«...faltar y ausentarse con esto los naturales de esta provinçia y quedar despoblada y hierma, sin defensa alguna...». Discursos de frontera en Gipuzkoa durante la Edad Moderna

September 15, 2017 | Autor: Alvaro Aragón Ruano | Categoría: Border Studies, Frontier Studies, Borders and Frontiers, Borders and Borderlands
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Descripción

ESTATU-NAZIOEN BAITAKO NAZIOAK: NAZIOGINTZA KULTURALA ETA POLITIKOA, GAUR EGUNGO EUROPAN

NACIONES EN EL ESTADO-NACIÓN: LA FORMACIÓN CULTURAL Y POLÍTICA DE NACIONES EN LA EUROPA CONTEMPORÁNEA NACIONS A L’ESTAT-NACIÓ: LA FORMACIÓ CULTURAL I POLÍTICA DE NACIONS A L’EUROPA CONTEMPORÀNIA NACIÓNS NO ESTADO-NACIÓN: A FORMACIÓN CULTURAL E POLÍTICA DE NACIÓNS NA EUROPA CONTEMPORÁNEA

Joseba Agirreazkuenaga Zigorraga Eduardo J. Alonso Olea (eds.)

ESTATU-NAZIOEN BAITAKO NAZIOAK: NAZIOGINTZA KULTURALA ETA POLITIKOA, GAUR EGUNGO EUROPAN NACIONES EN EL ESTADO-NACIÓN: LA FORMACIÓN CULTURAL Y POLÍTICA DE NACIONES EN LA EUROPA CONTEMPORÁNEA NACIONS A L’ESTAT-NACIÓ: LA FORMACIÓ CULTURAL I POLÍTICA DE NACIONS A L’EUROPA CONTEMPORÀNIA NACIÓNS NO ESTADO-NACIÓN: A FORMACIÓN CULTURAL E POLÍTICA DE NACIÓNS NA EUROPA CONTEMPORÁNEA

Joseba Agirreazkuenaga Zigorraga Eduardo J. Alonso Olea (eds.)

EDITORIAL BA SE

Estatu-Nazioen Baitako Nazioak: Naziogintza Kulturala Eta Politikoa, Gaur Egungo Europan Naciones en el Estado-Nación: La formación cultural y política de naciones en la Europa contemporánea Nacions a l’Estat-Nació: La formació cultural i política de nacions a l’Europa contemporània Nacións no Estado-Nación: A Formación Cultural e política de nacións na Europa contemporánea Primera edición: Junio de 2014 Editores: Joseba Agirreazkuenaga Zigorraga y Eduardo J. Alonso Olea Textos: Stefan Berger, Joseba Agirreazkuenaga, Xabier Irujo, Mikel Urquijo, Eduardo J. Alonso Olea, Luis de Guezala, Ferran Toledano, Joseba Arregi Orue, Sebastià Serra Busquets, Rafel Puigserver Pou, Lourenzo Fernández Prieto, Giovanni C. Cattini, Aleix Romero Peña, Xabier Ormaetxea Garai, Unai Belaustegi Bedialauneta, Juan Manuel González Sáez, Aritz Ipiña Bidaurrazaga, Begoña Villanueva, Teresa Abelló Güell, Enric Pujol, Carlos F. Velasco Souto, Agustí Alcoberro, Alberto Angulo Morales, Joaquim Albareda, Imanol Merino Malillos, Carles Santacana, Uxío-Breogán Diéguez Cequiel, Daniele Conversi, Maximiliano Fuentes Codera, Xosé Estévez, Iñaki Fernández Redondo, Xoán Carlos Garrido Couceiro, Antoni Marimon Riutort, Lourdes Melis, Álvaro Aragón Ruano, Ramon Arnabat Mata, Andrea Geniola, Susana Serrano-Gazteluurrutia, Eguzki Urteaga, Frederic Barberà, Agustí Colomines Producción editorial: Flor edicions, SL - Editorial Base Coordinación: Santiago Sobrequés i Soriano Maquetación: David Aliaga Muñoz ISBN: 978-84-15706-20-5 Depósito legal: B-11.224-2014 Impreso en ServicePoint Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra sólo puede ser efectuada con la autorización de los titulares, con excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 47)

ÍNDICE

SARRERA / PRESENTACIÓN ______________________________________________

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— From the English Isles to the History of Four Nations: National History Writing in Britain in Comparative Perspective ____________ Stefan Berger

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PARLAMENTUAK, BATZAR NAGUSIAK ETA AKTOREAK. (XVI-XXI MENDEETAN) PARLAMENTOS, ASAMBLEAS REPRESENTATIVAS Y ACTORES. (SIGLOS XVI-XXI) — Herri erresilientziaren sutraizko oinarriak: Batzar Nagusietatik Eusko Legebiltzarrera. (1812-1980). Patrones de resiliencia comunitaria: De las Juntas Generales al Parlamento Vasco. (1812-1980) ________________ Joseba Agirreazkuenaga — El referéndum sobre el futuro constitucional de Escocia __________________ Xabier Irujo — Prosopografía parlamentaria a partir de la biografía colectiva: algunas reflexiones metodológicas ___________________________________ Mikel Urquijo — Autonomía tributaria en el Parlamento español y en los autonómicos (1977-2011)____________________________________ Eduardo J. Alonso Olea — Parlamentos y rebeliones. Las Juntas Generales de Bizkaia durante la Matxinada de 1718 y la Zamakolada de 1804 ________________________ Luis de Guezala — Las culturas constitucionales como objeto de análisis / Les cultures constitucionals a la Catalunya contemporània ________________ Ferran Toledano — El programa «Resilient Nations» de la ONU: algunas claves para la continuidad de las minorías nacionales _____________________________ Joseba Arregi Orue

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— El nacionalisme en el Parlament de les Illes Balears: resultats electorals i alternativa política _______________________________ Sebastià Serra Busquets i Rafel Puigserver Pou

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BIOGRAFIAK INTELEKTUALAK ETA KARISMADUN NORTASUNAK BIOGRAFÍAS DE INTELECTUALES, PERSONALIDADES CON CARISMA — No hablamos de nosotros, hablamos de Historia: Nomes, voces e verdugos. Balance para seguir sobre la persecución política en Galiza 1936-1939 _______ Lourenzo Fernández Prieto — El relat biogràfic en la Historiografia contemporània. Unes reflexions des de la historiografia catalana _________________________ Giovanni C. Cattini — Un ilustrado vasco en la España de finales del Antiguo Régimen: Mariano Luis de Urquijo (1769-1817) _______________________________ Aleix Romero Peña — Ramón Ortiz de Zarate y su obra Consejos al pueblo vascongado sobre el sistema que debe de seguirse en la defensa de los Fueros____________________ Xabier Ormaetxea Garai — Jamar anaiak. Bi nafar xix.mendearen bigarren erdialdeko Gipuzkoaren bilakaera politiko-ekonomikoaren leman ___________________ Unai Belaustegi Bedialauneta — Adolfo Careaga: retrato de un liberal antinacionalista vasco (de la Democracia Cristiana a Unidad Vizcaína) ________________________ Juan Manuel González Sáez — Francisco Basterrechea Zaldivar. Trayectoria política y olvido de un miembro clave del PNV (1887-1975) ________________________________ Aritz Ipiña Bidaurrazaga — Arturo de Marcortu: un bizkaino de múltiples caras profesionales (1827-1904) ____ Begoña Villanueva — Tópicos, utilización y revisión historiográfica en torno a una figura carismática: el ejemplo de Salvador Seguí _____________________________ Teresa Abelló Güell

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HISTORIOGRAFIAK ETA KONTAKIZUNAK RELATOS E HISTORIOGRAFÍAS — ¿Es posible una historiografía vasca, catalana y gallega desacomplejada? Consideración sobre el caso catalán. _________________________________ Enric Pujol — Os alicerces teórico-conceituais da naçom galega na obra historiográfica de Manuel Murguía (1865-1890) ___________________________________ Carlos F. Velasco Souto

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GALIZA - EUSKADI-EUSKAL HERRIA, CATALUNYA, PAISOS CATALANS, IKUSPEGIAK ETA BEGIRADAK ANÁLISIS COMPARATIVOS DE GALICIA, EUSKADI - EUSKAL HERRIA E CATALUNYA - PAÍSES CATALÁNS — Entre la Monarquía hispánica y el Estado español: «Nuevas plantas» y «Provincias exentas» en el siglo xviii ________________________________ Agustí Alcoberro — La significación histórica de los comisionados vascos en el Madrid del Setecientos __ Alberto Angulo Morales — La Diputación del General y los Comunes catalanes hacia 1700: representación y modernidad política ________________________________ Joaquim Albareda — Los agentes bizkainos en la Corte del siglo xvii: génesis y consolidación, características y funciones ______________________ Imanol Merino Malillos — Deporte, modernidad e identidad. La realidad en los territorios Galeusca _____ Carles Santacana — Do españolismo monárquico ao republicanismo independentista galego: o arribismo político no primeiro terzo do s. xx a través de Álvaro de las Casas _ Uxío-Breogán Diéguez Cequiel — A medieval route to modernity? Catalan national medievalist discourses in the broader Europe. ___________________________________________ Daniele Conversi and Maximiliano Fuentes Codera — O protagonismo jelkide navarro na viaxe triangular e no Galeuzca de 1933. __ Xosé Estévez — Una aproximación comparativa a Falange Española en Galicia, País Vasco y Catalunya ___________________________________________ Iñaki Fernández Redondo — Castelao: Achegas biográficas para a clarificación da teoría nacionalista. ______ Xoán Carlos Garrido Couceiro — La recepció de la qüestió basca i la qüestió gallega a la premsa política d’esquerres de Mallorca durant la Transició democràtica (1975-1983)________ Antoni Marimon Riutort — La recepció de les cultures gallega i basca a les Illes Balears ________________ Lourdes Melis i Sebastiá Serra

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MUGAZ GAINDIZKO ESPERIENTZIAK ETA NORTASUNAK: GALIZA, EUSKADI – EUSKAL HERRIA I CATALUNYA – PAÏSOS CATALANS REALIDADES TRANSFRONTERIZAS DE GALICIA, EUSKADI-EUSKAL HERRIA Y CATALUNYA - PAÏSOS CATALANS — « ... faltar y ausentarse con esto los naturales de esta Provinçia y quedar despoblada y hierma, sin defensa alguna...» Discursos de frontera en Gipuzkoa durante la Edad Moderna _________________________________________ Álvaro Aragón Ruano

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— Revolución y contrarrevolución: frontera y exilio (Catalunya, 1789-1854) ____ Ramon Arnabat Mata — Regiones, naciones y fronteras. Para una historia de las primeras formulaciones transfronterizas en Euskal Herria y los Països Catalans (décadas de 1970 y 1980) ___ Andrea Geniola — David frente a Goliat: los Territorios Históricos vascos más allá de sus fronteras (fiscales) __________________________________________ Susana Serrano-Gazteluurrutia — La cooperación transfronteriza en el País Vasco ________________________ Eguzki Urteaga — Catalan Language and identity in recent history on both sides of the Spanish-French border. The case of Joan Daniel Bezsonoff ___________ Frederic Barberà — Adéu, Renaixença, adéu __________________________________________ Agustí Colomines i Companys

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«…FALTAR Y AUSENTARSE CON ESTO LOS NATURALES DE ESTA PROVINÇIA Y QUEDAR DESPOBLADA Y HIERMA, SIN DEFENSA ALGUNA…» DISCURSOS DE FRONTERA EN GIPUZKOA DURANTE LA EDAD MODERNA Álvaro Aragón Ruano Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea

Como manifiesta el filósofo Will Kymlicka, la frontera —aunque en la actualidad es algo sobre lo que ya no se discute, pues se considera tan inmutable como la misma naturaleza sobre la que se define— no es algo «natural», sino resultado de un proceso «humano», pues no se debe olvidar que todo territorio es una construcción cultural.1 En líneas generales, la frontera crea su propia zona de influencia, con unas características propias que la diferencian del resto del territorio —y esto se puede aplicar a diferentes escalas— y que condicionan la existencia de los habitantes de sus aledaños. A pesar de las decisiones adoptadas por las autoridades soberanas, en muchas ocasiones es la presión de las propias comunidades fronterizas, en su lucha por el control y el aprovechamiento de los recursos, la que modula los límites.2 Debido a estas circunstancias, a lo largo de la edad moderna, y prácticamente hasta la abolición foral de 1876, se fue forjando en Gipuzkoa —también en Álava y Bizkaia— un discurso de frontera. Este discurso sirvió a dichos territorios —más a gipuzkoanos que a bizkainos y alaveses— de coartada ideológica para todas aquellas reivindicaciones que pretendieron obtener de la Corona castellana. Dichos discursos se fueron nutriendo de las aportaciones realizadas por las propias instituciones provinciales y locales y por autores particulares, quienes participaron de una idea común, que fueron forjando, interiorizando y modificando a lo largo del tiempo. Álava, Bizkaia y Gipuzkoa son territorios donde el espíritu de frontera es intrínseco a los condicionantes geográficos y geopolíticos de los mismos: Álava es frontera con el reino de Navarra y Bizkaia cuenta con frontera marítima, mientras que Gipuzkoa tiene frontera con el mar y con Francia a través del río Bidasoa. Tal vez sea esta última frontera la 1. Kymlicka, Will, Fronteras territoriales Madrid, Editorial Trotta, 2006, p. 38; Soria, Arturo, «El territorio como artificio y su lenguaje», en La construcción del territorio. Mapa histórico del noroeste de la Península Ibérica, en Menéndez de Luarca, José Ramón (ed.), Madrid, Fundación Rei Afonso Henriques, Lunwerg Editores, 2000, pp. 15-47. 2. Capdevila i Subirana, Joan, Historia del deslinde de la frontera hispano-francesa. Del tratado de los Pirineos (1659) a los tratados de Bayona (1856-1868), Madrid, Ministerio de Fomento, 2009, p. 15.

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más clara y la que más forjó el espíritu fronterizo de sus habitantes, teniendo en cuenta que fue el límite geopolítico de dos de las principales potencias europeas durante la edad moderna. Por ello va a ser nuestro centro de atención. Desde fechas tempranas, los Pirineos jugaron un papel esencial en la afirmación de España y Francia como estados —a pesar de ser un ámbito poco definido hasta que entre 1853 y 1868 la Comisión Mixta de Límites alindase gran parte—, y también en la definición de la frontera desde un punto de vista político y militar, si bien fueron siempre considerados un espacio de población y transición.3 La frontera más occidental, sin embargo —como ocurre con la más oriental—, era una línea mucho más difusa a nivel lingüístico, cultural o comercial, pues en ella vivía a ambos lados del Bidasoa una comunidad que compartía un mismo idioma, muchas veces intereses económicos e incluso lazos sanguíneos y familiares. Fue, por lo tanto, una frontera mucho más permeable que lo que los discursos oficiales hacían ver o creer. 1. La gestación medieval de la «frontera» Si bien el empleo del término frontera se remonta al siglo xi, con un significado esencialmente militar, de lugar de combate y frente pionero de expansión y nuevas conquistas, no es hasta principios del siglo xiii cuando se expande el uso del término en su forma común, en la mayoría de las ocasiones relacionado con la definición territorial monárquica. Fueron los propios poderes reales quienes perfilaron y organizaron la frontera mediante cartas pueblas, otorgamiento de fueros, exenciones fiscales y privilegios judiciales a vecinos.4 Así ocurre en el caso gipuzkoano, donde entre 1256 y 1383 se fundó una veintena de villas, sumadas a las cinco costeras ya existentes, que obedecieron, entre otras razones, al deseo de defender la frontera y a la necesidad de hacer frente a la inseguridad y la violencia fronterizas, en un momento en el que Gipuzkoa era frontera con el reino de Navarra y Gascuña. En una fecha tan temprana como 1320, el concejo y los vecinos de Oyarzun solicitaban la fundación de Villanueva de Oyarzun, actual Rentería, para protegerse de los ataques, robos y abusos que sufrían « […] por quanto ellos eran poblados en frontera de Navarra e de Gascuenna…».5 Posteriormente, los ferrones de Oyarzun e Irún recibieron de Alfonso XI el Fuero de ferrerías a instancia de los dueños de ferrerías, quienes […] nos enbiaron querellar e dizen que ellos están poblados en frontera del rey de Inglaterra e de la otra parte del reyno de Nauarra e de la otra parte de la mar en los yermos entre malas gentes, ansi del nuestro sennorio como fuera dél, de quien reciben muchas fuerças e rrobos e males e dannos e muertes e feridas e deshonras e cohechos e otros muchos agrauios que les 3. Berdah, Jean François,«Pyrenees without Frontiers: the French-Spanish Border in Modern Times, 17th to 20th Centuries», Frontiers, regions and identities in Europe, en Ellis, Steven G.; Eber, Raingard (eds.), Pisa, Plus-Pisa University Press, 2009, pp. 163-184. 4. Sénac, Philippe, «“Ad castros de fronteras de mauros qui sunt pro facere”. Note sur le premier testament de Ramire Ier d’Aragon», Identidad y representación de la frontera en la España medieval (siglos XI-XIV), en Ayala, Carlos; Buresi, Pascal y Josserand, Philippe (eds.), Madrid, Casa Velázquez, Universidad Autónoma de Madrid, 2001, pp. 205-211. Laredo Quesada, Miguel Ángel, «Sobre la evolución de las fronteras medievales hispánicas (siglos xi a xiv)», Identidad y representación de la frontera en la España medieval (siglos XI-XIV), en Ayala, Carlos; Buresi, Pascal y Josserand, Philippe (eds.), pp. 5-47. Sahlins, Peter, Boundaries: the making of France and Spain in the Pyrenees, Berkeley / Los Angeles, University of California Press, 1989, pp. 1-7. 5. Martínez Díez, Gonzalo; González Díez, Emiliano y Martínez Llorente, Félix J., Colección de documentos medievales de las villas guipuzcoanas (1200-1369), San Sebastián, Diputación Foral de Gipuzkoa, 1991, pp. 142-144.

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fazen commo non deuen a syn razon e sy derecho a muy grande nuestro deservicio e menoscabamiento de las nuestras rentas en guisa que se pierden nuestros derechos e las nuestras rentas que auemos de las dichas ferrerias e se despueblan e yerman.

Como se puede comprobar, se utiliza por primera vez el concepto de frontera, tanto marítima como terrestre, aunque, a diferencia de lo que ocurrirá con posterioridad, la principal preocupación para el monarca es la pérdida de rentas y los perjuicios económicos, y no la defensa militar. Algo similar ocurrirá con la extensión del mencionado Fuero de ferrones a las ferrerías del valle de Marquina de Suso en 1335 y a la Merindad de Gipuzkoa en 1338.6 2. La creación de un discurso y su consolidación En cualquier caso, el concepto moderno de frontera comenzó a aparecer a finales del siglo xv, con el desarrollo de la cartografía y la emergencia de los Estados territoriales, y se consolidó a partir sobre todo del siglo xviii, cuando se fue imponiendo la idea de fronteras naturales —ya formulada en el siglo xiv—, y la firma de tratados que se sucedió en los siglos xviii y xix, momento en el que la frontera perdió su vaguedad y adquirió forma lineal.7 En el caso de Gipuzkoa, es en 1450, el año en que los franceses conquistan definitivamente el ducado de Gascuña, cuando comienzan las presiones para fijar el límite en mitad del río Bidasoa. Pero será a partir del reinado de los Reyes Católicos cuando la frontera del Bidasoa adquiera un inusitado interés e importancia. Fue en ese preciso instante cuando las autoridades locales y provinciales y los apologetas de la provincia comenzaron a desarrollar un elaborado discurso, cargado de un cierto determinismo geográfico, que hacía del territorio un lugar con dificultades de abastecimiento, obligado a importar los principales alimentos para poder garantizar el sostenimiento de su población, sin la que la frontera quedaría desprotegida y, con ella, el reino. Ya en el preámbulo del Cuaderno de Ordenanzas de la Hermandad de Gipuzkoa de 1397 se justificaba la constitución de dicha institución ya que «[…] por ello podrían bevir mejor en justicia et en pas e sosiego por la tierra ser montañosa como es et entendiendo que non aviendo hermandad en la dicha tierra que la tierra se despoblaria et seria menguada de justicia lo qual seria su gran deservicio…».8 Pero quizá sea en la Recopilación foral de leyes de la provincia, redactada por Cristóbal de Zandategui y Luis Cruzat —a pesar de no obtener confirmación real— donde aparece ya perfectamente perfilado el discurso.9 Por un lado, la ley 1.ª del Título XIX, dedicado al trato, el comercio y la navegación, que, no debe olvidarse, fue otorgada por los Reyes Católicos en 1497 y confirmada por Juana I en 1515 y Felipe II en 1542, hace derivar la obtención de la libertad de comercio de la esterilidad del territorio. Por otro lado, la ley 1.ª del Título XXIV, dedicado a las levantadas y las cosas de guerra, y la ley 1.ª del Título XXV, sobre la exención de armas para los de la provincia, vuelven a repetir 6. Martínez Díez, Gonzalo; González Díez, Emiliano y Martínez Llorente, Félix J., Colección de documentos medievales de las villas guipuzcoanas (1200-1369)..., op.cit., pp. 156-158, 188-190, 191-192 y 202-204. 7. Capdevila i Subirana, Joan, op.cit., p. 29, y Baranova, María, «Border theories in Early Modern Europe», European History Online (EGO), 3-12-2012. 8. Barrena Osoro, Elena, Ordenanzas de la Hermandad de Gipúzcoa (1375-1463). Documentos Donostia, Eusko Ikaskuntza, 1982. 9. López de Zandategui, Cristóbal; Cruzat,Luis, Recopilación de Leyes y Ordenanzas de la M.N y M.L. Provincia de Guipúzcoa San Sebastián, Diputación Foral de Gipuzkoa, 1983, pp. 121, 133 y 135.

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el mismo argumento de la esterilidad, pero añaden la clave de todo el entramado discursivo, piedra angular del sistema foral y de las relaciones entre la provincia y la Corona, cual es la defensa de la frontera. Asimismo, dejan perfilado un aspecto que en años posteriores se convertiría en esencial para la defensa de la hidalguía universal de los habitantes del territorio, al vincular esterilidad, hidalguía, nobleza y defensa de la frontera. No obstante, el momento cumbre, cuando ya queda perfectamente enunciado el argumento, con todos sus componentes, debe situarse a comienzos del siglo xviii. Y lo hace en el marco de la defensa del reconocimiento de la hidalguía universal de los habitantes de Gipuzkoa, por el mero hecho de haber nacido en ella. La Real orden de Felipe III decretada en Madrid el 3 de febrero de 1608, confirmada en Lerma el 4 de junio de 1610, en la que se reconocía la hidalguía universal, vinculaba definitivamente hidalguía, nobleza, defensa y privilegios:10 […] y que preciandose de lo que les obliga Su Nobleza, de que se deriba tanta en estos Reynos, estan siempre con sus armas en defensa de la entrada de Naciones Estrangeras a estos Reynos, para acudir con suma presteza, como suelen a las partes,…y que en las ocasiones ordinarias de nuestro servicio de Mar, y Tierra, es notorio la particularidad, y efecto con que la dicha Provincia, y los de ella con el estimulo de Su Nobleza, han acudido, y acuden con tanto fruto a nuestro servicio, empleándose en él la sangre, vida y hacienda: por lo qual han sido siempre tan honrados, y estimados de las Personas Reales como se sabe…

Gipuzkoa es, por lo tanto, la llave del Imperio y por ello mismo recibe el aprecio y privilegios de los reyes de Castilla. A lo largo del tiempo se ha demostrado la presteza y la diligencia de todos sus habitantes, hidalgos, esto es, nobles, cuyo principal papel, como bellatores que son, es el del monopolio de las armas y la guerra, por lo tanto, la defensa del reino frente a la entrada de enemigos extranjeros, tanto por mar como por tierra, a cambio o en premio de lo cual han sido y son estimados por los monarcas y han recibido sus privilegios, sin los cuales no podrían sobrevivir y el territorio quedaría despoblado, de lo cual el principal damnificado sería la propia Corona y la defensa de la frontera. Lo cierto es que los hidalgos gipuzkoanos pronto tuvieron ocasión de demostrar nuevamente su valía frente al enemigo principal, el francés. En el marco de la guerra que mantuvieron Francia y Castilla desde 1635, Fuenterrabía fue sitiada y parte del oriente gipuzkoano quemado y conquistado hasta el año 1639, aunque las milicias gipuzkoanas supieron defenderse de los ejércitos de Condé. Casualmente, la mencionada Real Orden de 1610 que instauraba el reconocimiento de la hidalguía universal para todos los gipuzkoanos fue finalmente confirmada en las Reales Chancillerías, donde había pendido desde dicha fecha recurso del fiscal real —oposición por otro lado ya habitual desde el siglo xvi—: en Valladolid el 16 de abril de 1639 y en Granada el 23 de octubre de 1640. Es decir, a pesar de los obstáculos para el reconocimiento práctico de la hidalguía universal allí donde más importante era, es decir, en los tribunales reales, finalmente la provincia de Gipuzkoa lo obtuvo gracias a sus servicios militares.11 Ambas confirmaciones fueron convenientemente incluidas —como 10.. Archivo General de Gipuzkoa (AGG-GAO), JD IT 608b, 13. 11.. Esto viene a desdecir a algunos autores que consideran la fecha de 1610 como la de definitivo definitivo reconocimiento. Truchuelo García, Susana, Gipuzkoa y el poder real en la Alta Edad Moderna Donostia, Diputación Foral de Gipuzkoa, 2004, pp. 557-566; Díaz de Durana, José Ramón La otra nobleza. Escuderos e hidalgos sin nombre y sin historia. Hidalgos e hidalguía universal en el País Vasco al final de la Edad Media (1250-1525), Bilbao, UPV, 2004, pp. 54-55.

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no podía ser de otra manera— acompañando a la Real Orden de 1610, en la Recopilación foral de 1696, que sí obtuvo sanción real.12 La conformación del discurso caló hondo entonces, y sólo entonces, en todos aquellos que trataban de defender la provincia. No es casual que ni en Garibay ni en Juan Martínez de Zaldivia encontremos referencia alguna a él, pero sí, sin embargo, en Lope Martínez de Isasti y su Compendio historial escrito en torno a 1625, quien sintomáticamente incluía las Reales Órdenes de 1608 y 1610 referidas a la hidalguía universal. En el capítulo XII, referido a la descripción del territorio, además de insistir en que era fronteriza y estaba asentada entre España y Francia, Isasti consideraba que era una tierra montañosa y por ello deficitaria en cereales, por lo que se veía obligada a importar productos desde Francia, Álava, Castilla y Navarra.13 Este discurso aparecía cada vez que se realizaba una reivindicación ante la Corona y siempre bajo los mismos parámetros: esterilidad de la tierra y necesidad de privilegios para garantizar la población y, con ella, la defensa de la frontera. Así ocurría con asuntos de tanto relieve como el privilegio de exportación del hierro, la prohibición de importación de hierros extranjeros,14 la exportación de metales preciosos como pago de bastimentos importados, la defensa de la hidalguía universal o la exención fiscal derivada de ella.15 En cada caso además se cargaban las tintas de la situación, tratando de pintar un panorama sombrío y, por supuesto, irreal que obligase a los monarcas y las autoridades reales a plegarse a sus exigencias, siempre bajo la amenaza de que, en caso contrario, la provincia no podría velar por la defensa de la frontera. Sin embargo, esta práctica era común a los tres territorios. En Álava el discurso ya se había completado para 1556, desarrollado en el ámbito de la defensa de la libertad de comercio, principalmente con Navarra: […] por estar en frontera la dicha ciudad de Vitoria y provincia y hermandades de alava y de esta manera se abian sustentado los vecinos de ellas e que si no se proveyese de los dichos reynos se despoblarian porque no tenian de donde se abastecer y proveer […] e si no se probeyese e remediase […] se despoblarian de que vernia a diminuycion [sic] de nuestras rentas reales…16

En el caso de Bizkaia, la frontera era marítima. Ya en la ley 1.ª del Título XXXIII del Fuero Nuevo, redactado en 1526, se vinculaban pobreza de la tierra, libertad y franqueza de comercio, y se denunciaban y prohibían las prácticas especulativas.17 Por lo tanto, más allá de 12.. Nueva Recopilación de los Fueros, Privilegios, Buenos Usos, y costumbres, Leyes y Orden de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa Tolosa, Bernardo de Ugarte, 1696, p. 18. 13.. Martínez de Isasti, Lope, Compendio historial de Guipúzcoa Bilbao, La Gran Enciclopedia Vasca, 1972, pp. 61-63, 148, 152 y 156. 14. Sobre el particular, lejos de ser un período de dificultades para la actividad siderúrgica, a excepción de los años de invasión francesa, que provocó la quema de numerosas casas y ferrerías, aunque únicamente en el oriente gipuzkoano, fue éste un período de reconversión y prosperidad para las mencionadas factorías, en todo caso, lejos de los tintes catastrofistas del discurso de la provincia. Aragón Ruano, Álvaro, «La actividad siderometalúrgica guipuzcoana durante el siglo xvii: transformaciones y productividad», Lurralde, nº 34, 2011, pp. 109-149. 15.. Truchuelo García, Susana, Gipuzkoa y el poder real..., op.cit.; 166 y «La consolidation des Fors de la Province de Guipuzcoa (Pays Basque, xve-xviie siècles)», Lapurdum, nº 11, 2006, pp. 333-346. 16.. Archivo del Territorio Histórico de Álava, DH 277-1. 17.. Fuero Nuevo de Vizcaya Bilbao, Leopoldo Zugaza, 1976; 90. García de Cortázar, José Ángel; Arizaga Bolumburu, Beatriz; Ríos Rodríguez, María Luz y Del Val Valdivieso, Isabel, Vizcaya en la Edad Media. Evolución demográfica, económica, social y política de la comunidad vizcaína medieval San Sebastián, Aramburu, 1985, tomo II, pp. 15 y 303.

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la coincidencia o la similitud con el caso gipuzkoano, dicho texto nos muestra la verdadera realidad que se escondía en ambos casos tras el argumento discursivo. Los permisos de importación, tratando de paliar la fragosidad del terreno y la falta de alimentos, daban rienda suelta a la especulación más salvaje e incontrolable, como ha demostrado Xavier Alberdi para el caso gipuzkoano. De hecho, el mencionado discurso será la excusa recurrente para la obtención de permisos de importación de bastimentos a cambio de moneda y para la defensa de su monopolio por parte de comerciantes gipuzkoanos frente a los advenedizos.18 Según dicho autor, en realidad dichos privilegios, que se fueron ampliando a lo largo del siglo xvi, permitieron el encubrimiento del comercio ilegal, consistente en la extracción de más cantidad de metales preciosos de los necesarios para la adquisición de víveres y en la introducción de grandes cantidades de productos extranjeros de contrabando, gracias a lo cual el territorio gipuzkoano se convirtió desde el siglo xvii en una de las puertas principales de salida hacia Europa de los tesoros americanos.19 En el ámbito de la introducción de bastimentos, la referencia esencial para el Señorío será la Provincia de Gipuzkoa y las prebendas y los privilegios obtenidos por ésta, por lo que no sería descabellado afirmar que también ésta fue la referencia a la hora de enunciar el discurso del Señorío. En todo caso, será hacia mediados del siglo xvi, concretamente en el Regimiento General celebrado en Bilbao en enero de 1552, cuando aparezca ya perfectamente consolidada la columna vertebral del argumento, en este caso, solicitando que no se permitiese la importación desde Francia por tierra:20 De lo qual, sy asy pasase e diese la dicha licencia para pasar las dichas mercaderias, seria en gran deservicio de su majestad, e en total destrucción destas villas de la costa de la mar e de los otros puertos por donde suelen benir e desembarcar las dichas mercaderias, por razon que las dichas villas e costa son esteriles de pan e otros mantenimientos, como es muy publico e notorio que no tienen de que mantener ni alimentar syno de lo que les suele benir e biene de Françia e Castilla, e agora, por lo que es notorio de la guerra con Françia, no biene ninguno de Françia a las dichas villas e costa e puertos della por los fardeles e mercancías que bienen de allende la mar, e beniendo las dichas mercaderias por tierra çesarian los dichos mantenimientos de trigo e otros mantenimientos de benir a los dichos puertos e costa, e çesando esto es claro que los pueblos de la dicha costa se despoblarian de la mayor parte de la gente, sobre que bernia gran deservicio a su majestad a causa de la dicha costa ser, como es, frontera e tan importante a su serviçio, e que los enemigos podrian fácilmente traer e tomar algun puerto e puertos e sus rentas reales se diminuirían e las naos e nabios e otras fustas çesarian de ser hazer, e su magestad no ternia con que se serbir en las armadas que tiene neçesidad de hazer contra sus enemigos, e por otros muchos deservicios de su majestad e daños que a estas villas e costa podria benir, que 18.. Así ocurrió en el caso de los comerciantes portugueses en la primera mitad del siglo xvii. Angulo Morales, Alberto, «La resistencia a un poder desconocido. La polémica de los mercaderes portugueses en Guipúzcoa (16001612)», Poder, resistencia y conflicto en la Provincias Vascas (siglos XV-XVIII), en Porres Marijuán, Rosario (ed.), Bilbao, UPV, 2011, pp. 151-183, y «El control y la persecución de los mercaderes portugueses en la Castilla de la primera mitad del siglo xvii», Exclusión, recismo y xenofobia en Europa y América, ed. García Fernández, Ernesto, Bilbao, UPV, 2002, pp. 179-203. 19.. Alberdi Lonbide, Xabier, Conflictos de intereses en la economía marítima guipuzcoana durante la Edad Moderna Vitoria, Universidad del País Vasco, 2006 (tesis doctoral inédita), pp. 633-645. Para el caso de la importación de ganado véase Aragón Ruano, Álvaro, La ganadería guipuzcoana durante el Antiguo Régimen Bilbao, UPV, 2009, pp. 222-228. 20.. Sesmero Cutanda, Enriqueta; Enríquez Fernández, Javier y García Arbaiza, José Ignacio Juntas y Regimientos de Bizkaia. Actas de Villas y Ciudad. Bilbao, Diputación Foral de Bizkaia, tomo I (1536-1571), pp. 282-283 y 333.

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aquí no ban espresadas ni espeçificadas, que son muy notorias.

3. La puesta al día del discurso

Volviendo al caso gipuzkoano, durante la segunda mitad del siglo xvii y todo el siglo xviii, una vez consolidado el discurso de la Provincia, éste se fue actualizando y amoldando a las nuevas circunstancias, sobre todo a partir del advenimiento de la nueva dinastía borbónica. Una prueba de ello, por ejemplo, es la modificación y la actualización de la anteriormente mencionada ley 1.ª del Título XIX, recogida en la Recopilación foral de 1696, vinculando abastecimiento y defensa de la Corona, la ley o capítulo 3 del Título II, que fue modificado de arriba abajo insistiendo en la fidelidad y la lealtad de la Provincia y de sus naturales para con la Corona, y el capítulo 1 del Título XVIII, sobre la exención de derechos y la libertad de introducción de bastimentos, en el que se repetía la misma coletilla.21 También en el capítulo 5 del Título XVIII se recordaba que del respeto y observancia de los Fueros derivaba el mayor servicio de Su Magestad, y el beneficio de todos los vecinos, y moradores de dicha Provincia, que por este medio, se mantienen, para acudir con lo necessario a la defensa de la frontera, y al resguardo, y seguridad de estos Reynos en todas las ocasiones, que se ofrecen de invassion de enemigos de la Real Corona, por mar y por tierra…

Curiosamente, en el Suplemento añadido a partir de 1758, el Título XVIII hubo de ser reformado y condensado en un único capítulo que incluyese las Reales órdenes de 1722 y 1728, establecidas tras el retorno de las aduanas al interior. El preámbulo del mismo se retrotrae a tiempos de Alfonso VIII para recordar que desde entonces se conserva «[…] con la franqueza de proveerse, libre de todos Derechos, y de donde mas le convenga, de todo lo que conduce a la subsistencia de sus Naturales, numerosamente poblado este fragoso, y esteril Terreno, para atender a la defensa de esta importante Frontera, y servir a sus Soberanos con la gloria celebrada en las Historias…».22 Se debe tener en cuenta que éste es un período conflictivo, ante los intentos de la Corona por recortar algunas disposiciones forales, dentro del programa de centralización llevado a cabo por los Borbones. No obstante, es cierto que las autoridades provinciales salieron victoriosas, precisamente debido a las necesidades militares de la Corona, que es sintomáticamente en lo que más insiste el discurso de la Provincia durante el siglo xviii y lo que le permite profundizar en su autonomía jurisdiccional en el ámbito comercial, aduanero, forestal, etc.23 No obstante, las cosas comenzaron a cambiar a finales del siglo xviii, sobre todo tras la invasión de las tropas de la Convención francesa, entre 1794 y 1795. Previamente, Bernabé Antonio de Egaña, inmerso en el inicio del debate sobre los Fueros y precisamente en defensa de ellos, escribió hacia 1783-1784 su conocida obra Instituciones y colecciones histórico-legales pertenecientes al gobierno municipal, fueros, privilegios y exempciones de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa, en la que dicho autor volvía a insistir en «la fragosidad y este21.. Nueva Recopilación de los Fueros..., op.cit., pp. 18-19 y 245. 22.. Ibidem, 236, y Suplemento de los Fueros, Privilegios, y Ordenanzas de esta Mui Noble, y Mui Leal Provincia de Guipúzcoa San Sebastián, Lorenzo Riesgo y Montero, 1758, pp. 45-46. 23.. Portillo Valdés, José María, Monarquía y gobierno provincial. Gobierno y constitución en las provincias vascas, 1760-1808 Madrid, CEPC, 1990, pp. 613-630; Álvaro Aragón Ruano, El bosque guipuzcoano en la Edad Moderna: aprovechamiento, ordenamiento legal y conflictividad, Donostia, Sociedad de Ciencias Aranzadi, 2001, pp. 166-172.

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rilidad de su terreno (declarada en los mismos Privilegios)», lo que explicaba, según él, que los monarcas hubiesen mirado «con ojos de padres compasivos la penuria de la naturaleza…». No obstante, Egaña presentaba una importante novedad que en adelante se repetiría machaconamente, introduciendo una nueva clave en el discurso: la independencia de la Provincia y su voluntaria adhesión a la Corona de Castilla en 1200 —aunque el origen de la formulación de esa teoría debe situarse más bien en la segunda mitad del siglo xvii—.24 Ello suponía que los Fueros existían ya desde aquella época de autogestión y eran anteriores a las concesiones de los reyes castellanos. Egaña reconocía que el hecho de que los Fueros no hubiesen sido recortados desde dicha adhesión había evitado la despoblación del territorio, gracias a la libertad de importación y exportación que garantizaban; era una clara referencia a los recortes que venían sufriendo las libertades comerciales gipuzkoanas desde el año 1765 y 1778.25 Según Egaña —que sin duda hablaba en nombre de la Provincia—, el respeto de los Fueros garantizaba la utilidad de Gipuzkoa para España, que, como fronteriza de Francia a participado de cerca los males de la guerra, siempre que la ha habido entre las dos potencias; y acostumbrada desde su infancia a las armas y humores bélicos ha sabido defender las plazas de San Sebastián y Fuenterrabía con el último tesón, y aún con obstinación espantosa, como sucedió en el sitio que el Príncipe de Condé puso a esta última el año de 1638…

No es casualidad que mencione este episodio, pues, como se ha podido comprobar, se convirtió en un auténtico símbolo y referencia con importantes repercusiones a posteriori, como el reconocimiento en todas las instancias de la hidalguía universal. El autor insistía en los numerosos servicios militares prestados por la Provincia y sus habitantes tanto por mar como por tierra, y en las cuantiosas aportaciones monetarias realizadas a la Corona en tiempos de urgencias, pues, «en conclusión, sólo respira ansias de servir a su Rey y manifestar cada dia con obras e indubitables testimonios su fidelidad, respeto y veneración».26 Como adelantábamos, la cuestión de la voluntaria agregación a la Corona de Castilla se unió a la batería de argumentos del discurso de la Provincia, convirtiéndose quizá, debido a las exigencias del contexto político y foral, en el principal elemento desde entonces. Tras la Paz de Basilea en 1795, el abandono del territorio por parte de las tropas convencionales y su restitución a la Corona castellana, la desconfianza hacia las instituciones provinciales y el asedio a los Fueros obligaron a recordar e insistir, en cada una de las ocasiones, la mencionada circunstancia. Así, en las Juntas Generales celebradas en Cestona en 1795, en un oficio enviado por los comisionados de la Provincia al Capitán General, sobre la cuestión del restablecimiento de la Alcaldía de Sacas, se le recordaba que,

24.. Aragón Ruano, Álvaro; Alberdi Lonbide, Xabier, «El control de la producción histórica sobre Gipuzkoa en el siglo xvii: un instrumento de defensa del régimen foral», Vasconia. Cuadernos de Historia-Geografía, nº 25, 1998, pp. 37-52. 25.. F Fernández Albaladejo, Pablo, La crisis del Antiguo Régimen en Guipúzcoa, 1766-1833: cambio económico e historia Madrid, Akal, 1975, pp. 229-244. 26.. Egaña, Bernabé Antonio, Instituciones y colecciones histórico-legales pertenecientes al gobierno municipal, fueros, privilegios y exempciones de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa Donosita, Diputación Foral de Gipuzkoa, 1992, pp. 29-30.

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no pudiendo haver en mi territorio Aduana, ni Resguardo, por su particular Esencion, como lo tienen diversas veces declarado los Soberanos Monarcas de España, ejercía Yo desde mi voluntaria agregación a la Corona de Castilla el año de mil y doscientos, la Jurisdicción de sacas, y cosas vedadas, por medio de la autoridad de las Justicias Ordinarias de mis pueblos…

La preocupación de las instituciones provinciales tras los sucesos de la Guerra de la Convención era máxima; por eso, las propias Juntas Generales de Cestona se apresuraron a enviar una representación al rey el 8 de diciembre en la que echaban el resto y utilizaban todo el arsenal argumentativo a su alcance: La Provincia, pues, desde el principio de la Guerra, ha hecho éstos, y otros extraordinarios esfuerzos, para asegurar el Servicio de Vuestra Majestad y defensa de esta importante Frontera, ha derramado crecidísimos Caudales, y Sangre de sus Naturales, y ha padecido inmensos trabajos, y Calamidades que deja de especificar, por no excitar la Paternal Compasión, y ternura de Vuestra Majestad; pero entre tal conjunto de lamentables catastrofes, que le han reducido a la ultima miseria, nada la aflige, nada la desconsuela tanto, como el menoscabo de su Honor ajado, y de su invariable Fidelidad, puesta en cuestión, y duda en el concepto del Publico...

Por ello, proponía al monarca la publicación de un manifiesto que expusiese su lealtad y que «mientras se dispone el Manifiesto, para lo qual es necesario algun tiempo, por la calidad de la obra, se digne Vuestra Majestad, por medio de la Gaceta, o por el que sea de su Real Agrado, dar a entender al Publico la Satisfacion con que se halla Vuestra Majestad de la Fidelidad, y buena Conducta de la Provincia…».27 Como es conocido, a partir de entonces el debate en torno a la modificación de los Fueros, sobre todo en lo relativo a los aspectos comerciales y al traslado de las aduanas a la costa, adquirió un tono más grave y enrarecido, lo que obligó a las instituciones provinciales, hasta la abolición foral, a insistir en la pobreza del territorio, su condición de frontera y los servicios militares prestados. En el contexto del enfrentamiento francoespañol con Inglaterra, las Juntas Generales de Azpeitia celebradas en 1805 enviaron al Príncipe de la Paz y al monarca una oferta de donativo voluntario por valor de 1.200.000 reales de vellón, a pesar de las dificultades económicas que, según ellas, estaba atravesando el territorio. En dicha representación aparecen ya todos los elementos del discurso: Es constante, Señor Excelentisimo, que el Pais esta tocando su proxima ruina. Esta pequeña y pobre porcion, sirbio de baluarte a la España en la guerra última con la Francia…Por otra parte, no hay cosa mas notoria que la esterilidad del fragoso terreno de Guipúzcoa, fecundo solo en amor y fidelidad a sus Soberanos...Este servicio extraordinario es sin genero de duda no solo superior a quantos he hecho hasta aquí desde mi voluntaria feliz union a la Corona de Castilla…28

4. Conclusiones Durante la edad moderna —aunque hunde sus raíces en el período medieval—, la Provincia de Gipuzkoa en su relación con la monarquía fue conformando un discurso oficial de 27.. AGG-GAO, JD AJI 15, 4; 29 y 123-131. 28.. AGG-GAO, JD AJI 7, 2; 39-48.

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frontera, ciertamente elaborado y dinámico, que le permitió la obtención de prerrogativas y privilegios. Dicho discurso comenzó a tomar forma ya a partir del siglo xv, obligado por las circunstancias y los cambios geopolíticos del momento, que convirtieron a Castilla-Aragón y Francia en frontera enemiga. Los argumentos de la Provincia fueron evolucionando a lo largo del tiempo, amoldándose a las circunstancias y las necesidades de cada momento; es, por lo tanto, un discurso vivo y en evolución, al que se van añadiendo nuevos argumentos. Si bien se inicia en el siglo xv, es en el siglo xvi cuando se consolida, contando con los elementos básicos que van a perdurar hasta el siglo xix. Durante el siglo xvii se va poniendo al día y a él se añade una serie de elementos angulares, completándolo. En el siglo xviii, ante el asedio a los Fueros, adquiere mayor fuerza y solidez y nuevos elementos que darán lugar al discurso definitivo, que perdurará sin cambios de relieve durante el siglo xix, hasta la abolición foral de 1876. Así, en la Exposición dirigida el 16 de junio de 1876 a las Cortes, casi por última vez, las Provincias Vascongadas, además de hacer gala de su «españolismo» se autoproclamaban «eterno centinela de la nacionalidad española, colocando como providencialmente en las puertas más peligrosas de la patria, vela y lucha en las cumbres del Pirineo y en las rocas del iracundo mar Cantábrico por la libertad e independencia de la patria…».29 Frontera, fragosidad y esterilidad, necesidad de libertad de importación y exportación, defensa de la frontera, hidalguía universal y voluntaria adhesión a la Corona de Castilla serán los elementos de un discurso político muchas veces tremendista y fatalista que, en realidad, sirvió de coartada para el desarrollo de la especulación y el contrabando, auténtica base de la economía gipuzkoana durante el Antiguo Régimen.

29.. Rubio Pobes, Coro, Revolución y tradición: el País Vasco ante la Revolución liberal y la construcción del Estado español, 1808-1868, Madrid, Siglo XXI, 1996, p. 135, y La identidad vasca en el siglo XIX. Discurso y agentes sociales Madrid, Biblioteca Nueva, 2003, pp. 56-69, 101-123, 132-145 y 153-169.

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