Impostores populares y fraudes legales en la Roma tardorrepublicana

October 5, 2017 | Autor: Francisco Pina Polo | Categoría: Roman History, Roman Law, Roman Republic
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Descripción

FRAUDE, MENTIRAS Y ENGAÑOS EN EL MUNDO ANTIGUO.

Col·lecció INSTRUMENTA Barcelona 2014

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FRAUDE, MENTIRAS Y ENGAÑOS EN EL MUNDO ANTIGUO.

Francisco Marco Simón Francisco Pina Polo y José Remesal Rodríguez (Eds.)

© PUBLICACIONS I EDICIONS DE LA UNIVERSITAT DE BARCELONA, 2014 Adolf Florensa, 2/n; 08028 Barcelona; Tel. 934 035 442; Fax 934 035 446. [email protected] 1ª edición: Barcelona, 2014 Director de la colección: JOSÉ REMESAL. Secretario de la colección: ANTONIO AGUILERA. Diseño de la cubierta: CESCA SIMÓN. CEIPAC http://ceipac.ub.edu

Unión Europea: ERC Advanced Grant 2013 EPNet 401195. Gobierno de España: DGICYT: PB89-244; PB96-218; APC 1998-119; APC 1999-0033; APC 1999-034; BHA 2000-0731; PGC 2000-2409-E; BHA 2001-5046E; BHA2002-11006E; HUM2004-01662/HIST; HUM200421129E; HUM2005-23853E; HUM2006-27988E; HP2005-0016; HUM2007-30842-E/HIST; HAR2008-00210; HAR2011-24593. MAEX: AECI29/04/P/E; AECI.A/2589/05; AECI.A/4772/06; AECI.A/01437/07; AECI.A/017285/08. Generalitat de Catalunya : Grup de Recerca de Qualitat: SGR 95/200; SGR 99/00426; 2001 SGR 00010; 2005 SGR 01010; 2009 SGR 480; 2014 SGR 218; ACES 98-22/3; ACES 99/00006; 2002ACES 00092; 2006-EXCAV0006; 2006ACD 00069. Composición y maquetación : Juan Manuel Bermúdez Lorenzo. Portada: GEORGES DE LA TOUR, Le Tricheur à l'as de carreau (ca. 1636-1638). Musée du Louvre. Autor de la fotografía : F. Pina. Impresión: Gráficas Rey, S.L. Depósito legal: B-26.023-2014 ISBN: 978-84-475-3889-8 Impreso en España / Printed in Spain.

Queda rigurosamente prohibida la reproducción total o parcial de esta obra. Ninguna parte de esta publicación, incluido el diseño de la cubierta, puede ser reproducida, almacenada, transmitida o utilizada mediante ningún tipo de medio o sistema, sin la autorización previa por escrito del editor.

Índice general Introducción (Francisco Marco Simón, Francisco Pina Polo y José Remesal Rodríguez)

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¿Mentira fenicia? El oráculo de Melqart en los relatos de fundación de Tiro y Gadir (Manuel Álvarez Martí-Aguilar)

13

Manipulating the Past. Re-thinking Graeco-Roman accounts on ‘Celtic’ religión (Ralph Häussler)

35

Alexandre à Jerusalem: Entre mensonge et fiction historiographique (Corinne Bonnet)

55

Fraudes sobrenaturales: Embaucadores, crédulos y potencias divinas en la antigua Roma (Silvia Alfayé)

65

Devoti (…) sint, qui mi (…) in fraude fecerunt: la execración de las actividades fraudulentas en el Occidente latino (Francisco Marco Simón)

97

Cómo evitar una condena mediante una boda: el primer matrimonio de Pompeyo Magno (Plut. Pomp.4) (Luis Amela Valverde)

105

Impostores populares y fraudes legales en la Roma tardorrepublicana (Francisco Pina Polo)

123

Vigilar y castigar: publicanos, contratistas, senadores y otros defraudadores en el mundo romano (Cristina Rosillo López)

139

Corrupción y fraude documental en la administración municipal romana (Juan Francisco Rodríguez Neila)

153

Mentiras de una adopción. La sucesión de Trajano (Juan Manuel Cortés Copete)

187

Falacias persuasivas en la literatura cristiana antigua: retórica y realidad (Juana Torres)

209

Falsificación histórica y apología mesiánica en el cristianismo primitivo (Gonzalo Fontana Elboj)

225

Las fraudes en el rescripto constaniniano de Hispellum (Esteban Moreno Resano)

255

7

Publicidad engañosa: el caso de Maximino en la Hispania Citerior (Fernando Martín)

271

Fraus Maligna y simulatio fallax: delatar maniqueos en la época de la hipocresía (María Victoria Escribano Paño)

281

Los “hallazgos singulares” de Iruña-Veleia: de la ilusión al fiasco (Juan Santos Yanguas)

295

Índices temáticos - De fuentes clásicas - Inscripciones - Onomástico - Lugares - Materias

8

309 311 312 315 317

Impostores populares y fraudes legales en la Roma tardorrepublicana Francisco Pina Polo Universidad de Zaragoza Este artículo tiene dos partes bien distintas e incluso dispares, pero unidas por un denominador común: el fraude. En la primera de ellas me ocupo de una serie de impostores que pretendieron – y temporalmente consiguieron – ascender socialmente, y algunos de ellos desarrollar incluso una carrera política, asumiendo una identidad que no era la suya. En la segunda parte, abordo sin ánimo de ser exhaustivo algunos fraudes cometidos directamente desde las instituciones del Estado romano, o cuando menos amparados o tolerados desde ellas, en particular por el senado. El ámbito cronológico en el que nos vamos a mover es el período tardorrepublicano.

Algunos impostores con ambiciones políticas en la Roma tardorrepublicana En un texto referido al año 39 a.C., Casio Dión afirma que los triunviros incorporaron al senado a muchos hombres, entre los que había aliados, soldados e hijos de libertos. Incluso, añade el autor griego, había esclavos entre ellos. En ese contexto Casio Dión menciona dos casos diferentes1. En primer lugar, un tal Máximo fue reconocido por su propietario cuando estaba a punto de convertirse en cuestor. La noticia debe combinarse con un texto de Jerónimo, quien le llama Vibio Máximo y se refiere a él como quaestor designatus2. Su amo se lo llevó consigo, pero Máximo al parecer no fue   Cass.Dio 48.34.5: “…(*los triunviros) hicieron entrar en el senado un número muy importante de personas no sólo entre los aliados, soldados o hijos de libertos, sino incluso esclavos. Así, un tal Máximo, que iba a convertirse en cuestor, fue reconocido y recuperado por su amo. Este Máximo no fue castigado por haber osado aspirar a una magistratura, pero otro, sorprendido entre los pretores, fue arrojado desde lo alto del Capitolio después de haber sido liberado, para que su castigo estuviera de acuerdo con su rango”. 2   Hieron. Chr. ad Ann. 41, ed. Helm p.158: “Vibium Maximum designatum quaestorem agnovit dominus suus atque abduxit”. 1

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castigado por el atrevimiento de haber aspirado a una magistratura que no llegó a ocupar. Puesto que Casio Dión lo menciona como ejemplo de esclavos convertidos en senadores, y teniendo en cuenta que Vibio Máximo iba a ser cuestor en el año 38, la magistratura inferior en el cursus honorum, es evidente que llegó a ser miembro del senado a pesar de no haber ocupado ninguna magistratura3. Éste último no es un hecho extraordinario en el siglo I a.C., puesto que cuando Sila primero, y César más tarde, ampliaron el número de senadores a seiscientos y novecientos respectivamente, lo hicieron con fieles seguidores que no cumplían el requisito de haber desempeñado una magistratura con anterioridad. Los triunviros procedieron del mismo modo. Era un comportamiento totalmente lógico en términos prácticos. En unas circunstancias en las que las dos guerras civiles que precedieron a las dictaduras de Sila y César, y la que siguió al asesinato de éste, habían diezmado el senado, ¿de qué otra manera se podía completar el nuevo número de senadores si no era con un nombramiento directo que obviara los requisitos legales? Es más, desde Sila es seguro que algunos o muchos de los senadores nunca llegaron a ocupar una magistratura a lo largo de su vida, aunque otros sí debieron de hacerlo tras ser designados senadores. Es decir, habiendo sido el senado tradicionalmente una cámara estable de exmagistrados, por primera vez de manera masiva durante la República el cargo de senador quedó desligado del ejercicio de las magistraturas al depender de una decisión política. Cabe preguntarse cuál sería el papel desempeñado por esos senadores que no eran exmagistrados en una cámara de funcionamiento tan jerárquico, en la que primero se daba la palabra a los consulares, luego a los pretorios, y así sucesivamente. Hay que suponer que sus intervenciones serían escasas o inexistentes, y que simplemente formaban parte de ese grupo de senadores que votaba cuando era necesario y a quienes las fuentes se refieren como pedarii4. El segundo caso al que se refiere Casio Dión es el de un esclavo, del que no proporciona su nombre, cuya condición jurídica fue descubierta cuando ya ocupaba la pretura. Desconocemos si este personaje desempeñó con anterioridad otra magistratura. La noticia de Casio Dión debe relacionarse con otra que encontramos en el Digesto, procedente del libro 38 del comentario de Ulpiano ad Sabinum5. Ulpiano se refiere a un esclavo fugitivo de nombre Barbario Filipo que llegó a ser pretor, que debe ser identificado con toda probabilidad con el mismo esclavo-pretor del que habla Casio Dión. A Ulpiano no le interesan en realidad las circunstancias políticas, sino la validez jurídica de las decisiones adoptadas por Barbario Filipo siendo pretor sin reunir las condiciones legales para desempeñar ese cargo, puesto que realmente no era un hombre libre y, por lo tanto, no podía ser ciudadano romano. Finalmente, un fragmento procedente de Claudio Eliano se refiere a un tal Bárbios Filipicós, reconocido por su dueño en el foro mientras alardeaba de su condición de pretor6. Todo parece indicar que los tres pasajes se refieren al mismo personaje7. El relato tiene elementos comunes, pero también desenlaces diversos. De acuerdo con Casio Dión, al contrario que en el caso de Vibio Máximo, este individuo fue castigado con la pena máxima al ser arrojado desde la Roca Tarpeya, una vez que fue liberado y convertido en un hombre libre, puesto que tal castigo no era de aplicación a los esclavos. Sin embargo, Claudio Eliano afirma que el esclavo-pretor estaba muy   T.R.S. Broughton, The magistrates of the Roman Republic, 3 vols. Atlanta 1951-52, 1986, II 391.   F.X. Ryan, Rank and Participation in the Republican Senate, Stuttgart 1998, 52-71. 5   Dig. 1.14.3: “Barbarius Philippus cum servus fugitivus esset, Romae praetura petit et praetor designatus est”. 6   Suid., s.v. Bárbios Fililipicós (véase el texto completo de la cita en G. POMA, “Servi fugitivi’ e schiavi magistrati in età triumvirale”, Index. Hommages à G. Boulvert, 15, 1987, 149-174, aquí 169 n.9). 7   Véase R. Syme, “Missing Senators”, Historia 4, 1955, 52-71, aquí 57 = Roman Papers 1, Oxford 1979, 276-277; Poma, “Servi fugitivi”, passim. R. Syme, Roman Revolution, Oxford 1939, 196 n.6: Barbario Filipo no debe ser identificado con Barbatio Polión, que fue cuestor de Antonio en el año 40. 3 4

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próximo al triunviro Marco Antonio, que él lo protegió en su ascenso político, y también cuando fue descubierto. No sabemos qué puede haber de cierto en esa afirmación, pero hay que tener en cuenta que puede verse como parte de una literatura contraria a Antonio que pretendía descalificar sus actuaciones8. Las diversas interpretaciones plantean asimismo la duda de si la inclusión de esclavos en el senado fue una acción realizada conscientemente por los triunviros, o si fue un hecho accidental9. Casio Dión afirma ciertamente que los triunviros introdujeron esclavos en el senado, y su afirmación está hecha en un contexto en el que el autor griego habla de la corrupción creciente en la época triunviral. El texto de Claudio Eliano parecería confirmar la tesis de la voluntariedad de la inclusión de esclavos en la Curia. Sin embargo, cuando se descubrió su situación jurídica real fueron expulsados del senado y, según Casio Dión, devuelto uno a su condición servil, el otro castigado con la muerte, lo que más bien parece indicar que el nombramiento de esclavos como senadores fue realizado de manera inadvertida10. La huida de esclavos fue siempre una constante, no sólo en la Antigüedad, sino durante toda la historia de la esclavitud, de modo que no sorprende que dos siervos escaparan de la casa de sus respectivos amos e iniciaran una nueva vida11. Lo que asombra es que fueran capaces de llegar tan lejos en la sociedad y en la política. Si la edad mínima para acceder a la magistratura fue respetada, el esclavo-pretor debía tener al menos cuarenta años. El cuestor designado podía ser más joven. Saber cuándo huyeron de sus amos sólo puede ser objeto de especulación, pero es razonable suponer que había sucedido ya unos cuantos años atrás, los suficientes como para poder crearse una nueva identidad. Cómo lo hicieron es de nuevo una incógnita. Pero seguramente las particulares circunstancias históricas que rodearon los acontecimientos vividos en Roma y en Italia desde que estalló la guerra civil en el año 49, continuada por los sucesivos conflictos bélicos que siguieron al asesinato de César, ayudan a explicar algo que, a primera vista, parece difícil de entender. El caos provocado por las guerras civiles pudo facilitar la huida de esclavos, cuya inserción en la sociedad sería más sencilla en un contexto de cambio y movilidad como el que se debió de vivir entonces. Muy probablemente, tanto Vibio Máximo como Barbario Filipo debieron de participar activamente en alguna de esas contiendas, sin duda en el bando de los vencedores. Eso se les permitiría entrar en contacto con personas que iban a ser influyentes posteriormente. Su recompensa debió de ser entrar en el senado, y no hay que descartar que ambos pudieran acceder a la cámara ya durante la dictadura de César12. El hecho de que uno de esos esclavos hubiera alcanzado la pretura permite conjeturar que en el año 39 había desarrollado ya una carrera política de cierta envergadura, salvo que hubiera llegado directamente a la pretura sin ocupar otras magistraturas antes. De manera indirecta, el ascenso de ambos esclavos ayuda de algún modo a comprender lo que sucedió en Italia en la década de los años cuarenta. El torbellino de las guerras civiles hubo de traer consigo cambios en una sociedad eventualmente más permeable de lo que lo era en circunstancias normales. Basta con ver los nombres de muchos de los cónsules, tanto ordinarios como suffecti, que fueron nombrados por los triunviros durante los años treinta, para ver hasta qué punto muchos homines novi pasaron a tener una relevancia política en esos momentos, por lo general como recompensa a los servicios prestados, mientras algunas de las familias más conspicuas desaparecían del   Poma, “Servi fugitivi”, 168.   Poma, “Servi fugitivi”, 158-159. 10   Esa fue la tesis de P. Willems, Le sénat de la république romaine, sa composition et ses attributions, vol.1, Lovaina-París 1878, 613. En cambio, T.P. Wiseman, New men in the Roman Senate, 139 B.C.-14 A.D., Oxford 1971, 16, vio el caso de los esclavos senadores como “scandalous examples of triumviral licence”. 11   El Digesto pone de manifiesto la dificultad de distinguir a simple vista un esclavo de un hombre libre: “difficile dinosci potest liber homo a servo” (Dig. 18.1.5). 12   Cass.Dio 43.47.3 usa las mismas palabras al referirse al incremento de senadores propiciado durante su dictadura por César, quien nombró senadores a soldados e hijos de libertos. Sin embargo, Casio Dión no menciona que hubiera esclavos entre ellos. 8 9

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nuevo mapa político. Es legítimo suponer asimismo que los dos esclavos debían de tener una cierta educación y cultura, suficientes como para pasar desapercibidos en una cámara en la que estaban representadas las principales familias romanas. Al mismo tiempo, la carrera política de ambos esclavos, que son los que fueron descubiertos, pero no necesariamente los únicos en desarrollarla, pone de manifiesto los claramente insuficientes medios que existían en Roma para el control de las condiciones requeridas legalmente para acceder al cursus honorum. En primer lugar, uno y otro no sólo lograron ser aceptados como hombres libres, sino también como ciudadanos romanos de pleno derecho, condición imprescindible para poder optar a las magistraturas y al senado. En algún momento hubieron de ser incluidos en la lista de ciudadanos como miembros de una determinada tribus y de una centuria de acuerdo con su riqueza. Y eso debió de ser ratificado por unos censores. Desde el año 50, en que fueron censores Lucio Calpurnio Pisón y Apio Claudio, llevando a cabo este último una auténtica purga política entre los senadores aduciendo sobre todo comportamientos inmorales, la única censura fue la del año 42. Los censores de ese año fueron Gayo Antonio, tío del triunviro Marco Antonio y colega de Cicerón en el consulado del año 63, y Publio Sulpicio Rufo13. ¿Fueron ellos los que incluyeron a Vibio Máximo y al esclavo-pretor entre los ciudadanos romanos? ¿Cómo consiguieron fraudulentamente pasar oficialmente de esclavos a ciudadanos libres? ¿Se hicieron pasar por otras personas? ¿Existía una extendida corrupción en el seno de la administración romana que hacía posible este tipo de hechos? Utilizar la suplantación de personalidad para obtener réditos políticos fue en realidad algo recurrente durante el período tardorrepublicano. Al final del siglo II es conocido el episodio del supuesto hijo de Tiberio Graco, cuyos principales detalles son aportados por Valerio Máximo, aunque la sucesión cronológica de los hechos no está totalmente clara en su texto. El autor latino encabeza su capítulo dedicado a las sediciones en Roma hablando de Lucio Equicio, quien decía ser hijo del famoso tribuno de la plebe14. En el año 101, siendo Gayo Mario cónsul por quinta vez, Equicio aspiraba a ser elegido tribuno junto con Saturnino, personaje a quien Valerio Máximo vincula. Según Valerio Máximo, la candidatura era ilegal, había sido presentada “adversus leges”. Equicio fue encarcelado por orden de Mario, pero el pueblo (“populus”) entró por la fuerza en la prisión y sacó de ella al prisionero, llevado a hombros por sus libertadores. El favor popular no se manifestó sólo en esa ocasión. El censor Q. Metelo Numídico, en el cargo durante el año 102 y una parte de 101, se negó a inscribir en el censo a Equicio, a pesar de la agresividad mostrada contra él por la plebe, que llegó incluso a arrojar piedras contra el censor15. En el elogium de Metelo Numídico se menciona su negativa a incluir a Equicio en el censo, lo que muestra la relevancia política que tal hecho debió de tener en su momento16. De acuerdo con Valerio Máximo, el censor explicó su negativa (presumiblemente en un discurso pronunciado en el senado o en una contio) aduciendo que tenía la seguridad de que Tiberio Graco sólo había tenido tres hijos, y que los tres estaban muertos por entonces: uno en Sardinia combatiendo en el ejército, otro en Praeneste siendo aún un niño, y el tercero, nacido tras la muerte de su padre,   Broughton, MRR II 358-359.   Val.Max. 9.7.1-2: “Sed ut violentiae seditionis tam togatae quam etiam armatae facta referantur, L. Equitium, qui se Ti. Gracchi filium simulabat tribunatumque adversus leges L. Saturnino petebat, a C. Mario quintum consulatum gerente in publicam custodiam ductum populus claustris carceris convulsis raptum humeris suis per summam animorum alacritatem portavit. Idemque Q. Metellum censorem, quod ab eo tamquam Gracchi filio censum recipere nolebat, lapidibus prosternere conatus est, adfirmantem tres tantum modo filios Ti. Graccho fuisse, e quibus unum in Sardinia stipendia merentem, alterum infantem Praeneste, tertium post patris mortem natum Romae decessisse, neque oportere clarissimae familiae ignotas sordes inseri…”. 15   Cic. Sest. 101. 16   CIL I2 p.196 = Inscr. Ital. XIII 3.16b. Cf. Broughton, MRR I 567, quien indica que Metelo se negó a admitir al falso Graco entre los caballeros. 13 14

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en Roma. Por esa razón se negaba a incluir en una familia tan ilustre a un desconocido individuo de tan bajo origen social (“ignotas sordes”). Que el asunto tuvo importancia y fue objeto de discusión en Roma es demostrado por el hecho excepcional de que motivó que una mujer fuera llevada a la tribuna de oradores. Precisamente Valerio Máximo comienza su relato de este episodio con la frase: “¿Qué relación tienen las mujeres con las contiones?”. Y responde: “Si las costumbres de los antepasados son respetadas, ninguna”17. Este preámbulo le sirve para ensalzar a continuación a Sempronia, esposa de Escipión Emiliano y hermana de Tiberio y Gayo Graco, que fue llevada por un tribuno de la plebe a una contio, en la que rechazó que Equicio fuera hijo de su hermano18. Lo hizo en un contexto de gran desorden en Roma (“in maxima confusione”), y a pesar de la presión ejercida por los asistentes a la asamblea, a los que Valerio Máximo descalifica como una “multitud ignorante” (“imperita multitudo”). Los argumentos utilizados por el censor Metelo Numídico y la declaración de Sempronia, así como la unanimidad de las fuentes al afirmar que se trataba de un fraude, autorizan a suponer con buenos fundamentos que Lucio Equicio no era en efecto hijo de Tiberio Graco. En cualquier caso, es difícil determinar su origen. Cicerón habla despectivamente de “ese Graco” como alguien escapado “de los grilletes y de la ergástula” (“etiam ille ex compedibus atque ergastulo Gracchus”)19, una clara alusión a su supuesto origen servil que en el lenguaje ciceroniano supone, no sólo una descalificación total del personaje, sino de todos aquellos que tuvieron relación política con él, en particular los denostados Saturnino y Glaucia. Apiano abunda en esa misma idea, puesto que afirma que se pensaba que era un esclavo fugitivo20. El autor de De viris illustribus se refiere a él como alguien “libertini ordinis”21. Por su parte, Valerio Máximo lo retrata en una ocasión como “un monstruo salido de a saber qué tinieblas” (“quibus tenebris protractum portentum”)22. Pero más adelante en su obra afirma que procedía de Firmum, ciudad situada en el Piceno23. El texto de Floro es muy confuso, puesto que llama al personaje directamente Gayo Graco, al que describe como “un hombre sin tribu, sin nadie que le avale, sin nombre”24. La negativa de Metelo Numídico debía de referirse a la inclusión de Equicio como miembro de la familia Sempronia, con las consecuencias económicas que esto debía de tener, pero no a su registro como ciudadano romano de pleno derecho, puesto que Equicio acabó por ser elegido tribuno de la plebe en el año 100 para ejercer el cargo en el 99. Valerio Máximo confirma que Equicio, siendo tribuno de la plebe electo en el año 100, se unió al tribuno Saturnino y al pretor Glaucia para iniciar en Roma disturbios relacionados en primer lugar con la aprobación de las leyes promovidas por Saturnino, y más tarde con la celebración de las elecciones25. Los conflictos callejeros, unidos al asesinato de Memio, candidato al consulado, y a la candidatura ilegal de Glaucia al consulado y de Saturnino de nuevo al tribunado, desembocaron en la proclamación del senatus consultum ultimum y en la intervención de Mario. El resultado fue la muerte de Glaucia, Saturnino y Equicio el día 10 de

  Val.Max. 3.8.6: “Quid feminae cum contione? Si patrius mos servetur, nihil”.   Sobre el mismo episodio, brevemente vir.ill. 73.4. 19   Cic. Rab.perd. 20. 20   App. b.c. 1.32. 21   vir.ill. 73.3: “Quendam libertini ordinis subornavit, qui se Tiberii Gracchi filium fingeret”. 22   Val.Max. 3.8.6. 23   Val.Max. 9.15.1: “Nam ut Equitium Firmo Piceno mostrum veniens, relatum iam in huiusce libri superiore parte, praeteream, cuius in amplectendo Ti. Graccho patre evidens mendacium turbulento vulgi errore, amplissima tribunatus potestate vallautum est…”. 24   Flor. 2.4: “Occiso palam comitiis A. Ninnio competitore tribunatus subrogare conatus est in eius locum C. Gracchum, hominem sine tribu, sine notores, sine nomine; sed subdito titulo in familiam ipse se adoptabat”. 25   Val.Max. 3.2.18: “Item, cum tr. pl. Saturninus et praetor Glaucia et Equitius designatus tr. pl. maximos in civitate nostra seditionum motus excitavissent, nec quisquam se populo concitato opponeret…”. 17 18

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diciembre del año 100, es decir, el día en que los nuevos tribunos de la plebe debían tomar posesión de su cargo26. Ahí acabó la aventura política del supuesto hijo de Graco. ¿Estamos en presencia de otro esclavo huido que logró desarrollar una efímera carrera política? ¿O su reclamada condición de esclavo es simplemente una manera de descalificarlo social y políticamente por parte de sus adversarios?27 La historiografía tiende a presentar al personaje como una especie de marioneta de Saturnino, quien lo habría utilizado para sus propios intereses. ¿Fue Saturnino quien ideó el plan de presentar a Equicio como hijo de Tiberio Graco? ¿O simplemente aprovechó políticamente la aparición de un personaje que reclamaba esa condición? Sea como fuere, la estratagema surtió efecto. Con el solo hecho de presentarse como descendiente de uno de los Graco, un ignoto personaje del que no se conoce nada más, del que las fuentes dan a entender que había salido de la nada, se convirtió en famoso y popular, ganando para sí el cariño que la plebe conservaba hacia Tiberio y Gayo Graco. Ese era su único capital político, que fue tan importante como para lograr ser elegido tribuno de la plebe. A pesar de que el censor Metelo Numídico no admitió su reclamación como hijo de Graco, el pueblo confió en él. El episodio del falso hijo de Tiberio Graco pone de manifiesto de manera muy clara la diferente percepción que plebe y aristocracia tenían de determinados acontecimientos históricos. Mientras la aristocracia denostaba a los hermanos Graco y los convertía en modelo perverso de sediciosos aspirantes a la tiranía que debían ser eliminados por el bien de la comunidad28, la plebe conservaba de ellos una visión positiva, acudía cada año a realizar ofrendas en el lugar en el que habían muerto, y reivindicaba su figura a través de quien abonaba su recuerdo29. Equicio no es el único impostor conocido en el período tardorrepublicano. De hecho, Valerio Máximo recoge un pequeño listado de individuos que, teniendo un origen humilde, intentaron de manera fraudulenta convertirse en miembros de familias ilustres30. Entre ellos menciona a un tal Herófilo, de quien afirma que era “ocularius medicus”31. Este personaje obtuvo una notable e inmediata popularidad al presentarse como nieto del gran Gayo Mario, siete veces cónsul. Gracias a ello, dice Valerio Máximo, fue nombrado patronus de colonias de veteranos, de municipios y de collegia. Su popularidad era tan grande que llegó a ser incluso una competencia para el propio César, que era él mismo sobrino de Mario. Según cuenta Valerio Máximo, cuando el dictador abrió a la plebe sus jardines en el año 45, Herófilo, que se encontraba próximo a César, recibió casi tantos vítores como él. César, probablemente buen conocedor de la psicología colectiva de la plebe, entendió que podía representar un peligro y decretó que fuera desterrado de Italia. Cuando César fue asesinado, Herófilo regresó a Roma y tramó supuestamente un plan para aniquilar a los senadores. La respuesta del senado fue hacerle matar en la cárcel.

  App. b.c. 1.33. Véase J.L. Beness; T.W. Hillard, “The death of Lucius Equitius on 10 December 100 B.C.”, The Classical Quaterly 40, 1990, 269-272. 27   Véase en ese sentido T. Grunewald, Bandits in the Roman Empire: Myth and Reality, Londres – Nueva York 2004, 159160. 28   Sobre la utilización de la supuesta aspiración a la tiranía como justificación del asesinato de determinados políticos denominados populares véase F. Pina Polo, “The tyrant must die: Preventive tyrannicide in Roman political thought”, en: F. Marco Simón; F. Pina Polo; J. Remesal Rodríguez (eds.), Repúblicas y ciudadanos: modelos de participación cívica en el mundo antiguo, Barcelona 2006, 71-101. 29   Plut. C.Gr. 18.3. Cf. H. Schneider, “Die politische Rolle der plebs urbana während der Tribunate des L. Appuleius Saturninus”, Ancient Society 13-14, 1982-83, 193-222, esp.212-213; F. Marco Simón – F. Pina Polo, “Mario Gratidiano, los compita y la religiosidad popular a fines de la república”, Klio 82, 2000, 154-170. 30   Val.Max. 9.15. 31   Val.Max. 9.15.1. Sobre el personaje véase A.E. Pappano, “The Pseudo-Marius”, CPh 30, 1935, 58-65; B. Scardigli, “Il falso Mario”, SIFC 52, 1980, 207-221. 26

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El relato de Apiano es bastante diferente32. El autor griego se centra en el protagonismo asumido por el falso nieto de Mario, al que llama Amacio, no Herófilo, en los acontecimientos acaecidos en Roma tras los Idus de marzo del 44. De acuerdo con Apiano, Amacio erigió un altar en el mismo lugar en el que César había sido incinerado33, al tiempo que lograba reunir una banda con la que amenazaba a los asesinos del dictador, en particular a Bruto y Casio, que habían permanecido en la ciudad en su calidad de pretores. Para sorpresa del senado, la inesperada reacción de Marco Antonio fue condenar a Amacio a muerte sin juicio previo, un acto obviamente sin ningún apoyo legal. Amacio fue asesinado el día 13 de abril del año 44. Como castigo suplementario, su cuerpo fue arrojado al Tíber. A su vez, la muerte de Amacio provocó un estallido de protesta entre la plebe, indignada por el asesinato de su líder. Los seguidores de Amacio ocuparon el foro, clamaron contra Antonio y reivindicaron que el altar que había erigido Amacio fuera consagrado legalmente por los magistrados y que en él fueran realizados sacrificios. Ante la agresividad mostrada por los manifestantes, Antonio envió tropas contra ellos. Muchos murieron, los esclavos en la cruz, los hombres libres arrojados desde la Roca Tarpeya. Apiano atribuye a Antonio en exclusiva la muerte de Amacio. Valerio Máximo afirma que fue una decisión del senado. Por su parte, Cicerón la atribuye a los dos cónsules del año 44, Antonio y Dolabela, aunque concede un mayor protagonismo a este último34. En realidad, la condena a muerte de Amacio pudo ser aprobada por el senado y ejecutada por uno o los dos cónsules. Sea como fuere, tanto la condena como su ejecución no respondían a actuaciones legales. Desconocemos el origen real del personaje. Cicerón alude a él como un fugitivus, implicando así su supuesto carácter servil, aunque de nuevo esta afirmación no debe ser tomada de modo concluyente, puesto que, como se ha dicho anteriormente, llamar esclavo a un adversario político era una manera de denigrarlo pero no necesariamente correspondía a la realidad35. En las Periochae de Livio es denominado “humillimae sortis homo”36. El nombre de Herófilo con el que Valerio Máximo se refiere a él, así como su profesión de ocularius medicus, sugieren una posible procedencia del Mediterráneo oriental, y tal vez en efecto su condición de esclavo o liberto37. Los relatos son confusos y en parte contradictorios en sus detalles. Pero de ellos se deduce que Amacio o Herófilo, haciéndose pasar por un nieto de Mario, logró convertirse en el líder de las movilizaciones populares que siguieron al asesinato de César. Amacio es presentado como uno de los principales promotores del culto a César que acabaría por consolidarse en torno al altar que él erigió, aunque esa reivindicación debió de estar bastante extendida entre la plebe y trascendía su liderazgo, como se vio con posterioridad38. Obviamente Amacio no llegó a ocupar nunca una magistratura ni fue miembro del senado. Su popularidad entre la plebe se debió originalmente a su pretendido origen ilustre. Pero hubo de suceder algo más para que consiguiera ese liderazgo. Amacio, al no ser magistrado, no tenía acceso a la tribuna de oradores, desde la que no hay constancia de que hablara a la plebe en ninguna ocasión. Eso sugiere la existencia de otros mecanismos que permitían dentro de la ciudad la difusión de ideas y consignas entre la plebe, hasta el punto de generar una movilización popular extraordinaria en torno a un determinado personaje. Precisa  App. b.c. 3.2-3.   Al respecto véase F. Taeger, Charisma. Studien zur Geschichte des antiken Herrscherkultes, vol.2, Stuttgart 1960, 81-82. 34   Cic. Phil. 1.5. Cf. Cic. Att. 14.15-16. 35   Cic. Phil. 1.5. 36   Liv. per. 116: “Chamates, humillimae sortis homo, qui se C. Mari filium ferebat, cum apud credulam plebem seditiones moveret, necatus est”. Es probable que Chamates sea un error de transmisión por Amatius. 37   Ése es el punto de vista de Grunewald, Bandits in the Roman Empire, 155-156. En cambio, Z. Yavetz, Plebs and Princeps, Oxford 1969, 60-61, lo considera un privatus probablemente rico e influyente. 38   Cf. M. Jehne, Der Staat des Dictators Caesar, Colonia 1987, 288-289. 32 33

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mente el hecho de que esas movilizaciones fueran dirigidas por un privatus, cuyo control escapaba totalmente a la clase dirigente, puede explicar bien que hubiera un acuerdo entre cesarianos y anticesarianos para acabar con quien se veía como un peligro en última instancia para el orden establecido. La acción ‘sediciosa’ de un tribuno de la plebe al frente de una movilización popular podía ser considerada peligrosa, aunque había mecanismos legales para controlarla, mecanismos que ciertamente no siempre funcionaron y que, con frecuencia, desembocaron en el uso de la violencia de Estado. Pero que la plebe se organizara en torno al liderazgo de un impostor de origen desconocido abría un escenario de inusitado protagonismo político de las clases bajas que la clase dirigente, y en particular los senadores, no estaban dispuestos a admitir39. Valerio Máximo habla asimismo de un individuo llamado Trebelio Calca, que no se presentaba a sí mismo como descendiente de Clodio, sino, si atendemos al texto de Valerio Máximo, ¡como el mismo Clodio!40 El gran enemigo político de Cicerón murió al comienzo del año 52 tras un altercado entre su banda y la de su adversario Milón. La muerte de Clodio fue seguida por semanas de movilizaciones populares que reclamaban castigo para los culpables. El cadáver de Clodio fue llevado por sus seguidores a los Rostra primero, y luego al interior de la Curia, convertida en una gran pira funeraria41. En esa situación de emergencia, Pompeyo acabó por ser nombrado consul sine collega, cargo desde el que llevó a cabo un gran represión de los clodianos y logró restablecer el orden en la ciudad. Probablemente nunca antes, ni siquiera con los Graco o con Saturnino, la plebe había mostrado tal fervor por un líder político en el momento de su muerte, sólo comparable con lo sucedido tras el asesinato de Julio César, quien, en cualquier caso, estaba obviamente en un nivel de popularidad diferente al de Clodio. Como había ocurrido con los Graco o con Mario, el recuerdo de Clodio permaneció sin duda en la memoria popular. En ese contexto debe entenderse la aparición de Trebelio Calca. De acuerdo con Valerio Máximo, se presentó ante el tribunal de los centumviri reclamando sus supuestos bienes con gran convicción, afirmando ser Clodio42. Los jueces, a pesar de la presión popular, fallaron en su contra. A diferencia de Equicio, los objetivos de Trebelio Calca no parecen haber sido tanto políticos como económicos: en definitiva, su intención era enriquecerse apoderándose de los bienes de Clodio. Si además pretendía tener algún protagonismo político es imposible de determinar a la luz de los escasos datos que tenemos, puesto que sólo Valerio Máximo habla de él43. Si así fuera, ¿hubiera pretendido retomar el cursus honorum en el punto en el que Clodio lo dejo, aspirando a la pretura? Tampoco sabemos cuándo hizo su aparición Trebelio Calca. En Der Kleine Pauly, DeissmannMerten apunta la fecha del 32 a.C., aceptada por Grunewald, pero no aporta ningún argumento que la justifique44. Desde luego, no parece razonable que Trebelio Calca se atreviera a identificarse como   Cf. F. Pina Polo, Contra arma verbis. El orador ante el pueblo en la Roma tardorrepublicana, Zaragoza 1997 (1Stuttgart 1996), 182-183. 40   Val.Max. 9.15.4: “Quid Trebellius Calca, quam adseveranter se Clodium tulit!”. 41   G.S. Sumi, “Power and ritual: the crowd at Clodius’ funeral”, Historia 46, 1997, 80-102. Cf. W. Will, Der römische Mob: soziale Konflikte in der späten Republik, Darmstadt 1991, 93-98; F. Pina Polo, “Eminent corpses: Roman aristocracy’s passing from life to history”, en: F. Marco Simón; F. Pina Polo; J. Remesal Rodríguez (eds.), Formae mortis: el tránsito de la vida a la muerte en las sociedades antiguas, Barcelona 2009, 89-100, aquí 97-99. 42   Sobre los centumviri, quienes habitualmente juzgaban casos relacionados con reclamaciones de herencias y testamentarias, véase J.M. Kelly, Studies in the Civil Judicature of the Roman Republic, Oxford 1976. 43   No duda de los objetivos políticos de Trebelio Calca Grunewald, Bandits in the Roman Empire, 157: “…we may be certain that his aims were not limited to taking control of Clodius’ property: name and wealth were a basis for political agitation”. 44   M. Deissmann-Merten, s.v. Trebellius, nº3, Der Kleine Pauly 5, Munich 1975, 933; Grunewald, Bandits in the Roman Empire, 157. 39

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Clodio poco después de la muerte de éste, estando viva todavía su viuda Fulvia, quien murió en el año 40, o alguno de sus dos hijos. Eso nos sitúa probablemente al final de los años 30. Lo que llama la atención es la osadía del falso Clodio. ¿Cómo se atrevía el impostor a afirmar que era Clodio, cuando había en Roma tantas personas que habían visto su cadáver e incluso habían presenciado su incineración? ¿Se basaba en un supuesto parecido físico entre ambos? A cambio, como en el caso de Equicio, queda claro que la plebe estaba dispuesta a mostrarle su apoyo como si fuera Clodio, o un nuevo Clodio, como evidencia Valerio Máximo en el contexto del juicio ante el tribunal de los centumviri. Existen obvias semejanzas entre los impostores a los que me acabo de referir, aunque también diferencias notables45. Ambos esclavos, Vibio Máximo y Barbario Filipo llegaron a ser senadores por méritos propios, fueran éstos cuales fueran, aprovechando la confusión y el desorden de los años cuarenta. Aunque son casos extremos, muestran la extraordinaria e inusual permeabilidad social del momento que permitió a muchos advenedizos cobrar protagonismo social y político. En cambio, tanto Equicio como Amacio y el falso Clodio intentaron medrar como descendientes de famosos políticos populares. No queda claro si el falso Clodio realmente quería reintroducirse en la vida política de la Urbs, o si sólo le movían intereses económicos. En el caso de Equicio y Amacio sus ambiciones políticas eran obvias. Como es evidente que la plebe era el instrumento que pretendían utilizar para obtener notoriedad en la vida pública, puesto que no era en la mayoría senatorial donde iban a encontrar apoyo para sus reivindicaciones personales y políticas. Al mismo tiempo, la apuesta por relacionarse estrechamente con Tiberio Graco o Clodio, en mucha menor medida Mario, aunque proporcionaba una inmediata popularidad, no estaba exenta de riesgos. Al fin y al cabo aquellos habían muerto violentamente, y tanto los Graco como Clodio se habían convertido en modelos negativos de conducta en el seno de la clase dirigente. Es decir, su supuesto origen fue su carta de presentación ante la plebe, pero al mismo tiempo les situaba automáticamente frente a la mayoría senatorial, asumiendo el riesgo de correr la misma suerte que sus presuntos antepasados, como en efecto les sucedió a Equicio y a Amacio. Por otro lado, llama poderosamente la atención la reacción de una parte importante de la población de Roma. Creyera la plebe o no que Equicio era hijo de Tiberio Graco, que Amacio era nieto de Mario, o que Trebelio Calca era realmente Clodio, la aparición en escena de todos estos personajes fue aprovechada para evidenciar el descontento de las clases inferiores con la situación social y política, así como su adhesión a aquellas figuras que se mostraran proclives – o de las que se pudiera esperar que lo fueran - a introducir reformas y medidas que favorecieran algún cambio, como había sido el caso de aquellos que servían como referencia a los impostores, convertidos en símbolos en la memoria popular. Llama a la reflexión que sobre todo Equicio y Amacio, pero también Trebelio Calca, adquirieran una popularidad inmediata con la mera alusión a antiguos líderes populares, sin necesidad ni posibilidad de aducir méritos oratorios o triunfos militares. Aunque la situación era muy particular en el año 44, es fácil entender teniendo en cuenta esos ejemplos lo que para buena parte del pueblo romano significó que Octaviano se presentara ante él como heredero legal y sucesor político de su padre adoptivo César. La respuesta del senado y de las clases dirigentes fue la represión, por vías legales o mediante el uso de la violencia. Los esclavos senadores fueron expulsados de la Curia. Vibio Máximo fue devuelto a su condición servil y pasó a ser de nuevo propiedad de su antiguo amo. Según Casio Dión, el esclavo-pretor fue oficialmente convertido en un hombre libre, con el único propósito de poder ser arrojado legalmente desde la Roca Tarpeya. Es curioso el afán por respetar escrupulosamente la lega  Valerio Máximo cita otros impostores que intentaron introducirse en algunas importantes familias romanas, entre ellos a un supuesto hijo de Quinto Sertorio que su esposa se negó a reconocer como tal, y del que no da más detalles (Val.Max. 9.15.3). 45

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lidad en este caso. El episodio de Trebelio Calca también se resolvió en la esfera legal, una vez que los centumviri se negaron a identificarle como Clodio. Nada más sabemos del personaje, que parece haber desaparecido de la escena pública. Por su parte, Equicio y Amacio corrieron la suerte de otros políticos considerados en su momento sediciosos y revolucionarios. Amacio como un líder popular peligroso que movió masas a pesar de ser un privatus. Equicio como tribuno de la plebe el mismo día que tomaba posesión de su cargo, a pesar de la sacrosanctitas inherente a la tribunicia potestad. La muerte de Equicio se inscribe en la ejecución del senatus consultum ultimum que había sido emitido previamente; la de Amacio fue una condena realizada sin juicio previo y sin seguir ningún cauce legal.

Una res publica que se hacía trampas a sí misma Rigurosa aplicación de la legalidad cuando se consideró pertinente; uso de instrumentos flagrantemente ilegales cuando se estimó necesario, incluyendo entre ellos la utilización de la violencia. Es fácil encontrar ambos comportamientos durante siglos en decisiones adoptadas o toleradas por el senado, dos caras de un pragmatismo político que estuvo siempre presente en el sistema republicano romano, pero que se acentúo todavía más durante el período tardorrepublicano para hacer frente a los desafíos y desequilibrios que, en última instancia, condujeron a la disolución de ese sistema. En lo que sigue, no pretendo hacer un catálogo detallado de las ilegalidades e irregularidades que fueron toleradas o fomentadas desde el senado durante la República tardía, pero sí referirme a algunas de ellas que son un buen ejemplo, al mismo tiempo, de la flexibilidad del sistema y de sus taras. Comencemos por lo que fue una utilización torticera de un instrumento legal que tuvo importantes consecuencias en el devenir político ¿Puede un hijo tener más edad que un padre? En la Roma del siglo I a.C. sí. Como es bien sabido, la adopción de personas adultas era una práctica habitual en el seno de las familias aristocráticas romanas. La razón más frecuente para ello era adquirir un heredero para una familia que careciera de él. El adoptado pasaba a pertenecer a su nueva familia con todos los derechos y obligaciones, y consecuentemente cambiaba su nombre adquiriendo el de esa familia. El caso más famoso es obviamente el de Gayo Octavio, que pasó a llamarse Gayo Julio César como su padre adoptivo. Pero probablemente el más discutido es el de Publio Clodio. En realidad, su adopción implicó un cambio aun más radical e importante, puesto que significaba su transitio ad plebem. Clodio había nacido en el año 92, hijo de Apio Claudio Pulcro, el cónsul del año 79, quien murió cuando Clodio tenía dieciséis años de edad46. Pertenecía por lo tanto a una de las grandes familias patricias de Roma. Con el fin de poder aspirar legalmente al tribunado de la plebe, Clodio batalló hasta conseguir convertirse en un plebeyo. Lo logró finalmente en el año 59 al ser adoptado por un tal Publio Fonteyo. Lo hizo gracias al procedimiento de la adrogatio, que implicaba la sanción mediante decreto por parte de los comitia curiata47. Eso supuso que, a tal efecto, el entonces cónsul César convocó la asamblea – en realidad los treinta lictores que representaban a las curias – y promulgó ante ella la rogatio de adrogatione. Puesto que César era además pontifex maximus, como tal confirmó la legalidad de la adopción. Al acto asistió Pompeyo, quien en calidad de augur aseguró que los auspicios eran favorables. De este modo Clodio, simultáneamente, se convirtió en plebeyo y en hijo de un padre que era mucho más joven que él. Clodio nunca cambió como era habitual su nombre por el de su nueva familia48, a la que, en realidad, apenas llegó a pertenecer, puesto que Fonteyo lo emancipó de inmediato.   W.J. Tatum, The Patrician Tribune: Publius Clodius Pulcher, Chapel Hill-Londres 1999, 33.   Véase sobre los detalles de la adopción de Clodio Tatum, The Patrician Tribune, 104; H. Lindsay, Adoption in the Roman World, Cambridge 2009, 174-181. 48   Lindsay, Adoption in the Roman World, 87ss. 46 47

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Es evidente que el proceso de adopción de Clodio no fue sino una pantomima legal. Debe entenderse en el contexto político propiciado por la alianza entre César, Pompeyo y Craso que dominó el año 59. Pero el procedimiento empleado contó con la aquiescencia del senado, y nadie en él parece haberse planteado seriamente su impugnación. Tampoco lo hizo en ese momento Cicerón, quien, sin embargo, tras su regreso del exilio intentó anular la adopción de Clodio, con el propósito último de inhabilitar también toda la legislación aprobada durante el tribunado clodiano y, por lo tanto, poner en cuestión la legalidad de su propio destierro. Cicerón expuso sus argumentos en su discurso De domo sua, pronunciado ante los pontífices, pero encontró aparentemente escaso eco a pesar de ser argumentos más que razonables49. Entre ellos, Cicerón adujo lo que era obvio para todo el mundo: que Fonteyo era mucho más joven que Clodio; que éste no había cambiado su nombre y que había mantenido los sacra de los Claudios; y que los pontífices no habían investigado la adopción antes de que fuera aprobada por los comitia curiata. En definitiva, la adopción de Clodio, y su consecuente paso a la condición de plebeyo, se realizó mediante un ardid que no era sino un evidente fraude de ley en el que participaron activamente personajes tan poderosos como César y Pompeyo, mientras la inmensa mayoría de los senadores miraba para otro lado. El hecho en sí no fue en absoluto irrelevante, puesto que trajo consigo una serie de consecuencias políticas: la elección de Clodio como tribuno de la plebe para el año 58; la aprobación de una batería de leyes promovidas por el tribuno que tuvieron importancia para el devenir social e institucional de Roma; y el exilio de Cicerón, que provocó un enconado conflicto en el interior del senado. Aunque con consecuencias políticas evidentes, la adopción de Clodio fue ante todo un hecho que debe inscribirse en la esfera privada. Otros sin embargo tuvieron un carácter público. Durante la época tardorrepublicana el senado romano aceptó y alentó determinadas medidas políticas que, cuando menos, tenían un discutible encaje constitucional. Dos de ellas tuvieron una importancia creciente en el devenir histórico: los mandos militares extraordinarios y el senatus consultum ultimum. El debate planteado en los años sesenta en torno a la aprobación de las leyes que concedían mandos extraordinarios a Pompeyo, primero en la lucha contra los piratas, posteriormente en la guerra contra Mitrídates, muestra la división existente en el seno de la aristocracia romana. Muchos senadores eran conscientes del peligro que suponían tales poderes, al entregar a un solo individuo el mando de un importante número de soldados durante varios años. El sistema republicano se había basado siempre en la competitividad controlada dentro de la aristocracia, de manera que hubiera una cierta igualdad de oportunidades en el acceso a las magistraturas, sobre la base del prestigio adquirido mediante la acción personal. La concesión de los sucesivos mandos extraordinarios a Pompeyo implicaba un riesgo de quiebra de ese equilibrio interno, a la vez que evidenciaba una excesiva dependencia de una sola persona. El propio Cicerón, que defendió siendo pretor la aprobación de la lex Manilia en lo que fue su primer discurso desde la tribuna de oradores, era bien consciente de que el procedimiento no encontraba fácil acomodo en el mos maiorum, como había sido puesto de manifiesto por quienes se oponían a la rogatio, entre ellos Catulo50. Sin embargo, Cicerón encontró un argumento para apoyar la medida. Afirma el Arpinate que, ciertamente, los antepasados en todo momento respetaron la costumbre en tiempo de paz. Pero estando en guerra buscaron siempre lo que era más útil, implicando obviamente que las decisiones tomadas podían no estar de acuerdo con la tradición. Y remacha Cicerón su argumentación

  Cic. dom. 34-36.   Cic. imp.Cn.Pomp.60: “At enim ne quid novi fiat contra exempla atque instituta maiorum”.

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afirmando que, ante nuevas circunstancias, adoptaron nuevas disposiciones51. Este pasaje ciceroniano es un ejemplo perfecto del pragmatismo político que caracterizó siempre el sistema republicano romano. Obviamente la res publica se dotó de normas y leyes que debían regular el ámbito público, por encima de las cuales estaba como referencia suprema el mos maiorum que sustituía a una constitución que nunca fue puesta por escrito. Pero, en caso de necesidad, esas normas eran incumplidas y sustituidas por otras consideradas más acordes a la nueva realidad, dando pie a la creación de una nueva tradición en el contexto de un mos maiorum en realidad dinámico y cambiante52. Algo semejante sucede con el denominado senatus consultum ultimum. Se trata de una medida de excepción que nunca tuvo una regulación legal, lo cual convertía en necesariamente arbitraria la actuación de los magistrados a los que la decisión senatorial iba dirigida53. Esa actuación supuso siempre la muerte violenta de un número más o menos elevado de ciudadanos romanos convertidos por el decreto en hostes, implícita o explícitamente, y por lo tanto expuestos en la práctica a la pena de muerte. Esa condena a muerte encubierta contravenía uno de los pilares básicos de la República romana, el derecho de apelación del que disponía cualquier ciudadano que estaba contenido en las sucesivas leyes de provocatione que habían sido aprobadas, la primera de ellas supuestamente en el mismo año 509 en el que la República había sido instituida según la tradición. La lex de capite civis que hizo aprobar Gayo Graco fue una respuesta legal al asesinato que su hermano había sufrido una década antes, y proponía llevar a juicio a quien ajusticiase a un ciudadano romano sin juicio previo y sin permitirle apelar. La respuesta senatorial fue el senatus consultum ultimum que acabó con la vida del propio Gayo Graco, dando una apariencia de legalidad a un procedimiento de emergencia que no podía ser legal. El debate que tuvo lugar en el senado el 5 de diciembre del año 63 sobre qué hacer con los catilinarios demuestra que una parte sustancial, pero minoritaria, de la cámara no estaba de acuerdo con el senatus consultum ultimum como medida conducente a la muerte sin juicio de ciudadanos, y abogaba en todo caso por el tradicional exilio como castigo54. La ley de Clodio en el año 58, que básicamente retomaba la de Gayo Graco, y el subsiguiente exilio de Cicerón demuestran de nuevo que el debate seguía vivo tras la ejecución de los catilinarios en la cárcel. Sin embargo, ni la ley de Graco ni la de Clodio evitaron que el senatus consultum ultimum siguiera siendo utilizado hasta el final de la República como un instrumento alegal legitimador de la violencia de Estado contra todos aquellos que fueran catalogados como sediciosos por quien ostentaba el poder. Otro ámbito en el que se puede decir que la res publica actuó de manera laxa cuando se consideró conveniente es el del desempeño del cursus honorum. Desde que en el año 180 fue aprobada la lex Villia annalis existía un orden fijo para la carrera política, que comenzaba con la cuestura como la magistratura más baja y terminaba con el consulado como la magistratura superior, al margen de la censura. La ley estableció edades mínimas para cada una de las magistraturas: treinta y siete para la edilidad, cuarenta para la pretura, cuarenta y tres para el consulado. Además, obligaba a que transcurrieran al menos dos años entre el desempeño de dos magistraturas, y diez entre un primer y un segundo consulado.

  Cic. imp.Cn.Pomp.60: “Non dicam hoc loco maiores nostros semper in pace consuetudini, in bello utilitati paruisse; semper ad novos casus temporum novorum consiliorum rationes adcommodasse”. Cicerón añade a continuación ejemplos que demostrarían tales comportamientos: el recurso a Escipión Emiliano como imperator encargado de destruir Cartago y Numancia; la concesión del mando a Mario para combatir contra Yugurta, los Cimbrios y los Teutones. 52   F. Pina Polo, “Die nützliche Erinnerung: Geschichtsschreibung, mos maiorum und die römische Identität”, Historia 53, 2004, 147-172. 53   A. Duplá, Videant consules: las medidas de excepción en la crisis de la República romana, Zaragoza 1990, con amplia bibliografía suplementaria. 54   Cic. Cat. 4; Sall. Cat. 50-52. Pina Polo, The Tyrant must die, 95-96. 51

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Como es lógico, la ley fue generalmente respetada, pero en ocasiones fue pasada por alto cuando se consideró conveniente para los intereses de la res publica. Pongamos sólo algunos ejemplos de ello, por lo demás bien conocidos. Escipión Emiliano fue elegido cónsul en el año 147 en los comicios centuriados cuando contaba treinta y ocho años. No tenía por lo tanto la edad requerida. El incumplimiento de la ley se justificó por la necesidad de enviar a Cartago a un imperator capaz de enfrentarse a la ciudad que décadas atrás había sido la gran enemiga de Roma. Sin embargo, el nuevo cónsul no había desempeñado con anterioridad otras magistraturas. Sólo había sido tribuno militar en Hispania y en el norte de África, donde ciertamente había demostrado coraje, pero difícilmente había podido demostrar capacidad de liderazgo. En sí mismo se trataba de un acto ilegal, pero la aquiescencia del senado por un lado, y la votación en los comicios por otro, legitimaron el consulado de Escipión Emiliano. Diferente es el caso de Gayo Mario. Cuando fue elegido cónsul en el año 107 tenía la edad mínima requerida para ello. Además, había desempeñado previamente la cuestura, el tribunado de la plebe y la pretura. Había cumplido por lo tanto con los requisitos del cursus honorum. Las irregularidades en su caso fueron de otra índole, puesto que no se respetó ni la prohibición de ser elegido para una magistratura estando ocupando otra, ni la de dejar transcurrir diez años entre un consulado y otro. Mario fue procónsul en los años 106 y 105 tras dejar su primer consulado, pero luego fue consecutivamente elegido cónsul entre 104 y 100, es decir, cinco años seguidos, un hecho sin precedentes. De nuevo la justificación era la emergencia provocada en la política exterior por la guerra contra Yugurta en África y por la presencia amenazante de Cimbrios y Teutones, dando así la razón a Cicerón cuando más tarde afirmó, como hemos visto, que los maiores estaban dispuestos a cambiar las normas en tiempos de guerra. Desde luego, Mario no fue recordado en la historia romana por haber ocupado fraudulentamente el consulado, sino como el héroe que salvó a Roma. Todo lo contrario ocurrió con los hermanos Graco. Tiberio Graco no respetó el derecho de veto que su colega Octavio tenía sobre su proyecto de ley agraria y, en lugar de retirar la rogatio, lo que hizo fue lograr la destitución del tribuno con el voto popular. Eso fue visto como un peligroso acto sedicioso por buena parte del senado. La alarma aumentó cuando Graco decidió presentarse a la reelección como tribuno de la plebe para continuar con su programa de reformas, y también para conservar la inmunidad que proporcionaba ocupar un cargo público. Se trataba obviamente de una flagrante ilegalidad. La mayoría senatorial así lo vio, y Graco fue acusado de aspirar a la tiranía por pretender perpetuarse en el poder. Esa fue precisamente la justificación de su asesinato, promovido por Escipión Nasica, quien fue alabado por Cicerón como un tiranicida55. Como lo fue en su opinión Lucio Opimio al liderar la represión de los seguidores de Gayo Graco56, otro supuesto aspirante a la tiranía, no tanto o no sólo por las leyes que logró aprobar, sino porque, como su hermano Tiberio, también Gayo Graco incumplió la ley que prohibía la iteración de magistraturas al ser reelegido tribuno de la plebe para el año 122. Añadamos aquí a Glaucia y Saturnino, el primero aspirando al consulado mientras era pretor, por lo tanto incumpliendo la norma de no ocupar diferentes magistraturas en años consecutivos, Saturnino siendo reelegido tribuno para el año 99. Las ilegalidades cometidas por ambos políticos fueron respondidas con la proclamación del senatus consultum ultimum, que tuvo a la postre como consecuencia sus asesinatos. Las leyes eran muy claras, y por supuesto eran conocidas por el conjunto de la sociedad romana y mucho más por los miembros del senado. Pero, como se puede observar, su interpretación en la práctica podía variar según las circunstancias históricas, pero también de acuerdo con condicionantes   Cic. Brut. 212. Pina Polo, The Tyrant must die, 77-79.   Cic. Sest. 140.

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ideológicos. Probablemente el mejor ejemplo de hasta qué punto el senado romano estuvo dispuesto a legalizar fraudes institucionales cuando lo consideró oportuno es la carrera política de Pompeyo, plagada de irregularidades o incluso flagrantes ilegalidades prácticamente desde su inicio hasta su final57. Pompeyo se hizo conocido en la sociedad romana por sus éxitos militares durante la guerra civil que condujo a la dictadura de Sila, contando apenas con veinticuatro o veinticinco años. Tras su regreso a Roma solicitó la concesión de un triunfo a la que Sila en un primer momento se negó, precisamente aduciendo que sería algo ilegal. Pero el dictador acabó por dar su brazo a torcer, entre otras cosas porque el joven Pompeyo rehusó disolver su ejército y, a cambio, se presentó con sus tropas ante las puertas de Roma como medida de presión58. Efectivamente, la celebración del primer triunfo de Pompeyo fue totalmente irregular, puesto que era un simple privatus que, hasta ese momento, no había desempeñado ninguna magistratura oficialmente. De hecho, su mando militar siendo un privatus era ya una irregularidad manifiesta, fomentada no obstante por un Sila que paradójicamente se presentaba a sí mismo como el gran defensor de la tradición republicana. Pero ése fue sólo el comienzo de una carrera política extraordinaria en el sentido estricto del término. Durante la década de los setenta, Pompeyo se convirtió en el brazo armado del senado, recibiendo uno tras otro una serie de mandos militares extraordinarios que le pusieron al frente de tropas que combatieron en Italia contra la insurrección del cónsul Lépido, en Hispania contra el rebelde Sertorio y de vuelta en Italia contra los restos de la ya casi vencida rebelión servil de Espartaco. Pompeyo celebró un segundo triunfo. Era el año 71, y el general victorioso tenía entonces treinta y cinco años. Aprovechando su popularidad decidió optar como candidato a las elecciones para el consulado del año 70, a pesar de no estar presente dentro de la ciudad mientras esperaba la concesión de su segundo triunfo. Su manera de vencer las reticencias de muchos senadores, que consideraban ilegal su candidatura, fue emplear de nuevo la táctica de presentarse amenazadoramente a las puertas de Roma con su ejército. El senado cedió a la presión, y Pompeyo fue elegido cónsul incumpliendo todas las leyes relativas al desempeño del cursus honorum: ni había ejercido ninguna magistratura del cursus honorum hasta ese momento, ni tenía la edad mínima reglamentaria para ser cónsul. Pompeyo fue el primer cónsul romano que ocupó el cargo sin ni siquiera ser senador previamente. Su desconocimiento del funcionamiento interno del senado hizo que su amigo Varrón escribiera para él una especie de manual explicativo59. En la década de los sesenta, Pompeyo recibió varios mandos extraordinarios que le permitieron ampliar su catálogo de victorias militares: la ley Gabinia le convirtió en el año 67 en el comandante en jefe de miles de soldados distribuidos por todo el Mediterráneo con los que logró en apenas unos meses controlar la piratería que de manera endémica asolaba el mar; la ley Manilia del 66, por su parte, concedía a Pompeyo el mando en Asia Menor con el fin de acabar con Mitrídates tras años de conflicto discontinuo. Tras sus nuevos éxitos y su regreso a Roma, Pompeyo celebró en el año 61 su tercer triunfo, pero no consiguió ni que sus acta en Oriente fueran convalidados por el senado, ni que su objetivo de conceder tierras a sus veteranos se materializara en una ley agraria. En última instancia, esto llevó a la creación de una alianza con César y Craso, el llamado ‘primer triunvirato’, que habría de controlar en la sombra la escena política romana durante la década de los cincuenta por encima de las instituciones republicanas. Pompeyo fue cónsul por segunda vez en el año 55, al que siguió la concesión de un mando extraordinario en Hispania para varios años, que de hecho estuvo en   En general sobre la biografía de Pompeyo véase entre otros R. Seager, Pompey the Great. A political biography, 2Oxford 2002; K. Christ, Pompeius: Der Feldherr Roms. Eine Biographie, Munich 2004; M. Dingmann, Pompeius Magnus. Machtgrundlagen eines spätrepublikanischen Politikers, Osnabrück 2007. 58   Plut. Pomp. 14. 59   Gell. 14.7.1-2. 57

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vigor hasta el estallido de la guerra civil en el 49. Pero Pompeyo nunca volvió a Hispania, sino que gobernó teóricamente el territorio a través de sus legados, incurriendo así en una nueva irregularidad, al ser un gobernador provincial con mando a distancia. Finalmente, en el año 52 Pompeyo fue designado consul sine collega tras los episodios violentos que acaecieron en Roma tras la muerte de Clodio. El senado prefirió concederle ese título en lugar del de dictator, si bien en la práctica había muy poca diferencia en los poderes que le fueron otorgados respecto a los de un dictador. De este modo Pompeyo ocupó la máxima magistratura por tercera vez, en esta ocasión sin haber sido elegido por el pueblo en los comicios y siendo durante unos meses cónsul único, un hecho sin precedentes que incumplía principios básicos de las magistraturas romanas: su carácter electivo y su colegialidad, además de la norma de dejar transcurrir diez años entre uno y otro consulado, así como la prohibición de ocupar simultáneamente dos magistraturas, puesto que Pompeyo no dejó de ser procónsul. El consulado único por designación senatorial fue sin duda un digno remate de una carrera política plagada de irregularidades e ilegalidades aceptadas o incluso incentivadas por el senado, y en muchos casos aprobadas con el voto popular, una carrera en la que, en realidad, es difícil encontrar acciones plenamente legales. Para finalizar, salgamos por un momento del período tardorrepublicano para encontrar un buen ejemplo del habitual posibilismo institucional romano. En el año 216, la situación de Roma era difícil tras las primeras derrotas sufridas por sus legiones frente a Aníbal en el norte de Italia y después de la debacle en Cannas ese mismo año. Uno de los dos cónsules, Lucio Emilio Paulo, había muerto en la batalla. El otro, Gayo Terencio Varrón, siguió al frente del ejército en el sur de Italia, al tiempo que nombró dictador a Marco Junio Pera, quien reclutó su propio ejército, nombró a su magister equitum y, al final del año consular, presidió las elecciones60. Todos ellos eran procedimientos legales que contaban con precedentes. Sin embargo, el senado consideró oportuno que fuera nombrado un segundo dictador que había de encargarse de renovar la lista de senadores, es decir, debía asumir una tarea que habitualmente correspondía a los censores. Los últimos censores habían ejercido su cargo en el año 221. Fue nombrado dictador Marco Fabio Buteón, el más anciano de los excensores todavía vivo, quien probablemente había sido censor en el año 24161. Respetando escrupulosamente la costumbre, Buteón fue designado dictador de noche por el cónsul Varrón, quien viajó a Roma urgentemente sólo para ese cometido. Fue nombrado para seis meses. Probablemente al día siguiente Buteón pronunció ante el pueblo un discurso desde los Rostra62. En él, enumeró las irregularidades que se habían producido con su nombramiento: nunca en la historia de Roma había ocurrido que dos dictadores estuvieran en el cargo al mismo tiempo; tampoco era normal que un dictador no tuviera un magister equitum como fue el caso; ni tenía precedente que se otorgaran los poderes censorios a un solo individuo que, además, ya había sido censor con anterioridad; finalmente, tampoco era normal nombrar un dictador para seis meses, a no ser que se le concediera el imperium para dirigir el ejército durante ese tiempo, algo que tampoco sucedía en este caso. Buteón declaró no aprobar todas estas circunstancias irregulares, pero no dudó en desempeñar su cargo de dictador porque la situación de Roma lo hacía aconsejable. Lo que sí hizo fue limitar él mismo el alcance de su dictadura, de modo que, cuando la nueva lista de senadores estuvo completa, dimitió de inmediato de su cargo y volvió a ser un privatus.

  Broughton, MRR I 247-248.   Broughton, MRR I 219. 62   Liv. 23.23.1: “Is ubi cum lictoribus in rostra escendit, neque duos dictatores tempore uno, quod nunquam antea factum esset, probare se dixit, neque dictatorem sine magistro equitum, nec censoriam vim uni permissam et eidem iterum, nec dictatori, nisi rei gerendae causa creato, in sex menses datum imperium”. 60 61

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La dictadura de Buteón es un buen exemplum del pragmatismo institucional que siempre predominó en la historia de la República romana, y que está en la base de su constante evolución constitucional. Demuestra que a la res publica no le importaba hacerse trampas a sí misma, si el senado consideraba que, de ese modo, era más fácil solucionar una situación complicada para el Estado: ante circunstancias nuevas era preciso actuar si era necesario con instrumentos nuevos, aunque eso supusiera modificar el mos maiorum, venerable concepto en sí mismo pero nunca inflexible.

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