado de autonomía y a la caracterización de las asociaciones como sociedad civil. Otros autores han señalado como la creciente dependencia de las subvenciones públicas contribuye a la extensión de las prácticas clientelares en las relaciones entre las asociaciones y los poderes públicos, y a la erosión de la capacidad de reivindicación e incidencia política de las primeras. Ilustran perfectamente esta posición las palabras de Veredas (2003: 222) quien afirma que “el riesgo de cooptación de las asociaciones desde los organismos oficiales implica la supresión del debate en torno a las condiciones estructurales del ejercicio de los derechos civiles y políticos por parte de las poblaciones inmigrantes: las asociaciones quedan relegadas al ámbito de lo asistencial, esposadas en el ejercicio reivindicativo – en caso de que éste hubiera existido – frente a quien 23 El autor ha estudiado estas asociaciones, centrándose en aquellas que participan en el Foro para la Integración Social de los inmigrantes, órgano consultivo del Gobierno del Estado. A pesar de no trabajar con una muestra representativa del conjunto de asociaciones de inmigrantes en el Estado, sus conclusiones ofrecen elementos interesantes en consonancia con otras investigaciones que han tratado esta cuestión.

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no es sino su mentor y principal proveedor de recursos”. En las organizaciones que reciben subvenciones, además, las tendencias a la profesionalización son más patentes, pudiendo socavar la participación, la formación de capital social y la configuración de una auténtica sociedad civil (Toral, 2010: 120). La actividad de estas organizaciones profesionalizadas suele encaminarse a la prestación de servicios “subcontratados” más que a la consecución de una misión colectiva establecida por unos ciudadanos organizados voluntariamente en torno a un objeto compartido. En cuanto al tipo y calidad de las relaciones que se mantienen desde las asociaciones de inmigrantes, Toral (2010) certifica la existencia de unas relaciones intensas entre las asociaciones de inmigrantes y las autoridades públicas (integración vertical)24, una débil coordinación y colaboración entre asociaciones (integración horizontal) y una reducida participación interna en las asociaciones (integración en profundidad). Frente a la eclosión del movimiento asociativo inmigrante, se ha constatado un creciente interés de las administraciones por establecer contactos y vías de colaboración con este movimiento, así como por promover el asociacionismo entre los inmigrantes bajo la idea de que éste puede favorecer la integración y la convivencia. Las acciones de promoción del asociacionismo se ven afectadas también por ese dilema entre la necesidad de apostar por políticas de integración de carácter general o específico. Así, desde el marco de las políticas de carácter generalista, lo que se promueve es la integración de los inmigrantes en el tejido asociativo preexistente, mientras que las políticas de promoción del asociacionismo inmigrante tratarían de fomentar la creación y consolidación de asociaciones “de y entre inmigrantes” (Morales, González y Jorba, 2009: 134). En relación al acercamiento de los poderes públicos a las asociaciones, hay que señalar también que éste, en ocasiones, se realiza sólo con el fin de legitimar y dotar de autoridad a las decisiones que los poderes políticos toman en materia de inmigración25 (Toral, 2010: 110) o con la clara intención de cooptarlas y enmudecer la posible disidencia. La relación entre las autoridades públicas y las asociaciones, cuando esta se limita a las subvenciones y 24 Resulta interesante como, en algunos casos, estas relaciones se dan directamente con las autoridades de los países de origen por medio de sus consulados y con objeto de mantener los vínculos y “encuadrar” a sus nacionales (Simó y Torres, 2009). 25 Un caso paradigmático lo constituye la campaña de recaudación de adhesiones que la Conselleria de Inmigración y Ciudadanía de la Generalitat Valenciana puso en marcha con el fin de ganar el reconocimiento público a la controvertida medida del Compromiso de Integración. Ver “El compromiso de integración sigue sumando apoyos entre los Colectivos Inmigrantes”, el Mundo.es, 25 de mayo de 2008, http://mun.do/QrLWOT, y “Blasco: a nadie se le va a imponer ninguna cultura o tradición”, El País, 25 de mayo de 2008, http://bit.ly/1jsDx9I.

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a la participación en órganos consultivos sin poder real, y cuando esto se combina con una escasa participación activa de los miembros de las asociaciones, constituye un freno a la integración de las personas inmigrantes (Toral, 2010: 123)26. Sería necesario, en términos generales, un modelo de relación más activo, basado en el fomento de un asociacionismo con una fuerte base como sociedad civil, coordinado entre sí y activamente implicado en las esferas de decisión reales que afectan a los inmigrantes. Si bien la mayoría de las asociaciones pueden no estar siendo, en términos generales, espacios de incidencia política explícita, no se puede negar que hoy constituyen uno de los elementos clave de los que disponen las personas inmigradas a fin de participar en el proceso político, conjuntamente con la participación en las vías consultivas (órganos de consulta estatales, autonómicos o locales), la participación en los sindicatos y la implicación en partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil (Zapata-Barrero, 2003: 79-80). La participación en organizaciones constituidas por autóctonos, como las ONG que trabajan en favor de la inclusión de los inmigrantes, es también una forma de participación cada vez más extendida entre la población inmigrante que supone un ejercicio de sociabilidad exogrupal con efectos favorables para el proceso de integración. También han comenzado a constituirse, en los últimos años, organizaciones conformadas por inmigrantes y autóctonos con intereses comunes, frecuentemente articulados alrededor de la promoción de la interculturalidad y la convivencia. Todas estas experiencias, como ya se ha argumentado, suelen implicar alguna forma de incidencia política, alguna transformación, en la medida en la que retornan a los inmigrantes una parte del poder que les ha sido negado por su condición de inmigrantes económicos. Las asociaciones pueden jugar un papel central en el empoderamiento de los individuos. Mediante la participación en estas estructuras los inmigrantes “incrementan la capacidad de organizarse en movimientos o redes sociales activas para ejercer el poder, individual y colectivamente, de forma que esto les permita tener acceso a los recursos necesarios para sostener y mejorar sus vidas, ayudándose mutuamente y elevando demandas de apoyo a las instituciones y de cambio en la sociedad, ejerciendo de esta manera sus derechos como ciudadanos” (Sayed-Ahmad, 2010: 268).

26 Otros investigadores han llegado a conclusiones similares. Martín (2004: 129-130) alerta sobre la falsa apariencia de participación que generan algunas asociaciones que, sometidas a los intereses de los poderes públicos, no hacen más que cumplir con las competencias que aquellos les deleguen sin que ellas tengan posibilidades reales de incidir sobre el tipo y dirección de las políticas públicas. Por su parte, Aparicio y Tornos (2010: 46) explican cómo cuando las relaciones que las asociaciones establecen con la administración y los políticos son clientelares, éstas se convierten en agentes que promueven una integración política “no sana”, una “no verdadera” integración.

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Pero la participación de los inmigrantes en experiencias asociativas viene condicionada por una serie de complejos factores que actúan como condicionantes de la participación entre la ciudadanía en general. Algunos de ellos son de carácter individual y otros de carácter social. Entre los primeros, la literatura ha destacado los recursos socioeconómicos (educación e ingresos, fundamentalmente), la posición social (clase social, género, edad, estado civil...) y el grado de integración social (los vínculos sociales e identitarios creados en el ámbito local de residencia) (Morales, Mota y Pérez-Nievas, 2006). Entre los aspectos más contextuales, se ha señalado la influencia que tienen en la participación el entorno familiar y el proceso de socialización del sujeto, el entorno local y las políticas desarrolladas en los municipios en relación a la participación, y la propia configuración de las asociaciones existentes, que pueden ofrecer más o menos posibilidades de implicación e incidencia a sus miembros (Font, Montero y Torcal 2006: 338-339). En cualquier caso, y siguiendo la teoría de Inglehart (1998) sobre el cambio cultural en las sociedades industrializadas avanzadas, sólo cuando las necesidades materiales básicas están cubiertas aparece la preocupación por otras necesidades postmateriales, como la calidad de vida o la participación en los ámbitos de decisión que afectan a los individuos. En el caso de los inmigrantes, y especialmente en los primeros años de estancia en la sociedad de recepción, la no satisfacción de esas necesidades actúa como freno para la participación. La exclusión alimenta así a la exclusión, dado que impide que se den unas circunstancias favorables a la participación y orienta todos sus esfuerzos a superar la situación de precariedad (jurídica, laboral y/o social) sin dejar apenas margen para la participación en estrategias de acción colectiva que permitan mejorar esa situación de exclusión.

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Tema 2. La participación social y política como instrumento de integración

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La participación social y política como instrumento de integración por Albert Mora. TEMA 2 del Módulo 4 Políticas y prácticas de integración y participación en España Máster en Políticas de Integración Ciudadana

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