Conflicto interno del PRD. Vargas-Mejía

Share Embed


Descripción

ÍNDICE

I. PREÁMBULO

[Pág. 01]

II. EVOLUCIÓN DEL CONFLICTO

[Pág. 02]

2.1 ORÍGENES

[Pág. 02]

2.2 CLÍMAX

[Pág. 03]

2.3 DESENLACE

[Pág. 05]

III. PARTICIPACIÓN MEDIÁTICA EN MEDIOS IMPRESOS

[Pág. 08]

IV. CONCLUSIONES

[Pág. 12]

V. BIBLIOGRAFÍA

[Pág. 14]

CONFLICTO INTERNO DEL PRD VARGAS - MEJÍA

I.

PREÁMBULO

Para analizar la última crisis por la que atraviesa el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) es pertinente refrescar la evolución histórica de esta organización desde su nacimiento en 1939.

Formado por un grupo de dirigentes dominicanos exiliados en Cuba constituido por Juan Bosch, Juan Isidro Jimenes Grullón, Virgilio y Rafael Mainardi Reyna, Coronel Alexis Liz, José Manuel Calderón, Romano Pérez Cabral, Pipí Hernández, Lucas Pichardo, Pompeyo Alfau y Plinta Woss, quienes decidieron establecer en el extranjero una agrupación opositora con dos objetivos: el derrocamiento de la tiranía trujillista y la realización de reformas económicas y sociales para mejorar la calidad de vida de los dominicanos.

La nueva organización de ideología socialdemócrata y estructurada como un partido de centroizquierda, con influencia doctrinal de Enrique Cotubanamá Henríquez1 y del Partido Revolucionario Cubano Autentico2, descansaría bajo cuatro principios fundamentales: soberanía, democracia, libertad política y justicia social.

El PRD no había llegado aún al país cuando se produce su primera división en 1944, completando a la fecha un total de diez, dando como resultado, además de la pérdida de su Casa Nacional en dos ocasiones (la de la Ave. Independencia esq. Cervantes que pasa a Bosch en 1973 y la ubicada en la Ave. Bolívar casi esq. Dr. Delgado en 2004 ocupada por De Camps), el nacimiento los siguientes partidos políticos:

1

Ideólogo de la revolución democrática fundamentada en los principios de la solidaridad antillana, la lucha contra el fascismo, el combate contra las dictaduras latinoamericanas, la defensa del postulado enarbolado por la Revolución Mexicana de 1910, "democracia, sufragio efectivo universal No Reelección", la adopción del Nacionalismo Democrático como contraposición al nacionalismo trujillista. 2

El Partido Revolucionario Cubano (Auténtico) o Partido Auténtico, fue un partido político cubano fundado el 8 de febrero de 1934 por Ramón Grau San Martín, que junto al Partido Ortodoxo fue uno de los dos partidos principales de Cuba antes de la Revolución cubana. Con un programa de gobierno de corte nacionalista con elementos de carácter socialista y corporativistas.

1

Tabla No. 1 Partidos políticos fundados producto de divisiones internas del PRD Nombre

Siglas

Año

Fundador

Alianza Social Demócrata3

ASD

1962

Juan I. Jimenes

Partido Revolucionario Dominicano Auténtico

PRDA

1962

Nicolás Silfas

Partido de la Liberación Dominicana

PLD

1973

Juan Bosch

Bloque Institucional Socialdemócrata

BIS

1984

José F. Peña Gómez

Partido Revolucionario Independiente

PRI

1987

Jacobo Majluta

Partido Revolucionario Social Demócrata

PRSD

2005

Hatuey De Camps

De estos partidos solamente el PLD ha tenido éxito electoral y todos los demás se han mantenido siendo partidos minoritarios, que por lo regular acuden a las elecciones aliados a otras organizaciones.

II.

EVOLUCIÓN DEL CONFLICTO

2.1 ORÍGENES

La última pugna por el control del PRD tuvo su génesis el 06 de marzo del 2011, cuando el entonces precandidato presidencial y expresidente Hipólito Mejía, ganó la convención, resultados que no fueron aceptados por el presidente del partido desde el 2009 y también precandidato, Miguel Vargas, quien acusó a la Comisión Electoral de incurrir en irregularidades, aunque para entender de muchos la verdadera raíz del impasse está en la supuesta falta de apoyo por parte de Mejía a la candidatura presidencial de Vargas Maldonado en el 2008.

El conflicto generó que en múltiples ocasiones ambas facciones acudieran al Tribunal Superior Electoral (TSE), hechos violentos y que actores de importancia nacional e internacionales, tanto políticos como de la sociedad civil, para citar algunos casos la Iglesia Católica y la Internacional Socialista (IS), trataran de mediar en la situación sin obtener ningún resultado.

3Se

extinguió tras su participación en las elecciones de 1982 y fue reconstituido adquiriendo el nombre de Alianza Social Dominicana (ASD) bajo la dirección de la familia Abinader desde 1982. El 16 de julio del 2014 solicitó a la Junta Central Electoral (JCE) modificar varios elementos: nombre (de Alianza Social Dominicana a Partido Revolucionario Mayoritario [PRM]), logo, bandera, lema y estatutos, en un contexto que será explicado más adelante.

2

2.2 CLÍMAX

Uno de los hechos más importante durante toda la disputa tuvo lugar el 14 de enero del 2013, cuando se llevó a cabo un juicio disciplinario contra Mejía; el presidente en Funciones, Andrés Bautista García; el secretario General, Orlando Jorge Mera; y la secretaria de Organización, Geanilda Vásquez, sin la presencia de los acusados, en medio de disturbios en frente de la Casa Nacional. Éstos fueron acusados de violar ocho artículos de los Estatutos Generales del PRD, por lo que se solicitó la expulsión de los dos primeros y la suspensión por dos años de los dos últimos.

Como prueba fueron depositados los recortes de los periódicos que dieron cobertura a la reunión del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) encabezada por Mejía los días 01 y 10 de junio de 2012, donde, según la acusación, promovió actos de violencia o de indisciplina en el PRD, además de faltar el respeto a los dirigentes y compañeros. Los artículos de los Estatutos Generales que se le acusa haber violado son: 4, párrafo 14; 15 literales a, b, c y d5; el 51, literales a, b, c, d y h6; y el 1877.

Mientras, Andrés Bautista estaba acusado de usurpar las funciones de Miguel Vargas y promover actividades en detrimento de los intereses del partido y de su unidad. Habría violado los artículos 48 y 15 literales b, c y d9; el 51, literales a, b, c, d, e y h10; y el 55, literales b, d y f11. 4 Artículo 4. Párrafo 1. “Se prohíbe terminantemente la promoción de grupos o candidaturas dentro del Partido, excepto estas últimas durante los períodos pre-convencionales que señale el Comité Ejecutivo Nacional o su Comisión Política, lo mismo que la recaudación de fondos y la instalación de locales para fines políticos personales o de grupos.” Estatutos Generales (2013). 5 Artículo 15. “Son deberes de los(as) militantes y de los(as) dirigentes: a) Militar en los organismos del Partido. b) Conocer y respetar los Estatutos, la Doctrina, las Estrategias, Tesis c) Programas del Partido; defenderlos y divulgarlos. d) Mantener relaciones de mutua consideración, respeto y solidaridad con todos(as) los(as) miembros(as) del Partido.” Estatutos Generales (2013). 6 Artículo 51. “Son faltas sujetas a juicio disciplinario en el Partido, entre otras, las siguientes: a) Hacer declaraciones públicas que no estén de acuerdo con la línea del Partido en lo doctrinario, estratégico o táctico, o sobre asuntos políticos acerca de los cuales no se hayan pronunciado todavía los organismos o funcionarios(as) del Partido calificados para ello. b) Promover actos de violencia o de indisciplina en el Partido, o participar en ellos. c) Faltar al respeto y la debida consideración a los(as) dirigentes(as) y demás d) compañeros(as) del Partido. e) Irrespetar las decisiones de los organismos y autoridades calificadas del Partido a todos los niveles. Quienes sean dirigentes(as) y deban hacer respetar esas decisiones y no cumplan con esa obligación serán, asimismo, pasibles de juicio disciplinario. El desacato de las Resoluciones de los organismos superiores, se considerará falta grave. h) Realizar cualquier tipo de gestión por cuenta o en favor de otra organización o candidato(a) que no sea del Partido, o en perjuicio de éste(a) o de sus candidatos(as), sin la expresa aprobación de la Comisión Política, el Comité Ejecutivo Nacional o, en su defecto, del(la) Presidente(a) del Partido.” Estatutos Generales (2013). 7 Artículo 187. “Queda terminantemente prohibido so pena de severas sanciones, la promoción de candidaturas para cargos dentro del Partido y de elección popular con más de tres (3) meses de anticipación a las convenciones que habrán de seleccionarlas.” Estatutos Generales (2013). 8 Artículo 4. “La Organización del Partido es de carácter democrático y está integrada por los organismos de base y de dirección, electos(as) mediante el voto universal, directo, secreto, mayoritario y proporcional, según lo establezcan sus Reglamentos Internos y la Ley Electoral.” Estatutos Generales (2013). 9 Ver nota al pie No. 4. 10 Ver nota al Pie No. 5. 11 Artículo 55. Son atribuciones del (la) Presidente(a) del Partido: b) Actuar como el principal vocero(a) oficial del Partido. d) Presidir las reuniones del Pleno Nacional de Dirigentes, del Comité Ejecutivo Nacional, de la Comisión Política y el Presídium. f) Convocar el Comité Ejecutivo Nacional, la Comisión Política y el Presídium de acuerdo con las disposiciones Estatutarias y las Resoluciones de los organismos competentes. Estatutos Generales (2013).

3

En tanto, Jorge Mera fue acusado de promover actos de violencia y dejar de cumplir sus obligaciones y deberes y promover acciones dirigidas a alcanzar beneficio personal o grupal en detrimento de los intereses del PRD. Habría violado los literales b, c y d del artículo 1512; literales a, b, c, d, e y h del artículo 5113; y literales a, b, d, e, f y g del artículo 6214, de los estatutos. Esas imputaciones también le son hechas a Geanilda Vásquez.

Las penas solicitadas a Mejía y a Bautista están establecidas en el literal h del artículo 52 y contra los secretarios General y de Organización están contempladas en el mismo artículo, literal g15. A éstos dirigentes se les acusó, además, de coartar el derecho constitucional previsto en el Artículo 216 de la Constitución16, que establece los fines esenciales de un partido.

El Consejo Nacional de Disciplina les encontró culpables de las imputaciones, por lo que expulsó de manera definitiva, como dirigente y militante, a Mejía y Andrés Bautista. Mientras suspendió de manera temporal, por dos años y con la posibilidad de revisar la sentencia cada seis meses, a Jorge Mera, y Vásquez.

Los sancionados restaron calidad y validez a su expulsión, amenazaron con acudir a la línea de masas para arreciar la oposición al Gobierno y contrarrestar la supuesta intromisión estatal y del presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Leonel Fernández, en los asuntos internos del PRD. Asimismo acudieron al TSE, pero este organismo rechazó en cuanto al fondo la demanda en nulidad de las actuaciones interpuesta en contra del fiscal del PRD, José Geovanny Tejada, y otros miembros del Consejo Nacional de Disciplina, por improcedente, mal fundada y carente de sustento.

12 Ver nota al pie No. 4. 13 Ver nota al pie No. 5. 14 Artículo 62. “Atribuciones generales de la Secretaría Nacional de Organización: a) Planificar la política organizativa del Partido, para ser aprobada por la Comisión Política. b) Coordinar bajo la dependencia de la Secretaría General, los trabajos de todos los Departamentos Nacionales y Frentes de Masas del Partido y demás funciones que les sean asignadas por el Comité Ejecutivo Nacional, la Comisión Política o por el Presidente del Partido. d) Evaluar los planes y programas de las diferentes instancias del Partido. Asimismo, compatibilizar, y dar seguimiento a las actividades emprendidas dentro de los programas. e) Coordinar acciones y conjugar esfuerzos con los Consejos Regionales, Frentes de Masas, Departamentos y Direcciones Nacionales de Acción Comunitaria, en asuntos relativos a sus respectivos planes y programas de trabajo. f) Recopilar y mantener datos actualizados de la estructura y del trabajo partidario a nivel nacional. g) Realizar estudios y análisis con la finalidad de mejorar la organización, métodos”. Estatutos Generales (2013). 15 Artículo 52. “Según la gravedad de la falta los Consejos de Disciplina impondrán las sanciones siguientes: g) Suspensión temporal del Partido. h) Expulsión definitiva del Partido.” Estatutos Generales (2013). 16 Artículo 216.- “Partidos políticos. La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley. Sus fines esenciales son: 1) Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia; 2) Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular; 3) Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana.” Constitución Dominicana (2010).

4

Lo mismo hizo la Alta Corte con la demanda en nulidad de la segunda fase de la XVII Convención Nacional Ordinaria, celebrada en 2009, así como con la reunión del CEN efectuada el 03 de junio del 2012. Luego de analizar el fallo, la facción que lidera Hipólito Mejía reaccionó diciendo que la sentencia del tribunal es un atentado contra la institucionalidad y la democracia, que solo busca truncar al PRD e implantar la dictadura del PLD.

Las diferencias entre los perredeístas se salió de los límites el 27 de enero del 2014 en la Casa Nacional, durante una reunión del CEN convocada por Miguel Vargas, donde se produjeron hechos violentos que dejó como saldo ocho heridos; la toma de la edificación por parte de la facción de Mejía y la entrega del local a la Policía Nacional, con el compromiso de que no se entregara a ninguno de los sectores en pugna hasta tanto se llegará a un acuerdo, para lo que fue necesario una conversación entre Mejía, el jefe de la Policía Nacional, José Armando Polanco Gómez, y el ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul. Posteriormente, el TSE ordenó al Ministerio de Interior y Policía y a la Policía Nacional la entrega inmediata del local al PRD, en la persona de Vargas.

2.3 DESENLACE

Independientemente de las disposiciones dictadas, el sector liderado por Mejía y Luis Abinader, bajo el calificativo de PRD Mayoritario, junto al Frente Amplio, La Multitud, Partido Humanista Dominicano (PHD), Movimiento Ciudadanos y Ciudadanas por la Democracia, Foro Renovador del PRD, Red de Acción Política (RAP), y Dominicanos por el Orgullo Nacional, formaron el 25 de agosto del 2013 el frente opositor “Convergencia por un mejor país”, y a inicios del 2014 firman el “Acuerdo por la democracia y el cambio político”, con el que se comprometieron a desarrollar un plan de movilización nacional e internacional con miras a participar unidos en las elecciones del 2016.

Todavía en ese escenario continuaron los aprestos para un posible acuerdo entre las partes, pero la conformación de la Convergencia podría identificarse como el hecho que marca de manera definitiva la 10ma división del PRD. Esta asume condición de partido de manera formal el 09 de septiembre del 2014, cuando la Junta Central Electoral (JCE) autoriza al Partido Alianza Social Dominicana (ASD) a identificarse con el nombre de Partido Revolucionario Moderno (PRM), luego de que otras organizaciones políticas se opusieran a que fuera llamado Partido Revolucionario Mayoritario (PRM) durante de la fase de consultas convocados por el organismo electoral.

5

La renovada organización política se define como socialdemócrata dentro del espectro centroizquierda, al igual que el PRD, cuyo accionar está orientado por el ideario de José Francisco Peña Gómez, y se encuentra asociado internacionalmente a Alianza Progresista.17

El 26 abril del 2015, el PRM, realizó la XVII Convención Nacional Extraordinaria Ana María Acevedo, en la que resultó electo como candidato presidencial Luis Abinader, con el 70.24%, desplazando a Hipólito Mejía e instituyéndose como principal líder de la organización. Al PRM se ha sumado el respaldo de 34 diputados del PRD y muchas otras figuras importantes del perredeísmo.

Por otro lado, el PRD consumó su XXX Convención Nacional Ordinaria Noel Suberví Espinosa el 20 de julio del 2014, en la que fue relecto presidente de la organización para el período 2014-2018, Miguel Vargas, con el 87.92%. En el proceso se estimó una abstención cercana al 58% y se produjeron disturbios en los que hasta miembros de la prensa salieron afectados. Los resultados fueron impugnados por su contrincante en la contienda, Guido Gómez Mazara, de la facción de Mejía, ante el TSE, solicitud que fue declarada como inadmisible bajo el alegato de que el demandante no agotó correctamente los procedimientos.

En septiembre del mismo año, durante el acto de juramentación de las nuevas autoridades la Convención Nacional de Delegados del PRD, Vargas fue proclamado candidato presidencial para las elecciones del 2016, con atribuciones especiales para escoger a discreción su compañero de boleta y completar la matricula del CEN y los demás organismos que así lo requieran. Para tomar esta decisión fue necesario la modificación de artículos de los Estatutos Generales como el Nº 17718. Esta acción fue denunciada por algunos como una violación a los mandatos internos de la organización19.

17 Capítulo I. Disposiciones generales, Estatutos Partido Revolucionario Moderno (2015). 18 Artículo 177. “La elección del candidato (a) a la presidencia de la República será efectuada por el voto universal de la militancia del Partido; el (la) candidato (a) por la Convención Nacional Extraordinaria especialmente convocada para esos fines”. Estatutos Generales (2013). 19 Artículo 172 “Todos (as) los (a) dirigentes y militantes tienen el derecho de presentar su candidatura para puestos dirigenciales dentro del Partido y para ser postulados a cargos públicos de elección popular”. Artículo 24, Letra b, “Es atribución de la Convención Extraordinaria conocer los resultados de las elecciones primarias y proclamar los (as) candidatos (as) del Partido a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República escogidos de acuerdo a estos Estatutos Generales”. Artículo 212 “para modificar los presentes Estatutos Generales, por mandato de la Comisión Política, la Comisión de Reforma Estatutaria del Partido emprenderá esa labor. Una vez terminado el trabajo, esa Comisión deberá poner en manos de la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional el proyecto de estatutos modificados. La Comisión Política estudiará las modificaciones y las remitirá al Comité Ejecutivo Nacional con su opinión. El Comité Ejecutivo Nacional deberá presentarlo en la próxima Convención Nacional para su aprobación, enmienda o rechazo”. Estatutos Generales (2013).

6

Finalmente, luego de que ambos partidos reestructurarán su dirección interna y eligieran sus candidatos presidenciales se inició un nuevo proceso de acercamiento y negociaciones con el fin de articular una oposición firme al gobierno y acudir juntos en algunos niveles de elección en los comicios del 2016, el cual vio su fracaso total el 15 de junio del 2015, cuando Vargas, en un discurso a la nación, dio a conocer de manera formal el Acuerdo Político para un Gobierno Compartido de Unidad Nacional con el PLD y su decisión de posponer su candidatura presidencial, en el contexto de la reforma constitucional, proclamada el pasado 13 de junio, que permitió la modificación del Artículo 12420 y poder así viabilizar la reelección consecutiva para beneficiar al presidente Danilo Medina.

20 Artículo 124 “El presidente o presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia del país”. Constitución Dominicana (2015).

7

III.

PARTICIPACIÓN MEDIÁTICA EN MEDIOS IMPRESOS21

Desde iniciadas las diferencias dentro del PRD los medios le han dado un seguimiento detallado, constituyéndose durante muchos meses en el hecho político partidario de mayor cobertura en los medios impresos nacional, solo matizado en algunas semanas por los diferentes escándalos de corrupción que han sido llevados a la justicia. A continuaciones una muestra de la cobertura dada por medios impresos en el período 2013 y 2014, durante el cual se intensificó el hecho: Gráfico No. 1 Participacion y valoracion del conflicto interno del PRD en medios impresos 2013-2014 Valoracion acumulada 610 506

17% 18%

496

330

300

321

277

110

137

338

65%

258 139

114

172

152

146

177

159

157

Porcentajes en base a 4,991 informaciones

55

Total

Favorable

Neutro

18

2

12

5

Desfavorable

Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

Entre el 2013 el 2014 los medios impresos publicaron 189,319 informaciones, de las que el 28% (52,747 registros) tenía matiz político partidario. La crisis del PRD representó el 14% (4,991 registros) de las publicaciones relacionadas a política en esos años, lo que puede dar una idea de la trascendencia dada a este hecho, con un nivel de desfavorabilidad al PRD de 65% (3,224 registros). 21

Este acápite cuenta con un análisis de la participación mediática del conflicto interno del PRD en medios impresos a partir de datos extraídos de databox, una base de datos en línea de acceso y gestión de la información, de la propiedad de IRC-Profile. A través de ésta herramienta se presenta el comportamiento de temas, medición de imagen de actores e instituciones, a partir de su exposición en los medios de comunicación. (Disponible en: http://www.irc.com.do/servicios/#.VbuYLfl_NBc).

8

Gráfico No. 2 Destaque del conflicto interno del PRD según medio impreso 2013-2014 Destaque acumulado 35%

35% 24%

6% 41%

Porcentajes en base a 4,991 informaciones

8% 16%

15%

34%

35% 32% 41%

31%

54%

30% 51%

El Caribe (938)

29% 8%

7%

Listín Diario (789)

Hoy (697)

Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

8%

59%

44% 22% 6%

4% 41%

6%

Diario Libre (679)

Muy Alto

Alto

40%

20%

4%

22% 5%

El Nacional (660)

Medio

48%

El Día (480)

7%

La Información (396)

24% 9%

El Nuevo Diario (352)

Bajo

Durante el período, la crisis perredeísta fue abordada en 1,226 informaciones de Portada, 25% del total de publicaciones sobre el asunto, de estas el 6% (314 registros) con destaque Muy Alto. Por otro lado, los destaques Alto y Medio representaron 35% (1,761 y 1,727 registros en cada caso). El Caribe fue el medio con más publicaciones sobre el tema 19%.

9

Gráfico No. 3 Conflicto interno del PRD en medios impresos según tipo de publicación 2013-2014

Gráfico No. 4 Conflicto interno del PRD en medios impresos según sección 2013-2014

38,0%

Nacionales 62,8% 1,8% 1,4% 0,6% 0,4%

Opinión 35,6%

57,7%

Noticia

Artículo

Editorial

Carta al Editor

Entrevista

Reportaje

Porcentajes en base a 4,991 informaciones Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

Provinciales 1,2% Económicas 0,2% Locales 0,1% Deportes 0,1%

Porcentajes en base a 4,991 informaciones Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

La mayor cantidad de registros fueron noticias, 57.7% (2,881 registros), seguido de artículos 38% (1,899 registros). El 62.8% (3,145 registros) se publicó en la sección Nacionales y el 35.6% (1,779 registros) en Opinión.

10

Gráfico No. 5 Valoración acumulada de actores principales en el conflicto interno del PRD en medios impresos 2013-2014

Hipólito Mejía (3,002)

Miguel Vargas (3,516)

27%

42%

23%

Porcentajes en base a 4,991 informaciones Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

31%

36%

Favorable

41%

Neutro

Desfavorable

Porcentajes en base a 4,991 informaciones Fuente: elaboración propia a partir de registros de databox.

El 41% (1,429 registros) de las publicaciones relacionadas al conflicto en el que se mencionó a Miguel Vargas fue desfavorable a su figura. En el caso de Hipólito Mejía, la desfavorabilidad representó el 31% (940 registros). El segmento neutro se explica en informaciones en las que coexistían las posiciones de ambos. Este representa para Mejía el 42% (1,246 registros) y para Vargas 36% (1,271 registros). Respecto a la favorabilidad, representa el menor porcentaje para ambos, 27% (816 registros) para Mejía y 23% (816 registros) para Vargas.

11

IV.

CONCLUSIONES

Las divisiones en el PRD no constituyen un fenómeno nuevo, la historia de ese partido permite visualizar la deficiencia que tiene desde su fundación para una convivencia interna, y no necesariamente por la usencia de un marco institucional que lo propicie, puesto que el mismo cuenta con normas claras y un organigrama funcional dentro de estándares que podrían considerarse democráticos.

En el PRD se da un fenómeno que puede observarse en muchos partidos latinoamericanos, los liderazgos personalistas están por encima del mismo partido y la institucionalidad, por lo que no pueden convivir dos líderes al mismo tiempo.

Si evaluamos los niveles de democracia interna de esta organización, a partir de las dimensiones que plantea Flavia Freidenberg: a) Selección de candidatos a cargos de elección popular y de autoridades partidistas, b) Participación de minorías y sectores sociales sub representados (mujeres, jóvenes, grupos étnicos) en el proceso de toma de decisiones y en la definición programática del partido, c) Rendición de cuentas de los candidatos, cargos públicos y autoridades del partido a las bases; podemos observar que en general las crisis perredeístas están muy relacionadas al incumplimiento de estos parámetros. (Freidenberg, 2017).

Los vicios en la elección de candidatos y autoridades es un mal transversal en el PRD, ya que aunque en la mayoría de los casos se hicieron a través de elecciones internas, estas no cumplen con los requisitos que aseguran la competitividad. Esta forma de elegir las autoridades se traduce en mecanismos de control poco eficientes a la hora de garantizar la igualdad de los miembros, la transparencia, la legalidad, la pluralidad y la toma de decisiones de forma inclusiva, por el contrario se utilizan los propios organismos de control para imponerse, generando persecuciones y divisiones. Asimismo, propicia la creación de alianzas no programáticas con partidos ideológicamente diferenciados basadas en negociaciones de cuotas de poder en acuerdos poco transparentes.

Por otro lado, la cantidad de informaciones político partidarias publicadas en los medios impresos evidencia que la presencia de estas organizaciones en los medios de comunicación no se limita a los períodos electorales, con la colocación de publicidad y sus propuestas de gestión, sino que se mantiene durante todo el año con la cobertura que los medios dan a su cotidianidad.

12

El control del espacio público que tienen los medios de comunicación, entendiéndolos como grupos de poder con intereses particulares, les da las herramientas de construir una “realidad” de los partidos políticos, tanto de manera individual como del sistema que componen, así como de sus principales figuras22. Algo a lo que se le debe prestar la debida atención, más si consideramos los bajos niveles de confianza en los partidos expresados por la ciudadanía en contrastes con los otorgados a los medios de comunicación. Según la encuesta Gallup - Hoy, publicada el pasado 07 de julio, los partidos son la institución que inspira menor confianza (45.8% dijo tener Ninguna confianza y el 33.4% Poca confianza), mientras que los medios de comunicación ocupan el 5to lugar entre las que se tienen mayores niveles de confianza (30.3% expresó Mucha confianza). (Redacción, 2015, julio 17).

Finalmente, su alianza con el PLD, sumada a la desconfianza expresada por la población hacia los partidos políticos en en general, crea la necesidad de que se articule una nueva opción electoral con un programa de interés colectivo en el que se respeten los mecanismos de democracia interna, para poder asegurar la estabilidad del sistema político a través del necesario contrapeso.

22

Teoría de la agenda – setting, sostiene la capacidad de los medios de masa de influir sobre la opinión de los

destinatarios, de manera directa aunque no inmediata, a partir de lo que determinan publicar, la relevancia dada a lo publicado y los aspectos o atributos que enfatizan de lo publicado, esto en dos niveles: el primero se ocupa de la colocación de los temas y el segundo de los aspectos o atributos que se enfatizan sobre los mimos, desde el postulado del periodista Maxwell McCombs, de que los periódicos son los primeros que dictan la agenda, que luego es reorganizada por los demás medios de comunicación. McCombs, M. (2006).

Teoría de la intencionalidad editorial, actualmente en desarrollo, que incorpora elementos al análisis de los medios de comunicación, particularmente al periodismo, considerando que éstos son herramientas de transmisión de valores de la ideología de los sectores dominantes utilizados para transformar la ideología de clase en sentido común, a partir de la propuesta de Víctor Ego Ducrot de que para descubrir la parcialidad con pretensiones de objetividad hay que considerar aspectos relativos a la pertenencia corporativa del grupo y su ingeniería financiera, entre otros. Espeche, E. (2009).

13

V.

BIBLIOGRAFÍA

Alcántara Sáez, M., & Freidenberg, F. (2001). “Partidos políticos de América Latina, Centroamérica, México y República Dominicana”. Salamanca: Ediciones Universidad de Salamanca.

Benito Sánchez, A. B. (2010). “La política del poder: alianzas e interacciones partidistas estratégicas en República Dominicana”, en Revista de Ciencia Política, Santiago de Chile: Universidad Católica de Chile, Vol. 30, Núm. 3. Benito Sánchez, A. B. y Rosales, R. (2011). “Marco normativo del sistema de partidos en República Dominicana: las reglas del juego partidario”. [En Programa de Formación y Gerencia Política (ed.)], Diagnóstico sobre la situación del sistema de partidos en República Dominicana 2005-2010. Santo Domingo: USAID, IIDH-CAPEL.

Constitución Política de la República Dominicana. (s.f.). Santo Domingo: Gaceta Oficial No. 10561, del 26 de enero de 2010.

Constitución Política de la República Dominicana. (s.f.). Santo Domingo: Gaceta Oficial No. 10805, del 13 de junio de 2015. Duarte, A. J. (2004). “Partidos políticos en la sociedad dominicana (1844-2004)”. Santo Domingo: Editora Búho. Espeche, E., López, F., Rodríguez Esperón, C., & Ego Ducrot, V. (2009). “Intencionalidad editorial. El sigilo y la nocturnidad de las prácticas periodísticas hegemónicas”. Buenos Aires.

Estatutos Generales Partido Revolucionario Dominicano (PRD). (2013). Santo Domingo. [Versión electrónica en: http://prd.org.do/estatutos/]

Estatutos del Partido Revolucionario Moderno (PRM). (2015). Santo Domingo. [Versión electrónica en: http://www.prm.org.do/documentos/Estatutos_PRM.pdf/]

14

Freidenberg, Flavia (2007). “Democracia interna en los partidos políticos”. En: Dieter Nohlen, Daniel Zovatto y Sonia Picado. Tratado de Derecho Electoral Comparado de América Latina. (Segunda Edición). México: Fondo de Cultura Económica, International IDEA y el IIDH. [Versión electrónica en: http://works.bepress.com/flavia_freidenberg/]

IRC-Profile.

“databox”·.

(2014).

Santo

Domingo.

[Base

de

datos

en

línea:

http://ircdatabox2.homeip.net:8080/databox/login.aspx]

Ley Electoral de la República Dominicana. (s.f.). Santo Domingo: Gaceta Oficial No.275-97, del 21 de diciembre de 1997. Lozano, W. (2010). “Sistema de partidos y cambio democrático. Aproximaciones al caso dominicano". En Revista América Latina Hoy, Salamanca: Instituto de Iberoamérica de la Universidad de Salamanca, N.° 56, diciembre McCombs, M. (2006). “Estableciendo la agenda. Impacto de los medios en la opinión pública y en el conocimiento”. Barcelona: Paidós Ibérica.

Redacción. (2015, julio 17). Santo Domingo. "Encuesta Gallup - Hoy. Nivel de confianza en instituciones del país." Hoy, p. 1A. Rendón, J. C. (1996). “Teoría e investigación de la comunicación de masas”. México, D.F.: Alhambra Mexicana. Wolf, M. (1987). “La investigación de la comunicación de masa”. Barcelona: Paidós.

15

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.