Bolivia. OEP: democracia, crisis de transición y derechos integrales

July 11, 2017 | Autor: Carlos Brañez | Categoría: Calidad De La Democracia
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OEP: CRISIS TRANSICIONAL Y ESTADO DE DERECHOS INTEGRALES Carlos Eduardo Brañez C.1

Introducción En el curso de esta segunda década, apenas aprobada nuestra Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y así las leyes denominadas orgánicas, para nadie resulta extraño que entre las consecuencias sísmicas del acontecimiento constitutivo, se generen procesos institucionales públicos tan propios como radicales (y ambiguos), señalados en un fondo de grandes antecedentes (agendas), compromisos e interrogantes, donde el sello global del intercambio político tiene inconfundible aura colectiva –sino popular y masiva-. Puesto que la imagen explosiva del proceso fundacional boliviano, en oposición, lleva nombres propios y liderazgos, conviene tomar en cuenta, no tanto el trayecto ascendente sino el paso del desgaste como desapropiación, reapropiación, crisis de tal título, con el ánimo de comprender lo mejor posible textos de contradicción del proceso, tanto desde los resabios habituales –racionalidad pública vigente (¿agonizante?)-, como de la calidad radical misma pero diferente del proyecto -raíz constituyente y revolucionaria-, ambas que caracterizan hoy ambiguamente la institucionalidad democrática en Bolivia, por lo menos respecto al perfil más visible de ruptura, que en resguardo intercultural ratifica, verifica o quizás

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Comunicador social.

definitivamente confirma la condición de posibilidad e imposibilidad plurinacional del Estado boliviano en curso. No hay forma de referirse a la multiplicidad de hechos que componen la imagen, sino a través de la especificidad diferenciada de experiencias en algunas vivencias democráticas transicionales, de dominio público, a través del emergente Órgano Electoral Plurinacional en Bolivia (OEP). Lo mismo, para dar cuenta de sus implicancias es necesario observar la textualidad institucional e institucionalizada desde algunos rastros normativos en curso, fuentes verificadoras y formales de decisividad (acción) pública y sus consecuencias burocráticas y también colectivas. Especialmente resulta clave analizar aquellas consecuencias en el plano de la gestión política: la del fortalecimiento democrático intercultural (comunitario y participativo) a través de instancias operativas vigentes en el Órgano Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia (OEP). La nomenclatura pública de transición resulta aquí en buen espacio (y buena coartada) para la crítica, cuando justamente el organismo estatal suscita las crisis y apariencias de crisis, en la estructura más cotidiana y visible de la democracia representativa: grandes acontecimientos masivos de participación política a través de las elecciones nacionales o generales 2014 y de las elecciones subnacionales 2015. Cosa poco ambiciosa por excluir del análisis, aparentemente, otros acontecimientos electorales durante el año 2011, 2012 y 2013, aunque mencionamos las co-implicancias correspondientes. Luego de cuatro años, el ordenamiento electoral resultante, permite que todas y todos convengan en que la descomposición del orden democrático representativo persiste y que la duración de dicha persistencia armoniza con el carácter ambiguo de la transición; con la sospecha que así como las formas cortesanas del poder decisional y su vigencia irónica persisten, adquieren proporcional pero, mayor imagen jerárquica y céntrica, como si

ésa fuera la única posibilidad descomposición y construcción.

real

para

un

Estado

en

aparente

Todo eso es posible, bajo la misma lectura de apariencias donde se filtra el significado de la democracia, esto es a través de cristales de representación hegemónica y formal, lo cual deja excediendo el factor diferencial (la calidad intercultural) de la democracia actual boliviana respecto a la participación política calificada e intensa de los titulares involucrados, no solamente en las justas electorales nacionales y subnacionales donde a pesar de la multiplicidad y simultaneidad de niveles la representatividad no ha cambiado, sino antes, en múltiples y simultáneos escenarios y planos que continúan siendo experiencias constituyentes y por ello son transversales a todo régimen de participación y de gobierno en Bolivia (Artículo 11, CPE). La imagen del poder La territorialidad política es en el fondo, el escenario donde la pugna por la distribución del poder en Bolivia, ha determinado la crisis en la máxima autoridad ejecutiva que conformó entre 2010 y 2015 un Tribunal Supremo Electoral. Esa territorialidad es la espacialidad específica donde los actores y titulares del derecho integral, ritualizan todos sus movimientos y posiciones, no solamente a la hora secreta de votar, que implicarían aquí las mentadas circunscripciones electorales, sino en todos los momentos de decisión política (pública), en la cotidianidad democrática. La territorialidad política en pugna, en este que sería entonces más un espectro incompleto y deficitario -el fenómeno intercultural constituyente-, se mantiene oculto e inclusive escamoteado, pues no se reduce a coartadas de orden “urbano” o “rural” o de orden científico (exacto) o doctrinario electoral, por ejemplo, tampoco se reduce a una buena o pésima imagen institucional y a las compilaciones y libros, sino cuando se quiso dar ordenamiento espacial a las enormes acciones democráticas emanadas de la Constitución Política del Estado, dichas por excelencia como “elecciones judiciales” “generales” o “subnacionales”: sin duda entonces, el atolladero radica en las acciones como Estado Plurinacional de forma integral más que solamente en el denominado “cuarto” órgano de poder electoral, el OEP, cuyo tribunal es seleccionado nuevamente en estos días por el órgano de poder legislativo, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), en coordinación con el órgano ejecutivo. No fue suficiente que sean indígenas ni que estén mujeres en un tribunal del Estado, si el déficit democrático en la territorialidad política en pugna que implica lo intercultural y plurinacional, no se vincula digamos “orgánicamente”, al valor constituyente que aun sigue vigente en todo el

Estado a nivel integral, justamente como valor que se manifiesta en dicha pugna que por lo tanto deviene en una imagen del poder. Es esta imagen del poder, apenas una propuesta en la comprensión de la ruptura de una copartición institucional, en su impacto para el rumbo donde postulan nuevos jueces de este tribunal, donde son legisladores los que seleccionan y son las fuerzas políticas quienes los acreditan como tales. La envergadura intercultural

La imagen del poder se oculta y se mimetiza. El valor claro-oscuro de la democracia intercultural, se manifiesta en la reglamentación emergente o en su falta. Aun en la crisis, han habido avances en la gestión de la democracia intercultural, con la reglamentación necesaria al cumplimiento y ejercicio de los derechos a la participación política a nivel popular, esto es también comunitaria: en la verificación del acceso a las autonomías IOC (desde el año 2011) y en la nominación, designación y/o elección de autoridades para asambleístas en instancias representativas (Subnacionales 2015), como son las asambleas departamentales y regionales vigentes. Lamentablemente, la Ley Nº 587 no permitió que por normas y procedimientos propios, las NPIOC minoritarias conformen también los

Concejos Municipales (lo que sin embargo sí está en la CPE y en la ley Nº 026). Ese puede ser un gran perfil mimetizado respecto a la gestión, el ejercicio y la cuenta de la democracia intercultural a nivel estatal. Sin embargo es justo considerar a la ley Nº 588 que destraba, en contrapeso, el ostracismo causado por el régimen transitorio electoral desde el año 2010, cuando se eligen también autoridades “subnacionales”. La crisis asoma cuando habiendo reglamentación y habiendo cumplido con lo que se fundamenta para la democracia comunitaria –en la verificación del cumplimiento de normas y procedimientos propios-, la gestión intercultural gana espacios jurídicos vacíos desde el año 2012, sin antecedentes de orden democrático participativo aunque con recursos burocráticos que complican, ya sea en el organismo electoral, judicial, en el Tribunal Constitucional Plurinacional, prorrogando formalismos a costa del proceso diverso de constitucionalidad: afán por reunir los múltiples componentes legales para legitimar las decisiones en consulta. El caso es que, el hito precursor de convocatoria a referendo aprobatorio de estatutos autonómicos IOC (indígena originario campesinos) -Charagua Iyambae (Santa Cruz) y Totora Awki Marka (Oruro), duró aproximadamente dos años, hasta acomodarse a otros procesos autonómicos más que vía referendo aprobarán o no sus cartas orgánicas municipales –Huanuni (Oruro) y Tacopaya y Cocapata (Cochabamba)- y también sus estatutos autonómicos departamentales (Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Oruro y Potosí), en septiembre del presente año. Charagua Iyambae y Totora Awki Marka conforman un sub-bloque de siete casos de acceso a las AIOC más avanzados dentro de otro bloque de once procesos en general que accedieron vía referendo de acceso a las AIOC, el año 2009. Otro bloque no visible lo conforman los municipios que solicitaron se gestione la democracia intercultural para convertirse en AIOC, de los cuales Gutierrez en Santa Cruz y Curva en La Paz, ya tomaron la iniciativa colectiva (popular) para solicitar referendo de acceso en un universo aproximado de 10 procesos en curso que radican hoy en el Ministerio de Autonomías2. El bloque más estratégico pero no siempre privilegiado, son los nuevos procesos de acceso a las AIOC por vía territorial, de los cuales tres casos, uno en tierras bajas -el “Territorio Indígena Multiétnico I” (TIM I - Beni)- y dos en tierras altas -el “Territorio indígena Originario Campesino Corque Marka” 2

Municipios que cuentan con certificado de ancestralidad territorial otorgado por el Ministerio de Autonomías.

(Oruro) y el Territorio Indígena Originario Campesino de “Raqaypampa” (Cochabamba)-, se encuentran conformando la deliberación orgánica autónoma, construyendo de forma participativa y comunitaria sus proyectos de estatuto autonómico y esperando su declaración constitucional respectivamente y convocar a referendo aprobatorio en una jurisdicción que aun no existe pero que por Ley determinará una nueva unidad territorial del Estado Plurinacional de Bolivia: el territorio indígena originario campesino (TIOC), donde rige (desde antes) el autogobierno y la libre determinación.

Foto: OEP – SIFDE. Sección AOS. Boletín Corque Marka. Oruro. 2015. Decisión colectiva de los titulares de Corque Marka en su acceso a las AIOC. Corque Marka. Oruro. 7 de junio de 2015.

Más allá de la vía municipal de acceso, iniciada precursoramente por aquellos municipios en conversión a AIOC desde el año 2009 y continuada por otros municipios que han iniciado el año 2013 el acceso a las AIOC por la misma vía (de conversión municipal a AIOC); se encuentran en vigencia procesos democráticos de acceso a las AIOC por vía territorial que según radican en otras instancias estatales (INRA, Ministerio de Autonomías) llegan a ser aproximadamente 11 casos3 que se conformarán en territorio indígena originario campesino hasta el año 2016 o 17. Estrategia institucional Hasta el año 2017, entonces, la estrategia institucional vigente no permite un vínculo programático visible y coherente, para potenciar el ámbito operativo de la Democracia Intercultural como vehículo para transformar la racionalidad de gestión pública. Aparentemente se dio por sentada la indagación, del cómo es o cómo fue la situación de partida ni se vislumbran 3

TIOC que cuentan con certificado de ancestralidad territorial y certificado de Viabilidad Gubernativa, otorgados por el Ministerio de Autonomías..

llegadas en el horizonte público del fortalecimiento democrático intercultural, sobre la base de sendos diagnósticos y autodiagnósticos en la espacialidad institucional democrática a nivel estatal, más acá y mucho más allá de la razón pública electoral de la ex Corte. Considerando que la planificación estratégica institucional actúa de forma holística en el régimen de planificación pública a nivel general, lo cual se expresa en la programación anual que además sobre abarca lo electoral -no es una programación aparte del funcionamiento institucional de oficio democrático y cotidiano-, al parecer no hubo ni hay el hilo estratégico, por falta de voluntad política sí, pero más allá de eso, porque la regulación estratégica en general (de la revolución democrática y cultural), no penetra la institucionalidad pública de manera integral. Habría que analizar las implicancias que plantea la gestión pública intercultural respecto a la institucionalidad pública o sea democrática, en general, a la luz de la Ley Nº 1178 por ejemplo, cuando cada vez con más fuerza se requieren compartir y transversalizar las agendas programáticas pero especialmente los presupuestos. Los equipos de coordinación interinstitucional son todavía escuetos e inseguros y si los hay no han avanzado mucho para posicionar el estilo transversal de la gestión pública intercultural, frente a la emergencia organizativa popular que interpela hoy al Estado por mayor precisión, rapidez y oportunidad histórica en la gestión pública de la Democracia Intercultural. Por su parte, a nivel local e interno, la racionalidad pública vertical reúne la instrumentación más fácil y práctica para administrar el poder público, no desde la realidad institucional a lo largo y ancho de Bolivia, sino desde la cabeza hacia abajo de un cuerpo que viene a ser el Órgano Electoral Plurinacional, con el Tribunal Supremo Electoral, luego los Tribunales Electorales Departamentales, luego los Juzgados Electorales, los Jurados de Sufragio y los Notarios Electorales, estructura necesaria pero a la vez incoherente pues ahora no solamente se administran procesos electorales representativos que es para lo cual han sido establecidos, sino otros procesos electorales que no involucran siempre y necesariamente el voto, sino la decisión política ritual, de manera diferente y común a la vez, a nivel colectivo y comunitario. En este sentido, la

única posibilidad de obtener índices amplios de avance democrático, depende de construir una línea base participativa e intercultural; no es posible contar con un plan estratégico institucional para gestionar la democracia Intercultural, sin ejercer la interculturalidad democrática en la estrategia de planificación. Otra prerrogativa más que legal pero de reglamentación pública específica, sustentada por supuesto en aquel imaginario de gestión pública vertical, es la estructura jerárquica susceptible al sin-fin de comportamientos opresivos que justifican y confirman la meritocracia occidentalizada que finalmente es la que dicta, interpreta y comanda las acciones formales institucionales: lo económico administrativo siempre por arriba de lo político democrático; tal vez eso sea digamos “normal” en el nivel “duro” (fragmentario) de la institucionalidad pública vulgar; pero en la institucionalidad democrática y política intercultural en general, es recomendable y estratégico que el fortalecimiento democrático intercultural absorba, equitativamente, el motivo y valor económico financiero del estado y no al revés. Que la jerarquía y mando como única excepción sea para canalizar lo más urgente y necesario respecto al fortalecimiento democrático intercultural. Esa es la imagen manifiesta: unidades de gestión, adquieren simbólicamente mayor capital de mando (decisión) frente a otras unidades. El último escalón recae así en el brazo operativo que dirige el fortalecimiento a la Democracia Intercultural en Bolivia. La autoridad ejecutiva, gran desafío, no puede fomentar este tipo de desequilibrios o exclusiones, tomando en cuenta el curso que pueden tomar (o ya tomaron), irónicamente, muchas de las decisiones de legisladores, jueces y demás burócratas (nosotros) en el plano democrático interno, interinstitucional, colectivo y social, lo cual atestiguan, por ejemplo, los presupuestos operativos en las programaciones de funcionamiento cotidiano respecto a las atribuciones de su brazo operativo, el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE). La agenda democrática intercultural Por tales motivos, el desafío de transformar la gestión pública desde el fortalecimiento democrático intercultural va más allá del eslabón orgánico jerárquico y opresivo- de la agenda representativa, que ocupa de manera persistente y hegemónica la vida institucional del poder público. La reglamentación específica, que formaliza las acciones públicas, es mejor que se articule a transversalizar la gestión pública intercultural, a través de bisagras operativas del SIFDE que como servicio estatal, a pesar de poco presupuesto y desde su lugar de subalternidad propone, principalmente

porque los actores y contrapartes institucionales y organizativos, los y las Titulares de derechos integrales, lo interpelan y demandan. Por lo tanto, hay una agenda interminable en medio de múltiples y simultáneas maneras de ejercicio de derechos a la participación política, que recae en el nuevo órgano de poder que mínimamente son cumplidas de manera muy móvil y con potencial coordinación interinstitucional. Todos los flancos podrán posiblemente ser transformados a través de las autoridades emergentes de la selección legislativa, que robustezca el horizonte del fortalecimiento democrático intercultural sobre cuatro campos: i) el fortalecimiento a la Democracia Comunitaria y Participativa viabilizando los procesos de acceso y conformación de las autonomías indígenas originarias campesinas (AIOC), ii) el fortalecimiento democrático intercultural con organizaciones de la sociedad civil, con universidades públicas y cooperativas de servicios públicos, iii) el fortalecimiento democrático intercultural con asambleas y cabildos y procesos de consultas previas y iv) la gestión del fortalecimiento democrático intercultural en la des-civilización política colectiva, entrelazamiento y mutuo aprendizaje intercultural contra las violencias y opresiones. En tales campos, es preciso armonizar y complementar la planificación estratégica institucional a nivel estatal e integral, así como programar los requerimientos de manera transversal y participativa, de forma que se construya política pública integral y horizontal, como merece una nueva estructura del Órgano Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia respecto al cumplimiento de derechos integrales, esto es sobre Democracia Intercultural. La territorialidad política en pugna, tendrá así como resultado una vinculación energética con la economía económica plural y comunitaria de nuestro país, imagen que manifiesta y marca por fin, continuar de forma sistemática con esta diversa y casi intacta misión de transformación democrática y cultural en Bolivia desde el OEP.

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