\"Fuentes documentales sobre la expulsión y regreso de los moriscos del valle de Ricote\" / Javier Castillo Fernández y Vicente Montojo Montojo, en: Historia e historiografía sobre la expulsión de los moriscos del Valle de Ricote, Murcia: Universidad, 2015, pp. 135-174

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FuENTES DoCuMENTAlES SobRE lA EXPulSIÓN y REGRESo DE loS MoRISCoS DEl VAllE DE RICoTE Javier Castillo Fernández y Vicente montojo montojo Archivo General de la Región de murcia 1

PREáMbulo la expulsión de los moriscos españoles, en general, y del valle de Ricote, en particular, fue un acontecimiento de tal entidad que ha dejado un amplio rastro documental en archivos de una extensa geografía. las principales fuentes documentales para el proceso de deportación de los mudéjares murcianos, especialmente desde el punto de vista político, son conocidas desde casi el mismo momento de la expulsión. Pero ha sido más recientemente cuando se están dando a conocer otros veneros informativos, de archivos locales y regionales, que nos ayudan a comprenderlo desde el punto de vista humano, social y económico. Es decir, mediante el conocimiento de estas nuevas fuentes el análisis histórico está pasando de una visión del fenómeno de la expulsión desde el poder central de la monarquía, con documentos muy concretos y con gran poder informativo (básicamente las consultas del Consejo de Estado), a un punto de vista más cercano a la vida cotidiana de las víctimas del destierro, con documentación resultados no menos interesantes. Especialmente productivas se están revelando política de la monarquía Hispánica (II): políticas de prestigio, migraciones y representación de la hegemonía (1560-1650)”, HAR2011-29859-C02-01; y “Nobilitas, Estudios y base documental de la nobleza”, patrocinado por la universidad de murcia y la Fundación Séneca; así como dentro del Grupo de Investigación “Andalucía Oriental y su relación con América en la Edad moderna” (Hum149), de la universidad de Granada y subvencionado por la Junta de Andalucía.

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estas nuevas fuentes para demostrar y conocer el proceso de retorno de una parte considerable de los expulsados. En este trabajo incluimos también a la localidad de Archena, que aunque no perteneciente a la encomienda santiaguista del valle de Ricote sino a la encomienda de Calasparra de la Orden de San Juan, formaba parte del mismo ámbito mentos referidos a la expulsión de los otros moriscos murcianos: tanto los llamados granadinos como los mudéjares antiguos de otras partes del Reino2. Apuntamos aquí los principales archivos y series documentales de interés tanto sobre la expulsión y el regreso, pero también las escasas crónicas y otras obras literarias del momento que se ocuparon de este crucial y dramático acontecimiento. Asimismo se hace alusión a las principales publicaciones que las han utilizado y/o publicado, señalando aquellos documentos que actualmente son consultables a texto completo en Internet a través los distintos portales archivísticos: web del Archivo General de la Región de murcia (AGRm en adelante)3, Proyecto Carmesí4, Portal de Archivos Españoles (PARES)5… Sale fuera de este trabajo, pero es un aspecto muy relevante y a tener en cuenta en futuras investigaciones, el papel de los vecinos cristianos viejos del valle, tanto los ya residentes antes de la expulsión como los que acudieron atraídos por las propiedades dejadas por los expulsos, para casar con sus hijas, etc. y cómo se relacionaron con los desterrados y con los que regresaron. A. FuENTES PRIMARIAS 1. Fuentes locales: Archivos municipales6 Archivo Municipal de Murcia: En el Archivo municipal de murcia se pueden destacar algunas agrupaciones o series documentales, como son las actas capitulares7, las cartas reales y los expedientes y otros documentos de la llamada serie legajos8. 2 Para un panorama general sobre ambas comunidades, véase: Chacón Jiménez, 1982. Flores Arroyuelo, 1989. 3 Archivo General de la Región de murcia: http://archivogeneral.carm.es 4 http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?mETHOD=FRmSENCIllA2&sit=c,373,m,139, serv,Carmesi 5 PARES: http://pares.mcu.es/ 6 Sobre los archivos municipales de la Región de murcia: Jover Carrión, 1990. Información más actualizada en: http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?mETHOD=FRmSENCIllA2&sit=c,3 73,m,139,serv,Carmesi 7 Nieto Fernández, 1997: 505-522 y 630-635. 8 Archivo municipal de murcia (Ammu), Actas Capitulares (AC) 1613-1614, 11-1-1614, folios 171 y 231. Citado por lisón Hernández, 1992: notas 58 y 74. web Archivo municipal de murcia: http://www.archivodemurcia.es/ Copia digital de las actas capitulares también se pueden consultar en la web del Proyecto Carmesi.

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- Cartas reales: las Cartas reales se encuentran dispersas en los Cartularios reales, las Cartas Antiguas y modernas y la agrupación legajos (Fondo histórico). En las Cartas Antiguas y modernas se encuentra la famosoa real cédula ordenando al concejo de la ciudad que prestara ayuda a don luis Fajardo en la expulsión de los moriscos, fechada el 8 de octubre de 16119. - Serie legajos: Dentro de esta agrupación documental podemos destacar las siguientes referencias: N. 2337: Registro de escrituras otorgadas por los moriscos de Ricote y Ojós en diciembre de 1613. N. 2407: Cuentas de propios. N. 2730: Concordia murcia 29-11-1614. N. 3083: Autos sobre la venta de bienes raíces de los moriscos. N. 3718: Cartas borradores de la ciudad de 1600 en adelante: carta de 1618. N. 4029: Autos de ejecuciones contra los moriscos (1610-1613). N. 4288: Testimonio del pregón de expulsión de los moriscos (1610). [Caja 18, n. 50]. N. 4293: Sobre los moriscos (1610). De entre todos estos documentos destaca el primero (N. 2337), un registro de 73 escrituras de ventas de bienes de moriscos de Ricote y Ojós, otorgadas en diciembre de 1613 ante el escribano de comisión de la expulsión Francisco de Albornoz, que ha sido analizado y publicado por Isabel García Díaz y Santiago Otero10. Archivo Municipal de Abarán En este archivo se conserva el único acta capitular de todas las localidades del valle en la que se da testimonio de la salida de los moriscos en dirección a Cartagena11, y que reproducimos en el apéndice II.1. Archivo Municipal de Archena Según luis lisón se conservaban unos Autos de la comisión otorgada por el conde de Salazar al licenciado don Diego de medina Rosales, juez encargado de perseguir a los moriscos escondidos y a los que habían vuelto tras la expulsión, eximiendo a tres hermanos arrieros de ser expelidos12, actualmente desaparecidos. 9

Ammu, Cartas Antiguas y modernas (CAm) 790, nº 80. Purde verse reproducción digital

fue publicado por Hernández Franco, 1983. 10 García Díaz & Otero mondéjar, (2010). 11 Archivo municipal de Abarán, Actas Capitulares, caja 1142, libro 1, Actas capitulares de 1608-1615, folio 35. Disponible en la web del Proyecto Carmesí. 12 Archivo municipal de Archena, Autos (1619, diciembre, 13 / 1620, enero, 9), legajo 865, nº 11, folios 5-6. Transcritos por: lisón Hernández, 1992: 169-170.

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Archivo Municipal de Cartagena13 Para el tema que nos ocupa conserva numerosa información, especialmente para todo lo referido a los numerosos embarques de las sucesivas deportaciones de moriscos entre los años 1610 y 1614, a partir de la cual se ha realizado una muy interesante exposición titulada Cartagena, 1614: 400 años de la expulsión de los moriscos del Reino de Murcia (9 de abril- 17 de mayo de 2014). De este archivo se pueden destacar las siguientes series documentales: -

Actas capitulares14. Cartas reales. Cuentas de propios: En las cuentas de propios del concejo de Cartagena se encuentran libramientos referentes a los moriscos expulsados en 161115.

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Actas notariales. Entre la documentación histórica del Archivo municipal de Cartagena hay algunas escrituras notariales otorgadas por los moriscos expulsados en 1613-161416. Otras informaciones están contenidas en la correspondencia del Ayuntamiento de Cartagena con diversas entidades y personas, que publicó en 1913 Federico Casal.

Archivo Municipal de Lorca En este archivo existe información sobre la ejecución de la expulsión en las actas capitulares de 1613 y 1614, entre ellas, la puesta en administración de un grupo de niños moriscos (véase su trascripción en el apéndice documental II.2.), además de la relativa a la expulsión de los moriscos de origen granadino de lorca en el año 161017.

13 http://archivo.cartagena.es/ 14 las actas capitulares de Cartagena (siglos XVI-XVIII) están disponibles en web del Proyecto Carmesí. 15 Archivo municipal de Cartagena (AmCt), libros de la sección histórica (lH), nº 149: libro de cuentas de propios de 1610-1613, Cuentas dadas por el mayordomo Juan Bautista de Aguilera (folio 200 recto): “Se le rreçiue en quenta al dicho mayordomo çinco mill seisçientos y setenta y ocho marauedís que... gastó y pagó en hazer enterrar los cuerpos muertos de los moriscos que en la costa de la mar desta çiudad hauía...” (5/12/1611). Está recogido en Casal martínez, 1913. 16 AmCt, Cajas de la sección histórica, nº 2117, nº 8 (CH02117-00008), folios 83-130. Escrituras de cesión de bienes de moriscos del valle de Ricote, efectuadas por poderes en Cartagena ante el notario Juan García Casanova. un morisco de Ricote entrega sus bienes a un jurado del ayuntamiento para que los administre hasta que su hija (que se queda con el jurado) tenga edad para hacerse cargo de ellos (28-30/12/1613). 17 AmlO, caja 1644, n. 3, AC de 1612-1614, sesión de 3-1-1614 [imagen 412] y sesión de 6-11614 [imagen 419]: Nombramientos de nuevos administradores de las haciendas de los moriscos expulsados de lorca a Pedro de mula, en sustitución de Francisco Jiménez, que se ha eximido por ser síndico del Convento de San Francisco. Sobre esta expulsión ver: Guerrero Arjona, 2009.

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Archivo Municipal de Totana En las actas capitulares de noviembre de 1609 se hace referencia a la prevención del concejo de Totana ante el interés demostrado por un morisco de murcia sobre el poblamiento existente en Aledo. Tal hecho produjo inquietud, tal como se recoge en el siguiente texto: «que por haber la revolución que hay de los moriscos así en Valencia y Aragón como en los reinos de Castilla y podrían algunos moriscos fugitivos enpoderarse de la dicha villa (Aledo) y fortaleza de ella y venir algún daño y deservicio a su majestad; por tanto acordaron Quellar Belandia […] que tenga cuenta del dicho castillo y fortaleza, de tenerlo en buena guarda y custodia con gente de guarda y que tenga su vela y personas que lo guarden de forma que en ello haya mucho recato y buena guarda, que no se pueda entrar sin ser sentidos en la dicha villa […]»18. Felipe III para que se apresase a los moriscos expulsados que hubieran regresado del destierro y la comisión del conde de Salazar al alférez martín de Arteaga para que se hiciera cumplir. El concejo acató la real orden y la comisión y dispuso para pagar los bagajes y carros de la tropa que acompañaba al alférez (véase trascripción en el apéndice documental II.3). Otros archivos municipales: Convendría revisar las actas capitulares y otra documentación de la época de los archivos municipales de Alhama de murcia, Caravaca19, Calasparra, Cehegín20, 18 Archivo municipal de Totana (AmT), caja 4, documento 2, libro de Actas Capitulares de 1605-1613, sesión de 26-11-1609 (referencia que agradecemos a Juan Cánovas mulero) y 24-1-1610 (“Orden para expeler los moriscos; Guerrero Arjona, 2009: 116. Disponible en la web del Carmesi. 19 Existe información sobre moriscos granadinos de Caravaca de la Cruz, que habían sido expulsados y regresaron, por lo que se les condenó a remar sin sueldo en las galeras del rey durante diez años y destierro, tomándose medidas mediante la comunicación de la sentencia y una orden de que nadie los encubriera en 1614. libro de Actas Capitulares n. 13 (años 1614-1622), fols. 53r/56r (3-4-1615). los moriscos que volvieron fueron Jerónimo de monreal, Diego Fernández hortelano, miguel de mora, Bernardino de Gea, Diego de Gea y Alonso García Albiar. la sentencia fue dada por el licenciado Jerónimo de Avellaneda manrique, alcalde de hijosdalgo de la Real Chancillería de Granada y juez de comisión contra los moriscos de los reinos de su distrito. 20 En este archivo se conservan, en las actas capitulares de 1610, algunas referencias a la expulsión de los moriscos, Guerrero Arjona, 2009: 116-117, además, de la recepción y ejecución de la comisión del conde de Salazar como comisario regio de la expulsión de los moriscos del reino de murcia, en la que se nombraron comisionados a Alonso de Carmona, Sebastián Ruiz maya, Nicolás de Cabrera, Pedro Collado, martín lópez maya, personas viejas, y a martín Carreño, alférez mayor, para que registraran y listaran a los moriscos que hubiera en la villa. Archivo municipal de Cehegín, Sección 1ª, legajo 3, documento n. 3/9, y Cuaderno de actas capitulares de 4-1-1614 a 24-6-1614, sesión de 4-1-1614.

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Cieza, Jumilla y mazarrón21, que conservan registros de ese momento (todos ellos accesibles en la web del Proyecto Carmesí). También el Archivo municipal y el Archivo Histórico de Orihuela pueden contener información, tanto en la documentación municipal, por un lado, como en la de la gobernación y en la notarial, por otro, sobre el refugio de algunos de los moriscos del valle que se ocultaron en ese cercano territorio del reino de Valencia para eludir la expulsión en 1614, según referencias de otras fuentes22. Fuentes eclesiásticas Archivos parroquiales: los registros parroquiales constituyen, junto con la documentación notarial, una de las principales fuentes para conocer el proceso de retorno de los ricotíes expulsados. Aplicando métodos propios de la llamada microhistoria, como el de la reconstrucción de familias, investigadores como Govert Westerveld han demostrado, para el caso de la localidad de Blanca, que buena parte de los moriscos de la localidad no fueron expelidos o lograron volver al poco tiempo23. la relativa conservación de algunos archivos parroquiales, con registros de comienzos del siglo XVII, en tres localidades de la comarca (Abarán, Archena y Blanca)24 permite aplicar el mismo método sobre todo si se contrasta con padrones de vecinos anteriores a la expulsión: por ejemplo, los de las averiguaciones de alcabalas de la década de 1590 que citamos más adelante, a falta de otros más cercanos en el tiempo. Estas son las series de registros sacramentales que se conservan: Archivo parroquial San Pablo (Abarán) San Juan Bautista (Archena) San Juan Evangelista (Blanca)

bautismos Desde 1579 Desde 1571

Defunciones Matrimonios Desde 1625 1570-1590 y 1624-1660 Desde 1623 Desde 1579 Desde 1566

Archivos de conventos: En el intento de atenuar la medida de la expulsión de los mudéjares antiguos murcianos, que buena parte de las instituciones locales juzgaba injusta, jugaron un papel fundamental las distintas órdenes religiosas, tal como denunciaban los informes remitidos al Consejo de Estado por el conde de Salazar. los religiosos regulares encubrieron a algunos de ellos admitiéndoles como frailes y monjas en 21 Nieto Fernández, 1997: 624-625 y 630-631. Hace referencia a los moriscos granadinos de Caravaca y a los de Fortuna que fueron expulsados. 22 Nieto Fernández, 1997: 600-681. 23 WESTERVElD, 2001. 24 los registros parroquiales de la diócesis de Cartagena están disponibles en la web de Family Search: https://familysearch.org/search/image/index#uri=https%3A%2F%2Ffamilysear ch.org%2Frecapi%2Fsord%2Fwaypoint%2F9PVB-ZNl%3A141480201%3Fcc%3D1784529 (consulta realizada el 27-7-2014).

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los cenobios, al mismo tiempo que recibieron numerosas donaciones de propiedades (en algunos casos se trataban de falsas donaciones a la espera del regreso de los expelidos), legados que han dejado su huella en la documentación notarial25 y conventual. A pesar de los procesos de exclaustración y desamortización ocurridos en el siglo XIX, que destruyeron y disgregaron los archivos de la mayoría de los conventos masculinos españoles, se pueden localizar testimonios de estas donaciones, principalmente revisando los libros becerros de propiedades de conventos de murcia conservados: -

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Convento de La Trinidad de Murcia: Hemos localizado más de una veintena de referencias a donaciones y pías memorias de misas establecidas por moriscos de Archena, Ceutí, Ojós, Ricote, ulea y Villanueva, la mayoría otorgadas ante escribanos de Cartagena los días previos a su expulsión26. Convento de La Arrixaca, agustinos de Murcia: Hay referencias de bienes donados por moriscos de Pliego y otros adquiridos de moriscos de Alcantarilla entre 1610 y 1619, pero podría haber del valle de Ricote27. Orden de Frailes Menores, franciscanos: Archivo de la Provincia Franciscana de Cartagena (murcia): se conservan los fondos históricos de la Curia y provincial y de los conventos concentrados, destacando para esa época los fondos de los conventos de Cehegín (San Esteban) y de Santa Ana (Jumilla)28.

25 En los protocolos murcianos hay referencias de estas donaciones de propiedades o instituciones de pías memorias de misas a favor de los conventos de San Francisco y la merced de murcia, de San Francisco de moratalla o de Santa Ana de Jumilla, de franciscanos. lisón Hernández, 1992: 150 y 152. 26 libros becerros transcritos en la Colección José Crespo: “la Orden de la Santísima Trinidad en murcia”. Archivo General de la Región de murcia (AGRm), Fondos misceláneos (Fm),1021/3: Becerro de la Trinidad (Protocolo I): folios 88 (donación de Rodrigo Verrescut, de Villanueva), 89 (donación de Catalina Gallego y su yerno Francisco lópez, de Villanueva), 102 (donación de Francisco y Pedro Pay, Juan y Juana de Hellín, de Ojós), 103 (donación de Diego Palazón y Diego Talón, de expulso, vecino de Ricote; y donación de Juan Torrano, vecino de Ricote), 117 (donaciones de martín y Catalina Rojo, Pedro el malo, Alonso Turpín y Francisco Hellín martínez, vecinos de Ricote), 119 (donaciones en Archena: Francisco y Pedro el Pay, Juan de Hellín, Francisca de Santa Cruz, Ginés de leonor manda, de Ojós). AGRm, Fm,1021/4: Becerro de la Trinidad, Protocolo II, fols. 60 (donación de maría de la Jara, morisca de Villanueva), 61 (pía memoria establecida por Pedro y maría manuel, moriscos de Villanueva), 62 (pía memoria de Catalina Gallego y su yerno Francisco lópez, de Villanueva), 70 (bienes de Tomás, morisco de Ricote), 71 (pía memoria de Diego Palazón y Diego Talón, de Ricote), 80 y 83 (casa y tierras de leonor manda, en Ojós) y 82 (bienes de moriscos en Ceutí). los libros originales se encontraban en el museo de la Catedral de murcia. 27 Archivo de la Provincia Agustiniana de Filipinas (Valladolid), legajo 782, fol. 127 (censo de Rodrigo Cabrero, vecino de Pliego, adjudicado al convento el 15-2-1610) y fol. 169 (censo y casas de Pedro Tomás, vecino de Alcantarilla, adjudicadas al convento por el juez Agustín de Soto el 2-6-1619) 28 Información sobre este archivo en http://censoarchivos.mcu.es/CensoGuia/archivodetail. htm?id=47958 (consulta realizada el 16-4-2014).

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Convento de Santo Domingo el Real de Murcia: entre sus fondos, que en parte se custodian en el Archivo de la Provincia Dominicana de Andalucía, se conserva al menos un libro becerro de propiedades y derechos 29. Monasterio de San Pedro de la Ñora, de la Orden de San Jerónimo: también conserva dos volúmenes de registro de propiedades y derechos30.

tación anterior al s. XVIII, mientras que el Archivo de la Catedral de murcia, se encuentra en proceso de organización y descripción por parte de un equipo de la universidad de murcia31. Fuentes nobiliarias: Archivo Ducal de Medina Sidonia los Fajardo, marqueses de los Vélez y adelantados mayores del reino de murcia, fueron durante la Baja Edad media y toda la Edad moderna el linaje más eminente de este reino32, por lo que un acontecimiento de este calado también les incumbió directamente. En primer lugar porque algunos de sus señoríos murcianos, como molina de Segura, Alhama, librilla o la Puebla de mula, contaban con población morisca, pero también por su implicación política en el control de la minoría y en que afectó a los llamados granadinos. A comienzos de siglo el IV marqués, don luis Fajardo y Requesens, se encargó de su desarme33 y en 1610 su tío don luis Fajardo, almirante y su teniente de adelantado, coordinó las primeras labores de deportación por el puerto de Cartagena. El fondo documental del marquesado de los Vélez se conserva en el Archivo Ducal de medina Sidonia y en él se custodia, entre otra rica documentación de este estado señorial, una abundante serie de correspondencia. Son cientos las cartas intercambiadas entre el marqués, la Corona, otros nobles, familiares, agentes, contadores y administradores durante el periodo 1600-1620, de las que se cuenta con copia digital en el AGRm34. una investigación a fondo en esta serie aporta29 Archivo de la Provincia Dominicana de Andalucía. Convento de Santo Tomás de Sevilla, AHPDA, 2, Existe copia digital en el AGRm: FR,AHPDA,02, accesible desde la web del archivo. 30 libro Becerro del monasterio de San Pedro de la ñora, n. 1. Años 1539-1624 (AHPmu, HACIENDA,3774) y libro Becerro del monasterio de San Pedro de la ñora, n. 2. Años 1493-1773 (AHPmu,HACIENDA,3775). 31 En los libros de actas del Cabildo existen referencias a los moriscos del valle de Ricote que acogían a niños expósitos del Hospital General de murcia. Archivo Catedral de murcia, libro Capitular, 1610-1616, sesión de 11-XI-1611. Citado por Hernández Franco, 1983: 85-86 y nota 69. 32 Cfr. la reciente aportación de RODRíGuEZ PéREZ, 2011. 33 lOmAS CORTéS, 2010: 45-70. Para esta operación, véase también RuIZ IBAñEZ, 1995: 224-226. 34 Archivo Ducal de medina Sidonia (ADmS), marquesado de los Vélez, legajo 3, correspondencia (1601-1620) (copia digital en AGRm,FR,CD-58 y 59), leg. 4, correspondencia: carp. 6 (1600-1610) y carp. 7 (1611-1630) (copia digital en AGRm,FR,CD-60) y leg. 5, correspondencia: carp. 2. (1600-1609) y carp. 4 (16101619) (copia digital en AGRm,FR,CD-61). FR (Fondos reproducidos). Véase Beltrán Corbalán, 2007: 3-10.

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rá sin duda datos relevantes sobre la materia. Como muestra un botón. En una misiva escrita en Valladolid el 28-12-1613 y dirigida por Antonio Pérez de Hita, criado del marqués, al administrador del estado se puede leer entre otros asuntos el siguiente comentario: “de la espulsión de los de Priego y Alcantarilla me pesa el desacomodarlos de su patria: Dios lo remedie, que como son cosa tan delicada no se puede havlar, sí encomendarlo todo en Dios y que todo sea en onra y gloria suya”35. Fuentes notariales: Archivo Histórico Provincial de Murcia36 los registros de los notarios, en los que se asentaban todos los negocios cotidianos, constituyen la segunda gran fuente documental para conocer la vida cotidiana de la sociedad de la época. El Archivo Histórico Provincial de murcia (centro integrado en el Archivo General de la Región de murcia) contiene algunas de las fuentes más importantes sobre el tema que estamos abordando; base sobre la cual se ha organizado la exposición IV centenario de la expulsión de los moriscos del reino de murcia, coincidiendo con el Día Internacional de los Archivos (9 de junio de 2014)37. muchas de ellas han sido ampliamente utilizadas desde los artículos mencionados de Francisco Chacón para la revista mèlanges de la Casa de Velázquez (1982) y, espeEn primer lugar destacan los registros notariales de las poblaciones del valle de Ricote. De los años de la expulsión se conservan casi una treintena de protocolos: -

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Abarán: Registros de Alonso Carreño (Not. 8595/2, años 1595-1603), Fulgencio Cotarro (Not. 9886, años 1584-1602); Juan Gómez (Not. 9283, años 1604-1616), Gaspar González (Not. 9280, año 1565), Diego de manda (Not. 9715/1, año 1575) y Juan Ruiz (Not. 9281, año 1615, y 9288, año 1608). Blanca: Registros de Pedro Ayala manrique (Not. 9331, años 1610-1619), Fernando Cachopo (Not. 9323, años 1571-1574; 9324, años 1592-1608; y 9722, 1557-1575), Pedro Cachopo (Not. 9325, años 1564-1581; 9326, años 1572 y 1587; 9327, años 1589-1598; 9328, años 1591 y 1595; 9334, años 1601-

35 ADmS, legajo 4, carpeta 7. Hemos consultado la copia digital que existe en AGRm,CD-60, imagen 69. 36 Archivo Histórico Provincial de murcia (AHPmu) y su fondo notarial (Not.): http://www.regmurcia.com/docs/murgetana/N117/N117_011.pdf. http://archivoweb.carm. es/archivoGeneral/arg.muestra_detalle?pref_id=2760783 37 Coincidiendo con la exposición se ha realizado, en la página web del Archivo, una galería con una selección de documentos digitalizados referidos a la deportación y regreso de los moriscos murcianos, disponible en: http://archivoweb.carm.es/archivoGeneral/arg.contenido?seccion=DocumentoDestacado&ids ec=461&pa_el_div=./arg.estructura.contenido_sec?pidsec=461#

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1606 9723, años 1586-1624), Alonso Carreño (Not. 8595, año 1593), Esteban martínez (Not. 9329, años 1587-1606; y 9351, años 1600-1607), Ginés molina (Not. 9352, años 1603-1607), Juan Ruiz (Not. 9354, año 1605), Juan Tomás (Not.9337, años 1608-1613). Ojós: Registros de Diego de manda (Not. 9885, años 1574-1584) y Juan Peñalver (Not. 9886, años 1584-1602). Ricote: Registro de Fernando Cachopo (Not. 9897, año 1571). ulea: Registro de Diego Pinar Riquelme (Not. 9936, año 1613). Villanueva del Río Segura: Registros de Alonso de Buendía (Not. 9923, años 1598-1621; 9925, años 1602, 1604; 9926, años 1606-1609; y 9927, años 1610-1616), Francisco Hurtado (Not. 9932, años 1637-1639; y 9934, años 1648-1656) y Juan de Vilches Ruiz (Not. 9937, años 1620-1624; y 9938, años 1625-1629).

como otorgantes vecinos de otras villas del valle de Ricote o del entorno (Cieza, Caravaca), ya por razón de la movilidad de los escribanos o de los otorgantes, por lo que indagaciones sobre los mismos resultarán necesarias. Murcia y Cartagena: los registros notariales de murcia y Cartagena ofrecen también una información muy interesante sobre la expulsión de los moriscos y sus bienes. Destaca, en primer lugar, el registro del escribano de comisión Juan de medrano, de 1613 (73 ciones, dotes, poderes y numerosas y ventas que hicieron los moriscos de Villanueva del valle de Ricote y unos pocos de Ojós y ulea, tanto antes de salir hacia Cartagena como durante el viaje hasta su llegada. Empieza con el nombramiento por el conde de Salazar a medrano como escribano en Villanueva del Río Segura y Ojós, bajo el mando del capitán Juan del Corral, comisario de la expulsión, por no haber escribano cristiano viejo en estas villas, para que hiciera los registros de las haciendas de los moriscos, tres días en Villanueva y dos en Ojós (Hellín, 1 de diciembre de 1613)38. En otros protocolos de la ciudad de murcia se localizan otras muchas escrituras otorgadas por los moriscos del valle durante 1614 y años anteriores39. las ac38 AHPmu,NOT,1739/2. Se pueden ver un catálogo de las distintas escrituras, así como sus imágenes digitales en la web del AGRm (consulta realizada el 16-4-2014): http://archivoweb.carm.es/archivoGeneral/arg.muestra_detalle?idses=0&pref_id=648420 39 AHPmu,NOT,1592,fol.57v: Obligación de pago de don Pedro de Toledo Osorio, marqués de Villafranca, comendador de Ricote, general de las Galeras de España, a favor de Juan García Rodríguez el viejo, Alonso Hurtado, Juan Hurtado, Isabel de murcia, viuda de Juan lópez, vecinos de la villa de Villanueva de la encomienda de Ricote, y Pedro El Pay, vecino de la villa de ulea, de dos mil ducados a los de Villanueva y cuatro mil reales al vecino de ulea, por habérselos prestado (18-11610). A lo largo de este protocolo se encuentran otras escrituras otorgadas por moriscos granadinos de murcia, quizá expulsados (8r, 15r-v, 16v-17r, 59r-60r entre otros muchos).

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tas notariales de estos protocolos son muy variadas: arrendamientos, obligaciones de abasto, obligaciones y cartas de pago, donaciones, poderes, testamentos, codicilos, ventas, dotes de moriscas que casan con cristianos viejos, etc. También hay referencias a morisco retornados, recuperando sus propiedades, en registros de escrituras de años posteriores40. Otra parte de las fuentes notariales generada en torno a la expulsión de los moriscos del valle de Ricote está en los protocolos de Cartagena41. En ellos se encuentran numerosas actas notariales otorgadas por los moriscos del reino de murcia en su estancia en Cartagena antes de ser embarcados para su expulsión42. En los protocolos de poblaciones como Fortuna y Cieza se encuentran documentos generados por el procedimiento de la expulsión, como las reclamaciones de los moriscos43 o la revisión de la actuación de los comisarios44. Además de los protocolos el Archivo Histórico de la Provincia de murcia numerosos expedientes de censos, en los que encuentran referencias a bienes de moriscos del valle donados o enajenados a favor de este organismo45. 2.- Fuentes nacionales e internacionales

Archivo General de Simancas (AGS) sobre el destierro de los moriscos españoles. El catálogo de la exposición mo40 Por ejemplo, los registros de Pedro Ayala manrique, de Blanca, 1610-1619 (NOT,9331), Juan de Vilches Ruiz, de Villanueva, 1625-1629 (NOT,9938) y de Juan García motellón, de Villanueva, años 1625-1627 (AHPmu,NOT,9930). 41 Como los de Gabriel martínez (AHPmu,NOT,5252, años 1613-1614; y 5253, años 1614-1615); Alonso de miras (AHPmu,NOT,5509, año 1614); Francisco Ortega de Carrión (AHPmu,NOT,5362, año 1613; y 5363, año 1614); Cosme Soldevila (AHPmu,NOT, 5412, año 1614); y Juan de Torres (AHPmu,NOT,5449, año 1613, folios 498v-558v; y 5450, año 1614) 42 Por ejemplo, escritura por la que maría Rodríguez, viuda de Juan de Vega, vecina de Blanca, hace donación de sus bienes antes de ser expulsada a favor Juan yánez Bellote, vecino de Tobarra, que casa con su hija maría de Vega (19-12-1613). AHPmu,NOT,5362,fols.282-286. 43 AHPmu,NOT,890,fol.79: licencia otorgada por Francisco de Rada, comisario nombrado por el conde de Salazar para la expulsión de los moriscos de la villa de Fortuna, a los primos Ginés y Pedro de Herrera para que queden en el pueblo, mientras no se pronuncie el juez competente (21-11614). 44 AHPmu,NOT,9496. Traslado de la carta de comisión otorgada por el Conde de Salazar al doctor martín de Saavedra Noguerol para que averigüe cómo actuaron los comisarios encargados en cada localidad de expulsar a los mudéjares murcianos (26-5-1614). 45 memorial del receptor de la Inquisición de murcia comunicando la expulsión de los moriscos del valle de Ricote y pidiendo se averigüen sus propiedades hipotecadas a favor del Tribunal antes de que sean expelidos (14-11-1611) (AHPmu,HACIENDA,4011/360/2).

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aspecto46. Sin duda la documentación generada por el Consejo de Estado, el órgano más relevante de la monarquía española y encargado por el monarca del extrañamiento de los moriscos, es la más conocida desde antiguo. Sus documentos han sido utilizados desde Guadalajara y Javier (1614), pasando por Janer (1857), Boronat (1901)47 y sobre todo Henri lapeyre (1959). El último y más completo trabajo elaborado, en buena parte, a partir de este repositorio es la monografía de manuel lomas que granadinos y mudéjares antiguos del reino de murcia entre 1611 y 161448. En este fondo el tipo documental más frecuente es la consulta, a las que acomasí como las elevadas por el mismo Consejo al rey Felipe III o a su valido el duque de lerma. Se trata de documentos breves pero con gran potencia informativa que permiten conocer los entresijos políticos del proceso y apreciarlo, digámoslo, desde arriba. Para la expulsión de los moriscos murcianos, tanto de los llamados granadinos como de los mudéjares antiguos, se conservan decenas de documentos49. Entre las consultas e informes más importantes y conocidos están: -

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Carta del concejo de murcia al rey en contra de la expulsión de los moriscos granadinos de su reino (murcia, 17-10-1609), a la que acompaña otra vicio de los moriscos del número de granadinos existentes en el reino de murcia50. Información del corregidor Gonzalo de ulloa Carvajal Paredes sobre los mudéjares de su demarcación (murcia, 17-IV-1610)51. Primer informe de don luis Fajardo al Consejo de Estado, con una “relación del número de moriscos mudéjares que ay en el reyno de murcia”, de 16 de abril de 161052.

46 Rodríguez de Diego, 2009. 47 BORONAT y BARRACHINA, 1992: 729-733. 48 lOmAS CORTéS, 2012: 495-536. 49 las consultas sobre la expulsión de los moriscos de España entre 1609 y 1614, junto a otros aspectos de la política exterior de la monarquía, se conservan diseminadas en los legajos 213-220, 224-247, 249-255 y 2638-2644 del AGS, Consejo de Estado (Estado). En el AHPmu se conserva copia línea, de los legajos 227, 252, 253, 258 y 2643 y 2644 (AHPmu,FR,AGS,R-190 a 194). Véase: http://archivoweb.carm.es/archivoGeneral/arg.muestra_detalle?idses=0&pref_id=2078249 50 AGS, Estado, leg. 213. Publicados por: JANER, 1857: 317-320. 51 AGS, Estado, leg. 227. 52 AGS, Estado, leg. 227. Trascrito por: lAPEyRE, 1986: 300-301.

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Nuevo informe don luis Fajardo, capitán general del reino, con una Relaçión de los lugares, casas y gente de los mudéjares deste reyno de murcia, donde realiza la famosa distinción en grado de asimilación de los tres tipos de mudéjares antiguos existían, de 9 de enero de 161153. Informe del dominico fray Juan de Pereda sobre los moriscos murcianos (marzo de 1612)54.

Asimismo, en relación con el regreso y permanencia de los moriscos del valle de Ricote memorable es el informe del virrey de Valencia, don Pedro Fajardo, V marqués de los Vélez, a una consulta del Consejo de Estado de 1634 sobre su total asimilación, publicada en su día por Antonio Domínguez Ortiz55. A pesar de que esta documentación ha sido la más explotada y conocida, aún sigue dando gratas sorpresas. Recientemente manuel lomas ha conseguido llenar –al menos en parte– la ausencia, o desconocimiento, de información precisa sobre los embarques de moriscos salidos por el puerto de Cartagena con información recabada por el Consejo de Estado: “los papeles de la comisión de Diego Hurtado de mendoza contienen las claves para la reconstrucción de los embarques de moriscos en Cartagena. Encargado, desde septiembre de 1614, de revisar los contraciones presentes en las costas de Andalucía y murcia, y condenar a todos aquellos que no hubiesen cumplido con sus términos, este contador elaboró una serie de resúmenes en los que se pasaba revista al estado de cada uno de aquellos acuerdos. El análisis comparado de 3 de ellos (…), todos contenidos en el legajo 261 de la sección Estado del Archivo General de Simancas, no sólo permite componer un cuadro completo de los embarques sino que además suministra un considerable volumen de información sobre las condiciones económicas de los moriscos que llevaron (sic) a aquel puerto y la implicación sociedad mercantil cartagenera en su expulsión” 56. En total más de cien embarques entre 1610 y 1614, con fecha de salida, nombre van del 4 de enero al 20 de julio de 1614) correspondieron a los mudéjares murcianos. las cifras de moriscos embarcados realmente reducen en dos tercios las 53 AGS, Estado, leg. 229. 54 AGS, Estado, leg. 254. Fue publicado en extracto por lAPEyRE, 1986: 325-326. y en su totalidad por GONZÁlEZ CASTAñO, 1992: 219-239. 55 AGS, Estado, leg. 2653. DOmíNGuEZ ORTIZ, 1987: 187-190. 56 lOmAS CORTéS, 2011: 85-99, cfr. 86.

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cifras de expulsados ofrecidas por lapeyre: de 7.000 a apenas 2.500, las mismas que ofrecen algunos cronistas de la época. los destinos: Génova (en su mayor parte), Nápoles y marsella. Consejo de Italia y Secretarías de Nápoles, Sicilia y Milán Estos fondos, incluidos en la sección de Estado y divididos entre Simancas y el Archivo Histórico Nacional, conservan numerosa documentación (consultas, informes, etc.) de comienzos del s. XVII que podrían arrojar nueva luz al periplo de los mudéjares murcianos en los dominios españoles en Italia, de acuerdo con el permiso obtenido por la Corona57. Cámara de Castilla Tanto en la serie de memoriales58 como en los libros de registro de reales de cédulas puede haber información de aquellos moriscos ricotíes que reivindicaron su condición de cristianos viejos para no ser expulsados, pues hay constancia por otras fuentes que tanto don luis Fajardo y especialmente el conde de Salazar concedieron este tipo de licencias, toda vez que por Real Cédula dada en Aranjuez el 20 de abril de 1613 se le hizo competente exclusivo en todas los litigios sobre los moriscos y su expulsión59. Registro General del Sello: Contiene copia de todas las reales provisiones con sello de placa emanadas por los consejos de la monarquía. No están catalogadas, pero sí ordenadas cronozos de 1614 podrían arrojar buenos resultados.

blación del reino de Granada) es más difícil seguir esta pista documental60. Se

57 la citada monografía de manuel lomas incluye entre las fuentes consultadas diversos legajos referidos a las relaciones con Génova, Nápoles, milán y Sicilia. lOmAS CORTéS, 2012: 554. 58 Para manejar esta amplia serie (1.597 legajos) se pueden utilizar los llamados libros de memoriales. 59 la publica GuADAlAJARA y JAVIER, 1614. Nicolás de Assiayn, fols. 47v-50. El mismo de mil procesos de esta índole. 60 Sobre el origen y funciones del Consejo de Población, véase Birriel Salcedo, 2000. Para cfr. CASTIllO FERNÁNDEZ, 1993-1994 y CASTIllO FERNÁNDEZ, 1995.

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optó por un sistema más difuso de jueces comisarios61, escribanos62

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, depotal es más fragmentaria y está dispersa en archivos nacionales (como Simancas) o en multitud de escribanías, de comisión (archivos municipales64) o públicas (Archivo Histórico Provincial de murcia). 63

poco tiempo, han resultado fundamentales para descubrir las relaciones nominativas de los mudéjares ricotíes realmente expulsados por el puerto de Cartagena en 1614, y el valor de los bienes muebles que llevaron con ellos, y, asimismo, están , entre otros –por ejemplo- el Santuario de la Vera Cruz de Caravaca , gracias a investigaciones como las de luis lisón, ya mencionada, y García Avilés67 sobre el valle de Ricote en su conjunto, de José David molina Templado para Abarán68, Vicente montojo para Campos del Río y Villanueva69 o José Pascual martínez, para Pliego70. ciendo desde hace varias décadas en otros ámbitos como el granadino, la estra65

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expulsión tocó o no a todos por igual en función de los niveles de riqueza, de las posibilidades de litigar un pleito de reconocimiento como cristiano viejo, de tener más apoyos entre las autoridades cristianas, etc. En este sentido, por ejemplo, es

61 Como el doctor mateo Cruzado y Diego Fernández de Cascajales, que ejercían en 16131614 de jueces para la venta de bienes moriscos expulsados del Reino de murcia y Obispado de Cartagena. y sus sucesores, el escribano de Cieza Agustín de Soto “Iuez del Rey N. Señor, para la venta, y comission de bienes rayzes, que dexaron los moriscos que fueron expelidos de este Reyno de murcia” en 1618 y el contador Pedro de Carranza, en 1621. Para este asunto interesa el documentado trabajo de mORENO DíAZ DEl CAmPO, 2005. 62 Alonso de Vega fue el escribano de las distintas comisiones entre 1610 y 1614. Pedro Sánchez actuó con Fernández de Cascajales en 1614 y Juan de Torres con Agustín de Soto en 1618. mORENO DíAZ DEl CAmPO, 2005: 413-414. 63 Pedro de Ayala manrique, en Blanca; Franisco Piñeiro, en Ricote; martín de Robles, en ulea y en Villanueva, martín lópez Arriero y Juan lópez melero. El de Ojós no se meciona. mORENO DíAZ DEl CAmPO, 2005: 421-422. 64 Véase el ejemplo, repetidamente citado, del registro del Archivo municipal de murcia estudiado y editado por GARCíA DíAZ y OTERO mONDéJAR, 2010. 65 un panorama general de toda Castilla, aunque para la primera fase de la expulsión (hasta 1612) y a partir de documentación de Simancas, en GIl HERRERA, 2008-2010. 66 Cédula de Felipe III en la que autoriza al Concejo de Caravaca a que acense los 6000 ducados donados por él para la construcción de una capilla a la Santa Cruz (26-4-1614). AHPmu,NOT,7208/202. 67 García Avilés, 2007: 67. 68 mOlINA TEmPlADO, 2014. 69 mONTOJO mONTOJO & ROmERO DíAZ, (2003). mONTOJO mONTOJO, (2005). 70 PASCuAl mARTíNEZ, 2014: 234-253.

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setiembre del mismo año [1612] dio orden Su magestad como se avían de echar los moriscos pobres que que se avían buelto”71. En el origen de estas nuevas oligarquías habría que entender la adquisición de la jurisdicción en primera instancia por los concejos del valle hacia 1588-1591 y el privilegio de no ser visitados por el gobernador de la Orden de Santiago, comprados a la Corona precisamente entre 1608 y 1610. En el memorial impreso por el gobernador de Villanueva de los Infantes se dice expresamente, en relación con el caso de Villanueva y los demás no tienen otro medio para desagraviarse sino dar aviso a los alguaciles y dos y amigos han hecho en quebrantamiento de las leyes y ordenanças del pueblo”72. Contaduría Mayor de Cuentas (CMC) Esta extensa sección del Archivo de Simancas, dividida en tres remesas o épocas, es una de las más voluminosas del archivo pues conserva los registros contables de la gestión de los ingresos y gastos de la monarquía a largo de la Edad moderna, entre ellos los derivados de la expulsión de los moriscos. Así, por ejemplo, el legajo 450 de la 2ª época, contiene el registro de las mitades de los mudéjares murcianos expulsados, es decir, de la mitad de riquezas en metálico que se les permitió extraer del reino. El registro, analizado por Jorge Gil en un reciente artículo73, recoge las cuentas del contador Juan Bautista de Aguilera y abarca el periodo que va desde 18 de diciembre de 1613 al 21 de enero de 1614. Contiene listados de cabezas de familia expulsados (359, de los que la gran daría un total de 872 ricotíes) y fecha de embarque, así como cuantía de riqueza, lo que permite conocer el nivel económico-social de cada morisco. jos de interés. Así tenemos las cuentas de miguel Pérez, pagador de la infantería que intervino en la expulsión de los moriscos del reino de murcia en 1611 (legajo 2082, expediente 3) o las cuentas de bienes de moriscos de murcia de 1613-1630? (legajo 2682, expediente 8) esperando a que sean investigados. más conocido es el legajo 2706, cuyo expediente 5 recoge las cuentas de bienes de moriscos de Campos del Río vendidos por la Corona y el expediente 8 que incluye relación jurada llanueva entre 1615 y 161874. El legajo 3519, expediente 13, conserva las Cuentas 71 BlEDA, 1618: 1058. la cursiva es nuestra. Hay edición facsímil reciente con estudio introductorio de VINCENT y BENíTEZ SÁNCHEZ-BlANCO, 2001. 72 Biblioteca de la Real Academia de la Historia, Colección Salazar y Castro, N-49, fol. 341-344. 73 Incluye en apéndice la relación de moriscos murcianos. GIl HERRERA, 2011. 74 la relación, de 30 de octubre de 1624, recoge un total de treinta transacciones que sumaron de la élite burguesa de la ciudad de murcia (jurados y comerciantes). un extracto del mismo en mONTOJO mONTOJO, 2010.

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del contador Antonio de Paz, del registro de los moriscos y partición del dinero y joyas que llevaron en las ciudades de murcia y Cartagena (años 1610-1614), referidas a la expulsión de los moriscos castellanos por el puerto de Cartagena entre 1610 y 1611. Su información ha sido explotada por Jorge Gil Herrera75. Existen, además, otros legajos que podrían tener información sobre la salida de moriscos por el puerto de Cartagena76. Contadurías Generales (CG) la Guía del Archivo de Simancas, de Ángel de la Plaza77, recoge que en esta sección se conservan 29 legajos con documentación de ventas de bienes de mocomienzos del siglo XVII78. ya fue utilizada, en parte, por el clásico Florencio Janer, al referirse a la expulsión de los mudéjares murcianos79, que recoge entre otra documentación la real cédula de comisión otorgada en Ventosilla el 19 de octubre de 1613 al conde de Salazar para que se desplazase al Reino de murcia y organizase la expulsión de los moriscos mudéjares murcianos80, así como el famoso bando de don Bernardino Fernández de Velasco de 28 de noviembre de ese año. más recientemente, José David molina Templado también ha podido estudiar a partir de la misma el proceso de venta de propiedades en Abarán81. Consejo y Juntas de Hacienda (CJH) Esta sección del Consejo de Hacienda conserva las consultas y otros informes utilizadas por Jorge Gil82 y, sobre todo, por manuel lomas83. Sería conveniente investigar, en ésta y otras secciones simanquinas, algunas resacas o posteriores embarques de moriscos murcianos, como las de 1615 –citada por José Pascual84- o la de 1620, de la que se tiene noticias pero de las que poco se conoce85. 75 GIl HERRERA, 2010. 76 AGS, CmC, 3ª época, leg. 1850, exp. 2 (Cuentas de Antonio Jiménez, de la expulsión moriscos, años 1628-1630); leg. 2392, exp. 4 (Cuentas del pagador Antonio Jiménez, de la expulsión de los moriscos de Andalucía) y leg. 2603, exp. 3 (Cuentas del pagador Antonio Jiménez, de la expulsión de los moriscos de Andalucía, años 1609-1614). 77 Plaza Bores, 1980. 78 AGS, CG, legs. 345-359 (ventas de los siglos ss. XVI-XVII) y legs. 3025-3038 (ventas del s. XVII). 79 AGS, CG, leg. 3025. JANER, 1857. 80 Se transcribía en la obra de GuADAlAJARA y JAVIER, 1614: 57r-58r. 81 mOlINA TEmPlADO, 2014. Cita concretamente: AGS, CG, leg. 345. 82 AGS, CJH, 502-13-2. 83 Relaciona hasta una docena de legajos de esta sección: lOmAS CORTéS, 2012: 554. 84 AGS, CJH, leg. 564, 11. la realizó en mayo de 1615 don Jerónimo de Abellaneda manrique, alcalde de la sala de hijosdalgo de la Real Chancillería de Granada. PASCuAl mARTíNEZ, 2014: 293294. 85 lISÓN HERNÁNDEZ,1992: 159.

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Por último, esta serie contiene las averiguaciones de alcabalas del siglo XVI, que incluyen para cada localidad padrones de reparto de este impuesto entre el vecindario, gracias a los cuales se puede (con reservas) conocer el nivel de riqueza de cada contribuyente. las de la década de 1590 pueden ser útiles para contrastarlos con los registros parroquiales y las listas de embarques. De todas ellas se dispone de copia digital, en línea, en el AGRm86. Además existe una averiguación de 163187. Guerra Antigua (GA) Conserva importante información sobre las tropas movilizadas y las armadas de galeras que supervisaron los embarques. manuel lomas en su libro sobre la expulsión de los moriscos ha utilizado no menos de 44 legajos88, alguno de los cuales (GA, 783) incumbe a las salidas por el puerto de Cartagena en 1613-1614. En esta misma sección hemos localizado también algunos ejemplares impresos de cartas de venta de bienes de moriscos del valle por parte de jueces de la Corona89. Archivo Histórico Nacional (AHN) la mayor parte de la documentación de este archivo relativa al Antiguo Régimen corresponde al siglo XVIII, pero al mismo tiempo conserva documentos las principales secciones que convienen a nuestro propósito. Consejos En primer lugar, habría que explorar la macrosección denominada tradicionalmente Consejos, una tarea verdaderamente ardua puesto que reúne distintos fondos de órganos de la monarquía hispana (algunos compartidos con el Archivo General de Simancas) y supone casi un archivo en si mismo, con sus más de 53.000 legajos. 86 AGS, Expedientes de Hacienda (EH). En el legajo 132 se encuentran las de las localidades del valle: Ojós (fol. 11), Abarán (fol. 12), ulea (fol. 14), Villanueva (fol. 15), Ricote (fol. 19) y Blanca (21), así como de Archena (fol. 23). la copia digital en línea en AHPmu,FR,AGS,R-19: http://archivoweb.carm.es/archivoGeneral/arg.muestra_detalle?idses=0&pref_id=2078257 (Ver descendientes). 87 PIQuERO, OJEDA & FERNÁNDEZ DE PINEDO, 1991. 88 lOmAS CORTéS, 2012: 554. 89 Sepan quantos esta carta de venta Real vieren, como yo Agustin de Soto, Iuez del Rey N. Señor, para la venta, y comission de bienes rayzes, que dexaron los Moriscos que fueron expelidos de este Reyno de refrendada de Miguel de Ypenarrieta, su Secretario, dada en Madrid en veynte, y tres dias del mes de Nouiembre nos por justas causas... [S.l. : s.n., s.a.] [8] p. fol. Texto fechado en madrid el 23 de Noviembre de 1618. AGS,Gym, SmI, 00001, 3.

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- Consejo de Castilla Podrían localizarse algunos pleitos de interés90, puesto que hasta que se entregó la jurisdicción exclusiva sobre asuntos de moriscos al conde de Salazar91, el 20 de abril de 1613, las justicias ordinarias, las audiencias y, sobre todo, el Consejo Real entendieron de las apelaciones de los moriscos que querían evitar la expulsión. - Cámara de Castilla: Se conservan memoriales presentados a la Cámara desde 1593. un examen atento serviría para localizar aquellas peticiones de moriscos murcianos que solicitaban el reconocimiento como cristianos viejos o elevaron otras solicitudes o quejas, como ya hizo en su día Domínguez Ortiz para el caso de los del reino de Granada92. Contiene 665 legajos y unos 200 libros comprendidos entre los años 1598 y 1834. Para el tema que nos interesa hemos seleccionado algunas de las principales series y legajos que podrían ser relevantes93: -

Correspondencia del cónsul francés en Cartagena, s. XVII (leg. 2344) Consultas: 1601-1619 (leg. 678), 1616-1627 (leg. 719) índice de consultas: 1599-1660 (lib. 682) libros de despachos: 1600-1606 (lib. 345), 1607-1616 (lib. 346) índice de la secretaría de Estado: 1610-1639 (lib. 693) Consultas del Consejo de Italia: 1614-1708 (leg. 1594), 1620-1690 (leg. 1253) Registro de despachos del Consejo de Italia: 1601-1620 (leg. 1195) Negociado de Francia: 1610-1638 (lib. 716) Asuntos de Nápoles: 1613-1615 (lib. 162) Secretaría de Nápoles: 1610-1611 (leg. 2361), 1611-1613 (lib. 315), 1613-1617 (leg. 2401), 1617-1620 (lib. 317)

Gracias a parte de esta documentación, recientemente Santiago Otero ha recopilado hasta 140 cédulas reales concedidas a moriscos individuales o a grupos de ellos, entre 1617 y 1623, autorizándoles a permanecer en España, y destaca que “la mayoría de las solicitudes provinieron del reino de murcia, más concretamen90 Aunque no referido al valle, puede verse el pleito de la justicia de Abanilla contra Juan de Escarramad, comisario por el conde de Salazar para la expulsión de moriscos de esta villa, sobre real provisión relativa al trigo y dinero sacado del pósito para este asunto. murcia. Año 1626. AHN, Consejos, leg. 25.506, exp.7. 91 BlEDA, 1618: 1058. 92 DOmíNGuEZ ORTIZ, 1988. 93 Información tomada de lEÓN TEllO, 1973.

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te y en buena medida de la zona del valle de Ricote”94. En efecto, aparte de licencias otorgadas a moriscos o familias de Alcantarilla (10), Abanilla (6), murcia (5), mula (2) y Albudeite, Cieza, Cotillas, molina, moratalla, Pliego y Socovos (una en cada localidad), destacan las de Abarán (10), Archena (5), Blanca (13), Ojós (5), Ricote (3), ulea (3) y Villanueva (2). Clero Concentra la documentación de los antiguos conventos que sufrieron la exclaustración y desamortización del siglo XIX, entre ellos algunos del antiguo reino de murcia. Investigando en los libros becerro y de profesión –especialmente en los de hermanos legos– podría completarse la información ya adelantada cuando hablamos de las fuentes eclesiásticas. Órdenes Militares (OO.MM.) Tanto las localidades del valle de Ricote (Orden de Santiago) como Archena (Orden de San Juan de Jerusalén) eran lugares pertenecientes a órdenes militares desde la Baja Edad media. la documentación generada por el Consejo de Órdenes y por las distintos maestrazgos se encuentra en esta sección. Continúa siendo una incógnita la opinión tanto del comendador de Ricote don Pedro de Toledo, marqués de Villafranca –miembro del Consejo de Estado y uno de los máximos encargados de la represión y la expulsión en 1609 de los moriscos valencianos95–, como de don Jerónimo Pimentel, comendador de Calasparra y Archena, así como de los dirigentes de ambas órdenes respecto al extrañamiento de buena parte de sus súbditos. Todo parece indicar que no se opusieron a la medida, al menos no impidieron como otros señores de vasallos la salida de los moriscos de sus territorios, quizás por ese enfrentamiento latente que existía desde el último tercio del siglo XVI con las emergentes oligarquías locales. las series más interesantes conservadas en esta sección son los procesos judiciales y los juicios de residencia de los gobernadores de la Orden de Santiago (en este caso del partido de Caravaca), que se conservan en el llamado Archivo Histórico de Toledo96, así como las visitas97 y descripciones98 de las encomiendas que se realizaban cada vez que cambiaba el titular de la misma. 94 OTERO mONDéJAR, 2012: 341-346. 95 lOmAS CORTéS, 2012. 96 Aunque de unas décadas antes, véase el Interrogatorio y declaraciones de los testigos en el juicio de residencia contra el doctor Velasco, gobernador del partido de Caravaca, y contra consultar copias digitales en línea en la web del AGRm: FR,AHN,R-26/3 y R-70/6. 97 Visita de la encomienda de Ricote por laurencio de Padilla, alcaide y administrador de la misma (marzo de 1631). AHN, OO.mm, Santiago, carpeta 293, doc. 12. Cit. GARCíA AVIléS, 2007: 84. 98 Apeo de las propiedades, rentas y derechos que la encomienda de Calasparra tiene en la villa y partido de Archena por su comendador Gerónimo de Pimentel. marzo-mayo de 1613. AHN, OO.mm.-San Juan, leg. 79 (2ª s), nº 4. Copia digital en línea en la web del AGRm: FR,AHN,R-11/4.

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Consejo de Inquisición Este fondo conserva parte de las visitas de distrito, así como la correspondencia y las relaciones de procesos y autos de fe remitidos por el Tribunal de murcia99. Sin embargo, debido al aceptable grado de asimilación de los mudéjahacía décadas, que en opinión de algunos autores incluso los amparaba100. Según los datos de Blázquez miguel101 sólo seis moriscos murcianos fueron encausados por motivos de fe en el periodo 1571-1616, aunque como señala Rafael Carrasco hay una laguna informativa entre los años 1600 y 1610. A más abundamiento, en el auto de fe de este último año, estudiado por Juan Bautista Vilar, 102 . la serie de correspondencia del tribunal murciano con la Suprema mostrará la opinión que sobre la expulsión de los mudéjares tuvieron los inquisidores locales. Asimismo, se sabe que la Inquisición realizó un exhaustivo informe previo al de Pereda sobre el grado de asimilación de los moriscos murcianos, remitido a don luis Fajardo en 1612, que sería interesante poder localizar103. En esta misma sección se conserva la documentación del Tribunal de la Inquisición de Sicilia, uno de los posibles destinos de los expatriados murcianos. louis Cardaillac investigó sobre la misma, llegando a la conclusión de que en “el período posterior a la expulsión de los moriscos, es el tribunal de Sicilia el que lleva la palma con un total de 261 causas” referidas a islamismo, de las que 150 correspondían a moriscos104. No sería improbable que alguno de ellos fuera de origen murciano. Archivo de la Corona de Aragón (ACA) En el fondo del Consejo de Aragón se conservan tres consultas muy interesantes referidas a la peripecia de un grupo de moriscos del valle de Ricote105, que fueron descubiertas en su día por Joan Reglá106, al que siguió Henri lapeyre, y que han sido repetidas por otros autores sin, aparentemente, haber visto los documentos originales. las tres las transcribimos en el apéndice I. Tratan las dos primeras sobre un nutrido contingente de ricotíes llegados a la isla de mallorca y sobre cuyo destino el virrey consulta al Consejo de Aragón, 99 100

Para este tribunal interesan: AHN, Inquisición, legajos 2022 y 2796 a 2802. CARRASCO, 1992. Destaca la protección que los moriscos, tanto los de origen granadino y

de los encausados, respectivamente, por el tribunal entre 1560 y 1615. 101 BlÁZQuEZ mIGuEl, 1987. 102 VIlAR RAmíREZ, 1992: 153-155. 103 lAPEyRE, 1986: 238. 104 CARDAIllAC, 1982: 265-271. 105 ACA,CONSEJO DE ARAGÓN, legajo 221, nº 2. Documentos digitalizados disponibles en la web de PARES: http://pares.mcu.es/ (consulta realizada el 21-3-2014). 106 REGlÁ, 1974: 107-108.

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consulta que en razón de la materia éste traslada al Consejo de Estado, en cuyo fondo simanquino –en efecto- se conserva alguna referencia al asunto107. Debe tratarse del primer embarque, realizado en Cartagena el 4 de enero de 1614, en la nave Nuestra Señora de Viger, procedente de Ragusa, con 383 moriscos de Villanueva y ulea y que en teoría se debía dirigir a Nápoles108. la primera consulta incluye una carta del virrey don Carlos Coloma, datada en la ciudad de mallorca el 18 de marzo de 1614, en la que dice: “Entre los christianos nuevos expellidos de la Val de Ricot llegaron a esta isla al pie de doscientas almas de las villas de de Olea (sic) y Villanueva” que desembarcaron en los puertos de Pollença y Alcudia. la mayoría fueron a la capital con la pretensión de que podían poblar allí “conforme a la graçia que V. m. les ha hecho permitiéndoles que puedan vivir en qualquiera de sus reynos y señoríos fuera de España”. También habían quedado en la isla de Cabrera otros ciento y pico de una nave cargada de ellos que pasaba a levante, que el virrey hizo traer a mallorca para que no muriesen en esa isla “desierta y depoblada hasta de yerbas”. Pide al rey christianos” y que han muerto en la isla más de treinta y “consta que han muerto todos como verdaderos christianos”109. la misiva, con la consulta del Consejo de Aragón de 19 de abril, se vio en el Consejo de Estado y la respuesta del rey fue: “Escríbase al virrey que en ninguna manera consienta que aquellos moriscos pueblen allí y que al punto los haga salir, por ser aquella ysla tan adjaçente a España y çercana a Argel”. la segunda consulta comienza con otra carta del virrey, fechada en mallorca, el 18 de agosto, anunciando que habían salido de la isla todos los moriscos del Val de Ricot. En cuanto recibió la carta del monarca, de 29 de julio, dio un pregón para que abandonasen la tierra en treinta días los que quedaban. y añadía: “De doscientas casadas (i.e., casas110) que debían de ser las que aquí llegaron, quedan cosa de 30, y éstas tan pobres que viven de la limosna que se les saca por las parroquias, y a esta causa se hallan imposibilitaalguna saetia para Génova, Nápoles o liorna o para qualquiera otra tierra de christianos”.

107 AGS, Estado, leg. 2644. 108 lOmAS CORTéS, 2011: 99. 109 Podría rastrearse en los archivos parroquiales de la ciudad de Palma el registro de algunos de estos enterramientos. 110 Algunos autores hablan de 200 mujeres casadas, cuando resulta evidente que el virrey utiliza aquí el término catalán casada, que el Diccionari català-valencià-balear del Institut d’Estudis emparentadas; cast. linaje, familia’. dcvb.iecat.net [en línea] (consulta realizada el 21-3-2014).

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El plazo vencía el 18 septiembre y anunciaba que embarcarían aunque no llegase la respuesta regia. ésta, una vez vista la consulta del Consejo de Aragón de 21 de septiembre, fue taxativa: que salga de allí toda este gente dándole embarcación y toda la comodidad que se pudiere. Tras ser expelidos de mallorca, parte de los moriscos ricotíes arribaron involuntariamente durante el mes de abril a las costas valencianas, como deja de Caracena, virrey y capitán general de Valencia al Consejo de Aragón el 29 abril de 1614. En ella se da noticia del desembarco de unos cien moriscos del valle de Ricote en diferentes puntos de las costas valencianas procedentes de mallorca, donde llegaron engañados por los capitanes de los navíos cuando el virrey de las islas los remitió a Francia e Italia. los tenía recogidos en Valencia y gastaban mucho: el rey los manda embarcar de nuevo, sin castigo alguno, a pesar de que el virrey reitera que son buenos cristianos, y la mayoría niños y ancianos111. Según Reglá, muchos de ellos pasaron de nuevo al reino de murcia. otros archivos nacionales con fuentes a explorar Archivo de la Real Chancillería de Granada (ARChG) Se trata del tribunal de apelación de la Corona de Castilla de los territorios silocal en el reino de murcia y, por ende, en el valle de Ricote en el periodo anterior las últimas décadas, de una intensa labor de organización y descripción que está sacando a la luz buena parte de su riqueza documental. Dentro de la sección de Escribanías de cámara se conserva la colección de pleitos sustanciados ante las distintas salas del Tribunal (Civil, Criminal, Hijosdalgo y Juzgado de Provincia) entre 1484-1834, con más de 40.000 unidades documentales catalogadas y que se pueden consultar en línea112. En el mismo se ha localizado, por ejemplo, referencia a un pleito de 1604 entre los concejos de Ricote, Villanueva y Ojós con el alcaide de la encomienda y el comendador, el marqués de Villafranca, sobre la guarda del privilegio de la jurisdicción en primera instancia y el pago de tributos y derechos113. de los moriscos del valle, del que hay referencia por documentación notarial. Otra sección, prácticamente desconocida para los investigadores hasta hace algo más de una década114 y que puede arrojar información de interés sobre 1609111 ACA,CONSEJO DE ARAGÓN, legajo 556, nº 5. Disponibles en PARES (consulta realizada 21-3-2014). 112 http://www.juntadeandalucia.es/culturaydeporte/pleitos/ (consulta realizada el 26-32014). 113 ARChG, caja 696, pieza 5. 114 ARIZTONDO AKARREGI & mARTíN lÓPEZ, 1999. TORRES IBÁñEZ, 1999.

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1614 es la del Registro del Sello de Corte, que conserva las copias de las reales provisiones emanadas del tribunal en los pleitos que se sustanciaban ante él. Sus principales series son115: -

Registro anual de reales provisiones expedidas por los jueces de la Chanlización del proceso judicial que contienen la orden de cumplir las resolu-

-

Registro anual de las probanzas y declaraciones de testigos, tanto de procesos civiles como criminales, 1.647 cajas (1584-1833) y libro inventario de probanzas (1542-1580).

Archivo del Reino de Mallorca (ARM) Este archivo cuenta con documentación sobre el periplo de los mudéjares murcianos en la isla. En la serie de protocolos notariales se ha localizado la copia de la citada consulta del virrey de mallorca sobre los moriscos del valle de Ricote que llegaron a la isla (18-3-1614)116, pero no se puede descartar que en otras secciones (por ejemplo, de gobierno) pudieran encontrarse listados u otra documentación de su estancia en la isla. Archivo del Reino de Valencia (ARV) En el Archivo del Reino de Valencia, dentro de la documentación del virrey y capitán general, debe existir información sobre moriscos murcianos que se sección Justicia Civil, manaments i empares117 se han localizado referencias al embarque de moriscos granadinos o castellanos en el puerto de Cartagena en 1611, por lo que es probable que pueda haber información sobre la de los mudéjares en 1614. Bibliotecas históricas: Biblioteca Nacional y Real Academia de la Historia En ambas se pueden localizar algunos impresos de interés. En la primera institución existe un ejemplar impreso de la famosa real cédula por la que Felipe III ordenaba la expulsión de los moriscos antiguos del valle de Ricote “y otros que están separados de cristianos viejos del dicho Reino de murcia”, otorgada en El Escorial el 8 de octubre de 1611, con referencias a los pregones públicos realizados en las plazas del mercado y de Santa Catalina y en la puerta de Vidrieros de 115 TORRES IBÁñEZ, 2008. 116 ARm, Prot. C-746, fs. 263-266. Referencia citada por SERRA BARCElÓ, 2000: 268-269. 117 ARV, Justicia Civil, manaments i empares, 1611, libro 4, fol.. 1r-4v, 12r-16v. Requisitoria del alcalde mayor de Cartagena para perseguir y prender al capitán francés Francisco Ginovés por nave Santa Ana y San Vicente (25-11-1611).

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la ciudad de murcia el 11 de noviembre de ese mismo año118. Asimismo, conserva ejemplares impresos de la cédula de expulsión generales de los moriscos, incluyendo a los murcianos de origen granadino, del año 1610119. En la segunda hemos localizado un memorial impreso de García de Cotes, gobernador de Villanueva de los Infantes y del Campo de montiel, dirigida al Consejo de Órdenes en 1609, en contra del privilegio que las villas de Villanueva del valle de Ricote y ulea pretendían ganar para que no las visitase más que un de moriscos, donde no ay otros christianos viejos sino los curas y escribanos, y gares del valle de Ricote, que es población de moriscos” 120. Archivos internacionales destinos de los moriscos murcianos, tanto de origen granadino como mudéjares antiguos. En diversas instituciones, como el Archivo Secreto Vaticano o en distintos Archivos di Stato121, se puede rastrear documentación sobre la presencia Quaderni storici titulado Diaspora morisca, coordinado por Giovanna Fiume y Stefania Pastore: un total de cinco artículos, uno general y los demás recogen las peripecias de los conversos españoles en Roma, Génova, la Toscana (livorno) y Venecia122. Para el caso de Francia, al clásico trabajo de louis Cardaillac sobre el paso de los moriscos españoles por languedoc123 y el posterior de Pierre Santoni so118 “Esta es vna Cedula Real que se mando Publicar a cerca de la expulsion de los moriscos antigos deste Reyno en este mes de nouiembre del año 1611…”, [S.l. : s.n., s.a.] [2] p. fol. Se trata de un traslado, impreso con escudo real en la cabecera de la cédula, fechado en murcia el 11 de noviembre de 1611, sin pie de imprenta (BNE, VE/31/42). Fue transcrita por Boronat y Barrachina, 1992: 285287. El autor utilizó el ejemplar que se conservaba en la Biblioteca de la marquesa viuda de Cruilles (Valencia). Existen, al menos, otros dos ejemplares de esta real cédula en la Biblioteca del Senado (madrid): signaturas 16823(9) y 16823(11). 119 “El Rey. Por Quanto auiendo yo m¯adado expeler todos los Christianos nueuos, moriscos, hombres y mugeres habit¯ates en los mis Reynos de Valencia, Andaluzia, Granada, murcia, Cataluña, y Aragon, por las causas y razones contenidas en los vandos que sobre ello mandè publicar...”, 6 páginas. BNE, VC/226/121. 120 Biblioteca de la Real Academia de la Historia, Colección Salazar y Castro, N-49, fol. 341344. Hay copia digital en línea en la web del AGRm: FR,RAH,R-8/8. 121 Información sobre los moriscos expulsos en los Archivios di Stato de milán, Nápoles y Palermo en: lOmAS CORTéS, 2013. En la base de datos Guía de fuentes documentales, del ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se recuperan varios registros bajo el término moriscos en el Archivo di Stato de Florencia: http://www.mcu.es/guiafuentesdoc/ (consulta realizada el 26-3-2014). 122 FIumE & PASTORE, 2013. lOmAS CORTéS, 2013. POmARA SAVERINO, 2013. SANTuS, 2013. PElIZZA, 2013. 123 Cardaillac, 1971.

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bre los llegados a marsella y toda la Provenza124, hay que añadir el más reciente gido por maria Ghazali en la revista Cahiers de la Méditerranée (2009), en el que se encuentran, entre otros trabajos de interés –como uno del ya mecnionado Santoni125 en 1597 junto a su familia a Túnez126. Finalmente, para un planteamiento general de los primeros momentos del exilio morisco puede ser de interés el trabajo de luis F. Bernabé Pons127. b. FuENTES SECuNDARIAS Cronistas apologistas de la expulsión Este grupo de escritores, en su mayor parte eclesiásticos, pusieron su pluma, con mayor o menor atino, al servicio de Felipe III y el duque de lerma para 128 . Produjeron una serie de obras de circunstancias, escritas sobre la marcha y al hilo de los acontecimientos. márquez Villanueva demostró que esta acción coordinada de propaganda trataba de silenciar la generalizada disconformidad que la expulsión tuvo entre buena parte de los españoles129. Casi todas fueron publicadas durante los años álgidos de la expulsión, por lo que no se ocuparon de la postrera deportación de los mudéjares murcianos. Sólo dos de estas obras recogen el caso de los moriscos del valle de Ricote, las de Guadalajara y Javier y Jaime Bleda. El aragonés fray marcos de Guadalajara y Javier, cronista de la Orden carmelita, que precisamente en 1614 publicó su inefable Prodición y destierro de los moriscos de Castilla hasta el valle de Ricote…130. Se trata de una obra beligarante en contra de la minoría, que en su primera parte llena de prodigios y premoniciones divinas que anunciaban la expulsión. El tratado se centra en la actividad del conde de Salazar, encargado a partir de 1612 de la deportación de los moriscos que habian regresado y de los mudéjares murcianos. Para el caso que nos ocupa dedica al extrañamiento de los moriscos ricotíes los capítulos XVII y XVIII, incluyendo en este último una descripción del valle que transcribimos en el apéndice III. Interesa, además, porque reproduce numerosas disposiciones y

124 125 126 127 128 129 130

SANTONI, 1996. SANTONI, 2009. AÏSSA, 2009. BERNABé PONS, 2008. BuNES IBARRA, 1983. mÁRQuEZ VIllANuEVA, 1991. GuADAlAJARA y JAVIER, 1614: XVI.

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alguien del entorno del conde de Salazar. Habla expresamente de unos 2.500 moriscos expulsados de la encomienda ricoteña, y pocos del resto de localidades del reino131, lo que concuerda con la información proporcionada por los embarques y los estudios más recientes, y refuta las cifras más altas ofrecidas por lapeyre. El autor más famoso de este ciclo de los llamados apologistas de la expulsión fue el dominico fray Jaime Bleda, que además de una obra en latín que pretendía defender en el ámbito internacional la justeza de la medida132, escribió posteriormente una Corónica de los moros de España, que incluía un tratado, el VIII, dedicado a la expulsión de los moriscos que concluía con el caso de los mudéjares murcianos133. la obra de Bleda tuvo bastante difusión aunque, en su mayor parte, no es sino una compilación de diversas historias de distintos autores. Para el de la Prodicción de Guadalajara y Javier. El cronista de la Corona, luis Cabrera de Córdoba, recoge en sus famosas Relaciones la prevista salida de los mudéjares murcianos. El texto, que tiene la viveza del suceso narrado en el momento y desde los ecos que llegan a la villa y corte, da a entender que fue escrito cuando se estaban ultimando los preparativos del destierro. No recoge, por tanto, los datos reales de lo que realmente sucedió. Por su brevedad, no exenta de interés, lo reproducimos aquí: “Por la buena aprovación que había de los moriscos de la Val de Ricote, que está en el reino de murcia, no se había tratado de su espulsión, y porque después se ha sabido se correspondían con los que habían pasado a África y recogido algunos que habían vuelto, los han mandado sacar; y para esto han enviado al con de Salazar con 100 hombres de armas y cuatro compañías que estaban allá para enviarlas a Cartagena para Italia; y el prior de San Juan ha venido a Cartagena con las galeras y 1.000 hombres para tomar los pasos y puertos con esta gente para que no se pasen a Valencia ni otras partes, sino que los pueda embarcar sin que se escape ninguno; aunque dicen que de veinte y siete lugares que son, no sacarán agora más que los diez y siete, que serán 10.000 personas entre hombres, mugeres y muchachos; pero dáseles elección que puedan ir a la parte que quisieren, aunque sea en tierras del Rey, como sea fuera de España, adonde les llevarán las galeras. Entre los cuales se murcia, tenidos en diferente reputación. y es en aquella valle la encomienda de don Pedro de Toledo, marqués de Villafranca, con que berná a bajar la renta de ella hasta que se vuelva a poblar”134.

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GuADAlAJARA y JAVIER, 1614: 64r. BlEDA, 1610. BlEDA, 1618: 1058-1060. Cabrera de Córdoba, 1857: 537-538.

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Por su parte, el historiador regional más relevante del momento, el licenciado Francisco Cascales cierra su crónica histórica del reino de murcia con un capítulo el que, por cierto, él o su impresor cometieron un error al señalar que la misma se produjo en el año 1618135. Epílogo: una fuente literaria sobre el regreso de los moriscos. El morisco Ricote en El quijote. la segunda parte de El Quijote, editada en 1615, recoge en su capítulo 54 el conocido encuentro entre Sancho Panza y su vecino, el morisco Ricote, que regresaba clandestinamente a España desde su obligado exilio en Alemania. El pasaje, entre otros aspectos, tiene el valor como testimonio contemporáneo de algo que a nivel popular era evidente en aquellos momentos: el retorno de parte de los expatriados. Tampoco parece casual que Cervantes elijiese este nombre para su personaje y que, si como quieren algunas recientes investigaciones, la localidad de residencia de don Quijote, Sancho y Ricote (aquella de cuyo nombre no quería acordarse miguel de Cervantes) era Villanueva de los Infantes136, no resulta extraño que el vecino morisco posea el nombre de una de las villas que dependían del gobernador de la Orden de Santiago, que tenía su sede en esa localidad manchega. Este pasaje fue estudiado en profundidad en su día por márquez Villanueva137 y sobre el mismo ha vuelto a dar su opinión recientemente, junto a 138 . quedan muchas fuentes por explorar para comprender el complejo proceso de la expulsión y regreso de los moriscos del valle de Ricote.

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Cascales, 1621: 262r. PARRA luNA, 2006. mÁRQuEZ VIllANuEVA, 1975. mÁRQuEZ VIllANuEVA, 2011: 149.

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APéNDICE DoCuMENTAl

Apéndice documental I. Consultas del Consejo de Aragón sobre moriscos del valle de Ricote retornados 1. 1614, marzo, 18. Mallorca-1614, septiembre, 18. Consultas del Virrey de mallorca al Consejo de Aragón, y respuestas del rey, sobre los moriscos del valle de Ricote que han desembarcado en las islas de Cabrera y mallorca. ACA, Consejo de Aragón, legajo 2021, nº 2. 1.1. 1614, marzo, 18. mallorca. 1.2. Carta del Virrey de mallorca al Consejo de Aragón. “[Cruz] Señor Entre los xripstianos nuevos expellidos de la Vall de Ricot llegaron a esta isla al pie de doscientas almas de las villas de Olea y Villanueva, y desembarcados en los puertos de Pollensa y Alcudia vinieron todos a esta ciudad con pretensión de que podían poblar en estos Reynos conforme a la gracia que Vuestra magestad les ha hecho permitiéndoles que puedan vivir en cualquiera de sus reynos y señoríos fuera de España, porque así prima vista pareze que piden razón conforme al tenor de la dicha gracia, todavía teniéndose como se tiene este reyno por adyade que me ha pareçido advertir a Vuestra magestad para que sea de su seruicio el mandarme lo que tengo de hazer io. Ellos también se quedaron otros ciento y tantos en la isla de Cabrera, de una naue cargada de ellos que pasaua a leuante, a los quales hize uenir aquí porque no pereciesen en aquella isla desierta y despoblada hasta de yerbas; de los unos y de los otros me mande Vuestra magestad lo que tengo de hazer para que al punto se execute. los jurados de esta esta ciudad y reyno de ninguna manera vendrán en que queden aquí no sirviéndose Vuestra magestad de mandar lo que aunque en todo proceden como christianos y de treinta y tantos de ellos que han acabado sus vidas en esta ciudad y reyno consta que han muerto todos como verdaderos christianos, acto que no admite versa generación y yo soy deste mismo parecer caso que no se pregue a la caridad cristiana y suma prudencia y misericordia de Vuestra magestad, cuya cathólica persona guarde Nuestro Señor con el aumento de reynos que la Christiandad ha menester. mallorca a 18 de marzo 1614.

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1.3. 1614, abril, 19. Respuesta del Consejo de Aragón. “Consejo de Aragón. A 19 de abrile 1614. Aug. Villanueva. Con una carta que ha escrito el Virrey de mallorca sobre los moriscos que han aportado a aquella isla. Escríbase al virrey que en ninguna manera consienta que aquellos moriscos pueblen allí y que al punto los haga salir por ser aquella isla adyaçente a España y estar tan çerca de Argel, guardando las órdenes que están dadas y que tenga entendido esto para lo de adelante si ubier otros que intente lo mismo. [Rubricado]”. 1.4. 1614, agosto, 18. mallorca. Carta del Virrey de mallorca al Consejo de Aragón. “[Cruz] Señor En recibiendo la carta de Vuestra magestad de 26 de julio en que se me manda haga salir deste reyno los moriscos del Val de Ricot que se retiraron a él hize hazer un pregón mandándoles so las penas por Vuestra magestad impuestas vaciasen la tierra dentro de 30 días. De doscientas casadas que devían de ser las que aquí llegaron quedan cosa de 30 y estas tan pobres que visten de la limosna que se les saca por las parroquias y a esta causa se hallan ymposibilitados de Nápoles o liorna o para otra cualquiera tierra de christianos. Ellos han dado muestras de serlo de manera no solo los que viven sino los que han muerto y son algunos que me ha obligado a representallo a Vuestra magestad luego para que sirviendose Vuestra magestad de mandarles hazer esta limosna tengan si es posible tiempo de saber su real voluntad antes que se cunpla el plaço, que será a los 16 de septiembre, llegado el qual se embarcarán como pudiesen, llegue o no llegue la respuesta. Guarde Dios a Vuestra magestad con el augmento de reynos y señoríos que la Christiandad ha menester. mallorca a 18 de agosto 1614. 1.5. 1614, septiembre, 18. Respuesta del rey al Consejo de Aragón. “Consejo de Aragón. A 21 de septiembre 1614. Aug. Villanueva. Con la carta que ha escrito el Virrey de mallorca sobre la salida de los moriscos del valle de Ricot de aquel reyno.

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He mandado que salga de allí esta gente dándoles embarcación y toda la comodidad que se pudiere. [Rubricado]”. [2] 2. 1614, abril, 29-1614, mayo, 18. Consulta del Virrey de Valencia al Consejo de Aragón, y contestación del rey, sobre el desembarco de moriscos del valle de Ricote en costas valencianas. ACA, Consejo de Aragón, legajo 556, nº 5. 2.1. 1614, abril, 29. Valencia. Carta del Virrey de Valencia al Consejo de Aragón. “[Cruz] Señor De algunos días a esta parte han desembarcado en diferentes partes deste reyno más de çien moriscos de los del Val de Ricote, dizen que por los muchos que havía dellos en mallorca. los hizo embarcar allí el Virrey para Françia y Italia, y que los patrones de los vaxeles que los trayan los hecharon en estas costas sin saber ellos de ellas, por ahorrar el resto del viage y conocesse que es cierta su relaçión. Helos hecho recoger en una cassa de esta çiudad para que no se derramen por el reyno hasta que Vuestra magestad se sirva de mandar con toda brevedad ordenar lo que se ha de hazer de ellos pues quedan sustentándose a costa de Vuestra magestad y harán muchos gastos con la dilación. Vienen desnudos y descalzos, que es compasión veerlos, siendo los más dellos viejos y niños, y tan antig[u]os y buenos christianos como Vuestra magestad ha entendido que lo son toda esta gente. y podría ser que aldelante (sic) venga aquí más cantidad della, cossa que obliga a que Vuestra magestad se sirua de mandarme embiar sin dilación la orden que he de guardar con ella. Guarde Dios la cathólica perssona de Vuestra magestad, como la Christiandad ha menester. Del Real de Valençia a 29 de Abrill 1614. 2.2. 1614, mayo, 18. Respuesta del rey al Consejo de Aragón “[Cruz] Valencia. Ortiz. El Consejo de Aragón 18 de mayo 1614 Con la carta del Virrey, en que avisa de los moriscos de la Val de Ricote, que han aportado a las costas maritimas de aquel Reyno.

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Ordenesse al Virrey que haga embarcar estos moriscos sin castigarlos pues no tubieron la culpa, sino los patrones de los navios y a estos castigue y adelante cumpla la orden que tiene y escriba en esta materia por la via de estado y lo gastado con los moriscos sea por mi cuenta [Signo]”. APéNDICE DoCuMENTAl II Referencias a la expulsión de los moriscos en las actas capitulares de distintos ayuntamientos murcianos. II.1. 1613-12-12. Abarán lez, comisario para la expulsión de los moriscos en la Villa de Abarán, que comunica que la expulsión se llevará a cabo el viernes 13 de diciembre139. Archivo municipal de Abarán, Actas Capitulares, caja 1142, libro 1, Actas capitulares de 1608-1615, folio 35 “Elección En la villa de Abaran en doze dias del mes de dizienbre de mil y seiscientos y treze años su merced el alferez Antonio Gonçalez comisario para la expulsion de los moriscos y naturales de esta villa por el señor Conde de Salazr en virtud de la comision que para ello tiene que por ser notoria no ba aquí ynserta y dixo que mañana biernes treze del presente a de espulsar a los dichos naturales desta villa conforme a la orden que para ello tiene del Señor Conde de Salazar y para que en ella aya personas ydonias y benemeritas que administren justizia durante por su mgestad no se mandara otra cosa en su rreal nombre nombra por alcaldes Para alcaldes ordinarios al señor miguel Ruiz medico natural de la villa de Ellin y vezino de esta villa y a Toribio Sanchez natural de madrid y vezino de esta dicha villa Por alguacil mayor de ella a Cristóbal lópez natural de la ziudad de murzia y vecino de esta villa Por alcaldes de la ermandad de ella a Gines Gomez de la Plaza y Fernando maquitón vecinos desta villa, por mayordomo del posito de esta villa a Francisco Garcia sastre vezino de ella Por rregidores de la dicha villa Andres Ruiz ziruxano y Alonso Perez vecinos de esta villa / 139 Transcripción de Francisca Amorós Vidal, a quien agradecemos su gentileza al autorizarnos su reproducción.

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Por escribano publico y del ayuntamiento de la dicha villa a Juan Ruiz escribano natural de la de Ellin vecino de esta villa, e por mayordomo del concejo a miguel Sor[…]a todos los quales son christianos biejos noto(rios)

el alferez Antonio Gonçalez Comisario (signo) Ante mi Joan Ruiz escribano” II.2. 1613, diciembre, 12. lorca Relación de los niños moriscos de Lorca que Juan Izquierdo, juez de comisión enviado por el conde de Salazar, puso al cuidado o en administración de cristianos viejos. AmlO, Actas Capitulares de 1612-1614, caja 1644, nº 3, 6-12-1613, sin numeración de folios. “En la ciudad de lorca a doze dias del mes de diciembre de mill y seiscientos y treze años. Joan Izquierdo, juez de comisión por el señor don Bernardino de Velasco e Abellaneda, conde de Salazar, comisario general para la expulsion de los moriscos granadinos antiguos e mudexares y los demás que ai en estos reinos y señoríos de Su majestad, dixo que para mexor cumplir con la instrucción que del dicho señor conde tiene en quanto a poner en administración los niños y niñas de la dicha nación conviene poner razon en este libro de el ayuntamiento que es donde por mi el presente escribano […] escriben los cabildos que el concejo, justicias e regimiento de esta ciudad hazen de cosas tocantes a el seruiçio del rey nuestro señor y bien de esta república, de todos los que así a puesto en la dicha administración con declaración de nombres y edades y de las personas a quien se entregan y los padres de los tales niños, e se pusieron de la forma siguiente: -

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En ocho días del mes de diciembre presente puso en administración el dicho Juan Izquierdo, juez, a maría, hixa de Juan García Jordano, morisco, y de Ginesa marín, su muger christiano viexa, en casa y poder de Andrés martínez de Ribahorada, hixo de Fernán martínez de Ribahorada, a la parroquia de San Cristóbal, que es de edad la dicha maría de cinco años; otorgóse escriptura de ello ante Francisco Fernández Osorio, escribano de número de dicha ciudad. En el dicho día ocho de diciembre de dicho año puso en administración a Jusepa, hixa de Juan García Jordano, morisco difunto, y de la dicha Ginesa

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marín, su muger christiano viexa, de edad de dos años, con Catalina lópez montesino, hija de Esteban de Riberón, difunto, a la colación de Santiago; otorgóse de ello escriptura ante el dicho Francisco Fernández Osorio, escriuano. En nueve días del mes de diciembre de dicho año puso en administración a Francisca, hixa de Francisca Abarca, muger de Gregorio Carrión, es de edad de seis años, con Alonso Hortera Salazar, por escriptura ante el dicho Francisco Fernández Osorio. En el dicho día mes e año dichos puso en administración a Jusepa, hixa de Francisca Abarca y de Gregorio Carrión, es de edad de quatro años, en poder y casa de Diego Salazar, escriuano, por escriptura ante el dicho Francisco Fernández Osorio. En el dicho día mes e año dichos puso en administración a Angela, hixa de Francisca Abarca y de dicho Gregorio Carrión, […] con Ginés marín, de edad de treçe años, por escriptura ante el dicho Francisco Fernández Osorio. En la ciudad de lorca, puso en cinco de diciembre de dicho año puso a Ginesa, hixa de Joan García Hordano, morisco difunto, y de Ginesa marín, su muger christiana viexa, en administración con doña Beatriz Núñez, viuda de Juano Fernández Osorio, es la dicha Ginesa de edad de seis años, otorgose escriptura ante Diego Salazar, escribano del número de esta ciudad.

Declaro no hauer puesto asta ahora en administración otros ningunos y protesto si más pusiere escribir en este libro la razón de ellos y por cumplir lo que por la dicha instrucción se ordena y manda, en esta razón pidió testimonio, de este asiento y lo II. 3. 1613, diciembre, 24. Totana Acuerdo del concejo de Totana para que se reparta entre los vecinos los gastos de alojar, mantener y trasladar un contingente de moriscos que lleva el comisario y alférez Martín de Arteaga camino de la expulsión. AmT, caja 5, documento 1, libro de Actas Capitulares de 1612-1617, fs. 77v78r. En Totana a veinte y cuatro días del mes de diciembre de mill y seisçientos y treze años, se juntó el concejo, justicia y regimiento de la dicha villa en la sala de su ayuntamiento, conviene a saber: Josephe de Cánovas y Thomas de Zamora, alcaldes ordinarios de la dicha villa, Juan Fernández y Ginés de mora, Andrés de Cayuela y Francisco martínez e Pedro de mora, regidores de la dicha villa y estando todos juntos a modo de concejo se acordó lo siguiente:

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Vieronse en este ayuntamiento la çédula de Su majestad, cuyo traslado viene signado de Sebastián de medina, cerca de las prisiones que se an de hacer a los moriscos expelidos que se an vuelto y las dos comisiones que el señor conde de Salazar ha dado al alférez martín de Arteaga para prenderlos y expelerlos, y en él se les sustente y alogen y den los vagaxes neçesarios para su viaxe, y atento que el dicho comisario ha venido a esta villa con una tropa de moriscos y a pedido cumplimiento de sus comisiones y órdenes que trae, acordaron lo siguiente. Entró el alférez mayor Juan yánez Sarabia. y se les dio noticia de dicha cédula y comisiones de suso referidas. y habiéndose visto las dichas cédula y comisiones y la proposición del dicho alférez martín de Arteaga acordaron que se guarden e cumplan las dichas hordenes según y como por ellas se manda y en el sustento de los dichos moriscos vagaxes y carros se reparta entre los vecinos de la dicha villa que lo deben pagar y contribuir porque ansí conviene al servicio de Su majestad un real cada día a cada morisco de la dicha tropa y que se haga lista y nómina de la dicha costa. Jusepe de Cánovas [Firma] Ante mi Pedro de molina [Firma y rúbrica]” APéNDICE DoCuMENTAl III Descripción del valle de Ricote por Fr. Marcos Guadalajara y Javier: “Prodición y destierro de los moriscos de Castilla hasta el valle de Ricote”, Pamplona, 1614, fols. 61r-62v. “Porque esta tierra de Ricote fue toda de moros no me parece fuera de propósito dezir algo su sitio. El río mundo (que viniendo de hazia Alcaraz va a desaguar al mar mediterráneo, junto con Sigura, donde dexa su nombre) riega las huertas de los lugares del Reyno de murcia, supliendo la falta del agua del cielo (que tan a deseo se ve en aquel Reyno: y por esto le llaman algunos el Serenísimo Reyno). y aviendo pasado por Cieça entra por tan angosto paso, entre dos peñas, corriendo al Oriente, que no da la aspereza del sitio más lugar que el de la corriente, y con la misma angostura y mayor aspereça prosigue su curso por espacio de quatro o cinco leguas hasta salir por tierra más llana a las Alguazas, corriendo a murcia, y desde allí por Origuela en el Reyno de Valencia, entrando por Guardamar en el mediterráneo. En este sitio están los lugares que avemos dicho, abundantes de limones, naranjos y todo género de agrura; pero estériles de pan y de todo lo demás necesario para la vida humana. y con ser el sitio tan poco a propósito, por hallarse solos sus habitadores entre sí de buena gana le vivían, siendo todos los naturales descendientes de los moros pobladores: y se hallan asientos y conciertos de los que poblaron Abarán, venidos moros del barrio de Hellín; como también los demás lugares lo eran; y conserbavan los sobrenombres

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de los moros, sus aguelos. y como entre sí fueron gente que tenían buena noticia de su ruyn nacimiento (y los viejos que vivían y fueron expelidos hablavan cerrado y bárbaramente el castellano, que se les dava bien a entender aver deprendido en su mocedad otra lengua) y estavan mezclados entre sí, sin aver admitido christianos viejos: el porqué se dexa bien entender. Era esta gente peligrosa y en la ocasión de la rebelión de Granada se tuvieron no mal fundadas sospechas que se quisieron lebantar, por tener sitio para ello, fuerte por naturaleza (…) Quitaron las armas en aquella ocasión a los moriscos deste valle, a persuasión del Consejo de Órdenes, aunque después se las bolvieron (que no devieran) y agora en la presente expulsión se hallaron en estos lugares y en los demás muchas de fuego y enastadas, que por mandado del Conde [de Salazar] se las quitaron. Son todos estos lugares de Ricote de la Orden de Santiago, de quien de presente es comendador don Pedro de Toledo, marqués de Villafranca, aunque la jurisdición la tenían los mismos moriscos, por averse eximido aquellas villas y nombrar de regimientos y demás govierno de justicias”. bIblIoGRAFÍA Cahiers de la Méditerranée, 74, (2009), págs. 337-349. ARIZTONDO AKARREGI, Salvador, y mARTíN lÓPEZ, Eva, «Análisis documental de la serie Registro de Probanzas del Archivo de la Real Chancillería de Granada», en , Guadalajara, 1999. BElTRÁN CORBAlÁN, Domingo, “El proyecto de digitalización del Archivo Ducal de medina Sidonia: la documentación del marquesado de los Vélez”, Tejuelo Revista de ANABAD Murcia, 7, (2007). BERNABé PONS, luis Fernando, “Notas sobre la cohesión de la comunidad morisca más allá de su expulsión de España”, Al-Qantara, XXIX 2, (2008), págs. 307-332. BIRRIEl SAlCEDO, margarita maría, “las instituciones de la repoblación”, Barrios Aguilera, manuel (edit.) Historia del reino de Granada, Vol. II, La época morisca y la repoblación. (1502-1630), Granada, 2000. BlÁZQuEZ mIGuEl, Juan, “Catálogo de los procesos inquisitoriales del TribuMurgetana, 74, (1987). BlEDA, Jacobo, tiae, totiusque Hispaniae / auctore P.F. Iacobo Bleda... Ordinis Praedicatorum ; eiusdem Tractatus de iusta morischorum ab Hispania expulsione, Valencia, 1610. BlEDA, Jaime, , Valencia, 1618. BlEDA, Jaime, Rafael Benítez Sánchez-Blanco, Valencia, 2001.

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