Ignacio Roel, el constituyente de 1917 que representó a Baja California
Descripción
Ignacio Roel, el Constituyente de 1917 que representó a Baja California ENRIQUE MORENO KEGEL
La Constitución de 1917 marco de manera definitiva el rumbo del país, un ordenamiento legal emanado de las nuevas necesidades del pueblo y que fue determinante para el renacer de la Nación.
México ha tenido en su historia de manera formal tres constituciones, la primera en 1824, la segunda de 1857 y la tercera de 1917 (reforma de la de 1857), en todas estas ocasiones ha existido la representación de la península Baja California, en la primera Manuel Ortiz de la Torres, en la segunda, el Coronel Manuel Márquez de León y en la última el Dr. Ignacio Roel, de igualmente escasa participación en los debates del Constituyente.
Al Congreso de Querétaro asistió como representante de Baja California, el doctor Ignacio Roel, originario de la Ciudad de Monterrey, donde nació en 1885, y que en 1914 se traslado a la Península de Baja California donde trabajó como Delegado Médico Sanitario en Mexicali.
El 20 de octubre de 1917 fundó en Mexicali, junto con el licenciado Héctor González, el periódico La Vanguardia, tercer periódico que se publicó en Mexicali, Armando I.
Lelevier, en su Historia del periodismo y la imprenta en el territorio norte de la Baja California, de 1943, lo refiere como “el primer periódico serio con arraigo y una amplia ejecutoria en el campo del periodismo mexicalense”, con este periódico, llegó a Mexicali la primera imprenta, antes de esto los diarios se imprimían en Caléxico, California.
Creó también el “club político Benito Juárez” que fue “la primera organización de carácter político constituida en la municipalidad de Mexicali”.
A mediados de 1916, el coronel Esteban Cantú por órdenes de Carranza, convocó a elecciones para elegir diputado por Baja California para representarla en el Congreso Constituyente de 1916 y 1917 en Querétaro.
El Paso de Ignacio Roel por el Constituyente de 1917 fue complejo, primeramente porque su presencia en las juntas previas fue impugnada por los miembros radicales del Carrancismo, entre los que destacaban Juan de Dios Bojórquez, quien lo calificó de enviado personal del coronel Cantú, más que representante del territorio y, se mencionaba también que el Distrito Norte estaba fuera de control debido al alejamiento político de Cantú con las instrucciones que venían de la Presidencia de la República.
En el Congreso Constituyente desde la quinta junta preparatoria del día 27 de noviembre de 1916, en que tocó el turno a la validación de la elección del doctor Roel como propietario por el Primer. Distrito Electoral de Baja California, comenzaron las impugnaciones de los presentes, comenzando por el diputado Bojóquez, quien solicitó en esa misma fecha que el caso particular del Diputado de Baja California se pasara a una posterior discusión.
Evidentemente, podía colegirse, en el Congreso la mayoría de los presentes eran Carrancistas, aliados al Plan de Guadalupe y al liderazgo de Carranza.
Al día siguiente y continuando con la discusión sobre el doctor Roel, el diputado Bojórquez, hacía notar que no era un asunto personal con él, sino con la representación del Distrito Norte de Baja California, el cual, según el dicho extraído del diario de los debates del Congreso Constituyente,”…ese distrito de la Baja California, es decir, el Distrito Norte, no está perfectamente controlado por el Gobierno…”1
Y continua con la exposición: “… Yo sé que los empleados que van de Sonora destituidos por la intransigencia revolucionaria de don Adolfo de la Huerta, van también a la Baja California y allí son perfectamente admitidos. Por todos estos motivos, insistimos en que la Representación Nacional ponga los puntos sobre las íes y sepamos de una vez por todos si hemos de aceptar o no la credencial del señor Roel, porque no es nuestro;…”2
El doctor Roel se defendió de los dichos mencionados, haber tenido conferencias con el General Obregón y que en el territorio se realizaba “obra revolucionaria”, de hecho en el texto el doctor Roel, varias veces se refiere al “Gobierno de facto” y es interpelado por la mayoría del Congreso, quienes le recuerdan que es el Gobierno de la Revolución.
1
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. Nueva Edición del Diario de Debates del Congreso Constituyente de 1916-1917. Ignacio Marvan Laborde 2006. 2 Idem.
El Diputado Meade Fierro, del Estado de Coahuila, mencionó haber reconocido al doctor Roel por haber sido Porfirista y haber salido huyendo del Estado cuando inició la Revolución, apoyando la idea de que el doctor Roel, era gente del Coronel Cantú y no un comprometido con la causa de la Revolución.
En este sentido el doctor Roel realizó declaraciones que no apoyaron su causa, al calificar al Coronel Cantú como un “Patriota”3. Hubo otros que defendieron la postura de Roel, al establecer que su sola presencia era un signo de acercamiento del gobierno del territorio con el poder emanado del Centro y que representaba al pueblo del Distrito Norte y no a su gobernante.
Fue hasta la octava junta del día 29 de noviembre de 1916 cuando se aceptó el dictamen y se aprobaron las credenciales del doctor Roel y su suplente como Diputados al Congreso Constituyente.
En ese mismo 1917, al expedirse la Ley de Organización del Distrito y los Territorios Federales, misma que establecía que desaparecía la figura del Jefe Político y se establecía la de Gobernador para estos territorios, el Coronel Cantú aceptó el cambio administrativo y jurٕٕó la Constitución, reconociendo a Carranza y siendo por tanto, ratificado en el cargo; aun y cuando este reconocimiento no significaba el completo sometimiento del Distrito Norte a la autoridad Central.
3
CALVILLO VELASCO, Max, INDICIOS PARA DESCIFRAR LA TRAYECTORIA POLÍTICA DE ESTEBAN CANTÚ. Historia Mexicana, vol. LIX, núm. 3, enero-marzo, 2010, pp. 981-1040, El Colegio de México. México
En el Congreso Constituyente de 1917 celebrado en Querétaro y en la sesión del 26 de enero correspondiente a las discusiones sobre división territorial, se presentó una petición de los ayuntamientos y habitantes de San José del Cabo, Mulegé, San Antonio, Todos Santos y Santa Rosalía del Distrito Sur, solicitando la erección de Baja California en Estado, obteniendo una respuesta negativa de parte de los Constituyentes, que afirmaron: “Deberán continuar como Territorio, porque los informes sobre población acusan un número inferior al exigido por la Constitución y además por ser conveniente y necesaria la continuación de su dependencia directa de la federación, para que pueda ser objeto de una vigilancia y un cuidado más estrictos”4.
En este sentido es pertinente citar los números a los que hace mención el Constituyente del 17, en el Censo General de Habitantes de 1910, (último censo antes del Congreso), el Territorio Norte de Baja California, estaba habitado por 5,966 hombres y 3,794 mujeres, dando un total de 9,760 habitantes, mucho menos de los cien mil que se requerían para efectos de que pudiera aspirar a ser considerado un Estado Soberano; de hecho, del total de la población 131 individuos eran empleados del Gobierno Federal y había además en total 9 abogados, siendo el lugar con la mayor población el Puerto de Ensenada con 2,965 personas viviendo en él.
4
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. Nueva Edición del Diario de Debates del Congreso Constituyente de 1916-1917. Ignacio Marvan Laborde 2006.
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