Cambios a Legislacion Educativa Local: el caso de Quintana Roo, 2004
Descripción
Congreso del Estado de Quintana Roo, X Legislatura Foro de Consulta “Por una Nueva Ley de Educación de Quintana Roo” Tercera sesión: Chetumal, Quintana Roo
28 de mayo del 2004
RELATORIA GENERAL Moderador General: Dr Xavier Gamboa Villafranca Relator General: Dr Andrés Pérez Tova Los participantes en este Foro debemos estar orgullosos de los resultados obtenidos, tras 7 horas de trabajo intenso, en que hemos respondido a la convocatoria de la Comisión de Educación de nuestro Congreso. Logramos encontrar, no sólo propuestas legislativas que permitirán resolver problemas ya detectados y conocidos...¡sino, también, propuestas creativas, factibles y pertinentes que harán posible resolver los nuevos problemas con que en este momento ya estamos lidiando, asi como con los obstáculos que todo indica aparecerán en el futuro previsible! Seguramente los diputados encontrarán, en los materiales aquí confeccionados, importantes piezas del rompecabezas que están llamados a armar. El talento ciudadano aquí reunido, le lanza un fraternal reto a nuestros legisladores: tendrán que aplicar todo su intelecto, experiencia, esfuerzo analítico y capacidad de concertación política, para conformar el marco que satisfaga las expectativas hoy manifestadas.
La Mesa 1 tuvo 20 participantes. Sus trabajos se orientaron a la conformación de propuestas de contenido de la Ley, en materia de calidad, equidad y participación social. El moderador de esta mesa fue el Ing Augusto Solías Rosales, y el relator fue el Mtro Julio Xuluc Chay; contó con la asesoría del Profesor Octravio Cruz. Se trabajó con el afán de coadyuvar mediante el análisis y el consenso democrático, a la construcción de un sistema educativo lleno de oportunidades, sustentado jurídicamente por una legislación acorde a los tiempos de cambio, que la sociedad quintanarroense demanda. Las propuestas
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que, una vez desarrollados los procesos normativos, jurídicos y políticos de la X Legislatura, se proponen sean contempladas en la Nueva Ley, son las siguientes: -
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Implementar un sistema de formación y capacitación docente, para elevar el nivel profesional de los mismos, así como el fortalecimiento de un programa especifico de capacitación para puestos directivos. Otorgamiento de estímulos e incentivos económicos especiales, para docentes y alumnos que destaquen en el ámbito educativo. Con el fin de eficientar la atención a los educandos, establecer que para el caso de la educación básica, los grupos se establezcan con 25 alumnos como máximo. Modificar totalmente el reglamento de la Asociación de Padres de Familia, para que la responsabilidad de los padres en el proceso educativo, sea de carácter constitucional. La aplicación y evaluación real de la función de los consejos de participación social, en sus diferentes niveles. La creación del Instituto de Evaluación Educativa Municipal. Promover el intercambio escolar en todos sus niveles, en los ámbitos nacional e internacional. Crear el carnet escolar, para fomentar la cultura preventiva de la salud. Dar continuidad y seguimiento a los programas federales de educación. Vigilar que en las instituciones educativas no se fomente la agresión física y psicológica a los educandos. Promover la formación de individuos con códigos éticos basado en valores como el respeto, la tolerancia, la justicia y el nacionalismo, mediante el establecimiento de la asignatura de formación valoral para el nivel de educación básica. Vigilar que los recursos humanos y financieros se distribuyan equitativamente en todos los niveles y modalidades. Brindar seguridad social a los educandos que carezcan de ella. Promover la obligatoriedad de los padres en la formación valoral de sus hijos. Propiciar el cuidado del medio ambiente, para un mejor nivel de vida de las futuras generaciones.
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Proteger a la niñez y la juventud, mediante el serio combate a las adicciones. Implementar los apartados de “Calidad en la Educación”, “Equidad en la Educación”, así como el de “Participación Social”, en la conformación de la nueva Ley. Solicitar la intervención de la Contraloría Social, para que supervise 2 veces al año el desempeño del sector educativo. Analizar y evaluar los contenidos de los planes y programas de Educación Básica. Introducir las nuevas tecnologías de comunicación en el sector educativo, generando los espacios necesarios para que los alumnos tengan acceso a las mismas. Convenir con las empresas editoriales, para que editen material bibliográfico como apoyo a las escuelas. Establecer centros de asesoría extractase y centros de apoyo pedagógico que tiendan a abatir la deserción. Propiciar la participación de la Iniciativa Privada, para el apoyo en financiamiento de los proyectos educativos. Otorgar estímulos a las Asociaciones civiles que se dediquen al apoyo del sector educativo. Brindar reconocimientos a los medios de comunicación, masiva, que contribuyan a apoyar el ámbito educativo. Implementar los mecanismos necesarios que eviten la creación de escuelas unitarias o bidocantes para el caso de las secundarias del medio rural o telesecundarias. Promover el establecimiento de las telesecundarias en el medio urbano. El material impreso utilizado en el sistema de telesecundaria, preferencialmente deberá ser editado s color. Incluir un apartado especifico sobre la profesionalización y evaluación del docente, a fin de certificar sus competencias. Que la selección para ingreso a las escuelas formadoras de docentes, sea implementado por una institución evaluadora especial, vigilando que los egresados de los mismas, cumplan con los estándares de calidad cognoscitiva y psicológica. Para el otorgamiento de plazas para docentes, deberá ser exhibido el dictamen o certificado de la institución evaluadora. Que las empresas de los sectores social, público y privado, con concesión o autorización del estado mexicano para desempeñarse en el rubro de la comunicación electrónica de 3
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masas e Internet; y que transmitan sus señales abaleando parcial o totalmente al Estado de Quintana Roo, ya que se consideran por ese solo hecho como instituciones complementarias del Servicio Público de Educación y como integrante del Sistema Educativo Estatal, por lo que estarán sujetas a las disposiciones de la presente ley. Establecer un apartado relativo al “Financiamiento Económico para la Educación”, estableciendo las bases para el financiamiento de los programas de becas y créditos educativo. Creación de un nuevo Instituto de Becas y Crédito Educativo, acorde a la nueva ley, estableciendo la extinción del actual instituto. Que los servicios educativos en Quintana Roo, serán de formación de recursos humanos, investigación, científica, innovación tecnológica, creación artística y desarrollo humanístico-social. Que los servicios que presta el Estado, serán instrumento para el mejoramiento del bienestar social, crecimiento económico y democratización política del Estado y de sus regiones, municipios y localidades. Que todo componente, nivel y modalidades del sistema educativo Quintanarroense. a).- Preste con nivel de excelencia sus servicios en planteles escolares, planta productiva y hogar. b).- Sea responsable de que los apoyos administrativos y logísticos que se requieran para desempeñar sus funciones educativas, sean de alta calidad. Aplicar la equidad como prerrequisito para la educación de calidad, vigilando que la distribución sea justa y no igualitarista con respecto a los recursos, en el entendido de que deberá haber mayor inversión en los núcleos humanos mas necesitados. Que el concepto amplio de equidad en la educación, no sólo se refleje en lo económico, sino en una visión integral de una sociedad desarrollado. Promover la transformación de los centros escolares de educación básica en escuelas de calidad. Fomentar la transparencia en la administración de los recursos y la rendición de cuentas, en el ámbito de la comunidad escolar. 4
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Capacitar a los padres de familia sobre consejos de participación social, programa de escuelas de calidad y contraloría social. Que los Planes y programas que se apliquen en la entidad, sean acordes a la realidad social, geográfica y cultural, tomando en consideración las características específicas de cada nivel y modalidad.
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¿Qué debe establecer la Ley, tratándose de los diversos tipos, niveles y modalidades de la educación? Con la moderación y relatoría a cargo del Profesor Antonio Ek y Yá, para responder a esta pregunta 6 expertos, aglutinados en torno a la Mesa 2, trabajaron con entusiasmo e intensidad durante el tiempo destinado para tal fín. Llegaron a dos acuerdos básicos: i) En teoría se atiende educativa, social y laboralmente a los grupos vulnerables; pero falta mayor despliegue tanto de recursos materiales, humanos y tecnológicos para su atención; ii)La modalidad de la escuela telesecundaria es un subsistema muy noble, que además de económica en su administración de recursos, resulta ser una modalidad contundente en sus resultados. A partir de estos acuerdos, concluyeron que es menester que la nueva ley incluya, convenientemente ubicados en su texto, los siguientes puntos: Sus conclusiones, al respecto, son las siguientes:
El Estado deberá garantizar la integración educativa, social y laboral de los grupos vulnerables.
En materia de atención educativa de la población escolar de los grupos más vulnerables; en situaciones de riesgo y menos favorecidos; que incluyen a niños con necesidades educativas especiales con o sin discapacidad; niños de la calle, niños de las zonas urbana-marginadas, de la zona rural indígena y niños migrantes dentro del mismo Estado; será responsabilidad del Estado, disponer de los recursos humanos, materiales y tecnológicos de manera suficiente que permita brindar una atención con equidad, pertinencia y alta calidad.
Los recursos humanos dirigidos para la atención de esta población; deberán recibir la capacitación y actualización pertinentes que garanticen el acceso, la permanencia y los logros educativos en todos los tipos, niveles y modalidades de la educación. Los recursos tecnológicos destinados para la atención educativa de estos grupos, deberán responder a las necesidades específicas de cada discapacidad.
Con la finalidad de abatir el rezago educativo, el Estado garantizará el acceso al nivel de educación secundaria a todos aquellos menores que por su condición de marginación no puedan 6
acceder a las secundarias técnicas o generales, con la apertura de escuelas telesecundarias y otras modalidades educativas en las zonas conurbadas, marginadas y colonias populares y zonas de pobreza extrema donde existe el mayor rezago educativo .
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El profesor Javier Tec Cardeña fue el moderador de la Mesa 3, concerniente a identificar contenidos de propuestas relativas a lo que la Ley debe establecer, en el vital tema de planes y programas de estudio y acreditación. En esta mesa participaron 6 especialistas e interesados en la materia, cuyas discusiones fueron relatadas por la Profra Erika Esther Molina Ramírez. Contaron con la asesoría de la Profra María Nidia Moreno López. El logro de sus trabajos se resume en lo siguiente: 1. Revisión y reforma a la Ley de Profesiones del Estado. 2. Revisión y modificación del Código Penal del Estado de Quintana Roo, elevando a delito grave, la usurpación de profesión establecida. 3. Eliminar el trámite de Titilación a nivel superior, para frenar de alguna forma la usurpación de profesiones; pero elevando la calificación mínima aprobatoria 8. 4. Sin distinción de profesión, obligar al profesionista que incluya a bajo de su firma, el Nº. de Cedula Profesional. 5. Exigir que a nivel básico el perfil exigido sea de Maestro Normalista o Licenciatura en Educación Básica. 6. Integración de academias a nivel bachillerato 7. A nivel de Orientador , exigir l perfil de psicólogos o pedagogos 8. La Educación Básica obligatoria, debe centrarse en el análisis, razonamientos, comprensión y resolución de problemas, más que a la memorización y mecanización del conocimiento. Asimismo en la Educación Media Superior y Superior 9. Los Planes y Programas Educativos vigentes el Estado de Quintana Roo, principalmente los de la Educación Básica obligatoria, deben fomentar los valores fundamentales establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como valores universales incluyéndolo como una materia con valor curricular.
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10. Elaborar Planes y Programas acorde a la realidad del Estado, implementando la Educación intercultural a nivel secundaria. 11. Establecimiento de la enseñanza bilingües, maya-español intercultural, multiétnica, e los municipios de población indígena. 12. Establecer Planes y Programas que se orienten a partir de objetivos productivos articulándolos a condiciones ecológicas, económicas y sociales. 13. Asegurar a pueblos y comunidades indígenas Educación que respete y aproveche sus saberes, tradiciones y formas de organización. 14. Que en la organización y elaboración de Planes y Programas de estudios participen los miembros de comunidades indígenas en lo que se refiere a contenidos regionales y diversidad cultural 15. Que al finalizar los respectivos niveles académicos se garantice el habla del idioma maya en la zona maya, para su presentación 16. Desarrollar técnicas y métodos pedagógicos adecuados a las condiciones de las regiones indígenas, 17. Desarrollar acciones de investigación y capacitación en materia de lingüística aplicada. 18. Elevar a categoría de Ley y como obligación del Estado el fomento de la identidad. 19. Fomentar la identidad quintanarroense a través de la inclusión de materias que versen sobre los antecedentes históricos de Quintana Roo. 20. Fomentar dentro de las actividades culturales el Folklore de Quintana Roo.
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En la Mesa 4 se dió un intenso pero fraternal debate en torno al asunto de lo que la Nueva Ley debe contener, tratándose del delicado pero imprescindible tema de evaluación. En este intercambio de planteamientos tomaron parte 6 personalidades de la vida académica y educativa-institucional de nuestro Estado. La atinada moderación de la profesora Martha Velasco permitió que, con el apoyo de la Relatora, la profesora Hilda María Medina Uc, se construyera la siguiente batería consensuada de propuestas: 1. El número de alumnos en las aulas escolares será de un número máximo de 30 alumnos en grupos regulares, considerando la reducción en 25 cuando exista grupos con necesidades educativas especiales, con el objeto de alcanzar las metas educativas en el aspecto evaluativo. 2. Se creará la Dirección Técnica, investida de la facultad de levantar y mantener actualizado el historial del alumno, incluyendo fichas técnicas relativas a desempeño académico y contexto económico, de salud y sociocultural, mísmo que fungirá como el expediente personal de cada alumno en Evaluación Básica. 3. Un órgano externo a las escuelas se encargará de los procesos de evaluación de las mísmas. Contemplará diversos aspectos de la vida educativa, para que conjuntamente se busquen estrategias que ayuden a reorientar los programas en las escuelas. Sus resultados serán públicos y objeto de amplia difusión. 4. El puntaje en Carrera Magisterial se computará como resultado de la evaluación de la efectividad e impacto del trabajo docente y, como complemento, en la evaluación de su desempeño profesional. 5. Se aplicará el acuerdo 200 al 100% en su aspecto cualitativo, específicamente en las actividades de desarrollo; Educación Artística, Física y Tecnológica con el fin de erradicar la evaluación tradicionalista hacía estas áreas. 6. La permanente evaluación de programas y docentes será la premisa de una política educativa integral de alta calidad y con apero a los valores constitucionalmente definidos. De los resultados de la Evaluación diagnóstica se desprenderán medidas pertinentes y oportunas, que garanticen la efectividad de las
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estrategias encaminadas a la mejora continua de los procesos, productos e impactos educativos. 7. Es obligación del Estado fomentar el uso de las nuevas tecnologías en materia de evaluación, y de verificar que todo componente del sistema educativo estatal cumpla con los estándares de calidad sean competitivas y así lograr un sistema educativo de excelencia. 8. Crear y promover programas evaluativas de educación multicultural y multilingue para el desarrollo de una identidad cultural y nacional. 9. Evaluación continua de los programas de Educación Media Superior, Superior y Tecnológica para la terminación de profesionistas capacitados y socialmente responsables. 10. Aplicación de evaluación a los alumnos con necesidades educativas especiales acordes a su nivel de maduración permitiéndoles acceder a oportunidades equitativas para su desenvolvimiento.
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En la Mesa 5, los cinco participantes formularon algunas propuestas -y su respectiva justificación- en materia de reglamentación de los servicios educativos que ofrezcan los particulares. Ésta funcionó bajo la Moderación de la: Lic. Alma Erosa Franco y contando con la relatoría de la Profa. Leticia Conrado Alarcón. Es importante aclarar que en esta mesa sólo se presentó una ponencia, avalada por la Federación de Escuelas Particulares del Caribe. Las propuestas de esta ponencia única, son las siguientes: 1. Simplificar los trámites administrativos a los prestadores de servicios educativos particulares cimentados en la confianza, credibilidad y legalidad. 2. Fomentar el servicio e incentivos a las escuelas particulares, reduciendo los cargos impositivos como es la del 2% sobre nómina, puesto que contribuyen de manera significativo a la educación. 3. Incorporar a los Servicios Educativos Particulares dentro del trato generalizado del Sistema Educativo Estatal, en los términos y condiciones que permitan desarrollar la calidad en la educación. 4. Permitir a las instituciones educativas particulares, el derecho de la asignación de becas, asumiendo éstas las obligaciones que deriven. 5. Dar autonomía y facilidades administrativas a las instituciones educativas para cumplir con los propósitos educativos y desarrollo de proyectos institucionales y evaluar la validez de éstos por los resultados. 6. Determinar de manera explícita los parámetros para la supervisión en las escuelas particulares. 7. Facilitar el proceso de acreditación del personal docente para la enseñanza de idiomas extranjeros.
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La sensible problemática de la relación laboral, ingreso, promociones, ascensos y sanciones fue abordada en la Mesa 6, con profesionalismo y conciencia de responsabilidad histórica, por siete personas que -por su reconocida trayectoria- son fuente obligada de opinión en la materia. El acalorado debate fue moderado por el M en C Ariel de Jesús Tuz Martín, y relatado por el Maestro Laurentino Estrella Chan. Sin menos cabo de las garantías laborales establecidas en las diferentes leyes y reglamentos vigentes, las propuestas de lo que la Ley debe incluir, en este rubro, se presentan a continuación:
La asignaciòn de plazas se realizará por medio de un examen de oposiciòn
Es obligatorio que la representación sindical y de la secretaria de educaciòn y cultura del gobierno del estado (seyc), de difundir y divulgar los contenidos del reglamento de escalafon, como derecho de los trabajadores de la educaciòn.
Serà obligaciòn de la autoridad educativa estatal, remitir la documentaciòn del trabajador al momento de su ingreso al sector educativo a la comisiòn estatal mixta de escalafòn, para los fines correspondientes. Que la autoridad educativa estatal, tratàndose de contrataciones del personal para la educaciòn, garantice de manera estricta los perfiles requeridos para dichos desempeños.
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La Mesa 7 se dedicó a encontrar los contenidos imprescindibles de la Nueva Ley, referentes a la corresponsabilidad escolar. En este caso, el moderador fue el Profesor José Luis Villanueva, y el Relator lo fue el Prof. Luis Arturo Vega Lizama. 1.- Con respecto al nivel Preescolar: Enfasis en la participación de los padres de familia. Concientizar a los padres de familia para que manden a sus hijos a la escuela, a través de : Reuniones con padres de familia por parte de las escuelas. Spots debidamente estructurados y controlados a través de los medios de comunicación. Exigir a los padres de familia que manden a sus hijos al preescolar (Artículo 3o.). Que se le dé vigencia a la obligatoriedad de la Educación Preescolar. Optimizar los requerimientos de recursos materiales al inicio del curso escolar, en el nivel preescolar. Es obligación del padre de familia aportar material necesario para el desarrollo de las actividades propias del proceso educativo; en forma óptima. Que las Instituciones Educativas establezcan convenios con las dependencias de los 3 niveles de gobierno y la iniciativa privada a fin de estimular económicamente la prestación del servicio social. Cumplir con la función de educar y formar a sus hijos en el seno del hogar, padres de familia, para facilitar la labor del maestro en el aula. Que los padres de familia, directores y maestros participen directamente en la difusión de programas tendientes a lograr una mayor participación de los padres en el proceso enseñanza-aprendizaje, compensando estos esfuerzos con apoyos económicos.
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A fin de complementar el presupuesto asignado por el Gobierno Federal y Estatal para el sostenimiento de las escuelas públicas, se requiere del apoyo de los H. Ayuntamientos, padres de familia e iniciativa privada para financiar otras necesidades que garanticen el buen funcionamiento de las escuelas. Que las aportaciones voluntarias derivadas de acuerdos de asamblea no sean cubiertas en el período de inscripción y/o de inicio de curso. Que los Consejos de Participación Social realmente funcionara e informen a la comunidad de sus objetivos y logros, tres veces durante su ciclo escolar. Para evitar trastornos en el desarrollo del proceso educativo, los cambios de adscripción del personal docente se realizarán al principio al inicio del curso escolar, cubriéndose las vacantes que se den durante el cupo en forma provisional. Que se establezca el sistema de becas en el nivel preescolar en compensación al apoyo que brindan losmpadres de familia. Previo al a la aprobación de la nueva Ley de Educación Estatal, que se proporcione al anteproyecto a la asociación de padres de familia ala Secretaría de Educación y Cultura y al S.N.T.E. estatal. TRANSITORIOS 1.- La presente Ley deberá revisarse y actualizarse de ser necesario cada año.
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