Derechos clave de la comunidad LGBTI

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Descripción

Derechos clave de la comunidad LGBTI

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La Corte Constitucional ha reconocido algunos derechos clave en la comunidad LGBTI, a parte de los derechos básicos y fundamentales. Con el reciente auge o levantamiento social de los homosexuales exigiendo reconocimiento y protección del Estado, como ciudadanos y no como personas extrañas y ajenas a la sociedad.
En algunos países, se ha avanzado mucho en este tema,reconociendo incluso el derecho a la adopción. En Colombia, por su parte, se discute esta facultad y se avanza en el camino de la igualdad.
Derechos reconocidos a la comunidad LGBTI
El primer reconocimiento que se hace es a la población carcelaria. Todos aquellos presos que pertenezcan a la comunidad LGBTI tienen el derecho de mantener su vestimenta o todos aquellos accesorios con los que demuestra su personalidad sin ninguna restricción.
Asimismo, hay un especial permiso para que esta comunidad pueda hacer desfiles en las ciudades sin discriminación o algún impedimento. Pero esto está limitado a que el desfile debe contar con el respectivo permiso que se da en las Alcaldías.
Esto es para todas aquellas personas, comunidades o grupos de personas que quieren salir a protestar o manifestar una idea política o una situación social.
Para la comunidad gay, ha sido durante años difícil el trámite para estos desfiles, porque los contradictores argumentan que estos atentan y vulneran los derechos de las demás personas al afectar la intimidad y el orden público.
La Corte es clara al decir que mientras se mantenga el orden, no se afecten las creencias religiosas y no se atente contra la moral pública no debe haber ningún impedimento.
Pero el derecho más importante que deben tener en cuenta las personas que pertenezcan a esta comunidad es que ninguna autoridad civil, ni militar ni de policía puede ni tiene derecho a impedir o retenerlo por su orientación sexual.
Tampoco ningún ciudadano que argumentando una posición religiosa puede impedirle la entrada a algún lugar o desterrarlo de allí. A este derecho se le suma también que todas las parejas gay tienen el derecho de expresar su amor en público, siempre y cuando se mantenga la moral pública y no se atente contra los derechos de las demás personas.
Las EPS, por su parte, deben también realizar la operación de reasignación sexual a un paciente que lo solicite. Los Colegios Públicos, asimismo, no pueden negarle el cupo a un estudiante que declare abiertamente su orientación sexual o que alguno de sus padres haya declarado ser homosexual.
A los anteriores derechos se suma también todos aquellos correspondientes a la herencia, derecho a la pensión por sus parejas, cambio de nombre y de cédula, entre otros. Colombia se hace cada día más diversa.



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