\"Es parte de, pero no pertenece a\": Estado Libre Asociado, traducción, hibridez e identidad nacional

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Es parte de, pero no pertenece a: Estado Libre Asociado, traducción, hibridez e identidad nacional Ponencia leída en el congreso de LASA 2015. 26 de mayo de 2015 Dr. Alejandro Álvarez Nieves Programa Graduado de Traducción UPR Río Piedras El debate en torno a la identidad nacional de los puertorriqueños tiene su momento bisagra en el cambio de soberanía de 1898 a raíz de la guerra entre los Estados Unidos y España. Desde entonces, los elementos que conforman el aspecto cultural de los puertorriqueños, que se podría plantear como una cultura hispanoahablante, se ven involucrados en una dinámica de subalternidad con un aspecto político hegemónico estadounidense, que se podría plantear como una cultura angloparlante en términos administrativos. Las relaciones puertorriqueñoestadounidenses, por lo tanto, están regidas por una relación política que va desde una esfera local que se expresa en español hasta una esfera política hegemónica que exige la lengua inglesa como medio principal de comunicación. Es el foro jurídico el medio en que las relaciones entre la isla y el continente estadounidense toman lugar, como resultado de disposiciones del Congreso. En otras palabras, podemos plantear con seguridad que mucho de la dinámica de Puerto Rico con los Estados Unidos supone un problema de traducción e interpretación. Esta ponencia, entonces, persigue esbozar las posibles contribuciones de los conceptos de la Teoría de la Traducción en torno a la identidad dentro del ámbito de la traducción jurídica de las leyes fundacional de Puerto Rico, y cómo estos podrían servir de elemento conciliador para el futuro de los puertorriqueños. Es nuestro parecer que el auge del llamado giro cultural de la Traducción (Ortega Arjonilla 2007; Vidal Claramonte 2010) puede aportar ideas relevantes que pueden dar dimensiones innovadoras al debate de la identidad. El planteamiento principal del giro cultural es la cultura como unidad básica de traducción. Así, la labor del traductor no se

limita a las restricciones textuales, sino que incluyen todos los elementos paratextuales que participan en la producción de documentos: el contexto, las narrativas históricas, los textos paralelos, las coyunturas discursivas, en fin, toda una red interdisciplinaria de conocimientos que forman parte de los textos de partida. Los traductores, entonces, traducen palabras en tanto estas forman parte de todo un aparato cultural mucho mayor. Para los efectos de esta ponencia, nos ceñiremos al marco jurídico, es decir, tomaremos como corpus textual las Leyes de Puerto Rico Anotadas en la coyuntura histórica de la creación del Estado Libre Asociado, pues la exigencia oficial de traducción en Puerto Rico solo se da en este plano. Sin embargo, es nuestra intención abordar otros elementos generadores de la identidad, como la literatura, la sociología, la política, etc., en estudios venideros. Además pretendemos elaborar un estudio que proponga los beneficios de una política oficial de traducción para la isla. No es de extrañar que parte de las primeras medidas del gobierno estadounidense para la isla haya sido la creación de un tribunal federal que asuma la jurisdicción del territorio conquistado. Este hecho implica la exigencia de que los procedimientos jurídicos del foro que mediaría pleitos entre la isla y la metrópoli se lleven a cabo en inglés. Por tal razón, se le exigió, luego de un tiempo de transición, que no solo los oficiales del tribunal (fiscales y abogados) se expresaran en esta lengua, sino que todo candidato a jurado también debería dominarla, lo cual, a su vez, ha restringido y condicionado los pleitos federales en la isla a un grupo reducido de puertorriqueños hasta el día de hoy. También implicó la exigencia de la traducción al inglés de las leyes aprobadas y de las que se aprobaran en lo sucesivo, las Leyes de Puerto Rico o Laws of Puerto Rico, que luego se reeditarán y recompilarán en LPRA en 1950, tanto en inglés como en español. También se traducen por disposición federal las decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico. También es destacable que la clase togada local tuvo un papel fundamental en la negociación relacionada a los cambios del sistema jurídico estatal, como la aprobación del Código Civil de 1904, un híbrido jurídico que integra medidas de otros estados de la Unión y los

incorpora al sistema jurídico local. Estas mediaciones se llevaron a cabo pasando del inglés al español y viceversa. Curiosamente, lo han planteado Trías Monje y Torres González, la aprobación de las leyes orgánicas Foraker y Jones crearon la base identitaria para la isla en clave jurídica: la creación de un people of Puerto Rico, distinto del de los Estados Unidos, y traducido como el “pueblo” de Puerto Rico. Si bien esta determinación implicó que la isla no sería anexada a la Unión como un territorio incorporado, decisión ratificada con la distinción de que la isla “pertenece, pero no es parte de” la metrópoli –como parte de la decisión de los Casos Insulares de 1922, lo cierto es que creó una noción de pueblo que décadas más tarde se convirtió en parte de la narrativa fundamental identitaria para la campaña del discurso muñocista en torno a la creación del Estado Libre Asociado. Lo que queremos plantear con todo este recuento, en realidad, es que hemos identificado el primer elemento de la traductología que puede aportar al debate de la identidad puertorriqueña: que la traducción es una negociación de significados. Así lo define Umberto Eco (2007), por ejemplo. Esta apertura a la negociación, aunque sea en una relación asimétrica de poder, explica conceptos, como la narrativa puertorriqueña de negociar con el otro hegemónico para resolver las asperezas con la metrópoli y lograr más poder autonómico. Álvarez Curbelo (2000) nos plantea, y con razón,

que una de las posibles razones por las cuales los

puertorriqueños prefieran la negociación a la lucha armada como mecanismo de acción política es porque la primera tuvo éxito en la abolición de la esclavitud, pactada en las Cortes Españolas, cuyo éxito pudo haber motivado la dinámica de la élite política puertorriqueña durante la primera mitad el siglo XX de negociar poderes autonómicos con EE. UU. para lograr el E.L.A. en vez de preferir la revolución paramilitar. Niranjana (1992) propone que, en situaciones coloniales o de asimetría, la traducción puede funcionar como una estrategia de contención mediante la cual se amortiguan las relaciones colonia-metrópoli. Aplicado a Puerto Rico, esta estrategia podría explicar el hilo discursivo y etimológico que llevó al nombrar la autonomía lograda por el PPD a principios de los cincuenta como Estado Libre Asociado, como un patrón de términos propuestos

(estado libre, dominio) que apuntaban a otras autonomías que tenían mucho más poder al que Puerto Rico podía aspirar, quizás para lograr la simpatía de sectores soberanistas. Por otro lado, también explica el término Commonwealth como una relación subalterna familiar para la esfera federal, quizás para ayudar a reforzar la garantía –clave en aquel momento— de que la isla no se separaría de la Unión en pleno inicio de la Guerra Fría. Estos planteamientos también entroncan con el concepto de la “brega” de Arcadio Díaz Quiñones (2000), quien, además, presenta muy bien las ventajas la figura de Muñoz Marín como “traductor e intérprete” de los puertorriqueños ante sus rivales políticos. Otra propuesta para entender el alcance de la traductología es los marcos de referencia necesarios para entender a la Traducción como interdisciplina. Según Maria Tymoczko (2007), si consideramos la Traducción como una interdisciplina visualizada como un concepto racimo (tomado de Wittgenstein) podemos expandir su alcance teórico a tres marcos de referencia principales: la transmisión, la representación y la transculturación. Como transmisión, nos referimos al aspecto etimológico de la traducción en tanto a un conocimiento que se transporta de un locus cultural a otro. En este sentido, podemos abordar todo el caudal de producción textual histórica como un acervo para plantear la traducción como un modelo de intercambio cultural. Así, el capital cultural (Bordieu) no es un mero catálogo de documentos que pertenecen al pasado, sino que son la constatación de una negociación político-cultural librada en varios planos: jurídico, político, literario, social, etc., que serán la base discursiva para la creación de una identidad híbrida del puertorriqueño como un ser traducido: un sujeto con un pasado de tres culturas antiguas, de origen rural, que se integra a la modernidad por la como proletariado gracias a la influencia estadounidense. En cuanto a la representación, nos referimos a uno de los marcos fundamentales de la traductología, pues: 1) la representación es metonimia; 2) tiene una carga simbólica contundente; 3) conlleva un significado, o parte de él, que pretende influenciar a varios receptores; 4) ofrece

una opción de definición concreta, en ocasiones una aclaración o una explicación con fines de lograr una claridad mental y 5) tiene el poder de sustitución o reemplazo de alguna entidad. En el caso de Puerto Rico, la representación nos conduce a la ideología como factor constitutivo del proceso de toma de decisiones que corre paralelo con las traducciones porque nos revelan parte de los discursos de aquellos que forman parte de la producción traductora. Sin duda, en las versiones en inglés y en español de las leyes fundacionales hay matices claros de los discursos sociopolíticos y, por lo tanto, de afirmación puertorriqueña, que responden a una narrativa ideológica particular. Nuestra propuesta es que la dinámica de traducción que opera en la relación puertorriqueño-estadounidense responde a una postura de representación transdiscursiva (Clem Robyns, 1998) que va desde el choque directo hasta la estabilización del orden. Por un lado, los puertorriqueños construirán su identidad desde el pasado hispánico, estrictamente hispanohablante, superior a la tradición estadounidense de raíz inglesa, con una defensa hermética del español como elemento primordial de la cultura, sobre todo ante una campaña de anglicanización contundente por parte de la metrópoli. Por el otro, tendrán que construir un puertorriqueño arraigado a la tierra, de raíces pobres, pero educable, amable, dócil, para convencer a la metrópoli de que la autonomía política a la que aspiraban no era sinónimo de un inicio de sedición y revolución. Este cambio discursivo se logra mediante la traducción cultural entre subalterno y dominador. Los planteamientos de Robyns nos regresan a Tymoczko, cuyo tercer marco de referencia presentado es la transculturación. Este proceso comporta la apropiación de los elementos de una cultura por parte de otra, por lo cual se integran en la cultura receptora las prácticas, las creencias, los valores y los conocimientos previos de la cultural de origen, que luego forman parte de las formas de la vida de aquellos que reciben el producto transculturado (Tymoczko 2008: 121). Si tomamos en cuenta que hay unos vínculos culturales entre Puerto Rico y los Estados Unidos en función de una relación metrópoli-colonia, la transculturación se

antoja como un elemento esencial de esta relación, sobre todo cuando abordamos el plano intercultural. Ante una campaña de recia de americanización, los puertorriqueños recurren a la transculturación como mecanismo de defensa y afirmación cultural. En términos jurídicos, Puerto Rico se vio obligado a incorporarse a un sistema de Derecho, el Derecho común, que no correspondía con la tradición jurídica heredada de España. En este sentido, la isla tendrá que aprender a transculturar los elementos de un sistema jurídico impuesto en el suyo, lo que degenerará en arduos debates y en innovaciones interesantes. En términos identitarios, la transculturación disparará la creación de un nuevo discurso de la identidad en Puerto Rico. El símbolo de afirmación puertorriqueña no solo tendrá que representar un grupo cultural distinto, sino que también ese símbolo tendrá que conciliar un modelo socioeconómico ajustado a un discurso estadolibrista en armonía con las aspiraciones económicas del gobierno del PPD para con la metrópoli. El jíbaro —el pequeño campesino puertorriqueño— no solo se concebirá desde una clase social más que racial, sino que también su origen se situará en un espacio cercano a la tierra, a un modo de producción que lo unificará con la naturaleza. Pero el criollo rural no era suficiente. Para lograr la meta de llevar la isla a la modernidad, había que concebir al jíbaro como parte del modelo socioeconómico que tenían las compañías estadounidenses para la isla. Así, la identidad puertorriqueña será un híbrido entre campesinado y proletariado (Martínez Lahoz 2005; Rodríguez Vázquez 2004).

Por todo lo expuesto, el rol de la Traducción en la identidad puertorriqueña, a nuestro entender, es el siguiente: 1) un espacio donde limar asperezas en cuanto a los intereses de la metrópoli y de la colonia; 2) un intercambio lingüístico donde han de converger de manera tanto paratextual como textual dos entidades con culturas e idiomas distintos, lo cual en la época estudiada obligó al subalterno a moverse entre dos discursos: el político y el económico; y 3) un frente de afirmación la nación puertorriqueña, pero que negociará, mediante el político que

asume el papel de traductor/intérprete, una forma de ajustarse a los intereses de la metrópoli de manera que el subalterno no desaparezca como pueblo. Una lectura traductológica de la cuestión aporta un elemento clave que creemos de interés para los estudios de traducción: la traducción emerge como vehículo habilitador que permite el funcionamiento de una identidad étnica como una identidad nacional. En vez de seguir un patrón de fisura entre el puertorriqueño de la isla y el de los estados, entre el “de aquí” y

el “de allá”, entendemos

que es hora de revivir estrategias traductoras que resultaron

sumamente efectivas en el pasado con figuras de la comunidad puertorriqueña en los Estados Unidos. Ya sea para conseguir la anexión, para la otorgación de más poderes al ELA o para conseguir la soberanía política, los puertorriqueños deben aprovechar la existencia de aparatos comunitarios dentro del espacio metropolitano para avanzar causas y el advenimiento de reformas. No hay que esperar a la llegada de otro líder traductor/intérprete: hay una pluralidad de voces boricuas en el entorno estadounidense dispuestas a crear los puentes necesarios, para continuar la tradición traductora de constante negociación y así construir un porvenir más seguro para nuestra isla. Puerto Rico debe seguir traduciéndose para evitar los sinsabores que tanto nos desunen, para asumir la tarea que tenemos como pueblo de buscar una respuesta definitiva a la situación política, para dejar de ser un puerto de traficar esperanzas y convertirnos en un puente de futuro: la nación puertorriqueña solo sobrevivirá en traducción.

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Rodríguez Vázquez, José Juan. El Sueño Que No Cesa: La Nación Deseada En El Debate Intelectual Y Político Puertorriqueño, 1920-1940. San Juan, P.R: Fundación para la Libertad : Ediciones Callejón, 2004. Print. Coediciones José Manuel. Torres-González, Roamé. Idioma, Bilingüismo Y Nacionalidad: La Presencia Del Inglés En Puerto Rico. 1. ed. San Juan: Editorial de la Universidad de Puerto Rico, 2002. Print. Trías Monge, José. Historia constitucional de Puerto Rico. Vol. 5: [...]. 1. ed. Río Piedras: Ed. de la Univ. de Puerto Rico, 1994. Print. Tymoczko, Maria. Enlarging Translation, Empowering Translators. Manchester, UK ; Kinderhook, NY: St. Jerome Pub, 2007. Print.

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