Emigrantes sicilianos entre España y las Indias occidentales. Una lectura a través de la documentación andaluza

June 15, 2017 | Autor: Fernando Ciaramitaro | Categoría: Italian emigration, Andalusia, Sicily, New World Order, Emigration from Spain
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Descripción

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Universidad Autónoma de la Ciudad de México.

EMIGRANTES SICILIANOS ENTRE ESPAÑA Y LAS INDIAS OCCIDENTALES. UNA LECTURA A TRAVÉS DE LA DOCUMENTACIÓN ANDALUZA

León-Portilla, 2005.

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León-Portilla, 2005: 14.

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A lo largo del texto se utilizan calificativos del sistema jurídico hispánico como ‘natural’, ‘extranjero’, ‘nacional’, ‘vecino’, ‘colonial’, etcétera, que se distinguen en el lenguaje normativo español desde antes del siglo XV. Para los diferentes significados y matices y para el contexto histórico y social del las expresiones véanse Herzog, 2003; Ciaramitaro, 2011: 36-54. Más en general, sobre la presencia europea en el Nuevo Mundo, véase Altman & Horn (ed.), 1991.

Fernando Ciaramitaro*

En 2005, don Miguel León-Portilla publicó un artículo en el cual ofreció un panorama puntual de la presencia lusa en la Nueva España, desde los primeros momentos de la conquista hasta los últimos años del dominio ibérico.1 En las primeras páginas el ilustre historiador subrayaba la importancia, para todo el Nuevo Mundo, de la llegada de otros colonizadores europeos (sobre todo franceses e italianos).2 El objetivo de esta incipiente investigación es demostrar el papel secundario pero relevante de la presencia siciliana en dos territorios vitales de la Monarquía católica: Andalucía y las Indias occidentales. 3 Mientras que la guía de esta pesquisa, la hipótesis que sustenta la indagación y establece los límites del tema tratado, consiste en el juicio de una efectiva e irrefutable existencia de un ‘pasaje’ a España y a su imperio ultramarino de migrantes sicilianos que, con sus hábitos y prácticas profesionales –el comercio, el préstamo, la navegación, etcétera–, se trasladaron hacia el occidente en búsqueda de mejores

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escenarios de vida. Además, gracias a la documentación andaluza consultada, se describe la interrelación entre “sociedades hermanas”, la mediterránea y la atlántica: a través de la disertación de la coexistencia de hispanos con sicilianos, en Andalucía y en las colonias, emerge a lo largo del texto la tendencia de los italianos no solo a permanecer en España, sino, más bien, a ‘nacionalizarse’. Los tal vez exiguos pero –sin duda alguna– cualitativamente esclarecedores datos revelados en la investigación representan solamente un primer bosquejo sobre el tema que –se espera– será posteriormente socavado en otros sondeos científicos. 1. Los antecedentes En el Mediterráneo de las postrimerías del siglo XV, en el cual las repúblicas oligárquicas de Génova y Venecia se habían repartido definitivamente los espacios en áreas estratégicas de influencia –sin deber ya recurrir a conflictos militares antieconómicos– se delineó el pasaje de una “his71

4 Para el tema de la inmigración italiana en las provincias ibéricas de la época moderna el debate historiográfico es limitado, en efecto, son pocos los estudios que analizan, en términos cualitativos o cuantitativos, el fenómeno, véanse, por ejemplo, Girard, 1933; Domínguez Ortiz, 1960. Antonio Domínguez Ortiz (1960: 135), que en su estudio se limitó a un análisis general, sin embargo complejo, del siglo XVII, empujó explícitamente otros a ampliar el argumento de la extranjería, para las épocas anteriores así como las posteriores: “¡Ojalá puedan las anteriores páginas excitar el interés de los estudios y serles de alguna utilidad en sus investigaciones!”. La historia de las comunidades extranjeras, y en particular de las italianas, durante el Medioevo y la edad moderna en España y en sus provincias ultramarinas es todavía una historia por escribir. Quien ha dedicado muchos años de investigación a la historia de los vínculos socioeconómicos de las dos penínsulas es Federigo Melis. Entre Prato – centro neurálgico de sus estudios fue el archivo Datini– y Florencia, observó las sinergias de negocios y cambios de los toscanos en los territorios ibéricos (Melis, 1966; 1976). 5

Airaldi, 1987: 170.

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Aymard, 1990.

toria mediterránea” a una “historia atlántica”; notable fueron la contribución y acción de modestos comerciantes sicilianos, de marineros, mozos, carpinteros y, en general, de trabajadores, también especializados, que, desde las primeras décadas de la edad moderna, llegaron a los puertos y a los hacinados muelles de Andalucía.4 Conjuntamente al ‘motor’ principal “representado por la que hoy se define la España de los genoveses”,5 existía una serie de ‘equipos’ menores que desarrollaban papeles secundarios y poco llamativos, con actividades mediocres si no hasta mínimas y, no obstante, útiles para indicar la falsedad del negativo idem sentire sobre la larga duración de la economía siciliana: finalmente los colonizados se convierten en colonizadores.6 También la isla, a través de intercambios económicos y transacciones marítimas, letras de cambio y contrataciones bolsísticas, contribuyó a dar forma al nuevo eje de una economía mundial ya no enderezado al oriente, sino al poniente atlántico, utilizando la trayectoria de la “Mancha mediterránea”, o sea, aquel “espacio autónomo, angosto, aprisionado entre tierras y, por tanto, más propicio a la apropiación humana” que es la extremidad occidental del Mare nostrum.7 Se metió en escena un gran espectáculo de encuentros y desencuentros de pueblos y naciones, que seguían guardando, según Fernand Braudel, algunos elementos peculiares: “Cada uno de estos mundos particulares tiene sus características, sus tipos de barcos y de costumbres, sus propias

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Braudel, 1987, v. 1: 151-155. La que Braudel llama “Mancha mediterránea” es “un mundo marino a parte, coherente, que va desde el estrecho de Gibraltar, al oeste, a esa línea que se puede trazar del cabo Caxino al cabo de la Nao, o, a grandes rasgos, de Valencia a Argel”. Véase también Verlinden, 1975. 8

Braudel, 1987, v. 1: 140-141.

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Giarrizzo, 1987: XLIX.

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leyes históricas; y, por regla general, los más angostos son los más ricos en significación y en valor histórico, como si el hombre se hubiese posesionado ante todo de los Mediterráneos de dimensiones restringidas”.8 La Sicilia mediterránea con su historia hizo de sí misma una “realidad policéntrica”, que confirma la “fórmula de la Sicilia-continente”, ya que el “mar nunca ha sido por las sociedades isleñas una frontera, sino un horizonte móvil que se mueve –por la movilidad física o por la imaginación– hasta a tocar la otra costa del continente, europeo africano mediooriental, al cual se suelda; y los límites internos se diseñan, poco a poco, con la labilidad consentida por la existencia de al menos una frontera de costa”.9 Una feliz naturaleza geográfica posiciona Sicilia en el ombligo mediterráneo, transformando el territorio al menos en escenario de intercambios mercantiles. La estructura ambiental e histórica de los espacios físicos transforma las ciudades costeras, por necesidades económicas como por las militares, no solo en los aglomerados urbanos más densamente poblados, mas sobre todo en centros de acumulación de riquezas, instrumentación y capacidad empresarial. Palermo, desde el siglo XI, albergaba comunidades extranjeras, compartiendo este importante privilegio con la floreciente Mesina; aquí, a lo largo del siglo XVI, –como recuerda Carlo Trasselli– “se encuentran […] tres bancos públicos a sostén del mercado ciudadano.

Las compañías cercanas al aglomerado urbano muestran sus terrenos bien ordenados y cultivados, tanto que se colocan alrededor de ellas muchos molinos para moler el trigo”.10 Cada factor social y económico parece ser encaminado, al menos por la primera mitad del quinientos, a un real y duradero crecimiento, que vale para Palermo como para los demás centros isleños de Trapani y Mesina.11 La historia entrecruzada de intercambios comerciales, experiencias humanas y empresas entre las provincias de Andalucía y el reino de Sicilia es testificada, también si escasamente, a partir de 1389, cuando dos navíos, del sevillano Juan Parisio y del siciliano Fernando Pieri, trasportaron trigo en un comercio triangular entre Andalucía, los puertos sicilianos y las costas pisanas.12 Y todavía más antiguo de cien años es el testimonio que asocia las actividades de canje de Andalucía con las sicilianas, como se aprende a través de la lectura del Anónimo pisano (el primer manual italiano de mercadura de 1278).13 En éste compendio la España meridional se menciona en la indicación de la equivalencia monetaria entre el tarì del reino de Sicilia y la doppia de la provincia musulmana de Almería, “el que representa de todas formas una señal de la corriente de tráficos que unía” la isla con el sur español.14 Asimismo, no fueron solo los sicilianos los únicos comprometidos en la recuperación de posiciones económicas privilegiadas y prestigio desde hace tiempo

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perdidos; con ellos participaron otras poco numerosas comunidades nacionales de forasteros implicadas en un esfuerzo al menos paritario: hanseáticos, raguseos, griegos y algunos armenios. El centro de irradiación de estas nuevas presencias fue Andalucía, en particular la noble ciudad de Sevilla. Durante algunos siglos Sevilla fue el punto más sensible de la monarquía hispánica, en que se recorrieron con más intensidad que en cualquier otro centro ciudadano los periodos adversos como los de prosperidad. La capital andaluza –contemporáneamente realidad social cosmopolita y plaza económica vital– estaba posicionada en el medio de dos mundos diferentes pero complementarios: “la España peninsular y la España transoceánica. De aquí su extrema sensibilidad a cada cambio de coyuntura”.15 Era la verdadera capital económica y cultural de España, estimulo militar y mercantil de una corona que se identificaba a tal punto con la ‘españolidad’ que rechazó, desde los nuevos descubrimientos geográficos, aquella apertura económica y cultural hacia el Atlántico que de hecho ahí se respiraba: la monarquía prefirió dar un paso atrás para un más seguro y confiado lugar en la desolada Meseta castellana, replegar –en palabras de Antonio Domínguez Ortiz– “como si quisiera buscar un aislamiento imposible para la sede de un imperio mundial”, en el cual el sol nunca hubiera tramontado.16 Además, la primera consecuencia del descubrimiento (que Pierre Chaunu denomina

D’Arienzo & Di Salvia, 1990: 97-98.

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Trasselli, 1981: 175. Así brevemente los roles tenidos por los centros urbanos de Sicilia para el historiador: “Palermo e Messina, città commerciali in cui un avvicendamento delle aristocrazie borghesi ha luogo a spese dei mercanti forestieri che immigrano e restano, o a spese dei funzionari stranieri o di giuristi arricchiti, tutto il resto delle città demaniali, comprese Trapani, Catania e Siracusa, sono grossi borghi agricoli, che vivono per l’agricoltura, anche se hanno porti assai attivi come Trapani”. 12

Melis, 1976: 195.

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López & Airaldi, 1983.

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Pistarino, 1985: 37-38. El autor añade que la información no encuentra confirmación entre las actas del notario Adamo de Citella en Palermo en 1286-87 y 1298-99. Véase también Burgarella, 1981; Gullotta, 1982. 15 Domínguez Ortiz, 1984: 1516. Acerca de la Sevilla del siglo XVI, véase Morales Padrón, 1977. 16 Domínguez Ortiz, 1984: 1617. Así se expresa el historiador respecto al rol de vigía de la modernidad todavía desempeñado por Sevilla en el primer seiscientos: el arribo de un embajador japonés en 1614, acompañado por el misionero sevillano fray Luis Sotelo, significó el papel de puerta de España, de puerta universal de Europa, que continuaba a jugar la capital andaluza.

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17 Chaunu, 1976, v. 2: 41. Acerca de rol cosmopolita de la ciudad, que en el siglo XVI era la más poblada de España (con 130,000 habitantes en 1580), y de Triana véase Braudel, 1986: 138-139.

el “peso de los nuevos mundos”) es precisamente la metropolización de Sevilla que, gradualmente, modificó el equilibrio de las fuerzas económicas y sociales antes en Andalucía y luego en Castilla, en toda España, en el impero y en el continente.17 Braudel recuerda como para el siglo XVI el “poder de atracción de Sevilla […] fue súbito enorme. Entre los mercaderes más activos de la gran ciudad figuraban desde el inicio algunos italianos, provenientes de todas las ciudades de la península”, que luego se estabilizaron en la región del Guadalquivir, obviamente en Sevilla y en su puerto-barrio subsidiario de Triana. Y visto que la historia de Sevilla podría identificarse con la más general historia española, las vicisitudes, los hechos, las presencias de colonias nacionales ahí establemente arraigadas, como las de paso, reflejarían fielmente los intricados sistemas de convivencia, tradición y posible asimilación de los no naturales a las seglares costumbres hispánicas y al más general sistema de vita local en todo el territorio nacional. Así fueron numerosos los extranjeros de Sicilia –hombres y mujeres, súbditos, magistri y nobiles–, que durante un largo tiempo tuvieron mala reputación como sedentarios (como recordó el cónsul veneciano Placido Ragazzoni), a desembarcar en los puertos meridionales de la península ibérica, exportando por largos recorridos de los tres valles de Mazara, Noto y Demone, bienes, dinero y conocimientos técnicos.18 Los mercaderes de

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Aparecen significativas, sobre la inmovilidad y pasividad de los sicilianos, las constataciones del cónsul Ragazzoni, uno de los tantos desatados en el Mediterráneo por el senado de Venecia. Elocuentemente desde Mesina, Ragazzoni anotó, entre 1571 y 1574, las condiciones de vida del pueblo siciliano. Lo que le molestaba eran las numerosas dificultades encontradas por muchos comerciantes venecianos en la contratación de hombres disponibles a alejarse de la isla para tratar en los mares, también si bien pagados. Las complicaciones –escribe el plenipotenciario– no cambiaban si se pedían brazos para la guerra: “il che procede dalla fertilità del paese dove stanno commodi et agiati” (Alberi, 1858: 473). 19

En particular es Mesina “che rappresenta […] in questa epoca, una sorta d’eccezione se non di isola economica e politica rispetto al resto della Sicilia […]. Nulla ci impedisce di pensare […] che dei sondaggi sistematicamente effettuati negli archivi notarili di Trapani, Palermo o Termini, potrebbero con un po’ di fortuna darci la prova che questa sorprendente spinta verso l’ovest non abbia mobilitato esclusivamente i mercanti e i capitali” de Sicilia oriental –como los estudios realizados hasta ahora parecerían confirmar– pero también la otra mitad del reino (Aymard, 1990: 12-13). 20

Aymard, 1990: 77.

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Palermo, Trapani y Mesina se recortaron una limitada fracción de un vasto mercado gestionado por otros con mayores recursos económicos y financiaros.19 También Sicilia tuvo sus exportadores y mercados, sus embarcaciones, exploradores, piratas y sus conquistadores –como nuevos “Marco Polo que bajan del caballo y suben sobre leños para franquear vastos e inexplorados desiertos líquidos”20– relevantes huellas de una cierta capacidad de iniciativa, no obstante los resultados al cuanto limitados y alternos. Y a un lado de estos hombres de aventura se observan a otros más sedentarios, doblados en los registros de contabilidad del crédito y debito, con cálculos y formulas, para la cuadratura de las cuentas. 2. De Sicilia a Andalucía De las tres comunidades urbanas de Palermo, Mesina y Trapani provienen principalmente algunos sicilianos de Andalucía: Guglielmo de Sicilia, comerciante en esclavos; Francesco Navarro de Puerto Santa María, ladrón de caballos; Giuseppe Valiente, timonel residente en Cádiz; Lorenzo Dato y Stefano de Raffaele, marineros en la carrera de Indias; Giovanni Ascanio Interlandi, comerciante entre Sevilla y América. Y luego tantos otros más que vivieron en España solo por intervalos de tiempo –a veces bastantes largos– preliminares a su sucesivo y definitivo estancamiento en el Nuevo Mundo. Primeros entre todos los conquistadores Giovanni Siciliano, Francesco de Messina, Fran-

cesco Russo, Francesco de Lentini, el artillero Arnega, y todavía el mercader Nicola de Lipari, Pietro de Malta, los armígeros Pietro Stefano y Vincenzo de Lipari, Giovanni de Zurbano, el trapanés Diego Bernardo de Urlando, Giovanni de Orana y, finalmente, Pietro Spatafora21. Como se puede deducir por los apellidos de estos sicilianos, no se trata de los veinte o treinta nombres que comúnmente se encuentran cuando se estudia la presencia italiana, de los individuos o comunitarias, en Andalucía y en todo el territorio español; estas prosapias enlistadas no son ilustres o ennoblecidas gracias a las riquezas acumuladas por medio de las actividades comerciales o bancarias; además, en muchos casos, estos ‘desconocidos’ de Sicilia ni siquiera poseían un nombre de familia cierto que pudiera especificar la continuidad histórica de su origen a la fecha de la referencia. No hay en estas fuentes documentarias transcritas series nominativas de individuos que formaron conscientemente poderosos y extensos grupos familiares, ellos no vivieron en clan, ni tanto menos formaron lobby de poder. No se trata de la presencia de los numerosos Grimaldi, Centurione, Spinola, Lomellino, Pinerolo, Negroni, Doria, Marino y Giustiniani, que se hallan generalmente –y en forma reiterada– en la historia andaluza. Si entre el siglo XVI y el XVII los doscientos italianos de Andalucía y América –cantidad ya de por si dudosa y subestimada, porque tiene en consideración solo los datos oficiales y

21 Las fuentes de archivo utilizadas por estos diez y nueve nominativos de inmigrantes de Sicilia se encuentran en tres archivos andaluces: además del Archivo General de Indias de Sevilla (en adelante AGI), se han individuado algunas huellas en los archivos de protocolos de Granada y Córdoba. Los fondos del archivo sevillano que recolectan estas informaciones son los de Contaduría, Contratación, Indiferente, México y Santa Fe. En particular, los legajos que contienen los expedientes de naturalización son Contratación 50-A, 50-B, 51-B, 596-A y 596B; los datos se han clasificado por nacionalidad y, en su interior, ordenados cronológicamente. Las actas de bienes de difuntos analizadas son de Contratación 575 y 955.

no los posibles movimientos temporales que huían a las mallas de control– constituían una pequeñísima minoría respecto a las grandes colonias nacionales de franceses y portugueses, es cierto que a su interior la cuota más gruesa perteneció a la nación genovesa22. Si por los residentes italianos en Andalucía de los primeros dos siglos de la edad moderna se cuentan únicamente noventa y tres pedidos de cartas de naturaleza, que a su vez incluyen o dan noticia de aproximadamente otros sesenta y cinco italianos que fueron testigos –de los que apenas se conocen los nombres, algún dato genérico y poco relevante y, en unos casos, el lugar de proveniencia– y fueron solo tres los sicilianos involucrados, se puede comprender el porqué no es posible hablar de una efectiva comunidad estancial o de un grupo homogéneo con absoluta cognición de su origen23. Cronológicamente el primer siciliano de que hay noticia es un tal Guglielmo de Sicilia, que españoliza su nombre en Guillermo. La referencia es de tres años anterior a la conquista y a la anexión territorial de parte de los reyes Católicos del reino de Granada: en Córdoba, el 9 de julio de 1489, el siciliano Guglielmo era vendedor de esclavos. En una edad en que una de las mercancías más importantes del capital circulante era la fuerza laboral, bajo la obligación de la prestación resultante de la institución esclavista, el comercio de seres humanos adquirió una importancia superior a la de otras actividades

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Vila Vilar, 1986.

Gil-Bermejo García, 1985. La autora recuerda que, si para los siglos XVI y XVII las solicitudes de los no naturales eran poco más de 300, los italianos conformaban el grupo que obtuvo el mayor número de naturalizaciones (93), mientras que los flamencos fueron la segunda nacionalidad (88 naturalizaciones) y luego los portugueses (77 cartas), franceses, alemanes e ingleses. En las solicitudes de cartas de naturaleza que involucraron italianos, los genoveses tenían una evidente superioridad cuantitativa, circa el 75% de los casos (Gil-Bermejo García, 1989: 323).

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24 ARCHIVO DE PROTOCOLOS, Córdoba, Oficio 18, prot. 2, f. 289v.

económicas. Así Guglielmo, por cuenta de Bernabé Gaitán, escudero de los monarcas Isabel y Fernando, vendió al joyero Alfonso de San Lorenzo, vecino del pueblo de Santa María, dos musulmanas de Málaga, una madre con su hija, a un precio establecido de 18,800 maravedís. La madre, llamada Fátima, tenía treinta y cinco años, la pequeña Omalfat seis. El contrato de compraventa, contrafirmado por el notario Antón García, vino sellado con la aseguración del siciliano de la buena salud de las esclavas y que los ‘productos’ eran libres de toda debda, o sea, no eran fruto ni de robo ni de rapiña24. Del reato de hurto se manchó Francesco Navarro. El siciliano, entre septiembre y diciembre de 1508, substrajo ilegalmente al adinerado mercader genovés Giacomo Grimaldi, en su casa en la villa de Huéscar, en las cercanías de Granada, un caballo de “color castaño ensyllado e enfrenado”, 20,000 maravedís y, como si no fuera suficiente, también una “toca de camino de lienço tonoçi” (una especie de sombrero bordado en tela). Pasado un año y medio del acaecido –el 22 de marzo de 1510– el hurtado, después de haber recurrido al alcalde de Granada, los jueces ordinarios y a la “justiçias de qualquier fuero e juridición que sean”, encargó de la difícil tarea de su recuperación otro comerciante de origen genovés, Angelo Saliner, su amigo y colaborador. Este se comprometió a ir con los herederos del ya difunto siciliano Navarro para la recuperación de la deuda25.

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ARCHIVO DE PROTOCOLOS DEL COLEGIO NOTARIAL, Granada, Protocolo de Juan de Alcocer, a. 1510, ff. 326v-327v. 26

Sobre las confidenze y la práctica de testar en la España de los siglos XVI y XVII, véase Martínez Gil, 1993.

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Hacer testamento en el siglo XVII comportaba una “profunda identificación” que involucraba todas las creencias religiosas y de fe de los individuos. Era como una “protesta de justicia” consistente en el dar a cada uno el suyo: el cuerpo a la tierra, las deudas a los acreedores, la hacienda a los herederos, la limosna a los necesitados y el alma a Dios. Testar era, en definitiva, pacificar el espíritu y disponerse para una buena muerte (Martínez Gil, 1993: 511).

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Del tambor palermitano Giuseppe Valiente, vecino de Cádiz en la segunda mitad del quinientos, se sabe muy poco. Solo lo que su testamento y la relación de su muerte, redactada por fray Alonso Ximénez, conservados en el Archivo de Indias, han informado26: se conocen sus transcursos de más de veinte años como tambor por los mares y océanos al servicio de la compañía mercantil del capitán José de Villanueva y como en su último viaje oceánico, a bordo de un navío de la flota de la Nueva España, se procuró la herida que lo llevaría a la muerte, acaecida, después de largos sufrimientos, entre el 3 y el 11 de diciembre de 1627. En sus últimas voluntades el siciliano, después de las rituales recomendaciones a la santísima Trinidad, a la virgen María y “a su preciosso hijo” Jesús, ordenó ser sepultado en la iglesia del hospital de la Santa Misericordia de Cádiz –lugar en donde se encontraba para recibir las debidas curas– en una sepultura adecuada de pagar con la venta de sus bienes; pidió que el día de su muerte se celebrara misa “de cuerpo presente o frendada como es costumbre y se pague la limosna de mis bienes”27. Luego continuó con una serie de declaraciones en que enlistaba unos créditos: un toscano, Gonzalo Martino Pisano, entonces encarcelado, era su deudor de veinte pesos en plata doble; también en deuda con él estaba el capitán José de Villanueva, que tenía que pagarle el sueldo del último traslado oceánico, que para un periodo de seis meses y medio corres-

pondía a casi setenta pesos. También Diego de Mata, timonero de la nave Capitano de Nueva España, le debía unos pesos, solo dos, mientras que el cocinero del almirante Xácome le debía seis reales. Conjuntamente, declaró que en casa de la suegra de un compañero de aventuras, Juan de Pastrane, tenía guardado tres cucharas de plata y un peso que no les pertenecían y que por ende iban devueltos a su legitimo propietario, Gonzalo Martín (¿tal vez era algo empeñado para un préstamo en dinero?). Juan de Pastrane, asimismo, guardaba una caja de Valiente en que había recogido un “bestido de sergueta biejo y una manta”. El palermitano pidió recuperar sus bienes y venderlos; lo mismo pretendió para su espada de ordenanza, una “rapilla, un cubon blanco de felpa y unas ligas y medias biexas”, que un tal Amaro Rodríguez custodiaba. Finalmente, en el testamento se aclaraba su debido: a Balensuale tres reales. Giuseppe Valiente legó al instituto de la Santa Misericordia cien reales, como limosna por el bien que ahí recibía, y nombró albaceas a los frailes Antonio de Jesús y Nicolás de San Agustín, respectivamente prior y procurador del convento-hospital. No teniendo hijos, el testador nombró heredera universal a su alma, “por la qual se diga missas que al cassaren [… ] de mis bienes”. El analfabeto Valiente, para poder redactar el testamento, recurrió al público escribano Diego Copano, que escribió bajo dictado y rubricó el acto jurídico con los testimonios de Alonso Ro-

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dríguez, Melchor Correa y Domingo Martín, y la firma de Francisco Gutiérrez, “en testimonio de verdad”.28 En el acta de defunción del tambor, entregada con las siete hojas del testamento por fray Alonso Ximénez –en lugar de los padres albaceas Antonio de Jesús y Nicolás de San Agustín– el 13 de enero de 1628 en las oficinas de la Casa de la contratación de Sevilla, se pretendió la inmediata ejecutividad del documento, se pidió justicia para poder pagar los gastos ya realizados del funeral y del entierro29. En la hoja al calce, con la misma fecha, el funcionario de la Escribanía mayor del despacho de las armadas, examinados los datos del documento, puso el visto y ordenó la ejecución30. También Lorenzo Dato era un navegante siciliano de la carrera de Indias: en diciembre de 1680 fray Silvestro de Salas, en la iglesia colegial del Santísimo Salvador de Sevilla, celebró la boda de María de Ovisso y Lorenzo Dato, hijo de Rocco y Francesca Dato, “natural de la ciudad y Arzobispado de Palermo”. Al rito religioso asistieron, como testigos, José Matajudios, vecino de Santa María, Francisco García de San Esteban y el sevillano Andrés López. Los padres de la esposa, ya viuda de José Martínez, eran en realidad ciudadanos de Sanlúcar de Barrameda, activo puerto del estuario del Guadalquivir; y ahí vivió durante algunos años –entre un viaje y otro por el Nuevo Mundo– el palermitano Dato31. Las fuentes informan escasamente de los prece-

AGI, Contratación, 955, n. 1, r. 38/1/1-1/4, ff. 1r.-4r.

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AGI, Contratación, 955, n. 2, r. 12/1/1.

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AGI, Contratación, 955, n. 2, r. 12/1/1: “Vista por los dichos señores presidentes y jueces con el testamento que presenta del dicho Jusepe Valiente difunto por el qual dexa por heredera su alma y no tener otro alguno, y la clausula en que nombra los dichos albaçios, y el poder que dellas tiene el dicho fray Alonso Ximenes. Mandaron que el officio de la Scrivania Mayor del despacho de las armadas se ajuste la quenta del tiempo que sirvió y fecho lo que alcanzara de su sueldo y raçiones se dé y pague al dicho fray Alonso Ximenes, en el dicho nombre y a ninsilo provellieron y señalaron”. 31

AGI, Contratación, 575, n. 1, r. 1/4/1-1/4/4.

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dentes del siciliano: tuvo dos hijos de su primer matrimonio, con María de Ovisso, “fue de marinero en el navío nombrado Nuestra Señora del Rosario y las Animas”, a las ordenes de don Gonzalo Chacón en la flota de los galeones que recorrían la ruta entre Portobelo y España y que, en aquel que se reveló su último desplazamiento por el mar, murió ahogado entre enero y octubre de 1686.32 A la trágica muerte asistieron el sevillano Juan Baptista Veimando y Pedro Rodríguez, originario de Santa María. Ambos declararon “averlo visto echar el agua” durante la ruta trasatlántica de retorno a Andalucía y testimoniaron la imposibilidad de parte de la tripulación de recuperar el cuerpo repentinamente ahogado.33 Si Giuseppe Valiente y Lorenzo Dato fueron simples marineros que tal vez nunca pensaron de abandonar la vieja Europa para buscar un mejor sistema de vida en otra parte, con Esteban de Raffaele, nacido y domiciliado en Ragusa hasta los catorce años de edad, y Giovanni Ascanio Interlandi, nacido en Palermo entre 1582 y 1583, se penetra en el complejo universo de los numerosos extranjeros que intentaron –por vías comerciales y no de conquista– hacer fortuna en las Indias, o transfiriéndose establemente o solo alcanzando los puertos para practicar legalmente el libre comercio34. Seguramente esta fue la aspiración más alta que todos los forasteros italianos tuvieron cuando alcanzaron España: “l’Oceano Atlantico e il Nuovo Mondo costituiscono l’ultima meta di que-

Se trata de una acta matrimonial del libro parroquial de fray Alfonso Muñoz Paniagua y una declaración espontanea de la viuda Dato al alcalde de Sanlúcar, el licenciado don Lucas Ximénez, respectivamente fechados el 8 de octubre de 1686 y el 19 de abril de 1687 (AGI, Contratación, 575, n. 1, r. 1/4/1-1/4/4). 33

AGI, Contratación, 575, n. 1, r. 1/4/1-1/4/4. 34

Sicilia, desde las Vísperas (1282) parte integrante de las posesiones de la corona de Aragón, vino inmediatamente excluida de los posibles beneficios derivados de la conquista y colonización de los territorios de ultramar, no obstante la equiparación de aragoneses, catalanes y valencianos a los privilegiados castellanos: “Declaramos por estrangeros de los Reynos de las Indias y de sus Costas, Puertos e Islas adjacentes para no poder estar ni residir en ellas a los que no fueren naturales de estos nuestros Reynos de Castilla, León, Aragón, Valencia, Cataluña y Navarra, y los de las islas de Mallorca y Menorca, por ser de la Corona de Aragón” (Recopilación de leyes de los reynos de las Indias… 1987, ley XXVIII, título XXVII, libro IX. Esta recopilación legislativa, que representa el último momento del proceso de codificación español del siglo XVII, se realizó para dar orden al caos de las normas reguladoras del derecho indiano. Además, véase ÁlvarezValdés, 1992: 429-430, que atribuye el origen del concepto de ‘español’ al “Derecho indiano, sobre la base de la política integradora de la monarquía”). 35

Airaldi, 1987: 180; la autora

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lla tendenza mercantile tenacemente perseguita dalle città marittime italiane”.35 Muchos centraron este objetivo por vías tortuosas, buscando, por ejemplo, intermediarios y testaferros locales o recurriendo al más arriesgado contrabando; otros, la minoría, se uniformaron a las rigurosas disposiciones legislativas en materia. En efecto, para comerciar en el Nuevo Mundo no bastaba obtener una carta de naturaleza, condición necesaria para ir a las Indias. Durante el reino de Felipe II, para poder realizar actividades lucrativas en América, se necesitaba también de una licencia especial, otorgada previa prueba documentada de al menos diez años de residencia en España, de posesión continua de una “casa poblada”, o sea, habitada y de propiedad, de haber casado con fémina natural de España o hija de extranjero nacida en los territorios ibéricos metropolitanos o indianos, y –como si no fuera suficiente– de poseer un patrimonio mínimo en bienes raíces estimable en 4,000 ducados, disponibles en el lugar de residencia36. El proceso de naturalización para poder comerciar era muy complejo y se articulaba en tres fases: un informe, la solicitud y la probanza. Si en posesión de los requisitos enlistados, el extranjero debía presentar un informe a un órgano jurisdiccional, que variaba en relación al lugar de residencia del interesado. Para los sicilianos de Andalucía la institución competente era la audiencia de la Casa de la contratación37. Pero después de la eventual aprobación del informe, el iter

burocrático no terminaba: el extranjero aún debía pedir la definitiva naturalización. En la solicitud el peticionario resumía todas las circunstancias: la nacionalidad, el estado civil, los años de permanencia en España o en las colonias, el lugar del domicilio, el número de los hijos, la calidad y cantidad de bienes inmuebles poseídos y el oficio. Si la solicitud venía aceptada el proceso se concluía con la probanza: el no natural de España presentaba un número variable de testigos, usualmente entre cinco y diez, que tenían que confirmar las declaraciones incluidas en la solicitud. Ahí se cerraba la directa participación al procedimiento de naturalización del extranjero, que desde entonces esperaría la respuesta de las autoridades responsables, asumiendo pues un papel pasivo. Si el caso concreto fuese resultado conforme a las normas, se expedía una sentencia deliberativa con la que el “recurso se elevaba al Consejo de las Indias, la máxima autoridad, en la que había delegado el rey la facultad para otorgar Cartas de Naturaleza. Era pues el Consejo quien […] concedía, por delegación regia, la Carta”.38 El legajo 51-B del fondo de Contratación del Archivo de Indias conserva la más completa documentación de un pedido de naturalización de un siciliano de España que hasta hoy en día se conozca: se trata del marinero Esteban de Raphael que, nacido en 1630 en la urbe de Ragusa, se mudó a Andalucía con ambos padres, Giovanni y María de Raffaele, en

continúa afirmando que la presencia en los dominios españoles de ultramar de tantos italianos es “dimostrato ogni giorno di più dalle ricerche che si stanno conducendo all’Archivio de Indias e negli Archivi sudamericani”.

1644, con catorce años de edad. Las cartas documentales comprenden el oficio completo para la naturalización: el informe, la solicitud y la probanza, esta última articulada en seis atestaciones. Todo el procedimiento fue muy rápido respecto a los generalas tiempos de espera: Esteban se procuró una certificación de su desposorio con la española Francisca Pelaes, hija de Sebastián Pelaes y María Franco. Testimoniaron al matrimonio, que se celebró en la iglesia catedral de Cádiz en agosto de 1665, Francisco Bravo de Cassio, “escivano mayor del Cabildo”, Francisco Bravo de Cassio el menor, un homónimo pariente del primero, también él escribano, pero “público y de las Rentas reales”, Diego Díaz y, en fin, Juan Pascual de Cárdenas, que firmó el documento ut suplica. El acto de prueba vino redacto por Mathias Bernardi, sacerdote de la catedral.39 La presencia de testigos de “nacionalidad española” demuestra una real integración de estos sicilianos en las micro-comunidades andaluzas. El expediente de Esteban de Raphael constituye todavía más una verdadera rareza si se considera la facilidad con que, muchos, durante el reino de Felipe II, recibieron una carta de naturaleza. En particular los que, ya viviendo establemente en los territorios de ultramar, deseaban sanear su estatus abusivo de no legitimados a residir.40 La desenvoltura del siglo XVI se transformó en la casi imposibilidad de los dos siglos sucesivos (y en particular las dificultades aumen-

36

La fuente legislativa es una real cédula del 14 de julio de 1561. Véase Biblioteca Nacional de Madrid (en adelante BNM), Manuscritos, 2067-12; Morales Álvarez, 1980: 47-49; Domínguez Ortiz, 1960: 47-48. A propósito del estado civil, vista la exigencia del requisito matrimonial, se subraya cómo las mujeres escogidas, también si nacidas en España y, entonces, ‘naturales’, eran en mayoría hijas de italianos (véase Gil-Bermejo García, 1985: 183).

37

En relación a la legislación comercial y la inmigración extranjera en el Nuevo Mundo, véase Konetzke, 1945; Domínguez Ortiz, 1959. 38

Morales Álvarez, 1980: 48.

39

AGI, Contratación, 51-B, f. 1.

40

A propósito de la concesión de cartas de naturaleza en la segunda mitad del siglo XVI, véase Morales Álvarez, 1980: 49-52. Si, por ejemplo, en el espacio geográfico entre Cádiz, Sevilla y Sanlúcar de Barrameda se concedieron solo trece cartas, de las cuales una a un flamenco, una a un inglés, cuatro a franceses y siete a italianos, todos genoveses, ningún siciliano fue involucrado en el proceso. Lo mismo pasó en la primera mitad del siglo.

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41 Respecto a estos temas (el declive del modelo imperial, la crisis del universalismo cristiano y el estado moderno en Europa) referencias obligadas son: Fernández Álvarez, 1966; Domínguez Ortiz, 1971; Shennan, 1974; Treasure, 1985.

taron con los últimos Habsburgo): con Felipe III, a causa de la evolución de las ideas protestantes y la imposición, en lugar del universalismo cristiano, de la política del particularismo nacional, al principio de vasallaje se sustituyó el “modelo nacional” y este claramente a mayor prejuicio de las comunidades no ibéricas del impero español.41 Contribuyeron además a agravar la situación las primeras colonias británicas en la futura Nueva Inglaterra y de los holandeses en las Antillas. Así el nuevo soberano decidió modificar en sentido más restrictivo las normas para la naturalización de los extranjeros: para poder obtener la carta de súbdito natural de su majestad católica y ser autorizado a comerciar en el Nuevo Mundo, el forastero debía haber vivido “en estos Reynos, o en las Indias por tiempo y espacio de veinte años continuos; y los diez dellos teniendo casa y bienes raíces y estando casado con natural o hija de extranjero nacida en estos Reynos o en las Indias”.42 Entonces, no solo se aumentó a diez años el techo mínimo de residencia necesaria para poder establecerse, con finalidad de comercio, en la América española, sino ahora era también necesario haber contrato matrimonio al menos desde diez años.43 Las normas se mantuvieron en este grado de efectiva dificultad por los aspirantes nuevos hispánicos hasta todo el siglo XVIII, no obstante la tentativa de reforma –con requisitos de acceso a la naturaleza mitigados y atenuados– al tiempo de Carlos II. Sin embargo el gran proyecto

42 Real cédula del 2 de octubre de 1608, que luego, en 1681, devino la ley XXXI, título XXVII, libro IX, insertada en la Recopilación de leyes de los reynos de las Indias… 1987 (BNM, Manuscritos, 20.067, f. 12). 43

Gil-Bermejo García, 1985: 178-180. Para los datos cuantitativos de los forasteros residentes en los dos virreinatos del Nuevo Mundo en la época de Felipe III, véase Morales Álvarez, 1980: 76-81. Para las nuevas disposiciones legislativas posteriores a 1598, véase ÁlvarezValdés, 1992: 427-432. A propósito del derecho indiano, la castellanización de la vida cotidiana y las relaciones institucionales del individuo con el estado, véase Gruzinski, 1995, v. 4: 9495. 44 Se solucionó el caos legislativo iniciado en los años de los primeros viajes de Cristóbal Colón: “con ellas se reunían en un cuerpo legal orgánico las disposiciones que regirían todos los trámites de la extranjería” (Morales Álvarez, 1980: 109).

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legislativo dio como resultado solo una simple recolección de textos –la recopilación o leyes de Indias de 1681– que se limitó a dar uniformidad a toda la producción normativa y a reglamentar los institutos y los procedimientos administrativos de América.44 Gracias a la solicitud de connaturalización de Esteban de Raffaele se sabe que nunca, desde sus catorce años, desde cuando vio por la primera vez el pequeño puerto de la isla de León de Cádiz, cambió de residencia, ni “para dentro ni fuera de estos Reynos”, que quedó con continuidad en su casa poblada y que desarrolló la actividad marinera en la armada real y haciendo servicio de flete entre el puerto fluvial de Sevilla y los dos puertos marinos de Sanlúcar de Barrameda y Cádiz. Se deduce que se dedicó también a otras profesiones –”algunos negocios míos propios”– pero lastimosamente sin otros detalles. La solicitud añade el lugar específico de la casa de la familia Raffaele, en la calle de los Pelaes, un angosto callejón con un patio interno contiguo a un edificio, “la casa de los herederos de capitán Diego Romano”. Los Romano eran los vecinos de los Raffaele: para poder acceder a cada una de las dos casas de más pisos era necesario pasar por la misma puerta y atravesar el mismo patio. La morada, que se encontraba en el barrio de Santa María de la Caridad, debía ser verdaderamente grande si se estimó en 6,000 ducados. El siciliano Esteban, que reunía todas las características pedidas para acceder

a la calidad de natural de España, repitió la formula ritual: “Soy y he sido vecino de esta ciudad portanto, a Vuestra Magestad, pido y suplico me Des una ynformazion de todo lo referido y […] dicha me la mande entregar orixinal para guardar de mi derecho y anterponiendo Vuestra Magestad en ella su autoridad y de en esto su poder en forma, pido estos y juro, comando, en fee”.45 La probanza de Esteban recolecta –como ya ha sido precisado– seis testimonios, pero uno en particular interesa más, el depositado por el octogenario Pedro Nicolás Suarez, también él natural de Sicilia. Pedro Suarez desembarcó a Cádiz treinta y cinco años antes de la fecha de la deposición voluntaria de su conciudadano, precisamente en 1641 y arribó en una de las tantas embarcaciones del escuadrón de guerra siciliano al comando del general Bartholote. Y de ahí, de las costas andaluzas, el viejo siciliano ya no retornó a la isla mediterránea, dedicándose solo a los pequeños tráficos comerciales entre Sevilla, Cádiz “y otros lugares de la comarca”. Los otros cinco testes, todos gaditanos, eran: el capitán Francisco Peales, Francisco de Vargas, Juan Baptista Andrea, Julián de los Reyes y Juan de Manurga. La certificación de prueba se concluyó el 2 de junio de 1676 con la aprobación formal de las deposiciones voluntarias de los testigos de parte del alcalde mayor de Cádiz, don Roque de Herrera, que sancionó al calce con dos declarantes,

45

AGI, Contratación, 51-B, ff. 2-2v.

Alonso Camacho Gallo y Nicolás de Escandor46. Esteban, de la familia siciliana de los Raffaele, obtuvo la codiciada carta de naturaleza, por orden del rey, el 1 de diciembre de 1676, con notificación del “contador y oficial mayor de la contaduría mayor de la Audiencia y Casa de la Contratación de las Indias” Manuel del Pardo, que puso su firma en Madrid. La certificación tuvo que detenerse algunas veces, razonablemente por motivos burocráticos, antes de llegar a ser notoria para el interesado: en Sevilla el Consejo de Indias la protocoló y archivó casi un año después, el 25 de octubre de 1677.47 Hoy en día no se conocen las vicisitudes y los hechos sucesivos a la entrega del certificado de naturalización al neoespañol Stefano de Raffaele, no se sabe si consiguió embarcarse hacia América y ningún documento atestigua su arribo a las nuevas tierras. Todo el contrario para los numerosos sicilianos que desde Andalucía se movieron con espíritu ambicioso a las Indias occidentales y que ahí se quedaron, para vivir y morir.

46

AGI, Contratación, 51-B, ff. 3-8v.

47 AGI, Contratación, 51-B, ff. 33-33v: “El Contador Manuel del Pardo, oficial mayor de la Contaduría mayor de la dicha Audiencia y casa de la Contratación de las Indias de esta ciudad de Sevilla que por indisposición del señor Don Juan Bruno Tello de Guzmán theniente de contaduría mayor juez oficial de la dicha casa despacho tocante a dicha contaduría. Certifico que entre los papeles de ella esta una carta del tenor siguiente. Por parte de Estevan Raphael natural que diçe ser de la ciudad de Arrecusa, en el Reyno de Siçilia, y vecino de la de Cádiz, sea representado que a treinta y quatro años que vino a ella embarcado en la Armada Real del mar oceano, y que todo este tiempo ha residido continuamente en la dicha Ciudad de Cádiz empleado en servicio de Su Magestad en la dicha Armada con plaza de marinero donde se a hallado en las ocasiones que se an ofrecido depelear, y especialmente en la que tuvo el General Don Antonio de Oquendo con los olandeses en el canal de Inglaterra de que salió herido en una pleria y quedó coso, y que respecto de tener todo el tiempo referido de residencia en Cádiz, y haver mas de onçe años que está casado en aquella ciudad con casa poblada suya propia de valor de más de seis mill ducados es havido y tenido por común veçino como todo constava de la información, fee de casamiento, y venta que se le hizo de la dicha casa que presentava por cuya razón se halla con todos los requisitos que disponen las ordenanzas y Çedulas

3. Del Mediterráneo al Nuevo Mundo En la época de los descubrimientos atlánticos, las colonias italianas en Andalucía estaban bien organizadas, poseían conspicuos recursos económicos, instrumentación y experiencia, para poder participar, cabalmente, a la división de los ingresos financieros y comerciales derivados por las varias fases de la conquista americana 81

y del sucesivo sistema de explotación de los recursos naturales. Los mismos italianos de Andalucía metieron a disposición ingentes sumas de dinero, no solo, como es notorio, para los primeros viajes colombinos, sino también para las muchas otras expediciones posteriores, como la cumplida por Sebastián Caboto (14761557) que tuvo por objetivo alcanzar las Malucas a través el estrecho de Magallanes.48 De los puertos andaluces de Cádiz y Sevilla empezó una acción conjunta de un sinnúmero de sociedades mercantiles en continuo desarrollo que alimentaron, antes con testaferros y luego siempre más directamente, intercambios con el Nuevo Mundo. Multitudes de italianos, simples navegadores o comerciantes desprejuiciados, se trasladaron al Caribe, a México y al Perú.49 Pero estos itálicos llegaron solo en un segundo momento: habían sido precedidos por los conquistadores sicilianos. En efecto, de Sicilia y de sus características geográficas se relata en un noto paso de la Sumaria relación de las cosas de la Nueva España del criollo Baltasar Dorantes, hijo del conquistador Andrés Dorantes de Carranza: “La troxe ó alholí de los romanos, nombrada sigún Strabo, lib. 6 de su Geografía. La grandeza della, rodeándola toda, sigún Plinio, lib. 3, cap. 8, son seiscientos y diez y ocho mil pasos, que hacen 206 leguas, dando a cada legua tres mil pasos. Solino, capítulo 40 de su Polistor, pone tres mil estadios […]. Tornando al propósito, Solino pone muchas y diversas cosas naturales

Reales para ser reputado por natural de estos Reynos, y poder comerciar libremente en los de las Indias, en cuya consideración suplica se le declare por tal despachandosele por vía de Graçia naturaleza de los Reynos pues Aunque en Justicia deviera esperar conseguirla (mediante la que le asiste) por escusar la dilación del litigio servira con lo que fuere justo y haviendos visto en la cámara con los papeles referidos se a acordado diga a venir infórmenlo que se les ofreciere cerca de la pretensión que tiene el dicho Estevan Raphael de que se le conzeda naturaleza, y si de ello resultaran algunos inconbenientes quales y porque causa dando inscri parecer sobre ello para que con vista de todo se prova lo que conbenga. Por gracia de Dios a Vuestra Magestades como deseo. Madrid a primo de diezembre de mil seiscientos y setenta y seis. Don Francisco señor de Madrigal. Juezes oficiales. Para que así conste en virtud de auto de los dichos presentes Jueces oficiales de beinte y tres desde proveido a Peticion de Antonio de que sada en nombre de Estevan Raphael doy la presente en Sevilla a beinte y cinco de octubre de mil seiscientos y setenta y siete”. 48

Sobre los recursos italianos a las empresas coloniales de España, véase Gil-Bermejo García, 1985: 176. La historiadora recuerda los incentivos de Francesco Pinello, primer factor de la Casa de la contratación, y los inmediatos estímulos de capitales italianos para las nuevas sociedades americanas: “l’installazione delle saline nella Española e ad Araya (in Venezuela), il commercio delle perle nei Caraibi e

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y no menos admirables de la Isla de Sicilia, de las cuales las mas no hacen al caso”.50 A continuación el autor realiza un detallado análisis de sus fuentes documentarias, sin escatimar adjetivos en el definir la riqueza siciliana: su oro, el óptimo clima de Siracusa, la sal de Agrigento y la fertilidad de la tierra. Estas observaciones constituyen un elemento más para intentar comprender a fondo aquellas infiltraciones, las nervaduras y los vínculos entre dos mundos así distantes y lejanos como Sicilia y América. Entre los primeros sicilianos que entraron al universo legendario de huidas, persecuciones, guerrillas y gestas caballerescas de matriz medieval de los hombres codiciosos de conquistas, se encuentra Giovanni de Sicilia (o también Siciliano), natural del ducado de Nerbin,51 hijo de Francesco y Paola Garbin. Giovanni Siciliano, después de haber vivido establemente en Sevilla, llegó a las Antillas antes de diciembre de 1502, y ahí desembarcó con Hernán Cortés, para después transferirse con fray Nicolás de Ovando a Santo Domingo, donde, con alternos encargos militares fue conquistador y pacificador.52 A Española, entre una batalla y otra, tuvo también el tiempo para casarse con una castellana. De la unión nacieron dos hijos –un varón y una fémina– de los cuales no se conocen los nombres. Después de diez años de permanencia en las islas caribeñas, el colonizador de Nerbin decidió de proseguir su viaje: antes a Cuba y, desde 1519, con Cortés en México. En el fu-

turo virreinato de Nueva España, en 1521, participó al asedio y ocupación de la capital del impero azteca Tenochtitlán. Siempre con Cortés, guerreó para consolidar el poder de la monarquía en la provincia de Pánuco. El 28 de abril de 1525 el cabildo de la ciudad de México les donó, por el servicio brindado a la corona, una casa en el centro de la villa y, en julio, una huerta. El 7 de abril de 1530 compró una casa de más pisos junto al palacio del ayuntamiento, y ahí residió hasta que fue investido de una encomienda de indios y de una merced de tierra en Titalaquia; sin embargo, por motivos desconocidos, la primera audiencia del reino le quitó el privilegio. No fue un caso aislado: a las muchas donaciones de la primera etapa de la conquista, los magistrados remediaron con secuestros injustificados.53 Giovanni Siciliano, a pesar de haber vendido diez varas de minas en la provincia de Pachuca por 120 pesos, murió, después de 1551, en gravísimas limitaciones económicas.54 De Francesco Rosso, que españolizó su gentilicio en Roxo, se sabe muy poco: hijo de Sebastiano Rosso y de Inés Acosta, “natural de Çecilia, en el levante”, llegó con Gil González Dávila a Honduras y Nicaragua, cuando tenía veinticinco años. En Nueva España se alistó, haciéndose cargo de los gastos de las armas y del caballo, en la empresa de 1540 organizada por Vázquez Coronado hacia Cíbola. Con el buen éxito de la campaña militar Francesco Rosso fue investido de la encomien-

l’industria e l’esportazione dello zucchero”. A propósito de los viajes de Cristóbal Colón y la presencia italiana en las Indias, véase D’Esposito, 1989: 503505; entre los veinte y cinco italianos que acompañaron a Colón hay un hombre, que participó al cuarto viaje a bordo de la Capitana, de apellido típicamente siciliano, Antonio Donato, ¿tal vez era de la isla?

da de Cora, en la peligrosa zona de frontera con los indios chichimecas que, propio a causa de las continuas rebeliones, tuvo que abandonar. En 1547 fue encomendero en la Sierra de Jalisco, empero, gracias a los estudios de Francisco Icaza, son conocidos los problemas que tuvo el siciliano, desde el primer año, con los nuevos indios que recibió en encomienda: “que no le dan ningún provecho […] y tiene hijos y padece necesidad”. Con sus hijos se trasfirió a Compostela –futura sede obispal y de la audiencia real– entonces único centro habitado de Nueva Galicia. Sin embargo, de su estancia en la ciudad no se poseen informaciones.55 También Francesco de Messina (o de Lentini) densificó las filas de los descubridores: hijo legítimo de Antonio y Anna Llutin, ambos naturales de Mesina, no se sabe si antes de aproar, vía Andalucía, al virreinato de Nueva España, se detuvo meses o años en las islas del Caribe. Su primera aparición pública se localiza en el actual Panamá en 1513, con Vasco Núñez de Balboa y con Pedrarias, cuando estos fueron los primeros europeos a observar los Mares del Sur. Luego pasó a la conquista del Perú con Francisco Pizarro y Diego de Almagro, sirviendo al emperador con “sus armas y caballo”.56 Tal vez decepcionado por el sistema de repartición del botín, decidió regresar a México, donde se unió en matrimonio con Catalina de Piña, viuda de un rico conquistador.57 La mayoría de los italianos residentes en Nueva España (un cuarto del total

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Quien ha estudiado las consecuencias económica-comerciales de la presencia italiana en América es Melis, 1976: 173175. Él cita, numerosas veces y con un sinnúmero de ejemplos, el rol de las “robuste società stanziate a Siviglia e a Cadice nei primi quattro decenni del XVI secolo, le quali, con le loro funzioni, resero più completa e consistente l’apertura delle vie atlantiche”. 50

Dorantes de Carranza, 1970: 51-53. 51

No se conoce el topónimo.

52

Nicolás de Ovando fue el sucesor de Colón en la administración política y militar de la Española. En 1502 era ya gobernador (Elliott, 1996: 75). 53

Sobre los europeos en América y el régimen de la encomienda, véase Elliott, 1996: 71-81; Romano, 1974: 42-56; y, sobre todo, Hidalgo Nuchera & Muradás García, 2001. 54 Sobre Giovanni Siciliano véase también D’Esposito, 1989: 505; Icaza, 1923, v. I, n. 36: 23; Álvarez, 1975, v. I, n. 233: 125. Álvarez añade un dato curioso: a lo largo de los años de permanencia en las Indias Siciliano siempre tuvo a su lado, como fiel criado, al conquistador Diego Núñez.

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55 Sarabia Viejo, 1989: 458-459; Icaza, 1923, v. II, n. 1027: 282283; Álvarez, 1975, v. II, n. 926: 484; Gómez de Orozco, 1950: 21.

presente en todos los nuevos territorios ocupados), provenientes en gran parte de la Andalucía atlántica, casi siempre hacía una pausa en las islas del golfo de México, para luego distribuirse por toda la América continental. Ellos aprovecharon de la línea política permisiva actuada por la administración imperial, en particular hacia los inmigrados provenientes de países de fe católica. Al revés, la llegada masiva de los hombres de negocios fue tardía: después de la segunda mitad de los años veinte del siglo XVI.58 Y empezando por los muelles de las Antillas, otros sicilianos tomaron parte en las concitadas fases de la conquista, pero se trata solo de un listado de nombres, al cual no es posible añadir más: el armígero Arnega, amigo de Juan Siciliano, con el cual participó a la conquista de México; el contramaestre Pietro; el comerciante Nicola de Lipari.59 La presencia siciliana es también documentada entre los conquistadores del impero incaico, entre los hombres de Cajamarca, pero sin referencias nominales.60 Los primeros nombres se interceptan únicamente en la fase de estabilización posterior a la conquista, a finales de la primera mitad del siglo XVI: entre los navegantes, comerciantes y financieros italianos de Perú había los sicilianos Jerónimo Bacarel y Sebastiano Castro. Empero, la inserción de los italianos en la nueva sociedad virreinal meridional no fue fácil y la integración se realizó tardíamente. Los itálicos de Perú fueron escasamente fieles a las ordenes imperiales impartidas y, en par-

56 Respecto a los apodados “conquistadores menores” y la exploración del Pacífico, véase Gil, 1992. 57 Sarabia Viejo, 1989: 451-452; Icaza, 1923, v. II: 896; D’Esposito, 1989: 508. 58

Sarabia Viejo, 1989: 447-448. La investigadora para el periodo 1520-1575 elabora noventa fichas biográficas de italianos insertados en la sociedad novohispana. Se infiere que la mayoría es constituida por genoveses, precisamente 53, o sea, un 60% del total. En la pesquisa se subraya también el difuso hábito de usar el lugar originario para el gentilicio. 59

Para los últimos dos exploradores, véase Boyd-Bowman, 1964-1968, v. I: 172; v. II: 393. 60

Lockhart, 1972.

61

D’Esposito, 1989: 510. Sobre la guerra civil peruana entre los del bando de Pizarro y Almagro, Romano, 1974: 36-37 (véase también AGI, Justicia, 990). 62

El conquistador del Perú Pedro Valdivia, sacándose de la riña que opuso pizarristas y almagristas, bajó todavía más al sur en la expectativa de recortarse un reino personal. Así, en 1540, recibido el título de teniente-gobernador de Francisco Pizarro, con un puñado de hombres, se dirigió a la búsqueda de la “fabulosa tierra de César” en el centro-sur del actual Chile (Gil, 1992: 271-317).

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ticular, participaron activamente, cuando no fueron entre los promotores, a las primeras rebeliones y a las subsiguientes guerras civiles que incendiaron las provincias sureñas del continente: el siciliano Antonio de Lipari en 1544-1546, de la facción de Gonzalo Pizarro, se opuso con otros trece italianos a la autoridad del primer virrey Blasco Núñez Vela. Derrotado, Antonio de Lipari fue condenado con sus compañeros al exilio.61 Eran treinta y seis los italianos del séquito del conquistador Pedro de Valdivia que se encaminaron hacia el sur americano.62 Su presencia se reveló indispensable gracias a los conocimientos especializados de la técnica de navegación que demostraron en las aguas del Pacífico meridional, difíciles de navegar por las fuertes corrientes y los vientos contrarios. Y propio estos aprietos evidenciaron las pericias náuticas de los italianos que siguieron, con sus embarcaciones, las paralelas expediciones vía tierra de Valdivia. Entre los que se sobresalieron en las escaramuzas con los araucanos, se conocen tres sicilianos: Pietro Stefano, soldado y marino; el armígero Vincenzo de Lipari; el mozo Giovanni de Zurbano.63 El mismo valor en batalla tuvieron los cuarenta y ocho italianos al servicio de don Pedro de Mendoza, primer adelantado del Río de la Plata, de Leone Pancaldo y de Alvar Núñez Cabeza de Vaca. Por la dificultad en encontrar voluntarios ibéricos para la expedición a la boca del río Paraná –quizás pesaba el recuerdo del viaje de

Caboto– se recurrió a numerosos tripulantes extranjeros para completar los orgánicos de las misiones marinas. Con Mendoza fue el marinero trapanés Diego Bernardo de Urlando; con Cabeza de Vaca, desde 1540 gobernador de la Plata, el siciliano Giovanni de Orana.64 De este breve pero completo inventario –realizado gracias a las fuentes hasta hoy en día conocidas– de la primera ola migratoria siciliana y de los conquistadores isleños, se deduce que la mayor contribución de ellos consistió en la presencia de hombres de mar, contramaestres, calafates y mozos. Y si los italianos tuvieron para la edad de las conquistas, hasta 1556, un rol numérico que incidió por el 1.5% del total, la comunidad equivaldría a casi un millar de almas o poco más;65 los sicilianos, entonces, que influyen por un decimo del dato parcial ‘nacional’, serían cerca de un centenar.66 Muchos, demasiados faltan a la lista.67 A conquista ultimada y con el objetivo de la “normalización social”, el campo político en pasado ocupado por la “improvisación anárquica” de los caudillos en turno vino retomado por el gobierno español, que, ansioso en remediar a los abusos de la administración pasada, hizo justicia ciega, privando de las prerrogativas, encomiendas y donativos los elementos mayormente emarginados: los forasteros sin garantías.68 James Lockhart afirmó que en la sociedad colonial peruviana, además de los indeseados extranjeros, a ser mal tolerados fueron también los ma-

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rineros.69 Por esta razón se comprende la dificultad de los sicilianos –foráneos y nautas– a emerger en los niveles más elevados del mundo hispanoamericano en formación. El discurso cambia cuando a llegar a las nuevas tierras eran extranjeros que querían ejercer la compraventa: “A medida que avanzaba la conquista, también progresó el comercio, otra de las formas en que España se apropió de América”.70 Pero la presencia en el tiempo de los mercaderes extranjeros fue siempre variable. Algunos se limitaban a los periodos de estancia de las flotas, entonces a solo unos pocos meses; otros, al contrario, decidieron implantar actividades agrícolas y mineras asistiendo personalmente a todas las fases de constitución, para retornar a los lugares originarios solo después de haber impulsado el negocio; en ese caso el periodo de permanencia en las Indias podía llegar a unas décadas; en fin, los que libremente escogieron no regresar a Europa; en ese caso la unidad de medida de la temporada era la vida entera. Fue esta fuerza de atracción magnética emitida por la revelación americana, que vigorosamente hizo nacer y cristalizar una sociedad nueva, tal vez el fenómeno fundamental de la época moderna que ha permitido la “occidentalización del globo”. El trapanés Antonio Pellegrino, hijo de Giacomo y Angela, fue uno de los tantos deslumbrado por el sueño americano: vivió cómodamente en Potosí hasta su muerte, en 1613. No se sabe la fecha de

Branchi, 1963.

64

D’Esposito, 1989: 515 (véase también AGI, Contaduría, 1.050).

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Los estudios cuantitativos sobre el número de los emigrantes españoles y, en general, europeos que durante el siglo XVI se mudaron al Nuevo Mundo son al cuanto contradictorios. Por ejemplo, John Lynch afirma que el total de los novoamericanos es seguramente más reducido respecto a las estadísticas históricas de la primera mitad del siglo pasado, y que se estimaría, hasta los primeros sesenta años del siglo XVI, en menos de 50,000 unidades: “[…] en el contexto de los estados contemporáneos se trataba de un éxodo importante de mano de obra, lo cual suscita el interrogante –para el que aún no hay respuesta– de si España se convirtió en una potencia colonial porque tenía una población suficiente para sostener sus descubrimientos, o incluso porque el crecimiento demográfico por encima de los recursos disponibles la forzó a la expansión” (Lynch, 1993, v. I: 125). Del mismo parecer Chaunu (1976: 45): “Menos de 100.000 españoles franquearon el océano en el siglo XVI, éstos exploraron más o menos de 4 a 5 millones de km2 y establecieron un control permanente de una manera definitiva, irreversible, sobre un millón y medio de km2, al final del reinado de Felipe II”. De otra opinión Wolfgang Reinhard. Él supone para el quinientos la astronómica cantidad –al cuanto improbable– de 300.000 emigrantes españoles, subrayando, antitéticamente a Lynch, que la mayoría no quiso dedicarse al duro laburo en el campo (Reinhard, 1995: 21).

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su arribo al nuevo continente, sin embargo, gracias a su testamento es nota su profesión: era agricultor y comerciante de “carneros de la tierra”, y de esta actividad hizo un gran lucro. Declaró poseer 3,300 cabezas, por un valor total de casi 29,700 pesos. Asimismo, en su conspicuo patrimonio, mencionó a la casa de más pisos en que habitaba, con los que ahí se encontraba (sobre todo muebles y platerías), y también un deshacerdero de hierro y una granja en alquiler del convento de los agustinos, por el cual pagaba 1,000 pesos anuales; luego, dos esclavos negros, algunos mulos y bueyes y numerosos instrumentos para la labranza. Las últimas voluntades de Antonio Pellegrino despertaron el problema de cómo hacer llegar sus pertenencias o, mejor dicho, su equivalencia en dinero, a los herederos y legatarios en España, no obstante las intervenciones de las autoridades locales que se movían en la dirección opuesta, la de mantenerlos. En Sevilla el heredero nombrado era Antonio Acosto, un primo del difunto, que intervino dos veces en la Casa de la contratación para la entrega de los bienes hereditarios. Además, parte del ingente patrimonio testamentario de Pellegrino había sido legado para la edificación de una capilla para la cofradía de la Santa Caridad del Monte de Piedad de Trapani; la congregación religiosa, para la recaudación del crédito, nombró Lorenzo Arnolfini su representante legal en Sevilla. Solo gracias a la insistencia del abogado se entregaron finalmente los

Además, puntualiza que la aversión de los nuevos inmigrados ibéricos a la agricultura hay que adscribirla a la conocida extrema miseria de vida de los campesinos en España. Ninguno quiso comprometerse con lo que se consideraba la antecámara de la “muerte social”. Escribe Reinhard: “L’economia agricola e mineraria dovette conseguentemente basarsi sul lavoro degli indiani” y sobre su sistemático aprovechamiento. Sin embargo, los historiadores concuerdan en reconocer un rol influyente e históricamente relevante al “pasaje a Indias” de los no ibéricos. 66

Sobre las estadísticas cuantitativas y seriales para el siglo XVI, Lockhart, 1968: 132-133. Sobre el Perú del siglo XVI, Rodríguez Vicente, 1967: 545; la investigadora, entre las fichas biográficas de algunos forasteros italianos, cita también tres sicilianos: Antón Braçones, Juan de la Peña y un tal Pedro. Respecto a la última fase de la época de los descubridores, Romano, 1974: 57-58. Así su juicio: “Nel 1566 alcune disposizioni reali proibivano l’uso delle parole conquista e conquistadores e li rimpiazzavano con scoperta e coloni”, formulas que hoy en día se podrían definir political correct (sin embargo, en las leyes de Indias hay referencia a éste cambio lingüístico-formal solo con disposiciones normativas posteriores al reinado de Felipe II, véase, por ejemplo, la ley VI, título I, libro IV de 1611, Recopilación de leyes de los reynos de las Indias… 1987). Siempre según Romano, en 1566 se ordena el “fine della conquista: la parte essenziale dell’America è stata occupata, inserita in un sis-

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3,000 pesos al procurador de los jesuitas en Sevilla, pero esta suma llegó a los cofrades trapaneses solo cinco años después.71 La historia del mercader sículo-novohispano Giovanni Delicato es muy singular: cuando murió, en 1591, desde muy pocos años había dejado Milazzo para las Indias occidentales y a esperarlo en vano en Sicilia se quedaron sus cuatro hijos sin la esposa, Tarsia Tarantello, muerta prematuramente. Dejada la prole al cuñado Sebastiano Tarantello, se estableció en la ciudad de Chiapas. Como se lee en el testamento, era un individuo “de muchos dares y tomares”, un hombre de negocios, compraba y revendía mercancías de cada tipo, practicando al mismo tiempo el préstamo con intereses. Giovanni Delicato declaró de poseer siete mulas, cinco caballos, diversas canastas de cacao y un sinnúmero de mantos y mantas –artefactos indígenas– que él tomaba como contrapartida de los numerosos préstamos que contrataba con los encomenderos. Un documento al margen del testamento, proveniente de la secretaría del alcalde mayor, revela el conocimiento de los miembros del cabildo de Comalapa de la deuda de Beatriz Guillen hacia el siciliano: la mujer se obligó a entregar algunas mantas confeccionadas por los indios en cambio de un préstamo de 500 pesos. Sin embargo, en las Indias Delicato no se dedicó solo a multiplicar el dinero, tuvo también una hija; veladamente, quizás porque deseaba esconder la identidad de la madre, hizo esta

declaración en el testamento, precisando que fray Altamirano ya conocía la situación. A la niña ilegitima –no se conoce su nombre– legó 600 pesos. Si es comprobado que a Sevilla llegaron libres de impuestos 762.367 maravedís del Delicato, se puede solo conjeturar que esta suma haya alcanzado, en parte o entera, a sus cuatro hijos en Sicilia.72 Finalmente, con el siciliano Juan Ascanio Interlandi, nacido en Licata entre 1581 y 1583, se encuentra un caso representativo: español por decisión familiar, arribó a Sevilla en 1600 con sus padres cuando tenía diecisiete o dieciocho años, dos décadas después se embarcó hacia el Nuevo Mundo, adquiriendo ahí la carta de naturaleza para poder, libre de ataduras, ejercer las actividades mercantiles y “gozar de las exeempçiones que los naturales destos Reynos”. 73 Sin embargo, de su comercio no hay huellas documentales, de sus empresas no hay ninguna pista. En 1623, trascurridos tres años –tal vez en la isla Margarita– se desposó con María Tello, hija natural de Pedro Tello, con la cual se mudó en vía definitiva a Cartagena de Indias.73 En la ciudad suramericana metió casa y azienda que –en la relación de concesión de la carta de naturaleza del 16 de septiembre de 1626– había sido evaluada por más de 4,000 ducados.75 Y en este asunto Juan Ascanio tuvo mucha suerte, porque justo a partir del año sucesivo, de 1627, la política del consulado sevillano ya no fue así disponible con los pedidos de los forasteros según una pauta

tema. Oramai non vi è più niente da conquistare, vi sono soltanto terre scoperte da colonizzare. La pax hispanica trionfa”.

de conducta impuesta por la Casa de contratación. En efecto, a partir de esta fecha, las administraciones empezaron a oponerse sistemáticamente, recurriendo a los ordinarios instrumentos judiciarios pero, a menudo, también a justificaciones sanitarias, a cada demanda de naturalización; hasta hoy en día se desconocen las causas de este repentino cambio de ruta. Las concesiones se redujeron drásticamente: de trece en 1635 se rebajaron a cinco en 1636 y a cuatro en 1637.76 Es probable que los ‘pródromos’ que hayan llevado las instituciones andaluzas competentes en tema de extranjería a este ‘metamorfosis’ deben ser interceptados en las informales quejas y las oficiales relaciones que los virreyes, desde los inicios del siglo XVII, enviaron numerosas a Sevilla y Cádiz. Constituyen un valido ejemplo las dos Relaciones de las causas que se siguen contra extranjeros que se hallan sin licencia en la Nueva España, del 18 de mayo de 1615, ordenadas por el virrey marqués de Guadalcázar entre 1612 y 1614 y que implicaron, entre muchos desconocidos, también tres sicilianos, Domenico Messina y los palermitanos Andrea Pérez y Pietro de Aranz.77

67 Todavía, a costa de ser repetitivo, es necesario evidenciar la grande presencia numérica de los genoveses y los demás europeos. Sobre la oligarquía mercantil y financiara de Liguria, propio en relación a los descubrimientos americanos, insiste también Doria, 1995: 91: “Essa conseguì brillanti risultati negli affari più disparati e su un mercato che comprendeva tutta l’Europa occidentale, le coste africane del Mediterraneo, le isole atlantiche e le terre dei Carabi”. A propósito de la prosperidad genovesa vinculada a la plata americana, D’Arienzo & Di Salvia, 1990: 126-127. 68

Como ya especificado, fueron muchos a pagar las consecuencias de esta decisión política, entre ellos el siciliano Juan. 69

Lockhart, 1968: 114-134.

70

En relación al comercio indiano en la época de Carlos V y Felipe II, Lynch, 1993: 201-216.

71

AGI, Contratación, 318.

72

AGI, Contratación, 494.

73 AGI, Contratación, 51-B, f. 6: “Por parte de Juan Ascanio Ynterlandi, natural de la ysla de Sicilia se ha hecho relaçion en el consulado, ha más de Veinte y seis años que está en estos Reynos, y los Veinte de ellos a residido en las yndias, y los seis en essa çiudad, y que de Veinte y dos años a esta parte está casado con hija de natural della y se alla con algunos vienes y dessco de permaneçer en estos reynos y a

4. Conclusión Un largo periodo de tiempo se ha examinado en la búsqueda de referencias que pudieran facilitar una nueva clave de lectura para una mejor comprensión de la “historia mínima” de la emigración siciliana de la época moderna hacia las costas 87

de España y del Nuevo Mundo americano. Se considera esta indagación al menos útil para haber confirmado incontestablemente (una vez más) que, a través de la historia de las migraciones de los individuos y familias de Sicilia hacia las tierras hispánicas, el vínculo que unió la isla mediterránea a la política imperial española no fue solo un nudo entre instituciones y de representación política. Los sicilianos –comerciantes, pescadores, navegantes, militares, etcétera– se desplazaron hacia el oeste en el sensato sondeo de mejores condiciones de vida material o, asimismo, porque empujados por sinceros ideales de descubrimiento de una nueva tierra ‘prometida’, donde los hombres y las mujeres pudieran vivir serenamente en un mundo nuevo todavía en edificación. Además, a través de las fuentes andaluzas, no solo se ha indagado la historia de los intercambios entre “sociedades hermanas” sino, más ampliamente, la del Mediterráneo antes y del Atlántico después: con el estudio de la presencia de italianos y sicilianos en Andalucía y en las colonias ultramarinas, emerge, en general, la tendencia no solo a quedarse en el imperio, sino a naturalizarse. Los datos mostrados, si cuantitativamente limitados, constituyen solo un primer estudio sobre el argumento que –obviamente– tendría que ser ulteriormente profundizado. Se auspicia –y en ese sentido la pretensión es la que ya expresó Domínguez Ortiz hace años– que las investigaciones se sigan ampliando para que pueda surgir en su completitud

suplicado de le de Carta de naturaleza para poder tratar y contratar en ellos y las yndias, y gozar de las exeempçiones que los naturales destos Reynos. Y porque el Consulado quiere saver si es çierta la relaçion que haze el dicho Juan Ascanio y si tendrá yncombinienze conçederle la naturaleza que pide, y en caso que se le conçeda con qué cantidad será bien que sirva se encarga a Vosotros y los Juezes officiales avisen dello al conssulado con su pareçer. De Madrid a 13 de henero de 1626”. Las fuentes sobre Giovanni Interlandi, si cuantitativamente son conspicuas y repetitivas, están en un pésimo estado de conservación. Además del ya citado legajo 51-B, la concesión soberana de la naturaleza se resguarda en el fondo Contratación, pero en el 596-B. 74 AGI, Contratación, 51-B, f. 8: “Preguntas por parte de Juan Ascanio Ynterlandi natural de la ysla de Ciçilia en Raçon de su naturalessa. 1. Primeramente por el conosimiento del sussodicho y si conosieron a Don Pedro Tello difunto y que ffue de esta ciudad cuya hija natural Doña María Tello muger lijitima del dicho Juan Ascanio Ynterlandi que saven que la sussodicha es natural de esta ciudad y que anbos marido y muger an bibido en ella más de tres años después de averse cassado con la sussodicha y [h]asta que abia veinte años poco más o menos que se passaron a las yndias. 2. Si saven que el dicho Juan Ascanio es natural de la dicha ysla de Çiçilia de el lugar de Licodia de donde vino a esta ciu-

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este iter de españolización, porque eso no es que un aspecto particular de la más vasta y plurisecular diáspora de los italianos en el globo. En efecto, para el mundo hispánico, dado que la naturalización, por concesión de cartas de naturaleza, consentía a los súbditos extranjeros, y en particular a los sicilianos, de comerciar en España y con las Américas y que tal condición fue expresamente solicitada solo desde la segunda mitad del siglo XVI, por las obtenidas por los italianos, si el 75% del total fueron asignadas a ligures, los sicilianos, comunidad más limitada, se tuvieron que repartir las remanentes cartas con las otras naciones de la península y de las islas itálicas. Todas las instituciones políticas españolas, primera la monarquía, operaron así ayudadas por sicilianos y ex sicilianos (los que se ‘hicieron’, naturalizándose, españoles) –fue una especie de hermanamiento– y juntos, sustentándose recíprocamente, contribuyeron a poner bases más solidas y originales a la civilización socio-cultural-económica de Europa. La presencia esporádica en las provincias ibéricas de un pueblo no acostumbrado al cambio –quizás excesivamente habituado a la comodidad y a la prosperidad, como escribía, en la segunda mitad del quinientos, el ya mencionado diplomático Ragazzoni–78 es ahora desmentida gracias a las huellas dejadas en unos documentos custodiados en los archivos andaluces sobre los sicilianos del imperio español.

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dad a más de veinte y seis años siendo de edad de diez y siete o diez y ocho años y asistido en ella seis años los ttres soltero y los tres cassado. 3. Si saven que desde los dichos veinte años qualquer passo a las yndias an bibido los dichos marido y muger en la isla Margarita y de seis años a esta parte en Cartagena de las Yndias, a donde an tenido y tienen cassas propias y açienda en mas cantidad de quattro mill ducados. Ttratandose como veçinos y siendo aunque tenido Portal con deseo al naturalisarse y permaneser en estos Reynos”. Sobre Cartagena como puerta de acceso de las Américas, punto neurálgico para el comercio negrero de las tierras del sur y gran urbe de coagulo de colonias extranjeras, véase Vila Vilar, 1979. La autora, en las numerosas fichas de forasteros ahí avecindados, dibuja unas breves biografías de los sicilianos Fuerte Vicente, Mateo Laudare y Bartolomé Mayoco (véase AGI, Santa Fe, 39 y AGI, Escribanía, 587B). En particular, sobre la familia Mayoco, véanse los legajos no estudiados por Vila Vilar: AGI, Contratación, 5326, n. 40; AGI, Contratación, 5329, n. 42. 75

AGI, Contratación, 596-B, ff. 1-2. 76 77

Domínguez Ortiz, 1960: 49.

AGI, México, 28, n. 23/5/1-9 y AGI, México, 28, n. 23/3-4. Sigue el texto del primer informe: “Yo Don Sancho de Barahona, scrivano de cámara de el crimen por el Rey nuestro señor de la Nueba España, çertifico y doy ffee que antes este exelentissimo señor, Don Diego Fer-

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nández de Córdoba, marqués de Guadalcasar, virrey lugar teniente, de su Mgestad en esta dicha Nueba España, en cumplimiento de una su Real çedula, sobre la expulsión de los estrangeros que an pasado a estas partes y natan y constatan sin licençia la qual fue pressentada por el prior y consules de la Universidad de los mercaderes desta ciudad están y se siguen los pleitos y causa que de suso yvan declaradas contra los dichos estranjeros con ynterbencion de los señores licenciados Don Pedro de Atalara, Diego Nuñez, marques Diego López y Don Francisco de León, oydores y alcaldes más antiguos desta Real audiencia, juezes nombrados por su experiencia para conoçer de las dichas causas que se siguen con el fiscal de su Magestad contra las personas siguientes: Yngleses […]. Françeses […]. Palermo – Andres Perz – natural de Palermo, abiendose manifestado en bertud de de la Real çedula alega ser natural del principado de Catalunia del reino de Aragón. Y da mandado que de ynformacion dentro de seis días citado al Fiscal de su Magestad, para que el la de de lo contrario si quisiere. […]. Ginobeses […]. Çiçilianos – Pedro Viçençio de Aranz – Natural de la ciudad de Palermo, en el Reino de Cicilia, presso en la cárcel desta corte donde abiendosele mandado secretar bienes y tomada la confission para uso de rebista está mandado yr a los reynos de Castilla en la flota que de presente esta surta en el Puerto de San Juan de Lua con pena de seis años de galera en las yslas Filipinas y fianca de trecientos [… ] de que se yra”.

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